inicio de la existencia de las personas físicas en la legislación argentina y el derecho comparado

Post on 01-Nov-2014

184 Views

Category:

Career

5 Downloads

Preview:

Click to see full reader

DESCRIPTION

 

TRANSCRIPT

INICIO DE LA EXISTENCIA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

EN LA LEGISLACIÓN ARGENTINA Y EL

DERECHO COMPARADO

Comienzo de la vida en el Código Civil Argentino

PERSONA Comienza su existencia

Momento de la concepción

en el seno materno

Respaldando el criterio de Vélez, se opinó que la persona física no es un producto del derecho, no nace por obra y gracia del Estado, sino que existe y tiene capacidad precisamente porque es una persona humana, y esta realidad jamás puede ser desconocida por el ordenamiento jurídico.

La concepción

Para nuestro Código Civil aún vigente, la concepción marca no solo el inicio de la vida

humana sino, además, el comienzo de la persona, conforme lo determinado por los artículos 63 y 70 del CC, y por el apartado 1, artículo 4 de la Convención Americana sobre

Derechos Humanos”

Según el Diccionario de la Real Academia Española

ocurre cuando la hembra queda preñada, es decir, se la fecunda; y la

fecundación consiste en la unión de la célula reproductora masculina a la

femenina para dar origen a un nuevo ser.

Legislaciones latinoamericanas

Argentina

antes de su nacimiento pueden adquirir algunos derechos,

como si ya hubiesen nacido

Existencia de las personas

desde

CONCEPCIÓN

en el seno materno

Art.70

Bolivia NACIMIENTO

Comienzo de la personalidadel que está por nacer

Es considerado nacido para todo lo que pudiera favorecerle PERSONA

Basta NACER CON VIDA

Para ser

Libro I, Título I, Cap. I

Brasil PERSONALIDAD CIVIL

del hombre

Comienza con

NACIMIENTO con vida

La ley pone a salvo

Derechos del nascitirus (persona por nacer)

Art. 4

Colombia Existencia legal de la persona

AL NACER(separarse

completamente de su madre)

La ley protege la vida del que está por nacer

El juez tomará las providencias necesarias

Para proteger la existencia del no nacido

Si de algún modo peligra

Art. 90

Art.91

Chile Existencia legal de la persona

AL NACER(separarse

completamente de su madre)

La ley protege la vida del que está por nacer

El juez tomará las providencias necesarias

Para proteger la existencia del no nacido

Si de algún modo peligra

Todo castigo de la madre

Deberá diferirse hasta después del nacimiento

Art.74

Art.75

Ecuador Existencia legal de la persona

NACIMIENTO

(separarse completamente de su madre)

La ley protege la vida del que está por nacer

El juez tomará las providencias necesarias

Para proteger la existencia del no nacido

Si de algún modo peligra

Todo castigo de la madre

Deberá diferirse hasta después del nacimiento

Art. 60

Art.61

MéxicoDe las personas físicas

CAPACIDAD JURÍDICA

Adquirida por el

Entra bajo la protección de

la leyY se lo tiene por nacido

para los efectos declaradosen el Código

Desde el momento en que el individuo es

concebido NACIMIENTO

Art. 22

Panamá Existencia de la persona natural

NACIMIENTO

principia

El concebidoSi llega a nacer en ciertas

condiciones

Se tiene por nacido

para todos los efectosque le favorezcan

Art. 41

Paraguay

CONCEPCIÓN

Tiene capacidad de derecho

desde la

para adquirir bienes porPERSONA FÍSICAdonaciónherencialegado

Art. 28

Perú PERSONA HUMANA

es sujeto de derecho

NACIMIENTO

desde

comienza con la

concepción

La Vida humana

atribución de derechospatrimoniales

condicionada a quenazca vivo

Art. 1 del

Título I

Uruguay

Hay un principio general que no fija el momento inicial de la

existencia jurídica de la persona

“Son personas todos los individuos

de la especie

humana”

Art. 21

Venezuela El feto

se tendrá como nacido

Hasta que haya nacido VIVO

Y para que sea reputado como PERSONA

Cuando se trate de su bien

Art. 17

Por su parte, las legislaciones europeas indican:

Alemania

Niño alojado en el seno materno

Comienza con la

Finalización del NACIMIENTO

NO es aún PERSONASe lo protege

durante el período de gestación

CAPACIDAD JURÍDICA DEL HOMBRE

Libro I, Sección

Gral, Sección I “Persona”, Título I

España PERSONALIDADse adquiere

NACIMIENTO con VIDA

Una vez producido el desprendimiento del seno materno

Art.30

Francia El niño es francés desde el

NACIMIENTODesde la

CONCEPCIÓN

Puede recibir por testamento o donación

Con la condición de que nazca VIABLE

Art.20

Arts. 725 y 906

Italia

Se le pueden atribuir derechos sucesorios, etc.

Desde el momento del

NACIMIENTO del ser humano

viviente

Se adquiere

Con consideración jurídica

CAPACIDAD JURÍDICA

El por nacer

Subordinado al NACIMIENTO CON VIDA

está

Portugal PERSONALIDAD

Se adquiere

Los derechos

Que la Ley reconoce a losnascitirus

Depende de su nacimiento

NACIMIENTO COMPLETO y con

VIDA

De acuerdo con las normas citadas…

PERSONALIDAD HUMANA

El punto de partida de la

NACIMIENTOes

Corresponde aLa criatura que nace viva

y viable

Pacto de San José de Costa Rica

En el Artículo 4. Derecho a la vida, enuncia que:

1°. Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en

general, a partir del momento de la concepción.

¿Qué hay del embrión producto de la fecundación in vitro?

La Corte Interamericana de Derechos Humanos considera que el embrión humano no es persona bajo el sistema interamericano, a pesar de que el artículo 4 de la Convención Americana habla de que el derecho a la vida está protegido desde la concepción. Para la Corte, el término “concepción” referido al inicio de la vida humana no se interpreta como coincidiendo con la “fecundación” y debe interpretarse como equivalente a implantación.Afirma que el embrión humano concebido fuera del seno materno no sería persona si no está implantado

Proyecto de reforma del Código Civil argentino

“La existencia de la persona humana comienza con la concepción en el seno materno. En el caso de técnicas de reproducción humana asistida, comienza con la implantación del embrión en la mujer, sin perjuicio de lo que prevea la ley especial para la protección del embrión no implantado”.

El artículo 19 queda redactado de la siguiente manera:

top related