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TRABAJO DE FIN DE MÁSTER DEL MÁSTER OFICIAL EN TRADUCCIÓN INSTITUCIONAL Universidad de Alicante Cristina Gracia Jover Tutor: Jesús Martínez Girón Junio 2011

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TRABAJO DE FIN DE MÁSTER

DEL MÁSTER OFICIAL

EN TRADUCCIÓN

INSTITUCIONAL

Universidad de Alicante

Cristina Gracia Jover

Tutor: Jesús Martínez Girón

Junio 2011

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Cristina Gracia Jover Máster en Traducción Institucional Trabajo de fin de máster Junio 2011

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ÍNDICE

Portada…………………………………………………………………………….1

Índice………………………………………………………………………………2

Introducción……………………………………………………………………….3

- Texto 060100EA……………………………………………………….5

- Texto 080200EA……………………………………………………….7

Consideraciones teórico-prácticas……………………………………………….10

- La traducción………………………………………………………….11

- Textos especializados y traducción especializada……………………12

- Introducción a la traducción jurídica………………………………..12

- ¿Y en qué consiste la traducción jurídica? Análisis………………...13

- Dificultad: sistemas jurídicos diferentes……………………………..14

- Finalidad y equivalencia………………………………………………15

- Otras dificultades……………………………………………………...18

- Características del lenguaje jurídico…………………………………18

- ¿Cómo se ha de traducir?......................................................................20

Problemas de traducción y soluciones propuestas……………………………....21

Conocimientos y técnicas aprendidos en el máster………………………………26

Glosarios bilingües………………………………………………………………...28

- Texto 060100EA………………………………………………………..29

- Texto 080200EA………………………………………………………..36

Referencias bibliográficas…………………………………………………………41

Páginas consultadas en Internet…………………………………………………..44

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Cristina Gracia Jover Máster en Traducción Institucional Trabajo de fin de máster Junio 2011

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1. INTRODUCCIÓN

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En el siguiente trabajo se abordarán los aspectos aprendidos durante el Máster de

Traducción Institucional de la Universidad de Alicante, y más concretamente, los

relacionados con la asignatura “Prácticas externas”, ya que es la fuente de la siguiente

memoria, pues los textos son los que dan el punto de partida para poder comenzar.

Este máster de traducción está especializado en la traducción jurídica y económica, por

lo que los textos que se van a traducir deben pertenecer a estos ámbitos temáticos; de

hecho, los dos textos traducidos para esta memoria son textos jurídicos. El primero se

trata de una sentencia respecto a un recurso de amparo del Tribunal Constitucional y el

segundo, que pertenece a un ámbito menos judicial, se refiere a la profesión de

Graduado Social (código deontológico, funciones, informaciones de interés, etc.).

Para continuar, comentaré una cuestión que me parece digna de mención. Al tratarse de

prácticas virtuales y no tener contacto directo con la empresa, los alumnos no podemos

saber ni quién es el destinatario ni el cliente, por lo que muchas veces es un problema

traducir ciertos puntos, ya que, por ejemplo, si el destinatario fuera un juez, éste puede

entender todo o la gran mayoría del texto sin tener que utilizar notas a pie de página,

pero, si en cambio, el destinatario no tiene tantos conocimientos sobre el tema, habrá

que explicarle más ciertos aspectos del texto para que pueda llegar a comprender el

texto en su totalidad. A todas estas carencias de información, se le une el problema de

tener que realizar una traducción inversa, que consiste en traducir de la lengua materna

a la extranjera, ya que cuando uno traduce se siente más cómodo escribiendo en su

lengua, pues posee un mejor dominio de expresiones, vocabulario, etc.; aunque también

es verdad que en el tipo de textos que he tenido que traducir aquí, no tenía

conocimientos exhaustivos en la materia ni siquiera en la lengua materna.

Respecto a los plazos de entrega, por la misma razón que el párrafo anterior, los

estudiantes que hayan optado por la modalidad de prácticas virtuales, han tenido la

posibilidad de realizar las traducciones (en este caso, dos textos que alcanzaban

aproximadamente las 10.000 palabras en total) así como el trabajo de fin de máster con

un plazo de alrededor de dos meses.

Siguiendo con el tema que más nos importa, los documentos traducidos, vamos a

continuar con algunas explicaciones, a mi modo de ver, necesarias, para poder

ubicarnos; es decir, voy a exponer las informaciones más importantes a las que yo me

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referí cuando comencé con las prácticas, para poder entender mejor los textos de los que

me iba a encargar.

TEXTO 060100EA

El documento 060100EA está compuesto por seis textos del Excelentísimo Colegio de

Graduados Sociales de Alicante. Estos son: el impreso titulado “Comunicación por

cambio de residencia de Colegio Profesional de Graduados Sociales”; el código

deontológico de este colegio; hojas informativas sobre la documentación que ha de

aportarse para los diferentes tipos de colegiación (esto es, ejerciente libre, ejerciente en

empresa y no ejerciente), además de otra hoja informativa con los documentos

solicitados para la inscripción en el Registro de Sociedades Profesionales; un escrito

que describe las funciones de un Graduado Social; y, finalmente, un documento que

explica qué es lo que se debe presentar para que el Ministerio de Educación reconozca

el Título de Graduado Social. Para poder empezar a traducir, lo primero que hay que

saber es qué son los graduados sociales y qué funciones desempeñan dentro de nuestro

país, además de comprender cómo y dónde se organizan.

Como ya sabemos, las relaciones de trabajo han estado sometidas a fuertes tensiones,

resultando difícil el mantenimiento de un equilibrio inestable, con tendencia a quebrarse

en cualquier momento. Su tratamiento es delicado, ya que la empresa, como sistema

social, necesita un estado de equilibrio, de modo que los problemas parciales deben ser

resueltos sin perder de vista el todo para no aumentar el conflicto. Es principalmente en

este marco de relaciones donde se desenvuelve el quehacer profesional del graduado

social, como técnico en cuestiones laborales y de la seguridad social, que tienen su

causa en el contrato de trabajo. De ahí la importancia de su quehacer profesional y de la

exigencia de unos conocimientos especializados sobre las materias que afectan a las

condiciones de trabajo y a sus derivaciones.

Las funciones del graduado social están concretadas en una dilatada lista en el

reglamento de esta profesión, que en materia laboral, les atribuye las siguientes: a)

estudio y emisión de dictámenes e informes; b) asesoramiento técnico; c) representación

administrativa y procesal; d) formalización de documentos; e) gestión administrativa; f)

investigación social; g) organización y mando de personal en la empresa; h) auditoría

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laboral; i) función docente; j) peritación ante los tribunales de Justicia; k) habilitación

de empresas y trabajadores o sus derecho habientes.

De lo dicho resulta que la profesión de graduado social posee las siguientes

características:

1. Es una actividad de ejercicio libre, o sea, una profesión liberal, sin perjuicio de

que el graduado también pueda desempeñar su cometido como empleado al

servicio de una empresa o de la Administración, bajo una relación laboral o

funcionarial.

2. Es una profesión intelectual, ya que en su quehacer predomina el trabajo mental

más que el manual, exigiendo la aplicación de técnicas administrativas, de

relaciones humanas, burocráticas, etc.

3. Es una profesión titulada porque para su ejercicio legal es preciso estar en

posesión de un título oficial, a través de unos cursos académicos.

4. Es también colegiada, lo que significa que se precisa la incorporación a un

colegio para poder ejercer la profesión liberal.

5. Es independiente cuando se realiza por libre, puesto que en su cometido el

graduado sólo se atenderá a las exigencias técnicas, deontológicas y morales –

además de las legales – que considere adecuadas a la tarea específica de que se

trate.

6. Es una profesión plurifuncional, puesto que la función del graduado social es

múltiple. Esta multiplicidad de funciones no tiene carácter limitativo, sino que,

por el contrario, da idea de la rica variedad de relaciones jurídicas que se pueden

producir entre este profesional y las personas a quienes preste sus servicios.

Los colegios de graduados sociales son corporaciones de Derecho público, amparados

por la ley y reconocidos por el Estado, con personalidad jurídica y capacidad; tienen

como finalidad la ordenación del ejercicio de la profesión de graduado social, su

representación, la defensa de sus intereses profesionales y el cumplimiento de su

función social; hay dos tipos de colegios de graduados sociales por razón de su ámbito

territorial: provinciales (como el que nos ocupa en este trabajo) y regionales.

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Tras esta explicación, he de decir que a simple vista, no parecía un texto tan complicado

de traducir, pero cuando realmente comencé con la labor traductora, me encontré con

algunos problemas, que veremos en apartados siguientes.

Después de tener las ideas un poco más claras sobre algunas cuestiones del texto de los

graduados sociales, pasamos a un texto de carácter judicial.

TEXTO 080200EA

Este documento se trata de una sentencia del Tribunal Constitucional español respecto a

un recurso de amparo interpuesto en el mismo; como en el caso anterior, ha de

profundizarse un poco y buscar ciertas informaciones para poder saber qué es lo que

tenemos ante nuestros ojos para poder solucionar los problemas no lingüísticos que se

encuentren.

El Tribunal Constitucional es el intérprete supremo de la Constitución. Único en su

orden y con jurisdicción en todo el territorio nacional, ejerce las competencias

definidas en el artículo 161 de la Constitución. El Tribunal Constitucional es

independiente de los demás órganos constitucionales y está sometido sólo a la

Constitución y a su Ley Orgánica. Las competencias del Tribunal se relacionan en el

art. 161 de la Constitución, desarrolladas en el art. 2.1 de su Ley Orgánica.

El sistema de competencias jurisdiccionales atribuidas en la actualidad al Tribunal

Constitucional es el siguiente:

- Control de constitucionalidad de normas con rango de ley, sean del Estado o

de las Comunidades Autónomas. Este control se realiza a través del recurso de

inconstitucionalidad y de la cuestión de inconstitucionalidad.

- Recurso de amparo por violación de los derechos y libertades referidos en el

art. 53.2 de la Constitución (éste es el que nos interesa para nuestra traducción, de ahí

una mayor explicación de este punto). La garantía de las libertades y derechos

fundamentales de las personas está encomendada, en primer lugar, a Jueces y

Tribunales integrados en el Poder Judicial, a través de las vías y remedios que ofrecen

las leyes procesales; si bien la Constitución ha establecido un sistema específico y

último de tutela de tales derechos, el recurso de amparo constitucional, que ha

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residenciado en el Tribunal Constitucional. De esta manera, el Tribunal, se configura

como órgano jurisdiccional superior en materia de garantías constitucionales y, por

ende, último garante de los derechos y libertades fundamentales reconocidas en la

Constitución. Su conocimiento corresponde en principio a las Salas, que pueden

deferirlo a las Secciones. El Pleno conoce de los que le sean elevados por las Salas

para un eventual cambio de doctrina y de aquéllos que recabe expresamente para sí.

- Conflictos constitucionales. Bien entre el Estado y una o más Comunidades

Autónomas o de dos o más Comunidades Autónomas entre sí; bien entre órganos

constitucionales del Estado.

- Conflicto en defensa de la autonomía local, promovido por municipios y

provincias con ocasión de leyes o normas con rango de ley, tanto estatales como

autonómicas, que lesionen la autonomía local constitucionalmente garantizada.

- Control previo de constitucionalidad de tratados internacionales, a

requerimiento de Gobierno, del Congreso o del Senado. Se trata de un procedimiento

en el que se pretende evitar la integración en el Derecho español de normas

internacionales contrarias a la Constitución.

- Anulaciones en defensa de la jurisdicción del Tribunal, a iniciativa del

Tribunal y contra cualquier acto o resolución que menoscabe su jurisdicción. Su

conocimiento compete al Pleno.

Como en el caso anterior, después de saber un poco más sobre este órgano, comentaré

las impresiones que me dio este texto. Al contrario de lo que pasó con el texto de los

graduados sociales, sabía perfectamente que este documento iba a llevar consigo una

ardua tarea de documentación, tanto terminológica como conceptual, pues es un texto

que pertenece a un ámbito que no es cercano para una persona que no se dedica a este

tipo de profesiones. También quisiera mencionar que, aunque el Tribunal Constitucional

posea varias de sus resoluciones traducidas en un apartado de su página web,

desgraciadamente tienen todas como lengua meta el inglés, por lo que este servicio no

nos sirve de mucha ayuda en esta rama del máster.

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Para poder realizar la labor de la traducción de ambos documentos, se han utilizado

algunos recursos web como también libros en papel y diccionarios. Uno de los recursos

más importantes sería la página Eur-Lex1, ya que aquí se pueden ver textos jurídicos

creados en el territorio de la Unión Europea y, gracias a una estructuración mostrada en

dos ventanas, se puede ver el texto original así como la traducción en el idioma que se

quiera para realizar las consultas necesarias. Otro de ellos sería la página del Tribunal

Constitucional de España2 y la web del Bundesverfassungsgericht3, su equivalente en

Alemania. El diccionario jurídico y económico español-alemán4 también ha sido de gran

ayuda, puesto que además de ser un diccionario bilingüe y mostrar la solución en el otro

idioma, divide cada entrada en varios temas dando solución a cada una de estas

divisiones. Los demás recursos, siendo tan útiles como los anteriormente nombrados, se

mencionan en la bibliografía al final del trabajo con todo detalle.

1 http://eur-lex.europa.eu/es/index.htm 2 http://www.tribunalconstitucional.es/es/Paginas/Home.aspx 3 http://www.bundesverfassungsgericht.de/ 4 BECHER, Herbert Jaime. (1999). DICCIONARIO JURÍDICO Y ECONÓMICO Español ALEMÁN. Wörterbuch der Rechtssprache und Wirtschaftssprache, Tl.1, Spanisch-Deutsch, 5.ed. C.H.Beck; ISBN: 3406451616.

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2. CONSIDERACIONES

TEÓRICO-PRÁCTICAS

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LA TRADUCCIÓN

Tres son los rasgos esenciales que caracterizan la traducción: es un acto comunicativo,

una operación entre textos y un proceso mental.

Hay que considerar, en primer lugar, que se traduce con una finalidad comunicativa,

para que un destinatario que no conoce la lengua en que está formulado un texto pueda

comprender ese texto. A la hora de reproducir en otra lengua y cultura ese texto, el

traductor debe considerar que no se trata de plasmar la cobertura lingüística sino las

intenciones comunicativas que hay detrás de ella, teniendo en cuenta que cada lengua

las expresa de una manera diferente y considerando las necesidades de los destinatarios

y las características del encargo. La finalidad de la traducción puede cambiar según el

tipo de encargo o el público al que va dirigida; el traductor adopta en cada caso métodos

diferentes y llega a soluciones diferentes. La traducción es, en este sentido, un acto de

comunicación complejo y hay que tener en cuenta todos los elementos que la integran

en cada caso, ya que todos ellos participan en su desarrollo y la condicionan.

En segundo lugar, hay que considerar que la traducción no se sitúa en el plano de la

lengua sino en el plano del habla y que no se traducen unidades aisladas,

descontextualizadas, se traducen textos. Si se traducen textos a la hora de analizar la

traducción, hay que tener siempre presentes los mecanismos de funcionamiento textual,

teniendo en cuenta además que esos mecanismos difieren en cada lengua y cultura.

En tercer lugar, no puede olvidarse que la traducción es una actividad de un sujeto, el

traductor, que necesita de una competencia específica y que éste, para traducir esos

textos, debe efectuar un complejo proceso mental que consiste en comprender el sentido

que éstos transmiten, para luego reformularlo con los medios de otra lengua, teniendo

en cuenta las necesidades del destinatario y la finalidad de la traducción. Se trata de

interpretar primero, para comunicar después.

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TEXTOS ESPECIALIZADOS Y TRADUCCIÓN ESPECIALIZADA

La traducción de textos especializados está marcada por la dominante de “campo”, ya

que el traductor ha de tener conocimientos en el campo temático en cuestión para poder

efectuar el proceso traductor.

El traductor debe tener conocimientos temáticos sobre la materia que ha de traducir;

ahora bien, se trata de una competencia sobre todo de comprensión, ya que, a diferencia

del especialista, no es necesario que sea capaz de producir por sí solo textos

especializados. En caso de carecer de esos conocimientos, debe saber suplirlos mediante

su capacidad de documentación, que le permitirá adquirir los conocimientos necesarios.

Aunque la terminología se ha considerado tradicionalmente la característica principal de

la traducción especializada, se coloca en un segundo plano, ya que lo más importante es

el concepto que encierra el término y no el término en sí; para comprender dicho

término (y para encontrar el equivalente justo en la lengua de llegada), es necesario

saber relacionarlo con el concepto a que hace referencia. Además, el traductor ha de

conocer los géneros propios del ámbito específico en que traduce y el funcionamiento

peculiar de cada uno de ellos en cuanto a convenciones lingüísticas y textuales. La

capacidad para documentarse ocupa un lugar central en el conjunto de competencias, ya

que permite al traductor adquirir conocimientos sobre el campo temático, sobre la

terminología y sobre las normas de funcionamiento textual del género en cuestión.

INTRODUCCIÓN A LA TRADUCCIÓN JURÍDICA

Existe una fuerte demanda del mercado ya que la importancia de la traducción jurídica

ha aumentado considerablemente en los últimos años por varias razones:

- Por un lado, el comercio internacional da lugar a un gran número de figuras

jurídicas ya que implica la firma de contratos de compraventa, transporte, etc.

- Por otra parte, la creación de bloques político-económicos que intentan

desarrollar sistemas jurídicos comunes ha supuesto un gran impulso para la traducción

jurídica. El ejemplo que, valga la redundancia, ejemplifica esto es la Unión Europea, ya

que está trabajando para armonizar los distintos sistemas y crea normas jurídicas de

aplicación obligatoria para los países miembros que han de traducirse.

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- El tercer factor es que la creciente movilidad de la población mundial y la

generalización del turismo masivo han generado relaciones jurídicas y administrativas

que requieren ser traducidas: por ejemplo, ciudadanos extranjeros que otorgan

testamento fuera de su país, agencias inmobiliarias que venden sus propiedades a

extranjeros, etc.

¿Y EN QUÉ CONSISTE LA TRADUCCIÓN JURÍDICA? ANÁLISIS

Como ya se ha comentado en un apartado anterior, los dos se tratan de textos jurídicos,

por lo que vamos a pasar a ver en qué consiste este tipo de traducción y todos los

aspectos relacionados con ésta.

La traducción jurídica es, como cualquier otra forma de traducción, un acto

comunicativo. No es sólo un proceso de transcodificación de palabras, sino de la

globalización del texto. La traducción jurídica es una disciplina en continua expansión

que se enfrenta cada día a nuevos retos y exigencias. La traducción jurídica es una

ciencia práctica, en el sentido de que tiene como meta la aplicación y la crítica de una

normativa que tienda a resolver los problemas que plantean las relaciones

interlingüísticas en el ámbito jurídico.

Tradicionalmente, la traducción jurídica estaba relacionada con el principio de la

fidelidad. Se considera que la traducción jurídica tiene que reproducir los elementos

lingüísticos y jurídicos de origen lo más fiel posible aplicando una traducción literal.

Esta aproximación aparece por el riesgo que conlleva la traducción jurídica, porque

cualquier elemento mal interpretado e implícitamente mal transferido puede tener

consecuencias serias. La traducción literal ofrece una cierta seguridad al traductor y tal

vez por eso, siempre se recurre a ella. Sin embargo, la traducción literal ocasiona

confusiones y un lenguaje forzado en el texto meta. Actualmente, los traductores

jurídicos intentan producir textos en el espíritu de la lengua meta.

En teoría, el derecho está totalmente ligado a la cultura y a la tradición nacional y

consubstancial a una lengua, por lo tanto, no se puede traducir. La práctica dice otra

cosa, porque una vez que se alcanza la equivalencia lingüística, implícitamente se logra

la equivalencia de contenido, en nuestro caso el derecho; y esta equivalencia de

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contenido es la que produce las dificultades para el traductor jurídico y da la

especificidad del derecho y de su traducción.

DIFICULTAD: SISTEMAS JURÍDICOS DIFERENTES

Incluso antes de leer el texto que se ha de traducir, ya sabemos que nos vamos a

encontrar con dificultades para traducirlo. ¿Por qué? Pues la respuesta es muy fácil: el

Derecho es el área del saber humano que carece de un referente universal. El Derecho

español y el alemán son diferentes, por lo que no existen siempre equivalencias para

ciertos términos o incluso esa idea puede que no esté expresada en el otro país por

diferentes motivos.

Los sistemas jurídicos presentan enormes divergencias debido a su historia, cultura,

desarrollo ideológico y orden social, mayores cuanto más lejanas sean las culturas a las

que pertenecen, que imposibilitan una simple transposición de los elementos de un

sistema a otro sistema en la traducción jurídica. La incongruencia entre los sistemas

jurídicos es la mayor dificultad con la que se encuentra el traductor jurídico. El

conservadurismo del derecho se refleja en el carácter repetitivo y fosilizado de sus

estructuras textuales, su fraseología y su léxico especializado, de forma que el texto

jurídico constituye un paradigma del texto estereotipado susceptible de descripción

genérica.

Conocer el Derecho forma parte de la formación que ha de recibir el traductor jurídico.

Aunque éste disponga de los recursos terminológicos, un vocabulario especializado a

veces no aclara totalmente un concepto y puede producir cierta ambigüedad,

principalmente por la diversidad que suele existir entre los dos sistemas jurídicos que ha

de comparar. Además, el traductor necesita un conocimiento pasivo de la lengua

especializada del Derecho, y éste solo puede venir de una comparación objetiva de las

sociedades y de las culturas a través de los siglos. La traducción jurídica implica un

perfecto conocimiento general del tema, al menos a un cierto nivel de los problemas.

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FIDELIDAD Y EQUIVALENCIA

A lo largo de la historia, la fidelidad, entendida como la relación que se establece entre

el texto original y su traducción, aparece como la noción clave de las reflexiones en

torno a la traducción. El término fidelidad en traducción se ha solido identificar con

sujeción al texto original (traducción literal) y opuesto a la libertad (traducción libre).

No debería ser así, ya que estrictamente hablando fidelidad expresa únicamente la

existencia de un vínculo entre el texto original y su traducción, pero no la naturaleza de

ese vínculo. Esto se concretiza a lo que ha querido decir el emisor del texto original, a

los mecanismos propios de llegada y al destinatario de la traducción. Existen además

tres dimensiones que caracterizan y condicionan la fidelidad de en traducción: la

subjetividad (la necesaria intervención del sujeto traductor), la historicidad (las

repercusiones del contexto sociohistórico) y la funcionalidad (las implicaciones de la

tipología textual, la lengua y el medio de llegada, y la finalidad de la traducción).

Como se ha mencionado arriba, la traducción de sistemas jurídicos distintos es

compleja, ya que a veces no existen exactamente las mismas ideas y conceptos dentro

de éstos. Sin embargo, el texto ha de traducirse: tendremos que adecuar tanto los

términos como la expresión para que el texto de la lengua meta cumpla el mismo efecto

que cumplió en la lengua de partida. Para ello, emplearemos las equivalencias en

aquellos casos que sean posibles, porque, como veremos unas líneas más abajo, en

ocasiones no está muy clara la solución. Antes de seguir comentando esto, vamos a ver

dos tipos de clasificación de equivalencias. Una se refiere a la realizada por Kade1, y la

otra a la realizada por Pilar Elena García2.

Kade dice que las equivalencias son las correspondencias potenciales entre los signos de

una lengua y los de otra. Considera que la traducción debe tener intacto el contenido y

por tanto se establecen:

1 KADE, Otto. (1968). Zufall und Gesetzmäβigkeit in der Übersetzung. Leipzig. 2 GARCÍA, Pilar Elena. (1990). Aspectos teóricos y prácticos de la traducción. Ediciones Universidad de Salamanca. Salamanca.

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- Equivalencia total: es aquella en la que hay una relación plena, interlingüística

de forma y contenido. Se podrían incluir los nombres propios, los términos técnicos y

las cifras.

- Equivalencia facultativa: aquellos casos en los que existen varios equivalentes

en la lengua de llegada y es el contenido el que permite establecer uno (La palabra

Beschluss, por ejemplo, en español tiene varios significados (auto, resolución, etc., pero

según el contexto, elegiremos un término u otro).

- Equivalencia aproximada: hace referencia a cuando la correspondencia

semántica es parcial, es decir, que los campos semánticos no son idénticos (un ejemplo

sería la diferencia de los tribunales en España y Alemania, que aunque son muy

parecidos, no son exactamente iguales. Otro caso, por referirnos al texto de los

graduados sociales, sería el nombre de los impuestos mencionados).

- Equivalencia cero: se da cuando no existe correspondencia para una unidad

léxica, son los conocidos vacíos referenciales. Es cuando hay que recurrir al calco o al

préstamo (Colocaríamos aquí los títulos universitarios referidos a los graduados

sociales, por ejemplo).

El tipo de clasificación de Pilar Elena García es:

- Una equivalencia denotativa, que atiende al texto, a la realidad extralingüística

transmitida en este, busca que no haya variación de contenidos. La atención de esta

equivalencia estará centrada en la búsqueda de correspondencias léxicas.

- Una equivalencia connotativa, que busca plasmar las connotaciones del texto

referente al plano del estilo. Se refiere a la opinión personal del autor.

- Equivalencia normativa, que persigue mantener la normativa lingüística y

textual que rige para determinados tipos de textos. Existen ciertas formas establecidas y

aceptadas.

- Equivalencia pragmática o comunicativa, que procura que el TM produzca en

el receptor de la traducción el mismo efecto que el TO produjo en sus lectores.

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- Equivalencia formal, que requiere textos con determinadas propiedades

estilísticas y estéticas particulares.

- Equivalencia funcional o pretendida, que trata de mantener en la traducción la

función del TO (esta sería la más adecuada para los textos en los que se ha trabajado, ya

que la función es el rasgo más importante en el texto jurídico).

- Equivalencia final, que atiende a la función del TM. A veces no es coincidente

con la función del TO.

Teniendo en cuenta todo esto, conviene tener presente también que, al utilizar el

término equivalencia, nos podemos referir a unidades más grandes o más pequeñas del

texto original y su traducción, sin que por ello sean excluyentes ni tampoco exista

relación unívoca. Aún así, la relación de equivalencia entre elementos individuales de

una pareja de textos no implica que exista equivalencia textual en un plano general; y a

la inversa, es decir, la equivalencia en su conjunto no implica que exista una

equivalencia entre todos los segmentos o elementos textuales de una pareja de textos.

La cuestión está en que traducir este tipo de textos no es fácil, ya que posiblemente no

encontremos equivalencias; para ello podremos utilizar la traducción literal y la oblicua.

Algunos mecanismos de la traducción literal son los préstamos (mencionados ya unas

líneas más arriba, en los que se adopta una palabra de la lengua original por falta de

concepto en la cultura meta), el calco (adopción del contenido semántico de una palabra

o expresión extranjera por términos de la lengua de recepción), se realiza una traducción

palabra por palabra o se emplean términos neutrales, equivalentes literales, formales o

léxicos o neologismos. Si hablamos de la traducción oblicua, encontramos la

transposición (se cambia la categoría gramatical para que sea más genuino en la lengua

meta), la modulación (esto quizás no nos sirva tanto para la traducción jurídica, pero

podría darse el caso), equivalencia funcional (utilización de un segmento de texto de la

lengua fuente por otro segmento de la lengua meta que no se traduce literalmente, pero

que es funcionalmente equivalente), adaptación (compensación de las diferencias

socioculturales con una equivalencia establecida).

Pues bien, otras opciones diferentes son la utilización de formas ampliadas: notas del

traductor o glosarios al final de la obra, si están fuera del texto; y si, sin embargo, están

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dentro del texto, se empleará la expansión léxica, las paráfrasis descriptivas o las

definiciones.

No obstante, aun con estas ayudas a la traducción, en el contexto de la traducción

jurídica el establecer la equivalencia entre la lengua origen y lengua meta sigue siendo

una tarea difícil para los traductores, porque además de ser una categoría lingüística, es

también conceptual, material y funcional. La dificultad de establecer una equivalencia

plena resulta de la asimetría conceptual que se da entre los ordenamientos jurídicos

debido a factores históricos, culturales y sociológicos. Esto conlleva la aparición de uno

de los mayores problemas de traducción que es la incongruencia terminológica. La

complejidad de establecer equivalencias resulta por falta de semejanzas estructurales

entre los sistemas lingüísticos de dos lenguas.

OTRAS DIFICULTADES

- Existencia de términos propios del lenguaje común que adquieren un significado

diferente en el ámbito jurídico, por lo cual se debe tener un buen dominio de la lengua

para distinguir estos sentidos diferentes de las palabras.

- La diversidad en la tipología textual. Cada uno de estos textos se ha de analizar y tratar

de forma diferente, pues existen grandes diferencias entre el texto de los graduados

sociales y el del Tribunal Constitucional (estructura, finalidad, etc.).

- Un texto jurídico no se puede traducir exclusivamente con un diccionario de términos

jurídicos. Se debe poseer además un dominio en la traducción de este tipo de textos y

conocer todas sus características, entre otras cosas.

- El lenguaje jurídico es un lenguaje que por sí mismo necesita una interpretación; el

conocimiento del Derecho es muy importante para poder solucionar este tipo de

dificultades para así comprender el texto en su totalidad y, después, para poder

reexpresarlo.

CARACTERÍSTICAS DEL LENGUAJE JURÍDICO

El lenguaje jurídico, en tanto que es lenguaje de especialidad, utiliza ciertos recursos

destinados a evitar la ambigüedad del lenguaje común y una sintaxis y estilo propios de

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cada materia. Sus principales características son la precisión, la concisión y la

neutralidad; en este lenguaje predomina la función conativa o de mandato.

He aquí una enumeración de las principales características más notables:

1. El lenguaje jurídico se caracteriza por ser arcaico y conservador en ambas

lenguas, y tiene unos rasgos lingüísticos muy característicos.

2. El principal rasgo que tienen en común es que los conceptos de los términos

jurídicos no varían.

3. El alemán jurídico, al igual que el español es un lenguaje de una larga

tradición.

4. Se caracteriza porque ha de expresar conceptos de gran complejidad en

términos de gran exactitud, por lo que, ante todo, evita la ambigüedad en la

mayoría de los casos.

5. En cuanto a la terminología podemos observar que en español hay términos

propios del lenguaje jurídico que provienen del latín, los llamados

latinismos, que también aparecen en otras lenguas romances. Todos estos

términos provienen del Derecho Romano.

6. Igualmente es propio de este lenguaje el uso de fórmulas propias de su

discurso, que se mantienen por tradición y conservadurismo (se puede

observar un ejemplo al comienzo del escrito del Tribunal Institucional “En

nombre del rey”, mientras que en alemán se utiliza la fórmula “Im Namen

des Volkes [en nombre del pueblo]”

7. El uso de eufemismos y de sinónimos o términos de similar significado cuyo

uso está dirigido al mejor entendimiento del concepto en sí.

8. En el nivel morfosintáctico, encontramos el uso acentuado de los sustantivos,

las perífrasis, los adjetivos y los demostrativos con valor anafórico con la

finalidad de evitar el uso reiterado de los sustantivos.

9. La forma verbal más utilizada es la pasiva y el subjuntivo, contrario a lo que

ocurre con el lenguaje común.

10. Frecuencia de oraciones explicativas o parentéticas.

11. Sus oraciones suelen ser complejas y se caracterizan por ser extensas y

formularias.

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¿CÓMO SE HA DE TRADUCIR?

Como ya se ha dicho, el traductor ha de crear un texto que produzca el mismo efecto

que causó en el público de partida, por lo que el elemento más importante de la

traducción no es el contenido sino la función. El significado de un texto depende de su

contexto cultural y otros factores ocasionales, por eso es trascendental conocer la

función tanto del texto meta como del texto de partida en sus contextos culturales. En el

ámbito jurídico, no se puede anular el texto de partida, ya que representa la única fuente

a la que siempre se recurre en caso de confusiones.

No existe una forma única de traducir un determinado documento, ni siquiera aunque

existiera un acuerdo sobre los parámetros que impusiera soluciones determinadas de

traducción.

Una buena parte de esta variación traductora viene impuesta por el mismo traductor. Su

estilo personal, sus gustos personales, su concepción sobre la idoneidad de la

traducción, su estado de ánimo y su motivación ante una traducción en particular, las

circunstancias materiales de tiempo, lugar, disponibilidad de información, etc., pueden

determinar, al menos en parte, la forma de traducir y las soluciones de traducción que

adopta.

La aceptación de todos estos parámetros que influyen en el traductor para optar por unas

soluciones u otras de traducción no resulta suficiente para saber cómo traducir un texto

jurídico. Se necesita conocer cuáles son las potenciales soluciones entre las que escoger.

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3. PROBLEMAS DE

TRADUCCIÓN Y SOLUCIONES

PROPUESTAS

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PROBLEMAS Y DIFICULTADES DE TRADUCCIÓN

Antes de comenzar, me gustaría explicar un poco qué son los problemas de traducción,

ya que, aunque a primera vista los problemas de traducción y las dificultades de

traducción puedan parecer lo mismo, no lo son. Los primeros se tratan de “problemas

objetivos que todo traductor, independientemente de su nivel de competencia y de las

condiciones técnicas de su trabajo, debe resolver en el transcurso de una tarea de

traducción determinada”. Las segundas, “son subjetivas y tienen que ver con el propio

traductor y sus condiciones de trabajo particulares”.

Existen cuatro tipo de dificultades: 1. Las específicas del texto, que están relacionadas

con el grado de comprensibilidad del texto original y que pueden descubrirse repasando

los factores intratextuales del análisis textual; 2. Las que dependen del traductor, que

existen incluso para el traductor ideal con plena competencia, aunque la experiencia le

haya enseñado a superarlas; 3. Las pragmáticas, que están relacionadas con la naturaleza

de la tarea traductora; 4. Las técnicas, que están relacionadas con la especificidad del

tema de que trata el texto.

Por lo que respecta al primer tipo de dificultades, voy a destacar dos cosas; como los

textos que nos ocupan están escritos en la lengua materna, han sido quizás más fáciles

de entender que si hubieran estado redactados en la lengua extranjera, lo cual no quiere

decir que fueran simples, ya que, en mi caso, había partes del texto referido al Tribunal

Constitucional, que, por la forma de la redacción, por la falta de conocimientos o

simplemente por la gran densidad de información en una misma oración, sin ningún tipo

de puntuación (esto también se refiere al texto de los graduados sociales), eran bastante

complicadas. Aunque con esta exposición ya me he referido en parte a la segunda

dificultad, diré también que la limitación de recursos y de tiempo han jugado un papel

muy importante en mis prácticas, pues cuanto más limitados son los recursos, más

tiempo es necesario para documentarse.

Si nos encontramos con un texto que está mal redactado o mal expresado (como es el

caso de la sentencia, FJ 1 párrafo 1), habrá que leer tantas veces sean necesarias hasta

llegar a su total comprensión; si en cambio, es por falta de conocimientos, existen

numerosos recursos para encontrar información relativa al tema, como por ejemplo,

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manuales, diccionarios monolingües, etc. En lo referente a las dificultades restantes,

diré que para poder evitar tenerlas lo mejor es la práctica: cuanto más se trabaje con una

traducción jurídica más fácil se hará la tarea traductora, como también se tendrán

mejores conocimientos y destrezas en los temas que hay que traducir.

Vistas las dificultades, pasamos a ver los tipos de problemas de traducción: los

problemas textuales que surgen de características particulares del texto de partida; los

problemas pragmáticos que surgen de la naturaleza de la propia práctica traductora; los

problemas culturales surgen de las diferencias en las normas y convenciones entre la

cultura de partida y de llegada y los problemas lingüísticos surgen de las diferencias

estructurales entre la lengua de partida y de llegada.

El primer problema que me planteé al tener que traducir los textos fue: ¿existirán todos

los elementos sobre los que hablan los textos en Alemania? Si existen, ¿serán

exactamente lo mismo o variarán respecto a los españoles? Sin embargo, esto no era el

único problema, ya que a la hora de redactar en alemán había que pensar en la manera

que tienen en este idioma de expresar las ideas, ya que en la carrera de Traducción e

Interpretación se nos dan unas bases para traducir este tipo de textos, pero no son

suficientes para realizar un trabajo de estas características, por lo que siempre hay que

seguir aprendiendo y practicando para mejorar la técnica traductora.

Por tanto, las medidas tomadas para encontrar soluciones a todos los problemas que me

iba encontrando eran buscar significados en diccionarios monolingües y bilingües,

diccionarios temáticos monolingües y bilingües (en este caso, de ámbito jurídico), etc.

Para el texto que trata sobre los graduados sociales tuve que navegar bastante por la red.

Primeramente, tenía que saber qué era un graduado social en español; después en

alemán (que, además, no es exactamente lo mismo en los dos idiomas, lo cual agravó

los problemas de traducción). Así que consulté primero algunas páginas de colegios en

España y después busqué en el otro país.

Recordando la clasificación de los problemas vista unos párrafos más arriba, vamos a

ver con cuáles nos hemos encontrado en los textos y cómo los hemos resuelto:

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- Textuales: Son sobre todo los que tienen que ver con la macroestructura y

microestructura del texto. Por ejemplo, el orden de redacción de una sentencia sería

“antecedentes, fundamentos jurídicos y fallo”, mientras que en Alemania la

organización sería Entscheidung y Gründe (es decir, “fallo y antecedentes de hecho

y de derecho”); la solución adoptada aquí fue comenzar el texto como si hubiese

sido escrito en alemán para dejarle más claro al destinatario quiénes participaban y

por qué, para después aportar las informaciones como en el texto español. Otro

punto destacable dentro de este grupo es la forma de escribir “artículo”: aunque

suelen tener la misma función en ambos países, suele haber controversia con su uso.

Mi solución fue adoptada pensando en el destinatario, es decir, expresarlo con el

símbolo “§”, por la misma razón que en el ejemplo anterior, esto es, simplificar y

facilitar al destinatario el texto para una mejor comprensión.

- Culturales: Como ya hemos visto, España y Alemania difieren en bastantes

cosas, pues no son un mismo país y poseen distintas tradiciones y rasgos culturales.

En el texto del Tribunal Constitucional nos encontramos con distintos tribunales y

leyes, nombres de empresas, principios, etc. Para los primeros, se llegó a la solución

mediante la comparación de los sistemas judiciales en España y en Alemania,

eligiendo así los tribunales y leyes que más se aproximaran al sentido que poseía el

término español. En cuanto a los nombres de empresas, el problema se resolvió

buscando en la red una empresa equivalente en este país, aunque de todas maneras

escribí una nota a pie de página para aclararlo todavía más. Para los principios

nombrados empleé la traducción literal.

Respecto al texto que trata sobre los graduados sociales, este tipo de problemas lo

ocasionaron los nombres de las carreras y títulos universitarios, los colegios y

algunas instituciones de la Seguridad Social. Tras haber navegado mucho por

Internet, descubrí que existe una diplomatura en Alemania, Bachelor of Arts (FH) -

Beschäftigungsorganisation, Beratung und Fallmanagement (Diplomatura en

organización laboral, asesoramiento y gestión), que sería lo más similar a los

estudios de Graduados Sociales y Relaciones Laborales; por tanto, este estudio y

esta profesión no existen como tales en este país. Algo que tampoco existe como tal

es el Colegio de Graduados Sociales, puesto que en Alemania se trata más bien de

una asociación. No obstante, las soluciones empleadas para resolver el problema de

traducción de estos elementos ha sido o bien la traducción literal (en el caso de los

primeros), o bien la traducción aproximada. Para las instituciones de la Seguridad

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Social, que como en la gran parte de los casos que hemos visto, no coinciden con el

sentido que posee en España, he optado por la traducción literal.

- Si nos referimos ya a los problemas lingüísticos, puede que sean los más

numerosos en el texto pero por su carácter repetitivo. Aquellos de mayor

importancia serian la dificultad de traducir el gerundio español, ya que según su

significado en la frase se puede sustituir por una oración copulativa o subordinada

según el caso o por el Partizip I, que es la forma más aproximada que posee el

alemán para traducir un gerundio, lo cual depende también del caso.

La reexpresión en la lengua extranjera fue una de las tareas más difíciles durante

todas las prácticas, ya que, aparte de existencia de frases quilométricas, que ya

supone un agravante de la situación, no hemos de olvidar que el español y el alemán

no pertenecen a la misma familia lingüística y tiene diferencias muy marcadas. Este

es el caso de los verbos cuando han de ir al final de la oración o cuando nos

encontramos con verbos que son separables: recordando que las frases eran de una

longitud bastante grande (recuerdo que en un párrafo había una oración de 18

líneas), era bastante complicado acordarse de si se había puesto ya el verbo o elegir

el lugar donde había que ponerlo, etc. Para finalizar, el último problema encontrado

fue el de las abreviaturas, solventado rápidamente gracias a Internet y al contexto,

que brindaba muchas pistas aludiendo a lo que se refería.

Concluyendo ya, diré que en el caso del texto sobre la sentencia del Tribunal

Constitucional, mencionaré que en parte fue más fácil para mí en lo que respecta a

equivalencias (con esto me refiero a los nombres de los tribunales sobre todo), ya que

tanto en la carrera universitaria como en el máster hemos visto textos de esta índole,

aunque no se trataran del mismo tipo de documento. Para realizar la traducción de este

documento, afortunadamente, poseía más ayudas, es decir, tenía apuntes de años

pasados, los adquiridos en el máster, un referente más claro (esto es, el Tribunal

Constitucional), etc.

Para finalizar, me gustaría subrayar que uno de los mayores problemas con los que nos

encontramos los estudiantes esta rama del máster, es que existen muy pocos estudios

concretos sobre la traducción jurídica español-alemán, por lo que todavía es más

complicado realizar un estudio y análisis más exhaustivo en este tipo de traducción.

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4. CONOCIMIENTOS Y

TÉCNICAS APRENDIDOS EN

EL MÁSTER

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En primer lugar, me gustaría nombrar algo que he aprendido en este máster pero que no

tiene que ver con ninguna asignatura en concreto: la autodisciplina. No pensaba, que yo

misma pudiera levantarme en un horario determinado todos los días como si fuera a

clase y me lo tomara como si me dirigiera allí de verdad. De hecho, iba a estudiar a otro

lugar para tener esta sensación. Creo que esto es importante sobre todo si en un futuro

trabajo como traductora autónoma, en el que tendría que fijar mis propios horarios y

cumplirlos a rajatabla.

Si ya nos centramos más en los aspectos académicos aprendidos durante estos nueve

meses, debo decir que las asignaturas que más me han podido servir para la realización

de las prácticas así como para el trabajo de fin de máster serían “Corrección y edición

de textos”, pues, debo editar un documento que se componga de unas 50 páginas en las

que todo debe ser lo más correcto posible (más importante el aspecto de la corrección,

sin duda); “Deontología y práctica profesional”, ya que, en especial para la traducción

de los graduados sociales, me hizo reflexionar sobre el concepto de “colegio

profesional”, además de ofrecernos unas instrucciones muy bien detalladas para realizar

las bibliografías de todo tipo de documentos; “Ordenamientos jurídicos comparados”,

en mi opinión, creo que es la más cercana a este trabajo y estas prácticas, pues, como

expliqué antes en las consideraciones teórico-prácticas, si no se tienen unas nociones

básicas sobre las diferencias que existen entre ambos sistemas jurídicos, el español y el

alemán, puede complicarse todavía más la traducción de estos textos, sobre todo en lo

que se refiere al escrito del Tribunal Constitucional; y, por último, “Traducción jurada

alemán-español”, ya que es la asignatura de práctica traductora que más tiene que ver

con la traducción jurídica, ya que los demás módulos se relacionan más bien con la

traducción económica y comercial.

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5. GLOSARIOS

BILINGÜES

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TEXTO 060100EA

ESPAÑOL ALEMÁN NOTAS

Cambio de residencia (m.)

e Abmeldung

Colegio profesional (m.) r Berufsverband En España se trata de un colegio profesional, en Alemania consta como asociación.

Graduado Social (m.) r Berufsberater, r Arbeitsberater

Esta profesión como tal no existe en Alemania. No obstante, en algunos lugares aparece como Berufsberater y en otros como Arbeitsberater.

Código deontológico (m.)

r Berufskodex

Normas deontológicas (f.pl.)

e Berufsethische Regeln, Standesregeln

Título de Graduado Social (m.)

r Akademische Grad von Berufsberater

En Alemania no existe la carrera de Graduado Social. El título universitario equivalente sería Bachelor of Arts (FH) - Beschäftigungsorganisation, Beratung und Fallmanagement (Diplomatura en organización laboral, asesoramiento y gestión).

Graduado Social diplomado (m.)

r Diplomberufberater Como en otros casos, es difícil encontrar una equivalencia exacta por la falta de estos estudios tal y como son en España.

Diplomado en Relaciones Laborales (m.)

Diplomiert in Arbeitsverhältnisse

En Alemania no existe la carrera de Relaciones Laborales. El título universitario equivalente sería Bachelor of Arts (FH) - Beschäftigungsorganisation, Beratung und Fallmanagement (Diplomatura en organización laboral, asesoramiento y gestión).

Colegiado/a (adj.) Eingetragend in Berufsverband Normas generales de conducta y actuación profesional (f. pl.)

e Allgemeine Verhaltens- und Berufsverbandregeln

Modalidad de e Verbandseigenart

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colegiación (f.) Ejercicio libre de la profesión (m.)

e Selbstständige Ausübung des Berufs

No ejerciente (m.) r Nicht Berufsausübender Ordenamiento jurídico general (m.)

e Allgemeine Rechtsordnungen (Pl.)

Inobservancia (f.) e Nichtbefolgung Infracción (f.) e Straftat Sanción disciplinaria (f.) Normativa reguladora (f.)

e Regelung

Régimen disciplinario colegial (m.)

e Verbandsdisziplinaraufsicht

Principios fundamentales (m.pl.)

e Grundsätze

Normas de honor y de dignidad (f. pl.)

e Ehren- und Würdenormen

Secreto profesional (m.) s Berufsgeheimnis Incompatibilidad (f.) e Unvereinbarkeit Función social (f.). e Soziale Funktion Administración de Justicia (f.)

e Rechtspflege

Libertad de expresión (f.)

e Meinungsfreiheit

Derecho a la defensa (m.)

s Verteidigungsrecht

Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Graduados Sociales (m.pl.)

e Satzung der Berufsverbänden von Berufsberatern (Sg.)

Estatutos del Consejo Autonómico (m.pl.)

e Verfassung des autonomisches Rats [der Berufsberatern] (Sg.)

Reglamentos de Régimen Interior (m.pl.)

e Geschäftsordnung (Sg.)

Junta General (f.) e Generalversammlungstagung

Junta de Gobierno (f.) r Vorsitz Carga colegial (f.) e Last des Berufsverbands Suplencia en las funciones profesionales (f.)

e Stellvertretung in den beruflichen Funktionen

Acto de intrusismo (m.) e Unterwanderungshandlung Ejercicio ilegal de la profesión (m.)

e Unrechtmäβige Berufsausübung

Procedimiento judicial inútil (m.)

e unnötige Anrufung der Gerichte

Interés contrapuesto (m.) s widerstreitende Interesse Práctica de competencia r unlautere Wettbewerb

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ilícita (f.) Venia (f.) e Verlaub Solución extrajudicial (f.)

e auβergerichtliche Aufforderung

Mandato (m.) r Auftrag Litigante (m., f.) e Prozesspartei Insuficiencia de recursos (f.)

e unzureichende Mittel (N. Pl.)

Turno de Oficio (m.) e unentgeltliche Beratungshilfe Competencia profesional (f.)

e berufliche Befähigung

Deber profesional (m.) e Berufspflicht Violación del secreto (f.) e Verletzung des

Geheimnisses

Acto de captación desleal de clientela (m.)

e Handlung von unlauterer Abwerbung der Klientel

Procedimiento publicitario (m.)

e Werbeart

Ética profesional (f.) s Berufsethos Cobro de honorarios (m.) e Honorarzahlung Autorización expresa (f.) e ausdrückliche Genehmigung Administración Pública (f.)

e öffentliche Verwaltung

Entidad gestora de la Seguridad Social (f.)

r Träger der sozialen Sicherheit

Tribunal (m.) s Gericht Órgano jurisdiccional (m.)

s Gericht

Principio de legalidad (m.)

r Grundsatz der Gesetzmäβigkeit

Términos legales (m. pl.) s Recht Señalamiento (m.) e Anberaumung Diligencia judicial (f.) r Zustellungsnachweis Libertad de defensa (f.) e Verteidigungsfreiheit Ley penal (f.) s Strafgesetz Citación administrativa (f.)

e Ladung der Verwaltung

Infringir normas (v.) Norm verstoβen (v.) Parte adversa (f.) e Gegenpartei Abuso (m.) r Missbrauch Asesoramiento (m.) e Beratung Lesión injusta (f.) e gerechtfertige Verletzung Modalidad de actuación profesional (f.)

e Weise der Berufsausübung

Prestación de servicios (f.)

e Dienstleistung

Solicitar la venia por escrito (v.)

Eine Verlaub schriftlich ersuchen (v.)

Solicitud de r Antrag des Gesuchs der

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otorgamiento de la venia (f.)

Verlaubs

Ámbito territorial (m.) s Gebiet Hoja informativa (f.) s Merkblatt Ejerciente libre (m., f.) r/e Freie Ausübende(r) Documento original (m.) e Originalunterlagen Certificado acreditativo (m.)

e Bescheinigung

Impreso del Impuesto de Actividades Económicas [I.A.E.] (m.)

s Druckerzeugnis des Gewerbesteuers [GewSt.]

Modelo de Declaración Censal (m.)

s Muster der Meldung für statistische Zwecke

Alta en autónomos (f.) e Anmeldung zur Selbstständigen

Por cuenta propia selbstständig (Adj.) Contrato de trabajo (m.) r Arbeitsvertrag Por cuenta ajena unselbstständig (Adj.) Forma de pago (f.) e Zahlungsweise (al) contado e Barzahlung Plazo (m.) e Ratenzahlung Documento Nacional de Identidad (m.)

r Personalausweis

Datos Bancarios para la Domiciliación de Recibos (m. pl.)

e Bankdaten für das Abbuchungsverfahren (Pl.)

Entidad (f.) / oficina (f.) / dígito de control (m.) / número de cuenta (m.)

s Kreditinstitut /e Zweigstelle / e Kontrollziffer /e Konto-Nr.

Certificado de empadronamiento (m.)

e Anmeldebescheinigung

Plan de pensiones (m.) r Pensionsplan Seguro de responsabilidad civil obligatorio (m.)

e Zwangshaftpflichtversicherung

Póliza (f.) e Versicherung Certificación de la empresa (f.)

e Betriebszertifizierung

Fecha de alta (f.) s Anmeldungsdatum Despacho profesional (m.)

r Kanzleisitz

Técnico en materias sociales y laborales (m.)

r Fachwissentschaftler für Sozial- und Arbeitsangelegenheiten

No existe en Alemania. Es una traducción literal del español.

Tribunal del Orden Social (m.)

s Arbeits- und Sozialgericht

Juzgado de lo Social (m.)

s Arbeitsgericht

Expediente de jubilación e Rentenunterlage

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(m.) Expediente de incapacidad (m.)

e Behinderungsunterlage

Expediente de viudedad (m.)

e Witweunterlage

Expediente de orfandad (m.)

e Waisenrenteunterlage

Favor de familiares Rente für Familienangehörige Representación (f.) e Vertretung Dirección técnica de procedimiento (f.)

e technische Verfahrensleitung

Inspección de Trabajo (f.)

e Arbeitsaufsichtsbehörde

Centro de conciliación (m.)

e Schlichtngsstelle

Vía judicial (f.) r Rechtsweg INSS (m.) e Sozialversicherungsanstalt No es equivalente exacto. Tesorería General de la Seguridad Social (f.)

e Staatshauptkasse des Sozialversicherungssystem

IMSERSO (m.) s Institut für Senioren und Sozialdienste

En Alemania no existe esta institución. Se trata de una traducción lo más fiel posible considerando sus funciones.

Despido (m.) e Kündigung Prestación contributiva (f.)

e beitragsabhängige Leistung / Beihilfe

Prestación no contributiva

e beitragsunabhängige Leistung / Beihilfe

Seguro social (m.) e Sozialversicherung Convenio colectivo (m.) r Tarifvertrag Contratación laboral (f.) e Arbeitskräfteanwerbung Alta / baja de trabajadores (f.)

e Anmeldung / Kündigung der Arbeitnehmern

Carta de pago del IRPF (f.)

r Hinterlegungsschein ESt.

Autorización de trabajo y residencia para extranjeros

e Arbeits- und Aufenthaltserlaubnis für Ausländer

Bonificación (f.) e Vergütung Auditoría laboral (f.) e Arbeitsaudit Desempleo (m.) e Arbeitslosigkeit Accidente de trabajo (m.)

r Arbeitsunfall

Cooperativa (f.) e Genossenschaft Sociedad laboral (f.) e Arbeitsnehmergesellschaft Huelga (f.) r Streik Beneficiario/a de la Seguridad Social

r, e Sozialversicherten En Alemania sería el beneficiario del seguro

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médico. Asistencia social (f.) e Sozialhilfe Registro de Sociedades Profesionales (m.)

s Berufsverbandsregister

Registro Mercantil (m) s Handelsregister Denominación (f.) e Firmenbezeichnung Razón social (f.) e Firmenbezeichnung Domicilio social (m.) r Gesellschaftssitz Escritura pública de constitución (f.)

r öffentlicher beurkundeter Errichtungsakt

Notario autorizante (m.) r beurkundender Notar Objeto social (m.) r Verbandszweck Número de colegiación (m.)

e Nummer als Mitglied des Verbands

Tarjeta de desempleo (f.) e Anmeldung bei der Jobbörse Reconocimiento del título (m.)

e Anerkennung des Titels

Ministerio de Educación (m.)

s Ministerium für Bildung En Alemania, Bundesministerium für Bildung und Forschung (Ministerio Federal para la Educación y la Investigación).

Fotocopia compulsada (f.)

e beglaubigte Fotokopie

Certificación académica (f.)

e akademische Bescheinigung

Plan de estudios(m.) r Studienplan Prácticas preprofesionales (f. pl.)

s Berufspraktikum (Sg.)

Directiva de la Unión Europea (f.)

e EU- Richtlinie

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TEXTO 080200EA

ESPAÑOL ALEMÁN NOTAS

Sección (f.) e Kammer Tribunal Constitucional [TC] (m.)

s Verfassungsgericht [VerfG]

Presidente (m.) r Präsident(in) Magistrado (m.) r Richter(in) (pronunciar) sentencia (f.) s Urteil (erlassen) (interponer) recurso de amparo (m.)

e Verfassungsbeschwerde (einlegen)

Procurador de los Tribunales (m.)

r Prozessvertreter(in) Los procuradores en España y Alemania no tienen exactamente la misma función, pero es la traducción más ajustada.

Letrado (m.) r Anwalt (in) Audiencia Provincial (f.) [AP]

s Landesgericht [LG] En España, la Audiencia Provincial se situaría entre los Juzgados de instrucción (local) y los Tribunales Supremos de Justicia (autonómicos).En Alemania, el Landesgericht está entre Amtsgericht (a nivel local) y Oberlandesgericht (tribunales a nivel total del Land correspondiente).

Recurrente (m., f.) r Beschwerdeführer (in) autor de un delito continuado contra la propiedad intelectual (m.)

r Täter einer fortgesetzten Verletzung von geistigem Eigentum

Fiscal (m., f.) r Staatsanwalt(in) Ponente (m., f.) Berichterstatter(in) Representación procesal (f.)

e Prozessvertretung

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (f.)

e Rechtsverletzung auf einen wirksamen Rechtsbehelf

Constitución Española (f.) [CE]

e spanische Verfassung En Alemania se trata de la Grundgesetz [GG].

Error en la motivación (m.)

r Begründungsfehler

Derecho al proceso con todas las garantías (m.)

s Recht auf ein faires Verfahren

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Presunción de inocencia (f.)

e Unschuldsvermutung

Instancia penal (f.) e Strafinstanz Vista (f.) e mündliche Verhandlung Principio de legalidad penal (m.)

r Grund der Gesetzmäβigkeit der Strafen

Recurso de apelación (m.) e Berufung Acusación particular (f.) e Zivilpartei Ministerio Fiscal (m.) e Staatsanwaltschaft Antecedentes procesales (m. pl.)

e Prozessgeschichte

Procedimiento [abreviado] (m.)

s (abgekürztes) (Straf-)Verfahren

Carácter ilícito (m.) Rechtswidrig (Adj.) Hechos (m. pl.) e Tatbestande (Pl.) Diligencias previas (f. pl.) e Voruntersuchung (Sg.) Juzgado de Instrucción (m.)

s Amtsgericht

Enjuiciamiento (m.) e Beurteilung Juzgado de lo Penal (m.) s Strafgericht Insuficiencia del relato fáctico (f.)

e unzureichende Sachverhaltsdarstellung

Falta de acreditación (f.) s Fehlen des Nachweises Irrelevancia y atipicidad de la conducta (f.)

e Irrelevanz und Atypizität des Verhaltens

Principio de subsidiariedad (m.)

s Subsidiaritätsprinzip

Principio de intervención mínima (m.)

s Prinzip des geringstmöglichen Eingriffs

Derecho penal [DP] (m.) s Strafrecht Principio de proporcionalidad de la pena (m.)

r Grundsatz schuldangemessenen Strafens

Hurto (m.) r Diebstahl Ausencia de elemento subjetivo del injusto (f.)

e Abwesenheit des subjektiven Unrechtselements

Imposibilidad de comisión culposa del tipo (f.)

e Unmöglichkeit der fahrlässigen Begehung dieser Art

Concurrencia de un error de prohibición (f.)

s Vorliegen eines Verbotsirrtums

Aplicación de la causa de justificación del ejercicio de un derecho (f.)

e Anwendung des Rechtsfertigungsgrundes von der Rechtsausübung

Rollo (m.) s Aktenbündel Dictar [sentencia] (v.) fällen (v.) Fundamento jurídico [FJ] (m.)

r Rechtsgrund, Grund

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Pena [multa] (f.) e Geldstrafe Requisito de perseguibilidad (m.)

e Verfolgungsvoraussetzung

Citar jurisprudencia (v.) Rechtsprechung anführen (v.) Tribunal Europeo de Derechos Humanos [TEDH] (m.)

r Europäisches Gerichtshof für Menschenrechte (EGMR)

Garantía constitucional (f.)

e Verfassungsgarantie

Resolución (f.) r Beschluss Otorgamiento del amparo (m.)

e Erteilung des Schutzes

Nulidad (f.) e Aufhebung Retroacción (f.) s Maβnahmenfeedback Sala (f.) r Senat Providencia (f.) e Verfügung Emplazamiento (m.) e Vorladung Escrito (m.) r Schriftsatz, s Schreiben Registro General del Tribunal Constitucional (m.)

s Allgemeines Register des Verfassungsgericht

Diligencia de ordenación (f.)

e prozessleitende Verfügung

Alegación (f.) s Vorbringen Pedimento (m.) r Antrag Inadmisión por extemporaneidad (f.)

e Abweisung wegen Verspätung

Notificación (f.) e Mitteilung Juzgado de Guardia (m.) r Nachdienst im Gericht Requisito de procedibilidad (m.)

e Voraussetzung für die Einleitung eines Verfahrens

Código Penal [CP] (m.) s Strafgesetzbuch [StGB] Informe pericial (m.) s Gutachten Ejercicio de la acción penal (m.)

e strafrechtliche Verfolgung

Reclamación de responsabilidades civiles (f.)

e Klage der Haftpflichten

Auto (m.) r Beschluss Invocación del derecho fundamental (f.)

e Berufung auf das Grundrecht

Garantía procesal (f.) e Verfahrensgarantie Error de hecho (m.) r Tatsachenirrtum Apreciación de la prueba (f.)

e Beweiswürdigung

Vertiente de motivación (f.)

e Begründungsdimension

Cuestión de legalidad ordinaria penal (f.)

e Sache über eine ordentliche Gesetzmäβigkeit der Strafen

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Queja (f.) e Beschwerde Doctrina del Tribunal (f.) e Rechtssprechung, e Lehre Proceso penal (m.) s Strafverfahren Declaración del acusado (f.)

e Aussage des Beschuldigten

Pruebas periciales, testificales y documentales (f. pl.)

e Sachverständigengutachten, Zeugenaussagen und schriftliche Beweise (Pl.)

Comisión del tipo delictivo (f.)

s Begehen des Straftatbestands

Falta de autorización del titular de los derechos económicos (f.)

s Fehlen der Genehmigung des Berechtigten der ökonomischen Rechten

Ánimo de lucro (m.) s Gewinnstreben Perjuicio de tercero (m.) e Verletzung eines Dritten Testigo (m., f.) r Zeuge, e Zeugin Testigo de cargo (m., f.) r, e Belastungszeuge, -zeugin Testigo de descargo (m., f.)

r, e Entlastungszeuge, -zeugin

Valoración jurídica (f.) e rechtliche Abwägung Fallo (m.) e Entscheidung Deliberación (f.) e Entscheidungsfassung Absuelto (adj.) Freigesprochen (Adj.) Sentencia estimatoria (f.) s bejahendes Urteil Impugnar (v.) widersetzen, anfechten (v.) Discrepancia jurídica (f.) e juristische Diskrepanz Principio de accesoriedad (m.)

r Grundsatz der Akzessorietät

Imputación penal (f.) e Strafbeschuldigung Defecto insubsanable (m.) r unheilbare Mangel Redacción anterior Ältere Fassung Ley órganica (f.) s Gesetz mit Verfassungsrang Disposción transitoria (f.) e Übergangsbestimmung Plazo de caducidad (m.) e Verfallfrist Secretaría del Juzgado de Instrucción (f.)

e Geschäftsstelle des Ermittlungsgerichts für Strafsachen

Se trata de una traducción lo más fiel posible, ya que no se ha encontrado un equivalente.

En funciones de guardia als Nachdienst Ley orgánica del Tribunal Constitucional [LOTC] (f.)

s Verfassungsgerichtshofgesetz [VfGG]

Recurso de reforma (m.) r Einspruch gegen den Beschluss

Ley de enjuiciamiento criminal [LECrim] (f.)

e Strafprozessordnung [StPO]

Sentencia condenatoria (f.)

s Strafurteil

Disposiciones finales (f. e Schluβvorschriften (Pl.)

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Pl.) Pluralidad de quejas (f.) e Pluralität der

Beschwerdeführungen

Jurisdicción ordinaria (f.) e ordentliche Gerichtsbarkeit Con carácter prioritario höherrangig (adj.) Ausencia de necesidad de reiteración de la vista (f.)

s Fehlen des Bedürfnisses des Rückfalls der mündlichen Verhandlung

Juicio absolutorio (m.) s freisprechendes Gerichtsverfahren

Exigencia de la inmediación constitucional suficiente (f.)

s Gebot der genügenden Verfassungsunmittelbarkeit

Cuestiones de hecho y de Derecho (f. pl.)

e Sach- und Rechtsfragen (Pl.)

Culpabilidad (f.) e Schuld Inocencia (f.) e Unschuld Infracción considerada punible (f.)

r als strafbar betrachtet Verstoβ

Declaración de culpabilidad (f.)

s Schuldurteil

c. / Artículo (m.) § , r Artikel Equidad del proceso (f.) s faire Verfahren Infracción penal (f.) e strafbare Handlung Supuesto (m.) e Annahme Pronunciamiento absolutorio (m.)

e freisprechende Entscheidung / Fällung

Convenio (m.) e Konvention Se refiere al Convenio Europeo de Derechos Humanos, por lo que aunque otras palabras se refieren mejor a la palabra “convenio”, la traducción acuñada es Europäische Menschenrehtskonvention.

Estenotipia (f.) e Stenotypie Garantía de corrección (f.) e Berichtigungsgarantie Acta de la vista (f.) s Sitzungsprotokoll Audiencia pública/contradictoria (f.)

e öffentliche Sitzung oder Anhörung / e entgegenstehende Sitzung

Concurrencia temporo-espacial (f.)

s zeitlich-räumliche Zusammentreffen

Interrogatorio (m.) e Befragung Lectura del acta (f.) e Lektüre des

Sitzungsprotokoll

Tribunal sentenciador s erkennendes Gericht

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(m.) Delito sexual (m.) s Sittlichkeitsdelikt Fin legítimo (m.) r rechtmäβigen Zweck Defensa del orden público (f.)

e Aufrechterhaltung öffentlicher Ordnung

Prevención del delito (f.) e Verhütung von Straftaten Protección de derechos a la vida, a la libertad y a la seguridad de los testigos y víctimas de los delitos (f.)

r Schutz von Rechten auf das Leben, auf die Freiheit und auf die Sicherheit der Zeugen und Opfern der Delikten

Respeto de la exigencia del plazo razonable (m.)

r Respekt der Anforderung angemessener Verfahrensdauer

Derecho de defensa (m.) s Verteidigungsrecht Ordenamiento positivo (m.)

e positive Gesetzgebung

Carencia (f.) o defecto (m.) de inmediación

s Fehlen- und e Defektvoraussetzung von Unmittelbarkeit

Error de calificación (m.) e fehlerhafte Bewertung Comparecencia (f.) s Auftreten Publicar (v.) Verkünden (v.) Boletín Oficial del Estado [BOE] (m.)

Equivalente al Bundesgesetzblatt [BGBl.] alemán.

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6. REFERENCIAS

BIBLIOGRÁFICAS

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7. PÁGINAS DE

INTERNET

CONSULTADAS

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Estatutos. Disponible en: www.dvb-fachverband.de .

Página de la asociación internacional para el asesoramiento en la formación y en el

trabajo: Ética profesional. Disponible en:

http://www.iaevg.org/iaevg/nav.cfm?lang=3&menu=1&submenu=2 .

Página informativa sobre los estudios disponibles en las universidades alemanas.

Disponible en: www.studieren.de .

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https://www.solbank.com/de/PRODUCTOS/CUENTA_PRESTIGE_CARE/SU_NUME

RO_DE_CUENTA/index.html .

Página del Tribunal Constitucional español. Disponible en:

http://www.tribunalconstitucional.es/es/Paginas/Home.aspx .

Página del Tribunal Constitucional federal alemán. Disponible en:

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