patrimono_autonomo

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Contrapartida De Computationis Jure Opiniones Número 626, diciembre 6 de 2012 Las opiniones expresadas en Contrapartida comprometen exclusivamente a sus autores. o son pocas las preocupaciones que han tenido las entidades fiduciarias al analizar las modificaciones que deben tener en cuenta para cumplir con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). Dentro de estas preocupaciones se pueden plantear las siguientes: ¿Qué pasa si en algún fideicomiso o patrimonio autónomo que administra una sociedad fiduciaria se encuentran al mismo tiempo fideicomitentes que cumplen con las características para ser clasificados dentro del Grupo I, es decir, que deban observar el modelo de Normas Internacionales de Información Financiera - Plenas y también se encuentran fideicomitentes que cumplen con las características para ser clasificados dentro del Grupo II, es decir, que deban remitirse al modelo de Normas Internacionales de Información Financiera – Pymes? ¿Con cuál de los dos modelos se debe emitir la información financiera del fideicomiso o patrimonio autónomo? ¿Se debe emitir la información financiera con ambos modelos para cumplir los requerimientos de sus fideicomitentes? Adicionalmente, nos podríamos plantear otra inquietud ¿Qué debería hacer una sociedad fiduciaria si tiene un fideicomiso o patrimonio autónomo en el que participan varios fideicomitentes y esos fideicomitentes, de manera previa a la constitución de dicho fideicomiso o patrimonio autónomo, han definido políticas contables distintas entre sí, por ejemplo para la medición posterior de una propiedad planta y equipo? ¿Debe atender las políticas contables establecidas por los dos, es decir, generar dos reportes financieros distintos para cumplir con las políticas contables de cada uno de sus fideicomitentes? Pienso que al momento de dirimir esta situación se debe recordar la definición de políticas contables según la NIC 8 (Políticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores). Allí se establece que las políticas contables son los principios, bases, acuerdos, reglas y procedimientos específicos, adoptados por la entidad en la elaboración y presentación de sus estados financieros. Sin duda estas políticas contables las debe establecer la administración de la entidad y se deben seleccionar pensando en la presentación de un reporte anual fiable, que logre cumplir con los objetivos de la información financiera, planteados en el marco conceptual. Lo anterior quiere decir que al momento de constituir un fideicomiso o patrimonio autónomo se deben dejar claras y por escrito aquellas políticas contables que este observará para reconocer sus diferentes hechos económicos (tal como lo haría cualquier otra entidad). Esto requiere por lo tanto que los diferentes fideicomitentes y por supuesto la sociedad fiduciaria se pongan de acuerdo para evitar sobre costos o inconvenientes al momento de generar la información financiera. Jaime Arturo Marín Steevens N

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Page 1: Patrimono_autonomo

Contrapartida

De Computationis Jure OpinionesNúmero 626, diciembre 6 de 2012

Las opiniones expresadas enContrapartida comprometen exclusivamente a sus autores.

o son pocas las preocupaciones quehan tenido las entidades fiduciariasal analizar las modificaciones que

deben tener en cuenta para cumplir con lasNormas Internacionales de InformaciónFinanciera (NIIF).

Dentro de estas preocupaciones se puedenplantear las siguientes:

¿Qué pasa si en algún fideicomiso opatrimonio autónomo que administra unasociedad fiduciaria se encuentran al mismotiempo fideicomitentes que cumplen con lascaracterísticas para ser clasificados dentrodel Grupo I, es decir, que deban observar elmodelo de Normas Internacionales deInformación Financiera - Plenas y también seencuentran fideicomitentes que cumplencon las características para ser clasificadosdentro del Grupo II, es decir, que debanremitirse al modelo de NormasInternacionales de Información Financiera –Pymes? ¿Con cuál de los dos modelos sedebe emitir la información financiera delfideicomiso o patrimonio autónomo? ¿Sedebe emitir la información financiera conambos modelos para cumplir losrequerimientos de sus fideicomitentes?

Adicionalmente, nos podríamos plantear otrainquietud ¿Qué debería hacer una sociedadfiduciaria si tiene un fideicomiso opatrimonio autónomo en el que participanvarios fideicomitentes y esosfideicomitentes, de manera previa a laconstitución de dicho fideicomiso opatrimonio autónomo, han definido políticascontables distintas entre sí, por ejemplo parala medición posterior de una propiedad

planta y equipo? ¿Debe atender las políticascontables establecidas por los dos, es decir,generar dos reportes financieros distintospara cumplir con las políticas contables decada uno de sus fideicomitentes?

Pienso que al momento de dirimir estasituación se debe recordar la definición depolíticas contables según la NIC 8 (Políticascontables, cambios en las estimacionescontables y errores). Allí se establece que laspolíticas contables son los principios, bases,acuerdos, reglas y procedimientosespecíficos, adoptados por la entidad en laelaboración y presentación de sus estadosfinancieros.

Sin duda estas políticas contables las debeestablecer la administración de la entidad yse deben seleccionar pensando en lapresentación de un reporte anual fiable, quelogre cumplir con los objetivos de lainformación financiera, planteados en elmarco conceptual.

Lo anterior quiere decir que al momento deconstituir un fideicomiso o patrimonioautónomo se deben dejar claras y por escritoaquellas políticas contables que esteobservará para reconocer sus diferenteshechos económicos (tal como lo haríacualquier otra entidad). Esto requiere por lotanto que los diferentes fideicomitentes ypor supuesto la sociedad fiduciaria sepongan de acuerdo para evitar sobre costoso inconvenientes al momento de generar lainformación financiera.

Jaime Arturo Marín Steevens

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