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Dirección: Sanxenxo de Servicios S.L. Fotografía: Sanxenxo de Servicios S.L. Coordinación: Sanxenxo de Servicios S.L. Diseña: Artenova. Depósito Legal: PO 397-2009 Sanxenxo de Servicios, S.L. ( SERGA ) no se hace responsable de los contenidos de los artículos publicados por sus autores en el Boletín. BOLETÍN SERGA - BOLETÍN Nº 12 Boletín Editado por Sanxenxo de Servicios, S.L. (SERGA) Ejemplar Gratuito | Agosto 2017 PONTEVEDRA - SANXENXO - SALNÉS - SANTIAGO | Teléfono de atención al cliente 902 050 152 | www.serga.es COMUNIDADES ¿ESTAMOS PREPARADOS PARA LA DATA REVOLUTION? ENTRADA EN VIGOR DEL NUEVO REGLAMENTO GENERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS SOCIEDAD ACOSO ESCOLAR EL BULLYING COMO FORMA MÁS ACTUAL Y MUCHO MÁS... TECNOLOGÍA IOT, LA 4ª REVOLUCIÓN INDUSTRIAL 1987-2017 AhoRra

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Dirección: Sanxenxo de Servicios S.L.Fotografía: Sanxenxo de Servicios S.L.Coordinación: Sanxenxo de Servicios S.L.Diseña: Artenova.Depósito Legal: PO 397-2009Sanxenxo de Servicios, S.L. ( SERGA ) no se hace responsable de los contenidos de los artículos publicados por sus autores en el Boletín.

BOLETÍN SERGA - BOLETÍN Nº 12Boletín Editado por Sanxenxo de Servicios, S.L. (SERGA)

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COMUNIDADES¿ESTAMOS PREPARADOS PARA LA DATA REVOLUTION?ENTRADA EN VIGOR DEL NUEVO REGLAMENTO GENERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS

SOCIEDADACOSO ESCOLAREL BULLYING COMO FORMA MÁS ACTUAL

Y MUCHO MÁS...

TECNOLOGÍAIOT,LA 4ª REVOLUCIÓN INDUSTRIAL

1987-2017

AhoRra

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TECN

OLOG

ÍA

BLOCKCHAIN Y EL FUTURO DEL DINEROLA TRANSFORMACIÓN DIGITAL

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ECONOMÍA/

5SOCI

EDAD

ACOSO ESCOLAREl bullying como forma más actual 15

LAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO 20

ÍNDICE/

Las transacciones económicas, o el pago por bienes o servicios, es algo que usted hace diariamente. Pero, ¿en cuantas ocasiones usa efectivo o dinero físico? En mi caso personal, una vez al mes debido a que mi arrendador prefiere eludir sus obligaciones fiscales.Actualmente, la adopción de los medios de pago digitales pone en entredicho la supervivencia de los métodos de pago convencionales, y el dinero fiduciario tal y como lo conocemos parece condenado a extinguirse. Aunque las cifras todavía juegan a favor de los pagos tradiciones, en España siguen siendo el 85% de total de transacciones. En países como Dinamarca, Suecia o Islandia han decidido

fomentar los medios de pago electrónico y eliminar el dinero en efectivo de su economía. Con esta medida, buscan una mayor transparencia económica así como también la persecución del fraude fiscal y del blanqueo de dinero; el Banco Central de Dinamarca, por ejemplo ya no fabrica dinero.En el mundo hay unos 2.500 millones de personas que no tienen servicios bancarios pero que, por el contrario, pueden acceder fácilmente al uso de un teléfono móvil; como es el caso de Ecuador, donde el 40% de la población activa no está bancarizada pero el 100% de los hogares dispone de teléfono móvil. Esto va a facilitar claramente la transición

ECON

OMÍA

VIVI

ENDA

EL COCHE ELÉCTRICO CAMBIA LA NORMATIVA DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS 13

COM

UNID

ADES

¿ESTAMOS PREPARADOS PARA LA DATA REVOLUTION?Entrada en vigor del nuevo Reglamento General de Protección de Datos 6

COMUNIDADES DE PROPIETARIOS OBLIGADAS A RELACIONARSE ELECTRÓNICAMENTE CON HACIENDA. Ley del Procedimiento Administrativo Común de la Administración Pública 9

SEGURIDAD EN INMUEBLES ¿Obligatoriedad o sensatez? 23

SERGA, algo más que un administrador de fincas 27

1 2 3BLOCKCHAIN Y EL FUTURO DEL DINERO. La transformación digital 3

LA PARADOJA DE LOS TIPOS NEGATIVOS. La burbuja de la renta fija  11

4INTELIGENCIA ARTIFICIALUn arma de doble filo 19

IOT, la 4ª Revolución Industrial 25

Gestión a través de Administradores de Fincas Colegiados

Acude a tu Administrador,infórmate y pide

Tu Smartphone abre puertas

Abre y gestiona tus puertas de garaje y más...Sencillez, Comodidad y Seguridad.

del dinero físico al “dinero móvil”. El modelo de transferencia de dinero a través de mensajes de teléfono o de aplicaciones, ya ha logrado colocar a África como el epicentro mundial del dinero móvil. Hoy en Kenia más de la mitad de la población adulta utiliza M-pesa y este modelo ya se ha exportado a países como Afganistán, India y, más recientemente, Rumania. Así que ni el tamaño de un país ni su modernización financiera influyen en la digitalización del dinero.La siguiente tabla, (gráfico 1) muestra el escenario actual de los medios de pago y como la transformación de esos medios no solo afecta al consumidor a la

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ECONOMÍA/

hora de comprar C2B (customer to business), sino también a todas esas transacciones que nos hacen las empresas B2C (por ejemplo el salario), los negocios entre ellos B2B y nuestras transacciones con otras personas P2P. El sistema actual de pago ha dado entrada a empresas digitales denominadas fintech que están reinventando el sector de los servicios financieros tradicionales con la incorporación de las nuevas tecnologías, creando todo un nuevo paradigma de empresas innovadoras especializadas en: pagos por móvil, micropréstamos, inversiones colectivas, etc.Vamos a repasar brevemente la tecnología que se encuentra detrás de toda esta revolución. Near Field Communication o NFC es una tecnología inalámbrica lanzada en 2003 que usa ondas de corto alcance para realizar transacciones conectando un teléfono móvil a un terminal. Ya ha sido usada por más de 100 millones de clientes en todo el mundo. Bluetooth Low Energie (BLE), es la base de iBeacon, un sistema ideado por Apple para localizar terminales de teléfonos en espacios interiores. El sistema emplea pequeños sensores inalámbricos (beacons) que detectan la proximidad de terminales compatibles, lo que le permite realizar pagos sin contacto. Por último, la seguridad de la información

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que estas transacciones conllevan viene respaldada por Host Card Emulation (HCE) y secure element.Pero sin duda, el avance más importante en lo referente a este tema ha sido el blockchain, que tiene como referente la criptomoneda llamada bitcoin. El blockchain, o cadena de bloques, es un tipo de tecnología de datos que posibilita gestionar la información de forma segura con un registro distribuido, descentralizado y sincronizado. A partir de 2020 se convertirá en una de las herramientas principales en el sector de las finanzas, ya que

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permite uno de sus principales beneficios es reducir la el coste de las infraestructuras y plataformas internas de los bancos. Tal es la fiebre por esta criptomodena que su cotización ha tenido la siguiente tendencia, (gráfico 2) llegando a alcanzar casi los 3000 $ un único bitcoin. El principal escollo a toda esta nueva forma de mover nuestro dinero y realizar compras está condicionada por la regularización y la seguridad. En Europa, la regulación general del sector se confía a la Directiva de Servicios de Pago (PSD, por sus siglas en inglés), implantada en 2009 y cuya segunda versión PSD2, más enfocada hacia la apertura de datos bancarios a un tercero, está siendo negociada por las instituciones europeas. En España y en otros países europeos, el Ministerio de Hacienda decidió en abril de 2015 considerar la bitcoin (criptomoneda no regularizada) como un medio de pago, es decir un servicio financiero, y por tanto que estuviese exento de IVA. Debemos subrayar que todo ello tiene que pasar por la aceptación de los third party providers, salvo que dispongan de licencia bancaria, como es el caso de PayPal (el cual no está regulado), lo que significa que no está clara su responsabilidad cuando usan la infraestructura bancaria y se produce algún problema en el pago.Para concluir, todos los agentes comentados en este artículo tendrán un papel importante en el futuro de los servicios financieros. Las estrategias a tomar deberán ser flexibles con las exigencias del mercado, el cliente y la legislación que se adopte por los países. La realidad es que será el consumidor el que marque la velocidad del cambio acudiendo cada vez más a la comodidad y sencillez de los nuevos servicios financieros, olvidándose paulatinamente la cartera en su casa.///

ISAAC CARBALLA GARCÍAEconomista

Fuente: Blockchain.info/charts

Gráfico 1: La estructura de actual de los medios de pago

Gráfico 2: Cotización del Bitcoin/USD ($) desde 21/06/2016 hasta 19/06/2017

Fuente: PWC report: The Electrification of Payments 2013

Papel

C2B B2C B2B P2P

Electrónica tradicional

Digital emergente

Bancos Proveedores bancarios Nuevos entrantes

Efectivo

Transferencia

Débito online y offline

Tarjetas propias

Prepago

Wallets Wallets

Móvil Merchant POS

Pagos sin contacto

Tarjetas de crédito

Pagos móviles

Redes alternativas

Facturación y pago electrónico

Tarjetas comerciales/de compra

Débito online y offline

Cheque

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COMUNIDADES/

¿ESTAMOS PREPARADOS PARA LA DATA REVOLUTION?ENTRADA EN VIGOR DEL NUEVO REGLAMENTO GENERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS

EL PRÓXIMO 25 DE MAYO DE 2018 ENTRARÁ EN VIGOR EL NUEVO REGLAMENTO GENERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS DE LA UNIÓN EUROPEA (RGPD), INTRODUCIENDO UNA SERIE DE CAMBIOS DE GRAN RELEVANCIA EN ESTE ÁMBITO QUE CAUSARÁN UN CONSIDERABLE IMPACTO EN LA PRÁCTICA TOTALIDAD DE LOS SECTORES Y EMPRESAS, INCLUIDO EL COLECTIVO DE LOS ADMINISTRADORES DE FINCAS (“AAFF”) Y, POR TANTO, DE LAS COMUNIDADES DE PROPIETARIOS (“CCPP”).

Ante esta situación, resulta recomendable anticiparse adecuadamente a la entrada en vigor del nuevo RGPD y adecuar los protocolos y procedimientos a las nuevas exigencias normativas, que implican un enfoque más proactivo, propio de las normas anglosajonas.

Las empresas, AAFF y CCPP, llevan a cabo en su actividad diaria, múltiples tratamientos de datos de carácter personal de diversa índole y de mayor o menor complejidad, que implican una serie de deberes y obligaciones para los responsables y encargados de tratamiento de estos datos.

Entre los supuestos más habituales nos encontramos aspectos delicados desde la perspectiva de la protección de datos (“DP”), como por ejemplo, los siguientes: publicaciones de datos personales en el tablón de anuncios, gestión de datos de propietarios con cuotas impagadas, obtención de copias de documentación, exhibición del libro de actas, instalación de sistemas de videovigilancia, etc.

En nuestro país, estamos pendientes de que salga a la luz un texto legal que actualice la actual normativa de DP, para adaptarla al nuevo RGPD, sin perjuicio de que las empresas y demás sujetos obligados deban comenzar cuanto antes a implantar las medidas oportunas para prevenirse frente a la dureza de las nuevas sanciones administrativas, que resultan especialmente gravosas debido a la elevada cuantía de las multas.

En este sentido, el AAFF, para asegurar el cumplimiento del RGPD y proteger su responsabilidad como encargado de tratamiento, debe tener en consideración aspectos clave como:

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En todo caso, el AA.FF. debe estar coordinado con el Presidente de la propia CC.PP. que, por regla general, será la responsable del tratamiento de datos y deberá cumplir las obligaciones establecidas en el RGPD a estos efectos.

Estas son algunas de las novedades y medidas que se deben tener en consideración, sin perjuicio de que el nuevo RGPD y la normativa interna prevista contemplen una serie de derechos, obligaciones y recomendaciones que deben ser objeto de cumplimiento.

En conclusión, los tiempos cambian, los datos y los soportes que los contienen evolucionan constantemente y, por tanto, asesores, responsables, encargados y usuarios debemos adaptarnos al “Data Revolution”, anticipándonos e implementando las medidas oportunas para estar preparados frente a las nuevas exigencias legales.///

GUILLERMO MARTÍNEZ LÓPEZAsociado

On tax & legal

COMUNIDADES/

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• Establecer los términos y condiciones relativos a la DP en el contrato que se suscriba con las CC.PP.

• Utilizar los datos exclusivamente en relación al ámbito de las funciones propias de su actividad y acorde con la Ley de Propiedad Horizontal.

• Documentar las acciones y actuaciones que lleve a cabo como encargado del tratamiento de datos.

• Adoptar medidas de seguridad razonables para proteger la seguridad de los datos.

• No transmitir ni ceder datos a terceras personas salvo que conste una autorización expresa por el o los afectados.

• Asesorar a las CC.PP. en el cumplimiento del RGPD.

• Mantener una actitud diligente y proactiva.

• Realizar una evaluación de riesgos y, en su caso, adopción de medidas, en atención del nivel de los datos y/o de los propios riesgos.

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COMUNIDADES/

Esta ley obliga, entre otros, a las personas jurídicas y a las entidades sin personalidad jurídica a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Entre las entidades sin personalidad jurídica se incluyen las comunidades de bienes, las herencias yacentes y las comunidades de propietarios.La obligación de relacionarse con la Administración Tributaria (y en general, la Administración Pública) a través de medios electrónicos implica que los contribuyentes deberán presentar todos los documentos y solicitudes que dirijan a cualquier Administración por medios electrónicos a través de los Registros Electrónicos habilitados al efecto.La presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias no se ve afectada por la LPAC.Los obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, de acuerdo con la Ley 39/2015, recibirán un aviso de la existencia de una notificación pendiente en la Dirección Electrónica Habilitada (DEH), siempre que hayan comunicado una dirección de correo electrónico. Es decir, todas las entidades mencionadas deben disponer de certificado digital, así como alta en Notificaciones Electrónicas.La presentación de declaraciones y autoliquidaciones se continuará haciendo como hasta ahora, por no estar afectada por la Ley 39/2015.El incumplimiento de esta obligación puede ser constitutivo de la infracción tributaria prevista en el artículo 199 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que establece la imposición de una sanción consistente en multa pecuniaria fija de 250 euros.Se excluyen de esta obligación de presentación por vía electrónica las excepciones

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COMUNIDADES DE PROPIETARIOS OBLIGADAS A RELACIONARSE ELECTRÓNICAMENTE CON HACIENDALEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

previstas en el resto de la normativa vigente que obligan a la presentación en papel o soporte físico (originales de avales, documentos notariales, judiciales, etc.).En principio y con carácter general, las personas físicas no están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración.La Agencia tributaria ha habilitado la suscripción al servicio de avisos de notificaciones, por el cual usted puede comunicar un número de teléfono móvil o una dirección de correo electrónico a través de los cuales puede, si así lo desea, recibir avisos de las notificaciones emitidas por la Agencia Tributaria.Para acceder a este servicio voluntario deberá disponer de Cl@ve PIN, certificado electrónico o DNI electrónico o de su número de referencia (obtenido a través del Servicio RENØ).El aviso que reciba en ningún caso tendrá la consideración de notificación, ya que la misma se enviará la notificación por correo postal.El texto del aviso que usted recibirá, en caso de suscribirse a este servicio, es el siguiente:

LA AGENCIA TRIBUTARIA HA EMITIDO UNA NOTIFICACIÓN DIRIGIDA AL NIF XXXPor motivos de seguridad, solo se mostrarán algunos dígitos del NIF.En resumen, se trata de un nuevo sistema de avisos, que no sustituye a la notificación por correo postal actual. Tan solo advierte de la recepción inminente de la misma.No obstante, le recordamos que existe la opción voluntaria por el sistema de notificaciones electrónicas. La inclusión voluntaria por parte de las personas físicas sí reemplazaría al sistema de notificación por correo postal.

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EL PASADO 2 DE OCTUBRE DE 2016 ENTRÓ EN VIGOR LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EN ADELANTE LPAC). ALGUNAS DE LAS NOVEDADES INTRODUCIDAS POR ESTA LEY TIENEN INCIDENCIA EN LOS PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS Y EN LA FORMA EN QUE LOS CONTRIBUYENTES DEBEN RELACIONARSE CON LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.

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ECONOMÍA/

LA PARADOJA DE LOS TIPOS NEGATIVOSLA BURBUJA DELA RENTA FIJA

EL PASADO 31 DE MAYO EL EURIBOR PERFORABA DE NUEVO OTRO MÍNIMO HISTÓRICO, SITUÁNDOSE EN EL -0,131% Y ENCADENANDO DIECISÉIS MESES EN TASA NEGATIVA.Según palabras del propio Mario Draghi: “No es tiempo de discutir la estrategia de salida del QE (Quantitative Easing)”, pero el mercado parece coincidir en que será a partir de inicios de 2018 cuando el BCE comenzará a retirar el plan de compra masiva de deuda, eso sí, de forma paulatina y muy controlada.Asimismo, varias firmas de inversión coinciden en que no será hasta finales de 2018 cuando el BCE anuncie una ligera subida en los tipos de interés, una vez se consolide el crecimiento de la Eurozona y haya desaparecido el temido fantasma de la deflación.

Desde que en octubre de 2008, coincidiendo con el inicio de la crisis financiera y la caída de Lehman Brothers, los tipos de interés comenzasen su senda bajista, los inversores en renta fija han visto cómo sus fondos de inversión han alcanzado plusvalías incluso de doble dígito, ofreciendo rentabilidades muy superiores a los fondos de renta variable, castigados por un exceso de volatilidad en los mercados.Sin embargo, desde el año 2015, la renta fija parece haber entrado en un letargo del que le va a resultar difícil despertarse sin sobresaltos, y es que organismos de la talla de la CNMV consideran que “los activos de renta fija concentran el riesgo de mercado más significativo”.Los tipos de interés en el 0% no solamente han afectado al mercado de renta fija, sino que los

ahorradores tradicionales han visto cómo las entidades financieras cada vez reducen más los tipos de interés que pagan por los depósitos a plazo fijo. Según datos del Banco de España, en enero de 2017 la rentabilidad media de un depósito a plazo de 12 meses se situaba en el 0,08%.Hemos sido testigos en los últimos años de varios acontecimientos que resultan, cuanto menos, paradójicos, como que el bono alemán a 10 años cotizase en junio de 2016 en negativo, o que en febrero de 2015 y por primera vez en la historia, un bono corporativo de deuda senior, en este caso de Nestlé, cotizase también a tipos negativos.Llegados a este punto, en el que la rentabilidad ofrecida por la renta fija parece no tener más recorrido y con los depósitos a plazo fijo que ofrecen las entidades financieras próximos a cero, ¿qué alternativas tiene el inversor particular para que la inflación no merme su poder adquisitivo? Quizá deba el inversor particular español, tradicionalmente conservador y acostumbrado a la “rentabilidad sin riesgo”, aceptar que los tiempos han cambiado y nos enfrentamos a un entorno de “riesgo sin rentabilidad”.

Y es que, o estamos dispuestos a asumir cierta exposición a renta variable, o estaremos condenados, al menos a corto y medio plazo, a la pérdida de poder adquisitivo.///

ÁLVARO FERNÁNDEZ MARTÍNDirector oficina Banco SantanderAgente Financiero – EFPA EspañaEuropean Investment Practicioner

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COMUNIDADES/

EL COCHE ELÉCTRICO CAMBIA LA NORMATIVA DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDASEL COCHE ELÉCTRICO ESTÁ MODIFICANDO EL PANORAMA URBANO, Y LO QUE HACE AÑOS ERA EXTRAORDINARIO HOY NO LO ES TANTO.Es algo especialmente significativo en el caso del carsharing o el también llamado transporte colaborativo, caso de Car2Go o Emov.Lo que no es tan común es ver coches particulares movidos a través de energía eléctrica, aunque lo cierto es que tímidamente van apareciendo entre el tráfico de las ciudades. Es algo lento, pero imparable.De hecho el coche eléctrico ya ha modificado varios aspectos regulatorios, como es el caso de la normativa de construcción de viviendas.“Con la aparición de esta nueva tecnología ha sido necesaria la adaptación de muchos elementos: puestos de recarga, exenciones de tasas, libertad de circulación... Y también, la propia edificación de viviendas. En este último aspecto cabe destacar la aparición de un Real Decreto en el que se aprobaba una Instrucción Técnica Complementaria bautizada como: Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para recarga de vehículos eléctricos”, explica Javier Méndez, director del Gabinete Técnico

del Colegio de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Madrid.De esta forma, y aunque no es algo que se haya aireado, todos los edificios construidos a partir del 30 de junio de 2015, fecha en la que entró en vigor la modificación de la instrucción, deben facilitar en cada plaza de garaje el acceso a una toma de corriente.Es importante que exista la posibilidad de cargar por la noche los vehículos eléctricos en las plazas de garaje particulares. Las cargas rápidas son mucho más caras que las lentas, de ocho horas, porque requieren más potencia para recargar la pila en menos tiempo.La regulación establece de esta forma que “en aparcamientos o estacionamientos colectivos y en edificios de régimen de propiedad horizontal se deberá ejecutar una conducción principal por zonas comunitarias (mediante, tubos, canales, bandejas, etc.), de modo que se posibilite la realización de derivaciones hasta las estaciones de recarga ubicada en las plazas de aparcamiento”, apunta Méndez. La normativa también establece unas obligaciones que afectan a las vías públicas. Deberán efectuarse las instalaciones necesarias para dar suministro

a las estaciones de recarga ubicadas en las plazas destinadas a vehículos eléctricos que estén previstas en los Planes de Movilidad Sostenible supramunicipales o municipales.También se establece la obligatoriedad de que exista una estación de recarga eléctrica por cada 40 plazas de aparcamiento en los nuevos parkings de flotas privadas, cooperativas de empresa u oficinas, así como en los parkings de carácter público.Así, la Instrucción exime de la obligación de preinstalar la toma de corriente a aquellas viviendas anteriores al verano de 2015.

TOMAS DE CORRIENTE EN LOS GARAJES DE CASA.

La importancia de disponer de preinstalaciones eléctricas en el garaje de casa es una de las piedras filosofales del despegue del coche eléctrico.El problema que se plantea es el de la velocidad de carga de las baterías. Si hablamos de una recarga rápida, de aproximadamente una hora y media para llenar a tope la batería, la potencia utilizada en la red eléctrica debe ser mucho más alta de lo normal, lo que repercute directamente en la factura que el usuario tendrá que pagar por llenar la pila.Si el propietario de un vehículo eléctrico tiene la posibilidad de dejarlo cargando por la noche, en casa, durante 8 horas, el tiempo de carga es mayor pero no así la potencia necesaria para el proceso, ya que el llenado se realizará durante 8 horas, con el consiguiente abaratamiento de la factura.///

MARCOS SIERRAEditor en vozpopuli.com

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ACOSO ESCOLAR:EL BULLYING COMO FORMA MÁS ACTUALEL ACOSO ESCOLAR NO ES UN HECHO NUEVO EN LA SOCIEDAD Y MUCHO MENOS EN EL ENTORNO ESCOLAR. HASTA AHORA EL ACOSO ESCOLAR REUNÍA UNA SERIE DE CARACTERÍSTICAS:

1. es una conducta hostil variada (insultos, golpes, pequeños hurtos, hacer el vacío, empujones, vejaciones varias, etc);

2. se da entre iguales (alumnos de edad similar con variación de uno o dos años máximo entre el acosador o acosadores y la víctima o víctimas);

3. el motivo es indistinto, desde la forma de vestir, el pelo, ser mejor estudiante, gustos musicales, o cualquier otro elemento que no le guste al acosador de su víctima;

4. sucede dentro del centro escolar o en los transportes escolares;

5. y como elemento diferenciador está la duración de los actos, pues de forma consensuada se entiende que el acoso debe durar un mínimo de tiempo durante el cual se manifiestan las diferentes variantes de conducta hostil (aunque en muy pocas ocasiones un solo acto ya se ha calificado como de acoso).

Los padres, el entorno más próximo al menor, incluidos los profesores, detectaban este acoso al ver como sus hijos presentaban moratones en diferentes partes del cuerpo sin poder o querer explicar su origen. En otras ocasiones, lo detectaban por la ausencia de pertenencias del hijo (perdían sin explicación ropa, libros, material escolar, el dinero

para el bocadillo, etc.) No era tampoco raro que el niño víctima de acoso bajara en su rendimiento escolar sin explicación, perdiera interés en ir al colegio o en realizar actividades con otros niños. Y el hermetismo de los menores en estas situaciones dificulta aún más la labor de los padres y su intención de buscar una causa a dichos cambios.

En los últimos años hemos vivido un cambio social que acentúa el acoso. La presencia de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC´s) es ya parte de nuestras vidas. Los menores acceden con mayor antelación a las nuevas tecnologías y hacen uso de las mismas a edades más tempranas. Y entre estos comportamientos está el que sean poseedores de tecnología a la edad de 8 o 9 años (¿Quién no conoce el caso de niños con 9 años que como regalo de comunión le dan una tablet o un móvil?). Esta posesión de tecnología conlleva también el uso de App´s de mensajería instantánea o de redes sociales (WhatsApp, Line, Telegram, Messenger, Facebook, Instagram, Periscope, ThisCrush, etc.). Los menores han aprendido a comunicarse por estos medios. Una imagen en estas Redes sociales o pertenecer a un Grupo es indicativo de estatus social. Un “like”, un “me gusta” o ser “etiquetado” en una fotografía puede suponer mayor o menor relevancia social o integración en un grupo de iguales.Pero estos nuevos comportamientos han dado lugar al CiberBullying, que no es más que el acoso antes relatado pero trasladando gran parte de los

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SOCIEDAD/

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SOCIEDAD/

comportamientos a las redes sociales o a las App´s de mensajería: los insultos, las vejaciones, las humillaciones ya no son sólo físicas, sino también virtuales. Ahora los acosadores tienen en sus manos un móvil, una tablet o un ordenador desde el cual acosar sin límite, durante horas y días, y con una mayor publicidad (los acosadores en el fondo no son más que menores que necesitan sentirse crecidos ante los demás, sentirse superiores). Ahora pueden etiquetar para insultar, o “bombardear” a mensajes a su víctima. Este nuevo fenómeno supone un mayor daño porque el vínculo entre acosador y víctima no se rompe al finalizar las clases, cuando la víctima llega a su casa y se encuentra en un entorno seguro y aislado del acosador. Ahora el acoso dura de forma indefinida a lo largo del día, y ello hace que la víctima no pueda desvincularse del acosador, no pueda descansar ni física ni mentalmente. Además la publicidad de esta situación se multiplica: a través de las Apps de mensajería y de las redes sociales se “marca”, señala, a esa víctima, incrementando así su sensación de aislamiento y victimización (multiplicar el sentimiento de víctima). Detectar esta situación es complejo, pues nuevamente el hermetismo de los menores dificulta que comuniquen lo que sufren a sus padres u otras personas de su confianza. Elementos que pueden indicarnos la presencia de un Bullying son los mismos que en el caso del “acoso clásico” (pérdida de interés de estar con amigos, bajo rendimiento escolar, aislamiento, etc), sumando el desinterés repentino por las nuevas tecnologías. La víctima suele dejar de comunicarse por redes sociales y App´s de mensajería, pues esas vías de comunicación al final le llevan a estar cerca, aunque sea de forma virtual, de su acosador.¿Qué debemos hacer como padres?. Es complejo, pues un elemento fundamental es la confianza previa existente entre padres e hijos, porque será necesario conseguir que nuestros hijos nos cuenten qué les está pasando. Debemos fijarnos en los cambios de comportamiento, en si presenta moratones (intentan ocultarlos con ropa, con el pelo, con elementos varios), en sus resultados académicos, etc.

Nuestros hijos deben vernos como un apoyo ante esas situaciones, reforzando así su autoestima y su capacidad para hacer frente al acosador. Debemos evitar situaciones de histeria (muchos niños ocultan situaciones de acoso porque temen una reacción excesiva de sus padres). Acudir al centro escolar, hablar

con la dirección y equipo de orientación buscando una solución desde el punto de vista académico (El Protocolo contra el Acoso Escolar, aprobado por la Xunta de Galicia en el 2015, es de aplicación en estos casos). No dejemos también de tener en cuenta que ante la presencia de lesiones, de insultos, vejaciones, etc, podemos acudir a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y presentar la correspondiente denuncia, así como a los Juzgados en funciones de Guardia.El acoso, y sus variantes como el CiberBullying, deben frenarse. Hay herramientas, hay medios y cada día mayor conciencia social ante este fenómeno. ///

JOSÉ SOENGAS Inspector del Cuerpo Nacional de Policía

Debemos fijarnos en los cambios de comportamiento, en si presenta moratones (intentan ocultarlos con

ropa, con el pelo, con elementos varios), en sus resultados

académicos, etc.

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LEGISLACIÓN/

INTELIGENCIA ARTIFICIALUN ARMA DEDOBLE FILO

EN LOS ÚLTIMOS AÑOS SE ESTÁ HABLANDO MUCHO SOBRE CÓMO SE ESTÁN HACIENDO AVANCES EN LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y LOS POSIBLES RIESGOS Y PELIGROS QUE ESTA PUEDE CONLLEVAR. LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL (O DENOMINADA AI, SIGLAS QUE PROVIENEN DE ARTIFICIAL INTELLIGENCE) PUEDE DEFINIRSE COMO EL DESARROLLO COMPUTACIONAL CAPAZ DE DOTAR A UN ENTE VIRTUAL DE FUNCIONES COGNITIVAS CONSIDERADAS COMO HUMANAS, COMO POR EJEMPLO ENTENDER EL ENTORNO O LA RESOLUCIÓN DE PROBLEMAS. ADEMÁS, ESTAS MÁQUINAS A PARTIR DE ALGORITMOS QUE PROCESAN DATOS PROVENIENTES DE DISPOSITIVOS Y SU ENTORNO POSEEN LA CAPACIDAD DE APRENDER POR SÍ MISMAS, LO QUE SE CONOCE COMO MACHINE LEARNING.

El concepto de Inteligencia Artificial no es tan reciente como nos puede parecer. Ya en los años 50, Alan Turing hablaba de ella preguntándose si podrían pensar las máquinas como los humanos. Derivado de esto se creó el test de Turing, prueba que permite determinar si una máquina puede comportarse de manera similar a un humano. A pesar de que esta prueba no se consideraba factible para ente no humano, en 2014 un ordenador consiguió superarla, haciéndose pasar, vía chat, por un niño de 13 años, y consiguiendo hacer creer a sus interlocutores humanos que se trataba de una persona real.Actualmente ya se ha conseguido dotar a computadoras de habilidades tales como el reconocimiento del lenguaje, la traducción de idiomas, o habilidades para competir en determinados juegos. Las grandes compañías del sector tecnológico están invirtiendo fuertes cantidades de dinero en este campo debido a su

potencial, tanto en sus aplicaciones prácticas como sus rendimientos económicos. En opinión de Mark Cuban, la persona que consiga dominar la AI se convertirá en el primer trillonario del mundo.Actualmente podemos observar casos prácticos del desarrollo de actividades propias de la AI. Ejemplos de esto son los coches autónomos, el traductor automático de Skype, el reconocimiento de fotos por parte de Google Photos o la victoria de Alpha Go (software perteneciente a Google desde la adquisición por parte de esta de Deepmind en 2014) contra el campeón mundial de Go en Marzo de este año.Aunque queda un largo trayecto por avanzar lo referente a AI, se empieza a comprobar un miedo latente. Este miedo se centra principalmente en la eliminación de infinidad de trabajos, comenzando estos a ser realizados a partir de máquinas. Entonces ¿Puede la inteligencia artificial acabar con muchos empleos que conocemos actualmente?

Personalmente pienso que sí, como ya ha sucedido en otras fases de la historia. Internet ha acabado con muchos empleos que conocíamos, pero a su vez se han creado otros nuevos derivados de esto. Por otra parte, la llegada de la AI conllevará beneficios para los seres humanos como la detección de problemas de salud en tiempo real y la cura de enfermedades que actualmente no la tienen, también podremos comunicarnos con gente de otras lenguas sin necesidad de conocer un lenguaje común. Veremos finalmente si los avances que se van realizando en este campo determinan si el miedo actual es infundado y si finalmente se conseguirá dotar a las máquinas de consciencia humana, que actualmente supone el mayor reto a lo que se enfrentan los investigadores. Quedan más de 10 años para que se consiga una inteligencia artificial potente, pero se deben tomar las medidas desde ya para que este arma no se vuelva en nuestra contra. ///

JACOBO PINTOS VILLAREconomista

TECNOLOGÍA/

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VIVIENDA/

¿DENUNCIAS EL MALTRATO?

En el año 2015 se ha realizado una Macroencuesta sobre la Violencia contra la Mujer, y sus resultados muestran que el 86’67% de las mujeres que han sufrido violencia de su pareja o expareja han acudido a la policía o al juzgado, a algún servicio de ayuda o han contado su situación a alguien del entorno. Es decir, las mujeres víctimas de violencia de género ya rompen de forma mayoritaria con el silencio que tradicionalmente ha acompañado a esta violencia.No obstante, cuando se analiza el porcentaje de mujeres que denuncian la violencia de género sufrida, los resultados de la Macroencuesta muestran que sólo el 28,6% de las mujeres que han sufrido violencia de género ha denunciado su situación en la policía o el juzgado.Este desfase nos indica que algo ocurre, algo estamos haciendo mal.

¿CÓMO AYUDAMOS EN EL PROCESO DE DECISIÓN?

Pues básicamente, con información. Aunque hay que respetar los ritmos de cada mujer y sus decisiones, cada vez más mujeres se aproximan a diversos puntos de

LAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO

contacto (016, policía, CIM…) para informarse de los procedimientos y derechos que les amparan tras la denuncia. Es necesario facilitar esa información lo más completa y especializada posible, fortalecer a las víctimas para que sean capaces de identificar lo que les está ocurriendo y decidir.Dar una mayor importancia a los distintos recursos existentes más allá del sistema judicial (médicos, psicólogos, trabajadores sociales, etc.) y apoyarlas y asesorarlas desde el inicio del proceso judicial. Es imprescindible que conozcan los distintos recursos y ayudas existentes para facilitarles romper con el maltratador con cierta seguridad de que estarán atendidas y cubiertas sus principales necesidades y las de sus hijos e hijas.Fortalecer los mecanismos policiales y judiciales de protección de las víctimas a las que se les concede la orden de protección, para que se sientan más seguras y se decidan a denunciar.

LOS DERECHOS Y AYUDAS A LAS VÍCTIMAS.

La Delegación del Gobierno para la Violencia de Género, tiene en su página web una guía actualizada de los derechos de las mujeres víctimas de esta violencia.

YA SABEMOS QUE VENIMOS DE UNA SOCIEDAD PATRIARCAL DONDE EL HOMBRE SIEMPRE HA OSTENTADO UNA RELACIÓN DE PODER SOBRE LA MUJER, Y FRUTO DE ELLO, ESTA ASUMÍA SU ROL SECUNDARIO Y DE DEPENDENCIA DE AQUEL, Y SABEMOS QUE TENÍA ESPECIAL REPERCUSIÓN EN EL ÁMBITO PRIVADO DEL DOMICILIO DONDE DERIVABA EN MUCHAS OCASIONES EN LOS MALOS TRATOS HACIA LA MUJER.

PERO AFORTUNADAMENTE LA SOCIEDAD ESTÁ AVANZANDO (AUNQUE AÚN QUEDE CAMINO POR RECORRER), ESTA VIOLENCIA ESTÁ DEJANDO DE SER CONSIDERADA COMO UN PROBLEMA INDIVIDUAL E ÍNTIMO DE LA PAREJA, PARA CONSIDERARSE UN PROBLEMA PÚBLICO, QUE NOS AFECTA A TODOS, PODRÍAMOS DECIR, UN PROBLEMA DE ESTADO, PUES CONSTITUYE UNO DE LOS ATAQUES MÁS FLAGRANTES A DERECHOS FUNDAMENTALES COMO LA LIBERTAD, LA IGUALDAD, LA VIDA, LA SEGURIDAD Y LA NO DISCRIMINACIÓN PROCLAMADOS EN NUESTRA CONSTITUCIÓN.

HAY DIVERSOS TIPOS DE VIOLENCIA QUE SE PUEDEN DAR SOBRE LAS MUJERES, ADEMÁS DE LA FÍSICA QUE NOS PARECERÁ MÁS IMPACTANTE, PERO TAMBIÉN EXISTE LA PSICOLÓGICA, LA SEXUAL, LA ECONÓMICA O LA SOCIAL.

En el siguiente enlace:

http://www.violenciagenero.msssi.gob.es/informacionUtil/derechos/home.htm

A modo de resumen, citamos algunos derechos:

• A la información y asesoramiento jurídico.- a nivel nacional, en el número 016, teléfono gratuito y que no deja rastro en la factura. Cuidado porque sí puede dejarlo en el propio terminal telefónico. En Galicia tenemos el teléfono gratuito 900 400 273. Y además en la mayoría de los municipios de Galicia, se encuentran los Centros de Información a Muller (CIM), que dependen de los respectivos Concellos.

• A la asistencia social integral para las víctimas y los menores.- para recibir asesoramiento; asistencia material, médica, psicológica y social; alojamiento de emergencia, acogida temporal, centros tutelados; formación y reinserción laboral; tramitación de ayudas económicas y sociales.

• A la asistencia jurídica gratuita, inmediata y especializada.- desde antes de formular la denuncia y durante todo el proceso.

• A derechos laborales.- movilidad geográfica, reducción de jornada con disminución de salario, extinción del contrato por su decisión, ausencias justificadas.

• A derechos económicos.- Ayuda específica para víctimas con especiales dificultades para obtener un empleo; Renta activa de inserción; anticipos por impagos de pensiones alimenticias; prioridad en el acceso a viviendas protegidas y residencias públicas para mayores; escolarización inmediata de los hijos.

• También para las mujeres extranjeras.- en situación de residencia en España, o en situación irregular.

EL “AMOR ROMÁNTICO” EN LOS JÓVENES:

Ya desde edades muy tempranas, a las niñas se les inculca que para sentirse realmente realizadas necesitan tener una pareja, y para ello es necesario aguantar casi lo que sea, “el amor que todo lo puede”; los chicos son líderes

SOCIEDAD/

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natos y fuertes, y las chicas dóciles y emocionales; son los denominados estereotipos de género.En la referida macroencuesta se indica que un 21% de las mujeres menores de 25 años que han tenido pareja han sido víctimas de malos tratos.Al respecto de los actos de control, merece hacer una referencia a las redes sociales y la mensajería; según un estudio de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género, el 25’1% de las chicas reconocen que han sufrido control abusivo (con quien habla, lo que dice o a donde va) a través del móvil –stalking-. Y el 2% ha colgado una foto suya de carácter sexual en la red (o enviado por whatsapp) como “prueba da amor” con su pareja –puede derivar en sexting-.

LOS MENORES TAMBIÉN SON VÍCTIMAS:

Las situaciones de violencia sobre la mujer afectan también a los menores que se encuentran dentro de su entorno familiar, víctimas directas o indirectas de esta violencia, y por ello en la ley integral se establecen medidas de protección cuya finalidad

es prevenir, sancionar y erradicar esta violencia y prestar asistencia a las mujeres y a los menores.Según dato de la Fundación IRES, el 48 % de los niños que vive en hogares con padres violentos reproduce esa violencia; las niñas por su parte, son más propicias a adoptar conductas de sumisión y obediencia, y un trato diferente en las relaciones de pareja. Vivir en un entorno hostil viendo cómo se maltrata a su madre afecta al desarrollo emocional y psicológico del menor, pudiendo provocarle ansiedad, depresión, falta de atención y problemas para relacionarse.Según la Macroencuenta, el 10’8% de los menores en España vive en un hogar donde se ejerce violencia psicológica sobre su madre, y el 2’4% donde se ejerce violencia física; y el 63,3% de las mujeres maltratadas afirma que sus hijos presenciaron alguna de las situaciones de violencia. El maltratador sabe que puede hacer daño a la mujer haciendo daño o no cuidando bien a sus hijos, incluso en ocasiones les manipula para que vigilen a la madre o para que intervengan también en los insultos que el padre le profiere.

El síndrome de alienación parental se puede dar cuando un progenitor influye negativamente en el hijo o hija para rechazar al otro progenitor, lo utilizan para hacer daño al otro, o para aprovechar ese rechazo influido cuando vayan a comparecer ante el Juez que tiene que dictar o modificar unas medidas civiles. Menospreciar, insultar o desvalorizar al otro delante del niño, contarle mentiras para demonizar al otro, ridiculizar los sentimientos del niño hacia el otro progenitor y reforzar en cambio los comportamientos despectivos… En definitiva, los hijos e hijas menores también sufren la violencia en el hogar, y puede causarle serios perjuicios en su desarrollo, en su futuro. “Si no lo haces por ti, hazlo por ellos”.///

JOSÉ ÁNGEL RUIBAL PÉREZInspector del Cuerpo Nacional de Policía

Inspector Principal de Policía LocalCriminólogo (Grado por la USAL)

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COMUNIDADES/

SEGURIDAD EN INMUEBLES¿OBLIGATORIEDAD O SENSATEZ?

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS

Indiscutible es, que todos los edificios deben protegerse contra riesgo de incendio.La normativa vigente, RD 314/2006, de 17 de marzo (CTE-DB SI 4 “Instalaciones de Protección contra Incendios”) EXIGE la existencia de extintores y su señalización atendiendo a unas determinadas pautas.Es más, el RD 1942/1993, de 5 de noviembre OBLIGA a que exista un contrato de mantenimiento con una empresa homologada para cumplir con las revisiones periódicas reglamentarias (trimestrales, anuales y quinquenales) perfectamente documentadas ante cualquier inspección.

¿De quién es la responsabilidad de que una comunidad no realice ni documente, por ejemplo, la Revisión Trimestral Obligatoria?Responsabilidad Civil para la Comunidad y Penal para su Presidente.La no propiedad de los extintores por parte de la comunidad y por tanto, la consiguiente contratación de un servicio de mantenimiento integral de extintores conllevan a que la responsabilidad de la figura del presidente ya no recaiga sobre él, sino sobre la empresa.Pero… ¿Y los edificios construidos cuando no había legislación? ¿No es una temeridad vivir sin que existan medidas para detectar y luchar contra el fuego?El riesgo de sufrir un incendio es igual, o si cabe mayor, que en otros construidos a partir del 2006, ya que fueron diseñados sin ofrecer seguridad suficiente a sus ocupantes.

Pongamos un ejemplo:Comunidad de propietarios de más de 5 plantas de altura, la única escalera de comunicación entre plantas comunica directamente con las puertas de acceso a las viviendas y con los ascensores. El humo provocado por el incendio en una planta, invadiría directamente la escalera, anulando el único recorrido de evacuación que los vecinos tienen para salir a la calle.Igual que nuestro vehículo posee air bag, ABS, etc, medios que nos ayudan a minimizar los daños personales en accidente, hay que comprender que los sistemas de protección contra incendios cumplen la misma función: detectar y combatir el fuego en su primera fase, reduciendo el incidente a un susto y, a lo sumo, una campana de cocina quemada y no un edificio ardiendo.Colocar extintores en escaleras y zonas de especial riesgo y Alumbrado de Emergencia (preferiblemente led que contribuya al ahorro y eficiencia energética) en vías de evacuación no es gran inversión y permite atacar el fuego cuando está empezando y evacuar el edificio sin problemas de iluminación.

SEGUROS MULTIRRIESGO

¿Todas las aseguradoras son iguales?Esa es la idea más distendida entre los ciudadanos, por ello centran su objetivo en buscar la póliza más barata, comprar on line sin asesoramiento, buscar lowcost o recurrir a los amigos que saben de ésto, lo que trae consecuencias desagradables cuando llegan los siniestros.

Para evitar errores y sentirse bien tratado, dirigirse a un buen agente que asesore y se implique tanto en la contratación como en posterior gestión es la mejor opción.Pensar que una póliza de seguros lo puede curar todo…Uno de los aspectos más importantes de cualquier contrato de seguros es la obligación de facilitar datos verídicos para formalizar la póliza y si difiere mucho de la realidad, la experiencia con los siniestros variará considerablemente:• Siniestros de Incendio: En pleno siglo XXI son

los que mayores pérdidas ocasionan en el patrimonio de las familias, llevándose consigo la vida de algunas personas. Si el asegurado no dispone de medidas de protección contra incendios o no documenta las revisiones reglamentarias (tema tratado con anterioridad) la compañía aseguradora excluye la cobertura por siniestro de incendio.

• Infraseguros: Asegurar por un valor menor de lo que cuesta reconstruir la vivienda supone incurrir en infraseguro: se paga menos precio por el seguro de lo que correspondería, pero las consecuencias son nefastas, el asegurador va a indemnizar según el dicho “tanto pagas, tanto cobras” aplicando una regla proporcional. Si aseguras tu casa por el 50% de su valor, recibirás como indemnización el mismo porcentaje de daños.

La experiencia será tan desagradable como para calificar el no disponer de extintores así como el infraseguro como los peores de los siniestros.///

MIRIAM DOMÍNGUEZGerente en QUENCHER SOLUTIONS

Agente seguros Ocaso

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TECNOLOGÍA/

IOTLA 4ª REVOLUCIÓN INDUSTRIALQUE VIVIMOS EN UN MUNDO HIPERCONECTADO ES UNA REALIDAD, DE HECHO VIVIMOS EN EL PAÍS DEL MUNDO, JUNTO CON SINGAPUR, CON MAYOR RATIO HUMANO-SMARTPHONE.

Esta realidad, además de permitirnos el acceso, casi a tiempo real, a una cantidad ingente de información antes nunca imaginada, ha abierto nuestros ojos, hacia un nuevo mundo, el Internet de las Cosas, nuevos dispositivos, servicios y aplicaciones que pretenden, gracias a la conexión del todo, facilitarnos la vida.El Internet de las Cosas es una revolución, seguramente simiente, de la 4 revolución industrial, por tanto necesita no sólo buenas ideas, sino de arquitecturas definidas desde el inicio en pro de la seguridad y la privacidad de la información que manejan. El noviembre de 2016 vimos como un ataque producido por neveras, televisores y una amplia variedad de dispositivos conectados, tumbaba el mayor proveedor de servicios DNS (quien traduce nombres de webs por direcciones IP) del mundo, esto que a muchos puede sonarnos a chino, implica que una infraestructura mal gestionada, fue capaz de echar por tierra Twitter, WhatsApp y otro gran número de servicios consumidores de ese proveedor DNS.Más reciente es la crisis del WannaCry,”quiero llorar en inglés”, que literalmente provocó ese sentimiento en directivos de grandes compañías de todo el mundo, al grito de “corten el cable” intentaban proteger el Maná del siglo XXI, su información.Con todos estos antecedentes, ante el desarrollo de una aplicación inevitablemente surgen varias preguntas a las cuales se deberá contestar rotundamente para que esta no sea un fracaso.Como garantizar que los dispositivos solo reciban órdenes de un único punto y que nadie simule que es ese punto?Como garantizar que los usuarios se registren y solo utilicen su usuario en un dispositivo validado?

Como garantizar que los dispositivos no sean públicos a internet?Si no son públicos? Como conseguir que la plataforma de gestión pueda precisamente, gestionar usuarios y dispositivos?Y sino hay cobertura?Y por supuesto, toda la información debe ir cifrada extremo a extremo.Y el resultado?

EL RESULTADO SE LLAMA MYOPEN:SE BASA EN UN DISPOSITIVO ROBUSTO Y ESPECÍFICAMENTE PROGRAMADO PARA UNA ÚNICA FUNCIÓN, RECIBIR ÓRDENES Y ACCIONAR RELÉS DESDE UN ÚNICO PUNTO.

Dispone de conectividad global gracias a una SIM sin nacionalidad, que funciona en cualquier país del mundo.Esa SIM, se conecta a través de un entorno privado y cifrado, tan cifrado que ni nosotros como operador vemos lo que pasa por ese túnel de información.La SIM no es pública, todas las direcciones que gestionamos son privadas y solo accesibles desde un punto dentro de nuestra red, esto nos permite auditar los accesos, no sabemos qué información se comunica, pero si quien se comunica con quien,

lo que nos dota de capacidad para prever usos malintencionados.Tenemos capacidad de gestión en tiempo real sobre esas sims, si un dispositivo registra alguna incidencia, podemos incluso apagar tanto dispositivo como SIM en remoto.La plataforma de gestión está alojada en uno de nuestros centros de datos, y solo se publica en internet una mínima parte de gestión de usuarios, cuyos accesos también son auditados.Todas las gestiones realizadas desde la plataforma hacia los dispositivos, se realizan FÍSICAMENTE a través de un dispositivo específico y separado de internet.Todos los días se realizan copias de seguridad de los datos y se almacenan por si fuera necesario recurrir a ellos.En definitiva, de una idea brillante y después de varios meses de trabajo duro, se ha conseguido el objetivo, un producto sencillo para el usuario final con alto valor añadido y múltiples aplicaciones, basado en una arquitectura robusta, que permitirá crecer y escalar de forma segura y sostenible.///

IÑIGO LÓPEZ-LEITÓN ZAPICO Partners & Solutions. Enterprise Business Unit

Vodafone España S.A.U

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SERGA, ALGO MÁS QUE UN ADMINISTRADOR DE FINCAS

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miComunidad es lo que entendemos que va a ser el futuro de nuestra profesión, un despacho virtual las 24 horas los 365 días, al que podrá tener acceso tanto desde su ordenador, desde nuestra web www.serga.es, como desde tu Smartphone o Tablet, a través de nuestra App para Android o iOS.

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Pisos en aireación es un producto que surge de sus necesidades como propietario en su piso de segunda residencia. Con “pisos en aireación” nuestro personal de SERGA vigilará periódicamente su propiedad privada para comprobar que enchufes, cañerías, luces y demás funcionan correctamente. Este servicio también funciona a modo de anti-ladrones, ya que con cada revisión el piso se abre completamente dando impresión de que no está deshabitado. Con “pisos en aireación” podremos agilizar los trámites en caso de siniestro, ya que no dependeremos que usted esté en su piso o no, con lo que facilitará la gestión con la compañía aseguradora. Disfrute de su inmueble nada más llegar, evítese sorpresas.///

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