actividad individual contabilidad

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ACTIVIDAD INDIVIDUAL CONTABILIDAD DUVERLYS PILAR CHAMORRO GAMEZ CODIGO: 1.065.578.535 GRUPO: 102004_17 TUTOR ALEXANDRA MONTENEGRO

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ACTIVIDAD INDIVIDUAL CONTABILIDAD

DUVERLYS PILAR CHAMORRO GAMEZ

CODIGO: 1.065.578.535

GRUPO: 102004_17

TUTORALEXANDRA MONTENEGRO

UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIAPROGRAMA: INGENIERA INDUSTRIALCEAD VALLEDUPARFEBRERO 2015

1. Actualizacin del Perfil: Cada integrante del grupo debe actualizar la informacin registrada en el perfil.

2. Realizacin de Ensayo Cada estudiante de manera individual realizar un ensayo de acuerdo a la Ley 1314 de 2009, donde se menciona la aplicacin de las Normas Internacionales de Informacin Financiera.

Para empezar debo decir que todo comienza mediante el proyecto de la ley 165 del 2007 que con el trascurrir del tiempo y las miles de reformas se convirti en la ley 1314 de 2009, por la cual reglamenta todo lo relacionado con las normas empezar hay que decir que todo comenz como un proyecto de la ley 165 de 2007 que hoy es la ley 1314 de 2009, por la cual se reglamenta todo lo relacionado con las normas y principios de contabilidad, donde hay un proceso de globalizacin de las finanzas y las inversiones donde interesa crear ciertas posibilidades desde la informacin contable para facilitar ese libre flujo de inversiones en cualquier parte del mundo.El proyecto de ley 165 de 2007 genero ante los gremios resistencias, por la sencilla razn de que esos estndares no le sirven a todas las empresas y que significa alterar todo el esquema regulativo en Colombia para beneficiar solo a unas cuantas empresas que participaron en los mercados internacionales que son pocas en relacin con el volumen de las empresas que existen en el pas.El objetivo principal de la ley 1314 de 2009, es regular los principios y normas de la contabilidad e informacin financiera aceptados en Colombia, donde se determinan las entidades responsables de vigilar su cumplimiento; la ley rige a partir de la fecha de su publicacin donde habr un cronograma de aplicacin, regir a partir de enero de 2010 en su primera intervencin de (CTCP) Centro Tcnico De Contadura Pblica. Donde se harn procesos de revisin de normas que presentara en su divulgacin un primer plan de trabajo al ministerio de comercio, industria y turismo eso se realizo el 30 de junio de 2010.Los ministerios de hacienda, crdito pblico, de comercio, industria y turismo le darn 24 meses para ejecutar dicho plan, que entrara en vigencia el 1er de enero del segundo ao gravable siguiente de sus promulgaciones a menos que se considere necesario establecer un plazo diferente.Se aplicara un rgimen legal propio de una persona jurdica no comerciante donde no contempla normas en materia de contabilidad, estados financieros, control interno, administradores, redicin de cuentas, informes, revisora fiscal, auditoria, o cuando la normatividad incumplida en dicho rgimen.Las entidades que estn adelantando procesos de convergencia con ramas internacionales de contabilidad e informacin financiera, podr seguir realizndolas inclusive aun promulgadas, sern revisadas por el consejo tcnico de contadura pblica para asegurar su concordancia.En una nota emitida por el presidente Uribe sanciono una ley de contabilidad, la ley facilitaba el comportamiento de las normas colombianas al sistema internacional, esta ley abre nuevos espacios laborales a los contadores, con la iniciativa del presidente, donde se conforma un sistema nico e informes de alta calidad, gracias a la transparencia se reduce costos de transaccin para las empresas de todos los tamaos.Esta ley aplica a todas las personas y jurdicas que de acuerdo con la ley estn obligadas a llevar contabilidad, a si como los contadores pblicos funcionarios y dems personas encargadas de llevar los estados financieros, en desarrollo la ley mira el volumen de sus activos, ingresos, y nmero de empleados. debern sujetarse a la ley y a las normas que expida con base en ella, quienes sin estar obligados a observarla pretendan hacer valer su informacin como prueba.Se entiende por normas de contabilidad e informacin financiera al sistema compuesto por postulados, principios, limitaciones, conceptos, normas tcnicas generales, especificas, sobre revelaciones, registros y interpretaciones de guas; que permitan identificar, clasificar, medir, reconocer, evaluar, informar, las operaciones econmicas del ente en forma clara sobre servicios de aseguramiento de informacin financiera donde se han encontrado con personas jurdicas o naturales que debern ser presentados a la direccin y responsabilidad de contadores pblicos.Las normas desarrolladas en esta ley tendrn nicamente efecto impositivo cuando las leyes tributarias remitan expresamente cuando ellas no regulen las materias. La Junta Central de Contadores como autoridad disciplinaria y unidad administrativa adscripta la ministerio de comercio, industria y turismo, en desarrollo de las facultades asignadas continuara actuando como tribunal disciplinario y rgano de registro de la profesin contable.Segn los ltimos artculos de la ley 1314 de 2009 dice que las entidades que estn adelantando procesos de convergencia con normas internacionales de contabilidad y de informacin financiera y aseguramiento de informacin, podr continuar hacindolo.Las normas promulgadas sern revisadas por el consejo tcnico de la contadura pblica para asegurar concordancia, una vez sean expedidas por el ministerio de hacienda y crdito pblico y de comercio, industria y turismo, con las normas a que hace referencia

La ciencia y la tecnologa han generado importantes avances en el tema de las telecomunicaciones y de los medios de transporte. Ellos, a su vez, han impulsado a nivel mundial el intercambio comercial de bienes y servicios, el libre mercado y la integracin regional. Como consecuencia de estas transformaciones la comunidad internacional ha advertido la necesidad de implementar polticas econmicas abiertas, de incentivar el intercambio comercial y de fomentar la competitividad, pero sobre todo se ha dado cuenta de la necesidad de crear esquemas monetarios, jurdicos, econmicos, financieros y contables uniformes. Colombia, no es ajena a estas circunstancias, y se ha unido a los procesos de estandarizacin contable que a nivel mundial se han implementado. Por esta razn, la presente ley 1314 de 2009, busca adoptar las Normas Internacionales de Informacin Financiera (NIIF) que se han desarrollado y reconocido en el escenario internacional para la presentacin de estados contables. En Colombia haba una posicin inicial de la no adopcin de la convergencia de las normas de contabilidad colombianas con los estndares internacionales, pero debido a la presin de la globalizacin y la competitividad de la economa cambiante del mundo, fue tramitado como proyecto de ley 203/2008 del senado y 165/2007 de la cmara por los representantes Simn Gaviria y David Luna. En primera instancia, constaba de cuatro artculos que trataban sobre la adopcin de las IFRS, para la presentacin de informes contables, pero no fue aprobado como tal, sino que cambio a proyecto de convergencia por la cual se regulan los principios y normas de contabilidad e informacin financiera y de aseguramiento de informacin aceptados en Colombia, se sealan las autoridades competentes, el procedimiento para su expedicin y se determinan las entidades responsables de vigilar su cumplimiento.

Colombia inicia el proceso de convergencia hacia los estndares internacionales de contabilidad y de aseguramiento, El 10 de mayo la plenaria del Senado aprob la Ley Contable, mediante la cual se facultara a los Ministerios de Hacienda y Comercio, Industria y Turismo, para regular las normas de contabilidad, de informacin financiera y de aseguramiento de la informacin aceptadas en Colombia en convergencia con las normas internacionales.8La metodologa, el proceso, el inicio de los estudios para que la normativa local se ajuste a las mejores prcticas internacionales, se unifica la expedicin de estndares y se define un solo regulador: el Consejo Tcnico de la Contadura. El nuevo Consejo Tcnico de la Contadura, el cual esta reestructurado, inicia en los siguientes 6 meses presentar la propuesta de trabajo que desarrollar en los prximos 24 meses, y cambiando la cultura contable de un pas. Quienes acten como Revisores Fiscales no debern en el futuro contentarse solo con la aplicacin de los estndares de aseguramiento de la informacin mencionados ahora en el artculo 5 de la ley 1314 (lo que en la prctica son los mismos estndares internacionales de auditora), sino que tendrn que dar ms amplitud a su trabajo ya que la Revisora Fiscal no est solo al servicio de los dueos de las sociedades o entidades sino tambin al servicio de la sociedad en general. Algunas empresas debern ajustar sus sistemas de informacin de negocios, que permitan las mediciones, presentaciones y revelaciones exigidas por los estndares internacionales de contabilidad y de aseguramiento. Habr una nueva cultura contable, con las mediciones econmicas propuestas en los estndares internacionales, valores razonable de los activos, con efectos directos sobre Ley Contable, mediante la cual se facultara a los Ministerios de Hacienda y Comercio, Industria y Turismo, para regular las normas de contabilidad, de informacin financiera y de aseguramiento de la informacin aceptadas en Colombia en convergencia con las normas internacionales.8

La metodologa, el proceso, el inicio de los estudios para que la normativa local se ajuste a las mejores prcticas internacionales, se unifica la expedicin de estndares y se define un solo regulador: el Consejo Tcnico de la Contadura. El nuevo Consejo Tcnico de la Contadura, el cual esta reestructurado, inicia en los siguientes 6 meses presentar la propuesta de trabajo que desarrollar en los prximos 24 meses, y cambiando la cultura contable de un pas. Quienes acten como Revisores Fiscales no debern en el futuro contentarse solo con la aplicacin de los estndares de aseguramiento de la informacin mencionados ahora en el artculo 5 de la ley 1314 (lo que en la prctica son los mismos estndares internacionales de auditora), sino que tendrn que dar ms amplitud a su trabajo ya que la Revisora Fiscal no est solo al servicio de los dueos de las sociedades o entidades sino tambin al servicio de la sociedad en general. Algunas empresas debern ajustar sus sistemas de informacin de negocios, que permitan las mediciones, presentaciones y revelaciones exigidas por los estndares internacionales de contabilidad y de aseguramiento. Habr una nueva cultura contable, con las mediciones econmicas propuestas en los estndares internacionales, valores razonable de los activos, con efectos directos sobre CONCLUSINSe puede afirmar que el pas ha sido temeroso en la adopcin de los estndares y que no se ha preparado para asumir el reto de la competitividad que exige la globalizacin, esta ley de convergencia con base en la constitucin, hacia los estndares internacionales beneficia a los Contadores Pblicos, ya que es posible discutir, acordar y armonizar el inters generalizados del Contador Pblico y en especial respetar el ejercicio de la Revisora Fiscal.

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Es claro que esta ley exige una gran preparacin tcnica y acadmica por parte de los profesionales contables, convirtindose ello en un obstculo difcil de superar, pues las universidades tampoco se han preparado para asumir el reto y no se han preocupado por mejorar la calidad de la enseanza. No solamente los contadores debern estudiar nuevamente esta cultura contable y de aseguramiento. Los empresarios, directivos, inversionistas y algunos operativos, tendrn que actualizarse sobre estos temas, al principio complejos, luego ms dinmicos.

BIBLIOGRAFA1) Ley 1314 del 13 de Julio de 2009 2) Proyecto de ley 165 de 2007 CMARA Texto Conciliado 3) Proyecto de ley 203 de 2008 SENADO Texto Conciliado 4) Senador Aurelio Iragorri Hormaza; Ponencia favorable segundo debate Proyecto de Ley No.165/07 Cmara, 203/08 Senado 5) Senador Simn Gaviria ; Exposicin de Motivos proyecto de Ley No.165/07 Cmara, 203/08 Senado. 6) Concepto No. 053022 - Concejo Tcnico de la Contadura Pblica.

Para empezar hay que decir que todo comenz como un proyecto de la ley 165 de 2007 que hoy es la ley 1314 de 2009, por la cual se reglamenta todo lo relacionado con las normas y principios de contabilidad, donde hay un proceso de globalizacin de las finanzas y las inversiones donde interesa crear ciertas posibilidades desde la informacin contable para facilitar ese libre flujo de inversiones en cualquier parte del mundo.El proyecto de ley 165 de 2007 genero ante los gremios resistencias, por la sencilla razn de que esos estndares no le sirven a todas las empresas y que significa alterar todo el esquema regulativo en Colombia para beneficiar solo a unas cuantas empresas que participaron en los mercados internacionales que son pocas en relacin con el volumen de las empresas que existen en el pas.El objetivo principal de la ley 1314 de 2009, es regular los principios y normas de la contabilidad e informacin financiera aceptados en Colombia, donde se determinan las entidades responsables de vigilar su cumplimiento; la ley rige a partir de la fecha de su publicacin donde habr un cronograma de aplicacin, regir a partir de enero de 2010 en su primera intervencin de (CTCP) Centro Tcnico De Contadura Pblica. Donde se harn procesos de revisin de normas que presentara en su divulgacin un primer plan de trabajo al ministerio de comercio, industria y turismo eso se realizo el 30 de junio de 2010.Los ministerios de hacienda, crdito pblico, de comercio, industria y turismo le darn 24 meses para ejecutar dicho plan, que entrara en vigencia el 1er de enero del segundo ao gravable siguiente de sus promulgaciones a menos que se considere necesario establecer un plazo diferente.Se aplicara un rgimen legal propio de una persona jurdica no comerciante donde no contempla normas en materia de contabilidad, estados financieros, control interno, administradores, redicin de cuentas, informes, revisora fiscal, auditoria, o cuando la normatividad incumplida en dicho rgimen.Las entidades que estn adelantando procesos de convergencia con ramas internacionales de contabilidad e informacin financiera, podr seguir realizndolas inclusive aun promulgadas, sern revisadas por el consejo tcnico de contadura pblica para asegurar su concordancia.En una nota emitida por el presidente Uribe sanciono una ley de contabilidad, la ley facilitaba el comportamiento de las normas colombianas al sistema internacional, esta ley abre nuevos espacios laborales a los contadores, con la iniciativa del presidente, donde se conforma un sistema nico e informes de alta calidad, gracias a la transparencia se reduce costos de transaccin para las empresas de todos los tamaos.Esta ley aplica a todas las personas y jurdicas que de acuerdo con la ley estn obligadas a llevar contabilidad, a si como los contadores pblicos funcionarios y dems personas encargadas de llevar los estados financieros, en desarrollo la ley mira el volumen de sus activos, ingresos, y nmero de empleados. debern sujetarse a la ley y a las normas que expida con base en ella, quienes sin estar obligados a observarla pretendan hacer valer su informacin como prueba.Se entiende por normas de contabilidad e informacin financiera al sistema compuesto por postulados, principios, limitaciones, conceptos, normas tcnicas generales, especificas, sobre revelaciones, registros y interpretaciones de guas; que permitan identificar, clasificar, medir, reconocer, evaluar, informar, las operaciones econmicas del ente en forma clara sobre servicios de aseguramiento de informacin financiera donde se han encontrado con personas jurdicas o naturales que debern ser presentados a la direccin y responsabilidad de contadores pblicos.Las normas desarrolladas en esta ley tendrn nicamente efecto impositivo cuando las leyes tributarias remitan expresamente cuando ellas no regulen las materias. La Junta Central de Contadores como autoridad disciplinaria y unidad administrativa adscripta la ministerio de comercio, industria y turismo, en desarrollo de las facultades asignadas continuara actuando como tribunal disciplinario y rgano de registro de la profesin contable.Segn los ltimos artculos de la ley 1314 de 2009 dice que las entidades que estn adelantando procesos de convergencia con normas internacionales de contabilidad y de informacin financiera y aseguramiento de informacin, podr continuar hacindolo.Las normas promulgadas sern revisadas por el consejo tcnico de la contadura pblica para asegurar concordancia, una vez sean expedidas por el ministerio de hacienda y crdito pblico y de comercio, industria y turismo, con las normas a que hace referencia esta ley, la ley rige a partir de su publicacin y deroga todas las normas que le sean contrarias.

INTRODUCCION

La ciencia y la tecnologa han generado importantes avances en el tema de lastelecomunicaciones y de los medios de transporte. Ellos, a su vez, han impulsado a nivel mundial el intercambio comercial de bienes y servicios, el libre mercado y la integracin regional. Como consecuencia deestas transformaciones la comunidad internacional ha advertido la necesidad de implementar polticas econmicas abiertas, de incentivar el intercambio comercial y de fomentar la competitividad, pero sobretodo se ha dado cuenta de la necesidad de crear esquemas monetarios, jurdicos, econmicos, financieros y contables uniformes.