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ACUERDOS DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y COMUNITARIO DE LA UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO “ARISTIDES BASTIDAS” 2016-2017 1 ACUERDOS DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y COMUNITARIO AÑO ESCOLAR: 2016-2.017 CAPITULO I DE LA DENOMINACIÓN, NATURALEZA, OBJETOS, FINES Y ESTRUCTURA Art. 1: DENOMINACIÓN: El presente documento constituye los Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitario que regirán el funcionamiento de la Unidad Educativa Colegio “Arístides Bastidas”, ubicada en la calle Alberto Carnevalli Edificio Arístides Bastidas, Nº 20, Urbanización Santa Fe, Parroquia Vista Hermosa de Ciudad Bolívar Estado Bolívar, República Bolivariana de Venezuela. Art. 2: FUNDAMENTACIÓN LEGAL: La Unidad Educativa Colegio “Arístides Bastidas”, se regirá por las disposiciones de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Ley Orgánica de Educación, Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación, Ley Orgánica de los Derechos del Niño, Niña y Adolescentes, por los presentes Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitario, demás disposiciones, directrices y bases de la Educación que dicte el ejecutivo nacional en pleno uso de sus atribuciones legales y tomando en consideración los instrumentos legales que constituyen el Ministerio del Poder Popular para la Educación. Art. 3: NATURALEZA: La Unidad Educativa Colegio “Arístides Bastidas” es una Institución de carácter Privada, que cumple con todos los lineamientos establecidos por el Ministerio del Poder Popular para la Educación, en el marco de la Ley Orgánica de Educación vigente, e imparte educación dentro del Subsistema de Educación Básica, integrado por: a) Nivel de Educación Inicial, b) Nivel de Educación Primaria y c) Nivel de Educación Media. El Nivel de Educación Inicial: Comprende las etapas de Maternal y Preescolar, destinadas a la educación de niños y niñas con edades comprendidas entre cero y seis años. El nivel de Educación Primaria: Comprende seis años y conduce a la obtención del Certificado de Educación Primaria. El nivel de Educación Media: Comprende dos opciones: Educación Media General: con duración de cinco años, de primero a quinto año; y Educación Media Técnica: con duración de seis años, de primero a sexto año. Ambas opciones conducen a la obtención del título correspondiente. La duración, requisitos, certificados y títulos de los niveles del subsistema de Educación Básica estarán definidos en la ley especial. Sus fines se identifican con lo plasmado en la Legislación Educativa Venezolana y la Asociación Venezolana de Educación Católica AVEC. La Unidad Educativa Colegio “Arístides Bastidas”, tiene código del Ministerio del Poder popular para la Educación para impartir todos los niveles del Subsistema de Educación Básica, sin embargo para el año escolar: 2.014-2015, solo imparte el nivel de Educación Primaria y el nivel de Educación Media General. Art. 4: OBJETO: La Unidad Educativa Colegio “Arístides Bastidas” es una Institución destinada a desarrollar una acción educacional integral, destacando la correspondencia e interdependencia de los niveles y etapas interaccionadas, donde los aprendizajes constituyen experiencias significativas vinculadas a la realidad, facilitando transparencia de los conocimientos, habilidades y destrezas a situaciones de la vida cotidiana, de manera que los logros obtenidos por los educandos no sean el resultado de simple transparencia del conocimiento, sino más bien de lo que ellos puedan hacer por si mismos, teniendo como filosofía general: “Educar para la Vida”. Art. 5: EDUACIÓN DE CALIDAD: La Unidad Educativa Colegio “Arístides Bastidas” cuidará en los diferentes niveles de la Educación que imparte, brindar una educación de calidad, con el más alto nivel académico, para ser modelo a seguir, local, regional, nacional e internacionalmente, basando su pedagogía en la formación de valores éticos, morales, espirituales y REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO “ARÍSTIDES BASTIDAS” COD. MPPE. S4466D0705 AVEC 100027 Rif: J-30043494-0. NIL: 163561-1 CIUDAD BOLÍVAR EDO. BOLÍVAR

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ACUERDOS DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y COMUNITARIO DE LA UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO “ARISTIDES BASTIDAS” 2016-2017

1

ACUERDOS DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Y COMUNITARIO AÑO ESCOLAR: 2016-2.017

CAPITULO I DE LA DENOMINACIÓN, NATURALEZA, OBJETOS, FINES Y ESTRUCTURA

Art. 1: DENOMINACIÓN: El presente documento constituye los Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitario que regirán el funcionamiento de la Unidad Educativa Colegio “Arístides Bastidas”, ubicada en la calle Alberto Carnevalli Edificio Arístides Bastidas, Nº 20, Urbanización Santa Fe, Parroquia Vista Hermosa de Ciudad Bolívar – Estado Bolívar, República Bolivariana de Venezuela. Art. 2: FUNDAMENTACIÓN LEGAL: La Unidad Educativa Colegio “Arístides Bastidas”, se regirá por las disposiciones de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Ley Orgánica de Educación, Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación, Ley Orgánica de los Derechos del Niño, Niña y Adolescentes, por los presentes Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitario, demás disposiciones, directrices y bases de la Educación que dicte el ejecutivo nacional en pleno uso de sus atribuciones legales y tomando en consideración los instrumentos legales que constituyen el Ministerio del Poder Popular para la Educación.

Art. 3: NATURALEZA: La Unidad Educativa Colegio “Arístides Bastidas” es una Institución de carácter Privada, que cumple

con todos los lineamientos establecidos por el Ministerio del Poder Popular para la Educación, en el marco de la Ley Orgánica de

Educación vigente, e imparte educación dentro del Subsistema de Educación Básica, integrado por: a) Nivel de Educación Inicial,

b) Nivel de Educación Primaria y c) Nivel de Educación Media. El Nivel de Educación Inicial: Comprende las etapas de Maternal

y Preescolar, destinadas a la educación de niños y niñas con edades comprendidas entre cero y seis años. El nivel de Educación

Primaria: Comprende seis años y conduce a la obtención del Certificado de Educación Primaria. El nivel de Educación Media:

Comprende dos opciones: Educación Media General: con duración de cinco años, de primero a quinto año; y Educación Media

Técnica: con duración de seis años, de primero a sexto año. Ambas opciones conducen a la obtención del título correspondiente.

La duración, requisitos, certificados y títulos de los niveles del subsistema de Educación Básica estarán definidos en la ley especial.

Sus fines se identifican con lo plasmado en la Legislación Educativa Venezolana y la Asociación Venezolana de Educación Católica

AVEC.

La Unidad Educativa Colegio “Arístides Bastidas”, tiene código del Ministerio del Poder popular para la Educación para

impartir todos los niveles del Subsistema de Educación Básica, sin embargo para el año escolar: 2.014-2015, solo imparte el nivel

de Educación Primaria y el nivel de Educación Media General.

Art. 4: OBJETO: La Unidad Educativa Colegio “Arístides Bastidas” es una Institución destinada a desarrollar una acción

educacional integral, destacando la correspondencia e interdependencia de los niveles y etapas interaccionadas, donde los

aprendizajes constituyen experiencias significativas vinculadas a la realidad, facilitando transparencia de los conocimientos,

habilidades y destrezas a situaciones de la vida cotidiana, de manera que los logros obtenidos por los educandos no sean el

resultado de simple transparencia del conocimiento, sino más bien de lo que ellos puedan hacer por si mismos, teniendo como

filosofía general: “Educar para la Vida”. Art. 5: EDUACIÓN DE CALIDAD: La Unidad Educativa Colegio “Arístides Bastidas” cuidará en los diferentes niveles de la Educación que imparte, brindar una educación de calidad, con el más alto nivel académico, para ser modelo a seguir, local, regional, nacional e internacionalmente, basando su pedagogía en la formación de valores éticos, morales, espirituales y

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN

UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO “ARÍSTIDES BASTIDAS”

COD. MPPE. S4466D0705 AVEC 100027

Rif: J-30043494-0. NIL: 163561-1 CIUDAD BOLÍVAR – EDO. BOLÍVAR

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académicos, que formen al hombre nuevo, un ser humano integral, colmado de valores a través de un trabajo integrado del hogar y la escuela, para el alcance de todos los objetivos planteados.

A. En el nivel Educación Inicial: Trabajará en la formación integral de niños y niñas, atendiendo las características de interrelación e integralidad de las áreas cognitivas, psicoemocional, psicomotor, lenguaje y desarrollo físico y de sus procesos de acuerdo a los nuevos acuerdos y paradigmas del sistema Educativo.

B. En el nivel de Educación Primaria: Complementará la formación integral del educando mediante el desarrollo de sus

destrezas y de su capacidad científica, técnica, humanística y artística, cumpliendo funciones de educación y orientación educativa y emocional para iniciarlos en el aprendizaje de disciplina y técnicas que le permitan el ejercicio de una función socialmente útil.

C. En el nivel de Educación Media General y Educación Media Técnica: se atenderá al proceso formativo del estudiante

iniciado en los niveles precedentes, ampliar el desarrollo integral y su formación cultural para ofrecerles oportunidades que definan su campo de estudio y de trabajo, brindando una capacitación científica, humanística y técnica que le permita su incorporación al trabajo productivo.

Art. 6: FINES: La Unidad Educativa Colegio “Arístides Bastidas” se propone en definitiva alcanzar los siguientes fines:

1. Afianzar y continuar el proceso de desarrollo intelectual de sus estudiantes y contribuir en su mejoramiento moral y físico, mediante las enseñanzas que se imparten en la Educación Inicial, Educación Primaria, Educación Media General y Educación Media Técnica, como un proceso continuo y unitario, conforme a las más modernas concepciones pedagógicas.

2. Cooperar en la preparación de los futuros ciudadanos, a fin de que alcancen una adecuada valoración de nuestra tradición histórica, para lograr su incorporación social activa.

3. Inculcar en los educandos que concurran a sus aulas, un claro conocimiento histórico de Venezuela, y capacitarlos para que participen y colaboren de manera activa y eficaz en su desarrollo.

4. Inculcar a los estudiantes de los principios de nuestra democracia auténticamente representativa, como sistema que a de llevarnos al goce y estabilidad plena en nuestra condición de nación soberana.

5. Proyectar la acción de la Unidad Educativa Colegio “Arístides Bastidas” hacia la comunidad, con trabajos de Labor Social - Comunitaria que generen cambios positivos en la educación, con la interacción de todos los actores del proceso educativo, diseñados a través de una serie de actividades en las que primordialmente los estudiantes de los últimos años y también de los demás grados y/o años de estudio demuestren los resultados alcanzados en un proyecto puesto en practica en la comunidad escolar con asesoría Institucional bajo lineamientos previos, establecidos por la Dirección del Plantel y Coordinación de Proyectos de Labor Social Comunitaria.

6. Promover los valores éticos, morales, espirituales y académicos a través de una formación integral, de mente, cuerpo y espíritu.

7. Alcanzar la excelencia educativa, a través de la calidad académica y humana, formando estudiantes con un destacado nivel de preparación cognoscitiva y sensibilidad ante la realidad social.

Art. 7: PREMISA: La Unidad Educativa Colegio “Arístides Bastidas” para alcanzar sus objetivos tomará como premisa fundamental la promoción del valor de la familia y, el trabajo en conjunto del Hogar y la Escuela en pro de la formación integral de sus hijos(as), tomando en consideración que para obtener grandes resultados se requiere de grandes esfuerzos, por lo cual la familia como primera escuela, será eje fundamental del Proyecto Educativo Integral Comunitario que se plantee en cada año escolar.

CAPITULO II DE LOS ACTOS ACADÉMICOS Y ACTIVIDADES DE PROMOCIONES

Art. 8: ACTOS ACADÉMICOS: De conformidad con lo establecido por el Ministerio del Poder Popular para la Educación, al finalizar el 5to año del Nivel de Educación Media General, y una vez cumplido con todos los requisitos que establece la LOE, se realizará entre la Segunda Quincena del mes de julio y la Primera quincena del mes de agosto, un solemne acto académico para la entrega de los títulos que acreditan a los alumnos como egresados de Educación Media General, siguiendo la programación protocolar que establezca el plantel para tal fin. PARÁGRAFO PRIMERO: Toda la comunidad escolar asistente al Acto Académico, deberá cumplir con las siguientes normas generales, a los fines de garantizar la solemnidad, orden y éxito del acto: A: DE LOS GRADUANDOS:

1. Estar presentes en el lugar del evento, por lo menos una (1) hora antes del inicio formal del acto.

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2. Antes de iniciar el Acto Académico deben permanecer en la entrada del lugar del evento, en formación de acuerdo al número correlativo por orden alfabético, esperando en silencio y orden mientras se les indica el momento de su entrada por el personal de protocolo.

3. La entrada de los graduandos será por el centro del salón y se ubicarán en los asientos identificados en el lado derecho con vista al presídium, sentándose de derecha a izquierda, en caso de faltar algún graduando para el momento de la entrada, deberán dejar su puesto vacío.

4. Los graduandos no deben sentarse hasta esperar la entrada al salón del Personal Docente, seguido de las autoridades del plantel y su posterior ubicación en el presídium.

5. Los Títulos se reciben con la mano izquierda y con la derecha se saluda a la Directora. 6. Cuando sea llamado el primer graduando de la fila, todos los demás de la misma fila se pondrán de pie y se ubicarán junto

a este al pie de la escalera derecha para subir al presídium.

B: DE LOS INVITADOS:

1. Los familiares e invitados deberán presentar en la puerta del lugar del evento con su pase de entrada. 2. Los celulares deben permanecer en silencio durante toda la duración del acto académico. 3. Los familiares e invitados deberán usar traje formal, no se permitirá la entrada a personas con blue jean, short, franelas,

licras, gorras o minifaldas. 4. Los familiares e invitados deben llegar antes de iniciar el acto para ubicarse en los asientos, ya que después de haber

comenzado el acto no se permitirá el ingreso al mismo. 5. Queda totalmente prohibida la toma de fotografías o grabación de video por familiares, invitados y/o particulares durante el

acto, solo se le permitirá a la empresa responsable establecida por el Comité Pro-Graduación de Padres, Madres y Representantes.

6. El Himno Nacional, el del Estado Bolívar y del Colegio, deberán ser escuchados de pie, en silencio y no deben ser aplaudidos.

7. Una vez que comience el acto todas las personas presentes deberán permanecer en sus asientos y hacer silencio. 8. Se debe hacer silencio mientras se pronuncien los diferentes discursos. No se podrá interrumpir el protocolo del acto, se

debe recordar que la educación se demuestra con hechos. 9. No se aceptarán niños o niñas en el acto. 10. Finalizado el acto, primero saldrán las Autoridades del plantel, segundo el personal Docente, Tercero los Graduandos y

por último los Familiares e invitados especiales. Art. 9: COOPERACIÓN CON LOS ACTOS ACADÉMICOS: Los estudiantes al igual que los padres, madres y/o representantes, deben asistir y cooperar en la organización y participación de los actos académicos organizados por la Institución motivados a la finalización de cada uno de los niveles que correspondan, asumiendo la responsabilidad previa de las necesidades personales en dichos actos, conforme a lo establecido sobre los deberes en materia de educación en el Artículo 93 Literal “F” de la LOPNNA, y la Ley Orgánica de Educación. Art. 10: DE LAS ACTIVIDADES POR PROMOCIONES: De conformidad con lo establecido en la Circular Nº 42, emanada del Ministerio del Poder Popular para la Educación, no se permitirá con motivo de las Promociones de 6to grado de Educación Primaria, 5to Año de Educación Media General ó 6to Año de Educación Técnica lo siguiente:

1. Exigir uniformes de gala a los alumnos como requisitos para asistir a determinados actos escolares.

2. Consumir bebidas alcohólicas en las reuniones sociales que por algún motivo se celebren en el colegio.

3. Celebrar fiestas estudiantiles donde a los alumnos y representantes se le tenga que solicitar dinero.

4. Realizar actos de graduación que requieran de los alumnos vestuarios especiales, togas, birretes, anillos y paquetes

especiales.

5. Facilitar la entrada de personas ajenas a la Institución educativa en calidad de vendedores ambulantes, cualquiera sea el

tipo de mercancía que se expenda con motivo de las graduaciones.

6. Permitir la entrada de fotógrafos particulares para luego vender a los alumnos o representantes, las fotografías tomadas a

los alumnos con motivo de las graduaciones.

7. La entrada a la institución de personas ajenas al plantel o de padres, madres, y/o representantes con fines de motivar a los

estudiantes a la realización de cualquier tipo de actividad pro graduación.

8. Las caravanas de los alumnos que egresan de los planteles con o sin identificación institucional.

9. Que los estudiantes, padres, madres, y/o representantes realicen rifas, venta de bonos, bingos, venta de dulces, venta de

franelas, gorras o cualquier otra actividad que persiga recolectar fondos para la graduación.

Art. 11: DEL ORADOR DE ORDEN: La Unidad Educativa Colegio “Arístides Bastidas”, para la elección interna de reconocimientos y “Oradores de orden” de sus promociones, tomará en cuenta a destacadas personalidades que sean un ejemplo de juventud por su sensibilidad social, vinculados con la educación, arte, ciencia ó medios de comunicación, de reconocida honestidad e idoneidad, igualmente no aceptará ningún tipo de aporte económico por el Orador de orden ó las personas que reciban reconocimientos, reservando el derecho de elección por la Institución, previo estudio del perfil ideal.

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CÁPITULO III DE LA INSCRIPCIÓN E INGRESO A LA INSTITUCIÓN

Art. 12: DEL INGRESO A LA INSTITUCIÓN: Cursaran estudios en este Colegio los estudiantes menores de 18 años, regidos a los conceptos y valores éticos de familia, que sean representados por sus padres y/o representantes en forma regular, y que presenten todos los requisitos de documentación establecidos según el grado/año y nivel a cursar. A. REQUISITO GENERALES PARA EL INGRESO:

1. Manifestar libremente el deseo de ingresar a través de una solicitud de cupo. 2. Presentar los documentos exigidos por el colegio según la normativa escrita en el Art.13 de los ACEC que se presentan en

el instructivo, en el momentos de la pre e inscripción. No se considera a un estudiante formalmente inscrito hasta no haber cumplido todos los requisitos.

B. COMPROMISO QUE SE ADQUIEREN EN EL MOMENTO DE LA INSCRIPCIÓN: La prosecución de estudios del o la estudiante estará condicionada a la actuación del representante ante los compromisos que adquiere durante el año escolar anterior a la solicitud de la prosecución (asistencia, participación, compromisos administrativos). Art. 13: DEL PROCESO DE INSCRIPCIÓN: Los estudiantes para ingresar en el plantel primero deberán realizar un proceso de Pre-Inscripción, que consiste en la consignación de los siguientes recaudos, que deberán ser presentados en carpeta de manila tipo oficio con identificación del nombre del alumno y grado o año a cursar: 1 Fotocopia de la Partida de Nacimiento del Estudiante. 1 Fotocopia de la Cédula de Identidad del Estudiante (Desde 5to grado). 1 Fotocopia de la Cédula de Identidad de cada uno de los Padres y/o de los Representantes. 1 Foto del Estudiante y 1 de c/u de los Padres y/o Representantes. 1 Constancia de Estudio Actualizada del Alumno. 1 Copia del Boletín Informativo del Lapso en curso. 1 Constancia de Trabajo de c/u de los Padres y/o Representantes. Solvencia Administrativa hasta el mes en que se efectué la pre-inscripción. Informe Psicopedagógico realizado por un profesional en el área con un máximo de treinta (30) días de haber sido

emitida. Llenar Planilla de Pre-Inscripción al momento de la entrega de la carpeta con documentación. Asistencia a Conversatorio, el alumno padres y/o representantes, el día previsto en la sede del Plantel. Pago de arancel administrativo.

A. De las Observaciones Generales: 1) El representante recibirá con la Inscripción: Carpeta contentiva de información institucional, Acuerdos de Convivencia

Escolar y Comunitario, Copia Digital (CD) con el Compromiso de Pago, Normativas Institucionales, Visión, Misión, Reseña histórica y otra información institucional, Tarjeta de Control de Mensualidades, Porta tarjeta control de pagos, Insignia y Carnet.

2) No se aceptará dinero en efectivo, ni cheques, ni tarjetas de crédito para el pago de inscripción ó mensualidades, únicamente se aceptará: depositó bancario en efectivo en las cuentas corrientes del plantel, o tarjetas de débito.

3) Solo se abrirán pre-inscripciones en los grados o años donde se tengan cupos disponibles que no excedan de la matrícula máxima permitida para cada grado o año, por el Ministerio del Poder Popular para la Educación.

4) Los cupos se garantizan dentro del período de inscripción, el representante debe inscribir a tiempo; de no ser así se dispondrá del cupo para los alumnos que están en lista de espera (cabe destacar que los alumnos regulares tienen derecho a sus cupos).

5) Para formalizar inscripción se sugiere presentar documentación completa, evitando así volver al día siguiente por un documento faltante.

6) Solo deberá inscribir el representante legal del estudiante (padre o madre), en caso de tratarse de abuelos, tíos o cualquier otro familiar, así como representantes legales deberá adjuntar la autorización de protección o del Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescente (Art. Nº 126 y 54 de la LOPNNA).

7) Forma de inscripción: 1er Paso: Entrega de Depósitos (Pago) y Solvencia Administrativa por la Administración. 2do Paso: Revisión de Documentos y Entrega Del Material de Inscripción por el Salón Nº 1.

B. Documentación de Inscripción para Alumnos Regulares:

A. 01 Fotocopia u original del Boletín final de Calificaciones. B. 02 Fotos tipo carnet del Estudiante actualizada, con los nuevos ciclos. C. 01 Foto tipo carnet actualizada de la Madre. D. 01 Foto tipo carnet actualizada del Padre.

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E. 01 Foto tipo carnet actualizada del Representante. F. Constancia de Trabajo Actualizada del Representante (Padre o Madre). G. 01 Copia de la CÉDULA DE IDENTIDAD de los estudiantes que van a cursar 6to Grado. H. 01 Copia de la CÉDULA DE IDENTIDAD AMPLIADA de los estudiantes que van a cursar 5to Año I. SOLVENCIA ADMINISTRATIVA del Año Escolar Culminado, de Mensualidades, Clínicas Deportivas, Banda Show

y Coral (La Solvencia Administrativa se entregará por la Administración después de verificar sus pagos). J. Depósito de Inscripción.

C. Documentación de Inscripción para Alumnos Nuevos:

A. Partida de Nacimiento Original. B. Recibo de Pre-Inscripción. C. Cinco (5) Fotos tipo carnet del Estudiante con el uniforme del Colegio y los ciclos según el grado a cursar. D. Dos (02) Fotos tipo carnet del Padre, 02 de la Madre y 02 del Representante. E. Boletín Final de Calificaciones (original).

i. Número de Registro (cédula) Escolar (Para Estudiantes de Educación Primaria). F. Boleta de Promoción (Solo Educación Primaria). G. Notas Certificadas (Solo Educación Media General: 1ero a 5to Año) H. Fotocopia de la Cédula de Identidad del Estudiante. I. Solvencia Administrativa (Del Colegio de donde egresa). J. Depósito de Inscripción.

D. Para el momento de la Inscripción el padre, la madre, y/o representante, deberá cancelar los siguientes conceptos: Renglones sujetos a Resolución del Ministerio del Poder Popular para la Educación:

Matricula

MMeennssuuaalliiddaadd de septiembre

1er fraccionamiento de agosto Renglones no sujetos a Resolución:

Seguro escolar

Carnet, Insignia y Porta Tarjeta Control de Pagos.

Mantenimiento de mobiliario, laboratorios, material audiovisual y de consumo.

Pago de Especialista (Atención psicopedagógica y vocacional).

CAPITULO IV DE LOS ESTUDIANTES

SECCIÓN PRIMERA

DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS ESTUDIANTES

Art. 14: Todo estudiante de la Unidad Educativa Colegio “Arístides Bastidas”, gozará de los siguientes derechos:

A. Contar con las oportunidades y servicios educativos que le conduzcan a una formación integral de acuerdo a los ideales de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Ley Orgánica de Educación, Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Derechos Universales, en condición de la libertad y dignidad, de tal forma que puedan desarrollar su personalidad, aptitudes y actitudes, juicio individual, sentido de responsabilidad, personal y de solidaridad social,

B. Ser orientados en sus problemas personales, académicos, como en su conducta personal con la inserción que ayuden a

fortalecer valores.

C. Recibir atención psicopedagógica y vocacional por el (la) especialista del plantel. D. Participar en su propia formación y la de sus compañeros de estudio a través de los programas y eventos llevados a cabo

por la Organización Estudiantil de la que forma parte.

E. Exigir de sus docentes y compañeros de estudio, tanto dentro como fuera del Plantel, un trato, un trato cónsono, afable, respetuoso, acorde con la consideración debida de la dignidad humana y el Proyecto Educativo que aspira el estado Venezolano.

F. Participar activamente en las actividades extraescolares, socioculturales, deportivas y recreativas, en algunos de los clubes

que existen en la Institución, para complementar la formación integral del educando. G. Formular propuestas y expresar sus puntos de vista ante las autoridades educativas del Plantel, siguiendo los canales

regulares, todo ello en pleno acatamiento a lo estipulado en el artículo 55 de la LOPNNA.

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H. Recibir atención educativa en el Año Escolar, durante 205 días hábiles como mínimo y participar en el desarrollo de la totalidad de los objetivos programáticos previstos para cada área, asignatura o similar del plan de estudios correspondiente.

I. Recibir educación de reconocida moralidad y de idoneidad docente comprobada, conforme a los requisitos establecidos en

la Ley Orgánica de Educación. J. Ser atendidos justos y oportunamente por las autoridades educativas y por los organismos directivos de la comunidad

educativa, cuando ante ellos ocurran para formular planteamientos relacionados con sus estudios, derechos e intereses. K. Expresar libremente su opinión en los asuntos que tengan interés y que sus opiniones sean tomadas en cuenta en función

de su desarrollo y en fin conocer, en cuanto les concierne lo relativo al régimen de evaluación. L. Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la educación en un plantel oficial de carácter gratuito, en la

educación privada tienen derecho a ser inscritos en el plantel adaptándose a los Requisitos de los presentes Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitario, y Filosofía Institucional.

M. Participar en las actividades extra cátedra que se imparten en horario de clases, tales como: Liderazgo y Disciplina,

Educación Religiosa Escolar, Ajedrez, Ingles e Informática desde 1er grado.

N. Participar en eventos culturales, deportivos, científicos, ecológicos, históricos que se planifiquen dentro de la sede del plantel, y en los externos, siempre y cuando presenten autorización por escrito del padre, madre y/o representante, y cumpla con los lineamientos exigidos por las normativas internas de cada evento.

O. Todos los estudiantes tendrán derecho a elegir sus voceros estudiantiles por cada grado, año, y sección para que lo

representen en las Asambleas Estudiantiles.

SECCIÓN SEGUNDA DEBERES FUNDAMENTALES DE LOS ESTUDIANTES

DE LA ASISTENCIA, ENTRADA Y SALIDA DEL PLANTEL

Art. 15: DEL ACTO CÍVICO – RELIGIOSO: Las actividades escolares comienzan cada día a las 6:40 a.m., de lunes a viernes, a esa hora se iniciará la Formación para el Acto Cívico - Religioso, con el fin de realizar oraciones y entonar el Himno Nacional, y si la ocasión amerita, realizar otros actos de carácter cívico, patriótico, cultural o artístico.

A. Los días lunes se realizará el LUNES CIVICO, que tiene como finalidad manifestar el significado de la Patria, Pensamiento Bolivariano, la esencia de nuestros símbolos patrios, el sentimiento nacional, el amor a la familia, el respeto a sus semejantes, el estudio y el trabajo, y el cumplimiento de las leyes como las mejores formas de contribuir al engrandecimiento del país.

B. EL ESQUEMA GENERAL DEL LUNES CÍVICO, será el siguiente:

1. Saludo. Oraciones. 2. Formación del Alumnado por grado y sección con el acompañamiento del Personal Docente y Directivo. 3. Himno Nacional de la República Bolivariana de Venezuela – Himno del Estado Bolívar. 4. Los estudiantes encargados de izar la bandera nacional deben ser nombrados por su Profesor Guía ó en su

defecto los encargados serán los estudiantes de Guardia de la Gran Banda Show “Arístides Bastidas”. 5. Izamiento de la Bandera Nacional. 6. Palabras del Director(a), Coordinadores, Docentes o Estudiantes, para hacer breves reflexiones sobre temas de

importancia (de acuerdo al cronograma de objetivos propuestos), formación de valores. 7. El Profesor Guía tendrá el deber de informar al curso que le corresponda intervenir según lo señalado en el

cronograma de actividades (Plan anual) y seleccionar a los estudiantes que integran la comisión, de acuerdo con los méritos, aplicación, disciplina, colaboración, compañerismo, etc.

8. Los Docentes de Educación Física, Liderazgo y Disciplina e Instrucción Pre-Militar, autorizados por la Dirección, deberán prestar colaboración para que la comisión de estudiantes sea entrenada de acuerdo con las exigencias de la seriedad del acto. (Es decir: Formar, u orientar frecuentemente).

9. Los Docentes deberán asistir al acto y tomar participación activa en el mismo, desde la Educación Primaria hasta la Educación Media General en Ciencias.

10. Los Docentes deben cuidar de que la compostura de los estudiantes presente esté acorde con la solemnidad del acto, participando activamente, e incorporándose con amor, sentido de pertenencia, y responsabilidad al mismo, fortaleciendo frecuentemente en el aula a través de la formación de valores.

11. Los Docentes en el área de Ciencias Sociales, deberán estar atentos a las fechas de efemérides para que conjuntamente con la comisión integrada por Sociedad Bolivariana, participen activamente en el acto cívico, designado u organizando los mismos a través de distintas estrategias, ejemplo (Charlas, ponencias, foros, escenificaciones, etc.)

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12. Se le debe dar importancia a la motivación constantemente sobre el lunes cívico desde los niveles de Educación Media y Educación Media General en Ciencias, dando participación a todos, de acuerdo a la programación trimestral.

13. El Director del plantel informará, periódicamente a la Zona Educativa, sobre el cumplimiento de la programación, y de los cambios observados en la conducta de los estudiantes.

C. Los días viernes se entonará el Himno del Colegio, coro y estrofas, como parte de la identificación del estudiantado con

la filosofía institucional, y el realce de nombre del ilustre venezolano “Arístides Bastidas”, revolucionario, humanista, escritor, periodista y ecologista.

Art. 16: DE LOS RETARDOS: Después de iniciar las actividades académicas diarias, para poder entrar al Colegio, el Estudiante debe venir acompañado por uno de sus padres, representantes o persona autorizada, quien habrá de justificar su retardo ante la Unidad de Apoyo Institucional o Coordinación respectiva, y teniendo en consideración que si tal circunstancia se hace repetitiva, estará incurriendo en una falta.

A. El Estudiante(a) debe estar en el Colegio, con cinco (5) minutos de anticipación cuando menos, al toque del timbre de Formación para entrar a clases, en caso de retardo siempre que llegue antes de las 7:00 a.m. realizará acto de formación conjuntamente con todos los demás estudiantes retardados a fin de que no pierda las orientaciones generales del día y cumpla con la realización de oraciones y honor a los símbolos patrios.

B. Los estudiantes que lleguen después de haber ingresado los que forman las filas reglamentariamente y realizaron el acto cívico, entrarán a clases con la autorización escrita de la coordinación respectiva, si llegara antes de las 7: 15 am ya que después de esta hora se procederá a cerrar las puertas principales y no se permitirá la entrada a ningún alumnos de Educación Primaria, Educación Media General y Educación Media General en Ciencias.

Art. 17: DE LA RESPONSABLIDAD INSTITUCIONAL: La responsabilidad del Colegio para con los estudiantes termina treinta (30) minutos después de la hora señalada para la salida. Por lo cual el plantel no se hace responsable de las actuaciones cometidas por los estudiantes fuera del plantel una vez culminado el horario escolar, ya que fuera del plantel la actuación del estudiantado es responsabilidad total de sus padres y/o representantes, siempre cuando el estudiante no porte el uniforme respectivo y se encuentre frente al plantel, en ese caso se ejercerán las acciones a que hubiera lugar.

Art. 18: DE LOS OBJETOS DE VALOR: La institución no se hace responsable bajo ningún concepto de los objetos de valor portados por los estudiantes que pudieran extraviarse bajo cualquier modalidad, por lo que se recomienda a los estudiantes, padres, representantes, abstenerse del uso de prendas u objetos de valor dentro de las instalaciones del Plantel. El Colegio no es responsable de las pérdidas de ningún artículo de valor. Sin embargo constantemente el colegio motivará para la implantación de principios éticos, morales, espirituales y académicos que deberán ser reforzadas en el hogar y para así juntos escuela y hogar, evitar situaciones de esta índole. PARÁGRAFO PRIMERO: Los artículos escolares extraviados o dejados por olvido en los salones de clases, serán recogidos y guardados por el personal de mantenimiento en el área de objetos extraviado, para su retiro deberá ser reclamado únicamente por su propietario, dejándose constancia de dicha solicitud. Todos los artículos no reclamados por su propietario al finalizar el año escolar serán donados en labor social. Art. 19: DEL USO DE CELULARES. El celular como elemento distractor en el proceso enseñanza – aprendizaje NO VA A LA ESCUELA. Quedando bajo la responsabilidad de los padres, madres, representantes, y/o responsables. Art. 20: DE LOS EQUIPOS ELECTRÓNICOS: Los estudiantes no deben traer equipos electrónicos y/o audiovisuales (laptops, video beam, TV, equipos de sonido, cámaras de video, cámaras fotográficas, entre otros) no autorizados, y objetos de valor a la sede del plantel. Art. 21: DEL MANEJO DE VEHÍCULOS Los estudiantes que no han cumplido la mayoría de edad y sin licencia que los faculte para tal fin, no deberán asistir a clases manejando vehículo particular, en caso de hacerlo deberán presentar la debida autorización por escrito de su representante legal, autorizándole a manejar dicho vehículo y haciéndose responsable de los daños que pudiere ocurrirle al vehículo o causar a terceros por manejar sin la licencia correspondiente. Art. 22: NECESIDAD DE AUTORIZACIÓN POR ESCRITO PARA ASISTIR A CLASES MANEJANDO MOTO O BICICLETA Los estudiantes deben evitar asistir a clases manejando moto o bicicleta, sin la previa autorización por escrito de su representante legal, y dejando constancia que el representante se hará responsable de su deterioro, extravío o de los daños que pudiera causar al estudiante o a terceras personas. Art. 23: DE LAS AUSENCIAS: Ningún estudiante deberá ausentarse del Colegio durante el horario de clases sin el debido permiso de la Dirección, Unidad de Apoyo Institucional o Coordinación respectiva y firmar dicha autorización. La inobservancia de este acuerdo dará derecho a la Institución a tomar las medidas disciplinarias conforme al grado de la falta, que contempla este acuerdo o cuando sea solicitada por su padre o representante legal o persona autorizada, sin la responsabilidad del Colegio. Art. 24: DE LAS INASISTENCIAS A CLASES. La inasistencia a las actividades escolares durante uno o más días deberá ser justificada personalmente por uno de sus padres ó representantes legal o persona autorizada, al incorporarse de nuevo a clase el

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Estudiante. Si la inasistencia ha sido causada por enfermedad, cualquier de las personas nombradas anteriormente, deberá consignar ante la Coordinación respectiva la constancia médica emanada de organismos públicos o privados, en original y una (1) copia. Art. 25: DE LAS VENTAS DENTRO DEL PLANTEL: Los estudiantes no deberán vender dentro de las instalaciones del plantel, ningún tipo de artículo comestible, de quincallería u otros, y en especial: Chupetas, chiclest, bebidas, chucherías, salvos aquellos que sean autorizados por la Dirección para casos excepcionales y emergentes que sirvan para actividades de autogestión de Labor Social Comunitaria.

SECCIÓN TERCERA DE LA CONDUCTA DEL ESTUDIANTE

Art. 26: DE CUMPLIMIENTO DE LOS ACUERDOS: Los estudiantes deben respetar y cumplir todas las disposiciones, Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitario. Presentar comportamiento intachable, respeto al personal directivo, docente, administrativo, obrero y comunidad circunvecina, considerándose fundamental en cuanto a disciplina y buen funcionamiento del Colegio. Art. 27: DE LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE: Los estudiantes deben conservar el medio ambiente como tarea de todos, de conformidad con el Art. 93 Lit. H, de la LOPNNA, por lo cual todos los integrantes de la comunidad escolar, en especial el alumnado deberá cooperar con la conservación de las instalaciones del plantel (aula de clases, jardines, espacios de recreación, laboratorios, etc). Deberán contribuir al mejoramiento y mantenimiento impecable del local, mobiliario del aula y del colegio, así como materiales, dotaciones y demás bienes de ámbito escolar, tal como lo reciben desde el inicio del año escolar. Art. 28: DEL REPETO A LOS SÍMBOLOS PATRIOS Y ACTO CÍVICO. El estudiantado debe respetar y rendir culto cívico permanente honrando la patria, a los símbolos de la patria y demás valores de la nacionalidad Venezolana (Art. 93 Literal “A” de la LOPNNA). Deberá por ello cumplir con los actos cívicos diarios. Art. 29: DE LAS EXCURSIONES Y OTRAS ACTIVIDADES FUERA DEL PLANTEL: En caso de excursiones, paseos, visitas guiadas, convivencias u otra actividad fuera del Plantel, los estudiantes inmersos en ella deberán adoptar un comportamiento adecuado a los principios académicos, éticos, morales y espirituales impartidos en él, de lo contrario incurrirán en faltas graves y no deberán disfrutar de ningún estimulo. Para su asistencia deberán presentar autorización por escrito del padre, madre y/o representante, antes de dicha salida y usar el Uniforme del plantel que se indique en perfecto orden según la actividad. Art. 30: DEL RESPETO A LAS AUTORIDADES DEL PLANTEL: Los estudiantes deberán respetar a las autoridades del plantel, y será considerada falta grave la violencia física, de palabras o hechos contra autoridades educativas, Personal Docente, Administrativo y Obrero del Colegio dentro y fuera de este de conformidad con la Ley Orgánica de Educación, y LOPNNA. Art. 31: DEL FOMENTO DEL RESPETO Y COMPAÑERISMO: El estudiantado deberá fomentar el respeto y compañerismo entre los condiscípulos y respeto al personal Docente, Administrativo y Obrero. Respetar los derechos y garantías de las demás personas, de conformidad con el Art. 93 Lit. “A y C” de la L.O.P.N.A.

a. Realizar sus actividades en materia de educación LOPNNA Art. 93 Lit. Lit. “F”. b. Debe respetar la diversidad de conciencia, pensamiento, religión y cultura LOPNNA. Art. 93 Lit. Lit. “G”.

Art. 32: OBSERVAR LAS RECOMENDCIONES DADAS POR EL PERSONAL DEL PLANTEL: El estudiantado observará las recomendaciones y asignaciones que le haga la Dirección, Coordinaciones, Departamento de Protección y Bienestar Estudiantil, Unidad de Apoyo Institucional, demostrando así la confianza que se deposita en la institución. Art. 33: DEL CONSUMO DE SUSTANCIAS ILICITAS: No está permitido el consumo de chiclets, bebidas alcohólicas, cigarrillos o cualquier otro derivado del tabaco o sustancias ilícitas o estupefacientes, dentro y fuera de las instalaciones del Plantel, su consumo constituye falta grave. Art. 34: DE LA CONDUCTA COHERENTE: Los estudiantes deben observar una conducta coherente con el ideario institucional, dentro y fuera del plantel, apegado a las acuerdos de sana convivencia, evitando la violencia, disputas, rencillas, ofensas, o actos irrespetuosos de cualquier índole con alumnos del plantel o estudiantes de otras instituciones. Siguiendo una conducta coherente y precursora de valores, modales y buenas costumbres, los estudiantes deben evitar lo siguiente:

A. Subirse los balastros de los balcones del plantel, deslizarse por los pasamanos de las escaleras o sentarse en las escaleras sacando los pies por las rejas o balastros., todo esto en procura de evitar accidentes por acciones imprudentes de parte del alumnado.

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B. El uso dentro de las instalaciones del plantel de juego de azar de cualquier índole (cartas, naipes, bingos, etc.).

C. El juego de guijas o cualquier otro juego exotérico que ponga en riesgo la salud psicológica y emocional del estudiantado.

D. Empujar a los compañeros de clases o cualquier otro estudiante de otro grado o año para provocarle caer al piso, poniendo en riesgo su integridad física, es este caso será considerada una falta grave.

E. Burlarse de sus compañeros de clases en público o través de redes sociales identificándose como estudiante del plantel, es este caso será considerada una falta grave.

F. Los estudiantes deberán evitar provocar disputas públicas en la hora de entrada, receso o salida, con estudiantes de este plantel o de otras instituciones educativas. La inobservancia a este acuerdo será considerado falta grave.

G. Los estudiantes deberán permanecer dentro del colegio una vez finalizada su jornada escolar, esperando en orden hasta que sus padres, madres, y/o representantes los vengan a buscar al plantel, por su seguridad, el resguardo de su integridad física y moral, deben evitar permanecer a las afueras del plantel o retirarse del plantel solos sin la autorización respectiva por escrito o vía telefónica a la institución de de su padre, madre y/o representante, y menos podrán retirarse del plantel sin conocimiento y/o autorización de la coordinación respectiva, salvo que este autorizado previamente por el padre, madre y/o representante, en la planilla de registro de forma de salida dispuesta para tal fin.

H. Los estudiantes deben evitar asistir a clases presentando alguna enfermedad infecto contagiosa que ponga en riesgo su recuperación por anticipo de la finalización del reposo médico establecido y exponga a contagio al colectivo estudiantil, enfermedades tales como: sarampión, rubiola, lechina, influenza de cualquier tipo, tuberculosis, dengue, entre otras.

I. Evitar la realización de manifestaciones (verbales o escritas) y/o protestas dentro de las instalaciones del plantel o frente a las instalaciones con tilde político de cualquier tendencia, ya que la educación no puede ser usada para asuntos políticos que afecten a unos o a otros.

J. Evitar por cualquier motivo el envío de mensajes de texto con lenguaje vulgar o que inste a actos lascivos a otros estudiantes, que agredan la integridad física o moral de otros estudiantes o del personal del plantel.

Art. 35: REINCIDENCIAS EN SITUACIONES DE INDISCIPLINA: Los estudiantes que por diferentes situaciones e incidencias disciplinarios sean citados o convocados un máximo de tres (03) ocasiones cualquier de las Coordinaciones y se realicen actas y notifiquen a los representantes, los mismo deberán realizar un cambio de ambiente educativo en otras instituciones, por no acoplarse al Reglamento Interno Institucional.

SECCIÓN CUARTA

DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL DEL ESTUDIANTADO Art. 36: DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL: Los padres y/o representantes asumen ante la Unidad Educativa, la responsabilidad de que sus hijos o representados deban presentarse al Plantel correctamente vestidos y aseados. En consecuencia, los padres y/o representantes conforme a lo estatuido en el literal d) del articulo 93 de la LOPNNA, en pleno ejercicio de las facultades que esta normativa les confiere, deberá pedirle a su estudiante o representado, que su comportamiento, presencia personal e imagen se corresponda con las pautas de decoro e imagen de carácter general solicitadas por la institución. Art. 37: DEL USO ZARCILLOS O CORTES DE CABELLOS INADECUADOS CON EL UNIFORME DEL PLANTEL: Se sugiere no usar dentro de las instalaciones del plantel o fuera de este con el uniforme respectivo: Zarcillos en los varones al igual que pincers en cualquiera de los estudiantes (a), cortes de cabello inadecuados en hembras y varones como cortes tipo iguana, cortes de rapados en los laterales y alto en la parte superior, corte tipo plataforma, cortes tipo erizos, corte con colitas o trencitas (en los varones); cabellos pintados con colores fluorescentes o incandescentes (verde, azul, naranja, dorado, morado, fucsia, etc.) ó uso excesivo de maquillaje, tatuajes en sitios visibles, el uso de gelatina en el cabello en los estudiantes(a), el uso de pintura de uñas y colores oscuros (negros, morados), deben presentar un corte de cabello definidos y acorde con su sexo (varones, hembras) sin extravagancias. Todo esto con ánimo de mantener una imagen de moderación, disciplina y pulcritud en la institución. Art. 38: DE LAS CAMISAS POR FUERA Y OTROS: Los estudiantes dentro de las Instalaciones del plantel y fuera del mismo no deben utilizar las camisas por fuera, los zapatos sin medias, los pantalones sin cinturón ó gorras, salvo que sean las de instrucción Pre-Militar, Liderazgo y Disciplina en el horario correspondiente. Art. 39: DE LA VESTIMENTA ADECUADA PARA ACTIVIDADES ESPECIALES: Los niños, niñas y adolescentes deben de vestir adecuadamente para asistir en horas de actividades especiales en el Plantel (no usar pantalones cortes bajos, blusas cortas con descotes exagerados, minifaldas, y accesorios extravagantes).

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SECCIÓN QUINTA DEL UNIFORME ESCOLAR DEL ESTUDIANTADO

Art. 40: DEL UNIFORME DE DIARIO: El uniforme de los estudiantes debe ser conservado en correcto orden sin alteración de ninguna naturaleza y solo debe usarse para las actividades del Colegio. Mantener un buen estado del traje escolar de uso diario que le corresponda a su nivel de estudios, es un deber su uso para asistir a clases, y a las actividades extra- escolares que se establezcan. Para las actividades de la Gran Orquesta Show “Arístides Bastidas” y coral “Francisco Arredondo”, los estudiantes deben asistir a dichos ensayos vistiendo el uniforme de deportes.

A. El uniforme escolar responderá en términos generales a los modelos indicados en la orientación establecida en el Decreto N º 32.271 del 16 de julio de 1.981. La Unidad Educativa Colegio “Arístides Bastidas” siguiendo las líneas generales de este decreto establece el siguiente uniforme escolar que será usado diariamente en el plantel (aula, talleres, biblioteca, educación física, paseos, etc.), el mismo estará conformado por los trajes que se señalan a continuación:

Educación Inicial (1ero, 2do y 3er Nivel):

* Niños y Niñas: Braga azul oscuro con su respectiva insignia (cocida), franela roja, medias blancas, zapatos negros. Educación Primaria (Primero a Sexto Grado): * Niños y Niñas: Pantalón corte padrino azul oscuro, cinturón negro, camisa blanca de dos bolsillos con tapas con su respectiva insignia (cocida al bolsillo izquierdo), zapatos negros patentes de trenzas, medias blancas, morral o bultos preferiblemente transparentes, ciclos azul marino con rayas negras de acuerdo al grado que corresponde. Educación Media General (Primer Año a Tercer Año): * Niños, Niñas y Adolescentes: Pantalón corte padrino azul oscuro, cinturón negro, camisa azul celeste de dos bolsillos con tapas con su respectiva insignia (cocida al bolsillo izquierdo de la camisa), zapatos negros patentes de trenzas y medias blancas, ciclos azul marino con rayas doradas, morral o bulto preferiblemente transparente de acuerdo al grado que cursa. Educación Media General en Ciencias y Educación Media Técnica: * Adolescentes: Pantalón corte padrino azul oscuro, cinturón negro, camisa color beige de dos bolsillos con tapas con su respectiva insignia (cocida al bolsillo izquierdo de la camisa), zapatos negros patentes de trenzas y medias blancas ciclos azul marino con rayas doradas de acuerdo al año que cursa.

B. Los estudiantes deberán evitar asistir a clases con gorras de colores (solo la gorra institucional), suéteres de colores (solo

suéteres azules sin apliques), medias de colores (solo blancas), zapatos deportivos negros o de colores (solo blancos), todo esto en procura del orden y la disciplina institucional.

Art. 41: UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA: Para todos los estudiantes, el Uniforme de Educación Física y Deportes será: Mono negro sin rayas blancas, franela blanca con el distintivo del Colegio pintado y cuello de la camisa con rayas negras y blancas, medias blancas y zapatos deportivos blancos (en caso de usar franela o guardacamisa debajo de la franela del colegio, únicamente debe ser de color blanco, manga corta o sin mangas). Art. 42: UNIFORME PARA PRÁCTICAS EN LABORATORIO: El uniforme reglamentario para las horas de laboratorio (Física, Química, Ciencias Biológicas o Ciencias de la Tierra) debe ser además del uniforme que le corresponda, portar la Bata blanca manga larga para la protección ante el manejo de Químicos, cualquier otra sustancia o material que pueda ensuciar el uniforme o causar algún daño al estudiante. (En caso de usar suéter por el frió del aire acondicionado, únicamente debe ser de color azul marino). Art. 43: USO DE LA INSIGNIA, CARNET Y CICLOS: Siempre que se use el Uniforme de Diario, se deberá portar el distintivo institucional, insignia que los acredite como estudiantes regulares del plantel, el carnet estudiantil y los respectivos ciclos según el grado o año, esto identifica la Institución y fomenta el rescate de los principios éticos del individuo en nuestra sociedad, fortaleciendo las relaciones afectivas y otros valores, dirigidos a niños niñas y adolescentes.

SECCIÓN SEXTA DE LAS HORAS DE CLASES

Art. 44: TRAER LOS ÚTILES NECESARIOS A PRIMERA HORA DE LA MAÑANA: Todos los estudiantes deberán traer, a primera hora de clases (6:40 a.m.), los útiles necesarios requeridos por los Docentes para el desarrollo de las actividades escolares del día (libros, cuadernos, lápiz, sacapuntas, juego geométrico, diccionario, etc.).

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Art. 45: OBJETOS QUE DEBEN EVITARSE TRAER AL COLEGIO: No deberán traer al Colegio materiales que entorpezca el normal desarrollo de las actividades en el horario escolar, (juguetes, radio reproductor, juegos de azar, revistas, usar de celulares dentro y fuera del salón, juego de videos) ya que distraen el proceso educativo y la Institución no se hará responsable bajo ningún concepto de su extravío de suceder esta situación. Art.46: DEL ORDEN A LA ESPERA DEL DOCENTE EN EL AULA DE CLASES: Al comenzar la hora de clases los estudiantes esperarán al docente en el aula en orden y silencio. Art. 47: DE LA NO AUSENCIA EN HORAS DE CLASES. Durante las horas de clases ningún estudiante deberá ausentarse del salón o ambiente donde se desarrolle la actividad escolar, ni permanecer en los pasillos y corredores, u oficinas sin ser llamados para alguna situación académica en particular. Así mismo, no se permite retirar para conversar o llevarse a un estudiante, sea su representante o no, sin previa solicitud y autorización de la Coordinación correspondiente. Art. 48: EVITAR INGERIR ALIMENTOS DENTRO DE LOS SALONES DE CLASES: Los estudiantes deben evitar ingerir comidas o bebidas dentro de los salones de clases, manteniendo de esta forma el orden y la pulcritud del plantel. . Art. 49: DE LA COMPRA DE ALIMENTOS A VENDEDORES AMBULANTES EN HORARIO ESCOLAR: Se les sugiere a los estudiantes evitar la compra de alimentos, dulces, bebidas o cualquier otro producto de consumo a vendedores ambulantes en las adyacencias del colegio en horario de clases, y en horas de salida solo bajo la autorización de su padre, madre y/o representante, para evitar la exposición indebida a enfermedades por alimentos mal preparados con poca higiene, inseguridad, o el acercamiento a personal con intenciones desconocidas o alejadas de los valores, moral y buenas costumbres. Art. 50: DEL JUEGO CON BALONES EN HORARIO DE RECESO: Durante los recesos todos los estudiantes deben estar en las áreas destinadas para tal fin y evitar en lo posible jugar con balones en la cancha deportiva, ya que para ello está el respectivo horario de Educación Física y Deportes con el acompañamiento del Profesor de dicha asignatura, esto para evitar cualquier accidente innecesario que ponga en riesgo la integridad física del alumnado, salvo con autorización de la Dirección del Plantel ó a la Coordinación respectiva y la designación de un docente para la supervisión de dicha actividad en hora de receso. Art. 51: DE LA SALIDA A LOS RECESOS: Al escuchar el timbre de receso para su inicio o sin timbre, las salidas de clases se realizarán en orden, de igual forma al finalizar el receso una vez que suene el timbre los estudiantes se dirigirán a sus salones en orden tal y como salieron. Art. 52: FUNCIÓN DEL DELEGADO DEL CURSO: El delegado de curso es el encargado de velar por el comportamiento de los Estudiantes en el salón de clases en ausencia del docente; cualquier falta de disciplina por parte de los estudiantes en esos momentos, será considerada por la Autoridad respectiva con la misma gravedad que si hubiera estado presente el docente en el aula. Art. 53: DE LA PERMANENCIA EN EL COLEGIO EN LA DIVISIÓN DE GRUPOS POR TRABAJOS PRÁCTICOS: Los estudiantes deben permanecer en el Colegio durante las horas de clases de su sección, salvo que ésta se divida en la realización de trabajos prácticos o actividades especiales y no le corresponda actuar al grupo respectivo, siempre que sean las últimas horas de clases los estudiantes se podrán retirar del plantel con el acompañamiento del padre, madre y/o representante, de ser horas intermedias, durante este horario fuera del aula del clases pero dentro de las instalaciones del plantel los estudiantes deberán permanecer en orden en el área de receso hasta que le corresponda nuevamente la entrada a clases. Art. 54: DE LAS VISITAS AL ESTUDIANTADO POR PERSONAS AJENAS AL PLANTEL: No se permitirá las visitas al estudiantado de personas ajenas al plantel en el horario de clases, solo deberán visitar a los estudiantes dentro de las instalaciones del plantel sus respectivos padres, madres y/o representantes, para solventar asuntos de interés académico o disciplinario en el horario establecido para tal fin. Art. 55: ASIGNACIÓN DE TUTOR – ATENCIÓN INDIVIDUALIZADA: Aquellos estudiantes que requieran de acuerdo a sus necesidades y posterior evaluación del equipo de Bienes Estudiantil (Psicopedagoga, Orientadora Institucional), de un TUTOR sus padres y/o responsable serán los encargados de asignarlos, para la atención individualizada de su representado bajo las orientaciones de la Coordinación correspondiente. Art. 56: ARTICULOS ESCOLARES EXTRAVIADOS U OLVIDADOS: Los artículos escolares extraviados o dejados por olvido en los salones de clases o cualquier área de la institución que sean encontrados, serán guardados por el personal de mantenimiento en el área de objetos extraviados. Para su retiro deberá ser solicitado por su propietario o representante, dejándose constancia de dicha solicitud. Todos los artículos no reclamados por su propietario al finalizar el año escolar, serán donados en Labor Social. Recordando la importancia de la responsabilidad. SECCIÓN SEPTIMA

DEL RÉGIMEN DE ESTUDIOS

Art. 57: RESPONSABILIDAD DEL ESTUDIO: Todos los estudiantes contraen el deber de ser responsables del año escolar de estudios en el que se han inscrito, debiendo lograr la excelencia académica a base de esfuerzos y dedicación. Del mismo modo deberán cumplir con los acuerdos establecidos en cada una de las asignaturas que cursa.

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Art. 58: DE LAS FECHAS LAS EVALUACIONES ACUMULATIVAS: Las fechas establecidas para la ejecución de pruebas u otro tipo de evaluación acumulativa deberá ser modificada por el docente siempre y cuando este lo considere pertinente.

Art. 59: DE LA LABOR SOCIAL COMUNITARIA: Los Estudiantes cursantes del último año de Educación Media deberán desarrollar de acuerdo al Art. 27 del Acuerdo de la Ley Orgánica de Educación una actividad de beneficio a la comunidad o del Plantel (Labor Social - Comunitaria). Misión Robinson y/o las directrices del Ministerio del Poder Popular para la Educación para cada año escolar, como parte obligatoria solicitada por el Ministerio del Poder Popular para la Educación.

A. Los trabajos finales, proyectos de Investigación ó Labor Social - Comunitaria que deben realizar los estudiantes del último año de estudios estarán sujetos al proceso de evaluación seleccionado por la dirección del Plantel, Departamento de Evaluación, equipo del Consejo Docente y Coordinadores de Proyectos Comunitarios de la Institución con previo aviso al alumnado del sistema y pautas a seguir en este proceso, desde el inicio del año escolar.

Art. 60: RESPETO AL HORARIO ASIGNADO PARA LA EVALUACIÓN: Los estudiantes deben respetar el horario asignado por el docente para la aplicación de cualquier prueba o examen (evaluación), en caso de no cumplir con la evaluación en tiempo indicado deberá justificar su falta con justificativo médico que avale su inasistencia a la evaluación, ó por la asistencia a actividades deportivas, culturales, deportivas o religiosas, autorizadas por la previamente por la Dirección del Plantel. Art. 61: EXCEPCIÓN DE PRESENTAR PRUEBAS FUERA DEL TIEMPO SEÑALADO: Únicamente deberán presentar pruebas fuera del tiempo señalado aquellos estudiantes que justifiquen su ausencia por motivos de enfermedad o causa de fuerza mayor. En estos casos los padres y/o representantes del estudiante deberán personalmente, notificar la inasistencia de su hijo o representado y consignar el justificativo médico correspondiente ante el departamento de Evaluación y Control de Estudios. Los estudiantes dispondrán del tiempo aplicado por el docente para la prueba, en caso de finalizar la prueba antes del tiempo asignado, el estudiante deberá esperar en silencio y sentado en su respectivo pupitre hasta que culmine el tiempo señalado. Art. 62: DEMOSTRAR EL APRENDIZAJE OBTENIDO: Los Estudiantes deberán demostrar el nivel de aprendizaje obtenido, a través de exámenes acumulativos y finales, además de otras modalidades de evaluación establecidos por la Ley Orgánica de Educación, en dichos exámenes se considerará falta grave la deshonestidad expresada por copia de repuestas entre estudiantes o material de apoyo para la ejecución de los mismos. Art. 63: PORTAR LOS ÚTILES ESOLARES NECESARIOS PARA LAS EVALUACIONES: Todos los Estudiantes deberán portar los útiles escolares: lápiz, borrador, sacapuntas, etc., necesarios para la realización de sus evaluaciones como: pruebas, talleres, ensayos, entre otros, Ningún estudiante deberá pedir prestado dichos útiles durante la ejecución de las pruebas. Art. 64: DEL PROCESO DE EVALUACIÓN: Todo el proceso de evaluación estará sujeto a los acuerdos establecidos por la Ley Orgánica de Educación, su Reglamento y otras Disposiciones del Ministerio del Poder Popular para la Educación.

A. El régimen de evaluación en este Instituto se cumplirá como parte del proceso educativo, como una actividad común dentro de los parámetros acordados de ejecución y será continua, integral y cooperativa.

Art. 65: DE LA EVALUACIÓN COMO PARTE DEL PROCESO EDUCATIVO: De conformidad con la L.O.E. La educación tiene como finalidad fundamental el pleno desarrollo de la personalidad y el logro de un hombre sano, culto, crítico y apto para convivir en una sociedad democrática, justa y libre, basada en la familia como célula fundamental y en la valorización del trabajo; capaz de participar activa, consciente y solidariamente en los procesos de transformación social; consustanciado con los valores de la identidad nacional y con la comprensión, la tolerancia, la convivencia y las actitudes que favorezcan el fortalecimiento de la paz entre las naciones y los vínculos de integración y solidaridad latinoamericana.

En este sentido y de conformidad con la L.O.E.: La evaluación, como parte del proceso educativo, será continua, integral y cooperativa. Determinará de modo sistemático en qué medida se han logrado los objetivos educacionales indicados en la presente ley; deberá apreciar y registrar de manera permanente mediante procedimientos apropiados, el rendimiento del educando, tomando en cuenta los factores que integran su personalidad; valorará asimismo la actuación del educador y en general, todos los elementos que constituyen dicho proceso”.

Art. 66: PORCENTAJE MÍNIMO DE ASISTENCIA: El porcentaje mínimo de asistencia para optar a la aprobación de un grado será del setenta y cinco por ciento (75%), por lo cual la asistencia es indispensable como parte de la evaluación continua, integral y formativa. Así mismo lo cumpliendo con lo establecido en:

Art. 109 Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación. Decreto N° 313 Gaceta Oficial N° 36.787 (Reforma) del 16/11/1999 -

Sección Quinta, del Rendimiento EstudiantilParágrafo Primero Disposiciones Generales: La asistencia a clases es obligatoria. El porcentaje mínimo de asistencia para optar y aprobación de un grado, área, asignatura o similar, según el caso, será del setenta y cinco por ciento (75%). Queda a salvo lo que se determina en el artículo 60 de este Reglamento

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Art. 67: DE LA ACTIVIDAD REMEDIAL: De conformidad con lo establecido en la Circular Nº 4, que norma el Artículo 112 del RGLOE, las actividades remediales se desarrollaran de la siguiente forma:

A. De la Repetición de Evaluaciones Parciales, de Lapso y Revisión: Según lo establecido en el artículo 112 del Reglamento de la Ley Orgánica de Educación: “Cuando el treinta por ciento (30%) o más de los alumnos no alcanzare la calificación mínima aprobatoria en las evaluaciones parciales, finales de lapso o de revisión, se aplicará a los interesados dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la publicación de dicha calificación, una segunda forma de evaluación similar, sobre los mismos objetivos, contenidos y competencias, bajo la supervisión y control del Director del plantel o de cualquier otra autoridad designada por el Ministerio del Poder Popular para la Educación, todo ello sin perjuicio de los análisis que resulten aconsejables y procedentes según el caso. La calificación obtenida en esta segunda oportunidad será la definitiva”.

B. En consecuencia el procedimiento a seguir es el siguiente. 1. Se entenderá por interesados, quienes hubieren resultado aplazados o aprobados y manifiesten el deseo de

acogerse a la segunda forma de evaluación. El/la delegado de sección solicitará en la Coordinación la planilla de solicitud de repetición. Recogerá las firmas de los interesados. Fijarán l fecha de repetición conjuntamente con el/la docente y la entregará a la Coordinación.

2. En caso de aquellos(as) estudiantes que por razones debidamente justificadas no asistieron a la primera forma de evaluación, se le aplicará la evaluación de la asignatura a que no asistieron. En caso de resultar aplazados(as) tendrán derecho a presentar la segunda forma de evaluación posterior a la aplicación de la actividad remedial.

3. La segunda forma de evaluación, se debe realizar dentro de los tres (03) días hábiles a la publicación de los resultados obtenidos en la primera evaluación, ajustándose al horario del profesor o profesor.

4. La aplicación de la segunda forma de evaluación, no debe coincidir con la realización de otra prueba de evaluación debidamente planificada.

5. La segunda forma de evaluación se elaborará en función de los mismos contenidos, objetivos y competencias que los(las) estudiantes no lograron alcanzar en la primera forma de evaluación su grado de dificultad no podrá ser mayor que la primer forma de evaluación.

6. La segunda forma de evaluación deberá ser aplicada, luego de haberse realizado la actividad remedial, con el objeto de que los y las estudiantes alcancen el dominio de aquellas competencias, bloques de contenido y objetivos que no lograron alcanzar en la primera evaluación.

7. La realización de la actividad remedial, deberá estar reflejada en control diario de clases. El o la docente al culminar l actividad remedial, levantará un acta como prueba del cumplimiento de la realización de la misma, la cual deberá firmar con los estudiantes.

8. La presentación de la segunda evaluación, no es obligatoria para los y las estudiantes. 9. Las pruebas escritas a los y las estudiantes, tanto en la primera y segunda forma de evaluación deben ser

evaluadas por la autoridad competente atendiendo a los criterios de grados de dificultad los cuales deben ser:

25 % fácil.

50 % medio

75 % alto 10. El tiempo de su desarrollo no debe exceder de 90 minutos; la ponderación no podrá ser mayor de 20 (veinte)

puntos. Así mismo deben ser cotejadas en el plan anual o del lapso del (la) docente de la asignatura y l tabla de especificación de la prueba escrita.

SECCION OCTAVA DE LA PLANTA FÍSICA

Art. 68: CUIDO DE LAS INSTALACIONES: El estudiante cuidará de las instalaciones, mobiliario y equipos del plantel destinados a su uso y en beneficio de su propia educación. Art. 69: EVITAR DAÑAR LOS EQUIPOS: Muy especialmente evitará dañar los equipos de computación, laboratorio, bibliotecas, salón de audiovisuales, salón de conferencia, y otros, cuyos costos serán cobrados a los padres correspondientes en caso de deterioro, descuido o mal uso (Decreto 2731. Gaceta Oficial N º 311.524. Caracas, 7 de julio del 1978). Art. 70: CONSERVAR EN ORDEN Y ASESO TODAS LAS INSTALACIONES: Igualmente conservaran el orden y el aseo en los salones de clases, baños, pasillos, patios y otras instalaciones del Colegio, evitando rayar o deteriorar los pupitres, mesas, paredes, carteleras, etc. Art. 71: CONTRIBUIR AL MEJORAMIENTO, CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES: Todos los miembros del Plantel deben contribuir al mejoramiento, conservación y mantenimiento de los locales, dotación y demás bienes del ámbito escolar, cooperar en las campañas de concientización y formación ciudadana. Hacer uso de las papeleras, para evitar rayar paredes o mobiliario o lanzar desperdicios en los pasillos, y todas las áreas del plantel.

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Art. 72: RESPONSABILIDAD DE REPOSICIÓN DEL BIEN DETERIORADO: Los representantes y estudiantes deben contribuir al mantenimiento, buen uso y cuido de las instalaciones del plantel, evitando deteriorarlas bajo ninguna circunstancia, y en caso de hacerlo el representante será responsable de la reposición en especie o en efectivo del bien deteriorado.

CAPÍTULO V DE LOS CRITERIOS PARA APLICAR SANCIONES POR FALTAS Y SU PROCEDIMIENTO

SECCIÓN PRIMERA

DE LAS FALTAS

Art. 73: FALTA: Se entiende por falta la inobservancia de un acuerdo u orden establecida, de forma que dificulte o entorpezca el proceso educativo individual o colectivo, en el aspecto moral, social docente o disciplinario, dentro del Colegio, dichas faltas pueden ser leves, generales y graves. Art. 74: FALTA LEVE: Se incurre en Falta Leve cuando se ejecuten acciones por parte del alumnado que entorpezcan levemente el normal funcionamiento del Colegio.

FALTAS LEVES PROCEDIMIENTO

A. Retardos injustificados

1. Levantar Acta y hacer Registro de Incidencia. 2. Orientar al estudiante en cuanto a su falta y la importancia del valor de la

puntualidad. 3. Citar al padre y/o representante en caso de una segunda reincidencia.

B. Conversaciones en clase sobre asuntos ajenos al mismo

1. Levantar Acta y hacer Registro de Incidencia. 2. Orientar al estudiante en cuanto a su falta y la importancia del valor del

respeto y el cumplimiento de los acuerdos del buen hablante y el buen oyente.

3. Citar al padre y/o representante en caso de una segunda reincidencia.

C.Incumplimiento de deberes, asignaciones o tareas escolares.

1. Levantar Acta y hacer Registro de Incidencia, por los Docentes de cátedra, Departamento de Evaluación.

2. En caso de no haber mejoría el caso se remite a dirección. 3. Orientar al estudiante en cuanto al cumplimiento de sus deberes escolares y

hábitos de estudio. 4. Citar al padre y/o representante en caso de una segunda reincidencia.

D.Inadecuada presentación personal, incumplimiento del uniforme reglamentario

1. Levantar Acta y hacer Registro de Incidencia. 2. Orientar al estudiante en cuanto a su falta y la importancia del cumplimiento

de los acuerdos. 3. Citar al padre y/o representante en caso de una segunda reincidencia.

E. Uso inadecuado de los recursos naturales y materiales presentes en las Instalaciones del plantel.

1. Levantar Acta y hacer Registro de Incidencia. 2. Orientar al estudiante en cuanto la importancia del valor del respeto al medio

ambiente, y la conservación del mobiliario. 3. Citar al padre y/o representante para que asuma compromiso del

resarcimiento económico o en especie del daño causado por su representado.

F. Incumplimiento del acto cívico.

1. Levantar Acta y hacer Registro de Incidencia. 2. Orientar al estudiante en cuanto a su falta y la importancia del valor del

respeto y el amor a nuestros símbolos patrios. 3. Citar al padre y/o representante en caso de una segunda reincidencia.

G. Rayar las instalaciones del plantel (puertas de los baños, paredes, paredones del área de receso)

1. Levantar Acta y hacer Registro de Incidencia. 2. Orientar al estudiante en cuanto a su falta y la toma de conciencia para no

volver a reincidir, teniendo presente la importancia de los valores. 3. Citar al padre y representante para que asuma el compromiso del

resarcimiento económico o en especie del daño causado por su representado.

4. Cumplimiento de Labor Social, como por ejemplo: Pintar lo rayado, preparar charla sobre los valores, bajo la orientación de la familia y la escuela.

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H.Lanzar papeles en el transcurso de la clase, generando indisciplina dentro del aula.

1. Levantar Acta y hacer Registro de Incidencia. 2. Orientar al estudiante en cuanto a su falta y la toma de conciencia para no

volver a reincidir, teniendo presente la importancia del valor del respeto, el compañerismo y la tolerancia.

3. Citar al padre y representante para que asuma compromiso en la orientación de su representado para que no vuelva a reincidir.

4. Cumplimiento de Labor social, como por ejemplo: Limpieza del salón de clases.

I. Corte inadecuado de cabello.

1. Levantar Acta y hacer Registro de Incidencia. 2. Orientar al estudiante en cuanto a su falta y la toma de conciencia para no

volver a reincidir, teniendo presente la importancia de respetar los Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitario, para la convivencia armónica, basada en valores de todos los integrantes de la comunidad escolar.

3. Dar el término de una semana (cinco días) para que el estudiante se realice el corte de cabello adecuado y de no hacerlo se deberá:

4. Citar al padre y representante en caso de incumplimiento del acuerdo para que asuma compromiso en la orientación de su representado sobre el corte de cabello inadecuado y le realice el corte tradicional tipo caballero conforme a los valores promovidos en el plantel.

5. En el caso de mechitas, gelatinas u otros aspectos estipulados en el presente acuerdo de convivencia, se instara de igual forma a que use el cabello según la acuerdo.

J. Usar piercing, tatuajes o zarcillos en el caso de varones.

1. Levantar Acta y hacer Registro de Incidencia. 2. Orientar al estudiante en cuanto a su falta y la toma de conciencia para no

volver a reincidir, teniendo presente la importancia de respetar los Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitario para la convivencia armónica y basada en valores de todos los integrantes de la comunidad escolar.

3. El estudiante deberá quitarse cualquier tipo de piercing, tatuaje o zarcillos no permanentes de forma inmediata o en un término no mayor a un día.

4. Citar al padre y representante en caso de incumplimiento del acuerdo para que asuma compromiso en la orientación de su representado sobre la inobservancia del acuerdo.

K. No entrar a las clases y quedarse en los pasillos sin causa que lo justifique.

1. Levantar Acta y hacer Registro de Incidencia. 2. Orientar al estudiante en cuanto a su falta y la toma de conciencia para no

volver a reincidir, teniendo presente la importancia de respetar los Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitario para la convivencia armónica y basada en valores de todos los integrantes de la comunidad escolar.

3. Orientar al estudiante en cuanto a su deber primordial de asistir a clases para estudiar y formarse integralmente.

4. Citar al padre y representante en caso de incumplimiento del acuerdo para que asuma compromiso en la orientación de su representado sobre a inobservancia del acuerdo.

L. Extraviar material deportivos en horas de Educación Física.

1. Levantar Acta y hacer Registro de Incidencia. 2. Orientar al estudiante en cuanto a su falta y la importancia del cuido del

mobiliario o materiales del plantel para su formación integral. 3. Citar al padre y representante para que asuma compromiso del resarcimiento

económico o en especie del material extraviado por su representado.

M. Subirse sobre los pupitres y dañarlos por el mal uso.

1. Levantar Acta y hacer Registro de Incidencia. 2. Orientar al estudiante en cuanto a su falta y la importancia del cuido del

mobiliario o materiales del plantel para su formación integral. 3. Citar al padre y representante para que asuma compromiso del resarcimiento

económico o en especie del material dañado por su representado.

N.Sentarse en la silla de los Docentes. 1. Levantar Acta y hacer Registro de Incidencia. 2. Orientar al estudiante en cuanto al valor del respeto.

O. Pronunciar palabras obscenas frente al colectivo, dentro y fuera del aula de clases

1. Levantar Acta y hacer Registro de Incidencia. 2. Orientar al estudiante en cuanto a su falta y la toma de conciencia para no

volver a reincidir, teniendo presente la importancia de los buenos modales como parte de la su formación integral.

3. Citar al padre y representante para que asuma compromiso en la orientación

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de su representado para que no vuelva a reincidir. 4. Cumplimiento de Labor social, como por ejemplo: Charla en formación sobre

los buenos modales, elaboración de cartela o mural.

P. Crear y mencionar sobrenombres a los resto de los estudiantes y personal del plantel.

Q. Burlarse en público de los compañeros ó través de las redes sociales identificándose como estudiante del plantel.

1. Levantar Acta y hacer Registro de Incidencia. 2. Orientar al estudiante en cuanto a su falta y la toma de conciencia para no

volver a reincidir, teniendo presente la importancia del valor del respeto y la tolerancia a todos los miembros de la comunidad escolar.

3. Citar al padre y representante para que asuma compromiso en la orientación de su representado para que no vuelva a reincidir.

4. Cumplimiento de Labor social, como por ejemplo: Charla en formación sobre el valor del respeto, la tolerancia y la no discriminación.

R.Sentarse en los pasillos en horario de clases, no entrar a clases.

1. Levantar Acta y hacer Registro de Incidencia. 2. Orientar al estudiante en cuanto a su falta y la toma de conciencia para no

volver a reincidir, teniendo presente la importancia de entrar clases para cumplir con su aprendizaje y formación integral.

3. Citar al padre y representante para que asuma compromiso en la orientación de su representado para que no vuelva a reincidir.

S. Inobservancia del acuerdo de permanecer dentro de las instalaciones del plantel en la hora de salida, mientras esperan que sus padres, madres y/o representantes los vengan a buscar.

1. Levantar Acta y hacer Registro de Incidencia. 2. Orientar al estudiante en cuanto a su falta y la toma de conciencia para no

volver a reincidir, teniendo presente la importancia de cumplir este acuerdo por su seguridad, integridad física y moral.

3. Citar al padre y representante para que asuma compromiso en la orientación de su representado para que no vuelva a reincidir.

T. Jugar cartas o juegos de azar dentro de las instalaciones del plantel.

1. Levantar Acta y hacer Registro de Incidencia. 2. Orientar al estudiante en cuanto a su falta y la toma de conciencia para no

volver a reincidir. 3. Decomiso del juego de Azar. 4. Citar al padre y representante en caso de reincidencia, para que asuma

compromiso en la orientación de su representado y el cumplimiento de los Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitario.

U.Jugar guijas o cualquier otro tipo de juego exotérico dentro de las instalaciones del plantel.

1. Levantar Acta y hacer Registro de Incidencia. 2. Orientar al estudiante en cuanto a su falta y la toma de conciencia para no

volver a reincidir. 3. Decomiso del juego exotérico. 4. Citar al padre y representante en caso de reincidencia, para que asuma

compromiso en la orientación de su representado y el cumplimiento de los Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitario.

V. Extraviar intencionalmente el Diario de Clases, y la carpeta con la nomina del alumnado para el control de asistencia.

1. Levantar Acta y hacer Registro de Incidencia. 2. Orientar al estudiante en cuanto a su falta y la importancia del valor del

respeto para la sana convivencia escolar. 3. Citar al padre y representante, para que asuma compromiso en la orientación

de su representado y el cumplimiento de los Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitario.

W. Copiarse en los exámenes.

1. Levantar Acta y hacer Registro de Incidencia. 2. Orientar al estudiante en cuanto a su falta y la importancia del valor de la

honestidad para su formación integral. 3. Citar al padre y representante, para que asuma compromiso en la orientación

de su representado y el cumplimiento de los Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitario.

X. Aplicarle colorante a los filtros de agua potable para el consumo del estudiantado y personal del plantel.

1. Levantar Acta y hacer Registro de Incidencia. 2. Orientar al estudiante en cuanto a su falta y la importancia del valor del

respeto para su formación integral. 3. Citar al padre y representante, para que asuma compromiso en la orientación

de su representado y el cumplimiento de los Acuerdos de Convivencia

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Escolar y Comunitario. 4. Solicitar al representante la reposición del botellón del agua mineral dañada

con el colorante.

Y. Lanzar intencionalmente abundante agua en los pasillos internos de los baños exponiendo a los transeúntes a caídas por piso resbaladizo.

1. Levantar Acta y hacer Registro de Incidencia. 2. Orientar al estudiante en cuanto a su falta y la importancia del valor del

respeto, y el orden para su formación integral. 3. Citar al padre y representante, para que asuma compromiso en la orientación

de su representado y el cumplimiento de los Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitario.

4. Los estudiantes responsables de la falta deberán secar con un coleto el área que mojaron intencionalmente.

Z. Activar intencionalmente los extintores contra el fuego ubicados reglamentariamente en las diversas áreas del plantel.

1. Levantar Acta y hacer Registro de Incidencia. 2. Orientar al estudiante en cuanto a su falta y la importancia del valor del

respeto para su formación integral. 3. Citar al padre y representante, para que asuma compromiso en la orientación

de su representado y el cumplimiento de los Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitario.

4. Solicitar al representante la reposición de la carga del extintor que su representante activo o cancelar el costo de la recarga del extintor por la empresa competente.

AA. Asistir a clases presentando alguna enfermedad infecto contagiosa que ponga en riesgo su recuperación por anticipo de la finalización del reposo establecido y exponga a contagio al colectivo estudiantil, enfermedades tales como: sarampión, rubiola, lechina, influenza de cualquier tipo, tuberculosis, dengue, entre otras.

1. Levantar Acta y hacer Registro de Incidencia. 2. Orientar al estudiante en cuanto a la importancia de cumplir a cabalidad con

su reposo médico, mantenerse en su casa descansando, recibiendo el tratamiento correspondiente por una pronta y satisfactoria mejoría.

3. Citar al padre y representante, para que asuma el compromiso en el cuido de la salud de su representado, lo mantenga en su casa hasta que se encuentre totalmente recuperado, y evitando de esta forma el contagio de la enfermedad al colectivo estudiantil, cumpliendo así con los Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitario.

Art. 75: FALTA GRAVE: Se incurre en Falta Grave cuando se ejecuten acciones por parte del alumnado que entorpezcan grandemente el normal funcionamiento del Colegio.

FALTAS GRAVES PROCEDIMIENTO

1. Falta de respeto o agresiones verbales, escritas o físicas a Directivos, Docentes, Personal que trabaja en la Institución o compañeros de estudios.

1. Levantar Acta y hacer Registro de Incidencia.

2. Orientar al estudiante en cuanto a su falta y la toma de conciencia para no volver a reincidir, teniendo presente la importancia de los valores.

3. Citar al padre y representante para que asuma compromiso del

cumplimiento de los Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitario.

4. Cumplimiento de Labor Social, con actividades basadas en la promoción de valores, según la falta cometida.

5. Remitir el caso al ente competente, según la característica de la falta:

VIOLENCIA ESTUDIANTIL: Fiscalía 9na del Ministerio Público.

AGRESIÓN FÍSICA: Fiscalía 9na del Ministerio Público.

CASOS PARTICULARES: Defensoría del Niño, Niña y Adolescente. CPMNA, CMNNA.

3. Desobediencia a Directivos o Docentes del Colegio.

4. Abandono de Colegio sin la autorización correspondiente.

5. Reiteradas Faltas a clases sin justificación.

6. Deterioro voluntario de las instalaciones o mobiliario del Plantel.

7. Falsificación de firmas y/o Documentos.

8. Provocar disputas públicas en la hora de entrada, receso o salida, con estudiantes de este plantel o de otras instituciones educativas.

9. Introducir en el Plantel impresos, volantes, o cualquier otro elemento atentatorio a la moral, las buenas costumbres y el buen orden de la

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familia. 6. CASOS RECURRENTES EN INCIDENTES INDISCIPLINARIOS:

Conformar un Consejo Docente integrados por todos los Profesores en conjunto con Funcionarios del CMNNA, Defensoría Escolar, para analizar los casos de aquellos estudiantes, que hayan incurridos en faltas graves o sean reincidentes dentro del año escolar presente. Este Consejo se realizará antes de concluir el año escolar en curso, para tomar las decisiones, de acuerdo a la gravedad, como:

Inscripción bajo acuerdos o Acta Compromiso entre el padre, madre, representante y/o responsable.

Cambio de ambiente educativo por no acoplarse al Reglamento Interno Institucional.

10. Participar en riñas o peleas dentro y fuera del aula de clases.

11. Consumir cigarrillos, bebidas alcohólicas, ilícitas o estupefacientes dentro de la institución, o en sus adyacencias.

12. Apropiarse de objetos indebidamente.

13. Portar armas blancas o de fuego.

14. Involucrarse en hechos delictivos fuera del plantel.

15. Elaborar o publicar material audio-visual por Internet, que atente contra la moral y las buenas costumbres como adolescentes y ciudadanos positivos en proceso de formación, que afecten la imagen y buen nombre de la institución, como centro educativo formador de valores éticos, morales, espirituales y académicos.

16. Realizar manifestaciones (verbales o escritas) y/o protestas dentro de las instalaciones del plantel o frente a las instalaciones con tilde político de cualquier tendencia, que afecte la sana convivencia.

17. Enviar de mensajes de texto con lenguaje vulgar o que inste a actos lascivos a otros estudiantes, que agredan la integridad física o moral de otros estudiantes o del personal del plantel.

SECCIÓN SEGUNDA DE LAS SANCIONES

Art. 76: SANCIÓN: La sanción se aplica principalmente con la intención de recuperar la conducta normal del estudiante, de tal forma que se beneficie tanto él como la Comunidad Educativa, que ve entorpecida su labor con la inobservancia de los acuerdos que faciliten la sana convivencia escolar. Toda sanción debe promover un cambio de conducta positiva en el Estudiante. Es una llamada de atención verbal, de tipo particular sobre una conducta inapropiada, con ella se espera que el estudiante modifique su actitud y se comporte adecuadamente. La sanción se hará con el debido respeto a su persona. Puede estar acompañada de sanción proporcional a la falta de carácter constructivo y atendiendo siempre el derecho a la defensa del estudiante. Art. 77: CITACIÓN: Consiste en una convocatoria escrita dirigida a los Padres o representante del Estudiante con el propósito de exponer alguna conducta irregular que el Estudiante haya observado y determinar las correcciones a aplicar. Puede ser expendida por los Directivos del Plantel o por cualquier de los Docentes. Normalmente supone corrección previa, puede ir acompañada de alguna sanción garantizando siempre el derecho a la defensa del estudiante. Art. 78: El estudiante debe entregar a su Padre y/o Representante todas las invitaciones, circulares y otras comunicaciones emanadas del Colegio y cualquier citación que exija la presencia de aquel al Colegio. Las citaciones hechas a los padres, madres y/o representantes por cualquiera de los Departamentos del plantel tienen carácter de obligatoriedad. Art. 79: GRADACIÓN DE LAS SANCIONES: Las sanciones descritas anteriormente serán aplicadas atendiendo lo siguiente: - Una (01) Falta leve Orientación de la conducta inapropiada, corrección verbal y levantamiento de acta. - Dos (02) Faltas leves: Citación al Representante, levantamiento de acta de entrevista y acuerdos con el Representante. Trabajo comunitario (Sanciones Alternativas). - Faltas Graves: Citación al Representante, levantamiento de acta de entrevista y acuerdos con el Representante. Trabajo comunitario (Sanciones Alternativas)

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A. SANCIONES ALTERNATIVAS: Las sanciones alternativas pueden ser aplicadas a faltas leves o graves, estas sanciones promueven la orientación y mejora del comportamiento de los estudiantes a través de un proceso de reflexión e internalización de la falta cometida, para valorar la importancia de la convivencia armónica con todos los que los rodean, mediante la práctica constante de los valores (respeto, responsabilidad, tolerancia, compañerismo, solidaridad, trabajo en equipo, puntualidad, amor al trabajo). Dichas sanciones alternativas se aplicaran mediante el desarrollo de actividades de Labor Social Comunitaria, que persigan generar un cambio de conciencia y reflexión en cuanto a la falta cometida y el compromiso de no volver a incurrir en las mismas.

B. TIPOS DE SANCIONES ALTERNATIVAS:

1. Elaboración y exposición de murales y/o cuadros referente al tema de valores, u otros que se asignen en concordancia

con la falta cometida. 2. Siembra y cuido de árboles. 3. Mantenimiento de Jardines. 4. Mantenimiento de mobiliario. 5. Preparación y ejecución de charlas educativas en formación o en los salones de clases sobre temas de: salud, de

crecimiento personal o sobre el valor infringido. 6. Apoyo a las diferentes actividades de Labor Social Comunitaria que realiza el plantel con los estudiantes del 5to año de

Educación Media General. 7. Y otras que considere la coordinación respectiva, previo visto bueno de la Dirección y/o el Consejo Docente, según sea la

gravedad del caso.

SECCIÓN TERCERA

DEL PROCEDIMIENTO PARA APLICAR LAS SANCIONES

Art. 80: Al momento de aplicar cualquier sanción, el equipo directivo deberá cumplir con los procedimientos administrativos aplicables, según el caso, instrumentando el expediente respectivo con sujeción al orden legal. Este incluirá:

a. Levantamiento de actas. b. Estudio de los registros descriptivos. c. Entrevista, dejando constancia por escrito, en donde se describen los hechos específicos según el caso, fecha, lugar y

hora. d. Toda la documentación y/o actas deberán ser firmadas por los estudiantes involucrados, el docente encargado, el o los

representantes respectivos, el directivo y demás testigos que demande la evacuación de la prueba. e. Los estudiantes involucrados en el acto indisciplinario y dispuestos para la aplicación de la sanción, tendrán derecho a su

legítima defensa, notificación, asistencia, impugnación, así como a un procedimiento remedial previo, según el ordenamiento legal vigente.

CAPITULO VI DEL COLEGIO, DE LA ORGANIZACIÓN, DEL PERSONAL Y DE SUS FUNCIONES

SECCIÓN PRIMERA

DE LOS CONSEJOS DE DOCENTES

Art. 81: De conformidad con establecido en el Artículos Nº 82 del Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación. Decreto N° 313 Gaceta Oficial N° 36.787 (Reforma) del 16/11/1999 Capítulo III, en la U.E. Colegio Arístides Bastidas funcionaran los siguientes Consejos Docentes:

A. El Consejo Técnico Docente, integrado por el Director y el Subdirector y los docentes con funciones administrativas.

B. El Consejo de Sección, integrado por todos los docentes de cada sección, así como por el orientador y el especialista en evaluación, cuando los hubiere.

C.El Consejo de Docentes, integrado por el personal directivo y por la totalidad del personal docente. A los efectos de lo

dispuesto en la Ley Orgánica de Educación y el presente Reglamento, las expresiones Consejo de Docentes y Consejo de Profesores tendrán un mismo y único significado.

D.El Consejo General, integrado por el personal directivo, la totalidad del personal docente y todos los miembros de la Junta

Directiva del Consejo Educativo, así como por dos alumnos cursantes del último grado del plantel educativo respectivo.

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Adicionalmente a lo establecido en la ley se incorporará los siguientes:

E. Consejo Directivo, integrado por el Presidente, Vice-Presidente, Director, Sub-Director y Gerentes, Asesores Externos del Plantel (Jurídicos, Contables, Culturales, de Prensa y otros) se reunirán quincenalmente.

F. Consejo Técnico Asesor, integrado por el Director, Sub-Director, los Jefes de Departamentos y/o Coordinadores(as), se reunirán semanalmente, los días lunes de: 8 a.m. a 10:00 a.m.

Art. 82: Los Consejos de Docentes y de Sección estarán presididos por el Director de la Unidad Educativa, sin embargo previo acuerdo y conocimiento de la agenda por parte del Director, Tanto el Jefe del Departamento de Evaluación puede presidir y celebrar junto a los Docentes Guías reuniones para tratar situaciones y casos que a cada uno le corresponden del nivel educativo o etapa respectiva. Art. 83: El Consejo de Sección estará presidido por el Director, en Ausencia de este por el Sub-Director, Jefe del Departamento de Evaluación y Control de Estudios, y Docentes Guías. Los Consejos de Sección (Asambleas de Evaluación) evaluarán el rendimiento académico y las conductas de los estudiantes al finalizar cada lapso a tenor del Acuerdo General de la Ley Orgánica de Educación y su Reglamento. Art. 84: El Consejo Directivo será presidido solo y exclusivamente por el Presidente. Art. 85: El Consejo General, y el técnico docente estará presidido por el Director del Colegio y es de competencia de este Consejo todos los asuntos relacionados con la organización, administración, dirección, disciplina, etc; de la Unidad Educativa colegio “Arístides Bastidas”. Art. 86: En Consejo de Docentes trataran los asuntos y situaciones que a cada uno le corresponde por separado conforme a disposiciones legales vigentes, las cuales se desprenden del nivel Educativo a que corresponden. Art. 87: Estos consejos entre los 10 primeros días de año escolar y en el mismo acto designarán las comisiones de Trabajo para el mejor funcionamiento del plantel. Art. 88: La convocatoria para las reuniones de estos Consejos se hará con dos (2) días de anticipación, con la información del punto central a tratar puntos a tratar. Art. 89: La Agenda de cada sesión del consejo de Docentes será discutida y acordada con el Director del plantel. Art. 90: Estos Organismos se reunirán todos los meses del año escolar en forma ordinaria y extraordinaria cuando el caso lo requiera. Art. 91: Los puntos de la Agenda de cada reunión de estos Consejos estarán dirigidos al mejoramiento del trabajo escolar y por ningún respecto su desarrollo deberá desviarse hacia asuntos conflictivos o de carácter personal extraños a la labor docente. Art. 92: En estas reuniones deberá tomar parte el Supervisor regional, el coordinador regional de Básica, el supervisor del distrito escolar, Directiva del consejo Educativo, cuando fuesen nombrados estos dos últimos con derecho a voz solamente. Art. 93: El Consejo General de Docentes y el Concejo Técnico Docente son los cuerpos colegiados que colaboran con la Presidencia y Dirección en las funciones generales de gobierno del Instituto.

SECCION SEGUNDA DE LA DIRECCIÓN Y DIRECTOR DEL PLANTEL

Art. 94: La Unidad Educativa estará presidida por la Junta Directiva integrada por el Presidente, Vicepresidente y la Dirección del plantel: Director, Sub-Director y Gerente. Los Coordinadores, Docentes Guías, Docentes Tiempo Completo son colaboradores inmediatos de la Dirección del Plantel, con la cual comparten responsabilidades en el gobierno del mismo. Art. 95: El Director de la Unidad Educativa Colegio “Arístides Bastidas”, es la autoridad Superior del Plantel después del Presidente y Vice-Presidente, y es el órgano autorizado para dirigirse al Ministerio de Educación y a las autoridades docentes (Zona Educativa, Distrito Escolar y Sector), en su ausencia o por delegación del Director será el Sub-Director respecto a los asuntos académicos y organización del establecimiento. Además de las contempladas en la Legislación escolar Vigente y Reglamento del ejercicio de la Profesión Docente; tendrá los siguientes deberes y atribuciones:

1. Llegar al Plantel por lo menos 10 minutos antes de iniciarse las actividades en cada turno de trabajo. 2. Firmar el Libro de Registro en la hora exacta de llegada.

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3. Responder por la organización del Archivo. 4. Organizar la comunidad Educativa y cumplir los compromisos que con adquiera. 5. Cumplir y hacer cumplir el Calendario Escolar. 6. Ejercer el Gobierno del Establecimiento y coordinar el trabajo del personal a su cargo. 7. Presidir los actos del Colegio y representarlo en aquellos de carácter público. 8. Firmar la correspondencia oficial y demás documentos propios del establecimiento. 9. Recibir y entregar bajo minucioso inventario el material de enseñanza, los muebles, libros y archivos y demás

pertenencias del establecimiento. 10. Convocar y presidir el Consejo General de Docentes, Consejo Docente y Consejo Técnico Docente, informarlos de la

marcha del Plantel y someter a consideración los asuntos reglamentarios a aquellos cuya importancia lo requiera. 11. Llevar a ejecutar disposiciones del Consejo General de Docentes y velar por su correcta aplicación. 12. Asistir en las reuniones de los Consejos de Sección... cuando lo juzgue conveniente. 13. Distribuir las cátedras entre el personal Docente del Plantel.

a. Designar la comisión encargada de elaborar los horarios de actividades del Plantel y someter a la consideración del Distrito Escolar correspondiente.

14. Presentar y someter a la consideración del consejo general de docentes, en su primera a. sesión del año escolar, los lineamientos generales que sirvan de base al plan de trabajo anual.

15. Velar por el estricto cumplimiento de los deberes del personal del establecimiento. 16. Fijar las Pruebas de lapso que para el curso del año exija la Ley Orgánica de Educación y su Acuerdo General y a los que

a su juicio sean convenientes para el control de las actividades escolares. 17. Estudiar conjuntamente con el Distrito escolar correspondiente y la Zona Educativa,

a. Los ascensos de categoría y jerarquía, traslados, permisos licencias, separación del cargo del personal docente, administrativo y obrero del Colegio (en caso ser Nacional).

18. Conceder permiso al personal del establecimiento hasta por tres (3) días, por causa plenamente justificadas e informar inmediatamente a la administración.

19. Tramitar las solicitudes de licencia por más de tres días que por su intermediario formulen los funcionarios del plantel, y designar, de acuerdo con esta, los suplentes respectivos.

20. Establecer las relaciones entre el Colegio, el Hogar y la Comunidad, con objeto de establecer una efectiva cooperación. 21. Informar periódicamente mediante boletines especiales a los padres y/o representantes de los estudiantes, de la conducta,

aplicación y demás pormenores del comportamiento de estos en el Colegio 22. Comunicar por escrito a los respectivos Padres y/o representantes de los estudiantes cuando éstos deban concurrir a

actos públicos o fiestas escolares y obtener su autorización escrita para las giras, excursiones, paseos, etc, que organice el Plantel.

23. Ordenar la elaboración de un expediente de trabajo de cada Estudiante, que comprenda las mejores tareas ó trabajos por el Estudiante durante el año escolar y lo demás recaudos que sirvan para acreditar su labor.

24. Enviar por duplicado, en las oportunidades que se indican a la supervisión correspondiente los siguientes recaudos que se indiquen.

25. Conocer el contenido y alcance de la Constitución de la Ley Orgánica de Educación y sus Acuerdos, Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, Ley de Salvaguarda del Patrimonio Público, Ley Orgánica de Protección al Niño, Niña y al Adolescente, y otras acuerdos emanadas de las autoridades competentes, asimismo, cumplirlas y orientar convenientemente a otros para su cumplimiento cuando así les sea solicitado.

26. Proveer del programa(s) Oficial, conocerlo, interpretarlo y suministrar las orientaciones necesarias para que los docentes impartan las enseñanzas con sujeción a él.

27. Esforzarse en el mejoramiento de su capacidad profesional y en obtener mayor rendimiento en el desempeño de su labor técnico administrativa, a través de algunos medios como los siguientes:

*Cursos de mejoramiento profesional. *Lecturas pedagógicas. *Visitas a otros planteles e instituciones. *Reuniones del Consejo de Directores, Otros.

*Organizar y realizar programas de mejoramiento profesional para los docentes, tales como: *Entrenamiento en la interpretación, organización y aplicación del Programa de Estudio.

*Selección, uso y conservación de los textos escolares y del material de enseñanza. *Organización y funcionamiento de instituciones escolares.

*Velar porque los docentes presten debida atención a los estudiantes durante las horas de llegada al Colegio y salida del mismo *Velar porque se cumplan las disposiciones sobre enseñanza religiosa establecida en la Ley Orgánica de Educación y en el respectivo ínter convenio (Conferencia Episcopal.) * Observar conductas democráticas en el ejercicio de sus funciones. En este sentido fomentar la convivencia social por medio del trabajo cooperativo; mantener cierto grado de dominio emocional ante las diversas situaciones problemáticas que a diario se le presentan, tratar de ser siempre justo y ecuánimes en la constante valoración que debe hacer de la actuación del personal, mantener y fomentar un adecuado ambiente de relaciones humanas que sea propicio para lograr un rendimiento cada vez más efectivo en el cumplimiento de la labor docente. * Cumplir y hacer cumplir las Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitario.

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28. Todas las demás inherentes a su cargo y las establecidas en el Manual de Descripción de cargo.

SECCIÓN TERCERA DEL DEPARTAMENTO DE EVALUACIÓN Y CONTROL DE ESTUDIOS

Art. 97: Tiene como finalidad hacer cumplir las normativas legales vigentes establecidas en la Ley Orgánica de Educación (Art. 63 y 65). Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación (Art. 87 al 104) Resolución 213. (Educación Media General y Media Técnica) y circulares referidos a la evaluación.

1. Velar por el desarrollo de los planes y programas de estudio y de su correcta aplicación, asistiendo a las docentes en el mejoramiento de los métodos, técnicas y procedimientos de enseñanza, y uso de los materiales didácticos y mejoramiento profesional, además de la atención a los padres y/o representantes en caso de algún tipo de planteamiento relativo al rendimiento de su(s) representado, asistir y dirigir los consejos de Cursos para la revisión de calificaciones trimestrales, mantener en orden los libros de actas referentes al Departamento de Evaluación y Control de Estudios.

2. Tiene como finalidad la planificación organización, coordinación, asesoría y control de todas aquellas actividades relacionadas con la matrícula, ingreso, egreso, registro de información, certificaciones, equivalencias y constancias relacionadas con los estudios que se realicen en la Institución.

3. Es responsable de la coordinación, asesoría y funcionamiento de las actividades especiales y de otra índole que se realicen para lograr una eficiente labor educativa.

4. Debe mantener una comunicación efectiva con todo el personal de la Institución a fin de facilitar la participación y el compromiso de todos hacía el logro de los objetivos institucionales.

5. Velar la elaboración de los horarios de clase de acuerdo al pensum de estudios emanado por el Ministerio de Educación y Deportes, y conforme a la distribución de cátedra de los docentes, emanada por la dirección del plantel.

6. Ordenar la elaboración de las listas de los estudiantes de las secciones, antes de iniciarse las labores docentes del año escolar.

7. Velar porque los docentes colaboren en el mantenimiento de la disciplina de los estudiantes 8. Organizar las Guardias Docentes de Receso y Salida por etapas. 9. Ilustrar a los estudiantes sobre las acuerdos disciplinarias del Plantel, a fin de orientar la conducta general de los

estudiantes en el Plantel y en su actuación estudiantil. 10. Estudiar y resolver los casos por inobservancia del acuerdo, falta de aplicación, etc, que les sometan los Docentes Guías

de Sección o cualquier otro miembro del personal del Plantel. 11. Designar los semaneros e ilustrarlos acerca de sus deberes y la importancia de su cumplimiento. 12. Coordinar el Proceso de inscripción del alumnado en el CNU, Cohorte de Evaluación, y Documentación. 13. Llevar Recaudos a la Zona Educativa Relativos al Control de Estudios. 14. Supervisar la elaboración de las estadísticas de asistencia de Docentes y Estudiantes, los informes de evaluación

reglamentaria que deba reposar en sus expedientes. 15. Citar y atender a los representantes y dejar constancia escrita de las cuestiones tratadas, en el libro correspondiente,

debidamente firmada por ellos. 16. Velar que los docentes entreguen el porcentaje de materias en el Primero, Segundo y Tercer Lapso, incidencias de los

estudiantes y recaudos de interés al proceso de evaluación. 17. Coordinar conjuntamente con la Dirección del Plantel la realización de Talleres de Capacitación y Actualización Docente

referente al área de Evaluación y otros aspectos de interés institucional. 18. Cumplir y hacer cumplir los Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitario. 19. Todas las demás inherentes a su cargo y las establecidas en el Manual de Descripción de cargo. 20. Cumplir y hacer cumplir con la Batalla contra la Repitencia, la cual serán aplicables en todas las instituciones oficiales y

privadas que presenten estudiantes aplazados o aplazadas.

SECCION CUARTA DE LOS JEFES DE DEPARTAMENTOS, COORDINADORES,

Ó DOCENTES A TIEMPO COMPLETO. Art. 98: Los Docentes a Tiempo, Jefes de Departamentos y/o Coordinadores son colaboradores inmediatos de la Dirección del Plantel con lo cual comparten responsabilidades en la dirección y administración del plantel. Art. 99: Son atributos de los Docentes a Tiempo, Coordinadores y/o Jefes de Departamentos:

a) Asistir puntualmente al Plantel y llegar por menos 10 minutos antes de iniciarse las actividades de cada turno. b) Firmar el Libro de Registro de Asistencia y Puntualidad del Personal Directivo. c) Designar de acuerdo con el Director, las Guardias Generales y Especiales de los Docentes. d) Coordinar y dirigir todas las actividades del año escolar, tales como Inscripción Inicial, elaboración y desarrollo de planes

proyectos especiales de trabajo, pruebas de conocimiento, evaluación, etc. e) Reunir por lo menos una vez al mes al Consejo de Docentes. f) Cumplir y hacer cumplir el Calendario y Horario Escolar por el Personal Docente a su cargo. g) Atender y Canalizar las situaciones expresadas por los Padres y Representantes.

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h) Colaborar con la Organización de la Comunidad y participar en las comisiones para las cuales se designe. i) Orientar la Planificación de Grado o Cursos. j) Velar por la recuperación de la matrícula y por la asistencia y puntualidad de los estudiantes. k) Tramitar ante la Dirección del Plantel las solicitudes de licencia de los Docentes. l) Colaborar en la Elaboración del Proyecto Pedagógico Integral Comunitario del Plantel y el informe correspondiente, en

colaboración con el Director. m) Velar por el buen uso y conservación a las aulas. n) Asistir y presidir las sesiones del Consejo de Docente y a las reuniones de la Comunidad Educativa y en aquellas otras

donde su presencia sea indispensable. o) Revisar cada día el diario de clases de las secciones a su cargo y tomar las medidas a que haya lugar. p) Llevar de acuerdo al diario de clase el control de asistencia e inasistencia de docentes y estudiantes. q) Revisar y controlar el horario del Personal Docente, tabular las horas docentes. r) Estudiar y resolver casos de inobservancia de los acuerdos, falta de aplicación, etc, que se les sometan a los docentes

Guías de Sección o cualquier otro miembro del Personal del Plantel. s) Realizar oportunamente todas las labores inherentes a su cargo y cumplir con las funciones que el Manual de Descripción

de Cargos le especifica. t) Cumplir y hacer cumplir los Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitario. u) Todas las demás inherentes a su cargo y las establecidas en el Manual de Descripción de cargo.

Art. 100: Debe presentar mensualmente a la Dirección de la Institución un breve informe escrito y oral sobre las labores desempeñadas e informar cada vez que aquella lo exija. Art. 101: La Unidad de Apoyo institucional, tiene como objetivo principal la atención al público en general dando respuesta oportunas a los casos en partícula conforme al perfil de la Institución, es el representante inmediato de la Institución dentro y fuera de esta para la recepción y transmisión de información relativas a las actividades académicas y extra académicas, además del apoyo a todas las dependencias del plantel.

SECCIÓN QUINTA

DEL PERSONAL DOCENTE DEL PERFIL DOCENTE, DERECHOS, DEBERES Y FUNCIONES GENERALES

Art. 102: El Personal Docente está integrado por funcionarios de Educación Inicial, Educación Primaria, Educación Media General y Educación Media Técnica. Art. 103: DEL PERFIL DOCENTE:

- El Docente de la Unidad Educativa Colegio “Arístides Bastidas” debe ser el de un Docente con vocación de servicio.

- El Docente debe ser ejemplo de moral y buenas costumbres, dentro y fuera de la comunidad escolar. - El Docente debe presentar una conducta intachable, ser ejemplo de virtudes, valores éticos, morales y espirituales,

mantener una sana convivencia en paz y armonía con el entorno, mantener un liderazgo positivo y constructivo, respetar al Directivo, Docentes, Obreros, Personal Administrativo, Padres, Educandos y Comunidad en general.

- Debe ser un Docente de vanguardia, al día con la innovación y cambios de la educación en cuanto a la parte académica y tecnológica.

- Ser un docente orientador, que persiga como fin principal formar al hombre nuevo colmado de valores y virtudes, para en un futuro inmediato actuar como un excelente ciudadano y generación de relevo, que honre el nombre de la patria, de su familia y su colegio.

Art. 104: DE LOS DERECHOS DE LOS DOCENTES: Todos los Docentes de la Unidad Educativa Colegio “Arístides Bastidas tendrán los derechos que a continuación se mencionan:

A. Las autoridades educativas correspondientes garantizarán al personal docente, el desempeño de su labor considerando los distintos elementos de efectiva influencia en las condiciones de trabajo, tales como: Recursos humanos, material didáctico, empleo de medios y recursos pedagógicos modernos, dotación de uniforme, horarios.

B. Ser tratados con respeto y consideración por parte de todos los miembros de la comunidad escolar del Colegio y solicitar el cumplimiento de los Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitario.

C. Ser atendidos y escuchados respetuosamente en las observaciones que formulen ante los distintos órganos que integran la estructura organizativa del Colegio, en relación con los aspectos formativos, académicos, disciplinarios y a sus condiciones de trabajo o situaciones que le afecten personalmente, y recibir oportuna respuesta por parte de los miembros del personal directivo del Colegio.

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D. Ser respetados en su iniciativa y atender sus propuestas siempre que ello resulte adecuado a los programas oficiales emanados del Ministerio del Poder Popular para la Educación y de la presente normativa.

E. Ser apoyados por el Colegio en el esfuerzo por mantener un ritmo de mejoramiento profesional, personal y espiritual continuo y de formación e información permanente, con el fin de enfrentar adecuadamente las exigencias de la educación. Ser informados oportunamente para poder cumplir con las propuestas propiciadas por el Colegio.

F. Disponer de las instalaciones del Colegio y de sus materiales para el ejercicio de su labor educativa de conformidad con las normas reguladoras de su uso.

G. Percibir puntualmente las remuneraciones correspondientes al ejercicio del cargo que desempeña así como los beneficios establecidos en el Colegio de acuerdo a los compromisos contractuales y a las disposiciones legales vigentes.

H. Participar en los órganos del Colegio de acuerdo con las normas establecidas. I. Tener una inducción adecuada al momento del ingreso y un acompañamiento permanente que vaya dirigido al

mejoramiento personal, profesional y espiritual. J. Las demás que se establezcan en las normas legales y reglamentarias que apliquen

Art. 105: DE LOS DEBERES Y/O ATRIBUCIONES DE LOS DOCENTES:

1. Elaboración de Proyectos de Aprendizaje en concordancia con el P.E.I.C. y P.E.I. 2. Planificación de las actividades regulares y especiales. 3. Promoción especial en el alumnado, de concursos según las actividades especiales. 4. Dirige personalmente el trabajo en equipo. 5. Establece mecanismos requeridos en la comunicación Escuela-Comunidad. 6. Efectúa reuniones con el Personal Directivo, a objeto del asesoramiento de las metas propuestas. 7. Lleva Registro de Actas correspondientes a cada incidencia. 8. Presenta informe de la actuación general del estudiante por lapso. 9. Cumplir con las guardias de receso y salida, en pro del orden y la disciplina estudiantil. 10. Atención de las inquietudes de los padres y representantes en horario de receso. 11. Y todas las establecidas en el artículo 5 del Acuerdo del Ejercicio de la Profesión Docente. 12. Asistir puntualmente a su horario, llegar por lo menos 10 minutos antes de iniciar las labores ordinarias de cada turno. 13. Firmar el libro de registro de Asistencia, puntualidad y escribir la hora exacta de llegada. 14. Impartir conforme a la Ley Orgánica, Acuerdos, Resoluciones y demás normativas legal vigente, la enseñanza de la

asignatura y/o áreas del plan de estudio. 15. Evaluar diariamente el trabajo de los estudiantes. 16. Registrar en el libro respectivo la asistencia diaria de los estudiantes y determinar la causa de la inasistencia. 17. No abandonar el aula o los sitios de trabajo en horas de labor. 18. Colaborar con la disciplina general del Plantel y en especial responder por la de los estudiantes de su sección o grado. 19. Cumplir con las Guardias establecidas. 20. Ser responsable por la conservación del mobiliario, útiles de trabajo, etc., asignados a su aula. 21. Atender a los Padres y/o Representantes en los horarios establecidos por el plantel. 22. No interrumpir la labor que se realiza en los demás grados o secciones. 23. Planificar diariamente el trabajo escolar, elaborar y desarrollar el plan general, etc.; de su sección y realizar el respectivo

informa anual. 24. Elaborar, recabar y enviar a la Dirección o coordinación respectiva, según corresponda, los recaudos administrativos

producidos durante el mes. 25. Atender a los estudiantes a la hora de llegada o salida. 26. No abandonar sin causa alguna su salón de clases antes de terminar su horario correspondiente. 27. Controlar diariamente el aseo de las aulas, el mobiliario y la higiene personal de los estudiantes. 28. Planificar diariamente las actividades de recreación dirigida. 29. Participar en las comisiones de trabajo a las cuales sea designado por la Dirección del Plantel, Consejos de Docentes o

por la Comunidad Educativa. 30. Cooperar con la organización de eventos especiales del plantel, de índole deportivo, científico, cultural y/o artístico. 31. Responder por la organización del archivo de su aula. 32. Lograr la correcta ambientación del aula y atender el aseo diario de ésta. 33. Cuidar la conservación de los útiles de trabajo del los estudiantes. 34. Solicitar por escrito y con debida anticipación, ante la Dirección las licencias o permisos y acompañar la solicitud con el

soporte médico que la justifique. 35. No ausentarse del aula sin antes habérsele concedido la licencia correspondiente (R E P D. Art. 6, 7 y 8). 36. Firmar la carpeta de asistencia de la sección y tomar la asistencia de los estudiantes. 37. Cumplir y hacer cumplir las Acuerdos de Convivencia Escolar (Acuerdo Interno). 38. Realizar oportunamente todas las labores inherentes a su cargo y cumplir con las funciones que el Manual de Descripción

de Cargos le especifica. 39. Conocer el contenido y alcance de la Constitución, de la Ley Orgánica de Educación y sus Acuerdos, Ley Tutelar del

Menores, de los Decretos, Resoluciones, Ordenes o Providencias Administrativas, Instrucciones o Circulares, así mismo cumplirlas y orientar conveniente a otros para su cumplimiento cuando así lea sea solicitado.

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40. Proveerse del Programa de estudio Oficial, conocerlo, interpretarlo e impartir la enseñanza con sujeción a él y de acuerdo con los lineamientos establecidas al efecto por las autoridades educativas competentes.

41. Preparar cuidadosamente planes de Trabajo y llevar un registro del desarrollo de estos, con indicación de la parte vista del programa, las actividades derivadas, las dificultades confrontadas, las consultas hechas a las autoridades correspondientes y, en fin, todo cuanto pueda evidenciar el desarrollo de proceso de enseñanza-aprendizaje que se cumple.

42. Conocer y cumplir con los Derechos del Niño, Niña y Adolescentes, reconocidos nacional e internacionalmente y velar por el cumplimiento de los mismos

43. Estar informados de las publicaciones que en materia de Educación hagan las autoridades del ramo y otros organismos oficiales y privados, a los fines de su utilización, tanto para la propia consulta como para uso directo en el trabajo del aula.

44. Mantener informado respecto a los problemas que afecta la vida local y nacional, al proceso seguido para resolver y a la influencia que las soluciones de tales problemas ejerzan en el orden económico, social, político, cultural, científico y tecnológico. Así mismo mantenerse atentos a los cambios y progresos que ocurran en los planes continental y mundial, dado que todo ello constituye recurso esencial que facilita la interpretación y organización del programa de estudios, ayuda a una mejor orientación del proceso de enseñanza-aprendizaje y contribuye a vitalizar más la enseñanza, a la vez que significa un buen ejemplo para los niños y también el cumplimiento de un deber ciudadano.

45. Observar conducta democrática en el ejercicio de su función. En este sentido, fomentar la convivencia social por medio del trabajo en grupo: Mantener buenas relaciones con los compañeros de trabajo, mantener cierto grado de dominio emocional ante las diversas situaciones problemáticas que a diario se les presentan, tratar de ser siempre justos y ecuánimes en la constante valoración que deben hacer de la actuación de sus estudiantes, fomentar el espíritu de solidaridad humana, contribuir a la formación de Ciudadanos actos para la práctica de la democracia y favorecer el pleno desarrollo de la personalidad del educando.

46. Mantener una actitud de constante observación sobre la actuación de cada estudiante en particular y del grupo en general, y asentar en los registros que a tales efectos existen o se establezcan en el Colegio los aspectos sobresalientes tanto positivo como negativos, que sirvan de base para la mejor orientación del proceso de enseñanza – aprendizaje en el grado, para la ulterior orientación vocacional del educando, para la más correcta evaluación del mismo y para disponer de datos más objetivos y precisos que deben asentarse en el Historial del Estudiante.

47. Entregar al Departamento de Evaluación y Control de Estudios: El Proyecto de Aprendizaje, siguiendo los nuevos lineamientos establecidos por el Ministerio del Poder Popular

para la Educación. El Plan de Evaluación. El Plan de Lapso. El plan de Acción. Las calificaciones obtenidas en las evaluaciones por estudiante y el Registro de incidencias. El Porcentaje de Materia Vista.

48. Entregar a la Dirección, sin necesidad de previo recordatorio, el último día de cada mes, el movimiento estadístico habido durante el mismo, con inacción de:

Los ingresos y egresos de estudiantes. El promedio de asistencia. El Informe de Alcance de cada Asignatura impartida. El informe de incidencias diarias. El informes de casos de indisciplina de los estudiantes. Informe del rendimiento general estudiantil.

49. Participar activamente en la organización y funcionamiento de la Sociedad de Padres y Representantes, Cruz Roja Juvenil, Cooperativa Escolar, Actividades de conservación, Declaración de los Derechos Humanos, promoción de Clubes del Colegio, y otras actividades que establezcan en el Plantel.

50. Cumplir con el mayor grado de eficiencia las responsabilidades especiales, propias de Profesión Docente que le fuera asignados por las autoridades educativas correspondientes.

51. Mantener un liderazgo positivo, evitar el exceso de confianza con el alumnado que pueda generar actos de irrespeto a su persona y a su labor docente.

Art. 106: DEL ACOMPAÑAMIENTO PEDAGÓGICO DEL PERSONAL DOCENTE

A. La Supervisión es un proceso integral de la actuación del Docente y contempla no sólo las actividades que se realizan en el Aula, sino también las que se ejecutan fuera de ésta. La misma estará a cargo de la Dirección, Jefatura Académica y Coordinación respectiva.

B. Se realizarán visitas al aula para observar el correcto desenvolvimiento de las actividades. C.Luego de ser supervisado el Docente, se realizará una reunión privada con el supervisor, a fin de intercambiar opiniones. D.Se recogerá la opinión de los alumnos en relación con los procesos educativos desarrollados en el aula por cada asignatura,

los resultados se discutirán con los docentes encargados de las diferentes cátedras.

Art. 107: DE LAS SANCIONES DISCLINARIAS A LOS DOCENTES. El Reglamento de Ejercicio de la Profesión Docente, establece en el artículo 153, que las sanciones disciplinarias aplicables a los miembros del personal docente son:

Amonestación Oral Amonestación Escrita

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Separación Temporal del Cargo Destitución e Inhabilitación para el ejercicio de la Profesión Docente.

A. La Amonestación Oral: Consiste en la represión que hace el supervisor inmediato, en el lugar de trabajo, personal y

privadamente, al docente objeto de sanción.

SON CAUSALES DE AMONESTACION ORAL:

Retardo injustificado en el horario de trabajo.

Retardo en la entrega de recaudos de la planificación, enseñanza o evaluación de los alumnos.

Falta de cortesía en el trato con miembros de la Comunidad Educativa.

B. La Amonestación Escrita: Consiste en la represión que, extendida por escrito, hace el funcionario de mayor jerarquía dentro del servicio o plantel, al docente objeto de la sanción.

SON CAUSALES DE AMONESTACION ESCRITA:

Tres (3) amonestaciones orales en el término de un año.

La inasistencia injustificada al trabajo durante un (1) día hábil, o dos turnos de trabajo en el termino de un mes.

La inasistencia injustificada durante dos (2) días hábiles en el plazo de seis (6) meses o durante tres (3) días hábiles en el plazo de un año.

Tres (3) amonestaciones escritas constituyen causal de separación del cargo, cuando se produzca dentro del plazo de un año

C. De la Separación del cargo:

Consiste en la separación del cargo, en la privación temporal de su ejercicio, sin remuneración ni consideración de tiempo de servicio.

CAUSALES DE SEPARACION DEL CARGO:

Reglamento de Ejercicio de la Profesión Docente: Artículo 161 "El abandono injustificado del trabajo durante dos (2) días hábiles constituye causal de separación del cargo por un mes, cuando se produzca en el plazo de treinta (30) días continuos. La reincidencia es causal de separación por tres (3) mese si se produce en el plazo de un año.

D. Destitución:

La destitución consiste en la separación definitiva del cargo que venía desempeñando el docente, con la inhabilitación para el servicio en cargo docente, durante un período de tres (3) a cinco (5) años, por decisión motivada del Ministerio de Educación

SECCIÓN SÉXTA DE LAS FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DEL DOCENTE GUIA.

Y DE LAS GUARDIAS DE RECESO POR TODO EL PERSONAL DOCENTE

Art. 108: FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DEL DOCENTE GUIA: Cada sección de Educación Media General y Media Técnica tendrá un Docente Guía designado al principio del año escolar por la Dirección y Jefatura del Departamento de Evaluación y Control e Estudios, quien podrá ser removido en caso de no cumplir con lo establecido en los presentes Acuerdos de Convivencia escolar y Comunitario; cuyas funciones y/o atribuciones serán las siguientes:

A. Realizar reuniones de una a tres veces durante el año escolar cada trimestre, para notificar los avances y logros académicos, así como disciplinarios a los padres, madres, representantes y/o responsables.

B. Presidir Consejos de Sección. C. Brindar oportunidad para que cada estudiante manifieste sus intereses y haga uso de su potencial creativo en beneficio de

los compañeros, de la Institución y en el suyo propio. D. Proporcionar la creación de condiciones que ayuden a los Estudiantes a cooperar con sus semejantes, compartir

responsabilidades y tomar decisiones acertadas y beneficiosas. E. Velar por el eficaz cumplimiento de los acuerdos relacionados con los Estudiantes tomados en los consejos en los consejos

de curso.

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F. Mantener contacto e intercambio de experiencias con los demás Docentes guías del plantel y, especial, con los Padres y representantes a fin de homogenizar más la labor educativa entre la Institución escolar y el Hogar.

G. Convocar y realizar reuniones de consejos de curso durante los días inmediatos a la realización de la evaluación de lapso; así como en las oportunidades que lo creyere necesario.

H. Coordinar la organización de actividades especiales de la sección a su cargo tales como actos culturales, realización de carteleras, competencias académicas, deportivas intersecciones, etc.

I. Conocerlas labores que desarrollan los estudiantes en actividades complementarias, extra – cátedras y hacer el mejor uso de esta información en beneficio del estudiante.

J. Orientar al Estudiante de manera constante y eficaz, en aspectos tales como: K. Asistencia y presentación personal. L. Nivel de rendimiento en deberes académicas formativas. M. Distribución adecuada de su tiempo, de modo de atender las labores académicas y hacer un mejor uso del tiempo libre. N. Cumplimiento de compromiso contraídos por la sección, teles como: periódicos, murales, colaboración con la biblioteca y la

cruz roja, trabajos en equipo, laboratorio, eventos especiales, etc. O. Coordinar la realización de las labores administrativas propias del Docente Guía. P. Asistencia y presentación personal. Q. Nivel de rendimiento en deberes académicas formativas. R. Distribución adecuada de su tiempo, de modo de atender las labores académicas y hacer un mejor uso del tiempo libre. S. Interesarse por el rendimiento escolar general de sus Estudiantes, motivar y dirigir la organización general de comisiones en

las áreas de: disciplina, cartelera, mantenimiento, Juez de Paz, Delegado, Sub-Delegado del curso ó semanero. T. Instruir al curso acerca de todas aquellas acuerdos y acuerdos de la institución. U. Asistir a todos los eventos, reuniones o actividades especiales que organice el colegio.

Art. 109: LINEAMIENTOS DE LAS GUARDIAS:

Todo el Personal Docente de Educación Media cubrirán una Guardia en el Horario de Receso, en el cual deberá:

1. Velar porque ningún alumno de cualquier año se encuentre en los Pasillos del 1ro y 2do piso, o Edificio anexo, por ningún motivo permitir que se queden solos en los salones de clases, sin la presencia de un docente. 2. Velar porque el alumnado ceda el paso, y traten con respeto y educación a todos los padres, madres y/o representantes que entran a las instalaciones del plantel a buscar a los niños y niñas de Educación Primaria en horario de Receso. 3. Dar rondas por todas las áreas de planta baja, observando y orientando el comportamiento del alumnado. 4. Evitar que se presentes hechos violentos o burlas que puedan generar incidentes entre el alumnado. 5. Evitar que se presente cualquier hecho de indisciplina en la cancha, jardín y frente del plantel. 6. Evitar que el alumnado se monte sobre los mesones del jardín o camine dentro de las jardineras. 7. Realizar orientaciones en cuanto al vocabulario, corrigiendo en caso de ser necesario a aquellos alumnos que pronuncien palabras obscenas. 8. Evitar los juegos de envite o azar en hora de receso o a cualquier horario, teniendo la potestad de decomisar cualquier juego de cartas, encontrado al alumnado para ser entregado bajo acta a las coordinaciones respectivas. 9. Hacer revisiones para verificar el buen uso, y normalidad de las acciones en los baños del cafetín y baños del pasillo principal. 10. Levantar informes y entregar a los coordinadores en caso de ser necesario al alumnado que se encuentre en hechos irregulares que atenten contra los Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitario. 11. Estar atentos de la entrada de personas ajenas al plantel que puedan poner en riesgo la integridad física o moral del alumnado. 12. En caso de ser necesario, dar avisos a la administración del plantel para que realicen llamadas a los entes de seguridad por situaciones irregulares. 13. Por ningún motivo el personal Docente de Educación Media podrá bajar al alumnado antes de las 9:30 a.m. 14. Tener como premisa la vital importancia trabajar en equipo para lograr con éxito la meta de mantener una excelente disciplina del alumnado del plantel.

15. Todos los días se tocará un timbre largo que dará inicio a la reanudación de las actividades escolares (De 10:00 a.m. a 10:05 a.m.).

SECCIÓN SÉPTIMA

DE LA BIBLIOTECA ESCOLAR Art. 110: La Biblioteca Escolar es un servicio fundamentalmente a satisfacer las necesidades de apoyo en la política educativa del Colegio, a los fines de la docencia, la investigación y la creación. El servicio de Biblioteca se prestara a los estudiantes, docentes, personal administrativo, subalterno, miembros de la comunidad y ocasionalmente personas de otras instituciones. Art. 111: El servicio de Biblioteca tendrá su acuerdo especial. Art. 112: La Biblioteca tendrá el horario 7:00 a.m. a 11:30 a.m. (de lunes a viernes).

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Art. 113: La Biblioteca Escolar es una dependencia del Colegio, debe ser considerada como parte integral del proceso educativo y por lo tanto, organiza sus actividades en función de los objetivos de la misma. Art. 114: Se creará el Comité de Biblioteca que estará integrado por el Director de la Unidad Educativa, quien a su vez ejercerá la función de Coordinador del Comité, por un Docente de la Institución, un Estudiante de grado superior, un miembro de la Comunidad y el Docente Bibliotecario(a), quien es miembro nato y Secretario(a) del mismo. Art. 115: El (la) docente Bibliotecario(a) tendrá participación en la toma de decisiones que se relacionen directa o indirectamente con todas aquellas actividades inherentes a la Biblioteca.

SECCIÓN OCTAVA

DE LAS ORGANIZACIONES ESTUDIANTILES (CLUBES Y BRIGADAS).

Art. 116: Los estudiantes deberán formar organizaciones netamente estudiantiles que funcionaran en el Colegio con garantía de las autoridades del establecimiento, siempre que presenten los siguientes requisitos: * Estar integrado por Estudiantes debidamente inscritos en el Colegio. * Coincidir en su organización, programación y funcionamiento con el ordenamiento legal del Colegio y con los fines

de la comunidad Educativa. * Tener docentes asesores, quienes orientarán sus labores generales. * Renovar trimestralmente sus cuerpos directivos de acuerdo a su actuación. * Realizar sus actividades sin que estas interfieran las labores ordinarias del Plantel. * Abstenerse de invitar a personas extrañas a realizar labor de cualquier índole en el Plantel y sus dependencias y

en actos que en su nombre se organicen, sin la previa autorización de las autoridades competentes. * Excluir de su militancia activa a las personas que hayan dejado de ser estudiantes del mismo. * Promover la participación organizada de los estudiantes en diferentes clubes o grupos que funcionen en el

Plantel. * La Junta Directiva de la Organización Estudiantil en un órgano ejecutivo. Estará integrada por un (1) Presidente,

un (1) Vicepresidente, un (1) Secretario y dos (2) Vocales, estos últimos con sus respectivos suplentes. * La nominación de sus miembros se hará por Plancha y se elegirá por votación directa y secreta, dentro de los

primeros cuarenta (40) días hábiles del segundo período del año escolar. (Resolución 751. régimen Complementario sobre la Organización y Funcionamiento de la Comunidad Educativa. Sección Sexta “De la Organización Estudiantil”. Art. 37 al 56).

* Los diferentes clubes Estudiantiles que se formen en la Institución deberán regirse por los Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitario, y tener fines que beneficien a toda la comunidad escolar.

Art. 117: La Unidad Educativa Colegio “Arístides Bastidas”, reglamenta la existencia de los siguientes clubes: Club de Periodismo, Club de Ciencias, Grupo de Cruz Roja Estudiantil, Sociedad Bolivariana, Club de Ajedrez, Club de Deporte, Club de Teatro, Grupo de Danzas, Grupo de Modelaje, Club Juventud Asertiva, Coral “Francisco Arredondo”, Patrulla de Transito Escolar y Gran Banda Show “Arístides Bastidas”. Art. 118: Además de los clubes existentes en la Institución la Unidad Educativa permite la apertura de otros clubes estudiantiles siempre que vallan en beneficio de toda la Comunidad escolar. Todos los clubes deberán estar bajo la Supervisión del Personal Directivo de la Institución, bajo la asesoría de un Docente y con una directiva estudiantil.

SECCIÓN NOVENA

DEL DEPARTAMENTO DE PROTECCIÓN Y BIENESTAR ESTUDIANTIL

Art. 119: La Unidad Educativa Colegio “Arístides Bastidas” en conjunto a la Orientadora Institucional con el Departamento de Protección y Bienestar Estudiantil, que estará a cargo del Psicopedagogo del plantel con el fin de brindar a la comunidad escolar el Servicio de Atención Psicopedagógica y Vocacional. Herramienta con la que puede contar los padres y el docente, para poder guiar y organizar el aprendizaje de los alumnos y al mismo tiempo es un fin para desarrollar en los niños, niñas y adolescentes los valores y actitudes que se desean, a través de actividades grupales e individuales, que buscan lograr mejorar las debilidades en cuanto a aprendizaje, atención, memoria, motricidad, percepción, seguimiento de instrucciones, razonamiento lógico, entre otros aspectos. Este servicio funcionará de la siguiente manera de Lunes a Viernes de 7:00 a.m. a 12:00 p.m. atención de la Orientadora y los días Martes a Jueves de 10:00 a.m. a 1:00 p.m. por la Psicopedagoga.

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SECCIÓN DÉCIMA DE LA GRAN BANDA SHOW “ARÍSTIDES BASTIDAS”,

CLUBES, CENTROS Y/O AGRUPACIONES ESCOLARES.

Art. 120: Todas las actividades que generen crecimiento, proyección interna y externa del Plantel además de influir en la formación de los educandos, estarán bajo la coordinación respectiva de todo el personal docente según el área de la actividad a ejecutar Art. 121: DE LA GRAN BANDA SHOW:

La Gran Banda Show “Arístides Bastidas”, es una organización musical – cultural, disciplinada, jerarquizada,

dependiente de la Dirección del Plantel. La cual tiene como objetivo general: formar, adiestrar y asesorar a alumnos de la U. E. Colegio “Arístides Bastidas”, en lo concerniente a música, baile, orden cerrado, primeros auxilios, ejercicios de instrumentos, lenguaje musical, entre otros. Con miras a robustecer la disciplina, el trabajo en equipo, la cohesión y el amor al arte, siendo los embajadores culturales del plantel, con la finalidad de llevar amor y alegría a todos los rincones del país.

Conformada por Alumnos con edades entre 7 a 17 años divididos entre Músicos. Cuerpo de Baile: Batutera, Bastonistas,

Cheerleader y Boysleader, como organización musical – cultural, sin fines de lucro, se encuentra a disposición de la colectividad local, regional y nacional en período de actividad escolar. Art. 122: REQUISITOS PARA ACTUACIONES DE LA GRAN BANDA SHOW:

Solicitud formal por escrito de Actuación de la Gran Banda Show, dirigido a la Directora del Plantel, especificando motivo, fecha, lugar y hora. Con un mínimo de quince días de anticipación.

Que el horario de dicha actuación sea únicamente en horas de la mañana o tarde de lunes a viernes

Que el solicitante disponga de Transporte de Ida y vuelta para 100 personas

Que el solicitante disponga de Refrigerio para 100 personas.

Que el solicitante asegure para presencia de funcionario de los órganos de Seguridad del Estado.

Certificado de asistencia al evento, de la Gran Banda Show “Arístides Bastidas”, firmado y sellado por los coordinadores del mismo).

Hospedaje para 100 personas: Cuando la distancia de lugar de actuación supere a las siete (8) horas de recorrido por tierra. Art. 123: FUNCIONES DE LOS DOCENTES, COORDINADORES O INSTRUCTORES DE LA GRAN BANDA SHOW “ARÍSTIDES BASTIDAS”, CORAL, CENTROS Y/O AGRUPACIONES ESCOLARES SE ENCUENTRAN:

- Planificación de las actividades especiales. - Motivación del alumnado, para la participación en concursos según las actividades especiales - Promoción de talleres dirigidos al alumnado. - Coordina el desarrollo de las programaciones propias de la unidad. - Dirige personalmente el trabajo en equipo. - Establece mecanismos requeridos en la comunicación escuela-comunidad. - Efectúa reuniones con el personal Directivo a objeto del asesoramiento de las metas propuestas. - Lleva un registro de actas correspondientes a cada evento realizado. - Entrega mensualmente un cronograma de actividades al Director del Plantel. - Toma de Asistencia y record de los estudiantes que participan en tal actividad. - Velar por la integridad física del estudiantado que conforma las diferentes agrupaciones estudiantiles. - Velar por el orden de la agrupación estudiantil.

SECCIÓN DÉCIMA PRIMERA

DE LOS SEMANEROS

Art. 124: Denominase semanero el estudiante que durante los días hábiles de una semana presta colaboración especial a los docentes de su sección. Art. 125: Son deberes y atribuciones del semanero:

1. Llevar al aula el Diario de Clases, el marcador, el borrador y cualesquiera otros útiles o materiales que requiera el docente para la clase respectiva (mapas esferas, cartas, murales, compases, escuadras, proyectores, etc).

2. Cuidar los útiles y materiales que reciba y devolverlos personalmente al finalizar la última clase del turno correspondiente.

3. Tener limpio el pizarrón a la entrada de cada docente. 4. Cuidar junto con el docente, de que no permanezcan los estudiantes en el aula, durante el tiempo de receso. 5. Responder ante seccional (si existe), Jefe de la Unidad de Apoyo Institucional, Director o Docentes, por las

alteraciones, enmendaduras, borrones y demás daños que presentare el diario de clases.

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6. Velar por la limpieza y buena presentación del aula, reclamar ante las autoridades competentes cuando haya descuido por parte del Personal de aseo y mantenimiento o ante los estudiantes del curso cuando sean estos quienes alteren el buen aspecto del aula.

7. Avisar al departamento respectivo de la cátedra, Dirección o Departamento de Evaluación, cuando falte algún suplente a fin de que sea suplido o se tome las medidas pertinentes.

8. Presentar cualquier otra colaboración que para el trabajo de la cátedra. Art. 126: Los semaneros se turnarán siguiendo rigurosamente el orden de la lista de los estudiantes de la sección respectiva. Art. 127: La inasistencia del semanero de turno será suplida por el estudiante que aparezca en la lista con el número inmediato superior, y a falta de éste por el que le sigue en el mismo orden y así sucesivamente. Art. 128: Los semaneros serán instruidos acerca de sus funciones y la responsabilidad que ellas acarrean por la autoridad competente por intermedio del Docente Guía respectivo, quien tendrá sobre esos el control inmediato y les dará aviso oportuno cuando haya de corresponderle el turno.

CAPITULO VII DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE MANTENIMIENTO

DERECHOS, FUNCIONES Y ATRIBUCIONES

SECCIÓN PRIMERA DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO

(ADJUNTOS, ASISTENTES Y/O SECRETARIAS)

Art. 129: El Personal Administrativo estará conformado por el Personal de secretaria (Secretarias, Adjuntos, Asistentes, o Auxiliares Administrativos) tendrá a su cargo todo lo relativo a la atención al público en general, redacción, tipiado y despacho de la correspondencia del colegio fuera y dentro del mismo, trascripción de boletines y/o cualquier otro documento que guarde relación con las labores del Plantel. Art. 130: El Personal Administrativo, se regirá por los derechos y deberes consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en la Ley Orgánica del Trabajo y su Reglamento, en el Manual de Convivencia y en cualquier otra disposición legal dictada por la Junta Directiva del plantel. Art. 131: DERECHOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO: Se reconoce a todas las personas que integran el Personal Administrativo y Obrero del Colegio los derechos y las garantías que se enuncian a continuación:

a) Derecho a ser respetado por todas las personas que integran el Centro Educativo.

b) Derecho a disfrutar de un ambiente de trabajo que reúna las condiciones mínimas necesarias para el desarrollo de sus

labores.

c) Derecho al debido proceso y a la defensa, especialmente, en todos los procedimientos de carácter sancionatorio.

d) Derecho a ser atendidos oportunamente con respeto, cordialidad y equidad por el Personal Docente y Directivo, cuando

acudan ante ellos para tratar asuntos que les conciernen, durante los horarios establecidos a tal efecto.

e) Derecho a presentar o dirigir peticiones a la autoridad inmediata, siguiendo los canales regulares dispuestos por el

Colegio para tal fin, sobre los asuntos que le conciernan y a obtener respuesta oportuna a sus peticiones.

f) Derecho a expresar su opinión acerca de los asuntos de la vida del Centro Educativo en que tengan interés, respetando

los canales regulares dispuestos por el Colegio para tal fin.

g) Derecho a defender los derechos, garantías e intereses de niños, niñas y adolescentes.

h) Derecho a conocer la Filosofía e Ideario del Colegio.

i) Derecho a que el Personal Directivo brinde facilidades, de acuerdo a las posibilidades del Centro Educativo, para asistir

a talleres, cursos, convivencias, reuniones y cualesquiera tipo de actividades dirigidas al perfeccionamiento de su

profesión y/o la mejora de la calidad de su labor. Art. 132: DEBERES GENERALES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO: De acuerdo con lo establecido en la normativa legal vigente son las siguientes:

a. Velar por la entrega oportuna de los recaudos administrativos solicitados por el Plantel, AVEC y/o Representantes del M.P.P.P.E.

b. Cuidar de que las correspondencias emitidas por el Plantel, además de su buena presentación no contengan errores ortográficos.

c. Estar pendiente de que los libros y registros de asistencias, puntualidad y otros aspectos del Personal del Plantel sean correspondientes.

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d. Atender a las llamadas telefónicas y solicitudes de las personas que visiten a la Institución. e. Cumplir con el horario del plantel y con el calendario de su trabajo conforme a disposiciones legales. f. Llevar correctamente los elementos de que consta el Archivo del Instituto. g. Dar cuenta al Presidente, Director, Jefe de Departamento, según sea el caso, de la correspondencia recibida. h. Responder por la conservación, organización, mantenimiento y aseo de las dependencias del plantel a su cargo y

bajo su provisional responsabilidad, y de su mobiliario. i. Colaborar con el Personal Directivo, y Docente en el mantenimiento del orden y disciplina del Plantel. j. Tocar el timbre de entrada y de salida de las actividades del aula y de recreación en las oportunidades que señala

el Horario Escolar. k. Participar en todas aquellas actividades escolares en las cuales sea solicitado su concurso. l. Colaborar con la disciplina del plantel. m. Rendir cuentas diarias al director o administrador del Plantel. n. Observar absoluta reserva sobre los asuntos del servicio y sobre los pormenores de los cuales tengan

conocimiento en las funciones de su cargo que por su discreción debe guardar. o. Realizar oportunamente todas las labores inherentes a su cargo y cumplir con las funciones que el Manual de

Descripción de Cargos le especifica. p. Marcar la huella al entrar y salir del Colegio. q. Acatar las órdenes e instrucciones emanadas de los superiores jerárquicos, de conformidad con las

especificaciones del cargo que desempeñen. r. Velar por el envío oportuno de los recaudos administrativos del Colegio. s. Cuidar de que las correspondencias emitidas por el Colegio., además de buena presentación, cumplan con las

normas de redacción y ortografía. t. Cumplir con el horario del Colegio y con el calendario de trabajo conforme a las disposiciones de la Junta

Directiva. u. Asistir diaria y puntualmente a su trabajo a la hora establecida. v. Enviar y recibir correspondencias y de cualquier otro tipo del Colegio. w. Observar buena presentación personal. x. Realizar oportunamente todas las actividades inherentes a su cargo, señalada por su superior jerárquico. y. Responder por la conservación, organización y mantenimiento del material a su cargo. z. Cumplir y hacer cumplir las Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitario. Y todas las demás inherentes a su

cargo y establecidas en el Manual de Descripción de Cargo.

Art. 133: SANCIONES APLICABLES AL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y OBRERO: Las sanciones aplicables a las faltas cometidas por el personal administrativo y obrero además de las especificadas en la Ley Orgánica del Trabajo serán:

a. Amonestación Verbal: se aplicará mediante acta levantada que registre el hecho, ésta reposará en el expediente del

trabajador en la Administración.

b. Amonestación Escrita: se aplicará mediante acta levantada que registre el hecho, ésta reposará en el expediente del trabajador en la Administración y se enviará copia a la Dirección para su consideración y análisis.

c. Despido y destitución: El trabajador será notificado por escrito de su despido o destitución.

SECCIÓN SEGUNDA

DEL PERSONAL DE MANTENIMIENTO O DE VIGILANCIA

Art. 134: El personal de Mantenimiento o Vigilancia tendrá los siguientes derechos:

A. Que se les provea de todos los materiales necesarios para llevar a cabo sus labores. B. Ser respetado por todas las personas que integren la Unidad Educativas. C. Ser tratados en todo momento con la dignidad que su persona merece. D. No podrán ser tratados, amonestados o sancionados, en público o en privado, de forma humillante, ofensiva o contraria

a su dignidad. E. Disfrutarán de un ambiente de trabajo que reúna las condiciones necesarias para el desarrollo de sus labores. F. Derecho al debido proceso y a la legítima defensa. G. Presentar o dirigir peticiones al Personal Directivo o Docente, así como a cualquier otro órgano que integre el Colegio,

sobre asuntos que le conciernen y a obtener respuesta oportuna a sus peticiones. H. A opinar libremente sobre todos los asuntos de su interés relacionados con el Colegio. I. Derecho a participar libre, activa y plenamente en la vida en la U.E.U.S.B. J. Derecho a que el Personal Directivo brinde facilidades, de acuerdo a las posibilidades de cada plantel, para asistir a

talleres, cursos, convivencias, reuniones y cualquier de actividades dirigidas al perfeccionamiento de su profesión y la calidad de su labor.

K. Las demás que fijen la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la ley Orgánica del Trabajo y su Reglamento, y todas las demás inherentes a su cargo y establecidas en el Manual de Descripción de Cargo.

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Art. 135: El personal de Mantenimiento o Vigilancia cumplirá los siguientes deberes:

a. Asistir diaria y puntualmente al colegio. b. Cumplir con el Horario de trabajo conforme al contrato establecido. c. Mantener en completo aseo y limpieza todas las dependencias del Instituto, así como el mobiliario y demás

materiales existentes, a toda hora dentro de su respectivo horario de trabajo. d. Velar por el buen mantenimiento y conservación del material de trabajo del cual es responsable. e. Respetar y acatar las instrucciones de las autoridades del Plantel. f. Guardar el debido respeto al alumnado y demás personal que labora en este Instituto. g. Ser cortés y respetuoso con los padres, representantes y visitantes. h. Cumplir con las guardias que le sean asignada. i. Observar buena presentación personal y usar durante su trabajo un traje adecuado a las actividades que debe

cumplir, o el uniforme establecido y su respectivo carnet. j. Cumplir con las recomendaciones impartidas por el personal Directivo, el Personal Docente y el Administrador o

Gerente del platel. k. El Vigilante Nocturno pernoctará en el Plantel y evitará que se produzca desordenes en los alrededores del

Edificio. l. Cumplirá con las siguientes recomendaciones: m. Realizar recorridos frecuentes dentro de los alrededores del Plantel. n. Vigilar las entradas y salidas de los estudiantes requerir la información de si están actualizados para

hacerlo o no. o. Colaborar con el mantenimiento de la disciplina del Plantel. p. Velar por que los bienes del plantel no se extravíen ni salgan del mismo sin autorización y demás funciones

específicas Institucionales.

CAPITULO VIII DE LOS PADRES, MADRES Y/O REPRESENTANTES

Art. 136: Para ser admitidos como representantes de un estudiante se requiere ser mayor de edad, ejercer la representación legal del mismo o tener la debida autorización emitida por el CPDNNA.

Parágrafo Primero: El colegio puede solicitar en cualquier momento del año escolar el cambio de representante por las siguientes causas: 1. Agresión verbal o física a cualquier miembro del personal que labora dentro del plantel. 2. Expresión despectiva que atentan contra el profesionalismo de los docentes. 3. Acusaciones o denuncias infundadas contra la institución por situaciones propias del quehacer educativo, sin antes haber

agotada la vía administrativa con la exposición de motivos y/o aclaraciones ante las Coordinaciones y Dirección.

Art. 137: DERECHOS DE LOS PADRES, MADRES Y/O REPRESENTANTES: Son derechos de los padres, madres y/o representantes:

a) Representar o dirigir peticiones ante las autoridades educativas sobre asuntos relativos al proceso educativo de sus representados y a obtener oportuna respuesta.

b) Ser informados acerca de la organización y funcionamiento del plantel, así como del régimen docente y de evaluación. c) Recibir información sobre la actuación general de su representado. d) Solicitar educación religiosa para sus representados, de conformidad con lo establecido en el Art. 50 de la Ley Orgánica. e) Tener voz y voto en las Asambleas de Padres, Madres y/o Representantes. f) Formar parte de las comisiones de trabajo del Consejo Educativo y Escuela de Familia. g) Ejercer su defensa o la de sus representados, ante las autoridades correspondientes. h) Derecho de participar en el proceso de Educación de su representado (Art. 55 LOPNNA). i) Derecho de fortalecer la ética, valores y personalidad de su representado. j) Recibir adecuadamente la prestación del servicio educativo. k) Participar de manera consciente, sana y crítica, con la vida institucional a través del Consejo Educativo, Escuela de Padres y

Departamento de Protección y Bienestar Estudiantil. l) Formar parte de las organizaciones de la Institución (Consejo Directivo, Escuela de Padres y Familia, grupos ecológicos,

culturales y/o artísticos y Departamento de Protección y Desarrollo Estudiantil). m) Participar en los programas de formación de padres que brinda la Institución. n) Participar en eventos culturales, deportivos y sociales. o) Tener conocimiento de las faltas de sus hijos(as) y del proceso formativo que se realice. p) Ser informado acerca de la organización y funcionamiento del plantel, así como del régimen docente, de evaluación y el Manual

de Convivencia del Plantel.

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q) Recibir información acerca de la actuación general de su representado, así mismo solicitar información oportuna y periódica, plantear sugerencias, correctivos o reclamos siguiendo en forma respetuosa siguiendo el conducto regular establecido.

r) Formar parte de los Comité del Consejo Educativo según la Resolución 058, emanada del Ministerio del Poder Popular para la Educación.

s) Recibir constancia de haber asistido al Plantel para tratar asuntos relacionados con la educación de sus representados. t) Recibir copia de los Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitario aprobados en asamblea de padres.

Art. 138: DEBERES DE LOS PADRES, MADRES Y/O REPRESENTANTES:

1. El padre, madre o representante Declara que al momento de formalizar la inscripción de su representado se acoge al conjunto de normas internas como lo son el Compromiso Administrativo y los Acuerdos de Convivencia; así como las normas del estacionamiento, y cualquier otra emanada de la Dirección del plantel en beneficio de la Institución o de su representado.

2. El padre y/o representante que cumpla funciones de seguridad y defensa para el Estado Venezolano, deberá ingresar a las instalaciones del plantel, sin su arma de reglamento, para así garantizar la integridad de los niños, niñas y adolescentes.

3. Queda bajo la responsabilidad del padre, madre o representante que el alumno use el celular como elemento distractor en el Proceso de Enseñanza – Aprendizaje.

4. Los padres, madres y/o responsables de los niñas, niñas y adolescentes con necesidades especiales, deberán notificar ante la Coordinación pertinente y consignar informe de los especialistas, para de esta manera poder contribuir a los avances académicos y conductuales de su representado. Cumpliendo así con los establecido en la LOPNNA, en sus artículos:

4-A. Principio de Corresponsabilidad: “El Estado, las Familias y la Sociedad son corresponsables en la defensa y garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, por lo que aseguran con prioridad absoluta, su protección integral, para lo cual tomaran en cuenta su interés superior, en las decisiones y acciones que les conciernan.” Artículo 8. Interés Superior de Niños, Niñas y Adolescentes: “El interés Superior de Niños, Niñas y Adolescentes es un principio de interpretación y aplicación de esta Ley, el cual es de obligatorio cumplimiento en la toma de todas las decisiones concernientes a los niños, niñas y adolescentes. Este principio está dirigido a asegurar el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes, así como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías”. Artículo 42. Responsabilidad del Padre la Madre, Representantes o Responsables en materia de Salud. “El Padre, la Madre, Representantes o responsables son los garantes inmediatos de la salud de los niños, niñas y adolescentes que se encuentren bajo su Patria Potestad, representación o responsabilidad. En consecuencia, están obligados a cumplir las instrucciones y controles médicos que se prescriban con el fin de velar por la Salud de los niños. Niñas y adolescentes”.

5. El padre, madre y/o responsable de aquellos estudiantes que requieran de acuerdo a sus necesidades y posterior evaluación del Equipo de Bienestar Estudiantil (Psicopedagoga, Orientadora Institucional) deberá asignarle un tutor, para la atención individualizada de su representado, bajo la asesoría y guía de la Coordinación correspondiente.

6. Evitar la realización de manifestaciones (verbales o escritas) y/o protestas dentro de las instalaciones del plantel o frente a las instalaciones con tilde político de cualquier tendencia, ya que la educación no puede ser usada para asuntos políticos que afecten a unos o a otros.

7. Los padres y/o representantes no deberán entrar a las instalaciones del colegio con ropa inadecuada que esté en contra de la moral y las buenas costumbres y sea un ejemplo inadecuado para el estudiantado. Evitando el uso de descotes exagerados, ropas transparentes, licras, chores, pantalones a la cadera que muestren la ropa interior.

8. Acudir a la Institución cuando sea requerido(a) a la fecha y hora indicada con antelación. 9. Acudir a entrevistas con el Personal Docente (en el horario establecido por la institución) para obtener información sobre el

rendimiento del estudiante en las diferentes áreas. 10. Velar porque mi representado(a) asista a las actividades previstas con el uniforme establecido para el (Diario, Deporte,

Banda o Coral, Pre-Militar). El uso del uniforme es de estricto cumplimiento durante el desarrollo de todas y cada una de las actividades que se realicen dentro y fuera del Plantel, de acuerdo a las Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitario.

11. Los Padres y Representantes que acompañen a sus hijos al acto de formación diaria, deberán retirarse del Colegio después del acto, antes de iniciar las actividades académicas diarias.

12. Evitar que su representado use cortes de cabello extravagantes, pintados, reflejos, mechitas, largos en los varones, ni gelatina.

13. Evitar que su representado varón use zarcillos, aretes, u otros accesorios. 14. Evitar que su representado (hembra o varón) use pirces. 15. Velar por la asistencia y puntualidad de mi representado(a) al horario de clases, evitando retardos frecuentes. 16. Orientar a mi representado(a) en lo negativo del consumo de bebidas alcohólicas, fumar, peleas con los integrantes de

otras instituciones, agresiones a sus compañeros de estudios, el uso inapropiado del lenguaje, la necesidad de respetar las acuerdos de la moral y buenas costumbres, y el trato armónico que debe reinar entre el alumnado y toda la comunidad escolar.

17. Contribuir a mantener en todo momento con el buen nombre del Plantel, tanto dentro como fuera de la Institución. 18. Cooperar con la realización de todas las actividades programadas por la Institución, fortaleciendo las relaciones Hogar –

Escuela.

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19. Contribuir al mantenimiento de las instalaciones del plantel, evitando deteriorarla bajo ninguna circunstancia. 20. Recalcar a mi representado(a) el respeto a los Profesores, compañeros de estudios y demás participantes de la comunidad

escolar, procurando siempre la cordialidad. 21. Cumplir con las actividades extra cátedra que se realizan en beneficio de su formación integral a través de desarrollo de su

creatividad, destrezas y habilidades. 22. Los Padres y Representantes deben cancelar puntualmente, y cubrir mensualmente el costo de las mensualidades, dentro de

los cinco (5) primeros días de cada mes, mediante depósitos en efectivo o tarjetas de débito a nombre de la U.E. Colegio “Arístides Bastidas” y, personalmente canjearlo por el recibo correspondiente, presentar la Tarjeta Control de Pagos para sellar y firmar la casilla respectiva, teniendo en consideración que dichos pago permiten la normal subsistencia de la Institución; es además su único soporte económico para brindar el servicio educativo y cumplir con todos los compromisos laborares, pagos de servicio básicos y mantenimiento de instalaciones.

23. Los Padres y Representantes asumirán los aumentos de las Mensualidades Escolares en el caso que el Ejecutivo Nacional u otro organismo aumente el salario, cesta ticket, etc.

24. Los Padres y Representantes aceptan asumir los gastos del cobro Judicial o Extrajudicial que genera el atraso del pago de dos o más mensualidades a la fecha prevista, igualmente que el colegio a través de su consultoría jurídica tramita ante los organismos oficiales, de acuerdo a la normativa vigente, los casos de aquellos representantes atrasados en el pago de las mensualidades escolares, comprometiéndome a asistir a los requerimientos de los asesores legales.

25. Los padres y Representante serán convocados a la asamblea para la fijación de mensualidad y en caso de que en la Asamblea no haya logrado el acuerdo por fijar el monto de matrícula y mensualidad. Queda en ajuste final por el Ministerio Popular para la Educación, SUNDDE, IDENA y Defensoría del Pueblo. En ese sentido se hará reembolso en caso que el monto sea inferior o en caso que el monto sea superior, el Representante asumirá la diferencia

26. Los representantes asumirán el aumento de las Mensualidades Escolares en el caso que el Ejecutivo Nacional u otro organismo aumente el salario, cesta ticket, entre otros.

27. Los padres, madres y/o representante, están obligados a tramitar cualquier reclamo ante las autoridades del Colegio, no pudiendo ejercer acción alguna sin haber agotado esta vía previa, razón por la cual se abstendrá de propiciar y realizar reuniones para tratar asuntos propios del COLEGIO fuera de las instalaciones del mismo y sin el conocimiento de las autoridades de la Institución.

28. Los padres, madres y representantes estarán en conocimiento del monto y cobertura del Seguro Escolar y que no tendrán nada que objetar con respecto al mismo, de igual manera manifiesta en caso de cualquier accidente o enfermedad que se pueda presentar, que sobre pase la suma asegurada; asumirá el excedente y nada debe o tenga que reclamar al colegio por tal concepto.

29. Aquellos padres, madres, representantes y/o responsables que tengas más de tres mensualidades vencidas, serán convocados a una Asamblea Extraordinaria, donde estarán presentes las autoridades del plantel, así como funcionarios del CMNNA, para coordinar o establecer compromisos y acuerdos de pagos.

30. Notificar las observaciones al proceso por escrito, ante los diferentes Departamentos del Plantel según corresponda. 31. Promover el desarrollo de valores éticos, morales espirituales y académicos, que forman hombres y mujeres íntegros en pro

actitudes positivas como integrantes de la sociedad. 32. Colaborar en todas las actividades que realice la escuela en beneficio de su representado (Actos de Grado, Excursiones,

Encuentros, otros). 33. Dotar a su representado de todos los útiles necesarios para el trabajo escolar y del uniforme escolar correspondiente 34. Ser miembro activo del Consejo Educativo, y de la Escuela de Familia. 35. Asistir a las reuniones de los diferentes comités del Consejo Educativo. 36. Estar atento a las tareas y otras actividades que le asignen a su representado y orientarlos en las mismas. 37. Enviar a su representado diario y puntualmente a clases. 38. Informar a la Coordinación correspondiente directamente o por escrito, los motivos por los cuales su representados no

puede asistir a clases en un momento determinado. 39. El representante será responsable por los daños y perjuicios ocasionados por su representado a los bienes y muebles o

inmueble del plantel. 40. Aceptar las orientaciones y disposiciones que le sean aplicadas a su representado cuando éste incurra en peleas,

inmoralidades, indisciplinas, inasistencias o bajo rendimiento. 41. Recibir y revisar los boletines de las notas de su representado debidamente firmados y en hoja anexa reseñar sus

observaciones. 42. Plantear a las docentes observaciones e intercambiar opiniones acerca de su representado. 43. Retirar a su representado a la hora correspondiente de salidas de clase sin retraso, 44. Evitar adelantar las salidas de los estudiantes sin previa autorización de la coordinación respectiva con la debida

justificación. 45. Colaborar y asistir a sus actos organizados por la Institución como identificación y respaldo al proceso educativo motivado a

la finalización de cada uno de los niveles que corresponden, asumiendo las responsabilidades previas de las necesidades que tengan sus representados en dichos actos.

46. Traer a su representado al Plantel a las 6:40 a.m., teniendo en cuenta que después de las 7:15 a.m. no deberán entrar a la Institución, porque la puerta principal estará cerrada, luego de esa hora; ya que se interrumpe el proceso Educativo.

47. La presentación personal del representante debe ser acorde a las circunstancias, por lo cual debe asistir al plantel bien presentado, evitando entrar a las instalaciones con cholas, shorts, licras, escotes pronunciados, mini faldas, guardacamisas, o trajes de baño.

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48. Notificar verbalmente y por escrito las observaciones al proceso, ante los diferentes Departamentos del Plantel según corresponda.

49. El representante es responsable de retirar directamente en las aulas de clases a los niños y niñas desde el 1er grado hasta 6to grado, inclusive si tiene transporte, éste deberá dirigirse directamente al aula, ya que no se permitirá salida de los estudiantes hacia el estacionamiento o al frente de las instalaciones del plantel.

50. El representante evitará que su representado(a) lleve al plantel objetos de valor o aparatos eléctricos (prendas de oro, celulares, laptos, cámaras digitales, video cámaras, proyectores, juegos electrónicos, etc.), que están prohibidas por los Acuerdos de Convivencia, ya que de ser detectados por los Docentes les será decomisados al estudiante y retenidos hasta que el representante los retire por la Coordinación respectiva después de firmar el acta correspondiente. La institución no será responsable bajo ningún concepto de la reposición por daños, pérdidas o extravíos de dichos objetos prohibidos por los Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitario.

51. El representante debe velar porque su representado(a) participe del Acto Cívico – Religioso, que se realiza diariamente como parte de la filosofía institucional de Educar para la vida, promoviendo los valores del respeto, paz, amor, tolerancia, compañerismo, progreso, e identidad nacional.

52. El representante debe acudir a la Institución cuando sea requerido(a) (para reuniones, talleres, entrevistas con las coordinaciones, entrevistas con el(la) psicopedagogo(a) del plantel, citaciones, conversatorios, conferencias, encuentros de padres, etc.), a la fecha y hora indicada con antelación. Las entrevistas con el Personal Docente se realizarán únicamente en el horario designado por la institución, con el fin de obtener información sobre el rendimiento del alumno en las diferentes áreas.

53. El representante debe asistir y cooperar con la realización de todas las actividades especiales del plantel de índole cultural, deportivos, científico, artístico y religioso, fortaleciendo las relaciones Hogar, Escuela y Comunidad

54. El representante No podrá permanecer en la sede del plantel y mucho menos quedarse dentro de las aulas de clases, una vez iniciadas las actividades académicas, salvo que se realicen actividades especiales que exijan su presencia.

55. El representante es responsable de orientar a su representado(a) en lo negativo del consumo de bebidas alcohólicas, fumar, evitar peleas con los integrantes de otras instituciones, generar agresiones a sus compañeros de estudios, el uso inapropiado del lenguaje, la necesidad de respetar las acuerdos de la moral y buenas costumbres, y el trato armónico que debe reinar entre el alumnado y toda la comunidad escolar, que en caso de infringir dichas acuerdos deberá someterse a las medidas correctivas.

56. Los Representantes y estudiantes tienen el deber de contribuir a mantener en todo momento con el buen nombre del Plantel, tanto dentro como fuera de la Institución.

57. El representante no deberá instar a que espere fuera, para hacer más rápido el retiro, por lo tanto el estudiante está obligado a permanecer dentro del plantel hasta que se realice su retiro formal según la autorización dada por el representante en la inscripción.

58. Los padres, madres, representantes o responsables de recoger al a los estudiantes, deberán hacerlo a más tardar quince minutos después de que su última clase haya terminado. Pasado ese tiempo el Colegio no puede garantizar ninguna vigilancia para quienes permanezcan todavía en el plantel, ni asumir responsabilidad alguna en caso de accidentes o lesiones.

59. Los representantes y estudiantes deben contribuir al mantenimiento, buen uso y cuido de las instalaciones del plantel, evitando deteriorarla bajo ninguna circunstancia, y en caso de hacerlo el representante será responsable de la reposición en especie o en efectivo del bien deteriorado.

60. El representante debe recalcar a su representado(a) el respeto a los Profesores, compañeros de estudios y demás participantes de la comunidad escolar, procurando siempre la cordialidad, en caso de irrespetos deberá acatar los correctivos y cumplir con actividad de labor social.

61. Evitar que su representado (a) asista a clases presentando alguna enfermedad infecto contagiosa que ponga en riesgo su recuperación por anticipo de la finalización del reposo médico establecido y exponga a contagio al colectivo estudiantil, enfermedades tales como: sarampión, rubiola, lechina, influenza de cualquier tipo, tuberculosis, dengue, entre otras.

62. Aceptar las decisiones tomadas durante las asambleas de padres y representantes. La no asistencia a las asambleas convocadas se interpretan como aceptación de las decisiones.

63. El ingreso a la educación privada es potestad de los padres, representantes y/o responsables, por lo tanto, es su RESPONSABILIDAD garantizar el disfrute de ese derecho.

64. Al firmar el CONTRATO ADMINISTRATIVO por Servicio Estudiantil y su compromiso al cumplimiento de los Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitario tiene la obligación de garantizar la educación a su representado. En consecuencia debe participar activamente en el proceso educativo del alumno.

65. Aceptar las sanciones que sean aplicadas a su representado cuando incurran en peleas, inmoralidades e indisciplina dentro de la institución y cuando en algunos de los deberes establecidos en la presente Normas de Convivencia.

CAPITULO IX DE LA SEGURIDAD DEL PLANTEL

ART. 139: DE LA SEGURIDAD: La Unidad Educativa Colegio “Arístides Bastidas” mantiene como parte de su filosofía institución brindar dentro de sus instalaciones seguridad al estudiantado, padres, madres, representantes, personal y público en general, para lo cual cuenta con un servicio de vigilancia privada altamente capacitada, un vigilante diurno que forma parte del personal del plantel y la implantación de cámaras de seguridad y alarmas contra robo.

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Parágrafo Primero: Para garantizar la seguridad e integridad física del alumnado y todo el personal del plantel, no será permitido el ingreso al plantel de funcionarios (policías, militares, etc.) con armas de fuego al plantel, o de civiles armados. ART. 140: DE LAS CÁMARAS DE SEGURIDAD:

Con el propósito de Fortalecer y garantizar la seguridad de la UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO “ARÍSTIDES BASTIDAS”, se

instalan de Cámaras de Seguridad en las diversas áreas del plantel, exceptuando los baños, como herramienta que permitirá la observación de todas las áreas al mismo tiempo y contribuir resguardar la integridad física y moral del estudiantado, mantener la excelencia educativa, bajo un enfoque pedagógico y significativo.

Son igualmente una herramienta tecnológica vanguardista que permite fortalecer la seguridad de las instalaciones del plantel y visualizar todas las áreas externas e internas donde se desarrollan las actividades pedagógicas de enseñanza – aprendizaje, con la finalidad de fortalecer el proceso educativo en todas sus fases, partiendo de la fundamentación filosófica “Educar para la vida”, cultivando los valores éticos, morales, espirituales y académicos.

Es de hacer la observación tanto a los padres como al estudiantado que las cámaras de seguridad son para el resguardo de la

integridad de toda la comunidad en general (alumnos, personal docente, administrativo, obrero) y no para búsqueda de objetos extraviados, ya que es queda bajo la responsabilidad del alumnado el cuidado de sus pertenencia.

ART. 141: DE LOS OBJETIVOS ESPECÍFICOS DE LAS CÁMARAS DE SEGURIDAD:

Resguardar la seguridad física y moral del estudiantado y personal del plantel, ante cualquier situación irregular que pudiera ser detectada a tiempo.

Resguardo del mobiliario e instalaciones del plantel. Dar respuesta inmediata ante cualquier situación de irregularidad que se presente dentro de las instalaciones del plantel. Monitorear los recesos dirigidos. Actuación oportuna ante cualquier situación de riesgo o situación de peligro de cualquiera de nuestros educandos. Prevenir hechos de violencia en el tiempo que transcurre para el cambio de docentes por asignaturas. Observar la conducta del alumnado en el aula de clase y las áreas comunes del plantel. Observar el desempeño Docente, y el cabal cumplimiento de sus funciones y la identidad con la filosofía institucional de

“Educar para la vida” fundamentada en la siembra de valores éticos, morales, espirituales y académicos en todo el estudiantado.

ART. 142: DE LA SEGURIDAD DEL MONITOREO Y RESGUARDO DE LA INFORMACIÓN:

La seguridad del monitoreo deberá estar totalmente asegurada, ya que esta se deben aplicar a través de claves de usuarios que solo conocerán los dueños del colegio. También se implementará la activación de antivirus así como cortafuegos, evitando de esta forma el acceso de personas extrañas al sistema sin la clave de acceso a través de internet.

Toda la información obtenida a través de las cámaras de seguridad, solo deberá ser empleada con fines de fortalecimiento del proceso educativo, para realizar orientaciones al Personal Docente, Administrativo u obrero, o al alumnado si hubiere lugar, en función de un crecimiento personal, donde prevalezca la práctica de valores éticos, morales, espirituales y académicos.

Por ningún motivo la información obtenida a través de las cámaras de seguridad, deberá ser divulgada a entes externos,

solo tendrá efecto y validez, para procesos internos del plantel que busquen la orientación de conductas inadecuadas.

CAPITULO X DEL SEGURO ESCOLAR

ART. 143: DEL SEGURO ESCOLAR: La Unidad Educativa Colegio “Arístides Bastidas” contratará anualmente los servicios de una aseguradora de reconocida trayectoria, responsabilidad y eficiencia, para asegurar dentro y fuera del plantel, las 24 horas del día y los 365 días del año, durante la totalidad del año escolar a todo el estudiantado del plantel, salvo a los que sus padres, madres y/o representantes ya posean seguro y muestren prueba de ello por escrito, para su uso el representante cancelará a la aseguradora una cuota única anual que se incluirá dentro de los conceptos de inscripción, los estudiantes deberán presentar el carnet estudiantil o

constancia de estudio actualizada. Los conceptos de cobertura son: Emergencias Ambulatorias, Odontología, Pediatría, Ginecología, Cardiología, Traumatología y Medicina Interna. Todos los alumnos obtendrán consulta médica sin costo y sin límite de uso en la sede de Salud Vital, datos específicos de dirección, clínicas afiliadas, teléfonos, monto de las cobertura, nombre del corredor del seguro, entre otros, se presentaran por escrito en folleto anexo al material de inscripción.

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CAPITULO XI DE LOS ACUERDOS EXTERNOS DE CONVIVENCIA

Art. 144: La Unidad Educativa Colegio “Arístides Bastidas”, procurará la constante armonía y cordialidad con toda la comunidad

adyacente a la sede del plantel, trabajo en la promoción de los valores del respeto, tolerancia y solidaridad, del personal, alumnado, padres y representantes con todos los vecinos, por lo cual establece lo siguiente:

a) La agrupación cultural – musical de la Gran Banda Show “Arístides Bastidas” tendrá un (1) solo día de prácticas, con la finalidad de mantener la armonía con los vecinos del plantel.

b) Se establecen Acuerdos para el Retiro del Alumnado en las horas de salida que deben ser cumplidas por parte de los padres y representantes con el fin de propiciar el respecto y armonía ciudadana, trabajando unidos por las sendas del éxito, con paz, alegría y amor, para lograr así la sensibilidad entre la comunidad escolar, la colectividad de la Calle Alberto Carnevalli, y áreas adyacentes al plantel en el horario de entrada y salida.

c) DEL SISTEMA DIARIO DE SALIDA:

1. Usar un solo canal vehicular para dejar ó venir a buscar a sus representados, recorriendo la Calle Alberto Carnevalli desde Interpan hasta llegar al frente del plantel. 2. Evitar tocar cornetas cuando se llegue frente al Colegio o para llamar a los estudiantes. 3. Evitar el cruce de la calle por parte de los estudiantes. 4. Usar el estacionamiento del plantel cumpliendo con su acuerdo. 5. Coopere con la libre circulación vehicular, evitar estacionarse por ningún motivo en el transcurso de día frente a los garajes de los vecinos. 6. No estacionarse frente al plantel en el horario de salida. 7. Respetar el rayado de la zona escolar y del paso de peatones. 8. Respetar los conos de seguridad colocados frente al plantel en horario de 11:30 a.m. a 1:30 p.m.

CAPITULO XII DE LA LABOR SOCIAL COMUNITARIA

Art. 145: DE LA JUSTIFICACIÓN

La Labor Social Comunitaria de la U.E. Colegio “Arístides Bastidas” tiene como finalidad proyectar la Acción Social hacia la comunidad conforme a los principios y valores establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la LOE, a través de proyectos, de acción participativa Social que generen cambios positivos en los educando bajo una concepción humanista de trabajo liberador y con la interacción de todos. Los actores del proceso de enseñanza - aprendizaje, diseñado mediante de una serie de actividades en la que los estudiantes del 5to año demuestren los resultados alcanzados en un proyecto puesto en práctica en la comunidad escolar con asesoría institucional bajo lineamientos previos, establecidos por la Dirección del Plantel y la Coordinación de Proyectos y Acciones Comunitarias que sensibilizan al joven ante la realidad social según lo establecido en el articulo 13 de la C.R.B.V.

Art. 146: DE LA INVESTIGACIÓN DE ACCIÓN PARTICIPATIVA SOCIAL:

Los trabajos finales de Labor social Comunitaria para los estudiantes de 5to año de Educación Media General, serán presentados a través de un tipo de investigación – acción, que persigue la búsqueda de conocimientos, se caracteriza por ser colectiva y aplicable a grupos numerosos. Esta es concebida como una investigación comprometida con el entorno, persigue no solo la obtención del conocimiento si no la mejora de las situaciones al introducir cambios y transformaciones positivas no solo al medio en el cual actúa sino también, en quienes participan como actores en el proceso investigativo.

En definitiva, la investigación acción participativa tiene como punto de partida el sentido critico del investigador, la función de cambio social y la dimensión pedagógica de todos proyecto.

Art. 147: CARACTERÍSTICAS Y VENTAJAS DE LA INVESTIGACIÓN DE ACCIÓN PARTICIPATIVA SOCIAL:

Es cualitativa, se fundamenta en identificar las realidades. Puede llevarse a cabo en una comunidad o institución como unidad de análisis. El interés fundamental es comprender el fenómeno a estudiar desde la perspectiva lo cual garantiza su validez,

ya que el modo de recoger los datos de captar cada evento tomando en cuenta diferentes puntos de vista, vivir la realidad e interpretada dentro de su propia dinámica.

Permite emitir conclusiones y recomendaciones. Es emergente ya que permite ser innovador al utilizar las tics como herramientas de avanzada. Permite integrar el conocimiento, informal y el científico permite al investigador dar una interpretación de acuerdos

a sus experiencias y formas de sentir tomando en cuenta sus necesidades intereses, valores y principios. Permite utilizar métodos estrategias y recursos técnicos idóneos para dar repuesta a los problemas planteados. Los resultados de la investigación apuntan hacia el beneficio de la gente, el estudio, se lleva a cabo en un todo

sistémico como una institución, una comunidad, u otro colectivo.

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Art. 148: Los estudiantes de 5to

Año de Educación Media General en Ciencias deberán cumplir con Jornada de Labor Social Comunitaria, a fin de dar cumplimiento a la filosofía institucional “Educar para la Vida”, así como lo establecido en la Ley Orgánica de Educación (L.O.E) y los Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitario (A.C.E.):

De conformidad con el Art. 59 ACE: Los Alumnos cursantes del último año de Educación Media General en Ciencias, deberán desarrollar de acuerdo al Art. 27 del Acuerdo de la Ley Orgánica de Educación una actividad de beneficio a la comunidad o al Plantel (Labor Social – Comunitaria), Misión Robinson y/o las directrices del Ministerio del Poder Popular para la Educación.

De Conformidad con el Art. 27 LOE: Además de los requisitos legales establecidos para la obtención del título de Bachiller o de Técnico Medio, se deberá solicitar a cada alumno su participación en una actividad que beneficie al respectivo plantel o a la comunidad. El Ministerio de Educación impartirá las orientaciones necesarias para el cumplimiento de esta disposición.

Según el Art. 13 de la Nueva LOE: La responsabilidad social y la solidaridad constituye principios básicos de la formación ciudadana de los y las estudiantes en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo.

Art. 149: De conformidad con la Ley vigente, todo estudiante cursante en instituciones y centros educativos oficiales o privados de los niveles de educación Media General y Media Técnica del Sistema Educativo, una vez culminado el programa de estudio y de acuerdo con sus competencias, debe contribuir con el desarrollo integral de la Nación, mediante la práctica de Actividades Comunitarias, en concordancia con los principios de responsabilidad social y solidaridad, establecidos en la ley.

Art. 150: ACTIVIDADES COMUNITARIAS

1. Los estudiantes asistirán a los Centros de Acción Social, el día jueves en el horario que convenga la Institución y la Dirección del Plantel.

2. La Coordinación de Labor Comunitaria, supervisarán a los estudiantes en cada Centro, sus Planes de Acción y Horario de entrada y salida.

3. Los equipos de Labor Social Comunitaria deberán consignar ante el Dpto. de Evaluación y Control de Estudios del Plantel el Cronograma de Actividades o Plan de Acción, elaborados por ellos o por la Dirección de la Institución, según normativa establecida para cada año escolar; así como los Informes de gestión de cada semana. Todas las actividades a ejecutar deberán estar incluidas en el Plan de Acción.

4. Los integrantes de Labor Social Comunitaria organizarán conjuntamente con la Dirección del Plantel Actividades de Autogestión, a fin de fortalecer los recursos económicos necesarios para dar cumplimiento a las actividades programadas.

5. Los estudiantes permanecerán en los Centros de Acción Comunitaria en el horario que se establezca, en caso de retiro debe ser notificado por escrito ante la Dirección o Coordinadores por sus padres y/o representantes.

6. Los estudiantes durante la ejecución de la Labor Social Comunitaria deberán evitar las visitas de personas ajenas a participar en las actividades.

7. Los estudiantes acudirán a las Asesorías con los Coordinadores Institucionales a fin de ir fortaleciendo su trabajo y presentación final de su Proyecto de Labor Social Comunitaria.

8. Los estudiantes deberán presentar con anticipación el Proyecto para ser corregido conjuntamente con el material Audio-visual.

9. Los estudiantes aceptaran de manera positiva las orientaciones que se les realicen ante y durante la predefensa del Proyecto.

10. Los Padres y/o Representantes brindarán Cooperación y Apoyo a sus representados, en la ejecución del Proyecto de Labor Social Comunitaria siguiendo las orientaciones y recomendaciones dada por la Institución.

Art. 151: FALTAS POR PARTE DE LOS ESTUDIANTES EN LA LABOR SOCIAL COMUNITARIA:

Los estudiantes incurrirán en faltas cuando:

1. Presenten inasistencias injustificadas. 2. Muestren poca responsabilidad en la entrega de los recaudos. 3. Muestren irrespeto, falta de compañerismo, poca solidaridad y falta de integración. 4. Inobservancia de los acuerdos que se establezcan tanto en los Centros como en la Institución. 5. Muestren incumplimiento en las actividades programadas o realicen actividades que estén fuera de la planificación sin

previa participación por escrito a sus Coordinadores.

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CAPITULO XIII DEL CONSEJO EDUCATIVO Y SUS COMITÉ

Art. 152: Se inserta como parte de los Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitario de la U.E. Colegio “Arístides Bastidas”, todo lo establecido en la RESOLUCIÒN 058:

A. Base Legal:

De conformidad con lo establecido en el artículo 102 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en uso de las atribuciones conferidas en el articulo 77 numeral 19 del decreto n° 6.217 con rango, valor y fuerza de ley orgánica de la administración publica, en el articulo 16 numeral 1 del decreto n° 6.732 sobre organización y funcionamiento de la administración publica nacional ; concatenado con lo dispuesto en el artículo 16 de la ley orgánica de procedimientos administrativos, articulo 5 numeral 2 de la ley del estatuto de la función publica ; en concordancia con los artículos 4,5,6 numeral 2 literales “ a” y “g”, numeral 3 literal “e” y numeral 4 literales “a” y “b”, artículos 20 y 21 de la ley orgánica de educación.

B. Propósito

Con el supremo compromiso sustentado en valores éticos, morales, humanísticos y culturales, la presente resolución tiene como propósito democratizar la gestión escolar, con base en el modelo sociopolítico de la democracia participativa y protagónica establecida en nuestra constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela (1999). Ello significa que los actores claves y otros corresponsables del proceso educacional participan activamente en los asuntos de interés de determinadas comunidad educativa, mediante la organización de colectivos de estudiantes, docentes, padres, madres y representantes, directivos , quienes tendrán su vocería en el consejo educativo participando directamente en la gestión escolar y , por hender, en la toma de decisiones ; así como establecer los necesarios vasos comunicantes entre la escuela o el liceo y la localidad donde ella se encuentra inserta, propiciando de esta manera una formación para el ejercicio pleno de la nueva ciudadanía, también, con la creación del consejo educativo se pretende desarrollar soluciones en los problemas que se presenten en cada institución educativa, yendo incluso más allá de los muros del recinto escolar. Esta propuesta es el resultado de un proceso de sistematización de lo presentado y discutido en las mesas de trabajo realizadas a nivel municipal, regional y nacional.

C. Resuelve Establecer la normativa y procedimiento para el funcionamiento del consejo educativo.

Disposiciones Fundamentales. El Consejo Educativo se regirá por la siguiente Resolución, la cual desarrolla las normas y los procedimientos a ser cumplidos por sus integrantes. El estado garantiza a través del Ministerio del Poder Popular para la Educación como órgano rector con competencia en el subsistema de educación básica, la formación integral y permanente de las y los estudiantes, padres, madres, representantes, trabajadores administrativos, obreros, docentes de las instituciones educativas, así como el desarrollo del potencial creativo de todas y todos los actores claves del proceso educacional, a efecto de garantizar la ejecución de todas las acciones reglamentarias y vinculadas con la gestión escolar.

D. Objeto de la Norma. Articulo. 1. La presente norma tiene como objetivo regular y desarrollar los principios, valores y procesos que garanticen una gestión escolar articulada, coordinada e integrada del Consejo Educativo en las instituciones educativas, del subsistema de educación básica de acuerdo a lo establecido en los principios Y preceptos constitucionales de la Republica Bolivariana de Venezuela. Además, regula la planificación, ejecución, seguimiento, control, supervisión y evaluación de los diversos planes, programas, proyectos, actividades y servicios en el marco del Estado Docente y la política pública del estado venezolano, sustentados en el humanismo social y en la doctrina bolivariana.

E. Principios y Valores Articulo 2. Los principios que rigen el Consejo Educativo son la democracia participativa, protagónica, la responsabilidad y corresponsabilidad, la justicia e igualdad social, la formación para la independencia, la libertad y emancipación, la cultura para la paz, el desarrollo de la conciencia social, el respeto a los derechos humanos, la equidad e inclusión, la sustentabilidad, la igualdad de género, la identidad nacional, la lealtad a la patria, la defensa de la integridad territorial, la soberanía nacional e integración latinoamericana y caribeña, el respeto a la autodeterminación de los pueblos y la suprema felicidad social para el vivir bien.

F. De la Duración y Registro del Consejo Educativo. Articulo 6 La duración en el cumplimiento de las funciones de los órganos constitutivos del Consejo Educativo es un (01) año contado a partir del momento de la elección y sus miembros podrán ser reelegidos Y reelegidas, pudiendo ser revocados y revocadas al cumplir la mitad del periodo (CRBV, Art. 72) El registro del Consejo Educativo se realiza después de la elección y conformación de cada uno de los comité que la constituyen, a través de una Taquilla Única, que se instale en la Zona Educativa, Municipio, o Distritos Escolares correspondientes

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y en la Dirección de Comunidades Educativas del Nivel Central en el MPPE, en un tiempo no mayor de cuarenta y cinco (45) días continuos.

G. De la Conformación y Organización del Consejo Educativo Articulo 7 Son órganos constitutivos del consejo educativo los Comité de Madres, Padres, Representantes y Responsables; Académico; Seguridad y Defensa Integral; Comunicación e Información; Ambiente, Salud Integral y Alimentación; Educación Física y Deportes; Cultura; Infraestructura y Hábitat Escolar; Estudiantes; Contraloría Social y, de otros que se consideren pertinentes, siempre y cuando su conformación sea impar. Así como, la directiva de la institución educativa, la cual tiene un solo voto en el proceso de decisión que defina esta instancia, desde la educación inicial hasta la educación media y todas las modalidades en el Subsistema de Educación Básica, asimismo, pueden formar parte de esta instancia las personas naturales y jurídicas, voceros y voceras de las diferentes organizaciones comunitarias vinculadas con las instituciones educativas (Art. 20 de LOE 2009).

H. Son funciones del Consejo Educativo las siguientes: 1. Participar en el diseño de estrategias que contribuyan con el desarrollo socio productivo a partir del proyecto educativo

integral comunitario (PEIC) en correspondencia con los proyectos de aprendizaje (PA).

2. Articular, integrar y coordinar de manera intra e interinstitucional mecanismos orientados al fortalecimiento de la gestión

escolar, garantizando permanentemente la organización estudiantil en el subsistema de educación básica.

3- Coordinar acciones que contribuyan con la formación de una conciencia ecológica a fin de preservar, defender la

biodiversidad, la sociodiversidad, las condiciones ambientales y el aprovechamiento racional de los recursos naturales.

4- Elaborar y ejecutar acuerdos de convivencia escolar y comunitaria para la construcción y preservación de una cultura de paz

de las instituciones educativas oficiales y privadas, donde todas y todos los responsables y corresponsables de la instancia

orgánica escolar deben participar de acuerdo a lo establecido en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y

demás leyes, normativas y presentarlas en Asamblea Escolar del Consejo Educativo para su aprobación.

5- Aplicar mecanismos de contraloría social en los aspectos curriculares y administrativos, que permitan de manera protagónica,

participativa y corresponsable la evaluación de la gestión de planes, programas y proyectos educativos de las instituciones

educativas oficiales y privadas, en correspondencia con el Proyecto Nacional Simón Bolívar y la política pública del estado.

6- Promover una cultura para el conocimiento, compresión, uso, análisis crítico y reflexivo de contenidos de los medios de

comunicación social, públicos, privados y alternativos, para el fortalecimiento de una convivencia ciudadana y una cultura de

paz, territorialidad y nacionalidad, estableciendo corresponsabilidad con la conformación y activación de un órgano

constitutivo de usuarias y usuarios, haciendo uso de los recursos que dispone el estado para la contraloría social.

7- Organizar el voluntariado social como escuela generadora de consciencia social y activadora del deber transformador de cada

instancia de trabajo.

8- Sistematizar, socializar y difundir las prácticas e innovaciones de la gestión escolar en los ámbitos local, municipal, regional y

nacional.

9- Convocar y coordinar asambleas de voceras y voceros de las instituciones educativas oficiales y privadas, viabilizando los

procesos para la toma de decisiones y su seguimiento y control en colectivo sobre los asuntos de la gestión escolar.

10- desarrollar en las y los docentes, las familias y la comunidad de forma integrada, la formación permanente en las políticas

educativas y en las temáticas relacionadas con los ejes integradores para el proceso curricular; ambiente y salud integral,

interculturalidad, derechos humanos y cultura de paz, lenguaje, trabajo liberador, soberanía y defensa integral de la Nación y

tecnologías de la información libre en el marco de la gestión educativa.

11- Contribuir con la gestión escolar, en cuanto a la calidad de los servicios educativos que prestan las instituciones

educacionales oficiales y privadas, generando mecanismos de relación y articulación intra e interinstitucional con los entes

gubernamentales, comunitarios y demás empresas públicas, de acuerdo con sus características y en correspondencia con las

políticas intersectoriales del estado y los planes generales de desarrollo local, regional y nacional.

12- Impulsar la materialización de los planes, programas y proyectos comunitarios que viabilicen el proceso educativo y formativo

de todas y todos los actores claves.

13- Apoyar la construcción de estrategias, organización y funcionamiento de los servicios alimenticios y nutricionales, tales como

el programa de alimentación escolar (PAE) para la consolidación de la soberanía y seguridad agroalimentaria, a través de los

planes, programas y proyectos que respondan a la política pública del estado.

14- Desarrollar acciones conducentes al mantenimiento y conservación de la planta física, bienes muebles e inmuebles, seguridad

de las instalaciones y ambientes de la institución educativa.

15- Coordinar esfuerzos entre las y los colectivos para asegurar en el ámbito escolar, familiar, comunitario y otras instituciones de

carácter social, la educación en valores éticos, humanistas sociales, democráticos y los derechos humanos de acuerdo a lo

establecido en el Plan Socioeconómico Nacional y las leyes promulgadas.

16- Organizar actividades recreativas, culturales, deportivas, educativas en la instituciones y comunidades que exalten,

fortalezcan y afiancen los valores patrios, la interculturalidad, identidad, diversidad socio cultural, biodiversidad y

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sociodiversidad, sentido de pertenencia y pertinencia geohistòrica y otros elementos constitutivos de la venezolanidad, con

visión caribeña, latinoamericana y mundial.

17- Realizar actividades que contribuyan al desarrollo y defensa del derecho a una educación gratuita, obligatoria, integral,

liberadora, transformadora, bolivariana y de calidad para todas y todos, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin

discriminación étnica cultura, color, sexo, creencias, cultura u otra que limite el ejercicio de sus deberes y derechos.

18- Ejecutar acciones de carácter pedagógico – administrativo que se desarrollan en las instituciones educativas, a los fines de

contribuir a la eficiencia y eficacia de la gestión escolar.

I. De los Comité y el Consejo Estudiantil

Son instancias conformadas por las vocerías de los actores claves del proceso escolar para ejercer funciones específicas, atendiendo a las necesidades y desarrollo de las potencialidades de la comunidad educativa, en correspondencia con los principios y valores establecidos en la Ley Orgánica de Educación (LOE 2009) y demás leyes vinculantes. También, articula y promueve la participación e integración de las organizaciones educativas, comunitarias y sociales para garantizar el derecho a una educación integral y de calidad para todas y todos. Los comités están conformados por vocerías previamente elegidas y elegidos por todos los actores claves de procesos educacionales, quienes serán propuestas y propuestos antes las Asamblea Escolar para someterlas a aprobación o no por la mayoría de los participantes en dicha asamblea. las corresponsabilidades de estas vocerías son de articulación, coordinación e impulso de las acciones correspondientes, a los planes, programas y proyectos que se generen en cada comité, bajo los principios de unidad solidaridad, disciplina, ayuda mutua, honestidad, transparencia con compromiso con los intereses de la asamblea escolar y de la patria. El Consejo Estudiantil está conformado por las vocerías de los y las estudiantes en todas las instituciones educativas en los niveles y modalidades del subsistema de educación básica, las y los estudiantes deben organizarse en Consejos Estudiantiles.

J. Son funciones del consejo estudiantil las siguientes: 1. Participar en forma protagónica en las diferentes acciones, ámbitos, planes, programas y proyectos educativos y

comunitarios, ejerciendo sus derechos y deberes como sujetos sociales en un clima democrático, de respeto, paz,

tolerancia y solidaridad, contribuyendo con la armonía y el buen funcionamiento de las instituciones educativas.

2. Convocar a sus voceras y voceros a reuniones ordinarias y extraordinarias, en cada de las instituciones educativas.

3. Organizar las actividades referidas a la defensa de nuestra identidad, preservación y conservación del patrimonio

ambiental, histórico y cultura.

4. Asumir corresponsablemente el compromiso del mantenimiento de la planta física, materiales, equipos, mobiliarios y otros

bienes pertenecientes a las instituciones educativas. Asimismo, en el desarrollo de acciones que disminuyan factores de

riesgo y potencien los factores de protección.

K. Comité de madres, padres, representables y responsables Es la instancia de participación de colectivo socia para ejercer funciones en marcadas en la formación de principios, creencias actitudes hábitos, valores como el respeto, reflexión para concretizar en lo local, regional y nacional las responsabilidad y la corresponsabilidad de la familia, escuela, sociedad y el estado.

L. Comité Académico Es la instancia que se contribuye a la formación permanente de las ciudadanas y ciudadanos responsables y corresponsables de la gestión escolar. Apoya en el desarrollo de potencialidades para aprender y propiciar las construcción y innovación del crecimiento, de los saberes fomentados la actualización, el mejoramiento y el desarrollo profesional quienes los integran. El comité académico está conformado por las vocerías del colectivo de información e investigación permanente, estudiantes, trabajadoras y trabajadores administrativos, directivos, docentes, obreros y obreras.

M. Comité de seguridad y defensa integral Es la instancia cargada de ejercer acciones dirigidas a la prevención, seguridad, defensa y protección en el marco de responsabilidad y corresponsabilidad orientadas por valores de respeto, reflexión y participación entre otros. Están conformados por las madres, padres, representantes y responsables estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras administrativas y trabajadores administrativos, obreras y obreros y organizaciones comunitaria.

N. Comité de ambiente, alimentación, salud integral Es la instancia encargada de impulsar acciones dirigidas a la promoción, prevención, conservación y preservación del el ambiente a favor de la salud integral, orientada por valores de fraternidad, responsabilidad, corresponsabilidad, cooperación y la convivencia en el marco de la solidaridad. Está conformado por las madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras y trabajadores administrativos, obreras, obreros y organización comunitarias, entre otros.

O. Comité de deportes y educación física Es la instancia encargada de impulsar acciones dirigidas a la promoción, organización, fomento y administración de la educación física y el deporte, con fines educativos y sociales, orientada por los principios y valores de identidad nacional, democracia

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participativa y protagónica, soberanía, justicia, honestidad, libertad, respeto a los derechos humanos, igualdad, lealtad a la patria y sus símbolos, equidad de género, cooperación, autogestión, corresponsabilidad, solidaridad, y protección del ambiente. Está conformado por las madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras y trabajadores administrativos, obreros, obreras y organizaciones comunitarias, entre otros.

P. Comité de comunicación e información. Es la instancia que contribuye a la promoción, divulgación y comunicación referida a las variables escolares mediante el trabajo articulado con la red de medios públicos y comunitarios. Este comité de comunicación e información está conformado por las vocerías de estudiantes, directivos, docentes, trabajadores y trabajadoras administrativos, obreros y obreras y las organizaciones comunitarias del poder popular.

Q. Comité de cultura. Es la instancia responsable de organizar, orientar e impulsar el reconocimiento de las culturas a través de actividades locales, regionales y nacionales en las instituciones y centros educativos, promoviendo la formación integral con la finalidad de aportar estrategias para el desarrollo de sus capacidades creativas, expresivas y recreativas siempre bajo la política de inclusión vinculadas a la gestión escolar. Está conformado por las madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, obreros y obreras, docentes, organizaciones comunitarias trabajadores administrativos. Entre otros.

R. Comité de infraestructura y habita escolar. Es la instancia organizativa encargada de gestionar, promover, planificar y evaluar las acciones intra e interinstitucional dirigidas a la construcción, ampliación, mantenimiento, rehabilitación, dotación y preservación de los bienes nacionales y la planta física escolar. Es comité de infraestructura y habita escolar está conformado por las vocerías de madres, padres, representantes, responsables, estudiantes docentes directivos, trabajadoras y trabajadores administrativos, obreros y organizaciones comunitarias, entre otros.

S. Comité de Contraloría Social. Es la instancia del consejo educativo encargado de la prevención, supervisión, acompañamiento, seguimiento, control y evaluación de la gestión escolar, antes durante y después de la ejecución de los planes, programas, proyectos y acciones de interés colectivo, basada en los principios de justicia, equidad, transparencia, corresponsabilidad, celeridad, honestidad, ética para la protección y defensa del buen uso de todos los recursos disponibles para la gestión escolar. El comité de contraloría social está conformado por las vocerías de los distintos comités que integran el consejo educativo, así como las vocerías de las organizaciones comunitarias.

T. De la asamblea escolar. La asamblea escolar es la máxima instancia de participación deliberación y toma de decisiones del consejo educativo.

Constitución de la asamblea escolar La asamblea estará conformada por las y los responsables y corresponsables como sujetos claves del proceso educativo vinculado a la gestión escolar.

Decisiones de la asamblea escolar. Las decisiones serán tomadas por consenso de la mayoría de los asistentes a la asamblea escolar vinculados a la gestión escolar.

U. Disposición transitoria. Uno. El funcionamiento interno de los comités, el número de personas que lo conforman, así como la designación o no de suplentes, serán establecidos en reunión de voceras y voceros de cada comité, de acuerdo a la normativa contenida en la presente resolución y en la C.R.B.V. Dos. La presente resolución estará sujeta a revisión, evaluación y modificación en el periodo de un año, a los fines de su perfeccionamiento.

V. Disposición derogatoria. Única: se deroga la resolución N° 751 de fecha 10/11/1986, publicada en la gaceta oficial de la Republica de Venezuela n° 114 de fecha 19/02/1987, publicada en la gaceta oficial de la republica de Venezuela N° 33.672, de fecha 6/3/1987 y la resolución 1.675, de fecha 31/19/1997. Publicada en la gaceta oficial de la republica de Venezuela n° 36.327, de fecha 05/11/1997. Igualmente se deja sin efecto cualquier disposición o norma que contradiga lo dispuesto en la presente resolución.

W. Disposiciones finales 1. La presente resolución entrara en vigencia a partir de su publicación en la gaceta oficial de la republica bolivariana de

Venezuela.

2. La protocolización, formalización y demás actuaciones del consejo educativo estarán exento de cualquier tipo de pago, de

tributos nacionales y derechos de registro.

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CAPITULO XIV DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

Art. 153: La planificación del trabajo en este Plantel se realizará atendiendo a lo establecido en los Art. 57, 58 y 59 del Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación. En este sentido se elaborarán los siguientes documentos:

- Proyecto Educativo Integral Comunitario, Proyectos de Aprendizaje, Proyectos de Desarrollo Endógeno, etc. - Plan general del trabajo del plantel, confeccionado con la participación de todo el personal del instituto para

entregarlo al finalizar el primer período del año escolar. - Planes anuales del Personal Directivo, de los Coordinadores y de cada miembro del Personal Docente que

será confeccionado por los grupos de trabajo correspondiente y entregado en el mes de Octubre. - Proyectos o Programas ocasionales de actividades de las distintas comisiones de trabajo designadas en

consejos de docentes o por la Dirección del Colegio, entregados a solicitud de la Dirección. - Programaciones del trabajo Docente para el desarrollo de las áreas o asignaturas de los Programas de

Estudios, mensual, quincenal, semanal o diario, de acuerdo a las decisiones tomadas en Consejo de Docentes. - Cronograma General de Actividades del Colegio por cada lapso. - Planes de evaluación confeccionados por el Personal Directivo, Coordinadores y por cada Docente a principio

de cada Período y lapso del año escolar. - Plan de supervisiones confeccionadas por el Personal Directivo, Coordinadores y Docentes Especialistas de

áreas o asignaturas para ser entregados al inicio de los períodos y lapsos del año escolar. - Todos los documentos tendrán carácter acumulativo progresivo para su vigencia y actualización, requiriendo

por lo tanto de una carpeta para su archivo y constancia de su permanente revisión. Art. 154: El horario de trabajo y actividades escolares en este Colegio se cumplirá conforme a la especificación siguiente:

A. HORARIOS DE ENTRADA: - 6:30 a.m. Entrada del Personal Directivo, Administrativo, Obrero y demás funcionarios. - 6:40 a.m. Entrada del Alumnado y Personal Docente. - 6:45 a.m. Acto de formación: Oraciones, entonación del Himno Nacional y orientaciones generales. - 6:55 a.m. Entrada de los estudiantes a los salones de clases. - 7:00 a.m. Cierre de la puerta de entrada al Plantel. B. HORARIOS DE RECESO:

• Receso de 1er Grado: 7:00 a.m. A 7:25 a.m. • Receso de 2do y 3er Grado: 7:25 a.m. A 8:05 a.m. • Receso de 4º, 5º, y 6º Grado: 8:05 a.m. A 8:30. a.m. • Receso de Educación Media General: 9:30 a.m. A 10:00 a.m. (1er Año a 5to Año)

C. HORARIOS DE SALIDA:

12:00 P.M. Salida de los estudiantes de Educación Primaria. -

1:00 P.M. Salida de los Estudiantes de Educación Media General y Educación Media General en Ciencias. Art. 155: Los estudiantes de Educación Primaria, a la hora de salida esperaran a sus Padres y /o Representantes en el aula de clases, acompañados por su respectivo Docente, hasta las 12:45 p.m. como máximo. Art. 156: Para el momento de la salida y previa formación deberán retirarse los estudiantes a sus hogares sin permanecer en las inmediaciones del plantel o Centros Comerciales adyacentes. La institución no se hace responsable de aquellos estudiantes que no atiendan estas sugerencias. Art. 157: Será indispensable, antes de acudir a otras instancias, que las quejas, reclamos o planteamiento que por cualquier motivo tengan que formular los Padres, Madres y/o Representantes referentes al proceso educativo, exponerlo de forma razonada ante las autoridades del Plantel por escrito en el libro de Observaciones al Proceso por Departamentos y seguidamente en forma oral en entrevista con el directivo del Plantel, para que estas una vez estudiadas y comprobados los hechos, resuelvan sobre el particular.

A. No se consideraran válidas las observaciones que no sigan este requisito, puesto que el plantel desconocerá cualquier observación realizada fuera de su instancia, sin haberla leído o escuchado previamente, considerando un irrespeto institucional el plantear situaciones de la institución en otras instancias sin agotar primero la vía administrativa interna.

Art. 158: Los padres y/o representantes que tengan alguna observación o planteamiento que formular deberán hacerlo ante las autoridades del Plantel, requerir las informaciones deseadas u obtener respuestas a los mismos, dentro del horario de atención escolar, y la atención por departamentos será la que se manifiesta a continuación, todo esto con la finalidad de darle prioridad al estudiantado, quien amerita mayor atención y distribuir el resto del tiempo para la atención a representantes y público en general.

Horarios Establecidos para el año escolar. 2.016 – 2.017: Atención exclusiva por orden de llegada.

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DIRECCIÓN: Miércoles de 8:30 a.m. a 10:00 a.m. GERENCIA DE DESARROLLO ORGANIZACIONAL: Martes 8:30 a 12:00 p.m. DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN Y BIENESTAR ESTUDIANTIL: Martes, Miércoles y Jueves de 10:30 a.m. a 1:00 p.m. BIBLIOTECA: Lunes a Viernes de 7:30 a.m. a 11:30 a.m. DPTO. DE EVALUACIÓN Y CONTROL DE ESTUDIOS: Martes y Miércoles: 8:30 a.m. -11:00 a.m COORDINACIÓN DE EDUCACIÓN PRIMARIA: Jueves y Viernes: 8:30 a.m. -11:00 a.m DOCENTES: Los días viernes previa cita, solicitada en el Unidad de Apoyo Institucional, la cual se coordina de la siguiente

manera: • Educación Primaria: 12:00 p.m. a 1:00. p.m. • Educación Media General: 9:10 a.m. A 10:00 a.m. (1er Año a 3er Año) • Educación Media General en Ciencias: 9:10 a.m. A 10:00 a.m. (4to Año a 5to Año)

Art. 159: En las actividades docentes, sociales o en el curso de otras extra cátedras que este instituto cumpla con fines educativos, no se permitirá ninguna clase de propaganda político partidista, ni de doctrinas contrarias a los principios de nacionalidad, que ofendan las buenas costumbres, o que pretendan alterar al proceso democrático del país. Art. 160: En concordancia con los presentes Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitario de la Unidad Educativa Colegio “Arístides Bastidas”, Ley Orgánica de Educación, y otras Leyes Nacionales, se crea las Descripciones de Cargo del Personal del Plantel, Acuerdos Especiales como el de la Gran Banda Show “Arístides Bastidas”, Club de Periodismo, Club de Ajedrez, Sociedad Bolivariana, Biblioteca, Manual de Salud, Higiene y Seguridad laboral, Manual de Evacuación, Programa Manos a la Siembra, y Otros inherentes al proceso educativo institucional. Art. 161: La Unidad Educativa Colegio “Arístides Bastidas”, determina como Slogan Institucional el siguiente: “Mística, Experiencia y Excelencia Educativa, Educar para la Vida. Tu Segundo Hogar. Con miras a manifestar diariamente la filosofía institucional en pro del continuo trabajo por brindar la mejor calidad de servicio educativo, y ser una institución educativa del más alto nivel, logrando el liderazgo académico – cultural en todos los ámbitos, y con el reconocimiento local, regional, nacional e internacional. Art. 162: Los presentes Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitario deberán cumplirse en todo cuanto se refiere a su contenido, deberán modificarse anualmente o cuando lo pida el funcionamiento de la U.E. Colegio “Arístides Bastidas”, y lo no previsto en el mismo, será resuelto por el Consejo Educativo. Disposiciones Finales: Único, Aprobación y vigencia: El acuerdo de convivencia Escolar y Comunitaria debe ser elaborado por todos los comités que conformen el consejo educativo así como todas las demás personas que hacen vida en la comunidad educativa. Una vez elaborado y aprobado por los involucrados, la institución educativa debe consignar un ejemplar ante el Consejo Municipal de Derechos del Niño, Niña y Adolescentes. (CMDNNA) para su revisión y posibles correcciones. Una vez realizadas las correcciones por la Institución Educativa, se deberá consignar ante el CMDNNA 02 (DOS) ejemplares para su validación con su respectivo sello y firma, y dura 1 año escolar.

Los presentes acuerdos fueron creados en Octubre de 1.992. Ultima Reforma, Firmada y Sellada en la sede de la Unidad Educativa Colegio “Arístides Bastidas”, a los 17 días del mes de Octubre del año 2.014, aprobado en Asamblea General de Padres, Madres, Representantes y Responsables del plantel y se mantendrá vigente hasta que se realicen nuevas modificaciones por la Asamblea de Padres para el próximo año escolar.

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INDICE

CONTENIDO: Nº PÁG.

CAPITULO I DE LA DENOMINACIÓN, NATURALEZA, OBJETOS, FINES Y ESTRUCTURA.......................................................................... 01

CAPITULO II DE LOS ACTOS ACADÉMICOS Y ACTIVIDADES DE PROMOCIONES……………………………………………………………. 02

CÁPITULO III DE LA INSCRIPCIÓN E INGRESO A LA INSTITUCIÓN………………………………………………………………………………. 04

CAPITULO IV DE LOS ESTUDIANTES SECCIÓN PRIMERA DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS ESTUDIANTES…………………………………………………………………………… 05

SECCIÓN SEGUNDA DEBERES FUNDAMENTALES DE LOS ESTUDIANTES DE LA ASISTENCIA, ENTRADA Y SALIDA DEL PLANTEL …………………………………………………………………………. 06

SECCIÓN TERCERA DE LA CONDUCTA DEL ESTUDIANTE……………………………………………………………………………………………….. 08 SECCIÓN CUARTA DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL DEL ESTUDIANTADO……………………………………………………………………… 09 SECCIÓN QUINTA DEL UNIFORME ESCOLAR DEL ESTUDIANTADO ……………………………………………………………………………….. 10 SECCIÓN SEXTA DE LAS HORAS DE CLASES………………………………………………………………………………………………………….. 10 SECCIÓN SEPTIMA DEL RÉGIMEN DE ESTUDIOS………………………………………………………………………………………………………… 11 SECCION OCTAVA DE LA PLANTA FÍSICA…………………………………………………………………………………………………………………. 13

CAPÍTULO V DE LOS CRITERIOS PARA APLICAR SANCIONES POR FALTAS Y SU PROCEDIMIENTO SECCIÓN PRIMERA DE LAS FALTAS……………………………………………………………………………………………………………….………. 13 SECCIÓN SEGUNDA DE LAS SANCIONES…………………………………………………………………………………………………………………. 18 SECCIÓN TERCERA DEL PROCEDIMIENTO PARA APLICAR LAS SANCIONES……………………………………………………………………. 19

CAPITULO VI DEL COLEGIO, DE LA ORGANIZACIÓN, DEL PERSONAL Y DE SUS FUNCIONES SECCIÓN PRIMERA DE LOS CONSEJOS DE DOCENTES…………………………………………………………………………………………….. 19 SECCION SEGUNDA DE LA DIRECCIÓN Y DIRECTOR DEL PLANTEL………………………………………………………………………………. 20

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SECCIÓN TERCERA DEL DEPARTAMENTO DE EVALUACIÓN Y CONTROL DE ESTUDIOS………………………………………………… 22

SECCION CUARTA DE LOS JEFES DE DEPARTAMENTOS, COORDINADORES Ó DOCENTES A TIEMPO COMPLETO……………. 22 SECCIÓN QUINTA DEL PERSONAL DOCENTE DEL PERFIL DOCENTE, DERECHOS, DEBERES Y FUNCIONES GENERALES……. 23 SECCIÓN SÉXTA DE LAS FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DEL DOCENTE GUIA. Y DE LAS GUARDIAS DE RECESO POR TODO EL PERSONAL DOCENTE ……………………………………………………………………………. 26 SECCIÓN SÉPTIMA DE LA BIBLIOTECA ESCOLAR………………………………………………………………………………………………….. 28 SECCIÓN OCTAVA DE LAS ORGANIZACIONES ESTUDIANTILES (CLUBES Y BRIGADAS)…………………………………………………. 28 SECCIÓN NOVENA DEL DEPARTAMENTO DE PROTECCIÓN Y BIENESTAR ESTUDIANTIL……………………………………………….. 29 SECCIÓN DÉCIMA DE LA GRAN BANDA SHOW “ARÍSTIDES BASTIDAS”, CLUBES, CENTROS Y/O AGRUPACIONES ESCOLARES. 29 SECCIÓN DÉCIMA PRIMERA DE LOS SEMANEROS………………………………………………………………………………………………………………. 30

CAPITULO VII DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE MANTENIMIENTO DERECHOS, FUNCIONES Y ATRIBUCIONES SECCIÓN PRIMERA DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO (ADJUNTOS, ASISTENTES Y/O SECRETARIAS)………………………………… 30 SECCIÓN SEGUNDA DEL PERSONAL DE MANTENIMIENTO O DE VIGILANCIA…………………………………………………………………. 32

CAPITULO VIII DE LOS PADRES, MADRES Y/O REPRESENTANTES………………………………………………………………………. 32

CAPITULO IX DE LA SEGURIDAD DEL PLANTEL…………………………………………………………………………………………….. 35

CAPITULO X DEL SEGURO ESCOLAR………………………………………………………………………………………………………… 36

CAPITULO XI DE LOS ACUERDOS EXTERNOS DE CONVIVENCIA……………………………………………………………………… 36

CAPITULO XII DE LA LABOR SOCIAL COMUNITARIA………………………………………………………………………………………. 36

CAPITULO XIII DEL CONSEJO EDUCATIVO Y SUS COMITÉ………………………………………………………………………………. 38

CAPITULO XIV DE LAS DISPOSICIONES GENERALES…………………………………………………………………………………….. 42

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ANEXOS