nº 4787 - río negro province · 2012. 7. 12. · provincia de río negro. artículo 8°.-...

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Viedma, 21 de Diciembre de 2009 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136 SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION Dirección de Boletín Oficial Tel. (02920) 422862 - 423512 Fax 02920-430404 Laprida 212 - 8500 Viedma (Sumario en Pág. 28) Precio Ejemplar del día: $ 2,00 PUBLICACION BISEMANAL AÑO LI EDICION DE 28 PAGINAS Nº 4787 LEYES —– LEY Nº 4464 La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de L E Y : Artículo 1°.- Incentivo. Créase en el ámbito de la Secretaría de Trabajo, dependiente del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Río Negro, el “Incentivo a la Mayor Productividad”. Artículo 2°.- Objeto. El Incentivo creado en el artículo 1° de la presente, será de carácter no remunerativo y no bonificable y tendrá como objetivo estimular al personal del organismo, a fin de optimizar la actividad específica del mismo. Artículo 3°.- Recursos. Los recursos destinados a solventar el Incentivo creado en el artículo 1° de la presente, se integrarán con el sesenta por ciento (60%) de los ingresos provenientes de las tasas retributivas determinadas anualmente y de los montos de las multas recaudadas, conforme lo previsto en los artículos 7° y 19 a 25 de la ley K n° 3803. Artículo 4°.- Fondo específico. Los recursos previstos en el artículo 3° serán depositados en una cuenta habilitada por la Secretaría de Trabajo a sus efectos y conformarán un fondo específico que se denominará “Incentivo a la Mayor Productividad”. Artículo 5°.- Reglamentación. La reglamentación determinará las pautas para la percepción del Incentivo, debiendo tener en cuenta el nivel de productividad, las metas y las condiciones que deberán cumplir los beneficiarios. Asimismo, deberá determinar el porcentaje y la forma de distribución de los fondos recaudados. Artículo 6°.- Adecuación presupuestaria. El Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos deberá realizar las adecuaciones presupuestarias que considere necesarias para dar cumplimiento a la presente. Artículo 7°.- Autoridad de aplicación. La autoridad de aplicación de la presente será la Secretaría de Trabajo, dependiente del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Río Negro. Artículo 8°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese. Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a los veintiséis días del mes de noviembre del año dos mil nueve. Ing. Bautista J. Mendióroz, Presidente Legislatura.- Ing. Víctor Hugo Medina, Secretario Legislativo. ––– Viedma, 11 de diciembre de 2009.- Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín Oficial y archívese. Dr. Miguel Ángel Saiz, Gobernador.- Cdor. Pablo Federico Verani, Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos.- Esc. Diego Rodolfo Larreguy, Ministro de Gobierno.- DECRETO Nº 1021 Registrada bajo el Número de Ley cuatro mil cuatrocientos sesenta y cuatro (4464).- Dra. Silvia Jáñez, Secretaria Legal, Técnica y de Asuntos Legislativos. —oOo— LEY Nº 4465 La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de L E Y : Artículo 1°.- Se modifica el artículo 1° de la ley J n° 4395, el que queda redactado de la siguiente mane- ra: “Artículo 1°.- Suspensión de cortes para trabajadores desocupados: Suspéndanse hasta el 30 de junio de 2010, los cortes de suministro domiciliario de los servicios públicos de gas natural y energía eléctrica, a aquellos usuarios cuya situación de de- sempleo o condición socioeconómica, impida el cumplimiento de sus obligaciones en térmi- no. Asimismo, quedan comprendidos en el presente artículo, todos los trabajadores estatales que prestan servicios en la administración pública provincial, administración centralizada, entidades autárquicas, empresas del Estado, sociedades del Estado y todo organismo provincial, cualquiera fuera su naturaleza jurídica, hasta cinco (5) días hábiles posteriores a la percepción de los haberes de la totalidad de los trabajadores estatales”. Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese. Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a los veintiséis días del mes de noviembre del año dos mil nueve. Ing. Bautista J. Mendióroz, Presidente Legisla- tura.- Ing. Víctor Hugo Medina, Secretario Legislati- vo. ––– Viedma, 11 de diciembre de 2009.- Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín Oficial y archívese. Dr. Miguel Ángel Saiz, Gobernador.- Cdor. Pablo Federico Verani, Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos.- DECRETO Nº 1022 Registrada bajo el número de Ley cuatro mil cuatrocientos sesenta y cinco (4465). Viedma, 11 de diciembre de 2009.- Dra. Silvia Jáñez, Secretaria Legal, Técnica y de Asuntos Legislativos. LEY Nº 4466 La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de L E Y : Artículo 1°.- Suspensión de cortes: Se suspenden en todo el territorio provincial los cortes de suministro domiciliario de los servicios públicos de gas natural a todos los usuarios a quienes se les aplique el aumento dispuesto por el decreto n° 2067/08 del Poder Ejecutivo Nacional, hasta tanto adquieran fuerza de sentencia firme las resoluciones de la Justicia en los amparos colectivos que se encuentran en trámite. Artículo 2°.- Acreditación: Los beneficiarios del artículo precedente deberán presentar la o las facturas emitidas por la empresa prestadora del servicio de gas de red y haber abonado el monto del consumo normal y habitual del período que corresponda, excluyendo el adicional por “cargo tarifario” del decreto n° 2067/08. Para el caso de ser necesario la empresa prestataria deberá efectuar la correspondiente refacturación. Artículo 3°.- El presente beneficio comprende únicamente los servicios de la vivienda única familiar. Artículo 4°.- Autoridad de aplicación: Será autoridad de aplicación la Dirección de Comercio Inte- rior del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos, quien resolverá en los casos en que el prestador negare el beneficio de esta ley a los usuarios, pudiendo imponer una multa a la empresa prestataria de doscientos pesos ($200) a dos mil pesos ($2000) diarios, hasta que se resuelva la situación generada por el prestatario. Artículo 5°.- Entrada en vigencia: La presente ley tiene autonomía normativa, por lo que su aplicación será inmediata a partir de su publicación en el Boletín Oficial. Artículo 6º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese. Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a los veintiséis días del mes de noviembre del año dos mil nueve. Ing. Bautista J. Mendióroz, Presidente Legislatura.- Ing. Víctor Hugo Medina, Secretario Legislativo. ––– Viedma, 11 de diciembre de 2009.- Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín Oficial y archívese. Dr. Miguel Ángel Saiz, Gobernador.- Esc. Diego Rodolfo Larreguy, Ministro de Gobierno.- Cdor. Pablo Federico Verani, Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos.- DECRETO Nº 1023 Registrada bajo el número de Ley cuatro mil cuatrocientos sesenta y seis (4466). Viedma, 11 de diciembre de 2009.- Dra. Silvia Jáñez, Secretaria Legal, Técnica y de Asuntos Legislativos.

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Page 1: Nº 4787 - Río Negro Province · 2012. 7. 12. · Provincia de Río Negro. Artículo 8°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese. Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura

Viedma, 21 de Diciembre de 2009

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136

SECRETARIA GENERALDE LA GOBERNACION

Dirección de Boletín OficialTel. (02920) 422862 - 423512 Fax 02920-430404

Laprida 212 - 8500 Viedma

(Sumario en Pág. 28)

Precio Ejemplar del día: $ 2,00 PUBLICACION BISEMANALAÑO LI EDICION DE 28 PAGINAS

Nº 4787

LEYES—–

LEY Nº 4464La Legislatura

de la Provincia de Río NegroSanciona con Fuerza de

L E Y :Artículo 1°.- Incentivo. Créase en el ámbito de la

Secretaría de Trabajo, dependiente del Ministerio deGobierno de la Provincia de Río Negro, el “Incentivo ala Mayor Productividad”.

Artículo 2°.- Objeto. El Incentivo creado en elartículo 1° de la presente, será de carácter noremunerativo y no bonificable y tendrá como objetivoestimular al personal del organismo, a fin de optimizarla actividad específica del mismo.

Artículo 3°.- Recursos. Los recursos destinados asolventar el Incentivo creado en el artículo 1° de lapresente, se integrarán con el sesenta por ciento (60%)de los ingresos provenientes de las tasas retributivasdeterminadas anualmente y de los montos de las multasrecaudadas, conforme lo previsto en los artículos 7° y19 a 25 de la ley K n° 3803.

Artículo 4°.- Fondo específico. Los recursosprevistos en el artículo 3° serán depositados en unacuenta habilitada por la Secretaría de Trabajo a susefectos y conformarán un fondo específico que sedenominará “Incentivo a la Mayor Productividad”.

Artículo 5°.- Reglamentación. La reglamentacióndeterminará las pautas para la percepción del Incentivo,debiendo tener en cuenta el nivel de productividad, lasmetas y las condiciones que deberán cumplir losbeneficiarios.

Asimismo, deberá determinar el porcentaje y laforma de distribución de los fondos recaudados.

Artículo 6°.- Adecuación presupuestaria. El Ministeriode Hacienda, Obras y Servicios Públicos deberá realizarlas adecuaciones presupuestarias que considerenecesarias para dar cumplimiento a la presente.

Artículo 7°.- Autoridad de aplicación. La autoridadde aplicación de la presente será la Secretaría deTrabajo, dependiente del Ministerio de Gobierno de laProvincia de Río Negro.

Artículo 8°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo yarchívese.

Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de laProvincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a losveintiséis días del mes de noviembre del año dos mil nueve.

Ing. Bautista J. Mendióroz, Presidente Legislatura.-Ing. Víctor Hugo Medina, Secretario Legislativo.

–––Viedma, 11 de diciembre de 2009.-Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín

Oficial y archívese.Dr. Miguel Ángel Saiz, Gobernador.- Cdor. Pablo

Federico Verani, Ministro de Hacienda, Obras yServicios Públicos.- Esc. Diego Rodolfo Larreguy,Ministro de Gobierno.-

DECRETO Nº 1021Registrada bajo el Número de Ley cuatro mil

cuatrocientos sesenta y cuatro (4464).-Dra. Silvia Jáñez, Secretaria Legal, Técnica y de

Asuntos Legislativos.—oOo—

LEY Nº 4465La Legislatura

de la Provincia de Río NegroSanciona con Fuerza de

L E Y :Artículo 1°.- Se modifica el artículo 1° de la ley J

n° 4395, el que queda redactado de la siguiente mane-ra:

“Artículo 1°.- Suspensión de cortes paratrabajadores desocupados: Suspéndansehasta el 30 de junio de 2010, los cortesde suministro domiciliario de los serviciospúblicos de gas natural y energía eléctrica,a aquellos usuarios cuya situación de de-sempleo o condición socioeconómica, impidael cumplimiento de sus obligaciones en térmi-no.

Asimismo, quedan comprendidos en elpresente artículo, todos los trabajadoresestatales que prestan servicios en laadministración públ ica provincial,administración central izada, entidadesautárquicas, empresas del Estado, sociedadesdel Estado y todo organismo provincial,cualquiera fuera su naturaleza jurídica, hastacinco (5) días hábiles posteriores a lapercepción de los haberes de la totalidad delos trabajadores estatales”.

Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo yarchívese.

Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de laProvincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a losveintiséis días del mes de noviembre del año dos milnueve.

Ing. Bautista J. Mendióroz, Presidente Legisla-tura.- Ing. Víctor Hugo Medina, Secretario Legislati-vo.

–––Viedma, 11 de diciembre de 2009.-Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín

Oficial y archívese.Dr. Miguel Ángel Saiz, Gobernador.- Cdor. Pablo

Federico Verani, Ministro de Hacienda, Obras yServicios Públicos.-

DECRETO Nº 1022Registrada bajo el número de Ley cuatro mil

cuatrocientos sesenta y cinco (4465).Viedma, 11 de diciembre de 2009.-Dra. Silvia Jáñez, Secretaria Legal, Técnica y de

Asuntos Legislativos.

LEY Nº 4466La Legislatura

de la Provincia de Río NegroSanciona con Fuerza de

L E Y :Artículo 1°.- Suspensión de cortes: Se suspenden

en todo el territorio provincial los cortes de suministrodomiciliario de los servicios públicos de gas natural atodos los usuarios a quienes se les aplique el aumentodispuesto por el decreto n° 2067/08 del Poder EjecutivoNacional, hasta tanto adquieran fuerza de sentenciafirme las resoluciones de la Justicia en los amparoscolectivos que se encuentran en trámite.

Artículo 2°.- Acreditación: Los beneficiarios delartículo precedente deberán presentar la o las facturasemitidas por la empresa prestadora del servicio de gasde red y haber abonado el monto del consumo normaly habitual del período que corresponda, excluyendo eladicional por “cargo tarifario” del decreto n° 2067/08.Para el caso de ser necesario la empresa prestatariadeberá efectuar la correspondiente refacturación.

Artículo 3°.- El presente beneficio comprendeúnicamente los servicios de la vivienda única familiar.

Artículo 4°.- Autoridad de aplicación: Seráautoridad de aplicación la Dirección de Comercio Inte-rior del Ministerio de Hacienda, Obras y ServiciosPúblicos, quien resolverá en los casos en que elprestador negare el beneficio de esta ley a los usuarios,pudiendo imponer una multa a la empresa prestatariade doscientos pesos ($200) a dos mil pesos ($2000)diarios, hasta que se resuelva la situación generadapor el prestatario.

Artículo 5°.- Entrada en vigencia: La presente leytiene autonomía normativa, por lo que su aplicaciónserá inmediata a partir de su publicación en el BoletínOficial.

Artículo 6º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo yarchívese.

Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de laProvincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a losveintiséis días del mes de noviembre del año dos milnueve.

Ing. Bautista J. Mendióroz, Presidente Legislatura.-Ing. Víctor Hugo Medina, Secretario Legislativo.

–––Viedma, 11 de diciembre de 2009.-Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín

Oficial y archívese.Dr. Miguel Ángel Saiz, Gobernador.- Esc. Diego

Rodolfo Larreguy, Ministro de Gobierno.- Cdor. PabloFederico Verani, Ministro de Hacienda, Obras yServicios Públicos.-

DECRETO Nº 1023Registrada bajo el número de Ley cuatro mil

cuatrocientos sesenta y seis (4466).Viedma, 11 de diciembre de 2009.-Dra. Silvia Jáñez, Secretaria Legal, Técnica y de

Asuntos Legislativos.

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2Viedma, 21 de Diciembre de 2009BOLETIN OFICIAL N° 4787

LEY Nº 4467La Legislatura

de la Provincia de Río NegroSanciona con Fuerza de

L E Y :Artículo 1°.- La Provincia de Río Negro adhiere en

todos sus términos a la ley nacional n° 26509 que creael Sistema Nacional para la Prevención y Mitigación deEmergencias y Desastres Agropecuarios, con elobjetivo de prevenir y/o mitigar daños causados porfactores climáticos, meteorológicos, telúricos,biológicos o físicos, que afecten significativamente laproducción y/o la capacidad de producciónagropecuaria, poniendo en riesgo de continuidad a lasexplotaciones familiares o empresariales, afectandodirecta o indirectamente a las comunidades rurales.

Artículo 2°.- Será autoridad de aplicación de la pre-sente ley, el Ministerio de Producción de la Provinciade Río Negro, facultando a su titular a dictar los actosadministrativos que resulten necesarios para laimplementación de la presente.

Artículo 3°.- El representante ante la ComisiónNacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios,creado por el artículo 3° de la ley nacional n° 26509,para la tramitación de las emergencias nacionales delos eventos previstos en el artículo 1° de la presenteley, será designado por el Ministerio de Producción dela Provincia de Río Negro.

Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo yarchívese.

Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de laProvincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a losveintiséis días del mes de noviembre del año dos milnueve.

Ing. Bautista J. Mendióroz, Presidente Legislatura.-Ing. Víctor Hugo Medina, Secretario Legislativo.

–––Viedma, 11 de diciembre de 2009.-Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín

Oficial y archívese.Dr. Miguel Ángel Saiz, Gobernador.- Agr. Juan

Manuel Accatino, Ministro de Producción.-

DECRETO Nº 1024Registrada bajo el número de Ley cuatro mil

cuatrocientos sesenta y siete (4467).Viedma, 11 de diciembre de 2009.-Dra. Silvia Jáñez, Secretaria Legal, Técnica y de

Asuntos Legislativos.—oOo—

LEY Nº 4468La Legislatura

de la Provincia de Río NegroSanciona con Fuerza de

L E Y :Artículo 1°.- Se modifica el artículo 15 de la ley I n°

1622, incorporando el inciso 12) que queda redactadode la siguiente manera:

“Artículo 15.- Están exentos del pago del impuesto,además de los sujetos u objetos previstos porleyes especiales, los que se detallan a continua-ción (......) 12) Los beneficiarios de las obrasejecutadas mediante el Programa deMejoramiento de Barrios (ProMeBa)”

Artículo 2º.- Se incorpora un nuevo artículo a la leyI n° 1622, a continuación del artículo 15, que quedaredactado de la siguiente manera:

“En los casos en que se trate de inmueblesafectados al Programa de Mejoramiento de Ba-rrios (ProMeBa), los responsables de laobligación de acreditar el pago del gravamen ter-ritorial para la registración, escrituración einscripción dominial correspondiente, quedanliberados de presentar dichos comprobantes”.

Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo yarchívese.

Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de laProvincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a losveintiséis días del mes de noviembre del año dos milnueve.

Ing. Bautista J. Mendióroz, Presidente Legislatura.-Ing. Víctor Hugo Medina, Secretario Legislativo.

–––Viedma, 11 de diciembre de 2009.-Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín

Oficial y archívese.Dr. Miguel Ángel Saiz, Gobernador.- Esc. Diego

Rodolfo Larreguy, Ministro de Gobierno.- Cdor. PabloFederico Verani, Ministro de Hacienda, Obras yServicios Públicos.-

DECRETO Nº 1030Registrada bajo el Número de Ley cuatro mil

cuatrocientos sesenta y ocho (4468).-Dra. Silvia Jáñez, Secretaria Legal, Técnica y de

Asuntos Legislativos.—oOo—

LEY Nº 4469La Legislatura

de la Provincia de Río NegroSanciona con Fuerza de

L E Y :Artículo 1°.- Se establece un Régimen de Comisión

Especial de Paritaria Salarial para el Sector Docente, enel marco de las atribuciones conferidas por el inciso k)del artículo 2° y el artículo 47 de la ley K n° 3803. Elobjeto de la presente, es el de prevenir eventualessituaciones de conflicto que paralicen las actividadeseducativas, garantizando las condiciones salariales parael normal desempeño de las actividades dentro del ciclolectivo.

Artículo 2°.- Este Régimen de Comisión Especialde Paritaria para el Sector Docente, no restringe laposibilidad de celebrarse otras paritarias salariales du-rante todo el transcurso del año, por parte de este sec-tor o incluso durante el mismo período en razón deproblemáticas que excedan la cuestión salarial yconforme a lo establecido por las leyes preexistentes.

Artículo 3°.- La autoridad de aplicación es laSecretaría de Estado de Trabajo, según las atribucionesque le confiere la ley K n° 3803. La misma convocará alas partes intervinientes, presidirá y homologará losacuerdos establecidos en las comisiones paritarias,velando por su cumplimiento.

Artículo 4°.- De las partes intervinientes.Intervienen en el Régimen de Comisión Especial deParitaria Salarial para el Sector Docente:

a) Consejo Provincial de Educación, como partegubernamental empleadora.

b) Como asociaciones profesionales detrabajadores: la Unión de Trabajadores de laEducación de Río Negro (UnTER).

Artículo 5°.- Del proceso y los plazos de la paritaria.La Secretaría de Estado de Trabajo convoca para el 20de octubre de cada año a las partes intervinientes, paraconformar una Comisión Paritaria, para comenzar lasdiscusiones salariales, disponiéndose de la celebraciónde tantas reuniones como fueran necesarias, a los finesde procurar un acuerdo superador de potencialesconflictos.

La asistencia de los integrantes a las reuniones dela Comisión Especial de Paritaria Salarial para el SectorDocente, tendrá carácter de carga pública, respetandoel principio de “buena fe” establecido por el artículo 8°de la ley nacional n° 23929.

Cumplido el plazo de cuarenta (40) días desde laprimera convocatoria, si hay acuerdo automáticamentese homologará y si no hay acuerdo se procede a solicitarel laudo arbitral del Ministerio de Trabajo de la Nación,adjuntando a la solicitud todas las pruebas ydocumentación presentadas por las partes.

Artículo 6°.- Los acuerdos homologados regirán apartir del 1° de enero del año entrante. El texto de losacuerdos surgidos de la Comisión Especial de Paritaria

Salarial para el Sector Docente será publicado por laSecretaría de Estado de Trabajo de la provincia, dentrode los diez (10) días de homologada. Vencido estetérmino, la publicación efectuada por cualquiera de laspartes será igualmente válida.

Artículo 7°.- Los puntos de los acuerdos surgidosde la Comisión Especial de Paritaria Salarial para el Sec-tor Docente serán de cumplimiento obligatorio y nopodrán ser modificados por los contratos individualesde trabajo, en perjuicio de los trabajadores. La aplicaciónde lo acordado en dicha paritaria no podrá afectar lascondiciones más favorables a los trabajadores,estipuladas en sus contratos individuales de trabajo.

Artículo 8°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo yarchívese.

Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de laProvincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a losveintiséis días del mes de noviembre del año dos milnueve.

Ing. Bautista J. Mendióroz, Presidente Legislatura.-Ing. Víctor Hugo Medina, Secretario Legislativo.

–––Viedma, 11 de diciembre de 2009.-Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín

Oficial y archívese.Dr. Miguel Ángel Saiz, Gobernador.- César Barbeito,

Ministro de Educación.- Esc. Diego Rodolfo Larreguy,Ministro de Gobierno.-

DECRETO Nº 1031Registrada bajo el Número de Ley cuatro mil

cuatrocientos sesenta y nueve (4469).-Dra. Silvia Jáñez, Secretaria Legal, Técnica y de

Asuntos Legislativos.—oOo—

DECRETO–—

DECRETO Nº 710Viedma, 09 de septiembre de 2009.-

Visto, el Expediente N° 11.931-DGTCyATI-07, delRegistro del Ministerio de Producción, y;

CONSIDERANDO:Que por dicho expediente se propicia la respuesta

en valor de extensas Zona de Regadío aun en poderdominial del Estado;

Que dicha acción consiste en proceder a adjudicarbajo el régimen de la Ley Q N° 279, a aquellosproductores que probadamente están produciendo yocupando a cualquier titulo, cumpliendo igualmentecon lo preceptuado en los Artículos 37° y 38° de lacitada normativa, sobre cualidades de los adjudicatariosde tierras fiscales haciendo caducar de hecho lasprimigenias adjudicaciones concúrsales cuando aqueltitular no se encontrare al frente de la producción;

Que resulta atendible resolver situaciones deverdaderos productores con una probada antigüedadque exponga un grado de reconversión fundiaria en elpredio, que justifiquen continuar el trámite de transfe-rencia del dominio;

Que la conformación de mayores unidadesproductivas en caso de predios linderos obraráfavorablemente;

Que esta vía permitirá concretar los respectivosplanes de Colonización, hoy retrasados por falta dedefinición jurídica sobre los verdaderos colonos-productores, a propiciar a partir de la presente norma;

Que la Ley Q N° 279, prevé la creación en pie deigualdad de los Servicios, de Tierras y de Colonización,siendo aplicables por igual los alcances del CapítuloPrimero de las calidades y capacidades para seradjudicatarios de tierras fiscales Artículo 37°;

Que el Servicio de Colonización, área gubernamentalperteneciente a la Subsecretaria de Tierras, Colonias yAsesoramiento Técnico Institucional debe abocarse ala administración del dominio no eminente del Estado,cual es el de las Colonias La Luisa, San Lorenzo, FortínUno, Cte. Cordero- Barda del Medio, Valle Verde queaun se mantengan en ese estado dominial;

Page 3: Nº 4787 - Río Negro Province · 2012. 7. 12. · Provincia de Río Negro. Artículo 8°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese. Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura

3Viedma, 21 de Diciembre de 2009 BOLETIN OFICIAL N° 4787

Que aquellas tierras que merezcan su desafectaciónserán incorporadas al Programa de Saneamiento ypuesta en Valor de las Colonias a fin de su pronta puestaen producción;

Que han tomado debida intervención losOrganismos de Control, Dirección General de AsuntosJurídicos del Ministerio de Producción y Fiscalía deEstado, a fojas 29 vuelta;

Que el presente Decreto se dicta en uso de lasfacultades conferidas por el Artículo 181° Inciso 1) dela Constitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroD E C R E T A:

Artículo 1°.- Autorizase a la Subsecretaría deTierras, Colonias y Asesoramiento TécnicoInstitucional a que transfiera aquellos predios que aúnpermanezcan bajo su administración, en áreas deColonizaciones consolidadas, a sus reales ocupantes,conforme los requerimientos por los Artículos 37° y38° de la Ley Q N° 279.-

Art. 2°.- La Subsecretaría de Tierras, Colonias yAsesoramiento Técnico Institucional deberáimplementar en un plazo no mayor de ciento ochenta(180) días desde el dictado del presente, un Programade saneamiento y puesta en valor de las tierras deldominio del Estado que son administradas por elServicio de Colonización, con el objeto de incorporartierras al sector productivo mediante afincamiento deinversiones de diverso índole.-

Art. 3°.- La Subsecretaría de Tierras, Colonias yAsesoramiento Técnico Institucional fijara los valoresde enajenación de conformidad con lasreglamentaciones vigentes en la materia, aplicables enrazón de la capacidad de uso y la ubicación geográfica.-

Art. 4°.- El presente Decreto será refrendado por elSr. Ministro de Producción.-

Art. 5°.- Regístrese, comuníquese, publíquese,tómese razón, dése al Boletín Oficial y archivese.-

SAIZ.- J. M. Accatino.—oOo—

DECRETOS SINTETIZADOS–—

DECRETO Nº 879.- 28-10-09.- Dando de baja porfallecimiento a partir del día 26 de Octubre de 2009,a la Señora Amanda Mercedes ISIDORI (L.C N°4.500.634), al cargo de Representante del GobiernoProvincial para la integración de la ComisiónAsesora del Proyecto Institucional, de laUniversidad Nacional de Río Negro, creada por LeyNacional N° 26.330.-

DECRETO Nº 880.- 28-10-09.- Asignar el Aporte delTesoro de la Nación, aprobado por la ResoluciónN° 1.138/2.009 del Ministerio del Interior de laNación, a la Secretaría General de la Gobernación,para su afectación a los gastos de la XXVIII Ediciónde los “Juegos Binacionales de la Araucania 2.009”.-

DECRETO Nº 987.- 30-11-09.- Aceptando a partir deldía 01 de Noviembre de 2.009, la renunciapresentada por el Ingeniero Químico GustavoMarcelo BEVACQUA (D.N.I. N° 18.445.101), alcargo de Director General de Industria, Comercio yServicios del Ministerio de Producción.-

DECRETO Nº 990.- 01-12-09.- Ratificando el Conveniocelebrado entre el Titular del Poder Ejecutivo y el Titu-lar de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, porel cual se establece la transferencia temporaria de laSeñora Maria Alejandra RODRIGUEZ (D.N.I. N°23.475.377), agente del Poder Legislativo al PoderEjecutivo - Secretaría General de la Gobernación, enun todo de acuerdo a lo establecido en el "Marco deAsignación Recíproca de Personal entre los PoderesEjecutivo y Legislativo", Decreto N° 105/98, a partirdel 07 de Septiembre de 2.009 y hasta el 06 deSeptiembre de 2.010. Notificar a la Aseguradora deRiesgo de Trabajo, la fecha en que dicha agente pasará

a prestar servicios en el lugar de destino, nopudiéndose modificar su situación, sin previacomunicación a dicho organismo.

DECRETO Nº 1008.- 10-12-09.- Transfiriendo a partirde la fecha del presente Decreto con sucorrespondiente cargo presupuestario, a la SeñoraHilda Cristina ENTRAIGAS (D.N.I. N° 10.044.837 -Legajo N° 751.751/3) Planta Permanente, Ley L N°1.844, Categoría 9, Agrupamiento Administrativo,con funciones en el Hospital Area Programa Ge-neral Conesa, Jurisdicción 44 - Programa: 14.00.00.01Consejo Provincial de Salud Pública dependientedel Ministerio de Salud, con destino a la Agenciade Extensión Rural en la Ciudad de Conesa,Programa: 27-00-00 Actividad: 01, dependiente delMinisterio de Producción. Notifíquese a laAseguradora de Riesgos de Trabajo (A.R.T) de latransferencia de la Señora Hilda CristinaENTRAIGAS (D.N.I. N° 10.044.837) al Instituto Pro-vincial del Seguro de Salud (I.Pro.S.S.). Expte. Nº80.112-S-07.-

DECRETO Nº 1009.- 10-12-09.- Incorporando a partirde la fecha del presente Decreto a la PlantaPermanente de la Administración Pública Provin-cial a la agente María Isabel VILLA - CUIL N° 27-16958952-1 - Legajo N° 39.304/5, en la Categoría 6 -Agrupamiento Servicios Generales de la Ley L N°1.844 de acuerdo a lo normado por la Ley L N° 3.966y su Decreto Reglamentario N° 1.640/05. Expte. Nº140.092-DGP-06.-

DECRETO Nº 1014.- 10-12-09.- Rectificando a partir dela firma del presente Decreto, el Primer Considerandoy el Artículo 1° del Decreto N° 173 de fecha 14 deabril de 2.009, los que quedarán redactados de lasiguiente manera:

"Que por el mismo se tramita la transferencia con elcorrespondiente cargo presupuestario del SeñorJosé Carlos MAURIZIO (DNI N° 20.807.600), per-sonal de Planta Permanente, Categoría 10,Agrupamiento Administrativo, con situación derevista en la Jurisdicción 19 - Programa 03 -Subprograma 00 - Proyecto 00 - Actividad 01 de laSecretaría de Desarrollo Institucional del Ministeriode Familia de la localidad de Viedma, a la SecretaríaGeneral de la Gobernación, Jurisdicción 15 -Programa 01 - Subprograma 00 - Proyecto 00 -Actividad 02, a partir de la firma del presenteDecreto".-

"ARTICULO 1°.- Transfiérase a partir de la firma delpresente Decreto con el correspondiente cargopresupuestario al Señor José Carlos MAURIZIO(DNI N° 20.807.600), personal de Planta Permanente,Categoría 10, Agrupamiento Administrativo, consituación de revista en la Jurisdicción 19 - Programa03 - Subprograma 00 - Proyecto 00 - Actividad 01de la Secretaría de Desarrollo Institucional delMinisterio de Familia de la localidad de Viedma, a laSecretaría General de la Gobernación Jurisdicción15 - Programa 01 Subprograma 00 - Proyecto 00 -Actividad 02, de acuerdo a lo expresado en elConsiderando del presente Decreto". Expte. Nº100.963-DRHYC-09.-

DECRETO Nº 1016.- 10-12-09.- Otorgando un aporteno reintegrable por la suma total de PESOS SIETEMIL ($ 7.000,00), a favor de la asociación civildenominada "Asociación Mutualista OcasoA.M.O." de la localidad de Cipolletti (CUIT N° 30-54562732-5), destinado a solventar los gastos dela Institución, ya que esta brinda atención ycontención a los afiliados de escasos recursoseconómicos. El monto total asignado deberá sergirado a la orden del Presidente de la asociacióncivil denominada "Asociación Mutualista OcasoA.M.O." de la localidad de Cipolletti SeñorMARTINEZ, Denis Delfi (CUIL N° 23-05476967-9), siendo responsable de la administración yoportuna rendición de cuentas conforme a loestablecido por el Decreto N° 194/76. Expte. Nº058.550-SP-09.-

DECRETO Nº 1017.- 10-12-09.- Otorgando un aporteno reintegrable por la suma total de PESOS VEINTEMIL ($ 20.000,00), a favor del Obispado de SanCarlos de Bariloche (CUIT N° 30-67295399-1),destinado al funcionamiento del Hogar de AncianosSan José de la localidad de Ingeniero Jacobacci, deacuerdo con el visto y considerando del presenteDecreto. El monto total asignado deberá ser giradoa la orden del Monseñor Fernando CarlosMALETTI (CUIL N° 20-07657672-7), siendoresponsable de la administración y oportunarendición de cuentas conforme a lo establecido porel Decreto N° 194/76. Expte. Nº 059.156-SPF-09.-

DECRETO Nº 1018.- 11-12-09.- Otorgando un aporteno reintegrable por la suma de PESOS TREINTA YSIETE MIL ONCE CON 54/100 ($ 37.011,54), a favorde la Municipalidad de Río Colorado (C.U.I.T. N°33-99914325-9), destinado a solventar gastos en laremodelación de la Oficina de Turismo ubicada enesa localidad. La rendición del gasto del aporte noreintegrable aprobado estará a cargo del IntendenteMunicipal, Don Juan Alfonso VILLALBA (M. N°8.217.712) y/o quien eventualmente lo reemplace,conforme lo establecido por el Decreto N° 194/76.Expte. Nº 152.696-T-09.-

DECRETO Nº 1026.- 11-12-09.- Autorizar a la TesoreríaGeneral de la Provincia a transferir una compensaciónfinanciera a favor de la Cooperativa de Obras yServicios Públicos, Sociales y Viviendas El BolsónLimitada (COOPETEL) CUIT N° 30-55483494-5, porla suma de PESOS CIENTO TREINTA Y TRES MILCUATROCIENTOS SESENTA Y UNO CON DOSCENTAVOS ($ 133.461,02), IVA incluido, en conceptode resarcimiento por las diferencias en el pago detransporte de Gas Licuado de Petróleo (GLP), a preciosde mercado, a las plantas de almacenamiento yvaporización de las localidades de Los Menucos,Maquinchao y Sierra Colorada durante el mes deJulio de 2009. Expte. Nº 33.531-DI-09.-

DECRETO Nº 1028.- 11-12-09.- Aceptando la donacióncon cargo, efectuada por la Municipalidad de Ge-neral Roca al Ministerio de Educación, medianteOrdenanza N° 084 -08, de las parcelas denominadascatastralmente como 05-1-E-789B-01 y 02, para serdestinadas a la construcción de un establecimientoeducativo en el Barrio San Cayetano de la localidadhomónima, dependiente del Ministerio deEducación. Expte. Nº 16.4855-EDU-09.-

DECRETO Nº 1029.- 11-12-09.- Aceptando a partir de lafecha del presente Decreto la renuncia presentadapor el Arquitecto Alberto Ignacio MENZEL (D.N.IN° 17.431.931), al cargo de Director General deEjecución ad honorem, del Instituto de Planificacióny Promoción de la Vivienda (I.P.P.V).-

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RESOLUCIONES–—

Provincia de Río NegroCOMISION ADMINISTRADORA DEL BOLETIN

OFICIAL Y FISCALIZADORA DELOS TALLERES GRAFICOS

Resolución Nº 003Viedma, 15 de Diciembre de 2.009.

Visto: La solicitud presentada por diferentessuscriptores de contar con las ediciones de losBoletines Oficiales en soporte magnético; y

CONSIDERANDO:Que resulta necesario proceder a fijar el valor del

servicio del Boletín Oficial en soporte magnético parael primer semestre del corriente año:

Que lo solicitado se encuadra en el punto 1) incisob) del Artículo 67° del Reglamento de la Ley N° 847,fusionada en la Ley H N° 3186, consolidada por lasLeyes K N° 4270 y K N° 4312 donde se faculta a laComisión Administradora de quien depende esteOrganismo Desconcentrado para fijar los precios deventa y las tarifas que se presten:

Page 4: Nº 4787 - Río Negro Province · 2012. 7. 12. · Provincia de Río Negro. Artículo 8°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese. Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura

4Viedma, 21 de Diciembre de 2009BOLETIN OFICIAL N° 4787

Por ello:La Comisión Administradora del Boletín Oficial y

Fiscalizadora de los Talleres GráficosRESUELVE:

Artículo 1°.- Fijar para el primer semestre del año2010 los montos a abonar por el servicio del BoletínOficial en soporte magnético de acuerdo al siguientedetalle:

ZIP con devolución del mismo .............. $308,00CD 1 por semana ................................... $350,00CD sin devolución ................................. $650,00CD Digesto Ley 4270............................. $ 30,00CD Digesto Ley 4312............................. $ 30,00

Costo de envío al interior o fuera de la Provin-cia en la suma de Pesos Quinientos Treinta y Cuatro ($534,00).-

Artículo 2°.- Los montos previstos en el Artículoanterior deberán abonarse antes del día 18-01-2010.-

Artículo 3°.- Registrar, comunicar y cumplidoarchivar.-

Adriel Vicente, Comisión Administradora.– T.U.A.P.Julio Tomás Gironde, Comisión Administradora.– JorgeAlberto Gironde, Comisión Administradora - DirecciónBoletín Oficial.

—–—Resolución Nº 004

Viedma, 15 de Diciembre de 2.009.Visto: La necesidad de establecer el costo de

suscripción del Boletín Oficial para el períodocomprendido entre el 01/01/2010 al 30/06/2010, y

CONSIDERANDO:Que a fines de seguir manteniendo el servicio de

suscripciones que brinda el Boletín Oficial, es necesariofijar el costo de suscripción para el primer semestre delaño 2010

Que habiéndose evaluado los valores de mercadode los diferentes insumos necesarios para la impresióndel Boletín Oficial, se estima prudente introducir unaactualización en el servicio mencionado:

Que surgen nuevos montos en el costo de laspublicaciones a efectos de seguir manteniendo dichoservicio que brinda la Dirección del Boletín Oficial, porello se hace necesario el dictado de la presente norma;

Que lo solicitado se encuadra en el punto 1) incisob) del Artículo 67° del Reglamento de la Ley N° 847,fusionada en la Ley H N° 3186, consolidada por lasLeyes K N° 4270 y K N° 4312 donde se faculta a laComisión Administradora de quien depende esteOrganismo Desconcentrado para fijar los precios deventa y las tarifas que se presten:

Por ello:La Comisión Administradora del Boletín Oficial y

Fiscalizadora de los Talleres GráficosRESUELVE:

Artículo 1°.- Fijar para el primer semestre del año2010 el monto de la suscripción del Boletín Oficial en lasuma de Pesos Ciento Seis ($ 106,00), debiendo serabonada antes del 18.01.2010, establecer el valor de losgastos de envío al interior en la suma de PesosQuinientos Treinta y Cuatro ($ 534,00) y el valor delejemplar del día en la suma de Pesos Dos ($ 2,00).

Artículo 2°.- Registrar, comunicar y cumplido archivar.Adriel Vicente, Comisión Administradora.– T.U.A.P.

Julio Tomás Gironde, Comisión Administradora.– JorgeAlberto Gironde, Comisión Administradora - DirecciónBoletín Oficial.

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Provincia de Río NegroMINISTERIO DE HACIENDA, OBRAS

Y SERVICIOS PÚBLICOSResolución Nº 1596

Viedma, 27 de noviembre de 2009.Visto, el Expte. 146062-SSP-09, la Ley H N°3186, los Decretos N° 1405/04, N°

815/04 y la Ley K N° 4002, y;CONSIDERANDO:Que conforme lo establece la Ley K N° 4002 en su artículo 16, inc. 3°, es

competencia del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos entender enla administración financiera del sector público provincial a través de los sistemasde presupuesto, tesorería, contabilidad y crédito público, interviniendo en laaplicación de las políticas y en la administración presupuestaria y financiera delgasto público provincial;

Que la Ley H 3186 de Administración Financiera y Control Interno del SectorPúblico Provincial en el Título II, Capítulo IV, establece el Régimen de las empresasy sociedades del Estado Provincial y su funcionamiento;

Que por el Decreto N° 1405/04 se reglamenta el Régimen citado en elconsiderando anterior;

Que en virtud de las normas mencionadas precedentemente, la empresa EMFORS.A. presentó el proyecto de presupuesto de gastos y su financiamiento para elejercicio fiscal 2010;

Que conforme lo dispuesto por la Ley K N° 4002 y los Decretos N° 815/04y N° 1405/04, dicho proyecto cuenta con la intervención de la Secretaría deEstado de Control de Gestión de Empresas Públicas y Relaciones Interprovin-ciales;

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Subsecretaría dePresupuesto sobre el proyecto de presupuesto para el año 2010, presentado porEMFOR S.A.;

Que han tomado intervención la Asesoría Legal y Técnica del Ministerio deHacienda, Obras y Servicios Públicos, la Contaduría General de la Provincia y laFiscalía de Estado a fojas 48 vuelta;

Que la presente encuadra en el Artículo 16 de la Ley K n° 4002.Por ello,

El Ministro de Hacienda, Obras y Servicios PúblicosRESUELVE:

Artículo 1º - Apruébase el Presupuesto del Ejercicio 2010 de EMFOR S.A., deacuerdo al detalle que figura en los Anexos 1 a 8 que forman parte integrante de lapresente resolución.

Art. 2°.- Estímase en la suma de pesos dos millones setecientos ochenta y cincomil ($ 2.785.000,00) los ingresos totales, conforme detalle Anexo 8 y fíjase en la sumade pesos dos millones setecientos ochenta y cinco mil ($ 2.785.000,00) los gastostotales, conforme al detalle obrante en los Anexos 2 a 8 a la presente resolución.

Art. 3º - Establécese en la suma de pesos un millón ciento diez mil ($ 1.110.000,00)el monto máximo a transferir, en concepto de Aportes de Capital, financiado conRentas Generales durante el período fiscal 2010 a EMFOR S.A, conforme surge delAnexo 2; importe que deberá ser incluido en el proyecto de Ley de Presupuestopara el próximo ejercicio 2010.

Art. 4°.- Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial para su publicación.Cumplido, archívese.

Cdor. Pablo Federico Verani, Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos.-Lic. Eduardo L. Bacci, Subsecretario de Presupuesto.- Alicia Baldizzone, DirectoraGeneral de Administración.

Anexo 1 - Resolución Nº 1596

PRESUPUESTO 2010

OBJETIVOS Y POLÍTICA PRESUPUESTARIA DE LA EMPRESA

EMPRESA: EMFOR S.A.

La Empresa Forestal Rionegrina S.A. (EMFOR S.A.), es una Sociedad Anónimade derecho privado, con mayoría estatal. En la conformación de su capitalaccionario, participa con un 51% la Provincia de Río Negro, y el resto pertenece adiversos accionistas de la actividad privada.

Su creación fue autorizada por la Ley Provincial N° 2.022, con el objeto deactuar como polo de desarrollo del sector forestal de Río Negro.

En este sentido ha logrado ubicar las zonas de mejor factibilidad, para laejecución de plantaciones forestales, en la que se destacan aquellas ubicadas enla precordillera andina, para la implantación de coníferas de rápido crecimiento yotra con aptitud para forestaciones bajo riego, de distintas variedades de salicáceas,ubicadas en los valles formados por los ríos Negro y Colorado.

Actualmente su actividad forestadora principal, se desarrolla en la región andina,donde se han ejecutado alrededor de 2.000 has. de forestación con Pino Ponde-rosa, Contorta y Oregon.

Con relación a las forestaciones realizadas en las áreas de riego, se destacanlos planes pilotos de prueba, que se ejecutan en el Depto. de General Conesa, conálamos de las variedades I 214, Conti 12, y algunas deltoides.

Para desarrollar su actividad, posee un vivero de producción de coníferas enSan Carlos de Bariloche, con capacidad para 1.500.000 plantas. En las zonas deriego, trabaja en convenio con el vivero de la Dirección de Bosques de Río Negro,que se encuentra ubicado en la ciudad de Viedma, con instalaciones adecuadaspara la producción de álamos, eucaliptus y diversas especies forestales adaptadaspara las zonas áridas de la Patagonia.

La Empresa ha definido su objeto social, en su Acta de Constitución como unaSociedad que tendrá por finalidad toda clase de tareas de forestación, reforestación,el manejo y mejoramiento de bosques naturales y que pueda implantar, laindustrialización, transporte, almacenamiento y comercialización de productosforestales, la promoción y el asesoramiento técnico en la materia, cualquier aspectoinherente a la conservación y uso múltiple de los bosques naturales, la financiacióny ejecución de planes forestales, la administración y control de las tierras conactitud forestal que el Estado provincial le ceda para tales efectos o que la Sociedadadquiera. La enumeración que antecede no importa la limitación de otras actividadesque tengan la relación directa o indirecta con el objeto de la Sociedad, o que, dealgún modo contribuyen a su concreción.

La administración de la Sociedad, es ejercida por un Directorio cuyo presidente,es elegido de una terna, propuesta por los accionistas pertenecientes al sectorprivado y su actividad está regulada por la Ley de Sociedades 19.550.

La organización ejecutiva está determinada por una oficina en Viedma, en laque se centralizan los aspectos de administración - contables, bajo la dirección deun gerente técnico, que también se ocupa del área de producción.

En la zona andina, su actividad se administra desde San Carlos de Bariloche,en la que existe una subgerencia, con responsabilidad técnica y administrativa.

Con relación a las obras de forestación, debido a su estacionalidad, se realizamediante un sistema de sub-contratación que funciona en forma temporal, entrelos meses de mayo a septiembre.

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5Viedma, 21 de Diciembre de 2009 BOLETIN OFICIAL N° 4787

Para ejecutar las tareas contables, se cuenta con el asesoramiento de unaoficina, que se ocupa de la contabilidad, de los aspectos impositivos,de la liquidación de sueldos y jornales, y de la confección de los balances anuales.

Las auditorías externas de la Sociedad son realizadas por el Tribunal deCuentas de la Provincia de Río Negro y por una sindicatura compuesta porprofesionales que representan en forma proporcional a los accionistas de la Empresa.

El financiamiento de la Sociedad se obtiene del aporte de capital de losaccionistas y del giro comercial de sus negocios.

La Empresa actualmente, desarrolla un programa de forestación con coníferas enel Departamento de Ñorquinco, ubicado en la Alta Cuenca del río Chubut, quecomprende una superficie de 1000 has. Pero por dificultades para ingresar a esesector, que se complicó en los últimos tres años, por razones climáticas quedestruyeron los caminos de acceso, se buscan lugares para forestar en la zona deVilla Llanquin, distante a unos 60 km. de San Carlos de Bariloche, sobre el río Limay.

Para el mejoramiento de sus forestaciones realizadas en la década del 1990, seestán ejecutando trabajos de poda y raleo.

Con el objeto de utilizar la materia prima proveniente de los raleos, la Sociedad,compró un aserradero móvil y tiene planificada la instalación de una planta deimpregnación de postes, durante el año 2010, que tendrá como mercado principallas zonas de los valles del río Negro y Neuquén.

En el área de riego de los valles del río Negro y Colorado, EMFOR S.A. tieneuna vieja aspiración, para iniciar un programa de forestación con eucaliptus yálamos, con la finalidad de cubrir los déficit de materia prima que afecta a la región.El proyecto de forestación bajo riego, está ligado al Proyecto del Ministerio de laProducción, para desarrollar una cuenca forestal de producción de salicáceas queabarca la zona del valle medio del río Negro hasta Guardia Mitre, cuya expectativade máxima, es la forestación de 50.000 has.

Para el año 2010, se ha programado iniciar trabajos de forestación de 500 Has.en los valles del río Negro, en la que se destacan lugares colindantes a las localidadesde Cinco Saltos, Valle Medio y Valle de General Conesa.

El programa de forestación está enmarcado en el Plan Forestal Rionegrino,elaborado por el Ministerio de Producción; la Secretaría de Empresas Públicas yEMFOR S.A. Su finalidad es la de solucionar el déficit de materia prima forestal,que afecta a la actividad frutícola regional, teniendo como destino principal lafabricación de envases frutihortícolas.

1.- Rentabilidad y Resultados: La rentabilidad de la Empresa está fuertementeinfluenciada por el establecimiento de plantaciones y su crecimiento anual.

Se ha estimado que las forestaciones crecen en promedio a una tasa del 10%anual. Ello implica que el activo que la Sociedad posee en forestaciones crece enla misma proporción, lo que se refleja contablemente en sus balances.

La rentabilidad estimada del proyecto de la Planta de Impregnación de postespara el año 2010, no tiene significación porque se considera que en el año deprueba, no se producirán ganancias.

Con relación al aserradero móvil, la inversión arroja ganancias en forma másacelerada, por la simplicidad de su instalación, producción y comercialización. Enlos años siguientes la rentabilidad se verá incrementada, cuando ambos proyectosalcancen toda la capacidad instalada.

En general los resultados de los ejercicios han sido levemente positivos, suevaluación se realiza al cierre del Balance, que se realiza todos los años el día 31/12.

Los ejercicios N° 18, 19, 20, 21, y 22; y el estimado para el presupuesto que seha solicitado 2010 es el siguiente:

Índice RentabilidadEjercicios Utilidad Útil / P. Neto

Ejercicio N° 18 $ 6.777 0.0015Ejercicio N° 19 $ 293.509 0.0593Ejercicio N° 20 $ 27.300 0.0055Ejercicio N° 21 $ 381.901 0.0719Ejercicio N° 22 $ 83.601 0.014Presupuestado 2010 $ 205.000 0.0194

2. Tarifas3. Producción de bienes y servicios

3.1. Forestación:100 has. Zona Andina300 has. Bajo RiegoSistematización bajo riego 500 has.

3.2. Incremento o crecimiento de forestaciones ( Tasa 10%).3.3. Manejo Silvocultural.

3.3.1. Poda de 200 has.Raleo de 100 has.

3.3.2. Producción de 10.000 metros de postes.3.3.3. Producción de 700.000 pie madereros de pino.

3.4. Venta de madera, rollizos y plantines.Los ingresos por venta de madera son los que surgen de los proyectos

de inversión en la operación de la planta de impregnación, para producir postes yrodrigones; y de madera aserrada por incorporación aserraderos móviles. La ventade plantas corresponden a las efectuadas en el Vivero Dina Hue, en la zona andina,y la de madera rolliza de álamos en las chacras de Conesa.

4.- Política de Gastos: EMFOR S.A. , es una Empresa de inversión, por lo tantosu política de gastos está determinada por su programa de forestación, el manejosilvocultural, cuidado y mantenimiento de sus plantaciones. Además en esta nuevaetapa agregará un nuevo proceso de transformación para el aprovechamiento desus raleos, con la implementación y operación de una planta de impregnación depostes y dos aserraderos portátiles, con la finalidad de producir madera aserrada.Estos nuevos proyectos de transformación industrial, la obligarán a incrementarsu planta de personal. En la zona bajo riego, en Valle Verde se invertirá en 500 has.de sistematización para incorporar riego y 300 has. de forestación con álamos.

5.- Política de Personal: La Empresa continuará con la política de personalimplementada hasta la fecha. Los cambios en las remuneraciones serán los quedicte el PE Nacional. En cuanto a la cantidad de personal se prevé la incorporaciónde tres (3) operarios para la planta de impregnación y dos (2) operarios para elnuevo aserradero portátil .

6.- Financiamiento: La Empresa para afrontar sus necesidades financieras, haprevisto completar la venta de acciones de emisiones anteriores y efectuando unanueva emisión de acciones Clase A por la suma de $ 3.260.000.-

7.- Administración: La Sociedad para administrar su patrimonio posee unDirectorio compuesto de cinco miembros, que a partir del Ejercicio N° 21, loshonorarios son pagados por los accionistas de la clase que representan.

8.- Otras Políticas: En el próximo ejercicio se prevee la adquisición de unautomotor, atento a los nuevos requerimientos por la dimensión de la masa fo-restal obtenida, las nuevas forestaciones, la planta de impregnación, el aserraderoy los nuevos emprendimientos en la zona de riego.

——————————Anexo 2 - Resolución Nº 1596

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6Viedma, 21 de Diciembre de 2009BOLETIN OFICIAL N° 4787

Anexo 3 - Resolución Nº 1596

(*) A nivel de Partida Principal (Grupo de Gasto)————————

Anexo 4 - Resolución Nº 1596

(*) Gastos o costos que se incorporan al costo de construcción y/o producción de algún Activo(**) Impuestos indirectos, depreciación y amortización, intereses capitalizables, arrendamiento de tierras y terrenos y derecho de bienes intangibles

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Anexo 5 - Resolución Nº 1596

(1) Incluye contratos que se imputan al inciso / partida principal Personal

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7Viedma, 21 de Diciembre de 2009 BOLETIN OFICIAL N° 4787

Anexo 6 - Resolución Nº 1596

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Anexo 7 - Resolución Nº 1596

(1) Incluye contratos que se imputan al inciso / partida principal Servicios NoPersonales

Anexo 8 - Resolución Nº 1596

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Anexo 8 - Resolución Nº 1596

Page 8: Nº 4787 - Río Negro Province · 2012. 7. 12. · Provincia de Río Negro. Artículo 8°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese. Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura

8Viedma, 21 de Diciembre de 2009BOLETIN OFICIAL N° 4787

Anexo 8 - Resolución Nº 1596

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9Viedma, 21 de Diciembre de 2009 BOLETIN OFICIAL N° 4787

Provincia de Río NegroMinisterio de Gobierno

INSPECCIÓN GENERAL DE PERSONASJURÍDICAS

Resolución Nº 910Viedma, 4 de diciembre de 2009.

Visto, el expediente N° 5760-IGPJ-2008, mediante elcual la asociación civil denominada: “Asociación CivilElectrotécnica Bariloche”, solicita la concesión de lapersonería jurídica; y

CONSIDERANDO:Que los fines que se propone dicha institución se

hallan comprendidos en la disposición del artículo 33inciso 1°) Segunda Parte del Código Civil;

Que en la constitución de la recurrente se hancumplido los requisitos exigidos por Ley Provincial N°3.827, demás reglamentaciones vigentes y que suestatuto social se ajusta a los preceptos legales en vigor;

Que a fojas 71 y 73 obran informes de losDepartamentos de Asesoría Legal y Personería de esteOrganismo en los cuales consta que estaría encondiciones de ser aprobada la documentaciónpresentada y que no hay objeciones jurídicas paraobtener la personería.

Por ello,La Inspección General de Personas Jurídicas

RESUELVE:Artículo 1º - Autorízase, para funcionar como per-

sona jurídica a la asociación civil denominada:“Asociación Civil Electrotécnica Bariloche”, constituiday con domicilio en San Carlos de Bariloche,Departamento Bariloche de esta Provincia, el día 26 deagosto de 2008 y apruébase su estatuto social obrantede foja sesenta y cuatro (64) a setenta vuelta (70 Vta.)del expediente aludido.

Art. 2º - Inscríbese a la misma bajo el número: DosMil Quinientos Ochenta y Cinco (N° 2.585).

Art. 3°.- Regístrese, comuníquese, tómese razón,publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Dra. Natalia Paola Bordón, Inspectora General dePersonas Jurídicas.

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Resolución Nº 916Viedma, 10 de diciembre de 2009.

Visto el expediente N° 6208-IGPJ-2009, mediante elcual la asociación civil denominada: “Asociación CivilOro Club Hockey”, solicita la concesión de lapersonería jurídica; y

CONSIDERANDO:Que los fines que se propone dicha institución se

hallan comprendidos en la disposición del artículo 33inciso 1°) Segunda Parte del Código Civil;

Que en la constitución de la recurrente se hancumplido los requisitos exigidos por Ley Provincial N°3.827, demás reglamentaciones vigentes y que suestatuto social se ajusta a los preceptos legales en vigor;

Que a fojas 31 y 33 obran informes de losDepartamentos de Asesoría Legal y Personería de esteOrganismo en los cuales consta que estaría encondiciones de ser aprobada la documentaciónpresentada y que no hay objeciones jurídicas paraobtener la personería.

Por ello,La Inspección General de Personas Jurídicas

RESUELVE:Artículo 1º - Autorízase, para funcionar como per-

sona jurídica a la asociación civil denominada:“Asociación Civil Oro Club Hockey”, constituida y condomicilio en General Fernández Oro, Departamento Ge-neral Roca de esta Provincia, el día 28 de junio de 2009 yapruébase su estatuto social obrante de foja veinticuatro(24) a veintinueve (29) del expediente aludido.

Art. 2º - Inscríbese a la misma bajo el número: DosMil Quinientos Setenta y Nueve (N° 2.579).

Art. 3°.- Regístrese, comuníquese, tómese razón,publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Dra. Natalia Paola Bordón, Inspectora General dePersonas Jurídicas.

Resolución Nº 917Viedma, 10 de diciembre de 2009.

Visto el expediente N° 5071-IGPJ-2007, mediante elcual la asociación civil denominada: “Asociación CivilClub Social Cultural y Deportivo Fuerte Argentino”,solicita la concesión de la personería jurídica; y

CONSIDERANDO:Que los fines que se propone dicha institución se

hallan comprendidos en la disposición del artículo 33inciso 1°) Segunda Parte del Código Civil;

Que en la constitución de la recurrente se hancumplido los requisitos exigidos por Ley Provincial N°3.827, demás reglamentaciones vigentes y que suestatuto social se ajusta a los preceptos legales envigor;

Que a fojas 42 y 44 obran informes de losDepartamentos de Asesoría Legal y Personería de esteOrganismo en los cuales consta que estaría encondiciones de ser aprobada la documentaciónpresentada y que no hay objeciones jurídicas paraobtener la personería.

Por ello,La Inspección General de Personas Jurídicas

RESUELVE:Artículo 1º - Autorízase, para funcionar como

persona jurídica a la asociación civil denominada:“Asociación Civil Club Social Cultural y DeportivoFuerte Argentino”, constituida y con domicilio enViedma, Departamento Adolfo Alsina de esta Pro-vincia, el día 20 de febrero de 2007 y apruébase suestatuto social obrante de foja treinta y cuatrovuelta (34 Vta.) a treinta y siete (37) del expedientealudido.

Art. 2º - Inscríbese a la misma bajo el número: DosMil Quinientos Ochenta y Tres (N° 2.583).

Art. 3°.- Regístrese, comuníquese, tómese razón,publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Dra. Natalia Paola Bordón, Inspectora General dePersonas Jurídicas.

—oOo—

Resolución Nº 919Viedma, 10 de diciembre de 2009.

Visto el expediente N° 5789-IGPJ-2009, mediante elcual la asociación civil denominada: “Asociación CivilCaravana Club”, solicita la concesión de la personeríajurídica; y

CONSIDERANDO:Que los fines que se propone dicha institución se

hallan comprendidos en la disposición del artículo 33inciso 1°) Segunda Parte del Código Civil;

Que en la constitución de la recurrente se hancumplido los requisitos exigidos por Ley Provincial N°3.827, demás reglamentaciones vigentes y que suestatuto social se ajusta a los preceptos legales envigor;

Que a fojas 62 y 65 obran informes de losDepartamentos de Asesoría Legal y Personería de esteOrganismo en los cuales consta que estaría encondiciones de ser aprobada la documentaciónpresentada y que no hay objeciones jurídicas paraobtener la personería.

Por ello,La Inspección General de Personas Jurídicas

RESUELVE:Artículo 1º - Autorízase, para funcionar como per-

sona jurídica a la asociación civil denominada:“Asociación Civil Caravana Club”, constituida y condomicilio en San Carlos de Bariloche, DepartamentoBariloche de esta Provincia, el día 27 de noviembre de2008 y apruébase su estatuto social obrante de fojasetenta (70) a setenta y ocho (78) del expedientealudido.

Art. 2º - Inscríbese a la misma bajo el número: DosMil Quinientos Ochenta y Siete (N° 2.587).

Art. 3°.- Regístrese, comuníquese, tómese razón,publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Dra. Natalia Paola Bordón, Inspectora General dePersonas Jurídicas.

Resolución Nº 922Viedma, 10 de diciembre de 2009.

Visto el expediente N° 6423-IGPJ-2009, medianteel cual la fundación denominada: “Fundación Eli -Ezer”, solicita la concesión de la personería jurídica;y

CONSIDERANDO:Que los fines que se propone dicha institu-

ción se hallan comprendidos en la disposición delartículo 33 inciso 1°) Segunda Parte del Código Ci-vil;

Que en la constitución de la recurrente se hancumplido los requisitos exigidos por Leyes NacionalN° 19836; Provincial N° 3.827, demás reglamentacionesvigentes y que su estatuto social se ajusta a lospreceptos legales en vigor;

Que a fojas 22 y 24 obran informes de losDepartamentos de Asesoría Legal y Personería de esteOrganismo en los cuales consta que estaría encondiciones de ser aprobada la documentaciónpresentada y que no hay objeciones jurídicas paraobtener la personería.

Por ello,La Inspección General de Personas Jurídicas

RESUELVE:Artículo 1º - Autorízase, para funcionar como per-

sona jurídica a la fundación denominada: “FundaciónEli - Ezer”, constituida y con domicilio en Villa Regina,Departamento General Roca de esta Provincia, el día 10de octubre de 2009 y apruébase su estatuto socialobrante de foja ocho (8) a trece (13) del expedientealudido.

Art. 2º - Inscríbese a la misma bajo el número: DosMil Quinientos Ochenta y Seis (N° 2.586).

Art. 3°.- Regístrese, comuníquese, tómese razón,publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Dra. Natalia Paola Bordón, Inspectora General dePersonas Jurídicas.

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Resolución Nº 923Viedma, 10 de diciembre de 2009.

Visto el expediente N° 6368-IGPJ-2009, mediante elcual la asociación civil denominada: “Asociación CivilCooperadora del Centro Municipal de Cultura deViedma”, solicita la concesión de la personería jurídica;y

CONSIDERANDO:Que los fines que se propone dicha institución se

hallan comprendidos en la disposición del artículo 33inciso 1°) Segunda Parte del Código Civil;

Que en la constitución de la recurrente se hancumplido los requisitos exigidos por Ley Provincial N°3.827, demás reglamentaciones vigentes y que suestatuto social se ajusta a los preceptos legales envigor;

Que a fojas 27 y 29 obran informes de losDepartamentos de Asesoría Legal y Personería de esteOrganismo en los cuales consta que estaría encondiciones de ser aprobada la documentaciónpresentada y que no hay objeciones jurídicas paraobtener la personería.

Por ello,La Inspección General de Personas Jurídicas

RESUELVE:Artículo 1º - Autorízase, para funcionar como per-

sona jurídica a la asociación civil denominada:“Asociación Civil Cooperadora del Centro Municipalde Cultura de Viedma”, constituida y con domicilio enViedma, Departamento Adolfo Alsina de esta Provin-cia, el día 02 de septiembre de 2009 y apruébase suestatuto social obrante de foja tres (3) a trece (13) delexpediente aludido.

Art. 2º - Inscríbese a la misma bajo el número: DosMil Quinientos Ochenta y Ocho (N° 2.588).

Art. 3°.- Regístrese, comuníquese, tómese razón,publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Dra. Natalia Paola Bordón, Inspectora General dePersonas Jurídicas.

Page 10: Nº 4787 - Río Negro Province · 2012. 7. 12. · Provincia de Río Negro. Artículo 8°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese. Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura

10Viedma, 21 de Diciembre de 2009BOLETIN OFICIAL N° 4787

Resolución Nº 924Viedma, 11 de diciembre de 2009.

Visto: el legajo N° 2273- IGPJ de la Asociación Civil.“El Faro”, de la localidad de Sierra Grande, el RegistroN° 2273 caratulado Asociación Civil El Faro s/Asamblea General Ordinaria fuera de término del 31/05/09, la Resolución N° 847 de fecha 10 de noviembrede 2009, la ley K N° 3827, el decreto reglamentario N°725/07 y;

CONSIDERANDO:Que mediante Resolución N° 847/09 de fecha 10 de

noviembre del corriente año esta Inspección Generalordenó el reempadronamiento de socios para el día 30de noviembre de 2009 a partir de las 14.00 hs. hasta las18.00 hs. ha realizarse en la sede del salón de la Culturade la Municipalidad de Sierra Grande y la convocatoriade oficio a una asamblea extraordinaria a celebrase eldía 15 de diciembre del mismo año;

Que en fecha 30 de noviembre un grupo de sociosrealiza una presentación a los fines de solicitar lasuspensión del reempadronamiento argumentado talpedido en la falta de publicación por medios masivosde difusión;

Que el 07 de diciembre se realizan dos presentacióndel mismo carácter que la mencionada anteriormente, ymediante la cual un grupo de socios solicitan a estaInspección General se fije nueva fecha y horario dereempadronamiento dado que un gran número deasociados no ha podido concurrir al acto dereempadronamiento en el horario fijado por estainspección por razones de trabajo, solicitando por talmotivo se suspenda la asamblea fijada por esteorganismo de contralor por Resolución 847/09 para eldía 15 de diciembre a las 14.00 hs. en la sede del Salónde la Cultura de la Municipalidad de Sierra Grande;

Que el Estatuto Social de la Institución no regula lapublicación por medio masivos de difusión los actosde reempadronamiento, no obstante ello y conforme elArt. 29 las convocatorias deberán publicarse en elBoletín Oficial de la Provincia y en un medio de difusióndel domicilio de la institución con diez (10) días deanticipación;

Que del Expediente caratulado: “Inspección Generalde Personas Jurídicas s/Reempadronamiento de Sociosde la Asociación Civil El Faro” Expte. Nº 6403-IGPJ-2009, no surge constancias de publicación en mediosde difusión local, lo que da cuenta de una afectación alderecho de información de los asociados y departicipación de los socios, toda vez que la publicidaddel evento se cumplió parcialmente con la publicaciónen el Boletín Oficial;

Que a los fines de garantizar el derecho departicipación de los asociados y una convocatoriaajustada a la normativa legal vigente, resultaconveniente suspender la Asamblea GeneralExtraordinaria convocada para el día 15 de diciembrede 2009, y asimismo conforme lo solicitado y constatadoen el expediente antes mencionado deberá continuarsecon el reempadronamiento previo a la convocatoria deAsamblea General Extraordinaria;

Que a fs. 16 consta el dictamen de la Asesoría Le-gal del Organismo;

Que la presente resolución se dicta conforme lasfacultades conferidas a esta Inspección General dePersonas Jurídicas, por Ley N° 3827 Art. 6° Funcionesde Fiscalización, Decreto Reglamentario N° 725/07.

Por ello,La Inspectora General de Personas Jurídicas

RESUELVE:Artículo 1º - Suspender de Oficio la asamblea ge-

neral extraordinaria convocada para el día 15 dediciembre de 2009 mediante Resolución 847/09 arealizarse en la sede del salón de la Cultura de la Mu-nicipalidad de Sierra Grande, conforme los fundamentosexpuestos en los considerandos de la presente.

Art. 2º - Continuar con el reempadronamiento desocios comenzado el día 30 de noviembre de 2009, elcual se llevará a cabo con la presencia de los miembrosde la Comisión Directiva y la fiscalización de agentes

de esta Inspección General de Personas Jurídicas eldía 01 de marzo de 2010 a las 10:00 a 15:00 hs. en la sededel Centro de Jubilados y Pensionados sito en calleBahía Blanca N° 380 Barrio Centro.

Art. 3º - Convocar de oficio a una asambleaextraordinaria a la Asociación Civil denominada“Asociación Civil El Faro” de la localidad de SierraGrande, a celebrarse el día 15 de marzo de 2010 a partirde las 14:00 hs., en la sede del Centro de Jubilados yPensionados sito en calle Bahía Blanca N° 380 BarrioCentro, a los fines de considerar el siguiente orden deldía: 1° Designación de dos socios para queconjuntamente con el presidente y secretario firmen elacta de asamblea; y 2° Elección total de autoridades.

Art. 4° - Notificar la presente resolución en eldomicilio social.

Art. 5° - Registrar, comunicar y archivar.Dra. Natalia Paola Bordón, Inspectora General de

Personas Jurídicas.—oOo—

Poder Judicial de la Provincia de Río NegroMINISTERIO PÚBLICO

PROCURACIÓN GENERALResolución Nro 332/09.-

Viedma, 1º de diciembre de 2009.-Visto: La autonomía funcional del Ministerio

Público como rama requirente del Poder Judicial y eldeber de ejercer la superintendencia por parte de laProcuración General, conforme la manda del art. 215 dela Constitución Provincial y la reglamentación de dichaautonomía mediante los arts.63, 64 y 65 de la leyOrgánica K 4199 y ;

CONSIDERANDO:I) Que la Constitución Provincial en sus Arts. 139 y

181 establece el procedimiento de presentación yaprobación del Presupuesto General de la Provincia,especificando en el Art. 224 que el Poder Judicial for-mula su propio proyecto de Presupuesto y lo envíapara su aprobación a los otros Poderes del Estado. Entanto el Art. 215 de la Carta Magna dispone que elMinisterio Público representado por la ProcuraciónGeneral, integra el Poder Judicial de la Provincia, conautonomía funcional.

II) Que la ley K 4199 al otorgar organicidad alMinisterio Público, estableció una estructura y un planestratégico de gestión, cuya implementaciónconstituye también un plan político institucional que,por su envergadura, teniendo en consideración elimpacto presupuestario, fue pensada en términos degradualidad y a mediano plazo.

III) Que la ley Orgánica del Ministerio Públicoestablece en su Art. 68 el principio de gradualidad deimplementación, diferenciando los aspectos quedemanden impacto presupuestario directo de aquellosque no lo poseen, disponiendo en cuanto a losseñalados en primer término un programa deimplementación por etapas. Que en consultasinterpoderes se ponderó y asumió que laimplementación total habría de realizarse en el período2008/2010.

IV) Que por Resolución 175/07 esta ProcuraciónGeneral proyectó la primer etapa de implementación arealizarse en el ejercicio fiscal 2008. Luego, y almomento de evaluarse las necesidades presupuestariaspara el actual ejercicio 2009 ( con proyección de lasegunda etapa), en la Resolución 303/08 se explicitaronlos motivos por los cuales -durante el ejercicio 2008- ypor razones totalmente ajenas al Ministerio Público,no se permitió avanzar en lo planificado, lo cual obligóa reprogramar las acciones para posibilitar la demoradapuesta en marcha de los organismos creados por la leyK 4199, durante la etapa del ejercicio 2009 -contemplados en el proyecto plurianual- de manera deno alterar la última etapa prevista para el año 2010.-

V) Que las ponderaciones efectuadas en losproyectos de programas del Ministerio Público paralos ejercicios 2008 y 2009, fueron comprendidos ycompartidos por los restantes Poderes del Estado ya

que, si bien aplicaron una reducción del 27 % sobre losmontos solicitados en la totalidad de los programasdel Presupuesto General del Poder Judicial, asignaronpor ley H 4372 al Programa Ministerio Público partidaspresupuestarias para cumplir mayoritariamente elobjetivo planteado en la citada Resolución PG 0303/08.No obstante, a punto de concluir el año, se observa -nuevamente- que las designaciones que debíanrealizarse a través del Consejo de la Magistratura,viabilizando el avance de la implementación gradual,han tenido una demora que excede cualquier tipo deprevisión razonable, y más allá de cualquierjustificación, en la práctica se traduce en que losrecursos presupuestarios asignados al ProgramaMinisterio Público no podrán ejecutarse en su totalidad;provocando una nueva rémora en el objetivo diseñadopor el Legislador de manera gradual y planificada.

VI) Que la implementación total de la ley K 4199,resulta ser la premisa principal y básica del programapresupuestario del Ministerio Público para el ejerciciofiscal 2010, tal como se expresara "supra", pues laconcepción de la autonomía funcional reglamentadaen la ley implica la definición del rol de un MinisterioPúblico fortalecido, no sólo en su estructura sinotambién en su capacidad operativa, en pos de brindaruna tutela efectiva de los derechos de los ciudadanosy de facilitar mediante una gestión ágil y desformalizadael real acceso a la Justicia de los sectores vulnerables.

VII) Que partiendo de tal premisa, y siendo la ley K4199 un plan o programa de política institucional aimplementar, se ha efectuado nuevamente laprogramación para el ejercicio 2010 de manera querecupere la demora producida en los años 2008 y 2009sin afectar la meta u objetivo de la propuesta gradual,a finalizar en el año 2010. Ello sin omitir que lascircunstancias actuales, imponen el desenvolvimientoen un marco de máxima austeridad, por lo que se haefectuado un cálculo mínimo e indispensable de laserogaciones para el próximo ejercicio financiero.

VIII) Para mejor evidenciar el estado de laproyección gradual de implementación, se han diseñadolos requerimientos del Ministerio Público en dosprogramas presupuestarios. El tradicional Programa 12comprende las estructuras que se encuentran enfuncionamiento, aditando el Programa 16 que detalla einvolucra a todas aquellas previstas en la ley K 4199,pero que por los motivos ya explicitados no seencuentran operativas.

Deberá tenerse presente que en este últimoprograma se incorporan organismos cuyas partidaspresupuestarias resultan necesarias para poner enfuncionamiento aquellos organismos del Poder Judi-cial creados por ley, con posterioridad a la sanción ypromulgación de la ley K 4199 y que generan impactode creación y gasto en el programa del MinisterioPúblico. Tal el caso de creación de nuevos Juzgadosdel Fuero de Familia y de Instrucción en la Ciudad deVilla Regina, el Nuevo Juzgado de Familia de la localidadde Cipolletti, el nuevo Juzgado de Familia de la Ciudadde Viedma, respecto de los cuales por cada uno deellos corresponde la puesta en funciones de tres (3)organismos del Ministerios Públicos de la Defensa (art.23 inc.d ley K 4199.). Gasto que sobreviene porañadidura y que no se encontraba dentro de laplanificación gradual de implementación.

IX) En ese esquema, en el tradicional Programa 12se contempla la partida de personal (funcionarios yempleados), teniendo en cuenta lo necesario paraatender las erogaciones de los cargos ya existentes ($37.019.329), con más las correspondientes a la coberturade cargos que quedaran vacantes - por fallecimiento,renuncia o ascenso del titular- y resultan anteriores ala ley Orgánica K 4199, tales como; Fiscalía de CámaraNº 1º en la II Circ. Judicial, Fiscalías de grado 1 y 5 deGral Roca, Defensorías de Menores e Incapaces 3 y 4de Gral Roca, Fiscalía de Cámara nº 2 de Cipolletti,Defensoría de Menores e Incapaces nº 4 de San Carlosde Bariloche. Todo lo que importará, en concepto departidas de Personal en este Programa 12, la suma de $

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11Viedma, 21 de Diciembre de 2009 BOLETIN OFICIAL N° 4787

44.319.100. Monto en el que se incluye la suma de $3.224.590 destinada a dar cumplimiento a los ascensosque se produzcan en la masa de los agentes que sedesempeñan en los organismos del Ministerio Público;en orden a la política del Poder Judicial, en miras alreestablecimiento de la carrera judicial de los agentes,de manera gradual, racional y sostenida.-

En lo que a gastos de funcionamiento se refiere enel Programa 12 se calcularon partidas por la suma de $3.999.800.

Dichas partidas comprenden, además de los gastoshabituales, el cálculo de recursos para sostener losimportes destinados al pago de honorarios de losconsultores técnicos que asistirán al Ministerio Público(Art.45 inc. b de la ley K 4199) a los fines de la mejor ymás eficiente elaboración de los casos a investigar;como así también los destinados al pago de honorariosde letrados que patrocinen a la víctima del delito carentede recursos; obligación asumida por la ProcuraciónGeneral mediante Resolución N° 275/08 en razón de loprescripto por el C.P.P. art. 75 inc. 16), toda vez que, apesar de la vigencia de la norma ningún organismo delEstado atendió dicha obligación. A lo que se agrega laimplementación de la Mesa Única de Fiscalías, comoregistro unificado de los casos que ingresan al sistemaen el ámbito penal, en todas las CircunscripcionesJudiciales; la concreción de los Programas elaboradospor el coordinador de Proyectos Informáticos de laProcuración General, destinados a la registración ycontrol constante de los movimientos relativos a laspersonas privadas de libertad (condenados yprocesados: sistema SEPRILI), como así también lasegunda etapa del sistema unificado de registro y crucede datos de casos con autores ignorados (Sistemaseguimiento de N. N.); la implementación de unproyecto piloto de expediente digital en las Defensoríasde Pobres y Ausentes y de Menores e Incapaces delas Cuatro Circunscripciones Judiciales. Con laconsiguiente necesidad de mantenimiento de lainfraestructura informática lógica y física (antivirus,Intranet propia y demás redes, licencias para firma digi-tal, sistemas proxis para redes). Para tales requerimientosse han considerado las necesidades calculadas por elComité de Informatización de la Gestión Judicial y larecomendación de renovación del parque informático,que es abarcativo de los organismos de la Jurisdiccióny del Ministerio Público.

En el ejercicio en ciernes debe contemplarse lapartida destinada a cubrir los obligados traslados delos Funcionarios del Ministerio Público de la Defensa,a fin de cumplir acabadamente con la misión legal yreglamentaria de dar asistencia técnica a los procesadosy condenados alojados en cárceles provinciales ydependientes del Servicio Penitenciario Federal, seencuentren estas emplazadas en distintacircunscripción, como en otras Provincias.

Las comisiones periódicas a realizar por parte delMinisterio de la Defensa a los parajes alejados denuestra Provincia, en cumplimiento del art. 219 de laConstitución Provincial. Igualmente se prevén losgastos que demanden los traslados a los fines de visitary supervisar los lugares de contención de niños,adolescentes y de incapaces, por parte de lasDefensorías y las erogaciones del mismo género paraposibilitar diligencias que el Ministerio Público Fiscalrealice personal y directamente.

En cuanto a la necesaria y obligada presencia delMinisterio Público en forma puntual e inmediata, tantopara el ejercicio de las tareas de investigación, comopara el cabal ejercicio de la defensa, conforme lasobligaciones legales y reglamentarias aludidasprecedentemente, se hace imprescindible la adquisiciónde unidades automotor con destino a las distintasCircunscripciones judiciales, permitiendo de tal modola disponibilidad de un parque automotor que satisfagael servicio de manera adecuada.

X) En el Programa 16, se incluye el calculo de laspartidas presupuestarias necesarias para losorganismos previstos en la ley K 4199 que a la fecha no

fueron puestos en funcionamiento; entre elloscorresponde diferenciar aquellos cargos programadosy con partidas asignadas en el ejercicio 2009, cuyaselección y designación depende de la dinámica defuncionamiento de un Órgano extrapoder, que no haviabilizado -oportuna y convenientemente- lascoberturas de los mismos, impactando negativamenteen la normal evolución de la ejecución del gasto; talescomo, la Fiscalía con sede de funciones en la Localidadde Catriel, la Fiscalía descentralizada con sede en RíoColorado, creada por ley P 4191, la cobertura de losnuevos cargos pendientes que hacen a la organicidaddel Ministerio Público (Fiscal General, Defensor Ge-neral, Secretaría de Superintendencia y Técnica de laProcuración General), las Defensorías de Pobres yAusentes, a razón de dos por cada nuevo Juzgado de1era. Instancia, y las Defensorías de Menores eIncapaces, en razón de una por cada nuevo Juzgadode 1era.Instancia (art. 23 inc. d) ley K 4199); y aquelloscargos programados y con partidas asignadas en elejercicio 2009 y a programar para el ejercicio 2010, cuyaselección y designación depende de la conformaciónde estructuras superiores; tal el caso de la incorporaciónde los abogados adjuntos del Ministerio Público (art.14inc. d) y art. 20 inc. e) de la ley K 4199); el equipotécnico de las Oficinas de Asistencia al Detenido y delas Oficinas del Servicio Social (ambas en la órbita delM. P. de la Defensa, conforme Arts. 47 y 48 de la ley K4199); estructuras que se implementan mediante con-curso de oposición y antecedentes llevado a cabo porel Consejo de Defensores y Fiscales, para cuyaconformación se requiere de la designación del FiscalGeneral y del Defensor General (conf. Arts. 51 y 52inc.b) de la ley K 4199).

Las circunstancias apuntadas en el acápite V deestos considerandos, con más la explicitaciónprecedente, evidencian que la implementación gradualy responsable de la ley K 4199, conforme lo pautara elLegislador y lo proyectara puntualmente estaProcuración General en los dos ejercicios anteriores,se ha visto imposibilitada por razones que resultanajenas tanto a la voluntad de quien determina y decidela distribución del gasto público mediante la aprobaciónde la ley de leyes, como ajena a la autoridad que,conforme la ley, ordena u autoriza la ejecución del gasto.

Ahora bien, según estimaciones realizadas por laAdministración General, el presupuesto del programaMinisterio Público del año 2009 arrojará -aproximadamente- la suma de $ 8.800.000 de partidaspresupuestarias de ejecución imposible, dadas lascircunstancias puntualizadas "supra". Ello conlleva,en el presente cálculo de necesidades y gastos elindeseado efecto acumulativo de etapas y metasinsatisfechas, que ha conspirado contra la decisióndel legislador al establecer la gradualidad.

De manera que para el año 2010 se requierenpartidas por $ 13.949.200 a fin de cumplir con laimplementación de las estructuras pendientes y lasprogramadas inicialmente para esta última etapa.Postergando para futuros ejercicios la equiparación deemolumentos del Ministerio Público con relación a laMagistratura, conforme art.27 de la ley K 4199.

En lo que a gastos de funcionamiento se refiere enel Programa 16 se calcularon partidas por la suma de $1.995.800, las que se encuentran afectadas únicamentea solventar las compras de equipamiento informático ymobiliario de los organismos arriba detallados, lo cualse puntualiza, a fin de destacar que las nuevasestructuras funcionarán optimizando elaprovechamiento del gasto de funcionamientoproyectado en el programa 12.

XI) Que como corolario de todo lo expuesto ydetallado, el requerimiento para el programa 12 (estructura y funcionamiento actual) del MinisterioPúblico para el ejercicio 2010 asciende a la suma de $48.318.900, correspondiendo $ 48.198.900 a solventarcon recursos provenientes de Rentas Generales y $120.000 con recursos propios; y para el Programa 16(estructura y funcionamiento pendiente y acumulativo

por etapas no satisfechas) la suma de $ 15.945.000 asolventar en su totalidad con recursos de Rentas Ge-nerales.-

XII) No habré de soslayar algunas consideracionesfinales: sabido es que la Honorable Legislatura es lallamada a establecer el presupuesto de gastos y cálculode recursos y es quien aprueba o impugna las cuentasde inversión, de conformidad con las facultades que leotorga el artículo 139 inc. 8º de la Constituciónrionegrina. Siendo ello así , si se piensa que, casi todamedida de gobierno se traduce en un gasto, seconcluye que el presupuesto es, ante todo, un plan degobierno y además de ello, es un programa político,porque allí se plasma la decisión de cuáles gastos hande realizarse y cuáles no. Consiguientemente, es unplan elevado a la categoría de ley, por lo que no resultaexagerado ni novedoso afirmar que es algo más queuna ley, es un acto político, el acto de políticaeconómica por excelencia. Advertía Alberdi que elpresupuesto era "el barómetro que medía el grado deevolución y de civilización de una comunidad".

Los gastos que prevé la Constitución sólo puedentener justificativo ante pautas de bien común. Alrespecto decía Alberdi "En el gasto público, todo elapoyo que exige la ley, es que ella intervenga paraimpedir que se distraiga de su verdadero destino, quees el bien general; para impedir que exceda ese objeto,y para cuidar que el impuesto levantado para sufragarlono atropelle la libertad ni esterilice la riqueza … todaley orgánica que se ligue al fenómeno de los gastospúblicos o privados, ha de tener por término y puntode partida los derechos naturales del hombre en funciónde gastar o consumir, con intervención de su voz y enservicio de sus intereses de conservación y progreso".

Estos conceptos bien pueden aplicarse al caso delPoder Judicial, donde el bien común se focaliza engarantizar a través de las partidas necesarias y en eladecuado flujo de las mismas, el servicio esencial dejusticia para que puedan llevarse a cabo eficazmentelas altas funciones asignadas al mismo las que, entreotras, consisten en llevar justicia a los ciudadanoscoadyuvando de este modo a consagrar la paz social.Y muy especialmente al Ministerio Público, respectodel cual el propio Legislador reglamentó la autonomíafuncional del art. 215 de la Const. Pcial, dotándolo de laestructura orgánica necesaria que lo tornara visible,eficaz, útil y fortalecido para procurar justicia.Asumiendo "ab initio" la implementación gradual, locual dispuso de modo expreso en el texto de la leyOrgánica K 4199, con la autorización -también gradual-en los respectivos ejercicios y aún así; la voluntad delLegislador traducida en la tarea legisferante, no ha sidosuficientemente cumplida, para impedir que "sedistraiga su verdadero destino", como Alberdi lopropiciara.

Es menester recordar que la Corte Suprema deJusticia de la Nación mediante la Acordada 18/2005expresó que "Una inadecuada asignación de créditospara el Poder Judicial de la Nación afecta el principiode separación de poderes consagrado en laConstitución Nacional, al no dotársele de los recursosindispensables para el cumplimiento de la indelegablee independiente misión de administrar justicia, que exigeel respeto y la consolidación del sistema republicanode gobierno".

Estos conceptos de la Corte respecto a laasignación de créditos, poseen validez no sólo en loque se refiere a una inadecuada participaciónporcentual respecto del presupuesto general de la Pro-vincia, con afectación del sistema republicano, sinoque también poseen alcance respecto de los créditosaprobados del presupuesto en ejecución, conseñalamiento de la inconveniencia traducida en laobstrucción desde otro Poder u Organismo de lafacultad constitucional del Poder Judicial, en cualquierade sus ramas, de disponer y ejecutar los créditos delpresupuesto aprobado (art. 224 de la Constitución Pro-vincial); pues ello no sólo constituye una interferenciano autorizada por nuestro sistema republicano de

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12Viedma, 21 de Diciembre de 2009BOLETIN OFICIAL N° 4787

Gobierno, sino que atenta contra el plan político deGobierno que fuera aprobado por la Legislatura Pro-vincial.

Sin dudas el mejoramiento de las posibilidades y elallanamiento de todo obstáculo, en cuanto a ladinámica de ejecución de los créditos que le sonasignados en el presupuesto provincial a esta rama delPoder Judicial, reforzarían la convicción de afrontar eldesafío de transitar los caminos de una Reforma Judi-cial consensuada y estratégicamente planificada,implementando y asegurando el eficaz funcionamientode todo cuanto sea menester para brindar respuestaseficaces en tiempos razonables, en orden a una políticade Estado dirigida a brindar un servicio de justicia ágily acorde a las necesidades del ciudadano, cada vezmas requirente de soluciones, procurando que lasmismas sean evidenciadoras del real afianzamiento dela Justicia.

Por lo que, sin ambages ni eufemismos, cabeadvertir que, la ausencia de implementación total de laLey Orgánica del Ministerio Público, tal y como fueraconcebida por la Honorable Legislatura al momento desu sanción, configuraría el avasallamiento liso y llanode la autonomía que le es propia por mandaConstitucional y de la independencia que lecorresponde en tanto integra el Poder Judicial.

Por ello, en virtud de las facultades conferidas porlos Arts. 215 de la Constitución Provincial y la ley K4199, a los fines de cumplimentar el iter formativo delPresupuesto del Poder Judicial en orden a lo normadopor el Art. 224 de la Constitución Provincial;

La Sra. Procuradora Generaldel Poder Judicial de Río Negro

RESUELVEArt. 1º: Fijar el Programa de Gastos del Ministerio

Público para el ejercicio 2010, destinado a sostener laestructura vigente a la fecha (Programa 12) en la sumaCuarenta y Ocho Millones Trescientos Dieciocho MilNovecientos Pesos ($ 48.318.900), según el siguientedetalle:

Partida de personal: $. 44.319.100Partida de funcionamiento: $.3.999.800

Art. 2º: Fijar el Programa de gastos del MinisterioPúblico para el ejercicio 2010 destinado a la puesta enmarcha de los organismos previstos en la ley K 4199que a la fecha no se encuentran operativos por lascircunstancias detallados en los considerandos de lapresente (Programa 16) en la suma Quince MillonesNovecientos Cuarenta y Cinco Mil Pesos ($ 15.945.000),según el siguiente detalle:

Partida de personal: $. 13.949.200Partida de funcionamiento: $.1.995.800

Art. 3º: Remitir el programa presupuestario delMinisterio Público así fijado al Superior Tribunal deJusticia de la Provincia, cumplimentando el Art. 63 dela ley K 4199, y a los fines de conformación del Proyectode Presupuesto General del Poder Judicial.(art. 224 dela C.Pcial.).

Art. 4º: Encomendar al Sr. Administrador Generaldel Poder Judicial y demás funcionarios del área elcumplimiento de todo cuanto fuere menester para elgerenciamiento, la gestión y consecución de loprogramado en la presente resolución, la que seadjuntará a la Acordada que el STJ dicte a los fines deformular el Presupuesto General del Poder Judicial, conel objeto de su remisión a los restantes Poderes delEstado, en cumplimiento del Art. 224 de la ConstituciónProvincial.

Art. 5º: Ordenar a la Administración General y demásfuncionarios del área la intervención oportuna yadecuada para dar acabado cumplimiento a loestablecido por el Art. 23 de la ley K 4199, debiendoinformar a la Comisión de Presupuesto de la HonorableLegislatura, ante todo proyecto de ley o de aprobaciónde creación de organismos jurisdiccionales o detransformación de los mismos, que deberá contemplarla equilibrada creación de organismos del Ministerio

Público que representen los diversos intereses enconflicto que en ellos se ventilen, con asignación delas partidas correspondientes para su puesta enfuncionamiento, con cálculo detallado de esaAdministración, y su inclusión en la ley de presupuesto( art. 99 de la C.Pcial.).

Art. 6º: Regístrese, remítase al Superior Tribunal deJusticia, comuníquese.

Fdo.: Dra. Liliana Laura Piccinini, Procuradora Ge-neral - Poder Judicial.

—oOo—

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIADE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO

Resolución Nº 584Viedma, 2 de noviembre de 2009.

Visto y Considerando:Que mediante Resolución nro.725/04 el Superior

Tribunal de Justicia aprobó el Manual Operativo y losformularios de las Oficinas de Atención al Ciudadanodel Poder Judicial.

Que de conformidad a necesidades funcionales y alas modificaciones normativas vigentes, particularmen-te en lo que se refiere a las derivaciones del ciudadanoa los organismos judiciales o del servicio de lacomunidad, se hace necesario actualizar el contenidodel mencionado Manual.

Que asimismo y con respecto a los Formularios paralas Oficinas de Atención al Ciudadano, denominados:a) Formulario de Atención al Ciudadano (quejas,reclamos y sugerencias); b) Acuse de Recibo; c)Formulario de Derivación Interna; d) Formulario deDerivación Externa; e) Formulario de Devolución; f)Respuesta a Petición de Información; g) Respuestasobre Disconformidad; h) Hoja de Tramitación no seha sugerido ningún cambio, por lo que deberán seguirvigentes.

Que debido a la implementación de la CartaCompromiso con el Ciudadano, se ha fijado un estándarpara las Oficinas que mide la satisfacción de losciudadanos que concurren a las mismas, por lo cual seconsidera conveniente dar de baja al Formulariodenominado “Encuesta de Satisfacción”.

Por ello,El Superior Tribunal de Justiciade la Provincia de Río Negro

RESUELVE:1º - Aprobar el contenido del Manual Operativo de

las Oficinas de Atención al Ciudadano del Poder Judi-cial de Río Negro, cuyo texto actualizado forma parteintegrante de la presente Resolución, como Anexo I.

2º - Declarar la vigencia de los Formularios para lasOficinas de Atención al Ciudadano, denominados: a)Formulario de Atención al Ciudadano (quejas, reclamosy sugerencias); b) Acuse de Recibo; c) Formulario deDerivación Interna; d) Formulario de DerivaciónExterna; e) Formulario de Devolución; f) Respuesta aPetición de Información; g) Respuesta sobreDisconformidad y h) Hoja de Tramitación.

3º - Determinar la baja del Formulario denominado“Encuesta de Satisfacción”.

4º - Derogar la Resolución nro.725/04 STJ.5º - Regístrese, comuníquese a todos los

organismos del Poder Judicial de la Provincia de RíoNegro y oportunamente archívese.

Víctor Hugo Sodero Nievas, Juez STJ.Ante mí: Stella Latorre, Secretaria de

Superintendencia STJ.———

Anexo IMANUAL OPERATIVO

1.- Oficinas de Atención al Ciudadano - MisiónLas Oficinas de Atención al Ciudadano son centros

para información, orientación y derivación en temasrelacionados con trámites judiciales, vías de acceso ala justicia, etc. Tiene como misión facilitar a losciudadanos el acceso a una justicia rápida y efectiva afin de proporcionar una respuesta a los distintos

requerimientos de los ciudadanos en forma directa o através de derivaciones a organismos judiciales o aservicios de la comunidad.

2.- Servicios que brinda2.1 Informar, orientar y derivar en temas

relacionados con trámites judiciales, vías de acceso ala justicia, ubicación de dependencias, nombres deautoridades, direcciones y teléfonos de organismosjudiciales, explicar las características de losprocedimientos existentes y los requisitos para iniciaro intervenir en los procesos judiciales.

2.2 Orientar y derivar a los organismos externos encaso que un trámite no sea del ámbito judicial.

2.3 Recepcionar, procesar y dar respuesta a lasquejas, reclamos y sugerencias.

2.4 Distribuir la “Carta de los Derechos de losCiudadanos ante la Justicia”, la “Carta Compromisocon el Ciudadano” y folletería en general de interés delPoder Judicial.

2.5 Coordinar acciones con organismos externos einternos para resolver situaciones críticas presentadaspor los ciudadanos.

3.- Destinatarios de los serviciosTodas las personas que requieran el servicio.

4.- DerivacionesCuando un ciudadano, en su carácter de usuario de los

servicios de las Oficinas, se acerque a ellas será recibido,escuchado e informado sobre los temas relacionados contrámites judiciales, brindándole los posibles caminos deacceso a la justicia y en qué consisten cada uno de ellos.Como consecuencia de este servicio de orientación resultaráuna derivación del usuario a algunos de los organismosjudiciales o de los servicios de la comunidad.

Esta actividad se documentará en un formulario dederivación, con el cual se dará comienzo a un trámiteidentificado con un número y año, el cual se registraráinformáticamente en una base de datos y una vezresuelto se archivará.

4.1 Derivación con mediación obligatoriaCuando el ciudadano tenga el propósito de promover

una acción judicial en los supuestos de mediación pre-via obligatoria se le informará esta posibilidad, en esecaso será derivado a letrado particular de su elección oa la Defensoría General en turno a sus efectos.

4.2 Derivación a las FiscalíasCuando se trate de un caso en el cual se presuma la

comisión de un delito de Acción Pública la Oficinaderivará al ciudadano a la Fiscalía de turno o a la UFAP,a efectos de realizar la denuncia correspondiente.

A tal fin se confeccionará el formulario de derivación.4.3 Derivación a las DefensoríasCuando surja la necesidad del ciudadano de

información o asesoramiento jurídico o patrociniojurídico gratuito se lo derivará a la Defensoría en turnoque corresponda (según sea el caso Civil o Penal).

4.4 Derivación a las Defensorías de MenoresEn el caso que del relato del ciudadano la

problemática tenga que ver con menores e incapaces,huérfanos o abandonados en peligro se derivará a laDefensoría de Menores.

A tal fin se confeccionará un formulario dederivación.

4.5 Derivación a los Juzgados de PazSe derivará al Juzgado de Paz cuando el ciudadano

llegue a la OACi por cuestiones vecinales,contravenciones, acciones de menor cuantía, cuyovalor cuestionado no exceda el monto que anualmenteestablezca el Superior Tribunal de Justicia, con exclusiónde juicios universales, de familia, laborales, de desalojo,acciones posesorias y petitorias, y de todo otro tipode juicios especiales o en el supuesto de demandasreconvencionales siempre que su valor no exceda desu competencia. Asimismo cuando se quiera denunciaren materia de violencia familiar.

A tal fin se confeccionará un formulario dederivación.

Page 13: Nº 4787 - Río Negro Province · 2012. 7. 12. · Provincia de Río Negro. Artículo 8°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese. Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura

13Viedma, 21 de Diciembre de 2009 BOLETIN OFICIAL N° 4787

4.6 Derivación a un servicio de la red de recursospúblicos (RRP)

Cuando el conflicto deba recibir la intervención dealgún servicio de la RRP, el ciudadano será derivado alorganismo correspondiente.

A tal fin se confeccionará el formulario dederivación externo.

Las Oficinas de Atención al Ciudadano mantendránun intercambio permanente con cada uno de losservicios de la red. Las derivaciones se harán a travésde formularios, sin perjuicio de la realización decomunicaciones telefónicas que permitan agilizar laatención de los ciudadanos.

5.- Organización administrativa de las Oficinas deAtención al Ciudadano

Las Oficinas de Atención al Ciudadano dependerándel Superior Tribunal de Justicia a través de unCoordinador Ejecutivo asignado a tales efectos.

El Coordinador deberá velar por el normalfuncionamiento de las Oficinas de Atención alCiudadano. Redactará en caso de necesidad, unReglamento Interno a fin de fijar criterios en cuestionesfuncionales, sin olvidar el objetivo primordial de brindara todos los ciudadanos acceso a una justicia rápida yefectiva, informando, orientando y derivando cuandoasí corresponda.

Son funciones del Coordinador Ejecutivo ejercer elcontrol funcional del personal de las Oficinas,seleccionar servicios para integrar la Red de RecursosPúblicos asociados, atender el vínculo interno de lasOficinas con los distintos organismos judiciales y todaotra actividad institucional que resultase menester.

Asimismo, será responsable de la administraciónen coordinación con las respectivas GerenciasAdministrativas Circunscripcionales; la provisión deformularios; la difusión de las actividades de lasOficinas a través del Area de Relaciones Institucionalesdel Poder Judicial; la administración del vínculo conlos servicios de la red de recursos públicos; laregistración en los sistemas informáticos de losformularios; el procesamiento de las estadísticas; laadministración de los legajos (trámites iniciados) y velarpor el cumplimiento del presente Manual Operativo.

6.- Registro informático de la actividad de lasOficinas de Atención al Ciudadano

Toda la actividad que se realice en las Oficinas deAtención al Ciudadano deberán registrarse en una basede datos informática, con el doble propósito de efectuarel control automático de la gestión del caso, como asítambién la producción de estadísticas y seguimientoscualitativos que permitan monitorear la actividad delas Oficinas de Atención al Ciudadano.

7.- SupervisiónEl Coordinador Ejecutivo supervisará el

funcionamiento de cada una de las Oficinas deAtención al Ciudadano, manteniendo reuniones en cadauna de las sedes.

8.- Difusión de las actividades - Web siteSe propiciará una amplia difusión interna y externa

de las actividades de las Oficinas.Se contará con un sitio específico en la Página Web

del Poder Judicial, en el cual se volcará toda lainformación considerada de interés, así como tambiénse dispondrá de los formularios de reclamos ysugerencias y una dirección de correo electrónico, paraaquellos ciudadanos que cuenten con la posibilidadde acceso informático lo puedan hacer por este medio.

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Resolución Nº 585Viedma, 2 de noviembre de 2009.

Visto y Considerando:Que mediante Resolución nro.402/05 el Superior

Tribunal de Justicia aprobó el “Reglamento detramitación de quejas, reclamos y sugerencias” en el

ámbito de las Oficinas de Atención al Ciudadano-dependientes del Superior Tribunal de Justicia- delPoder Judicial de la Provincia de Río Negro.

Que en la mencionada Resolución, se consideróque la atención e información al ciudadano es en laactualidad parte esencial de la actividad del conjuntode las instituciones y organismos públicos y, que enel caso del Poder Judicial tiene la necesidad de res-ponder a demandas concretas de información sobrecauces legales, procedimientos, trámites, requisitosy documentación para las actuaciones que elciudadano se proponga realizar, así como tambiénreceptar las quejas, reclamos y sugerencias que losciudadanos puedan presentar respecto delfuncionamiento de la Administración de Justicia,todo ello a fin de propender a la satisfacción delciudadano y con ello la mejora de la imagen delfuncionamiento de la justicia y, convertirlas en unmecanismo de diagnóstico de deficiencias de laAdministración de Justicia que contribuya a laprogresiva mejora de la calidad del servicio públicoque se brinda.

Que de acuerdo a la experiencia resultante de suimplementación se deben realizar las adecuacionespertinentes, especialmente en lo referido al circuitoadministrativo que debe recorrer la presentación deuna queja, reclamo o sugerencia para ser tratada yresuelta, cuáles son sus plazos y cuáles losorganismos intervinientes, todo lo cual hacenecesario actualizar el contenido del mencionadoReglamento.

Que asimismo y con respecto a los Formularios paralas Oficinas de Atención al Ciudadano, denominados:a) Formulario de Atención al Ciudadano (quejas,reclamos y sugerencias); b) Acuse de Recibo; c)Formulario de Derivación Interna; d) Formulario deDerivación Externa; e) Formulario de Devolución; f)Respuesta a Petición de Información; g) Respuestasobre Disconformidad; h) Hoja de Tramitación no seha sugerido ningún cambio, por lo que deberán seguirvigentes.

Que debido a la implementación de la CartaCompromiso con el Ciudadano, se ha fijado un estándarpara las Oficinas que mide la satisfacción de losciudadanos que concurren a las mismas, por lo cual seconsidera conveniente dar de baja al Formulariodenominado “Encuesta de Satisfacción”.

Por ello,El Superior Tribunal de Justiciade la Provincia de Río Negro

RESUELVE:1º - Aprobar el contenido del “Reglamento de

tramitación de quejas, reclamos y sugerencias” en elámbito de las Oficinas de Atención al Ciudadano-dependientes del Superior Tribunal de Justicia- delPoder Judicial de la Provincia de Río Negro cuyo textoactualizado forma parte integrante de la presente Re-solución, como Anexo I.

2º - Declarar la vigencia de los Formularios para lasOficinas de Atención al Ciudadano, denominados: a)Formulario de Atención al Ciudadano (quejas, reclamosy sugerencias); b) Acuse de Recibo; c) Formulario deDerivación Interna; d) Formulario de DerivaciónExterna; e) Formulario de Devolución; f) Respuesta aPetición de Información; g) Respuesta sobreDisconformidad y h) Hoja de Tramitación.

3º - Determinar la baja del Formulario denominado“Encuesta de Satisfacción”.

4º - Derogar la Resolución nro.402/05 STJ.5º - Notificar a todos los organismos del Poder Ju-

dicial de la Provincia de Rio Negro, la actualización delsistema de quejas, reclamos y sugerencias, instruyendoa sus titulares respecto de la obligatoriedad de darcumplimiento al mismo en concordancia con la Ley K3830/04.

6º - Difundir a toda la opinión pública a través delos medios masivos de comunicación y mediantefolletería adecuada, respecto de los contenidos yalcances de la actualización de dicho Reglamento.

7º - Regístrese, comuníquese a todos losorganismos del Poder Judicial de la Provincia de RíoNegro y oportunamente archívese.

Luis Alfredo Lutz, Presidente STJ. - Víctor HugoSodero Nievas, Juez STJ.

Ante mí: Stella Latorre, Secretaria deSuperintendencia STJ.

———Anexo I - Resolución Nº 585/09

REGLAMENTO DE TRAMITACION DE QUEJAS,RECLAMOS Y SUGERENCIAS

Capítulo IDISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1º - ObjetoEl presente Reglamento tiene por objeto regular la

tramitación de las quejas, reclamos y sugerencias delos ciudadanos relativas al funcionamiento de losOrganismos del Poder Judicial de la Provincia de RíoNegro y la previa información y atención dentro delámbito de las Oficinas de Atención al Ciudadano

Artículo 2º - Competencia de los Responsables delos Organismos Judiciales y administrativos

Corresponde a los Responsables de cadaOrganismo Judicial o administrativo, a través de sussecretarios, funcionarios judiciales o de ley a cargo delárea respectiva y por su expresa disposición, darrespuesta a las quejas y reclamos que les hagan losinteresados en causas que se tramitan en su respectivoÓrgano Judicial. Dicha respuesta se deberá encauzar através de las Oficinas de Atención al Ciudadano de lacorrespondiente Circunscripción Judicial, en un plazomáximo que no excederá los quince (15) días del ingresodel formulario de queja, reclamo o sugerencia alorganismo judicial involucrado. Asimismo y cuando laqueja, reclamo y/o sugerencia corresponda al ámbitode los Ministerios Públicos, será el Procurador Generalo el representante de los Ministerios Públicos integrantede la Superintendencia General de cada CircunscripciónJudicial, quien tendrá la competencia para dar respuestaen el plazo antes mencionado.-

Artículo 3º - Funciones del Superior Tribunal deJusticia

El ordenamiento de las actividades de tramitaciónde las quejas, reclamos y sugerencias y de la previainformación al ciudadano -a través de las OACi-corresponde al STJ de quien estas oficinas dependen,quien elaborará los correspondientes materialesinformativos, formularios y protocolos de servicio. Losformularios así elaborados estarán en todo momento adisposición de los interesados en las sedes de lasOficinas de Atención al Ciudadano.

En ellos se hará constar expresamente que lainterposición de la queja, reclamo o sugerencia nosuspende los plazos establecidos en las leyes para elejercicio de cualquier recurso, acción o derecho quepudieran asistir al interesado.

Capítulo IINORMAS GENERALES DE TRAMITACIÓNArtículo 4º - Información a los interesadosa) Con carácter previo a la presentación de una

queja, reclamo o sugerencia, podrá solicitarseinformación genérica sobre la composición,competencia y regulación orgánica del Juzgadoo Tribunal colegiado, así como sobre lascaracterísticas de un determinado proceso otrámite. La información que suministre las O.A.Ci.no podrán afectar el contenido de la potestadjurisdiccional que privativamente correspondea los Juzgados y/o Tribunales Colegiados, ni lasfunciones de asesoramiento jurídico,representación y defensa en el procesolegalmente atribuidas a los profesionales delDerecho competentes o a los Defensores Ge-nerales cuando corresponda, y así se lo harásaber a los ciudadanos previo a toda tramitación.

Page 14: Nº 4787 - Río Negro Province · 2012. 7. 12. · Provincia de Río Negro. Artículo 8°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese. Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura

14Viedma, 21 de Diciembre de 2009BOLETIN OFICIAL N° 4787

b) Del mismo modo, a solicitud de los interesados ,las O.A.Ci. podrán requerir información en formaverbal o escrita en aquellas causas en las quesean parte o tuvieren un interés legítimo; la mismapodrá ser suministrada por medio del Secretarioo del personal competente de dichos organismosjudiciales, sin que en ningún caso la informaciónasí obtenida, pueda referirse a actuacionesdeclaradas secretas conforme a la Ley o a datosrelativos al honor, intimidad o propia imagen delas personas. Cuando se trate de una solicitudescrita se dará respuesta en el plazo previsto enel artículo 2° del presente Reglamento. En el casode una consulta verbal se responderá en unlapso máximo que no excederá los tres (3) díashábiles.

Artículo 5º - Presentación de quejas, reclamos ysugerencias

a. Los interesados podrán presentar sus quejas,reclamos o sugerencias, relativas al funciona-miento de los distintos organismos judiciales(incluidos los pertenecientes al Ministerio Pú-blico), en las correspondientes sedes Circunscrip-cionales de Atención al Ciudadano. A tal fin sedeberán completar los formularios que estarándisponibles en dichas oficinas, recibiendo endicho acto el interesado, comprobante con fechade recepción.

b. Dichos escritos, una vez presentados en lasO.A.Ci., serán remitidos para su tramitación yrespuesta al Coordinador Ejecutivo, conser-vando una copia en las Oficinas para suseguimiento y control.

Artículo 6º - Tramitación de quejas, reclamos osugerencias

Las actuaciones a que den lugar las quejas,reclamos y sugerencias formuladas en las O.A.Ci., porsu específica naturaleza de meras reclamaciones, nosusceptibles de afectar a derechos e intereses ni asituaciones jurídicas individualizadas, no podrán serobjeto de recurso.

Por ello, si el contenido de una queja o reclamoexcediese del ámbito del presente Reglamento, se pro-cederá a su remisión al órgano competente para suconocimiento y resolución. Las quejas, reclamos osugerencias no podrán tampoco afectar a los posiblesprocedimientos jurisdiccionales en curso.

6.1.- AMBITO6.1.1 Las sugerenciasSe admitirán sugerencias relativas a las cuestiones

generales, formuladas por teléfono, por escrito o enforma personal, aunque el interesado no facilite suidentidad, siempre que su objeto sea relevante para elfuncionamiento de la Administración de Justicia.

Las sugerencias presentadas por personasidentificadas se tramitarán de modo similar a las quejasy reclamos.

6.1.2 Las quejas y reclamosLas quejas y reclamos sobre el funcionamiento de

los Organismos Judiciales, tendrán que presentarsesiempre por escrito -completando el formulariocorrespondiente- y será preceptivo que el interesadodeje constancia de sus datos personales de identidady localización.

Los hechos que motiven la tramitación y resoluciónde las quejas y reclamos serán exclusivamente encuestiones que sean ajenas al ámbito disciplinario. Deno ser así, cualquier denuncia que se presentase conindicios de carácter disciplinario, será remitida a losorganismos que correspondan.

6.2 COMPETENCIALa competencia para la atención y tramitación, en

relación con las quejas, reclamos y sugerenciaspresentadas por los ciudadanos, corresponden a lasO.A.Ci.

Si el objeto de las mismas no se refieren a laAdministración de Justicia, sino a otros organismosdel Estado o entidades privadas, se le hará saber así alinteresado, ofreciéndole la información y ayudanecesaria para la derivación del asunto al organismocompetente para su conocimiento.

6.3 TRAMITACIÓN6.3.1. EficaciaLa tramitación de las quejas, reclamos y sugerencias

debe evitar todo tipo de formalismo y asumir unaperspectiva de servicio eficaz y de información yexplicación positiva al ciudadano. Siempre que seaviable, el proceso descripto se desarrollará mediante lautilización de medios informáticos que permitan unamayor agilidad en la tramitación del mismo.

6.3.2. PresentaciónSe procurará que los textos y escritos presentados

contengan la mención completa y suficiente de lascircunstancias de identificación de los interesados, delobjeto de su queja, reclamo o sugerencia, del órgano alque se dirige y del órgano jurisdiccional yprocedimiento al que se refiere, orientando en su casoa los interesados a estos mismos fines y sin que ellodificulte o demore en ningún momento la presentaciónde su solicitud.

Las quejas, reclamos y sugerencias se podránpresentar directamente en las O.A.Ci. y donde noexistan éstas, en los Juzgados de Paz distribuidos entoda la Provincia, quienes derivarán el trámite a dichasOficinas de acuerdo a la jurisdicción que corresponda.Cuando en las O.A.Ci. se reciban escritos de quejas,reclamos o sugerencias cuyo soporte de presentaciónno se ajuste al formulario oficial de atención alciudadano, el funcionario trasladará a un “formulariooficial” de atención al ciudadano los datos einformación que figuren en el escrito recibido, el cualse unirá al escrito presentado.

Todos los formularios de las O.A.Ci. podrán sermodificados en función a las necesidades de servi-cio y de la experiencia resultante de su implementa-ción.

6.3.3. DisponibilidadEs responsabilidad del Coordinador de las O.A.Ci.,

la puesta a disposición del público de los formularios,siguiendo las pautas y el modelo que se establece en elpresente Reglamento.

6.3.4. AccesibilidadLos empleados a cargo de las O.A.Ci. colaborarán

en la confección del formulario cuando así se solicitepor los interesados y verificarán que los datosrequeridos estén completos.

6.3.5. AdvertenciaEs obligatorio advertir al ciudadano en el momento

de su presentación que las quejas y reclamosformuladas, no tendrán en ningún caso la calificaciónde recurso administrativo y que su interposición noparalizará los plazos establecidos en la normativavigente. Igualmente se le informará que lapresentación de su queja, reclamo o sugerencia, noafectará en modo alguno el ejercicio de las restantesacciones o derechos que de conformidad con lanormativa reguladora de cada procedimiento puedaejercer el interesado.

6.3.6 RegistroRecibida una queja, reclamo o sugerencia o petición

escrita de información, se registrará de forma inmediatao con la mayor brevedad posible.

A cada petición presentada por los ciudadanos, sele asignará un número de orden consecutivo, queseparado por una barra o similar irá seguido de los dosúltimos dígitos del año de presentación,correspondiendo a la primera presentada de cada añoel número uno. Cuando la misma persona presente deforma repetida quejas sobre el mismo asunto y por elmismo motivo, se acumularán todas a la primerapresentación, tramitándose en una sola vez. Se dejaráconstancia de tal acumulación y a efectos estadísticostendrán la consideración de una única queja.

6.3.7 Acuse de reciboCuando el ciudadano presente directamente su

queja, en el mismo acto se completarán los datos quehaya omitido y se le entregará una copia sellada delformulario de queja a modo de acuse de recibo,ofreciéndole simultáneamente información sobre elproceso que genera la presentación de su escrito.

6.3.8. Hoja de tramitaciónA continuación del formulario original de cada queja

se unirá la hoja de tramitación. En ella el empleado de lasO.A.Ci. anotará, en orden cronológico, las gestiones quese vayan realizando para la resolución de la queja o reclamo,así como los datos de interés para su mejor conocimiento.Si el interesado presentara documentación, ésta se uniráa continuación de la hoja de tramitación.

6.3.9. Obtención de información sobre las anomalíasmanifestadas

Al margen del cauce por el que se hubiera recibidola queja, reclamo o sugerencia, se procederá a la mayorbrevedad -cuando se considere necesario- a solicitardel interesado cualquier dato, documento, aclaracióno información complementaria que se precise, por elmedio que resulte más ágil y eficaz (teléfono, fax, correoelectrónico, correo postal...) a fin de poder atenderadecuadamente a su solicitud.

6.3.10. Corrección de anomalíasCuando la queja, reclamo o sugerencia se presente

de forma directa o presencial por el ciudadano, seintentará dar solución al problema planteado de manerainmediata. Si esto no fuera posible, se informará alciudadano de las gestiones que se seguirán y que se lemantendrá informado sobre las mismas.

Recibida la queja, reclamo o sugerencia se enviaráal organismo competente solicitando a su vez quecomunique a las O.A.Ci. las medidas adoptadas por suparte las cuales notificarán al ciudadano.

6.3.11. Comunicación de las medidas adoptadas alciudadano

Las O.A.Ci. encargadas de tramitar la queja, reclamoo sugerencia, informarán al interesado de las medidasadoptadas dejando la debida constancia interna en lahoja de tramitación correspondiente.

6.3.12. ArchivoUna vez efectuada la notificación al ciudadano, se

procederá al archivo de la queja, reclamo o sugerencia.6.3.13. EstadísticaLa centralización del procesamiento y el análisis de

los datos estadísticos relativos a las quejas, reclamosy sugerencias, corresponden a las O.A.Ci., Estaestadística se elaborará sobre la documentación quese genere en cada Oficina. El Coordinador de lasOficinas de Atención al Ciudadano remitirá al STJ elresultado de dichas estadísticas en forma mensual. Delresultado estadístico se dará publicidad en la MemoriaAnual que el Poder Judicial de la Provincia de Río Ne-gro remite a la Honorable Legislatura Provincial.

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Resolución Nº 614Viedma, 12 de noviembre de 2009.

Visto: el expediente nro. SS-09-0010 caratulado:“Presidente del STJ s/Llamado a Concurso Director deMétodos Alternativos de Resl. de Conflictos”, y

CONSIDERANDO:Que por Resolución nro. 58/09 el Presidente del

Superior Tribunal de Justicia, ha llamado a concursode títulos, antecedentes y oposición para la provisióndel cargo de Director de Métodos Alternativos de Re-solución de Conflictos , actualmente con asiento defunciones en la ciudad de General Roca; con jerarquíafuncional y remuneratoria de Juez de Primera Instancia,conforme lo establecido en la Ley P Nº 3847 y DecretoNº 938/06, Ac. 1/05 y Res. 384/06-STJ-

Que por Secretaría de Superintendencia seconfeccionó la nómina de aspirantes inscriptos a dichoconcurso.

Que conforme lo establecido en la referidaresolución se cumplimentaron las tres instancias deevaluación: a) Antecedentes, b) Examen de oposición

Page 15: Nº 4787 - Río Negro Province · 2012. 7. 12. · Provincia de Río Negro. Artículo 8°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese. Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura

15Viedma, 21 de Diciembre de 2009 BOLETIN OFICIAL N° 4787

y c) Entrevista con los Sres. Jueces del S.T.J.,obteniendo el mayor puntaje total la Dra. Norah An-drea Aguirre, según actas que glosan en autos.

Que la mencionada profesional ha completado elexamen psicofísico en el Cuerpo Médico Forense dePrimera Circunscripción Judicial, encontrándose aptapara las funciones a desarrollar, conforme pericia de fs.70.

Por ello,El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia

RESUELVE:1º - Designar en el cargo de Director de la Dirección

de Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos,(DIMARC) dependiente del Superior Tribunal deJusticia, a través de la Secretaría de Superintendencia,a la Dra. Norah Andrea Aguirre, DNI. Nº 14.218.863, apartir del 01/02/2010, con jerarquía equivalente a Juezde Primera Instancia y asiento de funciones,actualmente, en la ciudad de General Roca, por eltérmino de tres (03) años, pudiendo ser renominada(Ley P Nº 3847 y Decreto Nº 938/06, Ac. 1/05 y Res.384/06-STJ).-

2º - La profesional designada deberá prestarjuramento de ley, por ante el Presidente del SuperiorTribunal de Justicia.

3º - Registrar, comunicar, tomar razón y opor-tunamente archivar.

Luis Alfredo Lutz, Presidente STJ. - Alberto ÍtaloBalladini, Juez STJ. - Víctor Hugo Sodero Nievas, JuezSTJ.

Ante mí: Stella Latorre, Secretaria deSuperintendencia STJ.

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Resolución Nº 621Viedma, 12 de noviembre de 2009.

Visto y Considerando:Que conforme lo dispuesto por el Cuerpo en Re-

solución nro. 729/08-STJ- se ratificó y aprobó las listascorrespondientes a Conjueces, Funcionarios “ad-hoc”y Jueces Sustitutos que habrán de reemplazar aMagistrados y Funcionarios desde el 1/02/09 al 31/01/10 en los distintos organismos judiciales de la Provin-cia, todo ello de acuerdo a lo establecido por los arts.44 inc. ñ) y 22 de la Ley K Nro. 2430 y Ley K Nro. 4199,con la intervención de la Procuración General.-

Que en dicha resolución se incluyó la nómina delos profesionales que actuarán como Defensores ad-hoc en mediación (Art. 28 del Decreto Reglamentarionro. 938).

Que posteriormente, por resolución N° 307/09 secreó en la ciudad de Cinco Saltos la Delegación delCEJUME, cuya puesta en marcha se efectuó a partirdel 15-06-09.

Que en ese orden de cosas, la señora Directora delCeJuMe de la IVa. C.J., solicita se incluya abogadospreferentemente residentes en la mencionada localidady otros que puedan hacer suficiente el listado pertinentepara las necesidades que la nueva estructura plan-tea.

Por ello,El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia

RESUELVE:1º - Incluir en la nómina de conjueces, funcionarios

ad-hoc y jueces sustitutos para la IVa. CircunscripciónJudicial, el siguiente listado:

Nómina de Conjueces, Funcionarios ad-hocy Jueces Sustitutos que actuarán desde el 1/02/09al 31/01/2010 en la IVa. Circunscripción Judicial

• Defensores ad-hoc para actuar en Mediación -Cuarta Circunscripción Judicial - Cinco Saltos.

1) Campetella, Marcelo2) De La Canal, Laura3) Ibarra, Mario4) Lagos, Valeria5) Nolivo, Rafael6) Pasta, Adriana7) Yapur, Eugenia

2º - Disponer que por la Secretaría Nº 5, se procedaa expedir copia para su remisión a los distintosorganismos judiciales de la Provincia y Colegio deAbogados de la Cuarta Circunscripción Judicial a losfines pertinentes, agregándose fotocopia de la presenteResolución.

4º - Registrar, comunicar, tomar razón y opor-tunamente archivar.

Luis Alfredo Lutz, Presidente STJ. - Alberto ÍtaloBalladini, Juez STJ. - Víctor Hugo Sodero Nievas, JuezSTJ.

Ante mí: Stella Latorre, Secretaria deSuperintendencia STJ.

—oOo—

DISPOSICION–—

Provincia de Río NegroMinisterio de Gobierno

DIRECCION GENERAL REGISTRO DE LAPROPIEDAD INMUEBLE

Disposición Administrativa Nº 2/09Viedma,14 de diciembre de 2009

Visto, el Decreto N° 1005 de fecha 10 de diciembre2009;

CONSIDERANDO:Que mediante el mismo se dispone el otorga-

miento de la licencia anual por vacaciones de losagentes estatales, con carácter obligatorio durante elperíodo de receso, establecida desde el 21 de di-ciembre de 2009 hasta el día 22 de enero de 2010, inclu-sive;

Que las licencias que superen dicho plazo, podránser otorgadas, en lo que excediere, en el período quedetermine el titular de la jurisdicción, debiendoutilizarse preferentemente el lapso que media entre lafinalización del receso previsto en el artículo 1 y el 15de marzo de 2009;

Que este organismo se encuentra dentro delsupuesto de excepción establecido por el artículo 4 delDecreto mencionado, que establece que los organismosy dependencias de la Administración Pública Provin-cial que presten servicios directos a la comunidad oque por la naturaleza de los mismos no pudieren serinterrumpidos quedarán exceptuados del mentadoDecreto, por lo que su titular está facultado para dis-poner la modalidad de otorgamiento de las licenciasanuales;

Que es responsabilidad del titular del organismoasegurar el funcionamiento del mismo, mediantela distribución equitativa de las licencias anuales,por lo que se hace necesario adoptar los recaudospara adecuar la norma considerada al servicio presta-do;

Que en tal sentido es necesario reducir el horariode atención al público en los Departamentos deMesa de Entradas de la I, II y III CircunscripciónJudicial, durante el período citado, como así tambiéngarantizar la expedición, dentro de los términoslegales, de los certificados de dominio e inhibicio-nes.-

Por ello y en virtud de lo dispuesto por el artículo38 inciso b) de la Ley 810,

La Directora Generaldel Registro de la Propiedad Inmueble

DISPONE:Artículo 1° - Establecer que los Departamentos de

Mesa de Entradas de la I, II y III Circunscripción Judi-cial atenderán al público, durante el períodocomprendido entre el 21 de diciembre de 2009 hasta eldía 22 de enero de 2010 ambos incluidos, en el horariode 9:00 hs., a 11:00 hs., sin excepción alguna.-

Art. 2º - Ratifícase que el diligenciamiento de loscertificados de dominio e inhibiciones se realizarádentro de los plazos legales establecidos.-

Art. 3º - Regístrese, comuníquese y archívese.Dra. Olga Patricia Alonso, Directora General

Registro de la Propiedad.

ORDENANZAS MUNICIPALES—–

Provincia de Río NegroMUNICIPALIDAD

DE SAN CARLOS DE BARILOCHEConcejo Municipal

Ordenanza Municipal Nº 1974-CM-09El Concejo Municipal

de San Carlos de BarilocheSanciona con Carácter de

ORDENANZA:Artículo 1º - Se aprueba el Convenio suscripto por

el Sr. Intendente Municipal de la ciudad de San Carlosde Bariloche con la Secretaría de Interior y PolíticasNutricionales del Ministerio de Familia de la Provinciade Río Negro, dentro del convenio marco para laimplementación del Programa de Refuerzo Alimentarioen Comedores Escolares, Plan Nacional de SeguridadAlimentaria, Ministerio de Desarrollo Social de laNación, que como Anexo I forma parte de la presente.

Art. 2º - Comuníquese. Publíquese en el BoletínOficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.

Lic. Ángel Darío Barriga, Presidente Concejo Mu-nicipal.- Dra. María Alexa Dal Blanco, Asesora Legala/c. Secretaría Concejo Municipal

–––Resolución Nº 3160-I-2009El Intendente Municipal

de la ciudad de San Carlos de BarilocheRESUELVE:

Artículo 1º - Promulgar la Ordenanza Nº 1974-CM-2009, sancionada por el Concejo Municipal con fecha26 de noviembre de 2009, y cúmplase de conformidad.

Art. 2º - La presente Resolución será refrendadapor la Secretaria de Desarrollo Social, el Secretario deEconomía, Obras y Servicios Públicos, y el Secretariode Gobierno y Participación Ciudadana.

Art. 3º - Comuníquese, publíquese, tómese razón,dése al Registro Oficial. Cumplido, archívese.

S. C. de Bariloche, 10 de diciembre de 2009.Marcelo Alejandro Cascon, Intendente Municipal.-

Norma Gómez, Secretaria de Desarrollo Social.- Dr.Federico Lutz, Secretario de Economía, Obras yServicios Públicos.- Jorge Franchini, Secretario deGobierno y Participación Ciudadana.

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Ordenanza Municipal Nº 1975-CM-09El Concejo Municipal

de San Carlos de BarilocheSanciona con Carácter de

ORDENANZA:Artículo 1º - Se aprueba el convenio suscripto por

el Sr. Intendente Municipal de la ciudad de San Carlosde Bariloche con la Secretaría de Interior y PolíticasNutricionales del Ministerio de Familia de la Provinciade Río Negro, dentro del convenio marco para laimplementación del Programa de Refuerzo Alimentarioen Comedores Escolares, Plan Nacional de SeguridadAlimentaria, Ministerio de Desarrollo Social de laNación, que se adjunta a la presente como Anexo I.

Art. 2º - Comuníquese. Publíquese en el BoletínOficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.

Lic. Ángel Darío Barriga, Presidente Concejo Mu-nicipal.- Dra. María Alexa Dal Blanco, Asesora Legala/c. Secretaría Concejo Municipal

–––Resolución Nº 3161-I-2009El Intendente Municipal

de la ciudad de San Carlos de BarilocheRESUELVE:

Artículo 1º - Promulgar la Ordenanza Nº 1975-CM-2009, sancionada por el Concejo Municipal con fecha26 de noviembre de 2009, y cúmplase de conformidad.

Art. 2º - La presente Resolución será refrendadapor la Secretaria de Desarrollo Social, el Secretario deEconomía, Obras y Servicios Públicos, y el Secretariode Gobierno y Participación Ciudadana.

Page 16: Nº 4787 - Río Negro Province · 2012. 7. 12. · Provincia de Río Negro. Artículo 8°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese. Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura

16Viedma, 21 de Diciembre de 2009BOLETIN OFICIAL N° 4787

Art. 3º - Comuníquese, publíquese, tómese razón,dése al Registro Oficial. Cumplido, archívese.

S. C. de Bariloche, 10 de diciembre de 2009.Marcelo Alejandro Cascon, Intendente Municipal.-

Norma Gómez, Secretaria de Desarrollo Social.- Dr.Federico Lutz, Secretario de Economía, Obras yServicios Públicos.- Jorge Franchini, Secretario deGobierno y Participación Ciudadana.

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Ordenanza Municipal Nº 1977-CM-09El Concejo Municipal

de San Carlos de BarilocheSanciona con Carácter de

ORDENANZA:Artículo 1º - Se modifica la Ordenanza 1815-CM-08

en su artículo 5º, quedando redactado de la siguientemanera:

“Art. 5°) Facultades.El IMTVHS tiene las siguientes facultades:a) Administrar los fondos asignados por las

normas vigentes y los convenios suscriptospor la Municipalidad que se destinen parael cumplimiento de los objetivos yfinalidades que le impone al organismo lapresente Ordenanza.

b) Adquirir o transferir bienes muebles einmuebles a título oneroso o constituirsobre ellos derechos reales previaconformidad del Poder Ejecutivo yautorización del Concejo Municipal.

c) Proponer ante la Legislatura de Río Negrola expropiación de los inmuebles requeridospara el desarrollo de los planes a su cargo.

d) Recibir subsidios, tomar dinero prestado,fianzas o garantía de bancos, u otrasinstituciones nacionales, provinciales,mixtas, con asiento en la ciudad de SanCarlos de Bariloche, previa conformidaddel Poder Ejecutivo y autorización delConcejo Municipal.

e) Otorgar créditos hipotecarios a personasfísicas que tengan una residencia mínimade tres (3) años en la ciudad de San Carlosde Bariloche, a los efectos de lafinanciación, de hasta el ciento por cientodel precio de compra, construcción,refacción, remodelación, ampliación, omejoramiento de servicios, del inmuebledestinado a vivienda familiar única.

f) Otorgar subsidios mediante resoluciónfundada en estudio socio-económico sobreel precio de las unidades de vivienda o sobrela tasa de interés a aplicar, en lasoperatorias tendientes a promocionar lademanda, y a aquellas tendientes a estimularla oferta de inmuebles en la ciudad de SanCarlos de Bariloche.

g) Otorgar derechos reales o personales a per-sonas físicas, sin perjuicio de la potestad deotorgar créditos intermedios a personasjurídicas para la construcción, refacción,remodelación, ampliación, o mejoramientode servicios de vivienda familiar única.

h) Celebrar convenios con organismosinternacionales o extranjeros nacionales,regionales, provinciales, municipales,autárquicos u otras entidades públicas oprivadas de fin público, a efectos decumplimentar las finalidades de la presenteOrdenanza.

i) Aceptar donaciones o legados sin cargosegún lo determinado por la normativamunicipal vigente.

j) Estructurar y participar de fideicomisos,cuyo objetivo sea el financiamiento deplanes de vivienda social.

k ) Organizar y participar de congresos yeventos relacionados con la temática de la

construcción, la vivienda, el hábitat ymaterias afines.

l) Elaborar, editar publicaciones, utilizartodo medio de comunicación para difundircualquier actividad vinculada alcumplimento de las finalidades del IMTVHS.

m)Ejecutar un estudio permanente de lasnecesidades relativas a la vivienda en elámbito de la ciudad de San Carlos deBariloche, localizando déficit cualitativo ycuantitativo.

n) Gestionar los fondos ante el Gobierno de laProvincia de Río Negro para ejecutarpolíticas y acciones que permitan la puestaen valor, recuperación y mantenimientoedilicio de los complejos urbanos y deviviendas en barrios que se encuentrendentro de la órbita de administración delInstituto de Planificación y Promoción dela Vivienda (I.P.P.V) mediante convenios decooperación con dicho organismo.

ñ) Establecer y ejecutar eficientes mecanismosde cobro y recupero financiero de lasdistintas soluciones de hábitat socialbrindadas, a efectos de poder darlecontinuidad a nuevas operatorias con eserecupero de dinero.

o) Establecer la obligatoriedad por parte delInstituto Municipal de Tierra y Viviendapara el Hábitat Social, del mantenimientopermanente del registro de inscripción dedemandantes de soluciones habitacionales,donde se recabarán los datos socioeconómicos de las familias. El citado registropermitirá establecer y priorizar el tipo desoluciones a brindar (tierra, vivienda,mejoras habitacionales u otras). Asimismose deberá establecer un sistema depriorización entre los vecinos registradospara la adjudicación de cualquier tipo desolución habitacional.

p) Establecer que todos los demandantes desoluciones habitacionales agrupados enCooperativas y que se encuentrentramitando soluciones parciales o totales através del Instituto Municipal de Tierra yVivienda para el Hábitat Social, deberánestar inscriptos en el Registro deInscripción.

q) Establecer un sistema de priorización entrelas cooperativas para la adjudicación decualquier tipo de solución habitacional.

Art. 2° - Se aprueba el texto ordenado de laOrdenanza 1815-CM-08, que como Anexo I forma partede la presente.

Art. 3º - Comuníquese. Publíquese en el BoletínOficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.

Lic. Ángel Darío Barriga, Presidente Concejo Mu-nicipal.- Dra. María Alexa Dal Blanco, Asesora Legala/c. Secretaría Concejo Municipal

–––Resolución Nº 3107-I-2009El Intendente Municipal

de la ciudad de San Carlos de BarilocheRESUELVE:

Artículo 1º - Promulgar la Ordenanza Nº 1977-CM-2009, sancionada por el Concejo Municipal con fecha26 de noviembre de 2009, y cúmplase de conformidad.

Art. 2º - La presente Resolución será refrendadapor la Secretaria de Planeamiento y Medio Ambiente, yel Secretario de Gobierno y Participación Ciudadana.

Art. 3º - Comuníquese, publíquese, tómese razón,dése al Registro Oficial. Cumplido, archívese.

S. C. de Bariloche, 9 de diciembre de 2009.Marcelo Alejandro Cascon, Intendente Municipal.-

Fabiela Orlandi, Secretaria de Planeamiento y MedioAmbiente.- Jorge Franchini, Secretario de Gobierno yParticipación Ciudadana.

Anexo I - Ordenanza 1977-CM-09

Texto OrdenadoOrdenanza 1815-CM-08

Aprobado por Ordenanza 1977-CM-09sancionada el 26 de noviembre de 2009

Artículo 1º - Creación y ObjetoSe crea el Instituto Municipal de Tierra y Vivienda

para el Hábitat Social (IMTVHS), el que será órgano deaplicación de las políticas sobre hábitat fijadas por laMunicipalidad de San Carlos de Bariloche.

Art. 2° - Naturaleza Jurídica.El IMTVHS tiene autarquía administrativa,

económica y financiera, conforme el alcance dispuestoen la presente Ordenanza.

Art. 3º - Principios Generales.Son principios de la presente Ordenanza:a. Contribuir al acceso a la vivienda digna de todos

los habitantes de San Carlos de Bariloche, queestén imposibilitados por razones económicas ysociales de acceder a la misma por cualquiera delos medios regidos por el sector privado, y querequieran de la participación del sector públicopara lograrlo.

b. Propender a reducir, mediante la ejecución depolíticas activas, el déficit habitacional, detierras, de equipamiento comunitario,infraestructura y servicios, que se registran enla ciudad de San Carlos de Bariloche, juntamentecon las secretarías correspondientes delDepartamento Ejecutivo.

c. Promover el efectivo ejercicio del derecho alhábitat y a la vivienda de todos los habitantesde la ciudad de San Carlos de Bariloche. Estimularla participación ciudadana a través deinstituciones públicas o sociales.

d. Promocionar la demanda y estimular la oferta devivienda.

e. Garantizar la regularización dominial de losinmuebles a favor de los destinatarios de lasdiferentes operatorias.

f. Desarrollar estrategias tendientes a laoptimización de la administración de la carteracrediticia, con el objetivo de generar los recursosnecesarios para el mejor cumplimiento de lastareas del IMTVHS.

Art. 4° - Programas y Acciones.Los programas y acciones que formule el IMTVHS

deben:a. Apuntar a facilitar el acceso o mejoramiento de

la vivienda comprendiendo la construcción delas mismas, la urbanización de las tierras en quese levanten, y la promoción de la vida comunitariade sus habitantes.

b. Promocionar la demanda a través de accionestendientes a facilitar el acceso a la vivienda o elmejoramiento de la misma, de los habitantes dela ciudad de San Carlos de Bariloche, mediantepolíticas de crédito instrumentadas con recursospropios o de operatorias de co-financiamientocon entidades financieras oficiales.

c. Sostener y promover políticas y accionesautogestivas y co-gestivas, a través deoperatorias que permitan el acceso a la viviendao el mejoramiento de la misma, de sectoresorganizados colectivamente que reúnan lascondiciones fijadas en las ordenanzas locales yleyes provinciales y nacionales que rigen en lamateria.

d. Financiar la oferta estructurando operatorias quepermitan el desarrollo de planes habitacionaleso proyectos constructivos, a través demecanismos de financiamiento o co-financiamiento con entidades financierasoficiales.

e. Regular la urbanización de asentamientos ynúcleos habitacionales transitorios existentes.

Page 17: Nº 4787 - Río Negro Province · 2012. 7. 12. · Provincia de Río Negro. Artículo 8°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese. Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura

17Viedma, 21 de Diciembre de 2009 BOLETIN OFICIAL N° 4787

f. Promover el alquiler social en forma directa aaquellos grupos familiares vulnerables ensituación de riesgo o a través de seguros decaución de acuerdo a lo fijado en las leyes delocaciones urbanas.

g. Otorgar preferencia a las personas concapacidades diferentes y de escasos recursoseconómicos, dándoles en la adjudicación deinmuebles construidos a través de los programasde urbanización de núcleos habitacionalestransitorios, y asentamientos en general, unpuntaje adicional contra la presentación delCertificado de Discapacidad, otorgado por elorganismo público competente.

Art. 5º - Facultades.El IMTVHS tiene las siguientes facultades:a. Administrar los fondos asignados por las normas

vigentes y los convenios suscriptos por la Mu-nicipalidad que se destinen para el cumplimientode los objetivos y finalidades que le impone alorganismo la presente Ordenanza.

b. Adquirir o transferir bienes muebles e inmueblesa título oneroso o constituir sobre ellos derechosreales previa conformidad del Poder Ejecutivo yautorización del Concejo Municipal.

c. Proponer ante la Legislatura de Río Negro laexpropiación de los inmuebles requeridos parael desarrollo de los planes a su cargo.

d. Recibir subsidios, tomar dinero prestado, fianzaso garantías de bancos u otras institucionesnacionales, provinciales, mixtas, con asiento enla ciudad de San Carlos de Bariloche, previaconformidad del Poder Ejecutivo y autorizacióndel Concejo Municipal.

e. Otorgar créditos hipotecarios a personas físicasque tengan una residencia mínima de tres (3) añosen la ciudad de San Carlos de Bariloche, a losefectos de la financiación de hasta el ciento porciento del precio de compra, construcción,refacción, remodelación, ampliación, omejoramiento de servicios, del inmuebledestinado a vivienda familiar única.

f. Otorgar subsidios mediante resolución fundadaen estudio socio-económico sobre el precio delas unidades de vivienda o sobre la tasa deinterés a aplicar, en las operatorias tendientes apromocionar la demanda, y a aquellas tendientesa estimular la oferta de inmuebles en la ciudad deSan Carlos de Bariloche.

g. Otorgar derechos reales o personales a perso-nas físicas, sin perjuicio de la potestad de otorgarcréditos intermedios a personas jurídicas para laconstrucción, refacción, remodelación,ampliación, o mejoramiento de servicios devivienda familiar única.

h. Celebrar convenios con organismosinternacionales o extranjeros, nacionales,regionales, provinciales, municipales,autárquicos u otras entidades públicas oprivadas de fin público, a efectos de cumplimentarlas finalidades de la presente Ordenanza.

i. Aceptar donaciones o legados sin cargo segúnlo determinado por la normativa municipalvigente.

j. Estructurar y participar de fideicomisos, cuyoobjetivo sea el financiamiento de planes devivienda social.

k. Organizar y participar de congresos y eventosrelacionados con la temática de la construcción,la vivienda, el hábitat y materias afines.

l. Elaborar, editar publicaciones, utilizar todo mediode comunicación para difundir cualquieractividad vinculada al cumplimento de lasfinalidades del IMTVHS.

m. Ejecutar un estudio permanente de lasnecesidades relativas a la vivienda en el ámbitode la ciudad de San Carlos de Bariloche,localizando déficit cualitativo y cuantitativo.

n. Gestionar los fondos ante el Gobierno de la Pro-vincia de Río Negro para ejecutar políticas yacciones que permitan la puesta en valor,recuperación y mantenimiento edilicio de loscomplejos urbanos y de viviendas en barrios quese encuentren dentro de la órbita deadministración del Instituto de Planificación yPromoción de la Vivienda (I.P.P.V) medianteconvenios de cooperación con dicho organismo.

ñ. Establecer y ejecutar eficientes mecanismos decobro y recupero financiero de las distintassoluciones de hábitat social brindadas, a efectosde poder darle continuidad a nuevas operatoriascon ese recupero de dinero.

o. Establecer la obligatoriedad por parte delInstituto Municipal de Tierra y Vivienda para elHábitat Social, del mantenimiento permanente delregistro de inscripción de demandantes desoluciones habitacionales, donde se recabaránlos datos socio económicos de las familias. Elcitado registro permitirá establecer y priorizar eltipo de soluciones a brindar (tierra, vivienda,mejoras habitacionales u otras). Asimismo sedeberá establecer un sistema de priorización en-tre los vecinos registrados para la adjudicaciónde cualquier tipo de solución habitacional.

p. Establecer que todos los demandantes de solucioneshabitacionales agrupados en Cooperativas y que seencuentren tramitando soluciones parciales o totalesa través del Instituto Municipal de Tierra y Viviendapara el Hábitat Social, deberán estar inscriptos en elRegistro de Inscripción.

q. Establecer un sistema de priorización entre lascooperativas para la adjudicación de cualquiertipo de solución habitacional.

(Texto modificado y ordenado por la Ordenanza1977-CM-09 aprobada en la sesión del 26 denoviembre de 2009.)

Art. 6º - Patrimonio y Recursos.Constituyen el patrimonio del IMTVHS:a. Los fondos que a tal efecto destine la Municipa-

lidad de San Carlos Bariloche.b. La participación que le pueda corresponder a la

Municipalidad de San Carlos de Bariloche, en ladistribución del Fondo Nacional de la Vivienda(FO.NA.VI), a través del Instituto de Planificacióny Promoción de la Vivienda (I.P.P.V) o el que losustituya o complemente en el futuro en calidadde organismo de ejecución en jurisdicción de laspolíticas de vivienda.

c. Las donaciones y legados.d. Los fondos provenientes de convenios que cele-

bre el IMTVHS con el Estado Nacional o Provin-cial.

e. Los bienes muebles e inmuebles que el EstadoNacional, Provincial y/o Municipal transfieranal IMTVHS.

f. El recupero de la cartera de crédito y losresultados que obtiene IMTVHS comoconsecuencia de sus operaciones.

g. Los demás bienes, en los términos del artículo2312 del Código Civil, que produzca o adquiera,por cualquier título, el IMTVHS.

h. Cualquier otro recurso que genere el IMTVHS,en el marco de la presente o que se resuelvaincorporar por Ordenanza.

Art. 7° - PresupuestoEl IMTVHS deberá presentar al Departamento

Ejecutivo municipal y antes del 1 de agosto de cadaaño su presupuesto para que sea evaluado por eseDepartamento, a efectos de que se determine cuál seráel aporte financiero que incluirá la Municipalidad dentrode su propio presupuesto con destino al IMTVHS.

Art. 8° - Banco de Tierras Municipal.El Banco de Tierras Municipal creado por

Ordenanza 1594-CM-06 deberá pasar a integrar yfuncionar bajo la órbita del IMTVHS.

Art. 9° - Estructura Organizativa.El IMTVHS está dirigido por un Directorio

compuesto por tres integrantes. Son designados y/oremovidos por el Intendente Municipal en susfunciones y cargos, siendo estos últimos el depresidente, vicepresidente y vocal.

Art. 10. - Quorum de SesionesEl quórum mínimo para sesionar del Directorio será

de dos (2) integrantes. El presidente, o quien lo remplaceen su ausencia, tendrá doble voto en caso de empateen la toma de decisiones. Las decisiones se tomaránpor mayoría simple de votos de los directores presentes.

Art. 11. - Deberes y atribuciones del DirectorioSon deberes y atribuciones del Directorio:a. Dictar el reglamento interno de administración y

funcionamiento, requiriéndose para suaprobación el voto de la mayoría de susmiembros, el que deberá ser presentado ante elConcejo Municipal para su aprobación.

b. Organizar, administrar y dirigir el IMTVHS paracelebrar todos los actos que hagan a su objetoen el marco establecido en la presente.

c. Establecer el organigrama del IMTVHS conformela normativa Municipal vigente.

d. Elaborar y elevar al Intendente Municipal antesdel 1 de agosto de cada año, el presupuestoanual de recursos, gastos e inversiones delIMTVHS, detallando en forma clara el aportefinanciero que se estima recibir de eseDepartamento. En forma conjunta elevará el plande acciones previsto para el año que sepresupuesta.

e. Remitir al Tribunal de Contralor informesperiódicos conteniendo síntesis de lasoperaciones realizadas y anualmente el balancegeneral, la memoria del ejercicio y cuadro deingresos y egresos a efectos de que dictamine ysea elevado al Concejo Municipal para suaprobación.

f) Proponer al Intendente Municipal los proyectosde normas reglamentarias que fueran necesariaspara el cumplimiento de los fines de la presenteOrdenanza.

g. Autorizar y aprobar licitaciones, concursos ocontrataciones directas vinculadas al objeto decreación del IMTVHS.

h. Fijar precios, alquileres y demás condiciones parala venta, arrendamiento o cualquier otro acto dedisposición o administración de los inmuebles,materiales o servicios de infraestructuraadjudicados comprendidos en sus programas yacciones.

i. Reglamentar, y complementar la presenteOrdenanza, en las materias propias decompetencia del IMTVHS.

j. Establecer los sistemas de puntaje y evaluaciónpara realizar las adjudicaciones de las distintasoperatorias que se desarrollen.

k. Registrar en actas las decisiones del Directorio,y ejecutarlas por intermedio del Presidente.

Art. 12. - Atribuciones del Presidente del Directorio.Son atribuciones del presidente del Directorio:a. Actuar como presidente del IMTVHS.b. Ejercer la representación legal del IMTVHS.c. Presidir las reuniones del Directorio con voz y

voto; convocarlo a sesiones ordinarias yextraordinarias, sometiendo a su consideracióntodos los asuntos que resulten competencia dedicho cuerpo; y ejecutar las resoluciones queadopte el Directorio.

d. Velar por la buena marcha de la administracióndel Instituto, observando y haciendo observarsu Ordenanza de creación, así como las normasreglamentarias correspondientes existentes, oque se dicten a futuro.

e. Suscribir los contratos y demás actos jurídicosque sean necesarios celebrar para elcumplimiento de sus fines.

Page 18: Nº 4787 - Río Negro Province · 2012. 7. 12. · Provincia de Río Negro. Artículo 8°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese. Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura

18Viedma, 21 de Diciembre de 2009BOLETIN OFICIAL N° 4787

Art. 13°. - Atribuciones del Vicepresidente delDirectorio.

Son atribuciones del Vicepresidente del Directorio:a. Refrendar en conjunto con el presidente todos

los actos administrativos emanados delInstituto.

b. Reemplazar en su ausencia al Presidenteasumiendo los deberes, derechos y atribucionesdel cargo.

Art. 14. - Atribuciones de los Directores.Son atribuciones de los Directores:a. Participar con voz y voto en las reuniones

ordinarias y extraordinarias del Directorio.b. Convocar con otro director a reuniones

extraordinariasc. Ejercer las funciones ejecutivas que se le

asignen.

Art. 15. - La selección de familias adjudicatarias delas viviendas, mejoramientos de viviendas u otrassoluciones habitacionales que se lleven adelante, de-berá realizarse antes de la ejecución de las mismas,debiendo informarse el resultado públicamente en almenos dos medios de prensa gráficos, con elcorrespondiente plazo y forma de impugnación.

Art. 16. - Régimen Contable y de Contrataciones.Las cuentas del IMTVHS se llevarán conforme a lo

establecido por la Ordenanza de Contabilidad delMunicipio de San Carlos de Bariloche, y todas lascontrataciones que se efectúen se harán de acuerdo a laOrdenanza de Contrataciones Municipal. Todos losaspectos no previstos por estas normas citadas seregirán por la normativa provincial vigente en la materia.

Art. 17. - Control Público.Será órgano de control administrativo y contable

del IMTVHS, el Tribunal de Contralor de la Municipa-lidad de San Carlos de Bariloche.

Art. 18. - Se modifica el artículo 3° de la Ordenanza1595-CM-06, el que quedará redactado de la siguientemanera:

“Art. 3) La coordinación del Consejo Socialde Tierras estará a cargo del Presidente delDirectorio del Instituto Municipal de Tierra yVivienda para el Hábitat Social, o quien el mismodesigne para tal función.”

Art. 19. - Cláusula Transitoria.Se afecta a la Partida 011-00611-3 las asignaciones

salariales previstas en el artículo 9 de la presente parael año 2008.

Art. 20. - Comuníquese. Publíquese en el BoletínOficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.

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LICITACIONES–—

Ministerio de Planificación Federal,Inversión Pública y Servicios

Secretaría de Obras PúblicasDIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD

Licitación Pública Nº 122/09La Dirección Nacional de Vialidad, llama a Licitación

Pública Nacional, la siguiente obra:Obra: Construcción de puente sobre Río Colorado,

y restauración del puente metálico existente.Tramo: La Adela (Provincia de La Pampa) - Río

Colorado (Provincia de Río Negro).Tipo de Obra: Construcción de puente y obras

complementarias y la restauración del puente metálicoexistente.

Presupuesto Oficial: Pesos once millonesdoscientos setenta mil doscientos ($ 11.270.200,00),referido al mes de junio de 2009.

Fecha de Venta del Pliego: A partir del 14 dediciembre de 2009.

Valor del Pliego: Pesos dos mil ochocientosdiecisiete ($ 2.817,00).

Apertura de Ofertas: Se realizará el 14 de enero de2010 a las 11 horas.

Plazo de Obra: Doce (12) meses.Lugar de Apertura: Avda. Julio A. Roca Nº 734/8 - (1067)

- Capital Federal - Planta Baja - (Salón de Actos) DNV.Lugar de Venta y Consulta del Pliego: Subgerencia

de Servicio de Apoyo - Avda. Julio A. Roca Nº 734/8(1067) Capital Federal - 3º piso - DNV.

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Licitación Pública Nacional Nº 88/09La Dirección Nacional de Vialidad comunica la

actualización del monto del Presupuesto Oficial de lasiguiente obra:

Obra: Ruta Nacional Nº 23 - Provincia de Río Ne-gro.

Tramo: Jacobacci - Comallo.Sección I: Km. 0,000 a km. 45,000.Tipo de Obra: Elaboración de Proyecto Ejecutivo y

Construcción de Obras Básicas y Pavimento Asfálticoe Iluminación.

Nuevo Presupuesto Oficial: Pesos ciento noventay tres millones quinientos treinta y cinco mil seiscientos($ 193.535.600,00), referido al mes de octubre de 2009.

Garantía de la Oferta: Un millón novecientos treintay cinco mil trescientos cincuenta y seis ($ 1.935.356,00).

Plazo de Obra: Treinta y seis (36) meses.Fecha de Apertura de Ofertas: Se realizará el 15 de

enero de 2010 a las 10 horas.Valor del Pliego: Pesos treinta y siete mil ($

37.000,00).Lugar de Apertura: Avda. Julio A. Roca Nº 734/8

(1067) Capital Federal - P.B. (Salón de Actos) - D.N.V.Lugar de Venta y Consulta del Pliego: Subgerencia

de Servicio de Apoyo - Avda. Julio A. Roca Nº 734/8(1067) Capital Federal - 3º piso - D.N.V.

—oOo—

Licitación Pública Nacional Nº 89/09La Dirección Nacional de Vialidad comunica la

actualización del monto del Presupuesto Oficial de lasiguiente obra:

Obra: Ruta Nacional Nº 23 - Provincia de Río Negro.Tramo: Jacobacci - Comallo.Sección II: Km. 45,000 a km. 75,000.Tipo de Obra: Elaboración de Proyecto Ejecutivo y

Construcción de Obras Básicas y Pavimento Asfálticoe Iluminación.

Nuevo Presupuesto Oficial: Pesos ciento sesentay dos millones novecientos veintiséis mil trescientos($ 162.926.300,00), referido al mes de octubre de 2009.

Garantía de la Oferta: Un millón seiscientosveintinueve mil doscientos sesenta y tres ($1.629.263,00).

Plazo de Obra: Treinta y dos (32) meses.Fecha de Apertura de Ofertas: Se realizará el 15 de

enero de 2010 a las 11 horas.Valor del Pliego: Pesos treinta y un mil ($ 31.000,00).Lugar de Apertura: Avda. Julio A. Roca Nº 734/8

(1067) Capital Federal - P.B. (Salón de Actos) - D.N.V.Lugar de Venta y Consulta del Pliego: Subgerencia

de Servicio de Apoyo - Avda. Julio A. Roca Nº 734/8(1067) Capital Federal - 3º piso - D.N.V.

—oOo—

Licitación Pública Nacional Nº 90/09La Dirección Nacional de Vialidad comunica la

actualización del monto del Presupuesto Oficial de lasiguiente obra:

Obra: Ruta Nacional Nº 23 - Provincia de Río Negro.Tramo: Jacobacci - Comallo.Sección III: Km. 75,000 a km. 93,000.Tipo de Obra: Elaboración de Proyecto Ejecutivo y

Construcción de Obras Básicas y Pavimento Asfálticoe Iluminación.

Nuevo Presupuesto Oficial: Pesos ciento treinta ynueve millones seiscientos sesenta y dos miltrescientos cuarenta y tres ($ 139.662.343,00), referidoal mes de octubre de 2009.

Garantía de la Oferta: Un millón trescientosnoventa y seis mil seiscientos veintitrés c/43/100 ($1.396.623,43).

Plazo de Obra: Treinta y dos (32) meses.Fecha de Apertura de Ofertas: Se realizará el 15 de

enero de 2010 a las 11 horas.Valor del Pliego: Pesos veintiséis mil ($ 26.000,00).Lugar de Apertura: Avda. Julio A. Roca Nº 734/8

(1067) Capital Federal - P.B. (Salón de Actos) - D.N.V.Lugar de Venta y Consulta del Pliego: Subgerencia

de Servicio de Apoyo - Avda. Julio A. Roca Nº 734/8(1067) Capital Federal - 3º piso - D.N.V.

—oOo—

Provincia de Río NegroMINISTERIO DE HACIENDA, OBRAS

Y SERVICIOS PÚBLICOSLicitación Pública Nº 69-09

Por la locación de un inmueble en la ciudad deViedma, con destino al funcionamiento del Consejo deDesarrollo de las Comunidades Indígenas, dependientedel Ministerio de Gobierno.

Costo Técnicamente Estimado: Pesos ciento treintay tres mil doscientos ($ 133.200,00).

Garantía: Uno por ciento (1%) del monto totalcotizado.

Apertura: 29/12/09 - Hora 9:30.Pliegos y Consultas: En la Dirección General de

Suministros de la Provincia de Río Negro, sita en lacalle Álvaro Barros 641, Tel-Fax 02920-423653 - Viedma(Río Negro).

E-mail: [email protected].———

Licitación Pública Nº 01-2010Por la adquisición de alimentos varios, con destino

a los internos alojados en el Establecimiento deEjecución Penal y Encausados de la ciudad de GeneralRoca, a cargo del Servicio Penitenciario de la Provinciade Río Negro, dependiente de la Secretaría de Seguridady Justicia, Ministerio de Gobierno.

Costo Técnicamente Estimado: Pesos seiscientoscuarenta y siete mil ochocientos nueve con 40/100 ($647.809,40).

Garantía: Uno por ciento (1%) del monto totalcotizado.

Apertura: 5/01/10 - Hora 10, en la ciudad de GeneralRoca.

———

Licitación Pública Nº 02-2010Por la adquisición de alimentos varios, con destino

a los internos alojados en el Establecimiento deEjecución Penal y Encausados de la ciudad de SanCarlos de Bariloche, a cargo del Servicio Penitenciariode la Provincia de Río Negro, dependiente de laSecretaría de Seguridad y Justicia, Ministerio deGobierno.

Costo Técnicamente Estimado: Pesos doscientosochenta y un mil ochocientos diecisiete ($ 281.817,00).

Garantía: Uno por ciento (1%) del monto totalcotizado.

Apertura: 7/01/10 - Hora 10, en la ciudad de SanCarlos de Bariloche.

———Licitación Pública Nº 03-2010

Por la adquisición de alimentos varios, con destinoa los internos alojados en el Establecimiento deEjecución Penal y Encausados de la ciudad de ChoeleChoel, a cargo del Servicio Penitenciario de la Provin-cia de Río Negro, dependiente de la Secretaría deSeguridad y Justicia, Ministerio de Gobierno.

Costo Técnicamente Estimado: Pesos doscientosseis mil quinientos noventa y siete con 70/100 ($206.597,70).

Garantía: Uno por ciento (1%) del monto totalcotizado.

Apertura: 8/01/10 - Hora 11, en la ciudad de ChoeleChoel.

Page 19: Nº 4787 - Río Negro Province · 2012. 7. 12. · Provincia de Río Negro. Artículo 8°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese. Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura

19Viedma, 21 de Diciembre de 2009 BOLETIN OFICIAL N° 4787

Licitación Pública Nº 04-2010Por la adquisición de alimentos varios, con destino

a los internos alojados en el Establecimiento deEjecución Penal y Encausados de la ciudad de Viedma,a cargo del Servicio Penitenciario de la Provincia deRío Negro, dependiente de la Secretaría de Seguridady Justicia, Ministerio de Gobierno.

Costo Técnicamente Estimado: Pesos cuatrocientosveintitrés mil novecientos veinticuatro con 50/100 ($423.924,50).

Garantía: Uno por ciento (1%) del monto totalcotizado.

Apertura: 11/01/10 - Hora 10.Pliegos y Consultas: En la Dirección General de

Suministros de la Provincia de Río Negro, sita en lacalle Álvaro Barros 641, Tel-Fax 02920-423653 - Viedma(Río Negro).

E-mail: [email protected].—oOo—

EDICTOS I.P.P.V.–—

Provincia de Río NegroINSTITUTO DE PLANIFICACIÓNY PROMOCIÓN DE LA VIVIENDA

El Instituto de Planificación y Promoción de laVivienda, notifica a la Sra. Chamorro Adela Marcelina,DNI. Nº 6.606.633 y/o cualquier otro ocupante delarticulado de la Resolución Nº 1795/09 de fecha 30 denoviembre de 2009 cuyo texto se transcribe a continua-ción:

Artículo 1º - Dejar sin efecto la adjudicación de launidad habitacional de dos (2) dormitorios, identifi-cada como Nº 081, Escalera Nº 04, 2º piso, Dpto. A, sitaen calle Alvear Nº 1775, correspondiente al Plan 208Viviendas, Operatoria Fo.Na.Vi., en la localidad deViedma, otorgada por Resolución Nº 7181/96 a la Sra.Chamorro Adela Marcelina, DNI. Nº 6.606.633, porinfringir los Arts. 4º, 7º, Incs. a), b) y c), y Art. 10 delActa de Tenencia Precaria suscripta el 9 de diciembrede 1993.

Art. 2º - Notificar a los interesados el texto de lapresente Resolución por intermedio de la Dirección deAcción Social, intimando al mismo y/o cualquier otroocupante, a hacer entrega de la vivienda en un plazode cinco (5) días a partir de la notificación.

Art. 3º - Participar de la presente Resolución a laMunicipalidad de Viedma, para su conocimiento.

Art. 4º - Registrar, comunicar, tomar razón, pasar aDespacho Central y Dirección de Acción Social, a susefectos. Cumplido, archivar.

Fdo.: Director de Acción Social, Dn. Gustavo Otero;Director General de Préstamo, Lic. Alberto Heredia;Marcelo Carlos Cánneva, Director General deAdministración del IPPV.

—oOo—

El Instituto de Planificación y Promoción de laVivienda, notifica a la Sra. Chamorro, Adela Marcelina,DNI. Nº 6.606.633 y/o cualquier otro ocupante delarticulado de la Resolución Nº 1795/09 de fecha 30 denoviembre de 2009, cuyo texto se transcribe a con-tinuación:

Artículo 1º - Dejar sin efecto la adjudicación de launidad habitacional de dos (2) dormitorios, identifi-cada como Nº 008, sita en calle Moreno 1871, “C”,correspondiente al Plan 108 (Sector 60) Viviendas -Operatoria Fo.Na.Vi., en la localidad de Viedma, otorgadapor Resolución Nº 1184/95 al Sr. Levandoski José, DNI.Nº 5.475.474, poir infringir el Art. 4º, 7º Incs. a), b) y c),y Art. 10 del Acta de Tenencia Precaria suscripta el 9de diciembre de 1993.

Art. 2º - Notificar a los interesados el texto dela presente Resolución por intermedio de la Direc-ción de Acción Social, intimando al mismo y/o cual-quier otro ocupante, a hacer entrega de la viviendaen un plazo de cinco (5) días a partir de la notifica-ción.

Art. 3º - Participar de la presente Resolución a laMunicipalidad de Viedma, para su conocimiento.

Art. 4º - Registrar, comunicar, tomar razón, pasar aDespacho Central y Dirección de Acción Social, a susefectos. Cumplido, archivar.

Fdo.: Director de Acción Social, Dn. Gustavo Otero;Director General de Préstamo, Lic. Alberto Heredia;Marcelo Carlos Cánneva, Director General deAdministración del IPPV.

—oOo—

El Instituto de Planificación y Promoción de laVivienda, notifica a la Sra. Domato Adriana Mónica,DNI. Nº 11.589.398 y/o cualquier otro ocupante delarticulado de la Resolución Nº 1806/09 de fecha 30 denoviembre de 2009, cuyo texto se transcribe a con-tinuación:

Artículo 1º - Dejar sin efecto la adjudicación de launidad habitacional de tres (3) dormitorios, identifi-cada como Casa 09, barrio El Cóndor, correspondienteal Plan 80 Viviendas, construidas mediante conveniocon la Cooperativa Co.Vi.Tur., en la localidad de SanCarlos de Bariloche, otorgada por Resolución Nº 103/95 a la Sra. Domato Adriana Mónica, DNI. Nº 11.589.398por infringir el Art. 7º Incs. a), b), c), y Art. 10 del Actade Tenencia Precaria suscripta el 9 de marzo de 1994.

Art. 2º - Notificar a los interesados el texto de lapresente Resolución por intermedio de la Dirección deAcción Social, intimando al mismo y/o cualquier otroocupante, a hacer entrega de la vivienda en un plazode cinco (5) días a partir de la notificación.

Art. 3º - Participar de la presente Resolución a laMunicipalidad de San Carlos de Bariloche, para suconocimiento.

Art. 4º - Registrar, comunicar, tomar razón, pasar aDespacho Central y Dirección de Acción Social, a susefectos. Cumplido, archivar.

Fdo.: Director de Acción Social, Dn. Gustavo Otero;Director General de Préstamo, Lic. Alberto Heredia;Marcelo Carlos Cánneva, Director General deAdministración del IPPV.

—oOo—

El Instituto de Planificación y Promoción de laVivienda, notifica al Sr. Passaretti Santos Domingo, L.E.Nº 07.579.725, Sra. Coziansky Graciela Anabel, DNI. Nº17.239.659 y/o cualquier otro ocupante del articuladode la Resolución Nº 1691/09 de fecha 11 de noviembrede 2009, cuyo texto se transcribe a continuación:

Artículo 1º - Dejar sin efecto la adjudicación de launidad habitacional de tres (3) dormitorios, identifi-cada como Casa 128, sita en calle Misiones Nº 1437,Manzana 514, Lote 12, correspondiente al Plan 150Viviendas Fo.Na.Vi., en la localidad de Allen, otorgadapor Resolución Nº 313/01 al Sr. Passaretti SantosDomingo, L.E. Nº 07.579.725 y Sra. Coziansky GracielaAnabel, DNI. Nº 17.239.659 por infringir el Art. 7º, Incs.a), b), c) y Art. 9º del Acta de Tenencia Precaria suscriptaoportunamente.

Art. 2º - Notificar a los interesados el texto de lapresente Resolución por intermedio de la Dirección deAcción Social, intimando al mismo y/o cualquier otroocupante, a hacer entrega de la vivienda en un plazode cinco (5) días a partir de la notificación.

Art. 3º - Participar de la presente Resolución a laMunicipalidad de Allen, para su conocimiento.

Art. 4º - Registrar, comunicar, tomar razón, pasar aDespacho Central y Dirección de Acción Social, a susefectos. Cumplido, archivar.

Fdo.: Director de Acción Social, Dn. Gustavo Otero;Director General de Préstamo, Lic. Alberto Heredia;Marcelo Carlos Cánneva, Director General deAdministración del IPPV.

—oOo—El Instituto de Planificación y Promoción de la

Vivienda, notifica al Sr. Almendra Clemente, L.E. Nº07.579.941 y/o cualquier otro ocupante, del articuladode la Resolución Nº 1701/09 de fecha 12 de noviembrede 2009, cuyo texto se transcribe a continuación:

Artículo 1º - Dejar sin efecto la adjudicación de launidad habitacional de dos (2) dormitorios, identifi-cada como Escalera Y, planta baja, Dpto. 187,correspondiente al Plan 200 Viviendas, OperatoriaFo.Na.Vi., en la localidad de Catriel, otorgada porDecreto Nº 120/82 al Sr. Almendra Clemente, L.E.07.579.941, dado el fallecimiento del titular mencionadoy del grupo familiar adjudicado según consta enCertificado de Defunción a fs. 12, 13 y 14 y la infraccióndel Art. 4º y 8º del Boleto de Compra Venta, por partedel grupo familiar heredero.

Art. 2º - Notificar a los interesados el texto de lapresente Resolución por intermedio de la Dirección deAcción Social, intimando al mismo y/o cualquier otroocupante, a hacer entrega de la vivienda en un plazode cinco (5) días a partir de la notificación.

Art. 3º - Participar de la presente Resolución a laMunicipalidad de Catriel, para su conocimiento.

Art. 4º - Registrar, comunicar, tomar razón, pasar aDespacho Central y Dirección de Acción Social, a susefectos. Cumplido, archivar.

Fdo.: Director de Acción Social, Dn. Gustavo Otero;Director General de Préstamo, Lic. Alberto Heredia;Marcelo Carlos Cánneva, Director General deAdministración del IPPV.

—oOo—

El Instituto de Planificación y Promoción de laVivienda, notifica al Sr. Leiz Miguel Roberto, L.E. Nº5.262.505 y/o cualquier otro ocupante del articulado dela Resolución Nº 1788/09 de fecha 30 de noviembre de2009, cuyo texto se transcribe a continuación:

Artículo 1º - Dejar sin efecto la adjudicación de launidad habitacional de tres (3) dormitorios, identifi-cada como Entrada “A”, 1º piso, Dpto. “1”, sito encalle Fernández Oro y Mac Auliffe Nº 379,correspondiente al Plan 120 Viviendas, OperatoriaFo.Na.Vi., en la localidad de Cinco Saltos, otorgada porDecreto Nº 743/81 al Sr. Leiz, Miguel Roberto, L.E. Nº5.262.505 por infringir el Art. 4º Incs. a) y b) y Art. 8º delBoleto de Compra Venta suscripto el 29 de octubre de1981.

Art. 2º - Notificar a los interesados el texto de lapresente Resolución por intermedio de la Dirección deAcción Social, intimando al mismo y/o cualquier otroocupante, a hacer entrega de la vivienda en un plazode cinco (5) días a partir de la notificación.

Art. 3º - Participar de la presente Resolución a laMunicipalidad de Cinco Saltos, para su conocimien-to.

Art. 4º - Registrar, comunicr, tomar razón, pasar aDespacho Central y Dirección de Acción Social, a susefectos. Cumplido, archivar.

Fdo.: Director de Acción Social, Dn. Gustavo Otero;Director General de Préstamo, Lic. Alberto Heredia;Marcelo Carlos Cánneva, Director General deAdministración del IPPV.

—oOo—

El Instituto de Planificación y Promoción de laVivienda, notifica al Sr. Peñalver Leandro Ramón,DNI. Nº 27.002.938, Sra. Bustos Gladys Isabel, DNI.Nº 12.910.784 y/o cualquier otro ocupante delarticulado de la Resolución Nº 1791/09 de fecha 30de noviembre de 2009, cuyo texto se transcribe acontinuación:

Artículo 1º - Dejar sin efecto la adjudicación de launidad habitacional de dos (2) dormitorios, identifi-cada como Escalera T, planta baja, Dpto. 148,correspondiente al Plan 200 Viviendas, OperatoriaFo.Na.Vi., en la localidad de Catriel, otorgada por Re-solución Nº 1803/91, al Sr. Peñalver Leandro Ramón,DNI. Nº 27.002.938 y a la Sra. Bustos Gladys Isabel,DNI. Nº 12.910.784 por infringir los Arts. 4º, Incs. a) yb), y 8º del Boleto de Compra Venta, suscripto el 1 deagosto de 1982.

Art. 2º - Notificar a los interesados el texto dela presente Resolución por intermedio de la Direc-ción de Acción Social, intimando al mismo y/o

Page 20: Nº 4787 - Río Negro Province · 2012. 7. 12. · Provincia de Río Negro. Artículo 8°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese. Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura

20Viedma, 21 de Diciembre de 2009BOLETIN OFICIAL N° 4787

cualquier otro ocupante, a hacer entrega de la vivien-da en un plazo de cinco (5) días a partir de la notifica-ción.

Art. 3º - Participar de la presente Resolución a laMunicipalidad de Catriel, para su conocimiento.

Art. 4º - Registrar, comunicar, tomar razón, pasar aDespacho Central y Dirección de Acción Social, a susefectos. Cumplido, archivar.

Fdo.: Director de Acción Social, Dn. Gustavo Otero;Director General de Préstamo, Lic. Alberto Heredia;Marcelo Carlos Cánneva, Director General deAdministración del IPPV.

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NOMINA PREADJUDICATARIOSVIVIENDAS

–—

Provincia de Río NegroINSTITUTO DE PLANIFICACIÓNY PROMOCIÓN DE LA VIVIENDA

Localidad: Sierra GrandePlan: 300 Viviendas

Adjudicatarios de Un DormitorioParra, Cintia Fernanda ...............DNI. 32.544.465

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Localidad: CatrielPlan: 400 Viviendas

Adjudicatarios de Dos DormitoriosPardo, Lucas Matías .................DNI. 31.600.641Fuentes, Débora Susana ...........DNI. 32.529.410

———

Localidad: S. C. de BarilochePlan: 96 Viviendas

Huyema, Patricia Daniela.......... DNI. 29.588.313———

Localidad: CatrielPlan: 48 Viviendas

Adjudicatarios de Tres DormitoriosBieladzczuk, Raquel Noemí....... DNI. 17.094.854

———

Localidad: S. C. de BarilochePlan: 154 Viviendas

Cayupil, Dominga María ........... DNI. 06.078.095Morales, Mario Alberto ............DNI. 29.429.661Cárcamo, Ángel de la Cruz ........DNI. 33.205.556

———

Localidad: CipollettiPlan: 350 Viviendas

Adjudicatarios de Cuatro DormitoriosChávez, Verónica Patricia.......... DNI. 23.726.384

Se informa que a partir de la presente publicción,queda abierto el período de impugnaciones durantediez días corridos. Quien considere necesario impugnar,lo hará por nota y duplicado, dirigido al Interventor delIPPV, invocando la causal que motiva dichaimpugnación, con aclaración de apellido y nombre,número de documento y domicilio.

María E. Mansilla, Área C. Habitacional - IPPV.—oOo—

EDICTOS–––

Carlos Reussi, Juez a cargo del Juzgado deInstrucción Nº II, con asiento en la ciudad de Viedma,Provincia de Río Negro, Secretaría Nº 4, a mi cargo,notifica a Omar Guevara Ruiz, de lo ordenado en losautos caratulados: “Comisaría 1º Viedma s/Inv. Robo

Calificado” (Expte. Nº 42144/09), cuya parte pertinentese transcribe y dice: Viedma, 4 de diciembre de 2009.-Autos y Vistos: De la que resulta: Considerando:Resuelvo: I) Dictar el sobreseimiento total en la pre-sente causa, en favor de Omar Ruiz Guevara, en ordena los hechos que se le endilgaban en la presente porlas consideraciones expuestas y por aplicación del Art.306 Inc. 1º, 2do. supuesto del CPP.- II) Declarar que elpresente proceso no afecta el buen nombre y honordel que hubiere gozado el imputado.- Fdo.: Dr. CarlosReussi, Juez.- Guillermo Bustamante, Secretario.

—oOo—

Carlos Reussi, Juez a cargo del Juzgado deInstrucción Nº II, con asiento en la ciudad de Viedma,Provincia de Río Negro, Secretaría Nº 3, a mi cargo,notifica a Marcelo Pereira de lo ordenado en los autoscaratulados: “Phommachamanh Matías s/Dcia.Amenazas” (Expte. Nº 42680/09), cuya parte pertinentese transcribe y dice: “Viedma, 7 de diciembre de 2009.-Autos y Vistos: … Considerando: … Resuelvo: I) Dictarel sobreseimiento total en la presente causa en favorde Marcelo Pereira, demás datos se desconocen, enorden al hecho que se le endilgaba en la presente porlas consideraciones expuestas y por aplicación del Art.306 Inc. 1º, 1er. supuesto del C.P.P. - II) Declarar que elpresente proceso no afecta el buen nombre y honordel que hubiere gozado el imputado.- Regístrese,protocolícese y notifíquese por edicto al BoletínOficial.- Fdo.: Dr. Carlos Reussi, Juez.- Santiago Brugo,Secretario.

—oOo—El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Co-

mercial Nº 8, del Departamento Judicial de Bahía Blanca,cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedoresde Elena Adelina Camiloni.- Bahía Blanca, 16 de octubrede 2009.- El presente deberá publicarse por tres días enel Boletín Oficial y en el diario Noticias de la Costa, dela ciudad de Viedma.- Blas Facundo Antoli, Secretario.

—oOo—

La Dra. Susana Teresa Burgos, Juez a cargo delJuzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil, Co-mercial y de Minería Nº 3, Secretaría Única, de la Dra.María del Carmen Villalba, sito en calle San Luis 853, 2ºpiso, de General Roca (RN), cita y emplaza por treintadías a herederos y acreedores de Irma Rosa Videla,L.C. Nº 09.971.940, en autos caratulados: “Videla, IrmaRosa s/Sucesión” (Expte. Nº 39.758-J3-2009).-Publíquese por tres días.- Secretaría, 10 de noviembrede 2009.- María del Carmen Villalba, Secretaria.

—oOo—

El Juez a cargo del Juzgado Civil, Comercial y deMinería Nro. Tres, de la ciudad de General Roca, a cargode la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría a mi cargo,cita, llama y emplaza por treinta días a herederos yacreedores de Elizalde Susana Estela, DNI. Nº11.223.605, en autos caratulados: “Elizalde SusanaEstela s/Sucesión” (Expte. Nº 39746-09).- Publí-quese por tres días.- Secretaría, 5 de noviembre de2009.- Fdo.: Dra. María del Carmen Villalba, Secretaria.

—oOo—

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comer-cial y de Minería Nº 3, de la Segunda CircunscripciónJudicial de la Provincia de Río Negro, con asiento desus funciones en calle San Luis Nº 853 de la ciudad deGeneral Roca, presidido por la Dra. Susana TeresaBurgos, Secretaría Única, a cargo de la Dra. María delCarmen Villalba, cita en el término de treinta días aherederos y acreedores de Portales Francisco Amor,DNI. Nº 5.445.454, para que se presenten a hacer valersus derechos en los autos caratulados: “Portales Fran-cisco Amor s/Sucesión” (Expte. Nº 39828-09).-Publíquense edictos por el término de tres díasconsecutivos en el Boletín Oficial y en el diario RíoNegro.- General Roca, 3 de diciembre de 2009.- Maríadel Carmen Villalba, Secretaria.

Dr. José Luis Rodríguez, Juez a cargo del JuzgadoCivil, Comercial y de Minería Nº 9, Secretaría Única, acargo de la Dra. Romina P. Zilvestein, con asiento enedificio Ciudad Judicial, San Luis 853, de la ciudad deGeneral Roca, de la Segunda Circunscripción Judicialde la Provincia de Río Negro, cita y emplaza por treintadías a herederos y acreedores de Curileo José, chileno,C.I.R.N. Nº 34.284 y Ortega Irene, argentina, DNI. Nº3.305.592, para que comparezcan a estar a derecho enautos: “Curileo José y Ortega Irene s/Sucesiones”(Expte. Nº 25072-J.9-00).- Publíquese en el Boletín Oficialpor el término de tres días.- General Roca, 11 denoviembre de 2009.- Romina Paula Zilvestein,Secretaria.

—oOo—El Dr. Víctor Camperi, Juez a cargo del Juzgado Nº

11, Secretaría Única, a cargo de la Dra. Cristina Macchi,de la Segunda Circunscripción Judicial, con asiento enla ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro, citaal Sr. Luis Nelson Oporto Garnica, por el término dediez días a estar a derecho en los autos: “ValladaresBelia Cristina c/Oporto Garnica Luis Nelson s/Divorcio(Ordinario)” (Expte. Nº 712-J.11-05), bajo apercibimientode designársele Defensor de Ausentes para que lorepresente.- Publíquese por dos días en el BoletínOficial.- General Roca, 3 de diciembre de 2009.- CristinaB. Macchi, Secretaria de Familia.

—oOo—El Dr. José Luis Rodríguez, Juez titular a cargo del

Juzgado Letrado Nro. Nueve, en lo Civil, Comercial yde Minería, de la Segunda Circunscripción Judicial deRío Negro, sito en Avda. Roca Nº 1047 de General Roca,Secretaría Única, sita por treinta días a herederos yacreedores de Dña. Josefa Gómez, L.C. Nº 9.734.472, enlos autos: “Gómez Josefa s/Sucesión” (Expte. Nº 31.416-J.9-2008).- Publíquese por tres días.- General Roca, 21de mayo de 2008.- Romina Paula Zilvestein, Secretaria.

—oOo—

El Dr. Fermín Donate, titular del Juzgado de PrimeraInstancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 1,Secretaría Única, a cargo de la Dra. Ana CarolinaScoccia, Secretaria Subrogante, sito en Viedma (Pro-vincia de Río Negro) en Expte. Nº 0765/09/J.1) “AgüeroNelly Else s/Sucesión”, cita, llama y emplaza a todoslos que se consideren con dereho a los bienes dejadospor Nelly Else Agüero, para que lo acrediten en eltérmino de treinta días.- Publíquese por el término detres días en el Boletín Oficial.- Viedma, 4 de diciembrede 2009.- Raúl A. Tagliani, Prosecretario.

—oOo—El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comer-

cial, Minería y Sucesiones Nº 3, de la IIIra.Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro,sito en Paso 167 piso de esta ciudad, a cargo del Dr.Carlos Marcelo Cuellar, Secretaría Única, a cargo de laDra. María Alejandra Marcolini Rodríguez, en autoscaratulados: “Macias, Julieta s/Sucesión ab intestato”(Expte. Nº 28633/08), cita a herederos y acreedores paraque se presenten a estar a derecho en el término detreinta (30) días de Dña, Macias, Julieta, DNI. Nº9.965.774.- Publíquense edictos por tres (3) días en elBoletín Oficial y diario Río Negro, para que hagan valersus derechos.- San Carlos de Bariloche, 4 de junio de2009.- Fdo.: Carlos Marcelo Cuellar.- Bariloche, 25 denoviembre de 2009.- Ma. Alejandra MarcoliniRodríguez, Secretaria.

—oOo—El Dr. José Luis Rodríguez, Juez a cargo del Juzgado

de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Minería ySucesiones Nro. Nueve, Secretaría Única, sito en SanLuis 853, 2º piso, de General Roca, intima por treintadías a herederos de Anita Valeria del Tedesco, D.I. F9.735.829, para que acepten o repudien la herencia (Art.3.314 C.C. y 694 C.P.C.), en autos caratulados: “DelTedesco Anita Valeria s/Sucesión” (Expte. Nº 32.745-J9-09).- Publíquese por cinco días en el Boletín Oficial.-General Roca, 30 de septiembre de 2009.- Romina PaulaZilvestein, Secretaria.

Page 21: Nº 4787 - Río Negro Province · 2012. 7. 12. · Provincia de Río Negro. Artículo 8°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese. Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura

21Viedma, 21 de Diciembre de 2009 BOLETIN OFICIAL N° 4787

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Co-mercial Nro. Uno, de Cipolletti, a cargo del Dr. AlejandroCabral y Vedia, Secretaría a cargo del Dr. Jorge A.Benatti, cita y emplaza por treinta (30) días paracomparecer a herederos y acreedores de GuillermoBrandt, DNI. Nº 7.384.142, en autos caratulados:“Brandt, Guillermo s/Sucesión ab intestato” (Expte. Nº29170-I-09).- Publíquese por tres (3) días en el BoletínOficial y diario Río Negro.- Cipolletti (Río Negro), 10 dediciembre de 2009.- Dr. Jorge A. Benatti, Secretario.

—oOo—

El Dr. Alejandro Cabral y Vedia, Juez a cargo delJuzgado Civil, Comercial y de Minería Nro. Uno,Secretaría Única a cargo del Dr. Jorge A. Benatti, sitoen Roca 599 de la ciudad de Cipolletti, Río Negro, cita apresentarse por treinta (30) días a herederos yacreedores del Sr. Francisco Carlos Pedro Gargiulo, L.E.Nº 4.292.519 en los autos: “Gargiulo Francisco CarlosPedro s/Sucesión ab intestato” (Expte. Nº 29323/09).-Publíquese por tres días.- Cipolletti, 30 de noviembrede 2009.- Dr. Jorge A. Benatti, Secretario.

—oOo—Dra. Rosana Calvetti, Juez a cargo del Juzgado de

Primera Instancia Civil, Comercial y de Minería Nº 3,con asiento en Viedma, Secretaría de la Dra. Ana Caro-lina Scoccia, cita, llama y emplaza por el término detreinta (30) días a herederos y acreedores del Sr. AníbalBarilá, para hacer valer sus derechos en autos: “BariláAníbal s/Sucesión” (Expte. Nº 0865/2009).- Publíquesepor tres (3) días.- Viedma, 10 de diciembre de 2009.-Ángela Clara Contreras, Prosecretaria.

—oOo—Dr. Ricardo A. Calcagno, Juez titular del Juzgado

de Instrucción en lo Criminal y Correccional Nº 4, sitoen Jhon O'Connor 20, notifica por medio de la presentea Lavera Federico, que en Expte. Nº 141-7-2009 seresolvió en fecha 18 de noviembre de 2009, ///los deBariloche, 18 de noviembre de 2009.- Resuelvo: Dictarel sobreseimiento total en la presente causa y enrelación al hecho que se describiera precedentemente,en favor de Silvina Lilian Bernabei y Federico SebastiánLavera, ya filiados al comienzo de la presente, porextinción de la acción penal por aplicación por partedel Sr. Fiscal del Criterio de Oportunidad (Art. 306 Inc.4º del Código Procesal Penal en función del Art. 172del mismo ordenamiento legal), y se lo cita y emplazapara que en el término de cinco días comparezca ante elTribunal.- Víctor H. Gangarrossa, Secretario.

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Dr. Ricardo A. Calcagno, Juez titular del Juzgadode Instrucción en lo Criminal y Correccional Nº 4, sitoen Jhon O'Connor 20, notifica por medio de la presentea Lavera Federico, argentino, nacido en Capital Federalel día 15 de abril de 1973, hijo de Roberto Osvaldo y deElsa Otero, casado, gerente de turismo, con últimodomicilio conocido en Calles 4 y 9 del Bº Casa de Pie-dra, de Bariloche, documentado mediante DNI. Nº23.361.511, que en Expte. Nº 030-8-2009 se resolvió enfecha 30/10/2009… ///Carlos de Bariloche, 30 de octubrede 2009 … Resuelvo: Dictar el sobreseimiento total enla presente causa y en relación al hecho que sedescribiera precedentemente, en favor de FedericoLavera, ya filiado al comienzo de la presente, porextinción de la acción penal por aplicación por partedel agente fiscal de criterio de oportunidad (Art. 306Inc. 4º del Código Procesal Penal en función del Art.172 del mismo ordenamiento legal) …, y se lo cita yemplaza para que en el término de cinco días comparezcaante el Tribunal.- Sergio D. Pichetto, Secretario.

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Dr. Ricardo A. Calcagno, Juez titular del Juzgadode Instrucción en lo Criminal y Correccional Nº 4, sitoen Jhon O'Connor 20, notifica por medio de la presentea Luis Eduardo Rivas, que en Expte. Nº 012-7-2009, seresolvió en fecha 15 de septiembre de 2009, Resuelvo:I - Dictar el sobreseimiento total de Luis Eduardo Rivas,

ya filiado al comienzo del presente pronunciamiento,respecto del delito de daño que se le imputara opor-tunamente con la expresa mención que la formacióndel presente no afectó el buen nombre y honor del quegozare (Art. 306 Inc. 1º del C.P.P.).- II - Dictar elsobreseimiento total de Luis Eduardo Rivas, ya filiadoal comienzo del presente pronunciamiento, respectodel delito de amenazas que se le imputara opor-tunamente, con la expresa mención que la formacióndel presente no afectó el buen nombre y honor del quegozare (Art. 306 Inc. 2º del C.P.P.), y se lo cita y emplazapara que en el término de cinco días comparezca ante elTribunal.- Víctor H. Gangarrossa, Secretario.

—oOo—Jorge A. Serra, Juez a cargo del Juzgado Civil, Co-

mercial y Minería Nº 1, Secretaría Única, desempeñadapor el suscripto, correspondiente a la III CircunscripciónJudicial de Río Negro, con asiento en Pje. Juramento190, 5º piso, de la ciudad de Bariloche, cita y emplazapor el término de treinta (30) días a herederos yacreedores de Evaristo León Pardo, en autos: “Pardo,Evaristo León s/Sucesión ab intestato” (Expte. Nº 0531/068/09).- Publíquese por tres días.- San Carlos deBariloche, 2 de noviembre de dos mil nueve.- MarianoCastro, Secretario.

—oOo—El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comer-

cial y de Minería Nº Uno, con asiento en la ciudad deGeneral Roca, a cargo de la Dra. Adriana Mariani,Secretaría Unica, a cargo de la Dra. Paula Chiesa en losautos caratulados: “Gómez Salvador Justo y Stagnitao Estañita Rosalía s/Sucesión” (Expte. Nº 763-JI-2.008),cita a herederos y acreedores de los causantes, (L.E.1.509.898) y (L.C. 9.742.234) para que comparezcan aestar a derecho en el término de Treinta (30) días.Publíquense edictos por tres días en el Diario Río Ne-gro y Boletín Oficial.- Dra. Paula Chiesa, Secretaria.Gral. Roca, 10 de Agosto de 2.009.- Dra. Paula Chiesa,Secretaria.

—oOo—Dr. Richar F. Gallego, Juez a cargo del Juzgado en lo

Civil, Comercial y de Minería N° Cinco de la SegundaCircunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro,sito en calle San Luis 853, Piso 2°, de la ciudad deGeneral Roca, Secretaría Unica a cargo de la Dra. SelvaAranea en las autos: “Rodríguez Ricardo s/ConcursoPreventivo hoy s/Quiebra. (Expte. N° 25102-JC5-Año2000), hace saber a los interesados que se hapresentado el informe y proyecto de distribución elque se pone a disposición por Diez días. Publicar pordos días.- General Roca, 03 de Diciembre de 2009.–Selva A. Aranea, Secretaria.

—oOo—

El Dr. Víctor Darío Soto a cargo del Juzgado Civil,Comercial, de Minería, Familia y Sucesiones Nº 31, dela Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia deRío Negro, Secretaría Civil Unica a cargo de la Dra.Paola Santarelli; sito en 9 de Julio Nº 221 de ChoeleChoel, cita y emplaza por el término de treinta días atodos los que se consideren con derecho a los bienesdejados por el causante: Espinoza Froilán para quedentro de treinta días lo acrediten en autos caratulados:“Espinoza Froilán s/Sucesión” (Expte. Nº 15258/09).Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial.Choele Choel, 13 de Noviembre de 2.009. Fdo. Dr. VíctorD. Soto - Juez”.– María del Carmen Leal, Prosecretaria.

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El Juzgado Civil, Comercial, de Minería, Familia ySucesiones Nº 31, de la Segunda Circunscripción Judi-cial de Río Negro, con asiento en Choele Choel, sito encalle 9 de Julio Nº 221, Piso 1º, de esa ciudad, a cargodel Dr. Víctor Darío Soto, Secretaría Unica, a cargo dela Dra. Paola Santarelli, cita y emplaza a todos los quese consideren con derecho a los bienes dejados porRomero Víctor Armando (DNI. 17.066.224), para quedentro del plazo de treinta días lo acredite, en autoscaratulados: “Romero Víctor Armando s/Sucesión”

(Expte. Nº 15030-J31-09). Choele Choel, 03 de Noviembrede 2.009. Publíquese por tres días en el Boletín Oficial yen el Diario Río Negro.– María del Carmen Leal,Prosecretaria.

—oOo—El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Co-

mercial N° 11, a cargo de la Dra. María Gabriela Vassallo,Secretaría N° 21, a cargo de la Dra. Marcela L. Macchi,sito en Av. Callao 635, 5° piso, de la Ciudad Autónomade Buenos Aires comunica que el día 25/11/09 se hadispuesto la apertura del concurso preventivo de laObra Social Bancaria Argentina (CUIT 30-69156146-8),en los autos caratulado: “Obra Social Bancaria Argen-tina s/Concurso Preventivo”. Se han designado a losestudios Canapeti y Lloveras Contadores Públicos,como Síndico Vigilador y a los estudios Julio D. Bello yAsoc. y Guillermo Salem y Asoc. como SíndicosVerificadores, estos últimos constituyen únicodomicilio a los fines de la verificación de créditos enUruguay 660, 3° piso, Of. “D” Ciudad Autónoma deBuenos Aires (TE 4878 6131/37) donde los acreedoresdeberán presentar los títulos justificativos de suscréditos, hasta el día 22/3/2010 inclusive. Publíquesepor el término de cinco (5) días. Buenos Aires, 7 dediciembre de 2009 .- Marcela Macchi, Secretaria.

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Carlos Reussi, Juez a cargo del Juzgado deInstrucción Nº II, con asiento en la ciudad de Viedma,Provincia de Río Negro, Secretaría Nº 4, a mi cargo,notifica a Mauricio Alfredo Curry de lo ordenado enlos autos caratulados: “Curry Mauricio Alfredo s/Hurto” (Expte. Nº 42484/09), cuya parte pertinente setranscribe y dice: ///ma, 2 de diciembre de 2009.- Autosy Vistos: De la que resulta: Y Considerando: Resuelvo:Sobreseer totalmente en la presente causa y respectode Mauricio Alfredo Curry, ya filiado, por el hechodescripto en las resultas, en virtud de lo normado porlos Arts. 172, 304 y 306 Inc. 4º del Cód. Proc. Penal.-Fdo.: Dr. Carlos Reussi, Juez.- Guillermo Bustamante,Secretario.

—oOo—El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comer-

cial y de Minería Nro. Cinco, de la TerceraCircunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro,con asiento en Pasaje Juramento Nº 190, 4º piso, de laciudad de San Carlos de Bariloche, a cargo del Dr. EmilioB. Riat, Secretaría Única, a cargo del Dr. Cristian TauAnzoátegui, hace saber que en autos caratulados: “ElGarage S.R.L. s/Quiebra” (Expte. Nº 07126-08), que eldía 4 de noviembre de 2009 se ha decretado la quiebrade la firma El Garage S.R.L., Cuit Nº 30-70792355-1, condomicilio comercial en Quaglia esq. Elflein de la ciudadde San Carlos de Bariloche, siendo designado Síndicode estas actuaciones el Cdor. Roque Ramón Martínez,con domicilio en la calle Libertad Nº 299, 3º A, donde seha ordenado la publicación del presente a efectos deinformar lo siguiente: El plazo para verificar los créditosante la sindicatura vencerá el 8 de febrero de 2010. Elplazo para la presentación del informe individualvencerá el 8 de marzo de 2010, y para la presentacióndel informe general vencerá el 21 de abril de 2010.- SanCarlos de Bariloche, 11 de diciembre de 2009.- CristianTau Anzoátegui, Secretario.

—oOo—Fermín Donate, titular del Juzgado Civil, Comercial,

Minería N° 1, con asiento en Viedma, Secretaría Única,cita y emplaza a herederos y acreedores de LuisFortunato Rigonatto DNI. 8.222.682 por Treinta (30)días para que hagan valer sus derechos en los autos:“Rigonatto Fortunato Luis s/Sucesión”, (Expte. 0549/09/J1). Publíquese por el término de tres días en elBoletín Oficial y Diario Noticias. Secretaría. Viedma, 9de Diciembre de 2009.– Fermín Donate, Juez.

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La Sra. Rosana Calvetti, Juez del Juzgado de PrimeraInstancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3, de laPrimera Circunscripción Judicial de la Provincia de Río

Page 22: Nº 4787 - Río Negro Province · 2012. 7. 12. · Provincia de Río Negro. Artículo 8°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese. Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura

22Viedma, 21 de Diciembre de 2009BOLETIN OFICIAL N° 4787

Negro, con asiento en calle Laprida Nº 292, 5º nivel, dela ciudad de Viedma, cita, llama y emplaza por el términode treinta días a herederos y acreedores de Dn. Anto-nio Abate, a hacer valer sus derechos en autos: “Abate,Antonio s/Sucesión” (Expte. Nº 0573/2009).- Publíqueseedicto por tres días en el Boletín Oficial.- Viedma, 16 denoviembre de 2009.- Ángela Clara Contreras,Prosecretaria.

—oOo—Rosana Calvetti, Juez a cargo del Juzgado Civil,

Comercial y Minería Nº 3, de la Primera CircunscripciónJudicial de la Provincia de Río Negro, Secretaría Única,cita, llama y emplaza por el término de treinta (30) díasa quienes se consideren con derecho a los bienesdejados por los causantes Miranda Luisa y Colos ÁngelVentura, a que se presenten a hacerlos valer en autos:“Miranda Luisa y Colos Ángel Ventura s/Sucesión”(Expte. Nº 0879/2009).- Publíquese por tres días.-Viedma, 9 de diciembre de 2009.- Ángela ClaraContreras, Prosecretaria.

—oOo—Carlos Reussi, Juez a cargo del Juzgado de

Instrucción Nº II, con asiento en la ciudad de Viedma,Provincia de Río Negro, Secretaría Nº 3 a mi cargo,notifica a Nelson Costich y Rosa Marta Churi, de loordenado en los autos caratulados: “Costich Nelson yOtros s/Hurto y Lesiones” (Expte. Nº 43225/09), cuyaparte pertinente se transcribe y dice: Viedma, 15 dediciembre de 2009.- Autos y Vistos: De la que resulta:… Considerando: … Resuelvo: I) Dictar elsobreseimiento total en la presente causa, en favor deNelson Costich y Rosa Marta Churi, ya filiados, enorden a los hechos que se le endilgaban en la presentepor las consideraciones expuestas y por aplicación delArt. 306 Inc. 1º, 2do. supuesto del CPP.- II) Declararque el presente proceso no afecta el buen nombre yhonor del que hubieren gozado los imputados.- III)Atento al domicilio de los imputados, notifíqueselospor edictos de ley.- Regístrese, protocolícese ynotifíquese.- Fdo.: Dr. Carlos Reussi, Juez.- SantiagoBrugo, Secretario.

—oOo—La Dra. María Raquel Calvo, Presidente de la Junta

de Disciplina de la Provincia de Río Negro, en elExpediente N° 45303-S-09 “s/Abandono de Serviciosagente Castillo Jorge R., Hospital Área Programa ElCuy” del registro del Ministerio de Salud de la Provin-cia de Río Negro, en trámite por ante la Junta deDisciplina de la Provincia de Río Negro, sita en calle 25de Mayo N° 394, 1° piso, de la ciudad de Viedma, noti-fica al Agente Castillo Jorge R., Legajo N° 655751/1 loresuelto mediante Resolución N° 517 “JD” de fecha 9de septiembre de 2009, que en su parte pertinente dice:... “Viedma, 9 de septiembre de 2009. Vistas...Considerando...: La Junta de Disciplina Resuelve:Artículo 1°.- Ordenar la Instrucción del correspondienteSumario, el cual debe tramitarse de acuerdo a loestablecido por el Decreto Reglamentario N° 1.405/01,Ley L N° 1052/96 y Ley L N° 3.487.- Artículo 2°.- Sus-pender preventivamente a Jorge Alberto Castillo, singoce de haberes, de acuerdo a lo establecido por elartículo 68 del Anexo I en el Punto 2 inciso 2) de la LeyL N° 3487 y su Decreto Reglamentario N° 1405/01.-Artículo 3°.- Designar Instructor Sumariante al Dr. JuanPablo Balzi conforme lo establecido por el Artículo 67A Punto 3 del Decreto Reglamentario N° 1.405/01 yLey L N° 3052/96. Una vez finalizado el sumario, el Ins-tructor Sumariante deberá elevar las actuaciones conla correspondiente conclusión sumarial directamente aesta Junta de Disciplina.- Fdo. Dra. María Raquel Calvo,Presidente Junta de Disciplina Ley 3487”.

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Dr. Ricrdo A. Calcagno, Juez titular del Juzgado deInstrucción en lo Criminal y Correccional Nº 4, sito enJohn O'Connor 20, notifica por medio de la presente aAmpuero Fernando Nicolás, que en Expte. Nº 047-7-2009 se resolvió en fecha 25 de septiembre de 2009,Resuelvo: Dictar el sobreseimiento total en la presente

causa y en relación al hecho que se describieraprecedentemente, en favor de Miguel Ángel Garcés,ya filiado al comienzo de la presente, por extinción dela acción penal, por aplicación por parte del Sr. Fiscaldel criterio de oportunidad (Art. 306 Inc. 4 del CódigoProcesal Penal en función del Art. 172 del mismoordenamiento legal), y se lo cita y emplaza para que enel término de cinco días comparezca ante el Tribunal.-Víctor H. Gangarrossa, Secretario.

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Dr. Jorge A. Serra, Juez a cargo del Juzgado Civil,Comercial y de Minería Nº 1, Secretaría Única, sito enPasaje Juramento 190, 5º piso, S. C. de Bariloche, RíoNegro, cita a presentarse por treinta días a herederos yacreedores del Sr. Efrain Eduardo Moreno, DNI. Nº16.565.833 en los autos: “Moreno, Eduardo Efrain s/Sucesión” (Expte. Nº 0755/084/09).- Publíquese por tresdías.- S. C. de Bariloche, 11 de diciembre de 2009.-Mariano A. Castro, Secretario.

—oOo—El Dr. Emilio Riat, a cargo del Juzgado Civil Nº 5, de

la III Circunscripción Judicial de Río Negro, SecretaríaÚnica, a cargo del Dr. Cristian Tau Anzoátegui, sito enPasaje Juramento 190, 4º, Bariloche, cita y emplaza porel término de treinta días, contados desde la últimapublicación, a herederos y acreedores de Ángel RobertoGallardo, DNI. Nº 7.670.922, en autos: “Gallardo, ÁngelRoberto s/Sucesión ab intestato” (08759-09).-Publíquese por tres días.- S. C. de Bariloche, 9 dediciembre de 2009.- Cristian Tau Anzoátegui, Secretario.

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El Dr. Carlos M. Cuellar, a cargo del Juzgado Civil 3,de la III Circunscripción Judicial de Río Negro,Secretaría Única, a cargo de la Dra. Ma. AlejandraMarcolini Rodríguez, sita en Paso 167, Bariloche, cita yemplaza por el término de treinta días, contados desdela última publicación, a Mirta Elsa Alegría y Barazzutti,para que tome intervención en autos: “AlegríaLeopoldo s/Sucesión ab intestato” (Expte. Nº 29033-09).- Publíquese por tres días.- S. C. de Bariloche, 2 dediciembre de 2009.- Ma. Alejandra Marcolini Rodríguez,Secretaria.

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REMATES–—

El Dr. Víctor Darío Soto, Juez a cargo del JuzgadoLetrado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, deMinería, Familia y Sucesiones Nº 31, con sede en calle9 de Julio Nº 221, 1º piso, de la ciudad de Choele Choel(RN), Secretaría Única, a cargo de la Dra. PaolaSantarelli, hace saber por dos días, en autoscaratulados: “Municipalidad de Río Colorado (Cuit Nº33-99914325-9) c/Lertora, Aldo José (MI Nº 7.390.638)s/Ejecución Fiscal” (Expte. Nº 10.824/05), que ha sidodesignado el martillero público Sr. Juan AdriánGüenumil, Cuit.: 20-24.450.886-4, Matrícula ProfesionalTº I, Fº 51/52, Nº 026-RPC-07, para que proceda a venderen pública subasta con base, al contado y al mejorpostor, el día 29 de diciembre de 2009 a las 10:30 horas,en sede de la Comisaría 11ª, de la ciudad de Río Colo-rado (R.N.), sito en calle Hipólito Irigoyen y Moreno,los siguientes bienes identificados como: Parcela 08:Un bien inmueble con las mejoras que contiene,ubicado en la ciudad de Río Colorado, DepartamentoPichi Mahuida, de la Provincia de Río Negro, identificadocomo Partida Municipal N° 1.427, Sección “E”,Manzana: 221, Parcela 08, inscripto en el Registro de laPropiedad Inmueble al Tomo 508, Folio 147, Finca Nº105.452, y designado en el mismo como Lote Siete-a dela Manzana C, Parte del Lote Siete. NomenclaturaCatastral: 09-1-E-221-08. Superficie 200 metroscuadrados. Parcela 10: Un bien inmueble con las mejorasque contiene, ubicado en la ciudad de Río Colorado,Departamento Pichi Mahuida, de la Provincia de RíoNegro, identificado como Partida Municipal: Nº 1.429,

Sección “E”, Manzana: 221, Parcela: 10, inscripto en elRegistro de la Propiedad inmueble al Tomo 508, Folio148, Finca Nº 4.291, y designado en el mismo comoLote Siete-C de la Manzana C, Parte del Lote Siete.Nomenclatura Catastral 09-1-E-221-10. Superficie 200metros cuadrados. Medidas y linderos figuran en títulosde propiedad agregados en autos (fs. 133/134 y 135/136). Condiciones. Base: Parcela 08: $ 2.236,00; Parcela10: $ 2.244,00. Seña: 10 % en el acto de la subasta, saldoen el término de 5 días de aprobada la misma, quedandosujeta a aprobación judicial. Comisión: 3% a cargo delcomprador. Pagos dinero en efectivo, únicamente pe-sos.- Deudas: Municipalidad de Río Colorado: Parcela08: $ 8.309,89 deuda certificada reclamada en autos,más $ 1.606,73 de períodos posteriores; Parcela 10: $8.109,66 deuda certificada reclamada en autos, más $1.559,30 de períodos posteriores. Todas al 29/05/2008(fs. 120/122). D.G.R.: Parcela 08: $ 674,31; Parcela 10: $674,31. Todas al 03/06/2008 (fs. 123/128). A.R.S.A.:Parcela 08: $ 2.211,22; Parcela 10: $ 2.211,22. Todas al02/06/2008 (fs. 111/119). El inmueble se vende libre dedichas deudas y serán a cargo del comprador las quese originen con posterioridad a la fecha de aprobaciónde subasta. Gravámenes: Embargos: Se registran lossiguientes: Parcela 08: Sólo el ordenado en autos;Parcela 10; Sólo el ordenado en autos. Hipotecas yOtros Derechos Reales: No se registran. Según informesdel R.P.I. obrantes en autos (fs. 148/149 y 143/144).Inhibiciones: No se registran. Según informes del R.P.I.obrantes en autos (fs. 145/147 y 150/152). Estado yOcupación: Parcela 08 y Parcela 10: Se constata terrenobaldío, sin construcción, ni ocupantes. Todo segúndiligencias obrantes en autos practicadas por elmartillero actuante (fs. 155/166). Exhibición de losInmuebles: Desde el exterior en razón de ser terrenosbaldíos. Adquirente: El comprador deberá fijar domiciliodentro del radio del Tribunal, bajo apercibimiento deque las posteriores resoluciones sean notificadasconforme lo prevee el Art. 133 del CPC y C. Asimismo,deberá hacerse cargo de los gastos del sellado de leyque corresponda por la compra y del total de los gastosque se originen por la inscripción del dominio a sunombre ante el R.P.I. - Informes: Al martillero actuanteal celular (02920) 15446838.- Choele Choel (R.N.), 10 dediciembre de 2009.- Dra. Paola Santarelli, Secretaria.

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El Dr. Víctor Darío Soto, Juez a cargo del JuzgadoLetrado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, deMinería, Familia y Sucesiones Nº 31, con sede en calle9 de Julio Nº 221, 1º piso, de la ciudad de Choele Choel(RN), Secretaría Única, a cargo de la Dra. PaolaSantarelli, hace saber por dos días, en autoscaratulados: “Municipalidad de Río Colorado (Cuit Nº33-99914325-9) c/Astudillo, Hilda del Tránsito (DNI.Nº 92.232.212) s/Ejecución Fiscal (Expte. Nº 12.621/07),que ha sido designado el Martillero Público Sr. JuanAdrián Güenumil, Cuit.: 20-24.450.886-4, MatrículaProfesional I.G.P.J., T° I, Fº 51/52, Nº 026-RPC-07, paraque proceda a vender en pública subasta con base, alcontado y al mejor postor, el día 29 de diciembre de2009 a las 10:00 horas, en sede de la Comisaría 11ª de laciudad de Río Colorado (R.N.), sito en calle HipólitoIrigoyen y Moreno, el siguiente bien identificado como:Un bien inmueble con las mejoras que contiene,ubicado en la ciudad de Río Colorado, DepartamentoPichi Mahuida, de la Provincia de Río Negro, identificadocomo Partida Municipal: N° 2.831, Sección: “E”,Manzana: 383, Parcela Municipal: 13, Parcela Provin-cial: 10, designado en el Registro de la PropiedadInmueble como Lote Uno-e, parte del Lote Uno de lamitad Norte de la Quinta Dieciséis, e inscripto en elmismo al Tomo 796, Folio 72, Finca Nº 146.418.Nomenclatura Catastral: 09-1-E-383-10. Superficie 353metros cuadrados. Medidas y linderos figuran en títulode propiedad agregado en autos (fs. 46/47).Condiciones. Base: $ 2.450,00. Seña: 10% en el acto dela subasta, saldo en el término de 5 días de aprobada lamisma, quedando sujeta a aprobación judicial.

Page 23: Nº 4787 - Río Negro Province · 2012. 7. 12. · Provincia de Río Negro. Artículo 8°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese. Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura

23Viedma, 21 de Diciembre de 2009 BOLETIN OFICIAL N° 4787

Comisión: 3% a cargo del comprador. Pagos dinero enefectivo, únicamente pesos. Deudas. Municipalidad deRío Colorado: $ 18.232,87 deuda certificada reclamadaen autos, más $ 1.169,11 de períodos posteriores, al 15/08/2008 (fs. 30/31), D.G.R.: $ 471,63 al 20/08/2008 (fs.36/39). A.R.S.A.: $ 1397,82 al 18/08/2008. (fs. 32/35). Elinmueble se vende libre de dichas deudas y serán acargo del comprador las que se originen conposterioridad a la fecha de aprobación de subasta.Gravámenes. Embargos: Se registra sólo el ordenadoen autos. Hipotecas y Otros Derechos Reales: No seregistran, Según informe del R.P.I. obrante en autos(fs. 53/54). Inhibiciones: No se registran. Según informedel R.P.I. obrante en autos (fs. 55/57). Estado yOcupación: Se constata vivienda precaria de un soloambiente, piso de hormigón, sin revoque en paredes,en total estado de abandono. Terreno sin cercoperimetral. Se encontraría ocupada. No se exhibecontrato alguno. Todo según diligencia obrante enautos practicada por el martillero actuante (fs. 61/66).Exhibición del Inmueble: Desde el exterior en razón delestado de precariedad de construcción existente.Adquirente: El comprador deberá fijar domicilio dentrodel radio del Tribunal, bajo apercibimiento de que lasposteriores resoluciones sean notificadas conforme loprevee el Art. 133 del CPC y C. Asimismo, deberáhacerse cargo de los gastos del sellado de ley quecorresponda por la compra y del total de los gastosque se originen por la inscripción del dominio a sunombre ante el R.P.I.. Informes: Al martillero actuanteal celular (02920) 15446838. Choele Choel (R.N.), 10 dediciembre de 2009.- Dra. Paola Santarelli, Secretaria.

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ACORDADA–—

PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIADE RÍO NEGRO

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

Acordada N° 04/2009En Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro, a

los 09 días del mes de diciembre del año dos mil nueve,reunidos en acuerdo los Sres. Jueces del Superior Tri-bunal de Justicia, bajo la presidencia del Dr. Luis Lutz,con la asistencia de los Dres. Víctor Hugo SoderoNievas y Alberto Italo Balladini; y

CONSIDERANDOQue la Constitución Provincial en sus arts. 139, 181

y cc. establece el procedimiento para la presentación yaprobación del Presupuesto General de la Provincia y,específicamente en el art. 224, que corresponde al PoderJudicial formular su propio proyecto de Presupuesto yenviarlo a los otros dos Poderes del Estado.-

Que según las actuaciones obrantes en el Expte.AG-09-0686 ("Administración General S/ProyectoPresupuesto Poder Judicial Año 2010"), laAdministración General, en coordinación con laContaduría General han elaborado, con la debidaparticipación los Tribunales de Superintendencia Ge-neral y en consulta con los Colegios de Abogados delas cuatro Circunscripciones Judiciales y también elColegio de Magistrados y Funcionarios y SITRAJUR,un proyecto de Presupuesto para el Poder Judicial quecontempla los lineamientos de la política judicial parael próximo año establecidos por el S.T.J. y la ProcuraciónGeneral, además de la aplicación de las Acordadas 9/05 y 11/05, en cumplimiento a lo establecido en el puntoA.5 del Acuerdo 7/2009.-

Que ante las dificultades presupuestarias yFinancieras que informa el Poder Administrador, se hancalculado los requerimientos adoptándose igual criterioque la Corte Suprema de Justicia de la Nación, quien lohizo de manera cauta y moderada, fijándose los valoresmínimos que posibiliten la prestación del serviciopúblico y esencial de justicia, los que están por encimade los "techos presupuestarios" informados por el Sr.Subsecretario de Presupuesto según Nota SSP 152/09.-

Que en una más ajustada y estricta interpretaciónde las Leyes K Nº 2430, K Nº 2434 y ahora K Nº 4199,conforme las disposiciones de los arts 196 y ss, 206,215 y ss, 220 y ss de la CP, desde el Ejercicio Fiscal2007, se elabora y ejecuta el Presupuesto del PoderJudicial conforme el art. 224 y a tenor de la Ley H Nº3186, en cuatro Programas a saber: Programa 11:Jurisdiccional, Programa 12: Ministerios Públicos,Programa 13: Consejo de la Magistratura y Programa14: Organismos Auxiliares. Para el ejercicio 2010 se hadispuesto adicionar dos programas presupuestariosmás, el Programa 15 donde se incluirán las partidaspresupuestarias necesarias para poner en marchaorganismos judiciales creados por distintas leyes, comoasí también los auxiliares, pendientes de poner enfuncionamiento y el Programa 16 donde se incluye elcálculo de las partidas presupuestarias necesarias paralos organismos previstos en la Ley K 4199 que a lafecha no fueron puestos en funcionamiento.-

Que en materia de recursos humanos, encumplimiento a lo dispuesto por las Acordadas 9/05 y11/05 S.TJ., en cuanto a las previsiones remuneratoriasy salariales, se han incluido las recomposicionesefectuadas por la CSJN mediante la Acordada 17 delcorriente año, que estableció para la Justicia Nacionalun incremento del 10% a partir del 01/05/2009 y un 5 %a partir del 01/08/2009, por lo que el presente proyectode presupuesto incluye su aplicación a partir del 01/01/2010. En consecuencia, es dable destacar que no secontemplan otros aumentos salariales para el ejerciciofiscal 2010, ya que los mismos se gestionarán una vezconocidas, si las hubiere en el futuro o fueren del caso,nuevas resoluciones en tal sentido de la C.S.J.N. Seincorporan además las partidas que demandará laasignación de los cargos ganados por los agentes queparticiparon de los concursos de ascensosimplementados luego de dos décadas de estancamientode la carrera judicial y la cobertura de las vacantes enaquellos organismos con planta incompleta según losparámetros de la Acordada 8/06.-

Que el proyecto de Presupuesto Judicial para elpróximo año que presenta la Administración Generalcon la participación de la Contaduría General y losTribunales de Superintendencia General de cadaCircunscripción y en consulta con las entidadesrepresentativas de los operadores del sistema (Colegiosde Abogados, Colegio de Magistrados y Funcionarios,SITRAJUR), incluye la previsión de las partidasnecesarias para "Funcionamiento", ya sea en bienesde consumo, de servicios y de capital, tendientes aposibilitar la normal prestación de un adecuado yeficiente servicio de justicia en los términos de las LeyesK Nº 2430, K Nº 2434 y K Nº 4199 y principalmente laLey A Nº 3830 de la "Carta de los Derechos de losCiudadanos ante la Justicia", con los montos necesariospara realizar impostergables inversiones ya previstasen ejercicios anteriores y que no pudieron concretarsepor una recurrente insuficiente asignación de partidaspresupuestarias al tiempo de aprobarse el PresupuestoGeneral de la Provincia.-

Que en el primero de los Programas de la Ley H Nº3186, el denominado Programa 11 "Jurisdiccional", sehan tenido en cuenta en las partidas de "Personal",además de los cargos cubiertos a la fecha, aquéllosque hoy están vacantes en las actuales estructuras.Asimismo en este programa, se destacan en lo que serefiere a "Gastos de Funcionamiento", la renovaciónparcial, por tercios como lo recomienda el Comité deInformatización de la Gestión Judicial, resultando in-dispensable modernizar los sistemas de gestión judi-cial, antivirus, "intranet" propia (ante la no inclusiónen la IPP) y demás redes, licencias para firma digital,sistemas proxis para redes, etc. También se prevé unarenovación parcial del parque automotor, comoasimismo continuar tomando a cargo del Poder Judi-cial el pago de honorarios a peritos y las prestacionesde diversos profesionales en orden a asegurar el accesoa la justicia con igualdad de oportunidades, elsostenimiento de los métodos alternativos de

resolución de conflictos y el auxilio legal del Estadopara actuar ante la jurisdicción, por sólo destacar losde mayor significación. Este programa tambiéncontempla el fondo de financiamiento previsto en laLey de Mediación Nº 3847, y el funcionamiento de lasCasas de Justicia ubicadas en El Bolsón, Sierra Grande,Catriel y Río Colorado, como así también lacapacitación, evaluación y ampliación de lasincumbencias para las materia específicas. Esteprograma presupuestario arroja la suma de $138.632.200, a financiar $ 133.917.200 con recursosprovenientes de Rentas Generales y $ 4.715.000 conRecursos Propios.-

Que para el caso de los programas concernientes al"Ministerio Público" (arts 215 y ss de la CP), - Programas12 y 16 - corresponde remitirse a la Resolución Nº 332/09 PG, mediante la cual la Sra. Procuradora General,conforme lo establece los arts. 63 y 68 de la Ley K Nº4199, ha fijado el programa de gastos del MinisterioPúblico para el año 2010, y lo remitió al Superior Tribu-nal de Justicia a efectos de su incorporación alPresupuesto del Poder Judicial, conforme lo estableceel art. 63 de la mencionada Ley K Nº 4199.-

Que el Programa 13 corresponde al órganoextrapoder "Consejo de la Magistratura" (art. 220 y ssde la CP), en cuya actuación debe participar el PoderJudicial por la Ley K 2434 y contempla las necesariaspartidas para su normal funcionamiento, en particularla Secretaría del Consejo, con asiento en Viedma.- Seincluyen en este programa importantes erogacionespara solventar los gastos que demanda la integraciónde una Comisión Evaluadora y un Jurado Examinadorpara la selección de cada una de las designaciones deMagistrados y Funcionarios Judiciales. Dicho programapresupuestario arroja la suma de $ 688.900.-

Que el Programa 14 Corresponde a los "OrganismosAuxiliares" del Poder Judicial, que son los que brindanasistencia logística a todos los Organismos tanto delámbito "Jurisdiccional" como del "Ministerio Público".En lo que a "Gastos de Funcionamiento" se refiere,serán necesarias partidas para destinar a rubrossimilares a los descriptos en los anteriores programas"Jurisdiccional" y "Ministerio Público", destacándoseen este programa las inversiones necesarias paraimplementar el sistema SAFYC y finalizar la puesta enproducción del SARHA, de fundamental trascendenciaal momento de eficientizar las gestiones administrativo-contables y de recursos humanos del Poder Judicial.Este programa presupuestario arroja la suma de $41.352.000.-

Que en el Programa 15 se incluyen las partidaspresupuestarias destinadas a la puesta en marcha delos organismos jurisdiccionales -creados por distintasleyes- y auxiliares aún no operativos. En ese estado seencuentran los Juzgado de Ejecución Penal con sedeen Viedma, San Carlos de Bariloche y Cipolletti, JuzgadoCivil de Villa Regina, Juzgado de Familia de Viedma,equipo interdisciplinarios de los Juzgados de Familia(uno por Circunscripción Judicial). Este programapresupuestario asciende a la suma de $ 13.478.800.-

Que la Administración General y la Contaduría Ge-neral, junto con el diseño y la elaboración del proyectode Presupuesto Judicial para el Ejercicio Fiscal 2010en los términos del art. 224 de la CP, concurrentementeavalan el contenido con sus respectivos informestécnicos, en los que se ha realizado un pormenorizadoanálisis, en detalle, de los importes determinados porlos requerimientos de las áreas pertinentes convalores vigentes al 31/08/2009, los cuales sonconsiderados mínimos y susceptibles de los efectosde las variaciones que puedan producirse en laeconomía y las finanzas de la Nación y la Provincia,tanto en lo que afecte a las partidas de"Funcionamiento", por las eventuales alteraciones detarifas y precios, como a las partidas de "Personal",que tengan su origen en la comparación con otrasjurisdicciones que brinden referencias objetivas encuanto a remuneraciones, salarios o compensacionesasignadas a sus recursos humanos.-

Page 24: Nº 4787 - Río Negro Province · 2012. 7. 12. · Provincia de Río Negro. Artículo 8°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese. Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura

24Viedma, 21 de Diciembre de 2009BOLETIN OFICIAL N° 4787

Que en virtud de la política judicial establecidabajo los lineamientos arriba detallados, a los fines dela formulación dispuesta en el citado art. 224 de la CPy ante la propuesta de la Administración General, encoordinación con la Contaduría General y losTribunales de Superintendencia General de las cuatroCircunscripciones y en consulta con los Colegios deAbogados, el Colegio de Magistrados y Funcionariosy SITRAJUR, en observancia de las disposiciones dela Ley H Nº 3186, complementarias y susreglamentaciones corresponde fijar el Presupuesto delPoder Judicial según se propone para el Ejercicio Fis-cal 2010 en la suma total de $ 258.415.800 (pesosdoscientos cincuenta y ocho millones cuatrocientosquince mil ochocientos), cuyos recursos provendrán$ 253.580.800 (pesos doscientos cincuenta y tresmillones quinientos ochenta mil ochocientos) de"Rentas Generales" y $ 4.835.000 (pesos cuatromillones ochocientos treinta y cinco mil) de "RecursosPropios", los que serán afectados a las partidas de"Personal" por la suma de $ 224.793.700 (pesosdoscientos veinticuatro millones setecientos noventay tres mil setecientos) y a las partidas de"Funcionamiento" por la suma de $ 33.622.100 (pesostreinta y tres millones seiscientos veintidós mil cien)compuestos por $ 28.787.100 (pesos veintiochomillones setecientos ochenta y siete mil cien)financiados por Rentas Generales y $ 4.835.000 (pe-sos cuatro millones ochocientos treinta y cinco mil)de Recursos Propios.-

Que sin perjuicio de las atribuciones que son propiasdel S.T.J. y la Procuración General, dentro de laorganización interna del Poder Judicial laresponsabilidad primaria de prever, gestionar y ejecutarel Presupuesto Judicial le corresponde a laAdministración General en coordinación con laContaduría General, en función de la "política judicial"previamente determinada por el S.T.J. y la Sra.Procuradora General.-

Que, conforme lo dispuesto en los arts. 99, 139 inc.8 y 224 de la CP, el Superior Tribunal de Justicia ratificael rígido criterio de no dar curso a designaciones, puestaen marcha y funcionamiento de nuevos organismoscreados por el legislador según sus atribuciones (inc.14 art. 139 CP) o las reformas de códigos deprocedimiento que se dicten y no cuenten conasignación presupuestaria específica expresamenteotorgadas por los otros Poderes del Estado.-

Que se han observado las disposiciones de laAcordada 103/2004.-

Por elloEl Superior Tribunal de Justiciade la Provincia de Río Negro

en Ejercicio de sus Atribuciones delArt. 206 y CC; Y 224 de la CP,

RESUELVE:Artículo 1º: Aprobar en los términos de los arts.

206 y cc; 215, ss y cc con la participación de la SraProcuradora General; y 224 de la CP el proyecto dePresupuesto del Poder Judicial para el Ejercicio Fiscal2010, diseñado y elaborado por la Administración Ge-neral, en coordinación con la Contaduría General y losTribunales de Superintendencia General, en consultacon los Colegios de Abogados, el Colegio deMagistrados y Funcionarios y SITRAJUR, por la sumatotal de $ 258.415.800 (pesos doscientos cincuenta yocho millones cuatrocientos quince mil ochocientos),cuyos recursos provendrán $ 253.580.800 (pesosdoscientos cincuenta y tres millones quinientosochenta mil ochocientos) de "Rentas Generales" y $4.835.000 (pesos cuatro millones ochocientos treinta ycinco mil) de "Recursos Propios", los que seránafectados a las partidas de "Personal" por la suma de $224.793.700 (pesos doscientos veinticuatro milsetecientos noventa y tres mil setecientos) y a laspartidas de "Funcionamiento" por la suma de $33.622.100 (pesos treinta y tres millones seiscientosveintidós mil cien) compuestos por $ 28.787.100 (pe-sos veintiocho millones setecientos ochenta y siete

mil cien) financiados por Rentas Generales y $ 4.835.000(pesos cuatro millones ochocientos treinta y cinco mil)de Recursos Propios.-

Artículo 2º: Establecer que del importe fijado en elartículo primero de la presente, corresponde al Programa11: "Jurisdiccional" la suma de $ 138.632.200 (pesosciento treinta y ocho millones, seiscientos treinta ydos mil doscientos) de los cuales se afectarán $117.039.800 (pesos ciento diecisiete millones treinta ynueve mil ochocientos) para "Personal" y $ 21.592.400(pesos veintiún millones quinientos noventa y dos milcuatrocientos) para Funcionamiento".-

Artículo 3º: Establecer que el importe fijado en elartículo primero de la presente, incluye $ 48.318.900(pesos cuarenta y ocho millones trescientos dieciochomil novecientos) fijados para el Programa 12 y $15.945.000 (pesos quince millones novecientos cuarentay cinco mil) para el Programa 16 que, conforme lasdisposiciones de los arts 215 y ss de la CP y lasfacultades del art. 63 2do. párrafo de la Ley K 4199, laseñora Procuradora General ha fijado como "Programade Gastos del Ministerio Público" mediante Resolu-ción N° 332/09 PG, la que se anexa y forma parteintegrante de la presente Acordada.-

Artículo 4º: Establecer que del importe fijado en elartículo primero de la presente, corresponde al Programa13 "Consejo de la Magistratura" la suma de $ 688.900(pesos seiscientos ochenta y ocho mil novecientos),compuesto por $ 576.800 (pesos quinientos setenta yseis mil ochocientos) para "Personal" y $ 112.100 (pe-sos ciento doce mil cien) para "Funcionamiento".-

Artículo 5º: Establecer que del importe fijado en elartículo primero de la presente, corresponde al Programa14 "Organismos Auxiliares" del Poder Judicial la sumade $ 41.352.000 (pesos cuarenta y un millonestrescientos cincuenta y dos mil), destinados $36.412.700 (pesos treinta y seis millones cuatrocientosdoce mil setecientos) para "Personal" y $ 4.939.300 (pe-sos cuatro millones novecientos treinta y nueve miltrescientos) para "Funcionamiento".-

Artículo 6º: Establecer que del importe fijado en elartículo primero de la presente, corresponde al Programa15 "Organismos Jurisdiccionales y Auxiliarespendientes" la suma de $ 13.478.800 (pesos trecemillones cuatrocientos setenta y ocho mil ochocientos)de los cuales se afectarán $ 12.496.100 (pesos docemillones cuatrocientos noventa y seis mil cien) para"Personal" y $ 982.700 (pesos novecientos ochenta ydos mil setecientos) para "Funcionamiento".-

Artículo 7º: La Administración General además dediseñar y elaborar el proyecto de Presupuesto Judicialque aquí se aprueba, tiene a su cargo la responsabilidadprimaria de:

a) Gestionar y ejecutar el Presupuesto Judicial enfunción de la política judicial previamentedeterminada por el S.T.J. y la Sra. ProcuradoraGeneral.-

b) Representar al Poder Judicial asistido de losFuncionarios de Ley y demás Agentes que seanmenester ante los titulares del Ministerio de Ha-cienda, Obras y Servicios Públicos; y de lasComisiones de Labor Parlamentaria; de AsuntosConstitucionales y de Legislación General; y dePresupuesto y Hacienda de la Legislatura de laProvincia, en orden a la aprobación en tiempo yforma del proyecto de Presupuesto Judicial parael Ejercicio Fiscal 2010.-

Artículo 8º: Remitir el proyecto de Presupuesto Ju-dicial que aquí se aprueba, juntamente con copiaauténtica de la presente Acordada al Sr. Gobernadorde la Provincia, y al Sr. Vicegobernador y Presidente dela Legislatura de la Provincia en los términos del art.224 de la CP.-

Artículo 9°.- Ratificar, conforme lo dispuesto en losarts. 99, 139 inc. 8 y 224 de la CP, el rígido criterio deeste S.T.J. de no viabilizar designaciones, puesta enmarcha y funcionamiento de nuevos organismoscreados por el legislador según sus atribuciones (inc.

14 art. 139 CP), o las reformas de códigos deprocedimiento que se dicten y que no cuenten conasignación presupuestaria específica expresamenteotorgadas por los otros Poderes del Estado.-

Artículo 10.- Hacer saber a los otros Poderes delEstado que:

a) La formulación, la aprobación y la remisión serealiza en consonancia con lo establecido por laExcma. Corte Suprema de Justicia de la Naciónen la Acordada 30/09.-

b) En consecuencia, al momento de evaluar losrequerimientos presupuestarios del serviciopúblico esencial de justicia de la Provincia,conforme el mandato de la Constitución, lo hahecho de manera cauta y moderada, ratificandoel sentido de responsabilidad institucional yfuncional que le ha caracterizado y caracteriza.-

Artículo 11: Regístrese, comuníquese a los otrosdos Poderes del Estado, dése al Boletín Oficial,notifíquese y cumplido, archívese.-

Fdo. Dr. Luis Lutz, Presidente STJ - Dr. Víctor HugoSodero Nievas, Juez STJ - Dr. Alberto Balladini, JuezSTJ.-

Ante Mí: Lic. Horacio Mión, Administrador Ge-neral.-

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ESTATUTOS SOCIALES,CONTRATOS, ETC.

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RIOFARMA - S.R.L.La Dra. Natalia P. Bordón, Inspectora General de

Personas Jurídicas, titular del Registro Público deComercio sito en calle Belgrano nro. 526 de la ciudadde Viedma, ordena, de acuerdo con los términos delArt. 10 y modificatorias de la Ley 19.550, la publicaciónen el Boletín Oficial, por un (1) día, la constitución de laSociedad denominada “Riofarma S.R.L.” - 1) Socios:Gabriel Eduardo Vázquez, argentino, D.N.I. N°14.775.301, domiciliado en calle Misiones SalesianasN° 166 de Viedma, Río Negro; y Raúl Héctor Vázquez,argentino, D.N.I. N° 22.132.938, domiciliado en calleGüemes N° 354 de Viedma, Río Negro.- 2) Fecha delInstrumento de Constitución: 03 de diciembre de dosmil nueve (03-12-09). 3) Denominación: Riofarma S.R.L.4) Domicilio Legal: Güemes N° 354 de Viedma, Río Ne-gro.- 5) Objeto: Servicios Farmacéuticos: Mediante unestablecimiento de salud cuyo objeto sea ladispensación al público de productos destinados apreservar, mejorar o recuperar la salud de las personascon la habilitación de autoridad de aplicación: A)Dispensar medicamentos, productos dieto terápicos,productos sanitarios y productos biomédicos que sedeterminen por reglamentación, material aséptico,especialidades medicinales aún cuando esténdestinados a la higiene y estética de la persona,elementos de diagnóstico, tratamiento y curaciones.B) Dispensar suplementos nutricionales, productosdietéticos, elementos de profilaxis, medicamentosfitoterápicos, alimentos de uso pediátrico y todosaquellos productos sanitarios vinculados a lapromoción y protección de la salud de la población, seconsiderarán incluidos en este inciso según se deter-mine por vía reglamentaria. C) Preparar, despachar yvender al público de preparados magistrales. D)Promover la salud pública, la prevención de lasenfermedades y la educación sanitaria de la población.E) Organizar servicios de nebulizaciones, registro detensión arterial, de inyecciones subcutáneas eintramusculares, de vacunación en las condicionesfijadas en la reglamentación. E) Preparación de recetas

Page 25: Nº 4787 - Río Negro Province · 2012. 7. 12. · Provincia de Río Negro. Artículo 8°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese. Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura

25Viedma, 21 de Diciembre de 2009 BOLETIN OFICIAL N° 4787

oficinales. G) Expender productos de perfumería. H)Expender productos de óptica. I) Poner enfuncionamiento todo anexo a servicios de farmaciapermitido por la legislación vigente. J) Entrenar ycontratar personal para ello. K) Para tales fines podrácomprar, vender o arrendar bienes, muebles o inmuebles,vehículos, adquirir o vender bienes mediante el sistemade leasing, administrar bienes de terceros, hipotecar oprendar bienes muebles o inmuebles, operarfinancieramente, tomar o establecer representacionesen el país o en el extranjero, presentarse en licitacionespúblicas y/o privadas, tomar créditos y/o cualquier otragestión que haga a los fines de la empresa. Se dejaestablecido que la sociedad no efectuará lasoperaciones a que se refiere la ley de entidadesfinancieras. 6) Plazo de Duración: 50 años a contar desdela fecha de su inscripción en el Registro Público deComercio.- 7) Capital Social: El capital social se fija enla suma de doce mil pesos ($ 12.000); dividido en cientoveinte cuotas sociales de $ 100 totalmente suscriptas yaportadas por los socios de la siguiente forma: El Sr.Gabriel Eduardo Vázquez el monto total de pesos seismil ($ 6.000) correspondiente a 60 cuotas sociales querepresenta el 50,00% del capital social y el Sr. Raúl HéctorVázquez por un monto de pesos seis mil ($ 6.000)correspondiente a 60 cuotas sociales que representanel 50,00% del capital social.- 9) Representación Legal:Los gerentes representarán a la sociedad en todosaquellos asuntos o actos que hagan al objeto de lamisma.- 10) Cierre de Ejercicio: Treinta y uno dediciembre, de cada año.- 15 de diciembre de 2.009.

Dra. Natalia Paola Bordón, Inspectora General dePersonas Jurídicas.

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BUILD PATAGONIA - S.R.L.El Dr. Javier Mesa, Inspector Regional de Personas

Jurídicas, Quince, sito en calle Onelli Nº 1450, Bariloche,titular del Registro Público de Comercio de S. C. deBariloche, ordena la publicación por un (1) día, y porun plazo de diez (10) para presentar oposición, en elBoletín Oficial, y en los términos del Art. 10 ymodificatorias de la Ley 19.550 del edicto respecto dela constitución de la sociedad “Build Patagonia SRL”.Carátula: Build Patagonia SRL s/Inscripción deContrato (Expte. Nº 5904-IGPJR-09), de acuerdo conlos siguientes datos: Socios: El Sr. Eduardo GuillermoMehlich, argentino, DNI. Nº 11.729.540, Cuit Nº 20-11729540-1, de estado civil soltero, constituyendodomicilio a los efectos del presente, en calle E. Frey Nº197, 1º piso, Oficina A, de Bariloche. Norma BeatrizLizasoain, argentina, titular del Documento Nacionalde Identidad Nº 11.894.557, Cuit Nº 27-11894557-9,divorciada, constituyendo domicilio especial a losefectos del presente en calle E. Frey Nº 197, 1º piso,Oficina A, de esta ciudad; y Ángel Máximo Mehlich,argentino, titular del Documento Nacional de IdentidadNº 8.246.293, Cuit Nº 20-08246293-8, casado,constituyendo domicilio especial a los efectos del pre-sente en calle Rioja Nº 1668, Villa Adelina, Provincia deBuenos Aires.- Fecha del Instrumento Constitutivo:11 de marzo de 2009.- Denominación: Build PatagoniaSRL.- Domicilio Social: Frey Nº 197, 1º piso, Oficina A,de la ciudad de San Carlos de Bariloche.- Duración dela Sociedad: Tendrá un plazo de duración de noventa ynueve (99) años, a partir de la fecha de su inscripciónen el Registro correspondiente. Este plazo podrá serprorrogado por un período igual de tiempo por el votounánime de los socios.- Objeto Social: Realizar porcuenta propia o de terceros, o asociada a terceros, lassiguientes actividades: A) Inmobiliarias; B) Financieras;C) Todo lo relacionado con la construcción.- CapitalSocial: El capital social asciende a la suma de pesoscincuenta y cinco mil ($ 55.000), representado en cincomil quinientas (5.500) cuotas iguales de pesos diez ($10) de valor nominal cada una. Las cuotas sonsuscriptas en las siguientes proporciones: el Sr. EduardoGuillermo Mehlich, Cuit Nº 20-11729540-1, la cantidadde cuatro mil (4.000) cuotas sociales por la suma de

pesos cuarenta mil ($ 40.000), por su parte la Sra. NormaBeatriz Lizasoain, Cuit Nº 27-11894557-9, la cantidad deun mil (1.000) cuotas sociales por la suma de pesosdiez mil ($ 10.000) y por su parte el Sr. Ángel MáximoMehlich, Cuit Nº 20-08246293-8, la cantidad dequinientas (500) cuotas sociales por la suma de pesoscinco mil ($ 5.000).- El capital social es suscripto eintegrado por los socios en este acto en su totalidad.-Administración y Representación Legal: Laadministración, representación y el uso de la firma so-cial (gerencia) está a cargo del socio Sr. EduardoGuillermo Mehlich, quienes asumen las funciones deGerente.- Fecha de Cierre del Ejercicio: Cerrará suejercicio económico el día 31 de marzo de cada año.- S.C. de Bariloche, diciembre de 2009.- Dr. Javier Mesa,Inspector Regional de Personas Jurídicas - Bariloche.

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TOTAL PATAGONIA - S.R.L.El Dr. Javier Mesa, Inspector Regional de Personas

Jurídicas, Quince, sito en calle Onelli Nº 1450, Bariloche,titular del Registro Público de Comercio de S. C. deBariloche, ordena la publicación por un (1) día, y porun plazo de diez (10) para presentar oposición en elBoletín Oficial y en los términos del art. 10 ymodificatorias de la Ley 19.550 del edicto respecto dela constitución de la sociedad “Total Patagonia SRL”.-Carátula: Total Patagonia SRL s/Inscripción deContrato (Expte. Nº 6062-IGPJR-0), de acuerdo con lossiguientes datos. Socios: El Sr. Leo Edgardo Raúl,argentino, soltero, DNI. Nº 14.339.535, domiciliado enAvda. Las Victorias 1064, de profesión comerciante, yel Sr. Marcelo Diego Novarese, argentino, casado, DNI.Nº 21.480.296, domiciliado en Huala 12.369, de profesióncomerciante, todos domiciliados en esta ciudad de SanCarlos de Bariloche, Provincia de Río Negro.- Fechadel Instrumento Constitutivo: 2 de diciembre de 2009.-Denominación: Total Patagonia SRL.- Domicilio Social:Avda. Las Victorias 1064 de la ciudad de San Carlos deBariloche.- Duración de la Sociedad: Tendrá un plazode duración de noventa y nueve (99) años, a partir dela fecha de su inscripción en el Registrocorrespondiente. Este plazo podrá ser prorrogado porun período igual de tiempo por el voto unánime de lossocios.- Objeto Social: Tendrá por objeto la realización,por cuenta propia y/o de terceros, de la venta al pormenor de todo artículo de kiosco, librería, bebidas,alimentos, venta de diarios, revistas, libros, prendasde vestir en tela y cuero, artesanías y regalería; serviciosde lotería y juegos de azar, servicios de telefonía.Comercialización de servicios de acondicionamientoy seguro de equipaje. Quedan asimismocomprendidas, dentro de su objeto, la importación yla exportación, distribución directa o indirectamente,por representantes, terceros y/o asociada a terceros,de materias primas, productos manufacturados parasu comercialización en los ramos descriptosanteriormente.- Capital Social: El capital socialasciende a la suma de pesos quince mil ($ 15.000),representado en un mil quinientas (1500) cuotasiguales de pesos diez ($ 10) de valor nominal cadauna. Las cuotas son suscriptas e integradas en lassiguientes proporciones: El Sr. Leo Raúl Edgardo, unmil cuatrocientas veinticinco (1.425) cuotas por lasuma de pesos catorce mil doscientos cincuenta ($14.250,00), el Sr. Marcelo Diego Novarese, setenta ycinco (75) cuotas por la suma de pesos setecientoscincuenta ($ 750,00), que representa el cien (100%)por ciento del capital.- El capital social es suscripto eintegrado por los socios en este acto en su totalidad.-Administración y Representación Legal: Laadministración, representación y el uso de la firmasocial (Gerencia) está a cargo del socio Gerente, Sr.Raúl Edgardo Leo, quien asume las funciones de SocioGerente.- Fecha de Cierre del Ejercicio: Cerrará suejercicio económico el día 31 de octubre de cada año.-S. C. de Bariloche, 14 de diciembre de 2009.- Dr. JavierMesa, Inspector Regional de Personas Jurídicas -Bariloche.

AUMENTO DE CAPITAL–—

HOTELERA LAGOSUR - S.R.L.El Dr. Javier Mesa, Inspector Regional de Personas

Jurídicas Bariloche, sito en Onelli 1450 de la ciudad deSan Carlos de Bariloche, titular del Registro Público deComercio, Expte. Nº 6070-09 s/Designación de SociosGerentes, ordena la publicación edictal, prevista por elArt. 10 de la Ley 19.550 y sus modificatorias, en elBoletín Oficial por el término de un día.

Modificación del Contrato Social: El 30 denoviembre de 2009 los socios de Hotelera LagosurS.R.L. resuelven por unanimidad, proceder a aumentarel Capital Social y modificar el Contrato Social. Enconsecuencia las cláusulas Cuarta del Contrato Socialquedará redactada de la siguiente manera:

“Cuarto: Capital Social: El capital social se fija en lasuma de pesos un millón doscientos mil ($ 1.200.000),dividido en ciento veinte mil (120.000) cuotas igualesde pesos diez ($ 10) valor nominal cada una, suscriptase integradas en su totalidad por los socios en lassiguientes proporciones: el Sr. Sandro Ítalo Gressani,veinticuatro mil (24.000) cuotas por la suma de pesosdoscientos cuarenta mil ($ 240.000); el Sr. GianniAugusto Gressani, veinticuatro mil (24.000) cuotas porla suma de pesos doscientos cuarenta mil ($ 240.000);el Sr. Enrique Gressani, veinticuatro mil (24.000) cuotaspor la suma de pesos doscientos cuarenta mil ($240.000); la Sra. Elda De Barba, veinticuatro mil (24.000)cuotas por la suma de pesos doscientos cuarenta mil($ 240.000), y la Sra. Adriana Elda Gressani, veinticuatromil (24.000) cuotas por la suma de pesos doscientoscuarenta mil ($ 240.000).”

Bariloche, 11 de diciembre de 2009.-Fdo.: Dr. Javier Mesa, Inspector Regional de Per-

sonas Jurídicas - Bariloche.—oOo—

CESION DE CUOTAS SOCIALES–—

SERVICIOS QUÍMICOS - S.R.L.La Dra. Jimena Gallisá, Inspectora Regional de Per-

sonas Jurídicas, titular del Registro Público deComercio, sito en calle Mitre Nº 1090 de la ciudad deGeneral Roca, ordena de acuerdo con los términos delArt. 10 y modificatorias de la Ley 19.550, la publicaciónen el Boletín Oficial, por un (1) día, el contrato de cesiónde cuotas de fecha 15 de agosto de 2006 de la sociedaddenominada Servicios Químicos S.R.L., inscripta en elmencionado Registro al Tº I, Fº 146/152, Nº 029 de fecha23 de noviembre de 2005. En la mencionada cesión decuotas sociales el Sr. Santiago Oscar Bridi, DNI. Nº17.064.771, domiciliado en Ceferino Namuncurá 874 dela ciudad de Cinco Saltos, Provincia de Río Negro, cedey transfiere la totalidad de cuotas sociales a la Sra.Saffe Miriam Viviana, DNI. Nº 22.541.729, domiciliadaen Alsina 1086 de la ciudad de General Roca, Provinciade Río Negro, de valor nominal de $ 10 por cada una,según resulta del instrumento referenciadoprecedentemente, en dicho acto cede y transfiere aMiriam Viviana Saffe, el total de un mil doscientascincuenta (1250) cuotas sociales, de la sociedad dereferencia, de un valor nominal de $ 10 por cada una,por lo que el capital social queda conformado de lasiguiente manera: El Sr. Gómez, Carlos Alberto 625(seiscientas veinticinco) cuotas, es decir la suma de $6.250 (seis mil doscientos cincuenta), la Sra. SaffeMiriam Viviana, 2.500 (dos mil quinientas) cuotas, esdecir la suma de $ 25.000 (veinticinco mil); FernándezFrancisco Javier, 625 (seiscientas veinticinco) cuotas,es decir la suma de $ 6.250 (seis mil doscientoscincuenta); Fernández Giners, Javier Alejandro, 650(seiscientas cincuenta) cuotas, es decir la suma de $6.500 (seis mil quinientos); Diomedi Pablo, 300(trescientas) cuotas, es decir la suma de $ 3.000 (tresmil); Fernández Roberto Alfredo, 300 (trescientas)cuotas, es decir la suma de $ 3.000 (tres mil).

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26Viedma, 21 de Diciembre de 2009BOLETIN OFICIAL N° 4787

Se hace saber que las oposiciones deberándeducirse en un plazo de diez (10) días, contados apartir de la publicación del presente edicto.

Allen, 9 de diciembre de 2009.- Publíquese edicto.Dra. Jimena Gallisá, Inspectora Regional de Perso-

nas Jurídicas - Gral. Roca.—oOo—

CONVOCATORIAS–—

CEDYT - S.A.Asamblea General Ordinaria

(Fuera de Término)S. C. de Bariloche, diciembre de 2009.

En cumplimiento de las correspondientesdisposiciones estatutarias, el Directorio resuelveconvocar a los Sres. Accionistas a la Asamblea GeneralOrdinaria, que se realizará el día 11 de enero de 2010 a las9 horas, en el domicilio legal sito en Belgrano Nº 100, 1ºpiso, de esta ciudad, para tratar y considerar el siguiente:

ORDEN DEL DÍA1º - Consideración de Balance General, Estado de

Resultados, Memoria, Estado de Evolución dePatrimonio Neto, Estado de Flujo de Efectivo, notas yanexos al ejercicio finalizado el 31 de agosto de 2009,para dar cumplimiento así con lo dispuesto en los Arts.62 a 67 y los incisos 1 y 2 del Art. 234, Ley 19.550 y sumodificatoria, Ley 22.903.

2º - Aprobación de la gestión del Directorio.3º - Razones de la convocatoria fuera de término.4º - Consideración de un eventual aumento de

capital dentro de los límites del Art. 188 de la Ley Nº19.550.

5º - Designación de dos accionistas para firmar elacta, junto con el Sr. Presidente de la sociedad.

Dr. Flavio Saikauskas, Presidente.—oOo—

ASOCIACION EXALUMNOS DE DON BOSCODE VIEDMA

Asamblea General Ordinaria(Fuera de Término)

Viedma, Diciembre de 2.009.La Asociación Exalumnos de Don Bosco de Viedma

convoca a sus asociados a la Asamblea General Ordi-naria a realizarse el día 03 de Febrero de 2010, a las 10,30horas, en las instalaciones de su Sede Social, sita en calleBvard. Ituzaingó N° 120 de Viedma, para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DIA1°.- Designación de dos Socios para firmar el Acta de

la Asamblea, conjuntamente con el Presidente y Secretario.2°.- Informe de los motivos de la convocatoria fuera

de término.3º.- Lectura y consideración del Acta de la Asamblea

anterior.4°.- Consideración de la Memoria, Inventario, Ba-

lance General, Cuenta de Gastos y Recursos e Informede la Comisión Revisora de Cuentas, correspondientea los Ejercicios 2005, 2006, 2007 y 2008.

5°.- Elección de la totalidad de los miembros titularesy suplentes que integrarán la Comisión Directiva.

6°.- Elección de los integrantes de la ComisiónRevisora de Cuentas.

Hugo A. Porro, Presidente.– Elvio R. Porro, a/cSecretaría.

—oOo—

PARTIDOS POLITICOS–—

ALIANZA TRANSITORIA ELECTORALFRENTE PARA LA VICTORIA

Sres.Alianza Transitoria ElectoralFrente para la VictoriaViedmaEn mi carácter de Contador Público independiente, a

su pedido y para su presentación ante la Justicia, certificola información detallada en el apartado siguiente:

1. Información Objeto de la CertificaciónRendición de cuentas de campaña Intendente y

Concejales de la localidad de Guardia Mitre, fecha deelección 2/09/2007, firmada por mí al solo efecto de suidentificación.

2. Tarea Profesional realizadaLa emisión de una certificación reside únicamente

en constatar determinados hechos y circunstancias conregistros contables y/o documentación de respaldo.Por lo expuesto, mi tarea profesional se limitó en cotejarlos ingresos y gastos declarados con los comprobantesrespaldatorios consistentes en facturas de compra,recibos de pago, notas de crédito y recibos emitidospor el Partido Político.

3. CertificaciónEn base a las tareas descriptas, certifico que los

ingresos y gastos descriptos en la rendición de cuentascampaña a Intendente y Concejales de la localidad deGuardia Mitre, declarados por la Alianza TransitoriaElectoral Frente para la Victoria, concuerdan con ladocumentación respaldatoria correspondiente.

Viedma, 15 de diciembre de 2008.

—————

FRENTE PARA LA VICTORIA

Localidad de Guardia Mitre

Tipo de Campaña: Intendente y Concejales.Localidad: Guardia MitreFecha de la Elección: 2/09/2007

Ingresos para la CampañaAporte Partido Justicialista ..............................954,00Total Ingresos ..................................................954,00

Egresos de la CampañaPublicidad Radial................................................0,00Publicidad en la Vía Pública ................................0,00Folletería.............................................................0,00Alquileres ...........................................................0,00Papelería y Útiles ................................................0,00Movilidad y Viáticos ...........................................0,00Comidas y Refrigerios .........................................0,00Impresión de Boletas .......................................954,00Otros Egresos .....................................................0,00Total Egresos ...................................................954,00

Saldo ...................................................................0,00

—oOo—

DETALLE DE RECURSOS Y GASTOSDE CAMPAÑA ELECTORAL INTENDENTES

ALIANZA CONCERTACION PARAEL DESARROLLO

ELECCIÓN 02/09/2.007RECURSOSRECURSOS PARA CAMPAÑA

Aporte extraordinario para campaña U.C.R.Distrio Río Negro ........................................73.000,00TOTAL DE RECURSOS PARA CAMPAÑA73.000,00

GASTOSGASTOS OPERATIVOS DE CAMPAÑA

Impresiones Boletas Candidatos ................44.095,00Movilidad, Viáticos y Refrigerios .....................787,00Impresiones, Librería y Papelería ..................1.200,00Correo, Transportes y Fletes ...........................541,70Telefonía .......................................................1.054,01

TOTAL GASTOS OPERATIVOS DE CAMPAÑA47.677,71

GASTOS DE PROPAGANDA

Publicidad en Diarios .......................................200,00Confección Buzos, Remeras, Gorrasy Banderas ..................................................22.200,00TOTAL GASTOS DE PROPAGANDA........22.400,00OTROS GASTOS RELACIONADOSHonorarios Profesionales Contables....................200,00Gastos Bancarios e Impuestos a los Créditos

y Débitos....................................................1.012,21Varios............................................................1.825,00TOTAL OTROS GASTOS RELACIONADOS....3.037,21TOTAL DE GASTOS..................................73.114,92DÉFICIT DE CAMPAÑA...............................-114,92

———INFORME DE AUDITORIA

Sres. Afiliados de la: Alianza Concertación para elDesarrollo.

En mi carácter de Contador Público independienteinformo sobre la auditoría que he realizado de losRecursos y Gastos de Campaña Electoral IntendentesElección de fecha 02/09/2.007, detallados en el apartadoI siguiente.-

Los Informes citados constituyen una informaciónpreparada y emitida por el administrador de la campañaelectoral, en ejercicio de sus funciones exclusivas.- Miresponsabilidad es expresar una opinión sobre dichosEstados Auditados, basados en mi examen de auditoríacon el alcance que menciono en el párrafo II.

I) ESTADOS AUDITADOSA) Estado de Recursos y Gastos de Campaña

Electoral Intendentes Elección de Fecha 02/09/2.007.

II) ALCANCE DE LA AUDITORIAHe realizado mi examen de acuerdo a las normas

vigentes.- Estas normas requieren que el auditorplanifique y desarrolle la auditoría para formarse unaopinión acerca de la razonabilidad de la informaciónsignificativa que contengan los Estados Contables,considerados en su conjunto, preparados de acuerdocon normas contables profesionales.-

Una auditoría incluye examinar, sobre basesselectivas, los elementos de juicio que respaldan lainformación expuesta en los Estados Contables y notiene por objeto detectar irregularidades intencionales.-

III) DICTAMENEn mi opinión, los Recursos y Gastos citados

presentan razonablemente la situación de la CampañaElectoral realizada el 02/09/2.007 los resultados de susoperaciones, de acuerdo con normas contablesvigentes.-

Viedma, 15 de Abril de 2.008.----

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27Viedma, 21 de Diciembre de 2009 BOLETIN OFICIAL N° 4787

SE COMUNICA QUE SE ENCUENTRAN A LA VENTA,LAS SIGUIENTES EDICIONES:

A V I S O

Ley 3186 - De Administración Financiera y Control Interno

del Sector Público Provincial (Actualizada 2006) ............................ $50,00

Código de Leyes Fiscales de la Provincia de Río Negro ...................... $6,00

Código Electoral de Partidos Políticos (Derogado) ............................. $7,50

Constitución de la Nación Argentina ................................................... $4,50

Digesto Tomo I .................................................................................... $22,50

Digesto Tomo III.................................................................................. $22,50

Digesto Año 1986................................................................................. $22,50

Digesto Año 1987................................................................................. $22,50

Digesto Año 1988................................................................................. $22,50

Digesto Año 1989................................................................................. $22,50

Digesto Año 1990................................................................................. $22,50

Digesto Año 1991................................................................................. $22,50

Digesto Año 1992................................................................................. $22,50

Digesto Año 1993................................................................................. $22,50

Digesto Año 1994................................................................................. $22,50

Digesto Año 1995................................................................................. $22,50

Digesto Año 1996................................................................................. $22,50

Digesto Año 1997................................................................................. $22,50

Digesto Año 1998................................................................................. $22,50

Digesto Año 1999................................................................................. $22,50

Digesto Año 2000................................................................................. $22,50

Digesto Año 2001................................................................................. $22,50

Digesto Año 2002................................................................................. $22,50

Procedimiento Administrativo ............................................................. $4,50

Escudo Pcia. Río Negro (grande)......................................................... $12,00

Escudo Pcia. Río Negro (chico) ........................................................... $6,00

Constitución Pcial. (chica) ................................................................... $3,00

Constitución Pcial. (grande) ................................................................ $6,00

Régimen Previsional Ley 2092............................................................. $4,50

Colección Encuadernada del Boletín Oficial/2000 ............................... $250,00

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28Viedma, 21 de Diciembre de 2009BOLETIN OFICIAL N° 4787

Venta y Distribución:

Dirección de Boletín Oficial

Laprida 212 - Viedma - Provincia de Río Negro

ART. 2º - LEY 40

El texto de las leyes sancionadas poresta Legislatura, el de los Decretos yResoluciones del Poder Ejecutivo y el deotros documentos oficiales que sepubliquen en el Boletín Oficial de la Pro-vincia de Río Negro, serán tenidos porauténticos.

S U M A R I O

SECCION ADMINISTRATIVA Pág.LEYES4464.- 11/12/2009.- Créase en el ámbito de

la Secretaría de trabajo, dependiente delMtrio. de Gobierno de la Pcia. de R.N., el“Incentivo a la Mayor Productividad” .1

4465.- 11/12/2009.- Se modifica el Artículo1º de la Ley J Nº 4395 ...........................1

4466.- 11/12/2009.- Se suspenden en elterritorio Pcial., los cortes de suministrodomiciliario de los servicos públicos degas natural a todos los usuarios aquienes se le aplique el aumentodispuesto por Decreto Nº 2067/08 delPoder Ejecutivo Nacional .....................1

4467.- 11/12/2009.- La Pcia. de R.N., adhierea la Ley Nacional Nº 26509 que crea elSistema Nacional para la Prevención yMitigación de Emergencias y DesastresAgropecuarios .....................................2

4468.- 11/12/2009.- Se modifica el Artículo15 de la Ley I Nº 1622, incorporando elinciso 12) ..............................................2

4469.- 11/12/2009.- Se establece un Régimende Comisión Especial de Paritaria Salarialpara el Sector Docente .........................2

DECRETO710.- 09/09/2009.- Autorízase a la

Subsecretaría de Tierras, Colonias yAsesoramiento Técnico Institucional a

4 PRESENTACIONDE AVISOS, ETC.

Para la presentación de avisos, etc., ainsertar en este Boletín, concurrir a:

Dirección de Boletín Oficial– Viedma:

Laprida 212.Delegación del Boletín Oficial en: – General Roca:

Mitre 1090 - Tel/Fax: 02941 - 431230.– Cipolletti:

Belgrano 774 - Tel.: 0299 - 4773331. – San Carlos de Bariloche:

Onelli 1.450 - Tel/Fax: 02944 - 428112.

que transfiera aquellos predios que aúnpermanezcan bajo su administración,conforme los requerimientos por losArtículos 37° y 38° de la Ley Q N° 279.2-3

DECRETOS SINTETIZADOS................. 3RESOLUCIONES......................................3a15DISPOSICION..........................................15ORDENANZAS MUNICIPALES............. 15a18LICITACIONES........................................18-19EDICTOS I.P.P.V. ......................................19-20NÓMINA PREADJUDICATARIOSVIVIENDAS .............................................20

SECCION JUDICIALEDICTOS.................................................20a22REMATES ...............................................22-23ACORDADA ...........................................23

SECCION COMERCIO, INDUSTRIAY ENTIDADES CIVILESESTATUTOS SOCIALES,CONTRATOS, ETC.................................24-25AUMENTO DE CAPITAL ....................... 25CESION DE CUOTAS SOCIALES........... 25-26CONVOCATORIAS.................................26PARTIDOS POLITICOS (F.V. - AlianzaConcertación para el Desarrollo) .............26AVISOS BOLETIN OFICIAL ................... 27-28

A V I S O

Se encuentra a la venta en esta Dirección de Boletín Oficial, y en las Delegaciones

de General Roca, Cipolletti y San Carlos de Bariloche, la nueva

Ley de Administración Financieray Control del Sector Público Provincial

Precio del Ejemplar: $ 50,00.-

ACTUALIZADA AL 2006