ensayo sobre las candidaturas independientes en méxico
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BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA
Desarrollo de Habilidades en el Uso de la Tecnología, la Información y la Comunicación (DHTIC)
CATEDRATICO: MIRANDA QUIROZ MANUEL
TAREA 4: ENSAYANDOPOR:
ALEJANDRO SILVA CASIANO
VERANO 2016
Las candidaturas independientes como nueva forma de democracia.
Introducción
1. Las Candidaturas Independientes
1.1. Antecedentes históricos de las candidaturas independientes
1.2. Las candidaturas independientes en la política mexicana
2. Requisitos para la candidatura independiente en México
2.1. Principales problemáticas de las candidaturas independientes
3. Las elecciones del 2015: El triunfo de las candidaturas independientes
Conclusiones
Bibliografía
Introducción
En el siguiente ensayo se atenderá el tema de las candidaturas independientes en
nuestro país, un tema que ha estado en el centro de atención debido a los
recientes procesos electorales del 2015 y recientemente el proceso del 2016 en
nuestro estado, y es de gran importancia conocer más sobre este reciente
fenómeno político en nuestro país.
El ensayo va dirigido a las personas interesadas en conocer más sobre las
candidaturas independientes, por conocimiento general o por interés de formar
parte de una candidatura de este tipo en algún momento de su vida. De este modo
el vocabulario que se utilizara en el siguiente ensayo será un técnico, ya que
utilizara un argot propio del tema expuesto, sin embargo, simplificara y explicare
los tecnicismos utilizados.
Considero que las candidaturas independientes son una forma efectiva de la
participación ciudadana y una nueva oportunidad para una verdadera democracia
en nuestro país, pero es nuestro deber como ciudadanos seguir presionando, así
como se ha venido haciendo hasta el momento para que las candidaturas
independientes sean cada vez más comunes y confiables para una verdadera
democratización del sistema político en nuestro país.
1. Las Candidaturas Independientes
En primer lugar, se señala lo que se entenderse por candidato: Candidato.
“(Lat. Candidatus, blanco, por alusión al color con que se presentaban al público
entre los romanos los aspirantes a un cargo o dignidad). Persona que pretende
algún cargo, honor o dignidad. Persona a quien, mediante representación anterior
o propuesta autorizada por electores, se reconoce el derecho a intervenir en una
elección popular, por sí misma o por apoderados”.1
El segundo término a señalar es el de independiente: Independiente.
“adj. Que no tiene dependencia, que no depende de otro, es decir, autónomo.”
Basándonos en las definiciones anteriores, podemos concretar qué
candidato independiente es “aquella persona que pretende algún cargo político
de elección popular sin tener dependencia de algún partido político”
1.1. Antecedentes históricos de las candidaturas independientes
A partir de la independencia en 1810 y hasta la Revolución mexicana en 1910, las
candidaturas individuales estaban reguladas en la Ley, a pesar de que existían
grupos de individuos que por compartir una plataforma ideológica se les puede
asimilar con partidos políticos, éstos existían en la realidad más no en las leyes,
destacando que durante este siglo los protagonistas siempre fueron los individuos
y no los partidos políticos, hasta 1911 es reconocida legalmente la existencia de
los partidos políticos, sin embargo, todavía durante esta etapa por la conformación
de los partidos –con hombres ilustres y caudillos-, los partidos dependían de los
candidatos y no éstos de aquéllos.2
Fue hasta el 2 de julio de 1918 se publicó en el Diario Oficial la Ley para
Elecciones de Poderes Federales en la cual entre otros puntos se requería el
registro de candidatos, a esta Ley se le considera como el antecedente inmediato
de las candidaturas independientes porque en su artículo 107 señala: “Artículo
1 1 Juan Palomar de Miguel. Diccionario para Juristas. Tomo I. Letras A-I. Editorial Porrúa. México, 2000. Pág. 2442 Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Disponible en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/COFIPE.pdf
107. Los candidatos no dependientes de partidos políticos tendrán los mismos
derechos conferidos a los candidatos de éstos, siempre que estén apoyados por
cincuenta ciudadanos del Distrito, que hayan firmado su adhesión voluntaria en
acta formal”
1.2. Las candidaturas independientes en la política mexicana
Pese a la falta de legislación expresa que reglamentara las candidaturas
independientes en el ámbito federal antes del año 2012, en los años de 1998 y
2007 se presentaron dos casos en donde ciudadanos participaron de manera
independiente en comicios locales (Tamaulipas y Yucatán) para ocupar el cargo
de presidente municipal, resultando ganadores en sus respectivas elecciones. En
el año de 1998 se presentó María del Rosario Elizondo Salinas como candidata
independiente para ocupar el cargo de presidente municipal del municipio de
Jiménez en el Estado de Tamaulipas, y en las elecciones municipales del 20 de
mayo de 2007, Adonai Avilés Sierra contendió como candidato independiente al
cargo de presidente municipal de Yobaín, Estado de Yucatán, y resultó ganador
con un total de 552 votos.
Fue hasta el año 2015 donde en México existió un considerable interés por
este tipo de candidatura, con los triunfos de candidatos “independientes”. Seis
ciudadanos sin el aval de un partido político recibieron la mayor cantidad de
votos. Los triunfos de estos candidatos independientes rompieron paradigmas:
ciudadanos sin partido, sin estructura, con escasos recursos públicos y privados y
con limitados spots en radio y televisión lograron imponerse sobre las grandes
maquinarias partidistas que tienen acceso a todo tipo de recursos (legales y, en
ocasiones, ilegales).
2. Requisitos para la candidatura independiente en México
El proceso de selección de candidatos independientes comprende las etapas
siguientes:
I. La convocatoria. II. Los actos previos al registro de candidatos independientes.
III. La obtención del apoyo ciudadano. IV. El registro de candidatos
independientes.
Para la obtención del registro se necesita la cédula de respaldo que deberá
contener:
I. Para la candidatura a Gobernador, la firma de una cantidad de ciudadanos
equivalente al 3% de la lista nominal de electores, y estar integrada por electores
de por lo menos sesenta y cuatro municipios, que representen, cuando menos, el
1.5% de ciudadanos que figuren en la lista nominal de electores en cada una de
ellas.
II. Para la fórmula de diputados de mayoría relativa, la firma de una cantidad de
ciudadanos equivalente al 3% de la lista nominal de electores, correspondiente al
distrito electoral en cuestión, y estar integrada por ciudadanos de por lo menos la
mitad de las secciones electorales que representen, cuando menos, el 1.5% de
ciudadanos que figuren en la lista nominal de electores en cada una de ellas.
III. Para la planilla de integrantes de los ayuntamientos de mayoría relativa, la
firma de una cantidad de ciudadanos equivalente al 3% de la lista nominal de
electores correspondiente al municipio en cuestión, y estar integrada por
ciudadanos de por lo menos la mitad de las secciones electorales que representen
cuando menos el 1.5% de ciudadanos que figuren en la lista nominal de electores
en cada una de ellas.
En todos los casos, la Lista Nominal deberá ser con corte al 31 de agosto del año
previo al de la elección.
Además de lo señalado en el artículo que antecede, la cédula de respaldo que
presente el aspirante a candidato independiente deberá contener:
I. Conforme al formato que proporcione el Instituto, se anotarán los datos de los
ciudadanos que decidan brindar su apoyo de manera clara y autógrafa; la firma
deberá coincidir con la credencial para votar. En el caso de que un ciudadano no
sepa firmar, deberá colocar la marca asentada en la Credencial para Votar; en
caso de no existir alguna, colocará su huella digital. 3
3 Según el artículo 19 y 20 de reglamento para el registro de candidaturas independientes del instituto electoral del estado.
2.1. Principales problemáticas de las candidaturas independientes
1. Resulta más fácil formar un nuevo partido que competir una candidatura
independiente. La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales,
establece que un aspirante a candidato independiente a la presidencia requiere
recabar al menos 1% del electorado nacional (800 mil firmas) que apoyen su
candidatura dentro de un plazo de 4 meses, en tanto en la Ley General de
Partidos Políticos en su artículo 10 establece que un partido solo necesita el
0.26% del padrón electoral para su registro (208 mil firmas).
2. Los aspirantes a candidatos independientes previo a su registro no contarán
con acceso a los tiempos de radio y televisión para obtención de apoyo
ciudadano, además, los candidatos independientes en campaña contarán con
menos tiempo en radio y televisión que candidatos apoyados por algún partido.
3. Si sufren agravios en el proceso de registro no podrán acudir al Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación, como lo hacen los partidos políticos,
lo cual resulta una trampa procesa.
4. Los candidatos independientes tienen gran desventaja en financiamiento
público frente a partidos. Toda la promoción de propuestas e imagen previa a su
registro como candidatos independientes para lograr el apoyo ciudadano
necesario se realizará con sus propios recursos.
3. Las elecciones del 2015: El triunfo de las candidaturas independientes
El asunto más trascendente de 2015 son los triunfos de candidatos
“independientes”. Seis ciudadanos sin el aval de un partido político recibieron la
mayor cantidad de votos. En el ámbito federal, Manuel Clouthier Carrillo fue el
único independiente que ganó una diputación federal, y en el local, Jaime
Heliodoro Rodríguez Calderón “El Bronco” se llevó la gubernatura de Nuevo León;
Pedro Kumamoto ganó una diputación local en Jalisco y tres independientes
ganaron las elecciones para ocupar una alcaldía en Nuevo León, Guanajuato y
Michoacán.
Según los análisis de Integralia, 509 iniciaron los trámites para obtener una de
estas candidaturas. De ese total, solo 123 alcanzaron las candidaturas; es decir, la
tasa de éxito fue de 24.17 por ciento. Las pasadas elecciones del 2015 fueron una
experiencia exitosa puesto que hubo cientos de ciudadanos que manifestaron su
interés y decenas que lograron su registro. El hecho de que seis candidatos hayan
ganado —uno de ellos como gobernador de una de las entidades más prósperas
del país— refleja que se trata de un arranque muy importante para posteriores
candidaturas.
Conclusión
Las candidaturas independientes en México no son recientes, los cargos políticos
en tiempos revolucionarios eran ocupados por personas y sus ideales, no los de
un partido político; sin embargo la reciente centralización de los partidos políticos
en la democracia mexicana apartaron este ideal, no fue hasta las elecciones del
2015, donde las candidaturas independientes dieron un paso hacia adelante.
Como ciudadanos nos queda participar de forma directa o indirecta en esta nueva
forma de hacer política, con los recientes comicios electorales, quedo claro que la
participación ciudadana puede ayudar a cambiar la política mexicana y que puede
existir una verdadera participación ciudadana dejando de lado el monopolio
partidista en México.
Bibliografía
Olguin, José. Diez razones para dudar de las candidaturas independientes como un auténtico espacio de representación ciudadana. SDP Noticias. 2de Julio de 2015. (Fecha de consulta: 08 de junio de2016) Disponible en:http://www.sdpnoticias.com/columnas/2014/07/02/10-razones-para-dudar-de-las-candidaturas-independientes-como-un-autentico-espacio-de-representacion-ciudadana
Ugalde, Carlos. Una alternativa funcional. Revista EstePais: Tendencias y Opiniones. 1 de Julio de 20015. (Fecha de consulta: 08 de junio de 2016) Disponible en:http://estepais.com/articulo.php?id=55&t=una-alternativa-funcional
Instituto Nacional Electoral. Reglamento para registro de candidaturas independientes; (Fecha de consulta: 08 de junio de 2016) Disponible en: http://www.ieem.org.mx/d_electoral/reglamentos/candidaturas_ieem.pdf
Gamboa, Claudia. Candidaturas independientes: estudio conceptual, de antecedentes. Camara de Diputados. Dirección General de Servicios de Documentación, Información y Análisis. (Fecha de consulta: 08 de junio de 2016) Disponible en: http://www.diputados.gob.mx/sedia/sia/spi/SAPI-ISS-09-11.pdf