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Viedma, 26 de Julio del 2004 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136 MINISTERIO DE COORDINACION Dirección de Boletín Oficial Tel. (02920) 422862 - 423512 Fax 02920-430404 Laprida 212 - 8500 Viedma (Sumario en Pág. 42) Precio Ejemplar del día: $ 1,50 PUBLICACION BISEMANAL AÑO XLV EDICION DE 42 PAGINAS SECCION ADMINISTRATIVA Nº 4222 DECRETOS ––– DECRETO Nº 702 Viedma, 30 de junio del 2004. Visto, el Expte. N° 20.565-SCA-CPFP-2.004 del registro del Ministerio de Coordinación, y; CONSIDERANDO: Que por el mismo tramita la ratificación del Convenio suscripto entre la Unión Personal Civil de la Nación Seccional Río Negro y el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado, tendiente a la instrumentación del Plan Anual de Capacitación 2004 para los agentes Públicos del Poder Ejecutivo Provincial; Que la Dirección de Capacitación del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado ha destacado la viabilidad técnica y razonabilidad del costo del Programa de Capacitación presentado por la Secretaría de Capacitación de la Unión Personal Civil de la Nación, que beneficiará a aproximadamente a siete mil (7.000) agentes de la Administración Pública; Que la Unión Personal Civil de la Nación cuenta con estructura organizativa en todas las localidades de la Provincia, personal con formación adecuada y la experiencia necesaria para concretar los objetivos propuestos, lo cual permite mediante la articulación de esfuerzos con el Estado, llevar el Programa de Capacitación a toda la Provincia con el menor costo operativo; Que de acuerdo a los motivos expuestos en el considerando anterior resulta necesario proceder a suscribir un convenio, con la Unión Personal Civil de la Nación para llevar a cabo la mencionada capacitación; Que el presente convenio representa la continuación de los desarrollados exitosamente por convenio con la Unión Personal Civil de la Nación durante los años 1998, 1999, 2000, 2001, 2002 y 2003, y que anualmente dió lugar a la capacitación efectiva de un número de agentes similar al que se quiere beneficiar durante el año 2004; Que el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado, por Acta N° 07 de fecha 13 de abril del 2.004, autorizó al Secretario Ejecutivo a suscribir el presente convenio; Que la Dirección de Capacitación del Consejo Provincial de la Función Pública como área técnica competente, consideró que el precio presupuestado de pesos trescientos treinta y dos mil setecientos ($ 332.700,00) resulta razonable, y que los valores de referencia se encuentran por debajo de los manejados para años ante- riores; Que el presente Convenio se encuadra en lo prescripto por las Leyes N° 3.052, 3.227 y 3.487 y por el Decreto N° 956/99, e importa la operatividad de lo normado por los Artículos 40 Inciso 3°, 51 y 52 de la Constitución Provincial; Que la Fiscalía de Estado ha tomado debida intervención mediante Vista N° 91.421; Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181 Inc. 1°, de la Constitución Provincial. Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA: Artículo 1 °.- Ratifíquese el Convenio y Anexo que forma parte integral del mismo, suscripto entre el Secretario Ejecutivo del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado y la Unión Personal Civil de la Nación, Seccional Río Negro, tendiente a la instrumentación de la Propuesta de Capacitación 2004 para Agentes Públicos del Poder Ejecutivo Provincial obrante a fs. 4/81 del expediente citado en el Visto, de acuerdo a lo expresado en los considerandos, y que como Apéndice forman parte integrante del presente. Art. 2° .- El gasto que demande el presente convenio y correspondiente al actual ejercicio, será atendido de acuerdo al siguiente detalle: 1. Pagos correspondientes a la fecha del decreto y al último día hábil de los meses de junio, julio y agosto, con cargo a los créditos del Programa 11, Actividad 01, Partida 345, Código de Recurso 10 por la suma de pesos ciento cincuenta y ocho mil cincuenta y cinco ($ 158.055,00); 2. Pago correspondiente al último día hábil del mes de setiembre, con cargo a los créditos del Programa 11, Actividad 01 Partida 345, Código de Recurso 10 por la suma de pesos once mil novecientos cuarenta y cinco ($ 11.945,00) y del Programa 11, Actividad 02, Partida 345, Código de Recurso 12222 Fondo Centro de Autorización por la suma de pesos treinta y dos mil seiscientos ochenta y cinco ($ 32.685,00); 3. Pagos correspondientes a los últimos días hábiles de los meses de octubre, noviembre y diciembre, con cargo a los créditos del Programa 11, Actividad 02, Partida 345, Código de Recurso 12222 Fondo Centro de Autorización, por la suma de pesos ciento treinta mil quince ($ 130.015,00). Art. 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Coordinación. Art. 4º - Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese. SAIZ.- C. A. Barbeito. ——— CONVENIO ENTRE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DEL CONSEJO PROVINCIAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA Y RECONVERSIÓN DEL ESTADO Y LA UNIÓN PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN (U.P.C.N.) SECCIONAL RIO NEGRO Entre la Secretaría Ejecutiva del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado, en adelante "LA SECRETARÍA" representada en este acto por el Sr. Secretario Ejecutivo, Ing. Carlos Oliva, con domicilio legal en la calle 25 de Mayo N° 394 de la ciudad de Viedma, por una parte; y el Secretario General de la Unión Personal Civil de la Nación, Sr. Juan Carlos Scalesi, en adelante "U.P.C.N.", por la otra, con domicilio legal en la calle Tucumán N° 130, de la ciudad de Viedma, convienen en celebrar el presente Convenio sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones: PRIMERA: La U.P.C.N. se compromete a prestar la capacitación de aproxima- damente 6.874 agentes del Poder Ejecutivo durante el período junio a diciembre de 2004, de acuerdo "Plan Anual y Presupuesto 2004 de Capacitación de Agentes Públicos del Poder Ejecutivo Provincial" aprobado por el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado mediante Acta N° 7 de fecha 13 de abril de 2004 y que obra a fs. 4/81 del expediente N° 20.565-SCA-CPFP-2004, y que forma parte del presente como Anexo I. SEGUNDA: La U.P.C.N. deberá entregar a la Secretaría Ejecutiva del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado, dentro de los quince (15) días de concluidos los cursos, las planillas de asistencia y entrega de material bibliográfico de los agentes que realizaron los mismos, debidamente firmados por ellos. TERCERA: El Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado abonará a la U.P.C.N. por la capacitación presupuestada según el Anexo I, la suma de pesos trescientos treinta y dos mil setecientos ($ 332.700). CUARTA: El monto estipulado en la cláusula anterior, se hará efectivo del siguiente modo: - Pesos treinta y tres mil cien ($ 33.100) a la fecha en que se firme el decreto que ratifica el presente Convenio.- - Pesos veintidós mil trescientos ochenta ($ 22.380) al último día hábil del mes de junio de 2004. - Pesos sesenta y ocho mil ochocientos cinco ($ 68.805) al último día hábil del mes de julio de 2004. - Pesos treinta y tres mil setecientos setenta ($ 33.770) al último día hábil del mes de agosto de 2004.

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Page 1: 4222 - Río Negro Province

Viedma, 26 de Julio del 2004

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136

MINISTERIODE COORDINACION

Dirección de Boletín OficialTel. (02920) 422862 - 423512 Fax 02920-430404

Laprida 212 - 8500 Viedma

(Sumario en Pág. 42)

Precio Ejemplar del día: $ 1,50 PUBLICACION BISEMANALAÑO XLV EDICION DE 42 PAGINAS

SECCION ADMINISTRATIVA

Nº 4222

DECRETOS–––

DECRETO Nº 702Viedma, 30 de junio del 2004.

Visto, el Expte. N° 20.565-SCA-CPFP-2.004 del registro del Ministerio deCoordinación, y;

CONSIDERANDO:Que por el mismo tramita la ratificación del Convenio suscripto entre la Unión

Personal Civil de la Nación Seccional Río Negro y el Consejo Provincial de la FunciónPública y Reconversión del Estado, tendiente a la instrumentación del Plan Anualde Capacitación 2004 para los agentes Públicos del Poder Ejecutivo Provincial;

Que la Dirección de Capacitación del Consejo Provincial de la Función Públicay Reconversión del Estado ha destacado la viabilidad técnica y razonabilidad delcosto del Programa de Capacitación presentado por la Secretaría de Capacitaciónde la Unión Personal Civil de la Nación, que beneficiará a aproximadamente a sietemil (7.000) agentes de la Administración Pública;

Que la Unión Personal Civil de la Nación cuenta con estructura organizativa entodas las localidades de la Provincia, personal con formación adecuada y laexperiencia necesaria para concretar los objetivos propuestos, lo cual permitemediante la articulación de esfuerzos con el Estado, llevar el Programa deCapacitación a toda la Provincia con el menor costo operativo;

Que de acuerdo a los motivos expuestos en el considerando anterior resultanecesario proceder a suscribir un convenio, con la Unión Personal Civil de la Naciónpara llevar a cabo la mencionada capacitación;

Que el presente convenio representa la continuación de los desarrolladosexitosamente por convenio con la Unión Personal Civil de la Nación durante losaños 1998, 1999, 2000, 2001, 2002 y 2003, y que anualmente dió lugar a lacapacitación efectiva de un número de agentes similar al que se quiere beneficiardurante el año 2004;

Que el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado, porActa N° 07 de fecha 13 de abril del 2.004, autorizó al Secretario Ejecutivo a suscribirel presente convenio;

Que la Dirección de Capacitación del Consejo Provincial de la Función Públicacomo área técnica competente, consideró que el precio presupuestado de pesostrescientos treinta y dos mil setecientos ($ 332.700,00) resulta razonable, y que losvalores de referencia se encuentran por debajo de los manejados para años ante-riores;

Que el presente Convenio se encuadra en lo prescripto por las Leyes N° 3.052,3.227 y 3.487 y por el Decreto N° 956/99, e importa la operatividad de lo normadopor los Artículos 40 Inciso 3°, 51 y 52 de la Constitución Provincial;

Que la Fiscalía de Estado ha tomado debida intervención mediante Vista N°91.421;

Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181 Inc.1°, de la Constitución Provincial.

Por ello,El Gobernador

de la Provincia de Río NegroDECRETA:

Artículo 1 °.- Ratifíquese el Convenio y Anexo que forma parte integral delmismo, suscripto entre el Secretario Ejecutivo del Consejo Provincial de la FunciónPública y Reconversión del Estado y la Unión Personal Civil de la Nación, SeccionalRío Negro, tendiente a la instrumentación de la Propuesta de Capacitación 2004para Agentes Públicos del Poder Ejecutivo Provincial obrante a fs. 4/81 del expedientecitado en el Visto, de acuerdo a lo expresado en los considerandos, y que comoApéndice forman parte integrante del presente.

Art. 2° .- El gasto que demande el presente convenio y correspondiente al actualejercicio, será atendido de acuerdo al siguiente detalle:

1. Pagos correspondientes a la fecha del decreto y al último día hábil de losmeses de junio, julio y agosto, con cargo a los créditos del Programa 11,Actividad 01, Partida 345, Código de Recurso 10 por la suma de pesos cientocincuenta y ocho mil cincuenta y cinco ($ 158.055,00);

2. Pago correspondiente al último día hábil del mes de setiembre, con cargo alos créditos del Programa 11, Actividad 01 Partida 345, Código de Recurso10 por la suma de pesos once mil novecientos cuarenta y cinco ($ 11.945,00)y del Programa 11, Actividad 02, Partida 345, Código de Recurso 12222Fondo Centro de Autorización por la suma de pesos treinta y dos mil seiscientosochenta y cinco ($ 32.685,00);

3. Pagos correspondientes a los últimos días hábiles de los meses de octubre,noviembre y diciembre, con cargo a los créditos del Programa 11, Actividad02, Partida 345, Código de Recurso 12222 Fondo Centro de Autorización,por la suma de pesos ciento treinta mil quince ($ 130.015,00).

Art. 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Coordinación.Art. 4º - Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín

Oficial y archívese.SAIZ.- C. A. Barbeito.

———

CONVENIO ENTRE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DEL CONSEJOPROVINCIAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA Y RECONVERSIÓN DELESTADO Y LA UNIÓN PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN (U.P.C.N.)

SECCIONAL RIO NEGROEntre la Secretaría Ejecutiva del Consejo Provincial de la Función Pública y

Reconversión del Estado, en adelante "LA SECRETARÍA" representada en esteacto por el Sr. Secretario Ejecutivo, Ing. Carlos Oliva, con domicilio legal en lacalle 25 de Mayo N° 394 de la ciudad de Viedma, por una parte; y el SecretarioGeneral de la Unión Personal Civil de la Nación, Sr. Juan Carlos Scalesi, en adelante"U.P.C.N.", por la otra, con domicilio legal en la calle Tucumán N° 130, de la ciudadde Viedma, convienen en celebrar el presente Convenio sujeto a las siguientescláusulas y condiciones:

PRIMERA: La U.P.C.N. se compromete a prestar la capacitación de aproxima-damente 6.874 agentes del Poder Ejecutivo durante el período junio a diciembre de2004, de acuerdo "Plan Anual y Presupuesto 2004 de Capacitación de AgentesPúblicos del Poder Ejecutivo Provincial" aprobado por el Consejo Provincial de laFunción Pública y Reconversión del Estado mediante Acta N° 7 de fecha 13 de abrilde 2004 y que obra a fs. 4/81 del expediente N° 20.565-SCA-CPFP-2004, y queforma parte del presente como Anexo I.

SEGUNDA: La U.P.C.N. deberá entregar a la Secretaría Ejecutiva del ConsejoProvincial de la Función Pública y Reconversión del Estado, dentro de los quince(15) días de concluidos los cursos, las planillas de asistencia y entrega de materialbibliográfico de los agentes que realizaron los mismos, debidamente firmados porellos.

TERCERA: El Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión delEstado abonará a la U.P.C.N. por la capacitación presupuestada según el AnexoI, la suma de pesos trescientos treinta y dos mil setecientos ($ 332.700).

CUARTA: El monto estipulado en la cláusula anterior, se hará efectivo delsiguiente modo:

- Pesos treinta y tres mil cien ($ 33.100) a la fecha en que se firme el decretoque ratifica el presente Convenio.-

- Pesos veintidós mil trescientos ochenta ($ 22.380) al último día hábil del mesde junio de 2004.

- Pesos sesenta y ocho mil ochocientos cinco ($ 68.805) al último día hábil delmes de julio de 2004.

- Pesos treinta y tres mil setecientos setenta ($ 33.770) al último día hábil delmes de agosto de 2004.

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2Viedma, 26 de Julio del 2004BOLETIN OFICIAL N° 4226

- Pesos cuarenta y cuatro mil seiscientos treinta ($ 44.630) al último día hábildel mes de septiembre de 2004.

- Pesos setenta y seis mil doscientos cincuenta y cinco ($ 76.255) al último díahábil del mes de octubre de 2004.

- Pesos treinta y cinco mil setecientos ochenta ($ 35.780) al último día hábildel mes de noviembre de 2004.

- Pesos diecisiete mil novecientos ochenta ($ 17.980) al último día hábil delmes de diciembre de 2004.

QUINTA: Ante cualquier divergencia, las partes se someten a la jurisdicción delos Tribunales Ordinarios de Viedma, renunciando expresamente a cualquier otrofuero o jurisdicción. Asimismo, las partes dejan expresamente constituidos sus domi-cilios en los indicados en este contrato donde serán válidas todas las notificacionesde carácter judicial o extrajudicial que en virtud del mismo deban cursarse.

En prueba de conformidad y previa lectura y ratificación, se firman cuatroejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto en la ciudad de Viedma, Capital dela Provincia de Río Negro, a los veinticinco días del mes de junio de 2004.

———

INTRODUCCIÓN:

En el avance de este trabajo desarrollaremos un sistema de evaluación de lacapacitación que viene implementando, el Consejo Provincial de la Función Públicay Reconversión del Estado a través de la Dirección de Capacitación.

Para ello, a modo de introducción, abarcaremos algunos aspectos generalesvinculados al marco teórico referencial de la capacitación y evaluación como unaherramienta que permita medir, los alcances de los objetivos planteados en cada unode los elementos del sistema de capacitación.

Así mismo revisaremos la estrategia actual de evaluación revalorizando aquellosaspectos positivos como así también incorporaremos nuevos elementos de evaluaciónde modo que nos posibilite medir todos los alcances del proceso de capacitación.

La propuesta de trabajo toma como eje vertebral el proceso lógico de capacitación,a partir de allí se determinan los momentos de evaluación, consistentes en confrontarlos resultados de las pruebas (u otros instrumentos de evaluación) con los objetivospreviamente establecidos. De este modo, se pretende evitar, que la evaluación sea lapráctica final de un proceso guiado y planificado, y se convierta en un elementoinicial que condiciona todo lo demás.

FUNDAMENTACIÓN:

El tema que abordamos, es un proceso complejo que posee diversos componentesque se entremezclan entre sí, por lo tanto, es necesario conocerlos, comprenderlos ysaber cómo actúan, para integrar estos aspectos a la práctica evaluativa.

La evaluación es una parte del proceso de capacitación. Lo fundamental es saberqué papel desempeña en estos procesos y si ayuda en la calidad de los mismos. Eneste sentido, la evaluación es considerada un problema de comprensión. "Para evaluar,dice Stenhause (1984), hay que comprender", y este proceso de comprensión de laevaluación llega a su fin cuando se ha elaborado una lista de preguntas que laevaluación intentará contestar.

Las mismas, deben referirse a todos los elementos que intervienen en la acciónde capacitación, ya que, como expresamos anteriormente, es un instrumento quesirve para realizar ajustes durante el desarrollo del proceso. Por ello, lo importanteno es el "realizar" la evaluación ni la "forma" de hacerlo, sino al servicio de quién sepone. Si evaluar es darle un valor a las cosas, se evalúa para cambiar y mejorar.

Santos Guerra (1998) afirma, entre otros conceptos, que para "lograr lacomprensión del proceso evaluador es preciso utilizar instrumentos variados y sensi-bles a la riqueza y complejidad estructural y diversidad de interrelaciones que seproducen en la realidad educativa''(1). Es decir instrumentos capaces de captarlas valoraciones, motivaciones, intereses, aspiraciones, etc., de los protagonistas.

La evaluación no se reduce a emitir un juicio de valor sobre una persona que seestá capacitando y sus realizaciones, va mucho más allá: es conseguir informacionespara conocer la eficacia del proceso de capacitación.

La evaluación preguntará y responderá por todo el proceso de capacitación.Es también una reflexión y retroalimentación sobre la práctica. El modo de

mejorarlo es investigar sobre ella.Evaluar a un agente que se capacita sirve para profundizar en la comprensión de

la naturaleza del aprendizaje y sobre la calidad de la enseñanza. El papel quedesempeña la evaluación en el aprendizaje, es importante para obtener informaciónsobre: la participación de los agentes de la administración pública en ese proceso, lainfluencia de los instrumentos utilizados, la manera en que toman los capacitandosla evaluación, etc. Estos datos nos permiten orientarlos críticamente en sus procesosde aprendizaje, en el que y como aprenden. Si no investigamos sobre estosinterrogantes, podríamos llegar a confirmar las teorías a través de intuiciones oapoyarnos en hechos aislados.

—————(1) Santos Guerra, M. A.: "La evaluación: un proceso de diálogo, comprensión y mejora".

Ed. Aljibe. Buenos Aires -1995

En conclusión, la evaluación ayuda a analizar las necesidades del capacitandoen relación con los objetivos, a valorar las oportunidades y recursos disponibles, aelegir las estrategias de enseñanza y a evaluar la calidad de su trabajo.

Es importante también para la toma de decisiones si proporciona informaciónrelevante, en el momento oportuno y la comunica a los actores implicados en elmismo.

1.1.- Antecedentes históricos:A lo largo del tiempo, diversas acciones realizadas en determinados contextos

recibían, por parte de sus ejecutores o de observadores, una valoración del juicioque servia para ponderar, comparar, opinar, informar.

Estos juicios se efectuaban sobre productos terminados y se comparaban condiferentes parámetros: objetivos prefijados, rendimientos entre pares, escalas... En esteacto de valoración se hallaba implícita la idea de evaluar. De este modo, el concepto de"evaluación" fue gestándose en diferentes etapas hasta que se generó un campo propiodentro de disciplinas pedagógicas, expertos en la materia y bibliografía específica.

Los antecedentes históricos señalan que el hecho de evaluar instituciones yprogramas apareció en el año 2000 a. c., cuando algunos oficiales chinos dirigieroninvestigaciones de los servicios civiles; y en siglo V a.c., cuando Sócrates y otrosmaestros griegos utilizaron cuestionarios evaluativos como parte de su metodología.

Más adelante, en la Edad Media, la evaluación surge en la historia de la didácticacomo una necesidad ligada a la concesión de grados, una especie de obra maestradel aspirante a artesano; para obtener la calificación de enseñante.

Ubicándonos en Norteamérica, a mediados del siglo pasado, el término evaluaciónaparece a partir del proceso de industrialización donde los centros educativos tomaronideología, terminología y metodología necesarias para cumplir con el aparatoproductivo. En este contexto, educadores estadounidenses sentaban las bases dentrode este campo. Tal es el caso de Horace Mann, (en Casanova; 1997) que ya en1845, dirigió una evaluación cuyo objetivo era recaudar información sobre laeducación impartida en las escuelas en Boston. Se destaca también , Joseph Rice (enCasanova; 1997) quien en 1887, evalúa conocimientos ortográficos y este estudiose considera como la primera evaluación formal en Estados Unidos.

En Inglaterra, existían comisiones reales que se dedicaban a evaluar los serviciospúblicos.

Décadas más tarde, en el inicio del siglo XX se produce la aparición de losprimeros test estandarizados, que se fundamentaban en la relación entre el mundode la industria y el mundo de la educación. Ejemplo de esto es la obra que en 1916,Fayol (en Casanova, 1997) publica con el nombre de "Administración General eIndustrial", donde menciona que en ámbito administrativo se debe planificar, realizary también evaluar. La evaluación surge, entonces, en un contexto relacionado con lamedición, el rendimiento y la eficiencia.

El ámbito educativo se ve por esa época fuertemente influenciado por losconocimientos que proveían la metodología empresarial y los estudios realizadossobre condiciones para mejorar la producción y el rendimiento en los obreros.Paralelamente aparecen como herramientas necesarias en la cuantificación yapreciación de datos los test psicológicos y la aplicación de los contenidos queaportaba la estadística descriptiva.

En 1942 Ralph Tyler (1973) definió a la evaluación como un proceso que permitedeterminar en qué grado se alcanzaron los objetivos propuestos. Esto implicabadefinir objetivos, establecer acciones, estrategias, técnicas y contenidos para queestos se logren y luego ponderar el nivel de los logros alcanzados. La tendencia queprevalecía era, como es de suponer, considerar a la evaluación en su funcióncuantitativa y como una instancia que se producía al cierre de un proceso de enseñanza- aprendizaje, que posibilitaba la comparación, comprobar el nivel de desempeñodel alumno y la acreditación.

Recién en 1963 L. J. Cronbach considera la evaluación como una forma deobtener información para tomar decisiones sobre un programa educativo, y con eltiempo el acento fue trasladándose desde la concepción que se caracterizaba por elénfasis en la medición, hacia una postura que considera a la evaluación como a unainstancia cualitativa y fundamentalmente valorativa.

Así en 1967 Stenhouse (1984) incluyó el término valorar con respecto a unobjeto evaluado. Su posición añade elementos decisivos como los de la ideología dequién evalúa, sus sistemas de valores y otras influencias que actúan sobre un estudioevaluador.

De acuerdo a lo expuesto, desde sus orígenes la actividad evaluadora y losconceptos que la sustentan, fueron creciendo y respondiendo a un paradigmaeducativo cambiante y acorde a las expectativas que la sociedad depositó en laeducación de las nuevas generaciones, pero, no cabe duda, que este fenómeno seoriginó en las sociedades industrializadas del Hemisferio Norte, donde el modelodel desarrollo industrial se ha proyectado a todos los demás campos de la actividadhumana, haciendo que el "control de calidad" se convierta en una etapa imprescindiblede todo proceso para "producir algo".

Esta necesidad de evaluar la calidad de los productos, aparece progresivamentecon la desaparición de un Estado Benefactor, que basado en los postulados de igualdadde acceso y oportunidades en los sectores tradicionalmente más desprotegidos,garantizaba su aporte en materia de educación pública, salud, vivienda, etc.

Este modelo, dió paso, progresivamente, a un Estado Evaluador sustentado enun pensamiento económico - social fuertemente influenciado por el neo - liberalismoen lo económico y el neo - conservadurismo en lo político.

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3Viedma, 26 de Julio del 2004 BOLETIN OFICIAL N° 4226

E1 Estado Evaluador hace notar su influencia en lo educativo, donde comienzana manejarse términos como calidad, eficiencia y eficacia, que determinan una nuevamirada en el campo de la evaluación.

1.2.- Perspectivas actuales:El término "evaluación" es interpretado de diversas maneras, muchas veces

esta asociado a una perspectiva cuantitativa, pero también lo encontramosasociado a una perspectiva comprensiva, que posibilita al capacitador mejorarsu practica a través de la toma de decisiones.

En la actualidad coexisten distintas interpretaciones teóricas de la evaluación,cada una de ellas, con limitaciones propias. A efectos de conocer sus diferentesconcepciones se desarrollara la evaluación, como medición, por objetivos y comofuente de información.

Cabe destacar que nuestra posición frente a la diversidad de apreciaciones respectoa la evaluación concuerda con la postura de una instancia que nos permite recavarinformación, para la toma de decisiones en cada una de las etapas del proceso decapacitación.

1.3.- Evaluación como medición:En sentido general, el Diccionario de la Real Academia Española, considera al

término evaluación como sinónimo de valorar; de este modo, evaluar es "valorar,estimar, apreciar el valor de las cosas no materiales".

Desde el punto de vista educativo muchas veces se identifica el proceso de evaluarcon el término de "medición", en este sentido, lo que el capacitador realiza es "medirel resultado" describiendo cuantitativamente el grado de dominio que tiene elcapacitando sobre los contenidos de la materia. Si la evaluación se reduce a la meramedición, existen riesgos como:

• Tener en cuenta sólo un campo del capacitando: el campo intelectual, endetrimento de otras áreas como la psicomotriz y el área social.

• La situación de competencia que puede generar en el grupo, por la comparaciónde los rendimientos entre compañeros.

• El poder de autoridad que le otorga al capacitador para determinar "cuanto"aprendió el alumno.

1.3.1.- Evaluación por objetivos:Debido a estas limitaciones, en las décadas del '70 y '80, prevaleció la

consideración de la "Evaluación por Objetivos", que consiste en confrontar losresultados de las pruebas (u otros instrumentos de evaluación aplicados) con losobjetivos previamente establecidos por el capacitador.

Desde esta perspectiva, se presenta a la evaluación como una propuestasuperadora a la evaluación como mera medición de conocimientos. Se amplían elalcance de la evaluación al comparar un dato con otros anteriores, cotejarlo con losresultados de otros y confrontarlo con los objetivos previamente establecidos.

En síntesis, como destaca Manuel Fermín (1980), evaluar los objetivos significa"considerar el cambio de conducta, el crecimiento intelectual, la adquisición dedestrezas y habilidades y el desarrollo mental del capacitando en el dominio delPrograma. Pero, al mismo tiempo, debe someter a juicio la conducta, la metodologíay las técnicas de enseñanza del educador (2).

1.3.2.- Evaluación como fuente de información:La evaluación vista con relación al proceso de enseñanza y aprendizaje se trata

de instancias que ocurren de acuerdo a un orden, con objetivos a cumplir, con métodos,estrategias, contenidos, circunstancias que fundan un entorno, actores y acciones.

Dentro de él, se van cumpliendo etapas, todas con vistas al logro de un aprendizajesignificativo, transferible y que sirva de cimiento para nuevos saberes.

Como se ha destacado, las posturas tradicionales ubican a la evaluación en unmomento culminatorio del proceso de enseñanza, identificándola con la mediciónde conocimientos y convirtiendo a la evaluación en un instrumento de control.

En esta concepción considera que la evaluación forma parte de un todo integradodonde las acciones evaluativas posibilitan a quienes las llevan a cabo: mejorar,perfeccionarse, ajustarse a campos, corregir los errores e incidir en los aciertos, ensíntesis, aportan información sumamente rica para fundamentar la toma de decisionesque guiarán el quehacer educativo.

Queda claro desde esta postura que el rol que se le adjudica a la evaluación es elde ser considerada un medio para recoger información útil que influirá en la toma dedecisiones técnico - pedagógicas.

Para que esto sea posible, formularemos los instrumentos de evaluaciónatendiendo a la información que se desea obtener.

En este sentido la evaluación es:• Un componente esencial del proceso de capacitación total.• Un proceso continuo, dinámico y abierto, autorregulador e indefinidamente

renovado, en el que cada etapa fundamenta la siguiente.• Una herramienta reguladora y retroalimentadora en los procesos de

capacitación.• Un hecho social y cultural que se nutre de las características del momento

histórico que le da origen.—————(2) Fermín, Manuel: Tecnología de la supervisión docente. Editorial Kapeluz. Buenos Aires

- 1980.

• Una etapa permanente e inherente a todos los protagonistas del proceso decapacitación.

• Una síntesis operativa entre la teoría y la práctica educativa que emerge, semanifiesta y realimenta en el propio contexto socio-cultural que la sustenta.

1.5.- Propósitos de la evaluación:De acuerdo a lo expuesto, los propósitos de la evaluación son:• Convertirse en un instrumento que ayude al crecimiento personal de los

alumnos que se capacitan, a través de la ayuda y orientación que les debeproporcionar dentro del proceso de aprendizaje.

• Valorar el rendimiento del capacitando, en torno a sus progresos y no enrelación con los aprendizajes logrados por sus compañeros, o los que seproponen en los objetivos.

• Detectar las dificultades de aprendizaje y las posibles dificultades en la manerade enseñar y de los procedimientos pedagógicos utilizados, a fin de mejorar elproceso educativo.

• Como consecuencia de lo anterior: corregir, modificar o confirmar losprocedimientos o estrategias pedagógicas utilizadas.

• La evaluación va más allá de evaluar los aprendizajes además del educandohay que evaluar al educador y el proyecto de capacitación.

En síntesis, la evaluación así concebida, tendrá el propósito de convertirse en uninstrumento de investigación en el proceso de capacitación, preocupándose mas pordescribir e interpretar que por medir, por analizar procesos mas que productos,definiendo no solo los marcos de referencia para leer los datos recogidos, sino tambiénla finalidad de la información brindada por los mismos.

1.6.- Instrumentos de evaluación:Al programar el proceso de evaluación, se deben seleccionar las técnicas y los

instrumentos que se usarán para cada técnica.Las características que sume la concepción actual de la evaluación (como proceso

integral) dejan clara la dificultad de evaluar a través de una técnica y un instrumentoúnico.

Si se pretende realizar una evaluación integral, es preciso combinar los datosbrindados por las distintas técnicas e instrumentos utilizados.

En este sentido desarrollaremos el proceso lógico de capacitación donde seidentificarán las distintas instancias evaluativas y a tal efecto propondremos lastécnicas más adecuadas.

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2.- Sistema de Evaluación del Proceso de Capacitación

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El proceso de Capacitación:Sin entrar en demasiado detalle debemos reflexionar acerca de varios aspectos

relacionados a la capacitación que nos permitirá una mejor comprensión del sistemade evaluación que hemos de proponer en este trabajo.

Nos preguntamos entonces qué entendemos por capacitación y de un modo simplediremos que es toda actividad que se realiza en una determinada organizaciónrespondiendo a sus propias necesidades de capacitación, tendiendo a provocar uncambio positivo en la actitud mental, los conocimientos y habilidades de su per-sonal. Teniendo presente que el objeto de toda acción de capacitación es, en primerainstancia, perfeccionar al trabajador en su puesto de trabajo.

¿Por qué es importante la capacitación para los individuos y para lasorganizaciones?

Una de las actividades más importantes que realiza el área de recursos humanosdentro de una organización es la capacitación que tiene por objetivo entre otros deaumentar las capacidades de los integrantes de la empresa, aumentando así elpotencial individual. En este sentido el aumento de las capacidades tiende al desarrollocuando el individuo aumenta el potencial de las capacidades futuras.

La capacitación ayuda, además; a los miembros de la organización a desempeñarsu trabajo actual con mayor eficiencia.

Podemos decir además que la capacitación constituye una de las mejoresinversiones en recursos humanos y una de las principales fuentes de bienestar parael personal.

¿Cuáles son los beneficios de la capacitación?

Beneficios para las organizaciones

• Conduce a aumentar la capacidad de prestación de servicios positivas.• Mejora el conocimiento del puesto.• Eleva la moral de la fuerza de trabajo.• Ayuda al personal a cumplir con los objetivos de las instituciones.• Crea mejor imagen.• Fomenta la autenticidad, la apertura y la confianza.• Conduce a rentabilidad más alta y actitudes mas positivas.• Mejora el conocimiento del puesto a todos los niveles.• Eleva la moral de la fuerza de trabajo.• Ayuda al personal a identificarse con los objetivos de las organizacio-

nes.• Mejora la relación jefe- subordinado.• Ayuda a la preparación de guías de trabajo.• Es un poderoso auxiliar para la comprensión y adopción de políti-

cas.• Proporciona información respecto a las necesidades futuras a todo ni-

vel.• Se agiliza la toma de decisiones y la solución de problemas.• Promueve el desarrollo con vistas a la promoción.• Contribuye a la formación de líderes y dirigentes.• Incrementa la productividad y la calidad del trabajo.• Ayuda a mantener bajos los costos de muchas áreas• Elimina los costos de recurrir a consultores externos• Se promueve la comunicación a toda la organización• Reduce la tensión y permite el manejo de áreas de conflicto

Beneficios de la capacitación para los individuos

• Ayuda al individuo para la toma de decisiones y solución de proble-mas.

• Alimenta la confianza y el desarrollo.• Contribuye positivamente en el manejo de conflictos y tensiones.• Forja líderes y mejora las aptitudes comunicativas.• Sube el nivel de satisfacción en el puesto.• Permite el logro de metas individuales.• Desarrolla un sentido de progreso en muchos campos.• Elimina los temores a la incompetencia o a la ignorancia individual.

Beneficios en relaciones humanas, relaciones internas y externas y adopción depolíticas.

• Mejora la comunicación entre grupos y entre individuos.• Ayuda en la orientación de nuevos empleados.• Proporciona información sobre las disposiciones oficiales en muchos cam-

pos.• Hace viables las políticas de la organización.• Alienta la cohesión de los grupos.

• Proporciona una buena atmósfera para el aprendizaje.• Convierte a la empresa en un entorno de mejor calidad para trabajar y

vivir en ella.

Las organizaciones requieren el servicio de capacitación para asegurarse:

a. Que lo que se enseñe responda a una necesidad de la organización. En estesentido la capacitación es un proceso que en forma más o menos directa, apuntaa que quienes trabajan lo hagan con la excelencia que el sistema requiere.Cada día es mayor la necesidad de capacitación, por lo que la detección de lasnecesidades constituye uno de los desafíos de la capacitación. Las necesidadesdeben poder indicar:– ¿Qué situación justifica que se haga una acción de capacitación?– ¿Qué es lo que se quiere lograr?– ¿Qué cosas deben ser aprendidas para que las personas realicen las acciones

que modificarán la situación en el sentido deseado?

b. Que lo que se enseñe sea aprendido. No todo lo que se enseña se aprende y notodos los participantes de una misma situación de aprendizaje aprenderán lomismo. Para ello el capacitador debe perfeccionar sus esfuerzos en comomotivar a los participantes, en exponer los contenidos, en la práctica y en lasevaluaciones de los aprendizajes, para asegurar procesos educativos eficientesque satisfagan las demandas concretas que indican las necesidades detectadas.

c. Que lo aprendido se traslade a la tarea. Esta es la etapa más difícil de lacapacitación puesto que si el capacitando no percibe las ventajas de modificarese hábito y ello no le es exigido, desde ya, no se puede asegurar el éxito de lacapacitación. Para ello, deberán desarrollarse estrategias de transferencia quetengan en cuenta los elementos favorecidos e inhibidores que contiene lasituación donde el aprendizaje será aplicado.

d. Que lo trasladado a la tarea se sostenga en el tiempo. Si los contenidosdesarrollados en la capacitación son de uso cotidiano o permanentes, entoncesno existiría problema ya que el aprendizaje transferido se incorpora concaracterísticas de hábito en la tarea. En cambio, si lo aprendido es decaracterística esporádica o periódica, la dificultad es inversamente proporcionala la frecuencia de uso.

Contenidos de la capacitación

En capacitación se trabaja con diversos contenidos. Es así que las actividades decapacitación tienen objetivos que pueden orientarse, básicamente, a la adquisiciónde conocimientos, habilidades y/o actitudes.

- Los conocimientos: son todas aquellas ideas, principios, técnicas, métodos,sistemas, derivados de la experiencia directa y comprobados como ciertos yfuncionales, y que constituyen generalmente los contenidos que se transmiten (cursos,libros, películas, etc.) de unas personas a otras, de generación en generación.

- Habilidades. Consisten en la capacidad para realizar una tarea u operación(física o mental) dentro de ciertos o determinados estándares de eficiencia (tiempo,calidad, ritmo) y con el mínimo de energía necesario.

- Las actitudes. Son aquellos marcos de referencia, de naturalezapredominantemente emocional, a través de los cuales juzgamos la realidad ycondicionamos nuestra conducta. Son predisposiciones para actuar. Las actitudes,entonces, constituyen el conjunto de ideas, valores y creencias que garantizan y danseguridad a una persona.

Evaluación de la capacitación

La acción de capacitación debe ser evaluable. La acción de capacitación noevaluable, pasa a ser un gasto para la organización. No se sabe si tiene sentido o noy, en general, es vista como otro beneficio social, pero no deberá entonces considerarsecapacitación.

Capacitar a alguien es darle mayor aptitud para poder desempeñarse con éxitoen su puesto. Es hacer que su perfil se adecúe al perfil de los conocimientos, de lashabilidades y actitudes requeridos por el puesto.

Así se espera que, sobre la base de los conocimientos, habilidades y/o actitudesadquiridas, el trabajador traslade este aprendizaje a su puesto de trabajo, que mejoresu desempeño.

A través de las conductas en el puesto es como se evalúa el resultado de lasactividades de capacitación.

- Las conductas. Es la forma de actuar de las personas. Se trata de los modos enque las personas se relacionan con los demás y con las cosas que los rodean. Laconducta podrá estar internamente condicionada pero es actuar en un espacio y tiempodeterminado.

La evaluación de las acciones de capacitación se desarrolla en varios niveles, enlos que se pone el foco en resultados distintos, según el siguiente esquema:

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—————Así pueden verse contestadas cuatro preguntas clásicas: ¿qué?, ¿cómo?, ¿quién?,

y ¿dónde?. También las distintas personas que intervienen en el proceso. Otra ventajade este esquema es ver cómo se deberían trasladar las acciones de capacitación, ellogro de sus objetivos, a los resultados operativos de la organización.

Las Acciones de Capacitación Las Responsabilidades

Dominio y transmisión de las técnicas Determina las necesidades depedagógicas, técnica del aprendizaje capacitación

Diseño del sistema para revelar Determina quién debe ser capacitadolas necesidades de (Dpto. de Administración

capacitación Recursos Humanos)

Diseño del sistema para evaluar el Debe proveer los profesoresresultado de la acción de capacitación (Capacitadores)

Debe controlar y autorizar el contenidoAsegurar la uniformidad de los temas a desarrollar en los cursos

y planificación de la acción (Equipo que diseña del Plande Capacitación)

Determina a través de la de evaluaciónAsegurar la continuidad las estrategias que aseguren la calidad

de la acción en el proceso de capacitación(Equipo de evaluación)

Requerir y administrar los recursos,las aulas, el personal especializado (Dirección de Capacitación)

en pedagogía, los medios

Ayudar a los profesores a prepararlos materiales para dictar los cursos (Dirección de Capacitación)

necesarios

Proponer temas para su dictadoen la organización La propia Organización

Efectos de la capacitación que se deben medir en el Plan de capacitación.Existen cuatro categorías básicas de resultados o efectos de la capacitación que

se pueden evaluar:1. Reacción: se deben evaluar las reacciones de los agentes públicos ante el

programa: ¿Les gustó? ¿Piensan que es valioso? ¿Responde a sus expectativas?,etc.

2. Aprendizaje: es posible someter a pruebas a los agentes públicos paradeterminar si aprendieron los principios, habilidades y hechos que tenían que haberasimilado.

3. Conducta: posteriormente se debe preguntar si la conducta en el trabajo de laspersonas en entrenamiento cambió debido al programa de capacitación.

4. Resultados: al final, pero quizás lo más importante, se debe preguntar: ¿Quéresultados finales se lograron en términos de los objetivos de capacitación previamenteestablecidos?

El proceso básico de capacitación:

En teoría, cualquier programa de capacitación consiste en cuatro pasos, que seresumen en:

¿Cómo evaluar las necesidades de capacitación?

La Evaluación Predictiva o Inicial (Diagnóstica), se realiza para predecir unrendimiento o para determinar el nivel de aptitud previo al proceso de capacitación.Busca determinar cuales son las características y competencias del agente públicoantes del desarrollo del programa.

Por lo tanto el primer paso en la capacitación es determinar qué tipo decapacitación se requiere. La evaluación de las necesidades de capacitación deindividuos en sus puestos es relativamente sencilla. Los administradores de recursoshumanos de cada organismo de la administración pública detectan las necesidadesde capacitación que generalmente derivan de problemas en situaciones de trabajo.

Instrumento de evaluación de las necesidades de capacitación.

Con el objeto de evaluar las necesidades de capacitación, el Consejo Provincialde la Función Pública a través de la Dirección de Capacitación y la Secretaría deCapacitación de la UPCN entrevistan en primera instancia a los Ministros de gobiernopara determinar las necesidades y acordar las acciones de capacitación a desarrollarseen durante el año.

Posteriormente remite a los Departamentos de Recursos Humanos de losOrganismos de la Administración Pública una planilla de evaluación de desempeñopara ser trabajada junto al equipo de evaluación. Con esta información, se organizarány programarán las acciones de capacitación que satisfagan las necesidades de losorganismos.

(Ver Anexo N° 1 - Planilla de evaluación de las necesidades de capacitación).

Establecimiento de los Objetivos de Capacitación

El segundo aspecto a tener en cuenta en un proceso de capacitación es elestablecimiento de los objetivos de capacitación.

Entendemos por objetivos en un sentido acotado del término, al estados oresultados que se desea alcanzar.

Ya hemos recalcado la importancia de conocer qué queremos, qué se quierealcanzar, cuándo lo deseamos alcanzar.

Debemos indicar estos resultados esperados porque ellos actúan como "puntosfinales" de lo que se ha de hacer, dónde se ha de situar el interés primordial, y, qué eslo que ha de lograrse a través de la red de estrategias de capacitación.

Si bien podemos formular objetivos para todos los niveles del proceso decapacitación, es conveniente formular objetivos - claves en cada etapa, así entoncesse definen objetivos que en un sentido amplio se encuentran definidos en la Ley de

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creación del Programa de Formación y Capacitación del Empleado Público de laprovincia de río negro, aprobada por la Legislatura el 26 de agosto de 1998.(primer nivel).

Existen objetivos que son propios de los programas y subprogramas (segundonivel) definidos en el marco de las estrategia de capacitación.

El tercer nivel son los objetivos definidos en la planificación de los cursos decapacitación.

Plan de capacitación:

El plan de capacitación es diseñado anualmente por la Dirección de Capacitacióny aprobados por Resolución del Secretario Ejecutivo del Consejo Provincial de laFunción Pública y Reconversión del Estado.

Evaluación de las competencias de los Capacitadores

"En el papel mediador de la acción pedagógica, el docente no es neutro, ya quese compromete por entero en la situación pedagógica, con lo que cree, con lo quedice, con lo que hace, con lo que es. Según el tono que adopta, la mirada que emite,el gesto que realiza, su mensaje adquiere un valor específico, para el conjunto de losalumnos y una resonancia especial para alguno de ellos ... " (M. Postic)

Los capacitadores deben reunir las siguientes características (Cuaderno delcapacitador).

Una personalidad cálida, una habilidad para mostrar su aprobación y aceptaciónde los participante y asistentes.

Habilidad social, poder unir al grupo y controlarlo sin daño.Una forma de enseñar que genera y usa las ideas y habilidades de los propios

participantes.Habilidad de organización para que los recursos estén contabilizados y los arreglos

logísticos se coordinen bien.Destreza para percibir y resolver los problemas de los participantes.Entusiasmo por el tema y la capacidad de compartirlo y transmitirlo en forma

interesante.Flexibilidad al responder a las necesidades cambiantes de los participantes.Conocimientos sobre el tema.Algunas de estas características se pueden atribuir a la persona. Otras pueden

aprenderse o mejorar por medio de la experiencia y la práctica.La evaluación previa del capacitador adquiere relevancia en tanto se puedan

detectar las habilidades, destrezas y conocimientos que se requieren en el procesomediador de la acción pedagógica.

Determinar cuáles serán las características que deben poseer los capacitadoressupone desarrollar el perfil de exigencias, lo que se denomina también profesiograma.Este profesiograma debe llevarse a cabo teniendo en cuenta tanto las exigencias delrol del capacitador, como la cultura de la organización en la que éste se desempeña.

Se obtiene así el "perfil del capacitador" (trabajado por el equipo técnico a cargodel desarrollo del plan de capacitación) al que tendrán que ajustarse los candidatosseleccionados.

Tras esta fase, se continúa con la de Reclutamiento, es decir, la búsqueda deposibles capacitadores que potencialmente puedan responder a las exigenciasdeterminadas en la etapa anterior. El objetivo es contar con un número suficientementede candidatos que permita asegurar que, entre ellos, se encuentran personas adecuadasal rol de capacitador. Este reclutamiento debe ser amplio, pero teniendo en cuentaque el objetivo es contar con personas que presenten perfiles interesantes. Esta tareadeberá desempeñarla los Directores de Recursos Humanos junto a los referentes decada Organismo.

Realizado el reclutamiento, se continúa con la preselección: entre las candidaturasexistentes. Ésta puede llevarse a cabo mediante el análisis del historial (currículumvitae). Tarea a ser desempeñada por el equipo de evaluación.

Fundamentalmente, un proceso de selección pretende precisar qué personas y enqué medida, de entre una serie de candidatos, reúnen ciertas características definidaspreviamente y que se corresponden con los requerimientos de un capacitador. Porotro lado, se contará con un grupo de personas, en las que se tendrá que evaluarhasta qué punto poseen las características y competencias adecuadas. Una vez quese haya definido el perfil, bastará establecer una comparación de los aspirantes paradilucidar cuál o cuáles de ellos presentan un mayor ajuste con el profesiograma, esdecir, cuáles responden mejor a las exigencias requeridas para ser capacitador.

¿Cómo evaluamos las competencias de los capacitadores?En primer lugar podemos evaluar los antecedentes de los capacitadores.Para ello sugerimos un formato de currículo. (Ver ANEXO N° 2 Currículo vi-

tae.)Es fácil de conseguir y aparentemente fácil de interpretar. Aporta información

sobre la biografía del candidato y sobre sus realizaciones en el pasado. En generallas personas encargadas de evaluar estos datos no disponen de ninguna regla paraello. Lo que normalmente se hace en la práctica es comprobar si los requisitos que sehan pedido son cumplidos por los candidatos. El análisis del CV sirve más pararechazar a aquellos individuos que no cumplen ciertas condiciones que para estimarpredicciones sobre el rendimiento futuro.

En segundo lugar se cotejan los datos con referencias. El objeto de lasreferencias es recoger indicaciones entre las personas que conocen bien alcandidato. E1 objetivo puede ser doble:

• Verificar las informaciones facilitadas por el propio candidato.• Conseguir la opinión de alguien que le conozca bien respecto a sus

posibilidades de triunfar en el puesto al que se presenta.

En tercer lugar es preciso entrevistar a los postulantes a capacitadores, a finde evaluar las capacidades requeridas para la capacitación. La responsabilidadde llevar adelante esta tarea es del equipo evaluador.

La entrevista inicial.

La responsabilidad recae en el equipo de evaluación.En esta entrevista inicial se evaluará quiénes son los candidatos "más potables".

Si existen muchos candidatos, podrá elevarse el nivel de los requisitos.

Acerca de la entrevista.

Se suele usar en este caso entrevistas no dirigidas. Es una entrevista noestructurada de tipo convencional. E1 entrevistador sigue puntos de interés conformevayan surgiendo las respuestas a sus preguntas.

En una entrevista no dirigida, se formulan preguntas conforme vienen a la mente;en este caso, no hay un formato especial que seguir y la conversación avanza envarias direcciones.

La decisión.Decidir sobre quiénes serán los capacitadores es responsabilidad de la Dirección

de Capacitación, quien deberá considerar los informes del trabajo del equipo deevaluación.

Formación de los capacitadores.

El subprograma de capacitación de capacitadores se desarrolla para brindar alcapacitador de conocimientos y habilidades particulares. Por ser un agente enactividad no tiene porqué poseer estas condiciones, en cambio son necesarias lapredisposición, interés y compromiso para adquirirlas.

El subprograma cumple la función de generar espacios de experiencia, en quelos agentes puedan inducir un proceso de apropiación de herramientas conceptuales,pedagógico-didáctica y comunicacionales.

Este proceso de capacitación de capacitadores se presenta como una baseque dará seguridad al sistema en sus etapas subsiguientes.

La capacitación es aquí entendida como un proceso de apropiación y deseguimiento, evaluación permanente que pueda ir clarificando y salvando obstáculosque se presentan en el accionar del capacitador.

Esta instancia deberá ser acreditada por el capacitador de este modo se podráncertificar las competencias adquiridas en la capacitación.

Evaluación de la actividad de Formación:

Es aquella que se realiza al finalizar cada tarea de aprendizaje y tiene por objetivoinformar de los logros obtenidos, y eventualmente, advertir dónde y en qué nivelexisten dificultades de aprendizaje, permitiendo la búsqueda de nuevas estrategiaseducativas más exitosas. Aporta una retroalimentación permanente al desarrollo deprogramas de capacitación.

En el sistema de evaluación propuesto se puede visualizar que existen tresinstancias evaluativas de la actividad de formación.

En primera instancia se debe evaluar al capacitador en su actividad de formación.En segundo lugar es necesario que el capacitador evalúe su propia actividad de

formación.Por último se debe indagar al capacitando para visualizar desde su punto de

vista el resultado de la acción formativa.

¿Cómo evalúa el capacitador la acción formativa?

"En el papel mediador de la acción pedagógica, el capacitador no es neutro, yaque se compromete por entero en la situación pedagógica, con lo que cree, con loque dice, con lo que hace, con lo que es. Según el tono que adopta, la mirada queemite, el gesto que realiza, su mensaje adquiere un valor específico, para el conjuntode los capacitandos y una resonancia especial para alguno de ellos ... " (M. Postic)

El capacitador debe efectuar su evaluación en las siguientes áreas:• Estudio de sus características personales (aptitudes, motivaciones, hábitos,

conocimientos)

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• Observación de sus comportamientos (rasgos de conducta y relacionamientosocial)

• Estudio de los efectos del proceso educativo seleccionado sobre los alumnos.(B. Maccario)

• El capacitador debe evaluar su "estrategia pedagógica", entendida "como laciencia y/o arte de combinar y coordinar acciones para alcanzar un objetivo.

• Corresponde a una planificación para llegar a un resultado proponiendoobjetivos que se quieren lograr y los medios que se disponen para lograrlos."(G. Mialaret)

• La noción de estrategia, más que la de método, destaca la interdependenciaentre la elección de los medios y las fases previas de formulación de losobjetivos, de identificación de las características de los alumnos, del análisisde los recursos y de las dificultades. (P. Brunswing - G. Berger )

Para ello es necesario cuestionarnos acerca de:La coherencia entre los objetivos y el resultado.La adaptación de los objetivos a las posibilidades de cada capacitando.Si las exigencias están adaptadas a los intereses del capacitando.Si las situaciones de aprendizaje y su presentación tienen relación con las

actividades a desarrollar.Si la relación entre los recursos y las dificultades es explotada al máximo.Si el comportamiento del capacitador fue el adecuado.

"Actuar conscientemente es saber a donde se quiere ir, es tener preparada suacción, es saber si se han alcanzado los objetivos, es, aun más, cuestionar y reajustarsu acción teniendo en cuenta la distancia entre los resultados esperados y los resultadosposibles." (L. D. D'Hainaut)

Como instrumento de evaluación utilizaremos los informes que los capacitadoresdeberán enviar a la Dirección de Capacitación, para ser puestos a consideración delequipo de evaluación.

(Ver ANEXO N° 3 Informes)

¿Cómo evaluamos al capacitador?

Para ello hemos diseñado una planilla de observación de la práctica pedagógicaa fin de evaluar el proceso de capacitación. Indagar acerca del rol del capacitadorcomo facilitador del proceso de enseñanza aprendizaje, es importante en tanto y encuanto permita corregir errores, afirmar aciertos y tomar elementos para replanificarel proceso. Esta tarea será responsabilidad del equipo de evaluación.

(Ver ANEXO N° 4 Planilla de Observación)

Los registros de observación de la práctica pedagógica se deben cotejar con laevaluación que realiza el agente del curso seminario o taller de capacitación.

Para ello se ha diseñado una planilla evaluativa que cada agente debe completary entregar al finalizar la capacitación.

De este modo sabremos si la intervención de capacitación satisface las necesidadesde los agentes públicos y determinamos si las intenciones educativas se han alcanzado.

Evaluación del Capacitando.

¿Qué evaluamos?El capacitando no es el único implicado en el acto de evaluar, por ello la respuesta

a esta pregunta depende de la función que le atribuimos a la evaluación.Todos los objetivos educativos, pueden, con más o menos facilidad, con más o

menos éxito, ser evaluados.El ámbito cognitivo, la adquisición de conocimientos, de habilidades y las apti-

tudes intelectuales: el saber y el saber hacer.El ámbito afectivo, el desarrollo de actitudes en relación al contenido pedagógico,

con relación al grupo: el saber ser, ver, sentir y reaccionar.El ámbito psicomotriz, en el enriquecimiento de las conductas motoras: las

habilidades motoras.El ámbito social, en el relacionamiento permanente en todos los niveles: cooperar

y competir."Esta clasificación analítica, aunque artificial, nos permite ver los efectos del

proceso educativo. Por ello el objetivo de la evaluación es hacer aparecer esos efectos,volverlos transparentes, en forma indirecta, por medio de una metodología adecuada"(B. Maccario)

La evaluación de las competencias adquiridas por los agentes en el proceso decapacitación son evaluadas por el capacitador a través de los instrumentos diseñadosen la planificación del curso de capacitación. Vale recordar que el capacitador debeevaluar al capacitando de modo que se de lugar a la acreditación de las competenciasadquiridas.

Por otro lado al finalizar la capacitación, el capacitando debe evaluar la actividadformativa, a través de una encuesta innominada para confrontarla con los informesde los capacitadores y las observaciones de clases, como una forma de acceder a unavisión integradora del proceso de formación.

(Ver ANEXO N° 5 Planilla de Observación)

Rol de la información que proviene de la evaluaciónEl acto de comunicación, es producto de una secuencia lógica:√ Por medio de diferentes instrumentos, se realiza el relevamiento de la

información. Los datos que surgen, son analizados según marcos de referenciasque orientan su lectura. Se producen conclusiones -o datos cuantitativos- quepueden expresarse en juicios de valor, los cuales, se comunican entre los actoresy finalmente, se toman las decisiones necesarias para intervenir activamenteen los procesos y resultados obtenidos.En este contexto, la evaluación es un proceso de recolección de informaciónrespecto a:

√ La determinación de las necesidades de capacitación.√ La marcha general del proyecto de capacitación.√ La dinámica del grupo de aprendizaje.√ El desempeño de cada agente en situación de trabajo luego de la capacitación.

De acuerdo a lo expuesto, la evaluación debe posibilitar:

a.- A los capacitadores:• Valorar la evolución del desempeño de los alumnos a lo largo de los niveles

de la enseñanza.• Profundizar en el conocimiento del proceso de aprendizaje que permita el

reajuste continuo de las estrategias didácticas, el aprovechamiento de lostiempos didácticos y la optimización de los recursos.

• Valorar la necesidad de relacionar las expectativas de logro a fin de generaraprendizajes con significado y sentido.

b.- A los capacitandos:• Integrar visiones y puntos de vista diferentes a través del intercambio con

distintos docentes y compañeros.• Comprender la importancia de la evaluación para sus avances en el saber.• Plantearse propósitos de mayor diversidad, alcance y complejidad.• Iniciarse y desarrollar el espíritu crítico a través del rol protagónico en la

autoevaluación y la coevaluación.• Tomar conciencia de las dificultades y encontrar alternativas de superación.• Adquirir responsabilidades para la apropiación de saberes generando

aprendizajes autónomos.

c.- A la Dirección de Capacitación:• Asesorar para la ratificación o rectificación de acciones acordes a las metas

previstas y el proyecto de capacitación institucional.• Compartir con los Organismos de la Administración Pública los logros

obtenidos, las dificultades detectadas.• Certificar saberes y promover a los alumnos.

Apel (1986) destaca que la información siempre está condicionada al objetivoperseguido, y uno de los objetivos de la evaluación, es la toma de decisiones.

¿Cómo Evaluar el Impacto de la capacitación?

Para evaluar el impacto de la capacitación debemos poner la mirada en elanálisis del desempeño laboral de los agentes capacitados.

La evaluación del desempeño es el estudio cuidadoso del desempeño paraidentificar una deficiencia y posteriormente corregirla con un nuevo equipo, un nuevoagente, un programa de capacitación o cualquier otro ajuste, o solamente afirmarque las acciones de capacitación llevadas a cabo fueron efectivas.

En otras palabras, si se desea mejorar el desempeño del trabajador, es necesariodeterminar el desempeño deseado de la persona y cómo desearía que fuera luego dehaberse capacitado.

La evaluación del desempeño es tarea de los Administradores de RecursosHumanos de los Organismos de la Administración Pública, que son los que observana los agentes capacitados en su situación de trabajo.

El resultado de este análisis conducirá a profundizar las acciones de capacitación,si éstas fueran necesarias, o a nuevas demandas de capacitación, dando inicio entoncesa un nuevo proceso de capacitación y evaluación.

BIBLIOGRAFIA:

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– Irursun Laura: "Evaluación y Herramientas para la Calidad" INET– Apel, Jorge: "Evaluar e informar". Editorial Aique Buenos Aires - Año 1997.– Bertoni, Alicia - Poggi, Margarita - Teobaldo, Marta: "Evaluación, nuevos

significados para una práctica compleja". Editorial Kapeluz - Año 1995.– Camilloni Alicia R. W. de, Susana Celsan, Edith Lituvin y María del CarmenPalou de Maté: "La evaluación de los aprendizajes en el debate didáctico

contemporáneo. Paidos Educador". Buenos Aires - 1998.

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8Viedma, 26 de Julio del 2004BOLETIN OFICIAL N° 4226

– Casanova, María Antonia: "Manual de Evaluación Educativo" Editorial LaMuralla. Madrid - 1997.

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– Documento de trabajo: "Cuarta y quinta Jornada de Reflexión Institucional".Editado por la Dirección General de Escuelas - Buenos Aires - Año 2000.

– Fermín, Manuel: "La evaluación, los exámenes, las calificaciones". Edito-rial Kapeluz. Buenos Aires - 1992.

– Manzini, Luis L.: "La evaluación". Cuadernos de apoyo didáctico. EditorialSantillana.

– Perkins, David: "La escuela inteligente". Editorial Gedisa - Barcelona - Año1997.

– Porlan, R.: "Constructivismo y escuela. Hacia un modelo de enseñanza -aprendizaje basado en la investigación".- Editora Diada - Sevilla - Año 1993.

– Proedis: "La evaluación como aporte a la calidad de la educación". Edito-rial Kapeluz - Año 1988.

– Sacristán, J. C.: "Teoría de la enseñanza y desarrollo del currículum". Edi-torial Rei - Año 1986.

– Salinas, D.: "La planificación de la enseñanza: técnica, sentido común osaber profesional, en S. F. Angulo y N. Blanco (comp.) Teoría y desarrollo delcurrículum". Editorial Aljibe - Madrid - Año 1994.

– Santos Guerra, Miguel A.: "La evaluación: un proceso de diálogo,comprensión y mejora". Ediciones Aljibe - Buenos Aires - Año 1995.

– Santos Guerra, Miguel A.: "Evaluar es comprender". Editorial Magisteriodel Río de la Plata - Buenos Aires Año 1998.

– Stenhouse, L.: "Investigación y desarrollo del currículum". Segunda parte.Editorial Morata - Madrid Año 1987.

– Zabalza, Miguel A.: "Áreas, medios y evaluación". Ediciones Marcea S.A.- Buenos Aires - Año 1987.

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PROPUESTA DE CAPACITACIÓN 2004

Sub-programa de capacitación general nivel básico

Fundamentación

La presente propuesta de trabajo presentada en el marco de la Secretaría deCapacitación de la UPCN Seccional Río Negro pretende generar una novedosaalternativa de transformaciones en el Sistema de Capacitación dependiente delConsejo de la Función Pública y Reconversión del Estado.

La misma posee como objetivo medular lograr una readecuación de loslineamientos básicos del Sistema a luz de las transformaciones operadas en los últimosaños. En este sentido, es necesario rescatar la experiencia lograda en el desarrollo delos componentes sistémicos (referentes institucionales, gremiales, formación deformadores) porque han posibilitado un nuevo marco de discusión en el seno dela administración pública provincial.

Asimismo, las transformaciones operadas en el contexto internacional y nacionalconfiguran un nuevo panorama en donde el paradigma de la capacitación reflejauna importancia inusitada para los sistemas de trabajo, especialmente lo relacio-nado con el desarrollo y profesionalización de las administraciones públicas de losestados.

Las significativas transformaciones operadas en la sociedad y el Estado a partirde las década del 70 con la crisis del Estado de Bienestar y las revoluciones en lamicroelectrónica y en las tecnologías de la información y del 80 con la caída delmuro de Berlín y el fin del mundo bipolar y el comienzo de lo que se da en llamar laAldea Global, hace repensar y redefinir los problemas teórico-políticos e históricosactuales tomando como eje analítico la nueva problemática que acarrea el procesode globalización, su impacto sobre los diferentes niveles del Estado y su relacióncon las nuevas formas de organización social emergentes y los nuevos conflictosque éstas plantean, en especial las nuevas formas en que se articulan con las funcionesde una Administración Pública moderna y eficiente.

Este proceso genera profundos impactos sobre las sociedades nacionales ysubnacionales y, en palabras de D. García Delgado impone una revolución "desdearriba" en el caso de las sociedades latinoamericanas; que se ven sometidas a unamodernización de sus estructuras productivas y a la ampliación del espacio delmercado como regulador social, pero al costo de generar diversas problemáticasasociadas a la pérdida de capacidad del Estado para configurar el bien común,asegurar la integración social, la identidad y la orientación de su sociedad. Laestructura decisional del Estado y su soberanía se encuentran en un proceso de cambioante las nuevas realidades; por un lado, condicionadas por las institucionessupranacionales y por el otro, por la emergencia y redefinición del papel de "lolocal".

La intención de este sub-programa es abordar críticamente los procesos antesmencionados y los debates más acuciantes que nos imponen estas grandestransformaciones que se están operando en el mundo, desde una perspectiva en la

que se pone como centro los cambios que se están operando en la realidad rionegrinay por ende, en la adecuación que se lleva adelante desde la administración públicaprovincial para hacer frente a ellos.

La capacitación y el cambio desde la perspectiva de esta propuesta, se centra enbrindar a los agentes públicos rionegrinos un cúmulo de conocimientos básicos parahacer frente al entorno cambiante y riesgoso en el que se desempeñan; tendiendo afacilitar la internalización de nuevas formas de comportamiento que induzcan nuevasformas de actuación e interrelación con el medio, procurando hacer más eficaz laorganización pública y las relaciones entre sus miembros.

Convencidos, ya desde hace varios años, que la capacitación es el medio paraarribar a tales fines, se replantearon este año los programas, la bibliografía, laevaluación y la duración de los cursos para optimizar los recursos y manteneractualizada la problemática que en ellos se dicta; pero siempre propiciando que seanlos propios empleados públicos los que orienten y lideren los procesos de capacitación,basado en que son ellos, con su capacidad, conocimientos y experiencia; los quehacen, a través de la transferencia de los conocimientos brindados, que los objetivosantes mencionados se puedan concretar.

Objetivos

• Dotar, a los empleados públicos, de los conceptos básicos que se manejan enel campo social de la Administración Pública.

• Brindar una visión crítico reflexiva a los empleados públicos para una mejoradecuación en la implementación de las políticas públicas al cambianteambiente social.

Oferta y duración de Cursos

En función al diagnóstico llevado a cabo y de la demanda insatisfecha que seregistra en los agentes públicos, se volverá a brindar este año la siguiente oferta decursos que promueven la aprehensión de conceptos básicos de administración pú-blica que deben poseer todos los trabajadores insertos en ella, aunque actua-lizando contenidos, bibliografía y modificando la duración y evaluación de losmismos:

• Estado y Políticas Públicas.• Introducción a la Administración Pública y a la Función Pública.• Comunicación en las organizaciones públicas.

El dictado de los cursos se desarrollará, allí donde sea necesario, en dos niveles,a saber: NIVEL 1, destinado a agentes que posean hasta secundario incompleto yNIVEL 2, destinado a agentes con un mínimo de formación de secundario completoo más.

La duración de los dos primeros cursos se mantiene en 43hs, pero distribuidas dela siguiente manera: 24hs para el desarrollo presencial de los encuentros distribuidosen cuatro días de 6 hs cada uno, 6 hs para la confección de los prácticos y 13 hs parala confección del trabajo domiciliario final.

El curso restante tendrá una duración de 34 hs, distribuidas de la siguiente manera:18 hs para el desarrollo presencial de los encuentros distribuidos en tres días de 6 hscada uno, 6 hs para la confección de los prácticos y 10 hs para la confección deltrabajo domiciliario final.

Sistema de evaluación de los cursos

Se propone como alternativa de evaluación la producción de conocimiento quese logra a través de la confección de trabajos finales donde haya una estrechavinculación de los contenidos con la problemática de las distintas organizacionespúblicas provinciales.

La confección de trabajos finales implica conocer en profundidad lainternalización que han hecho los capacitandos del bagaje de conocimientosadquiridos en el cursado; y a su vez fomenta en ellos la adquisición de herramientaslógicas y comunicacionales que le servirán de facilitadores en su trabajo coti-diano.

Asimismo, fomentará la adquisición de técnicas de estudio y reforzará suscapacidades intelectuales y de abordaje de problemáticas complejas, ya que tendránque buscar la información, analizarla, sistematizarla y plasmarla en forma deproblema con los pasos lógicos de introducción, esquema analítico, desarrollo yconclusión propia.

A su vez, redundaría en estudios de investigación y análisis de la realidad decada organización pública provincial, que con el correr del tiempo puede servir debase para la conformación de las políticas públicas a implementar.

Selección de Capacitadores

Los capacitadores serán seleccionados específicamente con criteriospreestablecidos sobre el perfil necesario para cada oferta académica.

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1ra instancia:- Apertura y publicación de un registro interno a la administración pública

provincial con los perfiles de capacitación solicitados para cada curso.- Análisis de los currículo vitae de cada postulante- Preselección

2da instancia- Entrevistas en profundidad con el equipo académico-pedagógico y exposición

de un tema vinculado con el curso.- Selección final- Elaboración de un orden de mérito.

Instancia de Formación de Formadores

A partir del diagnóstico realizado en relación al personal que cumple las funcionesde capacitación, que demostró una alta heterogeneidad en el personal encargado deimpartir los cursos en cuanto a: sus conocimientos teóricos, su nivel pedagógico yen torno a la motivación que mantuvieron a lo largo de estos años de dictado de laoferta de cursos. Se hace indispensable incluir en la presente propuesta una instanciaque denominaremos formación de formadores.

El objetivo de esta instancia es asegurar la excelencia académica en el dictado delos cursos, donde los contenidos curriculares, la metodología de dictado, la pedagogíaimplementada y los sistemas de evaluación respondan a la nueva exigencia yexcelencia que requiere la propuesta de este año, asegurando de este modo, unatransferencia de contenidos teóricos, pedagógicos actitudinales y procedimentalesde forma homogénea y del mayor nivel esperado en todos los nodos que la direcciónde capacitación de la provincia fije para cada curso.

La implementación de esta propuesta se llevará a cabo bajo el siguiente esque-ma:

* Primer Encuentro. Previo al comienzo del dictado de la oferta de cursos.Será presencial, tendrá como destinatarios a los seleccionados para formarsecomo capacitadores y poseerá una duración de cinco días corridos. Los dosprimeros días estarán destinados a la sensibilización de los destinatarios encuanto a la importancia de la tarea a desarrollar y al abordaje pedagógicometodológico con que se encararán los cursos, en los cuales convergerán loscapacitadores de todos los cursos del subprograma. Los tres días restantesestarán destinados al abordaje teórico conceptual de los temas desarrolladosen cada oferta curricular por separado. Como trabajo final se les pedirá a loscapacitadores así formados que entreguen, antes del dictado de los cursos,una propuesta de evaluación que se condiga con los lineamientos antesseñalados.

* Segundo Encuentro. Se desarrollará promediando la oferta de cursos,tendrá una duración de tres días y tiene como finalidad evaluar el dictado quese está desarrollando y convenir las readecuaciones pertinentes de ser nece-sario, en función del informe que realice el equipo académico-pedagógico enrelación al seguimiento permanente que realice de los dictados de los cur-sos.

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SUBPROGRAMA TECNOLOGIAS DE GESTION

Fundamentación

Los nuevos tiempos indican que no solamente es necesario y hasta imprescindibleuna readecuación de las formas y desarrollos de la gestión pública, sino que ademásresulta indispensable transformar la mirada hacia el usuario de la administraciónpública como un sujeto de derechos.

Desde esta perspectiva cualquier intento de capacitación en cuanto a tecnologíasde gestión deberá incluir la mirada del usuario ahora entendido como ciudadano ytodas las características que este cambio conlleva.

Arribar a las herramientas necesarias para la modernización de la administraciónpública en cuanto a sus procesos de gestión implica un conocimiento acabado de lostipos de organización, sus estructuras y las formas en que dentro de ellas se comportany desenvuelven los equipos de trabajo.

Conocer las causas por las que se ha debido revisar el concepto de organizacióny se ha requerido superar sus tradicionales dispositivos de gestión, burocratizadosen su administración, se vuelve fundamental en estos tiempos para agilizar losprocesos de gestión, base del modelo gerencial desburocratizado.

Entonces es necesario desmitificar la palabra Burocracia, darle su real contenido,como concepto técnico sociológico y cultural que permita descubrir aquelloscomponentes negativos y/o nocivos para el cumplimento de las misiones y funcionesde la Administración Pública de modo que se dé cumplimiento al preceptoconstitucional del respeto inalienable de los derechos del ciudadano. En este sentido,cobra especial valor la toma de conocimiento sobre las nuevas tecnologías de gestión

en lo referido a la agilización de los procesos administrativos y de circulación de lainformación en las organizaciones, a través de los recursos comunicacionales,informáticos y sistémicos.

Por otro lado, la optimización de los recursos humanos de una organizacióndebe centrarse sin dudas, en el modo en que cada agente se interrelaciona con suspares laborales. Ineludiblemente el intercambio, la interrelación y la interdependenciaentre ellos, determinará el éxito en los objetivos institucionales. El trabajo en equipoconstituirá la clave capital vital que permita optimizar los recursos infraestructurales,materiales y económicos con los que cuente la organización. El desarrollo detecnologías de gestión en el área de recursos humanos constituye hoy día el princi-pal tema para el análisis organizacional, tanto psicológica como sociológi-camente.

Considerando a la satisfacción de la demanda del ciudadano como la finalidadde la organización y no como el medio justificatorio de su supervivencia o la de susrecursos humanos. Por esto es indispensable mejorar las técnicas y prácticas deatención al publico dentro de la administración publica provincial.

Objetivo General

Profundizar los procesos administrativos a partir de la puesta en funcionamientode nuevas tecnologías de gestión en la Administración Pública Provincial.

Objetivos específicos

1. Comprender los beneficios para la organización y para el desarrollo de lapráctica misma del agente, del trabajo en equipo y transferir herramientasfacilitadoras para la transformación de grupos en equipos de trabajo.

2. Considerar al usuario de la administración pública provincial como el leimotiv de la existencia de la organización y fundamentalmente como sujeto dederechos.

3. Brindar formación sobre las organizaciones y sus características, su conceptoinstitucional e instrumental, a fin de generar actores sociales en el Estadoprovincial capaces de mejorar las prácticas obstaculizadoras de una gestióneficaz y eficiente.

4. Entender el concepto de burocracia y sus consecuencias sobre los ciudadanos,a fin de su análisis crítico, que permita instalar en la administración públicaprácticas de gestión tendientes a la agilización de los trámites y demás accionesinstitucionales.

Oferta y duración de cursos

En función del diagnóstico llevado a cabo y de la demanda insatisfecha que seregistra en los actores públicos se volverá a brindar este año la siguiente oferta decursos que promueven la apropiación de conceptos básicos de administración públicaque deben poseer todos los trabajadores insertos en ella, aunque actualizandocontenidos, bibliografía y modificando la duración y evaluación de los mismos.

El dictado los cursos se desarrollara en las localidades donde sea necesario endos niveles por curso, a saber: Nivel I - destinado a agentes que posean hastasecundario incompleto; y Nivel II - destinado a agentes con un mínimo de formaciónde secundario completo o más.

Cursos del Subprograma:

Tecnologías de Gestión I

Organizaciones: Se hará especial énfasis en que se comprenda el concepto deOrganizaciones y se visualice la evolución que el mismo tuvo así como sus distintasvisiones. La organización de la administración pública se verá en el marco de unaeficiente administración pública como organización.

Procesos/Subprocesos: Tanto el concepto teórico como su correlación en lapráctica, así como los marcos legales de la provincia de Río Negro permitirán entenderel modelo de gestión actual y las necesarias modificaciones.

Tecnologías de gestión II

Burocracia/desburocratización: Se espera que el capacitado pueda desmitificarel concepto de burocracia y vea los aspectos naturales e identifique aquellos nocivosque tienden al burocratismo.

Agilización de trámites administrativos: Se deberá visualizar la actual gestiónpública desde un análisis crítico de la tramitación en la administración pública. Apartir de ejemplos de iatrogenia burocrática se buscará la identificación de los aspectosa modificar.

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10Viedma, 26 de Julio del 2004BOLETIN OFICIAL N° 4226

Tecnologías de gestión IIIAtención al público: Se tenderá a definir la atención al público como una tarea

profesional y a entender la diferencia entre usuario, consumidor y ciudadano, paralograr el respeto por las diferencias personales y la no discriminación. Así comohacerse de herramientas para el proceso de definición de la demanda hacia laorganización.

Trabajo en equipo: Los capacitados construirán las definiciones de conjunto depersonas, grupos, equipo, a fin de entender sus diferencias. Se tenderá a unaplanificación participativa como base del trabajo en equipo.

Tecnologías de gestión IV

Liderazgo: Definición. Componentes. Modelos. Funciones. Habilidades. Apti-tudes. Principios. Eficacia y dirección. Modelos de Liderazgo. Liderazgo Vertical ymodelos horizontalizantes. El liderazgo en un grupo de trabajo. La construcción deun paradigma de liderazgo en las organizaciones públicas.

La duración de los cursos

La duración de Tecnología de Gestión I, Tecnología de Gestión II y Tecnologíade Gestión IV será de 22 horas reloj, distribuidas en 12 horas presenciales, y 10horas para los trabajos prácticos y la producción de la monografía final (evalua-ción). La distribución de las 12 horas presenciales será en dos días de 6 horas cadauno.

La duración de Tecnología de Gestión III será de 44 horas reloj, distribuidas en24 horas presenciales, y 20 horas para los trabajos prácticos y la producción de lamonografía final (evaluación). La distribución de las 24 horas presenciales será encuatro días de 6 horas cada uno.

Sistema de evaluación de los cursos

Se llevará a cabo una evaluación final de lo vertido en el curso mediante larealización de una Trabajo Final Domiciliario, en la cual se vuelquen los contenidosa partir de la solución de una hipotética "situación conflictiva" planteada por loscapacitadores.

Selección de capacitadores

Los capacitadores serán seleccionados específicamente con criterios preesta-blecidos sobre el perfil necesario para cada oferta académica.

Primera Instancia:- Apertura y publicación de un registro interno a la administración pública

provincial con los perfiles de capacitación solicitados para cada curso.- Análisis de los currículum vitae de cada postulante- Preselección

Segunda instancia:- Entrevistas en profundidad con el equipo académico pedagógico- Exposición de un tema vinculado con el curso.- Selección final- Elaboración de un orden de merito.

Instancia de Formación de formadores

A fin de asegurar la homogenización de la excelencia y sustentabilidad de loscursos y favorecer el éxito en el replique de los mismos. Se hace indispensable unainstancia en la que los beneficiarios sean los posibles capacitadores de sus pares. Setransferirán herramientas tanto pedagógicas como conceptuales y teóricas, de modode proveer los recursos necesarios para el cumplimento de los objetivos pau-tados.

* Primer encuentro. Este espacio de formación se llevará a cabo previo alcomienzo del dictado de cursos. Sus destinatarios serán aquellos capacitadoresseleccionados en la instancia previa de selección.La metodología a llevarse adelante se dará mediante un "taller de formaciónde formadores" que tendrá una duración de 40 hs., las mismas estarándistribuidas en 5 días de 8 hs cada uno.Durante los dos primeros días se llevará adelante una capacitación en losaspectos pedagógicos necesarios para el mejor desarrollo de la tarea de loscapacitadores en el momento de replicar los conocimientos y herramientasadquiridos.Los tres días siguientes de capacitara en lo conceptual y lo práxico. Esta tarease llevará adelante con la metodología de taller haciendo hincapié en laparticipación permanente de los capacitandos, quienes aportarán ejemplos yanécdotas de situaciones críticas o conflictivas como insumos que ubiquen latemática en la realidad local y regional.Para esto, el total de los asistentes deberán cumplimentar, el primer día, elmódulo I sobre Organizaciones y procesos, actuando esto como ejeestructurador del resto de las capacitaciones en gestión.

Al segundo y tercer día aquellos formadores que estén inscriptos en tecnologíade gestión II iniciarán el segundo módulo así como aquellos inscriptos enTecnología de Gestión III cumplimentarán el módulo III.

* Segundo Encuentro. Al promediar la realización de los cursos se desarrollaráun encuentro de todos los capacitadores del subprograma con el fin de efectuaruna evaluación sobre el impacto y las dificultades surgidas en suimplementación. Esto se realizará en una triple jornada, donde el equipoacadémico pedagógico efectúe una co-visión del proceso de transmisión y seajusten detalles para la adecuada consecución de los programas de cursos.

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PROPUESTA DE CAPACITACIÓN 2004

Sub-programa de desarrollo y competencias básicas y operativas

Fundamentación

Este subprograma tiene por propósito fortalecer las competencias laborales, tantobásicas como operativas, del empleado público rionegrino. Estas competenciasdefinen y hacen al ejercicio eficaz y eficiente de las capacidades que permiten eldesempeño en un puesto de trabajo dado respecto de los requeridos en el organismode pertenencia de cada trabajador. Son complementarias al conocimiento teórico ytécnico y hacen referencia al saber y al saber - hacer.

El concepto de competencia engloba no sólo las capacidades requeridas para elejercicio de una actividad, sino también un conjunto de comportamientos, facultadde análisis, toma de decisiones, transmisión de información, etc., consideradosnecesarios para el desempeño óptimo en cada puesto de trabajo.

Objetivo* Fortalecer y desarrollar una serie de competencias básicas y operativas en los

empleados públicos rionegrinos.

Oferta y duración de Cursos

La duración de los cursos será de 20 hs cada uno, distribuidas en: 12 hspresenciales a dictar en dos días de 6 hs cada uno y 8 hs destinadas a trabajos prácticosy evaluación.

El subprograma prevee desarrollar competencias básicas y operativas en:- Bioseguridad- Sistema presupuestario y coparticipación- Ley de administración financiera- Mesa de entradas y salidas (modalidad taller)- Protocolo y Relaciones Públicas- Liquidación de sueldos (modalidad taller)- Técnicas para la redacción de notas e informes (modalidad taller)- Registro y Archivo de documentación administrativa- Secretariado ejecutivo.- Derechos del usuario- Estrategias de imagen institucional

Selección de Capacitadores

Los capacitadores serán seleccionados específicamente con criteriospreestablecidos sobre el perfil necesario para cada oferta académica.

1ra instancia:- Apertura y publicación de un registro interno a la administración pública

provincial con los perfiles de capacitación solicitados para cada curso.- Análisis de los currículo vitae de cada postulante- Preselección

2da instancia- Entrevistas en profundidad con el equipo académico-pedagógico y exposición

de un tema vinculado con el curso.- Selección final- Elaboración de un orden de mérito

Encuentro Provincial de capacitadores del subpronrama

El objetivo de este encuentro será establecer acuerdos y unificar programas ymetodologías de implementación entre los capacitadores de las diferentes ciudades.La duración del encuentro será de un día.

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SUBPROGRAMA:FORTALECIMIENTO DE COMPETENCIAS DECISIONALES

Fundamentación

Este subprograma tiene como objetivo reforzar las competencias de los nivelesde decisión a partir de una profundización de sus roles, conocimientos, habilidadesy contexto en el cual se sitúan. El proceso de transformaciones suscitado en formaacelerada en los últimos años provoca un cúmulo de conocimientos en materiaorganizacional desde una perspectiva teórico-política alternativa a las visionespredominantes en las últimas décadas.

La función de las organizaciones, en este contexto, y de los decisores es hacerque los saberes sean productivos. Las organizaciones se han convertido en esencialespara la sociedad en todos los países desarrollados debido al paso del saber a lossaberes. Cuanto más especializados sean esos saberes, más eficientes serán lasorganizaciones. Drucker menciona que "Debemos aceptar que nuestra tarea no esmejorar un poquito el ayer, sino preparar a nuestras organizaciones, decisores y anosotros mismos para una mañana que será muy diferente".

Estos cambios que se han producido en el contexto, han incidido sobre elfuncionamiento de las organizaciones de toda índole. En consecuencia, la realidadque se nos plantea como integrantes de organizaciones es muy compleja (entendiendopor tal una situación en la que intervienen muchas variables con un gran número deinterrelaciones). La aceleración del ritmo de cambio se da en todo tipo de actividades,con un consecuente aumento de la incertidumbre y de la complejidad organizacional.En este sentido, se produce una verdadera revolución de la producción en todos lossentidos (incluido el administrativo) y un necesario adecuamiento de la cultura alacelerado ritmo del avance tecnológico. Todo ello conlleva a una nueva dimensióndel concepto de calidad.

En definitiva, hay una jerarquización de los procesos organizacionales deinfluencia y ejecución que se centran en los resultados que se pretende alcanzar.Esto ha generado una tendencia para ampliar la participación de los empleados en laconducción de las organizaciones y de la ciudadanía en general.

Las condiciones cambiantes en que se desenvuelven las organizaciones hacenque, cotidianamente, debamos preguntarnos acerca de la validez que poseen nuestrasherramientas de administración dentro de ese contexto. Una manera de encontrarrespuesta a este interrogante, consiste en reconocer las modificaciones que se hanproducido en el mundo. A partir de allí, es posible readaptar nuestro conocimientosy continuar aprendiendo para lograr que nuestro saber tenga un lugar en esta nuevarealidad. Las tendencias, en este sentido, giran en la necesidad de reconocer el capi-tal humano como la materia prima para una planificación estratégica.

Por todas estas razones, se hace imprescindible la recreación de espacios decapacitación tendientes al refuerzo de competencias decisionales.

A los fines operativos de la oferta a desarrollarse en el corriente año, se realizóuna clasificación de los destinatarios en: Profesionales y Técnicos, Directores deOrganización y Recursos Humanos, Referentes de Capacitación Gremiales y Per-sonal de conducción cuya designación posee una instancia política. Estos nivelesdecisorios poseerán una oferta focalizada tendiente a dotar de instrumentos yherramientas de gestión eficaces y eficientes que incrementen sustantivamente susrindes de productividad administrativa y de conducción.

Objetivos- Analizar, comprender, reflexionar y debatir acerca del nuevo papel de los

decisores organizativos en contexto de alta complejidad e incertidumbre.- Potenciar las habilidades competenciales de los decisores a partir de la

internalización de herramientas, instrumentos y de la nueva perspectiva de lagerencia pública con la finalidad de aplicarlos en sus respectivas tareas.

- Brindar una visión globalizadora de la era de transformaciones a la cualasistimos y donde, la función de decisor conlleva una tarea compleja deconocimientos y destrezas tendiente a eficientizar su labor.

Oferta y duración de los cursos

Profesionales y Técnicos

La oferta para este nivel y agrupamiento estará conformada por dos cursos:

- Globalización, Estado y Administración Pública.- Formulación y Evaluación de Proyectos.

La duración total de ambos cursos se estima en 50 hs, distribuidas de la siguientemanera: 24 hs para el desarrollo de los encuentros distribuidos en cuatro días de 6 hscada uno, 10 hs para la confección de los prácticos y 16 hs para la confección deltrabajo monográfico final.

Los espacios de desarrollo teóricos tendrán lugar a partir de la exposición de loscapacitadores tomando en cuenta los contenidos propuestos y tratando deinterrelacionarlos con los saberes previos que los cursantes posean. En este sentidointentaremos llevar adelante una estrategia didáctica de tipo constructivista.

En igual sentido los espacios de desarrollo de prácticos surgirán de unacombinación del desarrollo de la teoría con trabajos en pequeños grupos para cerrarcon una reunión plenaria para la discusión conjunta de los temas y los textos encuestión.

Se utilizarán sistemas de estímulo de trabajo como exposiciones individuales ygrupales e investigaciones sobre los temas y autores del programa pretendiendo deeste modo valorizar la creatividad y el compromiso de los cursantes con la materia,y al a vez dar coherencia y sistematicidad a la relación teórico - práctica.

Sistema de evaluación

Para el curso "Globalización, Estado y Administración Pública" se propone comomodalidad evaluativa la confección de un trabajo monográfico que verse sobre algunade las temáticas desarrolladas a lo largo del dictado de la capacitación. En estecontexto, se tendrán en cuenta para la calificación final los siguientes criterios:

• El planteo, la delimitación y justificación del tema.• La capacidad para integrar, relacionar y sistematizar la información, la claridad

en los conceptos y la capacidad de análisis y síntesis.• La lógica interna del producto del aprendizaje.• La capacidad crítica, la pertinencia de los argumentos y la originalidad de los

planteos.

Con respecto al curso "Formulación y Evaluación de Proyectos" se propone comomodalidad evaluativa la confección de un proyecto referido al sector público dondelos capacitandos desarrollen sus tareas integrando todos los contenidos, indicadores,elementos y rigor metodológico que exige un trabajo de dichas características en elagrupamiento técnico - profesional.

Directores de organización y recursos humanos

Para el nivel Directores de Organización y Recursos Humanos se plantea larealización de talleres con una frecuencia mensual de un encuentro a realizarse en laúltima semana de cada mes, comenzando desde marzo y extendiéndose hastanoviembre del corriente año. En los mismos, se tratarán diversas problemáticasatinentes al desarrollo y fortalecimiento de la acción de gestión de este nivel deci-sional.

La metodología de desarrollo de los encuentros estará centrada en una exposicióninicial introductoria a la temática a abordar para luego realizar un momento dereflexión y participación de los decisores en las áreas de recursos humanos del sec-tor público provincial. Con respecto a los capacitadores, los mismo serán rotativosde acuerdo a la especialización de la problemática a desarrollar en cada encuentro.

Contenidos

Los propuesta de contenidos para cada encuentro es la siguiente:

Marzo: El nuevo rol de los directores de organización y recursos humanos y elpapel de la capacitación en este contexto.

Abril: Procesos de trabajo. Nuevo perfil del trabajo en el mundo contemporá-neo.

Mayo: Planificación estratégica de los recursos humanos.

Junio: La profesionalización de la tarea administrativa. Ley 3487.

Julio: Papel de los Comités Institucionales. Ley 3052.

Agosto: Nuevos paradigmas en gestión pública: el modelo gerencial.

Septiembre: Gestión de calidad en el sector público.

Octubre: Tecnologías de gestión en el área de Recursos Humanos.

Noviembre: Procesos de selección de personal.

Funcionarios públicos

Para el nivel de funcionarios públicos provinciales se plantea la realización parael presente año de una serie de conferencias sobre temáticas globales de análisisdirectamente vinculadas a la realidad provincial y que serán dictadas por especialistas.En términos metodológicos se pretende instrumentar un seminario - taller donde lasecuencia permitirá distinguir dos momentos claros: la exposición del disertante yun momento de reflexión, debate y construcción por parte de los asistentes. A los

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fines de un aprovechamiento integral, la capacitación tendrá una duración de dosdías y versará sobre diversas temáticas de interés para los decisores políticosprovinciales.

Para este nivel de capacitación no está contemplada la formación de formadorestoda vez que los disertantes serán personalidades de marcada trayectoria técnico -profesional - académica invitadas especialmente desde la Dirección de Capacita-ción.

Como temáticas a desarrollar este equipo plantea cinco opciones:

- MERCOSUR y nuevas perspectivas de desarrollo para la Provincia de RíoNegro.

- Reforma del Estado y nuevo papel del Estado rionegrino.- Nuevos modelos de gestión en el sector público.- La construcción de un horizonte de calidad de gestión en el sector público de

la Provincia de Río Negro.- Nuevos paradigmas de políticas públicas sociales.

Red de referentes

Se plantea para esta instancia la realización de un encuentro, previo al inicio delplan de capacitación operativo 2004, con el objetivo de sensibilizar y comprometera este nivel decisional con respecto a las transformaciones operadas en el Sistema deCapacitación Provincial. Para dicha instancia se prevé la organización de un semi-nario taller de dos días para el mes de abril donde participarán los refe-rentes de capacitación de extracción gremial. Con la finalidad de potenciar losesfuerzos en este sentido, se planificó un momento de encuentro con los directoresde organización y recursos humanos que coincidiría con su planificación mensual.De esta manera, se pretende reforzar la sensibilización con vistas a potenciar losesfuerzos en el presente Plan de Capacitación 2004. La coordinación de este encuentrode referentes estará a cargo del equipo que trabajó en la elaboración del plan ope-rativo.

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Sub-programa en Informática

Fundamentación

Impacto de las TICs en el Empleado Público

El fenómeno TICs en el gobierno es un proceso probablemente inevitable, en elcual convivirán durante un tiempo tecnologías tradicionales con estas nuevas. Estaetapa de transición será de avances y retrocesos, de análisis, de reflexión y de fuertesdecisiones.

La utilización masiva de las TICs, tienen como elemento crítico el factor humano.En este contexto es necesario desarrollar estrategias de capacitación y sensibilizaciónacerca del papel de las nuevas tecnologías de la información e Internet y deinternalización por parte de los Empleados Públicos de los impactos, en cuanto asimplificación administrativa y mejora de las condiciones de trabajo en general ydisminución de la Brecha Digital entre los Empleados.

Estos cambios permanentes son para el Empleado Público una oportunidad y ala vez un riesgo a la vez.

Por otro lado, cuando el cambio se hace permanente, un sistema de producciónes eficiente si es a la vez, un sistema de aprendizaje permanente y colectivo. Ellodemanda una transformación en lo que se relaciona con la estabilidad, la participacióny el estímulo a la innovación de los trabajadores.

En suma, es crucial promover capacitación, sistemas y ámbitos para que losintegrantes de las organizaciones se informen sobre las TICs y reconozcan las ventajasque brinda en la resolución de los problemas y demandas organizacionales y posiblesmejoras en las condiciones de trabajo.

Objetivo General:

- Potenciar la aplicación de Herramientas Informáticas en la AdministraciónPública

- Disminuír la brecha Digital(1) mejorando las capacidades del EmpleadoPúblico, a partir del conocimiento y manejo de Servicios y herramientasInformáticas para ser utilizadas en la Administración Provincial.

—————(1) Brecha Digital la distancia entre aquellos que pueden acceder a los beneficios de la era

Digital, y aquellos que no cuentan con los recursos económicos y pedagógicos.

Objetivo Específico

- Trasmitir a los empleados públicos de conocimiento sobre las nuevastecnologías que permitan una comprensión integral de las Herramientas yServicios de Red (Intranet) que actualmente se están utilizando en laAdministración Provincial.

Cursos

- Utilización de Herramientas de Oficinas en tareas especificas dentro del campode la Administración Provincial.

Temas:

• Manejo y Administración de Archivos

• Impresión de Archivos e impresión en la Red.

• Administración de una Agenda

• Consejos útiles en la aplicación de un Procesador de Texto

• Consejos útiles en la aplicación de una Planilla de Cálculos

Perfil del Capacitador:

Informático con Conocimiento de Administración Pública o Empleado Públicacon conocimiento de Herramientas Informáticas

Requisitos del Alumno:

Conocimientos básicos de Procesador de Texto, Planilla de Cálculos y PC

Recursos a Utilizar:

Red de Datos, Servidor de Datos, Impresora.

Duración:

16 horas.

- Conceptos básicos sobre Infraestructura tecnológica

Temas:

* Comunicación de Datos* Red de Datos, Intranet e Internet* Servidor de Red, dominios, recursos, Servicios y Usuarios.* Servidor de Base de datos* Base de Datos* Sistemas de Información* Seguridad Informática* Firma Digital

Perfil del Capacitador:

Informático con Conocimiento de Administración Pública

Requisitos del Alumno:

Conocimientos básicos de Procesador de Texto, Planilla de Cálculos y PC

Recursos a Utílizar:

Red de Datos, Servidor de Datos, Conexión a los Sistemas de la Provincia (IPP),Internet

Duración:16 horas.

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- Utilización de la RedTemas:* Comunicación de Datos* Red de Datos* Intranet* Intranet Pública Provincial* Servicios de la Red* Servidorde Archivo* Servidorde Correo* Servidor de Antivirus* Servidor de Aplicaciones* Conceptos y práctica del uso del Correo Electrónico* Agenda Electrónica* Internet* Búsqueda de información* Utilización Práctica

Perfil del Capacitador:Informático con Conocimiento de Administración Pública o Empleado Pública

con conocimiento de Herramientas Informáticas.

Requisitos del Alumno:Conocimientos básicos de Procesador de Texto, Planilla de Cálculos y PC

Recursos a Utilizar:Red de Datos, Servidor de Datos, Conexión a los Sistemas de la Provincia (IPP),

Internet

Duración:16 horas

Conceptos básicos de los Sistemas Administrativos con que cuenta laProvincia

Temas:* Red de Datos, Intranet e Internet* Servidor de Base de datos* Base de Datos* Sistemas de Información* Sistemas Administrativos Horizontales* Sistemas Administrativos Verticales* Practica sobre sistemas de la Provincia

Perfil del Capacitador:Informático con Conocimiento de Administración Pública

Requisitos del Alumno:Conocimientos básicos de Procesador de Texto, Planilla de Cálculos y PC

Recursos a Utilizar:Red de Datos, Servidor de Datos, Conexión a los Sistemas de la Provincia (IPP),

Internet

Duración:16 horas.

Instancia de Formación de Formadores

A fin de asegurar la homogenización de la excelencia y sustentabilidad de loscursos y favorecer el éxito en el replique de los mismos, se hace indispensable unainstancia en la que los beneficiarios sean los posibles capacitadores de sus pares. Setransferirán herramientas tanto pedagógicas como conceptuales y teóricas, de modode proveer los recursos necesarios para el cumplimento de los objetivos pautados.

- Primer encuentro. Este espacio de formación se llevará a cabo previo alcomienzo del dictado de cursos. Sus destinatarios serán aquellos capacitadoresseleccionados. La metodología a llevarse adelante se dará mediante un "tallerde formación de formadores" que tendrá una duración de dos días con lafinalidad de llevar adelante una capacitación en los aspectos conceptuales,pedagógicos y metodológicos necesarios para el mejor desarrollo de la tareade los capacitadores en el momento de replicar los conocimientos yherramientas adquiridos.

- Segundo Encuentro. Al promediar la realización de los cursos se desarrollaráun encuentro de todos los capacitadores del subprograma con el fin de efectuaruna evaluación sobre el impacto y las dificultades surgidas en suimplementación.

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Costo CostoConcepto Cantidad Unitario Total

HONORARIOSCoordinadores Generales 3 2.300Coordinación Metodológica 3 1.700Equipo Técnico 2 1.000Servicio Apoyo Administrativo 5 1.300

Sub Total 6.300ENCUENTROS

Referentes de Capacitación 2 días 4.320Sub Total 4.320MOVILIDAD

Coordinación General 22 150 3.300Sub Total 3.300SERVICIOS

Correspondencia 22 10 220Sub Total 220INSUMOS

Librería 22 1.500 1.500Imprenta 16.800Coordinación (Tonher-Tinta) 22 30 660

Sub Total 18.960

TOTAL GENERAL 33.100$

MAYO

PRESUPUESTO DE SUBPROGRAMAS DE CAPACITACI ÓNAÑO 2004

CONVENIO C.P.F.P. Y R.E. - U.P.C.N.

Desglose Mensual

Costo CostoConcepto Cantidad Unitario Total

HONORARIOSCoordinadores Generales 3 2.300Coordinación Metodológica 3 1.700Equipo Técnico 2 1.000Servicio Apoyo Administrativo 5 1.300

Sub Total 6.300ENCUENTROS

2º Referentes de Capacitación 1 día 3.2001º Form. de Form. Básica y Tecnología Gestión 5 días 43.3751º Form. de Form. en Informática 2 días 4.650

Sub Total 51.225MOVILIDAD

Coordinación General 22 150 3.300Sub Total 3.300SERVICIOS

Alquiler de locales 2 300 600Correspondencia 22 10 220

Sub Total 820INSUMOS

Librería 22 2.000Imprenta 4.500Coordinación (Tonher-Tinta) 22 30 660

Sub Total 7.160

TOTAL GENERAL 68.805$

JULIO

PRESUPUESTO DE SUBPROGRAMAS DE CAPACITACI ÓNAÑO 2004

CONVENIO C.P.F.P. Y R.E. - U.P.C.N.

Desglose Mensual

Costo CostoConcepto Cantidad Unitario Total

HONORARIOSCoordinadores Generales 3 2.300Coordinación Metodológica 3 1.700Equipo Técnico 2 1.000Servicio Apoyo Administrativo 5 1.300Capacitadores en Informática 25 12.500Capacitadores Desarr. Y Comp. Básicas y Oper. 15 3.750Fortalec. Competencias Decisionales 5 3.440

Sub Total 25.990ENCUENTROS

1º Capacitadores de Desarr. Y Comp. Básicas y O. 1 día 500Sub Total 500MOVILIDAD

Equipo de Evaluación y coord. Metodológica 2.500Coordinación General 22 150 3.300

Sub Total 5.800SERVICIOS

Alquiler de locales 2 300 600Correspondencia 22 10 220

Sub Total 820INSUMOS

Coordinación (Tonher-Tinta) 22 30 660Sub Total 660

TOTAL GENERAL 33.770$

Desglose Mensual

AGOSTO

PRESUPUESTO DE SUBPROGRAMAS DE CAPACITACI ÓNAÑO 2004

CONVENIO C.P.F.P. Y R.E. - U.P.C.N.

Costo CostoConcepto Cantidad Unitario Total

HONORARIOSCoordinadores Generales 3 2.300Coordinación Metodológica 3 1.700Equipo Técnico 2 1.000Servicio Apoyo Administrativo 5 1.300

Sub Total 6.300ENCUENTROS

Entrevista con Capacitadoresen Sedes Locales 1 5.000

Sub Total 5.000MOVILIDAD

Coordinación General 22 150 3.300Sub Total 3.300SERVICIOS

Correspondencia 22 10 220Sub Total 220INSUMOS

Imprenta 6.900Coordinación (Tonher-Tinta) 22 30 660

Sub Total 7.560

TOTAL GENERAL 22.380$

Desglose Mensual

JUNIO

PRESUPUESTO DE SUBPROGRAMAS DE CAPACITACI ÓNAÑO 2004

CONVENIO C.P.F.P. Y R.E. - U.P.C.N.

Page 16: 4222 - Río Negro Province

16Viedma, 26 de Julio del 2004BOLETIN OFICIAL N° 4226

Costo Costo

Concepto Cantidad Unitario Total

HONORARIOS

Coordinadores Generales 3 2.300

Coordinación Metodológica 3 1.700

Equipo Técnico 2 1.000

Servicio Apoyo Administrativo 5 1.300

Capacitadores en Informática 25 12.500

Capacitadores Desarr. Y Comp. Básicas y Oper. 15 3.750

Fortalec. Competencias Decisionales 5 5.900

Capacitadores Nivel Básico 10 3.000

Capacitadores Tecnologías de Gestión 11 4.400

Sub Total 35.850

MOVILIDAD

Equipo de Evaluación y Coord. Metodológica 2.500

Coordinación General 22 150 3.300

Sub Total 5.800

SERVICIOS

Alquiler de locales 2 300 600

Correspondencia 22 10 220

Sub Total 820

INSUMOS

Librería 22 1.500 1.500

Coordinación (Tonher-Tinta) 22 30 660

Sub Total 2.160

TOTAL GENERAL 44.630$

PRESUPUESTO DE SUBPROGRAMAS DE CAPACITACIÓN

AÑO 2004

CONVENIO C.P.F.P. Y R.E. - U.P.C.N.

Desglose Mensual

SETIEMBRE

Costo Costo

Concepto Cantidad Unitario Total

HONORARIOS

Coordinadores Generales 3 2.300

Coordinación Metodológica 3 1.700

Equipo Técnico 2 1.000

Servicio Apoyo Administrativo 5 1.300

Capacitadores en Informática 25 12.500

Capacitadores Desarr. y Comp. Básicas y Oper. 15 3.750

Fortalec. Competencias Decisionales 5 3.400

Capacitadores Nivel Básico 10 4.000

Capacitadores Tecnologías de Gestión 15 6.000

Sub Total 35.950

ENCUENTROS

2º Form. de Form. Básica y Tecnología Gestión 3 días 29.625

2º For. de Form. en Informática 1 día 3.400

Sub Total 33.025

MOVILIDAD

Equipo de Evaluación y Coord. Metodológica 2.500

Coordinación General 22 150 3.300

Sub Total 5.800

SERVICIOS

Alquiler de locales 2 300 600

Correspondencia 22 10 220

Sub Total 820

INSUMOS

Coordinación (Tonher-Tinta) 22 30 660

Sub Total 660

TOTAL GENERAL 76.255$

PRESUPUESTO DE SUBPROGRAMAS DE CAPACITACIÓN

AÑO 2004

CONVENIO C.P.F.P. Y R.E. - U.P.C.N.

Desglose Mensual

OCTUBRE

Costo Costo

Concepto Cantidad Unitario Total

HONORARIOS

Coordinadores Generales 3 2.300

Coordinación Metodológica 3 1.700

Equipo Técnico 2 1.000

Servicio Apoyo Administrativo 5 1.300

Capacitadores en Informática 25 12.500

Fortalec. Competencias Decisionales 3 2.500

Capacitadores Nivel Básico 12 4.800

Capacitadores Tecnologías de Gestión 6 2.400

Sub Total 28.500

MOVILIDAD

Equipo de Evaluación y Coord. Metodológica 2.500

Coordinación General 22 150 3.300

Sub Total 5.800

SERVICIOS

Alquiler de locales 2 300 600

Correspondencia 22 10 220

Sub Total 820

INSUMOS

Coordinación (Tonher-Tinta) 22 30 660

Sub Total 660

TOTAL GENERAL 35.780$

NOVIEMBRE

PRESUPUESTO DE SUBPROGRAMAS DE CAPACITACIÓN

AÑO 2004

CONVENIO C.P.F.P. Y R.E. - U.P.C.N.

Desglose Mensual

Costo Costo

Concepto Cantidad Unitario Total

HONORARIOS

Coordinadores Generales 3 2.300

Coordinación Metodológica 3 1.700

Equipo Técnico 2 1.000

Servicio Apoyo Administrativo 5 1.300

Sub Total 6.300

DISEÑO

Proyecto Educación Formal 7.500

Sub Total 7.500

MOVILIDAD

Coordinación General 22 150 3.300

Sub Total 3.300

SERVICIOS

Correspondencia 22 10 220

Sub Total 220

INSUMOS

Coordinación (Tonher-Tinta) 22 30 660

Sub Total 660

TOTAL GENERAL 17.980$

Desglose Mensual

DICIEMBRE

PRESUPUESTO DE SUBPROGRAMAS DE CAPACITACI ÓN

AÑO 2004

CONVENIO C.P.F.P. Y R.E. - U.P.C.N.

Page 17: 4222 - Río Negro Province

17Viedma, 26 de Julio del 2004 BOLETIN OFICIAL N° 4226

Coordinador Conceptos CostosEL BOLSON El Manso Traslados

ÑorquincoSub Total 150,00$ BARILOCHE Pilcaniyeu Traslados

Sub Total 150,00$ JACOBACCI C. Onelli Comallo Traslados

Colán Conhué Ojo de AguaRío Chico ChoiqueAtraico Lipetrén Grande

Sub Total 150,00$ LOS MENUCOS Los Menucos

Sub Total 150,00$ MAQUINCHAO Aguada de Guerra Traslados

El CaínSub Total 150,00$ SIERRA COLORADA Queupuniyeu Traslados

Sub Total 150,00$ VALCHETA Arroyo Temprao Traslados

S. PailemánA. Cecilio - Ramos Mexía

Sub Total 150,00$ SIERRA GRANDE Arroyo Temprao Traslados

Arroyo VentanaArroyo Los Berros

Sub Total 150,00$ SAN ANTONIO O. San Antonio Oeste

Las GrutasSub Total 150,00$ CATRIEL Peñas Blancas Traslados

Valle VerdeSub Total 150,00$ CINCO SALTOS V. Manzano Sto. Vidal Traslados

Barda del Medio San IsidroC. Cordero

Sub Total 150,00$ CIPOLLETTI Cipolletti

Sub Total 150,00$ ALLEN Fdez. oro Traslados

Sub Total 150,00$ GRAL. ROCA Gral. Roca Traslados

StefenelliGuerrico

Sub Total 150,00$ ING. HUERGO Ing. Huergo Traslados

MainquéCervantes

Sub Total 150,00$ VILLA REGINA Chichinales Traslados

GodoySub Total 150,00$ CHIMPAY Chimpay

Sub Total 150,00$ CHOELE CHOEL Chelforó Traslados

DarwinSub Total 150,00$ LUIS BELTRAN Luis Beltrán

Sub Total 150,00$ LAMARQUE Pomona Traslados

Sub Total 150,00$ GRAL. CONESA Gral. Conesa Traslados

Sub Total 150,00$ RIO COLORADO Río Colorado Traslados

Sub Total 150,00$ TOTAL 3.300,00$

Zona de Influencia

PRESUPUESTO MENSUAL RUBRO MOVILIDADCoordinación General

Zona Conceptos CostosANDINA Bariloche Traslados

El Bolsón ComidasPilcaniyeu AlojamientoÑorquincó

Sub Total 1.000,00$ LINEA SUR Comallo Traslados

Jacobacci ComidasMaquinchao AlojamientoLos MenucosSierra ColoradaRamos MexíaValcheta

Sub Total 1.000,00$ ALTO VALLE ESTE Huergo TrasladosVALLE MEDIO Regina Comidas

ChichinalesChimpayChoele ChoelL. BeltránLamarque

Sub Total 500,00$ TOTALES 2.500,00$

RUBRO MOVILIDAD EQUIPO DE EVALUAC. Y COORD. METODOLÓGICA PROVINCIALLocalidades

PRESUPUESTO MENSUAL

Concepto Cantidad TotalLIBRERIA 22 SedesLomos BiblioratoBiblioratosPapel AficheResma Blanca A4FibronesFibrones PizarraCarpetasBoligomasCinta EmbalarCintexBiromesLápiz negroGomas de borrarSacapuntasCorrectorPapel Carbónico

TOTAL 2.000,00$

PRESUPUESTO MENSUALRUBRO INSUMOS

Concepto Cantidad TotalLIBRERIA 22 SedesLomos BiblioratoBiblioratosPapel AficheResma Blanca A4FibronesFibrones PizarraCarpetasBiromes

TOTAL 1.500,00$

RUBRO INSUMOS

—————

—————

Concepto Cantidad TotalINSUMOS 22 SedesTonher y Recarga

de cartuchosTOTAL 660,00$

RUBRO INSUMOS

Concepto Cantidad TotalALQUILERAlquiler de Locales 2

TOTAL 600,00$

RUBRO SERVICIOS

—————

—————

Concepto Cantidad TotalCORRESPONDENCIAEnvío de correspondencia 22 sedes

TOTAL 220,00$

RUBRO SERVICIOS

Concepto Cantidad TotalDISEÑO DE PROYECTOHonorarios 5.000,00$ Librería 50,00$ Movilidad 1.100,00$ Insumos PC 240,00$ Impresión de materiales 1.100,00$

TOTAL 7.500,00$

RUBRO DISEÑO

Page 18: 4222 - Río Negro Province

18Viedma, 26 de Julio del 2004BOLETIN OFICIAL N° 4226

Concepto Cantidad TotalTRASLADOS

Sub Total 1.750,00$ LIBRERIA

Sub Total 50,00$ COMIDAS

Sub Total 1.320,00$ ALOJAMIENTO

Sub Total 1.100,00$ REFRIGERIO

Sub Total 100,00$ TOTAL 4.320,00$

REFERENTES DE CAPACITACIÓN (2 Días)

1º ENCUENTRO PROVINCIAL

Concepto Cantidad TotalTRASLADOS

Sub Total 8.200,00$ LIBRERIA

Sub Total 300,00$ COMIDAS

Sub Total 11.450,00$ ALOJAMIENTO

Sub Total 9.375,00$ REFRIGERIO

Sub Total 300,00$ TOTAL 29.625,00$

2º ENCUENTRO FORMACIÓN DE FORMADORESNIVEL BASICA Y TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN (3 Días)

Concepto Cantidad TotalTRASLADOS

Sub Total 1.750,00$ LIBRERIA

Sub Total 50,00$ COMIDAS

Sub Total 750,00$ ALOJAMIENTO

Sub Total 550,00$ REFRIGERIO

Sub Total 100,00$ TOTAL 3.200,00$

2º ENCUENTRO PROVINCIALREFERENTES DE CAPACITACIÓN (1 Día)

Concepto Cantidad TotalTRASLADOS

Sub Total 8.200,00$ LIBRERIA

Sub Total 300,00$ COMIDAS

Sub Total 18.750,00$ ALOJAMIENTO

Sub Total 15.625,00$ REFRIGERIO

Sub Total 500,00$ TOTAL 43.375,00$

NIVEL BASICA Y TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN (5 Días)1º ENCUENTRO FORMACIÓN DE FORMADORES

—————

—————

—————

Concepto Cantidad TotalTRASLADOS

Sub Total 1.500,00$ LIBRERIA

Sub Total 200,00$ COMIDAS

Sub Total 1.500,00$ ALOJAMIENTO

Sub Total 1.250,00$ REFRIGERIO

Sub Total 200,00$ TOTAL 4.650,00$

EN INFORMÁTICA (2 Días)1º ENCUENTRO FORMACIÓN DE FORMADORES

Concepto Cantidad TotalTRASLADOS

Sub Total 1.500,00$ LIBRERIA

Sub Total 150,00$ COMIDAS

Sub Total 900,00$ ALOJAMIENTO

Sub Total 750,00$ REFRIGERIO

Sub Total 100,00$ TOTAL 3.400,00$

2º ENCUENTRO FORMACIÓN DE FORMADORESEN INFORMÁTICA (1 Día)

Concepto Cantidad TotalLIBRERÍA

Sub Total 150,00$ COMIDAS

Sub Total 250,00$ REFRIGERIO

Sub Total 100,00$ TOTAL 500,00$

Y OPERATIVAS (1 Día)DESARROLLO Y COMPETENCIAS BASICAS

ENCUENTRO PROVINCIAL DE CAPACITADORES

—————

—————

Page 19: 4222 - Río Negro Province

19Viedma, 26 de Julio del 2004 BOLETIN OFICIAL N° 4226

Page 20: 4222 - Río Negro Province

20Viedma, 26 de Julio del 2004BOLETIN OFICIAL N° 4226

Page 21: 4222 - Río Negro Province

21Viedma, 26 de Julio del 2004 BOLETIN OFICIAL N° 4226

Page 22: 4222 - Río Negro Province

22Viedma, 26 de Julio del 2004BOLETIN OFICIAL N° 4226

DECRETO Nº 709Viedma, 07 de julio del 2004.-

Visto, la Ley N° 3079, el Decreto ReglamentarioNº 676/99, y;

CONSIDERANDO:Que la Ley citada en el Visto crea la Comisión

Especial para la Inscripción de Bienes Inmuebles delEstado Provincial en su Artículo 4°;

Que para el funcionamiento de la misma esnecesario designar a sus integrantes conforme lodispuesto por el Artículo 5° del Decreto N° 676/99;

Que el presente se dicta en uso de las facultadesconferidas por el Artículo 181° Inc. 5) de laConstitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroDECRETA:

Artículo 1°.- La Comisión Especial creadamediante el Artículo 4° de la Ley Nº 3079 y el Artículo5° del Decreto N° 676/99, estará integrada por lostitulares de los Ministerios y Organismos que laconforman o, en caso de vacancia o ausenciatemporaria de cualquiera de éstos, por sus sustitutos,conforme las normas reglamentarias pertinentes.

Art. 2°.- La Comisión comenzará a entender enlas actuaciones que se le remitan, a partir de la fechadel presente.

Art. 3°.- La Comisión será presidida por elrepresentante del Ministerio de Coordinación, en elque funcionará la Secretaría Administrativa.

Art. 4°.- El presente decreto será refrendado porlos Señores Ministros integrantes del Gabinete Pro-vincial.

Art. 5°.- Registrar, comunicar, publicar, tomarrazón, dar al Boletín Oficial y archivar.-

SAIZ.- P. I. Lázzeri.- C. A. Barbeito.- P. F. Verani.-J. M. Accatino - F. J. A. Buzzo Rozes.- O. E. Idoeta.

—oOo—

DECRETO Nº 711Viedma, 12 de julio del 2004.-

Visto, el Expediente N° 5279-T-98, del registrodel Ministerio de Gobierno, recaratulado N° 5521-DT-00, del registro de la ex Secretaría de Estado deProducción y;

CONSIDERANDO:Que por Resolución N° 1344 de fecha 31/08/98,

del Ministerio de Gobierno, se crea una comisióndestinada a merituar y establecer los criterios devaluación de las tierras fiscales de la Provincia, paraser utilizadas por la Dirección de Tierras para la ventay arrendamiento de las mismas;

Que por Decreto N° 1358 de fecha 26/10/99, secrea una comisión destinada a redefinir los criteriosen la tasación de las tierras fiscales cuyo arrendamientoy/o venta se encuentre en el estadio del trámite admi-nistrativo correspondiente a "cuenta cancelada" o"entrega del 10% del precio y fijación de un plan depagos", resolviendo el precio de la tierra en dichosexpedientes;

Que esa comisión propondría al Poder Ejecutivolos criterios de valuación de las tierras fiscales de laProvincia, para ser utilizadas por la Dirección deTierras para la venta y arrendamiento de las mismas;

Que por Decreto N° 382 de fecha 04/04/00, semodificó el Artículo 2º del Decreto N° 1358/99,quedando conformada la comisión premencionada porla Secretaría de Estado de Políticas Públicas, laSubsecretaría de Desarrollo Económico y la Direcciónde Tierras y Colonización, dependiente de la Secretaríade Estado de Producción;

Que ante el cambio de pertenencia del Organismoresponsable de la administración de las tierras fiscalesprovinciales producido por la Ley Nº 3779, es oportunomodificar la integración de la mencionada comisión;

Que por lo tanto, resulta conveniente conformaruna nueva comisión manteniendo las mismasfacultades y atribuciones e integrada por un (1)

representante del Ministerio de Producción,Coordinación, Gobierno y Hacienda, Obras y ServiciosPúblicos, a fin de que proponga al Poder Ejecutivolos parámetros a tener en cuenta para la fijación delprecio de arrendamiento y venta de las tierras fiscalesprovinciales;

Que habiéndose agotado el plazo otorgado a lacomisión, establecido por el Artículo 3° del DecretoN° 1358/99, para expedirse acerca de su cometido,corresponde otorgar un nuevo plazo a la nuevacomisión;

Que han intervenido la Asesoría Legal delMinisterio de Producción mediante Dictamen N° 184/04 y la Fiscalía de Estado mediante Vista Nº 90421de fecha 13 de mayo de 2.004 y N° 91193 del 14 deJunio de 2004;

Que el presente se dicta en uso de las facultadesprevistas en el Artículo 181º, inciso 1) de laConstitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroDECRETA:

Artículo 1°.- Derógase el Decreto N° 382 de fecha04 de Abril de 2.000, por los motivos expuestos enlos considerandos del presente.

Art. 2°.- Modifícase el Artículo 2° del Decreto N°1358 de fecha 26 de Octubre de 1.999, el que quedaráredactado de la siguiente forma:

"ARTICULO 2°.- La comisión creada por elArtículo anterior estará integrada por un (1)representante de cada uno de los siguientesMinisterios: Ministerio de Producción, Ministerio deCoordinación, Ministerio de Gobierno y Ministeriode Hacienda, Obras y Servicios Públicos."

Art. 3°.- La comisión contará con un plazo dequince (15) días para expedirse acerca de su cometido.

Art. 4°.- El presente decreto será refrendado por elSeñor Ministro de Producción.

Art. 5°.- Regístrese, comuníquese, publíquese,tómese razón, dése al Boletín Oficial, archívese.-

SAIZ.- J. M. Accatino -

—oOo—

DECRETO Nº 725Viedma, 12 de julio del 2004.-

Visto, el Expediente N° 029722-SP-03, del registrode la ex Secretaría de Estado de Acción Social del ex- Ministerio de Salud y Desarrollo Social; y

CONSIDERANDO:Que por Decreto N° 915 de fecha 13 de Agosto de

2003, se aprobó el Convenio celebrado entre la ex -Secretaría de Estado de Acción Social del ex -Ministerio de Salud y Desarrollo Social y la ParroquiaNuestra Señora de Lourdes de la localidad de SierraGrande, representada por su Párroco MicheleCAGNETTA;

Que se designó a un nuevo Párroco, según DecretoN° 01/04 del Obispado de Viedma, obrante a fs 75,designando al Presbítero Pablo Gustavo RojasHermosa;

Que existe pendiente de pago un aporte noreintegrable, por la suma de PESOS SEIS MIL ($6.000,00) correspondiente a la 2do y 3er cuota dePESOS TRES MIL ($ 3.000,00) cada una, destinadoal gasto de funcionamiento de la mencionadaParroquia;

Que debido a ello se hace necesario rectificar elArtículo 3° del Decreto citado en el primerConsiderando;

Que han tomado intervención los Organismos deControl, Asesoría Legal y la Fiscalía de Estadomediante Vista N° 91388;

Que el presente se dicta en uso de las facultadesprevistas en el Artículo 181 Inciso 1 de la ConstituciónProvincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroDECRETA:

Artículo 1°.- Rectifíquese el Artículo 3° del DecretoN° 915 de fecha 13 de Agosto de 2003, el cual quedaráredactado de la siguiente manera: "ARTICULO 3°.- Elimporte acordado con la Institución deberá ser girado ala orden del Párroco Pablo Gustavo ROJAS HERMOSA(CUIL N° 20-93258734-4), siendo el único responsablede la administración y oportuna rendición de cuentasconforme a lo establecido en el Decreto N° 194/76 ymodificatorias".

Art. 2°.- El presente Decreto será refrendado porel Señor Ministro de la Familia.

Art. 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese,tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.

SAIZ.- O. E. Idoeta.-—oOo—

DECRETO Nº 728Viedma, 12 de julio del 2004.-

Visto, el expediente N° 120.078-R-2.004 delregistro de la Dirección General de Rentas; y

CONSIDERANDO:Que por el mismo se tramita la aprobación de los

contratos de Locación de Servicios en relación deDependencia, por excepción al Artículo 5° de la Ley N°3238, entre la Dirección General de Rentas y los agentesque figuran en la Planilla Anexa al presente Decreto;

Que los mencionados agentes realizarán las tareasque le asignen acorde a su profesión y relacionadascon la aplicación de medidas a cumplir en el corto,mediano y largo plazo, que permitan ingresostributarios y genuinos para el desarrollo de nuestraProvincia, en la Dirección de Fiscalización Externa,dependiente de la Dirección General de Rentas;

Que el Consejo Provincial de la Función Pública yReconversión del Estado, como autoridad deaplicación para establecer excepciones para lacontratación del personal en el ámbito del PoderEjecutivo, se ha expedido favorablemente por mediodel Punto 22, del Acta N° 06/2.004, obrante a fs. 72/73 y autorización a Fs. 74, de conformidad al DecretoN° 1.774/98;

Que previo al inicio de sus funciones, se le deberárealizar el exámen preocupacional, a través de la JuntaMédica Central y Unica, según lo normado en lasResoluciones N°s. 043/97 y 054/98 de laSuperintendencia de Riesgos de Trabajo;

Que a fs. 80, ha tomado intervención la Fiscalíade Estado mediante Vista N° 90177;

Que el presente se dicta conforme las facultadesconferidas por el Artículo 181, inciso 1 ° de laConstitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroDECRETA:

Artículo 1°.- Aprobar en todos sus términos, concarácter de excepción a lo establecido en el Artículo 5°de la Ley N° 3.238, los contratos de Locación de Serviciosen relación de Dependencia, celebrados entre la DirecciónGeneral de Rentas y los agentes que figuran en la PlanillaAnexa al presente Decreto, con sus respectivas Categoríasy Agrupamientos, a partir del 10 de Mayo de 2.004 yhasta el 31 de Diciembre de 2.004.

Art. 2°.- Procédase a la reserva interna en la:

Ent. Prog. Subprog. Rec. Proy. Activ. Part. Monto48 11 00 10 00 05 121 5.048,8048 11 00 10 00 05 122 1.039,8448 11 00 10 00 05 123 354,7248 11 00 10 00 05 124 620,4848 11 00 10 00 05 125 334,8848 11 00 10 00 05 126 1.120,0048 11 00 10 00 05 127 295,0448 11 00 10 00 05 355 54,5648 11 00 12935 00 05 126 1.425,60

Para las erogaciones resultantes.

Page 23: 4222 - Río Negro Province

23Viedma, 26 de Julio del 2004 BOLETIN OFICIAL N° 4226

Art. 3°.- El presente Decreto será refrendado porel Señor Ministro de Hacienda, Obras y ServiciosPúblicos.

Art. 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese,tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.

SAIZ.- P. F. Verani.-———

PLANILLA ANEXA AL DECRETO N° 728

Apellido y Nombre Categ. Agrup. Tipo DocumentoFranco, Javier Osvaldo 10 Profesional DNI N° 12.697.753Epul, Germán Félix 10 Profesional DNI. N° 24.785.463

En la ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro,a los ......... días del mes de ................ de 2.004, secelebra el presente contrato de Locación de Serviciosen relación de dependencia entre la Dirección Generalde Rentas, representada en este acto por elSubsecretario de Ingresos Públicos, Cr. GracianoBRACALENTE, constituyendo domicilio en 25 deMayo 99 - Viedma- por una parte y por la otra lo hace,el Cr. Javier Osvaldo FRANCO (CUIL. N° 20-12697753/1), con domicilio en San Martín N° 325,3° P.B. - Cipolletti (Provincia de Río Negro), sujeto alas siguientes cláusulas.-

-PRIMERA: OBJETO Y FUNCIONESEl contratado prestará sus servicios Profesionales

en la Dirección de Fiscalización Externa, dependientede la Dirección General de Rentas.-

-SEGUNDA: REMUNERACIONEl contratado percibirá una remuneración

equivalente a la Categoría 10 - AgrupamientoProfesional -Ley N° 1.844- de la AdministraciónPública Provincial (más los adicionales en conceptode Título, Zona desfavorable, asignaciones personalesdel contratado que correspondan y aguinaldo), previacertificación de los servicios prestados, emanada porel Departamento de Personal de la Dirección Generalde Rentas. Recibirá los incrementos acorde con elreajuste de salarios que por aplicación de índices fijoso porcentuales se otorguen en forma general al per-sonal de la Categoría de revista 10 de laAdministración Pública Provincial, cuya remuneraciónmensual será la Suma de PESOS SEISCIENTOSCUARENTA Y TRES CON VEINTE CENTAVOS ($643,20). Asimismo el contratado será incluido en elRégimen de Seguridad Social de la Provincia(I.PRO.S.S.), aceptando los descuentos establecidospor la Ley N° 2.432 y modificatorias.-

-TERCERA: LICENCIASEl contratado gozará de las licencias previstas en

los incisos a), b), c), d) y e) del Artículo N° 27, CapítuloIV y Capítulo IX, Artículo 92 del Anexo I del EstatutoGeneral y Básico para el personal de la AdministraciónPública de la Provincia de Río Negro, aprobado por laLey N° 3.487.-

El contratado tendrá derecho a las licenciasprevistas en los inciso a), b), c), d) y e) del ArtículoN° 42, limitándose la del inciso f) a 10 (diez) díascorridos.-

-CUARTA: DISCIPLINAEl contratado estará sujeto al régimen disciplinario

establecido en el Capítulo VI del Estatuto General yBásico de la Administración Pública Provincial,aprobado por Ley N° 3487 y Decreto N° 1.405/01,que reglamenta el Capítulo VI del Anexo I de la LeyN° 3487.-

-QUINTA: ESTABILIDAD, DEBERES YPROHIBICIONES

El contratado carece del derecho a la estabilidad yqueda sujeto a los deberes y prohibiciones establecidosen el Estatuto General y Básico de la AdministraciónPública Provincial, aprobado por Ley N° 3487, en todocuanto se le aplique y según la reglamentación al efecto.-

-SEXTA: DURACION DEL CONTRATOEl presente contrato tendrá vigencia a partir del

10 de mayo de 2.004 y hasta el 31 de Diciembre de2.004.-

Podrá ser renovado por decisión del Señor Direc-tor General de Rentas y conforme a las prórrogas quedicte el Poder Ejecutivo.-

Las partes podrán rescindir el presente contratounilateralmente, sin derecho a indemnización alguna,siempre que comuniquen a la otra partefehacientemente su determinación, con unaanticipación mínima de quince días hábiles.-

-SEPTIMA: JURISDICCION Y COMPETENCIAPara cualquier diferencia que pudiera suscitarse,

las partes se someten voluntariamente a la Jurisdicciónde los Tribunales competentes ordinarios, con asientoen Viedma, para dirimir sus eventuales controversias.-

Por estar de perfecto acuerdo las partes firman tresejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

———

En la ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro,a los ........ días del mes de ........ de 2.004, se celebrael presente contrato de Locación de Servicios enrelación de dependencia entre la Dirección Generalde Rentas, representada en este acto por elSubsecretario de Ingresos Públicos, Cr. GracianoBRACALENTE, constituyendo domicilio en 25 deMayo 99 - Viedma- por una parte y por la otra lo hace,el Cr. Germán Félix EPUL (CUIL. N° 20-24785463/1), con domicilio en Avenida General Roca 905- Piso8° Dpto. C - Cinco Saltos (Provincia de Río Negro),sujeto a las siguientes cláusulas.-

-PRIMERA: OBJETO Y FUNCIONESEl contratado prestará sus servicios Profesionales

en la Dirección de Fiscalización Externa, dependientede la Dirección General de Rentas.-

-SEGUNDA: REMUNERACIONEl contratado percibirá una remuneración

equivalente a la Categoría 10 - AgrupamientoProfesional -Ley N° 1.844 -de la AdministraciónPública Provincial (más los adicionales en conceptode Título, Zona desfavorable, asignaciones personalesdel contratado que correspondan y aguinaldo), previacertificación de los servicios prestados, emanada porel Departamento de Personal de la Dirección Generalde Rentas. Recibirá los incrementos acorde con elreajuste de salarios que por aplicación de índices fijoso porcentuales se otorguen en forma general al per-sonal de la Categoría de revista 10 de laAdministración Pública Provincial, cuya remuneraciónmensual será la Suma de PESOS SEISCIENTOSCUARENTA Y TRES CON VEINTE CENTAVOS ($643.20). Asimismo el contratado será incluido en elRégimen de Seguridad Social de la Provincia(I.PRO.S.S.), aceptando los descuentos establecidospor la Ley N° 2.432 y modificatorias.-

-TERCERA: LICENCIASEl contratado gozará de las licencias previstas en

los incisos a), b), c), d) y e) del Artículo N° 27, CapítuloIV y Capítulo IX, Artículo 92 del Anexo I del EstatutoGeneral y Básico para el personal de la AdministraciónPública de la Provincia de Río Negro, aprobado por laLey N° 3.487.-

El contratado tendrá derecho a las licenciasprevistas en los incisos a), b), c), d) y e) del ArtículoN° 42. limitándose la del inciso f) a 10 (diez) díascorridos-

-CUARTA: DISCIPLINAEl contratado estará sujeto al régimen disciplinario

establecido en el Capítulo VI del Estatuto General yBásico de la Administración Pública Provincial,aprobado por Ley N° 3487 y Decreto N° 1.405/01,que reglamenta el Capítulo VI del Anexo I de la LeyN° 3487.-

-QUINTA: ESTABILIDAD, DEBERES YPROHIBICIONES

El contratado carece del derecho a la estabilidad yqueda sujeto a los deberes y prohibiciones establecidosen el Estatuto General y Básico de la AdministraciónPública Provincial, aprobado por Ley N° 3487 en todocuanto se le aplique y según la reglamentación alefecto.-

-SEXTA: DURACION DEL CONTRATOEl presente contrato tendrá vigencia a partir del

10 de mayo de 2.004 y hasta el 31 de Diciembre de2.004.-

Podrá ser renovado por decisión del Señor Direc-tor General de Rentas y conforme a las prórrogas quedicte el Poder Ejecutivo.-

Las partes podrán rescindir el presente contratounilateralmente, sin derecho a indemnización alguna,siempre que comuniquen a la otra partefehacientemente su determinación, con unaanticipación mínima de quince días hábiles.-

-SEPTIMA: JURISDICCION Y COMPETENCIAPara cualquier diferencia que pudiera suscitarse,

las partes se someten voluntariamente a la Jurisdicciónde los Tribunales competentes ordinarios, con asientoen Viedma, para dirimir sus eventuales controver-sias.-

Por estar de perfecto acuerdo las partes firman tresejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.-

—oOo—

DECRETO Nº 729Viedma, 12 de julio del 2004.-

Visto, el expediente N° 33512-G-03 del registrodel Ministerio de Gobierno; y

CONSIDERANDO:Que por el mismo se tramita el Contrato de

Locación de Servicios mediante excepción al Artículo5° de la Ley N° 3238 - del señor José María ANDREUD.N.I. N° 30.842.808, CUIL N° 20-30842808-8, paradesempeñarse como administrativo en la Secretaríade Trabajo - Jurisdicción 17 Programa 24.00.00.01-dependiente del Ministerio de Gobierno;

Que las tareas a realizar por el mencionado agenteno se superponen ni están en colisión con lasencomendadas a personal estable de la AdministraciónPública Provincial;

Que la contratación del señor José María ANDREUfue autorizada por excepción por el Consejo Provin-cial de la Función Pública y Reconversión del Esta-do;

Que el presente trámite se encuadra en los términosde la Ley N° 3487, Anexo I, Capítulo IX, Estatuto delEmpleado Público Provincial y la Resolución N° 90/97 del Consejo Provincial de la Función Pública yReconversión del Estado;

Que ha tomado intervención la Fiscalía de Estadomediante Vista N° 90799;

Que el presente Decreto se dicta en uso de lasfacultades previstas en el Artículo 181° inciso 3) de laConstitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroDECRETA:

Artículo 1°.- Aprobar en todos sus términos elContrato de Locaciónde Servicios celebrado entre elMinisterio de Gobierno y el señor José MaríaANDREU, D.N.I. N° 30.842.808, CUIL N° 20-30842808-8, a partir de la fecha del presenteDecreto y hasta el 31 de diciembre de 2004 paracumplir servicios como administrativo en la Secre-taría de Trabajo - dependiente del Ministerio deGobierno.

Art. 2°.- Establecer una remuneración mensualpara la prestación de los servicios equivalente a lacategoría 01 del Agrupamiento Administrativo -LeyN° 1844.

Art. 3° .- Proceder a la reserva interna en laJurisdicción 17 - Programa 24.00.00.01, Partidas 121($ 689,04), 122 ($ 471,02), 123 ($ 243,38), 124($125,67), 125 ($62,84), 126 ($3.110,00) y 127 ($100,20) para atender las erogaciones resultantes.

Art. 4° .- El presente Decreto será refrendado porel señor Ministro de Gobierno.-

Art. 5° .- Regístrese, comuníquese, publíquese,tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.

SAIZ.- P. I. Lázzeri.-

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24Viedma, 26 de Julio del 2004BOLETIN OFICIAL N° 4226

En la ciudad de Viedma, entre el Ministerio deGobierno, representado en este acto por su titular, Sr.Pedro Iván LAZZERI D.N.I. N° 14.853.721, condomicilio legal en calle Laprida 212 de la ciudad deViedma, por una parte, en adelante EL ORGANISMOy el señor José María ANDREU D.N.I. N° 30.842.808,CUIL N° 20-30842808-8, con domicilio en la EscaleraN° 11 Piso 1 ° Depto. "D" del B° Guido de esta ciudad,por la otra, en adelante EL CONTRATADO, seconviene en celebrar el presente Contrato de Locaciónde Servicios, sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: EL CONTRATADO prestará susservicios bajo relación de dependencia en la Secretaríade Estado de Trabajo - dependiente del Ministerio deGobierno.-

SEGUNDA: El CONTRATADO percibirá comoretribución por sus servicios una remuneraciónmensual equivalente a la categoría 01 delAgrupamiento Administrativo de acuerdo a los montosestablecidos en la Ley de Remuneraciones vigente,con las bonificaciones por: título, antigüedad y salariofamiliar, y las demás que pudieran corresponderle.-

TERCERA: El presente contrato tendrá vigenciaa partir de la fecha de su aprobación por Decreto yhasta el 31 de diciembre de 2004.-

CUARTA: El CONTRATADO percibirá ademáslas asignaciones correspondientes en concepto desueldo anual complementario, subsidio familiar,conforme las prescripciones vigentes, viático y todaotra compensación, inclusive los incrementos desueldo que fueren otorgados en forma general por laAdministración Pública Provincial.-

QUINTA: El CONTRATADO quedarácomprendido dentro del régimen de licencia instituidoen la Ley N° 3487 Capítulo IX y Acta N° 12/2003 delConsejo Provincial de la Función Pública yReconversión del Estado.-

SEXTA: La retribución de El CONTRATADOestará sujeta a los descuentos jubilatorios y cargassociales establecidas por la Ley N° 2753 del I.PRO.S.S.y sus modificatorias.-

SEPTIMA: El CONTRATADO queda sometido alas disposiciones, órdenes disciplinarias, métodos ynormas de trabajo que establezca El ORGANISMOcomprometiéndose a su fiel cumplimiento. No tendráderecho a la estabilidad, ni a la carrera administrativaque establecen las normas legales en vigencia para losempleados públicos provinciales.-

OCTAVA: Las partes podrán rescindir, sin causaalguna, el presente contrato sin que ello impliquereconocimiento de indemnización alguna entre loscontratantes, dando aviso fehaciente de la rescisióncon treinta (30) días de anticipación.-

NOVENA: Para todos los efectos legales emergentesde este contrato, las partes constituyen domicilio en losut-supra indicados, sometiéndose a la jurisdicción delos tribunales ordinarios de la Provincia de Río Negro,con asiento en la ciudad de Viedma.-

En prueba de conformidad, previa lectura yratificación, se firman los ejemplares de Ley y cadaparte recibe el suyo en este acto.-

—oOo—

DECRETO Nº 730Viedma, 12 de julio del 2004.-

Visto, el Expediente N° 1240-HRH-04, delRegistro del Ministerio de Hacienda, Obras y ServiciosPúblicos, y;

CONSIDERANDO:Que por el mismo se tramita la aprobación del

Contrato de Locación de Servicios en relación dedependencia, por excepción al Art. 5° de la Ley N°3238, celebrado entre el Ministerio de Hacienda, Obrasy Servicios Públicos y el señor Cristian MarceloAlejandro GUTTMANN;

Que el contratado desempeñará tareas correspon-dientes al agrupamiento Mantenimiento y Producciónen la Intendencia de dicho Ministerio, Jurisdicción18 Programa 01 Actividad 02;

Que el Consejo Provincial de la Función Pública yReconversión del Estado, como autoridad deaplicación para administrar excepciones en lascontrataciones de personal en el ámbito del PoderEjecutivo derivado de estrictas razones de ordenfuncional, se expidió favorablemente por PUNTO 05del ACTA N° 08 /2004 obrante a fs. 10;

Que se han constatado la inexistencia de losimpedimentos establecidos en las condicionesgenerales de ingreso a la administración pública pro-vincial y la aptitud psicofísica del postulado, mediantela realización del examen preocupacional exigido porla normativa de riesgos del trabajo;

Que se encuentran cumplimentados los requisitosestablecidos en el Art. 16° de la Ley N ° 3.238 y delAnexo I de su decreto reglamentario N° 1.774/98;

Que ha tomado intervención la Fiscalía de Estadomediante Vista N° 91216;

Que el presente se dicta en uso de las facultadesprevistas en el Art. 181° inc. 3) de la Costitución Pro-vincial.

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroDECRETA:

Artículo 1°.- Apruébase en todos sus términos, elContrato de Locación de Servicios en relación dedependencia celebrado entre el Ministerio de Ha-cienda, Obras y Servicios Públicos y el señor CristianMarcelo Alejandro GUTTMANN (DNI N°22.661.624), por el período 14 de junio de 2004 al 3lde diciembre de 2004 (seis (06) meses y diecisiete(17) días).

Art. 2°.-Procédase a la reserva interna para afrontarlas erogaciones resultantes afectándola a los créditospresupuestarios, de acuerdo al siguiente detalle:

Jur. Prog. Subprog. Proy. Activ. Rec. Part. Monto18 01 00 00 02 10 121 567,0318 01 00 00 02 10 123 218,8718 01 00 00 02 10 124 79,9218 01 00 00 02 10 125 43,2118 01 00 00 02 10 126 1.946,2318 01 00 00 02 12935 126 113,4118 01 00 00 02 10 127 67,4418 01 00 00 02 10 355 11,75

Art. 3°.- El presente decreto será refrendado por elseñor Ministro de Hacienda, Obras y ServiciosPúblicos.

Art. 4°.-Regístrese, comuníquese, publíquese,tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.

SAIZ.- P. F. Verani.-———

CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOSEn la ciudad de Viedma, a los 14 días del mes de

junio del año dos mil cuatro, entre el Ministerio deHacienda, Obras y Servicios Públicos de la Provinciade Río Negro, representado por su titular Cr. PabloFederico VERANI, con domicilio en 25 de Mayo N°99 de la ciudad de VIEDMA en adelante "ELORGANISMO" y el señor Cristian Marcelo AlejandroGUTTMANN, D.N.I. N° 22.661.624, domiciliado enBernal N° 658 VIEDMA, en adelante "ELCONTRATADO", se conviene en celebrar el presenteCONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS ENRELACION DE DEPENDENCIA, sujeto a loestablecido en el Capítulo IX y concordantes del AnexoI Ley N° 3487 y a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: OBJETO y FUNCIONES"EL CONTRATADO" prestará sus servicios en

relación de dependencia con la Intendencia en elámbito del Ministerio de Hacienda, Obras y ServiciosPúblicos, para realizar tareas relacionadas alagrupamiento Mantenimiento y Producción delEscalafón aprobado por Ley N° 1.844 o de apoyosegún lo normado en el mismo ordenamientoestablecido por Ley N° 3.487, en la ciudad de Viedma.

SEGUNDA: REMUNERACION"EL CONTRATADO" percibirá una remuneración

mensual equivalente a la Categoría 01, inicial delAgrupamiento Mantenimiento y Producción de laAdministración Pública Provincial aprobado por LeyN° 1.844, más los adicionales en concepto de título,antigüedad en servicios públicos anteriores, zonadesfavorable, gestión pública y asignaciones familiaresque acredite debidamente, previa certificación de losservicios prestados emitida por el Departamento deAdministración de Personal. Le corresponderán losproporcionales de aguinaldos y los incrementos conel reajuste de salarios que por aplicación de índicesfijos o porcentuales se otorguen en forma general alpersonal de la Categoría de revista 01 de laAdministración Pública Provincial, cuya remuneraciónmensual inicial será la Suma de PESOSCUATROCIENTOS ($. 400,00).

Asimismo el contratado será incluido en elRégimen de Seguridad Social de la Provincia(I.PRO.S.S) aceptando los descuentos establecidos porla Ley N° 2.432 y modificatorias.

TERCERA: LICENCIAS"EL CONTRATADO" gozará de las licencias

previstas en los incisos a), b), c), d) y e) del Artículo27° Capítulo IV del Estatuto General y Básico para elPersonal de la Administración Pública de la Provinciade Río Negro, aprobado por la Ley N° 3.487.-

"EL CONTRATADO" tendrá derecho a laslicencias previstas en los incisos a), b), c), d) y e) delArtículo 42° limitándose la del inciso f) a diez (10)días corridos.

CUARTA: DISCIPLINA"EL CONTRATADO" estará sujeto al régimen

disciplinario establecido en el Capítulo VI del EstatutoGeneral y Básico de la Administración Pública Pro-vincial aprobado por Ley N° 3.487 y Decreto N° 1405/01 que lo reglamenta.

QUINTA: ESTABILIDAD, DEBERES yPROHIBICIONES

"EL CONTRATADO" carece del derecho a laestabilidad y queda sujeto a los deberes y prohibicionesestablecidos en el Estatuto General y Básico de laAdministración Pública Provincial aprobado por LeyN° 3487, en todo cuanto se le aplique y según lareglamentación al respecto.

SEXTA: DURACION DEL CONTRATOEl presente contrato tendrá vigencia a partir del

14 de junio de 2004 hasta el 31 de diciembre de 2004,seis (06) mes y diecisiete (17) días. Podrá ser renovadoa solicitud de la Dirección General de Administraciónde este Ministerio, de conformidad a las pautasgenerales que al respecto se adopten en ámbito delPoder Ejecutivo Provincial.

Las partes podrán rescindir el presente contratounilateralmente, sin derecho a indemnización alguna,siempre que comuniquen a la otra partefehacientemente su determinación, con unaanticipación mínima de quince días hábiles.

SÉPTIMA: JURISDICCION Y COMPETENCIAPara cualquier diferencia que pudiera suscitarse,

las partes se someten voluntariamente a la Jurisdicciónde los Tribunales competentes ordinarios, con asientoen Viedma, para dirimir sus eventuales controver-sias.

De plena conformidad de partes, previa lectura yratificación, se firman los ejemplares de Ley y cadaparte recibe el suyo en este acto.

—oOo—

DECRETO Nº 731Viedma, 12 de julio del 2004.-

Visto, el Expediente N° 1238-HRH-04, delRegistro del Ministerio de Hacienda, Obras y ServiciosPúblicos, y;

CONSIDERANDO:Que por el mismo se tramita la aprobación del

Contrato de Locación de Servicios en relación dedependencia, por excepción al Art. 5° de la Ley N°

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25Viedma, 26 de Julio del 2004 BOLETIN OFICIAL N° 4226

3238, celebrado entre el Ministerio de Hacienda, Obrasy Servicios Públicos y el señor Nelson MarioRAPIMAN;

Que el contratado desempeñará tareas correspon-dientes al agrupamiento Mantenimiento y Producciónen la Intendencia de dicho Ministerio, Jurisdicción18 Programa 01 Actividad 02;

Que el Consejo Provincial de la Función Pública yReconversión del Estado, como autoridad deaplicación para administrar excepciones en lascontrataciones de personal en el ámbito del PoderEjecutivo derivado de estrictas razones de ordenfuncional, se expidió favorablemente por PUNTO 06del ACTA N° 08/2004 obrante a fs. 13;

Que se han constatado la inexistencia de losimpedimentos establecidos en las condicionesgenerales de ingreso a la administración pública pro-vincial y la aptitud psicofísica del postulado, mediantela realización del examen preocupacional exigido porla normativa de riesgos del trabajo;

Que se encuentran cumplimentados los requisi-tos establecidos en el Art. 16° de la Ley N ° 3.238y del Anexo I de su decreto reglamentario N° 1.774/98;

Que ha tomado intervención la Fiscalía de Estadomediante Vista N° 91218;

Que el presente se dicta en uso de las facultadesprevistas en el Art. 181 inc. 3) de la Constitución Pro-vincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroDECRETA:

Artículo 1°.- Apuébase en todos sus términosel Contrato de Locación de Servicios en relación dedependencia celebrado entre el Ministerio de Ha-cienda, Obras y Servicios Públicos y el señor NelsonMario RAPIMAN (DNI N° 25.519.091), por el período14 de junio de 2004 al 31 de diciembre de 2004 (seis(06) meses y diecisiete (17) días).

Art. 2°.-Procédase a la reserva interna paraafrontar las erogaciones resultantes afectándola a loscréditos presupuestarios, de acuerdo al siguientedetalle:

Jur. Prog. Subprog. Proy. Activ. Rec. Part. Monto18 01 00 00 02 10 121 567,0318 01 00 00 02 10 123 218,8718 01 00 00 02 10 124 79,9218 01 00 00 02 10 125 43,2118 01 00 00 02 10 126 1.946,2318 01 00 00 02 12935 126 113,4118 01 00 00 02 10 127 67,4418 01 00 00 02 10 355 11,75

Art. 3°.- El presente decreto será refrendado por elseñor Ministro de Hacienda Obras y ServiciosPúblicos.

Art. 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese,tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.

SAIZ.- P. F. Verani.-———

CONTRATO DE LOCACIONDE SERVICIOS

En la ciudad de Viedma, a los 14 días del mes dejunio del año dos mil cuatro entre el Ministerio deHacienda, Obras y Servicios Públicos de la Provinciade Río Negro, representado por su titular Cr. PabloFederico VERANI, con domicilio en 25 de Mayo N°99 de la ciudad de VIEDMA en adelante "ELORGANISMO" y el señor Nelson Mario RAPIMAN,D.N.I. N° 25.519.091, domiciliado en Las Heras N°750 VIEDMA, en adelante "EL CONTRATADO", seconviene en celebrar el presente CONTRATO DELOCACION DE SERVICIOS EN RELACION DEDEPENDENCIA, sujeto a lo establecido en el CapítuloIX y concordantes del Anexo I Ley N° 3487 y a lassiguientes cláusulas:

PRIMERA: OBJETO y FUNCIONES"EL CONTRATADO" prestará sus servicios en

relación de dependencia con la Intendencia en elámbito del Ministerio de Hacienda, Obras y ServiciosPúblicos, para realizar tareas relacionadas alagrupamiento Mantenimiento y Producción delEscalafón aprobado por Ley N° 1.844 o de apoyosegún lo normado en el mismo ordenamientoestablecido por Ley N° 3.487, en la ciudad de Vied-ma.

SEGUNDA: REMUNERACION"EL CONTRATADO" percibirá una remunera-

ción mensual equivalente a la Categoría 01, inicialdel Agrupamiento Mantenimiento y Producción dela Administración Pública Provincial aprobado porLey N° 1.844, más los adicionales en conceptode título, antigüedad en servicios públicos anteriores,zona desfavorable, gestión pública y asignacio-nes familiares que acredite debidamente, pre-via certificación de los servicios prestados emitidapor el Departamento de Administración de Personal.Le corresponderán los proporcionales de aguinal-dos y los incrementos con el reajuste de salariosque por aplicación de índices fijos o porcentualesse otorguen en forma general al personal de laCategoría de revista 01 de la AdministraciónPública Provincial, cuya remuneración mensual inicialserá la Suma de PESOS CUATROCIENTOS ($.400,00).

Asimismo el contratado será incluido en elRégimen de Seguridad Social de la Provincia(I.PRO.S.S) aceptando los descuentos establecidos porla Ley N° 2.432 y modificatorias.

TERCERA: LICENCIAS"EL CONTRATADO" gozará de las licencias

previstas en los incisos a), b), c), d) y e) del Artículo27° Capítulo IV del Estatuto General y Básico para elPersonal de la Administración Pública de la Provinciade Río Negro, aprobado por la Ley Nº 3.487.-

"EL CONTRATADO" tendrá derecho a laslicencias previstas en los incisos a), b), c), d) y e) delArtículo 42° limitándose la del inciso f) a diez (10)días corridos.

CUARTA: DISCIPLINA"EL CONTRATADO" estará sujeto al régimen

disciplinario establecido en el Capítulo VI del EstatutoGeneral y Básico de la Administración Pública Pro-vincial aprobado por Ley N° 3.487 y Decreto N° 1405/01 que lo reglamenta.

QUINTA: ESTABILIDAD, DEBERES yPROHIBICIONES

"EL CONTRATADO" carece del derecho a laestabilidad y queda sujeto a los deberes y prohibicionesestablecidos en el Estatuto General y Básico de laAdministración Pública Provincial aprobado por LeyN° 3487, en todo cuanto se le aplique y según lareglamentación al respecto.

SEXTA: DURACION DEL CONTRATOEl presente contrato tendrá vigencia a partir del

14 de junio de 2004 hasta el 31 de diciembre de 2004,seis (06) mes y diecisiete (17) días. Podrá ser renovadoa solicitud de la Dirección General de Administraciónde este Ministerio, de conformidad a las pautasgenerales que al respecto se adopten en ámbito delPoder Ejecutivo Provincial.

Las partes podrán rescindir el presente contratounilateralmente, sin derecho a indemnización alguna,siempre que comuniquen a la otra partefehacientemente su determinación, con unaanticipación mínima de quince días hábiles.

SÉPTIMA: JURISDICCION Y COMPETENCIAPara cualquier diferencia que pudiera suscitarse,

las partes se someten voluntariamente a la Jurisdicciónde los Tribunales competentes ordinarios, con asientoen Viedma, para dirimir sus eventuales controver-sias.

De plena conformidad de partes, previa lectura yratificación, se firman los ejemplares de Ley y cadaparte recibe el suyo en este acto.

DECRETO Nº 732Viedma, 12 de julio del 2004.-

Visto, el Expediente N° 1237-HRH-04, delRegistro del Ministerio de Hacienda, Obras y ServiciosPúblicos, y;

CONSIDERANDO:Que por el mismo se tramita la aprobación del

Contrato de Locación de Servicios en relación dedependencia, por excepción al Art. 5° de la Ley N°3238, celebrado entre el Ministerio de Hacienda, Obrasy Servicios Públicos y el señor Ubaldo Rodrigo SILVAVIDAL;

Que el contratado desempeñará tareas correspon-dientes al agrupamienta Servicios Generales en laIntendencia de dicho Ministerio, Jurisdicción 18Programa 01 Actividad 02;

Que el Consejo Provincial de la Función Pública yReconversión del Estado, como autoridad deaplicación para administrar excepciones en lascontrataciones de personal en el ámbito del PoderEjecutivo derivado de estrictas razones de ordenfuncional, se expidió favorablemente por PUNTO 08del ACTA N° 08/2004 obrante a fs. 11;

Que se han constatado la inexistencia de losimpedimentos establecidos en las condicionesgenerales de ingreso a la administración pública pro-vincial y la aptitud psicofísica del postulado, mediantela realización del examen preocupacional exigido porla normativa de riesgos del trabajo;

Que se encuentran cumplimentados los requisitosestablecidos en el Art. 16° de la Ley N ° 3.238 y delAnexo I de su decreto reglamentario N° 1.774/98;

Que ha tomado intervención la Fiscalía de Estadomediante Vista N° 91220;

Que el presente se dicta en uso de las facultadesprevistas en el Art. 181° inc. 3) de la ConstituciónProvincial

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroDECRETA:

Artículo 1°.- Apruébase en todos sus términos, elContrato de Locación de Servicios en relación dedependencia celebrado entre el Ministerio de Ha-cienda, Obras y Servicios Públicos y el señor UbaldoRodrigo SILVA VIDAL (DNI N° 27.638.941), por elperíodo 14 de junio de 2004 al 31 de diciembre de2004 (seis (06) meses y diecisiete (17) días).

Art. 2°.-Procédase a la reserva interna para afrontarlas erogaciones resultantes afectándola a los créditospresupuestarios, de acuerdo al siguiente detalle:

Jur. Prog. Subprog. Proy. Activ. Rec. Part. Monto18 01 00 00 02 10 121 567,70318 01 00 00 02 10 123 218,78718 01 00 00 02 10 124 79,79218 01 00 00 02 10 125 43,72118 01 00 00 02 10 126 1.946,72318 01 00 00 02 12935 126 113,74118 01 00 00 02 10 127 67,74418 01 00 00 02 10 355 11,75

Art. 3°.- El presente decreto será refrendado por elseñor Ministro de Hacienda, Obras y ServiciosPúblicos.

Art. 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese,tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.

SAIZ.- P. F. Verani.-———

CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOSEn la ciudad de Viedma, a los 14 días del mes de

junio del año dos mil cuatro, entre el Ministerio deHacienda, Obras y Servicios Públicos de la Provinciade Río Negro, representado por su titular Cr. PabloFederico VERANI, con domicilio en 25 de Mayo N°99 de la ciudad de VIEDMA en adelante "ELORGANISMO" y el señor Ubaldo Rodrigo SILVAVIDAL, D.N.I. N° 27.638.941, domiciliado en Ba-

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26Viedma, 26 de Julio del 2004BOLETIN OFICIAL N° 4226

rrio América escalera N° 2 P.B. Dpto. "A" VIEDMA,en adelante "EL CONTRATADO", se conviene encelebrar el presente CONTRATO DE LOCACION DESERVICIOS EN RELACION DE DEPENDENCIA,sujeto a lo establecido en el Capítulo IX y concordantesdel Anexo I Ley N° 3487 y a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: OBJETO y FUNCIONES"EL CONTRATADO" prestará sus servicios en

relación de dependencia con la Intendencia en elámbito del Ministerio de Hacienda, Obras y ServiciosPúblicos, para realizar tareas relacionadas alagrupamiento Servicios Generales del Escalafónaprobado por Ley N° 1.844 o de apoyo según lonormado en el mismo ordenamiento establecido porLey N° 3.487, en la ciudad de Viedma.

SEGUNDA: REMUNERACION"EL CONTRATADO" percibirá una remuneración

mensual equivalente a la Categoría 01, inicial delAgrupamiento Servicios Generales de laAdministración Pública Provincial aprobado por LeyN° 1.844, más los adicionales en concepto de título,antigüedad en servicios públicos anteriores, zonadesfavorable, gestión pública y asignaciones familiaresque acredite debidamente, previa certificación de losservicios prestados emitida por el Departamento deAdministración de Personal. Le corresponderán losproporcionales de aguinaldos y los incrementos conel reajuste de salarios que por aplicación de índicesfijos o porcentuales se otorguen en forma general alpersonal de la Categoría de revista 01 de laAdministración Pública Provincial, cuya remuneraciónmensual inicial será la Suma de PESOSCUATROCIENTOS ($. 400,00).

Asimismo el contratado será incluido en elRégimen de Seguridad Social de la Provincia(I.PRO.S.S) aceptando los descuentos establecidos porla Ley N° 2.432 y modificatorias.

TERCERA: LICENCIAS"EL CONTRATADO" gozará de las licencias

previstas en los incisos a), b), c), d) y e) del Artículo27° Capítulo IV del Estatuto General y Básico para elPersonal de la Administración Pública de la Provinciade Río Negro, aprobado por la Ley Nº 3.487.-

"EL CONTRATADO" tendrá derecho a laslicencias previstas en los incisos a), b), c) d) y e) delArtículo 42° limitándose la del inciso f) a diez (10)días corridos.

CUARTA: DISCIPLINA"EL CONTRATADO" estará sujeto al régimen

disciplinario establecido en el Capítulo VI del EstatutoGeneral y Básico de la Administración Pública Pro-vincial aprobado por Ley N° 3.487 y Decreto N° 1405/01 que lo reglamenta.

QUINTA: ESTABILIDAD, DEBERES yPROHIBICIONES

"EL CONTRATADO" carece del derecho a laestabilidad y queda sujeto a los deberes y prohibicionesestablecidos en el Estatuto General y Básico de laAdministración Pública Provincial aprobado por LeyN° 3487, en todo cuanto se le aplique y según lareglamentación al respecto.

SEXTA: DURACION DEL CONTRATOEl presente contrato tendrá vigencia a partir del

14 de junio de 2004 hasta el 31 de diciembre de 2004,seis (06) mes y diecisiete (17) días. Podrá ser renovadoa solicitud de la Dirección General de Administraciónde este Ministerio, de conformidad a las pautasgenerales que al respecto se adopten en ámbito delPoder Ejecutivo Provincial.

Las partes podrán rescindir el presente contratounilateralmente, sin derecho a indemnización alguna,siempre que comuniquen a la otra partefehacientemente su determinación, con unaanticipación mínima de quince días hábiles.

SÉPTIMA: JURISDICCION Y COMPETENCIAPara cualquier diferencia que pudiera suscitarse,

las partes se someten voluntariamente a la Jurisdicciónde los Tribunales competentes ordinarios, con asientoen Viedma, para dirimir sus eventuales controversias.

De plena conformidad de partes, previa lectura yratificación, se firman los ejemplares de Ley y cadaparte recibe el suyo en este acto.

—oOo—

DECRETO Nº 733Viedma, 12 de julio del 2004.-

Visto, el expediente N° 19.400-SSIP-2.004 delregistro del Ministerio de Hacienda, Obras y ServiciosPúblicos, y

CONSIDERANDO:Que por el mismo se tramita la aprobación del

contrato de Locación de Servicios en relación deDependencia, por excepción al Artículo 5° de laLey N° 3238, entre el Subsecretario de IngresosPúblicos, Cr. Graciano Alejandro BRACALENTE(DNI. N° 13.275.642), dependiente del Ministeriode Hacienda, Obras y Servicios Públicos y el SeñorJorge Horacio BRAUN (CUIL. N° 20-13779206/1)que se anexa al presente como parte integrante delmismo;

Que el contratado cumplirá sus funciones comoAdministrativo en la Subsecretaría de IngresosPúblicos, dependiente del Ministerio de Hacienda,Obras y Servicios Públicos;

Que el Consejo Provincial de la Función Públi-ca y Reconversión del Estado, como autoridadde aplicación para establecer excepciones parala contratación del personal en el ámbito delPoder Ejecutivo, se ha expedido favorablementepor medio del Acta N° 06/2.004, Punto 23, obrantea fs. 17/18; de conformidad al Decreto N° 1.774/98;

Que, previo al inicio de sus funciones, se le deberárealizar el exámen preocupacional, a través de la JuntaMédica Central y Unica, según lo normado en lasResoluciones N°s. 043/97 y 054/98 de laSuperintendencia de Riesgos de Trabajo;

Que a fs. 27, ha tomado intervención la Fiscalíade Estado mediante Vista N° 90377;

Que el presente se dicta de acuerdo a las facultadesconferidas por el Artículo 181 °, inciso 1 ° de laConstitución Nacional;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroDECRETA:

Artículo 1°.- Aprobar en todos sus términos, concarácter de excepción a lo establecido en el Artículo5° de la Ley N° 3.238, el contrato de Locación deServicios, en relación de Dependencia, celebrado entreel Subsecretario de Ingresos Públicos, Cr. GracianoAlejandro BRACALENTE (DNI. N° 13.275.642),dependiente del Ministerio de Hacienda, Obras yServicios Públicos, y el Señor Jorge Horacio BRAUN(CUIL. N° 20-13779206/1), en la Categoría 03, delAgrupamiento Administrativo, Ley N° 1.844, a partirdel 1° de Junio de 2.004 y hasta el 31 de Diciembrede 2.004.

Art. 2°.- Procédase a la reserva interna en la:

Ent. Prog. Subprog. Rec. Proy. Activ. Part. Monto18 36 00 10 00 01 121 925,3018 36 00 10 00 01 122 118,6918 36 00 10 00 01 123 300,0018 36 00 10 00 01 124 136,6818 36 00 10 00 01 125 73,9218 36 00 10 00 01 126 2.347,2118 36 00 12935 00 01 126 208,7918 36 00 10 00 01 127 100,7618 36 00 10 00 01 355 15,60

Para las erogaciones resultantes.

Art. 3°.- El presente Decreto será refrendado porel Señor Ministro de Hacienda, Obras y ServiciosPúblicos.

Art. 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese,tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.

SAIZ.- P. F. Verani.-

En la ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro,a los 28 días del mes de Mayo de 2.004, se celebra elpresente contrato de Locación de Servicios en relaciónde dependencia entre el Subsecretario de IngresosPúblicos, Cr. Graciano Bracalente (DNI. 13.275.642),constituyendo domicilio en 25 de Mayo 99 - Viedma-por una parte y por la otra lo hace, el Sr. Jorge HoracioBRAUN (CUIL. N° 20-13779206/1), con domicilioen Nicolás TARIFA N° 802 - Allen (Provincia de RíoNegro), sujeto a las siguientes cláusulas.-

-PRIMERA: OBJETO Y FUNCIONESEl contratado prestará sus servicios en la

Subsecretaría de Ingresos Públicos, dependiente delMinisterio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos,a efectos de realizar tareas administrativas.-

-SEGUNDA: REMUNERACIONEl contratado percibirá una remuneración

equivalente a la Categoría 3 - Agrupamiento Admi-nistrativo -Ley N° 1.844- de la Administración PúblicaProvincial (más los adicionales en concepto de Título,Zona desfavorable, asignaciones personales delcontratado que correspondan y aguinaldo), previacertificación de los servicios prestados, por parte deltitular de la Subsecretaría de Ingresos Públicos.Recibirá los incrementos acorde con el reajuste desalarios que por aplicación de índices fijos oporcentuales se otorguen en forma general al personalde la Categoría de revista 3 de la AdministraciónPública Provincial, cuya remuneración mensual serála Suma de PESOS CUATROCIENTOS SESENTAY NUEVE CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($469,66). Asimismo el contratado será incluido en elRégimen de Seguridad Social de la Provincia(I.PRO.S.S.), aceptando los descuentos establecidospor la Ley N° 2.432 y modificatorias.-

-TERCERA: LICENCIASEl contratado gozará de las licencias previstas en

los incisos a), b), c), d) y e) del Artículo N° 27, CapítuloIV y Capítulo IX, Artículo 92 del Anexo I del EstatutoGeneral y Básico para el personal de la AdministraciónPública de la Provincia de Río Negro, aprobado por laLey N° 3.487.-

El contratado tendrá derecho a las licencias previs-tas en los incisos a), b), c), d) y e) del Artículo N° 42,limitándose la del inciso f) a 10 (diez) días corridos.-

-CUARTA: DISCIPLINAEl contratado estará sujeto al régimen disciplinario

establecido en el Capítulo VI del Estatuto General yBásico de la Administración Pública Provincial,aprobado por Ley N° 3487 y Decreto N° 1.405/01,que reglamenta el Capítulo VI del Anexo I de la LeyN° 3487.-

-QUINTA: ESTABILIDAD, DEBERES YPROHIBICIONES

El contratado carece del derecho a la estabilidad yqueda sujeto a los deberes y prohibiciones establecidosen el Estatuto General y Básico de la AdministraciónPública Provincial, aprobado por Ley N° 3487, en todocuanto se le aplique y según la reglamentación alefecto.-

-SEXTA: DURACION DEL CONTRATOEl presente contrato tendrá vigencia a partir del

01 de Junio de 2.004 y hasta el 31 de Diciembre de2.004.-

Podrá ser renovado por decisión del SeñorSubsecretario de Ingresos Públicos y conforme a lasprórrogas que dicte el Poder Ejecutivo.-

Las partes podrán rescindir el presente contratounilateralmente, sin derecho a indemnización alguna,siempre que comuniquen a la otra partefehacientemente su determinación, con unaanticipación mínima de quince días hábiles.-

-SEPTIMA: JURISDICCION Y COMPETENCIAPara cualquier diferencia que pudiera suscitarse,

las partes se someten voluntariamente a la Jurisdicciónde los Tribunales competentes ordinarios, con asientoen Viedma, para dirimir sus eventuales controversias.-

Por estar de perfecto acuerdo las partes firman tresejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

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27Viedma, 26 de Julio del 2004 BOLETIN OFICIAL N° 4226

DECRETO Nº 815Viedma, 15 de julio del 2004.-

Visto, El Expediente Nº 152.500-SECG-2004 delregistro del Ministerio de Coordinación, laConstitución Provincial, las Leyes nacionales Nº19.550 y Nº 20.705 y las Leyes Nº 88, 3.186 y 3.779de la Provincia de Río Negro, y;

CONSIDERANDO:Que las Sociedades del Estado y las Sociedades

Anónimas con Participación Estatal Mayoritaria sonEntes Estatales de Derecho Público que forman parteintegrante del Estado Provincial;

Que de acuerdo a lo establecido en los Artículos2º y 3º de la Ley Nº 3.186 de AdministraciónFinanciera las Sociedades del Estado y las SociedadesAnónimas con participación estatal mayoritariaintegran el Sector Público Provincial;

Que conforme el Capítulo III, Título II, de la LeyNº 3.186, Artículos 39 a 49, estas sociedades seencuentran sometidas a un régimen normativo degestión y de funcionamiento perteneciente al derechopúblico provincial;

Que la Ley N° 3.779 de Ministerios determina lacompetencia específica de cada jurisdicción ministe-rial que establece las facultades de supervisión sobretales sociedades y particularmente regula lacompetencia administrativa de la Secretaría de Estadode Control de Gestión de Empresas Públicas yRelaciones Interprovinciales;

Que la jurisprudencia del Superior Tribunal deJusticia de la Provincia de Río Negro interpretó lanaturaleza y el régimen jurídico de las Sociedades delEstado, y por extensión de las Sociedades Anónimascon participación estatal mayoritaria al considerar quelas mismas “son entes estatales que realizan unaactividad comercial y/o industrial, y que si bien seconstituyen bajo formas de derecho privado, susacciones se encuentran íntegramente en poder delEstado; adoptan la forma de Sociedades Anónimaspero siempre hay un margen de aplicación del derechopúblico aunque con prevalencia del derecho privado”;

Que, en tal sentido, dicho tribunal afirmó que “laadministración de tales sociedades es siempre personade derecho público que realiza operaciones públicas,con fines públicos y dentro de los principios y de lasformas del derecho público, aunque revista sus actoscon formas que son comunes al derecho privado”;

Que el Superior Tribunal de Justicia entendióasimismo que “en el régimen de la Ley Nº 20.705 lasSociedades del Estado son entidades descentralizadas,tienen pues patrimonio y personalidad jurídica propiay se caracterizan por ser íntegra y expresamenteestatales, sometidas principalmente al derecho privado,siendo una modalidad moderna de descentralizacióndivera de los tipos tradicionales en que si bien el entees puramente estatal, está sometido a un régimenmercantil común” (Cf. STJRN: Se. Nro. 100/91, 11-9-91);

Que asimismo la Ley Nº 20.705 dispone que lasSociedades del Estado se someterán en su constitucióny funcionamiento a las normas que regulan a lasSociedades Anónimas;

Que las Sociedades Anónimas están regidas por laLey Nº 19.550 la que dispone las formalidadesmínimas aplicables a dichas Sociedades;

Que la misma Ley otorga facultades a los titularesdel capital para que revisen la actuación de losDirectores de las Sociedades en la gestión empresarial,las que se ejercen básicamente por la Asamblea Ge-neral de Accionistas;

Que además de las facultades de revisión losaccionistas en su conjunto tienen las de fijarles a susadministradores societarios pautas generales defuncionamiento de política empresaria y de control;

Que dichas pautas generales a aplicarsecorresponde que sean impartidas por quien representela titularidad de las acciones de la Provincia en lassociedades en las que la Provincia tenga participaciónaccionaria mayoritaria;

Que de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 21 de laLey Nº 3.779, se establece la competencia de laSecretaría de Estado de Control de Gestión deEmpresas Públicas y Relaciones Interprovinciales yfundamentalmente se dispone que supervisa la gestióny administración de dichas sociedades; que representaa la Provincia en toda reunión asamblearia; y queconduce la Sindicatura de Empresas Públicas;

Que en concordancia a lo dispuesto en la citadanorma legal y a los efectos de su implementación,corresponde dejar sin efecto toda designación queotorgara representación de la Provincia en lasSociedades objeto del presente, dictadas conanterioridad a la sanción de la Ley Nº 3.779.

Que por Decreto Nº 09/2003 fue designado el titu-lar de la Secretaría de Estado de Control de Gestiónde Empresas Públicas y Relaciones Interprovinciales;

Que por otra parte el Decreto Nº 18/2004 incluyeentre las facultades de control de la Secretaría deEstado de Control de Gestión de Empresas Públicas yRelaciones Interprovinciales a los siguientes Entes:EPRE (Ente Provincial Regulador de la Electricidad),y al IAPS (Instituto Autárquico Provincial del Seguro);

Que en consecuencia, de acuerdo a su naturalezay el régimen jurídico de dichas sociedades correspondeaplicar las normas de Derecho Público Administra-tivo Provincial pertinentes y fundamentalmente las decontrol interno establecidas en los Arts. 190 y 191 dela Constitución Provincial y las de la Ley Nº 88;

Que corresponde al Fiscal de Estado la defensadel patrimonio del fisco y su participación necesariay legítima en todos los juicios en que se controviertanintereses de la Provincia y en las que ésta actúe encualquier forma;

Que si bien las Entidades Autárquicas, Sociedadesdel Estado y Anónimas, y otros entes tienen capacidadjurídica para estar en juicio, al pertenecer e integrarlas mismas el Estado Provincial, es necesarioarmonizar dicha facultad con la que las normas citadasen el Visto otorgan al Fiscal de Estado, unificando larepresentación judicial en la institución constitucionaly específicamente competente para ello, a fin de evitarque la duplicidad de funciones genere interpretacionesdistintas, confusiones, conflictos o incidentesprocesales que afecten los intereses de la Provincia odisminuyan la efectividad de su defensa;

Que a fin de llevar a la práctica la decisiónplasmada en el presente, sobre todo en las causasjudiciales en trámite, sin que se produzcaninconvenientes que obsten a una adecuada defensa delpatrimonio estatal latu sensu involucrado en ellas,corresponde delegar en la Fiscalía de Estado y en laSecretaría de Estado de Control de Gestión deEmpresas Públicas y Relaciones Interprovinciales lafacultad de impartir instrucciones a las Sociedades delEstado y las Sociedades Anónimas con ParticipaciónEstatal Mayoritaria a fin de implementar en debidaforma las disposiciones del presente Decreto;

Que para ello las Sociedades del Estado y lasSociedades Anónimas con Participación EstatalMayoritaria deberán facilitar, instrumentar y propiciartodos los mecanismos que tiendan al cumplimientodel presente;

Que por otra parte, corresponde que las disposi-ciones del Decreto Nº 135/99 deben ser aplicadas enel ámbito de los Entes y las Sociedades del Estado yAnónimas con Participación Estatal Mayoritaria;

Que en consecuencia, es necesario reglamentar einterpretar los alcances del Decreto Nº 135/99 paralas citadas organizaciones, en cuanto si bien las incluyeen su artículo 1º, en los siguientes artículos sólo hacereferencia a la Administración Pública Provincial, asu funcionamiento y a sus funcionarios;

Que a tales efectos corresponde efectuar lapertinente delegación de facultades en los términosdel Art. 8º de la Ley Nº 2.938, a la citada Secretaríade Estado, siendo necesaria la intervención a la Fiscalíade Estado de la Provincia en la interpretación que delas normas citadas se hagan;

Que el presente Decreto ha sido debidamenteintervenido por los órganos de control interno,obteniendo la conformidad de la Fiscalía de Estado yla Contaduría General de la Provincia;

Que en virtud del Art. 181, Inc. 1º de laConstitución de la Provincia, el Sr. Gobernador esquien ejerce la representación oficial de la Provincia,y ello lo faculta a dar instrucciones a quien ejerza elcontrol de los Entes citados y la representaciónaccionaria en las Sociedades del Estado y Anónimasde la Provincia, para que haga conocer a las respectivasAdministraciones las normas a las que debensubordinar su gestión.

Por elo,El Gobernador

de la Provincia de Río NegroDECRETA:

Artículo 1°.- Establécese el cese en sus funcionesa la totalidad de los representantes del capital estatalpara intervenir en las Asambleas de toda Sociedad delEstado o Anónima en las que la Provincia tengaparticipación accionaria, que hubieran sido designadoscon anterioridad a la sanción de la Ley Nº 3.779.

Art. 2°.- Desígnase al Sr. Contador Dn. AlbertoJulio Francisco Croceri (L.E. 7.570.165), en tanto estécumpliendo funciones en la Secretaría de Estado deControl de Gestión de Empresas Públicas y RelacionesInterprovinciales como representante accionario de laProvincia en toda Asamblea que celebren lasSociedades Anónimas y del Estado en las que latitularidad de las acciones esté a nombre de laProvincia, de sus Organismos o Entes, o de las accionesde las que pudiera ser titular cualquiera de lassociedades mencionadas en una tercera sociedad, deacuerdo a las consideraciones efectuadas.

El representante accionario se encuentra autorizadoexpresamente a subdelegar la representación dispuestaen el párrafo anterior, mediante acto administrativofundado.

Art. 3º - Facúltase al Sr. Secretario de Estado deControl de Gestión de Empresas Públicas y RelacionesInterprovinciales, en el marco de la competenciaotorgada por el Art. 21 de la Ley Nº 3.779, a supervisary dar instrucciones a las Sociedades, en todo tema queconlleve a una mayor eficiencia, eficacia y economíade la gestión empresarial, y que contribuya a que elEstado Provincial en su conjunto logre directa oindirectamente una reducción de sus erogaciones.

A tal efecto se encuentra autorizado y detenta lasfacultades administrativas regulatorias, decoordinación y de control sobre los regímenes ymaterias de: remuneraciones, la cobertura de obra so-cial y de seguros por causa de muerte, y las comisioneso viáticos, con la facultad de estos supuestos de fijarsus montos respectivos; las licencias y las vacacionesde los Directores, los Síndicos y de Personal Técnicoo Administrativo; del régimen de compra de bienesde capital y contratación de servicios u obras, de losistemas de contabilidad, del desarrollo de nuevosnegocios; y de las normas de control interno, enconcordancia a las normas que sobre el particulardispongan la Fiscalía de Estado y la Contaduría Ge-neral de la Provincia, en el área de sus respectivascompetencias administrativas; como asimismo desolicitar el llamado a Asambleas Ordinarias y/oExtraordinarias con el Orden del Día que creaconveniente; y en general, sobre toda otra temáticanecesaria para un mejor funcionamiento ycumplimiento del objeto y fines societarios. Lasinstrucciones que sobre el particular disponga deberánser efectuadas por Acto Administrativo.

Art. 4º - Dispónese que todo acto de gestión,administración o disposición que realicen lasSociedades del Estado o las Sociedades Anónimas enlas que la Provincia tenga participación accionariamayoritaria, en cumplimiento de su objeto social,deberá ser sometido al control previo de legalidad yde hacienda pública, el que será ejercido por la Fiscalíade Estado y la Contaduría General de la Provincia, en

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28Viedma, 26 de Julio del 2004BOLETIN OFICIAL N° 4226

el ámbito de sus respectivas competencias, de acuerdoa la modalidad que determinen dichos órganos de con-trol interno en forma conjunta con la Secretaría deEstado de Control de Gestión de Empresas Públicas yRelaciones Interprovinciales, atento a lasconsideraciones efectuadas.

Art. 5º - Centralízase en el Fiscal de Estado de laProvincia la representación judicial de todas las causasjudiciales en las que actúen o deban intervenir encalidad de partes, las Sociedades del Estado o lasSociedades Anónimas en las que la Provincia tengaparticipación accionaria mayoritaria, los Entes,Entidades Autárquicas, organismos descentralizadosy de los Poderes del Estado Provincial, quien la ejerceráen forma exclusiva y excluyente, sin perjuicio de lasfacultades otorgadas por los Arts. 4º y 6º de la Ley Nº88, y de acuerdo a las modalidades que establezca,conforme las consideraciones efectuadas.

Delégase en la Fiscalía de Estado de la Provinciay en la Secretaría de Estado de Control de Gestión deEmpresas Públicas y Relaciones Interprovinciales lafacultad de impartir instrucciones a todas lasSociedades del Estado, o las Sociedades Anónimasen las que la Provincia tenga participación accionariamayoritaria, a fin de que se cumpla en debida formalo ordenado en el presente artículo.

Art. 6º - Delégase en la Secretaría de Estado de Con-trol de Gestión de Empresas Públicas y RelacionesInterprovinciales las facultades de reglamentar losalcances del Decreto Nº 135/99, a efectos de adecuar elámbito de aplicación del mismo en relación a los Entes ya las Sociedades del Estado y Anónimas con ParticipaciónEstatal Mayoritaria que se encuentran en la órbita de sucompetencia, mediante acto administrativo, previaintervención de la Fiscalía de Estado de la Provincia.

Art. 7º - Establécese que todas las Sociedades delEstado y las Sociedades Anónimas con ParticipaciónEstatal Mayoritaria; Entes, y demás organismoscitados, deberán propiciar, facilitar, coordinar,instrumentar, ejecutar y en general, poner adisposición, todos los mecanismos, diligencias einformación necesaria para el debido cumplimientodel presente Decreto.

Art. 8º - El presente Decreto será refrendado porel Sr. Ministro de Coordinación.

Art. 9º - Regístrese, comuníquese, publíquese,tómese razón, dése al Boletín Oficial, y archívese.

SAIZ.- C. A. Barbeito.—oOo—

DECRETO Nº 823Viedma, 15 de julio del 2004.-

Visto, el expediente N° 122.147-S-03, del RegistroInterno de la Secretaría de Estado de Salud dependientedel Ministerio de Salud y Desarrollo Social de laProvincia de Río Negro, y;

CONSIDERANDO:Que por la presente se tramita la aprobación del

convenio celebrado entre la Universidad Nacional deLa Pampa y la Provincia de Río Negro, con la finalidadde implementar acciones de capacitación en el ámbitode la medicina veterinaria;

Que por el mismo, ambas instituciones secomprometen a impulsar el despliegue de actividadesde capacitación de personal e investigación en losámbitos de interés mutuo;

Que para el cumplimiento de dicho cometido, sesuscribirán convenios específicos o protocolosadicionales entre las mismas partes, en los cuales seestablecerán sus principales términos, modalidades,condiciones financieras, procedimientos de ejecucióny demás detalles necesarios para su implementación;

Que la Fiscalía de Estado de la Provincia de RíoNegro, ha tomado intervención en materia de sucompetencia, mediante Vista Nro. 88160 de fecha 1°de diciembre de 2003;

Que la presente medida se dicta de conformidadcon las facultades emergentes del artículo 181° de laConstitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroDECRETA:

Artículo 1°.- Apruébase en todos sus términos elConvenio suscripto entre La Universidad Nacional deLa Pampa representado por su Rector, LicenciadoSergio Maluendres y la Provincia de Río Negro, conla finalidad de implementar acciones de capacitaciónen el ámbito de la medicina veterinaria, el que formaparte integrante del presente Decreto.

Art. 2°.- Facúltase a los Señores Ministros ySecretarios de Estado a celebrar convenios específicoso protocolos adicionales a la presente.

Art. 3°.- El presente Decreto será refrendado porel Señor Ministro de Salud.

Art. 4°.- Regístrese, comuníquese, tómese razón,dése al Boletín Oficial y archívese.

SAIZ.- F. J. A. Buzzo Rozes.-———

CONVENIO MARCO DE COOPERACIONENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL

DE LA PAMPA Y LA PROVINCIADE RIO NEGRO

Entre la Provincia de Río Negro, representandoen este acto por su Gobernador, Dr Miguel Saiz condomicilio legal en calle Laprida N° 212, de la ciudadde Viedma, Provincia de Río Negro, en adelante "LaProvincia" por una parte y por la otra la UniversidadNacional de La Pampa, representado en este acto porsu Rector, Lic. Sergio Maluendres, con domicilio enla Gil 353 PISO 3 de la ciudad de Santa Rosa,Provincia de La Pampa, en adelante "La Universidad"convienen en celebrar el presente convenio cooperativoa fin de formalizar la implementación de acciones decapacitación en el ámbito de la Medicina Veterinaria,de acuerdo con las siguientes cláusulas:

PRIMERA: Ambas Instituciones se comprometena impulsar el despliegue de actividades de capacitaciónde personal, investigación y extensión en los ámbitosque se identifiquen de interés mutuo.

SEGUNDA: Para hacer efectivas las actividadesde capacitación, investigación y extensión a llevarsea cabo en el marco del presente convenio se suscribiránconvenios específicos o protocolos adicionales entreLa Provincia, a través de sus distintas unidadesoperativas, y la Universidad, a través de sus distintasunidades académico-administrativas. En ellos sefijarán los campos de cooperación y asistencia,estableciéndose los términos y modalidades,condiciones financieras, procedimientos de ejecucióny certificación y demás detalles necesarios para suimplementación.

TERCERA: Ambas Instituciones se comprometen,si surgiera la necesidad, a requerir financiamiento parael desarrollo de las actividades que se propongan aorganismos públicos o privados, nacionales einternacionales.

CUARTA: Se deja establecido que los conveniosespecíficos y protocolos adicionales serán suscritospor los Ministros o Secretarios en representación dela Provincia y por los Decanos de las Facultades oDirectores de Institutos en representación de laUniversidad.

QUINTA: En caso de implementarse a futurocarreras de formación profesional de post grado lafirma de los respectivos convenios específicosincluirán los trámites correspondientes ante el ConsejoSuperior de la Universidad.

SEXTA: La propiedad intelectual de laspublicaciones que surjan de las actividades en el marcodel presente convenio deberá ser propiedad de ambaspartes. No obstante, deberá dejarse constancia de laspersonas intervinientes en dichas publicaciones y desu grado de intervención en las mismas. Los resultadosobtenidos, parciales o totales, definitivos o transitoriosque surjan de cualquiera de las actividades a llevarsea cabo serán propiedad común de ambas partes. En el

caso de que dichos resultados sean susceptibles de serutilizados en el proceso productivo y adquieran porello valor económico se deberá celebrar a la brevedadun convenio especial a efectos de reglamentar lapropiedad de dichos resultados y fijar las medidastendientes a la protección de los mismos.

SEPTIMA: Este convenio tendrá vigencia a partirdel dictado de los actos administrativos que loaprueben. Se renovará automáticamente, salvodenuncia anticipada de cualquiera de las partesmanifestando su voluntad en tal sentido, lo que deberáser comunicado a la otra por medio fehaciente conuna antelación mínima de noventa (90) días hábilesadministrativos a la fecha en que se desee efectivizar.

OCTAVA: Tanto la Universidad como la Provinciaen el marco del presente convenio garantizarán elofrecer igualdad de oportunidades sin distinción deraza, genero, religión, origen nacional, estado civil,orientación sexual, o incapacidad física.

NOVENA: A todos efectos legales derivados delpresente Convenio, las partes constituyen domicilioen los ut supra mencionados y reconocen a losTribunales Federales de Santa Rosa y sus respectivasinstancias como ámbito legal de discusión.

En prueba de conformidad, se firman cuatroejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en laciudad de .........., a los ............ días del mes de............de 2.004.

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DECRETOS SINTETIZADOS–—

DECRETO Nº 701.- 30-06-04.- Otorgando un aporteno reintegrable por la suma total de PESOSCINCUENTA MIL ($ 50.000,00), a favor de laAsociación Civil Marabunta Rugby Club de lalocalidad de Cipolletti, El monto asignado, abóneseen cinco (05) cuotas iguales, mensuales yconsecutivas de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000,00),las que deberán ser giradas a la orden de suPresidente Sr. Alejandro SCHROEDER, C.U.I.L.20-18175381-2, y/o su Tesorero Sr. Alejandro R.MONTEIRO, C.U.I.L. 20-23629473-1, quienesserán responsables de su utilización y oportunarendición de Cuentas, conforme a lo establecidopor el Decreto N° 194/76. Expte. Nº 151094-ARN-DyR-04.-

DECRETO Nº 703.- 30-06-04.- Otorgando un aporteno reintegrable por la suma de PESOS NUEVEMIL CON 00/100 ($ 9.000 00) con cargo a laCuenta N° 900001178 Rentas Generales Cód. Fto.10 a favor de la Municipalidad de San Carlos deBariloche (C.U.I.T. N° 30-99911258-3), destinadoa solventar gastos que demandó la fiscalizacióndel Rally Aniversario de San Carlos de Barilocheque se desarrolló durante los días 7, 8 y 9 de Mayodel año 2004, La rendición de gastos estará a cargodel Intendente de la Municipalidad de San Carlosde Bariloche, Don ICARE Alberto Gabriel (L.E.N° 8.210.063) y/o del Secretario de Hacienda Cr.CHARA, Alfredo Ricardo (D.N.I. N° 13.144.290)y/o quiénes eventualmente los reemplacenconforme lo establecido por el Decreto N° 194/76. Expte. Nº 70.184-T-04.-

DECRETO Nº 710.- 07-07-04.- Otorgando un aporteno reintegrable por la suma de PESOS SEIS MIL($ 6.000,00), a favor de la Municipalidad de Ge-neral Fernández Oro, El monto asignado, deberáser girado a la orden de la Municipalidad de Ge-neral Fernández Oro, y/o su Intendente Sr. José A.Gonzalez, C.U.I.L. 20-14474251-7, quién seráresponsable de su utilización y oportuna Rendiciónde Cuentas, conforme a lo establecido por elDecreto Nº 194/76. Expte. Nº 20866-SCA-DA-04.-

DECRETO Nº 718.- 12-07-04.- Otorgando un aporteno reintegrable por la suma total de PESOS UNMIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES ($1.483,00.-), a favor de la Municipalidad de El

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29Viedma, 26 de Julio del 2004 BOLETIN OFICIAL N° 4226

Bolsón, destinado a solventar los gastos realizadospor el municipio en concepto de repuestos y manode obra del vehículo Chevrolet LUV de la Policíade dicha localidad, El monto total asignado, deberáser girado a la orden de la Municipalidad de ElBolsón - CUITN° 30-67294266/3, SeñorIntendente Municipal, Dn. Oscar ROMERA DNIN° 7.871.214 y/o Administrador General deGobierno, Dn. Jorge TORMAN D.N.I. N°11.749.239, quienes serán responsables de suutilización y oportuna rendición de cuentas,conforme a lo establecido en el Decreto N° 194/76. Expte. Nº 7882-G-04.-

DECRETO Nº 719.- 12-07-04.- Otorgando un aportefinanciero por la suma total de PESOSCUARENTA MIL ($ 40.000.-), a favor de laMunicipalidad de Pomona, destinado a atender eldesequilibrio financiero de dicha Municipalidad,El monto total acordado deberá ser girado a laorden de la Municipalidad de Pomona - Cuit N°30-67276321/1, Señora Intendente Municipal Dña.María del Carmen MALDONADO, DNI N°13.014.170, Señor Tesorero Municipal, Dn. MarioAbel MALDONADO, DNI N° 11.830.664,quienes serán responsables de su utilización. Expte.Nº 8075-G-04.-

DECRETO Nº 720.- 12-07-04.- Otorgando un aportefinanciero por la suma total de PESOS SETENTAMIL ($ 70.000.-), a favor de la Municipalidad deSan Antonio Oeste, destinado a atender eldesequilibrio financiero de dicha Municipalidad, Elmonto total acordado deberá ser girado a la ordende la Municipalidad de San Antonio Oeste - CuitNº 30-64820941/6, Señor Intendente Municipal Dn.Adrián J. CASADEI, DNI N° 16.995.780, SeñorSecretario de Gobierno, Hacienda y Coordinaciónde Políticas Públicas, Dn. Héctor LARREGUI, DNIN° 10.705.499, quienes serán responsables de suutilización. Expte. Nº 8076-G-04.-

DECRETO Nº 721.- 12-07-04.- Otorgando un aportefinanciero por la suma total de PESOS CIEN MIL($ 100.000 -), a favor de la Municipalidad de Ge-neral Roca, destinado a atender el desequilibriofinanciero de dicha Municipalidad, El monto to-tal acordado deberá ser girado a la orden de laMunicipalidad de General Roca - Cuit N° 30-99906870/3, Señor Intendente Municipal Dn.Carlos E. SORIA, LE N° 7.374.896, SeñorSecretario de Hacienda, Dn. Marcelo PIRRI, DNIN° 17.793.689, quienes serán responsables de suutilización. Expte. Nº 8038-G-04.-

DECRETO Nº 722.- 12-07-04.- Otorgando un aporteno reintegrable por la suma de PESOS CUATROMIL TRESCIENTOS ($ 4.300,00), a favor delInstituto Atlético Viedma, El monto asignado,deberá ser girado a la orden del Instituto AtléticoViedma, y/o su Presidente Sr. Carlos José DILODOVICO, C.U.I.L. 20-07718612-4, quién seráresponsable de su utilización y oportuna Rendiciónde Cuentas, conforme a lo establecido por el DecretoN° 194/76. Expte. Nº 20961-SCA-DA-04.-

DECRETO Nº 723.- 12-07-04.- Otorgando un aporteno reintegrable por la suma total de PESOS UNMIL ($1.000,00), a favor del Consejo de Desarrollode las Comunidades Indígenas, destinado asolventar los gastos que demandó la realizaciónde una Ceremonia religiosa que se llevó a cabodurante los días 12, 13 y 14 de Marzo de 2004,organizada por la Comunidad Indígena LosRepollos - Las Guaytecas, de la Ciudad de ElBolsón, El monto total asignado deberá ser girado,a la orden del Coordinador del Consejo deDesarrollo de las Comunidades Indígenas SeñorAngel ZACARIA CUIL N° 20-05.213.468-5 y/ode la Asesora Legal Dra. Margarita GracielaCARRIQUEO CUIL N° 27-18.424.343-7, quienesserán responsables de la administración y oportunarendición de cuentas conforme lo establecido porDecreto N° 194/76. Expte. Nº 7401-G-04.-

DECRETO Nº 724.- 12-07-04.- Otorgando un aporteno reintegrable por la suma total de PESOS CINCOMIL ($5.000,00), a favor del Club Atlético VillaCongreso Personería Jurídica Nacional Decreto N°17.187 - Registro Provincial N° 38, de la Ciudadde Viedma con destino a la Subcomisión de Fútbol,a fin de atender los gastos que demande la refacciónde los vestuarios, construcción de bancos desuplentes, colocación y puesta en funcionamientode un sistema de iluminación de la cancha auxiliar,indumentaria deportiva, cancelación de deuda co-rrespondiente al año 2003 en la Liga Rionegrinade Fútbol y pago de sueldos a los DirectoresTécnicos y profesores de educación física paratodas las divisiones, El monto total asignado deberáser girado, a la orden del Presidente del Club,Héctor R. Guidi. CUIL Nº 23-08.210.280-9 y/odel Presidente de la Sub- Comisión de Futbol yVocal Titular Gabriel F. Arias CUIL Nº 23-17.536.586-9 quienes serán responsable de laadministración y oportuno rendición de cuentaconforme lo establecido por Dcto. Nº 194/76.Expte. Nº 7871-G-04.-

DECRETO Nº 726.- 12-07-04.- Otorgando un aporteno reintegrable por la suma de PESOS CINCO MILCON 00/100 ($ 5.000 00), con cargo la Cuenta N°900001178 Rentas Generales Cód. Fto. 10, a fa-vor de la FUNDACION PATAGONIA Y TANGO(C.U.I.T N° 30-70830781-1) de la ciudad de SanCarlos de Bariloche destinado a solventar parte delos gastos que demandó el 3° Festival PatagónicoInternacional de Tango, La rendición de gastosestará a cargo del Presidente de la FUNDACIONPATAGONIA Y TANGO. Dr. ROLDAN MiguelHéctor (D.N.I. N° 10.106.598) y/o de la SecretariaLic. PEREZ Alicia Mónica (D.N.I. N° 10.830.215)y/o de la Tesorera Prof. MARTINEZ María Eugenia(D.N.I. N° 13.244.793) y/o quiénes eventualmentelos reemplacen conforme a lo establecido por elDecreto N° 194/76. Expte. Nº 70.193-T-04.-

DECRETO Nº 727.- 12-07-04.- Otorgando un aporteno reintegrable por la suma total de PESOS TRESMIL SEISCIENTOS ($ 3.600,00), a favor de"Fundación Canoas" de la localidad de Viedma,El monto asignado, deberá ser girado a la ordende su Presidente Sr. Luis Esteban CORREA,C.U.I.L. 20-26349223-5, y/o su Tesorero Sr.Andrés Alberto CORREA, C.U.I.L. 20-12332912-1, quienes serán responsable de su utilización yoportuna rendición de Cuentas conforme a loestablecido por el Decreto N° 194/76. Expte. Nº151092-ARN-DyR-04.-

DECRETO Nº 734.- 12-07-04.- Aprobando lacomisión oficial de servicios realizada por el SeñorHéctor ORTIZ (C.U.I.L. N° 23-10598127-9),llevada a cabo durante los días 12 al 15 deNoviembre de 2.003 a la ciudad de Puerto Mont(Chile), Exceptuar de los términos del Artículo 1°del Decreto Nº 2045/90 al Señor Héctor ORTIZ,por el día sábado 15 de Noviembre de 2.003, enrazón de ser día no laborable. Expte. Nº 24570-T-03.-

DECRETO Nº 735.- 12-07-04.- Otorgando en lostérminos de las Leyes Provinciales Nros 168-253y su modificatoria Ley N° 3091, y la Ley N° 3695y su modificatoria Ley N° 3798 a partir del 13/04/04, una (1) Pensión Graciable Vitalicia a favor delSr. Deovaldo Laureano CUEVAS (C.U.I.L. Nro.20-07329404-6), quien prestó servicios en laAsociación Bomberos Voluntarios de El Bolsón(Personería Jurídica otorgada por Decreto Provin-cial Nro. 362/86). Expte. Nº 007635-G-04.-

DECRETO Nº 736.- 12-07-04.- Otorgando en lostérminos de las Leyes Provinciales Nros. 168-253y su modificatoria Ley N° 3091, a partir del 28/04/04, una (1) Pensión Graciable Vitalicia a favordel Sr. Luis María ROMERO (C.U.I.L. Nro. 20-08430358-6), quien presto servicios en laAsociación de Bomberos Voluntarios de Ingeniero

Luis A. Huergo (Personería Jurídica otorgada porDecreto Provincial Nro. 1260/84). Expte. Nº007840-G-04.-

DECRETO Nº 737.- 12-07-04.- Otorgando en lostérminos de las Leyes Provinciales Nros. 168-253y su modificatoria Ley N° 3091, a partir del 28/04/04, una (1) Pensión Graciable Vitalicia a favordel Sr. Carlos Roberto FRANCO (C.U.I.L. Nro.20-07561660-1, quien presto servicios en laAsociación de Bomberos Voluntarios de IngenieroLuis A. Huergo (Personería Jurídica otorgada porDecreto Provincial Nro. 1260/84). Expte. Nº007838-G-04.-

DECRETO Nº 738.- 12-07-04.- Otorgando en lostérminos de las Leyes Provinciales Nros. 168 -253y su modificatoria Ley N° 3091, a partir del 18/03/04, una (l) Pensión Graciable Vitalicia a favordel Sr. Rene del Carmen PARRA ROJAS (C.U.I.L.Nro. 20-93652176-3), quien presto servicios en laAsociación Cuerpo de Bomberos Voluntarios deRío Colorado (Personería Jurídica otorgada porDecreto Provincial Nro. 787/65). Expte. Nº007604-G-04.-

DECRETO Nº 739.- 12-07-04.- Otorgando en lostérminos de las Leyes Provinciales Nros. 168-253y su modificatoria Ley N° 3091, y Ley N° 3695 ysu modificatoria Ley N° 3798 a partir del 20/05/04, una (1) Pensión Graciable Vitalicia a favor delos Sres. Aldo PACHER (C.U.I.L. Nro. 20-05501061-8), Horacio Jorge ANGELOSANTO(C.U.I.L. Nro. 20-08119717-3) y RamónMARMOL (C.U.I.L. Nro. 20-08217256-5)quienes prestaron servicios en la AsociaciónBomberos Voluntarios de Chichinales (PersoneríaJurídica otorgada por Decreto Provincial Nro. 693/86). Expte. Nº 007924-G-04.-

DECRETO Nº 740.- 12-07-04.- Otorgando en lostérminos de las Leyes Provinciales Nros. 168-253y su modificatoria Ley N° 3091, a partir del 28/04/04, una (1) Pensión Graciable Vitalicia a favordel Sr. Jilberto del Carmen CASTILLOJARAMILLO (C.U.I.L. Nro. 20-93437648-0),quien presto servicios en la Asociación deBomberos Voluntarios de Ingeniero Luis A. Huergo(Personería Jurídica otorgada por Decreto Provin-cial Nro. 1260/84). Expte. Nº 007837-G-04.-

DECRETO Nº 741.- 12-07-04.- Otorgando en lostérminos de las Leyes Provinciales Nros. 168-253y su modificatoria Ley N° 3091, a partir del 28/04/04, una (1) Pensión Graciable Vitalicia a favordel Sr. Domingo RAMOS (C.U.I.L. Nro. 20-07565698-0), quien presto servicios en laAsociación de Bomberos Voluntarios de IngenieroLuis A. Huergo (Personería Jurídica otorgada porDecreto Provincial Nro. 1260/84). Expte. Nº007836-G-04.-

DECRETO Nº 742.- 12-07-04.- Otorgando en lostérminos de las Leyes Provinciales Nros. 168-253y su modificatoria Ley N° 3091, a partir del 28/04/04, una (1) Pensión Graciable Vitalicia a favordel Sr. Raúl GODOY (C.U.I.L. Nro. 20-07579453-4), quien presto servicios en la Asociación deBomberos Voluntarios de Ingeniero Luis A. Huergo(Personería Jurídica otorgada por Decreto Provin-cial Nro. 1260/84). Expte. Nº 007839-G-04.-

DECRETO Nº 743.- 12-07-04.- Otorgando en lostérminos de las Leyes Provinciales Nros. 168-253y su modificatoria Ley N° 3091, a partir del 28/04/04, una (1) Pensión Graciable Vitalicia a favordel Sr. Rubén Juan DOMINGUEZ (C.U.I.L. Nro.23-07565676-9), quien presto servicios en laAsociación de Bomberos Voluntarios de IngenieroLuis A. Huergo (Personería Jurídica otorgada porDecreto Provincial Nro. 1260/84). Expte. Nº007842-G-04.-

DECRETO Nº 744.- 12-07-04.- Otorgando en lostérminos de las Leyes Provinciales Nros. 168-253y su modificatoria Ley N° 3091, a partir del 28/04/04, una (1) Pensión Graciable Vitalicia a favor

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30Viedma, 26 de Julio del 2004BOLETIN OFICIAL N° 4226

del Sr. Edgar Abel OCAÑA (C.U.I.L. Nro. 23-05481957-9), quien presto servicios en laAsociación de Bomberos Voluntarios de IngenieroLuis A. Huergo (Personería Jurídica otorgada porDecreto Provincial Nro. 1260/84). Expte. Nº007835-G-04.-

DECRETO Nº 745.- 12-07-04.- Autorizando parafuncionar como persona jurídica a la asociacióncivil denominada: ASOCIACION ESCUELA DESEGURIDAD EN PISTA, constituida y condomicilio en San Carlos de BarilocheDepartamento Bariloche de esta Provincia, el día10 de julio de 2.001 y apruébase su estatuto socialobrante de foja diecisiete (17) a veintinueve (29),cuarenta y seis (46), sesenta y tres (63) y sesenta ysiete (67). Expte. Nº 32.821-A-03.-

DECRETO Nº 746.- 12-07-04.- Autorizando parafuncionar como persona jurídica a la asociacióncivil denominada: ASOCIACION CIVIL ANTUNEHUEN, constituida y con domicilio en SanCarlos de Bariloche Departamento Bariloche deesta Provincia, el día 14 de febrero de 2.004 yapruébase su estatuto social obrante de foja seis(6) a dieciseis (16) y veintiseis (26) del expedientealudido. Expte. Nº 7.630-G-04.-

DECRETO Nº 747.- 12-07-04.- Autorizando parafuncionar como persona jurídica a la asociacióncivil denominada: ASOCIACIÓN CIVILESCUELA PATAGONICA DE PATINAJE SOBREHIELO, constituida y con domicilio en San Carlosde Bariloche Departamento Bariloche de estaProvincia, el día 14 de octubre de 2.003 yapruébase su estatuto social obrante de foja tresvuelta (3 Vta.) a ocho (8) y de diecisiete (17) adieciocho (18) Expte. Nº 7.515-G-04.-

DECRETO Nº 748.- 12-07-04.- Autorizando parafuncionar como persona jurídica a la asociacióncivil denominada: ASOCIACION PATAGONICADE APOYO SOCIAL (ASPAS), constituida y condomicilio en Villa Regina Departamento GeneralRoca de esta Provincia, el día 24 de marzo de 2.003y apruébase su estatuto social obrante de foja tres(3) a cinco vuelta (5 Vta), trece (13) y veintidos(22). Expte. Nº 32.522-A-03.-

DECRETO Nº 749.- 12-07-04.- Autorizando parafuncionar como persona jurídica a la asociacióncivil denominada: ASOCIACION UNION DERUGBY DE LOS LAGOS DEL SUR, constituiday con domicilio en San Carlos de BarilocheDepartamento Bariloche de esta Provincia, el día30 de octubre de 2.003 y apruébase su estatutosocial obrante de foja seis (6) a veintitres (23) ycuarenta y cinco (45). Expte. Nº 7.277-G-04.-

DECRETO Nº 750.- 14-07-04.- Otorgando un aporteno reintegrable por la suma total de PESOS MILQUINIENTOS ($ 1.500,00), a favor de laAsociación Civil Padres y Amigos delDiscapacitado de Catriel, a solicitud de suPresidente Sr. Luis Daniel URRIJOLA, El montoasignado, deberá ser girado a la orden de suPresidente Sr. Luis Daniel URRIJOLA, C.U.I.L.20-13564648-3, y Sra. Alejandra Beatriz AVEIRO,C.U.I.L. 27-18004025-6, quienes seránresponsable de su utilización y oportuna rendiciónde Cuentas, conforme a lo establecido por elDecreto N° 194/76. Expte. Nº 20727-SCA-DA-04.-

DECRETO Nº 751.- 14-07-04.- Otorgando un aporteno reintegrable por la suma total de PESOS TRESMIL DOSCIENTOS ($ 3.200,00), a favor de laIglesia Metodista Pentecostal Argentina deIngeniero Jacobacci, El monto asignado, deberáser girado a la orden de Iglesia Metodista Pente-costal Argentina de Ingeniero Jacobacci y/o Sr.Presidente, Crecencio PARRA, C.U.I.T. 20-07387889-7, quién será responsable de suutilización y oportuna rendición de Cuentas,conforme a lo establecido por el Decreto N° 194/76. Expte. Nº 20.692-SCA-DA-04.-

DECRETO Nº 752.- 14-07-04.- Pasando a Situaciónde Retiro Obligatorio, por aplicación del artículo64°, Apartado D, inciso a), Título X, Capítulo IIIde la Ley N° 2432, a partir del 15 de Julio de 2004del Comisario General, Agrupamiento SeguridadEscalafón General, Eugenio Elvio PERALTA,D.N.I. N° 10.477.099, CUIL N° 20-10477099-2,Clase 1953, Legajo N° 257.

DECRETO Nº 753.- 14-07-04.- Pasando a Situaciónde Retiro Obligatorio, por aplicación del artículo64°, Apartado D, inciso a), Título X, Capítulo IIIde la Ley N° 2432, a partir del 15 de Julio de 2004del Comisario General, Agrupamiento SeguridadEscalafón General, Manuel BernardoHERNANDEZ, L.E. N° 8.119.713, CUIL N° 20-08119713-0, Clase 1951, Legajo N° 317.

DECRETO Nº 754.- 14-07-04.- Pasando a Situaciónde Retiro Obligatorio, por aplicación del artículo64° Apartado D, inciso a), Título X, Capítulo IIIde la Ley N° 2432, a partir del 15 de Julio de 2004del Comisario General, Agrupamiento SeguridadEscalafón General, Hugo Elías CORNELIO, D.N.I.N° 10.477.358, CUIL N° 20-10477358-4 Clase1954, Legajo N° 264.

DECRETO Nº 755.- 14-07-04.- Limitando losservicios al señor Subjefe de Policía de la ProvinciaComisario General, Agrupamiento Seguridad -Escalafón General, Dn. Fernando GELDRES, L.E.N° 8.216.547, CUIL N° 23-8216547/9, Clase1950, Legajo N° 217, a partir del 15 de Julio del2004, conforme lo previsto en el Artículo 64°,Apartado A, inciso b), Título X, de la Ley N° 2432,con un expreso reconocimiento por su labor alfrente de la Institución. Expte. Nº 109129-J-04.-

DECRETO Nº 756.- 14-07-04.- Pasando a Situaciónde Retiro Obligatorio, por aplicación del artículo64°, Apartado D, inciso a), Título X, Capítulo IIIde la Ley N° 2432, a partir de 15 de Julio de 2004del Comisario General, Agrupamiento SeguridadEscalafón General, Juan DomingoHUENUMILLA, L.E. N° 8.216.853, CUIL N° 20-08216853-3, Clase 1950, Legajo N° 268.

DECRETO Nº 761.- 15-07-04.- Aceptando a partirde la fecha del presente Decreto, la renunciapresentada por el Comisario General (SR)ROGELIO CELESTINO LARDAPIDE, al cargode Jefe de Policía de la Provincia de Río Negro,con un expreso reconocimiento por su labor alfrente de la Institución.

DECRETO Nº 762.- 15-07-04.- Aceptando a partirdel 15 de julio de 2.004, la renuncia presentadapor el señor Juan Carlos VALLES - D.N.I. N°14.027.748, al cargo de Subsecretario de Consejosde Seguridad y Políticas Penitenciarias,dependiente del Ministerio de Gobierno.

DECRETO Nº 763.- 15-07-04.- Aceptando a partirdel 15 de julio de 2.004, la renuncia presentadapor la señora Ada Marta OTTOLINI - D.N.I. N°5.297.647, al cargo de Presidente del Instituto deAsistencia a Presos y Liberados, dependiente delMinisterio de Gobierno.

DECRETO Nº 764.- 15-07-04.- Designando a partirdel 15 de julio de 2004, al señor Jorge LuisGARCIA OSELLA - D.N.I. N° 4.400.617, en elcargo de Secretario de Seguridad y Justicia,dependiente del Ministerio de Gobierno.

DECRETO Nº 765.- 15-07-04.- Designando a partirdel 15 de julio de 2004, al señor Rogelio CelestinoLARDAPIDE DNI. Nº 8.216.413, en el cargo deSubsecretario de Gobierno de la Secretaría deGobierno, dependiente del Ministerio de Gobierno.

DECRETO Nº 766.- 15-07-04.- Designando a partirdel 15 de julio de 2004, al señor Venicio MILLAL.E. N° 8.430.043, en el cargo de Subsecretariode Seguridad de la Secretaría de Seguridad yJusticia, dependiente del Ministerio de Gobierno.

DECRETO Nº 767.- 15-07-04.- Designando a partirdel 15 de julio de 2004, al señor Miguel AngelBERMEJO - D.N.I. N° 8.213.868, en el cargo de

Subsecretario de Justicia, Asuntos Penitenciariosy Ejecución Penal de la Secretaría de Seguridady Justicia, dependiente del Ministerio de Gobier-no.

DECRETO Nº 768.- 15-07-04.- Designando a partirdel 15 de julio de 2004, al señor Juan CarlosVALLES - D.N.I. N° 14.027.748, en el cargo deSubsecretario de Consejos de Seguridad de laSecretaría de Seguridad y Justicia, dependiente delMinisterio de Gobierno.

DECRETO Nº 769.- 15-07-04.- Designando a partirdel 15 de julio de 2.004, a la señora Ada MartaOTTOLINI - D.N.I. N° 5.297.647, en el cargo dePresidente del Instituto de Asistencia a Presos yLiberados de la Secretaría Seguridad y Justicia,dependiente del Ministerio de Gobierno.

DECRETO Nº 770.- 15-07-04.- Designando Jefe dePolicía de la Provincia de Río Negro al ComisarioMayor, Agrupamiento Seguridad - Escalafón Ge-neral, Jorge Alberto PELOSO, Legajo N° 343,Clase 1954, D.N.I. N° 11.051.587, a partir del 15de JULIO de 2004.

DECRETO Nº 771.- 15-07-04.- Designando Subjefede Policía de la Provincia de Río Negro alComisario Mayor, Agrupamiento Seguridad -Escalafón General, Carlos Alberto DIAZCAMPANO, Legajo N° 352, Clase 1953, D.N.I.N° 10.631.293, a partir del 15 de JULIO de 2004.

DECRETO Nº 772.- 15-07-04.- Promoviendo al gradode Comisario General del Agrupamiento Seguridad- Escalafón General al Comisario Mayor JorgeAlberto PELOSO, Legajo N° 343, Clase 1954,D.N.I. 11.051.587, en un todo de acuerdo conel Artículo 30 de la Ley Orgánica Policial N°1965.

DECRETO Nº 773.- 15-07-04.- Promoviendo al gradode Comisario General del Agrupamiento Seguridad- Escalafón General al Comisario Mayor CarlosAlberto DIAZ CAMPANO, Legajo N° 352, Clase1953, D.N.I. 10.631.293, en un todo de acuerdocon el Artículo 34 de la Ley Orgánica Policial N°1965.

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RESOLUCIONES—–

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DELA PROVINCIA DE RIO NEGRO

Resolución Nº 325Viedma, 2 de julio de 2004,.-

VISTO Y CONSIDERANDO:Que a la fecha se encuentran vacantes dos cargos

de Secretario de Primera Instancia en el Juzgado deInstrucción nro. 20 de Villa Regina.-

Que asimismo, puesto a evaluar este Tribunal lacantidad de causas que deberá tramitar el referidoJuzgado y su impacto funcional, que de acuerdo alinforme suministrado a este Superior Tribunal deJusticia sería aproximadamente de 1500 causas poraño, hacen reflexionar a este Cuerpo sobre la necesidadde replantear la competencia en razón de la materiade dicho Juzgado. Todo ello a los fines de unaoptimización del Servicio de Justicia en el marco dela Carta de los Derechos de los Ciudadanos de laPatagonia Argentina ante la Justicia.-

En ese sentido, en la inteligencia que la cantidadde causas citadas anteriormente demuestran laposibilidad que las mismas sean atendidas por unasola Secretaría, de acuerdo a los antecedentesestadísticos de los otros Juzgados de Instrucción en elresto del territorio provincial, nos permite merituarsobre la conveniencia de la ampliación de lacompetencia de dicho Juzgado en cuestiones deFamilia.-

Nuestro basamento fáctico en la toma de estadecisión se compadece con la necesidad que lascuestiones de Familia sean atendidas con la inmediatezque ellas requieren.-

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31Viedma, 26 de Julio del 2004 BOLETIN OFICIAL N° 4226

De acuerdo a las estadísticas brindadas por el Juezde Familia de General Roca, la cantidad de causasque tramitaría el Juzgado nro. 20 sería de 260 poraño, aproximadamente.-

Por todo ello, entendiendo este Cuerpo que es suobligación el trazado de políticas judiciales acorde conlas necesidades de la ciudadanía en su conjunto(problemática penal, social, etc.) corresponde, deacuerdo a las atribuciones conferidas por el art. 44inc. z) de la Ley 2430 -Orgánica del Poder Judicial-(art. 2 Ley 3696) reasignar la competencia en razónde la materia del Juzgado nro. 20 de Villa Regina quetendrá competencia en materia de Instrucción Penal ,de Familia y Sucesiones con la misma jurisdicciónterritorial determinada por el art. 55 de la Ley 2430.-

Asimismo se deberá coordinar con el Sr.Procurador General respecto de la competencia delos representantes del Ministerio Público designadosen dicha localidad.-

Por ello,El Superior Tribunal de Justiciade la Provincia de Río Negro

R E S U E L V E :1ero.- Reasignar la competencia en razón de la

materia del Juzgado de Primera Instancia deInstrucción nro. 20 de la Segunda CircunscripciónJudicial, con asiento de funciones en la ciudad de VillaRegina que tendrá competencia en materia deInstrucción Penal y Familia, con la misma jurisdicciónterritorial determinada por el art. 55 de la Ley 2430.-

2do.- Coordinar con el Sr. Procurador Generalrespecto de la actuación de los representantes delMinisterio Público designados en dicha localidad.-

3ro.- Regístrese, comuníquese, tómese razón yoportunamente archívese.-

Firmado: Dr. Víctor Hugo Sodero Nievas,Presidente.- Dr. Alberto I. Balladini, Juez.- Dr. LuisA. Lutz, Juez.- Ante Mi: Stella Latorre, SecretariaSuperior Tribunal de Justicia.

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Provincia de Río NegroDEPARTAMENTO PROVINCIAL

DE AGUASResolución Nº 632

Expte. Nº 36122-DGRH-03Viedma, 2 de junio del 2004.

Visto, el expediente de referencia, por el que setramita solicitud de autorización de uso de aguapública, y

CONSIDERANDO:Que inicia las presentes actuaciones la firma

Matcovich Atilio, inscripta como galpón de empaquey frigorífico de frutas, solicitando la autorización parala utilización de agua subterránea con finesindustriales;

Que las características de las obras de captación yel volumen a extraer son compatibles con lasnecesidades que se deben satisfacer;

Que cumplimentada la documentación conformeArt. 30 del Código de Aguas, se procedió a lapublicación edictal correspondiente, según Art. 31 delmismo cuerpo normativo, no deduciéndose oposiciónalguna (conf. Constancias fs. 5/11);

Que ha tomado debida intervención la Fiscalía deEstado;

Que la presente halla sustento legal en los Arts.22, inciso b,2), 35 y 260 del Código de Aguas.

Por ello,El Superintendente General de Aguas

RESUELVE:Artículo 1°.- Otorgar la autorización de uso de agua

pública a favor de la firma Matcovich Atilio, condomicilio en Chacra 114, Lote 8 B, de la localidad deVilla Regina, con la finalidad de su utilización enprocesos industriales.

Art. 2°.- La fuente de abastecimiento la constituyeel agua subterránea la que es captada mediante dos(2) perforaciones de 8,00 metros de profundidad. El

caudal máximo de explotación es del orden de los 105m3/h. El volumen realmente explotado se determinaráde acuerdo a lo dispuesto en el Art. 4° de la presenteresolución.

Art. 3°.- La captación, conducción y distribuciónde agua para el uso previsto, se hará conforme a ladocumentación técnica presentada y obrante en loslegajos de la Dirección de Protección y Conservaciónde los Recursos Hídricos.

Art. 4°.- La liquidación de regalías a abonar por elbeneficiario, se hará conforme a lo dispuesto porResoluciones Nros 402/04, 403/04 y modificatorias,por lo que para su cálculo será necesario realizar lasmediciones, debiendo instalar el solicitante uncaudalímetro totalizador conforme a directivas y plazosque imparta el Organismo.

Art. 5°.- La autorización se otorga exclusivamentecon el destino previsto en el Art. 1° y quedará sujeta alo preceptuado por el Código de Aguas y sus normasreglamentarias y concordantes.

Art. 6°.- Toda norma modificatoria que en losucesivo se dicte en materia de tutela, administracióny policía de agua pública y su uso y goce por las per-sonas particulares, debe ser observada por el titularde la autorización y cumplida en lo que se oponga a lapresente.

Art. 7°.- La autorización podrá ser restringidatemporariamente, a juicio exclusivo del DepartamentoProvincial de Aguas, cuando considere necesario porrazones de interés general, cuando se registrendisminuciones del caudal de agua disponible o seproduzcan alteraciones en su calidad, en los términosdel Art. 41 del Código de Aguas.

Art. 8°.- La autorización otorgada por la presentese extiende por un plazo de diez (10) años.

Art. 9°.- Sin perjuicio de las causales de extinciónprevistos en el Art. 47 del Código de Aguas, en loscasos siguientes y a juicio exclusivo del DepartamentoProvincial de Aguas, se producirá la caducidad de laautorización.

a) En caso de modificarse el destino para la quefue otorgada.

b) Por falta de pago de tres o más liquidacionesconsecutivas o cuatro o más discontinuas de laregalía establecida.

c) Por incumplimiento de las condicionesesenciales de la derivación y utilización o cesióntotal o parcial sin consentimiento expreso delotorgante.

d) En general, ante el incumplimiento de lostérminos y obligaciones impuestas en el Art. 42y concordantes del Código de Aguas y los quesurgieran de la presente.

Art. 10.- El titular de la autorización deberá darcumplimiento a las normas vigentes sobre el Controlde Calidad y Protección de los Recursos HídricosProvinciales contenido en el Libro Tercero del Códigode Aguas y sus reglamentaciones.

Art. 11. - En todos los demás aspectos que excedanel marco de la autorización de uso y se encuentrendentro de las facultades previstas en el Código deAguas, en especial los Arts. 16, 258 y 260 yconcordantes, el Departamento Provincial de Aguastomará la intervención que le corresponda.

Art. 12. - Regístrese, comuníquese, notifíqueseal solicitante, y al Delegado Regional Zona AltoValle.- Publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido,archívese.

Ing. Horacio Raúl Collado, Superintendente Ge-neral DPA.

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Resolución Nº 633Expte. Nº 59142-DGRH-04

Viedma, 2 de junio del 2004.Visto, el expediente de referencia, por el que se

tramita solicitud de autorización de uso de aguapública, y

CONSIDERANDO:Que inicia las presentes actuaciones la empresa

Frutas Cacho S.A., inscripta como galpón de empaquey frigorífico de frutas, solicitando la autorización parala utilización de agua subterránea con finesindustriales;

Que las características de las obras de captación yel volumen a extraer son compatibles con lasnecesidades que se deben satisfacer;

Que cumplimentada la documentación conformeArt. 30 del Código de Aguas, se procedió a lapublicación edictal correspondiente, según Art. 31 delmismo cuerpo normativo, no deduciéndose oposiciónalguna (conf. Constancias fs. 5/11);

Que ha tomado debida intervención la Fiscalía deEstado;

Que la presente halla sustento legal en los Arts.22, inciso b,2), 35 y 260 del Código de Aguas.

Por ello,El Superintendente General de Aguas

RESUELVE:Artículo 1°.- Otorgar la autorización de uso de agua

pública a favor de la empresa Frutas Cacho S.A., condomicilio en Chacra 91, Lote 4, Villa Regina, con lafinalidad de su utilización en procesos industriales.

Art. 2°.- La fuente de abastecimiento la constituyeel agua subterránea la que es captada mediante dos(2) perforaciones de 8,00 metros de profundidad. Elcaudal máximo de explotación es del orden de los 45m3/día. El volumen realmente explotado sedeterminará de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 4° dela presente resolución.

Art. 3°.- La captación, conducción y distribuciónde agua para el uso previsto, se hará conforme a ladocumentación técnica presentada y obrante en loslegajos de la Dirección de Protección y Conservaciónde los Recursos Hídricos.

Art. 4°.- La liquidación de regalías a abonar por elbeneficiario, se hará conforme a lo dispuesto porResoluciones Nros 402/04, 403/04 y modificatorias,por lo que para su cálculo será necesario realizar lasmediciones, debiendo instalar el solicitante uncaudalímetro totalizador conforme a directivas y plazosque imparta el Organismo.

Art. 5°.- La autorización se otorga exclusivamentecon el destino previsto en el Art. 1° y quedará sujeta alo preceptuado por el Código de Aguas y sus normasreglamentarias y concordantes.

Art. 6°.- Toda norma modificatoria que en lo sucesivose dicte en materia de tutela, administración y policía deagua pública y su uso y goce por las personas particulares,debe ser observada por el titular de la autorización ycumplida en lo que se oponga a la presente.

Art. 7°.- La autorización podrá ser restringidatemporariamente, a juicio exclusivo del DepartamentoProvincial de Aguas, cuando considere necesario porrazones de interés general, cuando se registrendisminuciones del caudal de agua disponible o seproduzcan alteraciones en su calidad, en los términosdel Art. 41 del Código de Aguas.

Art. 8°.- La autorización otorgada por la presentese extiende por un plazo de diez (10) años.

Art. 9°.- Sin perjuicio de las causales de extinciónprevistos en el Art. 47 del Código de Aguas, en loscasos siguientes y a juicio exclusivo del DepartamentoProvincial de Aguas, se producirá la caducidad de laautorización.

a) En caso de modificarse el destino para la quefue otorgada.

b) Por falta de pago de tres o más liquidacionesconsecutivas o cuatro o más discontinuas de laregalía establecida.

c) Por incumplimiento de las condiciones esencialesde la derivación y utilización o cesión total oparcial sin consentimiento expreso del otorgante.

d) En general, ante el incumplimiento de lostérminos y obligaciones impuestas en el Art. 42y concordantes del Código de Aguas y los quesurgieran de la presente.

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32Viedma, 26 de Julio del 2004BOLETIN OFICIAL N° 4226

Art. 10.- El titular de la autorización deberá darcumplimiento a las normas vigentes sobre el Controlde Calidad y Protección de los Recursos HídricosProvinciales contenido en el Libro Tercero del Códigode Aguas y sus reglamentaciones.

Art. 11. - En todos los demás aspectos que excedanel marco de la autorización de uso y se encuentrendentro de las facultades previstas en el Código deAguas, en especial los Arts. 16, 258 y 260 yconcordantes, el Departamento Provincial de Aguastomará la intervención que le corresponda.

Art. 12. - Regístrese, comuníquese, notifíquese alsolicitante, y al Delegado Regional Zona Alto Valle.-Publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese.

Ing. Horacio Raúl Collado, Superintendente Ge-neral DPA.

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Resolución Nº 635Expte. Nº 59049-DGRH-04

Viedma, 2 de junio del 2004.Visto, el expediente de referencia, por el que se

tramita solicitud de autorización de uso de aguapública, y

CONSIDERANDO:Que inicia las presentes actuaciones la firma

Rodríguez Raúl Héctor, inscripta como galpón deempaque y frigorífico de frutas, solicitando laautorización para la utilización de agua subterráneacon fines industriales;

Que las características de las obras de captación yel volumen a extraer son compatibles con lasnecesidades que se deben satisfacer;

Que cumplimentada la documentación conformeArt. 30 del Código de Aguas, se procedió a lapublicación edictal correspondiente, según Art. 31 delmismo cuerpo normativo, no deduciéndose oposiciónalguna (conf. Constancias fs. 9/15);

Que ha tomado debida intervención la Fiscalía deEstado;

Que la presente halla sustento legal en los Arts.22, inciso b,2), 35 y 260 del Código de Aguas.

Por ello,El Superintendente General de Aguas

RESUELVE:Artículo 1°.- Otorgar la autorización de uso de

agua pública a favor de la firma Rodríguez RaúlHéctor, con domicilio en Chacra 176, J. J. Gómez,con la finalidad de su utilización en procesosindustriales.

Art. 2°.- La fuente de abastecimiento la constituyeel agua subterránea la que es captada mediante dos(2) perforaciones de 8,00 y 9,00 metros deprofundidad. El caudal máximo de explotación es delorden de los 1210 m3/día. El volumen realmenteexplotado se determinará de acuerdo a lo dispuesto enel Art. 4° de la presente resolución.

Art. 3°.- La captación, conducción y distribuciónde agua para el uso previsto, se hará conforme a ladocumentación técnica presentada y obrante en loslegajos de la Dirección de Protección y Conservaciónde los Recursos Hídricos.

Art. 4°.- La liquidación de regalías a abonar por elbeneficiario, se hará conforme a lo dispuesto porResoluciones Nros 402/04, 403/04 y modificatorias,por lo que para su cálculo será necesario realizar lasmediciones, debiendo instalar el solicitante uncaudalímetro totalizador conforme a directivas y plazosque imparta el Organismo.

Art. 5°.- La autorización se otorga exclusivamentecon el destino previsto en el Art. 1° y quedará sujeta alo preceptuado por el Código de Aguas y sus normasreglamentarias y concordantes.

Art. 6°.- Toda norma modificatoria que en losucesivo se dicte en materia de tutela, administracióny policía de agua pública y su uso y goce por las per-sonas particulares, debe ser observada por el titularde la autorización y cumplida en lo que se oponga a lapresente.

Art. 7°.- La autorización podrá ser restringidatemporariamente, a juicio exclusivo del DepartamentoProvincial de Aguas, cuando considere necesario porrazones de interés general, cuando se registrendisminuciones del caudal de agua disponible o seproduzcan alteraciones en su calidad, en los términosdel Art. 41 del Código de Aguas.

Art. 8°.- La autorización otorgada por la presentese extiende por un plazo de diez (10) años.

Art. 9°.- Sin perjuicio de las causales de extinciónprevistos en el Art. 47 del Código de Aguas, en loscasos siguientes y a juicio exclusivo del DepartamentoProvincial de Aguas, se producirá la caducidad de laautorización.

a) En caso de modificarse el destino para la quefue otorgada.

b) Por falta de pago de tres o más liquidacionesconsecutivas o cuatro o más discontinuas de laregalía establecida.

c) Por incumplimiento de las condicionesesenciales de la derivación y utilización o cesióntotal o parcial sin consentimiento expreso delotorgante.

d) En general, ante el incumplimiento de lostérminos y obligaciones impuestas en el Art. 42y concordantes del Código de Aguas y los quesurgieran de la presente.

Art. 10.- El titular de la autorización deberá darcumplimiento a las normas vigentes sobre el Controlde Calidad y Protección de los Recursos HídricosProvinciales contenido en el Libro Tercero del Códigode Aguas y sus reglamentaciones.

Art. 11. - En todos los demás aspectos que excedanel marco de la autorización de uso y se encuentrendentro de las facultades previstas en el Código deAguas, en especial los Arts. 16, 258 y 260 yconcordantes, el Departamento Provincial de Aguastomará la intervención que le corresponda.

Art. 12. - Regístrese, comuníquese, notifíquese alsolicitante, y al Delegado Regional Zona Alto Valle.-Publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese.

Ing. Horacio Raúl Collado, Superintendente Ge-neral DPA.

—oOo—

Resolución Nº 636Expte. Nº 36310-DGRH-03

Viedma, 2 de junio del 2004.Visto, el expediente de referencia, por el que se

tramita solicitud de autorización de uso de aguapública, y

CONSIDERANDO:Que inicia las presentes actuaciones la firma Iogna,

Raúl, inscripta como galpón de empaque y frigoríficode frutas, solicitando la autorización para la utilizaciónde agua subterránea con fines industriales;

Que las características de las obras de captación yel volumen a extraer son compatibles con lasnecesidades que se deben satisfacer;

Que cumplimentada la documentación conformeArt. 30 del Código de Aguas, se procedió a lapublicación edictal correspondiente, según Art. 31 delmismo cuerpo normativo, no deduciéndose oposiciónalguna (conf. Constancias fs. 6/12);

Que ha tomado debida intervención la Fiscalía deEstado;

Que la presente halla sustento legal en los Arts.22, inciso b,2), 35 y 260 del Código de Aguas.

Por ello,El Superintendente General de Aguas

RESUELVE:Artículo 1°.- Otorgar la autorización de uso de agua

pública a favor de la firma Iogna, Raúl, con domicilioen Chacra 92, Lote 2, Villa Regina, con la finalidadde su utilización en procesos industriales.

Art. 2°.- La fuente de abastecimiento la constituyeel agua subterránea la que es captada mediante una(1) perforación de 6,50 metros de profundidad. El

caudal máximo de explotación es del orden de los 173m3/día. El volumen realmente explotado sedeterminará de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 4° dela presente resolución.

Art. 3°.- La captación, conducción y distribuciónde agua para el uso previsto, se hará conforme a ladocumentación técnica presentada y obrante en loslegajos de la Dirección de Protección y Conservaciónde los Recursos Hídricos.

Art. 4°.- La liquidación de regalías a abonar por elbeneficiario, se hará conforme a lo dispuesto porResoluciones Nros 402/04, 403/04 y modificatorias,por lo que para su cálculo será necesario realizar lasmediciones, debiendo instalar el solicitante uncaudalímetro totalizador conforme a directivas y plazosque imparta el Organismo.

Art. 5°.- La autorización se otorga exclusivamentecon el destino previsto en el Art. 1° y quedará sujeta alo preceptuado por el Código de Aguas y sus normasreglamentarias y concordantes.

Art. 6°.- Toda norma modificatoria que en losucesivo se dicte en materia de tutela, administracióny policía de agua pública y su uso y goce por las per-sonas particulares, debe ser observada por el titularde la autorización y cumplida en lo que se oponga a lapresente.

Art. 7°.- La autorización podrá ser restringidatemporariamente, a juicio exclusivo del DepartamentoProvincial de Aguas, cuando considere necesario porrazones de interés general, cuando se registrendisminuciones del caudal de agua disponible o seproduzcan alteraciones en su calidad, en los términosdel Art. 41 del Código de Aguas.

Art. 8°.- La autorización otorgada por la presentese extiende por un plazo de diez (10) años.

Art. 9°.- Sin perjuicio de las causales de extinciónprevistos en el Art. 47 del Código de Aguas, en loscasos siguientes y a juicio exclusivo del DepartamentoProvincial de Aguas, se producirá la caducidad de laautorización.

a) En caso de modificarse el destino para la quefue otorgada.

b) Por falta de pago de tres o más liquidacionesconsecutivas o cuatro o más discontinuas de laregalía establecida.

c) Por incumplimiento de las condicionesesenciales de la derivación y utilización o cesióntotal o parcial sin consentimiento expreso delotorgante.

d) En general, ante el incumplimiento de lostérminos y obligaciones impuestas en el Art. 42y concordantes del Código de Aguas y los quesurgieran de la presente.

Art. 10.- El titular de la autorización deberá darcumplimiento a las normas vigentes sobre el Controlde Calidad y Protección de los Recursos HídricosProvinciales contenido en el Libro Tercero del Códigode Aguas y sus reglamentaciones.

Art. 11. - En todos los demás aspectos que excedanel marco de la autorización de uso y se encuentrendentro de las facultades previstas en el Código deAguas, en especial los Arts. 16, 258 y 260 yconcordantes, el Departamento Provincial de Aguastomará la intervención que le corresponda.

Art. 12. - Regístrese, comuníquese, notifíqueseal solicitante, y al Delegado Regional Zona AltoValle.- Publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido,archívese.

Ing. Horacio Raúl Collado, Superintendente Ge-neral DPA.

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Resolución Nº 638Expte. Nº 36217-DGRH-03

Viedma, 2 de junio del 2004.Visto, el expediente de referencia, por el que se

tramita solicitud de autorización de uso de aguapública, y

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33Viedma, 26 de Julio del 2004 BOLETIN OFICIAL N° 4226

CONSIDERANDO:Que inicia las presentes actuaciones la empresa

Filipi Hnos., inscripta como galpón de empaque yfrigorífico de frutas, solicitando la autorización para lautilización de agua subterránea con fines industriales;

Que las características de las obras de captación yel volumen a extraer son compatibles con lasnecesidades que se deben satisfacer;

Que cumplimentada la documentación conformeArt. 30 del Código de Aguas, se procedió a lapublicación edictal correspondiente, según Art. 31 delmismo cuerpo normativo, no deduciéndose oposiciónalguna (conf. Constancias fs. 5/11);

Que ha tomado debida intervención la Fiscalía deEstado;

Que la presente halla sustento legal en los Arts.22, inciso b,2), 35 y 260 del Código de Aguas.

Por ello,El Superintendente General de Aguas

RESUELVE:Artículo 1°.- Otorgar la autorización de uso de agua

pública a favor de la empresa Filipi Hnos., condomicilio en Chacra 73, Lote 6 A, Villa Regina, conla finalidad de su utilización en procesos industriales.

Art. 2°.- La fuente de abastecimiento la constituyeel agua subterránea la que es captada mediante una (1)perforación de 6,00 metros de profundidad. El caudalmáximo de explotación es del orden de los 40 m3/h. Elvolumen realmente explotado se determinará de acuerdoa lo dispuesto en el Art. 4° de la presente resolución.

Art. 3°.- La captación, conducción y distribuciónde agua para el uso previsto, se hará conforme a ladocumentación técnica presentada y obrante en loslegajos de la Dirección de Protección y Conservaciónde los Recursos Hídricos.

Art. 4°.- La liquidación de regalías a abonar por elbeneficiario, se hará conforme a lo dispuesto porResoluciones Nros 402/04, 403/04 y modificatorias,por lo que para su cálculo será necesario realizar lasmediciones, debiendo instalar el solicitante uncaudalímetro totalizador conforme a directivas y plazosque imparta el Organismo.

Art. 5°.- La autorización se otorga exclusivamentecon el destino previsto en el Art. 1° y quedará sujeta alo preceptuado por el Código de Aguas y sus normasreglamentarias y concordantes.

Art. 6°.- Toda norma modificatoria que en losucesivo se dicte en materia de tutela, administracióny policía de agua pública y su uso y goce por las per-sonas particulares, debe ser observada por el titularde la autorización y cumplida en lo que se oponga a lapresente.

Art. 7°.- La autorización podrá ser restringidatemporariamente, a juicio exclusivo del DepartamentoProvincial de Aguas, cuando considere necesario porrazones de interés general, cuando se registrendisminuciones del caudal de agua disponible o seproduzcan alteraciones en su calidad, en los términosdel Art. 41 del Código de Aguas.

Art. 8°.- La autorización otorgada por la presentese extiende por un plazo de diez (10) años.

Art. 9°.- Sin perjuicio de las causales de extinciónprevistos en el Art. 47 del Código de Aguas, en loscasos siguientes y a juicio exclusivo del DepartamentoProvincial de Aguas, se producirá la caducidad de laautorización.

a) En caso de modificarse el destino para la quefue otorgada.

b) Por falta de pago de tres o más liquidacionesconsecutivas o cuatro o más discontinuas de laregalía establecida.

c) Por incumplimiento de las condicionesesenciales de la derivación y utilización o cesióntotal o parcial sin consentimiento expreso delotorgante.

d) En general, ante el incumplimiento de lostérminos y obligaciones impuestas en el Art. 42y concordantes del Código de Aguas y los quesurgieran de la presente.

Art. 10.- El titular de la autorización deberá darcumplimiento a las normas vigentes sobre el Controlde Calidad y Protección de los Recursos HídricosProvinciales contenido en el Libro Tercero del Códigode Aguas y sus reglamentaciones.

Art. 11. - En todos los demás aspectos que excedanel marco de la autorización de uso y se encuentrendentro de las facultades previstas en el Código deAguas, en especial los Arts. 16, 258 y 260 yconcordantes, el Departamento Provincial de Aguastomará la intervención que le corresponda.

Art. 12. - Regístrese, comuníquese, notifíquese alsolicitante, y al Delegado Regional Zona Alto Valle.-Publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese.

Ing. Horacio Raúl Collado, Superintendente Ge-neral DPA.

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Resolución Nº 640Expte. Nº 36218-DGRH-03

Viedma, 2 de junio del 2004.Visto, el expediente de referencia, por el que se

tramita solicitud de autorización de uso de aguapública, y

CONSIDERANDO:Que inicia las presentes actuaciones la empresa

Pettinelli Hnos., inscripta como galpón de empaque yfrigorífico de frutas, solicitando la autorización parala utilización de agua subterránea con finesindustriales;

Que las características de las obras de captación yel volumen a extraer son compatibles con lasnecesidades que se deben satisfacer;

Que cumplimentada la documentación conformeArt. 30 del Código de Aguas, se procedió a lapublicación edictal correspondiente, según Art. 31 delmismo cuerpo normativo, no deduciéndose oposiciónalguna (conf. Constancias fs. 5/11);

Que ha tomado debida intervención la Fiscalía deEstado;

Que la presente halla sustento legal en los Arts.22, inciso b,2), 35 y 260 del Código de Aguas.

Por ello,El Superintendente General de Aguas

RESUELVE:Artículo 1°.- Otorgar la autorización de uso de

agua pública a favor de la empresa Pettinelli Hnos.,con domicilio en Chacra 108, Lote 2, Villa Regina,con la finalidad de su utilización en procesos indus-triales.

Art. 2°.- La fuente de abastecimiento la constituyeel agua subterránea la que es captada mediante tres(3) perforaciones de 6,00 y 10,00 metros deprofundidad. El caudal máximo de explotación es delorden de los 2055 m3/día. El volumen realmenteexplotado se determinará de acuerdo a lo dispuesto enel Art. 4° de la presente resolución.

Art. 3°.- La captación, conducción y distribuciónde agua para el uso previsto, se hará conforme a ladocumentación técnica presentada y obrante en loslegajos de la Dirección de Protección y Conservaciónde los Recursos Hídricos.

Art. 4°.- La liquidación de regalías a abonar por elbeneficiario, se hará conforme a lo dispuesto porResoluciones Nros 402/04, 403/04 y modificatorias,por lo que para su cálculo será necesario realizar lasmediciones, debiendo instalar el solicitante uncaudalímetro totalizador conforme a directivas y plazosque imparta el Organismo.

Art. 5°.- La autorización se otorga exclusivamentecon el destino previsto en el Art. 1° y quedará sujeta alo preceptuado por el Código de Aguas y sus normasreglamentarias y concordantes.

Art. 6°.- Toda norma modificatoria que en losucesivo se dicte en materia de tutela, administracióny policía de agua pública y su uso y goce por las per-sonas particulares, debe ser observada por el titularde la autorización y cumplida en lo que se oponga a lapresente.

Art. 7°.- La autorización podrá ser restringidatemporariamente, a juicio exclusivo del DepartamentoProvincial de Aguas, cuando considere necesario porrazones de interés general, cuando se registrendisminuciones del caudal de agua disponible o seproduzcan alteraciones en su calidad, en los términosdel Art. 41 del Código de Aguas.

Art. 8°.- La autorización otorgada por la presentese extiende por un plazo de diez (10) años.

Art. 9°.- Sin perjuicio de las causales de extinciónprevistos en el Art. 47 del Código de Aguas, en loscasos siguientes y a juicio exclusivo del DepartamentoProvincial de Aguas, se producirá la caducidad de laautorización.

a) En caso de modificarse el destino para la quefue otorgada.

b) Por falta de pago de tres o más liquidacionesconsecutivas o cuatro o más discontinuas de laregalía establecida.

c) Por incumplimiento de las condicionesesenciales de la derivación y utilización o cesióntotal o parcial sin consentimiento expreso delotorgante.

d) En general, ante el incumplimiento de lostérminos y obligaciones impuestas en el Art. 42y concordantes del Código de Aguas y los quesurgieran de la presente.

Art. 10.- El titular de la autorización deberá darcumplimiento a las normas vigentes sobre el Controlde Calidad y Protección de los Recursos HídricosProvinciales contenido en el Libro Tercero del Códigode Aguas y sus reglamentaciones.

Art. 11. - En todos los demás aspectos que excedanel marco de la autorización de uso y se encuentrendentro de las facultades previstas en el Código deAguas, en especial los Arts. 16, 258 y 260 yconcordantes, el Departamento Provincial de Aguastomará la intervención que le corresponda.

Art. 12. - Regístrese, comuníquese, notifíquese alsolicitante, y al Delegado Regional Zona Alto Valle.-Publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese.

Ing. Horacio Raúl Collado, Superintendente Ge-neral DPA.

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Provincia de Río NegroMinisterio de Gobierno

INSPECCIÓN GENERALDE PERSONAS JURÍDICAS

Resolución Nº 306Viedma, 21 de julio del 2004.

Visto, el Expte. Nº 2794-A-2002, del registro delMinisterio de Gobierno, mediante el cual la asociacióndenominada “Asociación Cristiana NuestroManantial”, con domicilio en Mar del Plata, gestionala inscripción en esta Dirección General de su filialViedma; y

CONSIDERANDO:Que la recurrente se encuentra inscripta en

jurisdicción de origen, mediante Resolución Nº 3375,de fecha 23 de julio de 1997;

Que ha presentado la documentación establecidaen Resolución Nº 122/99 de este Organismo, Ley Nº3827/04 y su Decreto Reglamentario.

Por ello,La Inspectora General de Personas Jurídicas

RESUELVE:Artículo 1º - Inscríbese, en este Organismo, la fil-

ial Viedma - Río Negro, de la asociación civildenominada “Asociación Cristiana NuestroManantial”, con domicilio en Mar del Plata, porajustarse la documentación presentada a los requisitosque determina este Organo de contralor.

Art. 2º - Regístrese, bajo el número doce (Nº 12).Art. 3º - Comuníquese, tómese razón, publíquese

en el Boletín Oficial y archívese.Dra. María Angélica Fulvi, Inspectora General de

Personas Jurídicas.

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34Viedma, 26 de Julio del 2004BOLETIN OFICIAL N° 4226

República ArgentinaProvincia de Río Negro

JUNTA DE RECLAMOSResolución Nº 12/04

Viedma, 08 de Julio de 2.004.Visto, el Expediente N° 007473-G-04 del Registro

del Ministerio de Gobierno, y;CONSIDERANDO:Que por el mismo la Dirección de Organización y

Recursos Humanos de la citada jurisdicción solicitala intervención de esta Junta de Reclamos para obtenerun pronunciamiento respecto a la interpretación de laincidencia en el uso de la licencia anual ordinaria porvacaciones (Arts. 27 a), 28, 29 y concordantes delEstatuto aprobado por Ley N° 3.487) en períodos notrabajados ni remunerados por haberse usufructuadolicencia sin goce de haberes (Art. 53 de la mismanorma legal);

Que en dicho Expediente se atiende el planteoformulado por la agente con situación de revista en laplanta permanente de la Delegación Cipolletti delRegistro Civil y Capacidad de las Personas Sra.Miriam Edith Jara, quien en el año 2.003 usufructuóseis meses de licencia sin goce de haberes entre el 13de febrero al 12 de agosto y completó la otra mitaddel año con licencia anual ordinaria del año 2.002 yprestaciones efectivas. En consecuencia estánacreditados fehacientemente seis meses prestados ycobrados en el año y otros seis meses no trabajados niremunerados, lo cual importa una interrupción osuspensión en la relación contractual;

Que la agente Jara alude haber sido informada quepor el año 2.003 le corresponden usufructuar 15 díashábiles de vacaciones proporcionales al tiempotrabajado y remunerado en ese año, reclamando latotalidad de días que a su entender le pertenecen porlos servicios públicos acumulados al 31 de diciembre.Sostiene que en el Régimen de Licencias vigente nose menciona que por hacer uso de la licencia sin gocede haberes le "fraccionen" días, admitiendo que"perdería el día acumulativo" para acrecentarla conrespecto a la del año anterior;

Que la Dirección de Organización y RecursosHumanos del Ministerio de Gobierno en Nota N° 876/04 solicitando dictamen jurídico sobre la cuestión,subraya lo establecido en el Art. 28 "... solo seconcederá licencia a los agentes que acumulen unaantigüedad de al menos seis meses de serviciosefectivos, en cuyo caso se otorgará en formaproporcional al tiempo trabajado".. Amplía informadoque cuando un empleado solicita por algunacircunstancia especial durante el año, usufructuarlicencia adelantada de ese mismo período, se le otorgade manera proporcional al tiempo del año transcurrido,realizándolo así dado que es el crédito de días delicencia acumulados por los meses trabajados en eseaño. Manifiesta que en consecuencia y aplicando unrazonamiento que dicta la lógica (proporcionalidad delicencia), adoptó el mismo criterio en la certificaciónde los días de licencia efectuado a la agente Jara porentender que las situaciones son similares, ya que lalicencia sin goce de haberes utilizada le permitiósolamente acreditar seis meses trabajados durante elaño 2.003 y que por la misma no se le computa tiempode antigüedad (Art. 29 in fine);

Que la Asesoría Legal del Ministerio de Gobiernomediante Dictamen N° 135/04 entiende correspondereconocer a la agente Jara a partir de 2.004 la licenciacompleta a la que se había hecho acreedora por el añoanterior, descontándole del cómputo total un día co-rrespondiente a la interrupción por la licencia sin gocede haberes usufructuada durante el año 2.003;

Que lo fundamenta en parte de lo establecido en elArt. 28: la licencia anual ordinaria por vacaciones seacuerda por año vencido en cualquier momento delaño, sólo se concede al agente que acumule unaantigüedad de al menos seis meses de serviciosefectivos, en cuyo caso se otorga en forma proporcionalal tiempo trabajado...., y lo agregado en parte del Art.

29: el término será de doce días más uno por cada añode antigüedad, para el cómputo de antigüedad seconsideran los servicios prestados al 31 de diciembredel año al que corresponda la licencia y que a efectosde ese cómputo no se considera el tiempo que el agentehaya hecho uso de la licencia sin goce de haberes;

Que en el análisis para emitir el precitadoDictamen, observa que la expresión "solo se concederáa los agentes que acumulen al menos seis meses....." correspondería aplicarse a los agentes que haniniciado una relación laboral con la administracióndentro de los términos del Art. 96 (personal nopermanente) a quienes se le reconoce la posibilidadde hacer uso de la licencia anual ordinaria proporcionalal tiempo trabajado, pero justificando al menos seismeses de trabajo efectivo;

De esa apreciación esta junta deduce que el per-sonal que ha tenido derecho a utilizar seis meses delicencia sin goce de haberes, como la agente Jara, portener cumplidos al menos cinco años de antigüedad,no haber sufrido sanciones disciplinarias que hubierengenerado más de cinco días de suspensión en losúltimos doce meses y usufructuable cada cinco añossin acumularse la licencia por los períodos noutilizados (requisitos indispensables establecidos enel Art. 53), acumula la antigüedad suficiente para gozarde sus vacaciones completas;

Que en el precitado dictámen jurídico la AsesoraLegal del Ministerio de Gobierno agrega no parecerlecorrecta la interpretación de la proporcionalidadaplicada en el adelantamiento de vacaciones al per-sonal permanente con por lo menos seis meses deservicios efectivos en el año calendario y el tratamientode las eventuales situaciones presentadasesporádicamente por aquellos agentes que accedierona los seis meses de licencia sin goce de haberes, puestoque implicaría que el ejercicio de un derechoreconocido ''licencia sin goce haberes" le cercena otrode los derechos ''licencia anual ordinaria en el númerode días que se haya hecho acreedor por la antigüedadacumulada". Señala que por estar dispuestoexpresamente en el Art. 29 in fine, la incidencia de lalicencia sin goce de haberes sería para otra cuestión,cual es la de no considerar para el cómputo antigüedadel período no trabajado ni remunerado, pero nuncapara quitar beneficios que se han venido acumulandocon el transcurso de la prestación;

Que para la Asesoría Legal del Ministerio deGobierno correspondería preguntarse cual ha sido laintención del legislador al exigir al menos seis mesesde servicio en general para hacerse acreedor al uso dela licencia ordinaria, indicando que en caso de dudadebe primar el principio general de pronunciarse afavor del trabajador, que no cabe una aplicaciónanalógica si ello conlleva un perjuicio para eltrabajador y que los lapsos de licencias no debendescontarse del período de vacaciones puesto que asílo requiere la ratio iuris de ambos institutos(Marienohoff, M. "Tratado del Derecho Administra-tivo");

Que conforme a lo establecido en el Art. 1° de laReglamentación de competencia y funcionamiento dela Junta de Reclamos creada por Art. 53 de la Ley N°3.052 "Régimen de la Función Pública" aprobado porDecreto N° 224/03, corresponde a la misma el análisisy pronunciamiento referido a la interpretación de laaplicación del Estatuto y Escalafón aprobados por LeyN° 3.487 y de sus reglamentaciones, como así tambiénde todos aquellos asuntos que sean sometidos para suopinión por parte de cualquier organismo de laAdministración Pública Provincial. En estos casos laJunta se limitará a opinar e interpretar sobre el asuntosometido a análisis, teniendo el dictámen carácter deno vinculante en la futura resolución de la causa porparte del organismo consultor;

Que previo a definir la cuestión de fondo se obtuvouna certificación sobre la antigüedad real de la agenteJara. En la misma consta su ingreso el 16/10/86 y laprestación de servicios continuados hasta la fecha, con

única interrupción por licencia sin goce de haberesentre el 13/02/03 al 12/08/03, por lo cual computa al31/12/ 2.003 el cumplimiento de 16 años, 08 meses y15 días de servicios remunerados en la AdministraciónPública Provincial;

Que se aprecia un vacío o falta de precisión enpartes de nuestra actual legislación con respecto anacionales y provinciales relacionadas al asunto bajoanálisis. En tal sentido puede citarse al Régimen deLicencias, Justificaciones y Franquicias del PoderEjecutivo Nacional aprobado por Decreto N° 3.413/79 diferenciando el cómputo de la antigüedad mínimaentre quien acumula prestaciones corridas con elingresante o reingresante y estableciendo que no seotorgará licencia anual ordinaria por los períodos enque el agente no preste servicios por hallarse en usode licencias sin goce de sueldos. La Ley de Contratode Trabajo otorgando vacaciones completas altrabajador que haya prestado servicios la mitad comomínimo de los días hábiles comprendidos en el año.Distintos Estatutos Provinciales determinandoexpresamente que la antigüedad mínima requiriendoservicios efectivos se computará por cada añocalendario al que corresponda la licencia;

Que por estar expresamente dispuesto en el Art,29 in fine, no se debe considerar a los efectos delcómputo de la antigüedad acumulada al 31 dediciembre del año en que correspondan las vacaciones,el tiempo en que el agente haya usado licencia singoce de haberes. En consecuencia los períodos noremunerados por tal causal deben deducirse;

Que según lo establecido en el Art. 31 del mismoEstatuto la licencia anual sólo se interrumpe en casosde tratamiento de la salud y de enfermedadesprofesionales, maternidad o adopción, asunto fami-liar y razones de servicios, no contemplándose lalicencia sin goce de haberes como circunstanciainterruptiva;

Que por todo lo expuesto esta Junta de Reclamoscoincide en general con lo dictaminado por la AsesoríaLegal del Ministerio de Gobierno entendiendo que laacumulación de una antigüedad de al menos seis mesesde servicios efectivos, en cuyo caso se otorgará enforma proporcional al tiempo trabajado, sólo resultaaplicable para la primer licencia de los agentes queingresan o reingresan a la administración pública pro-vincial, quienes deben tener ese mínimo trabajado parapoder usar vacaciones proporcionales, pero no paraquienes tienen una prestación mayor de un año a loscuales le corresponden completas;

Que pudiendo surtir también efectos generales loresuelto en la presente causa, corresponde supublicación en el Boletín Oficial (Art. 10Reglamentación aprobada por Decreto N° 224/03);

Que relacionado al planteo particular de la agenteJara, corresponde computar su antigüedad acumuladaal 31 de diciembre de 2.003, deduciéndole los seismeses de licencia sin goce de haberes usufructuados.En consecuencia por resultar dicho cómputo de 16años, 8 meses y 15 días, deberían otorgárseleveintiocho días hábiles de vacaciones por el año 2.003;

Por ello, en virtud de las facultades conferidas porel Art. 53° de la Ley N° 3052:

La Junta de Reclamos Ley 3052RESUELVE:

1°.- Interpretar, con efectos generales, que el usode la licencia sin goce de haberes establecida en elArt. 53º del Estatuto General y Básico para el Per-sonal de la Administración Pública de Río Negroaprobado por Ley Nº 3.487, no disminuye el términode la Licencia Anual Ordinaria por Vacacionesestablecida en los Art. 27 a), 28, 29 y concordantes dela misma norma legal, debiendo concederse al agentela Licencia Anual Ordinaria en forma completa, porel término que corresponda según su antigüedadlaboral, con excepción de lo que resulte de noconsiderar para cómputo de la antigüedad, el tiempono trabajado ni remunerado, tal cual lo establece elArt. 29 in fine.

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35Viedma, 26 de Julio del 2004 BOLETIN OFICIAL N° 4226

2°.- Determinar que a la agente Sra. Miriam EdithJara (CUIL N° 27-17018830-1) le corresponderíanusufructuar veintiocho (28) días hábiles de LicenciaAnual Ordinaria por el año 2.003, de acuerdo a losantecedentes de hecho y de derecho que fundamentanla presente resolución.

3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en elBoletín Oficial y archívese.

Juan Carlo Rosso, Representante Titular.– NemecioFernández, Vocal U.P.C.N.– Jorge Carriqueo, VocalU.P.C.N.– María Laura Soliveriz, Vocal PoderEjecutivo.– Hugo Güenumil, Vocal Titular U.P.C.N.–Carlos Da Silva, Vocal Gubernamental - Junta deReclamos.– Mónica Gómez, Vocal U.P.C.N.– PaulaF. Crocioni, Vocal Poder Ejecutivo.– Oscar Zapata,Vocal U.P.C.N.

—oOo—

ORDENANZAS MUNICIPALES–—

Provincia de Río NegroMUNICIPALIDAD DE

SAN CARLOS DE BARILOCHECONCEJO MUNICIPAL

Ordenanza Municipal Nº 1400-CM-04El Concejo Municipal

de San Carlos de BarilocheSanciona con Carácter de

ORDENANZA:Artículo 1º - Reconocer la nueva jurisdicción de

la Junta Vecinal Pájaro Azul, por incorporación delsector Este de La Gaviota, quedando conformada dela siguiente manera:

– Parcelas 07, 08 y 09 de la Quinta 051 del DistritoCatastral 19, Circunscripción 1, Sección P.

– Parcelas 01 a 12 inclusive, de la Manzana 521del Distrito Catastral 19, Circunscripción 1,Sección P.

– Parcelas 04 a 07 inclusive, de la Manzana 531del Distrito Catastral 19, Circunscripción 1,Sección P.

– Parcelas 15 a 18 inclusive, de la Manzana 540del Distrito Catastral 19, Circunscripción 1,Sección P.

– Parcelas 01, 10, 11, 12, 19, 20, 21 y 22 de laManzana 551 del Distrito Catastral 19,Circunscripción 1, Sección P.

– Parcelas 01, 02, 03A y 04 inclusive, de la Chacra001 del Distrito Catastral 19, Circunscripción2, Sección A.

– Parcelas 01 y 02 inclusive, de la Chacra 002del Distrito Catastral 19, Circunscripción 2,Sección A.

– Quinta 052 y 065 y Manzanas 511, 522, 523,524, 525, 532, 541, 600, 601, 602, 610, 611,612, 613, 614, 615, 616, 617, 620, 621, 622,630, 631, 632, 640, 641 y 642 en su totalidad,todas del Distrito Catastral 19, Circunscripción1, Sección P.

– Quinta 011 del Distrito Catastral 19,Circunscripción 2, Sección A.

Art. 2º - La Junta Vecinal Pájaro Azul deberáadecuar y presentar, ante la Dirección General deJuntas Vecinales, su Estatuto Social modificado, enel Art. 1º, a partir de la sanción de la presente Orde-nanza.

Art. 3º - Proceda la Dirección General de JuntasVecinales, a inscribir la nueva jurisdicción en elregistro correspondiente.

Art. 4º - Comuníquese, publíquese en el BoletínOficial, tómese razón. Cumplido, archívese.

Marcelo Alejandro Cascón, Presidente ConcejoMunicipal.- Natalia del Carmen Pacheco, SecretaríaConcejo Municipal.

Resolución Nº 1242-I-2004El Intendente Municipal

de la ciudad de San Carlos de BarilocheRESUELVE:

Artículo 1º - Promulgar la Ordenanza Nº 1400-CM-2004, sancionada por el Concejo Municipal con fecha17 de junio del 2004, y cúmplase de conformidad.

Art. 2º - La presente Resolución será refrendadapor el Sr. Secretario de Gobierno.

Art. 3º - Comuníquese, publíquese, tómese razón,dése al Registro Oficial. Cumplido, archívese.

S. C. de Bariloche, 7 de julio del 2004.Alberto Gabriel Icare, Intendente Municipal.-

Adolfo Foures, Secretario de Gobierno.—oOo—

Ordenanza Municipal Nº 1402-CM-04El Concejo Municipal

de San Carlos de BarilocheSanciona con Carácter de

ORDENANZA:Artículo 1º - Asígnase el nombre de Segunda

Cortada, a la calle que tiende su recorrido en dostramos, el primero de Este a Oeste, lindando al Nortecon Manzana 739 y al Sur con parte Chacra 007B y elsegundo de Sur a Norte, lindando al Este con Manzana739 y al Oeste con parte Chacra 007A, todas delDistrito Catastral 19, Circunscripción 1, Sección P.

Art. 2º - Comuníquese, publíquese en el BoletínOficial, tómese razón. Cumplido, archívese.

Marcelo Alejandro Cascón, Presidente ConcejoMunicipal.- Natalia del Carmen Pacheco, SecretaríaConcejo Municipal.

–––—

Resolución Nº 1243-I-2004El Intendente Municipal

de la ciudad de San Carlos de BarilocheRESUELVE:

Artículo 1º - Promulgar la Ordenanza Nº 1402-CM-2004, sancionada por el Concejo Municipal con fecha17 de junio del 2004, y cúmplase de conformidad.

Art. 2º - La presente Resolución será refrendadapor el Sr. Secretario de Obras y Servicios Públicos, ySecretario de Gobierno.

Art. 3º - Comuníquese, publíquese, tómese razón,dése al Registro Oficial. Cumplido, archívese.

S. C. de Bariloche, 7 de julio del 2004.Alberto Gabriel Icare, Intendente Municipal.- Arq.

Raúl Alberto Martiniau, Secretario de Obras yServicios Públicos.- Adolfo Foures, Secretario deGobierno.

—oOo—

Ordenanza Municipal Nº 1403-CM-04El Concejo Municipal

de San Carlos de BarilocheSanciona con Carácter de

ORDENANZA:Artículo 1º - Prestar acuerdo al Pliego de Licitación

Pública para la provisión de un Triturador AutoclaveEsterilizador, que como Anexo I, se adjunta a la presente.

Art. 2º - Comuníquese, publíquese en el BoletínOficial, tómese razón. Cumplido, archívese.

Marcelo Alejandro Cascón, Presidente ConcejoMunicipal.- Natalia del Carmen Pacheco, SecretaríaConcejo Municipal.

–––—

Resolución Nº 1241-I-2004El Intendente Municipal

de la ciudad de San Carlos de BarilocheRESUELVE:

Artículo 1º - Promulgar la Ordenanza Nº 1403-CM-2004, sancionada por el Concejo Municipal con fecha17 de junio del 2004, y cúmplase de conformidad.

Art. 2º - La presente Resolución será refrendadapor el Sr. Secretario de Obras y Servicios Públicos, ySecretario de Gobierno.

Art. 3º - Comuníquese, publíquese, tómese razón,dése al Registro Oficial. Cumplido, archívese.

S. C. de Bariloche, 7 de julio del 2004.Alberto Gabriel Icare, Intendente Municipal.- Arq.

Raúl Alberto Martiniau, Secretario de Obras yServicios Públicos.- Adolfo Foures, Secretario deGobierno.

—oOo—

Ordenanza Municipal Nº 1404-CM-04El Concejo Municipal

de San Carlos de BarilocheSanciona con Carácter de

ORDENANZA:Artículo 1º - Asígnase el nombre de Plaza de los

Sueños, al espacio verde designado catastralmente 19-2-P-168-01, ubicado en la jurisdicción de la JuntaVecinal Barrio Unión.

Art. 2º - Comuníquese, publíquese en el BoletínOficial, tómese razón. Cumplido, archívese.

Marcelo Alejandro Cascón, Presidente ConcejoMunicipal.- Natalia del Carmen Pacheco, SecretaríaConcejo Municipal.

–––—

Resolución Nº 1244-I-2004El Intendente Municipal

de la ciudad de San Carlos de BarilocheRESUELVE:

Artículo 1º - Promulgar la Ordenanza Nº 1404-CM-2004, sancionada por el Concejo Municipalcon fecha 17 de junio del 2004, y cúmplase deconformidad.

Art. 2º - La presente Resolución será refrendadapor el Sr. Secretario de Obras y Servicios Públicos, ySecretario de Gobierno.

Art. 3º - Comuníquese, publíquese, tómese razón,dése al Registro Oficial. Cumplido, archívese.

S. C. de Bariloche, 7 de julio del 2004.Alberto Gabriel Icare, Intendente Municipal.- Arq.

Raúl Alberto Martiniau, Secretario de Obras yServicios Públicos.- Adolfo Foures, Secretario deGobierno.

—oOo—

Ordenanza Municipal Nº 1405-CM-04El Concejo Municipal

de San Carlos de BarilocheSanciona con Carácter de

ORDENANZA:Artículo 1º - Aprobar el contrato de comodato

con convenio de desocupación suscripto con fecha7 de abril del 2004, entre la Municipalidadde San Carlos de Bariloche, y la Asociación deMicroemprendimientos Productivos Bariloche,el que como Anexo I, forma parte de la presen-te.

Art. 2º - Comuníquese, publíquese en el BoletínOficial, tómese razón. Cumplido, archívese.

Marcelo Alejandro Cascón, Presidente ConcejoMunicipal.- Natalia del Carmen Pacheco, SecretaríaConcejo Municipal.

–––—

Resolución Nº 1245-I-2004El Intendente Municipal

de la ciudad de San Carlos de BarilocheRESUELVE:

Artículo 1º - Promulgar la Ordenanza Nº 1405-CM-2004, sancionada por el Concejo Municipalcon fecha 17 de junio del 2004, y cúmplase deconformidad.

Art. 2º - La presente Resolución será refrendadapor el Sr. Secretario de Gobierno.

Art. 3º - Comuníquese, publíquese, tómese razón,dése al Registro Oficial. Cumplido, archívese.

S. C. de Bariloche, 7 de julio del 2004.Alberto Gabriel Icare, Intendente Municipal.-

Adolfo Foures, Secretario de Gobierno.

Page 36: 4222 - Río Negro Province

36Viedma, 26 de Julio del 2004BOLETIN OFICIAL N° 4226

Ordenanza Municipal Nº 1406-CM-04El Concejo Municipal

de San Carlos de BarilocheSanciona con Carácter de

ORDENANZA:Artículo 1º - Reconocer la jurisdicción de la Junta

Vecinal Los Cerros, el radio comprendido por elinmueble designado catastralmente 19-2-K-003A-10B.

Art. 2º - Otorgar Personería Jurídica Municipal enlos términos y alcances que establece la Ordenanza194-C-86.

Art. 3º - Proceda la Dirección General de JuntasVecinales a inscribir esta Ordenanza en el registrocorrespondiente.

Art. 4º - Comuníquese, publíquese en el BoletínOficial, tómese razón. Cumplido, archívese.

Marcelo Alejandro Cascón, Presidente ConcejoMunicipal.- Natalia del Carmen Pacheco, SecretaríaConcejo Municipal.

–––—

Resolución Nº 1246-I-2004El Intendente Municipal

de la ciudad de San Carlos de BarilocheRESUELVE:

Artículo 1º - Promulgar la Ordenanza Nº 1406-CM-2004, sancionada por el Concejo Municipal con fecha17 de junio del 2004, y cúmplase de conformidad.

Art. 2º - La presente Resolución será refrendadapor el Sr. Secretario de Gobierno.

Art. 3º - Comuníquese, publíquese, tómese razón,dése al Registro Oficial. Cumplido, archívese.

S. C. de Bariloche, 7 de julio del 2004.Alberto Gabriel Icare, Intendente Municipal.-

Adolfo Foures, Secretario de Gobierno.—oOo—

Ordenanza Municipal Nº 1407-CM-04El Concejo Municipal

de San Carlos de BarilocheSanciona con Carácter de

ORDENANZA:Artículo 1º - Asígnase el nombre de Mara (liebre

patagónica), a la calle que tiende su recorrido de Estea Oeste, lindando al Norte y Sur con Manzana 340 delDistrito Catastral 19, Circusncripción 1, Sección C.

Art. 2º - Comuníquese, publíquese en el BoletínOficial, tómese razón. Cumplido, archívese.

Marcelo Alejandro Cascón, Presidente ConcejoMunicipal.- Natalia del Carmen Pacheco, SecretaríaConcejo Municipal.

–––—

Resolución Nº 1247-I-2004El Intendente Municipal

de la ciudad de San Carlos de BarilocheRESUELVE:

Artículo 1º - Promulgar la Ordenanza Nº 1407-CM-2004, sancionada por el Concejo Municipal con fecha17 de junio del 2004, y cúmplase de conformidad.

Art. 2º - La presente Resolución será refrendadapor el Sr. Secretario de Obras y Servicios Públicos, ySecretario de Gobierno.

Art. 3º - Comuníquese, publíquese, tómese razón,dése al Registro Oficial. Cumplido, archívese.

S. C. de Bariloche, 7 de julio del 2004.Alberto Gabriel Icare, Intendente Municipal.- Arq.

Raúl Alberto Martiniau, Secretario de Obras yServicios Públicos.- Adolfo Foures, Secretario deGobierno.

Ordenanza Municipal Nº 1408-CM-04El Concejo Municipal

de San Carlos de BarilocheSanciona con Carácter de

ORDENANZA:Artículo 1º - Aprobar el Convenio de fecha 13 de

abril del 2004, suscripto entre la Administración deParques Nacionales y la Municipalidad de San Carlosde Bariloche, por la entrega en comodato a laAdministración de Parques Nacionales de una piezade cerámica (Huaco) perteneciente a la Cultura Nazca,de Perú, la cual será exhibida en el Museo de laPatagonia, Francisco Pascasio Moreno, que comoAnexo I, constituye y forma parte de la presente.

Art. 2º - La presente Ordenanza entrará en vigencia,en forma automática a partir de su promulgación.

Art. 3º - Comuníquese, publíquese en el BoletínOficial, tómese razón. Cumplido, archívese.

Marcelo Alejandro Cascón, Presidente ConcejoMunicipal.- Natalia del Carmen Pacheco, SecretaríaConcejo Municipal.

–––—

Resolución Nº 1248-I-2004El Intendente Municipal

de la ciudad de San Carlos de BarilocheRESUELVE:

Artículo 1º - Promulgar la Ordenanza Nº 1408-CM-2004, sancionada por el Concejo Municipal con fecha17 de junio del 2004, y cúmplase de conformidad.

Art. 2º - La presente Resolución será refrendadapor el Sr. Secretario de Gobierno.

Art. 3º - Comuníquese, publíquese, tómese razón,dése al Registro Oficial. Cumplido, archívese.

S. C. de Bariloche, 7 de julio del 2004.Alberto Gabriel Icare, Intendente Municipal.-

Adolfo Foures, Secretario de Gobierno.—oOo—

Ordenanza Municipal Nº 1409-CM-04El Concejo Municipal

de San Carlos de BarilocheSanciona con Carácter de

ORDENANZA:Artículo 1º - Aprobar el Convenio de fecha 3 de

mayo del 2004, suscripto entre la Administración deParques Nacionales y la Municipalidad de San Carlosde Bariloche, por la cesión al Municipio de 4000metros cúbicos de leña muerta, a ser extraída del cerroFalso Granito, y que será destinada a fines sociales,que como Anexo I constituye y forma parte de lapresente.

Art. 2º - La presente Ordenanza entrerá en vigenciadesde su promulgación.

Art. 3º - Comuníquese, publíquese en el BoletínOficial, tómese razón. Cumplido, archívese.

Marcelo Alejandro Cascón, Presidente ConcejoMunicipal.- Natalia del Carmen Pacheco, SecretaríaConcejo Municipal.

–––—

Resolución Nº 1249-I-2004El Intendente Municipal

de la ciudad de San Carlos de BarilocheRESUELVE:

Artículo 1º - Promulgar la Ordenanza Nº 1409-CM-2004, sancionada por el Concejo Municipalcon fecha 17 de junio del 2004, y cúmplase deconformidad.

Art. 2º - La presente Resolución será refrendadapor el Sr. Secretario de Gobierno.

Art. 3º - Comuníquese, publíquese, tómese razón,dése al Registro Oficial. Cumplido, archívese.

S. C. de Bariloche, 7 de julio del 2004.Alberto Gabriel Icare, Intendente Municipal.-

Adolfo Foures, Secretario de Gobierno.

LICITACIONES—–

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOSDE TRABAJO

SRTPromover la Salud y la Seguridad en el Trabajo

es Nuestro Trabajo

Licitación Privada Nº 06/2004Etapa Unica Nacional - Sin Modalidad

Expte. Nº 0636/04

Objeto de la Licitación: Contratación de unServicio de Limpieza para las O.H.V. de la ciudad deGeneral Roca, Provincia de Río Negro.

Pliego de Condiciones: Sin cargo, en Florida 537,Torre Florida, Piso 25º, Capital Federal o enChacabuco 1402, Gral. Roca, Río Negro, hasta las 16horas del día 30 de julio.

Consulta de Pliegos: Hasta las 16 horas del día 30de julio, en Florida 537, Torre Florida, Piso 25º, Cap.Fed., en el sitio web de la Oficina Nacional deContrataciones, www.onc.mecon.gov.ar, accedien-doal link Transparencia o en el sitio web de la SRT,www.srt.gov.ar.

Presentación de las Ofertas: Hasta las 16 horas deldía 6 de agosto en la Superintendencia de Riesgos delTrabajo, Florida 537, Torre Florida, Piso 11º, CpitalFederal - Mesa de Entradas.

Acto de Apertura: El 6 de agosto a las 16 horas enla Superintendencia de Riesgos del Trabajo, Florida537, Torre Florida, Piso 25º, Capital Federal - Sala deReuniones.

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Provincia de Río NegroMUNICIPALIDAD DE ALLENLicitación Pública Nº 01/04

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valor $ 312.-Apertura de las Ofertas: Lugar: Dpto. Compras -

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Servicio Penitenciario FederalDIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

DIVISIÓN CONTRATACIONES

Licitación Privada Nº 036/2004Ejercicio 2004.

Lugar y Fecha: Buenos Aires, julio del 2004.Nombre del Organismo Contratante: Servicio

Penitenciario Federal, Dirección General deAdministración - División Contrataciones.

Procedimiento de SelecciónTipo: Licitación Privada N° 036/2004Ejercicio: 2004Clase: De Etapa Unica NacionalModalidad: Sin Modalidad.Expediente N° 30004/2004 (D.N.).Rubro Comercial: Alimentos.Objeto de la Contratación: Adquisición de

Artículos de Almacén, Productos Lácteos, Frutas,Verduras, Hortalizas, Carne Vacuna Deshuesada,Pollo, Chorizos y Materia Prima para la elaboraciónde Pan con destino a la U. 5, y U.12.

Consulta, Retiro o Adquisición de Pliegos1) Lugar/Dirección: División Contrataciones -

Paso 550, 2º piso (C.P. 1031), Ciudad Aut. deBs. As.– Plazo y Horario: De lunes a viernes de 13 a

17 horas, hasta un día antes de la fecha deapertura.

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37Viedma, 26 de Julio del 2004 BOLETIN OFICIAL N° 4226

2) Colonia Penal “Subprefecto Miguel Rocha”(U.5) - Buenos Aires s/nº, General Roca, Pcia.Río Negro.– Plazo y Horario: De lunes a viernes de 8 a 13

horas, hasta un día antes de la fecha deapertura.

3) Colonia Penal de Viedma (U.12) - El Salvadors/nº, Viedma, Pcia. Río Negro.– Plazo y Horario: De lunes a viernes de 8 a 13

horas, hasta un día antes de la fecha deapertura.

O bien, de conformidad a la Resolución Nº 24/2004 SSGP.

Costo del pliego: Sin Valor.Presentación de OfertasLugar/Dirección: División contrataciones - Paso

550, 2º piso (C.P. 1031) Ciudad Aut. de Bs. As.Plazo y Horario: Las ofertas se admitirán durante

los días hábiles, en el horario de 10 a 18 horas, hastael día y horario fijado como fecha de apertura.

Acto de AperturaLugar/Dirección: División Contrataciones - Paso

550, 2º piso (C.P. 1031), Ciudad Aut. de Bs. As.Día y Hora: El día 20/08/2004 a las 14 horas.

NOTA: Quienes estén interesados en retirar elPliego de Bases y Condiciones y no se encuentreninscriptos en el SIPRO, deberán concurrir al domicilioindicado, portando cuatro (04) diskettes vírgenesformateados, de 3½" (1,44 MB), los que seráncanjeados por otros similares, conteniendo lainformación necesaria para la presentación de laspropuestas, o bien, podrán bajar de la página web delServicio Penitenciario Federal: wwwspf.jus.gov.ar, elInstructivo y el Programa SIPRO y de la página webde la Oficina Nacional de Contrataciones:www.onc.mecon.gov.ar, dentro de SIPRO, enFormularios y Manuales, los Formularios que seránparte del Pliego de Bases y Condiciones.

Debiéndose presentar para el retiro del Pliego deBases y Condiciones, la correspondiente constanciay/o certificación que acredite: nombre de la FirmaComercial, Nro. de Cuit, Dirección, Teléfono, Nombre,Apellido y Nro. de Documento de las personasautorizadas para el retiro, firma y sello del responsabley/o apoderado.

Código Organismo (***) 1097-9.—oOo—

Provincia de Río NegroVIAL RIONEGRINA S.E.

– Fe de Errata –Licitación Pública Nº 01/04

Obra reparación Ruta Nacional Nº 250, tramo RutaNacional Nº 3 - General Conesa - Sección km. 0,00 -km. 110,00. Consisten en ejecución de bacheo yrestitución de Galibo en calzada pavimentada.

Presupuesto Oficial: Pesos un millón setecientosochenta mil ($ 1.780.000).

Capacitad Técnico Financiera: Certificado decapacitad técnico-financiera, emitida por el RegistroProvincial de Obras Públicas, expedido por el Registrode Licitadores (Sección Obras) de $ 14.240.000, pe-sos catorce millones doscientos cuarenta mil, y/ocertificado de capacidad emitido por el RegistroNacional de la Construcción.

Especialidad: *VII - Pavimentos Flexibles.Valor del Pliego: Pesos trescientos ($ 300).Apertura: 28/07/04 - Hora: 10, en la sede de Vial

Rionegrina S.E., sita en Winter 70 de la localidad deViedma.

Consulta de los Legajos: Los pliegos estarán parasu consulta en el Departamento de Licitaciones de laSociedad, en el horario de 7,30 a 13,30 horas.

Venta de Legajos: Unicamente en Vial RionegrinaS.E., Dpto. Licitaciones - Winter 70, Viedma (RN),hasta el día 26/07/04, Tel. 02920-421404-422512-423085-424731-425490, Int. 144.

Provincia de Río NegroMinisterio de Obras y Servicios Públicos

DIRECCIÓN GENERAL DE SUMINISTROSLicitación Pública Nº 46/04

Por la adquisición de un (01) automóvil cero km.,mediano o grande, con destino al uso oficial de laSecretaría de Estado de Turismo - Provincia de RíoNegro.

Apertura: 10/08/04 - Hora 10.Pliegos y Consultas: En la Dirección General de

Suministros de la Provincia de Río Negro, sita en lacalle Alvaro Barros 641, Tel.-Fax 02920-423653,Viedma, Río Negro. E-maildirsuministros@economía.rionegro.gov.ar.

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Licitación Pública Nº 47/04Por la adquisición de ciento treinta y nueve (139)

vehículos cero km., tipo patrulleros, destinados aintegrar la flota automotor de la Policía, a cargo de laJefatura de Policía de Río Negro

Apertura: 12/08/04 - Hora 10.Pliegos y Consultas: En la Dirección General de

Suministros de la Provincia de Río Negro, sita en lacalle Alvaro Barros 641, Tel.-Fax 02920-423653,Viedma, Río Negro. E-maildirsuministros@economía.rionegro.gov.ar.

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Provincia de Río NegroINSTITUTO DE DESARROLLO

DEL VALLE INFERIORComandante Luis Piedra Buena

Licitación Pública Nº 01/04El Instituto de Desarrollo del Valle Inferior llama

a Concurso Público Nº 01/04, para la adquisición de70.000 litros de combustible gas oil.

Apertura: 12/08/04 - Hora 10. En el Departamentode Compras, sito en Ruta Nacional Nº 3, km. 975(CEMAT).

Fecha Límite de Presentación: 12/08/04 a las 10horas.

Garantía de Oferta: Uno por ciento (1%) del valortotal de la cotización.

Pliegos y Consultas: En el Departamento deCompras del IDEVI, sito en Ruta Nacional Nº 3, km.975 (CEMAT), de lunes a viernes en horario de 8 a 12horas, hasta el día 5 de agosto del 2004. Tel.-Fax02920-422365.

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EDICTOS DE MINERIA–—

República ArgentinaProvincia de Río Negro

Ministerio de ProducciónDIRECCION GENERAL DE MINERIA

Solicitud de permiso de exploración para lassustancias minerales de primera categoría conexclusión de las comprendidas en Inc. 1°, Art. 4° delCódigo de Minería, ubicada en el Departamento 25de Mayo, Provincia de Río Negro.

La Autoridad Minera le hace saber que porExpediente N° 28.108-M-03 la empresa MINERARODEO S.A., solicitó permiso de exploración elVeintidos de Octubre de Dos Mil Tres.- Se localiza enparte de los lotes 64-63, Sección III, del Dpto. 25 deMayo.- A su vez afecta a las parcelas 14-1-790460/790520/750550/710460. Sus vértices quedandefinidos por las siguientes coordenadas Gauss-Krüger, Sistema Posgar: Vértice 1= X(N-S)5493130.00.- Y(E-O) 2558110.42.- Vértice 2= X(N-S) 5493130.00.- Y(E-O) 2564110.00.- Vértice 3=X(N-S) 5489796.43.- Y(E-O) 2564110.00.- Vértice4= X(N-S) 5489796.43.- Y(E-O) 2558110.42.-Corresponde ordenar el registro y publicacionesconforme al art. 27° del Código de Minería yformalidades prescriptas por el art. 40° de la Ley N°

3.673.- Registro Protocolar.- Regístrese. De acuerdoa lo prescripto por el art. 27° del Código de Minería yart. 40° de la Ley N° 3673: 1.- Publíquese el edictocorrespondiente en el Boletín Oficial por dos vecesen el término de diez días y acredite el peticionante,dentro de los veinte días a contar desde la fecha denotificada la presente, haber efectuado la publicaciónordenada, bajo apercibimiento de declarar caducos susderechos.- 2.- Notifíquese de la solicitud efectuada alos propietarios superficiarios informados por laDirección General de Catastro e Información Territo-rial a fs. 9 en los domicilios citados en el referidoinforme. Cuando la Dirección General de Catastro eInformación Territorial no pudiera determinar einformar su domicilio, (calle y número), o cuando elpropietario estuviera ausente del mismo la publicaciónserá tenida como notificación suficiente- Fdo. Lic.Carmen Wagner, Directora de Minería, AutoridadMinera de Primera Instancia.– Leandra A. Lacaze,Asesora Legal.

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Solicitud de permiso de exploración para lassustancias minerales de primera categoría conexclusión de las comprendidas en Inc. 1°, Art. 4° delCódigo de Minería, ubicada en el Departamento 9 deJulio, Provincia de Río Negro.

La Autoridad Minera le hace saber que porExpediente N° 28.115-M-03 la empresa MINERARODEO S.A., solicitó permiso de exploración el Oncede Noviembre de Dos Mil Tres.- Se localiza en partedel lote 86, Sección III, del Dpto. 9 de Julio.- A su vezafecta a las parcelas 14-1-370780, 15-4-530040, y unasin designación. Sus vértices quedan definidos por lassiguientes coordenadas Gauss-Krüger, Sistema Posgar:Vértice 1= X(N-S) 5467730.00.- Y(E-O)2580310.00.- Vértice 2= X(N-S) 5467730.00. Y(E-O) 2586310.00.- Vértice 3= X(N-S) 5464396.45.-Y(E-O) 2586310.37.- Vértice 4= X(N-S) 5464396.40.Y(E-O) 2580310.38. Corresponde ordenar el registroy publicaciones conforme al art. 27° del Código deMinería y formalidades prescriptas por el art. 40° dela Ley N° 3.673.- Registro Protocolar.- Regístrese. Deacuerdo a lo prescripto por el art. 27° del Código deMinería y art. 40° de la Ley N° 3673: 1.- Publíqueseel edicto correspondiente en el Boletín Oficial por dosveces en el término de diez días y acredite elpeticionante, dentro de los veinte días a contar desdela fecha de notificada la presente, haber efectuado lapublicación ordenada, bajo apercibimiento de declararcaducos sus derechos.- 2.- Notifíquese de la solicitudefectuada a los propietarios superficiarios informadospor la Dirección General de Catastro e InformaciónTerritorial a fs. 7 en los domicilios citados en el referidoinforme. Cuando la Dirección General de Catastro eInformación Territorial no pudiera determinar einformar su domicilio, (calle y número), o cuando elpropietario estuviera ausente del mismo la publicaciónserá tenida como notificación suficiente- Fdo. Lic.Carmen Wagner, Directora de Minería, AutoridadMinera de Primera Instancia.– Leandra A. Lacaze,Asesora Legal.

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Solicitud de permiso de exploración para lassustancias minerales de primera categoría conexclusión de las comprendidas en Inc. 1°, Art. 4° delCódigo de Minería, ubicada en el Departamento 25de Mayo, Provincia de Río Negro.

La Autoridad Minera le hace saber que porExpediente N° 28.107-M-03 la empresa MINERARODEO S.A., solicitó permiso de exploración elVeintidos de Octubre de Dos Mil Tres.- Se localiza enparte de los lotes 59-60, Sección III, del Dpto. 25 deMayo.- A su vez afecta a las parcelas 14-3-080920 y14-1-750080/780210. Sus vértices quedan definidospor las siguientes coordenadas Gauss-Krüger, SistemaPosgar: Vértice 1= X(N-S) 5496926.00. Y(E-O)2534910.50.- Vértice 2= X(N-S) 5496926.00. Y(E-

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38Viedma, 26 de Julio del 2004BOLETIN OFICIAL N° 4226

O) 2541910.35.- Vértice 3= X(N-S) 5494096.25. Y(E-O) 2541910.35.- Vértice 4= X(N-S) 5494096.25. Y(E-O) 2534910.50.- Corresponde ordenar el registro ypublicaciones conforme al art. 27° del Código deMinería y formalidades prescriptas por el art. 40° dela Ley N° 3.673.- Registro Protocolar.- Regístrese. Deacuerdo a lo prescripto por el art. 27° del Código deMinería y art. 40° de la Ley N° 3673: l.- Publíquese eledicto correspondiente en el Boletín Oficial por dosveces en el término de diez días y acredite elpeticionante, dentro de los veinte días a contar desdela fecha de notificada la presente, haber efectuado lapublicación ordenada, bajo apercibimiento de declararcaducos sus derechos.- 2.- Notifíquese de la solicitudefectuada a los propietarios superficiarios informadospor la Dirección General de Catastro e InformaciónTerritorial a fs. 9 en los domicilios citados en el referidoinforme. Cuando la Dirección General de Catastro eInformación Territorial no pudiera determinar einformar su domicilio, (calle y número), o cuando elpropietario estuviera ausente del mismo la publicaciónserá tenida como notificación suficiente- Fdo. Lic.Carmen Wagner, Directora de Minería, AutoridadMinera de Primera Instancia.– Leandra A. Lacaze,Asesora Legal.

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EDICTO DE MENSURA–—

El que suscribe Ing. Agrim. Jorge T. Torres,M.P.C.I. y A.: A-3684-2, con domicilio en calle Haití568, de Catriel, Río Negro, comunica a linderos y/ointeresados que el día 08-08-2004 a las 9Hs., iniciarétrabajos de mensura de Tierras Fiscales partiendodesde V27 (vértice 27) del Perilago del Lago de Casade Piedra. El vértice 27 se encuentra a 1380m., alnoroeste de la escuela Sargento Ocon (al costado delLago). Este inmueble se ubica en la Secc.: XXV,Fracción: “C”, parte del Lote 1, está ocupado por laMunicipalidad de Catriel. La presente mensura seautoriza por disposición nº 038-D.T. y C.

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EDICTOS I.P.P.V.—–

Provincia de Río NegroINSTITUTO DE PLANIFICACION

Y PROMOCION DE LA VIVIENDAEl Instituto de Planificación y Promoción de la

Vivienda, notifica a la Sra. Cristina Irene Zdanowicz,del articulado de la Resolución Nº 516/04, de fechade 22 de Junio de 2004, cuyo texto se transcribe acontinuación:

Artículo 1º.- Rechazar el Recurso de Reconside-ración interpuesto por la Sra. Cristina Irene ZdanowiczDNI. Nº 10.426.940, contra la Resolución Nº 142/04del registro del I.P.P.V., por razones expuestas en losconsiderandos de la presente.

Art. 2º - Rechazar la Nulidad interpuesta en lasactuaciones llevada adelante por el Expte. Nº 25457,interpuesta por la Sra. Cristina Irene Zdanowicz DNI.Nº 10.426.940.

Art. 4º - Regístrese, comuníquese, tómese razón,pase a Despacho Central, Asesor Legal de AsuntosNotariales y Jurídicos y Dirección de Acción Social asus efectos, cumplido, archívese.

Fdo.: María Enriqueta Mansilla, ControlHabitacional IPPV.

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El Instituto de Planificación y Promoción de laVivienda intima al Sr. Gordillo, Eduardo Omar, (DNI.Nº 10.903.169) y a la Sra. Pereyra, Perla Mónica, (DNI.13.275.662) a ocupar la Unidad Habitacional ubicadaen calle Berutti 265, Manzana 656, Lote 7, en lalocalidad de Viedma, únicamente con el grupo fami-liar que motivó la adjudicación de la misma y a la

cancelación total de la deuda que mantienen con esteOrganismo. Plazo cinco (5) días. Caso contrario, antenegativa expresa o tácita, se iniciarán trámites dedesadjudicación y desalojo inmediato.- Quedan Uds.debidamente notificados.- María Enriqueta Mansilla,Control Habitacional.

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El Instituto de Planificación y Promoción de laVivienda cita y emplaza a la Señora Rifo María Emilce(DNI. 24.469.660) a presentarse en oficinas de nuestraInstitución en cualquiera de las localidades de laProvincia, con la finalidad de regularizar tenencia dela Unidad Habitacional identificada como Casa 12,ubicada en Rodolfo Walsh s/nº correspondiente al Plan24 Viviendas en la Localidad de Ingeniero Jacobacci,en un plazo perentorio de cinco (5) días hábiles. Casocontrario ante negativa expresa o tácita se iniciaránlos trámites de desadjudicación. "Queda Ud.,debidamente notificada." María Enriqueta Mansilla,Control Habitacional, I.P.P.V.

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NOMINA PREADJUDICATARIOSVIVIENDAS

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Provincia de Río NegroINSTITUTO DE PLANIFICACION

Y PROMOCION DE LA VIVIENDAPLAN: 116 Viviendas.LOCALIDAD: General Conesa

Adjudicatarios de Tres DormitoriosRuiz, José Francisco ................. (L.E.7.561.706)

Se informa que a partir de la presente publicación,queda abierto el período de impugnaciones durantediez (10) días corridos. Quien considere necesarioimpugnar, lo harán por nota y duplicado dirigido alInterventor del Instituto de Planificación y Promociónde la Vivienda, invocando la causal que motiva dichaimpugnación con aclaración de Apellido y Nombre -número de documento y domicilio.-

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SECCION JUDICIAL

EDICTOS–—

Dra. Margarita Carrasco, Juez a cargo del Juzgadode Instrucción Nº VI, con asiento en Gral. Roca,Provincia de Río Negro, Secretaría de la Dra. AnaBajar, cita y emplaza a Guzmán Néstor Adrián, DNI.Nº 30.479.785, cuyo último domicilio fue en calleHousay 2194, esq. San Luis, barrio Alfonsina Storni,de General Roca, Río Negro, a que esté a derecho enla Causa Nº 23720/02, caratulada: “Guzmán, AdriánNéstor s/Ttva. Hurto”, dentro del quinto día a partirde la última publicación del presente, a fin de prestarampliación de indagatoria, bajo apercibimiento deDecretarse su rebeldía y ordenarse su inmediatacaptura.- Publíquese por cinco días.- Ana BeatrizBajar, Secretaria.

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El Dr. Carlos Reussi, Juez a cargo del Juzgado deInstrucción Nº II, con asiento en la ciudad de Viedma,Provincia de Río Negro, Secretaría Nº 4, a cargo delDr. Favio Igoldi, notifica a Julio Millanahuel, de laresolución recaída en autos caratulados: “MillanahuelJulio s/Hurto” (Expte. Nº 36.999/04 ANGELA), cuyaparte principal se transcribe: Viedma, 10 de junio del2004.- Autos y Vistos: … Resuelvo: I) Dictar elsobreseimiento total en la presente causa, en favor deJulio César Millanahuel, ya filiado, en orden al hecho

que se le endilgaba, Hurto (Art. 162 C.P.), en lapresente, por las consideraciones expuestas y poraplicación del Art. 307 Inc. 1ro., del CPP.- II) Declararque el presente proceso no afecta el buen nombre yhonor del que hubieren gozado el imputado.- Fdo.:Dr. Carlos Reussi, Juez.- Viedma, 5 de julio del 2004.-Favio Martín Igoldi, Secretario.

—oOo—El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Instrucción Nº

2, de la ciudad de Viedma, Dr. Carlos Reussi, hacesaber a Víctor Damián Contreras, que en la causa delrubro se ha dictado la siguiente resolución, cuya partepertinente dice: “Viedma, 5 de julio del 2004.- Autosy Vistos: … De la que resulta: … Y Considerando: …Resuelvo: 1) Sobreseer totalmente en la presente causaa … Víctor Damián Contreras …, ya filiados, en ordenal hecho que se le endilgaba, calificado como HurtoSimple (Art. 162 del C. Penal), por aplicación del Art.307, Inc. 1º, 2do. del C.P.P. - 2) Declarar que el presenteproceso no afecta el buen nombre y honor del quehubieren gozado los imputados.- Fdo.: Dr. CarlosReussi, Juez.- Dr. Favio Martín Igoldi, Secretario.

—oOo—

El Dr. Carlos Reussi, Juez a cargo del Juzgado deInstrucción Nro. II, con asiento en la ciudad de Viedma,Provincia de Río Negro, Secretaría Nro. 3 del Dr.Marcelo Chironi, notifica a Gabriel Hugo García enautos "García Gabriel Hugo S/Ttva. Robo Lesiones yAmenazas." Expte. N° 36741/04 cuya parte pertinentese transcribe y dice: ///MA, 1 de julio de 2004....Resuelvo: 1) Dictar el sobreseimiento total en lapresente causa a favor de Gabriel Hugo García, enorden a los hechos que se le endilgaban y poraplicación del art. 307 inc. lero. del CPP. II) Declararque el presente proceso no afecta el buen nombre yhonor del que hubiere gozado el imputado. (fdo) Dr.Carlos Reussi Juez. Viedma, 6 de Julio de 2004.– Dr.Marcelo Chironi, Secretario.

—oOo—

El Dr. Carlos Reussi, Juez Titular del Juzgado deInstrucción Nº II, con asiento en la ciudad de Viedma,Provincia de Río Negro, Secretaría Nro.4, notifica aRaúl Fernández, de la resolución recaída en autoscaratulados: "Fernández Raúl S/Ptas. Amenazas",Expte. Nº 37.049/04 DANTE cuya parte pertinente setranscribe y dice: "Viedma, 06 de Julio de 2 004 -Autos y Vistos Resuelvo: 1°) Sobreseer Totalmenteen la presente causa a Raúl Fernández, de condicionespersonales ya relacionadas, en orden al hecho que sele endilgaba (Arts. 305 y 307, inc. 2do del C.P.P.),declarando que la iniciación del presente proceso noafecta el buen nombre y honor del que hubiere gozadoel nombrado.– Fdo. Carlos Reussi -Juez- Favio MartínIgoldi, Secretario.

—oOo—El Dr. Pablo Eduardo Iribarren, Juez a cargo del

Juzgado de Instrucción Nº Doce, con asiento en la ciudadde General Roca, Provincia de Río Negro, Secretaría delDr. Eduardo Luis Carrera, cita y emplaza a Omar AngelRouret, a que esté a derecho en estos autos Nº 37.090-12-03 PS, causa caratulada: “Dtto. Tránsito Roca.....”,en los que se investiga el delito de homicidio en accidentede tránsito, dentro del quinto día a partir de la últimapublicación del poresente, a fin de notificarse de laresolución recaída en autos con fecha 18-11-03, bajoapercibimiento de declararse su rebeldía en caso deincomparencia injustificada. Publíquese por cinco días.Secretaría, 6 de julio de 2.004.– Eduardo Luis Carrera,Secretaria.

—oOo—Dra. Margarita I. Méndez de Carrasco, con asiento

en la ciudad de General Roca, Pcia. de Río Negro,Secretaría de la Dra. María I. Lopetegui, cita y emplazaa Claudio Omar Paz, alias “Lalo”, hijo de SmildoVirginio y de Smilda Quijano, DNI. 20.124.274,argentino, nacido en Villa Regina, Pcia. de Río Negroel 12-11-69 con último domicilio conocido en

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39Viedma, 26 de Julio del 2004 BOLETIN OFICIAL N° 4226

O'Higgins y Tres de Febrero de Villa Regina, Pcia. deRío Negro, a que esté a derecho en autos caratulados:“Paz, Claudio Omar s/Privación Ilegítima de laLibertad, Amenazas y Lesiones” (Expte. 27197-04-VI), en los que se investiga los delitos de PrivaciónIlegítima de la Libertad, Amenazas y Lesiones, dentrodel quinto día a partir de la última publicación delpresente, a fin de prestar declaración indagatoria, bajoapercibimiento de declararse su Rebeldía en caso deincomparencia injustificada. Publíquese por el términode cinco días.– María Inés Lopetegui, Secretaria.

—oOo—

El Dr. Pablo Iribarren, Juez a cargo del Juzgado deInstrucción Nº Doce, con asiento en la ciudad de Ge-neral Roca, Provincia de Río Negro, Secretaría delDr. Luis Carreras, con Subrogancia Legal cita yemplaza a Emilce Natalia Palacios, DNI. 25.967.775instruído 26 años, empleada, domiciliado en calleBelgrano 585 de la ciudad de Neuquén capital, hijode Raúl Albero y de Graciela E. Betancur, fecha denacimiento 31 de agosto de 1977, en causa caratulada:“Palacio Emilce Natalia s/Homicidio y LesionesGraves Culposas” Expte. Nº 38.659/04/TA dentro delquinto día a partir de la última publicación delpresente, a fin de prestar declaración indagatoria, bajoapercibimiento de declararse su rebeldía en caso deincomparencia injustificada. Publíquese por cincodías. Secretaría, 7 de Julio de 2004.– Eduardo LuisCarrera, Secretario.

—oOo—El Dr. CARLOS REUSSI, Juez Titular del Juzgado

de Instrucción Nro. II, con asiento en la ciudad deViedma, Provincia de Río Negro, Secretaría Nro.4,notifica a FRANCISCO BERNARDO RELMUAL, dela resolución recaída en autos caratulados:"RELMUAN FRANCISCO S/ LESIONES LEVES",Expte. nro. 37.004/04 DANTE cuya parte pertinentese transcribe y dice: "Viedma, 24 de Junio de 2.004.-AUTOS Y VISTOS:.. RESUELVO: 1°) SobreseerTOTALMENTE en la presente causa a FRANCISCOBERNARDO RELMUAN, de condiciones personalesya relacionadas, en orden al delito de LESIONESLEVES que se le endilgaba (Art. 89 del C.Penal yArts. 305 y 307, inc. 1ero., segundo supuesto delC.P.P.), declarando que la iniciación del presenteproceso no afecta el buen nombre y honor del quehubiere gozado el nombrado. Fdo. Carlos Reussi-Juez.-Favio Martín Igoldi, Secretario.-

—oOo—El Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº 3, a

cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, SecretaríaUnica, a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba,de la ciudad de Gral. Roca, hace saber en autos:“Santos Genchi S.A. y Explotaciones Rurales s/Quiebra s/Incidente Extensión de Quiebra - LaAgrícola del Sur S.R.L. (Expte. Nº 35.993-J.3-03) quecon fecha 28 de Mayo del 2004 se ha decretado laquiebra de los Sres. Santos Genchi, Hugo OscarGenchi, Juan Carlos Genchi y la Agrícola del SurS.R.L., fijándose como fecha para la presentación delos acreedores ante la Sra. Síndico, Cra. SusanaGraciela Daniele, con domicilio constituído en la calleNeuquén Nº 1622 de la ciudad de General Roca, parael pedido de verificación de créditos, hasta el día 7 deSetiembre de 2004. Se intima a los terceros que tenganbienes de los fallidos en su poder a ponerlos adisposición de la Sra. Síndico en el término de Cinco(5) días, previéndoselos de la prohibición de hacerpagos a la fallida, bajo apercibimiento de considerarlos mismos ineficaces (art. 88 inc. 5to.). Publíqueseedicto en los términos del art. 89 de la ley 24.522.Gral. Roca, 03 de Junio del 2004. María del CarmenVillalba, Secretaria.

—oOo—Sandra E Filipuzzi de Vázquez, Juez de Primera

Instancia del Juzgado de Familia y Sucesiones N° 5;de la Primera Circunscripción Judicial con asiento enViedma, Secretaría Unica, a cargo de la Dra. Gabriela

Tamarit; Cita a todos los que se consideren con derechoa los bienes dejados por Dn. Roberto Enrique JungblutD.I. N° 7.398.320, Para que dentro de treinta días loacrediten en los Autos Caratulados: “Jungblut RobertoEnrique S/ Sucesión”, Expte. N° 572/04.- Fdo. SandraE. Filipuzzi de Vázquez”.- Publiquense Edictos porel Término de tres días en el Boletín Oficial.- Viedma,7 de Julio de 2004.- María Gabriela Tamarit,Secretaria.-

—oOo—Dr. Emilio Riat, Juez de Primera Instancia de la

IIIª Circunscripción Judicial de la Provincia de RíoNegro, Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº 5,Secretaría Unica, a cargo del Dr. Cristian TauAnzoátegui, sito en Pasaje Juramento Nº 190, 4to. Piso,de San Carlos de Bariloche, en autos: “RamírezRicardo s/Concurso Preventivo” (Expte. Nº 04069-04), hace saber que se ha dispuesto la apertura delConcurso del Sr. Ricardo Ramírez, DNI. Nº 5.404.948con domicilio comercial en Quaglia 111 de Bariloche,se ha designado síndico a la Sra. Lidia Bugge, condomicilio en V.A. O'Connor 665, 3ero. “C”, intimandoa los acreedores para que formulen sus pedidos deverificación hasta el día 06 de septiembre del 2004, ala Síndico en su domicilio V.A. O'Connor 665, 3ero.“C”. Publíquense edictos por el plazo de cinco (5) días.San Carlos de Bariloche, 07 de Julio de 2004. (Fdo.)Dr. Emilio Riat, Juez.– Cristian Tau Anzoátegui,Secretario.

—oOo—El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Familia y

Sucesiones Nº 11 con asiento en la ciudad de GeneralRoca, cita a todos los que se considerasen con derechoa los bienes dejados por el causante Juan Bautista Rialpara que dentro de treinta (30) días los acrediten, enautos “Rial, Juan Bautista s/Sucesión, (Expte. Nº 526-04)”. General Roca, 24/04/04.... Publíquense edictosen el Boletín Oficial y en el diario Río Negro por Tresdías citándose a herederos y acreedores por treintadías.... Fdo.: Dr. Víctor Ulises Camperi, Juez deFamilia. General Roca, 04 de Junio de 2.004.– CristinaB. Macchi, Secretaria de Familia y Sucesiones.

—oOo—María Alicia Favot, Juez del Juzgado de Familia y

Sucesiones Nº Quince, de la Cuarta CircunscripciónJudicial de la Provincia de Río Negro, con asiento defunciones en calle Roca y Sarmiento de la ciudad deCipolletti, Provincia de Río Negro, Secretaría Unicaa cargo de la Dra. Patricia V. Cladera de Rey, cita yemplaza a herederos y acreedores de los causantes paraque comnparezcan a hacer valer sus derechos dentrode Treinta (30) días acompañando la documentaciónque lo acredite en autos: “Pérez, Faustino del Carmeny Tapia, Jorgelina s/Sucesión” (Expte. Nº 4283-XV-04). Publíquense edictos por el término de Tres (3)días en el Boletín Oficial únicamente..... Fdo.: MaríaAlicia Favot, Juez. Cipolletti, 28 de junio de 2004.–Patricia V. Cladera de Rey, Secretaria.

—oOo—El Dr. Víctor Ulises Camperi, a cargo del Juzgado

de Familia y Sucesiones Nº 11 de la SegundaCircunscripción Judicial de la Provincia de Río Ne-gro con asiento en la ciudad de General Roca,Secretaría de Familia y Sucesiones a cargo de la Dra.Cristina B. Macchi, cita y emplaza a herederos yacreedores de don Jorge Avendaño a comparecer en eltérmino de Treinta días en los autos: “Avendaño Jorges/Sucesión”, (Expte. Nº 562-Año 2004. Publíquese portres días en el Boletín Oficial. General Roca, 28 deJunio de 2004.– Cristina B. Macchi, Secretaria deFamilia y Sucesiones.

—oOo—La que suscribe, Dra. Natalia Lorena García,

Asesora Legal de la Dirección General de RecursosHumanos del Ministerio de Salud de la Provincia deRío Negro, en el Expediente N° 123619-S-03caratulado: "S/Abandono de Servicios Agte. PiestPatricia Emilia-Hospital Area Programa Comallo", delRegistro del Ministerio de Salud de la Provincia. de

Río Negro, que tramitó por ante la Junta de Disciplinade la Provincia de Río Negro, sita en calle 25 de MayoN° 394 de la ciudad de Viedma, notifica al AgentePatricia Emilia Piest, D.N.I. 16.053.645, Leg. 660030/1, lo resuelto mediante resolución N° 424-JD-04 queen su parte pertinente dice: "Viedma, 29 de abril de2004. VISTO: ...; Considerando: ...; Resuelve: Artículo1°.- Declarar cesante a la agente Sra. Patricia EmiliaPest, legajo N° 660030/1-Int. 1996- Agrupamiento A,Profesional Asistencial con funciones de Odontóloga,Grado I, con 44 horas semanales de labor- ley 1904-Designada Interina- con último domicilio conocidoen Libertad s/n, de la localidad de Comallo, porencontrar su conducta incursa en la causal disciplinariatipificada en el artículo 73° inc. b) del Anexo I de laLey 3487, y conforme a lo prescripto en el artículo71° inc. c) del mismo Cuerpo Normativo, en un todoy de acuerdo a lo expuesto en el Visto y considerandode la presente.- Artículo 3°.- Regístrese, Comuníquese,Notifíquese y Archívese.- Fdo. Dr. Alfredo I. Arburúa-Presidente-, Dra. Olga Patricia Alonso -VocalGubernamental-; Dr. Juan Pablo Chirinos -Vocal Titu-lar Gubernamental-; Horacio Fusé -Vocal GremialTitular-; Carlos Arnaldo -Vocal Gremial Titular.- Parasu vista, las presentes actuaciones permanecerán enla Asesoría Legal de la Dirección General de RecursosHumanos del Ministerio de Salud de la Provincia deRío Negro, sito en la calle Laprida 240 3° Piso de laciudad de Viedma.- Notifíquese mediante publicaciónde Edictos por dos (2) días.- Fdo. Dra. Natalia LorenaGarcía- Asesora Legal.

—oOo—

REMATES–—

Se hace saber por Tres días, en los autoscaratulados: “Municipalidad de Villa Regina (Cuit.30-58628135-2) c/Zalazar, Jorge (L.E. Nº 6.760.570)s/Ejecutivo” (Expte. Nº 28.256-V-02), que tramitanpor ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil,Comercial y de Minería Nº Cinco, de la SegundaCircunscripción Judicial de la Provincia de Río Ne-gro, con asiento de funciones en la ciudad de GeneralRoca, sito en Avda. Roca Nº 1.047, a cargo del Dr.Richar Fernando Gallego, Secretaría Unica a mi cargo,que el Martillero Público José Daniel Padellaro (Cuit.Nº 20-13825526-4), rematará el día viernes 30 de juliode 2.004 a las 12,30 horas en calle Tucumán Nº 962,oficina 11 de la ciudad de General Roca, Provincia deRío Negro, el siguiente bien inmueble; con todo loedificado, clavado, plantado y demás adherido al suelocuya Nomenclatura Catastral es: DC:06 - C:1 - S:B -Mza.:457 - P:03, cuya superficie es de 2.907,35 m².Condiciones de Venta: Base: $ 476.990,12 al contadoy al mejor postor. Seña: 10%. Saldo dentro de los cincodías de aprobada la subasta. Comisión: 3% a favordel martillero y sellado de ley (1%) en el acto. Todoen dinero efectivo. Deudas: Rentas: $ 13.359,57 al30/06/04 y Municipalidad: $ 28.256,21 al 30/06/04.Se hace saber que los impuestos, tasas y servicios quea la fecha de la posesión puedan gravar el inmueble,no serán a cargo del comprador. El comprador deberáconstituir domicilio dentro del radio del Juzgado.Ubicación: En calle San Lorenzo entre calle J. B.Alberdi y Desagüe “A” de la ciudad de Villa Regina,Provincia de Río Negro. Mejoras: Se trata de un terrenodonde están cosntruídos dos galpones con techo dechapas, que se encuentran cerrados. Hay un patio conun techo de chapas de una caída, abierto en un sololado. Estado de Ocupación: El inmueble se encuentraocupado por la Cooperativa de Trabajo Weche Ltda.,según acta de constatación obrante en autos.Exhibición: Desde un (1) día antes de la subasta de10 a 16 hs., previa comunicación con el martillero alos teléfonos 0299-4913769, 0299-155816121 o alcorreo [email protected]. - Secretaría. GeneralRoca, 5 de julio de 2004. Fdo.: Dra. ClaudiaE.Vesprini, Secretaria.

Page 40: 4222 - Río Negro Province

40Viedma, 26 de Julio del 2004BOLETIN OFICIAL N° 4226

La Dra. Adriana Mariani, Juez de Primera Instanciadel Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº 1 de la2da. Circ. Judicial de Río Negro con asiento en Gral.Roca Secretaría Unica a cargo de la Dra. Paula Chiesahace saber por dos días que en autos: “Municipalidadde Gral. Roca c/Orelo, Alfredo Antonio Alberto s/Ejecutivo” (Expte. 207-J.1-97), el Martillero PúblicoWalter Omar Vilugrón Cuit. 20-20306519-2 procederáa rematar: El inmueble designado catastralmente 05-1-D-721-08, Lotes 08 de la Manzana 721, Sección D,ubicada en calle Mitre Nº 2.338 de la ciudad de Ge-neral Roca, inscripto al Tº 140, Fº 164, Finca 15.113.Condiciones de Venta: Base: $ 1.504, al contado y almejor postor. Deudas: Municipalidad: $ 7.619,54 al22/6/04. Aguas Rionegrinas $ 1.859,03 al 18/02/04 yRentas $ 583,88 al 15-03/04. El comprador se harácargo del pago de Tasas y Servicios una vez que hayatomado posesión del Inmueble. Seña: 10% en el actode subasta y saldo al aprobarse la misma. Venta sujetaa aprobación judicial. Comisión: 3% a cargo delcomprador y a favor de martillero, pagaderos en elacto de subasta. Posesión: Una vez aprobada la subastay cuando S.S. lo ordene. Sellado del voleto decompraventa a cargo del comprador. Exhibición: Altratarse de terreno baldío los interesados podránvisitarlo sin intervención del martillero. Lugar y fecha:30 de julio de 2.004 a las 10,30 hs., en Río Negro1.655 de esta ciudad. Informes al TE: 02941-15500082. Secretaría, 07 de julio de 2.004.– PaulaM. Chiesa, Secretaria.

—oOo—

SECCION COMERCIOINDUSTRIA

Y ENTIDADES CIVILES

LEY 11.867–––

SERVIEXPRESSLa Inspectora General de Personas Jurídicas de la

Provincia de Río Negro, Dra. María Angélica FULVI, acargo del Registro Público de Comercio, cita y emplazapara que formalicen oposición dentro de los diez días dela última publicación, Artículo 2 Ley 11.867; a quienesse consideren terceros afectados por la transferencia delfondo de comercio SERVIEXPRESS, del rubro Serviciosy Comunicaciones, ubicado en calle Scheroni 631 de laciudad de Viedma, de titularidad del Sr. FABIO ARIELTRIPOLATTI, con el mismo domicilio legal; quien vendey transfiere a la Sra. Rosario Elizabeth MORALES,domiciliada en barrio América, Escalera 10, 3° piso,Dpto. "A" de la ciudad de Viedma, Publí-quese por el término de cinco días.- 7 de julio de2004.– Dra. María Angelica Fulvi, Inspectora Generalde Personas Jurídicas.-

—oOo—

CONVOCATORIAS–––

CIRCULO ODONTOLOGICO BARILOCHEAsamblea General Ordinaria

(Fuera de Término)S. C. de Bariloche, julio del 2004.

De acuerdo a las disposiciones legales y estatutariasvigentes, la Comisión Directiva del CírculoOdontológico Bariloche, convoca a sus asociados a laAsamblea General Ordinaria, fuera de término, quetendrá lugar el 5 de agosto del 2004 a partir de las20,30 horas, en la sede de la entidad, sita en ViceAlmirante O'Connor 647, 1º “7”, de esta ciudad, paratratar de conformidad, el siguiente:

ORDEN DEL DIA1º - Designación de dos socios presentes para

firmar, conjuntamente con el Presidente y el Secretarioa cargo, el Acta de la Asamblea.

2º - Razones de la convocatoria fuera de término.3º - Consideración y aprobación de la renuncia del

Secretario de la Comisión Directiva.4º - Lectura, consideración y aprobación de la

Memoria Anual, Balance General, CuadroDemostrativo de Ingresos y Egresos, e Informe de laComisión Revisora de Cuentas, Ejercicio cerrado al30/06/03.

5º - Renovación parcial de la Comisión Directiva:Un Presidente, un Tesorero, un Vocal titular, y un Vo-cal suplente, todos por dos años, por término demandato de los actuales; y un Secretario, por el términode un año, por renuncia del actual.

Dra. María Alejandra Draghi, Presidente.- Dra.Trinidad Volpi, a/c. Secretaria.

—oOo—

CLUB DE CAZA Y PESCA“ÑE-LUAN MAQUINCHAO”Asamblea General Ordinaria

(Fuera de Término)Maquinchao, julio del 2004.

Cumpliendo con disposiciones estatutarias, laComisión Directiva del Club de Caza y Pesca Ñe-LuanMaquinchao, tiene el agrado de convocar a los Sres.Asociados a la Asamblea General Ordinaria fuera detérmino a realizarse el día 14 de Agosto de 2004, a las18 horas en el Salón del Club Social Libanés ubicadoen calle Julio A. Roca s/nº de esta localidad, con elobjeto de considerar el siguiente:

ORDEN DEL DÍA1º - Lectura y consideración del Acta anterior.2º - Designación de dos (2) socios para firmar el

acta conjuntamente con el Secretario y Tesorero, dadala ausencia del Presidente.

3º - Razones de la convocatoria fuera de término.4º - Lectura, consideración y aprobación de:

Memoria, Inventario, Balance General, Cuenta dePérdidas y Ganancias e Informe de la ComisiónRevisora de Cuentas, correspondientes a los EjerciciosEconómicos N° 13, 14 y 15 cerrados el 30 de Junio de1983, el 30 de Junio de 1984, y el 30 de Junio de1985 respectivamente.

5º - Lectura, consideración y aprobación deCertificado de Estados sin Movimiento, emitido porel período comprendido entre el 01/07/1985 y el 28/02/2004.

6º - Designación de la Comisión escrutadora devotos.

7º - Elección y renovación total de los miembrostitulares y suplentes de la Comisión Directiva.

8º - Elección de los miembros de la comisiónRevisora de Cuentas.

NOTA: Una hora después de la fijada en laconvocatoria se sesionará con el número de asociadospresentes.

Sigifredo O. Martínez, Secretario.- Raúl E. Jalil,Tesorero.

—oOo—

ACLARACION–—

LEY Nº 3837La Legislatura

de la Provincia de Río NegroSanciona con Fuerza de

L E Y :Artículo 1°.- Ratifícase el "Acta de la Comisión

Permanente de Aplicación y Arbitraje creada porla ley n° 3768" de fecha 26 de abril de 2004 quecomo Anexo I se acompaña y forma parte de lapresente.

Art. 2°.- Modifícase el artículo 13 de la ley n° 1946,el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Artículo 13.- Del total resultante a favor dela Provincia en concepto de regalías hidrocarburí-feras, gasíferas y mineras, luego de la aplicación

del artículo 3°, se destinará el seis coma cincopor ciento (6,5%) para obras de infraestructurade desarrollo, el que se distribuirá entre losmunici-pios identificados en el artículo 5° incisoa), de acuerdo a los índices que se establezcanmediante el procedimiento establecido en elartículo 6°.

Asimismo, se destinará hasta un cuarenta porciento (40%) de dicho fondo a paliar ladisminución de las alícuotas que perciban losmunicipios referidos como consecuencia de laincorporación de otros nuevos."

Art. 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo yarchívese.

Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de laProvincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a losdiecinueve días del mes de mayo del año dos milcuatro.

Ing. Mario Luis De Rege, Presidente Legislatura.-Ing. Víctor Hugo Medina, Secretario Legislativo.

–––Viedma, 1 de junio del 2004.Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín

Oficial y archívese.Dr. Miguel Angel Saiz, Gobernador.- Pedro Iván

Lázzeri, Ministro de Gobierno.- Cdor. Pablo FedericoVerani, Mtro. de Hacienda, Obras y Servicios Públicos.

DECRETO Nº 530Registrada bajo el número tres mil ochocientos

treinta y siete (3837).Viedma, 1 de junio del 2004.Dr. Fabio R. R. Rey, Secretario Legal, Técnico y

Asuntos Legislativos - Ministerio de Coordinación.———

ACTA DE LA COMISION PERMANENTEDE APLICACION Y ARBITRAJECREADA POR LA LEY N° 3768

En la ciudad de Viedma, a los 26 días del mes deAbril del año dos mil cuatro, en la sede de la Secretaríade Gobierno de la Provincia se reúnen los siguientesintegrantes de la Comisión Permanente de Aplicacióny Arbitraje, creada por la Ley N° 3768;

Responsable del área de Municipios, Dn. AlfredoPega, responsable del área de Hacienda, Cr. José LuisCollinao, responsable del área de Minería eHidrocarburos, Dn. Ricardo Esquivel, representantede la Legislatura por la Mayoría, Dr. Oscar Machadoy representante de la Legislatura por la Minoría, Dn.Carlos Peralta.

Los miembros presentes procedieron a analizar elActa Acuerdo elaborado por los Intendentes de losmunicipios productores de hidrocarburos encumplimiento del Procedimiento Arbitral establecidoen el Apartado III, inc. a) del Art. 2° de la Ley N°3768.

Analizados los acuerdos alcanzados por la totalidadde los Intendentes de los municipios productores confecha 31 de marzo del corriente año, la ComisiónPermanente de Aplicación y Arbitraje decide porunanimidad:

1. Aprobar el Acta Acuerdo presentada en todossus contenidos básicos.

2. Modificar solamente un aspecto formalnormativo, reemplazando la figura de Decretode Naturaleza Legislativa por el de una Leypresentada por el Poder Ejecutivo comoProyecto con acuerdo de Ministros.

3. Solicitar la incorporación en dicho Proyecto dela elevación del fallo arbitral alcanzado en estareunión y rubricado en este Acta, encumplimiento del inc. d) del Artículo 2° delApartado III de la Ley N° 3768.

En prueba de conformidad se firman dosejemplares del mismo tenor y al mismo efecto.

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41Viedma, 26 de Julio del 2004 BOLETIN OFICIAL N° 4226

ACTA ACUERDO ENTRE MUNICIPIOSPRODUCTORES DE HIDROCARBUROS

En la ciudad de Viedma, a los treinta y un días delmes de marzo del año dos mil cuatro, convocados porla Comisión Arbitral creada por Ley N° 3768 y 3788,reunidos en la sede del Ministerio de Producción y conla presencia de la totalidad de los Intendentes de losMunicipios Productores de Hidrocarburos, se acuerda:

1° Ratificar en su totalidad la voluntad puesta demanifiesto en el Acta Acuerdo celebrada el 16 defebrero de 2004 en Campo Grande.

2° -Analizada la propuesta de distribución decoparticipación secundaria de regalías hidrocarburí-feras, gasíferas y mineras, por unanimidad de losIntendentes de los Municipios Productores, se aceptacomo fórmula transaccional y provisoria (al sólo efectode dar cumplimiento al artículo 2° de la Ley N° 3788que modifica el artículo 6° de la Ley 3768 en el sentidode percibir los montos de regalías a partir del 1° de

enero del 2004), la última hoja del Compendio deSimulaciones de Distribución Secundaria de Regalías,Hidrocarburíferas y Mineras e Información General,elaborado por la Comisión Permanente de Arbitraje,que obra como Anexo I de la presente y forma partede la misma.

3° -Para aquellos municipios que esta distribuciónacordada en el punto 2° signifique una disminuciónen las sumas percibidas hasta el presente, por la mermaen la aplicación del nuevo índice, se acuerda porunanimidad lo siguiente:

a.- Compensar esos faltantes en dinero en efectivocomo parte de lo que les corresponda por laaplicación del artículo 13° de la Ley N° 1946quedando el saldo a su favor para ser afectado aobras de infraestructura para el desarrollo talcomo lo establece la Ley, lo que deberáplasmarse en un Decreto Provincial denaturaleza legislativa.

b.- Para aquellos municipios que no alcancen acubrir las diferencias en menos con la aplicacióndel inciso a.- se creará por el mismo Decreto,un fondo proveniente del 40 % del 6,5 % delartículo 13° que lo soportarán proporcio-nalmente ocho municipios (Gral. Roca,Cipolletti, Allen, Fernández Oro, CampoGrande, C. Cordero y Cinco Saltos y Cervantes)con el fin de cubrir la diferencia mencionada.

4°.-Las obras que corresponden a la aplicación delartículo 13° de la Ley N° 1946 y sus modificatorias,cumplido los incisos anteriores, deberán estardesagregadas en el presupuesto provincial y acordadascon cada uno de los municipios.

En prueba de conformidad se firman tresejemplares del mismo tenor, siendo entregada en esteacto una de las copias a la Comisión Permanente deArbitraje.

—————————

REGALIAS SEGUN LEY 3768 (1% partes iguales)

REGALIAS ANUALES SUPUESTAS: 116.253.896,00COPARTICIPACION A MUNICIPIOS: 10% 11.625.389,60

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42Viedma, 26 de Julio del 2004BOLETIN OFICIAL N° 4226

Impreso en los Talleres Gráficosdel Boletín Oficial

de la Provincia de Río Negro - Viedma

Impreso en Patagonia Gráfica S.A.

Viedma Provincia de Río Negro

Se encuentra a la venta en la Dirección de Boletín Oficial,

la Edición 2000 de Boletines Oficiales

compuesta en cuatro tomos encuadernados y en tapa dura.

Valor de la misma $ 350,00

A V I S O

ART. 2º - LEY 40

El texto de las leyes sancionadas poresta Legislatura, el de los Decretos yResoluciones del Poder Ejecutivo y el deotros documentos oficiales que sepubliquen en el Boletín Oficial de laProvincia de Río Negro, serán tenidos porauténticos.

S U M A R I O

732.- 12-07-04.- Aprobando el Contratode Locación de Servicios celebradoentre el Ministerio Hacienda, Obras yServicios Públicos y el Sr. UbaldoRodrigo Silva Vidal .............................25-26

733.- 12-07-04.- Aprobando el Contratode Locación de Servicios celebradoentre el Subsecretario de IngresosPúblicos, dependiente del Mtrio. deHacienda, Obras y Servicios Públicos,y el Sr. Jorge Horacio Braun ...............26

815.- 15-07-04.- Estableciendo el cese ensus funciones a la totalidad de los repre-sentantes del capital estatal para interve-nir en las Asambleas de toda Sociedaddel Estado o Anónima en las que laProvincia tenga participación acciona-ria, que hubieran sido designados conanterioridad a la sanción de la Ley Nº3.779....................................................27-28

823.- 15-07-04.- Aprobando en todos sustérminos el Convenio suscripto entre laUniversidad Nacional de La Pampa yla Provincia de Río Negro ...................28

DECRETOS SINTETIZADOS ...............28a30RESOLUCIONES ...................................30a35ORDENANZAS MUNICIPALES .......... 35-36LICITACIONES ......................................36-37EDICTOS DE MINERIA........................ 37-38EDICTO DE MENSURA....................... 38EDICTOS I.P.P.V. ....................................38NOMINA PREADJUDICATARIOSVIVIENDAS ...........................................38

SECCION JUDICIALEDICTOS ................................................38-39REMATES...............................................39-40

SECCION COMERCIO, INDUSTRIAY ENTIDADES CIVILESLEY 11.867 .............................................40CONVOCATORIAS ...............................40ACLARACIÓN (Ley 3837)................... 40-41AVISO BOLETIN OFICIAL ................... 42

SECCION ADMINISTRATIVA Pág.DECRETOS702.- 30-06-04.- Ratificando el Convenio

y Anexo suscripto entre el SecretarioEjecutivo del Consejo Provincial de laFunción Pública y Reconversión delEstado y la Unión Personal Civil de laNación, Seccional Río Negro ..............1a21

709.- 7-07-04.- La Comisión Especialcreada mediante el Art. 4° de la Ley Nº3079 y el Art. 5° del Decreto N° 676/99, estará integrada por los titulares delos Ministerios y Organismos que laconforman o, en caso de vacancia oausencia temporaria de cualquiera deéstos, por sus sustitutos, conforme lasnormas reglamentarias pertinentes ......22

711.- 12-07-04.- Derogando el Decreto Nº382, de fecha 4-04-2000, y modificandoel Art. 2º del Decreto Nº 1358, de fecha26-10-99 ..............................................22

725.- 12-07-04.- Rectificando el Art. 3ºdel Decreto Nº 915, de fecha 13-08-2003.....................................................22

728.- 12-07-04.- Aprobando los contratosde Locación de Servicios en relación dedependencia celebrados entre la Direc-ción Gral. de Rentas y agentes varios .22-23

729.- 12-07-04.- Aprobando el Contratode Locación de Servicios celebradoentre el Ministerio de Gobierno y el Sr.José María Andreu, para cumplirservicios como administrativo en laSecretaría de Trabajo, dependiente delMinisterio de Gobierno .......................23-24

730.- 12-07-04.- Aprobando el Contratode Locación de Servicios celebradoentre el Ministerio de Hacienda, Obrasy Servicios Públicos y el Sr. CristianMarcelo Alejandro Guttmann .............24

731.- 12-07-04.- Aprobando el Contratode Locación de Servicios celebradoentre el Ministerio de Hacienda, Obrasy Servicios Públicos y el Sr. NelsonMario Rapiman ...................................24-25

4 PRESENTACIONDE AVISOS, ETC.

Para la presentación de avisos, etc., ainsertar en este Boletín, concurrir a:

Dirección de Boletín Oficial– Viedma:

Laprida 212.Delegación del Boletín Oficial en: – General Roca:

Tucumán 1456, 2º piso - Tel/Fax: 02941 -431230.

– San Carlos de Bariloche:Onelli 1.450Tel/Fax: 02944 - 428112.