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www.iplacex.cl ESTATUTO ADMINISTRATIVO UNIDAD Nº I Conceptos generales del estatuto administrativo

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    ESTATUTO ADMINISTRATIVO

    UNIDAD Nº I

    Conceptos generales del estatuto administrativo

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    SEMANA 1

    Introducción

    El estatuto administrativo, está concebido como una regulación laboral que norma

    el ejercicio de la función pública, sus derechos, deberes, prohibiciones,

    calificaciones y en general la carrera funcionaria.

    En esta unidad nos adentraremos en los aspectos técnicos básicos de la Ley

    18.834, llamada del Estatuto Administrativo, conoceremos el ámbito de aplicación

    de la norma y sobre todo entenderemos su límite de aplicación.

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    SEMANA 1

    Ideas Fuerza

    El Estado es una organización colectiva establecido en un territorio, dirigido por un

    Gobierno y cuyo fin es alcanzar el bien común de todas y todos quienes lo

    conforman

    No se debe confundir el concepto Estado con Nación, ya que ésta última se refiere

    a un grupo de personas de un mismo origen y características comunes sin una

    organización u objetivo definido institucionalmente.

    En su concepto institucional, el Estatuto Administrativo alude al régimen integral a

    que están sometidos los funcionarios, empleados o servidores públicos, cualquiera

    sea el estatuto específico que los rige y sea cual fuere la naturaleza del servicio en

    que se aplique. En su concepto legal, se llama estatuto administrativo a la ley Nº

    18.834.

    El objetivo central de todo Estado es la búsqueda y el logro del bien común,

    logrando con ello el desarrollo de las personas que lo integran

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    SEMANA 1

    MAPA CONCEPTUAL UNIDAD I

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    SEMANA 1

    1. PRINCIPIOS ORIENTADORES DEL ESTATUTO

    ADMINISTRATIVO

    Organización política del Estado

    Cotidianamente escuchamos o utilizamos el concepto de Estado para referirnos a

    otros países o al desempeño de un país, como por ejemplo, cuando hablamos de

    las “políticas de Estado” de tal o cual país. Sin embargo, existen innumerables

    definiciones para este concepto. Dentro de esta gama se distinguen algunos

    elementos en común: es una organización colectiva, establecida en un territorio,

    que está dirigida por un gobierno y cuyo fin es la realización del bien común de las

    personas, grupos y entidades políticas.

    En consecuencia, es fácil confundir el concepto de Estado con Nación.

    Por Nación se entiende a un “conjunto de personas de un mismo origen y que

    generalmente hablan un mismo idioma y tienen una tradición común” (Diccionario

    de la lengua española). El concepto de Estado se refiere a: “Aquella comunidad

    humana que en el interior de un determinado territorio… reclama para sí (con

    éxito) el monopolio de la coacción física legítima” (Max Weber: Economía y

    Sociedad).

    El Estado ejerce su soberanía sobre un determinado territorio. Esta condición se

    materializa, cuando corresponde, en los llamados espacios terrestre, marítimo y

    aéreo.

    La soberanía (la facultad que posee una nación en un territorio delimitado para

    autodefinir la organización jurídica interna que estime más conveniente), se

    expresa en la independencia del Estado con respecto a otros. Por otra parte, el

    Estado tiene el derecho de ser tratado y respetado en igualdad de derechos por

    otros estados. A esto último se le llama la soberanía externa.

    Ahora bien, cada Estado elige la forma de gobierno que estime conveniente para

    el logro de sus fines. Así, el Gobierno corresponde a las autoridades encargadas

    de ejercer el poder político y velar por el bien común y la buena administración del

    Estado.

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    SEMANA 1

    La Finalidad de un Estado

    El objetivo central de todo Estado es la búsqueda y el logro del bien común,

    logrando con ello el desarrollo de las personas que lo integran. Algunas de las

    finalidades contemporáneas que para la teoría política perseguiría el Estado,

    serían el respeto de los derechos fundamentales del hombre y de la mujer,

    garantizar el logro de la justicia y la solución de los conflictos, y permitir a las

    personas que lo integran el desarrollo de una calidad y modo de vida que

    compatibilice el bien individual con el bien común.

    Cada estado y el chileno en particular cuenta con normas establecidas a través de

    un conjunto de instituciones y organismos que ejercen el poder de manera

    legítima, permanente y organizada. Esta legitimidad, producto de la convención

    social y con el fin de tener un sentido de utilidad pública hacia el logro del bien

    común, ejercida con autoridad legal y potestad para regular la sociedad según el

    mandato de los ciudadanos

    Las Funciones del Estado

    Con el paso del tiempo, el concepto de Estado se ha ido complejizando. Esto

    queda de manifiesto a través del desarrollo político-administrativo que se

    experimenta desde las primeras ciudades-estado de la antigüedad, en las que una

    sola persona ejercía el poder político, religioso y militar, hasta el actual Estado

    moderno, en el cual se separan las principales funciones del Estado a fin de evitar

    la concentración y el abuso del poder político. Esta división, inspirada en los

    ideales de la época de la Ilustración, contempla la articulación separada de las tres

    funciones del Estado:

    - Ejecutiva.

    - Judicial.

    - Legislativa.

    Al dar independencia a cada uno de estos poderes, se evita el surgimiento de las

    dictaduras o de los gobiernos autoritarios y se garantiza el ejercicio pleno de la

    democracia.

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    SEMANA 1

    En el caso chileno, esta división de los poderes está establecida en la

    Constitución, que, entre otras cosas, regula el funcionamiento jurídico del Estado

    chileno

    Pregunta de reflexión:

    ¿Cree usted que actualmente el Estado cumple el objetivo central que se

    propone?

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    SEMANA 1

    2. LA FUNCIÓN PÚBLICA

    En los textos de Ley que nos rigen como Nación, podemos encontrar variados

    apartados que definen la función pública como por ejemplo:

    LA FUNCION PÚBLICA, LEY N° 18.575

    DE BASES GENERALES DE LA ADMINISTRACION

    ART. 5°:

    “Las autoridades y funcionarios deberán velar por la eficiente e idónea

    administración de los medios públicos y por el debido cumplimiento de la función

    pública. Los órganos de la Administración del Estado deberán cumplir sus

    cometidos coordinadamente y propender a la unidad de acción, evitando la

    duplicación o interferencia de funciones”

    CONSTITUCION POLÍTICA DE LA REPÚBLICA

    ART. 38:

    “Una ley orgánica constitucional determinará la organización básica de la

    Administración Pública, garantizará la carrera funcionaria y los principios de

    carácter técnico y profesional en que deba fundarse, y asegurará tanto la igualdad

    de oportunidades de ingreso a ella como la capacitación y el perfeccionamiento de

    sus integrantes

    LEY N° 18.334, ESTATUTO ADMINISTRATIVO

    ART. 1°:

    “Regula las relaciones entre el Estado y el personal de los Ministerios,

    Intendencias, Gobernaciones y de los servicios públicos centralizados y

    descentralizados creados para el cumplimiento de la función administrativa”.

    Contempla normas sobre:

    - carrera funcionaria

    - remuneraciones

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    SEMANA 1

    - jornada de trabajo

    - responsabilidad administrativa

    Pregunta de reflexión:

    Con sus palabras, ¿cuál es el objetivo de la ley 18570?

    Historia de la Ley

    El proyecto de que figura en el documento Historia de la Ley de 1989 que

    aprueba el estatuto administrativo procura reflejar fielmente el mandato

    constitucional y la ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la

    Administración del Estado, para garantizar la carrera funcionaria, mediante la

    aplicación de principios técnicos y profesionales, asegurando tanto el ingreso a

    ella, como la capacitación y el perfeccionamiento de sus integrantes, desarrollando

    todos.

    Esta iniciativa asegura el ingreso a la función pública de toda persona, que

    manifieste su voluntad de hacerlo, mediante un concurso público basado en

    procedimientos técnicos, idóneos e imparciales, con lo cual, junto con darse

    cumplimiento al derecho constitucional de admisión a todas la funciones y

    empleos públicos, sin otros requisitos que los necesarios para el desempeño del

    cargo, permitirá una adecuada selección de los postulantes fundado sólo en sus

    méritos. Además, con la finalidad de comprobar en la práctica la idoneidad de la

    persona seleccionada se establece un periodo de prueba al término del cual, si la

    evaluación correspondiente es positiva, se procederá al nombramiento definitivo

    del empleado en el cargo.

    Asimismo, establece un sistema que permitirá al funcionario ascender desde el

    primer nivel de ingreso hasta los cargos tope de la carrera, en la medida que son

    su esfuerzo, dedicación y capacitación tenga un rendimiento meritorio y adquiera

    la preparación necesaria para desempeñarlos. Solo la calidad de cargos de

    exclusiva confianza serán los únicos excluidos de la carrera funcionaria en

    materia de ascensos

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    SEMANA 1

    Por otra parte, norma el derecho a la capacitación, reconociendo que él puede ser

    obligatorio o voluntario, según se refiera a que el funcionario deba o pueda

    perfeccionar sus aptitudes y destrezas para el cargo que está ejerciendo, o para

    cumplir los requisitos que se exijan en cargos de nivel superior. Con el fin de lograr

    su efectivo cumplimiento, se obliga a todas las instituciones que se rijan por este

    Estatuto a establecer y financiar programas especiales de estudio y

    perfeccionamiento, en los cuales se procura compatibilizar los intereses

    particulares de los funcionarios con los institucionales.

    El proyecto especifica las obligaciones de los funcionarios, individualizando, por

    primera vez, la efectiva responsabilidad de quienes ejerzan las jefaturas de los

    organismos, comprometiéndolos directamente en el cumplimiento de los objetivos

    institucionales y, en especial, obligándolos a velar de manera permanente por la

    eficiencia y eficacia de la organización, pues se estima que ellos deben dar el

    ejemplo a los restantes funcionarios, de una real vocación de servicio público.

    El proyecto, además, considera los procesos de regionalización y de

    desburocratización que han guiado la Reforma Administrativa, posibilitando que

    muchas decisiones se adopten en el nivel territorial correspondiente, y se eliminen

    documentación y trámites que se exigían anteriormente, es especial para los;

    sistemas de concurso e instrucción de investigaciones y sumarios.

    Consecuente con esta premisa se prohíbe, a los funcionarios, someter a

    tramitaciones innecesarias o dilatar los asuntos entregados a su resolución,

    exigiendo otros documentos o requisitos que los que expresamente estén

    instituidos en la normativa vigente.

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    SEMANA 1

    Bibliografía

    Historia de la Ley 20.702. Modifica Ley N°18.834 sobre Estatuto Administrativo,

    que limita la prohibición de ingreso a la Administración Pública

    Documento de Promoción Interna; Servicio Civil de Empleos Públicos

    Reglamento General de Calificaciones de la Administración Pública; Ministerio del

    Interior Subsecretaria del Desarrollo Regional y Administrativo

    Guía Metodológica de los deberes funcionarios; Contraloría General de la

    república; Marzo 2012

    Ley 18.575 Orgánica Constitucional de las Bases Generales de la Administración

    del estado, Ministerio del Interior

    Ley 19.653 de Probidad Administrativa

    Constitución Política de la República de Chile

    Ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo

    “Los Funcionarios Públicos como sujetos de Derecho” Derecho Administrativo,

    Rolando Pantoja Bauzá

    Historia de la Ley N°18.834 que aprueba estatuto administrativo, septiembre 1989

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