descentralizacion y gobiernos autonomos (i bimestre abril agosto 2011)
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Univesridad Técnica Particular de LojaCiclo Académico Abrl Agosto 2011Carrera: Ciencias JurídicasDocente: Ab. Sandra TorresCiclo: SegundoBimestre: PrimeroTRANSCRIPT
DESCENTRALIZACIÓN Y GOBIERNOS AUTÓNOMOS
ESCUELA:
NOMBRES:
Ciencias Jurídicas
Ab. Sandra M. Torres G.
BIMESTRE: Primero
Ubicación de la materia:- Derecho Público: es el conjunto de
normas legales que rigen la vida de un Estado.
- Los gobiernos autónomos descentralizados se regirán por el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización. (COOTAD)
Agenda:
I BIMESTRE
UNIDAD 1: Organización territorial del Estado ecuatoriano.
UNIDAD 2: Los Gobiernos Autónomos Descentralizados.
UNIDAD 3: La Descentralización.
Unidad 1: ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO ECUATORIANO
Esquema de contenidos:
1.1 La Organización Político Administrativa.1.2 Las Regiones Autónomas.1.3 La Provincia.1.4 El Cantón.1.5 La Parroquia Rural.
1.1 La Organización Político Administrativa
- La actual Constitución (2008), se caracteriza por las “regiones autónomas”, además de la posibilidad de institucionalizar las circunscripciones territoriales indígenas, dentro de los regímenes especiales.
- La Constitución reconoce 5 niveles de organización: nacional, regional, provincial, cantonal, parroquial rural.
1.2 Las Regiones Autónomas- Son espacios receptores de competencias
desconcentradas, a través de organismos de desarrollo regional.
- Nacen por la unión de dos o más provincias limítrofes.
- Juntas tengan una población mayor del 5% de la total del país y constituyan un territorio superior a los 20 km2.
1.3 La Provincia- Son unidades de mediana extensión
territorial, en el que interactúan autoridades electas, con autoridades designadas.
- Su creación debe realizarse por ley, cuya iniciativa le corresponde al Presidente de la República.
- Existen 24 provincias.
1.4 El Cantón- Es el espacio territorial. Interviene el
“gobierno local”, representado por la municipalidad.
- La creación debe realizarse por ley. Cuyo proyecto le corresponde al Presidente de la República.
1.5 La Parroquia Rural- Espacio territorial más pequeño.- Son creadas por el concejo municipal por
ordenanza, en la que se determina sus límites y la cabecera parroquial.
- Interviene la junta parroquial rural.
Esquema de contenidos:2.1 Los Gobiernos Regionales Autónomos.2.2 Los Gobiernos Provinciales.2.3 Los Gobiernos Municipales.2.4 Los Gobiernos Parroquiales.2.5 Los Regímenes Especiales.
2.5.1 Distritos Metropolitanos.2.5.2 Circunscripciones Territoriales. 2.5.3 La Provincia de Galápagos.
Unidad 2: LOS GOBIERNOS AUTÓNOMOS DESCENTRALIZADOS
- Anteriormente se denominaban “gobiernos seccionales autónomos”, actualmente son conocidos como gobiernos autónomos descentralizados.
GOBIERNOS AUTÓNOMOS
NIVEL TERRITORIAL
Gobierno regional Región AutónomaGobierno provincial ProvinciaGobierno municipal Cantón
Gobierno parroquial
Parroquia Rural
2.1 Los Gobiernos Regionales Autónomos
- Persona jurídica de derecho público, con autonomía política, administrativa y financiera, que rige para todos los otros niveles.
- Órganos: Gobernador regional. Consejo regional.
ÓRGANOS DEL GOBIERNO REGIONAL AUTÓNOMO
Gobernador regional: elección popular Consejo regional: elección popular-Gobernador regional-Vicegobernador (elegido de entre los consejeros)-Consejeros
Facultad ejecutiva Función ejecutiva
Facultad administrativa Función de fiscalización
Facultad legislativa Función legislativa
Representación legal Función de participación ciudadana
• Es una persona jurídica de derecho público, con autonomía política, administrativa y financiera.
Órganos:– Prefecto– Viceprefecto– Consejo Provincial
2.2 Los Gobiernos Provinciales
GOBIERNO PROVINCIAL
Prefecto Viceprefecto Consejeros
Electo por votación popular
Electo por votación popular
Alcaldes o concejales y representantes de las juntas parroquiales.
Facultad ejecutiva/Representación legal
Facultad ejecutiva Facultad Legislativa
• Ejercen jurisdicción en el territorio del cantón. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, administrativa y financiera.
• Órganos: (elegidos por votación popular)• Alcalde (máxima autoridad).• Concejo municipal. (responsable de la
facultad legislativa).
2.3 Los Gobiernos Municipales
• Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, administrativa y financiera.
• Órganos: (5 vocales) elección popular.– Presidente de la Junta (vocal más
votado), tiene voto dirimente.– Vicepresidente (segundo vocal más
votado).– Vocales.
2.4 Los Gobiernos Parroquiales
ÓRGANOS DE LOS GOBIERNOS PARROQUIALES
Presidente de la Junta Parroquial:
-Facultad ejecutiva.-Representación legal y judicial.-Voto dirimente.-Presentar proyectos de acuerdos, resoluciones y normativa reglamentaria.
Vocales de la Junta Parroquial:
-Elegidos por votación popular.-Función Legislativa: expedirá acuerdos, resoluciones y normativa reglamentaria.-Función de Fiscalización: fiscalizar la gestión del presidente de la junta parroquial.
2.5 Los Regímenes Especiales
Razones:
Población
Étnico culturales
Conservación ambiental
• Son regímenes especiales de gobierno de nivel cantonal, establecidos por consideraciones de concentración demográfica y de conurbación.
2.5.1 Los Distritos Metropolitanos Autónomos
• Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política administrativa y financiera.
Funciones:– Legislación.– Participación ciudadana.– Fiscalización.– Ejecutiva.
Gobiernos de los Distritos Metropolitanos Autónomos
• Es el órgano de legislación (presenta proyectos de ordenanzas distritales) y fiscalización (la gestión del alcalde)del gobierno autónomo descentralizado del distrito metropolitano.
Integrantes: • Concejales elegidos por votación popular.
Consejo Metropolitano
• Es la primera autoridad del ejecutivo de gobierno del Distrito Metropolitano Autónomo
• Funciones:• Representación legal y representación
judicial junto con el procurador síndico.• Facultad ejecutiva.• Tiene voto dirimente.• Presentará proyectos de ordenanza.
ALCALDE
• Es la segunda autoridad de gobierno del Distrito Metropolitano Autónomo.
Funciones:• Subrogar al alcalde en caso de ausencia
temporal mayor a tres días.• Cumplimiento de las funciones delegadas
por el alcalde.• Todas las correspondientes a su condición
de concejal.
VICEALCALDE
• Las parroquias, cantones o provincias conformadas mayoritariamente por comunas, pueblos o nacionalidades indígenas, afroecuatorianas y montubias, que podrán adoptar este régimen especial de gobierno.
• Se formarán en el marco del respeto a los derechos colectivos e individuales.
2.5.2 CIRCUNSCRIPCIONES TERRITORIALES INDÍGENAS, AFROECUATORIANAS Y
MONTUBIAS
• Por sus particularidades ambientales y por constituir patrimonio natural de la humanidad.
• Constitución, el COOTAD y la Ley de Régimen Especial para la Conservación y el Desarrollo Sustentable de la provincia de Galápagos.
2.5.3 La Provincia de Galápagos
Órganos- Consejo de Gobierno• Integrantes: (8 miembros)• Un representante del Presidente de la
República (presidirá con voto dirimente).• Alcaldes de los cantones. (Santa Cruz, San
Cristóbal, Isabela)
• Un representante de las juntas parroquiales.
• La ministra que ejerce la rectoría de la política pública ambiental.
• La ministra que ejerce la rectoría de la política pública turística.
• La secretaria (o) del Consejo Nacional de Planificación y Desarrollo.
Varias conceptualizaciones:– Transferencia obligatoria, progresiva y
definitiva de competencias con los respectivos talentos humanos y recursos financieros, materiales y tecnológicos, desde el gobierno central hacia los gobiernos autónomos descentralizados. Art. 105 COOTAD
– Es la transferencia del poder público desde el nivel central a los subnacionales de gobierno (gobiernos autónomos).
Unidad 3: LA DESCENTRALIZACIÓN
Finalidad:- Acercar la administración pública a la
ciudadanía, mejorando la gestión de servicios y actividades públicas, y alcanzar niveles de calidad de vida semejantes en todos los sectores de la población, garantizando el buen vivir y la equidad interterritorial.
Clases de descentralización:• Política. Mejorar la representación
política y la participación social. (votación directa).
• Administrativa. Es la transferencia de competencias, recursos, y capacidad de decisión del Estado central a los niveles subnacionales.
• Fiscal. Se direcciona a la redistribución de la riqueza y conlleva la posibilidad de generar recursos propios y la transferencia de los que conforman el PGE.
• Territorial. Transferencia de potestades a entes territoriales locales o regionales.
• Funcional. Transferencia de responsabilidades a entidades, a personas jurídicas de derecho público, para el ejercicio de determinadas funciones.
PROGRAMA: Descentralización y Gobiernos Autónomos (I Bimestre) Carrera: AbogacíaFecha: 02 de mayo del 2011Docente: Ab. Sandra M. Torres G.Hora Inicio: 19h00 Hora Final: 20h00
GUIÓN DE PRESENTACIÓN
Puntos de la Presentación Intervienen Duración Aprox. en minutos
Material de Apoyo
- Presentación- Objetivos
Ab. Sandra Torres • 2 minutos• 3 minutos
Sin material.Sin material.
-Desarrollo del contenido:Unidad I: La Organización Territorial del Estado ecuatoriano.Unidad II: Los Gobiernos Autónomos DescentralizadosUnidad III: La Descentralización
Ab. Sandra Torres • 35 minutos Diapositivas (cambios cada 20 seg.)
- Preguntas
- Despedida (Contactos, Sugerencias)
Ab. Sandra Torres •15 minutos
• 5 minutos
[email protected], 2570-275, ext. 2731, Lunes de 08h00-12h00.