- anla – autoridad nacional de licencias...

247
| República de Colombia Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – RESOLUCIÓN N° 01944 ( 29 de octubre de 2018 ) “Por la cual se efectúa un ajuste vía seguimiento y se toman otras determinaciones” EL DIRECTOR GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA En uso de sus facultades legales establecidas mediante la Ley 99 de 1993, en concordancia con el Decreto-ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, el Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015 “Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”, la Resolución 1690 del 6 de septiembre de 2018, y la Resolución 1511 del 7 de septiembre de 2018 y, CONSIDERANDO: Que mediante Resolución 519 del 26 de mayo de 2014, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, en adelante ANLA, otorgó Licencia Ambiental, a la sociedad empresas Públicas de Medellín – S.A. E.S.P. – EPM, para el Proyecto “Construcción y Operación de la línea de transmisión Nueva Esperanza a 500 Kv”, por el trazado occidental, con una longitud de 45,54 Km”, la cual inicia en la 3/E Bacatá en el municipio de Tenjo y se dirige al sur-occidente por los siguientes municipios de la Sabana Norte y Occidente de Bogotá, en el Departamento de Cundinamarca: Tenjo, Madrid, Funza, Facatativá, Zipacón y Bojacá, hasta llegar a la vereda Cascajal, sector Canoas del municipio de Soacha, departamento de Cundinamarca. Que mediante Resolución 852 del 25 de julio de 2014, la ANLA aclaró el artículo cuadragésimo séptimo de la Resolución 519 de 26 de mayo de 2014, en cuanto a que procede por la vía gubernativa el recurso de reposición, conforme a lo dispuesto en el Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Que mediante el Auto 844 del 3 de marzo de 2015, la ANLA, efectúa seguimiento y control ambiental a las actividades de preconstrucción y atención a queja, presentada por la comunidad de la vereda Bobacé del municipio de Bojacá, departamento de Cundinamarca. Que mediante el Auto 4180 del 2 de octubre de 2015, la ANLA efectúa seguimiento y control ambiental de las obligaciones establecidas en la Resolución 519 de 2014, respecto a la etapa de preconstrucción del proyecto y en atención a la queja interpuesta por la señora Doris García Barrera por presuntos impactos sociales negativos del proyecto. Que mediante Resolución 981 del 7 de septiembre de 2016, esta Autoridad modificó el numeral 2 del artículo cuarto de la Resolución 519 del 26 de mayo de 2014, en el sentido de aumentar el volumen total de aprovechamiento forestal inicial de 811,42 m 3 en 4.134,94 m 3 , a lo largo de la línea de transmisión a 500 a kV, para un total autorizado de 4.946,36 m 3 .

Upload: others

Post on 10-Feb-2020

5 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

|

República de ColombiaMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA –

RESOLUCIÓN N° 01944( 29 de octubre de 2018 )

“Por la cual se efectúa un ajuste vía seguimiento y se toman otras determinaciones”

EL DIRECTOR GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA

En uso de sus facultades legales establecidas mediante la Ley 99 de 1993, en concordancia con el Decreto-ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, el Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015 “Decreto

Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”, la Resolución 1690 del 6 de septiembre de 2018, y la Resolución 1511 del 7 de septiembre de 2018

y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 519 del 26 de mayo de 2014, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, en adelante ANLA, otorgó Licencia Ambiental, a la sociedad empresas Públicas de Medellín – S.A. E.S.P. – EPM, para el Proyecto “Construcción y Operación de la línea de transmisión Nueva Esperanza a 500 Kv”, por el trazado occidental, con una longitud de 45,54 Km”, la cual inicia en la 3/E Bacatá en el municipio de Tenjo y se dirige al sur-occidente por los siguientes municipios de la Sabana Norte y Occidente de Bogotá, en el Departamento de Cundinamarca: Tenjo, Madrid, Funza, Facatativá, Zipacón y Bojacá, hasta llegar a la vereda Cascajal, sector Canoas del municipio de Soacha, departamento de Cundinamarca.

Que mediante Resolución 852 del 25 de julio de 2014, la ANLA aclaró el artículo cuadragésimo séptimo de la Resolución 519 de 26 de mayo de 2014, en cuanto a que procede por la vía gubernativa el recurso de reposición, conforme a lo dispuesto en el Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Que mediante el Auto 844 del 3 de marzo de 2015, la ANLA, efectúa seguimiento y control ambiental a las actividades de preconstrucción y atención a queja, presentada por la comunidad de la vereda Bobacé del municipio de Bojacá, departamento de Cundinamarca.

Que mediante el Auto 4180 del 2 de octubre de 2015, la ANLA efectúa seguimiento y control ambiental de las obligaciones establecidas en la Resolución 519 de 2014, respecto a la etapa de preconstrucción del proyecto y en atención a la queja interpuesta por la señora Doris García Barrera por presuntos impactos sociales negativos del proyecto.

Que mediante Resolución 981 del 7 de septiembre de 2016, esta Autoridad modificó el numeral 2 del artículo cuarto de la Resolución 519 del 26 de mayo de 2014, en el sentido de aumentar el volumen total de aprovechamiento forestal inicial de 811,42 m3 en 4.134,94 m3, a lo largo de la línea de transmisión a 500 a kV, para un total autorizado de 4.946,36 m3.

Resolución No. 01944 Del 29 de octubre de 2018 Hoja No. 2 de 16

“Por la cual se efectúa un ajuste vía seguimiento”

Que mediante la Resolución 1113 del 29 de septiembre de 2016, esta Autoridad modificó el artículo primero de la Resolución 519 del 26 de mayo de 2015, por medio de la cual se otorgó Licencia Ambiental para la Construcción y Operación, de la línea de transmisión Nueva Esperanza a 500 kV por el trazado occidental, con una longitud de 45,54 Km, en el sentido de modificar el trazado de la Línea de Transmisión en los tres (3) tramos denominados “Variante El Colegio”, “Variante Bobacé” y “Variante La Pereza”; así mismo modificó el área a utilizar en cada una de las plazas de tendido sobre las cuales se requiere realizar las actividades de izado del conductor.

Que mediante Auto 575 de 28 de febrero de 2017, la ANLA efectuó seguimiento y control ambiental en el sentido de presentar la justificación y los soportes de los desplazamientos de las torres que están siendo o serán objeto de reubicación, de acuerdo con lo establecido en el numeral 3 del artículo décimo quinto de la Resolución 519 de 2014, que aprueba la optimización el trazado de línea de transmisión de manera que se minimice la afectación a cualquier predio, presentando los soportes de la concertación con los propietarios, el análisis de la variación a los volúmenes de aprovechamiento forestal y la cercanía del punto de torre a cuerpo de agua más cercana.

Que mediante el Auto 732 del 27 de febrero de 2018, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, efectúa seguimiento y control ambiental, en el sentido que la sociedad presentara las pruebas documentales donde se pueda verificar el pago del valor correspondiente a las tasas retributivas, por uso y/o compensatorias a que haya lugar por el uso, aprovechamiento y/o afectación de los recursos naturales renovables.

Que el grupo de Energía Presas, Represas, Trasvases y Embalses de la Subdirección de Evaluación Seguimiento de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales —ANLA, adelantó una visita técnica al proyecto “Proyecto de transmisión Nueva Esperanza línea a 500 kV” los días 26, 27, 28 y 29 de junio de 2018, y realizó una revisión de los documentos obrantes en el expediente LAV0006-2013, tales como, actos administrativos, Informes de Cumplimiento Ambiental, soportes y demás información, y como resultado se expidió el concepto técnico 5399 del 18 de septiembre de 2018, en el que se estableció lo siguiente:

(…)

OBJETIVO Y ALCANCE DEL SEGUIMIENTO

El objetivo del presente seguimiento ambiental, consiste en la verificación de los aspectos referentes al proyecto “Línea de Transmisión Nueva Esperanza 500 kV” en su fase de construcción durante el periodo del 1 de febrero al 31 de mayo de 2017, y operación del 1 de junio al 31 de diciembre de 2017, correspondiente al avance de las actividades del proyecto descritas en la información documental presentada por las Empresas Públicas de Medellín S.A. E.S.P. – EPM, la cual se relaciona en el numeral 1 del concepto técnico que se acoge mediante el presente acto administrativo, a lo observado en la visita realizada entre los días 26 al 29 de junio de 2018, por el Equipo de Seguimiento Ambiental de la ANLA y de acuerdo con la verificación del cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Resolución 519 del 26 de mayo de 2014 y en los Autos 844 del 3 de marzo de 2015, 4180 del 2 de octubre de 2015, 00575 de 28 de febrero de 2017 y 00732 del 27 de febrero de 2018.

Durante la visita de seguimiento se sostuvieron reuniones con funcionarios de las administraciones municipales y personerías de los municipios de Tenjo, Madrid, Funza, Facatativá, Zipacón y Bojacá; como también con líderes comunales de las veredas Paso Ancho y Moyano (Facatativá), Carrasquilla (Madrid), Carrasquilla (Tenjo), Moyano (Facatativá). A su vez se realizó reunión con la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca-CAR.

Por último, se realizó visita a algunos predios en donde sus dueños han manifestado quejas por ruido en el municipio de Bojacá.

Resolución No. 01944 Del 29 de octubre de 2018 Hoja No. 3 de 16

“Por la cual se efectúa un ajuste vía seguimiento”

ESTADO DEL PROYECTO - DESCRIPCIÓN GENERAL

Objetivo del proyecto

El proyecto línea de transmisión Nueva Esperanza a 500 kV tiene como objetivo aumentar la confiabilidad del STN (Sistema de Transmisión Nacional), y la atención al crecimiento de la demanda de energía eléctrica en Bogotá D.C., y la Sabana de Bogotá.

Localización

El proyecto se localiza en el departamento de Cundinamarca con una longitud de 45,54 km, inicia en la S/E Bacatá, en el municipio de Tenjo, y se dirige al Suroccidente por los municipios de la Sabana Norte y Occidente de Bogotá: Madrid, Funza, Facatativá, Zipacón y Bojacá, hasta llegar a la vereda Cascajal, sector Canoas del municipio de Soacha, en donde llega a la S/E Nueva Esperanza, asociada al presente expediente de la línea de transmisión Nueva Esperanza 230 kV.

(…)

Figura. Localización del proyecto Línea Nueva Esperanza 500kV

Fuente: SIG Web, ANLA. Consultado el 27/07/2018

Infraestructura, obras y actividades

Localización torres

En el ICA correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de febrero y el 31 de diciembre de 2017, las empresas Públicas de Medellín S.A. E.S.P. – EPM, reportaron la localización definitiva de las torres que hacen parte del proyecto Línea de Transmisión Nueva Esperanza 500 kW, las cuales se presentan en la siguiente tabla:

(…)

Resolución No. 01944 Del 29 de octubre de 2018 Hoja No. 4 de 16

“Por la cual se efectúa un ajuste vía seguimiento”

Tabla. Localización definitiva de Torres línea de Transferencia Nueva Esperanza 500 kWCOORDENADAS DATUM MAGNA SIRGAS ORIGEN

BOGOTÁ CENTRALNOMENCLATURAESTE NORTE

VEREDA MUNICIPIO

Port. 988810,61 1022507,47 Jacalito Tenjo1 988776,22 1022573,14 Jacalito Tenjo4 988008,06 1022595,69 La punta Tenjo5 987726,35 1022870,17 La punta Tenjo6 987401,38 1022888,77 La punta Tenjo8 986829,00 1023278,00 La punta Tenjo9 986519,42 1023473,08 La punta Tenjo

17N 984735,00 1022936,00 La punta -m Madrid27 981270,08 1022071,29 Chauta Madrid28 980950,52 1022088,05 Los árboles Madrid29 980633,64 1022104,59 Los árboles Madrid

30N 980296,19 1022142,32 Los árboles Madrid31N 979881,44 1022180,59 Los árboles Madrid32N 979573,96 1022230,16 Los árboles Madrid33N 979200,63 1022290,35 Los árboles Madrid34N 978813,53 1022462,80 Los árboles Madrid35N 978475,25 1022613,47 Paso ancho Facatativá36N 978183,37 1022400,74 Paso ancho Facatativá37N 977965,09 1022241,64 Paso ancho Facatativá38N 977757,88 1022090,90 Moyano - F Facatativá39 977391,07 1021820,90 Moyano - F Facatativá40 977173,91 1021662,69 Moyano - F Facatativá41 976926,35 1021414,43 Moyano - F Facatativá42 976683,35 1021170,94 Laguna larga Madrid43 976397,97 1020884,97 Laguna larga Madrid44 976131,66 1020618,13 Laguna larga Madrid45 975833,59 1020386,75 Moyano-m Madrid46 975462,33 1020163,66 Moyano-m Madrid47 975348,46 1019824,18 El corzo Madrid48 974951,87 1019699,68 El corzo Madrid49 974526,00 1019566,00 El corzo Madrid50 974150,00 1019423,00 El corzo Madrid51 973803,00 1019299,00 El corzo Madrid52 973417,09 1019173,24 El corzo Madrid53 972990,23 1019062,58 El corzo Madrid61 969974,00 1018270,00 Bobacé Bojacá

80N 970217,04 1012296,10 Cubia Bojacá81N 970453,19 1012142,59 Cubia Bojacá82N 970794,02 1011921,03 Cubia Bojacá83N Se eliminó84N 971223,80 1011629,37 Cubia Bojacá85N 971504,52 1011310,05 San Antonio Bojacá86N 971710,37 1011064,02 San Antonio Bojacá

Resolución No. 01944 Del 29 de octubre de 2018 Hoja No. 5 de 16

“Por la cual se efectúa un ajuste vía seguimiento”

NOMENCLATURA

COORDENADAS DATUM MAGNA SIRGAS ORIGEN

BOGOTÁ CENTRAL VEREDA MUNICIPIO87N 971831,97 1010796,80 San Antonio Bojacá88N 971969,47 1010494,66 San Antonio Bojacá89N 972087,03 1010236,34 San Antonio Bojacá90N 972332,52 1009696,89 San Antonio Bojacá91N 972363,08 1009199,22 San Antonio Bojacá92N 972456,78 1008987,95 San Antonio Bojacá93N 972842,17 1008765,45 San Antonio Bojacá94N 973088,42 1008623,28 San Antonio Bojacá95N 973386,62 1008451,11 San Antonio Bojacá96N Se eliminó97N 973622,20 1008080,85 Barroblanco Bojacá98N 973725,97 1007917,76 Barroblanco Bojacá99N 973924,70 1007605,45 Santa Bárbara Bojacá

100N 974072,09 1007373,78 Santa Bárbara Bojacá101N 974380,53 1007122,00 Santa Bárbara Bojacá102N 974762,84 1006809,92 Barroblanco Bojacá103N 975095,98 1006615,32 Barroblanco Bojacá104N Se eliminó105N 975270,74 1005856,31 Barroblanco Bojacá106N 975151,54 1005468,94 Barroblanco Bojacá107N 975059,59 1005170,12 Barroblanco Bojacá108N 974925,97 1004735,89 Fute Bojacá109N 975063,77 1004494,25 Fute Bojacá110N 975293,59 1004091,23 Fute Bojacá111N 975499,05 1003730,95 Fute Bojacá112N 975693,15 1003390,57 Fute Bojacá113N 975840,68 1002962,91 Fute Bojacá114N 975923,68 1002722,29 Fute Bojacá115N 976086,23 1002247,70 Fute Bojacá116N 976277,38 1001695,20 Bosatama Soacha117 976398,81 1001404,83 Bosatama Soacha118 976608,80 1000902,99 Canoas Soacha119 976751,64 1000561,67 Canoas Soacha120 976968,04 1000044,47 Canoas Soacha123 977481,52 998917,71 Canoas Soacha125 977301,66 998171,37 Canoas Soacha126 977179,26 997663,43 Canoas Soacha127 976965,67 997577,02 Canoas Soacha128 976957,09 997457,23 Canoas Soacha129 976994,22 997429,13 Canoas Soacha

Port. 977085,35 997438,48 Canoas SoachaFuente: ICA 3_NE_500, EPM 2017

ESTADO DE AVANCE

Resolución No. 01944 Del 29 de octubre de 2018 Hoja No. 6 de 16

“Por la cual se efectúa un ajuste vía seguimiento”

A continuación, se presenta el estado de avance de la infraestructura, obras y actividades relacionadas en el presente seguimiento ambiental, referenciando los aspectos generales de avance de la totalidad del proyecto:

Medio Abiótico

Al momento de la visita de seguimiento realizada por parte del grupo técnico, los funcionarios que acompañaron la visita informaron que el proyecto ya se encontraba en etapa de operación.

Durante el seguimiento se visitaron algunas de las áreas intervenidas para la construcción de las torres que hacen parte del proyecto, así como las áreas que fueron utilizadas para la instalación de los Patios de Tendido; lo anterior con el fin de verificar el estado actual de dichas áreas. Dicha visita se realizó verificando el cumplimiento de las medidas de manejo establecidas en el Plan de Manejo ambiental del Proyecto; así como, de las obligaciones con respecto al manejo de la revegetalización de las áreas intervenidas, manejo de residuos sólidos al momento del montaje de las estructuras, y en general el estado actual del terreno. Los puntos visitados se relacionan en la siguiente tabla:

COORDENADAS MAGNA SIRGAS ORIGEN

BOGOTÁTORRE No. Municipio

NORTE ESTEOBSERVACIÓN

7 Tenjo 1023065,32 987141,204

4 Tenjo 1022590,91 988006,392

12 Madrid 1023785,23 985994,74

20 Madrid 1022127,85 983802,591

58 Facatativá 1018438,23 970899,724

62 Bojacá 1017983,7 969843,74

68 Bojacá 1015251,77 968958,559

80 Bojacá 1012302,03 970203,539

85 Bojacá 1011319,79 971489,283

94 Bojacá 1007378,38 974065,536

105 Bojacá 1005884,91 975269,252

125 Soacha 998175,504 977286,998

Durante la visita a estos sitios de torre, se observó que en el área donde se encuentran instaladas predomina la topografía plana con una cobertura vegetal de pastos limpios, los cuales en su mayoría son utilizados por los propietarios de los predios para el mantenimiento de ganado. Por su parte, en el recorrido no se observó la presencia de residuos sólidos, equipos y/o estructuras producto de la construcción del proyecto de las torres visitadas. En general dadas las características del suelo en todos los sitios de torre visitados se observó que el proceso de regeneración natural de pastos ha evitado la generación de procesos erosivos por acción del viento y/o la lluvia.

Por su parte, al momento de la visita se pudo percibir la emisión de ruido (zumbido) producto de la operación del proyecto; respecto a esta situación, los funcionarios de la Empresa que atendieron la visita, manifestaron que este ruido es normal en la operación de las líneas de voltajes iguales o superiores a 500 kV; así mismo, manifestaron que la empresa se encuentra adelantando la medición del ruido en 9 puntos a lo largo del trazado de la línea con los cuales se pretende verificar el cumplimiento de la normatividad ambiental vigente, de dichos monitoreos aún no se tienen los resultados por parte del laboratorio que los está desarrollando; sin embargo, la empresa manifestó que los resultados serán presentados en el ICA correspondiente al periodo de operación del año 2018.

Resolución No. 01944 Del 29 de octubre de 2018 Hoja No. 7 de 16

“Por la cual se efectúa un ajuste vía seguimiento”

Fuente: Grupo de Seguimiento Ambiental ANLA, 2018Medio Biótico

En el seguimiento se verificó el cumplimiento de las actividades del Plan de Manejo Ambiental efectuadas hasta el momento en los sitios de torre, vanos y patios de tendido, específicamente en lo relacionado con: manejo de cobertura vegetal y ecosistemas terrestres, aprovechamiento forestal, manejo de fauna silvestre presente en áreas protegidas y en zonas boscosas (el ahuyentamiento y salvamento contingente de fauna se realizó en la etapa de construcción), y manejo de corredores de vuelo.

Se observó la implementación de las medidas de manejo ambiental asociadas a la revegetalización y empradización en los sitios de torre 4, 6, 7, 12, 20, 27, 56, 58, 62, 68, 69, 72, 76, 85, 100, 105, 109 y 127; en los sitios de torre 56 y 72, y en el vano 58-57, se observaron rebrotes e individuos de eucalipto que deben ser podados acorde a lo establecido en la Medida 6: Mantenimiento de áreas de servidumbre y zonas verdes durante la fase de operación del proyecto de la ficha de manejo 8.2.1. Manejo de cobertura vegetal y ecosistemas terrestres; en los sitios de torre visitados se observó que la empradización fue efectiva.

Funcionarios de la EPM indicaron que en el vano 125 - 126 se localizó un punto de monitoreo de avifauna; los resultados del monitoreo serán presentados en el ICA del año 2018. En los vanos 14 – 15, 65-66 se observaron los desviadores de vuelo instalados.

En el predio Corama (municipio de Tenjo) se verificó el desarrollo y establecimiento de los cinco (5) individuos de palma de cera (Ceroxylum quindiuense) reubicados, los cuales presentan buena condición y alturas que superan los 30 cm.

En la alcaldía de Bojacá, se realizó una reunión con la alcaldesa encargada y sus funcionarios, para atender la queja instaurada por esa entidad, respecto al ruido que se produce en la línea 500 kV de Nueva Esperanza; se visitaron los predios: La Peña (vereda Bobacé) en el cual están instaladas las torres 70 y 71; Las Delicias (vereda Cubia) en el cual están instaladas las torres 81 y 82; y el predio Santillana (vereda El Corzo) en el cual están instaladas las torres 54 y 55, en este último predio la propietaria indicó que además del ruido generado por la línea de 500 kV, se siente corriente en la tubería que es utilizada para el riego de los cultivos.

Se realizó reunión con funcionarios de la CAR con el objetivo de indagar sobre la percepción que tiene la corporación respecto al proyecto Nueva Esperanza 500 kV; así mismo, se verificó la recepción de quejas, inquietudes y/o dudas por parte de la comunidad respecto al proyecto en mención.

Por último, en el Bosque Renace (predios de Emgesa) se observaron algunos de los 110 individuos de roble (Quercus humboldtii) reubicados, los cuales al momento de la visita se encontraban en buena condición de desarrollo, con alturas superiores a un (1) m; funcionarios de EPM indicaron que se realizan actividades de mantenimiento como: plateo, fertilización y aplicación de insecticidas (cada cuatro (4) meses). En este mismo predio, se reubicaron las epífitas que fueron objeto de rescate; en total se reubicaron 3629 individuos de 92 especies, a los cuales se les aplicó enraizador y se les cambió los amarres cuando se han deteriorado. Tanto los individuos de roble como las epífitas vasculares, cuentan con placa de identificación. (…)

Medio Socioeconómico

En la visita de seguimiento se verificó el cumplimiento de las actividades del Plan de Manejo Ambiental que se realizan junto con las comunidades y autoridades de los municipios que hacen parte del área de influencia del proyecto, específicamente los siguientes programas del Plan de Manejo Ambiental y del Plan de Seguimiento y Monitoreo:

Resolución No. 01944 Del 29 de octubre de 2018 Hoja No. 8 de 16

“Por la cual se efectúa un ajuste vía seguimiento”

Programa para la compensación a la afectación temporal del ciclo productivo agrícola Programa de acompañamiento social al proceso de constitución de servidumbre Programa de acompañamiento social en la indemnización por la afectación a la infraestructura

económica en la franja de servidumbre Programa de información, comunicación y participación Programa de relocalización de familias afectadas Programa acompañamiento social al proceso de constitución de servidumbre para asegurar

el manejo de indemnización por afectación a infraestructura de uso colectivo Programa de gestión ante administraciones municipales para el ajuste a POT y PBOT Programa de seguridad vial y control a la alteración de tráfico.

A continuación, se presenta un resumen de cada una de las reuniones realizadas durante la visita de seguimiento ambiental:

CUMPLIMIENTO A LOS PLANES Y PROGRAMAS

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

A continuación, se presenta el estado de cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental del Proyecto, establecido mediante la Resolución 519 del 26 de mayo de 2016.

El Plan de Manejo Ambiental comprende: Programas de manejo ambiental, Plan de Seguimiento y Monitoreo, Plan de contingencias/Plan de Gestión del Riesgo y Plan de Desmantelamiento y Abandono.

La presente verificación se realizará sobre las medidas aplicables para la finalización de la fase de construcción e inicio de la fase de operación.

Medio Ficha de manejo EtapaPM-ABI-NE200-01 Manejo de pérdida del suelo y de zonas inestables

Construcción / Operación

PM-ABI-NE200-02 Manejo de corrientes de agua Construcción

PM-ABI-NE200-03 Manejo de Aguas Residuales Construcción

PM-ABI-NE200-04 Manejo de patios de tendido yconstrucción de accesos

Construcción

PM-ABI-NE200-05 Manejo de Residuos Solidos Construcción / Operación

Abiótico

PM-ABI-NE200-06 Manejo de Calidad de Aire y Ruido Construcción

PM-ABI-NE200-07 Manejo Preventivo de los efectoselectromagnéticos de las líneas detransmisión

Construcción / Operación

8.2.1. Manejo de cobertura vegetal y ecosistemas terrestres Construcción / Operación

8.2.2. Compensación de áreas protegidas Construcción / OperaciónBiótico

8.2.3. Aprovechamiento forestal Construcción

Resolución No. 01944 Del 29 de octubre de 2018 Hoja No. 9 de 16

“Por la cual se efectúa un ajuste vía seguimiento”

8.2.4. Manejo de fauna silvestre presente en áreas protegidas y en zonas boscosas

Construcción

8.2.5. Manejo de corredores de vuelo Construcción / Operación

Programa para la compensación a la afectación temporal del ciclo productivo agrícola

Construcción

Programa de acompañamiento social al proceso de constitución de servidumbre

Construcción

Programa de acompañamiento social en la indemnización por la afectación a la infraestructura económica en la franja de servidumbre

Construcción

Programa Dinámica para el manejo de empleo Construcción

Programa de arqueología preventiva Construcción

Programa de información, comunicación y participación Construcción / Operación

Programa de relocalización de familias afectadas Construcción / Operación

Programa de acompañamiento social al proceso de constitución de servidumbre para asegurar el manejo de indemnización por afectación a la infraestructura de uso colectivo

Construcción

Programa de gestión ante administraciones municipales para el ajuste a POT y PBOT

Construcción / Operación

Socioeconómico

Programa de seguridad vial y control a la alteración de tráfico Construcción

(…)

En cuanto a la evaluación económica ambiental, cabe aclarar que en el presente acto administrativo se tendrán en cuenta tanto las consideraciones como las obligaciones establecidas en el concepto técnico 5917 del 26 de diciembre de 2013, que sirvió de sustento a la Resolución 519 del 26 de mayo de 2014, por medio de la cual se otorgó licencia ambiental para el proyecto “Construcción y Operación de la línea de transmisión Nueva Esperanza a 500 Kv”, por el trazado occidental, con una longitud de 45,54 Km”, la cual inicia en la 3/E Bacatá en el municipio de Tenjo y se dirige al sur-occidente por los siguientes municipios de la Sabana Norte y Occidente de Bogotá, en el Departamento de Cundinamarca: Tenjo, Madrid, Funza, Facatativá, Zipacón y Bojacá, hasta llegar a la vereda Cascajal, sector Canoas del municipio de Soacha, departamento de Cundinamarca”, toda vez que la recomendación del concepto técnico 5399 del 18 de septiembre de 2018 de seguimiento, es la inclusión de las obligaciones que se señalaran en la parte resolutiva del presente acto administrativo. Como se señaló, en el concepto técnico 5917 del 26 de diciembre de 2013, se establecieron las consideraciones relacionando información presentada por la sociedad, frente a la Evaluación Económica Ambiental, el cual consagro en el numeral 4 lo siguiente:

“CONSIDERACIONES SOBRE LA EVALUACIÓN ECONÓMICA AMBIENTAL DE EL TRAZADO OCCIDENTAL (TRAZADO OCCIDENTAL)

Resolución No. 01944 Del 29 de octubre de 2018 Hoja No. 10 de 16

“Por la cual se efectúa un ajuste vía seguimiento”

EPM atendió la solicitud de ajuste y complementación de información realizada por esta Autoridad mediante Auto 0920 de 2013 en la mayoría de los aspectos de manera satisfactoria. Sin embargo, la EEA del trazado occidental presenta las siguientes debilidades:

Consideración sobre la selección de impactos relevantes

La empresa seleccionó los impactos relevantes para la valoración con base en la calificación de importancia obtenida mediante la aplicación de la metodología de Arboleda (s/f). Para ello tiene en cuenta la probabilidad de ocurrencia, la magnitud del impacto, el nivel de riesgo, el nivel de vulnerabilidad y la duración; privilegiando con un mayor ponderador a la magnitud y el nivel de riesgo (0,70) frente a la duración (0,30)1.

Una inquietud permanente entre la población del AID es la posible pérdida de valor de los predios por los que pasaría la línea de transmisión2. Frente a este impacto, que tiene un importante factor de incertidumbre, la empresa hace énfasis en las limitaciones a la producción que impone la reglamentación RETIE al expresar “la tendencia a la valorización de los 167 predios, se verá alterada al constituirse en ellos una franja de servidumbre para transmisión eléctrica, lo que conllevará a la pérdida del valor de la propiedad por las restricciones a las explotaciones agroindustriales y de infraestructura de vivienda que define la legislación y el RETIE, esta desvalorización podrá presentarse en todos los predios, no importando su tamaño”3. A su vez, la literatura especializada en el tema no ha llegado a un consenso sobre las implicaciones de la presencia de líneas de transmisión de energía sobre el valor de los predios. En este escenario, esta Autoridad acepta que el impacto no sea abordado para su valoración económica.

Por otra parte, la empresa manifiesta que la afectación en el ordenamiento territorial de los municipios involucrados en el trazado occidental es poco significativa y por lo tanto no debe ser valorada. El documento NVAE-RTA-AUTO 500-024-1 que da alcance a la complementación del estudio establece que la evaluación de impactos se ajusta en el sentido de “considerar que durante la etapa preconstructiva en la actividad de levantamiento del censo, inventario predial y adquisición de servidumbre, se presentará el impacto al ordenamiento territorial ambiental toda vez que los municipios tendrán que tener en cuenta en sus EOT la restricción en cuanto a la construcción de edificaciones y plantaciones de especies de porte alto sobre la franja de servidumbre”(p. 62). Las modificaciones en cada municipio incluyen:

1) Municipio de Bojacá: se deben hacer modificaciones al EOT en el sentido de restringir el uso para vivienda campestre en las 8,1 ha y del área suburbana en 1 ha.

2) Municipio de Funza: tendría que modificar su EOT en 2,1 ha 3) Municipio de Madrid: deberá ajustar su EOT en cuanto a modificaciones de uso por incompatibilidad

con la servidumbre en 0,5 ha destinadas a actividades asociadas al terminal de transporte y centro de acopio.

Dado que este impacto no fue calificado ni valorado en la EEA, la empresa debe argumentar los motivos para excluir de la valoración este impacto, dado el uso actual y potencial del suelo; especialmente en la afectación al Municipio de Madrid.El impacto intervención en zonas de sensibilidad ambiental4 se considera no relevante en la EEA5. Sin embargo, esta Autoridad reconoce la importancia de este tipo de áreas en la provisión de servicios ambientales para la sabana de Bogotá, por lo que se solicitó incluir este impacto en la valoración económica. El impacto no fue valorado económicamente, pero sí se considera la compensación como una aproximación de los costos de remplazo de los servicios ambientales afectados al ser estos proveídos por un área ecológicamente equivalente,

1 Documento NVAE-INF-VAL-500-025, radicado 4120-E1-51773-2013.2 “…se evidencia una alta conflictividad por parte de propietarios y comunidad relacionada con el nivel de afectación a los predios, la forma de negociación de la servidumbre, preocupaciones por la limitación de uso de la servidumbre y por la desvalorización del suelo”. Documento 500-023-1 p. 257.3 Documento 500-023-1, p. 80.4 DMI Cerro Manjuí y Salto del Tequendama y RFPP Cuenca Alta del rio Bogotá.5 En cuanto a la solicitud de considerar en la valoración económica el impacto de la intervención en áreas de sensibilidad ambiental en el trazado occidental, EPM insiste en que el impacto es ligeramente significativo y por tanto se excluye de la EEA.

Resolución No. 01944 Del 29 de octubre de 2018 Hoja No. 11 de 16

“Por la cual se efectúa un ajuste vía seguimiento”

se tendría una cuantificación importante de 412 ha para compensar la afectación efectiva de 111,3 ha de ecosistemas de interés por el trazado occidental6. Lo anterior demuestra que este impacto si es relevante para el trazado occidental7.

Por otra parte, en la identificación del impacto afectación al uso productivo y comercial del suelo, no se tuvo en cuenta la afectación a dos floricultoras: Predio El Edén y la floricultura de la vereda El Corzo (Facatativá) en el sector La Talanquera.

Finalmente, esta Autoridad encontró que en el trazado de esta alternativa se encuentra en construcción el Colegio Fundación Fernando Borrero Caicedo que albergará 1.500 estudiantes y la planificación de más de 26 invernaderos nuevos, autorizados según Resolución de la Secretaría de Urbanismo de Facatativá No. 338 de 2011. Este impacto considerado significativo por ANLA no fue identificado por la empresa y consecuentemente no fue valorado económicamente. Al respecto, el documento de análisis DNP-CIIPE-UPME expresa que “EPM prevé una variante a la ruta, la cual está contemplada en los plazos para llegar en 2015”.

Por lo anteriormente expuesto y debido a que no se identificaron adecuadamente todos los impactos, la valoración económica presentada para el trazado occidental (trazado occidental) se considera incompleta.”

Consideración sobre la valoración de los costos y beneficios ambientales

La valoración de los costos ambientales presenta los vacíos que se mencionan a continuación:

En la valoración del impacto por afectación al uso productivo y comercial del suelo, la empresa eliminó las estimaciones de la afectación a 31,89 ha de cultivos de papa, maíz y arveja, que inicialmente se estimaron en $461.089.448/cosecha, la afectación a 1,28 ha de cultivo en flores se estima en $152.925.552 y la afectación del cultivo de fresa por valor de $140.740.715. En el EIA ajustado, estas estimaciones se consideraron en el impacto “afectación al ciclo productivo agrícola”, el cual cuenta con un presupuesto para compensación de $1.476.178.088 (Documento 500-023-1 p. 204-219). Esto hace inferir que el impacto sobre cultivos anuales y transitorios va a ser internalizado con las acciones compensatorias del PMA; sin embargo, no es explícito en la EEA.

Así mismo, en la nueva estimación, la empresa tiene en cuenta dos grupos afectados: los cultivadores de 25,42 ha de bosques plantados para uso comercial y 9 UAF para las cuales no reporta el área afectada, ni tampoco argumentan por qué no hacen parte del grupo de compensación, ni la estimación de los ingresos dejados de percibir por cada UAF y por qué solamente se considera un periodo de cuatro años para esta valoración económica.

Esta Autoridad considera que la modificación en la estimación de este impacto deja vacíos para conocer un valor económico acertado del impacto y si las medidas de compensación previstas son suficientes para internalizar la pérdida de la posibilidad de recibir los beneficios netos por el uso forestal, agrícola (incluidos los cultivos de flores) y pecuario del suelo durante todo el tiempo que dure el proyecto, según las restricciones RETIE.

La valoración del costo ambiental por la alteración del paisaje y de la conectividad ecológica se obtuvo estimando la DAP media a partir de encuestas en las que se les presentó a los participantes cuatro opciones de compensación por afectación del paisaje, a saber:

6 Concepto de la evaluación del plan de inversión de no menos del 1% y plan de compensaciones por pérdida de biodiversidad.7 La respuesta al Auto 920 del 9 de abril de 2013 manifiesta que “con la construcción del trazado occidental se generaría un impacto acumulativo sobre esta reserva considerada como área de sensibilidad ambiental debido a la necesidad de sustracción de la franja de servidumbre (60 m para líneas a 500 kV), su respectiva intervención y el cambio del uso del suelo. Sin embargo, se aclara que en estos puntos de cruce ya se han transformado las coberturas naturales y actualmente se tiene un predominio de pastos limpios y tan solo en la abscisa K33+107 por donde pasa la línea Balsillas - El Colegio a 115 kV se tienen relictos de arbustos y matorrales”. Documento 500-023 p. 292.

Resolución No. 01944 Del 29 de octubre de 2018 Hoja No. 12 de 16

“Por la cual se efectúa un ajuste vía seguimiento”

Opción A: Establecimiento de un programa de restauración y reforestaciónOpción B: Establecimiento de senderos ecológicosOpción C: Capacitación para la formulación de un proyecto ecoturísticoOpción D: Adecuaciones a la estructura social existente (de tipo estético y paisajístico)

Mediante radicación 4120-E1-51773 (27/11/2013) la empresa presentó la descripción del proceso metodológico para la toma, análisis y procesamiento de la información primaria. Se presentó el cálculo de la muestra (130 encuestas) y el instrumento de recolección de información, pero no se presentó el análisis descriptivo de la información recolectada, ni se detalla cómo obtuvo el valor de $15.987/mes para la DAP media. Finalmente, el documento aclara que “la DAP anual es de $36.4822.334, valor que se proyecta en el horizonte de vida útil del proyecto, lo cual refleja un valor de $384.517.731,64 a valor presente del impacto”.

En cuanto a esta valoración, esta Autoridad manifiesta que el desarrollo metodológico se encuentra ajustado al desarrollo conceptual de la valoración conjoint; sin embargo, las estimaciones econométricas se realizan con un escaso número de observaciones (26) y los modelos estimados no muestran significancia estadística. Por tanto, el valor de la DAP promedio no puede ser considerado como una medida confiable del valor que para los habitantes del AID tiene el paisaje a afectar.

Por lo anteriormente expuesto, las estimaciones económicas de estos dos impactos ambientales negativos se consideran no confiables, lo que se traduce en un gran nivel de incertidumbre en el ACB.

Un impacto relevante que se internaliza con las acciones contempladas en el PMA es la alteración del corredor de vuelo. Este impacto se valoró considerando los costos de mitigación contemplados en el programa de manejo de corredores de vuelo por un valor de $79.117.600. La valoración de este impacto como beneficio ambiental es eliminada del ACB. De tal forma que, la empresa atiende las consideraciones hechas por esta Autoridad en relación con que estas medidas de manejo no son un beneficio neto del proyecto, sino que responden a un impacto negativo generado por el mismo.

Consideración sobre la evaluación de indicadores económicos

Se debe corregir la estimación del costo por afectación del paisaje, precisar la estimación de los costos ambientales por afectación al uso productivo y comercial del suelo (incluyendo la afectación a los cultivos de flores) e incluir la valoración de la afectación al Colegio Fundación Fernando Borrero Caicedo y 26 nuevos invernaderos planificados y aprobados para los cultivos de flores en el AID. Por lo tanto, los indicadores económicos deben recalcularse.

(…)

FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES Y LEGALES

La Constitución Política, en relación con la protección del medio ambiente, contiene entre otras disposiciones, que es obligación del Estado y de las personas, proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación (Art. 8º); es deber de la persona y del ciudadano proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano (Art. 95); todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano, y es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar la áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines (Art. 79); le corresponde al Estado planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución, previniendo y controlando los factores de deterioro ambiental, imponiendo sanciones legales y exigiendo la reparación de los daños causados (Art. 80).

Resolución No. 01944 Del 29 de octubre de 2018 Hoja No. 13 de 16

“Por la cual se efectúa un ajuste vía seguimiento”

Por su parte, la Ley 99 de 1993 creó el Ministerio del Medio Ambiente hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, reordenó el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, organizó el Sistema Nacional Ambiental -SINA- y se dictaron otras disposiciones.

Mediante Decreto-ley 3570 del 27 de septiembre de 2011, el Gobierno Nacional, en uso de las facultades extraordinarias conferidas mediante la Ley 1444 de 2011, creó el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y según su artículo 38 todas las referencias que hagan las disposiciones legales y reglamentarias vigentes en materia ambiental al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial deben entenderse referidas al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, si se relacionan con las funciones asignadas en dicho Decreto al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

COMPETENCIA DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES

Mediante Decreto-Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, el Gobierno Nacional en uso de las facultades extraordinarias conferidas mediante la Ley 1444 de 2011, creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA como entidad encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos a licenciamiento, permiso o trámite ambiental cumplan con la normativa ambiental, de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del País.

El citado Decreto-Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, en su artículo tercero, numeral 2 prevé como una de las funciones de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales la de realizar el seguimiento de las licencias, permisos y trámites ambientales.

Así las cosas, el procedimiento administrativo a seguir para la modificación vía seguimiento corresponde al señalado en el Parágrafo 1º del Artículo 2.2.2.3.11.1, del Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, según el cual a la Autoridad Ambiental le corresponde realizar ajustes periódicos cuando a ello haya lugar, tal como como se indica a continuación:

“Parágrafo 1°. En los casos antes citados, las autoridades ambientales continuarán realizando las actividades de control y seguimiento necesarias, con el objeto de determinar el cumplimiento de las normas ambientales. De igual forma, podrán realizar ajustes periódicos cuando a ello haya lugar, establecer mediante acto administrativo motivado las medidas de manejo ambiental que se consideren necesarias y/o suprimir las innecesarias.”

Conforme a lo establecido en el numeral 2 y en concordancia con el numeral 21 del artículo 10º del Decreto 3573 del 27 de septiembre de 2011, mediante el cual se disponen las funciones de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, corresponde al Director General de la entidad, suscribir los actos administrativos necesarios para su normal funcionamiento en ejercicio de las funciones que le son propias.

Que mediante Resolución 1690 del 6 de septiembre de 2018, expedida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, “por la que se efectúa un nombramiento ordinario”, se nombró al doctor RODRIGO SUAREZ CASTAÑO, Director General de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales-ANLA-, por lo cual se encuentra facultada para suscribir el presente acto administrativo.Que en virtud de lo establecido en la Resolución 1511 del 7 de septiembre de 2018 “Por cual se modifica el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de libre nombramiento y remoción de la Planta de Personal de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales-ANLA-”, le corresponde al Despacho de la Dirección General la suscripción de este acto administrativo. En mérito de lo expuesto,

RESUELVE

Resolución No. 01944 Del 29 de octubre de 2018 Hoja No. 14 de 16

“Por la cual se efectúa un ajuste vía seguimiento”

ARTÍCULO PRIMERO. Ajustar vía seguimiento la Resolución 519 del 26 de mayo de 2014, en el sentido de incorporar las siguientes obligaciones correspondientes a la evaluación económica ambiental, por lo anterior, la sociedad Empresas Públicas de Medellín S.A E.S.P., deberá presentarlas ante esta Autoridad Nacional, en el próximo informe de cumplimiento ambiental, de conformidad con lo establecido en la parte motiva de la presente resolución.

a. Argumentar los motivos para excluir de la valoración el impacto denominado “afectación en el ordenamiento territorial de los municipios”, teniendo en cuenta que aquellos que hacen parte del trazado occidental deben considerar en sus EOT la restricción en cuanto a construcción de edificaciones y plantaciones de especies de porte alto sobre la franja de servidumbre en detrimento del uso actual y potencial del suelo. Si durante la ejecución del proyecto se identifica una potencial externalidad a la sociedad, derivada de este impacto, esta debe ser valorada.

b. Adelantar la valoración económica del impacto “intervención en zonas de sensibilidad ambiental” debido a su importancia en la provisión de servicios ecosistémicos para la sabana de Bogotá, aspecto que se vislumbra a partir de la propuesta de compensación establecida por la empresa. Seleccionar para ello un método de cuantificación que permita un abordaje integral, de acuerdo con el enfoque de valor económico total.

c. Complementar la valoración del impacto “afectación al uso productivo y comercial del suelo”, teniendo en cuenta la posible intervención en áreas dedicadas a la producción de flores, como el predio El Edén y la ubicada en la vereda El Corzo (Facatativá), sector La Talanquera, el Colegio Fundación Fernando Borrero Caicedo y la planificación de 26 invernaderos nuevos, autorizados por la Secretaría de urbanismo de Facatativá; para ello se debe apoyar en la información levantada en campo durante la ejecución del proyecto, así como los cambios o las variantes que surjan en el diseño del proyecto, incluyendo la afectación de la actividad del invernadero perteneciente a la empresa Inverpalmas y la pérdida de empleo derivada. Adicionalmente, estimar los ingresos dejados de percibir por cada UAF y proyectar temporalmente los costos, de acuerdo con la evaluación ambiental, donde este impacto tiene una duración permanente a través de la vida útil del proyecto.

d. Con relación a los impactos “afectación al paisaje y la conectividad ecológica”, robustecer el ejercicio de valoración directa adelantado, teniendo en cuenta que las estimaciones estadísticas se realizaron sobre un escaso número de observaciones, de manera que se obtenga la DAP a partir de un modelo que posee significancia estadística.

e. Si la sociedad considera que algunos de los impactos relevantes pueden considerarse como internalizables a través de medidas preventivas o de corrección implementadas en el PMA, debe reportar del próximo ICA en adelante el nivel de éxito conseguido durante la ejecución del proyecto, a través de la elección y cálculo de indicadores de efectividad acordes con el delta ambiental asociado, así como el reporte de costos anuales invertidos.

f. Actualizar el flujo económico ambiental con base en las correcciones y cambios requeridos en los procesos de valoración de los impactos intervención en zonas de sensibilidad ambiental, afectación al uso productivo y comercial del suelo, afectación al paisaje y la conectividad ecológica. Posteriormente calcular nuevamente los indicadores económicos y realizar el análisis de sensibilidad correspondiente.

ARTÍCULO SEGUNDO: Los demás términos, requerimientos y obligaciones contenidos en la Resolución 519 del 26 de mayo de 2014, que no hayan sido objeto de modificación con la presente Resolución, se mantienen vigentes en su totalidad y son de obligatorio cumplimiento.

Resolución No. 01944 Del 29 de octubre de 2018 Hoja No. 15 de 16

“Por la cual se efectúa un ajuste vía seguimiento”

ARTICULO TERCERO: Por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales notificar el contenido del presente acto administrativo al representante legal o apoderado debidamente constituido a la sociedad Empresas Públicas de Medellín S.A. E.S.P. EPM, de conformidad con los artículos 67 y 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

ARTÍCULO CUARTO: Comunicar el contenido del presente acto administrativo a las alcaldías municipales de Tenjo, Madrid, Funza, Facatativá, Zipacón, Bojacá y Soacha, la Gobernación de Cundinamarca, la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR, y la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios.

ARTICULO QUINTO: Ordenar la publicación del presente acto administrativo en la Gaceta Ambiental de la página web de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, de conformidad con los términos señalados en el artículo 71 de la Ley 99 de 1993.

ARTÍCULO SEXTO: En contra del presente acto administrativo procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer por su representante o apoderado debidamente constituido, por escrito ante el Director de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales en la diligencia de notificación personal, o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, o al vencimiento del término de publicación, según el caso, de conformidad con lo establecido en los artículos 76 y 77 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 29 de octubre de 2018

RODRIGO SUAREZ CASTAÑODirector General

EjecutoresANGELA SHIRLEY AVILA ROAAbogada Revisor / L�derALEXANDER MORALES CUBIDESAbogado

Expediente: LAV0006-2013Concepto Técnico: 5399 del 18 de septiembre de 2018Fecha: SEPTIEMBRE - 2018

Proceso No.: 2018151529

Archívese en: LAV0006-2013 Plantilla_Resolución_SILA_v3_42852

Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la Entidad.

Resolución No. 01944 Del 29 de octubre de 2018 Hoja No. 16 de 16

“Por la cual se efectúa un ajuste vía seguimiento”

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 1 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

2018128918-3-000

CONCEPTO TÉCNICO No. 05399 del 18 de septiembre de 2018

FECHA: EXPEDIENTE: LAV0006-13PROYECTO: Proyecto de transmisión Nueva Esperanza línea a 500 kVINTERESADO: Empresas Públicas de Medellín S.A. E.S.P. - EPMSECTOR: EnergíaNIT: 890.904.996-1TELEFONO: (4) 3165000

JURISDICCIÓN: Municipios de Tenjo, Madrid, Funza, Facatativá, Zipacón, Bojacá y Soacha; departamento de Cundinamarca

AUTORIDAD AMBIENTAL: Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CARASUNTO: Seguimiento ambiental FECHA DE VISITA: 26, 27, 28 y 29 de junio de 2018

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 2 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

CONTENIDO1 ANTECEDENTES......................................................................................................52 OBJETIVO Y ALCANCE DEL SEGUIMIENTO........................................................103 ESTADO DEL PROYECTO .....................................................................................103.1 DESCRIPCIÓN GENERAL ..................................................................................103.1.1 Objetivo del proyecto.....................................................................................103.1.2 Localización...................................................................................................103.1.3 Infraestructura, obras y actividades ..............................................................113.2 ESTADO DE AVANCE.........................................................................................143.2.1 Medio Abiótico...............................................................................................143.2.2 Medio Biótico.................................................................................................153.2.3 Medio Socioeconómico .................................................................................173.3 PERMISOS, CONCESIONES Y/O AUTORIZACIONES......................................213.3.1 Permiso(s) Captación (es).............................................................................213.3.2 Permiso (s) Vertimiento (s)............................................................................223.3.3 Permiso Aprovechamiento Forestal ..............................................................223.3.4 Otros Permisos, Concesiones y/o autorizaciones otorgados........................264 CUMPLIMIENTO A LOS PLANES Y PROGRAMAS...............................................274.1 PLAN DE MANEJO AMBIENTAL.........................................................................274.1.1 Plan de Manejo Ambiental ............................................................................284.1.2 Plan de Seguimiento y Monitoreo ...............................................................1084.1.3 Plan de Contingencias / Plan de Gestión de Riesgo ..................................1334.1.4 Plan de Desmantelamiento y Abandono.....................................................1384.2 OTROS PLANES Y PROGRAMAS....................................................................1384.2.1 Plan de Inversión del 1%.............................................................................1384.2.2 Plan de Compensación por Pérdida de Biodiversidad................................1385 ANÁLISIS DE IMPACTOS NO PREVISTOS .........................................................1396 EVALUACIÓN ECONÓMICA AMBIENTAL ...........................................................1407 CUMPLIMIENTO A LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS.........................................1417.1 Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014 .........................................................1427.2 Auto 844 del 3 de marzo de 2015 ......................................................................1547.3 Auto 4180 del 2 de octubre de 2015 ..................................................................154

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 3 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

7.4 Resolución 00981 del 7 de septiembre de 2016 ................................................1547.5 Resolución 01113 del 29 de septiembre de 2016 ..............................................1567.6 Auto 00575 del 28 de febrero de 2017...............................................................1727.7 Auto 00732 del 27 de febrero de 2018...............................................................1888 OTRAS CONSIDERACIONES...............................................................................2048.1 Información cartográfica y Geográfica ICA 2......................................................2048.2 Información cartográfica y Geográfica ICA 3......................................................2058.3 Departamento de Gestión Ambiental - DGA ......................................................2078.4 Plan de Compensación por Pérdida de Biodiversidad .......................................2089 RESULTADOS DEL SEGUIMIENTO.....................................................................2099.1 OBLIGACIONES CUMPLIDAS Y CONCLUIDAS ..............................................2099.2 REQUERIMIENTOS...........................................................................................2109.2.1 Requerimientos producto de este seguimiento: ..........................................2109.2.2 Requerimientos de inmediato cumplimiento (según el caso)......................214

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 4 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

1. ANTECEDENTES

1.1. Mediante Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, otorgó Licencia Ambiental al Proyecto de transmisión Nueva Esperanza línea a 500 kV, acogiendo los Conceptos Técnicos 1820 de 2013, 5917 de 2013 y 8578 de 2014.

1.2. Mediante Resolución 802 del 18 de julio de 2014, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, no reconoció personería jurídica para actuar al Doctor Emerson Albarracín Puentes, como apoderado de la alcaldesa de Bojacá y rechazó el recurso de reposición interpuesto a través del radicado 4120-E1-31032 del 17 de junio de 2014, por improcedente.

1.3. Mediante Resolución 803 del 18 de julio de 2014, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, rechazó el recurso de reposición interpuesto a través de los comunicados con radicación 4120-E1-30308 del 16 de junio de 2014 y 4120-E1-31032 del 17 de junio de 2014, por improcedente.

1.4. Mediante Resolución 852 del 25 de julio de 2014, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, aclaró la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014, por la cual se otorgó Licencia Ambiental, en cuanto a que la notificación correspondiente se realizará en conformidad al Artículo 76 del CPA.

1.5. Mediante el Auto 844 del 3 de marzo de 2015, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, acoge el Concepto Técnico 365 del 27 de enero de 2015 y efectúa seguimiento y control ambiental, a las actividades de pre-construcción y atención a queja presentada por la comunidad de la vereda Bobacé del municipio de Bojacá.

1.6. Mediante el Auto 4180 del 2 de octubre de 2015, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, efectúa seguimiento y control ambiental de las obligaciones establecidas en la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014, respecto a la etapa de pre-construcción del proyecto y atención.

1.7. Mediante el Auto 429 del 15 de febrero de 2016, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, inició el trámite de solicitud de modificación de la Licencia Ambiental del Proyecto de transmisión Nueva Esperanza línea a 500 kV.

1.8. Mediante el Auto 1270 del 12 de abril de 2016, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, resuelve recurso de reposición.

1.9. Mediante el Auto 1916 del 19 de mayo de 2016, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, inicia trámite para modificar la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014 respecto al permiso de aprovechamiento forestal para el proyecto

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 5 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

denominado "Construcción y Operación de la línea de transmisión Nueva Esperanza a 500 kV por el trazado occidental, con una longitud de 45,54 km", ajustando el volumen de aprovechamiento forestal autorizado inicialmente y la franja sobre la cual se realiza esa actividad.

1.10. Mediante el Auto 1912 del 19 de mayo de 2016, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, inició el trámite de solicitud de modificación de la Licencia Ambiental Proyecto de transmisión Nueva Esperanza línea a 500 kV.

1.11. Mediante el Auto 3594 del 4 de agosto de 2016, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, reconoce como tercer interviniente.

1.12. Mediante la Resolución 00981 del 07 de septiembre de 2016, esta Autoridad modificó el numeral 2 del Artículo Cuarto de la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014, en el sentido de aumentar el volumen total de aprovechamiento forestal inicial de 811,42 m3 en 4.134,94 m3, a lo largo de la línea de transmisión a 500 a kV, para un total autorizado de 4.946,36 m3.

1.13. Mediante la Resolución 01113 del 29 de septiembre de 2016, esta Autoridad modificó el Artículo Primero de la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2015, por medio de la cual se otorgó Licencia Ambiental para la Construcción y Operación, de la línea de transmisión Nueva Esperanza a 500 kV por el trazado occidental, con una longitud de 45,54 km, en el sentido de modificar el trazado de la Línea de Transmisión en los tres (3) tramos denominados “Variante El Colegio”, “Variante Bobacé” y “Variante La Pereza”; así mismo modificó el área a utilizar en cada una de las plazas de tendido sobre las cuales se requiere realizar las actividades de izado del conductor.

1.14. Mediante el Auto 00575 de 28 de febrero de 2017, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, efectúa seguimiento y control ambiental de las obligaciones establecidas en la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014, respecto a la etapa de construcción del proyecto.

1.15. Mediante el Auto 00732 del 27 de febrero de 2018, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, efectúa seguimiento y control ambiental de las obligaciones establecidas en la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014, respecto a la etapa de construcción del proyecto.

1.16. Mediante comunicación con radicación 2018002033-1-000 del 10 de enero de 2018, Empresas Públicas de Medellín S.A. E.S.P. – EPM, realizó la entrega del Informe de Cumplimiento Ambiental - ICA 3, atendiendo al requerimiento del Artículo 20 de la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 6 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

1.17. Mediante comunicación con radicación 2018099281-1-000 del 26 de julio de 2018, Empresas Públicas de Medellín S.A. E.S.P. – EPM, realizó la entrega de la respuesta al Auto 00732 del 27 de febrero de 2018.

1.18. Mediante comunicación con radicación 2018070008-3-000 del 31 de mayo de 2018, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, emitió las consideraciones técnicas y resultados de la revisión de la Información geográfica según modelo de datos institucional Resolución 188 de 2013 del INFORME DE CUMPLIMIENTO AMBIENTAL DEL PROYECTO “NUEVA ESPERANZA 500KV”. LAV0006-13. Radicado 2017032415-1-000 del 05 de mayo de 2017. ICA 2 – SEMESTRE II AÑO 2016.

2. OBJETIVO Y ALCANCE DEL SEGUIMIENTO

El objetivo del presente concepto técnico de seguimiento ambiental, consiste en la verificación de los aspectos referentes al proyecto Línea de Transmisión Nueva Esperanza 500 kV en su fase de construcción durante el periodo del 01 de febrero al 31 de mayo de 2017, y operación del 01 de junio al 31 de diciembre de 2017, correspondiente al avance de las actividades del proyecto descritas en la información documental presentada por las Empresas Públicas de Medellín S.A. E.S.P. – EPM, la cual se relaciona en el numeral 1 del presente concepto técnico, a lo observado en la visita realizada entre los días 26 al 29 de junio de 2018 por el Equipo de Seguimiento Ambiental de la ANLA y de acuerdo con la verificación del cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Resolución 519 del 26 de mayo de 2014 y en los Autos 844 del 3 de marzo de 2015, 4180 del 2 de octubre de 2015, 00575 de 28 de febrero de 2017 y 00732 del 27 de febrero de 2018.

Durante la visita de seguimiento se sostuvieron reuniones con funcionarios de las administraciones municipales y personerías de los municipios de Tenjo, Madrid, Funza, Facatativá, Zipacón y Bojacá; como también con líderes comunales de las veredas Paso Ancho y Moyano (Facatativá), Carrasquilla (Madrid), Carrasquilla (Tenjo), Moyano (Facatativá). A su vez se realizó reunión con la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca-CAR. Por último, se realizó visita a algunos predios en donde sus dueños han manifestado quejas por ruido en el municipio de Bojacá.

3. ESTADO DEL PROYECTO

3.1 DESCRIPCIÓN GENERAL

3.1.1 Objetivo del proyecto

El proyecto línea de transmisión Nueva Esperanza a 500 kV tiene como objetivo aumentar la confiabilidad del STN (Sistema de Transmisión Nacional), y la atención al crecimiento de la demanda de energía eléctrica en Bogotá D.C., y la Sabana de Bogotá.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 7 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

3.1.2 Localización

El proyecto se localiza en el departamento de Cundinamarca con una longitud de 45,54 km, inicia en la S/E Bacatá, en el municipio de Tenjo, y se dirige al Suroccidente por los municipios de la Sabana Norte y Occidente de Bogotá: Madrid, Funza, Facatativá, Zipacón y Bojacá, hasta llegar a la vereda Cascajal, sector Canoas del municipio de Soacha, en donde llega a la S/E Nueva Esperanza, asociada al Expediente LAV0006-13 de la línea de transmisión Nueva Esperanza 230 kV.

Figura 1 Localización del proyecto Línea Nueva Esperanza 500kVFuente: SIG Web, ANLA. Consultado el 27/07/2018

Infraestructura, obras y actividades

3.1.2.1 Localización torres

En el ICA correspondiente al periodo comprendido entre el 01 de febrero y el 31 de diciembre de 2017, las Empresas Públicas de Medellín S.A. E.S.P. – EPM, reportaron la localización definitiva de las torres que hacen parte del proyecto Línea de Transmisión

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 8 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Nueva Esperanza 500 kW, las cuales se presentar en la Error! Reference source not found..

Tabla 1 Localización definitiva de Torres línea de Transferencia Nueva Esperanza 500 kW

COORDENADAS DATUM MAGNA SIRGAS ORIGEN

BOGOTÁ CENTRALNOMENCLATURA

ESTE NORTE

VEREDA MUNICIPIO

Port. 988810,61 1022507,47 Jacalito Tenjo1 988776,22 1022573,14 Jacalito Tenjo4 988008,06 1022595,69 La punta Tenjo5 987726,35 1022870,17 La punta Tenjo6 987401,38 1022888,77 La punta Tenjo8 986829,00 1023278,00 La punta Tenjo9 986519,42 1023473,08 La punta Tenjo

17N 984735,00 1022936,00 La punta -m Madrid27 981270,08 1022071,29 Chauta Madrid28 980950,52 1022088,05 Los árboles Madrid29 980633,64 1022104,59 Los árboles Madrid

30N 980296,19 1022142,32 Los árboles Madrid31N 979881,44 1022180,59 Los árboles Madrid32N 979573,96 1022230,16 Los árboles Madrid33N 979200,63 1022290,35 Los árboles Madrid34N 978813,53 1022462,80 Los árboles Madrid35N 978475,25 1022613,47 Paso ancho Facatativá36N 978183,37 1022400,74 Paso ancho Facatativá37N 977965,09 1022241,64 Paso ancho Facatativá38N 977757,88 1022090,90 Moyano - F Facatativá39 977391,07 1021820,90 Moyano - F Facatativá40 977173,91 1021662,69 Moyano - F Facatativá41 976926,35 1021414,43 Moyano - F Facatativá42 976683,35 1021170,94 Laguna larga Madrid43 976397,97 1020884,97 Laguna larga Madrid44 976131,66 1020618,13 Laguna larga Madrid45 975833,59 1020386,75 Moyano-m Madrid46 975462,33 1020163,66 Moyano-m Madrid47 975348,46 1019824,18 El corzo Madrid

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 9 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

NOMENCLATURA

COORDENADAS DATUM MAGNA SIRGAS ORIGEN

BOGOTÁ CENTRAL VEREDA MUNICIPIO

48 974951,87 1019699,68 El corzo Madrid49 974526,00 1019566,00 El corzo Madrid50 974150,00 1019423,00 El corzo Madrid51 973803,00 1019299,00 El corzo Madrid52 973417,09 1019173,24 El corzo Madrid53 972990,23 1019062,58 El corzo Madrid61 969974,00 1018270,00 Bobacé Bojacá

80N 970217,04 1012296,10 Cubia Bojacá81N 970453,19 1012142,59 Cubia Bojacá82N 970794,02 1011921,03 Cubia Bojacá83N Se eliminó84N 971223,80 1011629,37 Cubia Bojacá85N 971504,52 1011310,05 San Antonio Bojacá86N 971710,37 1011064,02 San Antonio Bojacá87N 971831,97 1010796,80 San Antonio Bojacá88N 971969,47 1010494,66 San Antonio Bojacá89N 972087,03 1010236,34 San Antonio Bojacá90N 972332,52 1009696,89 San Antonio Bojacá91N 972363,08 1009199,22 San Antonio Bojacá92N 972456,78 1008987,95 San Antonio Bojacá93N 972842,17 1008765,45 San Antonio Bojacá94N 973088,42 1008623,28 San Antonio Bojacá95N 973386,62 1008451,11 San Antonio Bojacá96N Se eliminó97N 973622,20 1008080,85 Barroblanco Bojacá98N 973725,97 1007917,76 Barroblanco Bojacá99N 973924,70 1007605,45 Santa Bárbara Bojacá100N 974072,09 1007373,78 Santa Bárbara Bojacá101N 974380,53 1007122,00 Santa Bárbara Bojacá102N 974762,84 1006809,92 Barroblanco Bojacá103N 975095,98 1006615,32 Barroblanco Bojacá104N Se eliminó105N 975270,74 1005856,31 Barroblanco Bojacá106N 975151,54 1005468,94 Barroblanco Bojacá

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 10 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

NOMENCLATURA

COORDENADAS DATUM MAGNA SIRGAS ORIGEN

BOGOTÁ CENTRAL VEREDA MUNICIPIO

107N 975059,59 1005170,12 Barroblanco Bojacá108N 974925,97 1004735,89 Fute Bojacá109N 975063,77 1004494,25 Fute Bojacá110N 975293,59 1004091,23 Fute Bojacá111N 975499,05 1003730,95 Fute Bojacá112N 975693,15 1003390,57 Fute Bojacá113N 975840,68 1002962,91 Fute Bojacá114N 975923,68 1002722,29 Fute Bojacá115N 976086,23 1002247,70 Fute Bojacá116N 976277,38 1001695,20 Bosatama Soacha117 976398,81 1001404,83 Bosatama Soacha118 976608,80 1000902,99 Canoas Soacha119 976751,64 1000561,67 Canoas Soacha120 976968,04 1000044,47 Canoas Soacha123 977481,52 998917,71 Canoas Soacha125 977301,66 998171,37 Canoas Soacha126 977179,26 997663,43 Canoas Soacha127 976965,67 997577,02 Canoas Soacha128 976957,09 997457,23 Canoas Soacha129 976994,22 997429,13 Canoas SoachaPort. 977085,35 997438,48 Canoas Soacha

Fuente ICA 3_NE_500, EPM 2017

3.2 ESTADO DE AVANCE

A continuación, se presenta el estado de avance de la infraestructura, obras y actividades relacionadas en el numeral Error! Reference source not found., referenciando los aspectos generales de avance de la totalidad del proyecto:

3.2.1 Medio Abiótico

Al momento de la visita de seguimiento realizada por parte del grupo técnico de ANLA al proyecto los días del 26 al 29 de junio de 2018, los funcionarios que acompañaron la visita informaron que el proyecto ya se encontraba en etapa de operación.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 11 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Durante el seguimiento se visitaron algunas de las áreas intervenidas para la construcción de las torres que hacen parte del proyecto, Así como las áreas que fueron utilizadas para la instalación de los Patios de Tendido; lo anterior con el fin de verificar el estado actual de dichas áreas. Dicha visita se realizó verificando el cumplimiento de las medidas de manejo establecidas en el Plan de Manejo ambiental del Proyecto; así como, de las obligaciones con respecto al manejo de la revegetalización de las áreas intervenidas, manejo de residuos sólidos al momento del montaje de las estructuras, y en general el estado actual del terreno. Los puntos visitados se relacionan en la siguiente tabla.

COORDENADAS MAGNA SIRGAS

ORIGEN BOGOTÁTORRE

No. MunicipioNORTE ESTE

OBSERVACIÓN

7 Tenjo 1023065,32 987141,204

4 Tenjo 1022590,91 988006,392

12 Madrid 1023785,23 985994,74

20 Madrid 1022127,85 983802,591

58 Facatativá 1018438,23 970899,724

62 Bojacá 1017983,7 969843,74

68 Bojacá 1015251,77 968958,559

80 Bojacá 1012302,03 970203,539

85 Bojacá 1011319,79 971489,283

94 Bojacá 1007378,38 974065,536

105 Bojacá 1005884,91 975269,252

Durante la visita a estos sitios de torre, se observó que en el área donde se encuentran instaladas predomina la topografía plana con una cobertura vegetal de pastos limpios, los cuales en su mayoría son utilizados por los propietarios de los predios para el mantenimiento de ganado. Por su parte, en el recorrido no se observó la presencia de residuos sólidos, equipos y/o estructuras producto de la construcción del proyecto de las torres visitadas. En general dadas las características del suelo en todos los sitios de torre visitados se observó que el proceso de regeneración natural de pastos ha evitado la generación de procesos erosivos por acción del viento y/o la lluvia.

Por su parte, al momento de la visita se pudo percibir la emisión de ruido (zumbido) producto de la operación del proyecto; respecto a esta situación, los funcionarios de la Empresa que atendieron la visita, manifestaron que este ruido es normal en la operación de las líneas de voltajes iguales o superiores a 500 kV; así mismo, manifestaron que la Empresa se encuentra adelantando la medición del ruido en 9 puntos a lo largo del trazado de la línea con los cuales se pretende verificar el cumplimiento de la normatividad ambiental vigente, de dichos monitoreos aún no se tienen los resultados por parte del laboratorio que los está desarrollando; sin embrago, la empresa manifestó que los resultados serán

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 12 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

TORRE No. Municipio

COORDENADAS MAGNA SIRGAS

ORIGEN BOGOTÁ OBSERVACIÓN

125 Soacha 998175,504 977286,998presentados en el ICA correspondiente al periodo de operación del año 2018.

Fuente: Grupo de Seguimiento Ambiental ANLA, 2018

3.2.2 Medio Biótico

En la visita de seguimiento se verificó el cumplimiento de las actividades del Plan de Manejo Ambiental efectuadas hasta el momento en los sitios de torre, vanos y patios de tendido, específicamente en lo relacionado con: Manejo de cobertura vegetal y ecosistemas terrestres, Aprovechamiento forestal, Manejo de fauna silvestre presente en áreas protegidas y en zonas boscosas (el ahuyentamiento y salvamento contingente de fauna se realizó en la etapa de construcción), y Manejo de corredores de vuelo.

Se observó la implementación de las medidas de manejo ambiental asociadas a la revegetalización y empradización en los sitios de torre 4, 6, 7, 12, 20, 27, 56, 58, 62, 68, 69, 72, 76, 85, 100, 105, 109 y 127; en los sitios de torre 56 y 72, y en el vano 58-57, se observaron rebrotes e individuos de eucalipto que deben ser podados acorde a lo establecido en la Medida 6: Mantenimiento de áreas de servidumbre y zonas verdes durante la fase de operación del proyecto de la ficha de manejo 8.2.1. Manejo de cobertura vegetal y ecosistemas terrestres; en los sitios de torre visitados se observó que la empradización fue efectiva.

Funcionarios de la EPM indicaron que en el vano 125 - 126 se localizó un punto de monitoreo de avifauna; los resultados del monitoreo serán presentados en el ICA del año 2018. En los vanos 14 – 15, 65-66 se observaron los desviadores de vuelo instalados.

En el predio Corama (municipio de Tenjo) se verificó el desarrollo y establecimiento de los cinco (5) individuos de palma de cera (Ceroxylum quindiuense) reubicados, los cuales presentan buena condición y alturas que superan los 30 cm.

En la alcaldía de Bojacá, se realizó una reunión con la alcaldesa encargada y sus funcionarios, para atender la queja instaurada por esa entidad, respecto al ruido que se produce en la línea 500 kV de Nueva Esperanza; se visitaron los predios: La Peña (vereda Bobacé) en el cual están instaladas las torres 70 y 71; Las Delicias (vereda Cubia) en el cual están instaladas las torres 81 y 82; y el predio Santillana (vereda El Corzo) en el cual está instaladas las torres 54 y 55, en este último predio la propietaria indicó que además del ruido generado por la línea de 500 kV, se siente corriente en la tubería que es utilizada para el riego de los cultivos.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 13 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Se realizó reunión con funcionarios de la CAR con el objetivo de indagar sobre la percepción que tiene la corporación respecto al proyecto Nueva Esperanza 500 kV; así mismo, se verificó la recepción de quejas, inquietudes y/o dudas por parte de la comunidad respecto al proyecto en mención.

Por último, en el Bosque Renace (predios de Emgesa) se observaron algunos de los 110 individuos de roble (Quercus humboldtii) reubicados, los cuales al momento de la visita se encontraban en buena condición de desarrollo, con alturas superiores a un (1) m; funcionarios de EPM indicaron que se realizan actividades de mantenimiento como: plateo, fertilización y aplicación de insecticidas (cada cuatro (4) meses). En este mismo predio, se reubicaron las epífitas que fueron objeto de rescate; en total se reubicaron 3629 individuos de 92 especies, a los cuales se les aplicó enraizador y se les cambió los amarres cuando se han deteriorado. Tanto los individuos de roble como las epífitas vasculares, cuentan con placa de identificación.

3.2.3 Medio Socioeconómico

En la visita de seguimiento se verificó el cumplimiento de las actividades del Plan de Manejo Ambiental que se realizan junto con las comunidades y autoridades de los municipios que hacen parte del área de influencia del proyecto, específicamente los siguientes programas del Plan de Manejo Ambiental y del Plan de Seguimiento y Monitoreo:

Programa para la compensación a la afectación temporal del ciclo productivo agrícola

Programa de acompañamiento social al proceso de constitución de servidumbre Programa de acompañamiento social en la indemnización por la afectación a la

infraestructura económica en la franja de servidumbre Programa de información, comunicación y participación Programa de relocalización de familias afectadas Programa Acompañamiento social al proceso de constitución de servidumbre para

Asegurar el manejo de indemnización por afectación a infraestructura de uso colectivo

Programa de gestión ante administraciones municipales para el ajuste a POT y PBOT

Programa de seguridad vial y control a la alteración de tráfico.

A continuación, se presenta un resumen de cada una de las reuniones realizadas durante la visita de seguimiento ambiental:

Reunión Comunidad Carrasquilla (Municipio de Tenjo):

En reunión con el presidente de JAC de la vereda Carrasquilla (Tenjo), Gabriel Orozco; manifiesta que durante el año pasado se realizó la reunión de cierre por parte de EPM, junto con su Empresa contratista y la comunidad en pleno, en dicha reunión aparte de que se

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 14 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

expusieron los paz y salvos de los derechos de servidumbre y los cumplidos de cada programa, también se entregaron 31 filtros de agua para las casas, los cuales hacen parte de un proyecto de inversión social voluntario por parte de EPM. El presidente manifiesta que no hay quejas o inquietudes por parte de la comunidad, y que considera que no se han visto impactados negativamente por el proyecto.

Reunión Comunidad Carrasquilla (Municipio de Madrid):

En reunión con el presidente de JAC de la vereda Carrasquilla, Ricardo Ausique; manifiesta que el año pasado se realizó la reunión de cierre con EPM, su Empresa contratista y la comunidad en pleno. En dicha reunión se expusieron los alcances finales del proyecto, y paz y salvos de los propietarios que quedaron por la franja de servidumbre, además de los cumplidos de cada programa, incluyendo los de dinámica de empleo temporal y arqueología preventiva. Se aprovechó el espacio para también hacer entrega de equipos de cómputo y amplificación de sonido que fueron entregados como parte de un proyecto de inversión social voluntario por parte de EPM. El presidente manifiesta que no hay quejas o inquietudes por parte de la comunidad, y que considera que no se han visto impactados negativamente por el proyecto.

Reunión Alcaldía de Tenjo:

En reunión con el funcionario de la Secretaría de Desarrollo Económico y Ambiente del municipio de Tenjo (Cundinamarca), Henry Jiménez; manifiesta que conoce el proyecto, y que la misma Alcaldía hizo acompañamiento junto con la Empresa por el recorrido de la línea. Dice que no conocen en propiedad el PMA, lo cual queda como un pendiente por parte de EPM de volver a radicar dicho documento directamente en la Secretaría en mención. Por otro lado, están pendientes de la capacitación que brinda EPM en la modificación del uso y manejo de los suelos por donde pasa la franja de servidumbre de la línea, y que a su vez será presentado en la modificación del EOT municipal. El funcionario manifiesta que no hay quejas o inquietudes por parte de la comunidad, y que considera que no se han visto impactados negativamente por el proyecto.

Reunión Alcaldía de Madrid:

En reunión con los funcionarios de la Secretaría de Desarrollo Económico y Ambiental: Jasbleidi Cortés y Mauricio Campos; de la secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos: Catherín Amado y Luisa Fernanda Daza; y del Despacho del Alcalde: Catalina Montagut; manifiestan conocieron en su momento el proyecto, que fueron 8 veredas que hacen parte del área de influencia, y que con ellos se realizaron las reuniones de cierre correspondiente y la entrega de los proyectos de inversión social voluntaria. Constatan que se realizó la capacitación en la modificación del uso y manejo de suelos por dónde va la línea de transmisión. Exponen que hay algunos propietarios en la vereda Valle del Laura, puntualmente en el predio LA Florida, inconformes porque consideran que el ruido de la línea es muy duro, y que no han recibido suficiente información por parte de EPM.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 15 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Reunión Comunidad Paso Ancho (Municipio de Facatativá):

En reunión con la presidenta de JAC de la vereda Paso Ancho (Facatativá), Leonor Macías; manifiesta que el año pasado se realizó la reunión de cierre por parte de EPM, junto con su Empresa contratista y la comunidad en pleno, en dicha reunión aparte de que se expusieron paz y salvos de los derechos de servidumbre y los cumplidos de cada programa, también se como parte de un proyecto de inversión social voluntario de EPM, equipos de cómputo para la escuela veredal. La presidenta manifiesta que no hay quejas o inquietudes por parte de la comunidad, y que considera que no se han visto impactados negativamente por el proyecto.

Reunión Comunidades de Moyano (Municipio de Madrid) y Moyano (Municipio de Facatativá):

En reunión con los presidentes de JAC de la vereda Moyano del municipio de Madrid, Ana Lucía Morales, y la vereda Moyano del municipio de Facatativá, Mauricio Guayambuco; manifiestan que el año pasado se realizó la reunión de cierre con EPM, su Empresa contratista y la comunidad en pleno. En dicha reunión se expusieron los alcances finales del proyecto, y paz y salvos de los propietarios que quedaron por la franja de servidumbre, además de los cumplidos de cada programa, incluyendo los de empleo temporal y arqueología preventiva. Se aprovechó el espacio para también hacer entrega de equipos de amplificación de sonido que fueron entregados como parte de un proyecto de inversión social voluntario por parte de EPM. La presidenta de la vereda Moyano del municipio de Madrid manifiesta que se ha incrementado la construcción de casas cerca de la línea, y que la gente que está allí se ha estado quejando de la generación de ruido por parte de la línea.

Reunión Alcaldía de Bojacá:

En reunión con el Secretario de Ambiente de la Alcaldía: Josie Steban Vanegas; la Personera Municipal: Nancy Arciniegas; y los propietarios de predio sobre la franja de la línea: Alexandra Díaz, Javier Gómez, Marbely Ramírez y Marcela Zabala. Por parte de la Alcaldía Municipal se manifiesta que conocen el proyecto, y que en muchas ocasiones la misma Alcaldía ha hecho acompañamiento junto con la Empresa por el recorrido de la línea. Exponen que radicaron anta la ANLA una queja por la generación de ruido en la línea, y que hay varios propietarios que están inconformes con este asunto, es por eso que algunos de ellos han hecho presencia dentro de la reunión, y dicen que no han recibo suficiente información por parte de EPM. Por otro lado, la Personera Municipal manifiesta que ha sido garante de los procesos de servidumbre del municipio como también del proceso de relocalización de las dos familias que sus viviendas estaban dentro de la franja de servidumbre. Al finalizar la reunión se solicita hacer un recorrido a los puntos de la línea que cruzan por estos predios.

Recorrido predios con queja de ruido en el municipio de Bojacá:

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 16 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Se realiza el traslado hasta los predios de las personas que asistieron a la reunión con la Alcaldía Municipal de Bojacá. El primer predio a visitar fue el de la señora Alexandra Díaz, se observó que el ruido está dentro de las normas, pero aun así la Empresa en el momento de hacer el recorrido de verificaciones de las medidas de ruido tendrá en cuenta dicho punto. El segundo predio a visitar fue el de los señores Marbely Ramírez y Javier Gómez, son personas que son nuevos en la zona, recién compraron el predio y no saben cuáles son las condiciones para la convivencia con dicha infraestructura eléctrica, ya que tienen pensado construir su casa ahí. Por último, se visita el predio de la señora Marcela Zabala, en donde también se observa que las torres pasan por la mitad de su predio, en donde tiene cultivos, aunque en el momento se hizo verificación de ruidos y estaban dentro de la norma, la Empresa manifiesta que dentro del recorrido para el monitoreo de ruidos tendrá en cuenta este punto.

Reunión Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca-CAR:

En reunión con los funcionarios de la CAR: Álvaro Arias, Humberto Poveda, Francisco Amaya y Jairo Pérez; quienes en primera instancia manifiestan que las notificaciones por parte de la ANLA para los seguimientos ambientales llegan muy encima al evento y que la Corporación no tiene un tiempo prudente para también acompañar la visita. Por otro lado, dicen que conocen el proyecto, han estado liderando todo el proceso de entrega de las zonas de compensación y de la disposición de las especies en veda. Saben que, por las condiciones de la línea, se produce un ruido considerable, que no han llegado directamente a la Corporación quejas sobre este tema, pero consideran que EPM debe hacer un refuerzo con las comunidades en convivencia con la infraestructura eléctrica.

Reunión Alcaldía de Facatativá:

En reunión con el funcionario de la Secretaría de Desarrollo y Medio Ambiente del municipio de Facatativá (Cundinamarca), Andrés Felipe Escobar; manifiesta que conoce el proyecto. Dice que no conocen en propiedad el PMA, lo cual queda como un pendiente por parte de EPM de volver a radicar dicho documento directamente en la Secretaría en mención. Por otro lado, están pendientes de la capacitación que brinda EPM en la modificación del uso y manejo de los suelos por donde pasa la franja de servidumbre de la línea, y que a su vez será presentado en la modificación del EOT municipal. El funcionario manifiesta que no hay quejas o inquietudes por parte de la comunidad, y que considera que no se han visto impactados negativamente por el proyecto.

Reunión Alcaldía de Zipacón:

En reunión con el funcionario de la Secretaría de Planeación del municipio de Zipacón (Cundinamarca), Juan Pablo Cañón manifiesta que conoce el proyecto. Por otro lado, no conocen en propiedad el PMA, lo cual queda como un pendiente por parte de EPM de volver a radicar dicho documento directamente en la Secretaría en mención. También está

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 17 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

pendientes de la capacitación que brinda EPM en la modificación del uso y manejo de los suelos por donde pasa la franja de servidumbre de la línea, y que a su vez será presentado en la modificación del EOT municipal. El funcionario manifiesta que no hay quejas o inquietudes por parte de la comunidad, y que considera que no se han visto impactados negativamente por el proyecto.

Visita vivienda Manuel Rodríguez (Relocalizado por el proyecto):

Se realiza traslado hasta el municipio de Bojacá, para visitar la casa del señor Manuel Rodríguez, persona que fue relocalizada por la construcción de la línea, pero que, en el momento de la entrega de su nueva vivienda, murió, así que está en proceso la sucesión del inmueble a sus familiares más cercanos. Dentro de la visita a la vivienda se verificó el estado de la misma y aunque no se encontraron a los familiares del titular, se realizó charla con el presidente de la JAC del Conjunto Agrupación Senderos de Zipa. Etapa 1, quien está enterado del caso.

Reunión Alcaldía de Funza:

En reunión con el funcionario de la Secretaría de Desarrollo Económico sostenible del municipio de Funza (Cundinamarca), Wilmar Cruz; y con el funcionario de la Personería Municipal del mismo municipio, Alejandro Prieto; manifiestan que conocen el proyecto. Dice que no conocen en propiedad el PMA, lo cual queda como un pendiente por parte de EPM de volver a radicar dicho documento directamente en la Secretaría en mención. Por otro lado, están pendientes de la capacitación que brinda EPM en la modificación del uso y manejo de los suelos por donde pasa la franja de servidumbre de la línea, y que a su vez será presentado en la modificación del EOT municipal. Los funcionarios manifiestan que no hay quejas o inquietudes por parte de la comunidad, y consideran que no se han visto impactados negativamente por el proyecto.

3.3 PERMISOS, CONCESIONES Y/O AUTORIZACIONES

El proyecto cuenta con los siguientes permisos, concesiones y/o autorizaciones:

3.3.1 Permiso(s) Captación (es)

El proyecto no contempló la necesidad de concesiones de aguas superficiales para uso doméstico o industrial.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 18 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Tabla 2 Permisos de captación otorgados (definitivos)COORDENA

DAS PERÍODO AUTORIZADOUSO

AUTORIZADO

USO APROVECH

ADO

IDENTIFICADOR DE LA

CAPTACIÓN

SISTEM

A DE

REFERENCIA

ESTE

NORTE

NOM

BRE

DE LA FUENTE

NÚMER

O DE

RESOLUCIÓN

QUE APRUEB

A LA

CAPTACIÓN

FECHA

EXPEDICION

DE LA

RESOLUCIÓN

CAUDAL CONCEDIDO (l/s)

FECHA INICIAL DE LA CONCESIÓN (Años)

FECHA FINAL DE LA CONCESIÓN (Años)

ESTACIONALIDAD

CONCEDID

A

RÉGIMEN DE CAPTACIÓN

CONCEDIDO

RÉGIMEN DE CAPTACIÓN

CONCEDIDO (Agua

subterráne

a horas/día)

CAUDAL DOMÉSTICO CONCEDIDO (l/s)

CAUDAL NO DOMÉSTICO CONCEDIDO (l/s)

CAUDAL DOMÉSTICO

APROVECHADO (l/s)

CAUDAL NO

DOMÉSTICO

APROVECHADO (l/s)

-- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- --La Empresa dentro del Estudio de Impacto Ambiental elaborado para el proyecto, planteó que “el suministro de agua para los diferentes consumos se hará mediante la compra de los volúmenes de agua necesarios para cada uno.

El suministro de agua potable para uso doméstico en cada frente de trabajo será a través de botellones en una cantidad estimada de 368 m3. Para la construcción de la cimentación de las torres se requiere concreto hidráulico, el cual será suministrado directamente en mixers en aquellos casos donde sea posible el acceso, de lo contrario, el concreto será preparado in situ para lo cual el suministro del agua se realizará en bidones de 40 o 50 litros de capacidad que serán transportados en vehículos livianos o en bestias”.

Fuente: Elaborado por el Grupo Técnico a partir de la información recolectada en visita de seguimiento efectuada entre 26 al 29 de junio de 2018.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 19 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

3.3.2 Permiso (s) Vertimiento (s)

Con respecto a las aguas residuales que se podrían generar en la construcción del proyecto, la Empresa en el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto mencionó lo siguiente:

Tabla 4 Permisos de vertimiento otorgados (definitivos)COORDENADAS PERÍODO AUTORIZADO

IDENTIFICADOR

DEL VERTIMIENTO

SISTEMA DE

REFERENCIA

ESTE

NORTE

NÚMERO DE RESOLUCIÓN QUE

APRUEBA EL VERTIMIENT

O

FECHA

EXPEDICION DE LA RESOLUCIÓ

N

CAUDAL

AUTORIZADO (l/s)

CAUDAL VERTIDO

(l/s)

TIEMPO DE DESCARGA AUTORIZAD

O (horas/

día)

FRECUENCI

A AUTORIZAD

A (días/mes)

FECHA

INICIAL

DEL PERMISO

FECHA

FINAL

DEL PERMISO

TIPO DE

VERTIMIENT

O

-

ESTE/LONGITUD

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

“El manejo de excretas durante la construcción de la línea de transmisión se realizará mediante el uso de 17 unidades sanitarias portátiles, en las que se garantiza la succión diaria de las aguas residuales generadas. Para el mantenimiento la Empresa plantea el uso de camiones livianos con equipos de succión, donde las condiciones de acceso lo permitan, de lo contrario, se utilizarán bombas de succión manual en donde los desechos se almacenan en canecas de 50 litros para posteriormente retirarlas en vehículos livianos y entregarlas al gestor de este tipo de residuos.

En el desarrollo del proyecto no se generarán aguas residuales Industriales en ninguna de sus fases (construcción y operación), Igualmente, en la fase de mantenimiento operacional no se generan aguas residuales domésticas.

En consecuencia, no se requiere permiso de vertimiento de aguas residuales industriales y domésticas”Fuente: Elaborado por el Grupo Técnico a partir de la información recolectada en visita de

seguimiento efectuada entre el 26 al 29 de junio de 2018.

3.3.3 Permiso Aprovechamiento Forestal

La Empresa solicitó dos (2) modificaciones a la Licencia Ambiental otorgada mediante Resolución 0519 de 26 de mayo de 2014 (numeral 2 del Artículo Cuarto) solicitando la modificación del volumen total autorizado de 811,42 m3:

Mediante Resolución 00981 del 07 de septiembre de 2016 la ANLA modificó la Licencia Ambiental de la Línea Nueva Esperanza a 500 kV, en el sentido de aumentar el volumen total de aprovechamiento forestal inicial de 811,42 m3 en 4.134,94 m3, a lo largo de la línea de transmisión a 500 a kV, para un total autorizado de 4.946,36 m3.

Mediante Resolución 01113 del 07 de septiembre de 2016 la ANLA modifica la Licencia Ambiental de la Línea Nueva Esperanza a 500 kV, en el sentido de efectuar la modificación

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 20 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

del trazado inicial en tres tramos denominados “Variante El Colegio”, “Variante Bobacé” y “Variante La Pereza”, para lo cual es necesario aumentar el volumen total de aprovechamiento forestal, adicionando al volumen máximo de aprovechamiento de 811,42 m3, un valor de 2.951,02 m3.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 21 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Tabla 5 Permisos de Aprovechamiento Forestal otorgados (definitivos)CARACTERÍSTICAS DEL

APROVECHAMIENTO AUTORIZADOCARACTERÍSTICAS DEL

APROVECHAMIENTO REALIZADO EN EL PERIODO

CARACTERÍSTICAS DEL APROVECHAMIENTO

REALIZADO ACUMULADOPERÍODO

AUTORIZADONÚMERO O

IDENTIFICADOR DE POLÍGON

O

NÚMERO DE RESOLUCIÓ

N QUE APRUEBA EL APROVECHA

MIENTO

FECHA EXPEDICION DE

LA RESOLU

CIÓN

COBERTURA SOBRE LA CUAL SE

AUTORIZA EL

APROVECHAMIENTO

ÁREA TOTAL DEL

APROVECHAMIENTO (ha)

VOLÚMEN TOTAL DEL

APROVECHAMIENTO (m3)

ÁREA TOTAL DEL

APROVECHAMIENTO

REALIZADO (ha)

VOLÚMEN TOTAL DEL

APROVECHAMIENTO

REALIZADO (m3)

ÁREA TOTAL DEL

APROVECHAMIENTO

ACUMULADO (ha)

VOLÚMEN TOTAL DEL

APROVECHAMIENTO

ACUMULADO (m3)

FECHA INICIAL DE LA

APROBACIÓN

FECHA FINAL DE LA

APROBACIÓN

1 519 26 de

mayo de 2014

Vegetación secundaria 2,71 33,71 0,2036 18,07 0,2036 18,07

26 de mayo de

2014

1 519 26 de

mayo de 2014

Plantación forestal 2,84 467,83 0,65 20,006 0,65 20,006

26 de mayo de

2014

1 519 26 de

mayo de 2014

Pastos limpios 1,09 211,38 0 0 26 de

mayo de 2014

1 519 26 de

mayo de 2014

Pastos arbolados 0,57 98,49 0,1266 109,51 0,1266 109,51

26 de mayo de

2014

1 981

07 de septiemb

re de 2016

Pastos arbolados 27,1 647,3 4,898 1725,01 4,898 1725,01

07 de septiemb

re de 2016

1 981

07 de septiemb

re de 2016

Plantación forestal 33,6 464 0 0 0 0

07 de septiemb

re de 2016

1 981

07 de septiemb

re de 2016

Pastos limpios 115 3214,56 0 0 0 0

07 de septiemb

re de 2016

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 22 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

NÚMERO O

IDENTIFICADOR DE POLÍGON

O

NÚMERO DE RESOLUCIÓ

N QUE APRUEBA EL APROVECHA

MIENTO

FECHA EXPEDICION DE

LA RESOLU

CIÓN

CARACTERÍSTICAS DEL APROVECHAMIENTO AUTORIZADO

CARACTERÍSTICAS DEL APROVECHAMIENTO

REALIZADO EN EL PERIODO

CARACTERÍSTICAS DEL APROVECHAMIENTO

REALIZADO ACUMULADOPERÍODO

AUTORIZADO

COBERTURA SOBRE LA CUAL SE

AUTORIZA EL

APROVECHAMIENTO

ÁREA TOTAL DEL

APROVECHAMIENTO (ha)

VOLÚMEN TOTAL DEL

APROVECHAMIENTO (m3)

ÁREA TOTAL DEL

APROVECHAMIENTO

REALIZADO (ha)

VOLÚMEN TOTAL DEL

APROVECHAMIENTO

REALIZADO (m3)

ÁREA TOTAL DEL

APROVECHAMIENTO

ACUMULADO (ha)

VOLÚMEN TOTAL DEL

APROVECHAMIENTO

ACUMULADO (m3)

FECHA INICIAL DE LA

APROBACIÓN

FECHA FINAL DE LA

APROBACIÓN

1 981

07 de septiemb

re de 2016

Vegetación secundaria 12,5 620,5 1,316 62,83 1,316 62,83

07 de septiemb

re de 2016

1 1113

29 de septiemb

re de 2016

Plantación forestal 12,3 2009,3 1,09 2032,71 1,09 2032,71

29 de septiemb

re de 2016

1 1113

29 de septiemb

re de 2016

Pastos limpios 28 941,7 5,128 104,15 5,128 104,15

29 de septiemb

re de 2016

1 1113

29 de septiemb

re de 2016

Pastos limpios 28 941,7 0,79 16,0675 0,79 120,2175

29 de septiemb

re de 2016

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 23 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

3.3.4 Otros Permisos, Concesiones y/o autorizaciones otorgados

Tabla 6 Permisos, concesiones y/o autorizaciones otorgados (definitivos)Permiso y/o autorización

Acto administrativo Descripción

Ocupaciones de caucesResolución 0519 del 26 de mayo

de 2014

La ocupación de cauce otorgada consistió en la instalación de un paso temporal con tablones de madera para el paso de equipos livianos requeridos para el tendido del conductor. El paso temporal se planeó con un ancho de 1.5 metros y una longitud tal que desde la orilla del cauce hasta el borde del paso temporal exista como mínimo 1.0 metros. Según el radicado 4120-E1-21095 del 20 de mayo de 2013, “Formulario Único Nacional de solicitud de ocupación de cauces, playas y lechos” las características del permiso son:

Nombre de la corriente: Quebrada NNCoordenadas: 1.022.125 Norte, 980.464 EsteMunicipio de MadridVereda: Los Arboles.Predio: 25430000000080044Tipo de ocupación: Provisional

Resolución 0675 del 28 de abril de 2014, del Ministerio de Ambiente y Desarrollo

Sostenible - MADS

Levanta de manera parcial la Veda para 33 individuos para el desarrollo del proyecto “Variantes la Pereza, El Colegio y Bobacé” en el trazado del proyecto “LINEA DE TRANSMISION BACATA - NUEVA ESPERANZA DE 500 KV” acorde con lo presentado por la sociedad Empresas Públicas de Medellín — EPM.

Resolución 0762 del 21 de mayo

de 2014 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo

Sostenible - MADS

Otorga a EMPRESAS PUBLICAS DE MEDELLIN E.S.P. – EPM una sustracción definitiva de 5,76 ha de la reserva forestal protectora productora de la Cuenca Alta del Rio Bogotá, para la construcción de 16 torres de transmisión Eléctrica.

Levantamiento de veda/sustracción de áreas

de manejo especial

Resolución 0766 del 23 de mayo

de 2014 del Ministerio de Ambiente y

Considera viable el levantamiento temporal y parcial de veda de nueve (9) individuos para el proyecto “LINEA DE TRANSMISION BACATA - NUEVA ESPERANZA DE 500 KV” a cargo de EMPRESAS PUBLICAS DE MEDELLIN E.S.P.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 24 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Permiso y/o autorización

Acto administrativo Descripción

Desarrollo Sostenible -

MADS

Fuente: Elaborado por el Grupo Técnico a partir de la información recolectada en visita de seguimiento efectuada entre el 26 al 29 de junio de 2018

4 CUMPLIMIENTO A LOS PLANES Y PROGRAMAS

4.1 PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

A continuación, se presenta el estado de cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental del Proyecto, establecido mediante la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2016.

El Plan de Manejo Ambiental comprende: Programas de manejo ambiental, Plan de Seguimiento y Monitoreo, Plan de contingencias/Plan de Gestión del Riesgo y Plan de Desmantelamiento y Abandono.

La presente verificación se realizará sobre las medidas aplicables para la finalización de la fase de construcción e inicio de la fase de operación.

Medio Ficha de manejo EtapaPM-ABI-NE200-01 Manejo de pérdida del suelo y de zonas inestables

Construcción / Operación

PM-ABI-NE200-02 Manejo de corrientes de agua Construcción

PM-ABI-NE200-03 Manejo de Aguas Residuales Construcción

PM-ABI-NE200-04 Manejo de patios de tendido yconstrucción de accesos

Construcción

PM-ABI-NE200-05 Manejo de Residuos Solidos Construcción / Operación

Abiótico

PM-ABI-NE200-06 Manejo de Calidad de Aire y Ruido Construcción

PM-ABI-NE200-07 Manejo Preventivo de los efectoselectromagnéticos de las líneas detransmisión

Construcción / Operación

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 25 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

8.2.1. Manejo de cobertura vegetal y ecosistemas terrestres

Construcción / Operación

8.2.2. Compensación de áreas protegidas Construcción / Operación

8.2.3. Aprovechamiento forestal Construcción

8.2.4. Manejo de fauna silvestre presente en áreas protegidas y en zonas boscosas

Construcción

Biótico

8.2.5. Manejo de corredores de vuelo Construcción / Operación

Programa para la compensación a la afectación temporal del ciclo productivo agrícola

Construcción

Programa de acompañamiento social al proceso de constitución de servidumbre

Construcción

Programa de acompañamiento social en la indemnización por la afectación a la infraestructura económica en la franja de servidumbre

Construcción

Programa Dinámica para el manejo de empleo Construcción

Programa de arqueología preventiva Construcción

Programa de información, comunicación y participación Construcción / Operación

Programa de relocalización de familias afectadas Construcción / Operación

Programa de acompañamiento social al proceso de constitución de servidumbre para asegurar el manejo de indemnización por afectación a la infraestructura de uso colectivo

Construcción

Programa de gestión ante administraciones municipales para el ajuste a POT y PBOT

Construcción / Operación

Socioeconómico

Programa de seguridad vial y control a la alteración de tráfico Construcción

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 26 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

4.1.1 Plan de Manejo Ambiental

Tabla 3 Estado de cumplimiento de los programas e impactos atendidos en el Plan de Manejo Ambiental

4.1.1.1 Medio Abiótico

Programas y proyectos: Manejo de pérdida de suelo y de zonas inestablesFicha de Manejo: 8.1.1

Tipo de Medida

Impacto atendido Medidas de Manejo

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n Efectividad de la

Medida

Medida 1: Identificación, vigilancia y evaluación de los procesos generadores de inestabilidad X 100%

Medida 2: Seguimiento a la eficiencia de las obras o medidas de protección que se ejecuten X 100%

Medida 3: Los accesos para los sitios de torre y patios de tendido, será por vías carreteables y trochas existentes X 100%

Medida 4: Adecuación de accesos con rocería e implementación de pasos por las corrientes de agua con estructuras de paso metálicas o de madera. X N/A

Medida 5: La protección de los taludes se enfoca en evitar la erosión efectuando empradización o revegetalización. X 100%

Medida 6: Análisis geotécnicos para definición de tipos de protección X 100%Medida 7: Construcción de Obras geotécnicas (drenajes superficiales, trinchos naturales (trinchos en madera), gaviones en piedra) X 100%

Pérdida o alteración del suelo

Potenciación y generación de zonas inestables.

Alteración de la calidad del agua.

Alteración del paisaje.

Pérdida de cobertura vegetal.Medida 8: Manejo de zonas de depósito en las áreas próximas a los sitios de instalación de torre: Acopio de material producto de la excavación (Trinchos temporales/barreras de aislamiento)

X 100%

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 27 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

Medida 9: Manejo de zonas de depósito en las áreas próximas a los sitios de instalación de torre: Manejo material sobrante de excavación. X 100%

ConsideracionesNivel de

CumplimientoMedida SI NO N/A

1 X

Por medio del formato Ica 1a del ICA 3 correspondiente al periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2017 la Empresa informa respecto al cumplimiento de esta medida de manejo que luego de verificar en cada sitio de torre la existencia de algún proceso denudativo o posibles riesgos para las estructuras se identificó la necesidad de instalar en 24 sitios de torre obras de control (T011, T017, T059, T060, T062, T064, T065, T066, T076, T077, T078, T086, T087, T088, T093, T099, T103, T116, T117, T118, T123, T125, T126); así mismo, en el Anexo ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_01PerSueTalZonNE500\2_01_03 ObEstNE500\ConObraProDefICA03.xlsx. la Empresa presenta un registro de los sitios de torre donde fue necesaria la construcción y/o instalación de obras para el control de procesos erosivos, los cuales se presentan en la siguiente tabla:

Dimensiones

No. TorreTipo de

Protección Realizada

Avance (%)

Longitud de

Trinchos (ml)

Longitud de

Cunetas (ml)

Longitud de

Gaviones (ml)

T-11 Trincho metálico 100 37 T-17 Trincho metálico 100 92,5 T-59 Cuneta 100 29T-60 Trincho metálico 100 12

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 28 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

T-62 Trincho metálico 100 10 T-64 Cuneta 100 26

T-65 Trincho metálico Cuneta Gavión 100 24 4 26

T-66 Trincho metálico 100 16 T-76 Trincho metálico 100 T-77 Trincho metálico 100 21 T-78 Trincho metálico 100 37 T-86 Cuneta 100 36T-87 Cuneta 100 36T-88 Cuneta 100 36T-89 Trincho metálico 100 10 T-93 Cuneta 100 36T-99 Trincho metálico 100 93

T-103 Trincho metálico 100 28 T-116 Cuneta 100 23T-117 Cuneta 100 35T-118 Trincho metálico 100 10.00

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 29 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

T-123 Trincho metálicoCuneta 100 55 44

T-125 Trincho metálico 100 15 T-126 Trincho metálico 100 10

Fuente: ICA 3, EPM 2017

Por su parte, durante la visita de seguimiento ambiental realizada al proyecto del 26 al 29 de junio de 2018 en los sitios de torre visitados no se observó la generación de procesos erosivos o de inestabilidad, por el contrario, gracias a las características naturales del suelo, es evidente que los sitios que fueron intervenidos durante la construcción del proyecto presentan un proceso avanzado de regeneración natural de la vegetación característica de cada sitio, siendo esta en su mayoría pastos limpios y vegetación arbustiva.

Teniendo en cuenta lo mencionado anteriormente, se considera que para el periodo objeto del presente seguimiento ambiental la Empresa dio cumplimiento a esta medida de manejo; así mismo, respecto a la efectividad, se considera fue del 100 % dado que al momento de la visita no se observaron procesos de inestabilidad.

2 X

Respecto al cumplimiento de esta medida de manejo, la Empresa por medio del formato Ica 1a del ICA 3 correspondiente al periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2017 menciona que durante el periodo reportado se construyeron las obras necesarias para la estabilización y el adecuado drenaje de los sitios de torre; así mismo, en el Anexo ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_01PerSueTalZonNE500\2_01_03 ObEstNE500\ConObraProDefICA03.xlsx. , la Empresa presenta el documento denominado “InfMon01L500” el cual corresponde al informe producto del seguimiento de las obras de estabilización construidas en diferentes sitios de torre que fue realizada el día 28 de noviembre de 2017.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 30 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

Durante dicho recorrido la Empresa menciona que se visitaron 25 sitios de torre, observando que las obras construidas (trinchos, cunetas, gaviones) se encontraban estables, igualmente la Empresa presenta el registro fotográfico levantado durante el recorrido.

Teniendo en cuenta lo mencionado anteriormente, se considera que para el periodo objeto del presente seguimiento ambiental la Empresa dio cumplimiento a esta medida de manejo; así mismo, respecto a la efectividad, se considera fue del 100 %, teniendo en cuenta que se realizaron las visitas programadas.

3 X

Para el periodo objeto del presente seguimiento, la Empresa informa por medio del formato Ica 1a del ICA 3 que se establecieron accesos cercanos a los sitios de torre y plazas de tendido para lo cual se tuvo en cuenta criterios como facilidad para el transporte de materiales, posibilidad de minimizar áreas de intervención, capacidad de mitigación de impactos ambientales y prevención de afectaciones; por lo que durante el periodo reportado, se han utilizado vías existentes municipales, veredales y carreteables o caminos de herradura de predios privados para acceder a los sitios de Torre; así mismo, la Empresa informa que en el periodo se utilizaron 7 accesos nuevos que completan los identificados para el proyecto.

Por su parte, durante la visita de seguimiento ambiental realizada al proyecto del 26 al 29 de junio de 2018, se observó que el acceso a los sitios de torre visitados se efectuó por vías veredales que se encontraban en buen estado y transitables.

Así mismo, durante las reuniones entabladas con líderes comunitarios y autoridades municipales no se recibieron quejas y/o reclamaciones respecto al uso de las vías.

En el Anexo ICA02NE500\03SopComAbiBioSoc\04Social\4_01ComAfeTemCicPro\4_1_1ActVecPerIngICA01 del ICA 3 la Empresa presenta las actas de vecindad realizadas con los propietarios de los predios donde se observa la selección del acceso a utilizar.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 31 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

Acorde con lo anterior, se considera que la Empresa dio cumplimiento a esta medida de manejo para el periodo objeto del presente seguimiento ambiental, y respecto a la efectividad, esta se evalúa como del 100% dada las condiciones actuales de la malla vial utilizada para el acceso al proyecto.

4 XPor medio del formato Ica 1a del ICA 3, la Empresa informó que durante el periodo objeto del presente seguimiento ambiental no se requirió la adecuación de accesos o instalación de pasos; por lo anterior se considera que el seguimiento a esta medida de manejo no aplica para el presente seguimiento.

5 X

Dentro de las actividades reportadas por la Empresa en cumplimiento a esta medida de manejo para el periodo objeto del presente seguimiento, se encuentra la instalación de trinchos junto con labores de revegetalización de trinchos en 16 sitios de torre (T11 T17, T60, T62, T65, T66, T76, T77, T78, T89, T99, T103, T118, T123, T125, T126) mediante la siembra de semilla.

Por su parte, durante la visita de seguimiento ambiental realizada al proyecto del 26 al 29 de junio de 2017, se observó que las áreas intervenidas durante la construcción del proyecto presentaban un estado avanzado de revegetalización, en algunos sitios natural de vegetación arbustiva y en otros por la siembre de semilla de prado para evitar así la erosión por acción del viento y/o las aguas de escorrentía.

Acorde con lo anterior, se considera que la Empresa dio cumplimiento a lo establecido en esta medida de manejo, y que, dadas las condiciones del área observadas en campo, la efectividad de ésta fue del 100% para este periodo de seguimiento.

6 X

Respecto al cumplimiento de esta medida de manejo, por medio del formato Ica 1a del ICA 3, la Empresa informa que e identificó la necesidad de instalar en 24 sitios de torre protección (T011, T017, T059, T060, T062, T064, T065, T066, T076, T077, T078, T086, T087, T088, T093, T099, T103, T116, T117, T118, T123, T125, T126). , donde se construyeron 38 obras que corresponden a 10 cunetas, 27 trinchos y 1 gavión.

Para el caso de los trinchos se definió hacerlos metálicos en lugar de madera, por las siguientes razones:• La madera es más susceptible a robos por parte de la comunidad adyacente.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 32 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

• La madera se puede dañar en caso de una quema o incendio forestal.• La durabilidad de los trinchos en madera es mucho menor y por tanto no se puede garantizar la estabilidad de las torres a futuro.

Los trinchos metálicos consisten básicamente en una barrera transversal formada por tubos metálicos galvanizados de 3” de diámetro y 3.0 metros de longitud, que se instalan verticalmente en el talud natural en huecos pre excavados de 300 mm de diámetro y 2.0 metros de profundidad, a su vez los huecos de éstos se rellenan con concreto de 2500 psi, los tubos se instalan cada metro, y entre ellos se soporta una malla eslabonada y tela geotextil, con el fin de retener el suelo compactado necesario para formar terrazas, las cuales se protegen con una cobertura de vegetación nativa.

Así mismo, en el Anexo ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_01PerSueTalZonNE500\2_01_03 ObEstNE500 del ICA 3, la Empresas presenta el listado de las torres donde fue necesario la construcción de obras de estabilización indicando el tipo de obra y el estado de avance de las mismas, el cual corresponde al 100% de avance, dado que estas estructuras fueron instaladas durante la etapa de construcción y tendido del conductor las cuales ya finalizaron; igualmente, la Empresa incluye en el anexo mencionado los esquemas de las obras a construir en cada sitio de torre.

Por su parte, durante la visita de seguimiento ambiental realizada al proyecto del 26 al 29 de junio de 2018, se observó que en los puntos visitados y que contaban con trinchos metálicos estos se encuentran en buenas condiciones estructurales, los materiales con los cuales fueron construidos (tubos galvanizados, malla eslabonada, geotextil) se encontraban en buen estado y cumpliendo con su objetivo evitando así la generación de procesos de inestabilidad en los sitios de torre.

Por lo mencionado anteriormente, se considera que para el periodo objeto del presente seguimiento ambiental la Empresa dio cumplimiento a esta medida de manejo y dado que al momento de la visita de seguimiento se observó

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 33 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

que las estructuras instaladas no presentaban indicios de inestabilidad se considera que la efectividad de esta medida fue del 100% para este periodo de seguimiento.

7 X

Respecto al cumplimiento de esta obligación la Empresa informó por medio del formato Ica 1a del ICA 3 que Se construyeron 38 obras en 24 sitios de torre que corresponden a 10 cunetas, 27 trinchos y 1 gavión.

Así mismo, en el Anexo ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_01PerSueTalZonNE500\2_01_03 ObEstNE500 del ICA 3, la Empresas presenta el listado de las torres donde fue necesario la construcción de obras de estabilización indicando el tipo de obra y el estado de avance de las mismas, el cual corresponde al 100% de avance, dado que estas estructuras fueron instaladas durante la etapa de construcción y tendido del conductor las cuales ya finalizaron; igualmente, la Empresa incluye en el anexo mencionado los esquemas de las obras a construir en cada sitio de torre.

Por lo mencionado anteriormente, se considera que para el periodo objeto del presente seguimiento ambiental la Empresa dio cumplimiento a esta medida de manejo y dado que al momento de la visita de seguimiento se observó que las estructuras instaladas no presentaban indicios de inestabilidad se considera que la efectividad de esta medida fue del 100% para este periodo de seguimiento.

8 X

Por medio del formato Ica 1a del ICA 3 la Empresa informa que, durante la etapa constructiva, en zonas con pendiente moderada o fuerte para el material excavado, se instalan trinchos temporales (Sacos con relleno) para almacenarlo temporalmente y evitar que ruede ladera abajo.

Para el periodo ICA 3 se implementó esta medida en 5 sitos de obra (T65, T66, T67, T70, T76).

Así mismo, en el Anexo ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_00RegFotNE500 del ICA 3 la Empresa presenta el registro fotográfico de las actividades realizadas durante el periodo comprendido entre el 01de enero al 31 de diciembre de 2017 en cumplimiento a esta obligación.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 34 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

Por lo mencionado anteriormente, se considera que para el periodo objeto del presente seguimiento ambiental la Empresa dio cumplimiento a esta medida de manejo y dado que al momento de la visita de seguimiento se observó que las estructuras instaladas no presentaban indicios de inestabilidad se considera que la efectividad de esta medida fue del 100% para este periodo de seguimiento.

9 X

Respecto a esta medida, la Empresa informa que durante el periodo reportado (ICA 3) 48 Torres se manejó material sobrante de excavación, de las cuales en 45 Torres el material sobrante fue dispuesto en el sitio de torre, en 2 Torres el material sobrante se dispuso de acuerdo con solicitudes del propietario y el material sobrante de las torres faltante se dispuso en escombrera autorizada.

Por su parte en el Anexo ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_01PerSueTalZonNE500\2_01_01MatExcNE500 del ICA 3, la Empresa presenta las actas levantadas con los propietarios de los predios donde se realizó la disposición final del material de excavación con previa autorización; así mismo, la Empresa presenta certificación expedida por la Empresa RESIESCOL SAS ESP, dentro de la cual la Empresa certificadora menciona que en la escombrera Vista hermosa habilitada mediante la Resolución CAR 256 del 21 de febrero de 2013 se dispusieron 77 m3 de material sobrante de excavación provenientes de los sitios de torre T54 y T55A.

Acorde con lo anterior, se considera que la Empresa dio cumplimiento a esta medida de manejo para el periodo objeto del presente seguimiento ambiental, y según lo observado en campo se considera que esta tuvo un 100% de efectividad para el periodo reportado.

RequerimientosN/A

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 35 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Programas y proyectos: Manejo de corrientes de aguaFicha de Manejo: 8.1.2

Tipo de Medida

Impacto atendido Medidas de Manejo

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n Efectividad de la

Medida

Medida 1: Manejo para minimizar la afectación a cuerpos de agua: identificación de 22 cuerpos de agua que serán cruzados por la línea de transmisión del proyecto. Tabla 8.4 EIA.

X 100%

Medida 2: Instalación de pórticos o estructuras en H, en márgenes de la corriente para cruce del cable guía como conductor. X 100%

Alteración de la calidad del agua

Afectación de cruces de cuerpos de agua. Medida 3: Manejo de material vegetal de desecho. X 100%

ConsideracionesNivel de

CumplimientoMedida SI NO N/A

1 XRespecto al cumplimiento de esta medida de manejo, por medio del formato Ica 1a del ICA 3, la Empresa menciona que durante este periodo se implementaron medidas de manejo en 9 cuerpos de agua.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 36 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

Así mismo, en el Anexo ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_02CoAguNE500 la Empresa presenta el listado de los cuerpos de agua que fueron objeto de medidas para prevenir su afectación, los cuales se presentan en la siguiente tabla:

COORDENADAS CRUCENo. ESTRUCTURA NOMBRE TIPO CUERPO DE

AGUA USOEste (m) Norte (m)

T041 Canal Reservorio Riego 977021 1021529

T046

T047Canal Reservorio Riego

Agrícola 975405 1020027

T048Canal Canal Riego

agrícola 974685 1019614

T049Canal Reservorio Riego

agrícola 974471 1019537

T050 Canal Reservorio Riego agrícola 974198 1019450

T053Canal Canal Evacuación

ARD 972903 1019057

T054N

Canal Reservorio Artificial Riego agrícola 972388 1018788

T055ARío Río Bojacá Riego

Agrícola 972192 1018735

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 37 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

T056NCanal Reservorio Artificial Riego

agrícola 972082 1018707

Por su parte, durante la visita de seguimiento realizada al proyecto los días del 26 al 29 de junio de 2018, no se observaron afectaciones a los cuerpos de agua que fueron objeto de cruce con la línea; así mismo, durante las reuniones sostenidas con líderes comunitarios y autoridades municipales no se recibieron quejas respecto a este aspecto.

Por lo mencionado anteriormente, se considera que para el periodo objeto del presente seguimiento ambiental la Empresa dio cumplimiento a esta medida de manejo y dado que al momento de la visita de seguimiento se observó que las estructuras instaladas no presentaban indicios de inestabilidad se considera que la efectividad de esta medida fue del 100% para este periodo de seguimiento.

2 X

Respecto al cumplimiento de esta medida de manejo, la Empresa informó que durante el periodo reportado se realizó implementación de medidas de protección a cuerpos de agua con la instalación de pórticos o estructuras en H, en las márgenes de 9 corrientes de agua para cruce del cable guía como conductor para un total de 23 corrientes protegidas con pórticos. Así mismo, en el Anexo ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_02CoAguNE500 e ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_00RegFotNE500 la Empresa presenta el registro fotográfico de las actividades desarrolladas.

Por su parte, durante la visita de seguimiento realizada al proyecto los días del 26 al 29 de junio de 2018, no se observaron afectaciones a los cuerpos de agua que fueron objeto de cruce con la línea; así mismo, durante las reuniones sostenidas con líderes comunitarios y autoridades municipales no se recibieron quejas respecto a este aspecto.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 38 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

Por lo mencionado anteriormente, se considera que para el periodo objeto del presente seguimiento ambiental la Empresa dio cumplimiento a esta medida de manejo y dado que al momento de la visita de seguimiento se observó que las estructuras instaladas no presentaban indicios de inestabilidad se considera que la efectividad de esta medida fue del 100% para este periodo de seguimiento.

3 X

Respecto a lo establecido en esta medida, la Empresa informó que el material vegetal de desecho se dispuso en la servidumbre cuidando de no impactar las corrientes de agua. Respecto a la biomasa obtenida proveniente de ramas y hojas, una parte se dispuso en los vanos de manera ordenada para su descomposición o uso por parte de comunidades previa firma en actas de entrega de productos forestales.

Por su parte, durante la visita de seguimiento realizada al proyecto los días del 26 al 29 de junio de 2018, no se observaron afectaciones a los cuerpos de agua que fueron objeto de cruce con la línea; así mismo, durante las reuniones sostenidas con líderes comunitarios y autoridades municipales no se recibieron quejas respecto a este aspecto.

Por lo mencionado anteriormente, se considera que para el periodo objeto del presente seguimiento ambiental la Empresa dio cumplimiento a esta medida de manejo y dado que al momento de la visita de seguimiento se observó que las estructuras instaladas no presentaban indicios de inestabilidad se considera que la efectividad de esta medida fue del 100% para este periodo de seguimiento.

RequerimientosN/A

Programas y proyectos: Manejo de aguas residualesFicha de Manejo: 8.1.3

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 39 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Tipo de Medida

Impacto atendido Medidas de Manejo

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n Efectividad de la

Medida

Medida 1: Manejo de cuerpos de aguas superficiales: Material de Excavación confinado en pilas de 2 m de altura y protegido. X 100%

Medida 2: Manejo de cuerpos de aguas superficiales: retirar la capa de suelo superficial o primer horizonte del perfil. X 100%

Medida 3: Manejo de cuerpos de aguas superficiales: Prevenir arrastre de material se debe instalar Trinchos de madera, sacos rellenos o gaviones de roca. X 100%

Medida 4: Manejo de excretas: Instalación de Unidades Sanitarias Portátiles – USP. X 100%

Medida 5: Manejo de excretas: Mantenimiento de Unidades Sanitarias Portátiles – USP. X 100%

Medida 6: Manejo de aguas residuales de construcción. Actividad de Cimentación Instalación de piscinas con decantadores. X 100%

Medida 7: Manejo de aguas residuales de construcción: Patios de tendido realizar gráficas de las áreas especiales destinadas para almacenamiento material, características de las mismas.

X 100%

Alteración de la calidad del agua

Generación de olores

Contaminación del suelo

Medida 8: Manejo de aguas residuales de construcción: Instalación de sitios de almacenamiento de lubricantes y combustibles, identificados. X 100%

ConsideracionesNivel de

CumplimientoMedida SI NO N/A

1 X

Por medio del formato Ica 1a del ICA 3, la Empresa informa que durante el periodo se intervinieron 45 sitios de torre en diferentes actividades (cimentación, puestas a tierra). Así mismo menciona que se confino el material de excavación y se protegió con plástico y que en los sitios donde se requirió material de obra para ejecución de actividades de relleno, compactación y cimentación, estos se acopiaron en la misma área de los trabajos con

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 40 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

protección al suelo y también con el objetivo de evitar que el viento y la lluvia los desplace y genere afectación al aire y al suelo. En los Anexos ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_00RegFotNE500 y ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_06CalAirRuiNE500 la Empresa presenta el registro fotográfico de las actividades desarrolladas; así como, la información respecto a las medidas implementadas para el control de emisión de material particulado indicando la fecha de la actividad, sitio de torre y coordenadas donde se implementó la medida, el tipo de material a proteger y el tipo de protección a implementar.

Por su parte, durante la visita de seguimiento realizada al proyecto del 26 al 29 de junio de 2018, no se observaron restos de materiales de excavación acopiados en los sitios de torre que generaran afectación a la calidad del agua por efectos de transporte a causa de las aguas lluvia y/o viento; así mismo, durante las reuniones sostenidas con representantes de la comunidad y las autoridades municipales, no se recibieron peticiones, quejas y/o reclamos respecto a este tema.

Por lo anterior, se considera que la Empresa dio cumplimiento a esta medida de manejo para el periodo objeto del presente seguimiento ambiental y que la efectividad de esta fue del 100%.

2 X

Por medio del formato Ica 1a del ICA 3, la Empresa informa que en los sitios de torre intervenidos se realizó la separación de la capa orgánica o el primer horizonte del perfil del suelo y se apiló dentro del área de los trabajos. Por su parte, en el Anexo ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_00RegFotNE500 del ICA 3, la Empresa aporta el registro fotográfico como evidencia de las actividades desarrolladas, en dicho registro se observa que el retiro y acopio del material superficial retirado se realizó acorde con lo propuesto por la Empresa en el Plan de Manejo Ambiental.

Teniendo en cuenta lo anterior, se considera que la Empresa dio cumplimiento a esta medida de manejo y que su efectividad es de un 100%.

3 X Respecto al cumplimiento de esta medida, la Empresa informó que, durante la etapa constructiva, en zonas con pendiente moderada o fuerte para el material excavado, se instalan trinchos temporales (Sacos con relleno) para

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 41 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

almacenarlo temporalmente y evitar que ruede ladera abajo. Para el periodo reportado en el ICA 3 se implementó esta medida en 5 sitos de obra (T65, T66, T67, T70, T76).

En el Anexo ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_00RegFotNE500 la Empresa aporta el registro fotográfico como evidencia de las actividades desarrolladas, en dicho registro se observa que la instalación de sacos con relleno se realizó acorde con lo propuesto por la Empresa en el Plan de Manejo Ambiental.

Teniendo en cuenta lo anterior, se considera que la Empresa dio cumplimiento a esta medida de manejo y que su efectividad es de un 100%.

4 X

La Empresa en el formato ICA 03_ICA_1a_4b_ManAguResNE500 informó que:

Durante el periodo reportado se instalaron USP en 58 sitios de torre en 9 sitios donde se localizaron temporalmente equipos para tendido y en 1 epifitario.

En este periodo se contó con un máximo mensual de 360 personas desarrollando actividades del proyecto por lo que contó con 26 USP para rotar en los frentes de obra que se abrieron cada mes para realizar labores constructivas para el montaje de torres y las complementarias.

En los anexos: ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_00RegFotNE500 e ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_03AguResNE500\ConARD_ARINE500 se presentan las evidencias documentales de la instalación de las unidades sanitarias portátiles, junto con el registro fotográfico (Ver Error! Reference source not found.).

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 42 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

Fotografía 1 Instalación de USP en Patio de Tendido No 5

Fuente: ICA 3 presentado ante la ANLA mediante comunicación con radicación

2018002033-1-000 del 10 de enero de 2018

Teniendo en cuenta que la Empresa presentó las evidencias documentales que demuestran el cumplimiento de esta medida de manejo, se considera que la efectividad de dicha medida es del 100%.

Por lo anteriormente expuesto, el grupo técnico considera que la Empresa ha dado cumplimiento a la medida de manejo ambiental en el presente periodo de seguimiento.

5 X La Empresa en el formato ICA 03_ICA_1a_4b_ManAguResNE500 informó que:

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 43 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

Durante el periodo reportado se ha realizado el mantenimiento oportuno de las USP existentes en campo para el desarrollo de las actividades del proyecto, cabe aclarar que la cantidad de mantenimientos se realizan conforme a la cantidad de personas que la utilizan, esta se realiza en las zonas donde se han instalado y en algunos casos por movimientos periódicos tanto de personal como de actividades; dichos mantenimientos se realizan en el sitio de localización de la USP y en el patio de obra del contratista. Es importante mencionar que para este reporte se tiene disponible 26 USP a las cuales se les ha realizado 237 mantenimientos.

Es importante aclarar que las actividades del proyecto estuvieron concentradas en la ejecución de obras complementarias que requieren un tiempo de periodo corto y menos personal, por tanto, se optimizaron mantenimientos de las USP.

El Agua residual doméstica resultado de los mantenimientos de las USP es almacenada de manera temporal en el patio de obra del contratista en isotanques (3), y posteriormente entregadas al gestor Autorizado (Biolodos) quien realiza su disposición final.

La Empresa en el ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_03AguResNE500\ConARD_ARINE500 presentó el consolidado de generación de ARD para el presente periodo de seguimiento, junto con las respectivas pruebas documentales de la disposición final de las aguas residuales domésticas por parte de la Empresa Gestora Biolodos en los meses de marzo y junio de 2017 (Ver anexos CerDispARDNE500 y CerDis_ARDNE500_Jun).

Teniendo en cuenta que la Empresa presentó las evidencias documentales que demuestran el cumplimiento de esta medida de manejo, se considera que la efectividad de dicha medida es del 100%.

Acorde con lo anterior, el grupo técnico considera que la Empresa ha dado cumplimiento a la medida de manejo ambiental en el presente periodo de seguimiento.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 44 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

6 X

La Empresa en el formato ICA 03_ICA_1a_4b_ManAguResNE500 informó que:

Durante el periodo reportado se dispuso 0,488m3 de agua residual industrial que corresponde a 0,042 m3 generado en el periodo del ICA 1, 0,112 m3 generado en el periodo del ICA 2, y 0,334 m3 generado en el periodo del ICA 3 producto del tanque de fraguado.

Ver Anexos: ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_03AguResNE500\ConARD_ARINE500

En la revisión de los documentos presentados en el ICA 3, se observó que la Empresa presentó las pruebas documentales del volumen de agua residual industrial generado, así como las actas de disposición final de este tipo de agua.

Teniendo en cuenta que la Empresa presentó las evidencias documentales que demuestran el cumplimiento de esta medida de manejo, se considera que la efectividad de dicha medida es del 100%.

Por lo anteriormente expuesto, el grupo técnico considera que la Empresa ha dado cumplimiento a la medida de manejo ambiental en el presente periodo de seguimiento.

7 X

La Empresa en el formato ICA 03_ICA_1a_4b_ManAguResNE500 informó que:

Durante el periodo se ejecutaron actividades en nueve (9) sitos donde se localizaron equipos de tendido PT1, PT2, PT3, PT5, PT7, PT8, PT10, PT11, PT13.

Ver Anexo:

ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_03AguResNE500\ConARD_ARINE500ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_04AccPatNE500

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 45 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

En la revisión de los anexos presentados por la Empresa, se observó una gráfica general de patios de tendido y sus instalaciones, donde se presentó la localización de las áreas seleccionadas para la instalación de las unidades sanitarias, el almacenamiento de combustibles, el kit de control derrames, el punto ecológico y las zonas de localización de equipos y herramientas.

Las evidencias documentales presentadas que demuestran el cumplimiento de esta medida de manejo, se considera que la efectividad de dicha medida es del 100%

Acorde con lo anterior, el grupo técnico considera que la Empresa ha dado cumplimiento a la medida de manejo ambiental en el presente periodo de seguimiento.

8 X

La Empresa en el formato ICA 03_ICA_1a_4b_ManAguResNE500 informó que:

Durante el periodo reportado se instalaron en cada frente de trabajo y de acuerdo con el tipo de actividad áreas para almacenamiento temporal de combustibles y lubricantes, los cuales están debidamente rotulados e identificados, al igual se cuenta con elementos para atención de una eventual emergencia por derrame de alguno de estos productos (dique para contención, material absorbente, entre otros) con el propósito de evitar afectación al suelo.

Ver anexo: ICAIII\3_SOPORTES\4_CONTINGENCIAS\5_00RegFotPDCICAIII\3_SOPORTES\4_CONTINGENCIAS\5_1PlaEmer\5_1_6ElePriAux

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 46 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

En la revisión documental del ICA 3 se observó que la Empresa presentó el formato de Inventario e inspección de equipos para el control de emergencias junto con el registro fotográfico de las áreas de almacenamiento temporal de combustibles y lubricantes en los frentes de obra (Ver Error! Reference source not found.).

Fotografía 2 Instalación y señalización del kit de control de derrames

Fuente: ICA 3 presentado ante la ANLA mediante comunicación con radicación

2018002033-1-000 del 10 de enero de 2018

Teniendo en cuenta que la Empresa presentó las evidencias documentales que demuestran el cumplimiento de esta medida de manejo, se considera que la efectividad de dicha medida es del 100%.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 47 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

Por lo anteriormente expuesto, el grupo técnico considera que la Empresa ha dado cumplimiento a la medida de manejo ambiental en el presente periodo de seguimiento.

RequerimientosN/A

Programas y proyectos: Manejo de patios de tendido y de construcción de accesosFicha de Manejo: 8.1.4

Tipo de Medida

Impacto atendido Medidas de Manejo

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n Efectividad de la

Medida

Medida 1: Definición de los sitios de instalación de los patios de tendido: Adecuación de 10 patios de tendido, localizados a lo largo del corredor de la línea de transmisión

X 100%

Medida 2: Manejo de remoción de la vegetación: Remover vegetación arbórea y arbustiva (Mayor a 10 cm) para accesos, sitios de Torres y patios de tendido X 100%

Medida 3: Definición y trazado de los accesos: definición, construcción y adecuación de accesos temporales a los sitios de obra X 100%

Pérdida y alteración del suelo.

Alteración de la calidad del agua.

Pérdida de cobertura vegetal.

Afectación sobre la fauna terrestre. Medida 4: Adecuación de accesos a patios de tendido y sitios de Torre X 100%

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 48 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

ConsideracionesNivel de

CumplimientoMedida SI NO N/A

1 X

Respecto al cumplimiento de esta medida de manejo, la Empresa informa que conforme a la modificación (Resolución 1113/ septiembre de 2016) de Licencia del proyecto se establecieron 14 patios de tendido localizados a lo largo del proyecto por lo que durante el periodo reportado se han realizado actividades de tendido del conductor. Por su parte, en el Anexo: ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_04AccPatNE500 la Empresa presenta el cronograma de las actividades desarrolladas respecto a la instalación de los patios de tendido dentro del menciona que las áreas utilizadas fueron las aprobadas por la autoridad utilizando vías existentes como acceso.

Por su parte, durante la visita de seguimiento ambiental realizada al proyecto durante el mes de junio de 2018, se observó que en las áreas donde se instalaron patios de tendido no se observaron residuos sólidos y/o estructuras producto de la construcción del proyecto; así mismo, las vías por donde se accedió a estos patios corresponden a vías de carácter veredal y no presentaban afectación; por su parte, durante las reuniones sostenidas con los representantes de la comunidad y diferentes autoridades municipales, no se recibieron peticiones quejas y/o reclamos respecto a este tema.

Teniendo en cuenta lo anterior, se considera que la Empresa dio cumplimiento a esta medida de manejo y que su efectividad es de un 100%.

2 X

Respecto al cumplimiento de esta medida la Empresa informa que para la instalación de los patios de tendido no fue necesaria la remoción de cobertura vegetal dadas las características de las áreas propuestas para estos.

Por su parte, durante la visita de seguimiento ambiental realizada al proyecto del 26 al 29 de junio de 2018 se observó que en los puntos donde se localizaron los patios de tendido predomina una cobertura vegetal de pastos

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 49 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

limpios en su mayoría presentándose de una manera muy escasa cobertura de pastos arbolados, en estas áreas no se observaron desechos vegetales productos del aprovechamiento forestal.

Teniendo en cuenta lo anterior, se considera que la Empresa dio cumplimiento a esta medida de manejo y que su efectividad es de un 100%.

3 X

En cumplimiento a esta medida, al Empresa informa que se establecieron accesos cercanos a los sitios de torre y plazas de tendido para lo cual se tuvo en cuenta criterios como facilidad para el transporte de materiales, posibilidad de minimizar áreas de intervención, capacidad de mitigación de impactos ambientales y prevención de afectaciones; por lo que durante el periodo reportado, se han utilizado vías existentes municipales, veredales y carreteables o caminos de herradura de predios privados para acceder a los sitios de Torre.

Para el periodo se utilizaron 7 accesos nuevos que corresponde a 2 sitios de torre y 5 plazas de tendido.

Durante la visita de seguimiento ambiental realizada al proyecto los días del 26 al 29 de junio de 2018 no se observó la apertura de accesos nuevos para los sitios de torre y/o patios de tendido; así mismo, durante las reuniones sostenidas con representantes de la comunidad y las autoridades locales no se recibieron peticiones quejas y/o reclamos respecto a este tema.

Por lo anterior, se considera que la Empresa dio cumplimiento a esta medida para el periodo objeto del presente seguimiento ambiental y que la efectividad de esta fue del 100%.

4 X

Por medio del formato Ica 1a del ICA 3, la Empresa informa que para el periodo report6ado en el ICA 3 que es el periodo objeto de seguimiento en este concepto técnico no fue necesario adecuar accesos, lo anterior debido a que los accesos utilizados corresponden en general a vías veredales que se encuentran en buenas condiciones de transitabilidad.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 50 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

Por su parte, durante la visita de seguimiento ambiental realizada al proyecto los días del 26 al 29 de junio de 2018 no se observó la apertura y/o adecuación de accesos nuevos para los sitios de torre y/o patios de tendido; así mismo, durante las reuniones sostenidas con representantes de la comunidad y las autoridades locales no se recibieron peticiones quejas y/o reclamos respecto a este tema.

RequerimientosN/A

Programas y proyectos: Manejo de residuos sólidosFicha de Manejo: 8.1.5

Impacto atendido Medidas de ManejoTipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 51 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

Medida 1: Manejo y disposición de residuos convencionales: Instalación de puntos ecológicos para separación en la fuente X 100%

Medida 2: Gestión de residuos peligrosos: Instalación de puntos ecológicos para separación en la fuente X 100%

Medida 3: Recolección, almacenamiento temporal, y transporte de residuos X 100%

Pérdida o alteración del suelo.

Alteración de la calidad del agua.

Generación de malos olores.Incremento de vectores generadores de enfermedades (insectos, roedores, etc.).

Medida 4: Tratamiento y disposición final: Pesaje y entrega de residuos al gestor autorizado X 100%

ConsideracionesNivel de

CumplimientoMedida SI NO N/A

1 X

Para este periodo, dentro de los anexos ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_05ResSolNE500 ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_00RegFotNE500, la Empresa informa que se realizó la separación y clasificación de los residuos ordinarios, reciclables y peligrosos por medio de bolsas diferenciadas por colores para asegurar la separación, para residuos ordinarios (verdes), residuos a reciclar (azul), y residuos peligrosos (roja) dentro de una caneca roja con tapa, acompañada de afiches informativos. También se informa que se realiza instalación de puntos ecológicos en cada sitio o frente de trabajo, para el periodo fueron 87 que corresponden a sitios de torre intervenidos (cimentación, montaje y/o obras complementarias), y plazas de tendido utilizadas. El punto ecológico está protegido contra la lluvia y cuenta con identificación y rotulación del recipiente para facilitar al personal la depositación del residuo conforme a su tipo (reciclable, ordinario, peligroso, especial).

Teniendo en cuenta que durante la visita de seguimiento ambiental al proyecto no se observó la acumulación de residuos sólidos en los sitios de torre visitados, y que la empresa presentó la información de las actividades desarrolladas para dar cumplimiento a esta medida de manejo la cual está acorde con lo establecido en dicho plan,

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 52 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

se considera que la Empresa dio cumplimiento a esta medida de manejo para el periodo objeto del presente seguimiento ambiental y que la medida tuvo una efectividad del 100%.

2 X

Para este periodo, dentro de los anexos ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_05ResSolNE500 ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_00RegFotNE500, la Empresa informa que el manejo inicia con la instalación de puntos ecológico en cada sitio o frente de trabajo (87), así mismo manifiesta que los puntos ecológicos fueron protegidos contra la lluvia y cuentan con identificación y rotulación del recipiente para facilitar al personal la depositación del residuo conforme su tipo (peligroso).

Para este periodo se generaron 301 kg de residuos peligrosos y se dispusieron 3418,1 que corresponde a lo generado en el en este periodo y 3117 kg que quedaron almacenados al corte del ICA II en el patio de obra del contratista.

Se entregaron 3067,1 kg a la Empresa gestora PROSARC (autorizada bajo Resolución 3077 de 2006 por parte de la Corporación Autónoma regional de Cundinamarca - CAR) y 351 kg a la Empresa gestora TECNIAMSA (autorizada bajo Resolución 0141 de 2013 por parte de la Corporación Autónoma regional de Cundinamarca - CAR); por su parte, en el Anexo ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_00RegFotNE500 del ICA 3, la empresa presenta el registro fotográfico de las actividades desarrolladas, donde se observa que esta actividades se desarrollaron conforme a lo planteado en el Plan de Manejo Ambiental del proyecto y descrito anteriormente.

Teniendo en cuenta que durante la visita de seguimiento ambiental al proyecto no se observó la acumulación de residuos sólidos en los sitios de torre visitados, y que la empresa presentó la información de las actividades desarrolladas para dar cumplimiento a esta medida de manejo la cual está acorde con lo establecido en dicho plan, se considera que la Empresa dio cumplimiento a esta medida de manejo para el periodo objeto del presente seguimiento ambiental y que la medida tuvo una efectividad del 100%.

3 X

Para este periodo, dentro de los anexos ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_05ResSolNE500 ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_00RegFotNE500 la Empresa informa que cada tipo de residuo generado (Reciclable, Ordinario, especial y peligroso) es recolectado en cada frente de trabajo y patio de tendido, es llevado para almacenamiento temporal en el patio de obra (Instalación temporal del contratista) y después son recogidos por los camiones de las Empresas de aseo de cada municipio y transportados al sitio de disposición final como es: Relleno Mondoñedo, Relleno Doña Juana.

Teniendo en cuenta que durante la visita de seguimiento ambiental al proyecto no se observó la acumulación de residuos sólidos en los sitios de torre visitados, y que la empresa presentó la información de las actividades

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 53 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

desarrolladas para dar cumplimiento a esta medida de manejo la cual está acorde con lo establecido en dicho plan, se considera que la Empresa dio cumplimiento a esta medida de manejo para el periodo objeto del presente seguimiento ambiental y que la medida tuvo una efectividad del 100%.

4 X

Con respecto al cumplimiento de esta medida de manejo, dentro de los anexos ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_05ResSolNE500 e ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_00RegFotNE500, la Empresa informó que los elementos reciclables son acopiados debidamente en los alojamientos cuando se tiene una cantidad considerable son entregados a las Empresas de servicios Públicos, quienes se encargan de entregarlos a una Empresa de reciclaje debidamente constituida.

Durante el periodo reportado, en la instalación temporal del contratista (patio de obra) todos los residuos son pesados y entregados de la siguiente forma:

Residuos reciclables: Entregados a una Empresa recicladora EL PUNTO (papel, cartón, plástico, vidrio, metal, madera) localizada en Madrid (Cundinamarca)

Residuos peligrosos: Entregados a la Empresa PROSARC (autorizada bajo Resolución 3077 de 2006 - CAR); TECNIAMSA (autorizada bajo Resolución 0141 de 2013 - CAR).

Residuos especiales: Para este segundo semestre la disposición de estos residuos fue:a. Entrega a la comunidad para adecuación de vías internas y campos de tejo.b. Entrega a escombrera Resiescol S.A.S- E.S.P

Teniendo en cuenta lo observado durante la visita de seguimiento ambiental al proyecto, así como la información presentada, se considera que la Empresa dio cumplimiento a esta medida de manejo para el periodo objeto del presente seguimiento ambiental Empresa, y que la medida tuvo una efectividad del 100%.

RequerimientosN/A

Programas y proyectos: Manejo de calidad del aire y ruidoFicha de Manejo: 8.1.6

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 54 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Tipo de Medida

Impacto atendido Medidas de Manejo

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n Efectividad de la

Medida

Medida 1: Control de material particulado: Cubrimiento o protección del material de obra y excedente de excavación. X 100%

Medida 2: Control de ruido: despejes del corredor de la servidumbre con motosierras. X X 100%

Alteración de la calidad del aire e incremento del ruido.

Molestias a la comunidad y a los trabajadores.

Ahuyentamiento de fauna, por la operación de los equipos para la apertura de la servidumbre.

Medida 3: Control de ruido: Revisión Mensual de vehículos – Certificado de Gases. X 100%

ConsideracionesNivel de

CumplimientoMedida SI NO N/A

1 X

Respecto al cumplimiento de esta obligación, la Empresa informa que para el periodo reportado trabajó en excavaciones en 9 sitios de torre donde se ha confinado material de excavación en pilas de 2 m de altura y se han protegió con plástico; así mismo en sitios donde se requirió material de obra para ejecución de actividades de relleno, compactación y cimentación, dicho material se acopió en la misma área de trabajo, se protegió tanto el suelo para evitar su mezcla como su parte superior para evitar que el viento y la lluvia los desplace y genere afectación al aire y al suelo. Por su parte, en el Anexo ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_00RegFotNE500 y ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_06CalAirRuiNE500 la Empresa presenta el registro fotográfico de las actividades desarrolladas en cumplimento a esta medida donde se observa que el recubrimiento del material de

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 55 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

excavación y de relleno se realizó acorde con lo planteado en el Plan de manejo Ambiental del proyecto; igualmente la Empresa incluye el registro de los sitios donde se realizaron actividades de control de emisión de material particulado.

Durante la visita de seguimiento ambiental realizada al proyecto los días del 26 al 29 de junio de 2018 no se observó la acumulación de sobrantes de excavación y/o materiales de relleno en los sitios de torre y/o patios de tendido; así mismo, durante las reuniones sostenidas con representantes de la comunidad y las autoridades locales no se recibieron peticiones quejas y/o reclamos respecto a este tema. Por lo anterior se considera que la Empresa dio cumplimiento a esta medida de manejo para el periodo objeto del presente seguimiento ambiental y que la misma tuvo una efectividad del 100%.

2 X

Por medio del formato Ica 1a del ICA 3, la Empresa informa que el monitoreo de ruido para la actividad de despejes con motosierra se realizó en cercanías de la torre 58 en horario diurno y nocturno, aunque los despejes siempre se hacen entre las 7:00 y las 17:00 horas para evitar generación de molestias a los habitantes de la zona rural de en los sectores donde se ejecutó.

Por su parte, en el Anexo ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_06CalAirRuiNE500\2_06_06InfMonRuiNE500\InfEmiRuiNE500 del ICA 3 la Empresa presenta el Informe del monitoreo de ruido realizado el día 12 y 13 de marzo de 2017 en condiciones de equipos encendidos y apagados, dicho informe fue realizado por el laboratorio SGA COLOMBIA SAS.

Dentro de las conclusiones del informe de laboratorio se menciona que los niveles de emisión de ruido determinados en horario diurno y nocturno durante las mediciones ejecutadas en la condición de equipos encendidos y equipos apagados, son inferiores al estándar máximo permitido de Niveles de Emisión de Ruido para el Sector C. Ruido Intermedio Restringido, Subsector Zonas con Usos Permitidos Industriales, reportando niveles de presión sonora inferiores a 75 dB(A). ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_06CalAirRuiNE500\2_06_06InfMonRuiNE500\InfEmiRuiNE500.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 56 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

Igualmente, se realizó monitoreo de ruido Ambiental en tres sitios Colegio Elite Flower y los vanos T57-58 y T58-T59 localizado en el municipio de Madrid (Cund) donde se desarrollaban actividades constructivas cuyos resultados cumplen conforme a la Resolución 0627 del 2006 (Norma nacional de emisión de ruido y ruido ambiental) del Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial (MAVDT) actual Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Por lo anterior, se considera que la Empresa dio cumplimiento a esta medida de manejo para el periodo objeto del presente seguimiento ambiental y que la misma tuvo una efectividad del 100%.

3. X

En cumplimiento a esta medida, la Empresa informa que durante el periodo reportado se han realizado inspecciones diarias a los vehículos que hacen parte del proyecto los cuales posee documentación vigente (Certificado de gases vigente); así mismo menciona que es importante señalar que esta práctica se inicia desde el proceso administrativo de contratación ya que es documentación vital para que el vehículo ingrese al proyecto. Por su parte, en el Anexo ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_06CalAirRuiNE500, la Empresa incluye los registros de las inspecciones mensuales realizadas a los equipos menores, maquinaria y vehículos utilizados en el proyecto.

Por lo anterior se considera que la Empresa dio cumplimiento a esta obligación, y dado que durante la visita no se presentaron quejas por parte de la comunidad respecto a esto, se considera que la misma tuvo una efectividad del 100%.

RequerimientosN/A

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 57 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Programas y proyectos: Manejo preventivo de los efectos electromagnéticos de la línea de transmisión.Ficha de Manejo: 8.1.7

Tipo de Medida

Impacto atendido Medidas de Manejo

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n Efectividad de la

Medida

Medida 1: Selección del conductor X N/AMedida 2: Efecto Corona y radiointeferencia X 100%Medida 3: Medición de los campos eléctricos y magnéticos X 100%Medida 4: Cumplimiento en la servidumbre establecida por el RETIE X 100%

Efectos electromagnéticos de la línea de transmisión.

Medida 5: Información a la comunidad X 100%Consideraciones

Nivel de Cumplimiento

Medida SI NO N/A

1 X

La Empresa informa por medio del formato Ica 1a que la selección del conductor se desarrolló en la etapa de diseño de la línea, y que el conductor elegido corresponde a un Acar 600Kcmil de aluminio.

Dado que para el periodo objeto del presente seguimiento ambiental no se realizaron actividades de diseño, el seguimiento a esta medida de manejo para el presente seguimiento ambiental no aplica.

2 X

En cumplimiento a esta medida de manejo la Empresa informa que para el periodo reportado en el ICA 3 se realizaron las mediciones de radio interferencia y efecto corona con la línea sin energizar y la línea energizada. Las pruebas se aplicaron en cuatro sitios definidos de acuerdo con criterios tales como: infraestructura existente, sensibilidad social y viviendas cercanas. Las mediciones se realizaron acorde a la regulación exigida, en la zona de impacto de la línea de 500 kV entre las subestaciones Bacatá y Nueva Esperanza. Los cuatro puntos donde se desarrollaron mediciones corresponden a los siguientes:

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 58 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

Vano T1-T2 donde existe un cruce con otra línea de 500kV, Vano T32-T33 donde existen viviendas cercanas. Vano T 82-T84 donde existen viviendas cercanas. Vano T118-T119 donde existen viviendas cercanas.

Así mismo, en el Anexo ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_07ManPreEfecElecMag del ICA 3, la Empresa presenta un documento denominado “Resultados de Mediciones de radiointerferencia de la línea de 500 kV., entre subestaciones Bacatá y Nueva Esperanza”; en dicho informe la Empresa concluye que Después del estudio se observa que los datos arrojados de interferencia (SNR) comparando el antes de energizar la línea y después de energizar la línea están por encima de los valores exigidos. 22 dB esperados contra 42 dB medidos en campó del SNR. Adicionalmente el cambio fue mínimo, por tanto, el aporte de interferencia no es significativo por la línea de 500 kV entre Bacatá y Nueva esperanza.

Así mismo, la Empresa informa que, para disminuir las expectativas generadas por la población del área de influencia directa del proyecto, en relación con los posibles efectos asociados a la generación de campos electromagnéticos, en los diferentes espacios de socialización se ha explicado técnicamente que son CEM y como se relacionan con la tecnología que sostiene la sociedad actual. Igualmente, se invitó a la comunidad a los recorridos donde se midieron los CEM y se realizará lo mismo cuando se midan en etapa operativa y de acuerdo con las obligaciones de la licencia en el medio socioeconómico.

Por lo anterior, se considera que la Empresa dio cumplimiento a esta medida de manejo para el periodo objeto del presente seguimiento ambiental, y que, dado que durante las reuniones sostenidas con representantes de la comunidad y autoridades locales no se recibieron quejas, peticiones y/o reclamos a cerca de este tema la se considera que la efectividad de esta medida fue del 100%.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 59 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

3 X

Por medio del formato Ica 1a del ICA 3, la Empresa informa que durante el periodo reportado se realizaron las mediciones de campos electromagnéticos con el equipo El NFA 1000 de Gigahertz con la línea sin energizar en 16 vanos de la línea de acuerdo con los criterios exigidos en la licencia ambiental, tales como Infraestructura existente, centros poblados (se refiere a viviendas cercanas, dado que no se tienen centros poblados cercanos a la servidumbre de la línea, cruce con invernaderos (se refiere a zonas cercanas a invernaderos, dado que la línea no está por encima de estos), y zona industrial (se escogió de acuerdo a POT).

Así mismo menciona que en el primer semestre de 2018 se realicen las mediciones de campos electromagnéticos con la línea energizada.

Por su parte, en el Anexo ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_07ManPreEfecElecMag del ICA 3 la Empresa presenta los resultados obtenidos en los puntos donde se desarrolló la medición de los campos eléctricos y magnéticos.

En el registro mencionado la Empresa indica que las mediciones se desarrollaron los días 14 16 y 17 de marzo de 2017 e incluye las variables medidas que corresponden a Campos magnéticos (nt) en el eje de la línea de transmisión midiendo las variables Bx, By, Bz, B (Total), y calculando la variable B(total)(ut) que para estas mediciones se mantuvo dentro del rango de valores de 0.0 hasta 7.8, presentando los mayores registros en el vano T91 – T92.

Por su parte en las mediciones realizadas en el límite de la servidumbre se obtuvieron valores para B(total)(ut) en el rango desde 0.000 hasta 1.726.

Acorde con lo anterior, se considera que la Empresa dio cumplimiento a lo establecido en esta medida para el periodo objeto del presente seguimiento ambiental, y dado que al momento de las reuniones con líderes

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 60 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

comunitarios y autoridades regionales no se recibieron quejas y/o reclamos respecto a este tema, se considera que la efectividad de esta medida fue del 100%.

4 X

En cumplimiento de esta medida de manejo, la Empresa informa que la línea fue construida atendiendo todos los lineamientos establecidos en la normatividad vigente entre ella lo establecido en el RETIE, como evidencia presenta en el Anexo ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_07ManPreEfecElecMag del ICA 3 la certificación RETIE de la línea la cual fue expedida por SGS Colombia SAS en la ciudad de Bogotá a los 21 días del mes de julio de 20174, correspondiente al dictamen de inspección No. 500708-1 con resolución de acreditación 12-OIN-009 y vigencia de 15 años. Dentro de los parámetros evaluados e incluidas en la certificación se encuentra la “Zona o Franja de servidumbre” que fue evaluado con un “SI CUMPLE” dentro del certificado.

Por lo anterior, se considera que la Empresa dio cumplimiento a esta medida de manejo para el periodo objeto del presente seguimiento ambiental y que la efectividad de la misma fue del 100%.

5 X

Respecto a esta obligación la Empresa menciona que la ejecución de las mediciones fueron informadas a la comunidad y en algunos puntos estuvieron acompañadas por personeros, presidentes de JAC y comunidad en general; por su parte, en el Anexo ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_00RegFotNE500 del ICA 3 la Empresa presenta el registro fotográfico de las mediciones realizadas don se puede observar que dichas mediciones fueron acompañadas por representantes de la comunidad y de la administración municipal.

Por lo mencionado anteriormente, se considera que la Empresa dio cumplimiento a lo establecido en esta medida de manejo y que para el periodo objeto del presente seguimiento ambiental esta medida tuvo una efectividad del 100%

RequerimientosN/A

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 61 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

4.1.1.2 Medio Biótico

Ficha de Manejo: 8.2.1. Manejo de cobertura vegetal y ecosistemas terrestres

Tipo de Medida

Impacto atendido Medidas de Manejo

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n Efectividad de la

Medida

Medida 1: Determinación del área a compensar. X N/A

Medida 2: Tratamiento para especies bajo algún estatus de interés. Comprende rescate y traslado de especies vedadas epífitas vasculares. Establecido por el PMA y Res. 0519 de 2014.

X X N/A

Medida 3: Tratamiento para especies bajo algún estatus de interés. Comprende rescate y traslado de especies vedadas forestales. Establecido por PMA y Res. 0519 de 2014.

X X N/A

Medida 4: Compensación por aprovechamiento forestal de especies vedadas. X N/A

Alteración del paisaje

Pérdida de la cobertura vegetal

Afectación de fauna terrestre y acuática

Alteración de áreas de sensibilidad ambiental

Afectación de especies endémicas, en peligro y/o en Medida 5: Adecuación, empradización y revegetalización de sitios de uso

temporal durante la fase de construcción del proyecto. X 100%

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 62 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

Medida 6: Mantenimiento de áreas de servidumbre y zonas verdes durante la fase de operación del proyecto. X N/Aveda

Medida 7: Implementación de medidas de manejo para la palma de cera (Ceroxylum quindiuense). X 100%

ConsideracionesNivel de

CumplimientoMedida SI NO N/A

1. X

La Empresa solicitó dos (2) modificaciones a la Licencia Ambiental otorgada mediante Resolución 0519 de 26 de mayo de 2014 (numeral 2 del Artículo Cuarto), solicitando la modificación del volumen total autorizado de aprovechamiento (811,42 m3):

En la Resolución 00981 del 07 de septiembre de 2016 la ANLA modificó la Licencia Ambiental de la Línea Nueva Esperanza a 500 kV, en el sentido de aumentar el volumen total de aprovechamiento forestal inicial de 811,42 m3 en 4.134,94 m3, a lo largo de la línea de transmisión a 500 a kV, para un total autorizado de 4.946,36 m3. Teniendo en cuenta lo anterior, las variaciones en volumen total aprobado se verán reflejadas en el aumento de las áreas que hacen parte de la compensación por pérdida de biodiversidad.

Mediante la Resolución 01113 del 07 de septiembre de 2016, la ANLA modificó la Licencia Ambiental de la Línea Nueva Esperanza a 500 kV, en el sentido de efectuar la modificación del trazado inicial en tres tramos denominados “Variante El Colegio”, “Variante Bobacé” y “Variante La Pereza”, para lo cual es necesario aumentar el volumen total de aprovechamiento forestal, adicionando al volumen máximo de aprovechamiento de 811,42 m3, un valor de 2.951,02 m3 (…). Debido a que las variantes

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 63 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

denominadas: “El Colegio”, “Bobacé” y “La Pereza” no intervienen ecosistemas naturales, no le será aplicable la compensación por pérdida de Biodiversidad (...).

En el formato ICA 08_ICA_1a_ 4b_ManCobVegEcoTerNE500 reporta que:

El plan de compensación por pérdida de biodiversidad fue elaborado mediante el convenio entre EPM - Fundación Natura - Parques Nacionales Naturales cuyo objeto es "Aunar esfuerzos financieros, técnicos, humanos y sociales para formulación y/o implementación de los planes de compensación por pérdida de biodiversidad y sustracción definitiva de áreas de reserva, por la construcción y puesta en operación del proyecto Nueva Esperanza". Dicho plan fue radicado ante la ANLA el 20 de enero de 2017 (2017004263-1-000), y se encuentra a la espera de respuesta por parte de la autoridad ambiental para iniciar las actividades de implementación.

El plan radicado se realizó con áreas estimadas de afectación. Sin embargo, una vez finalizadas las actividades constructivas, el área total de afectación fue de 25,27 ha de las cuales 4,45 ha corresponden a ecosistemas naturales. Por lo tanto, el área a compensar teniendo en cuenta los factores de compensación del Manual corresponde a 21,92 ha. Teniendo en cuenta que el numeral 1 del Artículo Décimo Tercero de la Resolución 519 de 2014, en relación con la compensación por ecosistemas diferentes a los naturales y seminaturales, se deberá compensar en una proporción 1:1 en área, en actividades de conservación, reforestación, compra de predios, enriquecimiento y/o restauración, el área de afectación y compensación por el cambio en el uso del suelo de los sitios de torre corresponde a 9,01 ha, para un total de área a compensar de 30,93 ha.

Debido a que la modificación de licencia otorgada mediante la Resolución 1113 del 29 de septiembre de 2016 para las variantes Bobacé, La Pereza y El Colegio, establece que las variantes no intervienen ecosistemas naturales, no le será aplicable la compensación por pérdida de biodiversidad, por lo tanto el área real a

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 64 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

implementar en la compensación correspondiente al área afectada en la construcción del proyecto, corresponde a 3,76 ha de ecosistemas naturales, para una compensación de 19,78 ha más 9,01 ha de sitios de torre, para un total de 28,79 ha.

Ver soporte en la ruta: 3_SOPORTES\2_BIOTICO\3_01ManCobVegEcoTer.xlsx.\Areacomp.

El plan de compensación de aprovechamiento de esas variantes será radicado posteriormente.

Acore con lo anterior, no aplica el seguimiento de la medida de manejo ambiental en el presente periodo de seguimiento.

2. X

Esta medida de manejo no es competencia de esta Autoridad dado que el MADS fue quien autorizó el levantamiento parcial de veda de epifitas vasculares, por lo cual no será objeto de seguimiento; no obstante, se presenta la información remitida por la Empresa:

El manejo de las especies en veda se realizó conforme a la Res. 766 de 2014 emitida por el MADS y en concordancia con el protocolo para el rescate de epifitas vasculares presentado en soportes de ICA 01.

También se observa el trabajo de identificación, rescate efectivo y monitoreo en los soportes: 3_01ManCobVegEcoTer\MonEpiVasNE500\LinBasEpiVasNE500,3_1ManCobVegEcoTer/EpiVasReubicNE500, 3_1ManCobVegEcoTer/EpiVasUbicNE500, 3_1ManCobVegEcoTer/MonEpiVasCIEMCONE500, 3_1ManCobVegEcoTer/MonEpiVasEMGESANE500, 3_1ManCobVegEcoTer/MonOcoScamNE500, 3_1ManCobVegEcoTer/MonOcoSofiNE500, 3_1ManCobVegEcoTer/MonPalCerScamNE500, 3_1ManCobVegEcoTer/MonPalCerSofiNE500, 3_1ManCobVegEcoTer/MonRobScamNE500, 3_1ManCobVegEcoTer/MonRobSofiNE500, 3_1ManCobVegEcoTer/ResPalCerScamNE500, 3_1ManCobVegEcoTer/ResRobScamNE500, 3_BIOTICO\3_00RegFot\RegFotBioNE500.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 65 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

El trabajo se registra desde 1 de febrero al 20 de mayo de 2017, presenta un avance programado de 100% dando cumplimiento a lo estimado, las actividades de rescate y traslado finalizaron el 15 de marzo de 2017. Se han localizado, rescatado y reubicado un total de 3629 individuos. (Anexo 3_1ManCobVegEcoTer/LinBasEpiVas) de los cuales en ICA 1 se han rescatado 2420, para ICA 2 se ha rescatado 1090 individuos y para ICA 3 se ha rescatado 119 efectivamente.

Durante la visita de seguimiento ambiental, se observó el estado del material vegetal reubicado en el Bosque Renace (predios de Emgesa), en el cual observó el desarrollo de las epífitas en el bosque de robledal; acorde con los funcionarios de la Empresa, a las epífitas reubicadas se les aplicó enraizador y se les cambió los amarres cuando se han deteriorado.

3 X

Esta medida de manejo no es competencia de esta Autoridad dado que el MADS fue quien autorizó el levantamiento parcial de veda, por lo cual no será objeto de seguimiento; no obstante, se presenta la información remitida por la Empresa:

Se realizó manejo de rescate y reubicación o traslado de dos especies arbóreas, que, aunque no se encuentran dentro de las especies en veda, son de importancia ecológica; la primera, la palma de cera (Ceroxylon quindiuense) con cinco individuos, y la segunda, una especie de distribución restringida, el Laurel chaquiro (Ocotea heterochroma). Que se reubicaron en los lugares que se denominaron palmetum y ocoteario respectivamente. Esto se puede observar en la ruta de soportes 3_1ManCobVegEcoTer/MonPalCerScam, 3_1ManCobVegEcoTer/MonOcoteas 3_1ManCobVegEcoTer/MonPalCerSofi, 3_1ManCobVegEcoTer/ResPalCerScam.

Durante la visita de seguimiento ambiental realizada por el grupo técnico, se verificó la reubicación y el estado actual de los individuos de palma de cera (Ceroxylum quindiuense), los cuales presentan alturas superiores a 30 cm y buen desarrollo.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 66 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

4 X

Esta medida de manejo no es competencia de esta Autoridad dado que el MADS fue quien autorizó el levantamiento parcial de veda y estableció la respectiva compensación, por lo cual no será objeto de seguimiento; no obstante, se presenta la información remitida por la Empresa:

El plan de compensación por especies con levantamiento de veda fue radicado ante el MADS el 17 de noviembre de 2017 (E1-2016-030094), teniendo en cuenta lo estipulado en la Resolución 766 de 2014. La compensación se realizará de acuerdo con el número de individuos afectados por el proyecto.Actualmente, se está iniciando el proceso de propagación de material vegetal.

5 X

La Empresa en el formato ICA 08_ICA_1a_ 4b_ManCobVegEcoTerNE500 reporta que:

El manejo se realiza tanto en los sitios de uso temporal como en las áreas próximas a las patas de cada torre. Se evalúa la reconformación de los horizontes, en especial la capa orgánica. En los casos que corresponda, se realizará la empradización. Las actividades de empradización, revegetalización y reconformación se puede observar en el registro fotográfico 3_00RegFotNE500/RegFotBioNE500 para algunas torres como la 5, 22, 40, 65, 66, 77, 97, 98 y 125. De igual forma, el valor que se reporta para este período se soporta en la ruta de la carpeta Ambiental en la que se puede observar seguimiento biótico y abiótico: 3_SOPORTES\2_ABIOTICO\2_01PerSueTalZonNE500\2_01_03 ObEstNE500: ConRecAreAfeNE500.

Durante la visita de seguimiento realizada por parte del grupo técnico, se verificó la adecuación, empradización y revegetalización de los sitios de uso temporal, observándose el establecimiento de especies gramíneas en las áreas reconformadas. La efectividad de la medida de manejo se evaluó como 100% efectiva respecto a la adecuación, empradización y revegetalización de sitios de uso temporal durante la fase de construcción del proyecto.

Por lo anterior, esta Autoridad da por cumplida la medida de manejo ambiental para el manejo coberturas vegetales y ecosistemas terrestres en el presente periodo de seguimiento.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 67 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

6 X

La Empresa en el formato ICA 08_ICA_1a_ 4b_ManCobVegEcoTerNE500 indica que:

Durante el periodo de corte del presente ICA, finalizaron actividades constructivas. Las actividades relacionadas con la operación del mismo serán reportadas en el ICA 1 de operación.

Por lo anterior, no aplica su seguimiento.

7 X

La Empresa en el formato ICA 08_ICA_1a_ 4b_ManCobVegEcoTerNE500 indica que:

Se realizó manejo de rescate y reubicación o traslado de dos especies forestales: la palma de cera (Ceroxylon quindiuense) y laurel chaquiro (Ocotea heterochroma; Con respecto a la palma de cera, cinco individuos que se reubicaron en cercanías de la torre de la que fueron rescatados (torre 12) en el mismo ecosistema del Valle del Abra, con sobrevivencia al 100%. Esto se puede observar en el registro fotográfico 3_00RegFotNE500/RegFotBioNE500 y los soportes de campo 3_1ManCobVegEcoTer/MonPalCerScamNE500, 3_1ManCobVegEcoTer/MonPalCerSofiNE500, 3_1ManCobVegEcoTer/ResPalCerScamNE500.

El avance en el rescate de esta especie corresponde al 100% ya que no se encontraron más individuos a lo largo de la línea que requieran este manejo.

Durante la visita de seguimiento ambiental realizada por el grupo técnico, se verificó la reubicación y el estado actual de los individuos de palma de cera (Ceroxylum quindiuense) en el predio Corama (municipio de Tenjo); los individuos reubicados presentaban buen estado de crecimiento, con alturas superiores a 30 cm.

La efectividad de la medida de manejo se evaluó como 100% efectiva respecto a la implementación de medidas de manejo para la palma de cera (Ceroxylum quindiuense).

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 68 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

Por lo anterior, esta Autoridad da por cumplida la medida de manejo ambiental para el manejo coberturas vegetales y ecosistemas terrestres en el presente periodo de seguimiento.

RequerimientosN/A

Ficha de Manejo: 8.2.2. Compensación de áreas protegidas

Tipo de Medida

Impacto atendido Medidas de Manejo

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n Efectividad de la

Medida

Alteración del paisaje y de la conectividad ecológica

Medida 1: EPM deberá adquirir y delimitar mediante cercado, un total de 364 ha en el DMI del Cerro de Manjuí – Salto del Tequendama, dentro de los 24 meses X N/A

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 69 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

Pérdida de la cobertura vegetal

Afectación de fauna terrestre y acuática

Afectación de áreas de sensibilidad ambiental

Afectación de especies endémicas, en peligro y/o en veda

siguientes a la publicación del presente acuerdo, según las especificaciones establecidas por la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR.

ConsideracionesNivel de

CumplimientoMedida SI NO N/A

1. X

Esta medida no es objeto de seguimiento de esta Autoridad Ambiental, dado que la misma hace parte de las obligaciones del Acuerdo 017 de 3 de julio de 2013 de la CAR, por el cual autorizó sustraer 44,95 ha en el Distrito de Manejo Integrado Cerro Manjuí-Salto de Tequendama y estableció que la compensación correspondiente es de 364 ha; por lo cual la Autoridad competente para realizar el respectivo seguimiento es la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR; no obstante, a continuación se presenta la información reportada por la Empresa en el formato ICA 09_ICA_1a_ 4b_ComAreProNE500:

La compensación por áreas protegidas corresponde a la sustracción obtenida mediante Resolución 762 de 2014 del MADS (Sustracción RFPP Cuenca Alta del río Bogotá) y el Acuerdo 017 de 2013 de la CAR (Sustracción DMI Cerro Manjuí-Salto Tequendama).

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 70 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

- Cuenca Alta Río Bogotá: área a compensar de 5,76 ha. EPM adquirió el predio El Banqueo con aproximadamente 15 ha.

La selección del predio se concertó con Corpoguavio y éste fue aprobado por la corporación el 13 de agosto de 2014 mediante radicado SGA-CE-500-1754-14 y aprobado por la Dirección de bosques, biodiversidad y servicios ecosistémicos del MADS el 9 de diciembre de 2014 mediante la Resolución 1934, notificada el 22 de enero de 2015. Mediante Auto 254 de 6 de julio de 2015 el MADS aprueba el predio El Banqueo para realizar la compensación de la Resolución 1166 de 2013 (Línea 230 kV) y Resolución 762 de 2014 (Línea 500kV).

El plan de restauración para este predio fue aprobado por el MADS el 29 de diciembre de 2016 mediante Auto 640 de 2016.

- Distrito de Manejo Integrado Cerro Manjuí-salto de Tequendama: La compensación corresponde a 364 ha. Estos predios fueron adquiridos por EPM, una vez fueron aprobados por la CAR.

El plan de restauración para cada predio fue aprobado por la CAR mediante oficio con radicado 20172100731 el 11 de enero de 2017.

Por medio del convenio de cooperación entre EPM-Fundación Natura-Parques Nacionales Naturales cuyo objeto es "Aunar esfuerzos financieros, técnicos, humanos y sociales para formulación y/o implementación de los planes de compensación por pérdida de biodiversidad y sustracción definitiva de áreas de reserva, por la construcción y puesta en operación del proyecto Nueva Esperanza", se vienen adelantando actividades iniciales como el cercado y señalización de los predios, búsqueda de fuentes semilleras y adecuación de sitio para la propagación de material vegetal para implementar los planes de restauración aprobados por las Autoridades Ambientales competentes.

Requerimientos

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 71 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

N/A

Ficha de Manejo: 8.2.3. Aprovechamiento forestal

Tipo de Medida

Impacto atendido Medidas de Manejo

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n Efectividad de la

Medida

Medida 1: Actualización del aprovechamiento forestal. X X 100%

Medida 2: Rescate de plántulas y semillas de especies de importancia ambiental susceptibles de ser recuperadas. X 100%

Medida 3: Aprovechamiento forestal técnico. X 100%

Medida 4: Entrega de madera a propietarios. X 100%

Alteración del paisaje y de la conectividad ecológica

Pérdida de la cobertura vegetal

Afectación de fauna terrestre y acuática

Afectación de áreas de sensibilidad ambiental

Afectación de especies endémicas, en peligro y/o en

Medida 5: Disposición de residuos forestales. X 100%

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 72 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

veda

ConsideracionesNivel de

CumplimientoMedida SI NO N/A

1. X

La Empresa en el formato ICA 10_ICA_1a_ 4b_AprForNE500 indica:

Previo a las actividades de obra civil del proyecto se realiza el inventario forestal al 100 %, es decir 1 a 1 de los individuos con un DAP ≥ 10 cm, en las áreas de afectación, teniendo lo siguiente: Se han inventariado 5411 individuos en el ICA 1, 7191 individuos en el ICA 2 y 6988 individuos en este período, para un total de 19590 individuos fustales, de los cuales se han talado para el ICA 1 404 individuos, en el ICA 2 2177 individuos y en este período de reporte 4175 individuos, para un total de 6756 individuos.

Se realizó ajuste y actualización al inventario forestal por lo cual se puede verificar en los anexos 03_SOPORTES\03_BIOTICO\3_02AprFor\AprForSitTorExcNE500.xlsx, 03_SOPORTES\03_BIOTICO\3_02AprFor\AprForSitTorScamNE500.pdf, 03_SOPORTES\03_BIOTICO\3_02AprFor\AprForVanExcNE500.xlsx, 03_SOPORTES\03_BIOTICO\3_02AprFor/AprForVanScamNE500.pdf, 03_SOPORTES\03_BIOTICO\3_02AprFor/ForInvSitExcNE500.xlsx, 03_SOPORTES\03_BIOTICO\3_02AprFor/ForInvVanExcNE500.xlsx, 03_SOPORTES\03_BIOTICO\3_02AprFor/InvForVanScamNE500.pdf.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 73 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

En la revisión documental se observó que las evidencias documentales presentadas en el ICA 3 demuestran la actualización del aprovechamiento forestal durante la etapa constructiva, se considera que la efectividad de dicha medida es del 100%.

Acorde con las evidencias documentales presentadas por la Empresa, el grupo técnico considera que ha dado cumplimiento a la medida de manejo ambiental en el presente periodo de seguimiento.

2. X

La Empresa en el formato ICA 10_ICA_1a_ 4b_AprForNE500 indica:

Se realizó el rescate de plántulas de especies forestales vedadas y de importancia, se ha realizado manejo de rescate y reubicación o traslado de tres especies forestales, la palma de cera, (Ceroxylon quindiuense), la segunda, una especie de distribución restringida, el Laurel chaquiro (Ocotea heterochroma), y el Robre (Quercus humboldtii), que se reubicaron en los lugares que se denominaron palmetum y ocoteario respectivamente. Esto se puede observar en la ruta de soportes:

3_01ManCobVegEcoTer\MonEpiVasNE500Mon\MonPalCerScamNE500.pdf,3_01ManCobVegEcoTer\MonEpiVasNE500Mon\MonOcoSofiNE500.xlsx,3_01ManCobVegEcoTer\MonEpiVasNE500Mon\MonPalCerSofiNE500.xlsx,3_01ManCobVegEcoTer\MonEpiVasNE500Mon\MonRobSofiNE500.xlsx,3_01ManCobVegEcoTer\ResPalCerScamNE500.pdf,3_01ManCobVegEcoTer/\ResRobScamNE500.pdf.

De acuerdo con lo verificado en la visita de seguimiento, los individuos rescatados y reubicados de las especies palma de cera (Ceroxylon quindiuense), el laurel chaquiro (Ocotea heterochroma), y el roble (Quercus humboldtii) presentan buena adaptación en el área en la cual fueron reubicados, óptima condición de desarrollo, con alturas superiores a un (1) m. A las especies reubicadas se les realiza mantenimiento que incluye plateo y fertilización. La efectividad de la medida de manejo es 100%.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 74 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

Por lo anteriormente expuesto, el grupo técnico considera que la Empresa ha dado cumplimiento a la medida de manejo ambiental en el presente periodo de seguimiento.

3. X

La Empresa en el formato ICA 10_ICA_1a_ 4b_AprForNE500 indica:

Se terminó el aprovechamiento forestal, durante este período de reporte. Las actividades ejecutadas pueden observar en los archivos:

3_SOPORTES\3_BIOTICO\3_02AprFor\AprForSitTorExcNE500.xlsx3_SOPORTES\3_BIOTICO\3_02AprFor\AprForVanExcNE500.xlsx

En la revisión documental se observó que las evidencias documentales presentadas en el ICA 3 demuestran las especies e individuos a los cuales se les realizó aprovechamiento forestal durante la etapa constructiva en los sitios de torre y vanos; por lo anterior, se considera que la efectividad es del 100%.

Acorde con las evidencias documentales presentadas por la Empresa, el grupo técnico considera que la Empresa ha dado cumplimiento a la medida de manejo ambiental en el presente periodo de seguimiento.

4. X

La Empresa en el formato ICA 10_ICA_1a_ 4b_AprForNE500 indica:

Se ha cumplido con el cronograma de la actividad, por tanto, el porcentaje programado es igual al de avance. La entrega de la madera se lleva a cabo a través de una reunión con el propietario del predio, en la que se le informan las condiciones y restricciones de uso, tales como evitar la quema, la comercialización, y el transporte sin permiso de la autoridad ambiental, pudiendo hacer uso de esta dentro de su predio. Esto se observa en las actas de entrega debidamente firmadas por los propietarios, con su respectivo compromiso, y se presenta en el anexo 3_BIOTICO\3_02AprForActEntMadNE500.pdf. El resto de la madera se dispuso en la escombrera autorizada y en sitios autorizados por interventoría como los sitios de torre o los vanos, de forma ordenada tanto trozas como ramas.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 75 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

En la revisión documental del anexo ActEntMadNE500 se observó que la Empresa presentó las actas de entrega del material vegetal a los propietarios de los predios en los cuales se realizó aprovechamiento forestal en el periodo de seguimiento. Por lo anterior, se considera que la efectividad es del 100%.

Por lo anteriormente expuesto, el grupo técnico considera que la Empresa ha dado cumplimiento a la medida de manejo ambiental en el presente periodo de seguimiento.

5. X

La Empresa en el formato ICA 10_ICA_1a_ 4b_AprForNE500 indica:

Consiste en el adecuado desramado de los árboles, repicado, troceado y acopio de estos materiales en montones en las orillas de los lotes y debidamente ordenados. El volumen aprovechado se ha dispuesto de acuerdo con lo establecido en el PMA el cual requiere que la madera sea entregada a la comunidad para su uso dentro de los predios. En el ICA 1 el volumen efectivo aprovechado correspondió a 147,56 m³, en el ICA 2 correspondió a 2211,09 m³, y en este ICA correspondió a 1840,41 m³, para un total de 4199 m³.

Respecto a la biomasa obtenida proveniente de ramas y hojas, una parte se dispuso en los vanos de manera ordenada para su descomposición o uso por parte de comunidades previa firma en actas de entrega de productos forestales con compromiso de evitar quemas y otra parte se dispuso en escombrera autorizada con licencia ambiental, esto se realizó de forma excepcional debido a la solicitud explícita de algunos propietarios, de extraer el material de los predios, y se autorizó por parte de interventoría, siguiendo las instrucciones del Plan de Manejo Ambiental.

Ver 3_SOPORTES\3_BIOTICO\3_00RegFot/RegFotBioNE500.xlsx, 3_SOPORTES\3_BIOTICO\3_02AprFor\CerDispMatVegNE500.pdf, 3_SOPORTES\3_BIOTICO\3_02AprFor\/RESIESCOLNE500.pdf, este último contiene centro de disposición autorizado para biomasa vegetal producto del descapote.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 76 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

En la revisión documental se observó que la Empresa presentó las actas de entrega del material vegetal a los propietarios de los predios en los cuales se realizó aprovechamiento forestal (Anexo ActEntMadNE500); y la Resolución 0256 del 21 de febrero de 2013 de la CAR mediante la cual se autoriza una disposición final de escombros a FUNAMBIENTE (Anexo RESIESCOLNE500). Por lo anterior, se considera que la efectividad es del 100%.

Acorde con las evidencias documentales presentadas por la Empresa, el grupo técnico considera que la Empresa ha dado cumplimiento a la medida de manejo ambiental en el presente periodo de seguimiento.

RequerimientosN/A

Ficha de Manejo: 8.2.4. Manejo de fauna silvestre presente en áreas protegidas y en zonas boscosas

Tipo de Medida

Impacto atendido Medidas de Manejo

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n Efectividad de la

Medida

Afectación de fauna terrestre y acuática. Medida 1: Ahuyentamiento de fauna. X 100%

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 77 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

Afectación de especies endémicas, en peligro y/o en veda.

Medida 2: Salvamento contingente de fauna. X N/A

ConsideracionesNivel de

CumplimientoMedida SI NO N/A

1. X

La Empresa en el formato ICA 11_ICA_1a_ 4b_ManFauSilNE500 indica que:

Esta actividad se desarrolló antes de las intervenciones forestales que finalizaron en este periodo reportado entre febrero 01 y mayo 20 de 2017. El proceso implicó ahuyentamiento con sonidos, siluetas, presencia humana y registros de la actividad. Esto se puede observar en:

3_SOPORTES\3_BIOTICO\3_04ManFauSil:AhuyFauSilvNE500, 3_SOPORTES\3_BIOTICO\3_04ManFauSil:LinBasAhuFauNE500

De igual forma, en el registro fotográfico con ruta 3_SOPORTES\3_BIOTICO\3_00RegFot/hoja PM-BIO-NE500-11, se reportan algunos de los avistamientos en el proceso.

En la revisión documental presentada por la Empresa se observaron los formatos de ahuyentamiento de fauna silvestre, en los cuales se consignó información referente a: Sitio T/T, Nombre/Especie/Morfo, Número de individuos, Nidos detectados, Foto, Coordenadas, Fecha y Observaciones.

Así mismo, se observó el registro fotográfico de las actividades de ahuyentamiento de fauna silvestre (Ver Error! Reference source not found.).

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 78 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

Fotografía 3 Instalación de siluetas y emisión de ruido en el V 64-65Fuente: ICA 3 presentado ante la ANLA mediante comunicación con radicación

2018002033-1-000 del 10 de enero de 2018

Teniendo en cuenta que la Empresa presentó las evidencias documentales que demuestran el cumplimiento de esta medida de manejo, se considera que la efectividad de dicha medida es del 100%.

Acorde con lo anterior, la Empresa dio cumplimiento a la medida de manejo ambiental en el presente periodo de seguimiento.

2. X

La Empresa en el formato ICA 11_ICA_1a_ 4b_ManFauSilNE500 indica que:

A la fecha del presente informe no se ha requerido realizar el salvamento contingente de fauna.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 79 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

No aplica el seguimiento ambiental puesto que la Empresa reporta que no ha requerido realizar la actividad de salvamento de fauna silvestre.

RequerimientosN/A

Ficha de Manejo: 8.2.5. Manejo de corredores de vuelo

Tipo de Medida

Impacto atendido Medidas de Manejo

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n Efectividad de la

Medida

Alteración de corredores de vuelo para la avifauna residente y migratoria.

Medida 1: Señalización de los cables de guarda con artefactos conocidos como desviadores de vuelo. X 100%

ConsideracionesNivel de

CumplimientoMedida SI NO N/A

1. XLa Empresa en el formato ICA 12_ICA_1a_ 4b_ManCorVueNE500indica que:

Se instalaron los desviadores de vuelo programados.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 80 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ónM

itiga

ción

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

Ver 3_SOPORTES\3_BIOTICO\3_05CorVue\InstDesVueNE500.pdf y registro fotográfico en 3_SOPORTES\3_BIOTICO\3_00RegFot\RegFotBioNE500.xlsx\PM-BIO-NE500-12.

El monitoreo se realiza a partir del primer año de operación.

En la revisión documental, se observó en el Anexo InstDesVueNE500 que el total de desviadores de vuelo instalados para el periodo de seguimiento correspondió a 1237; así mismo, en el anexo de registro fotográfico se verificó la instalación de los desviadores de vuelo.

Teniendo en cuenta que la Empresa presentó las evidencias documentales que demuestran el cumplimiento de esta medida de manejo, se considera que la efectividad de dicha medida es del 100%.

Acorde con lo anterior, la Empresa dio cumplimiento a la medida de manejo ambiental en el presente periodo de seguimiento.

RequerimientosN/A

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 81 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

4.1.1.3 Medio Socioeconómico

Programas y proyectos: Programa para la compensación a la afectación temporal del ciclo productivo agrícolaFicha de Manejo: 8.3.1.

Tipo de Medida

Impacto atendido Medidas de Manejo

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n Efectividad de la

Medida

Medida 1: Realización de reuniones de socialización tanto municipal como veredal, previas al inicio de la construcción. X 100%

Medida 2: Solicitud a los propietarios los permisos para el acceso a los predios. X 100%

Medida 3: Levantamiento de permisos para acceder a los predios de patios de tendido; sitios de torre y servidumbre. X 100%

Medida 4: Visitas de reconocimiento físico del área a intervenir con el proyecto en cada uno de los predios. X 100%

Medida 5: Identificación y cuantificación de áreas que resulten afectadas por la realización de caminos y accesos para transporte de materiales en predios que no hagan parte de los que conforman la franja de servidumbre.

X 100%

Medida 6: Identificación y cuantificación de áreas que resulten afectadas por la realización de caminos y accesos para transporte de materiales en predios que no hagan parte de los que conforman la franja de servidumbre.

X 100%

Afectación de manera temporal actividades agrícolas que se encuentran en los predios por los que pasa la línea de trasmisión

Medida 7: Negociación directa con los propietarios de cultivos y áreas de pastos afectados en el proceso constructivo X 100%

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 82 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

Medida 8: Entrega del predio en las condiciones acordadas con los propietarios X 50%Medida 9: Conciliación acta de pago a satisfacción con los propietarios que fueron afectados por daños en sus áreas de cultivos y pastos X 100%

Medida 10: Se informará periódicamente a las autoridades municipales (alcaldía y personería), el avance de esta actividad en el desarrollo del proyecto. X 100%

ConsideracionesNivel de

CumplimientoMedida SI NO N/A

1. X

En la visita de seguimiento realizada las fechas 26, 27, 28 y 29 de junio de 2018 se pudo observar que durante la construcción del proyecto la Empresa cumplió con la Gestión de los permisos de ingreso antes de iniciar obras constructivas en predios del área de influencia directa. En cada una de las veredas por donde cruzó la línea se hicieron reuniones de cierre, y se daba el espacio para que la comunidad en general plasmara sus inquietudes. Durante la visita se realizaron reuniones con los presidentes de diferentes J.A.C.’s escogidas al azar, como los presidentes de las veredas Carrasquilla (Tenjo), Carrasquilla (Madrid), Moyano (Madrid), Paso Ancho (Facatativa); entre otras, que dieron fe del proceso de concertación de la servidumbre con los propietarios.

Dentro de la revisión documental del ICA3 se observa que La Empresa reporta en el Formato ICA1a-1b-4b, que en las reuniones de socialización veredal se informó a cada uno de los propietarios sobre el proyecto, objetivos, cobertura del mismo, proceso gestión de permisos para el acceso a los predios en el desarrollo de las fases de pre-construcción y construcción y se indicaba el proceso de valoración y concertación para el pago de la afectación que se produzca.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 83 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

También que, durante las fases de construcción y previa a la operación, se realizaron reuniones de socialización en cada una de las veredas del área de influencia, en donde se expusieron los procesos de compensación.

Dado a que es una medida que con el ICA3 busca su cierre definitivo, la Empresa hace una trazabilidad del cumplimento del mismo exponiendo lo reportado en los anteriores ICA’s, ICA1 e ICA2, que fueron los de construcción. Para el primer informe de cumplimiento ambiental (ICA 1) se realizaron 25 reuniones de inicio de obra, 18 reuniones veredales y 7 reuniones con autoridades municipales. En el informe de cumplimiento ambiental (ICA 2), se presentó la reunión informativa de inicio de obra con la comunidad de la vereda de Bobacé, del municipio de Bojacá, una vez aprobada la modificación de licencia Resolución 01113 de 2016 por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, correspondiente a la autorización de la variante en la vereda Bobacé. En la respectiva reunión de socialización, se informó sobre los aspectos generales del proyecto, objetivos, cobertura de este, proceso gestión de permisos para el acceso a los predios durante el desarrollo de las fases de pre-construcción, construcción, montaje y las afectaciones que se puedan generar a los cultivos en sitios de torre, donde se implementó el proceso de valoración, avalúo, pagos y compensación.

Con esta reunión se dieron por cumplidas las socializaciones de inicio del proyecto con las 26 veredas que conforman el AID.

Esta actividad se cumplió y finaliza durante la fase constructiva.

La efectividad de la medida se evaluó como 100%. Por lo anterior, esta Autoridad da por cumplida la medida de manejo ambiental.

2. XDentro de la visita de seguimiento realizada las fechas 26, 27, 28 y 29 de junio de 2018 se pudo observar que durante la construcción la Empresa cumplió con levantamiento de permisos de accesos a los predios. En las reuniones que se realizaron con los presidentes de diferentes J.A.C.’s, en las veredas Carrasquilla (Tenjo),

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 84 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

Carrasquilla (Madrid), Moyano (Madrid), Paso Ancho (Facatativa); constaron de la realización del levantamiento de permisos.

También dentro de la revisión documental del ICA3, objeto del presente seguimiento, resalta que el levantamiento de permisos de accesos a los predios de los patios de tendido y sitios de torres; así como, a aquellos predios que se requiera acceder por el desarrollo de las actividades inherentes a la construcción del Proyecto (acceso de trabajadores, transporte de materiales, acceso a los sitios de acopio de materiales). Estos permisos se levantaron sobre 100% de los predios a los que se ingresó. Y los permisos de accesos gestionados corresponden a los sitios de torre intervenidos o predios de vano requeridos para el ingreso del personal. Para este periodo reportado no se gestionaron permisos de ingreso, debido a que la Empresa manifiesta se estaba finalizando la etapa constructiva y posterior fase operativa.

Dado a que es una medida que con el ICA3 busca su cierre definitivo, la Empresa hace una trazabilidad del cumplimento del mismo exponiendo lo reportado en los anteriores ICA’s, ICA1 e ICA2, que fueron los de construcción. Para el primer informe de cumplimiento ambiental (ICA 1), se solicitaron 76 permisos de acceso, para el segundo informe de cumplimiento ambiental (ICA 2), se gestionaron 54 permisos y para este período (ICA03), se gestionaron un total de 44 permisos de acceso a predios. Estos permisos fueron tramitados durante la visita y realización de las actas de vecindad en cada predio necesarios para el ingreso y acceso a los sitios de torre, vanos, plazas de tendido y servidumbre, durante las etapas de construcción, montaje y tendido de la línea. En total fueron afectados 180 predios.

Se verifica en los anexos: ICAIII\3_SOPORTES\3_SOCIOECONOMICO\4_01ComAfeTemCicPro. Y se constata que está acorde con el cumplimiento presentado.

Esta actividad se cumplió y finaliza durante la fase constructiva.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 85 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

La efectividad de la medida se evaluó como 100%. Por lo anterior, esta Autoridad da por cumplida la medida de manejo ambiental.

3 X

Dentro de la visita de seguimiento realizada las fechas 26, 27, 28 y 29 de junio de 2018, se pudo observar que durante la construcción la Empresa cumplió con la visita de reconocimiento físico del área a intervenir en cada uno de los predios. En las reuniones que se realizaron con los presidentes de diferentes J.A.C.’s, en las veredas Carrasquilla (Tenjo), Carrasquilla (Madrid), Moyano (Madrid), Paso Ancho (Facatativa);constaron de la realización de dicha actividad.

En la revisión documental del ICA 3, se pudo observar que, durante la construcción del proyecto, de forma conjunta entre EPM y el propietario del predio, se realizó la visita de reconocimiento físico del área a intervenir en cada uno de los predios. Durante esta vista se tomaron nota de las áreas y estado de los cultivos y pastos a afectar y se suministró información escrita al propietario, sobre el proceso de negociación para lo cual se deja constancia en el formato diseñado para tal fin.

Este proceso se ha realizado con cada uno de los propietarios de los predios en los cuales se hizo afectación a cultivos.

Dado a que es una medida que con el ICA3 busca su cierre definitivo, la Empresa hace una trazabilidad del cumplimento del mismo exponiendo lo reportado en los anteriores ICA’s, ICA1 e ICA2, que fueron los de construcción. Para el primer informe de cumplimiento ambiental (ICA1), se solicitaron 76 permisos de acceso, para el segundo informe de cumplimiento ambiental (ICA2), se gestionaron 54 permisos y para este período (ICA03), se gestionaron un total de 44 permisos de acceso a predios. Estos permisos fueron tramitados durante la visita y realización de las actas de vecindad en cada predio necesarios para el ingreso y acceso a los sitios de torre, vanos, plazas de tendido y servidumbre, durante las etapas de construcción, montaje y tendido de la línea. En total fueron intervenidos 180 predios.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 86 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

Se verifica en los anexos: ICAIII\3_SOPORTES\3_SOCIOECONOMICO\4_01ComAfeTemCicPro. Y se constata que está acorde con el cumplimiento presentado.

Esta actividad se cumplió y finaliza durante la fase constructiva.

La efectividad de la medida se evaluó como 100%. Por lo anterior, esta Autoridad da por cumplida la medida de manejo ambiental.

4 X

Dentro de la visita de seguimiento realizada las fechas 26, 27, 28 y 29 de junio de 2018 se pudo observar que durante la construcción la Empresa cumplió con las actas de pago a satisfacción de cada uno de los propietarios. En las reuniones que se realizaron con los presidentes de diferentes J.A.C.’s, en las veredas Carrasquilla (Tenjo), Carrasquilla (Madrid), Moyano (Madrid), Paso Ancho (Facatativá); constaron de la realización de dicha actividad.

En la revisión documental del ICA3, se pudo observar que durante la construcción del proyecto se suscribieron actas de pago a satisfacción con cada uno de los propietarios que fueron afectados por daños en sus áreas de cultivos y pastos. Dado a que es una medida que con el ICA3 busca su cierre definitivo, la Empresa hace una trazabilidad del cumplimento del mismo exponiendo lo reportado en los anteriores ICA’s, ICA1 e ICA2, que fueron los de construcción. En el primer periodo (ICA 1), se realizaron 13 visitas. Y durante el periodo (ICA 2) se realizaron 7 visitas técnicas en acompañamiento con el evaluador de EPM a los cultivos afectados, para reconocimiento físico del área a intervenir.

Esta actividad se cumplió y finaliza durante la fase constructiva.

La efectividad de la medida se evaluó como 100%. Por lo anterior, esta Autoridad da por cumplida la medida de manejo ambiental.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 87 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

5 X

Dentro de la visita de seguimiento realizada las fechas 26, 27, 28 y 29 de junio de 2018; y dentro de la revisión documental del ICA3, se observó que durante la actividad constructiva no fue necesario realizar caminos para el ingreso a los sitios de torre en predios que no pertenecieron a la franja de servidumbre, razón por la cual no hubo afectaciones a cultivos en este aspecto.

Esta actividad se cumplió y finaliza durante la fase constructiva.

La efectividad de la medida se evaluó como 100%. Por lo anterior, esta Autoridad da por cumplida la medida de manejo ambiental.

6 X

Dentro de la visita de seguimiento realizada las fechas 26, 27, 28 y 29 de junio de 2018; y dentro de la revisión documental del ICA3, se observó que para el primer informe de cumplimiento ambiental (ICA 1), se realizó el censo de 13 cultivos, para el informe de cumplimiento ambiental (ICA 2) se censaron 7 cultivos y para este periodo (ICA 3) se censaron dos cultivos, estos fueron identificados en las visitas para el levantamiento de las actas de vecindad y de los permisos de ingreso, en total se identificaron 22 afectaciones entre cultivos y pastos afectados por el ingreso y acceso a los sitios de torre.

Se verifica en los anexos: ICAIII\3_SOPORTES\3_SOCIOECONOMICO\4_01ComAfeTemCicPro\4.1.1ActComAfeCul. Y se constata que está acorde con el cumplimiento presentado.

Esta actividad se cumplió y finaliza durante la fase constructiva.

La efectividad de la medida se evaluó como 100%. Por lo anterior, esta Autoridad da por cumplida la medida de manejo ambiental.

7 X Dentro de la visita de seguimiento realizada las fechas 26, 27, 28 y 29 de junio de 2018; y dentro de la revisión documental del ICA3, se observó que para este período (ICA 3) se realizaron los dos pagos pendientes que

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 88 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

se tenían del ICA anterior y se identificó la afectación a otros dos cultivos que fueron pagados. En total se realizaron pagos de 22 cultivos identificados.

Se verifica en los anexos: ICAIII\3_SOPORTES\3_SOCIOECONOMICO\4_01ComAfeTemCicPro\4.1.1ActComAfeCul. Y se constata que está acorde con el cumplimiento presentado.

Esta actividad se cumplió y finaliza durante la fase constructiva.

La efectividad de la medida se evaluó como 100%. Por lo anterior, esta Autoridad da por cumplida la medida de manejo ambiental para el periodo objeto de seguimiento.

8 X

Dentro de la visita de seguimiento realizada las fechas 26, 27, 28 y 29 de junio de 2018; como también en la revisión documental del ICA3, se observó que para este período se gestionaron 167 paz y salvos, y que se encuentran debidamente firmados por sus dueños o sus representantes legales; pero que 13 paz y salvos no fueron firmados, la Empresa expone diferentes motivos, tales como que el propietario se negó a firmar y/o se llevó a cabo una imposición de servidumbre; o no fue posible contactarlo y/o se está a la espera de que el propietario devuelva los documentos firmados.

Los formatos de paz y salvos firmados se verifican en los anexos: ICAIII\3_SOPORTES\3_SOCIOECONOMICO\4_01ComAfeTemCicPro\4.1.2 ActVecPerIng. Y se constata que está acorde con la información referenciada.

Teniendo en cuenta que existen aún 13 propietarios de los 167 predios que eran en total, que no han firmado el respectivo paz y salvo. En razón a lo anterior, se considera desde lo técnico que no se cumplió a cabalidad, y teniendo en cuenta que la medida ordena “entrega del predio en las condiciones acordadas con los propietarios”; la Empresa deberá en los próximos tres (3) meses a la ejecutoria del presente Concepto Técnico

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 89 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

presentar las evidencias documentales que permitan concluir a esta autoridad ambiental nacional sobre la ejecución de la medida.

9 X

Dentro de la visita de seguimiento realizada las fechas 26, 27, 28 y 29 de junio de 2018; como también en la revisión documental del ICA3, se hace un compilado de lo realizado en los anteriores ICA’s. Ya que es una medida que aplica para la construcción solamente, la Empresa solicita su cierre.

Se observó que para el ICA 1 se realizaron 11 acuerdos de pago de afectaciones a propietarios, para el ICA 2 se realizaron 8 acuerdos de pago a propietarios y para este período se realizaron 3 acuerdos de pago. La totalidad de propietarios y/o agricultores afectados, ya se encuentran compensados a satisfacción.

Se verifica en los anexos ICAIII\3_SOPORTES\3_SOCIOECONOMICO\4_01ComAfeTemCicPro\4.1.1ActComAfeCul. Y se constata que está acorde con el cumplimiento presentado.

Esta actividad se cumplió y finaliza durante la fase constructiva.

La efectividad de la medida se evaluó como 100%. Por lo anterior, esta Autoridad da por cumplida la medida de manejo ambiental.

10 X

Dentro de la visita de seguimiento realizada las fechas 26, 27, 28 y 29 de junio de 2018; y dentro de la revisión documental del ICA3, se observa que durante el periodo de seguimiento la Empresa informó a las autoridades de los municipios Bojacá, Madrid y Facatativá, sobre el proceso de servidumbre; debido a que solo en estos municipios se generaron afectaciones a ciclos productivos agrícolas en etapa constructiva del proyecto. Se presentó en ICA’s anteriores.

Esta actividad se cumplió y finaliza durante la fase constructiva.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 90 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

La efectividad de la medida se evaluó como 100%. Por lo anterior, esta Autoridad da por cumplida la medida de manejo ambiental.

RequerimientosMedida 8: la Empresa deberá en los próximos tres (3) meses a la ejecutoria del presente Concepto Técnico presentar evidencia de la entrega de los predios intervenidos por el proyecto en las condiciones acordadas con sus propietarios.

Programas y proyectos: Programa de acompañamiento social en la indemnización por la afectación a la infraestructura económica en la franja de servidumbreFicha de Manejo: 8.3.3.

Tipo de Medida

Impacto atendido Medidas de Manejo

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n Efectividad de la

Medida

Afectación al uso productivo y comercial del suelo

Medida 1: Definición de las variables para tener en cuenta para el cálculo del monto en el pago de compensación y elaboración de un protocolo sencillo, como base de la actuación legal, a fin de realizar una equilibrada, equitativa y justa

X 100%

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 91 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

negociación con los propietarios de los 180 predios objeto de constitución de servidumbre.Medida 2: Valoración del costo de la compensación, teniendo en cuenta el valor anual del ingreso por arrendamiento, en los casos en que los propietarios obtengan parte de sus ingresos del arriendo del área que será objeto de servidumbre y la cual se dejará de percibir.

X 100%

Medida 3: Suministro de información a los propietarios sobre los criterios, fase y mecanismos a desarrollar en el proceso de negociación de servidumbre. X 100%

Medida 4: Avalúo del área afectada y los posibles daños a cultivos, pastos e infraestructura agropecuaria. X 100%

Medida 5: Divulgación a los propietarios, de manera de clara, precisa y por escrito, de las restricciones a las que se verán sometidos por la operación de la actividad de transporte de energía eléctrica por la franja de servidumbre: ejemplo: cultivos de árboles u otras especies con porte de más de 4 m de altura, construcción de infraestructura asociada a actividades económicas, agroindustrial, actividad minera, y vivienda adjuntando el plano del trazado y la afectación en cada predio. Actividad que se realizará en la fase de pre construcción.

X 100%

Medida 6: Socialización del protocolo de negociación de servidumbre ante personerías. X 100%

Medida 7: Realización de la negociación con los 180 propietarios de los predios a quienes se les constituirá servidumbre, previo suministro de información en el momento de pre-construcción. Se procurará lograr acuerdos sobre el valor a tasar, para evitar de esta manera, inconvenientes y conflictos con los propietarios y agricultores en el momento en que se realice la construcción del proyecto.

X 100%

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 92 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

Medida 8: Suscripción del acta de acuerdo de pago y registro de la constitución de servidumbre de cada uno de los 180 predios ante la oficina de registro y notariado.

X 100%

Medida 9: Realización de demanda ante juez municipal, en los casos de los predios cuyos propietarios se nieguen a permitir la servidumbre o no se pudiera llegar a acuerdo del valor ofertado, para adelantar el procedimiento legal al que hay lugar, al amparo de la legislación vigente.

X 100%

ConsideracionesNivel de

CumplimientoMedida SI NO N/A

1 X

2 X

Dentro de la visita de seguimiento realizada las fechas 26, 27, 28 y 29 de junio de 2018; y dentro de la revisión documental del ICA3, se observa que en el proceso de constitución de servidumbres se determinaron las variables tenidas en cuenta durante la elaboración de los avalúos comerciales realizados a la faja de servidumbre afectada en cada uno de los predios a realizar el proceso de constitución de servidumbres. Fue presentado en los ICA’s anteriores, y la empresa hace un compilado en el ICA3 ya que es una medida que se aplica solamente para la etapa de construcción, y busca su cierre para la etapa operativa.

Esta actividad se cumplió y finaliza durante la fase constructiva.

La efectividad de la medida se evaluó como 100%. Por lo anterior, esta Autoridad da por cumplida la medida de manejo ambiental.

3 XDentro de la visita de seguimiento realizada las fechas 26, 27, 28 y 29 de junio de 2018; como también en la revisión documental del ICA3, se observa que todos los propietarios fueron informados por parte de las profesionales sociales y gestores prediales sobre la metodología de avalúos que soporta el proceso de constitución de servidumbre en las

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 93 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

diferentes visitas a predios, en los casos de no establecerse un acuerdo voluntario o una concertación, el negociador envía la oferta económica y al no contar con respuesta del propietario se procede dentro en cumplimiento de la ley al proceso de imposición de servidumbre mediante un Juez. Fue presentado en los ICA’s anteriores, y la empresa hace un compilado en el ICA3 ya que es una medida que se aplica solamente para la etapa de construcción, y busca su cierre para la etapa operativa.

Esta actividad se cumplió y finaliza durante la fase constructiva.

La efectividad de la medida se evaluó como 100%. Por lo anterior, esta Autoridad da por cumplida la medida de manejo ambiental.

4 X

Dentro de la visita de seguimiento realizada las fechas 26, 27, 28 y 29 de junio de 2018; y dentro de la revisión documental del ICA3, se observa que en el proceso de constitución de servidumbres se determinaron las variables tenidas en cuenta durante la elaboración de los avalúos comerciales realizados a la faja de servidumbre afectada en cada uno de los predios a realizar el proceso de constitución de servidumbres. Fue presentado en los ICA’s anteriores, y la empresa hace un compilado en el ICA3 ya que es una medida que se aplica solamente para la etapa de construcción, y busca su cierre para la etapa operativa.

Esta actividad se cumplió y finaliza durante la fase constructiva.

La efectividad de la medida se evaluó como 100%. Por lo anterior, esta Autoridad da por cumplida la medida de manejo ambiental.

5 X

Dentro de la visita de seguimiento realizada las fechas 26, 27, 28 y 29 de junio de 2018; y en la revisión documental del ICA3, se observa que se realizaron reuniones de socialización veredal y visitas a 180 propietarios en donde se expuso el proceso de constitución de servidumbre y las restricciones al uso del suelo que conlleva el establecimiento de la servidumbre eléctrica en los predios. Adicional se hizo entrega de la cartilla del paso a paso de la constitución

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 94 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

de servidumbre a los propietarios de predios por los que cruza el proyecto de transmisión de energía eléctrica Nueva Esperanza. Fue presentado en los ICA’s anteriores, y la empresa hace un compilado en el ICA3 ya que es una medida que se aplica solamente para la etapa de construcción, y busca su cierre para la etapa operativa.

Esta actividad se cumplió y finaliza durante la fase constructiva.

La efectividad de la medida se evaluó como 100%. Por lo anterior, esta Autoridad da por cumplida la medida de manejo ambiental.

6 X

Dentro de la visita de seguimiento realizada las fechas 26, 27, 28 y 29 de junio de 2018; y dentro de la revisión documental del ICA3, se observa que los profesionales sociales de la Empresa realizaron reuniones informativas con personeros municipales del AID (7) sobre el avance en las compensaciones por servidumbre eléctrica con propietarios y se han radicado seis (6) informes consolidados de servidumbres a las autoridades locales en donde se detalla el proceso de concertaciones adelantado en cada municipio, indicando datos de propietarios y predios así como su estado de negociación. Fue presentado en los ICAS anteriores, y la empresa hace un compilado en el ICA3 ya que es una medida que se aplica solamente para la etapa de construcción, y busca su cierre para la etapa operativa.

Esta actividad se cumplió y finaliza durante la fase constructiva.

La efectividad de la medida se evaluó como 100%. Por lo anterior, esta Autoridad da por cumplida la medida de manejo ambiental.

7 X

Dentro de la visita de seguimiento realizada las fechas 26, 27, 28 y 29 de junio de 2018; Así mismo como la revisión documental del ICA3, se verificó que la Empresa durante la etapa de Construcción del proyecto identificó un total de 180 predios para constitución de servidumbre eléctrica (lo cual excedió la identificación preliminar del EIA en donde se contabilizaron 167 predios). Y logró una negociación directa con 51 propietarios, 38 servidumbres se dieron por

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 95 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

imposición y 91 fueron constituidos. Todos los procesos de constitución, imposición y negociación cuentan con sus respectivas evidencias documentales que presentan en los Anexos.

Se verifica en los anexos: ICAIII\3_SOPORTES\3_SOCIOECONOMICO\4_02AcomSocProConSer\4.2.1.Estado de los predios. Y se constata que está acorde con el cumplimiento presentado.

Esta actividad se cumplió y finaliza durante la fase constructiva.

La efectividad de la medida se evaluó como 100%. Por lo anterior, esta Autoridad da por cumplida la medida de manejo ambiental para el periodo objeto de seguimiento.

8 X

Dentro de la visita de seguimiento realizada las fechas 26, 27, 28 y 29 de junio de 2018; y dentro de la revisión documental del ICA3, se observa que se realizaron 180 pagos por concepto de servidumbre de las cuales 91 fueron por constitución, 38 por imposición y 51 por negociación. Se presentan las evidencias documentales de las Actas de Avalúo y documentos complementarios, Oferta y Aceptación, Escritura de Servidumbre, Rechazo Oferta, Auto Admisorio Demanda, Autorización Obras, de acuerdo a cada tipo de negocio. En reunión con los presidentes y líderes del Área de Influencia Directa se constata que no hubo quejas por el pago de servidumbres en ninguno de los predios.

Se verifica en los anexos: ICAIII\3_SOPORTES\3_SOCIOECONOMICO\4_02AcomSocProConSer\4.2.1.Estado de los predios. Y se constata que está acorde con el cumplimiento presentado.

Esta actividad se cumplió y finaliza durante la fase constructiva.

La efectividad de la medida se evaluó como 100%. Por lo anterior, esta Autoridad da por cumplida la medida de manejo ambiental.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 96 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

9 X

Dentro de la visita de seguimiento realizada las fechas 26, 27, 28 y 29 de junio de 2018; y dentro de la revisión documental del ICA3, se reporta que la Empresa ejecutó un total de 38 procesos de imposición de servidumbre eléctrica ante juzgados municipales de los 180 predios afectados por el paso de la línea de transmisión de energía.

Se verifica en los anexos: ICAIII\3_SOPORTES\3_SOCIOECONOMICO\4_02AcomSocProConSer\4.2.1.Estado de los predios. Y se constata que está acorde con el cumplimiento presentado.

Esta actividad se cumplió y finaliza durante la fase constructiva.

La efectividad de la medida se evaluó como 100%. Por lo anterior, esta Autoridad da por cumplida la medida de manejo ambiental.

RequerimientosN/A

Programas y proyectos: Programa de acompañamiento social en la indemnización por la afectación a la infraestructura económica en la franja de servidumbre

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 97 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Ficha de Manejo: 8.3.5.

Tipo de Medida

Impacto atendido Medidas de Manejo

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n Efectividad de la

Medida

Medida 1: Realizar un diagnóstico que permita la valoración de la infraestructura económica a afectar identificando las condiciones de la misma: número de usuarios, materiales de construcción y área destinada entre otras.

X 100%Identificar conjuntamente con el propietario la infraestructura económica afectada Medida 2: Acompañar el proceso de indemnización de la infraestructura de

manera concertada y planificada con los propietarios. X 100%

ConsideracionesNivel de

CumplimientoMedida SI NO N/A

1 X

2 X

Dentro de la visita de seguimiento realizada las fechas 26, 27, 28 y 29 de junio de 2018; y dentro de la revisión documental del ICA3, la Empresa reporta que se identificó conjuntamente con el dueño de la Empresa INVERPALMAS S.A. las naves de los invernaderos que quedarían afectados por la servidumbre de la línea de transmisión, posterior a ellos se realizó la concertación del valor de estas, fue pagado en su totalidad por EPM y desmantelado.

Se verifica en los anexos: ICAIII\3_SOPORTES\3_SOCIOECONOMICO\4_03AcomSocIndAfeInfEcoFraSer. Y se constata que está acorde con el cumplimiento presentado.

Esta actividad se cumplió y finaliza durante la fase constructiva.

La efectividad de la medida se evaluó como 100%. Por lo anterior, esta Autoridad da por cumplida la medida de manejo ambiental para el periodo objeto de seguimiento.

Requerimientos

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 98 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

N/A

Programas y proyectos: Programa Dinámica para el manejo de empleoFicha de Manejo: 8.3.4.

Teniendo en cuenta Memorando interno ANLA de la oficina Asesora jurídica con número 4120-3-37774 del 26 de febrero de 2014, en el cual se indica en el “numeral 5 conclusiones – Interpretación sobre contratación de mano de obra local en el proceso de licenciamiento ambiental” subnumeral 2 “no le asiste competencia a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) de imponer, como obligación de hacer, la exigencia de vinculación de mano de obra local para los proyectos, obras o actividades sujetos al licenciamiento ambiental de competencia de la ANLA, ni hacer exigible, en virtud del licenciamiento ambiental el cumplimiento del ‘Programa de contratación de mano de obra local’, ” y el subnumeral 5) donde se concluye “Independiente de esta falta de competencia para hacer exigible la contratación de mano de obra , es preciso señalar que la ANLA frente a las obligaciones ya impuestas en varios actos administrativos…, mediante los cuales se otorgaron licencias ambientales a proyectos, obras o actividades, debe continuar el respectivo seguimiento. De igual manera en el Subnumeral 6) literal a) párrafo tercero donde específica “, la ANLA no puede hacer exigencias administrativas adicionales o iniciar procesos sancionatorios ambientales adicionales por incumplimiento de la obligación, pues el objeto material de la infracción sería el incumplimiento de una relación legal laboral o convencional, sobre lo cual no tiene competencia y por ello mal podría sancionar”

Programas y proyectos: Programa de Arqueología Preventiva

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 99 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Ficha de Manejo: 8.3.6.

Esta medida no es objeto de seguimiento por parte de esta Autoridad. Según Constitución Nacional, artículo 72 y Artículos 4º y 6º de la Ley 397 de 1997, modificados por los artículos 1º y 3º, respectivamente, según la Ley 1185 de 2008, y del Decreto 833 de 2002, artículo 4º Artículo 11º, de la Ley 397 de 1997, modificado por el artículo 7º de la Ley 1185 de 2008, y del Decreto 833 de 2002, artículos 10 y 13. Decreto 763 de 2009, artículos 55 y 57; sobre los que descansa la exigencia de implementar Programas de Arqueología Preventiva, la autoridad competente es El Instituto Colombiano de Antropología e Historia, ICANH.

Programas y proyectos: Programa de información, comunicación y participaciónFicha de Manejo: 8.3.7.

Tipo de Medida

Impacto atendido Medidas de Manejo

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n Efectividad de la

Medida

Medida 1: Diseñar y ejecutar una estrategia de articulación, comunicación, fortalecimiento y participación, que garantice a los actores sociales del AII y AID la divulgación de las actividades del Proyecto.

X 100%

Medida 2: Ejecutar el 100% de las actividades que conforman el programa de articulación, comunicación, fortalecimiento y participación, involucrando procesos de planeación, coordinación, capacitación, evaluación y seguimiento.

X 100%

Medida 3: Capacitación del 100% al personal vinculado en la obra respecto a las pautas de comportamiento de las comunidades. X 100%

Ocurrencia de conflictos y expectativas e incertidumbres frente al proyecto

Medida 4: Capacitación a la Comunidad del AID en los riesgos, cuidados por el paso de la línea de transmisión eléctrica. X 75%

Consideraciones

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 100 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

Nivel de Cumplimiento

Medida SI NO N/A

1 X

Dentro de la visita de seguimiento realizada las fechas 26, 27, 28 y 29 de junio de 2018; y dentro de la revisión documental del ICA3, se observa que se diseñó la estrategia de comunicación, participación, fortalecimiento y articulación, con la respectiva producción y distribución de las piezas informativas proyectadas. A junio de 2017 de las 14 actividades programadas se han ejecutado 12. Las 2 actividades pendientes están dependiendo de la terminación en el proceso análisis del material arqueológico, 1 Evento de divulgación pedagógica del rescate arqueológico y 2 Cartillas entregada en la fase de abandono y restitución.

La efectividad de la medida se evaluó como 100%. Por lo anterior, esta Autoridad da por cumplida la medida de manejo ambiental para el periodo objeto de seguimiento.

2 X

Dentro de la visita de seguimiento realizada las fechas 26, 27, 28 y 29 de junio de 2018; y dentro de la revisión documental del ICA3, se reporta que los profesionales sociales del proyecto cuentan con una base de datos de los actores sociales e institucionales de los 7 municipios, los contactos de los líderes comunales de las veredas involucradas con el proyecto y los datos personales de todos los propietarios con los que se generan procesos de concertación de servidumbres.

Se verifica en los anexos: \ICAIII\3_SOPORTES\3_SOCIOECONOMICO\4_07ProInfComPar. Y se constata que está acorde con el cumplimiento presentado. Y se constata que está acorde con el cumplimiento presentado.

Además, se tenían tres puntos de atención a la comunidad en el Municipio de Madrid, en el Municipio de Bojacá y una oficina de atención en la ciudad de Bogotá. A partir de junio de 2017 las oficinas de Bojacá y Madrid cerraron una vez terminadas todas las actividades constructivas; la oficina de Bogotá continúa.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 101 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

Se verifica en los anexos: ICAIII\3_SOPORTES\3_SOCIOECONOMICO\4_03AcomSocIndAfeInfEcoFraSer. Y se constata que está acorde con el cumplimiento presentado.

Esta actividad se cumplió y finaliza durante la fase constructiva.

La efectividad de la medida se evaluó como 100%. Por lo anterior, esta Autoridad da por cumplida la medida de manejo ambiental para el periodo objeto de seguimiento.

3 X

Dentro de la visita de seguimiento realizada las fechas 26, 27, 28 y 29 de junio de 2018; y dentro de la revisión documental del ICA3, se observa que durante el periodo del presente informe de cumplimiento ambiental se han realizado 223 capacitaciones de las cuales 184 fueron charlas que se iban dictando de acuerdo a la necesidad del proyecto y 39 talleres en temas sociales, ambientales y forestales a los trabajadores en general. En total se capacitaron a 484 trabajadores.

Se verifica en los anexos: \ICAIII\3_SOPORTES\3_SOCIOECONOMICO\4_07ProInfComPar\4.2.2.ProCapPerComAID. Y se constata que está acorde con el cumplimiento presentado.

La efectividad de la medida se evaluó como 100%. Por lo anterior, esta Autoridad da por cumplida la medida de manejo ambiental para el periodo objeto de seguimiento.

4 X

Dentro de la visita de seguimiento realizada las fechas 26, 27, 28 y 29 de junio de 2018; y la revisión documental del ICA3, se observa que dentro de la etapa de construcción y el paso a la operación del proyecto, la empresa realizó a modo informativo con la comunidad, las mediciones de campos electromagnéticos, antes de entrar la línea en operación, las evidencias documentales de esta actividad se adjuntan en la ficha del Programa de seguimiento al manejo preventivo de los efectos electromagnéticos de la línea de transmisión del componente físico y en el registro fotográfico. 8.3.7.2.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 102 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

Se verifica en los anexos: ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_00RegFotNE500, y se constata que se encuentra la información referida.

Por otro lado, y teniendo en cuenta el subprograma de capacitación al personal y a la comunidad del AID, y que tiene como unas de sus metas “Identificar los cuidados y riesgos a la comunidad por el paso de la línea de transmisión eléctrica”; en la visita de seguimiento al municipio de Bojacá (Cundinamarca), se observó que por parte de diferentes propietarios de predios de las veredas Cubia y Bobacé tienen inquietudes frente al ruido que produce la línea.

El día 27 de junio de 2018 se realizó reunión en la alcaldía municipal de este municipio, con funcionarios de la administración y con los propietarios que presentaron la inquietud después de dicha reunión se realizó visita a los predios para verificar la queja por generación de ruido en la línea. Después del recorrido se puede observar que la Empresa no ha adelantado acciones formativas dirigidas a las autoridades locales, comunidades del AID y propietarios sobre recomendaciones del cuidado y la convivencia con la línea, para la etapa operativa teniendo en cuenta que los indicadores de esta medida: “Número de conflictos identificados con la comunidad y personal vinculado a la obra / Número de conflictos solucionado” y “Número de participantes de las comunidades en los talleres/ Número de convocados a los talleres”, buscan minimizar el impacto generado por la presencia de la línea en el imaginario de las personas, y que puedan generar expectativas o mal información con respecto a la operación de la línea.

Por lo tanto, este grupo de seguimiento considera que dicha medida No se le ha dado cumplimiento según lo expuesto en el PMA, dado a que no se evidencia la presencia de Talleres enfocados a la convivencia de la comunidad con el proyecto; situación que también se observó en la visita de seguimiento ambiental anteriormente descrita.

Requerimientos

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 103 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

Medida 4: Presentar de inmediato un informe de lo realizado en el año 2017 con respecto a la Capacitación a la Comunidad del AID en los riesgos, cuidados por el paso de la línea de transmisión eléctrica. Lo anterior en cumplimiento del Programa de información, comunicación y participación

Programa: Programa de relocalización de familias afectadasFicha de Manejo: 8.3.8.

Tipo de Medida

Impacto atendido Medidas de Manejo

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n Efectividad de la

Medida

Afectación por migración de personas por la construcción

Medida 1: Acompañar y monitorear las reuniones realizadas con los propietarios de las viviendas a relocalizar y los acuerdos de compra de terrenos en donde se reubicarán las viviendas correspondientes a las cédulas catastrales 30108 y 30109.

X X 100%

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 104 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

Medida 2: Evaluar las opciones de reubicación seleccionadas por las familias y EPM, con el fin de verificar si se aplicaron los criterios de selección adecuados que permitieran mantener las relaciones sociales de las familias, y el tejido social del que forman parte.

X X 100%

Medida 3: Realizar visitas periódicas de evaluación, en donde se tengan en cuenta las condiciones físicas de la vivienda y su estado (posible deterioro), servicios públicos con los que cuenta la vivienda y el acceso a servicios sociales que tiene la familia.

X X 100%

ConsideracionesNivel de

CumplimientoMedida SI NO N/A

1 X

Dentro de la visita de seguimiento realizada las fechas 26, 27, 28 y 29 de junio de 2018; y dentro de la revisión documental del ICA3, se observa que la asesoría en el tema inmobiliario ha finalizado con el cumplimiento de la meta en asegurar el traslado de las dos familias a predios legales y con títulos de propiedad en notariado y registro de instrumentos públicos; las viviendas objeto del traslado ofrecen mejores condiciones de habitabilidad que las anteriores dada su condición de nuevas y con acceso a todos los servicios públicos domiciliarios (agua, energía, gas natural y alcantarillado).

Esta actividad se cumplió y finaliza durante la fase constructiva.

La efectividad de la medida se evaluó como 100%. Por lo anterior, esta Autoridad da por cumplida la medida de manejo ambiental.

2 X Dentro de la visita de seguimiento realizada las fechas 26, 27, 28 y 29 de junio de 2018; y dentro de la revisión documental del ICA3, se observa que las profesionales sociales han desarrollado las actividades propuestas

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 105 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

en el plan de gestión social, las cuales han permitido reestablecer las condiciones de vida de las familias relocalizadas. El acompañamiento social incluye el restablecimiento de la vivienda en mejores condiciones que las encontradas y la ejecución de proyectos económicos de los cuales las familias obtienen un ingreso luego del traslado. Con las actividades de acompañamiento integral a las familias se les ha compensado la afectación predial, la pérdida de la vivienda y la disminución de ingresos familiares.

Esta actividad se cumplió y finaliza durante la fase constructiva.

La efectividad de la medida se evaluó como 100%. Por lo anterior, esta Autoridad da por cumplida la medida de manejo ambiental.

3 X

Dentro de la visita de seguimiento realizada las fechas 26, 27, 28 y 29 de junio de 2018; y dentro de la revisión documental del ICA3, se observa que en las actividades de evaluación Ex post se contó con el acompañamiento de la doctora Nancy Arciniegas Personera municipal de Bojacá, de manera tal que se evidencie el respeto a los derechos sociales, culturales y económicos de las personas objeto de relocalización familiar. Profesional Social de EPM realizó 20 visitas de seguimiento a los grupos familiares en sus nuevas residencias como acompañamiento social al proceso de inserción del grupo familiar a su nuevo entorno social, verificando que las condiciones de vida de los integrantes mantengan mejores condiciones a las identificadas antes del proceso de relocalización familiar, estas fueron presentadas en el ICA2.

Familia Castillo García: La señora Doris García informó vía telefónica el día 10 de enero que su grupo familiar ha tomado la decisión de trasladarse al municipio de Zipaquirá, ya que cuentan con un terreno por cuenta de herencia del señor Mario Castillo, donde van a iniciar la construcción de su nueva vivienda con el dinero recibido por venta de la finca Villa Daniela localizada en Bojacá, (predio con servidumbre). Manifiesta la señora García que ya está en venta la casa de Fusagasugá y que sus hijos ya están localizados en colegio Departamental y SENA de Zipaquirá donde van a continuar con sus estudios. Las razones que exponen los jefes de hogar para su traslado es la dificultad que han tenido para percibir ingresos del negocio de peluquería

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 106 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

canina, el cual en todo el año 2016 no genero ingresos suficientes para la manutención del grupo familiar y tuvieron que gastar parte de sus ahorros para cubrir las necesidades básicas, situación que para ellos no es sostenible y deben procurar por el bienestar de sus hijos, consideran que en el municipio de Zipaquirá tienen mayores oportunidades para encontrar trabajo el señor Mario Castillo e instalar nuevamente el negocio de peluquería canina.

Esta actividad se cumplió y finaliza durante la fase constructiva.

La efectividad de la medida se evaluó como 100%. Por lo anterior, esta Autoridad da por cumplida la medida de manejo ambiental.

RequerimientosN/A

Programa: Programa Acompañamiento social al proceso de constitución de servidumbre para Asegurar el manejo de indemnización por afectación a infraestructura de uso colectivoFicha de Manejo: 8.3.9.

Impacto atendido Medidas de ManejoTipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 107 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

Medida: Identificar conjuntamente con el propietario el sitio para reubicar la infraestructura particular de uso colectivo afectada, realizar la planeación y cronograma de trabajo y la posterior construcción del vestier y portería en el predio INVERPALMAS.

X X 100%Impacto a la infraestructura particular de uso colectivo al manejo estructura Realizar una visita expost con el fin de verificar el funcionamiento de la

infraestructura social restituida. X X 100%

ConsideracionesNivel de

CumplimientoMedida SI NO N/A

1 X

Dentro de la visita de seguimiento realizada las fechas 26, 27, 28 y 29 de junio de 2018; y dentro de la revisión documental del ICA3, se observa que previo a la entrada en operación del proyecto fue construida una nueva infraestructura para el vestier del predio INVERPALMAS. Esta construcción ya fue compensada y pagada por parte de EPM con anterioridad.

Se verifica en los anexos: registro fotográfico. Y se constata que está acorde con el cumplimiento presentado.

Esta actividad se cumplió y finaliza durante la fase constructiva.

La efectividad de la medida se evaluó como 100%. Por lo anterior, esta Autoridad da por cumplida la medida de manejo ambiental.

2 X

Dentro de la visita de seguimiento realizada las fechas 26, 27, 28 y 29 de junio de 2018; y dentro de la revisión documental del ICA3, se observa que esta visita se realizó y se verifico el uso del vestier para hombres y para mujeres.

Se verifica en los anexos: registro fotográfico. Y se constata que está acorde con el cumplimiento presentado.

Esta actividad se cumplió y finaliza durante la fase constructiva.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 108 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

La efectividad de la medida se evaluó como 100%. Por lo anterior, esta Autoridad da por cumplida la medida de manejo ambiental para el periodo objeto de seguimiento.

RequerimientosN/A

Programa: Programa de gestión ante administraciones municipales para el ajuste a POT y PBOTFicha de Manejo: 8.3.10.

Tipo de Medida

Impacto atendido Medidas de Manejo

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n Efectividad de la

Medida

Uso inadecuado por actividades económicas en la franja de servidumbre

Medida 1: Evaluación del plan con base en estudios técnicos adelantados en las áreas específicas que podrían motivar la revisión y sustentar técnicamente los cambios.

X 100%

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 109 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

Medida 2: Suministro de información georreferenciada sobre la línea de transmisión, que permita fortalecer la capacidad de los gobiernos locales para ajustar sus Planes de Ordenamiento Territorial, y Planes Básicos de Ordenamiento Territorial según corresponda.

X 100%

Medida 3: Suministro de información a los municipios para claridad de especificaciones técnicas, medidas preventivas en seguridad, con las torres y líneas de conducción de energía eléctrica, de manera que el proyecto se tenga en cuenta en la planificación territorial.

X 100%

ConsideracionesNivel de

CumplimientoMedida SI NO N/A

1 X

2 X

Dentro de la visita de seguimiento realizada las fechas 26, 27, 28 y 29 de junio de 2018; y dentro de la revisión documental del ICA3, se observa que se envió solicitud escrita a los secretarios de Planeación municipal, los personeros y el Consejo Territorial de Planeación de los municipios de Zipacón, Madrid, Bojacá, Facatativá, Funza y Tenjo pidiendo un espacio para la realización de una socialización que permitiera suministrar información geo-referenciada y resolver inquietudes sobre la línea de transmisión; sin embargo, esta actividad solo se llevó a cabo en el municipio de Bojacá por la falta de respuesta por parte de los Consejos Territoriales de Planeación de los demás municipios.

Se verifica en los anexos: ICAIII\3_SOPORTES\3_SOCIOECONOMICO\4_10ProGesAdmMunPOT. Y se constata que está acorde con el cumplimiento presentado.

La efectividad de la medida se evaluó como 100%. Por lo anterior, esta Autoridad da por cumplida la medida de manejo ambiental para el periodo objeto de seguimiento.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 110 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

3 X

Dentro de la visita de seguimiento realizada las fechas 26, 27, 28 y 29 de junio de 2018; y dentro de la revisión documental del ICA3, se observa que se realizó la entrega de información al Consejo Territorial de Planeación del municipio de Bojacá.

Se verifica en los anexos: ICAIII\3_SOPORTES\3_SOCIOECONOMICO\4_10ProGesAdmMunPOT. Y se constata que está acorde con el cumplimiento presentado.

La efectividad de la medida se evaluó como 100%. Por lo anterior, esta Autoridad da por cumplida la medida de manejo ambiental para el periodo objeto de seguimiento.

RequerimientosN/A

Programa: Programa de seguridad vial y control a la alteración de tráfico Ficha de Manejo: 8.3.11.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 111 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Tipo de Medida

Impacto atendido Medidas de Manejo

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n Efectividad de la

Medida

Medida 1: Informar sobre el proceso: interrupciones del tránsito vehicular, duración e implicaciones del Proyecto, por lo que este proceso deberá ser apoyado, a través de la entrega de volantes informativos. Los encargados de esta función serán los paleteros, quienes deberán hacer entrega del material informativo en el momento del cierre temporal de la vía en ambos sentidos vehiculares.

X 100%Uso inadecuado de vías y accidentes que se puedan presentar en las vías por la construcción Medida 2: Señalización: ésta debe indicar fecha y tiempo de interrupción, tipo de

obra, dueños del proyecto. Además del uso de paletas con mensaje PARE y SIGA y lámparas operadas manualmente, que sirven para controlar el tránsito de vehículos y peatones en las zonas donde se adelantan las obras de construcción del tendido de la línea de 500 kV.

X 100%

ConsideracionesNivel de

CumplimientoMedida SI NO N/A

1 X

2 X

Dentro de la visita de seguimiento realizada las fechas 26, 27, 28 y 29 de junio de 2018; y dentro de la revisión documental del ICA3, se observó que Para este período del presente informe ICA 3, no se requirió generar ningún tipo de cierre temporal ni interrupciones en las vías municipales, departamentales y nacionales que se utilizan por la actividad de ejecución del proyecto y para cruce y tendido de los cables, razón por la cual no se ha necesitado la implementación de la utilización de señales de tránsito requeridas en el Plan de Manejo Ambiental.

La efectividad de la medida se evaluó como 100%. Por lo anterior, esta Autoridad da por cumplida la medida de manejo ambiental.

Requerimientos

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 112 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Impacto atendido Medidas de Manejo

Tipo de Medida

Efectividad de la

Medida

Prev

enci

ón

Miti

gaci

ón

Cor

recc

ión

Com

pens

ació

n

N/A

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 113 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

4.1.2 Plan de Seguimiento y Monitoreo

A continuación, se presenta el análisis de esta Autoridad frente a los monitoreos reportados por la Empresa durante el periodo correspondiente al presente seguimiento.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 114 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Tabla 4 Estado de cumplimiento del Plan de Seguimiento y Monitoreo

Medio Abiótico

Ficha de Seguimiento y Monitoreo PSM-ABI-NE500-22: Programa de monitoreo de procesos erosivos y de zonas de inestabilidad

COMPONENTE CONSIDERACIONES

Caracterización detallada de los

principales procesos erosivos activos

Respecto a esta medida la Empresa informa en el ICA 3 que en la etapa constructiva del proyecto no se identificaron procesos erosivos; sin embrago como medida preventiva se construyeron obras de protección con el objetivo de dar mayor estabilidad a la infraestructura y prevenir focos erosivos en el área de influencia directa del proyecto.

Así mismo, en el Anexo ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_01PerSueTalZonNE500\2_01_03 ObEstNE500 del ICA 3, la Empresa presenta el registro de los sitios de torre donde se construyeron trinchos metálicos para evitar la generación de inestabilidad, los cuales se presentan en la siguiente tabla:

Obras de Protección y/o Estabilización

No. Torre

Tipo de Protección Realizada Detalles de la instalación de Trinchos

T-11 Trincho metálico Se instalaron trinchos en las patas A y D.

T-17 Trincho metálico Se instalaron trinchos en las patas A, B y C.

T-60 Trincho metálico Se instaló un trincho en la pata B.

T-62 Trincho metálico Se instaló un trincho en la pata D.

T-65 Trincho metálico, Cuneta, Gavión.

Se instaló una cuneta, un gavión en la pata B y trinchos en las patas A y B.

T-66 Trincho metálico Se instalaron trinchos en las patas A y B.

T-76 Trincho metálico Se instalaron trinchos en las patas C y D.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 115 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

COMPONENTE CONSIDERACIONES

T-77 Trincho metálico Se instalaron trinchos en todas las patas A, B y CT-78 Trincho metálico

T-86 Cuneta

T-87 Cuneta

T-88 Cuneta

T-89 Trincho metálico Se instaló un trincho en la pata A.

T-93 Cuneta

T-99 Trincho metálico Se instalaron trinchos en las patas A y B.

T-103 Trincho metálico

T-118 Trincho metálico Se instaló un trincho en la pata D.

T-123 Trincho metálico Cuneta Se instaló una cuneta y un trincho en la pata C.

T-125 Trincho metálico Se instaló un trincho en la pata A.

T-126 Trincho metálico Se instaló un trincho en la pata C.

Igualmente, en el anexo mencionado la Empresa presenta el registro de los sitios de torre donde se efectuaron actividades de empradización, registrando un área total recuperada de 5.3755 m2.

Por su parte, durante la visita de seguimiento ambiental realizada al proyecto se observó que en los sitios de torre visitados el área se encontraba revegetalizada en su totalidad sin presentar evidencia de la generación de focos erosivos.

Por lo anterior, se considera que la Empresa cumplió con esta medida para el periodo objeto del presente seguimiento.

NIVEL DE CUMPLIMIENTO REQUERIMIENTOS

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 116 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

COMPONENTE CONSIDERACIONES

SI NO N/AX N/A

Monitoreo de zonas intervenidas para evitar

su inestabilidad

La Empresa informa en el ICA 3 que durante el periodo se construyeron obras de protección en 24 sitios de torre (T011, T017, T059, T060, T062, T064, T065, T066, T076, T077, T078, T086, T087, T088, T093, T099, T103, T116, T117, T118, T123, T125, T126).

Después del montaje y puesta en operación de la línea se realizó recorrido a los sitios de torre donde se realizaron obras de estabilización (trinchos) y cunetas. En este recorrido se observó que las obras se encuentran estables y el proceso de recuperación de los sitios de torre continua sin inconvenientes, no ha sido necesario realizar modificaciones. Por su parte, en el Anexo 5.NE\2.ICA\500\ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_01PerSueTalZonNE500\2_01_03 Mon., del ICA 3 la Empresa presenta la información respecto a las obras de estabilización ejecutadas y los sitios de torre donde fueron instaladas.

Por su parte, durante la visita de seguimiento ambiental realizada al proyecto se observó que en los sitios de torre visitados el área se encontraba revegetalizada en su totalidad sin presentar evidencia de la generación de focos erosivos.

Por lo anterior, se considera que la Empresa cumplió con esta medida para el periodo objeto del presente seguimiento.

NIVEL DE CUMPLIMIENTO

SI NO N/AREQUERIMIENTOS

X N/A

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 117 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Ficha de Seguimiento y Monitoreo PSM-ABI-NE500-02: Programa de seguimiento al manejo de las corrientes de agua

COMPONENTE CONSIDERACIONES

Protección de 22 corrientes de agua con instalación de Pórticos

En el ICA 3 la Empresa reporta que para el periodo reportado se realizó implementación de medidas de protección a cuerpos de agua con la instalación de pórticos o estructuras en H, en las márgenes de 9 corrientes de agua para cruce del cable guía como del conductor en los siguientes puntos: T41, V 46-47, V48-49, T49, T50, V53-54N, V54N -55A, T 55A, V55A-56. Los 2 cuerpos de agua restantes se protegieron con polisombra, dado que se encontraron en las márgenes de los accesos. En los Anexos ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_02CoAguNE500 y ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_00RegFotNE500 del ICA 3, la Empresa presenta el registro de los cuerpos de agua donde fue necesaria la instalación de pórticos en “H” para el cruce del conductor, así mismo se presenta el registro fotográfico de las actividades realizadas en cumplimiento a esta medida donde se observa que dichas actividades se desarrollaron de manera adecuada y cumpliendo con lo establecido en el Plan de Manejo Ambiental del proyecto.

Por su parte, durante la visita de seguimiento realizada al proyecto el mes de junio de 2018, no se observó la afectación a cuerpos de agua por el cruce del cable guía y conductor, así como tampoco se recibieron quejas por parte de las comunidades y/o autoridades locales en este sentido.

Así mismo dado que esta medida estaba planteada para ejecutarse durante la etapa de construcción de la línea y teniendo en cuenta que dicha etapa ya finalizó y las actividades propuestas fueron ejecutadas al 100%, se considera pertinente dar por concluida esta ficha de seguimiento.

NIVEL DE CUMPLIMIENTO

SI NO N/AREQUERIMIENTOS

X N/A

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 118 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Ficha de Seguimiento y Monitoreo PSM-ABI-NE500-03: Programa de seguimiento al manejo de vertimientos domésticos

COMPONENTE CONSIDERACIONES

Manejo de excretas: Instalación de Unidades

Sanitarias Portátiles - USP

La Empresa en el formato ICA 03_ICA_1a_4b_ManAguResNE500 presentó la siguiente información:

Durante el periodo reportado se instalaron USP en 58 sitios de torre en 9 sitios donde se localizaron temporalmente equipos para tendido y en 1 epifitario.

En este periodo se contó con un máximo mensual de 360 personas desarrollando actividades del proyecto por lo que contó con 26 USP para rotar en los frentes de obra que se abrieron cada mes para realizar labores constructivas para el montaje de torres y las complementarias.

Ver anexos:ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_00RegFotNE500ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_03AguResNE500\ConARD_ARINE500

En la revisión documental se observó que la Empresa en el anexo ConARD_ARINE500 presentó el consolidado de agua residual doméstica e industrial generada durante los meses de febrero, marzo, abril y mayo de 2017; en dicho consolidado se incluyen datos como: Cantidad de USP instaladas, el número de personas beneficiadas, fecha de instalación, volumen de ARD generado, cantidad de mantenimientos, fecha de retiro y la Empresa gestora encargada del mantenimiento de estos sistemas.

En el anexo RegFotAbiNE500 la Empresa presentó el registro fotográfico de los sistemas instalados en los frentes de obra, y del mantenimiento ejecutado a las USP.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 119 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

COMPONENTE CONSIDERACIONES

Luego de la revisión documental del ICA 3, se observó que EPM aportó las debidas pruebas documentales que dan cuenta del manejo apropiado de las excretas y de la instalación en los frentes de obra de unidades sanitarias, así como de la disposición final de las ARD. Acorde con lo anterior, el grupo técnico considera que la Empresa ha dado cumplimiento a la medida de seguimiento y monitoreo de vertimientos domésticos, en el presente periodo de seguimiento.

NIVEL DE CUMPLIMIENTO

SI NO N/AREQUERIMIENTOS

X N/A

Ficha de Seguimiento y Monitoreo PSM-ABI-NE500-04: Programa de seguimiento al manejo preventivo de los efectos electromagnéticos de la línea de transmisión.

COMPONENTE CONSIDERACIONES

Medición de los campos eléctricos y magnéticos

Respecto a la medición de los campos eléctricos y magnéticos la Empresa informó que para el presente periodo de reporte se realizaron las mediciones con el equipo El NFA 1000 de Gigahertz con la línea sin energizar en 16 vanos de la línea de acuerdo con los criterios exigidos en la licencia ambiental, tales como:

Infraestructura existente, centros poblados (se refiere a viviendas cercanas, dado que no se tienen centros poblados cercanos a la servidumbre de la línea, cruce con invernaderos (Se refiere a zonas cercanas a invernaderos, dado que la línea no está por encima de estos) y zona industrial (Se escogió de acuerdo a POT).

En el Anexo ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_07ManPreEfecElecMag la Empresa presenta el informe correspondiente a la medición de dichas variables dentro de lo que la Empresa indica que las mediciones se desarrollaron los días 14 16 y 17 de marzo de 2017 e incluye las variables medidas que corresponden a Campos magnéticos (nt) en el eje de la línea de transmisión midiendo las variables Bx, By, Bz, B(Total) y calculando la

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 120 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

COMPONENTE CONSIDERACIONES

variable B(total)(ut) que para estas mediciones se mantuvo dentro del rango de valores de 0.0 hasta 7.8, presentando los mayores registros en el vano T91 – T92.

Por su parte en las mediciones realizadas en el límite de la servidumbre se obtuvieron valores para B(total)(ut) en el rango desde 0.000 hasta 1.726.

Respecto a las mediciones con la línea energizada la Empresa informa que se desarrollarán en el primer semestre de 2018 y los resultados se reportarán en el ICA 4.

Acorde con lo anterior, se considera que la Empresa dio cumplimiento a lo establecido en esta medida para el periodo objeto del presente seguimiento ambiental.

Comparación de los resultados de los

monitoreos con valores máximos de campo

eléctrico, campo magnético, ruido audible

y radiointerferencia

Respecto al cumplimiento de esta obligación, en el ICA 3 la Empresa informa que “Al momento se realizó la comparación de las mediciones de radio interferencia.”, así mismo hacer referencia al Anexo ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_07ManPreEfecElecMag, sin embrago luego de verificada la información contenida en dicho anexo no se hallaron evidencias documentales del informe de la medición de campos eléctricos y magnéticos así como tampoco la comparación de los resultados con la normatividad vigente.

Por lo anterior, se considera que la Empresa no dio cumplimiento a lo establecido en esta obligación; en consecuencia, se debe exigir a la Empresa que de inmediato presente el informe de las mediciones de campos eléctricos y magnéticos realizados con la línea sin energizar donde incluya la comparación de los resultados obtenidos con la normatividad vigente.

Información a la comunidad

Respecto a esta medida, la Empresa informa que una vez se realicen la totalidad de monitoreos (línea energizada) se abrirán los espacios con las comunidades para socializar los resultados obtenidos.

Teniendo en cuenta que a la fecha de elaboración de este concepto técnico aún no se había desarrollado actividades de socialización debido a que no se había finalizado los monitoreos, se considera que el seguimiento a esta medida no aplica para el presente seguimiento.

NIVEL DE CUMPLIMIENTO

SI NO N/AREQUERIMIENTOS

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 121 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

COMPONENTE CONSIDERACIONES

X N/A

X Presentar de inmediato el informe de las mediciones de campos eléctricos y magnéticos realizados con la línea sin energizar donde incluya la comparación de los resultados obtenidos con la norma vigente.

X N/A

Ficha de Seguimiento y Monitoreo PSM-ABI-NE500-05: Programa de seguimiento a la calidad del aire y a los niveles de ruido ambiental

COMPONENTE CONSIDERACIONES

Control de material particulado: Cubrimiento o protección del material de obra y excedente de

excavación

Respecto al cumplimiento de esta medida la Empresa informa que para el periodo reportado trabajó en excavaciones en 9 sitios de torre donde se confinó el material de excavación en pilas de 2 m de altura y se protegió mediante plástico; así mismo en sitios donde se requirió material de obra para ejecución de actividades de relleno, compactación y cimentación, dicho material se acopió en la misma área de trabajo, se protegió tanto el suelo para evitar su mezcla como su parte superior para evitar que el viento y la lluvia los desplace y genere afectación al aire y al suelo.

Por su parte en los Anexos ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_00RegFotNE500 y ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_06CalAirRuiNE500 la Empresa presenta el registro de los sitios de torre donde fue necesario aplicar las medidas de control de emisión de material particulado, siendo estos sitios los que se presentan en la siguiente tabla:

COORDENADASFECHA AREA MATERIAL A

CUBRIRTIPO DE

PROTECCIÓN ESTE NORTE

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 122 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

COMPONENTE CONSIDERACIONES

28/02/2017 Sitio de Torre 66 Excavación Plástico 969015 101605728/02/2017 Sitio de Torre 67 Excavación Plástico 968982 1015608

27/01/2017 Patio 02 Excavación Plástico 988889 1022581

02/03/2017 Patio 02 Excavación Plástico 988716 1022609

18/02/2017 Patio 05 Excavación Plástico 972210 1021725

20/03/2017 Patio 07 Excavación Plástico 970990 1018475

18/02/2017 Patio 08 Excavación Plástico 970741 1018437

13/03/2017 Patio 10 Excavación Plástico 971294 1011609

01/04/2017 Patio 11 Excavación Plástico 972406 1009103

01/02/2017 Patio 13 Excavación Plástico 974103 1007387

Así mismo, en el anexo referenciado anteriormente la Empresa incluye el registro fotográfico de las actividades desarrolladas en cumplimiento de esta medida, en dicho registro se observa que la Empresa aplicó de manera adecuada la protección del material acorde con lo establecido en el plan de Manejo del proyecto.

Teniendo en cuenta la información presentada por la Empresa, se considera que para el periodo objeto del presente seguimiento ambiental dio cumplimiento con esta medida.

Control de ruido: despejes del corredor de

la servidumbre con motosierras

Respecto a esto la Empresa informa que la actividad de monitoreo de ruido para los despejes con motosierra se realizó en cercanías de la torre 58 en horario diurno y nocturno, aunque dichos despejes siempre se desarrollan entre las 7:00 y las 17:00 horas como medida de prevención de molestias a los habitantes de la zona rural de en los sectores donde se ejecutó.

Los niveles de emisión de ruido determinados en horario diurno y nocturno durante las mediciones ejecutadas en la condición de equipos encendidos y equipos apagados, son inferiores al estándar máximo permitido de Niveles de Emisión de Ruido para el Sector C. Ruido Intermedio Restringido, Subsector Zonas con Usos Permitidos Industriales, reportando niveles de presión sonora inferiores a 75 dB(A) según lo reportado en los informes de laboratorio presentados por la Empresa SGS COLOMBIA SAS, la cual fue la encargada de realizar dichos

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 123 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

COMPONENTE CONSIDERACIONES

monitoreos, los mencionados informes fueron presentados en el Anexo. ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_06CalAirRuiNE500\2_06_06InfMonRuiNE500\InfEmiRuiNE500 del ICA 3

Durante el periodo reportado la Empresa realizó monitoreo de ruido Ambiental en tres sitios Colegio Elite Flower y los vanos T57-58 y T58-T59 localizado en el municipio de Madrid (Cund) donde se desarrollaban actividades constructivas cuyo resultados cumplen conforme a la Resolución 0627 del 2006 (Norma nacional de emisión de ruido y ruido ambiental) del Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial (MAVDT) actual Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, los resultados referenciados anteriormente fueron presentados por la Empresa SGS COLOMBIA SAS que fue la encargada de los monitoreos, igualmente en el Anexo ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_06CalAirRuiNE500\2_06_06InfMonRuiNE500\InfRuiAmbNE500 EPM incluye el informe del monitoreo realizado.

Acorde con lo anterior, se considera que la Empresa dio cumplimiento a esta medida para el periodo objeto del presente seguimiento ambiental.

Control de ruido: Revisión mensual de

vehículos - Certificado de Gases

En cumplimiento a esta medida la Empresa informa que los controles se desarrollan desde el mismo momento de la contratación de los vehículos asegurando que los certificados de emisiones y técnico mecánicos de cada vehículo se encuentren vigentes.

Por su parte, la Empresa informa que se realizaron revisiones diarias del estado mecánico de los vehículos que hacen parte del proyecto, asegurando igualmente que la documentación se encuentre vigente.

En el Anexo ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_06CalAirRuiNE500 del ICA 3, la Empresa incluye el registro de los vehículos que hicieron parte del proyecto durante el periodo reportado, así mismo presenta copia de los documentos de cada uno de los vehículo donde se observa que se encontraban vigentes para la fecha de revisión; por su parte, la Empresa también incluye en el anexo referenciado anteriormente copia de los formatos de inspección aplicados para este periodo a cada uno de los vehículos inspeccionados.

Acorde con lo anterior, se considera que la Empresa dio cumplimiento a esta medida para el periodo objeto del presente seguimiento ambienta.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 124 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

COMPONENTE CONSIDERACIONES

NIVEL DE CUMPLIMIENTO

SI NO N/AREQUERIMIENTOS

X N/AX N/AX N/A

Ficha de Seguimiento y Monitoreo PSM-ABI-NE500-06: Programa de seguimiento al manejo de residuos sólidos

COMPONENTE CONSIDERACIONES

Cuantificación - Pesaje de Residuos solidos

Durante el periodo reportado se realiza instalación de puntos ecológicos en cada sitio o frente de trabajo, para el periodo fueron 87 que corresponden a sitios de torre intervenidos (cimentación, montaje y/o obras complementarias) y plazas de tendido utilizadas. El punto ecológico está protegido contra la lluvia y cuenta con identificación y rotulación del recipiente para facilitar al personal la depositación del residuo conforme su tipo (reciclable, ordinario, peligroso, especial).

Recolección, almacenamiento

temporal, y transporte de residuos

Durante el periodo reportado cada tipo de residuo generado (Reciclable, Ordinario, especial y peligroso) es recolectado en cada frente de trabajo (87) y llevado para almacenamiento temporal en el patio de obra (Instalación temporal del contratista) para posteriormente ser entregado a gestores autorizados.

Se verifica en los anexos:

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 125 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

COMPONENTE CONSIDERACIONES

ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_05ResSolNE500ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_00RegFotNE500.Y se constata que está acorde con el cumplimiento presentado.

NIVEL DE CUMPLIMIENTO

SI NO N/AREQUERIMIENTOS

X N/AX N/A

Medio: Biótico

Ficha de Seguimiento y Monitoreo: 9.2.1. Seguimiento y monitoreo a la cobertura vegetal y ecosistemas terrestres

COMPONENTE CONSIDERACIONES

Compensación por pérdida de

Biodiversidad

No aplica el seguimiento y monitoreo, ya que la Empresa deberá presentar los ajustes solicitados al Plan de compensación por pérdida de biodiversidad.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 126 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

NIVEL DE CUMPLIMIENTO

SI NO N/AREQUERIMIENTOS

X N/A

COMPONENTE CONSIDERACIONES

Evaluación de las plantas epífitas

vasculares (orquídeas y bromelias), y

helechos arborescentes

reubicados.

La Empresa en el formato ICA 08_ICA_1a_ 4b_ManCobVegEcoTerNE500 presentó la siguiente información:

Se realizó seguimiento a las epífitas de forma quincenal suministrándoles riego, fertilización foliar y mantenimiento relacionado con anclaje artificial (cabuya y fique) en los casos en que estos se debiliten. Este manejo ha dado el resultado de un éxito del 91% de sobrevivencia, cumpliendo lo establecido por el MADS en el levantamiento de veda. El mantenimiento se observa en el registro fotográfico con ruta 3_00RegFotNE500/RegFotBioNE500 hoja PM-BIO-NE500-08 y en el base 3_SOPORTES\3_BIOTICO\3_01ManCobVegEcoTer\MonEpiVasNE500:LinBasEpiVasNE500.

La periodicidad del monitoreo será así: Primer año será trimestral, segundo año semestral, tercer año anual.

Acorde con lo expuesto por la Empresa y lo observado en la visita de seguimiento, se considera que se ha dado cumplimiento con el seguimiento y monitoreo a las epífitas reubicadas en el presente periodo de seguimiento.

NIVEL DE CUMPLIMIENTO

SI NO N/AREQUERIMIENTOS

X N/A

COMPONENTE CONSIDERACIONES

Revegetalización por compensación

La Empresa en el formato ICA 08_ICA_1a_ 4b_ManCobVegEcoTerNE500 presentó la siguiente información:

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 127 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

COMPONENTE CONSIDERACIONES

La compensación está acorde al manual de compensaciones por pérdida de biodiversidad, por lo tanto, la implementación y seguimiento de todas las actividades están incluidas en el Plan de Compensación radicado ante la ANLA y que está sujeto a la aprobación del mismo.

Por lo anterior, no aplica el seguimiento y monitoreo de la actividad.NIVEL DE

CUMPLIMIENTOSI NO N/A

REQUERIMIENTOS

X N/A

COMPONENTE CONSIDERACIONES

Empradización

La Empresa en el formato ICA 08_ICA_1a_ 4b_ManCobVegEcoTerNE500 presentó la siguiente información:

Después de finalizada la etapa constructiva, se alcanzó un avance del 71% en las actividades de empradización, durante la operación se realizará seguimiento a esta actividad. La periodicidad del monitoreo será de cada tres meses durante un periodo de un año.

Acorde con lo expuesto por la Empresa no aplica su verificación en el presente periodo de seguimiento.NIVEL DE

CUMPLIMIENTOSI NO N/A

REQUERIMIENTOS

X N/A

COMPONENTE CONSIDERACIONES

Revegetalización por regeneración de áreas

afectadas

La Empresa en el formato ICA 08_ICA_1a_ 4b_ManCobVegEcoTerNE500 presentó la siguiente información:

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 128 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Después de finalizada la etapa constructiva, se alcanzó un avance del 71% en las actividades de empradización, durante la operación se realizará seguimiento a esta actividad. La periodicidad del seguimiento y monitoreo será de cada seis meses durante los dos primeros años.

Acorde con lo expuesto por la Empresa no aplica su verificación en el presente periodo de seguimiento.NIVEL DE

CUMPLIMIENTOSI NO N/A

REQUERIMIENTOS

X N/A

COMPONENTE CONSIDERACIONES

Mantenimiento de áreas de servidumbre y zonas verdes durante la fase de operación

del proyecto.

La Empresa en el formato ICA 08_ICA_1a_ 4b_ManCobVegEcoTerNE500 presentó la siguiente información:

Esta actividad será reportada en los ICA de operación. La periodicidad del seguimiento será cada seis meses o cada año de acuerdo con las características de la zona.

Acorde con lo expuesto por la Empresa no aplica su verificación en el presente periodo de seguimiento.NIVEL DE

CUMPLIMIENTOSI NO N/A

REQUERIMIENTOS

X N/A

COMPONENTE CONSIDERACIONES

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 129 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Monitoreo y seguimiento a

individuos de palma de cera reubicados por efectos de la obra.

La Empresa en el formato ICA 08_ICA_1a_ 4b_ManCobVegEcoTerNE500 indica que:

Durante el periodo se han realizado 3 monitoreos con el fin de realizar un seguimiento más riguroso para verificar la efectividad del trasplante. Ver 3_SOPORTES\3_BIOTICO\3_01ManCobVegEcoTer\MonEspForNE500:MonPalCerSofiNE500.

En la revisión de las evidencias documentales presentadas en el ICA 3, se observó el formato de Traslado y reubicación de los cinco (5) individuos de palma de cera (Ceroxylum quindiuense) en el cual se consignó información referente a: Torre/Vano, ID, Número de individuos, Especie, Sitio de rescate (coordenadas), Sitio de reubicación (coordenadas), Estado sanitario, Síntomas patógenos, Observaciones.

Acorde con lo anterior, la Autoridad considera que se viene dando cumplimiento al monitoreo y seguimiento a individuos de palma de cera reubicados por efectos de la obra.

NIVEL DE CUMPLIMIENTO

SI NO N/AREQUERIMIENTOS

X N/A

Ficha de Seguimiento y Monitoreo: 9.2.2. Seguimiento y monitoreo a la fauna terrestre

COMPONENTE CONSIDERACIONES

Muestreos de monitoreo en las áreas

de recepción y liberación de fauna

desplazada durante la construcción del

Proyecto

Estas actividades se realizarán a partir del primer año de operación del proyecto; por lo tanto, no aplica su verificación en el presente periodo de seguimiento.

NIVEL DE CUMPLIMIENTO REQUERIMIENTOS

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 130 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

COMPONENTE CONSIDERACIONES

SI NO N/AX N/A

Ficha de Seguimiento y Monitoreo: 9.2.3. Seguimiento y monitoreo a los corredores de vuelo

COMPONENTE CONSIDERACIONES

Muestreos en los sectores de la línea

donde se implementó la medida de manejo

Los monitoreos se realizarán en la etapa de operación del proyecto; por lo tanto, no aplica su verificación en el presente periodo de seguimiento.

NIVEL DE CUMPLIMIENTO

SI NO N/AREQUERIMIENTOS

X N/A

Medio: Socioeconómico

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 131 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Ficha de Seguimiento y Monitoreo: Seguimiento y monitoreo al programa de manejo compensatorio por la afectación al ciclo productivo agrícola

COMPONENTE CONSIDERACIONES

Afectación a actividades agrícolas que se

encuentran en los predios por los que pasa

la línea de trasmisión

Para este período de informe de cumplimiento ambiental (ICA 3) se identificaron dos predios con afectación de pastos y cultivos, se realizaron los censos respectivos y los pagos de los mismos.

Se verifica en los anexos: ICAIII\3_SOPORTES\3_SOCIOECONOMICO\4_01ComAfeTemCicPro\4.1.1ActComAfeCul. Y se constata que está acorde con el cumplimiento presentado.

Para el primer informe de cumplimiento ambiental (ICA 1), se identificaron 1,6914 ha de cultivos de papa, arveja, hierbabuena, zanahoria, entre otros y para el presente informe de cumplimiento ambiental (ICA 2), se identificaron 1,7434 ha, entre cultivos de menta, papa, repollo, maíz, cebada y pastos mejorados. Para este período (ICA 3) se identificaron dos predios de 3,4348 ha. Se realizaron actas de concertación de compensaciones con los propietarios y / o encargados y el respectivo pago y / o compensación, quedando los propietarios conformes.

Se verifica en los anexos: ICAIII\3_SOPORTES\3_SOCIOECONOMICO\4_01ComAfeTemCicPro\4.1.1ActComAfeCul. Y se constata que está acorde con el cumplimiento presentado.

Acorde con lo anterior, la Autoridad considera que se viene dando cumplimiento al monitoreo y seguimiento.NIVEL DE

CUMPLIMIENTOSI NO N/A

REQUERIMIENTOS

X N/A

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 132 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Ficha de Seguimiento y Monitoreo: Seguimiento y monitoreo al proceso de constitución de la franja de servidumbre

COMPONENTE CONSIDERACIONES

Afectación a actividades agrícolas que se

encuentran en los predios por los que pasa

la línea de trasmisión

Se reporta que se realizó el levantamiento de la base de datos predial a la totalidad de los predios requeridos para servidumbre los cuales superaron la meta inicial de los 167 predios inicialmente identificados en la fase de EIA, en total fueron 180. Esta información fue presentada en informes anteriores.

La Empresa informa que se ha realizado el seguimiento al proceso de constitución de servidumbres a todos los predios identificados como afectados mediante un archivo de Excel que se maneja internamente en el proyecto con la base de datos de la información de todos los propietarios. Para este ICA se adjuntan las actas de las visitas correspondientes a los meses de febrero, marzo y abril.

Se verifica en los anexos: ICAIII\3_SOPORTES\3_SOCIOECONOMICO\4_02AcomSocProConSer\4.2.1.Estado de los predios. Y se constata que está acorde con el cumplimiento presentado.

Se han realizado reuniones periódicas con el equipo de trabajo para alinear y homogenizar los conceptos y los procedimientos en el proceso de negociación en la constitución de servidumbre para los 180 predios identificados en fase constructiva, que superan la meta inicial de 167 predios inicialmente identificados en la fase de EIA. Esta información se reportó en informes pasados.

Que hasta el mes de abril que finalizó esta actividad, se realizaron tomas de registro fotográfico de manera periódica según requerimiento del proceso de constitución de servidumbre a cada predio de un total de 180 predios para constitución de servidumbre eléctrica identificados en fase constructiva, que superan la meta inicial de 167 predios inicialmente identificados en la fase de EIA.

Se verifica en los anexos: ICAIII\3_SOPORTES\3_SOCIOECONOMICO\4_02AcomSocProConSer\4.2.2.VisitasAcomSocial. Y se constata que está acorde con el cumplimiento presentado.

Que se realizaron la recopilación del archivo físico con el montaje de 180 carpetas prediales y sociales donde se localizan los documentos, actas de visita y comunicaciones que soportan el acompañamiento social brindado a los

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 133 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

COMPONENTE CONSIDERACIONES

propietarios en el desarrollo del proceso de constitución de servidumbre. Las carpetas se localizan de manera física y digital en la oficina de atención EPM Madrid, una vez fue cerrada la del municipio de Bojacá cuando culminaron las actividades constructivas.

Se verifica en los anexos: ICAIII\3_SOPORTES\3_SOCIOECONOMICO\4_02AcomSocProConSer\4.2.1.Estado de los predios. Y se constata que está acorde con el cumplimiento presentado.

Acorde con lo anterior, la Autoridad considera que se viene dando cumplimiento al monitoreo y seguimientoNIVEL DE

CUMPLIMIENTOSI NO N/A

REQUERIMIENTOS

X N/A

Ficha de Seguimiento y Monitoreo PSM-SE-NE500-03: Seguimiento y monitoreo al manejo de la dinámica de empleo

Teniendo en cuenta Memorando interno ANLA de la oficina Asesora jurídica con número 4120-3-37774 del 26 de febrero de 2014, en el cual se indica en el “numeral 5 conclusiones – Interpretación sobre contratación de mano de obra local en el proceso de licenciamiento ambiental” subnumeral 2 “no le asiste competencia a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) de imponer, como obligación de hacer, la exigencia de vinculación de mano de obra local para los proyectos, obras o actividades sujetos al licenciamiento ambiental de competencia de la ANLA, ni hacer exigible, en virtud del licenciamiento ambiental el cumplimiento del ‘Programa de contratación de mano de obra local’, ” y el subnumeral 5) donde se concluye “Independiente de esta falta de competencia para hacer exigible la contratación de mano de obra , es preciso señalar que la ANLA frente a las obligaciones ya impuestas en varios actos administrativos…, mediante los cuales se otorgaron licencias ambientales a proyectos, obras o actividades, debe continuar el respectivo seguimiento. De igual manera en el Subnumeral 6) literal a) párrafo tercero donde específica “, la ANLA no puede hacer exigencias administrativas adicionales o iniciar procesos sancionatorios ambientales adicionales por incumplimiento de la obligación, pues el objeto material de la infracción sería el incumplimiento de una relación legal laboral o convencional, sobre lo cual no tiene competencia y por ello mal podría sancionar”

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 134 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Ficha de Seguimiento y Monitoreo PSM-SE-NE500-10: Programa de monitoreo y seguimiento al programa de arqueología preventiva – Línea 500kV (rescate, monitoreo y divulgación arqueológica)

Esta medida no es objeto de seguimiento por parte de esta Autoridad. Según Constitución Nacional, Artículo 72 y Artículos 4º y 6º de la Ley 397 de 1997, modificados por los Artículos 1º y 3º, respectivamente, según la Ley 1185 de 2008, y del Decreto 833 de 2002, Artículo 4º Artículo 11º, de la Ley 397 de 1997, modificado por el Artículo 7º de la Ley 1185 de 2008, y del Decreto 833 de 2002, Artículos 10 y 13. Decreto 763 de 2009, Artículos 55 y 57; sobre los que descansa la exigencia de implementar Programas de Arqueología Preventiva, la autoridad competente es El Instituto Colombiano de Antropología e Historia, ICANH.

Ficha de Seguimiento y Monitoreo: Programa de monitoreo y seguimiento al programa de información, comunicación y participación

COMPONENTE CONSIDERACIONES

Minimizar la ocurrencia de conflictos y expectativas e

incertidumbres frente al proyecto

Se diseñó la estrategia de comunicación, participación, fortalecimiento y articulación, con la respectiva producción y distribución de las piezas informativas proyectadas. A junio de 2017 de las 14 actividades programadas se han ejecutado 12. Las 2 actividades pendientes están dependiendo de la terminación en el proceso análisis del material arqueológico (1. Eventos de divulgación pedagógica del rescate arqueológico y 2. Cartilla entregada en la fase de abandono y restitución).

Que los profesionales sociales del proyecto cuentan con la base de datos de los actores sociales e institucionales de los 7 municipios, los contactos de los líderes comunales de las veredas involucradas con el proyecto y los datos personales de todos los propietarios con los que se generan procesos de concertación de servidumbres.

Ver anexo \ICAIII\3_SOPORTES\3_SOCIOECONOMICO\4_07ProInfComPar

Se tienen tres puntos de atención a la comunidad en el Municipio de Madrid, en el Municipio de Bojacá y una oficina de atención en la ciudad de Bogotá. A partir de junio de 2017 la oficina de Bojacá cerro una vez terminadas todas las actividades constructivas; las oficinas de Madrid y Bogotá continúan.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 135 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

COMPONENTE CONSIDERACIONES

Se imprimieron 6 pendones genéricos de Nueva Esperanza (2 para cada oficina) para reuniones y eventos en general del proyecto, y dos pendones de arqueología para acompañar los eventos de divulgación arqueológica. Se han entregado 500 cartillas con énfasis en los impactos ambientales. Y otras 500 en la etapa de cierre del proyecto.

Se ha convocado a la veeduría ambiental del municipio de Bojacá a las actividades de socialización y reuniones de temas puntuales del proyecto Nueva Esperanza en las etapas de pre y construcción de la línea de transmisión de energía, resolviendo las inquietudes que se han planteado en los espacios de participación ciudadana.

Durante el periodo del presente informe de cumplimiento ambiental se han realizado 223 capacitaciones de las cuales 184 fueron charlas que se iban dictando de acuerdo a la necesidad del proyecto y 39 talleres en temas sociales, ambientales y forestales a los trabajadores en general. En total se capacitaron a 484 trabajadores.

Se verifica en los anexos: \ICAIII\3_SOPORTES\3_SOCIOECONOMICO\4_07ProInfComPar\4.2.2.ProCapPerComAID. Acorde con lo anterior, la Autoridad considera que la Empresa dio cumplimiento a este programa de seguimiento y monitoreo.

Respecto a las capacitaciones sobre prevención y gestión del riesgo durante la ejecución de las obras a nivel de construcción, montaje y tendido de las torres a lo largo del proyecto, para el primer informe de cumplimiento ambiental (ICA 1), se dictaron 81 capacitaciones y respecto, al segundo informe de cumplimiento ambiental (ICA 2), se realizaron 26. A lo largo de la ejecución del contrato se han realizado 107 capacitaciones sobre prevención y gestión de riesgo.

Se verifica en los anexos: ICAIII\3_SOPORTES\3_SOCIOECONOMICO\4_07ProInfComPar\4.2.2.ProCapPerComAID. Acorde con lo anterior, la Autoridad considera que la Empresa dio cumplimiento a este programa de seguimiento y monitoreo.

Acorde con lo anterior, la Autoridad considera que la Empresa dio cumplimiento a este programa de seguimiento y monitoreo.

NIVEL DE CUMPLIMIENTO REQUERIMIENTOS

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 136 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

COMPONENTE CONSIDERACIONES

SI NO N/AX N/A

Ficha de Seguimiento y Monitoreo PSM-SE-NE500-04: Seguimiento y monitoreo al manejo por la relocalización de familias afectadas

COMPONENTE CONSIDERACIONES

Afectación por migración de personas por la

construcción

La asesoría en el tema inmobiliario ha finalizado con el cumplimiento de la meta en asegurar el traslado de las dos familias a predios legales y con títulos de propiedad en notariado y registro de instrumentos públicos; las viviendas objeto del traslado ofrecen mejores condiciones de habitabilidad que las anteriores dada su condición de nuevas y con acceso a todos los servicios públicos domiciliarios (agua, energía, gas natural y alcantarillado).

Las profesionales sociales han desarrollado las actividades propuestas en el plan de gestión social, las cuales han permitido reestablecer las condiciones de vida de las familias relocalizadas. El acompañamiento social incluye el restablecimiento de la vivienda en mejores condiciones que las encontradas y la ejecución de proyectos económicos de los cuales las familias obtienen un ingreso luego del traslado. Con las actividades de acompañamiento integral a las familias se les ha compensado la afectación predial, la pérdida de la vivienda y la disminución de ingresos familiares.

En las actividades de evaluación Ex post se contó con el acompañamiento de la doctora Nancy Arciniegas Personera municipal de Bojacá, de manera tal que se observe el respeto a los derechos sociales, culturales y económicos de las personas objeto de relocalización familiar. Profesional Social de EPM realizó 20 visitas de seguimiento a los grupos familiares en sus nuevas residencias como acompañamiento social al proceso de inserción del grupo familiar a su nuevo entorno social, verificando que las condiciones de vida de los integrantes mantengan mejores condiciones a las identificadas antes del proceso de relocalización familiar, estas fueron presentadas en el ICA II.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 137 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

COMPONENTE CONSIDERACIONES

Familia Castillo García: La señora Doris García informó vía telefónica el día 10 de enero que su grupo familiar ha tomado la decisión de trasladarse al municipio de Zipaquirá, ya que cuentan con un terreno por cuenta de herencia del señor Mario Castillo, donde van a iniciar la construcción de su nueva vivienda con el dinero recibido por venta de la finca Villa Daniela localizada en Bojacá, (predio con servidumbre). Manifiesta la señora García que ya está en venta la casa de Fusagasugá y que sus hijos ya están localizados en colegio Departamental y SENA de Zipaquirá donde van a continuar con sus estudios. Las razones que exponen los jefes de hogar para su traslado es la dificultad que han tenido para percibir ingresos del negocio de peluquería canina, el cual en todo el año 2016 no genero ingresos suficientes para la manutención del grupo familiar y tuvieron que gastar parte de sus ahorros para cubrir las necesidades básicas, situación que para ellos no es sostenible y deben procurar por el bienestar de sus hijos, consideran que en el municipio de Zipaquirá tienen mayores oportunidades para encontrar trabajo el señor Mario Castillo e instalar nuevamente el negocio de peluquería canina.

Acorde con lo anterior, la Autoridad considera que la Empresa dio cumplimiento a este programa de seguimiento y monitoreo.

NIVEL DE CUMPLIMIENTO

SI NO N/AREQUERIMIENTOS

X N/A

Ficha de Seguimiento y Monitoreo PSM-SE-NE500-05: Seguimiento y monitoreo al programa de acompañamiento social al proceso de constitución de servidumbre en infraestructura de uso colectivo

COMPONENTE CONSIDERACIONES

Impacto a la infraestructura particular

de uso colectivo al manejo estructura

La Empresa reporta en el ICA3 que en el ICA 2 fue realizado el pago por indemnización, el cual fue incluido con el pago de constitución de servidumbre acordado con la Empresa Inverpalmas, los cuales fueron registrados en escritura pública por un valor de $10'000,000, correspondiente a construcción para vestier construida en guadua pañetada, pisos en baldosín Cúcuta y teja de Eternit.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 138 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

COMPONENTE CONSIDERACIONES

En el ICA 2 fue realizado el pago por indemnización, el cual fue incluido con el pago de constitución de servidumbre acordado con la Empresa Inverpalmas, los cuales fueron registrados en escritura pública por un valor de $10'000,000, correspondiente a construcción para vestier construida en guadua pañetada, pisos en baldosín Cúcuta y teja de Eternit.

Acorde con lo anterior, la Autoridad considera que la Empresa dio cumplimiento a este programa de seguimiento y monitoreo.

NIVEL DE CUMPLIMIENTO

SI NO N/AREQUERIMIENTOS

X N/A

Ficha de Seguimiento y Monitoreo PSM-SE-NE500-06: Seguimiento y monitoreo al programa de Acompañamiento social en la indemnización por afectación a la infraestructura económica en la franja de servidumbre

COMPONENTE CONSIDERACIONES

Identificar conjuntamente con el

propietario la infraestructura

económica afectada

Se identificó conjuntamente con el dueño de la Empresa INVERPALMAS S.A. las naves de los invernaderos que quedarían afectados por la servidumbre de la línea de transmisión, posterior a ellos se realizó la concertación del valor de estas, fue pagado en su totalidad por EPM y desmantelado.

Se verifica en los anexos: ICAIII\3_SOPORTES\3_SOCIOECONOMICO\4_03AcomSocIndAfeInfEcoFraSer. Y se constata que está acorde con el cumplimiento presentado.

Acorde con lo anterior, la Autoridad considera que la Empresa dio cumplimiento a este programa de seguimiento y monitoreo.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 139 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

COMPONENTE CONSIDERACIONES

NIVEL DE CUMPLIMIENTO

SI NO N/AREQUERIMIENTOS

X N/A

Ficha de Seguimiento y Monitoreo PSM-SE-NE500-07: Seguimiento y monitoreo al manejo ante administraciones municipales para el ajuste a POT y PBOT.

COMPONENTE CONSIDERACIONES

Uso inadecuado por actividades económicas

en la franja de servidumbre

En el ICA 3 la Empresa reporta que Se envió solicitud escrita a los secretarios de Planeación municipal, los personeros y el Consejo Territorial de Planeación de los municipios de Zipacón, Madrid, Bojacá, Facatativá, Funza y Tenjo pidiendo un espacio para la realización de una socialización que permitiera suministrar información geo-referenciada y resolver inquietudes sobre la línea de transmisión; sin embargo, esta actividad solo se llevó a cabo en el municipio de Bojacá por la falta de respuesta por parte de los Consejos Territoriales de Planeación de los demás municipios.

Se verifica en los anexos: ICAIII\3_SOPORTES\3_SOCIOECONOMICO\4_10ProGesAdmMunPOT. Y se constata que está acorde con el cumplimiento presentado.

Acorde con lo anterior, la Autoridad considera que la Empresa viene dando cumplimiento a este programa de seguimiento y monitoreo.

NIVEL DE CUMPLIMIENTO

SI NO N/AREQUERIMIENTOS

X N/A

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 140 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Ficha de Seguimiento y Monitoreo PSM-SE-NE500-09: Seguimiento y monitoreo al manejo de seguridad vial y control a la alteración de tráfico

COMPONENTE CONSIDERACIONES

Uso inadecuado de vías y accidentes que se

puedan presentar en las vías por la construcción

Para el presente período del tercer informe de cumplimiento ambiental (ICA 3), al igual que los anteriores, no se presentó la necesidad del cierre temporal de las vías utilizadas para la actividad del cruce del tendido en las vías departamentales y nacionales, razón por la cual tampoco se implementó la señalización requerida.

Acorde con lo anterior, la Autoridad considera que se viene dando cumplimiento al monitoreo y seguimiento.NIVEL DE

CUMPLIMIENTOSI NO N/A

REQUERIMIENTOS

X N/A

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 141 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

4.1.3 Plan de Contingencias / Plan de Gestión de Riesgo

Para el periodo comprendido entre el 01 de enero al 31 de diciembre de 2017, el cual fue reportado por la Empresa dentro del ICA 3, la Empresa no reportó la ocurrencia de eventos que hicieran necesario la activación de los Planes de Emergencia establecidos para el proyecto.

Por su parte, dando cumplimiento de lo establecido en el Decreto 2157 del 20 de diciembre de 2017, Sección 2 Plan de Gestión del Riesgo de Desastres de las entidades públicas y privadas, Artículo 2.3.1.5.2.1 Plan de Gestión del Riesgo de Desastres de las entidades Públicas y Privadas (PGDDEPP) así:

• Subsección 1. Formulación del Plan Artículo 2.3.1.5.2.1.1 Formulación del Plan de Gestión del Riesgo de Desastres de las Entidades Públicas y Privadas (PGDDEPP) numerales 1 y 2.

• Subsección 5 Socialización y comunicación, Artículo 2.3.1.5.2.5.1 Socialización y Comunicación del PGRDEPP.

• Subsección 8 Revisión y Ajuste Artículo 2.3.1.5.2.8.1 Revisión y Ajustes del Plan y subsección.

La Empresa deberá presentar en el próximo ICA lo siguiente:

El análisis y valoración de los riesgos. La gestión del riesgo que deberá abordar los procesos de conocimiento del riesgo, reducción del riego y manejo de desastres. En este contexto, se deberán identificar:

i) Hechos, acciones y/o actividades generadoras de riesgo, que pueden conducir a la ocurrencia de efectos no previstos dentro del normal funcionamiento y desarrollo del proyecto.ii) Medidas dirigidas a la reducción de la exposición a las amenazas y a la disminución de la vulnerabilidad de las personas, el ambiente y la infraestructura. iii) Acciones de manejo de desastres. El análisis y valoración de los riesgos deberá realizarse para cada una de las fases del proyecto; deberá ser cuantitativo para actividades que involucren el uso y manejo de sustancias peligrosas, explosivas, químicas y contaminantes, e hidrocarburos y sus derivados; y semicuantitativo para las demás actividades. En todos los casos se deben presentar los métodos utilizados y los resultados de los cálculos realizados para la valoración de los riesgos.

El Plan de gestión del riesgo deberá contemplar como mínimo lo siguiente:

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 142 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Conocimiento del riesgo Como parte de la gestión del riesgo es necesario que exista un proceso de conocimiento del mismo, el cual debe incluir el análisis de las amenazas y de la vulnerabilidad de elementos expuestos, la identificación de escenarios de riesgo, la estimación de áreas de afectación, y el análisis y valoración del riesgo. a. Identificación, caracterización, análisis y evaluación de amenazas Se deberán identificar las amenazas (endógenas y exógenas), en cada una de las fases del proyecto (construcción, operación, mantenimiento, desmantelamiento y abandono), que puedan generar consecuencias sobre los elementos expuestos.

Las amenazas se deberán clasificar de la siguiente manera: • Amenazas de origen natural que puedan desencadenar riesgos directos e indirectos no previstos, que afecten al proyecto y que puedan generar consecuencias sobre el ambiente (medios abiótico, biótico y socioeconómico).• Amenazas de origen antrópico (intencionales y no intencionales), que puedan afectar al proyecto y generar consecuencias sobre el ambiente (medios abiótico, biótico y socioeconómico).• Amenazas de origen socio-natural que puedan afectar al proyecto y generar consecuencias sobre el ambiente (medios abiótico, biótico y socioeconómico).• Amenazas operacionales que puedan afectar al ambiente (medios abiótico, biótico y socioeconómico). Para el análisis se deben tener en cuenta:

• Los equipos y/o actividades involucradas en cada una de las fases del proyecto.• El tipo de amenaza involucrada (natural, antrópica, socio-natural u operacional).• Los sucesos finales (p. e. sismos, incendios, derrames de sustancias nocivas o peligrosas, formación de nubes contaminantes, chorros de fuego).• Las posibles causas y frecuencias de falla; identificadas con base en experiencias a nivel nacional (o internacional en caso de no contar con información nacional).• El análisis de la probabilidad de ocurrencia para cada amenaza identificada.

b. Identificación, caracterización, análisis y evaluación de la vulnerabilidad de elementos expuestos

Se deberán realizar análisis de la vulnerabilidad de elementos expuestos. La línea base ambiental del estudio de Impacto Ambiental será el punto de partida para la identificación de elementos expuestos y para la cuantificación de eventuales pérdidas o daños ambientales asociados a la materialización del riesgo. Este análisis debe tener en cuenta

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 143 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

adicionalmente otros elementos expuestos que puedan verse afectados por un evento amenazante y/o que ya se vieron expuestos.

El análisis de vulnerabilidad deberá realizarse como mínimo sobre los siguientes elementos: • Asentamientos humanos.• Infraestructura pública.• Infraestructura productiva.• Bienes de interés cultural.• Empresas e infraestructura que manejen sustancias peligrosas.• Áreas ambientalmente sensibles. Se deberá presentar un mapa con la identificación de los elementos expuestos, a la escala más detallada posible en función del tipo de evento amenazante, y en el que se puedan visualizar los elementos afectados.

c. Identificación, caracterización, análisis y evaluación de escenarios de riesgo

Teniendo en cuenta las actividades del proyecto, la caracterización de su área de influencia y la evaluación de impactos ambientales, así como las contingencias ocurridas, se deberán identificar y caracterizar los escenarios bajo los cuales pueden materializarse riesgos derivados de amenazas de origen natural, incluyendo aquellas debidas a eventos extremos generados por la variabilidad climática; de amenazas de origen antrópico, ya sean intencionales o no intencionales; de amenazas socio-naturales que siendo de origen antrópico su detonante es un evento natural, o de amenazas operacionales producto de las actividades del proyecto, que desencadenen efectos no previstos, sobre las personas, la infraestructura y el ambiente.

d. Estimación de áreas de afectación Se deberán determinar las áreas de posible afectación, tanto directas como indirectas, para cada uno de los eventos amenazantes identificados en cada una de las fases del proyecto, definiendo y georreferenciando dichas áreas para los diferentes escenarios de riesgo identificados, con base en la vulnerabilidad de los medios abiótico, biótico y socioeconómico. Se deberán presentar mapas de las áreas de afectación, a la escala más detallada posible, en función de su extensión. Se deberán identificar áreas de alta consecuencia, las cuales se deben clasificar según su relación espacial con el proyecto en áreas de afectación directa y áreas de afectación indirecta (estas involucran rutas de derrame y/o de dispersión). Son ejemplos de áreas de alta consecuencia: áreas pobladas, vías fluviales, fuentes de agua para consumo humano, doméstico, áreas de actividades agrícolas y pecuarias, recreativas, industriales y de

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 144 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

transporte; carreteras principales, vías férreas, acuíferos, ecosistemas sensibles y áreas protegidas (fauna y flora), entre otras.

e. Análisis y valoración del riesgo

Una vez identificadas las amenazas, endógenas y exógenas, y la vulnerabilidad de los elementos expuestos, se deberán realizar análisis que permitan a esta Autoridad conocer los riesgos que puedan afectar el proyecto, o que puedan generarse a causa de la operación del mismo. Se deben analizar los siguientes tipos de riesgo: • Riesgo individual.• Riesgo ambiental.

Se deberá describir detalladamente la metodología y los criterios utilizados para efectuar el análisis solicitado, así como justificar la selección de dicha metodología y criterios. Se deberán presentar mapas de riesgos en los que la representación cartográfica de niveles de riesgo uniformes se debe realizar con el uso de curvas denominadas isocontornos de riesgo. La escala debe coincidir con la utilizada en los mapas de los análisis de amenazas y elementos expuestos vulnerables. Se deberá indicar el nivel de aceptabilidad del riesgo; para ello se deberán realizar comparaciones con países que tengan definidas políticas en el tema de aceptabilidad del nivel de riesgo identificando en especial aquellos que tengan condiciones similares a las de Colombia.

REDUCCIÓN DEL RIESGO Para la reducción del riesgo se deberán formular medidas que contemplen acciones de prevención y mitigación que se deben adoptar para disminuir las amenazas, la exposición y/o la vulnerabilidad de los elementos expuestos al riesgo, con el fin de evitar o minimizar los daños y pérdidas en caso de que el riesgo llegue a materializarse. Estas medidas deben ser formuladas en función de las diferentes fases y actividades del proyecto. Se deberán establecer las políticas, estrategias y prácticas orientadas a prevenir y reducir los riesgos identificados, y a minimizar los efectos negativos. Las medidas de reducción del riesgo deben estar contempladas para las siguientes instancias: • Correctiva: para reducir el nivel de riesgo existente a través de acciones de mitigación, en el sentido de disminuir las condiciones de amenaza cuando sea posible y la vulnerabilidad de los elementos expuestos.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 145 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

• Prospectiva: para garantizar que no surjan nuevas situaciones de riesgo y que se evite la implementación de intervenciones correctivas.

MANEJO DEL DESASTRE Para el manejo del desastre se deberá formular un plan de contingencia, que contenga las medidas de prevención, control y atención ante potenciales situaciones de emergencia derivadas de la materialización de riesgos previamente identificados. El plan de contingencia deberá incluir los siguientes planes: • Plan estratégico: debe contener los resultados del análisis del riesgo y las diferentes medidas de reducción y mitigación, e involucrar la definición de los diferentes niveles de respuesta ante la materialización de un riesgo.

• Plan operativo: debe establecer los procedimientos básicos de la atención o plan de respuesta a una contingencia, y definir los mecanismos de notificación, organización y funcionamiento para la eventual activación del plan de contingencia.

• Plan informático: debe establecer los protocolos relacionados con los sistemas de manejo de información y de logística, incluyendo datos como: i) teléfonos del personal involucrado en la respuesta ante una emergencia, tanto interno como externo, perteneciente a los diferentes consejos municipales y departamentales de gestión del riesgo, ii) planes de ayuda mutua, iii) listado de equipos disponibles para la atención de la emergencia, entre otros, requeridos a fin de que los planes estratégico y operativo sean eficientes.

El Plan de contingencia deberá, además: • Designar las funciones.• Determinar las prioridades de protección.• Definir los sitios estratégicos para el control de contingencias, teniendo en cuenta las características de las áreas sensibles.• Establecer los procedimientos de respuesta a emergencias que permitan la rápida movilización de los recursos humanos y técnicos para poner en marcha las acciones inmediatas de la respuesta.• Elaborar una guía de procedimientos que asegure una efectiva comunicación entre el personal que conforma las brigadas, las entidades de apoyo externo y la comunidad afectada.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 146 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

• Presentar el programa de entrenamiento y capacitación para el personal responsable de la aplicación del plan de contingencia.• Reportar los equipos específicos que son requeridos para atender las contingencias según los eventos de posible ocurrencia identificados.• Cartografiar las áreas de riesgo identificadas y la localización de los equipos necesarios para dar respuesta a las contingencias. En el caso de proyectos puntuales, las vías de evacuación de plantas, estaciones y otras instalaciones.• Presentar un programa de capacitación y divulgación sobre el plan de contingencia para el personal del proyecto, las comunidades identificadas como vulnerables y las entidades del Sistema Nacional de la Gestión del Riesgo que sea pertinente convocar, de acuerdo con la magnitud del riesgo identificado.

El plan de contingencia deberá estar articulado con los planes de contingencia municipal, departamental y regional, e incluir información reciente sobre la capacidad de respuesta, propia y de las entidades de atención de emergencias en la región. Dependiendo del tipo de proyecto se deberán realizar, anualmente, con la participación de los organismos operativos del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo, como mínimo las siguientes actividades propias del mantenimiento y actualización del plan de contingencia: - Una Simulación de escritorio.- Un Simulacro involucrando la comunidad.

4.1.4 Plan de Desmantelamiento y Abandono

Teniendo en cuenta que para el periodo objeto del presente seguimiento ambiental el proyecto se encontraba en etapa de operación, y así mismo que al momento de la visita de seguimiento ambiental realizada durante los días 26, 27, 28 y 29 de junio de 2018, el proyecto estaba en operación, y que a la fecha no se han desarrollado actividades de desmantelamiento y abandono, dentro de las cuales se contemplaron en la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014 las siguientes:

1. Desconexión y des-energización con las subestaciones2. Retiro de los conductores y de los aisladores3. Retiro del cable de guarda4. Desmantelamiento y retiro de las torres de alta tensión5. Primeramente se procederá a retirar los cables, luego los aisladores y retiro de las torres6. Demolición de cimentaciones7. Bloqueo y anulación de las vías de acceso (de ser necesario se hará un acta de concertación para dejar las vías de acceso que sean útiles al municipio y las veredas intervenidas)

Este numeral no es objeto de seguimiento es el presente Concepto Técnico.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 147 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

4.2 OTROS PLANES Y PROGRAMAS

4.2.1 Plan de Inversión del 1%

De acuerdo con lo establecido en la Resolución 0519 de 26 de mayo de 2014, en el Artículo Décimo Segundo – La Autoridad de Licencia Ambientales ANLA determina que EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN – E.S.P.- EPM, no está obligada a ejecutar el Plan de Inversión del 1%, previsto en el parágrafo del Artículo 43 de la Ley 99 de1993, modificado por la Ley 1450 de 2011, para el “Proyecto de Transmisión Nueva Esperanza Línea a 500 kV”, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

4.2.1 Plan de Compensación por Pérdida de Biodiversidad

El Proyecto de Transmisión Nueva Esperanza Línea a 500 kV tiene establecida diferentes obligaciones en materia de compensación, las cuales han sido abordadas por la Empresa EPM de forma integral, buscando para las compensaciones una estrategia unificada para su ejecución, partiendo de las diferentes obligaciones con las Autoridades Ambientales respectivas (ANLA, MADS y CAR). Las compensaciones comprenden la compra de predios, formulación de los planes de restauración e implementación de los mismos una vez sean aprobados por las respectivas Autoridades Ambientales. La formulación de los respectivos planes de restauración se elaboró mediante el convenio entre EPM - Fundación Natura - Dirección Territorial Orinoquía de Parques Nacionales Naturales.

El plan de compensación por pérdida de biodiversidad fue elaborado mediante el convenio entre EPM - Fundación Natura - Parques Nacionales Naturales cuyo objeto es "Aunar esfuerzos financieros, técnicos, humanos y sociales para formulación y/o implementación de los planes de compensación por pérdida de biodiversidad y sustracción definitiva de áreas de reserva, por la construcción y puesta en operación del proyecto Nueva Esperanza". Dicho plan fue radicado ante la ANLA el 20 de enero de 2017 (2017004263-1-000).

Tabla 5 Estado de cumplimiento del Plan de Compensaciones por Pérdida de Biodiversidad

Obligaciones CumpleAcorde con la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014, en el Artículo Décimo tercero, establece las obligaciones respecto al Plan de compensación por pérdida de biodiversidad; donde se indica que el área real a implementar en la compensación será ajustada teniendo en cuenta el área real afectada por el proyecto, acorde con el Manual de asignación de compensaciones por pérdida de biodiversidad.

N/A

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 148 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Así mismo, debe ajustar las áreas que hacen parte de la compensación por pérdida de biodiversidad acorde con las Resoluciones 00981 del 07 de septiembre de 2016 y 01113 del 07 de septiembre de 2016 que modificaron el aprovechamiento forestal otorgadas por la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014.Consideraciones:

Las consideraciones y/o requerimientos respecto a esta obligación se desarrollan en el subnumeral 8.4 del presente concepto técnico.

5 ANÁLISIS DE IMPACTOS NO PREVISTOS

Durante la visita de seguimiento ambiental realizada al proyecto “Línea de Transmisión Nueva Esperanza 500 kV”, durante los días del 26 al 29 de junio de 2018, no se observaron impactos adicionales a los identificados, evaluados y analizados en el Estudio de Impacto Ambiental presentado en el marco de la solicitud de Licencia Ambiental para el proyecto mencionado.

6 EVALUACIÓN ECONÓMICA AMBIENTAL

A continuación, se presenta el resultado del seguimiento a los aspectos referentes a la evaluación económica ambiental en la fase de construcción y operación del Proyecto de transmisión Nueva Esperanza línea a 500 kV, específicamente en lo concerniente al análisis de internalización, mientras las demás obligaciones se abordarán en el siguiente capítulo del presente concepto técnico.

En este sentido, se encuentra que el Auto 732 del 27 de febrero de 2018 en su artículo primero, numerales 8, 10, 11, 12 y 13, recoge las obligaciones de evaluación económica pendientes para el proyecto, correspondientes en su orden al literal b del artículo tercero de la Resolución 981 del 7 de septiembre de 2016, y los numerales 3, 4, 5 y 7 del artículo décimo primero de la Resolución 01113 del 29 de noviembre de 2016.

De lo anterior, los numerales 10, 11 y 12 del precitado Auto, contienen obligaciones concernientes al análisis de internalización, o su respuesta se orienta en tal dirección así:

“10. Deberá presentar evidencias documentales donde se aclare que los impactos de afectación de las especies endémicas, en peligro y/o veda y ocurrencia de conflictos en el proyecto y generación de expectativas, son internalizados totalmente por medio de las medidas de manejo. De ser así, se deberá excluir de la evaluación económica, demostrando por medio de indicadores el avance de la internalización. En caso contrario, se tendrá que mostrar qué tanto se logran mitigar con las medidas de manejo, lo que no se logre se deberá

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 149 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

valorar económicamente. Se deben presentar todas las memorias de cálculo y demostrar los supuestos usados para la valoración económica, lo anterior en cumplimiento del numeral 2 del Artículo Décimo primero de la Resolución 1113 del 29 de septiembre de 2016.

11. La incorporación en la cuantificación del impacto afectación a vivienda, la totalidad de las afectaciones generadas como consecuencia de la manifestación del impacto, en cumplimiento del numeral 3 del Artículo Séptimo de la Resolución 1113 del 29 de septiembre de 2016.

12. La valoración del impacto alteración de los corredores de vuelo a través del uso de una metodología conforme con su magnitud y características, en cumplimiento del numeral 4 del Artículo Décimo primero de la Resolución 1113 del 29 de septiembre de 2016.”

Al respecto, Empresas Públicas de Medellín S.A. E.S.P. – EPM en documento respuesta al Auto 732 de 2018, radicación 2018099281-1-000 del 26 de julio de 2018, indica que, con base en los requerimientos por atender, ha realizado actualización de la evaluación económica ambiental del proyecto, incorporando lo concerniente a las dos modificaciones autorizadas y desde una perspectiva expost, toda vez que ya se encuentra en fase de operación. Así entonces, presenta en el Anexo V, el capítulo ajustado, así como los anexos asociados.

Frente al numeral 10, el documento incluye el análisis de internalización para los impactos “afectación de especies endémicas, en peligro y/o veda” y “ocurrencia de conflictos con el proyecto y generación de expectativas”, en el cual se indica en primera instancia la relación con los servicios ecosistémicos, el indicador de línea base y la aproximación a la cuantificación biofísica; posteriormente, se listan los programas de manejo aplicables, con el indicador, su valor, observaciones sobre su cumplimiento y los costos globales de implementación.

Al respecto, y considerando la aplicación de medidas de compensación para las especies con levantamiento de veda, se hace necesario que el titular de la licencia, adelante la valoración económica de este componente. En lo que respecta al impacto sobre expectativas y conflictos, si bien esta Autoridad acepta su jerarquización como internalizables, se requiere que, en los próximos ICA, tanto la cuantificación biofísica, como los costos sean discriminados y completados, a partir del análisis de las quejas y reclamos, el cual debe enfocarse al objeto de solicitud, los costos y tiempos para su resolución, así como el cierre de la misma, con aceptación del interesado.

Como respuesta al numeral 11, Empresas Públicas de Medellín S.A E.S.P.-EPM decide reclasificar el impacto afectación a vivienda, como internalizable, argumentando que para las dos viviendas habitadas objeto de relocalización de las viviendas, “se logró mitigar el 100% de los impactos generados en las mismas” e indicando en el análisis de internalización, que en ambos casos las condiciones de las nuevas viviendas superan las de las anteriores y que se realizó acompañamiento posterior al proceso. Así el impacto, se

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 150 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

desvía de la valoración económica, sin dar cumplimiento a la obligación establecida por la Resolución 01113 del 29 de septiembre de 2016, ni el Auto 732 del 27 de febrero de 2018, la cual es pertinente toda vez que las acciones para el control del impacto fueron de compensación y, por tanto, no puede jerarquizarse como internalizable. En consecuencia, se exigirá su inmediato cumplimiento.

Para el numeral 12, el titular de la licencia responde en sentido análogo a la anterior obligación, desviando el impacto de la valoración económica, por considerar que, con la implementación de las medidas de manejo hasta la fecha, este puede clasificarse como internalizable. Al respecto, esta Autoridad no acepta la exclusión de la valoración económica del impacto Alteración de los corredores de vuelo, bajo los mismos criterios sobre los cuales se realizó la solicitud en los anteriores actos administrativos. Por lo anterior, se exigirá su inmediato cumplimiento.

En conclusión, las obligaciones derivadas de las anteriores consideraciones se presentarán en el siguiente capítulo, dentro de los numerales correspondientes del Auto 00732 de 2018.

7 CUMPLIMIENTO A LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS

A continuación, se presenta la verificación del cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014, la cual otorgó Licencia Ambiental al proyecto de Transmisión Nueva Esperanza Línea a 500 kV, en la Resolución 844 del 3 de marzo de 2015 y el Auto 4180 del 2 de octubre de 2015.

La verificación se realiza con base en la información documental que se encuentra en el expediente LAV0006-13 de la ANLA, las observaciones y entrevistas realizadas en campo al momento de la visita técnica realizada del 26 al 29 de junio de 2018.

7.1 Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014

A continuación, se enuncian las obligaciones que se dieron por cumplidas y concluidas mediante el Auto 00732 del 27 de febrero de 2018, las cuales no serán objeto de seguimiento en el presente Concepto Técnico:

a. Artículo Segundo Parágrafos Primero, Segundo, Tercero y Cuarto. b. Artículo Tercero.c. Numeral 1 del Artículo Cuarto. d. Numerales 1, 2,4, 5 y 6 del Artículo Quinto. e. Numerales 1, 2, del Artículo Décimo Séptimo.f. Artículo Décimo Noveno y el Parágrafo.g. Artículos Séptimo, Octavo, Noveno, Décimo Primero.h. Artículo Décimo. i. Numerales 1,2,4,6,8 ,9,10 del Artículo Décimo Cuarto y el Artículo Décimo Sexto.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 151 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

j. Numeral 2 del Artículo Décimo Quinto. k. Artículo Décimo Octavo. l. Artículo Vigésimo, parágrafo primero y segundo.m. Artículos Vigésimo Primero y el Parágrafo, Vigésimo Tercero, Vigésimo Cuarto,

Vigésimo Quinto, Vigésimo Sexto, Vigésimo Séptimo, Vigésimo Octavo, Trigésimo, Trigésimo Primero, Trigésimo Segundo, Trigésimo Tercero, Trigésimo Cuarto, Trigésimo Quinto, Trigésimo Sexto, Trigésimo Séptimo, Trigésimo Octavo, Trigésimo Noveno, Cuadragésimo, Cuadragésimo Primero.

Obligación Carácter Cumple Vigente

ARTÍCULO PRIMERO. -

Modificado con el Artículo Primero de la Resolución 01113 del 29 de septiembre de 2016; por lo cual la redacción queda así:

Otorgar Licencia Ambiental a EMPRESAS PUBLICAS DE MEDELLIN E.S.P.,-EPM con NIT 890.904.996-1, para la construcción y operación de la línea de transmisión Nueva Esperanza a 500 kV, por el trazado de la Línea de Transmisión en los tres (3) tramos denominados “Variante El Colegio” localizada entre las torres 54 a 59 (2,31 km de longitud) y la cual se localiza en las veredas El Corzo del municipio de Facatativá, El Corzo del municipio de Madrid y Bobacé del municipio de Bojacá en el departamento de Cundinamarca; “Variante Bobacé” localizada entre las torres 62 y 77 (5,01 km de longitud) y localizada a la altura de las veredas Bobacé y Cubia en el municipio de Bojacá y Rincón Santo en el municipio de Zipacón en el departamento de Cundinamarca; “Variante La Pereza” localizada entre las torres 19 y 25 (2,42 km de longitud), localizada en los municipios de Funza y Madrid en el departamento de Cundinamarca y así mismo modificar el área a utilizar en cada una de las plazas de tendido sobre las cuales se requiere realizar las actividades de izado del conductor, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva de la Resolución 01113 del 29 de septiembre de 2016.

Permanente SI SI

Consideraciones:

Durante el recorrido realizado en la visita de seguimiento ambiental desarrollada los días del 26 al 29 de junio de 2018, se observó que las variantes El Colegio, Bobacé y La Peraza, fueron construidas cumpliendo con lo establecido en esta obligación; así mismo, en la revisión de la Base de Datos Geográfica (GDB) presentada por la Empresa en el Informe de Cumplimiento Ambiental ICA. 3 correspondiente al periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2018, se observa que el trazado de la línea de transmisión Nueva Esperanza a 500 kV, así como las áreas establecidas para los 15 patios de tendido aprobados fueron construidos según lo aquí autorizado.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 152 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Teniendo en cuenta lo anterior, se considera que la Empresa dio cumplimiento a esta obligación.ARTÍCULO SEGUNDO. - La Licencia Ambiental que se otorga mediante la presente Resolución, autoriza a EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P. —EPM, la realización de las siguientes obras y/o actividades, de acuerdo con las características que se enuncian a continuación:

(Fue modificado por el Artículo Segundo de la Resolución 01113 del 29 de septiembre de 2016):

1. Características

Este proyecto involucra la construcción de ciento veinticinco (125) torres y quince (15) patios de tendido, considerando una franja de servidumbre de 60 m, para un área toral 271 ha, así como la construcción o adecuación de accesos temporales con longitud de 22.63 km.

Tabla 6 Infraestructura y/u Obras que hace parte del proyecto

Permanente SI SI

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 153 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Permanente SI SI

Consideraciones:

Durante la visita de seguimiento ambienta realizada al proyecto los días del 26 al 29 de junio de 2018 se observó lo siguiente:

Línea de Transmisión a 500 kV:

Durante la revisión de los documentos obrantes en el expediente LAV0006-13, puntualmente en la Basa de Datos Geográfica (GDB) aportada por la Empresa dentro del ICA 3, se observa que esta línea de transmisión fue construida según lo aquí establecido.

De acuerdo con la información presentada en la GDB, la línea construida inicia en la S/E Bacatá localizada en la vereda Jacalito del municipio de Tenjo, y finaliza en la S/E Nueva Esperanza en la verada Canoas del municipio de Soacha, con una longitud de 45.97 km al área del proyecto contemplo una franja de servidumbre de 30 metros a lado y lado de la línea, para un total de 60 metros de

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 154 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

servidumbre.

Respecto a las torres construidas, en la información presentada por la Empresa se relacionan 119 torres, las cuales conservan la numeración de la fase de construcción dada iniciando en la Torre 001 y finalizando en la Torre 125.

Por su parte en lo correspondiente a los patios de tendido, se presenta la siguiente información:

COORDENADAS MAGNA SIRGAS ORIGEN BOGOTÁID NOMBRE AREA_TOT (km)

Este NortePT_01 Patio de Tendido 1 0,04 988810 1022507PT_02 Patio de Tendido 2 0,29 988689 1022581PT_03 Patio de Tendido 3 0,48 983734 1022111PT_04 Patio de Tendido 4 0,36 981793 1022044PT_05 Patio de Tendido 5 0,25 977214 1021690PT_06 Patio de Tendido 6 0,23 977132 1021620PT_07 Patio de Tendido 7 0,25 970977 1018441PT_08 Patio de Tendido 8 0,25 970731 1018472PT_09 Patio de Tendido 9 0,24 971165 1011680PT_10 Patio de Tendido 10 0,24 971283 1011576PT_11 Patio de Tendido 11 0,09 972398 1009084PT_13 Patio de Tendido 13 0,36 974107 1007346PT_14 Patio de Tendido 14 0,42 976005 1002486PT_15 Patio de Tendido 15 0,09 977028 997438

Respecto a la variante El Colegio, esta presenta las siguientes características:

Componentes del proyecto y del entorno Modificación con variante El Colegio

Longitud del tramo (m) 2314,6Área de la servidumbre (ha) 14,17

Torres 54N, 55N, 55A, 56N, 57N, 58N, 59N. Cantidad de torres (unidades)Total 7 torres

Numero de predios afectados por servidumbre y obras 6

Por su parte las características de la variante Bobacé son las siguientes:

Componentes del proyecto y del entorno Modificación con variante Bobacé

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 155 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Longitud del tramo (km) 5,01Área de la servidumbre (ha) 30,66

Torres 62, 63N, 64N, 65N, 66N, 67N, 68N, 69N, 70N,

71N, 76N y 77N Cantidad de torres (unidades)

Total 12 torres

Igualmente, las características de la variante La Pereza se presentan a continuación:

Componentes del proyecto y del entorno Modificación con variante La Pereza

Longitud del tramo (km) 2,42Área de la servidumbre (ha) 14.79

Cantidad de torres (unidades) 7Numero de predios afectados por servidumbre y

obras 3

Teniendo en cuanta el análisis de la información presentada por la Empresa se considera que esta ha venido dando cumplimiento a esta obligación.ARTÍCULO CUARTO. – La Licencia Ambiental que se otorga a EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLIN E.S.P. – EPM, lleva implícito el uso, aprovechamiento o afectación de los recursos naturales renovables indicados a continuación2. APROVECHAMIENTO FORESTAL

Otorgar a EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P. – EPM, permiso de aprovechamiento forestal único de 7,21 hectáreas, localizadas en los sectores referidos en la siguiente tabla, con un volumen total máximo de aprovechamiento de 811,42 m3 para la ejecución del Proyecto Línea de transmisión a 500kV Nueva Esperanza para la localización de las torres y una servidumbre que ocupa una franja de 6 metros de ancho.

CoberturaÁrea

afectada (ha) (6m)

Volumen (m3/ha)

Arbustos y Matorrales (AM). 2,71 33,71Bosque Plantado (BP) 2,84 467,83

Mosaico Arbustos y matorrales y Bosque natural fragmentado (M AM

BNF).1,09 211,38

Mosaico Bosque Plantado y Pastos (M BP P). 0,57 98,49

Total 7,21 811,42

Artículo modificado por el Artículo primero de la Resolución 00981 del 07 de septiembre de 2016, el cual quedara así:

Temporal SI SI

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 156 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

ARTÍCULO PRIMERO. – Modificar el numeral 2 del Artículo Cuarto de la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014 en el sentido de aumentar el volumen total de aprovechamiento forestal inicial de 811,42 m3 en 4.134,94 m3, a lo largo de la línea de transmisión a 500 a kV, para un total autorizado de 4.946,36 m3.

* Cantidad obtenida de restar el valor total calculado (4.946,36 m3), menos el valor autorizado en la Resolución No. 0519 del 26 de mayo de 2014 (811,42 m3).

El área propuesta para el permiso de aprovechamiento forestal corresponde a la siguiente:

Localización del área propuesta para realizar el aprovechamiento forestal sobre el Área de Influencia Directa de la a línea de transmisión Nueva Esperanza a 500 kV.

COORDENADAS (Origen Bogotá)TORRE ABSCISA ELEVACIÓN

(m)ESTE NORTE

S/E K0+000,0 2560,05 988810 1022507

1 K0+074,1 2560,93 988776 1022573

2 K0+241,3 2561,17 988609 1022588

3 K0+513,1 2562,11 988338 1022591

4 K0+843,1 2562,59 988008 1022595

5 K1+246,8 2563,69 987718 1022877

6 K1+5640 5 2563,92 987401 1022888

7 K1+876,5 2564,52 987146 1023068

8 K2+256,7 2564,57 986829 1023278

9 K2+622,7 2564,86 986519 1023473

10 K2+797,9 2573,34 986369 1023563

11 K2+945,9 2602,79 986309 1023697

12 K3+275,7 2783,57 985997 1023812

13 K3+463,3 2764,62 985821 1023745

14 K3+756,7 2747,85 985547 1023642

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 157 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

15 K4+129,9 2686,82 985351 1023324

16 K4+787,7 2624,98 984764 1023027

17 K4+961,0 2608,07 984671 1022880

18 K5+199,9 2597,06 984491 1022723

26 K8+242,5 2566,34 981741 1022047

27 K8+714,5 2566053 981270 1022071

28 K9+034,5 2567,16 980951 1022088

29 K9+345,7 2566,71 980640 1022104

30 K9+691,4 2566,82 980296 1022142

31 K10+083, 9 2566,48 979906 1022185

32 K10+419, 5 2565,72 979572 1022222

33 K10+808, 9 2565,79 979185 1022265

34 K11+178, 5 2556,79 978818 1022306

35 K11+526, 4 2557,88 978472 1022344

36 K11+850, 7 2561,7 978150 1022379

37 K12+077, 3 2565,86 977967 1022245

38 K12+337 05 2563,51 977758 1022091

39 K12+792, 2564,4 977391 1021821

40 K13+069, 3 2564,47 977168 1021657

41 K13+412, 1 2564,4 976926 1021414

42 K13+756, 1 2564,82 976683 1021171

43 K14+160, 1 2564,39 976398 1020885

44 K14+537, 1 2564,6 976132 1020618

45 K14+884, 9 2565,63 975886 1020372

46 K15+287, 6 2564,15 975602 1020087

47 K15+704, 9 2562,19 975307 1019792

48 K16+114, 1 2560,68 974918 1019664

49 K16+517, 1 2557,61 974535 1019539

50 K16+927, 1 2559,11 974145 1019411

51 K17+322, 1 2558,54 973770 1019289

52 K17+693, 2 2559,03 973417 1019173

53 K18+149, 1 2558,35 972976 1019059

60 K21+036, 9 2734,35 970173 1018455

61 K21+351, 0 2760,11 969996 1018196

77 K26+631, 9 2710,02 969670 1013288

78 K27+784, 5 2730,94 969930 1012817

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 158 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

79 K27+064, 2 2731,19 970033 1012630

80 K27+784, 5 2717,12 970227 1012279

81 K8+064,2 2722,97 970459 1012122

82 K28+359, 6 2720,17 970703 1011956

83 K28+359, 6 2719 970915 1011813

84 K28+976, 8 2700 971214 1011610

85 K29+449, 2724 971512 1011244

86 K29+792, 2 2724 971729 1010978

87 K30+070, 0 2745 971852 1010729

88 K30+344, 4 2777 971974 1010483

89 K30+697, 5 2748 972132 1010167

90 K31+209, 9 2740 972360 1009708

91 K31+635, 3 2781 972378 1009283

92 K31+905, 2 2801 972580 1009105

93 K32+169, 3 2780 972778 1008930

94 K32+631, 5 2716,16 973125 1008625

95 K33+039, 8 2668 973432 1008355

96 K33+145, 8 2681 973489 1008266

97 K33+375, 8 2709 973613 1008072

98 K33+697, 5 2664 973788 1007802

99 K34+020, 9 2625,72 973963 1007530

100 K34+181, 6 2605 974050 1007395

101 K34+584, 1 2602 974362 1007140

102 K35+105, 1 2592 974765 1006811

103 K35+535, 5 2650 975137 1006594

104 K35+851, 3 2650 975196 1006284

105 K36+354, 8 2723 975288 1005789

106 K36+664, 6 2710,2 975187 1005496

107 K36+964, 4 2690,13 975090 1005213

108 K37+436, 9 2659 974936 1004766

109 K37+747, 7 2654 975091 1004497

110 K38+187, 5 2645 975310 1004116

111 K38+602, 6 2641 975517 1003756

112 K38+982, 1 2640 975707 1003427

113 K39+430, 6 2625,44 975847 1003001

114 K39+875, 1 2614,92 975985 1002579

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 159 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

115 K40+313, 9 2604,53 976122 1002162

116 K40+785, 9 2593,36 976270 1001713

117 K41+145, 4 2668,05 976408 1001382

118 K41+664, 4 2611,16 976609 10009,3

119 K42+049, 4 2594,94 976757 100548

120 K42+595, 1 2695,88 976968 1000044

121 K43+096, 4 2718,86 977176 999588

122 K43+323, 4 2695,59 977270 999382

123 K43+833, 3 2681,71 977482 998918

124 K44+566, 2 2608,51 977310 998205

125 K44+644, 4 2608,32 977292 998129

126 K45+123, 5 2572,65 977179 997663

127 K45+297, 2 2573,95 977026 997581

128 K45+389, 8 2574,67 976994 997494

Obligaciones:

1. El permiso de aprovechamiento forestal queda sujeto al cumplimiento de las siguientes obligaciones, cuya ejecución deberá ser reportada en los informes de Cumplimiento Ambiental – ICA, durante la etapa de construcción, con las respectivas evidencias documentales:

a. Realizar la marcación sobre los individuos arbóreos los cuales serán apeados, dentro del programa de aprovechamiento forestal

b. Realizar el rescate del material vegetal, antes del inicio del aprovechamiento forestal, dentro del cual se debe tener en cuenta aquellas especies que se encuentran amenazadas o en peligro como: Quercus humboldtii, entre otras especies. Informar, número de individuos rescatados y destino.

c. No se podrán realizar los aprovechamientos forestales de individuos arbóreos que sean hospederos (forófitos) de especies vedadas, hasta el momento en que se realice el correspondiente rescate de las especies epifitas vasculares y no vasculares, en especial todas aquellas que se encuentran en alguna categoría de amenaza.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 160 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

d. Presentar un capítulo donde se indiquen las técnicas de rescate, manejo y reubicación utilizadas relacionadas con el rescate de epifitas vasculares y no vasculares, la identificación específica de las especies que se rescatarán y las coordenadas de localización de los sitios de traslado del material vegetal. En el citado capítulo se deben presentar los indicadores y el análisis de la medida, acompañada del registro fotográfico.

e. Los productos obtenidos del aprovechamiento forestal, no podrán ser comercializados. Estos podrán ser utilizados por la Empresa EPM S.A. E.S.P. para las actividades constructivas del proyecto y el remanente de estos productos deberán ser entregados a las Comunidades de la zona de influencia del proyecto, para actividades de interés colectivo y social. Para tal fin EPM S.A. E.S.P. debe presentar en los informes de Cumplimiento Ambiental, documentación sobre la madera utilizada por la Empresa, el recibo del material y el uso finalmente dado por dichas comunidades. De manera acumulativa y diferenciando tramos o trazados de construcción.

f. La ejecución de las actividades de manejo de coberturas, rescate o cualquier derivada de estas debe iniciarse de forma alterna con las actividades de aprovechamiento forestal; Presentar de manera secuencial el registro fotográfico donde se muestre el desarrollo de los individuos establecidos.

g. La compensación por pérdida de biodiversidad no contempla lo correspondiente a la resolución de levantamiento de veda.

h. EPM S.A. E.S.P. deberá cancelar las respectivas tasas por el aprovechamiento forestal, de acuerdo a los valores fijados por las dos Corporaciones Autónomas Regionales y la Secretaría Distrital de Ambiente – SDA las copias de estos pagos serán remitidos a esta Autoridad en el correspondiente informe de cumplimiento ambiental.

Consideraciones:

En la visita de seguimiento realizada, se verificaron las diferentes actividades que tienen que ver con

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 161 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

el aprovechamiento forestal, el cual a la fecha de la visita había concluido.

La Empresa realizó dos solicitudes de modificación del aprovechamiento forestal:

Mediante Resolución 00981 del 07 de septiembre de 2016 la ANLA modifica la Licencia Ambiental de la Línea Nueva Esperanza a 500 kV, en el sentido de aumentar el volumen total de aprovechamiento forestal inicial de 811,42 m3 en 4.134,94 m3, a lo largo de la línea de transmisión a 500 a kV, para un total autorizado de 4.946,36 m3.

Mediante Resolución 01113 del 07 de septiembre de 2016 la ANLA modifica la Licencia Ambiental de la Línea Nueva Esperanza a 500 kV, en el sentido de efectuar la modificación del trazado inicial en tres tramos denominados “Variante El Colegio”, “Variante Bobacé” y “Variante La Pereza”, para lo cual es necesario aumentar el volumen total de aprovechamiento forestal, adicionando al volumen máximo de aprovechamiento de 811,42 m3, un valor de 2.951,02 m3

(…).

A continuación, se describe cada una de las obligaciones establecidas en el numeral 1, de acuerdo con lo observado durante la visita de campo.

a. La Empresa previo al inicio de la etapa constructiva efectuó el marcaje de los individuos susceptibles a aprovechar; así mismo, realizó la actualización del inventario forestal, dando como resultado: 5411 individuos en el ICA 1; 7191 individuos en el ICA 2; y 6988 individuos en el ICA 3; para un total de 19590 individuos inventariados.

b. Durante la visita de seguimiento ambiental, se constató que la Empresa efectuó el manejo y rescate de tres (3) especies forestales: la palma de cera (Ceroxylon quindiuense), el Laurel chaquiro (Ocotea heterochroma), y el robre (Quercus humboldtii), que se reubicaron en los lugares que se denominaron palmetum y ocoteario respectivamente.

c. Según lo verificado en la revisión documental, se observó en el registro fotográfico que previo al inicio del aprovechamiento forestal los profesionales encargados del rescate de epifitas realizaron la actividad liberando de esta manera los forófitos de las especies vedadas para con ello realizar la posterior reubicación de cada individuo.

d. En la revisión documental, se observó que la Empresa en el ICA 2 presentó en el Anexo 3_01ManCobVegEcoTerNE500 los documentos del Protocolo de rescate, remoción, traslado y manejo de plantas epífitas vasculares y helechos arborescentes; así mismo, en el ICA 3/anexo 2_BIOTICO/3_01ManCobVegEcoTer/ ResEpiVasNE500 se presentan los formatos de reubicación de epífitas que contienen la identificación específica de las especies que se rescataron y las coordenadas de localización de los sitios de traslado del material vegetal (epifitarios de Emgesa y CIEMCO).

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 162 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

e. La Empresa gestionó con los propietarios de los predios en donde se realizó el aprovechamiento forestal, la entrega del material resultante de la actividad, cumpliendo con ello lo establecido en la obligación. Las evidencias documentales se presentan en el Anexo 03Soportes\03Biotico\3_2AprFor/ActEntMadNE500.

f. La Empresa realizó la ejecución del manejo y rescate de individuos previo al inicio del aprovechamiento forestal; la interventoría verificó el cumplimiento de la liberación del área para el aprovechamiento forestal.

g. Las gestiones y adelantos en las actividades relacionadas con la compensación forestal son labores totalmente aparte de lo requerido en la resolución de levantamiento de veda, lo cual es aplicable por la Empresa, según se pudo verificar en la revisión documental del expediente.

h. No se verificó de este numeral, debido a que la Empresa en los ICA no presenta las tasas por el aprovechamiento forestal.

Teniendo en cuenta todo lo anterior, se considera que la Empresa ha dado cumplimiento con la obligación en el presente periodo de seguimiento.

PARÁGRAFO. – EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P. – EPM no podrá realizar el aprovechamiento forestal autorizado en el presente acto administrativo, para el caso de especies vedadas mientras no cuente con la respectiva autorización de Levantamiento de Veda por parte del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, sobre las especies de este aplique.

Temporal SI SI

Consideraciones:

El permiso de levantamiento que veda fue otorgado por la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de medio Ambiente y Desarrollo Sostenible – MADS, mediante la Resolución 766 del 23 de mayo del 2014.

Según lo verificado en la visita de seguimiento, las diferentes actividades de rescate y reubicación se realizaron en las epífitas vasculares y no vasculares (reubicadas en los epifitarios), y de tres (3) especies forestales: la palma de cera (Ceroxylon quindiuense), el Laurel chaquiro (Ocotea heterochroma), y el robre (Quercus humboldtii), que se reubicaron en los lugares que se denominaron palmetum y ocoteario respectivamente.

Por lo antes mencionado, se considera que la Empresa ha dado cumplimiento a esta obligación en el presente periodo de seguimiento.

ARTÍCULO QUINTO. – En relación con el uso y/o aprovechamiento de recursos naturales, EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P. – EPM, deberá:

3. Extender las estrategias planteadas para el manejo de excretas hasta la fase de abandono y desmantelamiento. Permanente NO SI

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 163 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

7.2 Auto 844 del 3 de marzo de 2015

Mediante el Auto 00732 del 27 de febrero de 2018 se dieron por cumplidas y concluidas las obligaciones de los Artículos Primero y Segundo.

7.3 Auto 4180 del 2 de octubre de 2015

Mediante el Auto 00732 del 27 de febrero de 2018 se dieron por cumplidas y concluidas las obligaciones:

a. Numerales 1 y 3 del Artículo Primero. b. Numeral 2 del Artículo Primero. c. Numerales 1, 2, 3 y 4 del Artículo Segundo.

Consideraciones:

Durante la revisión de la información presentada por la empresa en el ICA 3, así como en las fichas del Plan de manejo Ambiental del proyecto, específicamente en la ficha “8.1.3 Manejo de Aguas Residuales”, se observó que la empresa no ha incluido medidas de manejo, actividades y/o estrategias para el manejo de las excretas en la etapa de abandono y desmantelamiento.

Por lo anterior, se considera que la empresa no ha dado cumplimiento a esta obligación; en consecuencia, se exigirá a la empresa que de manera inmediata incluya y presente a esta autoridad las estrategias a implementar para el manejo de las excretas en la etapa de desmantelamiento y abandono del proyecto. Requerimientos:

Presentar de inmediato de manera inmediata incluya y presente a esta autoridad las estrategias a implementar para el manejo de las excretas en la etapa de desmantelamiento y abandono del proyecto.

ARTÍCULO SEXTO. – EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P. – EPM deberá dar cumplimiento a las distancias mínimas de seguridad establecidas en el Artículo 13 del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas – RETIE vigente.

Permanente SI SI

Consideraciones:

El Artículo 13 del RETIE contempla las distancias mínimas entre el cable conductor y otras estructuras, en cumplimiento a lo anterior, la Empresa presentó en el Anexo 2_07ManPreEfecElecMag del ICA 3, el certificado con número de inspección 500708-1 y Resolución de acreditación 12-OIN-009 expedido el día 21 de julio de 2017 por SGA COLOMBIA SAS., denominado “DICTAMEN DE INSPECCIÓN Y VERIFICACION DEL CUMPLIMIENTO DEL RETIE”.

En dicho informe se incluye el Ítem REQUISITO ESENCIAL, dentro de lo que está inmerso el ASPECTO A EVALUAR “Distancias de Seguridad” lo que recibió la calificación de SI CUMPLE.

Por lo anterior, se considera que la Empresa dio cumplimiento a lo establecido en esta obligación para el periodo objeto del presente seguimiento ambiental.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 164 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

7.4 Resolución 00981 del 7 de septiembre de 2016

Mediante el Auto 00732 del 27 de febrero de 2018 se dio por cumplida y concluida la obligación del Literal a del Artículo Tercero.

Obligación Carácter Cumple Vigente

ARTÍCULO PRIMERO. – Modificar el numeral 2 del Artículo Cuarto de la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014 en el sentido de aumentar el volumen total de aprovechamiento forestal inicial de 811,42 m3 en 4.134,94 m3, a lo largo de la línea de transmisión a 500 a kV, para un total autorizado de 4.946,36 m3.

Temporal SI SI

Consideraciones:

Las consideraciones y/o requerimientos respecto a esta obligación se desarrollan en el numeral 2 del Artículo Cuarto de la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014.ARTÍCULO SEGUNDO. - EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN S.A. E.S.P., deberá ajustar y presentar los cálculos de las áreas a afectar, e integrar las áreas de compensación dentro de la propuesta del Plan de Compensación por pérdida de biodiversidad que está pendiente de entregar a esta Autoridad Ambiental para su posterior aprobación, de acuerdo a lo establecido en el Artículo Décimo Tercero de la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014.

Temporal SI SI

Consideraciones:

La Empresa mediante comunicación con radicación 2017004263-1-000 del 20 de enero de 2017, presentó el Plan de Compensación por Pérdida de Biodiversidad para su evaluación por parte de esta Autoridad.

Así mismo, en la comunicación con radicación vital 3500089090499617035 el 5 de julio de 2017, la Empresa presentó la respuesta al Artículo Segundo del Auto 00575 del 28 de febrero de 2017, en el cual indica que:

El plan definitivo de compensación por pérdida de biodiversidad fue entregado ante la ANLA el 20 de enero de 2017 mediante radicado 2017004263-1-000. En éste se incluyeron los cálculos de las áreas teniendo en cuenta las modificaciones de licencia otorgadas por la Autoridad mediante la Resolución 981 del 7 de septiembre de 2016 y la Resolución 1113 del 27 de septiembre de 2016. EPM se encuentra a la espera de la evaluación de dicho plan por parte de la Autoridad Ambiental. Cabe aclarar que en el numeral 3, Artículo Séptimo de la Resolución 1113 del 27 de septiembre de 2016, se establece realizar la compensación por aprovechamiento forestal en las variantes objeto de modificación de licencia, compensando en proporción 1:1 por cada árbol talado en actividades de enriquecimiento y/o restauración con tres años de mantenimiento.

(…)

Además, una vez finalizadas las actividades de aprovechamiento, se elaborará el plan de compensación por aprovechamiento forestal, para evaluación por parte de la autoridad ambiental.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 165 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Obligación Carácter Cumple Vigente

Acorde con lo anterior se da por cumplida la obligación, que al ser de carácter temporal se considera darla por concluida.ARTÍCULO TERCERO. – Respecto de la Evaluación Económica, EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P. deberá presentar en el próximo Informe de Cumplimiento Ambiental ICA, la siguiente información:

b. Actualizar el flujo económico y los criterios de decisión ajustados del proyecto licenciado, incluyendo los valores derivados de la presente modificación.

Temporal SÍ NO

Consideraciones:

Teniendo en cuenta que el Auto 732 del 27 de febrero de 2018 en su artículo primero, recoge las obligaciones de evaluación económica pendientes para el proyecto a la fecha, las consideraciones referentes al presente requerimiento se proyectan en el numeral del citado acto administrativo.

7.5 Resolución 01113 del 29 de septiembre de 2016

A continuación, se enuncian las obligaciones que se dieron por cumplidas y concluidas mediante el Auto 00732 del 27 de febrero de 2018, las cuales no serán objeto de seguimiento en el presente Concepto Técnico:

a. Parágrafos Tercero y Cuarto del Artículo Segundo.b. Numerales 1, 2 y 6 del Artículo Décimo Primero.

Obligación Carácter Cumple Vigente

ARTÍCULO PRIMERO - Modificar el Artículo Primero de la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2015, por medio de la cual se otorgó Licencia Ambiental para la “Construcción y Operación, de la línea de transmisión Nueva Esperanza a 500 kV por el trazado occidental, con una longitud de 45,54 km”, en el sentido de modificar el trazado de la Línea de Transmisión en los tres (3) tramos denominados “Variante El Colegio” localizada entre las torres 54 a 59 (2,31 km de longitud) y la cual se localiza en las veredas El Corzo del municipio de Facatativá, El Corzo del municipio de Madrid y Bobacé del municipio de Bojacá en el departamento de Cundinamarca; “Variante Bobacé” localizada entre las torres 62 y 77 (5,01 km de longitud) y localizada a la altura de las veredas Bobacé y Cubia en el municipio de Bojacá y Rincón Santo en el municipio de Zipacón en el departamento de Cundinamarca; “Variante La Pereza” localizada entre las torres 19 y 25 (2,42 km de longitud), localizada en los municipios de Funza y Madrid en el departamento de Cundinamarca y así mismo modificar el área a utilizar en cada una de las plazas de tendido sobre las cuales se requiere realizar las actividades de izado del conductor, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva del presente Acto Administrativo.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 166 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar el Artículo Segundo de la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2015, por las razones expuestas en la parte considerativa del presente Acto Administrativo, el cual quedará de la siguiente manera:

“ARTÍCULO SEGUNDO. - La Licencia Ambiental que se otorga mediante la presente Resolución, autoriza a EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P. — EPM, la realización de las siguientes obras y/o actividades, de acuerdo con las características que se enuncian a continuación:

1. Características

Este proyecto involucra la construcción de ciento veinticinco (125) torres y quince (15) patios de tendido, considerando una franja de servidumbre de 60 m, para un área toral 271 ha, así como la construcción o adecuación de accesos temporales con longitud de 22.63 km.

Tabla. Infraestructura y/u Obras que hace parte del proyecto

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 167 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

PARÁGRAFO PRIMERO: Las variantes autorizadas deberán ser construidas y operadas de conformidad con la información presentada por EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P. —EPM, de acuerdo a las siguientes características:

1. Variante EL Colegio: Localizada en los municipios de Facatativá, Madrid y Bojacá en el departamento de Cundinamarca, conectando las torres 55 y 60, de conformidad con las siguientes características:

Tabla. Características Variante El ColegioLongitud del tramo

(km) 2,314

Área de la servidumbre (ha) 14,17

Veredas Corso (Facatativá), El Corso (Madrid) y Bobacé (Bojacá)

Numero predios afectados 6

Torres Localización Torres

No. Estructura Tipo Altura cuerpo (m) Cota (m) Coord Este (m) Coord Norte (m)

54N (Antes 55) C 31 2557,2 972635,2 1018970,7

55N C 17,5 2555,8 972388,6 1018788,7

55A Nueva C 22 2555,6 972127,5 1018718,0

56 N C 35,5 2560,8 971775,0 1018545,0

57 N C 31 2570,3 971346,3 1018525,7

58 N C 31 2575,5 970897,0 1018423,0

59 N (Antes 60) D 22 2697,9 970460,5 1018551,0

2. Variante Bobacé: Localizada en las veredas Bobacé y Cubia (en el municipio de Bojacá) y Rincón Santo (en el municipio de Zipacón), conectando las torres 54N y 59N, de conformidad con las siguientes características:

Tabla. Coordenadas de Torres Variante BobacéLongitud del tramo (km) 5,01

Área de la servidumbre (ha) 30,66

Veredas Bobacé y Cubia (Bojacá), Rincón Santo (Zipacón)

Numero predios afectados 42TORRES LOCALIZACIÓN

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 168 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

No. estructura Tipo Altura del cuerpo (m) Coord Este (m) Coord Norte (m)

62N Relocalizada (63) A 40 969844 1017976

63N Relocalizada (64) A 40 969485 1017452

64N Relocalizada (65) B 26,5 969317 1017208

65N Relocalizada (66) C 26,5 969068 1016782

66N Relocalizada (67) B 40 969016 1016075

67N Relocalizada (68) A 40 968982 1015609

68N Relocalizada (69) A 40 968953 1015260

69N Relocalizada (70) C 31 968937 1015067

70N Relocalizada (71) A 40 969169 1014492

71N Relocalizada (72) B 40 969250 1014293

76N Relocalizada (77) C 31 969461 1013667

77 Original (78) A 26,5 969665 1013297

3. Variante La Pereza: Localizada en las veredas Chauta, Bebederos y La Punta del municipio de Madrid y Coclí del municipio de Funza, conectando las torres 19 y 25, de conformidad con las siguientes características:

Tabla. Coordenadas de torres Variante La PerezaLongitud del tramo (km) 2,42

Área de la servidumbre (ha) 14,79

VeredasBebederos, Chauta y La Punta (Madrid),

Coclí (Funza)

Numero predios afectados 7Torres Localización

No. estructura Tipo Altura del cuerpo (m)

Cota (m) Coord Este (m) Coord Norte

(m)

19 Original (20) A 35,5 2587,0 981141 102241920N

Relocalizada (21)

C 31 2569,4 983800 1022121

21N Relocalizada

(22)A 35,5 2567,3 983505 1022074

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 169 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

22N Relocalizada

(23)C 31 2567,3 983065 1022003

23N Relocalizada

(24)A 40 2566,6 982652 1022014

24N Relocalizada

(25)A 40 2566,8 982176 1022030

25 Original (26) B 40 2567,0 981845 1022041

PARÁGRAFO SEGUNDO: No se autoriza la construcción de las torres 99, 109, 112 y 127 en la localización propuesta en el Estudio de Impacto Ambiental presentado por la Empresa, por encontrarse dentro de la zona de protección ambiental de cauces de fuentes hídricas (30 m.).

ARTÍCULO TERCERO: La Autorización de las trece (13) nuevas localizaciones para los patios de tendido (2 al 14), a lo largo de la línea Licenciada, constituyen áreas de ocupación temporal y están delimitadas por cada uno de los polígonos definidos por las siguientes coordenadas:

Coordenadas de las nuevas plazas de tendidoCoordenada Coordenada

Plaza PtoEste Norte

Plaza PtoEste Norte

1 988668 1022613 1 971131 1011666

2 988662 1022554 2 971165 1011716

3 988716 102269 3 971164 1011645

4 988711 1022549

9

4 971199 1011694

2

5 988765 1022530 1 971246 1015574

1 983691 1022132 2 971271 1011542

2 983697 1022074 3 971294 101169

3 983770 1022147

10

4 971320 10115783

4 983776 1022087 1 972378 1009091

1 981764 1022075 2 972390 1009064

2 981762 1022015 3 97246 100913

3 981824 1022072

11

4 972418 10090764

4 981821 1022012 1 972556 1009072

1 977177 102171 2 972597 1009088

2 977217 1021655 3 972577 1009058

3 977210 1021725

12

4 972588 10090745

4 977250 1021680 1 974063 1007342

1 977096 1021627 2 974110 100734

2 977124 1021654 3 97413 1007387

3 977140 1021586

13

4 974150 1007349

4 977168 1021614 1 975966 100259

6

5 977217 102165514

2 975988 1002443

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 170 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

1 970950 1018466 3 976022 10025292 970956 1018436 4 976045 2002463

3 970964 101847

4 970990 1018475

7

5 97104 1018417

1 97072 1018449

2 970721 101856

3 970760 10184958

4 970741 1018437Fuente: Elaborado por el Grupo Evaluador ANLA, a partir de la información del numeral 8.3.1 Manejo

de patios de tendido y construcción de accesos. Complemento EIA, Variante El Colegio (EPM, Radicado 2016006457 del 10 de febrero de 2016).

PARÁGRAFO: Los patios de tendido 1 y 15, mantienen la localización autorizada mediante Resolución 0519 de 2014 en las Subestaciones Bacatá (988810E; 1022507N), y Nueva Esperanza (977034E; 997433N), respectivamente.ARTÍCULO CUARTO: No se autoriza a EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P. —EPM, la construcción de accesos para la construcción y operación de las Variantes El Colegio, Bobacé y La Pereza, por las razones expuestas en la parte considerativa del presente Acto Administrativo.ARTÍCULO QUINTO: No se autoriza la inclusión de los patios de tendido 12A y 12B, y se declara el desistimiento tácito del patio 12, por las razones expuestas en la parte motiva del presente acto administrativo.

ARTÍCULO SEXTO: Se excluye del proyecto “Construcción y Operación de la línea de transmisión Nueva Esperanza a 500 kV, por el trazado occidental, con una longitud de 45,54 km”, licenciado mediante la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014, las siguientes obras y actividades:

Tabla. Tramos de Línea eléctrica licenciada a excluir con la Modificación de las variantesPuntos (inicio / fin) del tramo original a excluir en

la Modificación CoordenadasTRAMO A ELIMINAR

LONGIT UD (km)

Abscisa (aprox) Torre Este (m)Norte (m)

K5+664 Torre 19 (original 20) 984.141 1.022.419Tramo reemplazado con la variante La

Pereza2.57 K8+138 Torre 25 (original 26) 981.845 1.022.041

K18+575 Torre 54 N (antes 55) 972.635 1.018.970Tramo reemplazado con la variante El

Colegio2.23

K20+734 Torre 59 N (antes 60) 970.460 1.018.551

K21+617 Torre 62 N (relocalizada 63) 969.844 1.017.976Tramo reemplazado

con la variante Bobacé

5.09

K26+631 Torre 77 (original 78) 969.665 1.013.297

CoordenadasID Patio Abscisas

Este Norte

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 171 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

2 K5+054,7 984.671 1.022.8803 K9+439,4 980.639 1.022.1044 K13+152,4 977.168 1.021.6575 K19+114,0 972.122 1.018.8376 K24+296,0 969.536 1.015.6097 K29+875,3 971.728 1.010.9778 K35+188,2 974.765 1.006.8119 K40+868,9 976.269 1.001.713

ARTÍCULO SÉPTIMO: Modificar el numeral 2 del Artículo Cuarto de la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014, en el sentido de adicionar al volumen máximo de aprovechamiento de 811,42 m3, para la ejecución del Proyecto Línea de transmisión a 500 kV Nueva Esperanza, un valor de 2.951,02 m3, por las razones expuestas en la parte motiva del presente Acto Administrativo, de acuerdo con la siguiente tabla:

Tabla 36. Aprovechamiento Forestal necesario en la construcción de las variantes objeto de la modificación

VarianteVolumen

Aprovechamiento Forestal (m3)

Área a intervenir

Incremento Modificación Variante Bobacé 1.502,19 m3 30,68Incremento Modificación Variante La Pereza 730,19 m3 14,78Incremento Modificación Variante El Colegio 718,64 m3 14,19

Volumen a adicionar (TOTAL) 2.951,02 m3 59,611. Presentar el informe de aprovechamiento forestal,

identificando cada uno de los árboles talados, así como su diámetro, altura, volumen y coordenadas de localización, una vez finalizadas las actividades de aprovechamiento forestal.

Permanente SI SI

Consideraciones:

La Empresa en los anexos del ICA 3 presenta el inventario forestal de los árboles objeto de aprovechamiento forestal, en los formatos se incluye información de: diámetro, altura, volumen y coordenadas de localización.

Por lo anterior, la Empresa ha venido dando cumplimiento a la presente obligación.2. Cumplir con las obligaciones señaladas en el

Numeral 2 del Artículo Cuarto de la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014, a las que está sujeto el permiso de aprovechamiento forestal otorgado.

Permanente SI SI

Consideraciones:

Las consideraciones y/o requerimientos respecto a esta obligación se desarrollan en el numeral 2 del Artículo Cuarto de la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 172 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

3. Realizar la compensación por aprovechamiento forestal, compensando en una proporción de 1:1 por cada árbol talado (por cada árbol talado, sembrar un nuevo árbol) en actividades de enriquecimiento y/o restauración con tres (3) años de mantenimiento.

Permanente SI SI

Consideraciones:

Mediante comunicación con radicación 2018002033-1-000 del 26 de julio de 2017, la Empresa da respuesta a los requerimientos establecidos en el Auto 732 de 27 de febrero de 2018; en el informe menciona que:

EPM mediante el plan de compensación de las líneas de transmisión eléctrica Nueva Esperanza de EPM, en alianza con la Fundación Natura, puso en funcionamiento el vivero de especies nativas de bosque altoandino, localizado en la Reserva Biológica Encenillo, en Cundinamarca, un lugar para el cultivo y la propagación de especies propias de este ecosistema y que son importantes para la restauración y conservación de los mismos una vez sean aprobados los planes de compensación, ya que son hábitat de especies de flora y fauna como: El encenillo, el oso de anteojos y la rana de cristal.

Acorde con lo anterior, la Empresa ha dado cumplimiento a la obligación en el presente periodo de seguimiento.

4. Presentar el respectivo Plan de compensación ante esta autoridad para su evaluación, una vez finalizadas las actividades de aprovechamiento forestal y en un período menor a 6 meses, contados a partir de la ejecutoria del presente acto administrativo.

Temporal SI SI

Consideraciones:

La Empresa mediante comunicación con radicación 2017004263-1-000 del 20 de enero de 2017, presentó el Plan de Compensación por Pérdida de Biodiversidad para su evaluación por parte de esta Autoridad.

Acorde con lo anterior se da por cumplida la obligación, que al ser de carácter temporal se considera darla por concluida. PARÁGRAFO: Debido a que las variantes no intervienen ecosistemas naturales, no le será aplicable la compensación por pérdida de Biodiversidad, por las razones expuestas en la parte considerativa del presente Acto Administrativo.ARTÍCULO OCTAVO: EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P. —EPM, no podrá intervenir o realizar aprovechamiento forestal en los tramos que serán reemplazados por las variantes Bobacé, El Colegio y la Pereza.

Temporal SI SI

Consideración:

Acorde con las evidencias documentales presentadas por la Empresa, se realizó el aprovechamiento forestal en los tramos autorizados. Por lo anterior se da por concluida la presente obligación.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 173 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

ARTÍCULO NOVENO: Establecer para la ejecución de las obras y actividades autorizadas en la presente modificación, la siguiente Zonificación de Manejo Ambiental

1. ÁREAS DE EXCLUSIÓN:

Como áreas de exclusión se definen los Cuerpos de agua y su franja de protección de 30 metros y las Zonas Pantanosas en la Variante La Pereza

Estas áreas no pueden ser intervenidas por las actividades del Proyecto, excepto para aquellos sectores de la franja de protección de los ríos en los que se hará aprovechamiento forestal, por razones de seguridad de acuerdo con las normas establecidas.

2. ÁREAS DE INTERVENCIÓN CON RESTRICCIONES:

2.1 Zonas con amenaza de inundación. Específicamente el rio Bojacá, cuyas áreas se localizan entre las torres 55A, 55N y 54N

Para su intervención la Empresa deberá implementar medidas de manejo tendientes a evitar su deterioro por la interacción con el proyecto.

2.2 Zonas de recuperación para componentes abióticos (Tierras clase IVp-Vip) y Zonas de recuperación para componentes bióticos como Plantación Forestal (cerca viva), Pastos enmalezados, Mosaico de pastos con espacios naturales y zonas pantanosas

Para su intervención la Empresa deberá implementar medidas de manejo tendientes a evitar su deterioro por la interacción con el proyecto.

2.3Zonas Unidad Ecobiogeográfica vegetación seca alto andina correspondiente a Pastos enmalezados con elementos de matorrales xerofíticos, pastos limpios, plantación de latifoliadas, cuerpos de agua artificiales, cultivos

Temporal SI SI

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 174 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

transitorios, pastos enmalezados, tejido urbano discontinuo, arbustal abierto y zonas quemadas y Arbustal abierto mesófilo (Zona páramo)

Se deben adelantar medidas de manejo teniendo en cuenta las características propias de esta unidad, minimizando afectación en coberturas naturales y previniendo afectación en áreas protegidas cercanas, a través de aislamientos.

2.4 Usos del suelo que implican explotación y aprovechamiento económico correspondiente a Pastos limpios, cultivos anuales o transitorios (cultivo de papa), cultivos permanentes (cultivo de cartucho) y cuerpos de agua artificiales, usados como reservorios para la floricultura

Se debe garantizar una distancia mínima vertical de al menos las distancias mínimas establecidas en el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas – RETIE.Consideraciones:

Durante la visita de seguimiento ambiental desarrollada durante los días del 26 al 29 de junio de 2018, se observó que la infraestructura que se encontraba construida por el proyecto, no se encontraba dentro de las zonas consideradas como de exclusión, correspondiendo estas a las zonas de protección de los cuerpos de agua; así mismo que en las áreas que fueron intervenidas se aplicaron las medidas de manejo necesarias para mitigar el impacto en estas áreas, lo cual fue evidente en la visita al proyecto.

Por su parte, el Artículo 13 del RETIE contempla las distancias mínimas entre el cable conductor y otras estructuras, en cumplimiento a lo anterior, la Empresa presentó en el Anexo 2_07ManPreEfecElecMag del ICA 3, el certificado con número de inspección 500708-1 y Resolución de acreditación 12-OIN-009 expedido el día 21 de julio de 2017 por SGA COLOMBIA SAS., denominado “DICTAMEN DE INSPECCIÓN Y VERIFICACION DEL CUMPLIMIENTO DEL RETIE”.

En dicho informe se incluye el Ítem REQUISITO ESENCIAL, dentro de lo que está inmerso el ASPECTO A EVALUAR “Distancias de Seguridad” lo que recibió la calificación de SI CUMPLE.

Teniendo en cuenta lo anterior, se considera que la Empresa dio cumplimiento a esta medida de manejo y que es procedente darla por concluida.ARTÍCULO DÉCIMO: Para la ejecución de las obras y actividades objeto de la presente modificación, EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P.-EPM, deberá dar cumplimiento al Plan de Manejo Ambiental - PMA, Plan de Seguimiento y Monitoreo – PSM, y al Plan de Contingencia, presentado para el proyecto “Construcción y Operación, de la línea de transmisión

Permanente SI SI

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 175 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Nueva Esperanza a 500 kV por el trazado occidental, con una longitud de 45,54 km”.Consideraciones:

Durante la revisión de la información presentada por la Empresa en el ICA 3 correspondiente al periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2017, se observó que la Empresa desarrolló las actividades oportunas para dar cumplimiento a lo establecido en el Plan de Manejo Ambiental, así como en el Plan de Seguimiento y Monitoreo y Plan de Contingencia, la información referenciada anteriormente se amplía en los numerales 4.1.1 Plan de Manejo Ambiental, 4.1.2 Plan de Seguimiento y Monitoreo y 4.1.3 Plan de Contingencias del presente concepto técnico.

Por lo anterior, se considera que la Empresa dio cumplimiento a, esta obligación para el periodo objeto del presente seguimiento ambiental.

ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P.-EPM, queda sujeta al cumplimiento de las siguientes obligaciones, cuyas evidencias documentales de cumplimiento deberán ser remitidos en el próximo ICA, así:3. Hacer claridad en que los impactos afectación de especies endémicas, en peligro y/o veda y ocurrencia de conflictos en el proyecto y generación de expectativas son internalizados totalmente por medio de las medidas de manejo, de ser así, se deberá excluir de la evaluación económica, demostrando por medio de indicadores el avance de la internalización. En caso contrario, se tendrá que mostrar qué tanto se logran mitigar con las medidas de manejo, lo que no se logre se deberá valorar económicamente. Se deben presentar todas las memorias de cálculo y demostrar los supuestos usados para la valoración económica.

Permanente NO SI

Consideraciones:

Teniendo en cuenta que el Auto 0732 del 27 de febrero de 2018 en su artículo primero, recoge las obligaciones de evaluación económica pendientes para el proyecto a la fecha, tanto las consideraciones, como las obligaciones correspondientes a este requerimiento, se proyectan en el capítulo sexto del presente concepto técnico y en el numeral 10 del citado acto administrativo.4. Incorporar, en la cuantificación del impacto afectación a vivienda, la totalidad de las afectaciones generadas como consecuencia de la manifestación del impacto, por ejemplo, pérdida de empleo e ingresos, redes sociales, etcétera. Hay que tener especial cuidado en presentación de la temporalidad en la que se monetiza el impacto.

Temporal NO SI

Consideraciones:

Teniendo en cuenta que el Auto 0732 del 27 de febrero de 2018 en su artículo primero, recoge las obligaciones de evaluación económica pendientes para el proyecto a la fecha, tanto las consideraciones, como las obligaciones correspondientes a este requerimiento, se proyectan en el capítulo sexto del presente concepto técnico y en el numeral 11 del citado acto administrativo.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 176 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

5. Realizar la valoración del impacto alteración de los corredores de vuelo a través del uso de una metodología acorde con su magnitud y características.

Temporal NO SI

Consideraciones:

Teniendo en cuenta que el Auto 0732 del 27 de febrero de 2018 en su artículo primero, recoge las obligaciones de evaluación económica pendientes para el proyecto a la fecha, tanto las consideraciones, como las obligaciones correspondientes a este requerimiento, se proyectan en el capítulo sexto del presente concepto técnico y en el numeral 12 del citado acto administrativo.7. Ajustar el flujo de costos y beneficios, así como los criterios de decisión, teniendo en cuenta las consideraciones realizadas en el componente de evaluación económica ambiental, plan de manejo, zonificación ambiental y evaluación ambiental del presente acto administrativo.

Temporal NO SI

Consideraciones:

Teniendo en cuenta que el Auto 0732 del 27 de febrero de 2018 en su artículo primero, recoge las obligaciones de evaluación económica pendientes para el proyecto a la fecha, tanto las consideraciones, como las obligaciones correspondientes a este requerimiento, se proyectan en el numeral 13 del citado acto administrativo.ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P.-EPM, queda sujeta al cumplimiento de las siguientes obligaciones adicionales, cuyas evidencias documentales de cumplimiento deberán ser remitidos en los respectivos ICA o en el tiempo que especifique cada obligación, así:1. Realizar el inventario y caracterización de procesos denudativos, sobre el AID de la variante Bobacé, principalmente para aquellos tramos que se encuentran en zonas de ladera, incluyendo la cartografía correspondiente, información que debe ser allegada antes del inicio de obras.

Temporal SI SI

Consideraciones:

Por medio del comunicado con número de radicado 3500089090499616058 del 5 de diciembre de 2016, la Empresa presentó a esta autoridad, el documento denominado “Estudio denudativo variante Bobacé línea de transmisión nueva Esperanza-Bacatá 500 kV.”

Dentro de dicho documento, la Empresa presenta la justificación y descripción del estudio, la metodología utilizada para la caracterización de los sitios de torre, la información de los sitios visitados.

Dentro de la información presentada en el documento en mención, la Empresa informa que los sitios de torre 63, 69, 70 y 71, presentan una topografía poco a medianamente accidentada, con una morfología ondulada - colinada con pendientes que van del 3 al 10% dependiendo de su localización, se evidencia un grado de erosión bajo a nulo, de origen principalmente antrópico, con presencia de algunos canales difusos provenientes de escorrentías, así mismo la Empresa menciona que fueron identificados puntos con pequeñas señales de movimientos de masa superficiales, que no comprometen la estabilidad de la ladera.

Por su parte en las conclusiones del estudio, se menciona que en los sitios de torre 63, 69, 70 y 71, no se identificaron procesos erosivos o morfodinámicos que comprometan la estabilidad de este tipo de unidades;

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 177 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

así mismo que en los sitios de torre 64, 65, 66, 67, 68 y 76 no se identificaron procesos morfodinámicos de importancia, posiblemente por la presencia de cobertura de pastos latizales predominantes.

Teniendo en cuenta que la Empresa presentó la información solicitada en este aparte, se considera que dio cumplimiento a lo establecido en esta obligación, y que es procedente darla por concluida.2. Presentar la estrategia y las evidencias documentales que den cuenta del proceso de información y socialización a los propietarios de predios que serán intervenidos por el desarrollo de las actividades constructivas, dichas evidencias documentales deberán constar de acta de reunión, registro fotográfico y listado de asistencia, en el próximo Informe de Cumplimiento Ambiental – ICA.

Temporal SI NO

Consideraciones:

La Empresa en el ICA3, presentan las evidencias documentales en el que todos los 180 propietarios intervenidos fueron informados por parte de las profesionales sociales y gestores prediales sobre la metodología de avalúos que soporta el proceso de constitución de servidumbre en las diferentes visitas a predios, en los casos de no establecerse un acuerdo voluntario o una concertación el negociador envía la oferta económica y al no contar con respuesta del propietario se procede dentro del marco de la ley al proceso de imposición de servidumbre mediante un Juez.

Por lo anteriormente expuesto, el grupo técnico de seguimiento considera que la Empresa dio cumplimiento a lo establecido en esta obligación y que por tratarse de una obligación de carácter temporal es procedente darla por concluida.3. Informar a las Administraciones Municipales, comunidades y propietarios de predios del área de influencia las actividades objeto de modificación, así como la Resolución que autorice el desarrollo de la misma. Las evidencias documentales que den cuenta de este proceso deberán presentarse a esta Autoridad Ambiental, y presentar las correspondientes evidencias documentales en el próximo Informe de Cumplimiento Ambiental – ICA.

Temporal SI SI

Consideraciones:

La Empresa en el ICA3, presentan las evidencias documentales en el que los profesionales sociales han realizado reuniones informativas con personeros municipales del AID (7) sobre el avance en las compensaciones por servidumbre eléctrica con propietarios y se han radicado seis (6) informes consolidados de servidumbres a las autoridades locales en donde se detalla el proceso de concertaciones adelantado en cada municipio, indicando datos de propietarios y predios así como su estado de negociación.

Por lo anteriormente expuesto, el grupo técnico de seguimiento considera que la Empresa dio cumplimiento a lo establecido en esta obligación y que por tratarse de una obligación de carácter temporal es procedente darla por concluida.4. Actualizar la Geodatabase (GDB) de acuerdo con lo estipulado en la Resolución 188 del 27 de febrero de 2013, por medio del cual se actualiza el Manual de Seguimiento ambiental de proyectos, adoptado

Temporal SI SI

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 178 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

mediante Resolución 1552 del 20 de octubre de 2005. Esta actualización deberá integrar la información cartográfica de todo el proyecto, incluyendo las modificaciones autorizadas. Actualización que deberá ser allegada a esta Autoridad en un término de tres (3) meses, contados a partir de la ejecutoria del presente acto administrativo.Consideraciones:

La Empresa presentó en el anexo 03SopComAbiBioSocNE500/06GDBNE500, presentó la cartografía base y metadatos del proyecto, así como un documento denominado “Documento soporte de cambios al modelo de almacenamiento ANLA para ICA01”.

Dicho documento señala los cambios y ajustes realizados al Modelo de Almacenamiento de datos Geográficos para ICA (Resolución 188 de 2013), teniendo en cuenta lo señalado en el Informe de Cumplimiento Ambiental ICA 1 del Proyecto "Construcción y Operación de la línea de transmisión Nueva Esperanza a 500 kV", en concordancia con los lineamientos de la Resolución 0519 del 26 de Mayo de 2014 mediante la cual la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales –ANLA- otorga la licencia ambiental del Proyecto y el Plan de Implementación de Medidas de Manejo Ambiental del mismo.

Teniendo en cuenta la información presentada por la Empresa, se considera que dio cumplimiento a esta obligación y se considera procedente darla por concluida.5. Garantizar y mantener las distancias de seguridad requeridas por el RETIE, para la línea y disminuir la interferencia con las redes de distribución de energía existentes, líneas de distribución de Gas y Distritos de Riego y demás infraestructura con la que la que se llegue a interceptar.

Permanente SI SI

Consideraciones:

En cumplimiento de esta obligación, la Empresa informa que la línea fue construida atendiendo todos los lineamientos establecidos en la normatividad vigente entre ella lo establecido en el RETIE, como evidencia presenta en el Anexo ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_07ManPreEfecElecMag del ICA 3 la certificación RETIE de la línea la cual fue expedida por SGS Colombia SAS en la ciudad de Bogotá a los 21 días del mes de julio de 20174, correspondiente al dictamen de inspección 500708-1 con resolución de acreditación 12-OIN-009 y vigencia de 15 años. Dentro de los parámetros evaluados e incluidas en la certificación se encuentra la “Zona o Franja de servidumbre” que fue evaluado con un “SI CUMPLE” dentro del certificado.

Por lo anterior, se considera que la Empresa dio cumplimiento a esta obligación para el periodo objeto del presente seguimiento ambiental.

7.6 Auto 00575 del 28 de febrero de 2017

A continuación, se enuncian las obligaciones que se dieron por cumplidas y concluidas mediante el Auto 00732 del 27 de febrero de 2018, las cuales no serán objeto de seguimiento en el presente Concepto Técnico:

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 179 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

a. Numerales 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10 del Artículo Primero. b. Numerales 1, 2, 3 y 4 del Artículo Segundo. c. Numeral 2 del Artículo Tercero.

Obligación Carácter Cumple Vigente

ARTÍCULO PRIMERO. – Requerir a EMPRESAS PUBLICAS DE MEDELLIN S.A. E.S.P. – EPM, para que en un término de (2) meses contado a partir de la fecha de ejecutoria del presente acto administrativo, de cumplimiento a las siguientes obligaciones, por lo cual deberá presentar la respectiva información, evidencias y/o registros relacionados con los siguientes programas:1. En el Programa manejo de coberturas vegetales y ecosistemas terrestres se le requiere a la Empresa lo siguiente:

a) Ajustar y presentar los cálculos de las áreas a afectar, e integrar las áreas de compensación dentro de la propuesta del Plan definitivo de Compensación por pérdida de biodiversidad que está pendiente de entregar a esta Autoridad para su posterior evaluación y aprobación, acorde a lo establecido en el Artículo Décimo Tercero de la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014, teniendo en cuenta las nuevas áreas y coberturas que sean otorgadas en los trámites de modificación de licencia que están siendo evaluados actualmente por la Autoridad Ambiental.

Temporal SI SI

Consideraciones:

La Empresa mediante comunicación con radicación 2017004263-1-000 del 20 de enero de 2017, presentó el Plan de Compensación por Pérdida de Biodiversidad para su evaluación por parte de esta Autoridad.

Así mismo, en la comunicación con radicación vital 3500089090499617035 el 5 de julio de 2017, la Empresa presentó la respuesta al Artículo Segundo del Auto 00575 del 28 de febrero de 2017, en el cual indica que:

El plan definitivo de compensación por pérdida de biodiversidad fue entregado ante la ANLA el 20 de enero de 2017 mediante radicado 2017004263-1-000. En éste se incluyeron los cálculos de las áreas teniendo en cuenta las modificaciones de licencia otorgadas por la Autoridad mediante la Resolución 981 del 7 de septiembre de 2016 y la Resolución 1113 del 27 de septiembre de 2016. EPM se encuentra a la espera de la evaluación de dicho plan por parte de la Autoridad Ambiental. Cabe aclarar que en el numeral 3, Artículo Séptimo de la Resolución 1113 del 27 de septiembre de 2016, se establece realizar la compensación por aprovechamiento forestal en las variantes objeto de modificación de licencia, compensando en proporción 1:1 por cada árbol talado en actividades de enriquecimiento y/o restauración con tres años de mantenimiento.

(…)

Además, una vez finalizadas las actividades de aprovechamiento, se elaborará el plan de compensación por aprovechamiento forestal, para evaluación por parte de la autoridad ambiental.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 180 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Obligación Carácter Cumple Vigente

Acorde con lo anterior se da por cumplida la obligación, que al ser de carácter temporal se considera darla por concluida.b) Realizar un informe en el que se describan los diferentes

tratamientos realizados para especies de flora bajo algún estatus de interés y amenaza.

Temporal SI SI

Consideraciones:

El manejo de las especies de epífitas en veda se realizó conforme a la Resolución 766 de 2014 emitida por el MADS y en concordancia con el protocolo de rescate, remoción, traslado y manejo de plantas epífitas vasculares y helechos arborescentes en los anexos 3_01ManCobVegEcoTer, en los que se presentan los formatos de campo de la localización de las especies, identificación, rescate efectivo y monitoreo.

Así mismo, mediante comunicación con radicación E1-2016-026097 del 4 de octubre de 2016, la Empresa presentó el Primer informe de seguimiento por levantamiento de especies en veda ante el MADS, en el cual se anexó el “Protocolo de rescate, remoción, traslado y manejo de plantas epífitas vasculares y helechos arborescentes”.

Acorde con las evidencias documentales presentadas por la Empresa, se da cumplimiento a la obligación, que, al ser de único cumplimiento, se considera darla por concluida.

c) Efectuar las actividades de adecuación, empradización y revegetalización en los sitios de uso temporal durante la fase constructiva de la línea y presente sus avances en los informes de cumplimiento ambiental - ICA.

Temporal SI SI

Consideraciones:

En la comunicación con radicación vital 3500089090499617035 del 5 de julio de 2017, la Empresa presentó la respuesta al Artículo Primero del Auto 00575 del 28 de febrero de 2017, en el cual indica que:

El avance en las actividades de adecuación, empradización y revegetalización en los sitios de uso temporal se reportó en el ICA 2 radicado el 5 de mayo de 2017 mediante comunicación con radicación 2017032415-1-000. Se continúa avanzando con esta actividad, la cual será reportada en el ICA 3.

En la revisión documental de las evidencias del ICA 3, se observó que la Empresa en el formato ICA 08_ICA_1a_ 4b_ManCobVegEcoTerNE500 reporta que:

El manejo se realiza tanto en los sitios de uso temporal como en las áreas próximas a las patas de cada torre. Se evalúa la reconformación de los horizontes, en especial la capa orgánica. En los casos que corresponda, se realizará la empradización. Las actividades de empradización, revegetalización y reconformación se puede observar en el registro fotográfico 3_00RegFotNE500/RegFotBioNE500. De igual forma, el valor que se reporta para este período se soporta en la ruta de la carpeta Ambiental en la que se puede observar seguimiento biótico y abiótico: 3_SOPORTES\2_ABIOTICO\2_01PerSueTalZonNE500\2_01_03 ObEstNE500: ConRecAreAfeNE500.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 181 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Obligación Carácter Cumple Vigente

Durante la visita de seguimiento realizada por parte del grupo técnico, se verificó la adecuación, empradización y revegetalización de los sitios de uso temporal, observándose el establecimiento de especies gramíneas en las áreas reconformadas.

Acorde con lo anterior, la Empresa ha dado cumplimiento a la obligación, en el presente periodo de seguimiento.2. Presentar un informe con los avances realizados con el propietario del predio en donde se encuentran localizados los individuos de palma de cera que van a ser afectados, así como el inventario de los mismos. En caso contrario, la Empresa deberá solicitar a la Autoridad la modificación sobre el trazado en esta área específica con el fin de dar alcance al Programa Manejo de coberturas vegetales y ecosistemas terrestres, subprograma Medidas de Manejo y compensación para la especie Palma de cera (Ceroxylum quindiuense).

Temporal SI SI

Consideraciones:

En la comunicación con radicación vital 3500089090499617035 del 5 de julio de 2017, la Empresa presentó la respuesta al Artículo Primero del Auto 00575 del 28 de febrero de 2017, en el cual indica que:

(…)

Respecto a las Palmas de cera identificadas en cercanías a la torre 12, éstas corresponden a 5 individuos en estado juvenil, por lo cual se implementaron las medidas de manejo propuestas dentro del PMA para su protección, como es la demarcación con cinta de seguridad y el traslado de las mismas en zonas aledañas al sitio de torre (Ver Anexo 2). El reporte de las actividades de rescate y monitoreo, se han presentado en los respectivos ICAs y se incluyen en el Anexo 2.

En la revisión documental del Anexo 2 se observaron tres (3) archivos:

MonPalCerSofiNE500.xlsx: Formato en Excel del monitoreo de traslado y reubicación de especies forestales en veda. En el formato se presenta la información del monitoreo a los cinco (5) individuos de palma de cera (Ceroxylon quindiuense) realizado el 10 de noviembre de 2016.

Rescate, traslado y Reubicación de Especies Forestales en Veda.pdf: Corresponde al Formato de rescate, traslado y reubicación de especies forestales en veda, en el cual se consigna información de los cinco (5) individuos de palma de cera (Ceroxylon quindiuense) reubicados en cercanías de la Torre 12 con fecha de octubre 5 del 2016.

T12 trasplante palmas de cera ANEXO.pdf: Se presenta el registro fotográfico del trasplante de los cinco (5) individuos de palma de cera (Ceroxylon quindiuense) con fecha de reubicación del 05 de octubre de 2016.

Por lo anterior, esta Autoridad da por cumplida la obligación que al ser de carácter temporal es pertinente darla por concluida.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 182 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Obligación Carácter Cumple Vigente

3. En relación con el programa de Compensación de áreas protegidas, informar el avance de la ejecución de la medida de manejo, relacionada con la adquisición y delimitación mediante cercado, de un total de trescientas sesenta y cuatro (364) hectáreas en el DMI Cerro de Manjuí - Salto del Tequendama, dentro de los veinticuatro (24) meses siguientes a la publicación del acuerdo, según las especificaciones establecidas por la CAR.

Temporal SI SI

Consideraciones:

En la comunicación con radicación vital 3500089090499617035 del 5 de julio de 2017, la Empresa presentó la respuesta al Artículo Primero del Auto 00575 del 28 de febrero de 2017, en el cual indica que:

El avance en la compensación por sustracción de áreas protegidas, fue reportado en el ICA 1 y 2. Se reportó el avance de compensación por sustracción del DMI Cerro Manjuí-Salto de Tequendama (Acuerdo 017 de 2013 de la CAR Cundinamarca), y por sustracción de la Reserva Forestal Protectora Productora de la Cuenca Alta del río Bogotá (Resolución 762 de 2014 del MADS).

Respecto a la compensación por sustracción del DMI Cerro Manjuí-Salto de Tequendama, se informa que los predios fueron adquiridos por la Empresa. La formulación de los planes de restauración para cada uno de los predios fue elaborada mediante el convenio de cooperación entre EPM, Fundación Natura y Parques Nacionales Naturales de Colombia, cuyo objeto es “Aunar esfuerzos financieros, técnicos, humanos y sociales para la formulación y/o implementación de los planes de compensación por pérdida de biodiversidad y sustracción definitiva de áreas de reserva, por la construcción y puesta en operación del proyecto Nueva Esperanza". Estos planes fueron radicados ante la CAR en noviembre de 2016 y fueron aprobados por la CAR mediante oficio radicado 20172100731 del 11 de enero de 2017 (Anexo 3).

Actualmente, se están adelantando actividades previas a la implementación como cercado y señalización de predios, propagación de material vegetal, socialización de los planes con autoridades municipales y comunidad vecina, a través del convenio entre EPM, Fundación Natura y Parques Nacionales Naturales de Colombia.

Acorde con la información presentada por la Empresa, esta Autoridad da por cumplida la presente obligación que, al ser de carácter temporal es pertinente darla por concluida.11. Presentar la justificación, junto con su soporte, de los desplazamientos de las torres que están siendo o serán objeto de reubicación, mediante lo establecido en el numeral 3 del Artículo Décimo Quinto de la Resolución 0519 de mayo de 2014 que aprueba “optimizar el trazado de la línea de transmisión de manera que se minimice la afectación a cualquier predio”, allegando los soportes de la concertación con los propietarios, el análisis de la variación a los volúmenes de aprovechamiento forestal y la cercanía del punto de torre al cuerpo de agua más cercano.

Temporal SI SI

Consideraciones:

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 183 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Obligación Carácter Cumple Vigente

La Empresa por medio del comunicado denominado “Respuesta_artprimero_Auto5752017, menciona lo siguiente:

“En la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014 la ANLA otorgó la licencia ambiental para el proyecto y en ésta solicitó a EPM verificar la localización de determinados sitios de torre, igualmente, en el artículo Décimo Quinto, la Autoridad aprueba optimizar el trazado con miras a minimizar la afectación a cualquier predio. EPM inició una revisión del trazado de la línea con el objetivo de atender los requerimientos con el precedente que en la etapa de estudios se presentaron dificultades de ingreso a algunos predios por falta de autorización de sus propietarios y fue preciso adelantar los diseños con información secundaria.

En este sentido, las causas de la mayoría de movimientos de sitios de torre se realizaron buscando cumplir con la distancia de seguridad con infraestructura existente de acuerdo con lo exigido por el RETIE, para respetar los retiros a cauces y disminuir afectación en predios.

En el Anexo 5 denominado Anexo_5_MovTorres se entrega el detalle de los movimientos de torre, bajo que requerimiento de la licencia ambiental se hicieron, la justificación técnica, ambiental y la variación en el aprovechamiento forestal.”

Teniendo en cuenta que la Empresa presentó la información aquí requerida oportunamente, se considera que dio cumplimiento a esta obligación y que es procedente darla por concluida.ARTÍCULO SEGUNDO: Requerir a EMPRESAS PUBLICAS DE MEDELLIN S.A. E.S.P. - EPM para que, de manera inmediata, de cumplimiento a los siguientes requerimientos contenidos en los diferentes actos administrativos y remita los respectivos soportes:4. Artículo Noveno de la Resolución 0519 el 26 de mayo de 2014, en el sentido de ajustar el Plan de Manejo Ambiental y el Plan de Seguimiento y Monitoreo entregado con radicado 2016026313-1-000 del 31 de mayo de 2016 y entregar:

a) Incluir la periodicidad, indicadores y la metodología descrita para el cumplimiento del Seguimiento y monitoreo a los corredores de vuelo, en el cual este monitoreo deberá realizarse cada tres (3) meses durante el primer año en la etapa de construcción, semestral al segundo año, y anual al tercer y quinto año de la operación; para estos indicadores se deben tener en cuenta las posibles colisiones y registro de cadáveres de aves.

b) Presentar la información requerida para el programa de “Seguimiento al manejo de instalaciones temporales y de construcción de accesos”, y ajustar el programa de “Seguimiento al manejo preventivo de los efectos electromagnéticos de la línea de transmisión” de tal manera que se encuentre en concordancia con lo solicitado para la ficha de manejo en lo relacionado con

Temporal SI SI

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 184 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Obligación Carácter Cumple Vigente

los indicadores, parámetros a monitorear y frecuencias de monitoreo.

c) Ajustar incluyendo los indicadores para los programas de seguimiento y monitoreo al Programa de manejo compensatorio por la afectación temporal al ciclo productivo agrícola, Seguimiento y monitoreo al proceso de constitución de la servidumbre, Seguimiento y monitoreo al manejo de indemnización por afectación a la infraestructura económica identificada en la franja de servidumbre, Seguimiento y monitoreo al programa dinámica para el manejo de empleo, Seguimiento y monitoreo a los proyecto seguridad vial y control de la alteración de tráfico, Seguimiento y monitoreo al manejo de la gestión ante administraciones municipales para el ajuste a POT y PBOT.

Consideraciones:

Mediante comunicación con radicación vital 3500089090499617026 del 31 de mayo de 2017, la Empresa presentó la respuesta al Artículo Segundo del Auto 00575 del 28 de febrero de 2017.

En la revisión documental presentada por la Empresa se relaciona la siguiente información:

a. En el Anexo 2 se presenta el complemento al PSM, respecto al programa 9.1.1 Seguimiento y monitoreo de corredores de vuelo. La periodicidad del seguimiento y monitoreo a los corredores de vuelo se realizará así: Esta fase deberá realizarse en la etapa de Operación, durante los primeros cinco años. Los monitoreos deberán efectuarse en diferentes épocas del año; llevando a cabo muestreos durante 10 días, trimestrales el primer año, semestrales el segundo y anuales del tercer y al quinto año.

b. La información correspondiente al programa de “Seguimiento al manejo de instalaciones temporales y de construcción de accesos” se entregó en el ICA 1 y ICA 2. Con respecto a la información del programa “Seguimiento al manejo preventivo de los efectos electromagnéticos de la línea de transmisión”, se entregará en el ICA 3, hasta el momento no se han finalizado las mediciones requeridas para el reporte, ya que se programaron una vez se tenía un avance considerable en la actividad del tendido de la línea.

c. Los indicadores de Seguimiento y Monitoreo se presentaron en el ICA 1 en la ficha 1A, manejo compensatorio por la afectación temporal al ciclo productivo agrícola, Seguimiento y monitoreo al proceso de constitución de la servidumbre, Seguimiento y monitoreo al manejo de indemnización por afectación a la infraestructura económica identificada en la franja de servidumbre, Seguimiento y monitoreo al programa dinámica para el manejo de empleo Seguimiento y monitoreo a los proyectos seguridad vial y control de la alteración de tráfico, Seguimiento y monitoreo al manejo de la gestión ante administraciones municipales para el ajuste a POT y PBOT.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 185 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Obligación Carácter Cumple Vigente

Teniendo en cuenta que la Empresa presentó la información aquí requerida, se considera que dio cumplimiento a esta obligación y que es procedente darla por concluida.

5. Presentar el Plan definitivo de compensación por pérdida de biodiversidad, de conformidad a lo establecido en el Artículo 3° de la Resolución 1517 del 31 de agosto de 2012, de conformidad con lo establecido en el Numeral 3, del Artículo Décimo Tercero de la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014.

Temporal SI SI

Consideraciones:

La Empresa mediante comunicación con radicación 2017004263-1-000 del 20 de enero de 2017, presentó el Plan de Compensación por Pérdida de Biodiversidad para su evaluación por parte de esta Autoridad.

Acorde con lo anterior se da por cumplida la obligación, que al ser de carácter temporal se considera darla por concluida.6. Presentar los avances de la compensación por ecosistemas diferentes a los naturales y seminaturales, de conformidad con lo establecido en el Artículo Décimo Tercero de la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014.

Temporal SI SI

Consideraciones:

Mediante comunicación con radicación vital 3500089090499617026 del 31 de mayo de 2017, la Empresa presentó la respuesta al Artículo Segundo del Auto 00575 del 28 de febrero de 2017, en el informe menciona que:

Se aclara que esta compensación se incluye dentro del plan definitivo de compensación por pérdida de biodiversidad, el cual fue enviado a la ANLA el 20 de enero de 2017 mediante comunicación con radicación 2017004263-1-000.

En la revisión documental del expediente LAV0006-13 se observó que la Empresa presentó la información referente a la compensación por ecosistemas diferentes a los naturales y seminaturales en el Plan definitivo de compensación por pérdida de biodiversidad.

Acorde con lo anterior se da por cumplida la obligación, que al ser de carácter temporal se considera darla por concluida.7. Artículo Décimo Sexto de la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014, en el sentido de presentar de manera mensual los informes de acuerdo con lo establecido en la obligación.

Temporal SI SI

Consideraciones:

Mediante comunicación con radicación vital 3500089090499617026 del 31 de mayo de 2017, la Empresa presentó la respuesta al Artículo Segundo del Auto 00575 del 28 de febrero de 2017, en el informe menciona

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 186 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Obligación Carácter Cumple Vigente

que se presentaron los informes de avance mensuales correspondientes a los meses de febrero y marzo de 2017, mediante comunicación con radicación 3500089090499617015 del 7 de abril del 2017 y 3500089090499617019 del 11 de mayo de 2017 respectivamente.

Así mismo, en los documentos que obran en el expediente LAV0006-13 se observaron las evidencias documentales de los informes mensuales de los meses de abril presentado por la Empresa mediante comunicación con radiación vital 3500089090499617033; igualmente, se encontraron los informes mensuales de los meses de mayo y junio de 2017 con sus respectivos anexos.

Acorde con lo anterior se da por cumplida la obligación, que al ser de carácter temporal se considera darla por concluida.8. Artículo Vigésimo Séptimo de la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014, en el sentido de indicar que cualquier modificación en las condiciones de la licencia ambiental, el Estudio de Impacto Ambiental o el Plan de Manejo Ambiental deberá ser informada a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA para su evaluación y aprobación.

Temporal SI SI

Consideraciones:

Durante la revisión de los documentos que obran en el expediente LAV0006-13, se observó que la Empresa solicitó las siguientes modificaciones de Licencia Ambienta a esta Autoridad:

Resolución 0981 de 7 de septiembre de 2016

Mediante la solicitud efectuada a través de la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales en Línea - VITAL No. 3800089090499616006, con radicación ANLA 2016024006-1-000 del 16 de mayo de 2016, el doctor JESUS IGNACIO ECHAVARRIA MEJIA, en su condición de Apoderado de EMPRESAS PUBLICAS DE MEDELLIN E S P — EPM E.S.P., solicitó la modificación a la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014, para el Proyecto denominado "Construcción y Operación de la línea de transmisión Nueva Esperanza a 500 kV por el trazado occidental, con una longitud de 45,54 km."

Mediante Resolución 00981 del 07 de septiembre de 2016 la ANLA modifica la Licencia Ambiental de la Línea Nueva Esperanza a 500 kV, en el sentido de aumentar el volumen total de aprovechamiento forestal inicial de 811,42 m3 en 4.134,94 m3, a lo largo de la línea de transmisión a 500 a kV, para un total autorizado de 4.946,36 m3.

Resolución 01113 de 29 de septiembre de 2016

Mediante radicado VITAL - Ventanilla Única de Trámites Ambientales 3800089090499616002 con radicación ANLA No. 2016006457-1-000 del 10 de febrero de 2016, EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLIN E.S.P., solicitó modificación de la Licencia ambiental otorgada mediante la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014 en el sentido de efectuar la modificación del trazado inicial en tres tramos denominados “Variante El Colegio”, “Variante Bobacé” y “Variante La Pereza” y modificar el área a utilizar en cada una de las plazas de tendido sobre las cuales se requiere realizar las actividades de izados del conductor, anexando copia del complemento

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 187 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Obligación Carácter Cumple Vigente

del Estudio de Impacto Ambiental – E.I.A, y los documentos, señalados en el Artículo 2.2.2.3.6.2 del Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015.

Mediante Auto 0429 del 15 de febrero de 2016, modificado por el Auto 1916 del 19 de mayo de 2016, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, inició el trámite administrativo de evaluación de la solicitud de modificación de la Licencia Ambiental para el proyecto.

Mediante Resolución 01113 del 07 de septiembre de 2016 la ANLA modifica la Licencia Ambiental de la Línea Nueva Esperanza a 500 kV, en el sentido de en el sentido de efectuar la modificación del trazado inicial en tres tramos denominados “Variante El Colegio”, “Variante Bobacé” y “Variante La Pereza” y modificar el área a utilizar en cada una de las plazas de tendido sobre las cuales se requiere realizar las actividades de izados del conductor.

En concordancia con lo anterior, el grupo técnico de seguimiento considera que la Empresa dio cumplimiento a esta obligación y que, por tratarse de una obligación de carácter temporal, es procedente darla por concluida.9. Artículo Trigésimo Segundo de la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014, en el sentido de indicar que el beneficiario de la Licencia Ambiental deberá realizar el proyecto de acuerdo a la información suministrada a esta Autoridad.

Temporal SI SI

Consideraciones:

Según lo observado en la visita de seguimiento ambiental, la Empresa construyó el proyecto de acuerdo a lo establecido en la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014 por medio de la cual se otorgó la licencia ambiental al proyecto, así como lo establecido en la Resolución 0981 de 7 de septiembre de 2016 y Resolución 01113 de 29 de septiembre de 2016 por medio de las cuales se autorizó la modificación de la mencionada licencia.

Por lo anteriormente expuesto, el grupo técnico de seguimiento considera que la Empresa dio cumplimiento a lo establecido en esta obligación y que por tratarse de una obligación de carácter temporal es procedente darla por concluida.10. Presentar el plan de acción para la relocalización de la familia Castillo García, el cual debe incluir los siguientes aspectos definidos en el Numeral 3 del Artículo Segundo del Auto 4180 del 2 de octubre de 2015, a saber:

a. Las medidas de compensación para mitigar los impactos a los que se ha visto expuesto el núcleo familiar.

b. La propuesta de relocalización inicial, la cual debe incluir el diagnostico predial y económico del predio, y el avance del proceso de concertación con los propietarios del predio Villa Daniela.

c. Cronograma de acciones a desarrollar en las diferentes etapas del proceso de relocalización de la Familia

Temporal SI SI

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 188 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Obligación Carácter Cumple Vigente

Castillo García, en su orden: planeación, ejecución y evaluación.

d. Evidencias del establecimiento de la mesa de trabajo de negociación de la relocalización de la familia Castillo García, en la cual se debe incluir la presencia de la Personería municipal con el fin de garantizar y proteger los derechos fundamentales de los afectados.Consideraciones:

La Empresa en el ICA3, y mediante comunicación con radicación 2018002033-1-000 del 26 de julio de 2017, presenta las evidencias documentales en el que se presenta que la asesoría en el tema inmobiliario ha finalizado con el cumplimiento de la meta en asegurar el traslado de las dos familias a predios legales y con títulos de propiedad en notariado y registro de instrumentos públicos; las viviendas objeto del traslado ofrecen mejores condiciones de habitabilidad que las anteriores dada su condición de nuevas y con acceso a todos los servicios públicos domiciliarios (agua, energía, gas natural y alcantarillado).

Que las profesionales sociales han desarrollado las actividades propuestas en el plan de gestión social, las cuales han permitido reestablecer las condiciones de vida de las familias relocalizadas. El acompañamiento social incluye el restablecimiento de la vivienda en mejores condiciones que las encontradas y la ejecución de proyectos económicos de los cuales las familias obtienen un ingreso luego del traslado. Con las actividades de acompañamiento integral a las familias se les ha compensado la afectación predial, la pérdida de la vivienda y la disminución de ingresos familiares.

Que en las actividades de evaluación Ex post se contó con el acompañamiento de la doctora Nancy Arciniegas Personera municipal de Bojacá, de manera tal que se evidencie el respeto a los derechos sociales, culturales y económicos de las personas objeto de relocalización familiar. Profesional Social de EPM realizó 20 visitas de seguimiento a los grupos familiares en sus nuevas residencias como acompañamiento social al proceso de inserción del grupo familiar a su nuevo entorno social, verificando que las condiciones de vida de los integrantes mantengan mejores condiciones a las identificadas antes del proceso de relocalización familiar, estas fueron presentadas en el ICA2.

Por lo anteriormente expuesto, el grupo técnico de seguimiento considera que la Empresa dio cumplimiento a lo establecido en esta obligación y que por tratarse de una obligación de carácter temporal es procedente darla por concluida.11. Presentar el informe de avance de la negociación y relocalización de la Familia Castillo García el cual tiene una periodicidad trimestral, en cumplimiento del numeral 4 del Artículo Segundo del Auto 4180 del 2 de octubre de 2015.

Temporal SI SI

Consideraciones:

La Empresa en el ICA3, y mediante comunicación con radicación 2018002033-1-000 del 26 de julio de 2017, presentan las evidencias documentales en el que Familia Castillo García: La señora Doris García informó vía telefónica el día 10 de enero que su grupo familiar ha tomado la decisión de trasladarse al municipio de Zipaquirá, ya que cuentan con un terreno por cuenta de herencia del señor Mario Castillo, donde van a iniciar

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 189 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Obligación Carácter Cumple Vigente

la construcción de su nueva vivienda con el dinero recibido por venta de la finca Villa Daniela localizada en Bojacá (predio con servidumbre). Manifiesta la señora García que ya está en venta la casa de Fusagasugá y que sus hijos ya están localizados en colegio Departamental y SENA de Zipaquirá donde van a continuar con sus estudios. Las razones que exponen los jefes de hogar para su traslado es la dificultad que han tenido para percibir ingresos del negocio de peluquería canina, el cual en todo el año 2016 no genero ingresos suficientes para la manutención del grupo familiar y tuvieron que gastar parte de sus ahorros para cubrir las necesidades básicas, situación que para ellos no es sostenible y deben procurar por el bienestar de sus hijos, consideran que en el municipio de Zipaquirá tienen mayores oportunidades para encontrar trabajo el señor Mario Castillo e instalar nuevamente el negocio de peluquería canina.

Por lo anteriormente expuesto, el grupo técnico de seguimiento considera que la Empresa dio cumplimiento a lo establecido en esta obligación y que por tratarse de una obligación de carácter temporal es procedente darla por concluida.ARTÍCULO TERCERO. - Requerir a EMPRESAS PUBLICAS DE MEDELLIN S.A. E.S.P. – EPM, para que presente en los próximos Informes de Cumplimiento Ambiental - ICA, lo siguiente:1. Programa de Manejo de pérdida del suelo y de zonas inestables

a) Implementar la medida de empradización en los sitios de torre, una vez finalizada las actividades de construcción y montaje de la torre. Presentar los soportes respectivos de la implementación de la medida.

Permanente SI SI

Consideraciones:

Respecto al cumplimiento de esta obligación, la Empresa por medio del formato Ica 3a del ICA 3 informa que en el Anexo ICA.ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_01PerSueTalZonNE500 presenta la información correspondiente.

Por su parte, luego de verificada la información que referencia la Empresa se observó que según el registro presentado durante el periodo reportado se realizó actividades de empradización y revegetalización en 84 sitios de torre, recuperando un total de 12.92 m2 de área afectada durante la construcción.

Por lo anterior se considera que la Empresa dio cumplimiento a esta obligación para el periodo objeto del presente seguimiento ambiental.3. En el Programa de Aprovechamiento forestal

a) Presentar un informe semestral en donde se especifique sobre el desarrollo de las actividades de rescate de plántulas y semillas de especies de importancia ambiental susceptibles de ser recuperadas, debe describir si se realizó o no rescate de semillas de especies nativas, y en el caso de no realizarse, justificar técnicamente el argumento de por qué no se realizó la actividad.

Permanente SI SI

Consideraciones:

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 190 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Obligación Carácter Cumple Vigente

La Empresa en el ICA 3 - Formato ICA 10_ICA_1a_ 4b_AprForNE500 indica que:

Se realizó el rescate de plántulas de especies forestales vedadas y de importancia, se ha realizado manejo de rescate y reubicación o traslado de tres especies forestales, la palma de cera, (Ceroxylon quindiuense), la segunda, una especie de distribución restringida, el Laurel chaquiro (Ocotea heterochroma), y el Robre (Quercus humboldtii), que se reubicaron en los lugares que se denominaron palmetum y ocoteario respectivamente. Esto se puede observar en la ruta:

3_01ManCobVegEcoTer\MonEpiVasNE500Mon\MonPalCerScamNE500.pdf,3_01ManCobVegEcoTer\MonEpiVasNE500Mon\MonOcoSofiNE500.xlsx,3_01ManCobVegEcoTer\MonEpiVasNE500Mon\MonPalCerSofiNE500.xlsx,3_01ManCobVegEcoTer\MonEpiVasNE500Mon\MonRobSofiNE500.xlsx,3_01ManCobVegEcoTer\ResPalCerScamNE500.pdf,3_01ManCobVegEcoTer/\ResRobScamNE500.pdf.

De acuerdo con lo verificado en la visita de seguimiento, los individuos rescatados y reubicados de las especies palma de cera (Ceroxylon quindiuense), el laurel chaquiro (Ocotea heterochroma), y el roble (Quercus humboldtii) presentan buena adaptación en el área en la cual fueron reubicados, óptima condición de desarrollo, con alturas superiores a un (1) m. A las especies reubicadas se les realiza mantenimiento que incluye plateo y fertilización.

Por lo anteriormente expuesto, el grupo técnico considera que la Empresa ha dado cumplimiento a obligación en el presente periodo de seguimiento.b) Presentar un informe semestral en el que se especifiquen los volúmenes aprovechados y el cumplimiento de cada una de las cinco (5) medidas descritas en el programa, todo ello soportado con sus correspondientes documentos y fotografías de apoyo.

Permanente SI SI

Consideraciones:

La Empresa en el ICA 3 - Formato ICA 10_ICA_1a_ 4b_AprForNE500 presenta los volúmenes aprovechados y el cumplimiento de cada una de las cinco (5) medidas de manejo ambiental: Actualización del aprovechamiento forestal, rescate de plántulas y semillas de especies de importancia ambiental susceptibles de ser recuperadas, aprovechamiento forestal técnico, entrega de madera a propietarios y disposición de residuos forestales; junto con las evidencias documentales correspondientes en el Anexo 2_BIOTICO/3_02AprFor.

Por lo anteriormente expuesto, el grupo técnico considera que la Empresa ha dado cumplimiento a obligación en el presente periodo de seguimiento.c) Presentar un informe semestral en el que se describan e ilustren las actividades realizadas sobre el ahuyentamiento de fauna y la descripción de la metodología utilizada para ello.

Permanente SI SI

Consideraciones:

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 191 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Obligación Carácter Cumple Vigente

La Empresa en el ICA 3 - Formato ICA 11_ICA_1a_ 4b_ManFauSilNE500 relaciona que la actividad de ahuyentamiento de fauna silvestre se desarrolló previo a las intervenciones forestales que finalizaron en este periodo reportado entre febrero 01 y mayo 20 de 2017. El proceso implicó ahuyentamiento con sonidos, siluetas, presencia humana y registros de la actividad. Esto se puede observar en la ruta:

En los anexos 3_SOPORTES\3_BIOTICO\3_04ManFauSil:AhuyFauSilvNE500, 3_SOPORTES\3_BIOTICO\3_04ManFauSil:LinBasAhuFauNE500 y 3_SOPORTES\3_BIOTICO\3_00RegFot/hoja PM-BIO-NE500-11 se presentan las evidencias documentales de la actividad.

En la revisión documental presentada por la Empresa se observaron los formatos de ahuyentamiento de fauna silvestre, en los cuales se consignó información referente a: Sitio T/T, Nombre/Especie/Morfo, Número de individuos, Nidos detectados, Foto, Coordenadas, Fecha y Observaciones; junto con el registro fotográfico de las actividades de ahuyentamiento de fauna silvestre.

Por lo anteriormente expuesto, el grupo técnico considera que la Empresa ha dado cumplimiento a obligación en el presente periodo de seguimiento.d) Presentar como documentos anexos del aprovechamiento forestal, los archivos de Excel de los inventarios forestales realizados y los datos de las especies forestales aprovechadas, teniendo en cuenta sus coordenadas de localización y características fitosanitarias.

Permanente SI SI

Consideraciones:

La Empresa en el ICA 3 indica que se realizó el ajuste y la actualización al inventario forestal, las evidencias documentales se presentan en los anexos:

03_SOPORTES\03_BIOTICO\3_02AprFor\AprForSitTorExcNE500.xlsx, 03_SOPORTES\03_BIOTICO\3_02AprFor\AprForSitTorScamNE500.pdf, 3_SOPORTES\03_BIOTICO\3_02AprFor\AprForVanExcNE500.xlsx, 03_SOPORTES\03_BIOTICO\3_02AprFor/AprForVanScamNE500.pdf, 03_SOPORTES\03_BIOTICO\3_02AprFor/ForInvSitExcNE500.xlsx, 03_SOPORTES\03_BIOTICO\3_02AprFor/ForInvVanExcNE500.xlsx, 03_SOPORTES\03_BIOTICO\3_02AprFor/InvForVanScamNE500.pdf.

Acorde con lo anterior, el grupo técnico considera que la Empresa ha dado cumplimiento a obligación en el presente periodo de seguimiento.4. Presentar el consolidado de las quejas, inquietudes y sugerencias presentadas, en donde se identifique el nombre del peticionario, fecha de recepción, el trámite de las mismas, las acciones para el trámite de las mismas y el cierre de cada una. De igual manera deberá consolidar en todos los informes de cumplimiento ambiental el acumulado de todos los periodos del proyecto.

Permanente SI SI

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 192 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Obligación Carácter Cumple Vigente

Consideraciones:

La Empresa en el ICA3, y mediante comunicación con radicación 2018002033-1-000 del 26 de julio de 2017, presentan las evidencias documentales en el que aparte de que se tuvieron tres puntos de atención a la comunidad en el Municipio de Madrid, en el Municipio de Bojacá y una oficina de atención en la ciudad de Bogotá. A partir de junio de 2017 la oficina de Bojacá cerró una vez terminadas todas las actividades constructivas; las oficinas de Madrid y Bogotá continúan, en donde se presenta un consolidado de solicitudes y de inquietudes de la comunidad, los cuales han sido saldados o respondidos en su totalidad.

Por lo anterior, se considera que la Empresa dio cumplimiento a lo establecido en esta obligación para el periodo objeto del presente seguimiento ambiental.5. Incluir el inventario de las viviendas y/o infraestructuras afectadas, aclarando en cuyos casos se encuentren por fuera de servidumbre por qué es reconocida al propietario.

Permanente SI SI

Consideraciones:

La Empresa en el ICA3, y mediante comunicación con radicación 2018002033-1-000 del 26 de julio de 2017, presentan las evidencias documentales en donde se ha convocado a la veeduría ambiental del municipio de Bojacá a las actividades de socialización y reuniones de temas puntuales del proyecto Nueva Esperanza en las etapas de pre y construcción de la línea de transmisión de energía, resolviendo las inquietudes que se han planteado en los espacios de participación ciudadana.

Por lo anterior, se considera que la Empresa dio cumplimiento a lo establecido en esta obligación para el periodo objeto del presente seguimiento ambiental.

7.7 Auto 00732 del 27 de febrero de 2018

Obligación Carácter Cumple Vigente

ARTÍCULO PRIMERO. - Requerir a la Sociedad Empresas Públicas de Medellín S.A. E.S.P. EPM, para que presente de manera inmediata a partir de la ejecutoria del presente acto administrativo, la respectiva información, soportes y/o registros documentales del cumplimiento de las siguientes obligaciones:

1. Del Plan de Manejo Ambiental

a. El programa de empradización de las áreas intervenidas durante la construcción del proyecto, “transmisión Nueva Esperanza línea a 500 kV”, priorizando las actividades de acuerdo a las características del terreno en cada una de las torres donde no se han realizado las actividades de empradización; el cronograma presentado para el programa de empradización no podrá exceder los seis (6) meses; lo anterior en cumplimiento de la Ficha de Manejo 8.1.1 Manejo de pérdida de suelo y de zonas

Temporal SI SI

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 193 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Obligación Carácter Cumple Vigente

inestables, así como lo requerido en el literal a, numeral 1 del Artículo Tercero del Auto 575 del 28 de febrero del 2017.

Consideraciones:

En cumplimiento a esta obligación la Empresa por medio del comunicado con radicado ANLA 2018002033-1-000 del 26 de julio de 2017 menciona que se realizaron actividades de empradización en todos los sitios de torre que así lo requerían, por condiciones naturales (viento, lluvia y tipo de suelo) algunos sitios tuvieron un proceso lento de revegetalización; sin embargo, a la fecha los sitios de torre se encuentran revegetalizada.

Así mismo en el Anexo ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_00RegFotNE500 del ICA 3 la Empresa presenta la relación de los sitios de torre donde se efectuaron las actividades de revegetalización, correspondiendo a 48 sitios de torre y 9 puntos donde se instalaron patios de tendido, para un total de 57 puntos empradizados y un total de 8.56 m2 de área recuperada.

Por su parte, durante la visita de seguimiento ambiental desarrollada durante los días del 26 al 29 de junio de 2018, se observó en los sitios de torre visitados que las áreas afectadas por la construcción de la línea presentan un estado avanzado de revegetalización, persistiendo la cobertura de pastos limpios y en algunos casos vegetación secundaria baja.

Por lo anterior, se considera que la Empresa dio cumplimiento a esta obligación, y que, por tratarse de una obligación de carácter temporal, es pertinente darla por concluida.b. La justificación donde se precisen las razones que llevaron a la Sociedad a no ejecutar lo establecido en las medidas de manejo: Medición de los campos eléctricos y magnéticos y cumplimiento en la servidumbre establecida por el RETIE durante los meses de febrero de 2016 y febrero de 2017.

Temporal SI SI

Consideraciones:

En cumplimiento a esta obligación la Empresa por medio del comunicado con radicado ANLA 2018002033-1-000 del 26 de julio de 2017 menciona que las mediciones de campos electromagnéticos fueron desarrolladas durante el mes de marzo del año 2017 durante la fase constructiva del proyecto.

A su vez, la Empresa informa que por en el Anexo ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_07ManPreEfecElecMag y ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_00RegFotNE500 del ICA 3 se presentan las evidencias documentales de las actividades desarrolladas.

Por su parte, luego de verificada la información referenciada por la Empresa se observó que la Empresa presenta los resultados obtenidos en los puntos donde se desarrolló la medición de los campos eléctricos y magnéticos.

En el registro mencionado la Empresa indica que las mediciones se desarrollaron los días 14 16 y 17 de marzo de 2017 e incluye las variables medidas que corresponden a Campos magnéticos (nt) en el eje de

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 194 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Obligación Carácter Cumple Vigente

la línea de transmisión midiendo las variables Bx, By, Bz, B(Total) y calculando la variable B(total)(ut) que para estas mediciones se mantuvo dentro del rango de valores de 0.0 hasta 7.8, presentando los mayores registros en el vano T91 – T92.

Por su parte en las mediciones realizadas en el límite de la servidumbre se obtuvieron valores para B(total)(ut) en el rango desde 0.000 hasta 1.726.

Así mismo, en dichos anexos la Empresa incluye el registro fotográfico de las mediciones desarrolladas donde se puede observar que durante las actividades se tuvo el acompañamiento de representantes de la comunidad.

Por lo anterior, se considera que la Empresa dio cumplimiento a esta obligación, y que, por tratarse de una obligación de carácter temporal, es pertinente darla por concluida.c. El avance de la ejecución del Plan de compensación por pérdida de biodiversidad, de acuerdo con lo solicitado por la Autoridad ambiental.

Temporal SI SI

Consideraciones:

Mediante comunicación con radicación 2018002033-1-000 del 26 de julio de 2017, la Empresa da respuesta a los requerimientos establecidos en el Auto 732 de 27 de febrero de 2018; en el informe menciona que:

EPM mediante el plan de compensación por pérdida de biodiversidad de las líneas de transmisión eléctrica Nueva Esperanza 230 y 500 kV de EPM, en alianza con la Fundación Natura y Parque Nacional Natural Chingaza vienen adelantando la propagación de las especies nativas que serán utilizadas en la implementación del plan de compensaciones (radicado 2017004263-1-000 del 20 de enero de 2017 del cual se están anexando los ajustes requeridos). En este sentido, EPM y fundación Natura han puesto en funcionamiento una estrategia de domesticación, propagación y viverismo; que consiste en la implementación de fuentes semilleras, identificación y rescate de plántulas, implementación de técnicas de propagación vegetal, en el vivero localizado en la reserva biológica Encenillo, adaptado técnicamente para los fines del convenio Fundación Natura - EPM. De manera general se describen las principales actividades que se implementan en el proceso previamente mencionado: (…) Se deber considerar que en los planes de compensación – restauración se han adelantado las estrategias de mantenimiento de los predios adquiridos, con el alinderamiento, control de especies invasoras, control fitosanitario, fertilización y riego, con la correspondiente articulación social en el proceso, mediante métodos divulgativos y de sensibilización en las comunidades aledañas al proceso. Se pretende entonces que, tan pronto se cuente con la aprobación de los planes de compensación se inicie el proceso de restauración y conservación de ecosistemas que son hábitat de especies importantes

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 195 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Obligación Carácter Cumple Vigente

de flora y fauna de bosque alto andino como: el encenillo, el cedro negro, el roble de tierra fría, el oso de anteojos, el loro aliamarillo, y la rana de cristal.

Acorde con la información presentada por la Empresa, esta Autoridad da por cumplida la presente obligación que, al ser de carácter temporal es pertinente darla por concluida.d. Evidencia documental, donde se compile lo ejecutado entre febrero de 2016 y febrero de 2017, de tal manera que se pueda verificar la ejecución de las medidas de actualización del aprovechamiento forestal y aprovechamiento forestal técnico.

Temporal SI SI

Consideraciones:

Mediante comunicación con radicación 2018002033-1-000 del 26 de julio de 2017, la Empresa da respuesta a los requerimientos establecidos en el Auto 732 de 27 de febrero de 2018; en el informe menciona que:

La información fue entregada en el ICA 3 mediante radicado 2018002033-1000, se pueden observar las evidencias en la carpeta ICAIII\3_SOPORTES\2_BIOTICO\3_01ManCobVegEcoTer y la carpeta ICAIII\3_SOPORTES\2_BIOTICO\3_02AprFor.

En la revisión documental del ICA 3, se observó que la Empresa presentó las evidencias del inventario forestal al 100% (1 a 1 de los individuos con un DAP ≥ 10 cm) de los 19590 individuos fustales inventariados en las áreas de afectación, como se muestra a continuación:

ICA 1: Inventariados 5411 individuos ICA 2: Inventariados 7191 individuos ICA 3: Inventariados 6988 individuos

De los 19.590 individuos fustales inventariados se ha realizado el aprovechamiento forestal a 6756 individuos como se presenta a continuación:

ICA 1: 404 individuos aprovechadosICA 2: 2177 individuos aprovechadosICA 3: 4175 individuos aprovechados

El ajuste y la actualización del inventario forestal se presenta en los anexos: 03_SOPORTES\03_BIOTICO\3_02AprFor\AprForSitTorExcNE500.xlsx, 03_SOPORTES\03_BIOTICO\3_02AprFor\AprForSitTorScamNE500.pdf, 03_SOPORTES\03_BIOTICO\3_02AprFor\AprForVanExcNE500.xlsx, 03_SOPORTES\03_BIOTICO\3_02AprFor/AprForVanScamNE500.pdf, 03_SOPORTES\03_BIOTICO\3_02AprFor/ForInvSitExcNE500.xlsx, 03_SOPORTES\03_BIOTICO\3_02AprFor/ForInvVanExcNE500.xlsx, 03_SOPORTES\03_BIOTICO\3_02AprFor/InvForVanScamNE500.pdf.

Por lo anterior, se considera que la Empresa dio cumplimiento a esta obligación, y que, por tratarse de una obligación de carácter temporal, es pertinente darla por concluida

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 196 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Obligación Carácter Cumple Vigente

2. Plan de compensación por pérdida de biodiversidad:a. Evidencia documental del análisis de conectividad estructural en donde se demuestre a través de la dispersión de alguna especie, la importancia de establecer las acciones de compensación en el área seleccionada. Así mismo deberá establecer la conectividad como factor para determinar la no pérdida neta de la biodiversidad por lo cual deberá realizar el ajuste a los indicadores.

Permanente N/A SI

Consideraciones:

Las consideraciones y/o requerimientos respecto a esta obligación se desarrollan en el subnumeral 8.4 del presente concepto técnico.b. La información de las acciones a desarrollar, de conformidad con lo establecido con el numeral 5 del Manual de Compensaciones por Pérdida de Biodiversidad. Así como también, deberá presentar la información y documentos requeridos en el numeral 5.4 Contenido del plan de compensación.

Permanente N/A SI

Consideraciones:

Las consideraciones y/o requerimientos respecto a esta obligación se desarrollan en el subnumeral 8.4 del presente concepto técnico.c. Los ajustes al plan de compensación por pérdida de biodiversidad en los objetivos específicos, las metas, los indicadores, el cronograma y la GDB, como lo establece el Manual de Compensaciones por Pérdida de Biodiversidad.

Permanente N/A SI

Consideraciones:

Las consideraciones y/o requerimientos respecto a esta obligación se desarrollan en el subnumeral 8.4 del presente concepto técnico.d. En cumplimiento del literal a del Artículo Primero del Auto 575 del 28 de febrero de 2017, presentar los ajustes al Plan de compensación por pérdida de biodiversidad respecto a los cálculos de las áreas afectar, e integrar las áreas de compensación dentro de la propuesta del Plan definitivo de Compensación por pérdida de biodiversidad.

Permanente N/A SI

Consideraciones:

Las consideraciones y/o requerimientos respecto a esta obligación se desarrollan en el subnumeral 8.4 del presente concepto técnico.e. Los ajustes al Plan de compensación por pérdida de biodiversidad teniendo en cuenta los tres aspectos fundamentales: Cuánto, Dónde y Cómo compensar, para lo cual deberá justificar el ecosistema seleccionado para la

Permanente N/A SI

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 197 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Obligación Carácter Cumple Vigente

compensación, ajustar los objetivos específicos, las metas, los indicadores y el cronograma con base a lo solicitado en la parte emotiva del presente seguimiento.Consideraciones:

Las consideraciones y/o requerimientos respecto a esta obligación se desarrollan en el subnumeral 8.4 del presente concepto técnico.3. En cumplimiento al Artículo Sexto de la Resolución 519 del 26 de mayo de 2014, deberá presentar evidencias documentales que demuestren las actividades desarrolladas respecto al cumplimiento de las distancias mínimas de seguridad establecidas en el Artículo 13 del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas – RETIE vigente.

Temporal SI SI

Consideraciones:

En cumplimiento a esta obligación la Empresa informa que la línea fue construida atendiendo todos los lineamientos establecidos en la normatividad vigente entre ella lo establecido en el RETIE; como evidencia presenta en el Anexo ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_07ManPreEfecElecMag del ICA 3 la certificación RETIE de la línea la cual fue expedida por SGS Colombia SAS en la ciudad de Bogotá a los 21 días del mes de julio de 20174, correspondiente al dictamen de inspección No. 500708-1 con resolución de acreditación 12-OIN-009 y vigencia de 15 años. Dentro de los parámetros evaluados e incluidas en la certificación se encuentra la “Zona o Franja de servidumbre y distancias de seguridad” que fueron evaluados con un “SI CUMPLE” dentro del certificado.

Por lo anterior, se considera que la Empresa dio cumplimiento a esta obligación, y que, por tratarse de una obligación de carácter temporal, es pertinente darla por concluida.4. Un protocolo de manejo de fauna para cada uno de los grupos faunísticos, lo anterior dando cumplimiento a lo establecido en el Artículo Octavo de la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014.

Temporal SI SI

Consideraciones:

Mediante comunicación con radicación 2018002033-1-000 del 26 de julio de 2017, la Empresa da respuesta a los requerimientos establecidos en el Auto 732 de 27 de febrero de 2018; en el informe menciona que:

La información asociada al manejo de fauna en la construcción en la línea 500kV fue entregada en los informes de cumplimiento ambiental. Teniendo en cuenta que el plan de acción estuvo dirigido a la ejecución de controles preventivos, mitigables y de protección (…).

En la revisión de las evidencias documentales, se observó que la Empresa presentó el protocolo de manejo de fauna silvestre previo al inicio de actividades de descapote y remoción de cobertura vegetal. Se emplearon técnicas de ahuyentamiento generales para la fauna silvestre y unas específicas para la avifauna; con el objetivo de ahuyentar los diferentes grupos de fauna del área de intervención, se deben realizar actividades como: generación de ruido fuerte utilizando silbatos, golpeando madera, etc.,

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 198 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Obligación Carácter Cumple Vigente

agitación de la vegetación, levantamiento de troncos y piedras, inspección de madrigueras con linternas y eventualmente el uso de feromonas. Así mismo, se restringió el transito después de las 7 pm a los vehículos adscritos al proyecto, con el fin de minimizar al máximo el atropellamiento de la fauna. Se realizaron jornadas de educación ambiental al personal de obra, en búsqueda de promover la concientización, capacitación, sensibilización a la necesidad de respetar, conservar la fauna local y regional, como uno de los más importantes recursos.

Respecto al salvamento de fauna, la Empresa menciona que: Se llevará a cabo en caso de ser necesario capturar y manejar individuos durante el ahuyentamiento o de sufrir algún tipo de accidente, con el fin de movilizarlos a un sitio donde estén a salvo del posible daño durante las actividades del Proyecto. (…).

Acorde con las evidencias documentales presentadas por la Empresa se considera que se dio cumplimiento a esta obligación, y que, por tratarse de una obligación de carácter temporal, es pertinente darla por concluida.5. La medición de campo eléctrico, campo magnético, radio interferencia y ruido audible correspondiente a la fase previa a la entrada en operación de la línea de transmisión de 500 kV, de conformidad con lo establecido en el Artículo octavo de la Resolución 519 del 26 de mayo de 2014.

Temporal SI SI

Consideraciones:

Por medio del formato Ica 1a del ICA 3, la Empresa informa que durante el periodo reportado se realizaron las mediciones de campos electromagnéticos con el equipo El NFA 1000 de Gigahertz con la línea sin energizar en 16 vanos de la línea de acuerdo con los criterios exigidos en la licencia ambiental, tales como Infraestructura existente, centros poblados ( se refiere a viviendas cercanas, dado que no se tienen centros poblados cercanos a la servidumbre de la línea, cruce con invernaderos ( Se refiere a zonas cercanas a invernaderos, dado que la línea no está por encima de estos) y zona industrial ( Se escogió de acuerdo a POT).

Por su parte, en el Anexo ICAIII\3_SOPORTES\1_ABIOTICO\2_07ManPreEfecElecMag del ICA 3 la Empresa presenta los resultados obtenidos en los puntos donde se desarrolló la medición de los campos eléctricos y magnéticos.

En el registro mencionado la Empresa indica que las mediciones se desarrollaron los días 14 16 y 17 de marzo de 2017 e incluye las variables medidas que corresponden a Campos magnéticos (nt) en el eje de la línea de transmisión midiendo las variables Bx, By, Bz, B(Total) y calculando la variable B(total)(ut) que para estas mediciones se mantuvo dentro del rango de valores de 0.0 hasta 7.8, presentando los mayores registros en el vano T91 – T92.

Por su parte en las mediciones realizadas en el límite de la servidumbre se obtuvieron valores para B(total)(ut) en el rango desde 0.000 hasta 1.726.

Así mismo, menciona que en el primer semestre de 2018 se realicen las mediciones de campos electromagnéticos con la línea energizada.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 199 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Obligación Carácter Cumple Vigente

Por lo anterior, se considera que la Empresa dio cumplimiento a esta obligación, y que, por tratarse de una obligación de carácter temporal, es pertinente darla por concluida.6. De conformidad con el numeral 3 del Artículo Décimo séptimo de la Resolución 519 del 26 de mayo de 2014, lo ejecutado en el periodo de seguimiento ambiental actual, en relación con el análisis de los indicadores de los programas de manejo ambiental y los programas de seguimiento y monitoreo de los componentes físico, biótico y social, de forma acumulativa para evidenciar la tendencia del medio en la efectividad de la medida establecida para los años 2015 y 2016, determinados en los informes de cumplimiento ICA - 1 y 2.

Temporal SI SI

Consideraciones:

Componente Físico:

Respecto al cumplimiento de esta obligación, la empresa por medio del formato Ica 4b presenta la información del análisis de las tendencias de la calidad del medio donde se desarrolla el proyecto; así mismo, realiza la comparación acumulativa a partir del primer bimestre del año 2016 hasta el año 2017, haciendo la comparación y análisis del desarrollo de cada uno de los indicadores planteados en los programas establecidos tanto en el Plan de Manejo Ambiental como en el Plan de Seguimiento y Monitoreo. En dicho análisis la empresa explica las actividades desarrolladas para dar cumplimiento a las metas propuestas, observando la pertinencia y cumplimiento de cada uno de los indicadores propuestos.

Componente Biótico:

La Empresa en el ICA 3 presenta el análisis de las tendencias para el medio biótico durante la etapa de construcción, realizando la comparación desde el ICA 1 hasta el ICA 3 en los programas que aplican para dicha etapa, observándose la efectividad de las medidas de manejo.

Componente Socioeconómico:

La Empresa entrega evidencias documentales en sus ICA’s, 1, 2 y 3; y mediante comunicación con radicación 2018002033-1-000 del 26 de julio de 2017; demuestra que los indicadores de los programas de manejo ambiental y los programas de seguimiento y monitoreo apuntan a atender las comunidades intervenidas por el proyecto; y que de forma acumulativa también hace seguimiento a los impactos que pueda generar. Por último, se observa la tendencia del medio del área de influencia en la efectividad de las medidas.

Por lo anterior, se considera que la Empresa ha dado cumplimiento a la obligación.7. Presentar constancia del desarrollo de las actividades relacionadas con el censo predial y las familias a reasentar o reubicar, de conformidad con el numeral 5 del Artículo Décimo Cuarto de la Resolución 519 del 26 de mayo de 2014.

Temporal SI SI

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 200 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Obligación Carácter Cumple Vigente

Consideraciones:

La Empresa en el ICA3, y mediante comunicación con radicación 2018002033-1-000 del 26 de julio de 2017, presentan las evidencias documentales en el que se presenta que la asesoría en el tema inmobiliario ha finalizado con el cumplimiento de la meta en asegurar el traslado de las dos familias a predios legales y con títulos de propiedad en notariado y registro de instrumentos públicos; las viviendas objeto del traslado ofrecen mejores condiciones de habitabilidad que las anteriores dada su condición de nuevas y con acceso a todos los servicios públicos domiciliarios (agua, energía, gas natural y alcantarillado).

Que las profesionales sociales han desarrollado las actividades propuestas en el plan de gestión social, las cuales han permitido reestablecer las condiciones de vida de las familias relocalizadas. El acompañamiento social incluye el restablecimiento de la vivienda en mejores condiciones que las encontradas y la ejecución de proyectos económicos de los cuales las familias obtienen un ingreso luego del traslado. Con las actividades de acompañamiento integral a las familias se les ha compensado la afectación predial, la pérdida de la vivienda y la disminución de ingresos familiares.

Que en las actividades de evaluación Ex post se contó con el acompañamiento de la doctora Nancy Arciniegas Personera municipal de Bojacá, de manera tal que se evidencie el respeto a los derechos sociales, culturales y económicos de las personas objeto de relocalización familiar. Profesional Social de EPM realizó 20 visitas de seguimiento a los grupos familiares en sus nuevas residencias como acompañamiento social al proceso de inserción del grupo familiar a su nuevo entorno social, verificando que las condiciones de vida de los integrantes mantengan mejores condiciones a las identificadas antes del proceso de relocalización familiar, estas fueron presentadas en el ICA2.

Empresa dio cumplimiento a lo establecido en esta obligación y que por tratarse de una obligación de carácter temporal es procedente darla por concluida.8. En cumplimiento al literal b del Artículo Tercero, de la Resolución 981 del 7 de septiembre de 2016, deberá presentar la actualización del flujo económico y los criterios de decisión ajustados del proyecto licenciado, incluyendo los valores derivados de la presente modificación.

Temporal SI NO

Consideraciones:

Empresas Públicas de Medellín S.A. E.S.P. – EPM en documento respuesta al Auto 732 de 2018 (radicación 2018099281-1-000 del 26 de julio de 2018), indica que, con base en los requerimientos por atender, ha realizado actualización de la evaluación económica ambiental del proyecto, incorporando lo concerniente a las dos modificaciones autorizadas. Esto implicó la presentación de un nuevo flujo económico y criterios de decisión para el total de actividades, permisos y obras autorizadas; de esta forma, y dado que con relación a las valoraciones incluidas en la Resolución 981 del 7 de septiembre de 2016, no hay requerimientos adicionales, se da por cumplida la obligación, recomendándose sea excluida de próximos seguimientos.

9. La ejecución de las actividades de compensación por aprovechamiento forestal en una proporción 1:1, lo anterior en, Temporal SI SI

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 201 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Obligación Carácter Cumple Vigente

cumplimiento del numeral 3 del Artículo Séptimo de la Resolución 01113 del 29 de septiembre de 2016.

Consideraciones:

Mediante comunicación con radicación 2018002033-1-000 del 26 de julio de 2017, la Empresa da respuesta a los requerimientos establecidos en el Auto 732 de 27 de febrero de 2018; en el informe menciona que:

EPM mediante el plan de compensación de las líneas de transmisión eléctrica Nueva Esperanza de EPM, en alianza con la Fundación Natura, puso en funcionamiento el vivero de especies nativas de bosque altoandino, localizado en la Reserva Biológica Encenillo, en Cundinamarca, un lugar para el cultivo y la propagación de especies propias de este ecosistema y que son importantes para la restauración y conservación de los mismos una vez sean aprobados los planes de compensación, ya que son hábitat de especies de flora y fauna como: El encenillo, el oso de anteojos y la rana de cristal.

Acorde con las evidencias documentales presentadas por la Empresa se considera que se dio cumplimiento a esta obligación, y que, por tratarse de una obligación de carácter temporal, es pertinente darla por concluida.10. Deberá presentar evidencias documentales donde se aclare que los impactos de afectación de las especies endémicas, en peligro y/o veda y ocurrencia de conflictos en el proyecto y generación de expectativas, son internalizados totalmente por medio de las medidas de manejo. De ser así, se deberá excluir de la evaluación económica, demostrando por medio de indicadores el avance de la internalización. En caso contrario, se tendrá que mostrar qué tanto se logran mitigar con las medidas de manejo, lo que no se logre se deberá valorar económicamente. Se deben presentar todas las memorias de cálculo y demostrar los supuestos usados para la valoración económica, lo anterior en cumplimiento del numeral 2 del Artículo Décimo primero de la Resolución 1113 del 29 de septiembre de 2016.

Permanente NO SI

Consideraciones:

Frente a lo entregado por el titular de la licencia, dentro del documento respuesta del Auto 732 de 2018, considerando la aplicación de medidas de compensación para las especies con levantamiento de veda, se hace necesario que el titular de la licencia, adelante la valoración económica de este componente para el impacto “afectación de las especies endémicas, en peligro y/o veda” y la presente en el próximo ICA. En lo que respecta al impacto sobre expectativas y conflictos, si bien esta Autoridad acepta su jerarquización como internalizable, se requiere que, en los próximos ICA, tanto la cuantificación biofísica, como los costos sean discriminados y completados, a partir del análisis de las quejas y reclamos, el cual debe enfocarse al objeto de solicitud, los costos y tiempos para su resolución, así como el cierre de la misma, con aceptación del interesado.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 202 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Obligación Carácter Cumple Vigente

Se aclara finalmente, que la mencionada obligación corresponde al numeral 3 del artículo décimo primero de la Resolución 1113 del 29 de septiembre de 2016.Requerimiento:

En cumplimiento del numeral 10 del Artículo primero del Auto 732 del 27 de febrero de 2018, presentar la valoración económica de la afectación de especies en veda, así como el reporte periódico de la internalización del impacto” Ocurrencia de conflictos en el proyecto y generación de expectativas” a partir del análisis de las quejas y reclamos, el cual debe enfocarse al objeto de solicitud, los costos y tiempos para su resolución, así como el cierre de la misma, con aceptación del interesado.11. La incorporación en la cuantificación del impacto afectación a vivienda, la totalidad de las afectaciones generadas como consecuencia de la manifestación del impacto, en cumplimiento del numeral 3 del Artículo Séptimo de la Resolución 1113 del 29 de septiembre de 2016.

Temporal NO SI

Consideraciones:

Frente a lo entregado por el titular de la licencia, dentro del documento respuesta del Auto 732 de 2018, se considera que el análisis de internalización adelantado para el impacto no es pertinente, y por tanto, la desviación de la valoración económica. Por lo que se exigirá su inmediato cumplimiento; no obstante, se aclara que la mencionada obligación corresponde al numeral 4 del Artículo Décimo Primero de la Resolución 1113 del 29 de septiembre de 2016.Requerimiento:

Dar cumplimiento inmediato al numeral 11 del Artículo Primero del Auto 732 del 27 de febrero de 2018.12. La valoración del impacto alteración de los corredores de vuelo a través del uso de una metodología conforme con su magnitud y características, en cumplimiento del numeral 4 del Artículo Décimo primero de la Resolución 1113 del 29 de septiembre de 2016.

Temporal NO SI

Consideraciones:

Frente a lo entregado por el titular de la licencia, dentro del documento respuesta del Auto 732 de 2018 (radicación 2018099281-1-000 del 26 de julio de 2018), no se acepta la exclusión de la valoración económica de este impacto, bajo los mismos criterios sobre los cuales se realizó la solicitud en los anteriores actos administrativos. Por lo anterior, se exigirá su inmediato cumplimiento.Requerimiento:

Dar cumplimiento inmediato al numeral 12 del Artículo Primero del Auto 732 del 27 de febrero de 2018.13. El ajuste del flujo de costos y beneficios, así como los criterios de decisión, teniendo en cuenta las consideraciones realizadas en el componente de evaluación económica ambiental, plan de manejo, zonificación ambiental y evaluación ambiental del presente acto administrativo, lo anterior en cumplimiento del numeral 7 del Artículo Décimo primero, de la Resolución 1113 del 29 de septiembre de 2016.

Temporal NO SÍ

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 203 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Obligación Carácter Cumple Vigente

Consideraciones:

Teniendo en cuenta las valoraciones que deben ser presentadas o modificadas, tanto el flujo de costos y beneficios, como los criterios de decisión, deben ser actualizados, por lo que se reitera la obligación.Requerimiento:

Dar inmediato cumplimiento al numeral 13 del artículo primero del Auto 732 del 27 de febrero de 2018.14. El protocolo de rescate, remoción, traslado y manejo de especies vedadas forestales bajo algún estatus de interés, en cumplimiento del literal b del numeral 1 del Artículo Primero del Auto 00575 del 28 de febrero de 2017.

Temporal SI SI

Consideraciones:

Mediante comunicación con radicación 2018002033-1-000 del 26 de julio de 2017, la Empresa da respuesta a los requerimientos establecidos en el Auto 732 de 27 de febrero de 2018; en el informe menciona que:

Se adjunta la información solicitada en el Anexo II. Esta información fue allegada al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible con el primer informe de seguimiento por el levantamiento de especies en veda en octubre de 2016 en cumplimiento de la Resolución 766 de 2014 (Se adjunta radicado de este informe en el anexo en mención). En la revisión de las evidencias documentales del expediente LAV0006-3 se observó que en la comunicación con radicación E1-2016-026097 del 4 de octubre de 2016, la Empresa presentó el Primer informe de seguimiento por levantamiento de especies en veda ante el MADS, en el cual se anexó el “Protocolo de rescate, remoción, traslado y manejo de plantas epífitas vasculares y helechos arborescentes”, junto con los anexos 3_01ManCobVegEcoTer, en el que se presentan los formatos de campo de la localización de las especies, identificación, rescate efectivo y monitoreo.

Acorde con lo anterior, se da cumplimiento a la obligación, que, al ser de único cumplimiento, se considera darla por concluida.15. Presentar un informe, donde se relacione la periodicidad, indicadores y la metodología descrita para el cumplimiento del seguimiento y monitoreo a los corredores de vuelo, en cumplimiento del literal a del numeral 4 del Artículo Segundo del Auto 00575 del 28 de febrero de 2017.

Temporal SI SI

Consideraciones:

Mediante comunicación con radicación 2018002033-1-000 del 26 de julio de 2017, la Empresa da respuesta a los requerimientos establecidos en el Auto 732 de 27 de febrero de 2018; en el informe menciona que:

Para el monitoreo de avifauna EPM adjudicó un contrato en el año 2017, el cual está en fase de ejecución desde enero de 2018, para cumplir con lo definido en el plan de monitoreo, se definió la metodología e indicadores con posibilidad de ajustes en campo de acuerdo con las condiciones in situ. En el anexo IV

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 204 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Obligación Carácter Cumple Vigente

se entrega la información solicitada. Se informa que los resultados del monitoreo se entregaran en el próximo Informe de Cumplimiento Ambiental.

Así mismo, mediante comunicación con radicación vital 3500089090499617026 del 31 de mayo de 2017, la Empresa presentó la respuesta al Artículo Segundo del Auto 00575 del 28 de febrero de 2017.

En la revisión documental presentada por la Empresa se relaciona la siguiente información:

En el Anexo 2 se presenta el complemento al PSM, respecto al programa 9.1.1 Seguimiento y monitoreo de corredores de vuelo. La periodicidad del seguimiento y monitoreo a los corredores de vuelo se realizará así: Esta fase deberá realizarse en la etapa de Operación, durante los primeros cinco años. Los monitoreos deberán efectuarse en diferentes épocas del año; llevando a cabo muestreos durante 10 días, trimestrales el primer año, semestrales el segundo y anuales del tercer y al quinto año.

Teniendo en cuenta que la Empresa presentó la información aquí requerida, se considera que dio cumplimiento a esta obligación y que es procedente darla por concluida.16. Presentar un informe, donde se relacione el “Seguimiento al manejo preventivo de los efectos electromagnéticos de la línea de transmisión”, con su respectivo análisis, en cumplimiento de lo establecido en el Auto 00575 del 28 de febrero del 2017.

Temporal N/A SI

Consideraciones:

Respecto a esta obligación por medio del comunicado con radicado ANLA 2018002033-1-000 del 26 de julio de 2017 la Empresa informa que la medición de los campos electromagnéticos con la línea en operación será desarrollada durante el mes de agosto de 2018; por tanto, los resultados obtenidos se presentarán en el ICA correspondiente al periodo de operación del 01 de enero al 31 de diciembre de 2018 ICA 4.

Por lo anterior se considera que el seguimiento a esta obligación no aplica para el presente seguimiento ambiental.17. Presentar los avances de la compensación por ecosistemas diferentes a los naturales y seminaturales conforme a lo establecido en el Artículo Décimo Tercero de la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014.

Temporal SI SI

Consideraciones:

Mediante comunicación con radicación 2018002033-1-000 del 26 de julio de 2017, la Empresa da respuesta a los requerimientos establecidos en el Auto 732 de 27 de febrero de 2018; en el informe menciona que:

EPM mediante el plan de compensación por pérdida de biodiversidad de las líneas de transmisión eléctrica Nueva Esperanza 230 y 500 kV de EPM, en alianza con la Fundación Natura y Parque Nacional Natural Chingaza vienen adelantando la propagación de las especies nativas que serán utilizadas en la implementación del plan de compensaciones (radicado 2017004263-1-000 del 20 de enero de 2017 del cual se están anexando los ajustes requeridos).

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 205 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Obligación Carácter Cumple Vigente

En este sentido, EPM y fundación Natura han puesto en funcionamiento una estrategia de domesticación, propagación y viverismo; que consiste en la implementación de fuentes semilleras, identificación y rescate de plántulas, implementación de técnicas de propagación vegetal, en el vivero localizado en la reserva biológica Encenillo, adaptado técnicamente para los fines del convenio Fundación Natura - EPM. De manera general se describen las principales actividades que se implementan en el proceso previamente mencionado:

(…)

Se deber considerar que en los planes de compensación – restauración se han adelantado las estrategias de mantenimiento de los predios adquiridos, con el alinderamiento, control de especies invasoras, control fitosanitario, fertilización y riego, con la correspondiente articulación social en el proceso, mediante métodos divulgativos y de sensibilización en las comunidades aledañas al proceso. (…).

Teniendo en cuenta que la Empresa presentó la información aquí requerida, se considera que dio cumplimiento a esta obligación y que es procedente darla por concluida.18. Remitir pruebas documentales donde se pueda verificar el pago del valor correspondiente a las tasas retributivas, por uso y/o compensatorias a que haya lugar por el uso, aprovechamiento y/o afectación de los recursos naturales renovables, para el periodo de seguimiento del presente seguimiento ambiental, en cumplimiento del Artículo Vigésimo Segundo de la Resolución 519 del 26 de mayo de 2014.

Temporal N/A SI

Consideraciones:

En la respuesta a los requerimientos establecidos en el Auto 732 de 27 de febrero de 2018, la Empresa mediante comunicación con radicación 2018002033-1-000 del 26 de julio de 2017, menciona que:

Se adjunta el radicado de la entrega del informe de aprovechamiento forestal donde se solicita a la autoridad ambiental correspondiente el cobro por las tasas retributivas y/o compensatorias a que haya lugar por el uso, aprovechamiento y/o afectación de los recursos naturales renovables (Anexo VI).

En la revisión documental de la respuesta al Auto 732 de 27 de febrero de 2018, se observó que mediante comunicación con radicación 20181126056 del 28 de junio de 2018 la Empresa solicitó a la CAR la liquidación correspondiente a las tasas compensatorias o retributivas por la afectación de los recursos naturales renovables realizado durante la ejecución de las obras del proyecto Nueva Esperanza a 500 kV.

Debido a que aún no ha habido respuesta por parte de la CAR, no aplica el seguimiento de la obligación en el presente periodo de seguimiento. ARTICULO SEGUNDO. - La Sociedad Empresas Públicas de Medellín S.A. E.S.P. EPM, deberá modificar la Ficha 8.1.7 Manejo Permanente N/A SI

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 206 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Obligación Carácter Cumple Vigente

Preventivo de los efectos electromagnéticos de la línea de transmisión, en el sentido de incluir como medida de manejo la realización de mediciones de ruido audible durante la época de bajas y altas precipitaciones, los puntos de monitoreo deberán incluir los cruces con otras líneas de transmisión de alta tensión (existentes y futuras) los cruces sobre invernaderos, así como en los cruces sobre zonas industriales y centros poblados; igualmente, los resultados obtenidos en las mediciones de “ruido audible” deberán ser comparados con los límites establecidos en la Resolución 627 del 07 de abril de 2006 a partir de los resultados obtenidos en las mediciones realizadas, y en caso que se presenten niveles por encima de lo establecido en la Resolución en cita, la Empresa deberá proponer medidas de manejo tendientes a controlar, prevenir, mitigar y/o compensar los efectos negativos que se puedan generar por la emisión de ruido audible producto de la operación de la línea de 500 kV sobre los pobladores y/o ecosistemas locales del área de influencia directa del proyecto, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de este acto administrativo.Consideraciones:

Respecto al cumplimiento de esta obligación, por medio del comunicado con radicado ANLA 2018002033-1-000 del 26 de julio de 2017 la Empresa informa que en cumplimiento a lo requerido se realizó el primer monitoreo de ruido en fase operativa época invernal (alta precipitación), y se está en el proceso de contratación del segundo monitoreo en la fase operativa, época de verano (baja precipitación). Esta información ira incluida en el informe anual de seguimiento ICA para vigencia 2018 (ICA 4). Los indicadores estarían relacionados con los limites estipulado por la resolución 627 del 07 de abril de 2006.

En cuanto a la medición de campos electromagnéticos en la etapa operativa se informa que está programada para el mes de agosto de 2018.

Por lo anterior se considera que el seguimiento a esta obligación no aplica para el presente seguimiento ambiental.

8 OTRAS CONSIDERACIONES

8.1 Información cartográfica y Geográfica ICA 2

En lo referente a la información geográfica presentada en el ICA 2 correspondiente al periodo de construcción del 01 de agosto de 2016 al 31 de enero de 2017, el equipo de geomática revisó la información geográfica y cartográfica incluida en el ICA 2 del proyecto NUEVA ESPERANZA 500KV dando como resultado NO CONFORME a lo establecido en la Resolución 188 de 2013.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 207 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Específicamente las observaciones de acuerdo con los parámetros evaluados de la información geográfica para el ICA reportado se relacionan a continuación:

Información Vectorial:

No se reporta en la GDB temática, la información de la ficha ICA-2d (Estado del permiso de ocupación de cauce).

La información presentada en la capa compensaciones no guarda correspondencia con lo descrito en el documento, ficha de cumplimiento yo anexo.

Garantizar la consistencia entre la información presentada en la ficha ICA-2h (Estado de manejo y disposición de residuos sólidos) con las capas de la GDB temática, ManejoResiduosSolidos, DisposicionResiduosLiquidos y DisposicionResiduosSolidos.

Deben presentar la información de Cartografía Base que se relaciona con la información reportada durante el periodo reportado en el ICA. Por ejemplo, los cuerpos de agua monitoreados.

Teniendo en cuenta que la información geográfica es de vital importancia para el seguimiento que se realiza sobre el proyecto, así como para el análisis y la toma de decisiones, se deberá realizar una nueva entrega atendiendo a lo requerido anteriormente de tal manera que coincida con lo desarrollado en el informe de cumplimiento, formatos ICA, anexos y las obligaciones definidas para el proyecto en los actos administrativos, siguiendo para esto el modelo de almacenamiento geográfico establecido por la Resolución 188 de 2013 del MADS.

8.2 Información cartográfica y Geográfica ICA 3

En lo referente a la información geográfica presentada en el ICA 3 correspondiente al periodo del 01 de febrero al 31 de diciembre de 2017, el equipo de geomática revisó la información geográfica y cartográfica incluida en el ICA 3 del proyecto NUEVA ESPERANZA 500 KV dando como resultado NO CONFORME a lo establecido en la Resolución 188 de 2013.

Específicamente las observaciones de acuerdo con los parámetros evaluados de la información geográfica para el ICA reportado se relacionan a continuación:

Información Vectorial

La base de datos temática presentada no cumple con la estructura del modelo de datos de la ANLA establecida mediante resolución 2182 de 2016. Se evidencia que agregaron campos en algunas de las capas presentadas como – Predios- y en las tablas MuestreoFloraFustalTB.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 208 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Se debe cargar la información geográfica empleando el modelo de geodatabase definido por la ANLA, conforme a la resolución 2182 de 2016. Dado que se determinó que se crearon nuevas capas de información, cuando la información almacenada puede ser cargada en otras existentes. Por ejemplo, la información cargada en la capa ManejoResiduosSolidos puede ser homologada en la capa DisposicionResiduosSolidos.

Relacionado con el ítem anterior se evidencian nuevas capas como

MM_CuerpoAguaPT, ManejoPerdidaSuelo,RecuperacionPT, ontrolMatParticuladoPT, Seg_AreaAprovechamiento, InfraEconomica,

CultivosAfectados, PIPC_LN, GeneracionEmpleo, RVivienda, PQR, EducacionAmbiental, MonitSitioArqueologico, DisposicionResiduosLiquidos, AccesoLN, CamposElectroMagRI, ManejoResiduosSolidos, ManejoMEVLN, DesviadorVueloLN; y nuevos dominios tales como Dom_Sect, Dom_Tipo_Actadmin_1, Dom_Fase, Dom_Progr_PMA, Dom_Progr_PSM, Dom_Tenencia_1, Dom_TipoUso_1, Dom_EstNegociacion, de requerir estas capas ó dominios dentro del informe del ICA y de no ser posible en cargue en el modelo de la base de datos establecido por la Autoridad Ambiental, se deben justificar adecuadamente cada uno de estos en un archivo “Leeme.txt”.

Dentro de la base de datos, a algunos de los campos se le alteraron los valores por defecto. Por ejemplo, en la capa aprovechaforestalpt se alteró el valor por defecto de los campos categ_uicn, ap_indiv, genero, entre otros.

Hace falta el diligenciamiento de campos obligatorios en las capas entregadas dentro de la base de datos geográfica, esto con base en el diccionario de datos establecido de acuerdo con la Resolución 2182 de 2016. Por ejemplo: en la capa RegistrosMultimediaTB el campo FEAT_CLASS; en la capa RegistrosRuidoAmbientalTB el campo DESC_PERIODO; en la capa MonitoreoRuidoAmbiental los campos COTA, OPERADOR, PROYECTO, VEREDA; en la capa FuenteEmisionRuido los campos CAR, COTA, DEPTO, MUNICIPIO, OPERADOR, POT_FUENTE, PROYECTO, SUBSECTOR, TIP_EQUIPO, TIP_RUIDO, VEREDA; en la capa AprovechaForestalPT los campos BIOM_INDIV, CARB_INDIV, CLASE, DIVISION, FECHA_C_A, H_FUSTE, ORDEN, VOL_COM; en la capa PuntoMuestreoFauna los campos DEPTO, HABITAT, N_COBERT, LOCALIDAD, MUNICIPIO, N_COBERT, VEREDA; en la capa UnidadTerritorial los campos ACT_ECON_1, AREA_HA, ASENTAMIEN, ASPEC_CULT, CENT_SERV, COD_U_TERR, DESC_ACT_1, EMP_PRO_PR, EMP_PRO_S, EMP_PRO_TE, FEC_CARACT, FOR_OH, entre otros.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 209 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Se evidencian errores topológicos. Por ejemplo, en las capas UnidadTerritorial y Compensaciones se encuentran huecos topológicos; en las capas Seg_AreaAprovechamiento y Municipio se presentan errores de superposición. Adicionalmente duplicidad de los puntos FuenteEmisionRuido.

La longitud reportada en el documento - InfEjeICAIII_NE_500.pdf- difiere de la longitud de la línea del proyecto en 434,9mt.

La capa AreaProyecto no coincide con el AreaInfluencia física del proyecto.

Los valores de los volúmenes reportados en la capa AprovechaForestalPT no corresponden con los reportados en el formato ICA – 2c.

En la capa Compensaciones “Cuando se presenta una propuesta para evaluación, se deben diligenciar las tablas Afect_OtraCompensacionTB y Ubic_Comp_InvTB; si la actividad contempla siembra de especies se deben además diligenciar las tablas TipoEcosistemaTB y EstSueloTB. En seguimiento, además de las anteriores, se deben diligenciar las tablas Seg_CompensacionesTB, Seg_Indicadores y Seg_EspSembradaTB.

La información presentada en el modelo de almacenamiento geográfico debe corresponder con lo descrito en los reportes de laboratorio, formatos ICA, anexos e informes presentados para el periodo del ICA reportado.

Tablas

Hace falta diligenciar campos obligatorios en las tablas entregadas dentro de la base de datos geográfica, con base en el diccionario de datos establecido de acuerdo con la Resolución 2182 de 2016. Por ejemplo, los campos FEC_ACT_AD, ID_ICA, NUM_ACT_AD, T_AC_IMP, TIPO_RESID, en la capa Seg_DisposicionResiduosSolidosTB.

Se evidencia que agregaron nuevas tablas como por ejemplo: USP_TB y PQRTB. Las tablas no se relacionan con las capas por medio del ID correspondiente. Por

ejemplo, los elementos de la capa PuntoMuestreoFlora no se relacionan con la tabla MuestreoFloraFustalTB.

Los elementos de la tabla RegistrosMultimediaTB no se relacionan con las capas cargadas en la base de datos geográfica del ICA.

Se deben presentar las tablas asociadas con las capas geográfica, de acuerdo a la información vectorial reportada para el periodo del ICA. Por ejemplo, se deben diligenciar con la capa FuenteEmisionRuido la tabla RegistrosRuidoEmisionTB.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 210 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Metadatos

Se debe diligenciar en el metadato la información de las capas cargadas en la geodatabase, según lo establecido en la NTC4611.

Cartografía Base

La información de cartografía básica presentada no cubre el área del proyecto.

La información cartográfica básica presenta errores de consistencia lógica. Por ejemplo, los límites municipales presentados en la capa -Administrativo_R_Mpio- no corresponden con los presentados en la capa -Municipio- de la cartográfica temática.

La información geográfica y cartográfica es NO CONFORME de acuerdo con los requerimientos mínimos de la ANLA, según lo establecido por la Resolución 2182 de 2016 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Debe presentarse la información vectorial según modelo de datos geográfico definido por la ANLA de acuerdo a la información desarrollada en el informe de cumplimiento ambiental, fichas ICA, anexos y las obligaciones definidas para el proyecto en los actos administrativos. http://www.anla.gov.co/sistema-informacion-geografica.

8.3 Departamento de Gestión Ambiental - DGA

Con el objeto de dar cumplimiento a la Ley 1124 de 2007 y al capítulo 11, del Título 8 Parte 2 Libro 2 (Régimen reglamentario del Sector Ambiente) del Decreto 1076 de 2015, a continuación, en la cual se establece la obligación para las Empresas a nivel industrial de “tener un departamento de gestión ambiental dentro de su organización, para velar por el cumplimiento de la normatividad ambiental de la República”.

Acorde a lo previsto en el Decreto 1076 de 2015, el Departamento de Gestión Ambiental - DGA - tiene por objeto establecer e implementar acciones encaminadas a dirigir la gestión ambiental de las Empresas a nivel industrial; velar por el cumplimiento de la normatividad ambiental; prevenir, minimizar y controlar la generación de cargas contaminantes: promover prácticas de producción más limpia y el uso racional de los recursos naturales; aumentar la eficiencia energética y el uso de combustible más limpios: implementar opciones para la reducción de emisiones de gases de efectos invernadero; y proteger y conservar los ecosistemas.

De igual forma, el Artículo 2.2.8.11.1.7. del Decreto 1076 de 2015 determina que el representante legal de la Empresa a nivel industrial en este caso el Represente legal de la Empresa Empresas Públicas de Medellín S.A. E.S.P. - EPM, debió informar a las

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 211 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

autoridades ambientales competentes sobre la conformación del Departamento de Gestión Ambiental, las funciones y responsabilidades asignadas.

8.4 Plan de Compensación por Pérdida de Biodiversidad

Se requiere al área jurídica efectuar la aclaración respecto a las obligaciones establecidas en el los literales a, b, c, d y e del numeral 2 del Artículo Primero del Auto 00732 del 27 de febrero de 2018, debido a que lo allí consignado va en contra de lo establecido en el Manual para la asignación de compensaciones por pérdida de biodiversidad. Acorde con lo anterior, las obligaciones quedarán así:

2. Plan de compensación por pérdida de biodiversidad:

a. Presentar el ajuste al cálculo de las áreas reales de afectación y áreas de compensación, para dar respuesta a Cuánto compensar en términos de área.

b. Presentar el ajuste de la selección del área ecológicamente equivalente para realizar la compensación por pérdida de biodiversidad, para dar respuesta a Dónde realizar la compensación.

c. Presentar la información de las acciones a desarrollar acorde con el numeral 5 del Manual de Compensaciones por Pérdida de Biodiversidad. De igual manera, deberá presentar la información y documentos requeridos en el numeral 5.4 Contenido del plan de compensación.

d. Realizar los ajustes al Plan de compensación por pérdida de biodiversidad en los objetivos específicos, las metas, el área real a compensar, el bioma en el cual se va a realizar la compensación, los indicadores, el cronograma, la GDB, con base a lo establecido en el Manual de Compensaciones por Pérdida de Biodiversidad. En cumplimiento del Artículo Décimo Tercero de la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014; Artículo Segundo de la Resolución 00981 del 07 de septiembre de 2016; literal a del Artículo Primero del Auto 00575 del 28 de febrero de 2017.

8.5 Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014, por medio de la cual se otorgó viabilidad ambiental al Proyecto

Se requiere al área jurídica efectuar la aclaración respecto a las obligaciones establecidas en la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014, y que fueron dadas por concluidas en el Auto 00732 del 27 de febrero de 2018, toda vez que se consideran de carácter permanente y que deberán ser aplicadas durante la vida útil del proyecto:

Artículo Quinto. – En relación con el uso y/o aprovechamiento de recursos naturales, EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P. – EPM, deberá:

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 212 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

4. Presentar en los Informes de Cumplimiento Ambiental – ICA, los soportes de manejo y disposición de las aguas residuales domésticas a través de una Empresa debidamente legalizada para tales afectos, contratada por la Empresa para desarrollar labores de transporte, tratamiento y disposición final de las mismas.

ARTICULO DECIMO CUARTO. - EMPRESAS PUBLICAS DE MEDELLIN - E.S.P. - EPM, deberá dar cumplimiento a las siguientes obligaciones:

1. Presentar a esta Autoridad, Informes de Cumplimiento Ambiental (ICA) aplicando los Formatos correspondientes) - ANEXO AP-2, del "Manual de Seguimiento Ambiental de Proyectos" - MMA - SECAB 2002, en medios físico y magnético.

2. Durante la fase de construcción, se debe entregar un primer ICA a los seis (6) meses del inicio de obras, y un segundo ICA al finalizar las labores de montaje y de pruebas. Para la fase de operación y mantenimiento los ICA se deben presentar a razón de un informe por año, hasta que esta Autoridad determine que se ha dado cumplimiento a las obligaciones y requerimientos de la presente Licencia y las que surjan como consecuencia del seguimiento ambiental.

6. Garantizar que la actividad minera se desarrolle con normalidad y sin restricciones entre las Torres 15 y 16 localizada en los extremos de la cantera El Cajón (vereda Puente Piedra – Municipio de Madrid).

ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO. EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P. – EPM, deberá informar de manera mensual el avance de las siguientes actividades, a partir del inicio de las obras:

1. Sobre la implementación de un protocolo de acercamiento con los propietarios, desarrollo del proceso de negociación y corrección de a afectación generada por el paso del personal del Proyecto en la etapa de estudio.

2. La existencia de infraestructura a lo largo del trazado y la propuesta de manejo que determine las acciones y/o medidas a que haya a lugar.

3. Información sobre la ubicación exacta de las torres, las afectaciones puntuales por tramo y/o municipio.

4. Sobre los volúmenes estimados de movimientos de tierra para la adecuación de vías: descapote, volumen de excavación, adecuación de terraplén con material afirmado y material granular, entre otros, así como la información respecto del sitio de disposición de los sobrantes de excavación.

En relación a los procesos de información adelantados, presentar los soportes tales como, actas de acuerdos, actas de reunión, registros fotográficos, piezas de divulgación e

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 213 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

información, actas y contenidos de talleres, protocolos, presentación en Power Point, plantillas de asistencia, actas de conformación de veedurías entre otros, los cuales deberán ser diligenciados adecuadamente de manera completa, legible y organizada que den cuenta de la suficiencia de la información, del objetivo de la actividad, de las inquietudes de los participantes, de las respuestas y soluciones brindadas, de los compromisos en tiempos, espacios y contenidos y de la calidad del proceso.

De acuerdo con el ajuste predial presentar el listado de las familias y la georreferenciación de las viviendas que se deben relocalizar antes de dar inicio a la etapa de construcción.

ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO. Esta Autoridad supervisará la ejecución de las obras y podrá verificar en cualquier momento el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, el Estudio de Impacto Ambiental y el Plan de Manejo Ambiental.

Cualquier contravención a lo establecido, dará lugar a las medidas preventivas y/o sanciones a que haya lugar de conformidad con lo establecido en la Ley 1333 de 2009 o la que la modifique o sustituya.

ARTÍCULO TRIGÉSIMO. Si las condiciones bajo las cuales se definieron las áreas sujetas a intervención varían con el tiempo hacia escenarios restrictivos para las actividades autorizadas, el beneficiario de la Licencia Ambiental deberá informar a esta Autoridad con el propósito de adelantar la evaluación ambiental pertinente.

9 RESULTADOS DEL SEGUIMIENTO

9.1 OBLIGACIONES CUMPLIDAS Y CONCLUIDAS

Teniendo en cuenta lo conceptuado anteriormente, se considera pertinente dar por concluidas las siguientes obligaciones, a las cuales no se continuará realizando seguimiento ambiental por parte de esta Autoridad:

a. Medidas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 9 del Programa para la compensación a la afectación temporal del ciclo productivo agrícola; Ficha de Manejo 8.3.1.

b. El Programa de acompañamiento social en la indemnización por la afectación a la infraestructura económica en la franja de servidumbre; Ficha de Manejo 8.3.3.

c. El Programa de acompañamiento social en la indemnización por la afectación a la infraestructura económica en la franja de servidumbre; Ficha de Manejo 8.3.5.

d. El Programa de relocalización de familias afectadas. Ficha de Manejo 8.3.8.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 214 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

e. El Programa Acompañamiento social al proceso de constitución de servidumbre para Asegurar el manejo de indemnización por afectación a infraestructura de uso colectivo. Ficha de Manejo 8.3.9.

f. El Programa de seguridad vial y control a la alteración de tráfico. Ficha de Manejo 8.3.11.

g. El Seguimiento y monitoreo al programa de manejo compensatorio por la afectación al ciclo productivo agrícola.

h. El Seguimiento y monitoreo al proceso de constitución de la franja de servidumbre.

i. El Seguimiento y monitoreo al manejo por la relocalización de familias afectadas.

j. El Seguimiento y monitoreo al programa de acompañamiento social al proceso de constitución de servidumbre en infraestructura de uso colectivo.

k. El Seguimiento y monitoreo al programa de Acompañamiento social en la indemnización por afectación a la infraestructura económica en la franja de servidumbre.

l. Artículo Segundo de la Resolución 00981 del 7 de septiembre de 2016.

m. Literal b del Artículo Tercero de la Resolución 00981 del 7 de septiembre de 2016

n. Numeral 4 del Artículo Séptimo de la Resolución 01113 del 29 de septiembre de 2016.

o. Artículo Octavo de la Resolución 01113 del 29 de septiembre de 2016.

p. Artículo Noveno de la Resolución 01113 del 29 de septiembre de 2016.

q. Numeral 4 Artículo Décimo Primero de la Resolución 01113 del 29 de septiembre de 2016

r. Numerales 1, 2, 3, 4 y 5 del Artículo Décimo Segundo de la Resolución 01113 del 29 de septiembre de 2016.

s. Literales a y b del numeral 1 del Artículo Primero del Auto 00575 del 28 de febrero de 2017.

t. Numerales 2 y 3 del Artículo Primero del Auto 00575 del 28 de febrero de 2017.

u. Numeral 11 del Artículo Primero del Auto 00575 del 28 de febrero de 2017.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 215 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

v. Numerales 4, 5, 6 y 7 del Artículo Segundo del Auto 00575 del 28 de febrero de 2017.

w. Numerales 8, 9, 10 y 11 del Artículo Segundo del Auto 00575 del 28 de febrero de 2017.

x. Numerales 4 y 5 del Artículo Tercero del Auto 00575 del 28 de febrero de 2017.

y. Literales a y b del numeral 1 del Artículo Primero del Auto 00732 del 27 de febrero de 2018.

z. Literales c y d del numeral 1 del Artículo Primero del Auto 00732 del 27 de febrero de 2018.

aa. Numerales 3, 4 y 5 del Artículo Primero del Auto 00732 del 27 de febrero de 2018.

bb. Numeral 7 del Artículo Primero del Auto 00732 del 27 de febrero de 2018.

cc. Numeral 8, del Artículo Primero del Auto 00732 del 27 de febrero de 2018.

dd. Numerales 9 y 11 del Artículo Primero del Auto 00732 del 27 de febrero de 2018.

ee. Numerales 14 y 15 del Artículo Primero del Auto 00732 del 27 de febrero de 2018.

ff. Numerales 17 del Artículo Primero del Auto 00732 del 27 de febrero de 2018.

9.2 REQUERIMIENTOS

Empresas Públicas de Medellín S.A. E.S.P. - EPM deberá dar cumplimiento a las siguientes obligaciones:

9.2.1 Requerimientos producto de este seguimiento:

9.2.1.1 Plan de Manejo Ambiental

Presentar en tres (3) meses evidencia de la entrega de los predios intervenidos por el proyecto en las condiciones acordadas con sus propietarios.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 216 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

9.2.1.2 Plan de Contingencia

Presentar en el próximo ICA la actualización del plan de contingencias, en cumplimiento de lo establecido en el Decreto 2157 del 20 de diciembre de 2017, Sección 2 Plan de Gestión del Riesgo de Desastres de las entidades públicas y privadas, Artículo 2.3.1.5.2.1 Plan de Gestión del Riesgo de Desastres de las entidades Públicas y Privadas (PGDDEPP).

9.2.1.3 Información cartográfica y Geográfica ICA 3

Presentar en el próximo ICA la información Geográfica y Cartográfica del periodo reportado en el ICA 3, y en adelante, de acuerdo con lo establecido en la resolución 2182 de 2016. Incluyendo específicamente las observaciones de acuerdo con los parámetros evaluados de la información geográfica para el ICA mencionado se relacionan a continuación:

Información Vectorial

La base de datos temática presentada no cumple con la estructura del modelo de datos de la ANLA establecida mediante resolución 2182 de 2016. Se evidencia que agregaron campos en algunas de las capas presentadas como – Predios- y en las tablas MuestreoFloraFustalTB.

Se debe cargar la información geográfica empleando el modelo de geodatabase definido por la ANLA, conforme a la resolución 2182 de 2016. Dado que se determinó que se crearon nuevas capas de información, cuando la información almacenada puede ser cargada en otras existentes. Por ejemplo, la información cargada en la capa ManejoResiduosSolidos puede ser homologada en la capa DisposicionResiduosSolidos.

Relacionado con el ítem anterior se evidencian nuevas capas como

MM_CuerpoAguaPT, ManejoPerdidaSuelo,RecuperacionPT, ontrolMatParticuladoPT, Seg_AreaAprovechamiento, InfraEconomica,

CultivosAfectados, PIPC_LN, GeneracionEmpleo, RVivienda, PQR, EducacionAmbiental, MonitSitioArqueologico, DisposicionResiduosLiquidos, AccesoLN, CamposElectroMagRI, ManejoResiduosSolidos, ManejoMEVLN, DesviadorVueloLN; y nuevos dominios tales como Dom_Sect, Dom_Tipo_Actadmin_1, Dom_Fase, Dom_Progr_PMA, Dom_Progr_PSM, Dom_Tenencia_1, Dom_TipoUso_1, Dom_EstNegociacion, de requerir estas capas ó dominios dentro del informe del ICA y de no ser posible en cargue en el modelo de la base de datos establecido por la Autoridad Ambiental, se deben justificar adecuadamente cada uno de estos en un archivo “Leeme.txt”.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 217 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Dentro de la base de datos, a algunos de los campos se le alteraron los valores por defecto. Por ejemplo, en la capa aprovechaforestalpt se alteró el valor por defecto de los campos categ_uicn, ap_indiv, genero, entre otros.

Hace falta el diligenciamiento de campos obligatorios en las capas entregadas dentro de la base de datos geográfica, esto con base en el diccionario de datos establecido de acuerdo con la Resolución 2182 de 2016. Por ejemplo: en la capa RegistrosMultimediaTB el campo FEAT_CLASS; en la capa RegistrosRuidoAmbientalTB el campo DESC_PERIODO; en la capa MonitoreoRuidoAmbiental los campos COTA, OPERADOR, PROYECTO, VEREDA; en la capa FuenteEmisionRuido los campos CAR, COTA, DEPTO, MUNICIPIO, OPERADOR, POT_FUENTE, PROYECTO, SUBSECTOR, TIP_EQUIPO, TIP_RUIDO, VEREDA; en la capa AprovechaForestalPT los campos BIOM_INDIV, CARB_INDIV, CLASE, DIVISION, FECHA_C_A, H_FUSTE, ORDEN, VOL_COM; en la capa PuntoMuestreoFauna los campos DEPTO, HABITAT, N_COBERT, LOCALIDAD, MUNICIPIO, N_COBERT, VEREDA; en la capa UnidadTerritorial los campos ACT_ECON_1, AREA_HA, ASENTAMIEN, ASPEC_CULT, CENT_SERV, COD_U_TERR, DESC_ACT_1, EMP_PRO_PR, EMP_PRO_S, EMP_PRO_TE, FEC_CARACT, FOR_OH, entre otros.

Se evidencian errores topológicos. Por ejemplo, en las capas UnidadTerritorial y Compensaciones se encuentran huecos topológicos; en las capas Seg_AreaAprovechamiento y Municipio se presentan errores de superposición. Adicionalmente duplicidad de los puntos FuenteEmisionRuido.

La longitud reportada en el documento - InfEjeICAIII_NE_500.pdf- difiere de la longitud de la línea del proyecto en 434,9mt.

La capa AreaProyecto no coincide con el AreaInfluencia física del proyecto.

Los valores de los volúmenes reportados en la capa AprovechaForestalPT no corresponden con los reportados en el formato ICA – 2c.

En la capa Compensaciones “Cuando se presenta una propuesta para evaluación, se deben diligenciar las tablas Afect_OtraCompensacionTB y Ubic_Comp_InvTB; si la actividad contempla siembra de especies se deben además diligenciar las tablas TipoEcosistemaTB y EstSueloTB. En seguimiento, además de las anteriores, se deben diligenciar las tablas Seg_CompensacionesTB, Seg_Indicadores y Seg_EspSembradaTB.

La información presentada en el modelo de almacenamiento geográfico debe corresponder con lo descrito en los reportes de laboratorio, formatos ICA, anexos e informes presentados para el periodo del ICA reportado.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 218 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Tablas

Hace falta diligenciar campos obligatorios en las tablas entregadas dentro de la base de datos geográfica, con base en el diccionario de datos establecido de acuerdo con la Resolución 2182 de 2016. Por ejemplo, los campos FEC_ACT_AD, ID_ICA, NUM_ACT_AD, T_AC_IMP, TIPO_RESID, en la capa Seg_DisposicionResiduosSolidosTB.

Se evidencia que agregaron nuevas tablas como por ejemplo: USP_TB y PQRTB. Las tablas no se relacionan con las capas por medio del ID correspondiente. Por

ejemplo, los elementos de la capa PuntoMuestreoFlora no se relacionan con la tabla MuestreoFloraFustalTB.

Los elementos de la tabla RegistrosMultimediaTB no se relacionan con las capas cargadas en la base de datos geográfica del ICA.

Se deben presentar las tablas asociadas con las capas geográfica, de acuerdo a la información vectorial reportada para el periodo del ICA. Por ejemplo, se deben diligenciar con la capa FuenteEmisionRuido la tabla RegistrosRuidoEmisionTB.

Metadatos

Se debe diligenciar en el metadato la información de las capas cargadas en la geodatabase, según lo establecido en la NTC4611.

Cartografía Base

La información de cartografía básica presentada no cubre el área del proyecto.

La información cartográfica básica presenta errores de consistencia lógica. Por ejemplo, los límites municipales presentados en la capa -Administrativo_R_Mpio- no corresponden con los presentados en la capa -Municipio- de la cartográfica temática.

9.2.1.4 Departamento de Gestión Ambiental

Presentar en el próximo ICA las evidencias documentales del establecimiento dentro de la compañía del Departamento de Gestión Ambiental, indicando cada uno de los integrantes de dicho departamento junto con sus funciones.

9.2.2 Requerimientos de inmediato cumplimiento (según el caso)

Empresas Públicas de Medellín S.A. E.S.P. - EPM viene incumpliendo de manera reiterada con las siguientes obligaciones, por lo que se solicita su inmediato cumplimiento, que en

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 219 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

caso de no subsanarse de manera inmediata dará lugar a las acciones legales que se estimen pertinentes. Se enumeran a continuación:

9.2.2.1 Plan de Manejo Ambiental.

Presentar un informe de lo realizado en el año 2017 con respecto a la Capacitación a la Comunidad del AID en los riesgos, cuidados por el paso de la línea de transmisión eléctrica. Lo anterior en cumplimiento del Programa de información, comunicación y participación

9.2.2.2 Plan de Seguimiento y Monitoreo

Presentar el informe de las mediciones de campos eléctricos y magnéticos realizados con la línea sin energizar donde incluya la comparación de los resultados obtenidos con la norma vigente; lo anterior en cumplimiento de lo establecido en la medida 2 de la Ficha de Seguimiento y Monitoreo PSM-ABI-NE500-04: Programa de seguimiento al manejo preventivo de los efectos electromagnéticos de la línea de transmisión.

9.2.2.3 Información cartográfica y Geográfica ICA 2

Presentar de manera inmediata la información Geográfica y Cartográfica del periodo reportado en el ICA 2, y en adelante, de acuerdo con lo establecido en la resolución 2182 de 2016. Incluyendo específicamente las observaciones de acuerdo con los parámetros evaluados de la información geográfica para el ICA mencionado se relacionan a continuación:

Información Vectorial:

No se reporta en la GDB temática, la información de la ficha ICA-2d (Estado del permiso de ocupación de cauce).

La información presentada en la capa compensaciones no guarda correspondencia con lo descrito en el documento, ficha de cumplimiento yo anexo.

Garantizar la consistencia entre la información presentada en la ficha ICA-2h (Estado de manejo y disposición de residuos sólidos) con las capas de la GDB temática, ManejoResiduosSolidos, DisposicionResiduosLiquidos y DisposicionResiduosSolidos.

Deben presentar la información de Cartografía Base que se relaciona con la información reportada durante el periodo reportado en el ICA. Por ejemplo, los cuerpos de agua monitoreados.

9.2.2.4 Evaluación económica ambiental

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 220 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

- Resolución 519 del 26 de mayo de 2014

Presentar de forma inmediata, la información relacionada a continuación, de acuerdo con lo dispuesto en la parte considerativa de la Resolución 0519 del 26 de mayo de 2014:

a. Argumentar los motivos para excluir de la valoración el impacto denominado “afectación en el ordenamiento territorial de los municipios”, teniendo en cuenta que aquellos que hacen parte del trazado occidental deben considerar en sus EOT la restricción en cuanto a construcción de edificaciones y plantaciones de especies de porte alto sobre la franja de servidumbre en detrimento del uso actual y potencial del suelo. Si durante la ejecución del proyecto se identifica una potencial externalidad a la sociedad, derivada de este impacto, esta debe ser valorada.

b. Adelantar la valoración económica del impacto “intervención en zonas de sensibilidad ambiental” debida a su importancia en a provisión de servicios ecosistémicos para la sabana de Bogotá, aspecto que se vislumbra a partir de la propuesta de compensación establecida por la empresa. Seleccionar para ello un método de cuantificación que permita un abordaje integral, de acuerdo con el enfoque de valor económico total.

c. Complementar la valoración del impacto “afectación al uso productivo y comercial del suelo”, teniendo en cuenta la posible intervención en áreas dedicadas a la producción de flores, como el predio El Edén y la ubicada en la vereda El Corzo (Facatativá), sector La Talanquera, el Colegio Fundación Fernando Borrero Caicedo y la planificación de 26 invernaderos nuevos, autorizados por la Secretaría de urbanismo de Facatativá; para ello se debe apoyar en la información levantada en campo durante la ejecución del proyecto, así como los cambio s o las variantes que surjan en el diseño del proyecto, incluyendo la afectación de la actividad del invernadero perteneciente a la empresa Inverpalmas y la pérdida de empleo derivada. Adicionalmente, estimar los ingresos dejados de percibir por cada UAF y proyectar temporalmente los costos, de acuerdo con la evaluación ambiental, donde este impacto tiene una duración permanente a través de la vida útil del proyecto.

d. Con relación a los impactos “afectación al paisaje y la conectividad ecológica”, robustecer el ejercicio de valoración directa adelantado, teniendo en cuenta que las estimaciones estadísticas se realizaron sobre un escaso número de observaciones, de manera que se obtenga la DAP a partir de un modelo que posee significancia estadística.

e. Si la empresa considera que algunos de los impactos relevantes pueden considerarse como internalizables a través de medidas preventivas o de corrección implementadas en el PMA, debe reportar del próximo ICA en adelante el nivel de éxito conseguido durante la ejecución del proyecto, a través de la elección y cálculo

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 221 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

de indicadores de efectividad acordes con el delta ambiental asociado, así como el reporte de costos anuales invertidos.

f. Presentar las estrategias a implementar para el manejo de las excretas en la etapa de desmantelamiento y abandono del proyecto; lo anterior en cumplimiento del numeral 3 Artículo Quinto.

- Auto 732 del 27 de febrero de 2018

a. En cumplimiento del numeral 10 del Artículo primero del Auto 732 del 27 de febrero de 2018, presentar la valoración económica de la afectación de especies en veda, así como el reporte periódico de la internalización del impacto” ocurrencia de conflictos en el proyecto y generación de expectativas” a partir del análisis de las quejas y reclamos, el cual debe enfocarse al objeto de solicitud, los costos y tiempos para su resolución, así como el cierre de la misma, con aceptación del interesado.

b. Dar cumplimiento a los numerales 11, 12 y 13 del artículo primero del Auto 732 del 27 de febrero de 2018.

Es el concepto de,

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 222 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

ANEXO 1

REGISTRO FOTOGRAFICO

Fotografía 1 Torre 7 coordenadas Magna Sirgas Origen Bogotá

E: 987141,204 N: 1023065,321

Fotografía 2 Torre 4 coordenadas Magna Sirgas Origen Bogotá

E: 988006,392 N: 1022590,905

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la fotografía

26/06/2018

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la fotografía

26/06/2018

Fotografía 1 Torre 12 coordenadas Magna Sirgas Origen Bogotá

E: 985994,74 N: 1023785,231

Fotografía 2 Torre 58 coordenadas Magna Sirgas Origen Bogotá E: 970899,724 N: 1018438,233

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la fotografía

26/06/2018

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la fotografía

27/06/2018

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 223 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Fotografía 1 Torre 62 coordenadas Magna Sirgas Origen Bogotá E: 969843,74 N: 1017983,702

Fotografía 2 Torre 68 coordenadas Magna Sirgas Origen Bogotá E: 968958,559 N: 1015251,766

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la fotografía

27/06/2018

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la fotografía

27/06/2018

Fotografía 1 Vista de la empradización en el sitio de torre 7

Coordenadas Magna Sirgas Origen Bogotá

E: 987141,204 N: 1023065,321

Fotografía 2 Individuo de palma de cera reubicado

Coordenadas Magna Sirgas Origen Bogotá

E: 985983 N: 1023726

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 224 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la fotografía

26/06/2018

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la fotografía

26/06/2018

Fotografía 3 Rebrote de eucalipto en el vano 58-57

Coordenadas Magna Sirgas Origen Bogotá

E: 970899 N: 1018421

Fotografía 4 Desviadores de vuelo en el vano 65-66

Coordenadas Magna Sirgas Origen Bogotá

E: 969422 - N: 1017256

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la fotografía

27/06/2018

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la fotografía

27/06/2018

Fotografía 3 Individuo de roble (Quercus humboldtii) reubicado en predio del

bosque RenaceCoordenadas Magna Sirgas Origen

BogotáE: 976994 - N: 997494

Fotografía 4 Vista de una epífita (bromelia) reubicada en el bosque

RenaceCoordenadas Magna Sirgas Origen

BogotáE: 976496 - N: 997868

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 225 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la fotografía

29/06/2018

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la fotografía

29/06/2018

Fotografía 4 Reunión Comunidad Carrasquilla (Municipio de Tenjo)

Coordenadas Magna Sirgas Origen Bogotá

E: 988199.862 N: 1027599.133

Fotografía 4 Reunión Comunidad Carrasquilla (Municipio de Madrid) Coordenadas Magna Sirgas Origen

BogotáE: 988199.862 N: 1027599.133

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la

fotografía 26/06/2018

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la

fotografía 26/06/2018

Fotografía 4 Reunión Alcaldía de Tenjo Coordenadas Magna Sirgas Origen

BogotáE: 992346.130 N: 1030456.420

Fotografía 4 Reunión Alcaldía de Madrid Coordenadas Magna Sirgas Origen

BogotáE: 979188.472 N: 1014871.291

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la

fotografía 26/06/2018

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la

fotografía 26/06/2018

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 226 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Fotografía 4 Reunión Comunidad Paso Ancho (Municipio de Facatativá)

Coordenadas Magna Sirgas Origen Bogotá

E: 972247.421 N: 1031466.864

Fotografía 4 Reunión Comunidades de Moyano (Municipio de Madrid) y Moyano (Municipio de Facatativá) Coordenadas

Coordenadas Magna Sirgas Origen Bogotá

E: 975941.222 N: 1027892.534

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la

fotografía 27/06/2018

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la

fotografía 27/06/2018

Fotografía 4 Reunión Alcaldía de Bojacá Coordenadas Magna Sirgas Origen

BogotáE: 970749.530 N: 1014985.444

Fotografía 4 Recorrido predio Alexandra Díaz con queja de ruido en el municipio

de Bojacá Coordenadas Magna Sirgas Origen

BogotáE: 968210.490 N: 1015042.184

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 227 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la fotografía 27/06/2018

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la fotografía 26/06/2018

Fotografía 4 Recorrido predio Javier Gómez con queja de ruido en el

municipio de Bojacá Coordenadas Magna Sirgas Origen

BogotáE: 971156.196 N: 1012762.906

Fotografía 4 Recorrido predio Marcela Zabala con queja de ruido en el municipio

de Bojacá Coordenadas Magna Sirgas Origen

BogotáE: 972036.561 N: 1018777.995

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la fotografía 26/06/2018

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la fotografía 26/06/2018

Fotografía 4 Reunión Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca-

CAR

Fotografía 4 Reunión Alcaldía de Facatativá

Coordenadas Magna Sirgas Origen Bogotá E: 969084.846 N: 1023641.746

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 228 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Coordenadas Magna Sirgas Origen Bogotá

E: 997127.413 N: 1005491.671

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la

fotografía 28/06/2018

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la

fotografía 28/06/2018

Fotografía 4 Reunión Alcaldía de Zipacón Coordenadas Magna Sirgas Origen

BogotáE: 966421.502 N: 1018052.028

Fotografía 4 Material didáctico entregado por EPM durante el último año

Coordenadas Magna Sirgas Origen Bogotá

E: 996534.591 N: 1006885.731

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la

fotografía 28/06/2018

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la

fotografía 26/06/2018

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 229 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Fotografía 4 Reunión Alcaldía de Funza Coordenadas Magna Sirgas Origen

BogotáE: 984759.673 N: 1013341.489

Fotografía 4 Visita casa entregada al señor Manuel Rodríguez, persona

relocalizada por el proyectoCoordenadas Magna Sirgas Origen

BogotáE: 970407.898 N: 1014892.685

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la

fotografía 29/06/2018

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la

fotografía 29/06/2018

Firmas:

YEIMIN ROLANDO ABELLO RODRIGUEZRevisor -Físico/Contratista

ANA MERCEDES CASAS FOREROCoordinador Grupo de Energía, Presas, Represas, Trasvases y Embalses

ALBA RUTH OLMOS CLAVIJORevisor Evaluación Económica

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 230 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

ESTHER CONSTANZA SANCHEZ TORRESProfesional Técnico/Contratista

NINI YOJANA ORTIZ VARELAProfesional Técnico/Contratista

Luis Alejandro Achury Vega

Diego Norberto Cuellar CardozoProfesional Social/Contratista

EjecutoresNINI YOJANA ORTIZ VARELAProfesional Técnico/Contratista DIEGO NORBERTO CUELLAR CARDOZOProfesional Social/Contratista ALBA RUTH OLMOS CLAVIJORevisor Evaluación Económica Revisor / L�derYEIMIN ROLANDO ABELLO RODRIGUEZRevisor -Físico/Contratista ESTHER CONSTANZA SANCHEZ TORRESProfesional Técnico/Contratista

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13

PROCESO: GESTIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

SUBPROCESO: SEGUIMIENTO

CONCEPTO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO Página 231 de 231

Expediente: LAV0006-13

Concepto Técnico de seguimiento ambiental