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CLASIFICADOS JUDICIALES VIERNES 11 DE JUNIO DE 2021 EL NUEVO SIGLO 25A LICENCIAS CURADURIA URBANA 1 Arq. RUTH CUBILLOS SALAMANCA CURADORA Expediente: 11001-1-21-0143 Expedición: 3/06/2021 La Curadora Urbana 1 de Bogotá, Arquitec- ta ARQ. RUTH CUBILLOS SALAMANCA, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimien- to Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, 65 de la Ley 9 de 1989 y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la(s) modalidad(es) de OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL para el predio urbano localizado en la(s) dirección(es) KR 88 BIS 40 67 S (ACTUAL) con chip(s) AAA0137ZHFZ y matrícula(s) inmobiliaria(s) 50S40137067 en el lote 32, manzana 004613, de la urbanización DESARROLLO VILLA ANDRES (Localidad Kennedy).. Para una (1) edificación en tres (3) pisos de altura y con cubierta plana en concreto, destinada para dos (2) unidades de vivienda VIS, dos (2) cupos de estacio- namiento privado y cuatro (4) cupos para bicicletas. Es válido para demolición total. Titular(es): BARAJAS DE REYES CRISAN- TA (PROPIETARIA Y POSEEDORA) con CC 20278670-. Constructor responsable: MORA BARAJAS HILBAR ARNALDO con CC 79984964 Mat: A25112004-79984964 Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recurso de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Li- teral K, articulo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los vecinos colindantes del predio objeto de la licencia antes referida y a los ter- ceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado. CURADURIA URBANA 1 Arq. RUTH CUBILLOS SALAMANCA CURADORA Expediente: 11001-1-20-2153 Expedición: 21/05/2021 La Curadora Urbana 1 de Bogotá, Arquitec- ta ARQ. RUTH CUBILLOS SALAMANCA, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimien- to Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, 65 de la Ley 9 de 1989 y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la(s) modalidad(es) de OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL, APROBACIÓN DE PLANOS DE PRO- PIEDAD HORIZONTAL para el predio urbano localizado en la(s) dirección(es) KR 69 C 63 D 07 APT 101 (ACTUAL) / KR 69 C 63 D 07 APT 201 (ACTUAL) con chip(s) AAA0060FXTO / AAA0060FXUZ y matrícula(s) inmobiliaria(s) 50C1250444 / 50C1250445 en el lote 8, manzana 005505, de la urbanización EL TREBOL (Lo- calidad Engativá).. PARA 1 EDIFICACION EN 4 PISOS DE ALTURA, CON DESTINA- CION DEL 1 PISO A ESTACIONAMIENTO Y EQUIPAMIENTO COMUNAL PRIVADO (PISO NO HABITABLE), PARA VIVIENDA MULTIFAMILIAR NO VIS (6 UNIDADES), CON 1 CUPO DE ESTACIONAMIENTO PRIVADO (RESIDENTE). SE APRUEBAN LOS PLANOS DE ALINDERAMIENTO Y CUADRO DE ÁREAS QUE CONTIENEN LA INFORMACIÓN PARA SOMETER EL EDIFICIO AL RÉGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL DE CONFORMIDAD CON LA LEY 675 DE 2001. ES VÁLIDO PARA DEMOLICIÓN TOTAL. Titular(es): PRO- YECTOS Y CONSTRUCCIONES ARKING SAS con NIT 900940283-5. Constructor responsable: MORENO BEJARANO WI- LLIAM CAMILO con CC 1018406561 Mat: A1992010-1018406561 Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recurso de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Li- teral K, articulo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los vecinos colindantes del predio objeto de la licencia antes referida y a los ter- ceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado. CURADURIA URBANA 1 Arq. RUTH CUBILLOS SALAMANCA CURADORA Expediente: 11001-1-20-2056 Expedición: 8/06/2021 La Curadora Urbana 1 de Bogotá, Arquitec- ta ARQ. RUTH CUBILLOS SALAMANCA, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimien- to Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, 65 de la Ley 9 de 1989 y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido: MODIFICACIÓN LICENCIA (VIGENTE) DE CONSTRUCCIÓN, para el predio urbano localizado en la(s) dirección(es) KR 58 46 16 (ACTUAL) con chip(s) AAA0055KLUH y matrícula(s) inmobiliaria(s) 50C556996 en el lote 2, manzana 005111, de la urbanización LA ESMERALDA (Localidad Teusaquillo).. PARA 1 EDIFICACION EN DOS (2) PISOS DESTINADA A UNA (1) UNIDAD DE DOTA- CIONAL DE SALUD DE ESCALA VECINAL . LAS DEMAS CONDICIONES DEL ACTO ADMINISTRATIVO N° 11001-1-20-1206 DEL 02 DE JUNIO DE 2020 SE MANTIE- NEN. Titular(es): PASTRANA PENICHE AUDITH REGINA con CC 50905264-. Constructor responsable: JIMENEZ TUN- JO CARLOS ANDRES con CC 79994142 Mat: A25592009-79994142 Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Modificación Licencia (vigente) de Construcción antes descrita, proceden los recurso de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Literal K, articulo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los vecinos colindantes del predio objeto de la licencia antes referida y a los ter- ceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado. CURADURIA URBANA 1 Arq. RUTH CUBILLOS SALAMANCA CURADORA Expediente: 11001-1-20-2496 Expedición: 8/06/2021 La Curadora Urbana 1 de Bogotá, Arquitec- ta ARQ. RUTH CUBILLOS SALAMANCA, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Ad- ministrativo, 65 de la Ley 9 de 1989 y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la(s) modalidad(es) de OBRA NUEVA, DEMO- LICIÓN TOTAL para el predio urbano loca- lizado en la(s) dirección(es) CL 68 C S 79 26 (ACTUAL) con chip(s) AAA0046JPBR y matrícula(s) inmobiliaria(s) 50S498870 en el lote 16, manzana 004524, de la urbani- zación PIAMONTE (Localidad Bosa).. PARA 1 EDIFICACION EN 3 PISOS DE ALTURA, PARA VIVIENDA MULTIFAMILIAR VIS (3 UNIDADES). ES VÁLIDO PARA DEMOLI- CIÓN TOTAL. Titular(es): GASCA MUETE YENNI MARCELA (POSEEDORA) con CC 52875867-. Constructor responsable: LOPEZ SIERRA PABLO ENRIQUE con CC 79750030 Mat: A25042008-79750030 Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recurso de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Li- teral K, articulo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los vecinos colindantes del predio objeto de la licencia antes referida y a los ter- ceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado. CURADURIA URBANA 1 Arq. RUTH CUBILLOS SALAMANCA Curadora Expediente: 11001-1-20-2145 Expedición: 2/06/2021 La Curadora Urbana 1 de Bogotá, Arquitec- ta ARQ. RUTH CUBILLOS SALAMANCA, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Ad- ministrativo, 65 de la Ley 9 de 1989 y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la(s) modalidad(es) de OBRA NUEVA, DE- MOLICIÓN TOTAL, APROBACIÓN DE PLANOS DE PROPIEDAD HORIZONTAL para el predio urbano localizado en la(s) dirección(es) KR 41 A 18 31 S (ACTUAL) con chip(s) AAA0040HTTO y matrícula(s) inmobiliaria(s) 50S415856 en el lote 13, manzana 004412, de la urbanización MONTES III SECTOR (Localidad Puente Aranda).. PARA 1 EDIFICACION EN 5 PISOS DE ALTURA Y SEMISÓTANO, CON DESTINACION DEL PRIMER PISO A ESTACIONAMIENTOS Y EQUIPAMIENTO COMUNAL PRIVADO (PISO NO HABITA- BLE), PARA VIVIENDA MULTIFAMILIAR NO VIS (8 UNIDADES), CON 5 CUPOS DE ESTACIONAMIENTOS PRIVADOS (RESIDENTES), 2 CUPOS DE ESTACIO- NAMIENTOS PARA MOTOS Y 2 CUPOS DE BICICLETEROS. SE APRUEBAN LOS PLANOS DE ALINDERAMIENTO Y CUADRO DE ÁREAS QUE CONTIENEN LA INFOR- MACIÓN PARA SOMETER EL EDIFICIO AL RÉGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL DE CONFORMIDAD CON LA LEY 675 DE 2001. ES VALIDO PARA DEMOLICION TOTAL. Titular(es): PROYECTOS Y CONSTRUC- CIONES ARKING S.A.S. (POSEEDORA) con NIT 900940283-5 (Representante Legal: MORENO BEJARANO WILLIAM CAMILO con CC. 1018406561). Construc- tor responsable: MORENO BEJARANO WILLIAM CAMILO con CC 1018406561 Mat: A1992010- 1018406561 Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recurso de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Literal K, articulo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los vecinos colindantes del predio objeto de la licencia antes referida y a los ter- ceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado. CURADURIA URBANA 1 Arq. RUTH CUBILLOS SALAMANCA Curadora Expediente: 11001-1-20-2621 Expedición: 8/06/2021 La Curadora Urbana 1 de Bogotá, Arquitec- ta ARQ. RUTH CUBILLOS SALAMANCA, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimien- to Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, 65 de la Ley 9 de 1989 y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido: MODIFICACIÓN LICENCIA (VIGENTE) DE CONSTRUCCIÓN, para el predio urbano localizado en la(s) dirección(es) KR 87 C 63 24 S (ACTUAL) con chip(s) AAA0151STRU y matrícula(s) inmobiliaria(s) 50S599075 en el lote 1 Y 4, manzana 004589, de la urbanización VILLAS DEL VELERO (Localidad Bosa).. PARA UNA EDIFICACIÓN DE DOS (2) PISOS, Y CUBIER- TA LIVIANA, PARA DOS (2) UNIDADES DE COMERCIO VECINAL A. EL PROYECTO CUENTA CON TRES (3) CUPOS DE ESTACIO- NAMIENTO VISITANTES, DE LOS CUALES UNO (1) CUMPLE CONDICIONES PARA MOVILIDAD REDUCIDA Y UN (1) CUPO PARA BICICLETAS. Titular(es): NEUTA SANCHEZ DAVID (PROPIETARIO Y POSEEDOR) con CC 79613085-. Constructor responsable: DIMAS MONTOYA ELKIN MAURICIO con CC 79619132 Mat: A25102000- 79619132 Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Modificación Licencia (vigente) de Construcción antes descrita, proceden los recurso de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Literal K, articulo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los vecinos colindantes del predio objeto de la licencia antes referida y a los ter- ceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado. *P1-1-11 CURADURIA URBANA 3 Arq. ANA MARÍA CADENA TOBÓN CURADORA RADICACIÓN: 11001-3-21-0519 La Curadora Urbana 3 de Bogotá, arqui- tecta ANA MARÍA CADENA TOBÓN en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, comunica a vecinos y terceros interesados en el trámite, que mediante la radicación 11001-3-21-0519 de fecha 2021-05-03 10:22:16, el(los) Señor(es) en calidad de : VELASCO DURAN OMAR / JARABA RUIZ REMBERTO SAMIR, ha(n) radicado ante esta Curaduría Urbana LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN, Modalidad(es) OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL, para el(los) predio(s) localizado(s) KR 93A 54 24S(ACTUAL), con uso(s) propuesto(s) VIVIENDA BIFAMILIAR. La presente publi- cación se efectúa a vecinos y/o terceros interesados en el trámite según consta anexo al expediente, para que en caso de así considerarlo puedan hacerse parte del trámite la(s) persona(s) que considere(n) que se puede(n) ver afectada(s) por la decisión tomada por este despacho, su participación debera hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto antes citado, radicando el escrito correspondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 3, ubicada en la Autopista Norte - Av. Cra. 45 No. 95-31/45 Teléfono 5190660 FAX:5336672 CURADURIA URBANA 3 Arq. ANA MARÍA CADENA TOBÓN CURADORA La Curadora Urbana 3 de Bogotá, arqui- tecta ANA MARÍA CADENA TOBÓN en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, comunica a vecinos y terceros interesados en el trámite, que mediante la radicación 11001-3-21-0559 de fecha 2021-05-10 08:41:14, el(los) Señor(es) en calidad de : VILLAMIL BARRIGA JOHN ALBERTO / VILLAMIL BARRIGA ELSA / VILLAMIL BARRIGA MARIA DEISY / VILLAMIL BA- RRIGA ALVARO JAVIER, ha(n) radicado ante esta Curaduría Urbana LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN, Modalidad(es) OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL, para el(los) predio(s) localizado(s) DG 2A 18 12(ACTUAL), con uso(s) propuesto(s) VIVIENDA BIFAMILIAR. La presente publi- cación se efectúa a vecinos y/o terceros interesados en el trámite según consta anexo al expediente, para que en caso de así considerarlo puedan hacerse parte del trámite la(s) persona(s) que considere(n) que se puede(n) ver afectada(s) por la decisión tomada por este despacho, su participación debera hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto antes citado, radicando el escrito correspondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 3, ubicada en la Autopista Norte - Av. Cra. 45 No. 95-31/45 Teléfono 5190660 FAX:5336672 *P1-1-11 NOTARIAS EDICTO LA NOTARIA TREINTA (30) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. ORDENA LA PUBLICACIÓN DEL SIGUIEN- TE EDICTO EMPLAZATORIO. De conformidad con el mandato contenido en el Artículo Tercero (3o) del Decreto novecientos dos (902) de Mayo del año mil novecientos ochenta y ocho (1.988), EMPLAZA A TODAS LAS PERSONAS que se crean con derecho para intervenir en el trámite de la liquidación sucesoral admitida en esta Notaria, a los nueve (09) días del mes de junio del año dos mil vein- tiuno (2021), aceptada según acta número 0061-2021, con el fin de liquidar, por medio de Escritura Pública la sucesión testada de la causante MARINA GRACIELA PINTO ROSAS, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía No. 20.006.446. El presente EDICTO se publicará por una vez en un periódico de amplia circulación en Bogotá, D.C. y en una radiodifusora local. Las personas interesadas en el presente trámite de liquidación Sucesoral podrán presentarse a la Notaría dentro de los diez (10) días siguientes desde que se publique en el periódico, Si pasan los diez (10) días hábiles sin que se hubiera formulado oposición, siempre y cuando la Oficina de Cobranzas, Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales- DIAN y/o Administración de Impuestos Distrita- les de la Secretaria de Hacienda, hayan dado su respuesta favorable, la Notaría procederá a otorgar la escritura pública de liquidación del patrimonio Sucesoral y la sociedad conyugal, si fuere el caso. El presente Edicto se fija hoy a los diez (10) días del mes de junio del año dos mil veintiuno (2021), siendo las 8:30 de la mañana. ROSA MERCEDES ROMERO PINTO NOTARIA TREINTA EN PROPIEDAD DE BOGOTA D.C. HAY UN SELLO *J2-1-11 EDICTO LA NOTARIA TREINTA (30) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. ORDENA LA PUBLICACIÓN DEL SIGUIEN- TE EDICTO EMPLAZATORIO. De conformidad con el mandato contenido en el Artículo Tercero (3o) del Decreto novecientos dos (902) de Mayo del año mil novecientos ochenta y ocho (1.988), EMPLAZA A TODAS LAS PERSONAS que se crean con derecho para intervenir en el trámite de la liquidación sucesoral admitida en esta Notaría, a los dos (02) días del mes de junio del año dos mil vein- tiuno (2021), aceptada según acta número 0059-2021, con el fin de liquidar, por medio de Escritura Pública la sucesión intestada del causante MARIA MARGARITA LEIVA MONSALVE, quien falleció en Bogotá, D.C., lugar donde tenían) el asiento principal de sus negocios, el dia veintinueve (29) de di- ciembre de dos mil veinte (2020), quien al momento de su fallecimiento era de estado civil soltera sin unión marital de hecho y no tuvo descendencia alguna e identificada en vida con la cedula de ciudadanía número 20.127.509 expedida en Bogotá, El presente EDICTO se publicará por una vez en un periódico de amplia circulación en Bogotá, D.C. y en una radiodifusora local. Las personas interesadas en el presente trámite de liquidación Sucesoral podrán presentarse a la Notaría dentro de los diez (10) días siguientes desde que se publique en el periódico. Si pasan los diez (10) días hábiles sin que se hubiera formulado oposición, siempre y cuando la Oficina de Cobranzas, Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales- DIAN y/o Administración de Impuestos Distrita- les de la Secretaria de Hacienda, hayan dado su respuesta favorable, la Notaría procederá a otorgar la escritura pública de liquidación del patrimonio Sucesoral y la sociedad conyugal, si fuere el caso. : El presente Edicto se fija hoy a los dos (02) días del mes de junio del año dos mil veintiuno (2021), siendo las 8:30 de la mañana. ROSA MERCEDES ROMERO PINTO NOTARIA TREINTA EN PROPIEDAD DE BOGOTA D.C HAY UN SELLO *J2-2-11 FAMICARE CLINICA DIA S.A.S. NIT. 830.122.608-2 Se permite informar que el día 25 de noviembre del año 2020, falleció estando al servicio de la empresa, la señora MAGDA ELIZABETH RODRIGUEZ GUASCA (q.e.p.d.), quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía No.52.730.015 de Bogotá. A la fecha se han presentado a reclamar las acreencias laborales, el señor JHON FRANCISCO RODRIGUEZ REYES, y las señoritas ASHLEY MELANY BARBY ROMERO RODRIGUEZ, JULIANA ANDREA ROMERO RODRIGUEZ, SHARA DULCEMARIA RODRIGUEZ RODRÍGUEZ y LAURA DAMARIS RODRI- GUEZ RODRÍGUEZ. Las personas que se crean con igual o mejor derecho a reclamar las sumas por concepto de servicios prestados, deberán presentarse en la Cra. 24 No. 86 A 12 de la ciudad de Bogotá D.C., en horas laborales, dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de publicación del presente aviso, con el fin de acreditar sus derechos. PRIMER AVISO SERVIGTEC LTDA. NIT 860060112-3 Se permite informar que el día 23 de mayo de 2021 falleció el señor LUIS ENRIQUE AGUILERA DUARTE, identificado con cedula de ciudadanía 19.217.532, quien era empleado de esta empresa Las personas que se crean con igual derecho a reclamar las prestaciones sociales del antes mencionado deben presentarse dentro de los próximos siete días (07) días siguientes a la fecha de la publicación de este aviso, en la siguiente dirección CRA 63 # 98 – 45 Bogotá o a los correos electrónicos [email protected] o auxiliarrecursoshu- [email protected]. FAMICARE CLINICA DIA S.A.S. NIT. 830.122.608-2 Se permite informar que el día 11 de mayo del año 2021, falleció la contratista al servicio de la empresa, señora DIANA MARGARITA ALVEAR MELENDEZ (q.e.p.d.), quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía No.45.469.302 de Cartagena (Bolívar) (Q.E.P.D.). A la fecha se ha presentado a reclamar el pago de la última cuenta de cobro de prestación de servicios radicada, la señora NADIA DEL ROSARIO ALVEAR MELENDEZ. Las personas que se crean con igual o mejor derecho a reclamar las sumas por concepto de servicios prestados, deberán presentarse en la Cra. 24 No. 86 A 12 de la ciudad de Bogotá D.C., en horas laborales, dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de publicación del presente aviso, con el fin de acreditar sus derechos.

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clasificados JUdicialEsviernes 11 de junio de 2021 EL NUEVO SIGLO 25A

LICENCIAS

CURADURIA URBANA 1Arq. RUTH CUBILLOS SALAMANCA

CURADORAExpediente: 11001-1-21-0143

Expedición: 3/06/2021La Curadora Urbana 1 de Bogotá, Arquitec-ta ARQ. RUTH CUBILLOS SALAMANCA, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimien-to Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, 65 de la Ley 9 de 1989 y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la(s) modalidad(es) de OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL para el predio urbano localizado en la(s) dirección(es) KR 88 BIS 40 67 S (ACTUAL) con chip(s) AAA0137ZHFZ y matrícula(s) inmobiliaria(s) 50S40137067 en el lote 32, manzana 004613, de la urbanización DESARROLLO VILLA ANDRES (Localidad Kennedy).. Para una (1) edificación en tres (3) pisos de altura y con cubierta plana en concreto, destinada para dos (2) unidades de vivienda VIS, dos (2) cupos de estacio-namiento privado y cuatro (4) cupos para bicicletas. Es válido para demolición total. Titular(es): BARAJAS DE REYES CRISAN-TA (PROPIETARIA Y POSEEDORA) con CC 20278670-. Constructor responsable: MORA BARAJAS HILBAR ARNALDO con CC 79984964 Mat: A25112004-79984964 Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recurso de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Li-teral K, articulo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los vecinos colindantes del predio objeto de la licencia antes referida y a los ter-ceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado.

CURADURIA URBANA 1Arq. RUTH CUBILLOS SALAMANCA

CURADORAExpediente: 11001-1-20-2153

Expedición: 21/05/2021La Curadora Urbana 1 de Bogotá, Arquitec-ta ARQ. RUTH CUBILLOS SALAMANCA, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimien-to Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, 65 de la Ley 9 de 1989 y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la(s) modalidad(es) de OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL, APROBACIÓN DE PLANOS DE PRO-PIEDAD HORIZONTAL para el predio urbano localizado en la(s) dirección(es) KR 69 C 63 D 07 APT 101 (ACTUAL) / KR 69 C 63 D 07 APT 201 (ACTUAL) con chip(s) AAA0060FXTO / AAA0060FXUZ y matrícula(s) inmobiliaria(s) 50C1250444

/ 50C1250445 en el lote 8, manzana 005505, de la urbanización EL TREBOL (Lo-calidad Engativá).. PARA 1 EDIFICACION EN 4 PISOS DE ALTURA, CON DESTINA-CION DEL 1 PISO A ESTACIONAMIENTO Y EQUIPAMIENTO COMUNAL PRIVADO (PISO NO HABITABLE), PARA VIVIENDA MULTIFAMILIAR NO VIS (6 UNIDADES), CON 1 CUPO DE ESTACIONAMIENTO PRIVADO (RESIDENTE). SE APRUEBAN LOS PLANOS DE ALINDERAMIENTO Y CUADRO DE ÁREAS QUE CONTIENEN LA INFORMACIÓN PARA SOMETER EL EDIFICIO AL RÉGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL DE CONFORMIDAD CON LA LEY 675 DE 2001. ES VÁLIDO PARA DEMOLICIÓN TOTAL. Titular(es): PRO-YECTOS Y CONSTRUCCIONES ARKING SAS con NIT 900940283-5. Constructor responsable: MORENO BEJARANO WI-LLIAM CAMILO con CC 1018406561 Mat: A1992010-1018406561 Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recurso de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Li-teral K, articulo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los vecinos colindantes del predio objeto de la licencia antes referida y a los ter-ceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado.

CURADURIA URBANA 1Arq. RUTH CUBILLOS SALAMANCA

CURADORAExpediente: 11001-1-20-2056

Expedición: 8/06/2021La Curadora Urbana 1 de Bogotá, Arquitec-ta ARQ. RUTH CUBILLOS SALAMANCA, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimien-to Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, 65 de la Ley 9 de 1989 y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido: MODIFICACIÓN LICENCIA (VIGENTE) DE CONSTRUCCIÓN, para el predio urbano localizado en la(s) dirección(es) KR 58 46 16 (ACTUAL) con chip(s) AAA0055KLUH y matrícula(s) inmobiliaria(s) 50C556996 en el lote 2, manzana 005111, de la urbanización LA ESMERALDA (Localidad Teusaquillo).. PARA 1 EDIFICACION EN DOS (2) PISOS DESTINADA A UNA (1) UNIDAD DE DOTA-CIONAL DE SALUD DE ESCALA VECINAL . LAS DEMAS CONDICIONES DEL ACTO ADMINISTRATIVO N° 11001-1-20-1206 DEL 02 DE JUNIO DE 2020 SE MANTIE-NEN. Titular(es): PASTRANA PENICHE AUDITH REGINA con CC 50905264-. Constructor responsable: JIMENEZ TUN-JO CARLOS ANDRES con CC 79994142 Mat: A25592009-79994142 Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Modificación Licencia (vigente) de Construcción antes descrita, proceden los recurso de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Literal K, articulo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los vecinos colindantes del predio objeto

de la licencia antes referida y a los ter-ceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado.

CURADURIA URBANA 1Arq. RUTH CUBILLOS SALAMANCA

CURADORAExpediente: 11001-1-20-2496

Expedición: 8/06/2021La Curadora Urbana 1 de Bogotá, Arquitec-ta ARQ. RUTH CUBILLOS SALAMANCA, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Ad-ministrativo, 65 de la Ley 9 de 1989 y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la(s) modalidad(es) de OBRA NUEVA, DEMO-LICIÓN TOTAL para el predio urbano loca-lizado en la(s) dirección(es) CL 68 C S 79 26 (ACTUAL) con chip(s) AAA0046JPBR y matrícula(s) inmobiliaria(s) 50S498870 en el lote 16, manzana 004524, de la urbani-zación PIAMONTE (Localidad Bosa).. PARA 1 EDIFICACION EN 3 PISOS DE ALTURA, PARA VIVIENDA MULTIFAMILIAR VIS (3 UNIDADES). ES VÁLIDO PARA DEMOLI-CIÓN TOTAL. Titular(es): GASCA MUETE YENNI MARCELA (POSEEDORA) con CC 52875867-. Constructor responsable: LOPEZ SIERRA PABLO ENRIQUE con CC 79750030 Mat: A25042008-79750030 Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recurso de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Li-teral K, articulo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los vecinos colindantes del predio objeto de la licencia antes referida y a los ter-ceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado.

CURADURIA URBANA 1Arq. RUTH CUBILLOS SALAMANCA

CuradoraExpediente: 11001-1-20-2145

Expedición: 2/06/2021La Curadora Urbana 1 de Bogotá, Arquitec-ta ARQ. RUTH CUBILLOS SALAMANCA, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Ad-ministrativo, 65 de la Ley 9 de 1989 y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la(s) modalidad(es) de OBRA NUEVA, DE-MOLICIÓN TOTAL, APROBACIÓN DE PLANOS DE PROPIEDAD HORIZONTAL para el predio urbano localizado en la(s) dirección(es) KR 41 A 18 31 S (ACTUAL) con chip(s) AAA0040HTTO y matrícula(s) inmobiliaria(s) 50S415856 en el lote 13, manzana 004412, de la urbanización MONTES III SECTOR (Localidad Puente Aranda).. PARA 1 EDIFICACION EN 5 PISOS DE ALTURA Y SEMISÓTANO, CON DESTINACION DEL PRIMER PISO A ESTACIONAMIENTOS Y EQUIPAMIENTO COMUNAL PRIVADO (PISO NO HABITA-BLE), PARA VIVIENDA MULTIFAMILIAR NO VIS (8 UNIDADES), CON 5 CUPOS DE ESTACIONAMIENTOS PRIVADOS (RESIDENTES), 2 CUPOS DE ESTACIO-NAMIENTOS PARA MOTOS Y 2 CUPOS DE BICICLETEROS. SE APRUEBAN LOS PLANOS DE ALINDERAMIENTO Y CUADRO DE ÁREAS QUE CONTIENEN LA INFOR-MACIÓN PARA SOMETER EL EDIFICIO AL

RÉGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL DE CONFORMIDAD CON LA LEY 675 DE 2001. ES VALIDO PARA DEMOLICION TOTAL. Titular(es): PROYECTOS Y CONSTRUC-CIONES ARKING S.A.S. (POSEEDORA) con NIT 900940283-5 (Representante Legal: MORENO BEJARANO WILLIAM CAMILO con CC. 1018406561). Construc-tor responsable: MORENO BEJARANO WILLIAM CAMILO con CC 1018406561 Mat: A1992010- 1018406561 Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recurso de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Literal K, articulo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los vecinos colindantes del predio objeto de la licencia antes referida y a los ter-ceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado.

CURADURIA URBANA 1Arq. RUTH CUBILLOS SALAMANCA

CuradoraExpediente: 11001-1-20-2621

Expedición: 8/06/2021La Curadora Urbana 1 de Bogotá, Arquitec-ta ARQ. RUTH CUBILLOS SALAMANCA, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimien-to Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, 65 de la Ley 9 de 1989 y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido: MODIFICACIÓN LICENCIA (VIGENTE) DE CONSTRUCCIÓN, para el predio urbano localizado en la(s) dirección(es) KR 87 C 63 24 S (ACTUAL) con chip(s) AAA0151STRU y matrícula(s) inmobiliaria(s) 50S599075 en el lote 1 Y 4, manzana 004589, de la urbanización VILLAS DEL VELERO (Localidad Bosa).. PARA UNA EDIFICACIÓN DE DOS (2) PISOS, Y CUBIER-TA LIVIANA, PARA DOS (2) UNIDADES DE COMERCIO VECINAL A. EL PROYECTO CUENTA CON TRES (3) CUPOS DE ESTACIO-NAMIENTO VISITANTES, DE LOS CUALES UNO (1) CUMPLE CONDICIONES PARA MOVILIDAD REDUCIDA Y UN (1) CUPO PARA BICICLETAS. Titular(es): NEUTA SANCHEZ DAVID (PROPIETARIO Y POSEEDOR) con CC 79613085-. Constructor responsable: DIMAS MONTOYA ELKIN MAURICIO con CC 79619132 Mat: A25102000- 79619132 Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Modificación Licencia (vigente) de Construcción antes descrita, proceden los recurso de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Literal K, articulo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los vecinos colindantes del predio objeto de la licencia antes referida y a los ter-ceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado. *P1-1-11

CURADURIA URBANA 3Arq. ANA MARÍA CADENA TOBÓN

CURADORARADICACIÓN: 11001-3-21-0519

La Curadora Urbana 3 de Bogotá, arqui-tecta ANA MARÍA CADENA TOBÓN en

cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, comunica a vecinos y terceros interesados en el trámite, que mediante la radicación 11001-3-21-0519 de fecha 2021-05-03 10:22:16, el(los) Señor(es) en calidad de : VELASCO DURAN OMAR / JARABA RUIZ REMBERTO SAMIR, ha(n) radicado ante esta Curaduría Urbana LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN, Modalidad(es) OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL, para el(los) predio(s) localizado(s) KR 93A 54 24S(ACTUAL), con uso(s) propuesto(s) VIVIENDA BIFAMILIAR. La presente publi-cación se efectúa a vecinos y/o terceros interesados en el trámite según consta anexo al expediente, para que en caso de así considerarlo puedan hacerse parte del trámite la(s) persona(s) que considere(n) que se puede(n) ver afectada(s) por la decisión tomada por este despacho, su participación debera hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto antes citado, radicando el escrito correspondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 3, ubicada en la Autopista Norte - Av. Cra. 45 No. 95-31/45 Teléfono 5190660 FAX:5336672

CURADURIA URBANA 3Arq. ANA MARÍA CADENA TOBÓN

CURADORALa Curadora Urbana 3 de Bogotá, arqui-tecta ANA MARÍA CADENA TOBÓN en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, comunica a vecinos y terceros interesados en el trámite, que mediante la radicación 11001-3-21-0559 de fecha 2021-05-10 08:41:14, el(los) Señor(es) en calidad de : VILLAMIL BARRIGA JOHN ALBERTO / VILLAMIL BARRIGA ELSA / VILLAMIL BARRIGA MARIA DEISY / VILLAMIL BA-RRIGA ALVARO JAVIER, ha(n) radicado ante esta Curaduría Urbana LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN, Modalidad(es) OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL, para el(los) predio(s) localizado(s) DG 2A 18 12(ACTUAL), con uso(s) propuesto(s) VIVIENDA BIFAMILIAR. La presente publi-cación se efectúa a vecinos y/o terceros interesados en el trámite según consta anexo al expediente, para que en caso de así considerarlo puedan hacerse parte del trámite la(s) persona(s) que considere(n) que se puede(n) ver afectada(s) por la decisión tomada por este despacho, su participación debera hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto antes citado, radicando el escrito correspondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 3, ubicada en la Autopista Norte - Av. Cra. 45 No. 95-31/45 Teléfono 5190660 FAX:5336672 *P1-1-11

NOTARIASEDICTO LA NOTARIA TREINTA (30) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. ORDENA LA PUBLICACIÓN DEL SIGUIEN-TE EDICTO EMPLAZATORIO. De conformidad con el mandato contenido en el Artículo Tercero (3o) del Decreto novecientos dos (902) de Mayo del año mil novecientos ochenta y ocho (1.988), EMPLAZA A TODAS LAS PERSONAS que se crean con derecho para intervenir en el trámite de la liquidación sucesoral admitida en esta Notaria, a los nueve (09)

días del mes de junio del año dos mil vein-tiuno (2021), aceptada según acta número 0061-2021, con el fin de liquidar, por medio de Escritura Pública la sucesión testada de la causante MARINA GRACIELA PINTO ROSAS, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía No. 20.006.446. El presente EDICTO se publicará por una vez en un periódico de amplia circulación en Bogotá, D.C. y en una radiodifusora local. Las personas interesadas en el presente trámite de liquidación Sucesoral podrán presentarse a la Notaría dentro de los diez (10) días siguientes desde que se publique en el periódico, Si pasan los diez (10) días hábiles sin que se hubiera formulado oposición, siempre y cuando la Oficina de Cobranzas, Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales- DIAN y/o Administración de Impuestos Distrita-les de la Secretaria de Hacienda, hayan dado su respuesta favorable, la Notaría procederá a otorgar la escritura pública de liquidación del patrimonio Sucesoral y la sociedad conyugal, si fuere el caso.El presente Edicto se fija hoy a los diez (10) días del mes de junio del año dos mil veintiuno (2021), siendo las 8:30 de la mañana. ROSA MERCEDES ROMERO PINTONOTARIA TREINTA EN PROPIEDAD DE BOGOTA D.C. HAY UN SELLO *J2-1-11

EDICTO LA NOTARIA TREINTA (30) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. ORDENA LA PUBLICACIÓN DEL SIGUIEN-TE EDICTO EMPLAZATORIO. De conformidad con el mandato contenido en el Artículo Tercero (3o) del Decreto novecientos dos (902) de Mayo del año mil novecientos ochenta y ocho (1.988), EMPLAZA A TODAS LAS PERSONAS que se crean con derecho para intervenir en el trámite de la liquidación sucesoral admitida en esta Notaría, a los dos (02) días del mes de junio del año dos mil vein-tiuno (2021), aceptada según acta número 0059-2021, con el fin de liquidar, por medio de Escritura Pública la sucesión intestada del causante MARIA MARGARITA LEIVA MONSALVE, quien falleció en Bogotá, D.C., lugar donde tenían) el asiento principal de sus negocios, el dia veintinueve (29) de di-ciembre de dos mil veinte (2020), quien al momento de su fallecimiento era de estado civil soltera sin unión marital de hecho y no tuvo descendencia alguna e identificada en vida con la cedula de ciudadanía número 20.127.509 expedida en Bogotá, El presente EDICTO se publicará por una vez en un periódico de amplia circulación en Bogotá, D.C. y en una radiodifusora local. Las personas interesadas en el presente trámite de liquidación Sucesoral podrán presentarse a la Notaría dentro de los diez (10) días siguientes desde que se publique en el periódico. Si pasan los diez (10) días hábiles sin que se hubiera formulado oposición, siempre y cuando la Oficina de Cobranzas, Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales- DIAN y/o Administración de Impuestos Distrita-les de la Secretaria de Hacienda, hayan dado su respuesta favorable, la Notaría procederá a otorgar la escritura pública de liquidación del patrimonio Sucesoral y la sociedad conyugal, si fuere el caso. : El presente Edicto se fija hoy a los dos (02) días del mes de junio del año dos mil veintiuno (2021), siendo las 8:30 de la mañana. ROSA MERCEDES ROMERO PINTO NOTARIA TREINTA EN PROPIEDAD DE BOGOTA D.C HAY UN SELLO *J2-2-11

FAMICARE CLINICA DIA S.A.S.

NIT. 830.122.608-2

Se permite informar que el día 25 de noviembre del año 2020, falleció estando al servicio de la empresa, la señora MAGDA ELIZABETH RODRIGUEZ GUASCA (q.e.p.d.), quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía No.52.730.015 de Bogotá. A la fecha se han presentado a reclamar las acreencias laborales, el señor JHON FRANCISCO RODRIGUEZ REYES, y las señoritas ASHLEY MELANY BARBY ROMERO RODRIGUEZ, JULIANA ANDREA ROMERO RODRIGUEZ, SHARA DULCEMARIA RODRIGUEZ RODRÍGUEZ y LAURA DAMARIS RODRI-GUEZ RODRÍGUEZ.

Las personas que se crean con igual o mejor derecho a reclamar las sumas por concepto de servicios prestados, deberán presentarse en la Cra. 24 No. 86 A 12 de la ciudad de Bogotá D.C., en horas laborales, dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de publicación del presente aviso, con el fin de acreditar sus derechos.

PRIMER AVISO

SERVIGTEC LTDA.

NIT 860060112-3

Se permite informar que el día 23 de mayo de 2021 falleció el señor LUIS ENRIQUE AGUILERA DUARTE, identificado con cedula de ciudadanía 19.217.532, quien era empleado de esta empresa Las personas que se crean con igual derecho a reclamar las prestaciones sociales del antes mencionado deben presentarse dentro de los próximos siete días (07) días siguientes a la fecha de la publicación de este aviso, en la siguiente dirección CRA 63 # 98 – 45 Bogotá o a los correos electrónicos [email protected] o [email protected].

FAMICARE CLINICA DIA S.A.S.

NIT. 830.122.608-2

Se permite informar que el día 11 de mayo del año 2021, falleció la contratista al servicio de la empresa, señora DIANA MARGARITA ALVEAR MELENDEZ (q.e.p.d.), quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía No.45.469.302 de Cartagena (Bolívar) (Q.E.P.D.). A la fecha se ha presentado a reclamar el pago de la última cuenta de cobro de prestación de servicios radicada, la señora NADIA DEL ROSARIO ALVEAR MELENDEZ. Las personas que se crean con igual o mejor derecho a reclamar las sumas por concepto de servicios prestados, deberán presentarse en la Cra. 24 No. 86 A 12 de la ciudad de Bogotá D.C., en horas laborales, dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de publicación del presente aviso, con el fin de acreditar sus derechos.

Page 2: viernes 11 de junio de 2021 clasificados JUdicialEs L UEVO ... · viernes 11 de junio de 2021 clasificados JUdicialEs EL NUEVO SIGLO 25A LICENCIAS CURADURIA URBANA 1 Arq. RUTH CUBILLOS

clasificados JUdicialEs26A EL NUEVO SIGLO viernes 11 de junio de 2021

NOTARÍA 67 ALAIN DUPORT JARAMILLO - CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. EDICTO SUCESIÓN LA NOTARIA SESENTA Y SIETE (67) EN-CARGADA da inicio al trámite notarial de liquidación de la herencia de la causante: MARIA OLIVA MORENO BENAVIDES quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 24.216.291 de Venta-quemada, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue la ciudad de Bogotá, D.C., quien falleció el día Primero (1°) de Agosto de dos mil diecinueve (2.019) en la ciudad de Bogotá D.C., se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. Del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija el día Once (11) de Junio de Dos mil Veintiuno (2021) a las 8:00 a.m. ERIKA YOHANNA AVILA OCHOA NOTARIA SESENTA Y SIETE (67) ENCAR-GADA DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. RESOLUCIÓN No. 4699 del 27 de Mayo de 2.021. El presente se desfija hoy Veintiocho (28) de Junio del año Dos mil Veintiuno (2.021) por el(la) Notario(a) a las 5:00 p.m. HAY UN SELLO *J2-3-11

EDICTO EL NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE PAIPA. DEPARTAMENTO DE BOYACA EMPLAZA por el termine de diez (10) días, a las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite de liquidación y adjudicación de sucesión de la causante ROSMERY OCHOA MO-RALES, quien se identificó con cédula de ciudadanía número 46.681.961 de Paipa, y falleció en la ciudad de Bogotá D.C. el día 30 de Enero de 2020, siendo el Municipio de Paipa (Boyacá) el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios. El trámite notarial de liquidación de sucesión fue aceptado, mediante ACTA NUMERO 18 del 03 de Junio de 2021. Se ordena la publicación de este edicto en un diario de amplia circulación Nacional y su difusión en una emisora de la Región, de acuerdo al Decreto 902 de 1.988, artículo tercero (3°). Se ordena su fijación en la cartelera de la Notaria Unica del Círculo de Paipa, por el término de diez (10) días. El abogado JULIAN ANDRÉS GARZÓN VER-GARA, es el apoderado de los interesados en los términos y para los fines indicados en el mandato. Se fija el presente edicto en lugar visible de esta Notaria hoy Cuatro (04) de Junio de 2021, siendo las 8:00 a.m.- WILLIAM AREVALO PIÑEROSNOTARIO UNICO DE PAIPAHAY UN SELLO *P2-1-11

EDICTOEL SUSCRITO NOTARIO UNICO DEL CÍR-CULO DE GUADUAS CUNDINAMARCA EMPLAZA: A todas las personas que se,. consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la liquidación de la herencia del cau-sante, CARLOS LOPEZ, quien en vida se identificada con la cedula de ciudadanía número 445.997, fallecido el día trece (13) de octubre (10) del año dos mil once (2.011 ); en el municipio de Guaduas,

Departamento de Cundinamarca, lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite, mediante acta núme-ro dieciocho (18) del día nueve (09) de junio (06) del año dos mil veintiuno (2.021 ), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional , y en una radiodifusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por los decretos 902 de 1.988 y 1729 de 1.989, ordenándose además su fijación en la cartelera de la Notaria por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy diez (10) de junio (10) del año dos mil veintiuno (2.021 ), siendo las 8,00 a.m. Se desfijo el presente Edicto, hoy siendo lasHAY UN SELLO *P1-1-11

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCU-LO DE PURIFICACIÓN TOLIMA POR MEDIO DEL PRESENTE EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro del TRA-MITE DE SUCESIÓN NOTARIAL SIMPLE E INTESTADA de la causante BELEN SAN-CHEZ, quien falleció el dia diecinueve (19) de Diciembre de dos mil veinte (2.020), en el municipio de Prado - Tolima, siendo éste su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Dicho trámite fue abierto y radicado en este Despacho Notarial, mediante Acta No. 034 del nueve (9) de Junio de 2.021. Para los fines establecidos en el Artículo 3o del Decreto 1729 de 1.989, se fija el presente EDICTO en un lugar público y visible de la Notaria, por el término legal de diez (10) días hábiles, hoy diez (10) de Junio de 2.021, siendo las 7:30 a.m. EL NOTARIO, EDGAR GARCIA HAY UN SELLO *I2-1-11

NOTARÍA 8 EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA OCTAVA DEL CIRCULO DE IBAGUE, DEPARTAMENTO DEL TOLIMA, REPUBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente en el trá-mite Notarial de Liquidación de Herencia SIMPLE e INTESTADA DE LA CAUSANTE FABIOLA DIAZ CRUZ, QUIEN SE IDENTIFI-CABA CON LA CÉDULA DE CIUDADANIA NÚMERO 65.729.030 EXPEDIDA EN IBAGUE, fallecida el dia veinticinco (25) de Diciembre del año dos mil doce (2012) en la ciudad de Ibagué, siendo la ciudad de Ibagué-Tolima, el último domicilio de la causante. y el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaria el dia ocho (8) de Junio del dos mil veintiuno (2021) mediante Acta nú-mero CERO CINCUENTA Y NUEVE (059). Para los fines indicados en el artículo 34 del Decreto 902 de 1.988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaria el dia nueve (9) de Junio del dos mil veintiuno (2021), siendo las ocho de la mañana (8.00 am.) y se ordena su respectiva publicación. Ibagué, Junio 8 del 2021. LA NOTARIA, ESPERANZA RODRIGUEZ ACOSTA NOTARIA OCTAVA DEL CIRCULO DE IBAGUE, HAY UN SELLO *I2-2-11

EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA SEXTA DEL CÍR-CULO DE IBAGUÉ EMPLAZA A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CON-SIDEREN CON DERECHO A INTERVE-NIR, DENTRO DE LOS DIEZ (10) DÍAS SIGUIENTES A LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO EN EL PERIÓDICO, EN EL TRÁMITE NOTARIAL DE LA SUCESION DOBLE DE LOS CAUSANTES: EDUVINA BALLESTEROS VIUDA DE VIEDA, QUIEN SE IDENTIFICABA CON LA CEDULA DE CIUDADANÍA NÚMERO 28.508.408 EX-PEDIDA EN IBAGUÉ - TOLIMA Y QUIEN FALLECIÓ EL DIA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 EN LA CIUDAD DE IBAGUÉ Y LUIS ALBERTO VIEDA TRUJILLO, QUIEN SE IDENTIFICABA CON LA CEDULA DE CIUDADANÍA NÚMERO 2.217.402 Y QUIEN FALLECIÓ EL DÍA 24 DE AGOSTO DEL AÑO 1968 EN LA CIUDAD DE IBAGUÉ, INICIADO EL TRÁMITE EN ESTA NOTARÍA MEDIANTE ACTA NÚMERO 76 DE FECHA TRES (3) DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO (2021), SE ORDENA LA publicación de este Edicto en un periódico de Circulación Nacional y en una Radiodifusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1.988, además de su fijación en lugar visible de la Notaria por el término de Diez (10) dias. El presente Edicto se fija hoy Cuatro (4) de junio del año dos mil veintiuno (2021), siendo las Ocho de la mañana (8:00 a.m.). LA NOTARIA TERESA DE JESUS ALDANA ORTIZNOTARIO SEXTO DEL CIRCULO DE BAGUE HAY UN SELLO *I2-3-11

EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA SEXTA DEL CÍR-CULO DE IBAGUÉ EMPLAZA A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CON-SIDEREN CON DERECHO A INTERVENIR, DENTRO DE LOS DIEZ (10) DÍAS SIGUIEN-TES A LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO EN EL PERIÓDICO, EN EL TRÁMITE NOTARIAL DE LA SUCESION DOBLE E INTESTADA DE LOS CAUSANTES: ANTO-NINO PARDO DÍAZ (Q.E.P.D), fallecido en Octubre 25 del 2020 en la ciudad de Ibagué-Tolima, quien se identificó en vida con la cedula de ciudadanía No. 2.061.022 de Bo-livar y ANA JOSEFA QUROGA CASTANEDA (Q.E.P.D), fallecida en Enero 15 del 2019 en la ciudad de Ibagué-Tolima, quien se iden-tificó en vida con la cedula de ciudadanía No. 28.486.570 de Landázuri. INICIADO EL TRÁMITE EN ESTA NOTARÍA MEDIANTE ACTA NÚMERO 75 DE FECHA TRES (3) DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO (2021), SE ORDENA LA publicación de este Edicto en un periódico de Circulación Nacional y en una Radiodifusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el articulo 3o del Decreto 902 de 1.988, además de su fijación en lugar visible de la Notaria por el término de Diez (10) dias. El presente Edicto se fija hoy Cuatro (4) de Junio del AÑO DOS VEINTIUNO (2021), siendo las Ocho de la mañana (8:00 a.m.). LA NOTARIA TERESA DE JESUS ALDANA ORTIZ NOTARIO SEXTO DEL CIRCULO DE IBAGUEHAY UN SELLO *I2-4-11

NOTARÍA 8 EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA OCTAVA DEL CÍRCULO DE IBAGUE, DEPARTAMENTO DEL TOLIMA, REPUBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren

con derecho a intervenir dentro de los diez (10) dias hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia SIMPLE e INTES-TADA DE LA CAUSANTE BEATRIZ BOTERO De ARENAS, QUIEN SE IDENTIFICABA CON LA CÉDULA DE CIUDADANIA NÚMERO 28.512.162 EXPEDIDA EN IBAGUE: falle-cida el día veinticuatro (24) de Abril del ano dos mil veintiuno (2021) en la ciudad de Ibagué, siendo la ciudad de Ibagué Tolima. el último domicilio de la causante, y el asiento principal de sus negocios Acep-tado el trámite en esta Notaria el dia ocho (8) de junio del dos mil veintiuno (2021), mediante Acta número CERO CINCUENTA Y OCHO (058). Para los fines indicados en el artículo 39 del Decreto 902 de 1.938 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) dias hábiles en un lugar visible de la Notaria el día nueve (9) de Junio del dos mil veintiuno (2021), siendo las ocho de la ma-ñana (8:00 am) y se ordena su respectiva publicación. Ibagué, Junio 8 del 2021. LA ESPERANZA RODRIGUEZ ACOSTA NOTARIA OCTAVA DEL CIRCULO DE IBAGUE, HAY UN SELLO *I2-5-11

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCU-LO DE PURIFICACIÓN TOLIMA POR MEDIO DEL PRESENTE EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro del TRA-MITE DE SUCESIÓN NOTARIAL SIMPLE E INTESTADA de la causante ROSA MARIA QUIMBAYO ALVARADO, quien falleció el dia diecisiete (17) de Julio de dos mil doce (2.012), en la ciudad de Ibagué - Tolima, te-niendo como último domicilio el municipio de Purificación - Tolima. Dicho trámite fue abierto y radicado en este Despacho Notarial, mediante Acta No. 029 del veintiuno (21) de Mayo de 2.021. Para los fines establecidos en el Artículo 3o del Decreto 1729 de 1.989, se fija el presente EDICTO en un lugar público y visible de la Notaria, por el término legal de diez (10) días hábiles, hoy ocho (8) de Junio de 2.021, siendo las 7:30 a.m. EL NOTARIO, EDGAR GARCÍAHAY UN SELLO *I2-6-11

Notaria 27 DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. Manuel Castro Blanco Notario EDICTO EL NOTARIO VEINTISIETE DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a concurrir a la liquidación de herencia de OLGA MARIA VASQUEZ MORALES, identificada en vida con la cedula de ciudadanía número 20.260.949 fallecida el veintiuno (21) de agosto de dos mil dieciocho (2018) siendo su ultimo domici-lio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C., para que durante el término de diez (10) días se presenten en esta Notaria, a estar a derecho dentro del trámite notarial. La solicitud de liquidación de herencia fue aceptada mediante acta número doscientos (200) del treinta y uno (31) de mayo de dos mil veintiuno (2021). Para dar cumplimiento a lo ordenado por el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, se fija el presente EDICTO en sitio visible de la Notaria, por el termino de diez (10) días, el treinta y uno (31) de mayo de dos mil veintiuno (2021), a las ocho (8:00 am) de la mañana y se entregan dos copias al interesado, una para que sea publicada en un periódico de circulación nacional y otra

se difundirá por una vez en una emisora de este lugar. El Notario Veintisiete (E), ANGELA DEL PILAR CONDE JIMENEZ El EDICTO anterior, permaneció fijado en lugar visible de esta Notaria, por el termino de diez (10) días y se desfija hoy quince (15) de junio de dos mil veintiuno (2021), siendo las cinco y cincuenta (5:50 P.M.) de la tarde. El Notario Veintisiete, *R1-1-11

EDICTO EL NOTARIO SEGUNDO (2º) DEL CIRCULO DE BOGOTA, D.C. HACE SABER A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO. en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada de los cau-santes ISMAEL VANEGAS CASTAÑEDA, quien en vida se identificó con la cédula de Ciudadanía No. 2.873.694, falleció en Bogotá, el día once (11) de marzo de mil novecientos noventa y siete (1997), y ANA ASCENSION MONCADA DE VANEGAS, quien en vida se identificó con la cédula de Ciudadanía No. 20.494.269, falleció en Bogotá, el día diecinueve (19) de septiem-bre de dos mil diecisiete (2017) siendo la ciudad de Bogotá, su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Fue Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta número 110 de fecha 9 de junio de 2021.Se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de circulación nacional y en una radiodifusora de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero (3º) del decreto novecientos dos (902.) de mil novecientos ochenta y ocho (1.988), ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el tér-mino de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy 9 de junio de dos mil veintiuno (2021) a las ocho y treinta de la mañana (8:30 A.M.). DANIEL JOSE MARTINEZ MARIÑO NOTARIO SEGUNDO (2a) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ, D.C. ENCARGADOHAY UN SELLO *R1-2-11

EDICTO EL NOTARIO SEGUNDO (2º) DEL CIRCULO DE BOGOTA, D.C. HACE SABER A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO. en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada de la causante AURA MARIA VENEGAS DE SARMIENTO, quien en vida se identificó con la cédula de Ciuda-danía No. 20.542.716, falleció en Bogotá, el día veintidós (22) de junio de dos mil trece (2013), siendo la ciudad de Bogotá, su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Fue Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria mediante Acta número 109 de fecha 9 de junio de 2021 Se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de circulación nacional y en una radiodifusora de esta ciu-dad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero (3º) del decreto novecientos dos (902.) de mil novecientos ochenta y ocho (1.988), ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy 9 de junio de dos mil veintiuno (2021) a las ocho y treinta de la mañana (8:30 A.M.). DANIEL JOSE MARTINEZ MARIÑO NOTARIO SEGUNDO (2a) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ, D.C.ENCARGADOHAY UN SELLO *R1-3-11

NOTARÍA CUARENTA Y TRES DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ EDICTO LA NOTARIA CUAREN-TA Y TRES (E) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro

de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de publicación de este Edicto, en el trámite LIQUIDACIÓN SUCESORAL Y LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL del(de la) causante RICARDO JOSE MEDI-NA ESCOBAR, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 437.108; fallecido(a) en la ciudad de Bogotá, D.C., el día 31-Enero 2014; siendo la ciudad de Bogotá, D.C. su último domicilio y asiento principal de sus negocios. La iniciación del trámite notarial se aceptó mediante Acta No. 064-2021 de fecha 31 de Mayo de 2021. Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación na-cional, editado en Bogotá y en una emisora de reconocida sintonía, también de esta capital en cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además, su fijación en un lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días hábiles, y en cumplimiento de lo anterior. Se fija el presente Edicto en lugar público de la Notaría, hoy treinta y uno (31) de Mayo de dos mil veintiuno (2021), siendo las ocho de la mañana (08:00 a.m.). PATRICIA HERRERA REINA NOTARIA CUARENTA Y TRES (43) (E) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ HAY UN SELLO *R1-4-11

EDICTO EL NOTARIO CINCUENTA Y DOS DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el trámite notarial de liquidación de herencia (sucesión) de: CAUSANTE: ANA CECILIA RUEDA DE RIASCOS CÉDULA DE CIUDADANÍA: 41.570.951 FECHA DE FALLECIMIENTO: 4 DE MARZO DE 2017 LUGAR DE FALLE-CIMIENTO: BOGOTÁ D.C. El presente edicto se fija hoy VEINTIUNO (21) DE MAYO DE DOS MIL VEINTIUNO (2021) A LAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (09:00 A.M.) LUIS G. VÁSQUEZ MESA NOTARIO CINCUENTA Y DOS (52) DE BOGOTÁ D.C. (ENCARGADO)HAY UN SELLO *V1-1-11

EDICTO EL NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE TABIO, CUNDINAMARCA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite de liquidación de sucesión INTESTADA del cau-sante VICTOR MANUEL ARIAS MENDOZA (Q.E.P.D.), quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 263.405 expedida en Girardot, Cundinamarca, siendo el veintiséis (26) de Agosto del año dos mil quince (2015) en el municipio de Soacha, Cundinamarca, el día de su fallecimiento y teniendo como ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios el municipio de Tabio, Cundinamarca, para que se presenten a hacer valer sus derechos, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del EDICTO en un periódico de amplia circulación, y en la radiodifusora local. Aceptado el trámite respectivo en esta notaria, mediante acta número setenta y tres (73) del diez (10) de mayo del dos mil veintiuno (2021) y para efectos del numeral 2º del artículo 3º del Decreto 902 de 1988, modificado por el Decreto 1729 de 1989, se fija el presente EDICTO en un lugar público y visible de la secretaria de la Notaria, por el termino de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy once (11) de mayo del dos mil veintiuno (2021) a las siete y treinta de la mañana (7:30 am). NÉSTOR OMAR MARTÍNEZ MELO NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE TABIO HAY UN SELLO *V1-2-11

Page 3: viernes 11 de junio de 2021 clasificados JUdicialEs L UEVO ... · viernes 11 de junio de 2021 clasificados JUdicialEs EL NUEVO SIGLO 25A LICENCIAS CURADURIA URBANA 1 Arq. RUTH CUBILLOS

clasificados JUdicialEsviernes 11 de junio de 2021 EL NUEVO SIGLO 27ANotaria Unica del Circulo de Guatavita EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE GUATAVITA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los OCHO (08) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite Notarial de Liquidación de la Sucesión de el (a) los Causante (s): FRANCISCO JAVIER MORALES BELTRAN, quien en vida se identifi-caba con la cedula de ciudadanía No. 293884, quien falleció el día 24 de Abril de 2020, en la Ciudad de Bogotá y SA-LUSTIANA LANDINEZ DE MORALES, quien en vida se identificaba con la cedula de ciudadanía No. 20.181.800, quien falleció el dia 23 de Julio de 2017, en la Ciudad de Bogotá, cuyo último Domicilio ó Asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Guasca Cundinamarca. Aceptado el trámite en esta Notaría mediante ACTA Nro. 063 De fecha 08 de Junio de 2021 Se ordena la Publicación de este EDICTO en un PERIODICO DE CIRCULACION NACIONAL, y en la Radiodifusora, en cumplimiento de lo dispuesto por el Articulo 3o. del DECRETO 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaria por el término de Diez (10) días El presente EDICTO se fija hoy 08 de Junio de 2021 Siendo las Ocho de la mañana (8:00 a.m.). EL NOTARIO PEDRO VASQUEZ ACOSTA HAY UN SELLO *V1-3-11

NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE CA-QUEZA CUND. ALFONSO LEON GARCIA NIT. 19.196.660-1 NOTARIO EDICTO COMO NOTARIO UNICO E. DEL CIRCU-LO DE CÀQUEZA, CUNDINAMARCA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite de liquidación Sucesoral de el(la)(los) causante(s): ANA BELEN CLAVIJO RODRIGUEZ o ANA BELEN CLAVIJO DE GUATAVITA, con C.C. No 20.435.465 DE CAQUEZA, quien(es) falleció(eron) en Cáqueza, el 25 de Marzo de 1.999. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, la cual se inició mediante acta No. 37 del 09 de Junio de 2.021, se ordena la publica-ción del presente Edicto en un periódico y Emisora de amplia circulación a nivel Nacional, en cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija a los nueve (09) días del mes de Junio del año dos mil veintiuno (2.021), a las 8.00 AM EL NOTARIO UNICO E. BLANCA LUCIA GUTIERREZ REYES HAY UN SELLO *V1-4-11

EDICTO EL NOTARIO 56 DEL CIRCULO DE BOGOTA, D.C. (Carrera 73 No. 59-12 Sur Locales 221 y 222) EMPLAZA: A todas las personas que se crean con el derecho de intervenir, en el trámite de Liquidación Notarial de la Sucesión Intestada ACUMULADA de GUILLERMO VELANDIA ALFONSO y MARIA ELENA LOPEZ DE VELANDIA, quien (es)) en vida se identificaba(n) con la(s) cédula(s) de ciudadanía número(s) 224.080 expedida en Soacha y 20.495.482 de El Colegio respectivamente y tuvo (ieron) su últi-mo domicilio en Bogotá, D.C., aceptada en esta Notaría mediante ACTA No. 036 de junio 09 de 2021. Para efectos

del artículo 589 del Código de procedi-miento civil y del numeral 2o. Artículo 3o. del Decreto 902 de 1988. Se fija el presente EDICTO en un lugar público de la Secretaría de la Notaría, por el término de diez (10) días, se entrega las copias de él para las respectivas publicaciones y se fija hoy DIEZ (10) de JUNIO DE DOS MIL VEINTIUNO (2021). EL NOTARIO CINCUENTA Y SEIS (56) DE BOGOTA BERNI FRANCISCO ES-CALONA CASTILLA HAY UN SELLO *V1-5-11

HELIA LUZ ALTAMAR LOZANO NIT. 51.577.770-5 NOTARIA 46 CIRCULO DE BOGOTA HELIA LUZ ALTAMAR LOZANO NOTARIA CUARENTA Y SEIS (46) EDICTO EMPLAZA: A todas las per-sonas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite de liquidación notarial de la Liquidación de la Herencia intestada, realizada de la causante BLANCA NURY DÍAZ DE RIAÑO (Q.E.P.D.), quien se identificaba en vida con cedula de ciudadanía núme-ro 41.630.425 DE BOGOTA, D.C. quien falleció a los nueve (09) días del mes de junio de dos mil diecinueve (2019) en la ciudad de Bogotá, D.C. y su último domicilio y siendo el asiento principal de sus negocios fue en la ciudad de Bogotá, D.C. Aceptado el trámite respectivo mediante Acta Nº 043 de fecha tres (03) días del mes de junio del año dos mil veintiuno (2021), se ordena la publica-ción de éste Edicto en un Periódico y en una Radiodifusora, en cumplimiento a lo dispuesto por el Articulo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días El presente edicto se fija a los cuatro (04) días del mes de junio de dos mil veintiuno (2021) a las 8:00 a.m.LA NOTARIA HELIA LUZ ALTAMAR LOZANO NOTARIA CUARENTA Y SEIS (46) DE BOGOTÁ D.C.HAY UN SELLO *R1-5-11

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO SE-GUNDO DE YOPAL (E) EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir y oponerse a la constitución del patrimonio de familia, que pretenden constituir LADY MILENA CHAPARRO HERNANDEZ, mayor de edad identificada con la cedula de ciudadanía número 1.118.550.088 de Yopal y HENRRY ROBAYO SANCHEZ, mayor de edad identificado con la cedula de ciudadanía número 86.051.712 de Villavicencio, de estado civil casados con sociedad conyugal vigente entre sí, a su favor y al de su menor hija: DANA SOFIA ROBAYO CHAPARRO, Identifi-cada con R.C. NUIP 1.118.553.116 e indicativo serial nº 50194977 Expedido por la Registraduria Nacional del estado civil de Yopal - Casanare, sobre un inmueble ubicado en la ciudad de Yopal, Departamento de Casanare, identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 470 – 161554 de la oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Yopal. Las personas que así lo deseen, podrán opo-nerse a la constitución del patrimonio de familia, dentro de los quince (15) días siguientes a la publicación del presente edicto, por ser lesivo a sus derechos como acreedores de los constituyentes. Se ordena la publicación del presente Edicto en un diario de amplia circulación en el lugar, en cumplimiento del artículo

5º del decreto 2817 de 2006. Se fija el presente Edicto en lugar público de la Notaría hoy veinte (20) de mayo del año dos mil veintiuno (2.021) por el termino de quince (15) días hábiles, siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). CARLOS HERNANDO VILLAMIL BARRERA Notario Segundo de Yopal (E) Re-solución No. 3622 del 26 de abril de 2021. SNR HAY UN SELLO *P1-2-11Y

Notaría 01 EDICTO LA SUSCRITA NOTA-RIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE YOPAL EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir y oponerse a la constitución del patrimo-nio de familia, que pretende constituir FABIO ANDRES VEGA JARAMILLO identificado con cedula de ciudadanía número 1.115.912.304 de Tauramena, a favor de sus hijas SARAY NICOLLE VEGA GARCIA e ISABELLA ELENA VEGA PEREZ, sobre el inmueble ubicado en la dirección: Un lote de terreno sin vivienda, ubicado en la urbanización 7 de agosto, denominado Lote 7, manzana D del municipio de Yopal Casanare, dis-tinguido con el registro catastral actual número 000100193375000, con una matricula inmobiliaria N° 470-119094 de la oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Yopal. Las personas que así lo deseen, podrán oponerse a la consti-tución del patrimonio de familia, dentro de los quince (15) días siguientes a la publicación del presente edicto, por ser lesivo a sus derechos como acreedores de los constituyentes. Se ordena la publicación del presente Edicto en un diario de amplia circulación en el lugar, en cumplimiento del artículo 5º del decreto 2817 de 2006. Se fija el presente Edicto en lugar públi-co de la Notaría hoy Dieciséis (16) de Abril del año dos mil veintiuno (2.021) por el termino de quince (15) días hábi-les, siendo las Ocho de la mañana (8:00 A.M.). EDILMA BARRERA BOHÓRQUEZ Notaria Primera del Circulo de Yopal HAY UN SELLO *P1-3-11Y

LICENCIAS DE CHIAALCALDÍA MUNICIPAL DE CHÍA, Secretaria de Planeación. Publicación Citación a Vecinos. ALCALDIA MU-NICIPAL DE CHIA, SECRETARIA DE PLANEACION, Dirección de Urbanismo. Propietario poseedor o tenedor (Bueno Ramírez Fernando) del predio identifi-cado con C.C 01-00-0019-0092-000 (Costado Norte), Propietario poseedor o tenedor (Ramírez Gacha María Zita) del predio identificado con la C.C 01-00-0019-0091-000 (Costado Sur), Pro-pietario poseedor o tenedor (Quintana Garzón Alberto) predio identificado con la C.C 01-00-0019 0003-000 (Costado Oriente). Que en virtud de lo anterior-mente expuesto: Mestiza Films S.A.S está interesado en LICENCIA DE CONS-TRUCCION EN MODALIDAD DE OBRA NUEVA con zona POT Zona de Bosque Protector y Zona de Protección del Sistema Hídrico, en el predio ubicado en la vereda yerbabuena, lagos de yer-babuena lote 21, según radicación No. 20209999915616. La anterior citación dando cumplimiento a lo preceptuado en el Articulo 2.2.6.1.2.2.1 del decreto 1077 de 2015 por cuanto los lotes se encuentran vacíos y se desconoce su dirección de correspondencia, con el fin que pueda constituirse como parte y hacer valer sus derechos. Se expide la presente en la fecha: miércoles, 24 de febrero de 2021. Cordialmente: Arq.: MAURICIO BUENO. *CH1-1-11

ALCALDÍA MUNICIPAL DE CHÍA, Secre-taría de Planeación. Publicación Cita-ción a Vecinos. ALCALDIA MUNICIPAL DE CHIA, SECRETARIA DE PLANEA-CION, Dirección de Urbanismo. HACE SABER A: CARMEN JULIA GARZÓN (COSTADO ORIENTE), MARIA LIDA SOCHA (COSTADO SUR) y JACINTO REYES (COSTADO ORIENTE). Que DA-VID ANDRES PEÑUELA, Presentó una solicitud para licencia de construcción en la modalidad de MODIFICACIÓN A LICENCIA VIGENTE Y OBRA NUEVA en el predio identificado con la cédula ca-tastral 00-00-0008-0432-000 ubicado en PREDIO VILLA ELVIA VEREDA CER-CA DE PIEDRA, bajo la radicación No 20219999907290. La anterior citación dando cumplimiento a lo preceptuado en el Articulo 2.2.6.1.2.2.1 del decreto 1077 de 2015 por cuanto los lotes se encuentran vacíos y se desconoce dirección de correspondencia, con el fin que pueda constituirse como parte y hacer valer sus derechos. Se expide la presente en la fecha: martes, 01 de junio de 2021. Cordialmente: Arq.: FELIPE CORTÉS. *CH1-2-11

ALCALDÍA MUNICIPAL DE CHÍA, Secretaría de Planeación. Publicación Citación a Vecinos. ALCALDIA MU-NICIPAL DE CHIA, SECRETARIA DE PLANEACION, Dirección de Urbanismo. HACE SABER A: VICTOR JULIO MUÑOZ MUÑOZ (COSTADO NORTE), ANGELA PAOLA SUAREZ (COSTADO ORIENTE) Y JUAN AGUSTÍN BUENO (COSTADO SUR). Que LEONOR RUIZ QUIROGA Y LUIS RUIZ QUIROGA, Presentó una solicitud para licencia de construcción en la modalidad de AMPLIACIÓN Y MODIFICACION en el predio identifi-cado con la cédula catastral 00-00-0007-4240-000 ubicado en VEREDA LA BALSA LOTE 5, bajo la radicación No 20189999931680. La anterior citación dando cumplimiento a la preceptuado en el Artículo 2.2.6.1.2.2.1 del decreto 1077 de 2015 por cuanto los lotes se encuentran vacíos y se desconoce su dirección de correspondencia, con el fin que pueda constituirse como parte y hacer valer sus derechos. Se expide la presente en la fecha: martes, 02 de marzo de 2021. Cordialmente: Arq.: FELIPE CORTÉS. *CH1-3-11

LICENCIAS DE TUNJA

CURADURÍA URBANA No. 1 - TUNJA ARQ. MARTHA BONILLA CURREA AVISO NOTIFICACIÓN VECINOS CO-LINDANTES CÓDIGO: PL-FOR-08 Versión: 01 VIGEN-CIA: 20 Agosto de 2013 AVISA A LOS VECINOS COLINDANTES DEL PREDIO UBICADO EN LA CARRERA 15 No. 50-10 MANZANA J LOTE 15 DE LA CIUDAD DE TUNJA. En cumplimiento a lo señalado en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, en los términos establecidos en la ley 1437 de 2011 (C.P.A.C.A). la suscrita Curadora Urbana No. 1 se permite informar a los interesados que el señor FABIAN RICARDO GONZALEZ ROA, identificado con la cédula de ciu-dadanía No. 1.049.602.264 expedida en Tunja, en su condición de propietario del predio No. 01020716002000 Localizado en la carrera 15 No. 50-10 Manzana J lote 15 barrio Colinas del Norte de la ciudad de Tunja, radicó bajo el número 15001-1-21-0079VNU-020 la solicitud de licencia de construcción en la mo-

dalidad de obra nueva. Por lo anterior, la Curaduría Urbana No. 1 se permite citar a los vecinos colindantes del predio en mención, para que comparezcan si así lo consideran a este despacho ubicado en la Carrera 9 No. 19 - 92 Oficinas 101 - 102 de la ciudad de Tunja, dentro de los cinco (5) días contados a partir de esta comunicación de citación, para conocer personalmente del proyecto en mención y manifiesten por escrito sus observaciones sobre el proyecto. La presente citación se hace en la ciudad de Tunja, a los 10 días del mes junio de 2021 Cordialmente, MARTHA LIGIA BONI-LLA CURREA Curadora Urbana No. 1 de Tunja *S5-1-11

CURADURÍA URBANA No 1- TUNJA ARQ MARTHA BONILLA CURREA AVISO NOTIFICACIÓN VECINOS CO-LINDANTES CÓDIGO: PL-FOR-08 Versión: 01 VIGEN-CIA: 20 Agosto de 2013 AVISA A LOS VECINOS COLINDANTES DEL PREDIO UBICADO EN LA AVENIDA UNIVERSITARIA No. 58-92 INT. LOTE 10 DE LA CIUDAD DE TUNJA. En cumplimiento a lo señalado en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, en los términos establecidos en la ley 1437 de 2011 (C.P.A.C.A). la suscrita Curadora Urbana No. 1 se permite informar a los intere-sados que las señoras LUZ MARINA ARENAS BAUTISTA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 23.275.800 Expedida en Tunja y SONIA YANIRA RIOS SAAVEDRA, identificada con la cedula No. 33.378.207 expedida en Tunja en su condición de propietarias del predio No. 010308330220801 Localizado en la Avenida Universitaria No. 58-92 Int. Lote 10 urbanización Villa Trinidad de la ciudad de Tunja, radicó bajo el número 15001-1-21 0358VNU-070 la solicitud licencia de construcción en la modalidad obra nueva Por lo anterior, la Curaduría Urbana No. 1 se permite citar a los vecinos colin-dantes del predio en mención, para que comparezcan si así lo consideran a este despacho ubicado en la Carrera 9 No. 19 - 92 Oficinas 101 - 102 de la ciudad de Tunja, dentro de los cinco (5) días contados a partir de esta comunicación de citación, para conocer personalmente del proyecto en mención y manifiesten por escrito sus observaciones sobre el proyecto. La presente citación se hace en la ciudad de Tunja, a los 08 días del mes junio de 2021 Cordialmente, MARTHA LIGIA BONI-LLA CURREA Curadora Urbana No. 1 de Tunja *S5-2-11

CONSEJO DE ESTADOSALA DE LO CONTENCIOSO

AMINISTRATIVOSECCIÓN PRIMERA

Bogotá, D.C., tres (3) de junio de dos mil veintiuno (2021)Número único de radicación: 11001-03-15-000-2021-03306-00Referencia: Acción de tutelaActora: NANCY SILVA SÁNCHEZAsunto: Admite demandaAUTO INTERLOCUTORIOPor ajustarse a las formalidades

previstas en el Decreto Ley 2591 de 19 de noviembre de 19911, se admite la acción de tutela presen-tada por la señora NANCY SILVA SÁNCHEZ contra el TRIBUNAL AD-MINISTRATIVO DEL CAUCA, por estimar que le vulneraron su derecho fundamental a elegir y ser elegido, al haber proferido la providencia de 12 de abril de 2021, dentro del medio de control de nulidad electoral identificado con el número único de radicación 2021-00121-00.En consecuencia, se dispone:a): Notifíquese a los magistrados del Tribunal Administrativo del Cauca. Remítaseles copia de la solicitud de tutela, para que si a bien lo tienen rindan informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica [email protected]): Por tener interés directo en las resultas del proceso, vincúlense y notifíquese al PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN-TANDER DE QUILICHAO2 y a los señores WILLIAM FAJARDO MINA, LUIS FERNANDO GOLÚ y WILLIAM ÁLVARO MEDINA ORTEGA; al ciudadano ANDRÉS FERNANDO CHAVARRO GON-ZÁLEZ, parte demandante; y a los señores EDILMA ZAMBRANO CO-LLAHUAZO y JOSÉ CELIO PRIETO BENACHÍ, parte demandada dentro del proceso que dio origen a la pre-sente acción. Remítaseles copia de la solicitud de tutela a los señores William Fajardo Mina, Luis Fernando Golú, William Álvaro Medina Ortega, Andrés Fernando Chavarro González, Edilma Zambrano Collahuazo y José Celio Prieto Benachí y al Presidente del Concejo Municipal de Santander de Quilichao (Cauca), para que si a bien lo tienen rindan informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica [email protected]): Ténganse como pruebas, en cuanto fueren conducentes y por el valor que les corresponda en dere-cho, los documentos aportados por la actora con la solicitud de tutela.d): El contenido de la presente pro-videncia, publíquese en un medio de amplia circulación y en la página web del Consejo de Estado, con el fin de que quienes participaron dentro del proceso de inscripción y elección para conformar el Concejo Municipal de Santander de Quilichao (Cauca), para el período constitucio-nal 2020-2023, se vinculen como terceros interesados en el trámite de la acción constitucional de la referencia.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN

Consejera1. “Por el cual se reglamenta la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política”.

2. Quien suscribió la Resolución 011 de 16 de marzo de 2021, a través de la cual se suplió la vacante dejada por los señores William Fajardo Mina, Luis Gernando Golú y William Álvaro Me-dina Ortega con los ciudadanos Edilma Zambrano Collahuazo y José Celio Prieto Benachí.

EDICTO

Segundo Aviso

Panadería Golconda

Calle 134 No 9a-88, Bogotá.

HACE SABER

Que el señor JUAN CARLOS RAMÍREZ MAYORQUÍN C.C 79.154.757 falleció el 10 de mayo de 2021.

Los reclamantes que crean tener derecho a sus acreencias laborales, presentarse dentro de los 30 días siguientes a esta publicación, con el fin de acreditar sus derechos.

SEGUNDO AVISO EL DEPARTAMENTO ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL,

DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN HACE SABER:

Que el día 17 de abril de 2021 falleció en la ciudad de Bogotá D.C, la señora LEONOR ALVARADO VÁSQUEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 39.546.810, quien ocupó el cargo de Profesional Especializado II, de la Dirección de Asuntos Jurídicos. Que para reclamar las prestaciones sociales se han presentado el señor BENJAMIN ORTIZ TORRES, identificado con cédula de ciudadanía No.

14.240.605, en calidad de cónyuge y los jóvenes MARIANA ORTIZ ALVARADO y EMMANUEL ORTIZ ALVARADO, identificados con cédulas de ciudadanía Nos. 1.136.889.548 y 1.136.889.549, respectivamente, en calidad de hijos. Quienes crean tener igual o mejor derecho deben hacerlo valer dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de publicación del presente aviso, en el

Departamento de Administración de Personal, de la Fiscalía General de la Nación, ubicado en la ciudad de Bogotá, en la Diagonal 22 B (Avenida Luis Carlos Galán) No. 52 - 01, Bloque Gustavo de Greiff, Piso 1.

Alcaldía Mayor de Cartagena de IndiasEDICTO EMPLAZATORIO

LA DIRECCIÓN DEL FONDO DE PENSIONES DEL DISTRITO DE CARTAGENA DE INDIAS, EMPLAZA A: Todas aquellas personas que se consideren con igual o mejor derecho, a presentarse dentro de los siguientes treinta (30) días hábiles siguientes a la publicación del presente EDICTO, a fin de que se hagan parte dentro del proceso de SUSTITUCION PENSIONAL del señor MANUEL MENDOZA CASTILLO, identificado en vida con la cédula de ciudadanía No. 4.008.549 de Soplaviento-Bolívar, fallecido el 02 de mayo de 2021, y que adelanta en esta entidad la señora DIANA JUDITH MENDOZA CANTILLO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 22.474.404 de Campo de la Cruz-Atlántico, quien se presentó en calidad de COMPAÑERA PERMANENTE, el cual ha sido radicado bajo el código de registro EXT-AMC-21-0048130 del 24 de mayo de 2021.

SE ADVIERTE que si pasados los treinta (30) días hábiles señalados para presentarse, no hace presencia ningún interesado, se continuará con el trámite administrativo con la reclamante como única beneficiaria.

Alcaldía Mayor de Cartagena de IndiasEDICTO EMPLAZATORIO

LA DIRECCIÓN DEL FONDO DE PENSIONES DEL DISTRITO DE CARTAGENA DE INDIAS, EMPLAZA A: Todas aquellas personas que se consideren con igual o mejor derecho, a presentarse dentro de los siguientes treinta (30) días hábiles siguientes a la publicación del presente EDICTO, a fin de que se hagan parte dentro del proceso de PAGO A HEREDEROS de la señora EMILIA MAGARITA RODRIGUEZ MATIAS quien se identificaba con la cédula de ciudadanía No. 33.132.585, fallecida el 30 de enero de 2021, y que adelanta en esta entidad la señora GLORIA DEL CARMEN GÓMEZ RODRIGUEZ, identificada con la cédula de ciudadanía No. 45.477.535, quien se presentó en calidad de hija y representante autorizada de los de los también herederos JAVIER GÓMEZ RODRIGUEZ identificado con la cédula de ciudadanía 73.100.341 de Cartagena; RUBEN DARIO GÓMEZ RODRIGUEZ identificado con la cédula de ciudadanía No. 73.097.799 de Cartagena; PEDRO JOSÉ GÓMEZ RODRIGUEZ identificado con la cédula de ciudadanía No. 73.111.611 de Cartagena y ENA MARGARITA GÓMEZ RODRIGUEZ identificada con la cédula de ciudadanía No. 45.505.181 de Cartagena, el cual ha sido radicado bajo el código de registro No EXT-AMC-21-0015398 del 19 de febrero de 2021.

SE ADVIERTE que si pasados los treinta (30) días hábiles señalados para presentarse, no hace presencia ningún interesado, se continuará con el trámite administrativo con la reclamante como única beneficiaria.