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LICENCIAS MÉDICAS Parte 1

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LICENCIAS MÉDICASParte 1

¿Qué es una Licencia Médica?

• Es un documento que puede ser extendido por unmédico cirujano, cirujano dentista o matrona,mediante el cual el profesional certifica que untrabajador se encuentra incapacitadotemporalmente para trabajar, prescribiendo reposototal o parcial, por un lapso determinado.

¿Qué tipos de licencias existen?

1.Enfermedad o accidente común2.Prórroga de medicina preventiva3.Licencia Maternal pre y post natal4.Enfermedad grave del hijo menor de un año5.Accidente del trabajo o del trayecto6. Enfermedad profesional7. Patología del embarazo

Formulario de Licencia Médicas

En su extremo superior derecho lleva un númerocorrelativo y consta de tres hojas, en papelautocopiativo:• La primera hoja contiene en su anverso las seccionesA y B y en su reverso la sección C.

• La segunda hoja corresponde al comprobante que elempleador debe entregar con fecha, firmado ytimbrado al trabajador.

• La tercera copia es para el profesional.

¿Quién es responsable de completar los datos de la Licencia Médica?

• El profesional debe completar la sección A• Luego debe entregar la primera y segunda hoja de las Licencia al trabajador.

• Si el trabajador tuviere más de un empleador, el profesional deberá extender un formulario para cada uno de ellos.

¿Qué debe hacer el trabajador con la Licencia Médica?

• Revisar que los datos señalados sean los correctos y NOEXISTA NINGUNA ENMENDADURA.

• Luego, debe firmar la Licencia.• Debe hacerla llegar a su(s), empleador(es) en los plazoslegales.

• Si se trata de un trabajador independiente debecompletar lo que se refiere a su calidad deindependiente y hacerla llegar a la Institucióncorrespondiente en los plazos legales.

• Si el trabajador se encuentra en una ciudad lejana a suempleador, deberá remitirla por correo certificado a suempleador dentro del plazo correspondiente.

¿Qué plazos tiene el trabajador para presentar la Licencia Médica?

• Trabajador del Sector Privado: dos días hábiles contados desde el inicio de la licencia médica.

• Trabajador del Sector Público: tres días hábilescontados desde el inicio de la licencia médica.

• Trabajador Independiente: dos días hábiles desdela fecha de emisión de la licencia y debe tramitarladirectamente en la Isapre o COMPINcorrespondiente.

¿Qué sucede si se presenta fuera de plazo?

• La presentación de la licencia al empleador fuera delos plazos legales habilita a la Isapre a rechazarla,salvo FUERZA MAYOR o CASO FORTUITO (quecorresponde a alguna circunstancia especial yatendible que haya impedido que la licencia setramite oportunamente).

• La presentación fuera de plazo por empleador puedesignificar autorización con cargo al mismo.

¿Qué debe hacer el empleador al recibir la Licencia Médica?

• Debe completar los antecedentes pertinentes asu calidad de empleador (sección C).

• Luego de completarla, deberá entregarla alOrganismo correspondiente, dentro de los tresdías hábiles siguientes a la fecha de recepción.

• En los casos que el trabajador cotiza para unaIsapre, debe presentar la licencia en la oficina dela Isapre a la cuál el trabajador se encuentraafiliado.

Documentos a adjuntar por empleador

Primera licencia:a) Contrato de trabajob) Liquidaciones de sueldoc) Certificado afiliación AFPd) Cotizaciones previsionalesEl plazo se puede extender por 48 horas más si falta 

alguno de los antecedentes.

¿Qué debe hacer la Isapre con la Licencia Médica?

• Debe emitir una Resolución que rechace, apruebe,reduzca o amplíe el período de reposo, o cambiarlo detotal a parcial o viceversa. Par ello pueden ordenaralgunas medidas:‐ Practicar nuevos exámenes o interconsultas.‐ Disponer de realizar Visitas al lugar de reposo indicado.‐ Solicitar al empleador antecedentes de carácteradministrativo, laboral o previsional.‐ Solicitar un informe al profesional que emitió la licencia.‐ Cualquier otra información que permita una mejorresolución.

Solicitud de Antecedentes

• La Contraloría Médica está facultada para solicitarantecedentes (médicos o administrativos) quepermitan complementar la información entregadaen la Licencia Médica, con el fin de dictaminar enbase a la mayor cantidad de fundamentos.

Tipo de Antecedentes

• Informes Médicos• Peritajes Médicos• Visitas Domiciliarias• Declaración de Accidente• Finiquitos• Otros

¿Qué causales existen para rechazar las Licencias Médicas?

Existen causales médicas o de orden jurídico‐administrativo:

*Causales médicas:‐Falta de justificación del reposo: si se considera que no existe una incapacidad laboral temporal que le impida asistir a su trabajo, o bien que si existió, pero el reposo otorgado es excesivo.

‐ Pérdida de la temporalidad de la licencia: en loscasos en que se determine que el reposo no serátemporal, y que el trabajador ya no volverá atrabajar (la licencia no debe utilizarse como unaPensión de Invalidez)

¿Qué causales existen para rechazar las Licencias Médicas?

• Causales jurídico – administrativas:‐ No tener la calidad de trabajador dependiente oindependiente.‐ Licencia entregada fuera de plazo‐ Incumplimiento de reposo.‐ Realización de trabajos remunerados o no durante elperíodo de reposo dispuesto en la licencia.‐ La falsificación o adulteración de la licencia.‐ La entrega de antecedentes clínicos falsos o la simulaciónde la enfermedad, debidamente comprobada.‐ La enmendadura (en estos casos es posible obtener unalicencia que reemplace la enmendada).

¿Cómo se formaliza el pronunciamiento de la Isapre?

El pronunciamiento que dicte la Isapre debeconsignarse en el formulario de Licencia Médica ydebe llevar la firma del médico autorizado,expresándose claramente la causal del rechazo,reducción o modificación.

Plazo: 3 días hábiles

¿Ante qué Organismo se apela en el caso de ser afiliado de Isapre?

* En contra de la resolución de la Isapre se puedeapelar a la COMPIN correspondiente al Servicio deSalud competente de acuerdo al domicilio deltrabajador señalado en el Contrato de Salud con laIsapre.

* El plazo para apelar es de 15 días contados desde lafecha de recepción de la carta certificada en que laIsapre notificó la resolución.

* La Resolución que dicte la COMPIN; puede serapelada ante la SUSESO.

Reconsideraciones

Adicionalmente a las apelaciones ante COMPIN, se puede solicitar reconsideración en la misma Isapre, aportando la documentación que complemente el caso.

DESDE MAYO 2012, TODAS LAS REDUCCIONES Y RECHAZOS DE LAS ISAPRES SON EVALUADAS POR COMPIN, QUIEN PUEDE MANTENER O MODIFICAR LAS RESOLUCIONES. EN CASO DE DISCONFORMIDAD, SE PUEDE APELAR A LA MISMA COMPIN.

LICENCIA ELECTRONICA

• Empleador adscrito: Deberá llenar los datossolicitados. En caso que no la tramite, la Isapre estáfacultada a autorizarla con cargo al empleador.

• Empleador no adscrito: El trabajador debe hacerentrega de copia impresa a empleador en losmismos plazos que una licencia convencional, paraque éste la complete manualmente y la tramite.

• El 17 octubre 2011 se promulga Ley 20.545 que introduce modificaciones  a la norma de protección a la maternidad

Postnatal parental

Extensión del Postnatal

Ampliación Cobertura

Para  trabajadoras dependientes del sistema público o 

privado e independientes, afectos al sistema previsional.

Extensión Permiso Post NatalRequiere Licencia Medica

Aumento duraciónPostnatal

Aumento duraciónPostnatal

Partos Prematuros

Partos Prematuros

Partos MúltiplesPartos Múltiples

6 Semanas(42 días)6 Semanas(42 días)

1 Semana(7 días)1 Semana(7 días)

< 33 sem.< 33 sem.

< 1.500 grs.< 1.500 grs.

A partir del segundo hijoA partir del segundo hijo

Z06.3Z06.3

Z06.4Z06.4

Permiso Parental PostnatalNo requiere licencia medica

• Tiempo de descanso inmediatamente siguiente al período de reposo postnatal, decarácter irrenunciable, con derecho a subsidio, que la ley establece a favor de lamadre, por un lapso de 12 semanas o, en caso de reincorporarse por la mitad de sujornada laboral, de 18 semanas

InicioInicio RequisitoRequisitoDerecho del padre (por 

derecho propio o semanas cedidas)

Derecho del padre (por derecho propio o semanas cedidas)

•Se inicia conposterioridad al términodel Postnatal.

•Cuando existanextensiones del descansopostnatal, el permisopostnatal parental seiniciará inmediatamentea continuación deltérmino de la extensión.

Dado que este permisotiene por finalidadayudar al cuidado delmenor y apego a suspadres, es necesarioque, al inicio de dichobeneficio, el menor seencuentre vivo.Si el menor fallecedurante el descansopostnatal o ppp debedar aviso a la entidadpagadora.

Corresponderá al padrehacer uso del permisopostnatal parental y elsubsidio derivado delmismo, cuando lamadre hubiere fallecidoo cuando el padretuviere el cuidadopersonal del menor porsentencia judicial ocuando la madre le cedesemanas de reposo.

Modalidad del Permiso Postnatal Parental Z06.1

Jornada Completa

12 semanas(24 sem)

No requiere aviso al 

empleador

Jornada Parcial

18 Semanas(30 sem)

Requiere aviso a empleador

De no efectuar este aviso a su empleador, la trabajadora deberá ejercer su permiso en jornada completa.

• ¿Cómo se tramita el Permiso Parental Postnatal?

JornadaCompleta

Opera de pleno 

derecho

No requiere aviso 

obligatorio a empleador

Jornada Parcial

Empleador debe dar aviso dentro de 3 días a Isapre

Aviso a empleador con a lo menos 30 días de anticipación al término de post natal con copia a inspección del trabajo

Permiso parental postnatal del padreZ06.2

• Jornada Completa • Jornada Parcial

18 semanas

Desde la 7°semana

Máximo 12 semanas

12 semanas

Desde la 7°semana

Máximo 6 semanas

Sólo se pueden ceder semanas completas, equivalentes a 7 días corridos y se deben ubicar al final del período.

Condiciones para PPP paterno• Padre trabajador afecto al sistema previsional• Manifestación de la madre en términos formales y explícitos• Que el padre haga uso del permiso en la misma modalidad

de la madre• Semanas completas al final del período.

Documentos solicitados• Copia de Licencia Postnatal de madre (Otra Isapre)• Sección C padre• Liquidaciones padre• Carta de notificación ambos empleadores• Copia CI ambos padres