teoria del derecho

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RESPUESTASD DE EXAMEN Cuando soy menor de edad, como se condena si tiene 17 años 11 meses 28 días, cuando sanciono. Ámbito territorial, temporal material, Si yo soy un comerciante y vendo algo me aplicaran una norma mercantil, profeco , fiscal por que pagas impuestos y si soy restaurantero además puede ser causar lesiones a la persona y aplicarán normas penales, dentro de las características , de las normas jurídicas Heterónoma es la sujeción de un querer ajeno, que e otras personas son las que crean las normas, y que yo me tengo que sujetar a un querer ajeno, ej.. la universidad autónoma de México, es autónoma por que tiene sus propias normas, … REVISAR LA LEY DEL SERVICIO SOCIAL, TODAS PRESTACIÒN DE SERVICIO SUBORDINADO DEBE SER PAGADO, VERIFICAR, A UNA PERSONA NO LA PUEDEN PRIVAR DE SU SALARIO, PERO OTRA NORMA, TODO LO QUE EXEDA SI SE PUEDE EMBARHGRA DESP. DEL SALARIO MINIMO. Bilateralidad y heterónoma. Verificar., Mencione las fuentes formales . Las normas son imperoatributivas, si existe una norma ES POR QUE ES VINCULANTE, EDO Y GOBERNADOS, VINCULAN AVICTIMA OFENDIDO Y DELINCUENTE, A UNA LE PUEDEN CONEDER DERECHOS Y A OTROA OBLIGACIONES, . PARA TODAS AQUELLAS PERSONAS QUE SE UBIQUEN EN ELSUPUSTO JURÌDICO, MENCIONA LÑAS FUENTES FORMALESD EL DERECHO,. FUENTE FORMALE DERECHOOBJETIVO

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Teoria del derecho

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Page 1: Teoria Del Derecho

RESPUESTASD DE EXAMEN

Cuando soy menor de edad, como se condena si tiene 17 años 11 meses 28 días, cuando sanciono.

Ámbito territorial, temporal material,

Si yo soy un comerciante y vendo algo me aplicaran una norma mercantil, profeco , fiscal por que pagas impuestos y si soy restaurantero además puede ser causar lesiones a la persona y aplicarán normas penales, dentro de las características , de las normas jurídicas

Heterónoma es la sujeción de un querer ajeno, que e otras personas son las que crean las normas, y que yo me tengo que sujetar a un querer ajeno, ej.. la universidad autónoma de México, es autónoma por que tiene sus propias normas, …

REVISAR LA LEY DEL SERVICIO SOCIAL, TODAS PRESTACIÒN DE SERVICIO SUBORDINADO DEBE SER PAGADO, VERIFICAR, A UNA PERSONA NO LA PUEDEN PRIVAR DE SU SALARIO, PERO OTRA NORMA, TODO LO QUE EXEDA SI SE PUEDE EMBARHGRA DESP. DEL SALARIO MINIMO.

Bilateralidad y heterónoma. Verificar.,

Mencione las fuentes formales .

Las normas son imperoatributivas, si existe una norma ES POR QUE ES VINCULANTE, EDO Y GOBERNADOS, VINCULAN AVICTIMA OFENDIDO Y DELINCUENTE, A UNA LE PUEDEN CONEDER DERECHOS Y A OTROA OBLIGACIONES, .

PARA TODAS AQUELLAS PERSONAS QUE SE UBIQUEN EN ELSUPUSTO JURÌDICO,

MENCIONA LÑAS FUENTES FORMALESD EL DERECHO,.

FUENTE FORMALE DERECHOOBJETIVO

LA FUENTE FORMAL. CUANDO SURGE ALGO,

EN ELERECHO OBJETIVO,

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FUENTES FORMALES, TIEN EDOS VERTIENTES, OBJETIVO Y SUBJETIVO, BASICAMENTE EL PROCESO LEGISLATIVO, UN DECRETO NACE DE UN PODER SOBERANO, DE QUI NACE ELD ERECHO OBJETIVO, PERO TAMBIEN DEBO SABER DE DONDE NACE MI DERECHO DE EXIGIR UN APGO PPR EJEMPLOO, DEL DERCHO SUBJETIVO, QUE SON LOS DERECHOS DOCTRINA, Y PRINCIPISO GENERALES DEL DERECHO.,

EXPLICA EL PROCESO LEGISLATIVO…. EXISTEN ÒRGANOS FACULTADOS PARA QUE EL

EN LA PIRAMIDE KELSENIANA, LOS REGLAMENTOS DE LAS ESCUELAS, INICIEN A PENSAR COMO JURISTAS Y SE LA TIENEN QUE CREER.,

AQUÍ DEBES ENTRAR CON TRAJE CON CORBATA Y EXISTEN UNA SUJECIÒN DE QUERER AJENO., PERO LA NORMA HASTYA DONDE PUEDE LLEGAR, NO NADA MAS , HAY MUCHAS LEYES PERO POCAS APORTACIONES, OR QUE EN EL REGLKAMENTO DE UNA FABRICA DICE QUE TIENEN QUE TENER ELK CABELLOS CORTO, POR QUE ES PEKLIGROSO, POR EJEMPLO, PERO EN LAS ESCUELAS LA RAZON DE LA LEY,

EL PROCESO LEGISLATIVO ESTUDIAR….

DEFINICION DE L MAESTRO:

QUE DEBEMOS ENTENDER POR EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD… LAS AUTORIADES EN EJERCICIO DE SU FUNCIÒN UY EN EL AMBITO DE COMPETENCISA SOLAMENTE PUEDEN HACER AQUELLO QUE LA LEY LES FACULTE HACER., Y LLEVA SUBYACENTE EL PRINCIPIO LEGALUDAD, LOS GOBERNADOS PUEDEN HACER AQUELLO TODO QUE LA LEY EXPRESAMENTE NO LES PROHIBE HACER.

LOS HECHOS JURIDICOS SON.. ES CUALQUIER HECHO JURIDICO, TODO LO QUE PRODUCE UN DERECHO, LOS HECHOS NATURALES QUE TENGAN CONSECUENCIA EN EL CAMPO DEL DERCHO,

ACTOS JURIDICOS, LA VOLUNTAD DEL HOMBRE, LOS ACTOS JURIDICOS TIENEN REQUISITOS DE EXISTENCIA Y DE VALIDEZ, LA VOLUNTAD REQUISITO DE EXISTENCIA, Y EN EL CASO DE QUE LO REQUIERA LA NORMA LA SOLEMNIDAD, EL ACTO JURIDICO SON UNILATERALES EJEMPLO EL TESTAMENTO, PERO EXISTEN ACTOS JURIDICOS QUE REQUIEERN DOS VOLUNTADES, EBN ESE MOMENMTO SE FORMA EL CONSENTIMIENTO, TEORÌAS , PUEDE HABER UNA POFERTA, PUEDE SER

Page 3: Teoria Del Derecho

EFÌMERA,VOLUNTAD, Y EN GUNOS CASOS LA SOLEMNIDAD, LOS REQUISITOS DE VALIDEZ, SON LA FORMALÑIDAD, EL OBJETO LICITO POSIBKLE, ,LA FORMALIDAD ES PLASMARLO EN UN DOCUMENTO, PARA QUE EL ACTO JURÌDICO QUE SEA DE LA FORMA PRESCRIPTA PPR LA LEY, LA TRANSMICIÒN DE UN OINMUEBLES DEBE SER POR ESCRITO., UN CONTRATO LABORAL DEBE SER POR ESCRIOTO, EL HECHO QUE NO EXISTA NO QUIERE DECIR QUE NO TENGA DERCHOS, QUE SEA POSIBLE, Y QUE EXISATA DENTRO DEL COMERCIO, DEBE SER LÌCITO PARA SER EFICAZ PARA HACERLO VALER.

EL DOLO ES EL ENCAMINAR A UNA PERSONA HACIA EL ERROR.

LA LESION Y VIOLRENCIA, CUANDONO ESTEN AFECTADAS POR DOLO MALA FE,

LA VIOLENCIA TIENE CONNOTACIONES FISICA O PSICOLÒGICA, VOLUNTAD COACCIONADA NO ES VOLUNTAD.

EL BIEN JURIDICO EN HOMICIDIO Y LESIONES, EL BIEN JURIDICO ES LA SEGURIDAD Y LA INTEGRIDAD. EN EL CASO DE LA VIOLACIN PROTEGE LA LOBERTAD SEXUAL, SO INA PRSONA DICE SI NO ACCEDO Y ME MATA, POR LO MENOS PONTE EL PRESERVATIVO, Y SIGUE SIENDO VIOLENTADA TU ELECCION, EASTA SIENDO VOIOLADA LA VOLUNTAD, NO LO ESTA CONSISTIENDO LO ESTA COAXIONANDO.

IMPLICACIONES DEL HECHO Y ACTO JURIDICO:::::CONSCENCIA, EL HECHO Y ACTO JURIDICO IMPLICAN UN ACONTECIMIENTO QUE TIENE COMO CONSECUENCIA LA REALIZACION DE LA HOIPOTESIS NORMATIVA ( SUPIESTO JURICDICO), Y EN ESE MOIMENTO EXISTE LA RELACIÒN DE LA IMPUTACIÒN,.

LA MAYORIA DE EDAD SI TIENE UN HECHO JURIDICO ACTUALIZA LA HIPOTESIS NORMATIVA DE DIFERENTE MANERA.,

EL ACTO JURIDICO TIENE ELEMENTOS, ……. LOS ELEMENTOS PRINCIPALES PARA DELIMITAR…

1. MANIFESTACIÒN EXTERIOR DE VOLUNTAD.2. LA REALIZACION DE UNA CONDUCTA.3. LA AUTORIZACION DEL DERECHO PARA QUE LA MANIFESTACIÒN

EXTERIOR DE LA VOLUNTAD Y LA CONDUCTA PRODUZCAN CONSECUENCIAS LEGALES.

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HECHO JURIDICO, SI CAE UN ARBOL EN UN COCHE., SI CAE Y NO SOBRE ALGO ALGUIEN, NO PRODUCE DAÑO, ES UN HECHO NATRURAL.

PUEDE AFECTAR UN ACTO JURIDICO SECUNDARIO, UNA COSA ES EL VALOR DEL BIEN JURIDICO.

LOS ACTOS JURIDICOS DEBEN TENER CONSECUENCIAS JURIDICAS EN LE CAMPO DEL DERECHO., SINO SE CUMPLEN.

ACTO JURIDICO ESTADO------PARTE. SI SE MANEJA LICITAMENTE, PDE LOS CONTRARIO SERIA UN HECHO ILICITO.,, Y GENERARIA UN RESPONSSABILIDAD.

VOLUNTAD DEBEMOS VERIFICAR SIEMPRE…

SI TE MANIFIESTAS CON VERDAD CON HACIENDA ES UNA ACTO JURIDICO, PERO SI TU MANIFIESTASD ALGO QUE NO ES LICITO, ESNTONCES ES UN HECHO JURIDICO, CON CONSECIUENCIAS CIVILES O PENALES,. DEBEMOS DE VER CUANDOE STAMOS EBN UN HECHO Y EN UN ACTO.,. SI NOHAY LICITUD ESTAMOS ANTE UN HECHO JURIDICO.,

ESPECIES DE ACTOS JURICOS….

UNILATERALES : SON AQUELOOS EN LOS QUE SE MANIFIESTA LA VOLUNTAD DE UNA SOLA PERSONA., EJEMPLO TESTAMENTO.

BILATERALES. SON AQUELLOS EN DONDE SE MANIFIESTA LA VOLUNTAD DE CUANDO MENOS DOS PERSONAS, VARIOS COMPARADORES Y VARIOS VENDEDORES ,E IMPLICAN EL NACIMIENTO DE DERECHOS Y OBLIGACIONES RECIPROCAS, EJEMPLO.. CONTRATO DE TRABAJO, ARRENDAMIENTO ETC., HONEROSOS ( ACTOS JURIDICOS HONEROSOS SON AQUELLOOS DE LOS QUE DERIVAN PROVECHOS Y GRAVAMENES RECIPROCOS, OTRA VEZ EJEMPLO, LA COMPRAENTA, ARRENDAMIENTO, CONTRATO DE TRABAJO, ÒR QUE LOS DOS ESTAMOS OBTENIENDO UN PROVECHO Y TENEMOS UNA CARGA TAMBIEN.QUIERE DECIR QUE LAS DOS PARTES TIENE UNA CARGA., Y DERIVA EN UN PROVECHO RECÌPROCO ETSOS A SU VEZ SE DIVEDEN EN…,

1-SE LE LLAMA HONEROSO EN VIRTUD DE LA CARGA., LOS ACTOS JURIDICOS NECESARIAMENTES PODRÌAN SER HONEROSOS. POR EJEMPLO EXISTEN ACTOS JURIDICOS GRATUITOS, ES`

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2.ACTOS JURIDICOS GRATUITOS EXISTEN CUANDO UNA DE LAS PARTES, PROCUARA QUE LA OTRA OBTENGA UN PROVECHO. EJEMPLO, LA DONACIÒN .

3.HONEROSO QUIERE DECIR CON CARGA., ALGO TECUESTA , ENTONCES UN CONTRATO HONEROSO ES CUANDO LAS DOS PARTES TIENEN CARGA.

4LOS GRATUITOS, UNA DE LAS PARTES PROCUAR QUE LA OTRO TENGA UN PROVECHO..EJEMPLO, TE VOY A REGALAR 200 PESOS ES UN CONTRATO GRATUITO.

5.ACTOS JURIDICOS INTERVIVOS; SON AQUELLOS QUE PROCDUCEN SUS EFECTOS JURIDICOS EN VIDAS DE LAS PERSONAS, EJEMPLO EL MATRIMONIO.

6.ACTOS JURIDICOS POR CAUSA DE MUERTE Y MORTIS CAUSA…. SO AQUELLOS CUYOS FECTOS SE PRODUCEN DESPUES DEL FALLECIMIENTO DE LA PERSONA QUE CELEBRO EL ACTO.

PARA QUE HAYA UN CONVENIO DEBEN EXISTIR 2 VOLUNTADES.

LOS CONTRATOS UNILATERALES,,, SOLO UNA PARTE TIENE UNA CARTA., POR EJMPLO EL COMODATO, ACTO JURIDICO GRATUITO O CONTRATO UNILATERAL.

ACTOS JURID¡COS CONMUTATIVOS:………AQUELLOS EN QUE LAS PRESTACIONES QUE SE DEBEN LAS PARTES SON INMEDIATAMENTE CIERTAS, DE TAL MANERA QUE QUIEN LOS CELEBRA SABE DESDE LLUEGO LAS CARGAS Y VENTAJAS QUE ASUMIERON, EJEMPLO<…ÇOMPRAVENTA, PERMUTA, CONTARTO DE TRABAJO, DONDE SABEMOS QUE GANAMOS Y CUAL ES NUESTRA CARGA.

ACTOS JURICOS ALEATORIOS:: AQUELLOS CUYTA REALOIZACION ES FURTURA E INCIERTA.EJEMPLO: LA COMPRA DE ESPERANZA., ES UN CONTARTO ALEATORIO LÑA REALIZACION ES FUTUTRA PERO INCIERTA, EJEM`PLO, MELATE…

OYE YO TE VOY A PAGAR SI TU REALIZAS ESTAS CONDICIONES… ES UN ACTO INCIERTA.

LOS SEGUROS NO SONALEATORIOS SU REALIZACION DEPENDE DE UNA CTO JURIDICO INCIERTO, PERO YOA YA SE DCUANTO VOY A PAGAR, Y EL OTRO SABE QUE LE VAS A PAGAR, QUI LA CUESTIÒN DE QUE DEPENDE,, FINALMENTE TODO NOS LLEVA A DECIR QUE SI, PERO SI TENEMOS LA GARGA EXACTA NO ES ALEATORIO.

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ACTOS JURIDICOS MOMENTANEOS: :::::: AQUELLOS QUE SUS EFECTOS SE PRODUCEN EN EL MOMENTO DE SUS CELEBRACIÒN, VOY Y COMPRO UUNA PANTALLA.

ACTOS JURICO DE TRACTO SUESIVO: AQUELLOS QUE SUS EFECTOS SE PROLONGAN EN EL TIEMPO., POR EJEMPLO;

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&

CONVENIO ES UN ACUERDO DE VOLUNTADES DE 2 O MÀS PERSONAS PARA CREAR, TRANSMITIR, MODIFICAR Ò EXTINGUIR DERECHOS Y OBLIGACIONES,

CONTRATOS: SON LOS CONVENIOS EN LOS QUE SE CREAN Y TRANFIEREN DERECHOS Y OBLIGACIONES, EJEMPLO….. MATRIMONIO.

CONVENIOS: SON LOS QUE MODIFICAN Ò EXTINGUEN DERECHOS Y OBLIGACIONES, SE LES LLAMA CONVENIOS EN ESTRICTO SENTIDO.

CONSECUENCIAS DE INEXISTENCIA:

EL ACTO NO PRODUCE EFECTOS EL ACTO NO SE PUEDE HACER VALER NI POR PRESCRIPCIÒN NI POR

CONFIRMACIÒN. LA INEXISTENCIA PUEDE SER INVOCADA POR CUALQUIER

INTERESADO.

LA NULIDAD DEL ACTO JURIDICO SE DA CUANDO ESTE CARECE DE ALGUNO DE LOS REQUISITOS DE VALIDEZ, EXISTEN 2 TIPOS DE NULIDADES::::1. LA NULIDAD RELATIVA O ANULABILIDAD… .se da cuando hay

imperfección en el acto, pero esta puede subsanarse o corregirse. LA NULIDAD RELATIVA O ANULABILIDAD se produce por existencia de algún vicio de consentimiento, por falta de capacidad y por falta de formalidad.

2. LA NULIDAD ABSOLUTA….se presenta cuando el acto es contrario a la ley y se puede producir en 3 casos……, ILICITUD EN EL OBJETO, ILICITUD EN EL FIN, ILICITUD EN LA CONDICIÒN.

MODALIDADES DE LOS ACTOS JURIDICOS

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Se definen como todos aquellos hechos o circunstancias que limitan la voluntad de las partes y de cuya realización depende del nacimiento del acto, su extinción y el modo de realizarse.

LAS MODALIDADES DEL ACTO JURIDICO PUEDE SER:1. LA CONDICION., es un acontecimiento futuro e incierto del

cual depende el nacimiento o la resolución de los efectos del acto jurídico. La condición puede ser suspensiva o resolutiva…..La condición suspensiva se da cuando los efectos del acto no se producen en tanto que la condición no sea cumplida.La condición resolutiva se da cuando al realizarse ésta la condición, se resuelven los efectos del acto volviendo las cosas al estado que tenían antes de la celebración del mismo.

2. EL TÉRMINO.3. EL MODO.

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HACER TAREA DESDE AQUÍ…..,18 mayo de 2010 Y TEXTO DE CONVENIOS….

CLASE., 17 DE MAYO, 2010.

LA CONDICION PUEDE SER SUSPENCIVA O RESOLUTIVA, CUANDO HABLAMOS DE LOS ELEMENTOS DE VALIDEZ DEL ACTO JURIDICO, HAY UNA PARTE QUE NOS HABLA DEL OBJETO LICITO POSIBLE, POR EJ., YO MEVOY A OBLIGAR, CUANDO YO VUELE POR MIS ÑPROPIOS MEDIOS ME COMPROMETO A REALIZAR TAL COSA, PERO ESTARIA AFECTADO DE UNA NULIDAD RELATIVA, YO MEOBLIGO A RELAIXAR DETERMINADA CONDUCTA PERO LA OBLIGACION YA TIENE UNA ANULIDAD RELATIVA, POR QUE NO PUEDO VOLAR POR MIS PROPIOS MEDIOS.

TERMINO O PLAZO, EL TERMINO ES UN ACONTRECIMEINTO FUTURO Y CIERTO O INEVITABLE, DEL CUAL DEPENDE EL PRINCIPIO O EXTINCIÒN DE LOS EFECTOS DEL ACTO JURIDICO, POR EJ, SI CELEBRO UN CO NTRATO DE ARRENDAMIENTO F¡TIENE UNA FECHA DE INICIO PERO TAMBIEN TIENE UN TERMINO. UN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PUEDE ESTAR SUJETO A TERMINO PLAZAO CONDICION O MOSDO,

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PUEDE SER UN ACONTECIMIENTO FUTURO E INCIERTO., LA INCERTUDUMBRE ESTARIA EN ELERECHO DE CUANDO., SI NOS, DECIMOS ES UN AÑO FORZOSO, ENTONCES HAY UNA MODALIDAD DEL ACTO JURICO SUJETA A TERMINO O PLAZO.

EL TERMINO PUEDE SER SUSPENCIVO O EXTINTIVO., ES

SUPENCIVO ES AQUEL QUE AL DAR INICIO EL MISMO EMPIEZA A PRODUCIRSE LOS EFECTOS DEL ACTO, UN EJEMPLO EXISTE UN CONTRATO DE PRESTACIÒN DE SERVICIOS, EL BJETO DE CONTRATO, UNA LI EA AREA SE OBLIGA ATRASLADARME, MEDIANTE UN COSTO, SIN EMBARGO LOS EFECTOS DEL ACTOJURIDICO, DESDE QUE MOMENTO ESTOY AMPARANDO DESDE QUE LO COMPRO,

TERMINO EXTINTIVO ES AQUEL QUE ONDE FIN A LOS FECTOS DEL ACTO, TE VOY A PAGAR HASTA EL 31 DE OCT. SIN EMBRAGO LAS CONSCUENCIAS SERIAN OTRAS, LOS EFECTOS DEL ACTO JURIDICO SE SUSPENDE HASTA EL 31 DE OCTUBRE., PERO EN FALTA DE PAGO, LOS EFECTOS DE LA VOLUNTAD LLEGAN HASTA EL 31 DE OCT, SIN EMBARGO LAS CONDICIONES, U N EFECTO DEL ACTO JURIDICO ES QUE DEBA UNA MENSUALIDAD, PERO LO QUE YO BUSCO QUE SE OCUPE EL BIEN INMUEBLEM, SI HAY UN ACUERDO DE VOLUNTADES EXISTIARAN UNA CONSECUENCIA DE DERECHO, OBLIGACIONES, Y QUE ADEMAS TENGAUNA CONTRAPRESTACIÒN DE DERCHO, QUE SE DEJE SATISFECHO ES OTRO BOLETO, ÈRO PUEDE SER QUE NUESTRA VOLUNTAD.

TERMINO HASTA POR QUE IMPLICA UN PLAZO., POR EJEMPLO HASTA EL 17 DE JULIO, EL PLAZO ES LOS DIAS EL INTER,DESDE HOY HASTA EL 17 DE JULIO, Y EL TERMINO ES EL DIA 17 DE JULIO.

LA LEY ES MUY CLARA Y NOS DICE TRATANDOSE DE TERMINOS Y DE PLAZOS SON DIAS HABILES, EL JUEZ POR EJEMPLO TIENE UNA PLAZ DE 72 HORAS PARA DETERMINAR SU SITUACIÒN JURIDICA, TIENE HASTA LAS 10 A.M. PARA DETERMIN AR SU SITUACIÒN JURIDICA., PARA RECIBOR DECLARACIO N DECLARATORIA TIENE 48 HORAS.

UN TERMINO IMPLICA SIEMPRE UN PLAZO.

EN EL CASO DE UN DESPIDO INJUSTIFICADO, SE IMPLICAN LOS DIAS NATURALES, 2 MESES, DIAS FESTIVOS, DOMINGOS.

CUANDO HABLAMOS DE QUE LA LEY LES HABLE DE DIAS ESTAREMOS DE HABLANDO DE DIAS HABILES A MENOS QUE HAYA UN DIS`POSICON

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CONTRARIA. SI HABLAN DE PLAZO HABLARIA DE 2 SEMANAS., CUANDO HABLAMOS UN BLIOQUE DE TIEMPO SON DIAS NATURALES.

INICIAR A CONTAR AL DIA SIGUIENTE, POR EJEMPLO ME NOTIFICARON EL DIA 10, INICIA PLAZO EL DIA PRIMERO EL DIA 11. SIEMPRE.

MODO…….

MODO SE TRATA DE LA CARGA QUE SE IMMPONE AL QUE ADQUIERE, O A QUIEN SE BENEFICIA CON EL., NORMALMENTE SE DA EL LOS ACTO

S JURICOS UNILATERALES, POR EJEMPLO YO LE DONO A JOSE ACEVEDO UNA CASA, PERO EL SE OBLIGARA A DONAR EL 50 / A LA BENEFIVCINECIA PUBLICA, LLEVA IMPLICITA UNA CONDICIÒN POR QUE PUEDE SER QUE NO TENGA FRUTOS, LA CARGA DEBE SER SIEMPRE LEGAL.

OTRO REJMPLO, UN CCASO DE DONACION YO LE OFREZCO A DON JOSE UNA CANTIDAD DE DINERO, MORTIS CAUSA, UN ACTO UNILATERAL, NO IMPLICA UNA DONACION SINO UNA SESION DE DERECHOS MORTIS CAUSA.

EL MODO PUEDE SER QUE NO SEA ECONOMICO, SOLO EL USO, EJEMPLO, TU VAS A TENER EL DERECHO DEOCUPAR LA CASA S5 AÑOS, SIEMPRE Y CUANDO LA GANANCIA SE LA DAS AL ASILO DE ANCIANOS.

EXISTE UNA CARGA AL EJERDER UNA OBLIGACION MORTIS CAUSA, YO DEJO QUE EL GRUPO HAGA SUS TERTULIAS JURIDICAS TODAS LAS SEMANAS POR 10 AÑOS PERO HEY UNA CARGA POR QUE DEBERAN REALIZAR MEJOTRAS PARA QUE DESPUES DE 10 AÑOS PUEDA SER UTIL EL INMUEBLE PARA DONAR ALAS CARMELITAS.

ESTUDIAR TERMINO DE CONDICION, PLAZO, TERMINO, MODO……..

TERMINAR CON DOS TEMAS LO QUE ES LA INTERPRETACIÒN,

COMPRAR LIBRO INTRODUCCION AL DERCHO Y CONSTITUCION. ……………………..

INVESTIGAR … …………………….CONCEPTOS JURIDICOS FUNDAMENTALES TAREA………………………. PARA 24 DE MAYO.

º

LA INTREPRETACIÒN, PARA APLICAR EL DERECHO, LOS DOCTRINARIOS JURISTAS TIENEN QUE INTERPRETAR EL DERECHO, PARA VER ELOS

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ALCANCES DE ESAS NORMAS JURIDICAS, SI TRADUCIMOS LAS IDEAS, VEAMOS….

INTERPRTETACION: INTERPRETAR UNA PROPOSICIÒN NORMATIVA, QUIERE DECIR TRADUCIR A SIGINIFICADOS ( OBJETOS O ACONTECIMEINTOS AMBOS ESQUEMATZADOS O CONCEPTUALIZADOS.) LOS SIGNIFICANTES QUE SON SIMBOLOS EN LOS QUE SE EXPRESAN LA MISMA.

EJEMPLO SI DECIEMOS EN MEXICO TODO INDIVIDUO PODRA GOZAR DE TODAS LAS GARANTIAS, DEBEMOS VER QUE COMPRENDE MEXICO, UN TERRITORIO UN GOB. SI ESTAMOS HABLANDO DE GARANTIAS CONSTITUCIONALES,

TODO INDIVIDIUO GOZARA DE LAS GARABTIAS QUE OITORGA ESTA CONSTITUCIÒN., LAS GARANTIAS JURIDICAS, PUEDEN SER EL DERCHO DE AMPARO, POR EJEMPLO.

Y QUE SOLAMENTE PUEDE SER RESTRINGAS O SUSPENDIDAS Y COMENZAMOS A LEER ESTA CONSTITUCION, LA IGUALDAD JURIDICA DEL VALOR DEL HOMBRE Y LA MUJER.

DEEBEMOPS ANALIZAR LOS TEXTOS, DEBEMOS EJERCITAR LEYENDO LA CONSTITUCIÒN,………………………………. HW.

Exposición de motivos de cada una de las leyes,,, ver y estudiar, de cada una, por que crean esta norma, nos hablan del nexo causal, por ejemplo, quiere decir que la conducta fue suficiente., caneluti decía ques es el nexo causal, es el hecho de que exista el resultado consecuencia de una conducta, el nexo causal debe ser material, en el caso en concreto so hay nexo causal o no, debe haber un medio idóneo, y exterioriso mi deseo, en el plano jurídico, el nexo causal debe ser idóneo, todo esta en el diario de debate, por que se creo esa figura, ejemplo, el acto jurídico es un convenio que va a ver una el legislador, aplica, interpretación autentica, después con el juez interpretación judicial., cuando toma en cuenta los hechos, bajo la lógica, estudiar, para realizar esa acción el juez debe interpretar la norma, interpreta entonces, dice entonces que nos quizo decier el legislador, en un bloque constitucional, aiempre y cuan do sea licito, están interpretando la palabra licitud, es la interpretación autentica que la hace el legislador, la interpretación judicial la hace el juez., la función del legislador, estamos hablando de una intrepretacio udicial, y debe ser dirigida a paraticulares., sin embargo puede haber momentos de interpretación, al momento de realizar una ley

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reglamentria el legislador, va a estar los jueces, al mismo legislador, la constitución no d dice procede la expropiación al momento de reslizar una ley reglamentaria, vayan en contar de loos que ducen la dispociion constitucional., art. 123, ver…. yo mepuedo asociar o re uno r pacíficamente si el objemto es licito.

Las coaliciones don las titulares del derecho de huelga, sin embargo existen disposiciones de leyes extraordinarias pueden crearse situaciones que nmop están conforme a derecho., pregunat es una interpretación autentica ?, no., entonces puede haber dos nmomentos de interpretación, la libertad de coaligarnos.., los trabajadores tiene el derecho de coaligarse si quieres qe esa coalición tenge representación jurídica, la libertad establece si quiereo y si puedo, o no., sin embargo pueden llegar baformsar un sindicato, la ley federal del trabajo establece la libertad de poder coaligarse, se les notifique al patrón para que los separe de su puesto si compromiso para el patrón, entonces las normas ordinarias.

DEBEMOS CONCOER LAS NORMAS PERFECTAMENTE BIEN., SI HABLAMOS DE LA MARCA LOS ANTECEDENTES PENALES LA ROMPIAN.

La interpretación judicial, el juez legisla, no debe ser, solo debe aplicar la norma., bajar la ley general si proceden los hechos, debemos de ver cuando el juez intrepreta.,

Estupro… estudiar…. El juez interpreta que es la seducción, etc.

Honestidad es subjetiva y la castidad es objetiva., eso dice la ley.

La corte ha interpretado que no existe stupro si la copua no es por vaso idóneo, por que supuestamente debe ser vaginal. Opinar…

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TAREA DE 24 DE MAYO…………

¿QUÉ SON LOS CONCEPTOS JURÍDICOS FUNDAMENTALES?

Todo concepto es un predicado referido a una materia de conocimiento, al sujeto de un juicio. El concepto es fundamental cuando es integrante del objeto al cual se refiere. Entonces un concepto jurídico fundamental será el predicado referido al derecho, sin el cual éste no puede concebirse: será un elemento constitutivo de todo derecho posible.

“Son conceptos jurídicos fundamentales por ser elementos invariables aunque no exclusivos del derecho”

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Los conceptos jurídicos fundamentales, en el derecho se nos aparecen como los elementos que se encuentran en la estructura y en contenido de toda norma jurídica y en cuya ausencia no se entendería un orden jurídico determinado históricamente. Estando en todo orden coactivo concreto, se transforman en categorías de conocimiento, en conceptos básicos. De ahí que sean elementos del derecho y conceptos que se encuentran en la reflexión teórica.

García Maynez nos da la definición de los conceptos jurídicos fundamentales al tratar sobre el objeto de la Teoría Fundamental del Derecho; y define como conceptos jurídicos fundamentales o esenciales las categorías o nociones irreductibles, en cuya ausencia resultaría imposible entender un orden jurídico cualquiera.

Las diferencias entre estos conceptos, llamados también categorías jurídicas y los conceptos jurídicos contingentes, esta en que los contingentes no existen en todo ordenamiento positivo, y que en cambio los esenciales, no pueden dejar de existir en un sistema jurídico. Por el contrario se habla de conceptos jurídicos contingentes cuando se manejan conceptos que sólo se encuentran en algunas normas jurídicas referentes a ramas especificas del derecho, por ejemplo: hipoteca, enfiteusis, etc.

A la filosofía jurídica le corresponde sólo el estudio de los conceptos jurídicos fundamentales. Los contingentes son estudiados por las especialidades de la ciencia dogmática, con referencia a un derecho positivo determinado.

Así, son conceptos jurídicos contingentes las instituciones de la esclavitud, del duelo, del delito de disolución social, es decir. Conceptos que no son comunes a todos los sistemas jurídicos.

En cambio las nociones de persona, supuesto jurídico, sanción, deber jurídico, derecho subjetivo, derecho objetivo, acción son irreductibles, ya que sin ellos resultaría imposible entender un orden jurídico cualquiera.

Por su parte el Licenciado Rojina Villegas señala: “ Los conceptos jurídicos fundamentales son aquellos que intervienen como elementos constantes y necesarios en toda relación jurídica, es decir, en toda forma de conducta jurídica que se produce por la aplicación de la norma a los casos concretos”. “En la norma de Derecho se encuentran en potencia todos los conceptos jurídicos fundamentales y en la relación jurídica se actualizan esos conceptos para tener una manifestación concreta respectos de sujetos y objetos determinados, produciéndose por la realización de uno o de varios supuestos de Derecho”

Para Somló, en toda representación de una norma jurídica el jurista utiliza dos clases de conceptos jurídicos, a saber; unos que se refieren al contenido de la norma, y que se encuentran determinados por un legislador histórico, y otros de los que hay que servirse necesariamente, debido a que constituyen los presupuestos de toda norma jurídica en cuanto tal.

A los primeros Somló los denomina conceptos jurídicos de contenido, y a los segundos conceptos jurídicos fundamentales.

Page 13: Teoria Del Derecho

La distinción de referencia presupone la diferencia entre materia y forma de la norma de derecho, esto es, entre aquello que forma parte de la norma como un ingrediente singular y concreto de la misma, y aquello que tienen de común todas las normas jurídicas reales o posibles.

¿QUÉ MATERIA SE OCUPA DEL ESTUDIO DE LOS CONCEPTOS JURÍDICOS FUNDAMENTALES?

Corresponde a la materia de Introducción al Estudio del Derecho la exposición de los conceptos generales del Derecho o conceptos jurídicos fundamentales, y a las disciplinas jurídicas especiales, el estudio de los conceptos particulares.

Es obvio que, como se maneja en el prologo de la obra de García Maynez, sin el conocimiento de los conceptos generales no es posible el estudio de los particulares.

Más profundamente; la teoria fundamental del Derecho, es la que explica los conceptos jurídicos fundamentales y esta es una de las dos ramas en que se divide la filosofía del Derecho, pues la otra rama la constituye la axiología Jurídica que tiene por objeto estudiar los valores a cuya realización debe de aspirar el orden jurídico positivo.

¿CUALES SON LOS CONCEPTOS JURÍDICOS FUNDAMENTALES?

Para Ovilla Mandujano éstos constituyen, desde le ángulo formal, el lenguaje de los abogados. Son los signos que identifican las normas, por ello, este autor los considera elementos constitutivos del derecho y además abstracción que refleja esos elementos en conceptos.

Estas temas dan sentido a los problemas que han sido largamente discutidos en la doctrina jurídica. Se considera que los criterios ofrecidos por la doctrina no son erróneos, pero sí es necesario profundizar en las conclusiones a las que los autores han llegado al aplicar los conceptos jurídicos fundamentales, ya que estas conclusiones estan condicionadas por la noción de derecho que sirve de base a cada jurista.

METODOS PARA DESCUBRIR LOS CONCEPTOS JURÍDICOS FUNDAMENTALES

El método que ha empleado cada autor para descubrir o determinar los conceptos jurídicos fundamentales es casi siempre acertado, pero los resultados siempre han dependido de la definición de lo jurídico en que cada teoría descansa.

Leandro Azuara expone en su obra: “El problema consistente en determinar los Conceptos Jurídicos fundamentales reside en el método que se emplea para descubrirlos”

-Recaséns Siches propone un método en su obra, al decir:

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“Estos conceptos no tienen un origen empírico, ni una índole contingente, sino que por el contrario están necesariamente comprendidos por la esencia de los jurídico y pertenecen a todas las manifestaciones reales o posibles del derecho, esto es, constituyen ineludiblemente el armazón universal de todo derecho (civil, penal, pasado, presente o futuro, primitivo y complicado, justo e injusto). Al concepto universal del derecho y al séquito de nociones fundamentales puras, (no empíricas) es a lo que llamamos a priori formal del derecho.

-Para Manuel Ovilla Mandujano, la búsqueda del método se debe apoyar en una visión distinta a ésta. Debe de tener un fundamento en la realidad estricta normativa para escribir acerca de estos conceptos.

Para este autor los conceptos jurídicos fundamentales se obtienen mediante la observación y la confrontación de los diversos derechos positivos históricos.

-El método de Adolfo Merkel, perteneciente a la corriente de positivismo presenta una idea fundamental que fue seguida por sus adeptos. Esta idea se basa en que el objeto propio de la ciencia jurídica está constituido por el derecho actual y vigente que hace que al lado del derecho privado, que había sido para los pandectistas el núcleo fundamental de los diversos sistemas jurídicos, empiecen a perfilarse como disciplinas con carácter propio e independiente de las demás ramas del derecho, en relación con cada una de las cuales se crea también una serie de conceptos jurídicos fundamentales, que permiten que se constituyan como un todo independiente y autónomo.

CLASIFICACIÓN DE LOS CONCEPTOS JURÍDICOS FUNDAMENTALES.

Según la atinada definición que hace el maestro Preciado Hernández en su obra “Lecciones de Filosofía del Derecho”, los conceptos jurídicos fundamentales pueden ser de naturaleza formal o de naturaleza real .

!Son de naturaleza formal aquellos que constituyen elementos de la estructura lógica de la norma, como son los conceptos de supuesto jurídico y consecuencias de derecho: de relación, de Derecho subjetivo, de deber jurídico y de sanción.

Este tipo de conceptos jurídicos fundamentales son más numerosos y tiene características de abstracción propias de la especulación jurídica como los ya citados.

“Al concepto universal del derecho y al séquito de nociones fundamentales puras (No empíricas) es lo que se denomina a priori formal del derecho”

!Y como conceptos jurídicos reales, el maestro denomina a aquellos elementos igualmente esenciales que constituyen el contenido permanente de la propia norma jurídica, como son; persona, sociedad, autoridad, coerción, fines jurídicos y deber de justicia.

Esto se explica de la siguiente manera; ya que el derecho es una disciplina social, algunos de sus conceptos tienen origen en la realidad social, sin embargo es importante indicar que existen un cierto grado de abstracción.

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Por ejemplo, el concepto de persona; para el derecho existe una identificación entre el individuo, persona física y el concepto que jurídicamente se le asigna dicho en otras palabras, cuando el derecho se refiere al concepto de persona identifica al individuo y le otorga derechos y obligaciones; pero también por persona puede referirse a un concepto abstracto sin relación con la realidad: la persona jurídica o moral (las sociedades y asociaciones) que sólo existen conceptualmente en el mundo del derecho.

Sin embargo, a pesar de esta clasificación, las distinciones entre los conceptos jurídicos fundamentales desaparecen en la medida en que dichos conceptos constituyen parte del mismo sistema jurídico.

Los conceptos jurídicos también pueden ser analizados, en una perspectiva más moderna a partir de las instituciones. Entendiendo como instituciones las limitaciones ideadas por el hombre que dan forma a la interacción humana; acuerdos sociales que pusieron en tal o cual caso cuales son los derechos o las obligaciones que de ellos se derivan, reduciendo la incertidumbre y dando una estructura estable a la interacción humana.

Cuando se habla sobre contratos, matrimonios adopción, etc, se sabe en que consisten las instituciones y cuales son los derechos y obligaciones que de ellos se derivan. Por medio de este análisis se explica como el derecho es un instrumento importante para facilitar el intercambio y como el derecho evoluciona a través de sus instituciones.

FUNCIÓN

Para comprender su función hay que precisar que no son los únicos elementos que el científico del derecho utiliza para explicar, comprender relacionar y criticar al fenómeno jurídico; sino que existen otros, los cuales no caracterizan al objeto de conocimiento de la Ciencia Jurídica, pues el derecho considerado como norma y visto históricamente no ha necesitado de ellos, ya que son eventuales.

Los conceptos jurídicos fundamentales son simplificaciones, son abreviaturas; por medio de los cuales comprendemos las propiedades comunes de la diversidad de los elementos percibidos. Estos son una abstracción que nos permite desarticular y examinar en forma separada, independiente y pura los rasgos esenciales, principales y establecer las regularidades del desarrollo del objeto estudiado, en este caso la estructura lógica y la dinámica del Derecho.

Este proceso únicamente se puede elaborar en el pensamiento y el hombre es el único capaz de llegar a conceptos a través de un proceso de discernimiento.

AUTORES

KELSEN

Este autor inicia una corriente llamada formalismo y a partir de esto tomó a la sanción como concepto central para definir a los conceptos jurídicos fundamentales.

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-La sanción

Este es un mal. (la privación de un bien tal como la vida, la libertad o la propiedad) que se inflinge coactivamente por un órgano de Estado que actúa aplicando una norma jurídica.

-Hecho antijurídico.

Esto es, la trasgresión. Es el hecho antecedente al que se encuentra imputada la sanción, o sea, la hipótesis que condiciona la reacción especifica (coactiva) del derecho.

La trasgresión no es pues la violación de una norma supralegal, o del derecho natural, o de la moral, o del ordenamiento legal, sino simplemente aquel hecho que condiciona la aplicación de una sanción.

-Responsable

También en función del concepto de sanción accedemos al de “responsable”. Es responsable de determinada trasgresión aquella persona a la cual se aplica la sanción, independientemente de que haya sido o no quien realizó el acto prohibido.

Tenemos así que hay responsabilidad por el hecho propio cuando coincide la persona responsable con la del autor de la trasgresión; hay responsabilidad por el hecho de otro cuando no coinciden la persona que realiza la trasgresión con la persona que recibe la sanción.

-El deber jurídico.

Hw. Concepto jurídico fundamental.

Conceptos jurídicos fundamentales de carácter material:

Los conceptos jurídicos fundamentales de carácter material son el contenido permanente de la propia norma jurídica. Dentro de estos conceptos tenemos: Persona, estado, coacción, acción.

Concepto jurídico de persona: personas físicas: concepto:

La palabra persona viene del latin personare, que significa, sonar mucho , resonar con gran ruido, en Grecia se utilizo como el equivalente de prospon que significa hypòtasis, vocablo que a su vez quiere decir lo que es en si, como sujeto independiente, que no existe en otro ni necesita de otro para existir.

En el teatro griego y después del romano, la palabra persona, era dirigida a una mascara ue era utilizada por los actores cuando representaban un papel previamente establecido, pero como èstas eran al aire libre, y luchaban con la dificultad para hacerse oir dicha mascara tenia una lengüeta que hacia que la voz se amplificara, teniendo como resultado una voz mas fuerte y clara.

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De esta forma el actor que utilizaba en dicha mascara la palabra persona que adquiria el significado del personaje representado.

CLASE MAYO 24, 2010…………………

LA INTERPRETACION COMO JURISTAS EL SENTIDO DE LA NORMA SE DEBE DESENTRAÑAR EN UN SENTIDO, TENEMOS INSTRUMENTOS COMO AMPARO , RECURSO DE REVISION, EN CASO DE INCONFORMIDAD, DE LA INTERPRETACION DE LA LEY POR UN JUEZ.

EJEMPLO:

DENUNCIA O QUEREYA, EL MINISTERIO PUBLICO PUEDE EJERCITAR ACCION PENAL, ARCHIVAR, SI DICTA ACCION PENAL NOS LLEVA A LA SENTENCIA, EL CODIGO ME DICE QUE TENGO 10 DIAS PARA APELAR LA SENTENCIA, LO QUE QUIERE DECIR QUE LA SENTENCIA no es definitiva, cuando se trata en materia penal esta sentencia seria suficiente para que yo me ampara, la determinación de un crédito fiscal, nos damos cuen

La ley de amparo nos dice los recursos que demos seguir. Agotar recurso de apelación, Instancias.

La interpretación no deja de ser una interpretación personal.

Importante…..

El objeto de la interpretación, es el esclarecimiento del sentido de un a proposición jurídica, los intelectualistas señalan que la interpretación es una acto de razonamiento, una operación lógico mental, destinada a revelar el significado o sentido de la norma jurídica, los voluntaristas explican que la interpretación es un acto de creación de una norma individual, y la enmarcan como un acto de voluntad en la medida que trata de llenar el marco establecido por la norma en general.

La norma general nos obliga a todos, la individual a los que involucra únicamente.

La tesis subjetiva y objetiva:

1.Los partidarios del subjetivismo sostienen que para interpretar una norma debe tenerse como punto de referencia al legislador., con el propósito de desentrañar de su mente lo que quiso decir.

Para atender al sujeto debemos ver su connotación económica sociológica y tiempo, no es lo mismo las faltas a la moral del 2005, al 1932, diferentes épocas, por ejemplo, y cual fue en si el sentido.

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Según el art. 27 const. Los extranjeros no pueden como extranjeros adquirir en la franja fronteriza y costas propiedades., si quieres comprar como si fueras mexicano, verificar sentido anacrónico. Estamos hablando de mens legislatoris.

2.Los partidarios del objetivismo establecen que solo lo que aparece redactado en la ley, es lo objetivamente dispuesto como mandato y que una vez publicada, estas se desprende de sus autores y adquire vida y espíritu propìos. Estamos hablando de la mens legis.

El significado es lo que debe tener la voluntad no en los objetos.

CLASES DE INTERPRETACION………………………….

AUTENTICA, JUDICIAL. YA LO VISMOS, Y ADEMAS TENEMOS LA INETRPRETACION DOCTRINAL, LA QUE PRACTICAN, DOCTRINARIOS, JURISTAS, TRATADISTAS, ESTUDIOSOS DEL DERECHO Y EN GENERAL QUIENES SE DEDICAN A LA CIENCIA JURIDICA., NOSOTROS SOMOS JURISTAS, ENTONCES REALIZAMOS INTERPRETACION.

EJERCICIOS……

PARA QUE NAZCA EL DELITO DEBEMOS DE VER 4 PARTES: CONDUCTA, TIPICIDAD.( QUE SE ENCUADRE UN TIPOS PENALES ), ANTIJURIDICIDAD ( DEBE DE SER QUE ROMPE LA NORMA ) Y CULPABILIDAD (VER FORMAS CULPOSO, DOLOSO), Y LA PUNIBILIDAD ( NO SERA PUNIBLE, CATIGAR, AL ILUSTRAR LOS HECHOS DE PRUEBA), EN TONCES TENEMOS UN ABANICODE CASTIGO.

ART. 142, NO ES PUNIBLE EL ABORTO CUANDO SEA CAUSADO POR CULPA DE LA MUJER EMBARAZADA, O SEA PRODUCTO DE UNA VIOLACION., LA INTENCION DEL LEGISLADOR ES NO CASTIGARA LA MUJER QUE DE POR SI PADECE POR LA NEGLIGENCIA, POR CULPA NO INTENCIONAL SE INTERRUMPIO LA GESTACION., ENTONCES NO HAY CAUSA QUE LA JUSTIFIQUE, LA CULPABILIDAD NO ES INTENCIONAL, PERO POR DISPOSICION DE LEY NO HAY CASTIGO., PRIMERA ESTA NORMA SUSTANTIVA, LA NORMA ADJETIVA EN CASO DE UNA VIOLACION NO NOS DICE CUAL ES EL CAMINO QUE DEBEMOS SEGUIR, HABLAMOS DE UNA NORMA POSTERIORI., CUANDO EL EMBARAZO SEA RESULTADO DE UNA VIOLACION, PERO LO TENGO QUE PROBAR, ENTRONCES ESTAMOS HABLANDO DE UNA VERDAD JURIDICA. TENEMOS DERECHOS PERO NO PODEMOS HACER JUSTICIA POR NUESTRA CUENTA, SOLO POR LA AUTORIDAD. OTRO ME DEBE DETERMINAR LA EXISTENCIA DE ESE DERECHO.

LOS PROCEDIMIENTOS NO NOS LLEVAN A UNA VERDAD JURIDICA, LOS PROCESOS SI.

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La interpretación puede ser según su alcance en interpretación declarativa (estricta) se refiere a los casos en que las palabras se reproducen fielmente a la interpretación. La interpretación modificativa: ESTA INTERPRETACION SE LOGRA DAR UN NUEVO CAUSE A LA NORMA, en relación a los que pretendía el legislador, ya que esta ultima, fue expresada con estreches en cuyo caso debe darse una interpretación extensiva., ejemplo: imagínense, si nosotros vemos una disposición en una estaurante que diga se prohíbe la entrada de perros y gatos, no vas a entrar con un oso. Debemos realizar una interpretación extensiva.,

La interpretación n restrictiva, restringe el alcance de la norma apartando de ella determinados supuestos que se encontrarían incluidos en la redacción original de texto., parece muy amplio lo que dice el legislador, pero en realidad debes restringir .

Estudiar…….

Métodos de interpretación, 3: lógico, gramatical, ,sistemático,

CUANDO TERMINA EL PROCEDIMEINTO NO PONE FIN. SOLO CON EL PROCESO.

DENTRO DEL PROCEDIMEINTO ANTES de que ejercite la accio penal nos dice, una de las obligaciones de la fracción 10, nos dice, informar a la victima y al ofendido, para que reciban la s¡asesoria jurídica, atención medica y psicológica que requiera, si la acabn de violar, obligación del mp. Informar a la victima canalizar para que reciba la asesoría que requiera. De aquí nos vamos al art. 4 constitucional, nos dice el varón y la mujer son iguales, toda persona tiene derecho a la protección de la salud, el estado es garante para que garantizar que todos estén bien, cuando tengo un problema en mi salud, tu me protejeras la salud y nos dice toda persona tiene derecho a la protección de la salud, y establecera la concurrencia de la federación, conforme a lo que dispone el art 73, de la const., y nos señala cuales son las facultades el congreso, y salubridad general de la república, hay disposiciones ,,el consejo de salubridad dependerá directamente del presidente de la república y sus disposiciones serán respetados, obligatorias en el país. Seguimos, los derechos de la victima ofendido, art. 20 const. Apartado c, fracción, 1 y tercera, primero recibir asesoría jurídica, ser informado de los derechos en su favor que ejerce ola constitución, recibir desde la comisión del delito atención medica psicológica y de urgencia.

La norma oficial mexicana, respecto a la salubridad, nos dice: NOM 190 ssa1, 1999, y ahora NOM 046ssa2 , 2005., nos dice prestación de servicios de salud criterios para la atención medica familiar y atención a a las mujeres. Criterio 5.1……..

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ULTIMA CLASE 31 DE MAYO……

IDENTIFICAR LOS CONCEPTOS DE LA CIENCIA JURIDICA.

ACTO JURIDICO, ACUERDO DE VOLUNTADES, LAS VOLUNTADES CREARAN CONSECUENCIAS DE DERECHO.

Que es el derecho de acción? Es el derecho de una persona de acudir a que se ejerza n derecho que tengo para alcanzar justicia, que a fulanito que acrediten una pena. Los tienen las personas físicas y morales. La acción penal va con la acción civil, por ejemplo y sabemos distinguir para tener un concepto integral. Se trata de identificar los conceptos a que nos enfrentaremos…….

Competencia, es el limite de la jurisdicción. Existen competencia administrativas, legislativas.

La constitución nos otorga competencias. Debemos ir ligando conceptos, estudiar derecho atraves de los conceptos, para tener un mapa conceptual. No aprenderlo de memoria.

Debemos saber la jerarquización de normas.

Norma oficial mexicana, ley sustantiva, de acuerdo al aborto, cual es la competencia, quien tiene la facultad, el mp., ò quien?, no porque la norma oficial mexicana dice que corresponde al area de salud, es un derecho de la victima que se le auxilie desde el momento a la victima. Los elementos son los que nos van a permitir.

Examen………

c

Jurisdicción es una potestad.

UNA PERSONA VIOLADA TIENE UN DERECHO SUBJETIVO, ES EL DERECHO DE EXIGIR JUSTICIA.

INTERPRETACION SISTEMATICA, POR QUE PUEDO QUEDARME EN UN SOLO PRECEPTO.

Examen……………………….

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1. Hechos jurídicos, se dividen en 2, en estricto sentido que no llevan la voluntad, y los que llevan y se llaman actos jurídicos…… dolo…. mala fe …….

2. Los actos jurídicos tienen requisitos, de existencia y de validez., voluntad, tenemos actos jurídicos posibles para que tengan eficacia requiere de voluntad. Requisitos de validez, foca………….. nemotemia…… verificar…

Formalidad, objeto, capacidad, a

Capacidad de ejercicio es la actitud, cuando estas afectado de tusd facultades pierde la capacidad e ejercicio.

Voluntad viciada no es voluntad., la lesión si hay voluntad, quiero las consecuencias de derecho.,

3. Clasificación de hechos jurídicos, onerosos, gratuitos….

El comodato es oneroso? Si. Es gratuito como p acto jurídico. Por que la carga es solamente de una persona. Como acto jurídico en cuanto a clasificación seria gratuito, si existiera una condición , una carga, seria oneroso.

El testamento como acto jurídico gratuito, si y no, si es un acto jurídico en que das algo sin condición, es una condición mortis causa, si te digo te doy una biblioteca pero pagaras renta los 3 primeros años, es un acto jurídico oneroso. Si no existe condición es gratuito. si existe una condición es oneroso porque hay una carga.

Acto jurídico unilateral…..

4. Que es competencia?5. Que es jurisdicción?6. Que es fundar?7. Que es motivar?8. Que es autoridad?9. En el derecho penal no existe la demanda es….. denuncia o querella.

Inter…….Comprar código de procedimientos penales….

Principio de legalidad nos dice……

Nos vamos art. 20, facultades y obligaciones del mp. Corresponderá al mp. Recibir las denuncias o querellas que se le presenten en forma verbal o por escrito., el mp, no tiene facultades para decir no es delito deben recibir la querella y el juez determinara si hay delito o no..el mp. Basado en el art. 2 y 54, hipótesis del ejercicio de acción penal. Se compruebe una causa del delito, en esos casos me la pasas al archivo, lo que tengo que narrar son los hechos.,

Tiempo para querella-….Archivo, 15 días…. Vas con el procurador si el confirma va con la sala y tienes 10 dias.

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10. Que es el consentimiento, voluntad, condición, termino , plazo?11. Cuantas interpretaciones tenemos?, judicial, doctrinal, autentica la

que hacen los legisladores.12. Cuales son los elementos de actos jurídicos?13. Tipos de actos?14. Unilaterales, bilaterales, inter vivos, mortis causa?15. Se entiende como la disimulación del error…… es mala fe.16. Conceptos jurídicos fundamentales solamente?, tenemos los

siguientes autores….17. Se definen como aquellos elementos constantes necesarios e

indispensables para que se de o se entienda un orden jurídico cualquiera. Esto implica que en toda norma jurídica, se encuentren potencialmente dichos conceptos jurídicos.

Podemos señalar como conceptos jurídicos fundamentales los siguientes….

Primero… los supuestos jurídicos., que son aquella hipótesis de cuya realización depende las consecuencias establecidas por la norma, ejemplo…. Una hipótesis de cuya realización, el supuiesto jurídico seria tipo penal de tipo robo, de cuya realización depende las consecuencias de la norma.

Ejemplo,..,contrato de compraventa, son supuestos jurídicos. No va haber sanción si no hayu ley.

Segundo…. Los sujetos de derecho., son todos aquellos entes (personas físicas o morales) a quienes se les puede imputar una norma de derecho, undeber jurídico, una sanción., si hablamos del contrato de compraventa , seria el comprador y el vendedor, si yop voy con una persona y me pongoi de acierdo de un bien inmueble, los sujetos de dercho están rfealizando conductas para que se les pueda APLICAR UNA SANCION EN CASO DE INCUMPLIMIENTO.

Tercero. Consiste en regular jurídicamente las conductas del derechos que pueden ser manifestadas como facultades, deberes, hechos licitos, hechos ilícitos, sanciones, etc. En la compraventa sria el regular las acciones, debe haber un objeto seria regular las conductas de la norma a quien va dirigido. Los actos voluintarios son actos humanos, libtres de todo elemento interior y exterior, todos los actos humanos son voluntarios excepto la respiración, palpitación, etc, ya con mi volun6tad vere si tengo la intención o no de alcanzar un objetivo. La voluntad mia era correr con la intención de alcanzar el camión, algo, sin embargo le paso por arriba y le causo lesiones, es un acto humano voluntario sin intención, por ejemplo, en el caso de los actos jjuridicos, es un hecho. Si vendes cocaína es un hecho …..

etc.

Pocas cosa anulan la volunbtad, sueño, sonambulismo por ejemplo. Lo que realiza el dercho es la conducta….

Delito no intencional se tiene cuando no tienes la precaucion debida., si sabes por ejemplo que es un cruce debes bajar la velocidad.

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Para que exista un hecho jurídico debe tener consecuebcias en el campo del dercho, bañarte, no tiene consecuencias en el campo del dercho, si tebañas y utilizas el jabon de otro estamos hablando de hecho jurídico, tiene consecuencia en el campo jurídico.

Imputabilidad… cuando el código penal es imputable, solo a mayopres de edad., sin embargo existe un catalogo de conductas, que se han denominado infractores ene caso de menores de edad, pueden matar 20 personas y la máxima son 5 años a menor de edad, un violador menor de edad, 5 años máximos.

Relación de imputación cuando una persona que se le puede aplicar el código penal, a menores de edad son inimputable no se le puede aplicar la el código penal, para que sea imputable deberá ser mayor de 18 años, consiente, estado mental claro., si decide drogarse en ese momento esta de acuerdo a aplicarse el código penal., en el dercho penal para que se integre el delito, deberá trenerla conducta……………………..lo que anula la culpabilidad, inimputable, si no es culpable no hay delito. Por ejemplo persona down, son inimputables, algunos jueces lo dividen en elementos subjetivos normativos, etc., si no hayt tipo no hay pena.

4. Consecuencias de derecho, se denominan así, a las situaciones jurídicas, que se presentan cuando se realizan uno o varios supuestos jurídicos, es decir cuando se actualiza una hipótesis necesariamente tenemos una consecuencia de derecho, esto es, que la actualización origina el cumplimiento de un deber por parte del incumplido y el nacimiento de un derecho subjetivo para el sujeto que tiene la facultad de exigir el cumplimiento de ese deber. Esas son las consecuencias de derecho.

5. Deber jurídico: es la obligación que debe cumplir el sujeto denominado obligado, en razón de que se lo exige, el sujeto activo o pretensor, basado en un derecho subjetivo otorgado por la norma. ejemplo tu tienes el deber jurídico de alimentarme, de cuida rme, etc, con fundamento en la norma…..

6. La copula deber ser: es el nexo o vinculo que se establece entre el supuesto jurídico (hipótesis), y la consecuencia de derecho, ejemplo si es a, bueno entonces b., si pasa esto debe entonces suceder aquello. Ejemplo, si tu privas de la vida a alguien tendras de 7 a 15 años de prisión.

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7. Relación jurídica: es el resultado que se da como conseciuencia, de la combinación de los diversos conceptos jurídicos funadamentales, es decir, que al vincular sujetos, objeto, o formas de conducta de una manera precisa, se manifiestan, los deberes jurídicos y las sanciones.

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La hipótesis normativa se la tenemos que imputar a alguien.

Cuales son los conceptos jurídicos fundamentales.?

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Tal vez el maestro pondrá los conceptos y nosotros el titulo., serán 25 o 30. Preguntas…

Hw. El nexo causal, 10 renglones y un ejercicio, la tesis del nexo causal….nos dice tomamos por esta razón…. La exposición de motis y leer, en relación al delito de adulterio desaparece por…..

Una oficina abierta al publico., cuando se crea la fracción las oficians de gobirno que tenga por objeto recaudar…..

La exposición de motivos es para saber la razón…..

Actividad de Aprendizaje 1.1.Ciencias formales

(Indique a qué ciencia pertenece cada ejemplo)

Ejemplo 1

LÓGICA: Es una ciencia formal, estudia los principios de la demostración e inferencia válida que examina dicha validez de los argumentos, en términos de su estructura lógica, independientemente del contenido específico del discurso y de la lengua; Kant, hace referencia, es la ciencia de las leyes necesarias del entendimiento y de la razón general. En la Ciencia del Derecho, es de vital importancia, el excelente desarrollo de la argumentación, para una correcta defensa, necesariamente es el resultado del conocimiento de nuestras leyes y de la correcta lógica argumentativa.

Ejemplo 2Matemáticas, es una ciencia formal, en la rama del Derecho, necesitamos un modelo de pensamiento, consistente, sobrio y analítico, en las ciencias formales, encontramos las matemáticas que nos apoya con dichas características.

Ciencias empíricas

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(Indique a qué ciencia pertenece cada ejemplo)

Ejemplo 1La psicología, considerada como ciencia empírica, en el estudio y desarrollo del Derecho, es fundamental, ya que el dicha ciencia, el Derecho estudia, regula y norma el comportamiento de las personas.

Ejemplo 2

El Derecho mismo es perteneciente a las Ciencias Sociales, emanadas de la ciencias empíricas, es nuestra ciencia, en investigación, porque se basa en la regulación de comportamientos que previamente han sido estudiados como violatorios de nuestras garantías individuales.

Investigación documental

Ejemplo 1

Investigación documental en el Derecho, es un método de investigación y desarrollo de la doctrina, para nosotros es de suma importancia ser doctrinarios, para poder entender el fondo del significado de las normas, las fuentes y el objeto del Derecho; como su nombre o indica, la investigación documental se caracteriza por el empleo predominante de registros gráficos e incluso sonoros, como fuentes de información que se asocia a la investigación de archivos y amplia bibliografía.

Ejemplo 2La jurisprudencia, es otro ejemplo de investigación documental, básico su estudio en el ejercicio de la abogacía.

Investigación experimental

Ejemplo 1

En el campo del derecho, debemos preguntarnos, hasta dónde llega el derecho de la práctica de la investigación experimental que tienen los especialistas, en la Ciencia, con los cuerpos de Seres Humanos, cuando por la avaricia del desarrollo, violan las garantías individuales de las personas que son experimentadas. La investigación experimental, deberá alinearse a las normas que marca nuestra Ley

Ejemplo 2Por otro lado, la investigación experimental, en pro de otorgar beneficios y mejoras en general al buen vivir de las personas, es otro objeto de estudio en el Derecho.

Investigación básica

Ejemplo 1

Investigaciones Químicas, se puede clasificar como investigación básica, en continua investigación se encuentran especialistas en la creación de nuevos medicamentos y vacunas en pro de la salud; éstas investigaciones que se realizan por años en animales e incluso en seres humanos, se le llama investigación básica. Por ser de experimentación, sin el fin de una aplicación inmediata.

Ejemplo 2El estudio de posibles reformas en la Ley, discusiones, análisis pro-contras a la futura aplicación, en esa etapa, podremos decir que son investigaciones básicas hasta antes de la resolución de aplicación.

Investigación aplicada

Ejemplo 1 Nuevas reformas a la Ley, aplicadas en la misma, es una investigación aplicada.

Ejemplo 2La aplicación de nuevas vacunas, para la prevención de enfermedades, es una investigación aplicada.

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Enviado por: Correo electrónico: Fecha: 04.07.2011