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CLASIFICADOS JUDICIALES JUEVES 7 DE ENERO DE 2021 EL NUEVO SIGLO 23A LICENCIAS CURADURIA URBANA 1 Arq. RUTH CUBILLOS SALAMANCA CURADORA Expediente: 11001-1-20-0544 Expedición: 30/12/2020 La Curadora Urbana 1 de Bogotá, Arquitecta ARQ. RUTH CUBILLOS SALAMANCA, en cumplimien- to de lo dispuesto en el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Conten- cioso Administrativo, 65 de la Ley 9 de 1989 y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido: RECONOCIMIENTO Y LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la(s) modalidad(es) de AMPLIACIÓN, MODIFICACIÓN, DEMOLICIÓN PARCIAL, REFORZAMIENTO DE ESTRUCTURAS, CERRAMIENTO, APROBACIÓN DE PLANOS DE PROPIEDAD HORIZONTAL para el predio urbano localizado en la(s) dirección(es) KR 12 B 11 47 S (ACTUAL) con chip(s) AAA0001NUXR y matrícula(s) inmobiliaria(s) 50S111395 en el lote 13, manzana 001203, de la urbanización CARACAS (Localidad Antonio Nariño).. PARA UNA EDIFICACION EN CUATRO PISOS PARA EL USO DE VIVIENDA MULTIFAMILIAR (NO V.I.S.) EN TRES (3) UNIDADES. Titular(es): MARIN FLOREZ CARLOS EURIBE con CC 79666457-. Constructor responsable: TOLEDO GUEVARA CARLOS ALBER- TO con CC 79420960 Mat: 25700-52692 Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Reconocimiento y Licencia de Construc- ción antes descrita, proceden los recurso de repo- sición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Literal K, articulo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los ve- cinos colindantes del predio objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado. *P1-1-07 CURADURIA URBANA 5 Ing. Mariano Pinilla Poveda Bogotá D.C. CURADURIA URBANA 5 Ing. MARIANO PINILLA POVEDA CURADOR PUBLICACION De conformidad con la previsto por el Artículo 2.2.6.1.2.3.8 del decreto 1077 de 2015, y el artícu- lo 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, se procede a publicar un extracto de la parte resolutiva de la LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN No. LC 11001-5- 20-1285 expedida el 24 de Diciembre de 2020. El Curador Urbano de Bogotá ING. MARIANO PINILLA POVEDA RESUELVE OTORGAR LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN EN LA(S) MODALIDAD(ES) DE OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL, APROBACIÓN PLANOS ALINDERAMIENTO Y CUADRO ÁREAS PH PARA UNA EDIFICACIÓN EN TRES (3) PISOS CON USO DE VIVIENDA BIFAMILIAR DE INTERÉS SOCIAL (VIS) EN EL PREDIO URBANO LOCALIZADO EN LA(S) DIRECCION(ES): CL 22 S 52 C 02 IN 10 (AC- TUAL) , CON MATRICULA(S) INMOBILIARIA(S) # 050S16441, CON CHIP(S) # AAA0038WJRU LOTE: 2 MANZANA: 27/32 URBANIZACIÓN: EL TEJAR, LOCALIDAD PUENTE ARANDA, TITULAR(ES): ROSAS RAMIREZ DAVID NIT / CC: 1012351813- EN CALIDAD DE POSEEDOR, CONSTRUCTOR RESPONSABLE: MONROY SILVA DIEGO ALEJANDRO (CÉDULA: 1018442782 MATRÍCULA: A20512014-1018442782 DE CND). DESCRIPCIÓN USO ESCALA UN P . Res V- Pub. Bic. VIVIENDA BIFAMILIAR NO APLICA 2 0 0 0 OBLIGACIONES PROPIAS DEL PROYECTO Observaciones generales: son parte integral de este acto administrativo los planos aprobados, el formulario de solicitud y las observaciones. PRECISIONES: 6. PRECISIONES UBICACIÓN NORMATIVA SEGÚN NOMENCLA- TURA ACTUAL. AREAS Y LINDEROS SEGÚN FOLIO DE MATRICU- LA INMOBILIARIA Y PLANO DE LOTEO. EL PROYECTO CUENTA CON BOLETA DE REPARTO DE SOLICITUDES DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL VIS No VIS-VIP-CU4-01012 DEL 08 DE NOVIEMBRE DEL 2019 DE LA CURADURIA URBANA No 4. SEGÚN EL LITERAL A,1,3,6,5 DE NSR-10 EL URBANIZADOR O CONTRATISTA ES RESPONSABLE DE “QUE LOS ELEMENTOS NO ESTRUCTURALES SE CONSTRUYAN DE ACUERDO CON LO DISEÑADO, CUMPLIENDO CON EL GRADO DE DESEMPEÑO ESPECIFICADO”. EL CONSTRUCTOR QUIEN SUSCRIBE LA LICEN- CIA DE CONSTRUCCIÓN DEBE CUMPLIR LO INDICADO EN A.1.3.6.5 Y ES EL RESPONSABLE DE QUE SU CONSTRUCCIÓN SE REALICE APRO- PIADAMENTE. ESTE PROYECTO SE ESTUDIO BAJO LA VIGENCIA DE LAS NORMAS COLOMBIANAS DE DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN SISMO RESISTENTE NSR-10. SE APRUEBAN LOS PLANOS DE ALINDERAMIEN- TO Y CUADRO DE ÁREAS PARA SOMETIMIENTO AL RÉGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL DE CONFORMIDAD CON LA LEY 675/2001. DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 181 DEL DECRETO NACIONAL 019 DE 2012, NO ES EXIGIBLE EL COBRO DE PARTICIPACIÓN EN PLUSVALÍA, TODA VEZ QUE A LA FECHA DE RADICACIÓN DE LA SOLICITUD NO SE ENCONTRÓ INSCRITA LA RESPECTIVA ANOTACIÓN EN FOLIO DE MATRÍCULA INMOBI- LIARIA DEL PREDIO OBJETO DE LA SOLICITUD. EL TITULAR DE LA LICENCIA DEBERÁ RECONS- TRUIR Y REHABILITAR LOS ANDENES CORRES- PONDIENTES AL PREDIO (S) EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO DEL DECRETO 308 DE 2018 -CARTILLA DE ANDENES-. VIGENCIA: ESTA LICENCIA TIENE UNA VIGENCIA DE VEINTICUATRO (24) MESES PRORROGABLES POR UNA SOLA VEZ POR DOCE (12) MESES, CONTADOS A PARTIR DE SU EJECUTORIA. Contra el presente acto administrativo procede el Recurso de Reposición ante el Curador Urbano y el Recurso de Apelación ante el Subsecretario Jurídico de la Secretaría Distrital de Planeación, los cuales deben interponerse por escrito en la diligencia de notificación o dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación. ING. MARIANO PINILLA POVEDA CURADOR URBANO No 5 DE BOGOTÁ D.C. *P1-2-07 NOTARIAS NOTARIA 8 DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. FABIO O. CASTIBLANCO C. NOTARIO 8 LIQUIDACIÓN DE HERENCIA EDICTO No. 157 EL NOTARIO OCTAVO (8o) EMPLAZA Destinatarios: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir. Termino: Diez (10 días). Actuación: Liquidación de herencia de MANUEL ANTONIO ROMERO MORENO Y ANAIS MARQUEZ DE ROMERO C.C. No. 35.558 y 20.069.376 expe- dida en Bogotá D.C. Lugar de fallecimiento: Bogotá D.C Fecha de fallecimiento: Veintidós (22) de junio de dos mil seis (2006) y dieciséis (16) de octubre de dos mil veinte (2020) Domicilio y asiento principal de sus negocios: Bogotá D.C. Fecha iniciación trámite de sucesión: Acta No. ciento sesenta y siete (167) del veintiocho (28) de diciembre del año dos mil veinte (2020) Se ordena: *La publicación del presente en un PERIODICO de amplia circulación. *La publicación en una RADIODIFUSORA de audiencia local.. *Fíjese en SECRETARIA en un lugar visible. (Art. 3 Dcto 902 de 1988). Se fija hoy veintiocho (28) de diciembre del año dos mil veinte (2020) Se desfija hoy, a las 6 p.m. WILIAM URREA ROCHA Notario 8 de Bobota D.C. (E) HAY UN SELLO *J2-1-07 EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE ZIPAQUIRA EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derechos a intervenir en el trámite Notarial de liquidación de herencia del (la) (los) causante(s): ALBA RUBIELA MURILLO JIMENEZ, quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía número 35.413.060 de Zipaquirá, fallecida en la ciudad de Bogotá, D.C., el día 25 de octubre de 2020, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Zipaquirá, Cundinamarca. -- Trámite aceptado mediante acta número 0097 del quince (15) de diciembre del año dos mil veinte (2020). Para los efectos en el numeral 2o. del artículo 3o. del decreto 902 de 1.988, se ordena la publicación de este edicto, por una vez, en un periódico de amplia circulación en este círculo, y en una radiodifusora local si la hubiere, y se fija en lugar público de esta Notaria, por el término legal de diez (10) días hábiles hoy diez y seis (16) de diciembre de dos mil veinte (2020) a las ocho (8) de la mañana ARIEL JOSE LYONS BARRERA NOTARIO PRIMERO DEL CIRCULO DE ZIPAQUIRA HAY UN SELLO *Z2-1-07 EDICTO El Notario Segundo del Círculo de Zipaquirá EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, en el trámite notarial de liquidación sucesoral de el(la)(los) causante(s) de FLAVIO SILVA TENJO, CEDULA 11.338.419, quien falleció en la ciudad de Zipa- quirá (Cundinamarca), el día cinco (05) de Mayo del año dos mil diecisiete (2.017).--- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria, mediante acta No. 01 de fecha cinco (05) de Enero del año dos mil veintiuno (2021), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora de alta audiencia en esta localidad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero (3°) del decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy cinco (05) de Enero del año dos mil veintiuno (2021), a las 8:00 a.m. HECTOR RENE BASTIDAS PAZOS NOTARIO SEGUNDO DEL CIRCULO DE ZIPAQUIRÁ HAY UN SELLO *Z2-2-07 EDICTO El Notario Segundo del Círculo de Zipaquirá EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, en el trámite notarial de liquidación sucesoral de el(la)(los) causante(s)de ALCIRA ARIZA DE VELASQUEZ, CEDULA 35.403.602, quien falleció en la ciudad de Chia (Cundinamarca), el dia veintisiete (27) de Noviembre del año dos mil diecinueve (2.019).--- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria, mediante acta No. 02 de fecha cinco (05) de Enero del año dos mil veintiuno (2021), se ordena la pu- blicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora de alta audiencia en esta localidad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero (3°) del decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy cinco (05) de Enero del año dos mil veintiuno (2021), a las 8:00 a.m. HECTOR RENE BASTIDAS PAZOS NOTARIO SEGUNDO DEL CIRCULO DE ZIPAQUIRÁ HAY UN SELLO *Z2-3-07 EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE SINCELEJO EMPLAZA: A todas las personas que se consideran con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en trámite notarial de liquidación sucesoral de los causante (s) FLOR MARÍA GOMEZ MONTALVO, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía No. 33.169.480, y cuyos domicilios principales fue- ron el Municipio de Sincelejo - Sucre, habiendo ocurrido su muerte (los) 19 de enero 2000, y cuyos domicilios principales fueron en el Muni- cipio de Sincelejo - Sucre. Aceptando el tramite respectivo en esta Notaria, mediante acta número 001 de fecha cuatro (4) día del mes de enero de 2021, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación nacional y en una emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 y normas concordantes, ordenándose, además, su fijación en lugar visible de la Notaria, por el termino de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy cuatro (4) día de enero del año dos mil veintiuno (2021) a las tres (3.00) de la tarde. LUIS ALFONSO CARABALLO RODRIGUEZ NOTARIO PRIMERO (E ) DEL CÍRCULO DE SINCELEJO Desfijado hoy de el año 2021, a las cinco (5) de la tarde LUIS ALFONSO CARABALLO GRACIA NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE SINCELEJO HAY UN SELLO *S2-1-07 EDICTO El Notario Principal del Círculo de Anolaima – Cundinamarca EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguien- tes a la publicación del presente Edicto en un periódico de circulación nacional y en una emi- sora del lugar si la hubiere, el trámite notarial de liquidación de herencia intestada e ilíquida del causante IRENIO ZAMORA PINZÓN (Q.E.P.D), quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 2.960.029 de Anolaima - Cundinamarca. Fallecido el día veinticuatro (24) de Enero de dos mil Dieciocho (2018) en la ciudad de Bogotá D.C., siendo el último domicilio del causante y asiento principal de sus negocios el municipio de Cachipay - Cun- dinamarca. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta No. 031 de fecha treinta (30) de Diciembre de Dos Mil Veinte (2020), se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacional y en una radiodifusora de la localidad, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3ro. Numeral 2° del Decreto 902 de 1988 y además su fijación en un lugar visible en la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy Cuatro (04) de Enero de Dos mil Veintiuno (2021), a las ocho horas (8:00 a.m.) El Notario: WILLIAM HORTÚA MORA Notario Principal Anolaima – Cundinamarca Desfijado el presente EDICTO hoy, per- maneció fijado en lugar público de esta Notaria por el término legal. El Notario: WILLIAM HORTÚA MORA Notario Principal Anolaima – Cundinamar- ca Elaboró: Dorany Rincón HAY UN SELLO *P7-1-07 EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO SEXTO DEL CIRCULO DE IBAGUÉ EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a inter- venir, dentro de los diez ( 10 ) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el Trámite Notarial de la liquidación suceso- rial del (los) causante(s) CLEMENTE PALMA URUEÑA Y ANA LUCIA CLAVIJO DE PALMA, ( Q.E.P.D), quienes fallecieron el dia 18 de Marzo de 1960, y el dia 16 de Noviembre de 2010, quienes se identificaron en vida con las cedulas de ciudadanía números 2.238.656 expedida en Alvarado y 28.564.335 expedida en Alvarado, iniciado el trámite en esta Notaría mediante Acta número 003 de fecha seis (06) de Enero de 2021, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación nacional o local y. en una radiodifusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3º. del Decreto 902 de 1.988, además de su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy seis ( 06 ) de Enero del año Dos Mil veintiuno (2.021 ), Siendo las ocho ( 8:00 a.m.) -de la Mañana. EL NOTARIO TERESA DE JESUS ALDANA ORTIZ Notario Sexto del Circulo de Ibagué HAY UN SELLO *I2-1-07 NOTARIA 40 DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. VICTORIA C. SAAVEDRA S. EDICTO LA NOTA- RIA CUARENTA (40) DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. HACE SABER: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publica- ción del presente EDICTO en un periódico de circulación nacional, en el trámite notarial de Liquidación Sucesoral Intestada del causante GUILLERMO ROMERO CIFUENTES, identificada con cédula de ciudadanía número 107.833 de Bogotá D.C. quien falleció en Bogotá, D.C., el veintiuno (21) de agosto de dos mil diecinueve (2019), siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C.ADMITIDO el tramite respectivo en esta Notaria mediante Acta número Cero Ochenta y Ocho (088) del Veintidós (22) de diciembre de dos mil veinte (2020). Se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de circulación nacional y en una radiodifusora de Bogotá, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo Tercero (3ro.) del Decreto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1988), ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy veintitrés (23) de diciembre de dos mil veinte (2020), a las ocho (8:00) de la mañana GABRIEL ACERO BENAVIDES NOTARIO CUA- RENTA (40) DE BOGOTÁ, D.C. -ENCARGADO HAY UN SELLO *V1-1-07 LICENCIA TUNJA CURADURÍA URBANA N°. 1 - TUNJA ARQ. MARTHA LIGIA BONILLA CURREA Curadora Urbana AVISO NOTIFICACIÓN VECINOS COLINDANTES AVISA A LOS VECINOS COLINDANTES DEL PREDIO UBICADO EN LA CARRERA 8B No. 56-30 DE LA CIUDAD DE TUNJA. En cumplimiento a lo señalado en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, en los términos establecidos en la ley 1437 de 2011 (C.P.A.C.A), la suscrita Curadora Urbana No. 1 se permite informar a los interesados que el señor SIERVO DE JESUS PARRA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.125.332 expedida en Bogotá, en su condición de propietario del predio No. 010200710041000 Localizado en la carrera 8B No. 56-30 barrio Santa Rita de la ciudad de Tunja, radicó bajo el número 15001-1-20-0545VNU- 108 la solicitud de licencia de construcción de vivienda unifamiliar en la modalidad de obra nueva. Por lo anterior, la Curaduría Urbana No.1 se permite citar a los vecinos colindantes del predio en mención, para que comparezcan si así lo consideran a este despacho ubicado en la Carrera 9 No. 19 – 92 Oficinas 101 - 102 de la ciudad de Tunja, dentro de los cinco (5) días contados a partir de esta comunicación de citación, para conocer personalmente del pro- yecto en mención y manifiesten por escrito sus observaciones sobre el proyecto. La presente citación se hace en la ciudad de Tunja, a los 31 días del mes diciembre de 2020 NOTA: Con ocasión a la Emergencia Sanitaria decretada por el Gobierno Nacional y Local, y en atención a la resolución conjunta C1C2- 006 de 2020, para consultar el proyecto objeto de citación podrá realizarla de manera virtual a través de cualquiera de los medios tecnológicos que posee la Curaduría, para lo cual le solicitamos que manifieste su interés en hacerse parte en el proceso de licenciamiento comunicándose con la curaduría a los teléfonos celulares 3153970889 - 3153449335, al teléfono fijo 7438000 o a los correos electrónicos radicacion@curaduriau- notunja.com - [email protected], con el fin de poder coordinar la presentación y así usted conozca el proyecto. Cordialmente, MARTHA LIGIA BONILLA CURREA Curadora Urbana No. 1 de Tunja *S5-2-07 PRESTACIONES GOBERNACIÓN DE BOYACÁ SECRETARIA DE EDUCACIÓN FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO EDICTO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley 44 de 1980, Ley 100 de 1993 y el artículo 212 del Código Sustantivo del Trabajo HACE SABER: Que la Docente ANA MERCEDES SUAREZ ESPITIA (Q.E.P.D.), quien se identificaba con la Cédula de Ciudadanía No. 23.778.333, Falleció en Moniquirá (Boyacá), el día siete (7) de noviembre de 2020 y que a reclamar sus prestaciones sociales se ha presenta- do, OVIDIO SUAREZ VALERO C.C. No. 4.172.772, en su condición de Conyugue del causante Quienes crean tener igual o mejor derecho que el reclamante citado, deben presentarse en la Oficina de Prestaciones Sociales del Magisterio en Boyacá, dentro del término de treinta (30) días siguientes a la fecha de esta publicación. Ordénese dos (2) publicaciones de los edictos en un periódico de amplia circulación, con un intervalo de quince (15) días cada uno. Se expide hoy a veintiuno (21) de diciembre de dos mil veinte (2020). EFRAIN OLIVO MELO BECERRA Profesional Especializado (E) Líder de Prestacio- nes Sociales *S5-3-07 TITULO VALOR AVISO PARA LA CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TITULO VALOR BANCO CAJA SOCIAL. Se notifica al público en general y/o interesados, que se está solicitando la cancelación y reposición del título valor por EXTRAVÍO la cual se está adelantando ante el BANCO CAJA SOCIAL, CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: Número de CDT: 25501166522 Valor del CDT: $3.000.000 (TRES MILLONES DE PESOS). Titular GERMINA HERNANDEZ A. Oficina de expedición del CDT: Tunja-Boyacá. Fecha inicial: 2019 -12 -18 Fecha final 2020 -06 -18 Dirección de notificación: BANCO CAJA SOCIAL , Ubicado en la carrera 10 No. 21- 15 de la ciudad de TUNJA- BOYACA. Teléfonos 7422652 y/o 7424716. Transcurridos diez (10) días Hábiles de esta publicación sin presentarse oposición por escrito, el Banco procederá a cancelar y reponer el CDT. Por lo anterior se solicita al público en general, abstenerse de efectuar cualquier operación comercial con el título objeto del presente aviso. *S5-1-07 SEGUNDO AVISO La EAAAM ESP, domiciliada en la Calle 9 No 7-99 de Madrid Cundinamarca, actuando en conformidad con lo indicado en el art. 212 del Código Sustantivo del Trabajo, hace saber que el señor NESTOR JULIO BERNAL falleció en la ciudad de Facatativá el día 01 septiembre 2020 Y que para reclamar sus prestaciones sociales se han presentado los siguientes solicitantes: 1. BLANCA MARIA OCHOA, CC: 51642076, actuando en calidad de cónyuge sobreviviente, 2. ANDRES FELIPE BERNAL OCHOA, CC: 1073160055, actuando en calidad de hijo. 3. EDIXON SNEYDER BERNAL OCHOA, CC: 1076153460 en calidad de hijo. 4. JENNY ALEJANDRA BERNAL OCHOA, CC: 1022383065 en calidad de hija. A quienes crean tener igual o mejor derecho que los reclamantes ya citados, se les informa que deberán presentarse en la dirección aquí anunciada dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de esta publicación con el fin de acreditar su derecho, en horario de 8:30 am hasta las 5:00 pm de lunes a viernes, con documento de identidad y prueba idónea (registro civil de nacimiento y/o de matrimonio, declaración extra juicio.) HARVEY FERNANDO SOLER ARIZA Gerente AVISO La señora LUTMILA TORRES DE NARIÑO Quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 20065303. Falleció en la ciudad de Bogotá el día 3 de diciembre de 2020. Quienes creen tener derecho de solicitar el reintegro de los ahorros, aportes y demás derechos que el asociado tenía en CODEMA pueden acercarse a sus oficinas en la calle 39 B No. 19-15 en Bogotá D.C. Se establece un plazo máximo de dos (2) meses para la prestación de la solicitud del auxilio a partir de la fecha en receso, según artículo 15 parágrafo 1 del reglamento del Fondo de Solidaridad de la Cooperativa del Magisterio. NOMBRE FALLECIDO CC FALLECIDO FECHA FALLECIMIENTO NOMBRE SOLICITANTE / BENEFICIARIO CC SOLICITANTE / BENEFICIARIO EDICTOS JESÚS MARÍA DELGADO HENAO JOSÉ GREGORIO ALVARADO FONSECA JORGE EMIRO PEÑA VILLAMIZAR JORGE EMIRO PEÑA VILLAMIZAR HENRY BALCAZAR IRIARTE CECILIA DE LA CRUZ DE MARTÍNEZ JOSÉ GUILLERMO PERILLA HERNÁNDEZ PEDRO DAVID FORERO GONZÁLEZ JORGE RAÚL BENJUMEA ACOSTA HÉCTOR JULIO ROMERO CRUZ AGUSTÍN SARMIENTO PINEDA HUGO QUIJANO CEREZO JUAN HUMBERTO RESTREPO TOBÓN ILDEBRANDO ANTONIO MARÍN CANO ALBERTO NICOLÁS ACUÑA PUELLO 12-07-17 07-10-20 10-11-20 10-11-20 14-08-20 06-11-20 14-11-20 02-12-20 09-10-20 01-05-20 02-07-20 19-11-20 13-11-82 13-08-20 2-11-20 8.370.729 1.138.182 13.233.543 13.233.543 14.447.800 29.086.416 3.243.105 19.162.555 6.806.411 20.191.227 256.147 3.040.568 550.747 10.059.966 3.785.231 RUBY ESTHER VIDAL CARRASCAL LILIA JUDITH FLECHAS DE ALVARADO NARDA CRISTINA HIDALGO BOLÍVAR KIARA VALERIA PEÑA HIDALGO AUXILIADORA ZORAIDA MARÍA CÓRDOBA ESTRADA JORGE ENRIQUE MARTÍNEZ OSORIO CARLOTA HERNÁNDEZ CABALLERO ROSALBA CASTRO FIGUEROA CECILIA ISABEL LASTRE GALVAN ALICIA RUSINKE DE ROMERO ANA MERCEDES PRIETO GONZÁLEZ CONCEPCIÓN MIRANDA PORRAS ÁNGELA INÉS CASTAÑO DE RESTREPO MARY LUZ MANRIQUE LÓPEZ JULIA PÁJARO DE ACUÑA 64.548.881 23.542.856 68.298.738 1.029.405.791 31.261.115 2.541.038 21.108.365 41.722.895 33.167.295 119.807 20.580.178 20.869.908 21.403.630 24.684.617 22.771.865 LA UNIDAD ADMINISTRATIVA DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL -UGPP- Que habiendo ocurrido el deceso de los siguientes pensionados o afiliados, se han presentado a reclamar las prestaciones causadas por su fallecimiento las siguientes personas, como se relacionan a continuación: INFORMA Se avisa a las personas que consideren tener derecho a reclamar, lo hagan valer dentro del término de (30) días hábiles siguientes a esta publicación presentando las pruebas respectivas en la UNIDAD ADMNISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL –UGPP-, ubicada en la Calle 19 No. 68 A - 18, en la ciudad de Bogotá D.C.

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clasificados JUdicialEsjueves 7 De eNeRO De 2021 EL NUEVO SIGLO 23A

LICENCIAS

CURADURIA URBANA 1Arq. RUTH CUBILLOS SALAMANCA

CURADORAExpediente: 11001-1-20-0544

Expedición: 30/12/2020La Curadora Urbana 1 de Bogotá, Arquitecta ARQ. RUTH CUBILLOS SALAMANCA, en cumplimien-to de lo dispuesto en el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Conten-cioso Administrativo, 65 de la Ley 9 de 1989 y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido: RECONOCIMIENTO Y LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la(s) modalidad(es) de AMPLIACIÓN, MODIFICACIÓN, DEMOLICIÓN PARCIAL, REFORZAMIENTO DE ESTRUCTURAS, CERRAMIENTO, APROBACIÓN DE PLANOS DE PROPIEDAD HORIZONTAL para el predio urbano localizado en la(s) dirección(es) KR 12 B 11 47 S (ACTUAL) con chip(s) AAA0001NUXR y matrícula(s) inmobiliaria(s) 50S111395 en el lote 13, manzana 001203, de la urbanización CARACAS (Localidad Antonio Nariño).. PARA UNA EDIFICACION EN CUATRO PISOS PARA EL USO DE VIVIENDA MULTIFAMILIAR (NO V.I.S.) EN TRES (3) UNIDADES. Titular(es): MARIN FLOREZ CARLOS EURIBE con CC 79666457-. Constructor responsable: TOLEDO GUEVARA CARLOS ALBER-TO con CC 79420960 Mat: 25700-52692 Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Reconocimiento y Licencia de Construc-ción antes descrita, proceden los recurso de repo-sición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Literal K, articulo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los ve-cinos colindantes del predio objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado.

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CURADURIA URBANA 5Ing. Mariano Pinilla Poveda

Bogotá D.C.

CURADURIA URBANA 5Ing. MARIANO PINILLA POVEDA

CURADORPUBLICACION

De conformidad con la previsto por el Artículo 2.2.6.1.2.3.8 del decreto 1077 de 2015, y el artícu-lo 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, se procede a publicar un extracto de la parte resolutiva de la LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN No. LC 11001-5-20-1285 expedida el 24 de Diciembre de 2020.El Curador Urbano de Bogotá ING. MARIANO PINILLA POVEDARESUELVEOTORGAR LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN EN LA(S) MODALIDAD(ES) DE OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL, APROBACIÓN PLANOS ALINDERAMIENTO Y CUADRO ÁREAS PH PARA UNA EDIFICACIÓN EN TRES (3) PISOS CON USO DE VIVIENDA BIFAMILIAR DE INTERÉS SOCIAL (VIS) EN EL PREDIO URBANO LOCALIZADO EN LA(S) DIRECCION(ES): CL 22 S 52 C 02 IN 10 (AC-TUAL) , CON MATRICULA(S) INMOBILIARIA(S) # 050S16441, CON CHIP(S) # AAA0038WJRU LOTE: 2 MANZANA: 27/32 URBANIZACIÓN: EL TEJAR, LOCALIDAD PUENTE ARANDA, TITULAR(ES): ROSAS RAMIREZ DAVID NIT / CC: 1012351813- EN CALIDAD DE POSEEDOR, CONSTRUCTOR RESPONSABLE: MONROY SILVA DIEGO ALEJANDRO (CÉDULA: 1018442782 MATRÍCULA: A20512014-1018442782 DE CND). DESCRIPCIÓN USO ESCALA UN P . Res V- Pub. Bic.VIVIENDA BIFAMILIAR NO APLICA 2 0 0 0 OBLIGACIONES PROPIAS DEL PROYECTOObservaciones generales: son parte integral de este acto administrativo los planos aprobados, el formulario de solicitud y las observaciones.PRECISIONES:6. PRECISIONESUBICACIÓN NORMATIVA SEGÚN NOMENCLA-TURA ACTUAL.AREAS Y LINDEROS SEGÚN FOLIO DE MATRICU-LA INMOBILIARIA Y PLANO DE LOTEO.EL PROYECTO CUENTA CON BOLETA DE REPARTO DE SOLICITUDES DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL VIS No VIS-VIP-CU4-01012 DEL 08 DE NOVIEMBRE DEL 2019 DE LA CURADURIA URBANA No 4. SEGÚN EL LITERAL A,1,3,6,5 DE NSR-10 EL URBANIZADOR O CONTRATISTA ES RESPONSABLE DE “QUE LOS ELEMENTOS NO ESTRUCTURALES SE CONSTRUYAN DE ACUERDO CON LO DISEÑADO, CUMPLIENDO CON EL GRADO DE DESEMPEÑO ESPECIFICADO”.EL CONSTRUCTOR QUIEN SUSCRIBE LA LICEN-CIA DE CONSTRUCCIÓN DEBE CUMPLIR LO INDICADO EN A.1.3.6.5 Y ES EL RESPONSABLE

DE QUE SU CONSTRUCCIÓN SE REALICE APRO-PIADAMENTE.ESTE PROYECTO SE ESTUDIO BAJO LA VIGENCIA DE LAS NORMAS COLOMBIANAS DE DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN SISMO RESISTENTE NSR-10.SE APRUEBAN LOS PLANOS DE ALINDERAMIEN-TO Y CUADRO DE ÁREAS PARA SOMETIMIENTO AL RÉGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL DE CONFORMIDAD CON LA LEY 675/2001.DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 181 DEL DECRETO NACIONAL 019 DE 2012, NO ES EXIGIBLE EL COBRO DE PARTICIPACIÓN EN PLUSVALÍA, TODA VEZ QUE A LA FECHA DE RADICACIÓN DE LA SOLICITUD NO SE ENCONTRÓ INSCRITA LA RESPECTIVA ANOTACIÓN EN FOLIO DE MATRÍCULA INMOBI-LIARIA DEL PREDIO OBJETO DE LA SOLICITUD.EL TITULAR DE LA LICENCIA DEBERÁ RECONS-TRUIR Y REHABILITAR LOS ANDENES CORRES-PONDIENTES AL PREDIO (S) EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO DEL DECRETO 308 DE 2018 -CARTILLA DE ANDENES-.VIGENCIA: ESTA LICENCIA TIENE UNA VIGENCIA DE VEINTICUATRO (24) MESES PRORROGABLES POR UNA SOLA VEZ POR DOCE (12) MESES, CONTADOS A PARTIR DE SU EJECUTORIA.Contra el presente acto administrativo procede el Recurso de Reposición ante el Curador Urbano y el Recurso de Apelación ante el Subsecretario Jurídico de la Secretaría Distrital de Planeación, los cuales deben interponerse por escrito en la diligencia de notificación o dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación.ING. MARIANO PINILLA POVEDACURADOR URBANO No 5 DE BOGOTÁ D.C.

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NOTARIASNOTARIA 8 DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C.FABIO O. CASTIBLANCO C. NOTARIO 8 LIQUIDACIÓN DE HERENCIA EDICTO No. 157 EL NOTARIO OCTAVO (8o) EMPLAZA Destinatarios: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir. Termino: Diez (10 días). Actuación: Liquidación de herencia de MANUEL ANTONIO ROMERO MORENO Y ANAIS MARQUEZ DE ROMERO C.C. No. 35.558 y 20.069.376 expe-dida en Bogotá D.C. Lugar de fallecimiento: Bogotá D.C Fecha de fallecimiento: Veintidós (22) de junio de dos mil seis (2006) y dieciséis (16) de octubre de dos mil veinte (2020) Domicilio y asiento principal de sus negocios: Bogotá D.C. Fecha iniciación trámite de sucesión: Acta No. ciento sesenta y siete (167) del veintiocho (28) de diciembre del año dos mil veinte (2020) Se ordena: *La publicación del presente en un PERIODICO de amplia circulación. *La publicación en una RADIODIFUSORA de audiencia local.. *Fíjese en SECRETARIA en un lugar visible. (Art. 3 Dcto 902 de 1988). Se fija hoy veintiocho (28) de diciembre del año dos mil veinte (2020) Se desfija hoy, a las 6 p.m. WILIAM URREA ROCHA Notario 8 de Bobota D.C. (E)

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EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE ZIPAQUIRA EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derechos a intervenir en el trámite Notarial de liquidación de herencia del (la) (los) causante(s): ALBA RUBIELA MURILLO JIMENEZ, quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía número 35.413.060 de Zipaquirá,

fallecida en la ciudad de Bogotá, D.C., el día 25 de octubre de 2020, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Zipaquirá, Cundinamarca. -- Trámite aceptado mediante acta número 0097 del quince (15) de diciembre del año dos mil veinte (2020). Para los efectos en el numeral 2o. del artículo 3o. del decreto 902 de 1.988, se ordena la publicación de este edicto, por una vez, en un periódico de amplia circulación en este círculo, y en una radiodifusora local si la hubiere, y se fija en lugar público de esta Notaria, por el término legal de diez (10) días hábiles hoy diez y seis (16) de diciembre de dos mil veinte (2020) a las ocho (8) de la mañana ARIEL JOSE LYONS BARRERA NOTARIO PRIMERO DEL CIRCULO DE ZIPAQUIRA

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EDICTO El Notario Segundo del Círculo de Zipaquirá EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, en el trámite notarial de liquidación sucesoral de el(la)(los) causante(s) de FLAVIO SILVA TENJO, CEDULA 11.338.419, quien falleció en la ciudad de Zipa-quirá (Cundinamarca), el día cinco (05) de Mayo del año dos mil diecisiete (2.017).--- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria, mediante acta No. 01 de fecha cinco (05) de Enero del año dos mil veintiuno (2021), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora de alta audiencia en esta localidad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero (3°) del decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy cinco (05) de Enero del año dos mil veintiuno (2021), a las 8:00 a.m. HECTOR RENE BASTIDAS PAZOS NOTARIO SEGUNDO DEL CIRCULO DE ZIPAQUIRÁ

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EDICTO El Notario Segundo del Círculo de Zipaquirá EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, en el trámite notarial de liquidación sucesoral de el(la)(los) causante(s)de ALCIRA ARIZA DE VELASQUEZ, CEDULA 35.403.602, quien falleció en la ciudad de Chia (Cundinamarca), el dia veintisiete (27) de Noviembre del año dos mil diecinueve (2.019).--- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria, mediante acta No. 02 de fecha cinco (05) de Enero del año dos mil veintiuno (2021), se ordena la pu-blicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora de alta audiencia en esta localidad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero (3°) del decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy cinco (05) de Enero del año dos mil veintiuno (2021), a las 8:00 a.m. HECTOR RENE BASTIDAS PAZOS NOTARIO SEGUNDO DEL CIRCULO DE ZIPAQUIRÁ

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EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE SINCELEJO EMPLAZA: A todas las personas que se consideran con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en trámite notarial de liquidación sucesoral de los causante (s) FLOR MARÍA GOMEZ MONTALVO, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía No. 33.169.480, y cuyos domicilios principales fue-ron el Municipio de Sincelejo - Sucre, habiendo ocurrido su muerte (los) 19 de enero 2000, y cuyos domicilios principales fueron en el Muni-cipio de Sincelejo - Sucre. Aceptando el tramite respectivo en esta Notaria, mediante acta número 001 de fecha cuatro (4) día del mes de enero de 2021, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación nacional y en una emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 y normas concordantes, ordenándose, además, su fijación en lugar visible de la Notaria, por el termino de

diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy cuatro (4) día de enero del año dos mil veintiuno (2021) a las tres (3.00) de la tarde. LUIS ALFONSO CARABALLO RODRIGUEZ NOTARIO PRIMERO (E ) DEL CÍRCULO DE SINCELEJO Desfijado hoy de el año 2021, a las cinco (5) de la tarde LUIS ALFONSO CARABALLO GRACIA NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE SINCELEJO

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EDICTO El Notario Principal del Círculo de Anolaima – Cundinamarca EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguien-tes a la publicación del presente Edicto en un periódico de circulación nacional y en una emi-sora del lugar si la hubiere, el trámite notarial de liquidación de herencia intestada e ilíquida del causante IRENIO ZAMORA PINZÓN (Q.E.P.D), quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 2.960.029 de Anolaima - Cundinamarca. Fallecido el día veinticuatro (24) de Enero de dos mil Dieciocho (2018) en la ciudad de Bogotá D.C., siendo el último domicilio del causante y asiento principal de sus negocios el municipio de Cachipay - Cun-dinamarca. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta No. 031 de fecha treinta (30) de Diciembre de Dos Mil Veinte (2020), se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacional y en una radiodifusora de la localidad, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3ro. Numeral 2° del Decreto 902 de 1988 y además su fijación en un lugar visible en la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy Cuatro (04) de Enero de Dos mil Veintiuno (2021), a las ocho horas (8:00 a.m.) El Notario: WILLIAM HORTÚA MORA Notario Principal Anolaima – Cundinamarca Desfijado el presente EDICTO hoy, per-maneció fijado en lugar público de esta Notaria por el término legal. El Notario: WILLIAM HORTÚA MORA Notario Principal Anolaima – Cundinamar-ca Elaboró: Dorany Rincón

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EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO SEXTO DEL CIRCULO DE IBAGUÉ EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a inter-venir, dentro de los diez ( 10 ) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el Trámite Notarial de la liquidación suceso-rial del (los) causante(s) CLEMENTE PALMA URUEÑA Y ANA LUCIA CLAVIJO DE PALMA, ( Q.E.P.D), quienes fallecieron el dia 18 de Marzo de 1960, y el dia 16 de Noviembre de 2010, quienes se identificaron en vida con las cedulas de ciudadanía números 2.238.656 expedida en Alvarado y 28.564.335 expedida en Alvarado, iniciado el trámite en esta Notaría mediante Acta número 003 de fecha seis (06) de Enero de 2021, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación nacional o local y. en una radiodifusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3º. del Decreto 902 de 1.988, además de su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy seis ( 06 ) de Enero del año Dos Mil veintiuno (2.021 ), Siendo las ocho ( 8:00 a.m.) -de la Mañana. EL NOTARIO TERESA DE JESUS ALDANA ORTIZ Notario Sexto del Circulo de Ibagué

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NOTARIA 40 DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. VICTORIA C. SAAVEDRA S. EDICTO LA NOTA-RIA CUARENTA (40) DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. HACE SABER: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publica-ción del presente EDICTO en un periódico de circulación nacional, en el trámite notarial de Liquidación Sucesoral Intestada del causante GUILLERMO ROMERO CIFUENTES, identificada con cédula de ciudadanía número 107.833 de Bogotá D.C. quien falleció en Bogotá, D.C., el veintiuno (21) de agosto de dos mil diecinueve

(2019), siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C.ADMITIDO el tramite respectivo en esta Notaria mediante Acta número Cero Ochenta y Ocho (088) del Veintidós (22) de diciembre de dos mil veinte (2020). Se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de circulación nacional y en una radiodifusora de Bogotá, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo Tercero (3ro.) del Decreto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1988), ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy veintitrés (23) de diciembre de dos mil veinte (2020), a las ocho (8:00) de la mañana GABRIEL ACERO BENAVIDES NOTARIO CUA-RENTA (40) DE BOGOTÁ, D.C. -ENCARGADO

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LICENCIA TUNJACURADURÍA URBANA N°. 1 - TUNJA ARQ. MARTHA LIGIA BONILLA CURREA Curadora Urbana AVISO NOTIFICACIÓN VECINOS COLINDANTES AVISA A LOS VECINOS COLINDANTES DEL PREDIO UBICADO EN LA CARRERA 8B No. 56-30 DE LA CIUDAD DE TUNJA. En cumplimiento a lo señalado en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, en los términos establecidos en la ley 1437 de 2011 (C.P.A.C.A), la suscrita Curadora Urbana No. 1 se permite informar a los interesados que el señor SIERVO DE JESUS PARRA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.125.332 expedida en Bogotá, en su condición de propietario del predio No. 010200710041000 Localizado en la carrera 8B No. 56-30 barrio Santa Rita de la ciudad de Tunja, radicó bajo el número 15001-1-20-0545VNU-108 la solicitud de licencia de construcción de vivienda unifamiliar en la modalidad de obra nueva. Por lo anterior, la Curaduría Urbana No.1 se permite citar a los vecinos colindantes del predio en mención, para que comparezcan si así lo consideran a este despacho ubicado en la Carrera 9 No. 19 – 92 Oficinas 101 - 102 de la ciudad de Tunja, dentro de los cinco (5) días contados a partir de esta comunicación de citación, para conocer personalmente del pro-yecto en mención y manifiesten por escrito sus observaciones sobre el proyecto. La presente citación se hace en la ciudad de Tunja, a los 31 días del mes diciembre de 2020 NOTA: Con ocasión a la Emergencia Sanitaria decretada por el Gobierno Nacional y Local, y en atención a la resolución conjunta C1C2- 006 de 2020, para consultar el proyecto objeto de citación podrá realizarla de manera virtual a través de cualquiera de los medios tecnológicos que posee la Curaduría, para lo cual le solicitamos que manifieste su interés en hacerse parte en el proceso de licenciamiento comunicándose con la curaduría a los teléfonos celulares 3153970889 - 3153449335, al teléfono fijo 7438000 o a los correos electrónicos [email protected] - [email protected],

con el fin de poder coordinar la presentación y así usted conozca el proyecto. Cordialmente, MARTHA LIGIA BONILLA CURREA Curadora Urbana No. 1 de Tunja

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PRESTACIONESGOBERNACIÓN DE BOYACÁ SECRETARIA DE EDUCACIÓN FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO EDICTO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley 44 de 1980, Ley 100 de 1993 y el artículo 212 del Código Sustantivo del Trabajo HACE SABER: Que la Docente ANA MERCEDES SUAREZ ESPITIA (Q.E.P.D.), quien se identificaba con la Cédula de Ciudadanía No. 23.778.333, Falleció en Moniquirá (Boyacá), el día siete (7) de noviembre de 2020 y que a reclamar sus prestaciones sociales se ha presenta-do, OVIDIO SUAREZ VALERO C.C. No. 4.172.772, en su condición de Conyugue del causante Quienes crean tener igual o mejor derecho que el reclamante citado, deben presentarse en la Oficina de Prestaciones Sociales del Magisterio en Boyacá, dentro del término de treinta (30) días siguientes a la fecha de esta publicación. Ordénese dos (2) publicaciones de los edictos en un periódico de amplia circulación, con un intervalo de quince (15) días cada uno. Se expide hoy a veintiuno (21) de diciembre de dos mil veinte (2020). EFRAIN OLIVO MELO BECERRA Profesional Especializado (E) Líder de Prestacio-nes Sociales

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TITULO VALORAVISO PARA LA CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TITULO VALOR BANCO CAJA SOCIAL. Se notifica al público en general y/o interesados, que se está solicitando la cancelación y reposición del título valor por EXTRAVÍO la cual se está adelantando ante el BANCO CAJA SOCIAL, CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: Número de CDT: 25501166522Valor del CDT: $3.000.000 (TRES MILLONES DE PESOS). Titular GERMINA HERNANDEZ A.Oficina de expedición del CDT: Tunja-Boyacá. Fecha inicial: 2019 -12 -18Fecha final 2020 -06 -18Dirección de notificación: BANCO CAJA SOCIAL , Ubicado en la carrera 10 No. 21- 15 de la ciudad de TUNJA- BOYACA. Teléfonos 7422652 y/o 7424716. Transcurridos diez (10) días Hábiles de esta publicación sin presentarse oposición por escrito, el Banco procederá a cancelar y reponer el CDT. Por lo anterior se solicita al público en general, abstenerse de efectuar cualquier operación comercial con el título objeto del presente aviso.

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SEGUNDO AVISO

La EAAAM ESP, domiciliada en la Calle 9 No 7-99 de Madrid Cundinamarca, actuando en conformidad con lo indicado en el art. 212 del Código Sustantivo del Trabajo, hace saber que el señor NESTOR JULIO BERNAL falleció en la ciudad de Facatativá el día 01 septiembre 2020 Y que para reclamar sus prestaciones sociales se han presentado los siguientes solicitantes: 1. BLANCA MARIA OCHOA, CC: 51642076, actuando en calidad de

cónyuge sobreviviente, 2. ANDRES FELIPE BERNAL OCHOA, CC: 1073160055, actuando en calidad

de hijo. 3. EDIXON SNEYDER BERNAL OCHOA, CC: 1076153460 en calidad de

hijo. 4. JENNY ALEJANDRA BERNAL OCHOA, CC: 1022383065 en calidad de

hija. A quienes crean tener igual o mejor derecho que los reclamantes ya citados, se les informa que deberán presentarse en la dirección aquí anunciada dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de esta publicación con el fin de acreditar su derecho, en horario de 8:30 am hasta las 5:00 pm de lunes a viernes, con documento de identidad y prueba idónea (registro civil de nacimiento y/o de matrimonio, declaración extra juicio.)

HARVEY FERNANDO SOLER ARIZAGerente

AVISO

La señora LUTMILA TORRES DE NARIÑO Quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 20065303. Falleció en la ciudad de Bogotá el día 3 de diciembre de 2020. Quienes creen tener derecho de solicitar el reintegro de los ahorros, aportes y demás derechos que el asociado tenía en CODEMA pueden acercarse a sus oficinas en la calle 39 B No. 19-15 en Bogotá D.C. Se establece un plazo máximo de dos (2) meses para la prestación de la solicitud del auxilio a partir de la fecha en receso, según artículo 15 parágrafo 1 del reglamento del Fondo de Solidaridad de la Cooperativa del Magisterio.

NOMBRE FALLECIDO CCFALLECIDO

FECHA FALLECIMIENTO

NOMBRE SOLICITANTE / BENEFICIARIO

CC SOLICITANTE/ BENEFICIARIO

EDICTOS

JESÚS MARÍA DELGADO HENAOJOSÉ GREGORIO ALVARADO FONSECAJORGE EMIRO PEÑA VILLAMIZARJORGE EMIRO PEÑA VILLAMIZARHENRY BALCAZAR IRIARTECECILIA DE LA CRUZ DE MARTÍNEZJOSÉ GUILLERMO PERILLA HERNÁNDEZPEDRO DAVID FORERO GONZÁLEZJORGE RAÚL BENJUMEA ACOSTAHÉCTOR JULIO ROMERO CRUZAGUSTÍN SARMIENTO PINEDAHUGO QUIJANO CEREZOJUAN HUMBERTO RESTREPO TOBÓNILDEBRANDO ANTONIO MARÍN CANOALBERTO NICOLÁS ACUÑA PUELLO

12-07-1707-10-2010-11-2010-11-2014-08-2006-11-2014-11-2002-12-2009-10-2001-05-2002-07-2019-11-2013-11-8213-08-202-11-20

8.370.729 1.138.182

13.233.543 13.233.543 14.447.800 29.086.416 3.243.105

19.162.555 6.806.411

20.191.227 256.147

3.040.568 550.747

10.059.966 3.785.231

RUBY ESTHER VIDAL CARRASCALLILIA JUDITH FLECHAS DE ALVARADONARDA CRISTINA HIDALGO BOLÍVARKIARA VALERIA PEÑA HIDALGOAUXILIADORA ZORAIDA MARÍA CÓRDOBA ESTRADAJORGE ENRIQUE MARTÍNEZ OSORIOCARLOTA HERNÁNDEZ CABALLEROROSALBA CASTRO FIGUEROACECILIA ISABEL LASTRE GALVANALICIA RUSINKE DE ROMEROANA MERCEDES PRIETO GONZÁLEZCONCEPCIÓN MIRANDA PORRASÁNGELA INÉS CASTAÑO DE RESTREPOMARY LUZ MANRIQUE LÓPEZJULIA PÁJARO DE ACUÑA

64.548.881 23.542.856 68.298.738

1.029.405.791 31.261.115 2.541.038

21.108.365 41.722.895 33.167.295

119.807 20.580.178 20.869.908 21.403.630 24.684.617 22.771.865

LA UNIDAD ADMINISTRATIVA DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL -UGPP-

Que habiendo ocurrido el deceso de los siguientes pensionados o afiliados, se han presentado a reclamar las prestaciones causadas por su fallecimiento las siguientes personas, como se relacionan a continuación:

INFORMA

Se avisa a las personas que consideren tener derecho a reclamar, lo hagan valer dentro del término de (30) días hábiles siguientes a esta publicación presentando las pruebas respectivas en la UNIDAD ADMNISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES

PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL –UGPP-, ubicada en la Calle 19 No. 68 A - 18, en la ciudad de Bogotá D.C.