empresa: concepto jurídico

14
Empresa: Concepto Jurídico No hay un concepto jurídico de empresa, pues la ley no la define. Todos los autores coinciden en q “empresa" es un concepto económico, ni jurídico, y se la suele definir como: Organización de los factores de la producción de bienes o de servicios destinados a su comercialización"

Upload: sereno

Post on 12-Jan-2016

64 views

Category:

Documents


1 download

DESCRIPTION

Empresa: Concepto Jurídico. No hay un concepto jurídico de empresa, pues la ley no la define. Todos los autores coinciden en q “empresa" es un concepto económico, ni jurídico, y se la suele definir como: - PowerPoint PPT Presentation

TRANSCRIPT

  • Empresa: Concepto JurdicoNo hay un concepto jurdico de empresa, pues la ley no la define. Todos los autores coinciden en q empresa" es un concepto econmico, ni jurdico, y se la suele definir como:

    Organizacin de los factores de la produccin de bienes o de servicios destinados a su comercializacin"

  • La Empresa comercialLa empresa es la organizacin del trabajo ajeno y del capital, para producir bienes o servicios destinados a ser cambiados

    La empresa es una manifestacin de trabajo colectivo, un conjunto de esfuerzos armonizados para la realizacin de un fin comn.

    Conceptos de empresaDiccionario de la Real Academia Espaola: La entidad integrada por el capital y el trabajo, como factores de produccin y dedicada a actividades industriales, mercantiles o de prestacin de servicios, con fines lucrativos y la consiguiente responsabilidad.

  • Anthony Jay: Institucin para el empleo eficaz de los recursos mediante un gobierno (junta directiva), para mantener y aumentar la riqueza de los accionistas y proporcionarle seguridad y prosperidad a los empleados.

    Isaac Guzmn Valdivia: Es la unidad econmico-social en la que el capital, el trabajo y la direccin se coordinan para lograr una produccin que responda a los requerimientos del medio humano en el que la propia empresa acta.

    Roland Caude: Conjunto de actividades humanas colectivas, organizadas con el fin de producir bienes o rendir beneficios.

    Grupo social en el que, a travs de la administracin del capital y el trabajo, se producen bienes y/o servicios tendientes a la satisfaccin de las necesidades de una sociedad.

    Concepto de empresa desde un enfoque administrativo

  • DIFERENCIA CON OTRAS FIGURASEl empresario; usualmente se denomina as a quien lleva adelante la actividad empresaria, este puede ser tanto una persona fsica (comerciante) como una persona ideal o jurdica (sociedad comercial).Sociedad comercial; La sociedad puede ser el empresario, pero no la empresa.Sede social y establecimiento principal; Corresponde distinguir si el empresario es: 1)sociedad comercial regular: cede social seria el lugar que esta inscripto en el contrato social como su domicilio, o 2)Sociedad no regularmente constituida o un comerciante individual, en tal caso se entiende que sede social es el establecimiento principal de sus negocios.Sucursal,filial, agencia; son las formas en que puede descentralizarse la act. Empresaria con relacin de la act. Ppal.

  • Diferencia entre Empresa y Sociedad comercial La empresa es la organizacin del trabajo ajeno y del capital, para producir bienes o servicios destinados a ser cambiados

    Mientras que la sociedad segn el ART 1 de la Ley 16.060 dispone:(Concepto). Habr sociedad comercial cuando dos o ms personas, fsicas o jurdicas, se obliguen a realizar aportes para aplicarlos al ejercicio de una actividad comercial organizada, con el fin de participar en las ganancias y soportar las prdidas que ella produzca

  • La sociedad comercial es un contrato que genera un sujeto de Derecho.

    La empresa no es un negocio jurdico ni, mucho menos, sujeto de Derecho. Una sociedad puede organizar una empresa para cumplir con su objeto pero la organizacin empresarial ser una emanacin de la sociedad comercial.Podra darse que se constituya una sociedad y que ella nunca llegue a formar una empresa por desinters de los socios o porque no necesita de una empresa para realizar su objeto .Diferencia entre Empresa y Sociedad comercial

  • ELEMENTOSConforman la empresa el conjunto de bienes, derechos y sujetos que estn integrados al desarrollo de la actividad empresaria.Elementos Materiales: Son las cosas muebles que se utilizan en la actividad empresaria. Sern distintos en cada empresa, segn las caractersticas y rubros a los que sta se dedique. Ejemplos son: las instalaciones del local, las maquinarias y herramientas, materias primas,etc.

  • Elementos Personales: son los servicios y trabajos de las personas fsicas que, en relacin de dependencia o no, requiere el empresario para la organizacin y el funcionamiento de la empresa:Entre ellos encontramos: 1)Factor: persona fsica a quien el comerciante le encomienda la administracin de sus negocios,o la de un establecimiento en particular. 2)Dependientes: los demas empleados con salario fijo, que los comerciantes acostumbran a emplear como auxiliares 3)Empleados y Obreros: Los empleados son los auxiliares que utiliza el comerciante para las tareas no manuales de su establecimiento. Los obreros son los dedicados a las tareas manuales tanto en oficinas como en establecimientos fabriles dedicados a la produccion de bienes o servicios, 4)Profesionales y asesores: Profesionales sin relacion de dependencia laboral cuya participacion en el desarrollo de una act empresaria es obligatoria en algunos casos.

  • C)Elementos Inmateriales: Se incluyen la clientela, el avviamento, el valor llave, el nombre comercial, el emblema,etc. Y los que normalmente denominamos derechos industriales, como las marcas, patentes y dibujos y diseos industriales.

  • CALIFICACIN ECONMICA DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIA:Grandes Empresas

    Pequeas y medianas empresas.

    Se suelen distinguir tambin por la actividad o explotacin a que se dedican.

  • FORMAS DE DESCENTRALIZACIN DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIASucursal: establecimiento secundario subordinado jurdica y econmicamente a uno principal, a cargo de un factor o gerente y responde a la casa central.

    Filial: puede utilizarse nicamente en el caso de sociedades, es cuando esta funciona a cargo de una sociedad distinta de la que funciona en el establecimiento principal. Tiene una subordinacin del tipo econmica con su principal.

    Agencia: local independiente vinculado con el principal por medio de un contrato de agencia.

  • INDIVISION HEREDITARIALEY 14394, ARTS. 51 A 56Toda Persona podr imponer a sus herederos, aun no forzosos, la indivision de los bienes hereditarios, por un plazo no mayor de 10 aos.Si se tratase de un establecimiento comercial, industrial, o cualquier otro que constituya una unidad economica, el lapso podra extenderse hasta que todos los herederos alcancen la mayoria de edad, aun cuando ese tiempo exceda los 10 aos.El juez podr autorizar la division, total o parcial, a pedido d ela parte interesada y sin esperar el transcurso del plazo, cuando concurran circunstancias graves o razones de manifiesta utilidad o interes legitimo de tercero.

  • Cuando en el acervo hereditario existiere un establecimiento comercial, industrial o de indole tal que constituya una act. Economica, el conyuge superstite que lo hubiese adquirido podra oponerse a la division del bien por un termino maximo de 10 aos.

    El juez podra autorizar el cese de la indivision antes del termino fijado, si concurren causas graves o d emanifiesta utilidad economica que justificacen la decisin.

    Durante la indivision, la administracion del establecimientocorrespondera al conyuge sobreviviente.

    Los acreedores particulares de los copropietarios no podran ejecutar el bien indiviso ni una porcion ideal del mismo, pero s podran cobrarse con las utilidades de la explotacion correspondiente a su respectivo deudor.