guÍa de prÁcticas ambientales - faenadores de aves de corral

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    GUA DE PRCTICASA M B I E N T A L E S

    a e n a d o r e s d e

    a v e s d e c o r r a l

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    cit

    Alcalde Distrito Metropolitano de QuitoP My Gg

    Direccin Generald. Ptii ehiquDirectora Metropolitana Ambiental

    Coordinacin Generald. Mg lpz

    Lder de Coordinacin y Promocin

    Comit de EstructuracinIg. ey a, Agencia Ecuatoriana deAseguramiento de la Calidad del Agrod. cti vg, Coordinadora PSMA, DireccinProvincial de Salud de Pichinchas. lui smt, rea de Salud No. 18, Hospital deNanegalitoli. J cu,Jefatura Ambiental, AdministracinZonal Quitumbed. Hug Mj, rea de Salud No. 20, ChillogalloIg. Bi vizut, Corporacin Utopas. y ci, Asociacin de Faenadores de Aves deCorral, Zona QuitumbeIg. J o, Director Ejecutivo CorporacinNacional de AvicultoresIg. lui shz, Direccin Provincial de Salud dePichincha

    d. np M, Coordinador de ZoonosisDireccin Provincial de PichinchaIg. My chmb G, Direccin Metropolitana Ambiental

    Coordinacin EditorialMih a

    DiagramacinMih a

    Enero de 2009. Quito Ecuador

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    ht 700 / 1

    Pti

    La Direccin Metropolitana Ambiental pone a disposicin delos sectores industriales de bajo y mediano impacto, comercio,servicios, centros de diversin, talleres artesanales y otrosque funcionan en el Distrito Metropolitano de Quito, lasGuas de Prctica Ambientales Sectoriales y Generales, como

    respuesta a una serie de necesidades concretas referentes ala gestin ambiental. La Direccin Metropolitana Ambientalcon la publicacin de este material pretende contribuir en laaplicacin e implementacin de sus lineamientos.

    El Manual de Prcticas Ambientales Sectoriales y Generalesest orientado a los directivos y a todo el personal que sedesempea en cada una de las actividades de los sector antes

    mencionados, con el objeto de adoptar nuevos hbitos de unaforma fcil, sin que ello implique un costo econmico lo quecontribuira al mejoramiento de la calidad ambiental.

    El xito depende fundamentalmente del compromiso queadquieran las partes, especialmente los responsables de cadaempresa o negocio. La aplicacin de las Prcticas Ambientalesen las actividades productivas puede lograr y promover:

    Reducir el consumo de agua y su contaminacin Reducir el consumo de energa

    Disminuir la generacin de residuos y facilitar su

    reutilizacin Disminuir las emisiones atmosfricas y el ruido

    Disminuir la contaminacin del suelo

    Direccin Metropolitana Ambiental

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    Gu Pti ambit2

    cptu I

    objt

    Art. I.- Las Guas de Prcticas AmbientalesSectoriales y General son lineamientosbsicos dirigidos para las actividadesproductivas, ya sean estas actividades depequea y mediana empresa2 e instalacionesque generen mbitos, bienes y servicios queposibiliten la recreacin, cultura, salud,educacin, transporte, servicios pblicos

    o privados. Salvo el caso de actividades,obras o proyectos que ocasionen unimpacto ambiental signicativo y entraen

    un riesgo ambiental, por lo tanto precisende la presentacin de estudios de impactoambiental.

    Los problemas ambientales generados por

    parte de este sector, se enmarcan en lacontaminacin atmosfrica por gases decombustin, emisiones de proceso, emisinde ruido, contaminacin del recurso agua,por las descargas residuales no domsticas,contaminacin del suelo especialmente porla generacin y manejo de residuos.

    Estos problemas se agravan por el escasoconocimiento que existe sobre la legislacinambiental, y por ser un sector uctuante

    1 De acuerdo al Reglamento Orgnico del Municipio del Distrito

    Metropolitano de Quito, aprobado mediante Resoluciones de Con-

    cejo y Alcalda No. C 0076 y A 0108 del 12 de diciembre del 2007, la

    anteriormente nombrada DIRECCION METROPOLITANA DE MEDIO

    AMBIENTE (DMMA) cambia su denominacin a DIRECCIN MET-

    ROPOLITANA AMBIENTAL (DMA).

    2 Pequea Empresa, de 1 a 49 empleados. Mediana Empresa de 50

    a 199 empleados.

    rui

    n 001- dMa1 2007

    l diiMtpitambit

    e jii tibuiqu f y, ditMtpitambit mit iguitGu Ptiambit.

    expi:

    Gu buptimbit p t iuti bj

    impt y miimpt mbitIi2, miy iicZ2, iipiiz ay B, mi m ,

    jmity t ii

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    que funciona en su mayor parte con la infraestructura mnimay en condiciones de arrendatario.

    En consecuencia, el Municipio del Distrito Metropolitano deQuito, a travs de la Direccin Metropolitana Ambiental encumplimiento a lo dispuesto en la Ordenanza Sustitutiva del

    Titulo V, De La Prevencin y Control del Medio Ambiente,Capitulo V, expide las guas de prcticas ambientales paralos sectores de industrias de bajo impacto I1 y medianoimpacto ambiental Ii2a, comercios y servicios CZ2, serviciosespecializados A y B, comercios de menor escala, alojamientosy centros de diversin, con el n de promover el cumplimiento

    de la normativa ambiental, prevenir y mitigar los impactosambientales sobre el medio ambiente y la salud.

    cptu II

    att

    Art. II.- En el Distrito Metropolitano de Quito se ha logradoun signicativo desarrollo empresarial3, junto a la presenciade importantes actividades vinculadas con los sectores deservicios y comercios concentrados en el medio urbano.

    El desarrollo econmico y comercial de la ciudad, que tieneun total aproximado de 2 millones de habitantes, provocanel diario desplazamiento en una ciudad que tiene 60 km. delargo y 5 km. de ancho, en su zona ms angosta, generando laproliferacin de establecimientos que satisfagan la necesidadde bienes de consumo y servicios de inters pblico,especialmente, con estndares mnimos que vayan acorde asu condicin de capital del Ecuador, eje de la nacionalidad ypolo de desarrollo.

    3 De las 28.745 sociedades registradas en la Superintendencia de Compaas en 2003, 9.927

    (el 35%) corresponden a Pichincha, en Quito se encuentran 8.928 empresas (el 31% del total delpas), ocupando al 45% de los empleados, con el 41.5% de los ingresos y el 42% del patrimonio.

    Hacia el ao 2002, de las mayores 1.000 compaas del pas, en el DMQ se concentraban 438

    empresas, con el 49% de los activos, el 44% del patrimonio y el 41% de las ventas, respecto del

    total nacional.

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    Gu Pti ambit4

    En este contexto las guas de prcticas ambientales, de mbitosectorial y general para actividades de impactos ambientalesno signicativos, apoyan la mejora continua de la actividad

    con relacin al medio ambiente, mediante prcticas cuyaaplicacin reducir el efecto causado por las emisiones a laatmsfera, ruido, residuos y vertidos.

    El proceso de estructuracin de las guas de prcticasambientales de mbito sectorial inicia con la conformacin decomits a partir de junio del 2005, en el marco de la aplicacinde la Ordenanza Sustitutiva del Ttulo V, Del Medio Ambiente

    (Ordenanza No. 146) sancionada por el General Paco MoncayoGallegos, Alcalde Metropolitano, el 20 de mayo del 2005 ypublicada en el Registro Ocial No. 78 de 09 de agosto delmismo ao.

    Los comits conformados por representantes de la DireccinMetropolitana Ambiental, representantes de los sectoresinvolucrados, el Centro Ecuatoriano de Produccin Ms Limpia

    (CEPL), las Coordinaciones Ambientales Zonales e Institutos deinvestigacin, aportaron con insumos y sugerencias en buscade acercar a la realidad local los lineamientos bsicos para elcumplimiento de estas actividades. Los productos obtenidospor los comits constituyeron referentes para la estructuracinde la gua general.

    La Ordenanza Metropolitana No. 213 Sustitutiva del Ttulo V De

    La Prevencin y Control del Medio Ambiente, tambin contemplala elaboracin de guas de prcticas ambientales como resultadode un proceso de anlisis y construccin participativa, entre losactores involucrados. En el marco de la ordenanza vigente, espertinente la expedicin de esta Resolucin.

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    cptu III

    dipi y t Gu Pti ambit

    Art. III.- De conformidad a lo previsto por el CdigoMunicipal vigente se emiten las siguientes Guas de PrcticasAmbientales:

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    Gu Pti ambit6

    1. cii G

    1.1 Las faenadoras de aves de corral con capacidad de hasta700 aves faenadas/da, deben cumplir con las normativasvigentes.

    1.2 Durante el proceso de faenamiento de aves de corralse deber implementar un plan de produccin ms limpia,optimizando el uso del agua y energa, aplicando mtodos demanejo de residuos slidos y lquidos segn la legislacin

    vigente4

    .

    1.3 Los locales destinados al faenamiento de aves de corraldebern ser exclusivos para dicha actividad y aplicarn porseparado las siguientes etapas, cumpliendo en cada una lasnormas de higiene vigentes: Recepcin

    Sacricio (sangrado, escaldado y pelado)

    Eviscerado, lavado Enfriado y empaquetado.

    4 Ordenanza No. 213 Edicin Especial No. 4 del 10 de Septiembre de 2007.

    Decreto 3609, MAGAP Registro Ocial, jueves 20 de marzo de 2003, Libro I, Reglamento de

    Control de la Instalacin y Funcionamiento de las Granjas Avcolas, Titulo III Del Faenamiento,

    Inspeccin, Clasicacin y Comercializacin de Aves para consumo humano.

    Ley Orgnica de Salud publicada en el Registro Ocial No.423 y su reglamento publicado el 30 de

    Octubre de 2008 en el Registro Ocial No. 457 , basado en el Art. 13 de la Constitucin.

    Texto Unicado de la Legislacin Ambiental Secundaria del Ministerio del Ambiente. Decreto

    No.3516. Edicin Especial No.2 del 31 de marzo de 2003

    desinfectante

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    1.4 Los locales de faenamiento deben contar con los serviciosbsicos: agua potable, alcantarillado, luz natural y articial.

    En el caso de no existir agua potable y alcantarillado se debenaplicar mtodos alternativos de tratamiento validados por laautoridad competente.

    1.5 Los pisos, paredes y tumbados del local de faenamientodebern ser construidos con materiales slidos, impermeables

    y no porosos para facilitar su limpieza, el piso debe ser lavable,no resbaladizo y con pendiente del 2% para la evacuacin delquidos.

    1.6 El aturdimiento se realizar usando mtodos quegaranticen el bienestar animal.

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    1.7 La supercie de las mesas de trabajo deben ser lisas conbordes redondeados, de material impermeable, inalterable y/o aceroinoxidable que permita una fcil limpieza.

    1.8 Los vehculos al ingresar al local de faenamiento debern serfumigados con desinfectante con registro de Agrocalidad (MAGAP) einstalar pediluvios en el ingreso peatonal al rea de faenamiento.

    1.9 Para el proceso de faenado el personal debe utilizar ropa detrabajo: gorros, mascarillas, guantes semi-industriales, delantalesimpermeables y botas de caucho.

    1.10 Los faenadores deben exigir a sus proveedores las guas demovilizacin de las aves, emitidas por AGROCALIDAD MAGAP.

    1.11 El faenamiento de aves de corral debe realizarse mediante uncronograma semanal (Anexo 1) y respaldado con facturas de comprade las aves, el cul debe ser entregado a la Direccin MetropolitanaAmbiental (DMA) o a su delegado.

    2. Mj itg iu

    2.1 El rea de faenamiento debe contar con recipientesdebidamente sealizados para el adecuado manejo de residuosslidos y lquidos, clasicados y ubicados en sitios especcos y que

    no constituyan focos de infeccin a los productos comestibles, a lasalud y al ambiente.

    2.2 Los faenadores debern implementar registros (Anexo 2)donde se especique el tipo de residuos, rea donde se genera,

    cantidad (kg) y tratamiento en caso de que amerite y su disposicinnal mediante la entrega a gestores autorizados por la DMA.

    2.3 El plumaje debe estar sin sangre, escurrido y desinfectadohasta la entrega a terceros, cumpliendo las normativas de las

    autoridades competentes.

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    2.4 Disponer de un espacio especco, aislado y cubierto para elalmacenamiento de residuos hasta su disposicin nal a travs de

    la recoleccin municipal, en caso de no disponer de este servicio se

    debe dar tratamiento a los mismos, de acuerdo a lo establecido enlas normativas vigentes.

    3. Mj ambit emii atmi, P y rui

    Emisiones Atmosfricas y de Proceso

    3.1 El local de faenamiento debe contar con ventilacin.

    3.2 Durante el proceso de faenamiento todo residuo generadodebe ser entregado a terceros mediante el uso de registros o dartratamiento de descomposicin aerbica a los residuos orgnicos.(Anexo 2).

    Generacin de Ruidos

    3.3 El espacio destinado para el faenamiento debe contar conparedes y techo slidos, para evitar contaminacin ambiental porruido.

    4. Mj ambit agu riu mti

    4.1 Para el sangrado de las aves de corral se deber implementarun sistema de embudos de acero inoxidable, adems de una canaletapara optimizar la recoleccin de sangre en un 90%, la que deberser entregada a gestores calicados por la DMA.

    4.2 El sitio donde se implemente el sistema de embudos debe serde baldosa o recubierta de pintura lavable para facilitar la limpiezadel rea y optimizar el uso del recurso agua.

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    4.3 El escaldado de las aves se deber realizar bajo condicionescontroladas de tiempo y temperatura, en recipientes de materialinoxidable en buen estado, que deben ser limpiados y desinfectados

    despus de cada jornada de trabajo.

    4.4 Para evitar el paso de residuos slidos (plumas y grasa) alalcantarillado se deben instalar en los desages rejillas o trampasplsticas que debern ser limpiadas frecuentemente.

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    5. Mj rig

    5.1 Los locales de faenamiento de aves de corral deben estaralejados de focos de contaminacin (basureros y criaderos deanimales).

    5.2 Los locales de faenamiento debern cumplir con lasespecicaciones y disposiciones tcnicas del Cuerpo de Bomberos.

    5.3 Las instalaciones elctricas debern estar protegidas, aisladasy jas.

    5.4 El transporte y distribucin de las aves faenadas debermantener la cadena de frio correspondiente para evitar proliferacinde microorganismos.

    5.5 El establecimiento y el personal que trabaja en los sitiosde faenado debern acatar las normas de bioseguridad, higiene ylimpieza acorde con las normativas vigentes.

    5.6 Se prohbe faenar pollos enfermos, desnutridos, golpeados omuertos.

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    seccIn vIII

    del conTrol de las GUas de PrcTIcas aMBIenTalesArt.11.- El control de las actividades que generan impactosambientales no signicativos, sujetos al cumplimiento de

    Guas de Prcticas Ambientales (GPA) sectoriales y general, serealizar mediante inspecciones en el establecimiento sujetode control, la aplicacin de la presente Resolucin as comolo determinado en la Acta de Compromiso de Cumplimiento

    suscrita con el representante del establecimiento.

    dIsPosIcIones Inales

    La Direccin Metropolitana Ambiental, en ejercicio de susfacultades delegadas, deroga la Resolucin No. 0004 sancionadael 23 de marzo de 2006.

    La presente Resolucin entra en vigencia a partir de la fechade su expedicin.

    Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, el 16 de noviembredel 2007.

    Dra. Patricia Echanique

    Directora Metropolitana AmbientalMunicipio del Distrito Metropolitano de Quito

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    aneXo I

    cronoGraMa seManal de TraBaJo

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    aneXo II

    GeneracIn Y canTIdad de desecHos

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    Glosa

    rIo

    cpit, Tpi yrpi Mub 15

    GlosarIo de sIGlas

    GPA: Gua Prctica Ambiental.

    DMA: Direccin Metropolitana Ambiental.

    MAGAP: Ministerio de Agricultura, Ganadera, Acuacultura yPesca.

    GlosarIo de TrMInos

    Evisceracin: Salida de las vsceras fuera del abdomen.

    Sangrar: Abrir o punzar una vena y dejar salir determinada can-tidad de sangre.

    Escaldar: Baar con agua hirviendo a un animal para quitarle la

    piel.

    Pelar: Quitar las plumas a las aves.

    Enfriar: Poner o hacer que se ponga fra una cosa.Faenar: Matar aves y descuartizarlas o prepararlas para el con-sumo.

    Pediluvio: Recipiente donde el faenador desinfecta sus zapatoscada vez que entre y salga del lugar donde se efecta el proceso.

    Gestores: Personas naturales o jurdicas, pblicas o privadas,delegadas por el Municipio de Quito para el manejo, gestin,recoleccin, transporte y disposicin nal de residuos.

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