diapositiva de tributos percepción

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“Año de la Promoción de la Industria Responsable y Compromiso Climático” * Escuela : Contabilidad * Docente : Cabanillas Leiva * Curso : Introducción a los Tributos * Ciclo : VI * Tema : Percepciones – caso práctico * http://

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Page 1: Diapositiva de tributos percepción

“Año de la Promoción de la Industria Responsable y Compromiso Climático”

*Escuela : Contabilidad

*Docente : Cabanillas Leiva

*Curso : Introducción a los Tributos

*Ciclo : VI

*Tema : Percepciones –caso práctico* http://es.slideshare.net/GREEN123456/cpc-35636392?related=1

Page 2: Diapositiva de tributos percepción

DEFINICIONES:*AGENTE DE PERCEPCIÓN: vendedor de bienes, designado por la SUNAT.

*Cliente: sujeto que adquiera bienes de un agente de percepción.

*Precio de Venta: suma que incluye el valor de venta y los tributos que graven la operación.

Page 3: Diapositiva de tributos percepción

PERCEPCIONES Es el régimen aplicable a las operaciones de venta de bienes gravadas con IGV y a las importaciones, por el cual el agente de percepción, designado por SUNAT percibirá del cliente un monto adicional por concepto de IGV. No es aplicable a las operaciones de venta de bienes inafectos y/o exonerados.

R.S.N°128-2002/SUNAT; R.S.N°203-2003/SUNAT; R.S.N°058-2006/SUNAT

Page 4: Diapositiva de tributos percepción

Régimen de percepciones del IGV, aplicable a los combustibles

Se aplica a la adquisición de combustibles líquidos derivados del petróleo, que se encuentren gravados con IGV.Sera del 1% aplicado sobre el precio de venta. Dicho importe deberá consignarse de manera referencial en el CdP que acredita la operación. Importe de la Percepción Art. 4 y 5 R.S.N°128-2002/SUNATEl Agente de Percepción entregara a su cliente un “Comprobante de Percepción” Comprobante de Percepción Art. 7 R.S.N°128-2002/SUNAT Percepción del IGV a los combustibles

Page 5: Diapositiva de tributos percepción

La empresa Combustibles Liquidos S.A. ha sido designada como Agente de Percepción del IGV, por lo cual se encuentra obligada a percibir a sus clientes a partir de las operaciones del 14/10/2014.Efectúa una venta el 18/10/2014 de gasolina de 90 (combustible sujeto al sistema de percepciones) a Petróleos y Diesel S.A.A. con la factura 240-8420 la cual se emitió como sigue:

El cheque de Petróleos y Diesel S.A.A. por el pago de la factura debe emitirse por el total incluyendo la percepción S/. 6,800.00 y Combustibles Líquidos S.A. deberá entregar un comprobante de percepción como sigue:

MONTOValor Venta S/. 5,705.00IGV (18%) 1,027.00PRECIO VENTA 6,732.00PERCEPCIÓN (1%) 68.00 TOTAL A COBRAR S/. 6,800.00

Page 6: Diapositiva de tributos percepción

Fecha : 18/10/2014

18-10-2014

6,800.00

68.0018-10-2014

2014

Page 7: Diapositiva de tributos percepción

Régimen de percepciones del IGV aplicables a las importaciones

*Se aplica a la importación definitiva de bienes gravados con IGV.

*Si la importación estuviese exonerada o inafecta del IGV, no estará sujeta a percepción.

*considera importador a todo aquel sujeto que realice operaciones de importación definitiva de bienes gravados con IGV.

Art. 2 R.S.N°203-2003/SUNAT

Page 8: Diapositiva de tributos percepción

Se aplica cuando se dan los siguientes supuestos:

Art. 4 R.S.N°203-2003/SUNAT

Page 9: Diapositiva de tributos percepción

La Empresa PerúImporta S.A.C., es un negocio que se dedica a la comercialización de bienes gravados con el IGV, realiza una importación definitiva de repuesto mecánicos procedentes deOsaka - Japón:*12 de Febrero de 2014, fecha de la Factura Japonesa Nº 645-

2879,debidamente cancelada, así como el seguro y el flete.

*18 de Febrero de 2014, fecha de descarga de los bienes.

*20 de Febrero de 2014, fecha de numeración de la DUA y de la Constancia de Percepción hecha por SUNAT.

*22 de Febrero de 2014, tipo de Cambio de la Fecha de la DUA S/.3.350, en aplicación del Artículo 7 de la presente Resolución.

La Empresa PerúImporta S.A.C. no se encuentra comprendido en ninguno de los supuestos del Artículo Nº 4, inciso de la Resolución Nº 102-2007/SUNAT

Page 10: Diapositiva de tributos percepción

La DUA Nº 235-2008-094258 del 30 de Junio de 2014, tiene el siguiente detalle, expresado en Dólares Americanos.

EN DOLARES CIFValor FOB 22,000.00Flete 1,000.00Seguro 2,000.00

$. 25,000.00

Ad-Valorem (12%) 3,000.00IPM 560.00IGV 4,480.00 PRECIO TOTAL $. 33,040.00Tasa de Percepción (3.5%)

1,156.40

TOTAL A COBRAR $. 34,196.40

Page 11: Diapositiva de tributos percepción

Importe de la Percepción:El 22 de Febrero de 2014 se hace la conversión de la Moneda Extranjera a Moneda Nacional con el T/C del S/.2.80.

Para cobrar la Percepción SUNAT emitirá la Liquidación de Cobranza - Constancia de Percepción, expresada en Moneda Nacional, al momento de la numeración de la DUA.

CONCEPTO U $$ (Dolares)

T/ C S/. (Soles)

Valor en Aduanas

25,000.00 2.80 S/. 70,000.00

Derechos y Tributos Que gravan la Importación:Ad-Valorem 3,000.00 2.80 S/. 8,400.00IPM e IGV 5,040.00 2.80 S/. 14,112.00Total 33,040.00 2.80 S/. 92,512.00PERCEPCION (3.5%)

S/. 3,237.92

Page 12: Diapositiva de tributos percepción

20.02.2014

20.02.2014

3,237.923,237.92

Page 13: Diapositiva de tributos percepción

*Se aplica a la venta de bienes gravados con IGV (Anexo 1).*No se aplica a bienes exonerados o inafectos

del impuesto. *Se presume que los clientes que compren

bienes a los agentes de percepción son contribuyentes del IGV, independientemente del comprobante que se les emita.

Art. 2 R.S.N°058-2006/SUNAT

Régimen de percepciones del IGV aplicable a las operaciones de venta

Page 14: Diapositiva de tributos percepción

CASO PRACTICO

El señor José García Lopez con número de RUC 10080881365 es dueño de una licorería y compra el 21 de agosto 90 cajas de cerveza por un valor venta de S/ 33,899.30 a la Distribuidora "Tres Botellas SAC", está designada como Agente de Percepción.

MONTO

Valor Venta S/. 33,899.30

IGV (18%) 6,101.70

PRECIO VENTA 40,000.00

PERCEPCIÓN (2%) 800.00

TOTAL A COBRAR S/. 40,800.00

Page 15: Diapositiva de tributos percepción

21-08-2014

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