enfermedades ocupacionales en venezuela

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ENFERMEDADES OCUPACIONALES EN VENEZUELA. En Venezuela las enfermedades ocupacionales la encontramos tipificadas en la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela en su Artculo 87 Todo patrono o patrona garantizar a sus trabajadores y trabajadoras condiciones de seguridad, higiene y ambiente de trabajo adecuados. El Estado adoptar medidas y crear instituciones que permitan el control y la promocin de estas condiciones. As tambin la Ley Orgnica de Prevencin, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo Gaceta Oficial N38.236, del 26 de julio de 2005, en su artculo 70 , define como enfermedad ocupacional, laboral, de trabajo o profesional, como "los estados patolgicos contrados o agravados con ocasin del trabajo o exposicin al medio en el que el trabajador o la trabajadora se encuentra obligado a trabajar, tales como los imputables a la accin de agentes fsicos y mecnicos, condiciones disergonmicas, meteorolgicas, agentes qumicos, biolgicos, factores psicosociales y emocionales, que se manifiesten por una lesin orgnica, trastornos enzimticos o bioqumicos, trastornos funcionales o desequilibrio mental, temporales o permanentes. En este sentido tenemos que la declaracin de enfermedad ocupacional es responsabilidad del empleador o empleadora, quien deber realizarla dentro de las primeras 24 horas siguientes al diagnstico de la patologa de presunto origen ocupacional, segn la Ley Orgnica de Prevencin, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat), y la Norma Tcnica para la Declaracin de Enfermedad Ocupacional (NT-02-2008). Para declarar una enfermedad ocupacional, el artculo 73 de la Lopcymat, destaca la responsabilidad que tiene el empleador o empleadora de informar y declarar la enfermedad ocupacional durante las primeras 24 horas siguientes al diagnstico de la patologa.Que son Enfermedades Ocupacionales: La Lopcymat, especficamente en su artculo 70, define como enfermedad ocupacional, laboral, de trabajo o profesional, como "los estados patolgicos contrados o agravados con ocasin del trabajo o exposicin al medio en el que el trabajador o la trabajadora se encuentra obligado a trabajar, tales como los imputables a la accin de agentes fsicos y mecnicos, condiciones disergonmicas, meteorolgicas, agentes qumicos, biolgicos, factores psicosociales y emocionales, que se manifiesten por una lesin orgnica, trastornos enzimticos o bioqumicos, trastornos funcionales o desequilibrio mental, temporales o permanentes. El Instituto Nacional de Prevencin, Salud y Seguridad Laborales (Inpsasel), registr durante el ao 2009, un total de 1.904 enfermedades ocupacionales. Dicha cifra fue obtenida a travs del sistema en lnea que involucra el trabajo constante de la Direccin de Epidemiologa y Anlisis Estratgico, la Direccin de Medicina Ocupacional y las 16 Direcciones Estadales de Salud de los Trabajadores (Diresat), ubicadas en el territorio nacional.Al hablar sobre las enfermedades ocupacionales, es necesario conocer lo que significa el riesgo, debido a su presencia en toda actividad econmica donde acte directa o indirectamente el ser humano, en este caso trabajador y trabajadora. De esta forma, se define riesgo en la NT-02-2008, como la probabilidad de que ocurra dao a la salud. Sin embargo, se puede extender el concepto de riesgo como una medida de potencial prdida o lesin en trminos de probabilidades de ocurrencia de un evento no deseado junto con la magnitud de las consecuencias, es decir, riesgo son aquellas condiciones de trabajo que tienen la probabilidad o son susceptibles de causar dao a la salud y al proceso de produccin. Esto los convierte en factores agresivos para la salud. Muchos de los riesgos que originan las enfermedades ocupacionales son "invisibles" porque: La relacin causa - efecto es poco observable en enfermedades producidas por exposicin a largo plazo. Igualmente, es probable que no se puedan eliminar todos los riesgos en un lugar de trabajo, pero si pueden reconocerse o detectarse, decidir cuales se pueden corregir e identificar situaciones de riesgo en el mbito laboral. Por esto, el Inpsasel impulsa la prevencin para impedir que el riesgo exista, esto siempre con la responsabilidad de los empleadores y empleadoras, quienes deben invertir en mtodos y condiciones seguras, y no esquivando la ley, que tarde o temprano generan problemas y lo peor de todo, la muerte de trabajadores y trabajadoras las cuales no pueden repararse jams. El listado de Enfermedades Ocupacionales se divide en sesiones como la de Enfermedades Ocupacionales del Sistema Osteomuscular, las cuales encabezan la lista en las estadsticas venezolanas, pues son las que mayormente sufren los trabajadores y trabajadoras. Entre algunos de los padecimientos est el lumbago ocupacional, trastornos del disco intervertebral y el sndrome del tnel carpiano. Luego las Afecciones Auditivas, aqu los procesos peligrosos se deben a la exposicin a ruidos por encima de los 85 decibeles segn el tiempo, vibraciones e intensidad del ruido. Igualmente, las enfermedades de las cuerdas vocales como disfonas, plipos, ndulos y otras lesiones por el uso de la voz de forma excesiva. Las enfermedades causadas por exposicin a agentes qumicos; tambin por exposicin a agentes fsicos; afecciones de la piel; problemas relacionados con el ambiente fsico y afecciones por factores psicosociales, comprendidas por ms de 60 patologas distintas dentro del listado. Y no esquivando la ley, que tarde o temprano generan problemas y lo peor de todo, la muerte de trabajadores y trabajadoras las cuales no pueden repararse jams. El listado de Enfermedades Ocupacionales se divide en sesiones como la de Enfermedades Ocupacionales del Sistema Osteomuscular, las cuales encabezan la lista en las estadsticas venezolanas, pues son las que mayormente sufren los trabajadores y trabajadoras. Entre algunos de los padecimientos est el lumbago ocupacional, trastornos del disco intervertebral y el sndrome del tnel carpiano. Luego las Afecciones Auditivas, aqu los procesos peligrosos se deben a la exposicin a ruidos por encima de los 85 decibeles segn el tiempo, vibraciones e intensidad del ruido. Igualmente, las enfermedades de las cuerdas vocales como disfonas, plipos, ndulos y otras lesiones por el uso de la voz de forma excesiva. Las enfermedades causadas por exposicin a agentes qumicos; tambin por exposicin a agentes fsicos; afecciones de la piel; problemas relacionados con el ambiente fsico y afecciones por factores psicosociales, comprendidas por ms de 60 patologas distintas dentro del listado. Enfermedades por HIV, hepatitis vrica A, B y C; Varicela, Herpes simple, paludismo entre otras, forman parte de las enfermedades causadas por exposicin a agentes biolgicos. Las afecciones del aparato respiratorio, como el asma ocupacional, bronquitis y neumonitis por inhalacin de gases, humo, vapores y sustancias qumicas se incluyen en la lista. Finalmente, la lista culmina con enfermedades del sistema sanguneo; enfermedades del ojo; del sistema circulatorio y otras enfermedades ocupaciones como la hepatitis txica, insuficiencia renal aguda, crnica e infertilidad masculina. Todo el listado propone unas 229 patologas, las cuales se incrementan da a da gracias a los aportes que se obtienen principalmente de los trabajadores y trabajadoras a nivel nacional, por medio de los encuentros regionales donde se discute la reforma de la Norma Tcnica (NT-02-2008). La finalidad del balance, aparte de informar sobre la actuacin del Inpsasel, es la de lograr que cada ao, mes y da, se contabilicen, registren, declaren, y se certifiquen las accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales en Venezuela, pues aunque sea una meta difcil de lograr, el reto est en crear mtodos que ayuden a formar una cultura preventiva, donde el ser humano, el trabajador y la trabajadora, sea el centro de la solucin, no los productos, no los servicios, no la produccin, sino la salud de los trabajadores como ncleo o punto de inicio para una verdadera seguridad y salud en el trabajo.CAUSAS DE LAS ENFERMEDADES OCUPACIONALES. A menudo es difcil determinar las causas de las enfermedades ocupacionales, entre otros motivos por el periodo de latencia (es decir, el hecho de que puedan pasar aos antes de que la enfermedad produzca un efecto latente en la salud del trabajador). Cuando se detecta la enfermedad puede ser demasiado tarde para tratarla o para determinar a qu riesgo estuvo expuesto el trabajador en otros tiempos. Otros factores, como el cambio de trabajo, o el comportamiento del personal (por ejemplo fumar o consumir bebidas alcohlicas) agravan an ms la facultad de vincular las exposiciones acaecidas en el lugar de trabajo a la aparicin de una enfermedad. Aunque hoy en da se conoce mejor que anteriormente algunos riesgos laborales, todos los aos aparecen nuevos productos qumicos y tecnologas que presentan nuevos riesgos y a menudos desconocidos para los trabajadores y la comunidad. Estos riesgos nuevos y desconocidos constituyen graves problemas para los trabajadores, los empleadores, los instructores y los cientficos; es decir, para todos los ocupan de la salud de los trabajadores y de las consecuencias que los agentes de riesgo tienen en el medio ambiente.CONSECUENCIAS DE LAS ENFERMEDADES OCUPACIONALES. La enfermedad profesional es objeto de seguro obligatorio, como los accidentes de trabajo, y se asegura conjuntamente con stos, siendo nulo el pacto de exclusin de la enfermedad profesional en el aseguramiento de los accidentes. Rige aqu el principio de responsabilidad empresarial, en igual medida y extensin que en los accidentes de trabajo, siendo sta, como en los accidentes, una responsabilidad tasada, lo que se traduce en un cuadro de prestaciones idnticas a las de accidente de trabajo pero con algunas peculiaridades. Antes de que se declare la existencia de una enfermedad profesional, puede ser necesario un perodo de observacin, que tiene como finalidad el estudio mdico de la enfermedad profesional, cuando haya necesidad de aplazar el diagnstico definitivo. El trabajador en situacin de observacin por esta causa, puede tener necesidad de abandonar temporalmente su trabajo, en cuyo caso puede permanecer en esta situacin hasta un mximo de un ao, asimilndose a la situacin de incapacidad temporal. La prestacin econmica ser del 75% del salario, mientras dure la situacin de baja en el trabajo. Como consecuencia de la enfermedad profesional pueden producirse unas resultas o secuelas que impliquen para el trabajador ya consecuencias profesionales y transitorias, ya resultas definitivas, como incapacidades en sus distintos grados, lesiones definitivas no invalidantes, o la muerte. En estos casos, el rgimen de prestaciones es similar al de accidente de trabajo.Sin embargo, en las resultas de la enfermedad profesional se produce una peculiaridad, pues puede darse la situacin de que al trabajador se le detecten sntomas de enfermedad profesional que, no obstante, no afectan a su capacidad de trabajo, o bien, una vez sano y sin merma de su capacidad de trabajo, se tenga la probabilidad o certeza de que si vuelve a su trabajo anterior puede recaer en la enfermedad profesional, que es desencadenada por el medio. En estos supuestos se prescribe el traslado del trabajador a otro puesto de trabajo de la misma empresa que est exento de riesgo para su salud, conservando la remuneracin del antiguo puesto, excepto las cantidades ligadas directamente a la produccin. Dependiendo de las dimensiones de la empresa, no siempre existe en los mismos suficientes nmeros de puestos de trabajo exentos de riesgo. En los casos en que un trabajador est declarado en situacin de incapacidad absoluta o gran invalidez, derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional, y posteriormente fallezca, la muerte se reputa con presuncin iuris et de iure como debida al accidente o la enfermedad profesional, a efectos de las prestaciones que pudieran corresponder a los derechohabientes del trabajador fallecido. En los dems casos, la relacin entre enfermedad y muerte debe probarse y cualquiera que sea el tiempo transcurrido, tratndose de enfermedades profesionales. El dictamen de la autopsia resulta definitivo a estos efectos. CONCLUSIN Se denomina enfermedad profesional a aquella enfermedad adquirida en el puesto de trabajo de un trabajador por cuenta ajena. Son ejemplos la neumoconiosis, la alveolitis alrgica, la lumbalgia, el sndrome del tnel carpiano, la exposicin profesional a grmenes patgenos, diversos tipos de cncer, etc. La disciplina dedicada a su prevencin es la Higiene industrial; la Medicina del trabajo se especializa en la curacin y rehabilitacin de los trabajadores afectados; y la Ergonoma se encarga del diseo productivo de los ambientes de trabajo para adaptarlos a las capacidades de los seres humanos. En Venezuela las enfermedades ocupacionales la encontramos tipificadas en la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela en su Artculo 87 y en la Ley Orgnica de Prevencin, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo Gaceta Oficial N 38.236, del 26 de julio de 2005, en su artculo 70 , define como enfermedad ocupacional, laboral, de trabajo o profesional, como "los estados patolgicos contrados o agravados con ocasin del trabajo o exposicin al medio en el que el trabajador o la trabajadora se encuentra obligado a trabajar En cuanto a las causas de las enfermedades ocupacionales se puede decir que menudo es difcil determinar las causas de las enfermedades ocupacionales, entre otros motivos por el periodo de latencia (es decir, el hecho de que puedan pasar aos antes de que la enfermedad produzca un efecto latente en la salud del trabajador). Como consecuencia de la enfermedad profesional pueden producirse unas resultas o secuelas que impliquen para el trabajador ya consecuencias profesionales y transitorias, ya resultas definitivas, como incapacidades en sus distintos grados, lesiones definitivas no invalidantes, o la muerte."Tambin quienes desempeen sus labores en cooperativas u otras formas asociativas, comunitarias, de carcter productivo y de servicio, cualesquiera sea su naturaleza, el lugar donde se ejecute, persiga o no fines de lucro, estarn amparados por las disposiciones de la presente Norma Tcnica." Investigacin de la enfermedad ocupacional La realiza el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo quin debe explicar lo sucedido, realizar el diagnstico correspondiente y adoptar los correctivos necesarios, que son: Se basa en el anlisis de la actividad de trabajo, considerando las tareas, actividades y operaciones que se ejecutan o ejecutaban durante el tiempo de exposicin Debe identificar los procesos peligrosos, las condiciones inseguras, insalubres o peligrosas que existieron o persisten en dicho puesto de trabajo Cuando el puesto de trabajo del empleado involucrado no exista o se haya modificado al momento del estudio se realizar una investigacin retrospectiva del caso basada en la declaracin del trabajador afectado, debiendo ser ratificado, de ser posible, con trabajadores testigos que hayan laborado en el mismo puesto de trabajo, en puestos cercanos, contando con la presencia del Delegado de Prevencin y/o Comit de Seguridad y Salud Laboral Debe ser presentada de manera escrita en un informe que debe adems ser revisado por el Comit para su conocimiento, anlisis, propuestas y planes de accin. Riesgos en el trabajo: Al hablar sobre las enfermedades ocupacionales, es necesario conocer lo que significa el riesgo, debido a su presencia en toda actividad econmica donde acte directa o indirectamente el ser humano, en este caso trabajador y trabajadora.

De esta forma, se define riesgo en la NT-02-2008, como la probabilidad de que ocurra dao a la salud. Sin embargo, se puede extender el concepto de riesgo como una medida de potencial prdida o lesin en trminos de probabilidades de ocurrencia de un evento no deseado junto con la magnitud de las consecuencias, es decir, riesgo son aquellas condiciones de trabajo que tienen la probabilidad o son susceptibles de causar dao a la salud y al proceso de produccin. Esto los convierte en factores agresivos para la salud. Entre ellos se encuentran: Riesgos Fsicos: De estos riesgos el ruido constituye la primera causa de enfermedad ocupacional, produciendo sordera profesional y otros efectos extra-auditivos que afectan integralmente al trabajador. Riesgos Qumicos: Estos son responsables de muchas patologas ocupacionales, las ms importantes en el pas son: enfermedades de la piel (dermatosis), enfermedades respiratorias, intoxicaciones por los metales pesados y solventes, que dejan daos irreversibles en la salud del trabajador. Muchos de los riesgos que originan las enfermedades ocupacionales son "invisibles" porque: - Los trabajadores que se quejan o denuncian son despedidos o ignorados. - Se busca mantener a los trabajadores en la ignorancia con respecto a los riesgos. - La relacin causa-efecto (generalmente exigida por los sistemas de compensacin a las leyes) es poco observable en enfermedades producidas por exposicin a largo plazo en bajas concentraciones. - La mayora de las sustancias que se manejan en los centros de trabajo no se le conoce su efecto sobre la salud y tampoco hay inters por estudiarlo. Igualmente, es probable que no se puedan eliminar todos los riesgos en un lugar de trabajo, pero si pueden reconocerse o detectarse, decidir cuales se pueden corregir e identificar situaciones de riesgo en el mbito laboral. Elementos a considerar para la investigacin de la enfermedad ocupacional para su declaracin:1. Los siguientes datos del trabajador Nombres, apellidos, nmero de cdula de identidad, fecha de nacimiento, estado civil, fecha de ingreso y fecha de egreso (si aplica), direccin de habitacin, mano dominante, sexo, condicin actual de trabajo. Relacin de horas extras laboradas durante el tiempo de exposicin a los procesos peligrosos asociados con la enfermedad, describiendo el nmero de vacaciones disfrutadas, la duracin de cada una, y si son realizados exmenes mdicos antes, durante o posterior al reintegro, enunciando el tipo de examen, por lo menos en el ltimo ao Informacin recibida por escrito acerca de los principios de la prevencin de las condiciones inseguras o insalubres presentes en el ambiente laboral del puesto o los puestos ocupados Educacin recibida respecto a la promocin de la seguridad y salud, la prevencin de accidentes y enfermedades ocupacionales, as como tambin en lo que se refiere al uso de equipos de proteccin personal, usados en aquellos casos donde no existan formas de control en la fuente o en el medio Antecedentes laborales, mencionando la empresa y actividades que realizaba, cronolgicamente Descripcin del cargo o los cargos ocupados, indicando el o los puestos habituales de trabajo. La informacin que debe ser descrita de forma cronolgica, en atencin a los cargos ocupados, durante el tiempo de exposicin a los procesos peligrosos asociados con la enfermedad 2. Datos de la Gestin de Seguridad y Salud en el Trabajo Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo: Se deber mencionar si existe o no, si es propio o mancomunado; en caso de existir deber indicar su conformacin y fecha, horarios, funciones realizadas durante el periodo en que se est realizando la investigacin, personas que lo integran con los datos de identificacin personal y los cargos que ocupan Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo: Se deber mencionar si existe o exista en ejecucin, un Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo durante el tiempo de exposicin a los procesos peligrosos o riesgos asociados al objeto, medios, organizacin y divisin del trabajo, en caso de ser afirmativo deber indicar si fue elaborado bajo los criterios establecidos en la Norma Tcnica de Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo Comit de Seguridad y Salud Laboral: Se deber mencionar si estuvo constituido o no, precisando la fecha de constitucin del mismo y durante el tiempo de exposicin a los procesos peligrosos o riesgos asociados con la enfermedad, de la trabajadora afectada o del trabajador afectado al momento de la manifestacin de la enfermedad, las demandas realizadas por las Delegadas o los Delegados de Prevencin y las acciones tomadas por el Comit de Seguridad y Salud Laboral, con relacin al puesto o cargo evaluado (en caso que se hayan realizado) Inscripcin de la trabajadora o del trabajador ante el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS): Se deber mencionar la fecha de la inscripcin de la trabajadora o del trabajador ante el IVSS y anexar copia de la constancia de inscripcin ante el organismo y la participacin de retiro (en los casos en los que aplique). 3. Criterio higinico ocupacional Tiempo de exposicin, en el o los puestos de trabajo: se deben reflejar las jornadas diarias y semanales, incluyendo las horas extraordinarias laboradas, as como tambin el cumplimiento de los permisos de trabajo y reposos mdicos, durante el tiempo de exposicin a los procesos peligrosos y riesgos asociados con la enfermedad Condiciones de trabajo asociadas a la patologa y procesos peligrosos derivados del proceso de trabajo: intrnsecos al objeto de trabajo y sus transformaciones; derivados de los medios de trabajo; derivados de la interaccin con los medios y objeto de trabajo; derivados de la organizacin del trabajo Monitoreos o evaluaciones de las condiciones y medio ambiente de trabajo y del puesto de trabajo realizadas. Expresando los resultados obtenidos e indicando expresamente los valores tcnicos de referencia, segn legislacin vigente Descripcin del o los agentes etiolgicos Controles realizados: en la fuente; en el medio; controles administrativos; equipos de proteccin personal utilizados en el puesto de trabajo objeto de estudio, con sus especificaciones tcnicas, demostrando la imposibilidad de utilizacin de las medidas de control en la fuente o en el medio, que justificaron su utilizacin Aspectos de seguridad y salud considerados en el diseo del puesto de trabajo En los casos donde la trabajadora afectada o el trabajador afectado haya laborado en diferentes puestos de trabajo, durante su tiempo de permanencia en la empresa, se deber realizar un estudio por cada puesto ocupado, con relacin a la patologa presentada, considerando los elementos que se expresan en el punto 2 de la presente Norma Tcnica (de Declaracin de Accidentes y Enfermedades Ocupacionales) 4. Datos epidemiolgicos Morbilidad general y especfica (referida a la patologa al cargo y al puesto de trabajo de la trabajadora o del trabajador) registrada por el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo correspondiente, al menos de los tres aos anteriores a la fecha de realizacin del estudio y al momento de la aparicin de las primeras manifestaciones de la enfermedad Indicar resultados de encuestas o entrevistas (de forma annima), realizadas a las trabajadoras y los trabajadores, que ocupan u ocuparon puestos de trabajo similares al cargo y al puesto investigado, (slo en el caso que la morbilidad no refleje la patologa presente en la trabajadora o el trabajador y se investigue o estudie enfermedades de tipo msculo esqueltico) Resumen de los reposos mdicos, donde indique los motivos ms frecuentes de ausentismo laboral y el rea a la cual pertenecen 5. Criterio clnico El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, deber identificar los signos, sntomas, antecedentes personales, informes mdicos relevantes, examen pre-empleo (indicando la condicin de salud al ingreso de la trabajadora o del trabajador), peridicos y de egreso, diagnstico mdico y cualesquiera que les fueran realizados a la trabajadora o el trabajador, en los cargos y puesto de trabajo, objeto de estudio. Artculo 27 del Reglamento Parcial de la Ley Orgnica de Prevencin Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo publicado en Gaceta Oficial N 38.596 del 02 de Enero de 2007 6. Criterio Paraclnico El Servicio de Seguridad y Salud deber, indicar las evaluaciones de apoyo y soporte del criterio clnico (laboratorio, diagnstico de imagen, espirometra, audiometra, entre otros), realizadas a la trabajadora afectada o el trabajador afectado Responsabilidad del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo en la Investigacin de la enfermedad ocupacional: Llevar a cabo el estudio de los puestos de trabajo de la empresa y en el caso de la trabajadora o del trabajador afectado, el estudio individual que agrupe todos aquellos puestos y cargos ocupados por ste, considerando: los mtodos de trabajo as como las mquinas, herramientas y tiles de trabajo, la organizacin del trabajo, las caractersticas psicolgicas, cognitivas, culturales y antropomtricas de los mismos, con la participacin de la trabajadora afectada o del trabajador afectado, Delegados y Delegadas de Prevencin y el Comit de Seguridad y Salud Laboral Garantizar la vigilancia de la salud de las trabajadoras y de los trabajadores, a travs de los exmenes peridicos (pre-empleo, pre y post vacacional, egreso y especiales) y en los procesos productivos, ejecutando acciones de identificacin, evaluacin y control de las condiciones y medio ambiente de trabajo, que puedan afectar tanto la salud fsica como mental de las trabajadoras y de los trabajadores o que puedan incidir en el ambiente externo del centro de trabajo o sobre la salud de su familia, con el fin de concebir puestos de trabajo adecuados a las trabajadoras y los trabajadores Elaborar el informe de investigacin de la enfermedad ocupacional, con la participacin de los Delegados y Delegadas de Prevencin, Comit de Seguridad y Salud Laboral Proponer a la empleadora o al empleador, asociadas o asociados y al Comit de Seguridad y Salud Laboral, los planes de accin o cambios requeridos en los puestos de trabajo existentes o estudiados, as como de manera preventiva al momento de introducir nuevas maquinarias, tecnologas o mtodos de organizacin del trabajo, con la finalidad de lograr que la concepcin del puesto de trabajo permita el desarrollo de una relacin armoniosa entre la trabajadora o el trabajador y su entorno laboral