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presentacion legislacion tributaria

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REFORMA TRIBUTARIA

GINNA GUERREROEDWIN SANCHEZ ALEJANDRO SANDOVALCAMILO GALINDO

Reforma tributariaObjetivos Generación de empleo

Reducción de la desigualdad

Distribución de la carga tributaria

Lograr un sistema tributario progresivo

Fomentar la formalidad laboral

Modificaciones

Ley 1739 23-12-2014

Estatuto 1607 de 2012 Crean mecanismos

contra la evasión

Capítulos de la reforma

1. Impuesto a las personas naturales

2. Impuesto a las sociedades3. La reforma del IVA4. Ganancias ocasionales5. Normas antievasión y

antielusión

GeneralidadesFortalecer la

capitalización como medio fiscal

Pagar el impuesto de la renta con el producto de las

rentas sin afectar el patrimonio.

La reforma se ve afectada por la baja del petróleo, debido

a la planeación deficiente.

IMAN IMAS

Generalidades Doce reformas

tributarias durante las ultimas dos décadas para aumentar su recaudo.

Deficiencias Enfocar los

problemas en los ingresos fiscales.

El déficit fiscal se debe a los exagerados gastos del Gobierno.

Novedades y cambios trae la reforma de 2014.

Impuesto a la riqueza

Novedades y cambios trae la reforma de 2014.

Impuesto a la riqueza

Novedades y cambios trae la reforma de 2014.Creación de la sobretasa sobre la renta para la

equidad - CREE

10 Puntos clave para contadores públicos:

Tributación de sociedades.

Reducción de impuestos a la nomina a cargo del empleador.

Personas jurídicas.

Normas contables.

Reorganizaciones empresariales.

Nueva definición de empleados.

Cambios en IVA.

Impuesto al consumo.

Ganancias ocasionales.

Normas antievasión .

Articulo 329, Estatuto Tributario

considera toda persona natural residente de un

país.

Empleado para efectos

tributarios?

Mediante una vinculación

laboral o legal y

reglamentaria o de cualquier

otra naturaleza.

Ingresos provenientes

en una proporción igual o mayor al 80% de la prestación del servicio de

manera personal

Renta para los empleados

Impuesto por el sistema del

Impuesto Mínimo Alternativo

Simple –IMAS

Sistema ordinario ni por el Impuesto

Mínimo Alternativo

Nacional –IMAN.

Empleados que obtengan ingresos

brutos en el respectivo año gravable inferiores a cuatro mil setecientas (4.700) UVT (unidad de

valor tributario).

IMAN

Aplicación obligatoria para

toda persona natural que

cumpla con lo requisitos

Hacer una comparativa

entre el IMAN y el sistema ordinario

Tributar sobre el más alto de

los dos.

Puede aplicar su base gravable y

su impuesto mediante el

sistema ordinario

IMAS

Impuesto Mínimo Alternativo

Simple,

El artículo 337 que se refiere al IMAS  al que pueden

optar los contribuyentes

clasificados Como Trabajadores por cuenta propia

.

Figura en dos artículos

diferentes del estatuto tributario

:

El artículo 334 que se refiere al

IMAS a que pueden optar los contribuyentes

clasificados en la categoría de empleados

RETENCIÓN EN LA FUENTE Introduce cinco (5)

cambios importantes en materia de retención en la fuente sobre pagos laborales.

El artículo 383 del estatuto tributario pose tarifas de retención en la fuente para asalariados con una base gravable superior a 95 UVT. Sin embargo, la nueva reforma tributaria establece una tarifa mínima de retención en la fuente para pagos mensuales o mensualizados – PM superiores de 128.96 UVT.

Decreto 3032 de 2013

Conjunto 1• IB = 80% provienen de vínculo laboral

Conjunto 2• IB= 80% Personal mediante cualquier tipo de vinculación. • No realiza la actividad económica por su cuenta y riesgo propio.

Conjunto 3

• IB= 80% Personal mediante cualquier tipo de vinculación.• Realiza la actividad económica por su cuenta y riesgo propio.• No presta servicios técnicos que requieren de materiales o maquinaria

especializados.• No deriva más del 20% de sus ingresos del expendio, compraventa o

distribución de bienes y mercancías al por mayor o al por menor.

¿QUIÉN ES EL TRABAJADOR POR CUENTA PROPIA?

¿Quién es el trabajador por cuenta propia? Persona natural nacional o extranjera Ingresos provengan de la realización de

una actividad económica o de la prestación de servicios

Ingresos totales por un valor menor o igual a c57.600 UVT ($1.628.870.400 cifras año 2015).

DETERMINACION DEIMPUESTOS SOBRE LA RENTA TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA

Ingresos entre 5.400 UVT a 57.600 UVT ($152,706,600-$1,628,870,400)

INFERIORES A 5.400 UVT ($152,706,600)

SUPERIORES A 57.600 UVT (1,628,870,400)

IMPUESTO A LAS VENTAS

Impuesto a las ventas Es el impuesto que se cobra sobre el

mayor valor generado, sobre el valor agregado.

Aunque el impuesto se aplica sobre el precio de venta del bien o del servicio, en realidad, el impuesto corresponde solo al mayor valor que se agrega o genera por el comerciante.

CAUSACIÓN DEL IMPUESTO A LAS VENTAS El impuesto a las ventas se causa en el

momento en que se enajena un bien, o se vende o presta un servicio.

PERIODICIDAD DEL IVA

PERIOCIDAD DEL IVA

Impuesto a las ventas En el IVA se tenían previstas 7 tarifas

diferentes. Con la reforma tributaria se redujo a 3 tarifas, así: 0%, 5% y la general del 16%.

RETENCIÓN EN LA FUENTE

RETENCIÓN EN LA FUENTE Es el cobro anticipado de un impuesto,

que bien puede ser el impuesto de renta, a las ventas o de industria y comercio.

IMPUESTOS DESCONTABLES

IMPUESTOS DESCONTABLES Debe incurrir en costos y gastos también

gravados con el impuesto a las ventas, por lo que deberá pagar un Iva para poder comprar o construir el bien, o prestar el servicio que son los que permiten generar el Iva. Ese Iva pagado se conoce entonces como descontable.

Ese Iva pagado por el contribuyente, puede ser descontado del Impuesto generado, por lo que al final, el contribuyente solo paga la diferencia entre el Iva generado y el Iva descontable.

CREE

CREE representa un cambio en tanto no grava la

nómina sino las utilidades de las empresas Sociedades y personas jurídicas y asimiladas

nacionales contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios. 

¿Cuál es la situación de los Consorcios y Uniones Temporales? 

¿A quiénes no se les debe hacer retenciones por concepto del CREE? 

¿En qué consiste la retención en la fuente por concepto de CREE y cuáles son las tarifas? 

 

¿En qué consiste la retención en la fuente por concepto de CREE y cuáles son las tarifas? 

La tarifa del CREE será del 9 % para los años 2013, 2014 y 2015, sin embargo a partir del año 2015 la tarifa será del 8 %. Este porcentaje se distribuirá de la siguiente manera: 2.2 puntos se destinarán al ICBF, 1.4 puntos al SENA y 4.4 puntos al sistema de seguridad social en salud.

EXCENSIONES DEL CREE(EMPLEADORES)

4%

8.5%

PARAFISCALES

SALUD

CAJA COMP

4%

ICBF 3%

SENA 2%

13.5% DE REDUCCION SALARIOS HASTA 10

S.M.M.L.V.CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES BENEFICIADAS CON

REFORMA 2014

Personas naturales con menos de 2

trabajadores deben seguir

pagando SENA, ICBF Y

SALUD

QUIENES CONTRIBUYEN Y QUIENES NO

PAGAN LOS

SUJETOS PASIVOS

SOCIEDADES

EMPRESAS EXTRANGER

AS QUE GENEREN INGRESOS

EN COLOMBIA

EMPRESAS NACIONAL

ES

NO PAGAN

NO SUJETOS PASIVOS

ENTIDADES SIN

ANIMO DE LUCRO

PERSONAS

NATURALES

ZONAS FRANCAS

REGLAMENTACION DEL CREE-AUTORRETENCION-

Se creó con la Ley 1607 de 2012 Con el decreto 862 de 2013 se reglamentó Tarifas auto retención del 0.4%, 0.8% y 1.6%

dependiendo de actividad económica.

0.4%• Actividades agrícolas y pecuarias• Fabricación de estructuras metálicas

.08% • Construcción de obras de ingeniería civil

1.6%• Actividades de explotación minera.• Generación y distribución energía eléctrica

Autorretenedores Pago cuatrimestral

DETERMINACION DE LA BASE GRAVABLE DEL CREE Mismas normas aplicables a impuesto

sobre la renta Cuando se autorretenga por encima o

por debajo d lo debido, se puede compensar en otros periodos de pago.

FORMATO DE DECLARACIÓN DEL CREE

REFORMA 2014 RESPECTO AL CREE

SOBRETASA DEL 5% PARA BASES GRAVABLES SUPERIORES O IGUALES A $8.000.0000.000. BASE DE SOBRETASA NO SERÁ EL CREE, SINO LA BASE GRAVABLE DE ESTE.

SE FIJA TARIFA DEL CREE EN 9%

PERDIDAS FISCALES DE CONTRIBUYENTES DEL CREE A PARTIR DEL 2015 PUEDEN COMPENSARSE EN ESTE IMPUESTO. DESCONTANDO DE LA RENTA LIQUIDA, DISMINUYENDO ASÍ SU RENTA GRAVABLE

PERDIDA FISCAL : Cuando los costos y las deducciones superan los ingresos

IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO SE PAGA POR:servicio de expendio de comidas y bebidas preparadas en restaurantes, cafeterías, autoservicios, heladerías, fruterías, pastelerías y panaderías para consumo en el lugar, para ser llevadas por el comprador o entregadas a domicilio, los servicios de alimentación bajo contrato, y el servicio de expendio de comidas y bebidas alcohólicas para consumo dentro bares, tabernas y discotecas EXHONERADOS: Establecimientos educativos con servicio

de restaurante y cafetería. Contratistas que presten servicio de alimentación a instituciones o empresas bajo contrato(Catering).restaurantes bajo franquicia o concesión

PARA PASARSE A REGIMEN SIMPLIFICADO IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO

Para restaurantes y bares: Ser persona natural (a partir de 2015 las

personas jurídicas ya no pertenecen a este régimen)

Ingresos brutos de ventas de comidas y bebidas < $104.196.000 del año anterior.

LA REFORMA DE 2012 PARA EL ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES Y PROVIDENCIA Creación de subcuenta para prevención de riesgos

económicos en que pudiera incurrir el archipiélago Se eximen de: Sólo se podrán realizar proyectos bajo

esquemas de Asociación Público Privada cuyo monto de Inversión sea superior a seis mil (6000) smmlv. (Ley 1508 de 2012)

Art. 151 a 155 de reforma 2012 inexequibles por corte constitucional

SOCIEDADES O ENTIDADES NACIONALES PARA EFECTOS TRIBUTARIOS

Se consideran NACIONALES para efectos tributarios las sociedades y entidades que cumplan con alguno de los siguientes requisitos:  Su domicilio principal debe estar en el territorio colombiano   Haber sido constituidas en Colombia, de acuerdo con las leyes vigentes en el

país.  

SEDE EFECTIVA DE ADMINISTRACION EN UNA SOCIEDAD O ENTIDAD Lugar donde materialmente se toman las decisiones comerciales y  gestiones decisivas y necesarias para llevar a cabo las actividades de la sociedad o entidad como un todo.

DETERMINACIÓN DE DIVIDENDOS NO GRAVADOS

RENTA LIQUIDA GRAVABLE+GANANCIAS OCACIONALES GRAVABLES-IMPUESTO BASICO DE RENTA Y GANANCIA OCACIONAL -DESCUENTOS TRIBUTARIOS POR IMPUESTOS PAGADOS EN EL EXTERIOR SOBRE DIVIDENDOS + DIVIDENDOS EN OTRAS SOCIEDADES NACIONALES Y SOCIEDADES DOMICILIADAS EN PAISES MIEMBROS DE LA C.A.N. (DE CARÁCTER NO GRAVADO) + BENEFICIOS QUE SE TRASLADEN A ACCIONISTAS

= MONTO MAXIMO A DISTRIBUIR COMO NO GRAVADO

Sociedades y entidades nacionales extranjeras

Tarifa del 10%

Personas naturales residentesPersonas naturales extranjeras sin residencia

 

CAMBIOS EN LAS GANANCIAS

OCASIONALES Es lo provenientes de herencias, legados y donaciones, conyugal.

• Vehículos automotores

• Acciones, aportes y demás derechos en sociedades

• Inmuebles

• Montos según el valor inmueble

Lugar fijo de negocio ubicado en el país

ESTABLECIMIENTO PERMANENTE

• Se debe ajustar al impuesto de renta

• Se debe llevar contabilidad

Impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM – INGA

• Impuesto mensual.

• Tarifa de $1050 y en San Andrés $809.

• Adquirientes ( de importador) o haga retiros.

RESIDENCIA PARA ASPECTOS TRIBUTARIOS

• Si una sociedad esta obligada a pagar renta debe sujetarse al impuesto a la riqueza. Por medio de su EP

IMPUESTO SOBRE LA RENTA

• Contribución que se hace por ser poseedor de unos ingresos.

• La base es la utilidad neta (ingresos-gastos-costos)

• El valor del impuesto es del 25%

IMPUESTO SOBRE LA RENTA

PERSONAS NATURALES

• Ingresos mayores a $3.206.000

• $123,68 millones patrimonio bruto.

• Ingresos brutos anuales $38,48 millones

IMPUESTO SOBRE LA RENTA

PERSONAS JURIDICAS

• Base $1

• Cada año

DISTRIBUCIÓN DEL RECAUDO DEL IMPUESTO AL CONSUMO

EN SERVICIOS

• 4 % correspondiente al impuesto nacional al consumo.

• 16 % por concepto de IVA

RESTAURANTES- BAR

• 8% correspondiente al impuesto nacional al consumo.

• 16% por concepto de IVA

REGISTRO DE INFORMACIÓN TRIBUTARIA

• Mecanismo : responsables del Impuesto de Industria y Comercio

• ICA (impuesto de industria y comercio) Según el municipio.

• Con el fin de recaudar fondo para proyectos.

REGISTRO UNICO TRIBUTARIO

Es el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar a las personas y entidades que tengan la calidad de contribuyentes.

NIT ( Numero de información tributaria)

Soportar ante terceros la actividad económica.

7110

FECHAS DE RECAUDO

IMPUESTO A LA RIQUEZA

• Según el patrimonio es el porcentaje del impuesto.

Va de 0,20%n hasta el 1,15%

Empieza en $ 2,000,000,000

Es paulatino en los próximos tres años.

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