el nuevo siglo clasificados judiciales · 2021. 3. 21. · 26a el nuevo siglo jueves 18 de marzo de...

2
CLASIFICADOS JUDICIALES 26A EL NUEVO SIGLO JUEVES 18 DE MARZO DE 2021 LICENCIAS CURADURIA URBANA 3 Arq. ANA MARIA CADENA TOBÓN CURADORA RADICACIÓN: 11001-3-20-1056 La Curadora Urbana 3 de Bogotá, arqui- tecta ANA MARÍA CADENA TOBÓN en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015 y 73 de la Ley 1437 de 2011, hace saber que a el(los) señor(es) TIRADO MUÑOZ GABRIEL (POSEEDOR/TITULAR) (CC/NIT 10243293) Constructor Responsable (c.c Mat. Se le(s) ha otorgado LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN No. 11001-3-21-0285 con fecha: 2021- 02-25 00:00:00 en las modalidades de : DEMOLICIÓN PARCIAL, REFORZAMIENTO DE ESTRUCTURAS para el predio urbano localizado en la(s) direccion(es) KR 3A 57 35(ACTUAL) con Chips: AAA0090JFFZ en el lote: , de la urbanización URBANIZACION BOSQUE CALDERON TEJADA SECTOR III (Localidad CHAPINERO). Contra el acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recursos de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaria Distrital de Planeación (Articulo 36 – Ordinal K del Decreto 16 del 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 de la Ley 1437 de 2011). Esta publicación se hace para notificar a los vecinos colindantes de la edificación objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado. ANA MARÍA CADENA TOBÓN Curadora Urbana 3 de Bogotá. D.C. (11001-3-20-1056) *P1-1-18 CURADURIA URBANA 4 Arq. CATHERINE CELY CORREDOR CURADORA PUBLICACIÓN 4202090 La Curadora Urbana No.4 (P) de Bogotá D.C., ARQ. CATHERINE CELY CORREDOR , en ejercicio de las facultades legales que le confieren la Ley 388 de Julio 18 de 1997, su Decreto reglamentario 1077 de 2015, el Decreto Distrital 249 de 2020,y en virtud de lo consagrado en el Artículo 65 de la ley 9 de 1989, en concordancia con el Artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto Nacional 1077 de 2015, comunica a los terceros interesados que se puedan ver afectados con la expe- dición del acto administrativo que para el expediente en referencia este despacho expidió el Acto Administrativo número 11001-4-21-0697 cuya parte resolutiva se transcribe a continuación: RESUELVE: Otorgar LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la(s) modalidad(es) de DEMOLICIÓN TOTAL, OBRA NUEVA en el predio urbano, estrato: 4 localizado en la dirección KR 8 66 60 Actual / KR 8 66 66 Actual / KR 8 66 76 Actual - Chip:AAA0092BKBR / AAA0092BKCX / AAA0092BKDM - Matrí- cula Inmobiliaria:50C109627 / 50C302363 / 50C80669 de la localidad de Chapinero- para permitir la construcción del EDIFICIO ARTESANO, en siete pisos de altura y un sótano, con destinación del primer piso para estacionamientos y equipamiento comunal (piso no habitable), para 34 uni- dades de vivienda multifamiliar (No VIS), con 34 estacionamientos para residentes conformados por cuatro duplicadores (ocho cupos) y 26 cupos individuales, seis estacio- namientos para visitantes conformados por dos duplicadores (cuatro cupos) y 2 cupos individuales, de los cuales uno cumple con las dimensiones mínimas para personas con movilidad reducida y 20 cupos para bicicle- tas. Es válida para demolición total. Titulares: PROSANTAFE SAS, Constructor Responsable PEDRO ORLANDO MELENDEZ PEREZ CC 14318519. Urbanización: CHAPINERO NOR- TE, Manzana: 25 (CAT) Lote(s): 13, 14 Y 15 (CAT)Se informa a los terceros interesados que contra el presente acto administrativo procede recurso de reposición ante esta Curaduría y en subsidio de apelación ante la Subsecretaría Distrital de Planeación , dentro de los diez(10) días hábiles siguientes a la presente publicación. CURADURIA URBANA 4 (P) Arq. CATHERINE CELY CORREDOR CURADORA REFERENCIA: 4210070 La Curadora Urbana 4 (P) de Bogotá, arquitecta Catherine Cely Corredor , en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 2.2.6.1.2.2.1 y 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto1077 de 2015, comunica a vecinos y terceros interesados en el trámite, que mediante la radicación 4210070 Del 2021-01-15 , Los Sres. en Calidad de Propietario LUZ Y COLOR LTDA NIT 800192264 ha(n) solicitado ante esta Curaduría Urbana MODIFICACIÓN LICENCIA (VIGENTE) DE CONSTRUCCIÓN en la(s) modalidad(es) de ADECUACIÓN , para el predio ubicado en la CL 18 A S 29 A 71 Actual / CL 18 A S 29 A 67 Actual, cuyo usos propuestos son Vivienda Unifamiliar Escala No Aplica / Servicios Empresaria- les - Logística Escala Urbana La presente publicación se realiza con el objeto que consideren puedan ser afectados directa o indirectamente, puedan hacerse parte del trámite, su participación deberá hacerla por escrito, radicando el escrito correspondiente en la sede de la Curaduría 4, ubicada en la Calle 93b # 18 -84 , PBX 4414984, a partir de la fecha de la presente publicación y hasta antes de la expedición del acto administrati- vo que resuelva dicha solicitud. CURADURIA URBANA 4 (P) Arq. CATHERINE CELY CORREDOR CURADORA La Curadora Urbana 4 (P) de Bogotá Ar- quitecta CATHERINE CELY CORREDOR, en cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 37 del Código de Procedimiento Administra- tivo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) y 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto Nacional 1077 de 2015, comunica al (los) señor (es) RAFAEL ANTONIO LADINO CAS- TRO quien(es) aparece(n) como titular (es) del derecho de dominio, toda vez que los señores en calidad de Poseedor PINEDA AL- FONSO JEISSON ANDRES CC 1013604028 / Poseedor PINEDA ALFONSO DEISY VIVIANA CC 53116166 / Poseedor ALFONSO MEDINA GLADYS CC 51557537 / Poseedor PINEDA ALFONSO EDWIN FERNANDO CC 80122977 , ha radicado ante esta Curaduría Urbana solicitud de LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN para el predio localizado en la KR 70 B 31 78 S Actual / KR 65 31 78 S Anterior con las siguientes características básicas: Usos/ Escalas Servicios Empresariales - Logística Escala Metropolitana en 3 pisos de altura, trámite que se adelanta bajo la referencia 11001-4-20-2124 del 30/10/2020.Esta publi- cación se hace para que pueda constituirse como parte y hacer valer sus derechos, su participación deberá hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud radicando el escrito correspondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 4, ubicada en Calle 93b # 18 -84, PBX: 4414984. CURADURIA URBANA 4 (P) Arq. CATHERINE CELY CORREDOR CURADORA La Curadora Urbana 4 (P) de Bogotá Ar- quitecta CATHERINE CELY CORREDOR, en cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 37 del Código de Procedimiento Administra- tivo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) y 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto Nacional 1077 de 2015, comunica al (los) señor (es) DE LA TORRE CORREDOR SAL- VADOR quien(es) aparece(n) como titular (es) del derecho de dominio, toda vez que el señor En Calidad de Propietario DE LA TORRE CORREDOR SALVADOR CC 79139957 , ha radicado ante esta Curaduría Urbana solici- tud de LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN para el predio localizado en la CL 17 A 98 47 Actual / CL 17 A 98 31 Actual con las siguientes características básicas: Usos/Escalas Dot. Servicios Urbanos Básicos - Cementerios y Servicios Funerarios Escala Zonal / Dot. Servicios Urbanos Básicos - Cementerios y Servicios Funerarios Escala Zonal en 2 pisos de altura, trámite que se adelanta bajo la referencia 11001-4-21-0266 del 10/02/2021. Esta publicación se hace para que pueda constituirse como parte y hacer valer sus derechos, su participación deberá hacerla hasta antes de la expedición del acto admi- nistrativo que resuelve la solicitud radicando el escrito correspondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 4, ubicada en la Calle 93b # 18 -84, PBX: 4414984. CURADURIA URBANA 4 (P) Arq. CATHERINE CELY CORREDOR CURADORA La Curadora Urbana 4 (P) de Bogotá Arqui- tecta CATHERINE CELY CORREDOR, en cum- plimiento de lo dispuesto en los Artículos 37 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) y 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto Nacional 1077 de 2015, comunica al (los) señor (es) sin titulares quien(es) aparece(n) como titular (es) del derecho de dominio, toda vez que el señor En Calidad de Poseedor SOTO ATEHORTUA JOHN EDISON CC 1090380806 Representante Legal CC , ha radicado ante esta Curaduría Urbana solicitud de LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN para el predio localizado en la KR 26 F 35 20 S Actual / KR 30 35 20 S Anterior con las siguientes características básicas: Usos/Escalas Vivienda Multifamiliar Escala No Aplica en 5 pisos de altura, trámite que se adelanta bajo la referencia 11001-4- 21-0020 del 06/01/2021. Esta publicación se hace para que pueda constituirse como parte y hacer valer sus derechos, su participación deberá hacerla hasta antes de la expedición del acto admi- nistrativo que resuelve la solicitud radicando el escrito correspondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 4, ubicada en la Calle 93b # 18 -84, PBX: 4414984. CURADURIA URBANA 4 (P) Arq. CATHERINE CELY CORREDOR CURADORA REFERENCIA: 4210214 La Curadora Urbana 4 (P) de Bogotá, arquitecta Catherine Cely Corredor , en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 2.2.6.1.2.2.1 y 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto1077 de 2015, comunica a vecinos y terceros interesados en el trámite, que mediante la radicación 4210214 Del 2021-02-04 , Los Sres. en Calidad de Propietario OSPINO OROZCO EDGAR RAFAEL CC 12687269 / Propietario RODRIGUEZ HERNANDEZ ARE- LIS ESTHER CC 52391605 ha(n) solicitado ante esta Curaduría Urbana LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la(s) modalidad(es) de AMPLIACIÓN , para el predio ubicado en la KR 105 B 65 81 S CA 201 Actual, cuyo usos propuestos son Vivienda Unifamiliar Escala No Aplica La presente publicación se realiza con el objeto que consideren puedan ser afectados directa o indirectamente, puedan hacerse parte del trámite, su participación deberá hacerla por escrito, radicando el escrito correspondiente en la sede de la Curaduría 4, ubicada en la Calle 93b # 18 -84, PBX 4414984., a partir de la fecha de la presente publicación y hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva dicha solicitud. *P1-2-18 NOTARIAS EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DE YOPAL (E) EMPLAZA: a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir y oponerse a la constitu- ción del patrimonio de familia, que pretenden constituir ASTRID CONSTANZA ROBAYO SANCHEZ, mayor de edad identificada con la cedula de ciudadanía número 1.121.841.523 de Villavicencio y DIEGO FABIAN SARMIEN- TO CASTRO, mayor de edad identificado con la cedula de ciudadanía número 17423086 de Acacias, de estado civil solteros con unión marital de hecho entre sí, a su favor y al de su menor hija: SAMMY VALENTINA SARMIEN- TO ROBAYO, R.C. NUIP 1.123.441.085 E INDICATIVO SERIAL No 50256786 Expedido por la Registraduria Nacional del estado civil de Villavicencio (Meta), sobre el inmueble ubicado en BOSQUES DE SIRIVANA de la ciudad de Yopal, Departamento de Casanare, identificado con el folio de matrícula inmobi- liaria 470 – 157607 de la oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Yopal. Las personas que así lo deseen, podrán oponerse a la constitución del patrimonio de familia, dentro de los quince (15) días siguientes a la publicación del presente edicto, por ser lesivo a sus derechos como acreedores de los constituyentes. Se ordena la publicación del presente Edicto en un diario de amplia circulación en el lugar, en cumplimiento del artículo 5o del decreto 2817 de 2006. Se fija el presente Edicto en lugar público de la Notaría hoy nueve (9) de marzo del año dos mil veintiuno (2.021) por el termino de quince (15) días hábiles, siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). CARLOS HERNANDO VILLAMIL BARRERA Notario Segundo de Yopal ( E ) Resolución No. 1627 del 26 de febrero de 2021 SNR HAY UN SELLO *P1-1-18Y NOTARIA SESENTA Y OCHO DEL CIRCULO DE BOGOTA D. C. CÓDIGO 1100100068 SUPERNOTARIADO EDICTO EMPLAZATORIO EL NOTARIO SESENTA Y OCHO (68) DEL CIRCULO DE BOGOTA EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la liquidación Notarial de la he- rencia intestada de los causantes LUZ MARINA SANCHEZ GONZALEZ y JOSE JUVAL CADENA ARIAS, quienes en vida se identificaron con las cédulas de ciudadanía números 20.940.230 de Soacha y 17.038.015 de Bogotá, quienes falle- cieron en la ciudad de Bogotá, el día veintiocho (28) de Julio del año dos mil diez (2010) y cinco (5) de Junio del año dos mil diez (2010), siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá. La solicitud y documentos de que trata el decreto 902 de 1.988 fueron presentados el día once (11) de Febrero del año dos mil veintiuno (2021) y aceptado el trámite por el Notario, mediante acta número trece (13) de fecha doce (12) de Febrero del año dos mil veintiuno (2021). Para efectos del Articulo 2 decreto 902 de 1988, modificado por el Articulo 3 del decreto 1729 de 1989 publíquese este EDICTO en un periódico de reconocida circulación de esta ciudad y en una radiodifusora de la misma. Se fija el presente EDICTO en lugar público de la secretaria de esta Notaría por el término legal de Diez (10) días. Hoy trece (13) de Febrero del año dos mil veintiuno (2021), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). ASTRID DOLORES BELTRÁN VARGAS NOTARIA SESENTA Y OCHO (68) DEL CÍRCU- LO DE BOGOTA D.C. ENCARGADA HAY UN SELLO *S1-1-18 NOTARIA SESENTA Y OCHO DEL CIRCULO DE BOGOTA D. C. CÓDIGO 1100100068 SUPERNOTARIADO EDICTO EMPLAZATORIO EL NOTARIO SESENTA Y OCHO (68) DEL CIRCULO DE BOGOTA EMPLAZA A todas las personas que se crean con dere- cho a intervenir en la liquidación Notarial de la herencia intestada de la causante JEIMY ALEJANDRA ANGULO CARO, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 1.030.600.798 de Bogotá, quien falleció en la Ciudad de Bucaramanga - Santander, el día diez (10) de Febrero del año dos mil diecisiete (2017), siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá. La solicitud y documentos de que trata el decreto 902 de 1.988 fueron presentados el día veintitrés (23) de Febrero del año dos mil veintiuno (2021) y aceptado el trámite por el Notario, mediante acta número veinte (20) de fecha veinticuatro (24) de Febrero del año dos mil veintiuno (2021). Para efectos del Articulo 2 decreto 902 de 1988, modificado por el Articulo 3 del decreto 1729 de 1989 publíquese este EDICTO en un periódico de reconocida circulación de esta ciudad y en una radiodifusora de la misma. Se fija el presente EDICTO en lugar público de la secretaria de esta Notaría por el término legal de Diez (10) días. Hoy veinticinco (25) de Febrero del año dos mil veintiuno (2021), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). ASTRID DOLORES BELTRÁN VARGAS NOTARIA SESENTA Y OCHO (68) DEL CÍRCU- LO DE BOGOTA D.C. ENCARGADA HAY UN SELLO *S1-2-18 NOTARÍA 60 HENRY CADENA FRANCO EDICTO LA NOTARÍA SESENTA DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D. C. De conformidad con lo dispuesto en el ordinal 2o del artículo 3 del Decreto Ley 902 de 1988 CITA Y EMPLAZA: A todas las personas que crean y prueben tener derecho a intervenir en la liquidación de la herencia del causante JESÚS GARNICA y a la liquidación de la sociedad conyugal que el antes mencionado conformó con MARÍA DEL ROSARIO BERNAL ALFARO, cuyo trámite de liquidación notarial se inició con el Acta n.° 18 del quince (15) de marzo de dos mil veintiuno (2021), para que lo hagan valer ante éste despacho situado en la calle 161 No. 16A-32 de Bogotá D. C., dentro de los diez (10) días hábiles subsiguientes al de la última publicación de este edicto en los distintos medios que ordena la ley. Con la finalidad de su publicación, se fija este edicto en la cartelera dispuesta para el conocimiento del público que acude a la Notaría, el quince (15) de marzo de dos mil veintiuno (2021), a las ocho de la mañana (08:00 a. m.). HENRY CADENA FRANCO NOTARIO SESENTA DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D. C. HAY UN SELLO *S1-3-18 NOTARIA TERCERA EDICTO EMPLAZATORIO No. 2021-018 LA NOTARÍA 3 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ HACE SABER A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite NOTARIAL DE LIQUIDACION DE HERENCIA DE LA CAUSANTE: CARMEN TORRES PARRA iden- tificada en vida con la cédula de ciudadanía número 20.024.302 de Bogotá quien falleció en la ciudad de Bogotá D.C. el dia diecisiete (17) de septiembre del dos mil veinte. (2020), siendo la ciudad de Bogotá DC, el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios, que pueden hacerlo dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación en radio y prensa de éste Edicto. El trámite notarial de ésta sucesión en esta Notaría, fue aceptado mediante Acta número DOS MIL VEINTIUNO - CERO DIECIOCHO (2021-018) de fecha cuatro (04) de Marzo de dos mil veintiuno (2021) y en desarrollo de dicha acta se ordena la publicación de éste Edicto en un periódico de circulación nacional y en una radio difusora de esta localidad, en cumplimento de lo dispuesto en el Artículo 3 del Decreto 902 de 1988, Igualmente se ordenó la fijación del presente Edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días Para constancia se fija el presente Edicto hoy, cinco (05) de Marzo de dos mil veintiuno (2021) a las ocho de la mañana (8:00 AM.). MARÍA YORLY BERNAL NOTARIA TERCERA ENCARGADA (3E) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. HAY UN SELLO *J2-1-18 NOTARIA TERCERA EDICTO EMPLAZATORIO No. 2021-019 LA NOTARÍA 3 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ HACE SABER A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite NOTARIAL DE LA LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Y DE HERENCIA DE HERENCIA DEL CAUSANTE: ERNESTO MONTENEGRO MORALES, identificado en vida con la cédula de ciudadanía número 19.116.201 de Bogotá D.C., quien falleció en la ciudad de Bogotá, el dia nueve (9) de marzo de dos mil diecinueve (2019), y siendo la ciudad de Bogotá D.C. lugar de su último domicilio y asiento prin- cipal de sus negocios; que pueden hacerlo dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación en radio y prensa de éste Edicto. El trámite notarial de ésta liquidación de sucesión de ésta Notaría, fue aceptado mediante Acta número DOS MIL VEIN- TIUNO - CERO DIECINUEVE (2021-019) de fecha cuatro (04) de Marzo de dos mil veintiuno (2021) y en desarrollo de dicha acta se ordena la publicación de éste Edicto en un periódico de circulación nacional y en una radio difusora de esta localidad, en cumplimento de lo dispuesto en el Artículo 3 del Decreto 902 de 1988. Igualmente se ordenó la fijación del presente Edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. Para constancia se fija el presente Edicto hoy, cinco (05) de Marzo de dos inil veintiuno (2021) a las ocho de la mañana (8:00 A.M.). MARIA YORLY BERNAL NOTARIA TERCERA ENCARGADA (3E) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. HAY UN SELLO *J2-2-18 NOTARÍA 33 DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. EDICTO LA NOTARIA TREINTA Y TRES (33) DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C., EMPLAZA: A todas las personas que crean tener el derecho a intervenir dentro del trámite de liquidación notarial de herencia intestada de la Causante MYRIAM GARCÍA TANGARIFE quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 41.713.434, fallecido(a) en Bogotá el día 11 de mayo del año 2020, siendo la ciudad de Bogotá D.C. su domicilio y el asiento principal de sus bienes y negocios. Para tales efectos deberán probar su calidad de interesados dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico y radio difusora, Aceptado el trámite notarial mediante ACTA NÚMERO TRECE (13) de fecha 12 de marzo del año 2021. En cumplimiento de lo dispues- to en el Artículo 3o del Decreto 902 de 1988, se procede a la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación en la localidad y su divulgación en una emisora local, así como su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días. En constancia, se firma y se fija el presente EDICTO el día 12 de marzo del año dos mil veintiuno (2021). DIANA BEATRÍZ LÓPEZ DURÁN NOTARIA TREINTA Y TRES (33) DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. Rad, 306-2021 HAY UN SELLO *J2-3-18 EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO CUARENTA Y SIETE (47) TITULAR DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral del (la) (los) causante(s) MAGDALENA QUINTERO DE HERNANDEZ, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía numero 20.270.654 expedida en Bogotá D.C. y falleció el día Veintiocho (28) de Agosto del año dos mil catorce (2014), en la ciudad de Bogotá, D.C., siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D. C. Aceptado el trámite respectivo en ésta Notaria, mediante Acta número 0019 de fecha 17 de Marzo del año 2021 se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación y en una radiodifusora, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy 17 de Marzo del año 2021 a las 8:00 a.m. EDUARDO LUIS PACHECO JUVINAO NOTARIO CUARENTA Y SIETE (47) EN PROPIEDAD DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. HAY UN SELLO *J2-4-18 EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO CUARENTA Y SIETE (47) TITULAR DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) dias siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral del (la) (los) causante(s) DIEGO MESA OCAMPO, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía número 1.322.125 expedida en Neira y falleció el dia Dos (02) de Mayo del año dos mil nueve (2009), en la ciudad de Bogotá, D.C., siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D. C. Aceptado el trámite respectivo en ésta Notaria, mediante Acta número 0018 de fecha 17 de Marzo del año 2021 se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación y en una radiodifusora, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) dias. El presente edicto se fija hoy 17 de Marzo del año 2021 a las 8:00 a.m. EDUARDO LUIS PACHECO JUVINAO NOTARIO CUARENTA Y SIETE (47) EN PROPIEDAD DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. HAY UN SELLO *J2-5-18 EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA SEGUNDA DEL CÍRCULO DE UBATÉ EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de herencia del causante RAMON OSWALDO BERNAL CUERVO, quien en vida se identifico con la cédula de ciudadanía número 3.223.872, falleció en el Municipio de Carmen de Carupa, el dia 03 de Marzo de 1.998, siendo el Municipio de Ubatè el lugar de su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, para que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto se hagan presentes con el fin de que sean reconocidos sus derechos herenciales. Se aceptó el trámite respectivo mediante acta número 09 de fecha 10 de Marzo del año dos mil veintiuno (2021). Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacional, y en la emisora local, cumpliendo lo dispuesto por el artículo 30, del decreto 902 de 1988. Ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez días hábiles. Si después de publicado este Edicto no se hubiere formulado oposición por algún interesado se continuará el trámite y el notario procederá a extender la escritura pública correspondiente. El presente Edicto se fija hoy diez (10) de Marzo del año dos mil veintiuno (2021) siendo las 8:00 a.m. CIELO HORMIGA PAZ Notaria Segunda HAY UN SELLO *U3-1-18

Upload: others

Post on 31-Mar-2021

4 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: EL NUEVO SIGLO clasificados JUdicialEs · 2021. 3. 21. · 26A EL NUEVO SIGLO JUEVES 18 DE MARZO DE 2021clasificados JUdicialEs LICENCIAS CURADURIA URBANA 3 Arq. ANA MARIA CADENA

clasificados JUdicialEs26A EL NUEVO SIGLO JUEVES 18 DE MARZO DE 2021

LICENCIAS

CURADURIA URBANA 3Arq. ANA MARIA CADENA TOBÓN

CURADORARADICACIÓN: 11001-3-20-1056

La Curadora Urbana 3 de Bogotá, arqui-tecta ANA MARÍA CADENA TOBÓN en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015 y 73 de la Ley 1437 de 2011, hace saber que a el(los) señor(es) TIRADO MUÑOZ GABRIEL (POSEEDOR/TITULAR) (CC/NIT 10243293)Constructor Responsable (c.c Mat. Se le(s) ha otorgado LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN No. 11001-3-21-0285 con fecha: 2021-02-25 00:00:00 en las modalidades de : DEMOLICIÓN PARCIAL, REFORZAMIENTO DE ESTRUCTURAS para el predio urbano localizado en la(s) direccion(es) KR 3A 57 35(ACTUAL) con Chips: AAA0090JFFZ en el lote: , de la urbanización URBANIZACION BOSQUE CALDERON TEJADA SECTOR III (Localidad CHAPINERO). Contra el acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recursos de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaria Distrital de Planeación (Articulo 36 – Ordinal K del Decreto 16 del 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 de la Ley 1437 de 2011). Esta publicación se hace para notificar a los vecinos colindantes de la edificación objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado. ANA MARÍA CADENA TOBÓN Curadora Urbana 3 de Bogotá. D.C. (11001-3-20-1056) *P1-1-18

CURADURIA URBANA 4 Arq. CATHERINE CELY CORREDOR

CURADORAPUBLICACIÓN 4202090

La Curadora Urbana No.4 (P) de Bogotá D.C., ARQ. CATHERINE CELY CORREDOR , en ejercicio de las facultades legales que le confieren la Ley 388 de Julio 18 de 1997, su Decreto reglamentario 1077 de 2015, el Decreto Distrital 249 de 2020,y en virtud de lo consagrado en el Artículo 65 de la ley 9 de 1989, en concordancia con el Artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto Nacional 1077 de 2015, comunica a los terceros interesados que se puedan ver afectados con la expe-dición del acto administrativo que para el expediente en referencia este despacho expidió el Acto Administrativo número 11001-4-21-0697 cuya parte resolutiva se transcribe a continuación: RESUELVE: Otorgar LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la(s) modalidad(es) de DEMOLICIÓN TOTAL, OBRA NUEVA en el predio urbano, estrato: 4 localizado en la dirección KR 8 66 60 Actual / KR 8 66 66 Actual / KR 8 66 76 Actual - Chip:AAA0092BKBR / AAA0092BKCX / AAA0092BKDM - Matrí-cula Inmobiliaria:50C109627 / 50C302363 / 50C80669 de la localidad de Chapinero-para permitir la construcción del EDIFICIO ARTESANO, en siete pisos de altura y un sótano, con destinación del primer piso para estacionamientos y equipamiento comunal (piso no habitable), para 34 uni-dades de vivienda multifamiliar (No VIS), con 34 estacionamientos para residentes conformados por cuatro duplicadores (ocho cupos) y 26 cupos individuales, seis estacio-namientos para visitantes conformados por dos duplicadores (cuatro cupos) y 2 cupos individuales, de los cuales uno cumple con las dimensiones mínimas para personas con movilidad reducida y 20 cupos para bicicle-tas. Es válida para demolición total. Titulares: PROSANTAFE SAS, Constructor Responsable PEDRO ORLANDO MELENDEZ PEREZ CC 14318519. Urbanización: CHAPINERO NOR-TE, Manzana: 25 (CAT) Lote(s): 13, 14 Y 15 (CAT)Se informa a los terceros interesados que contra el presente acto administrativo procede recurso de reposición ante esta Curaduría y en subsidio de apelación ante la Subsecretaría Distrital de Planeación , dentro

de los diez(10) días hábiles siguientes a la presente publicación.

CURADURIA URBANA 4 (P)Arq. CATHERINE CELY CORREDOR

CURADORAREFERENCIA: 4210070

La Curadora Urbana 4 (P) de Bogotá, arquitecta Catherine Cely Corredor , en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 2.2.6.1.2.2.1 y 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto1077 de 2015, comunica a vecinos y terceros interesados en el trámite, que mediante la radicación 4210070 Del 2021-01-15 , Los Sres. en Calidad de Propietario LUZ Y COLOR LTDA NIT 800192264 ha(n) solicitado ante esta Curaduría Urbana MODIFICACIÓN LICENCIA (VIGENTE) DE CONSTRUCCIÓN en la(s) modalidad(es) de ADECUACIÓN , para el predio ubicado en la CL 18 A S 29 A 71 Actual / CL 18 A S 29 A 67 Actual, cuyo usos propuestos son Vivienda Unifamiliar Escala No Aplica / Servicios Empresaria-les - Logística Escala Urbana La presente publicación se realiza con el objeto que consideren puedan ser afectados directa o indirectamente, puedan hacerse parte del trámite, su participación deberá hacerla por escrito, radicando el escrito correspondiente en la sede de la Curaduría 4, ubicada en la Calle 93b # 18 -84 , PBX 4414984, a partir de la fecha de la presente publicación y hasta antes de la expedición del acto administrati-vo que resuelva dicha solicitud.

CURADURIA URBANA 4 (P)Arq. CATHERINE CELY CORREDOR

CURADORALa Curadora Urbana 4 (P) de Bogotá Ar-quitecta CATHERINE CELY CORREDOR, en cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 37 del Código de Procedimiento Administra-tivo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) y 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto Nacional 1077 de 2015, comunica al (los) señor (es) RAFAEL ANTONIO LADINO CAS-TRO quien(es) aparece(n) como titular (es) del derecho de dominio, toda vez que los señores en calidad de Poseedor PINEDA AL-FONSO JEISSON ANDRES CC 1013604028 / Poseedor PINEDA ALFONSO DEISY VIVIANA CC 53116166 / Poseedor ALFONSO MEDINA GLADYS CC 51557537 / Poseedor PINEDA ALFONSO EDWIN FERNANDO CC 80122977 , ha radicado ante esta Curaduría Urbana solicitud de LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN para el predio localizado en la KR 70 B 31 78 S Actual / KR 65 31 78 S Anterior con las siguientes características básicas: Usos/Escalas Servicios Empresariales - Logística Escala Metropolitana en 3 pisos de altura, trámite que se adelanta bajo la referencia 11001-4-20-2124 del 30/10/2020.Esta publi-cación se hace para que pueda constituirse como parte y hacer valer sus derechos, su participación deberá hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud radicando el escrito correspondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 4, ubicada en Calle 93b # 18 -84, PBX: 4414984.

CURADURIA URBANA 4 (P)Arq. CATHERINE CELY CORREDOR

CURADORALa Curadora Urbana 4 (P) de Bogotá Ar-quitecta CATHERINE CELY CORREDOR, en cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 37 del Código de Procedimiento Administra-tivo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) y 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto Nacional 1077 de 2015, comunica al (los) señor (es) DE LA TORRE CORREDOR SAL-VADOR quien(es) aparece(n) como titular (es) del derecho de dominio, toda vez que el señor En Calidad de Propietario DE LA TORRE CORREDOR SALVADOR CC 79139957 , ha radicado ante esta Curaduría Urbana solici-tud de LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN para el predio localizado en la CL 17 A 98 47 Actual / CL 17 A 98 31 Actual con las siguientes características básicas: Usos/Escalas Dot. Servicios Urbanos Básicos - Cementerios y Servicios Funerarios Escala Zonal / Dot. Servicios Urbanos Básicos - Cementerios y Servicios Funerarios Escala Zonal en 2 pisos de altura, trámite que se adelanta bajo la referencia 11001-4-21-0266 del 10/02/2021.Esta publicación se hace para que pueda constituirse como parte y hacer valer sus derechos, su participación deberá hacerla hasta antes de la expedición del acto admi-nistrativo que resuelve la solicitud radicando el escrito correspondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 4, ubicada en la Calle 93b # 18 -84, PBX: 4414984.

CURADURIA URBANA 4 (P)Arq. CATHERINE CELY CORREDOR

CURADORALa Curadora Urbana 4 (P) de Bogotá Arqui-tecta CATHERINE CELY CORREDOR, en cum-plimiento de lo dispuesto en los Artículos 37 del Código de Procedimiento Administrativo

y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) y 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto Nacional 1077 de 2015, comunica al (los) señor (es) sin titulares quien(es) aparece(n) como titular (es) del derecho de dominio, toda vez que el señor En Calidad de Poseedor SOTO ATEHORTUA JOHN EDISON CC 1090380806 Representante Legal CC , ha radicado ante esta Curaduría Urbana solicitud de LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN para el predio localizado en la KR 26 F 35 20 S Actual / KR 30 35 20 S Anterior con las siguientes características básicas: Usos/Escalas Vivienda Multifamiliar Escala No Aplica en 5 pisos de altura, trámite que se adelanta bajo la referencia 11001-4-21-0020 del 06/01/2021.Esta publicación se hace para que pueda constituirse como parte y hacer valer sus derechos, su participación deberá hacerla hasta antes de la expedición del acto admi-nistrativo que resuelve la solicitud radicando el escrito correspondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 4, ubicada en la Calle 93b # 18 -84, PBX: 4414984.

CURADURIA URBANA 4 (P)Arq. CATHERINE CELY CORREDOR

CURADORAREFERENCIA: 4210214

La Curadora Urbana 4 (P) de Bogotá, arquitecta Catherine Cely Corredor , en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 2.2.6.1.2.2.1 y 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto1077 de 2015, comunica a vecinos y terceros interesados en el trámite, que mediante la radicación 4210214 Del 2021-02-04 , Los Sres. en Calidad de Propietario OSPINO OROZCO EDGAR RAFAEL CC 12687269 / Propietario RODRIGUEZ HERNANDEZ ARE-LIS ESTHER CC 52391605 ha(n) solicitado ante esta Curaduría Urbana LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la(s) modalidad(es) de AMPLIACIÓN , para el predio ubicado en la KR 105 B 65 81 S CA 201 Actual, cuyo usos propuestos son Vivienda Unifamiliar Escala No Aplica La presente publicación se realiza con el objeto que consideren puedan ser afectados directa o indirectamente, puedan hacerse parte del trámite, su participación deberá hacerla por escrito, radicando el escrito correspondiente en la sede de la Curaduría 4, ubicada en la Calle 93b # 18 -84, PBX 4414984., a partir de la fecha de la presente publicación y hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva dicha solicitud. *P1-2-18

NOTARIASEDICTO EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DE YOPAL (E) EMPLAZA: a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir y oponerse a la constitu-ción del patrimonio de familia, que pretenden constituir ASTRID CONSTANZA ROBAYO SANCHEZ, mayor de edad identificada con la cedula de ciudadanía número 1.121.841.523 de Villavicencio y DIEGO FABIAN SARMIEN-TO CASTRO, mayor de edad identificado con la cedula de ciudadanía número 17423086 de Acacias, de estado civil solteros con unión marital de hecho entre sí, a su favor y al de su menor hija: SAMMY VALENTINA SARMIEN-TO ROBAYO, R.C. NUIP 1.123.441.085 E INDICATIVO SERIAL No 50256786 Expedido por la Registraduria Nacional del estado civil de Villavicencio (Meta), sobre el inmueble ubicado en BOSQUES DE SIRIVANA de la ciudad de Yopal, Departamento de Casanare, identificado con el folio de matrícula inmobi-liaria 470 – 157607 de la oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Yopal. Las personas que así lo deseen, podrán oponerse a la constitución del patrimonio de familia, dentro de los quince (15) días siguientes a la publicación del presente edicto, por ser lesivo a sus derechos como acreedores de los constituyentes. Se ordena la publicación del presente Edicto en un diario de amplia circulación en el lugar, en cumplimiento del artículo 5o del decreto 2817 de 2006. Se fija el presente Edicto en lugar público de la Notaría hoy nueve (9) de marzo del año dos mil veintiuno (2.021) por el termino de quince (15) días hábiles, siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). CARLOS HERNANDO VILLAMIL BARRERANotario Segundo de Yopal ( E )Resolución No. 1627 del 26 de febrero de 2021 SNRHAY UN SELLO *P1-1-18Y

NOTARIA SESENTA Y OCHO DEL CIRCULO DE BOGOTA D. C. CÓDIGO 1100100068 SUPERNOTARIADO EDICTO EMPLAZATORIO EL NOTARIO SESENTA Y OCHO (68) DEL CIRCULO DE BOGOTA EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la liquidación Notarial de la he-rencia intestada de los causantes LUZ MARINA SANCHEZ GONZALEZ y JOSE JUVAL CADENA ARIAS, quienes en vida se identificaron con las cédulas de ciudadanía números 20.940.230 de Soacha y 17.038.015 de Bogotá, quienes falle-cieron en la ciudad de Bogotá, el día veintiocho (28) de Julio del año dos mil diez (2010) y cinco (5) de Junio del año dos mil diez (2010), siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá. La solicitud y documentos de que trata el decreto 902 de 1.988 fueron presentados el día once (11) de Febrero del año dos mil veintiuno (2021) y aceptado el trámite por el Notario, mediante acta número trece (13) de fecha doce (12) de Febrero del año dos mil veintiuno (2021). Para efectos del Articulo 2 decreto 902 de 1988, modificado por el Articulo 3 del decreto 1729 de 1989 publíquese este EDICTO en un periódico de reconocida circulación de esta ciudad y en una radiodifusora de la misma. Se fija el presente EDICTO en lugar público de la secretaria de esta Notaría por el término legal de Diez (10) días. Hoy trece (13) de Febrero del año dos mil veintiuno (2021), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). ASTRID DOLORES BELTRÁN VARGASNOTARIA SESENTA Y OCHO (68) DEL CÍRCU-LO DE BOGOTA D.C. ENCARGADAHAY UN SELLO *S1-1-18

NOTARIA SESENTA Y OCHO DEL CIRCULO DE BOGOTA D. C. CÓDIGO 1100100068 SUPERNOTARIADO EDICTO EMPLAZATORIO EL NOTARIO SESENTA Y OCHO (68) DEL CIRCULO DE BOGOTA EMPLAZA A todas las personas que se crean con dere-cho a intervenir en la liquidación Notarial de la herencia intestada de la causante JEIMY ALEJANDRA ANGULO CARO, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 1.030.600.798 de Bogotá, quien falleció en la Ciudad de Bucaramanga - Santander, el día diez (10) de Febrero del año dos mil diecisiete (2017), siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá. La solicitud y documentos de que trata el decreto 902 de 1.988 fueron presentados el día veintitrés (23) de Febrero del año dos mil veintiuno (2021) y aceptado el trámite por el Notario, mediante acta número veinte (20) de fecha veinticuatro (24) de Febrero del año dos mil veintiuno (2021). Para efectos del Articulo 2 decreto 902 de 1988, modificado por el Articulo 3 del decreto 1729 de 1989 publíquese este EDICTO en un periódico de reconocida circulación de esta ciudad y en una radiodifusora de la misma. Se fija el presente EDICTO en lugar público de la secretaria de esta Notaría por el término legal de Diez (10) días. Hoy veinticinco (25) de Febrero del año dos mil veintiuno (2021), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). ASTRID DOLORES BELTRÁN VARGASNOTARIA SESENTA Y OCHO (68) DEL CÍRCU-LO DE BOGOTA D.C. ENCARGADAHAY UN SELLO *S1-2-18

NOTARÍA 60HENRY CADENA FRANCO EDICTO LA NOTARÍA SESENTA DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D. C. De conformidad con lo dispuesto en el ordinal 2o del artículo 3 del Decreto Ley 902 de 1988 CITA Y EMPLAZA: A todas las personas que crean y prueben tener derecho a intervenir en la liquidación de la herencia del causante JESÚS GARNICA y a la liquidación de la sociedad conyugal que el antes mencionado conformó con MARÍA DEL ROSARIO BERNAL ALFARO, cuyo trámite de liquidación notarial se inició con el Acta n.° 18 del quince (15) de marzo de dos mil veintiuno (2021), para que lo hagan valer ante éste despacho situado en la calle 161 No. 16A-32 de Bogotá D. C., dentro de los diez (10) días hábiles subsiguientes al de la última publicación de este edicto en los distintos medios que ordena la ley. Con la finalidad de su publicación, se fija este edicto en la cartelera dispuesta para el conocimiento del público que acude a la Notaría, el quince (15) de marzo de dos mil veintiuno (2021), a las ocho de la mañana (08:00 a. m.). HENRY CADENA FRANCONOTARIO SESENTA DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D. C. HAY UN SELLO *S1-3-18

NOTARIA TERCERAEDICTO EMPLAZATORIO No. 2021-018 LA NOTARÍA 3 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ HACE SABER A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite NOTARIAL DE LIQUIDACION DE HERENCIA DE LA CAUSANTE: CARMEN TORRES PARRA iden-tificada en vida con la cédula de ciudadanía número 20.024.302 de Bogotá quien falleció en la ciudad de Bogotá D.C. el dia diecisiete (17) de septiembre del dos mil veinte. (2020), siendo la ciudad de Bogotá DC, el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios, que pueden hacerlo dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación en radio y prensa de éste Edicto. El trámite notarial de ésta sucesión en esta Notaría, fue aceptado mediante Acta número DOS MIL VEINTIUNO - CERO DIECIOCHO (2021-018) de fecha cuatro (04) de Marzo de dos mil veintiuno (2021) y en desarrollo de dicha acta se ordena la publicación de éste Edicto en un periódico de circulación nacional y en una radio difusora de esta localidad, en cumplimento de lo dispuesto en el Artículo 3 del Decreto 902 de 1988, Igualmente se ordenó la fijación del presente Edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días Para constancia se fija el presente Edicto hoy, cinco (05) de Marzo de dos mil veintiuno (2021) a las ocho de la mañana (8:00 AM.). MARÍA YORLY BERNAL NOTARIA TERCERA ENCARGADA (3E) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C.HAY UN SELLO *J2-1-18

NOTARIA TERCERAEDICTO EMPLAZATORIO No. 2021-019 LA NOTARÍA 3 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ HACE SABER A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite NOTARIAL DE LA LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Y DE HERENCIA DE HERENCIA DEL CAUSANTE: ERNESTO MONTENEGRO MORALES, identificado en vida con la cédula de ciudadanía número 19.116.201 de Bogotá D.C., quien falleció en la ciudad de Bogotá, el dia nueve (9) de marzo de dos mil diecinueve (2019), y siendo la ciudad de Bogotá D.C. lugar de su último domicilio y asiento prin-cipal de sus negocios; que pueden hacerlo dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación en radio y prensa de éste Edicto. El trámite notarial de ésta liquidación de sucesión de ésta Notaría, fue aceptado mediante Acta número DOS MIL VEIN-TIUNO - CERO DIECINUEVE (2021-019) de fecha cuatro (04) de Marzo de dos mil veintiuno (2021) y en desarrollo de dicha acta se ordena la publicación de éste Edicto en un periódico de circulación nacional y en una radio difusora de esta localidad, en cumplimento de lo dispuesto en el Artículo 3 del Decreto 902 de 1988. Igualmente se ordenó la fijación del presente Edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. Para constancia se fija el presente Edicto hoy, cinco (05) de Marzo de dos inil veintiuno (2021) a las ocho de la mañana (8:00 A.M.). MARIA YORLY BERNAL NOTARIA TERCERA ENCARGADA (3E) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. HAY UN SELLO *J2-2-18

NOTARÍA 33 DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. EDICTO LA NOTARIA TREINTA Y TRES (33) DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C., EMPLAZA: A todas las personas que crean tener el derecho a intervenir dentro del trámite de liquidación notarial de herencia intestada de la Causante MYRIAM GARCÍA TANGARIFE quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 41.713.434, fallecido(a) en Bogotá el día 11 de mayo del año 2020, siendo la ciudad de Bogotá D.C. su domicilio y el asiento principal de sus bienes y negocios. Para tales efectos deberán probar su calidad de interesados dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico y radio difusora, Aceptado el trámite notarial mediante ACTA NÚMERO TRECE (13) de fecha 12 de marzo del año 2021. En cumplimiento de lo dispues-to en el Artículo 3o del Decreto 902 de 1988, se procede a la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación en la localidad y su divulgación en una emisora local, así como su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días. En constancia, se firma y se fija el presente EDICTO el día 12 de marzo del año dos mil veintiuno (2021).

DIANA BEATRÍZ LÓPEZ DURÁN NOTARIA TREINTA Y TRES (33) DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. Rad, 306-2021 HAY UN SELLO *J2-3-18

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO CUARENTA Y SIETE (47) TITULAR DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral del (la) (los) causante(s) MAGDALENA QUINTERO DE HERNANDEZ, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía numero 20.270.654 expedida en Bogotá D.C. y falleció el día Veintiocho (28) de Agosto del año dos mil catorce (2014), en la ciudad de Bogotá, D.C., siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D. C. Aceptado el trámite respectivo en ésta Notaria, mediante Acta número 0019 de fecha 17 de Marzo del año 2021 se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación y en una radiodifusora, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy 17 de Marzo del año 2021 a las 8:00 a.m. EDUARDO LUIS PACHECO JUVINAO NOTARIO CUARENTA Y SIETE (47) EN PROPIEDAD DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. HAY UN SELLO *J2-4-18

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO CUARENTA Y SIETE (47) TITULAR DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) dias siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral del (la) (los) causante(s) DIEGO MESA OCAMPO, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía número 1.322.125 expedida en Neira y falleció el dia Dos (02) de Mayo del año dos mil nueve (2009), en la ciudad de Bogotá, D.C., siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D. C. Aceptado el trámite respectivo en ésta Notaria, mediante Acta número 0018 de fecha 17 de Marzo del año 2021 se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación y en una radiodifusora, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) dias. El presente edicto se fija hoy 17 de Marzo del año 2021 a las 8:00 a.m. EDUARDO LUIS PACHECO JUVINAO NOTARIO CUARENTA Y SIETE (47) EN PROPIEDAD DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. HAY UN SELLO *J2-5-18

EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA SEGUNDA DEL CÍRCULO DE UBATÉ EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de herencia del causante RAMON OSWALDO BERNAL CUERVO, quien en vida se identifico con la cédula de ciudadanía número 3.223.872, falleció en el Municipio de Carmen de Carupa, el dia 03 de Marzo de 1.998, siendo el Municipio de Ubatè el lugar de su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, para que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto se hagan presentes con el fin de que sean reconocidos sus derechos herenciales. Se aceptó el trámite respectivo mediante acta número 09 de fecha 10 de Marzo del año dos mil veintiuno (2021). Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacional, y en la emisora local, cumpliendo lo dispuesto por el artículo 30, del decreto 902 de 1988. Ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez días hábiles. Si después de publicado este Edicto no se hubiere formulado oposición por algún interesado se continuará el trámite y el notario procederá a extender la escritura pública correspondiente. El presente Edicto se fija hoy diez (10) de Marzo del año dos mil veintiuno (2021) siendo las 8:00 a.m. CIELO HORMIGA PAZ Notaria Segunda HAY UN SELLO *U3-1-18

Page 2: EL NUEVO SIGLO clasificados JUdicialEs · 2021. 3. 21. · 26A EL NUEVO SIGLO JUEVES 18 DE MARZO DE 2021clasificados JUdicialEs LICENCIAS CURADURIA URBANA 3 Arq. ANA MARIA CADENA

clasificados JUdicialEsJUEVES 18 DE MARZO DE 2021 EL NUEVO SIGLO 27AEDICTO EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CIRCU-LO DE TUNJA EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguien-tes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la liquidación de herencia y de Sociedad Conyugal de FIDEL ENRIQUE RIVERA CARDENAS, quien se identificaba en vida con Cédula de Ciudadanía No. 80.424.429 de Bogotá. Aceptado el tramite respectivo en esta Notaria mediante Acta No 014 de fecha 15 de marzo de 2.021, se ordena la publicación en un periódico que tenga amplia circulación en la localidad (BOYACA 7 DIAS, EL “ TIEMPO, LA REPUBLICA, EL NUEVO SIGLO, ETC), y en una radiodifusora local (RCN, SUPER, CARACOL, ARMONIAS, ETC), en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaria por el termino de Diez (10) días. El presente edicto se fija hoy 16 de marzo de 2.021, siendo las ocho (8.00) de la mañana. El Notario Segundo: CARLOS ELIAS ROJAS LOZANO Notario Segundo del Círculo de Tunja HAY UN SELLO *S5-2-18

NOTARÍA CUARTA (4) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. CARRERA 8 N° 17-30 TELÉFONOS: 7519617 -7519602 EDICTO EMPLAZA: Por el Término de Diez (10) Días a Todas las personas que se consideren con Derecho a Intervenir en el Trámite de la LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Y HERENCIA del señor ALVARO VARGAS HERNANDEZ quien se identificaba con Cédula de Ciudadanía Número 310.158. Quien Falleció en BOGOTÁ D.C.- COLOMBIA el Día dos (02) de agosto del año dos mil veinte (2020) y Siendo la Ciudad de Bogotá D.C. el Lugar de su último Domicilio y Asiento Principal de sus Negocios. Igualmente se informa que fue Aceptado el Trámite Respectivo de la LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Y HERENCIA en esta Notaría Mediante Acta Mediante Acta Número cero cincuenta y uno (051) del Día dieciséis (16) del Mes de marzo del Año Dos Mi! Veintiuno (2021). Se Ordena la Publicación del Presente EDICTO en un Periódico de Amplia Circulación Nacional y en una Radiodifusora de Audición Local. En cumplimiento de lo previsto en el Artículo Ter-cero (3o) del Decreto Ley 902 de 1988. Ordénese Además su Fijación en un lugar Visi-ble de la Notaria por el Término de Diez (10) DíasEl Presente EDICTO se fija Hoy dieciséis (16) del mes de marzo de Año Mil Veintiuno (2021) OSCAR HUMBERTO URREA VIVAS NOTARIO CUARTO (4o) ENCARGADO DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C.Quien firma designado por Resolución N°1620 del 26 de febrero del año 2021 de la Superin-tendencia de Notariado y Registro. HAY UN SELLO *B2-1-18

EDICTO EL NOTARIO SEGUNDO (2o) DEL CIRCULO DE BOGOTA, D. C. HACE SABER A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada de la causante RITA MARIA MAR-TINEZ DE GARCIA, quien en vida se identificó con la cédula de Ciudadanía No. 20.8820.827, falleció en Bogotá, el día tres (3) de enero de dos mil diecinueve (2019), siendo la ciudad de Bogotá, su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Fue Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta número 41 de fecha 15 de Marzo de 2021. Se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de circulación nacional y en una radiodifusora de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero (3o) del decreto novecientos dos (902) de mil nove-cientos ochenta y ocho (1.988), ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy 15 de marzo de dos mil veintiuno (2021) a las ocho y treinta de la mañana (8:30 A.M.). YERSON ENRIQUE ARAMENDIZ VILLA NOTARIO SEGUNDO (2o) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ, D.C. ENCARGADOHAY UN SELLO *D4-1-18

EDICTO LA NOTARIA UNICA DEL CÍRCULO DE LA PALMA CUNDINAMARCA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con

derecho a intervenir, dentro del término de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico y en una emisora en el trámite notarial de Liquidación de Sucesión de la causante GRACIELA LINARES BERNAL, identificada con cédula de ciudadanía número 20.695.835 de La Palma, fallecida en La Palma Cundinamarca, el día diecinueve (19) de agosto de dos mil dieciocho (2018). Aceptado el trámite notarial en esta Notaria, mediante Acta número cero cuatro (04) de fecha dieciséis (16) de marzo de dos mil veintiuno (2021), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3o del decreto 902 de 1988, ordenándose, además su fijación en lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy dieciséis (16) de marzo de dos mil veintiuno (2021), siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.). JUAN BAUTISTA TOBO PUENTES Notario Único de La Palma Cundinamarca HAY UN SELLO *H1-1-18

NOTARIA 56 DE BOGOTA, D.C. Dr. Berni Fran-cisco Escalona Castilla Carrera 73 No. 59 12 sur. Tel. 7433477 - 7433410 NIT. 5.088.163-9 EDICTO EL NOTARIO 56 DEL CIRCULO DE BOGO-TA, D.C. (Carrera 73 No. 59 12 sur) EMPLAZA A todas las personas que se crean con el derecho de intervenir, en el trámite de Liquidación Notarial de la Sucesión doble e intestada de los causantes PABLO EMILIO ARAQUE PEÑA, quien falleció en Bogotá, el dia 22 de mayo del año 2010 y quien se identificó en vida con la cédula de ciudadanía No. 17.011.827 y la se-ñora EUDORA MARIA CORREDOR DE ARAQUE y /o AURA MARIA CORREDOR DE ARAQUE, quien falleció en Bogotá, el dia 5 de marzo del año 2020 y quien se identificó con la cédula de ciudadanía No. 20.288.100, siendo su último domicilio la ciudad de Bogotá, D.C., aceptada en esta Notaría mediante ORDEN No. 18 de fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil veintiuno (2021). Para efectos del artículo 589 del Código de procedimiento civil y del numeral 2o. Artículo 3o. del Decreto 902 de 1988, se fija el presente EDICTO en un lugar público de la Secretaria de la Notaria, por el término de diez (10) días, se entrega las copias de el para las respectivas publicaciones y se fija hoy dieciséis (16) de marzo del año dos mil veintiuno (2021), a las ocho de la mañana (8:00 A.M.). EL NOTARIO 56 BERNI FRANCISCO ESCALONA CASTILLA HAY UN SELLO *V1-1-18

NOTARIA 65 DEL CIRCULO DE BOGOTA Dr. EN-RIQUE JOSÉ NATES GUERRA NIT: 79.944.706 EDICTO EL NOTARIO SESENTA Y CINCO (65)DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. HACE SABER: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente EDICTO en periódico de amplia circulación nacional, en el trámite notarial de Liquidación de Herencia del causante PEDRO VICENTE MARTINEZ MESA, identificado en vida con la cédula de ciudadanía número 5.762.411 quien tuvo su último domicilio y asiento principal de sus negocios en la ciudad de Bogotá donde falleció el dia diecisiete (17) de abril de dos mil diecinueve (2019). Aceptado el trámite respec-tivo en esta Notaría, mediante Acta número CERO CERO NUEVE I (009I) del cuarto (4) de Marzo de dos mil veintiuno (2021) se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación y en una radiodifusora de Bogotá, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o. del Decreto 902 de mil novecientos ochenta y ocho (1988), ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días hábiles. El presente EDICTO se fija hoy cinco (5) de Marzo de dos mil veintiuno (2021), a las ocho de la mañana (8:00 a.m.). ENRIQUE JOSÉ NATES GUERRA NOTARIO SESENTA Y CINCO (65) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C.HAY UN SELLO *R1-1-18

Notaría UNICA DE YACOPÍ EDICTO NUMERO 011 EL NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE YACOPI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de herencia de la causante BELARMINA SANCHEZ BUITRA-GO, fallecida el dia 10 de Diciembre de 1966, en el Municipio de Yacopí, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 21.128.902, para que dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de este edicto se hagan presentes ante este Despacho Notarial ubicado en la calle 9ª No. 2-32 de Yacopí Cundinamarca y hagan valer sus derechos. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria, mediante acta número cero once (011) de fecha 12 de Marzo de 2021, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en la emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º. del Decreto 902 de 1988 y 3o. del

Decreto 1729 de 1989, ordenándose además su fijación en lugar visible en la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy 12 de Marzo de 2021 a las 7:00 A.M. WILLIAM EDUARDO JIMENEZ LEAÑO NOTARIOHAY UN SELLO *R1-2-18

Notaría UNICA DE YACOPI EDICTO NUMERO 009 EL NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE YACOPI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de herencia de la causante ANGELA MARIA CASTELBLANCO ROJAS, fallecida el día 17 de Agosto de 2020, en la ciudad de Bogotá, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 51.891.927, para que dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de este edicto se hagan presentes ante este Despacho Notarial ubicado en la calle 9ª No. 2-32 de Yaco-pí Cundinamarca y hagan valer sus derechos. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria, mediante acta número cero cero nueve (009) de fecha 10 de Marzo de 2021, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en la emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º. del Decreto 902 de 1988 y 3º. del Decreto 1729 de 1989, ordenándose además su fijación en lugar visible en la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy 11 de Marzo de 2021 a las 7:00 A.M. WILLIAM EDUARDO JIMENEZ LEAÑO NOTARIOHAY UN SELLO *R1-3-18

Notaría UNICA DE YACOPÍ EDICTO NUMERO 010 EL NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE YACOPI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de herencia de la causante ELVIRA DOMINGUEZ DE DIAZ, fallecida el dia 5 de Septiembre de 2012, en el Municipio de Girardot, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 20.882.694 y PABLO ANTONIO DIAZ GORDILLO, fallecido el dia 20 de Noviembre de 2012, en la ciudad de Bogotá, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 369.231, para que dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de este edicto se hagan presentes ante este Despacho Notarial ubicado en la calle 9ª. No. 2-32 de Yacopi Cundi-namarca y hagan valer sus derechos. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria, mediante acta número cero diez (010) de fecha 10 de Marzo de 2021, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en la emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º. del Decreto 902 de 1988 y 3º. del Decreto 1729 de 1989, ordenándose además su fijación en lugar visible en la Notaria, por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy 11 de Marzo de 2021 a las 7:00 A.M. WILLIAM EDUARDO JIMENEZ LEAÑO NOTARIO HAY UN SELLO *R1-4-18

Notaría UNICA DE YACOPÍ EDICTO NUMERO 012 EL NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE YACOPI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de herencia de la causante MARINA ISABEL DE LA TORRE DE FLOREZ, fallecida el día en la ciudad de Bogotá el dia 23 de Febrero de 2021, quien en vida se identificó con la Cédula de ciudadanía número 20.071.779 expedida en Bogotá, para que den-tro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de este edicto se hagan presentes ante este Despacho Notarial ubicado en la calle 9ª No. 2-32 de Yacopi Cundinamarca y hagan valer sus derechos. Aceptado el trámite res-pectivo en esta Notaria, mediante acta número cero doce (012) de fecha 17 de Marzo de 2021, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en la emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º. del Decreto 902 de 1988 y 3º. del Decreto 1729 de 1989, ordenándose ade-más su fijación en lugar visible en la Notaria, por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy 17 de Marzo de 2021 a las 7:00 A.M. WILLIAM EDUARDO JIMENEZ LEAÑO NOTARIO HAY UN SELLO *R1-5-18

NOTARIA 14 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ Cl. 53 No. 21-20 de Bogotá, Telefax: 2175570 – 2117616 NOTARIA CATORCE (14) DE BOGOTA D.C. CL 53 No. 21-20 - TEL 2175570-2117616 EDICTO EL NOTARIO CATORCE (14) DE BOGOTA EMPLAZA: Por el termino de diez (10) días a todas las personas que se consideren con de-recho a intervenir en el trámite de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA de LUIS HERNANDO CASTILLO, quien en vida se identificaba con la cédula número 79.399.142, fallecido el treinta (30) de mayo de dos mil once (2011) en Bogotá, siendo ésta ciudad de Bogotá D.C., el último domicilio y asiento principal de los negocios del causante. Igualmente se informa que fue aceptado el trá-

mite respectivo de la LIQUIDACIÓN DE HEREN-CIA en esta Notaría mediante Acta número cero veintitrés (023) del once (11) de marzo de dos mil veintiuno (2021). Se ordena la publicación del presente EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional y en una radiodifusora de audición local. En cumplimiento de lo previsto en el artículo tercero (3°) del decreto ley 902 de 1988.- Ordénese además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy, doce (12) de marzo de dos mil veintiuno (2021), siendo las 8:00 A.M. ALMA ESPERANZA CALDERÓN GOMEZ NOTARIO CATORCE (14) (E ) DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. HAY UN SELLO *R1-6-18

LICENCIAS TUNJACURADURÍA URBANA No. 1 - TUNJA ARQ. MARTHA BONILLA CURREA Curadora UrbanaAVISA A LOS VECINOS COLINDANTES DEL PREDIO UBICADO EN LA CALLE 58 A No. 1 A-60 ESTE LOTE 10 MZ E DE LA CIUDAD DE TUNJA. En cumplimiento a lo señalado en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, en los términos establecidos en la ley 1437 de 2011 (C.P.A.C.A). la suscrita Curadora Urbana No. 1 se permite informar a los interesa-dos que el señor JOHN JAIRO VARGASLASSO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 80.245.519 expedida en Tunja, en su condición de propietario del predio No. 010313610010000 Localizado en la Calle 58 A No. 1A-60 Este Lote 10 Manzana E, urbanización Santa Teresa de la ciudad de Tunja, radicó bajo el número 15001-1-21-0142 VNB-012 la solicitud de licencia de construcción en la modalidad de obra nueva. Por lo anterior, la Curaduría Urbana No.1 se permite citar a los vecinos colindantes del predio en mención, para que comparezcan si así lo consideran a este despacho ubicado en la Carrera 9 No. 19 - 92 Oficinas 101 - 102 de la ciudad de Tunja, dentro de los cinco (5) días contados a partir de esta comunicación de citación, para conocer personalmente del pro-yecto en mención y manifiesten por escrito sus observaciones sobre el proyecto. La presente citación se hace en la ciudad de Tunja, a los 15 días del mes marzo de 2021 NOTA: Con ocasión a la Emergencia Sanitaria decretada por el Gobierno Nacional y Local, y en atención a la resolución, conjunta C1C2-006 de 2020, para consultar el proyecto objeto de cita-ción podrá realizarla de manera virtual a través de cualquiera de los medios tecnológicos que posee la Curaduría, para lo cual le solicitamos que manifieste su interés en hacerse parte en el proceso de licenciamiento comunicándose con la curaduría a los teléfonos celulares 3153970889 - 3153449335, al teléfono fijo 7438000 o a los correos: electrónicos [email protected] - [email protected], con el fin de poder coordinar la presentación y así usted conozca el proyecto. MARTHA LIGIA BONILLA CURREA Curadora Urbana No.1 de Tunja

*S5-1-18

CURADURIA URBANA 2 TUNJA Arq. MARTHA LIGIA BONILLA CURREA Curadora Urbana en Provisionalidad AVISA A LOS VECINOS COLINDANTES DEL PRE-DIO UBICADO EN LA CARRERA 4 A No 15 A 16 BARRIO PATRIOTAS DE LA CIUDAD DE TUNJA En cumplimiento a lo señalado en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, en los términos establecidos en la ley 1437 de 2011 (C.P.A.C.A). La suscrita Curadora Urbana No 2 en provisionalidad se permite informar a los interesados que la señora YURI TATIANA HUERTAS GARAVITO identificada con la cédula de ciudadanía No 33378322 de Tunja, en su condición de propietaria del predio No 010303690010000 Matricula inmobiliaria No 070-195747 localizado en la CARRERA 4 A No 15 A- 16 barrio LOS PATRIOTAS de la ciudad de Tunja, radicó bajo el número 15001-2-20-0154 la solicitud de Licencia de Construcción de una edificación en dos pisos para uso vivienda y comercio, en la modalidad de Obra Nueva. Por lo anterior, la Curaduría Urbana No 2 se permite citar a los vecinos colindantes del predio en mención, para que comparezcan si así lo consideran a este despacho ubicado en la Calle 20 No 8 -03 local 2 de la ciudad de Tunja, dentro de los cinco (5) días contados a partir de esta comunicación de citación, para conocer personalmente del proyecto en mención y manifiesten por escrito sus observaciones. La presente citación se hace en la ciudad de Tunja, a los 09 días del mes Marzo de 2021 NOTA: Con ocasión a la emergencia sanitaria decretada por el Gobierno Nacional y Local; y en atención a la resolución conjunta C1C2 006 de 2020 para consultar el proyecto ob-jeto de citación, podrán realizarla de manera virtual a través de cualquiera de los medios tecnológicos que posee la Curaduría, para lo cual le sugerimos que se comuniquen con

los teléfonos 3153970889 y 3185316135 teléfono fijo 7425219 y al correo electrónico [email protected] con el fin de poder coordinar la presentación del proyecto. Cordialmente, MARTHA LIGIA BONILLA CURREA Curadora Urbana No 2 En Provisionalidad

*S5-6-18

PRESTACIONESGOBERNACIÓN DE BOYACA SECRETARIA DE HACIENDA LA DIRECCION DEPARTAMENTAL DE PASIVOS PENSIONALE SUBDIRECCION JURIDICA UNI-DAD ESPECIAL FONDO PENSIONAL TERRITO-RIAL DE BOYACÁ De conformidad con lo dispuesto en la Ley 44 de 1980, Ley 100 de 1993 y artículo 212 del Código Sustantivo del Trabajo. HACE SABER Que el señor (a) VARGAS PRIETO ALFREDO, identificado (a) con C.C.No.1.032.449 expedida en Chiquinquirá (Boyacá), falleció el 01 de ENERO de 2021, en Zipaquirá (Cundinamarca) según registro de defunción indicativo serial No.09533547 de fecha 04 de enero de 2021. Que a reclamar las prestaciones económicas y sociales causadas se ha presentado la señora (a) VARGAS CARDENAS LUZ MARINA, iden-tificado (a) con C.C No.23.493.273 expedida en Chiquinquirá (Boyacá) en representación de sus Hermanos (as): VARGAS CARDENAS JAIRO ENRIQUE, identificado (a) con C.C. No.7.304.750 expedida en Chiquinquirá (Boyacá), VARGAS CARDENAS PEDRO RO-BERTO, identificado (a) con C.C.No. 7.304.301 expedida en Chiquinquirá (Boyacá), VARGAS CARDENAS ANA CECILIA, identificado (a) C.C No. 23.494.856 expedida en Chiquinquirá (Boyacá) VARGAS CARDENAS MARTHA ISABEL, identificado (a) C.C No. 46.675.903 expedida en Chiquinquirá (Boyacá), y VARGAS CARDENAS ALVARO, identificado (a) C.C No. 7.309.636 expedida en Chiquinquirá (Boyacá), en calidad de HIJOS. Quienes crean tener igual o mejor derecho deben hacerlo valer ante esta Entidad dentro de los treinta (30) días siguientes a la presente publicación, que se hará por DOS VECES con intervalo no menor de quince días HABILES. Tunja, a los 18 días del mes de febrero de 2021. LAURA MARCELA CORREAL PEÑALOZA Subdirección Jurídica

*S5-3-18

FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES SOCIA-LES DEL MAGISTERIO EDICTO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4o de la Ley 44 de 1980, Ley 100 de 1993 y el artículo 212 del Código Sustantivo

del Trabajo HACE SABER: Que el Docente ARIEL JOSE TAVERA BONILLA (Q.E.P.D.), quien se identificaba con la Cédula de Ciudadanía No. 4.091.693, Falleció en Sogamoso (Boyacá), el día veintinueve (29) de julio de 2020 y que a reclamar sus prestacio-nes sociales se ha presentado, GLORIA ELSY FIGUEROA SANCHEZ C.C. 23.483.404, en su condición de cónyuge del causante. Quienes crean tener igual o mejor derecho que el reclamante citado, deben presentarse en la Oficina de Prestaciones Sociales del Magisterio en Boyacá, dentro del término de treinta (30) días siguientes a la fecha de esta publicación. Ordénese dos (2) publicaciones de los edictos en un periódico de amplia circulación, con un intervalo de quince (15) días cada uno. Se expide hoy (12) de enero de dos mil vein-tiuno (2021). EFRAIN OLIVO MELO BECERRA Profesional Especializado (E) Líder de Prestaciones Sociales

*S5-4-18

GOBERNACIÓN DE BOYACA SECRETARIA DE HACIENDA LA DIRECCION DEPARTAMENTAL DE PASIVOS PENSIONALES SUBDIRECCION JURIDICA UNIDAD ESPECIAL FONDO PENSIONAL TERRI-TORIAL DE BOYACÁ De conformidad con lo dispuesto en la Ley 44 de 1980, Ley 100 de 1993 y artículo 212 del Código Sustantivo del Trabajo. HACE SABER Que el señor (a) FUENTES BERRIO TOBIAS, identificado (a) con C.C.No.4.036.624 expedida en Tunja (Boyacá), falleció el 08 de ENERO de 2021, en Tunja (Boyacá) según registro de defunción indicativo serial No.06800918 de fecha 12 de enero de 2021. Que a reclamar las prestaciones económicas y sociales causadas se ha presentado el señor (a) SOCADAGUI DE FUENTES ELSA MARIA identificado (a) con C.C.No.24.097.531 expedida en Socha (Boyacá), en calidad de ESPOSA. Quienes crean tener igual o mejor derecho deben hacerlo valer ante esta Entidad dentro de los treinta (30) días siguientes a la presente publicación, que se hará por DOS VECES con intervalo no menor de quince días HABILES. Tunja, a los cuatro (04) días del mes de marzo de 2021 LAURA MARCELA CORREAL PEÑALOZA Subdirección Jurídica

*S5-5-18

AVISO

A los herederos de la señora GLORIA MATILDE SANCHEZ ROJAS

Quien era trabajadora de FRUVER DEL CAMPO ALIMENTOS FRESCOS SAS con NIT 900.035.973-7, se permite informar que la señora GLORIA MATILDE SANCHEZ ROJAS identificada con número de cedula 35.508.371, falleció el día 13 de febrero de 2021 y como consecuencia el contrato de trabajo que existió se dio por terminado por la muerte del trabajador.

De conformidad con el artículo 212 del C.S.T para proceder con el pago de la liquida-ción de salarios y prestaciones sociales definitivas de la señora GLORIA MATILDE SANCHEZ ROJAS (fallecida), las personas que se crean con derecho a reclamar deben presentarse a la dirección de la oficina principal de FRUVER DEL CAMPO ALIMENTOS FRESCOS S.A.S dentro de los 30 siguientes días a la fecha de esta publicación con el respectivo documento de identidad y con prueba idónea que lo (s) acredite la calidad de beneficiarios del trabajador fallecido y acredite su derecho.

EDICTO

SEGUNDO AVISO

EDUARDO LUIS PACHECO JUVINAO, con domicilio principal en la ciudad de Bogotá D.C., en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 212 del Código Laboral.

AVISA

1. Que el día 17 de Febrero de 2021 en la ciudad de Bogotá D.C., y estando al servicio de la Notaría 47 del Círculo de Bogotá, falleció el señor HELMAN ALFONSO OBANDO ADAMES, identificado con cédula de ciudadanía número 79.649.260 de Bogotá.

2. Quienes se consideren beneficiarios y demuestren tal calidad, pueden acercarse a retirar las prestaciones sociales antes de los 3 días del mes de abril de 2021.

Atentamente

EDUARDO LUIS PACHECO JUVINAONotario 47 de Bogotá

AVISO

Dando trámite al requisito establecido en el Art. 232 del Código de Comercio, el señor David Eduardo Baeta Picardo De Sousa, en su calidad de liquidador de Vilaplano Construcciones Colombia SAS, sociedad establecida en Colombia el 23 de noviembre de 2016 por medio de documento privado inscrito en el registro mercantil, identificada con NIT 901030517-2, se permite informar al público en general, y especialmente a todos y cada uno de los acreedores que la sociedad Vilaplano Construcciones Colombia SAS ha decidido, mediante el acta de asamblea de accionistas No. 12, inscrita el 8 de marzo de 2021 ante la Cámara de Comercio de Bogotá, disolver y liquidar la sociedad. En consecuencia, el liquidador de Vilaplano Construcciones Colombia SAS, invita a todas y cada una de las personas que se crean con derecho sobre la sociedad en liquidación, para que se acerquen a las oficinas del liquidador, ubicadas en la Carrera 71b # 49ª – 27 Sección 2, y presenten sus títulos para hacer efectivos sus derechos en el proceso de liquidación mencionado.