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NORMA DE CARÁCTER GENERAL N° 209 FECHA : 24.12.2007 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 1 REF. : IMPARTE INSTRUCCIONES RELATIVAS AL ANÁLISIS DE SUFICIENCIA DE ACTIVOS EN ENTIDADES ASEGURADORAS Y REASEGURADORAS DEL SEGUNDO GRUPO, QUE MANTENGAN OBLIGACIONES VIGENTES DE SEGUROS DE RENTA VITALICIA DEL D.L. N° 3500 DE 1980. DEROGA LAS NORMAS DE CARÁCTER GENERAL N° 188 DE 2005 Y N° 194 DE 2006. 1 A todas las entidades aseguradoras y reaseguradoras del segundo grupo. Esta Superintendencia, en uso de sus facultades legales, en especial lo dispuesto en el artículo 3° letra b) y k) y 20 del D.F.L. Nº 251, de 1931, ha resuelto impartir las siguientes instrucciones: Las compañías que mantengan obligaciones vigentes de seguros de Renta Vitalicia del D.L. N° 3500 de 1980 deberán efectuar un análisis de la suficiencia de activos respecto a los pasivos, considerando flujos de activos y pasivos ajustados de acuerdo a los criterios que se señalan en la presente norma, y determinar si los flujos de activos son suficientes para el pago de los pasivos, considerando una tasa de interés futura. Para este efecto las compañías deberán sujetarse a lo siguiente: 1. Flujos de activos y pasivos El análisis de los flujos de activos y pasivos deberá considerar flujos mensuales, los flujos deberán estar expresados en Unidades de Fomento y deberán ser ajustados de acuerdo a lo mencionado en el número 2 siguiente. 1.1 Flujos de Activos Los flujos de activos considerados para este análisis deberán corresponder a aquellos provenientes de todas las inversiones en los activos establecidos en los números 1, 2, 3, 4, 6 y 7 del artículo N°21 del DFL N°251 de 1931, representativos de reservas técnicas y patrimonio de riesgo, con excepción de aquellos instrumentos clasificados en la cuenta 5.11.30.00.00 “Inversiones Cuenta Única de Inversión (CUI)”. El monto de los activos considerados para efectuar el análisis de suficiencia, antes de los ajustes señalados en el número 2 siguiente, corresponderá al monto de la reserva técnica financiera de los seguros elegibles para la medición de calce, calculada con las tablas RV-2004, B-2006 y MI- 2006, hombres y mujeres, o las que las reemplacen, con sus correspondientes factores de mejoramiento más el 60% del patrimonio neto proporcional a las reservas técnicas sujetas al análisis de suficiencia de activos o “TSA” (presentadas en los estados financieros) respecto del total de reservas técnicas de la compañía descontado el monto de la Reserva Valor del Fondo, a la fecha de realización del análisis. Para este efecto deberá considerarse el valor contable de los activos, el valor de las reservas y el valor del patrimonio neto, obtenidos de acuerdo a la normativa vigente. Para efectos de esta norma, cada vez que se emplee la expresión “valor contable” se entenderá que es el valor de un activo según la Circular 1360 de 1998, o la que la modifique o reemplace. Los activos señalados deberán considerarse en la medición del TSA, sujetándose a lo siguiente: a) Los instrumentos que tengan flujos de pago conocidos en Unidades de Fomento serán considerados de acuerdo a estos flujos de pago. En el caso de los bonos de reconocimiento e instrumentos emitidos en IVP serán considerados sus flujos convertidos a UF, utilizando el valor de dicha unidad al último día del mes de análisis. b) Tratándose de instrumentos emitidos en pesos y con flujos de pago conocidos, pero sin cobertura de $/UF, podrán ser considerados de acuerdo a sus flujos, convertidos a Unidades de Fomento, según la metodología descrita en el Anexo 1, o bien conforme a lo señalado en la letra siguiente. c) Los instrumentos que no tengan flujos de pago conocidos en Unidades de Fomento deberán ser considerados a su valor de mercado en el flujo de activos del primer mes. El valor de mercado de los instrumentos será aquel considerado en la Norma de Carácter General N°148 de 9 de octubre de 2002, o la que la modifique o reemplace. 1 Modificada por Norma de Carácter General N°s. 265, de 2.12.2009, y 373, de 13.01.2015, modificación que regirá a contar del 1° de Junio de 2015, y se aplicará a EEFF al 30.06.15, sin perjuicio aplicación voluntaria anterior, previa información al Servicio.

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Page 1: NORMA DE CARÁCTER GENERAL N° 209 …...... En el caso de mutuos o préstamos señalados en la letra f) del N 1 del artículo 21 del DFL N 251, sus flujos podrán ser considerados

NORMA DE CARÁCTER GENERAL N° 209FECHA : 24.12.2007

SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE1

REF. : IMPARTE INSTRUCCIONES RELATIVAS AL ANÁLISIS DE SUFICIENCIA DE ACTIVOS ENENTIDADES ASEGURADORAS Y REASEGURADORAS DEL SEGUNDO GRUPO, QUE MANTENGANOBLIGACIONES VIGENTES DE SEGUROS DE RENTA VITALICIA DEL D.L. N° 3500 DE 1980. DEROGALAS NORMAS DE CARÁCTER GENERAL N° 188 DE 2005 Y N° 194 DE 2006. 1

A todas las entidades aseguradoras y reaseguradoras del segundo grupo.

Esta Superintendencia, en uso de sus facultades legales, en especial lo dispuesto en el artículo 3° letra b)y k) y 20 del D.F.L. Nº 251, de 1931, ha resuelto impartir las siguientes instrucciones:

Las compañías que mantengan obligaciones vigentes de seguros de Renta Vitalicia del D.L. N° 3500 de1980 deberán efectuar un análisis de la suficiencia de activos respecto a los pasivos, considerando flujos deactivos y pasivos ajustados de acuerdo a los criterios que se señalan en la presente norma, y determinar silos flujos de activos son suficientes para el pago de los pasivos, considerando una tasa de interés futura.

Para este efecto las compañías deberán sujetarse a lo siguiente:

1. Flujos de activos y pasivos

El análisis de los flujos de activos y pasivos deberá considerar flujos mensuales, los flujosdeberán estar expresados en Unidades de Fomento y deberán ser ajustados de acuerdo a lomencionado en el número 2 siguiente.

1.1 Flujos de Activos

Los flujos de activos considerados para este análisis deberán corresponder a aquellosprovenientes de todas las inversiones en los activos establecidos en los números 1, 2, 3, 4, 6 y 7del artículo N°21 del DFL N°251 de 1931, representativos de reservas técnicas y patrimonio deriesgo, con excepción de aquellos instrumentos clasificados en la cuenta 5.11.30.00.00“Inversiones Cuenta Única de Inversión (CUI)”.

El monto de los activos considerados para efectuar el análisis de suficiencia, antes de los ajustesseñalados en el número 2 siguiente, corresponderá al monto de la reserva técnica financiera delos seguros elegibles para la medición de calce, calculada con las tablas RV-2004, B-2006 y MI-2006, hombres y mujeres, o las que las reemplacen, con sus correspondientes factores demejoramiento más el 60% del patrimonio neto proporcional a las reservas técnicas sujetas alanálisis de suficiencia de activos o “TSA” (presentadas en los estados financieros) respecto del totalde reservas técnicas de la compañía descontado el monto de la Reserva Valor del Fondo, a lafecha de realización del análisis. Para este efecto deberá considerarse el valor contable de losactivos, el valor de las reservas y el valor del patrimonio neto, obtenidos de acuerdo a lanormativa vigente. Para efectos de esta norma, cada vez que se emplee la expresión “valorcontable” se entenderá que es el valor de un activo según la Circular 1360 de 1998, o la que lamodifique o reemplace.

Los activos señalados deberán considerarse en la medición del TSA, sujetándose a lo siguiente:

a) Los instrumentos que tengan flujos de pago conocidos en Unidades de Fomento seránconsiderados de acuerdo a estos flujos de pago. En el caso de los bonos de reconocimientoe instrumentos emitidos en IVP serán considerados sus flujos convertidos a UF, utilizando elvalor de dicha unidad al último día del mes de análisis.

b) Tratándose de instrumentos emitidos en pesos y con flujos de pago conocidos, pero sincobertura de $/UF, podrán ser considerados de acuerdo a sus flujos, convertidos a Unidadesde Fomento, según la metodología descrita en el Anexo 1, o bien conforme a lo señalado enla letra siguiente.

c) Los instrumentos que no tengan flujos de pago conocidos en Unidades de Fomento deberánser considerados a su valor de mercado en el flujo de activos del primer mes. El valor demercado de los instrumentos será aquel considerado en la Norma de Carácter GeneralN°148 de 9 de octubre de 2002, o la que la modifique o reemplace.

1 Modificada por Norma de Carácter General N°s. 265, de 2.12.2009, y 373, de 13.01.2015, modificaciónque regirá a contar del 1° de Junio de 2015, y se aplicará a EEFF al 30.06.15, sin perjuicio aplicaciónvoluntaria anterior, previa información al Servicio.

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d) No obstante lo anterior, todos los instrumentos que posean una cobertura con uninstrumento derivado que genere flujos de pago conocidos y expresados en Unidades deFomento, serán considerados de acuerdo a los flujos de pago cubiertos que tenga cadainstrumento. Los flujos de pago no cubiertos serán considerados a su valor actual, utilizandosu tasa de mercado, en el flujo de activos del primer mes.

e) En el caso de los bienes raíces de propiedad de la compañía, el tratamiento de los flujosdependerá de la situación en que se encuentre dicho bien raíz, de acuerdo a lo siguiente:

- En el caso de bienes raíces de uso propio de la compañía o en construcción estosserán incorporados a su valor contable en el flujo de activos del primer mes.

- Para bienes raíces de la compañía sujetos a contratos de leasing cuyos pagos esténexpresados en Unidades de Fomento serán considerados los flujos de pagoprovenientes de dicho contrato. En el caso de los contratos reajustables por IPC o IVP,con una frecuencia de reajuste inferior o igual a 12 meses, serán considerados susflujos convertidos a UF, utilizando el valor de la UF del último día del mes de análisis. Elflujo correspondiente a la opción de compra final no deberá ser considerado paraefectos del análisis de suficiencia de activos, por tratarse de una opción delarrendatario.

- Para aquellos bienes raíces sujetos a contratos de arriendo distintos a leasing cuyospagos estén expresados en Unidades de Fomento la compañía optará entre incorporaral análisis, los flujos de pagos del contrato de arriendo hasta la fecha de termino devigencia, más el valor residual del bien raíz, el que será incorporado en el flujo deactivos del mes en que venza el contrato y corresponderá a su valor contable menos ladepreciación acumulada a la fecha de vencimiento del contrato, o incorporar el valorcontable del bien raíz en el primer mes. En el caso de los contratos reajustables porIPC o IVP, con una frecuencia de reajuste inferior o igual a 12 meses, los flujos aconsiderar en el análisis deberán ser convertidos a UF, utilizando el valor de la UF delúltimo día del mes de análisis.

- Aquellos bienes raíces de la compañía sujetos a leasing o a contratos de arriendodistintos a leasing cuyos pagos estén expresados en una moneda o unidad distinta a laUnidad de Fomento, serán incorporados a su valor contable en el flujo de activos delprimer mes. No obstante lo anterior, tratándose de contratos de arriendo o leasing conpagos expresados en pesos o en pesos reajustados por IPC o IVP con una frecuenciasuperior a 12 meses, podrán incorporar sus flujos de pago convertidos a UF utilizandola metodología descrita en el Anexo N°1 de la presente norma.

Sin perjuicio de lo anterior, aquellos bienes raíces sujetos a contratos de leasing o dearriendo distinto a leasing que presenten una mora de 6 o más meses, deberán serincorporados al análisis al valor contable del bien raíz en el primer mes.

Para aquellos bienes raíces sujetos a contratos de leasing o de arriendo distinto a leasingefectuados con una persona relacionada a la compañía, ésta deberá considerar para elanálisis el valor contable del bien raíz en el flujo de activos del primer mes.

f) En el caso de mutuos o préstamos señalados en la letra f) del N°1 del artículo 21 del DFLN°251, sus flujos podrán ser considerados en la medición del TSA, sujetándose a loseñalado en la letra a) o b) precedente, según corresponda.

g) Los instrumentos del N°6 del artículo 21 del DFL N°251, podrán considerarse en la medicióndel TSA, siempre y cuando tengan el carácter de inversión representativa de reservastécnicas y patrimonio de riesgo, conforme lo establecido en la NCG N°200, y nocorrespondan a operaciones de cobertura de activos cuyos flujos ya fueron considerados enel TSA, conforme lo señalado en la letra d) precedente. Estos instrumentos se consideraráncomo flujo del primer mes a su valor contable.

h) Los instrumentos del N°7 del artículo 21 del DFL N°251, podrán considerarse en la medicióndel TSA, asimilándose a algunas de las categorías antes descritas, si corresponde, de locontrario sus flujos de pago serán considerados a su valor contable en el flujo de activos delprimer mes.

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SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE3

1.2 Flujos de Pasivos

Los flujos de pasivos considerados para este análisis, deberán corresponder a aquellosprovenientes de contratos de seguros elegibles para la medición de calce según lo establecidoen la Circular 1512, considerando la reserva técnica financiera, calculada con las tablas RV-2004, B-2006 y MI-2006, hombres y mujeres, o las que las reemplacen, con sus correspondientesfactores de mejoramiento.

2. Ajustes de Activos y Pasivos.

Se deberán considerar ajustes en los flujos de activos y pasivos conforme a lo siguiente:

a) Las compañías deberán ajustar los flujos de activos proyectados a futuro, considerando:

- Default o incumplimiento del emisor en los plazos y condiciones pactadas.- Prepago de instrumentos que contemplen dicha opción.

b) Las compañías deberán ajustar los flujos de pasivos proyectados, considerando:

- Gastos operacionales.- Default o incumplimiento del reasegurador, en los plazos y condiciones pactados en el

contrato de reaseguro respectivo.

Las compañías deberán utilizar el modelo estándar establecido por esta Superintendencia paraefectuar los ajustes de los flujos de activos y pasivos, el cual está determinado en el Anexo 2 de lapresente norma. No obstante lo anterior, las aseguradoras que lo deseen, podrán someter a laaprobación de esta Superintendencia una metodología propia, donde establezcan los criterios autilizar para efectuar los ajustes de los flujos de activos y pasivos, los que deberán considerar almenos los aspectos mencionados en las letras a) y b) anteriores. Para este efecto las compañíasdeberán enviar sus metodologías, detallando criterios, supuestos, fórmulas de cálculo y toda lainformación necesaria para un correcto y cabal entendimiento y verificación del modelo de análisisaplicado.

La autorización por este Servicio de la metodología propia presentada por la compañía, tendrá unavigencia mínima de 36 meses desde la fecha de aprobación, plazo durante el cual la compañía nopodrá modificar la mencionada metodología. Cualquier ajuste efectuado a la metodología o a loscriterios y supuestos utilizados, deberá ser autorizado previamente por esta Superintendencia. Noobstante lo anterior, aquellas compañías que deseen dejar de utilizar la metodología propiaautorizada, podrán, previo aviso a este Servicio, utilizar el modelo estándar en el momento en quelo dispongan, no pudiendo volver a utilizar la metodología propia durante los 36 meses siguientes asu fecha de aprobación.

3. Determinación de la Suficiencia de Activos.

Las compañías deberán efectuar un análisis de suficiencia de los flujos mensuales ajustados deactivos respecto de los flujos mensuales ajustados de pasivos, de acuerdo al modelo estándar,conforme a lo señalado en el número precedente, considerando la reinversión de los flujos deactivos menos pasivos reinvertidos a las tasas de interés derivadas del vector de tasas dedescuento (VTD) utilizado para el cálculo de la reservas técnicas en seguros de renta vitalicia, a lafecha de cálculo del TSA, establecido en Anexo de la Norma de Carácter General N°318. En elcaso que la compañía haya presentado una metodología propia para efectuar los ajustes de losflujos de activos y pasivos, y ésta haya sido aprobada por esta Superintendencia, deberá efectuar elanálisis de suficiencia de activos con los flujos ajustados de acuerdo a lo definido en sumetodología.

Se entenderá que la compañía se encuentra en una situación de insuficiencia de flujos de activos,cuando, considerando la reinversión de los flujos de activos menos pasivos a las tasas de interésderivadas del vector de tasas de descuento (VTD) señalado precedentemente, los flujos de activossean insuficientes para cubrir los flujos de pasivos.

La compañía deberá determinar el monto de la suficiencia o insuficiencia de activos, el quecorresponderá al valor presente de los flujos futuros de activos menos pasivos, calculado utilizandoel vector de tasas de descuento (VTD) señalado precedentemente. Adicionalmente, las compañíasdeberán determinar la tasa que iguala los flujos de activos y pasivos ajustados o TIR dereinversión, es decir aquella tasa que hace que el valor presente neto de los flujos de activos ypasivos sea igual a cero.

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Las compañías que presenten insuficiencia de flujos de activos deberán enviar a estaSuperintendencia, en un plazo de 15 días hábiles contado desde que se detectó, un informedetallado, el que deberá ser acordado por el directorio de la compañía, donde se expongan lasrazones que explican la insuficiencia obtenida, indicando cuáles de los supuestos asumidos tienemayor impacto en ésta. En el mencionado informe la compañía deberá comunicar si adoptarámedidas para mejorar la insuficiencia obtenida, en cuyo caso deberá adjuntar un programa de lasactividades que adoptará para la superación de la insuficiencia y sus plazos asociados.

4. Constitución de la Reserva Adicional.

Aquellas compañías que se encuentren en una situación de insuficiencia de flujos de activos,deberán incrementar su reserva técnica financiera en un monto equivalente a la insuficiencia deactivos, calculado con el modelo estándar o al calculado con su metodología propia, segúncorresponda, cargándose dicho monto a la cuenta “Ajuste Reserva por Calce” señalada en el TítuloV de la Circular 1512.

Las compañías que luego de efectuar el ajuste señalado en el párrafo anterior pasen aencontrarse en alguna de las situaciones descritas en el Título IV del DFL N°251, de 1931,deberán atenerse a lo dispuesto en el mencionado título.

5. Información y Periodicidad del Análisis de Suficiencia de Activos.

Las compañías deberán efectuar el análisis de suficiencia de activos trimestralmente, en formaconjunta a los estados financieros, debiendo informar a esta Superintendencia, el resultado delanálisis en términos de tasa de reinversión y situación de suficiencia o insuficiencia, conforme loseñalado en la letra A del Anexo 3. Del mismo modo deberán informar la tasa de reinversión ennota a los estados financieros de acuerdo a lo señalado en la letra B del Anexo 3.

No obstante lo anterior, las compañías deberán efectuar un análisis de suficiencia de activos cadavez que la suma de las utilidades distribuidas y de los repartos o devoluciones de capital, que sehayan efectuado después del último análisis de suficiencia de activos, alcancen o superen el 10 %del patrimonio neto que presenten, conforme a los estados financieros utilizados para el últimoanálisis de suficiencia disponible. Aquellas compañías que se encuentren en una situación deinsuficiencia de flujos de activos, deberán incrementar su reserva técnica financiera de acuerdo a lomencionado en el número 4 de la presente norma.

En el caso que la compañía haya presentado una metodología propia para efectuar los ajustes delos flujos de activos y pasivos y ésta haya sido aprobada por esta Superintendencia, deberáinformar adicionalmente a este Servicio la tasa de reinversión y situación de suficiencia oinsuficiencia obtenida utilizando la metodología estándar conforme lo señalado en la letra A delAnexo 3. En este caso, la tasa de reinversión informada en nota a los estados financieros,conforme a lo señalado en la letra B del Anexo 3, será aquella obtenida utilizando los flujosajustados de acuerdo a la metodología propia.

La información periódica sobre el análisis de suficiencia de activos efectuado deberáproporcionarse a este Superintendencia en el formato definido en los Anexos 4 y 5 de la presentenorma. Sin perjuicio de lo anterior, las compañías deberán mantener, en todo momento, adisposición de la Superintendencia, la información de respaldo del análisis de suficienciarealizado, de modo que sea posible verificar la exactitud de su cálculo, la consistencia con losflujos de activos y pasivos informados, los criterios y supuestos considerados en el cálculo y todala información que sea necesaria para un correcto y cabal entendimiento y verificación delmodelo de análisis aplicado.

6. Vigencia y Aplicación

La presente norma rige y se aplicará para el envío de información correspondiente a los EstadosFinancieros al 30 de junio de 2008 y deroga la NCG N° 188 de 2005 a contar de la mencionadafecha.

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7. Disposiciones Transitorias

Las compañías podrán aplicar las nuevas tablas de mortalidad B-2006 y MI-2006 para el cálculodel TSA, en forma gradual, en un plazo de tres años, reconociendo un tercio del mayor nivel deflujos de pasivos producto de la aplicación de las nuevas tablas de mortalidad señaladas, adiciembre de 2008, dos tercios a diciembre de 2009 y el impacto total de las nuevas tablas adiciembre de 2010, de acuerdo a lo siguiente:

a) Para los estados financieros al 30 de junio de 2008, los flujos de pasivos para el TSAdeberán determinarse utilizando las tablas de mortalidad RV-2004, B-85 y MI-85. En estecaso, deberá considerarse para la incorporación de activos al TSA, sólo un 50% delpatrimonio neto proporcional a las reservas técnicas sujetas al TSA.

b) Para los estados financieros al 31 de diciembre de 2008 y junio de 2009, los flujos depasivos deberán determinarse utilizando las tablas de mortalidad RV-2004, B-85 y MI-85,más un tercio del mayor flujo de pasivos producto de la aplicación de las tablas demortalidad B-2006 y MI-2006. Esto es:

FPj = FPj85 + 1/3 * (FP2006 - FPj85 )

Donde:

FPj = Flujo de pasivos del mes “j”.FPj85 = Flujo de pasivos del mes “j” calculado utilizando las tablas RV-2004, B-85 y MI-85.FP06 = Flujo de pasivo del mes “j” calculado utilizando las tablas RV-2004, B2006 y MI-2006.

En este caso, deberá considerarse para la incorporación de activos al TSA, la reservatécnica calculada con los flujos de pasivos (FPj) considerados en el cálculo del TSA y un53,3% del patrimonio neto proporcional.

c) Para los estados financieros entre el 31 de diciembre de 2009 y el 30 de septiembre de2010, ambos inclusive, los flujos de pasivos deberán determinarse utilizando las tablas demortalidad RV-2004, B-85 y MI-85, más dos tercios del mayor flujo de pasivos producto de laaplicación de las tablas de mortalidad B-2006 y MI-2006. Esto es:

FPj = FPj85 +2/3 * (FP2006 - FPj85 )

En este caso, deberá considerarse para la incorporación de activos al TSA, la reservatécnica calculada con los flujos de pasivos (FPj) considerados en el cálculo del TSA y un56,7% del patrimonio neto proporcional.

d) Para los estados financieros al 31 de diciembre de 2010, se deberán aplicar íntegramentelas instrucciones de la presente norma, considerando la totalidad de los flujos de pasivosdeterminados utilizando las tablas de mortalidad RV-2004, B-2006 y MI-2006 y, para laincorporación de activos, un 60% del patrimonio neto proporcional a las reservas técnicassujetas al TSA.

e) Las compañías que apliquen el reconocimiento gradual de las tablas de mortalidad B-2006 yMI-2006, deberán informar en los estados financieros correspondientes el resultado del TSAen términos de suficiencia o insuficiencia y tasa de reinversión, para la situación deaplicación gradual señalada y para la situación de aplicación completa de las instruccionesde la presente norma. La información deberá proporcionarse conforme lo establecido en elAnexo 3.

SUPERINTENDENTE

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SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE6

ANEXO N°1

Los instrumentos emitidos en pesos podrán ser incluidos considerando sus flujos de pago en pesosconvertidos a Unidades de Fomento, utilizando factores de conversión $/UF determinados a la fecha deanálisis, con base en las siguientes tasas:

Inflación Anual Primer Quinquenio (ipq) = 1)1(

)1(

5

5

BCU

BCP

r

i

Inflación Anual Primer Decenio (ipd) = 1)1(

)1(

10

10

BCU

BCP

r

i

Inflación Anual Segundo Quinquenio (isq) = 1)1(

)1( 2

ipq

ipd

Donde:

iBCP5 = tasa de interés nominal anual vigente en el mercado para instrumentos BCP5 emitidos por elBanco Central de Chile.

rBCU5 = tasa de interés real anual vigente en el mercado para instrumentos BCU5 emitidos por el BancoCentral de Chile.

iBCP10 = tasa de interés nominal anual vigente en el mercado para instrumentos BCP10 emitidos por elBanco Central de Chile.

rBCU10 = tasa de interés real anual vigente en el mercado para instrumentos BCU10 y/o BTU 10 emitidospor el Banco Central de Chile y/o la Tesorería General de la Republica, según corresponda.

Las tasas de interés vigentes en el mercado para los distintos instrumentos corresponderán a lasinformadas en la Cinta de Precios de la Superintendencia de A.F.P., a la fecha de análisis.

Con base en las tasas ipq e isq se calcularán los factores de conversión $/UF para cada mes utilizando lasiguiente fórmula:

60,601* 12/0 tsjtpjijqUFUF t

t

Donde:

UF0 = valor de la UF al último día del mes de análisis.UFt = valor de la UF para el mes t.t = 1, 2, 3, …, n corresponde a meses contados desde el mes de análisis, donde “n” es el mes devencimiento del instrumento.

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SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE7

ANEXO N°2

Los ajustes de activos y pasivos, señalados en el N°2 de la presente Norma, para el modelo estándardeberán considerar lo siguiente:

1. Ajuste de activos:

Sobre los flujos totales de activos se efectuarán ajustes de manera independiente por riesgos de default y deprepago, sujetándose a lo establecidos en las letras a) y B9 siguientes. Los flujos ajustados de activoscorresponderán a los flujos totales menos la suma de los ajustes calculados separadamente, la cual nopodrá superar el flujo original de cada instrumento.

a) Default: Deberá considerarse un castigo sobre los flujos de activos, asociado al riesgo de default delos instrumentos, de acuerdo a lo siguiente:

i) Default General

Deberá considerarse un porcentaje de castigo en los flujos de los instrumentos, asociado a laclasificación de riesgo de éstos, de acuerdo a lo señalado en la tabla siguiente:

CLASIFICACION DE RIESGO % DE CASTIGO EN FLUJOS

Largo plazo Corto plazo

AAA N-1 0,0%AA 0,2%A N-2 0,5%

BBB N-3 3,0%BB 7,0%B 10,0%C N-4 30,0%D 60,0%

Bonos, efectos de comercio y otrosinstrumentos sin clasificación o con clasificaciónE.

30,0%

Notas:- La clasificación de riesgo corresponde a aquella otorgada al instrumento y no a la

asignada a su emisor.- Para efectos de la aplicación de los castigos señalados, se debe considerar la menor de

las categorías de riesgo vigentes, en caso de ser disímiles.- Para los instrumentos de la letra a) del N°1 del artículo 21 del DFL N° 251, de 1931, no se

aplica castigo.- Para instrumentos de renta fija emitidos en el extranjero, que cuenten con al menos 2

clasificaciones de riesgo internacional de largo plazo o su equivalente de corto plazo, cuyamenor clasificación vigente sea al menos equivalente a la del Estado Chileno, no se aplicacastigo. Para este efecto, se considerarán las clasificadoras que cumplan lo dispuesto enla letra a), del número 3.2, de la Norma de Carácter General N°152 de 2002, o la que lamodifique o reemplace.

- Para instrumentos de emisores nacionales emitidos fuera de Chile, con clasificacióninternacional de mayor riesgo respecto del Estado Chileno, se acepta conversión aclasificación nacional, sujeta a informe específico (por instrumento) de un clasificador deriesgo registrado en esta Superintendencia. De acogerse la compañía a la clasificaciónvoluntaria, ésta deberá ser enviada junto a los Estados Financieros correspondientes.

- Las compañías podrán voluntariamente clasificar instrumentos que no tengan clasificaciónde riesgo, con un clasificador registrado en la Superintendencia, en cuyo caso deberánaplicar los factores de castigo por default que correspondan. De acogerse la compañía ala clasificación voluntaria, ésta deberá ser enviada junto a los Estados Financieroscorrespondientes.

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SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE8

ii) Default de Mutuos Hipotecarios Endosables

Para Mutuos Hipotecarios Endosables el castigo sobre los flujos de activos a aplicar será elseñalado en la tabla siguiente:

Meses de atraso en el pago de cuotas % de castigo en flujos0 a 2 1,0%3 a 5 6,0%

6 a 12 20,0%más de 12 50,0%

Las compañías podrán voluntariamente clasificar su cartera de Mutuos Hipotecarios Endosables,con un clasificador de riesgo registrado en la Superintendencia, en cuyo caso deberán aplicar losfactores de castigo por default general, mencionados en la letra i) anterior. De acogerse lacompañía a la clasificación voluntaria, ésta deberá ser actualizada semestralmente o,extraordinariamente, cada vez que existan hechos relevantes que ameriten que el clasificadorefectué un cambio en la categoría asignada a la cartera, debiendo informarlo junto a los EstadosFinancieros correspondientes.

iii) Default de Contratos de Leasing y de Arriendo de Bienes Raíces.

Para Bienes Raíces sujetos a contratos de leasing y de arriendo, el castigo sobre los flujos deactivos a aplicar será el señalado en la tabla siguiente:

Meses de atraso en el pago de cuotas % de castigo en flujos0 a 2 0,5%3 a 5 3,0%

Los bienes raíces sujetos a contratos de leasing o arriendo que presenten 6 o más meses demora, deberán incorporar al análisis el valor contable del bien raíz en el primer mes.

iv) Default de mutuos o préstamos de la letra f) del N°1 del artículo 21 del DFL N°251.

Para este tipo de mutuos o préstamos, el castigo a aplicar sobre los flujos considerados en el TSAcorresponderá al porcentaje que se aplica a cada instrumento para la constitución de lasprovisiones por riesgo de crédito, determinadas de acuerdo a las instrucciones específicas que alefecto esta Superintendencia imparta.

b) Prepago: Deberá contemplarse en los flujos de activos, un monto de prepago para losinstrumentos que presenten dicha opción y que tengan flujos de pagos conocidos que hayan sidoincluidos en el test, según lo mencionado en el número 1.1 de la presente norma.

El prepago se calculará por tipo de instrumento de acuerdo a las siguientes instrucciones:

A. Instrumentos de Renta Fija (distintos a los mencionados en las letras B, C y Dsiguientes).

Para instrumentos de Renta Fija, las compañías deberán proyectar el monto de prepago deaquellos instrumentos para cuyo emisor podría resultar conveniente prepagar. El monto delprepago a considerar corresponderá al saldo por amortizar más los intereses y comisionescontemplados en el evento de prepago de los instrumentos, y deberá ser considerado en el flujode activos del primer mes para instrumentos con opciones de prepago vigentes, y en el flujo delmes en que comienza la opción de prepago, tratándose de instrumentos con opciones deprepago que inician su vigencia en una fecha posterior a la de la estimación, no debiendo por lotanto, asumirse una tasa de reinversión para éstos, distinta a la implícita en el modelo.

El análisis de prepago de un instrumento de renta fija, deberá ser realizado en forma individual,comparando el producto entre la duración modificada del instrumento y el spread de tasa deinterés, versus un porcentaje de costo de prepago estimado como adecuado. En la medida queel producto entre la duración modificada del instrumento y el spread de tasa de interés, producidopor la caída en las tasas de interés de un instrumento de similar clasificación de riesgo yduración, supere al porcentaje adecuado establecido, para los instrumentos de renta fija incluidosen el test, convendrá prepagar.

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SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE9

De esta forma se deberá obtener el porcentaje de prepago a considerar para un instrumento derenta fija de acuerdo a lo siguiente:

- Duración Modificada del Instrumento * ∆ Tasa de Interés ≤ 3,5% → no se deberáconsiderar monto de prepago del instrumento.

- 3,5% < Duración Modificada del Instrumento * ∆ Tasa de Interés ≤ 5,0% → sedeberá considerar como monto de prepago el 35% del total del saldo por amortizar máslos intereses y comisiones contemplados en el evento de prepago del instrumento, siéste se encuentra con opción de prepago vigente o dicha opción inicia su vigencia en unplazo no mayor a 24 meses a la fecha de la estimación; y un 25% de dicho monto, si laopción de prepago inicia su vigencia en un plazo superior a 24 meses.

- Duración Modificada del Instrumento * ∆ Tasa de Interés > 5,0% → se deberáconsiderar como monto de prepago el 70% del saldo por amortizar más los intereses ycomisiones contemplados en el evento de prepago del instrumento, si éste se encuentracon opción de prepago vigente o dicha opción inicia su vigencia en un plazo no mayor a24 meses a la fecha de la estimación; y un 50% de dicho monto, si la opción de prepagoinicia su vigencia en un plazo superior a 24 meses. .

Donde:

Duración Modificada del Instrumento =)1( 0r

Dt

Con:

Dt =

n

tt

t

n

tt

t

r

Cr

tC

1 0

1 0

)1(

)1(

*

r0 = Tasa original de carátula o emisión del instrumento

t = Corresponde al plazo al vencimiento de cada flujo de fondos delinstrumento.

n = Corresponde al número de flujos de fondos del instrumento.

Ct = Corresponde a los flujos de fondos que promete pagar el instrumento, losque incorporan amortización e intereses.

Se asume Duración del Instrumento calculada en función del Valor Par de este.

∆ Tasa de Interés = (r1 – r0): Diferencial entre la tasa de interés vigente en el mercado(r1=TIR de Mercado) y la tasa de carátula o de emisión del instrumento (r0) o la tasa deprepago pactada en el contrato de emisión, de ser esta distinta..

En el caso de los instrumentos de renta fija nacionales, cuando la tasa vigente en el mercado delinstrumento no exista, se deberá considerar la tasa para un instrumento de una misma categoría,es decir, que tenga similares condiciones de plazo, tasa nominal de emisión, sistema de reajusteo moneda, garantías, etc., informado en la Cinta de Precios de la Superintendencia de AFP, a lafecha de análisis. Para los Instrumentos de Renta Fija Extranjeros, la tasa vigente en el mercadodel instrumento deberá ser obtenida de fuentes oficiales de información de las bolsas de valoresextranjeras donde se hayan adquirido dichos instrumentos, o de sistemas de informacióninternacionales de reconocido prestigio, tales como Bloomberg o Reuters, a la fecha de análisis.

B. Mutuos Hipotecarios Endosables.

Para Mutuos Hipotecarios Endosables las compañías deberán estimar el monto del prepago acontemplarse en los flujos de activos, asumiendo un porcentaje anual de prepago proyectado. Alos flujos provenientes del prepago de instrumentos, se les deberá dar el mismo tratamiento delos demás flujos de activos, no debiendo por lo tanto, asumirse una tasa de reinversión paraestos, distinta a la implícita en el modelo.

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SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE10

Con este fin, las compañías deberán aplicar, sobre los flujos de los mutuos hipotecariosendosables en cartera, un porcentaje anual de prepago proyectado, obtenido de acuerdo a lascaracterísticas de cada mutuo, el cual se aplicará sobre el saldo por amortizar neto de prepagoacumulado en cada año, con un tope de 10 años, momento a partir del cual no se consideraráprepago adicional al acumulado al año 10. Con este objeto, para cada mutuo se deberá analizarel cambio en el valor presente del mutuo, equivalente al spread de tasa de emisión sobre tasa demercado, multiplicado por la duración del mutuo. Luego, de acuerdo al saldo por amortizar delcrédito se obtendrá el porcentaje de prepago anual según lo dispuesto en la siguiente tabla:

Saldo por amortizar del crédito < UF 1000 UF 1000-2500 > UF 2500Cambio en Valor Presente delmutuo por spread de tasas.Menos de 4% 1% 5% 11%Entre 4% y 8% 8% 18%Entre 8,1 y 16% 3% 10% 24%Entre 16,1% y 24% 12% 30%Mas de 24% 5% 14% 40%

El cambio en valor presente por spread de tasas del mutuo hipotecario endosable será calculadomediante la siguiente fórmula:

Duración Modificada del Mutuo Hipotecario * ∆ Tasa de Interés

Donde:

∆ Tasa de Interés: Corresponde a la diferencia entre la tasa interna de retorno (TIR) deotorgamiento vigente para mutuos hipotecarios en el rango de vencimiento y montocorrespondiente al mutuo, informada por este Servicio a través de su sitio WEB para el mesanterior al de análisis, y la tasa de otorgamiento del Mutuo Hipotecario.

C. Letras Hipotecarias.

Para Letras Hipotecarias el análisis deberá ser realizado considerando todos los nominalesasociados a una misma serie, entendiéndose como una misma serie, letras del mismo emisor,igual plazo al vencimiento e igual tasa de emisión, pudiendo tener distintos cortes (valoresnominales) asociados a una misma serie. Para realizar el análisis las compañías deberánproyectar el monto de prepago a contemplarse en los flujos de activos, asumiendo un porcentajeanual de prepago proyectado. A los flujos provenientes del prepago de instrumentos, se lesdeberá dar el mismo tratamiento de los demás flujos de activos, no debiendo por lo tanto,asumirse una tasa de reinversión para éstos, distinta a la implícita en el modelo.

Con este fin, las compañías deberán aplicar, sobre los flujos de las series de letras hipotecariasen cartera, un porcentaje anual de prepago proyectado, de acuerdo a las características de cadaserie, el cual se aplicará sobre el saldo por amortizar neto de prepago acumulado en cada año,con un tope de 10 años, momento a partir del cual no se considerará prepago adicional alacumulado al año 10. Con este objeto, para cada serie de letras se deberá analizar el cambio enel valor presente de la serie, equivalente a la duración modificada de la serie de letrasmultiplicada por el spread entre la tasa interna de retorno (TIR) de mercado de una serie deletras de igual clasificación de riesgo y años al vencimiento, cuya TIR de transacción de mercadono difiera sustancialmente de su tasa de emisión o carátula y la tasa de emisión o carátula de laserie. La TIR de mercado será informada periódicamente por la Superintendencia sobre la basede información obtenida de los mercados bursátiles. Luego, de acuerdo al monto promedio delos créditos otorgados por el banco emisor de la serie, se obtendrá el porcentaje de prepagoanual según lo dispuesto en la siguiente tabla:

Monto promedio de créditos delbanco emisor de la serie.

< UF 1000 UF 1000-2500 > UF 2500

Cambio en Valor Presente de laserie por spread de tasas.Menos de 4% 1% 5% 11%Entre 4% y 8% 8% 18%Entre 8,1 y 16% 3% 10% 24%Entre 16,1% y 24% 12% 30%Mas de 24% 5% 14% 40%

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SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE11

El monto promedio de los créditos al que se refiere la tabla precedente, corresponderá alcuociente entre el monto total del stock vigente de créditos financiados mediante letras del bancoemisor, dividido por el número total de créditos financiados mediante letras del mismo. El cálculose deberá efectuar considerando la última información disponible en la Revista de InformaciónFinanciera de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, publicada en el sitioWEB de ese Servicio, a la fecha de análisis en la dirección: www.sbif.cl - InformaciónFinanciera Publicaciones Revista Información Financiera Estadísticas por InstituciónFinanciera Colocaciones en Letras de Crédito para Vivienda y para Fines Generales, o enaquélla que a futuro se disponga.

D. Bonos Securitizados de Mutuos Hipotecarios Endosables o Leasing Habitacional.

Para este tipo de instrumentos el análisis de prepago será efectuado individualmente por cadabono securitizado correspondiente a la serie preferente de emisión o bono senior. Lascompañías deberán estimar el monto de prepago a contemplarse en los flujos de activos, sobrela base de los siguientes supuestos acerca del porcentaje anual de prepago proyectado. Sedeberá suponer que los prepagos se reparten a prorrata del monto invertido en cada tipo debono securitizado por parte de las compañías. Cada bono securitizado estará expuesto a unporcentaje de prepago parcial anual equivalente a las tasas de prepagos promedio verificadas enlos activos subyacentes que componen la cartera del bono en los 6 meses previos al análisis desuficiencia, una vez deducida la tasa de sustitución o reemplazo anual de activos subyacentespor otros activos de similares condiciones de plazos y tasas de interés que los activos originalesreemplazados. De no estar disponible la información respecto a la tasa de reemplazo antesmencionada, las compañías deberán suponer una tasa de reemplazo igual a 0%. A su vez, de noestar disponible la información respecto de las tasas de prepago de los activos subyacentes, lascompañías deberán suponer una tasa de prepago anual de 10%.

A los flujos provenientes del prepago de instrumentos, se les deberá dar el mismo tratamiento delos demás flujos de activos, no debiendo por lo tanto, asumirse una tasa de reinversión paraestos, distinta a la implícita en el modelo.

Las compañías deberán aplicar, sobre los flujos del bono securitizado, el porcentaje anual deprepago proyectado antes indicado, el cual se aplicará sobre el saldo por amortizar neto deprepago acumulado en cada año, con un tope de 10 años, momento a partir del cual no seconsiderará prepago adicional al acumulado al año 10.

E. Otros.

Para otros instrumentos no mencionados anteriormente, que consideran opción de prepago yque la compañía estime relevante evaluar el riesgo de prepago, la aseguradora deberá realizarun análisis interno evaluando este riesgo, el que deberá ser informado a esta Superintendencia.

2. Ajuste de Pasivos.

a) Gastos Operacionales: Deberá asumirse un monto equivalente a 2 UF anuales por cada pólizade seguros incorporada a la medición del calce, de acuerdo a lo señalado en la Circular N° 1512.

No obstante lo anterior, las compañías reaseguradoras quedarán excluidas de realizar el ajustemencionado anteriormente, es decir, no deberán efectuar el ajuste en sus pasivos asociado agastos operacionales.

b) Default o incumplimiento del Reasegurador: Deberá considerarse un incremento en los flujos depasivos, asociado a la clasificación de riesgo del reasegurador, el que corresponda de acuerdo alos factores señalados en la tabla indicada en la letra i) de la letra a) del N°1 anterior del presenteAnexo, aplicados sobre los flujos de pago de cargo de éste (flujos cedidos).

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ANEXO N°3

A. Información del análisis de suficiencia de activos

Las compañías deberán informar a esta Superintendencia el resultado del análisis de suficiencia deactivos en términos de tasa de reinversión y situación de suficiencia o insuficiencia. Se deberá informarcon la misma periodicidad con que se efectúa el análisis, conjuntamente con la presentación de losEstados Financieros de la compañía y de acuerdo al siguiente formato:

RESULTADO ANALISIS SUFICIENCIA DE ACTIVOS

MODELO ESTANDAR METODOLOGIA PROPIA (3)

Suficiencia(insuficiencia)

(U.F.) (1)

Tasa de Reinversión(%) (2)

Suficiencia(insuficiencia)

(U.F.) (1)

Tasa de Reinversión(%) (2)

(1): Corresponde al valor presente de los flujos de pasivos no cubiertos con flujos de activos(insuficiencia), o de los flujos de activos que exceden los flujos de pasivos (suficiencia), asumiendocomo escenario de tasa de reinversión y de descuento, la curva o vector de tasas de descuento (VTD)informado por la SVS, vigente a la fecha de los estados financieros.

(2): Corresponde a la TIR de reinversión que hace que el valor presente neto de los flujos de activosy pasivos sea igual a cero.

(3): Sólo para aquellas aseguradoras que presenten adicionalmente una metodología propia, dondeestablezcan los criterios a utilizar para efectuar los ajustes de los flujos de activos y pasivos.

B. Información en Nota a los Estados Financieros de la Tasa de Reinversión obtenida delAnálisis de suficiencia de activos.

Las compañías deberán incorporar en sus estados financieros, la siguiente nota:

“Información Tasa de Reinversión Análisis de suficiencia de activos

Conforme lo dispuesto en la Norma de Carácter General N° 188 de la SVS, la compañía ha realizado unanálisis de suficiencia de activos, obteniendo la siguiente tasa de Reinversión:

Tasa de Reinversión(%) (*)

(*) Corresponde a la TIR de reinversión que hace que el valor presente neto de los flujos deactivos y pasivos sea igual a cero.

La compañía ha efectuado un análisis de la suficiencia de sus activos respecto a sus pasivos, considerandolos flujos de activos ajustados por riesgo de crédito (default) y riesgo de prepago y los flujos de pasivosajustados por gastos operacionales y por riesgo de default o incumplimiento del reasegurador. Con este fin,la compañía ha determinado si los flujos de activos son suficientes para el pago de los pasivos,considerando un escenario de tasas de interés de reinversión, asociado a una curva de instrumentosfinancieros que considera el 80% de spread de riesgo AAA, vigente a la fecha de los estados financieros,informada por la SVS, y ha calculado la tasa de reinversión que efectivamente hace que el valor presenteneto de los flujos de activos y pasivos sea igual a cero, la que se informa en la presente nota.”

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ANEXO N°4

La siguiente información de periodicidad trimestral, calculada al cierre de los estados financieros referida al análisis de suficiencia de activos efectuado deberáproporcionarse a esta Superintendencia mediante archivos o planillas de cálculo en formato Excel, en lo referido a las tablas 1ª, 1B, 2 y 5, y a través de SEIL en lo referidoa las tablas 3 y 4, sujetándose a lo dispuesto en el presente Anexo:

1 A)

Tabla 1: Flujos de Activos netos de ajustes a considerar en Test de Suficiencia de Activos (T.S.A.)

1

2

3

::

T

MH (6)Período (1) BB (3) BE (4) BU (5)Estado (2) LH (7) Acciones (8) CFM (9) Otros (18)Extranj Acciones(13)CFI (10) Extranj Est (11) Extranj Deuda (12) Total Flujos (19)Extranj Fdo (14) Bs Rs (15) Arriendo (16) Leasing (17)

Los ajustes por riesgo de default y prepago se aplicarán sobre los flujos totales de activos en forma independiente. Los flujos de activos netos corresponderán a losflujos totales menos la suma de los ajustes de cada período calculados separadamente. La suma antes mencionada no podrá superar el flujo total del instrumentoantes del ajuste.

Donde:

(1) : Período = 1, 2, 3, …, T, y corresponde al número de meses incluidos en el análisis, siendo "1" el mes inicial del análisis y "T" el último mes respecto delcual la compañía posee un vencimiento conocido en UF para instrumentos incluidos en el test.

(2) : Corresponde al total de flujos de activos en UF de instrumentos de la letra a) del N° 1 del artículo 21 del DFL 251 de 1931incluidos en el test.

(3) : Corresponde al total de flujos de activos en UF de instrumentos bonos bancarios incluidos en el test, menos los ajustes correspondientes al riesgo dedefault y de prepagos asignados en el mes a este tipo de instrumentos. No se realizará ajuste por concepto de default a los bonos bancarios cuyos flujoshayan sido ajustados por prepago total.

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(4) : Corresponde al total de flujos de activos en UF de instrumentos bonos de empresas incluidos en el test, menos los ajustes correspondientes al riesgo dedefault y de prepagos asignados en el mes a este tipo de instrumentos. No se realizará ajuste por concepto de default a los bonos de empresas cuyos flujoshayan sido ajustados por prepago total.

(5) : Corresponde al total de flujos de activos en UF de instrumentos bonos subordinados incluidos en el test, menos los ajustes correspondientes al riesgo dedefault y de prepagos asignados en el mes a este tipo de instrumentos. No se realizará ajuste por concepto de default a los bonos subordinados cuyos flujoshayan sido ajustados por prepago total

(6) : Corresponde al total de flujos de activos en UF de instrumentos mutuos hipotecarios endosables incluidos en el test, menos los ajustes correspondientes alriesgo de default y de prepagos asignados en el mes a este tipo de instrumentos.

(7) : Corresponde al total de flujos de activos en UF de instrumentos letras hipotecarias incluidos en el test, menos los ajustes correspondientes al riesgo dedefault y de prepagos asignados en el mes a este tipo de instrumentos.

(8) : Corresponde al valor en UF de instrumentos acciones incluidos en el test sólo en el primer período.

(9) : Corresponde al valor en UF de cuotas de fondos mutuos incluidas en el test sólo en el primer período.

(10) : Corresponde al valor en UF de cuotas de fondos de inversión incluidas en el test sólo en el primer período.

(11) : Corresponde al total de flujos de activos en UF de instrumentos emitidos o garantizados por Estados o Bancos Centrales extranjeros incluidos en el test yasignados en el primer período, o bien asignados a flujos de diferentes períodos en el caso poseer cobertura con un instrumento derivado que genere flujosde pago conocidos y expresados en UF.

(12) : Corresponde al total de flujos de activos en UF de instrumentos de deuda correspondientes a emisores extranjeros incluidos en el test y asignados en elprimer período, o bien asignados a flujos de diferentes períodos en el caso poseer cobertura con un instrumento derivado que genere flujos de pagoconocidos y expresados en UF.

(13) : Corresponde al valor en UF de acciones emitidas por empresas extranjeras incluidas en el test sólo en el primer período.

(14) : Corresponde al valor en UF de cuotas de fondos emitidas por empresas extranjeras incluidas en el test sólo en el primer período.

(15) : Corresponde al valor en UF de los bienes raíces incluidos en el test y asignados en el primer período.

(16) : Corresponde al total de flujos de activos en UF de contratos de arriendo de bienes raíces incluidos en el test, menos los ajustes correspondientes al riesgode default y de prepagos asignados en el mes. Adicionalmente, debe considerarse el valor residual de los bienes raíces de acuerdo a lo establecido en laNCG 188 del 31.10.2005.

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(17) : Corresponde al total de flujos de activos en UF de contratos de leasing incluidos en el test, menos los ajustes correspondientes al riesgo de default y deprepagos asignados en el mes a este tipo de instrumentos.

(18) : Corresponde al total de flujos de activos en UF de otros instrumentos incluidos en el test, menos los ajustes correspondientes al riesgo de default y deprepagos asignados en el mes a este tipo de instrumentos.

(19) : Corresponde al total de flujos de activos en UF asignados en el mes, equivalente a la suma de las columnas (2) a la (18).

1 B) La misma tabla desplegada en el punto 1 A), con las mismas definiciones pero mostrando los flujos de los activos en UF por mes de análisis sin castigos deningún tipo.

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SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE16

.Tabla 2: Flujos de Pasivos netos de ajustes a considerar en Test de Suficiencia de Activos (T.S.A.)

1

2

3

::

M

Período (1) Pasivos Ret. (2) Gastos (3) Total ajuste DefaultReasegurador (4) Total Pasivos (5)

Donde:

(1) : Período = 1, 2, 3, …, M, y corresponde al número de meses incluidos en el análisis, siendo "1" elmes inicial del análisis y "M" el último mes respecto del cual la compañía posee obligaciones enUF por concepto de seguros de Rentas Vitalicias del D.L. N° 3.500 de 1980.

(2) : Corresponde al total en UF de flujos de pasivos retenidos asignados en el mes de acuerdo a loestablecido en la NCG 188 del 31.10.2005.

(3) : Corresponde al total de flujos de gastos operacionales en UF asignados en el mes, equivalente alnúmero esperado de pólizas vigentes en cada mes multiplicado por 1/6.

(4) : Corresponde al incremento en los flujos de pasivos cedidos a reaseguradores asignado en elmes por concepto de ajuste por riesgo de default de acuerdo a lo establecido en la NCG 188 del3.10.2005.

(5) : Corresponde al total de flujos de pasivos en UF asignados en el mes, equivalente a la suma delas columnas (2) a la (4).

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SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE17

TABLA 3: Suficiencia de Activos

Cada uno de los campos informados deberá tener la siguiente estructura:CAMPO DESCRIPCION PICTURE

MAXIMORUT“rutcia”

Número del Rol Único Tributario (R.U.T.)de la Compañía de Seguros que informa

9(9)

DV“dvcia”

Dígito verificador del R.U.T. de laCompañía de Seguros que informa. Debeinformarse en letra mayúscula en casoque corresponda al dígito verificador “K”.

X(01)

PERIODO“periodo”

Fecha de cierre de la información.Debe expresarse en formato AAAA-MM.

X(07)

NUMERO_MES“mes”

Numero de Mes = 1, 2, 3, , t. ycorresponde al número de mesesincluidos en el análisis, siendo “1” el mesinicial del análisis y siendo “t” el mayorentre “T” y “M”. Debe ser un valor mayor acero.

9(4)

ACTIVOS AJUSTADOS<activos_ajustados>

Corresponde al total de flujos de activosen UF asignados en el mes después delos ajustes por riesgo de crédito y riesgode prepago. Debe ser un valor mayor oigual a cero.

9(11)V9(2)

PASIVOS AJUSTADOS<pasivos_ajustados>

Corresponde al total de flujos de pasivosen UF asignados en el mes después delos ajustes por gastos operacionales y pordefault del reasegurador. Debe ser unvalor mayor o igual que cero.

9(11)V9(2)

DIFERENCIA<diferencia>

Corresponde a la columna ActivosAjustados menos la columna PasivosAjustados para cada mes informado.Puede ser positivo, cero o negativo.

-9(11)V9(2)

ACUMULADO<acumulado>

Corresponde a la columna FlujosDisponibles menos la columna PasivosAjustados para cada mes informado.Puede ser un valor positivo, cero onegativo.

-9(11)V9(2)

FLUJOS DISPONIBLES<flujos_disponibles>

En el periodo “1” corresponde al valor dela columna Activos Ajustados. A partir delperiodo “2” corresponde al valor de lacolumna Activos Ajustados más el valorde la columna Acumulado del periodoanterior capitalizada un periodo a la tasade interés que sea aplicable, de acuerdoa lo definido en esta norma. En caso queel valor contenido en dicha celdacorresponda a un valor menor que cero,dicho valor ser igualmente capitalizado ala tasa de interés que sea aplicable, deacuerdo a lo definido en esta norma.Puede ser un valor positivo, cero onegativo.

-9(11)V9(2)

SUFICIENCIA/INSUFICIENCIA“suficiencia_insuficiencia”

Corresponde al valor presente de losflujos de Activos menos Pasivos(ACUMULADO), utilizando el vector detasas de descuento (VTD). Puede ser unvalor positivo, cero o negativo.

-9(11)V9(2)

TIR REINVERSION“tir_reinversión”

Corresponde a la tasa de interés realanual que permite que el valor presentede los flujos de la columna DIFERENCIAsea igual a cero. Puede ser un valorpositivo o negativo.

-9(01)V9(04)

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SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE18

Consideraciones especiales:

Los tag que delimitan la información se informan anidados de acuerdo al nivel que corresponda agrupar. El primertag del archivo debe ser <Suficiencia_Activos_Tsa> con los atributos: “rutcia”, “dvcia” y “periodo” luego se informa eltag <analisis> con los atributos “suficiencia_insuficiencia” y “tir_reinversion”, por último para cada análisis se crearáel tag <meses> existirán tantos tag <meses>, como meses restantes hasta el último flujo de activos o flujo depasivos informado por la compañía, correspondiente al análisis. Cada tag debe llevar el inicio y fin de tag, que semarca con un slash (/). De esta forma, esquemáticamente se tiene:

<Suficiencia_Activos_Tsa rutcia="……." dvcia="…." periodo="….."><analisis suficiencia_insuficiencia="…" tir_reinversion="…..">

<meses mes="…." ><activos_ajustados> … </activos_ajustados><pasivos_ajustados> … </pasivos_ajustados><diferencia> … </diferencia><acumulado>… </acumulado><flujos_disponibles>… </flujos_disponibles>

</meses></analisis>

</Suficiencia_Activos_Tsa >

Los campos que se informan en el mismo nivel que un tag, como es el caso de rutcia, dvcia, periodo, mes,suficiencia_insuficiencia y tir_reinversion corresponden a atributos de cada tag y deben informarse entre comillasdobles (“); en cambio, para los campos que se informan entre 2 tag, sólo se debe indicar su valor, independiente desi es numérico, carácter o fecha.

EjemploA continuación, se presenta un ejemplo con datos ficticios, de la estructura que podría tener el archivo:

<?xml version="1.0" encoding="iso-8859-1"?><Suficiencia_Activos_Tsa rutcia="98765432" dvcia="1" periodo="2008-06">

<analisis suficiencia_insuficiencia="78522" tir_reinversion="1.12"><meses mes="1" >

<activos_ajustados>2567562.11</activos_ajustados><pasivos_ajustados>1257512.34</pasivos_ajustados><diferencia>3672.12</diferencia><acumulado>12576723.34</acumulado><flujos_disponibles>1236731.34</flujos_disponibles>

</meses><meses mes="2" >

<activos_ajustados>225672.11</activos_ajustados><pasivos_ajustados>12656712.34</pasivos_ajustados><diferencia>31256752.12</diferencia><acumulado>123678673.34</acumulado><flujos_disponibles>12675231.34</flujos_disponibles>

</meses><meses mes="3" >

<activos_ajustados>324234.11</activos_ajustados><pasivos_ajustados>127752.34</pasivos_ajustados><diferencia>4562.12</diferencia><acumulado>127678.34</acumulado><flujos_disponibles>156731.34</flujos_disponibles>

</meses></analisis>

</Suficiencia_Activos_Tsa >”

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SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE19

TABLA 4: Determinación del monto de Activos a incluir en Test de Suficiencia de Activos (T.S.A.) alperiodo…

Cada uno de los campos informados deberá tener la siguiente estructura:

CAMPO DESCRIPCION PICTUREMAXIMO

RUT“rutcia”

Número del Rol Único Tributario (R.U.T.) dela Compañía de Seguros que informa

9(9)

DV“dvcia”

Dígito verificador del R.U.T. de laCompañía de Seguros que informa. Debeinformarse en letra mayúscula en caso quecorresponda al dígito verificador “K”.

X(01)

PERIODO“periodo”

Fecha de cierre de la información.Debe expresarse en formato AAAA-MM.

X(07)

RT TSA<rt_TSA>

Corresponde al total de las reservastécnicas en UF determinadas utilizando losflujos incorporados al cálculo del TSA.Debe ser un valor mayor que cero.

9(11)V9(2)

PATRIMONIO NETO<patrimonio_neto>

Corresponde al patrimonio neto de lacompañía en UF según lo define la CircularN° 1570 de 22.11.2001. Debe ser un valormayor que cero.

9(11)V9(2)

RT EEFF<rt_eeff>

Corresponde al monto de las reservastécnicas en UF del Estado Financieroutilizado para la proporcionalidad delpatrimonio neto en el cálculo del TSA.Debe ser un valor mayor que cero.

9(11)V9(2)

RESERVA VALOR DEL FONDO<reserva_valor_del_fondo>

Corresponde al monto de la reserva valordel fondo en UF de la compañía. Debe serun valor mayor o igual a cero.

9(11)V9(2)

TOTAL ACTIVOS TSA<total_activos_TSA>

Corresponde al monto total de activos enUF que ingresan al TSA. Debe ser un valormayor que cero.

9(11)V9(2)

Consideraciones especiales:

Los tag que delimitan la información se informan anidados de acuerdo al nivel que corresponda agrupar. El primertag del archivo debe ser Tsa_mto_activo_a_incluir, luego se informa el tag “montos”, el cual se informa como úniconodo. Cada tag debe llevar el inicio y fin de tag, que se marca con un slash (/). De esta forma, esquemáticamente setiene:

< Tsa_mto_activo_a_incluir rutcia="……." dvcia="…." periodo="….."><montos>

<rt_TSA> … </rt_TSA><patrimonio_neto> … </patrimonio_neto><rt_eeff> … </rt_eeff><reserva_valor_del_fondo> … </reserva_valor_del_fondo><total_activos_TSA> … </total_activos_TSA>

</montos></Tsa_mto_activo_a_incluir>

Los campos que se informan en el mismo nivel que un tag, como es el caso de rutcia, dvcia y periodo debeninformarse entre comillas dobles (“); en cambio, para los campos que se informan entre 2 tag, sólo se debe indicarsu valor, independiente de si es numérico, carácter o fecha.

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SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE20

EjemploA continuación, se presenta un ejemplo con datos ficticios, de la estructura que podría tener el archivo:

<?xml version="1.0" encoding="iso-8859-1"?>< Tsa_mto_activo_a_incluir rutcia="98765432" dvcia="1" periodo="2008-06">

<montos><rt_TSA>213123.13</rt_TSA><patrimonio_neto>1233453.12</patrimonio_neto><rt_eeff>1233453.45</rt_eeff><reserva_valor_del_fondo>1323452.65</reserva_valor_del_fondo><total_activos_TSA>313453.98</total_activos_TSA>

</montos></Tsa_mto_activo_a_incluir>

Nota relativa al envío a través del SEIL de las tablas 3 y 4 arriba mencionadas:

El prevalidador en SEIL estará compuesto de 2 esquemas XSD de validación de los archivos XML con la informacióndel TSA, que se describe en las tablas 3 y 4 de este Anexo, y sus nombres son:

1) Esquema XSD para validación archivo XML de Suficiencia de Activos, para la tabla N°3.

2) Esquema XSD para validación archivo XML de Determinación del monto de Activos a incluir en Test deSuficiencia de Activos (T.S.A.) al periodo…, para la tabla N° 4.

Tabla 5: Flujos de Instrumentos incluidos en el Test según Clasificación de Riesgo y Ajustes por Riesgo de Default General

1

2

3

::

T

1

2

3

::

T

Período (1)

BU (6) MH (10) Total(14)Período (1)

DPC (7) DPL (8) LH (9)BB (3) BE (4)

AAA y N-1 (2)

BSec (5)

Otros Nac yExt(13)BB (3) BE (4) Extranj

Deuda(12)Estado (11)

Estado (11) ExtranjDeuda(12)

Otros Nac yExt(13)

(15)

Total(14)

E y sin Clasificación(16)Ajuste (18)Total sin ajustes

(17)BU (6) DPC (7) DPL (8) LH (9) MH (10)BSec (5)

(1) : = 1, 2, 3, …, T, y corresponde al número de meses incluidos en el análisis, siendo "1" el mes inicial delanálisis y "T" el último mes respecto del cual la compañía posee un vencimiento conocido en UF parainstrumentos incluidos en el test.

(2) : Corresponden a los flujos mensuales en UF de instrumentos cuya clasificación de riesgo sea AAA o bienN-1. Para el caso de instrumentos emitidos en el extranjero, corresponde a la clasificación homologada deacuerdo a lo dispuesto en Anexo 2, número 1), letra a), i) de esta Norma

(3) : Corresponden a los flujos mensuales en UF de bonos bancarios.

(4) : Corresponden a los flujos mensuales en UF de bonos de empresas distintos de bonos securitizados.

(5) : Corresponden a los flujos mensuales en UF de bonos securitizados.

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SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE21

(6) : Corresponden a los flujos mensuales en UF de bonos subordinados.

(7) : Corresponden a los flujos mensuales en UF de depósitos y pagarés bancarios a plazo fijo menor o igual aun año.

(8) : Corresponden a los flujos mensuales en UF de depósitos y pagarés bancarios a plazo fijo mayor a un año.

(9) : Corresponden a los flujos mensuales en UF de letras hipotecarias.

(10) : Corresponden a los flujos mensuales en UF de mutuos hipotecarios. Sólo se incluyen los instrumentosposeen clasificación de riesgo de acuerdo a lo establecido en el Anexo 2, número 1), letra a), ii) de estaNorma.

(11) : Corresponden a los flujos mensuales en UF de instrumentos de la letra a) del N°1 del artículo 21 del DFLN°251 de 1931.

(12) : Corresponden a los flujos mensuales en UF de instrumentos de deuda emitidos en el extranjero.

(13) : Corresponden a los flujos mensuales en UF de instrumentos emitidos en el extranjero y dentro de Chileque no se pueden asignar a ninguna de las anteriores categorías de instrumentos detalladas en los puntos3 al 12 anteriores.

(14) : Corresponde al total de flujos en UF asignados en el mes, sin hacer los ajustes por riesgo de defaultestablecidos en el Anexo 2 de esta Norma. Esto es, para cada mes de análisis deberá indicarse la suma delos flujos correspondientes a cada uno de los activos para la clasificación de riesgo.

(15) Nota : El mismo análisis se deberá realizar por tipo de instrumento y mes, asociado a las distintasclasificaciones de riesgo de acuerdo a lo establecido en el Anexo 2, número 1), letra a), ii) de esta Norma.

(16) : Corresponden a los flujos mensuales en UF de bonos, efectos de comercio y otros instrumentos sinclasificación de riesgo o con clasificación E.

(17) : Corresponde al total de flujos en UF asignados en el mes, sin hacer los ajustes por riesgo de defaultestablecidos en el Anexo 2 de esta Norma. Esto es, para cada mes de análisis deberá indicarse la suma delos flujos correspondientes a cada uno de los activos para todas las clasificaciones de riesgo.

(18) : Corresponde al total del ajuste en UF aplicado en el mes por riesgo de default, de acuerdo a lo establecidoen el Anexo 2 de esta Norma. Esto es, para cada mes de análisis, deberá indicarse la suma de los ajustescorrespondientes a cada uno de los activos para todas las clasificaciones de riesgo.

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SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE22

ANEXO N°5

Esta Superintendencia ha resuelto impartir las siguientes instrucciones relativas a la forma y contenido de lainformación que las entidades aseguradoras y reaseguradoras deben enviar a este Servicio, sobre la medición delTest de Suficiencia de Activos, con el objeto de reproducir el cálculo de la tasa de reinversión y de la reserva desuficiencia o insuficiencia, de acuerdo a lo establecido en el presente Anexo.

La información deberá ser enviada a través del módulo SEIL bajo el encabezado “Test de Suficiencia de Activos”, delsitio WEB de esta Superintendencia, según las instrucciones establecidas para tales efectos en la Norma deCarácter General Nº117 de fecha 20 de abril de 2001, o la que la modifique o reemplace.

La información deberá enviares a más tardar a las 24:00 horas del día de vencimiento de su presentación. LaSuperintendencia sólo aceptará archivos que estén sin errores. Para facilitar lo anterior, 30 días antes de la puestaen vigencia de la información solicitada en este Anexo, este Servicio instalará en el módulo SEIL un prevalidador deuso obligatorio, éste permitirá a las Compañías validar la información antes de su envío. Por lo tanto, las Compañíasdeberán prevalidar los archivos y una vez que éstos no contengan errores podrán ser enviados a laSuperintendencia de Valores y Seguros.

Si el envío es aceptado, la compañía recibirá un mensaje por pantalla y un correo electrónico firmado certificando surecepción.

El prevalidador estará compuesto de 3 esquemas XSD de validación de los archivos XML con la información delTSA, que se describe en este Anexo, y sus nombres son:

1) Esquema XSD para validación archivo XML de Activos incluidos en Test de Suficiencia de Activos.

2) Esquema XSD para validación archivo XML de Flujos de Activos incluidos en Test de Suficiencia de Activos.

3) Esquema XSD para validación archivo XML de Flujos de Pasivos incluidos en Test de Suficiencia deActivos.

A) Archivo Tipo 1: Archivo de activos incluidos en el test que se encuentren informados en el archivoB.1 de la Circular 1.835.

Cada uno de los campos informados deberá tener la siguiente estructura:

CAMPO DESCRIPCION PICTUREMAXIMO

RUT“rutcia”

Número del Rol Único Tributario (R.U.T.)de la Compañía de Seguros que informa

9(09)

DV“dvcia”

Dígito verificador del R.U.T. de laCompañía de Seguros que informa. Debeinformarse en letra mayúscula en casoque corresponda al dígito verificador “K”.

X(01)

PERIODO“periodo”

Fecha de cierre de la información.Debe expresarse en formato AAAA-MM.

X(07)

CODIGO_OPERACION“codope”

Código que identifica la operación. X(03)

FOLIO“folioope”

Corresponde al número de papeleta de lamesa de dinero, de la compañía donde seregistra la compra del instrumento.

9(10)

ITEM“itemope”

Secuencia del instrumento dentro del foliode la operación.

9(03)

IDENTIFICACION_PREPAGO<idprepago>

Corresponde al tipo de prepago que se leaplica a cada folio e ítem del instrumentode acuerdo a la letra b) de Prepago delAnexo N°2 de la NCG N°209 (letra A, B,C, D o E).

En el caso de no ser afectado porprepago se informara en blanco.

X(01)

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SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE23

TASA_PREPAGO_PROMEDIO<tasprepag>

Solo para instrumentos que se les apliquela letra D o E de la letra b) de prepago delAnexo N°2 de la NCG N°209 (CampoIDENTIFICACION_PREPAGOcorresponde a “D” o “E”).Para los instrumentos del tipo “D” deberáinformarse la tasa de prepago promedioen los activos subyacentes o 10% para elcaso de no estar disponible.Para los instrumentos del tipo “E” deberáinformarse la tasa de prepago real anualque la compañía esté aplicando a losinstrumentos.

Para el resto de los instrumentos (CampoIDENTIFICACION_PREPAGO distinta a“D” o “E”) se informará en 0.

9(03)V9(04)

TIPO_INCORPORACION<tipincorpora>

Corresponde a informar la forma en lacual el activo se asigno al test:

‘F’: si fue incluido como flujos

‘V’: si fue incluido su valor contable omercado, según corresponda, en el mes1.

X(01)

Consideraciones especiales:

Los tag que delimitan la información se informan anidados de acuerdo al nivel que corresponda agrupar. El primertag del archivo debe ser Activos_Incluidos_B1 luego se informa el tag “omd” existirán tantos tag “omd”, como tengala compañía. Luego se informa el tag “ítems”, existirán tantos tag “ítems”, como tenga la compañía. Cada tag debellevar el inicio y fin de tag, que se marca con un slash (/). De esta forma, esquemáticamente se tiene:

<Activos_Incluidos_B1 rutcia="……." dvcia="…." periodo="….."><omd codope="…." folioope="…">

<items itemope="…"><idprepago>….</idprepago><tasprepag>…..</tasprepag><tipincorpora>…..</tipincorpora>

</items></omd>

</Activos_Incluidos_B1>

Los campos que se informan en el mismo nivel que un tag, como es el caso de rutcia, dvcia, periodo, codope,folioope y itemope corresponden a atributos de cada tag y deben informarse entre comillas dobles (“); en cambio,para los campos que se informan entre 2 tag, sólo se debe indicar su valor, independiente de si es numérico,carácter o fecha.

Ejemplo:A continuación, se presenta un ejemplo con datos ficticios, de la estructura que podría tener el archivo:

<?xml version="1.0" encoding="iso-8859-1"?><Activos_Incluidos_B1 rutcia="98765432" dvcia="1" periodo="2008-06">

<omd codope="CDT" folioope="10489447"><items itemope="1">

<idprepago>A</idprepago><tasprepag>0</tasprepag><tipincorpora>F</tipincorpora>

</items><items itemope="2">

<idprepago>A</idprepago><tasprepag>0</tasprepag>

<tipincorpora>F</tipincorpora>

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SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE24

</items></omd>

<omd codope="CDT" folioope="79194908"><items itemope="1">

<idprepago>A</idprepago><tasprepag>0</tasprepag><tipincorpora>F</tipincorpora>

</items></omd>

</Activos_Incluidos_B1>

B) Archivo Tipo 2: Archivo de flujos de activos incluidos en el test.

Cada uno de los campos informados deberá tener la siguiente estructura:

CAMPO DESCRIPCION PICTUREMAXIMO

RUT“rutcia”

Número del Rol Único Tributario (R.U.T.) de laCompañía de Seguros que informa

9(9)

DV“dvcia”

Dígito verificador del R.U.T. de la Compañíade Seguros que informa. Debe informarse enletra mayúscula en caso que corresponda aldígito verificador “K”.

X(01)

PERIODO“periodo”

Fecha de cierre de la información.Debe expresarse en formato AAAA-MM.

X(07)

CODIGO_GRUPO“agrupa”

Código según definición de agrupaciones parainformar flujos incluidos en el test (*)

X(20)

CLASIF_RIESGO<clasifriesgo>

Corresponde a la clasificación de riesgoasignada al activo o a la contraparte en elcaso de operaciones de cobertura.

X(10)

TIPO_INCORPORACION<tipincorpora>

Corresponde informar la forma en la cual elactivo se asigno al test:

‘F’: si fue incluido como flujos

‘V’: si fue incluido su valor contable omercado, según corresponda, en el mes 1.

X(1)

NUMERO_MES“mes”

1, 2, 3, …,T. y corresponde al número demeses incluidos en el análisis, expresados de1 a T. siendo “1” el mes inicial del análisis y“T” el último mes respecto del cual lacompañía posee un vencimiento conocido enUF para instrumentos incluidos en el test.(Misma definición punto (1) pagina 30 de laNCG 209)

9(4)

FLUJO_ORIGINAL<fujoorig>

Sumatoria de los flujos originales antes decastigo, que están asignados en el MES,correspondiente a los títulos agrupados segúnel código grupo.

Debe estar expresado en UF

9(13)V9(4)

MONTO_AJUSTE_DEFAULT<ajusdefault>

Sumatoria de los montos correspondientes alos ajustes por Default, que están asignadosen el MES, correspondiente a los títulosagrupados según el código grupo.

Debe estar expresado en UF

9(13)V9(4)

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SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE25

MONTO_AJUSTE_PREPAGO<ajusprepago>

Sumatoria de los montos correspondientes alos ajustes por Prepago, que están asignadosen el MES, correspondiente a los títulosagrupados según el código grupo.

Debe estar expresado en UF

9(13)V9(4)

FLUJO_AJUSTADO<flujojust>

Sumatoria de los flujos originales menos losajustes por default y prepago, que estánasignados en el TRAMO, a los títulosagrupados según el código grupo.

Debe estar expresado en UF

Observación: De existir prepago en el mesdebe sumarse al Flujo_Ajustado

9(13)V9(4)

(*) Definición de agrupaciones de activos para informar flujos incluidos en el test.

ESTADO: Flujos de instrumentos de la letra a) del Nº 1 del articulo 21 del DFL 251 de 1931.

BB: Flujos de instrumentos Bonos Bancarios.

BE: Flujos de instrumentos Bonos de Empresas distintos a los securitizados. Se excluyen lasNotas Estructuradas.

BU: Flujos de instrumentos Bonos Subordinados.

MH: Flujos de instrumentos mutuos hipotecarios endosables.

LH: Flujos de instrumentos letras hipotecarias.

ACCIONES: Valor de instrumentos acciones solo en el primer periodo.

CFM: Valor de cuotas de fondos mutuos solo en el primer periodo.

CFI: Valor de cuotas de fondos de inversión solo en el primer periodo.

EXTRANJ EST: Flujos de instrumentos emitidos o garantizados por Estados o Bancos Centralesextranjeros, asignados en el primer periodo.

EXTRANJ DEUDA: Flujos de instrumentos de deuda correspondientes a emisores extranjeros, que no tengancobertura, asignados en el primer periodo. Se excluyen las Notas Estructuradas.

EXTRANJ ACCIONES: Valor en de acciones emitidas por empresas extranjeras incluidas en el test solo el primerperiodo.

EXTRANJ FONDO: Valor de cuotas de fondos emitidas por empresas extranjeras.

BRAIZ: Valor de bienes raíces asignados en el primer periodo.

ARRIENDO: Flujos de contratos de arriendo de bienes raíces.

CLEAS: Flujos de contratos de Leasing.

BS: Flujos de Bonos Securitizados.

DPC: Flujos de depósitos y pagares bancarios a plazo fijo menor o igual a un año.

DPL: Flujos de depósitos y pagares bancarios a plazo fijo mayor a un año.

COBERTURA: Flujos en UF de instrumentos de deuda en moneda extranjera cubiertos mediante uninstrumento derivado. Se excluyen las Notas Estructuradas.

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SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE26

DERIVADOS: Valor de instrumentos derivados financieros asignados en el primer periodo.

NEERF: Flujos de Notas Estructuradas expresados en UF.

PRESTAMOS: Flujos de Prestamos otorgados por las compañías.

OTROS: Flujos de otros instrumentos incluidos en el test que no hallan sido clasificados enninguno de los grupos definidos.

Consideraciones especiales:

Los tag que delimitan la información se informan anidados de acuerdo al nivel que corresponda agrupar. El primertag del archivo debe ser <Flujos_Activos_Tsa> con los atributos: “rutcia”, “dvcia” y “periodo” luego se informa el tag<agrupacion> con los atributos “agrupa”, “clasifriesgo” y tipincopora”, por ultimo para cada agrupación se creara eltag <meses> existirán tantos tag <meses>, como meses restantes hasta el ultimo flujo de activo informado por lacompañía, correspondiente a la agrupación. Cada tag debe llevar el inicio y fin de tag, que se marca con un slash (/).De esta forma, esquemáticamente se tiene:

<Flujos_Activos_Tsa rutcia="……." dvcia="…." periodo="….."><agrupacion agrupa="…" clasifriesgo=”…” tipincorpora=”…” >

<meses mes="…." ><fujoorig> … </fujoorig><ajusdefault> … </ajusdefault><ajusprepago> … </ajusprepago><flujojust>… </flujojust>

</meses></ agrupacion>

</Flujos_Activos_Tsa>

Los campos que se informan en el mismo nivel que un tag, como es el caso de rutcia, dvcia, periodo, mes, agrupa,clasifriesgo y tipincopora corresponden a atributos de cada tag y deben informarse entre comillas dobles (“); encambio, para los campos que se informan entre 2 tag, sólo se debe indicar su valor, independiente de si esnumérico, carácter o fecha.

EjemploA continuación, se presenta un ejemplo con datos ficticios, de la estructura que podría tener el archivo:

<?xml version="1.0" encoding="iso-8859-1"?><Flujos_Activos_Tsa rutcia="96000000" dvcia="9" periodo="2008-06">

<agrupacion agrupa="BB" clasifriesgo="AA+" tipincorpora="F"><meses mes="1">

<fujoorig>4133.1986</fujoorig><ajusdefault>0</ajusdefault><ajusprepago>0</ajusprepago><flujojust>4133.1986</flujojust>

</meses><meses mes="2">

<fujoorig>22511.6459</fujoorig><ajusdefault>0</ajusdefault><ajusprepago>0</ajusprepago><flujojust>22511.6459</flujojust>

</meses><meses mes="4">

<fujoorig>2102.9</fujoorig><ajusdefault>0</ajusdefault><ajusprepago>0</ajusprepago><flujojust>2102.9</flujojust>

</meses></agrupacion><agrupacion agrupa="BE" clasifriesgo="A" tipincorpora="F">

<meses mes="1"><fujoorig>1355.7815</fujoorig><ajusdefault>0</ajusdefault>

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NORMA DE CARÁCTER GENERAL N° 209FECHA : 24.12.2007

SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE27

<ajusprepago>0</ajusprepago><flujojust>1355.7815</flujojust>

</meses><meses mes="3">

<fujoorig>1092.372</fujoorig><ajusdefault>0</ajusdefault><ajusprepago>0</ajusprepago><flujojust>1092.372</flujojust>

</meses><meses mes="4">

<fujoorig>9419.5273</fujoorig><ajusdefault>0</ajusdefault><ajusprepago>0</ajusprepago><flujojust>9419.5273</flujojust>

</meses></agrupacion>

</Flujos_Activos_Tsa>

C) Archivo de flujos de pasivos incluidos en el test.

Cada uno de los campos informados deberá tener la siguiente estructura:

CAMPO DESCRIPCION PICTUREMAXIMO

RUT“rutcia”

Número del Rol Único Tributario (R.U.T.) dela Compañía de Seguros que informa

9(9)

DV“dvcia”

Dígito verificador del R.U.T. de la Compañíade Seguros que informa. Debe informarse enletra mayúscula en caso que corresponda aldígito verificador “K”.

X(01)

PERIODO“periodo”

Fecha de cierre de la información.Debe expresarse en formato AAAA-MM.

X(07)

NUMERO_MES“mes”

Numero de Mes = 1, 2, 3, …,M. ycorresponde al número de meses incluidosen el análisis, siendo “1” el mes inicial delanálisis y “M” el último mes respecto del cualla compañía posee obligaciones en UF porconcepto de seguros de Rentas Vitalicias delD.L.Nº 3.500 de 1980.

9(4)

PASIVOS_RET<pasivosret>

Corresponde al total en UF de flujos depasivos retenidos asignados en el mes deacuerdo a los establecido en la NCG209

9(13)V9(4)

GASTOS<gastos>

Corresponde a total de flujos de gastosoperacionales en UF asignados en el mes,equivalente al número esperado de pólizasvigentes en cada mes multiplicado por 1/6.

9(13)V9(4)

TOTAL_AJUSTE_DEFAULT_REA<ajuste>

Corresponde al incremento en los flujos depasivos cedidos a reaseguradores asignadoen el mes por concepto de ajuste por riesgode default de acuerdo a lo establecido en laNCG 209

9(13)V9(4)

TOTAL_PASIVOS<pasivos>

Corresponde al total de flujos de pasivosasignados en el mes de acuerdo a la sumade:PASIVOS_RET +GASTOS +TOTAL_AJUSTE_DEFAULT_REA

9(13)V9(4)

Page 28: NORMA DE CARÁCTER GENERAL N° 209 …...... En el caso de mutuos o préstamos señalados en la letra f) del N 1 del artículo 21 del DFL N 251, sus flujos podrán ser considerados

NORMA DE CARÁCTER GENERAL N° 209FECHA : 24.12.2007

SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE28

Consideraciones especiales:

Los tag que delimitan la información se informan anidados de acuerdo al nivel que corresponda agrupar. El primertag del archivo debe ser Flujos_Pasivos_Tsa luego se informa el tag “meses” y existirán tantos tag “meses”, comomeses restantes hasta el ultimo flujo de pasivos informado por la compañía. Cada tag debe llevar el inicio y fin detag, que se marca con un slash (/). De esta forma, esquemçaticamente se tiene:

<Flujos_Pasivos_Tsa rutcia="……." dvcia="…." periodo="….."><meses mes="…." >

<pasivosret> … </pasivosret><gastos > … </gastos ><ajuste > … </ajuste ><pasivos >… </pasivos >

</meses></Flujos_Pasivos_Tsa >

Los campos que se informan en el mismo nivel que un tag, como es el caso de rutcia, dvcia, periodo y mescorresponden a atributos de cada tag y deben informarse entre comillas dobles (“); en cambio, para los campos quese informan entre 2 tag, sólo se debe indicar su valor, independiente de si es numérico, carácter o fecha.

EjemploA continuación, se presenta un ejemplo con datos ficticios, de la estructura que podría tener el archivo:

<?xml version="1.0" encoding="iso-8859-1"?><Flujos_Pasivos_Tsa rutcia="98765432" dvcia="1" periodo="2008-06">

<meses mes="1"><pasivosret>115229</pasivosret><gastos>2619</gastos><ajuste>0</ajuste><pasivos>117848</pasivos>

</meses><meses mes="2">

<pasivosret>115797</pasivosret><gastos>2632</gastos><ajuste>0</ajuste><pasivos>118429</pasivos>

</meses><meses mes="3">

<pasivosret>115993</pasivosret><gastos>2637</gastos><ajuste>0</ajuste><pasivos>118630</pasivos>

</meses><meses mes="4">

<pasivosret>116127</pasivosret><gastos>2640</gastos><ajuste>0</ajuste><pasivos>118767</pasivos>

</meses><meses mes="5">

<pasivosret>116325</pasivosret><gastos>2644</gastos><ajuste>0</ajuste><pasivos>118969</pasivos>

</meses></Flujos_Pasivos_Tsa>