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BIBLIOGRAFIA. INTERNET. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES - Seguridad Laboral - Prevención de Accidentes-Salud Laboral [en línea]. Albacete, España. Disponible en http://www.prevention-world.com. [Consulta: 31 de Octubre de 2006] INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO. Portal Temático de Riesgo Químico. [Base de datos en línea]. España. Disponible en: http://www.mtas.es/INSHTriskquimindex.htm. [Consulta: 13 de Noviembre de 2006]. SEGULAB: ENCICLOPEDIA ON-LINE DE PREVENCION DE RIESGOS DE TRABAJO (LABORALES). Fichas de Seguridad de sustancias químicas. [Base de datos en línea]. Disponible en: htttp://www.segulab.com. [Consulta: 14 de Noviembre de 2006]. ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO. Normas, principios y derechos fundamentales del trabajo. [Base de datos en línea]. Disponible en: http://www.ilo.org/public/spanish/standars/index.htm. [Consulta: 19 de Noviembre de 2006]. MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL. Normas Laborales. [Base de datos en línea]. El Salvador. Disponible en: htttp://www.mtps.gob.sv. [Consulta: 21 de Noviembre de 2006]. GRUPO KAIZEN, S.A. http://www.grupokaizen.com. [Consulta: 21 de Noviembre de 2006]. SOCIEDAD ECUATORIANA DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTION AMBIENTAL (SESSO). http://www.sesso.org.ec. [Consulta: 25 de Noviembre de 2006]. LIBROS. CRANE, RONALD; DRYMEN, JOHN. Metodología para elaborar tesis. Cuarta Edición. México, MX: Editorial McGraw-Hill, 2004. 705 p. ISBN 970-10-3638-9.

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BIBLIOGRAFIA.

INTERNET.

• PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES - Seguridad Laboral - Prevención de

Accidentes-Salud Laboral [en línea]. Albacete, España. Disponible en

http://www.prevention-world.com. [Consulta: 31 de Octubre de 2006]

• INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO. Portal

Temático de Riesgo Químico. [Base de datos en línea]. España. Disponible en:

http://www.mtas.es/INSHTriskquimindex.htm. [Consulta: 13 de Noviembre de

2006].

• SEGULAB: ENCICLOPEDIA ON-LINE DE PREVENCION DE RIESGOS DE

TRABAJO (LABORALES). Fichas de Seguridad de sustancias químicas. [Base

de datos en línea]. Disponible en: htttp://www.segulab.com. [Consulta: 14 de

Noviembre de 2006].

• ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO. Normas, principios y

derechos fundamentales del trabajo. [Base de datos en línea]. Disponible en:

http://www.ilo.org/public/spanish/standars/index.htm. [Consulta: 19 de Noviembre

de 2006].

• MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL. Normas Laborales. [Base de

datos en línea]. El Salvador. Disponible en: htttp://www.mtps.gob.sv. [Consulta:

21 de Noviembre de 2006].

• GRUPO KAIZEN, S.A. http://www.grupokaizen.com. [Consulta: 21 de Noviembre

de 2006].

• SOCIEDAD ECUATORIANA DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y

GESTION AMBIENTAL (SESSO). http://www.sesso.org.ec. [Consulta: 25 de

Noviembre de 2006].

LIBROS.

• CRANE, RONALD; DRYMEN, JOHN. Metodología para elaborar tesis. Cuarta

Edición. México, MX: Editorial McGraw-Hill, 2004. 705 p. ISBN 970-10-3638-9.

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• CHASTEL, H. La Seguridad Laboral. Opciones Gerenciales. Primera Edición.

México, MX: Editorial Prentice Hall. 1996. 226 p. ISBN 970-33-8752-3.

• MOORE, DAVID. Contaminación Ambiental. Contaminación Industrial. Segunda

Edición. Colombia, CL: Editorial Indoamericana Press-Service. 1998. 458 p. ISBN

958-45-2489-7.

• HERNANDEZ, FERNANDEZ Y BAPTISTA. Metodología de la Investigación.

Segunda Edición. México, MX: Editorial McGRaw-Hill. 1998. 469 p. ISBN 970-10-

6587-2.

• DE MEDINA, LEDO. Manual de Higiene y Seguridad Industrial. Primera Edición.

Venezuela, VZ: Editorial Universal. 1994. 265 p. ISBN 980-29-5973-5.

• GIDALBERTO, BONILLA. Como hacer una tesis de Graduación. Segunda

edición. San Salvador, ES; UCA 1995. Colección Textos Universitarios Volumen

18. ISBN 84-8405-182-X.

• HERNANDEZ, MALFAVON, FERNANDEZ. Seguridad e Higiene Industrial.

Primera Edición. México. Editorial Limusa. ISBN 9681855361.

• AUTORES VARIOS. Factores Ambientales en el lugar de trabajo. Segunda

Edición. España. Editorial International Labour Organization. ISBN 9223116287.

• AUTORES VARIOS. Manual básico de prevención de riesgos laborales. Primera

edición: julio 2000. Edita Sociedad Asturiana de Medicina y Seguridad en el

Trabajo y Fundación Médicos Asturias. ISBN: 84-600-9602-5.

TESIS.

• MONTERROSA NUÑEZ, PALACIOS GARCIA, PRUDENCIO DE JESUS.

Sistematización de la administración de la Higiene y Seguridad total en la

Universidad Francisco Gavidia. [2005].Páginas: 111-112,115. San Salvador, El

Salvador.

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Otros:

• Ley del ISSS El Salvador (ES) 1973.

• Ley de Prevención de riesgos ES (Anteproyecto de Ley).

• Estadísticas del ISSS ES 2005.

• Código de trabajo ES 1973.

• Código de Salud ES 1973.

• Normas Internacionales OSHAS 18000-2000.

• Plan de acción estratégico nacional en torno a la seguridad y salud ocupacional

en el salvador 2004-2009

Entrevistas:

• Autoridades de la Universidad

• Personal administrativo

• Docentes de la UFG

• Alumnos de la UFG

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ANEXOS

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ANEXO A. NORMA OHSAS 18001:1999. OCCUPATIONAL HEALTH AND SAFETY ASSESSMENT SERIES OHSAS 18001:1999.

Occupational health and safety management systems — Specification.

Sistema de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional — Especificación.

Traducción libre adaptada a los efectos de la divulgación por el Dr. Damaso Tor OHSAS 18001:1999. Prólogo.

Esta especificación de la serie de evaluación de la seguridad y salud ocupacional - Occupational Health and

Safety Assessment Series (OHSAS) - es el documento que acompaña a la OHSAS 18002 - Directrices para la

Implementación de la OHSAS 18001, fueron desarrolladas en respuesta a la urgente demanda de los clientes por

una norma reconocida para sistemas de gestión de seguridad y salud ocupacional, en base a la cual las

organizaciones puedan ser evaluadas y certificadas.

La OHSAS 18001 fue desarrollada para que fuera compatible con la norma de sistemas de gestión ISO

9001:1994 (Calidad) e ISO 14001:1996 (Medio Ambiente), de modo de facilitar en las organizaciones, la

integración de los sistemas de gestión de calidad, ambiental y de seguridad y salud ocupacional, si es que ellas

así lo desean.

Esta especificación OHSAS, será revisada o modificada cuando se considere apropiado. Las revisiones se

realizarán cuando sean publicadas nuevas ediciones de la ISO 9001 o de la ISO 14001, para asegurarse de que

se mantiene su compatibilidad.

Esta especificación OHSAS, será retirada de la circulación en la medida que se publique una norma internacional

equivalente.

Para Gran Bretaña:

• La BSI - OHSAS 18001 no es una norma británica;

• La BSI - OHSAS 18001 será retirada de circulación cuando se publique una norma británica equivalente;

• La BSI - OHSAS 18001 es publicada por la BSI quien es su propietario y tiene todos los derechos de autoría.

El proceso de desarrollo utilizado por la OHSAS 18001 está abierto a otros patrocinadores que deseen

producir, en asociación con la BSI, tipos similares de documentos, siempre que estos patrocinadores estén

dispuestos a atender las condiciones que establece la BSI para tales documentos. Reconocimientos. La OHSAS 18001 fue desarrollada con la participación de las siguientes organizaciones:

• National Standards Authority of Ireland

• South African Bureau of Standards

• British Standards Institution

• Bureau Veritas Quality International

• Det Norske Veritas

• Lloyds Register Quality Assurance

• National Quality Assurance

• SFS Certification

• SGS Yarsley International Certification Services

• Asociación Española de Normalización y Certificación

• International Safety Mangement Organisation Ltd.

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• Standards and Industry Research Institute of Malaysia

• International Certification Services

Publicaciones consultadas durante el desarrollo de esta norma OHSAS.

• BS 8800:1996 Guide to occupational health and safety management systems

• Technical Report NPR 5001:1997 Guide to an occupational health and safety management system.

• SGS & ISMOL ISA 2000:1997 Requirements for Safety and Health Management Systems

• BVQI SafetyCert: Occupational Safety and Health Management Standard

• DNV Standard for Certification of Occupational Health and Safety Management Systems (OHSMS):1997

• Draft NSAI SR 320 Recommendation for an Occupational Health and Safety (OH and S) Management

System

• Draft AS/NZ 4801 Occupational health and safety management systems — Specification with guidance for

use

• Draft BSI PAS 088 Occupational health and safety management systems

• UNE 81900 series of pre-standards on the prevention of occupational risks.

• Draft LRQA SMS 8800 Health & safety management systems assessment criteria

• OHSAS 18001 will supersede some of these referenced documents.

• OHSAS 18001 maintains a high level of compatibility with, and technical equivalence to UNE 81900.

1. Alcance.

Esta serie de Especificaciones de Evaluación de la Seguridad y Salud Ocupacional (Occupational Health and

Safety OHSAS) entrega los requisitos para un sistema de gestión de Seguridad y Salud Ocupacional (SSO), de

forma de habilitar a una organización para controlar sus riesgos de SSO y mejorar su desempeño. No establece

criterios específicos de desempeño SSO, ni da las especificaciones detalladas para el diseño de un sistema de

gestión. Esta especificación de OHSAS es aplicable a cualquier organización que desea:

a) establecer un sistema de gestión SSO para eliminar o minimizar el riesgo a los empleados y otras partes

interesadas, que puedan estar expuestas a los riesgos de SSO asociados con sus actividades;

b) implementar, mantener y mejorar continuamente su sistema de gestión SSO

c) asegurarse de la conformidad con su política de SSO que haya declarado;

d) demostrar tal conformidad a otros;

e) buscar la certificación/registro de su sistema de gestión SSO ante una organización externa; o

f) hacer su propia determinación y declaración de conformidad con esta especificación de OHSAS.

Todos los requisitos en esta especificación de OHSAS, se intenta que estén considerados en cualquier sistema

de gestión SSO. La magnitud o alcance de la aplicación dependerá de los factores contenidos en la política de

SSO de la organización, de la naturaleza de sus actividades, de los riesgos y de la complejidad de sus

operaciones.

Es la intención o propósito de que esta especificación de OHSAS, se oriente a la seguridad y salud ocupacional,

en lugar de la seguridad de los productos y servicios.

2. Publicaciones de la Referencia.

En la Bibliografía se listan otras publicaciones que proporcionan información o referencias. Es aconsejable

consultar las últimas ediciones de tales publicaciones. Específicamente, la referencia debe hacerse a:

• OHSAS 18002:1999, Guías para la aplicación de OHSAS 18001.

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• BS 8800:1996, Guía para sistemas de gestión de Seguridad y Salud Ocupacional.

3. Términos y Definiciones.

Para los propósitos de esta especificación OHSAS, se aplican los siguientes términos y definiciones:

3.1 Accidente: Evento indeseado que da lugar a la muerte, enfermedad, lesión, daño u otra pérdida.

3.2. Auditoría: Examen sistemático para determinar si las actividades y los resultados relacionados están en

conformidad a los resultados y actividades planificadas y si estas actividades se llevan a cabo eficazmente y son

convenientes para lograr la política de la organización y objetivos (vea 3.9)

3.3 Mejoramiento Continuo: Proceso de reforzamiento del sistema de gestión SSO, que se orienta a lograr

mejoramientos en el desempeño global de la Seguridad y Salud Ocupacional, de acuerdo con la política de SSO

de la organización. NOTA: No es necesario que el proceso sea aplicado simultáneamente en todas las áreas de actividad.

3.4. Peligro: Fuente o situación que tiene un potencial de producir un daño, en términos de una lesión o

enfermedad, daño a propiedad, daño al ambiente del lugar de trabajo, o a una combinación de éstos.

3.5. Identificación de peligros: Proceso que permite reconocer que un peligro existe (vea 3.4) y que a la vez

permite definir sus características

3.6. Incidente: Evento que da lugar a un accidente o que tiene el potencial para producir un accidente.

NOTA: Un incidente en que no ocurre ninguna lesión, enfermedad, daño, u otra pérdida se denomina “cuasi–

incidente”. El término “incidente” incluye los “cuasi-incidentes”.

3.7. Partes Interesadas: Individuos o grupos involucrados con, o afectados por, el desempeño del sistema de

SSO de una organización.

3.8. No Conformidades Cualquier desviación de las normas de trabajo, prácticas, procedimientos, regulaciones,

desempeño del sistema de gestión, etc. Que pueda llevar, directamente o indirectamente, a una lesión o

enfermedad, a un daño de propiedad, un daño al ambiente del lugar de trabajo, o a una combinación de éstos.

3.9 Objetivos: Metas, en términos de desempeño del sistema SSO, que una organización establece por si misma

NOTA: Los objetivos deben cuantificarse en la medida que resulte práctico.

3.10. Seguridad y Salud Ocupacional (SSO): Condiciones y factores que afectan el bienestar: de empleados,

de obreros temporales, del personal del contratista, de visitantes y de cualquier otra persona en el lugar de

trabajo

3.11. Sistema de Gestión SSO: Parte del sistema de gestión global, que facilita la gestión de los riesgos de SSO

asociados a los negocios de la organización. Esto incluye la estructura orgánica, las actividades de planificación,

responsabilidades, prácticas, procedimientos, procesos y recursos para desarrollar, implementar, lograr, analizar

críticamente y mantener la política de SSO de la organización.

3.12. Organización: Compañía, corporación, firma, empresa, institución o asociación, o parte de ella, incorporada

o no, pública o privada, que tiene sus propias funciones y estructura administrativa.

NOTA: Para las organizaciones con más de una unidad de negocio, una sola unidad de negocio puede definirse

como una organización.

3.13. Desempeño: Resultados mensurables del Sistema de Gestión SSO, relacionados con el control que tiene

la organización sobre los riesgos relativos a su seguridad y salud ocupacional y que se basa en su política de

SSO y objetivos

NOTA: la medición de desempeño incluye la medición de actividades y resultados de gestión de SSO.

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3.14. Riesgo: Combinación entre la probabilidad de ocurrencia y las consecuencias de un determinado evento

peligroso.

3.15 Evaluación de riesgo: Proceso global de estimar la magnitud de los riesgos y decidir si un riesgo es o no es

tolerable

3.16 Seguridad: Ausencia de riesgos inaceptables de daño (ISO/IEC Guide 2)

3.17 Riesgo tolerable: Riesgo que se ha reducido a un nivel que puede ser aceptable para la organización,

teniendo en consideración sus obligaciones legales y su propia política de SSO.

4 Elementos del Sistema de Gestión SSO. 4.1 Requisitos generales.

La organización debe establecer y mantener un sistema de gestión de seguridad y salud ocupacional (SSO),

cuyos requisitos están descritos en la sección 4.

4.2 Politica SSO Debe existir una política de seguridad y salud ocupacional, autorizada por la alta gerencia de la organización, que

establezca claramente los objetivos globales de SSO y el compromiso para mejorar el desempeño de la

seguridad y salud. La política debe:

a) ser apropiada a la naturaleza y escala de los riesgos de la SSO de la organización,

b) incluir el compromiso con el mejoramiento continuo,

c) incluir el compromiso con el cumplimiento, por lo menos, de la legislación vigente de SSO aplicable y con otros

requisitos suscritos por la organización,

d) estar documentada, implementada y mantenida,

e) ser comunicada a todos los funcionarios, con el objetivo de que éstos tengan conocimiento de sus obligaciones

individuales en relación a SSO,

f) que esté disponible para todas las partes interesadas, y

g) sea analizada críticamente, en forma periódica, para asegurar que ésta permanece pertinente y apropiada a la

organización.

4.3 Planificación. 4.3.1 Planificación para la identificación de peligros y evaluación y control de los riesgos.

La organización debe establecer y mantener procedimientos para la identificación continua de los peligros, para la

evaluación de los riesgos y para la implementación de las medidas de control que sean necesarias. Estos

procedimientos deben incluir:

• Actividades de rutina y no rutinarias,

• Actividades de todo el personal que tiene acceso a los lugares de trabajo (incluyendo subcontratados y

visitantes),

• Instalaciones en los locales de trabajo, tanto las facilitadas por la organización como por otros.

La organización debe asegurar que los resultados de esas evaluaciones y los efectos de esos controles, sean

considerados cuando se definan los objetivos de SSO. La organización debe documentar y mantener estas

informaciones actualizadas.

La metodología de la organización para la identificación de los peligros y para la evaluación de riesgos debe:

• Ser definida respecto de su alcance, naturaleza y oportunidad para actuar de modo de asegurar que ésta sea

proactiva en vez de reactiva,

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• Asegurar la clasificación de riesgo y la identificación de aquellos que deben ser eliminados, o controlados, a

través de actividades que estén en conformidad con lo que a lo que se define en 4.3.3 y 4.3.4,

• Ser consistente con la experiencia operacional y con la capacidad de las medidas de control de riesgos que

se empleen,

• Proporcionar los requisitos de entrada para la determinación; de los requisitos de la instalación, de la

identificación de las necesidades de entrenamiento y/o del desarrollo de los controles operacionales,

• Asegurar el monitoreo de las acciones requeridas para asegurar tanto la eficiencia como el plazo de

implementación de las mismas.

NOTA: para directrices adicionales sobre identificación de peligros y sobre evaluación y control de riesgos de ver

OHSAS 18.002.

4.3.2 Requisitos legales y otros requisitos

La organización debe establecer y mantener procedimientos para identificar y tener acceso a la legislación y a

otros requisitos de SSO, que le sean aplicables.

La organización debe mantener esta información actualizada. Debe comunicar las informaciones pertinentes

sobre requisitos legales y otros requisitos, a sus funcionarios y a otras partes interesadas que sean relevantes.

4.3.3 Objetivos

La organización debe establecer y mantener objetivos de seguridad y salud ocupacional documentados, en cada

nivel y funciones pertinentes de la organización.

Al establecer y analizar en forma crítica sus objetivos, la organización debe considerar los requisitos legales y

otros requisitos, los peligros y riesgos de SSO, sus opciones tecnológicas, sus requisitos financieros,

operacionales y de negocios así como el punto de vista de las partes interesadas. Los objetivos deben ser

compatibles con la política de SSO, incluyendo el compromiso con el mejoramiento continuo.

4.3.4 Programa de gestión de SSO Una organización debe establecer y mantener un programa de SSO para lograr sus objetivos. Esos programas

deben incluir la documentación para:

a. La definición de responsabilidad y autoridad en cada función y nivel pertinente de la organización, que sea

necesaria para el logro de los objetivos; y

b. Los medios y el plazo dentro del cual se deben cumplir esos objetivos.

El programa(s) de gestión de SSO debe ser analizado en forma crítica a intervalos planificados y regulares. En la

medida que sea necesario, debe modificarse este programa, para atender los cambios en las actividades, en los

productos, en los servicios o en las condiciones operacionales de la organización.

4.4 Implementación y operación 4.4.1 Estructura y responsabilidad

Las funciones, responsabilidades y autoridades del personal que gestiona, desarrolla y verifica actividades que

tienen efecto sobre los riesgos de SSO, tanto en las actividades, como en las instalaciones y procesos de la

organización, deben ser definidas, documentadas y comunicadas a fin de facilitar la gestión de seguridad y salud

ocupacional.

La responsabilidad final por la SSO es de la alta gerencia. La organización debe nominar a un integrante de la

alta gerencia, (por ejemplo en una gran organización, puede ser un miembro del directorio o del comité ejecutivo)

y otorgarle responsabilidades específicas, para asegurar que el sistema de gestión de SSO está adecuadamente

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implementado y atiende los requisitos en todas las instalaciones y ámbitos de operación, dentro de la

organización.

La gerencia debe proporcionar los recursos esenciales para la implementación, control y mejoramiento del

sistema de gestión SSO.

NOTA: los recursos incluyen: recursos humanos, calificaciones específicas, tecnología y recursos financieros.

El representante nominado por la gerencia de la organización, debe tener funciones, responsabilidades y

autoridad definida para:

a) Asegurar que los requisitos del sistema de gestión SSO sean establecidos, implementados y mantenidos de

acuerdo con esta especificación OHSAS,

b) Asegurar que los informes sobre el desempeño del sistema de gestión de SSO, sean presentados a la alta

gerencia para su análisis crítico y que sirvan de base para el mejoramiento del referido sistema.

Todos aquellos que tengan responsabilidad gerencial deben demostrar su compromiso, con el mejoramiento

continuo del desempeño del SSO.

4.4.2 Entrenamiento, conocimiento y competencia

El personal debe ser competente para desempeñar las tareas que puedan tener impacto sobre el SSO en el local

de trabajo. La competencia debe estar definida en términos de educación apropiada, capacitación, entrenamiento

y/o experiencia.

La organización debe establecer y mantener procedimientos para asegurar que sus empleados, trabajando en

cada nivel y función pertinentes, estén conscientes de:

• La importancia de la conformidad con la política y procedimiento de SSO y con los requisitos del sistema de

gestión de seguridad y salud ocupacional,

• Las consecuencias de la SSO, reales o potenciales, en sus actividades de trabajo y de los beneficios para la

seguridad y salud, resultantes del mejoramiento de su desempeño personal,

• Sus funciones y responsabilidades, para lograr la conformidad con la política y procedimientos de SSO y con

los requisitos del sistema de gestión, incluyendo los requisitos y preparación para la atención de emergencias

(ver 4.4.7),

• Las potenciales consecuencias., ante la inobservancia de los procedimientos operacionales especificados.

Los procedimientos de entrenamiento deben tener en consideración los diferentes niveles de: responsabilidad,

capacidad y alfabetismo; y riesgo.

4.4.3 Consulta y comunicación La organización debe tener procedimientos para asegurar que las informaciones pertinentes de SSO, sean

comunicadas hacia y desde los funcionarios y de otras partes interesadas.

El involucramíento del personal y las instancias de comunicación deben ser documentados y las partes

interesadas informadas.

Los empleados deben ser:

• Involucrados en el desarrollo y en el análisis crítico de las políticas y procedimientos para la gestión de

riesgos,

• Consultados cuando exista cualquier cambio que afecte su seguridad y salud en el local de trabajo,

• Representados en los asuntos de seguridad y salud, e

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• Informados sobre quién es el representante(s) de los empleados, en los asuntos de SSO y quién es el

representante nominado por la gerencia (ver 4.4.1).

4.4.4 Documentación

La organización debe establecer y mantener información, en algún medio apropiado tal como papel o medio

electrónico para:

a) Describir los elementos claves del sistema de gestión y su interacción entre ellos y

b) Proporcionar orientación sobre la documentación relacionada.

NOTA: es importante que la documentación sea mantenida por el período mínimo requerido para su efectividad y

eficiencia.

4.4.5 Control de documentos y datos

La organización debe establecer y mantener procedimientos para el control de todos los documentos y datos

exigidos por esta especificación OHSAS, para asegurar que:

a) Puedan ser localizados,

b) Sean periódicamente analizados, revisados cada vez que sea necesario y aprobados respecto de su

adecuación por personal autorizado,

c) Las versiones actualizadas de los documentos y datos pertinentes, estén disponibles en todos los locales

donde sean ejecutadas operaciones esenciales para el efectivo funcionamiento del sistema de gestión de

SSO,

d) Documentos y datos obsoletos sean oportunamente removidos de todos los puntos de emisión o uso, o de

otra forma se aseguren contra un uso no previsto, y

e) Documentos y datos, archivados y/o retenidos para propósitos legales y/o para preservación del

conocimiento, estén adecuadamente identificados.

4.4.6 Control Operacional La organización debe identificar aquellas operaciones y actividades asociadas a los riesgos identificados, donde

se requiere que sean aplicadas medidas de control. Una organización debe planificar tales actividades, inclusive

las de mantención, de forma de asegurar que sean ejecutadas bajo condiciones específicas, utilizando opciones

como:

a) Estableciendo y manteniendo procedimientos documentados para considerar situaciones donde su ausencia,

pueda acarrear desvíos en relación a la política de SSO y a sus objetivos,

b) Estipulando criterios operacionales en los procedimientos,

c) Estableciendo y manteniendo procedimientos relativos a los riesgos identificados de SSO, en bienes, en

equipos y en servicios adquiridos y/o utilizados por la organización; del mismo modo comunicando a los

proveedores y contratados, los procedimientos y requisitos pertinentes que deben ser atendidos,

d) Estableciendo y manteniendo procedimientos para el diseño de las áreas de trabajo, de los procesos, de las

instalaciones, de los equipamientos, de los procedimientos operacionales y de la organización del trabajo,

incluyendo sus adaptaciones a las capacidades humanas, de tal forma de eliminar o reducir los riesgos de

SSO en su fuente.

4.4.7 Preparación y respuesta ante emergencias La organización debe establecer y mantener planes y procedimientos, para identificar el potencial y atender

incidentes y situaciones de emergencia, así como para prevenir y reducir las posibles enfermedades y lesiones

que puedan estar asociados a ellas.

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La organización debe analizar críticamente sus planes y procedimientos de preparación y atención de las

emergencias, en particular después de la ocurrencia de incidentes o de situaciones de emergencia.

Una organización debe también ensayar periódicamente tales procedimientos siempre que sea práctico.

4.5 Verificación y Acción Correctiva 4.5.1 Monitoreo y medición del desempeño

La organización debe establecer y mantener procedimientos para monitorear y medir periódicamente el

desempeño del SSO. Estos procedimientos deben asegurar:

• Mediciones cuantitativas y cualitativas, apropiadas a las necesidades de la organización,

• Monitoreo del grado de cumplimiento de los objetivos de SSO de la organización,

• Medidas proactivas de desempeño, que monitoreen la conformidad con el o los programas de gestión de

SSO, con los criterios operacionales y con la legislación y reglamentos aplicables,

• Medidas reactivas de desempeño, para monitorear accidentes, enfermedades, incidentes (incluyendo los

cuasi-accidentes) y otras evidencias históricas de deficiencias en el desempeño de la SSO,

• Registro de datos y resultados del monitoreo y medición que sean suficientes para facilitar un subsecuente

análisis de acción correctiva y preventiva.

• Si fuera necesario contar con equipos para el monitoreo y medición del desempeño, la organización debe

establecer y mantener procedimientos para la calibración y mantención de tales equipos. Se deben

mantener los registros de las actividades de calibración, de mantención y de sus resultados.

4.5.2 Accidentes, incidentes, no conformidades y acciones correctivas y preventivas La organización debe establecer y mantener procedimientos para definir responsabilidad y autoridad para:

a) El manejo e investigación de:

* Accidentes

* Incidentes

* No conformidades

b) Adoptar medidas para reducir cualquier consecuencia que se derive de accidentes, incidentes o no

conformidades,

c) Iniciar y concluir acciones correctivas y preventivas,

d) Confirmar la efectividad de las acciones correctivas y preventivas que se hayan adoptado.

Estos procedimientos deben requerir, que todas las acciones correctivas y preventivas que se hayan propuesto,

sean analizadas críticamente utilizando el proceso de evaluación de riesgos, antes de su implementación.

Cualquier acción correctiva o preventiva que se adopte para eliminar las causas de las no conformidades, reales

y potenciales, debe ser adecuada a la magnitud de los problemas y proporcional al riesgo de SSO que se haya

verificado.

La organización debe implementar y registrar cualquier cambio en los procedimientos documentados, que se

haya materializado con motivo de acciones correctivas y/o preventivas. 4.5.3 Registros y gestión de registros La organización debe establecer y mantener procedimientos para la identificación, mantención y disposición de

los registros de SSO, así como de los resultados de auditorías y de los análisis críticos.

Los registros de SSO deben ser legibles e identificables, y permitir su trazabilidad hacia las actividades

involucradas. Tales registros deben ser archivados y mantenidos de modo tal que permitan su pronta

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recuperación y su adecuada protección contra daños, deterioro o pérdidas. El período de retención debe ser

establecido y registrado.

Los registros deben ser mantenidos de acuerdo a lo que sea apropiado, para el sistema y para la organización,

de modo de demostrar conformidad con los requisitos de esta especificación OHSAS.

4.5.4 Auditoria

La organización debe establecer y mantener un programa y procedimientos para auditorías periódicas del sistema

de gestión de SSO, que se deben realizar con el propósito de:

a) determinar si el sistema de gestión de SSO:

1. Está o no, en conformidad con las disposiciones planificadas por la gestión de SSO, incluyendo los

requisitos de esta especificación OHSAS,

2. Ha sido o no, debidamente implementado y mantenido, y

3. Es o no, efectivo en el logro de la política y los objetivos de la organización

b) Analizar críticamente los resultados de auditorias anteriores,

c) Proporcionar a la gerencia informaciones sobre los resultados de las auditorias.

El programa de auditoría de la organización, incluyendo cualquier cronograma, se debe basar en los resultados

de las evaluaciones de riesgos de las actividades de la organización y en los resultados de auditorías anteriores.

Los procedimientos de auditorías, deben proporcionar el alcance de la auditoría, la frecuencia, las metodologías y

las competencias, así como las responsabilidades y requisitos relativos a la conducción de auditorías y a la

presentación de los resultados.

Siempre que sea posible las auditorías deben ser desarrolladas por personal independiente de aquellos que

tienen responsabilidad directa por la actividad que está siendo evaluada.

NOTA: la palabra “independiente” en este caso no significa necesariamente externo a la organización.

5. Análisis crítico de la gerencia La alta gerencia de la organización, y de acuerdo a intervalos que ella haya determinado, debe analizar

críticamente el sistema de gestión de SSO, para asegurar su conveniencia, suficiencia y efectividad continuas. El

proceso de análisis crítico debe asegurar, que las informaciones necesarias sean recolectadas, de modo de

permitir a la gerencia materializar esa evaluación. El referido análisis crítico debe ser documentado. El análisis

crítico de la gerencia debe abordar la eventual necesidad de alteraciones en la política, objetivos y otros

elementos del sistema de gestión de SSO, a la luz de los resultados de las auditorías del mencionado sistema o

de los cambios en las circunstancias y del compromiso con el mejoramiento continuo.

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ANEXO B. REGLAMENTO GENERAL SOBRE SEGURIDAD E HIGIENE EN LOS CENTROS DE TRABAJO

TITULO I. DISPOSICIONES PRELIMINARES.

CAPITULO I. Objeto.

Art. 1º-El objeto de este Reglamento es establecer los requisitos mínimos de seguridad e higiene en que deben

desarrollarse las labores en los centros de trabajo, sin perjuicio de las reglamentaciones especiales que se dicten

para cada industria en particular.

CAPITULO II. Campo de Aplicación.

Art. 2º-El presente Reglamento se aplicará en todos los centros de trabajo privados, del Estado, de los Municipios

y de las Instituciones Oficiales Autónomas y Semi-Autónomas.

Los centros de trabajo que se dediquen a labores agrícolas, ganaderas y mineras estarán sujetos a

reglamentaciones especiales.

TITULO II. DE LA HIGIENE EN LOS CENTROS DE TRABAJO.

CAPITULO I. De los Edificios.

Art. 3º-Para la construcción de los edificios destinados a un centro de trabajo deben elaborarse los planos

correspondientes, conforme a las especificaciones exigidas por el Departamento Nacional de Previsión Social, y

especialmente las siguientes:

a) En las distintas plantas de la construcción deberá indicarse claramente el destino de cada local; las

instalaciones sanitarias y, en general, todos aquellos detalles que puedan contribuir a la mejor apreciación de las

condiciones higiénicas;

b) Las colindancias del predio, los nombres de las calles limítrofes y la orientación;

c) Los cortes que sean indispensables para mostrar al detalle el sistema de ventilación que se pretende

establecer;

d) La naturaleza y situación de los focos luminosos;

e) Los cortes que sean indispensables para mostrar detalladamente los sistemas de captación de polvos, gases,

vapores, etc., que se pretende establecer;

f) Los sitios que ocuparán las máquinas, motores, generadores, calderas, etc., con su respectiva denominación;

g) Debe de haber por lo menos, una puerta de entrada y otra de salida; ambas deberán abrirse hacia afuera;

h) Los techos serán impermeables y malos conductores del calor;

i) Cuando el Departamento lo estime necesario, deberán indicarse los cálculos detallados de los sistemas de

ventilación, iluminación y cimentación de maquinaria.

Art. 4º- Las instalaciones, artefactos, canalizaciones y dispositivos complementarios de los servicios de agua

potable o desagüe, gas industrial, electricidad, calefacción, ventilación y refrigeración, deberán reunir los

requisitos exigidos por los reglamentos vigentes o que al efecto se dicten sobre la materia.

Art. 5º-Los pisos de los locales de trabajo y de los patios deben ser, en general, impermeables y con inclinación y

canalización suficiente para facilitar el escurrimiento de los líquidos.

Cuando no sea posible la impermeabilización total, los patios se cubrirán parcialmente, sembrándolos de césped

o recurriendo a algún otro material higiénico.

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En los lugares de trabajo en que la técnica de la industria requiera el piso de tierra, también se construirán los

pasillos impermeables que sean necesarios.

Cuando por la naturaleza de la industria estén obligados los obreros a trabajar en locales anegados o húmedos,

se instalarán sistemas de evacuación rápida de los líquidos de desecho y se deberán instalar falsos pisos,

plataformas o tarimas.

Art. 6º-Las paredes y techos de los locales de trabajo deben pintarse de preferencia de colores claros y mates,

procurando que contrasten con los colores de las máquinas y muebles, y en todo caso, no disminuya la

iluminación.

Art. 7º-Las paredes y los techos de los edificios deben ser impermeables y poseer la solidez necesaria, según la

clase de actividades que en ellos habrán de desarrollarse.

Art. 8º-La superficie del piso del local de trabajo, deberá tener la extensión necesaria, según la clase del

establecimiento, de manera que siempre se disponga de un espacio promedio de dos metros cuadrados libres por

cada trabajador, como mínimo.

Art. 9º-Los locales de trabajo donde circulan vehículos deberán contar con los pasillos que sean necesarios,

convenientemente distribuidos y delimitados por franjas blancas pintadas a cada lado.

Si los pasillos son destinados únicamente al tránsito de personas, deberán tener una anchura no menor de un

metro; si fueren destinados al paso de vehículos, deberán tener por lo menos 50 cms. más de anchura, que la

correspondiente al vehículo más ancho que circule.

Art. 10.-La altura de las chimeneas de las fábricas y establecimientos industriales no podrá ser en ningún caso

inferior a la establecida por la Dirección General de Salud, en consideración a la ubicación de los centros de

trabajo con respecto a poblaciones o habitaciones cercanas.

CAPITULO II. De la Iluminación.

Art. 11.-Para la iluminación de los lugares de trabajo, se dará preferencia a la luz solar difusa, la que penetrará

por tragaluces y ventanas que comuniquen directamente al exterior o a lugares suficientemente iluminados.

Art. 12.-Los talleres, dependencias, pasillos, vestíbulos y en general, todos los espacios interiores de una fábrica

o establecimiento, deben ser iluminados con luz artificial, durante las horas de trabajo, cuando la luz natural no

sea suficiente.

El alumbrado artificial debe ser de intensidad adecuada y uniforme, y disponerse de tal manera que cada

máquina, mesa o aparato de trabajo quede iluminado de modo que no proyecte sombras sobre ellas, produzca

deslumbre o daño a la vista de los operarios y no altere apreciablemente la temperatura.

CAPITULO III. De la Ventilación.

Art. 13.-Todo centro de trabajo deberá disponer, durante las labores, de ventilación suficiente para que no se vicie

la atmósfera, poniendo en peligro la salud de los trabajadores, y para hacer tolerables al organismo humano los

gases, vapores, polvo y demás impurezas originadas por las sustancias manipuladas o la maquinaria empleada.

Art. 14.-Los talleres, locales de trabajo, etc., deberán tener un espacio libre de ventanas que abran directamente

al exterior, cuya área será de 1/6 de la superficie del piso como mínimo. Sin embargo podrá permitirse áreas de

ventanas menores, toda vez que los locales sean ventilados artificialmente en forma satisfactoria, de acuerdo a lo

recomendado por el Departamento Nacional de Prevención Social.

Art. 15.-En los locales en que, por razones de la técnica empleada, sea necesario mantener cerradas las puertas

y las ventanas durante el trabajo, debe instalarse un sistema de ventilación artificial que asegure la renovación del

aire principalmente cuando haya maquinaria de combustión en funcionamiento.

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Los locales habitualmente cerrados durante las horas de trabajo, serán sometidos diariamente y por una hora

cuando menos, antes de la iniciación de las labores, a una intensa ventilación.

Art. 16.-Cualquiera que sea el medio adoptado para la renovación del aire, deberá evitarse que las corrientes

afecten diariamente a los trabajadores.

Art. 17.-Todo proceso industrial que dé origen a polvos, gases, vapores, humos o emanaciones nocivas de

cualquier género, debe contar con dispositivos destinados a evitar que dichos polvos, vapores, humos,

emanaciones o gases, contaminen o vicien el aire y a disponer de ellos en tal forma, que no constituyan un

peligro para la salud de los obreros o para la higiene de las habitaciones o poblaciones vecinas.

Art. 18.-Cuando el tiro natural no sea suficiente para permitir la eliminación de los materiales nocivos, se

proveerán dispositivos de aspiración mecánica, con las modalidades que el caso requiera y según lo aconsejare

la técnica.

CAPITULO IV. De la temperatura y humedad relativa. Art. 19.-La temperatura y humedad relativa de los locales cerrados de trabajo, deberán ser mantenidas entre

límites que no causen perjuicio o molestias a la salud de los trabajadores.

Es obligatorio proveer a los trabajadores de los medios de protección necesarios contra la radiación excesiva de

cualquier fuente de calor.

Deberá proveerse asimismo al trabajador, del equipo de protección personal contra las bajas temperaturas.

CAPITULO V. De los Ruidos.

Art. 20.-El Departamento Nacional de Previsión Social, dictará las medidas convenientes para proteger a los

trabajadores contra los ruidos que exceden de ochenta decibeles.

Art. 21.-Para evitar el ruido en lo posible, es obligatorio que las máquinas estén bien cimentadas, niveladas,

ajustadas y lubricadas.

Las transmisiones no deben fijarse en las paredes colindantes, ni en otras que puedan transmitir el ruido a las

habitaciones vecinas.

En los establecimientos donde el ruido sea muy molesto, debe recubrirse el cielo raso con material absorbente

del ruido.

CAPITULO VI. Locales de Espera.

Art. 22.-En los centros de trabajo que laboren por turnos, deberán haber espacios suficientemente ventilados e

iluminados, con techos impermeables y provistos de asientos suficientes para que los trabajadores que esperen

el ingreso estén protegidos de la intemperie.

CAPITULO VII. Comedores.

Art. 23.-Se prohibe ingerir los alimentos en el interior de los locales de trabajo.

Cuando las necesidades de la industria obliguen a los trabajadores a tomar sus alimentos dentro del

establecimiento, se instalarán locales especialmente destinados al objeto, dotados de un número suficiente de

mesas, asientos, bebederos higiénicos y lavados. En casos especiales puede autorizarse que el comedor sirva de

sala de espera.

CAPITULO VIII. Dormitorios. Art. 24.-Cuando las necesidades del trabajo, obliguen a los trabajadores a vivir o a dormir dentro del

establecimiento, se instalarán locales para la vivienda de los mismos, convenientemente iluminados y ventilados.

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CAPITULO IX. De los Exámenes Médicos. Art. 25.-Cuando a juicio del Departamento Nacional de Previsión Social la naturaleza de la actividad ofrezca algún

riesgo para la salud, vida o integridad física del trabajador, es obligación de los patronos mandar a practicar

exámenes médicos o de laboratorio a sus trabajadores.

Art. 26.-Los trabajadores deberán someterse a exámenes médicos o de laboratorio cuando fueren requeridos por

el patrono o por las autoridades administrativas, con el objeto de comprobar su estado de salud.

Art. 27.-Los trabajadores deben ser destinados a desempeñar aquellos trabajos más adecuados a su estado de

salud y su capacidad física, con base en los exámenes médicos correspondientes.

Art. 28.-Lo establecido en las disposiciones anteriores se entenderá sin perjuicio de los dispuesto en el Artículo

317 del Código de Trabajo.

CAPITULO X. Del Servicio de Agua.

Art. 29.-Todo centro de trabajo, deberá estar dotado de agua potable suficiente para la bebida y el aseo personal.

Art. 30.-El servicio de agua en los establecimientos industriales debe ser permanente.

En los casos, en que, por alguna razón, no sea posible cumplir con lo señalado en este artículo, el Departamento

Nacional de Previsión Social dictará las medidas que deban tomarse.

Art. 31.-Preferentemente, la provisión de agua para usos industriales debe ser potable; cuando no lo sea, debe

distribuirse por un sistema de tubería totalmente independiente y convenientemente marcado para distinguirlo de

la que beban los trabajadores.

Art. 32.-En los centros de trabajo deberán instalarse bebederos higiénicos en el número y de los tipos que

recomiende el Departamento Nacional de Previsión Social.

Art. 33.-Se prohibe colocar los bebederos de agua en los cuartos destinados a los servicios higiénicos.

Art. 34.-Queda terminantemente prohibido el uso común de vasos u otros utensilios para la bebida del agua.

CAPITULO XI. De los Servicios Sanitarios. Por servicios sanitarios se entenderá los inodoros o retretes, los urinarios, los lavamanos y los baños.

Art. 35.-Todo centro de trabajo deberá estar provisto de servicios sanitarios para mujeres, y de otros

independientes y separados para hombres.

Art. 36.-En los inodoros o retretes para el uso de mujeres, se deberán poner recipientes para desechos, con

tapadera u otros dispositivos adecuados.

En cada servicio deberá mantenerse el papel higiénico necesario, el cual se depositará en la taza después de su

uso.

Art. 37.-En todo centro de trabajo deberá mantenerse adecuado sistema para el lavado de manos, en la siguiente

proporción:

Establecimientos con 100 trabajadores o menos 1 lavamanos por cada 15 trabajadores o fracción mayor de 5.

Establecimientos con más de 100 trabajadores 1 lavamanos por cada 20 trabajadores o fraccción mayor de 10.

Cada lavamanos deberá estar provisto de jabón líquido o sólido.

Art. 38.-Deberá suministrarse toallas individuales de tela o papel para cada lavamanos. Estas pueden ser

sustituidas por otro aparato para secar las manos, aprobado por el Departamento Nacional de Previsión Social.

Art. 39.-En todo centro de trabajo deberá instalarse por lo menos un baño de regadera con suficiente agua; y uno

más por cada quince trabajadores o fracción mayor de cinco, en aquellos centros que tengan trabajadores

expuestos a calor excesivo o a contaminación de la piel con sustancias tóxicas, infecciosas o irritantes.

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Art. 40.-En todo centro de trabajo habrá un urinario por lo menos; y uno más por cada 50 hombres o fracción

mayor de 25, en establecimientos de 100 trabajadores o menos.

En establecimientos con más de 100 trabajadores, habrá uno por cada 70 o fracción mayor de 35.

Por cada urinario suministrado, podrá eliminarse un inodoro o retrete para hombres, pero en tal caso, el número

de éstos no debe ser reducido a menos de un tercio del número especificado.

Art. 41.-Se observarán en la instalación de los servicios sanitarios, las medidas higiénicas relativas a

impermeabilización de muros y pisos, al buen acondicionamiento de su iluminación y ventilación, así como al

aprovisionamiento de agua y drenaje, de acuerdo con lo dispuesto por la ingeniería sanitaria.

Art. 42.-Los baños, inodoros o retretes, deben instalarse en recintos apropiados que ocupen una superficie no

inferior a un metro cuadrado por cada uno de ellos.

En los lavamanos y urinarios colectivos, cada unidad ocupará un espacio de 0.50 m., por lo menos.

Art. 43.-Los tipos de servicios sanitarios que se empleen deben ser los aprobados por el Departamento Nacional

de Previsión Social.

Art. 44.-Los inodoros o retretes deben instalarse fuera de los talleres o lugares destinados a la habitación o

permanencia de los trabajadores, pero de manera que cuando éstos los vayan a usar, no estén expuestos a la

lluvia y que el piso de comunicación esté siempre seco y limpio.

CAPITULO XII. Del orden y aseo de locales.

Art. 45.-Las dependencias y lugares anexos destinados a la habitación o permanencia de los trabajadores, deben

ser mantenidos en buenas condiciones de limpieza.

Art. 46.-El almacenaje de materiales y de productos se hará en sitios especiales y apropiados.

En los lugares donde se esté trabajando, sólo se permitirá el apilamiento de los materiales de uso diario y de los

productos elaborados del día.

Art. 47.-El piso de los locales de trabajo deberán estar siempre libre de materiales u objetos inútiles, asimismo los

pasillos deben mantenerse sin obstáculos para evitar accidentes por caídas o golpes.

Art. 48.-El polvo, basuras y desperdicios deben removerse diariamente, efectuándose esta labor, de preferencia,

fuera de las horas de trabajo y en tal forma que se evite cualquier incomodidad o molestia a los trabajadores y al

vecindario.

Cuando no existan períodos de interrupción por sucesión de turnos, o sea necesario el aseo frecuente de talleres,

éste se hará en las horas de trabajo, empleando equipos que impidan la dispersión de polvo en la atmósfera

respirable de los locales.

Art. 49.-Las basuras y desperdicios deberán ser colectados diariamente y en tanto no se hace el transporte fuera

de la fábrica o establecimiento, deberán depositarse en recipientes impermeables de cierre hermético o en

lugares aislados y cerrados.

En los lugares alejados, donde no exista servicio público de aseo, dichas basuras o desperdicios deben ser

incinerados o enterrados convenientemente en la forma de rellenos sanitarios.

Cuando los centros de trabajo lo ameriten, la autoridad correspondiente podrá exigir la instalación de hornos

incineradores de basura para la que ellos mismos produzcan. Estos hornos deben ser de tipos y capacidad que

apruebe el Departamento Nacional de Previsión Social, atendiendo a las necesidades y teniendo en cuenta muy

especialmente, que la temperatura en el interior del horno sea la necesaria para incinerar la totalidad de la

basura, según el tipo de que se trate.

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Art. 50.-Las aguas servidas de carácter doméstico de las fábricas, establecimientos industriales, locales de

trabajo y habitaciones o dependencias anexas, deben ser conducidas a la red de cloacas públicas, o en su

defecto, su disposición final se efectuará por medio de sistemas particulares, de conformidad a los reglamentos

especiales vigentes o que se dicten en el futuro sobre la materia.

Art. 51.-En ningún caso podrán incorporarse en los subsuelos o arrojados en los canales de regadío, acueductos,

ríos, esteros, quebradas, lagos, lagunas o embalses, o en masas o en cursos de agua en general, las aguas

servidas de origen doméstico, los residuos, o relaves industriales o las aguas contaminadas resultantes de

manipulaciones químicas de otra naturaleza, sin ser previamente sometidas a los tratamientos de neutralización o

depuración que prescriben en cada caso los Reglamentos sanitarios vigentes o que se dicten en el futuro.

Art. 52.-En ningún caso se podrá arrojar a los cursos o masas de agua en general, las materias sólidas que

puedan provenir de los establecimientos industriales o locales de trabajo.

Art. 53.-No podrán conducirse a las cloacas públicas los desperdicios de cocina, cenizas, sustancias inflamables

o explosivas, escapes de vapor, y en general, ninguna sustancia o residuo industrial susceptible de ocasionar

perjuicios u obstrucciones, dañar las canalizaciones o dar origen a un peligro o molestia para la salubridad

pública, sin la autorización de la Dirección General de Salud. En los casos en que esta autorización sea

concedida, sólo podrá verificarse en la forma y condiciones que al efecto se prescriban.

CAPITULO XIII. Asientos para los trabajadores.

Art. 54.-Por regla general los patronos están obligados a proporcionar a los trabajadores asientos adecuados a la

clase de trabajo que desempeñen. Quedan exceptuados los casos en que por la naturaleza de las labores los

trabajadores deban permanecer de pie durante su jornada de trabajo.

TITULO III. DE LA SEGURIDAD EN LOS CENTROS DE TRABAJO.

CAPITULO I. Medidas de Previsión. Art. 55.-Sin perjuicio de la reglamentación especial que se dicte para cada industria o trabajo en particular, en

todo establecimiento industrial, taller, local o lugar de trabajo de cualquier naturaleza, comprendido en este

Reglamento General, debe cumplirse con las siguientes condiciones mínimas de previsión en materia de

seguridad:

1ª-En los establecimientos industriales y locales de trabajo de cualquier naturaleza, deben resguardarse

convenientemente las máquinas, motores, generadores y transformadores eléctricos, de cualquiera potencia,

adoptando las medidas necesarias para proteger a los obreros y empleados de todo accidente que pudiesen

ocasionar las maquinarias mismas, sus accesorios, las transmisiones mecánicas y los conductores de energía.

En todo caso, los volantes, transmisiones y puntos de operación de las máquinas, estarán permanentemente

protegidas por barandales o armaduras;

2ª-Todo canal, puente, estanque, pozo, altillo, escalera, etc., deberá tener barandal o cubierta en aquellos

espacios en que exista actividad industrial;

3ª-Los ejes de transmisión, las poleas, cadenas, cables y correas instaladas a corta distancia del suelo, por

debajo o por encima de los cuales tiene que transitar el personal, deben estar rodeados de protecciones u otros

dispositivos por el lado en que se efectúe el trabajo;

4ª-Se tomarán las medidas necesarias para evitar que las correas sueltas puedan descansar sobre los ejes de

transmisión o sobre cualquier pieza móvil;

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5ª-Las calderas deben estar en lugar separado del resto del establecimiento por medio de paredes de ladrillo o

concreto y a tres metros como mínimo de la vía pública; deben inspeccionarse y estar dotadas de los aparatos de

seguridad e implementos necesarios para evitar el humo de los escapes de vapor, según disponga el

Departamento Nacional de Previsión Social.

6ª-Los establecimientos en que se necesite almacenar material combustible líquido, deben tener instalados

convenientemente, recipientes o tanques metálicos o de material incombustible para su almacenaje;

7ª-Los ascensores, montacargas y otros equipos de izar, deben tener suficiente garantía de solidez y seguridad y

llevarán grabado el peso máximo que pueden soportar. El descanso de cada uno deberá estar protegido con

barandales;

8ª-En todo establecimiento industrial en que se empleen motores comunes a varias máquinas, existirá una

comunicación entre las diferentes reparticiones a donde llegue la transmisión y la unidad del motor, ya sea por

medio de altavoces, timbres eléctricos u otros aparatos, con el fin de poner sobre aviso y prevenir al personal

cuando se vaya a poner en movimiento el motor;

9ª-En los establecimientos en que se labore con materias explosivas o inflamables, las lámparas para la

iluminación y demás accesorios eléctricos, deberán ser a prueba de explosión;

10ª-En las máquinas y demás instalaciones eléctricas, los motores y cables conductores deberán ser aislados y

protegidos.

Las máquinas, motores y herramienta eléctrica portátil deberán estar conectados a tierra.

Art. 56.-Todo patrono o empresario deberá dar aviso al Departamento Nacional de Previsión Social, de cualquier

cambio o reparación a efectuarse en sus maquinarias, motores, transmisiones, calderas e instalaciones en

general, que puedan afectar el cumplimiento de las normas de seguridad e higiene o de las disposiciones de este

Reglamento.

Art. 57.-Queda prohibido al personal modificar, sin orden superior, la colocación o el uso de los aparatos o de los

medios destinados a prevenir accidentes o a combatir incendios.

Art. 58.-Queda prohibido que el trabajador alce por si solo pesos que excedan de 120 libras.

Cuando los sacos, cajones, bultos, etc., pesen más de 120 libras se usarán carretillas, parihuelas o montacargas

para su conducción.

Art. 59.-Todo centro de trabajo debe contar con el equipo y medios adecuados para la prevención y extinción de

incendios, así como también, con las facilidades para la evacuación del edificio en caso de incendio.

Art. 60.-Con el objeto de garantizar la seguridad, en todos los lugares de un centro de trabajo en que se realicen

labores peligrosas, se pondrán avisos con gráficas alusivas, colores distintivos y rótulos explicativos, lo

suficientemente grandes y claros, para que sean de visibilidad y comprensión general.

CAPITULO II. De la seguridad en las ropas de trabajo. Art. 61.-Es obligatorio para los trabajadores que manejen maquinaria, materiales u objetos que ofrezcan riesgo,

usar vestidos adecuados a la labor que desempeñan. Estos vestidos deben estar razonablemente ajustados y no

deberán tener partes colgantes como cintas, cordones, etc.

Art. 62.-Los vestidos deben estar provistos de mangas largas en aquellos lugares que el trabajador está expuesto

a salpicaduras de ácidos, polvos de esmeril, astillas, esquinas cortantes u otros riesgos que pudieran lesionar los

brazos.

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Art. 63.-Si el uso de mangas largas en los vestidos ofreciere peligro al operar maquinaria, por las circunstancias

en que se desempeña el trabajo, los vestidos deben estar provistos de mangas cortas, bien cosidas y ajustadas

para evitar el peligro de que se enganchen.

Es prohibido el uso de delantales o mandiles en los lugares en donde se trabaje con maquinaria en movimiento.

Si fuere necesario usarlos, deben ajustarse al cuerpo por medio de broches, correas u otra clase de ligadura.

Art. 64.-Los trabajadores que laboren cerca de fajas, poleas, ejes, etc., en movimiento, deben usar gorras o

redecillas para protegerse el cabello.

Art. 65.-Los trabajadores que laboren en lugares donde haya peligro de golpearse la cabeza con viguetas,

cobertizos u otros obstáculos, o donde pueden caerles objetos pesados tales como piedras, herramientas o

materiales, deben usar obligatoriamente cascos de seguridad.

Art. 66.-Los trabajadores que tengan que laborar con metales sometidos a altas temperaturas deben usar

obligatoriamente guantes y mandiles de cuero cromado o asbesto y anteojos o pantallas adecuadas.

Art. 67.-Los trabajadores que tengan a su cargo las instalaciones o el mantenimiento de la obra eléctrica, deben

usar obligatoriamente cascos, guantes y calzado adecuados a la naturaleza del trabajo.

Las buenas condiciones aislantes del equipo de protección personal a que se refiere el inciso anterior, deben ser

revisadas periódicamente.

Art. 68.-En los locales de trabajo donde haya riesgo de caída de objetos pesados en los pies, vehículos u objetos

rodantes, metales en fundición, pisos calientes, etc., los trabajadores deberán usar calzado de seguridad

adecuado.

Art. 69.-Es obligatorio el uso de guantes resistentes de cuero o lona fuerte, debidamente reforzados si fuere

necesario, para los trabajadores que manejen materiales provistos de filos o astillas y para quienes tengan que

cincelar, soldar, cavar y manejar rieles, durmientes, etc.

Deberán usar guantes de hule, neoprene o similares los trabajadores que manejen materiales ácidos o cáusticos

o soluciones de los mismos.

Art. 70.-Es obligatorio el uso de anteojos protectores, del tipo que sea más apropiado para cada clase de labor, a

los trabajadores expuestos a radiaciones dañinas y a partículas de materiales que pueden penetrarles en los ojos.

Art. 71.-Los trabajadores que usen herramientas que forzosamente deben llevar consigo, portarán

obligatoriamente una bolsa especial para las mismas o un cinturón adecuado para colocarlas.

Art. 72.-Es terminantemente prohibido para los trabajadores el uso de anillos, llaveros colgantes o cadenas de

reloj cuando su uso ofrezca riesgos en las labores que desempeñan.

Es prohibido asimismo para el personal en los centros de trabajo, el uso de viseras o cualquier otra prenda de

celuloide o de material inflamable, cuando trabajen en lugares en que alguna chispa pueda incendiarlos.

TITULO IV. DISPOSICIONES GENERALES.

Art. 73.-Todo el equipo de protección, tanto para las maquinarias, como para los obreros, será proporcionado por

el patrono.

Cuando a juicio del Departamento Nacional de Previsión Social, las ropas y aparatos de protección pueden

volverse vehículos de contagio, serán individuales y marcados con el nombre del trabajador o con un número.

Es obligatorio para los patronos mantener y reponer el equipo de protección que se deteriore por el uso.

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Art. 74.-Es obligatorio para los trabajadores el uso constante del equipo de seguridad ordenado por el patrono y

asimismo, cuidar de su buena conservación. La infracción de estas obligaciones relevarán de responsabilidad al

patrono en la medida que lo establecen las leyes.

Art. 75.-Las disposiciones relativas a los edificios, ventilación, ruidos, locales de espera, comedores, dormitorios,

servicios sanitarios y protección de maquinarias, serán aplicables inmediatamente al entrar en vigencia este

Reglamento. En los establecimientos que estén actualmente en funcionamiento o en el período de construcción y

montaje se les concederá a los patronos plazos que determine el Departamento Nacional de Previsión Social

para introducir progresivamente las disposiciones a que se refiere este artículo.

Art. 76.-En todo nuevo establecimiento deberá contarse con los correspondientes permisos de instalación y

funcionamiento debidamente aprobados por el Departamento Nacional de Previsión Social. Sólo con dictamen

favorable de dicho Departamento podrán iniciarse las actividades.

Art. 77.-En casos especiales, las recomendaciones técnicas contenidas en este Reglamento podrán modificarse,

de acuerdo con el Departamento Nacional de Previsión Social, para adaptarlas a la naturaleza de las labores que

se realicen en determinados centros de trabajo.

Art. 78: Las infracciones a las disposiciones del presente Reglamento serán sancionadas de conformidad a la Ley

Orgánica del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.

Art. 79: El presente Reglamento entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los dos días del mes de febrero de mil novecientos setenta y

uno. D.O.

Tomo Nº 230 del 9 de Febrero de 1971.

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ANEXO C. LEY GENERAL DE PREVENCION DE RIESGOS EN LOS LUGARES DE TRABAJO

DECRETO No. LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR CONSIDERANDO:

I Que de conformidad al Art. 44 de la Constitución de la República, la Ley reglamentará las condiciones

que deben reunir los talleres, fábricas y locales de trabajo.

II Que de acuerdo al Convenio 155 de la Organización Internacional del Trabajo, sobre Seguridad y Salud

de los Trabajadores y Medio Ambiente de Trabajo, el cual fue ratificado por El Salvador mediante Decreto

Legislativo N° 30 publicado en el Diario Oficial N° 348, del 19 de julio de 2000, todo Estado debe adoptar por vía

Legislativa o Reglamentaria y en consulta con las Organizaciones de Empleadores y Trabajadores las medidas

necesarias para aplicar y dar efecto a la Política Nacional existente en esta materia.

III Que el Estado debe establecer los principios generales relativos a la Prevención de Riesgos

Ocupacionales, así como velar porque se adopten las medidas tendientes a proteger la vida, integridad corporal y

la salud de los trabajadores en el desempeño de sus labores.

IV Que es necesario para asegurar la efectividad de las medidas que se adopten en la presente Ley,

conceder competencias concretas a la institución encargada de velar por el cumplimiento de las mismas, así

como también establecer obligaciones específicas a efecto de obtener la colaboración activa de parte de

trabajadores y empleadores.

POR TANTO:

En uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de

Trabajo y Previsión Social.

DECRETA la siguiente:

LEY GENERAL DE PREVENCIÒN DE RIESGOS EN LOS LUGARES DE TRABAJO TITULO I. DISPOSICIONES PRELIMINARES

CAPITULO I. OBJETO

Art. 1.- El objeto de la presente Ley es establecer los requisitos de Seguridad y Salud Ocupacional, que deben

aplicarse en los Lugares de Trabajo, sin perjuicio de las Leyes Especiales que se dicten para cada actividad

económica en particular.

CAPITULO II. CAMPO DE APLICACIÓN, COMPETENCIA Y DEFINICIONES

Art. 2.- La presente Ley se aplicará a todos los Lugares de Trabajo, sean Privados, del Estado, de los Municipios

y de Instituciones Autónomas del país, sin perjuicio a las que existan para normar cada actividad en especial.

Todo riesgo siempre deberá ser prevenido y controlado preferentemente en la fuente de origen y en el ambiente

de trabajo, a través de medios técnicos de protección colectiva y mediante procedimientos eficaces de

organización del trabajo, optando como última alternativa la utilización del equipo de protección personal.

Art. 3.- Será competencia del Ministerio de Trabajo y Previsión Social a través de la Dirección General de

Previsión Social, y de la Dirección General de Inspección de Trabajo, garantizar el cumplimiento y promoción de

la presente ley.

Art.4.- Todas las Secretarías e Instituciones Autónomas del Estado, con responsabilidad en esta materia,

incluyendo el Instituto Salvadoreño del Seguro Social, bajo la rectoría del Ministerio de Trabajo y Previsión Social,

establecerán las medidas necesarias para alcanzar una debida coordinación en lo que respecta a las acciones

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que se implementen en beneficio de empleadores y trabajadores, en el marco de la Política Nacional de

Seguridad y Salud Ocupacional.

Art. 5.- Para la mejor comprensión de la presente Ley, además de las definiciones contenidas en el Código de

Trabajo, se entenderá por:

ACCION INSEGURA: La violación de un procedimiento aceptado como seguro y que pueda provocar

determinado tipo de accidente.

PERITOS EN AREAS ESPECIALIZADAS: Aquellos Técnicos acreditados por la Dirección General de Previsión

Social que se dedican a la supervisión y auditoria de aspectos técnicos que requieran de especialización; como lo

referente a Generadores de Vapor y Equipos sujetos a presión.

CONDICION INSEGURA: Es aquella condición mecánica, física o de procedimiento inherente a máquinas,

instrumentos o procesos de trabajo que por defecto o imperfección pueda contribuir al acaecimiento de un

accidente.

COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL: Grupo de empleadores o sus representantes y

trabajadores de una empresa encargados de participar en la capacitación, evaluación, supervisión, promoción,

difusión y asesoría para la prevención de riesgos ocupacionales.

DELEGADO DE PREVENCIÓN: Aquel trabajador designado por el Empleador, o el Comité de Seguridad y Salud

Ocupacional según sea el caso, para encargarse de la gestión en Seguridad y Salud Ocupacional.

EMPRESAS ASESORAS EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES: Entidades especializadas acreditadas

por la Dirección General de Previsión Social, las cuales actúan como servicios y asesores de prevención en las

empresas que voluntariamente les contratan, y que deben contar con los recursos materiales y humanos que les

permitan el desarrollo de la actividad preventiva que hubieran concertado.

EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL: Cualquier equipo, implemento o accesorio, destinado a ser llevado o

sujetado por el trabajador, para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad y

salud. En ocasión al desempeño de sus labores.

ERGONOMÍA: Conjunto de técnicas encargadas de adaptar el trabajo a la persona, mediante el análisis de

puestos, tareas, funciones y agentes de riesgo psicosociolaboral que pueden influir en la productividad del

trabajador.

GASES: Presencia en el aire de sustancias que a condiciones ambientales normales se encuentran en estado

gaseoso.

GESTION DE LA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL: Conjunto de actividades o medidas organizativas

adoptadas por el Empleador en todas las fases de la actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los

riesgos derivados del trabajo.

HIGIENE OCUPACIONAL: Conjunto de medidas técnicas y organizativas orientadas al reconocimiento,

evaluación y control de los contaminantes presentes en los lugares de trabajo que puedan ocasionar

enfermedades profesionales.

HUMOS: Emanaciones de partículas provenientes de procesos de combustión.

INCIDENTE: Acontecimiento no deseado que bajo circunstancias un poco diferentes pudo haber resultado en

lesión, enfermedad o daño a la propiedad.

LUGAR DE TRABAJO: Los sitios donde los trabajadores deben permanecer o a donde tienen que acudir por

razón de su trabajo, y que se hallan bajo el control directo o indirecto del empleador.

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MEDICINA DEL TRABAJO: Conjunto de acciones orientadas a la protección, promoción, recuperación y

rehabilitación de la Salud Ocupacional del Trabajador.

MEDIOS DE PROTECCIÓN COLECTIVA: Equipos o dispositivos técnicos utilizados para la protección colectiva

de los trabajadores.

NIEBLAS: Presencia en el aire de pequeñísimas gotas de un material que usualmente es líquido en condiciones

ambientales normales.

PLAN DE EMERGENCIA: Es la planificación y organización humana para la utilización óptima de los medios

técnicos previstos con la finalidad de reducir al máximo las posibles consecuencias de la emergencia

considerando el impacto económico y de seguridad, salud y medio ambiente.

PLAN DE EVACUACION: Conjunto de procedimientos que permitan la salida rápida y ordenada de las personas

que se encuentren en los lugares de trabajo, hacia sitios seguros previamente determinados, en caso de

emergencias.

POLVOS: Cualquier material particulado proveniente de procesos de trituración, corte, lijado o similar.

RIESGO GRAVE E INMINENTE: Aquel que resulte probable en un futuro inmediato y que pueda suponer un

daño grave para la salud de los trabajadores.

RUIDO: Sonido no deseado, capaz de causar molestias o de disminuir la agudeza auditiva de las personas.

SALUD OCUPACIONAL: Todas las acciones que tienen como objetivo promover y mantener el mayor grado

posible de bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las profesiones y ocupaciones; prevenir

todo daño a la salud de estos por las condiciones de su trabajo; protegerlos en su trabajo contra los riesgos

resultantes de la presencia de agentes perjudiciales a su salud; así como colocarlos y mantenerlos en un puesto

de trabajo adecuado a sus aptitudes fisiológicas y psicológicas.

SEGURIDAD OCUPACIONAL: Conjunto de medidas o acciones para identificar los riesgos de sufrir accidentes a

que se encuentran expuestos los trabajadores con el fin de prevenirlos y eliminarlos.

VAPORES: Presencia en el aire de emanaciones en forma de gas provenientes de sustancias que a condiciones

ambientales normales se encuentran en estado sólido o líquido.

VENTILACIÓN: Cualquier medio utilizado para la renovación o movimiento del aire de un local de trabajo.

TITULO II GESTION DE LA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL

EN LOS LUGARES DE TRABAJO CAPITULO I. ORGANIZACIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL.

Art.6.- Será responsabilidad del empleador formular y ejecutar el PROGRAMA DE GESTION DE LA

PREVENCIÓN DE RIESGOS OCUPACIONALES de su empresa, de acuerdo a su actividad, asignar los recursos

necesarios para su ejecución y facilitar la participación de los trabajadores. Dicho programa contará con los

siguientes elementos básicos:

• Elaboración, puesta en práctica y evaluación de la política del Programa de Gestión de Riesgos

ocupacionales.

• Identificación, evaluación, control y seguimiento permanente de los riesgos ocupacionales.

• Registro actualizado de incidentes, accidentes, enfermedades Profesionales y sucesos peligrosos.

• Diseño e implementación de su propio plan de emergencia y evacuación.

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• Entrenamiento de manera teórica y práctica, en forma inductora y permanente a los trabajadores sobre sus

competencias técnicas y riesgos específicos de su puesto de trabajo, así como sobre los riesgos

ocupacionales generales de la empresa que le puedan afectar.

• Establecimiento del programa de exámenes médicos y atención de primeros auxilios en el lugar de trabajo.

• Establecimiento de programas complementarios sobre consumo de alcohol y drogas, prevención de

VIH/SIDA, y salud mental.

• Planificación de las actividades y reuniones del Comité de Seguridad y Salud Ocupacional.

• Formulación de un programa de difusión y promoción de las actividades en los Lugares de Trabajo.

Dicho programa debe ser actualizado permanentemente y tenerlo a disposición de la Dirección General de

Inspección de Trabajo.

Art.7.- En los lugares de trabajo de menos de 15 trabajadores, el empleador deberá asumir personalmente la

gestión de la Seguridad y Salud Ocupacional, siempre que desarrolle su actividad normalmente en la empresa y

tenga la formación suficiente y adecuada en la prevención de riesgos ocupacionales; también nombrará, en

consulta con el personal, a un trabajador con conocimientos en el tema, como Delegado de Prevención, quien se

encargará de dicha función.

CAPITULO II. COMITES DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL

Art.8.- Los empleadores tendrán la obligación de crear Comités de Seguridad y Salud Ocupacional, en aquellas

empresas en que laboren 15 ó más trabajadores; en aquellos que tengan menos trabajadores, pero que a juicio

de la Dirección General de Previsión Social, se considere necesario por las labores que desarrollan, también se

crearán los comités mencionados.

Los miembros de los Comités deberán poseer formación e instrucción en materia de prevención de riesgos

laborales.

Habrá Delegados de Prevención, que serán nombrados por el empleador o por los Comités mencionados en el

inciso anterior, en proporción al número de trabajadores, de conformidad a la tabla siguiente:

Número de Trabajadores: Número de Delgados de Prevención en base al número de trabajadores:

15 a 50 1 51 a 100 2 101 a 500 3

501 a 1000 4 1001 a 2000 5 2001 a 3000 6 3001 a 4000 7

Art. 9.- El Comité estará conformado por partes iguales de representantes electos por los empleadores y

trabajadores respectivamente. Entre los integrantes del comité deberán estar los Delegados de Prevención

designados para la gestión de la Seguridad y Salud Ocupacional

El empleador tendrá la obligación de comunicar al Ministerio de Trabajo y Previsión Social dentro de los ocho

días hábiles posteriores a su designación, los nombres y cargos de los miembros del Comité, con el fin de

comprobar su capacitación y proceder en su caso a la acreditación de sus miembros.

Los miembros de los Comités deben ser entrenados por el empleador sobre aspectos de su organización y

funcionamiento; no obstante el Ministerio de Trabajo y Previsión Social en coordinación con el Instituto

Salvadoreño del Seguro Social brindará asesoría al respecto.

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Art. 10.- El Comité de Seguridad y Salud Ocupacional tendrá principalmente las siguientes funciones:

• Participar en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de la política y programa de gestión de

Prevención Riesgos Ocupacionales.

• Promover iniciativas sobre procedimientos para la efectiva Prevención de Riesgos, pudiendo colaborar en la

corrección de las deficiencias existentes.

• Investigar objetivamente las causas que motivaron los accidentes de trabajo, dictar las medidas de seguridad

necesarias para evitar su repetición; cuando presenten dictámenes, estos no podrán ser modificados de

manera unilateral por ninguna de las partes.

• Proponer al empleador, la adopción de medidas de carácter preventivo, pudiendo a tal fin efectuar

propuestas por escrito.

• Instruir a los trabajadores sobre los riesgos propios de la actividad laboral, observando las acciones

inseguras y recomendando métodos para superarlas.

• Verificar periódicamente los sitios de trabajo con el objeto de detectar las condiciones físicas y mecánicas

inseguras, capaces de producir accidentes de trabajo, a fin de recomendar medidas correctivas de carácter

técnico.

• Velar por el cumplimiento de la presente ley, sus reglamentos, las normas de seguridad propias del lugar de

trabajo, y de las recomendaciones que emita, así como acompañar en sus visitas a los inspectores del

estado.

• Elaborar su propio Reglamento de Funcionamiento, a más tardar sesenta días después de su conformación.

Art. 11.- Los miembros acreditados del Comité serán ad-honorem y no gozarán por su cargo de privilegios

laborales dentro de la empresa.

El empleador debe permitir a los miembros del Comité, reunirse dentro de la jornada de trabajo de acuerdo al

programa establecido o cuando las circunstancias lo requieran. En caso de atender actividades del comité, fuera

de su jornada laboral, a los trabajadores se les compensará según lo establecido por la ley.

Otros detalles sobre la organización y gestión de los Comités se establecerán en el Reglamento correspondiente.

TITULO III. SEGURIDAD EN LA INFRAESTRUCTURA DE LOS LUGARES DE TRABAJO.

CAPITULO I. PLANOS ARQUITECTONICOS.

Art. 12.- Los planos arquitectónicos de las instalaciones que se construyan para ser destinados a Lugares de

Trabajo deberán cumplir con los requisitos referentes a condiciones de Seguridad y Salud Ocupacional que exija

la Dirección General de Previsión Social en el Reglamento de ejecución correspondiente. La referida Dirección

podrá establecer diversos convenios con las demás entidades que tienen competencia en este tema en particular.

La Dirección General de Previsión Social, podrá inspeccionar físicamente las obras de construcción, a fin de

verificar la exactitud de los estipulado o planificado en los planos previamente aprobados; la no coincidencia de

las construcciones, o las modificaciones no notificadas, se considerará como una infracción, sin perjuicio de la

obligación de realizar las correcciones necesarias.

Art. 13.- Los Lugares de Trabajo y en particular la vías de circulación, puertas, escaleras, servicios sanitarios y

puestos de trabajo, utilizados u ocupados por trabajadores con discapacidad, deben estar acondicionados para

dichos trabajadores de acuerdo a lo establecido a la Normativa Técnica de Accesibilidad, Urbanística,

Arquitectónica, Transporte y Comunicaciones, elaborada por el Consejo Nacional de Atención Integral para las

Personas con Discapacidad.

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CAPITULO II. DE LOS EDIFICIOS. Art. 14.- Para la construcción de los edificios destinados a un lugar de trabajo, deben elaborarse planos

correspondientes, conforme a las especificaciones exigidas por la Dirección General de Previsión Social, y

especialmente las siguientes:

• En las distintas plantas de la construcción deberá indicarse claramente el destino de cada local; las

instalaciones sanitarias y, en general, todos aquellos detalles que puedan contribuir a la mejor apreciación de

las condiciones higiénicas;

• Las colindancias del predio, los nombres de las calles limítrofes y la orientación;

• Los cortes que sean indispensables para mostrar al detalle el sistema de ventilación que se pretende

establecer;

• La naturaleza y situación de los focos luminosos;

• Los cortes que sean indispensables para mostrar en detalle, los sistemas de captación de polvos, gases,

vapores, etc., que se pretende establecer los sitios que ocuparán las máquinas, motores, generadores,

calderas, etc., con su respectiva denominación;

• Debe haber por lo menos, una puerta de entrada y otra de salida; ambas deberán abrirse hacia afuera;

• Los techos serán impermeables;

• Cuando la Dirección General de Previsión Social lo estime necesario, deberán indicarse los cálculos

detallados de los sistemas de ventilación, iluminación y cimentación de maquinaria.

Art. 15.- Las instalaciones, artefactos, canalizaciones y dispositivos complementarios de los servicios de agua

potable o desagüe, gas industrial, electricidad, calefacción, ventilación y refrigeración, deberán reunir los

requisitos exigidos por los reglamentos vigentes o que al efecto se dicten sobre la materia.

Art. 16.- Las características y condiciones de los pisos deberán ser tales que no propicien riesgos de ninguna

índole a la salud de los trabajadores

Art. 17.- Las paredes y techos de los locales de trabajo deben pintarse de preferencia de colores claros y mates,

procurando que contrasten con los colores de las máquinas y muebles, y en todo caso, no disminuya la

iluminación.

Art. 18. -Las paredes y los techos de los edificios deben ser impermeables y poseer la solidez necesaria, según la

clase de actividades que en ellos habrán de desarrollarse.

Art. 19. -La superficie del piso del local de trabajo, deberá tener la extensión necesaria, según la clase del

establecimiento, de manera que siempre se disponga de un espacio promedio de dos metros cuadrados libres por

cada trabajador, como mínimo.

Art. 20.-Los locales de trabajo donde circulan vehículos deberán contar con los pasillos que sean necesarios,

convenientemente distribuidos y delimitados por franjas blancas pintadas a cada lado.

Si los pasillos son destinados únicamente al tránsito de personas, deberán tener una anchura no menor de un

metro; si fueren destinados al paso de vehículos, deberán tener por lo menos 50 cms. más de anchura, que la

correspondiente al vehículo más ancho que circule.

Art.21.- La altura de las chimeneas de las fábricas y establecimientos industriales no podrá ser en ningún caso

inferior a lo que establezca el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, en consideración a la ubicación de

los centros de trabajo con respecto a poblaciones o habitaciones cercanas.

CAPITULO VI. LOCALES DE ESPERA.

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Art. 22.-En los lugares de trabajo que laboren por turnos, deberán haber espacios suficientemente ventilados e

iluminados, con techos impermeables y provistos de asientos suficientes para que los trabajadores que esperen

el ingreso estén protegidos de la intemperie.

CAPITULO VII. CONDICIONES ESPECIALES EN LOS LUGARES DE TRABAJO.

Art. 23.- Los empleadores están obligados a proporcionar a los trabajadores asientos con características

ergonómicas, de conformidad a la clase de trabajo que desempeñan.

Art. 24.- Cuando por la naturaleza del trabajo sea necesario que los trabajadores tomen sus alimentos dentro del

establecimiento, se deberá contar con espacios en condiciones de salubridad e higiene, destinados a tal objeto,

dotados de un número suficiente de mesas y asientos.

Art. 25.- Cuando de forma permanente las necesidades del trabajo obliguen a los trabajadores a dormir dentro de

los establecimientos, estos deberán contar con locales destinados a tal fin. (SE ELIMINA EL ULTIMO PARRAFO

DEL ARTICULO!!)

TITULO IV. SEGURIDAD EN LOS LUGARES DE TRABAJO.

CAPITULO I. MEDIDAS DE PREVISIÓN. Art. 26.- Todo lugar de trabajo, debe reunir las condiciones de prevención en materia de seguridad y salud

ocupacional, establecidas en la presente Ley y sus Reglamentos, en lo referente a sus equipos e instalaciones

en general.

Art.27.- Todo empleador debe dar aviso a la Dirección General de Previsión Social, al realizar cambios o

modificaciones sustanciales en sus equipos o instalaciones en general; así como previo al traslado de las

mismas, siempre que estas circunstancias puedan representar riesgos para la Seguridad y Salud de los

trabajadores.

Art. 28.- Todo lugar de trabajo debe contar con planes, equipos, accesorios, y personal entrenado para la

prevención y mitigación de casos de emergencia ante desastres naturales, casos fortuitos, o situaciones

causadas por el hombre.

Art. 29.- Todo Lugar de Trabajo debe contar con un sistema de señalización de Seguridad que sea visible y de

comprensión general. Asimismo, deberán tener las facilidades para la evacuación de las personas en caso de

emergencia, tales como salidas alternas, pasillos suficientemente amplios y libres de obstáculos, áreas bien

señalizadas, entre otras.

Art. 30.- En todo lugar de trabajo se deberá contar con el equipo y las medidas apropiadas para la manipulación

de cargas. Las disposiciones relativas a esta materia serán desarrolladas en el Reglamento respectivo.

CAPITULO II. ROPA DE TRABAJO, EQUIPO DE PROTECCIÓN, Y HERRAMIENTAS ESPECIALES.

Art. 31.- Cuando sea necesario el uso de equipo de protección personal, ropa de trabajo, herramientas especiales

y medios técnicos de protección colectiva; estos deberán cumplir con normas técnicas nacionales o en su defecto

con lo establecido en las reconocidas internacionalmente. Cuando exista contradicción entre unas u otras, se

adoptará la que mejor proteja al trabajador.

Es obligación del empleador proveer a cada trabajador su equipo de protección personal, ropa de trabajo,

herramientas especiales y medios técnicos de protección colectiva necesarios conforme a la labor que realice y

velar por el buen uso y mantenimiento de este; el cumplimiento de esta disposición en ningún caso implicará

carga financiera al trabajador.

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Asimismo todo trabajador estará obligado a cumplir con los Reglamentos, Normas Técnicas y recomendaciones

técnicas dictadas por la referida Dirección, así como con las instrucciones del empleador, en lo que se refiere: al

uso y conservación del equipo de protección personal que le sea suministrado, a las operaciones y procesos de

trabajo y al uso y mantenimiento de las protecciones de maquinaria.

TITULO V. CONDICIONES DE SALUBRIDAD EN LOS LUGARES DE TRABAJO.

CAPITULO I. MEDIDAS PROFILÁCTICAS Y SANITARIAS. Art. 32.- En todo lugar de trabajo deberán implementarse las medidas profilácticas y sanitarias que sean

procedentes para la prevención de enfermedades, de acuerdo a lo establecido por el Código de Salud y demás

leyes aplicables.

CAPITULO II. ORDEN Y ASEO DE LOCALES.

Art. 33.- El almacenaje de materiales y de productos se hará por separado atendiendo a la clase, tipo y riesgo de

que se trate y se dispondrán en sitios especiales y apropiados, los cuales deben ser revisados periódicamente.

El apilamiento de materiales y productos debe hacerse de forma segura, de tal manera que no represente riesgos

para los trabajadores.

En los espacios donde se esté laborando, sólo se permitirá el apilamiento momentáneo y adecuado de los

materiales de uso diario y de los productos elaborados del día, sin obstaculizar el desempeño de labores en el

puesto de trabajo. En los lugares destinados para tomar los alimentos, no se permitirá el almacenamiento de

materiales.

Art. 34.- El piso de los lugares de trabajo debe mantenerse en buenas condiciones de orden y limpieza, asimismo

los pasillos y salidas deben permanecer sin obstáculos para tener libre acceso.

Art. 35.- Los desechos deben removerse diariamente de forma adecuada. Cuando sea necesario el aseo

frecuente de los lugares de trabajo, éste se hará en las horas laborales, empleando mecanismos que disminuyan

la dispersión de partículas en la atmósfera respirable de los locales. En tal sentido se dotará de la protección

debida al trabajador.

Art. 36.- Los desechos recolectados en tanto no se transporten fuera de los lugares de trabajo, deben

depositarse en recipientes adecuados y seguros según su naturaleza, los cuales deberán estar colocados en

lugares aislados del área de trabajo, debidamente identificados.

Las basuras y desperdicios deberán ser colectados diariamente, y depositarse en recipientes impermeables de

cierre hermético o en lugares aislados y cerrados.

Las aguas servidas de carácter doméstico de las fábricas, establecimientos industriales, locales de trabajo y

habitaciones o dependencias anexas, deben ser conducidas a la red de cloacas públicas, o en su defecto, su

disposición final se efectuará por medio de sistemas particulares, de conformidad a los reglamentos especiales

vigentes o que se dicten en el futuro sobre la materia.

TITULO VI. HIGIENE EN LOS LUGARES DE TRABAJO.

CAPITULO I. ILUMINACION. Art. 37.- Es obligación del empleador, asegurar que la iluminación en los Lugares de Trabajo sea de la

intensidad adecuada para las labores que se desarrollan.

Art. 38.-Para la iluminación de los lugares de trabajo, se dará preferencia a la luz solar difusa, la que penetrará

por tragaluces y ventanas que comuniquen directamente al exterior o a lugares suficientemente iluminados.

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Art. 39.- Los espacios interiores de un lugar de trabajo deberán ser iluminados con luz artificial durante las horas

laborales, cuando la luz solar no sea suficiente. El alumbrado artificial deberá ser de intensidad adecuada y

uniforme, y disponerse de tal manera que cada máquina, mesa o aparato de trabajo quede iluminado de modo

que no proyecte sombras sobre ellas, produzca deslumbre o daño a la vista de los trabajadores y no altere

apreciablemente la temperatura. Los niveles de iluminación permisibles se establecerán en la reglamentación de

la presente ley.

CAPITULO II. VENTILACION, TEMPERATURA Y HUMEDAD RELATIVA. Art. 40.- Todo Lugar de Trabajo debe disponer de ventilación suficiente y adecuada para evitar poner en peligro

la salud de los trabajadores; y para hacer tolerables al organismo humano los gases, vapores, polvos y demás

impurezas originadas por las sustancias manipuladas o la maquinaria empleada.

Art. 41.- En los locales en que, por razones de la técnica empleada sea necesario mantener cerradas las puertas

y ventanas durante el trabajo, deberá instalarse un sistema de ventilación artificial que asegure la renovación del

aire, principalmente cuando haya maquinaria de combustión en funcionamiento.

Los locales habitualmente cerrados durante las horas de trabajo, serán sometidos diariamente y por una hora

como mínimo antes del inicio de labores, a una intensa ventilación.

Art. 42.- Todo proceso industrial que dé origen a polvos, gases, vapores, humos o emanaciones nocivas de

cualquier género, debe contar con dispositivos destinados a evitar que dichos agentes contaminen o vicien el aire

y a disponer de ellos en tal forma que no constituyan peligro para la salud de los trabajadores, o para la higiene

de las habitaciones o poblaciones vecinas.

Art. 43.- En los Lugares de Trabajo cerrados en los cuales los niveles de calor representen un riesgo para la salud

de los trabajadores y, siempre que los procesos productivos lo permitan, se instalarán dispositivos de renovación

de aire con sus respectivos accesorios convenientemente distribuidos u otras alternativas que generen

temperaturas adecuadas.

Art. 44.- Todos los aspectos técnicos relativos a los sistemas de ventilación estarán regulados en la

Reglamentación especifica de esta ley.

Art. 45.- La temperatura y humedad relativa de los Lugares de Trabajo, deben ser mantenidas entre límites que

no causen perjuicio a la salud de los trabajadores.

Art. 46.- Es obligatorio proveer a los trabajadores de los medios de protección necesarios contra cualquier fuente

excesiva de calor; asimismo, deberá proporcionárseles equipo de protección personal contra las bajas

temperaturas.

CAPITULO III. RUIDOS Y VIBRACIONES.

Art. 47.- La Dirección General de Previsión Social emitirá las recomendaciones técnicas necesarias para proteger

a los trabajadores en aquellos Lugares de Trabajo donde existan niveles de ruido y vibraciones que representen

riesgo a su salud.

Art. 48.- Para evitar el ruido en lo posible, es obligatorio que las máquinas estén bien cimentadas, niveladas,

ajustadas y lubricadas. Las transmisiones no deben fijarse en las paredes colindantes ni en otras que puedan

transmitir el ruido a locales continuos.

En los establecimientos donde el ruido sea muy molesto, deberá adoptarse un sistema de absorción o aislamiento

del ruido.

Todos los aspectos técnicos relativos a este tema se regularán en el Reglamento que se dicte para tal efecto.

CAPITULO IV. SUSTANCIAS QUÍMICAS.

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Art. 49.- En todo Lugar de Trabajo se debe disponer de un inventario de todas las sustancias químicas existentes,

clasificadas en función del tipo y grado de peligrosidad.

Asimismo en cada Lugar de Trabajo se deberá de contar con las Hojas de Datos de Seguridad de los Materiales

en idioma castellano, de todas las sustancias químicas que se utilicen y que presenten riesgos de radiación,

inflamabilidad, corrosividad, toxicidad, oxidación, inestabilidad o cualquier otro tipo de peligro para la salud.

Especial tratamiento debe existir en caso de mujeres embarazadas las cuales deben evitar el contacto con

químicos que puedan dañar al producto de la concepción.

Art. 50.- Los depósitos que contengan productos químicos que presenten riesgos de radiación, inflamabilidad,

corrosividad, toxicidad, oxidación e inestabilidad deben ser adecuados y disponer de etiquetas con información

clara y legible en idioma castellano sobre los cuidados a observar en cuanto a su uso, manipulación,

almacenamiento, disposición y medidas para casos de emergencias.

Los fabricantes, importadores, distribuidores, almacenadores y transportistas de productos químicos tendrán la

obligatoriedad de proporcionar esas informaciones de acuerdo a lo estipulado en el Reglamento que se dicte para

tal efecto.

Toda información referente a los cuidados a observar en cuanto al uso, manipulación, almacenamiento,

disposición y medidas para casos de emergencia de sustancias químicas, debe ser accesible y comunicada a los

trabajadores mediante entrenamiento impartido por personal calificado, dándoles a conocer los riesgos y posibles

daños a su salud.

TITULO VII. DE LA PREVENCIÓN DE ENFERMEDADES OCUPACIONALES.

CAPITULO UNICO. EXÁMENES MÉDICOS.

Art. 51.- Cuando a juicio de la Dirección General de Previsión Social la naturaleza de la actividad ofrezca algún

riesgo para la salud, vida o integridad física del trabajador, será obligación del empleador mandar a practicar

exámenes médicos y de laboratorio a sus trabajadores; dichos exámenes serán practicados en el Instituto

Salvadoreño del Seguro Social.

Art. 52.- Cuando por recomendación de un médico del trabajo del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, un

trabajador deba de ser destinado o transferido para desempeñar trabajos más adecuados a su estado de salud y

su capacidad, será obligación del empleador tomar las medidas administrativas correspondientes para la

implementación inmediata de la recomendación médica.

TITULO VIII. DISPOSICIONES GENERALES.

Art. 53. Los planes de emergencia y evacuación en casos de accidentes o desastres deben de estar de acuerdo

a la naturaleza de las labores y del entorno. Todo el personal deberá conocerlo y estar capacitado para llevar a

cabo las acciones que contempla dicho plan.

Art. 54.- Los daños ocasionados por los accidentes de trabajo serán notificados por escrito a la Dirección

General de Previsión Social dentro de las setenta y dos horas de ocurridos en el formulario establecido para tal

fin. En caso de accidente mortal, se debe dar aviso inmediato a la Dirección, sin perjuicio a las demás

notificaciones de Ley.

Art. 55.- Cuando por especialización de la labor, con el objeto de prevenir los riesgos y accidentes de trabajo, las

empresas necesiten peritos expertos en la materia, éstos deberán ser acreditados por la Dirección General de

Previsión Social.

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Todo lo relativo a los requisitos de acreditación de las empresas Asesoras en Prevención de Riesgos

Ocupacionales, así como de dichos Peritos, para desarrollar sus actividades y lo referente a la solicitud y

procedimientos de acreditación serán objeto de un Reglamento Especial.

Estas Entidades o Expertos deberán mantener las condiciones técnicas en que se basó su acreditación. La

Dirección a través de su Departamento de Seguridad e Higiene Ocupacional verificará el cumplimiento de las

condiciones exigibles para el desarrollo de sus respectivas actividades, teniendo la potestad de proponer medidas

y plazos para la corrección de las irregularidades observadas.

Si como consecuencia de la verificación se comprobará alguna irregularidad que afectará sustancialmente las

condiciones en que se basó la acreditación o no se cumpliesen las medidas y plazos para la corrección, se

iniciara el siguiente procedimiento:

El Jefe del Departamento de Seguridad e Higiene Ocupacional, enviará el respectivo expediente al Director

General de Previsión Social, quien mandará a oír al interesado, para una audiencia que señalará, fijando día y

hora, con un término para comparecer que no excederá de cuatro días.

Comparezca o no el interesado, el Director General de Previsión Social resolverá decretando o no la suspensión

temporal o definitiva del acreditado.

Art. 56.- Todo empleador está obligado a darle mantenimiento a los generadores de vapor y recipientes sujetos a

presión existentes en el lugar de trabajo, así como a presentar a la Dirección General de Previsión Social, el

informe pericial y constancia de buen funcionamiento de dicho equipo, según la naturaleza del proceso.

Tanto el informe pericial, como la constancia de buen funcionamiento mencionados en el inciso anterior, en

ningún caso sustituirán las inspecciones que el Estado está obligado a realizar.

Los aspectos técnicos relativos a la instalación, operación, inspección y mantenimiento de los generadores de

vapor y recipientes sujetos a presión estarán regulados en la Reglamentación de la presente Ley.

Art. 57.- Todo desecho originado en un proceso productivo, que presente algún grado de toxicidad o peligrosidad

para la salud de los trabajadores, deberá ser manejado y tratado de conformidad a lo que establezcan las

Normas Técnicas respectivas.

TITULO IX. INSPECCION DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL.

Art. 58.- La función de Inspección para velar por el cumplimiento de Normas de Seguridad y Salud Ocupacional

será ejercida por la Dirección General de Inspección de Trabajo, conforme al procedimiento establecido en el

Capítulo VII Sección II de la Ley de Organización y Funciones del Sector Trabajo y Previsión Social.

Art. 59.- Por el carácter técnico de esta materia, al realizarse una inspección para verificar el cumplimiento de

Normas de Seguridad y Salud Ocupacional, el inspector podrá, cuando la complejidad de la inspección lo amerite,

elaborar un informe técnico que complemente el acta respectiva en la que conste la visita de Inspección, y

entregará copia al Comité o al Delegado de Prevención.

TITULO X. INFRACCIONES.

CAPITULO I. INFRACCIONES DE PARTE DE LOS EMPLEADORES. Art. 60.- Las infracciones a la presente Ley, se clasifican en Leves, Graves, y Muy Graves, y serán las siguientes:

(Se elimina una frase del parrafo)

Art. 61.- Se consideran Infracciones Leves las siguientes:

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• La falta de limpieza del Lugar de Trabajo que no implique un riesgo grave para la integridad física y salud de

los trabajadores.

• No reunir los pasillos de circulación del Lugar de Trabajo, los requisitos establecidos por la presente Ley y el

Reglamento respectivo.

• No proporcionar a los trabajadores asientos de conformidad a la clase de labor que desempeñan.

• No disponer el Lugar de Trabajo, con un espacio destinado para que los trabajadores tomen sus alimentos,

de conformidad al Art. 23 de la presente ley.

• No disponer el Lugar de Trabajo, de locales destinados para dormitorios de conformidad al Art. 24 de la

presente ley.

• No cumplir con la obligación de comunicar a la Dirección General de Previsión Social, la existencia de un

Comité de Seguridad y Salud Ocupacional dentro de los ocho días hábiles a su creación, a efecto de llevar a

cabo la asesoría respectiva, y acreditación de sus miembros.

• No permitir que los miembros del Comité de Seguridad y Salud Ocupacional se reúnan dentro de la jornada

de trabajo, siempre que exista un programa establecido o cuando las circunstancias lo requieran.

DEBIDO A LA GRAVEDAD DE LAS CONSECUENCIAS, LAS INFRACCIONES RELATIVAS A LA OMISION DE LA NOTIFICACION DE ACCIDENTES Y LA FALTA DE IMPLEMENTACION DE REGISTRO DE ACCIDENTES EN LA EMPRESA, SE TRASLADARON A LAS INFRACCIONES GRAVES.

Art. 62.- Se consideran Infracciones Graves las siguientes:

• Falta de orden y limpieza en el lugar de trabajo que implique riesgos para integridad y salud de los

trabajadores

• No disponer en el Lugar de Trabajo de una señalización de seguridad visible y de comprensión general.

• No contar en el Lugar de Trabajo con un Comité de Seguridad y Salud Ocupacional en los casos exigidos en

la presente Ley.

• No cumplir el empleador con la obligación de formular y ejecutar el respectivo Programa de Gestión de

Prevención de Riesgos Ocupacionales de su empresa.

• Que las instalaciones del Lugar de Trabajo en general, artefactos y dispositivos de los servicios de agua

potable, gas industrial, calefacción, ventilación u otros no reúnan los requisitos exigidos por la presente Ley y

sus Reglamentos.

• Poseer el lugar de trabajo paredes y techos que no sean impermeables y que no posean la solidez y

resistencia requerida, según el tipo de actividad que se desarrolle.

• No Colocar y dar mantenimiento a los resguardos y protecciones que aislen o prevengan de peligros

provenientes de las máquinas

• No colocar elementos de protección en todo canal, puente, estanque, gradas y todo género de instalaciones.

• Poseer el lugar de trabajo escaleras portátiles que no reúnan las condiciones de seguridad requeridas.

• No poseer en el lugar de trabajo, dispositivos sonoros y visuales para alertar sobre la puesta en marcha de

las máquinas dependiendo de la actividad que se realice.

• No proporcionar el equipo de protección personal, herramientas, medios de protección colectiva o la ropa de

trabajo necesaria para la labor que los trabajadores desempeñan acorde a la actividad que se realice de

conformidad al artículo 30, inciso segundo de la presente ley.

• No brindar el mantenimiento debido al equipo de protección personal proporcionado a los trabajadores.

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• Carecer el lugar de trabajo de la iluminación suficiente para el buen desempeño de las labores conforme al

reglamento respectivo.

• No disponer el lugar de trabajo de ventilación suficiente y adecuada conforme a lo establecido en la presente

Ley y el Reglamento respectivo.

• No disponer el Lugar de Trabajo de sistemas de ventilación y protección que eviten la contaminación del aire

en todo proceso industrial que origine polvos, gases y vapores.

• No aplicar las recomendaciones técnicas dictadas por la Dirección General de Previsión Social, en aquellos

lugares de trabajo donde se generen niveles de ruido que representen riesgo a la salud de los trabajadores

de conformidad al artículo 46 de la presente ley.

• No mandar a realizar los exámenes médicos y de laboratorio a sus trabajadores en el caso que lo estipula la

presente Ley.

• No acatar la recomendación de un Médico del Trabajo del Instituo Salvadoreño del Seguro Social , referente

a destinar a un trabajador a un puesto de trabajo más adecuado a su estado de salud y capacidad física.

• No brindar capacitación a los trabajadores acerca de los riesgos del puesto de trabajo susceptibles de

causar daños a su integridad y salud.

• No mantener medios de protección en los procesos de soldaduras que produzcan altos niveles de

radiaciones lumínicas hacia otras áreas de trabajo.

• No contar las instalaciones eléctricas, motores y cables conductores con un sistema de polarización a tierra.

• Poseer tuberías de conducción de vapor que no estén debidamente protegidas con materiales adecuados.

• No notificar a la Dirección General de Previsión Social, los Accidentes de Trabajo en el plazo establecido en

la presente Ley.

• No llevar el registro de los accidentes de trabajo ocurridos en su empresa.

Art. 63.- Se consideran Infracciones Muy Graves las siguientes:

• No contar en el lugar de trabajo con el equipo y medios adecuados para la prevención y combate de casos

de emergencia de conformidad al artículo 27 de la presente ley.

• Mantener en el lugar de trabajo sistemas presurizados que no cuenten con los dispositivos de seguridad

requeridos.

• No disponer de depósitos apropiados para el almacenaje y transporte de combustible líquido, sustancias

químicas o tóxicas, en los lugares en que se trabaje con dichas sustancias

• Mantener en funcionamiento en el lugar de trabajo, ascensores, montacargas y demás equipos de izar cuyas

condiciones impliquen un riesgo para los trabajadores.

• No poseer en los Lugares de Trabajo, lámparas o accesorios eléctricos apropiados en aquellos ambientes

con atmósferas explosivas o inflamables.

• No informar a la Dirección General de Previsión Social de cualquier cambio o modificación sustancial que se

efectúe en los equipos o instalaciones en general, y que representen riesgos para la seguridad y salud de los

trabajadores.

• No brindar el mantenimiento apropiado a los generadores de vapor o recipientes sujetos a presión, utilizados

en el lugar de trabajo.

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• Poner a funcionar generadores de vapor o recipientes sujetos a presión, que no cumplan con los requisitos

de instalación y funcionamiento así como no poseer la constancia a que hace referencia el artículo 55 de la

presente ley.

• Instalar un generador de vapor o recipiente sujeto a presión, sin la autorización respectiva de la Dirección

General de Previsión Social.

• Poner a funcionar un generador de vapor o recipiente sujeto a presión en malas condiciones. FUE

ELIMINADA (YA QUE SE ENTIENDE INCLUIDA EN INFRACCION No.8 DE LAS MUY GRAVES)

• Autorizar la operación de un generador de vapor a mayor presión de lo estipulado en la placa de fabricación

estampada en el cuerpo del generador.

• No poseer el respectivo certificado de Auditoria avalado por la Dirección General de Previsión Social de los

generadores de vapor o recipientes sujetos a presión existentes en el lugar de trabajo. ELIMINADA ( YA QUE

SE INCLUYO EN INFRACCION No.8 DE LAS MUY GRAVES)

• No poner a disposición de peritos autorizados, los datos de diseño, dimensiones y período de uso del

generador de vapor, así como también información sobre los defectos notados con anterioridad y

modificaciones o reparaciones efectuadas en el mismo.

• Alterar, cambiar o hacer desaparecer el número o los sellos oficiales de un generador de vapor o recipiente

sujeto a presión.

• Obstaculizar el procedimiento de Inspección de Seguridad y Salud Ocupacional, así como ejecutar actos que

tiendan a impedirla o desnaturalizarla.

• No adoptar las medidas preventivas aplicables en materia de Seguridad y Salud Ocupacional, cuando dicha

omisión derive en un riesgo grave e inminente para la salud de los trabajadores.

• No contar en el lugar de trabajo con un inventario de las sustancias químicas existentes debidamente

clasificadas.

• Poseer depósitos conteniendo productos químicos que presenten alto grado de peligrosidad sin disponer de

etiquetas que contengan la información sobre los cuidados a observar en cuanto a su uso, manipulación y

almacenamiento.

• No mantener en el lugar de trabajo información accesible referente a los cuidados a observar en cuanto al

uso, manipulación y almacenamiento de sustancias químicas.

• No contar el lugar de trabajo con un plan de emergencia en casos de accidentes o desastres.

Art. 64.- El incumplimiento de obligaciones de la presente ley que no tengan sanción específica señalada, serán

sancionadas como infracción Leve.

Art. 65.- Las infracciones “Leves” se sancionarán conforme a cada infracción con una multa que oscilará entre

CINCUENTA y QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; las “Graves” conforme a

cada infracción con una multa entre MIL y MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA ; y las “Muy Graves” conforme a cada infracción con una multa entre DOS MIL y DOS MIL

QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; el pago de la multa no exime de la

responsabilidad de corregir la causa de la infracción.

Art. 66.-La Dirección General de Inspección de Trabajo a través de su Departamento respectivo determinará la

cuantía de la Multa que se imponga, tomando en cuenta los siguientes aspectos:

• El número de trabajadores afectados

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• La capacidad económica del infractor

• El carácter transitorio o permanente de los riesgos existentes

• Las medidas de protección individual y colectiva adoptadas por el empleador

• El cumplimiento o no de advertencias y requerimientos hechos en la inspección.

Art. 67.- Si se apreciase reincidencia, la cuantía de las sanciones consignadas en el presente capítulo, podrán

incrementarse hasta el duplo del grado de sanción correspondiente a la infracción cometida, sin exceder en

ningún caso del tope máximo previsto para las infracciones muy graves en el artículo 64 de la presente ley.

Art. 68.- El empleador quedará exonerado de toda responsabilidad cuando se comprobare fehacientemente que

la infracción en que se incurriere se derive de un acto intencional de parte del trabajador.

CAPITULO II. INFRACCIONES DE PARTE DE LOS TRABAJADORES.

Art. 69.- Podrán ser sancionados disciplinariamente conforme al Reglamento Interno de Trabajo de la Empresa

debidamente aprobado por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, conforme a lo establecido en los Arts. 302

y siguientes del Código de Trabajo, los trabajadores que incumplan las siguientes medidas de seguridad:

• Incumplir las ordenes e instrucciones dadas para garantizar su propia seguridad y salud, las de sus

compañeros de trabajo y de terceras personas que se encuentren en el entorno.

• El no utilizar correctamente los medios y equipos de protección personal facilitados por el empleador, de

acuerdo con las instrucciones y regulaciones recibidas por este.

• El informar a su Jefe Inmediato de cualquier situación que implique un riesgo grave e inminente para la

seguridad y salud, así como de los defectos que hubiera comprobado en los sistemas de protección.

SE ACLARA QUE SE SUPRIMIÓ, EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTICULO RELACIONADO CON EL ART.50, NUMERAL 17 DEL CODIGO DE TRABAJO YA QUE NO ES NECESARIO MENCIONARLO.

TITULO XI. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES.

Art. 70.- Posterior a los plazos concedidos en la inspección al empleador para cumplir con las recomendaciones

dictadas, y si éstas no se han hecho efectivas se iniciará el procedimiento sancionatorio establecido en los

artículos 628 al 631 del Código de Trabajo y 58 de la Ley de Organización y Funciones del Sector Trabajo y

Previsión Social.

TITULO XII. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES.

Art. 71.- La Dirección General de Previsión Social y la Dirección General de Inspección de Trabajo en lo

pertinente aplicarán las Normas Salvadoreñas Obligatorias (NSO) elaboradas por los Comités Técnicos de

Normalización convocados por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT) relacionadas con el

tema, y solicitará su correspondiente actualización.

Art. 72.- El Presidente de la República decretará los reglamentos que sean necesarios para facilitar y asegurar la

aplicación de la presente Ley.

Art. 73. Las empresas o lugares de trabajo establecidos con anterioridad a la entrada en vigencia de esta Ley,

dispondrán de un plazo de dos años para modificar sus instalaciones correspondientes. En el caso de las

empresas de quince o menos trabajadores, éste plazo podrá ampliarse hasta por dos años más. Las nuevas

empresas por instalarse tendrán que cumplir con esta Ley desde su apertura.

Art. 74.- La presente Ley entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

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ANEXO E. FICHAS DE INSPECCIÓN DE RIESGOS GENERALES UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA EVALUACION DE RIESGOS EN ÁREAS ADMINISTRATIVAS

ESTABLECIMIENTO: EXPOSICION CONSECUENCIA PROBABILIDAD VALOR SD(sensibles y discapacitados) MA( maternidad)

FECHA:

SENSIBILIDAD

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INDICADORES

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RIESGOS ELECTRICOS. 1 ¿Se encuentran las conexiones eléctricas en buenas condiciones? 2 ¿Se observa que los alambres no están descubiertos, sueltos, mal

ajustados y que estén identificados?

3 ¿Se encuentran todos los equipos con conexión polo tierra? 4 ¿Se encuentran los enchufes y tomas corrientes con conexión polo tierra? 5 ¿Esta todo el conjunto eléctrico debidamente aislado, entubado y protegido,

alambres de extensión en buenas condiciones?

6 ¿En caso de emergencia se encuentra el camino libre de obstáculos? ILUMINACION.

7 ¿Se verifica que las instalaciones de luz no estén cubiertas por suciedad, grasa y aceite?

8 ¿Se inspecciona que las salidas cuenten con la debida iluminación? 9 ¿La iluminación permite observar sin dificultad? 10 ¿Se revisa que las fuentes de iluminación no estén colocadas en forma

deficiente, lanzando sombras sobre el área de trabajo del empleado?

11 ¿Existe la suficiente iluminación natural en los puestos de trabajo? 12 ¿Se cuenta con provisión de iluminación en caso de emergencia?

VENTILACION. 13 ¿Existe ventilación por medio de aire acondicionado? 14 ¿Existe un suministro adecuado de aire? 15 ¿El sistema de ventilación genera polvo, gases, vapor o humo que podrían

dañar la salud de los trabajadores?

16 ¿En las oficinas la temperatura y grado de humedad es el adecuado para no causar daño a los trabajadores?

RIESGOS QUIMICOS. 17 ¿Existe manipulación de productos químicos en esta área? 18 ¿Están etiquetados claramente los productos químicos con el nombre y el

origen del producto, simbología, información sobre los riesgos y consejos para utilizar el producto con seguridad?

19 ¿Están las zonas de almacenamiento de productos químicos bien ventiladas y situadas lejos de las fuentes de ignición?

RIESGOS BIOLOGICOS 20 ¿Las instalaciones se encuentran en las condiciones mínimas de orden y

aseo?

21 ¿Se cuenta con suficientes depósitos de basura? 22 ¿Se producen desechos que tengan un nivel de peligrosidad considerable? 23 ¿Se mantiene el mobiliario limpio y ordenado? 24 ¿Se posee un mapa de riesgos o focos de infecciones?

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UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA EVALUACION DE RIESGOS EN ÁREAS ADMINISTRATIVAS ESTABLECIMIENTO: EXPOSICION CONSECUENCIA PROBABILIDAD VALOR

SD(sensibles y discapacitados) MA( maternidad)

FECHA:

SENSIBILIDAD

ME (menores) REALIZO POR: Nº

INDICADORES

SI

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INCENDIOS 25 ¿Se manejan materiales inflamables como papelería u otros? 26 ¿Están diseñada la instalación, pasillos, salidas de emergencia y una

organización contra incendio que contribuya al rescate?

27 ¿Se cuenta con extintores? 28 ¿Se encuentra el extintor en un lugar visible en caso de emergencia? 29 ¿Se evita en todo momento que este el acceso obstruido para llegar al

extintor?

30 ¿Se encuentran aislados los almacenes de materiales? RIESGOS ERGONOMICOS

31 ¿Las actividades que desarrollan producen algún tipo de fatiga? 32 ¿Se diseñan los espacios de trabajo de acuerdo a las dimensiones del

cuerpo humano?

33 ¿El respaldo de los asientos proporciona un buen soporte a la espalda? 34 ¿Las actividades desarrolladas requieren un periodo largo de tiempo en

una misma postura?

35 ¿Existe algún tipo de mobiliario que pueda producir algún tipo de lesión aguda?

RUIDO 36 ¿Existe interferencia por ruido en el área debido al ambiente de trabajo

para que impida el desarrollo normal de las actividades?

37 ¿La interferencia es producida por agentes internos a la unidad? 38 Se puede hablar en la oficina sin forzar el volumen de la voz

SEÑALIZACION 39 ¿Existe señalización? 40 La señalización de seguridad permite reconocer los peligros 41 ¿Existe señalización para recorridos de evacuación (salidas, pasillos)? 42 ¿Existe señalización de advertencia o de color amarillo? 43 ¿Existe señalización de prohibiciones o de color rojo? 44 ¿Existe señalización de obligación o color azul? 45 ¿Existe señalización de salvamento o socorro o de color verde? 46 ¿Existe señalización de equipo de lucha contra incendio o de color rojo? OBSERVACIONES.

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UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA EVALUACION DE RIESGOS EN ÁULAS

ESTABLECIMIENTO: EXPOSICION CONSECUENCIA PROBABILIDAD VALOR SD(sensibles y discapacitados) MA( maternidad)

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RIESGOS ELECTRICOS. 1 ¿Se encuentran las conexiones eléctricas en buenas condiciones? 2 ¿Se observa que los alambres no están descubiertos, sueltos, mal

ajustados y que estén identificados?

3 ¿En caso de emergencia se encuentra el camino libre de obstáculos? ILUMINACION.

4 ¿Se verifica que las instalaciones de luz no estén cubiertas por suciedad, grasa y aceite?

5 ¿Se inspecciona que las salidas cuenten con la debida iluminación? 6 ¿La iluminación permite escribir y ver sin dificultad? 7 ¿Existe la suficiente iluminación natural en las aulas? 8 ¿Se cuenta con provisión de iluminación en caso de emergencia? 9 Se produce deslumbramiento por colores de paredes

VENTILACION. 10 ¿Existe ventilación natural en los salones? 11 ¿Existe un suministro adecuado de aire? 12 ¿En el salón la temperatura y grado de humedad es el adecuado para no

causar daño a los a los alumnos?

13 ¿Existe aire acondicionado en los salones? INCENDIOS

14 ¿Están diseñados la instalación, pasillos, salidas de emergencia y una organización contra incendio que contribuya al rescate?

15 ¿Se cuenta con extintores? 16 ¿Se evita en todo momento que este el acceso obstruido para llegar al

extintor?

17 ¿Se encuentra el extintor en un lugar visible en caso de emergencia? RIESGOS ERGONOMICOS

18 ¿Las actividades que desarrollan producen algún tipo de fatiga? 19 ¿Se diseñan los pupitres de acuerdo a las dimensiones del cuerpo

humano?

20 ¿El respaldo de los pupitres proporciona un buen soporte a la espalda? 21 ¿El pupitre es ajustable a la estatura y peso del alumno? 22 Existe un apoya pies en el pupitre 23 EL ángulo del respaldo es adecuado para brindar una postura correcta y

cómoda para el usuario?

24 La ubicación de las pizarra dentro de las aulas es adecuada para permitir utilizarlas sin realizar un esfuerzo mayor

25 ¿Los pupitres pueden producir algún tipo de lesión aguda? 26 ¿Las actividades desarrolladas requieren un periodo largo de tiempo en

una misma postura?

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UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA EVALUACION DE RIESGOS EN ÁULAS ESTABLECIMIENTO: EXPOSICION CONSECUENCIA PROBABILIDAD VALOR

SD(sensibles y discapacitados) MA( maternidad)

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RUIDO 27 ¿Existe interferencia por ruido en aulas debido al ambiente exterior para

que impida escuchar la clase?

28 ¿La interferencia es producida por agentes internos al salón? 29 ¿La interferencia es producida por agentes externos al salón? 30 Se escucha la clase hasta atrás del salón sin problemas

SEÑALIZACION 31 ¿Existe señalización en vías de circulación? 32 ¿Existe señalización de riesgo eléctrico? 33 ¿Existe señalización para bebederos, recipientes de desperdicios, áreas

de pisos libre?

34 ¿Existe señalización para equipos de protección para incendios? 35 ¿Existe señalización para recorridos de evacuación (salidas, pasillos)? 36 ¿Existe señalización en las áreas interiores de transito? OBSERVACIONES.

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UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA EVALUACION DE RIESGOS EN SERVICIOS SANITARIOS

ESTABLECIMIENTO: EXPOSICION CONSECUENCIA PROBABILIDAD VALOR SD(sensibles y discapacitados) MA( maternidad)

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1 ¿El centro de trabajo esta provisto de inodoro, letrinas y mingitorios o urinarios separados por sexo?

2 ¿Los servicios sanitarios tienen agua y papel higiénico? 3 ¿Existe un lavamanos por cada 15 trabajadores? 4 ¿Los locales destinados a inodoros, mingitorios o baños tienen pisos

impermeables, de mosaico u otro material que cumpla este requisito. Además tienen ventanas que den a la calle o los patios de los edificios?

5 ¿El agua para atender las necesidades del personal es potable, su suministro es continuo y su presión la necesaria para resguardar un abastecimiento cómodo?

6 ¿Si los baños se encuentran en salas de baño del público, los que utilizan los trabajadores (as) son de uso exclusivo?

7 ¿Mantiene los servicios higiénicos en buen estado de limpieza y/o funcionamiento?

8 ¿Los excusados se ubican en compartimentos con puertas y separados por medio de divisiones permanentes?

9 ¿Existen instalaciones sanitarias en buen estado? 10 ¿Periódicamente se realiza higienización y desinfección de los baños? 11 ¿Están los baños protegidos del ingreso de vectores sanitarios? 12 ¿Existe en los servicios sanitarios sistema de extracción de olores? OBSERVACIONES.

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UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA EVALUACION DE RIESGOS EN LABORATORIO ESTABLECIMIENTO: EXPOSICION CONSECUENCIA PROBABILIDAD VALOR

SD(sensibles y discapacitados) MA( maternidad)

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1 ¿Todos los accidentes, incluso los más insignificativos, se registran y se investigan de forma rutinaria?

2 ¿Se dispone de una alarma para evacuar el laboratorio, que se ensaya frecuentemente, siendo el control de la misma fácilmente accesible?

3 ¿Se dispone de un sistema general de alarma para todo el edificio y de un servicio de emergencia y de seguridad contra intrusos y robos?

4 ¿El laboratorio tiene al menos dos salidas? 5 ¿Los fregaderos tienen esterillas de caucho o plástico incluso en el desagüe

y disponen de agua caliente y jabón?

6 ¿Los desagües de los fregaderos utilizados en el laboratorio están separados de los destinados a otros usos?

7 ¿Se lee la información sobre manipulación y almacenaje de productos nuevos o no habituales antes de proceder a su utilización?

8 ¿No se retiran nunca productos del laboratorio si no es bajo las instrucciones del supervisor?

9 ¿El personal tiene instrucciones de no llevar a cabo experimentos no autorizados?

10 ¿Los recipientes grandes de vidrio que contienen productos químicos líquidos que no sean inflamables, agentes oxidantes y ácidos, están dotados de cubiertas protectoras para prevenir proyecciones y salpicaduras en caso de rotura?

11 ¿Las estanterías disponen de borde protectores para evitar el vuelco y caída de las botellas de vidrio de los reactivos?

12 ¿Los productos químicos que pueden reaccionar entre su produciendo humos peligrosos, fuego o explosiones se almacenan lejos unos de otros?

13 ¿Los líquidos volátiles se mantienen alojados de las fuentes de calor, la luz o interruptores eléctricos?

14 ¿Se dispone de armarios especiales para almacenar productos químicos inflamables y combustibles?

15 ¿La distribución de ácidos, amoniaco, etc, de garrafas se realiza en una habitación separada con extractor?

16 ¿Se utiliza señalización normalizada en color y tamaño para indicación de dirección a seguir, advertencia de riesgos y para dar información?

17 ¿Se halla fácilmente disponible un archivo de publicaciones sobre seguridad en el laboratorio?

18 ¿El personal esta obligado a recogerse el cabello, caso de llevarlo largo? 19

¿Los materiales peligrosos utilizados en el laboratorio se guardan en pequeñas cantidades?

20 ¿No se deja la basura durante la noche en el laboratorio? 21 ¿Las pinzas diseñadas para usos específicos se mantienen al alcance de la

mano?

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UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA EVALUACION DE RIESGOS EN LABORATORIO

ESTABLECIMIENTO: EXPOSICION CONSECUENCIA PROBABILIDAD VALOR SD(sensibles y discapacitados) MA( maternidad)

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22 ¿El edificio del laboratorio tiene instalado un sistema de rociadores automáticos y están disponibles manguera contra incendios?

23 ¿Existen extintores adecuados para los diferentes tipos de fuego? 24 Al menos un extintor grande de apoyo del tipo de polvo químico seco se

halla localizado fuera de cada sala de laboratorio

25 ¿Se utilizan gafas protectoras cuando existe peligro de salpicaduras de productos químico o proyección de partículas?

26 ¿Se requiere protección ocular para todo el personal cuando se manejan o almacenan productos químicos?

27 ¿Se dispone de un sistema lavaojos para casos de contaminación química? 28 ¿Se utilizan siempre guantes protectores cuando se trasvasan productos

químicos peligrosos?

29 ¿Todas las botellas de acido se hallan herméticamente cerradas cuando no se usan?

30 ¿El almacén de productos tiene una ventana o abertura en la puerta que da directamente fuera del edificio?

31 ¿El almacén de productos tiene una gran ventilador capaza de cambiar el aire de toda la habitación en poco tiempo?

32 ¿El laboratorio se inspecciona a menudo y a fondo para evaluar las condiciones de inseguridad tomándose rápidamente medidas para corregirlas?

33 ¿Los supervisores están familiarizados con las normativas existentes aplicables al laboratorio?

34 ¿Se mantiene disciplina y las reglas de seguridad se hacen cumplir a todo el personal, requiriéndose asimismo a las visitas a cumplirlas?

35 ¿Se utilizan gafas para prevenir salpicaduras cuando se utilizan líquidos? 36 ¿El material de primeros auxilios se halla fácilmente disponible y ha sido

aprobado por un medico consultor?

37 ¿Es rápidamente accesible una sala de emergencia con personal medico específicamente informado sobre exposición a productos químicos y tratamientos adecuados?

38 ¿Los supervisores están entrenados en reanimación? 39 ¿Los armarios de primeros auxilios están etiquetados claramente?

OBSERVACIONES.

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UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA EVALUACION DE RIESGOS EN CAFETERIA ESTABLECIMIENTO: EXPOSICION CONSECUENCIA PROBABILIDAD VALOR

SD(sensibles y discapacitados) MA( maternidad)

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1 ¿La cafetería cuenta con las condiciones mínimas exigibles: mesas y sillas con cubierta de material lavable, lavaplatos, cocinilla y separado de fuentes de contaminación (basuras, polvos, etc.)?

2 ¿Se proporciona un local para comer que debe estar bien iluminado, con ventilación, amueblado en forma conveniente y dotado de medios especiales para guardar alimentos, recalentarlos y lavar utensilios?

3 ¿Se corren riesgos de accidente porque alguien puede caerse, resbalar, tropezar, torcerse el piso o dar un paso en falso por alguna de las causas listadas en la columna anterior?

4 ¿Son seguras las áreas de paso y las áreas de trabajo para el paso por ellas y sin restricciones u obstrucciones en el suelo?

5 ¿Se corren riesgos de caerse de altura? 6 ¿Se utilizan las maquinas y utensilios sin resguardo y/o protecciones

de seguridad?

7 ¿Pueden surgir situaciones peligrosas en determinados trabajo por ejemplo: durante lavado manual, ajustes, reglajes, recambios, mantenimientos, limpieza, reparación de averías, etc?

8 ¿Se siguen las medidas de seguridad en la manipulación de objetos cortantes?

9 ¿Se siguen las medidas de seguridad en la manipulación de objetos calientes?

10 ¿Están todos los enchufes conexiones, cables instalaciones, maquinas y equipos eléctricos en buenas condiciones desde el punto de vista eléctrico?

11 ¿Se conservan en buen estado los elementos aislantes? 12 ¿Existen cables pelados, enchufes en mal estado o aparatos en

malas condiciones?

13 ¿Se realiza de forma segura la manipulación de productos químicos? Se toman precauciones para evitar la exposición a las sustancias

nocivas (vapores, aerosoles, humos, etc.) que se forman en los trabajos con sustancias químicas.

14 Se guardan precauciones para prevenir el fuego 15 Se siguen las medidas de seguridad en las instalaciones de gas 16 Tiene equipos de extinción de incendios adecuados 17 Es necesario adoptar frecuentemente posturas incomodas (torcer o

inclinar el torso, etc) en el trabajo habitual

OBSERVACIONES:

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UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA EVALUACION DE RIESGOS EN BIBLIOTECA

ESTABLECIMIENTO: EXPOSICION CONSECUENCIA PROBABILIDAD VALOR SD(sensibles y discapacitados) MA( maternidad)

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1 ¿La base y lugar de almacenamiento de los libros son firmes? 2 ¿Se encuentran los pasillos libres de objetos y libros? 3 ¿Las salidas están libres de obstáculos o libros apilados? 4 ¿Se deja espacio libre a ras del suelo para tener ventilación y limpieza? 5 ¿Son los estantes adecuados para la carga y descarga, manipulación,

transporte y almacenamiento de libros?

6 ¿Son adecuados los locales utilizados como depósitos para el almacenamiento de sustancias químicas?

7 ¿Los lugares de almacenamiento están bien ventilados, con sistemas de detección y control de incendios?

8 ¿Los locales cuentan con sistemas de contención en casos de derrames de sustancias?

9 ¿En los locales hay sistemas de señalización en donde se advierten sobre los peligros y prohibiciones?

10 ¿Se emplea el equipo y la vestimenta de protección adecuada para limpiar estantes?

11 ¿Se toman todas las precauciones necesarias para la manipulación y transporte de los libros?

12 ¿Los pasillos, áreas de trabajo y de almacenamiento son adecuados y están debidamente delimitadas?

13 ¿Las escaleras fijas y portátiles cumplen con los requisitos mínimos de diseño y construcción?

14 ¿Los techos y paredes producen deslumbramientos a los trabajadores? 15 ¿En las paredes se utilizan tonos mates, que no produzcan alteración en el

comportamiento de los trabajadores?

16 ¿Se tienen extintores adecuados para los riesgos en las bibliotecas? 17 ¿Es suficiente la cantidad de extintores en relación con el riesgo de la

empresa?

18 ¿El equipo para combatir incendios está ubicado y distribuido de manera correcta en relación con la fuente de riesgos?

19 ¿El sistema eléctrico se encuentra en óptimas condiciones, con lo que se evita la producción de cortos circuitos?

20 Las estanterías están fijas y calculadas para soportar la carga requerida 21 Los apilamientos en estanterías están calculados para evitar derrumbes. 22 La ventilación permite la renovación de aire del recinto OBSERVACIONES:

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ANEXO D. FICHAS DE INSPECCIÓN DE RIESGOS ESPECIFICOS UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA EVALUACION DE RIESGOS ELECTRICOS

ESTABLECIMIENTO: EXPOSICION CONSECUENCIA PROBABILIDAD VALOR SD(sensibles y discapacitados) MA( maternidad)

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1 Utiliza el personal el equipo aislante adecuado en las operaciones de manejo y reparación de equipo electrónico.

2 Se utilizan las herramientas adecuadas en las operaciones de manejo y reparación de equipos eléctricos.

3 Se evita en todo momento el contacto del cuerpo humano con equipo energizado.

4 Se evita en todo momento el contacto de una herramienta con un conductor energizado.

5 Se respeta la distancia de 4.5 mts. Alejado de un arco eléctrico por parte de los trabajadores.

6 Se quitan los trabajadores cadenas, pulsera, anillo, etc. para hacer las tareas.

7 Utiliza el personal el equipo de protección pertinente para realizar sus tareas.

8 Se verifica que no se improvisen o se utilicen herramientas hechizas para realizar las tareas.

9 Se respetan las distancias sugeridas para cerca de las líneas eléctricas energizadas.

10 Se siguen los procedimientos indicados previamente o las indicaciones de las etiquetas de la maquinaria.

11 Se liberan frecuentemente la energía almacenada en los capacitares. 12 Se utilizan herramientas de mano adecuadamente protegidas y aisladas. 13 Se encuentran las conexiones eléctricas en buenas condiciones, que no

estén descubiertos los alambres, sueltos, mal ajustado y que estén identificados.

14 Se encuentran todos los equipos con sus aterrizamiento adecuado. 15 Posee la caja de control una tapa y mecanismo de seguridad para cierre. 16 Esta todo el conjunto eléctrico debidamente aislado, entubado y protegido,

alambres de extensión en buenas condiciones.

17 Se aterrizan todos los receptáculos, cajas de conexión, conductos o equipo conectado.

18 Se encuentra la conexión a tierra técnicamente hecha y no a través de un tubo de protección de cables.

OBSERVACIONES.

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UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA EVALUACION DE ILUMINACION

ESTABLECIMIENTO: EXPOSICION CONSECUENCIA PROBABILIDAD VALOR SD(sensibles y discapacitados) MA( maternidad)

FECHA: SENSIBILIDAD

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1 Se verifica que las instalaciones de luz no estén cubiertas por suciedad, grasa y aceite.

2 Se revisa que las fuentes de iluminación no estén colocadas en forma deficiente, lanzando sombras sobre el área de trabajo del empleado.

3 Se verifica que no exista exceso de iluminación en los puestos de trabajo. 4 Se evita que los niveles de iluminación sean superiores a los

recomendados produciendo deslumbramientos.

5 Existe la suficiente iluminación natural en los puestos de trabajo. 6 Se verifica que los niveles de iluminación no sean inferiores a los límites

establecidos de 300 lux.

7 Los trabajadores manifiestan dificultades para ver bien la tarea. 8 Se realizan tareas con altas exigencias visuales o de gran minuciosidad

con una iluminación insuficiente.

9 Existen reflejos o deslumbramiento s molestos en el puesto o su entorno. 10 Los trabajadores se quejan de molestias frecuentes en los ojos o la vista. 11 Se han emprendido acciones para conocer si las condiciones de

iluminación de la empresa se ajustan a las diferentes tareas visuales que se realizan.

12 Los niveles de iluminación existentes (general y localizada) son los adecuados, en función del tipo de tarea, en todos los lugares de trabajo o paso.

13 Se ha comprobado que el número y la potencia de los focos luminosos instalados son suficientes.

14 Hay establecido un programa de mantenimiento de las luminancias para asegurar los niveles de iluminación.

15 Entre las actuaciones previstas en el programa de mantenimiento, está contemplada la sustitución rápida de los focos luminosos fundidos.

16 El programa de mantenimiento contempla la limpieza regular de focos luminosos, luminarias, difusores, paredes, etc

17 El programa de mantenimiento prevé la renovación de la pintura de paredes, techos, etc. y la utilización de colores claros y materiales mates.

18 Todos los focos luminosos tienen elementos difusores de la luz y/o protectores antideslumbrantes

19 La posición de las personas evita que éstas trabajen de forma continuada frente a las ventanas.

20 Los puestos de trabajo están orientados de modo que se eviten los reflejos en las superficies de trabajo y PVD’s.

OBSERVACIONES.

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UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA EVALUACION DE VENTILACION

ESTABLECIMIENTO: EXPOSICION CONSECUENCIA PROBABILIDAD VALOR SD(sensibles y discapacitados) MA( maternidad)

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1 Considera que el sistema actual de ventilación es el adecuado. 2 Se brinda un suministro adecuado de aire. 3 Se han instalado extracciones localizadas en las zonas o puntos donde se

puede producir la generación y dispersión de contaminantes ambientales.

4 Estas extracciones disponen de campanas de captación de forma y tamaño adecuados a las características de los focos de generación

5 Se evalúa primero una ventilación localizada antes que una general. 6 Se están compensando las salidas de aire por las correspondientes

entradas de aire.

7 Se evitan corrientes de aire. 8 Se están aprovechando los movimientos naturales de los contaminantes,

es especial en zonas calientes en su efecto ascensional.

9 Se ha estudiado el proceso y consideración de reemplazo por otros menos tóxicos y contaminantes.

10 En locales cerrados, el aire se renueva mediante ventilación natural o artificial.

11 La ventilación natural será por medio de ventanas, tragaluces abiertos directamente a patios o al espacio público.

12 Si el trabajo genera polvo, gases, vapor o humo que puedan dañar la salud de los trabajadores se posee de un sistema de tratamiento autorizado por el Ministerio de Salud

13 Se determina y efectúa un mantenimiento periódico en las instalaciones del filtro y conducciones.

14 Se realiza mantenimiento de los sistemas mecánicos de ventilación general.

15 Cuenta el local con aire acondicionado en buen estado 16 Se toma en cuenta los valores umbrales de concentración de sustancias

químicas en el ambiente.

17 Se esta sustituyendo productos tóxicos por no tóxicos. 18 Se utilizan sustancias químicas toxicas o nocivas, o existen focos de

generación de contaminantes (polvo, humo, nieblas, gases o vapores).

19 Hay problemas o quejas debidos a polvo u otros contaminantes por mal mantenimiento o limpieza del edificio o de sus instalaciones; por obras del edificio; mobiliario de mala calidad; productos de limpieza; etc

20 Hay problemas o quejas frecuentas debidos a la ventilación (aire viciado, malos olores, etc.).

OBSERVACIONES.

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UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA EVALUACION DE RIESGOS QUIMICOS

ESTABLECIMIENTO: EXPOSICION CONSECUENCIA PROBABILIDAD VALOR SD(sensibles y discapacitados) MA( maternidad)

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1 Se reporta al departamento encargado si se encuentran sustancias peligrosas fuera de control.

2 Se conoce por parte de los trabajadores las vías de entradas al organismo de los agentes nocivos.

4 Se evita el manejo de sustancias desconocidas y se reportan si no están identificadas.

5 En caso de derrame de sustancias desconocidas. Se retiene y controla el derrame sin exponer o arriesgar a los trabajadores.

6 Se encuentra protegido los trabajadores que realizan operación que desprende polvos.

7 Se esta evitando que los productos químicos y sus distintas formas sean inhalados.

8 Se evalúa el nivel de concentración de polvo, humo, vapor, gases, etc. 9 Se determina el grado de exposición de los trabajadores y la consecuencia

de estas.

10 Se esta evitando que los productos químicos puedan ser inhalados, ingeridos o absorbidos por los empleados.

11 Se informa a los trabajadores con carteles y afiches de los productos químicos peligrosos.

12 Existen etiquetas donde se informe de las advertencias, preocupaciones, primeros auxilios en caso de emergencia.

13 Se esta usando el equipo de protección personal como son las gafas, mascarillas, guantes, etc.

14 Se están eliminando los productos químicos no usados. 15 Existe un procedimiento de emergencia en caso de derrame. 16 Se disponen de fichas de seguridad (MSDS) de todos los productos 17 Dispone de una lista de referencia para determinar que sustancias son

cancerigenas.

18 Se han realizado mediciones ambientales para conocer las concentraciones de los contaminantes químicos presentes en el ambiente de trabajo.

19 Se encuentran los almacenes de productos químicos con cantidades limitadas, en contenedores adecuados en áreas separadas y seguras.

20 Están suficientemente identificados y correctamente señalizados todos los productos peligrosos.

OBSERVACIONES.

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UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA EVALUACION DE RIESGO DE INCENDIO ESTABLECIMIENTO: EXPOSICION CONSECUENCIA PROBABILIDAD VALOR

SD(sensibles y discapacitados) MA( maternidad)

FECHA: SENSIBILIDAD

ME (menores) REALIZO POR: Nº

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1 Existe el adiestramiento adecuado por parte del personal para el uso de extintores.

2 Conoce el personal las salidas y los planes de emergencia en caso de incendio.

3 Se conoce si la zona laboral constituye riesgo ligero, ordinario o extraordinario.

4 Están diseñadas las instalaciones, pasillos, salidas de emergencia y una organización contra incendio que contribuya al rescate.

5 Existen normar de manejo de líquidos, gases químicos explosivos y materiales sólidos.

6 Es adecuada la clasificación del extintor al riesgo. 7 Se realiza comprobaciones para determinar visualmente que el extintor

esta situado adecuadamente y que funciona.

8 Se realiza un mantenimiento de los extintores para desecharlo, repararlo o conservarlo.

9 Se realiza la recarga, presurización del extintor y prueba hidrostática del contenedor.

10 Se conservan las tarjetas de mantenimiento de los extintores. 11 Se anota la fecha e iniciales del inspector en las tarjetas. 12 Se conservan los indicadores de uso debido en cada extintor. 13 Se lleva un registro que indique fecha de adquisición y revisión periódica en

cada extintor.

14 Se encuentra el extintor en el lugar indicado. 15 Se destruyen todos los extintores que no pasan la prueba hidrostática. (sin

intentar su reparación).

16 Se encuentra en un lugar visible el extintor en caso de emergencia, sin obstrucciones u ocultos a la vista y disponibles para su operación

17 Si el peso bruto del extintor es de 18.14 Kgr (40 libras) su parte superior (manija) esta a una altura 1.25 mts. Si el peso bruto es superior a las 40 libras su parte superior (manija) esta a una altura de 1.07 mts.

18 Las instrucciones de manejo están colocadas sobre la parte delantera del extintor en español y destacándose sobre otras rotulaciones

19 Se reparan los daños físicos del extintor, (corrosión, escape u obstrucción de mangueras).

20 Se llevan a cabo operaciones de mantenimiento de acuerdo a un plan establecido.

OBSERVACIONES.

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UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA EVALUACION DE RIESGOS BIOLOGICOS ESTABLECIMIENTO: EXPOSICION CONSECUENCIA PROBABILIDAD VALOR

SD(sensibles y discapacitados) MA( maternidad)

FECHA: SENSIBILIDAD

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1 Existe el conocimiento necesario por parte del personal que esta expuesto a estos riesgos.

2 Se encuentra separado en el vestuario la ropa de calle y la ropa de trabajo. 3 Se vigila que no se coma en los puestos de trabajo. 4 Se vigila la utilización de equipo de protección pertinente en el tratamiento

de focos de agentes patógenos.

5 Se realizan periódicamente chequeos en los empleados expuestos a este tipo de riesgos.

6 Se verifica que existan limpias y en buen estado las instalaciones sanitarias.

7 Se realizan controles médicos previos a la entrada al empleo. 8 Se evalúa periódicamente la presencia de agentes patógenos. 9 Se evalúa la presencia de enfermedades, la naturaleza del agente causal

(Organismos vivo o derivado animal o vegetal) y la vía de transmisión.

10 Se realizan fumigaciones periódicas 11 Se encuentra limpia la maquinaria y equipo antes y después de utilizarla. 12 Están todos los materiales libres de cualquier agente patógeno antes de su

utilización.

OBSERVACIONES.

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UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA EVALUACION DE RIESGOS ERGONOMICOS ESTABLECIMIENTO: EXPOSICION CONSECUENCIA PROBABILIDAD VALOR

SD(sensibles y discapacitados) MA( maternidad)

FECHA: SENSIBILIDAD

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1 Se determina de qué forma afecta al trabajador el puesto de trabajo o herramientas asignado.

2 Se toma en cuenta factores como edad, sexo, capacidad, etc. para el diseño del puesto de trabajo.

3 Utiliza cinturón de seguridad el personal que levanta objetos. 4 Existen esfuerzos encaminados a reducir las tensiones, disminuir la carga

del trabajo e incrementar la seguridad del trabajo.

5 En la determinación de tiempos estándares se busca la buena comodidad del trabajador, además de la eficacia de este.

6 Se determinan y detectan las molestias ocasionadas por la fatiga. 7 Se aplican las técnicas de levantamiento de objetos. 8 Se evalúa el entorno (riesgos físicos) en los puestos de trabajo. 9 Se analizan y conocen las características de un puesto de trabajo. 10 Se diseñan los espacios de trabajo de acuerdo a las dimensiones del

cuerpo humano.

11 La superficie de trabajo (mesa, banco de trabajo, etc.) es muy alta o muy baja para el tipo de tarea o para las dimensiones del trabajador.

12 Se tienen que alcanzar herramientas, elementos u objetos de trabajo que están muy alejados del cuerpo del trabajador (por ejemplo, obligan a estirar mucho el brazo).

13 La pantalla está mal situada: muy alta o muy baja; en un lateral; muy cerca o muy lejos del trabajador.

14 El diseño del puesto no permite una postura de trabajo (de pie, sentada, etc.) cómoda.

15 No existe apoyo para los antebrazos mientras se usa el teclado. 16 Se emplean herramientas inadecuadas, por su forma, tamaño o peso, para

la tarea que se realiza.

17 No se lee correctamente la información de la pantalla o de los documentos (en las tareas de introducción de datos en el ordenador).

18 Resulta incómodo el manejo del ratón. 19 La silla no es cómoda. 20 No hay suficiente espacio en la mesa para distribuir adecuadamente el

equipamiento necesario (ordenador, documentos, teléfono, etc.).

21 No hay suficiente espacio libre bajo la mesa para las piernas y los muslos. 22 El trabajador no dispone de un reposapiés en caso necesario (cuando no

pueda apoyar bien los pies en el suelo una vez ajustado el asiento en relación con la mesa).

OBSERVACIONES.

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UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA EVALUACION DE RUIDO ESTABLECIMIENTO: EXPOSICION CONSECUENCIA PROBABILIDAD VALOR

SD(sensibles y discapacitados) MA( maternidad)

FECHA: SENSIBILIDAD

ME (menores) REALIZO POR: Nº

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1 Se concientiza al personal en el uso de los equipos de protección personal si es necesario como orejeras.

2 El ruido en el ambiente de trabajo produce molestias, ocasionalmente o habitualmente.

3 El ruido obliga continuamente a elevar la voz a dos personas que conversen a medio metro de distancia.

4 Se realizan las mediciones de ruido con los aparatos pertinentes. 5 Se investigan los efectos nocivos del ruido que provoca la maquinaria. 6 Se esta eliminando el ruido en sus punto o fuente de origen. 7 Se esta realizando una separación, confinamiento o encerramiento de las

fuentes de ruido.

8 Algún trabajador refiere molestias por el ruido que tiene en su puesto de trabajo.

9 Hay que forzar la voz para poder hablar con los trabajadores de puestos cercanos debido al ruido.

10 Es difícil oír una conversación en un tono de voz normal a causa del ruido. 11 Los trabajadores refieren dificultades para concentrarse en su trabajo

debido al ruido existente.

OBSERVACIONES.

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UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA EVALUACION DE SEÑALIZACION ESTABLECIMIENTO: EXPOSICION CONSECUENCIA PROBABILIDAD VALOR

SD(sensibles y discapacitados) MA( maternidad)

FECHA: SENSIBILIDAD

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1 ¿Existe señalización de riesgo eléctrico? 2 ¿Existe señalización en las áreas interiores de transito? 3 ¿Existe señalización para equipos de protección para incendios? 4 ¿Existe señalización en vías de circulación? 5 ¿Se respetan las vías de circulación? 6 ¿Se encuentran señalizadas las puertas y salidas de emergencia, en

aquellos lugares donde se requiera?

7 ¿Las tuberías, recipientes y tanques con sustancias peligrosas cuentan con rótulos adecuados?

8 ¿Hay letreros y/o otros medios de aviso para restringir el acceso de personal ajeno a la empresa, a determinadas áreas de trabajo, que son peligrosas?

9 ¿Hay letreros de aviso en los que se indiquen los riesgos presentes en las áreas de trabajo?

10 ¿Las instalaciones especiales y servicios auxiliares (extintores, duchas de emergencia, etc.) son indicados mediante letreros u otras señales?

11 ¿Están situadas las señales en lugares fácilmente observables, desde diferentes puntos del lugar de trabajo?

12 Ha sido el trabajador capacitado para la correcta interpretación de señales o avisos

13 Existen avisos para identificar peligros como alto voltaje, explosivos, excavaciones, materiales peligrosos y equipo para incendio(los avisos deben ser de color rojo.)

14 ¿Existe señalización en vías de circulación? 15 ¿Existe señalización para bebederos, recipientes de desperdicios, áreas de

pisos libre?

16 Las puertas y salidas deben ser suficientes en número y anchura para facilitar la evacuación, debiendo estar señalizadas y libres de obstáculos

OBSERVACIONES.

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ANEXO F. CUESTIONARIO PARA USUSARIOS

FACULTAD DE INGENIERIA Y ARQUITECTURA

I. INTRODUCCIÓN

Este cuestionario es parte de una investigación sobre la Seguridad y Salud Ocupacional en la UFG, siendo desarrollada por egresados de la carrera de Ingeniería Industrial, como parte del trabajo de graduación cuyo tema es "DISEÑO DE UN SISTEMA DE GESTION OHSA 18000 PARA LA UFG". INDICACIONES: Por favor marque con un X el literal que usted considere. II. DATOS DE CLASIFICACION 1. Sexo a) M b) F 2. Área a la que pertenece a) Directores y Decanos b) Personal administrativo c) Docentes d) Consejo Directivo e) Alumno f) otros III. CUERPO DEL CUESTIONARIO 3. Tiene conocimiento sobre la salud y seguridad ocupacional? a) Si b) No 4. Conoce los elementos que integran a la seguridad y salud ocupacional? a) Si b) No 5. ¿Tiene conocimiento sobre los riesgos existentes dentro de la universidad? a) Si b) No 6. ¿Que riesgos conoce de los siguientes? a) Ergonómicos b) Biológicos c) Químicos d) Ventilación e) Iluminación f) Ruido g) Eléctricos h) Ninguno de los anteriores 7. ¿Que áreas de la universidad presentan mayores riesgos? a) Aulas b) Laboratorios c) oficinas d) cafeterías e) baños f) biblioteca 8 ¿Tiene conocimiento sobre formas de prevenir riesgos? a) Si b) No 9. ¿Cuáles de las siguientes medidas de prevención de riesgos conoce? a) Normas de Seguridad Básicas b) Capacitación e Información c) Inspecciones d) Señalización de áreas de riesgo e) Ninguna 10. ¿Antes de iniciar alguna actividad, le proporcionan medidas de prevención para ejecutarlas? a) Si b) No 11. La institución le ha proporcionado un Manual o documento de seguridad y salud ocupacional? a) Si b) No 12. ¿Ha tenido algún accidente o incidente a causa de las actividades en las instalaciones? a) Si b) No 13. ¿Ha tenido alguna capacitación de prevención de riesgos por parte de la universidad? a) Si b) No 14. ¿Se le ha capacitado en la prevención de riesgos con alguno de los siguientes puntos? a) Normas de Seguridad Básicas b) Procedimientos, Técnicas y métodos de seguridad c) Valoración y Control de Riesgos d) Señalización de áreas de riesgo e) Cuantificación de Riesgos f) Ninguno 15. ¿Sabe como proceder en caso de un accidente? a) Si b) No 16. ¿Conoce y puede utilizar equipos de emergencia? a) Si b) No 17. ¿Los objetos que utiliza y áreas que transita cuentan con señalización de seguridad? (salidas de emergencia, reactivos y materiales con sus respectivas viñetas, etc.) a) Si b) No 18. ¿Sabe interpretar la señalización de seguridad? (Obligación, Recomendación, Prohibición, etc) a) Si b) No 19. ¿Al hacer uso de las instalaciones siente que le brindan la seguridad necesaria para realizar sus actividades con confianza? a) Si b) No

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20. ¿Cómo calificaría la seguridad y salud ocupacional que le brindan la universidad en las instalaciones? a) Bajo b) Medio c) Alto 21. ¿Se ha pronunciado como estudiante y/o trabajador ante las autoridades respectivas para quejarse sobre las condiciones de seguridad de las instalaciones? a) Si b) No 22. ¿Ha recibido respuesta de parte de las autoridades de la universidad en cuanto a las quejas sobre Seguridad e Higiene de las instalaciones? a) Si b) No 23. ¿Crees usted que la seguridad y salud ocupacional en las instalaciones forma parte de las prioridades de las autoridades de la universidad? a) Si b) No 24. ¿Qué tipo de acciones cree usted que han tomado las autoridades con respecto a la Seguridad e Higiene Ocupacional? a) Información y Capacitación b) Inspección Constante de las condiciones de las instalaciones c) Sustitución de equipo obsoleto d) Modernización de las Instalaciones 25. La institución recibe apoyo técnico en materia de seguridad y salud ocupacional? a) Si b) No 26. Que Tipos de apoyos ha recibido? a) Capacitación b) Inspección c) Formación Académica d) Artículos e) Ninguno 27. Que canales utilizan para comunicarle a usted las disposiciones relativas a la seguridad y salud ocupacional? a) Carteles informativos b) Boletines o volantes c) Manuales d) A través de los jefes inmediatos e) Docentes 28. Que utiliza para hacer llegar sus inquietudes o sugerencias a la Dirección de la universidad? a) Buzón de sugerencia b) Reuniones con la dirección c) Jefes inmediatos d) Docentes 29. Iluminación dentro del aula y/o oficina la clasifica como? a) Intensa b) Escasa c) Deslumbra d) Parpadea e) Buena 30. Tipos de ventilación en las aulas y/o oficina? a) Aire acondicionado b) Ventilador c) Natural d) Mixta 31. Como considera la temperatura dentro de las aulas y/o oficina? a) calida b) fría c) Seca d) humedad 32. Tipos de ruidos que afectan su aula y/o área de trabajo? a) sistema de ventilación b) la calle c) equipos de oficina d) conversaciones 33. Existen señalización dentro de la UFG? a) Si b) No 34. Que tipo de señalización conoce? a) Ubicación b) Peligro c) Incendios d) Evacuación e) Aseo f) Alerta 35. Cuenta la UFG con un plan de emergencias? a) Si b) No 36. Conoce el plan de emergencias? a) Si b) No 37. En la oficina y/o aulas existen extintores? a) Si b) No 38. Los extintores están al alcance de usted en caso de emergencia? a) Si b) No 39. Existe en su oficina y/o aulas personal y/o alumnos capacitado para atender casos de emergencias tales como: incendios? a) Si b) No 40. Cree que la UFG fomenta la seguridad y salud ocupacional a sus empleados y/o alumnos? a) Si b) No 41. Considera que la UFG cuenta con los recursos necesarios para la prevención de riesgos? a) Si b) No 42. Le gustaría participar en las actividades que la institución adopte para la seguridad y salud ocupacional? a) Si b) No

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Las siguientes preguntas se refieren a ciertos síntomas que usted puede haber experimentado durante su trabajo y/o hora de clases?

SINTOMAS PRESENCIA MEJORA AL ABANDONAR EL EDIFICIO? 43. OJOS Enrojecimiento Sequedad Lagrimeo Visión borrosa

SI NO SI NO SI NO SI NO

SI NO SI NO SI NO SI NO

44.SINTOMAS NASALES Congestión Sequedad Rinitis (goteo) Estornudos(+3)

SI NO SI NO SI NO SI NO

SI NO SI NO SI NO SI NO

45.SINTOMAS DE GARGANTA Sequedad Picor Dolor

SI NO SI NO SI NO

SI NO SI NO SI NO

46.SINTOMAS BUCALES Sabores extraños Sequedad / sed

SI NO SI NO

SI NO SI NO

47.TRASTORNOS CUTANEOS Sequedad de la piel Erupciones Picor

SI NO SI NO SI NO

SI NO SI NO SI NO

48.SINTOMAS DE TENSION Ansiedad Irritabilidad Agotamiento Stress

SI NO SI NO SI NO SI NO

SI NO SI NO SI NO SI NO

49.TRASTORNOS GENERALES Apatía Debilidad Mareo Aletargamiento Dificultad de concentración Dolor de cabeza Menstruación irregular Dolor de espalda Dolor muscular

SI NO SI NO SI NO SI NO SI NO SI NO SI NO SI NO SI NO

SI NO SI NO SI NO SI NO SI NO SI NO SI NO SI NO SI NO

OBSERVACIONES: Si tiene algo que añadir, por favor utilice este espacio. ___________________________________________________________________________________________

GRACIAS POR SU COLABORACION

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ANEXO G. CUESTIONARIO BASADO EN LA NORMA OHSAS 18000

NOMBRE DEL ENTREVITADO:___________________________________ FECHA:____________

4.1 REQUISITOS GENERALES.

1. ¿Existe una unidad organizativa definida o un encargado en Seguridad y Salud Ocupacional? a) Si b) No Cargo de la persona o nombre de dicha unidad:______________________________________ 2. ¿Se ha definido una misión y visión para la Universidad?

a) Si b) No MISION

VISION 3. ¿Se tiene un reglamento y normas de Seguridad y Salud Ocupacional?

a) Si b) No 4. ¿Existe un interés por parte de la Universidad por la Seguridad y Salud Ocupacional?

a) Si b) No 5. ¿Existe una asignación de presupuesto para financiar los gastos en Seguridad y Salud Ocupacional?

a) Si b) No 6. ¿Estaría dispuesto a adoptar un Sistema de Gestión en Seguridad y Salud Ocupacional?

a) Si b) No

4.2 POLITICA DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES 7. ¿Se ha formulado una Política de Prevención de Riesgos Laborales?

a) Si b) No

¿Cuál es?

Si contesto NO pasar a pregunta 9. 8. ¿Conoce el personal la Política de Prevención de Riesgos Laborales? a) Si b) No

4.3 PLANIFICACION

4.3.1 PLANIFICACION PARA LA IDENTIFICACION DE PELIGROS, LA EVALUACION Y CONTROL DE RIESGOS.

9. ¿Se ha identificado y documentado las actividades desarrolladas en la Universidad? a) Si b) No 10. ¿Se ha identificado los peligros derivados de las actividades que se llevan a cabo en esta universidad?

a) Si b) No Si contestó NO, pasar a pregunta 12 11. ¿Se ha determinado los riesgos asociados a estos peligros identificados?

a) Si b) No 12. ¿Cómo se analizan las situaciones de riesgo? a) Bajo un reglamento b) conocimiento empírico c) institución relacionada d) conocimiento de algún miembro de la universidad e) ninguno f) otros 13. ¿Qué acciones realizan en esta unidad para disminuir los riesgos asociados con sus actividades? a) Promueve uso de epis b) inspección y control frecuente de las fuentes de riesgos c) programas informativos para el personal d) restricción de las áreas de trabajo e) ninguno f) recomendaciones verbales 14. ¿Considera que la universidad cuenta con los recursos materiales necesarios para la prevención de riesgos en el trabajo?

a) Si b) No 15. ¿Existe o ha existido en la universidad ausentismo de personal, debido a la ocurrencia de accidentes laborales o enfermedades ocupacionales?

a) Si b) No

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4.3.2 REQUISITOS LEGALES Y OTROS 16. ¿Existe algún tipo de normas o disposiciones documentadas referentes a aspectos tales como seguridad y salud ocupacional en la universidad?

a) Si b) No 17. ¿Se cuenta con procedimientos para la aplicación de documentos o normas vigentes relacionados con las actividades la universidad?

a) Si b) No 18. ¿Se hace una constante revisión de los reglamentos, normas o cualquier otro tipo de documento que pueda regir las actividades de la universidad?

a) Si b) No

4.3.3 OBJETIVOS 19. ¿Existen objetivos referentes a la salud y seguridad ocupacional dentro de la universidad?

a) Si b) No

¿Cuál es?

4.3.4 PROGRAMAS DE GESTION DE LA PREVENCION DE RIESGOS LABORALES 20. ¿Existen programa de gestión específicos definidos para prevenir los riesgos asociados a las actividades de la unidad?

a) Si b) No ¿Cuál es? 21. ¿Cuáles de los siguientes puntos son considerados en los programas de gestión?

a) objetivos b) tiempo y plazo c) recursos necesarios d) autoridad y responsabilidad designada para conseguir los objetivos e) ninguno

4.4 IMPLANTACION Y OPERACIÓN 4.4.1 ESTRUCTURA Y RESPONSABILIDADES

22. ¿Existe en la universidad una estructura organizativa y responsabilidades bien definidas? a) Si b) No

23. ¿Existen manuales de organización, manuales de puesto y procedimientos de la universidad? a) Si b) No

24. ¿Cuentan con procedimientos para el manejo de la información, claramente definidos y correctamente utilizados?

a) Si b) No 4.4.2 FORMACION, CONCIENCIACION Y COMPETENCIA

25. ¿Se ha definido claramente las competencias del personal que debe laborar en la universidad? a) Si b) No

26. ¿Reciben asistencia técnica en materia de seguridad y salud ocupacional? a) Si b) No

Si contesto NO pasar a pregunta 28 27. ¿Qué clase de asistencia técnica se ha recibido?

a) capacitación b) inspecciones c) servicios médicos d) documentación e) formación académica f) otro

28. ¿Existen programas de capacitación continua del personal? a) Si b) No

Si contesto NO pasar a pregunta 31 29. ¿Con que frecuencia se realizan los programas de capacitación?

a) mensualmente b) trimestralmente c) semestralmente d) anualmente e) otro 30. ¿Se incluye todo el personal en la capacitación?

a) Si b) No 4.4.3 CONSULTA Y COMUNICACION

31. ¿Se incluye todo el personal en la capacitación? a) Si b) No

32. ¿Con que medios cuenta el personal para hacer llegar sus inquietudes y sugerencias? a) Buzón de sugerencia b) reunión con autoridades c) a través de los jefes inmediatos d) otro

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4.4.4 DOCUMENTACION 33. ¿Se cuenta con algún manual referente a la seguridad y salud ocupacional?

a) Si b) No 34. ¿Se cuenta con algún documento referente a las instrucciones de trabajo?

a) Si b) No 35. ¿Poseen un manual de inducción para nuevos empleados?

a) Si b) No 36. ¿Se tiene un registro de los accidentes, enfermedades, incidente y ausentismo referente a seguridad y salud ocupacional?

a) Si b) No 37. ¿Se hace uso de índices de medición de accidentes?

a) Si b) No 4.4.5 CONTROL DE DOCUMENTOS Y DATOS

38. ¿Se han definido procedimientos de control de los documentos referentes a la seguridad y salud ocupacional, incluyendo las responsabilidades y autoridades asignadas?

a) Si b) No 39. ¿Se tiene un control de las estadísticas referentes a accidentes, enfermedades y ausentismo debido a la seguridad y salud ocupacional?

a) Si b) No 40. ¿Se tiene un inventario controlado de los documentos?

a) Si b) No 41. ¿El archivo de registros esta ordenado, actualizado y siendo constantemente depurado?

a) Si b) No 4.4.6 CONTROL DE OPERACIONES

42. ¿Se han definido los procedimientos de control para las actividades que se llevan a cabo en la universidad? a) Si b) No

¿Cuál es? Si contesto NO pasar a pregunta 45

43. ¿Se hace una revisión constante de los procedimientos de control?

a) Si b) No 44. ¿Se hace una evaluación de la efectividad de los procedimientos e instrucciones de control de las operaciones?

a) Si b) No

4.4.7 PREVENCION Y RESPUESTA EN CASO DE EMERGENCIA 45. ¿Existen planes de contingencia contra incendio, evacuaciones y primeros auxilios?

a) Si b) No 46. ¿Se crean brigadas que ayuden y desarrollen planes de acción?

a) Si b) No 47. ¿Se cuenta con un equipo de emergencia acorde a las necesidades que se puedan presentar y en las cantidades adecuadas?

a) Si b) No 48. ¿Se ha llevado a cabo práctica de simulacros?

a) Si b) No 4.5 VERIFICACION Y ACCION CORRECTORA

4.5.1 MEDICION Y SUPERVISION DEL RENDIMIENTO 49. ¿Existe algún procedimiento de control y medición referente a la seguridad, que se lleve a cabo en la unidad?

a) Si b) No 50. ¿Se utiliza algún equipo de medición (por ejemplo: medidores de ruido, iluminación, etc.) para evaluar las condiciones de seguridad y salud ocupacional?

a) Si b) No

¿Cuál es? Si contesto NO pasar a pregunta 52 51. ¿Existe un registro del equipo de inspección que utilizan?

a) Si b) No 52. ¿Existe programas de inspección para la unidad?

a) Si b) No

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53. ¿Hacen uso de listas de verificación de las condiciones de la unidad? a) Si b) No

54. ¿Tienen un registro del Equipo critico con que se cuentan? a) Si b) No

55. ¿Realizan algunas actividades de mantenimiento preventivo y correctivo en la maquinaria o equipo? a) Si b) No

Si contesto NO pasar a pregunta 57 56. ¿Llevan un registro de los resultados de las actividades de mantenimiento?

a) Si b) No 57. ¿Tienen un registro de los resultados de los procedimientos de medición y supervisión?

a) Si b) No 4.5.2 ACCIDENTES, INCIDENTES, NO CONFORMIDADES Y ACCION CORRECTORA Y PREVENTIVA

58. ¿Cuentan con procedimientos para la investigación de accidente e incidentes? a) Si b) No

59. ¿Se tiene un registro de las no conformidades (situación que podría provocar una lesión o enfermedad)? a) Si b) No

60. ¿Se realizan informes de investigación de accidentes e incidentes? a) Si b) No

61. ¿Se proponen acciones correctoras y preventivas referentes a los accidentes e incidentes? a) Si b) No

Si contesto NO pasar a pregunta 63 62. ¿Se realizan evaluación de la efectividad de las acciones preventivas y correctoras llevadas a cabo?

a) Si b) No 4.5.3 REGISTROS Y GESTION DE REGISTROS

63. ¿Se cuenta con procedimientos para la identificación, mantenimiento y disposición de registros de seguridad y salud ocupacional?

a) Si b) No 64. ¿Se realiza un adecuado almacenamiento de los registros?

a) Si b) No 65. ¿Los registros almacenados son de fácil acceso?

a) Si b) No 4.5.4 AUDITORIA

66. ¿Se cuenta con un plan/programa de auditoria en seguridad y salud ocupacional? a) Si b) No

Si contesto NO, fin del cuestionario 67. ¿Se tiene documentados los procedimientos de auditoria?

a) Si b) No 68. ¿Con que frecuencia se realizan las auditorias?

a) mensualmente b) trimestralmente c) semestralmente d) anualmente e) otro 69. ¿Se cuenta con los informes de las auditorias, incluyendo los informes de no conformidades, recomendaciones y solicitudes de acciones correctoras?

a) Si b) No 70. ¿Cómo utiliza la unidad las recomendaciones provenientes de las auditorias?

a) Se archivan informes b) se corrige las situaciones c) se toman medidas de precaución d) ninguna e) otro

¡¡¡Gracias por su colaboración!!!

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ANEXO H. VACIADO DE INSPECCIONES DE LA UFG

17

29

0 0 00

5

10

15

20

25

30

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

FISCALIA, SAN SALVADOR

13

33

0 0 00

10

20

30

40

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

UNIDAD DE ARCHIVO, SAN SALVADOR

18

28

0 0 005

1015

2025

30

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

RECURSOS HUMANOS, SAN SALVADOR

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 17Tolerable 29Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 13Tolerable 33Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 18Tolerable 28Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

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15

31

0 0 00

5

10

15

20

25

30

35

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

CONTABILIDAD, SAN SALVADOR

16

30

0 0 00

5

10

15

20

25

30

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

CALIDAD, SAN SALVADOR

2224

0 0 00

5

10

15

20

25

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

DIRECCION DE INVESTIGACION, SAN SALVADOR

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 15Tolerable 31Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 16Tolerable 30Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 22Tolerable 24Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

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28

18

0 0 00

5

10

15

20

25

30

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

UNIDAD DE MEDICION DE LA SATISFACCION DEL ESTUDIANTE, SAN SALVADOR

10

36

0 0 005

10152025303540

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

DECANATO DE CCSS, SAN SALVADOR

20

26

0 0 00

5

10

15

20

25

30

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

DECANATO DE ING. Y ARQ., SAN SALVADOR

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 28Tolerable 18Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 10Tolerable 36Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 20Tolerable 26Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

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19

27

0 0 00

5

10

15

20

25

30

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

DECANATO DE CIENCIAS ECONOMICAS, SAN SALVADOR

28

18

0 0 00

5

10

15

20

25

30

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR

26

20

0 0 00

5

10

15

20

25

30

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

SALA DE DEFENSAS, SAN SALVADOR

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 19Tolerable 27Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 28Tolerable 18Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 26Tolerable 20Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

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15

31

0 0 005

101520253035

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

DIRECCION DE PROYECCION SOCIAL, SAN SALVADOR

20

26

0 0 00

5

10

15

20

25

30

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

DECANATO DE CIENCIAS JURIDICAS, SAN SALVADOR

21

25

0 0 00

5

10

15

20

25

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

SALA DE AUDIENCIAS SIMULADAS, SAN SALVADOR

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 15Tolerable 31Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 20Tolerable 26Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 21Tolerable 25Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 15Tolerable 31Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

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38

8

0 0 005

10152025303540

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

CUBICULO DE PROFESORES, SAN SALVADOR

28

18

0 0 00

5

10

15

20

25

30

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

LIBRERIA, SAN SALVADOR

2224

0 0 00

5

10

15

20

25

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

COLECTURIA, SAN SALVADOR

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 38Tolerable 8Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 28Tolerable 18Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 22Tolerable 24Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

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41

50 0 0

0

10

20

30

40

50

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

RECEPCION, SAN SALVADOR

36

10

0 0 005

10152025303540

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

SECRETARIA GENERAL, SAN SALVADOR

20

26

0 0 00

5

10

15

20

25

30

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

ASISTENTE DE ADMINISTRACION ACADEMICA, SAN SALVADOR

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 41Tolerable 5Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 36Tolerable 10Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 20Tolerable 26Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

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23 23

0 0 00

5

10

15

20

25

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

UNIDAD DE SISTEMAS, SAN SALVADOR

16

30

0 0 00

5

10

15

20

25

30

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

REGISTRO ACADEMICO, SAN SALVADOR

23 23

0 0 00

5

10

15

20

25

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

SECCION DE GRADUACION, SAN SALVADOR

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 23Tolerable 23Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 16Tolerable 30Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 23Tolerable 23Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

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35

11

0 0 005

101520253035

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

ASISTENTE ACADEMICO DE RECTORIA, SAN SALVADOR

2125

0 0 00

5

10

15

20

25

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

DIRECCION DE DIFUSION Y DESARROLLO, SAN SALVADOR

26

20

0 0 00

5

10

15

20

25

30

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

ASISTENTE DE RECTORIA, SAN SALVADOR

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 35Tolerable 11Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 21Tolerable 25Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 26Tolerable 20Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

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32

14

0 0 00

5

10

15

20

25

30

35

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

DIRECCION ADMINISTRATIVA, SAN SALVADOR

25

21

0 0 00

5

10

15

20

25

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

CENTRO CULTURAL ESTUDIANTIL, SAN SALVADOR

29

17

0 0 00

5

10

15

20

25

30

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

CENTRO DE EDUCACION CONTINUA Y DE PROFESION, SAN SALVADOR

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 32Tolerable 14Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 25Tolerable 21Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 29Tolerable 17Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

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2521

0 0 005

1015

2025

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

UNIDAD DE EGRESADOS Y NUEVO INGRESO, SAN SALVADOR

16

20

0 0 00

5

10

15

20

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

EDIFICIO A - AULAS, SAN SALVADOR

12

24

0 0 00

5

10

15

20

25

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

EDIFICIO B - AULAS, SAN SALVADOR

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 25Tolerable 21Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 16Tolerable 20Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 36

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 12Tolerable 24Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 36

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13

23

0 0 00

5

10

15

20

25

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

EDIFICIO C - AULAS, SAN SALVADOR

2224

0 0 00

5

10

15

20

25

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

CENTRO DE COMPUTO, SAN SALVADOR

33

13

0 0 00

5

10

15

20

25

30

35

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

EBLE, SAN SALVADOR

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 13Tolerable 23Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 36

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 22Tolerable 24Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 33Tolerable 13Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

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26

20

0 0 00

5

10

15

20

25

30

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

SALON DE USOS MULTIPLES, SAN SALVADOR

20

26

0 0 00

5

10

15

20

25

30

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

DIRECCION FINANCIERA, SAN SALVADOR

98

0 0 00

2

4

6

8

10

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

CAFETERIAS, SAN SALVADOR

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 26Tolerable 20Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 20Tolerable 26Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 9Tolerable 8Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 17

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25

14

0 0 00

5

10

15

20

25

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

LABORATORIO, SAN SALVADOR

5

7

0 0 00

12

3

45

6

7

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

BAÑOS, SAN SALVADOR

14

8

0 0 00

2

4

6

8

10

12

14

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

BIBLIOTECAS, SAN SALVADOR

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 25Tolerable 14Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 39

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 5Tolerable 7Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 12

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 14Tolerable 8Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 22

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17

29

0 0 00

5

10

15

20

25

30

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

ADMINISTRACION ACADEMICA, SANTA ANA

2224

0 0 00

5

10

15

20

25

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

ADMINISTRACION FINANCIERA, SANTA ANA

2422

0 0 00

5

10

15

20

25

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

DIRECCION, SANTA ANA

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 17Tolerable 29Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 22Tolerable 24Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 24Tolerable 22Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

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21

25

0 0 00

5

10

15

20

25

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

RECEPCION, SANTA ANA

18

28

0 0 00

5

10

15

20

25

30

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

SALA DE MAESTRO, SANTA ANA

16

30

0 0 00

5

10

15

20

25

30

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

LIBRERIA, SANTA ANA

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 21Tolerable 25Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 18Tolerable 28Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 16Tolerable 30Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

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20

26

0 0 00

5

10

15

20

25

30

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

AULAS, SANTA ANA

29

17

0 0 00

5

10

15

20

25

30

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

CENTRO DE COMPUTO, SANTA ANA

12

5

0 0 00

2

4

6

8

10

12

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

CAFETERIA, SANTA ANA

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 20Tolerable 26Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 29Tolerable 17Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 46

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 12Tolerable 5Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 17

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8

4

0 0 0012345678

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

BAÑOS, SANTA ANA

16

6

0 0 002468

10121416

Trivial Tolerable Moderado Importante Intolerable

BIBLIOTECA, SANTA ANA

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 8Tolerable 4Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 12

VALOR RIESGO

FRECUENCIA

Trivial 16Tolerable 6Moderado 0Importante 0Intolerable 0

TOTAL 22

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ANEXO I. VACIADO DE CUESTIONARIO DE USUARIOS DE LA UFG

3. Tiene conocimiento sobre la salud y seguridad ocupacional?

136

233

0

50

100

150

200

250

Si No

CONOCIMIENTO SOBRE SSO

4. Conoce los elementos que integran a la seguridad y salud ocupacional?

136

233

0

50

100

150

200

250

Si No

CONOCE LOS ELEMENTOS DE SSO

5. ¿Tiene conocimiento sobre los riesgos existentes dentro de la universidad?

136

233

0

50

100

150

200

250

Si No

CONOCE LOS RIESGOS EXISTENTES EN LA UFG

Si 136

No 233 TOTAL 369

Si 136

No 233 TOTAL 369

Si 136

No 233 TOTAL 369

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6. ¿Que riesgos conoce de los siguientes?

2813 19

37 33

71

17

151

0

20406080

100

120140160

Ergonomico Biologico Quimico Ventilación Iluminacion Ruido Electrico Ninguno delos

anteriores

TIPOS DE RIESGOS QUE CONOCE

7. ¿Que áreas de la universidad presentan mayores riesgos?

116

44

61

36

89

23

0

20

40

60

80

100

120

Aulas Laboratorio Oficinas Cafeterias Baño Biblioteca

AREAS DE LA UNIVERSIDAD QUE PRESENTAN RIESGOS

Ergonómico 28 Biológico 13

Químico 19 Ventilación 37 Iluminación 33 Ruido 71 Eléctrico 17

Ninguno de los anteriores

151

TOTAL 369

Aulas 116

Laboratorio 44

Oficinas 61

Cafeterias 36

Baño 89

Biblioteca 23 TOTAL 369

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8 ¿Tiene conocimiento sobre formas de prevenir riesgos?

48

321

0

50

100

150

200

250

300

350

Si No

TIENE CONOCIMIENTOS SOBRE LAS FORMAS DE PREVENIR RIESGOS

9. ¿Cuáles de las siguientes medidas de prevención de riesgos conoce?

71

2711

118142

020406080

100120140160

Normas deSeguridadBásicas

Capacitacióne Información

Inspecciones Señalizaciónde áreas de

riesgo

Ninguna

MEDIDAS DE PREVENCION DE RIESGOS QUE CONOCE

10. ¿Antes de iniciar alguna actividad, le proporcionan medidas de prevención para ejecutarlas?

72

297

050

100150200250300

Si No

MEDIDAS DE PREVENCION QUE LE PROPORCIONAN ANTES DE INCIAR UNA ACTIVIDAD

Si 48 No 321 TOTAL 369

Normas de Seguridad Básicas

71

Capacitación e Información

27

Inspecciones 11 Señalización de áreas de riesgo

118

Ninguna 142TOTAL 369

Si 72 No 297TOTAL 369

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11. La institución le ha proporcionado un Manual o documento de seguridad y salud ocupacional?

9

360

0

100

200

300

400

Si No

LA UFG HA PROPORCIONADO MANUAL DE SSO

12. ¿Ha tenido algún accidente o incidente a causa de las actividades en las instalaciones?

75

294

0

50

100

150

200

250

300

Si No

HA TENIDO ACCIDENTES DENTRO DE LA UFG

13. ¿Ha tenido alguna capacitación de prevención de riesgos por parte de la universidad?

25

344

0

100

200

300

400

Si No

CAPACITACION DE PREVENCION DE RIESGOS POR PARA DE LA UFG

Si 9

No 360 TOTAL 369

Si 75 No 294 TOTAL 369

Si 25 No 344 TOTAL 369

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14. ¿Se le ha capacitado en la prevención de riesgos con alguno de los siguientes puntos?

180

0 0

189

0 00

50

100

150

200

N.S.Básicas P, T y M deseguridad

V.C.Riesgos S.A.deriesgo

C. deRiesgos

Ninguna

SE HA CAPACITADO EN LA PREVENCION DE RIESGOS CON ALGUNO DE LOS SIGUIENTES PUNTOS

15. ¿Sabe como proceder en caso de un accidente?

130

239

0

50

100

150

200

250

Si No

SABE COMO PROCEDER EN CASO DE UN ACCIDENTE

16. ¿Conoce y puede utilizar equipos de emergencia?

85

284

0

100

200

300

Si No

CONOCE Y PUEDE UTILIZAR EQUIPOS DE EMERGENCIA

Normas de Seguridad Básicas

10

Procedimientos, Técnicas y métodos de seguridad

0

Valoración y Control de Riesgos

0

Señalización de áreas de riesgo

15

Cuantificación de Riesgos

0

Ninguna 344 TOTAL 369

Si 130

No 239TOTAL 369

Si 85

No 284

TOTAL 369

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17. ¿Los objetos que utiliza y áreas que transita cuentan con señalización de seguridad? (salidas de emergencia, reactivos y materiales con sus respectivas viñetas, etc.)

52

317

0

100

200

300

400

Si No

LOS OBJETOS QUE UTILIZA Y AREAS QUE TRANSITA CUENTAN OCN SEÑALIZACION DE

SEGURIDAD

18. ¿Sabe interpretar la señalización de seguridad? (Obligación, Recomendación, Prohibición, etc)

72

297

0

100

200

300

Si No

SABE INTERPRETAR LA SEÑALIZACION DE SEGURIDAD

19. ¿Al hacer uso de las instalaciones siente que le brindan la seguridad necesaria para realizar sus actividades con confianza?

346

23

0

100

200

300

400

Si No

LAS INSTALACIONES LE BRINDAN SEGURIDAD PARA REALIZAR SUS ACTIVIDADES

Si 52

No 317 TOTAL 369

Si 72

No 297 TOTAL 369

Si 346 No 23 TOTAL 369

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20. ¿Cómo calificaría la seguridad y salud ocupacional que le brindan la universidad en las instalaciones?

61

264

44

0

50

100

150

200

250

300

Bajo medio alto

COMO CALIFICARIA LA SSO QUE LE BRINDA LA UNIVERSIDAD

21. ¿Se ha pronunciado como estudiante y/o trabajador ante las autoridades respectivas para quejarse sobre las condiciones de seguridad de las instalaciones?

146

223

050

100150200250

Si No

SE HA PRONUNCIADO ANTE LAS AUTORIDADES SOBRE LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD DE LAS

INSTALACIONES

22. ¿Ha recibido respuesta de parte de las autoridades de la universidad en cuanto a las quejas sobre Seguridad e Higiene de las instalaciones?

146

223

0

50

100

150

200

250

Si No

HA RECIBIDO RESPUESTA DE PARTE DE LAS AUTORIDADES DE LA UNIVERSIDAD EN

CUANTOS A TUS QUEJAS PRESENTADAS

Bajo 61 medio 264 alto 44 TOTAL 369

Si 146 No 223 TOTAL 369

Si 146

No 223 TOTAL 369

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23. ¿Crees usted que la seguridad y salud ocupacional en las instalaciones forma parte de las prioridades de las autoridades de la universidad?

247

122

0

50100150200250

Si No

CREE QUE LA SSO EN LAS INSTALACIONES FORMA PARTE DE LAS PRIORIDADES DE LAS

AUTORIDADES DE LA UNIVERSIDAD

24. ¿Qué tipo de acciones cree usted que han tomado las autoridades con respecto a la Seguridad e Higiene Ocupacional?

4819

139163

0

50

100

150

200

Información yCapacitación

InspecciónConstante de las

condiciones de lasinstalaciones

Sustitución deequipo obsoleto

Modernización delas Instalaciones

TIPO DE ACCIONES QU HA TOMADO LAS AUTORIDADES CON RESPECTO DE SSO

25. La institución recibe apoyo técnico en materia de seguridad y salud ocupacional?

8

361

0

100

200

300

400

Si No

LA INSTITUCION RECIBE APOYO EN MATEIA DE SSO

Si 247 No 122 TOTAL 369

Información y Capacitación

48

Inspección Constante de las condiciones de las instalaciones

19

Sustitución de equipo obsoleto

139

Modernización de las Instalaciones

163

TOTAL 369

Si 8 No 361 TOTAL 369

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26. Que Tipos de apoyos ha recibido?

69

23 15

63

199

0

50

100

150

200

Capacitación Inspección FormaciónAcadémica

Artículos Ninguno

TIPOS DE APOYOS QUE HA RECIBIDO

27. Que canales utilizan para comunicarle a usted las disposiciones relativas a la seguridad y salud ocupacional?

231

22 15 5

96

0

50

100

150

200

250

Cartelesinformativos

Boletines ovolantes

Manuales A través de losjefes inmediatos

Docentes

CANALES QUE UTILIZA LA UFG PARA COMUNICARLE LAS DISPOSICIONES RELATIVA A LA SSO

28. Que utiliza para hacer llegar sus inquietudes o sugerencias a la Dirección de la universidad?

271

2 5

91

050

100150200

250300

Buzón desugerencia

Reuniones con ladirección

Jefes inmediatos docentes

QUE UTILIZA PARA HACER LLEGAR SUS INQUIETUDES O SUGERENCIA LA DIRECCION DE LA

UNIVERSIDAD

Capacitación 69

Inspección 23

Formación Académica 15 Artículos 63 Ninguno 199 TOTAL 369

Carteles informativos

231

Boletines o volantes

22

Manuales 15

A través de los jefes inmediatos

5

Docentes 96

TOTAL 369

Buzón de sugerencia 271 Reuniones con la dirección

2

Jefes inmediatos 5 docentes 91 TOTAL 369

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29. Iluminación dentro del aula y/o oficina la clasifica como?

74

17

89

0

189

0

50

100

150

200

Intensa Escasa Deslumbra Parpadea Buena

ILUMINACION DENTRO DE AULAS Y/O OFICINA LA CLASIFICA COMO

30. Tipos de ventilación en las aulas y/o oficina?

7785

95112

0

20

40

60

80

100

120

Aire acondicionado Ventilador natural mixta

TIPO DE VENTILACION EN LAS AULAS Y/O OFICINAS

31. Como considera la temperatura dentro de las aulas y/o oficina?

2

171

123

73

0

50

100

150

200

Calida Fría Seca Humedad

COMO CONSIDERA LA TEMPERATURA DE LAS AULAS Y/O OFICINAS

Intensa 74 Escasa 17 Deslumbra 89 Parpadea 0 Buena 189 TOTAL 369

Aire acondicionado 77

Ventilador 85

natural 95

mixta 112

TOTAL 369

Calida 2 Fría 171 Seca 123 Humedad 73 TOTAL 369

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32. Tipos de ruidos que afectan su aula y/o área de trabajo?

82103

65

119

020406080

100120

Sistema deventilación

La calle Equipo deoficina

Conversaciones

TIPO DE RUIDO QUE AFECTAN EL AULA Y/O OFICINA

33. Existen señalización dentro de la UFG?

360

9

0

100

200

300

400

Si No

EXISTE SEÑALIZACION DENTRO DE LA UFG

34. Que tipo de señalización conoce?

6575

9385

4

47

0

20

40

60

80

100

Ubicación Peligro Incendios Evacuación Aseo Alerta

TIPO DE SEÑALIZACION QUE CONOCE

Sistema de ventilación

82

La calle 103

Equipo de oficina 65

Conversaciones 119

TOTAL 369

Si 360 No 9 TOTAL 369

Ubicación 65 Peligro 75 Incendios 93 Evacuación 85 Aseo 4 Alerta 47 TOTAL 369

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35. Cuenta la UFG con un plan de emergencias?

306

63

0

100

200

300

400

Si No

CUENTA LA UFG CON UN PLAN DE EMERGENCIA

36. Conoce el plan de emergencias?

287

82

0

50

100

150

200250

300

Si No

CONOCE EL PLAN DE EMERGENCIA DE LA UFG

37. En la oficina y/o aulas existen extintores?

360

9

0

100

200

300

400

Si No

EXISTEN EXTINTORES EN EL AULA Y/O OFICINA

Si 306

No 63 TOTAL 369

Si 287

No 82

Si 360 No 9 TOTAL 369

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38. Los extintores están al alcance de usted en caso de emergencia?

341

28

0

100

200

300

400

Si No

LOS EXTINTORES ESTAN AL ALCANCE DE USTED EN CASO DE EMERGENCIA

39. Existe en su oficina y/o aulas personal y/o alumnos capacitado para atender casos de emergencias tales como: incendios?

105

264

050

100

150200250300

Si No

EXISTE EN LA OFICINA Y/O AULA PERSONAL Y/O ALUMNO CAPACITADOS EN EMERGENCIAS

40. Cree que la UFG fomenta la seguridad y salud ocupacional a sus empleados y/o alumnos?

275

94

0

50

100

150

200

250

300

Si No

CREE QUE LA UFG FOMENTA LA SSO

Si 341

No 28 TOTAL 369

Si 105

No 264 TOTAL 369

Si 275

No 94

TOTAL 369

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41. Considera que la UFG cuenta con los recursos necesarios para la prevención de riesgos?

360

9

0

100

200

300

400

Si No

CONSIDERA QUE LA UFG CUENTA CON LOS RECURSOS PARA LA PREVENCION DE

RIESGOS

42. Le gustaría participar en las actividades que la institución adopte para la seguridad y salud ocupacional?

312

57

0

100

200

300

400

Si No

LE GUSTARIA PARTICIPAR EN LAS ACTIVIDADES QUE ADOPTE LA UNIVERSIDAD PARA LA SSO

43. OJOS

121

144

54 50

0

50

100

150

Enrojecimiento Vision borrosa Sequedad Lagrimeo

OJOS

Si 360

No 9 TOTAL 369

Si 312No 57 TOTAL 369

Enrojecimiento 121Visión borrosa 144Sequedad 54Lagrimeo 50TOTAL 369

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44. SINTOMAS NASALES

162

76 71 60

0

50

100

150

200

Estornudos Congestion Sequedad Rinitis

SINTOMAS NASALES

45. SINTOMAS DE GARGANTA

284

50 35

0

50

100

150

200

250

300

Sequedad Picor Dolor

SINTOMAS DE LA GARGANTA

46. SINTOMAS BUCALES

118

251

0

50

100

150

200

250

300

Sabores extraños Sed/sequedad

SINTOMAS BUCALES

Estornudos 162Congestion 76Sequedad 71Rinitis 60TOTAL 369

Sequedad 284

Picor 50

Dolor 35

TOTAL 369

Sabores extraños 118

Sed/sequedad 251

TOTAL 369

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47. TRASTORNOS CUTANEOS

90

173

106

0

20

4060

80

100

120

140160

180

Erupciones Sequedad de la piel Picor

TRANSTORNOS CUTANEOS

48. SINTOMAS DE TENSION

121

24

81

143

020406080

100120140160

Stress Ansiedad Irritabilidad Agotamiento

SINTOMAS DE TENSION

49. TRASTORNOS GENERALES

41

328

050

100150200250300350

nada * transtornos generales

TRANSTORNOS GENERALES

Erupciones 90Sequedad de la piel 173Picor 106TOTAL 369

Stress 121Ansiedad 24Irritabilidad 81Agotamiento 143TOTAL 369

nada 41* trastornos generales 328TOTAL 369

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ANEXO J. DIAGRAMA DEL MICROSISTEMA DE SGSSO.

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ANEXO K. TEMARIO DE CAPACITACION AL PERSONAL EM GENERAL.

1. EL AMBIENTE LABORAL.

a. Concepto de ambiente laboral.

b. Importancia del ambiente laboral.

c. Concepto de daño laboral

d. Clasificación de daño laboral.

2. RIESGOS PROFESIONALES.

a. Concepto de riesgo.

b. Tipos de riesgos laborales.

3. EVALUACION DE RIESGO.

a. Concepto de evaluación de riesgos.

b. Objetivos de la evaluación de riesgos.

4. NORMATIVAS REGULADORAS DE LA SEGURIDAD Y SALUD

OCUPACIONAL.

a. Normativa Nacional.

b. OSHAS 18000.