proyecto de ley sobre modificación del 2do aguinaldo

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  • 7/26/2019 Proyecto de ley sobre modificacin del 2do aguinaldo

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    Diputados

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    EXPOSI IqIN DE

    MOTIVOS

    La Constitucin Poltica del Estado, en su ir tc ul o 46, entre otras cosas, establece que toda

    persona tiene derecho al trabajo digno 1; con remuneracin o salario justo, equitativo y

    satisfactorio, norma concordante con el artculo 54.1 que establece la obligacin del Estado

    de garantizar posibilidades de ocupacin laboral digna y de remuneracin justa.

    Partiendo del hecho innegable que nuestra Constitucin Poltica del Estado nos obliga a

    dotar a las trabajadoras y trabajadores una remuneracin o salario justo, es correcto

    afirmar que, a mayor y m ejor formacin, m ayor y m ejor remuneracin; de igual manera

    es necesario reconocer que un salario equitativo y satisfactorio es aquel que premia el

    esfuerzo, sacrificio y capacidades de la trabajadora o trabajador.

    El Gobierno Central, con una visin de apoyo a los trabajadores, mediante Decreto

    Supremo No 1802 de 20 de noviembre de 2.013, instituy el Segundo Aguinaldo,

    denominado ESFUERZO POR BOLIVIA, supeditando el pago del mismo a un crecimiento

    anual del Producto In te rno Bruto (PIB) del Cuatro, Cinco por cien to (4,5O/0).

    Desde nuestra perspectiva, este Segundo Aguinaldo, tiene muchos beneficios para la

    economa del Pas, ya que al inyectar recursos a la economa se dinamiza el consumo

    interno y a la vez se incrementa el poder adquisitivo de los trabajadores. Adems de

    generar un aumento en e l ahorro interno, que genera mayor inve rsin privada.

    En contrapartida, los sectores productivos privados, en muchos casos, se ven afectados al

    incrementarse su coste laboral, lo cual puede originar prdida de puestos de trabajo e

    incluso el cierre de unidades productivas, lo que se traduce en un mayor coste para el

    Estado a futuro, deb ido a las polticas sociales para en frenta r estas situaciones.

    En consecuencia, es menester que el Estado asuma su rol de motor de la economa,

    especialmente su funcin constitucional de fortalecer la base productiva, y la generacin

    de empleoen sus d iferentes dimensiones y niveles, para el bienestar de las generaciones

    actuales y futuras.

    El modelo de economa p lura l establece en el art. 306 de la C.P.E. establece que El Estado

    tiene como mximo valor al ser humano y asegurar el desarrollo mediante la

    redistribucin equ itativa de los excedentes econmicos, por su parte el art. 311.11

    establece que el Estado ejercer la direccin in tegra l del desarrollo econmico/ y sus

    procesos de planificacin.

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    Asamblea Legislativa Plurinacionalde Bolivia Telf.:

    591-2) 2201 120

    Fax.:

    591-2) 2201663

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  • 7/26/2019 Proyecto de ley sobre modificacin del 2do aguinaldo

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    samblea Legislativa Plurinacional e Bolivia

    Cmara e Diputados

    Este proyecto de Ley, tiende a fortalecer la economa del Pas, de los trabajadores y

    empresarios, bajo una premisa bsica: EL ESFUERZO COMPARTIDO.

    Pero, adems, este 20 aguinaldo tiene un lmite en su monto 6 salarios mnimos

    nacionales , as se favorece a los ms necesitados y no se premia a los que ganan ms.

    Paza Murillo Asambea Legislativa Plurinacional de Bolivia Telf.: 591-2) 2201 120

    Fax.: 591-2)

    2201663

    www.diputados.bo

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