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DIARIO OFICIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 221-3540 Página Web: www.gobernacion.gob.sv/diario_oficial Correo: [email protected] S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 358 SAN SALVADOR, VIERNES 31 DE ENERO DE 2003 NUMERO 20 DIRECTOR: Lic. René O. Santamaría C. ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACION Escritura Pública, Estatutos de la Fundación Rebeca y Decreto Ejecutivo No. 5, declarándola legalmente establecida, aprobándole sus Estatutos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ...................................................................................... RAMO DE GOBERNACIÓN Estatutos de las Asociaciones “SVNet” y “Doctor Isidro Menéndez”, Acuerdos Ejecutivos Nos. 4 y 12, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de personas jurídicas. ....................... MINISTERIOS DE ECONOMIA, DE AGRICULTURA Y GANADERIA Y DE HACIENDA RAMOS DE ECONOMÍA, DE AGRICULTURA Y GANADERÍA Y DE HACIENDA Acuerdo No. 316.- Se pone a disposición contingente transitorio adicional de maíz amarillo. ...................................... MINISTERIO DE EDUCACION RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdo No. 15-1155.- Equivalencia de estudios a favor de María Soledad Rivera Bajaña. ................................................... Acuerdo No. 15-072.- Se autoriza el funcionamiento Centro Regional de la Universidad de Oriente. ..................................... Acuerdo No. 15-0078.- Se autoriza plan de estudios de la carrera de ingeniería en sistemas informáticos, a la Universidad de Oriente.. ................................................................................ ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 612-D, 694-D, 733-D, 754-D, 762-D y 763- D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. ........................................................................................ INSTITUCIONES AUTONOMAS SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ELECTRICIDAD Y TELECOMUNICACIONES Acuerdo No. 13-E-2003.- Adición al Acuerdo No. 12-E- 2002. .......................................................................................... ALCALDÍAS MUNICIPALES Decretos Nos. 1 y 2.- Reformas a las Ordenanzas de Tasas por Servicios Municipales de Monte San Juan y San Rafael (Chalatenango). ......................................................................... Estatutos de la Asociación Comunal Santa Lucía Orcoyo, Cantón San Alfredo y Acuerdo No. 5, emitido por la Alcaldía Municipal de La Libertad, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ...................................................... SECCION CARTELES OFICIALES DE SEGUNDA PUBLICACION Carteles Nos. 121 y 122.- ACEPTACION INTERINA A FAVOR DE LOS SRES. MARTA LILIAN CASTILLO Vda. DE CRUZ, JUAN CARLOS CRUZ CASTILLO; Pág. 2-7 8-25 26 27 27 27 Pág. 28 29 30-31 32-36 DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA NO TIENE VALIDEZ LEGAL

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Page 1: DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003 ... · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003. 3 ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACIÓN NUMERO DIECIOCHO. En

1DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

DIARIO OFICIAL

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 221-3540 • Página Web: www.gobernacion.gob.sv/diario_oficial • Correo: [email protected]

S U M A R I O

1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL

TOMO Nº 358 SAN SALVADOR, VIERNES 31 DE ENERO DE 2003 NUMERO 20

DIRECTOR: Lic. René O. Santamaría C.

ORGANO EJECUTIVO

MINISTERIO DE GOBERNACION

Escritura Pública, Estatutos de la Fundación Rebeca y

Decreto Ejecutivo No. 5, declarándola legalmente establecida,

aprobándole sus Estatutos y confiriéndoles el carácter de persona

jurídica. ......................................................................................

RAMO DE GOBERNACIÓN

Estatutos de las Asociaciones “SVNet” y “Doctor IsidroMenéndez”, Acuerdos Ejecutivos Nos. 4 y 12, aprobándolos yconfiriéndoles el carácter de personas jurídicas. .......................

MINISTERIOS DE ECONOMIA, DEAGRICULTURA Y GANADERIA

Y DE HACIENDA

RAMOS DE ECONOMÍA, DE AGRICULTURA YGANADERÍA Y DE HACIENDA

Acuerdo No. 316.- Se pone a disposición contingente

transitorio adicional de maíz amarillo. ......................................

MINISTERIO DE EDUCACION

RAMO DE EDUCACIÓN

Acuerdo No. 15-1155.- Equivalencia de estudios a favor de

María Soledad Rivera Bajaña. ...................................................

Acuerdo No. 15-072.- Se autoriza el funcionamiento Centro

Regional de la Universidad de Oriente. .....................................

Acuerdo No. 15-0078.- Se autoriza plan de estudios de la

carrera de ingeniería en sistemas informáticos, a la Universidad

de Oriente.. ................................................................................

ORGANO JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acuerdos Nos. 612-D, 694-D, 733-D, 754-D, 762-D y 763-

D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus

ramas. ........................................................................................

INSTITUCIONES AUTONOMAS

SUPERINTENDENCIA GENERALDE ELECTRICIDAD Y

TELECOMUNICACIONES

Acuerdo No. 13-E-2003.- Adición al Acuerdo No. 12-E-

2002. ..........................................................................................

ALCALDÍAS MUNICIPALES

Decretos Nos. 1 y 2.- Reformas a las Ordenanzas de Tasas

por Servicios Municipales de Monte San Juan y San Rafael

(Chalatenango). .........................................................................

Estatutos de la Asociación Comunal Santa Lucía Orcoyo,

Cantón San Alfredo y Acuerdo No. 5, emitido por la Alcaldía

Municipal de La Libertad, aprobándolos y confiriéndoles el

carácter de persona jurídica. ......................................................

SECCION CARTELES OFICIALESDE SEGUNDA PUBLICACION

Carteles Nos. 121 y 122.- ACEPTACION INTERINA

A FAVOR DE LOS SRES. MARTA LILIAN CASTILLO Vda.

DE CRUZ, JUAN CARLOS CRUZ CASTILLO;

Pág.

2-7

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2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

MAXIMILIANO SERRANO LOPEZ, JOSE ALEJANDRO

SERRANO PALACIOS, EDUARDO ANTONIO SERRANO

PALACIOS Y OTROS. (3V. Alt.) ............................................

Cartel No. 123.- TITULO SUPLETORIO A FAVOR DE

LA SRA. VICTORIA SANDOVAL DE HENRIQUEZ. (3V.

Alt.) ..........................................................................................

Cartel No. 124.- TITULO SUPLETORIO A FAVOR

DEL ESTADO DE EL SALVADOR EN EL RAMO DE OBRAS

PUBLICAS CTON. LA PAZ J/EL CARMEN D/DE

COJUTEPEQUE. (3V. Alt.) ......................................................

Cartel No. 125.- TITULO SUPLETORIO A FAVOR

DEL SR. FISCAL GRAL. DE LA REPUBLICA EN NOMBRE

Y REPRESENTACION DEL ESTADO DE EL SALVADOR

EN EL RAMO DE EDUCACION, CTON. SAN MARTIN J/DE

EL ROSARIO D/ DE CUSCATLAN. (3V. Alt.) ......................

DE TERCERA PUBLICACION

Carteles Nos. 110, 111, 112 y 113.- ACEPTACION

INTERINA A FAVOR DE LOS SRES. GLADIS ARTIGA;

MARINA LEON; MIGUEL ANGEL GONGORA IRAHETA,

ANA VILMA RECINOS DE URQUILLA. (3V. Alt.) .............

SECCION CARTELES PAGADOS

DE PRIMERA PUBLICACION

Carteles Nos.- 3122-1v, 3129-1v, 3138-1v, 3152-1v, 3153-

1v, 3156-1v, 3167-1v, 3168-1v, 3134-1v, 3135-1v, 3137-1v,

3186-1v, 3189-1v, 3136-1v, 3190-1v, 3206-1v, 3216-1v, 3214-

1v, 3227-1v, 3226-1v, 3128-1v, 3215-1v, 3157-1v, 3166-1v,

3194-1v, 3195-1v, 3196-1v, 3197-1v, 3165-1v, 3125, 3127,

3132, 3133, 3159, 3172, 3173, 3184, 3191, 3193, 3208, 3209,

3210, 3211, 3213, 3154, 3155, 3158, 3212, 3222, 3229, 3123,

3224, 3160, 3165, 3171, 3219, 3220, 3221, 3188, 3199, 3202,

3201, 3217, 3218, 3203, 3548, 3131, 3140, 3141, 3142, 3143,

3144, 3145, 3146, 3147, 3148, 3149, 3185, 3170, 3139, 3109,

3110, 3111, 3112, 3113, 3114, 3115, 3116, 3117, 3118, 3119,

3120, 3205, 3157, 3121, 3150, 3161, 3162, 3163, 3164, 3174,

3175, 3176, 3177, 3079, 3080, 3081, 3082, 3083, 3084, 3085,

3086, 3087, 3088, 3089, 3090, 3091, 3092, 3093, 3094, 3095,

3396, 3097, 3098, 3099, 3100, 3101, 3102, 3103, 3104, 3105,

3106, 3107, 3108, 3183, 3204, 3231, 3232, 3233, 3234, 3235,

3236, 3237, 3238, 3239, 3240, 3241, 3242, 3243, 3244, 3245,

3246, 3247, 3248, 3249, 3413, 3192-C. ....................................

DE SEGUNDA PUBLICACION

Carteles Nos.- 2881, 2840, 2842, 2843, 2846, 2847, 2848,

2849, 2858, 2860, 2861, 2864, 2865, 2867, 2874, 2869, 2886,

2890, 2893, 2898, 2882, 2870, 2878, 2880, 2889, 2836, 2852,

2851, 2863, 2873, 2888, 2901, 2902, 2904, 2859, 2868, 2894,

2897, 2855, 2887, 2905, 2899, 2895, 2883, 2952-C, 2953-C,

3059-C, 2703 (3V.1V. C. 3/D.). ................................................

DE TERCERA PUBLICACION

Carteles Nos.- 2680, 2680-Bis, 2681-Bis, 2684 “a”, 2694,

2696, 2712, 2713, 2725, 2727, 2726, 2738, 2739-Bis, 2740-Bis,

2754, 2681, 2685, 2699, 2695, 2702, 2737, 2744, 2745, 2746,

2747, 2748, 2749, 2750, 2751, 2752, 2753, 2711, 2715, 2717,

2739, 2755, 2682, 2684, 2719, 2724, 2730, 2704, 2729, 2731,

2664, 2665, 2666, 2667, 2668, 2669, 2670, 2671, 2671-Bis,

2672, 2673, 2675, 2676, 2677, 2678, 2697, 2705, 2723, 2742,

2743. ..........................................................................................

SECCION DOCUMENTOS OFICIALES

MINISTERIO DE EDUCACION

Resolución No. 827.- Reposición de título a favor de

Dennis Lía Esther Mayén Gamero. ...........................................

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3DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE GOBERNACIÓN

NUMERO DIECIOCHO. En la cuidad de San Salvador, a las nueve

horas del día ocho del mes de agosto del año dos mil dos, Ante mí,

HENRY ELMER ALFARO FUENTES, Notario, de este domicilio,

comparece el señor JOSE REYNALDO FLORES MUÑOZ, de cuarenta

y siete años de edad, Doctor, de este domicilio, a quien hoy conozco e

identifico por medio de su Documento Unico de Identidad número cero

cero tres cero siete seis siete dos - cinco; y ME DICE I) Que en

cumplimiento de la comisión que le Asignara la Asamblea General para

constituir la FUNDACION REBECA celebrada en el local de la

Fundación en esta ciudad, a las diez horas y treinta minutos de día veinte

de julio del dos mil dos, en la que se acordó la constitución de dicha

Entidad, de la cual el otorgante es Presidente, comparece a otorgar la

presente Escritura de Constitución de la Entidad, la cual se regirá en

conformidad con los presentes Estatutos: ESTATUTOS DE LA FUN-

DACION REBECA. CAPITULO I NATURALEZA, DENOMINA-

CION, DOMICILIO Y PLAZO. Art. 1.- Créase en la ciudad de San

Salvador, la Fundación de Nacionalidad Salvadoreña, que se denomina-

rá FUNDACION REBECA y que podrá abreviarse FUNDAREBECA,

como una Entidad de utilidad pública, apolítica, no lucrativa ni religiosa,

la que en los presentes Estatutos se denominará “La Fundación”. Art. 2.-

El domicilio de la Fundación será la ciudad de San Salvador, pudiendo

establecer filiales en todo el territorio de la República y fuera de él. Art.

3.- La Fundación se constituye por tiempo indefinido. CAPITULO II

OBJETO O FINALIDAD. Art. 4.- Los fines u objetos de la Fundación

serán: 1) La Fundación tiene como finalidad brindar a niños y niñas en

extrema pobreza las oportunidades para llegar a ser buenos ciudadanos

y dar el máximo de potencialidades a su gente y a su país mediante los

siguientes programas: a) Recuperación y rehabilitación para niños y

niñas con desnutrición, bajo observación nutricional por profesionales

en la materia; b) Crear programas de desarrollo humano en las áreas

dirigidos a comunidades rurales vulnerables y que estén en extrema

pobreza; c) Establecer centros comunitarios de salud y odontología a la

población urbana marginada; y d) Crear programas preventivos en las

áreas de educación en salud, nutrición y recreación bajo observación de

profesionales en las áreas a atender. CAPITULO III DEL PATRIMO-

NIO. Art. 5.- El Patrimonio de la Fundación estará constituido por: a) Un

aporte inicial de CINCO MIL dólares, moneda de los Estados Unidos de

América o su equivalente en colones. La aportación en dinero relaciona-

do queda en poder y bajo la responsabilidad de la Junta Directiva; b)

Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas naturales o

jurídicas, nacionales o extranjeras, respectivamente; y c) Todos los

bienes muebles e inmuebles que adquiera y las rentas provenientes de los

mismos de conformidad con la ley. Art. 6.- El Patrimonio será adminis-

trado por la Junta Directiva conforme a las directrices que le manifieste

la Asamblea General. CAPITULO IV DEL GOBIERNO DE LA FUN-

DACION. Art. 7.- El Gobierno de la Fundación será ejercido por: a) La

Asamblea General; y b) La Junta Directiva. CAPITULO V DE LA

ASAMBLEA GENERAL. Art. 8.- La Asamblea General, debidamente

convocada, es la autoridad máxima de la Fundación y estará integrada

por la totalidad de los miembros Fundadores. Art. 9.- La Asamblea

General se reunirá ordinariamente una vez al año y extraordinariamente

cuando fuere convocada por la Junta Directiva. La Asamblea General

sesionará válidamente con la asistencia del cincuenta y uno por ciento

como mínimo de los miembros en primera convocatoria y en segunda

convocatoria el día siguiente con los miembros que asistan, excepto en

los casos especiales en que se requiera mayor número de asistentes. Las

resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría absoluta de

votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una mayoría

diferente. Art. 10.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de

las sesiones de Asamblea General por motivos justificados podrá hacerse

representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones

es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado. Art. 11.-

Son atribuciones de la Asamblea General: a) Elegir, sustituir y destituir

total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva; b) Aprobar,

reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Funda-

ción; c) Aprobar y/o modificar los planes, programas o presupuesto anual

de la Fundación; d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores

de la Fundación, presentada por la Junta Directiva. e) Decidir sobre la

compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a la

Fundación; y f) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la

Fundación y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.

CAPITULO VI DE LA JUNTA A DIRECTIVA. Art. 12.- La dirección

y administración de la Fundación estará confiada a la Junta Directiva, la

cual estará integrada de la siguiente forma: un Presidente, un Secretario,

un Tesorero y un Vocal. La Junta Directiva administrará y dispondrá del

Patrimonio de la misma, en los términos que establezcan las leyes y estos

Estatutos. Art. 13.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para

un período de un año pudiendo ser reelectos. Art. 14.- La Junta Directiva

sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas

veces sea necesario. Art. 15.- El quórum necesario para que la Junta

Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus

acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes. Art. 16.-

La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a) Desarrollar las

actividades necesarias para el logro de los fines de la Fundación; b) Velar

por la administración eficiente y eficaz del Patrimonio de la Fundación;

c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Fundación; d) Promover

la elaboración de planes, programas, proyectos y presupuestos de la

Fundación e informar a la Asamblea General; e) Velar por el cumpli-

miento de los Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de

la Asamblea General y de la misma Junta Directiva; f) Convocar a

sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General; y g) Resol-

ver todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General.

Art. 17.- Son atribuciones del Presidente: a) Presidir las Sesiones

Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General; b) Velar por el

cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de la

Asamblea General, así como de los Estatutos y Reglamento Interno de la

Fundación; c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Fundación,

pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva; d)

Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea

General y de la Junta Directiva; e) Autorizar juntamente con el Tesorero

las erogaciones que tenga que hacer la Fundación; y f) Presentar la

Memoria de Labores de la Fundación y cualquier informe que le sea

solicitado por la misma. Art. 18.- Son atribuciones del Secretario: a)

Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General y de Junta

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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Directiva; b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miem-

bros de la Fundación; c) Extender todas las certificaciones que fueran

solicitadas a la fundación; d) Hacer y enviar las convocatorias a los

miembros para las sesiones; y e) Ser el órgano de comunicación de la

Fundación. Art. 19.- Son atribuciones del Tesorero: a) Recibir y deposi-

tar los fondos que la Fundación obtenga, en el Banco que la Junta

Directiva seleccione; b) Llevar o tener control directo de los libros de

contabilidad de la Fundación; y c) Autorizar juntamente con el Presiden-

te las erogaciones que la Fundación tenga que realizar. Art. 20.- Son

atribuciones del Vocal: a) Colaborar directamente con todos los miem-

bros de la Junta Directiva; y b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta

Directiva en caso de ausencia o impedimento, de conformidad al artículo

catorce literal a) de estos Estatutos.CAPITULO VII DE LOS MIEM-

BROS FUNDADORES. Art. 21.- Son MIEMBROS FUNDADORES

todas aquellas personas que han contribuido al fondo inicial con el cual

se constituye la Fundación. Los fundadores podrán designar distinciones

honorarias a todas aquellas personas que por su labor y méritos en favor

de la Fundación sean así nombrados por la Asamblea General, así como

también a todas aquellas personas naturales o jurídicas, Instituciones,

Entidades y Organismos Nacionales o Extranjeros, así como Empresas

que mediante invitación de la Junta Directiva aporten contribuciones

significativas a la Fundación en efectivo o en especies de acuerdo al

criterio que para tal efecto establezca la Junta Directiva. Art. 22.- Son

derechos de los miembros Fundadores: a) Gozar de los beneficios

derivados de la Fundación; b) Tener voz y voto en las deliberaciones de

la Asamblea General; c) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos

que señalen los Estatutos de la Fundación; y d) Los demás que les señalen

los Estatutos y Reglamento Interno de la Fundación. Art. 23.- Son

deberes de los miembros Fundadores: a) Asistir a las sesiones Ordinarias

y Extraordinarias de Asamblea General; b) Cooperar en el desarrollo de

aquellas actividades propias de la Fundación; c) Cumplir y hacer cumplir

los presentes Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de

la Asamblea General; y d) Los demás que les señalen los Estatutos y

Reglamento Interno de la Fundación. Art. 24.- La calidad de miembro

fundador se perderá por las causas siguientes: a) Por violación a estos

Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea

General. b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea

General merezcan tal sanción; y c) Por renuncia presentada por escrito

a la Junta Directiva. CAPITULO VIII DE LA DISOLUCION. Art. 25.-

No podrá disolverse la Fundación sino por disposición de la ley o por

resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a

ese efecto y con un número de votos que represente por lo menos tres

cuartas partes de sus miembros Fundadores. Art. 26.-En caso de acordar-

se la disolución de la Fundación se nombrará una Junta de Liquidación

compuesta de cinco personas, electas por la Asamblea General Extraor-

dinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de

cancelar todos sus compromisos se donarán a cualquier entidad Benéfica

o Cultural que la Asamblea General señale. CAPITULO IX DISPOSI-

CIONES GENERALES. Art. 27.- Para reformar o derogar los presentes

Estatutos será necesario el voto favorable de no menos del sesenta por

ciento de los miembros en Asamblea General convocada para tal efecto.

Art. 28.- La Junta Directiva tiene la obligación de inscribir en el Registro

de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio de

Gobernación, la Junta Directiva dentro de los cinco días después de

electa, y en todo caso proporcionar al expresado Registro cualquier dato

que se le pidiere, de conformidad a la Ley de Asociaciones y Fundaciones

sin Fines de Lucro. Art. 29.- Todo lo relativo al orden interno de la

Fundación no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el

Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta

Directiva y aprobado por la Asamblea General. Art. 30.- La Fundación

Rebeca se regirá por los presentes Estatutos y demás disposiciones

legales, aplicables. Art. 31.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia

desde el día de su publicación en el Diario Oficial. II). Se procede a elegir

la primera Junta Directiva que administrará la Asociación en base al Art.

12.- de los Estatutos: PRESIDENTE: JOSE REYNALDO FLORES

MUÑOZ; SECRETARIO: ERNESTO VIDES MEDINA; TESORE-

RO: JUAN ANTONIO RIVAS; VOCAL: RAFAEL HERNAN CON-

TRERAS RODRIGUEZ. Así se expresó el compareciente, a quien le

expliqué los efectos legales de este instrumento; y yo el Notario DOY FE:

a) Que es legítima y suficiente la personería con que actúa el compare-

ciente, por tener a la vista la Certificación del Acta de Asamblea General

de Constitución de la Entidad extendida por el Secretario de la Junta

Directiva del mismo señor Ernesto Vides Medina, en la que consta que

al compareciente la Asamblea General lo comisionó para que compare-

ciera ante un Notario a otorgar la Escritura de Constitución de la Entidad:

b) que hice la advertencia que señala el artículo noventa y uno de la ley

de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro al compareciente. Y

leído que le hube todo lo escrito en un solo acto íntegramente y sin

interrupción, ratifica su contenido y firmamos. DOY FE.-

HENRY ELMER ALFARO FUENTES,

NOTARIO.

Paso ante mí, del folio veintiocho vuelto al folio treinta y uno frente, del

libro quinto de mi protocolo, vigente hasta el día veintiuno del mes de

mayo del año dos mil tres. Y para ser entregado a la fundación Rebeca,

extiendo, firmo y sello el presente testimonio de la escritura pública de

su Constitución, en la ciudad de San Salvador, a los ocho días del mes de

agosto del año dos mil dos.

HENRY ELMER ALFARO FUENTES,

NOTARIO.

ES CONFORME con su original con el cual se confrontó en la

Dirección de Registro de Asociaciones y Fundaciones Sin Fines de

Lucro, del Ministerio de Gobernación. San Salvador, a las nueve horas

del día veinte de diciembre del dos mil dos.

Lic. ROBERTO ANTONIO URRUTIA CACERES,

DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO DE ASOCIACIONES Y

FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO.

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5DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

ESTATUTOS DE LA FUNDACION REBECA

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO.

Art. 1.- Créase en la ciudad de San Salvador, la Fundación de

Nacionalidad Salvadoreña, que se denominará FUNDACION REBECA

y que podrá abreviarse FUNDAREBECA, como una Entidad de utilidad

pública, apolítica, no lucrativa ni religiosa, la que en los presentes

Estatutos se denominará “La Fundación”.

Art. 2.- El domicilio de la Fundación será la ciudad de San

Salvador, pudiendo establecer filiales en todo el territorio de la Repúbli-

ca y fuera de él.

Art. 3.- La Fundación se constituye por tiempo indefinido.

CAPITULO II

OBJETO O FINALIDAD

Art. 4.- Los fines u objetos de la Fundación serán:

1) La Fundación tiene como finalidad brindar a niños y niñas en

extrema pobreza las oportunidades para llegar a ser buenos

ciudadanos y dar el máximo de potencialidades a su gente y

a su país mediante los siguientes programas:

a) Recuperación y rehabilitación para niños y niñas con desnu-

trición, bajo observación nutricional por profesionales en la

materia;

b) Crear programas de desarrollo humano en las áreas dirigidos

a comunidades rurales vulnerables y que estén en extrema

pobreza;

c) Establecer centros comunitarios de salud y odontología a la

población urbana marginada; y

d) Crear programas preventivos en las áreas de educación en

salud, nutrición y recreación bajo observación de profesiona-

les en las áreas a atender.

CAPITULO III

DEL PATRIMONIO

Art. 5.- El Patrimonio de la Fundación estará constituido por:

a) Un aporte inicial de CINCO MIL dólares, moneda de los

Estados Unidos de América o su equivalente en colones. La

aportación en dinero relacionado queda en poder y bajo laresponsabilidad de la Junta Directiva;

b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas

naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectiva-

mente; y

c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las

rentas provenientes de los mismos de conformidad con la ley.

Art. 6.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva

conforme a las directrices que le manifieste la Asamblea General.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA FUNDACION

Art. 7.- El Gobierno de la Fundación será ejercido por:

a) La Asamblea General.

b) La Junta Directiva.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 8.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la

autoridad máxima de la Fundación y estará integrada por la totalidad de

los miembros Fundadores.

Art. 9.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez al

año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Directi-

va. La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia del

cincuenta y uno por ciento como mínimo de los Miembros en primera

convocatoria y en segunda convocatoria el día siguiente con los miem-

bros que asistan, excepto en los casos especiales en que se requiera mayor

número de asistentes. Las resoluciones las tomará la Asamblea General

por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que se

requiera una mayoría diferente.

Art. 10.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las

sesiones de Asamblea General por motivos justificados podrá hacerse

representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones

es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado.

Art. 11.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miem-

bros de la Junta Directiva;

b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento

Interno de la Fundación;

c) Aprobar y/o modificar los planes, programas o presupuesto

anual de la Fundación;

d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la

Fundación, presentada por la Junta Directiva.

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e) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienesinmuebles pertenecientes a la Fundación; y

f) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Fundacióny que no estén contemplados en los presentes Estatutos.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA A DIRECTIVA

Art. 12.- La dirección y administración de la Fundación estaráconfiada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguienteforma: un Presidente, un Secretario, un Tesorero y un Vocal. La JuntaDirectiva administrará y dispondrá del Patrimonio de la misma, en lostérminos que establezcan las leyes y estos Estatutos.

Art. 13.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para unperíodo de un año pudiendo ser reelectos.

Art. 14.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez almes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

Art. 15.- El quórum necesario para que la Junta Directiva puedasesionar será la mitad más uno de sus Miembros y sus acuerdos deberánser tomados por la mayoría de los asistentes.

Art. 16.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de losfines de la Fundación;

b) Velar por la administración eficiente y eficaz del Patrimoniode la Fundación;

c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Fundación;

d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos ypresupuestos de la Fundación e informar a la AsambleaGeneral;

e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, ReglamentoInterno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y dela misma Junta Directiva; y

f) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asam-blea General; y

g) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de laAsamblea General.

Art. 17.- Son atribuciones del Presidente:

a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asam-blea General;

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de laJunta Directiva y de la Asamblea General, así como de losEstatutos y Reglamento Interno de la Fundación;

c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Fundación,pudiendo otorgar poderes previa autorización de la JuntaDirectiva;

d) Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de laAsamblea General y de la Junta Directiva;

e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que

tenga que hacer la Fundación; y

f) Presentar la Memoria de Labores de la Fundación y cualquier

informe que le sea solicitado por la misma.

Art. 18.- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General

y de Junta Directiva;

b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros

de la Fundación;

c) Extender todas las certificaciones que fueran solicitadas a la

fundación;

d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las

sesiones; y

e) Ser el órgano de comunicación de la Fundación.

Art. 19.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir y depositar los fondos que la Fundación obtenga, en

el Banco que la Junta Directiva seleccione;

b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad de

la Fundación; y

c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que la

Fundación tenga que realizar.

Art. 20.- Son atribuciones del Vocal:

a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta

Directiva; y

b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso de

ausencia o impedimento, de conformidad al artículo catorce

literal a) de estos Estatutos.

CAPITULO VII

DE LOS MIEMBROS FUNDADORES

Art. 21.- Son MIEMBROS FUNDADORES todas aquellas perso-

nas que han contribuido al fondo inicial con el cual se constituye la

Fundación. Los fundadores podrán designar distinciones honorarias a

todas aquellas personas que por su labor y méritos en favor de la

Fundación sean así nombrados por la Asamblea General, así como

también a todas aquellas personas naturales o jurídicas, Instituciones,

Entidades y Organismos Nacionales o Extranjeros, así como Empresas

que mediante invitación de la Junta Directiva aporten contribuciones

significativas a la Fundación en efectivo o en especies de acuerdo al

criterio que para tal efecto establezca la Junta Directiva.

Art. 22.- Son derechos de los miembros Fundadores:

a) Gozar de los beneficios derivados de la Fundación;

b) Tener voz y voto en las deliberaciones de la AsambleaGeneral;

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c) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalenlos Estatutos de la Fundación; y

d) Los demás que les señalen los Estatutos y ReglamentoInterno de la Fundación.

Art. 23.- Son deberes de los miembros Fundadores:

a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asam-blea General;

b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias dela Fundación;

c) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, ReglamentoInterno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General; y

d) Los demás que les señalen los Estatutos y ReglamentoInterno de la Fundación.

Art. 24.- La calidad de miembro fundador se perderá por las causassiguientes:

a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuer-dos y resoluciones de la Asamblea General.

b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la AsambleaGeneral merezcan tal sanción; y

c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.

CAPITULO VIII

DE LA DISOLUCION

Art. 25.- No podrá disolverse la Fundación sino por disposición dela ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria,convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lomenos tres cuartas partes de sus miembros Fundadores.

Art. 26.- En caso de acordarse la disolución de la Fundación senombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electaspor la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Losbienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos sedonarán a cualquier entidad Benéfica o Cultural que la AsambleaGeneral señale.

CAPITULO IX

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 27.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos seránecesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de losmiembros en Asamblea General convocada para tal efecto.

Art. 28.- La Junta Directiva tiene la obligación de inscribir en elRegistro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Minis-terio de Gobernación, la Junta Directiva dentro de los cinco días despuésde electa, y en todo caso proporcionar al expresado Registro cualquierdato que se le pidiere, de conformidad a la Ley de Asociaciones yFundaciones sin Fines de Lucro.

Art. 29.- Todo lo relativo al orden interno de la Fundación nocomprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Internode la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva yaprobado por la Asamblea General.

Art. 30.- La Fundación Rebeca se regirá por los presentes Estatutosy demás disposiciones legales, aplicables.

Art. 31.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el díade su publicación en el Diario Oficial.

DECRETO No. 5.-

EL ORGANO EJECUTIVO DE LA REPUBLICA DE EL SAL-VADOR, en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Art. 1.- Declárase legalmente establecida la Entidad de UtilidadPública FUNDACION REBECA, constituida en la ciudad de SanSalvador, Departamento de San Salvador, a las diez horas con treintaminutos del día 20 de julio del 2002, y formalizada por Escritura Públicacelebra en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador alas nueve horas del día 8 de agosto del mismo año, ante los oficios delnotario HENRY ELMER ALFARO FUENTES.

Art. 2.- Apruébanse en todas sus partes los Estatutos de la citadainstitución, los cuales constan de TREINTA Y UN Artículos, por nocontener nada contrario al orden público, a las leyes del país, ni a lasbuenas costumbres y confiéresele el carácter de Persona Jurídica deconformidad con el Art. 65 de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sinFines de Lucro.

Art. 3.- Publíquense los referidos Estatutos en el Diario Oficial einscríbase en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines deLucro la FUNDACION REBECA.

Art. 4. - El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de supublicación en el Diario Oficial.

DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintisie-te días del mes de enero del dos mil tres.

FRANCISCO GUILLERMO FLORES PEREZ,

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

Ing. CONRADO LOPEZ ANDREU,

MINISTRO DE GOBERNACION.

(Mandamiento de Ingreso No. 3948)

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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

RAMO DE GOBERNACION

NUMERO SETENTA Y SEIS.-LIBRO SEXTO.- CONSTITUCION

DE ASOCIACION. En la ciudad de San Salvador, a las nueve horas del

día cuatro de octubre de dos mil dos. Ante mí, GIANCARLO

ANGELUCCI SILVA, Notario, de este domicilio, comparecen los

señores RAFAEL ANTONIO IBARRA FERNANDEZ, de cuarenta y

cinco años de edad, Ingeniero Electricista, del domicilio de San Salva-

dor, de nacionalidad salvadoreña, persona a quien conozco portador de

su Documento Unico de Identidad personal número cero cero cinco uno

cuatro cinco dos cero-tres, con Número de Identificación Tributaria cero

seiscientos catorce- dos nueve cero tres cinco siete- cero cero dos- seis;

JOSE MARIA TOJEIRA PELAYO, de cincuenta años de edad, sacerdo-

te Católico, del domicilio de la ciudad de Antiguo Cuscatlán, del

Departamento de La Libertad, de nacionalidad salvadoreña, persona a

quien no conozco pero identifico por medio de su Cédula de Identidad

Personal número cero cuatro- cero siete-cero cero tres cero cuatro nueve

seis, quien actúa en nombre y representación, en su calidad de Rector y

Representante Legal de la UNIVERSIDAD CENTROAMERICANA

JOSE SIMEON CAÑAS, del domicilio de la ciudad de Antiguo Cusca-

tlán, departamento de La Libertad, con Número Identificación Tributaria

cero seiscientos catorce- uno cinco cero nueve seis cinco- cero cero uno-

siete personería que doy fe de ser legítima y suficiente por haber tenido

a la vista. a) Los Estatutos de la Universidad Centroamericana José

Simeón Cañas, publicados en el Diario Oficial de la República de El

Salvador, número NUEVE Tomo TRESCIENTOS TREINTA Y CUA-

TRO, el día dieciséis de enero de mil novecientos noventa y siete, que

actualmente rigen a la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

y de los cuales consta. i) Que la citada Universidad se regirá por un cuerpo

normativo estatutario compuesto de ciento cuatro artículos; ii) Que es

una corporación de utilidad pública, creada en la Ciudad de Antiguo

Cuscatlán, Departamento de La Libertad; organizada como persona

jurídica, conferida por acuerdo número mil setecientos ochenta y siete,

del Poder Ejecutivo en el Ramo del Interior de fecha seis de Septiembre

del año mil novecientos sesenta y cinco; iii) Que el plazo de vigencia de

la Universidad es indefinido; y que su domicilio será el de Antiguo

Cuscatlán; iv) Que los objetivos generales de la Universidad son. a) El

estudio, desarrollo y transmisión del conocimiento científico y cultural;

b) La formación académica en carreras con estudios de carácter

multidisciplinario en las ciencias, artes y técnicas; c) El conocimiento

científico de la realidad nacional y Centroamericana, procurando colabo-

rar en la liberación de estos pueblos y en el desarrollo integral de los

mismos; d) El contribuir, por sus medios específicos, a la construcción

de una nueva cultura, liberada y liberadora, salvadoreña y centroameri-

cana, para impulsar la superación de la persona humana en todas sus

dimensiones; v) El artículo veintitrés prescribe que el régimen de los

Organos colegiados de la Universidad estarán a cargo de la Junta de

Directores, del Consejo Universitario, del Consejo Ejecutivo y de otros

que la Junta de Directores establezcan; vi) El artículo cuarenta y cuatro

prescribe que el Rector es la máxima autoridad ejecutiva de la Universi-

dad y tendrá a su cargo la ejecución de las resoluciones de la Junta de

Directores; vii) El Artículo cuarenta y seis prescribe que el ejercicio del

Rector será de tres años pudiendo ser reelecto, viii) El Artículo cuarenta

y siete prescribe que el Rector es el representante legal de la Universidad;

b) La certificación del Acta número doce/dos mil, de la Junta de

Directores, celebrada el veintiséis de abril del año dos mil, extendida por

su Secretario Axel Soderberg, el día veintidós de julio de dos mil dos en

la cual consta que en el punto cero cuatro de dicha acta, se procedió a

elegir al nuevo Rector, para el período del año dos mil a dos mil tres,

resultando electo el Padre José María Tojeira; c) la Certificación del acta

número diecinueve/dos mil dos, de la Junta de Directores, celebrada el

veintidós de julio del año dos mil dos, extendida por su Secretario Axel

Soderberg, el día diecisiete de septiembre de dos mil dos en la cual consta

que se autoriza al Rector para que en nombre de la Universidad, firme la

escritura de constitución y demás instrumentos que dan legalidad a la

Asociación; y, FEDERICO MIGUEL HUGUET RIVERA, de sesenta y

dos años de edad, Químico Industrial, del domicilio de la Ciudad de

Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, de nacionalidad

salvadoreña, persona a quien no conozco, pero identifico por medio de

su Cédula de Identidad Personal número cero cuatro-cero siete-cero cero

cinco tres tres dos, quien actúa en nombre y representación, en su calidad

de Rector y Representante Legal de la UNIVERSIDAD DON BOSCO,

del domicilio de la ciudad de Soyapango del Departamento de San

Salvador, con número de Identificación Tributaria cero seiscientos

catorce-cero ocho cero tres ocho cuatro-uno cero uno- cero, personería

que doy fe de ser legítima y suficiente por haber tenido a la vista. a) Los

Estatutos de la Universidad Don Bosco, publicados en el Diario Oficial

de la República de El Salvador, número CIENTO NOVENTA Y NUE-

VE Tomo TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE, del día de veintisiete de

octubre de mil novecientos noventa y siete, que actualmente rigen a la

Universidad Don Bosco y de los cuales consta: i) Que la citada

universidad se regirá por un cuerpo normativo estatutario compuesta de

noventa y nueve artículos; ii) Que es una corporación de utilidad pública,

creada en a ciudad de Soyapango, del Departamento de San Salvador;

organizada como persona jurídica, conferida por Acuerdo Ejecutivo

número doscientos veintitrés, del Organo Ejecutivo en el Ramo del

Interior de fecha veintisiete de marzo del año mil novecientos ochenta y

cuatro; iii) Que el plazo de vigencia de la Universidad es indefinido; y que

su domicilio será el de Soyapango; iv) Que los objetivos generales de la

Universidad son: a) la docencia, con altos niveles de calidad académica,

por medio de la cual se garantizará la formación de profesionales capaces

de contribuir al desarrollo integral del país; b) La investigación, análisis

e interpretación de la realidad nacional con el fin de contribuir a

configurar soluciones a los problemas el país; c) La proyección social, en

las áreas de influencia de la Universidad proponiendo y apoyando

acciones orientadas al bien del pueblo salvadoreño; v) El artículo once

prescribe que el régimen de los órganos de Gobierno y sus funciones de

la Universidad estarán a cargo del Consejo Directivo que es la máxima

autoridad normativa y administrativa de la Universidad; vi) El artículo

trece prescribe que el Consejo Directivo nombrará al Rector y las demás

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autoridades de la Universidad, vii) El artículo veintiséis prescribe que el

Rector es la máxima autoridad ejecutiva de la Universidad y será el

representante legal de ésta con facultad para otorgar poderes generales o

especiales, con previa autorización del Consejo Directivo cuando así se

requiera; viii) El Artículo veintisiete prescribe que el ejercicio del Rector

será de cuatro años, pudiendo ser reelecto; b) La certificación del Acta

número diez/ dos mil uno, del Consejo Directivo, celebrada el dieciocho

de mayo del año dos mil uno, extendida por su Vicepresidente Alfonso

Mario Evertsz Monge, el día nueve de julio de dos mil dos, en la cual

consta que en el punto seis de dicha acta, se procedió a elegir al nuevo

Rector, para el período del año dos mil uno al dos mil cinco, resultando

electo el Ingeniero Federico Miguel Huguet Rivera; c) La certificación

del Acta número cinco/dos nil dos, del Consejo Directivo, celebrada el

veintinueve de mayo del año dos mil dos, extendida por su Secretario

Ingeniero Federico Miguel Huguets Rivera, el día veinte de septiembre

de dos mil dos en la cual consta en su punto d) que se autoriza al Rector

para que en nombre de la Universidad Don Bosco suscriba el acta de

constitución y demás instrumentos que den legalidad a tal Asociación; y

en las calidades en que actúan ME DICEN: PRIMERO: que motivados

por el propósito de aportar al desarrollo nacional propiciando la genera-

ción, publicación e intercambio de información, democratizando el

acceso al conocimiento y fomentando el desarrollo de las telecomunica-

ciones, de conformidad con la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin

Fines de Lucro, han decidido constituir y por este acto constituyen una

Asociación de utilidad pública, no lucrativa ni religiosa y apolítica, de

nacionalidad salvadoreña, de plazo indefinido, cuyo domicilio será la

ciudad de San Salvador, que se denominará “ASOCIACION SVNet”.

SEGUNDO: que la citada Asociación se regirá por un cuerpo normativo

estatutuario compuesto de treinta y cuatro Artículos, que los compare-

cientes han discutido y aprobado por unanimidad, cuyo texto literal es el

siguiente: ESTATUTOS DE LA ASOCIACION SVNet. TITULO I.

DENOMINACION. DURACION Y DOMICILIO. ARTICULO UNO.

Créase en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, la

Asociación de nacionalidad salvadoreña llamada Asociación SVNet y

que podrá denominarse simplemente SVNet, organizada como persona

jurídica, apolítica, no lucrativa ni religiosa, la cual se regirá por los

presentes Estatutos, por sus Reglamentos internos debidamente aproba-

dos en su caso, y todas aquellas disposiciones legales que le fueren

aplicables, la cual en los presentes Estatutos se denominará simplemente

como la “Asociación”. ARTICULO DOS. El domicilio de la Asociación

será la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, pudiendo

establecer filiales, oficinas, establecimientos entre otros, en todo el

territorio de la República de El Salvador. ARTICULO TRES. La

Asociación se constituye para un plazo de vigencia indefinido, salvo que

se apruebe su disolución y liquidación, de acuerdo a lo establecido por

la ley y los presentes Estatutos. TITULO II. FINES Y OBJETIVOS.

ARTICULO CUATRO: Los fines y objetivos de la Asociación serán: a)

Administrar los recursos asignados a la sección del sistema de comuni-

caciones Internet correspondiente al Dominio de Nivel Superior SV.

Estos recursos son fundamentalmente los nombres de dominio en Inter-

net terminados en el sufijo SV.; b) Administrar el espacio de números de

direcciones de Protocolo Internet, conocidas como direcciones IP, que

hayan sido y/o sean asignadas a la Asociación; c) Procurar y estimular el

cumplimiento de las normas éticas y convencionales de conducta

Internet dentro del Dominio de Nivel Superior SV; d) Mantener

relaciones y servir de enlace y representación ante los foros, grupos y

eventos regionales y mundiales relacionados con la Administración de

los Dominios de Nivel Superior de Internet correspondientes a los

códigos de país, conocidos como ccTLD; así como las relaciones

formales necesarias con la Corporación Internet para Nombres y Núme-

ros Asignados, conocida como ICANN, y/o con otras instancias que

pudieran surgir en el futuro con similares atribuciones; e) Impulsar la

expansión del Dominio de Nivel Superior SV y la continua mejora de sus

servicios en todos sus aspectos; f) Propiciar el desarrollo, difusión y

avance tecnológico de Internet en El Salvador; g) Servir como entidad

imparcial y neutral ante los Proveedores de Conectividad Internet en el

país, para objetivos tales como la constitución del Punto de Acceso

Neutral nacional; la asignación de bloques de direcciones Internet; ente

otros; h) Administrar los fondos de la Asociación, con exclusiva atención

a los fines consignados en este artículo; i) Otorgar representaciones o ser

representante de casas, firmas comerciales y/o empresas nacionales y

extranjeras relacionadas con el campo de la informática, desarrollo de

programas y nuevos productos tecnológicos; j) Promover, desarrollar e

impulsar toda clase de proyectos relacionados con el campo de la

informática, desarrollo de programas y nuevos productos tecnológicos;

k) Administrar empresas, comercios o proyectos comerciales relaciona-

dos con los fines y objetivos de la Asociación, para lo cual podrá

contratar, subcontratar o celebrar todo tipo de contratos, convenios o

acuerdos con personal administrativo o de campo técnico o profesional,

salvadoreño o extranjero; 1) Comprar, vender, permutar, entregar o

tomar en arrendamiento o usar por cualquier otro tipo, toda clase de

bienes, incluyendo inmuebles o derechos reales. En el caso de los bienes

inmuebles, se estará a lo dispuesto en la Ley de Asociaciones y Funda-

ciones sin Fines de Lucro; m) Solicitar, registrar, comprar, poseer en

dominio, vender, permutar, explotar y otorgar los derechos a uso de

patentes, solicitudes de patentes, licencias, marcas de fábrica y de

comercio señales de propaganda, nombres comerciales, depósitos de

obra, derechos de autor y cualquier otra forma de derecho de propiedad

intelectual o industrial; así como realizar cualesquiera actividades, actos

o contratos afines o conexos con la propiedad intelectual o industrial; n)

La prestación de todo tipo de servicios o tareas personales brindándoles

asesoría, asistencia técnica, personal calificado y similares; o) En gene-

ral, emprender, ejecutar, hacer o celebrar todos los actos, operaciones

convenios o contratos, necesarios, convenientes o complementarios a su

funcionamiento y fines, observando las prescripciones legales sin res-

tricción o limitación alguna: TITULO III. DE LOS MIEMBROS.

ARTICULO CINCO. Son miembros las personas naturales y jurídicas

debidamente admitidas a la Asociación que cumplan los requisitos y

normas establecidas en los presentes Estatutos. La calidad de miembro

es inherente a la persona, sea natural o jurídica y no es transferible. La

Asociación tendrá las siguientes clases de miembros: a) Miembros

Fundadores: todas aquellas personas naturales o jurídicas que suscriben

el acta de constitución de la Asociación; b) Miembros Honorarios: todas

las personas que por su labor y méritos en favor de la Asociación sean así

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nominados y aceptados por la Asamblea General. Salvo esta distinción,

referida a la forma en que cada miembro adquiere tal condición, los

derechos, deberes y demás definiciones respecto a los miembros y que se

estipulan en los presente estatutos, aplican a todos los miembros por

igual. ARTICULO SEIS. Son derechos de los miembros: a) Optar a

cargos Directivos y administrativos llenando los requisitos que señalan

los Estatutos de la Asociación según se apliquen o los señalados en los

reglamentos o normativas dadas por la Junta Directiva de la Asociación;

b) Tener voz y voto dentro de las deliberaciones generales de la

Asociación; c) Los demás que le señalen los Estatutos y otros documen-

tos de la Asociación. ARTICULO SIETE. Son deberes de los miembros:

a) Asistir a las sesiones de Asambleas ordinarias y extraordinarias

convocadas por las autoridades de la Asociación; b) Cooperar en el

desarrollo de las actividades de la Asociación; c) Contribuir al patrimo-

nio y fondo de la Asociación en los montos establecidos por la Asamblea

General; d) Los demás que le señalen los Estatutos y otros documentos

de la Asociación. ARTICULO OCHO. La calidad de miembro se

perderá por las causas siguientes: a) Por violación a estos Estatutos,

reglamentos, normativas, acuerdos y resoluciones de la Junta Directiva

de la Asociación; b) Por renuncia presentada a la Junta Directiva.

TITULO IV. GOBIERNO DE LA ASOCIACION. ARTICULO

NUEVE. El gobierno de la Asociación será ejercido por la Asamblea

General y la Junta Directiva. ARTICULO DIEZ. Las actuaciones de la

Asociación también estarán normadas por los reglamentos y políticas

que se generen y sean aprobados por la Asamblea General, así como por

las demás leyes aplicables. TITULO V. DE LA ASAMBLEA GENE-

RAL. ARTICULO ONCE. La Asamblea General, debidamente convo-

cada, estará integrada por la totalidad de los miembros de la Asociación.

Los miembros que son personas jurídicas deberán nombrar un represen-

tante titular y uno suplente ante la Asamblea General, y comunicarlo por

escrito a la Junta Directiva. El representante titular tendrá los derechos

y atribuciones conferidas al miembro que representa, incluyendo la voz

y voto que le corresponda. El suplente los tendrá solamente en caso de

ausencia del titular. ARTICULO DOCE. La Asamblea General se

reunirá una vez por año y extraordinariamente cuando la Junta Directiva

la convoque. La Asamblea General se convocará con una anticipación no

menor de ocho días calendarios a la fecha señalada para su celebración,

mediante notificación directa a los miembros, ya sea por carta, mensaje

electrónico u otro medio, indicando el día, hora y lugar de la reunión y

los asuntos a tratarse. Asimismo constará la fecha y hora en que se

reunirán en segunda convocatoria. ARTICULO TRECE. La Asamblea

General sesionará válidamente con la asistencia del cincuenta y uno por

ciento como mínimo de los miembros en primera convocatoria y en

segunda convocatoria con los miembros que asistan, excepto en los casos

especiales en que se requiera mayor número de asistentes. Las resolucio-

nes las tomará la Asamblea General por mayoría absoluta de votos,

excepto en los casos especiales en que se requiera una mayoría diferente.

ARTICULO CATORCE. Todo miembro que no pueda asistir a cual-

quiera de las sesiones de la Asamblea General por motivos justificados

podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite de

representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su

representado. ARTICULO QUINCE. Son atribuciones de la Asamblea

General a) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos de la Asociación;

b) Elegir, sustituir o destituir total o parcialmente a los miembros de la

Junta Directiva; c) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de labores

de la Asociación y los Estados Financieros, presentados por la Junta

Directiva; d) Aprobar los informes del auditor, así como sus emolumen-

tos; e) Decidir sobre la necesidad de contribuciones eventuales de los

miembros y el monto de las mismas, manteniendo la distinción entre

personas naturales y jurídicas; f) Aceptar nuevos miembros honorarios

a la Asociación; g) Acordar la disolución y liquidación de la Asociación,

y en ese caso, decidir sobre la forma y resoluciones concernientes a la

misma; h) Decidir sobre todos aquellos asuntos de interés para la

Asociación no contemplados en estos Estatutos y que no puedan ser

resueltos por la Junta Directiva ni sean competencia de otros órganos de

la Asociación. ARTICULO DIECISEIS. Todos los miembros tendrán

derecho a un voto por miembro, salvo en los siguientes casos, en que los

miembros que son personas jurídicas tendrán derecho a doble voto: a)

Aprobar, reformar o derogar los Estatutos de la Asociación; b) Decidir

sobre todos aquellos asuntos de interés para la Asociación no contem-

plados en estos Estatutos y que no puedan ser resueltos por la Junta

Directiva ni sean competencia de otros órganos de la Asociación.

TITULO VI. DE LA JUNTA DIRECTIVA. ARTICULO DIECISIE-

TE. La dirección y administración de la Asociación estará confiada a la

Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma: un

Presidente, un Secretario, un Tesorero y un Vocal. En caso de muerte,

renuncia, impedimento, ausencia temporal o definitiva del Presidente lo

sustituirá el Secretario, si lo fuere del Secretario lo sustituirá el Tesorero,

si fuere el Tesorero lo sustituirá el Vocal. ARTICULO DIECIOCHO. La

Junta Directiva será electa para un período de tres años. Todos los cargos

serán elegidos por los miembros en Asamblea General. Los miembros de

la Junta Directiva podrán ser reelectos y el ejercicio del cargo no

representará remuneración económica. En el caso de personas jurídicas,

éstas podrán proponer y designar a un representante de éstas para

desempeñar un cargo dentro de la Junta Directiva, quien deberá ser una

persona natural, cuyo nombre deberá ser comunicado por escrito a la

Asamblea General pertinente. Si el período de vigencia de la Junta

Directiva vence y no se han elegido a los nuevos miembros de la Junta

Directiva, los anteriores continuarán en sus cargos y funciones hasta la

elección de los nuevos integrantes. ARTICULO DIECINUEVE. La

Junta Directiva se reunirá una vez por mes y extraordinariamente cuando

el Presidente la convoque. La Junta Directiva se convocará con una

anticipación no menor de ocho días calendarios a la fecha señalada para

su celebración, mediante notificación directa a los directores, ya sea por

carta, mensaje electrónico u otro medio, indicando el día, hora y lugar de

la reunión y los asuntos a tratarse. ARTICULO VEINTE. El quórum

necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será con la asistencia

de tres de sus miembros; sus acuerdos deberán ser tomados por mayoría.

En caso de empate, se realizará una segunda votación. Si el empate

persiste, el voto del Presidente tendrá un doble valor. ARTICULO

VEINTIUNO. Son funciones de la Junta Directiva: a) Desarrollar las

actividades necesarias para el logro de los fines de la Asociación; b)

Velar por la administración eficiente y eficaz del patrimonio de la

Asociación; c) Establecer las políticas generales de administración de

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11DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

los Recursos Internet bajo su jurisdicción; d) Determinar y fijar los

precios de cobro por los servicios que la Asociación presta en la

administración de recursos Internet bajo su jurisdicción; e) Establecer las

políticas de uso de los fondos obtenidos a través de la prestación de

servicios o cualesquiera otras fuentes de ingreso, para cumplir los fines

consignados en los presentes Estatutos; f) Redactar y aprobar los regla-

mentos, normativas y otras guías operativas que se consideren necesa-

rios y pertinentes; g) Determinar la conveniencia de formar parte de

asociaciones de homólogos a nivel mundial, así como la participación de

la Asociación en actividades relacionadas; h) Decidir la contratación del

personal, permanente o temporal, así como los servicios de terceros que

se requieran, para realizar las actividades de la Asociación, establecidas

en sus funciones, en forma adecuada; i) Elaborar la Memoria anual de las

actividades de la Asociación; j) Cumplir y hacer cumplir los Estatutos,

reglamentos, normativas, acuerdos y resoluciones de la misma Junta

Directiva; k) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asam-

blea General; 1) Procurar el cumplimiento de las normas establecidas por

la Corporación Internet para Nombres y Números Asignados ICANN, la

Autoridad Internet para Números Asignados IANA, el Centro de

Información de la Red Internet InterNIC, y otras autoridades a nivel

mundial de Internet; m) Cumplir con los pagos y cuotas que sean

requeridos por las autoridades de administración mundial de Internet, así

como aquellas obligaciones adquiridas por acuerdo del Consejo; n)

Asignar Subdominios de primer y segundo nivel; o) Mantener un registro

actualizado de los asignatarios de nombres de Dominio y de direcciones

IP; p) Conocer los Números de Sistema Autónomo de los Proveedores de

Conectividad a Internet operando en El Salvador, con el fin de coordinar

de forma eficiente el intercambio y tráfico de información. ARTICULO

VEINTIDOS. Son funciones del Director Presidente: a) Presidir las

sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General y de la

Junta Directiva; b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resolucio-

nes de la Junta Directiva, así como los Estatutos, reglamentos y norma-

tivas vigentes; c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asocia-

ción; d) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea

General y de la Junta Directiva; e) Autorizar, en coordinación con el

Tesorero, las erogaciones que tenga que hacer la Asociación; f) Preparar

y presentar la Memoria de Labores de la Asociación y cualquier informe

solicitado a la misma; g) Dirigir las actividades de la Asociación; h)

Dirigir y administrar todos los negocios y bienes de la Asociación,

cuidando de que éstos se destinen exclusivamente a los fines de aquélla;

i) Mantener las relaciones públicas de la Asociación; j) Firmar contratos,

convenios y demás instrumentos públicos o privados, hasta por la suma

de cinco mil dólares o su equivalente en colones; k) Conocer y aprobar

la celebración de actos, operaciones y contratos que se relacionen con los

fines y operaciones de la Asociación, de conformidad a lo dispuesto en

los Estatutos, siempre y cuando no sobrepasen la suma estipulada en el

literal j) anterior; 1) Otorgar los poderes que estime conveniente, sean

generales o especiales, de cualquier tipo, hasta y por las facultades que

le son conferidas por los Estatutos y/o acuerdos de Junta Directiva; m)

Suscribir toda clase de contratos, actos y escrituras, otorgar toda clase de

instrumentos públicos y privados; comparecer en juicios, procesos,

diligencias judiciales y extrajudiciales y audiencias de cualquier clase y

naturaleza, ante cualquier autoridad, sea civil, gubernamental entre

otras, por cuanto lo dicho es meramente enunciativo y no taxativo;

comprar, gravar y enajenar todo tipo de bienes muebles, valores y

derechos pertenecientes a la Asociación, abrir y cerrar cuentas bancarias,

obtener cartas de crédito y en general, realizar las operaciones civiles,

financieras y mercantiles necesarias para el desempeño de los objetivos

de la Asociación y en general, tendrá en el ejercicio de sus funciones, las

facultades generales del mandato y las especiales comprendidas en el

artículo Ciento Trece del Código de Procedimientos Civiles inclusive la

de transigir; todo lo anterior sin perjuicio de lo estipulado en el literal j)

del presente artículo. Requerirá de acuerdo previo de Junta Directiva

para el otorgamiento de algunos actos como lo son: la compra, venta,

enajenación o gravamen de bienes inmuebles, y la constitución de todo

tipo de garantías a favor de terceros; n) Nombrar y renovar gerentes,

agentes y demás funcionarios y empleados de la Asociación y señalarles

sus denominaciones, facultades, obligaciones y remuneraciones; o)

Implementar las políticas y acuerdos de la Junta Directiva; p) Presentar

a Junta Directiva las propuestas, estudios, información y documentación

que servirá de base para la toma de decisiones, así como la información

que la Junta Directiva deberá someter a conocimiento y aprobación de la

Asamblea General; q) Todas las otras facultades y obligaciones que al

efecto establezcan los estatutos, reglamentos, normativas o acuerdos de

Asamblea General. ARTICULO VEINTITRES. Son funciones del

Director Secretario: a) Llevar los libros de actas de las sesiones de la

Asamblea General y de la Junta Directiva; b) Llevar el archivo de

documentos y registros de los miembros de la Asociación; c) Llevar el

archivo de contratos, convenios, acuerdos, alianzas, y otros documentos,

públicos y privados, que la Asociación suscriba; d) Llevar el archivo de

solicitudes, documentos y registros de los asignatarios de nombres de

Dominio y de direcciones IP atendidos por la Asociación; e) Llevar los

libros, registros y controles así como realizar las publicaciones de los

mismos que sean necesarias y pertinentes; f) Extender las certificaciones

que fueran solicitadas a la Asociación; g) Hacer y enviar las convocato-

rias a los miembros para las sesiones; h) Ser el órgano de comunicación

de la Asociación; i) Todas las otras facultades y obligaciones que al

efecto establezcan los estatutos, reglamentos, normativas o acuerdos de

Asamblea General. ARTICULO VEINTICUATRO. Son funciones del

Director Tesorero: a) Recibir y depositar los fondos que la Asociación

obtenga, en los bancos y en la modalidad que la Junta Directiva decida;

b) Llevar y tener el control directo de los libros de contabilidad de la

Asociación; c) Autorizar, en coordinación con el Director Presidente, las

erogaciones que la Asociación tenga que realizar; d) Velar por el uso

racional de los fondos de la Asociación; e) Promover las acciones

necesarias para obtener fondos, en concordancia con los fines de la

Asociación; f) Presentar informe trimestral de cuentas a la Junta Direc-

tiva; g) Velar por el control del patrimonio de la Asociación; h) Todas las

otras facultades y obligaciones que al efecto establezcan los estatutos,

reglamentos, normativas o acuerdos de Asamblea General. ARTICULO

VEINTICINCO. Son funciones del Director Vocal: a) Velar por el fiel

cumplimiento de los acuerdos de la Junta Directiva que modifiquen en

cantidad o calidad los recursos de la Asociación; b) Diseminar el uso y

la aplicación de la tecnología Internet, como apoyo al desarrollo de El

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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Salvador; c) Colaborar con los demás Directores según sea necesario; d)

Todas las otras facultades y obligaciones que al efecto establezcan los

estatutos, reglamentos, normativas o acuerdos de Asamblea General.

TITULO VII. DEL PATRIMONIO. ARTICULO VEINTISEIS. El

Patrimonio de la Asociación estará constituido por: a) El total de un

aporte voluntario inicial que los miembros fundadores pagarán poste-

riormente a la constitución de la Asociación, consistente en tres mil

colones para las personas jurídicas y mil colones para las personas

naturales. La aportación en dinero relacionada quedará en poder y bajo

la responsabilidad del Tesorero de la Junta Directiva; b) Los pagos

recibidos por parte de terceros por servicios prestados por la Asociación

en las áreas de su competencia; c) Donaciones, herencias, legados,

contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranje-

ras, y cualquier otro tipo de aporte que se reciba sin ningún tipo de

acuerdo, compromiso o concesión o, cuando este acuerdo, compromiso

o concesión, de existir, sea aprobado explícitamente por la Asamblea

General; d) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las

rentas provenientes de los mismos de conformidad con la ley. ARTICU-

LO VEINTISIETE. El patrimonio será administrado por la Junta Direc-

tiva. TITULO VIII. DE LAS SANCIONES A LOS MIEMBROS,

MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTOS

DE APLICACION. ARTICULO VEINTIOCHO. La Asociación esta-

blece medidas disciplinarias y sanciones para sus miembros, las cuales

serán las siguientes: a) Llamado de atención verbal; b) Llamado de

atención por escrito; c) Solicitud de cambio de representante, en el caso

de personas jurídicas; d) Expulsión temporal de la Asociación; e)

Expulsión definitiva de la Asociación. Los miembros de la Asociación

serán sancionados en los siguientes casos: a) Por apropiación indebida o

no autorizada de los bienes de la Asociación; b) Por violar los Estatutos,

los reglamentos, las normativas u otras disposiciones de la Asociación;

c) Por reprobada conducta en el ejercicio de su gestión. Para la aplicación

de sanciones o medidas disciplinarias se establecen los siguientes proce-

dimientos: a) Cualquier miembro podrá interponer denuncia verbal o

escrita contra cualquier miembro por faltas a lo establecido en los

Estatutos, reglamentos, normativas o las demás disposiciones de la

Asociación; b) Las denuncias serán recibidas por la Junta Directiva para

conocer el caso; c) La Junta Directiva investigará las denuncias respetan-

do el debido proceso; d) En el caso de personas jurídicas, si el represen-

tante de la misma hubiese incurrido en falta, se notificará a la institución

y se requerirá la sustitución del mencionado representante; f) De acuerdo

a la gravedad de la falta, la Junta Directiva establecerá las medidas

disciplinarias y sanciones establecidas en este artículo que serán aplica-

das en cada caso. TITULO IX. DE LA DISOLUCION. ARTICULO

VEINTINUEVE. No podrá disolverse la Asociación sino por disposi-

ción de ley o por resolución tomada en Asamblea General extraordinaria,

convocada para ese efecto y con un número de votos que represente por

lo menos cinco sextas partes de sus miembros. ARTICULO TREINTA.

En caso de acordarse la disolución de la Asociación se nombrará una

Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas por la

Asamblea General extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes

que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se donarán a

cualquier entidad benéfica o cultural que la misma Asamblea General

señale. TITULO X. DISPOSICIONES GENERALES. ARTICULO

TREINTA Y UNO. Para reformar o derogar los presentes Estatutos será

necesario el voto favorable de no menos de cinco sextas partes de los

miembros en Asamblea General extraordinaria convocada para tal

efecto. ARTICULO TREINTA Y DOS. La Junta Directiva tiene la

obligación de enviar al Ministerio de Gobernación, en los primeros días

del mes de enero de cada año, la nómina de los miembros y dentro de los

cinco días después de electo la nueva Junta Directiva, una certificación

del acta de elección de la misma y en todo caso proporcionar al expresado

Ministerio cualquier dato que se le pidiere relativo a la Entidad. ARTI-

CULO TREINTA Y TRES. La Asociación SVNet se regirá por los

Estatutos, reglamentos, normativas y demás disposiciones legales apli-

cables. ARTICULO TREINTA Y CUATRO. Los presentes Estatutos

entrarán en vigencia a partir de su inscripción en el Ministerio de

Gobernación, en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de

Lucro. TERCERO. Continúan manifestando los comparecientes que de

conformidad con el Artículo doce de la Ley de Asociaciones y Fundacio-

nes sin Fines de Lucro y con el Artículo veintiséis de los Estatutos antes

relacionados, en este acto eligen a la Junta Directiva de la Asociación

SVNet para el período de TRES AÑOS, comprendido entre el cuatro de

octubre del dos mil dos y cuatro de octubre del dos mil cinco, la cual por

decisión unánime de los comparecientes queda integrada de la siguiente

manera: PROPIETARIOS: Presidente: Rafael Antonio Ibarra Fernán-

dez; Tesorero: Guillermo Enrique Fernández; Secretario: Carlos Bran;

y Vocal: Nelson Quintanilla. Yo el Suscrito Notario hago constar, que

hice a los comparecientes la advertencia que señala el Artículo noventa

y uno de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, Así

se expresaron los comparecientes a quienes expliqué los efectos legales

de la presente escritura y acto, y leída que les fue íntegramente, en un solo

acto, sin interrupciones, manifiestan que ratifican todo lo escrito por estar

redactado conforme su voluntad, y para constancia firmamos. DOY FE.-

Enmendados: Tesorero.- Secretario.- Valen. Enmendados: 1.- m.- n.- o.-

desempeñar.- Valen.

GIANCARLO ANGELUCCI SILVA,

NOTARIO.

PASO ANTE MI: del folio DOSCIENTOS TREINTA Y UNO frente al

folio DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS frente del Libro SEXTO de

mi Protocolo, el cual vence el día tres de abril del año dos mil tres; y para

ser entregado a la Asociación SVNet, extiendo, firmo y sello el presente

TESTIMONIO, en la ciudad de San Salvador, a los cuatro días del mes

de octubre del año dos mil dos.

GIANCARLO ANGELUCCI SILVA,

NOTARIO.

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13DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION SVNet.

TITULO I.

DENOMINACION. DURACION Y DOMICILIO.

ARTICULO UNO. Créase en la ciudad de San Salvador, Depar-tamento de San Salvador, la Asociación de nacionalidad salvadoreñallamada Asociación SVNet y que podrá denominarse simplementeSVNet, organizada como persona jurídica, apolítica, no lucrativa nireligiosa, la cual se regirá por los presentes Estatutos, por sus Reglamen-tos internos debidamente aprobados en su caso, y todas aquellas dispo-siciones legales que le fueren aplicables, la cual en los presentes Estatu-tos se denominará simplemente como la “Asociación”.

ARTICULO DOS. El domicilio de la Asociación será la ciudad deSan Salvador, Departamento de San Salvador, pudiendo establecerfiliales, oficinas, establecimientos entre otros, en todo el territorio de laRepública de El Salvador.

ARTICULO TRES. La Asociación se constituye para un plazo devigencia indefinido, salvo que se apruebe su disolución y liquidación, deacuerdo a lo establecido por la ley y los presentes Estatutos.

TITULO II.

FINES Y OBJETIVOS.

ARTICULO CUATRO: Los fines y objetivos de la Asociaciónserán: a) Administrar los recursos asignados a la sección del sistema decomunicaciones Internet correspondiente al Dominio de Nivel SuperiorSV. Estos recursos son fundamentalmente los nombres de dominio enInternet terminados en el sufijo SV.; b) Administrar el espacio denúmeros de direcciones de Protocolo Internet, conocidas como direccio-nes IP, que hayan sido y/o sean asignadas a la Asociación; c) Procurar yestimular el cumplimiento de las normas - éticas y convencionales deconducta Internet dentro del Dominio de Nivel Superior SV; d) Mante-ner relaciones y servir de enlace y representación ante los foros, gruposy eventos regionales y mundiales relacionados con la Administración delos Dominios de Nivel Superior de Internet correspondientes a loscódigos de país, conocidos como ccTLD; así como las relacionesformales necesarias con la Corporación Internet para Nombres y Núme-ros Asignados, conocida como ICANN, y/o con otras instancias quepudieran surgir en el futuro con similares atribuciones; e) Impulsar laexpansión del Dominio de Nivel Superior SV y la continua mejora de susservicios en todos sus aspectos; f) Propiciar el desarrollo, difusión yavance tecnológico de Internet en El Salvador; g) Servir como entidadimparcial y neutral ante los Proveedores de Conectividad Internet en elpaís, para objetivos tales como la constitución del Punto de AccesoNeutral nacional; la asignación de bloques de direcciones Internet; enteotros; h) Administrar los fondos de la Asociación, con exclusiva atencióna los fines consignados en este artículo; i) Otorgar representaciones o serrepresentante de casas, firmas comerciales y/o empresas nacionales yextranjeras relacionadas con el campo de la informática, desarrollo deprogramas y nuevos productos tecnológicos; j) Promover, desarrollar eimpulsar toda clase de proyectos relacionados con el campo de lainformática, desarrollo de programas y nuevos productos tecnológicos;k) Administrar empresas, comercios o proyectos comerciales relaciona-dos con los fines y objetivos de la Asociación, para lo cual podrá

contratar, subcontratar o celebrar todo tipo de contratos, convenios oacuerdos con personal administrativo o de campo técnico o profesional,salvadoreño o extranjero; 1) Comprar, vender, permutar, entregar otomar en arrendamiento o usar por cualquier otro tipo, toda clase debienes, incluyendo inmuebles o derechos reales. En el caso de los bienesinmuebles, se estará a lo dispuesto en la Ley de Asociaciones y Funda-ciones sin Fines de Lucro; m) Solicitar, registrar, comprar, poseer endominio, vender, permutar, explotar y otorgar los derechos a uso depatentes, solicitudes de patentes, licencias, marcas de fábrica y decomercio señales de propaganda, nombres comerciales, depósitos deobra, derechos de autor y cualquier otra forma de derecho de propiedadintelectual o industrial; así como realizar cualesquiera actividades, actoso contratos afines o conexos con la propiedad intelectual o industrial; n)La prestación de todo tipo de servicios o tareas personales brindándolesasesoría, asistencia técnica, personal calificado y similares; o) En gene-ral, emprender, ejecutar, hacer o celebrar todos los actos, operacionesconvenios o contratos, necesarios, convenientes o complementarios a sufuncionamiento y fines, observando las prescripciones legales sin res-tricción o limitación alguna:

TITULO III.

DE LOS MIEMBROS.

ARTICULO CINCO. Son miembros las personas naturales yjurídicas debidamente admitidas a la Asociación que cumplan los requi-sitos y normas establecidas en los presentes Estatutos. La calidad demiembro es inherente a la persona, sea natural o jurídica y no estransferible. La Asociación tendrá las siguientes clases de miembros: a)Miembros Fundadores: todas aquellas personas naturales o jurídicas quesuscriben el acta de constitución de la Asociación; b) Miembros Hono-rarios: todas las personas que por su labor y méritos en favor de laAsociación sean así nominados y aceptados por la Asamblea General.Salvo esta distinción, referida a la forma en que cada miembro adquieretal condición, los derechos, deberes y demás definiciones respecto a losmiembros y que se estipulan en los presente estatutos, aplican a todos losmiembros por igual.

ARTICULO SEIS. Son derechos de los miembros: a) Optar acargos Directivos y administrativos llenando los requisitos que señalanlos Estatutos de la Asociación según se apliquen o los señalados en losreglamentos o normativas dadas por la Junta Directiva de la Asociación;b) Tener voz y voto dentro de las deliberaciones generales de laAsociación; c) Los demás que le señalen los Estatutos y otros documen-tos de la Asociación.

ARTICULO SIETE. Son deberes de los miembros: a) Asistir a lassesiones de Asambleas ordinarias y extraordinarias convocadas por lasautoridades de la Asociación; b) Cooperar en el desarrollo de lasactividades de la Asociación; c) Contribuir al patrimonio y fondo de laAsociación en los montos establecidos por la Asamblea General; d) Losdemás que le señalen los Estatutos y otros documentos de la Asociación.

ARTICULO OCHO. La calidad de miembro se perderá por lascausas siguientes: a) Por violación a estos Estatutos, reglamentos,normativas, acuerdos y resoluciones de la Junta Directiva de la Asocia-ción; b) Por renuncia presentada a la Junta Directiva.

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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

TITULO IV.

GOBIERNO DE LA ASOCIACION.

ARTICULO NUEVE. El gobierno de la Asociación será ejercidopor la Asamblea General y la Junta Directiva.

ARTICULO DIEZ. Las actuaciones de la Asociación tambiénestarán normadas por los reglamentos y políticas que se generen y seanaprobados por la Asamblea General, así como por las demás leyesaplicables.

TITULO V.

DE LA ASAMBLEA GENERAL.

ARTICULO ONCE. La Asamblea General, debidamente convo-cada, estará integrada por la totalidad de los miembros de la Asociación.Los miembros que son personas jurídicas deberán nombrar un represen-tante titular y uno suplente ante la Asamblea General, y comunicarlo porescrito a la Junta Directiva. El representante titular tendrá los derechosy atribuciones conferidas al miembro que representa, incluyendo la vozy voto que le corresponda. El suplente los tendrá solamente en caso deausencia del titular.

ARTICULO DOCE. La Asamblea General se reunirá una vez poraño y extraordinariamente cuando la Junta Directiva la convoque. LaAsamblea General se convocará con una anticipación no menor de ochodías calendarios a la fecha señalada para su celebración, mediantenotificación directa a los miembros, ya sea por carta, mensaje electrónicou otro medio, indicando el día, hora y lugar de la reunión y los asuntosa tratarse. Asimismo constará la fecha y hora en que se reunirán ensegunda convocatoria.

ARTICULO TRECE. La Asamblea General sesionará válidamen-te con la asistencia del cincuenta y uno por ciento como mínimo de losmiembros en primera convocatoria y en segunda convocatoria con losmiembros que asistan, excepto en los casos especiales en que se requieramayor número de asistentes. Las resoluciones las tomará la AsambleaGeneral por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especialesen que se requiera una mayoría diferente.

ARTICULO CATORCE. Todo miembro que no pueda asistir acualquiera de las sesiones de la Asamblea General por motivos justifica-dos podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite derepresentaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de surepresentado.

ARTICULO QUINCE. Son atribuciones de la Asamblea Generala) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos de la Asociación; b) Elegir,sustituir o destituir total o parcialmente a los miembros de la JuntaDirectiva; c) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de labores de laAsociación y los Estados Financieros, presentados por la Junta Directi-va; d) Aprobar los informes del auditor, así como sus emolumentos; e)Decidir sobre la necesidad de contribuciones eventuales de los miembrosy el monto de las mismas, manteniendo la distinción entre personas

naturales y jurídicas; f) Aceptar nuevos miembros honorarios a laAsociación; g) Acordar la disolución y liquidación de la Asociación, y enese caso, decidir sobre la forma y resoluciones concernientes a la misma;h) Decidir sobre todos aquellos asuntos de interés para la Asociación nocontemplados en estos Estatutos y que no puedan ser resueltos por laJunta Directiva ni sean competencia de otros órganos de la Asociación.

ARTICULO DIECISEIS. Todos los miembros tendrán derecho aun voto por miembro, salvo en los siguientes casos, en que los miembrosque son personas jurídicas tendrán derecho a doble voto: a) Aprobar,reformar o derogar los Estatutos de la Asociación; b) Decidir sobre todosaquellos asuntos de interés para la Asociación no contemplados en estosEstatutos y que no puedan ser resueltos por la Junta Directiva ni seancompetencia de otros órganos de la Asociación.

TITULO VI.

DE LA JUNTA DIRECTIVA.

ARTICULO DIECISIETE. La dirección y administración de laAsociación estará confiada a la Junta Directiva, la cual estará integradade la siguiente forma: un Presidente, un Secretario, un Tesorero y unVocal. En caso de muerte, renuncia, impedimento, ausencia temporal odefinitiva del Presidente lo sustituirá el Secretario, si lo fuere delSecretario lo sustituirá el Tesorero, si fuere el Tesorero lo sustituirá elVocal.

ARTICULO DIECIOCHO. La Junta Directiva será electa para unperíodo de tres años. Todos los cargos serán elegidos por los miembrosen Asamblea General. Los miembros de la Junta Directiva podrán serreelectos y el ejercicio del cargo no representará remuneración económi-ca.

En el caso de personas jurídicas, éstas podrán proponer y designara un representante de éstas para desempeñar un cargo dentro de la JuntaDirectiva, quien deberá ser una persona natural, cuyo nombre deberá sercomunicado por escrito a la Asamblea General pertinente. Si el períodode vigencia de la Junta Directiva vence y no se han elegido a los nuevosmiembros de la Junta Directiva, los anteriores continuarán en sus cargosy funciones hasta la elección de los nuevos integrantes.

ARTICULO DIECINUEVE. La Junta Directiva se reunirá una vezpor mes y extraordinariamente cuando el Presidente la convoque. LaJunta Directiva se convocará con una anticipación no menor de ocho díascalendarios a la fecha señalada para su celebración, mediante notifica-ción directa a los directores, ya sea por carta, mensaje electrónico u otromedio, indicando el día, hora y lugar de la reunión y los asuntos a tratarse.

ARTICULO VEINTE. El quórum necesario para que la JuntaDirectiva pueda sesionar será con la asistencia de tres de sus miembros;Sus acuerdos deberán ser tomados por mayoría. En caso de empate, serealizará una segunda votación. Si el empate persiste, el voto delPresidente tendrá un doble valor.

ARTICULO VEINTIUNO. Son funciones de la Junta Directiva:a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fines de laAsociación; b) Velar por la administración eficiente y eficaz del patrimo-

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15DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

nio de la Asociación; c) Establecer las políticas generales de administra-ción de los Recursos Internet bajo su jurisdicción; d) Determinar y fijarlos precios de cobro por los servicios que la Asociación presta en laadministración de recursos Internet bajo su jurisdicción; e) Establecer laspolíticas de uso de los fondos obtenidos a través de la prestación de

servicios o cualesquiera otras fuentes de ingreso, para cumplir los finesconsignados en los presentes Estatutos; f) Redactar y aprobar los regla-mentos, normativas y otras guías operativas que se consideren necesa-rios y pertinentes; g) Determinar la conveniencia de formar parte deasociaciones de homólogos a nivel mundial, así como la participación dela Asociación en actividades relacionadas; h) Decidir la contratación del

personal, permanente o temporal, así como los servicios de terceros quese requieran, para realizar las actividades de la Asociación, establecidasen sus funciones, en forma adecuada; i) Elaborar la Memoria anual de lasactividades de la Asociación; j) Cumplir y hacer cumplir los Estatutos,reglamentos, normativas, acuerdos y resoluciones de la misma JuntaDirectiva; k) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asam-

blea General; 1) Procurar el cumplimiento de las normas establecidas porla Corporación Internet para Nombres y Números Asignados ICANN, laAutoridad Internet para Números Asignados IANA, el Centro deInformación de la Red Internet InterNIC, y otras autoridades a nivelmundial de Internet; m) Cumplir con los pagos y cuotas que seanrequeridos por las autoridades de administración mundial de Internet, así

como aquellas obligaciones adquiridas por acuerdo del Consejo; n)Asignar Subdominios de primer y segundo nivel; o) Mantener un registroactualizado de los asignatarios de nombres de Dominio y de direccionesIP; p) Conocer los Números de Sistema Autónomo de los Proveedores deConectividad a Internet operando en El Salvador, con el fin de coordinarde forma eficiente el intercambio y tráfico de información.

ARTICULO VEINTIDOS. Son funciones del Director Presidente:a) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la AsambleaGeneral y de la Junta Directiva; b) Velar por el cumplimiento de los

acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva, así como los Estatutos,reglamentos y normativas vigentes; c) Representar judicial y extrajudi-cialmente a la Asociación; d) Convocar a sesiones ordinarias y extraor-dinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva; e) Autorizar, encoordinación con el Tesorero, las erogaciones que tenga que hacer laAsociación; f) Preparar y presentar la Memoria de Labores de la

Asociación y cualquier informe solicitado a la misma; g) Dirigir lasactividades de la Asociación; h) Dirigir y administrar todos los negociosy bienes de la Asociación, cuidando de que éstos se destinen exclusiva-mente a los fines de aquélla; i) Mantener las relaciones públicas de laAsociación; j) Firmar contratos, convenios y demás instrumentos públi-cos o privados, hasta por la suma de cinco mil dólares o su equivalente

en colones; k) Conocer y aprobar la celebración de actos, operaciones ycontratos que se relacionen con los fines y operaciones de la Asociación,de conformidad a lo dispuesto en los Estatutos, siempre y cuando nosobrepasen la suma estipulada en el literal j) anterior; 1) Otorgar lospoderes que estime conveniente, sean generales o especiales, de cual-quier tipo, hasta y por las facultades que le son conferidas por los

Estatutos y/o acuerdos de Junta Directiva; m) Suscribir toda clase decontratos, actos y escrituras, otorgar toda clase de instrumentos públicosy privados; comparecer en juicios, procesos, diligencias judiciales yextrajudiciales y audiencias de cualquier clase y naturaleza, ante cual-quier autoridad, sea civil, gubernamental entre otras, por cuanto lo dichoes meramente enunciativo y no taxativo; comprar, gravar y enajenar todo

tipo de bienes muebles, valores y derechos pertenecientes a la Asocia-ción, abrir y cerrar cuentas bancarias, obtener cartas de crédito y en

general, realizar las operaciones civiles, financieras y mercantiles nece-sarias para el desempeño de los objetivos de la Asociación y en general,tendrá en el ejercicio de sus funciones, las facultades generales delmandato y las especiales comprendidas en el artículo Ciento Trece delCódigo de Procedimientos Civiles inclusive la de transigir; todo lo

anterior sin perjuicio de lo estipulado en el literal j) del presente artículo.Requerirá de acuerdo previo de Junta Directiva para el otorgamiento dealgunos actos como lo son: la compra, venta, enajenación o gravamen debienes inmuebles, y la constitución de todo tipo de garantías a favor deterceros; n) Nombrar y renovar gerentes, agentes y demás funcionariosy empleados de la Asociación y señalarles sus denominaciones, faculta-

des, obligaciones y remuneraciones; o) Implementar las políticas yacuerdos de la Junta Directiva; p) Presentar a Junta Directiva laspropuestas, estudios, información y documentación que servirá de basepara la toma de decisiones, así como la información que la JuntaDirectiva deberá someter a conocimiento y aprobación de la AsambleaGeneral; q) Todas las otras facultades y obligaciones que al efecto

establezcan los estatutos, reglamentos, normativas o acuerdos de Asam-blea General.

ARTICULO VEINTITRES. Son funciones del Director Secreta-

rio: a) Llevar los libros de actas de las sesiones de la Asamblea Generaly de la Junta Directiva; b) Llevar el archivo de documentos y registros delos miembros de la Asociación; c) Llevar el archivo de contratos,convenios, acuerdos, alianzas, y otros documentos, públicos y privados,que la Asociación suscriba; d) Llevar el archivo de solicitudes, documen-tos y registros de los asignatarios de nombres de Dominio y de direccio-

nes IP atendidos por la Asociación; e) Llevar los libros, registros ycontroles así como realizar las publicaciones de los mismos que seannecesarias y pertinentes; f) Extender las certificaciones que fueransolicitadas a la Asociación; g) Hacer y enviar las convocatorias a losmiembros para las sesiones; h) Ser el órgano de comunicación de laAsociación; i) Todas las otras facultades y obligaciones que al efecto

establezcan los estatutos, reglamentos, normativas o acuerdos de Asam-blea General.

ARTICULO VEINTICUATRO. Son funciones del Director Teso-

rero: a) Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga, en losbancos y en la modalidad que la Junta Directiva decida; b) Llevar y tenerel control directo de los libros de contabilidad de la Asociación; c)Autorizar, en coordinación con el Director Presidente, las erogacionesque la Asociación tenga que realizar; d) Velar por el uso racional de losfondos de la Asociación; e) Promover las acciones necesarias para

obtener fondos, en concordancia con los fines de la Asociación; f)Presentar informe trimestral de cuentas a la Junta Directiva; g) Velar porel control del patrimonio de la Asociación; h) Todas las otras facultadesy obligaciones que al efecto establezcan los estatutos, reglamentos,normativas o acuerdos de Asamblea General.

ARTICULO VEINTICINCO. Son funciones del Director Vocal:a) Velar por el fiel cumplimiento de los acuerdos de la Junta Directiva quemodifiquen en cantidad o calidad los recursos de la Asociación; b)Diseminar el uso y la aplicación de la tecnología Internet, como apoyo

al desarrollo de El Salvador; c) Colaborar con los demás Directores segúnsea necesario; d) Todas las otras facultades y obligaciones que al efectoestablezcan los estatutos, reglamentos, normativas o acuerdos de Asam-blea General.

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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

TITULO VII.

DEL PATRIMONIO.

ARTICULO VEINTISEIS. El patrimonio de la Asociación estaráconstituido por: a) El total de un aporte voluntario inicial que losmiembros fundadores pagarán posteriormente a la constitución de laAsociación, consistente en tres mil colones para las personas jurídicas ymil colones para las personas naturales. La aportación en dinero relacio-nada quedará en poder y bajo la responsabilidad del Tesorero de la JuntaDirectiva; b) Los pagos recibidos por parte de terceros por serviciosprestados por la Asociación en las áreas de su competencia; c) Donacio-nes, herencias, legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas,nacionales o extranjeras, y cualquier otro tipo de aporte que se reciba sinningún tipo de acuerdo, compromiso o concesión o, cuando este acuerdo,compromiso o concesión, de existir, sea aprobado explícitamente por laAsamblea General; d) Todos los bienes muebles e inmuebles queadquiera y las rentas provenientes de los mismos de conformidad con laley.

ARTICULO VEINTISIETE. El patrimonio será administrado porla Junta Directiva.

TITULO VIII.

DE LAS SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS

DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTOS

DE APLICACION.

ARTICULO VEINTIOCHO. La Asociación establece medidasdisciplinarias y sanciones para sus miembros, las cuales serán lassiguientes: a) Llamado de atención verbal; b) Llamado de atención porescrito; c) Solicitud de cambio de representante, en el caso de personasjurídicas; d) Expulsión temporal de la Asociación; e) Expulsión defini-tiva de la Asociación. Los miembros de la Asociación serán sancionadosen los siguientes casos: a) Por apropiación indebida o no autorizada delos bienes de la Asociación; b) Por violar los Estatutos, los reglamentos,las normativas u otras disposiciones de la Asociación; c) Por reprobadaconducta en el ejercicio de su gestión. Para la aplicación de sanciones omedidas disciplinarias se establecen los siguientes procedimientos: a)Cualquier miembro podrá interponer denuncia verbal o escrita contracualquier miembro por faltas a lo establecido en los Estatutos, reglamen-tos, normativas o las demás disposiciones de la Asociación; b) Lasdenuncias serán recibidas por la Junta Directiva para conocer el caso; c)La Junta Directiva investigará las denuncias respetando el debido proce-so; d) En el caso de personas jurídicas, si el representante de la mismahubiese incurrido en falta, se notificará a la institución y se requerirá lasustitución del mencionado representante; f) De acuerdo a la gravedad dela falta, la Junta Directiva establecerá las medidas disciplinarias ysanciones establecidas en este artículo que serán aplicadas en cada caso.

TITULO IX.

DE LA DISOLUCION.

ARTICULO VEINTINUEVE. No podrá disolverse la Asociaciónsino por disposición de ley o por resolución tomada en Asamblea Generalextraordinaria, convocada para ese efecto y con un número de votos querepresente por lo menos cinco sextas partes de sus miembros.

ARTICULO TREINTA. En caso de acordarse la disolución de laAsociación se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cincopersonas, electas por la Asamblea General extraordinaria que acordó ladisolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos suscompromisos se donarán a cualquier entidad benéfica o cultural que lamisma Asamblea General señale.

TITULO X.

DISPOSICIONES GENERALES.

ARTICULO TREINTA Y UNO. Para reformar o derogar lospresentes Estatutos será necesario el voto favorable de no menos de cincosextas partes de los miembros en Asamblea General extraordinariaconvocada para tal efecto.

ARTICULO TREINTA Y DOS. La Junta Directiva tiene la obli-gación de enviar al Ministerio de Gobernación, en los primeros días delmes de enero de cada año, la nómina de los miembros y dentro de loscinco días después de electo la nueva Junta Directiva, una certificacióndel acta de elección de la misma y en todo caso proporcionar al expresadoMinisterio cualquier dato que se le pidiere relativo a la Entidad.

ARTICULO TREINTA Y TRES. La Asociación SVNet se regirápor los Estatutos, reglamentos, normativas y demás disposiciones lega-les aplicables.

ARTICULO TREINTA Y CUATRO. Los presentes Estatutosentrarán en vigencia a partir de su inscripción en el Ministerio deGobernación, en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines deLucro.

ACUERDO No. 004.

San Salvador, 10 de enero de 2003

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la ASOCIACION SVNet,compuestos de TREINTA Y CUATRO Artículos, constituida en laciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, a las nuevehoras del día 4 de octubre del 2002, por Escritura Pública, otorgada antelos oficios del Notario GIANCARLO ANGELUCCI SILVA; y noencontrando en ellos ninguna disposición contraria a las leyes del País,de conformidad con el Art. 65 de la Ley de Asociaciones y Fundacionessin Fines de Lucro, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Gobernación,ACUERDA: a) Aprobarlos en todas sus partes confiriendo a dichaEntidad el carácter de PERSONA JURIDICA; b) Publíquense en elDiario Oficial; y c) Inscríbase la referida entidad en el REGISTRO DEASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO. CO-MUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República). ELVICEMINISTRO DE GOBERNACION, FIGUEROA FIGUEROA.

(Mandamiento de Ingreso No. 4025)

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17DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

NUMERO DOCE.- En la ciudad de San Salvador, a las dieciocho horasdel día veintitrés de diciembre del año dos mil dos.- Ante mí, ENRIQUEBORGO BUSTAMANTE, Notario, de este domicilio, comparecen losseñores: CELINA GUADALUPE ESCOLAN SUAY, de cuarenta y tresaños de edad, Abogado y Notario, de este domicilio, persona de miconocimiento, portadora de su Documento Unico de Identidad Númerocero cero cuatrocientos cincuenta y cinco mil quinientos ochenta y tres-siete; MANUEL DEL VALLE MENENDEZ, de cuarenta y seis años deedad, Abogado, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento deLa Libertad, persona de mi conocimiento, portador de su DocumentoUnico de Identidad Número cero dos millones cuatrocientos noventa yocho mil novecientos cuarenta y cuatro-seis; JOSE ROBERTO AR-GUETA MANZANO, de cuarenta y cinco años de edad, Abogado yNotario, de este domicilio, persona de mi conocimiento, portador de suDocumento Unico de Identidad Número cero un millón quinientostreinta y ocho mil trescientos setenta y uno-cuatro; FELIX GARRIDSAFIE PARADA, de cuarenta y tres años de edad, Abogado y Notario,de este domicilio, persona de mi conocimiento, portador de su Documen-to Unico de Identidad Número cero cero cero cero cero cero cero-siete-seis; ANA LEONOR GARCIA, de cincuenta y dos años de edad,Abogado, de este domicilio, persona de mi conocimiento, portador de suDocumento Unico de Identidad Número cero cero trescientos cuarentay ocho mil ochocientos cuarenta y cinco-uno; CARLOS FRANCISCOAGUILAR CALDERON, de cuarenta y cuatro años de edad, Abogadoy Notario, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de LaLibertad, portador de su Documento Unico de Identidad Número cerocero trescientos sesenta y tres mil doscientos setenta y tres-tres; BELI-SARIO AMADEO ARTIGA ARTIGA, de cuarenta y dos años de edad,Abogado y Notario, de este domicilio, persona de mi conocimiento,portador de su Documento Unico de Identidad Número cero cero cerocero cero cero dieciséis-cinco; JOSE HERIBERTO REYES CISNEROS,de treinta y siete años de edad, Abogado, de este domicilio, persona demi conocimiento, portador de su Documento Unico de Identidad Númerocero un millón novecientos cuatro mil ochocientos ochenta y tres-siete;AQUILES ANTONIO DELGADO BRIZUELA, de cuarenta y cuatroaños de edad, Abogado y Notario, del domicilio de Nueva San Salvador,Departamento de La Libertad, persona de mi conocimiento, portador desu Documento Unico de Identidad Número cero cero quinientos ochentay tres mil ochocientos cuarenta y seis-seis; JUAN PABLO ERNESTOCORDOVA HINDS, de cuarenta y tres años de edad, Abogado, deldomicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, personade mi conocimiento, portador de su Documento Unico de IdentidadNúmero cero cero ochocientos sesenta y ocho mil quinientos cincuentay dos-nueve; y FEDERICO GUILLERMO AVILA QUEHL, de cin-cuenta y un años de edad, Abogado y Notario, de este domicilio, personade mi conocimiento, portador de su Documento Unico de IdentidadNúmero cero cero trescientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos treintay seis-seis; todos de nacionalidad salvadoreña; y ME DICEN: que handecidido constituir una ASOCIACION, sin fines de lucro y al efecto laconstituyen por medio de este instrumento, que se regirá por los siguien-tes Estatutos: TITULO PRIMERO CONSTITUCION, DENOMI-NACION, NATURALEZA, PLAZO Y DOMICILIO. CONSTITU-CION, DENOMINACION Y NATURALEZA. Art. 1.- Constitúyeseen la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, laASOCIACION de nacionalidad salvadoreña, denominada“DOCTORISIDRO MENENDEZ”, como una Asociación Apolítica, no lucrativa,ni religiosa y que en los presentes Estatutos se denominará sólo LAASOCIACION. DOMICILIO. Art. 2.- El domicilio de LA ASOCIA-CION será el de la ciudad de San Salvador, Departamento de SanSalvador, pudiendo establecer filiales en cualquier lugar de la Repúblicacuando así convenga a sus intereses. PLAZO. Art. 3.- LA ASOCIA-CION se constituye para un plazo indefinido. TITULO SEGUNDOFINALIDAD Y ACTOS FINALIDAD. Art. 4.- LA ASOCIACIONtendrá las siguientes finalidades: 1) Promover el conocimiento y práctica

del Derecho y actividades conexas; 2) Promover y fomentar los valores,en especial los jurídicos, tales como la justicia, la seguridad jurídica y lalibertad; 3) Promover la enseñanza y práctica de la ética, cultura jurídicay humanidades en general; 4) Organizar y desarrollar eventos culturales,jurídicos, y de interés nacional; 5) Promover y organizar actividades dedebate sobre temas legales, o con incidencia en el área jurídica; 6)Organizar y desarrollar actividades culturales y jurídicas internaciona-les; 7) Promover la solidaridad entre los abogados del país como de otrosEstados; 8) Promover actividades que velen por el bienestar de losabogados; 9) Colaborar con instituciones públicas o privadas, en proyec-tos que estén relacionados con las actividades antes expresadas; 10)Actividades que se encuentren permitidas por la ley y estén relacionadasdirecta o indirectamente con cualquiera de las finalidades expresadas.ACTOS PARA CUMPLIR FINES. Art. 5.- Para la realización de susfines, LA ASOCIACION empleará todos los medios idóneos y podrárealizar los actos, contratos y gestiones civiles, comerciales, administra-tivas y de cualquiera otra naturaleza, que sean necesarias o conducentesa dichos fines. PARTICIPACIONES EN ORGANIZACIONES IN-TERNACIONALES. Art. 6.- LA ASOCIACION podrá participar,como socia, como observadora, o bajo cualquier otro título, en Asocia-ciones que tengan intereses o fines semejantes a los expresados en elArtículo anterior, así como con las que tengan vinculación con tales fines.TITULO TERCERO DE LOS MIEMBROS, SUS DERECHOS YOBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS. Art. 7.- LA ASOCIACIONestará integrada por miembros que en adelante se denominarán asocia-dos, miembros o socios. Los miembros, asociados o socios podrán ser delas siguientes categorías: a) fundadores; b) honorarios; c) colaboradoresy d) contribuyentes. Podrá ingresar a LA ASOCIACION cualquierpersona con título universitario en Ciencias Jurídicas, Jurisprudencia oque equivalgan a estudios académicos en Derecho, sin distinción de raza,credo, religión e ideología política, no importando su nacionalidad nidomicilio. También podrán ser miembros socios, personas jurídicas quedeseen colaborar con las finalidades de LA ASOCIACION; en estoscasos sólo tendrán calidad de miembros socios contribuyentes. Para sermiembro se deberá cumplir con los requisitos establecidos en los fines delos presentes Estatutos y reglamentos de LA ASOCIACION. La JuntaDirectiva conocerá de las solicitudes de ingreso y en caso de rechazo noestará obligada a dar a conocer las causas del rechazo. DE LOSMIEMBROS FUNDADORES. Art. 8.- Son miembros fundadores: a)las personas que comparecieron ante Notario para formalizar la Escriturade Constitución de LA ASOCIACION; b) los miembros colaboradoresnombrados como Fundadores por la Asamblea General de MiembrosFundadores, sin atender el tiempo ostentado en calidad de colaboradores.Se establece un número máximo de doce miembros fundadores; una vezllenado tal número, deberá esperarse una vacante para hacer nuevasdesignaciones. La vacante podrá ocurrir por el fallecimiento o renunciade un miembro fundador o por el retiro de tal nombramiento por parte dela Asamblea General de miembros fundadores en los casos en queamerite. Los miembros fundadores pagarán las cuotas ordinarias yextraordinarias que se establezcan. DE LOS MIEMBROS HONORA-RIOS. Art. 9.- Son miembros honorarios las personas que se hubierenhecho acreedores a tal distinción por servicios extraordinarios prestadosa LA ASOCIACION. Tal designación la hará la Asamblea General deMiembros Fundadores. Estos miembros no pagarán ninguna cuota. DELOS MIEMBROS COLABORADORES. Art. 10.- Son miembroscolaboradores los contribuyentes que hayan obtenido tal designación porparte de la Asamblea General. El nombramiento se fundamentará en basea los servicios de mérito que el contribuyente haya prestado a LAASOCIACION. DE LOS MIEMBROS CONTRIBUYENTES. Art.11.- Son miembros contribuyentes las personas naturales o jurídicas quehayan sido aceptadas como tales de acuerdo a los Estatutos. Estosmiembros pagarán las cuotas correspondientes en la forma y tiempo quese establezca. Las personas jurídicas deberán nombrar un representantepara ejercer sus derechos y obligaciones de miembro. REGISTRO DE

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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

MIEMBROS. Art. 12.- LA ASOCIACION llevará un Libro de Registrode los miembros, debidamente autorizados por el Registro de Asociacio-nes y Fundaciones sin Fines de Lucro, el cual estará a disposición de lasautoridades. DERECHOS DE LOS MIEMBROS. Art. 13.- Son dere-chos de los miembros de LA ASOCIACION: a) Asistir con voz y votoa las sesiones de Asambleas Generales de LA ASOCIACION, por sí opor medio de representantes, de acuerdo a la calidad que se ostente desocio; b) Participar en la elección de los miembros de Junta Directiva, sise tuviere la calidad de miembro fundador; c) Aspirar a ser electos en loscargos de la Junta Directiva; d) Participar en las Juntas de Consultas quese promovieren ya sea por la Asamblea General o de la Junta Directiva;e) Participar en todas las actividades que desarrolle LA ASOCIACION,presentando iniciativas, peticiones, consultas y propuestas sobre asuntosque estén dentro de los fines de LA ASOCIACION; f) Gozar de cuantosservicios se establezcan para beneficio de los miembros. g) Los demásque le señalen los Estatutos y Reglamento Interno de LA ASOCIACION.DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS. Art. 14.-Son deberes y obligaciones de los miembros de LA ASOCIACION: a)Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, el Reglamento Interno,y sus propias resoluciones; b) Pagar puntualmente las cuotas periódicas,ordinarias y las extraordinarias que se acuerden. c) Cooperar con LAASOCIACION en el logro de sus objetivos, así como cumplir lascomisiones que les encarguen. PERDIDA DE CALIDAD DE MIEM-BRO. Art. 15.- La calidad de miembro se pierde: a) Por renuncia expresapresentada a la Junta Directiva; b) Por falta de pago de tres cuotasordinarias consecutivas o mora de más de dos meses en el pago de cuotasextraordinarias; c) Por disolución y liquidación del miembro, cuando setratare de personas jurídicas; d) Por muerte del miembro; e) Por realizaractos contrarios a los fines de LA ASOCIACION. MEDIDAS DISCI-PLINARIAS. Art. 16.- Cualquier falta que cometa algún miembro, seráconocida por la Junta Directiva de LA ASOCIACION, la cual la hará delconocimiento del miembro para que ejerza su defensa. Si el miembro aquien se atribuya la falta, suspenda el acto que motivara el procedimientoanterior, el caso se archivará. Igual medida se aplicará si se modifica elacto reputado provisionalmente como falta, a satisfacción de la JuntaDirectiva. Si no suspendiere o modificare el acto reputado como falta, seoirá al miembro y la Junta Directiva resolverá con las pruebas que setengan que hacer del conocimiento de la Asamblea General de miembrospara que decida sobre la sanción al miembro, la cual podrá ser unaamonestación en caso de falta leve, o expulsión si la falta fuere grave. LaJunta Directiva propondrá la medida a la Asamblea General. Esta deberáresolver la sanción con al menos tres cuartas partes favorables de losmiembros. EXPULSION. Art. 17.- Para expulsar a un miembro de LAASOCIACION, será necesaria una Asamblea General Extraordinaria,convocada especialmente para ello. La Asamblea General resolverá enbase a las pruebas que le suministre la Junta Directiva y la recomendaciónde ésta; sin embargo, no serán vinculantes y la Asamblea General podrádecidir en forma diferente a lo propuesto por la Junta Directiva. TITU-LO CUARTO GOBIERNO DE LA ASOCIACION ORGANIS-MOS. Art. 18.- El gobierno y administración de LA ASOCIACIONserán ejercidos por los siguientes organismos, de conformidad con lasatribuciones que los presentes Estatutos le señalen: a) La AsambleaGeneral de miembros fundadores; b) La Junta Directiva; y c) AsambleaGeneral de miembros. TITULO QUINTO DE LA ASAMBLEAGENERAL DE MIEMBROS FUNDADORES JERARQUIA E IN-TEGRACION DE LA ASAMBLEA GENERAL DE MIEMBROSFUNDADORES. Art. 19.- La Asamblea General de miembros fundado-res es el órgano supremo de LA ASOCIACION el cual estará integradopor todos los miembros que ostenten la calidad de fundadores. CLASESDE ASAMBLEAS. Art. 20.- Las Asambleas Generales serán de dosclases: Ordinarias y Extraordinarias. CONVOCATORIA A ASAM-BLEA GENERAL. Art. 21.- La convocatoria a Junta General seráacordada por la Junta Directiva, o por al menos dos de los sociosfundadores. Será publicada en uno de los diarios de mayor circulación de

la República con cinco días de anticipación por lo menos. Se podrá haceruna sola convocatoria para asuntos ordinarios y extraordinarios. En laconvocatoria se consignará el quórum necesario para celebrar la Junta.Asimismo se podrá indicar que, si por falta de quórum no pudiereverificarse la hora señalada, se llevará a cabo una hora después con elnúmero de miembros que se encontraren presentes, para los asuntosordinarios y un día después para los asuntos extraordinarios. La convo-catoria se hará además mediante circular girada al efecto a todos losmiembros fundadores con anticipación de cuarenta y ocho horas por lomenos a la celebración de la misma. Podrá efectuarse Asamblea Generalcon la presencia o representación de la totalidad de los miembros. DELQUORUM DE ASAMBLEAS. Art. 22.- La concurrencia de por lomenos la mitad más uno de los miembros fundadores, será suficiente paracelebrar sesión de Asamblea General Ordinaria, en primera convocato-ria; y cualesquiera sea el número de los presentes para celebrar sesión ensegunda convocatoria. Para celebrar sesión de Asamblea General Ex-traordinaria será necesaria la asistencia o representación de al menos dosterceras partes de los miembros fundadores, en primera convocatoria, yla mitad más uno, en segunda convocatoria. Si no hubiere quórum enasuntos Extraordinarios, en segunda convocatoria, deberá efectuarse unatercera convocatoria, anunciándose con cinco días de anticipación a sucelebración, la cual se celebrará con cualesquiera sea el número de lospresentes. ATRIBUCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL OR-DINARIA. Art. 23.- Son atribuciones de las Asambleas GeneralesOrdinarias: 1) Elegir a las personas naturales que han de integrar la JuntaDirectiva de LA ASOCIACION; 2) Conocer de los Estados Financierosy memoria anual presentada por la Junta Directiva y aprobar o desaprobarlos mismos; 3) Conocer de la renuncia y sustitución de los miembros dela Junta Directiva y proceder a llenar las vacantes que se presentaren enel seno de la misma. Los sustitutos selectos en el caso del inciso anterior,lo serán por el tiempo que falte para cumplir el período del directivo odirectivos dimitentes sustituidos. 4) Fijar a propuesta de la Junta Direc-tiva, el monto de la cuota de ingreso de LA ASOCIACION y de las cuotasperiódicas ordinarias o extraordinarias que deben de pagar los miembroscontribuyentes, cuotas que no podrán ser modificadas más de una vez alaño. 5) Nombrar al auditor y su suplente, así como determinar suremuneración; 6) Conocer del informe del auditor; 7) Aprobar las normasy reglamentos internos elaborados por la Junta Directiva, 8) Emitir lasdirectrices generales y especiales de administración del patrimonio deLA ASOCIACION; y autorizar los actos de disposición y gravamen delos bienes muebles o inmuebles de LA ASOCIACION. 9) Conocer detodos aquellos asuntos no previstos en los presentes Estatutos. OBLI-GATORIEDAD DE ASAMBLEA GENERAL. Art. 24.- La Asam-blea General sesionará ordinariamente una vez al año como mínimo, enlos primeros cinco meses de cada año calendario. ASAMBLEAS EX-TRAORDINARIAS. Art. 25.- La Junta Directiva podrá convocar aAsamblea General Extraordinaria de carácter urgente cuya atenciónsobrepase las facultades de la Junta Directiva, o cuando ésta estimeconveniente consultar con urgencia la opinión de la Asamblea General.También podrán hacerlo al menos dos de los socios Fundadores paratratar los asuntos que indiquen en la convocatoria. Para las AsambleasGenerales Extraordinarias de carácter urgente podrá convocarse sola-mente por circulares que se hagan llegar a cada miembro con veinticuatrohoras de antelación como mínimo a su celebración expresando en dichaconvocatoria la naturaleza de la sesión, con la excepción cuando se tratede tercera convocatoria. Las Asambleas Generales Extraordinarias ten-drán lugar: 1) Cuando lo considere conveniente la Junta Directivaindicando la causa que motive la convocatoria; 2) Cuando se trate de lamodificación de los presentes Estatutos o de la disolución de LAASOCIACION; 3) En los casos de expulsión de miembros o de sancióna éstos; 4) Cuando se pretenda disponer o gravar los bienes muebles oinmuebles de LA ASOCIACION. En las Asambleas Generales Extraor-dinarias, solamente se tratarán los asuntos para los cuales hayan sidoconvocadas y cuyo conocimiento no corresponda a la Asamblea General

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19DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

Ordinaria. MAYORIA PARA RESOLVER. Art. 26.- Las decisionesse tomarán por mayoría simple de votos de los miembros presentes paraasuntos ordinarios, y para asuntos extraordinarios, con dos terceraspartes de los socios presentes o representados, excepto los casos espe-cialmente establecidos en estos Estatutos. PARTICIPANTES. Art. 27.-Podrán participar en las reuniones de Asamblea General los representan-tes legales de los socios fundadores o las personas que éstos designen,debiendo en tal caso, acreditar su representación con la carta poder quelo acrediten como tal. Cualquier persona podrá representar a los miem-bros fundadores en las Asambleas mediante el otorgamiento de cartapoder especial o general. TITULO SEXTO DE LA JUNTA DIREC-TIVA INTEGRACION DE LA JUNTA DIRECTIVA. Art. 28.- LaJunta Directiva tendrá a su cargo el gobierno y administración y ladirección de los asuntos dentro de las facultades que los Estatutos leconceden y conforme las directrices que le otorgue la Asamblea Generalde Miembros fundadores. Estará compuesta de siete directores quedesempeñarán los siguientes cargos: un Presidente, un primer Vice-presidente, un Segundo Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero, unProtesorero y un Síndico. Habrá igual número de Directores Suplentes.Los Directores Suplentes sustituirán a los propietarios en caso deausencia o imposibilidad de los mismos, de conformidad al orden y cargoque disponga la Junta Directiva. Cuando no sustituyan a ningún DirectorPropietario, podrán asistir a las reuniones de Junta Directiva con derechoa voz, pero sin derecho a voto. Los Directores no devengarán ningún tipode dieta, honorarios ni gratificación por sus servicios. Cuando asistan aeventos nacionales o internacionales, únicamente recibirán el valor queacuerde la Junta Directiva, como viáticos o gastos de representación.REQUISITOS PARA SER MIEMBRO DE LA JUNTA DIRECTI-VA Y PERIODO DE EJERCICIO. Art. 29.- Para ser miembro de laJunta Directiva es requisito indispensable ser mayor de edad, con títulouniversitario en Ciencias Jurídicas, Jurisprudencia o cualquier otroequivalente a estudios académicos en Derecho, y de reconocida capaci-dad en materias afines a las actividades de LA ASOCIACION. Losdirectores durarán en sus funciones dos años, pudiendo ser reelectos.SESIONES DE JUNTA DIRECTIVA. Art. 30.- La Junta Directivasesionará válidamente con la asistencia de por lo menos cuatro de susmiembros. Las resoluciones se tomarán por mayoría de votos de lospresentes, excepto cuando sólo concurran cuatro miembros, caso en elque deberá haber unanimidad. NUMERO DE SESIONES. Art. 31.- LaJunta Directiva sesionará ordinariamente al menos dos veces al mes yextraordinariamente cuando el Presidente convoque, o lo pida la mayoríade los miembros se lo soliciten al Presidente. FACULTADES YOBLIGACIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA. Art. 32.- Son facul-tades y obligaciones de la Junta Directiva: 1) Cumplir con las resolucio-nes de las Asambleas Generales en la parte que le corresponde; 2)Convocar a las reuniones de las Asambleas Generales, en los casosprevistos en estos Estatutos; 3) Nombrar y remover al Gerente y demásempleados administrativos que se estimen necesarios. 4) Administrar losbienes, recursos y fondos de LA ASOCIACION conforme lo dicte laAsamblea General y los presentes Estatutos; 5) Depositar los fondos yvalores en Instituciones Bancarias del país sin perjuicio del manteni-miento de un fondo circulante en su propia tesorería, para atender losgastos de pequeñas cuantías. 6) Elaborar y emitir los Reglamentos de LAASOCIACION para la aprobación posterior por la Asamblea General demiembros. 7) Cumplir y hacer cumplir los Estatutos y el reglamentointerno de LA ASOCIACION. 8) Resolver las solicitudes de admisión,conocer de las faltas cometidas por los socios y proponer ante laAsamblea General de miembros fundadores sobre las sanciones yexpulsión de miembros. 9) Organizar Comités formados por socios deLA ASOCIACION para determinadas actividades; 10) Solicitar a lossocios cuotas extraordinarias, previo acuerdo de la Asamblea Generalcuando las necesidades lo demanden y las erogaciones no se puedancubrir con las cuotas periódicas ordinarias. 11) Presentar a la AsambleaGeneral ordinaria que se reúna en el período de cada año, una memoria

de los actos realizados durante el ejercicio correspondiente, lo mismoque los Estados Financieros de las operaciones de la tesorería. 12) Invitara las personas que estime conveniente para el conocimiento y desarrollode materias que correspondan a los fines de LA ASOCIACION, ya seapara cada sesión o en forma permanente. 13) Designar a los asesores deLA ASOCIACION en las condiciones que estime convenientes. 14)Realizar cualquier otra actividad que tienda al logro de los objetivosseñalados en los presentes Estatutos. ATRIBUCIONES Y DEBERESDEL PRESIDENTE. Art. 33.- Son atribuciones y deberes del Presiden-te: 1) Presidir las sesiones de LA ASOCIACION. 2) Convocar a lassesiones de LA ASOCIACION. 3) Ejercer la representación legal de LAASOCIACION; 4) Otorgar poderes generales o especiales a favor deterceros para asuntos relacionados con los objetivos o actividades de LAASOCIACION. 5) Velar por el cumplimiento de las cuestiones que seencarguen a los Comités u organismos que fueren creados por la JuntaDirectiva. 6) Adoptar en caso de urgencia, cualquier resolución indispen-sable para la buena marcha de LA ASOCIACION, debiendo dar cuentade lo actuado en la próxima sesión de la Junta Directiva en pleno. 7)Autorizar conjuntamente con el Secretario las actas de las sesiones de laJunta Directiva y la agenda de las reuniones ordinarias y extraordinariasque convoque. En defecto del Presidente lo sustituirá el Primer Vicepre-sidente, y en defecto del Primer Vicepresidente, lo sustituirá el SegundoVicepresidente u otro Director según el orden de su nombramiento. DELOS VICEPRESIDENTES. Art. 34.- Los Vicepresidentes sustituirán,conforme al orden de su nombramiento, al Presidente de LA ASOCIA-CION. El Primer Vicepresidente podrá ejercer la representación legal deLA ASOCIACION en forma conjunta o separada del Presidente o delSíndico. También podrán representar a LA ASOCIACION, aún cuandono faltare el Presidente, en los casos que fueren especialmente designa-dos para ello por la Junta Directiva. Los Vicepresidentes colaborarán conlas gestiones del Presidente y en especial velarán por una adecuadarelación y comunicación de LA ASOCIACION con cada una de lasAsociaciones miembros. DEL SECRETARIO. Art. 35.- Son atribucio-nes y deberes del Secretario: 1) Autorizar con el Presidente las actas delas sesiones de LA ASOCIACION. 2) Autorizar las credenciales y demásdocumentos que expida LA ASOCIACION. 3) Servir de Organo decomunicación de LA ASOCIACION. 4) Hacer las convocatorias cuandoel Presidente lo requiera. 5) Redactar la memoria anual de labores de LAASOCIACION de acuerdo con la Junta Directiva y llevará su correspon-dencia. 6) Llevar el Libro de Actas y registros que estime necesarios yvelará por la conservación del archivo de LA ASOCIACION. En defectodel Secretario, lo sustituirá un director nombrado por la Junta Directiva.DEL TESORERO. Art. 36.- Son atribuciones y deberes del Tesorero:a) Cuidar el manejo y custodia de los fondos y valores de LA ASOCIA-CION; b) autorizar juntamente con el Presidente o con quienes designela Junta Directiva, los pagos de LA ASOCIACION y ejercer en la formaque estimen conveniente a los intereses del mismo, el control sobre lapercepción de fondos y sus depósitos en los bancos e institucionesfinancieras autorizados por LA ASOCIACION. Mensualmente darácuenta a la Junta Directiva en pleno del estado económico del mismo,presentando el balance y estados financieros correspondientes. Igualinforme presentarán anualmente. La contabilidad estará a cargo de lapersona que designe la Junta Directiva, pero para el mejor desempeño desus funciones tendrá acceso a los comprobantes, libros, registros, balan-ces, estados y demás documentos. DEL PROTESORERO. Art. 37.- ElProtesorero será auxiliar del Tesorero y sustituirá a éste en su ausencia.Según lo determine la Junta Directiva podrá ejercer junto con el Tesoreroalgunas de las atribuciones de éste. DEL SINDICO. Art. 38.- Laasistencia legal de LA ASOCIACION será responsabilidad del Síndico.Además podrá ejercer directamente la representación legal de LAASOCIACION. Le corresponderá la revisión de los actos, contratos ydemás documentos legales de LA ASOCIACION. Informará a la JuntaDirectiva de todo lo relacionado con aspectos legales. DEL DIREC-TOR EJECUTIVO Y GERENTE. Art. 39.- Cuando la Junta Directiva

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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

lo estime conveniente, podrá nombrar un Director Ejecutivo, un Gerenteo varios, quienes tendrán las atribuciones que se le encomienden en sunombramiento. Asistirán a las reuniones de Junta Directiva pero, sinderecho de voto. TITULO SEPTIMO DE LA ASAMBLEA GENE-RAL DE MIEMBROS CONTRIBUYENTES. ASAMBLEA GE-NERAL DE MIEMBROS CONTRIBUYENTES. Art. 40.- La Asam-blea General de miembros contribuyentes se integrará por los miembroscontribuyentes de LA ASOCIACION. Esta Asamblea será un organismode consulta para la Asamblea General de miembros Fundadores o la JuntaDirectiva. CONVOCATORIA. Art. 41.- Podrán convocar a AsambleaGeneral de miembros contribuyentes, tanto dos miembros fundadorescomo la Junta Directiva para tratar asuntos específicamente indicados.RESOLUCIONES. Art. 42.- Las sesiones de Asamblea General demiembros contribuyentes se regirán en cuanto a convocatoria y decisión,igual que las Asambleas Generales ordinarias de miembros fundadores.Las resoluciones sólo tendrán carácter de consulta o recomendación.TITULO OCTAVO DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACIONPATRIMONIO. Art. 43.- El patrimonio de LA ASOCIACION estaráintegrado por todos los bienes muebles, inmuebles o valores que adquie-ra o reciba a cualquier título, para el cumplimiento de sus fines ycumplimiento de sus obligaciones. Dicho patrimonio no podrá distribuirseentre sus miembros y en caso de disolución y liquidación de LAASOCIACION, una vez pagadas las obligaciones de LA ASOCIA-CION, el remanente se distribuirá entre las Asociaciones de beneficenciao culturales existentes en el país y que acuerde la Asamblea GeneralExtraordinaria de miembros fundadores. El patrimonio será administra-do por la Junta Directiva conforme a las directrices que le determine laAsamblea General de miembros fundadores. Para actos de disposición ogravamen de bienes muebles o inmuebles, deberá haber especial autori-zación de la Asamblea General de miembros. RECURSOS DE LAASOCIACION. Art. 44 .- Son recursos de LA ASOCIACION: a) Lascuotas que paguen sus miembros, sean ordinarias, extraordinarias ovoluntarias; b) Las donaciones que se reciban; c) Los productos prove-nientes de los bienes de LA ASOCIACION; d) Los ingresos que seperciban por eventos o actividades desarrolladas por LA ASOCIACIONen atención a sus fines. FONDOS ESPECIFICOS. Art. 45.- La JuntaDirectiva podrá constituir fondos específicos para el pago de obligacio-nes contraídas por LA ASOCIACION para la realización de actividadesy obras necesarias para el cumplimiento de sus fines. CONTABILI-DAD. Art. 46.- LA ASOCIACION está obligada a llevar contabilidadformal mediante un sistema que esté autorizado por la entidad competen-te y sea apropiado para la naturaleza y fines de LA ASOCIACION. Losregistros contables deberán cumplir con los requisitos de la ley de lamateria. TITULO NOVENO. AUDITORIA, NOMBRAMIENTODE AUDITOR. Art. 47.- La Asamblea General de miembros fundado-res de LA ASOCIACION nombrará un Auditor, quien durará en susfunciones un año, pudiendo ser reelecto. El auditor deberá ser dereconocida competencia profesional y honorabilidad. Tendrá a su cargoy bajo su responsabilidad la inspección de los bienes, haberes, libros ydocumentos contables de LA ASOCIACION, así como de la existenciaen caja, auditado el balance general mensual que será presentado éste.Además intervendrá en la formación, revisión y certificación del balanceanual que presentará LA ASOCIACION, y asistirá a sus reunionescuando sea convocado para tal efecto o por ley deba hacerlo. TITULODECIMO. DISOLUCION, DISOLUCION DE LA ASOCIACION.Art. 48.- La ASOCIACION se disolverá en los siguientes casos: 1) Porcausas legales. 2) Cuando así lo decida la Asamblea General Extraordi-naria de Miembros Fundadores con el voto favorable de las dos terceraspartes de los miembros. Al ser decretada la disolución por la AsambleaGeneral Extraordinaria, la Junta Directiva asumirá inmediatamente elcargo de Junta de Liquidación, debiendo proceder como sigue: a)Cobrará los créditos a favor de LA ASOCIACION y pagará las deudasa cargo de la Asociación, y b) Una vez liquidado el pasivo, entregará elsobrante, si lo hubiere, a otra de las instituciones de beneficencia o

cultural que existan en el país y que acuerde la Asamblea General.TITULO DECIMO PRIMERO DEL EJERCICIO ANUAL DE LAASOCIACION Y OTROS. EJERCICIO ANUAL. Art. 49.- El ejer-cicio anual de LA ASOCIACION será el comprendido entre el primerode enero al treinta y uno de diciembre de cada año. Si la legislación lopermitiere, se podrá modificar dicho ejercicio previa aprobación de laAsamblea General Extraordinaria de Miembros Fundadores. REFOR-MA DE ESTATUTOS. Art. 50.- La reforma de los Estatutos, lo mismoque la afiliación de LA ASOCIACION con otras entidades nacionales ointernacionales, solo podrá acordarse en sesión extraordinaria de losmiembros fundadores LA ASOCIACION, convocada especialmentepara tal propósito y con voto favorable de al menos el sesenta por cientode dichos socios. INFORMACION A AUTORIDADES. Art. 51.- LaASOCIACION enviará para su inscripción en los primeros días del mesde enero de cada año al Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Finesde Lucro del Ministerio de Gobernación, la nómina de las personasasociadas y dentro de los primeros cinco días siguientes, después deelecta la nueva Junta Directiva, una certificación del Acta de elección dela misma y en todo caso, el Balance General y Estado de Pérdidas yGanancias, así como cualquier dato que se le pidiera relativo a LAASOCIACION. NOMBRAMIENTO DE PRIMERA JUNTA DI-RECTIVA. Art. 52.- La Primera Junta Directiva de LA ASOCIACIONestará integrada así: Presidente: MANUEL DEL VALLE MENENDEZ;Primer Vicepresidente: CARLOS FRANCISCO AGUILAR CALDE-RON; Segundo Vicepresidente: AQUILES ANTONIO DELGADOBRIZUELA; Tesorero: JOSE ROBERTO ARGUETA MANZANO;Protesorero: FELIX GARRID SAFIE PARADA; Secretario: ANALEONOR GARCIA; Síndico: JUAN PABLO ERNESTO CORDOVAHINDS. Todosd de las generales expresadas. DIRECTORES SUPLEN-TES: FEDERICO GUILLERMO AVILA QUEHL; VICTORIA EUGE-NIA MIRON AGUILAR, JOSE HERIBERTO REYES CISNEROS;MARIA EUGENIA JAIME BERMUDEZ, CELINA ESCOLAN SUAY,MANUEL MAURICIO MARTINEZ CARBALLO y FRANCISCOANTONIO ESCOTO ORELLANA, todos mayores de edad, Abogados,de este domicilio, salvadoreños. VIGENCIA. Art. 53.- Los presentesEstatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el DiarioOficial. Yo, el Notario DOY FE: de que hice a los comparecientes laadvertencia a que se refiere el artículo noventa y uno de la Ley deAsociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, que se refiere a laobligación en que están de registrar esta escritura en el Registro corres-pondiente, de los efectos y las sanciones impuestas por la falta del mismo.Así se expresaron los comparecientes a quienes expliqué los efectoslegales de este instrumento; y leído que les hube lo escrito íntegramenteen un solo acto, manifiestan que está redactado a su voluntad, ratificansu contenido y firmamos. DOY FE.- Enmendado:seis-doce-de Goberna-ción-Vale.Entre líneas:pudiendo ser reelectos-Vale.

ENRIQUE BORGO BUSTAMANTE,

NOTARIO.

PASO ANTE MI, del folio diecisiete frente al veinticuatro frente, delLibro CUARENTA Y SIETE de mi Protocolo que caduca el veinte denoviembre del año dos mil tres; y para ser entregado a la ASOCIACION"DOCTOR ISIDRO MENENDEZ", extiendo, sello y firmo esta copia,en la ciudad de San Salvador, a los veintitrés días del mes de diciembredel año dos mil dos.

ENRIQUE BORGO BUSTAMANTE,

NOTARIO.

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21DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION

“DOCTOR ISIDRO MENENDEZ”

TITULO PRIMERO

CONSTITUCION, DENOMINACION, NATURALEZA,

PLAZO Y DOMICILIO

CONSTITUCION, DENOMINACION Y NATURALEZA

Art. 1.- Constitúyese en la ciudad de San Salvador, Departamentode San Salvador, la ASOCIACION de nacionalidad salvadoreña, deno-minada “DOCTOR ISIDRO MENENDEZ”, como una Asociación Apo-lítica, no lucrativa, ni religiosa y que en los presentes Estatutos sedenominará sólo LA ASOCIACION.

DOMICILIO

Art. 2.- El domicilio de LA ASOCIACION será el de la ciudad deSan Salvador, Departamento de San Salvador, pudiendo establecerfiliales en cualquier lugar de la República cuando así convenga a susintereses.

PLAZO

Art. 3.- LA ASOCIACION se constituye para un plazo indefinido.

TITULO SEGUNDO

FINALIDAD Y ACTOS

FINALIDAD

Art. 4.- LA ASOCIACION tendrá las siguientes finalidades: 1)Promover el conocimiento y práctica del Derecho y actividades conexas;2) Promover y fomentar los valores, en especial los jurídicos, tales comola justicia, la seguridad jurídica y la libertad; 3) Promover la enseñanzay práctica de la ética, cultura jurídica y humanidades en general; 4)Organizar y desarrollar eventos culturales, jurídicos, y de interés nacio-nal; 5) Promover y organizar actividades de debate sobre temas legales,o con incidencia en el área jurídica; 6) Organizar y desarrollar actividadesculturales y jurídicas internacionales; 7) Promover la solidaridad entrelos abogados del país como de otros Estados; 8) Promover actividadesque velen por el bienestar de los abogados; 9) Colaborar con institucionespúblicas o privadas, en proyectos que estén relacionados con las activi-dades antes expresadas; 10) Actividades que se encuentren permitidaspor la ley y estén relacionadas directa o indirectamente con cualquiera delas finalidades expresadas.

ACTOS PARA CUMPLIR FINES

Art. 5.- Para la realización de sus fines, LA ASOCIACION emplea-rá todos los medios idóneos y podrá realizar los actos, contratos ygestiones civiles, comerciales, administrativas y de cualquiera otranaturaleza, que sean necesarias o conducentes a dichos fines.

PARTICIPACIONES EN ORGANIZACIONES

INTERNACIONALES

Art. 6.- LA ASOCIACION podrá participar, como socia, comoobservadora, o bajo cualquier otro título, en Asociaciones que tenganintereses o fines semejantes a los expresados en el Artículo anterior, asícomo con las que tengan vinculación con tales fines.

TITULO TERCERO

DE LOS MIEMBROS, SUS DERECHOS Y OBLIGACIONES

DE LOS MIEMBROS

Art. 7.- LA ASOCIACION estará integrada por miembros que enadelante se denominarán asociados, miembros o socios. Los miembros,asociados o socios podrán ser de las siguientes categorías: a) fundadores;b) honorarios; c) colaboradores y d) contribuyentes. Podrá ingresar a LAASOCIACION cualquier persona con título universitario en CienciasJurídicas, Jurisprudencia o que equivalgan a estudios académicos enDerecho, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política, noimportando su nacionalidad ni domicilio. También podrán ser miembrossocios, personas jurídicas que deseen colaborar con las finalidades de LAASOCIACION; en estos casos sólo tendrán calidad de miembros socioscontribuyentes. Para ser miembro se deberá cumplir con los requisitosestablecidos en los fines de los presentes Estatutos y reglamentos de LAASOCIACION. La Junta Directiva conocerá de las solicitudes de ingre-so y en caso de rechazo no estará obligada a dar a conocer las causas delrechazo.

DE LOS MIEMBROS FUNDADORES

Art. 8.- Son miembros fundadores: a) las personas que comparecie-ron ante Notario para formalizar la Escritura de Constitución de LAASOCIACION; b) los miembros colaboradores nombrados como Fun-dadores por la Asamblea General de Miembros Fundadores, sin atenderel tiempo ostentado en calidad de colaboradores. Se establece un númeromáximo de doce miembros fundadores; una vez llenado tal número,deberá esperarse una vacante para hacer nuevas designaciones. Lavacante podrá ocurrir por el fallecimiento o renuncia de un miembrofundador o por el retiro de tal nombramiento por parte de la AsambleaGeneral de miembros fundadores en los casos en que amerite. Losmiembros fundadores pagarán las cuotas ordinarias y extraordinariasque se establezcan.

DE LOS MIEMBROS HONORARIOS

Art. 9.- Son miembros honorarios las personas que se hubierenhecho acreedores a tal distinción por servicios extraordinarios prestadosa LA ASOCIACION. Tal designación la hará la Asamblea General deMiembros Fundadores. Estos miembros no pagarán ninguna cuota.

DE LOS MIEMBROS COLABORADORES

Art. 10.- Son miembros colaboradores los contribuyentes quehayan obtenido tal designación por parte de la Asamblea General. Elnombramiento se fundamentará en base a los servicios de mérito que elcontribuyente haya prestado a LA ASOCIACION.

DE LOS MIEMBROS CONTRIBUYENTES

Art. 11.- Son miembros contribuyentes las personas naturales ojurídicas que hayan sido aceptadas como tales de acuerdo a los Estatutos.Estos miembros pagarán las cuotas correspondientes en la forma ytiempo que se establezca. Las personas jurídicas deberán nombrar unrepresentante para ejercer sus derechos y obligaciones de miembro.

REGISTRO DE MIEMBROS

Art. 12.- LA ASOCIACION llevará un Libro de Registro de losmiembros, debidamente autorizados por el Registro de Asociaciones yFundaciones sin Fines de Lucro, el cual estará a disposición de lasautoridades.

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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

DERECHOS DE LOS MIEMBROS

Art. 13.- Son derechos de los miembros de LA ASOCIACION: a)Asistir con voz y voto a las sesiones de Asambleas Generales de LAASOCIACION, por sí o por medio de representantes, de acuerdo a lacalidad que se ostente de socio; b) Participar en la elección de losmiembros de Junta Directiva, si se tuviere la calidad de miembrofundador; c) Aspirar a ser electos en los cargos de la Junta Directiva; d)Participar en las Juntas de Consultas que se promovieren ya sea por laAsamblea General o de la Junta Directiva; e) Participar en todas lasactividades que desarrolle LA ASOCIACION, presentando iniciativas,peticiones, consultas y propuestas sobre asuntos que estén dentro de losfines de LA ASOCIACION; f) Gozar de cuantos servicios se establezcanpara beneficio de los miembros. g) Los demás que le señalen los Estatutosy Reglamento Interno de LA ASOCIACION.

DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS

Art. 14.- Son deberes y obligaciones de los miembros de LAASOCIACION: a) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, elReglamento Interno, y sus propias resoluciones; b) Pagar puntualmentelas cuotas periódicas, ordinarias y las extraordinarias que se acuerden. c)Cooperar con LA ASOCIACION en el logro de sus objetivos, así comocumplir las comisiones que les encarguen.

PERDIDA DE CALIDAD DE MIEMBRO

Art. 15.- La calidad de miembro se pierde: a) Por renuncia expresapresentada a la Junta Directiva; b) Por falta de pago de tres cuotasordinarias consecutivas o mora de más de dos meses en el pago de cuotasextraordinarias; c) Por disolución y liquidación del miembro, cuando setratare de personas jurídicas; d) Por muerte del miembro; e) Por realizaractos contrarios a los fines de LA ASOCIACION.

MEDIDAS DISCIPLINARIAS

Art. 16.- Cualquier falta que cometa algún miembro, será conocidapor la Junta Directiva de LA ASOCIACION, la cual la hará del conoci-miento del miembro para que ejerza su defensa. Si el miembro a quien seatribuya la falta, suspenda el acto que motivara el procedimiento anterior,el caso se archivará. Igual medida se aplicará si se modifica el actoreputado provisionalmente como falta, a satisfacción de la Junta Direc-tiva. Si no suspendiere o modificare el acto reputado como falta, se oiráal miembro y la Junta Directiva resolverá con las pruebas que se tenganque hacer del conocimiento de la Asamblea General de miembros paraque decida sobre la sanción al miembro, la cual podrá ser una amones-tación en caso de falta leve, o expulsión si la falta fuere grave. La JuntaDirectiva propondrá la medida a la Asamblea General. Esta deberáresolver la sanción con al menos tres cuartas partes favorables de losmiembros.

EXPULSION

Art. 17.- Para expulsar a un miembro de LA ASOCIACION, seránecesaria una Asamblea General Extraordinaria, convocada especial-mente para ello. La Asamblea General resolverá en base a las pruebas quele suministre la Junta Directiva y la recomendación de ésta; sin embargo,no serán vinculantes y la Asamblea General podrá decidir en formadiferente a lo propuesto por la Junta Directiva.

TITULO CUARTO

GOBIERNO DE LA ASOCIACION

ORGANISMOS

Art. 18.- El Gobierno y administración de LA ASOCIACION seránejercidos por los siguientes organismos, de conformidad con las atribu-

ciones que los presentes Estatutos le señalen: a) La Asamblea General demiembros fundadores; b) La Junta Directiva; y c) Asamblea General demiembros.

TITULO QUINTO

DE LA ASAMBLEA GENERAL DE

MIEMBROS FUNDADORES

JERARQUIA E INTEGRACION DE LA ASAMBLEA GENE-RAL DE MIEMBROS FUNDADORES

Art. 19.- La Asamblea General de miembros fundadores es elórgano supremo de LA ASOCIACION el cual estará integrado por todoslos miembros que ostenten la calidad de fundadores.

CLASES DE ASAMBLEAS

Art. 20.- Las Asambleas Generales serán de dos clases: Ordinariasy Extraordinarias.

CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL

Art. 21.- La convocatoria a Junta General será acordada por la JuntaDirectiva, o por al menos dos de los socios fundadores. Será publicadaen uno de los diarios de mayor circulación de la República con cinco díasde anticipación por lo menos. Se podrá hacer una sola convocatoria paraasuntos ordinarios y extraordinarios. En la convocatoria se consignará elquórum necesario para celebrar la Junta. Asimismo se podrá indicar que,si por falta de quórum no pudiere verificarse la hora señalada, se llevaráa cabo una hora después con el número de miembros que se encontrarenpresentes, para los asuntos ordinarios y un día después para los asuntosextraordinarios. La convocatoria se hará además mediante circulargirada al efecto a todos los miembros fundadores con anticipación decuarenta y ocho horas por lo menos a la celebración de la misma. Podráefectuarse Asamblea General con la presencia o representación de latotalidad de los miembros.

DEL QUORUM DE ASAMBLEAS

Art. 22.- La concurrencia de por lo menos la mitad más uno de losmiembros fundadores, será suficiente para celebrar sesión de AsambleaGeneral Ordinaria, en primera convocatoria; y cualesquiera sea elnúmero de los presentes para celebrar sesión en segunda convocatoria.Para celebrar sesión de Asamblea General Extraordinaria será necesariala asistencia o representación de al menos dos terceras partes de losmiembros fundadores, en primera convocatoria, y la mitad más uno, ensegunda convocatoria. Si no hubiere quórum en asuntos Extraordinarios,en segunda convocatoria, deberá efectuarse una tercera convocatoria,anunciándose con cinco días de anticipación a su celebración, la cual secelebrará con cualesquiera sea el número de los presentes.

ATRIBUCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA

Art. 23.- Son atribuciones de las Asambleas Generales Ordinarias:1) Elegir a las personas naturales que han de integrar la Junta Directivade LA ASOCIACION; 2) Conocer de los Estados Financieros y memoriaanual presentada por la Junta Directiva y aprobar o desaprobar losmismos; 3) Conocer de la renuncia y sustitución de los miembros de laJunta Directiva y proceder a llenar las vacantes que se presentaren en elseno de la misma. Los sustitutos selectos en el caso del inciso anterior,lo serán por el tiempo que falte para cumplir el período del directivo odirectivos dimitentes sustituidos. 4) Fijar a propuesta de la Junta Direc-tiva, el monto de la cuota de ingreso de LA ASOCIACION y de las cuotasperiódicas ordinarias o extraordinarias que deben de pagar los miembros

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23DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

contribuyentes, cuotas que no podrán ser modificadas más de una vez alaño. 5) Nombrar al auditor y su suplente, así como determinar suremuneración; 6) Conocer del informe del auditor; 7) Aprobar las normasy reglamentos internos elaborados por la Junta Directiva, 8) Emitir lasdirectrices generales y especiales de administración del patrimonio deLA ASOCIACION; y autorizar los actos de disposición y gravamen delos bienes muebles o inmuebles de LA ASOCIACION. 9) Conocer detodos aquellos asuntos no previstos en los presentes Estatutos.

OBLIGATORIEDAD DE ASAMBLEA GENERAL

Art. 24.- La Asamblea General sesionará ordinariamente una vezal año como mínimo, en los primeros cinco meses de cada año calendario.

ASAMBLEAS EXTRAORDINARIAS

Art. 25.- La Junta Directiva podrá convocar a Asamblea GeneralExtraordinaria de carácter urgente cuya atención sobrepase las faculta-des de la Junta Directiva, o cuando ésta estime conveniente consultar conurgencia la opinión de la Asamblea General. También podrán hacerlo almenos dos de los socios Fundadores para tratar los asuntos que indiquenen la convocatoria. Para las Asambleas Generales Extraordinarias decarácter urgente podrá convocarse solamente por circulares que se haganllegar a cada miembro con veinticuatro horas de antelación como mínimoa su celebración expresando en dicha convocatoria la naturaleza de lasesión, con la excepción cuando se trate de tercera convocatoria. LasAsambleas Generales Extraordinarias tendrán lugar: 1) Cuando lo con-sidere conveniente la Junta Directiva indicando la causa que motive laconvocatoria; 2) Cuando se trate de la modificación de los presentesEstatutos o de la disolución de LA ASOCIACION; 3) En los casos deexpulsión de miembros o de sanción a éstos; 4) Cuando se pretendadisponer o gravar los bienes muebles o inmuebles de LA ASOCIACION.En las Asambleas Generales Extraordinarias, solamente se tratarán losasuntos para los cuales hayan sido convocadas y cuyo conocimiento nocorresponda a la Asamblea General Ordinaria.

MAYORIA PARA RESOLVER

Art. 26.- Las decisiones se tomarán por mayoría simple de votos delos miembros presentes para asuntos ordinarios, y para asuntos extraor-dinarios, con dos terceras partes de los socios presentes o representados,excepto los casos especialmente establecidos en estos Estatutos.

PARTICIPANTES

Art. 27.- Podrán participar en las reuniones de Asamblea Generallos representantes legales de los socios fundadores o las personas queéstos designen, debiendo en tal caso, acreditar su representación con lacarta poder que lo acrediten como tal. Cualquier persona podrá represen-tar a los miembros fundadores en las Asambleas mediante el otorgamien-to de carta poder especial o general.

TITULO SEXTO

DE LA JUNTA DIRECTIVA

INTEGRACION DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 28.- La Junta Directiva tendrá a su cargo el gobierno yadministración y la dirección de los asuntos dentro de las facultades quelos Estatutos le conceden y conforme las directrices que le otorgue laAsamblea General de Miembros fundadores. Estará compuesta de sietedirectores que desempeñarán los siguientes cargos: un Presidente, unprimer Vice-presidente, un Segundo Vice-presidente, un Secretario, un

Tesorero, un Pro-tesorero y un Síndico. Habrá igual número de Directo-res Suplentes. Los Directores Suplentes sustituirán a los propietarios encaso de ausencia o imposibilidad de los mismos, de conformidad al ordeny cargo que disponga la Junta Directiva. Cuando no sustituyan a ningúnDirector Propietario, podrán asistir a las reuniones de Junta Directiva conderecho a voz, pero sin derecho a voto. Los Directores no devengaránningún tipo de dieta, honorarios ni gratificación por sus servicios.Cuando asistan a eventos nacionales o internacionales, únicamenterecibirán el valor que acuerde la Junta Directiva, como viáticos o gastosde representación.

REQUISITOS PARA SER MIEMBRO DE LA JUNTA

DIRECTIVA Y PERIODO DE EJERCICIO

Art. 29.- Para ser miembro de la Junta Directiva es requisitoindispensable ser mayor de edad, con título universitario en CienciasJurídicas, Jurisprudencia o cualquier otro equivalente a estudios acadé-micos en Derecho, y de reconocida capacidad en materias afines a lasactividades de LA ASOCIACION. Los directores durarán en sus funcio-nes dos años, pudiendo ser reelectos.

SESIONES DE JUNTA DIRECTIVA

Art. 30.- La Junta Directiva sesionará válidamente con la asistenciade por lo menos cuatro de sus miembros. Las resoluciones se tomarán pormayoría de votos de los presentes, excepto cuando sólo concurran cuatromiembros, caso en el que deberá haber unanimidad.

NUMERO DE SESIONES

Art. 31.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente al menos dosveces al mes y extraordinariamente cuando el Presidente convoque, o lopida la mayoría de los miembros se lo soliciten al Presidente.

FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 32.- Son facultades y obligaciones de la Junta Directiva: 1)Cumplir con las resoluciones de las Asambleas Generales en la parte quele corresponde; 2) Convocar a las reuniones de las Asambleas Generales,en los casos previstos en estos Estatutos; 3) Nombrar y remover alGerente y demás empleados administrativos que se estimen necesarios.4) Administrar los bienes, recursos y fondos de LA ASOCIACIONconforme lo dicte la Asamblea General y los presentes Estatutos; 5)Depositar los fondos y valores en Instituciones Bancarias del país sinperjuicio del mantenimiento de un fondo circulante en su propia tesore-ría, para atender los gastos de pequeñas cuantías. 6) Elaborar y emitir losReglamentos de LA ASOCIACION para la aprobación posterior por laAsamblea General de miembros. 7) Cumplir y hacer cumplir los Estatu-tos y el reglamento interno de LA ASOCIACION. 8) Resolver lassolicitudes de admisión, conocer de las faltas cometidas por los socios yproponer ante la Asamblea General de miembros fundadores sobre lassanciones y expulsión de miembros. 9) Organizar Comités formados porsocios de LA ASOCIACION para determinadas actividades; 10) Solici-tar a los socios cuotas extraordinarias, previo acuerdo de la AsambleaGeneral cuando las necesidades lo demanden y las erogaciones no sepuedan cubrir con las cuotas periódicas ordinarias. 11) Presentar a laAsamblea General ordinaria que se reúna en el período de cada año, unamemoria de los actos realizados durante el ejercicio correspondiente, lomismo que los Estados Financieros de las operaciones de la tesorería. 12)Invitar a las personas que estime conveniente para el conocimiento ydesarrollo de materias que correspondan a los fines de LA ASOCIA-CION, ya sea para cada sesión o en forma permanente. 13) Designar a losasesores de LA ASOCIACION en las condiciones que estime conve-nientes. 14) Realizar cualquier otra actividad que tienda al logro de losobjetivos señalados en los presentes Estatutos.

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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

ATRIBUCIONES Y DEBERES DEL PRESIDENTE

Art. 33.- Son atribuciones y deberes del Presidente: 1) Presidir lassesiones de LA ASOCIACION. 2) Convocar a las sesiones de LAASOCIACION. 3) Ejercer la representación legal de LA ASOCIA-CION; 4) Otorgar poderes generales o especiales a favor de terceros paraasuntos relacionados con los objetivos o actividades de LA ASOCIA-CION. 5) Velar por el cumplimiento de las cuestiones que se encarguena los Comités u organismos que fueren creados por la Junta Directiva. 6)Adoptar en caso de urgencia, cualquier resolución indispensable para labuena marcha de LA ASOCIACION, debiendo dar cuenta de lo actuadoen la próxima sesión de la Junta Directiva en pleno. 7) Autorizarconjuntamente con el Secretario las actas de las sesiones de la JuntaDirectiva y la agenda de las reuniones ordinarias y extraordinarias queconvoque. En defecto del Presidente lo sustituirá el Primer Vicepresiden-te, y en defecto del Primer Vicepresidente, lo sustituirá el SegundoVicepresidente u otro Director según el orden de su nombramiento.

DE LOS VICEPRESIDENTES

Art. 34.- Los Vicepresidentes sustituirán, conforme al orden de sunombramiento, al Presidente de LA ASOCIACION. El Primer Vice-Presidente podrá ejercer la representación legal de LA ASOCIACION enforma conjunta o separada del Presidente o del Síndico. También podránrepresentar a LA ASOCIACION, aun cuando no faltare el Presidente, enlos casos que fueren especialmente designados para ello por la JuntaDirectiva. Los Vicepresidentes colaborarán con las gestiones del Presi-dente y en especial velarán por una adecuada relación y comunicación deLA ASOCIACION con cada una de las Asociaciones miembros.

DEL SECRETARIO

Art. 35.- Son atribuciones y deberes del Secretario: 1) Autorizarcon el Presidente las actas de las sesiones de LA ASOCIACION. 2)Autorizar las credenciales y demás documentos que expida LA ASO-CIACION. 3) Servir de Organo de comunicación de LA ASOCIACION.4) Hacer las convocatorias cuando el Presidente lo requiera. 5) Redactarla memoria anual de labores de LA ASOCIACION de acuerdo con laJunta Directiva y llevará su correspondencia. 6) Llevar el Libro de Actasy registros que estime necesarios y velará por la conservación del archivode LA ASOCIACION. En defecto del Secretario, lo sustituirá un directornombrado por la Junta Directiva.

DEL TESORERO

Art. 36.- Son atribuciones y deberes del Tesorero: a) Cuidar elmanejo y custodia de los fondos y valores de LA ASOCIACION; b)autorizar juntamente con el Presidente o con quienes designe la JuntaDirectiva, los pagos de LA ASOCIACION y ejercer en la forma queestimen conveniente a los intereses del mismo, el control sobre lapercepción de fondos y sus depósitos en los bancos e institucionesfinancieras autorizados por LA ASOCIACION. Mensualmente darácuenta a la Junta Directiva en pleno del estado económico del mismo,presentando el balance y estados financieros correspondientes. Igualinforme presentarán anualmente. La contabilidad estará a cargo de lapersona que designe la Junta Directiva, pero para el mejor desempeño desus funciones tendrá acceso a los comprobantes, libros, registros, balan-ces, estados y demás documentos.

DEL PRO-TESORERO

Art. 37.- El Pro-tesorero será auxiliar del Tesorero y sustituirá a ésteen su ausencia. Según lo determine la Junta Directiva podrá ejercer juntocon el Tesorero algunas de las atribuciones de éste.

DEL SINDICO

Art. 38.- La asistencia legal de LA ASOCIACION será responsa-bilidad del Síndico. Además podrá ejercer directamente la representa-ción legal de LA ASOCIACION. Le corresponderá la revisión de losactos, contratos y demás documentos legales de LA ASOCIACION.Informará a la Junta Directiva de todo lo relacionado con aspectoslegales.

DEL DIRECTOR EJECUTIVO Y GERENTE

Art. 39.- Cuando la Junta Directiva lo estime conveniente, podránombrar un Director Ejecutivo, un Gerente o varios, quienes tendrán lasatribuciones que se le encomienden en su nombramiento. Asistirán a lasreuniones de Junta Directiva pero, sin derecho de voto.

TITULO SEPTIMO

DE LA ASAMBLEA GENERAL DE

MIEMBROS CONTRIBUYENTES.

ASAMBLEA GENERAL DE MIEMBROS CONTRIBUYENTES

Art. 40.- La Asamblea General de miembros contribuyentes seintegrará por los miembros contribuyentes de LA ASOCIACION. EstaAsamblea será un organismo de consulta para la Asamblea General demiembros Fundadores o la Junta Directiva.

CONVOCATORIA

Art. 41.- Podrán convocar a Asamblea General de miembroscontribuyentes, tanto dos miembros fundadores como la Junta Directivapara tratar asuntos específicamente indicados.

RESOLUCIONES

Art. 42.- Las sesiones de Asamblea General de miembros contribu-yentes se regirán en cuanto a convocatoria y decisión, igual que lasAsambleas Generales ordinarias de miembros fundadores. Las resolu-ciones sólo tendrán carácter de consulta o recomendación.

TITULO OCTAVO

DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACION

PATRIMONIO

Art. 43.- El patrimonio de LA ASOCIACION estará integrado portodos los bienes muebles, inmuebles o valores que adquiera o reciba acualquier título, para el cumplimiento de sus fines y cumplimiento de susobligaciones. Dicho patrimonio no podrá distribuirse entre sus miembrosy en caso de disolución y liquidación de LA ASOCIACION, una vezpagadas las obligaciones de LA ASOCIACION, el remanente se distri-buirá entre las Asociaciones de beneficencia o culturales existentes en elpaís y que acuerde la Asamblea General Extraordinaria de miembrosfundadores. El patrimonio será administrado por la Junta Directivaconforme a las directrices que le determine la Asamblea General demiembros fundadores. Para actos de disposición o gravamen de bienesmuebles o inmuebles, deberá haber especial autorización de la AsambleaGeneral de miembros.

RECURSOS DE LA ASOCIACION

Art. 44.- Son recursos de LA ASOCIACION: a) Las cuotas quepaguen sus miembros, sean ordinarias, extraordinarias o voluntarias;

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25DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

b) Las donaciones que se reciban; c) Los productos provenientes de losbienes de LA ASOCIACION; d) Los ingresos que se perciban poreventos o actividades desarrolladas por LA ASOCIACION en atencióna sus fines.

FONDOS ESPECIFICOS

Art. 45.- La Junta Directiva podrá constituir fondos específicospara el pago de obligaciones contraídas por LA ASOCIACION para larealización de actividades y obras necesarias para el cumplimiento de susfines.

CONTABILIDAD

Art. 46.- LA ASOCIACION está obligado a llevar contabilidadformal mediante un sistema que esté autorizado por la entidad competen-te y sea apropiado para la naturaleza y fines de LA ASOCIACION. Losregistros contables deberán cumplir con los requisitos de la ley de lamateria.

TITULO NOVENO

AUDITORIA

NOMBRAMIENTO DE AUDITOR

Art. 47.- La Asamblea General de miembros fundadores de LAASOCIACION nombrará un Auditor, quien durará en sus funciones unaño, pudiendo ser reelecto. El auditor deberá ser de reconocida compe-tencia profesional y honorabilidad. Tendrá a su cargo y bajo su respon-sabilidad la inspección de los bienes, haberes, libros y documentoscontables de LA ASOCIACION, así como de la existencia en caja,auditado el balance general mensual que será presentado éste. Ademásintervendrá en la formación, revisión y certificación del balance anualque presentará LA ASOCIACION, y asistirá a sus reuniones cuando seaconvocado para tal efecto o por ley deba hacerlo.

TITULO DECIMO

DISOLUCION

DISOLUCION DE LA ASOCIACION

Art. 48.- La ASOCIACION se disolverá en los siguientes casos: 1)Por causas legales. 2) Cuando así lo decida la Asamblea GeneralExtraordinaria de Miembros Fundadores con el voto favorable de las dosterceras partes de los miembros. Al ser decretada la disolución por laAsamblea General Extraordinaria, la Junta Directiva asumirá inmedia-tamente el cargo de Junta de Liquidación, debiendo proceder comosigue: a) Cobrará los créditos a favor de LA ASOCIACION y pagará lasdeudas a cargo de la Asociación, y b) Una vez liquidado el pasivo,entregará el sobrante, si lo hubiere, a otra de las instituciones debeneficencia o cultural que existan en el país y que acuerde la AsambleaGeneral.

TITULO DECIMO PRIMERO

DEL EJERCICIO ANUAL DE LA ASOCIACION Y OTROS

EJERCICIO ANUAL

Art. 49.- El ejercicio anual de LA ASOCIACION será el compren-dido entre el primero de enero al treinta y uno de diciembre de cada año.Si la legislación lo permitiere, se podrá modificar dicho ejercicio previaaprobación de la Asamblea General Extraordinaria de Miembros Funda-dores.

REFORMA DE ESTATUTOS

Art. 50.- La reforma de los Estatutos, lo mismo que la afiliación deLA ASOCIACION con otras entidades nacionales o internacionales,solo podrá acordarse en sesión extraordinaria de los miembros fundado-res LA ASOCIACION, convocada especialmente para tal propósito ycon voto favorable de al menos el sesenta por ciento de dichos socios.

INFORMACION A AUTORIDADES

Art. 51.- La ASOCIACION enviará para su inscripción en losprimeros días del mes de enero de cada año al Registro de Asociacionesy Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación, lanómina de las personas asociadas y dentro de los primeros cinco díassiguientes, después de electa la nueva Junta Directiva, una certificacióndel Acta de elección de la misma y en todo caso, el Balance General yEstado de Pérdidas y Ganancias, así como cualquier dato que se le pidierarelativo a LA ASOCIACION.

NOMBRAMIENTO DE PRIMERA JUNTA DIRECTIVA

Art. 52.- La Primera Junta Directiva de LA ASOCIACION estaráintegrada así: Presidente: MANUEL DEL VALLE MENENDEZ; Pri-mer Vice-Presidente: CARLOS FRANCISCO AGUILAR CALDE-RON; Segundo Vice- Presidente: AQUILES ANTONIO DELGADOBRIZUELA; Tesorero: JOSE ROBERTO ARGUETA MANZANO;Pro- Tesorero: FELIX GARRID SAFIE PARADA; Secretario: ANALEONOR GARCIA; Síndico: JUAN PABLO ERNESTO CORDOVAHINDS. DIRECTORES SUPLENTES: FEDERICO GUILLERMOAVILA QUEHL; VICTORIA EUGENIA MIRON AGUILAR, JOSEHERIBERTO REYES CISNEROS; MARIA EUGENIA JAIME BER-MUDEZ, CELINA ESCOLAN SUAY, MANUEL MAURICIO MAR-TINEZ CARBALLO y FRANCISCO ANTONIO ESCOTO ORE LLA-NA, todos mayores de edad, Abogados, de este domicilio, salvadoreños.

VIGENCIA

Art. 53.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el díade su publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO Nº 012.

San Salvador, 27 de enero de 2003

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la ASOCIACION “DOC-TOR ISIDRO MENENDEZ”, compuestos de CINCUENTA Y TRESArtículos, constituida en la ciudad de San Salvador, Departamento deSan Salvador, a las dieciocho horas del día 23 de diciembre del 2002, porEscritura Pública, otorgada ante los oficios del Notario ENRIQUEBORGO BUSTAMANTE; y no encontrando en ellos ninguna disposi-ción contraria a las Leyes del país, de conformidad con el Art. 65 de laLey de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, el OrganoEjecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUERDA: a) Aprobarlos entodas sus partes confiriendo a dicha Entidad el carácter de PERSONAJURIDICA; b) Publíquense en el Diario Oficial; y c) Inscríbase lareferida entidad en el REGISTRO DE ASOCIACIONES Y FUNDA-CIONES SIN FINES DE LUCRO. COMUNIQUESE. (Rubricado por elseñor Presidente de la República).- EL VICEMINISTRO DE GOBER-NACION, FIGUEROA FIGUEROA.

(Mandamiento de Ingreso Nº 4080)

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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

ACUERDO No. 316.-

LOS MINISTROS DE ECONOMIA, DE AGRICULTURA Y GANADERIA Y DE HACIENDA, EL TREINTA Y UNO DE ENERO DE DOS MIL

TRES.

CONSIDERANDO:

I. Que por medio del Acuerdo N° 22 de fecha diez de enero de dos mil tres, publicado en el Diario Oficial N° 05, Tomo N° 358 de fecha diez

de enero de dos mil tres, se aperturó un contingente de desabastecimiento de maíz amarillo, por un monto anual de 349, 000 toneladas métricas

para consumo animal y de 117,000 para consumo humano, así como un contingente transitorio para el período del 1 de enero al 31 de marzo

de 2003, por un monto de 117,000 toneladas métricas, con el propósito de mantener un suministro adecuado en el mercado de dicho producto,

a precios predecibles entre productores e industriales.

II. Que la cantidad establecida para el contingente transitorio ha resultado insuficiente para cubrir los requerimientos industriales, en vista de

que existen Contratos de Compra previamente sucritos que comprometen la entrega de cantidades de maíz amarillo superiores a las cuotas

fijadas en concepto del contingente; asimismo, existen cantidades de maíz amarillo almacenados bajo el régimen de depósito que no han sido

importadas al territorio nacional, y que no fueron consideradas para el cálculo del contingente transitorio;

III. Que por las razones antes expuestas, es conveniente ampliar el referido contingente transitorio en la cantidad adecuada para satisfacer las

necesidades del mercado nacional;

POR TANTO:

en uso de sus facultades legales,

ACUERDAN :

1. Poner a disposición un contingente transitorio adicional de maíz amarillo, por un volumen de veinticuatro mil (24,000) Toneladas Métricas,

cuya vigencia será del 31 de enero al 31 de marzo de 2003. La asignación de dicho contingente se efectuará en la proporción que las empresas

nacionales hayan importado "Maíz Amarillo, fracción arancelaria 1005.90.20", durante el año 2002.

2. En todo lo demás, estése a lo dispuesto en el Acuerdo N° 22 publicado en el Diario Oficial N° 05, Tomo N° 358 de fecha diez de enero de

dos mil tres.

3. Hágase saber el presente Acuerdo a la Corte de Cuentas de la República, Dirección General de la Renta de Aduanas, Dirección de

Administración de Tratados Comerciales del Ministerio de Economía y a la Secretaría de Integración Económica Centroamericana en

Guatemala.

4. Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial.

MIGUEL ERNESTO LACAYO,

MINISTRO DE ECONOMIA.

SALVADOR URRUTIA LOUCEL,

MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERIA.

CARLOS MAURICIO FUNES,

VICEMINISTRO DE HACIENDA.

MINISTERIOS DE ECONOMÍA, DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

Y DE HACIENDARAMOS DE ECONOMIA DE AGRICULTURA Y GANADERIA Y DE HACIENDA

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27DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION

ACUERDO No. 15- 1155.

San Salvador, 16 de octubre de 2002

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: que a la Dirección de Acreditación se hapresentado MARIA SOLEDAD RIVERA BAJAÑA solicitando EQUIVALENCIA de sus estudios de Décimo Grado, realizados en Monroe CatholicSenior Haigh School, Estado de Alaska, Estados Unidos de América en el año 2002, con los de Primer Año de Bachillerato de nuestro país. Y luego deexaminar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales, ACUERDA: dar como Equivalente los estudios de Décimo Grado realizadospor MARIA SOLEDAD RIVERA BAJAÑA con los de Primer año de Bachillerato de nuestro país. Se le autoriza matricularse en Segundo Año deBachillerato General COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República). El Ministro de Educación, R. MARIN.

(Mandamiento de Ingreso No. 3999)

ACUERDO No. 15-072.-

San Salvador, 15 de enero de 2003

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15-0734de fecha 11 de junio de 1997, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación aprobó los nuevos Estatutos de la UNIVERSIDAD DE ORIENTE y reconociósu Personalidad Jurídica; II) Que por Acuerdo No. 536 de fecha 29 de febrero de 1984, se autorizó el funcionamiento a la referida Universidad; III) Quela UNIVERSIDAD DE ORIENTE, por medio de su Representante Legal solicitó a la Dirección Nacional de Educación Superior, la autorización parala creación de un Centro Regional de dicha Universidad, en la Ciudad de La Unión, Departamento de La Unión, cuyo estudio de factibilidad presentadopor la Universidad, satisfizo los requisitos legales, por lo cual fue aprobado, así mismo de conformidad al dictamen de los Inspectores de la DirecciónNacional de Educación Superior, el local donde está ubicado dicho Centro Regional, posee las condiciones físicas y además, cuenta con los recursospreliminares exigidos por la Ley de Educación Superior y el Reglamento General de la misma, para la oferta actual del Centro; IV) Que por AcuerdoEjecutivo No. 15-0714, de fecha 11 de junio de 2002, se autorizó provisionalmente por el período de seis meses, la creación del Centro Regional de laUNIVERSIDAD DE ORIENTE en la ciudad de La Unión, Departamento de La Unión, quedando pendiente de ejecutar el Plan de Mejoramiento deinfraestructura, así como el Plan progresivo de Adquisición de Recursos contenido en el Plan de Implementación, ambos presentados a la DirecciónNacional de Educación Superior; V) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15- 0640 de fecha 22 de mayo de 2002, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educaciónautorizó a la UNIVERSIDAD DE ORIENTE los Planes de Estudio de las carreras de TECNICO EN CIENCIAS DE LA COMPUTACION, TECNICOEJECUTIVO EN ASISTENCIA GERENCIAL, TECNICO EN CONTADURIA PUBLICA Y TECNICO EN IDIOMA INGLES; VI) Que habiendotranscurrido el plazo establecido, y cumplidos los mencionados Planes a satisfacción, de conformidad con lo establecido en el Art. 20 de la Ley deEducación Superior y el Art. 7 del Reglamento General de la misma, es procedente otorgar la autorización definitiva de funcionamiento a dicho CentroRegional; POR TANTO, con base en las razones expuestas, y las facultades que la Ley le otorga, ACUERDA: 1°.) Autorizar el funcionamiento del CentroRegional de la UNIVERSIDAD DE ORIENTE, ubicado entre Tercera y Quinta Avenida Sur, a doscientos cincuenta metros del Centro de la Ciudadde La Unión, Departamento de La Unión. Todo cambio de dirección, deberá ser solicitado y aprobado por este Ministerio; 2°.) Autorizar a la referidaInstitución para que imparta las carreras de TECNICO EN CIENCIAS DE LA COMPUTACION, TECNICO EJECUTIVO EN ASISTENCIAGERENCIAL, TECNICO EN CONTADURIA PUBLICA Y TECNICO EN IDIOMA INGLES en el mencionado Centro Regional, las cuales deberánser actualizadas en un período no mayor al de la duración de las mismas; 3º.) La Institución deberá presentar un Plan de ampliación y mejoramiento deespacios académicos a partir del segundo año de funcionamiento; 4°.) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de supublicación en el Diario Oficial. COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República). El Ministro de Educación, R. MARIN.

(Mandamiento de Ingreso No. 3954)

ACUERDO No. 15-0078.-

San Salvador, 17 de enero de 2003

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15-0734de fecha 11 de junio de 1997, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación aprobó los nuevos Estatutos de la UNIVERSIDAD DE ORIENTE Yreconoció su Personalidad Jurídica; II) Que por Acuerdo No. 536 de fecha 29 de febrero de 1984, se autorizó el funcionamiento a la referida Universidad;III) Que la UNIVERSIDAD DE ORIENTE ha presentado a la Dirección Nacional de Educación Superior el Plan de Estudio de la carrera nueva deINGENIERIA EN SISTEMAS INFORMATICOS, para su aprobación, sin que hubiera presentado observaciones por parte de la División de Estudios,POR TANTO, con base en las consideraciones antes expresadas, facultades que la Ley confiere y oída la opinión del Consejo de Educación Superior,ACUERDA: 1°) Autorizar el Plan de Estudio correspondiente a la carrera nueva de INGENIERÍA EN SISTEMAS INFORMATICOS; 2°) Facultar ala UNIVERSIDAD DE ORIENTE para que imparta dicha carrera en plan regular en su Sede Central, 3°) Dicho plan de Estudio deberá ser revisadodurante el plazo de duración de la carrera; 4°) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República). El Ministro de Educación, R. MARIN.

(Mandamiento de Ingreso No. 4032)

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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

ACUERDO No. 612-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, cinco de noviembre de dos mil dos. El Tribunal ACUERDA: autorizara la Licenciada DINA ALHELY CASTELLON CRUZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido contodos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. --A. G. CALDERON.--J. E.TENORIO.--VELASCO.--MARIO SOLANO.--J. ENRIQUE ACOSTA.--BERNAL SILVA.--DE BUITRAGO.--GUSTAVE T.--M. CLARA.--E.CIERRA.--Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben--E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Mandamiento de Ingreso No. 4192)

ACUERDO No. 694-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, diecisiete de diciembre de dos mil dos. El Tribunal ACUERDA:autorizar a la Licenciada MARIA DAISY YANIRA MARTINEZ ALAS, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista dehaber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE --A. G.CALDERON.--R. HERNANDEZ VALIENTE--J. E. TENORIO.--VELASCO.--DE BUITRAGO--MARIO SOLANO.--J. ENRIQUE ACOSTA.--M.CLARA--GUSTAVE T.--BERNAL SILVA.--Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben--E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Mandamiento de Ingreso No. 3923)

ACUERDO No. 733-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, diecisiete de diciembre de dos mil dos.- El Tribunal ACUERDA:autorizar a la Licenciada FLOR DE MARIA GONZALEZ GARAY, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de habercumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. --A. G.CALDERON--R. HERNANDEZ VALIENTE--J. E. TENORIO--J. ENRIQUE ACOSTA--VELASCO--DE BUITRAGO--GUSTAVE T.--E. CIE-RRA--M. CLARA--Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben--E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Mandamiento de Ingreso No. 3816)

ACUERDO No. 754-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, diecisiete de diciembre de dos mil dos.- El Tribunal ACUERDA:autorizar al Licenciado EDUARDO ANTONIO NOLASCO HERRERA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista dehaber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.--A. G.CALDERON--R. HERNANDEZ VALIENTE--J. E. TENORIO--MARIO SOLANO--J. ENRIQUE ACOSTA--VELASCO--V. DE AVILES--DEBUITRAGO--GUSTAVE T.--E. CIERRA--M. CLARA--Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben--E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Mandamiento de Ingreso No. 4026)

ACUERDO No. 762-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, diecisiete de diciembre de dos mil dos. El Tribunal ACUERDA:autorizar al Licenciado JOSE RICARDO FUENTES, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido contodos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.--A. G. CALDERON--R.HERNANDEZ VALIENTE--J. E. TENORIO--MARIO SOLANO--J. ENRIQUE ACOSTA--VELASCO--A. DE BUITRAGO--M. CLARA--GUSTAVET.--Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben--E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Mandamiento de Ingreso No. 3819)

ACUERDO No. 763-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, diecisiete de diciembre de dos mil dos. El Tribunal ACUERDA:autorizar a1 Licenciado ORLANDO ISRAEL RIVAS AVILA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplidocon todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.--A. G. CALDERON--R. HERNANDEZ VALIENTE--J. E. TENORIO--MARIO SOLANO--J. ENRIQUE ACOSTA--VELASCO--V. DE AVILES--DE BRUITRAGO--GUSTAVE T.--E. CIERRA--M. CLARA--Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben--E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Mandamiento de Ingreso No. 3943)

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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29DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

LA SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ELECTRICIDAD Y TELECOMUNICACIONES, al público para los efectos de ley:

HACE SABER: que con fecha veintiuno de enero del dos mil tres, se emitió el ACUERDO No. 13- E-2003, que literalmente dice:

LA SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ELECTRICIDAD Y TELECOMUNICACIONES, San Salvador a las once horas con treintaminutos del día veintiuno de enero de dos mil tres.

CONSIDERANDO:

I. Que de conformidad con el artículo 5, literal c) de la Ley de Creación de la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones,es atribución de esta Institución dictar normas y estándares técnicos aplicables a los sectores de electricidad y telecomunicaciones.

II. Que el artículo 2 de la Ley General de Electricidad establece dentro de sus objetivos, la protección de los derechos de los usuarios y de todaslas entidades que desarrollan actividades en el sector.

III. Que por medio del Acuerdo No. 12-E-2002 de fecha 17 de enero del presente año, esta Institución aprobó la “METODOLOGIA PARADETERMINAR LOS CARGOS POR EFECTO DE LAS TASAS MUNICIPALES POR POSTES EN EL CARGO DE DISTRIBU-CION DE ENERGIA ELECTRICA POR MUNICIPIO” todo de conformidad con los Artículos antes expuestos, los artículos 9 y 67 a)de la Ley General de Electricidad y los pliegos tarifarios aplicables al suministro de energía eléctrica que realizan los distribuidores vigentespara el año 2003.

IV. Que con el fin de que los usuarios del servicio de energía eléctrica tengan claridad del cargo por efecto de las tasas municipales por postesque aparece en los documentos de cobro por tal concepto, resulta necesario que esta Superintendencia determine dentro de la metodologíaantes comentada, la forma en que deberán aparecer en las facturas relacionadas con el suministro de energía eléctrica tanto el cargo comolas explicaciones relativas al origen de éste.

POR TANTO,

En uso de sus facultades legales, ACUERDA:

Adicionar a la METODOLOGIA PARA DETERMINAR LOS CARGOS POR EFECTO DE LAS TASAS MUNICIPALES PORPOSTES EN EL CARGO DE DISTRIBUCION DE ENERGIA ELECTRICA POR MUNICIPIO, establecida por medio del AcuerdoNo. 12-E- 2002, el numeral siguiente:

1.- “4. RAZON CONTENIDA EN LOS DOCUMENTOS DE COBRO POR EL SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA.

Las empresas de distribución eléctrica deberán redactar en los documentos de cobro que sean entregados a los usuarios finales por el suministrode energía eléctrica, una razón que explique el origen del cargo derivado del pago de tasas municipales por postes al cargo por uso de la redde distribución.

En la factura de suministro de electricidad deberán quedar claramente especificados los cargos que se hacen al usuario en concepto deoperaciones de distribución eléctrica y venta de electricidad, los cuales incluyen la tasa en referencia, y no deben ser confundidos con otroscargos que cobre el distribuidor por cuenta de terceros.

II. El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir del mes de enero de dos mil tres.

III. Notifíquese y Publíquese.

San Salvador, a los veintiún días del mes de enero del dos mil tres, Rubricada””” J. Luis Trigueros”””Superintendente”””.

Es conforme con su original con el cual se confrontó y para ser presentada al Diario Oficial, extiendo la presente en la ciudad de San Salvador alos veinticuatro días del mes de enero del año dos mil tres.

JOSE LUIS TRIGUEROS,

SUPERINTENDENTE.

(Mandamiento de Ingreso No. 4065)

INSTITUCIONES AUTONOMASSUPERINTENDENCIA GENERAL DE ELECTRICIDAD

Y TELECOMUNICACIONES

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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

ALCALDÍAS MUNICIPALES

DECRETO No. 01.-

ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEMONTE SAN JUAN, DEPARTAMENTO DE CUSCATLAN.

El Concejo Municipal de Monte San Juan

CONSIDERANDO:

I. Que es necesario que las tasas que se establezcan cubran los costos, para lograr que los servicios que presta la Municipalidad de Monte SanJuan, sean más eficientes.

II. Que conforme a lo dispuesto por la Ley General Tributaria Municipal, corresponde al Concejo Municipal, crear, modificar o suprimir tasasy contribuciones especiales, mediante la emisión de Ordenanzas, fijar las políticas, criterios y regulaciones generales a las cuales deben ajustarel ejercicio de sus funciones, los Alcaldes y Organismos dependientes de la Administración Tributaria Municipal.

III. Que es necesario decretar una Ordenanza, para hacer una reforma haciendo una adición al Art. 7 en su numeral 7, para efectuar el cobro porel Servicio de Agua que se presta a sectores rurales, esto con motivo de haberse efectuado un Proyecto de Agua Potable en la Zona Rural(Cantón San Nicolás).- Lo mismo que incorporar en el art. 12 Numeral 3 el cobro de postes de tendido eléctrico en las zonas rurales de losProyectos Ejecutados con Fondos Municipales.

POR TANTO:

Este Concejo en uso de las facultades que le señala el Art. 3.- Inc. 1º del Código Municipal.

DECRETA: La siguiente REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DE LAPOBLACION DE MONTE SAN JUAN, DEPARTAMENTO DE CUSCATLAN.

CAPITULO SEGUNDODE LAS TASAS

Art. 1.- Se reforma los artículos 7 y 12 en sus numerales A y C.

Art. 7.- SERVICIO DE AGUA POTABLE.

A-1.- A domicilio, al mes en la zona rural ............................................................................................................................................... $ 6.29

Art. 12.- DERECHOS POR USO DE SUELO Y SUBSUELOC) TORRES, POSTES DE CONCRETO, DE MADERA O SIMILARES EN LA JURISDICCION.

Rurales, ejecutados con Fondos Municipales o Subsidios y Donaciones ................................................................................................ $ 0.34

Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación.

Dado en el Salón de Sesiones de la Alcaldía Municipal de Monte San Juan, Departamento de Cuscatlán, a los veintiún días del mes de enero dedos mil tres.

LUCAS GARCIA CAMPOS, JOSE ANTONIO MARTINEZ,ALCALDE MUNICIPAL. SINDICO MUNICIPAL.

SALVADOR CRUZ PEREZ, ESTEBAN GOMEZ PEREZ,PRIMER REGIDOR. SEGUNDO REGIDOR.

SILVIA JOSEFINA NOLASCO, CONCEPCION RAFAEL VALLE,CUARTO REGIDOR. CONCEJAL SUPLENTE.

TOMAS VIDEZ ANGEL,SECRETARIO MUNICIPAL.

(Mandamiento de Ingreso No. 4070)

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31DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

DECRETO NUMERO DOS.

El Concejo Municipal de San Rafael, Departamento de Chalatenango

CONSIDERANDO:

I.- Que de acuerdo con el Decreto Legislativo Nº 86 de fecha 17 de octubre de 1991, publicado en el Diario Oficial Nº 242, Tomo 313 de diciembrede ese mismo año, mediante el cual fue publicada la LEY GENERAL TRIBUTARIA MUNICIPAL, que sienta las bases y principios generalespara que los municipios emitan y reformen sus Tasas por Servicios Públicos Municipales.-

II.- Que de acuerdo a lo estipulado en los Artículos 130 y 158 de la LEY GENERAL TRIBUTARIA MUNICIPAL, da potestad para que lasmunicipalidades revisen y actualicen sus tasas de conformidad a sus costos por el suministro de dichos servicios.

III.- Que la Ordenanza Reguladora de Tasas por Servicios Públicos Municipales, emitida por el Concejo Municipal de San Rafael, según DecretoNº 5 del 20 de abril de 1993, contiene tributos que no cubren los costos de mantenimiento y suministro.-

POR TANTO:

el Concejo Municipal de la población de San Rafael, Departamento de Chalatenango, en uso de las facultades que le confiere el Artículo 204numerales 1 y 5 de la Constitución de la República, Artículos 13 y 30 del Código Municipal y los Artículos 130 y 158 de la LEY GENERALTRIBUTARIA MUNICIPAL;

DECRETA: la siguiente reforma a la Ordenanza Reguladora de Tasas por Servicios Públicos Municipales, así:

Art. 1.- Se reforma el Artículo 1 en los literales y numerales siguientes:

Nº 1.- AGUAa) Por la conexión del Servicio en cada casa, con la cañería de distribución ...................................................................................... $ 17.14b) Por la conexión del servicio cuando haya sido suspendido por mora o a solicitud de parte interesada .......................................... $ 17.14

Art. 2.- Se reforma el Artículo 2 en los literales y numerales siguientes:

Nº 5.- DERECHOS POR USO DE SUELOS Y SUB-SUELO.a) Para instalar y mantener postes del tendido eléctrico en la jurisdicción del municipio, por cada uno al mes.

1- Por su instalación, una sola cuota de ........................................................................................................................................... $ 5.712- Por mantenerlo instalado, cada uno al mes ................................................................................................................................. $ 0.80

b) Para instalar y mantener postes de red telefónica y cajas de distribución de líneas telefónicas en la jurisdiccióndel municipio, por cada uno al mes.1- Por su instalación, una sola cuota de ........................................................................................................................................... $ 5.712- Por mantenerlo instalado, cada uno al mes ................................................................................................................................. $ 0.80

c) Para instalaciones de cabinas telefónicas en el municipio, cada una al mes, ya sea dentro o fuera de instalaciones públicas o privadas.1- Por su instalación, una sola cuota de ........................................................................................................................................... $ 34.292- Por mantenerla instalada, cada una al mes .................................................................................................................................. $ 2.86

a) Para instalar y mantener torres de transmisión telefónica y de tendido eléctrico y,así como cualquier otro servicio de comunicaciones.1- Por su instalación, una sola cuota de ........................................................................................................................................... $ 85.712- Por mantenerla instalada, cada una al mes .................................................................................................................................. $ 17.14

Art. 3.- Quedan sin efecto a partir de la vigencia de esta Ordenanza, las Tasas por Servicios Municipales a que se refieren: la Tarifa General deArbitrios contenida en el Decreto Legislativo No. 248 de fecha 31 de octubre de 1984, publicada en el Diario Oficial Nº 285 de fecha 7 de noviembrede 1984 y sus reformas posteriores, el Decreto Nº 519 emitido por la Junta Revolucionaria de Gobierno el 5 de diciembre de 1980, publicado en el DiarioOficial Nº 10, Tomo 274 de ese día con sus modificaciones posteriores, así como también el Decreto Nº 5 de fecha 20 de abril de 1993, publicado enel Diario El Mundo, con fecha 19 de mayo de 1993, en lo que se refiere a los artículos, literales y numerales que se mencionan en el presente Decreto.

Art. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día uno de marzo del dos mil tres.

DADO EN LA ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN RAFAEL, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO, a los diez días del mes de enero deldos mil tres.

Licda. ROSA ENCARNACION CARDOZA DE RODRIGUEZ, JOSE SALOMON QUIJADA GUTIERREZ,ALCALDESA MUNICIPAL. SINDICO MUNICIPAL.

DANIEL VILLACORTA ORELLANA, LUIS ALONSO DERAS ALFARO,PRIMER REGIDOR. SEGUNDO REGIDOR.

(Mandamiento de Ingreso No. 4063)

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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION COMUNAL, CASERIO SAN-TA LUCIA ORCOYO, CANTON SAN ALFREDO, MUNICIPIODE LA LIBERTAD, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD.

CAPITULO I

DENOMINACION, NATURALEZA, DOMICILIO,

FISCALIZACION, PRINCIPIOS Y FINES.

Art. 1. La Asociación que se constituye estará regulada por elCódigo Municipal vigente, la Ordenanza Reguladora de las Asociacio-nes Comunales de este Municipio, Ciudad y Puerto de La Libertad, porestos Estatutos, Reglamento Interno y demás disposiciones aplicables yse denominará: Asociación Comunal, Comunidad Santa Lucía Orcoyo,Cantón San Alfredo, la que tendrá su domicilio en esta Comunidad ydesarrollará sus actividades en beneficio de la misma, y así como en todala jurisdicción de La Libertad, en todo el territorio nacional e internacio-nal, si fuere necesario.

CAPITULO II

DE LA NATURALEZA, EL OBJETO Y DOMICILIO

Art. 2. Esta Asociación es de naturaleza apolítica, sin fines lucra-tivos individuales. Pero en la búsqueda de la superación socio-económi-ca de sus asociadas y asociados de la Comunidad que representa, noreligiosos, no partidista, pero con principios democráticos.

DEL DOMICILIO

Esta Asociación tendrá como domicilio la casa de quien se desem-peña como Secretario de Actas de la Junta Directiva, de la Asociación,tratando que este domicilio tenga acceso a la correspondencia y por endecontribuir a una ágil Comunicación para la comunidad, la que podrá sercambiada por acuerdo de la Asamblea extraordinaria, teniendo, desde sucreación de la Asociación que hacerlo del conocimiento de la AlcaldíaMunicipal, de este Municipio, la dirección de su sede, elegida para laAsociación, así como la nómina de sus Asociados activos y miembrosdirectivos en función.

Esta Asociación tendrá como distintivo un sello circular y en elinterior del círculo dice lo siguiente: ASOCIACION DE DESARRO-LLO COMUNAL, SANTA LUCIA ORCOYO, CANTON, SAN AL-FREDO, MUNICIPIO DE LA LIBERTAD, EL SALVADOR, C. A.

Art. 3. Esta Asociación tendrá por objeto lo siguiente:

a) Promover el progreso de la respectiva comunidad, conjunta-mente con los organismos públicos y privados, nacionales einternacionales que participen en los correspondientes pro-gramas de desarrollo comunal;

b) Fomentar el espíritu de unidad, solidaridad y cooperaciónmutua entre los vecinos, sus grupos y entidades representati-vas;

c) Coordinar y cooperar con otros grupos comunitarios, organi-zados en la misma jurisdicción, en la mayor integración desus miembros y la mejor organización de sus actividades;

d) Impulsar y participar en los programas de capacitación pro-mocional de los dirigentes y de los grupos comunales, con elfin de contribuir al mejoramiento de la organización de lacomunidad, la administración de proyectos sociales y econó-micos y la elevación de los niveles educativos de cada uno desus asociados;

e) Trabajar en el establecimiento y mejora de los servicios de lacomunidad, con el equipamiento de los medios indispensa-bles, para solucionar los distintos problemas que existen en lacomunidad;

f) Promover las organizaciones juveniles para hacerlos partici-par en los programas de desarrollo local;

g) Incrementar las actividades comunitarias a fin de obtenerrecursos propios que sirvan para impulsar el mejoramientodel municipio;

h) Participar organizadamente en el estudio y análisis de larealidad social y de la problemática y necesidades de laComunidad;

i) Coordinar las acciones de desarrollo comunal con la munici-palidad.

CAPITULO III

DE LOS ASOCIADOS

Art. 4. Los Asociados podrán ser:

a) Asociados Fundadores;

b) Asociados Activos y

c) Honorarios (es opcional).

Son Asociados Fundadores, todas las personas que firmaron elActa de Constitución de la Asociación; son Socios Activos, todas laspersonas que obtengan su ingreso a la misma conforme lo establecido enestos Estatutos; son Asociados Honorarios aquellas personas naturales ojurídicas que realizan una destacada labor dentro de la comunidad odando ayuda significativa a la Asociación y que la Asamblea General lesconceda tal calidad a propuesta de la Junta Directiva.

Art. 5. Para ser Asociado Activo deberán observarse los siguientesrequisitos;

a) Ser mayor de 18 años de edad;

b) Residir en la comunidad;

c) Ser de buena conducta.

Art. 6. Los interesados a ingresar a la Asociación deberán solici-tarlo en forma verbal o por escrito a la Junta Directiva.

La Junta Directiva al comprobar que el solicitante cumple con losrequisitos establecidos en los literales del artículo anterior, aprobará pormedio de acuerdo, su ingreso.

DEL REGISTRO DE ASOCIADOS

Art. 7. La Asociación contará con un registro de Asociados, en elcual habrá una sesión para fundadores, otra para activos y otra parahonorarios.

En cada asiento deberá indicarse el nombre y las generales delinscrito; así mismo la fecha de ingreso.

DERECHOS Y DEBERES DE LOS ASOCIADOS

Art. 8. Son derechos de los Asociados:

a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales;

b) Presentar mociones y sugerencias a la Asamblea General;

c) Retirarse voluntariamente de la Asociación;

d) Elegir y ser electo para un cargo en la Junta Directiva;

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33DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

e) Gozar de los servicios y privilegios que brinde la Asociación;

f) Los demás que se establezcan en otras leyes aplicables.

Art. 9. Son deberes de los Asociados:

a) Cooperar con todos los medios promocionales posibles alincremento del número de miembros posibles al número demiembros de la Asociación;

b) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General,previa convocatoria en legal forma;

c) Desempeñar a cabalidad todas las comisiones y cargos que sele encomienden;

d) Estar solvente con las cuotas ordinarias y extraordinarias queapruebe la Asamblea General;

e) Cumplir con estos Estatutos y obedecer a las disposiciones dela Asamblea General y Junta Directiva, siempre que esténrelacionados con los fines de la Asociación;

f) Los demás que regulen otras leyes aplicables.

Art. 10. La calidad de Asociado se perderá por renuncia expresa delmismo, por expulsión o muerte.

Art. 11. Procederá la expulsión del Asociado, según las causalessiguientes:

a) Mala conducta que ocasione perjuicio a la Asociación o a lacomunidad en general,

b) Negarse o abandonar el desempeño del cargo que por elec-ción de Asamblea General haya aceptado;

c) Incumplimiento de las leyes, ordenanzas, Estatutos, Regla-mentos y disposiciones de Asamblea General y de JuntaDirectiva, siempre que estén relacionados con los objetivosde la Asociación.

Art. 12. Cuando un asociado incurriera en alguna de las causales deexpulsión establecidas en el artículo anterior, será expulsado de la mismapor Acuerdo de Asamblea General, a iniciativa de la Junta Directiva.

Si el asociado tuviera pruebas de descargo, las presentará a laAsamblea General, para que se reconsidere su expulsión.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION.

Art. 13. El gobierno de la Asociación será ejercido por unaAsamblea General y una Junta Directiva.

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 14. La Asamblea General es la máxima autoridad de laAsociación y estará constituida por todos los Asociados activos. Sereunirá ordinariamente cada seis meses y extraordinariamente cuandosea necesario.

Art. 15. Las convocatorias para reuniones ordinarias de AsambleaGeneral, se harán por medio de convocatorias escritas, las cuales deberánindicar el día, lugar y hora en que habrá de celebrarse. Y en caso dereuniones extraordinarias deberá incluirse la Agenda propuesta.

Art. 16. Si la reunión no se celebra por falta de quórum, fuerzamayor o caso fortuito, se hará nueva convocatoria dentro de los cinco díassiguientes y los acuerdos se tomarán con los votos de los presentes delquórum establecido, salvo casos señalados en la ordenanza reguladora dela Asociación Comunal del Municipio de La Libertad, estos Estatutos yel Reglamento Interno de la Asociación.

ATRIBUCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 17. Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y Reglamentos dela Asociación;

b) Elegir a los miembros de las Juntas Directivas y destituirlospor causas justificadas;

c) Aprobar el presupuesto anual de la Asociación;

d) Aprobar la memoria de labores de la Asociación, los informesdel Tesorero y los demás que presente la Junta Directiva;

e) Fijar la cuantía de las cuotas ordinarias y extraordinarias delos asociados, según las necesidades de la Asociación;

f) Acordar la disolución de la Asociación;

g) Resolver todo lo no previsto en los presentes Estatutos, elReglamento y otras disposiciones que emita la Asociación;

h) Las demás que establezcan la Ordenanza Reguladora de lasAsociaciones Comunales del Municipio de La Libertad, estosEstatutos y su Reglamento Interno.

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 18. La Junta Directiva de la Asociación estará formada por:

a) Un Presidente

b) Un Vicepresidente

c) Un Secretario

d) Un Prosecretario

e) Un Tesorero

f) Un Protesorero

g) Un Síndico

h) Cinco Vocales

Art.19. La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

a) Administrar el Patrimonio de la Asociación;

b) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Resoluciones dela Asamblea General y el Reglamento de la Asociación;

c) Elaborar la Memoria Anual de labores y someterla a conside-ración de la Asamblea General;

d) Elaborar el Presupuesto Anual de la Asociación y someterloa consideración de la Asamblea General;

e) Velar porque todos los socios cumplan con sus obligacionespara con la Asociación;

f) Señalar las fechas de celebración de las sesiones ordinarias yextraordinarias de la Asamblea General, convocar a lossocios y elaborar la agenda de las mismas;

g) Conocer las solicitudes de ingreso de los asociados y presen-tarlas a consideración de la Asamblea General;

h) Conocer de las solicitudes y reclamos de los asociados deacuerdo a las disposiciones de los Estatutos y el Reglamentode la Asociación;

i) Autorizar al Presidente para que celebre toda clase de contra-tos y proyectos de la Asociación aprobados por la AsambleaGeneral;

j) Elaborar proyectos de Reglamentos de la Asociación asícomo los proyectos de reforma a los Estatutos y Reglamen-tos;

k) Aprobar los programas de trabajo a desarrollar por la Asocia-ción;

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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

l) Organizar seminarios, cursillos y otros eventos relacionadoscon los fines de la Asociación;

m) Resolver todos los asuntos que no sean de la competencia dela Asamblea General;

n) Todas las demás atribuciones que se establezcan en la Orde-nanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del Muni-cipio de La Libertad, estos Estatutos, el Reglamento y demásleyes aplicables.

Art. 20. La Junta Directiva celebrará sesión ordinaria cada 3 mesesy sesión extraordinaria cuando sea necesario, a solicitud del Presidenteo de tres o más miembros de la misma.

Art. 21. Los acuerdos de Junta Directiva serán tomados pormayoría simple; en caso de empate, el Presidente o quien lo representetendrá doble voto.

Art. 22. Los miembros de la Junta Directiva serán electos para unperíodo de dos años; y podrán ser reelectos solo para un período más.

Art.23. Para ser miembro de la Junta Directiva se requiere.

a) Tener como mínimo un año de residir en la comunidad;

b) Tener como mínimo seis meses de pertenecer a la Asocia-ción;

c) Ser mayor de edad;

d) Observar buena conducta; y

e) Estar solvente con la Asociación.

Art.24. La Junta Directiva podrá ser destituida en pleno o indivi-dualmente; por faltas graves cometidas en el ejercicio de sus funciones.

La destitución individual procederá después de tres amonestacio-nes por faltas leves, y a la primera cuando se trate de falta grave;

Art.25. Serán faltas leves:

a) Inasistencia continua e injustificada a las sesiones de JuntaDirectiva o de Asamblea General;

b) Indisciplina e incumplimiento de las funciones designadas,así como en el desarrollo en las sesiones de Junta Directiva ode Asamblea General;

c) Falta de cooperación, voluntad, espíritu de servicio y unidad;y

d) Incumplimiento de los Estatutos, su Reglamento Interno ydemás disposiciones aplicables.

Art.26. Será falta grave, cuando se compruebe fehacientementeque la Junta Directiva, uno o varios miembros de la misma han obtenidofraudulentamente beneficios de la Asociación para sí o para tercerosaprovechándose del cargo; asimismo, el mal manejo del patrimonio dela Asociación.

ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 27. Son atribuciones del Presidente:

a) Presidir las sesiones de la Junta Directiva y de la AsambleaGeneral;

b) Convocar a los Asociados a reuniones de Asamblea Generaly a los miembros de la Junta Directiva;

c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación,conjunta o separadamente con el Síndico;

d) Velar por el cumplimiento de los Acuerdos de la JuntaDirectiva, de la Asamblea General, de los Estatutos de laAsociación;

e) Firmar con el Tesorero los cheques y documentos de gastosde la Asociación debidamente aprobados;

f) Los demás que se establezcan en estos Estatutos y demásdisposiciones aplicables.

Art. 28. Son atribuciones del Vicepresidente:

a) Sustituir al Presidente en caso de su ausencia o impedimentode éste;

b) Desempeñar las funciones que el Presidente le delegue;

c) Las demás que le asignen estos Estatutos y otras disposicio-nes que emita la Asociación.

Art. 29. Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar el Libro de Actas de las sesiones de la AsambleaGeneral y de la Junta Directiva;

b) Extender las credenciales y certificaciones de la Asociaciónque sean necesarias;

c) Llevar el archivo de la Asociación;

d) Enviar a los asociados las convocatorias a sesiones de Asam-blea General y Junta Directiva;

e) Llevar el libro de registro de asociados;

f) Recibir y despachar la correspondencia de la Asociación, queautorice el Presidente;

g) Las demás que por razones de su cargo le competen.

Art. 30. Son atribuciones del Prosecretario:

a) Colaborar con el Secretario en el desempeño de sus funciones

b) Sustituir al Secretario en caso de ausencia o impedimento deéste;

c) Las demás que le asignen estos Estatutos y otras disposicio-nes que emita la Asociación.

Art. 31. Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir y guardar los fondos de la Asociación en la instituciónbancaria que la Junta Directiva señale;

b) Firmar con el Presidente los cheques y documentos de gastosde la Asociación, debidamente aprobados;

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35DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

c) Elaborar el anteproyecto de presupuesto anual de la Asocia-ción y presentarlo a la Junta Directiva, para sus estudios yaprobación;

d) Llevar los libros de contabilidad que fueran necesarios;

e) Presentar mensualmente a la Junta Directiva un informe delos ingresos y egresos de la Asociación;

f) Presentar balance de la situación financiera de la Asociación;

g) Recopilar los comprobantes de gastos efectuados por laAsociación y presentarlos a la Junta Directiva cuando ésta lorequiera.

Art. 32. Son atribuciones del Protesorero:

a) Sustituir al Tesorero en caso de ausencia o impedimento deéste;

b) Colaboración con el Tesoreros en el desempeño de susfunciones;

c) Desempeñar las comisiones que se le asigne;

d) Las demás que por razones de su cargo le corresponden.

Art. 33. Son Atribuciones del Síndico:

a) Velar especialmente por el cumplimiento de las resolucionesde la Junta Directiva y de la Asamblea General de losEstatutos y Reglamentos de la Asociación;

b) Colaborar en la elaboración de reformas a los estatutos yReglamentos de la Asociación;

c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociaciónconjunta o separadamente con el Presidente de la Asociación;

d) Las demás que le señale la Asamblea General y la JuntaDirectiva.

Art. 34. Son atribuciones de los Vocales:

a) Desempeñar las comisiones que les asigne la AsambleaGeneral y la Junta Directiva;

b) Sustituir en caso de ausencia de un miembro propietario, enlos casos que por acuerdo de Junta Directiva sean designados;

c) Las demás que le señalen los estatutos y el Reglamento de laAsociación.

DEL COMITE DE VIGILANCIA

Art. 35. El comité de vigilancia será electo en la Asamblea GeneralExtraordinaria convocada para elegir a la Junta Directiva; se constituirácon tres miembros que deberán reunir los requisitos establecidos en elArt. 23 de estos estatutos.

El período de funciones del comité iniciará y concluirá al mismotiempo que el de la Junta Directiva.

Art. 36. Las funciones del Comité de Vigilancia serán de controlar;tendrá acceso a todos los libros, facturas, u otros documentos pararealizar su función. Recibirá denuncias de los asociados contra la JuntaDirectiva.

Una vez recibida una denuncia el comité iniciará una investigación,el resultado de éste será dado a conocer a la Asamblea General para quesea ésta quien tome la decisión sobre el caso investigado.

El comité de vigilancia tendrá la facultad de convocar a reuniónextraordinaria y hacer propuestas de destitución de la Junta Directiva enpleno o individualmente.

CAPITULO V

DEL PATRIMONIO

Art.37. El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Las contribuciones ordinarias o extraordinarias que se apor-ten los asociados, aprobadas por la Asamblea General;

b) Las subvenciones y otros aportes extraordinarios que pro-vengan de diversas fuentes;

c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizadapor la Asociación;

d) Los bienes muebles e inmuebles que se adquieran a cualquiertítulo;

e) Los financiamientos que se obtengan;

f) Otros ingresos que reciba la Asociación de las actividadesque realice.

Art. 38. Los fondos de la Asociación serán depositados en unainstitución Financiera, para lo cual se abrirá cuenta a nombre de laAsociación que serán manejadas con las firmas delTesorero y el Presi-dente de la Asociación o quienes la Junta Directiva designe.

Art. 39. El Presidente y el Tesorero responderán personal o solida-riamente según el caso, por los movimientos de cuentas bancarias cuandose excedan de los límites de su cargo; así mismo las personas designadaspor la Junta Directiva para el manejo de cuentas bancarias.

CAPITULO VI

DEL CONTROL Y FISCALIZACION INTERNA Y EXTERNA

Art. 40. El Comité de Vigilancia es el organismo encargado de lafiscalización interna de la Asociación y deberá velar además de lasfunciones ya establecidas, porque cada uno de los miembros de la JuntaDirectiva informe de sus actividades a la Asamblea General tal como loestablecen estos estatutos.

Art. 41. La Alcaldía Municipal de La libertad, auditará las opera-ciones de esta Asociación por lo menos una vez al año, o en cualquiermomento, a solicitud del Comité de Vigilancia, de por lo menos cincoasociados o de Oficio.

CAPITULO VII

DE LA MODIFICACION DE LOS ESTATUTOS

Art. 42. La modificación de los estatutos se acordará en reuniónextraordinaria de Asamblea General por mayoría simple de los asocia-dos.

Art.43. Tendrán iniciativa para solicitar la modificación de losEstatutos los asociados y la Junta Directiva; en el primer caso correspon-derá a por lo menos diez asociados hacer su petición por escrito a la JuntaDirectiva; y en el segundo caso, la Junta Directiva hará su solicitud alpleno de la Asamblea General.

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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Art. 44. La modificación de los estatutos se presentará a la AlcaldíaMunicipal de La Libertad para su aprobación y posterior publicación enel Diario Oficial.

CAPITULO VIII

DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA ASOCIACION

Art. 45. Esta Asociación podrá disolverse mediante acuerdo toma-do en sesión extraordinaria de Asamblea General por mayoría absolutade las dos terceras partes de los asociados.

Art. 46. Son causales para disolver la Asociación:

a) Por la disminución del número de sus miembros, en uncincuenta por ciento del mínimo establecido en el CódigoMunicipal y la Ordenanza Reguladora de las AsociacionesComunales del Municipio de La Libertad para su constitu-ción;

b) Por la imposibilidad de realizar los objetivos para los cualesfue constituida;

c) Cuando su funcionamiento no se ajuste a los preceptoslegales.

Art.47. Al acordarse la disolución de la Asociación se deberácertificar el Acta donde conste tal acuerdo, debiendo presentarla a laAlcaldía Municipal de La Libertad juntamente con la solicitud, dentro dediez días siguientes a la fecha en que fue tomado.

Art. 48. Al disolverse la Asociación deberá integrarse una Comi-sión Liquidadora con dos representantes de la Asociación y dos represen-tantes de la Alcaldía.

Los representantes de la Asociación serán electos en la últimaAsamblea General extraordinaria convocada a efecto de disolución; si nofueran elegidos se procederá a la liquidación con los dos DelegadosMunicipales.

Art. 49. El plazo para liquidar la Asociación no excederá de sesentadías.

La Junta Directiva de la Asociación en proceso de liquidacióndeberá poner a disposición de la Comisión Liquidadora todos los librosy documentos y rendir los informes y explicaciones que le soliciten.

Art. 50. Los Delegados y Representantes a que se refiere el Art. 47,tendrán la representación legal de la Asociación conjuntamente y solopara efectos de liquidación.

Art. 51. Concluida la liquidación, la Comisión remitirá el informerespectivo y los documentos pertinentes, al Concejo Municipal para suaprobación.

El Acuerdo Municipal por medio del cual se aprueba la liquidaciónde la Asociación se publicará una sola vez en el Diario Oficial, por cuentade la Asociación.

Art. 52. Si después de verificada la liquidación, y cancelado elpasivo de la Asociación, queda un remanente, éste será donado a unaInstitución de carácter benéfico.

CAPITULO IX

DISPOSICIONES FINALES

Art. 53. La Asociación utilizará sus propios recursos y los obteni-dos de otras fuentes, como aporte, donaciones, etc., Para llevar a cabo susprogramas y proyectos; de lo cual informará a la Alcaldía Municipal deLa Libertad, cuando ésta lo requiera.

Art. 54. Todas las actuaciones de la Junta Directiva y de laAsamblea General, deberán hacerse constar por escrito, por lo que sellevarán los libros necesarios, los cuales se enumerarán correlativamentey se sellarán; con una razón de apertura en el primer folio, que especifiqueel objeto del libro, número de folio; y la firmará el Presidente ySecretario.

Al finalizar el año, si un libro no se ha agotado, será habilitado parael siguiente año; agotados los folios se pondrá en el último una razón decierre, firmada y sellada por el Presidente y Secretario.

Art. 55. Estos estatutos entrarán en vigencia ocho días después desu publicación en el Diario Oficial.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

CERTIFICA QUE: a página 634 del 2º Libro de Actas y AcuerdosMunicipales que esta Alcaldía lleva durante el presente año, se encuentrala que literalmente dice: ACTA # 49 ACUERDO NUMERO 05 SesiónOrdinaria celebrada a las trece horas por la Municipalidad el día 20 dediciembre de 2002, Convocada por el señor Alcalde Municipal MARIOARMANDO MOLINA MOLINA, Titular en Funciones, acompañadopor el señor Síndico Municipal OSCAR GLEN TURCIOS UMAÑA y laparticipación de los señores Concejales RIGOBERTO MENJIVAR,GLORIA ISABEL CISNEROS DE FLORES, PEDRO ANTONIOPORTILLO, JOSE DOLORES ROMERO, BERTA ANA LAINEZ DEMENJIVAR, SALVADORA LILIAN CALDERON, INMAR RAFAELMONTES NAVARRO, declarada abierta la Sesión por el señor Alcaldese dio inicio con la lectura anterior, la cual fue aprobada y ratificada entodas sus partes: EL CONCEJO MUNICIPAL HACIENDO USO DESUS FACULTADES QUE EL CODIGO MUNICIPAL LE CONFIEREACUERDA: el Concejo Municipal de la Ciudad y Puerto de La Libertad,en uso de la facultades legales que establecen la Constitución de laRepública, Código Municipal, y demás leyes secundarias; y CONSIDE-RANDO: que habiendo recibido solicitud, con fecha siete de noviembredel corriente año, por parte de los habitantes del Cantón San Alfredo,Caserío Santa Lucía Orcoyo del Cantón antes mencionado, en dondemanifiestan su deseo de constituirse como Asociación Comunal SantaLucía Orcoyo, y habiendo tenido a la vista este Concejo Municipal, losEstatutos, que van a regir dicha relación como Comunidad; POR UNA-NIMIDAD SE ACUERDA: aprobar los cincuenta y cinco Artículosestablecidos en sus respectivos Estatutos, y conferir a dicha Asociaciónel carácter de Persona Jurídica, con el nombre de “ASOCIACIONCOMUNAL SANTA LUCIA ORCOYO” fundada el día diez de sep-tiembre del año dos mil dos, fundamentando nuestra decisión, porcumplirse todos los requisitos exigidos por la ley, y la competencia quenos refiere los Artículos 7 de la Constitución de la República; Artículos119, y 30 Numeral 23, artículo 4 del Código Municipal.- CERTIFIQUESEY NOTIFIQUESE.- y no habiendo más que tratar se concluye la Sesióny Acta que Firmamos ///M.AM.// O.C.T./// R.M./// P.P./// J.D.R.//// B. deM.//// S.L.C.////// R. MONTES N. //// R.E. FLORES //// RUBRICA-DAS///.

Es conforme con su original con la cual se confrontó: y para los usoslegales se extiende la presente en la Alcaldía Municipal de La Libertad,a catorce días del mes de enero de dos mi tres.- MARIO ARMANDOMOLINA MOLINA, ALCALDE MUNICIPAL.- REBECA ERLINDAFLORES VARGAS, SECRETARIO MUNICIPAL.

(Mandamiento de Ingreso Nº 3910)

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37DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTACIUDAD, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a lasdoce horas cuarenta minutos del día veinticinco de noviembre delcorriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio deinventario, la herencia intestada dejada a su defunción por el causante,señor ISABEL CRUZ PEREZ, conocido por ISABEL CRUZ, ocurridael día cinco de mayo de este año, en el Cantón El Matazano, Jurisdicciónde Comasagua, siendo ése su último domicilio, de parte de los señoresMARTA LILIAN CASTILLO VIUDA DE CRUZ, JUAN CARLOSCRUZ CASTILLO, BLANCA ESTELA CRUZ CASTILLO y menoresNELSON ALEXANDER y MARITZA MARIBEL de apellidos CRUZCASTILLO, en calidad de Cónyuge sobreviviente la primera y losrestantes como hijos del causante; y se ha conferido a los aceptantes laadministración y representación interinas de la sucesión, con las facul-tades y restricciones de los curadores de la herencia yacente; los menoresNELSON ALEXANDER y MARITZA MARIBEL de apellidos CRUZCASTILLO, deberán ejercerlas, a través de su representante legal,señora MARTA LILIAN CASTILLO VIUDA DE CRUZ.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Nueva San Salvador,a lasquince horas y cuarenta y cinco minutos del día dos de diciembre de dosmil dos.- Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.Lic. SANDRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, SECRETARIA.

Of. 3 v.alt. Nº. 121-2

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DEESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL PARALOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución pronunciada en este Tribunala las doce horas y diez minutos del día catorce de enero del año dos miltres, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventariola herencia intestada que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su últimodomicilio, el día trece de noviembre de mil novecientos noventa y ocho,dejó el señor JOSE ALFONSO SERRANO, conocido por JOSEALFONSO SERRANO ROBLES, de parte de los señoresMAXIMILIANO SERRANO LOPEZ, conocido por MAXIMILIANOSERRANO, JOSE ALEJANDRO SERRANO PALACIOS y EDUAR-DO ANTONIO SERRANO PALACIOS, en calidad de padre del cau-sante el primero y de hijos del mismo los otros dos. Confiéresele a losaceptantes la administración y representación interina de la sucesión, conlas facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

SECCION CARTELES OFICIALESDE SEGUNDA PUBLICACIÓN

LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: SanSalvador, a las nueve horas con treinta y cinco minutos del día veintiunode enero del año dos mil tres.MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZPRIMERO DE LO CIVIL. Lic. JOSE DANILO ESCOBAR MIRAN-DA, SECRETARIO INTERINO.

Of. 3 v.alt. Nº. 122-2

LA SUSCRITA JUEZ ,

HACE SABER: que con fecha dieciséis de julio del corriente año,se presentó la Licenciada ANA FRANCISCA FUENTES DINARTEDE ZAPATA, Abogado y Notario, del domicilio de San Miguel y de estaciudad, de cincuenta y dos años de edad, con Documento Unico deIdentidad número cero cero cuatrocientos noventa y siete mil doscientosdieciséis-cero, en concepto de Agente Auxiliar del señor Fiscal Generalde la República y en Representación de la señora ANA VICTORIASANDOVAL DE HENRIQUEZ, de cuarenta y cinco años de edad, deoficios domésticos, del domicilio del Cantón Las Ventas, Caserío LasLajas, Jurisdicción de Lolotique, Distrito de Chinameca, de este Depar-tamento, con Documento Unico de Identidad Personal número cero oncetreinta y nueve cincuenta y cuatro cero -cero, solicitando a su favor TítuloSupletorio de un solar de naturaleza rústica, situado en el Caserío LasLajas, Cantón Las Ventas, Jurisdicción de Lolotique, Distrito de China-meca, Departamento de San Miguel, de una capacidad superficial deSEIS MIL SEISCIENTOS DIECISIETE METROS VEINTICINCODECIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes:AL ORIENTE, cincuenta metros, con Luis Argueta,cerco de alambre ybrotones vivos y calle vecinal que conduce de la Ciudad de Lolotique alCantón Las Ventas de por medio; AL NORTE, ochenta y dos metrosentre tramos así, el primero de Oriente a Poniente cincuenta metros,segundo siempre de Oriente a Poniente de diez metros y el tercerosiempre de Oriente a Poniente; diez metros y el tercero siempre deOriente a Poniente, veintidós metros, con MARIA DE LA PAZ DU-RAN, teniendo como línea divisoria cerca de alambre de púas, piña ybrotones de diversos árboles, AL PONIENTE, ciento tres metros, en dostramos; de Norte a Sur; el primero de cincuenta y seis metros; y elsegundo siempre de Norte a Sur; cuarenta y siete metros; y linda conABRAHAM VASQUEZ, servidumbre vecinal y OSCAR HENRI-QUEZ, cerco de alambre y piña con brotones de diversos árboles yquebrada de por medio; y AL SUR, noventa y un metros con VIRGINIAHENRIQUEZ, cerco de alambre, y piña de matón y brotones de diversosárboles de por medio, en esta porción de terreno existen construidas doscasas la primera de sistema mixto, techo teja, piso de tierra, que midenueve metros de ancho por diez metros de largo, y la segunda de adobe,de seis metros de ancho por siete metros de largo, piso de tierra, techo detejas. La posesión que mi mandante ha ejercido en dicho inmuebledurante el tiempo que tiene de poseerlo, ha consistido y consiste encultivarlo, recogido sus cocechas, mejorarlo y habitarlo, todo ésto sinpedirle el consentimiento a nadie o sea que durante este tiempo ha

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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

ejercido actos de verdadero dueño, que el terreno lo hubo por compraven-ta otorgada por la señora ARGELIA ESPERANZA RODRIGUEZ DERAMOS, a las nueve horas del día nueve de abril del corriente año, fechaen que se perfeccionó la venta de la posesión, por la señora ARGELIAESPERANZA RODRIGUEZ DE RAMOS a favor de mi representada,y la señora de RAMOS había adquirido dicho inmueble en el año de milnovecientos sesenta y cuatro, que tiene más de ocho años continuos deposeerlo ya que la venta verbal se había realizado en el mes de enero delaño de mil novecientos noventa y cuatro, que estima el terreno enmención en la cantidad de QUINCE MIL COLONES EXACTOS. Loque se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las docehoras del día veinticinco de julio de dos mil dos. Lic. DINORA DELCARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.

Of. 3 v.alt. Nº. 123-2

ILMA CONSUELO GIL DE ALVARENGA JUEZA DE LO CIVIL DEESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOSDE LEY,

HACE SABER: que a este Tribunal se ha presentado la BachillerMAGNA BERENICE DOMINGUEZ CUELLAR, en su carácter deAgente Auxiliar del señor Fiscal General de la República, en nombre yrepresentación del Estado de El Salvador en el Ramo de Obras Públicas.Solicitando se le extienda Título Supletorio de un inmueble situado en elCantón La Paz, jurisdicción de El Carmen, distrito de Cojutepeque de lacapacidad superficial de CINCO TAREAS, o sea CUARENTA YCINCO AREAS ocupado por el derecho de vía del proyecto R-veinticua-tro CA-uno San Antonio- El Carmen- La Soledad, en la estación cero mástrecientos setenta línea central, se describe así: partiendo de la estacióncero más trecientos cuarenta y uno punto veinticinco, con una distanciade siete metros noventa centímetros y rumbo Norte dieciocho gradoscincuenta y tres minutos Este, se llega al punto marcado en el plazo dela letra A, que es donde comienza la descripción de este lote así: Oeste:Línea A-B, curva de cincuenta y uno punto cero cuatro metros y radio detreinta y tres punto cuarenta y dos metros, colindando por este rumbo condemás terreno de propiedad de NICOLASA PEREZ, lado izquierdo dela carretera. NORTE: Línea B-C, recta de quince punto cero ocho metros,y rumbo Sur ochenta y un grado cincuenta minutos treinta y cincosegundos Este, colindado por este punto con terreno ocupado a JUANDE DIOS CRUZ, ESTE: Línea C-D, curva de cuarenta y seis puntosesenta y nueve metros, y radio de cuarenta y ocho punto cuarenta y dosmetros, colindando por este rumbo con el resto de la propiedad deNICOLASA PEREZ, lado derecho de la carretera, SUR: Línea D-E,recta de veintiséis punto cincuenta y cuatro metros y rumbo Norteochenta y cinco grados cincuenta y tres minutos cuarenta segundosOeste, colindando por este rumbo con terreno ocupado por el derecho devía a CANDELARIA CRUZ, OESTE: Línea E-A, recta de seis puntoveintisiete metros, y rumbo Norte dieciocho grados, cincuenta y tresminutos cincuenta y un segundo Este, colindando por este rumbo con

terreno ocupado por el derecho de vía a MOISES PEREZ, siendo A, elpunto donde termina la descripción de este lote. Dicho inmueble loadquirió por medio de escritura de compraventa en escritura privada,otorgada en la ciudad de San Salvador, el día veintinueve de agosto de milnovecientos ochenta y nueve, por la señora NICOLASA PEREZ, por loque datan de más de diez años de poseerlo en forma quieta, pacífica eininterrumpidamente y no se encuentra en proindivisión y lo valora porla cantidad de NOVECIENTOS NUEVE COLONES CON SEIS CEN-TAVOS.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las once horas deldía doce de julio del año dos mil dos. Licda. ILMA CONSUELO GIL DEALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JOSE ORLANDO BEL-TRAN MEJIA, SECRETARIO.

3 v.alt. Nº. 124-2

ILMA CONSUELO GIL DE ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DEESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOSDE LEY,

HACE SABER: que a este Tribunal se ha presentado la BachillerMAGNA BERENICE DOMINGUEZ CUELLAR, en su carácter deAgente Auxiliar del señor Fiscal General de la República, en nombre yrepresentación del Estado de El Salvador, en el Ramo de Educación,solicitando se le extienda Título Supletorio de un inmueble de naturalezarústica, situado en el Cantón San Martín Jurisdicción del Pueblo de ElRosario, Departamento de Cuscatlán, de la capacidad de UN MILTRESCIENTOS SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS, la cualse desmembra de una porción mayor, tal terreno tiene las medidas ylinderos siguientes: AL ORIENTE, mide cuarenta y cuatro metroscincuenta centímetros, linda con terreno de DANIEL NAVIDAD; ALSUR, mide veinticinco metros veinticinco centímetros, linda con el restodel terreno de donde se desmembra la porción que se describe; ALPONIENTE, mide cincuenta y cuatro metros cincuenta centímetros,linda con el resto del terreno de donde se desmembra la porción que sedescribe; y al NORTE, mide treinta y un metros cincuenta centímetros,linda con terreno de TRANSITO CHAVEZ MOLINA. Dicho inmueblelo adquiere por donación que le hiciera el señor SANTIAGO MERINOALFARO, el día nueve de mayo de mil novecientos ochenta y tres, porlo que datan más de diez años de poseerlo en forma quieta, pacífica eininterrumpidamente no está en proindivisión, y lo valúa por la cantidadde QUINIENTOS CINCUENTA COLONES EXACTOS.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las doce horas deldía seis de junio del año dos mil dos. Licda. ILMA CONSUELO GIL DEALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JOSE ORLANDO BEL-TRAN MEJIA, SECRETARIO.

Of. 3 v.alt. Nº. 125-2

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39DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

ERNESTO CEA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDI-CIAL.

HACE SABER: que por resolución dictada en este Tribunal a lasnueve horas del día veinte de diciembre de dos mil dos, se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia Intes-tada dejada a su defunción por el señor JOSE ANGEL VASQUEZARTIGA, quien fue de veinte años de edad, soltero, comerciante, fallecióel día doce de octubre del corriente año, originario y del domicilio deQuezaltepeque, siendo éste su último domicilio, de parte de la señoraGLADIS ARTIGA, en concepto de Madre del causante, a quien se le haconferido la administración y representación Interina de la Sucesión conlas facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se hace saber al público en general para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las nuevehoras del día nueve de enero de dos mil tres. Lic. ERNESTO CEA, JUEZDE LO CIVIL. Lic. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SE-CRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 110-3

EL INFRASCRITO JUEZ: al público para los efectos de ley,

AVISA: que por resolución de las diez horas y ocho minutos de éstedía, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventarioen la herencia intestada que dejó al fallecer la señora JUANA FRANCIS-CA LEON, conocida por JUANA FRANCISCA LEON ALVAYERO,el día catorce de abril del año mil novecientos noventa y nueve, en SanAgustín, lugar de su último domicilio, de parte de la señora MARINALEON, en su calidad de hija sobreviviente de la causante.

Confiéresele a la aceptante la administración y representacióninterina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de ley.

Fíjese y publíquese los edictos correspondientes, citando a los quese crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo enel término de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los nuevedías del mes de enero del año dos mil tres. Lic. MANUEL DE JESUSSANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA INTERINO. Br. LOUR-DES ESTELLA RODRIGUEZ CASTAÑEDA, SECRETARIA INTE-RINA.

Of. 3 v. alt. No. 111-3

CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, DE-PARTAMENTO DE CABAÑAS, al público para los demás efectos deley,

HACE SABER: que por resolución proveída a las catorce horas deeste día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio deinventario la herencia intestada de los bienes que a su defunción acaecida

DE TERCERA PUBLICACIÓN

el día dos de noviembre de mil novecientos sesenta y nueve, en el CantónCuyantepeque de esta jurisdicción, lugar que fue su último domicilio;dejó el señor JUAN JOSE GONGORA, quien fue de setenta y nueve añosde edad, casado, jornalero, originario del Cantón Cuyantepeque, de estajurisdicción, hijo de JOSE BRUNO GONGORA y PAULA BAIRES; departe del señor MIGUEL ANGEL GONGORA IRAHETA, en su calidadde cesionario de los derechos hereditarios correspondientes al señorJUAN ANTONIO GONGORA BAIRES, como hijo del causante; repre-sentado el señor MIGUEL ANGEL GONGORA IRAHETA, en estasdiligencias por la Licenciada MARTA DELMY QUINTEROS VIUDADE BONILLA, como Procuradora Auxiliar; habiéndosele conferido laadministración y representación interina de la sucesión con las facultadesy restricciones de los curadores de la herencia yacente.

SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referidasucesión, para que comparezcan al Tribunal a deducir tal circunstancia,dentro del término de quince días, a partir de la última publicación de esteedicto.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a lasquince horas del día veinte de enero de dos mil tres. Lic. CARLOSWILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.Lic. JULIO CESAR SALGUERO ORTIZ, SRIO.

Of. 3 v. alt. No. 112-3

CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, DE-PARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMASEFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal estemismo día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio deinventario, la herencia intestada de los bienes que a su defunciónacaecida el día cuatro de diciembre del año mil novecientos noventa yocho, en Sensuntepeque, Cabañas, lugar que fue su último domicilio;dejó la señora PETRONILA RECINOS, quien fue de sesenta y tres añosde edad, soltera, de oficios domésticos, originaria de Villa Victoria,Cabañas, hija de PABLO RECINOS y de LEONOR AVILES; de partede la señora ANA VILMA RECINOS DE URQUILLA, en su calidad dehija de la causante; habiéndosele conferido la administración y represen-tación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de loscuradores de la herencia yacente.

SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referidasucesión, para que comparezcan al Tribunal a deducir tal circunstancia,dentro de los quince días siguientes al de la última publicación de esteedicto.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a lasonce horas del día dieciséis de enero de dos mil tres. Lic. CARLOSWILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.Lic. JULIO CESAR SALGUERO ORTIZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 113-3

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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

EDGARDO ANTONIO MOLINA MORALES, con Oficina de Notaria-do, ubicada en Condominio Metro España Edificio J-Dos "B", AvenidaEspaña Número Ochocientos Dos de esta ciudad, al público,

HACE SABER: que por resolución pronunciada a las nueve horasdel día veinte de enero de este año, se ha declarado heredera definitivacon beneficio de inventario, de la herencia intestada dejada a su muertepor la señora TERESA CARCAMO DE RODRIGUEZ, quien fue desetenta y ocho años de edad, casada, salvadoreña, del domicilio deGuazapa, hija de la señora JUANA CARCAMO, ocurrida su muerte enCalle El Comercio, Barrio El Calvario de la ciudad de Guazapa, el díaveinte de mayo de mil novecientos noventa y nueve siendo la ciudad deGuazapa su último domicilio; a la señora ROSA JUDITH MARRO-QUIN DE GAMEZ, de cuarenta y siete años de edad, de oficiosdomésticos y del domicilio de Guazapa.-

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos legalesconsiguientes.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los veintiún días del mesde enero del año dos mil tres.

Lic. EDGARDO ANTONIO MOLINA MORALES,

NOTARIO.

1 v. No. 3122

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA, Notario, de este domicilio, conoficina de Notariado situada en la Segunda Avenida Sur tres-siete, en laciudad de Ahuachapán, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución proveída por el suscrito Nota-rio, a las diecisiete horas del día dieciséis de diciembre de dos mil dos,se han declarado herederos definitivos ab-intestato, con beneficio deinventario a los señores ANA ISABEL MORALES ASENCIO o ANAISABEL MORALES ASENSIO y CARLOS ANTONIO MORALESASENCIO, de los bienes del causante, señor MIGUEL FRANCISCOMORALES PINEDA, ambos en calidad de HIJOS, habiéndoseles con-ferido la administración y representación definitiva de la sucesión.

Librado en la oficina de Notariado del Doctor HERNAN ALBER-TO LOPEZ SILVA, Ahuachapán, a los dieciséis días del mes dediciembre de dos mil dos.

HERNAN ALBERTO LOPEZ OLIVA,

NOTARIO.

1 v. No. 3129

JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE DE ESTEDISTRITO,

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas cinco minutosdel día diez de diciembre del año dos mil dos; se ha declarado herederadefinitiva, ab-intestato, con beneficio de inventario, a la señora CATA-

LINA MARROQUIN, en su calidad de madre del causante señorMIGUEL ANSELMO RODRIGUEZ MARROQUIN, fallecido a lasveintitrés horas treinta minutos del día dieciocho de abril del año dos mildos, en el Hospital Francisco Menéndez de esta ciudad, su últimodomicilio y se ha conferido definitivamente a la heredera declarada, laadministración y representación de la sucesión.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los fines

de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: AHUACHAPAN, a las catorce horastreinta minutos del día seis de enero del año dos mil tres.- Dr. JULIOCESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- INOCENTEGRANILLO CASTELLON, SECRETARIO.

1 v. No. 3138

GUILLERMO ANTONIO AQUINO ALVARADO, Notario, de estedomicilio, con despacho Notarial ubicado en Once Avenida Norte ySegunda y Cuarta Calle Oriente número diez Ch, Barrio Santa Bárbara,de la ciudad de Santa Ana,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las ocho horas del día dieciocho de noviembre del año dos mil dos, seha declarado a la señora BLANCA LUZ GALDAMEZ MARTINEZ,conocida por BLANCA LUZ MOLINA, y por BLANCA LUZ GALDA-MEZ, heredera definitiva con beneficio de inventario de los bienes quea su defunción en esta ciudad, su último domicilio, el día veinte deseptiembre de mil novecientos ochenta y ocho, dejare la señora ROSAVIRGINIA MARTINEZ DE GALDAMEZ, en su concepto de madre;habiéndole concedido la representación y administración definitiva de lareferida sucesión.-

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.-

Librado en la ciudad de Santa Ana, el día veinte de noviembre delaño dos mil dos.

GUILLERMO ANTONIO AQUINO ALVARADO,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. 3152

ILMA CONSUELO GIL DE ALVARENGA, JUEZA DE LO CIVILDE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFEC-TOS DE LEY,

AVISA: que por resolución proveída por este Tribunal, a las oncehoras del día seis de diciembre del presente año; se ha declarado herederadefinitiva con beneficio de inventario, de la herencia intestada que a sudefunción dejaran los causantes JOSE LUIS MORALES, conocido porLUIS MORALES y JUANA PAULINA NAVARRETE, conocida porJUANA NAVARRETE y por MARIA JUANA NAVARRETE, quienes

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN

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41DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

fallecieron el primero el día seis de octubre de mil novecientos noventay tres; y la segunda falleció el día diecisiete de enero del año dos mil;ambos en el Cantón Huiziltepeque, de la jurisdicción de Tenancingo, deeste Departamento; siendo ese lugar el último domicilio de amboscausantes; a la señora JUANA ALICIA MORALES NAVARRETE, ensu calidad de hija y cesionaria de los derechos hereditarios que lescorrespondían a los señores MARIA JULIA MORALES; JOSE GIL-BERTO MORALES; JULIAN MORALES; MARIA TOMASA MO-RALES; MARIA TEOFILA MORALES DE ABREGO; MARIA CA-TALINA MORALES NAVARRETE, como hijos de los referidos cau-santes; habiéndosele conferido a la heredera declarada la administracióny representación definitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, quince horas deldía seis de diciembre del año dos mil dos. Licda. ILMA CONSUELOGIL DE ALVARENGA, JUEZA DE LO CIVIL.- Lic. JOSE ORLAN-DO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.

1 v. No. 3153

ROMEO GARAY MOISA, Notario de este domicilio, con oficina enCondominio Central "E", situado en Diecisiete Calle Poniente y AvenidaEspaña, de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario proveídaa las quince horas del día uno de marzo del dos mil dos, se ha declaradoa la señora ZOILA FLOR DE ARGUETA, heredera definitiva, conbeneficio de inventario de los bienes en la sucesión intestada que a sudefunción ocurrida el día veintiséis de julio del año dos mil uno, enAyutuxtepeque, dejó el señor TRANSITO ARGUETA DEL CID, cono-cido por TRANSITO ARGUETA, quien fue agricultor, de ochenta y seisaños de edad, del domicilio de Ayutuxtepeque, en concepto de cesionariade los derechos hereditarios de los hijos del señor TRANSITO ARGUE-TA DEL CID, conocido por TRANSITO ARGUETA, señores TOMASAARGUETA FLOR, MARTA DEL CARMEN ARGUETA DE ACEVE-DO, LUCIA ARGUETA DE RIVAS, FREDESBINDA ARGENTINAARGUETA DE IBARRA, JUAN ELIAZAR ARGUETA, JULIO CE-SAR ARGUETA FLOR, habiéndoseles conferido la administración yrepresentación definitiva de la sucesión mencionada.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

San Salvador, uno de marzo del año dos mil dos.

ROMEO GARAY MOISA,NOTARIO.

1 v. No. 3156

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-TO,

AVISA: que por resolución de las diez horas del día veintiuno denoviembre del año dos mil dos ha sido declarada heredera abintestato conbeneficio de inventario la herencia intestada dejada por la señora MA-RIA JULIA SANCHEZ MAYE, quien fue conocida por JULIANAMAYE, fallecida el día nueve de mayo de mil novecientos noventa y dos,en el Cantón Tajcuilujlán jurisdicción de Nahuizalco su último domici-lio, a la señora SEBASTIANA SANCHEZ, en concepto de hija y ademáscomo cesionaria de los derechos hereditarios que en dicha sucesión lescorrespondían a los señores GABINO SANCHEZ MAYE, AGUSTINASANCHEZ MAYE DE MARTINEZ y PANTALEON SANCHEZMAYE, en concepto de hijos, todos de la causante. Se ha conferido a laheredera declarada la administración y representación definitivas de lasucesión.-

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas del día seis dediciembre del año dos mil dos.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ,JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DEESCOBAR, SECRETARIO.

1 v. No. 3167

ANA GLORIA PINEDA DE MOLINA, Notario, de este domicilio, conOficina situada en Sexta Avenida Sur, Residencial El Cordovez, LocalNúmero Tres; al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que en la resolución dictada a las once horas del díaveintiuno de agosto del presente año, fueron declarados herederos conbeneficio de inventario de la Herencia que a su defunción dejó el señorPAULINO AGUlLAR, fallecido el día cuatro de abril del año dos mil, enel Cantón Sabana San Juan Arriba Jurisdicción de Nahuizalco, su últimodomicilio la Población Sonzacate de este mismo Departamento deSonsonate, a la señora MERCEDES HERNANDEZ GARCIA o MER-CEDES HERNANDEZ en su concepto de cesionario y en representaciónde sus menores hijos LAURA MARBENI y OSCAR EDUARDOAGUILAR HERNANDEZ. Confiriéndoseles la administración y repre-sentación definitiva de la situación expresada.

Librado en la ciudad de Sonsonate, a los quince días del mes deoctubre de dos mil dos.

Lic. ANA GLORIA PINEDA DE MOLINA,NOTARIO.

1 v. No. 3168

GUSTAVO ERNESTO ENRIQUE VEGA ARGUETA, Notario deldomicilio de Santa Ana, con oficina ubicada en la ciudad de Izalco, enQuinta Calle Oriente número tres, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que en las diligencias de aceptación de herenciaseguidas por el señor MAURICIO ANIBAL AREVALO MORAN, se leha declarado heredero definitivo del señor ESTEBAN MORAN CASTI-LLO, conocido por ESTEBAN MORAN, quien falleció el día treinta yuno de mayo de mil novecientos noventa y cuatro, en el Hospital deSonsonate, siendo su último domicilio la ciudad de Nahuizalco, Depar-tamento de Sonsonate y se le ha conferido la administración y represen-tación definitiva de la sucesión que dejó el señor ESTEBAN MORANCASTILLO, conocido por ESTEBAN MORAN.

Librado en la ciudad de Izalco, a los nueve días del mes de julio delaño dos mil dos.

GUSTAVO ERNESTO ENRIQUE VEGA ARGUETA,NOTARIO.

1 v. No. 3134

ANA RUTH PEREZ VALLE, Notaria, de este domicilio, con oficinanotarial situada en Veintinueve Avenida Norte, Edificio ASKAR, núme-ro mil ciento cincuenta y siete, entre Veintiuna Calle Poniente y CalleGabriela Mistral, de esta ciudad, al público,

HACE SABER: que por resolución de la suscrita Notaria, proveídaa las nueve horas del día treinta de enero del corriente año, se ha tenidopor aceptada expresamente y con Beneficio de Inventario, la HerenciaIntestada que a su defunción dejó el señor MANUEL DE JESUSMENJIVAR, conocido por MANUEL DE JESUS MENJIVAR MENJI-VAR y por MANUEL MENJIVAR, quien fue de sesenta y ocho años deedad, comerciante, fallecido el día diecisiete de enero del año dos mil dos,en la ciudad de Suchitoto, Departamento de Cuscatlán, su último domi-cilio, de parte de los señores SUSANA SIBRIAN VIUDA DE MENJI-VAR, FIDEL MENJIVAR SIBRIAN, conocido por FIDEL MENJI-VAR, ESTEBAN MENJIVAR, ROSA MENJIVAR DE ALVAREZ,conocida por ROSA MENJIVAR SIBRIAN y por ROSA MENJIVAR,RIGOBERTO MENJIVAR SIBRIAN, conocido por RIGOBERTOMENJIVAR y FRANCISCO MENJIVAR, conocido por FRANCISCOMENJIVAR LOPEZ, en su calidad de cónyuge sobreviviente e hijos delcausante, confiriéndoles a los aceptantes la Administración y Represen-tación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de loscuradores de la Harencia Yacente.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos deley.

San Salvador, a los treinta y un días del mes de enero del año dosmil tres.

ANA RUTH PEREZ VALLE,NOTARIA.

1 v. No. 1992

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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-TO JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de las once horas con treintaminutos del día de hoy, se ha declarado a la señora Nora Aída Guillén deMilla, heredera abintestato con beneficio de inventario de los bienes quea su defunción dejó el señor Pedro Francisco Rivas Cardona conocido porPedro Francisco Rivas y por Francisco Rivas, quien fue de ochenta añosde edad, jornalero, soltero, salvadoreño, fallecido el día veintiocho dejunio de mil novecientos setenta y nueve, en la ciudad de Tecoluca, eneste Distrito Judicial, lugar de su último domicilio, en concepto decesionaria de los derechos hereditarios que en dicha sucesión correspon-dían a la señora María Edith Rivas o María Edith Rivas Clímaco enconcepto de hija del causante. Y se ha conferido a la heredera declaradala administración y representación definitivas de la sucesión.

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las doce horas del día ocho deenero del dos mil tres. - Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LOCIVIL. - Br. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

1 v. No. 3135

JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ DE PRIMERAINSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL .

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado pronunciada alas diez horas con cinco minutos del día veintiuno de enero del corrienteaño, se ha declarado heredera expresamente y con beneficio de inventa-rio, de la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor JOSEVALERIO SOLIS BENAVIDES conocido por JOSE VALERIO SOLISo por VALERIO SOLIS, fallecido el día ocho de mayo de mil novecien-tos ochenta, en el Barrio Concepción de esta ciudad, a la señora JUANAEVANGELISTA FUNES VIUDA DE SOLIS, en concepto de esposadel causante. Habiéndole conferido a la heredera declarada en el carácterindicado, la Administración y Representación DEFINITIVA de la suce-sión.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios,Departamento de San Miguel, a las diez horas con cuarenta minutos deldía veintiuno de Enero del año dos mil tres. - Lic. JORGE ALBERTOGUZMAN URQUILLA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. - Br.JOSE FRANCISCO VELASQUEZ DIAZ, SECRETARIO.

1 v. No. 3187

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTEDISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado pronunciada-a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del día veinte de loscorrientes, se ha declarado heredera expresamente y con beneficio deinventario, de la herencia intestada que a su defunción dejó el señorGREGORIO JIMENEZ conocido por CRESENCIO JIMENEZ, falleci-do el día treinta de abril de mil novecientos ochenta y tres, en el BarrioConcepción de esta Ciudad y Departamento, siendo su último domicilioel de su fallecimiento, a la señora JULIA GRISELDA MEDRANOCASTILLO, en concepto de hija del causante. Habiéndole conferido a laheredera declarada en el carácter indicado, la Administración y Repre-sentación DEFINITIVA de la Sucesión.

Librado en EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIU-DAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las ochohoras y treinta minutos del día veintiuno de enero del año dos mil tres. -Lic. JORGE ALERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ DE PRIMERAINSTANCIA. - Br. JOSE FRANCISCO VELASQUEZ DIAZ, SECRE-TARIO.

1 v. No. 3186

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTEDISTRITO JUDICIAL,

AVISA: que por resolución de este Juzgado de las once horas deldía ocho de octubre del presente año, han sido declarados herederosdefinitivos y con beneficio de inventario, los señores JULIO DIMASGARCIA conocido por JULIO GARCIA, BLANCA IRENE VELAS-QUEZ DE ARGUETA, ROSA GRISELDA DIMAS VELASQUEZ,

MARIANO DIMAS VELASQUEZ, NOEL CIRO DIMAS VELAS-QUEZ, HUGO RENE DIMAS VELASQUEZ, SARA IDALIA VE-LASQUEZ, JULIO CESAR DIMAS VELASQUEZ y DAVID ELISEOVELASQUEZ DIMAS, de la herencia intestada dejada a su defunciónpor la señora PAZ DE JESUS VELASQUEZ, conocida por PAZ VE-LASQUEZ DE GARCIA, PAZ VELASQUEZ y por PAZ VELAS-QUEZ DE DIMAS, fallecida el día siete de enero del año dos mil, en elCantón Zapotitán jurisdicción de Ciudad Arce, de este Distrito, su últimodomicilio, en concepto el primero de cónyuge sobreviviente y los demáscomo hijos de la causante; confiriéndoseles a los declarados herederos enel concepto indicado la administración y representación definitivas de laindicada sucesión.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las

doce horas del día ocho de octubre del año dos mil dos. - Lic. JOSEORLANDO HERNANDEZ BUSTAMANTE, JUEZ DE PRIMERAINSTANCIA. - Lic. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRE-TARIO.

1 v. No. 3189

NIDIA PRISCILLA RIVERA FERNANDEZ, Notario del domicilio deZaragoza, con oficina en PRIMERA AVENIDA SUR CUARTA CA-LLE ORIENTE NUMERO VEINTICUATRO, ZARAGOZA,

HACE SABER: que con resolución que he pronunciado a las ochohoras del día nueve de enero del presente año, se ha DECLARADOHeredera Abintestato, con beneficio de inventario de los bienes que a sudefunción en San Salvador, siendo su último domicilio la ciudad deZaragoza, el día veinticinco de abril del año dos mil dos, dejó el señorJULIAN MARROQUIN CONOCIDO POR JULIO MARROQUINLARIOS, a la señora ANITA ANDRES DE MARROQUIN, en suconcepto de cónyuge sobreviviente del de cujus y como cesionaria de losderechos Hereditarios en abstracto de los hijos, SANDRA ELIZABE-TH, ANA ROSA, CARLOS ANTONIO, JULIO ARMANDO, EDUAR-DO, todos de apellidos MARROQUIN ANDRES. Se ha conferido a laheredera declarada la administración y representación DEFINITIVASde la Sucesión.

Librado en la Oficina de La Notario Licenciada NIDIA PRISCILLARIVERA FERNANDEZ, Zaragoza, a los veintitrés días del mes de enerodel año dos mil tres. -

Lic. NIDIA PRISCILLA RIVERA FERNANDEZ,NOTARIO.

1 v. No. 3136

CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LOCIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOSEFECTOS DE LEY,

AVISA: que por resolución proveída por este Tribunal a las diezhoras del día treinta de Septiembre del año dos mil dos, se ha declaradoheredera definitiva y con beneficio de inventario de la herencia intestadaque a su defunción dejó la señora PAULA VEGA, quien fue de sesentay cinco años de edad, de oficios del hogar, casada, hija de Fernando Vegay Florencia Rodríguez, originaria de la Ciudad de Panchimalco, quienfalleció el día catorce de diciembre de mil novecientos cincuenta y seis,en el Barrio San José de la Villa de Panchimalco, Departamento de SanSalvador, a la señora ANABALDA VASQUEZ DE JORGE en calidadde cesionaria del derecho hereditario que le correspondía a la señoraFAUSTA EDUARDA PEREZ conocida por EDUARDA PEREZ y porFAUSTA EDUARDA PEREZ VEGA DE VASQUEZ en su calidad dehija de la causante. Confiriéndole a la aceptante la administración yrepresentación DEFINITIVA de la sucesión.

Librado en el Juzgado Quinto de lo Civil, San Salvador, a las nuevehoras con veinte minutos del día veintiocho de noviembre del año dos mildos. - Lic. CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTODE LO CIVIL. - Lic. ANGEL ANTONIO CORNEJO CAÑENGUEZ,SECRETARIO.

1 v. No. 3190

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43DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-CIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: que por resolución proveída a las quince horas del díaquince de enero del presente año, se han declarado herederos abintestatocon beneficio de inventario del señor CALIXTO ALFONSO DELEONMENDEZ conocido por ALFONSO DELEON, quien falleció el díaveintiuno de abril del dos mil uno, a la edad de ochenta y cinco años,siendo en San Julián su último domicilio, a los señores MARIA DELTRANSITO JOSEFA RODAS VIUDA DE DELEON, DAVID AL-FONSO ALVAREZ, LUZ ELENA ALVAREZ DE CALDERON,MARIA ESTELA DELEON RODAS, BERTA LILIAN DELEONRODAS DE REYES, RAFAEL ERNESTO DELEON RODAS, GUI-LLERMO ANTONIO DELEON RODAS, EDITH DEL CARMENDELEON RODAS y CRUZ CECILIA DELEON, la primera en concep-to de cónyuge y los últimos como hijos del causante. Confiriéndole a losherederos declarados en el concepto antes indicado la administración yrepresentación definitiva de la sucesión.-

Lo que se avisa al público, para efectos de ley.-Juzgado de Primera Instancia: Izalco, a los dieciséis días del mes de

enero del año dos mil tres. - Lic. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA,JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. SARA ALBERTINA VI-LLEDA, SECRETARIO. -

1 v. No. 3206

CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DELDISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD DELGADO,

AVISA: que por resolución de las catorce horas y treinta y cincominutos del día dieciséis de enero del presente año, se ha declaradoheredera definitiva con beneficio de inventario de la herencia intestadaque a su defunción dejó la causante señora CECILIA GONZALEZ DECAMPOS, quien fue de ochenta y un años de edad, de oficios del hogar,casada, fallecida el día diecinueve de mayo de mil novecientos ochentay seis, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio., de parte de laseñora MARIA ANGELINA MIRANDA RIVAS, como cesionaria delos derechos que le correspondían a la señora MARIA LUZ CAMPOSGONZALEZ., en calidad de hija de la causante, siendo representada laseñora MARIA ANGELINA MIRANDA RIVAS por el Abogado FRAN-CISCO EVELIO ALVARENGA. Confiriéndosele a la aceptante laadministración y representación definitiva de la sucesión.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de Ley.JUZGADO DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO, a las catorce

horas y cincuenta y cinco minutos del día dieciséis de enero del año dosmil tres. - Licda. CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LOCIVIL. - Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRE-TARIA.

1 v. No. 3216

OSCAR ARMANDO MELHADO MONTES, Notario, de este domici-lio, con oficinas ubicadas en Centro Profesional San Francisco, local 13,Avenida Dr. Emilio Alvarez, Colonia Médica, de esta ciudad; en cumpli-miento a la modificación 4a. del Art. 19 de la “Ley del Ejercicio Notarialen la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias”;

HAGO SABER: que en resolución pronunciada a las ocho horasdel día veintitrés de enero del dos mil tres, en las Diligencias deAceptación de Herencia del causante ANTONIO CARTAGENA cono-cido también como ANTONIO CARTAGENA BRIZUELA, quienfuera originario de Guazapa, departamento de San Salvador, de cuarentay seis años de edad, empleado, siendo su último domicilio la ciudad deGuazapa, fallecido en el Cantón “Loma de Ramos”, jurisdicción deGuazapa, departamento de San Salvador, el día once de agosto de milnovecientos noventa y seis; se ha declarado heredera definitiva conbeneficio de Inventario, en concepto de cónyuge sobreviviente delcausante, a la señora MARIA ANTONIA PEREZ de CARTAGENA,ahora viuda de CARTAGENA, conocida también solamente comoMARIA ANTONIA PEREZ, Comerciante, del domicilio de Guazapa,de cuarenta y tres años de edad y se le ha conferido la administración yrepresentación definitiva de la sucesión y para su única publicación en el

“Diario Oficial”, extiendo el presente edicto en San Salvador, a losveintitrés días de enero del año dos mil tres.

Dr. OSCAR ARMANDO MELHADO MONTES,NOTARIO.

1 v. No. 3214

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, .JUEZ SEGUNDO DE LOCIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

AVISA: al público para efectos de ley, que por resolución de esteJuzgado de las quince horas del día veintitrés de octubre de dos mil dos.SE HAN DECLARADO HEREDEROS DEFINITIVOS CON BENE-FICIO DE INVENTARIO, de la Herencia Intestada, que a su defuncióndejó el causante señor RENE ARNOLDO TOBAR PONCE conocidopor RENE ARNOLDO TOBAR y por RENE ARNOLDO TOBARCHAVEZ, quien falleció en esta ciudad, el día seis de septiembre de dosmil uno, siendo ésta Ciudad lugar de su último domicilio a los menoresBRYAN ARNOLDO TOBAR FLORES y ANA MARIA TOBARPREZA, en sus calidades de Hijos del referido causante. Y se haconferido a los herederos antes mencionados, la Administración yRepresentación Definitivas de la sucesión, juntamente con la señoraANA CECILIA TOBAR RODRIGUEZ conocida por ANA CECILIATOBAR DE CHICAS y por ANA CECILIA CHICAS, debiendo ejercer-la el menor BRYAN ARNOLDO TOBAR FLORES por medio de suRepresentante Legal señora ANA CECILIA DEL CARMEN FLORES,y la menor ANA MARIA TOBAR PREZA, por medio de su Represen-tante Legal señora MARIA ANGELICA PREZA HERNANDEZ.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SANSALVADOR, a las doce horas del día treinta y uno de octubre del dos mildos. - Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDODE LO CIVIL. - Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DEALAS, SECRETARIA INTA.

1 v. No. 3227

AVISO

La Infrascrita Notario Licenciada CARMEN ELISA SOSA DECALLEJAS, con Bufete en Kilómetro ocho y medio, Carretera Planes deRenderos Quinta "Montefresco", de esta ciudad;

HACE SABER: que por resolución proveída por la suscrita Nota-rio, de las diez horas del día veintiocho de enero de dos mil tres, sedeclararon Herederos Definitivos y con Beneficio de Inventario de laHerencia testamentaria que a su defunción, ocurrida en esta ciudad, lugarde su último domicilio, el día trece de julio de dos mil dos, dejó el señorLUIS OSCAR CHAVEZ, quien fue de ochenta y dos años de edad,Empleado, de este domicilio, los señores MARIA LUISA DOLORESCHAVEZ DE ANDREU, y CORALIA GUADALUPE CHAVEZ DEPERLA, OSCAR ALFREDO CHAVES RIVAS conocido por OSCARALFREDO CHAVEZ RIVAS, y la Sociedad "Red de ConsultoresCentroamericanos, S.A. de C.V.", que se abrevia "REDCONCEN, S.A.de C.V.", los primeros en su concepto de Herederos Testamentarios y laúltima como cesionaria de los derechos testamentarios de don José LuisChávez Rivas.

Publíquense el Edicto de Ley.

Lo que se hace del conocimiento público para los efectos legalescorrespondientes.

San Salvador, treinta de enero de dos mil tres.

CARMEN ELISA SOSA DE CALLEJAS,

NOTARIO.

1 v. No. 1964

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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA, Notario, de este domicilio, conOficina de Notariado situada en la Segunda Avenida Sur, Tres-Siete, enesta ciudad, al público, para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución proveída por el suscrito Nota-rio, a las ocho horas del día cinco de diciembre de dos mil dos, se ha tenidopor aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herenciaintestada que a su defunción ocurrida a las veintitrés horas y cuarenta ycinco minutos del día dieciocho de octubre de mil novecientos noventay dos, en el Barrio El Calvario, de la antes Villa, hoy ciudad de Tacuba,Departamento de Ahuachapán, su último domicilio, dejó la señoraABELINA RODRIGUEZ, de parte de la señora ANA ADILIA RODRI-GUEZ DE GARCIA, conocida por ANA MARGARITA RODRIGUEZ,como hija de la causante; habiéndosele nombrado administradora yrepresentante interina de la sucesión, con las facultades y restricciones delos curadores de la herencia yacente.

Librado en la Oficina de Notariado del Doctor Hernán AlbertoLópez Silva: Ahuachapán, a los cinco días del mes de diciembre de dosmil dos.

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA,

NOTARIO.

1 v. Nº 3126

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA, Notario, de este domicilio, conOficina de Notariado situada en la Segunda Avenida Sur, Tres-Siete, enesta ciudad, al público, para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución proveída por el suscrito Nota-rio, a las dieciséis horas del día dieciséis de diciembre de dos mil dos, seha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario laherencia intestada que a su defunción ocurrida a las veinte horascincuenta minutos del día dos de diciembre de mil novecientos noventay nueve, en el Cantón Sitio del Niño, de la jurisdicción de San Juan Opico,en el Departamento de La Libertad, su último domicilio, dejó el señorGUILLERMO MENENDEZ, de parte del señor LUIS ANGEL ME-NENDEZ TORRES, como hijo del causante; habiéndosele nombradoadministrador y representante interino de la sucesión, con las facultadesy restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en la oficina de notariado del Doctor Hernán AlbertoLópez Silva: Ahuachapán, a los dieciséis días del mes de diciembre dedos mil dos.

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA,

NOTARIO.

1 v. Nº 3128

AMPARO DEL CARMEN ARIAS SORTO, Notario, de este domicilio,con oficina situada en Urbanización Buenos Aires IV, Calle Maquilishuaty Avenida Cuatro de Mayo, “Centro Profesional Buenos Aires”, LocalUno, Módulo “A”, Ciudad; al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución proveída a las diez horas del díadieciocho de enero del presente año, se ha tenido por aceptada expresa-mente y con beneficio de inventario de parte de los señores PETRONILAORTEZ VILORIO y ANTONIO ORTEZ VILORIO, conocido porANTONIO ORTEZ, de la herencia intestada que a su defunción dejó elseñor JUAN BAUTISTA ORTEZ, en concepto de hijos y como cesiona-rios de los derechos hereditarios que les correspondían a los señores:PURIFICACION VILORIO Viuda DE ORTEZ, en concepto de cónyu-ge sobreviviente; y a FLAVIO ORTEZ VILORIO, CARLOS ALFRE-DO ORTEZ VILORIO, HECTOR MANUEL ORTEZ, conocido porHECTOR MANUEL ORTEZ VlLORIO, ANDRES ORTEZ VILORIO,RUBENIA ORTEZ DE VALENCIA, ELVIA ORTEZ DE HERNAN-DEZ, BENITO ORTEZ VILORIO, y JUAN BAUTISTA ORTEZVILORIO, en concepto de hijos del referido causante, ocurrida el díadiecinueve de diciembre de mil novecientos noventa y ocho, en laPoblación del Sauce, Departamento de La Unión, su último domicilio.Habiéndoseles conferido la Administración y Representación interina dela sucesión.

Librado en San Salvador, a los veinte días del mes de enero del dosmil tres.

Lic. AMPARO DEL CARMEN ARIAS SORTO,

NOTARIO.

1 v. Nº 3215

EL JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL INTERINO DE ESTEDISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DELEY,

HACE SABER: que en este Tribunal, la Licenciada ANA CON-CEPCION IRIAS LOZANO, como Apoderada General Judicial delBANCO SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA, sigue JuicioEjecutivo Mercantil contra el señor EDUARDO ALEXEI ARGUETACANTIZANO, mayor de edad, Estudiante, en la actualidad de domicilioignorado sin saber si ha dejado Procurador o Apoderado que lo represen-te; por lo que de conformidad con el Artículo 141 Pr.C. dentro del mismoJuicio se han promovido las Diligencias de Ausencia a fin de que se lenombre un Curador Especial que lo Represente exclusivamente en elproceso relacionado.

En consecuencia se previene que si alguna persona es Apoderadao Representante Legal del señor EDUARDO ALEXEI ARGUETACANTIZANO, se presente a este Juzgado a comprobar tal circunstanciadentro de los quince días subsiguientes de la publicación del presenteaviso.

LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL:San Salvador, a las diez horas del día veinte de septiembre de dos mildos.- Lic. JOSE OSCAR LACAYO MEYER, JUEZ PRIMERO DE LOMERCANTIL INTERINO.- Lic. OSCAR EMILIO ZETINO URBINA,SECRETARIO.

1 v. Nº 3157

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45DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

GLORIA ELIZABETH AHUAT FERNANDEZ, CON OFICINA PRO-FESIONAL SITUADA EN CALLE QUINCE DE SEPTIEMBRE DELA CIUDAD DE METAPAN,

HAGO SABER: que a mi oficina profesional se ha presentado laseñorita ROSA EDELMIRA SANTOS, solicitando TITULO SUPLE-TORIO, de tres inmuebles de naturaleza rústica situados en Cantón LaIsla, de esta jurisdicción que se describen así: PRIMERO: de unaextensión superficial de DOSCIENTOS OCHENTA PUNTO CIN-CUENTA METROS CUADRADOS, que especialmente mide y linda:al NORTE: dieciséis metros, con terreno de Ignacia Barahona v. deEscobar y Victoria Escobar Arriola; cerco de alambre propio caminovecinal de por medio; al ORIENTE: dieciocho metros, con resto deterreno que se reservó el señor Hermenegildo Castro; al SUR: dieciochometros con resto que se reservó el señor Hermenegildo Castro; y alPONIENTE: quince metros, con sucesión de Gabriela Arriola, antes hoyde Trinidad Aguilar cerco de alambre propio el cual valúa en la cantidadde CUATRO MIL COLONES, y el que hubo por escritura pública quele otorgará el señor Hermenegildo Castro, en esta ciudad el día veintinue-ve de octubre de mil novecientos noventa y siete; el cual lo hubo a su vezpor compra que le hiciera al señor Antonio Aguilar, en esta ciudad, el díatreinta de enero de mil novecientos noventa. SEGUNDO: de una exten-sión superficial de TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS PUNTO CIN-CUENTA METROS, que linda: al NORTE: con Ignacia Barahona yVictoria Escobar Arriola, calle de por medio; al PONIENTE: conpropiedad de la titulante; al SUR: con propiedad de la titulante; y alORIENTE: con propiedad de Hermenegildo Castro, el cual lo hubo porcompra que le hiciera al señor Hermenegildo Castro, en esta ciudad, eldía veintiocho de noviembre del presente año y quien a su vez lo hubo porcompra que le hiciera al señor Antonio Aguilar, en esta ciudad el díatreinta de enero de mil novecientos noventa y el que valúa en la cantidadde cuatro mil colones y TERCERO: de una extensión superficial deTRESCIENTOS TREINTA Y TRES METROS CUADRADOS, quelinda: al NORTE: con Victoria Escobar Arriola, calle de por medio; alPONIENTE: con terreno que fue de Hermenegildo Castro hoy de latitulante; al SUR: con Trinidad Aguilar y al ORIENTE: con TrinidadAguilar, el cual lo hubo por donación verbal que le hiciera el señorHermenegildo Castro en el año de mil novecientos noventa y el que valúaen la cantidad de DOS MIL COLONES. El inmueble así descrito no esdominante ni sirviente, ni está en la actualidad en proindivisión con nadiey no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas.

Librado en la oficina de la suscrita Notario, Metapán, a los docedías del mes de diciembre del dos mil dos.

Lic. GLORIA ELIZABETH AHUAT FERNANDEZ,

NOTARIO.

1 v. Nº 3166

JOSE FRANCISCO AYALA MEJIA, Notario, del domicilio de SantaAna, al público en general,

HACE SABER: que a mi oficina profesional situada en Residen-cial Bolívar, Once Calle Oriente número tres de la ciudad de Santa Ana,se ha presentado el señor PEDRO ALFONSO PORTILLO SANDO-VAL, solicitando por sí y por escrito título de propiedad de un inmueblede naturaleza rústica, inculto y sin construcciones, situado en el CaseríoEl Chilamate, jurisdicción de Santa Rosa Guachipilín, de la extensiónsuperficial de DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO METROS CUA-DRADOS, que especialmente mide y linda: AL NORTE: cuatro metros,

con María Luisa Figueroa Castaneda; AL SUR: doce metros, con RufinaUmaña, camino de por medio; AL ORIENTE: treinta y un metros conRafael Aguilar, Margarita Umaña Figueroa, callejón de por medio, y ALPONIENTE: treinta y cinco metros, con María Luisa Figueroa Castane-da. No contiene construcciones. El inmueble no se encuentra inscrito enel Registro de la Propiedad Raíz de este Departamento por carecer deantecedentes registrables, libre de gravamen, no es predio dominante,tampoco existe respecto al mismo ninguna otra persona que sea posee-dora o titular de algún derecho real y por lo tanto no existe proindivisióncon nadie. Estima dicho inmueble en la cantidad de DIEZ MIL COLO-NES EXACTOS.

Lo que hago saber al público para efectos legales.

Librado en la ciudad de Santa Ana, el día veinte de febrero del añodos mil dos.

Lic. JOSE FRANCISCO AYALA MEJIA,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. Nº 3194

JOSE FRANCISCO AYALA MEJIA, Notario, del domicilio de SantaAna, al público en general,

HACE SABER: que a mi oficina profesional situada en Residen-cial Bolívar, Once Calle Oriente número tres de la ciudad de Santa Ana,se ha presentado la señora MARGARITA UMAÑA FIGUEROA, soli-citando por sí y por escrito título de propiedad de un inmueble denaturaleza rústico, inculto y sin construcciones, situado en el Caserío ElChilamate, Cantón Llano de las Majadas, jurisdicción de Santa RosaGuachipilín, que linda: AL NORTE: Benigno Barrientos; AL ORIEN-TE: Teresa Pacheco y Rafael Aguilar; AL SUR: callejón en medio, conRafael Aguilar; y AL PONIENTE: camino de por medio, con PedroAlfonso Portillo, María Luisa Figueroa Castaneda, y Florencio UmañaFigueroa, tiene una extensión superficial de SEISCIENTOS VEINTI-NUEVE METROS CUADRADOS SESENTA Y CUATRO CENTI-METROS CUADRADOS. El inmueble no se encuentra inscrito en elRegistro de la Propiedad Raíz de este Departamento, por carecer deantecedentes registrales y lo hubo por compra verbal al señor EUGENIOUMAÑA, libre de gravamen, no es predio dominante, tampoco existerespecto al mismo ninguna otra persona que sea poseedora o titular dealgún derecho real y por lo tanto no existe proindivisión con nadie.Estima dicho inmueble en la cantidad de DIEZ MIL COLONES EXAC-TOS.

Lo que hago saber al público en general para los efectos legales.

Librado en la ciudad de Santa Ana, el día veinte de febrero del añodos mil dos.

Lic. JOSE FRANCISCO AYALA MEJIA,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. Nº 3195

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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

JOSE FRANCISCO AYALA MEJIA, Notario, del domicilio de Santa

Ana, al público en general,

HACE SABER: que a mi oficina profesional, situada en Residen-

cial Bolívar, Once Calle Oriente número tres de la ciudad de Santa Ana,

se ha presentado la señora IRMA ISABEL AGUILAR VASQUEZ,

solicitando por sí y por escrito título de propiedad de un inmueble de

naturaleza rústica, inculto, y sin construcciones, situado en Caserío El

Chilamate, jurisdicción de Santa Rosa Guachipilín, de la extensión

superficial de CUATROCIENTOS TREINTA Y UNO PUNTO OCHEN-

TA Y CINCO METROS CUADRADOS, que especialmente mide y

linda: AL NORTE: quince punto ochenta y ocho metros, con Teresa

Pacheco; AL SUR: dieciséis punto setenta y dos metros, callejón de por

medio con César Figueroa Calderón; AL PONIENTE: ocho punto

cuarenta y tres metros, servidumbre de paso de por medio con María

Asunción Umaña; y al ORIENTE: veintidós punto cincuenta y siete

metros, con Narciso Figueroa. No contiene construcciones. El inmueble

no se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz de este

departamento por carecer de antecedente registrable, libre de gravamen,

no es predio dominante, tampoco existe respecto al mismo ninguna otra

persona que sea poseedora o titular de algún derecho real y por lo tanto

no existe proindivisión con nadie. Estima dicho inmueble en la cantidad

de QUINCE MIL COLONES EXACTOS.

Lo que hago saber al público para efectos legales.

Librado en la ciudad de Santa Ana, el día veinte de febrero del año

dos mil dos.

Lic. JOSE FRANCISCO AYALA MEJIA,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. Nº 3196

JOSE FRANCISCO AYALA MEJIA, Notario, del domicilio de Santa

Ana, al público en general,

HACE SABER: que a mi oficina profesional, situada en Residen-

cial Bolívar, Once Calle Oriente número tres de la ciudad de Santa Ana,

se ha presentado la señora MARIA LUZ UMAÑA, solicitando por sí y

por escrito título de propiedad de un inmueble de naturaleza rústica,

inculto y sin construcciones, situado en el Caserío El Chilamate, Cantón

Llano Las Majadas, jurisdicción de Santa Rosa Guachipilín, que linda:

AL NORTE: treinta y cinco metros, con Anibal Barrientos ; AL ORIEN-

TE: dieciocho metros, colinda con Isabel Figueroa; AL SUR: cuarenta

metros, con Isabel Figueroa, calle de por medio; y AL PONIENTE:

dieciocho metros, con Isabel Figueroa; de una extensión superficial de

SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS. El

inmueble no se encuentra inscrito en el Registro de la propiedad Raíz de

este Departamento por carecer de antecedente, registrable y lo hubo por

compra verbal a la señora CELIDA AGUILAR FIGUEROA, libre de

gravamen, no es predio dominante, tampoco existe respecto al mismo

ninguna otra persona que sea poseedora o titular de algún derecho real y

por lo tanto no existe proindivisión con nadie. Estima dicho inmueble en

la cantidad de DIEZ MIL COLONES EXACTOS.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos legales.

Librado en la ciudad de Santa Ana, el día veinte de febrero del año

dos mil dos.

Lic. JOSE FRANCISCO AYALA MEJIA,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. Nº 3197

Clase: 05. Número 00202 Libro 0030.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que THE BOC GROUP PLC, del domicilio de

CHERTSEY ROAD, WINDLESHAM, SURREY GU20 6HJ, INGLA-

TERRA, de nacionalidad INGLESA, propietaria de la MARCA DE

FABRICA Y DE COMERCIO, consistente en LA EXPRESION

“OHMEDA”, País de Origen INGLATERRA, Inscrita al número 00202

del Libro 0030 de Inscripción de Marcas, traspasó por VENTA la MARCA

DE FABRICA Y DE COMERCIO antes descrita a INSTRUMENTARIUM

CORP, del domicilio de KUORTANEENKATU 2, HELSINKI, de nacio-

nalidad FINLANDESA. TRASPASO que se encuentra inscrito al Número

00162, del Libro 0040, de Resoluciones Definitivas.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-

TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los nueve

días del mes de mayo de dos mil uno.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

1 v. Nº 3165

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47DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

RAFAEL JOSE ANTONIO VELASQUEZ MEJIA, JUEZ DE PRIME-

RA INSTANCIA SUPLENTE,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las nueve

horas y veinticinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario de parte del señor GRACIANO

LARIN PEÑATE, de cuarenta y ocho años de edad, empleado del

domicilio de Sonsonate, la herencia intestada que a su defunción dejó el

señor José Luis González conocido por José Luis Larín y por José Luis

Larín Aguirre, quien fue de setenta y cinco años de edad, Jornalero,

viudo, fallecido a las cuatro horas del día tres de diciembre de mil

novecientos setenta y nueve, en el Barrio El Socorro de la Población de

Turín de este distrito, su último domicilio, en concepto de hijo del

referido causante. Se le ha conferido al aceptante en el carácter dicho la

administración y representación interinas de la sucesión con las faculta-

des y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las diez

horas del día diecisiete de diciembre del año dos mil dos. Licdo.

RAFAEL JOSE ANTONIO VELASQUEZ M., JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA SUPLENTE.- MANUEL IGNACIO CARCAMO R., SE-

CRETARIO.-

3 v. alt. Nº. 3125-1

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución pronunciada a las diez horas

del día dos de abril de mil novecientos noventa y ocho, se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la

señorita GINA PATRICIA DELGADO, la Herencia Intestada que dejó

el señor MARIO DELGADO DIAZ conocido por MARIO DELGADO

y por MARIO ANTONIO DELGADO, quien falleció el día trece de

agosto de mil novecientos ochenta y seis, en esta ciudad, su último

domicilio, en concepto de hija del de cujus. Confiéresele a la aceptante

la administración y representación interina de la sucesión, con las

facultades y restricciones legales.

Y, CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida,

especialmente a los padres del causante señores ANTONIO DELGADO

y CANDELARIA DIAZ, para que se presenten a deducirlo dentro del

término de quince días, contados desde el siguiente al de la tercera

publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las once

horas del día veinticinco de noviembre de dos mil dos.- Dr. DARIO

VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- Lic.

VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.-

3 v. alt. Nº. 3127-1

ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a las

ocho horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con

beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el

Causante DANIEL CAMILO CHINCO, conocido por DANIEL

CHINCO y por DANIEL CHINCO PILIA, quien falleció el día trece de

enero de mil novecientos noventa y tres, a la edad de sesenta y siete años,

siendo su último domicilio el de esta ciudad, por parte de los señores

BERTA DE JESUS CHINCO PURITO, JOSE LUIS CHINCO PURITO,

ANA GLORIA CHINCO DE GONZALEZ, DOLORES DE LAS MER-

CEDES CHINCO DE MACUA, ROSA MARGARITA CHINCO

PURITO y DANIEL ALFREDO CHINCO PURITO, en su concepto de

hijos sobrevivientes del Causante. Confiriéndoseles a los aceptantes en

el concepto antes expresado la Administración y Representación Interina

de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.-

Lo que se hace saber al público, para efectos de ley.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamen-

to de Sonsonate, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos

mil dos.- Lic. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIME-

RA INSTANCIA. Licda. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ,

SECRETARIO.-

3 v. alt. Nº. 3132-1

GUSTAVO ERNESTO ENRIQUE VEGA ARGUETA, Notario, de este

domicilio, con oficina ubicada en Segunda Avenida Sur Número Treinta

y cinco, de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, a las

nueve horas del día dieciocho de enero del presente año, se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de Inventario, la herencia testa-

mentaria que a su defunción ocurrida en esta ciudad, el día diez de

diciembre del año dos mil dos, dejó la señora ISABEL LUCERO

conocida por ISABEL LUCERO RIVERA, de parte de la señora JULIA

CRISTINA CASTELLANOS, en su concepto de heredera testamentaria

de la causante, habiéndosele conferido la administración y representa-

ción interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con

derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida oficina

en el termino de quince días, contados desde el siguiente a la última

publicación del presente edicto.

Librado en la oficina del Notario Gustavo Ernesto Enrique Vega

Argueta. En la ciudad de Santa Ana, a las ocho horas treinta minutos del

día veinte de enero del año dos mil tres.

GUSTAVO ERNESTO ENRIQUE VEGA ARGUETA,

NOTARIO.

3 v. alt. Nº. 3133-1

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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

LA INFRASCRITA JUEZA INTA. DEL JUZGADO PRIMERO DE

LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución pronunciada por este Juzgado

a las nueve horas y quince minutos del día doce de diciembre del año dos

mil dos, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de

inventario de la Herencia Intestada, que a su defunción ocurrida en La

Plata, Provincia de Buenos Aires, Argentina, siendo esta Ciudad su

último domicilio, a las diecisiete horas con cuarenta y cinco minutos del

día veintiuno de marzo del año dos mil, dejó el señor CARLOS ROMEO

ESCAMILLA ZAYAS, conocido por CARLOS ROMEO ESCAMI-

LLA, de parte de los señores ENRIQUETA OLINDA ZAYAS, conoci-

da por ENRIQUETA OLINDA ZAYAS QUINTANILLA y por

ENRIQUETA HOLINDA ZAYAS DE LARA, DOMINGA ENMA

ZAYAS DE AVELAR, conocida por DOMINGA EMMA ZAYAS y

DOMINGA ENMA ZAYAS, VICENTE ROMEO ZAYAS, conocido

por VICENTE ROMEO ZAYAS QUINTANILLA, en su concepto de

Tíos del referido causante. Confiérese a los aceptantes la administración

y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restriccio-

nes de los curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las doce

horas con treinta minutos del día diecisiete de diciembre del año dos mil

dos. - Licda. DELMY ELSY RODRIGUEZ AREVALO, JUEZA INTA.

DEL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL.- Lic. JOSE DANILO

ESCOBAR MIRANDA, SECRETARIO INTO.

3 v. alt. Nº. 3159-1

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE

LEY,

HACE SABER: que por resolución de las doce horas y quince

minutos del día cuatro del presente mes y año, se tuvo por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario de la herencia INTESTADA

de los bienes que a su defunción dejó la causante ISABEL ANGEL

RODRIGUEZ, conocida por ISABEL ANGEL, quien falleció en Colo-

nia Ex-Sol, de esta ciudad, a las seis horas del día trece de enero de mil

novecientos ochenta y cuatro, de parte de la señora IMELDA GLADYS

FLORES ANGEL, conocida por IMELDA GLADYS FLORES GUE-

RRA, IMELDA GLADYS FLORES DE LINARES, YMELDA

GLADYS FLORES ANGEL y por YMELDA GLADYS FLORES, en

su concepto de hija de la causante. Habiéndose conferido a la aceptante

en el carácter antes indicado la administración y representación INTERI-

NA de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de

la herencia yacente.

Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia a deducirlo

dentro del termino de quince días a partir de la última publicación del

presente edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las quince horas del

día cuatro de noviembre de dos mil dos.- Lic. JOSE HUGO ESCALAN-

TE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. YANIRA MAGDALENA

GAVIDIA RIVERA, SECRETARIA.-

3 v. alt. Nº. 3172-1

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL, DE ESTA

CIUDAD, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a las

catorce horas treinta minutos del día veintidós de octubre del corriente

año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inven-

tario, la herencia intestada dejada a su defunción por el causante ALEX

DE JESUS RIVAS GALLARDO, conocido por ALEX DE JESUS

RIVAS, ocurrida en el Cantón San José Obrajito, jurisdicción de Santia-

go Nonualco, el día veintitrés de julio de mil novecientos noventa y tres,

siendo esta ciudad, el lugar de su último domicilio, de parte del menor

Wilber Alexander Rivas Cornejo, en calidad de hijo del causante y como

cesionario del derecho hereditario que correspondía a la señora María

Esperanza Gallardo de Rivas, como madre del causante; y se ha confe-

rido al aceptante la administración y representación interinas de la

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente, debiendo ejercerla a través de su representante legal

señora Blanca Estela Cornejo.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Nueva San Salvador, a las once

horas y treinta minutos del día uno de noviembre de dos mil dos.- Lic.

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. SAN-

DRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 3173-1

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE MEJI-

CANOS, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER : que por resolución de las catorce horas y treinta

minutos del día veinte de enero del presente año, se tuvo por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario la herencia INTESTADA de

los bienes que a su defunción dejó el causante SALVADOR UMAÑA

conocido por SALVADOR JUAREZ UMAÑA quien falleció en el

Hospital de Especialidades del Seguro Social de la ciudad de San

Salvador a las nueve horas cero minutos del día uno de junio de dos mil

dos, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, por parte de la

señora ADELA ARGENTINA UMAÑA conocida por ADELA AR-

GENTINA UMAÑA DE PEREZ en su concepto de hija del de cujus. Se

confirió además a la aceptante en el carácter antes indicado la adminis-

tración y representación interina de la sucesión con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

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49DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

Y CITA: a todas las personas que se crean con derecho a la referida

herencia a deducirla dentro del término de quince días a partir de la

última publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las quince horas del

día veinte de enero de dos mil tres.- Lic. JOSE HUGO ESCALANTE

NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. YANIRA MAGDALENA

GAVIDIA RIVERA, SECRETARIA.-

3 v. alt. Nº. 3184-1

SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución dictada a las doce horas de este

día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventa-

rio, la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día veintinueve

de julio del dos mil uno, en el Cantón Siete Principes, jurisdicción de

Coatepeque, lugar de su último domicilio, dejó el señor FELIX ENRI-

QUE LINARES ACEITUNO de parte de: MARIA OLIVIA LINARES

DE TRIGUEROS conocida por MARIA OLIVIA LINARES

ACEYTUNO y por MARIA OLIVIA LINARES ACEITUNO y

GERMAN GREGORIO LINARES ACEITUNO conocido por GER-

MAN GREGORIO LINARES ACEYTUNO, en calidad de hermanos

del causante y como cesionarios de los Derechos Hereditarios que en

dicha herencia le correspondían a la señora ROSA ANGELICA LINA-

RES DE CANALES conocida por ROSA ANGELICA LINARES

ACEITUNO hermana del causante; confiriéndoseles INTERINAMEN-

TE la Administración y Representación de la Sucesión expresada, con

las facultades y restricciones de ley.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten en el término de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las catorce horas con quince minutos del día veintinueve de

noviembre del dos mil dos.- Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY

LARA.- JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- BLANCA ALICIA GRA-

NADOS DE AMAYA, SECRETARIO.-

3 v. alt. Nº. 3191-1

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito,

AVISA: que hoy ha tenido por aceptada con beneficio de inventa-

rio, la herencia intestada que dejó PANTALEON MARTINEZ MEJIA

o PANTALEON MARTINEZ, que falleció el once de enero del año dos

mil dos, por parte de la señora MARIA LUISA GUATEMALA DE

MARTINEZ, en concepto de cónyuge del causante.

Se cita a quienes tengan derecho en la misma herencia para que se

presenten a deducirlo dentro del plazo de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los catorce días del mes

de enero del año dos mil tres.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE

LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.-

3 v. alt. Nº. 3193-1

ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil, de este Distrito

Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado, de las quince

horas con cuarenta minutos del día diez de enero del corriente año; se

tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la

herencia intestada que al fallecer a las veintidós horas del día veinte de

junio de mil novecientos noventa y nueve, en el Cantón Mala Laja, de

la jurisdicción de Polorós, siendo dicho lugar su último domicilio, dejara

el causante Marciano Turcios, a la heredera Ofelia Fuentes viuda de

Turcios u Ofelia Fuentes, en concepto de cónyuge del expresado causan-

te, de conformidad con lo establecido en el Art. 988 Nº. 1º. del Código

Civil; se le confirió a la aceptante en tal carácter la administración y

representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las

facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil, Santa Rosa de Lima, a las doce

horas con veinticinco minutos del día quince de enero de dos mil tres.-

Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic.

MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETA-

RIO.-

3 v. alt. Nº. 3208-1

ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado, de las catorce

horas con quince minutos del día tres de diciembre del corriente año, se

tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la

herencia intestada que al fallecer a las quince horas del día veintitrés de

mayo de mil novecientos noventa y nueve, en el lugar denominado Posa

El Convento, de Anamorós, siendo el lugar de su último domicilio el

Cantón Huertas Viejas, de la jurisdicción de Anamorós, dejara el

causante Juan Portán Blanco, a la heredera Norberta González de Blanco

ahora viuda de Blanco, en concepto de cónyuge del expresado causante,

de conformidad con el Art. 988 Nº. 1º. del Código Civil.

Se le confirió a la aceptante en el carácter dicho la administración

y representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las

facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil, Santa Rosa de Lima, a los veinte

días del mes de diciembre de dos mil dos.- Lic. ANGEL ALBINO

ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. MARINA CONCEPCION

MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIO.-

3 v. alt. Nº. 3209-1

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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por Resolución de las nueve horas y sieteminutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente, conbeneficio de inventario la herencia testamentaria que dejó la señoraVICTORIA YANES DE PEREZ, quien falleció el día tres de diciembredel dos mil dos, en Cantón Huisquil, Jurisdicción de Conchagua, Depar-tamento de La Unión, siendo ese lugar su último domicilio, de parte delseñor JULIO ADALBERTO PEREZ YANES, en concepto de hijo de lacausante y como heredero instituido. Confiriéndole a dicho heredero enel concepto mencionado la administración y representación interina dela sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de laherencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para queen el término de ley, después de la tercera publicación de este cartel lodemuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veinte días delmes de enero del dos mil tres. Lic. EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO,JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3210-1

ISAAC ERNESTO SAYES GONZALEZ, Notario, de este domicilio,con oficina ubicada en Colonia Médica, Diagonal Dr. Arturo Romero yPasaje Dr. Roberto Orellana Valdéz, Edificio Clínica de Especialidadeslocal doscientos siete, de esta ciudad,

HACE SABER: que por Resolución de las nueve horas del día docede agosto del dos mil dos, se ha tenido por aceptada y expresamente conbeneficio de inventario de parte de los señores ROBERTO WILFRIDOGALINDO AMAYA, de cuarenta y cinco años de edad, Empleado, deldomicilio de Quezaltepeque, departamento de La Libertad; y OSCARORLANDO GALINDO AMAYA, de cuarenta y tres años de edad,Estudiante, del domicilio de Quezaltepeque, departamento de La Liber-tad; este último representado por el primero; la herencia intestada que asu fallecimiento acaecida en Lund, Suecia, el día diez de abril del año milnovecientos noventa y cuatro, dejara la señora MARIA CATALINAAMAYA DE GALINDO, conocida por MARIA CATALINA AMA-YA, quien fuera de cincuenta y nueve años de edad, de Oficios Domés-ticos, y del último domicilio de Quezaltepeque, departamento de LaLibertad, y por lo tanto se les ha conferido la representación y adminis-tración interina de la sucesión, la que ejercerán con las facultades yrestricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que sepresenten a deducirlo en el término de quince días contados a partir de laúltima publicación de este edicto, a la dirección antes mencionada.

San Salvador, veintidós de enero del dos mil tres.

Lic. ISAAC ERNESTO SAYES GONZALEZ,

NOTARIO.

3 v. alt. No. 3211-1

JOSE NAPOLEON GARCIA RAMIREZ, Notario de este domicilio,con oficinas en Calle José Martí # 17, Colonia Escalón, de esta ciudad,

HACE SABER: que por Resolución de esta Notaría, contenida enActa Notarial de las diez horas del día veintiocho de noviembre delpresente año, se ha tenido por aceptada expresamente, con beneficio de

Inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida en Cojute-peque, lugar de su último domicilio, el veintiséis de diciembre del añodos mil uno, dejó el señor JUAN JOSE RAMIREZ, de parte de ARISTI-DES FLORENTINO RAMIREZ VALLADARES, JUAN JOSE RAMI-REZ VALLADARES, conocido por JUAN JOSE RAMIREZ, y ROSAPATRICIA ELIZABETH RAMIREZ ARGUETA, en su concepto dehijos del causante, a quienes se ha conferido conjuntamente la adminis-tración y representación interinas de la sucesión, con las facultades yrestricciones de los Curadores de la Herencia Yacente, lo que se hace delconocimiento del público, para los efectos de Ley.

Dado en la ciudad de San Salvador, a los veintinueve días del mesde noviembre del año dos mil dos.

Dr. JOSE NAPOLEON GARCIA RAMIREZ,

NOTARIO.

3 v. alt. No. 3213-1

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVILDEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: que por Resolución pronunciada en el Juicio CivilEjecutivo promovido por el Abogado JOSE EDGARDO SALINAS, ensu calidad de Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDAde este domicilio, reclamándole cantidad de colones a la señora VILMADEL CARMEN GUEVARA MIRA, se venderá en Pública Subasta eneste Juzgado el siguiente inmueble. “““Lote de terreno urbano y cons-trucciones que contiene marcado con el número VEINTIUNO delPolígono VEINTIDOS Pasaje L NORTE, de la URBANIZACIONVALLE VERDE, TERCERA ETAPA, situada en el Cantón San Nico-lás, jurisdicción de Apopa, de este departamento, de una extensiónsuperficial de CINCUENTA METROS CUADRADOS, equivalentes asetenta y uno punto cincuenta y cuatro varas cuadradas, con áreaconstruida de sistema mixto, y tiene las medidas perimetrales siguientes:LAPO PONIENTE, distancia, de cinco metros; LADO NORTE, distan-cia de diez metros, LADO ORIENTE, distancia de cinco metros, LADOSUR, distancia de diez metros. Inmueble inscrito a favor de la señoraVILMA DEL CARMEN GUEVARA MIRA a la Matrícula de Folio Realnúmero M CERO UNO CERO SESENTA Y NUEVE MIL TRESCIEN-TOS CINCUENTA Y NUEVE MIL del Registro Social de Inmuebles.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las oncehoras treinta minutos del día trece de enero de dos mil tres. Dr. DARIOVILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL. Lic.VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3154-1

DARIO VlLLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVlL,DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: que por resolución pronunciada en el Juicio CivilEjecutivo promovido por el Licenciado JOSE EDGARDO SALINAS,Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra elseñor JOSE CARLOS MARTINEZ LEMUS, reclamándole cantidad decolones, se venderá en pública subasta en este Juzgado, el inmueblesiguiente:“““ Un lote de terreno urbano construido por la SociedadAQSA, S.A. DE C.V., marcado con el número seis del Block E, de una

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51DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.extensión superficial de cuarenta y ocho metros cuadrados, que formanparte de la Urbanización Reparto San Ramón ubicado en el Cantón ElLimón, Jurisdicción de Soyapango, Departamento de San Salvador y sedescribe así: partiendo de la intersección de los ejes de la Calle aTonacatepeque y la Calle El Limón del Reparto San Ramón, hacia elOriente, y sobre el eje de la Calle El Limón con un rumbo Sur Ochentay siete grados doce minutos cero segundos Este se mide una distancia deciento cuarenta y cinco punto cincuenta metros de aquí una deflexiónderecha de noventa grados partimos sobre el eje del pasaje número oncecon un rumbo de Sur cero dos grados cuarenta y ocho minutos cerosegundos Oeste y medimos una distancia de treinta y siete metros de aquícon una deflexión izquierda de noventa grados se mide una distancia dedos punto cincuenta metros llegando al esquinero Nor-Oeste del lotenúmero seis del Block “E” a describir así: AL NORTE: línea recta conrumbo Sur ochenta y siete grados doce minutos cero segundos Este semide una distancia de ocho metros, lindando con el lote número cinco delBlock “E” del mismo reparto; AL ESTE: línea recta con rumbo Sur cerodos grados cuarenta y ocho minutos cero segundos Oeste se mide unadistancia de seis metros, lindando con el lote número veintiuno del Block“E” del mismo Reparto. AL SUR: línea recta con rumbo Norte ochentay siete grados doce minutos cero segundos Oeste se mide una distanciade ocho metros lindando con el lote número siete del Block “E” delmismo Reparto. AL OESTE: línea recta con rumbo Norte cero dosgrados cuarenta y ocho minutos cero segundos Este se mide una distanciade seis metros, lindando con el pasaje número once de por medio con underecho de vía de cinco metros con el lote número veintiuno del Block“D” del mismo Reparto llegando así al punto de partida. El lote antesdescrito tiene una extensión superficial de cuarenta y ocho metroscuadrados equivalentes a sesenta y ocho punto sesenta y ocho varascuadradas.””” Inscrito dicho inmueble a favor del señor JOSE CARLOSMARTINEZ LEMUS en la Matrícula Número M CERO CINCO MI-LLONES CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SESEN-TA Y CINCO Asiento Número CERO CERO CERO UNO del Registrode la Propiedad de este Departamento.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a lascatorce horas del día catorce de enero de dos mil tres. Dr. DARIOVILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL. Lic.VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3155-1

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO EN GENERAL;

HACE SABER: que en el Juicio Mercantil Ejecutivo marcado conel número 277-E-00, promovido inicialmente por la Licenciada ROSALIAVICTORIA MOLINA PAREDES y continuado por el Licenciado JOSERICARDO SANCHEZ ESCOBAR y actualmente continuado por laLicenciada ANA CONCEPCION IRIAS LOZANO como Apoderadosdel BANCO SALVADOREÑO, S.A.; contra el señor WILFREDORAFAEL RAMIREZ MARTINEZ; se venderá en Pública subasta eneste Tribunal en fecha que más adelante se señalará el bien inmueble quea continuación se localiza y describe así:“““ Un inmueble de naturalezaUrbano, el apartamento número D-VEINTIDOS, tercera planta, de unárea construida de veintisiete punto cuarenta metros cuadrados equiva-lentes a treinta y nueve punto veinte varas cuadradas y medida cúbica desesenta y cinco punto setenta y seis metros cúbicos, el cual se describe asíPartiendo del punto número quince con rumbo Sur cuarenta y cincogrados diecisiete punto cuatro minutos Oeste y distancia de uno puntocincuenta metros se llega a un punto desde el cual con rumbo Sur cuarentay cuatro grados cuarenta y dos punto seis minutos Este y distancia decuatro punto sesenta metros se llega al esquinero Nor-Poniente delapartamento que se describe así: LADO PONIENTE, tramo recto conrumbo Sur cuarenta y cinco grados diecisiete punto cuatro minutos Oestey distancia de cinco punto cero metros, colindando por este lado conapartamento D-VEINTICUATRO del mismo módulo; LADO SUR, trestramos, el primero con rumbo Sur cuarenta y cuatro grados cuarenta y dospunto seis minutos Este y distancia de cuatro punto cuarenta y cincometros, el segundo con rumbo Norte cuarenta y cinco grados diecisietepunto cuatro minutos Este y distancia de uno punto ochenta y cincometros y el tercero con rumbo Sur cuarenta y cuatro grados cuarenta y dospunto seis minutos Este y distancia de uno punto cincuenta y cinco

metros, colindando por este lado con apartamento D-VEINTIUNO delmismo módulo. LADO ORIENTE, tramo recto con rumbo Norte cuaren-ta y cinco grados diecisiete punto cuatro minutos Este y distancia de trespunto quince metros, colindando por este lado con apartamento D-VEINTE del mismo módulo. LADO NORTE. tramo recto con rumboNorte cuarenta y cuatro grados cuarenta y dos punto seis minutos Oestey distancia de seis punto cero metros, colindando por este lado conmódulo E, pasillo de circulación, área de escaleras y espacio aéreo dezona verde de por medio. Parte inferior Apartamento D-CATORCE delmismo módulo, Parte superior; espacio aéreo del mismo módulo. Todoslos apartamentos colindantes son o han sido propiedad deCONSTRUORIEN, S.A. DE C.V., el inmueble que se describe seencuentra inscrito a favor del demandado bajo el Sistema de Folio RealMatrícula CERO UNO- CERO SETENTA Y OCHO MIL DOSCIEN-TOS SETENTA Y SIETE- CERO CERO CERO, Inscripción CINCO dePropiedad del departamento de San Salvador””. Se admitirán posturassiendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL:San Salvador, a las once horas y veinte minutos del día diecisiete deoctubre de dos mil dos. Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZTERCERO DE LO MERCANTIL. Lic. ANA CECILIA FIGUEROADE BARAHONA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 3158-1

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA JUEZ PRIMERODE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO,

HACE SABER: que por ejecución seguida en este Juzgado por elseñor JOSE ARMANDO VEGA, en su carácter Personal contra la señoraROSA ALICIA CACERES DE GRANADA, se venderá en públicasubasta los siguientes inmuebles: A) Predio rústico, situado en el CantónPlanes La Laguna, de esta jurisdicción, aunque en su antecedente no loexpresa tiene una extensión superficial de MIL SETECIENTOS DIECI-SIETE METROS DIECIOCHO DECIMETROS SETENTA Y CUA-TRO CENTIMETROS CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE,sesenta y tres varas equivalentes a cincuenta y dos punto seiscientossesenta y ocho metros, con lo de HAYDEE GOMEZ DE ESCALON, queantes formó parte de la hacienda Santa Rosa, de la cual se hizo ladesmembración de este lote; AL SUR, igual medida que al Norte, conresto de la expresada hacienda Santa Rosa, AL ORIENTE, con treinta ytres varas equivalentes a VEINTISIETE PUNTO QUINIENTOSOCHENTA Y OCHO METROS, con aguas del lago de Coatepeque, ALPONIENTE, cuarenta y cinco varas equivalentes a TREINTA Y SIETEPUNTO SESENTA Y DOS METROS, camino en medio, con resto dela misma Hacienda Santa Rosa, propiedad de la Sociedad Mercedes deLópez y López y Compañía, cada vara de las expresadas es de ochocien-tos treinta y seis milímetros, inscrito a favor del ejecutado bajo el númeroVEINTIDOS DEL LIBRO QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO y alnúmero CUATRO DEL LIBRO SETECIENTOS ONCE ambos delRegistro de la propiedad de este Departamento. B) Predio rústico,denominado El Manzano, situado en el Cantón El Arado, de estajurisdicción, descrito en su antecedente como quinto de cuarenta y sieteáreas, cincuenta y dos centiarias, que linda. AL PONIENTE, con prediode JULIAN HERNANDEZ, cerco propio en medio; AL NORTE,SOFIA NOSIGLIA DE MEDRANO y LUIS BERNARDO NOSIGLIA,hoy con el de ROSA ANAYA cerco propio en medio; AL ORIENTE, conel de ROSA RODRIGUEZ VIUDA DE CACERES, camino de pormedio, y AL SUR, con predio de la misma señora ROSA RODRIGUEZVIUDA DE CACERES, cerco propio en medio. Inscrito a favor de laejecutada, al número SESENTA Y DOS DEL LIBRO SEISCIENTOSSIETE del Registro de la Propiedad de este departamento. C) Inmueblede naturaleza rústica, situado en el Cantón El Arado, de esta jurisdicción,cultivada de café de una extensión de CIENTO CUARENTA AREAS,lindando AL ORIENTE, con los de TRANSITO AGUILERA Y CON-CEPCION AVILA, hoy de ISRAEL MORAN y CESAREO AVILA,respectivamente, camino de por medio, AL NORTE, con los de sucesiónde ANGEL RODRIGUEZ hoy de EUFRAGIO CASTRO, AL PONIEN-TE, con dicha sucesión de ANGEL RODRIGUEZ hoy de EUFRAGIO

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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

CASTRO, y AL SUR, con el de VICTOR AGUILERA, después deJESUS SANTOS hoy de CONCEPCION BARRIENTOS MENDOZA,camino de por medio cercado por todos sus rumbos, inscrito a favor dela ejecutada, bajo el número CINCUENTA Y TRES DEL LIBROOCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE, del Registro de la Propiedad deeste departamento.

Lo que se hace del conocimiento del público para los fines de ley.

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las quince horas del díaveinte de enero del año dos mil tres. Lic. FRANCISCO ALBERTOALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic. CAR-MEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 3212-1

ROSA MARGARITA ROMAGOZA DE LOPEZ BERTRAND, JUEZPRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para los efectos de Ley que en el JuicioEjecutivo Mercantil promovido por BANCO DE COMERCIO DE ELSALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA quien absorbió por fusión aFINANCIERA ATLACATL, SOCIEDAD ANONIMA contra el señorJUAN RAMON RIVERA GUZMAN, reclamándole cantidad de colo-nes y accesorios de Ley, se venderá en Pública Subasta en este Tribunalen fecha que oportunamente se determinará el bien inmueble embargadosiguiente:“““ Un inmueble rústico hoy en urbanización, situado en elCantón San Bartolo, jurisdicción de Ilopango, en este departamento, enel cual se ha desarrollado la Urbanización denominada Reparto LasCañas, que en dicho inmueble se encuentra el lote de terreno y construc-ciones que contiene, que se localiza y describe así: LOTE NUMERODOSCIENTOS VEINTIOCHO BLOCK A- OCHO REPARTO LASCAÑAS. Partiendo de la intersección de los ejes de la Calle Secundariay el pasaje G con rumbo Norte, treinta y nueve grados siete punto cuatrominutos Este con una distancia de treinta y uno punto cinco metros deaquí con una deflexión izquierda de noventa grados con una distancia dedos punto cinco metros, llegando al vértice Sur-Este del lote que sedescribe así: AL SUR: línea recta de diez metros con rumbo Nortecincuenta grados cincuenta y dos punto seis minutos Oeste linda con ellote número doscientos veintisiete del block A- ocho del mismo Reparto,AL OESTE: línea recta de cuatro metros con rumbo Norte treinta y nuevegrados, siete punto cuatro minutos Este linda con el lote número doscien-tos siete del block A-ocho del mismo Reparto. AL NORTE: línea rectade diez metros con rumbo Sur cincuenta grados cincuenta y dos puntoseis minutos Este linda con el lote número doscientos veintinueve delblock A-ocho del mismo Reparto; y AL ESTE: línea recta de cuatrometros con rumbo Sur treinta y nueve grados, siete punto cuatro minutosOeste linda con el pasaje G de por medio con un derecho de vía de cincometros, con el lote número doscientos cuarenta y nueve block A- nuevedel mismo Reparto, llegando así al punto de partida. Todos los terrenocolindantes son o han sido propiedad de la Financiera Atlacatl, SociedadAnónima. El terreno descrito tiene un área de cuarenta metros cuadradosequivalentes a cincuenta y siete punto veintitrés varas cuadradas. Laconstrucción tiene una de veinte metros cuadrados y su sistema construc-tivo es mixto. Dicho inmueble se encuentra inscrito a favor del deudorhipotecario, bajo el Sistema de Folio Real MATRICULA NUMEROCERO UNO CERO SESENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS OCHEN-TA Y TRES CERO CERO CERO inscripción UNO del Registro de laPropiedad Raíz e Hipotecas del departamento de San Salvador.

Librado en el Juzgado Primero de lo Mercantil: San Salvador, a lasocho horas del día veinticinco de Enero de dos mil dos. Lic. ROSAMARGARITA ROMAGOZA DE LOPEZ BERTRAND, JUEZ PRI-MERO DE LO MERCANTIL. Lic. OSCAR EMILIO ZETINO URBINA,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3222-1

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVILDE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecuciónseguida en este Tribunal, por el Licenciado GILBERTO ENRIQUEALAS MENENDEZ, como Apoderado del FONDO SOCIAL PARALA VIVIENDA, Institución de Crédito Autónoma, de este domicilio,que se abrevia “El Fondo”, contra el señor JOSE ANGEL FLORESCASTILLO, de veintiséis años de edad, estudiante, del domicilio deTamanique, Departamento de La Libertad, y con domicilio especial enesta ciudad; representado por su Curadora Ad-Litem LicenciadaMARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, reclamándole canti-dad de colones y demás accesorios legales, se venderá en pública subastaen este Juzgado, el bien inmueble embargado siguiente: """Un lote denaturaleza urbana y construcciones que contiene, marcado en el plano delotificación respectivo con el Número SESENTA Y TRES, PolígonoVEINTE, Pasaje VEINTIDOS, de la Urbanización CIUDAD FUTURA,situada en Jurisdicción de Cuscatancingo, Departamento de San Salva-dor.- Dicho inmueble tiene la descripción siguiente: Lote NúmeroSESENTA Y TRES, DEL POLIGONO VEINTE, DE LA URBANIZA-CION CIUDAD FUTURA, JURISDICCION DE CUSCATANCINGO,DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR.- Partiendo de la intersec-ción de los ejes de la Avenida Princesa Chasca y Pasaje Númeroveintidós, ambos abiertos en la Urbanización, se mide sobre el eje delpasaje veintidós, con rumbo Sur ochenta y ocho grados; cincuenta ycinco punto ochenta y ocho minutos Este, una distancia de cientocincuenta y ocho punto ochenta metros; en donde con una deflexiónderecha y una distancia de dos punto cincuenta metros, se llega alesquinero Nor-Este, o mojón número uno del lote que se describe, midey linda así: AL ORIENTE: partiendo del mojón número uno, con rumboSur cero un grados cero cuatro punto doce minutos Oeste y distancia dedoce punto cero cero metros, se llega al mojón número dos, lindando poreste tramo con lote sesenta y cinco del Polígono veinte de la mismaUrbanización. AL SUR: partiendo del mojón número dos con rumboNorte ochenta y ocho grados cincuenta y cinco punto ochenta y ochominutos Oeste y distancia de cinco metros, se llega al mojón número tres,lindando por este tramo con lote sesenta y dos del polígono veinte de lamisma Urbanización. AL PONIENTE: partiendo del mojón número tres,con rumbo Norte cero un grados cero cuatro punto doce minutos Este ydistancia de doce punto cero cero metros, se llega al mojón Númerocuatro, lindando por este tramo con lote Número sesenta y uno delPolígono veinte de la misma Urbanización. AL NORTE: partiendo delmojón Número cuatro con rumbo Sur ochenta y ocho grados cincuentay cinco punto ochenta y ocho minutos Este y una distancia de cinco puntocero cero metros, se llega al mojón número uno donde se inició lapresente descripción, lindando por este tramo con el lote número cin-cuenta y siete del polígono veintiuno, de la misma Urbanización, pasajenúmero veintidós de cinco metros de ancho de por medio. De unaextensión superficial de SESENTA METROS CUADRADOS equiva-lentes a OCHENTA Y CINCO PUNTO OCHENTA Y CINCO VARASCUADRADAS. ”” El inmueble anteriormente descrito a favor del señorJOSE ANGEL FLORES CASTILLO, bajo el Asiento Número CEROCERO CERO UNO de la Matrícula número M CERO CINCO UNOCUATRO DOS TRES CERO DOS de la Propiedad de este Departamen-to"""".-

Se admitirán posturas que se hagan siendo gales.-

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a lasquince horas del día seis de diciembre del dos mil tres.- Dr. JOSEMANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Br.ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 3229-1

JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE DE ESTEDISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que ante este Juzgado se ha presentado el DoctorHERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA, como Apoderado del señorARNULFO RIVERA CORTEZ, solicitando obtener a favor de dichoseñor el Título Supletorio de un predio rústico, inculto y sin construccio-

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53DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.nes, ubicado en el Cantón El Jocotillo de la jurisdicción de Cara Sucia,Municipio de San Francisco Menéndez Departamento de Ahuachapán,que mide y linda, AL NORTE, ciento cincuenta y tres metros, conpropiedades de los señores CARLOS RIVERA y MIGUEL RIVERA,hoy lo de Miguel Rivera es de la señora MERCEDES RIVERA, alORIENTE ciento seis punto veinte metros, con propiedades de losseñores SALVADOR RIVERA y del señor VALENTIN RIVERA, hoyde su sucesión, representada por el titulante por ser hijo, al SUR, cientonoventa y nueve punto cinco metros, con propiedad de los señoresMAXIMINO GUERRA ALVAREZ y JOSE BERNARDINO GUE-RRA ALVAREZ, hoy de los señores MERCEDES RIVERA y SANTOSGARCIA, calle que de la Frontera entre El Salvador y Guatemala,conduce hacia el Cantón El Talpetate, de la jurisdicción de cara Sucia,Municipio de San Francisco Menéndez; y al PONIENTE, doscientoscatorce punto veinte metros, con propiedades de los señores ADALBER-TO RIVERA OBDULIO PEREZ y PEDRO GONZALEZ, actualmenteposeído por la señora OBDULIA RIVERA. El inmueble descrito tieneuna extensión superficial de VEINTISIETE MIL TRESCIENTOS NO-VENTA Y CUATRO PUNTO VEINTE METROS CUADRADOS,equivalentes a TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO NOVENTA YCINCO PUNTO SESENTA Y DOS VARAS CUADRADAS, o seanTRES MANZANAS NUEVE MIL CIENTO NOVENTA Y CINCOVARAS CUADRADAS SESENTA Y DOS CENTESIMOS DE VARACUADRADA.

Lo que se pone en conocimiento del público para los fines de ley.

Juzgado de lo Civil, Ahuachapan, a las diez horas del día dieciséisde diciembre del año dos mil dos. Dr. JULIO CESAR FLORES, JUEZDE LO CIVIL SUPLENTE. INOCENTE GRANILLO CASTELLON,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 3123-1

JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE DE ESTEDISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que ante este Juzgado se ha presentado el DoctorHERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA, como Apoderado General Judi-cial del señor RAFAEL RETANA, solicitando obtener a favor de dichoseñor Título Supletorio, de un predio rústico, situado en el lugar denomi-nado El Hujusthe, en el Cantón Cara Sucia, Calle a las Salinas, de lajurisdicción de San Francisco Menéndez, en este Departamento, secompone de VEINTIUN MIL METROS CUADRADOS, de extensiónsuperficial que linda AL NORTE, en una parte con la AsociaciónCooperativa de la Reforma Agraria de Cara Sucia, de ResponsabilidadLimitada, representada por su Presidente y en otra parte con EduardoBoteo y con José H. Retana, en línea quebrada, al Oriente, con JuliánRetana, Fabio Abarca y Francisco Rivas, en línea quebrada; AL SUR,camino de por medio, con terrenos de la misma Cooperativa anterior; yAL PONIENTE, Calle a las Salinas de por medio, con terreno de lamisma Cooperativa.

Lo que se pone en conocimiento del público para los fines de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL:Ahuachapán, a las ocho horas cincuentaminutos del día dieciséis de diciembre del año dos mil dos. Dr. JULIOCESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE. INOCENTEGRANILLO CASTELLON, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 3124-1

LUZGARDO ANTONIO ZURA FUNES , con oficina situada en Colo-nia Médica, Boulevard María Cristina, casa número doscientos dos, enesta ciudad, a las diez horas del doce de septiembre del año dos mil dos.

HACE SABER: que a esta oficina ha comparecido ante mis oficiosla señora HILDA ESTELA CABRERA DE VILLALOBOS, conocidapor HILDA ESTELA CABRERA RODRIGUEZ e HILDA CABRERA

RODRIGUEZ , de cuarenta y cinco años de edad, de oficios del hogar,de los domicilios de esta ciudad y del Cantón Las Flores, jurisdicción deJayaque, departamento de La Libertad, portadora de Cédula de IdentidadPersonal Número cuatro- diez - cero cero once mil ciento cuarenta y siete,manifestando: I) Ser dueña y actual poseedora, en forma quieta, pacífica,continua e interrumpida de un solar y casa, de naturaleza rústico , situadoen el Cantón Las Flores, jurisdicción de Jayaque, departamento de LaLibertad, el cual tiene un área superficial de CUATRO AREAS TREIN-TA Y CINCO CENTIAREAS, y tiene los linderos siguientes: ALORIENTE, con terreno de la señora Fermina Tercios, que fue parte delterreno que se describe, mide veintinueve metros ochenta centímetros;AL NORTE, con terreno de María Girón, servidumbre de por medio dela sucesión de Jesús Fuentes, mide cincuenta y nueve metros sesentacentímetros; AL PONIENTE, camino vecinal de por medio y solar deCristina Guirola, mide siete metros treinta centimetros AL SUR, servi-dumbre de por medio para salir a la Calle Nacional que conduce a SantaTecla, y terreno de Jesús Baires, mide sesenta y tres metros ochentacentímetros, sus mojones esquineros y lineales son todos izotes , terrenodel cual solicitó DILIGENCIAS DE TITULACION SUPLETORIA yTITULO DE PROPIEDAD por carecer del mismo, presentando ladenominación catastral del terreno, antes descrito. Dicho predio no esdominante, ni siviente, no tiene carga ni derechos reales de ajenapertenencia, ni está en proindivisión con ninguna otra persona y loadquirió por compra que hizo al señor Adán Fuentes Girón, segúnEscritura Privada de fecha ocho de agosto de mil novecientos sesenta ysiete, TOMADA RAZON bajo el número dieciséis del LIBRO DEDOCUMENTOS PRIVADOS que la Alcaldía Municipal de Jayaque,Departamento de La Libertad llevó durante el año de mil novecientossesenta y siete. Que dicha posesión unida a la del solicitante por más detreinta años continuos y consecutivos la mantiene la solicitante, valuandodicho terreno en la cantidad de VEINTE MIL COLONES,

Lo que avisa al público para fines de ley.

Librado en la ciudad de San Salvador a los doce días del mes deseptiembre del año dos mil dos.

LUZGARDO ANTONIO ZURA FUNES,

NOTARIO.

3 v. alt. Nº 3160-1

CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, DE-PARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS EFEC-TOS DE LEY,

HACE SABER: que a este Tribunal se ha presentado la señoraMARIA CARMEN BATRES VIUDA DE RUIZ, de treinta y ocho añosde edad, de oficios domésticos, con residencia en Caserío El Salitre, delCantón San Gregorio, de este Departamento, con Cédula de IdentidadPersonal Número catorce-uno-cero cero cero cero siete dos, solicitandose le extienda Título Supletorio por ser poseedor de un inmueble denaturaleza rústica situado en el Caserío El Salitre, del Cantón SanGregorio de esta jurisdicción, de la extensión superficial de treinta y unmil quinientos metros cuadrados, de las colindancias siguientes: alNORTE mide cuarenta y cuatro metros, en línea recta, linda con terrenode ROSA ORELLANA; al ORIENTE mide cuatro-cientos dieciochometros en línea recta, linda con terreno de ROSA ORELLANA yMARTIR AMAYA; al SUR mide trescientos ochenta y seis metros enlínea recta linda con terreno de INES AMAYA, NICOLAS LEMUS,ISAURA AGUILAR y CARMEN BATRES, quebrada del barranco depor medio y al PONIENTE mide cuatrocientos dieciocho metros, enlínea recta, linda con terreno de ROSA ORELLANA; inmueble que nose encuentra en proindivisión con persona alguna, el cual lo posee pormás de diez años, al sumar su posesión con la de su antecesor VENANCIORUIZ MELENDEZ conocido por VENANCIO RUIZ, de quien loadquirió la señora BATRES VIUDA DE RUIZ, por compra que le hizoal mismo, mediante documento privado, el cual extravió; valorandodicho inmueble en la cantidad de cincuenta mil colones.

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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a lasquince horas con cincuenta minutos del día catorce de enero de dos miltres. Lic. CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE PRI-MERA INSTANCIA. Lic. JULIO CESAR SALGUERO ORTIZ, SE-CRETARIO.

3 v. alt. Nº 3165-1

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el DoctorLUIS SIGIFREDO NATIVI FUENTES, en concepto de ApoderadoGeneral Judicial del señor JULIO CESAR BLANCO, de treinta y nueveaños de edad, Agricultor y del domicilio de esta ciudad, solicitando se leextienda a su poderdante TITULO SUPLETORIO de un inmueble denaturaleza rústica, situado en el Caserío El Caribal, del Cantón LomaLarga de esta jurisdicción, distrito y Departamento de La Unión,de la ca-pacidad de CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS METROS CINCODECIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: alNORTE, treinta y tres metros, colinda con terreno propiedad del ISTA,carretera de por medio; al ORIENTE, diecisiete metros, linda con terrenode José Humberto Ojeda Alvarez, camino vecinal de por medio; al SUR,treinta metros, linda con otro terreno del vendedor; y al PONIENTE,trece metros, linda con terreno de María Antonia Ventura de Benítez.Dichoinmueble lo valúa en CINCUENTA MIL COLONES, y lo adquirió porcompra que le hizo al señor JOSE ISRAEL MELENDEZ ROMERO, eldía dieciséis del corriente mes y año hebiéndolo poseído éste en el añode mil novecientos ochenta y dos.-

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: La Unión, a losveinte días del mes de septiembre de dos mil dos.- Lic. EVELIO DEJESUS RIOS ALFARO, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTOPEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 3171-1

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el DoctorLUIS SIGIFREDO NATIVI FUENTES, mayor de edad, Abogado, deldomicilio de Santa Rosa de Lima y del de esta ciudad, en concepto deApoderado General Judicial del señor SAMUEL RODRIGUEZMERLOS, de cincuenta y tres años de edad, Agricultor en Pequeño y deldomicilio de Intipucá, solicitando se le extienda a su poderdanteTITULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica, situado enel Caserío Loma Larga del Cantón Agua Caliente, Jurisdiccion, Distritoy Departamento de La Union, de la capacidad superficial de SIETE MILMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: ALSUR, sesenta metros con terrenos del Instituto Salvadoreño de Transfor-mación Agraria, representado por el Ingeniero Miguel Tomás LópezIraheta; AL NORTE, en dos tiros así: el Primer tiro de veintiún metros;y el segundo tiro de treinta y cinco metros, lindando en ambos tiros conterrenos de Félix Castillo Castillo, Josefina Majano Romero y RosaElvira Moreno Iraheta; AL ORIENTE, en dos tiros así: el primer tiro decincuenta metros y el segundo tiro de sesenta y cinco metros, lindandoen ambos tiros con terrenos de Rosa Elvira Moreno Iraheta, JoséLeopoldo Zelaya Chévez; y AL PONIENTE, ciento veintiséis metrostreinta y cinco centímetros, linda con terrenos de Félix Castillo. Dichoterreno lo valúa en la suma de CINCUENTA MIL COLONES, y loadquirió por compra que hizo al señor ANDRES ANTONIO REYESREYES, el día veintisiete de noviembre de dos mil dos. quien lo poseyódesde el año de mil novecientos sesenta y ocho.

JUZGADO DE LO CIVIL: La Unión, veintidós de enero del dosmil tres. Lic. EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ DE LOCIVIL. Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 3219-1

ANGEL ALBINO ALVARENGA JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el DoctorLUIS SIGIFREDO NATIVI FUENTES, Abogado, de este domicilio,como Apoderado General Judicial del señor SIXTO PASTOR BENITEZCABRERA o SIXTO PASTO BENITEZ, mayor de edad, Agricultor, deldomicilio de Lislique, solicitando título supletorio de una porción deterreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Derrumbado, Jurisdiciónde Lislique, Distrito de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión,de la capacidad de SETENTA Y SIETE MIL SESENTA Y OCHOMETROS VEITICUATRO DECIMETROS DIEZ CENTIMETROSCUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes, al SUR, cientocuarenta y ocho metros, nueve centímetros así: catorce metros cincuentacentímetros con Felícita Cabrera, cerco de piedra propio y ciento treintay cuatro metros cuarenta centímetros, con terreno de Pastor Maradiagacerco de piña medianero; al ORIENTE, cuatrocientos setenta y nuevemetros cincuenta centímetros así: sesenta y tres metros, cincuentacentímetros, con Pastor Maradiaga; cerco de piedra medianero, trescien-tos cuarenta y seis metros, con Juan Maradiaga cerco de piña y piedramedianero y setenta metros con Matilde Mejía, cerco de piedra media-nero; al NORTE, trescientos doce metros, con Ernestina Benítez, cercode piña y piedra medianero; y al PONIENTE, ciento ochenta y nuevemetros, treinta y cinco centímetros, con Ernestina Benítez, callejón depor medio.- No contiene construcciones ni cultivos permanentes. Valúadicho inmueble en la cantidad de SETENTA Y SIETE MIL COLONESy lo adquirió por compraventa por medio de Escritura Pública que le hizoa la señora Felícita Cabrera Rubio viuda de Benítez, el día siete de abrildel año dos mil.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL, Santa Rosa de Lima,a las quince horas del día seis de enero del dos mil tres.- Lic. ANGELALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINACONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 3220-1

ANGEL ALBINO ALVARENGA; JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DELEY,

HACE SABER: que se ha presentado el Doctor LUIS SIGIFREDONATIVI FUENTES, como Apoderado General Judicial del señor DA-NIEL SORTO, de cincuenta y tres años de edad, Agricultor, del domciliode Nueva Esparta, con residencia en el Cantón Talpetate, solicitandoTítulo Supletorio de un terreno de naturaleza rústica, situado en elCantón Talpetate, de la Jurisdicción de Nueva Esparta, de este Distrito,Departamento de La Unión, de la capacidad superficial de VEINTE MILSEISCIENTOS SEIS METROS CUADRADOS, que mide y linda: ALNORTE doscientos metros, con terreno de Albino Gutiérrez, cerco depiña del colindante; AL ORIENTE; ciento treinta y cinco metros, colindacon terreno de José Angel Rubio, antes, actualmente colinda con MauraGuzmán, cerco de piña y alambre de la colindante; AL SUR, cientocincuenta metros, con terreno de Mauricia Guzmán Contreras y José Is-rael Villatoro, antes, actualmente en vez del colindante Villatoro colindacon terreno de Josefina Cruz Viuda de Villatoro, cerco de piña y alambremedianero; y AL PONIENTE, cien metros, con terreno de José IsraelVillatoro, antes, actualmente colinda con la señora Josefina Cruz deVillatoro y con terreno de Concepción Guzmán, cerco de piña delcomprador.- Contiene construida seis casas de habitaciones todas techosde tejas, la primera mide once varas de largo por cinco varas de ancho,y paredes de adobe; la segunda mide nueve varas de largo por seis varasde ancho y paredes de ladrillo; la tercera mide seis varas de largo porcinco varas de ancho y paredes de adobe, la cuarta mide ocho varas delargo por seis varas de ancho y paredes de adobe, la quinta mide diezvaras de largo por seis varas de ancho y paredes de adobe, y la sexta mideseis varas de largo por cinco varas de ancho, paredes de adobe, contieneárboles frutales.- Valúa el referido inmueble en la cantidad de VEINTI-CINCO MIL COLONES, y lo adquirió por compra que le hizo al señorMARCIAL SORTO, quien es mayor de edad, Agricultor, del domiciliode Nueva Esparta, el veintidós de octubre del año recién pasado.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Santa Rosa deLima, a las doce horas del día trece de enero del dos mil tres. Lic. ANGELALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINACONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 322l-1

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55DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado la señoraJULIETA ESTER MORENO DE ZAYAS, de Cincuenta y dos años deedad, Contador, de este domicilio, solicitando Título de Propiedad de unSolar Urbano, situado en el Barrio El Calvario de esta ciudad, Distrito yDepartamento de Usulután, de la capacidad superficial de Ciento NueveMetros con Veinticinco Decímetros cuadrados ( 109.25 m2. ) de lasmedidas y colindancias siguientes: ORIENTE, Dieciséis metros, consolar de María Esperanza Ayala Carrillos viuda de Lovos; NORTE: Sietemetros con solar de Marta Ofelia Ayala Guandique; PONIENTE: diezmetros ochenta y dos centímetros con solar de Ramón Moreno Zelaya,y Sur en Línea quebrada compuesta de tres rectas, la primera de Ponientea Oriente, mide tres metros ochenta y seis centímetros, la segunda deNorte a Sur, mide cinco metros treinta y ocho centímetros; y la tercera dePoniente a Oriente mide Cuatro Metros, lindando con Gloria MarinaBenitez de Avalos y Julio Armando Ramírez Carranza. En él estaconstruída una casa de sistema mixto; no es dominante ni sirviente, notiene cargas o derechos reales, ni está en proindivisión con ningunapersona; lo hubo la interesada por donación que le hizo la señora PaulaMoreno, la cual no es inscribible por no estarlo su antecedente; y queunida su posesión a la de aquella es por más de treinta años sininterrupción. Lo valúa en la suma de Veinte Mil Colones ( ¢ 20,000.00).Los colindantes son de este domicilio.

Lo que se comunica al público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal de Usulután, a catorce de Noviembre del añodos mil dos. - HIPOLITO BALTAZAR RODRIGUEZ CONTRERAS,ALCALDE MUNICIPAL.- CARLOS ERNESTO SILVA, SECRETA-RIO MUNICIPAL.-

3 v. alt. Nº. 3188-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Olocuilta, Sociedad Coope-rativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en cumplimien-to a los Artículos 223 y 228 del Código de Comercio vigente y de acuerdocon la Escritura de Constitución, convoca a los Representantes deAcciones y demás socios de la misma para celebrar Junta GeneralOrdinaria y Extraordinaria de accionistas a partir de las nueve horas deldía veintitrés de febrero del año dos mil tres en el local del Centro EscolarAlberto Masferrer de Olocuilta en primera convocatoria. En caso de nointegrarse el quórum legal correspondiente, se hace segunda convocato-ria para el día dos de marzo del año dos mil tres a la hora y local antesseñalado La Junta General se constituirá con las formalidades queestablece el Pacto Social de la Caja y el Código de Comercio, paraconocer y resolver los puntos que contiene la agenda siguiente:

A G E N D A

01.- Elección de los Representantes de Acciones que hubieren concluidosu período y los que faltaren por las causas que expresa el Artículo 31 dela Escritura de Constitución de la Caja de Crédito.

02.- Integración del Quórum.

03.- Presentación y Discusión de la Memoria Anual de Labores de laCaja, del Balance General al 31 de Diciembre de 2002, del Estado dePerdidas y Ganancias del 1º de enero al 31 de diciembre de 2002, elInforme del Auditor Externo y Auditor Fiscal a fin de aprobar o improbarlos tres primeros y tomar las medidas que juzgue oportunas.

04.- Aplicación de los resultados del ejercicio.

05.- Retiro de Socios de acuerdo a disposiciones legales.

06.- Elección del Auditor Externo, Auditor Fiscal, sus respectivossuplentes y fijación de sus honorarios.

07.- Fijación de Dietas a miembros de la Junta Directiva.

08.- Elección de Junta Directiva.

PUNTOS A TRATAR EN ASAMBLEA EXTRAORDINARIA

01.- Integración del Quórum.

02.- Reclasificación de Saldo en la Cuenta Reserva para EducaciónCooperativa

03.- Reclasificación de excedentes de capitalización.

04.- Modificación al Pacto Social, específicamente en el incremento alCapital Social Mínimo.

El Quórum para resolver los puntos de la agenda se integrará deconformidad a los Artículos 240, 241, 242 y 243 del Código de ComercioVigente.

Olocuilta, 23 de enero de dos mil tres.

JOSE ANTONIO PEREZ, SERGIO OBDULTO AGUILAR,

PRESIDENTE. TESORERO.

ANTONIO HERNANDEZ,

SECRETARIO.-

3 v. alt. Nº. 3199-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de VALORES CORPORATIVOS S.A. DE C.V., poreste medio convoca a Junta General de Ordinaria de Accionistas de laSociedad, a celebrarse en Primera Convocatoria el día viernes veintiochode febrero del año dos mil tres, a partir de las dieciséis horas, en lasoficinas de la Sociedad ubicadas en Plaza Suiza, Alameda Dr. ManuelEnrique Araujo y Calle La Reforma, Colonia San Benito, de esta ciudad.Caso no hubiere quórum a la hora y fecha señaladas, se cita en SegundaConvocatoria en el mismo lugar y hora del día sábado uno de marzo dedos mil tres.

La agenda a desarrollarse es la siguiente:

1. Lectura del Acta anterior;

2. Memoria de Labores de la Junta Directiva, Balance General,Estado de Resultados e Informe de los Auditores, todoscorrespondientes al ejercicio terminado el 31 de diciembre de2002;

3. Aplicación de Utilidades;

4. Autorizaciones de acuerdo con el Art.275 del Código deComercio;

5. Nombramiento de los Auditores Externos y Fiscales y fija-ción de sus emolumentos.

6. Varios.

Quórum Primera Convocatoria:

La mitad más una de las acciones que componen el Capital Social.

Quórum Segunda Convocatoria:

Cualquier número de acciones que componen el Capital Social.

San Salvador, 09 de enero de 2003

MAURICIO COHEN,

PRESIDENTE.

3 v. alt. Nº. 3202-1

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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de ASEGURADORA SUIZA SALVADOREÑA,S.A., por este medio convoca a Junta General Ordinaria de Accionistasde la Sociedad, a celebrarse en Primera Convocatoria el día veinticuatrode febrero del año dos mil tres, a partir de las dieciséis horas, en lasoficinas de la Sociedad ubicadas en el Edificio ASESUISA, Alameda Dr.Manuel Enrique Araujo y Calle La Reforma, Colonia San Benito, de estaciudad, para conocer y resolver lo siguiente:

1. Lectura del Acta anterior;

2. Memoria de Labores de la Junta Directiva, Balance General,Estado de Resultados e Informe de los Auditores, todoscorrespondientes al ejercicio terminado al 31 de diciembre de2002;

3. Aplicación de Utilidades;

4. Autorizaciones de acuerdo con el Art. 275 del Código deComercio;

5. Nombramiento de los Auditores Externos y Fiscales y fija-ción de sus emolumentos;

6. Varios

Para celebrar Junta en Primera Convocatoria se requiere, la presen-cia o representación de por lo menos la mitad más una de las acciones quecomponen el Capital Social y se tomará decisión con la mayoría de votosde las acciones presentes y representadas. Caso no hubiere quórum a lahora y fecha expresadas, se cita en Segunda Convocatoria, en el mismolugar y hora del día veinticinco de febrero del año dos mil tres,requiriéndose en este caso de cualquier número de acciones presentes yrepresentadas, y se tomará resolución con la mayoría de votos de talesacciones.

San Salvador, 07 de enero de 2003

RODOLFO SCHILDKNECHT,

PRESIDENTE.

3 v. alt. Nº. 3201-1

CONVOCATORIA

CAMARONERA INDUSTRIAL SALVADOREÑA, S.A. DE C.V.

La Junta Directiva de Pesquera Industrial, Sociedad Anónima de CapitalVariable, convoca a Junta General Ordinaria de Accionistas a cele-brarse a partir de las ocho horas del día veinticuatro de febrero del añodos mil tres, que tendrá lugar en el Hotel Alameda de San Salvador.

La Junta General se constituirá para conocer y resolver los puntosque contiene la agenda siguiente:

5. Verificación del Quórum

6. Informe sobre situación financiera de la empresa.

7. Designación de Ejecutores de Acuerdos.

8. Puntos Varios.

San Salvador, veintitrés de enero de dos mil tres.

FRANCISCO SURIANO SIU,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. Nº. 3217-1

CONVOCATORIA

PESQUERA INDUSTRIAL, S.A. DE C.V.

La Junta Directiva de Pesquera Industrial, Sociedad Anónima de CapitalVariable, convoca a Junta General Ordinaria de Accionistas a celebrarsea partir de las ocho horas del día veinticuatro de febrero del año dos miltres, que tendrá lugar en el Hotel Alameda de San Salvador.

La Junta General se constituirá para conocer y resolver los puntosque contiene la agenda siguiente:

1. Verificación del Quórum.

2. Informe sobre situación financiera de la empresa.

3. Designación de Ejecutores de Acuerdos.

4. Puntos Varios.

San Salvador, veintitrés de enero de dos mil tres.

JULIO SURIANO SIU,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. Nº. 3218-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de CORPORACION DE FOMENTO, S.A. DE C.V.,por este medio convoca a Junta General Ordinaria de Accionistas de laSociedad, a celebrarse en Primera Convocatoria el día viernes veintiochode febrero del año dos mil tres, a partir de las diecisiete horas, en lasoficinas de la Sociedad ubicadas en Plaza Suiza, Alameda Dr. ManuelEnrique Araujo y Calle La Reforma, Colonia San Benito, de esta ciudad.Caso no hubiere quórum a la hora y fecha señaladas, se cita en SegundaConvocatoria en el mismo lugar y hora del día sábado 01 de marzo de2003.

La agenda a desarrollarse es la siguiente:

1. Lectura del Acta anterior;

2. Memoria de Labores de la Junta Directiva, Balance General, Estado deResultados e Informe de los Auditores, todos correspondientes al ejerci-cio terminado el 31 de diciembre de 2002;

3. Aplicación de Utilidades;

4. Autorizaciones de acuerdo con el Art.275 del Código de Comercio;

5. Nombramiento de los Auditores Externos y Fiscales y fijación de susemolumentos.

6. Varios.

Quórum Primera Convocatoria:

La mitad más una de las acciones que componen el Capital Social.Quórum Segunda Convocatoria:

Cualquier número de acciones que componen el Capital Social.

San Salvador, 09 de enero de 2003.

RODOLFO SCHILDKNECHT,

PRESIDENTE.

3 v. alt. Nº. 3203-1

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57DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Berlín, Sociedad Cooperativade Responsabilidad limitada de Capital Variable, en cumplimiento a losArtículos 223 y 228 del Código de Comercio Vigente y de acuerdo conel Artículo 26 de la Escritura de Constitución, convoca a los Represen-tantes de Acciones y demás socios de la misma, para celebrar JuntaGeneral Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas que se celebrará apartir de las NUEVE horas del día VEINTIDOS DE FEBRERO del añodos mil tres, en el local de la CAJA DE CREDITO DE BERLIN enprimero convocatoria. En caso de no integrarse el quórum legal corres-pondiente, se hace segunda convocatoria para el día uno de marzo a lahora y local antes señalados.

La Junta General se constituirá con las formalidades que establece elPacto Social de la Caja y el Código de Comercio, para conocer y resolverlos puntos que contiene la agenda siguiente:

AGENDA

1. Integración del quórum.

2. Elección de los Representantes de Acciones que hubierenconcluido su período y los que faltaren por las causas queexpresa el Artículo 31 de la Escritura de Constitución de laCaja de Crédito.

3. Presentación y discusión de la Memoria Anual de labores dela Caja, del Balance General al 31 de diciembre de 2002, delEstado de Pérdidas y Ganancias del 1º. de enero al 31 dediciembre de 2002, el Informe del Auditor Externo a fin deaprobar o improbar los tres primeros y tomar las medidas quejuzgue oportunas.

4. Aplicación de los Resultados del ejercicio.

5. Retiro de socios de acuerdo a disposiciones legales.

6. Presentación del Presupuesto y Plan de Operaciones para el2003.

7. Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal y sus respec-tivos suplentes y fijación de sus honorarios.

8. Fijación de Dietas a miembros de la Junta Directiva.

9. Elección de los Miembros de la Junta Directiva y sus respec-tivos Suplentes, para el período del 01 de abril del año 2003al 31 de marzo del año 2005.

PUNTOS A TRATAR EN ASAMBLEA EXTRAORDINARIA

1. Establecimiento del Quórum.

2. Modificaciones al Pacto Social, específicamente en el Incremento delCapital Social Mínimo.

El Quórum para resolver los puntos de la agenda se integrará deconformidad a los: Artículos 240,241,242 y 243 del Código de ComercioVigente.

A las ocho horas del día veintisiete de enero de dos mil tres.

EUFRACIO DE JESUS FERRUFINO MENDEZ,

DIRECTOR PRESIDENTE,

SILVIA LUZ RAMIREZ SEGOVIA,DIRECTOR TESORERO.

SOLEDAD MARROQUIN,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 3548-1

AVISO

EL SUSCRITO AUDITOR EXTERNO DE AGENCIAS ALFA, S.A.DE C. V. que a partir de las catorce horas del día veinte del mes de enerodel año dos mil tres: en las oficinas de las sociedad ubicadas en: 4º CallePoniente Casa # 2,229 Colonia Flor Blanca, San Salvador; según losregistros contables y administrativos que lleva la mencionada sociedad,se encuentra que en Junta General extraordinaria de accionistas del díaveinte del mes de enero del año dos mil tres, se tomó acuerdo deincrementar el Capital Social Mínimo con la suma de ochenta mil colones(¢ 80,000.00), equivalentes a nueve mil ciento cuarenta y dos 86/100dólares ($ 9,142.86), a fin de que el nuevo capital social mínimo sea decien mil colones, equivalentes a once mil cuatrocientos veintiocho57/100 dólares.($ 11,428.57) el mencionado aumento proviene de laemisión de 800 acciones con valor nominal de cien colones (¢ 100.00)equivalentes a once 43/100 dólares ($ 11.43) suscritas y pagadas de lasiguiente manera:

JOSE MIGUEL RIDELMAN TREJOS, CUATROCIENTAS ACCIONES.

MIRIAM EDITH ALCAHE BEHAR CUATROCIENTAS ACCIONES.

San Salvador, a los veintitrés días del mes de enero del año dos miltres.

CARLOS ENRIQUE CASTRO AZUCENA,

AUDITOR EXTERNO No. 1057

3 v. alt. Nº. 3131-1

AVISO

La Administración de la sociedad "ICON, S.A. DE C.V.", para losefectos de ley,

HACE SABER: que por resolución tomada por unanimidad deAccionistas en Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebradaen la ciudad de San Salvador, a las doce horas del día seis de diciembredel año dos mil dos, se acordó AUMENTAR EL CAPITAL SOCIAL dela referida Sociedad, en la suma de OCHENTA MIL COLONES(¢ 80,000.00), por lo que en adelante el Capital Social :Mínimo de laSociedad será de CIEN MIL COLONES (¢100,000.00), dividido en unmil Acciones comunes, nominativas y del valor de CIEN COLONES(¢100.00). La totalidad de acciones de la Sociedad, incluidas las delAumento en el Capital Mínimo que ahora se avisa, están suscritas ypagadas.

San Salvador, seis de diciembre del año dos mil dos.

Lic. JOSE ALBERTO GONZALEZ DIAZ,

REPRESENTANTE LEGAL.

ICON, S.A. DE C.V.

3 v. alt. Nº. 3140-1

AVISO

La Administración de la sociedad "PRINFIN, S.A. DE C.V.", para losefectos de ley,

HACE SABER: que por resolución tomada por unanimidad deAcciones en Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebrada enla ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día seis de diciembre delaño dos mil dos, se acordó AUMENTAR EL CAPITAL SOCIAL de lareferida Sociedad, en la suma de OCHENTA MIL COLONES(¢80,000.00), por lo que en adelante el Capital Social Mínimo de laSociedad será de CIEN MIL COLONES (¢ 100,000.00), dividido en unmil Acciones comunes, nominativas y del valor de CIEN COLONES(¢ 100.00). La totalidad de acciones de la Sociedad, incluidas las delAumento en el Capital Mínimo que ahora se avisa, están suscritas ypagadas.

San Salvador, seis de diciembre del año dos mil dos.

CARMEN ELENA DIAZ BAZAN DE SOL,

REPRESENTANTE LEGAL.

PRINFIN, S.A. DE C.V.

3 v. alt. Nº. 3141-1

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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

AVISO

La Administración de la sociedad “CRISMA, S.A. DE C. V.”, para losefectos de ley,

HACE SABER: que por resolución tomada por unanimidad deAccionistas en Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebradaen la ciudad de San Salvador, a las once horas del día seis de diciembredel año dos mil dos, se acordó AUMENTAR EL CAPITAL SOCIAL dela referida Sociedad, en la suma de OCHENTA MIL COLONES(¢80,000.00), por lo que en adelante el Capital Social Mínimo de laSociedad será de CIEN MIL COLONES (¢100,000.00), dividido en unmil Acciones comunes, nominativas y del valor de CIEN COLONES(¢100.00). La totalidad de acciones de la Sociedad, incluidas las delAumento en el Capital Mínimo que ahora se avisa, están suscritas ypagadas.

San Salvador, seis de diciembre del año dos mil dos.

CRISMA, S.A. DE C.V.

CARMEN ELENA DIAZ BAZAN DE SOL,

Representante Legal.

3 v. alt. No. 3142-1

AVISO

La Administración de la sociedad “INVERSIONES PALSOL, S.A. DEC.V.”, para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución tomada por unanimidad deAccionistas en Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebradaen la ciudad de San Salvador, a las diez horas del día nueve de diciembredel año dos mil dos, se acordó AUMENTAR EL CAPITAL SOCIAL dela referida Sociedad, en la suma de CUARENTA MIL COLONES(¢40,000.00), por lo que en adelante el Capital Social Mínimo de laSociedad será de CIEN MIL COLONES (¢100,000.00), dividido en unmil Acciones comunes, nominativas y del valor de CIEN COLONES(¢100.00). La totalidad de acciones de la Sociedad, incluidas las delAumento en el Capital Mínimo que ahora se avisa, están suscritas ypagadas.

San Salvador, nueve de diciembre del año dos mil dos.

Arq. ANA PATRICIA PALOMO DE WAASE,

Representante Legal.

3 v. alt. No. 3143-1

AVISO

La Administración de la sociedad “JOPASOL, S.A. DE C.V.”, para losefectos de ley,

HACE SABER: que por resolución tomada por unanimidad deAccionistas en Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebradaen la ciudad de San Salvador, a las ocho horas del día nueve de diciembredel año dos mil dos, se acordó AUMENTAR EL CAPITAL SOCIAL dela referida Sociedad, en la suma de OCHENTA MIL COLONES(¢80,000.00), por lo que en adelante el Capital Social Mínimo de laSociedad será de CIEN MIL COLONES (¢100,000.00), dividido en unmil Acciones comunes, nominativas y del valor de CIEN COLONES(¢100.00). La totalidad de acciones de la Sociedad, incluidas las delAumento en el Capital Mínimo que ahora se avisa, están suscritas ypagadas.

San Salvador, nueve de diciembre del año dos mil dos.

Arq. ANA PATRICIA PALOMO DE WAASE,

Representante Legal.

3 v. alt. No. 3144-1

AVISO

La Administración de la sociedad “PALOBINSA INVERSIONES, S.A.DE C.V.”, para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución tomada por unanimidad deAccionistas en Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebradaen la ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día nueve dediciembre del año dos mil dos, se acordó AUMENTAR EL CAPITALSOCIAL de la referida Sociedad, en la suma de OCHENTA MILCOLONES (¢80,000.00), por lo que en adelante el Capital SocialMínimo de la Sociedad será de CIEN MIL COLONES (¢l00,000.00),dividido en un mil Acciones comunes, nominativas y del valor de CIENCOLONES (¢100.00). La totalidad de acciones de la Sociedad, incluidaslas del Aumento en el Capital Mínimo que ahora se avisa, están suscritasy pagadas.

San Salvador, nueve de diciembre del año dos mil dos.

Arq. ANA PATRICIA PALOMO DE WAASE,

Representante Legal.

3 v. alt. No. 3145-1

AVISO

La Administración de la sociedad “IZCACUYO, S.A. DE C.V.”, paralos efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución tomada por unanimidad deAccionistas en Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebradaen la ciudad de San Salvador, a las once horas del día nueve de diciembredel año dos mil dos, se acordó AUMENTAR EL CAPITAL SOCIAL dela referida Sociedad, en la suma de OCHENTA MIL COLONES(¢80,000.00), por lo que en adelante el Capital Social Mínimo de laSociedad será de CIEN MIL COLONES (¢l00,000.00), dividido en unmil Acciones comunes, nominativas y del valor de CIEN COLONES(¢100.00). La totalidad de acciones de la Sociedad, incluidas las delAumento en el Capital Mínimo que ahora se avisa, están suscritas ypagadas.

San Salvador, nueve de diciembre del año dos mil dos.

Arq. ANA PATRICIA PALOMO DE WAASE,

Representante Legal.

3 v. alt. No. 3146-1

AVISO

La Administración de la Sociedad “GALT INTERNACIONAL, S.A.DE C.V.”, para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución tomada por unanimidad deAccionistas en Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebradaen la ciudad de San Salvador, a las doce horas del día nueve de diciembredel año dos mil dos, se acordó AUMENTAR EL CAPITAL SOCIAL dela referida Sociedad, en la suma de OCHENTA MIL COLONES(¢80,000.00), por lo que en adelante el Capital Social Mínimo de laSociedad será de CIEN MIL COLONES (¢100,000.00), dividido en unmil Acciones comunes, nominativas y del valor de CIEN COLONES(¢100.00). La totalidad de acciones de la Sociedad, incluidas las delAumento en el Capital Mínimo que ahora se avisa, están suscritas ypagadas.

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59DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.San Salvador, nueve de diciembre del año dos mil dos.

Arq. ANA PATRICIA PALOMO DE WAASE,

Representante Legal.

3 v. alt. No. 3147-1

AVISO

La Administración de la Sociedad “INVERSIONES PINSEG, S.A. DEC. V. ”, para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución tomada por unanimidad deAccionistas en Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebradaen la ciudad de San Salvador, a las ocho horas del día seis de diciembredel año dos mil dos, se acordó AUMENTAR EL CAPITAL SOCIAL dela referida Sociedad, en la suma de OCHENTA MIL COLONES(¢80,000.00), por lo que en adelante el Capital Social Mínimo de laSociedad será de CIEN MIL COLONES (¢100,000.00), dividido en unmil Acciones comunes, nominativas y del valor de CIEN COLONES(¢100.00). La totalidad de acciones de la Sociedad, incluidas las delAumento en el Capital Mínimo que ahora se avisa, están suscritas ypagadas.

San Salvador, seis de diciembre del año dos mil dos.

INVERSIONES PINSEG, S.A. DE C.V.

Dr. CARLOS ALFREDO PINEDA NAVAS,

Representante Legal.

3 v. alt. No. 3148-1

AVISO

La Administración de la Sociedad “ACNEPROS, S.A. DE C.V., para losefectos de ley,

HACE SABER: que por resolución tomada por unanimidad deAccionistas en Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebradaen la ciudad de San Salvador, a las diez horas del día seis de diciembredel año dos mil dos, se acordó AUMENTAR EL CAPITAL SOCIAL dela referida Sociedad, en la suma de OCHENTA MIL COLONES(¢80,000.00), por lo que en adelante el Capital Social Mínimo de laSociedad será de CIEN MIL COLONES (¢100,000.00), dividido en unmil Acciones comunes, nominativas y del valor de CIEN COLONES(¢100.00). La totalidad de acciones de la Sociedad, incluidas las delAumento en el Capital Mínimo que ahora se avisa, están suscritas ypagadas.

San Salvador, seis de diciembre del año dos mil dos.

ACNEPROS, S.A. DE C.V.

JULIA DEL CARMEN ALBERTO DE CERROS

Representante Legal.

3 v. alt. No. 3149-1

PUNTO DE ACTA

La suscrita secretaria de la Sociedad CONSULTORA MAC CORMACKS.A. DE C.V. de este domicilio,

Certifica: que en Asamblea General Extraordinaria de Accionistasque al efecto lleva la Sociedad, se encuentra el acta celebrada a las nuevehoras del día diez de enero de dos mil tres; en la cual literalmente dice:PUNTO DOS: se acuerda incrementar el capital social mínimo enochenta mil colones más, siendo el nuevo capital social mínimo de cien

mil colones. Representado y dividido en MIL ACCIONES comunes ynominativas en CIEN colones cada una, íntegramente suscritas y paga-das.

Para los usos que se estime conveniente extiendo la presente en laciudad de San Salvador, a los diez días del mes de enero de dos mil tres.

Arq. YOLANDA ELISA MONGE DE MAC CORMACK,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 3185-1

AVISO

EL INFRASCRITO ADMINISTRADOR UNICO DE LA SOCIEDADREPRESENTACIONES EXTRANJERAS, SOCIEDAD ANONIMADE CAPITAL VARIABLE

HACE SABER: que en Junta General Extraordinaria de Accionis-tas celebrada en esta ciudad a las quince horas del día seis de enero de dosmil tres, se acordó, por unanimidad, aumentar el actual capital socialmínimo de veinte mil colones, en ochenta mil colones.

Para efecto de este aumento, se acuerda trasladar del capitalvariable al capital mínimo, la suma mencionada, quedando el capitalsocial mínimo en cien mil colones.

El aumento de capital está dividido y representado por una solaserie de ochocientas acciones, de un valor nominal de cien colones cadauna. El nuevo capital social mínimo de cien mil colones, estará represen-tado por una sola serie de un mil acciones, de un valor nominal de ciencolones cada una. Todos lo accionistas acordaron suscribir las accionesen el porcentaje de la participación de cada uno de ellos.

LO CUAL HACE DEL CONOCIMIENTO DEL PUBLICO PARAEFECTOS DE LEY.

San Salvador a los quince días de enero de dos mil tres.

LEONARDO ANGULO CAJAL,

ADMINISTRADOR UNICO.

3 v. alt. No. 3170-1

AVISO

EL BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, S.A.,

COMUNICA: QUE A NUESTRA AGENCIA SE HA PRESEN-TADO LA PROPIETARIA DEL DEPOSITO A PLAZO CON ELCERTIFICADO NUMERO 379324 EMITIDO EN AGENCIA SANTAANA, EL DIA CINCO DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOSMIL DOS, POR UNA CANTIDAD DE DOS MIL DOSCIENTOSOCHENTA Y CINCO 71/100 DOLARES, A UN PLAZO DE CIENTOOCHENTA DIAS, SOLICITANDO LA REPOSICION DE DICHOCERTIFICADO, POR HABERSELE EXTRAVIADO.

EN CONSECUENCIA DE LO ANTERIOR, SE HACE DELCONOCIMIENTO DEL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFEC-TOS LEGALES DEL CASO.

TRANSCURRIDOS TREINTA DIAS DESPUES DE LA TER-CERA PUBLICACION DE ESTE AVISO Y SI NO HUBIERE NIN-GUNA OPOSICION, SE PROCEDERA A REPONER EL CERTIFI-CADO EN REFERENCIA.

SAN SALVADOR, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DEENERO DEL DOS MIL TRES.

IRMA ESTELA DE AVELAR,

JEFE DE OPERACIONES

AGENCIA SANTA ANITA.

3 v. alt. No. 3139-1

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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.,

AVISA: que en su Agencia Sonsonate de la ciudad de Sonsonate,se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado elCertificado No. 770-016114-3, amparado con el Registro No. 0327305del Depósito a plazo fijo, constituido el 17-06-1997 a 180 días prorroga-bles, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 22 de enero de 2003

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

Jefe del Depto. de Atención al Cliente,

Gerencia Depto de Depósitos.

3 v. alt. No. 3109-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.,

AVISA: que en su Agencia Ahuachapán de la ciudad de Ahuacha-pán, de esta ciudad, se ha presentado parte interesada manifestando queha extraviado el Certificado No. 772-354441- 4, amparado con el registroNo. 0642261 del Depósito a plazo fijo, constituido el 30-05- 2001 a 180días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos dereposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 22 de enero de 2002.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

Jefe del Depto. de Atención al Cliente,

Gerencia Depto de Depósitos.

3 v. alt. No. 3110-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.,

AVISA: que en su Agencia Ciudad Arce de la ciudad de CiudadArce, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviadoel Certificado No. 765-003258-6, amparado con el registro No. 0669331del Depósito a plazo fijo, constituido el 22-11-2001 a 360 días prorroga-bles, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 22 de enero de 2003.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

Jefe del Depto. de Atención al Cliente,

Gerencia Depto de Depósitos.

3 v. alt. No. 3111-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.,

AVISA: que en su Agencia San Miguel de la ciudad de San Miguel,se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado elCertificado No. 780-030939-8, amparado con el registro No. 0686981del Depósito a plazo fijo, constituido el 28-12-2001 a 180 días prorroga-bles, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 22 de enero de 2003.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

Jefe del Depto. de Atención al Cliente,

Gerencia Depto de Depósitos.

3 v. alt. No. 3112-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.,

AVISA: que en su Agencia La Merced de la ciudad de San Miguel,se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado elCertificado No. 781-023376-9, amparado con el registro No. 721825 delDepósito a plazo fijo, constituido el 10-09-2002 a 360 días prorrogables,lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 22 de enero de 2003.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

Jefe del Depto. de Atención al Cliente,

Gerencia Depto de Depósitos.

3 v. alt. No. 3113-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.,

AVISA: que en su Agencia Santa Rosa de Lima de la ciudad deSanta Rosa de Lima, se ha presentado parte interesada manifestando queha extraviado el Certificado No. 783-006122-5, amparado con el registroNo. 0463904 del Depósito a plazo fijo, constituido el 01-07- 1999 a 180días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos dereposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

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61DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.San Salvador, 22 de enero de 2003.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

Jefe del Depto. de Atención al Cliente,

Gerencia Depto de Depósitos.

3 v. alt. No. 3114-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.,

AVISA: que en su Agencia Santa Ana de la ciudad de Santa Ana,se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado elCertificado No. 760-016620-8, amparado con el registro No. 0301025del Depósito a plazo fijo, constituido el 27-01-1997 a 180 días prorroga-bles, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 22 de enero de 2003.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

Jefe del Depto. de Atención al Cliente,

Gerencia Depto de Depósitos.

3 v. alt. No. 3115-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.,

AVISA: que en su Agencia San José de la Montaña de esta ciudad,se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado elCertificado No. 700-045689-3, amparado con el registro No. 0698298del Depósito a plazo fijo, constituido el 09-05-2002 a 180 días prorroga-bles, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 22 de enero de 2003.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

Jefe del Depto. de Atención al Cliente,

Gerencia Depto de Depósitos.

3 v. alt. No. 3116-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.,

AVISA: que en su Agencia Unicentro de la ciudad de Soyapango,se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado elCertificado No. 745-003106-8, amparado con el registro No. 0702428,del Depósito a plazo fijo, constituido el 09-04-2002 a 180 días prorroga-bles, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 22 de enero de 2003.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

Jefe del Depto. de Atención al Cliente,

Gerencia Depto de Depósitos.

3 v. alt. No. 3117-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.,

AVISA: que en su Agencia Masferrer de esta ciudad, se hapresentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifica-do No. 703-019833-4, amparado con el registro No. 0703492 delDepósito a plazo fijo, constituido el 09-04-2002 a 90 días prorrogables,lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 22 de enero de 2003.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

Jefe del Depto. de Atención al Cliente,

Gerencia Depto de Depósitos.

3 v. alt. No. 3118-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.,

AVISA: que en su Agencia Masferrer de esta ciudad, se hapresentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifica-do No. 703-020229-3, amparado con el registro No. 0713436 delDepósito a plazo fijo, constituido el 18-09-2002 a 30 días prorrogables,lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358San Salvador, 22 de enero de 2003.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

Jefe del Depto. de Atención al Cliente,

Gerencia Depto de Depósitos.

3 v. alt. No. 3119-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.,

AVISA: que en su Agencia Ciudad Delgado de esta ciudad, se hapresentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi-cado No. 747-033944-1, amparado con el registro No. 715695 delDepósito a plazo fijo, constituido el 03-07-2002 a 180 días prorrogables,lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 22 de enero de 2003.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

Jefe del Depto. de Atención al Cliente,

Gerencia Depto de Depósitos.

3 v. alt. No. 3120-1

AVISO

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado PERAZAMARQUEZ, CHRISTIAN DENIS, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, del domicilio de SAN SALVADOR con Número de IdentificaciónTributaria: 0614-130868-004-3, ha presentado solicitud a las nuevehoras y cuatro minutos del día veinticuatro de octubre de dos mil dos. Conla cual se otorgaron los Asientos de Empresa No 2002041460 y Estable-cimiento No 2002041460- 001; a favor de la Empresa denominadaDIMPE, la cual se dedica a COMPRA y VENTA DE MATERIALMEDICO, con dirección en EDIFICIO 586 APARTAMENTO # 15,SECTOR, MAGISTERIAL MEJICANOS, SAN SALVADOR cuyoactivo asciende a DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETEDOLARES CON 14/100 $ 2,857.14 y que tiene el (los) establecimiento(s) siguiente (s) 001-) DIMPE ubicado en EDIFICIO 586 APARTA-MENTO # 15, SECTOR MAGISTERIAL, MEJICANOS, SAN SAL-VADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, diecinueve de noviembre de dos mil dos

Lic. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 3205-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva del BANCO DE LOS TRABAJADORES DE SOYA-PANGO, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDADLIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, en cumplimiento a lo dispues-to en los artículos doscientos veinticuatro y doscientos cuarenta y tres delCódigo de Comercio, por este medio formula TERCERA CONVOCA-TORIA a sus socios para la celebración de JUNTA GENERAL EX-TRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, a celebrarse en el local deledificio social del Banco, ubicado en la Segunda Calle Poniente # 10,Soyapango, el día viernes veintiuno de febrero del año dos mil tres a partirde las dieciocho horas.

AGENDA A DESARROLLAR

1- Integración del Quórum

2- Apertura de la sesión

3- Capitalización de Reserva General

Esta Junta se considerará legalmente constituida cualquiera que seael número de acciones representadas el día, hora y local señaladosanteriormente y, además, las resoluciones que se adopten serán válidascon la simple mayoría de votos conformes de las acciones presentes.

Soyapango, treinta de enero del año dos mil tres.

GONZALO GUADRON RIVAS,

PRESIDENTE DE JUNTA DIRECTIVA.

3 v. alt. No. 3872-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva del BANCO DE LOS TRABAJADORES DE SOYA-PANGO, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDADLIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, en cumplimiento a lo dispues-to en los artículos doscientos veintitrés, doscientos cuarenta y doscientoscuarenta y uno del Código de Comercio, CONVOCA a sus socios a lacelebración de la JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONIS-TAS, a realizarse en el local del edificio social del Banco, ubicado en laSegunda Calle Poniente No. 10, Soyapango, el día viernes veintiuno defebrero del año dos mil tres, a partir de las catorce horas en PRIMERACONVOCATORIA y a partir de las dieciséis horas, de ese mismo día enSEGUNDA CONVOCATORIA.

La Agenda a considerar es la siguiente:

PUNTOS A TRATAR EN JUNTA GENERAL ORDINARIA

l. Comprobación del quórum,

2. Apertura de la sesión

3. Presentación y discusión de la Memoria de Labores del Banco;del Balance General al 31- 12-2002, del Estado de Pérdidas yGanancias del 1 de enero al 31 de diciembre del 2002, y delinforme del Auditor Externo; a fin de aprobar o improbar los tresprimeros y tomar las medidas pertinentes.

4. Aplicación de los Resultados del Ejercicio.

5. Retiro de Socios de acuerdo a disposiciones legales.

6. Exclusión de socios de acuerdo a disposiciones legales.

7. Presentación del presupuesto y plan de operaciones para el 2003.

8. Fijación de Dietas a los Miembros de la Junta Directiva.

9. Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal, y sus respectivossuplentes y fijación de sus emolumentos.

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63DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

Esta Junta se considerará legalmente constituida al encontrarsepresentes y representados la mitad más una de las acciones del Banco, osean 1,119,569 acciones; y sus resoluciones serán validas con la mayoríade los votos conformes de los accionistas presentes y representados.

La Junta General Ordinaria de Accionistas en Segunda Convoca-toria, se considerara legalmente instalada con los accionistas presentes yrepresentados y sus resoluciones serán validas con la mayoría de losvotos presentes.

Soyapango, veintiocho de enero de dos mil tres.

GONZALO GUADRON RIVAS,

PRESIDENTE DE JUNTA DIRECTIVA.

3 v. alt. No. 3883-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de La Caja de Crédito de La Libertad, SociedadCooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en cum-plimiento a la atribución que le confiere el Artículo 26 de su Escritura deConstitución convoca a los Representantes de Acciones y demás sociosde la misma, para celebrar ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA YEXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS a partir de las catorce horasdel día veintidós febrero del dos mil tres, en el local de la Casa Comunaldel Puerto de La Libertad, en PRIMERA CONVOCATORIA; en caso deno integrarse el Quórum legal correspondiente, se establece SEGUNDACONVOCATORIA; para el día primero de marzo del corriente año a lahora y local antes señalados.

Dicha Asamblea se constituirá con las formalidades que estableceel capítulo VI de la Escritura de Constitución ya citada y el Artículo 223Sección "C" Capítulo VII, Título II del Libro Primero del Código deComercio Vigente, para conocer y resolver los puntos que contiene laAgenda.

PUNTOS DE CARACTER ORDINARIA

1. Integración quórum de asistencia.

2. Elección de los Representantes de Acciones que hubierenconcluido su periodo y de los que faltaren por las causas queexpresa el Artículo 21 de la Escritura de Constitución de LaCaja y sustitución de los Representantes de Acciones quepresentan su Renuncia.

3. Integración de Quórum legal.

4. Presentación y discusión de la Memoria Anual de Labores dela Caja, del Balance General al 31-12-2002 del Estado dePérdidas y Ganancias del 1 de enero al 31 de Diciembre del2002 Informes del Auditor Externo, a fin de aprobar oimprobar los tres primeros y tomar las medidas que juzguenoportunas.

5. Aplicación de los Resultados del Ejercicio.

6. Retiro de Socios de acuerdo a las disposiciones legales.

7. Elección del Auditor Externo y su respectivo suplente yfijación de sus honorarios.

8. Fijación de Dietas a los miembros de La Junta Directiva.

9. Elección de miembros de La Junta Directiva.

PUNTOS DE CARACTER EXTRAORDINARIA

1. Integración del quórum

2. Modificación al Pacto Social, especialmente al incrementodel capital mínimo.

El quórum se integrará de conformidad con los artículos 240, 241,242 y 243 del Código o de Comercio Vigente.

La Libertad, a los veintidós días del mes de enero del dos mil tres.

LUIS FELIPE RODRIGUEZ, BERTA SALAZAR DE RODRIGUEZ,

PRESIDENTE. SECRETARIA.

MARIA CONCEPCION DE NUÑEZ,

TESORERO.

3 v. alt. No. 3526-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de ASESUISA VIDA, S.A., SEGUROS DE PERSO-NAS, de este domicilio, por este medio convoca a Junta GeneralExtraordinaria y Ordinaria de Accionistas de la sociedad, a celebrarse enprimera convocatoria del día veinticuatro de febrero del año dos mil tres,a partir de las diecisiete horas, en las oficinas de la sociedad ubicadas enel Edificio ASESUISA, Alameda Dr. Manuel Enrique Araujo y Calle LaReforma, Colonia San Benito, de esta ciudad, para conocer y resolver losiguiente:

ASUNTOS DE CARACTER ORDINARIO

1. Memoria de Labores de la Junta Directiva, Balance General,Estado de Resultados e Informe de Auditores, todos corres-pondientes al ejercicio económico que finalizó el 31 dediciembre de 2002;

2. Aplicación de Utilidades

3. Nombramiento de los Auditores Externos y Fiscales y fija-ción de sus emolumentos.

4. Autorizaciones de acuerdo con el Art. 275 del Código deComercio.

ASUNTOS DE CARACTER EXTRAORDINARIO

1. Aumento del Capital Social;

2. Otras reformas al Pacto Social;

3. Nombramiento de Ejecutores Especiales

Para celebrar Junta en Primera Convocatoria se requiere respectode los Asuntos Ordinarios, la presencia o representación de por lo menosla mitad más una de las Acciones que componen el Capital Social y setomará decisión con por lo menos la mayoría de votos de las Accionespresentes y/o representadas; y respecto de los Asuntos Extraordinarios,se requiere de la presencia o representación de las tres cuartas partes delas acciones que componen el Capital Social e igual proporción paratomar decisión. Caso no hubiere quórum a la hora y fecha expresadas, secita en Segunda Convocatoria, en el mismo lugar y hora del día veinti-cinco de febrero del año dos mil tres, requiriéndose en este caso paratratar de los Asuntos Ordinarios, de cualquier número de accionespresentes y/o representadas, y se tomará resolución con la mayoría devotos de tales acciones, y para tratar los Asuntos Extraordinarios, serequerirá la mitad más una de las acciones que componen el CapitalSocial y se tomará la resolución con las tres cuartas partes de las accionespresentes y/o representadas.

San Salvador, veintisiete de enero de dos mil tres.

RODOLFO SCHILDKNECHT,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 3678-1

DIARIO

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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

ASIENTO DE EMPRESA 2002039727

ESTABLECIMIENTO 2002039727- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado GUARDADOHERRERA, JOSE MARCOS en su calidad de Representante Legal dela sociedad EDITORIAL MAYA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-TAL VARIABLE que puede abreviarse EDITORIAL MAYA, S.A. DEC.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de NUEVASAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 1del libro 1694 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, conNúmero de Identificación Tributaria: 0614-070202-106-3, ha presenta-do solicitud a las diez horas y treinta y ocho minutos del día cinco deseptiembre de dos mil dos. Con la cual se otorgaron los asientos deEmpresa No. 2002039727 y Establecimiento No. 2002039727-001; afavor de la Empresa denominada EDITORIAL MAYA, SOCIEDADANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a IMPREN-TA, con dirección en 2a. CALLE ORIENTE # 6-4, NUEVA SANSALVADOR, Departamento de LA LIBERTAD cuyo activo asciende aONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON 57/100, $11,428.57 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) EDITO-RIALES MAYA, S.A. DE C.V. ubicado en 2a. CALLE ORIENTE # 6-4, NUEVA SAN SALVADOR, Departamento de LA LIBERTAD.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, nueve de septiembre de dos mil dos.

Lic. LILIANA PATRICIA CACERES DE MONTOYA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. Nº 3157-1

CONVOCATORIA

Junta Directiva de ASEGURADORA SUIZA SALVADOREÑA, S.A.,por este medio convoca a Junta General Extraordinaria de Accionistas dela Sociedad, a celebrarse en Primera convocatoria el día veinticuatro defebrero del año dos mil tres, a partir de las diecisés treinta horas, en lasoficinas de la Sociedad ubicada en el Edificio ASESUISA, Alameda Dr.Manuel Enrique Araujo y Calle La Reforma, Colonia San Benito, de estaciudad, para conocer y resolver lo siguiente:

1. Reformas al Pacto Social;

2. Nombramiento de Ejecutores Especiales.

Para celebrar Junta en Primera Convocatoria se requiere la presen-cia o representación de las tres cuartas partes de las acciones quecomponen el Capital Social e igual proporción para tomar decisión. Casono hubiere quórum a la hora y fecha expresadas, se cita en el mismo lugary hora del día veinticinco de febrero del año dos mil tres, requiriéndoseen este caso la mitad más una de las acciones que componen el CapitalSocial y se tomará la resolución con las tres cuartas partes de las accionespresentes y/o representadas.

San Salvador, 07 de enero de 2003.

RODOLFO SCHILDKNECHT,

PRESIDENTE.

3 v. alt. Nº 3413-1

Clase: 41. Exp.: 012001013582

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado la LicenciadaMARI A DE LOS ANGELES GUADALUPE JIMENEZ DE PARKER,en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de la Sociedad COLEGIOMAYA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que seabrevia COLEGIO MAYA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADO-REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en las palabras COLEGIO MAYA y diseño.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de abril de dos mil uno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los nuevedías del mes de abril de dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 3121-1

Clase: 09 Exp.: 2002029314

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDOGUILLERMO CASTANEDA, en su calidad de APODERADO ESPE-CIAL de COMPAÑIA DE TELECOMUNICACIONES DE EL SAL-VADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que seabrevia CTE, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solici-tando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

TARJETA MULTIFUNCIÓN TELECOM

Consistente en: las palabras TARJETA MULTlFUNCIONTELECOM.

La solicitud fue presentada el día dos de diciembre del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veinte de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 3150-1

DIARIO

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65DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

Clase: 03. Exp.: 2002023492

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentadoMARISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODE-RADO de CAROLINA HERRERA Ltd., de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DEFABRICA,

212 ON ICEConsistente en: la expresión 212 ON ICE, con el número arábigo

212 seguido de las palabras ON ICE en letras de molde mayúsculas.

La solicitud fue presentada el día trece de marzo del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veinticinco de septiembre del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 3161-1

Clase: 05. Exp.: 2002028955

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentadoMARISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODE-RADO de C.H. BOEHRINGER SOHN, de nacionalidad ALEMANA,solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

EFFORTIL

Consistente en: la palabra EFFORTIL.

La solicitud fue presentada el día quince de noviembre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, trece de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 3162-1

Clase: 03. Exp.: 2002023493

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado

MARISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODE-

RADO de CAROLINA HERRERA Ltd., de nacionalidad ESTADO-

UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE

FABRICA,

Consistente en: DOS FIGURAS RECTANGULARES, LA PRI-

MERA ESTA COLOCADA A LA IZQUIERDA Y ES ANGOSTA Y

ALARGADA DE COLOR MALVA; SU PARTE SUPERIOR ESTA

LEVEMENTE SEPARADA DEL RESTO Y ESTA FORMADA POR

UN RECTANGULO ROJO RODEADO DE ORILLA COLOR MAL-

VA, LA PARTE INFERIOR ES DE COLOR MALVA Y CONTIENE

EN SU INTERIOR DOS LINEAS BLANCAS; LA SEGUNDA FIGU-

RA RECTANGULAR COLOCADA A LA DERECHA ESTA FOR-

MADA POR ORILLAS DELGADAS, CONTENIENDO UN REC-

TANGULO ROJO MAS PEQUEÑO DENTRO DE SU PARTE SUPE-

RIOR Y EN LA PARTE INFERIOR CONTIENE OTRO RECTANGU-

LO FORMADO POR ORILLAS DE COLOR MALVA A LA IZ-

QUIERDA, ROSADO A LA DERECHA Y ANARANJADO EN LA

PARTE INFERIOR.

La solicitud fue presentada el día trece de marzo del año dos mil

dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, veinticinco de septiembre del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 3163-1

DIARIO

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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Clase: 30. Exp.:012002022643

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado la Abogado

MARISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODE-

RADO de CHOCOLATES GAROTO S/A, de nacionalidad BRASILE-

ÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRI-

CA,

Consistente en la palabra MUNDY y diseño.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de febrero de dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-

TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los ocho

días del mes de mayo de dos mil dos.

Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA,

REGISTRADORA.

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 3164-1

Clase: 30. Exp.: 2002029174

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIA

EUGENIA MENDEZ DE HUEZO, en su calidad de APODERADO

GENERAL ADMINISTRATIVO Y JUDICIAL de ADVANCED TO-

TAL MARKETING SYSTEM, INC., de nacionalidad PANAMEÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

JOVI´S

Consistente en: la palabra JOVI´S.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de noviembre del año

dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, veinte de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 3174-1

Clase: 29. Exp.: 2002029175

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIA

EUGENIA MENDEZ DE HUEZO, en su calidad de APODERADO

GENERAL ADMINISTRATIVO Y JUDICIAL de ADVANCED TO-

TAL MARKETING SYSTEM, INC., de nacionalidad PANAMEÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

JOVI´S

Consistente en: la palabra JOVI´S.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de noviembre del año

dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, veinte de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 3175-1

Clase: 30. Exp.: 2002027535

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado WILFREDOANTONIO SALINAS, en su calidad de APODERADO de SOCIETE

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67DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

DES PRODUITS NESTLE, S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitandoel registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: DISEÑO DE BURBUJA COLOR BLANCO,NEGRO Y GRIS.

La solicitud fue presentada el día seis de septiembre del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, siete de enero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 3176-1

Clase: 29. Exp: 2002027537

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado WILFREDOANTONIO SALINAS, en su calidad de APODERADO de SOCIETEDES PRODUITS NESTLE, S.A., de nacionalidad SUIZA solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en DISEÑO DE BURBUJA COLOR BLANCO,NEGRO Y GRIS.

La solicitud fue presentada el día seis de septiembre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marca y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, siete de enero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 3177-1

Clase: 01. Exp.: 012002023418

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDUARDOMORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de ABB Asea

Brown Boveri Ltd., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA,

Consistente en las letras ABB y diseño.

La solicitud fue presentada el día trece de marzo de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los tresdías del mes de abril de dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,REGISTRADOR

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 3079-1

CONVOCATORIA

CORPORACION EXCELENCIA, S.A. de C.V.

Convoca a la Junta General de Accionistas que conocerá de asuntos decarácter Ordinario y Extraordinario, a celebrarse en el HOTEL HOLIDAYINN San Salvador, ubicado en Urbanización y Boulevard Santa Elena,Calle El Pital Antiguo Cuscatlán, La Libertad, a partir de las 10 horas deldía sábado 22 de febrero de 2003.

El quórum para la celebración de Junta General en primera convo-catoria, es de las tres cuartas partes de las acciones y las decisiones decarácter ordinario se tomarán con el voto de la mitad más una de lasacciones presentes o representadas y las decisiones de carácter extraor-dinario se formarán con el voto de las tres cuartas partes de las accionespresentes o representadas.

La agenda será la siguiente:

Asuntos de carácter Ordinario:

I. Lectura y aprobación de la memoria de labores de la JuntaDirectiva, el balance general, el estado de pérdidas y ganan-cias al 31 de diciembre de 2002.

II. Informe del Auditor Externo;

III. Nombramiento del Auditor Externo propietario y suplenterespectivo, Auditor Fiscal y fijación de emolumentos;

IV. Aplicación de utilidades;

V. Elección de la Junta Directiva y fijación de sus emolumentos;

VI. Elección de tercer Director Propietario y Suplente.

Asuntos de carácter Extraordinario:

I. Aumento de capital social;

II. Modificaciones al Pacto Social;

III. Designación de Ejecutores Especiales.

Si no hubiere quórum en la fecha y hora señalada, se convoca parael día domingo 23 de febrero del año 2003, a la misma hora y en el mismolocal. En este caso el quórum para celebrar sesión será de la mitad másuna de las acciones y las decisiones de carácter ordinario se tomarán pormayoría de los votos presentes o representadas. Las decisiones decarácter extraordinario se tomarán con el voto de las tres cuartas partesde las acciones presentes o representadas.

San Salvador, 18 de enero de 2003.

MOISES CASTRO MACEDA,

PRESIDENTE.

3 v. alt. Nº 4083-1

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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Clase: 12. Expediente: 012002023437.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDUARDOMORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de ABB AseaBrown Boveri Ltd, de nacionalidad SUIZA solicitando el Registro de laMARCA DE FABRICA,

Consistente en las letras ABB y diseño.

La solicitud fue presentada el día trece de marzo de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los tresdías del mes de abril de dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 3080-1

Clase: 09. Expediente: 2002027899.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elRegistro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la frase “ACUVUE Y DISEÑO DE LINEASPARALELAS”.

La solicitud fue resentada el día veinticuatro de septiembre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, cuatro de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 3081-1

Clase: 42. Expediente: 012000007196.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DINA CAS-TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de BIO SIDUSS.A., de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el Registro de laMARCA DE SERVICIOS,

BIOLATINA

Consistente en la palabra BIOLATINA.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de septiembre de dosmil.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los sietedías del mes de marzo de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 3082-1

Clase: 42. Expediente: 012000007254.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado la AbogadoDINA CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO deBIO SIDUS S.A., de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el Regis-tro de la MARCA DE SERVICIOS,

BIO SIDUS

Consistente en las palabras BIO SIDUS.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de septiembre de dosmil.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, uno del mesde marzo de dos mil dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 3083-1

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69DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

Clase: 30. Expediente: 2002027904.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIOCARMONA RIVERA, en su calidad de APODERADO de INDUS-TRIAS AMBROSOLI, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad CHI-LENA, solicitando el Registro de la MARCA DE FABRICA Y DECOMERCIO,

CAÑONAZO DE AMBROSOLI

Consistente en: la palabra CAÑONAZO DE AMBROSOLI.

La solicitud e presentada el día veinticuatro de septiembre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 3084-1

Clase: 05. Expediente: 2002028588.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIOCARMONA RIVERA, en su calidad de APODERADO de PHARMACIA& UPJOHN COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, soli-citando el Registro de la MARCA DE FABRICA,

CAPSURE

Consistente en: la palabra CAPSURE.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de octubre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento Marcas y Otros Signos Distintivos.San Salvador, seis de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 3085-1

Clase: 35. Expediente: 012001018445.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDOABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO deConverium Holding AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el Regis-tro de la MARCA DE SERVICIOS,

CONVERIUM

Consistente en la palabra CONVERIUM.

La solicitud fue presentada el día cinco de octubre de dos mil uno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losdiecinueve días del mes de abril de dos mil dos.

Licda. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 3086-1

Clase: 09. Expediente: 011987000082.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el AbogadoEMILIO ARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO deDETECTO DE COLOMBIA LTDA., de nacionalidad COLOMBIA-NA, solicitando el Registro de la MARCA DE FABRICA Y DECOMERCIO,

Consistente en las palabras DETECTO MATIC y diseño.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de enero de milnovecientos ochenta y siete.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los dosdías del mes de mayo de dos mil dos.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 3087-1

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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Clase: 03. Expediente: 20020025089.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN HUM-BERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO deNOVARTIS AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el Registro de laMARCA DE FABRICA,

Consistente en: un rectángulo horizontal negro, conteniendo laletra minúscula “e” seguida por un punto y luego la palabra CARRERASen letras tipo carta y arriba la letra “s” un círculo pequeño la letra “R”.

La solicitud fue presentada el día quince de mayo del año dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LAPROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a las quincehoras y cincuenta y cuatro minutos, del día dieciséis de mayo del año dosmil dos.

Licda. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 3088-1

Clase: 09. Expediente: 2002028748.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE DANIELVEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de HPINTELLECTUAL CORP., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, so-licitando el Registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

GLIDE ´N GO

Consistente en: las palabras GLIDE ´N GO.

La solicitud fue presentada el día seis de noviembre del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, nueve de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 3089-1

Clase: 01. Expediente: 012001015739.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el AbogadoJUAN HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODE-RADO de KABUSHIKI KAISHA HITACHI SEISAKUSHO (comer-ciando como Hitachi, Ltd.), de nacionalidad JAPONESA, solicitando elRegistro de la MARCA DE FABRICA,

HITACHI

Consistente en la palabra HITACHI.

La solicitud fue presentada el día cinco de julio de dos mil uno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los treintadías del mes de abril de dos mil dos.

Licda. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 3090-1

Clase: 05. Expediente: 2002027668.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elRegistro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

HYDRO-LIQUID

Consistente en: la palabra HYDRO-LIQUID.

La solicitud fue presentada el día doce de septiembre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dos de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 3091-1

DIARIO

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71DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

Clase: 41. Exp.: 2002027657

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA en su calidad de APODERADO de JOHNSON& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elRegistro de la MARCA DE SERVICIOS:

J & J

Consistente en la palabra “J & J”.

La solicitud fue presentada el día doce de septiembre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3092-1

Clase: 42. Exp.: 2002027662

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elRegistro de la MARCA DE SERVICIOS:

Consistente en "J & J (en forma estilizada)".

La solicitud fue presentada el día doce de septiembre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, primero de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3093-1

Clase: 10. Exp.: 012002023056

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de CORDISCORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitandoel Registro de la MARCA DE FABRICA:

LASSO

Consistente en la palabra LASSO.

La solicitud fue presentada el día cuatro de marzo de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los quincedías del mes de marzo de dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3094-1

Clase: 41. Exp.: 012001018499

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDOABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO deUNIVISION COMMUNICATIONS INC., de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando el Registro de la MARCA DE SERVICIOS:

LOS METICHES

Consistente en la palabra LOS METICHES.

La solicitud fue presentada el día ocho de octubre de dos mil uno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los nuevedías del mes de abril de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3095-1

DIARIO

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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Clase: 25. Exp.: 012001016684

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDOABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO deFootstar Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitan-do el Registro de la MARCA DE FABRICA:

LOVE MATES

Consistente en las palabras LOVE MATES.

La solicitud fue presentada el día ocho de agosto de dos mil uno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losveintiún días del mes de marzo de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3096-1

Clase: 05. Exp.: 012002023250

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDUARDOMORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de NOVARTISAG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el Registro de la MARCA DEFABRICA:

LUCELBA

Consistente en la palabra LUCELBA.

La solicitud fue presentada el día ocho de marzo de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los veintedías del mes de marzo de dos mil dos.

Licda. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3097-1

Clase: 41. Exp.: 2002028600

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE DANIELVEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de Videoserpel. Ltd.,

de nacionalidad SUIZA, solicitando el Registro de la MARCA DESERVICIOS:

LUZ CLARITA

Consistente en las palabras LUZ CLARITA.

La solicitud fue presentada el día treinta de octubre del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, seis de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No 3098-1

Clase: 09 Exp.: 012001015540

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MANUELANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO deHARMAN INTERNATIONAL INDUSTRIES, INCORPORATED, denacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el Registro de la MAR-CA DE FABRICA,

Consistente en las palabras MARK LEVINSON STYLIZED.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de junio de dos miluno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losdieciocho días del mes de abril de dos mil dos.

Licda. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3099-1

DIARIO

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73DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

Clase: 30. Exp.: 2002027285

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIOCARMONA RIVERA, en su calidad de APODERADO de MövenpickHolding, de nacionalidad SUIZA, solicitando el Registro de la MARCADE COMERCIO:

Consistente en la palabra "MOVENPICK con diseño de pájaro".

La solicitud fue presentada el día veintiuno de agosto del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, cuatro de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3100-1

Clase: 05. Exp.: 2002027892

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elRegistro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

Consistente en la palabra "Ortho-Clinical Diagnostics & Diseño decaduceo".

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de septiembre delaño dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, siete de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3101-1

Clase: 10. Exp.: 2002027893

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elRegistro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

Consistente en la palabra "Ortho-Clinical Diagnostics & Diseño decaduceo".

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de septiembre delaño dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3102-1

Clase: 05. Exp.: 2002027845

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ERNESTOALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de MeadJohnson & Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitan-do el Registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

PHENYL- FREE

Consistente en la palabra "PHENYL- FREE".

La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, nueve de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3103-1

DIARIO

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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Clase: 29. Exp.:012000005168

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RENE RODRI-

GUEZ GRIMALDI, en su calidad de APODERADO de NOVARTIS

AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el Registro de la MARCA DE

FABRICA:

Consistente en la palabra Reducol y diseño.

La solicitud fue presentada el día catorce de julio de dos mil.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-

TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los quince

días del mes de marzo de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3104-1

Clase: 09. Exp.: 2002028752

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE DANIEL

VEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de HP

INTELLECTUAL CORP., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, so-

licitando el Registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

QUICKPRESS

Consistente en la palabra QUICKPRESS.

La solicitud fue presentada el día seis de noviembre del año dos mil

dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, nueve de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3105-1

Clase: 12. Exp.: 2002027800

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE DA-

NIEL VEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de SKODA

AUTO a.s., de nacionalidad CHECA, solicitando el Registro de la

MARCA DE FABRICA:

Consistente en la expresión "SKODA AUTO y Diseño".

La solicitud fue presentada el día diecisiete de septiembre del año

dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, treinta de septiembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3106-1

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75DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

Clase: 42. Exp.: 012000006737

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ENRI-QUE MADRIGAL GOMEZ, en su calidad de APODERADO de MicroCompact Car smart GmbH, de nacionalidad ALEMANA, solicitando elRegistro de la MARCA DE SERVICIOS:

Consistente en la letra C y diseño.

La solicitud fue presentada el día siete de septiembre de dos mil.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losdiecisiete días del mes de abril de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3107-1

Clase: 05. Exp.: 2002028058

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DINA CAS-TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de GLAXOGROUP LIMITED, de nacionalidad INGLESA, solicitando el Registrode la MARCA DE FABRICA:

ZYGARD

Consistente en la palabra ZYGARD.

La solicitud fue presentada el día dos de octubre del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas Otros Signos Distintivos.San Salvador, dieciséis de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3108-1

Clase: 05. Exp.: 2002024092

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ANA MARIAHORTENSIA MELENDEZ DE LOPEZ, de nacionalidad SALVADO-REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el Registro de laMARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

SEXO-GERÓN

Consistente en la expresión SEXO-GERÓN escrita en letras ma-yúsculas grandes, color negro, el guión que aparece entre la palabraSEXO y la palabra GERÓN forma parte de la marca.

La solicitud fue presentada el día ocho de abril del año dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diecisiete de octubre del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3183-1

Clase: 09 Exp.: 2002029674

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado CLAUDIAJUDITH MACEDA CHICO, en su calidad de APODERADO GENE-RAL ADMINISTRATIVO Y JUDICIAL de CTE TELECOM PERSO-

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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

NAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que seabrevia: CTE TELECOM PERSONAL, S.A. DE C.V., de nacionalidadSALVADOREÑA, solicitando el Registro de la MARCA DE FABRI-CA Y DE COMERCIO:

TARJETA UNIVERSAL TELECOM

Consistente en las palabras TARJETA UNIVERSAL TELECOM,escrita en letras mayúsculas, de molde y de color negro.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de diciembre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, seis de enero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3204-1

Clase: 20. Exp.: 2002028471

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE TOMASCALDERON SOL, en su calidad de DIRECTOR PRESIDENTE YREPRESENTANTE de PRODUCTOS DE MADERA SALVADORE-ÑOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que seabrevia: PROMASAL, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADORE-ÑA, solicitando el Registro de la MARCA DE FABRICA Y DECOMERCIO:

D´ TEKA

Consistente en la palabra D’TEKA.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de octubre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diecinueve de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3231-1

Clase: 03. Exp.: 2002028469

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE TOMAS

CALDERON SOL, en su calidad de DIRECTOR PRESIDENTE Y

REPRESENTANTE de MAYCAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CA-

PITAL VARIABLE que se abrevia: MAYCAL, S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el Registro de la MARCA

DE FABRICA Y DE COMERCIO:

REFLOW

Consistente en: La palabra REFLOW.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de octubre del año dos

mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, diecinueve de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3232-1

Clase: 32. Exp.: 2002028867

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ENRIQUE

SAGRERA GONZALEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su

calidad de PROPIETARIO, solicitando el Registro de la MARCA DE

FABRICA Y DE COMERCIO:

EL SEÑOR COCO

Consistente en las palabras EL SEÑOR COCO.

La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos

mil dos.

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77DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diecinueve de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3233-1

Clase: 05. Exp.: 2002029056

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDORAMON ERNESTO GONZALEZ GINER de nacionalidad SALVA-DOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el Registro dela MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

METOFEN

Consistente en la palabra METOFEN.

La solicitud fue presentada el día veinte de noviembre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diecinueve de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3234-1

Clase: 05. Exp.: 2002029057

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDORAMON ERNESTO GONZALEZ GINER, de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el Registro dela MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

DAIPERIN

Consistente en la palabra DAIPERIN.

La solicitud fue presentada el día veinte de noviembre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciocho de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3235-1

Clase: 05. Expediente: 2002029065

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDORAMON ERNESTO GONZALEZ GINER, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el Registro dela MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

VITAFORT

Consistente en la palabra VITAFORT.

La solicitud fue presentada el día veinte de noviembre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciocho de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3236-1

DIARIO

OFI

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Page 78: DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003 ... · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003. 3 ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACIÓN NUMERO DIECIOCHO. En

78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358Clase: 05 Exp. 2002029049

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDORAMON ERNESTO GONZALEZ GINER, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el Registro dela MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

CARDIODIPINA

Consistente en: la palabra CARDIODIPINA.

La solicitud fue presentada el día veinte de noviembre del año dosmil dos. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro dela Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, dieciocho de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3237-1

Clase: 05 Exp.: 2002029060

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDORAMON ERNESTO GONZALEZ GINER, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el Registro dela MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

VITAMINERAL

Consistente en: la palabra VITAMINERAL.

La solicitud fue presentada el día veinte de noviembre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciocho de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3238-1

Clase: 05 Exp.: 2002029544

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDORAMON ERNESTO GONZALEZ GINER, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el Registro dela MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

SEUDOFEDConsistente en: la palabra SEUDOFED.

La solicitud fue presentada el días doce de diciembre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la.Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veinte de diciembre del año dos mil dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 3239-1

Clase: 05 Exp.: 2002029564

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDORAMON ERNESTO GONZALEZ GINER, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el Registro dela MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

MEDICOMPLEX

Consistente en: la palabra MEDICOMPLEX.

La solicitud fue presentada el día doce de diciembre del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veinte de diciembre del año dos mil dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 3240-1

Clase: 05. Exp.: 2002029548

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDORAMON ERNESTO GONZALEZ GINER de nacionalidad SALVA-DOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el Registro dela MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

GUAIFEN

Consistente en: la palabra GUAIFEN.

La solicitud fue presentada el día doce de diciembre del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veinte de diciembre del año dos mil dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 3241-1

DIARIO

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79DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.Clase: 05 Exp.: 2002029546

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDORAMON ERNESTO GONZALEZ GINER, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el Registro dela MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

DEXTROFAN

Consistente en: la palabra DEXTROFAN.

La solicitud fue presentada el día doce de diciembre del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veinte de diciembre del año dos mil dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 3242-1

Clase: 05 Exp.: 2002029555

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDORAMON ERNESTO GONZALEZ GINER, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el Registro dela MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

PHARZOLIDONA

Consistente en: la palabra PHARZOLIDONA.

La solicitud fue presentada el día doce de diciembre del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la.Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciséis de enero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

JUANA LETICIA VILLATORO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 3243-1

Clase: 05 Exp.: 2002029529

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDORAMON ERNESTO GONZALEZ GINER, de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el Registro dela MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

VITAFORTE

Consistente en: la palabra VITAFORTE.

La solicitud fue presentada el día doce de diciembre del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veinte de diciembre del año dos mil dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 3244-1

Clase: 05 Exp.: 2002029543

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDORAMON ERNESTO GONZALEZ GINER, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el Registro dela MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

VASODIL

Consistente en: la palabra VASODIL.

La solicitud fue presentada el día doce de diciembre del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veinte de diciembre del año dos mil dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 3245-1

Clase: 05 Exp.: 2002029557

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que ha esta oficina se ha presentado RICARDORAMON ERNESTO GONZALEZ GINER, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el Registro dela MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

DOLONEUROVIT

Consistente en: la palabra DOLONEUROVIT.

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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358La solicitud fue presentada el día doce de diciembre del año dos mil

dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veinte de diciembre del año dos mil dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 3246-1

Clase: 05 Exp.: 2002029554

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDORAMON ERNESTO GONZALEZ GINER, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el Registro dela MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

FURAZOL

Consistente en: la palabra FURAZOL.

La solicitud fue presentada el día doce de diciembre del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veinte de diciembre del año dos mil dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 3247-1

Clase: 05 Exp.: 2002029061

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDORAMON ERNESTO GONZALEZ GINER, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el Registro dela MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

PAÑALIN

Consistente en: la palabra PAÑALIN.

La solicitud fue presentada el día veinte de noviembre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciocho de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZREGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3248-1

Clase: 05 Exp.: 2002029058

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDORAMON ERNESTO GONZALEZ GINER, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el Registro dela MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

RELAXIN

Consistente en: la palabra RELAXIN.

La solicitud fue presentada el día veinte de noviembre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la.Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciocho de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3249-1

ABEL RICARDO CRUZ RAMIREZ, Notario, de este domicilio, conOficina Jurídica “Montes Pleitez”, ubicada en Edificio Moreno, QuintaAvenida Norte, local número cuatro-A San Miguelito, San Salvador;

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las ocho horas con treinta minutos del día nueve de diciembre del añodos mil dos, se ha tenido por Aceptada expresamente y con Beneficio deInventario, la Herencia Intestada que a su defunción, ocurrida en elHospital Nacional Rosales, el día cuatro de agosto del año dos mil dos,dejó a la señorita ISAURA LISSETTE PEÑA RUIZ, de parte de lacausante MARIA TERESA RAMIREZ VAQUERANO conocida porMARIA TERESA RAMIREZ y por MARIA TERESA RUIZ RAMI-REZ, en concepto de hija sobreviviente de la causante, habiéndoseleconferido la Administración y Representación Interina de la sucesión,con las facultades y restricciones de los curadores de la HerenciaYacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se creancon derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referidaOficina en el término de quince días contados desde el siguiente a laúltima publicación del presente edicto. En la ciudad de San Salvador, alos diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil dos.

ABEL RICARDO CRUZ RAMIREZ,

ABOGADO Y NOTARIO.

3 v. c. No. 3192-1

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81DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL, al público para los efectos deley,

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas con cincominutos de este día se ha declarado Yacente la Herencia que a sudefunción dejó el señor LEONARDO MARCELINO RIVAS, al fallecerel día catorce de mayo del dos mil, en el Hospital Nacional San Pedro deesta ciudad, siendo éste su último domicilio, habiéndose nombradoCurador de la Herencia Yacente a la Licenciada BLANCA ALICIAGOMEZ DE CAMPOS, a quien se le hará saber este nombramiento parasu aceptación, juramentación y demás efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a las ocho horas contreinta minutos del día diecisiete de octubre del dos mil dos. Lic. JOSEANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Br. MIRNA MARISOLSIGARAN HERNANDEZ, Sria.

3 v. alt. No. 2881-2

ALFREDO BIVAR BOJORQUEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas del díaveintisiete de marzo del corriente año; se ha tenido por aceptada expre-samente, con beneficio de inventario, la herencia intestada que a sudefunción ocurrida a las diecinueve horas del día trece de julio del añodos mil, en el Cantón El Barro, Caserío Salutiupán, jurisdicción de laciudad de Ahuachapán, su último domicilio dejó la señora MARIAAPOLINARIA CELADA DE MORAN, conocida por MARIAAPOLINARIA CELADA, MARIA CELADA y por MARIA ZELADA;de parte de los señores: VICTORIA MORAN ZELADA, ROSA FELINAMORAN ZELADA, INES MORAN ZELADA, ANTONIA MORANZELADA y JUAN PABLO MORAN ZELADA, todos en calidad dehijos de la causante; y a quienes se han nombrado interinamente repre-sentantes y administradores de la sucesión con las facultades y restriccio-nes de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los fines de ley.

Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las nueve horas treinta minutosdel día siete de agosto del año dos mil uno. Dr. ALFREDO BIVARBOJORQUEZ, JUEZ DE LO CIVIL. INOCENTE GRANILLOCASTELLON, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 2840-2

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL: al público para los efectos deley,

HACE SABER: que por resolución de las diez horas y treintaminutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente y conbeneficio de inventario la herencia testamentaria que dejó el causanteseñor MANUEL CENTENO GUZMAN, al fallecer el día diecisiete demarzo del año dos mil, en el Caserío Santa Lucía de la Jurisdicción deEreguayquín, siendo esa ciudad su último domicilio, de parte del señor

ELEAZAR CENTENO REYES, en calidad de heredero testamentariodel causante. Confiriéndole al aceptante dicho la administración yrepresentación interina de la sucesión con las facultades y restriccionesde los Curadores de la Herencia Yacente.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que sepresenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días despuésde la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, catorce de enero deldos mil tres. Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Br.MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 2842-2

VLADIMIR REYNALDO AGUILAR MIRANDA, Notario, con direc-ción en Edificio Niza número doscientos ocho, sobre Diecinueve CallePoniente, de esta Ciudad, al público para los efectos de ley,

AVISA: que por resolución, proveída en esta ciudad, a las diezhoras del día once de diciembre del año dos mil dos, se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia testa-mentaria, que dejó al morir el señor MAURICIO EDUARDO DUBONAYALA conocido por MAURICIO DUBON, quien falleció accidental-mente en el Centro Judicial de Sonsonate, Departamento de Sonsonate,pero que su último domicilio fue el de San Salvador, a las veintiún horascon treinta minutos del día treinta de julio del año dos mil uno, quien ala fecha de su muerte era de cuarenta y siete años de edad, Empleado, ydel domicilio de esta ciudad, a los señores HERBERT MAURICIODUBON ZEPEDA y RENE EDUARDO DUBON ZEPEDA, en susconceptos de Herederos Testamentarios.

Y se les ha conferido a los aceptantes la Administración y represen-tación interina de la sucesión.

LIBRADO en la ciudad de San Salvador, a los dieciséis días delmes de diciembre del año dos mil dos.

Lic. VLADIMIR REYNALDO AGUILAR MIRANDA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. 2843-2

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución de las nueve horas y veinteminutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente conbeneficio de inventario la herencia intestada que dejó el señor ALFRE-DO TORRES VELASQUEZ conocido por ALFREDO TORRES, quienfalleció el día dieciocho de agosto de mil novecientos noventa y seis, enel Barrio de Honduras, de esta ciudad, lugar de su último domicilio, departe de la señora MARIA MAGDALENA CASTILLO DE TORREShoy viuda DE TORRES, en calidad de cónyuge sobreviviente delcausante. Confiriéndole a dicha aceptante en el carácter indicado, laadministración y representación interina de la sucesión, con las faculta-

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

des y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para queen el término de ley, después de la tercera publicación de este cartel lodemuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los doce días del mesde noviembre del dos mil dos. Lic. EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO,JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 2846-2

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER. que por resolución de las ocho horas y quinceminutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente, conbeneficio de inventario la herencia intestada que dejó el señor JOSEMANUEL MAJANO MORENO conocido por JOSE MANUEL MO-RENO, quien falleció el día diecinueve de enero de mil novecientos no-venta y dos, en el Hospital San Juan de Dios de la ciudad de San Miguel,siendo su último domicilio San José de La Fuente, distrito y Departamen-to de La Unión, de parte de la señora SABINA URQUIZA DE MAJANOconocida por SABINA URQUIZA, en concepto de cónyuge sobrevi-viente del causante; confiérese a dicha aceptante la administración yrepresentación interinas de la sucesión, con las facultades y restriccionesde los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para queen el término de ley, después de la tercera publicación de este cartel, lodemuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los trece días del mesde noviembre de dos mil dos. Lic. EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO,JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 2847-2

MANUEL PAZ CANALES, Juez Segundo de Primera Instancia de estedistrito judicial. Al Público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las oncehoras y quince minutos del día veinticinco de octubre del dos mil dos; seha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, laHerencia Intestada que a su defunción dejó el señor JOSE ANTONIOREYES, quien a la fecha de su fallecimiento fue de cuarenta años deedad, Agricultor, originario y del domicilio de Corinto, de NacionalidadSalvadoreña, hijo de MIGUEL ANTONIO REYES y de RAMONAHERNANDEZ; quien falleció intestado en hora ignorada del día dieci-nueve de enero de mil novecientos ochenta y tres, en el Cantón Lagunade la jurisdicción de Corinto, Departamento de Morazán, siendo laciudad de Corinto lugar de su último domicilio; de parte del señor JOSESAUL MARTINEZ REYES, éste por derecho propio que le correspondecomo hijo del de Cujus.- Confiérese al aceptante mencionado y en laforma establecida la administración y Representación INTERINA, de lasucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de laHerencia Yacente.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia, San Francis-co Gotera, a las diez horas del día siete de noviembre del dos mil dos. Lic.MANUEL PAZ CANALES, JUEZ 2o. DE 1a. INSTANCIA. Lic. ROSAERMELINDA GUTIERREZ, Sria.

3 v. alt. No. 2848-2

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: que por resolución de las quince horas y diezminutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente, conbeneficio de inventario la herencia testamentaria que dejó el señorDONATILO ROMERO, conocido por DONATILO ROMERO BONI-LLA, quien falleció el día veinticinco de octubre del año dos mil uno enla Villa de Bolivar, departamento de La Unión, su último domicilio, departe de los señores GEREMIAS ROMERO, conocido por JEREMIASROMERO, DONATILO ROMERO, conocido por DONATILO RO-MERO BONILLA hijo, y ANA ABEL ROMERO, conocida porANABEL ROMERO BONILLA, ANABEL ROMERO, por ANA BELROMERO BONILLA y por ANA ABEL ROMERO BONILLA, enconcepto de hijos del causante y como herederos instituidos.

Confiriéndoles a dichos señores en el concepto mencionado laadministración y representación interinas de la sucesión con las faculta-des y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para queen el término de ley después de la tercera publicación de este cartel lodemuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los catorce días delmes de noviembre de dos mil dos. Lic. EVELIO DE JESUS RIOSALFARO, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PEREZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 2849-2

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DELEY,

HACE SABER: que por resolución de las diez horas y diez minutosdel día veintiuno de diciembre del presente año, se tuvo por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario la HERENCIA INTESTA-DA, de los bienes que a su defunción dejó la causante ROSA MILAGROBARRIERE DE LOPEZ, quien falleció en Hospital Médico Quirúrgicodel Seguro Social de San Salvador, a las doce horas del día dieciséis defebrero de dos mil dos, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio,por parte del señor CARLOS ULISES LOPEZ ANZORA conocido porCARLOS ULISES LOPEZ y los menores CARLOS ULISES y MILA-GRO CAROLINA ambos de apellidos LOPEZ BARRIERE el primerocomo cónyuge sobreviviente y los segundos como hijos de la causante.

Habiéndose conferido además a los aceptantes en el carácter antesindicado la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINAde la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de laherencia yacente, los menores de edad CARLOS ULISES y MILAGROCAROLINA ambos de apellidos LOPEZ BARRIERE, la ejercerán pormedio de su representante legal señor CARLOS ULISES LOPEZANZORA conocido por CARLOS ULISES LOPEZ.

Y CITA: a todos los que se crean con derecho en la referida herenciaa que se presenten a deducirlo dentro del término de QUINCE DlAScontados a partir de la última publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las diez horas yquince minutos del día veintiuno de diciembre de dos mil dos. Lic. JOSEHUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. YANIRAMAGDALENA GAVIDIA RIVERA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 2858-2

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83DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

EL INFRASCRITO JUEZ: al público para los efectos de ley,

AVISA: que por resolución de las once horas y veintiséis minutos

de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de

inventario en la herencia intestada que dejó al fallecer el señor JUAN

FRANCISCO PINEDA o JUAN FRANCISCO PINEDA MARTINEZ,

el día cinco de septiembre de mil novecientos noventa y seis, en Cantón

San Marcos Lempa de esta Jurisdicción, lugar de su último domicilio, de

parte de la señora MARIA MIRIAN PALMA, en su calidad de Cesiona-

ria del Derecho Hereditario que le correspondía a la señora INES

PINEDA o YNES PINEDA, como madre de la sucesión que dejó al

fallecer el señor JUAN FRANCISCO PINEDA o JUAN FRANCISCO

PINEDA MARTINEZ.

Confiéresele a la aceptante la administración y representación

interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de ley.

Fíjense y publíquense los edictos correspondientes, citando a los

que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo

en el término de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los nueve

días del mes de diciembre del año dos mil dos. Lic. LUIS ALBERTO

PONCE HERNANDEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. SIL-

VIA YANETH MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 2860-2

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,

al público para los efectos de ley.

HACE SABER: que por resolución de las doce horas y treinta

minutos del día doce de diciembre del año dos mil dos, se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la

señora CANDIDA LOPEZ VIUDA DE LOPEZ, de setenta y un años de

edad, de oficios domésticos y del domicilio de San Salvador, la herencia

intestada que a su defunción dejó el señor JUAN LOPEZ BARAHONA,

quien fue de sesenta y cuatro años de edad, jornalero, casado, habiendo

fallecido el día doce de enero de mil novecientos ochenta y cuatro, en el

Hospital Santa Gertrudis de esta ciudad, lugar de su último domicilio, en

concepto de cónyuge sobreviviente del causante. Y se ha nombrado a la

aceptante administradora y representante interina de la sucesión con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los doce días del mes de

diciembre del año dos mil dos. Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ

DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETA-

RIO.

3 v. alt. No. 2861-2

GILBERTO ASTURIAS, Abogado y Notario con bufete situado sobreCalle Los Cedros ciento veinticinco de la Urbanización Buenos AiresNúmero Uno, San Salvador, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las nueve horas del veinte deeste mes, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio deinventario de parte de LUIS ALONSO FLORES CORDOVA, la heren-cia intestada que al fallecer el día once de diciembre de mil novecientosochenta y ocho en Cojutepeque, su último domicilio, dejó MARIASUSANA ALVARADO VASQUEZ conocida por MARIA SUSANAALVARADO DE ROSALES, herencia que le corresponde como cesio-nario de los derechos hereditarios en abstracto que correspondían aADRIAN ROSALES PEREZ conocido por ADRIAN ROSALES comocónyuge sobreviviente y a YANIRA DEL CARMEN ROSALES DEMARTINEZ, ANA DEYSI ROSALES DE SANCHEZ, MILTONALEXANDER ROSALES ALVARADO y MARVIN ADRIAN RO-SALES ALVARADO, estos cuatro como hijos de la causante.

Se ha conferido al aceptante la administración y representacióninterinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.

Librado en San Salvador, el veinte de enero de dos mil tres.

GILBERTO ASTURIAS,

ABOGADO Y NOTARIO.

3 v. alt. No. 2864-2

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVILDE ESTE DISTRITO JUDICIAL. Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado a las quincehoras con cuarenta minutos del día tres de diciembre de dos mil dos; seha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, laHerencia Testamentaria, que a su defunción, ocurrida en esta ciudad, suúltimo domicilio, el día quince de agosto de dos mil dos, dejó el señorFRANCISCO TOMAS FLORES conocido por FRANCISCO TOMASFLORES BARRERA de parte de los señores LUIS FRANCISCOFLORES TRIGUEROS conocido por LUIS FRANCISCO TRIGUE-ROS FLORES, LIGIA PATRICIA FLORES BELTRAN y JOSE AN-TONIO FLORES BELTRAN en concepto de hijos y herederos testa-mentarios del causante.

Y se confiere a los aceptantes la administración y representaciónINTERINAS de la sucesión, con las facultades y restricciones de loscuradores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las oncehoras con treinta minutos del día seis de diciembre del dos mil dos. Dr.JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 2865-2

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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

MIGUEL PALACIOS RODRIGUEZ, Notario, de este domicilio, conoficina notarial situada en Once Calle Oriente Número Ciento Cuarentay tres, de esta Ciudad, al público,

HACE SABER: que por resolución proveída a las nueve horas deldía diecisiete de enero del presente año, se ha tenido por aceptadaexpresamente con beneficio de Inventario, la Herencia Intestada que a sudefunción dejó el señor ERASMO GRANDE RODRIGUEZ, quienfalleció el día once de diciembre del dos mil dos, en Calle Lara, entreDécima Avenida Sur, y Avenida Monseñor Romero, Frente a PasajeEcuador, Barrio Candelaria, de esta ciudad, siendo su último domicilio,de parte del señor VICTOR ERASMO FIGUEROA, mayor de edad,Empleado, del domicilio de Cuscatancingo, en su calidad de Hijosobreviviente del Causante, habiéndosele conferido la Administración yRepresentación en forma INTERINA de la Sucesión, con las facultadesy restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

San Salvador, a los veinte días del mes de enero del dos mil tres.

Dr. MIGUEL PALACIOS RODRIGUEZ,

ABOGADO Y NOTARIO.

3 v. alt. No. 2867-2

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DELO CIVIL DE APOPA.

HACE SABER: que por resolución proveída a las catorce horasdieciséis minutos del día diez de enero del presente año, se tuvo de partedel señor JACINTO BALTAZAR BRUNO, de cincuenta y cinco años deedad, Empleado, del domicilio de Nejapa, en calidad de hijo de laCausante; por aceptada expresamente, con beneficio de inventario, laHerencia Intestada que a su defunción dejó la señora JOAQUINALEMUS NAVAS conocida por JOAQUINA LEMUS DE BRUNO y porJOAQUINA LEMUS, quien fue de ochenta y un años de edad, Casada,de oficios domésticos, fallecida el día catorce de junio de mil novecientosochenta y dos, en el Cantón El Salitre de la ciudad de Nejapa, lugar de suúltimo domicilio.

Y se le confirió al aceptante en el carácter indicado, la administra-ción y representación interina de los bienes de la Sucesión, con lasfacultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las catorce horastreinta minutos del día diez de enero del año dos mil tres. Dra. VIOLETADEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.Lic. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETARIO

3 v. alt. No. 2874-2

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVILDE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por resoluciónproveída en este Tribunal a las quince horas con veinte minutos del díadiez de diciembre del dos mil dos, se ha tenido por aceptada expresamen-te y con beneficio de inventario, la herencia intestada, que a su defunciónocurrida, en esta ciudad, su último domicilio, el día ocho de febrero demil novecientos ochenta y cuatro, dejó la señora ANA MARIA JOSEFINADIAZ DE VANEGAS, de parte de la señora MARTA LUZ VANEGASDE MURILLO, en su concepto de hija de la causante.- Se ha conferidoa la aceptante la administración y representación INTERINAS de lasucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de laHerencia Yacente.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a lasquince horas, del día diecisiete de diciembre de dos mil dos. Dr.MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. ALEXALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 2869-2

EL SUSCRITO NOTARIO: CARLOS HUMBERTO REYES MONICO,Notario, de este domicilio, situada la oficina en Primera Avenida Nortenúmero uno, Barrio La Merced, de la ciudad de Usulután, al PUBLICO:para los efectos de ley,

AVISA: que por resolución de las nueve horas del día nueve deagosto del año dos mil dos, se ha tenido por aceptada y con beneficio deinventario la Herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSEDE JESUS SARAVIA, quien falleció el día diecisiete de junio de milnovecientos setenta y dos, en el Cantón Santa Clara de la jurisdicción deSan Rafael Oriente, siendo esa misma su último domicilio, de parte deMARIA SANTOS SARAVIA, conocida por MARIA SANTOS LIZA-MA, actuando como hija de la causante, confiriéndole la Administracióny Representación INTERINA de la sucesión.- Se cita a los que se creancon derecho de la Herencia para que se presenten a esta oficina adeducirlo en el termino de quince días, después de la tercera publicaciónde este edicto.

Librado en mi despacho notarial: Usulután, a los trece días del mesde agosto del año dos mil dos.

Dr. CARLOS HUMBERTO REYES MONICO,

ABOGADO Y NOTARIO

3 v. alt. No. 2886-2

JOSE LUIS FRANCIA SANCHEZ, Notario, del domicilio de la ciudad

de Santa Ana, con oficina situada en Once Calle Poniente número uno,

ciudad, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: que en las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria

seguidas ante mis Oficios Notariales, por el Licenciado BIBIAN ANTO-

NIO PLEITEZ CIENFUEGOS, en su carácter de Apoderado General

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85DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

Judicial con Cláusula Especial de los señores JOSE MARIO, CARLOS

ERNESTO y DINA MARGARITA, los tres de apellidos MENDOZA

CARRILLO, aceptando en el carácter en que actúa, la herencia testamen-

taria que a su defunción dejara el señor JOSE MARIO MENDOZA

HURTADO, quien falleció el día uno de diciembre del año dos mil dos,

en el Hospital Militar Central de la ciudad de San Salvador, siendo la

ciudad de Santa Ana, el lugar de su último domicilio, se proveyó

resolución a las diecisiete horas y treinta minutos del día quince del

presente mes y año, teniéndose por aceptada expresamente y con bene-

ficio de inventario de parte de los señores JOSE MARIO, CARLOS

ERNESTO y DINA MARGARITA, los tres de apellido MENDOZA

CARRILLO, la herencia testamentaria que a su defunción dejara el señor

JOSE MARIO MENDOZA HURTADO, en su calidad de hijos del

referido causante, nombrándoseles administradores y representantes

interinos de la mortual expresada, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente; citándose a los que se crean con

derecho a la misma, para que se presenten dentro del término de quince

días, contados a partir de la última publicación de este edicto, a la oficina

del suscrito Notario.

Librado en la oficina del Notario JOSE LUIS FRANCIA SAN-

CHEZ, en la ciudad de Santa Ana, a los dieciséis días del mes enero del

año dos mil tres.

JOSE LUIS FRANCIA SANCHEZ,

NOTARIO.

3 v. alt. No. 2890-2

IMELDA PANAMEÑO GONZALEZ, Notario, de este domicilio y del

de San Salvador, con bufete establecido en la Tercera Calle Poniente,

local número doce, Barrio de Honduras de la ciudad de La Unión.

HACE SABER: que por resolución de la suscrita Notario, pronun-

ciada a las nueve horas del día veintiocho de noviembre del corriente año,

se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la

herencia intestada que a su defunción ocurrida en la ciudad de Acajutla,

departamento de Sonsonate, su último domicilio, el día doce de agosto

del año dos mil, dejara el señor JOSE GILBERTO GOMEZ, de parte del

señor REY ALBERTO RAMOS GOMEZ, en su concepto de hijo

sobreviviente del causante, habiéndole concedido la Representación y

Administración Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con

derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida oficina

en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última

publicación del presente edicto.

Librado en la oficina de la Notario IMELDA PANAMEÑO GON-

ZALEZ, a las nueve horas del día dos de diciembre del año dos mil dos.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.-

Librado en la ciudad de La Unión, a los dos días del mes de

diciembre de dos mil dos.

IMELDA PANAMEÑO GONZALEZ,

NOTARIO.

3 v. alt. No. 2893-2

CAROLINA DE JESUS ROMERO GUARDADO, Notario, de este

domicilio, con oficina ubicada en Urbanización Buenos Aires Número

Uno, Avenida San Carlos número ciento veinticuatro, San Salvador,

HACE SABER: que por resolución de la suscrita Notario promo-

vida a las nueve horas del día veintiocho de octubre del dos mil dos, se

ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la

herencia intestada que a su defunción, ocurrida, en la ciudad de Mejica-

nos, el día once de mayo del año dos mil, dejó el señor FRANCISCO

SERAFIN MANCIA, de parte del señor JOSE GILBERTO MANCIA

LINARES, en su concepto de SOBRINO sobreviviente del causante,

habiéndose conferido la administración y representación de la sucesión,

con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con

derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida oficina

en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última

publicación del presente edicto.

Librado en la oficina de la Notario. En la ciudad de San Salvador,

el día cuatro de noviembre del dos mil dos.

CAROLINA DE JESUS ROMERO GUARDADO,

NOTARIO.

3 v. alt. No. 2898-2

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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

El Infrascrito Juez de lo Civil, Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución pronunciada a las diez horas de

este día, se ha ordenado la venta en pública subasta en el Juicio Civil

Ejecutivo promovido por la Licenciada Alicia Margarita Barrera Sosa,

Apoderada General Judicial de la Caja de Crédito de Concepción Batres,

Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable,

de ese domicilio, contra el señor ADRIAN CASTRO, de cincuenta y tres

años de edad, al iniciarse éste proceso, Agricultor en pequeño, del

domicilio de Santa Elena, sobre el siguiente inmueble”; una porción de

terreno rústico, situado en el cantón Los Amates de la Jurisdicción de

Santa Elena, Distrito y Departamento de Usulután, de una capacidad

superficial de treinta y una áreas setenta y ocho centiáreas y cuarenta y

un centímetros cuadrados, con los linderos y medidas especiales siguien-

tes: Oriente: ciento siete metros sesenta centímetros con terreno de Jorge

Alberto Lozano, cerco de alambre propio de por medio; Sur: treinta y un

metros sesenta centímetros, camino de por medio con María Herminia

Melara de Ramírez ,Poniente: noventa y dos metros treinta centímetros

cerco de alambre del colindante Arturo Gaitán Moya, Norte: treinta y un

metros ochenta centímetros, con predio de Encarnación de Jesús Gaiyán,

Moya, cerco de piña propio de por medio, Inscrito a favor del señor

Adrian Castro, bajo el número DOSCIENTOS CINCUENTA del Libro

TRESCIENTOS TREINTA de propiedad de éste departamento.-

Quién quiera hacer posturas que ocurran a este Juzgado que se

admitirán siendo legal.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, siete de enero del dos

mil tres.- . Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Br.

MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIO.-

3 v. alt. Nº. 2882-2

ADOLFO MENDOZA VASQUEZ, notario, con oficina situada en la

Avenida Monseñor Romero Número Doscientos Ocho, de esta ciudad,

HACE CONSTAR: que a mi oficina de notario ha comparecido la

señora VICTORIA HERNANDEZ MARTINEZ DE CRUZ, de sesenta

años de edad, de oficios domésticos, del domicilio de Yamabal, depar-

tamento de Morazán, solicitando título Supletorio de dos inmuebles de

naturaleza rústica, situados en el Cantón Joya del Matazano, Caserío la

Isleta, de la Jurisdicción de Yamabal, departamento de Morazán, siendo

el primero de la capacidad superficial de dos HECTAREAS DIEZ

AREAS O SEAN TRES MANZANAS, que linda AL ORIENTE: con

Angel Castillo, cerco de alambre y calle de por medio; AL NORTE: con

la titulante señora Victoria Hernández Martínez de Cruz, cerco de

alambre de por medio propio; AL PONIENTE: Con Abdón Orellana

quebrada de agua de por medio; AL SUR: con la titulante señora Victoria

Hernández Martínez de Cruz, cerco de alambre de por medio propio; y

el segundo de la capacidad superficial de TRES HECTAREAS CIN-

CUENTA AREAS O SEAN CINCO MANZANAS, que linda AL

ORIENTE: con la titulante señora Victoria Hernández Martínez de Cruz

Cerco de alambre propio; AL NORTE: Con la titulante señora Victoria

Hernández Martínez de Cruz, quebrada de agua de por medio; AL

PONIENTE: con Abdón Orellana; quebrada de agua de por medio; Y AL

SUR: ,con Irma Viuda de Centeno y Alberta Martínez Zanjuela seca de

por medio; los colindantes viven en el lugar y se valúan en la suma de

DIEZ MIL COLONES CADA UNO, Y los adquirió por compra que le

hizo a SANTIAGO MARTINEZ, mayor de edad, agricultor en pequeño,

del domicilio de Yamabal, departamento de Morazán, lo que se pone del

conocimiento del público para los efectos de Ley.

San Miguel, quince de enero de dos mil tres.

ADOLFO MENDOZA VASQUEZ,

NOTARIO.

3 v. alt. Nº. 2870-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

Hace Saber: que se ha presentado la señora MARIA INES MAR-

TINEZ, mayor de edad de este domicilio, solicitando título de propiedad

de un solar rústico situado en el Cantón Caulotillo de esta Ciudad,

Departamento de La Unión, de la capacidad de Dos Areas dieciocho

centiáreas, de las colindancias siguientes: Oriente, con solar de Arturo

Hernández, Norte con terreno de Miguel Mejía, Poniente, con terreno de

Erasmo Hernández, Sur con solar de Arturo Hernández, no es dominante

ni sirviente, lo estima en la suma de VEINTICINCO MIL COLONES,

LO HUBO POR POSESION MATERIAL POR MAS DE CINCUEN-

TA AÑOS.

Se avisa para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal, Ciudad de El Carmen, Departamento de La

Unión, a los quince días del mes de enero del año dos mil tres.-

ROLANDO HERNANDEZ CALLEJAS, ALCALDE MUNICIPAL.-

Lic. SEBASTIAN DE JESUS QUINTANILLA GIRON, SECRETA-

RIO MUNICIPAL.-

3 v. alt. Nº. 2878-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta Alcaldía se ha presentado por sí y por

escrito, el señor JOSE ARNULFO MORALES, mayor de edad y de este

domicilio, solicitando se le extienda a su favor TITULO DE PROPIE-

DAD, de un terreno rústico que está situado en los suburbios del Barrio

La Cruz de la población de San Antonio Masahuat, Departamento de La

Paz, de la extensión superficial de DOSCIENTOS NOVENTA Y CIN-

CO PUNTO TRECE METROS CUADRADOS, el cual se describe así:

NORTE, linda con terreno de Narcisa Estrada de Meza, que antes

perteneció al señor Jesús Cabezas Burgos; ORIENTE, termina en vérti-

ce; SUR, linda con terreno de Francisco Hernández Pérez; y PONIEN-

TE, linda con terreno de Manuel Escobar, que antes perteneció al señor

José Antonio Escobar, calle pública que conduce a San Miguel Tepezon-

tes de por medio. El terreno descrito no es sirviente ni dominante, no tiene

cargas o derechos reales, ni está en proindivisión. Lo estima en la

cantidad de TREINTA MIL COLONES.

Lo hubo por compra que hizo al señor FRANCISCO HERNAN-

DEZ PEREZ, mayor de edad sobreviviente y de este mismo domicilio.

Los colindantes también son de este domicilio.

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87DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

Se avisa al público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal: San Antonio Masahuat, cuatro de Octubre de

dos mil dos.- JOSE ANTONIO ORTIZ, ALCALDE MUNICIPAL.- Br.

ROSA EDELMIRA ESCOBAR, SECRETARIA MUNICIPAL.-

3 v. alt. Nº. 2880-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE CONSTAR: que en esta fecha se ha presentado la señora

MARIA ISABEL SOTO VIUDA DE FLORES, de treinta y cinco años

de edad, Empleada de este domicilio, portadora de su Documento Unico

de Identidad número cero cero ciento cincuenta y un mil setecientos

noventa y cinco -tres; expedido en Texistepeque el día diez de Enero del

año dos mil dos, con vencimiento el día diez de Enero del año dos mil

siete; con Número de Identificación Tributaria cero doscientos ocho-

ciento treinta mil ciento sesenta y ocho- ciento uno- nueve, solicitando

Título de Propiedad de un terreno urbano, situado en Calle que conduce

al Cementerio, de esta población, que posee de buena fe, en forma quieta

y pacífica, el cual se describe así: De una extensión superficial de

TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO PUNTO CERO NUEVE ME-

TROS CUADRADOS, equivalentes a QUINIENTOS CINCUENTA

PUNTO NOVENTA Y OCHO VARAS CUADRADAS. cuyas medidas

y colindancias son las siguientes: Partiendo del Esquinero Nor Poniente

que es conocido en el plano con mojón uno y con sentido de las agujas

del reloj se describen acontinuación los siguientes linderos: RUMBO

NORTE: Compuesto de un tramo del mojón uno con rumbo Sur sesenta

y cinco grados veintiséis minutos treinta y un segundos Este y distancia

de treinta y uno punto noventa metros linda con Manuel Hernández,

pasaje de por medio; RUMBO ORIENTE: Compuesto de un tramo del

mojón dos con rumbo Sur veinticinco grados veintiún minutos cuarenta

y seis segundos Oeste y distancia de doce punto cuatro metros, linda con

Manuel Sandoval; RUMBO SUR: Compuesto de un tramo del mojón

tres con rumbo Norte sesenta y cinco grados cincuenta y tres minutos

cuarenta y nueve segundos Oeste y distancia de treinta y uno punto

cuarenta metros, linda con Maritza Nohemy Linares Rivera; y RUMBO

PONIENTE: Compuesto de un tramo del mojón cuatro con rumbo Norte

veintitrés grados cero minutos cuarenta y tres segundos Este y distancia

de doce punto treinta metros se llega al mojón uno donde se inició la

presente descripción, linda con Miguel Salazar y Napito Moreno, Ave-

nida Ciudad de por medio.- No es predio dominante ni sirviente, no tiene

cargas de derechos reales que pertenezcan a otras personas, ni está en

proindivisión con nadie lo hubo por compra que hizo a la señora Victoria

Nájera viuda de Salazar.- Que lo estima en la cantidad de CUARENTA

MIL COLONES, o su equivalente en dólares de los Estados Unidos de

América.- Todos los colindantes son de este domicilio.-

Se avisa al público para efectos de ley.-

Alcaldía Municipal de San Antonio Pajonal, catorce de Enero del

año dos mil tres.- ALEJANDRO DE JESUS GARCIA MONROY,

ALCALDE MUNICIPAL.- ROSA ARACELY CORLETO DE

MONROY, SECRETARIO MUNICIPAL.-

3 v. alt. Nº. 2889-2

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Caja de Crédito Rural de Jocoro, Sociedad

Cooperariva de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en cum-

plimiento a los Artículos 223,224 y 228 del Código de Comercio Vigente

y de acuerdo a la Escritura de Constitución convoca a los Representantes

de Acciones y demás socios de la misma para celebrar Junta General

Ordinaria y extraordinaria de Accionistas a partir de las nueve horas del

día dos de marzo del año dos mil tres, en el local de la Caja de Crédito,

en primera convocatoria en caso de no integrarse el quórum legal

correspondiente se hace segunda convocatoria para el día ocho de marzo

a la hora y local antes señalada.

La Junta General se constituirá con las formalidades que establece el

Pacto Social de la Caja y el Código de Comercio, para conocer y resolver

los puntos que contiene la agenda siguiente:

AGENDA

1- Elección de los Representantes de Acciones que hubieren

concluido su periodo y los que faltaren por las causas que

expresa el Artículo 20,21 y 22 de la Escritura de Constitución

de la Caja de Crédito.

2- Integración de quórum.

3- Presentación y discusión de la memoria anual de labores de

la caja de Crédito, del Balance General al 31 de diciembre de

2002, del Estado de Perdidas y Ganancias del 1º. De enero al

31 de diciembre de 2002, el Informe del Auditor Externo a fin

de aprobar o improbar los tres primeros y tomar las medidas

que juzgue oportunas.

4- Aplicación de los Resultados del ejercicio.

5- Retiro de Socios de acuerdo a disposiciones legales.

6- Presentación del Presupuesto y Plan de Operaciones para el

2003.

7- Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal y sus respec-

tivos suplentes y fijación de sus honorarios.

8- Fijación de dietas a miembros de la Junta Directiva.

9- Elección de Junta Directiva.

PUNTO A TRATAR EN ASAMBLEA EXTRAORDINARIA

1- Integración del Quórum legal.

2- Reclasificación de los saldos de las cuentas Donaciones y

otras Reservas a la cuenta Reserva Legal.

3- Modificación al Pacto Social, específicamente en el Incre-

mento al Capital Social Mínimo.

El quórum para resolver los puntos se integrara de conformidad a los

artículos 240,241,242 y 243 del Código de Comercio Vigente.

Jocoro, 23 de enero de 2003.

JUAN AGUSTIN MATA GOMEZ,

PRESIDENTE.

ROSA AMERICA FUENTES,

SECRETARIA.

JUAN CRISOSTOMO ANDRADES,

TESORERO.

3 v. alt. Nº. 2836-2

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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de AIG S. A., SEGUROS DE PERSONAS, convoca

a los señores Accionistas para que concurran a celebrar JUNTA GENE-

RAL ORDINARIA, la cual se llevará a cabo a las dieciséis horas del día

veintisiete Febrero del año dos mil tres, en sus oficinas principales

situadas en Calle Loma Linda No.265, Colonia San Benito de esta ciudad

de San Salvador, en la que se conocerá y resolverá sobre los temas

contenidos en la siguiente Agenda:

1°)- Memoria de las labores desarrolladas en el Ejercicio del año

dos mil dos.

2°)- Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias corres-

pondiente al Ejercicio del año dos mil dos.

3°)- Informe del Auditor Externo.

4°)- Aplicación de Utilidades.

5°)- Nombramiento y emolumentos del Auditor Externo.

6°)- Nombramiento y emolumentos del Auditor Fiscal.

7°)- Bonificación para Funcionarios y Empleados.

8°)- Cualquier asunto que propongan los Accionistas y que pueda

discutirse de conformidad a la Ley.

El quórum requerido por el pacto social para instalar la Junta en la

primera fecha de la convocatoria es de dieciocho mil setecientas cincuen-

ta y una acciones.

Caso de que no hubiere quórum en la hora y fecha señaladas, se convoca

por segunda vez para el día seis de Marzo del corriente año, a la misma

hora y en el mismo lugar, para tratar y resolver los puntos contenidos en

la misma Agenda.

El quórum para llevar a cabo la Junta en la segunda fecha de la

convocatoria, será el número de acciones presentes y/o representadas que

asistan a la reunión.

San Salvador, veinte de Enero del año dos mil tres.

RAMON AVILA QUEHL,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 2852-2

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de AIG UNION Y DESARROLLO, S. A., convoca

a los señores Accionistas para que concurran a celebrar JUNTA GENE-

RAL ORDINARIA, la cual se llevará a cabo a las diecisiete horas del día

veintisiete de Febrero del año dos mil tres en sus oficinas principales

situadas en Calle Loma Linda No.265, Colonia San Benito de esta ciudad

de San Salvador, en la que se conocerá y resolverá sobre los temas

contenidos en la siguiente Agenda:

1°)- Lectura Acta de la sesión anterior.

2°)- Memoria de las labores desarrolladas en el Ejercicio del año

dos mil dos.

3°)- Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias corres-

pondiente al Ejercicio del año dos mil dos.

4°)- Informe del Auditor Externo.

5°)- Aplicación de Utilidades.

6°)- Nombramiento y emolumentos del Auditor Externo.

7°)- Nombramiento y emolumentos del Auditor Fiscal.

8°)- Bonificación para Funcionarios y Empleados.

9°)- Cualquier asunto que propongan los Accionistas y que pueda

discutirse de conformidad a la Ley.

El quórum requerido por el pacto social para instalar la Junta en la

primera fecha de la convocatoria es de un millón setecientas cincuenta

mil una acciones.

Caso de que no hubiere quórum en la hora y fecha señaladas, se

convoca por segunda vez para el día seis de Marzo del corriente año, a

la misma hora y en el mismo lugar, para tratar y resolver los puntos

contenidos en la misma Agenda.

El quórum para llevar a cabo la Junta en la segunda fecha de la

convocatoria, será el número de acciones presentes y/o representadas

que asistan a la reunión.

San Salvador, veinte de Enero del año dos mil tres.

RAMON AVILA QUEHL,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 2851-2

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89DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Santa Rosa de Lima, SociedadCooperativa de Responsabilidad Limitada, de Capital Variable, encumplimiento a los Artículos 223 y 228 del Código de Comercio vigente,y de acuerdo con la Escritura de Constitución, convoca a los Represen-tantes de Acciones y demás socios de la misma, para celebrar JuntaGeneral Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, que se celebrará apartir de las nueve horas del día dos de marzo del año dos mil tres, en ellocal de la Caja de Crédito, en primera convocatoria, en caso de nointegrarse el quórum legal correspondiente, se establece segunda convo-catoria para el día nueve de marzo, a la hora y local antes señalado.

La Junta General se constituirá con las formalidades, que estableceel Pacto Social de la Caja y el Código de Comercio, para conocer yresolver los puntos que contiene la agenda siguiente:

PUNTOS A TRATAR EN ASAMBLEA ORDINARIA

1- Elección de los Representantes de Acciones, que hubierenconcluido su período y de los que faltaren por las causas queexpresa el artículo 31 de la Escritura de Constitución de laCaja.

2- Integración del quórum.

3- Presentación y discusión de la Memoria anual de labores dela Caja, del Balance General al 31 de diciembre del año 2002,del Estado de Pérdidas y Ganancias, del 1 de enero al 31 dediciembre del año 2002, Informe del Auditor Externo yAuditor Fiscal, a fin de aprobar ó improbar los tres primerosy tomar las medidas que juzguen oportunas.

4- Aplicación de los Resultados del Ejercicio.

5- Retiro de Socios de acuerdo a disposiciones legales.

6- Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal y sus respec-tivos suplente y fijación de sus honorarios.

7- Fijación de dietas a los miembros de la Junta Directiva.

8- Elección de Junta Directiva.

El quórum se integrará con quince de los veintiocho representantesde Acciones que forman la Asamblea General. De no cumplirse ésterequisito, en segunda convocatoria tendrá validez cualquiera que fuere elnúmero de Representantes de Acciones que asistan.

PUNTOS A TRATAR EN ASAMBLEA EXTRAORDINARIA:

1- Integración del quórum

2- Reclasificación del saldo de la cuenta Reserva para Educa-ción Cooperativa.

El quórum para la asamblea extraordinaria, se integrará con vein-tiuno de los veintiocho representantes de Acciones que forman laAsamblea General. De no cumplirse éste requisito, en segunda convoca-toria tendrá validez cualquiera que fuere el número de Representantes deAcciones que asistan.

Santa Rosa de Lima, diecisiete de enero del año dos mil tres.

JOSE OSCAR RIVERA SALAZAR,

PRESIDENTE.

FRANCISCO ALEXIS PERLA,

TESORERO.

IVAN SARBELIO HERNANDEZ MALDONADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 2863-2

CONVOCATORIA

BANCO SALVADOREÑO, S. A.,

Convoca a Junta General de Accionistas que conocerá de asuntos

de carácter ordinario y extraordinario, a celebrarse en Hotel Holiday Inn

San Salvador, ubicado en Urbanización y Boulevard Santa Elena, Calle

El Pital, Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad; a partir de las

ocho horas del día sábado 22 de febrero del año 2003. El quórum para la

celebración de Junta General de Accionistas en primera convocatoria, es

de las tres cuartas partes de las acciones. Las decisiones de carácter

ordinario se tomarán con el voto de la mitad más una de las acciones

presentes o representadas y las decisiones de carácter extraordinario se

tomarán con el voto de las tres cuartas partes de las acciones presentes o

representadas.

La agenda será la siguiente:

Asuntos de carácter ordinario:

I. Lectura y aprobación de la memoria de labores de la Junta

Directiva, del balance general, del estado de pérdidas y

ganancias y demás estados financieros al 31 de diciembre de

2002;

II. Informe del Auditor Externo;

III. Nombramiento del Auditor Externo propietario y suplente

respectivo y Auditor Fiscal y fijación de emolumentos;

IV. Aplicación de utilidades y reservas voluntarias de capital.

Asuntos de carácter extraordinario:

I. Modificación al Pacto Social;

II. Designación de Ejecutores Especiales.

Si no hubiere quórum en la fecha y hora señalada, se convoca en

segunda convocatoria para el día domingo 23 de febrero del año 2003 a

la misma hora y en el mismo lugar. En este caso el quórum para celebrar

sesión será de la mitad más una de las acciones y las decisiones de

carácter ordinario se tomarán con el voto de la mayoría de las acciones

presentes o representadas; las decisiones de carácter extraordinario se

tomarán con el voto de las tres cuartas partes de las acciones presentes o

representadas.

FELIX JOSE SIMAN JACIR,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 2873-2

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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIAY ORDINARIA DE ACCIONISTAS DEL BANCO CUSCAT-

LAN, S.A.

La Junta Directiva del Banco Cuscatlán, S.A. convoca a sus accionistasa la Junta General Ordinaria y Extraordinaria, a celebrarse en elAuditorium del Edificio Pirámide Cuscatlán, km. 10 de la Carretera aSanta Tecla, el día martes veinticinco de febrero de dos mil tres, a lasdieciséis horas. El quórum legal para conocer de asuntos de carácterordinario es de la mitad más una de las acciones, y las resoluciones seránválidas con la mayoría de los votos presentes. El quórum legal paraconocer de asuntos de carácter Extraordinario es de las tres cuartas partesde todas las acciones, y las resoluciones serán válidas con igual propor-ción.

De no haber quórum en la fecha señalada, se convoca para el díamiércoles veintiséis del mismo mes, a la misma hora y en el mismo lugar.En este caso, el quórum necesario para conocer de asuntos de carácterordinario será cualquiera que sea el número de acciones presentes yrepresentadas, y sus resoluciones se tomarán por la mayoría de los votospresentes; y el quórum necesario para conocer de asuntos de carácterextraordinario será de la mitad más una de las acciones que componen elcapital social, y sus resoluciones se tomarán con las tres cuartas partes delas acciones presentes.

La Agenda a desarrollar será la siguiente:

ASUNTOS DE CARACTER EXTRAORDINARIO

I. Modificación al Pacto Social.

II. Designación de Ejecutores Especiales.

ASUNTOS DE CARACTER ORDINARIO

I. Lectura de la Memoria de Labores de la Junta Directiva, yPresentación de Estados Financieros del Ejercicio Económi-co del año 2002.

II. Dictamen e Informe del Auditor Externo.

III. Aprobación de la Memoria de Labores de la Junta Directivay de Estados Financieros del Ejercicio Económico del año2002.

IV. Aplicación y Distribución de Utilidades.

V. Elección y Nombramiento de Nuevos Directores.

VI. Nombramiento del Auditor Externo con su respectivo su-plente, fijación de sus emolumentos; nombramiento del Au-ditor Fiscal, de conformidad a lo establecido en el CódigoTributario y fijación de sus emolumentos.

Nueva San Salvador, veintisiete de enero de dos mil tres.

MAURICIO SAMAYOA RIVAS,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 2888-2

CONVOCATORIA

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA CAJA DE CREDITO RURAL DENUEVA CONCEPCION SOCIEDAD, COOPERATIVA DERESPONSABlLIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, Cons-tituida conforme lo establece la Ley de las Cajas de Crédito y de losBancos de los Trabajadores, en cumplimiento a la atribución que leconfiere al Artículo 27 de su Escritura de Constitución convoca a losRepresentantes de Acciones y demás socios de la misma, para celebrarAsamblea General de Accionistas a partir de las trece horas del día 29 demarzo del año dos mil tres: en el Salón de usos múltiples de estaInstitución, en primera Convocatoria; en caso de no integrarse el quórumlegal correspondiente, se establece Segunda Convocatoria para el día 5de abril a la hora y Local antes señalados.

Dicha Asamblea se constituirá con las formalidades que estableceel artículo 34 de la Ley de las Cajas de Crédito y de Bancos de losTrabajadores; Capítulo VI de la Escritura de Constitución ya citada y losartículos 224, 242 y 243 sección “C” capítulo VII, título II del LibroPrimero del Código de Comercio vigente, para conocer y resolver lospuntos que contiene la Agenda.

AGENDA

1- Elección de los representantes de acciones que hubierenconcluido su período y de los que faltaren por las causas queexpresa en artículos 21 de la Escritura de Constitución de laCaja.

2- Integración del quórum.

3- Presentación y discusión de:

• La memoria anual de labores de la Caja; Balance General al31-12-02, Estado de Pérdidas y Ganancias del 1 de enero al31 de diciembre de 2002. A fin de aprobar o improbar los dosprimeros y tomar las medidas que juzguen oportunas.

• Informe del Auditor Externo.

4- Aplicación de los resultados del ejercicio.

5- Retiro de socios de acuerdo a las disposiciones legales.

6- Elección del Auditor Externo y su respectivo suplente yfijación de sus honorarios.

7- Elección del Auditor Fiscal y su respectivo suplente y fijaciónde sus honorarios.

8- Fijación de dietas para directores.

El quórum se integrará con veintiuno de los veintiocho Represen-tantes de Acciones que forman la Asamblea General, en primera convo-catoria y en segunda convocatoria con la mitad más una.

En la Ciudad de Nueva Concepción, a los veinte días del mes deenero del año dos mil tres.

PABLO SALINAS TEJADA,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 2901-2

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de MARINA INDUSTRIAL, S.A. de C. V, convocaa Sus accionistas, a JUNTA GENERAL ORDINARIA, a celebrarse ensus oficinas centrales ubicadas en la: 67 Avenida Sur #140, ColoniaEscalón de esta ciudad, el día diecinueve de marzo, del año dos mil tres,a las diecisiete horas, el QUORUM para esta Junta será el 50% más unaacción, o sea 42001 acciones. De no haber QUORUM en la fechaseñalada, se convoca para el día viernes veintiséis de marzo del mismoaño, a la misma hora y en el mismo lugar.

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91DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.AGENDA

1- Lectura de la Memoria de Labores desarrollada por la JuntaDirectiva durante el año 2002.

2- Presentación de los Estados Financieros del ejercicio 2002.

3- Dictamen e informe del Auditor Externo.

4- Aprobación de la Memoria de Labores y Estados Financierosdel ejercicio 2002.

5- Aplicación y distribución de utilidades.

6- Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus emolu-mentos.

San Salvador, enero veinte del año dos mil tres.

OSCAR LINO FIGUEROA,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. 2902-2

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de “INDUSTRIAS UNIDAS, S.A.”, por este medioconvoca a Junta General de Accionistas para tratar asuntos de carácterOrdinario, a celebrarse a las diez horas del día catorce de Marzo del añodos mil tres, en el local de la Sociedad situada en Kilómetro 11.5Carretera Panamericana a Oriente, con la siguiente Agenda:

I- Verificación de quórum;

II- Aprobación de Agenda;

III- Nombramiento de quienes dirigirán la Junta;

IV- Lectura y aprobación del Acta anterior;

V- Memoria de labores de la Junta Directiva del ejercicio 2002;

VI- Presentación del Balance General y Estados Financieroscorrespondientes al ejercicio 2002;

VII- Informe de la Auditoría Externa;

VIII- Discusión y Resolución sobre el Proyecto de Distribución deUtilidades;

IX- Inversión en Sociedad Extranjera;

X- Nombramiento del Auditor Externo y señalamiento de sushonorarios;

XI- Nombramiento del Auditor Fiscal y señalamiento de sushonorarios;

XII- Otros Asuntos.

Si no hubiere quórum en la fecha de la primera convocatoria, seconvoca por segunda vez a Junta General para celebrarse a las diez horasdel día quince de Marzo del año en curso, en el mismo lugar y con lamisma Agenda.

En la primera fecha, el quórum se formará con la mitad más una delas acciones de la Sociedad y para formar resolución se necesitará el votode la mayoría de las presentes. El quórum necesario para tratar dichospuntos, en la segunda fecha de convocatoria, será cualquiera que sea elnúmero de acciones que asistan y las resoluciones se tomarán pormayoría de los votos presentes.

San Salvador, a los veintiún días del mes de Enero del año dos miltres.

INDUSTRIAS UNIDAS, S.A.

TADAO SEKI,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 2904-2

AVISO

En Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad Compa-ñía Internacional de Servicios, S.A. de C.V., del domicilio de: CalleXochimilco # 37-A, Reparto Guadalupe Soyapango, y que cuya denomi-nación se abrevia CISER S.A. DE C.V., celebrada en esta ciudad a lasquince horas del día Diecisiete de Septiembre del año dos mil dos. Porunanimidad se acordó aumentar el Capital de la Sociedad de veinte milcolones a cien mil colones, equivalentes a: dos mil doscientos ochenta ycinco punto setenta y un dólar a: once mil cuatrocientos veintiocho puntocincuenta y siete dólares americanos, siendo el aumento de ochenta milcolones, equivalente a: nueve mil ciento cuarenta y dos punto ochenta yseis dólares americanos y por consiguiente el capital mínimo será de: cienmil colones, equivalente a: once mil cuatrocientos veintiocho puntocincuenta y siete dólares americanos, esto por emisión de nuevas accio-nes.

Designado como ejecutor especial del acuerdo al administradorúnico de la sociedad Licenciado JUAN ANTONIO FERNANDEZ paraque otorgue la escritura de modificación correspondiente.

Lo que se hace del conocimiento público para los efectos legalescorrespondientes. Fecha de Publicidad:

Soyapango, 21 de Enero del 2003.

Licdo. JUAN ANTONIO FERNANDEZ,

EJECUTOR ESPECIAL

ADMINISTRADOR UNICO.

3 v. alt. No. 2859-2

AVISO DE AUMENTO DE CAPITAL.

La Infrascrita Secretaria de la Junta General Extraordinaria de Accionis-tas, de la Sociedad AUTOSERVIFRIO DE EL SALVADOR, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

HACE SABER: que según consta en el Acta número DIECIO-CHO, de Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebrada en laciudad de San Salvador, a las diez horas del día veintiuno de octubre delaño dos mil dos, en el punto Dos de la sesión, los concurrentes ACOR-DARON:

Aumentar El Capital Social Mínimo en la cantidad de OCHENTAMIL COLONES más, siendo el nuevo Capital Social Mínimo de CIENMIL COLONES, y para los efectos de ley consiguientes se efectúa lapresente publicación en San Salvador, a los diez días del mes de enero delaño dos mil tres.

ANGELICA MARIA ALVARADO DE VAQUERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 2868-2

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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

CERTIFICACION

El infrascrito Administrador Unico de la Sociedad “RIVALDANI, S.A.DE C.V., ”

CERTIFICA: que en sesión de Junta General Extraordinaria nú-mero Quince efectuada a las nueve horas del día cuatro de diciembre delaño dos mil dos, se tomó el acuerdo que literalmente dice: “PUNTOUNICO: Se acordó Aumentar el Capital Social Mínimo de la Sociedadque actualmente es de Veinte Mil Colones a CIEN MIL COLONES, a finde adecuarlo a las nuevas disposiciones del Código de Comercio;aumento que se hará tomándose ochenta mil Colones del capital socialen su parte variable, que unido al capital social mínimo de fundaciónsuma el nuevo capital mínimo de la sociedad que será de CIEN MILCOLONES, se nombró a don RICARDO HAROLD KRIETE AVILAcomo Ejecutor Especial para que firme la Escritura del Aumento deCapital correspondiente.

Y para los efectos legales se extiende la presente en la ciudad deNueva San Salvador, a los dieciséis días del mes de enero de dos mil tres.

RICARDO HAROLD KRIETE AVILA,ADMINISTRADOR UNICO.

3 v. alt. No. 2894-2

AVISO

ACUERDO DE AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL MINIMO YMODIFICACION AL PACTO SOCIAL,El infrascrito Secretario de la Junta General Extraordinaria de Accionis-tas de la sociedad “AUDITORES Y CONSULTORES GUEVARAASOCIADOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”,que se abrevia “AUDICONG, S.A. DE C.V.” de este domicilio connumero de identificación tributaria cero seiscientos catorce-veintinuevecero uno cero cero- ciento cuatro-cero, en cumplimiento a lo establecidoen el Artículo Ciento Setenta y Seis del Código de Comercio y demásrequisitos legales,

HACE SABER: que por Acuerdo de Junta General Extraordinariade Accionistas, celebrada en esta ciudad a las diez horas del día dieciséisde enero del año dos mil tres, estando representados la totalidad deaccionistas, se acordó: aumentar el capital social, en su parte mínima, queactualmente es de Veinte Mil Colones, representado y dividido endoscientas acciones nominativas con un valor nominal de Cien Colonescada una, aumentado el nuevo Capital Mínimo en Ochenta Mil Colones,representado y dividido dicho aumento por ochocientas acciones de unvalor nominal de Cien Colones cada una, por lo que la sociedad girarácon un nuevo capital social mínimo de Cien Mil Colones, representadoy dividido en mil acciones de un valor nominal de Cien Colones cada una.

Para que comparezca ante Notario al otorgamiento de la escriturapública correspondiente, se nombró como Ejecutor Especial a la señoraMARIA DE LA PAZ GUEVARA DE LOVO, conocida por MARIA DELA PAZ GUEVARA CRUZ.

San Salvador, a las diez horas del día diecisiete de enero del año dosmil tres.

JULIETA CAROLINA PEÑA GUEVARA,SECRETARIA DE LA JUNTA GENERAL.

3 v. alt. No. 2897-2

AVISOEl Banco Cuscatlán S.A.,COMUNICA: que a sus oficinas ubicadas en Km 10 Carretera a SantaTecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE DEPOSI-TO A PLAZO FIJO DOLARES Número 007PLA000003045, solicitan-do la reposición de dicho CERTIFICADO por DOS MIL DOSCIENTOSOCHENTA Y CINCO 71/100 DOLARES (US$2,285.71).

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al públicoen general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treintadías después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere

ninguna oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia.SAN MIGUEL, 19 de diciembre de 2002

BANCO CUSCATLAN, S.A.AGENCIA SAN MIGUEL.

3 v. alt. No. 2855-2

AVISOEl Banco Cuscatlán S.A.,COMUNICA: que a sus oficinas ubicadas en Km 10 carretera a SantaTecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE DEPOSI-TO A PLAZO FIJO DOLARES Número 020PLA000022600, solicitan-do la reposición de dicho CERTIFICADO por TRESCIENTOS CUA-RENTA Y DOS 86/100 DOLARES (US$342.86) 3,000.00.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al públicoen general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta díasdespués de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ningunaoposición, se procederá a reponer el certificado en referencia.

SONSONATE, 13 de enero de 2003

ANA GUADALUPE ROMAN,BANCO CUSCATLAN, S.A.

AGENCIA SONSONATE.

3 v. alt. No. 2887-2

AVISO

EL BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR, S. A.Comunica que a sus oficinas se ha presentado el propietario del Certifi-cado de Depósitos a Plazo Fijo No. 15-0002938, emitido en Zacatecolucael día 17/08/00 por un valor original de $1,535.27 a un plazo de 180 elcual devenga el 2.50% de interés anual, solicitando la reposición de dichocertificado, por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento delpúblico para los efectos legales del caso.

Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de esteAVISO y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer elCertificado en referencia.

San Salvador, a los 17 días del mes enero del año dos mil tres.

NELSON HERNANDEZ,JEFE DEPTO. DEPOSITOS.

3 v. alt. No. 2905-2

ASIENTO DE EMPRESA 2001036251ESTABLECIMIENTO 2001036251- 001EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el señor JOSUEALEXANDER MARTINEZ HERNANDEZ, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, con Número de Identi-ficación Tributaria: 1408-140874-105-2, ha presentado solicitud a lasuna horas y cincuenta minutos del día treinta de agosto de dos mil uno.Con la cual se otorgaron los Asientos de Empresa No. 2001036251 yEstablecimiento No. 2001036251- 001; a favor de la Empresa denomi-nada DISTRIBUIDORA ROBERTH, la cual se dedica a VENTA DEROPA, con dirección en CALLE RUBEN DARIO y 7a. Ave. SUR #207,LOCAL 8-IN, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciendea CIENTO NOVENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS DOS DOLARESCON OCHENTA Y CUATRO, 84/100, $193,202.84, y que tiene elestablecimiento siguiente 001- ) DISTRIBUIDORA ROBERTH ubica-do en CALLE RUBEN DARIO y 7a. Ave. SUR #207, LOCAL 8-IN, deldomicilio de SAN SALVADOR.

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93DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.San Salvador, dieciséis de octubre de dos mil dos.

LEONOR JIMENEZ BARRIOS,REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 2899-2

ASIENTO DE EMPRESA 2002042617ESTABLECIMIENTO 2002042617- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado FEBRELIEVANO, ALVARO DANIEL en su calidad de Representante Legalde la sociedad MAGNUM LOGISTICS, SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE que puede abreviarse MAGNUM LOGISTCS,S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SANSALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 16 dellibro 1756 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, conNúmero de Identificación Tributaria: 0614-011102- 103-0, ha presenta-do solicitud a las doce horas y diecisiete minutos del día veintinueve denoviembre de dos mil dos. Con la cual se otorgaron los Asientos deEmpresa No. 2002042617 y Establecimiento No. 2002042617-001; afavor de la Empresa denominada MAGNUM LOGISTICS, SOCIEDADANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a laINTERMEDIACION DE ACTIVIDADES RELACIONADAS CONEL TRANSPORTE (Comisionista), con dirección en ZONA FRANCAINTERNACIONAL DE OLOCUILTA, Km. 28.5 CARRETERA ACOMALAPA, BODEGA #9 MULTISERVICIOS 2, OLOCUILTA, LAPAZ del domicilio de OLOCUILTA, cuyo activo asciende a ONCE MILQUINIENTOS DOLARES CON 00/100, $ 11,500.00 y que tiene elestablecimiento siguiente: 001-) MAGNUM LOGISTICS, S.A. DEC.V. ubicado en ZONA FRANCA INTERNACIONAL DEOLOCUILTA, Km. 28.5 CARRETERA A COMALAPA, BODEGA #9MULTISERVICIOS 2, OLOCUILTA, LA PAZ, del domicilio deOLOCUILTA.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, diez de diciembre de dos mil dos.

Lic. ROSA MAURA CABRERA MARTINEZ,REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 2895-2

ASIENTO DE EMPRESA 2001036730ESTABLECIMIENTO 2001036730-1.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ARGUETACHICA, IGNACIO de nacionalidad SALVADOREÑA, del domiciliode SAN SALVADOR con Número de Identificación Tributaria: 1310-170774-101-5, ha presentado solicitud a las quince horas y cincuenta ysiete minutos del día once de diciembre del año dos mil uno. Con la cualse otorgaron los Asientos de Matrícula de Empresa No. 2001036730 yEstablecimiento No. 2001036730-1; a favor de la Empresa denominadaO & P EL SALVADOR, la cual se dedica a ORTOPEDIA TECNICA,con dirección en 23 CALLE PONIENTE #513, COLONIA LAYCO,SAN SALVADOR cuyo activo es de DOSCIENTOS CUARENTA YSIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO 00/100 COLONES(¢247,798.00); y que tiene un Establecimiento Comercial denominado1-) O & P EL SALVADOR ubicado en 23 CALLE PONIENTE #513,COLONIA LAYCO, SAN SALVADOR.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, trece de diciembre del año dos mil uno.

Lic. ANGEL FERNANDO GARCIA GUARDADO,REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 2883-2

Clase: 34. Expediente: 2002021935.EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RAFAELALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADOde INDUSTRIA DE DISEÑO TEXTIL, S.A., que se abrevia: INDITEX,S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el Registro de la MAR-CA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: el logotipo conformado por las letras “ZA” escritasen mayúscula, tipo bloque y color negro, de la línea vertical que formala letra “Z” forma también parte del segmento izquierdo de la letra “A”.

La solicitud fue presentada el día cinco de febrero del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, cinco de noviembre del año dos mil dos.

Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA,REGISTRADORA.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 29396-2

Clase: 34 Exp: 012001017238

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDOABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de N.V.SUMATRA TOBACCO TRADING COMPANY, de nacionalidadINDONESIO, solicitando el Registro de la MARCA DE FABRICA,

LUCKY DREAM

Consistente en las palabras LUCKY DREAM.La solicitud fue presentada el día veintisiete de agosto de dos mil

uno.REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-

TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los quincedías del mes de marzo de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1610-2

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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el AbogadoROBERTO ROMERO PINEDA, mayor de edad, del domicilio de SANSALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad deAPODERADO, de PFIZER INC., de nacionalidad ESTADOUNIDEN-SE, del domicilio de ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, solicitandose conceda el Registro de PATENTE DE INVENCION, por el términode VEINTE AÑOS, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 27numeral 1 y 33 del Anexo 1C de los Acuerdos sobre los Aspectos de losDerechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio(ADPIC), para un invento denominado UN INHIBIDOR DE PDE4 YUN AGENTE ANTICOLINERGICO EN COMBINACION PARATRATAR ENFERMEDADES OBSTRUCTIVAS DE VIAS RES-PIRATORIAS, con Clasificación Internacional A61K 31/01, C07D 211/00,y con prioridades de las solicitudes estadounidense No 60/293.606 defecha veinticinco de mayo de dos mil uno; solicitudes del Reino Unidocon No 012396.8 y No. 0210240.8 de fechas siete de diciembre de dosmil uno y tres de mayo de dos mil dos, cuyas descripciones por duplicadoha presentado y obran en las respectivas diligencias. La solicitud fuepresentada a las quince horas y cincuenta y nueve minutos del díaveinticuatro de mayo de dos mil dos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, San Salva-dor, a los veinte días del mes de noviembre de dos mil dos

LIC. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR..

3 v. c. No. 2952-2

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el AbogadoROBERTO ROMERO PINEDA, mayor de edad, del domicilio de SANSALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad deAPODERADO, de WARNER LAMBERT COMPANY, de nacionali-dad ESTADOUNIDENSE, del domicilio de 201 TABOR ROAD,MORRIS PLAINS, NEW JERSEY, ESTADOS UNIDOS DE AMERI-CA, solicitando se conceda el Registro de PATENTE DE INVENCION,por el término de VEINTE AÑOS, de acuerdo a lo establecido en losArtículos 27 numeral 1 y 33 del Anexo 1C de los Acuerdos sobre losAspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con elComercio (ADPIC), para un invento denominado AGENTEHIPERTENSIVO Y SU USO, con Clasificación Internacional C07D211/90, A61k 31/44, y con solicitudes prioritarias estadounidenses No.60/199,855 de fecha veintiséis de abril de dos mil; y No. 60/242,280 defecha veinte de octubre del dos mil, cuyas descripciones por duplicadoha presentado y obran en las respectivas diligencias.

La solicitud fue presentada a las once horas y diecisiete minutos deldía cinco de abril de dos mil uno.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salva-dor, a los veintiocho días del mes de noviembre de dos mil dos.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

3 v. c. No. 2953-2

MAURICIO RICARDO AMAYA MONROY, Notario, del domiciliode la ciudad de Santa Ana, con oficina profesional situada en la novenacalle oriente número veintidós de la ciudad de Santa Ana, al público engeneral,

HACE SABER: que por resolución pronunciada a las ocho horasdel veinte de noviembre de dos mil dos, se ha tenido por aceptada conbeneficio de inventario la herencia intestada deferida, por el señorROGELIO ANTONIO ARIAS, quien fue de sesenta y cuatro años deedad, jornalero, y quien falleció en el Cantón Primavera de esta jurisdic-ción, lugar de su último domicilio el día veintisiete de mayo de dos mildos; por parte del señor JORGE ALBERTO ARIAS PEREZ, en sucalidad de heredero abintestato, en la referida sucesión; el causante, fuehermano del aceptante, y en esa virtud, a este último se le confiere larepresentación y administración interina de la referida sucesión, con lasfacultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Enconsecuencia se cita a todas las personas que se consideren con derechoa la referida herencia, especialmente al señor MANUEL ANTONIOARIAS, para que se presenten en el término de quince días a partir de lafecha de la última publicación del presente aviso a reclamar su derecho.

Santa Ana, nueve de diciembre de dos mil dos.

MAURICIO RICARDO AMAYA MONROY,

NOTARIO.

3 v. c. No. 3059-2

A V I S O

LA INFRASCRITA JEFE DE LA UNIDAD DE RECURSOS HUMA-NOS DE LA DIRECCION DEPARTAMENTAL DE EDUCACIONDE SAN SALVADOR, A QUIEN LE INTERESE PARA LOS EFEC-TOS DE LEY,

HACE CONSTAR que: a este Ministerio se ha presentado la Sra.ISIDRA DEL ALEJANDRO GREGORIO, mayor de edad, con domici-lio en Urb. Los Almendros, Carretera Troncal del Nte. KM 11 #14 DEAPOPA, SOLICITANDO se le permita firmar los documentos respec-tivos y cobrar la cantidad de CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE73/100 DOLARES ($ 477.73), del fallecimiento de su hijo RICARDOANTONIO ALEJANDRO, ocurrido el día 1 de enero del 2003, dejópendiente de cobro en concepto de sueldo, quien desempeñaba el Cargode PDN2, N.I.P. 0105393, PDA. 067, SUBN. 7800., PDA. 095, SUBN.168.

Lo anterior se hace del conocimiento del público, para que todapersona que se crea mejor o igual derecho se presente hacer uso de él amás tardar dentro de los quince días siguientes de la última publicacióndel presente aviso.

Ministerio de Educación, San Salvador, a los dieciséis días del mesde enero del dos mil tres.

Lic. ELSY YANIRA CLIMACO,

JEFE DE RECURSOS HUMANOS DE LA

DEPARTAMENTAL DE EDUCACION DE

SAN SALVADOR.

3 v. 1 v. c. 3 d. No. 2703-2

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95DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

ISAAC ERNESTO SAYES GONZALEZ, Notario, de este domicilio,

con oficina ubicada en Colonia Médica, Diagonal Doctor Arturo Romero

y Pasaje Doctor Orellana Valdez, Edificio de Especialidades, Segunda

Planta, local doscientos siete, de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas del día nueve

de diciembre del dos mil dos, ha sido declarado heredero definitivo el

señor GILBERTO RODRIGUEZ, de cincuenta años de edad, Agricultor

en pequeño, del domicilio de Apopa, de este departamento, de la

Herencia Intestada de la señora MARIA EMELINA NAVARRO, cono-

cida por MERCEDES NAVARRO, MERCEDES NAVARRO DE QUIN-

TANILLA y por MERCEDES NAVARRO VIUDA DE QUINTANI-

LLA, fallecida el día veintidós de enero de mil novecientos noventa y

uno, en la ciudad de Guazapa, de este departamento, siendo ése su último

domicilio, en su calidad de cesionario del señor EMMANUEL QUIN-

TANILLA NAVARRO, por lo que se ha conferido a dicho aceptante la

administración y representación definitiva de la sucesión.

Para los efectos de ley se publica lo anterior.

Librado en esta oficina, San Salvador, nueve de diciembre del dos

mil dos.-

Lic. ISAAC ERNESTO SAYES GONZALEZ,

NOTARIO.

3 v. alt. No. 2680-3

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a las

doce horas con veinte minutos del día dieciocho de diciembre del

corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de

inventario de parte de la señora MARIA DEL SOCORRO MARTINEZ

DE PACHECO, la herencia intestada dejada por el señor REYES

PACHECO, quien fue de cincuenta y nueve años de edad, Casado,

Agricultor, fallecido a las siete horas cuarenta y cinco minutos del día

treinta de septiembre de dos mil dos en el Hospital Nacional Zacamil de

Mejicanos, siendo la ciudad de Metapán su último domicilio.- La

expresada aceptante lo hace en concepto de cónyuge sobreviviente del

referido causante, en consecuencia se le confiere la administración y

representación de la sucesión con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.-

Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para

que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.-

DE TERCERA PUBLICACIÓN

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las ocho horas con

treinta minutos del día veinte de diciembre de dos mil dos.- Lic. JOSE

HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARIA

LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 2680-Bis-3

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN, AL PUBLICO PARA LOS EFEC-

TOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución proveída a las diez horas con

treinta minutos del día doce de noviembre del corriente año se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia

intestada, dejada por el señor HECTOR JOSE CALDERON LUNA,

conocido por HECTOR CALDERON, HECTOR CALDERON LUNA

y HECTOR JOSE CALDERON, quien fue de setenta y tres años de edad,

soltero, Barbero, fallecido a las veintiuna horas treinta minutos del día

seis de diciembre del año dos mil uno, en el Hospital Rosales de San

Salvador, siendo Metapán su último domicilio; por parte de los señores

ALMA DORA CALDERON QUIROA DE DERAS, ELSA MARINA

CALDERON QUIROA y JOSE MAURICIO CALDERON QUIROA,

en su calidad de hijos del referido causante. En consecuencia se ha

nombrado INTERINAMENTE administradores y representantes de la

sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.-

Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para

que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las ocho horas con

quince minutos del día dos de diciembre del año dos mil dos.- Lic. JOSE

HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARIA

LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 2681-Bis-3

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN, al público para los efectos de Ley,

HACE SABER: que por resolución proveída a las doce horas con

cuarenta y cinco minutos del día dieciocho de diciembre del corriente

año; se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inven-

tario la herencia intestada, dejada por la causante MODESTA GARCIA

DE MARTINEZ, conocida por MODESTA GARCIA VIUDA DE

MARTINEZ, quien fue de ochenta años de edad, viuda, de oficios

domésticos, fallecida el día dieciséis de agosto del corriente año, en el

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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Cantón Montenegro de esta jurisdicción; por parte de la señora OVIDIA

MARTINEZ GARCIA, en su calidad de hija de la referida causante. En

consecuencia se le confiere INTERINAMENTE la administración y

representación de la sucesión con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.-

Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para

que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las ocho horas con

treinta minutos del día veinte de diciembre del año dos mil dos.- Lic.

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda.

MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 2681-Bis “a”-3

JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA

INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO

DE MORAZAN,

HACE SABER: que por resolución pronunciada en este Juzgado a

las nueve horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con

beneficio de inventario de parte de las señoras ELSA MARGARITA

MIRANDA DE HENRIQUEZ y MARIA DEL CARMEN MIRANDA

DE BONILLA, la herencia que en forma intestada dejó el señor RA-

FAEL MIRANDA MAJANO, quien fue de cuarenta y tres años de edad,

Jornalero, hijo de RAFAEL MAJANO y de MARIA MARGARITA

MIRANDA, conocida por MARGARITA MIRANDA, originario de

Jocoro, fallecido a las once horas del día uno de agosto de mil novecientos

setenta y nueve, en el Cantón Las Marías, jurisdicción de Jocoro, lugar

que fue su último domicilio, en concepto de cesionaria del derecho

hereditario que le correspondía a la señora MARIA MARGARITA

MIRANDA, conocida por MARGARITA MIRANDA, madre del refe-

rido causante; a quienes se les ha conferido la administración y represen-

tación interina de dicha sucesión con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente; y cita a las personas que se crean con

derechos a la herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo

dentro del término de quince días contados desde el siguiente día a la

tercera publicación de este edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las

nueve horas y cuarenta minutos del día siete de junio de dos mil dos.- Lic.

JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ 1o. DE 1a. INSTANCIA.-

Br. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 2684-Bis-3

ELSA IRMA GONZALEZ DE HENRIQUEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE

SOYAPANGO,

HACE SABER: que por resolución de las once horas del día

veintiocho de enero del corriente año, se ha tenido por aceptada expre-

samente y con beneficio de inventario de la sucesión intestada que a su

defunción dejó el causante HECTOR TEODORO TRUJILLO BEL-

TRAN, quien fue de treinta y tres años de edad, casado, Empleado,

originario de San Salvador, de nacionalidad salvadoreña, hijo de

TEODORO TRUJILLO y MARIA DEL ROSARIO BELTRAN GON-

ZALEZ, del domicilio de Soyapango, quien falleció el día ocho de

octubre de dos mil; de parte de la señora LUZ MARIA ESCALANTE

TRUJILLO, y de las menores ROSARIO JEANNETTE y LUCY

GABRIELA, ambas de apellidos TRUJILLO ESCALANTE, quienes

ejercerán sus derechos por medio de su representante legal señora LUZ

MARIA ESCALANTE DE TRUJILLO, la primera en calidad de cónyu-

ge sobreviviente y las menores en calidad de hijas del causante.

Confiérese a las aceptantes la administración y representación

interina de la sucesión intestada, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Cítese a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Tribunal, dentro del término de ley a hacer uso de sus

derechos.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las doce horas

del día treinta de enero de dos mil dos.- Lic. ELSA IRMA GONZALEZ

DE HENRIQUEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARIA ESTELA

SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 2694-3

ELSA IRMA GONZALEZ DE HENRIQUEZ, JUEZA DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a las

doce horas y treinta minutos del día quince de noviembre de dos mil dos.

Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la

sucesión intestada que a su defunción dejó la causante LETICIA CARO-

LINA CRUZ SORIANO, conocida por LETICIA CAROLINA CRUZ

DE SALGUERO, quien fue de treinta y tres años de edad, Empleada,

Casada, originaria de Santiago de María, departamento de Usulután, de

nacionalidad salvadoreña, hija de RAMON CRUZ y de CARMEN

LETICIA SORIANO DE CRUZ, quien falleció el día quince de abril del

dos mil dos, y cuyo último domicilio fue Soyapango; de parte del señor

OSCAR SALVADOR SALGUERO ESPINOZA, de treinta y siete años

de edad, empleado, del domicilio de Soyapango, en su calidad de

cónyuge sobreviviente de la causante y como cesionario de los derechos

hereditarios que les correspondían a los señores RAMON CRUZ y

CARMEN LETICIA SORIANO DE CRUZ, en su calidad de padres de

la causante; y de los menores OSCAR MAURICIO y KEVIN ADAL-

BERTO, ambos de apellido SALGUERO CRUZ, y del domicilio de

Soyapango, en su calidad de hijos de la causante, quienes ejercerán su

derecho a través de su Representante Legal señor OSCAR SALVADOR

SALGUERO ESPINOZA.-

Confiérese a los aceptantes declarados la administración y repre-

sentación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.-

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97DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

Cítese a los que se crean con derecho a la sucesión para que se

presenten a este Tribunal, dentro de los quince días subsiguientes al de

la última publicación del edicto respectivo.-

Librado en el Juzgado lo Civil de Soyapango, a las quince horas del

día cuatro de diciembre de dos mil dos.- Licda. ELSA IRMA GONZA-

LEZ DE HENRIQUEZ, JUEZA DE LO CIVIL.- Licda. MARIA ESTE-

LA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 2696-3

ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-

TO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de las quince horas del día de

hoy, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inven-

tario la herencia intestada que a su defunción dejó la señora OTILIA DE

MERCEDES ASCENCIO PALACIOS, conocida por OTILIA DE

MERCEDES ASCENCIO, por MERCEDES ASCENCIO PALACIOS

y por OTILIA ASCENCIO, quien fue de cincuenta y ocho años de edad,

de oficios domésticos, salvadoreña, soltera, fallecida el día diecisiete de

septiembre del dos mil uno, en San Cayetano Istepeque en este Distrito

Judicial, lugar de su último domicilio, de parte de la señora SANTOS

MATILDE ASCENCIO HERNANDEZ, en concepto de hija de la

causante y se ha nombrado a la aceptante en el carácter y forma antes

expresado administradora y representante interina de la sucesión con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las quince horas con cuarenta

y cinco minutos del día ocho de enero del dos mil tres.- Dra. ANA

FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL

RUIZ DE SALINAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 2712-3

ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-

TO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de las once horas del día de hoy,

se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la

herencia intestada que a su defunción dejó la señora MARILU GOMEZ

JAIMES, quien fue de diecisiete años de edad, de oficios domésticos,

salvadoreña, soltera, fallecida el día cinco de enero de mil novecientos

noventa y ocho, en el Hospital Santa Gertrudis de esta ciudad, siendo

Apastepeque, en este Distrito Judicial el lugar de su último domicilio, de

parte de la señora MARIA DEL CARMEN JAIME o MARIA DEL

CARMEN JAIMES, en concepto de madre de la causante y se ha

nombrado a la aceptante en el carácter y forma antes expresado adminis-

tradora y representante interina de la sucesión con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las doce horas con treinta

minutos del día nueve de enero del dos mil tres.- Dra. ANA FELICITA

ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE

SALINAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 2713-3

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, Juez Primero de lo

Civil del Distrito Judicial de Santa Ana, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las catorce

horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente, con beneficio

de inventario la herencia intestada del causante, señor POLICARPO

RODRIGUEZ, quien falleció el día dieciocho de junio de este año, en el

Cantón Natividad de esta jurisdicción, lugar de su último domicilio, de

parte del señor INES ANGEL RODRIGUEZ DUBON, como hijo del

causante y además como cesionario de los derechos hereditarios que en

la presente sucesión le corresponderían a la señora MARIA ANASTA-

CIA DUBON DE RODRIGUEZ, como cónyuge sobreviviente del de

cujus, a quien se le confiere interinamente la administración y represen-

tación de la sucesión con las facultades y restricciones que la ley confiere

a los curadores de la herencia yacente.-

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las catorce horas

cuarenta minutos del día veintiuno de noviembre de dos mil dos.- Lic.

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO

DE LO CIVIL.- Licda. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTE-

RROSA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 2725-3

CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD DELGADO. Al público para los

efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las diez horas y treinta y

cinco minutos del día veintiuno de diciembre del presente año se ha

tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la

herencia intestada que a su de función dejó la señora TEOFILA MEN-

DEZ RAMIREZ conocida por TEOFILA MENDEZ PARADA y por

TEOFILA MENDEZ, quien fue de ochenta y ocho años de edad, soltera,

de oficios del hogar, fallecida el día tres de mayo del presente año, siendo

Cuscatancingo el lugar de su último domicilio, de parte de la señora

HORTENCIA MENDEZ, como hija de la causante. Asimismo se tuvo

por repudiada la herencia intestada por parte de la señora ERLINDA

MENDEZ DE CRESPIN, en calidad de hija de la causante. Confiriéndo-

sele a la aceptante la administración y representación interina de la

sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

JUZGADO DE LO CIVIL: CIUDAD DELGADO, a las diez horas

y cincuenta minutos del día veintiuno de diciembre del año dos mil dos.

Licda. CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DE

CIUDAD DELGADO. Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO

ARIAS, SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 2727-3

TITO SANCHEZ VALENCIA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE

ESTE DISTRITO JUDICIAL. Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de este juzgado a las doce horas

del día veintidós de abril de mil novecientos noventa y siete, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia

intestada, que a su defunción, ocurrida en esta ciudad su último

domicilio, el día veintinueve de noviembre de mil novecientos noventa

y cinco, dejó GUSTAVO ADOLFO VALENZUELA SALAZAR, de

parte de DALIS AIDA GARCIA RODRIGUEZ hoy Viuda de VALEN-

ZUELA y los menores KATHERINE ANNEL, SARY MARLEY

EMILETH, y GUSTAVO ADOLFO SEBASTIAN, todos de apellidos

VALENZUELA GARCIA , en su calidad de cónyuge sobreviviente y de

hijos del causante, respectivamente. Se ha conferido a los aceptantes la

administración y representación interinas de la sucesión, con las facul-

tades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, y a los

menores arriba mencionados por medio de su representante legal señora

DALIS AIDA GARClA RODRIGUEZ hoy viuda de VALENZUELA.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las once

horas con diez minutos, del día trece de mayo de mil novecientos noventa

y siete. Dr. TITO SANCHEZ VALENCIA, JUEZ TERCERO DE LO

CIVIL. Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 2726-3

ILMA CONSUELO GIL DE ALVARENGA, JUEZA DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFEC-

TOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución proveida por este Tribunal, a

las once horas del día dos de diciembre del presente año se ha tenido por

aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada

que a su defunción dejó el causante JULIAN LOPEZ CARPIO, ocurrida

el día veintiséis de julio del año dos mil uno; en Urbanización Valle del

Sol, de la Jurisdicción de Apopa, Departamento de San Salvador; siéndo

su último domicilio esta ciudad; de parte de los señores JOSE

JOAQUIN GALEAS SOSA; Y RAFAEL ANTONIO MARAVILLA,

en el carácter de cesionarios de los derechos hereditarios que les

correspondían a los señores CANDELARIA ELIAS DE LOPEZ HOY

VIUDA DE LOPEZ; JOSE NAZARIO LOPEZ; JOSE MARCELO

LOPEZ ELIAS; JUAN ROQUE LOPEZ ELIAS MARIA DEL CAR-

MEN LOPEZ ELIAS; REYNA ISABEL LOPEZ ELIAS; MARTA

LIDIA LOPEZ ELIAS; Y MARIA MARTINA LOPEZ DE

VILLACORTA, la primera en calidad de cónyuge sobreviviente, y los

demás en calidad de hijos del referido causante; habiéndoseles conferido

a los aceptantes, la administración y representación interina de la

sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia, para que en

el término legal se presenten a este tribunal, a hacer uso de su derecho.

Librado en el Juzgado de lo civil: Cojutepeque, a las quince horas

del día tres de diciembre del año dos mil dos. Licda. ILMA CONSUELO

GIL DE ALVARENGA, JUEZA DE LO CIVIL. Lic. JOSE ORLANDO

BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 2738-3

JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: que por resolución de las catorce horas y quince

minutos del día nueve de enero de dos mil tres, se ha tenido por aceptada

con beneficio de inventario la herencia testamentaria que a su defunción

dejó la señora: CATALINA AVILA ZALDIVAR, quién falleció a las

veintitrés horas del día catorce de julio de dos mil dos, en el Caserío Los

Ranchos, Cantón Miraflores de esta jurisdicción, siéndo ese el lugar de

su último Domicilio; de parte del señor ARTURO RAMON AVILA, en

calidad de heredero testamentario; Confiérase al aceptante en el carácter

indicado, la administración y representación INTERINA de la su-

cesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Líbrado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: SAN MI-

GUEL, a las nueve horas del día diez de enero de dos mil tres. Dr. JOSE

MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.

Lic. JULIO CESAR CAMPOS BRAN, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 2739 -bis-3

CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD DELGADO. Al público público

para los efectos de Ley.

HACE SABER: que por resolución de las diez horas y treinta y

cinco minutos del día seis de diciembre del presente año; se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intes-

tada que a defunción dejó la señora MARIA AMANDA LOPEZ DE

MARTINEZ, quien fue de sesenta y nueve años de edad, casada, de

oficios domésticos, fallecida el día veintiocho de julio del presente año,

siendo Ciudad Delgado, el lugar de su último domicilio, de parte del

señor DOMINGO MARTINEZ conocido por NAPOLEON MARTI-

NEZ, como cónyuge de la causante. Confiriéndosele al aceptante la

administración y representación interina de la sucesión con las faculta-

des y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

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99DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

JUZGADO DE LO CIVIL : CIUDAD DELGADO, a las diez horas

y cincuenta minutos del día seis de diciembre del año dos mil dos. Licda.

CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DE CIU-

DAD DELGADO. Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 2740-bis-3

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO: Al público para los efectos de ley.

HACE SABER: que por resolución de las nueve horas de este

mismo día, mes y año, se ha tenido por aceptada expresamente y con

beneficio de inventario, la herencia intestada del señor JUAN LOPEZ

conocido por JUAN LOPEZ RAMOS, fallecido el día trece de agosto del

año de mil novecientos ochenta y siete, en el Barrio El Tránsito de la Villa

de el Congo, del departamento de Santa Ana, de parte de los señores

MARIA EVANGELINA VALENCIA LOPEZ Y JUAN MANUEL

VALENCIA LOPEZ, en su calidad de hijos del referido causante, a

quienes se les confiere interinamente la administración y representación

de la sucesión con las facultades y restricciones que la ley confiere a los

curadores de la herencia yacente.

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las nueve horas cincuenta

minutos del día seis de diciembre del año dos mil dos. Lic. FRANCISCO

ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.-

Licda. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETA-

RIA.

3 v. alt. Nº 2754-3

JOSE OSCAR LACAYO MEYER JUEZ PRIMERO DE LO MER-

CANTIL INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: al público para los efectos de ley, que en el Juicio

ejecutivo mercantil promovido por CAJA DE CREDITO DE QUEZAL-

TEPEQUE, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD

LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, antes FEDERACION DE

CAJAS DE CREDITO, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPON-

SABILIDAD LIMITADA contra el señor JUAN MERCADO DIMAS,

recIamándole cantidad de colones y accesorios de ley, se venderá en

pública subasta en es tribunal en fecha que oportunamente se determi-

nará, el bien inmueble embargado siguiente: """""""Un lote rústico

marcado con el número VEINTICINCO del plano de lotificación de la

Hacienda Atapasco, sita en Jurisdicción de Quezaltepeque, departamen-

to de La Libertad, de la capacidad superficial de seis hectáreas, noventa

y ocho áreas, noventa metros cuadrados, equivalentes a diez manzanas,

cuya descripción se inicia así: AL NORTE, partiendo del punto catorce

a sub uno, en línea irregular de cinco tramos con rumbo aproximado a

Sur-Este, mide en total trescientos nueve metros, hasta llegar al punto

diez a Sur uno, lindando por este rumbo con lotes número: dieciocho,

diecisiete, dieciséis y quince, calle de la lotificaciòn de por medio, AL

ESTE, partiendo del punto diez a sub uno, en línea recta con rumbo Sur

cincuenta y tres grados cero minutos Oeste, se mide distancia de

trescientos treinta y siete metros, hasta llegar al punto A, lindando por

este rumbo con lote número veinticuatro; AL SUR, del punto A, en línea

regular de dos tramos el primero con rumbo Norte setenta y cinco grados

cero minutos Oeste, en cuarenta y ocho metros hasta el punto B, de aquí

parte el segundo tramo en línea recta con rumbo Norte setenta grados

cero minutos Oeste, en treinta metros hasta llegar al punto C, lindando

por este rumbo con resto de la Hacienda Atapasco, calle de por medio;AL

OESTE, del punto C en línea recta, con rumbo Sur veinte grados cero

minutos Este, se miden trescientos noventa y siete metros hasta llegar al

punto catorce a Sub uno, donde se inició esta descripción, lindando por

este rumbo con lote número veintiséis, los lotes colindantes y las calles

mencionados, han sido abiertos en el mismo inmueble general formando

parte de la misma lotificación y son o han sido propiedad de la sociedad

"Jaime Alvarez y Compañía", inscrito a su favor al número catorce del

Libro Cuatrocientos cuarenta y dos, de la propiedad del departamento de

La Libertad.

Librado en el Juzgado Primero de lo Mercantil: San Salvador, a las

once horas del día uno de noviembre del año dos mil dos. Lic. JOSE

OSCAR LACAYO MEYER, JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL

INTERINO. Lic. OSCAR EMILIO ZETINO URBINA, SECRETA-

RIO.

3 v. alt. Nº 2681-3

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL;

HACE SABER: que por ejecución promovida en éste Tribunal por

el Lic. JAVIER ORLANDO ALEMAN ASCENCIO, de treinta y seis

años de edad, Abogado y de éste domicilio; actuando como Apoderado

General Judicial de la CAJA DE CREDITO RURAL DE SANTA ANA,

SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

DE CAPITAL VARIABLE, de éste domicilio, contra los señores PE-

DRO ALBERTO MORALES MENENDEZ, de Veintinueve años de

edad y FERNANDO ANTONIO MORALES MENENDEZ, de cuarenta

y un años de edad, ambos estudiantes y de éste domicilio; reclamándoles

cantidad de colones, se venderá por éste mismo tribunal en pública

subasta el inmueble siguiente: Un terreno de naturaleza rústica, situado

en el Cantón Concepción, jurisdicción de Coatepeque de éste Departa-

mento, conocido como: Granja El Triunfo, compuesto de TRECE

MANZANAS Y MEDIA, de extensión cada manzana de setenta áreas,

cultivado en parte de café y el resto inculto, siendo propios todos los

cercos que lo circundan y contiene casas, una de techo de tejas, paredes

de adobe y la otra, de techo de tejas, paredes de bahareque, lindante: AL

ORIENTE, camino en medio, terreno de la sucesión del Doctor José

Graniello; AL NORTE, con el de Domingo Galán; AL PONIENTE,

barranca en medio, terreno de la Sociedad Giammattei Hermanos; y AL

SUR, callejón en medio que va a la referida barranca, propiedad de Irene

Bernal. Inmueble inscrito a favor de los demandados bajo el Número

OCHENTA Y TRES del Libro DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y

SIETE del Registro de la Propiedad, Raíz e Hipotecas de éste Departa-

mento.

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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Lo que se pone en conocimiento del público para los fines de Ley.

Juzgado primero de lo Civil: Santa Ana, a las once horas y cincuenta

minutos del día tres de diciembre de dos mil dos. Lic. FRANCISCO

ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.

Lic. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETA-

RIA.

3 v. alt. Nº 2685-3

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL,

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: que por resolución pronunciada en el Juicio Civil

Ejecutivo promovido por la Abogado SILVIA RAQUEL CHAVARRIA

SANTOS, como apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIEN-

DA, Institución Autónoma de Crédito, de este domicilio, contra el señor

JOSE LUIS CORNEJO GOMEZ, reclamándole cantidad de colones, se

venderá en pública subasta en este Juzgado, el inmueble siguiente: “Un

lote urbano y construcciones que contiene, marcado en el plano de

lotificación respectivo con el número TRESCIENTOS CINCUENTA Y

OCHO del polígono "G" de una extensión superficial de SESENTA

PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS equivalentes a

OCHENTA Y CINCO PUNTO OCHENTA Y CINCO VARAS CUA-

DRADAS, situado en jurisdicción de Soyapango, de este departamento,

el cual forma parte de la Urbanización denominada "LAS MARGARI-

TAS NORTE" y tiene un área construída de TREINTA Y UNO PUNTO

CERO CERO METROS CUADRADOS, cuyo valor es de VEINTI-

CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTIUN COLONES VEINTICUA-

TRO CENTAVOS. Y tiene la localización, medidas y linderos siguien-

tes: Partiendo de la intersección de los ejes de Avenida Prusia y pasaje

Once Oriente, abiertos en la urbanización ; se mide sobre el eje de este

último con rumbo Sur ochenta y cuatro grados veinticinco punto tres

minutos Este una distancia de veintitrés punto cincuenta metros. De este

punto haciendo una deflexión derecha con rumbo Sur cero cinco grados

treinta y cuatro punto siete minutos Oeste y distancia de dos punto

cincuenta metros, se llega al mojón número uno, esquina Nor-Oriente del

lote que se describe así: AL ORIENTE: partiendo del mojón número uno

con rumbo Sur cero cinco grados treinta y cuatro punto siete minutos

Oeste y distancia de doce punto cero cero metros se llega al mojón

número dos, lindando por este lado con lote número trescientos

cincuenta y nueve del polígono G de la misma urbanización. AL SUR:

del mojón número dos con rumbo Norte ochenta y cuatro grados

veinticinco punto tres minutos Oeste y distancia de cinco punto cero cero

metros se llega al mojón número tres, lindando por este lado con lote

número trescientos cincuenta y cinco del polígono G de la misma

urbanización. AL PONIENTE: Del mojón número tres con rumbo Norte

cero cinco grados treinta y cuatro punto siete minutos Este y distancia de

doce punto cero cero metros se llega al mojón número cuatro, lindando

por este lado con lote número trescientos cincuenta y siete del polígono

G de la misma urbanización. AL NORTE: del mojón número cuatro con

rumbo Sur ochenta y cuatro grados veinticinco punto tres minutos Este

y distancia de cinco punto cero metros se llega al mojón número uno

donde se inició la presente descripción, lindando por este lado con lote

número cuatrocientos veintitrés del polígono G de la misma urbaniza-

ción pasaje Once Oriente de cinco punto cero cero metros de ancho de

por medio"""" Inscrito dicho inmueble a favor del señor JOSE LUIS

CORNEJO GOMEZ, en el asiento CERO CERO DOS de la Matrícula

Número M CERO UN MILLON OCHENTA Y NUEVE MIL DOS-

CIENTOS CINCUENTA Y OCHO del Registro Social de Inmuebles de

este departamento.

Librado en el JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL; San Salvador,

a las ocho horas del día nueve de diciembre de dos mil dos. Dr. DARIO

VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL. Lic.

VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 2695-3

GILBERTO ASTURIAS, Notario de este domicilio, con Bufete situado

sobre la Calle Los Cedros, Nº 125, urbanización Buenos Aires Nº 1, San

Salvador al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que a mi oficina se han presentado los señores:

Don DANIEL SURIA Y ANA MERCEDES SURIA DE VALLADA-

RES, solicitando se le expida título supletorio de un terreno rústico

situado en el Cantón San Sebastian, Municipio El Carmen,departamento

de Cuscatlán de cincuenta y seis áreas, que mide y linda AL NORTE: con

terreno de Maximiliano Martínez; AL PONIENTE: con terreno de

Maximiliano Martínez; AL SUR: con terreno Mario Pérez, Jesus Pérez

y Gloria Marina García; y AL ORIENTE: con terreno del mismo

Maximiliano Martínez, todos estos mediando servidumbre de transito.

Librado en San Salvador, diecisiete de enero de dos mil tres.

GILBERTO ASTURIAS

NOTARIO.

3 v. alt. Nº 2699-3

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE

LEY,

HACE SABER: que en virtud de la ejecución promovida en este

Juzgado por la señora ADELA ENRIQUETA AMELIA ESCOBAR

CALDERON, en su carácter personal; contra los señores ARMANDO

AREVALO, conocido por ARMANDO CUELLAR y ANA GLADYS

CHAVEZ DE AREVALO, reclamándole cantidad de dinero y acceso-

rios; habiéndose ordenado la venta en pública subasta en este Juzgado,

de un bien mueble consistente en un vehículo automotor de las siguientes

características: Clase: Microbús; Año: mil novecientos noventa y seis;

Placas: MB-UN MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS; Marca: Nissan;

tipo: Urban; Número de Motor: TD25-219515; Chasis: JN1WJGE24Z0-

030645; Color: blanco con franjas azul celeste; Capacidad: quince

asientos; propiedad de la demandada señora ANA GLADYS CHAVEZ

DE AREVALO.

Se admitirán posturas siendo legales.

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101DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

Lo que se hace saber al público para los efectos legales correspon-

dientes

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las quince horas

y cincuenta minutos del día veintinueve de octubre de dos mil uno.- Lic.

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda.

YANIRA MAGDALENA GAVIDIA RIVERA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 2702-3

LA INFRASCRITA JUEZA SUPLENTE DEL JUZGADO SEGUNDO

DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO

EN GENERAL,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido

por el Licenciado BENJAMIN BALTAZAR BLANCO HERNANDEZ,

como Apoderado General Judicial del FONDO DE SANEAMIENTO Y

FORTALECIMIENTO FINANCIERO; contra los señores MANUEL

ARMANDO ARANA AGUILAR y MARIA LORENA HENRIQUEZ

DE ARANA, se venderá en pública subasta en este Tribunal en fecha que

será señalada posteriormente el inmueble que a continuación se describe:

"un inmueble de naturaleza urbana, marcado como lote número DIECI-

NUEVE del polígono "E", de la Urbanización ALPES SUIZOS II, de una

extensión superficial de SETENTA Y CINCO PUNTO CERO CERO

METROS CUADRADOS equivalentes a CIENTO SIETE PUNTO

TREINTA Y UNA VARAS CUADRADAS; el cual se describe así:

partiendo de la intersección de los ejes de la Avenida Inglaterra y de la

Calle Roma, se mide sobre el eje de este último con rumbo Norte setenta

y un grados treinta y nueve punto cuatro minutos Oeste, una distancia de

cincuenta y cuatro punto cero seis metros; de este punto se mide con

deflexión izquierda de noventa grados una distancia de seis punto

cincuenta metros, llegando al vértice Noreste del lote que se describe:

LADO ESTE: tramo recto de rumbo Sur dieciocho grados veinte punto

seis minutos Oeste y distancia de quince punto cero cero metros,

lindando con el lote número diecisiete del polígono "E" de RESIDEN-

CIAL ALPES SUIZOS II; LADO SUR, tramo recto de rumbo Norte

setenta y un grados treinta y nueve punto cuatro minutos Oeste y

distancia de cinco punto cero cero metros, lindando con el lote número

veintidós del polígono "E" de RESIDENCIAL ALPES SUIZOS II;

LADO OESTE, tramo recto de rumbo Norte dieciocho grados veinte

punto seis minutos Este y distancia de quince punto cero cero metros

lindando con el lote número veintiuno del polígono "E" de RESIDEN-

CIAL ALPES SUIZOS II; LADO NORTE, tramo recto de rumbo Sur

setenta y un grados treinta y nueve punto cuatro minutos Este y distancia

de cinco punto cero cero metros lindando con el lote número dieciocho

del polígono "C" de RESIDENCIAL ALPES SUIZOS II, Calle Roma de

trece punto cero cero metros de derecho de vía de por medio. El inmueble

anteriormente descrito es propiedad de los señores MANUEL ARMAN-

DO ARANA AGUlLAR y MARIA LORENA HENRIQUEZ DE ARA-

NA, en proindivisión y por partes iguales al número TREINTA Y OCHO

del libro MIL OCHOCIENTOS UNO, Registro de la Propiedad Raíz e

Hipotecas de este Departamento.

Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCAN-

TIL: Salvador a las doce horas y treinta minutos del día uno de noviembre

del dos mil dos.- Licda. ROSA ESTELA MORALES DE PORTILLO,

JUEZA SEGUNDO DE LO MERCANTIL SUPLENTE.- Br. ROSA

DORIS MARTINEZ MENJIVAR, SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. No. 2737-3

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL;

HACE SABER: que por ejecución promovida en este Tribunal por

el Lic. BENJAMIN ARCE GUEVARA, en su concepto de Apoderado

Especial Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, siendo

el referido Lic. ARCE GUEVARA de cincuenta y un años de edad,

Abogado y de este domicilio, actuando en el concepto antes dicho; contra

el demandado señor HECTOR RODOLFO ARRIAZA LEMUS, de

veintiséis años de edad, Comerciante, de este domicilio; reclamándole

cantidad de colones, se venderá por este Tribunal en pública subasta, el

inmueble siguiente: un terreno de naturaleza antes rústico hoy urbano,

situado en el Cantón Cutumay de esta jurisdicción, que formó parte de la

Hacienda conocida como San Lorenzo, y ahora por Hacienda El Milagro,

identificado como porción Sur, de una extensión de CUATRO HECTA-

REAS CUARENTA Y SEIS AREAS TREINTA Y UN CENTIAREAS,

equivalentes a seis manzanas tres mil ochocientas cincuenta ocho punto

cinco varas cuadradas; inscrito bajo la Matrícula Número M CERO

TRES MILLONES CUATRO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO,

Asiento Número CERO CERO DOS del Registro Social de Inmuebles de

este Departamento, donde se ha desarrollado la URBANIZACION EL

MILAGRO SEGUNDA ETAPA.- Que dicho inmueble desmiembra un

lote de igual naturaleza y situación, identificado cono LOTE NUMERO

DOS, del POLIGONO "H" inscrito bajo la Matrícula Número M CERO

TRES MILLONES CINCO MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO,

asiento número CERO CERO UNO del Registro Social de Inmuebles de

este Departamento, de un área de CIENTO DOCE PUNTO CINCUEN-

TA METROS CUADRADOS, equivalentes a CIENTO SESENTA

PUNTO NOVENTA Y SIETE CUADRADAS, con un área construida

de TREINTA PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS, valo-

rada en CINCUENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y

DOS COLONES NOVENTA Y CINCO CENTAVOS, que mide: al

NORTE, siete punto cincuenta metros; AL SUR, siete punto cincuenta

metros; AL ORIENTE, quince punto cero cero metros; y AL PONIEN-

TE, quince punto cero cero metros.

Lo que se pone en conocimiento del público para los fines de ley.

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las catorce horas y diez

minutos del día catorce de noviembre de dos mil dos.- Lic. FRANCISCO

ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.-

Lic. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETA-

RIA.

3 v. alt. No. 2744-3

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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL;

HACE SABER: que por ejecución promovida en este Tribunal por

el Lic. BENJAMIN ARCE GUEVARA, en su concepto de Apoderado

Especial Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institu-

ción de Crédito de Derecho Público; siendo el referido Lic. BENJAMIN

ARCE GUEVARA, de cincuenta y un años de edad, Abogado y de este

domicilio, actuando en el concepto antes dicho; contra el demandado

señor MARIO AMILCAR GARCIA, conocido por MARIO AMILCAR

PEREZ GARCIA, de veintitrés años de edad, Mecánico de Obra de

Banco, del domicilio de la ciudad de Metapán reclamándole cantidad de

colones, se venderá por este mismo Tribunal en pública subasta, el

inmueble siguiente: un lote de terreno urbano y construcciones que

contiene, marcado en el plano respectivo como lote Número ONCE,

pasaje A, block CATORCE, con una extensión superficial de SETENTA

METROS CUADRADOS, equivalentes a NOVENTA Y TRES VA-

RAS CUADRADAS, con un área construida de CINCUENTA Y CIN-

CO METROS CUADRADOS, valorados en OCHENTA Y DOS MIL

QUINIENTOS COLONES, el cual mide: al NORTE, diez punto cero

cero metro; AL ORIENTE, seis punto cero cero metros; AL SUR, diez

punto cero cero metros; y AL PONIENTE, seis punto cero cero metros.

Inscrito dicho inmueble a favor del demandado ya mencionado al

Número de Matrícula M CERO TRES CERO CERO OCHO CERO

SIETE CINCO del Asiento Número CERO CERO CINCO del Registro

Social de Inmuebles de este Departamento.-

Lo que se pone en conocimiento del público para los fines de ley.-

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las ocho horas y treinta

minutos del día veintisiete de noviembre de dos mil dos.- Lic. FRAN-

CISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL.- Lic. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 2745-3

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO,

HACE SABER: que por ejecución promovida en este Tribunal por

el Licenciado BENJAMIN ARCE GUEVARA, como Apoderado del

FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, de la plaza de la ciudad de

San Salvador, contra el señor MAURICIO JACO ESTRADA, conocido

por MAURICIO ESTRADA JACO, se venderá en pública subasta por

este Tribunal en el mejor postor por deuda de dinero, el siguiente

inmueble: lote número VEINTISIETE DEL POLIGONO "C", Pasaje

Tres, de la Urbanización San Antonio del Monte, lote que tiene la

descripción especial siguiente: AL NORTE, cinco punto cero cero

metros; AL ESTE, doce punto cero cero metros; AL OESTE, doce punto

cero cero metros; el lote antes descrito tiene una extensión superficial de

SESENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a OCHENTA Y

CINCO PUNTO OCHENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS.- En

dicho lote se encuentra una casa de sistema mixto en un área de veintidós

punto cero cero metros cuadrados, inscrita a favor del demandado señor

MAURICIO JACO ESTRADA, conocido por MAURICIO ESTRADA

JACO, al Asiento Número CERO CERO CUATRO de la Matrícula M

CERO UNO UNO TRES CINCO TRES NUEVE DOS, del Registro

Social de Inmuebles de este Departamento.

Quien quiera hacer posturas puede ocurrir, la que se le admitirá

siendo legal.

Lo que se hace del conocimiento del público para los fines de ley.

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las diez horas del día

ocho de noviembre del año dos mil dos.- Lic. FRANCISCO ALBERTO

ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Licda.

CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 2746-3

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO.-

HACE SABER: que por ejecución promovida en este Tribunal por

el Licenciado BENJAMIN ARCE GUEVARA, como Apoderado del

FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA de la Plaza de San Salvador,

contra el señor JORGE ALBERTO FIGUEROA, se venderá en pública

subasta por este Tribunal al mejor postor, por deuda de dinero, el

siguiente inmueble urbano, situado en Urbanización Residencial Altos

de Santa Lucía de esta ciudad, identificado como lote número seis,

polígono Catorce B de la Residencial antes mencionada, de un área de

CINCUENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a SETENTA Y

UN PUNTO CINCUENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS,

inmueble sobre el cual se encuentra construida una casa de sistema mixto

con todas sus dependencias interiores en un área de VEINTIDOS

METROS CUADRADOS, inmueble que le corresponde al deudor según

el asiento número CERO CERO CUATRO de la Matrícula M CERO

TRES CERO DOS DOS NUEVE SIETE CERO, del Registro Social de

Inmuebles de esta ciudad.

Quien quiera hacer postura puede ocurrir la que se le admitirá

siendo legal.

Lo que se hace del conocimiento del público para los fines de ley.

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las once horas veinticin-

co minutos del día veinticinco de noviembre del año dos mil dos.- Lic.

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO

DE LO CIVIL.- Licda. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTE-

RROSA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 2747-3

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103DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que en virtud de ejecución seguida por el FONDO

SOCIAL PARA LA VIVIENDA por medio de su Apoderado Licenciado

BENJAMIN ARCE GUEVARA, en contra del señor JOSE RIGOBERTO

ALVARENGA, conocido por JOSE RIGOBERTO HERNANDEZ

ALVARENGA Exp.5l7/01; reclamándole cantidad de dinero y acceso-

rios, se venderá por este Juzgado en Pública Subasta en fecha y precio que

oportunamente se determinará, el inmueble siguiente: una porción de

terreno de naturaleza urbana, situado en el Cantón El Mojón, Jurisdicción

de Sonzacate, Departamento de Sonsonate en el cual se ha desarrollado

el proyecto RESIDENCIAL "SANTA EUGENIA DE LOS ALTOS" del

cual se ha desmembrado el lote inscrito en el Asiento CERO CERO

TRES de la Matrícula M CERO UN MILLON OCHENTA Y CUATRO

MIL TRESCIENTOS QUINCE, marcado en el plano respectivo con el

número CATORCE DEL BLOCK VEINTE, AVENIDA SALARRUE,

PASAJE UNO con un extensión superficial de CINCUENTA METROS

CUADRADOS, equivalentes a SETENTA Y UNA PUNTO CINCUEN-

TA Y CUATRO VARAS CUADRADAS con una área de construcción

de VEINTISEIS METROS CUADRADOS y tiene las medidas siguien-

tes: al NORTE: con una distancia de cinco punto cero cero metros; AL

ORIENTE: con una distancia de diez punto cero cero metros; AL SUR:

con una distancia de cinco punto cero cero metros; AL PONIENTE: con

una distancia de diez punto cero cero metros; inscrito a favor del

demandado bajo la inscripción antes relacionada en el Registro Social de

Inmuebles de este Departamento de Santa Ana.-

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las doce horas del día dieciocho de diciembre del dos mil dos.- Lic.

SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO

CIVIL.- BLANCA ALICIA GRANADOS DE AMAYA, SECRETA-

RIO.

3 v. alt. No. 2748-3

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS

DE AFP CRECER, S. A.

La Junta Directiva de la ADMINISTRADORA DE FONDOS DE

PENSIONES, CRECER, SOCIEDAD ANONIMA, que puede abreviar-

se AFP CRECER, S. A., CONVOCA: a los señores accionistas a Junta

General para conocer asuntos de carácter ordinario; a celebrarse en las

instalaciones de las oficinas centrales ubicadas en Boulevard Los Hé-

roes, Edificio Crecer, San Salvador, El Salvador, el día martes dieciocho

de febrero del año dos mil tres, de las quince horas en adelante. De no

haber quórum en la fecha señalada, se convoca para el día miércoles

diecinueve de febrero del mismo año, a la misma hora y en el mismo lugar

para conocer tales asuntos o los que quedaren pendientes.

I. PUNTOS DE CARACTER ORDINARIO:

1. Lectura del Acta anterior y firma de la misma.

2. Conocer la memoria de labores de la Junta Directiva, el

Balance General al 31 de diciembre del 2002, el estado de

pérdidas y ganancias al 31 de diciembre del 2002 y el informe

del Auditor externo, a fin de aprobar o improbar los tres

primeros y tomar las medidas que se juzguen oportunas.

3. Aplicación de utilidades.

4. Nombramiento del auditor externo y auditor fiscal, propieta-

rio y suplente y fijación de sus emolumentos.

5. Elección y nombramiento de los nuevos directores de la Junta

Directiva.

QUORUM Y VOTACION EN LAS JUNTAS GENERALES:

PUNTOS DE CARACTER ORDINARIO:

a) Para que la Junta General Ordinaria se considere legalmente

reunida en la primera fecha de la convocatoria, deberán estar

presentes o representadas, por lo menos, la mitad más una de las

acciones que forman el capital social y las resoluciones se

tomarán por la mayoría de votos de los presentes;

b) Para que la sesión sea válida en la segunda fecha de la convoca-

toria, bastará el número de acciones que estén presentes y sus

resoluciones se tomarán por mayoría de las acciones presentes.

San Salvador, veintidós de enero del año dos mil tres.

ENRIQUE ARRANZ ABAD,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 3063-3

SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de

ley,

HACE SABER: que en virtud de ejecución seguida por el FONDO

SOCIAL PARA LA VIVIENDA, por medio de su Apoderado Lic.

BENJAMIN ARCE GUEVARA, en contra del señor CARLOS EDUAR-

DO PINEDA, conocido por CARLOS EDUARDO MARTINEZ PINE-

DA. Exp. No.468/01, se venderá por este Juzgado que se encuentra

ubicado en la Catorce Avenida Sur, entre Veintisiete y Veintinueve Calle

Poniente de esta ciudad, en fecha y por el precio que oportunamente se

indicará, el inmueble siguiente: "RESIDENCIALES ALTO VERDE II",

situado en el Cantón Chupadero hoy Lotificación El Trébol de esta

jurisdicción, lote marcado en el plano respectivo con el lote número

TREINTA Y TRES, del Polígono NUEVE, RESIDENCIALES ALTO

VERDE DOS PRIMERA ETAPA, juntamente con las construcciones

que contiene, de una extensión superficial de CINCUENTA METROS

CUADRADOS equivalentes a SETENTA Y UNA PUNTO CINCUEN-

TA Y CUATRO VARAS CUADRADAS con una área construida de

VEINTISEIS METROS CUADRADOS, cuya descripción técnica es la

siguiente: al NORTE, línea recta de cinco metros; ORIENTE, línea recta

de diez metros; AL SUR, línea recta de cinco metros; PONIENTE: línea

recta de diez metros.

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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Inscrito a favor del deudor al número de Matrícula M CERO TRES

MILLONES TRECE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS, ASIEN-

TO CERO CERO CINCO, del Registro Social de Inmuebles de este

Departamento.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las ocho horas del día ocho de enero del dos mil tres.- Lic.

SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO

CIVIL.- BLANCA ALICIA GRANADOS DE AMAYA, SECRETA-

RIO.

3 v. alt. No. 2749-3

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO,

HACE SABER: que por ejecución seguida en este Tribunal por el

Abogado BENJAMIN ARCE GUEVARA como Apoderado del FON-

DO SOCIAL PARA LA VIVIENDA contra el señor FAUSTINO

ERNESTO RODRIGUEZ MARTINEZ, se venderá en pública subasta

el siguiente inmueble: "lote de terreno urbano marcado en el plano

respectivo como lote número CIEN, Avenida Central y Pasaje Los

Claveles, Block treinta, Urbanización Jardines de Metapán, jurisdicción

de Metapán, de este departamento, con una extensión superficial de

ochenta y uno punto sesenta y seis metros cuadrados, equivalentes a

ciento dieciséis punto ochenta y una varas cuadradas, con un área

construida de treinta metros cuadrados, cuyo valor es de cincuenta mil

doscientos cincuenta colones, con las medidas perimetrales siguientes:

al NORTE, seis punto cero dos metros, AL ORIENTE, catorce punto

cero cero metros, AL SUR, cinco punto sesenta y seis metros, y AL

PONIENTE, catorce punto cero cero metros. Se encuentra inscrito a

favor del demandado bajo el número de matrícula M CERO TRES

CERO UNO OCHO OCHO CUATRO UNO, ASIENTO CERO CERO

TRES del Registro Social de Inmuebles de este departamento.

Juzgado Primero de lo Civil, Santa Ana, a los veinticuatro días del

mes de octubre del año dos mil dos.- Lic. FRANCISCO ALBERTO

ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Lic. CAR-

MEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 2750-3

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO,

HACE SABER: que por ejecución promovida en este Tribunal por

el Licenciado BENJAMIN ARCE GUEVARA, como Apoderado del

FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA de la Plaza de San Salvador,

contra el señor OSCAR ARMANDO ACEVEDO JUAREZ, se venderá

en pública subasta por este Tribunal al mejor postor, por deuda de dinero,

el siguiente inmueble Urbano situado en Residencial "Santa Eugenia de

los Altos Cuarta Etapa" de la ciudad de Sonsonate identificado como lote

número quince, del Block Veintinueve, pasaje ocho, de la Residencial

antes mencionada, de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonso-

nate; de un área de CINCUENTA METROS CUADRADOS equivalen-

tes a SETENTA Y UNA PUNTO CINCUENTA Y CUATRO VARAS

CUADRADAS inmueble sobre el cual se encuentra construida una Casa

de sistema mixto con todas sus dependencias interiores de un área de

VEINTISEIS METROS CUADRADOS; inmueble que le corresponde

al deudor según el asiento número CERO CERO CINCO de la Matrícula

M CERO TRES CERO UNO CUATRO SEIS SEIS SEIS, que lleva el

registro social de inmuebles de este Departamento quien quiera hacer

postura puede ocurrir la que se le admitirá siendo legal lo que se hace del

conocimiento del público para los efectos de ley.

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las diez horas treinta

minutos del día veinticinco de noviembre del año dos mil dos. Lic.

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO

DE LO CIVIL. Licda. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTE-

RROSA, SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 2751-3

SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que en el JUICIO EJECUTIVO CIVIL promovi-

do por el FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA por medio de su

Apoderado Lic. BENJAMIN ARCE GUEVARA en contra de IRENE

CAROLINA AROCHA VIUDA DE REINOSA, conocida por IRENE

CAROLINA LOPEZ AROCHA por medio de su Curador Especial Lic.

JOSE ERNESTO CARRANZA MARTINEZ, reclamándole cantidad de

dinero y accesorios, Exp. Nº245/01, se venderá por este Juzgado en

Pública Subasta en fecha que oportunamente se determinará el inmueble

siguiente: «Un lote de terreno urbano y construcciones de sistema mixto

que contiene, situado en el Cantón Aldea de San Antonio, de esta

jurisdicción, marcado en el plano respectivo como LOTE NUMERO

TRES, DEL POLIGONO "B", de la "Urbanización Jardines de Barcelo-

na" ubicado sobre Calle a la Aldea San Antonio, entre Final de la

Veinticinco y Veintinueve Calle Poniente, de este Departamento, el cual

se describe así: partiendo de la intersección de los ejes de la Calle San

Antonio y Pasaje número dos, abiertos en la urbanización, con rumbo Sur

cuarenta y cinco grados cuarenta y cinco minutos Oeste mide sobre el

primer eje una distancia de diecisiete punto treinta y cinco metros, en este

punto haciendo una deflexión derecha de noventa grados y distancia de

seis punto cincuenta metros se llega al mojón número uno, esquina

Sureste del lote que se describe así: AL SUR, del mojón número uno con

rumbo Sur cuarenta y cinco grados cuarenta y cinco minutos Oeste y

distancia de cinco metros se llega al mojón número dos, lindando por este

lado con terreno de Pedro Javier Mendoza, Calle San Antonio de trece

metros de ancho de por medio. AL OESTE, del mojón número dos con

rumbo Norte cuarenta grados cuarenta y cinco minutos Oeste y distancia

de quince metros se llega al mojón número tres, lindando por este lado

con lote número dos de la misma urbanización. AL NORTE, del mojón

número tres con rumbo Norte cuarenta y cinco grados cuarenta y cinco

minutos Este y distancia de cinco metros se llega al mojón número cuatro,

lindando por este lado con lote número siete de la misma urbanización.

AL ESTE, del mojón número cuatro, con rumbo Sur cuarenta grados

cuarenta y cinco minutos Este y distancia de quince metros se llega al

mojón número uno, lindando por este lado con lote número cuatro de la

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105DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

misma urbanización. El lote así descrito tiene un área de SETENTA Y

CINCO METROS CUADRADOS, equivalentes a CIENTO SIETE

PUNTO TREINTA Y UNA VARAS CUADRADAS. En dicho lote se

encuentra construida una casa de sistema mixto con todas sus dependen-

cias interiores en un área de cuarenta punto setenta y cinco metros

cuadrados.- Inscrito a favor de la demandada al Número CINCO del

Libro DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO de Propiedad

de este Departamento.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las ocho horas con treinta minutos del día siete de noviembre del

dos mil dos.-Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ

TERCERO DE LO CIVIL.- BLANCA ALICIA GRANADOS DE

AMAYA, SECRETARIO.-

3 v. alt. Nº. 2752-3

LA INFRASCRITA JUEZA SEGUNDO DE LO MERCANTIL SU-

PLENTE DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR, AL

PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido

por Licenciada ISABEL DE GUADALUPE URRUTIA

ALMENDARES, Apoderada de la CAJA DE CREDITO DE SUCHI-

TOTO, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LI-

MITADA DE CAPITAL VARIABLE; contra el señor JOSE

CELESTINO CHAVEZ AVALOS, se venderá en Pública Subasta en

este Tribunal, en fecha y hora que será señalada posteriormente, el

inmueble que a continuación se describe: "UN INMUEBLE Urbano,

denominado COMUNIDAD APOLINARIO SERRANO", ubicado en el

Cantón Buena Vista, jurisdicción de Suchitoto, departamento de Cusca-

tlán, identificado como LOTE DOS del Polígono "B", de la Comunidad

"APOLINARIO SERRANO", con un área de DOSCIENTOS NOVEN-

TA Y SEIS PUNTO CINCUENTA Y SEIS PUNTO CINCUENTA Y

OCHO METROS CUADRADOS, el cual tiene las medidas siguientes:

AL NORTE: con una distancia de doce punto cero cero metros; AL

ORIENTE : con una distancia formada por dos tramos: el primero en

línea recta de dieciocho punto sesenta y siete metros y el segundo en línea

curva de diez punto sesenta y un metros; AL SUR: con una distancia de

cinco punto cuarenta metros; y AL PONIENTE: con una distancia de

veintiséis punto cero cero metros.-

El inmueble anteriormente descrito es propiedad en proindivisión

en partes iguales de los señores JOSE CELESTINO CHAVEZ AVALOS

y MARINA MARGARITA MEJIA RODRIGUEZ, inscrito bajo la

Matrícula M CERO UNO DOS CUATRO SIETE SEIS NUEVE

NUEVE, del Registro Social de Inmuebles.

Se admitirán posturas siendo legales, lo que se avisa al público para

los efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCAN-

TIL: San Salvador, a las ocho horas diez minutos del día diecinueve de

de noviembre del año dos mil dos.- Licda. ROSA ESTELA MORALES

DE PORTILLO, JUEZA SEGUNDO DE LO MERCANTIL SUPLEN-

TE.- Br. ROSA DORIS MARTINEZ MENJIVAR, SECRETARIA

INTERINA.

3 v. alt. Nº. 2753-3

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el Lic.

EDGAR AMILCAR CRUZ BENITEZ, apoderado general judicial de

los señores JOSE OSMIN MACHADO HERNANDEZ, mayor de edad,

empleado y EMILIA SANDOVAL DE MACHADO, mayor de edad, y

de oficios domésticos, ambos del domicilio de El Carmen, departamento

de La Unión, solicitando se les extienda a sus poderdantes TITULO

SUPLETORIO, de dos terrenos de naturaleza rústicas situados en el

Cantón El Gavilán, jurisdicción de El Carmen, departamento de La

Unión, EL PRIMERO: de la capacidad superficial de SEIS MIL TRES-

CIENTOS METROS CUADRADOS, que mide y linda: Al NORTE:

setenta punto cero seis metros, con Josefina Hernández Hernández y

Fidel Angel Hernández, actualmente colinda por este rumbo con Josefina

Hernández, camino vecinal de por medio; AL ORIENTE: ciento cuatro

punto noventa metros, con Victorino Hernández Reyes; AL SUR:

setenta punto cero seis metros, con José Oscar Quintanilla Hernández

actualmente colinda por este rumbo con la Iglesia Católica de dicho lugar

y Savier Machado; Y AL PONIENTE: ciento cuatro punto noventa

metros, con José Oscar Quintanilla Hernández, camino vecinal de por

medio. Dicho terreno lo valúan en la suma de VEINTICINCO MIL

COLONES. y EL SEGUNDO: situado en el Cantón El Gavilán, jurisdic-

ción del El Carmen, departamento de La Unión, de la capacidad super-

ficial de DIEZ MIL METROS CUADRADOS, que mide y linda; AL

NORTE: setenta y dos metros, con María Nicolasa Herrera de Merino;

AL ORIENTE: ciento cuarenta y nueve punto cuarenta metros, con

Trinidad Machado Dávila, actualmente colinda por este rumbo con

Ernestina Hérnandez; AL SUR: ochenta y dos punto ochenta metros, con

Trinidad Machado Hernández; y AL PONIENTE: ciento nueve metros,

con Trinidad Machado Dávila, actualmente colinda por este rumbo con

Ernestina Hernández. Dicho terreno lo valúan en la suma de VEINTE

MIL COLONES. Y los adquirieron por donación de la posesión material

que les hizo el señor TRINIDAD MACHADO, en el mes de marzo de

mil novecientos sesenta y cinco.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los diecisiete días del

mes de diciembre de dos mil dos.- Lic. EVELIO DE JESUS RIOS

ALFARO, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO PEREZ,

SECRETARIO.-'

3v. alt. Nº. 2711-3

JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el señor

ANDRES ALBERTO RIVERA, de treinta y un años de edad, Jornalero

de este Domicilio, solicitando TITULO SUPLETORIO sobre un Terre-

no el cual se describe de la siguiente manera: "Un terreno de naturaleza

rústica, situado en el Cantón El Amate, de la jurisdicción, distrito y

Departamento, de San Miguel, de la Extensión superficial de SETE-

CIENTOS METROS CUADRADOS OCHENTA Y SIETE

DECIMETROS CUADRADOS CINCUENTA CENTIMETROS CUA-

DRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE, mide

veintisiete metros treinta centímetros, linda con ROMAN TORRES; AL

ORIENTE, mide veintisiete metros linda con SANTOS VELASQUEZ;

AL SUR, mide veintiséis metros diez centímetros, linda con FRANCIS-

CO ANTONIO VELASQUEZ; AL PONIENTE, mide veinticinco me-

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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

tros cincuenta centímetros, linda con terreno de GREGORIO CHAVEZ;

no contiene cultivos permanentes, se encuentra a cuerpo cierto es decir

no es dominante ni sirviente, no se encuentra en proindivisión con nadie;

el cual lo adquirió el solicitante por compra verbal que hizo al señor

FRANCISCO ANTONIO VELASQUEZ, el año de mil novecientos

noventa y dos.-

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: SAN MI-

GUEL, a las doce horas y cinco minutos del día trece de enero de dos mil

tres.- Dr. JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRIMERO

DE LO CIVIL.- Lic. JULIO CESAR CAMPOS BRAN, SECRETA-

RIO.-

3v. alt. Nº. 2715-3

RUBEN ANTONIO RIVERA AMAYA, Notario, del domicilio de la

ciudad de San Miguel, con bufete establecido en la Quinta Avenida

Norte, número setecientos nueve,

HACE SABER: que ante sus oficios notariales, la señora EMELINA

ZELAYA QUINTANILLA, de cincuenta y cinco años de edad, de

oficios domésticos, del domicilio de la ciudad de San Miguel y del de El

Tránsito, promueve diligencias solicitando TITULO SUPLETORIO

sobre: una porción de terreno de naturaleza rústico, inculta, situado en

el Cantón Meangulo, ahora llamado Primavera, jurisdicción de El

Tránsito, distrito de Chinameca, departamento de San Miguel, que tiene

una extensión superficial de TRES MIL CIENTO CINCUENTA Y UN

METROS CUADRADOS OCHENTA Y CINCO DECIMETROS CUA-

DRADOS, equivalentes a CUATRO MIL QUINIENTAS SIETE VA-

RAS CUADRADAS QUINCE CENTESIMOS DE VARAS CUA-

DRADAS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: dos-

cientos dos metros ochenta centímetros, con terrenos de los señores

Carlos Rivera, Blanca Rivera y Reynaldo Centeno, carretera de por

medio que conduce hacia la Playa El Espino; AL NORTE: doce metros,

con terrenos de los señores Alberto Rivas y María del Carmen Flores,

Carretera del Litoral de por medio; AL PONIENTE: ciento setenta y

cinco metros ochenta centímetros, con terrenos de los señores Pedro

Perdomo Guzmán, Amadeo Saravia Salgado y Moisés Rivera; y AL

SUR: veintiún metros treinta centímetros, con terreno del señor Juan

Centeno.- Esta porción de terreno tiene cercos de alambre propios por

todos sus rumbos y en ella existen algunas construcciones. No es predio

dominante ni sirviente, no tiene carga o derecho real que pertenezca a otra

persona con quien hubiere proindivisión y lo valúa en la suma de

CINCO MIL DOLARES.- Lo obtuvo por transferencia a título gratuito

mediante escritura pública que a su favor otorgó su madre señora

JUANA BAUTISTA QUINTANILLA.- LO QUE SE AVISA PUBLI-

CO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

Librado en el oficina del suscrito Notario: San Miguel, a las diez

horas del día dieciséis de enero del año dos mil tres.

Lic. RUBEN ANTONIO RIVERA AMAYA,

NOTARIO.

3v. alt. Nº. 2717-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER, que a esta Alcaldía se ha presentado la señora

PETRONA GARCIA DE GUTIERREZ, de sesenta años de edad.

cosmetóloga de este domicilio. con Cédula de Identidad Personal Núme-

ro diez guión cero uno guión cero cero cuatro mil trescientos veinticuatro

expedida en esta ciudad, solicitando se le extienda TITULO DE DOMI-

NIO de una PORCION DE TERRENO DE NATURALEZA URBANA

ubicado en Barrio San Nicolás sobre la Primera Avenida Sur de esta

ciudad, de la extensión superficial de CIENTO SESENTA Y CUATRO

METROS CUADRADOS que mide y linda: AL ORIENTE, veinte

metros en línea quebrada compuesta de tres tramos: el primero y el

segundo de dos metros y el tercero de dieciséis metros; linda con

inmueble de la señora María Santos Villalobos y en parte con oficina de

TELECOM, con paredes paralelas de ladrillo de por medio una propia

de la primera colindante y la otra pared como división propia del terreno

que hoy se describe; AL NORTE, doce metros, linda con terreno de la

señora María del Carmen Cruz, pared propia de por medio; AL PONIEN-

TE, diecisiete metros cincuenta centímetros, linda co terreno de la señora

Julia Enriqueta Castillo V. De Cantor, linda con la Primera Avenida Sur

de por medio; y AL SUR, cinco metros, linda con terreno del señor

Salvador Portillo Montano, Sexta Calle Poniente de por medio. Dicho

inmueble en su interior no contiene ninguna construcción, no es domi-

nante, ni sirviente, ni está en proindivisión con persona alguna, que el

terreno lo hubo por compra que le hizo a su esposo José Ernesto

Gutiérrez, ante los oficios de la Notario Irma Elena Paredes Bermúdez,

el día diecinueve de noviembre del año dos mil, fecha desde la cual por

más de dos años consecutivos, es dueña y actual poseedora en forma

quieta, pacífica, continua y sin interrupción, pero lo es por más de veinte

años, por traspaso de tenencia que le hizo su antecesor tenedor, y valúa

el terreno en la suma de DIEZ MIL COLONES EXACTOS.

Lo que hace saber al público en general para los efectos legales

consiguientes.

Alcaldía Municipal de Cojutepeque, a los cinco días del mes de

noviembre de dos mil dos. Br. RAFAEL ANTONIO ALVAREZ, AL-

CALDE MUNICIPAL.- VILMA ESPERANZA ARTIGA DE MENA,

SECRETARIA MUNICIPAL.-

3 v. alt. Nº. 2739-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que la señora MARIA MAGDALENA CHAVEZ

DE VIVAS, de treinta y tres años de edad, de Oficios domésticos, de este

domicilio, portadora de su Cédula de Identidad Personal número cuatro,

doce, cero, cero, Cinco Mil, trescientos cincuenta y tres; solicita título de

dominio de propiedad de un solar urbano situado en el Barrio San

Esteban de esta Villa, que se encuentra delimitado así: AL ORIENTE,

ocho metros, con solar de la señora Josefina Yudice de Guirola; AL

NORTE, veinticuatro metros, con solar de la misma señora Yudice de

Guirola; AL PONIENTE, diez metros con solares de Rafael Montes y

Sucesión de Florencia Vásquez; y al SUR, veintitrés metros, lindando

con solar de Rafael Montes y Josefina Yudice de Guirola. No es predio

dominante, ni sirviente, no tiene gravamen de ninguna naturaleza ni

proindivisión que le afecte. Los colindantes son todos de este domicilio.

Se estima el inmueble en la suma de DIEZ MIL COLONES.

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107DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

Se avisa para los fines consiguientes.

Alcaldía Municipal: TEPECOYO, a treinta y uno de octubre del

año dos mil dos.- OVIDIO MARTINEZ GARCIA, ALCALDE MUNI-

CIPAL.- ARISTIDES MENDEZ OVIEDO, SECRETARIO MUNICI-

PAL.-

3 v. alt. Nº. 2755-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la ASOCIACION ESCUELA AMERICANA de

acuerdo con los artículos diez, doce y catorce de sus Estatutos, por este

medio CONVOCA a los señores socios para celebrar Junta General

Ordinaria de Socios, la que se llevará a cabo a las diecisiete horas del día

jueves veinte de febrero del año dos mil tres en el Cafetorium de primaria

de la Escuela Americana situado en la Colonia San Benito de esta ciudad.

En dicha Junta se conocerá de los puntos de la siguiente AGENDA:

1. Establecimiento de Quórum.

2. Lectura del acta de la sesión anterior, celebrada el día jueves

ocho de octubre de dos mil dos.

3. Memoria de labores

4. Informe financiero del año fiscal dos mil dos.

5. Aprobación de los estados financieros.

6. Nombramiento del Auditor externo y fijación de sus honora-

rios.

7. Presupuesto 2003-2004.

8. Varios.

9. Cierre de la sesión.

El quórum de asistencia requerido para que pueda instalarse la

Junta General en la hora y día indicados para tratar y resolver los puntos

de la agenda, será de por lo menos el diez por ciento de los socios y las

resoluciones se adoptarán con la mitad más uno de los votos de los socios

presentes.

En caso que no hubiere quórum en la hora indicada, se convoca por

segunda vez a las dieciocho horas del mismo día y en el local señalado,

la cual se considerará legalmente instalada con el número de socios que

asistan y las resoluciones se adoptarán con la mitad más uno de los votos

de los socios presentes.

San Salvador, tres de febrero del año dos mil tres.

ANALIDA SOL DE GUZMAN,

Presidenta de la Junta Directiva.

3 v. alt. No. 2682-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva*107e la Caja de Crédito de Santa Ana, Socie-dad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, encumplimiento a los Artículos 223 y 228 del Código de Comercio vigentey de acuerdo con la Escritura de Constitución, convoca a los Represen-tantes de Acciones y demás socios de la misma, para celebrar JuntaGeneral Ordinaria de Accionistas y Junta General Extraordinaria deAccionistas que se celebrarán a partir de las nueve horas del día veintitrésde febrero del dos mil tres, en el local del HOTEL SAHARA, situado en10ª Avenida Sur y 3ª Calle Poniente de la ciudad de Santa Ana, enPrimera Convocatoria. En caso de no integrarse el Quórum legal corres-pondiente, se establece Segunda Convocatoria para el día dos de marzodel mismo año, a la hora y local antes señalados.

Las Juntas Generales se constituirán con las formalidades queestablece el Pacto Social de la Caja y el Código de Comercio, paraconocer y resolver los puntos que contienen las agendas siguientes:

PUNTOS A TRATAR EN JUNTA GENERAL ORDINARIA DEACCIONISTAS:

1- Elección de los Representantes de Acciones, que hubierenconcluido su período y de los que faltaren por las causas queexpresa el artículo 21 de la Escritura de Constitución de laCaja de Crédito.

2- Integración del Quórum.

3- Presentación y discusión de la Memoria Anual de Labores dela Caja, del Balance General al 31 de diciembre de 2002, delEstado de Pérdidas y Ganancias del 1 de enero al 31 dediciembre de 2002, el informe del Auditor Externo y AuditorFiscal a fin de aprobar o improbar los tres primeros y tomarlas medidas que juzgue oportunas.

4- Aplicación de los Resultados del Ejercicio.

5- Retiro y exclusión de socios de acuerdo a las disposicioneslegales.

6- Presentación del Presupuesto y Plan de Operaciones para el2003.

7. Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal y sus respec-tivos suplentes, y fijación de sus honorarios .

8- Fijación de dietas a los miembros de la Junta Directiva.

9- Elección de miembros de la Junta Directiva.

PUNTOS A TRATAR EN JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIADE ACCIONISTAS:

1- Integración del Quórum.

2- Modificación al Pacto Social, específicamente en lo que serefiere al Incremento del Capital Social Mínimo.

El quórum para resolver los puntos de la agenda se integrará deconformidad a los Artículos 240, 241, 242 y 243 del Código de Comerciovigente.

Santa Ana, quince de enero del dos mil tres.

Arnaldo Quezada Cea,

Presidente.

Prof. Fernando Belisario Aguirre,

Secretario.

Víctor Manuel Marroquín,

Tesorero.

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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Caja de Crédito Rural de El Chilamatal, SociedadCooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable en cum-plimiento a los Artículos 223 y 228 del Código de Comercio vigente y deacuerdo con la Escritura de Constitución, convoca a los Representantesde Acciones y demás socios de la misma, para celebrar Junta GeneralOrdinaria de Accionistas que se celebrará a partir de las nueve horas deldía 23 de febrero del año dos mil tres, en el local de la Caja, en primeraconvocatoria. En caso de no integrarse el quórum legal correspondiente,se hace segunda convocatoria para el día 02 de marzo del año dos mil tres,a la hora y local antes señalados.

La Junta General se constituirá con las formalidades que estableceel Pacto Social de la Caja y el Código de Comercio, para conocer yresolver los puntos que contiene la agenda siguiente.

AGENDA

1. Integración del quórum de Asistencia.

2. Elección de los Representantes de Acciones que hubierenconcluido su período y los que faltaren por las causas queexpresa el Artículo 31 de la Escritura de Constitución de laCaja de Crédito.

3. Integración del quórum legal.

4. Presentación y discusión de la memoria anual de labores dela Caja, del Balance General al 31 de diciembre de 2002, delEstado de Pérdidas y Ganancias del 1o. de enero al 31 dediciembre de 2002, el Informe del Auditor Externo; a fin deaprobar o improbar los tres primeros y tomar las medidas quejuzgue oportunas.

5. Aplicación de los Resultados del Ejercicio.

6. Retiro de Socios de acuerdo a disposiciones legales.

7. Presentación del Presupuesto y Plan de Operaciones para elEjercicio 2003.

8. Elección del Auditor Externo y su receptivo suplente yfijación de sus honorarios.

9. Fijación de dietas a Miembros de la Junta Directiva.

10. Elección de Junta Directiva.

El quórum para resolver los puntos de la agenda se integrará deconformidad a los Artículos 240 y 241 del Código de Comercio.

Ciudad Arce, 17 de enero de 2003.

BRIGIDO FERNANDO JUAREZ,

DIRECTOR PRESIDENTE.

CECILIO ROQUE VELASQUEZ MARTINEZ,

DIRECTOR TESORERO.

MIRIAN LETICIA SILIEZAR DE ARRIAZA,

DIRECTORA SECRETARIA.

3 v. alt. No. 2719-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Caja de Crédito de IZALCO, Sociedad Coope-

rativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en cumplimien-

to a los Artículos 223 y 228 del Código de Comercio vigente y de acuerdo

con la Escritura de Constitución, convoca a los Representantes de

Acciones y demás socios de la misma, para celebrar Junta General

Ordinaria de Accionistas que se celebrará a partir de las catorce horas del

día veintidós de febrero del año dos mil tres, en el local del Auditórium

JOSE DOMINGO MENENDEZ, en primera convocatoria.

En caso de no integrarse el Quórum Legal correspondiente, se hace

segunda convocatoria para el día veintitrés de febrero del año dos mil

tres, a la hora y local antes señalados.-

La Junta General se constituirá con las formalidades que establece

el Pacto Social de la Caja y el Código de Comercio, para conocer y

resolver los puntos que contiene la agenda siguiente:

AGENDA

1- Elección de los representantes de acciones que hubieren

concluido su período y de los que faltaren por causas que

expresa el Artículo 21 de Escritura de Constitución de la Caja,

2- Integración del quórum.

3- Presentación y discusión de la Memoria Anual de Labores de

la Caja; del Balance General, al 31-12-2002, de Estado de

Pérdidas y Ganancias del 1 de enero al 31 de diciembre del

2002; Informe del Auditor Externo y Auditor Fiscal, a fin de

aprobar o improbar los tres primeros y tomar las medidas que

juzguen oportunas.-

4- Aplicación de los resultados

5- Retiro de Socios de acuerdo a las disposiciones legales.-

6- Presentación del Presupuesto y el Plan de Operaciones para

el año 2003.-

7- Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal y sus respec-

tivos suplentes y fijación de sus honorarios.-

8- Fijación de dietas a los miembros de la Junta Directiva

9- Elección de Junta Directiva.

El quórum se integrará en la primera convocatoria con quince de los

veintiocho Representantes de Acciones y en segunda convocatoria con

los Representantes de Acciones que asistan.

Izalco, a los dieciséis días del mes de enero de dos mil tres.

PAULINO FCO. HERRERA,

PRESIDENTE.

MARIO RAFAEL CARIAS,

SECRETARIO.

RUTH N. AGUILAR DE GUZMAN,

TESORERA.

3 v. alt. No. 2724-3

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109DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de "LICEO CENTROAMERICANO, S.A. DE C.V.",

con base en las prescripciones legales vigentes, por este medio convoca

a sus accionistas para celebrar sesión de Junta General Ordinaria de

Accionistas, que se llevará a cabo en el local de las oficinas Administra-

tivas del Nuevo Liceo Centroamericano, situado en la Décima Avenida

Sur número trescientos veintiséis de esta Ciudad, a las nueve horas del

día veintidós de febrero del dos mil tres, en primera convocatoria para

conocer y resolver los puntos contenidos en la siguiente agenda:

1. VERIFICACION DEL QUORUM .

2. LECTURA DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR.

3. MEMORIA DE LABORES DE LA JUNTA DIRECTIVA

DESARROLLADA DURANTE EL AÑO 2002.

4. LECTURA DEL BALANCE GENERAL Y ESTADO DE

PERDIDAS Y GANANCIAS CORRESPONDIENTES AL

EJERCICIO DEL AÑO 2002.

5. INFORME DEL AUDITOR EXTERNO.

6. APLICACION DE LOS RESULTADOS DEL EJERCICIO

DEL AÑO 2002.

7. AUTORIZACION PARA CANCELAR PASIVOS CON

PARTE DE ACTIVOS FIJOS.

8. NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR FISCAL.

9. VARIOS.

Si no hubiere quórum en la fecha y hora señalados se convoca, en

segunda Convocatoria para que se reúna la Junta en el mismo lugar a las

nueve horas del día veinticuatro de febrero del dos mil tres, para tratar los

temas incluidos en la misma Agenda.

El quórum necesario para celebrar sesión será en la primera

Convocatoria la mitad más una de las acciones que tengan derecho a

votar o sea treinta mil una acciones (30,001), en la segunda Convocatoria

con el número de acciones que asistieren.

San Salvador, a los dieciséis días del mes de enero del dos mil tres.

ELBA MERCEDES RAMOS ESCOBAR,

DIRECTOR- SECRETARIO.

3 v. alt. No.2730-3

AVISO

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE

SIGNO PUBLICIDAD, S.A. DE C.V., inscrita en el Registro de Comer-

cio, Número 32, Folios 312 y siguientes, Libro N° 958 de Registro de

Sociedades, San Salvador 23 de julio 1993.

CERTIFICA: que en el libro de actas de Juntas Generales, en el

folio veintiséis y siguientes, aparece el acta número veinte de la sesión

de Junta General Extraordinaria, celebrada en las oficinas de SIGNO

PUBLICIDAD, S.A. DE C.V., a las quince horas del día siete de enero

de dos mil tres. En los PUNTOS DOS Y TRES de dicha acta literalmente

dice; "Luego, el Presidente de debates propuso al pleno el segundo punto

de la Agenda explicando al efecto que según consta en el pacto social o

escritura de constitución, el capital de fundación de la Sociedad fue de

cien mil colones siendo su capital mínimo de veinticinco mil colones y

que actualmente el capital social es de TRESCIENTOS MIL COLO-

NES, representado por tres mil acciones comunes y nominativas total-

mente suscritas y pagadas, con un valor nominal de cien colones cada

una, pero el capital mínimo sigue siendo de veinticinco mil colones. Que

en razón de las reformas al Código de Comercio, que entraron en vigencia

el día primero de abril de dos mil, el capital mínimo de constitución de

las sociedades anónimas debe ser de cien mil colones por lo que se debe

aumentar el capital mínimo de la sociedad. Discutido lo anterior, el pleno

acordó por unanimidad de votos aumentar el capital mínimo de la

sociedad a DOSCIENTOS MIL COLONES. Luego, en el tercer punto se

acordó aumentar el capital de la sociedad en DOSCIENTOS MIL

COLONES LOS CUALES, de acuerdo con el artículo ciento setenta y

dos, inciso segundo, romano tercero del Código de Comercio serán

capitalizados de las utilidades del ejercicio dos mil. Asimismo se acordó

modificar las cláusulas del pacto social necesarias para adecuar el nuevo

monto de capital mínimo que se aprueba; la nómina de accionistas

actuales y su participación social. En consecuencia, a partir de esta fecha,

el capital social girará en QUINIENTOS MIL COLONES, con un capital

mínimo de DOSCIENTOS MIL COLONES, representado y dividido en

quinientas acciones comunes y nominativas con un valor nominal de mil

colones cada una, totalmente suscritas y pagadas por los actuales accio-

nistas en proporción a sus aportes de capital, por lo que corresponden al

Doctor René Velasco Abrego cuatrocientas sesenta acciones y al señor

Oscar Antonio Funes cuarenta acciones. Nómbrase al doctor René

Velasco Abrego, Ejecutor Especial de los acuerdos de la presente Junta

General Extraordinaria de Accionistas, para que comparezca ante Nota-

rio público a otorgar la escritura de aumento de capital en sus partes

mínima y variable y las modificaciones correspondientes, a quien deberá

extendérsele certificación de su nombramiento para que legitime su

personería." Y para los efectos consiguientes, se extiende la presente

certificación a los nueve días del mes de enero de dos mil tres.

OSCAR ANTONIO FUNES ARAUJO,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. 2704-3

AVISO

LA INFRASCRITA Secretaria de la Junta General Extraordinaria de

Accionistas de la Sociedad:

UNION RENT A CAR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, Sociedad Salvadoreña Mercantil, del domicilio de la

ciudad de San Salvador.-

HACE SABER: que en sesión de Junta General Extraordinaria de

Accionistas CELEBRADA EL CINCO DE NOVIEMBRE DEL AÑO

DOS MIL DOS, SE ACORDO por unanimidad Incrementar el Capital

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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Social Mínimo de la Sociedad en la suma de OCHENTA MIL COLO-

NES, POR MEDIO DE COMPENSACION DE CREDITO QUE TIENE

A SU FAVOR Y EN CONTRA DE LA SOCIEDAD LA ACCIONISTA

MERCEDES HAYDEE HENRIQUEZ DE PORTILLO POR OCHEN-

TA MIL COLONES, y en consecuencia el nuevo Capital Social Mínimo

será de CIEN MIL COLONES.-

San Salvador, a los nueve días del mes enero del dos mil tres.-

IVONNE ELIETH PORTILLO HENRIQUEZ.-

SECRETARIO DE LA JUNTA GRAL. EXTRAORDINARIA

3 v. alt. No. 2729-3

AVISO

El infrascrito Secretario de la Junta General Extraordinaria de Accionis-

tas de ELDORADO, S.A. DE C.V.,

Certifica: que en el Libro de Actas de Junta Generales de Accionis-

tas que lleva la sociedad, se encuentra asentada el acta correspondiente

a la sesión celebrada en esta ciudad el día catorce de noviembre de dos

mil dos, la cual en sus puntos extraordinarios textualmente dice así:

PUNTOS EXTRAORDINARIOS.

1. ACUERDO DE DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA

SOCIEDAD.

Se hace del conocimiento de los accionistas la propuesta de

Disolver la Sociedad ELDORADO, S.A. DE C.V, y eventualmente

liquidarla, con base a la causal establecida en el Artículo 187 Numeral IV

del Código de Comercio. Después de discutida y analizada la propuesta

anterior, y tomando en cuenta la situación administrativa y financiera de

la Sociedad, la Junta General Extraordinaria de Accionistas por unanimi-

dad ACUERDA:

DISOLVER la Sociedad ELDORADO, S. A. DE C.V, y eventual-

mente LIQUIDARLA, con base a la causal establecida en el Artículo 187

Numeral IV del Código de Comercio. Por unanimidad de la Junta

General se nombran como Liquidadores de la Sociedad a los señores

Rigoberto Girón y Girón y Juan Miguel Ramírez, quienes tendrán un

plazo de dos años, contados a partir de la Disolución de la Sociedad, para

finiquitar el proceso de liquidación respectivo. Los liquidadores ante-

riormente nombrados asumirán la administración y representación de la

Sociedad, una vez se haya disuelto la Sociedad conforme a la ley.

2. NOMBRAMIENTO DE EJECUTOR ESPECIAL. Por unani-

midad de la Junta General Extraordinaria de Accionistas, se nombra a

SIGFREDO ERNESTO VALLE COURTADE, para que siga todos los

procedimientos tendientes a la disolución de la Sociedad, quedando

expresamente facultado para suscribir la escritura pública de disolución

y cualquier documento a que hubiere lugar.

3. NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR FISCAL. Por unanimi-dad de los accionistas se nombra como Auditor Fiscal a la firma LópezSalgado, S.A. de C.V., para el procedimiento de disolución y liquidaciónde la Sociedad y se delega a la administración superior para fijar sushonorarios por la labor de auditoría que se le encomienda.""""

Es conforme con su original con el cual se confrontó, y para los usosque se estimen convenientes, extiendo, firmo y sello la presente en SanSalvador, a los seis días del mes de enero de dos mil tres.

OSCAR MAURICIO HURTADO SALDAÑA,

Secretario de la Junta General Extraordinaria de Accionistas.

ELDORADO, S.A. de C.V.

3 v. alt. No. 2731-3

CONVOCATORIA A JUNTAS GENERALES

ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS

La Junta Directiva de Central de Depósito de Valores, S.A. de C. V.,CONVOCA a sus accionistas a Juntas Generales Ordinaria y Extraordi-naria de Accionistas, para conocer asuntos de carácter ordinario yextraordinario, a celebrarse en las oficinas de Central de Depósito deValores, S.A. de C. V. ubicadas en Boulevard Merliot y Avenida LasCarretas, Urbanización Jardines de la Hacienda, Antiguo Cuscatlán,Departamento de La Libertad el día miércoles 19 de febrero de 2003, delas 17:00 horas en adelante, en primera convocatoria.

Junta General Ordinaria. E l quórum para celebrar esta Junta GeneralOrdinaria, en primera convocatoria, será la mitad más una del total deacciones presentes o legalmente representadas; y las resoluciones seránválidas al ser tomadas por la mayoría de votos presentes o representados.

La agenda para esta Junta será la siguiente:

1. Lectura del acta anterior;

2. Presentación de la Memoria de Labores de la Junta Directivacorrespondiente al año 2002;

3. Presentación de los Estados Financieros al 31 de diciembrede 2002;

4. Informe del Auditor Externo,;

5. Nombramiento de Auditor Externo y fijación de emolumen-tos y designación de Suplente;

6. Nombramiento de Auditor Fiscal y fijación de emolumentosy designación de Suplente;

7. Aplicación y Distribución de Utilidades;

8. Varios.

Junta General Extraordinaria. El quórum para celebrar esta JuntaGeneral Extraordinaria, en primera convocatoria, será las tres cuartaspartes (3/4) del total de acciones presentes o legalmente representadas;y las resoluciones serán válidas al ser tomadas por ese número deacciones.

La agenda para esta Junta será la siguiente:

1- Aumento de capital social por capitalización de utilidades yllamamiento de capital y fijación de nuevo capital mínimo;

2- Modificación del pacto social; y

3- Nombramiento de Ejecutores Especiales.

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111DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

Segunda Convocatoria. En caso de no existir el quórum indicado para

celebrar las Juntas Generales Ordinaria y Extraordinaria, se invita a los

accionistas para celebrarlas en segunda convocatoria, el día siguiente

jueves 20 de febrero de 2003, de las 17:00 horas en adelante, en las

oficinas de Central de Depósito de Valores, S.A. de C.V. ubicadas en

Boulevard Merliot y Avenida Las Carretas, Urbanización Jardines de la

Hacienda, Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad. Quórum.La Junta General Ordinaria se llevará a cabo cualquiera que sea el

número de acciones presentes y representadas y las resoluciones serán

válidas por mayoría de los votos presentes. La Junta General Extraordi-

naria se llevará a cabo sólo si se encuentran la mitad más una del total de

acciones presentes o legalmente representadas, y las resoluciones serán

válidas al ser tomadas por las tres cuartas (3/4) partes de las acciones

presentes y representadas.

San Salvador, 22 de enero de dos mil tres.

MARIANO NOVOA FLORES,

Presidente -Representante Legal.

3 v. alt. No. 3228-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de SCOTIABANK EL SALVADOR, SOCIEDAD

ANONIMA, de este domicilio, por este medio CONVOCA a sus

accionistas para que concurran a la Junta General Ordinaria y Extraordi-

naria de Accionistas, que se celebrará a partir de las ocho horas del día

jueves 20 de febrero del año dos mil tres, y se llevará a cabo en el salón

de Junta Directiva de las oficinas principales de la Sociedad, situadas en

Torre Scotiabank, Avenida Olímpica, número 129, San Salvador.

La Agenda de la Junta General será la siguiente:

ASUNTOS ORDINARIOS

1. Establecimiento de Quórum.

2. Lectura y Aprobación del Acta de la Sesión anterior.

3. Presentación de la Memoria de Labores de la Junta Directiva.

4. Presentación de los Estados Financieros de la Sociedad,

correspondientes al ejercicio económico del año 2002.

5. Presentación del Informe del Auditor Externo.

6. Aprobación de la Memoria de Labores y Estados Financieros

de la Sociedad, correspondiente al ejercicio económico del

año 2002.

7. Nombramiento del Auditor Externo, su suplente y fijación

de los emolumentos del primero.

8. Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de sus emolu-

mentos.

9. Destino de las Utilidades.

10. Elección de la Junta Directiva.

11. Varios. Cualquier otro asunto que pueda ser legalmente

tratado.

ASUNTOS EXTRAORDINARIOS

1. Aumento de Capital.

2. Modificación del Pacto Social de la Sociedad.

3. Autorización para incorporar en un solo texto los Estatutos

vigentes y la modificación al Pacto Social.

4. Designación de Ejecutores Especiales.

La Junta General se considerará legalmente instalada al encontrarse

presentes y representados los porcentajes legales de las TRES MILLO-

NES SETECIENTAS CINCUENTA MIL ACCIONES (3,750,000) que

conforman el capital social así:

Para la primera convocatoria a Junta General Ordinaria, con la asistencia

y representación de UN MILLON OCHOCIENTAS SETENTA Y

CINCO MIL UNA ACCIONES (1,875,001), que son la mitad más una

de las acciones que conforman el capital social y las resoluciones se

tomarán por mayoría.

Para la primera convocatoria a Junta General Extraordinaria, con la

asistencia y representación de DOS MILLONES OCHOCIENTAS

DOCE MIL QUINIENTAS ACCIONES (2,812,500), que son tres

cuartas partes de las acciones que conforman el capital social y las

resoluciones se tomarán por igual proporción.

Si no hubiere quórum para realizar las respectivas sesiones en primera

convocatoria, por ésta misma se convoca a los accionistas para celebrar

la Junta General Ordinaria y Extraordinaria, según corresponda, en

segunda convocatoria, a las ocho horas del día viernes veintiuno de

febrero del año dos mil tres, en el mismo lugar señalado para la primera

convocatoria.

Para la segunda convocatoria de Junta General Ordinaria, el quórum se

constituirá con la asistencia y representación de las acciones presentes y

las resoluciones se tomarán con el voto de la mayoría de los votos

presentes.

Para la segunda convocatoria de Junta General Extraordinaria, el quórum

se constituirá con la asistencia y representación de la mitad más uno de

las acciones y las resoluciones se tomarán con el voto de las tres cuartas

partes de las acciones presentes.

San Salvador, veintitrés de enero de 2003.

LUIS TOMAS IVANDIC,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 3420-3

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.,

Comunica que a sus oficinas se ha presentado el propietario del

certificado de depósitos a plazo No. 180002342 emitido en Suc. Boule-

vard el 08 de enero de 1999, por valor original de ¢ 5,000.00 a un plazo

de 360 días, el cual devenga el 2.75% de interés solicitando la reposición

de dicho certificado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento del

público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días

después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá

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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

a reponer el certificado en referencia.

San Salvador, a los catorce días del mes de enero de dos mil tres.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. 2664-3

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.,

Comunica que a sus oficinas se ha presentado el propietario del

certificado de depósitos a plazo No. 30601133522 (289345) emitido en

Suc. Metapán el 10 de diciembre de 2001, por valor original de $ 4,571.43

a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 4% de interés solicitando la

reposición de dicho certificado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento del

público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días

después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá

a reponer el certificado en referencia.

San Salvador, a los catorce días del mes de enero de dos mil tres.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. 2665-3

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.,

Comunica que a sus oficinas se ha presentado el propietario del

certificado de depósitos a plazo No. 11601114069 (339950) emitido en

Suc. Usulután el 08 de noviembre de 2002, por valor original de

¢5,714.29 a un plazo de 2 meses, el cual devenga el 3.35% de interés

solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento del

público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días

después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá

a reponer el certificado en referencia.

San Salvador, a los catorce días del mes de enero de dos mil tres.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. 2666-3

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.,

Comunica que a sus oficinas se ha presentado el propietario del

certificado de depósitos a plazo No. 10855796 (85579) emitido en Suc.

Centro el 03 de noviembre de 1995, por valor original de ¢ 46,000.00 a

un plazo de 90 días, el cual devenga el 12.75% de interés solicitando la

reposición de dicho certificado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento del

público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días

después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá

a reponer el certificado en referencia.

San Salvador, a los catorce días del mes de enero de dos mil tres.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. 2667-3

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.,

Comunica que a sus oficinas se ha presentado el propietario del

certificado de depósitos a plazo No. 6601080969 (320364) emitido en

Suc. Santa Ana el 09 de julio de 2002, por valor original de $ 1,290.00

a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 2.75% de interés solicitando la

reposición de dicho certificado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento del

público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días

después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá

a reponer el certificado en referencia.

San Salvador, a los catorce días del mes de enero de dos mil tres.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. 2668-3

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.,

Comunica que a sus oficinas se ha presentado el propietario del

certificado de depósitos a plazo No. 14601194189 (333507) emitido en

Suc. San Francisco Gotera el 09 de septiembre de 2002, por valor original

de $ 1,028.57 a un plazo de 1 mes, el cual devenga el 2.25% de interés

solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento del

público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días

después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá

a reponer el certificado en referencia.

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113DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

San Salvador, a los catorce días del mes de enero de dos mil tres.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. 2669-3

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.,

Comunica que a sus oficinas se ha presentado el propietario del

certificado de depósitos a plazo No. 70601012752 (79560) emitido en

Suc. Santa Tecla 2 el 16 de febrero de 2000, por valor original de

¢30,000.00 a un plazo de 90 días, el cual devenga el 8% de interés

solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento del

público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días

después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá

a reponer el certificado en referencia.

San Salvador, a los catorce días del mes de enero de dos mil tres.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. 2670-3

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.,

Comunica que a sus oficinas se ha presentado el propietario del

certificado de depósitos a plazo No. 110014603 (01460) emitido en Suc.

Usulután el 21 de julio de 1993, por valor original de ¢ 3,500.00 a un

plazo de 120 días, el cual devenga el 14.75% de interés solicitando la

reposición de dicho certificado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento del

público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días

después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá

a reponer el certificado en referencia.

San Salvador, a los catorce días del mes de enero de dos mil tres.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. 2671-3

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.,

Comunica que a sus oficinas se ha presentado el propietario del

certificado de depósitos a plazo No. 18601039594 (171920) emitido en

Suc. Boulevard el 07 de marzo de 2002, por valor original de $ 21,500.00

a un plazo de 1 año, el cual devenga el 3.75% de interés solicitando la

reposición de dicho certificado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento del

público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días

después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá

a reponer el certificado en referencia.

San Salvador, a los catorce días del mes de enero de dos mil tres.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. 2671-Bis-3

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.,

Comunica que a sus oficinas se ha presentado el propietario del

certificado de depósitos a plazo No. 39601028069 (226687) emitido en

Suc. Metrocentro San Miguel el 03 de julio de 2001, por valor original

de $ 11,771.43 a un plazo de 3 meses, el cual devenga el 5% de interés

solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento del

público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días

después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá

a reponer el certificado en referencia.

San Salvador, a los catorce días del mes de enero de dos mil tres.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. 2672-3

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.,

Comunica que a sus oficinas se ha presentado el propietario del

certificado de depósitos a plazo No. 20601132129 (297486) emitido en

Suc. Santa Rosa de Lima el 11 de febrero de 2002, por valor original de

$ 902.34 a un plazo de 1 mes, el cual devenga el 3% de interés solicitando

la reposición de dicho certificado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento del

público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días

después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá

a reponer el certificado en referencia.

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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

San Salvador, a los catorce días del mes de enero de dos mil tres.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. 2673-3

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.,

Comunica que a sus oficinas se ha presentado el propietario del

certificado de depósitos a plazo No. 39601031469 (287036) emitido en

Suc. Metrocentro San Miguel el 29 de octubre de 2001, por valor original

de $ 1,714.29 a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 4.25% de interés

solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento del

público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días

después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá

a reponer el certificado en referencia.

San Salvador, a los catorce días del mes de enero de dos mil tres.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. 2675-3

A V I S O

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.,

COMUNICA: que a sus oficinas se ha presentado el propietario del

certificado de depósitos a plazo No. 39601027917 (226671) emitido en

Suc. Metrocentro San Miguel el 28 de junio de 2001, por valor original

de $17,257.14 a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 5.75% de interés,

solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del

público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días

después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá

a reponer el certificado en referencia.

San Salvador, a los catorce días del mes de enero de dos mil tres.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. 2676-3

A V I S O

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.,

COMUNICA: que a sus oficinas se ha presentado el propietario del

certificado de depósitos a plazo No. 32601025410 (332630) emitido en

Suc. Aguilares el 11 de julio de 2002, por valor original de $6,214.29 a

un plazo de 3 meses, el cual devenga el 2.37% de interés solicitando la

reposición de dicho certificado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del

público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días

después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá

a reponer el certificado en referencia.

San Salvador, a los catorce días del mes de enero de dos mil tres.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. 2677-3

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.,

COMUNICA: que a sus oficinas se ha presentado el girador del

cheque certificado No. 9109708 emitido en la Suc. Santa Tecla el 25 de

septiembre de 2001, por valor $662.23 solicitando la reposición de dicho

cheque por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del

público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días

después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá

a reponer el cheque en referencia.

San Salvador, a los catorce días del mes de enero de dos mil tres.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. 2678-3

Clase: 05. Exp.: 2001015605

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado VICTOR

MANUEL IRAHETA ALVAREZ, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de ALTIAN PHARMA GRUPPE DE CENTROAMERI-

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115DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003.

CA, S.A., de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el Registro

de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA:

CIPRENITConsistente en: la expresión "CIPRENIT" cual se encuentra escrita

en letras mayúsculas unidas, todas de la misma dimensión.

La solicitud fue presentada el veintinueve de junio del año dos mil

uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, veintiocho de octubre del año dos mil dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 2697-3

Clase: 30. Exp.: 2002029222

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE MERCE-

DES MURCIA COLOCHO, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su

calidad de PROPIETARIO, solicitando el Registro de la MARCA DE

FABRICA:

Consistente en: la palabra EL ESFUERZO y diseño.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de noviembre del año

dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, diecinueve de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 2705-3

Clase:25 Exp.: 2001019853

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ROSA MARGA-

RITA MARTINEZ DE PINEDA, en su calidad de APODERADO GENE-

RAL JUDICIAL de A.T.C. INTERNATIONAL DE CENTROAMERICA,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ATC

INTERNATIONAL DE CENTROAMERICA, S.A., de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, solicitando el Registro de la MARCA DE FABRICA Y DE

COMERCIO:

Consistente en: la palabra "Trópico" escrita en letra de carta,

rellena, color negro, la letra "T" en mayúscula y las restantes letras en

minúsculas, acentuada la primera letra "ó"

La solicitud fue presentada el día veintitrés de noviembre del año

dos mil uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, doce de noviembre del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 2723-3

Clase: 98. Exp.: 2002021293

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE MA-

NUEL ARCHILA, en su calidad de APODERADO de ENRIQUE

ALVAREZ, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que

se abrevia: ENRIQUE ALVAREZ, S.A. DE C.V., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el Registro del NOMBRE COMER-

CIAL:

MIRANDA

Consistente en: la palabra "MIRANDA" escrita en letras de molde

mayúsculas.

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Page 116: DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003 ... · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Enero de 2003. 3 ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACIÓN NUMERO DIECIOCHO. En

116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

La solicitud fue presentada el día veintiuno de enero del año dos mil

dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, trece de noviembre del año dos mil dos.

Lic. JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 2742-3

Clase: 05. Exp.: 2002026690

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE MA-

NUEL ARCHILA, en su calidad de APODERADO de R.A.V., SOCIE-

DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: R.A.V.,

S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el

Registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

RAVDOL

Consistente en: la palabra RAVDOL escrita en letras de molde

mayúsculas.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de julio del año dos mil

dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, veintidós de octubre del año dos mil dos.

Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA,

REGISTRADORA.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 2743-3

SECCION DOCUMENTOS OFICIALESMINISTERIO DE EDUCACIÓN

RESOLUCION 827/2002.

Unidad de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil dos.

Vista la documentación recibida de la Dirección de Acreditación de la Dirección Nacional de Gestión Educativa de este Ministerio, la cual traslada

a esta Asesoría para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la Reposición del Título de Bachiller Académico, obtenido en el Centro

Educativo, INSTITUTO NACIONAL "GENERAL FRANCISCO MENENDEZ" de la Ciudad de San Salvador, extendido con fecha 12 de diciembre

de 1988. Habiendo sido revisada y verificada la documentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir la presente Resolución, POR

TANTO, con base al Acuerdo N° 15-0187, emitido por el Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el diecisiete de

enero del año dos mil, SE RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, Opción Matemática Física a DENNIS LIA ESTHER MAYEN

GAMERO. PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. NOTIFIQUESE.-

Lic. MARIO ANTONIO REYES RIVERA,

JEFE DE UNIDAD DE ASESORIA JURIDICA.

(Mandamiento de Ingreso No. 3909).

Imprenta Nacional - Tiraje 800 Ejemplares.

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