el nuevo siglo clasificados judiciales · viernes 29 de enero de 2021 clasificados judiciales el...

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CLASIFICADOS JUDICIALES 22A EL NUEVO SIGLO VIERNES 29 DE ENERO DE 2021 CLASIFICADOS JUDICIALES LICENCIAS CURADURIA URBANA 3 Arq. ANA MARÍA CADENA TOBÓN CURADORA RADICACIÓN: 11001-3-20-0998 La Curadora Urbana 3 de Bogotá, arqui- tecta ANA MARÍA CADENA TOBÓN en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015 y 73 de la Ley 1437 de 2011, hace saber que a el(los) señor(es) HERNANDEZ RODRI- GUEZ LADY MARCELA (POSEEDOR) (CC/ NIT 53153187)Constructor Responsable CARDOZO VARGAS LUIS ANGEL (c.c Mat. 2520233609 CND Se le(s) ha otorgado LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN No. 11001- 3-21-0128 con fecha: 2021-01-27 00:00:00 en las modalidades de : OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL para el predio urbano localizado en la(s) direccion(es) KR 10B E 40 12 S(ACTUAL) con Chips: AAA0006LKAW en el lote: 11, de la urbanización ALTOS DEL POBLADO (Localidad SAN CRISTOBAL). Contra el acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recursos de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaria Distrital de Planeación (Articulo 36 – Ordinal K del Decreto 16 del 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 de la Ley 1437 de 2011). Esta publicación se hace para notificar a los vecinos colindantes de la edificación objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado. ANA MARÍA CADENA TOBÓN Curadora Urbana 3 de Bogotá. D.C. (11001-3-20-0998) *P1-1-29 CURADURIA URBANA 4 Arq. CATHERINE CELY CORREDOR CURADORA PUBLICACIÓN 4201812 La Curadora Urbana No.4 (P) de Bogotá D.C., ARQ. CATHERINE CELY CORREDOR , en ejercicio de las facultades legales que le confieren la Ley 388 de Julio 18 de 1997, su Decreto reglamentario 1077 de 2015, el Decreto Distrital 249 de 2020,y en virtud de lo consagrado en el Artículo 65 de la ley 9 de 1989, en concordancia con el Artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto Nacional 1077 de 2015, comunica a los terceros interesados que se puedan ver afectados con la expedición del acto administrativo que para el expediente en referencia este despacho expidió el Acto Administrativo número 11001-4-21-0229 cuya parte resolutiva se transcribe a continuación: RESUELVE: Otorgar LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la(s) modalidad(es) de DEMOLICIÓN TOTAL, OBRA NUEVA en el predio urbano, estrato: 3 localizado en la dirección KR 50 138 33 Actual / KR 50 138 39 Actual / KR 50 138 43 Actual - Chip:AAA0119DNRJ / AAA0119DNSY / AAA0119DNTD - Matrícula Inmobiliaria:50N20270800 / 50N20270801 / 50N20270802 de la localidad de Suba-Para dos (2) torres en semisótano y cinco (5) pisos con el primer piso destinado a equi- pamiento comunal y estacionamientos (piso no habitable) para uso multifamiliar, con cincuenta y dos (52) unidades de vivienda (no vis) con 58 cupos de estacionamiento de los cuales 53 cupos son de residentes y 5 de visitantes, incluido 1 cupo que cumple con las dimensiones para transportar personas con movilidad reducida. Plantea 15 cupos para bicicletas. Plantea 15 depósitos. Titula- res: BRICCON S.A.S. FIDEICOMITENTE DEL FIDEICOMISO MAKASSAR - FIDUBOGOTA, Constructor Responsable JAIRO BRICEÑO LEGUIZAMON CC 19227459. Urbanización: PRADO PINZÓN, Manzana: 016 Lote(s): 14 (PARTE) Se informa a los terceros interesa- dos que contra el presente acto administra- tivo procede recurso de reposición ante esta Curaduría y en subsidio de apelación ante la Subsecretaría Distrital de Planeación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la presente publicación. *P1-2-29 CURADURIA URBANA 5 Ing. Mariano Pinilla Poveda Bogotá D.C. CURADURIA URBANA 5 Ing. MARIANO PINILLA POVEDA CURADOR COMUNICACIÓN A VECINOS, POSEEDORES, COMUNEROS, TERCEROS INTERESADOS Y ACREEDOR HIPOTECARIO: CURADOR URBANO N.º 5 ING. MARIANO PINILLA POVEDA PORTA 100: TV 22 98-82/26. De con- formidad a lo dispuesto en el Artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, comunica a los propietarios, acreedores hipotecarios, poseedores o tenedores de los inmuebles colindantes a los predios objeto de las solicitudes, que ante esta Curaduría Urbana se han presentado las siguientes solicitudes de licencia. (Se indican en orden N.º de expediente, tipo de trámite, Dirección, Uso, Titular y fecha de radicación). 11001-5-20-0680: LICENCIA DE CONSTRUC- CIÓN en la modalidad de OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL para el predio ubicado en la CL 29 S 3 26 30 (ACTUAL) de esta ciudad. El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s) VIVIENDA UNIFAMILIAR. Propietario (a): PALACIOS MILLAN YOLANDA, CASTAÑEDA OVALLE WILLIAM (Identificado(a) con el c.c. / NIT: 51555047, 79431866). Fecha Radicación agosto 24 de 2020. 11001-5-20-0993: LICENCIA DE CONS- TRUCCIÓN en la modalidad de OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL para el predio ubicado en la CL 42 A BIS S 3 B 41 E (AC- TUAL) de esta ciudad. El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s) VIVIENDA BIFAMI- LIAR. Propietario (a): RAMIREZ VERA LUZ MARINA (Identificado(a) con el c.c. /NIT: 20729302). Fecha Radicación noviembre 12 de 2020. 11001-5-20-1131: LICENCIA DE CONS- TRUCCIÓN en la modalidad de OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL, APROBACIÓN PLANOS ALINDERAMIENTO Y CUADRO ÁREAS PH para el predio ubicado en la CL 75 106 A 03 (ACTUAL) de esta ciudad. El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s) VIVIENDA BIFAMILIAR. Propietario (a): CASALLAS DE PRIETO ANA ROSA (Identificado(a) con el c.c. /NIT: 41549305). Fecha Radicación diciembre 23 de 2020. 11001-5-20-1010: LICENCIA DE CONS- TRUCCIÓN en la modalidad de OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL para el predio ubicado en la CL 111 S 5 34 (ACTUAL), KR 5 BIS 110 35 S (ACTUAL) de esta ciudad. El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s) VIVIENDA MULTIFAMILIAR. Propietario (a): SARMIENTO GARCIA LUZ MARINA (Identificado(a) con el c.c. /NIT: 41770025). Fecha Radicación noviembre 17 de 2020. 11001-5-20-1146: LICENCIA DE CONS- TRUCCIÓN en la modalidad de OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL para el predio ubicado en la KR 26 G 35 B 46 48 S (AC- TUAL) de esta ciudad. El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s) COMERCIO de Escala VECINAL A. Propietario (a): DELFIN GUTIERREZ MATEUS (Identificado(a) con el c.c. /NIT: 17086609). Fecha Radicación diciembre 29 de 2020. Lo anterior con el fin de que si lo desea se haga parte dentro del trámite mencionado y haga valer sus derechos de acuerdo con los Artículos 29 y 30 del Decreto 1469 de 2010 compilado por el decreto 1077 de 2015, hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Conforme con el Parágrafo del Artículo 30 del Decreto 1469 de 2010 compilado por el decreto 1077 de 2015, “Las objeciones y ob- servaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas Observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud.” *P1-3-29

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  • clasificados JUdicialEs22A EL NUEVO SIGLO VIERNES 29 DE ENERO DE 2021

    clasificados JUdicialEs

    LICENCIAS

    CURADURIA URBANA 3Arq. ANA MARÍA CADENA TOBÓN

    CURADORARADICACIÓN: 11001-3-20-0998

    La Curadora Urbana 3 de Bogotá, arqui-tecta ANA MARÍA CADENA TOBÓN en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015 y 73 de la Ley 1437 de 2011, hace saber que a el(los) señor(es) HERNANDEZ RODRI-GUEZ LADY MARCELA (POSEEDOR) (CC/NIT 53153187)Constructor Responsable CARDOZO VARGAS LUIS ANGEL (c.c Mat. 2520233609 CND Se le(s) ha otorgado LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN No. 11001-3-21-0128 con fecha: 2021-01-27 00:00:00 en las modalidades de : OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL para el predio urbano localizado en la(s) direccion(es) KR 10B E 40 12 S(ACTUAL) con Chips: AAA0006LKAW en el lote: 11, de la urbanización ALTOS DEL POBLADO (Localidad SAN CRISTOBAL).

    Contra el acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recursos de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaria Distrital de Planeación (Articulo 36 – Ordinal K del Decreto 16 del 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 de la Ley 1437 de 2011). Esta publicación se hace para notificar a los vecinos colindantes de la edificación objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado. ANA MARÍA CADENA TOBÓN Curadora Urbana 3 de Bogotá. D.C. (11001-3-20-0998) *P1-1-29

    CURADURIA URBANA 4Arq. CATHERINE CELY CORREDOR

    CURADORAPUBLICACIÓN 4201812

    La Curadora Urbana No.4 (P) de Bogotá D.C., ARQ. CATHERINE CELY CORREDOR , en ejercicio de las facultades legales que le confieren la Ley 388 de Julio 18 de 1997, su Decreto reglamentario 1077 de 2015, el Decreto Distrital 249 de 2020,y en virtud de lo consagrado en el Artículo 65 de la ley 9 de 1989, en concordancia con el Artículo

    2.2.6.1.2.3.8 del Decreto Nacional 1077 de 2015, comunica a los terceros interesados que se puedan ver afectados con la expedición del acto administrativo que para el expediente en referencia este despacho expidió el Acto Administrativo número 11001-4-21-0229 cuya parte resolutiva se transcribe a continuación: RESUELVE: Otorgar LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la(s) modalidad(es) de DEMOLICIÓN TOTAL, OBRA NUEVA en el predio urbano, estrato: 3 localizado en la dirección KR 50 138 33 Actual / KR 50 138 39 Actual / KR 50 138 43 Actual - Chip:AAA0119DNRJ / AAA0119DNSY / AAA0119DNTD - Matrícula Inmobiliaria:50N20270800 / 50N20270801 / 50N20270802 de la localidad de Suba-Para dos (2) torres en semisótano y cinco (5) pisos con el primer piso destinado a equi-pamiento comunal y estacionamientos (piso no habitable) para uso multifamiliar, con cincuenta y dos (52) unidades de vivienda (no vis) con 58 cupos de estacionamiento de los cuales 53 cupos son de residentes y 5 de visitantes, incluido 1 cupo que cumple con las dimensiones para transportar personas con movilidad reducida. Plantea 15 cupos para bicicletas. Plantea 15 depósitos. Titula-res: BRICCON S.A.S. FIDEICOMITENTE DEL FIDEICOMISO MAKASSAR - FIDUBOGOTA, Constructor Responsable JAIRO BRICEÑO LEGUIZAMON CC 19227459. Urbanización: PRADO PINZÓN, Manzana: 016 Lote(s): 14 (PARTE) Se informa a los terceros interesa-dos que contra el presente acto administra-

    tivo procede recurso de reposición ante esta Curaduría y en subsidio de apelación ante la Subsecretaría Distrital de Planeación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la presente publicación. *P1-2-29

    CURADURIA URBANA 5Ing. Mariano Pinilla Poveda

    Bogotá D.C.

    CURADURIA URBANA 5Ing. MARIANO PINILLA POVEDA

    CURADORCOMUNICACIÓN A VECINOS, POSEEDORES, COMUNEROS, TERCEROS INTERESADOS Y ACREEDOR HIPOTECARIO:CURADOR URBANO N.º 5 ING. MARIANO PINILLA POVEDAPORTA 100: TV 22 98-82/26. De con-formidad a lo dispuesto en el Artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, comunica a los propietarios, acreedores hipotecarios, poseedores o tenedores de los inmuebles colindantes a los predios objeto de las solicitudes, que ante esta Curaduría Urbana se han presentado las siguientes solicitudes de licencia. (Se indican en orden N.º de expediente, tipo de trámite, Dirección, Uso, Titular y fecha de radicación).11001-5-20-0680: LICENCIA DE CONSTRUC-CIÓN en la modalidad de OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL para el predio ubicado en la CL 29 S 3 26 30 (ACTUAL) de esta ciudad.

    El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s) VIVIENDA UNIFAMILIAR. Propietario (a): PALACIOS MILLAN YOLANDA, CASTAÑEDA OVALLE WILLIAM (Identificado(a) con el c.c. /NIT: 51555047, 79431866). Fecha Radicación agosto 24 de 2020.11001-5-20-0993: LICENCIA DE CONS-TRUCCIÓN en la modalidad de OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL para el predio ubicado en la CL 42 A BIS S 3 B 41 E (AC-TUAL) de esta ciudad. El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s) VIVIENDA BIFAMI-LIAR. Propietario (a): RAMIREZ VERA LUZ MARINA (Identificado(a) con el c.c. /NIT: 20729302). Fecha Radicación noviembre 12 de 2020.11001-5-20-1131: LICENCIA DE CONS-TRUCCIÓN en la modalidad de OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL, APROBACIÓN PLANOS ALINDERAMIENTO Y CUADRO ÁREAS PH para el predio ubicado en la CL 75 106 A 03 (ACTUAL) de esta ciudad. El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s) VIVIENDA BIFAMILIAR. Propietario (a): CASALLAS DE PRIETO ANA ROSA (Identificado(a) con el c.c. /NIT: 41549305). Fecha Radicación diciembre 23 de 2020.11001-5-20-1010: LICENCIA DE CONS-TRUCCIÓN en la modalidad de OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL para el predio ubicado en la CL 111 S 5 34 (ACTUAL), KR 5 BIS 110 35 S (ACTUAL) de esta ciudad. El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s) VIVIENDA MULTIFAMILIAR. Propietario (a): SARMIENTO GARCIA LUZ MARINA

    (Identificado(a) con el c.c. /NIT: 41770025). Fecha Radicación noviembre 17 de 2020.11001-5-20-1146: LICENCIA DE CONS-TRUCCIÓN en la modalidad de OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL para el predio ubicado en la KR 26 G 35 B 46 48 S (AC-TUAL) de esta ciudad. El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s) COMERCIO de Escala VECINAL A. Propietario (a): DELFIN GUTIERREZ MATEUS (Identificado(a) con el c.c. /NIT: 17086609). Fecha Radicación diciembre 29 de 2020.Lo anterior con el fin de que si lo desea se haga parte dentro del trámite mencionado y haga valer sus derechos de acuerdo con los Artículos 29 y 30 del Decreto 1469 de 2010 compilado por el decreto 1077 de 2015, hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud.Conforme con el Parágrafo del Artículo 30 del Decreto 1469 de 2010 compilado por el decreto 1077 de 2015, “Las objeciones y ob-servaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas Observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud.” *P1-3-29

  • clasificados JUdicialEsVIERNES 29 DE ENERO DE 2021 EL NUEVO SIGLO 23A

    NOTARIASNOTARIA 24 EL LAGO Bogotá, D.C. - Colombia JORGE HUMBERTO URIBE ESCOBAR NOTARIO Carrera 14 No. 79-25 Pbx 644 30 60 - Fax 646 07 21 E-mail notaria [email protected] Nit. 15.521.633-2 EDICTO LA NOTARIA VEINTICUATRO ENCARGA-DA DEL CIRCULO DE BOGOTA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el Periódico, en el Trámite Notarial de Liquidación de la Herencia del causante VICTOR MIGUEL ROJAS MACIAS, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 79.146.734 Expedida en Bogotá, D.C., cuyo último domicilio fue la ciudad de Bogotá y quien falleció el dia dos (2) de Agosto de dos mil veinte (2020) en la Ciudad de Bogotá, D.C. La solicitud fue aceptada mediante Acta Numero uno (1) de fecha veinticinco (25) de Enero de dos mil veintiuno (2021).- Ordenase la publicación del presente EDICTO en un Periódico de circulación Nacional, en una radiodifusora local y su fijación en la secretaría de la Notaría por el término de diez (10) días, todo de acuerdo al decreto novecientos dos (902) de Mayo diez (10) de mil novecientos ochenta y ocho (1988). El presente Edicto se fija hoy veintiséis (26) de Enero de dos mil veintiuno (2021) a las ocho de la mañana (8:00 MARTHA JANETH CUBEROS TRUJILLO NOTARIA VEINTICUATRO (24) ENCARGADA DEL CIRCULO DE BOGOTAResolución 11180 del 24 de Diciembre de 2020 - SNR HAY UN SELLO *J2-1-29

    DANIEL BAUTISTA ZULUAGA NOTARIO QUINCE NOTARIA EDICTO EL NOTARIO QUINCE DEL CIRCULO DE BOGOTA, D.C. EMPLAZA A todas las personas que se con-sideren con derecho a intervenir en el trámite Notarial de presentar el trabajo de partición y adjudicación de los bienes de los causantes JUAN JOSÉ RODRÍGUEZ PEDRAZA quien en vida se identificara con la cédula de ciudadanía número 99.886 quien tuvo como último domicilio la ciudad de Bogotá D.C. y falleció el día 19 de febrero de 1958, falleció en la ciudad de Bogotá D.C., la causante MARÍA FIDELA LARA VIUDA DE RODRÍGUEZ, quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía número 20.137.449 de Bogotá D.C., quien tuvo como último domicilio la ciudad de Bogotá D.C. y asiento principal de sus negocios. Quienes fallecieron sin haber otorgado testamento y fue en la ciudad de Bogotá lugar donde tuvo su último domicilio,Y cuyo asiento principal de sus negocios fue la ciudad de Bogotá D.C.Para que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en un periódico de circulación nacional. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, según Acta número cero cero veintinueve (0029) de fecha dieciséis (16) de septiembre del año dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacional y su difusión en una emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero (3o.) del decreto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1.988) y el decreto mil setecientos veintinueve (1.729) de mil novecientos ochenta y nueve (1.989), orde-nándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy Dieciséis (16) de septiembre del año dos mil veinte (2.020), siendo las 08:00 a. m. El Notario Quince (15) Encargado de Bogotá D.C. JORGE ORLANDO BARRIOS GUERRERO NOTARIO QUINCE (15) ENCARGADO DE BOGOTÁ EL NOTARIO QUINCE DE SANTAFE DE BOGOTA HACE CONSTAR Que el presente Edicto se desfijó hoy veintinueve (29) de septiembre de dos mil veinte (2020) a la hora de las 6:00 PM EL NOTARIO QUINCE HAY UN SELLO *J2-2-29

    DANIEL BAUTISTA ZULUAGA NOTARIO QUINCE NOTARIA EDICTO EL NOTARIO QUINCE DEL CIRCULO DE BOGOTA, D.C. EMPLAZA A todas las personas que se con-sideren con derecho a intervenir en el trámite Notarial de la Liquidación de la Herencia y sociedad conyugal del causante CARLOS JULIO MARIÑO OSPINA, quien en vida se identificó

    con la cédula de ciudadanía número 2.886.422 de Bogotá. Quien falleció sin haber otorgado testamento el día once (11) de Junio del dos mil dieciocho (2018) en la ciudad de Bogotá y cuyo asiento principal de sus negocios fue la ciudad de Bogotá D.C.Para que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en un periódico de circulación nacional. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, según Acta número cero cero cero dos (0002) de fecha veintiséis (26) de enero del año dos mil veintiuno (2021), se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacional y su difusión en una emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero (3o.) del decreto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1.988) y el decreto mil setecientos veintinueve (1.729) de mil novecientos ochenta y nueve (1.989), orde-nándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy veintisiete (27) de enero del año dos mil veintiuno (2.021), siendo las 08:00 a. m. El Notario Quince (15) Encargado de Bogotá D.C. ALEXANDER PAEZ CORTESNOTARIO QUINCE (15) ENCARGADO DE BOGOTÁ HAY UN SELLO *J2-3-29

    NOTARIA 27 DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C.MANUEL CASTRO BLANCONOTARIOEDICTO EL NOTARIO VEINTISIETE DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a concurrir a la liquidación de herencia conjunta de HUMBERTO ESCOVAR BARRIGA, identificado en vida con la cedula de ciudadanía número 29877, fallecido el veintinueve (29) de octubre de dos mil cinco (2005), siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C. y SILVIA INES GUTIERREZ DE ESCOVAR, identificada en vida con la cédula de ciudadanía número 20.014.123, fallecida el seis (06) de octubre de dos mil veinte (2020), siendo su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C., para que durante el termino de diez (10) días se presenten en esta Notaria, a estar a derecho dentro del trámite notarial. La solicitud de liquidación de herencia fue acep-tada mediante acta número dieciocho (18) del veinte (20) de enero de dos mil veintiuno (2021). Para dar cumplimiento a lo ordenado por el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, se fija el presente EDICTO en sitio visible de la Notaria, por el termino de diez (10) días, el veintiuno (21) de enero de dos mil veintiuno (2021), a las ocho (8:00 am) de la mañana y se entregan dos copias al interesado, una para que sea publicada en un periódico de circulación nacional y otra se difun-dirá por una vez en una emisora de este lugar. El Notario Veintisiete (E), ANGELA DEL PILAR CONDE JIMENEZ EI EDICTO anterior, permaneció fijado en lugar visible de esta Notaria, por diez (10) días y se desfija hoy dos (02) de febrero de dos mil veintiuno (2021), siendo las cinco y cincuenta (5:50 P.M.) de la tarde. El Notario Veintisiete, HAY UN SELLO *J2-4-29R

    NOTARIA UNICA DE YACOPÍ EDICTO NUMERO 002 EL NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE YACOPI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de herencia de la causante ANA JESUS VIRGUEZ DE MARROQUIN, fallecida el día 5 de Noviembre de 2020, en el Municipio de Pacho, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 21.128.588 para que dentro de los diez (10) días hábiles si-guientes a la publicación de este edicto se hagan presentes ante este Despacho Notarial ubicado en la calle 9a. No. 2-32 de Yacopí Cundinamarca y hagan valer sus derechos. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria, mediante acta número cero cero dos (002) de fecha 19 de Enero de 2021, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en la emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o del Decreto 902 de 1988 y 3o. del Decreto 1729 de 1989, ordenándose además su fijación en lugar visible en la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy 21 de Enero de 2021 a las 7:00 A.M. WILLIAM EDUARDO JIMENEZ LEAÑO NOTARIO Dirección: Calle 9 No 2-32. Teléfono: 313-8505634. HAY UN SELLO *P1-1-29

    Notaría 60 Henry Cadena Franco EDICTO LA NO-TARÍA SESENTA DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C.

    De conformidad con lo dispuesto en el ordinal 2º del artículo 3 del Decreto Ley 902 de 1988 CITA Y EMPLAZA: A todas las personas que crean y prueben tener derecho a intervenir en la liquida-ción de la herencia del causante LUIS CARLOS GOMEZ RIVERA y a la liquidación de la sociedad conyugal que el antes mencionado conformó con ANA CLEMENCIA RAMÍREZ NAVARRETE, cuyo trámite de liquidación notarial se inició con el Acta n.° 09 del veintisiete (27) de enero de dos mil veintiuno (2021), para que lo hagan valer ante éste despacho situado en la calle 161 n.°. 16A-32 de Bogotá D. C., dentro de los diez (10) días hábiles subsiguientes al de la última publicación de este edicto en los distintos medios que ordena la ley. Con la finalidad de su publicación, se fija este edicto en la cartelera dispuesta para el conocimiento del público que acude a la Notaría, el veintisiete (27) de enero de dos mil veintiuno (2021), a las ocho de la mañana (08:00 a.m.). HENRY CADENA FRANCO NOTARIO SESENTA DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. HAY UN SELLO *S1-1-29

    Notaría UNICA DE YACOPI EDICTO NUMERO 001 EL NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE YACOPI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de herencia de los causantes ADENES INFANTE, fallecido el día 1° de Septiembre de 2014, en el Municipio de Pacho, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 461.723 de Yacopí y ANA NELLY LINARES, fallecida el día 29 de Diciembre de 2018, en el Municipio de Yacopí, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 21.131.776 de Yacopí, para que dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de este edicto se hagan presentes ante este Despacho Notarial ubicado en la calle 9ª. No. 2-32 de Yacopí Cundinamarca y hagan valer sus derechos Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria, mediante acta número cero cero uno (001) de fecha 13 de Enero de 2021, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en la emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º. del Decreto 902 de 1988 y 3° del Decreto 1729 de 1989, ordenándose además su fijación en lugar visible en la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy 14 de Enero de 2021 a las 7:00 A.M. OFELIA GOMEZ DE FLORIDO NOTARIA (E.) HAY UN SELLO *R1-1-29

    Notaría UNICA DE YACOPI EDICTO NUMERO 003 EL NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE YACOPI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de herencia de la causante ERESMINDA CIFUENTES DE FLORIDO, fallecida el día 27 de Abril de 2012, en la ciudad de Bogotá, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 23.797.693 de Muzo, para que dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de este edicto se hagan presentes ante este Despacho Notarial ubicado en la calle 9ª. No. 2-32 de Yacopí Cundi-namarca y hagan valer sus derechos. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria, mediante acta número cero cero tres (003) de fecha 25 de Enero de 2021, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en la emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3°. del Decreto 902 de 1988 y 3º. del Decreto 1729 de 1989, ordenándose además su fijación en lugar visible en la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy 26 de Enero de 2021 a las 7:00 A.M. OFELIA GOMEZ DE FLORIDO NOTARIA (E.) HAY UN SELLO *R1-2-29

    NOTARÍA 79 DEL CÍRCULO NOTARIAL DE BOGOTÁ D.C. DR. LUIS HEENARDO FRANCO RAMIREZ AEROPUERTO INTERNACIONAL EL DORADO EDICTO EL NOTARIO SETENTA Y NUEVE (79) DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. HACE SABER: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (70) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en un periódico de circulación nacional, en el trámite notarial de liquidación Sucesoral- e intestada del causante MARIA JENNY JIMENEZ RAMIREZ quien se identificó con la Cédula de Ciudadanía No. 39.753.662 expedida en Bogotá quien falleció en Bogotá, lugar de su último domicilio, el dia veintidós (22) de noviembre del año dos mil dieciocho (2.018), ADMITIDO el trámite respectivo en esta Notaria mediante Acta número CERO CINCUENTA (050) del diecinueve (19) de diciembre del año dos mil veinte (2020). Se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de circulación nacional y en una radiodifusora de Bogotá, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo Tercero (3ro.) del decreto novecientos dos (902) de mil novecien-tos ochenta y ocho (1988), ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días. El presente EDICTO

    se fija hoy veintiuno (21) de diciembre del año dos mil veinte (2020)., a la 1:00 pm SE DESFIJA HOY: LUIS BERNARDO FRANCO RAMIREZ NO-TARIO SETENTA Y NUEVE (NO) DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. HAY UN SELLO *V1-1-29

    EDICTO NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE COTA, CUNDINAMARCA EMPLAZA A todas las perso-nas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publi-cación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación de la herencia del causante FIDEL FIQUITIVA FONSECA, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 17.109.241, fallecido el dia nueve (9) de noviembre del año dos mil diecinueve (2019) en la ciudad de Bogotá D.C., siendo el municipio de Cota su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria, mediante Acta No. 18 de fecha diez (10) de noviembre’ de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este EDICTO, en un periódico de amplia circulación nacional y en la radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero (3°) del Decreto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1988), ordenándose además su Fijación en lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días. EL PRESENTE EDJETO SE FIJA HOY TRES (3) DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTE (2020). CONSUELO EMILCE ULLOA HERRERA LA NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE COTAHAY UN SELLO *V1-2-29

    EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA VEINTITRES DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto en el trámite de liquidación de herencia de la causante ALARCON DE BUSTOS LILIA C.C. 41.512.207, fallecida el 24 de Junio de 2.019 en Bogotá D.C. El trámite fue admitido mediante Acta Numero TRES (3) de fecha veintiséis (26) de Enero de 2.021. Se ordena publicación de este Edicto en un periódico de amplia circula-ción nacional y en una radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del decreto 902 de 1.988 y las reformas contenidas en los artículos 3 y 4 del decreto 1729 de 1.989. Se fije el presente Edicto en lugar visible de ésta Notaría por el término de diez (10) días hábiles hoy veintiséis (26) de Enero de 2.021 a las 8 a.m. ESTHER BONIVENTO JHONSON NOTARIA 23 DE BOGOTA D.C. HAY UN SELLO *R1-4-29

    NOTARIA SESENTA Y OCHO DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. CÓDIGO 1100100068 SUPERNO-TARIADO EDICTO EMPLAZATORIO EL NOTARIO SESENTA Y OCHO (68) DEL CIRCU-LO DE BOGOTA EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la liquidación Notarial de la herencia intestada del causante JOSE VICENTE ESTEVEZ BUENO, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 5.800.847 de Ibagué, quien falleció en la ciudad de Bogotá D.C., el día siete (07) de septiembre del año dos mil veinte (2020), siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá. La solicitud y documentos de que trata el decreto 902 de 1.988 fueron presentados el día veintiuno (21) de Diciembre del año dos mil veinte (2020) y aceptado el trámite por el Notario, mediante acta número doscientos siete (207) de fecha veintidós (22) de Diciembre del año dos mil vein-te (2020). Para efectos del Articulo 2 decreto 902 de 1988, modificado por el Articulo 3 del decreto 1729 de 1989 publíquese este EDICTO en un periódico de reconocida circulación de esta ciudad y en una radiodifusora de la misma. Se fija el presente EDICTO en lugar público de la secretaria de esta Notaría por el término legal de Diez (10) días. Hoy veintitrés (23) de Diciembre del año dos mil veinte (2020), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). ASTRID DOLORES BELTRAN VARGAS NOTARIO SESENTA Y OCHO DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. -ENCARGADA HAY UN SELLO *S1-2-29

    Notaría 54 DEL Círculo de Bogotá EL NOTARIO CINCUENTA Y CUATRO (54) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. ORDENA LA PUBLICACIÓN EDICTO EMPLAZATORIO. De conformidad con el mandato contenido en el Artículo Tercero (3o) del Decreto (902) de Mayo del año mil novecientos ochenta y ocho (1.988), EMPLAZA A TODAS LAS PERSONAS que se crean con derecho para intervenir en el trámite de herencia admitida en esta Notaria, el treinta y uno (31) de diciembre del año dos mil veinte (2.020), aceptada según Acta número 128-2020, con el fin de liquidar; por medio de Escritura Pública, la liquidación de sucesión intestada de los causantes PEDRO LUIS ROCHA MURCIA, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 431.346 expedi-da en Ubaté quien falleció en esta ciudad, el día veinticinco (25) de octubre de mil novecientos

    noventa y siete (1.997), siendo Bogotá D.C. lugar de su último domicilio y asiento principal de los negocios y MARIA EVA BRICEÑO DE ROCHA, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 20.167.256 expedida en Bogotá D.C., quien falleció en esta ciudad, el día veinticuatro (24) de septiembre de dos mil veinte (2.020), siendo Bogotá D.C. lugar de su último domicilio y asiento principal de los negocios. El presente EDICTO se publicará por una vez en un periódico de amplia circulación en Bogotá, D.C. y en una radiodifusora local. Las personas interesadas en el presente trámite Sucesoral podrán presentarse a la Notaría dentro de los diez (10) días siguientes desde que se publique en el periódico. Si pasan los diez (10) días hábiles sin que se hubiera formulado oposición, siempre y cuando la Oficina de Cobranzas, Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales- DIAN, Unidad Administrativa Especial De Gestión Pensional Y Contribuciones Parafiscales De La Protección Social (UGPP) y/o Administración de Impuestos Distritales de la Secretaría de Hacienda, hayan dado su respuesta favorable, la Notaría procederá a otorgar la escritura pública de la liquidación de la sociedad conyugal y de herencia, si fuere el caso. El presente Edicto se fija el siete (7) de enero del año dos mil veintiuno (2021), siendo las 7:30 de la mañana. ALVARO ENRIQUE MÁRQUEZ CÁRDENAS NOTARIO CINCUENTA Y CUATRO (54) DE BOGOTÁ, D.C. El presente Edicto se desfija el diecinueve (19) de enero del año DOS MIL VEINTIUNO (2.021), siendo las 5:00 PM HAY UN SELLO *R1-5-29

    Notaría 54 DEL Círculo de Bogotá EL NOTARIO CINCUENTA Y CUATRO (54) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. ORDENA LA PUBLICACIÓN EDICTO EMPLAZATORIO. De conformidad con el mandato contenido en el Artículo Tercero (3o) del Decreto novecientos dos ( 902 ) de Mayo del año mil novecientos ochenta y ocho ( 1.988 ), EMPLAZA A TODAS LAS PERSONAS que se crean con derecho para intervenir en el trámite de herencia admitida en esta Notaría, el veintitrés (23) de enero de dos mil veintiuno (2021), aceptada según Acta número 4-2021, con el fin de liquidar, por medio de Escritura Pública, la liquidación de la sucesión intestada de la causante CLAUDINA BUSTOS DE SILVA, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 20.503.375 expedida en El Peñon, quien falleció en la ciudad de Bogotá, el día 22 de septiembre de 1993, siendo Bogotá D.C., lugar de su último domicilio y asiento principal de los negocios de la causante. El presente EDICTO se publicará por una vez en un periódico de amplia circulación en Bogotá, D.C. y en una radiodifusora local. - Las personas interesadas en el presente trámite Sucesoral podrán presentarse a la Notaría dentro de los diez (10) días siguientes desde que se publique en el periódico. Si pasan los diez (10) días hábiles sin que se hubiera formulado oposición, siempre y cuando la Oficina de Cobranzas, Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales- DIAN y/o Administración de Impuestos Distritales de la Secretaría de Hacienda, Unidad Administrativa Especial De Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales De La Protección Social (UGPP) hayan dado su respuesta favorable, la Notaría procederá a otorgar la escritura pública de la liquidación de herencia y la sociedad conyugal, si fuere el caso. El presente Edicto se fija el vein-ticinco (25) de enero del año dos mil veintiuno (2021), siendo las 7:30 de la mañana. JUAN PABLO AMAYA BOLIVAR NOTARIO CINCUENTA Y CUATRO (54) ENCARGADO DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. Según resolución 404 del 19 de enero de 2021 de la Superintendencia de Nota-riado y Registro. El presente Edicto se desfija hoy cuatro (4) de febrero del año dos mil veintiuno (2021), siendo las 5:00 PM JUAN PABLO AMAYA BOLIVAR NOTARIO CINCUENTA Y CUATRO (54) ENCARGADO DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. Según resolución 404 del 19 de enero de 2021 de la Superintendencia de Notariado y Registro. HAY UN SELLO *R1-6-29

    Notaría 54 DEL Círculo de Bogotá EL NOTARIO CINCUENTA Y CUATRO (54) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. ORDENA LA PUBLICACION EDICTO EMPLAZATORIO. De conformidad con el mandato contenido en el Artículo Tercero (3o) del Decreto novecientos dos ( 902) de Mayo del año mil novecientos ochenta y ocho ( 1.988 ), EMPLAZA A TODAS LAS PERSONAS que se crean con derecho para intervenir en el trámite de herencia admitida en esta Notaría, el veintitrés (23) de enero de dos mil veintiuno (2021), aceptada según Acta número 6-2021, con el fin de liquidar, por medio de escritura pública, la liquidación de la sucesión intestada del causante MIGUEL REINA CUERVO, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 4.292.242 expedida en Ventaquemada, quien falleció en la Ciudad de Bogotá, el día 26 de diciembre de 2019, siendo Bogotá D.C., lugar de su último domicilio y asiento principal de los negocios del causante. El presente EDICTO

    se publicará por una vez en un periódico de amplia circulación en Bogotá, D.C. y en una radiodifusora local. - Las personas interesadas en el presente trámite Sucesoral podrán pre-sentarse a la Notaría dentro de los diez (10) días siguientes desde que se publique en el periódico. Si pasan los diez (10) días hábiles sin que se hubiera formulado oposición, siempre y cuando la Oficina de Cobranzas, Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales- DIAN y/o Administración de impuestos Distritales de la Secretaría de Hacienda, Unidad Administrativa Especial De Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales De La Protección Social (UGPP) hayan dado su respuesta favorable, la Notaría procederá a otorgar la escritura pública de la liquidación de herencia. El presente Edicto se fija el veinticinco (25) de enero del año dos mil veintiuno (2021), siendo las 7:30 de la mañana. JUAN PABLO AMAYA BOLIVAR NOTARIO CINCUENTA Y CUATRO (54) ENCARGADO DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. Según resolución 404 del 19 de enero de 2021 de la Superintendencia de Notariado y Registro. El presente Edicto se desfija hoy cuatro (4) de febrero del año dos mil veintiuno (2021), siendo las 5:00 PM JUAN PABLO AMAYA BOLIVAR NOTARIO CINCUENTA Y CUATRO (54) ENCARGADO DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. Según resolución 404 del 19 de enero de 2021 de la Superintendencia de Notariado y Registro. HAY UN SELLO *R1-7-29

    NOTARIA SESENTA Y DOS DEL CIRCULO DE BOGOTA CARLOS ARTURO SERRATO GALEA-NO NOTARIO EDICTO 02 LA NOTARIA 62 DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. De conformidad con el numeral 2 del artículo 3 del Decreto Ley 902 de 1988 EMPLAZA: A todas las personas que crean y prueben tener derecho a intervenir La liquidación de herencia y liquidación de la sociedad conyugal de los causantes MATIAS MARTINEZ CAÑON y CHIQUINQUIRA MARQUEZ DE MARTINEZ, quienes fallecieron el25 de Junio de 2006 en Bogotá D.C. y el 08 de agosto de 2013 en Bogotá D.C. Siendo la ciudad de Bogotá D.C., su último domicilio y el asiento principal de sus negocios y quienes en vida se identi-ficaron con las cédulas de ciudadanía 107022 y 20034493 expedidas ambas en Bogotá D.C. para que lo hagan valer dentro de los diez (10) días hábiles y subsiguientes a esta publicación y cuyo trámite de la liquidación de herencia de la causante se inicia mediante Acta número 02 de fecha 27 de enero de 2021 Se fija el presente Edicto en lugar público del a Notaría, el día: El 28 de enero de 2021 a las 8:15 am DORA INES VELOSA REYES NOTARIA SESENTA Y DOS 862) ( E ) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. Mediante Resolución 11054 de fecha 21 de diciembre 2020 de la SNR Se desfija el presente Edicto el día: HAY UN SELLO *R1-8-29

    AVISOCANCELACION Y REPOSICION DEL TITULO CDT Se está solicitando ante el ente emisor la CANCELACION Y REPOSICION DEL TITULO CDT No.296526, por valor de ($10.000.000), titular Diana Marcela Calderón con cédula 52210099, tipo de cuenta individual, plazo 74 días, tasa de intereses 1%, fecha de creación 18/12/2020 y próximo vencimiento 02/03/2021, ente emisor COOPERATIVA FINANCIERA COTRAFA: Ubicada en Calle 46 No. 49-146 de Bello, Antioquia. El título del valor fue hurtado y/o extraviado; se hace la presente publicación de conformidad con el artículo 398 del Código General del Proceso. *R1-3-29

    PRESTACIONESAVISOEL FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO Y LA SECRETARIA DE EDUCACION DE BOYACA, en cumplimiento de lo dispuesto en EL ARTÍCULO 4º. De la Ley 44 de 1980, Ley 100 de 1993 y el artículo 212 del código sustantivo del trabajo.HACEN SABER:Que LA DOCENTE PENSIONADA DORIS NIÑO RAMIREZ, quien se identificaba con la c.c. No. 40.015 794 expedida en Tunja- Boyacá, falleció el día doce (12) de Agosto de 2020 en Tunja, Boyacá y quien al momento de su fallecimiento se encontraba pensionada.Que se presentó el señor PEDRO JULIO RAMI-REZ TORRES, identificado con cédula de ciudada-nía No. 6.759.176 expedida en Tunja - Boyacá, en su condición de cónyuge de la causante, quien se presenta a reclamar PENSION SUSTITUCION DE SOBREVIVIENTE Y AUXILIO FUNERARIO.Quienes crean tener igual o mejor derecho que el reclamante citado, deben presentarse en la oficina de Prestaciones Sociales del Magisterio en Boyacá dentro del término de treinta (30) días siguientes a la fecha de publicación.Ordénese dos (2) publicaciones de los edictos en un periódico de amplia circulación con un intervalo de quince (15) días cada uno *S5-1-29