derecho como ciencia version corregida y aumentada

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UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL ESCUELA DE POST-GRADO ESCUELA DE POST-GRADO DERECHO CIVIL Y COMERCIAL DERECHO CIVIL Y COMERCIAL INTEGRANTES INTEGRANTES : : GODINES SALVADOR LUIS ANIBAL GODINES SALVADOR LUIS ANIBAL GUTIERREZ ROJAS JORGE GILBERTO GUTIERREZ ROJAS JORGE GILBERTO ORIHUELA MARCELO JOSUE DANIEL ORIHUELA MARCELO JOSUE DANIEL POMA VICENTE MARILUZ POMA VICENTE MARILUZ RUIZ CALLE EDILBERTO RUIZ CALLE EDILBERTO CURSO CURSO : : INVESTIGACION I INVESTIGACION I CATEDRATICO CATEDRATICO : : DURGA EDELMIRA RAMIREZ MIRANDA DURGA EDELMIRA RAMIREZ MIRANDA CICLO CICLO : PRIMERO PRIMERO AULA AULA : B4-3 B4-3 1 1

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ELDERECHO COMO CIENCIA,METODOS DEL DERECHO OBJETO DE ESTUDIO DEL DERECHO PERUANO

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Page 1: Derecho Como Ciencia Version Corregida y Aumentada

UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREALUNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL

ESCUELA DE POST-GRADOESCUELA DE POST-GRADO

DERECHO CIVIL Y COMERCIALDERECHO CIVIL Y COMERCIAL

INTEGRANTESINTEGRANTES : : GODINES SALVADOR LUIS ANIBALGODINES SALVADOR LUIS ANIBAL

GUTIERREZ ROJAS JORGE GILBERTOGUTIERREZ ROJAS JORGE GILBERTO

ORIHUELA MARCELO JOSUE DANIELORIHUELA MARCELO JOSUE DANIEL

POMA VICENTE MARILUZPOMA VICENTE MARILUZ

RUIZ CALLE EDILBERTORUIZ CALLE EDILBERTO

CURSOCURSO : : INVESTIGACION IINVESTIGACION I

CATEDRATICOCATEDRATICO : : DURGA EDELMIRA RAMIREZ MIRANDADURGA EDELMIRA RAMIREZ MIRANDA

CICLOCICLO :: PRIMEROPRIMERO

AULAAULA :: B4-3B4-3

20092009

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INDICE

1. PRESENTACION1. PRESENTACION

2. EL DERECHO COMO CIENCIA2. EL DERECHO COMO CIENCIA

3. ¿POR QUÉ EL DERECHO ES CIENCIA Y ARTE?3. ¿POR QUÉ EL DERECHO ES CIENCIA Y ARTE?

4. ¿QUÉ ES DERECHO?4. ¿QUÉ ES DERECHO?

5. ¿QUÉ ES LA CIENCIA?5. ¿QUÉ ES LA CIENCIA?

6. LA DOGMÁTICA JURÍDICA6. LA DOGMÁTICA JURÍDICA

7. IMPORTANCIA DE LA INVESTIGACIÓN CIENTIFICA PARA EL ABOGADO7. IMPORTANCIA DE LA INVESTIGACIÓN CIENTIFICA PARA EL ABOGADO 7.1. ¿Qué investiga? 7.1. ¿Qué investiga?

8. INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA EN EL CAMPO DEL8. INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA EN EL CAMPO DEL   DERECHO DERECHO

9. EL OBJETIVO DEL DERECHO9. EL OBJETIVO DEL DERECHO

10. EL METODO DEL DERECHO10. EL METODO DEL DERECHO

10.1. Consideraciones al respecto10.1. Consideraciones al respecto

10.2. Importancia del Método10.2. Importancia del Método

10.3. Clases de métodos utilizados por el derecho10.3. Clases de métodos utilizados por el derecho

10.3.1. Método de enseñanza del derecho: Inductivo y deductivo 10.3.1. Método de enseñanza del derecho: Inductivo y deductivo

10.3.2. Métodos de Interpretación de la norma10.3.2. Métodos de Interpretación de la norma

10.3.3. EXPERIMENTACIÓN COMO MÉTODO CIENTÍFICO10.3.3. EXPERIMENTACIÓN COMO MÉTODO CIENTÍFICO

10.3.4.OTROS METODOS DEL DERECHO10.3.4.OTROS METODOS DEL DERECHO

11. OBJETO DE ESTUDIO DEL DERECHO11. OBJETO DE ESTUDIO DEL DERECHO

11.1. Concepción Triádica del derecho11.1. Concepción Triádica del derecho

12. OTROS ENFOQUES PARA EL OBJETO DE ESTUDIO12. OTROS ENFOQUES PARA EL OBJETO DE ESTUDIO

13. OBJETO DE ESTUDIO DEL DERECHO CIVIL Y COMERCIAL13. OBJETO DE ESTUDIO DEL DERECHO CIVIL Y COMERCIAL

13.1. MATERIAS CONSTITUTIVAS DEL DOMINIO DE APLICACIÓN DEL DERECHO13.1. MATERIAS CONSTITUTIVAS DEL DOMINIO DE APLICACIÓN DEL DERECHO CIVILCIVIL

13.2. MATERIAS CONSTITUTIVAS DEL DOMINIO DE APLICACIÓN DEL DERECHO13.2. MATERIAS CONSTITUTIVAS DEL DOMINIO DE APLICACIÓN DEL DERECHO COMERCIALCOMERCIAL

14. CONCLUSIONES14. CONCLUSIONES

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EL DERECHO COMO CIENCIA

1. PRESENTACION.-1. PRESENTACION.-

En el presente tema sobre el derecho como ciencia, se consideraEn el presente tema sobre el derecho como ciencia, se considera   importante la importante la

realización de ésterealización de éste   por su trascendencia en el campo de la vida en sociedad. De acuerdo por su trascendencia en el campo de la vida en sociedad. De acuerdo

con la investigación hecha aprenderemos que escon la investigación hecha aprenderemos que es  ciencia y que es el derecho como tal,ciencia y que es el derecho como tal,

cuales son los Juristas que consideran al derecho como una simple disciplina, así tambiéncuales son los Juristas que consideran al derecho como una simple disciplina, así también

muchos autores la definen como una ciencia.muchos autores la definen como una ciencia.

2. EL DERECHO COMO CIENCIA.-2. EL DERECHO COMO CIENCIA.-

El derecho se define como ciencia, porque constituye un conjunto deEl derecho se define como ciencia, porque constituye un conjunto de

conocimientos ordenados, sistematizados, de carácter racional de los hechos oconocimientos ordenados, sistematizados, de carácter racional de los hechos o

fenómenos sociales que tienen implicancias jurídicas o de las operaciones generales porfenómenos sociales que tienen implicancias jurídicas o de las operaciones generales por

esos mismos hechos los cuales constituyen sus objetos o campos de estudio, a demás seesos mismos hechos los cuales constituyen sus objetos o campos de estudio, a demás se

rigen por principios.rigen por principios.

La generalidad de las leyes científicas, se argumenta, no admite excepciones niLa generalidad de las leyes científicas, se argumenta, no admite excepciones ni

casos anormales. Otra cosa con el derecho, se ocupa o no precisamente de lacasos anormales. Otra cosa con el derecho, se ocupa o no precisamente de la

generalidad, sino de todos aquellos hechos que significan la violación o trasgresióngeneralidad, sino de todos aquellos hechos que significan la violación o trasgresión

de normas que cuya existencia, además está sujeta a la voluntad humanade normas que cuya existencia, además está sujeta a la voluntad humana..

Entonces estamos en condiciones de afirmar, que el derecho es una ciencia de carácterEntonces estamos en condiciones de afirmar, que el derecho es una ciencia de carácter

fáctica, cultural, y constituye un conjunto de conocimientos ordenados y sistematizados.fáctica, cultural, y constituye un conjunto de conocimientos ordenados y sistematizados.

3. ¿POR QUÉ EL DERECHO ES CIENCIA Y ARTE?-3. ¿POR QUÉ EL DERECHO ES CIENCIA Y ARTE?-

Para esta pregunta existe unaPara esta pregunta existe una   respuesta muy clara, respuesta muy clara,   con respecto a la con respecto a la

pregunta si el Derecho es cienciapregunta si el Derecho es ciencia   lo trataremos más adelante, pero la lo trataremos más adelante, pero la

preguntapregunta   acerca de que, si el Derecho es arte; las leyes que crean al Derecho provienen acerca de que, si el Derecho es arte; las leyes que crean al Derecho provienen

de diversas fuentes, como son: el derecho natural, la costumbre, etc., cuando estas leyesde diversas fuentes, como son: el derecho natural, la costumbre, etc., cuando estas leyes  

son positivisadasson positivisadas   o plasmadas en un texto. o plasmadas en un texto.

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La ciencia revela lo dado, es decir lo que es; cuando el derechoLa ciencia revela lo dado, es decir lo que es; cuando el derecho   viene hacer arte, porque viene hacer arte, porque

al plasmar estas leyes en un código se hace Arte, porque crea lo construido; es deciral plasmar estas leyes en un código se hace Arte, porque crea lo construido; es decir

aquello que descubre la aspiración hacia un idealaquello que descubre la aspiración hacia un ideal11..

Los Positivistas, materialistas, cientifistas, solo creen en los hechos entonces ellosLos Positivistas, materialistas, cientifistas, solo creen en los hechos entonces ellos

consideran al Derecho como ciencia que estudia lo dado, como un sistema deconsideran al Derecho como ciencia que estudia lo dado, como un sistema de

investigar las reglas que gobiernan y han gobernado los hombres. La cienciainvestigar las reglas que gobiernan y han gobernado los hombres. La ciencia

tratara de descubrir las reglas en el futuro de acuerdo a las reacciones, condicionestratara de descubrir las reglas en el futuro de acuerdo a las reacciones, condiciones

y necesidades del hombre.y necesidades del hombre.

Los Subjetivistas o idealistas afirman que el derecho es un Arte ya que, para ellosLos Subjetivistas o idealistas afirman que el derecho es un Arte ya que, para ellos

el derecho es resultante del esfuerzo humano hacia el ideal que es la justicia.el derecho es resultante del esfuerzo humano hacia el ideal que es la justicia.

Esto conllevara a muchas interrogantes y contradicciones departe de muchos juristas queEsto conllevara a muchas interrogantes y contradicciones departe de muchos juristas que

por un lado opinan que el derecho no es una ciencia por que se encuentran en constantespor un lado opinan que el derecho no es una ciencia por que se encuentran en constantes

cambios,cambios,   como así también existen otros juristas que definen al derecho como una como así también existen otros juristas que definen al derecho como una

ciencia, como ya dije antes de comenzar analizar al derecho como ciencia, debemosciencia, como ya dije antes de comenzar analizar al derecho como ciencia, debemos

hacer las siguientes preguntas: "En este capítulo se presentan una frase el Derecho comohacer las siguientes preguntas: "En este capítulo se presentan una frase el Derecho como

Ciencia", de estoCiencia", de esto   tenemos dos tenemos dos   palabras que deben ser definidas claramente primero palabras que deben ser definidas claramente primero

preguntarnos ¿Que es Derecho?preguntarnos ¿Que es Derecho?   Y después ¿Qué es ciencia?. Y después ¿Qué es ciencia?.

4. ¿QUÉ ES DERECHO?-4. ¿QUÉ ES DERECHO?-

Existen diversos puntos de vistaExisten diversos puntos de vista     para definir al Derecho las cuales son en sentido para definir al Derecho las cuales son en sentido

objetivo, subjetivo,objetivo, subjetivo,   doctrinario los tres puntos de vista antes mencionados son las que yo doctrinario los tres puntos de vista antes mencionados son las que yo

particularmente conozco, pues en sentido Objetivo,particularmente conozco, pues en sentido Objetivo,     el derecho es un conjunto de normas el derecho es un conjunto de normas

que van regular la conducta de una persona dentro de una sociedad, estableciendoque van regular la conducta de una persona dentro de una sociedad, estableciendo

obligaciones, deberes que van asegurar elobligaciones, deberes que van asegurar el   orden social. En sentido Subjetivo, orden social. En sentido Subjetivo,   el el

DerechoDerecho   es la facultad que tiene es la facultad que tiene   las personas o el pueblo para que hagan reconocer sus las personas o el pueblo para que hagan reconocer sus

Derechos. En sentido Doctrinario,Derechos. En sentido Doctrinario,     en este sentido se tratará en todo este trabajo ya que en este sentido se tratará en todo este trabajo ya que

de este punto de vista al derecho se le reconoce como ciencia, he aquí el problema quede este punto de vista al derecho se le reconoce como ciencia, he aquí el problema que

ha traído controversias durante muchos años.ha traído controversias durante muchos años.

11 Lecciones del Derecho Civil, Henri y León Mazeaud, Ediciones Jurídicas Europea- América, 1959. Lecciones del Derecho Civil, Henri y León Mazeaud, Ediciones Jurídicas Europea- América, 1959.

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"En conclusión el derecho es un conjunto de principios que van ha regular la conducta"En conclusión el derecho es un conjunto de principios que van ha regular la conducta

humana, pero que también las mismas reglas seránhumana, pero que también las mismas reglas serán   modificados por la misma sociedad, modificados por la misma sociedad,

de acuerdo a las necesidades que se presentan". de acuerdo a las necesidades que se presentan".

5. ¿QUÉ ES LA CIENCIA?-5. ¿QUÉ ES LA CIENCIA?-

La ciencia es la estructura ordenada y sistemática de conocimientos.La ciencia es la estructura ordenada y sistemática de conocimientos.

Es un método de acercamiento al mundo susceptible de ser sometido a experiencias porEs un método de acercamiento al mundo susceptible de ser sometido a experiencias por

el hombre.el hombre.

Podemos definir a la ciencia, desde un punto de vista totalizado, como un sistemaPodemos definir a la ciencia, desde un punto de vista totalizado, como un sistema

acumulativo, metódico y provisional de conocimientos comportable, producto deacumulativo, metódico y provisional de conocimientos comportable, producto de

una investigación científica y concerniente a una determinada área de objetos yuna investigación científica y concerniente a una determinada área de objetos y

fenómenos.fenómenos.

Mario Bunge dice: ''La ciencia puede caracterizarse como un conocimiento racional,Mario Bunge dice: ''La ciencia puede caracterizarse como un conocimiento racional,

sistemático, exacto, verificable y por consiguiente falible''. Mario Bunge en su metodologíasistemático, exacto, verificable y por consiguiente falible''. Mario Bunge en su metodología

de la investigación divide a la ciencia en dos ramas: lasde la investigación divide a la ciencia en dos ramas: las   primeras en las formales dentro primeras en las formales dentro

de ellas se encuentran las matemáticas,de ellas se encuentran las matemáticas,   álgebra, etc., y las ciencias Fácticas álgebra, etc., y las ciencias Fácticas   que son las que son las

ciencias empíricas como son las química, psicología, la sociología y dentro de laciencias empíricas como son las química, psicología, la sociología y dentro de la

sociología podemos ubicar a las ciencias jurídicas.sociología podemos ubicar a las ciencias jurídicas.

La Ciencia.La Ciencia.22

RACIONAL: Porque esta constituida.RACIONAL: Porque esta constituida.

Conceptos.Conceptos.         -Juicios. -Juicios.

-Raciocinio.-Raciocinio.

SISTEMATICO: Sistema de ideas conectadas lógicamente entre sí, a lo cual se conoceSISTEMATICO: Sistema de ideas conectadas lógicamente entre sí, a lo cual se conoce

también con el nombre de teoría.también con el nombre de teoría.

EXACTO: Porque es clara y precisa. Procura ser fiel reflejo de los objetos a los que estaEXACTO: Porque es clara y precisa. Procura ser fiel reflejo de los objetos a los que esta

referido.referido.

22 El Derecho como técnica social de control y reforma; Mario Bunge; Editorial USMP, 1996. El Derecho como técnica social de control y reforma; Mario Bunge; Editorial USMP, 1996.

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VERIFICABLE: Porque puede ser comprobado por medio de la experiencia.VERIFICABLE: Porque puede ser comprobado por medio de la experiencia.

FALIBLE: Porque sus proposiciones son parciales o definitivas, consiguientemente noFALIBLE: Porque sus proposiciones son parciales o definitivas, consiguientemente no

conducen a verdades finales o últimas.conducen a verdades finales o últimas.

PARA LLEGAR A UN PUNTO CIENTIFICOPARA LLEGAR A UN PUNTO CIENTIFICO

Y son:Y son:

OBJETO: Son entes ideales, o sea sólo existente en la mente humanaOBJETO: Son entes ideales, o sea sólo existente en la mente humana

METODO: Deducción o proceso que permite establecer la verdad particular, o lo menosMETODO: Deducción o proceso que permite establecer la verdad particular, o lo menos

general, a partir de unageneral, a partir de una   verdad más general o universal ya conocida. verdad más general o universal ya conocida.

GOODE Y HATT: Nos presentan dos grupos:GOODE Y HATT: Nos presentan dos grupos:

CIENCIAS PURAS: Buscan incrementar nuestros conocimientos: Psicológica, Física,CIENCIAS PURAS: Buscan incrementar nuestros conocimientos: Psicológica, Física,

geografía.geografía.

CIENCIAS APLICADAS: Utilizan los conocimientos y métodos deCIENCIAS APLICADAS: Utilizan los conocimientos y métodos de   la ciencia con la ciencia con

propósitos esencialmente Prácticas y de control de la realidad.propósitos esencialmente Prácticas y de control de la realidad.

6. LA DOGMÁTICA JURÍDICA.-6. LA DOGMÁTICA JURÍDICA.-

La denominación Ciencia del Derecho se emplea en tres sentidos: paraLa denominación Ciencia del Derecho se emplea en tres sentidos: para

designar a todas lasdesignar a todas las   disciplinas jurídicas; para referirse solo a estudios disciplinas jurídicas; para referirse solo a estudios

científicos sobre elcientíficos sobre el   derecho, excluyendo aquellos que tiene carácter derecho, excluyendo aquellos que tiene carácter

filosófico, o únicamente dogmática jurídica. El nombre de dogmática jurídica apareció enfilosófico, o únicamente dogmática jurídica. El nombre de dogmática jurídica apareció en

1857 en la revista fundada por el alemán "Ihering Fur Dogmatikdes huetigen romidchen",1857 en la revista fundada por el alemán "Ihering Fur Dogmatikdes huetigen romidchen",  

asignados normas de valor infalible de los dogmas del cristianismo.asignados normas de valor infalible de los dogmas del cristianismo.

En suEn su   primera acepción ciencia del derecho abarca todo el saber jurídico; en su segundo primera acepción ciencia del derecho abarca todo el saber jurídico; en su segundo

sentido, todas las ciencias jurídicas propiamente tales, en el tercero el estudio del derechosentido, todas las ciencias jurídicas propiamente tales, en el tercero el estudio del derecho

vigente.vigente.

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La ciencia del derecho propiamente dicha o Dogmática jurídicaLa ciencia del derecho propiamente dicha o Dogmática jurídica   recibe varias recibe varias

denominaciones: Ciencia Dogmática, sistémica jurídica, jurisprudencia técnica,denominaciones: Ciencia Dogmática, sistémica jurídica, jurisprudencia técnica,

jurisprudencia dogmática o simplemente jurisprudencia.jurisprudencia dogmática o simplemente jurisprudencia.

De acuerdo con García Maníes el derecho tiene una doble función el primero tiene porDe acuerdo con García Maníes el derecho tiene una doble función el primero tiene por

objeto la exposición ordenadaobjeto la exposición ordenada   y coherentes de los precedentes jurídicos y coherentes de los precedentes jurídicos   que se hallan que se hallan

en vigor en una época y en un lugar determinado, y el segundo el estudio de losen vigor en una época y en un lugar determinado, y el segundo el estudio de los

problemas relativos a su interpretación y aplicación.problemas relativos a su interpretación y aplicación.

Es clara la diferencia entre la ciencia del derecho concebida deEs clara la diferencia entre la ciencia del derecho concebida de   ese modo y la filosofía del ese modo y la filosofía del

derecho. Mientras la primera tiene como campo el derecho positivo, la filosofía indaga losderecho. Mientras la primera tiene como campo el derecho positivo, la filosofía indaga los

fundamentos y las primeras causas del orden jurídico.fundamentos y las primeras causas del orden jurídico.

De ese doble propósito de la ciencia del derecho, se desprende su visión en dos ramas:De ese doble propósito de la ciencia del derecho, se desprende su visión en dos ramas:

Teórica y Práctica, denominadas "sistémica jurídica" y "técnica jurídica". La SistémicaTeórica y Práctica, denominadas "sistémica jurídica" y "técnica jurídica". La Sistémica

Jurídica tiene por objetoJurídica tiene por objeto   el estudio de las reglas de derecho para precisar su sentido y su el estudio de las reglas de derecho para precisar su sentido y su

alcance, ordenarlas e integrarlas dentro de conceptos más generales.alcance, ordenarlas e integrarlas dentro de conceptos más generales.

La técnica Jurídica se ocupa de todos lo problemas concernientes a laLa técnica Jurídica se ocupa de todos lo problemas concernientes a la

formulaciónformulación   y a la aplicación de las normas de derecho. En el primar caso se denomina y a la aplicación de las normas de derecho. En el primar caso se denomina

técnica de elaboración y el segundo técnica de aplicación.técnica de elaboración y el segundo técnica de aplicación.

La filosofía del derecho.-La filosofía del derecho.-   No solo es objeto de estudio para la ciencia, No solo es objeto de estudio para la ciencia,

sino tema de meditación y ahondamiento para la filosofías, la laborsino tema de meditación y ahondamiento para la filosofías, la labor   de esta ciencia es de esta ciencia es

buscar las respuestas,buscar las respuestas,   así problematizar sobre ellas mismas, como dije mientras que la así problematizar sobre ellas mismas, como dije mientras que la

ciencia del derecho busca la respuesta a las preguntas, la filosofía va más alláciencia del derecho busca la respuesta a las preguntas, la filosofía va más allá     pregunta pregunta

el ¿Por qué?.el ¿Por qué?.

La sociología del derecho.-La sociología del derecho.-   Las Sociología del derecho investiga las Las Sociología del derecho investiga las

relaciones del derecho y la sociedad. El derecho se da en la vida social de hombre yrelaciones del derecho y la sociedad. El derecho se da en la vida social de hombre y    para para

ser tal, para existir comoser tal, para existir como   derecho, exige la organización real de la sociedad. derecho, exige la organización real de la sociedad.

7. IMPORTANCIA DE LA INVESTIGACIÓN CIENTIFICA PARA EL ABOGADO.-7. IMPORTANCIA DE LA INVESTIGACIÓN CIENTIFICA PARA EL ABOGADO.-

Una vez haber definido al derecho como una ciencia cabe preguntarnos ¿queUna vez haber definido al derecho como una ciencia cabe preguntarnos ¿que

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Page 8: Derecho Como Ciencia Version Corregida y Aumentada

estudia?estudia?

7.1. ¿QUE INVESTIGA?7.1. ¿QUE INVESTIGA?

Los hechos de la realidad y los elementos aportados al caso por el sistema jurídico,Los hechos de la realidad y los elementos aportados al caso por el sistema jurídico,

aparecen los problemas que deben ser solucionados desde el derecho.aparecen los problemas que deben ser solucionados desde el derecho.

-Realidad normativa.-Realidad normativa.

-Ordenamientos Jurídico.-Ordenamientos Jurídico.

-Práctica judicial.-Práctica judicial.

-La política jurisdiccional de estado.-La política jurisdiccional de estado.

-Realidad Jurídico social.-Realidad Jurídico social.

-Las leyes de desarrollo social.-Las leyes de desarrollo social.

Una vez definido el derecho como ciencia, hacemos la pregunta: ¿Qué estudia la cienciaUna vez definido el derecho como ciencia, hacemos la pregunta: ¿Qué estudia la ciencia

del derecho?del derecho?

8. INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA EN EL CAMPO DEL8. INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA EN EL CAMPO DEL   DERECHO.- DERECHO.-

-Fuerzas y procesos sociales generadores de la normatividad jurídica.-Fuerzas y procesos sociales generadores de la normatividad jurídica.

-Impacto de la aplicación de las leyes en al vida social.-Impacto de la aplicación de las leyes en al vida social.

-Coherencia lógico-jurídico de los sistemas y normas legales en su aplicación.-Coherencia lógico-jurídico de los sistemas y normas legales en su aplicación.

-Solución de los conflictos de interés. -Solución de los conflictos de interés.

9. EL OBJETIVO DEL DERECHO.-9. EL OBJETIVO DEL DERECHO.-

Partiendo de que el hombre es un ser social por naturaleza lo que le hace tender a vivir enPartiendo de que el hombre es un ser social por naturaleza lo que le hace tender a vivir en

grupos sociales ya que necesitamos de terceros para satisfacer nuestras necesidadesgrupos sociales ya que necesitamos de terceros para satisfacer nuestras necesidades

diarias (afectivas, laborales, sexuales, etc.) por lo que hay que interrelacionarse.diarias (afectivas, laborales, sexuales, etc.) por lo que hay que interrelacionarse.

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Page 9: Derecho Como Ciencia Version Corregida y Aumentada

En esas sociedades se generan conflictos, disputas, controversias que hay que resolver.En esas sociedades se generan conflictos, disputas, controversias que hay que resolver.

Para resolverlas se determinan una serie de reglas que lo que hacen es ordenar esosPara resolverlas se determinan una serie de reglas que lo que hacen es ordenar esos

conflictos. Al conjunto de esas reglas le llamamos DERECHO.conflictos. Al conjunto de esas reglas le llamamos DERECHO.

Derecho es el conjunto de reglas jurídicas que pretenden garantizar la convivenciaDerecho es el conjunto de reglas jurídicas que pretenden garantizar la convivencia

pacífica de un grupo social. pacífica de un grupo social.

El Derecho no regula todas las reglas, sino solo aquellas que la sociedad consideraEl Derecho no regula todas las reglas, sino solo aquellas que la sociedad considera

trascendentes: las relaciones jurídicas. También podemos incluir, en el concepto deltrascendentes: las relaciones jurídicas. También podemos incluir, en el concepto del

derecho, los principios que inspiran las reglas de convivencia, que por su reiteración yderecho, los principios que inspiran las reglas de convivencia, que por su reiteración y

también por la estructura de las mismas nos llevan a dotarlas de una eficacia obligatoriatambién por la estructura de las mismas nos llevan a dotarlas de una eficacia obligatoria

de las que carecen otras reglas o usos sociales.de las que carecen otras reglas o usos sociales.

Por ello, las características del derecho son: Por ello, las características del derecho son:

- Bilateralidad: regula las relaciones sociales ya por que en toda relación intervienen dos- Bilateralidad: regula las relaciones sociales ya por que en toda relación intervienen dos

grupos o seres humanos.grupos o seres humanos.

- Generalidad: regula situaciones genéricas. Va dirigido a una masa de sujetos u objetos.- Generalidad: regula situaciones genéricas. Va dirigido a una masa de sujetos u objetos.

- Obligatoriedad: es de obligado cumplimiento. Solo queda acatarlo y cumplirlo.- Obligatoriedad: es de obligado cumplimiento. Solo queda acatarlo y cumplirlo.

- Coactividad: lo que implica que se creen mecanismos que van a ser utilizados en caso- Coactividad: lo que implica que se creen mecanismos que van a ser utilizados en caso

de incumplimiento de la Obligatoriedad.de incumplimiento de la Obligatoriedad.

Entonces, el Derecho va perseguir dos objetivos específicos:Entonces, el Derecho va perseguir dos objetivos específicos:

- Justicia: que la relación que se establece esté presidida por la idea de justicia- Justicia: que la relación que se establece esté presidida por la idea de justicia

- Ordenar la vida del grupo social, estableciendo lo que se puede hacer o impidiendo- Ordenar la vida del grupo social, estableciendo lo que se puede hacer o impidiendo

hacer lo que no se puede hacer.hacer lo que no se puede hacer.

Ludwin Enneccerus en su Tratado de Derecho Civil, señala que el Derecho es elLudwin Enneccerus en su Tratado de Derecho Civil, señala que el Derecho es el

ordenamiento autárquico obligatorio, que se basa en la voluntad de una colectividad, de laordenamiento autárquico obligatorio, que se basa en la voluntad de una colectividad, de la

conducta externa de los hombres en sociedad, mediante mandamientos y concesiones. Yconducta externa de los hombres en sociedad, mediante mandamientos y concesiones. Y

para ello, refiere que el objetivo de esa ordenación de la vida es misión de la filosofía,para ello, refiere que el objetivo de esa ordenación de la vida es misión de la filosofía,

pues este fin no es otro que el fin general de la vida social del hombre, y en la cual elpues este fin no es otro que el fin general de la vida social del hombre, y en la cual el

derecho sólo es una faceta, un elemento.derecho sólo es una faceta, un elemento.

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Page 10: Derecho Como Ciencia Version Corregida y Aumentada

Desde otro punto de vista, El derecho es una técnica social - expresa Hans Kelsen en suDesde otro punto de vista, El derecho es una técnica social - expresa Hans Kelsen en su

Teoría Pura del Derecho – considerado en cuanto a su fin, el derecho aparece como unTeoría Pura del Derecho – considerado en cuanto a su fin, el derecho aparece como un

método específico que permite inducir a los hombres a conducirse de una maneramétodo específico que permite inducir a los hombres a conducirse de una manera

determinada. Esto es, el derecho es una técnica de coacción social estrechamente ligadadeterminada. Esto es, el derecho es una técnica de coacción social estrechamente ligada

a un orden social que ella tiene por finalidad mantener. Al definirlo así, indica que sua un orden social que ella tiene por finalidad mantener. Al definirlo así, indica que su

función esencial es la de reglamentar el empleo de la fuerza en las relaciones entre losfunción esencial es la de reglamentar el empleo de la fuerza en las relaciones entre los

hombres. El derecho fija en qué condiciones y de qué manera un individuo puede hacerhombres. El derecho fija en qué condiciones y de qué manera un individuo puede hacer

uso de la fuerza con respecto a otro. La fuerza sólo debe ser empleada por ciertosuso de la fuerza con respecto a otro. La fuerza sólo debe ser empleada por ciertos

individuos especialmente autorizados a este efecto. Todo acto otro acto de coacción tiene,individuos especialmente autorizados a este efecto. Todo acto otro acto de coacción tiene,

cualquiera que sea el orden jurídico positivo, el carácter de un acto ilícito. Por eso, lacualquiera que sea el orden jurídico positivo, el carácter de un acto ilícito. Por eso, la

función esencial del derecho es la de establecer un monopolio de la fuerza a favor de lasfunción esencial del derecho es la de establecer un monopolio de la fuerza a favor de las

diversas comunidades jurídicas diversas comunidades jurídicas

10. EL METODO DEL DERECHO.-10. EL METODO DEL DERECHO.-

10.1. Consideraciones al respecto.-10.1. Consideraciones al respecto.-

Para poder entender los métodos que se utilizan dentro del campo del derecho, debemosPara poder entender los métodos que se utilizan dentro del campo del derecho, debemos

primero aprender que es el método, para ello citamos algunas definiciones al respecto:primero aprender que es el método, para ello citamos algunas definiciones al respecto:

Son procedimientos ligados entre sí para la consecución de objetivos previamenteSon procedimientos ligados entre sí para la consecución de objetivos previamente

determinados. Son la sucesión de procesos que debemos ejecutar para comprobar lasdeterminados. Son la sucesión de procesos que debemos ejecutar para comprobar las

hipótesis que explican o predicen propiedades, relaciones y conductas desconocidashipótesis que explican o predicen propiedades, relaciones y conductas desconocidas

antes del inicio de la investigación. Son formas o maneras como lograr un objetivo oantes del inicio de la investigación. Son formas o maneras como lograr un objetivo o

procedimientos lógicos que determinan las vías para realizar una actividad científica yprocedimientos lógicos que determinan las vías para realizar una actividad científica y

alcanzar los objetivos de la misma. alcanzar los objetivos de la misma. 33

En el mismo sentido Mario Bunge En el mismo sentido Mario Bunge 44 , señala que el método no es una lista de recetas para , señala que el método no es una lista de recetas para

dar con las respuestas correctas a las preguntas científicas, sino el conjunto dedar con las respuestas correctas a las preguntas científicas, sino el conjunto de

procedimientos por el medio de los cuales se plantean y se ponen a prueba las hipótesisprocedimientos por el medio de los cuales se plantean y se ponen a prueba las hipótesis

científicas. Es una brújula que no produce automáticamente el saber, pero nos evitacientíficas. Es una brújula que no produce automáticamente el saber, pero nos evita

perdernos en el caos aparente de los fenómenos, aunque solo sea porque nos indicaperdernos en el caos aparente de los fenómenos, aunque solo sea porque nos indica

33 Torres Bardales, Colonibol. Metodología de la Investigación Científica. Pagina 70Torres Bardales, Colonibol. Metodología de la Investigación Científica. Pagina 7044 Bunge, Mario. La ciencia, su método y su filosofía. Pagina 68.Bunge, Mario. La ciencia, su método y su filosofía. Pagina 68.

1010

Page 11: Derecho Como Ciencia Version Corregida y Aumentada

como plantear los problemas y como resolver y comprobar las hipótesis. Es el medio máscomo plantear los problemas y como resolver y comprobar las hipótesis. Es el medio más

adecuado para combatir el subjetivismo y establecer conceptos teóricos en los que losadecuado para combatir el subjetivismo y establecer conceptos teóricos en los que los

deseos no intervienen. Tiene, como es natural ventajas prácticas, de no ser así, nunca sedeseos no intervienen. Tiene, como es natural ventajas prácticas, de no ser así, nunca se

hubiera abierto camino contra el empirismo y el mundo de la fantasía.hubiera abierto camino contra el empirismo y el mundo de la fantasía.

Así también Miguel Reale Así también Miguel Reale 55, señala que Método es el camino que debe ser recorrido para, señala que Método es el camino que debe ser recorrido para

llegar a la adquisición de la verdad, para llegar a aun resultado exacto o rigurosamentellegar a la adquisición de la verdad, para llegar a aun resultado exacto o rigurosamente

verificado. Sin método no hay ciencia. El hombre vulgar puede conocer con certeza, peroverificado. Sin método no hay ciencia. El hombre vulgar puede conocer con certeza, pero

no tiene certeza de la certeza. El conocimiento vulgar no siempre es equivocado ono tiene certeza de la certeza. El conocimiento vulgar no siempre es equivocado o

incompleto. Puede ser cierto, peor lo que lo pone en cuestión es la falta de seguridadincompleto. Puede ser cierto, peor lo que lo pone en cuestión es la falta de seguridad

referente a aquello que afirma. Es un conocimiento, parcial, asilado, fortuito, sin nexo conreferente a aquello que afirma. Es un conocimiento, parcial, asilado, fortuito, sin nexo con

los demás conocimientos. En el conocimiento metódico, la realidad es muy otra. Cuandolos demás conocimientos. En el conocimiento metódico, la realidad es muy otra. Cuando

decimos que tenemos ciencia de una cosa es porque verificamos lo que se enunciadecimos que tenemos ciencia de una cosa es porque verificamos lo que se enuncia

respecto de la misma. La ciencia es una verificación de conocimientos y un sistema derespecto de la misma. La ciencia es una verificación de conocimientos y un sistema de

conocimientos verificados. Seria simplemente inútil recorrer el mundo jurídico buscandoconocimientos verificados. Seria simplemente inútil recorrer el mundo jurídico buscando

su visión unitaria sin disponer de los métodos adecuados para conocerlo, pues cadasu visión unitaria sin disponer de los métodos adecuados para conocerlo, pues cada

ciencia tiene su forma de verificación, que no es necesariamente la del modelo físico ociencia tiene su forma de verificación, que no es necesariamente la del modelo físico o

matemático.matemático.

Particularmente nuestro grupo puede humildemente definir al método, como laParticularmente nuestro grupo puede humildemente definir al método, como la

herramienta principal que tiene el investigador para poder descifrar la verdad anteherramienta principal que tiene el investigador para poder descifrar la verdad ante

problemas que se suscitan en la ciencia. Si nos referimos específicamente al campo delproblemas que se suscitan en la ciencia. Si nos referimos específicamente al campo del

derecho civil y comercial, el cual es materia de nuestro estudio, podríamos conceptuar alderecho civil y comercial, el cual es materia de nuestro estudio, podríamos conceptuar al

método como el procedimiento que utilizamos los juristas (demandas, informes, etc), paramétodo como el procedimiento que utilizamos los juristas (demandas, informes, etc), para

poder teóricamente llegar a alcanzar la Justicia, la cual sería la sentencia. poder teóricamente llegar a alcanzar la Justicia, la cual sería la sentencia.

10.2. Importancia del Método.-10.2. Importancia del Método.-

La importancia del método científico en la producción científica es invalorable, sin él, laLa importancia del método científico en la producción científica es invalorable, sin él, la

ciencia no se desarrolla y el proceso de investigación queda estancado. Él es el vehículociencia no se desarrolla y el proceso de investigación queda estancado. Él es el vehículo

y la hipótesis el motor que nos conduce a descubrir la verdad y el investigador, ely la hipótesis el motor que nos conduce a descubrir la verdad y el investigador, el

conductor de dicho vehículo que articula técnicamente, instrumentos materiales y teóricosconductor de dicho vehículo que articula técnicamente, instrumentos materiales y teóricos

55 Reale, Miguel. Introducción al Derecho. Pagina 26.Reale, Miguel. Introducción al Derecho. Pagina 26.

1111

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para lograr los objetivos propuestos; mientras mayor experiencia tenga, los resultadospara lograr los objetivos propuestos; mientras mayor experiencia tenga, los resultados

tendrán mayor rigurosidad científica, entonces, el investigador se forma investigando. tendrán mayor rigurosidad científica, entonces, el investigador se forma investigando. 66

En lo que atañe al Derecho Civil y Comercial, debemos resaltar la importancia de susEn lo que atañe al Derecho Civil y Comercial, debemos resaltar la importancia de sus

métodos como un eje estructural sin los cuales no podríamos hablar de una ciencia delmétodos como un eje estructural sin los cuales no podríamos hablar de una ciencia del

derecho, la cual como hemos referido ut supra, tiene sus defensores como detractores, talderecho, la cual como hemos referido ut supra, tiene sus defensores como detractores, tal

y como es el caso de Mario Bunge al señalar en su conferencia dada en la Universidady como es el caso de Mario Bunge al señalar en su conferencia dada en la Universidad

Particular San Martín de Porres, el nueve de julio de 1996. Particular San Martín de Porres, el nueve de julio de 1996. 77

10.3. Clases de métodos utilizados por el derecho.-10.3. Clases de métodos utilizados por el derecho.-

10.3.1. Método de enseñanza del derecho: Inductivo y deductivo: 10.3.1. Método de enseñanza del derecho: Inductivo y deductivo: 88

La inducción y la deducción, son operaciones lógicas de la metodología que también nosLa inducción y la deducción, son operaciones lógicas de la metodología que también nos

auxilian para llegar al conocimiento científico encontrando el caso de que ambas, laauxilian para llegar al conocimiento científico encontrando el caso de que ambas, la

inducción y la deducción, son métodos correlativos por su íntima conexión.inducción y la deducción, son métodos correlativos por su íntima conexión.

En términos generales, deducción es ir de lo general a lo particular y la inducción es ir deEn términos generales, deducción es ir de lo general a lo particular y la inducción es ir de

los casos particulares a la generalización.los casos particulares a la generalización.

En principio, la inducción tiene la gran ventaja de impulsar al sujeto investigador aEn principio, la inducción tiene la gran ventaja de impulsar al sujeto investigador a

ponerse en contacto directo con las cosas. En el caso de la deducción, el papel delponerse en contacto directo con las cosas. En el caso de la deducción, el papel del

investigador es doble: primero debe encontrar principios desconocidos a partir de otrosinvestigador es doble: primero debe encontrar principios desconocidos a partir de otros

conocidos y, segundo, debe descubrir consecuencias desconocidas de principiosconocidos y, segundo, debe descubrir consecuencias desconocidas de principios

conocidos.conocidos.

La inducción puede aplicarse cuando estudiamos un conjunto de objetos relativamenteLa inducción puede aplicarse cuando estudiamos un conjunto de objetos relativamente

pequeño porque podemos estudiarlos todos y cada uno de ellos. Además, para aplicarpequeño porque podemos estudiarlos todos y cada uno de ellos. Además, para aplicar

este método, es necesario que el conocimiento comience teniendo contacto directo coneste método, es necesario que el conocimiento comience teniendo contacto directo con

las cosas objeto del estudio.las cosas objeto del estudio.

66 Torres Bardales, Colonibol. Metodología de la Investigación Científica. Pagina 71.Torres Bardales, Colonibol. Metodología de la Investigación Científica. Pagina 71.77 Bunge, Mario. El Derecho como Técnica Social de Control y Reforma. Conferencia realizada el 09Bunge, Mario. El Derecho como Técnica Social de Control y Reforma. Conferencia realizada el 09 de julio de 1996 en el Auditorio del Colegio de Abogados de Lima Editado por la UPSMP, Página de julio de 1996 en el Auditorio del Colegio de Abogados de Lima Editado por la UPSMP, Página 26.26.88 Ángeles Caballero, César. La Tesis Universitaria. Páginas 33-36.Ángeles Caballero, César. La Tesis Universitaria. Páginas 33-36.

1212

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Nuestro método de enseñanza, que parte de los principios para llegar a sus aplicaciones,Nuestro método de enseñanza, que parte de los principios para llegar a sus aplicaciones,

resulta preferible al practicado en los países anglosajones, donde se parte de las especiesresulta preferible al practicado en los países anglosajones, donde se parte de las especies

para deducir sus principios. para deducir sus principios. 99

10.3.2. Métodos de Interpretación de la norma:10.3.2. Métodos de Interpretación de la norma: 1010

Algunos de los métodos de interpretación son los siguientes:Algunos de los métodos de interpretación son los siguientes:

a)a) Método literal.- El método de interpretación literal es el método de interpretaciónMétodo literal.- El método de interpretación literal es el método de interpretación

por el cual se busca el conocimiento a través del significado de las palabras, por lopor el cual se busca el conocimiento a través del significado de las palabras, por lo

cual es claro que es muy útil, para los que recién inician su labor interpretativa.cual es claro que es muy útil, para los que recién inician su labor interpretativa.

b)b) Método exegético.- El método de interpretación exegética es el método deMétodo exegético.- El método de interpretación exegética es el método de

interpretación por el cual se estudia artículo por artículo, de las normas jurídicas,interpretación por el cual se estudia artículo por artículo, de las normas jurídicas,

en tal sentido sólo puede ser utilizado para estudiar o interpretar normas legales yen tal sentido sólo puede ser utilizado para estudiar o interpretar normas legales y

no otras fuentes o partes del derecho.no otras fuentes o partes del derecho.

c)c) Método analítico.- El método de interpretación analítico es el método por el cual seMétodo analítico.- El método de interpretación analítico es el método por el cual se

divide el problema en partes para recién estudiarlo, en tal sentido en el mismo sedivide el problema en partes para recién estudiarlo, en tal sentido en el mismo se

tiene en cuenta al análisis.tiene en cuenta al análisis.

d)d) Método sintético.- El método de interpretación sintético es el método por el cual seMétodo sintético.- El método de interpretación sintético es el método por el cual se

sintetiza la información en un todo, por lo cual es inverso al anterior, por lo cual essintetiza la información en un todo, por lo cual es inverso al anterior, por lo cual es

claro que hace uso de la síntesis. claro que hace uso de la síntesis.

e)e) Método funcionalista.- El método de interpretación funcionalista es el método porMétodo funcionalista.- El método de interpretación funcionalista es el método por

el cual se tiene en cuenta la realidad social, en la cual se esconde una dolorosael cual se tiene en cuenta la realidad social, en la cual se esconde una dolorosa

realidad con abundantes problemas, en tal sentido es un método poco conocidorealidad con abundantes problemas, en tal sentido es un método poco conocido

sobre todo un nuestro medio, sin embargo, ha sido desarrollado por algunos.sobre todo un nuestro medio, sin embargo, ha sido desarrollado por algunos.

f)f) Método dogmático.- El método de interpretación dogmático es el método deMétodo dogmático.- El método de interpretación dogmático es el método de

interpretación por el cual se realiza o hace enfoques tomando como punto deinterpretación por el cual se realiza o hace enfoques tomando como punto de

partida la doctrina, la cual por cierto es una fuente o parte del derecho.partida la doctrina, la cual por cierto es una fuente o parte del derecho.

99 Mazeud, Henri y León, Mazeud Jean. Lecciones de Derecho Civil. Página 25. Mazeud, Henri y León, Mazeud Jean. Lecciones de Derecho Civil. Página 25. 1010 Torres Manrique, Fernando. Monografía titulada Derecho.Torres Manrique, Fernando. Monografía titulada Derecho.

1313

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g)g) Método sociológico.- El método de interpretación sociológico es el método deMétodo sociológico.- El método de interpretación sociológico es el método de

interpretación por el cual se toma en cuenta la sociología como punto de partidainterpretación por el cual se toma en cuenta la sociología como punto de partida

en la interpretación, el cual es bastante utilizado por los abogados que tienenen la interpretación, el cual es bastante utilizado por los abogados que tienen

estudios de sociología y los sociólogos. estudios de sociología y los sociólogos.

h)h) Método filosófico.- El método de interpretación filosófico es el método deMétodo filosófico.- El método de interpretación filosófico es el método de

interpretación por el cual se toma en cuenta la filosofía en la labor interpretadora,interpretación por el cual se toma en cuenta la filosofía en la labor interpretadora,

por lo cual debemos dejar constancia que el mismo es reservado para quienespor lo cual debemos dejar constancia que el mismo es reservado para quienes

tienen estudios de filosofía.tienen estudios de filosofía.

Pueden existir en la Investigación más métodos, pero los señalados son los que sePueden existir en la Investigación más métodos, pero los señalados son los que se

aplican al derecho, en especial el método deductivo como ya se ha señalado ut supra. aplican al derecho, en especial el método deductivo como ya se ha señalado ut supra.

10.3.3. EXPERIMENTACIÓN COMO MÉTODO CIENTÍFICO10.3.3. EXPERIMENTACIÓN COMO MÉTODO CIENTÍFICO

El método experimental, advierte Zorrilla Arenas, ha sido considerado por muchosEl método experimental, advierte Zorrilla Arenas, ha sido considerado por muchos

investigadores como infalible queriéndosele dar visos de universalidad.investigadores como infalible queriéndosele dar visos de universalidad.

Este método, el experimental, fue utilizado por vez primera por Este método, el experimental, fue utilizado por vez primera por Galileo GalileiGalileo Galilei quien quien

lo estructuró enlazando una serie de procesos tales como la observación, lalo estructuró enlazando una serie de procesos tales como la observación, la

hipótesis y el experimento.hipótesis y el experimento.

Mario BungeMario Bunge aclara que el método experimental no envuelve necesariamente aclara que el método experimental no envuelve necesariamente

experimentosexperimentos en el sentido estricto del término pues puede aplicarse fuera de un en el sentido estricto del término pues puede aplicarse fuera de un

laboratoriolaboratorio..

10.3.4. OTROS METODOS DEL DERECHO10.3.4. OTROS METODOS DEL DERECHO

Para Carlos Franco De La Cuba, en su monografía titulada “LA INTERPRETACIÒNPara Carlos Franco De La Cuba, en su monografía titulada “LA INTERPRETACIÒN

DE LA NORMA JURIDICA”, señala entre otros los siguientes métodos:DE LA NORMA JURIDICA”, señala entre otros los siguientes métodos:

Método Gramatical. Método Gramatical.

El Método Gramatical, también conocido como Literal, es el más antiguo y esEl Método Gramatical, también conocido como Literal, es el más antiguo y es

exclusivo de las épocas anteriores a la Revolución Francesa en que existía ciertoexclusivo de las épocas anteriores a la Revolución Francesa en que existía cierto

1414

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grado de desconfianza en el trabajo de los jueces, razón por la cual éstos segrado de desconfianza en el trabajo de los jueces, razón por la cual éstos se

encontraban obligados a ceñirse al sentido literal de la ley. encontraban obligados a ceñirse al sentido literal de la ley.

Consiste este Método, dice Claude Du Pasquier, en deducir de las palabras mismas,Consiste este Método, dice Claude Du Pasquier, en deducir de las palabras mismas,

de su lugar en la frase y de la sintaxis, de la misma puntuación, el sentido exactode su lugar en la frase y de la sintaxis, de la misma puntuación, el sentido exacto

del artículo de que se trata. del artículo de que se trata.

Alberto Trabucchi escribe que la Interpretación literal se realiza de conformidad conAlberto Trabucchi escribe que la Interpretación literal se realiza de conformidad con

el uso de las palabras y con la conexión de éstas entre sí. El referido autor criticael uso de las palabras y con la conexión de éstas entre sí. El referido autor critica

este método de interpretación por cuanto considera que también el que actúa eneste método de interpretación por cuanto considera que también el que actúa en

fraude de la ley observa su sentido literal y porque la obstrucción legal no es en elfraude de la ley observa su sentido literal y porque la obstrucción legal no es en el

fondo más que la aplicación totalmente literal de las normas jurídicas. fondo más que la aplicación totalmente literal de las normas jurídicas.

Este método también ha recibido otras críticas, como las del mexicano José LuisEste método también ha recibido otras críticas, como las del mexicano José Luis

Hernández Ramírez, quien expresa: Hernández Ramírez, quien expresa:

““el gramaticalel gramatical (el cual presenta rasgos no sólo de confusión superlativa, sino (el cual presenta rasgos no sólo de confusión superlativa, sino

errores crasos). Quienes hablan de este método de interpretación se olvidan de doserrores crasos). Quienes hablan de este método de interpretación se olvidan de dos

puntos fundamentales: puntos fundamentales: el primeroel primero, que las palabras sueltas, aisladas, por sí solas, que las palabras sueltas, aisladas, por sí solas

no tienen un sentido preciso e inequívocamente definido, pues éste empiezan ano tienen un sentido preciso e inequívocamente definido, pues éste empiezan a

adquirirlo dentro del contexto de la frase; adquirirlo dentro del contexto de la frase; segundosegundo, que ni siquiera la frase tiene, que ni siquiera la frase tiene

una significación determinada por sí propia, ya que su genuina significación launa significación determinada por sí propia, ya que su genuina significación la

adquiere adquiere dentro del contexto real en que dentro del contexto real en que es emitidaes emitida, dentro de los puntos de, dentro de los puntos de

referencia del contorno o circunstancia, es decir, con referencia al motivo y ademásreferencia del contorno o circunstancia, es decir, con referencia al motivo y además

también con referencia al propósito.” (sic). también con referencia al propósito.” (sic).

En síntesis, con las limitaciones que pudiera tener, el Método Gramatical, o Literal,En síntesis, con las limitaciones que pudiera tener, el Método Gramatical, o Literal,

es aquél por el que, mediante su utilización, se persigue descubrir el significado yes aquél por el que, mediante su utilización, se persigue descubrir el significado y

sentido de la norma a través del estudio y análisis de la letra de su propio texto. sentido de la norma a través del estudio y análisis de la letra de su propio texto.

Por lo demás, será éste por lo general el primer método al que el intérprete recurra,Por lo demás, será éste por lo general el primer método al que el intérprete recurra,

pues, si gramaticalmente la norma es clara e inequívoca en su mensaje, no existirápues, si gramaticalmente la norma es clara e inequívoca en su mensaje, no existirá

motivo para seguir auscultándola por los otros métodos interpretativos, ya que enmotivo para seguir auscultándola por los otros métodos interpretativos, ya que en

aquel caso, estos métodos, aquel caso, estos métodos,

1515

Page 16: Derecho Como Ciencia Version Corregida y Aumentada

si conducen a otro mensaje, sólo podrán terminar distorsionando el innegablesi conducen a otro mensaje, sólo podrán terminar distorsionando el innegable

sentido de la norma interpretada. sentido de la norma interpretada.

Método Lógico. Método Lógico.

El Método Lógico es aquél que utiliza los razonamientos de la lógica para alcanzarEl Método Lógico es aquél que utiliza los razonamientos de la lógica para alcanzar

el verdadero significado de la norma. Así, ha dicho Couture que el Método Lógicoel verdadero significado de la norma. Así, ha dicho Couture que el Método Lógico

es el que procura que la tarea interpretativa no contravenga el cúmulo de preceptoses el que procura que la tarea interpretativa no contravenga el cúmulo de preceptos

que la lógica ha señalado para el pensamiento humano y agrega que, en ciertoque la lógica ha señalado para el pensamiento humano y agrega que, en cierto

modo, está constituido por preceptos de higiene mental que conducen almodo, está constituido por preceptos de higiene mental que conducen al

razonamiento hasta su justo punto de llegada. razonamiento hasta su justo punto de llegada.

Para Mario Alzamora Valdez, este método consiste en la descomposición delPara Mario Alzamora Valdez, este método consiste en la descomposición del

pensamiento o las relaciones lógicas que unen sus diversas partes. pensamiento o las relaciones lógicas que unen sus diversas partes.

En la utilización del Método Lógico, precisa Luis Díez Picazo , se habla de laEn la utilización del Método Lógico, precisa Luis Díez Picazo , se habla de la

existencia de una serie de reglas como: el argumento «existencia de una serie de reglas como: el argumento «a maiore ad minusa maiore ad minus» (el que» (el que

puede lo más puede lo menos); «puede lo más puede lo menos); «a minore ad maiusa minore ad maius» (quien no puede lo menos» (quien no puede lo menos

tampoco puede lo más); «tampoco puede lo más); «a contrarioa contrario» (la inclusión de un caso supone la exclusión» (la inclusión de un caso supone la exclusión

de los demás); «de los demás); «a pari rationea pari ratione» (la inclusión de un caso supone también la de un» (la inclusión de un caso supone también la de un

caso similar). caso similar).

Citando tres Sentencias bastante antiguas del Tribunal Supremo español, ManuelCitando tres Sentencias bastante antiguas del Tribunal Supremo español, Manuel

García Amigo ilustra sobre otras tantas reglas interpretativas obtenidas de laGarcía Amigo ilustra sobre otras tantas reglas interpretativas obtenidas de la

Jurisprudencia. Así, comenta el profesor español, la Sentencia del 29-1-1891Jurisprudencia. Así, comenta el profesor español, la Sentencia del 29-1-1891

declara que “es principio de Derecho que toda interpretación o inteligencia quedeclara que “es principio de Derecho que toda interpretación o inteligencia que

conduzca al absurdo debe rechazarse”; la Sentencia del 13-3-1906 señala queconduzca al absurdo debe rechazarse”; la Sentencia del 13-3-1906 señala que

“según principio de Derecho sancionado por constante jurisprudencia, donde la ley“según principio de Derecho sancionado por constante jurisprudencia, donde la ley

no distingue no cabe hacer distinción”; y la Sentencia del 14-3-1961 que estima queno distingue no cabe hacer distinción”; y la Sentencia del 14-3-1961 que estima que

“existiendo un precepto general y otro especial, éste ha de prevalecer sobre aquél”;“existiendo un precepto general y otro especial, éste ha de prevalecer sobre aquél”;

etc.. etc..

Mediante este método interpretativo se recurre también a desentrañar el significadoMediante este método interpretativo se recurre también a desentrañar el significado

de una norma en atención a lo dispuesto en otra u otras normas del ordenamientode una norma en atención a lo dispuesto en otra u otras normas del ordenamiento

jurídico, pues la lógica que con gran nitidez es posible advertir en éstas sirve parajurídico, pues la lógica que con gran nitidez es posible advertir en éstas sirve para

ser aplicada a la norma obscura cuyo significado se intenta descubrir. ser aplicada a la norma obscura cuyo significado se intenta descubrir.

1616

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Método Sistemático. Método Sistemático.

El Método Sistemático introduce la idea de que una norma no es un mandatoEl Método Sistemático introduce la idea de que una norma no es un mandato

aislado, sino que responde al sistema jurídico normativo orientado hacia unaislado, sino que responde al sistema jurídico normativo orientado hacia un

determinado rumbo en el que, conjuntamente con otras normas, se encuentradeterminado rumbo en el que, conjuntamente con otras normas, se encuentra

vigente; que, por tanto, siendo parte de este sistema, y no pudiendo desafinar nivigente; que, por tanto, siendo parte de este sistema, y no pudiendo desafinar ni

rehuir del mismo, el significado y sentido de la norma jurídica podrá ser obtenidorehuir del mismo, el significado y sentido de la norma jurídica podrá ser obtenido

de los principios que inspiran ese sistema; principios y consiguiente significado yde los principios que inspiran ese sistema; principios y consiguiente significado y

sentido que incluso pueden ser advertidos con nitidez del contenido de otrassentido que incluso pueden ser advertidos con nitidez del contenido de otras

normas del sistema. Este elemento, sostiene el profesor Jorge Carrión Lugo, estánormas del sistema. Este elemento, sostiene el profesor Jorge Carrión Lugo, está

dado por la conexión existente entre todas las normas del ordenamiento jurídico,dado por la conexión existente entre todas las normas del ordenamiento jurídico,

cuya base ideológica fundamentalmente se debe encontrar en la Constitución. cuya base ideológica fundamentalmente se debe encontrar en la Constitución.

Siempre destacando por la claridad de su redacción, el profesor Mario A. Oderigo,Siempre destacando por la claridad de su redacción, el profesor Mario A. Oderigo,

refiriéndose a este método precisa querefiriéndose a este método precisa que: “... si el autor de la norma no se ha limitado: “... si el autor de la norma no se ha limitado

a ésta, sino que ha formado un conjunto a ésta, sino que ha formado un conjunto de normas, el intérprete supone que aquélde normas, el intérprete supone que aquél

ha querido introducir un sistema dentro del cual esa norma no desentone; y porha querido introducir un sistema dentro del cual esa norma no desentone; y por

consiguiente, si la norma en cuestión no es clara en su enunciado, no se correráconsiguiente, si la norma en cuestión no es clara en su enunciado, no se correrá

ningún peligro desentrañando su sentido a la luz de los principios inspiradores delningún peligro desentrañando su sentido a la luz de los principios inspiradores del

sistema que la contenga.” (sic). sistema que la contenga.” (sic).

Respecto al Método Sistemático, Alberto Trabucchi sostiene que en un ciertoRespecto al Método Sistemático, Alberto Trabucchi sostiene que en un cierto

sentido el ordenamiento jurídico se compara a un complejo organismo viviente ysentido el ordenamiento jurídico se compara a un complejo organismo viviente y

coordinado en sus elementos; es un todo orgánico, un sistema completo ycoordinado en sus elementos; es un todo orgánico, un sistema completo y

complejo que no admite contradicciones. Explica que así, una norma jurídica quecomplejo que no admite contradicciones. Explica que así, una norma jurídica que

en sí misma tiene un significado, puede adquirir un sentido distinto cuando se poneen sí misma tiene un significado, puede adquirir un sentido distinto cuando se pone

en relación con las demás normas que constituyen el derecho vigente. en relación con las demás normas que constituyen el derecho vigente.

Para el profesor Riccardo Guastini la Interpretación Sistemática es la que deduce elPara el profesor Riccardo Guastini la Interpretación Sistemática es la que deduce el

significado de una disposición de su colocación en el “sistema” de derecho, ysignificado de una disposición de su colocación en el “sistema” de derecho, y

entiende que éste puede ser el sistema jurídico en su conjunto, pero másentiende que éste puede ser el sistema jurídico en su conjunto, pero más

frecuentemente lo es un subsistema del sistema jurídico total que es el conjunto defrecuentemente lo es un subsistema del sistema jurídico total que es el conjunto de

las disposiciones que disciplinan una determinada materia o una determinadalas disposiciones que disciplinan una determinada materia o una determinada

institución. institución.

1717

Page 18: Derecho Como Ciencia Version Corregida y Aumentada

Es preciso tener presente que la interpretación sistemática es la que el intérpreteEs preciso tener presente que la interpretación sistemática es la que el intérprete

lleva a cabo orientándose no por una u otras normas en particular de un mismo ulleva a cabo orientándose no por una u otras normas en particular de un mismo u

otro ordenamiento que es como hace cuando recurre al método lógico, sinootro ordenamiento que es como hace cuando recurre al método lógico, sino

orientándose por los principios que rigen un sistema, es decir en los lineamientosorientándose por los principios que rigen un sistema, es decir en los lineamientos

por los que éste se rige o en los que se inclina en su conjunto, por lo que quedapor los que éste se rige o en los que se inclina en su conjunto, por lo que queda

claro que la diferencia entre los métodos de interpretación lógico y sistemáticoclaro que la diferencia entre los métodos de interpretación lógico y sistemático

consiste en que este último es más genérico y principista en tanto que aquél esconsiste en que este último es más genérico y principista en tanto que aquél es

más específico, delimitado y concreto. En este sentido, concordamos con elmás específico, delimitado y concreto. En este sentido, concordamos con el

maestro Claude Du Pasquier quien, si bien considera que la interpretaciónmaestro Claude Du Pasquier quien, si bien considera que la interpretación

sistemática no siempre se distingue netamente de la interpretación lógica, indicasistemática no siempre se distingue netamente de la interpretación lógica, indica

acertadamente que la interpretación sistemática tiene un carácter más abstracto yacertadamente que la interpretación sistemática tiene un carácter más abstracto y

más científico. más científico.

Método Histórico. Método Histórico.

Por el Método Histórico se pretende interpretar la norma recurriendo a susPor el Método Histórico se pretende interpretar la norma recurriendo a sus

antecedentes, como las ideas de sus autores al concebir o elaborar los proyectos,antecedentes, como las ideas de sus autores al concebir o elaborar los proyectos,

los motivos que propiciaron la redacción y emisión de la ley, informes, debates,los motivos que propiciaron la redacción y emisión de la ley, informes, debates,

etc..etc..  

Mario Alzamora Valdez, quien identifica el Método Histórico con el de la exégesisMario Alzamora Valdez, quien identifica el Método Histórico con el de la exégesis

seguramente por tener ambos algunos rasgos de similitud, afirma que este Métodoseguramente por tener ambos algunos rasgos de similitud, afirma que este Método

es aquél que tiene por objeto el estado del derecho existente sobre la materia en laes aquél que tiene por objeto el estado del derecho existente sobre la materia en la

época en que la ley ha sido dada: determina el modo de acción de la ley y el cambioépoca en que la ley ha sido dada: determina el modo de acción de la ley y el cambio

por ella introducido, que es precisamente lo que el elemento histórico debepor ella introducido, que es precisamente lo que el elemento histórico debe

esclarecer. Por ello, esclarecer. Por ello,

como bien afirma el profesor Jorge Carrión Lugo, la interpretación por el elementocomo bien afirma el profesor Jorge Carrión Lugo, la interpretación por el elemento

histórico está constituida por la indagación de la realidad social existente en lahistórico está constituida por la indagación de la realidad social existente en la

época en que se elaboró y se dio la norma, en el estudio de los antecedentesépoca en que se elaboró y se dio la norma, en el estudio de los antecedentes

históricos que tuvieron influencia en su promulgación. históricos que tuvieron influencia en su promulgación.

Por su parte, Claude Du Pasquier explica que este método consiste en investigar elPor su parte, Claude Du Pasquier explica que este método consiste en investigar el

estado de espíritu en que se encontraban los autores de la ley; los motivos que losestado de espíritu en que se encontraban los autores de la ley; los motivos que los

han llevado a legislar y cómo se han representado la futura aplicación de los textoshan llevado a legislar y cómo se han representado la futura aplicación de los textos

1818

Page 19: Derecho Como Ciencia Version Corregida y Aumentada

elaborados. A este efecto, se examinan los primeros proyectos de la ley que se trataelaborados. A este efecto, se examinan los primeros proyectos de la ley que se trata

y se les compara con el texto definitivo para saber en qué sentido el podery se les compara con el texto definitivo para saber en qué sentido el poder

legislativo ha precisado o transformado su pensamiento. Son así estudiados laslegislativo ha precisado o transformado su pensamiento. Son así estudiados las

exposiciones de motivos, los mensajes del exposiciones de motivos, los mensajes del poder ejecutivo, las cartas e informes depoder ejecutivo, las cartas e informes de

las comisiones encargadas, debates plenarios y todo aquello que ha precedido a lalas comisiones encargadas, debates plenarios y todo aquello que ha precedido a la

aplicación de la ley. aplicación de la ley.

Este método, dice Karl Larenz, debe tenerse en cuenta para averiguar el sentido deEste método, dice Karl Larenz, debe tenerse en cuenta para averiguar el sentido de

la ley normativamente decisivo y, sobretodo, la intención reguladora del legisladorla ley normativamente decisivo y, sobretodo, la intención reguladora del legislador

y las decisiones valorativas por él encontradas, así, para conseguiry las decisiones valorativas por él encontradas, así, para conseguir

manifiestamente esa intención siguen siendo pauta vinculante para el juez, inclusomanifiestamente esa intención siguen siendo pauta vinculante para el juez, incluso

cuando acomoda la ley a nuevas circunstancias no previstas por el legislador, ocuando acomoda la ley a nuevas circunstancias no previstas por el legislador, o

cuando la complementa. cuando la complementa.

Método Teleológico. Método Teleológico.

Este método en su denominación tiene el prefijo “tele” que significa fin. El MétodoEste método en su denominación tiene el prefijo “tele” que significa fin. El Método

Teleológico es, entonces, el que pretende llegar a la interpretación de la norma aTeleológico es, entonces, el que pretende llegar a la interpretación de la norma a

través del fin de la misma, buscando en su espíritu, que es la finalidad por la cual latravés del fin de la misma, buscando en su espíritu, que es la finalidad por la cual la

norma fue incorporada al ordenamiento jurídico. norma fue incorporada al ordenamiento jurídico.

Mencionan, Molitor y Schlosser, que Jhering, en su obra de dos volúmenes “El FinMencionan, Molitor y Schlosser, que Jhering, en su obra de dos volúmenes “El Fin

del Derecho” buscó interpretar cada reglamentación jurídica no de una maneradel Derecho” buscó interpretar cada reglamentación jurídica no de una manera

aislada sino comprendiendo las motivaciones y la función jugada en el conjuntoaislada sino comprendiendo las motivaciones y la función jugada en el conjunto

normativo como medio de realización y satisfacción de intereses. Manifiestannormativo como medio de realización y satisfacción de intereses. Manifiestan

además que Jhering, merced a esta concepción hasta entonces desconocida,además que Jhering, merced a esta concepción hasta entonces desconocida,

señaló al Derecho caminos completamente nuevos, que estaban perdidos para élseñaló al Derecho caminos completamente nuevos, que estaban perdidos para él

desde el Derecho natural desde el Derecho natural (Interpretación Teleológica)(Interpretación Teleológica). .

Debido al hecho de que los numerosos movimientos que caracterizaban al siglo XIXDebido al hecho de que los numerosos movimientos que caracterizaban al siglo XIX

carecían, no obstante, de una escala absoluta, esta concepción debió ejercer encarecían, no obstante, de una escala absoluta, esta concepción debió ejercer en

principio efectos destructores y relativizadores. Algunos autores entienden que laprincipio efectos destructores y relativizadores. Algunos autores entienden que la

finalidad de la norma está en su finalidad de la norma está en su “ratio legis”“ratio legis”, es decir, en su razón de ser. Tal es el, es decir, en su razón de ser. Tal es el

caso, por ejemplo del Jurista Claude Du Pasquier, quien afirma que caso, por ejemplo del Jurista Claude Du Pasquier, quien afirma que “según el punto“según el punto

de vista en que uno se coloque, la de vista en que uno se coloque, la ratio legisratio legis puede ser considerada como el fin puede ser considerada como el fin

1919

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realmente querido por el legislador en la época de elaboración de la ley ...” (sic),realmente querido por el legislador en la época de elaboración de la ley ...” (sic), o o

el del profesor sanmarquino Raúl Peña Cabrera, quien, comentando lael del profesor sanmarquino Raúl Peña Cabrera, quien, comentando la

Interpretación Teleológica, dice que si la ley es clara, basta con la interpretaciónInterpretación Teleológica, dice que si la ley es clara, basta con la interpretación

gramatical, sin embargo, puede ocurrir que la ley sea un tanto oscura, en tal casogramatical, sin embargo, puede ocurrir que la ley sea un tanto oscura, en tal caso

es conveniente apuntar a la intención de la norma, es decir considerar la “ratioes conveniente apuntar a la intención de la norma, es decir considerar la “ratio

legis”. La captación del espíritu de la ley implica el empleo de procedimientoslegis”. La captación del espíritu de la ley implica el empleo de procedimientos

lógicos y valorativos. lógicos y valorativos.

Otros autores, como ya habíamos advertido, entienden por este Método al MétodoOtros autores, como ya habíamos advertido, entienden por este Método al Método

Lógico o, por lo menos, entienden al Método Teleológico como parte de aquél. ElLógico o, por lo menos, entienden al Método Teleológico como parte de aquél. El

último de los casos se advierte, por ejemplo, en el tratadista español Manuel Garcíaúltimo de los casos se advierte, por ejemplo, en el tratadista español Manuel García

Amigo, quien, al referirse al método lógico dice: Amigo, quien, al referirse al método lógico dice: “Es obvio, además, que cuando el“Es obvio, además, que cuando el

legislador dicta una norma, persigue un legislador dicta una norma, persigue un finfin, a cuya obtención encadena, a cuya obtención encadena

lógicamente el precepto. Por eso toda interpretación debe seguir las reglas de lalógicamente el precepto. Por eso toda interpretación debe seguir las reglas de la

Lógica. Y esto es algo que se admite desde siempre, siendo unánimementeLógica. Y esto es algo que se admite desde siempre, siendo unánimemente

aceptado.” (sic). aceptado.” (sic).

Método Empírico. Método Empírico.

Éste es el Método atribuido a la Escuela de la Exégesis en sus inicios, el cualÉste es el Método atribuido a la Escuela de la Exégesis en sus inicios, el cual

consistía en investigar empíricamente la voluntad del legislador; es decir lasconsistía en investigar empíricamente la voluntad del legislador; es decir las

palabras de la ley y la intención del legislador como hechos; el recurso a obtenerpalabras de la ley y la intención del legislador como hechos; el recurso a obtener

todo lo concerniente a la ley como dato empírico. todo lo concerniente a la ley como dato empírico.

El profesor Ariel Álvarez Gardiol precisa respecto a este método lo siguiente: El profesor Ariel Álvarez Gardiol precisa respecto a este método lo siguiente:

“El método empírico postulado por la Exégesis es un recomponer los hechos“El método empírico postulado por la Exégesis es un recomponer los hechos

efectivamente pensados por los legisladores, es un ‘repensar’ algo ya pensado,efectivamente pensados por los legisladores, es un ‘repensar’ algo ya pensado,

según la fórmula de August Boeckh. Esta reconstrucción del pensamiento delsegún la fórmula de August Boeckh. Esta reconstrucción del pensamiento del

legislador está temporalmente situada, es concreta y finita, a diferencia de lalegislador está temporalmente situada, es concreta y finita, a diferencia de la

voluntad de la ley, que es por cierto intemporal. Esto último perseguíavoluntad de la ley, que es por cierto intemporal. Esto último perseguía

indudablemente consolidar una absoluta ruptura con el pasado, que permitía llegarindudablemente consolidar una absoluta ruptura con el pasado, que permitía llegar

en el examen de la ley no más allá de la voluntad psicológica del legislador.” (sic). en el examen de la ley no más allá de la voluntad psicológica del legislador.” (sic).

Método Sociológico. Método Sociológico.

2020

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Es el Método por el que la interpretación se realiza atendiendo a los requerimientosEs el Método por el que la interpretación se realiza atendiendo a los requerimientos

de la realidad social del actual momento. Para el Jurista español Manuel Albaladejode la realidad social del actual momento. Para el Jurista español Manuel Albaladejo

el Método Sociológico es el que proviene de la realidad social y procede deel Método Sociológico es el que proviene de la realidad social y procede de

observar lo que postula la realidad social del tiempo en que se actúa. Subraya esteobservar lo que postula la realidad social del tiempo en que se actúa. Subraya este

autor que ha sido el Código Civil español (en su Art. 3° numeral 1) el primero enautor que ha sido el Código Civil español (en su Art. 3° numeral 1) el primero en

reconocer la realidad social como elemento de interpretación. reconocer la realidad social como elemento de interpretación.

El intérprete, en opinión del profesor Jorge Carrión Lugo, al asumir esta actividadEl intérprete, en opinión del profesor Jorge Carrión Lugo, al asumir esta actividad

debe tener en cuenta consideraciones sociales para desentrañar el significado de ladebe tener en cuenta consideraciones sociales para desentrañar el significado de la

norma, recurriendo para ello a diversos datos que aporta la realidad social donde lanorma, recurriendo para ello a diversos datos que aporta la realidad social donde la

norma interpretada se va a aplicar. norma interpretada se va a aplicar.

Entre los máximos exponentes de este método tenemos a Nathan Roscoe PoundEntre los máximos exponentes de este método tenemos a Nathan Roscoe Pound

quien además, a criterio de Edgar Bodenheimer, está considerado como elquien además, a criterio de Edgar Bodenheimer, está considerado como el

representante más destacado de la Escuela Sociológica del Derecho. Escriberepresentante más destacado de la Escuela Sociológica del Derecho. Escribe

Bodenheimer, que Pound subraya decisivamente no la naturaleza, sino el fin yBodenheimer, que Pound subraya decisivamente no la naturaleza, sino el fin y

propósito del Derecho y que la Jurisprudencia es para él una ciencia de ingenieríapropósito del Derecho y que la Jurisprudencia es para él una ciencia de ingeniería

social que se ocupa de aquella parte del campo social (de los asuntos humanos) ensocial que se ocupa de aquella parte del campo social (de los asuntos humanos) en

la que pueden lograrse resultados mediante la ordenación de las relacionesla que pueden lograrse resultados mediante la ordenación de las relaciones

humanas por la acción de la sociedad políticamente organizada.humanas por la acción de la sociedad políticamente organizada.   Se intenta Se intenta

justificar la validez de este método más o menos diciendo que el derecho no sólojustificar la validez de este método más o menos diciendo que el derecho no sólo

regula la vida en sociedad sino que además es producto de ésta, vive y seregula la vida en sociedad sino que además es producto de ésta, vive y se

desarrolla con ésta para servir en favor de una mejor convivencia (orden) social; dedesarrolla con ésta para servir en favor de una mejor convivencia (orden) social; de

allí que su interpretación no se puede realizar ajeno a la influencia del allí que su interpretación no se puede realizar ajeno a la influencia del

contexto social en el que será aplicado. El profesor Aníbal Torres Vásquez, describecontexto social en el que será aplicado. El profesor Aníbal Torres Vásquez, describe

al respecto que, como la vida social cambia sin cesar, la necesidad de adecuar elal respecto que, como la vida social cambia sin cesar, la necesidad de adecuar el

Derecho a las recientes realidades sociales no termina nunca y agrega que paraDerecho a las recientes realidades sociales no termina nunca y agrega que para

armonizarlo con las concretas realidades cambiantes a las que debe ser aplicado, elarmonizarlo con las concretas realidades cambiantes a las que debe ser aplicado, el

intérprete no puede hacer una interpretación puramente abstracta, prescindiendointérprete no puede hacer una interpretación puramente abstracta, prescindiendo

de los otros elementos sociales con que el Derecho está compenetrado, sino quede los otros elementos sociales con que el Derecho está compenetrado, sino que

debe efectuar una interpretación social. debe efectuar una interpretación social.

2121

Page 22: Derecho Como Ciencia Version Corregida y Aumentada

Este método, según entiende Carlos Ramos Núñez, se distingue de los demásEste método, según entiende Carlos Ramos Núñez, se distingue de los demás

porque atiende a consideraciones extrajurídicas y se sirve de disciplinas científicasporque atiende a consideraciones extrajurídicas y se sirve de disciplinas científicas

distintas al Derecho. distintas al Derecho.

11. OBJETO DE ESTUDIO DEL DERECHO.-11. OBJETO DE ESTUDIO DEL DERECHO.-

En el área de las Ciencias Sociales se comparte una única metodología general de laEn el área de las Ciencias Sociales se comparte una única metodología general de la

investigación científica; por ello, es factible aplicar un mismo concepto de la investigacióninvestigación científica; por ello, es factible aplicar un mismo concepto de la investigación

científica a cualquier ciencia de esta rama, científica a cualquier ciencia de esta rama, con la especificación del objeto peculiar quecon la especificación del objeto peculiar que

correspondacorresponda. En el caso del . En el caso del DERECHODERECHO, esta situación condiciona que en la investigación, esta situación condiciona que en la investigación

jurídica no exista un consenso deseable acerca de aquello que es estudiable.jurídica no exista un consenso deseable acerca de aquello que es estudiable.

Efectivamente en el caso del derecho encontramos diversas concepciones de las cualesEfectivamente en el caso del derecho encontramos diversas concepciones de las cuales

se pueden formular diversos objetos de estudio.se pueden formular diversos objetos de estudio.

Pues bien una de las formas de resolver este problema según los investigadores jurídicosPues bien una de las formas de resolver este problema según los investigadores jurídicos

es acoger el DERECHO lo más objetiva y racionalmente. Dentro de sus propuestases acoger el DERECHO lo más objetiva y racionalmente. Dentro de sus propuestas

desatacamos las siguientes:desatacamos las siguientes:

11.1. Concepción Triádica del derecho:11.1. Concepción Triádica del derecho:

Por esta concepción se concibe a este originado e integrado por los siguientes elementos:Por esta concepción se concibe a este originado e integrado por los siguientes elementos:

una dimensión normativa, otra axiológica y una ultima social. una dimensión normativa, otra axiológica y una ultima social.

a)a) Dimensión Normativa: compuesto de normas mediante las cuales se define unDimensión Normativa: compuesto de normas mediante las cuales se define un

determinado comportamiento social y se precisa un círculo de hechos socialesdeterminado comportamiento social y se precisa un círculo de hechos sociales

admisibles o no conforme a las concepciones valorativas predominantes en unadmisibles o no conforme a las concepciones valorativas predominantes en un

concreto momento y lugar, en correspondencia con unos conjuntos de condicionesconcreto momento y lugar, en correspondencia con unos conjuntos de condiciones

socioeconómicos, políticos, ideológicos, culturales y hasta tradicionales.socioeconómicos, políticos, ideológicos, culturales y hasta tradicionales.

b)b) Dimensión Social: El derecho no es solamente un fenómeno normativo, sino queDimensión Social: El derecho no es solamente un fenómeno normativo, sino que

las normas tienen como fundamento un circulo de intereses y también a través delas normas tienen como fundamento un circulo de intereses y también a través de

ellas estos se expresan y tutelan. Aun más si tenemos en cuenta que el hombreellas estos se expresan y tutelan. Aun más si tenemos en cuenta que el hombre

es un ser social que vive en sociedad e interactúa con ella, que se parece a sues un ser social que vive en sociedad e interactúa con ella, que se parece a su

tiempo y que su conducta e intereses están condicionados espacial ytiempo y que su conducta e intereses están condicionados espacial y

temporalmente, podemos concluir con la existencia de unos intereses generales,temporalmente, podemos concluir con la existencia de unos intereses generales,

2222

Page 23: Derecho Como Ciencia Version Corregida y Aumentada

cierta identificación de objetivos, tanto en las esferas económicas social y políticacierta identificación de objetivos, tanto en las esferas económicas social y política

que condicionan a acción humana individual o grupal política y jurídica. que condicionan a acción humana individual o grupal política y jurídica.

c)c) Dimensión Axiológica: Los valores son criterios ideales en que lo jurídico trata deDimensión Axiológica: Los valores son criterios ideales en que lo jurídico trata de

orientarse, supremas cualidades que se estiman debe realizarse, posicionesorientarse, supremas cualidades que se estiman debe realizarse, posiciones

conductistas que afirman que el derecho era regulador, plasmador de conductas,conductistas que afirman que el derecho era regulador, plasmador de conductas,

que habrían sido seleccionadas luego de un juicio de valor.que habrían sido seleccionadas luego de un juicio de valor.

12. OTROS OBJETOS DE ESTUDIO.- 12. OTROS OBJETOS DE ESTUDIO.-

Aquella que concibe el derecho según los elementos cognitivos que laAquella que concibe el derecho según los elementos cognitivos que la

integran necesariamente: una dimensión filosófica, otra científica y unaintegran necesariamente: una dimensión filosófica, otra científica y una

ultima social. ultima social.

La Norma Jurídica, el objeto de la investigación esta referido a las manerasLa Norma Jurídica, el objeto de la investigación esta referido a las maneras

a través de las cuales las normas de derecho se generan, interpretan oa través de las cuales las normas de derecho se generan, interpretan o

aplican y a la forma en que estas son accionadas ante los órganosaplican y a la forma en que estas son accionadas ante los órganos

jurisdiccionales.jurisdiccionales.

La conducta individual exterior y la social, que produce efectos reguladosLa conducta individual exterior y la social, que produce efectos regulados

por normas.por normas.

El contenido de Carácter social o de tipo económico o político de lasEl contenido de Carácter social o de tipo económico o político de las

conductas regulados por la norma.conductas regulados por la norma.

El Carácter Estático, en estado de reposo, como un sistema establecido elEl Carácter Estático, en estado de reposo, como un sistema establecido el

derecho aparece como un orden social, como un sistema de normas quederecho aparece como un orden social, como un sistema de normas que

regulan la conducta reciproca de los hombres. El derecho aparece como unregulan la conducta reciproca de los hombres. El derecho aparece como un

conjunto de normas determinantes de la conducta humana, pone acentoconjunto de normas determinantes de la conducta humana, pone acento

sobre la normas.sobre la normas.

El Carácter Dinámico, o en movimiento en la serie de actos por los cualesEl Carácter Dinámico, o en movimiento en la serie de actos por los cuales

es creado y luego aplicado, con particular acento sobre la conductaes creado y luego aplicado, con particular acento sobre la conducta

humana. El derecho tiene la particularidad de que regula su propia creaciónhumana. El derecho tiene la particularidad de que regula su propia creación

2323

Page 24: Derecho Como Ciencia Version Corregida y Aumentada

y aplicación. El derecho aparece como un conjunto de conductas humanasy aplicación. El derecho aparece como un conjunto de conductas humanas

determinadas por las normas, pone acento sobre las conductas.determinadas por las normas, pone acento sobre las conductas.

El positivismo, El positivismo, Para el positivismo el jurista en su análisis debe limitarse alPara el positivismo el jurista en su análisis debe limitarse al

Derecho tal y como está puesto o dado, y debe abstenerse de entrar enDerecho tal y como está puesto o dado, y debe abstenerse de entrar en

valoraciones éticas o de tener en cuenta las implicaciones de las normasvaloraciones éticas o de tener en cuenta las implicaciones de las normas

en la realidad social. El derecho entendido como sistema y nada más esto,en la realidad social. El derecho entendido como sistema y nada más esto,

ha de ser su tema de estudio. Dentro del positivismo, se tiene a uno de losha de ser su tema de estudio. Dentro del positivismo, se tiene a uno de los

más connotados representantes de ésta corriente que es Hans Kelsen. más connotados representantes de ésta corriente que es Hans Kelsen.

El IusnaturalismoEl Iusnaturalismo, Es un conjunto de doctrinas muy variadas, pero que, Es un conjunto de doctrinas muy variadas, pero que

tiene como común denominador la creencia de que el Derecho "positivo"tiene como común denominador la creencia de que el Derecho "positivo"

debe ser objeto de una valoración con arreglo a un sistema superior dedebe ser objeto de una valoración con arreglo a un sistema superior de

normas o principios que se denomina precisamente "Derecho Natural".normas o principios que se denomina precisamente "Derecho Natural".

Estas valoraciones forman parte, según los iusnaturalistas, de la tarea delEstas valoraciones forman parte, según los iusnaturalistas, de la tarea del

jurista, que no debe limitarse al análisis del Derecho existente, sino que hajurista, que no debe limitarse al análisis del Derecho existente, sino que ha

de plantear como un aspecto esencial de su trabajo científico, el aspectode plantear como un aspecto esencial de su trabajo científico, el aspecto

ético del derecho.ético del derecho.

Las concepciones sociológicas del Derecho, Las concepciones sociológicas del Derecho, Las concepcionesLas concepciones

sociológicas del Derecho coinciden frente al positivismosociológicas del Derecho coinciden frente al positivismo  es defender laes defender la

necesidad de que el estudio del Derecho tenga en cuenta en formanecesidad de que el estudio del Derecho tenga en cuenta en forma

fundamental su incidencia en la realidad social en que opera. Elfundamental su incidencia en la realidad social en que opera. El

sicologismo jurídico mantiene dos grandes líneas de pensamiento: la mássicologismo jurídico mantiene dos grandes líneas de pensamiento: la más

radical considera que la labor del jurista es el análisis del derecho comoradical considera que la labor del jurista es el análisis del derecho como

fenómeno social tal y como se da en la realidad. fenómeno social tal y como se da en la realidad.   

13. OBJETO DE ESTUDIO DEL DERECHO CIVIL Y COMERCIAL.-13. OBJETO DE ESTUDIO DEL DERECHO CIVIL Y COMERCIAL.-

En el Derecho civil como rama del Derecho se abarca dos categorías de reglas: En el Derecho civil como rama del Derecho se abarca dos categorías de reglas:

Reglas relativas a la estructura orgánica y al poder de acción de las personas privadas,Reglas relativas a la estructura orgánica y al poder de acción de las personas privadas,

tanto individuales como colectivas, físicas o morales, o la organización social de la familia.tanto individuales como colectivas, físicas o morales, o la organización social de la familia.

2424

Page 25: Derecho Como Ciencia Version Corregida y Aumentada

Reglas bajo las cuales se desarrollan las relaciones de derecho, derivadas de la vida deReglas bajo las cuales se desarrollan las relaciones de derecho, derivadas de la vida de

la familia, de la apropiación de los bienes y del aprovechamiento y utilización de losla familia, de la apropiación de los bienes y del aprovechamiento y utilización de los

servicios.servicios.

A diferencia de otras ramas del derecho que regulan aspectos que solamenteA diferencia de otras ramas del derecho que regulan aspectos que solamente

atañen a parte de los individuos, como los aspectos de atañen a parte de los individuos, como los aspectos de comerciocomercio, los hechos, los hechos

delictuosos, las relaciones obrero-patronales, etc., el derecho civil tambiéndelictuosos, las relaciones obrero-patronales, etc., el derecho civil también

denominado DERECHO COMÚN se integra con normas relativas a la condicióndenominado DERECHO COMÚN se integra con normas relativas a la condición

general del general del individuoindividuo como sujeto de derechos y obligaciones como miembro de como sujeto de derechos y obligaciones como miembro de

una familia y titular de un patrimonio.una familia y titular de un patrimonio.

En sus orígenes este derecho se integraba por el conjunto de normas aplicables aEn sus orígenes este derecho se integraba por el conjunto de normas aplicables a

los integrantes de las CIVITAS Romanas, a los ciudadanos de los integrantes de las CIVITAS Romanas, a los ciudadanos de RomaRoma por lo que por lo que

denominaron IUS CIVILE, para diferenciarlo de otras normas que se aplicaban adenominaron IUS CIVILE, para diferenciarlo de otras normas que se aplicaban a

quienes procedían de otras ciudades, pero con el paso del quienes procedían de otras ciudades, pero con el paso del tiempotiempo al ser difundido a al ser difundido a

otras latitudes en un ordenamiento conocido como CORPUS IURIS CIVILES, se leotras latitudes en un ordenamiento conocido como CORPUS IURIS CIVILES, se le

denominó derecho civil.denominó derecho civil.

En la actualidad esta rama del derecho comprende las normas relativas a lasEn la actualidad esta rama del derecho comprende las normas relativas a las

personas desde su nacimiento hasta sus atributos jurídicos como capacidad,personas desde su nacimiento hasta sus atributos jurídicos como capacidad,

domicilio, domicilio, estadoestado civil, civil, nacionalidadnacionalidad, , matrimoniomatrimonio, paternidad, , paternidad, bienesbienes, obligaciones,, obligaciones,

contratoscontratos que se realicen, así como también todo lo relacionado con las que se realicen, así como también todo lo relacionado con las

sucesionessucesiones..         

El objeto de estudio del Derecho Civil y Comercial Peruano se encuentran en losEl objeto de estudio del Derecho Civil y Comercial Peruano se encuentran en los

Libros del Código Civil de 1984, los cuales son:Libros del Código Civil de 1984, los cuales son:

LIBRO I            : Derechos de las Personas: Artículos de 1 al 139;

     LIBRO II           : Acto Jurídico: Artículos 140 a 232;

     LIBRO III          : Derecho de Familia: Artículos 233 a 659;

     LIBRO IV          : Derecho de Sucesiones: Artículos 660 a 880;

     LIBRO V          : Derechos Reales: Artículos 881 a 1131;

     LIBRO VI          : Las Obligaciones: Artículos 1132 a 1350;

2525

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     LIBRO VII        : Fuente de las Obligaciones: Artículos 1351 a 1988;

     LIBRO VIII        : Prescripción y Caducidad: Artículos 1989 a 2007;

     LIBRO IX          : Registros Públicos: Artículos 2008 a 2045;

     LIBRO X          : Derecho Internacional Privado: Artículos 2046 a 2111;

13.1. MATERIAS CONSTITUTIVAS DEL DOMINIO DE APLICACIÓN DEL DERECHO13.1. MATERIAS CONSTITUTIVAS DEL DOMINIO DE APLICACIÓN DEL DERECHO

CIVIL.-CIVIL.-

Derecho de la PersonasDerecho de la Personas

Existencia e Individualización de las Personas FísicasExistencia e Individualización de las Personas Físicas

Capacidad de las Personas Físicas y sus VariacionesCapacidad de las Personas Físicas y sus Variaciones

Existencia, Individualización de las Personas morales o jurídicas Existencia, Individualización de las Personas morales o jurídicas

Derecho de FamiliaDerecho de Familia

El derecho matrimonial, o conjunto de reglas relativas al estado del esposo.El derecho matrimonial, o conjunto de reglas relativas al estado del esposo.

El derecho del parentesco, o conjunto de reglas aplicables al estado de pariente.El derecho del parentesco, o conjunto de reglas aplicables al estado de pariente.

El derecho de parentesco por afinidad, o conjunto de reglas aplicables de parientes porEl derecho de parentesco por afinidad, o conjunto de reglas aplicables de parientes por

afinidad.afinidad.

Derecho Patrimonial Derecho Patrimonial

Derecho de los BienesDerecho de los Bienes

Derecho de las obligaciones y Contratos.Derecho de las obligaciones y Contratos.

Derecho de CréditoDerecho de Crédito

Derecho de las Sucesiones y de las Disposiciones a Título GratuitoDerecho de las Sucesiones y de las Disposiciones a Título Gratuito

13.2. MATERIAS CONSTITUTIVAS DEL DOMINIO DE APLICACIÓN DEL DERECHO13.2. MATERIAS CONSTITUTIVAS DEL DOMINIO DE APLICACIÓN DEL DERECHO

COMERCIAL.-COMERCIAL.-

Derecho comercial, el objeto de estudio es el conjunto de Derecho comercial, el objeto de estudio es el conjunto de normasnormas relativas a los relativas a los

comerciantescomerciantes en el ejercicio de su profesión, a los en el ejercicio de su profesión, a los actos de comercioactos de comercio legalmente legalmente

2626

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calificados como tales y a las relaciones jurídicas derivadas de la realización de estos; encalificados como tales y a las relaciones jurídicas derivadas de la realización de estos; en

términos amplios, términos amplios, enfocado en el ejercicio del enfocado en el ejercicio del comerciocomercio . Uno de sus fundamentos es el. Uno de sus fundamentos es el

comercio librecomercio libre..

El Derecho comercial es una rama especial del El Derecho comercial es una rama especial del Derecho privadoDerecho privado, mientras el , mientras el Derecho civilDerecho civil

se erige como se erige como Derecho comúnDerecho común..

CONCLUSICONCLUSIONESONES

1. Se concluye, sosteniendo la teoría del "derecho como ciencia", por queSe concluye, sosteniendo la teoría del "derecho como ciencia", por queencontramos enencontramos en   ella un objeto definido cual es: la búsqueda y encuentro de la ella un objeto definido cual es: la búsqueda y encuentro de la justicia, y unjusticia, y un     método método   que viene a ser el camino hacia su que viene a ser el camino hacia su   objetivo. objetivo.

2727

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2. Sostenemos que el Derecho ordena la vida del grupo social, estableciendo lo queSostenemos que el Derecho ordena la vida del grupo social, estableciendo lo que se puede hacer o impidiendo hacer lo que no se puede hacer. se puede hacer o impidiendo hacer lo que no se puede hacer.

3. El Derecho tiene como objeto regular la actividad individual y permitir la vida enEl Derecho tiene como objeto regular la actividad individual y permitir la vida en sociedad. La cual busca un fin que es un fin común de todos los integrantes delsociedad. La cual busca un fin que es un fin común de todos los integrantes del grupo social. grupo social.

4. De esta manera deben sus normas realizar un fin de manera colectiva: buscar elDe esta manera deben sus normas realizar un fin de manera colectiva: buscar el bien común que concebimos como la mayor felicidad para los integrantes delbien común que concebimos como la mayor felicidad para los integrantes del grupo social. No se puede concebir norma alguna integrante del sistema jurídicogrupo social. No se puede concebir norma alguna integrante del sistema jurídico que tenga como objeto el alcance de un fin individual.que tenga como objeto el alcance de un fin individual.

5. Es así que, entendemos al Derecho como una Ciencia, por que encontramos enEs así que, entendemos al Derecho como una Ciencia, por que encontramos en  élél un objeto definido, a saber, la búsqueda y encuentro de la justicia, yun objeto definido, a saber, la búsqueda y encuentro de la justicia, y unun  métodométodo  que viene a ser el camino hacia suque viene a ser el camino hacia su  objetivo.objetivo.

6. Los métodos del derecho son muy importantes para el jurista, puesto queLos métodos del derecho son muy importantes para el jurista, puesto que constituyen su elemento principal para desentrañar una norma y llegar a su exactoconstituyen su elemento principal para desentrañar una norma y llegar a su exacto significado.significado.

7. El método utilizado principalmente en el Derecho Peruano, siendo este un derechoEl método utilizado principalmente en el Derecho Peruano, siendo este un derecho positivo, es el método deductivo.positivo, es el método deductivo.

8. El objeto de estudio del Derecho, condiciona la investigación jurídica, no existe unEl objeto de estudio del Derecho, condiciona la investigación jurídica, no existe un consenso deseable acerca de aquello que se investiga, pero debemos usar unconsenso deseable acerca de aquello que se investiga, pero debemos usar un enfoque, que refleje lo más objetivamente posible no tanto aquella que permitaenfoque, que refleje lo más objetivamente posible no tanto aquella que permita una mayor heurística.una mayor heurística.

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