procedimnientos para firmar convenios.doc

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La Secretaría de Relaciones Interinstitucionales del Centro de Estudios Avanzados infoma sobre elProcedimiento para Gestionar Convenios Internacionales según Normativa Vigente (Ord. HCS 18/08 y Res. SPyGI 123/10) 1)Se origina un Expediente, desde las Facultades, Centros o Unidades Académicas, el cual debe constar de: a) Carta de elevación firmada por la autoridad máxima de la dependencia b) Borrador del convenio a suscribirse. c) Si es un convenio específico y se comprometen fondos de la dependencia o de la UNC, debe constar de donde provienen los mismos. d) Informe de pertinencia e) Estatuto jurídico de la Universidad contraparte. f) Estatuto jurídico del representante legal. 2) Una vez que se presenta el expediente en la Prosecretaría de Relaciones Internacionales, se supervisa la información y se eleva a la Secretaría General, quien lo envía para dictamen e informes de: a) Secretaría de Asuntos Académicos: Elevará un informe sobre la conveniencia y el alcance académico del proyecto de convenio. b) Secretaría de Planificación y Gestión Institucional: Elevará un informe sobre la implicancia económica y/o financiera del proyecto de que se trate y c) Dirección de Asuntos Jurídicos: Elevará un dictamen sobre la situación jurídica de ambas instituciones y efectuara las observaciones pertinentes, teniendo en cuenta el encuadre legal, conforme a la normativa vigente en la UNC. 3) Finalizada la etapa de informes vuelve el expediente a la Secretaría General quien resolverá del siguiente modo: a) Si los informes son favorables se emite la Resolución Rectoral aprobando el Convenio, se da cuenta al HCS y se notifica a la PRI, para que se confeccione el Documento original, el que deberá elevarse a la firma de nuestra Rectora y posteriormente enviarlo por correo postal a la universidad Contraparte, el mismo comenzará a regir a partir de la firma en el mismo del rector de la Universidad Contraparte. b) Si el Convenio original ya hubiere sido originado por la

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Page 1: Procedimnientos para FIRMAR CONVENIOS.doc

 

 La Secretaría de Relaciones Interinstitucionales del Centro de Estudios Avanzados infoma sobre elProcedimiento para Gestionar Convenios Internacionales según Normativa Vigente (Ord. HCS 18/08 y Res. SPyGI 123/10) 

1)Se origina un Expediente, desde las Facultades, Centros o Unidades Académicas, el cual debe constar de:

     a) Carta de elevación firmada por la autoridad máxima de la dependencia    b) Borrador del convenio a suscribirse.     c) Si es un convenio específico y se comprometen fondos de la dependencia o de la

UNC, debe constar de donde provienen los mismos.    d) Informe de pertinencia    e) Estatuto jurídico de la Universidad contraparte.     f) Estatuto jurídico del representante legal.

2) Una vez que se presenta el expediente en la Prosecretaría de Relaciones Internacionales, se supervisa la información y se eleva a la Secretaría General, quien lo envía para dictamen e informes de:

   a) Secretaría de Asuntos Académicos: Elevará un informe sobre la conveniencia y el alcance académico del proyecto de convenio.

   b) Secretaría de Planificación y Gestión Institucional: Elevará un informe sobre la implicancia económica y/o financiera del proyecto de que se trate y

    c) Dirección de Asuntos Jurídicos: Elevará un dictamen sobre la situación jurídica de ambas instituciones y efectuara las observaciones pertinentes, teniendo en cuenta el encuadre legal, conforme a la normativa vigente en la UNC.

3) Finalizada la etapa de informes vuelve el expediente a la Secretaría General quien resolverá del siguiente modo:

     a) Si los informes son favorables se emite la Resolución Rectoral aprobando el Convenio,

se da cuenta al HCS y se notifica a la PRI, para que se confeccione el Documento original, el que deberá elevarse a la firma de nuestra Rectora y posteriormente enviarlo por correo postal a la universidad Contraparte, el mismo comenzará a regir a partir de la firma en el mismo del rector de la Universidad Contraparte.

   b)  Si el Convenio original ya hubiere sido originado por la universidad contraparte, cuando lo firma nuestra rectora comienza a regir.

   c) Si los informes fueren observados el expediente vuelve a la PRI, para que lo envíe a la Facultad que lo originó a fin de salvar los errores o adjuntar alguna documentación faltante o ampliatoria.

Más información: [email protected]