“estudio fiscal integral. analisis fiscal de los …

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HE UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES CUAUTITLAN “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS INGRESOS POR SUELDOS Y SALARIOS” TRABAJO DE SEMINARIO QUE PARA OBTENER EL TITULO DE: LICENCIADA EN CONTADURIA PRESENTA: ROSA GABRIELA JAUREGUI REYNA ASESOR: L.C. LUIS YESCAS RAMIREZ CUAUTITLAN IZCALLI, EDO DE MEXICO. = 1999. ON uh N, ee Q PALLA DE ORIGEN we pe gt wee ob

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Page 1: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

HE

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO

FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES CUAUTITLAN

“ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS

INGRESOS POR SUELDOS Y SALARIOS”

TRABAJO DE SEMINARIO

QUE PARA OBTENER EL TITULO DE:

LICENCIADA EN CONTADURIA

PRESENTA:

ROSA GABRIELA JAUREGUI REYNA ASESOR: L.C. LUIS YESCAS RAMIREZ

CUAUTITLAN IZCALLI, EDO DE MEXICO. = 1999.

ON

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Page 2: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

UNAM – Dirección General de Bibliotecas

Tesis Digitales

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DERECHOS RESERVADOS ©

PROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL

Todo el material contenido en esta tesis esta protegido por la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) de los Estados Unidos Mexicanos (México).

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Page 3: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

AHIVERAL AT NA EMAL Ait stare

Sade EXAMENES &

PROFESIONALES S

< S 3 &

Dk. JUAN ANTONIO MONTARAZ CRESPO

DIRECTOR DE LA FES-CUAUTITLAN

PKESENTE

AT'N: Q. MA, DEL CARMEN GARCIA MIJARES

Jefe del Departamento de ExAmenes

Profesionales de ta FES-C.

Con base en el art. 51 del Reglamento de Examenes Profesionales de ta FES-Cuautitlan, nos

permitimos comunicar a usted que revisamos ¢! Trabajo de Seminario:

Estudio Fiscal Integral. "Andlisis Fiscal de los Ingresos_por.

Sueldos y Salarios"

que pre..nla_ja_ pasante:_Rosa Gabriela wJduregi Reyna. 7

con numero de cuenta:_8320510-7 para obtener el Titulo de:

Licenciada en Contaduria

Cunsiderando que dicho trabajo reune los requisitos necesarios para ser discutido en el EXAMEN PROFESIONAL correspondiente, otorgamos ouestro VISTO BUENO.

ATENTAMENTE.

"POR Mi RAZA HABLARA EL ESPIRITU"

Cuautitian Izcalli, Edo. de México, a.24 de _ Marzo de 19.99

MODULO: PROFESOR:

wl C.B._Rafael Delgado Coldn |

-a—. -_fH_ ¢ is. Rani

ow EV té«i@&SYC Benito Ravers Roc fui

i

Page 4: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Dedicatorias

Este trabajo quiero dedicario a las personas que a lo largo de mi vida me han dado

una parte de la suya, ayudandome en mi formacién como ser humano y

respaldandome en mis momentos dificiles

A mi Mama quien me ha impulsado a superarme y quien me ha demostrado que

las cosas pueden ser mejores si queremos.

A mi Papa por estar siempre y ser un ejemplo de fortaleza para mi.

A mi tia Lolitas y mi tio Ricardo quienes han hecho por mi mas de fo que merezco

y nunca podré pagar.

A mis hermanos Daniela y Daniel, porque juntos superamos los momentos dificiles

y siempre seré asi.

A Héctor quien ha llenado mi vida y ha sido mi mejor amigo.

A Timy por todo el carifio y cuidado que me ha dado.

A mis tios Martha, Carmen, Manuel, Maro, Isidro y Rafael por sus consejos y carifio.

A toda mi familia para que sea un aliciente para ustedes.

A mis queridas amigas por brindarme carifio y amistad:

Male, Rox, Magali, Maru

A mi teacher Eugene por ayudarme a derribar mis barreras.

A Javier Lezama por brindarme su apoyo para obtener este fogro

A todos

j GRACIAS!

Page 5: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Capitulo 1. Generalidades

4.1 Antecedentes HistOriCOS.......c.ccceeccesteeeenetserenetereseneneeeeesersceretenssesane teed 4

4.2 Disposiciones Constitucionales en materia IADOFal.... ese eeeesenteeteeeees 8

4.3 Facultad del Estado para percibir tributos........... se cseeereeretsseersenretes 12

4.4 Elementos de los impuestos

Capitulo 2. Disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.

2.1 Conceptos generales relativos a la relacion laboral

2.2 Contratos de trabajo... eseccsesecte serene neerennenereeereersesisereanease nee cents

2 3 Condiciones de trabajo

2.4 Conceptos y clasificacién de SUeIdOS Y SAlATIOS....... sree reteteeteeee tees 32

2.5 Prestaciones derivadas de la relacion FADOFAl Lo. ccceecececeeeeeeeseeeeeseneeereaes 37

2.6 Prestaciones derivadas de la terminacion de la relaciOn laboral............. 40

2.7 De los derechos, obligaciones y prohibiciones de los trabajadores

Page 6: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

y IOS PALPONES.....seescceeeccs neces essntecsnnnettateesenetenn tenn eeen ee ne EE TIE tes 45

Capitulo 3. El Impuesto Sobre la Renta de los ingresos por salarios y en

general por la prestacion de un servicio personal subordinado.

3.1 Sujeto y objeto del titulo IV, Capitulo |... secs reecses reese eteeseetsntneetteties 59

3.2 Ingresos

3.3 Obligaciones de 108 SUjEtOS......--secssereesesreeseniescsteessecsnneneeenttnrennnescertss 74

3.4 Pago provisional de! Impuesto Sobre la Renta, subsidio

Y CrACitO Al SALATIO......-soeeeecssssseeseensssneteteessanenneessasnenreesreeanacerenanane etsy 78

3.5 Impuesto Sobre la Renta y declaracion informativa anual..........-.6 95

3.6 Deducciones persomale.........cceecccesserereeereneenenessnereinseereneeearenertcnenesies 103

Capitulo 4. Otras leyes que se relacionan con sueldos y salarios.

4.1 Ley del Seguro Social... e.scssscss stern nstscseescesnesesennsaetennaretsaneeceets setts 105

4.2 Ley del Sistema de Ahorro para el RetiO. os eccceeeecterenentteetetsteeenenes 110

4,3 Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para Jos

Trabajad ores... .scescsececceeeeeeneeeseecssseensenseenensnnsessaeesssesenennssesenresne rs ets 411

4.4 Codigo financiero del Distrito Federal

Page 7: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

4.5 Cuadro de integracidn de ia base de contribuciones

SOLE SALATIOS......cccccccssecctscceseeeeaeeeeteteeerseeeseessetaeeeeteseennenes ces tasertaneenenee 117

4.6 Porcentajes para el calculo de cuotas de seguridad SOCAN... eeeeeeeee 123

Capitulo 5. Desarrollo Practico.

5.1 Caso Practicd.... ce eesescscessesesstenscnseneensreesesessesseessanenenseesesnserenecaseasranenes 4127

CONCIUSIONCS........c.cccceseceeteesectereeeseeenanseeesetnarseeeneneeeettee sree reseenenenneenae 194

Bibliografia....

Page 8: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Objetivo

Crear una fuente de informacién confiable, que integre las diferentes

contribuciones a las que estan sujetos los ingresos por sueldos y

salarios, que permita un adecuado tratamiento de los mismos y el

correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales de los patrones y los

trabajadores.

Page 9: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Introduccién

Dentro de una sociedad se manifiestan diversas relaciones entre los

individuos que la conforman, una de estas formas de relacionarse que

ha existido a lo largo de la historia, y que se genera por la necesidad

de obtener los medios para satisfacer las necesidades basicas de los

individuos, es fa relacién laboral, donde un individuo presta a otro su

fuerza de trabajo, a cambio de un salario.

El formar parte del sistema social otorga e| derecho a toda persona a

obtener los medios que aseguren su propio bienestar y el de su

familia, pero al mismo tiempo crea el deber del individuo de contribuir al

sostenimiento de tal estructura social, aportando una parte de su

ingreso individual para el bienestar colectivo.

La responsabilidad de establecer, recaudar y administrar las

contribuciones de las personas al gasto publico es del Estado, la

obligacién de jos ciudadanos es cumplir con las disposiciones

tributartas que el gobierno estipula en las leyes fiscales.

Page 10: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

En el caso de los ingresos por sueldos y salarios existen diversas leyes

que regulan y afectan la obtenci6n por e! trabajador y el pago por parte

del patron, de los mismos, situaci6n que hace complejo el correcto

cumplimiento de tales disposiciones tegales.

Tanto para el trabajador como para el patron, se hace necesario

conocer los elementos que deben considerarse para un correcto

cumplimiento de las obligaciones fiscales de ambos.

En éste trabajo, “Analisis Fiscal de los Ingresos por Sueldos y Salarios”

se muestran los principales elementos que forman, regulan y

determinan e! manejo que debe darse a estos ingresos, asi como el

correcto cumplimiento de las contribuciones contenidas en las

diversas leyes que se relacionan con éste tema, procurando que tal

analisis permita conocer, comprender y cumplir en forma correcta con

dichas disposiciones.

Page 11: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

CAPITULO 1 GENERALIDADES

Page 12: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Capftulo 1. Generalidades.

1.1 Antecedentes Histdricos.

En otros tiempos, en las comunidades primitivas, la gran mayoria de la

poblacion trabajadora se dedicaba a la agricultura y a otras

ocupaciones rurales y utilizaba métodos tradicionales de artesania para

construir viviendas y muebles y tejer telas.

En algunas comunidades gran parte del trabajo era hecho por esclavos

que no recibian salario, pero a quienes sus duefios suministraban la -

comida y otras cosas necesarias para su subsistencia; otros muchos

eran siervos, estaban ligados a Ia tierra y trabajaban a cambio de una

participacién en el producto, recibiendo una parte determinada de la

cosecha por su trabajo.

En Roma el trabajo era objeto de arrendamiento en donde una persona

prestaba el servicio a otra que adquiria el beneficio de la mano de obra,

o bien una persona entregaba la materia que debia labrarse a otra que

estaba dispuesta a labrarla; este arrendamiento no podia darse sin que

existiera el pago previamente concedido.

Page 13: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

En la Edad Media con la especializacidén técnica de los artesanos se

constituyen los gremios, los cuales tenfan una estructura jerarquica que

partia del maestro ( sefior duefio de vidas y haciendas), los oficiales (

coordinadores del trabajo y directores de estas organizaciones) y los

aprendices, que desarrollaban el trabajo sin prerrogativas o derechos.

Para 1789 como consecuencia de las ideas de [fiberalismo, se

suprimieron definitivamente los gremios en el decreto del 2 de marzo

que ordené que a partir del 10 de abril " Todo hombre es libre para

dedicarse al trabajo, profesién, arte u oficio que estime conveniente

pero estara obligado a proveerse de un permiso, a pagar los

impuestos... y a conformarse con los reglamentos de policia que existan

o se creen en el futuro".

En los albores de ja revolucién industrial en el siglo XVIII los

trabajadores abandonaron las zonas rurales para emplearse en las

fabricas, atraidos por los mas altos salarios y la mayor libertad que

estos les ofrecian, en esta época en que inicia el gran desarrollo

industrial Europeo y hasta mediados del siglo XIX los trabajadores eran

contratados con salarios miserables ¢ insuficientes para sostener a una

familia.

Page 14: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

El nuevo siglo XX aceptaria los principios de justicia social y de

garantia de los derechos minimos del trabajador, asi podemos ver que

en Alemania la constitucién de 1919 determina un derecho unitario de

trabajo y reconoce que los trabajadores tienen igual derecho en la

fijacion de los salanios y en las condiciones de trabajo.

Actualmente en los paises desarrollados y en las industrias urbanas de

los paises en desarrollo la totalidad o la mayor parte de los salarios se

paga en efectivo, y ya no en especie como se hacia en las diferentes

etapas que se han mencionado, ya que en los paises industrializados

se lleg6 hace muchos afios a la conclusién de que los salarios se

debian pagar totalmente en dinero y que los trabajadores debian tener

libertad para gastarlos donde y como gustasen, sin embargo, desde la

segunda guerra mundial interesan cada vez mas las prestaciones

adicionales, que muchas veces constituyen un complemento importante

del salario.

En México en la época de la colonia existieron tres estructuras basicas

que regulaban las relaciones econdémicas entre indios y espafoles,

estas estructuras eran parecidas a los feudos, se les llamo

"reparticiones primitivas", “encomiendas" y posteriormente “mita".

Page 15: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

En la conquista los espafioles hacian reparticiones de indios oriundos

de las tierras que conquistaban, estos tenian que trabajar para aquellos

y pagar tributo al rey de Espafia, esta estructura se perfecciond y dio

origen a la encomienda, donde el rey cedia al colono, el tributo que

esos indios debian pagar anualmente a la corona, a cambio de que

ejerciera una funcién paternal y docente para con ellos; el pago del

tribute podfa hacerse en dinero en muy pocos casos, en especie o en

forma de trabajo en las tierras y haciendas del encomendero, ésta fué la

mas usada y la que mas facilité el abuso de los colonos.

Con la intensién de frenar estos abusos se promulgaron las "Leyes

Nuevas" donde se suprimieron todas las encomiendas, y se prohibia

esclavizar a los indios; esto trajo como consecuencia que dichos indios

no se prestaran a realizar mediante el pago de un salario, el trabajo que

antes habian realizado en concepto de pago del tributo.

Ante esta situacién la corona nstituyé las ordenes de procurar que los

indios prestaran sus servicios por un jornal equitativo, y que éste se le

pagara a ellos mismos y no a otra persona alguna, y que si no lo

querian hacer por voluntad propia se les compulsara a ello, ademas

este sistema consistia en distribuir a los varones indigenas de un

Page 16: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

pueblo, en grupos que trabajaban por turnos, de ahi la palabra mita que

en quichua significa turno.

Como podemos ver se institufa un alquiler impuesto por el estado, pero

retribuido, {a mita en consecuencia no eliminaba la obligacién del

trabajador con respecto del encomendero, es decir pagar el tributo, sino

que lo obligaba a trabajar y servir en las tareas que se estimaban de

interés publico y atin privado.

A Io largo de fa historia mexicana podemos ver que las condiciones en

que se han dado las relaciones de trabajo y el pago del salario han sido

de desventaja para los trabajadores, lo cual es una constante en la

historia universal también, por lo que inmersos en un sistema mundial

de acontecimientos, México sienta las bases para un sistema general

de salarios, a partir del nacimiento y desarrollo de la industria, y

después de haber pasado por etapas de cambio de su vida social

1.2 Disposiciones Constitucionales en Materia Laboral.

La facultad de legislar en materia laboral esta contenida en el articulo

73 fraccién X de la Constitucién Politica de los Estados Unidos

Mexicanos, que a continuacién se transcribe:

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Articulo 73. - E) Congreso tiene facultad:

Fraccién X.- Para legislar en toda ja Republica sobre hidrocarburos,

mineria, industria cinematografica, comercio, juegos con apuestas y

sorteos, intermediacién y servicios financieros, energia eléctrica y

nuclear, y para expedir las leyes del trabajo reglamentarias del articulo

423.

Nuestra constituci6n de 1917 pasdé sin duda por un fargo proceso de

formacién, tomando ideas y principios de ios acontecimientos

mundiales, asi podemos decir, que los principios laborales del articulo

123 y de Ja misma Ley Federal del trabajo estan fundamentados en

algunas de las ideas de los movimientos de los trabajadores en Europa,

asi como en El Manifiesto del Partido Comunista y la posicién de la

iglesia respecto a los principios sociales. Tales procesos llevaron

muchos afos y muchos esfuerzos legislativos que se trataran de

sintetizar como sigue:

EI 5 de febrero de 1857 fué jurada la Constitucién por el congreso y por

el presidente Comonfort, donde con tibieza se establecen garantias ya

establecidas en proyectos anteriores como el de “Abrazar la profesion,

Page 18: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

industria o trabajo que le acomode siendo util y honesto, y para

aprovecharse de sus productos".

El cédigo civil de 1870 reglamenté el servicio doméstico, el servicio por

jornada, las obras a destejo, a precio alzado, etc... a falta de

reglamentacién sobre salario el cédigo establecié que se estaria a la

costumbre tomando en cuenta la edad, sexo y aptitud para trabajar, !o

que representa un antecedente para nuestra ley laboral.

En 1916 a instancia del Presidente Venustiano Carranza se instala el

Congreso Constituyente que expide la ley fundamental en vigor, asi

surge en el seno del Congreso la necesidad de ampliar el contenido del

articulo 50. del proyecto con verdaderas garantias en beneficio de los

trabajadores, asi después de varias sesiones se concluyé que debia

establecerse una seccién especial, dedicada a la regulacién del trabajo

y la prevision social.

La Constitucién de 1917. - El articulo 123 se fué elaborando mediante

largas discusiones, y estas dieron cuerpo a los derechos consignados.

Este ha sido objeto de numerosas reformas, de las que a continuaci6én

se mencionan las que consideramos mas importantes para desarrollar

el tema que nos ocupa’

Page 19: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

a) La del 5 de diciembre de 1960. - Incorpora e| apartado "B" donde

regula las relaciones entre e! Estado y sus trabajadores.

b) La del 21 de noviembre de 1962. - Prohibe el trabajo de los menores

de 14 afios y el de los menores de 16 después de las diez de la noche,

y se determinan los salarios minimos dividiéndolos en generales y

profesionales

C) La del 14 de febrero de 1972. - Para hacer efectiva la prestacién de

habitacidn para los trabajadores integrandose el Instituto del Fondo

Nacional de ia Vivienda para los Trabajadores.

D) El 31 de diciembre de 1974. - Adecuar el derecho de las mujeres al

requerimiento de los tiempos modernos.

e) La reforma del 6 de febrero de 1975. - Se amplié el conocimiento de

los tribunales federales del trabajo por materia.

f} En 1977 se reforman las fracciones XII Y XIIl del apartado A para

elevar a rango constitucional la capacitaci6n o adiestramiento para el

trabajo.

1

Page 20: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Por lo que el multicitado articulo 123 constitucional establece: " Toda

persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente util; al efecto se

promoveran la creacién de empleos y la organizaci6n social para el

trabajo, conforme a la ley.”

El Congreso de la Union debera expedir leyes sobre el trabajo, las

cuales regiran: entre los obreros, jornaleros, empleados, domésticos,

artesanos y de una manera general todo contrato de trabajo.

1.3 Facultad del Estado para percibir tributos.

En todo sistema debe existir una retroalimentacién entre los elementos

que lo componen, de esta manera se alcanza el equilibrio necesario

para el funcionamiento de! mismo; por tal raz6n se considera que el

hombre como parte de un sistema social debe tener un equilibrio entre

lo que obtiene de la sociedad y lo que 6! debe regresar para el beneficio

comtn. Consideramos que de la misma manera que se establece el

derecho de toda persona al trabajo y al salario para su bienestar y el de

su familia, debe existir la contraparte de la obligacién, de aportar una

12

Page 21: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

parte de tal salario para solventar las necesidades de la sociedad en su

conjunto, de ésta manera el sistema se retroalimenta

Se ha expuesto Io anterior al haber realizado una reflexion sencilla de la

tazén de ser de los impuestos, existen teorias avanzadas que analizan

el hecho desde puntos de vista filoséficos, morales y de la ciencia

juridica, no es la intencién de este trabajo hacer un analisis profundo de

la justificacién de los impuestos, sino ofrecer elementos que nos hagan

comprender el porque es necesario contribuir al gasto publico del

Estado.

La potestad tributaria del Estado.- Es el poder juridico del estado

para establecer las contribuciones forzadas, recaudarlas, y destinarlas a

expensar los gastos publicos.

El gasto ptblico.- En México, la Constitucién Politica del pais ha

sefalado como fundamento juridico para tributar, la necesidad de

sufragar los gastos publicos; asi se desprende del contenido del articulo

31 fraccién IV, que sefala la obligaci6n de todos los mexicanos de

contribuir a los gastos publicos asi de la Federacién como del Distrito

Federal. o del Estado y Municipio en que residan, de la manera

proporcional y equitativa que dispongan las leyes.

13

Page 22: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Asi mismo el Cédigo Fiscal de la Federacién en su articulo 10

establece la obligacién de las personas fisicas y morales a contribuir

para los gastos pUblicos conforme a las leyes fiscales respectivas;

ahora bien tales contribuciones son establecidas mediante ley, dicha ley

es llamada " Ley de Ingresos de la Federacién" y destinadas a cubrir un

gasto publico especificado en "El Presupuesto de Egresos."

La citada ley es de observancia anual y en ella se establecen las

cantidades que se presupuestan recaudar en un afio por cada una de

las contribuciones, que establece el propio cédigo.

1.4 Elementos de los impuestos.

Aunque en nuestras leyes se establece el término contribucién de una

manera genérica para abarcar todos los conceptos por los que el

Estado percibe tributos existen diferentes tipos de contribuciones, las

cuales el Cédigo Fiscal define en su articulo 2o y las clasifica como:

e Impuestos

e Aportaciones de Seguridad Social

» Contribuciones de Mejoras

14

Page 23: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

e Derechos

Los impuestos segun la fraccién | son las contribuciones establecidas

en ley que deben pagar las personas fisicas y morales que se

encuentren en la situacién juridica o de hecho prevista por la misma y

que sean distintas de las aportaciones de seguridad social,

contribuciones de mejoras y derechos.

Puede concluirse que e! impuesto es la prestacién en dinero o en

especie que establece el Estado conforme a la ley, con caracter

obligatorio, a cargo de personas fisicas y morales para cubrir el gasto

publico y sin que haya para ellas contraprestaci6n o beneficio especial,

directo o inmediato.

Segun el tratadista Adam Smith, autor de "La Riqueza de las Naciones”

existen cuatro principios basicos de los impuestos y aunque la obra

data de dos siglos atras, se consideran muy acertados por lo que

generalmente son respetados y observados. Tales principios son

a) El principio de justicia.- Consiste en que los habitantes de una nacién

deben contribuir al sostenimiento del gobierno en una proporcién lo mas

cercana posible a sus capacidades econdmicas, asi como que sea

15

Page 24: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

general y uniforme, esto es, que abarque a todas las personas que

estén en el supuesto juridico y que dado lo anterior todas las personas

sean iquales frente al tributo.

b) El principio de comodidad.- Todo impuesto debe recaudarse en la

forma y época en que sea mas factible el pago del contribuyente.

c) El principio de economia.- EI rendimiento del impuesto debe ser lo

mayor posible y para ello, su recaudacién no debe ser onerosa.

d) El principio de certidumbre.- Todo impuesto debe poseer fijeza en

sus elementos esenciales, para evitar actos arbitrarios de la autoridad,

tales elementos son: sujeto, objeto, base, tarifa, y época de pago.

Sujeto.- Cuando surge una relacién juridica que tiene la naturaleza de

una obligacién en cuyos extremos se encuentran los elementos

personales: un acreedor y un deudor y en el centro un contenido, que

es la prestacién del tributo, surge la Relacién Tributaria entre el Sujeto

Activo y ef Sujeto Pasivo, y a la obligacién que implica se le llama

Obligacion Tributaria. La relacién se extingue al cesar el segundo en las

actividades reguladas por la ley tributaria.

Page 25: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Sujeto Activo de la Obligacién Fiscal.- La Federacién, Los Estados y

Los Municipios son constitucionalmente los sujetos activos, puesto que

tienen el derecho de recibir tributos de las personas que en ellos

residan. De tos tres sujetos activos sélo la Federacién y los Estados

tienen el derecho de establecer sus propias contribuciones, mientras

que los municipios sdio pueden sugerir a las legislaturas estatales los

tributos que consideren necesarios y convenientes, y administrar

libremente su hacienda.

Sujeto Pasivo de 1a Obligacién Fiscal.- Es la persona fisica o moral

que estando en la situacién juridica o de hecho que conforme a la ley

origine un crédito fiscal debe satisfacer la prestacién determinada en

favor del fisco, ya sea propia o de un tercero.

El motivo para atribuir a un tercero ajeno a la relacion fiscal la

responsabilidad del pago, puede derivar de una relacion particular entre

el deudor directo y el indirecto, como en el caso del patron que trene el

deber de enterar los tributos causados por sus empleados

En el caso de los sueldos y salarios el sujeto pasivo directo es la

persona que percibe ingresos de los mencionados en El Titulo IV

Capitulo 1 de la Ley de! Impuesto Sobre !a Renta, que dice: "De los

7

Page 26: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

ingresos por Salarios y en General por la Prestacién de un Servicio

Personal Subordinado" , y el sujeto pasivo indirecto en este caso, seria

el patron.

Objeto del Tributo.- Esta definido por el hecho imponible, es decir por

caer en los supuestos juridicos, cuya realizacién origina la obligacién

fiscal concreta. El objeto del tributo es fo que se grava, la realidad

econémica sujeta a gravamen.

Base.- Es el valor econdémico del objeto del tributo, el cual es gravado

directamente por la tasa o tarifa establecida en Ia ley fiscal respectiva.

Tarifa.- Es la cuota, porciento o cantidad que se establece en la ley,

para aplicar sobre la base en relacién a ella para determinar el

monto de la contribucién que ha de pagarse como tributo al Estado.

Epoca de pago.- Es el plazo o momento establecido por la ley para que

se satisfaga la obligacién; por lo tanto el pago debe hacerse dentro del

plazo o en el momento que para ese efecto sefiala la ley.

18

Page 27: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

CAPITULO 2 DISPOSICIONES DE LA LEY

FEDERAL DEL TRABAJO

Page 28: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Capitulo 2. Disposiciones de la ley federal del trabajo.

2.1 Conceptos Generates Reiativos a la relacién laboral.

Sin duda para poder comprender el régimen fiscal de los sueldos y

salarios debemos conocer primero aquellas disposiciones legales que

regulan las relaciones de trabajo entre el patrén y el trabajador, ya que

dicha relacién da origen a la prestacién de un Servicio y el pago de un

salario por el mismo.

Estas disposiciones se encuentran establecidas en la Ley Federal Del

Trabajo la cual en su articulo primero estipula que es de observancia

general en toda la Reptblica y rige las relaciones de trabajo

comprendidas en el articulo 123, apartado A de la Constitucion.

También es de tomarse en consideracién que el objetivo de éstas

normas es el de conseguir el equilibrio y la justicia social en las

relaciones entre los trabajadores y los patrones, como lo menciona el

articulo segundo de la Ley Federal de! Trabajo..

19

Page 29: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Podemos observar que en todas las consideraciones que se han hecho

se encuentran los elementos basicos que dan origen a los sueldos y

salarios los cuales son:

A) Trabajador

b) Patrén

c) Relacién de trabajo

d) Salario, como consecuencia del establecimiento de la relacién.

El articulo octavo nos define lo que se considera un trabajador y nos

dice que “trabajador es fa persona fisica que presta a otra, fisica o

moral, un trabajo personal subordinado" y nos define también en el

segundo parrafo de! mismo articulo octavo que trabajo se considera,

cualquier actividad humana que se realice material o intelectualmente,

sin depender de que cada profesién u oficio requiera de un grado

técnico de preparacién especifico para desempefar la tarea

adecuadamente.

También el articulo 3 nos dice que "El trabajo es un derecho y un deber

sociales. No es articulo de comercio, exige respeto para las libertades y

dignidad de quien lo presta y debe prestarse en condiciones que

20

Page 30: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

aseguren la vida, la salud y un nivel economico decoroso para el

trabajador y su familia."

Establece ademas que no esta permitido discriminar a ningun

trabajador por motivo de raza, sexo, edad, credo religioso, doctrina

politica o condicion social.

Trabajador de confianza: articulo 9 "la categoria del trabajador de

confianza depende de la naturaleza de las funciones desempefadas y

no de la designacién que se dé al puesto.

Generalmente en las empresas se jes denomina empleados de

confianza a los trabajadores que laboran en las oficinas y realizan

trabajos de direccién, administracion, intelectuales, de supervision, a

diferencia de los trabajadores que laboran en las plantas de produccion

a los que se les denomina comunmente obreros.

Patrén se define segun el articulo 10 como "La persona fisica o moral

que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores ".

Como podemos ver, si existen conjuntamente un trabajador y un

patron en una misma relacién, entonces existe lo que llamamos "una

relacién de trabajo" y consecuentemente la obligacién de pagar un

21

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salario a cambio de un trabajo personal subordinado. La misma ley en

el articulo 20 considera lo anterior.

2.2 Contratos de trabajo.

Contrato individual de trabajo.- El Articulo 20 segundo parrafo dice:

"Contrato individual de trabajo, cualquiera que sea su forma o

denominacién, es aquél por virtud del cual una persona se obliga a

prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un

salario.”

La obligacién mutua debe asentarse por escrito como lo sefiala el

articulo 24 y el 25, y debe hacerse por duplicado quedando un ejemplar

en poder de cada parte, el escrito donde consten las condiciones debe

contener:

4 Nombre, nacionalidad, sexo, estado civil, y domicilio de! trabayador y

del patron;

2. duracion de ta relacién, tiempo u obra determinado, o indeterminado,

3. Precisar en lo posible el servicio o servicios que deban prestarse;

4. El lugar o lugares donde deba prestarse el servicio,

5. La duracién de la jornada;

22

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6. Laforma y el monto del salario,

7. El dia y lugar de pago del salario;

8, Manifestar que conforme a los planes y programas establecidos en la

empresa el trabajador sera capacitado conforme a lo dispuesto en la ley

laboral.

9. Dias de descanso y vacaciones y cualquier otra condicién que

convengan el trabajador y el patrén.

No obstante que es obligatorio poner todo lo anterior por escrito, si esto

no sucede, se presume la existencia del mismo y de relacién de trabajo

por ef sdlo hecho de existir una persona que preste el servicio y otra

que lo reciba ( articulo 21), ademas la falta de tal contrato no priva al

trabajador de fos derechos que deriven de las normas de trabajo y de

los servicios prestados, pues se imputara al patrén la falta de esa

formalidad. (articulo 26)

Se estipula ademas que:

a) Cuando no se determine el tipo de servicio a prestar, el trabajador

deberé desempefar e! trabajo que vaya de acuerdo con sus

capacidades, y que sea del mismo giro de la empresa. ( Articulo 27).

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b) Queda prohibido contratar a menores de 16 afios y mayores de 14

afios que no hayan concluido su educacidn obligatoria, salvo opinion de

fa autoridad competente, cuando el trabajo y los estudios sean

compatibles. ( Articulo 22).

c) Los contratos y las relaciones de trabajo obligan a lo expresamente

pactado y a las consecuencias que sean conformes a las normas de

trabajo, a la buena fé y a la equidad.( Artiulo 31)

d) El incumplimiento de las normas de trabajo por parte del trabajador

sdlo da lugar a responsabilidad civil, sin que pueda hacerse coaccién

sobre su persona en ningun caso. (Articulo 32).

e) Los trabajadores no pueden renunciar a sus derechos, ni a sus

salarios devengados, ni de indemnizaciones, ni demas prestaciones

que deriven de los servicios prestados. (Articulo 33).

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Contrato colectivo.- Es segun la Ley Federal del Trabajo un convenio

que celebran los sindicatos y patrones para establecer las condiciones

de trabajo de las empresas. (articulo 388)

La finalidad original de la asociacién de los trabajadores en sindicatos

es la de defender sus intereses frente a los de los patrones,

estableciendo condiciones favorables para aquellos por escrito en un

contrato colectivo, que de no ser establecido de esta forma se

considera nulo. Este convenio debe contener los nombres de los

contratantes, los domicilios, y los sindicatos que lo celebran, dado que

en una empresa pueden existir varios de ellos, ademas de la

informaci6én que anteriormente se mencioné en el contrato individual,

que sea aplicable al colectivo, y otras condiciones que convengan las

partes

E! elemento obligatorio de este contrato contiene las clausulas de

admisién y exclusion, donde el patrén se obliga a admitir solo a

trabajadores del sindicato contratante, de ahi que el sindicato tenga el

derecho a cubrir las vacantes o los puestos de nueva creacién, también

tiene la obligacién de separar del trabajo a los que ya no pertenezcan al

sindicato. (Articulo 395).

Los contratos colectivos estan sujetos a revision, total o parcial como lo

establecen los diferentes supuestos de los articulos 397, 398 y 399 de

25

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esta ley. En lo que se refiere a la revision de los salarios en efectivo por

cuota diaria debe ser anualmente segun el articulo 399 bis.

Contrato ley.- Esta regulado en los articulos 404 al 421. Su

justificaci6n fundamental es la necesidad de extender los efectos

ecénomicos del contrato colective a toda una categoria profesional y

hacerlo obligatorio, para evitar desigualdades entre los trabajadores de

una misma rama de Ja produccién, uniformando las condiciones de

trabajo para todas las fabricas.

E| articulo 404 lo define como el convenio celebrado entre sindicatos y

patrones para establecer las condiciones en que debe prestarse el

trabajo en una rama de la industria, y que abarca una 0 varias zonas

ecénomicas, yio Estados o todo el territorio nacional; también es

necesaria la concurrencia del! gobierno quien es la autoridad que juzga

y decide la conveniencia de elevar a contrato ley un contrato colectivo.

Para solicitar la celebracién de un contrato ley deben estar de acuerdo

las dos terceras partes de los trabajadores sindicalizados de una rama

industrial.

Ademds de los datos que se apliquen a este caso que se han

mencionado en jos contratos ya explicados el contrato ley debe

26

Page 36: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

especificar las entidades federativas que abarca, o las zonas

econdmicas, 0 si rige en todo el territorio nacional, y su duracién que no

puede ser mayor de dos afios.

Aprobado el convenio debe publicarse en el Diario Oficial de la

Federacién por el Presidente de fa Repubica, o de! Estado por el

Gobernador.

Existen ciertas diferencias entre los ultimos dos contratos, y podemos

mencionar que el colectivo es de empresa, se solicita ante las Juntas de

Conciliacién y Arbitraje, puede ser firmado por un solo patrén y puede

celebrarse por tiempo indefinido, mientras que el contrato ley es de

industria, se solicita ante Ja Secretaria del Trabajo, se otorga por varios

patrones y se revisa 90 dias antes de su vencimiento.

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2.3 Condiciones de trabajo.

Existen algunos otros elementos que como parte de la mencionada

relacidn no podemos dejar de mencionar, puesto que dan forma y

definen los limites de la misma, los liamamos condiciones de trabajo.

Jornada de trabajo: articulo 58 "Es el tiempo durante el cual el

trabajador ésta a disposicién del patron para prestar su trabajo" Debe

ser fada por el patron y el trabajador pero sin exceder los limites de la

misma ley, la jornada puede ser, segtin los articulos 60 y 61:

A) Diuma.- Es la que comprende desde las seis hasta las veinte horas

ésta jornada no podra exceder de ocho horas diarias.

B) Nocturna.-Es la comprendida entre las veinte y las seis horas pero

no podra ser mayor a siete horas diarias.

C) Mixta- Es la que comprende periodos de tiempo de las jornadas

diurna y nocturna pero de esta ultima solo se podrd trabajar menos

de tres horas y media de fo contrario se considerarla jornada

nocturna, ademas {a duracién de la jornada sera de siete y media

horas maximo.

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Page 38: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Se considera importante establecer los limites de las jornadas para

fomentar la justicia entre las partes, evitando que el patrén force la

capacidad fisica o intelectual de la persona que presta el servicio, con

jornadas inhumanas que solo irian en detrimento de su salud, como lo

sefalan los articulos 62 y 5o fraccién Ill, asi mismo ésta delimitacién

pretende hacer que e! trabajador reciba el pago justo por el trabajo

desempefado; Sin embargo sabemos que en la practica esto no se

cumple debido a las condiciones econdmicas del pais las cuales no

permiten que las remuneraciones recibidas sean suficientes para

asegurar la vida, Ja salud y un nivel econémico decoroso para el

trabajador y su familia.

Jomada extraordinaria: Se considera relevante explicar lo que es la

jornada extraordinaria, ya que es comun en las empresas que por

exigencias propias de sus actividades sea necesario que se trabaje

unas horas adicionales ai horario normal de cada dia, por lo que Ja ley

en e) articulo 66 norma la frecuencia y cantidad de horas extras

permitidas en una semana. “Podra también prolongarse la jornada de

trabajo por circunstancias extraordinarias sin exceder nunca de tres

horas diarias ni de tres veces en una semana.”

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Page 39: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Lo anterior significa que cuando un empleado trabaje mas de nueve

horas a la semana, el trabajo extraordinario excedente le sera cubierto

a raz6n de salario triple, de acuerdo con el articulo 68; mientras que Jas

nueve primeras horas le serén pagadas en calidad de salario doble

como lo establece el articulo 67.

Dias de descanso: Ya sea porque es una costumbre ancestral o

porque se toma una necesidad fisica el descanso de las actividades

laborales, la ley contemple el descanso semanal, como lo dice el

articulo 69: "Por cada seis dias de trabajo disfrutara el trabajador de un

dia de descanso, por lo menos, con goce de salario integro.”

Por su parte, el articulo 71 dice asimismo que: "En los reglamentos de

esta ley se procurara que el dia de descanso semanal sea el domingo.

Por otra parte ef articulo 73 de nuestra legislacién laboral establece

que: "Los trabajadores no estén obligados a prestar servicios en sus

dias de descanso. Si se quebranta esta disposicion, el patrén pagara al

trabajador, independientemente del salario que fe corresponda por el

descanso, un salario dobie por el servicio prestado."

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Page 40: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Ahora bien en el supuesto de que el dia de descanso del trabajador sea

el domingo, ademas de que se le pague en la forma antes descrita, el

trabajador tendré derecho a que se le cubra una prima adicional de un

25% sobre el salario de un dia ordinario de trabajo, conforme al parrafo

segundo del articulo 71.”

Dentro de la estructura de la ley se encuentran en el Titulo fll de las

Condiciones de Trabajo tanto e! salario, e! aguinaldo, las vacaciones y

la prima sobre estas, y en otros Titulos como el Il y el IV Jas

indemnizaciones y la prima de antiguedad, sin embargo se quiso

explicar por separado en puntos que agruparan por tiempos en la

telacién laboral las prestaciones a que tienen derecho los trabajadores,

no intentando con esto ignorar e! orden de la ley sino mas bien hacer

éste trabajo mas comprensible para el lector.

Por lo que a continuacidn se explican el salario y las prestaciones en

tres diferentes puntos.

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Page 41: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

2.4 Conceptos y Clasificacién de sueldos y salarios.

La Ley Federal del Trabajo en su Titulo Ill capitulos V,VI Y Vil establece

las normas reguladoras de! salario, que en una forma sintetizada se

explicaran en este punto.

Para poder conceptuar lo que es el salario se hace necesario saber de

donde proviene ésta palabra y lo que significa, por lo que a continuacién

se presentan algunos conceptos.

La voz salario proviene del latin salarium y significa que una parte del

estipendio de los soldados romanos se pagaba con sal; ahora bien, de

acuerdo con el diccionario Quillet, "Salario es la remuneraci6én con que

se retribuyen servicios personales.”

Por su parte Guide sefala que: "Salario es la renta, provecho o

beneficio cobrado por el hombre a cambio de su trabajo."

Finalmente el articulo 82 de nuestra ley lo define como: "La retribucién

que debe pagar el patrén al trabajador por su trabajo "

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Page 42: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

De todo lo anterior podemos establecer que el salario:

a) Es una consecuencia de la relacién laboral. ( Articulos 20 y 82).

b) Debe pagarlo el patrén al trabajador a cambio del trabajo fisico o

intelectual del segundo. ( Articulos 8, 20 y 82).

c) Debe ser justo y proporcional al esfuerzo realizado. (Articulo 85 y

86).

d) Debe ser remunerador y satisfacer las necesidades de vida, salud,

educacion, culturales y de cualquier otro tipo del trabajador y su

familia. (Articulo 90)

Hemos hablado y definido io que consideramos salario, sin embargo no

hemos mencionado el término sueldo que usamos en la vida diaria de

las empresas, y es que aunque en la practica nos referimos a los

salarios cuando hablamos de los trabajadores sindicalizados y a

sueldos cuando hablamos de los trabajadores de confianza, legalmente

no hay diferencia entre estos dos, ya que ambas son remuneraciones

pagadas por un patron, a un trabajador no importando la clasificacion

de este.

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Pademos decir que los salarios debido a las diferentes situaciones en

que se origina se clasifica de varias formas, a continuaci6n se

presentaran algunas.

1. Por el tipo de trabajador al que se le paga.

A\ personal sindicalizado.- usuaimente se utiliza el termino salario

Al personal de confianza.- al salario percibido por este tipo de

trabajador je llamamos en fa practica sueldo, sdlo como una

costumbre para hacer la diferencia entre los trabajadores, aunque

genericamente y conceptualmente el sueldo no es mas que salario

2. Por el monto establecido

La Ley Federal del Trabajo sélo menciona limite para el monto del

salario en el minimo, en su articulo 90, no asi para un maximo lo cual

es logico, pues este dependera de las labores que se desemperien, asi

como de la calidad y cantidad del trabajo.

El minimo que se meciona, debe ser "suficiente para satisfacer las

necesidades normales de un jefe de familia en el orden material, social

y cultural y para promover la educacién de los hijos."

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Page 44: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

E! salario minimo (Articulo 91, 92 y 93):

Puede ser profesional o general , el profesional se aplica a todos los

trabajadores de cada rama especifica de la actividad econémica,

dentro de una o varias areas geograficas, y el general se aplica para

cada area geogréafica sin importar a que rama econdémica pertenezcan.

3. Por el hecho que le da origen.

Ordinario.- El originado por una jornada normal de trabajo.(Articulo 59)

Extraordinario.- Originado por laborar una jornada adicional a la

normal. (Articulo 66).

Especial.- Cuando el! trabajador realice alguna actividad no normal de

sus actividades.

4. Por la forma en que se fija, segun el articulo 83.

Por unidad de tlempo.- Se considera el fijado sobre la base del tiempo

efectivo en que el trabajador presta sus servicios y se determina por

semana, dia, hora, etc.

35

Page 45: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Por unidad de obra. Se fija una cantidad determinada por cierta

cantidad de trabajo, se le denomina comunmente "destajo” y el pago es

directamente proporcional al trabajo realizado.

Por comisién.- Se fija una cantidad o un porcentaje para cada actividad,

que el trabajador realice, generalmente se les paga de esta manera a

los agentes de ventas, de las empresas.

A precio alzado.- Se fija una cantidad global a pagar, por el desarrollo

de un trabajo u obra especifico.

5. Por la forma en que lo recibe,( Articulo 101).

En efectivo, y debera pagarse en moneda de curso legal

En especie.- En algunos casos se paga al trabajador con objetos

distintos a la moneda, haciendo estos en forma adicional al efectivo, ya

que la ley prohibe que el pago en moneda se substituya por algun otro

medio.

6 Por su capacidad adquisitiva.

EI salario nominal.- Es el que el trabajador percibe por su trabajo.

36

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E! salario real.- Es el que se determina sobre la base de la cantidad de

bienes y servicios que el trabajador puede realmente adquirir con el

dinero que recibe.

EI salario debe pagarse directamente al trabajador en un plazo maximo

de siete dias, o quince para los empleados que no realicen un trabajo

material, y debe pagarse en dia laborable y en el centro de trabajo.

(Articulos 88, 100, 108 y 109).

El salario es irrenunciable, y es nula la cesién en favor del patrén o

terceras personas.(Articulos 99 y 104).

2.5 Prestaciones derivadas de fa relacién laboral.

Ademas del salario, la existencia de una relacién jaboral origina otras

prestaciones que la Ley Federal del Trabajo considera como parte

integrante de dicho salario, estas prestaciones se mencionan en el

articulo 84, y nos dice que el salario se integra con los pagos hechos en

efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitacion,

primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o

prestacién que se entregue al trabajador por su trabajo.

37

Page 47: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Considerando jo anterior, a continuacién se presentan las prestaciones

minimas que como consecuencia de la relacién laboral percibe el

trabajador como parte integrante de su salario. Estas prestaciones se

deben pagar de manera general y no estén condicionadas a un trabajo

extraordinario, o dia de descanso, como en el caso del tiempo extra y

la prima dominical.

Vacaciones.- Es el derecho que tiene todo trabajador a descansar por

un periodo fijado por la ley, sin que su remuneracion se disminuya Se

trata de un derecho irrenunciable y necesario, ya que para que toda

persona tenga un mejor desarrollo de sus actividades necesita estar en

optimas condiciones fisicas y mentales que solo se consigue con el

descanso y recuperacién dei desgaste normal que provaca el trabajo de

todos los dias.

EI articulo 76 de la LFT. Sefiala que: Los trabajadores que tengan mas

de un ajo de servicio disfrutaran de un periodo anual de vacaciones

pagadas que en ningun caso podra ser inferior a seis dias laborables,

hasta llegar a doce por cada afio subsecuente de servicios. Después

del cuarto afio se aumentardn dos dias por cada cinco afios de

servicio.

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Page 48: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Deben ademas tomarse en los seis meses siguientes al cumplimiento

del afio de servicios y ser continuos.

Dias de vacaciones sobre la base de la antigiiedad:

Por el primer afio: 6 dias como minimo

2 afios de antiguiedad: 8 dias de vacaciones

3 afios de antigtiedad: 10 dias de vacaciones

4 afios de antiguedad: 12 dias de vacaciones

5 a9 afios de antigliedad: 14 dias de vacaciones

10 a 14 afos de antigiiedad: 16 dias de vacaciones

15a 19 afios de antiguedad: 18 dias de vacaciones

20 a 24 afios de antiguedad: 20 dias de vacaciones

25 a 29 afios de antiguedad: 22 dias de vacaciones

30 a 34 afios de antiguedad: 24 dias de vacaciones

39

Page 49: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Prima vacacional.- Toda vez que el trabajador tiene derecho a un

periodo de vacaciones, la ley contempla que estas se disfruten con un

ingreso extraordinario, que permita cubrir los gastos adicionales

generados durante ellas. Esta remuneracién la contempla la ley en el

articulo 80, y establece que la prima minima que debera recibir el

trabajador es del 25% sobre la base del salario de los dias que le

correspondan en su periodo de vacaciones.

Aguinaldo.- Se llama asi a la gratificacién que el trabajador tiene

derecho a recibir cada afio por parte del patrén, y consiste en el importe

de quince dias de su salario por lo menos, y debe pagarse antes del dia

veinte de diciembre de cada ajio, como lo establece el! articulo 87 de la

Ley Federal del Trabajo.

2.6 Prestaciones derivadas de la terminacién de la relacién

taboral

Prima de antigiiedad.- EI articulo 162 menciona que: Los trabajadores

de planta tienen derecho a una prima de antigedad, que consistira en

40

Page 50: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

doce dias de salario por cada afio de servicios y se pagara a los

trabajadores que se separen voluntariamente de su empleo o por causa

justificada, y a los que sean separados ya sea por causa justificada o

no.

Al analizar el articulo referido mos damos cuenta de que tiene las

siguientes caracteristicas:

4. Tienen derecho a ella sdlo los trabajadores de planta.

2. Se suele pagar como maximo el doable del salario minimo de la

localidad, por dia, cuando e! salario diario es mayor a éste.(Articulos

485 y 486).

3. Cuando es retiro voluntario debe tener quince afios de servicio o

mas, para percibir ia prima a partir de la fecha en que inicio sus

labores. Si tiene menos de quince afios y se retira voluntariamente

no tiene derecho a ella. (Fraccién Ill).

4 Cuando el trabajador renuncia por causas imputables al patron o se

trata de un despido ya sea justificado o injustificado, tiene derecho a

la prima a partir del 1 de mayo de 1970 fecha en que entré en vigor

la ley que ta cred. (Fraccién Ill).

4)

Page 51: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

5. En caso de muerte del trabajador sus deudos recibiran ia prima

calculada desde la fecha en que empezé a prestar sus servicios en

la empresa.(Fraccién V Y VI).

indemnizaciones.- Es ja cantidad en dinero que al despedir

injustificadamente a un trabajador, debe entregarsele como una forma

de resarcirlo del perjuicio que Se le ocasiona al dejario sin empleo.

Estas indemnizaciones deben ser segun el articulo 50 :

Relacién por tiempo determinado.- Si ja relaci6n fué por tiempo

menor de un afio, se le pagara una cantidad igual al importe de los

salarios de la mitad del tiempo que presté sus servicios. Si fuera mayor

de un afio se le dara el importe de seis meses de salario por el primer

afio y veinte dias por cada uno de Ios afios restantes en que laboré

Relacién por tiempo indeterminado.- consistira en veinte dias por afio

laborado Ademas de las indemnizaciones a que se refieren las

fracciones anteriores en el importe de tres meses de salario y en el de

42

Page 52: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

los salarios vencidos desde la fecha del despido hasta que se paguen

las indemnizaciones.

Partes proporcionales.- Cuando la relacion de trabajo termine antes

de que se cumpla un afio de servicios debe recibir el trabajador una

remuneracién proporcional al tiempo que labord, en los casos del

aguinaldo y las vacaciones; de este ultimo podemos decir que

solamente dada esta situacién podra sustituirse el disfrute de las

mismas por un pago.(Articulo 89 primer parrafo).

Salario base para indemnizacion.- El articulo 89 en su segundo

parrafo nos dice que cuando el salario sea variable, se tomaraé como

salario diario el promedio de las percepciones que se hubieren abtenido

a partir del ditimo aumento de sueldo, y cuando se fije por semana o por

mes se dividira entre siete o entre treinta para obtener el promedio

diario.

Es importante sefialar que ya que estamos hablando de situaciones que

se originan como consecuencia de la terminacién de la relacién entre un

43

Page 53: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

patron y un trabajador, debemos conocer lo que fa ley considera como

causas de terminacién de las relaciones de trabajo

Terminacién de las relaciones de trabajo: Son causas de terminacién

de las relaciones de trabajo:

|. El mutuo consentimiento de las partes;

i. La muerte dei trabajador;

lil. La terminacién de la obra o vencimiento del término o inversion del

capital;

IV. La incapacidad fisica, mental o inhabilidad manifiesta del trabajador,

que haga imposible la prestacién del trabajo; y

V. La incosteabilidad manifiesta de la obra.

Lo anterior esta contenido en el articulo 53, en estos supuestos con

excepcién de la fraccién IV, el patran no esta obligado a indemnizar,

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Page 54: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

aun cuando deba acreditar la existencia de alguna de las causas

contenidas en éste numeral.

En el caso de que la incapacidad provenga de un riesgo que no sea de

trabajo, y si el mal continua después de cincuenta y dos semanas y

luego por otras veintiocho mas, y si persiste el mal, el patrén podra dar

por teminada la relacién y pagar al trabajador en cumplimiento del

articulo 54, un mes de salario y la prima de antiguedad por los afios

prestados.

Si asi lo deseara el trabajador y de ser posible se le podria otorgar otro

trabajo compatible con sus aptitudes, sin que se lesionen derechos de

otros trabajadores.

2.7. De tos Derechos, Obligaciones y prohibiciones de los

Trabajadores y los Patrones.

Para propiciar ta armonia entre las partes se hace necesario

reglamentar los derechos y las obligaciones de cada una, encuadrando

el proceder tanto de trabajadores como patrones. Dado lo anterior a

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Page 55: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

continuacién se mencionaran los ordenamientos juridicos mas

importantes contenidos en la Ley Federal de! Trabajo.

Derechos de los trabajadores:

a) La participaci6n de los trabajadores en las utilidades de las

empresas.- Articulo 117 “ Los trabajadores participaran en las

utilidades de las empresas de conformidad con el porcentaje que

determine la comisi6n Nacional para la Participacién de fos

Trabajadores en las Utilidades de las Empresas."

Capacitacion y Adiestramiento.- Es derecho del trabajador que se le

proporcione capacitacién o adiestramiento que permita elevar la

productividad de las empresas y el bienestar social de! trabajador.

(Articulo 153-A).

Habitaciones para los trabajadores- Toda empresa agricola,

industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo, esta obligada

a proporcionar a los trabajadores habitaciones cémodas e

higiénicas. Para dar cumplimiento a esta obligacién, las empresas

46

Page 56: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

qd)

deberan aportar al Fondo Nacional de la Vivienda el cinco por ciento

sobre los salarios de los trabajadores a su servicio.(Articulo 136).

Derechos de Preferencia Antiguedad y Ascenso.- Se establece la

preferencia que deben tener ios patrones de emplear a los

trabajadores mexicanos, respecto de los extranjeros, darle prioridad

a los que tengan una familia que sostener, a los que sean

sindicalizados, y a los que tengan mayor antiguedad en la empresa.

Dicha antiguedad debera ser determinada por una comisién formada

por representantes de !os trabajadores y los patrones, y publicarla

en la empresa. Con respecto al ascenso se tomara en cuenta la

capacitacién que el trabajador haya obtenido por parte dei patrén, la

antiguedad y la aptitud demostrada para otorgarie alguna vacante.

(Articulo 154 y 158).

Prima de antiguedad.- Como ya se explicd anteriormente, es

derecho del trabajador que cuando termine fa relacién laboral se le

pague una prima por el tiempo que haya laborado para un patron.

(Articulo 162),

47

Page 57: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Obligaciones de los trabajadores:

El caracter de derecho tutelar de los trabajadores, no impide que la ley

consigne las obligaciones minimas que deben cumplir, para que la

relacién de trabajo sea rménica, en beneficio de los servicios que

prestan y del objeto de la empresa.

El incumplimiento de éstas obligaciones, puede dar iugar, al despido del

trabajador. Dichas obligaciones estan contenidas en el articulo 134 de

fa lay laboral, que dice:

| Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo que les sean

aplicables;

I. Observar las medidas preventivas e higiénicas que indiquen los

patrones y las autoridades competentes;

ili Desempefiar el servicio bajo la direccién del patrén o de su

tepresentante, a cuya autoridad estaran subordinados en todo fo

concerniente al trabajo;

IV. Ejecutar el trabajo con la intensidad, cuidado y esmero apropiados y

en la forma, tiempo y lugar convenidos;

48

Page 58: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

V. Dar aviso inmediato al patrén, salvo caso fortuito o fuerza mayor, de

las causas justificadas que le impidan concurrir a su trabajo,

VI. Restituir al patrén los materiales no usados y conservar en buen

estado los instrumentos y Utiles que les haya dado para e! trabajo, no

siendo responsables por el! deterioro que origine el uso de estos

objetos, ni del ocasionado por caso fortuito, fuerza mayor, o por mala

calidad o defectuosa construcci6n;

VIi. Observar buenas costumbres durante el servicio;

VIN. Prestar auxilio en cualquier tiempo que se necesiten, cuando por

sinestro o riesgo inminente peligren las personas o Jos intereses del

patrén o de sus compajieros de trabajo;

1X. Integrar los organismos que establece ésta ley;

x Someterse a los reconocimientos médicos previstos en el

reglamento interior y demas normas vigentes en la empresa o

establecimiento, para comprobar que no padecen alguna incapacidad o

enfermedad de trabajo, contagiosa o incurable.

XI. Poner en conocimiento del patron las enfermedades contagiosas

que padezcan, tan pronto como tengan conocimiento de las mismas;

49

Page 59: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Xl. Comunicar al patrén o a su representante las deficiencias que

adviertan, a fin de evitar dafios o perjuicios a los intereses o vidas de

sus compafieros de trabajo o de los patrones; y

XIll. Guardar escrupulosamente los secretos técnicos, comerciales y de

fabricacidn de los productos, en cuya elaboracién concurran directa o

indirectamente, o de fos cuales tengan conocimiento por razon de

trabajo que desempefien, asi como de los asuntos administrativos

reservados, cuya divulgacién pueda causar perjuicios a la empresa.

Prohibiciones a los trabajadores:

En forma correlativa, ia ley contiene prohibiciones a los trabajadores

que igualmente se refieren a los servicios que prestan y a su seguridad

personal. El articulo 135 los consigna, y a continuacién se enumeran en

forma sintetizada:

1. Ejecutar obras que pongan en peligro su propia seguridad, la de

terceros, o la de los establecimientos donde se trabaje.

2. Faltar al trabajo sin justificaci6n o permiso del patron.

3. Sustraer de la empresa Litiles de trabajo o materia prima elaborada.

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Page 60: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

4 Presentarse a trabajar en estado de embriaguez

5. Presentarse al trabajo bajo el efecto de enervantes o narcaticos,

salvo prescripcién medica.

6. Portar armas durante el! horario de trabajo, salvo que lo requiera la

actividad.

7. Suspender las labores sin autorizacién del patrén.

8. Hacer colectas en el lugar de trabajo.

9. Usar tos utiles y herramientas dados por el patrén para actividades

distintas a aquellas a las que estan destinados.

10. Hacer propaganda en horas y dentro de! centro de trabajo.

Obligaciones de los patrones:

Ya que los trabajadores tienen derechos, los patrones tienen

obligaciones correlativas que les dan sentido a las primeras y estan

consiganadas en el Articulo 132. A continuacién se relacionan en una

forma sintetizada.

51

Page 61: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

1. El patrén debera cumplir con las disposiciones de la ley en lo que

sean aplicables a cada empresa o establecimiento;

2. Pagar a los trabajadores los salarios e indemnizaciones de

conformidad con las normas vigentes en la mpresa o establecimiento;

3. Proporcionar, a menos de que exista compromiso expreso del

trabajador, el material, ios utiles de trabajo, de buena calidad, sin que

pueda reclamar indemnizacién por e] desgaste natural que sufran

durante la ejecucién dei trabajo;

4. Tener un local seguro para la guarda de los materiales y Ltiles,

cuando deban permanecer en el! lugar de prestacién del servicio, el

registro de los instrumentos debera hacerse si el trabajador lo solicita;

5. Mantener en oficinas, casas comerciales, hoteles, restaurantes,

industrias y centros andlogos de trabajo, asientos o sillas suficientes

para los trabajadores;

6. Guardar a los trabajadores ia debida consideracién, absteniendose

de mal trato de palabra o de obra;

7. Expedir cada quince dias, a solicitud de los trabajadores, una

constancia escrita del numero de dias trabajados y el salario percibido;

52

Page 62: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

8. Expedir al trabajador que se separe o al que lo solicite, en el término

de tres dias una constancia escrita relativa a sus servicios;

9 Conceder a los trabajadores el tiempo necesario para ejercer el voto

en las elecciones populares, o para cumplir con los servicios de jurados

electorales o censales a que se refiere e/ articulo 50 de !a Constitucién,

cuando esas actividades deban cumplirse dentro de sus horas de

trabajo;

10. Permitir a los trabajadores faltar a su trabajo cuando tengan una

comision sindical o del Estado. El tiempo perdido podra ser descontado

por el patrén o compensado por el trabajador; este podra regresar a su

trabajo conservando todos sus derechos en el término de seis afios,

mismo tiempo que debe transcurrir para que a los substitutos “interinos"

se les considere de planta;

11. Poner en conocimiento del sindicato titular del contrato colectivo y

de los trabajadores de la categoria inmediata inferior, los puestos de

nueva creacion y las vacantes que deban cubrirse;

12. Establecer y sostener las escuelas "Articulo 123 Constitucional", de

conformidad con lo que dispongan las leyes y la Secretaria de

Educacién Publica;

53

Page 63: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

43. Colaborar con las Autoridades del Trabajo y de Educacién, de

conformidad con las leyes y reglamentos a fin de alfabetizar a los

trabajadores;

14. Las empresas con mas de cien y menos de mil trabajadores

otorgaraén una beca, aquellas con mas de mil sostendran tres becarios,

que deben ser trabajadores o hijos de estos; los estudios seran

técnicos, industriales o practicos, en centros especiales, nacionales o

extranjeros. La beca se cancelara por reprobar el becario o por mala

conducta, debiendose dar la beca a otra persona. El becario debera

prestar servicios por un afio por lo menos al patrén;

15 Proporcionar capacitacién y adiestramiento a sus trabajadores, en

los términos del capitulo ill Bis de este Titulo ( IV);

16. Instalar ios centros de trabajo de acuerdo a los principios de

seguridad e higiene o modificarlos de acuerdo a estos, para evitar

riesgos de trabajo y perjuicios al trabajador.

17. Cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene que sefialen

las leyes y reglamentos a fin de evitar accidentes y enfermedades en-el

centro de trabajo, asi como tener los medicamentos de curacién

indispensables que sefalen los instructivos que se expidan;

34

Page 64: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

18. Fijar visiblemente y difundir en los centros de trabajo las

disposiciones conducentes de los reglamentos e instructivos de

seguridad e higiene;

19. Proporcionar a los trabajadores los medicamentos profilacticos

determinados por las autoridades sanitarias, en los lugares donde

existan enfermedades tropicales o endémicas o exista riesgo de

epidemia;

20. Cuando la poblacién fija de un centro rural de trabajo exceda de

doscientos trabajadores, y ia poblacidn mas proxima esté a cinco o mas

kilometros de distancia del centro de trabajo, reservar un terreno de no

menos de cinco mil metros cuadrados para establecer los servicios .

municipales y publicos necesarios;

21. Proporcionar a los sindicatos que io soliciten un establecimiento

dentro del centro rural de trabajo, para establecer sus oficinas,

cobrando la renta respectiva;

22 Hacer las deducciones que soliciten los sindicatos de las cuotas

sindicales ordinarias previstas en los estatutos de los sindicatos;

23. Hacer las deducciones de las cuotas para la constitucién y fomento

de sociedades cooperativas y cajas de ahorro, siempre que los

35

Page 65: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

trabajadores estén de acuerdo y que el descuento no sea mayor al

treinta por ciento del excedente del salario minimo;

24. Permitir la inspeccién, vigilancia y dar los informes del

establecimiento que sean indispensables, para cerciorarse del

cumplimiento de las normas de trabajo a las autoridades respectivas

que se hayan identificado como tales ante el patrén;

25 Fomentar las actividades cuiturales y deportivas entre ios

trabajadores proporcionando los utiles y equipos indispensables;

26. Hacer las deducciones de los abonos a fonacot que hayan contraido

los trabajadores;

27. Proporcionar proteccién especial a las mujeres embarazadas;

28. Participar segun esta Ley, en la integracioén de las comisiones que

deban formarse en el centro de trabajo

Prohibiciones a los patrones:

Articulo 133.- Queda prohibido a los patrones:

36

Page 66: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

1. Negarse a contratar trabajadores por razén de su edad, o de su

S@XxO;

2. Exigir que los trabajadores compren sus articulos de consumo en un

lugar determinado;

3. Exigir o aceptar gratificaciones de los trabajadores por haberlos

contratado o por alguna condici6n de trabajo;

4. Obligar al trabajador por cualquier medio a afiliarse o retirarse del

sindicato o agrupacién a que pertenezcan, 0 a que voten por

determinada candidatura;

5. Intervenir de cualquier forma en el régimen interno del sindicato,

6. Hacer o autorizar colectas o suscripciones en los centros de trabajo,

7. Ejecutar cualquier acto para restringir los derechos iegales de los

trabajadores;

8. Hacer propaganda politica o religiosa dentro del establecimiento;

9. Influir para que a un trabajador que se haya 6 haya sido separado

del trabajo no se le vuelva a emplear;

10. Portar armas dentro de los establecimientos ubicados en las

poblaciones;

37

Page 67: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

11. Presentarse en el establecimiento en estado de embriaguez 6

narcotizado.

58

Page 68: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

CAPITULO 3 EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

DE LOS INGRESOS POR SALARIOS Y EN GENERAL POR LA |

PRESTACION DE UN SERVICIO PERSONAL SUBORDINADO

Page 69: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Capitulo 3. El impuesto Sobre la Renta de los ingresos por

salarios y en general por la prestacién de un servicio personal

subordinado,

Hemos sefialado en el capitulo 1 de este trabajo de donde nace y se

justifica la obligacién de pagar contribuciones, asi como los elementos

que forman la relacién tributaria. Este capitulo trataraé en forma

particular al sujeto pasivo, el objeto, la base y las tarifas aplicables a los

ingresos del Titulo IV, Capitulo | de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

3.1 Sujeto y Objeto del Titulo IV, Capitulo I.

El articulo 74 contenido en las disposiciones generales de las personas

fisicas sefala que estan obligados al pago de! impuesio las personas

residentes en México, que obtengan ingresos en efectivo, en bienes, en

crédito, en servicios, en los casos que sefiala esta Ley, o de cualquier

otro tipo. También considera a los residentes en el extranjero, pero en

éste trabajo nos referimos a los trabajadores que perciben ingresos de

una relacién subordinada y que residan en el pais.

El objeto de gravamen de los sueldos y salarios ésta contenido en el

articulo 78, el cual dice: " Se consideran ingresos por la prestaci6n de

59

Page 70: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

un servicio personal subordinado, los salarios y demas prestaciones,

que deriven de una relacién laboral, incluyendo la participacién de los

trabajadores en las utilidades de las empresas, y las prestaciones

percibidas como consecuencia de la terminaci6n de ia relacion laboral."

3.2 Ingresos.

Ingresos que se gravan.- Se consideran ingresos segtin el Articulo

78, los salarios y demas prestaciones que deriven de una relacién

laboral, asi como los que deriven de la terminacién de la misma, y el

P.T.U.

Como complemento a la ley el articulo 81 del reglamento establece que:

“Son ingresos por la prestacion de un servicio personal subordinado, en

los términos dei articulo 78 de Ia ley, el importe de las becas otorgadas

a personas que hubieren asumido la obligacién de prestar servicios a

quien otorga la beca, asi como la ayuda o compensaci6n para la renta

de casa, transporte 0 cualquier otro concepto que se entregue en dinero

o en bienes, sin importar el nombre con el cual se les designe”

60

Page 71: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Como puede observarse en fos articulos mencionados, dentro de los

ingresos gravables se encuentran:

a) Sueldos y salarios a cuota diaria.

b) Premios y gratificaciones.

c) Horas extras

d) Participaci6n de utilidades.

e) Primas.

f) Comisiones.

g) Pagos en especie.

h) Subsidios.

i) Jubilaciones, pensiones y haberes de retiro.

j) Becas otorgadas.

k) Determinados honorarios.

1} Cualquier otra cantidad o prestacién que se entregue al trabajador por

su trabajo.

Para los efectos de éste impuesto, se asimilan a estos ingresos los

siguientes:

1. Remuneraciones y prestaciones a empleados puiblicos ( trabajadores

de la Federaci6n, Estados y Municipios) atin cuando sean por concepto

61

Page 72: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

de gastos no sujetos a comprobacién, y las obtentdas por los miembros

de las fuerzas armadas.

2. Rendimientos y anticipos.- Que perciban los miembros de las

sociedades cooperativas de produccion, y los anticipos que reciban los

miembros de sociedades y asociaciones civiles.

3. Honorarios a miembros de consejo y otros.- Los honorarios a

miembros de consejos directivos, de vigilancia, consultivos o de

cualquier otra indole, asi como los honorarios a administradores,

comisarios y gerentes generaies.

4. Honorarios pagacos por un prestatario.- Los honorarios a personas

que presten servicios preponderantemente a un prestatario, en las

instalaciones de éste Ultimo.

Una persona presta servicios preponderantemente a un prestatario,

cuando los ingresos que percibe de éste en el afio de calendario

inmediato anterior, representan mas del 50% del total de los obtenidos

por honorarios.

62

Page 73: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Cuando ésto se presenta la persona que presta el servicio debe

comunicarselo al prestatario por escrito, antes de que le hagan el primer

pago de honorarios del afio, de otra manera el prestatario debe

proceder a hacer las retenciohes que procedan.

5. Las personas fisicas que obtengan ingresos por honorarios de

personas fisicas con actividades empresariales 0 de personas morales,

pueden optar por pagar el impuesto conforme al capitulo de sueldos y

salarios cuando lo comuniquen por escrito al prestatario.

Ingresos no gravables.- Articulo 78 ultimo parrafo. No se

consideraran ingresos en bienes, los servicios de comedor y comida ni

las herramientas de trabajo que el patron proporcione a los

trabajadores. Estos ingresos no se acumulan para determinar la base

para el calculo del impuesto.

Ingresos Exentos.- EI articulo 77 de la ley establece que no se pagara

Impuesto por la obtencién de los siguientes ingresos:

1. Tiempo extra y prestaciones adicionales al salario minimo

general.- Las prestaciones adicionales al salario minimo que estén

calcutadas sobre la base de éste, los pagos por horas extras, y por

63

Page 74: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

labores en dia de descanso, sin disfrutar otro en sustitucién, siempre y

cuando no excedan de los minimos sefalados en la legisiaci6n laboral.

Tratandose de trabajadores que perciban salarios mayores al minimo,

sera exento el 50% de los pagos por tiempo extra, o de los percibidos

por trabajar en dia de descanso cuando no se toma otro en sustituci6n,

siempre y cuando no exceda los limites previstos en la legislacién

laboral, pero esta excencién no debe ser mayor al equivalente de 5

veces el salario minimo general de! area geografica del trabajador por

cada semana de servicios.

2. Indemnizaciones por riesgos o enfermedades.- “Las

indemnizaciones por riesgos o enfermedades, que se concedan de

acuerdo con las leyes 0 contratos de trabajo respectivos "

Lo anterior obedece a que en la legisiacién laboral se contemplan

dichas indemnizaciones cuando el trabajador queda total o parcialmente

imposibilitade para el trabajo, y ej patron tiene que entregar una

cantidad indemnizatoria. Estas estan exentas de todo impuesto (Titulo

IX de la Ley Federal del Trabajo )

3. Jubilaciones, pensiones, seguro de retiro.- Las que provengan de

la subcuenta de! seguro de retiro o de Ja subcuenta de retiro cesantia

64

Page 75: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

en edad avanzada y vejez previstas en la Ley del Seguro Social y las

provenientes de la cuenta individual del SAR prevista en fa ley del

{SSSTE, en los casos de invalidez, incapacidad, cesantia, vejez, retiro,

y muerte, cuyo monto diario no exceda de 9 veces el salario minimo

general del drea geografica del contribuyente. Por el excedente se

pagara el impuesto en términos de ésta ley.

Tampoco seran acumulables para el trabajador las aportaciones que

efectien los patrones y el Gobierno Federal a las mencionadas

subcuentas, ni sus rendimientos, (Articulo 77-A)

4. Reemboltso de gastos médicos y de funeral.- Los que concedan

de manera general en la empresa de acuerdo con las leyes o contratos

de trabajo, que provengan de! reembolso de gastos médicos, dentales,

hospitalarios y de funeral.

Es importante que se sigan los lineamientos de los articulos 19 y 20 del

Reglamento de la Ley del ISR.

5. Prestaciones de seguridad social.- Las prestaciones que otorguen

las instituciones pUblicas, asi como las que las Instituciones de

Seguridad Social otorgan a los trabajadores en caso de incapacidad.

65

Page 76: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

6. Prestaciones de previsién social.- “ Los percibidos con motivo de

subsidio por incapacidad, becas educacionales para los trabajadores o

sus hijos, guarderias infantiles, actividades culturales y deportivas, y

otras prestaciones de previsién social, de naturaleza anéloga, que se

concedan de manera general, de acuerdo con las leyes o contratos de

trabajo.”

Vamos como fa ley nos sefiala constantemente el requisito de

generalidad conforme a las reglas establecidas en los articulos 19 y 20

de! Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

La exencién de las prestaciones sefialadas esta limitada en la forma

siguiente:

El articulo 80 sefala que se efectuara la retencién sobre dichas

prestaciones sélo cuando se den los siguientes supuestos de manera

simultanea: cuando el trabajador perciba ingresos mensuales

superiores a siete veces e! salario minimo elevado al mes, y ademas

ingresos por este concepto que sean superiores a 1 salario minimo

mensual

66

Page 77: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

En el articulo 77 ultimo parrafo se establece la misma limitante, sdlo

que para el cdlculo del impuesto anual, de esta manera nos explica que:

Cuando la suma de los ingresos percibidos por la prestaci6n de un

servicio personal subordinado mas las prestaciones de previsién social

den como resultado un importe mayor a siete veces el salario minimo

elevado al afio, la parte exenta sera solamente un salario minimo

elevado al afio. A continuacién se presenta un supuesto:

8.M.G del D.F $34.45 x 365 dias = 12,574.25 X 7 = $ 88,019.7

Sueido y otras prestaciones 89,000.00

Prestaciones de previsi6n social 13,000.00

Suma . 402,000.00

La parte exenta de ia previsién seria 1 salario minimo anual $ 12574,25

Explica también que esta exencién mas los sueldos y otras

prestaciones en ningtin caso debe ser inferior a los 7 salarios minimos

elevados al afho. El articulo 80 del Reglamento de la ley del impuesto

Sabre la Renta nos amplia la explicacion de fa siguiente manera:

67

Page 78: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

a) Cuando los ingresos por la prestacién de servicios personales

subordinados que obtenga el trabajador sean inferiores a 7 salarios

minimos anuales, pero al sumarlas con los ingresos por previsi6n social

excedan de los mencionados 7 salarios, la parte exenta de los ingresos

de previsién socia! sera la que resulte mayor de las siguientes:

4. El importe de un salario minimo general elevado al afio, como ya se

ejemplificd anteriormente.

2. La que sumada a los demas ingresos por ia prestaci6n de un

servicio personal subordinado de cémo resultado un importe de siete

veces el salario minimo elevado al afio.

S.M.G del D.F $34.45 x 365 dias = 12,574.25 X7=$

Sueldo y otras prestaciones 60,000.00

Prestaciones de prevision social 30,000.00

Suma 90,000 00

En primera instancia la parte exenta seria unicamente 1 salario minimo

anual de $ 12,574.25, pero en ninglin caso la suma de los sueldos y

otras prestaciones més la exencién debe ser menor a los 7 salarios

minimos anuales, por lo que la exencion seria como sigue:

68

Page 79: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Sueldo mas otras prestaciones $ 60,000.00

Parte exenta determinada 1 salario minimo anual 12,874.25

Suma inferior a7 salario minimos anuales 72,574.25

Menos siete veces el salario minimo anual 88,019.75

Diferencia 15,445.50

La parte exenta de Ia previsién social seria $ 12,574.25 + 15,445.50=

$28,019.75.

Cuando se hace referencia al salario minimo, se entendera que se

habla del correspondiente a la zona geografica que le corresponda al

contribuyente.

7. Depédsitos en el INFONAVIT o entrega de casas a favor de los

trabajadores.- Las aportaciones para la vivienda que efectuen los

patrones y el gobierno federal, los rendimientos, asi como las entregas

de los mismos a los trabajadores, que deriven de aportaciones al

INFONAVIT e ISSSTE.

Con la reforma, se eleva a ley lo que en términos generales se contenia

en la Resolucién Miscelanea del afio pasado, en el sentido de incluir las

aportaciones, rendimientos, y entregas que se efectuen al Fondo de

Vivienda para los miembros del Activo del Ejercito, Fuerza Aérea y

69

Page 80: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Armada, previsto en la ley del Instituto de Seguridad Social para las

Fuerzas Armadas Mexicanas

Son exentas también fas casas habitaci6n proporcionadas a los

trabajadores por las empresas, siempre que reunan jos requisitos de

deducibilidad del Titulo I! 0, en su caso del Titulo IV

8. Cajas y Fondos de Ahorro.- “Los provenientes de cajas de ahorro

de trabajadores y de fondos de ahorro establecidos por las empresas

cuando reunan los requisitos de deducibilidad del Titulo ll o en su caso

de este Titulo”, como se puede ver no hay problema para manejar la

exencion si se cumplen los requisitos previstos en la fraccién XII del

articulo 24 de la ley, de ios articulos 19 a 21 del Reglamento de la Ley

del impuesto Sobre la Renta y sobre todo los especificos del articulo 22

del mencionado reglamento que dice:

Articulo 22. - Las aportaciones que efectuen los contribuyentes a fondos

de ahorro, en tos términos de fa fraccién Xii det articulo 24 de fa ley

seran deducibles cuando se ayusten a los plazos y requisitos siguientes:

Ei monto no debe exceder del 13% del salario.- Que el monto de las

aportaciones no exceda del 13% de los salarios de cada trabajador,

9)

Page 81: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

incluyendo los empleados de confianza, tomando como tope salarial el

de 10 veces e! salario minimo de la zona econdémica de que se trate.

Plan de retiro del ahorro.- Que el plan establezca que el trabajador

pueda retirar las aportaciones Unicamente al término de la relaci6n de

trabajo o una vez por ano.

Fondo destinado a préstamos.- Que el fondo se destine para otorgar

prestamos a los trabajadores y el remanente se invierta en valores a

cargo del Gobiemo Federal, inscritos en el Registro Nacional de

Valores.

9. Cuotas obreras al IMSS.- La cuota de seguridad social de los

trabajadores pagada por los patrones por situaciones contractuales,

aunque éste es un beneficio para los trabajadores y ellos no pagaran

impuesto por el mismo, el patrén no tendraé beneficios, ya que absorber

tales cuotas le origina una partida no deducible.

40. Primas de antigiiedad, indemnizacién, seguro de retiro etc.-

“Las que obtengan las personas que han estado sujetas a una relacion

laboral, al momento de su separacién, por primas de antiguedad,

indemnizaciones u otros pagos, asi como las que reciban de la

71

Page 82: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

subcuenta de! seguro de retiro y de la subcuenta de retiro, cesantia en

edad avanzada y vejez, previstas en la ley del Seguro Social, asi como

las que reciban los trabajadores al servicio del Estado de la cuenta

individual del SAR prevista en la ley del ISSSTE.”

Sera exento e! equivalente a 90 veces el salario minimo general del

Area geografica del contribuyente por cada afo de servicios o de

contribucién en el caso de los ingresos que provengan de la subcuenta

del seguro de retiro, el de la cuenta individual del Sistema de Ahorro

para el Retiro, y de la subcuenta de retiro, cesantia en edad avanzada y

vejez.

11. Gratificaciones, primas vacacionales, dominicales y

Participacién de los Trabajadores en las Utilidades.- Si estos

ingresos cumplen con el requisito de generalidad ya mencionado

anteriormente, entonces tendran una parte exenta que sera calculada

sobre la base de! salario minimo general del area geografica del

contribuyente, aunque el articulo 87 de Reglamento de la Ley del

Impuesto Sobre la Renta permite considerar el salario minimo

correspondiente a Ja zona econdmica donde se encuentre la casa

habitacion del trabajador, siempre y cuando éste solicite esta

consideracién por escrito.

72

Page 83: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Gratificaciones.- Las que reciban los trabajadores de sus patrones en

un afio de calendario, hasta el equivalente a 30 veces el salario minimo.

Primas vacacionales y Participacion de los Trabajadores en las

Utitidades.- Hasta el equivalente a 15 dias de salario minimo por cada

uno de estos conceptos que reciba en un afio de calendario.

Primas dominicales.- Hasta el equivalente a un salario minimo por

cada Domingo que se frabaje.

412. Gastos de representacién y viaticos.- Cuando sean

efectivamente erogados en servicio del patrén y se compruebe esta

circunstancia con documentaci6én de terceros que reuna jos requisitos

fiscales

Existen en la ley otros ingresos exentos que sin embargo en esta

ocasién no comentamos por considerar que no aplican a los pagos por

sueldos y salarios.

73

Page 84: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

3.3 Obligaciones de los sujetos.

Obligaciones de los contribuyentes:

Segtin e! articulo 82 los trabajadores tendran las_ siguientes

obligaciones:

1. Pagar el impuesto.

2. Proporcionar los datos necesarios al patrén para que los inscriba en

el Registro Federal de Contribuyentes, 0 si ya lo estan, proporcionar la

clave de! registro.

3. Solicitar al patron las constancias de percepciones y retencién de

impuestos del afio que corresponda; ademas cuando el trabajador se

separe de! empleo la solicitaraé para entregarla al nuevo patron dentro

del mes siguiente en que inicie la relacién laboral.

4 Presentar declaracién anual cuando se obtengan otros ingresos

acumulables distintos de los sefalados en este capitulo, cuando se

comunique por escrito al patrén, cuando hayan dejado de prestar

om

Page 85: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

servicios antes del 31 de Diciembre del afio de que $e trate, o cuando a

dicha fecha se presten servicios a dos o mas empleadores.

5. Cuando obtengan ingresos por salarios, por la prestacién de un

servicio personal subordinado de fuente de riqueza ubicada en el

extranjero, o ingresos de personas que no estan obligadas a efectuar

las retenciones del articulo 80 de esta ley.

6 Comunicar al patron antes de que éste efectiie el primer pago de

salario del afio, si se prestan servicios a otro patron que les efectue el

acreditamiento a que se refiere el articulo 80 y 80-B, a fin de que no se

realice dicho acreditamiento

Obligaciones de los patrones:

Segun el articulo 83, los patrones tendran las siguientes obligaciones:

1. Efectuar las retenciones de impuesto y entregar en efectivo el crédito

al salario que proceda.

75

Page 86: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

2. Calcular el impuesto anual de las personas que jes hubieren

prestado servicios subordinados de conformidad con el articulo 81.

3. Proporcionar constancias de sueldos pagados e impuestos

retenidos al trabajador, a mas tardar el 31 de Diciembre de cada afio

cuando laboré el afio completo y a mas tardar dentro del mes siguiente

al retiro en caso de separaci6n.

4. Solicitar constancias cuando el trabajador laboré para otros

patrones. De la misma manera que estan obligados a expedir

constancias, estan obligados a solicitarlas en el caso de contrataci6én a

mas tardar dentro del mes siguiente a la fecha en que se inicie la

prestacién del servicio, cerciorarse ademas que el trabajador esté

inscrito en el Registro Federal de Coniribuyentes.

También debe solicitar a los trabajadores que le informen por escrito,

antes de que se les haga el primer pago de su nomina, si prestan

servicios a otro patrén que les efectde el acreditamiento del crédito al

salario, con el fin de evitar duplicarlo.

76

Page 87: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

5. Presentar la declaracién anual en el mes de Febrero, de las

personas a las que se les hayan entregado cantidades en efectivo por

crédito al salario, en el afio de calendario anterior.

6. Solicitar a los trabajadores que contrate, los datos para inscribirlos

en el Registro Federal de Contribuyentes, excepto a los que ya estén

inscritos, en cuyo caso se les solicitara su clave.

7

Page 88: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

3.4 Pago provisional del impuesto Sobre la Renta, Subsidio y

Crédito al satario.

Retencién provisional del Impuesto Sobre la Renta segun el

Articulo 80:

El impuesto sobre la renta de las personas fisicas con ingresos por

sueldos y salarios, se causa por afios de calendario, el cua) debe

calcularse anualmente; Sin embargo el articulo 80 sefiala que a cuenta

del impuesto anual deben efectuarse pagos provisionales, los cuales se

calcularan aplicando las tarifas de los articulos 80, 80-A y 80-B, los que

corresponden al impuesto, al subsidio y al crédito al salario.

El mencionado articulo 80 nos dice que éste impuesto deben calcularlo

y retenerlo los patrones a los trabajadores a los que les pague

salarios, en el caso de los que reciban solamente salario minimo

general no se les efectuara retencién.

Dicha retencién debe calcularse aplicando a la totalidad de los ingresos

obtenidos en un mes de calendario que sirvan de base para calcular e!

impuesto, la tarifa del mismo articulo con la siguiente mecanica:

28

Page 89: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Aplicaci6n de la tarifa del articulo 80.

Total de ingresos gravables

- Limite inferior

= Excedente del limite inferior

> % para aplicarse sobre el excedente

Impuesto Marginal

+ Cuota Fija

Impuesto determinado antes del subsidio

Debido a que los pagos de nomina pueden hacerse por semana,

quincena o mes, la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico, publica en

e| Diario Oficial de fa Federacion las tarifas correspondientes para cada

periodo, con la intencién de que el calculo se haga exactamente por los

ingresos percibidos en el periodo.

Actualizacién de tas tarifas.- Es importante sefialar que las tarifas

mensuales ya mencionadas ( impuesto, subsidio y crédito al salario)

seran actualizadas y publicadas en el Diario Oficial de la Federacion

por la Secretaria de Hacienda y crédito Publico en los meses de Enero,

Abril, Julio y Octubre, para el afio de 1999.

79

Page 90: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Cabe mencionar que para el afio de 1998 éstas fueron actualizadas

semestralmente.

Retencién a consejeros, administradores y comisarios.- Las

retenciones por los pagos de honorarios que se les hagan a los

miembros de consejos directivos, de vigilancia, consultivos asi como los

que se les hagan a los administradores, comisarios y gerentes

generales, no deben ser inferiores al 30% salvo que exista relacién de

trabajo con el retenedor, esto obliga a efectuar el calculo con la tarifa,

sélo para asegurarse que el impuesto no sea inferior al porciento

establecido, en tal caso se le retendra lo que resulte mayor.

Retencién en caso de separacioén.- Las personas que hagan pagos

por primas de antiguedad, indemnizaciones, retiros u otros por

separacién, deberan calcular la retenci6n, aplicando a la parte gravada

de estas, la tasa que se obtenga de dividir el impuesto correspondiente

al ultimo sueido mensual ordinario entre dicho sueldo, el resultado sera

el porciento que se deberé aplicar.

Cuando los pagos por estos conceptos sean inferiores al ultimo sueldo

mensual ordinario, se debera aplicar la tarifa del articulo 80.

80

Page 91: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Retencién opcional por pagos de Gratificacién anual, Participaci6n

de Utilidades, Primas Dominicales y Vacacionales.- En el mismo

Articulo 80 se sefiala un calculo opcional para efectuar la retencién

sobre las mencionadas percepciones. Este calculo seguin el articulo 86

de! Reglamento de la Ley de Impuesto Sobre la Renta nos dice que la

persona que haga dichos pagos podra optar por retener el impuesto

que corresponda conforme a lo siguiente:

4. En primer lugar la remuneracién de que se trate se dividira entre 365

dias del afio, y se multiplicaraé por 30.4 para obtener un promedio

mensual de tal percepcién.

2. A esta cantidad debe sumarse un sueldo mensual ordinario, y a la

suma se le aplicara la tarifa del articulo 80 de la ley.

3. Al impuesto resultante debe restdrsele el impuesto que le

corresponde al sueldo mensual ordinario, la cantidad que se obtenga se

dividiré entre e! promedio mensual de la percepcién extraordinaria,

obteniéndose asi la tasa que corresponde aplicar sobre la percepcién;

4. Et impuesto a retener sera el que se obtenga de multiplicar la

remuneracion a que se refiere este articulo por la tasa abtenida.

81

Page 92: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Este calculo también se aplicara cuando el trabajador por causas no

imputables a é! mismo, reciba en una sola vez el pago de percepciones

gravables que correspondan a varios meses distintas de las que

tratamos en este punto, con la observacién de que el promedio que se

menciona en el punto No 1 debe calcularse sobre la base de los dias a

que corresponda e! pago. Lo anterior lo establece el articulo 91 del

Reglamento del Impuesto Sobre la Renta.

Retencién opcional sobre la base del periodo de pago.- Como ya

se mencioné los pagos de némina pueden ser por diferentes periodos, y

la ley prevé que la retencién se pueda hacer ya sea con el calculo del

articulo 80 o bien con el opcional del articulo 89 de! Reglamento de la

misma.

Guando se hagan pagos por periodos de 7,10 6 15 dias se puede

aplicar la tarifa del articulo 80 que corresponda, y contra el resultado se

podra acreditar el 10% del salario minimo del area geografica en donde

el! trabajador preste sus servicios, multiplicado por el numero de dias del

periodo de que se trate.

82

Page 93: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Subsidio Fiscal:

EI subsidio fiscal acreditable contra el lmpuesto Sobre la Renta que

tratamos en el punto anterior se encuentra regulado en el articulo 80-A

de la misma ley, donde se adicioné este articulo junto con el 141-A en

el afo 1991, con la intencién de reducir la carga impositiva de los

trabajadores.

El subsidio se calculara considerando los ingresos obtenidos y el

impuesto que se haya determinado, sobre la base de la tabla del

impuesto, la mecanica a seguir es de la siguiente manera:

1. Se localiza el renglén de la tabla del articulo 80-A que contenga el

rango de ingresos obtenidos, para saber el porciento que debe

aplicarse sobre el impuesto marginal, y la cuota fija que corresponda.

83

Page 94: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

2. Se tomara en cuenta el impuesto marginal que se calculé con la

tarifa del articulo 80, y se procedera como sigue:

a) Impuesto marginal

X % sobre impuesto marginal

= Subsidio sobre impuesto marginal

+ Cuota fija

= 100 % de subsidio

Subsidio Acreditable.- El subsidio no es acreditable al 100% en los

ingresos por sueldos y salarios, existe una parte que es acreditable y

otra no acreditable, se llama proporcién de subsidio acreditable, y es la

parte que el trabajador tiene derecho que se le reste del monto del

impuesto que corresponda a sus ingresos. Este se obtiene de la

siguiente forma.

P = Proporcién determinada por el patron

PA= Proporcién de Subsidio acreditable

PN& Proporcién de Subsidio no acreditable

(1-P)2 = PN

PN-4 = PA

84

Page 95: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Ejemplo: Sustituyendo los valores

0.6610 = proporcién determinada por el patrén

(1- 0.6610 )2 = 0.6780

1 - 0.6780 = 0.3220

La proporcién de subsidio no acreditable es de 0.6780, y la proporcién

de subsidio acreditable, que es el que se aplicara sobre el 100% de

subsidio que se determiné en términos de la tarifa del articulo 80-A es

de 0.3220 0 lo que es lo mismo si se expresa en porciento: 32.20 %

Calculo de [a proporcién de subsidio.- Esta debe calcularse para

todos los trabajadores del empleador, dividiendo el total de pagos

gravables hechos a estos en el ejercicio inmediato anterior entre el

total de erogaciones hechas en el mismo periodo por cualquier

concepto relacionado con la prestacién de servicios personales

subordinados, que son los siguientes:

1, Sueldos y salarios

2 Rayas y jornales

3. Gratificaciones y aguinaldo

4. Indemnizaciones

85

Page 96: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

5

6

7.

8.

9.

10.

14.

Prima de vacaciones

Prima de antiguedad

Premios por puntualidad o asistencia

Participacién de los trabajadores en las utilidades

Seguro de vida

. Medicinas y honorarios médicos

Gastos en equipo para deportes y de mantenimiento de

instalaciones deportivas

12

13.

14.

15.

16.

17

18.

19.

20.

21.

22.

23

24.

25

. Gastos de comedor

Previsi6n social

Seguro de gastos médicos mayores

Fondo de ahorro

Vales para despensa, restaurante, gasolina y para ropa

Programas de salud ocupacional

Depreciacién de equipo de comedor

Depreciaci6én de equipo de transporte para el personal

Depreciacion de instataciones deportivas

Gastos de transporte de personal

Cuotas sindicales pagadas por el patrén

Fondo de pensiones, aportaciones del patron

Prima de antiguedad (aportaciones)

Gastos por fiesta de fin de afio y otros

86

Page 97: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

26.

27.

28.

29.

30.

31.

32,

33.

34.

Subsidios por incapacidad

Becas para trabajadores

Depreciacién y gastos de guarderias infantiles

Ayuda de renta, articulos escolares y dotacién de anteojos

Ayuda a los trabajadores para gastos de funeral

Intereses subsidiados en créditos al personal

Horas extras

Jubilaciones, pensiones y haberes de retiro

Aportaciones ai Instituo Mexicano del Segrio Social e Instituto del :

Fondo Nacional de la Viviennda para los Trabajafores

35. Aportaciones al Sistema de Ahorro para el Retiro

Deberé el patrén incluir todos ios conceptos sefialados aunque no sean

deducibles para é!, no deberan incluirse los utiles, instrumentos y

materiales necesarios para la ejecucién del trabajo, cuando la

proporcién determinada sea inferior al 50% no se tendra derecho al

subsidio, pues se considera que las prestaciones y los ingresos exentos

ya subsidiaron indirectamente los sueldos.

87

Page 98: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Determinaci6n opcional de fa proporci6n de subsidio y del

subsidio acreditable con mecanica de 1991:

En la Ley del Impuesto Sobre la Renta mediante la regla 3.18.7 de la

Resolucién miscelanea publicada en el Diario Oficial de la Federacién

del 9 de marzo de 1998, establece Ja opciédn para determinar el

impuesto y subsidio correspondiente considerando las tarifas

actualizadas y la mecanica vigente en 1991, las cuales da a conocer en

el anexo 8. Dicha opcidn sdlo podraé aplicarse cuando el impuesto

determinado con mecanica, tablas y tarifas de 1991 sea inferior al

impuesto calculado con mecanica, tarifas y tablas del afio.

Para determinar la proporcién de subsidio se hace la misma divisi6n,

solo que no se incluyen como erogaciones jas cuotas patronales del

instituo Mexicano del Seguro Social e Instituto del Fondo Nacional de ia

Vivienda para los Trabajadores.

Total de ingresos gravados del ejercicio inmediato anterior

Entre

Total de erogaciones hechas por cualquier concepto relacionado con

sueldos y salarios, en el ejercicio inmediato anterior sin incluir cuotas

88

Page 99: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

patronales pagadas al Instituo Mexicano del Seguro Social e Instituto

del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

Igual a Proporcién de Subsidio Acreditable.

Proporcién de Subsidio Acreditable.- Esto es muy importante, con

esta mecanica el subsidio acreditable es directamente el resultado de la

divisién. Si consideramos fos mismos datos que en la mecanica normal

queda como sigue:

P = Proporcién de subsidio

PA= Proporcién acreditable

PN= Proporcién No Acreditable

P=PA

4—PA =PN

Si sustituimos los valores con los mismos que utilizamos en la mecanica

normal queda como sigue:

0 6610 = Proporcién determinada por el patron

0.6610 = Proporcién acreditable

89

Page 100: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

1 — 0.6610 = 0.3390 Proporcién No Acreditable

No procede la aplicacidn del subsidio cuando la proporcién de subsidio

acreditable sea inferior al 30%.

La mecdnica de 1991 es un tanto diferente en cuanto al subsidio de la

cuota fija. Se considera el impuesto marginal y la cuota fija determinada

en el calculo del impuesto, con Ia tabla del articulo 80 vigente en 1991

actualizada.

a) Impuesto Marginal

X % sobre impuesto marginal

= Subsidio sobre Impuesto Marginal (1)

b) Cuota Fija

X % sobre cuota fija

= Subsidio sobre cuota fija ( 2)

(1) + (2) = 100% de subsidio

90

Page 101: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Crédito al salario:

En Octubre de 1993, como consecuencia de la renovacién del Pacto

para ia Estabilidad, la Competitividad y el empleo, él Gobierno Federal

se comprometi6 a enviar al Congreso de la Union, iniciativas de leyes

que distribuyeran en una forma mas equitativa la carga fiscal en favor

de los trabajadores de menos ingresos, por lo que dicha iniciativa se

aprobo y publicd ef 3 de Diciembre de 1993 en el Diario Oficial de la

Federacién.

Este mecanismo consiste en una tabla de créditos fiscales expresados

en montos dependiendo del ingreso del trabajador, los cuales decrecen

conforme aumenta el ingreso. Este crédito sustituyo al crédito fiscal

equivalente al 10 % del salario minimo de la zona geografica

correspondiente al trabajador, lo cual tendria un efecto favorable en la

distribucién de! ingreso en el ambito regional, igualando el crédito para

las zonas econémicas B Y C con el de la A que es mas alto.

El articulo 80-B. - Las personas que hagan pagos por sueldos y

salarios, en el calculo del Impuesto Sobre la Renta aplicaran el crédito

al salario. Dicho crédito se determinara en funcién del monto de los

91

Page 102: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

ingresos que sirven de base para calcular el impuesto, localizandolos

en la tabla de éste articulo.

El crédito al salario determinado disminuira el importe del impuesto

subsidiado, y la diferencia que se obtenga debera entregarse al

trabajador conjuntamente con el pago por salarios, siempre y cuando el

crédito sea mayor que el impuesto menos el subsidio.

De conformidad con el articulo 80,78 y 79 de la Ley de ISR, el crédito al

salario no se le debe aplicar a las personas que perciban ingresos por:

OQ Asimilados a salarios

© Jubilacién

Q Retiro e indemnizaciones

Primas de antiguedad

© Otros pagos por terminacién de la relacion laboral que no sean los

salarios que se adeuden, o las partes proporcionales de aguinaldo,

vacaciones, etc.

Cuando el trabajador reciba pagos por alguno de estos conceptos se

debera aplicar el crédito general ( contenido en el articulo 141-B) en el

calculo del Impuesto Sobre la Renta.

92

Page 103: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Es muy importante sefnalar que el crédito al salario solo debe aplicarse

a los trabajadores que presten un servicio personal subordinado, y que

reciban salarios y demas prestaciones que deriven de la relacién

laboral, asi como a los empleados de la Federacion, como lo establece

el articulo 78 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta en su primer

parrafo y en su fraccion |.

Como ya se mencioné el crédito al salario que resulte mayor que el

impuesto subsidiado debe entregarsele en efectivo al trabajador. Esta

bonificaci6n tiene aspectos importantes que se deben considerar,

contenidos en el mencionado articulo 80-B 4to parrafo los cuales son:

Q La cantidad entregada al trabajador no se considera como ingreso

acumulable, ni forma parte del calculo de la base gravable.

No se debe considerar para determinar la proporcién de subsidio.

<3 Los retenedores podran acreditar los pagos que hayan hecho en

efectivo, contra los pagos provisionales y en la declaracién anual.

& Elretenedor podra disminuir las cantidades entregadas en efectivo a

los trabajadores, de los siguientes impuestos:

a) Impuesto Sobre la Renta a su cargo o de las retenciones de! mismo

efectuadas a terceros.

93

Page 104: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

b) \mpuesto al Activo

c) Impuesto al Valor Agregado

d) Impuesto Especial Sobre Produccion y Servicios.

Los pagos de créditos a favor de los trabajadores son obligatorios y si

no se cumple con ello los salarios seran gasto no deducible para el

patrén, de acuerdo con los articulos 24 fraccién V, 83 fraccién |, y 83-A

de ia Ley del Impuesto Sobre la Renta.

El articulo 83-A establece que quienes hagan los pagos por salarios y

prestaciones derivadas de la prestacién de servicios personales

subordinados, sdlo podran entregar las bonificaciones de crédito al

salario en efectivo, cuando cumpian con los requisitos sefialados a

continuacion:

a) Cuando se leven ios registros de tales pagos individualmente por

cada trabajador.

b) Se conserven los comprobantes donde aparezcan los pagos,

retenciones de impuesto y pagos de crédito al salario hechos a cada

trabajador.

c) Cuando se cumpia con las obligaciones que tiene el patrén

sefaladas en el articulo 83 fracciones I,1I\V Y VI de la Ley del

Impuesto Sobre fa Renta.

94

Page 105: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

d) Que se hayan pagado jas aportaciones de seguridad social que

correspondan

3.5 !mpuesto Sobre la Renta y Declaraci6n Informativa anual.

De conformidad con las disposiciones de la Ley del impuesto Sobre ia

Renta se establece la obligacién para los patrones de calcular el

impuesto anual de cada una de los trabajadores que les hayan prestado

servicios personales subordinados, a los que se refiere el articulo 78 de

la Ley de Impuesto Sobre la Renta en su primer parrafo, y los de la

fraccién |. Esta obligacién como ya vimos se establece en el articulo 83,

y se reitera en el articulo 81 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta, que

analizaremos a continuaci6n:

E| calculo es el siguiente:

Total de ingresos gravables del afio de calendario

Limite inferior

Excedente del limite inferior

X % para aplicarse sobre excedente

tt Impuesto marginal

95

Page 106: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

+ Cuota fija

Impuesto determinado

- Subsidio Acreditable

- Crédito al salario anual

= Diferencia a cargooa favor

- Retenciones efectuadas en el afio

= Saldo del ejercicio a cargo o a favor

Esta mecanica tiene variantes en funcién del crédito al salario que se

presentan a continuaci6n:

1. Cuando el crédito al salario anual es mayor que el impuesto

después de subsidio y de crédito al salario recibido mensualmente

por el trabajador.

En este caso el saldo a favor debe entregarse al trabajador.

2. Cuando el impuesto menos el subsidio, menos ei crédito al salario

anual da un saldo a favor, pero a su vez menor que el crédito que se

le pag6 en el afio

Aqui el crédito al salario pagado en exceso se considera impuesto a

cargo.

96

Page 107: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

3. Cuando el impuesto menos el subsidio es mayor que el crédito al

salario anual, y a su vez el trabajador recibid crédito al salario

mensualmente.

Se debe considerar impuesto a cargo lo que excedié del crédito al

salario anual, mas los pagos hechos de crédito al salario

mensualmente.

4. Cuando el impuesto después del ‘subsidio es mayor que el crédito al

salario anual.

Se considera impuesto a cargo.

5. Cuando el impuesto menos e! subsidio es igual al crédito al salario

anual, y el trabajador recibid mensualmente pagos de crédito.

Se consideran estos pagos de crédito como impuesto a cargo.

6. Cuando el impuesto después del subsidio es menor que e! crédito al

salario anual, y el excedente a favor es igual a fo que se le pagé en

el afio.

El crédito quedaria saldado.

Contra el impuesto que resulte a cargo del contribuyente en los

términos del articulo 81 fraccién II.JII Y IV, sera acreditable el importe de

97

Page 108: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

fos pagos provisionales efectuados por cada uno de los meses del

ejercicio

Las diferencias a cargo de los trabajadores deberan enterarse a mas

tardar en el mes de febrero del afio de calendario siguiente a aquel de

que se trate, mientras que las diferencias a favor de los mismos

deberan compensarse contra la retencién del mes de diciembre y las.

retenciones sucesivas a mas tardar en el afio de calendario posterior.

Cuando un trabajador preste servicios por un periado menor a doce

meses no tendra derecho a recibir e! crédito al salario que je resulte a

favor y las cantidades que se entregaron de bonificacién fiscal se

consideran como definitivas.

Tarifas que deben utilizarse.- Las tarifas que deben utilizarse son las

contenidas en los articulos 141, 141-A y 81 que corresponden al

impuesto, subsidio y crédito al salario anual respectivamente, las cuales

se obtienen de acuerdo con los mismos articulos, de sumar Jas tarifas

de los articulos 80, 80-A Y 80-B de la misma ley para cada uno de los

42 meses del afio que resulten aplicables. En todo caso la Secretaria de

Hacienda y Crédito Publico realizara las operaciones aritméticas y

publicara las tarifas actualizadas en el Diario Oficial de la Federacién.

98

Page 109: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Tarifas opcionales vigentes en 1991. - Existe para el calculo anual, al

igual que para los provisionales la opcién de efectuarlos con las tarifas

de los articulos 141 y 141-A vigentes en 1991, actualizadas al 31 de

diciembre de 1998.

Cuando no esta obligado el patrén a efectuar el calculo anual.- De

acuerdo con el ultimo parrafo del articulo 81 de la Ley del impuesto

Sobre !a Renta no se debera hacer el calculo anual del impuesto de los

trabajadores que:

a) Los que hayan dejado de prestar servicios al retenedor antes del 01

de diciembre del afio que se trate.

b) Los que hayan obtenido ingresos anuales por concepto de salarios y

en general por la prestacién de un servicio personal subordinado

superiores a $1,760,955.00. (cantidad actualizada en el Anexo 5 de la

Resolucién Miscelanea Fiscal para 1998, del 15 de febrero de 1999.)

c) Los que comuniquen por escrito al empleador que presentaran su

declaraci6n anual.

99

Page 110: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

La declaracio6n anual:

Oeclaracién de Crédito al salario.- El articulo 83 fraccién V de la Ley

del impuesto Sobre la Renta nos sefiala que los patrones estan

obligados a presentar en el mes de febrero de cada afio, la declaracién

anual de las cantidades que hayan entregado en efectivo a sus

trabajadores por concepto de crédito al salario durante el afio de

calendario anterior. Esta declaracién debe presentarse en la forma 26

denominada "Declaracién anual de crédito al salario pagado en

efectivo” en la Administracién Local de Recaudacién que corresponda.

También puede presentarse en medios magnéticos (DIMM) cuando los

contribuyentes lleven la contabilidad mediante el sistema de registro

electrénico (articulos 28 Cédigo Fiscal de la Federacién y 26,27,31 del

Regiamento del Cédigo Fiscal de la Federacién) 0 cuando el patron

haya contado con por lo menos 150 trabajadores en cada uno de los

meses del afio anterior. Este sistema se incluye en el] Anexo 4 de la

Resolucién Miscelanea Fiscal para 1998-1999 publicada en el Diario

Oficial de la Federacién del 29 de diciembre de 1998.

Los contribuyentes que presenten la informacién en medios magnéticos

podran presentarla en los siguientes plazos.

100

Page 111: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

De la"A" ala"G" ial 9 de marzo de 1999

"H"ala"O" 10 al 18 de marzo de 1999

"P"ala'Z" 19 al 26 de marzo de 1999

Declaracién de salarios.- Ademas de esta declaracién el mismo

articulo 83 fraccién V sefiala la obligacién de proporcionar informacion.

de las personas que le hubieren prestado servicios en el afio de

calendario anterior, pero libera de tal obligacién a los patrones que

hagan aportaciones al Sistema de Ahorro para el Retiro, sin embargo

en 1999 si debe presentarse declaraci6n de salarios, tal como lo

marcan las disposiciones de vigencia anual del Impuesto Sobre la

Renta para 1999. Esta declaracién debe presentarse a mas tardar en el

mes de abril de 1999, y debe contener la informacion siguiente:

a) Nombre del trabajador

b) Registro Federal de Contribuyentes

c) Remuneraciones cubiertas

d) Retenciones efectuadas

e) En su caso, el monto del impuesto anual, el subsidio acreditable

anual y el crédito al salario anual.

101

Page 112: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Cabe mencionar que esta declaraci6n debe incluir a todos los

trabajadores que prestaron sus servicios en el afo de calendario

inmediato anterior, independientemente de que algunos de ellos ya se

hubiesen incluido en la declaracion de crédito al salario.

Expedicién de constancias.- Como ya vimos es obligatorio para el

patron el expedir constancias de percepciones pagadas y retenciones

efectuadas en el afio a los trabajadores, por lo que la forma que debe

expedirse a cada trabajador es la 37 "Constancia de Retenciones por

Salarios y Conceptos Asimilados", que aparecié en ia Novena

Modificacion a la Resolucién Miscelanea Fiscal para 1998 en el Diario

Oficial de ta Federacion del 29 de enero de 1999.

102

Page 113: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

3.6 Deducciones Personales.

En los casos en que los trabajadores presenten sus declaraciones,

pueden restar de sus ingresos las deducciones personales que sefiala

el articulo 140 de Ia Ley del Impuesto Sobre la Renta.

En algunos casos los trabajadores tienen gastos que la ley permite

restar de los ingresos anualmente para pagar menos impuestos, por lo

que algunos de ellos deciden presentar la declaracion anual por su

cuenta.

Las Deducciones permitidas son:

a) Los gastos de transportacién escolar de los descendientes en linea

recta cuando ésta sea obligatoria en los términos de las

disposiciones legales de! area donde se encuentre ia escuela

b) Honorarios médicos, dentales y hospitalarios

c) Gastos de funeral

Los gastos de los incisos b y ¢ hechos por el contribuyente para si

mismo, su cényuge, la persona con quien viva en concubinato, sus

ascendientes y descendientes en linea recta, siempre que dichas

103

Page 114: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

personas no perciban en el afio de calendario ingresos superiores o

iguales al importe de un salario minimo del area geografica elevado al

afio.

d) Donativos no onerosos ni remunerativos que se otorguen a las

instituciones que estén autorizadas por ia Secretaria de Hacienda y

Crédito Publico para recibirlos.

Requisitos de las Deducciones:

Comprobarlas con documentacion que retina requisitos fiscales, que se

paguen en el afio de que se trate a instituciones o personas residentes

en el pais, cuando se recupere parte de ellos sdlo se deducira la parte

no recuperada.

104

Page 115: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

CAPITULO 4 OTRAS LEYES QUE SE

RELACIONAN CON SUELDOS Y SALARIOS

Page 116: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Capitulo 4. Otras leyes que se relacionan con sueldos y salarios.

Cuando hablamos de los sueldos y salarios y su régimen fiscal,

debemos hablar, no solamente de ja Ley del impuesto Sobre la Renta,

pues existen regulaciones en otras leyes a las que el pago de estos

salarios esta sujeto, originando obligaciones de pago de contribuciones

adicionales al pago de/ impuesto Sobre ia Renta.

Las leyes mencionadas son La Ley del Seguro Social, La Ley del

Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, La

Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro y El Cédigo Financiero del

Distrito Federal. (Ademas de las leyes de los Estados de la Federacién,

que en este trabajo no se analizan, pues habria que hacer

consideraciones muy especificas.)

4.1 Ley del Seguro Social.

El articulo 123 apartado A fraccién XXIX de la Constitucién Politica de

los Estados Unidos Mexicanos, establece su utilidad publica, el objetivo

de ésta ley es la seguridad social, e! otorgamiento de los medios para

105

Page 117: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

el bienestar del individuo y el de la colectividad, como lo menciona el

articulo 2 de la misma.

En el mes de julio de 1997, entrd en vigor la nueva Ley de Seguro

Social, como consecuencia de ja necesidad de reestructuracién del

“Instituto Mexicano del Seguro Social’, encaminada a fomentar un

nuevo sistema de aportaciones, que garantizara las pensiones,

mejorara los servicios médicos y tuviera un adecuado equilibrio entre

los diferentes seguros del régimen obligatorio.

Regimenes.- Existen dos el obligatorio y el voluntario, establecidos en

el articulo 6 de ésta ley.

Sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio.- Las personas

vinculadas a otras de manera permanente o eventual por una relacién

de trabajo, aunque en este articulo 12 se deja abierta la puerta para

integrar mas sujetos, al mencionar “ las personas que determine El

ejecutivo Federal”

106

Page 118: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

El articulo 11 nos dice que el régimen obligatorio comprende los

seguros de:

4. Riesgo de trabajo

2. Enfermedades y maternidad

3. Invalidez y vida

4. Retiro, cesantia en edad avanzada y vejez, y

5. Guarderias y prestaciones sociales.

Para cada una de estas ramas existen porcentajes, que al aplicarlos

sobre el salario base de cotizacién nos arroja como resultado el importe

de las cuotas de los trabajadores y patrones a enterar. Mas adelante se

muestran los porcentajes para cada rama de seguro, asi como sus

topes maximos de cotizacién en salarios minimos, por medio de

cuadros elaborados para una mayor comprensi6on.

Salario diario base de cotizacién.- EI articulo 30 de ésta ley nos

establece las 3 formas de salario base de cotizacién, el cual puede ser

fijo, variable o mixto.

Se considera salario fijo cuando las percepciones del trabajador son de

cuantia conocida y las percibe en forma periddica.

107

Page 119: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Se considera salario variable, cuando el salario se integra con

elementos que no pueden ser previamente conocidos, por lo que debe

tomarse el total de ingresos integrabies percibidos en el mes inmediato

anterior, y dividirlo entre el total de dias de salario devengado, para

obtener el salario base de cotizacién para el.mes de que se trate.

Es mixto el salario base de cotizacidn, cuando el trabajador percibe

elementos fijos y variables, por lo que debera sumarse los elementos

fijos al promedio de los variables para obtener la base de cotizacién.

Hablamos del salario base de cotizacién, y es necesario aclarar lo que

se considera el mismo; el articulo 27 de ésta ley nos dice que es la

cuota diaria, mas tas gratificaciones, percepciones, alimentacién,

habitacién, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier

otra cantidad o prestacién que se entregue al trabajador por su trabajo;

este mismo articulo excluye lo que no debera considerarse integrante

del salario base de cotizacién; Con el objeto de establecer claramente

y por concepto los integrantes de dicho salario mas adelante se

muestran un cuadro general de integracién salarial para efectos de las

distintas leyes tratadas en este trabajo.

108

Page 120: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Es una obligacién patronal el determinar las cuotas correctamente y

enterarlas al Instituto Mexicano del Seguro Social. Estas cuotas se

determinan tomando en cuenta el salario base de cotizacién de cada

trabajador, por los dias naturales del mes que se trate, al resultado,

deben aplicarse los porcentajes, que para cada rama de seguro

establece la ley. El pago de estas cuotas debe hacerse por

mensualidades vencidas y a mas tardar los dias diecisiete del mes

inmediato siguiente. Si bien es cierto que el patron debe retener y

enterar las cuotas de los trabajadores, en el caso de los que perciban

el salario minimo el patrén debe cubrir integramente las cuotas que les

correspondan a estos ultimos. (Articulos 15,29,30,36,38 y 39 de ia Ley

del Seguro Social)

Hemos sefalado que el pago de las cuotas debe ser mensual, pero en

el articulo 27 transitorio de ésta ley se sefala que e! pago de cuotas

para el seguro de Retiro, cesantia en edad avanzada y vejez,

continuara realizandose en forma bimestral, en tanto no se homologuen

los periodos de pago de las leyes del Instituto de Seguridad y Servicios

Sociales de los trabajadores del Estado, y del Instituto del Fondo

Nacional de Ja Vivienda para los Trabajadores.

109

Page 121: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

4.2 Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro.

Dentro de las ramas del sistema obligatorio del Seguro Social, como ya

vimos esta el seguro de retiro, cesantia en edad avanzada y vejez, (

Titulo Il, Capftulo VI de la Ley dei Seguro Social), cuyas cuotas el

patron debe pagar por trabajador al Instituto Mexicano del Seguro

Social. Estas cuotas deben ser abonadas a las cuentas individuaies

de cada uno de los trabajadores, abiertas en jas Administradoras de

Fondos para el Retiro, donde ademas de fas cuotas obreros

patronales, se depositan las cuotas estatales, asf como los

rendimientos de las mismas, como lo determina el articulo 167 de la

Ley del Seguro Social.

La cuenta individual esta integrada por las subcuentas de.

1. Retiro

2 Cesantia en edad avanzada y vejez

3 De vivienda

4. Aportaciones voluntarias

En el caso de la subcuenta de vivienda las Administradoras de Fondos

para el Retiro deben entregar los recursos aij Instituto del Fondo

110

Page 122: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Nacional de ia Vivienda para los Trabajadores en los términos de su

propia ley, como lo establece el articulo 159 de la ley del Seguro

Social.

La cuota para la subcuenta de retiro la aporta el patrén, y es el 2% del

salario base de cotizacién de cada trabajador. Lo anterior se establece

en el articuto 168 fraccién | de la Ley del Seguro Social.

Las cuotas deben pagarlas el patrén bimestralmente, como lo

menciona el articulo 27 transitorio de la Ley del Seguro Social.

4.3 Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los

Trabajadores

El articulo 123 apartado A fraccién XII de la constitucion politica de los

Estados Unidos Mexicanos, establece que todas las empresas estan

obligadas a proporcionar a los trabajadores habitaciones cémodas e

higiénicas. Esta obligacién, segtin lo sefiala dicha disposici6n, se

cumplira mediante las aportaciones que las empresas hagan a un

fondo nacional de la vivienda para constituci6n de depdsitos a

lil

Page 123: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

beneficio de ios trabajadores y un establecimiento de un sistema de

financiamiento que permita otorgarles un crédito barato y suficiente.

El 24 de abril de 1972 se promulgo la Ley del Instituto Nacional de la

Vivienda para los Trabajadores, la que a su vez creo al Instituto del

Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores como un

organismo de servicio social con personalidad jurfdica y patrimonio

propio, cuyo objetivo seria la administracién de dicho fondo. (Articulo2)

En 1996 se publicé en el diario oficial de la Federacién del 6 de enero

un Decreto con importantes reformas a esta ley. Dentro de los cambios

mas importantes en materia de obligaciones patronales, se encuentran

las relativas a la homologaci6n del salario base de aportacién con el

salario base de cotizacion del Instituto Mexicano de! Seguro Social, asi

como del limite salarial con el de los seguros de invalidez y vida,

cesantia en edad avanzada y vejez

Base y tasa de aportacién.- El articulo 29 de ésta ley establece en

su fraccién Il que las aportaciones al Fondo Nacional de la Vivienda

importaran el 5% del salario base de aportacién que paguen las

empresas Para integrar y caicular la base de aportacién, asi como el

1i2

Page 124: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

limite superior salarial se aplicara lo establecido en la ley del Seguro

Social vigente a partir del 1 de julio de 1997,en ia parte que se refiere a

los seguros de Invalidez y Vida y Cesantia en Edad Avanzada y Vejez,

seguin el articulo 5 transitorio del Decreto del 6 de enero de 1997.

Destino de las aportaciones.- Los articulos 30, 39, 40 y 43 Bis de

esta ley nos dicen que el instituto debera abonar a la subcuenta de

vivienda de cada trabajacor el importe de las aportaciones recibidas.

El saldo de las subcuentas de vivienda puede beneficiar al trabajador

en cualquiera de las formas siguientes:

a) Si el trabajador recibe un crédito dei Instituto, el saldo de ia

subcuenta de vivienda sera aplicado como pago inicial de dicho

crédito.

b) Durante la vigencia del crédito concedido, las aportaciones

patronales a favor de! trabajador se aplicaraén a reducir el saldo

insoluto a su cargo.

c) Los fondos de la subcuenta de vivienda que no se hubiesen

aplicado de acuerdo a lo anterior, seran transferidos a las

113

Page 125: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Administradoras de Fondos para el Retiro, para la contratacién de

pension correspondiente o su entrega, seguin proceda, de conformidad

con lo establecido en fas leyes del Seguro Social y del Sistema de

Ahorro para el Retiro.

Los recursos de este fondo se destinan a otorgar créditos a los

trabajadores para que adquieran la propiedad de habitaciones, para

construccién, reparacién, ampliacién o mejoras de habitaciones o para

el pago de pasivos adquiridos por los mismos conceptos.

También se destinan a financiar la construccién de conjuntos de

habitaciones para ser adquiridas por los trabajadores mediante

créditos. (Articulo 3 de esta ley).

integraciébn de! salario base.- E! salario base de aportacién,

aplicando lo dispuesto por el articulo 27 de la ley de! Seguro Social, se

integra por la cantidad que percibe el trabajador por cuota diaria, mas

la parte proporcional que corresponda por gratificaciones, alimentacién,

primas, comisiones y otras prestaciones que se entreguen al trabajador

por su trabajo.

14

Page 126: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

EI articulo 28 de la Ley del Seguro Social establece como limite

superior para determinar ei salario base de cotizaci6n una cantidad

equivalente a 25 veces el salario minimo general que rija en el Distrito

Federal, de ésta forma al hablar de homologacién con la ley que

estamos tratando, debemos tomar también un tope de 25 veces el

salario minimo, para las aportaciones al Fondo de la Vivienda, tomando

en cuenta que a partir del 1 de julio de 1997 fué de 15 salarios

minimos, y al primero de julio de 1998 aumenté a 16, por lo que a partir

de la misma fecha de 1999 aumentaré a 17 de dichos salarios, y asi

consecutivamente hasta llegar a 25 en el afio 2007. De igual forma

para el pago de las aportaciones, la fecha que debe tomarse es la

misma que aplica para el seguro de Retiro, Cesantia en Edad

Avanzada y Vejez, es decir bimestraimente; (Articulo 27 transitorio de

la Ley de! Seguro Social).

4.4 Cédigo Financiero del Distrito Federal.

Existe otra contribucién, a la que estan sujetos los pagos que hacen los

patrones que estan domiciliados en el Distrito Federal, por concepto de

remuneraciones al trabajo personal subordinado, denominado

“impuesto sabre néminas” dicho impuesto sefialado en éste codigo, es

15

Page 127: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

local, por estar contemplado en una ley que rige solo en una Entidad

de la Federacion.

Las personas obligadas a pagar éste impuesto son las que sefiala el

articulo 178 de éste cédigo, Las personas fisicas y morales que en el

Distrito Federal paguen salarios y demas prestaciones que deriven de

una relacién laboral, independientemente de ia designaci6én que se les

dé a tales remuneraciones.

El impuesto que debe pagarse se determina aplicando una tasa del 2%

sobre el total de las erogaciones realizadas por los conceptos

sefialados; es importante sefialar que este impuesto se causa en el

momento en que se hagan las erogaciones por pagos a los

trabajadores, y debe pagarse a mas tardar ei dia quince de! mes

siguiente al que corresponda.

Todos los contribuyentes que estén en el padrén deben presentar

declaraciones hasta el momento en que se den de baja de él.

116

Page 128: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

4.5 CUADRO DE INTEGRAGION DE LA BASE DE CONTRIBUCIONES SOBRE SALARIOS

SONCEPTO “NSS NEON "SPT ], SAR [2% DF.

1, Indemnizaciones (13)

hasta 90 salarios minimos por afio no no no no no

excedente 90 salarios minimos por afio no no si no no

2. Prima de antigdedad (13)

hasta 80 salarios minimos. por afto no no no no no

excedente de 80 salarios minimos por afio No No si no No

3. Premio por Asistencia

Inasta 10% dei salario base de cotizacién no no si no si

la parte que exceda del 10% si si sf si si

4. Premio por Puntualidad

hasta 10% del salario base de cotizacién no no si no si

la parte que exceda del 10% sf si si si si

6, Transporte (8) (9) (10)

Prestaci6n dei servicio 110 a0 no no 00

Ayudas en efectivo (15) no no si no si

6, Viaticos

sujetos a comprobacién no no no no no

no sujetos a comprobacién si si si si si

7, Alimentacién (9)

gratuita (14) si si no si si

onerosa (12) no no no no no

117

Page 129: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

4.5 CUADRO DE INTEGRACION DE LA BASE DE CONTRIBUCIONES SOBRE SALARIOS

CONCEPTO

i poe

8. Habitacién (9)

gratuita (14) si si no si no

onerosa (12) no no no no na

8. Cuota patronal al |.M.S.S. n/a no no no no

10, Cuota obrera al I.M.S.S. n/a no no no no

44, Aportaciones al INFONAVIT no na no no no

12. Pago de dia festivo

no trabajado st si si si si

trabajado no no si no si

13.Aguinaldo

hasta 30 dias de salario minimo sf si no si si

excedente de 30 salarios minimos si si si si si

14. Sueldo y salario si si si si si

45. Horas extras de trabajadores de:

salario minimo, limite de ley y esporédicas no no no no si

salario Minimo, limite de ley y constanies Si st no si 3i

mas de! s.minimo, timite de ley, esporadicas [no no si 50% [no si

mas del s.minimo, limite de ley, constantes__|si st sf 50% {si si

mas dels m. Mas del limite y esporadicas si (1) si (1) si (2) si (1) si

mas del s.m. Mas del limite y constantes si (3) si (3) si (2) si (3) st

16. Prima dominical

418

Page 130: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

4.6 CUADRO DE INTEGRACION DE LA BASE DE CONTRIBUCIONES SOBRE SALARIOS

CONCEPTO SS JINFGNA].IsPT | SAR [226.6 PMT foes :

hasta un salario minimo por Domingo sf si no si si -

[mas de un salario minimo por Domingo si si si (4) si si

17. Prima vacacional

[hasta 15 salarios minimos por afio si si no si si

jexcedente de 15 salario minimos por afio st si $i si si

18. Aportaci6n a fondo de ahorro

patronal igual a la del trabajador no 6) jno@) |no) no) si

19, Vales de despensa o despensas

no rebasen ef 40% del s.m.g.diario Del DF jno no no (7) |no Si

20. Becas educacionales (9)

para el trabajador y sus hijos no no no no no(8)

|para otros familiares (15) no no si no no(8)

21. Capacitaci6n y adiestramiento{9) no no no no no

22. Comisiones si si si si si

23. Compensaciones ordinarias si si si si sf

24. Sobresuetdos si si si st si

25. Propinas (10)

Contabilizadas si si si si si

fijadas contractualmente si si si Si si

No controladas no no no no no

26. Premios de productividad Sf sf si si si

119

Page 131: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

4.5 CUADRO DE INTEGRACION DE LA BASE DE CONTRIBUCIONES SOBRE SALARIOS

CONCEPTO

27. Prestaciones de previsién social

a trabajadores de hasta 7 salarios minimos no no no no no (8)

‘a trabajadores con mas 7 salarios minimos __|no no si no no (8) |

28. Participacién de utilidades

hasta 15 salarios minimos generaies no no no no si

mas de quince salarios minimos generales no no si no si

28. Instrumentos de trabajo no no no no no

30. Honorarios

a consejeros o administradores no no si no no

preponderantes(11) si si Si si si

31. Gratificaciones ordinarias si si sf si si

32, Seguro de gastos médicos no no no(7) no si

33. Seguro de invalidez ho no no(7) no si

34. Seguro de vida no no no?) no si

35. Retroactivo de sueldo si sf si si si

120

Page 132: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Comentarios al cuadro de integracién de la base de contribuciones

sobre salarios

(1) Integra saiario el excedente del limite de ley de 3 horas diarias,

maximo 3 dias en una semana.

(2) Esta exento de impuesto ei 50% de las horas que no rebasen el

limite de ley, y a su vez que el importe del pago no rebase de 5 veces

e! salario minimo por semana por e! excedente se paga el impuesto.

(3) Se considera como condicionante principal el hecho de ser

constantes, por lo que se integra el total, pues el criterio del Instituto

Mexicano del Seguro Social, es que se trata de un sobresueldo.

(4) Por el excedente se paga ei impuesto.

(5) Las aportacienes deben ser maximas de! 13% del salario del

trabajador, con un tope de 10 veces el salario minimo general.

(6) No integra si es una cantidad igual a la que aporta el trabajador.

No debe retirarse mas de dos veces en un afio. Si la aportacién

patronal excede de ia de! subordinado, se debe integrar la diferencia

(7) Por ser previsién social esta exento hasta 7 veces el salario

minimo elevado al afo.

(8) Deben integrar cuando se pueda cuantificar su monto, aunque la

ley no precisa como.

121

Page 133: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

(9) Prestacién de prevision social. Debe darse en forma general.

(10) La integraci6n es discutible..

(11) La relacién laboral debe comprobarse. No hay relacién laboral.

(12) Es onerosa cuando el trabajador paga como minimo el 20% del

salario minimo diario del D.F.

(13) Salvo para el Impuesto Sobre la Renta, no forman parte del

salario, pues Son pagos por terminaci6on de la relacion laboral.

(14) Respecto a la alimentacién para IMSS se aumenta el salario diario

en un 8.33% por alimento al dia, completando un 25% siempre

que se den los 3 aiimentos. Respecto de la habirtaci6n se

aumenta el salario diario en un 25%.

(15) Articulo 81 del Reglamento de la Ley del impuesto Sobre fa Renta.

Articulos 66, 84 y 143 Ley Federal del Trabajo.

Articulos 77 y 78 de la Ley del Impuesto Sobre ja Renta.

Articulos 19,20,80 y 81 del Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre

la renta.

Articulos 27 y 32 de la Ley del Seguro Social.

122

Page 134: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

4.6 Porcentajes para el calculo de cuotas de Seguridad Social

Poreentajes para la: rami

_ Enfermedades y LMS.S

Del 4 de julio de 1997 al 34 de diciembre de 1998.

Prestaciones

Enespecie | En especie En dinero % Total

Art.106-I Art. 106-1 Art. 107

% Patron 13.9 (4) 6 (2) 07 20.6

% Trabajador 2 (2) 0.25 2.25

% Total 13.9 (1) 8 (2) 0.95 22.85

Los porcentajes establecidos tienen su fundamento en los articulos que

aparecen en cada columna, sin embargo debe tomarse en cuenta el

articulo decimonoveno transitorio, el cual establece que:

(1) La tasa del 13.9% se incrementara en 0.65% al 1 de julio de cada

ano.

(2) La tasa del 6% se reducira en 0.49%; y la tasa del 2% se reducira

en 0.16% también al 1 de julio de cada afio.

Ambas empezando en 1998 y terminando en el 2007, pero en el

articulo 2 del Decreto que reformdé el parrafo primero del articulo 1

transitorio de esta ley, se extendid la fecha por seis meses para ser

congruente con la entrada en vigor de la ley.

123

Page 135: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Porcentajes para el caiculo de cuotas de Seguridad Social

Erifermedades y materiidad — 1LM.S.S

Del 1 de enero al 31 de diciembre de 1999

Prestaciones

Enespecie | En especie En dinero % Total

Art.106-1 Art. 106-II Art. 107

% Patron 14.55 5.51 0.7 20.76

% Trabajador 1.84 0.25 2.09

% Total 14.55 (3) | 7.35 (3) 0.95 22.85

Por lo explicado en los comentarios al cuadro anterior para 1998 las

modificaciones a jas tasas de esta rama de seguro, se inician a partir

de enero de 1999 para quedar como se muestra. (Articulo 2 del

Decreto por el que se reforma el parrafo primero del articulo 1

transitorio de la Ley del Seguro Social, publicado el 21 de noviembre

de 1996.)

(3) Se calcula una cuota fija del salario minimo del D.F por esta tasa

(4) Se calcula aplicando la tasa al salario base de cotizacién

disminuido por 3 veces el salario minimo del D.F

124

Page 136: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

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Page 137: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

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Page 138: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

CAPITULO 5 DESARROLLO PRACTICO

Page 139: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Capitulo §. Desarrollo Practico

5.1 Caso practico

A continuacién se presenta el desarrollo practico del pago de los

sueldos y salarios en la empresa “Artesanal Ham, S.A. de C.V., Ja cuai

cuenta en su némina con seis trabajadores, de los cuales cuatro son

personal administrativo y dos mas son sindicalizados.

La compafia otorga a sus trabajadores las siguientes prestaciones:

Aguinaldo. En forma general 30 dias de salario diario.

Vacaciones: Las minimas establecidas en ja ley.

Prima vacacional: En general el 35 %

Tiempo extra: Para los trabajadores sindicalizados y ja secretaria.

Finiquito: De acuerdo a la ley.

Bono de productividad: Se paga a todos en general, pero ésta sujeto al

desempefio laboral del trabajador, y se calcula sobre la base del salario

diario de cada uno, pagandose una o dos veces al afio, segtin los

méritos del trabajador. Este pago se efectua en los meses de julio y

diciembre.

127

Page 140: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Los datos importantes para el desarrollo del tema son los siguientes:

Salario minimo vigente del 1 de enero al 2 de diciembre de 1998:

$ 30.20

Salario minimo vigente del 3 al 31 de diciembre de 1998:

$ 34.45

Proporcién de subsidio para 1998:

66.10%

Subsidio acreditable:

32.20%

Subsidio no acreditable:

67 80%

128

Page 141: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Artesanal Han S.A. de C.V, -

Datos generales de 108 trabajadores

Numero Nombre Sdiaria _-Puesto Ingreso Antigdedad

10 Rafael Rivera Ramirez

RIRR 630217 6V2

01-86-63-0129-2

$

355.00 Contador 16-Oct-94 4 afios

20 Ivette Hernandez Montoya

HEMI 720728 NXO

01-90-72-5001-1

450 00 Gerente de ventas 05-Nov-92 6 afios

30 Carmen Zamora Rico

ZARC 410703 AK4

01-58-41-1945-5

300.00 Gerente de compras 01-Dic-83 15 afios

40 Irma Garcla Figueroa

GAFI 690525 KC3

01-88-69-2514-6

175 00 Secretaria 01-Ago-95 3 afios

100 Juan José Alvarez Rios

AARJ 580731 F24

01-79-58-0855-7

70.00 Operador de torno 01-Dic-96 2 ahos

200 Héctor Farias Cervantes

FACH 740627 RU7

01-91-74-3428-2

30.20

34.45

Ensamblador 01-Dic-96 2 afios

129

Page 142: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

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Page 143: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

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Page 144: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

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Page 145: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

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Page 146: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

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Page 147: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

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Page 148: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Artesanal Ham S.A. de C.V. CAlculo de partes praporcionales por separacién

Nombre Garmen Zamora Rico Ntrnero 30 Puesto Gerente de compras Dfastaboradas 334 fecha de ingreso 81-Dice-83 Antighedad 45 afios Fecha de renuncia 30-Nov-98 Vacaciones 18 dies

Lugar de expedicién : México D.F. . S.minimo DFS 30.20 Fecha expedicion. 30-Nov-08 : Salerio diario: 3 300,00 oo

Subtotal Grayados Exentos Total Sueldo de noviembre 9,125.00 9,125.00

Bono de productividad 3,000.00 3,000.00

Gratificacién x separacién: Tres meses de salario $300 X 90 dias = $ 27,000.00 Veinte dlas por afio $300 X 300 dias= 90,000 00

Prima de antiguedad:

12 dias X aflo de servicios 12 x 15 =180 Doble de! salario minimo $ 60.4 x180 = 10,872.00

Exento 90 dias sm.X afio (80 x $ 30.20)15 = ~40,770 00 $87,102.00 $40,770.00 127,872.00

Aguinalde Proporcional:

27 45 dias X 334 dias laborados

27.45 x $ 300 = 8,235.62

Exento 30 dlasdesm $3020X30=$ 906 27.45/30 dlas= 0.915 $ 906 XO 915 = -829.05 7,406 57 829 05 8,235.62

Vacaciones:

16 dias X $ 304.17 = 5,475.00 5,475 00 000 5,475 00

Prima vacacional $5475 x 35% = 1,916.25

Exento 15 dias de sm $302X15= ~453.00 1,463 25 453.00 4,916 25

Totales 113,571 82 42,052 05 155,623.87 LS.P.T. -21,594 00

EM.S.S, -378 56

TOTAL A PAGAR $133,651.34

136

Page 149: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Concepto

Sueldo

Tiempo extra Bono p.

Vacaciones

Prima V.

Aguinaido

POTU.

Total

Concepto

Sueldo

Tiempo extra

Bono p.

Vacaciones Prima V.

Aguinaldo

P.T.U.

Total

Artesanal Ham S.A. de C.V.

Rafael Rivera Ramirez

Total de ingresos

Gravables Exentos Total Fecha de pago

de exenios

125,255.64 0.00 125,255.64 0.00 0.00 0,00

5,325.00 0.00 5,325.00 4,319.16 0.00 4,319.16

994,96 516.75 4,511.74 Dic-98 9,616.50 4,033.50 10,650.00 Dic-98

0.00 0.00 0.00 145,511.26 4,550.25 = 147,061.51

Artesanal Ham S.A. de C.V.

Ivette Hernandez Montoya

Total de Ingresos

Gravables Exentos Total Fecha de pago

de exentos

157,862.50 0.00 187,862.50

0.00 0.00 0.00

6,750.00 0.00 6,750.00 6,387.50 0.00 6,387.50

1,718.88 516.76 2,235.63 Dic-98 42,466.50 1,033.50 13,500.00 Dic-98

0.00 0.00 000

185,185.38 1,550.25 186,735 63

137

Page 150: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Artesanal Ham S.A. de C.V.

Carmen Zamora Rico

Total de Ingresos

Concepto Gravables Exentos Total Fecha de pago

de exentos

Sueldo 100,375.00 0.00 100,375.00

Tiempo extra 0.00 0.00 0.00

Bono p. 4,500.00 0.00 4,500.00 Vacaciones 5,475.00 0.00 5,475.00

Prima V 1,463.25 453.00 1,916.25 Nov-98

Aguinaldo 7,406.57 829.05 8,235.62 Nov-98

Pima antiguedad 0.00 10,872.00 10,872.00 Nov-98

Gratificaci6n x separaci6n 87,102.00 29,898.00 117,000.00 Nov-98

PLT. 0.00 0.00 0.00

Total 206,321.82 42,052.05 248,373.87

Artesanal Ham S.A. de C.V.

Irma Garcia Figueroa

Total de Ingresos

Concepto Gravables Exentos Total Fecha de pago

de exentos

Sueldo 62,100.69 0.00 62,100.69

Tiempo extra 4,362.63 453.00 1,815.63 Jul-98

Bono p. 2,625.00 0.00 2,625.00

Vacaciones 4,774.31 0.00 1,774.31

Prima V. 104.26 516.75 621.01 Dic-98

Aguinatdo 4,216.50 1,033.50 5,250.00 Dic-98 POT. 0.00 0.00 0.00 Total 72,183.38 2,003.25 74,186.64

138

Page 151: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Concepto

Sueldo

Tiempo extra

Bono p.

Vacaciones

Prima V.

Aguinaldo

P.T.U. Total

Concepto

Sueldo

Tiempo extra

Bono p.

Vacaciones Prima V

Aguinaldo

P.T.U,

Total

Artesanal Ham S.A. de C.V.

Juan José Alvarez Rios

Total de Ingresos

Gravables Exentos Total Fecha de pago

“de exentos

24,982.21 0.00 24,982.21 472.50 236.25 708.75 Jul-98

700.00 0.00 700.00

§67.79 0.00 567.79

0.00 198.73 198.73 Dic-98 1,086.50 1,033.50 2,100.00 Dic-98

0.00 0.00 0.00 27,789.00 1,468.48 29,257.48

Artesana! Ham S.A. de C.V.

Héctor Farias Cervantes

Total de Ingresos

Gravables Exentos Total Fecha de pago

de exentos

10,870.65 0.00 10,870.65 113.40 181.44 294.84 Jul-98

344.50 0.00 344.50

275.60 0.00 275.60 9.00 96.46 96.46 Dic-98 0.00 1,033.50 1,033.50 Dic-98

0.00 0.00 0.00

11,604.15 1,311.40 12,915.55

139

Page 152: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

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140

Page 153: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Artesanal Ham 8.A. de C.V.

Rafael Rivera Ramirez

Retencidn segun el articulo 86 y 91 del Reglamento de la Ley de! Impuesto Sobre la renta

Para aguinaldo, prima vacacional y pago acumulado en diciembre del bono de 6 meses .

Aguinaldo $ 10,650.00

Prima vacacional 1,511.71

12,161.71

parte exenta -1,550.25

parte gravada 10,611.46

Bono de productividad 3,550.00

total 14,161.46 Fraccion |

Promedio mensual (10,611.46 / 365) 30.4 = $ 883.80

Promedio del bono (3,550.00 / 365)2 x 30.4 = $ 591.34 $ 1,475.14

Fraccién i

Promedio + Sueldo ordinario $1,475.14 + $10,797.90 = $ 12,273.04

Impuesto segun articulo 80 $ 3,015.30

Subsidio acreditable articulo 80-A -424.66

Crédito al salario articulo 80-B -143.09

Impuesto del sueldo mas el promedio $2,477.55

Fracci6n til

impuesto del sueldo mas el promedio $ 2,477.55

Impuesto del sueldo mensual _ordinario ( ver diciembre) -2,053.45

Diferencia $ 424.10

Fraccién IV y V

Diferencia /Promedio=Tasa 424.10/ 1475.14 28.75%

Parte gravada $ 14,161.46

Tasa de impuesto x 28.75%

Retencidén por aguinaido, prima vacacional y bono $ 4,071.39

Retencién con el calculo general det articulo 80 $ 4,386.16

‘Como puede observarse conviene aplicar el cAlculo opcional para retencién de impuesto

cuando se trate de percepciones extraordinarias.

144

Page 154: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

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142

Page 155: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Artesanal Ham $.A. de C.V. | Ivette Hernandez Montoya

Retenclén segun el articuto 66 y 91 del Reglamento de fa Ley del Impuesto Sobre fa renta Para aguinaido, prima vacacional y pago acumulado en diciembre del.bono de 6 meses .

Aguinaido $ 13,500.00

Prima vacacionat 2,235.63

15,735.63

parte exenta -1,560.25

parte gravada 14,185.38

Bono de productividad 4,500.00

total 18,685.38

Fraccién |

Promedio mensual (14,185.38 / 365) 30.4 = $ 1,181.47

Promedio del bono (4,500.00 / 365)2 x 30.4 = $_ 749.59

$ 1,934.05 Fraccién

Promedio + Sueldo ordinario $1,931.05 + $13,687.50 = $ 15,618.55

Impuesto segin articulo 80 $ 4,143.36 Subsidio acreditable articulo 80-A -543.63 Crédito al salario articulo 80-B -113.09

Impuesto del sueldo mas el promedio $ 3,486.64

Fraccién iit Impuesto del sueldo més el promedio $ 3,486.64

Impuesto de! sueldo mensual _ordinario ( ver diciembre) -2,893.50

Diferencia $ 593.14

Fraccién IV y V Diferencia / Promedio = Tasa_ 593.14/1931.05 30.72%

Parte gravada $ 18,685.38

‘Tasa de impuesto X 30.72%

Retencién por gratificacién y prima vacacional $ 5,739.40

Retencién con el célcuto general del articulo 80 $ 6,048.15

Como puede observarse conviene aplicar el calculo opcional para retencién de impuesto

cuando se trate de percepciones extraordinarias.

143

Page 156: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

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144

Page 157: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Artesanal Ham S.A. de C.V.

Carmen Zamora Rico

Retencién segtin el articule 86 y 91 del Regiamento de ta Ley del Impueste Sobre fa renta Para aguinaldo, prima vacacional y pago-acumulado en noviembre del bono de 6 meses.

Aguinaldo

Pnma vacacional

parte exenta parte gravada

Bono de productividad

total

Fraccion |

Promedio mensual (8,869.83 / 365) 30.4 =

Promedio del bono (3,000.00 / 365)2 x 30.4 =

Fraccién {1

Promedio + Sueldo ordinario $1,238.48 + $ 9,125.00 =

Impuesto segun articulo 80 $ 2,385.15

Subsidio acreditable articulo 80-A +343.50

Crédito al salario articulo 80-B -113.09 impuesto de! sueldo mas el promedio

Fraccién Il

Impuesto de! sueldo mas el promedio

Impuesto de! suetdo mensual _ordinario ( ver agosto)

Diferencia

Fraccion IV y V

Diferencia/Promedio=Tasa 356 06/1238.48 28.75%

Parte gravada $ 11,869.83

Tasa de impuesto X 28.75% Retencién por gratificacién, prima vacacional y bono

Retencion con el calculo general del articulo 80

$ 8,235.63 1,916.25

10,151.88

11,869.83

$ 738.75 $499.73 $ 1,238.48

$ 10,363.48

$ 1,928.56

$ 1,928.56 -1,572.50

$ 356.06

$_ 3,412.55

$3,697.77

Como puede observarse conviene aplicar el calculo opcional para retencién de impuesto cuando se trate de percepciones extraordinarias.

14

Page 158: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Artesanal Ham S.A.de OV. ~~ Carmen Zamora Rico

Retencién sobre fa Gratificacion por separacion y ptima de antiguedad.

Gratificaci6n por separacién 117,000.00

Prima de antiguedad + 10,872.00

parte exenta -40,770.00

Parte gravada 87,102.00

diumo sueldo mensual ordinario 9,125.00

impuesto del sueldo mensual 1,572.50

Tasa de impuesto 1872.50/9125 = 17.23%

Parte gravada 87,102.00

tasa determinada 17.23%

Impuesto a retener $1

Determinacién del impuesto a retener por noviembre 98 Impuesto del sue!do mas vacaciones 3,173.78

Impuesto de aguinaido, prima vacacional y bono 3,412.55

impuesto de la gratificacion por separacién 15,007.67

total a retener por el mes de noviembre $ 21,594.00

146

Page 159: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

147

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Page 160: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Artesanal Ham 5.A. de C.V.

irma Garcia Figueroa

Retencién segun el articulo 86 y 91 dei Reglamento de Ja Ley del Impuesto Sobre ja renta

Para aguinaldo. prima vacacional y pago acumulade en diciembre dei hono de § meses .

Aguinaldo $ 5,250.00

Pnma vacacional 621.01

5,871.01

parte exenta 1,650.25

parte gravada 4,320.76

Bono de productividad 1,750.00

total 6,070.76

Fraccién |

Promedio mensual (4,320.76 / 365) 30.4 = $ 359.87

Promedio del bono (1,750.00 / 365)2 x 30.4 = $ 291.51

$ 651.38

Fracci6n Il Promedio + Sueldo ordinario $651.38 + $5322.92 = $ 5,974.30

Impuesto segdn articulo 80 $ 942.49

Subsidio acreditable articulo 80-A -151.75

Crédito al salario articulo 80-B -113.09

Impuesto del sueido mas el promedio $677.65

Fraccién tl (mpuesto del sueldo mas el promedio $ 677.65

impuesto de) sueido mensual _ordinario ( ver diciembre) -511.58

Diferencia $166.07

Fraccién IV y V Diferencia / Promedio= Tasa 166.07/ 651.38 = 25.50%

Parte gravada $ 6,070.76

Tasa de impuesto x 25.50%

Retencién por aguinaldo, prima vacacional y bono $1,547.75

Retencidn con el} calculo general del articulo 80 $ 1,713.15

Como puede observarse conviene aplicar el calculo opcional para retencién de impuesto

cuando se trate de percepciones extraordinarias.

148

Page 161: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

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Page 162: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Artesanal Ham S.A. de C.V.

Juan José Alvarez Rios

Retencién segin ef articulo 86 y 91 del Reglamento deta Ley del [mpuesto Sobre la renta

Para aguinaldo, prima vacacional y pago acumuladg-en diciembre -del-bono de 6 meses .

Aguinaldo $ 2,100.00

En este caso observamos que al resultar crédito al salario a devolver, no hay

tasa de impuesto que aplicar al aguinaldo, prima y bono, mas sin embargo el

crédito a devolver es menor, lo cual es ldgico, pues los ingresos son mayores

Al aplicarse el procedimiento general del articulo 80

Prima vacacional 198.73

2,298.73 parte exenta 1,232.23

parte gravada 1,066.50

Bono de productividad 700.00

total 1,766.50

Fraccion | Promedio mensual (1,086.50 / 365) 30.4 = $ 88.83 Promedio del bono (700.00 / 365)2 x 30.4 = $116.60

$ 205.44

Fraccién Il Promedio + Sueldo ordinario $205.44 + $2,129.17 = $2,334.61

Impuesto segun articulo 80 $ 211.37 Subsidio acreditable articuio 80-A -34.02

Crédito al salario articulo 80-B 7243.26

credito a devolver por el sueldo mas et promedio -65.94

Fraccién Ill Crédito del sueldo més ei promedio 65.91 Crédito del sueldo mensual ordinario ( ver Agosto) 98.50

lel resuitado es un impuesto a cargo de: $ 192.39

150

Page 163: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

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151

Page 164: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Artesanal Ham $.A. de CV.

Héctor Farias Cervantes

Retencién segin ef arlicuto 86 y 94 det Reglamento de la Lay- del impueste Sobre ia renta

Para aguinaldo, prima vacacional y page acumulario en diciembre del bono-de 6 meses .

Aguinaldo $ 1,033.50

Proma vacacional 96.46

4,129.96

parte exenta ~1,129.96

parte gravada 0.00

Bono de productividad a

total 344.50

Fraccién | Promedio mensual (0.00 / 365) 30.4 = 0,00

Promedio del bono (344.50 / 365)2 x 30.4 = “$57.39 $ 57.39

Fraccién I Promedio + Sueldo ordinario $57.39 + $1,041.65 = $ 1,099.04

Impuesto segun articulo 80 $ 87.81

Subsidio acreditable articulo 80-A -14.13

Crédito al salario articulo 80-B -258.88

credito a devolver por el sueldo mas e! promedio -185.20

Fraccién Hl Crédito del sueldo mas el promedio 485.20

Crédito del sueldo mensual ordinario ( ver diciembre) 190.02

En este caso observamos que al resultar crédito al salario a devolver, no hay

ltasa de impuesto que aplicar al aguinaldo, prima y bono, mas sin embargo el

crédito a devolver es menor, lo cual es ldgico, pues los ingresos son mayores

Al aplicarse e} procedimiento general del articulo 80

El resultado es un crédito a devolver menor : $ 161.00 152

Page 165: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

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Page 166: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

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Page 167: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

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Page 168: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Artesanal Ham, 8.A. De C.V.

Determinacién de ta proporcién de subsidio para el afio 1999.

Concepto Gravables

Percepciones:

Sueldos 481,446.69

Trempo extra 4,948.53

Bono de productividad 20,244.50

Vacaciones 18,799.36

Prima V.acacional 4,281.35

Aguinaldo 34,772.57

Pima de antiguedad 0.00

Gratificaci6n x separacién 87,102.00

POT. 0.00

Total Percepciones 648,595.00

Exentos

0.00 870.69

0.00 0.00

2,298.44 5,996.55

10,872.00 29,898.00

0.00 49,935.68

Aportaciones patronales al: LM.S.S. S.AR INFONAVIT TOTAL

Total de erogaciones efectuadas

Total de ingresos gravados

total de erogaciones efectuadas

1,00

Proporcién de subsidio -0.79

Proporcién no acreditable 0.21

Muitiplicado por dos 0.41

menos 1.00

Proporcién acreditable. 0.59

$48,595.00

816,232.90

100 =

Total

481,446.69 2,819.22

20,244.50 18,799.36 6,579.79

40,769.12 10,872.00

417,000.00 0.00

_ 698,530.68

79,812.53 10,982.97 26,906.72

117,702.22

816,232.90

0.7946

59.00%

156

Page 169: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

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Page 170: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

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Page 171: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

37

CONSTANCIA DE RETENCIONES POR

SALARIOS Y CONCEPTOS ASIMILADOS

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2 INGRESOS POR SALARIOS Y EN GENERAL POR LA PRESTACION DE UN SERVICIO PERSONAL SUBORDINADO

: 147,061.51

147,061.51

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* 10,668.18

29,711.67

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3 TNGRESOS POR JUBILACIONES, PENSIONES G HAGERES DE RETIRO RECIBIDOS EN PARCSALIDADES

+

4 THGRESOS POR PRIMAS DE ANTIGUEOAD, RETIROS, INDEMNIZA' IONES U OTROS PAGOS POR SEPARACION

DATOS DEL RETENEDOR

AHA fANlin PN

ARTESANAL HAM S.A. de C.V. MATANZAS # 1198 CUL. ZACATENCO C.P. 07360 MEXICO DF

ARFLLANO MIRANDA HECTOR AEMH 670108 P95.

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SE EXPIDE POR DUPLICADO 158

Page 172: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

IMPRIMEX

37

CONSTANCIA DE RETENCIONES POR

SALARIOS Y CONCEPTOS ASIMILADOS

* Gl Ges Ged eo] DATOS DEL CONTRIBUYENTE A QUIEN SE LE EXPIDE LA CONSTANCIA

TIGRESOS POR SALARIOS Y EN GENERAL POR LA PRESTACION DE UN SERVICIO PERSONAL SUBORDINADO

6,435.72

1,769.25

TNGRESOS POR PRIMAS DE ANTIGUEDAD RETIROS, INDEMNIZAt IONES U OTROS PAGOS POR SEPARACION

DATOS DEL RETENEDOR

ARTESANAL . HAM SA DE CV

Ki. AEMH 670108 P95

a oe

Page 173: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

IMPRIMEX

CONSTANCIA DE RETENCIONES POR

SALARIOS Y CONCEPTOS ASIMILADOS

37

DATOS DEL CONTRIBUYENTE A QUIEN SE LE EXPIDE LA CONSTANCIA

ZAMORA RICO CARMEN

ZARU 4T0703 AK

120,501.87

120,501 .87

¥, 282.05

PQPOAL ON DE SUBS C 20 Ta3_E [0.3220

0

3,528.18 7,428.91

23,237.10

TNGRESOS POR PRIMAS DE ANTIGUEDAD, RETIROS, INDEMNIZACIONES U OTROS FAGOS POR SEPARACION

127,872.00 40,770.00 87, 102-00

9,425.00 9,125.00

15,007.67, DATOS DEL RETENEDOR

AHA 680116 P04

ARTESAn AL AM SA DE CV MATANZAS 1198 COL. ZACATENCU CP. 07360 MEXICU DF

ARELLANG MIRANUA HECTOR

AEM 67U1U8 P95

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WOR AU ETE

SE EXPIDE POR OUPLICADO

Page 174: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

CONSTANCIA DE RETENCIONES POR

SALARIOS Y CONCEPTOS ASIMILADOS

“ 1998_| [12_] [1998

1 DATOS DEL CONTRIBUYENTE A QUIEN SE LE EXPIDE LA CONSTANTIA

GARCIA FIGUEROA IRMA

GAFI 690525 C3

OR LA PRESTACION DE UN SERVICIO PERSONAL SUBORDINADO

: 74,186.64

74,186.64

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1,919.74

4,042.17 8,699.75

3 WIGRESOS POR JUBILACIONES. PENSIONES © HABERES UE RETIRO RECIBIDOS EN PARCIALIDADES

7 oe

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a MGRESOS POR PRIMAS OE ANTIGUEDAD, RETIROS, INDEMNIZACIONES U OTROS PAGOS POR, SEPARACION

DATOS DEL RETENEDOR

AHA 680116 PQ4 ARTESANAL HAM SA UE CY

MATANZAS 1198 COL, ZACATENCU C.P, 07360 MEXICO YE.

ARELLANO MIRANDA HECTOR

AFMH 6701pR 295

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SEO E 5 se F RNA DE RECIBIOO POR E. SONTR BUYENTE

SE EXPIDE POR DUPLICADO

Page 175: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

37

CONSTANCIA DE RETENCIONES POR

SALARIOS Y CONCEPTOS ASIMILADOS

DATOS DEL CONTRIBUYENTE A QUIEN SE LE EXPIDE LA CONSTANCIA

ALVAREZ 210S_JUAN_JUSE AAR) 580731 F21

29,257.48

29,257.48 eae 3220

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INGRESOS POR PRIMAS DE ANTIGUEDAD, RETIROS, INDEMNIZACIONES U OTROS PAGOS POR SEPARACION

QATOS DEL RETENEDOR

AHA 680116 PQ4 ARTESANAL HAM SA DE CV RATANZAS 1198 COL. ZACATENCU C.P. 07360 MEXICO D.F.

ARELLANO MIRANDA HECTOR AEMH 670108 P95

162

1TH RIKEN T= i Stutt tam peascaceeser

‘SE EXPIDE POR DUPLICADO

Page 176: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

CONSTANCIA DE RETENCIONES POR

SALARIOS Y CONCEPTOS ASIMILADOS

1 DATOS DEL CONTRIBUYENTE A QUIEN SE LE EXPIDE LA CONSTANCIA.

FARTAS CERVANTES HECTUR FACH 740627 RV7

2 TaGHESOS POR SALARIOS Y EN GENERAL POR LA PRESTACION DE UN SERVICIO PERSONAL SUBORDINAOO

Poa SeRy COS PERSOWA.ES 12,915.55

PESOS Ev SE 12,915.56

1,3]7.40 - 4 = pAOPORC Ov DE SUBS DB CASRED TABLE

oO 3220

0.

145.76. 306.94

2224.71

DATOS DEL RETENEDOR

AHA 680116 PQ4 ARTESANAL HAM SA. DE C.V

MATANZAS 1198 COL.-ZACATENCO C,P,07360-MEXICU-DF.

ARELLANO MIRANDA HECTOR ASMH_670108-—P95.

163 SEUOE se Rta DE RECIBDO POPE. CONTR BUYE STE

‘SE EAPIDE POR DUPLICADO.

Page 177: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

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Page 179: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

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Page 181: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

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Page 182: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Artesanal Ham S.A. de C.V. Determinacién def sdlario base de cotizacién de Enéro 98 a Enero 99.

. - Rafael Rivera Ramirez Fecha de ingreso 18-Oct-94 :

Meses de Salario Factordel Salario Diario Salario base

Cotizacién Diario 4to afio Integrado Cotizacién a b axb+variables c

Para Enero a Julio 98 $355.00 4.0937 $ 388.26 §$ 388.26

Para Agosto 98 355.00 1.0937 $ 388.26

Bono pagado en julio/ dias agosto: $ 1,775.00 / 31 dias de agosto 98 = 57.26 $ 445.52

Para Septiembre y hasta 15 octubre 355.00 1.0937 $ 388.26 $ 388.26

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Para Enero 99 355.00 4.0956 $ 388.94

Bono pagado en dic.98/ dias enero $ 3,550.00/31 dias enero 99 = 114.52 $ 503.45

Ariesanal Ham S.A. de CY, Determinacién del salarie base de cotizacién de Enero 98.4 Enero 99. |

~ Ivette Hernandez Montoya -

Fecha de ingreso 5-Nov-92

Meses de Salario Factordel Salario Diario Salario base

Cotizaci6n Diario 6toy7oafio Integrado Cotizacién

a b axb+variables c

Para Enero a Julio 98 $450.00 4.0956 $ 493.02 $ 493.02

Para Agosto 98 450.00 1.0956 $ 493.02

Bono pagado en julio/ dias agosto: § 2,250.00 / 31 dias de agosto 98 = 72.58 $ 565.60

Para Septiembre a Diciembre 98 450.00 1.0956 $ 493.02 $ 493.02

Para Enero $9 450.00 1.0956 $ 493.02

Bono pagado en dic.98/ dias enero $ 4,500.00/31 dias enero 99 = 145.16 $ 638.18

El salario base de cotizacién de esta persona estuvo topado en todos los meses en la rama

de Invalidez y vida, asi como Cesantia en edad avanzada y vejez; De enero a junio el tope fue de $453.00, en julio aumenta a 16 salarios minimos, que es el monto de $483.20, hasta el 3

de diciembre en que aumenta el salario minimo a $34.45 y el tope por consiguiente a $551.20

169

Page 183: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Artesanal Ham S.A. de C.V. Determinacién del salario base de cotizaci6n de Enero 98 a Enero 99,

Carmen Zamora Rico Fecha de ingreso 01-Dic-83

Meses de Salario . Factordel Salario Diario Salario base

Cotizacién Diario 15vo afio Integrado Cotizacién a b axbtvariables c

Para Enero a Julio 98 $300.00 1.0995 $ 329.85 $ 329.85

Para Agosto 98 300.00 4.0995 $ 329.85

Bono pagado en julio/ dias agosto: $ 1,500.00 / 31 dias de agosto 98 = 48.39 $ 378.24

De Septiembre al 30 de noviembre 300.00 1.0995 $ 329.85 $ 329.85

Baja al 30 de noviembre 1998

Artesanal Ham $.A. de-C.V. Determinacién del salario base de cdtizacion de Enero 98 a, Enero: 99.

doma Garcia Figueroa Fecha de ingreso 4-Ago-95 |

Meses de Satario Factordel Salario Diario Salario base

Cotizacién Diario 3ery4toafio —Integrado Cotizacién

a b axbt+variables c

Para Enero a Julio 98 $175.00 4.0918 $ 191.07 $ 191.07

Para Agosto 98 175.00 1.0937 $ 191.40

Bono pagado en julio/ dias agosto:

$ 875.00 / 31 dias de agosto 98 = 28.23

Tiempo extra julio/ dias agosto: $721.00 / 31 dias de agosto 98 = 23.26 $ 242.89

Para Septiembre a Diciembre 98 175.00 1.0937 $ 191.40 $ 191.40

Para Enero 99 175.00 1.0937 $ 191.40

Bono pagado en dic.98/ dias enero

$ 1,750.00/31 dias enero 99 = 66.45 $ 247.85 170

Page 184: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Artesanal Ham-S.A. de C.V.

Determinacién del salario base de cotizacién de Enero 98 a Enero 99.

Juan José Alvarez Ries Fecha de ingreso 4-Dic-96

Meses de Salario Factordel Salario Diario § Salario base

Cotizaci6n Diario 2doy3erafio = Integrado Cotizacién

a b axb+variables c Para Enero a Julio 98 $ 70.00 1.0899 $ 76.29 $ 76,29

Para Agosto 98 70.00 1.0899 76.29

Tiempo extra julio/ dias agosto:

$236 25 / 31 dias de agosto 98 = 7.62 $ 83.91

Para Septiembre a Noviembre 98 70.00 1.0889 $ 76.29 $ 76.29

Para Diciembre 98 70.00 1.0918 § 76.43 $ 76.43

Para Enero 99 70.00 1.0918 $ 76.43 Bono pagado en dic.98/ dias enero

$ 700.00/31 dias enero 99 = 22.58 $ 99.04

Ariesanal Ham S.A. dev. Determinacién del salario base de-cotizacion de Enero 98 a Enero 99.

Héctor Farias Cervantes Fecha de ingreso 4-Dic-96

Meses de Salario Factordel Salario Diario Salario base

Cotizacién Diario 2doy3erafio —Integrado Cotizacién

a b axbtvariables G Para Enero a Julio 98 $ 30.20 4.0899 $ 32.91 §$ 32.91

Para Agosto 98 30.20 1.0899 32.91

Tiempo extra julio/ dias agosto: $113.40 / 31 dias de agosto 98 = 3.66 $ 36.57

Para Septiembre a Noviembre 98 30.20 = 1.0899 $ 32.91 $ 32.91

Para Diciembre ty2 del 98 30.20 1.0918 $ 32.97 $ 32.97

Para Diciembre 3 al 31 del 98 34.45 1.0918 $ 37.61 §$ 37.61

Para Enero 99 34.45 1.0918 $ 37.61 Bono pagado en dic.98/ dias enero

$ 344.50/31 dias enero 99 = 41.41 $ 48.73

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Page 185: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

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Page 188: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

175

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Page 189: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

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Page 203: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

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Page 204: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Conclusiones

La historia nos ha demostrado que nada permanece igual, todo cambia

en las relaciones humanas. El trabajo a través de los afios ha

evolucionado, hasta llegar a la época actual, donde existen en el

mundo leyes y tratados internacionales, que regulan las relacionées

laborales y los salarios para evitar que se siga explotando a aquellos

que solo poseen su fuerza de trabajo; Sin embargo no podemos

establecer gue la explotaci6n del hombre por ef hombre haya

desaparecido al 100%, pero si nos es posible decir que en la

actualidad fos trabajadores tienen derechos legales como el de percibir

un salario, que antigtiamente no poseian.

México al ser parte del sistema universal de las cosas, ha sufrido

diversos cambios sociales y econdmicos, que lo han llevado a

establecer la reglamentacién de las relaciones laborales en la Ley

Federal del Trabajo.

Esta ley establece ias reglas para la armonia entre las partes que

componen esta relacién, pero podemos decir que establece

19}

Page 205: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

mayormente los derechos de ios trabajadores que los de los patrones

tevistiendo un caracter paternalista, jo cual desde mi punto de vista es

comprensible, toda vez que los trabajadores dueftos unicamente de su

fuerza de trabajo siempre han estado en desventaja frente a los duefios

de los medios de produccién.

Conocer toda la informaci6n de los aspectos laborales, da la

posibilidad de desarrollar un entorno idéneo para trabajadores y

patrones, que redunde en una mayor productividad y capacidad de

competencia, que sin duda son factores determinantes en el éxito de

ambas partes.

Es necesario llevar a cabo la Reforma Fiscal de la que tanto se ha

hablado, la cual permita ampliar la base de contribuyentes cautivos,

distribuyendo en una forma equitativa la carga fiscal, y que ademas

simplifique las leyes tributarias que en este momento podemos

considerar complejas para el cumplimiento de las obligaciones de los

sujetos de ja relacién laboral. Todo esto crearia una cultura fiscal de

los cludadanos que pagarian sus impuestos por conviccién y no solo

por obligacién.

192

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La reforma para 1999 que modifica fas tarifas para pago de los

impuestos por sueidos y salarios, no origina una disminucidén en los

impuestos de los trabajadores con bajos y medianos sueldos que son el

grueso de la poblacién economicamente activa, sino un aumento én las

contribuciones de la minoria con sueldos mas altos.

Es necesario conocer de manera integral las disposiciones que

intervienen en los sueldos y salarios, para que los patrones den

cumplimiento a las obligaciones a su cargo, establecidas en cada una

de las leyes, evitando problemas legales, y ademas beneficiando a los

trabajadores con ‘el correcto pago de las aportaciones de seguridad

social.

No cabe duda que el conocimiento integral de todos los aspectos

legales que intervienen en el pago de los salarios y las contribuciones

que estos originan, eficientan el] trabajo administrativo reduciendo

gastos, evitando pérdida de tiempo, lo que origina un crecimiento

profesional, empresarial y por consiguiente del pais.

193

Page 207: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

Bibliografia

Constitucién Politica de los Estados Unidos Mexicanos México, Porrda, 1996

Ley del Impuesto Sobre La Renta Dofiscal Editores Mexico, 1999

Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta Dofiscal Editores México, 1999

Cédigo Fiscal de la Federacién Dofiscal Editores México, 1999

Reglamento del Codigo Fiscal de la Federacién Dofiscal Editores México, 1999"

Ley Federal del Trabajo Dofiscal Editores México, 1998

Regiamento de La Ley Federal del Trabajo Dofiscal Editores

México, 1998

Ley del Seguro Social Dofiscal Editores México, 1999

Reglamento de la Ley de! Seguro Social Dodiscal Editores

México, 1999

194

Page 208: “ESTUDIO FISCAL INTEGRAL. ANALISIS FISCAL DE LOS …

10. Compendio de disposiciones fiscales sobre sueldos y salarios. México, ISEF, 1999

41. Barron Morales, Alejandro Estudio Practico del ISR para Personas Fisicas 94 México, EFISA, 1994

12. iturriaga Bravo, Luis Estudio Practico del Regimen Fiscal de Sueldos y Salarios México, EFISA, 1994

13. De La Torre, Francisco

Introduccion a ta Legislacion Laboral

México, McGraw Hill, 1988.

14, Rueda Heduan, Ivan/ Rueda del Valle, ivan

integracién Salarial Aspectos Laborales y Fiscales México, ISEF, 1996

15. Oficina Internacional de! Trabajo Los Salarios México, Alfaomega, 1996

16. Bricefio Ruiz, Alberto Derecho Individual de! Trabajo México, Harla, 1996

17. Rodriguez Lobato, Ratt Derecho Fiscal México, Harla, 1998.

18. Practica Fiscal México, Tax Editores,

Segunda Quincena de Diciembre de 1998.

19. Practica Fiscal México, Tax Editores Primera Quincena de Marzo de 1999.

20 Practica Fiscal México, Tax Editores

Primera Quincena Febrero 1999

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