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NORMAS LEGALES www.elperuano.com.pe FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR Lima, lunes 22 de marzo de 2010 415951 Año XXVII - Nº 10935 AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL DEL PERÚ PODER EJECUTIVO COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO R.M. Nº 051-2010-MINCETUR/DM.- Designan miembros del Comité Consultivo de Turismo 415952 R.M. Nº 054-2010-MINCETUR/DM.- Aprueban Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional para el año 2010 415952 R.D. Nº 582-2010-MINCETUR/VMT/DGJCMT.- Disponen la publicación de datos de titulares de las autorizaciones para la explotación de juegos de casino y/o máquinas tragamonedas expedidas a partir del año 2007 415952 ECONOMIA Y FINANZAS R.D. Nº 004-2010-EF/75.01.- Fijan monto y características de la sexta colocación de los Bonos Soberanos para financiar proyectos de inversión pública 415962 R.D. Nº 005-2010-EF/75.01.- Aprueban monto y características adicionales de la primera colocación de Bonos Soberanos a ser realizada en el marco de lo dispuesto en el D.S. N° 059-2010-EF 415963 ENERGIA Y MINAS R.M. Nº 120-2010-MEM/DM.- Aprueban lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará derecho a la devolución del IGV e IPM a favor de Compañía Minera La Piedrita S.A.C. durante la fase de exploración 415964 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES RR.VMS. N°s. 197, 198, 199, 200, 201 y 202-2010-MTC/03.- Otorgan autorizaciones a personas naturales y empresas para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en diversas localidades de los departamentos de Cusco, Lima y Moquegua 415966 R.VM. Nº 203-2010-MTC/03.- Otorgan autorización a empresa para prestar servicio de radiodifusión comercial por televisión en la localidad de Chota, departamento de Cajamarca 415973 R.VM. Nº 205-2010-MTC/03.- Otorgan autorización a persona natural para prestar servicio de radiodifusión sonora educativa en el distrito de Chavinillo, departamento de Huánuco 415975 R.VM. Nº 209-2010-MTC/03.- Modifican Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF del departamento de Puno 415977 R.VM. Nº 215-2010-MTC/03.- Modifican Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada de diversas localidades del departamento de Junín 415977 R.VM. Nº 219-2010-MTC/03.- Modifican Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada del departamento de Tumbes 415978 R.D. N° 0796-2010-MTC/28.- Declaran que mediante concurso público se otorgarán autorizaciones para prestación de servicio de radiodifusión en las localidades de Valle Amauta y Sullana, departamentos de Lima y Piura 415979 ORGANISMOS EJECUTORES SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION Res. Nº 034-2010-02.00.- Designan Gerente General del SENCICO 415979 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Res. Nº 033-2010/SBN.- Aprueban adjudicación en venta directa de terreno eriazo ubicado en el departamento de Lima 415979 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Res. Adm. Nº 074-2010-CE-PJ.- Dictan medidas en el Distrito Judicial del Cusco y modifican la Res. Adm. N° 188-2009-CE- PJ respecto de juzgados de la Investigación Preparatoria y de Paz Letrado de Pisac de la provincia de Calca 415981 Res. Adm. Nº 075-2010-CE-PJ.- Delegan facultad de celebrar convenios de cooperación con el Banco de la Nación a fin de instalar micro agencias en ambientes de los respectivos Distritos Judiciales 415981 Inv. Nº 281-2007-LIMA.- Imponen medida de destitución a servidor por su actuación como Secretario Judicial del Décimo Primer Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima 415982 Inv. ODICMA Nº 041-2009-LIMA.- Imponen medida de destitución a servidor por su actuación como Especialista Legal del Juzgado Mixto de Villa El Salvador de la Corte Superior de Justicia de Lima 415983 ORGANOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Res. Nº 077-2010-CG.- Aprueban Planes Anuales de Control 2010 de cien órganos de control institucional de diversas entidades sujetas al Sistema Nacional de Control 415984 Sumario

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Page 1: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica · Juzgado Mixto de Villa El Salvador de la Corte Superior de Justicia de Lima 415983 ORGANOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Res. Nº

NORMAS LEGALES

www.elperuano.com.pe

FUNDADOEN 1825 POR

EL LIBERTADORSIMÓN BOLÍVAR

Lima, lunes 22 de marzo de 2010

415951Año XXVII - Nº 10935

AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL DEL PERÚ

PODER EJECUTIVO

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO

R.M. Nº 051-2010-MINCETUR/DM.- Designan miembros del Comité Consultivo de Turismo 415952

R.M. Nº 054-2010-MINCETUR/DM.- Aprueban Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional para el año 2010 415952

R.D. Nº 582-2010-MINCETUR/VMT/DGJCMT.- Disponen la publicación de datos de titulares de las autorizaciones para la explotación de juegos de casino y/o máquinas tragamonedas expedidas a partir del año 2007 415952

ECONOMIA Y FINANZAS

R.D. Nº 004-2010-EF/75.01.- Fijan monto y características de la sexta colocación de los Bonos Soberanos para fi nanciar proyectos de inversión pública 415962

R.D. Nº 005-2010-EF/75.01.- Aprueban monto y características adicionales de la primera colocación de Bonos Soberanos a ser realizada en el marco de lo dispuesto en el D.S. N° 059-2010-EF 415963

ENERGIA Y MINAS

R.M. Nº 120-2010-MEM/DM.- Aprueban lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará derecho a la devolución del IGV e IPM a favor de Compañía Minera La Piedrita S.A.C. durante la fase de exploración 415964

TRANSPORTES Y

COMUNICACIONES

RR.VMS. N°s. 197, 198, 199, 200, 201 y 202-2010-MTC/03.- Otorgan autorizaciones a personas naturales y empresas para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en diversas localidades de los departamentos de Cusco, Lima y Moquegua 415966

R.VM. Nº 203-2010-MTC/03.- Otorgan autorización a empresa para prestar servicio de radiodifusión comercial por televisión en la localidad de Chota, departamento de Cajamarca 415973

R.VM. Nº 205-2010-MTC/03.- Otorgan autorización a persona natural para prestar servicio de radiodifusión sonora educativa en el distrito de Chavinillo, departamento de Huánuco 415975

R.VM. Nº 209-2010-MTC/03.- Modifi can Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF del departamento de Puno 415977

R.VM. Nº 215-2010-MTC/03.- Modifi can Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada de diversas localidades del departamento de Junín 415977

R.VM. Nº 219-2010-MTC/03.- Modifi can Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada del departamento de Tumbes 415978

R.D. N° 0796-2010-MTC/28.- Declaran que mediante concurso público se otorgarán autorizaciones para prestación de servicio de radiodifusión en las localidades de Valle Amauta y Sullana, departamentos de Lima y Piura 415979

ORGANISMOS EJECUTORES

SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION

PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION

Res. Nº 034-2010-02.00.- Designan Gerente General del SENCICO 415979

SUPERINTENDENCIA NACIONAL

DE BIENES ESTATALES

Res. Nº 033-2010/SBN.- Aprueban adjudicación en venta directa de terreno eriazo ubicado en el departamento de Lima 415979

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL

Res. Adm. Nº 074-2010-CE-PJ.- Dictan medidas en el Distrito Judicial del Cusco y modifi can la Res. Adm. N° 188-2009-CE-PJ respecto de juzgados de la Investigación Preparatoria y de Paz Letrado de Pisac de la provincia de Calca 415981

Res. Adm. Nº 075-2010-CE-PJ.- Delegan facultad de celebrar convenios de cooperación con el Banco de la Nación a fi n de instalar micro agencias en ambientes de los respectivos Distritos Judiciales 415981

Inv. Nº 281-2007-LIMA.- Imponen medida de destitución a servidor por su actuación como Secretario Judicial del Décimo Primer Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima 415982

Inv. ODICMA Nº 041-2009-LIMA.- Imponen medida de destitución a servidor por su actuación como Especialista Legal del Juzgado Mixto de Villa El Salvador de la Corte Superior de Justicia de Lima 415983

ORGANOS AUTONOMOS

CONTRALORIA GENERAL

Res. Nº 077-2010-CG.- Aprueban Planes Anuales de Control 2010 de cien órganos de control institucional de diversas entidades sujetas al Sistema Nacional de Control 415984

Sumario

Page 2: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica · Juzgado Mixto de Villa El Salvador de la Corte Superior de Justicia de Lima 415983 ORGANOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Res. Nº

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, lunes 22 de marzo de 2010415952

PODER EJECUTIVO

COMERCIO EXTERIOR

Y TURISMO

Designan miembros del Comité Consultivo de Turismo

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 051-2010-MINCETUR/DM

Lima, 17 de marzo de 2010

Visto el Memorándum N° 292-2010-MINCETUR/VMT, de fecha 17 de marzo de 2010, de la Viceministra de Turismo;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 9° de la Ley N° 26961 – Ley para el Desarrollo de la Actividad Turística, se creó el Comité Consultivo de Turismo como un órgano de coordinación entre el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y el sector privado;

Que, por Resolución Suprema N° 017-2009-MINCETUR, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 29 de enero de 2009, se designó a los representantes de las entidades que conforman el referido Comité;

Que, mediante Ley N° 29408 – Ley General de Turismo, se dispuso una nueva conformación del Comité Consultivo de Turismo, estableciéndose en el Reglamento de dicha Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2010-MINCETUR, el procedimiento para la designación de sus integrantes;

Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley General de Turismo, establece que en un plazo de 60 días calendario contados desde la publicación de la Ley, se expedirá la Resolución Ministerial formalizando la designación de los representantes de las entidades conformantes del Comité Consultivo de Turismo propuestos a esa fecha;

Que, a la fecha, han formalizado la designación y/o acreditación de sus representantes ante el referido Comité, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, el Ministerio del Interior - MININTER y la Federación de Nacional de Guías de Turismo del Perú - FENAGUITURP; por lo que procede formalizar dicha designación;

De conformidad con la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27790 – Ley de la Organización y Funciones del MINCETUR, la Ley Nº 29408 – Ley General de Turismo y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2010-MINCETUR;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Designar como miembros del Comité Consultivo de Turismo, a las siguientes personas en representación de las entidades que al pie se indica:

Por el MINCETUR:- María Magdalena Seminario Marón, Viceministra de Turismo,

quien lo presidirá.- Claudia Cornejo Mohme

Por PROMPERÚ:

- Jacqueline Saettone Watmough (Titular)- María del Carmen De Reparaz Zamora (Alterno)

Por el INDECOPI:

- Evelyn Chumacero Asención (Titular)- Claudia Blanco Athos (Alterno)

Por el MININTER:

- El Director de la Dirección de Turismo y Ecología (Titular)

- El Jefe de Estado Mayor de la Dirección de Turismo y Ecología (Alterno)

Por la Federación Nacional de Guías de Turismo del Perú - FENAGUITURP

- GOT. Daniel Abarca Soto (Titular)- GOT. Maryober Yupari Oriundo (Alterno)

Regístrese y comuníquese y publíquese.

MARTÍN PÉREZ MONTEVERDEMinistro de Comercio Exterior y Turismo

471225-1

Aprueban Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional para el año 2010

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 054-2010-MINCETUR/DM

Lima, 19 de marzo de 2010

Visto, el Memorándum Nº 296-2010-MINCETUR/VMT, de fecha 17 de marzo de 2010, de la Viceministra de Turismo;

CONSIDERANDO:

Que, por Ley Nº 27889 se creó el “Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional”, para fi nanciar las actividades y proyectos destinados a la promoción y desarrollo del turismo nacional;

Que, para el desarrollo de dichas actividades y proyectos, el artículo 3º de la citada Ley Nº 27889, dispone que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo debe aprobar por Resolución Ministerial, un Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, que debe ser propuesto por el Comité Especial creado por la misma Ley;

Que, el Comité Especial designado por Resolución Ministerial Nº 138-2008-MINCETUR/DM, en su Sesión Ordinaria Nº 04-2009, de fecha 10 de diciembre de 2009, ha formulado la propuesta del Plan correspondiente al año 2010, para destinar los recursos del Fondo a las actividades de promoción del turismo y proyectos de desarrollo turístico, acorde con los márgenes porcentuales establecidos por Ley;

De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la Ley Nº 27889, que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2003-MINCETUR, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2006-MINCETUR;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aprobar el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional para el año 2010, conforme a los términos de los anexos 1 y 2, en dos (2) y un (1) folios, respectivamente, que visados y sellados forman parte de la presente Resolución Ministerial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARTÍN PÉREZ MONTEVERDEMinistro de Comercio Exterior y Turismo

471228-1

Disponen la publicación de datos de titulares de las autorizaciones para la explotación de juegos de casino y/o máquinas tragamonedas expedidas a partir del año 2007

RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 582-2010-MINCETUR/VMT/DGJCMT

Lima, 16 de marzo de 2010

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, lunes 22 de marzo de 2010 415953

Vistos, el Informe Legal Nº 135-2010-MINCETUR/VMT/DGJCMT, de fecha, 16.03.2010 y las resoluciones directorales de autorización para la explotación de máquinas tragamonedas y/o juegos de casino;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con lo establecido en el último párrafo del artículo 20º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, las resoluciones de autorización para la explotación de juegos de casino y/o máquinas tragamonedas, deben ser publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano dentro del plazo de cinco (05) días hábiles de la fecha de su expedición;

Que, como consecuencia de los procedimientos de reordenamiento y formalización a que se refi ere la Ley Nº 28945, autorización expresa y renovación de la misma, la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas ha expedido a partir del año 2007 un total de quinientas sesenta y uno (561) autorizaciones para la explotación de salas de juegos de máquinas tragamonedas y/o juegos de casino;

Que, a fi n de no incurrir en sobrecostos administrativos, mediante Anexo que forma parte integrante de la presente resolución directoral, se ha dispuesto se publiquen en el Diario Ofi cial El Peruano los datos generales del titular de la autorización, nombre de la sala de juegos, número de resolución directoral y vigencia de la misma;

Que, asimismo, la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas dispondrá la publicación de las resoluciones directorales de autorización para la explotación de juegos de casino y/o máquinas tragamonedas en la página WEB del MINCETUR, a fi n de establecer mecanismos de transparencia y acceso a la información generada u obtenida por la Administración Pública;

Que, no obstante, en virtud del Principio de Participación a que se refi ere el numeral 1.12 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Nº 27806 “Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública”, la información que posea el Estado se presume pública, razón por la que cualquier persona tiene el derecho de solicitar sin expresión de causa, copia simple o certifi cada de las resoluciones de autorización emitidas;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27153 y normas modifi catorias, su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, las Leyes Nros. 27444 y 27806, estando a lo opinado en el Informe Legal Nº 135-2010-MINCETUR/VMT/DGJCMT/SDAR/APD;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Disponer la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano de los datos generales de los titulares de las autorizaciones para la explotación de juegos de casino y/o máquinas tragamonedas concedidas por la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas, expedidas a partir del año 2007, con la indicación del nombre de la sala de juegos, número de resoluciones de autorización y vigencia de las mismas, de acuerdo con el detalle contenido en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución directoral.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MANUEL SAN ROMÁN BENAVENTEDirección General de Juegos de Casino yMáquinas Tragamonedas

ANEXOAutorizaciones para la explotación de juegos de casino y/o máquinas tragamonedas

ID RD Fecha Procedimiento y nombre de sala de juegos Titular de la autorización Rubro Exp. Año

1 000044 30/01/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - PREMIE GAMING AND SERVICES S.A. AT 002206 2006

2 000080 09/02/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - RICH HOUSE RICH & CIA S.A.C. AT 024018 2006

3 000115 01/03/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - VILLA FORTUNA NEGOCIACIONES E INVERSIONES DORAL S.A.C AT 002123 2006

4 000116 01/03/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - PARES Y NONES NEGOCIACIONES E INVERSIONES DORAL S.A.C AT 002121 2006

5 000117 01/03/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - VILLA FORTUNA NEGOCIACIONES E INVERSIONES DORAL S.A.C AT 324853 2006

6 000133 06/03/2007 AUTORIZACION EXPRESA TRAGAMONEDA - CARRERA INMOBILIARIA RAPID S.A.C AT 017010 2006

7 000134 06/03/2007 AUTORIZACION EXPRESA TRAGAMONEDA - NEW YORK CITY INMOBILIARIA RAPID S.A.C AT 016851 2006

8 000199 21/03/2007 RENOVACION DE AUT. EXPRESA (R.D. 732-2003) - CASINO MIRAFLORES RECREATIVOS DEL PACIFICO S.A. RC 001622 2006

9 000209 22/03/2007 RENOVACION DE AUT. EXPRESA (R.D. 733-2003) - CASINO MIRAFLORES RECREATIVOS DEL PACIFICO S.A. RT 001623 2006

10 000221 23/03/2007 AUTORIZACION EXPRESA CASINO - ATLANTIC CITY CORPORACION TURISTICA PERUANA S.A.C AC 000064 2007

11 000222 23/03/2007 AUTORIZACION EXPRESA TRAGAMONEDA - ATLANTIC CITY CORPORACION TURISTICA PERUANA S.A.C AT 333867 2007

12 000365 23/04/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LA CABANA NEGOCIACIONES E INVERSIONES DORAL S.A.C AT 002124 2006

13 000403 03/05/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - VILLA FORTUNA-ILO NEGOCIACIONES E INVERSIONES DORAL S.A.C AT 002119 2006

14 000519 30/05/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - ATLANTIC CITY CORPORACION TURISTICA PERUANA S.A.C AT 000065 2007

15 000520 30/05/2007 AUTORIZACION EXPRESA TRAGAMONEDA - PALACIO ROYAL PIURA PALACIO REAL PIURA S.A.C. AT 002046 2006

16 000570 11/06/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - EL PALACIO SUN INVERSIONES S.A.C AT 000095 2007

17 000633 25/06/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MOULIN ROUGE WEBER S.A.C AT 002341 2006

18 000676 03/07/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - GANGAS WEBER S.A.C AT 002342 2006

19 000680 03/07/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - EXCALIBUR MAXUS S.A.C AT 002343 2006

20 000749 17/07/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MIDAS PALACE UNICORNIO GAMING S.A.C AT 000233 2007

21 000752 19/07/2007 AUTORIZACION EXPRESA TRAGAMONEDA - SPLENDOR J & GABAL S.A.C. AT 001563 2005

22 000787 24/07/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CUZCO CORPORACION AVENTURA S.A.C AT 000528 2007

23 000857 20/08/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - EL POLO SLOTS ANDEAN SLOTS S.A.C AT 000723 2007

24 000871 22/08/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - HABICH II CORPORACION AVENTURA S.A.C AT 000604 2007

25 000880 24/08/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - JESUS MARIA NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000196 2007

26 000909 05/09/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CRAZY LUCKY INVERSIONES KNN S.A.C AT 000930 2007

27 000948 10/09/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CANTO GRANDE 2 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000166 2007

28 000955 12/09/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - RIO DE ORO RED ONE S.A.C AT 000444 2007

29 000969 13/09/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - HUANDOY SUN INVERSIONES S.A.C AT 001051 2007

30 000981 17/09/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LIBERTY BENAVIDES SIERRA MACHINES S.A.C AT 000664 2007

31 000996 19/09/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LIBERTY SUCRE SIERRA MACHINES S.A.C AT 000663 2007

32 001031 25/09/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CHORRILLOS NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000194 2007

33 001036 26/09/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - BELLA LUNA INVERSIONES TAURINAS NUEVO MUNDO S.A.C AT 000990 2007

34 001044 28/09/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - BOLIVAR ALPAMAYO INVERSIONES S.A.C AT 000169 2007

35 001045 28/09/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CANTO GRANDE 1 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000195 2007

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, lunes 22 de marzo de 2010415954

ID RD Fecha Procedimiento y nombre de sala de juegos Titular de la autorización Rubro Exp. Año

36 001047 28/09/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - COMAS 2 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000130 2007

37 001059 01/10/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - AVIACION SIERRA MACHINES S.A.C AT 342154 2007

38 001089 11/10/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - ABANCAY I CORPORACION AVENTURA S.A.C AT 000529 2007

39 001109 12/10/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MORELLI SIERRA MACHINES S.A.C AT 000640 2007

40 001115 16/10/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CRYSTAL PALACE CRYSTAL PALACE S.A. AT 000940 2007

41 001126 18/10/2007 ACEPTAR REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CANTO GRANDE 2 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000166 2007

42 001141 23/10/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - VENEZUELA SUN INVERSIONES S.A.C AT 001186 2007

43 001169 31/10/2007 ACEPTAR REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - BELLA LUNA INVERSIONES TAURINAS NUEVO MUNDO S.A.C AT 000990 2007

44 001185 06/11/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LAMBAYEQUE NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000105 2007

45 001193 08/11/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CHORRILLOS SIERRA MACHINES S.A.C AT 000665 2007

46 001194 12/11/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - VILLA FORTUNA NEGOCIACIONES E INVERSIONES DORAL S.A.C AT 000678 2007

47 001195 12/11/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - REAL TRAGAMONEDAS PRAGOABANT INVERSIONES SRLTDA. AT 000878 2007

48 001196 12/11/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - JIRON II CORPORACION AVENTURA S.A.C AT 000497 2007

49 001198 12/11/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SLOT PARDO JUEGOS SLOTS MULTINACIONALES S.A.C. AT 000398 2007

50 001209 16/11/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - REAL TRAGAMONEDAS 777 INVERSIONES TAURINAS NUEVO MUNDO S.A.C AT 000992 2007

51 001211 19/11/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - EMPORIUM INVERSIONES KYODO S.A.C. AT 001167 2007

52 001218 20/11/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - EL REY JUEGOS Y DIVERSIONES ORIENTAL S.R.L. (JUDIO S.R. LTDA. )

AT 000238 2007

53 001227 22/11/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - KRASH JUEGOS RECREATIVOS HUASCARAN S.A.C AT 000607 2007

54 001254 26/11/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CHICLAYO 2 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000107 2007

55 001257 28/11/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA HUMBOLDT NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000109 2007

56 001268 29/11/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - KEOPS ANDEAN SLOTS S.A.C AT 000958 2007

57 001270 30/11/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - PALACIO ROYAL AREQUIPA RECREATIVOS SLOTS DEL PACIFICO S.A.C AT 000532 2007

58 001282 03/12/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CASINO BAGDAD RECREATIVOS YERES S.R.L AT 002034 2006

59 001283 03/12/2007 ACEPTAR REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - BARRANCO SIERRA MACHINES S.A.C AT 000662 2007

60 001291 04/12/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LUXOR SUN NIPPON COMPANY S.A.C AT 000730 2007

61 001297 05/12/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA CHICLAYO 1 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000106 2007

62 001301 06/12/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - PALACIO REAL MOCHE JUEGO Y AVENTURA REAL S.A.C AT 000574 2007

63 001309 07/12/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MASARIS SULLANA JUEGOS RECREATIVOS HUASCARAN S.A.C AT 000622 2007

64 001317 10/12/2007 AUTORIZACION EXPRESA TRAGAMONEDA - NEW YORK CITY INMOBILIARIA VIERA S.A.C AT 002378 2007

65 001318 10/12/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SAN JUAN COIN GAMING S.A.C AT 000412 2007

66 001323 11/12/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SAN LUIS COIN GAMING S.A.C AT 000411 2007

67 001327 11/12/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - JIRON DE LA UNION COIN GAMING S.A.C AT 000396 2007

68 001342 13/12/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - JIRON III CORPORACION AVENTURA S.A.C AT 000575 2007

69 001356 17/12/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - TRUJILLO 3 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000935 2007

70 001362 17/12/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LUNA ROTA INVERSIONES LUNA ROTA S.A.C AT 001989 2007

71 001364 19/12/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MANCO CAPAC NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000112 2007

72 001372 21/12/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA MANCO SIERRA MACHINES S.A.C AT 000695 2007

73 001373 21/12/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MYSTIC SLOT SUN NIPPON COMPANY S.A.C AT 000732 2007

74 001374 21/12/2007 RENOVACION DE AUT. EXPRESA (R.D. 467-2004) - ORANGE CITY ORANGE CITY S.A.C RT 000633 2007

75 001377 26/12/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - BALTA SLOTS ANDEAN SLOTS S.A.C AT 000875 2007

76 001378 27/12/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MANDALAY TOURIST ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000466 2007

77 001380 28/12/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SLOT PALACE DAY & NIGHT NEGOCIOS E INVERSIONES S.A.C. AT 000672 2007

78 001381 28/12/2007 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MAGIC CITY NEWPORT CAPITAL S.A.C. AT 001102 2007

79 000016 07/01/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SAHARA TOURIST ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000405 2007

80 000017 07/01/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - ALHAMBRA TOURIST ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000467 2007

81 000018 07/01/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LOS OLIVOS SIERRA MACHINES S.A.C AT 000728 2007

82 000019 07/01/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - EL PUERTO TOURIST ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000481 2007

83 000024 09/01/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - ISLA DEL TESORO ANDEAN SLOTS S.A.C AT 000873 2007

84 000029 10/01/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - PALACIO REAL INCA TOURIST ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000506 2007

85 000036 10/01/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - ANDAHUAYLAS 1 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000100 2007

86 000042 14/01/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - TROPICANA TOURIST ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000468 2007

87 000057 16/01/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - ANDAHUAYLAS 2 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000099 2007

88 000082 21/01/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA ZARATE 1 ALPAMAYO INVERSIONES S.A.C AT 000116 2007

89 000083 21/01/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - PALACIO REAL CHAVIN TOURIST ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000507 2007

90 000084 21/01/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - ASTORIA TOURIST ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000480 2007

91 000085 21/01/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - INDEPENDENCIA SIERRA MACHINES S.A.C AT 000694 2007

92 000086 21/01/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA ABANCAY 1 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000102 2007

93 000108 28/01/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - TRUJILLO 1 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000937 2007

94 000129 30/01/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA TACNA ALPAMAYO INVERSIONES S.A.C AT 000134 2007

95 000142 01/02/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - FRUTOMANIA JUEGOS RECREATIVOS HUASCARAN S.A.C AT 000625 2007

96 000149 04/02/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SAN GERMAN NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000188 2007

97 000166 07/02/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - EL ROYAL JUEGOS RECREATIVOS HUASCARAN S.A.C AT 000645 2007

98 000167 07/02/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - TROPICAL JUEGOS BORGOÑO S.A.C AT 000934 2007

99 000168 07/02/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - HELLO HOLLYWOOD NEWPORT CAPITAL S.A.C. AT 001108 2007

100 000173 08/02/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - AREQUIPA 2 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 336559 2007

101 000174 08/02/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LUCKY CHERRY RAYMI & GAMES S.A.C AT 000550 2007

102 000187 11/02/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - PLAY RIO GAMING S.A.C AT 001225 2007

103 000203 15/02/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SLOT DALLAS 777 RAYMI & GAMES S.A.C AT 000539 2007

Page 5: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica · Juzgado Mixto de Villa El Salvador de la Corte Superior de Justicia de Lima 415983 ORGANOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Res. Nº

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, lunes 22 de marzo de 2010 415955

ID RD Fecha Procedimiento y nombre de sala de juegos Titular de la autorización Rubro Exp. Año

104 000204 15/02/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - GARZA CASINO ANDEAN SLOTS S.A.C AT 000824 2007

105 000214 18/02/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CHIMBOTE SIERRA MACHINES S.A.C AT 000763 2007

106 000216 19/02/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - JUMBO GAMING VENTURES SERVICES S.A.C AT 000572 2007

107 000217 19/02/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - VENTANILLA 1 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000155 2007

108 000218 19/02/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SAN JUAN II INVERSIONES TAURINAS NUEVO MUNDO S.A.C AT 000991 2007

109 000223 21/02/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LAS VEGAS JUEGOS RECREATIVOS HUASCARAN S.A.C AT 000644 2007

110 000224 21/02/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SAVOY RECREATIVOS SLOTS DEL PACIFICO S.A.C AT 000548 2007

111 000229 21/02/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LUCKY SEVEN LIGHT S.A.C. AT 000881 2007

112 000230 21/02/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - BINGO PALACE INVERSIONES DURIKA S.A.C AT 000428 2007

113 000234 21/02/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - AFRICA RIO GAMING S.A.C AT 001220 2007

114 000244 25/02/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LA TOP LA MAXIMA S.A.C AT 002105 2006

115 000253 27/02/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LA CABAÑA DE ORO JUEGOS BORGOÑO S.A.C AT 000933 2007

116 000257 27/02/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SILVER MOON NEWPORT CAPITAL S.A.C. AT 001116 2007

117 000258 27/02/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - ZARATE 2 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000114 2007

118 000272 28/02/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - WAN WHA INVERSIONES TLAXCAL S.A.C AT 000429 2007

Page 6: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica · Juzgado Mixto de Villa El Salvador de la Corte Superior de Justicia de Lima 415983 ORGANOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Res. Nº

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, lunes 22 de marzo de 2010415956

ID RD Fecha Procedimiento y nombre de sala de juegos Titular de la autorización Rubro Exp. Año

119 000286 05/03/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - EPOCA DORADA CONCESIONES Y ENTRETENIMIENTOS MAGDALENA S.A.C AT 000736 2007

120 000297 06/03/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - ABANCAY 2 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000103 2007

121 000298 06/03/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - PALACIO REAL TIAHUANACO

PALACIO REAL TIAHUANACO S.A.C AT 000406 2007

122 000299 06/03/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CHOSICA 2 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000113 2007

123 000307 07/03/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MASARIS CAJAMARCA JUEGOS RECREATIVOS HUASCARAN S.A.C AT 000648 2007

124 000308 10/03/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - PALACIO ROYAL TACNA PROMOTORA KETZAL S.A.C AT 000573 2007

125 000323 11/03/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - TACNA II CORPORACION AVENTURA S.A.C AT 000564 2007

126 000334 12/03/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - OCEAN JUEGOS SLOTS MULTINACIONALES S.A.C. AT 000716 2007

127 000335 12/03/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - FRAGATA ANDEAN SLOTS S.A.C AT 000919 2007

128 000362 14/03/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LAS VEGAS JUEGOS RECREATIVOS HUASCARAN S.A.C AT 000621 2007

129 000372 17/03/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LAS VEGAS JUEGOS RECREATIVOS HUASCARAN S.A.C AT 000626 2007

130 000373 17/03/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MASARIS JUEGOS RECREATIVOS HUASCARAN S.A.C AT 000623 2007

131 000374 17/03/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - TACNA I CORPORACION AVENTURA S.A.C AT 000569 2007

132 000384 19/03/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CHIMBOTE 1 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000128 2007

133 000385 24/03/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - COMAS 4 ALPAMAYO INVERSIONES S.A.C AT 000121 2007

134 000409 27/03/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALON DE JUEGOS QUEEN ALFIL DE ORO S.A.C AT 000383 2007

135 000426 01/04/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - TUMBES III NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000393 2007

136 000428 01/04/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - WIN’S INVERSIONES ANDEAN DEL CENTRO S.A.C AT 000669 2007

137 000429 01/04/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - JIRON I CORPORACION AVENTURA S.A.C AT 000562 2007

138 000508 11/04/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - ALADIN ALFIL DE ORO S.A.C AT 000384 2007

139 000512 14/04/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - REAL TGM 777 - EL AGUSTINO

PRAGOABANT INVERSIONES SRLTDA. AT 001012 2007

140 000537 17/04/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - HAVANNA RECREATIVOS SLOTS DEL PACIFICO S.A.C AT 000571 2007

141 000553 21/04/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CUBATTA LOS ALAMOS MACHINES INVESTMENTS S.A AT 000840 2007

142 000567 22/04/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MALDONADO LA SELVA INVERSIONES S.A.C AT 000777 2007

143 000570 23/04/2008 AUTORIZACION EXPRESA TRAGAMONEDA - ARGENTO SLOTS THUNDERBIRD FIESTA CASINO-BENAVIDES S.A. AT 002318 2007

144 000576 23/04/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - HUACHO 1 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000123 2007

145 000577 23/04/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LOTTO HUNG Y YONG S.A.C AT 000836 2007

146 000578 23/04/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - COPACABANA NEWPORT CAPITAL S.A.C. AT 001101 2007

147 000593 25/04/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - DAMASCO ENTRETENIMIENTOS DEL CENTRO S.A.C. AT 000797 2007

148 000594 25/04/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - PARISIAN RIO GAMING S.A.C AT 001214 2007

149 000606 29/04/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - WIN INVERSIONES ANDEAN DEL CENTRO S.A.C AT 000844 2007

150 000617 30/04/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CUSCO 3 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000096 2007

151 000657 13/05/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - VENUS FLAMINGO GAMES S.A.C. AT 000450 2007

152 000684 20/05/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - HUACHO 2 ALPAMAYO INVERSIONES S.A.C AT 000198 2007

153 000706 26/05/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - BLOCK 6 CORPORACION AVENTURA S.A.C AT 000592 2007

154 000707 27/05/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - HABANA SLOT MEFLO S.A.C AT 000850 2007

155 000720 28/05/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - EL DORADO SAN JUAN FLAMINGO GAMES S.A.C. AT 000449 2007

156 000731 29/05/2008 AUTORIZACION EXPRESA TRAGAMONEDA - PACIFICO PACIFICO INVERSION Y DESARROLLO S.A.C. AT 002929 2007

157 000742 02/06/2008 RENOVACION DE AUT. EXPRESA (R.D. 193-2005) - MAJESTIC CASINO GRAN CASINO DE LIMA S.A.C RC 000048 2008

158 000744 03/06/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SUN CITY - ELIO SALTADITAS DE LA SUERTE S.A.C AT 000870 2007

159 000752 03/06/2008 RENOVACION DE AUT. EXPRESA (R.D. 192-2005) - MAJESTIC CASINO GRAN CASINO DE LIMA S.A.C RT 000049 2008

160 000759 04/06/2008 REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - REAL TRAGAMONEDAS 777 PRAGOABANT INVERSIONES SRLTDA. AT 001005 2007

161 000785 06/06/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - PALACIO ROYAL HUARAL RECREATIVOS SLOTS DEL PACIFICO S.A.C AT 000419 2007

162 000810 12/06/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - HUANUCO CORPORACION AVENTURA S.A.C AT 000786 2007

163 000815 12/06/2008 ACEPTAR REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - PALACIO ROYAL RECREATIVOS SLOTS DEL PACIFICO S.A.C AT 341067 2007

164 000816 13/06/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SAN JUAN II ALPAMAYO INVERSIONES S.A.C AT 000330 2007

165 000817 16/06/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - EL DORADO VILLA FLAMINGO GAMES S.A.C. AT 000448 2007

166 000833 19/06/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MACAO JUEGOS RECREATIVOS HUASCARAN S.A.C AT 000651 2007

167 000836 19/06/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - 4 ASES JUNGLE INVERSIONES S.A.C AT 000576 2007

168 000840 20/06/2008 RENOVACION DE AUT. EXPRESA (R.D. 084-2005) - CASINO GOLDEN PALACE GOLDEN INVESTMENT S.A. RC 002732 2007

169 000847 23/06/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - TWO STAR TWO STAR S.A.C AT 001209 2007

170 000855 24/06/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LOS PINOS SIERRA MACHINES S.A.C AT 000760 2007

171 000867 26/06/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - BLOCK 9 CORPORACION AVENTURA S.A.C AT 000590 2007

172 000890 02/07/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LAS VEGAS JUEGOS RECREATIVOS HUASCARAN S.A.C AT 000652 2007

173 000895 02/07/2008 RENOVACION DE AUT. EXPRESA (R.D. 264-2005) - LA HACIENDA GOLDEN GAMING S.A. RC 000232 2008

174 000896 03/07/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - HAPPY DAYS FLAMINGO GAMES S.A.C. AT 000451 2007

175 000901 07/07/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA DE JUEGOS GRAU MUNDO ELECTRONICO S.A.C. AT 000929 2007

176 000902 08/07/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - ALADINO TEXTILCO S.A.C. AT 001064 2007

177 000905 09/07/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MEMPHIS OKANE S.A.C. AT 001001 2007

178 000912 10/07/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - ELIO NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000866 2007

179 000914 10/07/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA HUARAZ 2 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000226 2007

180 000917 11/07/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - ABANCAY II CORPORACION AVENTURA S.A.C AT 000570 2007

181 000918 11/07/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA HUARAZ 5 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000227 2007

182 000919 11/07/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - HUARMEY I NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000235 2007

183 000926 11/07/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - HUACHO 3 ALPAMAYO INVERSIONES S.A.C AT 000221 2007

184 000937 15/07/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - HUARAL 2 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000975 2007

185 000949 16/07/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA LA OROYA 3 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000490 2007

Page 7: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica · Juzgado Mixto de Villa El Salvador de la Corte Superior de Justicia de Lima 415983 ORGANOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Res. Nº

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, lunes 22 de marzo de 2010 415957

ID RD Fecha Procedimiento y nombre de sala de juegos Titular de la autorización Rubro Exp. Año

186 000950 16/07/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA TUMBES 1 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000492 2007

187 000965 18/07/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - AREQUIPA I NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000224 2007

188 000972 23/07/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - TACNA III CORPORACION AVENTURA S.A.C AT 000563 2007

189 000989 25/07/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - 888 LUCKY INVERSIONES ANDEAN DEL CENTRO S.A.C AT 000670 2007

190 001003 31/07/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - GAMARRA 1 ALPAMAYO INVERSIONES S.A.C AT 000115 2007

191 001006 01/08/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - PRO SUN INVERSIONES S.A.C AT 001050 2007

192 001012 06/08/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - BINGO GARDEN INVERSIONES DREAM S.A. AT 001154 2007

193 001026 07/08/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - 4 ASES HUARAL JUNGLE INVERSIONES S.A.C AT 000577 2007

194 001034 08/08/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MASARIS PAITA JUEGOS RECREATIVOS HUASCARAN S.A.C AT 000647 2007

195 001040 12/08/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - ALLEGRO RECREATIVOS SLOTS DEL PACIFICO S.A.C AT 000546 2007

196 001041 12/08/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - WIN HOUSE INVERSIONES ANDEAN DEL CENTRO S.A.C AT 000845 2007

197 001044 13/08/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - HUAYLAS SERVICIOS DIVERSOS NUEVO HUAYLAS S.R.L. AT 000755 2007

198 001055 13/08/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CANADA NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000865 2007

199 001056 13/08/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MYTHIC COLMENA OKANE S.A.C. AT 001004 2007

200 001083 15/08/2008 RENOVACION DE AUT. EXPRESA (R.D. 295-2005) - LUXOR INTERSTATE GAMING DEL PERU S.A RT 000283 2008

201 001135 26/08/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - PAGAMONEDAS BONGOS APEX CORPORATION S.A.C AT 001111 2007

202 001156 29/08/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SLOT RISSO MUNDO ELECTRONICO S.A.C. AT 000925 2007

203 001157 29/08/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - JULIACA 3 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000197 2007

204 001160 01/09/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - WINGS MILLENNIUM GAME S.A.C AT 000945 2007

205 001175 02/09/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MASARIS CHEPEN JUEGOS RECREATIVOS HUASCARAN S.A.C AT 000649 2007

206 001191 05/09/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MONO BLANCO INVERSIONES MONO BLANCO S.A.C. AT 001054 2007

207 001204 08/09/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - JACKPOT CITY HUNG Y YONG S.A.C AT 000886 2007

208 001214 09/09/2008 RENOVACION DE AUT. EXPRESA (R.D. 042-2005) - TGM GOLDEN PALACE GOLDEN INVESTMENT S.A. RT 002403 2007

209 001217 10/09/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - PALACIO DORADO JUEGOS SLOTS MULTINACIONALES S.A.C. AT 000754 2007

210 001231 12/09/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SLOT PALACE TORRE S.K.H. S.R.L. AT 343917 2007

211 001234 12/09/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - PARADISE MILLENNIUM GAME S.A.C AT 000947 2007

212 001235 12/09/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - JULIACA 2 ALPAMAYO INVERSIONES S.A.C AT 000192 2007

213 001262 16/09/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - BREÑA CORPORACION AVENTURA S.A.C AT 000782 2007

214 001282 18/09/2008 AUTORIZACION EXPRESA CASINO - FIESTA CASINO THUNDERBIRD FIESTA CASINO-BENAVIDES S.A. AC 002045 2008

215 001286 19/09/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SLOT AND FIESTA MUNDO ELECTRONICO S.A.C. AT 000927 2007

216 001299 23/09/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - POKERMOON OKANE S.A.C. AT 001003 2007

217 001303 24/09/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SLOTS SAN FELIPE HOTEL SAN FELIPE S.R.L AT 000772 2007

218 001321 29/09/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA COLONIAL NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000867 2007

219 001334 01/10/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SLOTS SAN FELIPE HOTEL SAN FELIPE S.R.L AT 000773 2007

220 001345 02/10/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - FLAMINGO II TEXTILCO S.A.C. AT 001063 2007

221 001346 02/10/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LUCKY PALACE INVERSIONES LOS CIBELES S.A.C AT 000454 2007

222 001368 07/10/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - 4 ASES J.B.H.R S.A.C AT 000578 2007

223 001369 07/10/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SAN JUAN 6 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000331 2007

224 001392 14/10/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - TROPICANA NEWPORT CAPITAL S.A.C. AT 001112 2007

225 001416 17/10/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - DOS DE MAYO NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000347 2007

226 001431 22/10/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LURIN NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000190 2007

227 001433 22/10/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - PHARAON PALACE JUEGOS SLOTS MULTINACIONALES S.A.C. AT 000753 2007

228 001434 22/10/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA COMAS 5 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000234 2007

229 001442 23/10/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - ZARATE 3 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000111 2007

230 001444 24/10/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - DON TIZO ANDEAN SLOTS S.A.C AT 000921 2007

231 001450 24/10/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LAS VEGAS SLOTS INVERSIONES LAS VEGAS S.A. AT 000745 2007

232 001451 24/10/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - EL DORADO CALLAO FLAMINGO GAMES S.A.C. AT 000452 2007

233 001452 24/10/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - TEXACANA FANTASY CLUB DEL PERU S.A. AT 000674 2007

234 001453 24/10/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - FLAMINGO TEXTILCO S.A.C. AT 001062 2007

235 001454 24/10/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - GRAND GOLD-PARURO OKANE S.A.C. AT 000999 2007

236 001455 24/10/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - IMPERIO DORADO JUEGOS SLOTS MULTINACIONALES S.A.C. AT 000752 2007

237 001462 28/10/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - EL GALEON DE ORO SOUTH WEST GAMING S.A.C AT 000856 2007

238 001476 30/10/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - JACK’S PALACE APEX CORPORATION S.A.C AT 001103 2007

239 001490 03/11/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - GOLDEN COIN IMPORT & EXPORT GOLDEN S.A.C AT 000320 2007

240 001495 03/11/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - REAL TRAGAMONEDAS 777 PRAGOABANT INVERSIONES SRLTDA. AT 000879 2007

241 001504 04/11/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - AMBAR PLACE ANDEAN SLOTS S.A.C AT 000876 2007

242 001511 05/11/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MEGATRAGAMONEDAS SUN INVERSIONES S.A.C AT 001184 2007

243 001523 07/11/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - 4 ASES J.B.H.R S.A.C AT 000700 2007

244 001524 07/11/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MONTECARLO BINGO MONTECARLO S.A.C. AT 001039 2007

245 001531 10/11/2008 RENOVACION DE AUT. EXPRESA (R.D. 568-2005) - JOKERS CASINO GAMING AND SERVICES S.A. RT 001330 2008

246 001534 11/11/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - ATE NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000136 2007

247 001540 12/11/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - JULIACA 1 ALPAMAYO INVERSIONES S.A.C AT 000168 2007

248 001552 13/11/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SLOT AND FIESTA MUNDO ELECTRONICO S.A.C. AT 000922 2007

249 001553 13/11/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - 28 DE JULIO INVERSIONES LOC JOY TON S.A. AT 000635 2007

250 001554 13/11/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SAN JUAN 1 ALPAMAYO INVERSIONES S.A.C AT 000178 2007

251 001555 13/11/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - PUNO 2 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000110 2007

252 001567 17/11/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - HUARAZ 1 ALPAMAYO INVERSIONES S.A.C AT 000228 2007

253 001568 17/11/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - TRIBECA LOS ALAMOS MACHINES INVESTMENTS S.A AT 000841 2007

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, lunes 22 de marzo de 2010415958

ID RD Fecha Procedimiento y nombre de sala de juegos Titular de la autorización Rubro Exp. Año

254 001569 17/11/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LUXOR BIG MONEY CORP S.A.C. AT 001010 2007

255 001570 17/11/2008 ACEPTAR REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALON DE JUEGOS JOSSY’S CORPORACION DE INVERSIONES JOSSY´S S.A. AT 000857 2007

256 001582 18/11/2008 ACEPTAR REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MONTREAL LOS ALAMOS MACHINES INVESTMENTS S.A AT 337825 2007

257 001606 24/11/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA HUARAL 1 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000125 2007

258 001607 24/11/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MIAMI I ENTRETENIMIENTOS DEL CENTRO S.A.C. AT 000802 2007

259 001617 27/11/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - REAL SIPAN VACLAU S.A.C. AT 001077 2007

260 001618 27/11/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SOLID GOLD FANTASY CLUB DEL PERU S.A. AT 000692 2007

261 001632 01/12/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MARDIGRAS INVERSIONES MALOK SAC AT 000952 2007

262 001633 01/12/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SAN JUAN I SUN INVERSIONES S.A.C AT 001183 2007

263 001643 02/12/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CUSCO 1 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000098 2007

264 001645 02/12/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - EL CARIBEÑO ARTEMISA GAMING S.A.C AT 344656 2007

265 001650 02/12/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LOS OLIVOS 2 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000184 2007

266 001651 02/12/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - REAL TRAGAMONEDAS 777 INVERSIONES TAURINAS NUEVO MUNDO S.A.C AT 000989 2007

267 001658 03/12/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - COSMOS COSMOS REPRESENTACIONES, SERVICIOS Y COMERCIO S.A.C.

AT 000775 2007

268 001659 03/12/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SAN JUAN 3 ALPAMAYO INVERSIONES S.A.C AT 000370 2007

269 001676 09/12/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SAGITARIO FIORI SAGITARIO S.A.C. AT 001096 2007

270 001688 11/12/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - VENTANILLA 2 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000156 2007

271 001689 11/12/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MYTHIC OKANE S.A.C. AT 001000 2007

272 001690 11/12/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA ZARATE 4 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000464 2007

273 001705 15/12/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CHOSICA 1 ALPAMAYO INVERSIONES S.A.C AT 000170 2007

274 001707 15/12/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - XIOVIT ALAMEDA GAMING S.A.C. AT 000971 2007

275 001736 22/12/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LAS VEGAS JUEGOS RECREATIVOS HUASCARAN S.A.C AT 000624 2007

276 001747 24/12/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LOS OLIVOS 3 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000185 2007

277 001752 29/12/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - RIMAC II CORPORACION AVENTURA S.A.C AT 000785 2007

278 001753 29/12/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - COMAS 1 CORPORACION AVENTURA S.A.C AT 000587 2007

279 001754 29/12/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - BARRANCA 1 ALPAMAYO INVERSIONES S.A.C AT 000152 2007

280 001756 29/12/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - PANTERA CORPORACION AVENTURA S.A.C AT 000780 2007

281 001757 29/12/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SANTA ANITA NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000094 2007

282 001760 30/12/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CALLAO II CORPORACION AVENTURA S.A.C AT 000602 2007

283 001771 31/12/2008 AUTORIZACION EXPRESA TRAGAMONEDA - CELEBRITY CASINO ALFA GROUP S.A.C AT 001911 2008

284 001789 31/12/2008 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA HUARAZ 4 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000225 2007

285 000005 08/01/2009 RENOVACION DE AUT. EXPRESA (R.D. 261-2005) - TGM LA HACIENDA GOLDEN GAMING S.A. RT 000233 2008

286 000021 09/01/2009 AUTORIZACION EXPRESA TRAGAMONEDA - MAJESTIC CASINO GAMING AND SERVICES S.A. AT 002599 2008

287 000025 09/01/2009 AUTORIZACIÓN EXPRESA - BINGO PARURO BINGO MONTECARLO S.A.C. AT 001039 2007

288 000036 09/01/2009 AUTORIZACION EXPRESA CASINO - FORTUNA GAMING AND SERVICES S.A. AC 002600 2008

289 000056 12/01/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - EL ARABE VACLAU S.A.C. AT 001080 2007

290 000058 13/01/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SAN MARTIN 2 ALPAMAYO INVERSIONES S.A.C AT 000220 2007

291 000063 13/01/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA JAEN NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000189 2007

292 000064 13/01/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MONACO PALACE VACLAU S.A.C. AT 001068 2007

293 000072 14/01/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - PALACIO ROYAL HUANUCO RECREATIVOS SLOTS DEL PACIFICO S.A.C AT 000547 2007

294 000082 15/01/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - PAGAMONEDAS BONGOS APEX CORPORATION S.A.C AT 001106 2007

295 000090 16/01/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - RIMAC III CORPORACION AVENTURA S.A.C AT 000585 2007

296 000106 19/01/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LAS VEGAS JUEGOS RECREATIVOS HUASCARAN S.A.C AT 000646 2007

297 000109 20/01/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SUPER GAMES RECREATIVOS POLA S.A.C. AT 001143 2007

298 000110 20/01/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - TESORO BILBAO CORPORACION BILBAO SANTANDER S.A.C AT 001181 2007

299 000121 21/01/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MARC ANTHONY ANDEAN SLOTS S.A.C AT 000920 2007

300 000136 22/01/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MASARIS PIURA JUEGOS RECREATIVOS HUASCARAN S.A.C AT 000618 2007

301 000142 23/01/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA CAJAMARCA 2 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000191 2007

302 000144 26/01/2009 AUTORIZACION EXPRESA CASINO - NEW YORK CASINO INMOBILIARIA VIERA S.A.C AC 002458 2008

303 000151 26/01/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - HUANCAYO ALPAMAYO INVERSIONES S.A.C AT 000431 2007

304 000152 26/01/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - BARRANCA 2 ALPAMAYO INVERSIONES S.A.C AT 000187 2007

305 000176 29/01/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CAJAMARCA 3 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000157 2007

306 000177 29/01/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - PORTUGAL CORPORACION AVENTURA S.A.C AT 000610 2007

307 000198 30/01/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LAS VEGAS ANDEAN SLOTS S.A.C AT 000874 2007

308 000199 30/01/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - DOLLAR SLOT CONSTRUCTORA INMOBILIARIA MEGAPROYECTO S.A.C. AT 001231 2007

309 000200 30/01/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - NEL BLU VACLAU S.A.C. AT 001066 2007

310 000201 30/01/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - ILO NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000186 2007

311 000221 03/02/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - OBA OBA TG & JP S.R.L. AT 001006 2007

312 000226 04/02/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - IMPERIAL PALACE IMPERIAL PALACE S.A.C AT 001160 2007

313 000227 05/02/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - KEOP’S BEST BUSINESS S.A.C AT 001149 2007

314 000239 09/02/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - GOLDEN CITY INVERSIONES MARVAL S.A.C AT 000918 2007

315 000296 13/02/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - EL DORADO EDEN PERU S.A.C AT 001182 2007

316 000297 16/02/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - PALACIO REAL HUANCAYO RECREATIVOS SLOTS DEL PACIFICO S.A.C AT 000420 2007

317 000320 18/02/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LINCE I CORPORACION AVENTURA S.A.C AT 000779 2007

318 000321 18/02/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CHORRILLOS CORPORACION AVENTURA S.A.C AT 000784 2007

319 000339 23/02/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - BABILONIA POKER S.R.L. AT 000847 2007

320 000340 23/02/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - DINERO MAGICO INVERSIONES MAJU S.A.C. AT 001052 2007

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, lunes 22 de marzo de 2010 415959

ID RD Fecha Procedimiento y nombre de sala de juegos Titular de la autorización Rubro Exp. Año

321 000342 23/02/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - BLACK ACE GLADYS Y FRANCISCO S.A.C. ( GLADFRANC S.A.C ) AT 001188 2007

322 000344 24/02/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA COMAS 3 ALPAMAYO INVERSIONES S.A.C AT 000120 2007

323 000351 26/02/2009 RENOVACION DE AUT. EXPRESA (R.D. 726-2005) - CASINO PALACIO ROYALE EURO CASINO S.A.C RT 002180 2008

324 000370 27/02/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CALLAO I CORPORACION AVENTURA S.A.C AT 000598 2007

325 000372 02/03/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - ESTRELLA DE LA SUERTE SAVOY SLOT MACHINES S.A.C. AT 000839 2007

326 000382 02/03/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - VENTANILLA 3 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000936 2007

327 000383 03/03/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - HABICH III CORPORACION AVENTURA S.A.C AT 000597 2007

328 000384 03/03/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - IMPERIAL SUR SALON DE JUEGOS IMPERIAL SUR S.A.C AT 000720 2007

329 000385 03/03/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - PEDREGAL SALON DE JUEGOS IMPERIAL SUR S.A.C AT 000719 2007

330 000386 03/03/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - ALFONSO CORPORACION AVENTURA S.A.C AT 000781 2007

331 000403 05/03/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA CHINCHA 1 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000119 2007

332 000404 05/03/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SAFARI JUEGOS SLOTS MULTINACIONALES S.A.C. AT 000766 2007

333 000405 05/03/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SAN JUAN CORPORACION AVENTURA S.A.C AT 000583 2007

334 000406 06/03/2009 AUTORIZACION EXPRESA TRAGAMONEDA - UCHUCUTA LOS ALAMOS MACHINES INVESTMENTS S.A AT 002624 2008

335 000447 11/03/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LA SUERTE SILVERBELL S.A.C AT 000978 2007

336 000448 11/03/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - HARUMI IV ENTRETENIMIENTOS DEL CENTRO S.A.C. AT 000799 2007

337 000450 11/03/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - GOLDEN LUCKY INVERSIONES LOS CIBELES S.A.C AT 000606 2007

338 000454 11/03/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - EL TESORO ESCONDIDO INVERSIONES LUNA LLENA S.A.C AT 000735 2007

339 000455 11/03/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - TEXAS LOS FARAONES S.A.C AT 001263 2007

340 000466 13/03/2009 ACEPTAR REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LADY LUCKY LUNAC S.A.C AT 001138 2007

341 000468 13/03/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CAJAMARCA 1 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000267 2007

342 000469 13/03/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - COSTA ESMERALDA INTERNATIONAL LOTTERIES S.R.L AT 001025 2007

343 000495 17/03/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - RIMAC I CORPORACION AVENTURA S.A.C AT 000582 2007

344 000496 17/03/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SAN JUAN 4 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000332 2007

345 000497 17/03/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CIRCUS PALACE VACLAU S.A.C. AT 001070 2007

346 000500 18/03/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - BLACK JACK EL AZ GANADOR S.A.C AT 000913 2007

347 000501 18/03/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SLOT AND FIESTA MUNDO ELECTRONICO S.A.C. AT 000924 2007

348 000502 18/03/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - EL DORADO INVERSIONES TENIENTE BROTHERS S.A.C AT 001015 2007

349 000526 23/03/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - XIOKADA ALAMEDA GAMING S.A.C. AT 000970 2007

350 000527 23/03/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SAN MARTIN 4 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000390 2007

351 000529 23/03/2009 ACEPTAR REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALON DE JUEGOS EBONY COMERCIAL EBONY S.A.C. AT 000861 2007

352 000549 27/03/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - 4 ASES JUNGLE INVERSIONES S.A.C AT 000579 2007

353 000553 30/03/2009 RENOVACION DE AUT. EXPRESA (R.D. 122-2006) - BOHEMIA CAFE Y MAS INMOBILIARIA RAPID S.A.C RT 002262 2008

354 000565 31/03/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - BONANZA MEFLO S.A.C AT 000848 2007

355 000566 01/04/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA TARAPOTO 4 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000371 2007

356 000587 03/04/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SOLID GOLD FANTASY CLUB DEL PERU S.A. AT 000708 2007

357 000607 07/04/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - BONANZA SLOT INVERSIONES BALORA S.A.C AT 000833 2007

358 000621 08/04/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LA ESQUINA MUNDO ELECTRONICO S.A.C. AT 000928 2007

359 000633 13/04/2009 RENOVACION DE AUT. EXPRESA (R.D. 345-2000) - MASARIS - TUMBES COSTA DEL SOL S.A. RT 000848 2008

360 000643 15/04/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - EDEN COLMENA EDEN PERU S.A.C AT 000954 2007

361 000644 15/04/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - TGM 777 ENTRETENIMIENTOS DEL CENTRO S.A.C. AT 000816 2007

362 000677 17/04/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - BELAUNDE INVERSIONES JORMAC S.A.C. AT 000911 2007

363 000686 17/04/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA DE JUEGOS ESPAÑA ENTRETENIMIENTOS DEL CENTRO S.A.C. AT 000809 2007

364 000687 17/04/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - KOKOMO J & L GAMING S.A.C AT 001117 2007

365 000713 22/04/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - BOCANEGRA LAS VEGAS DE HUARI S.A.C AT 001031 2007

366 000724 23/04/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - IMPERIAL ROYAL JUEGOS SLOTS MULTINACIONALES S.A.C. AT 000964 2007

367 000725 23/04/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MILLENIUM INVERSIONES VIZCARRA S.A.C AT 001036 2007

368 000729 24/04/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - ARCADIA OKANE S.A.C. AT 000998 2007

369 000740 30/04/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LA MINA MAK`S INTERNATIONAL S.R.L AT 001199 2007

370 000746 30/04/2009 AUTORIZACION EXPRESA TRAGAMONEDA - GARDEN CITY CASINO ISA PERU GROUP S.A.C. AT 002855 2008

371 000766 05/05/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LA BALLENA NEGOCIACIONES JFK S.A.C. AT 000903 2007

372 000773 06/05/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - RICHMAN GAME 777 HUARI SLOT S.A.C AT 001240 2007

373 000774 06/05/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MAGDALENA INVERSIONES STARGAMES S.A.C. AT 001218 2007

374 000775 06/05/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SAFARI INVERSIONES RIO AMAZONAS S.A.C AT 000829 2007

375 000776 06/05/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - ZARATE CORPORACION AVENTURA S.A.C AT 000584 2007

376 000780 06/05/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - HANGAR 8 WINNER GAME S.A.C AT 000151 2007

377 000783 07/05/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALAMANCA SAGITARIO INVERSIONES S.A.C. AT 000855 2007

378 000784 07/05/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - RICH & FAMOUS TEXAS GAMING CORPORATION S.A.C AT 001257 2007

379 000800 11/05/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - UCAYALI COMPAÑIA DE NEGOCIOS & JUEGOS S.A.C AT 001195 2007

380 000801 11/05/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MERLIN INVERSIONES FORTUNIA S.A. AT 000976 2007

381 000815 12/05/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - TRAGAMONEDAS JUMBO INTERNATIONAL LOTTERIES S.R.L AT 001027 2007

382 000818 12/05/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MAJU - ARENALES INVERSIONES MAJU S.A.C. AT 001049 2007

383 000838 18/05/2009 AUTORIZACION EXPRESA TRAGAMONEDA - CASINO MIRAFLORES GOLDEN GAMING S.A. AT 005412 2009

384 000839 19/05/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - TESORO DE SIPAN BEST BUSINESS S.A.C AT 001148 2007

385 000840 19/05/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MASARIS TALARA JUEGOS RECREATIVOS HUASCARAN S.A.C AT 000620 2007

386 000846 19/05/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - OASIS INVERSIONES COPERHUA OMA S.A.C AT 001135 2007

387 000871 21/05/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - GIRASOL INVERSIONES ZIYI S.A.C. AT 000858 2007

388 000873 22/05/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - GRAN ALADINOS NEGOCIACIONES LA TORRE DE BABEL S.C.R.L. AT 001019 2007

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, lunes 22 de marzo de 2010415960

ID RD Fecha Procedimiento y nombre de sala de juegos Titular de la autorización Rubro Exp. Año

389 000887 22/05/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - REAL PALACE INVERSIONES GUERRA SAC (WMS GAMING PERU S.A.C) AT 001226 2007

390 000888 25/05/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LA MONEDA DE LA SUERTE INVERSIONES FIDE SRL AT 001092 2007

391 000896 25/05/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - BANANA ISLAND APEX CORPORATION S.A.C AT 001104 2007

392 000897 25/05/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - TRAGAMONEDAS CINAKELL CINAKELL GAMING INTERNATIONAL S.A.C. AT 000972 2007

393 000898 25/05/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CANADA CORPORACION AVENTURA S.A.C AT 000591 2007

394 000899 25/05/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - HABANA SLOT MEFLO S.A.C AT 000849 2007

395 000907 27/05/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - BLACK JACK ROYAL GARDEN S.A.C. AT 000275 2007

396 000908 27/05/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MIAMI II ENTRETENIMIENTOS DEL CENTRO S.A.C. AT 000803 2007

397 000911 27/05/2009 AUTORIZACION EXPRESA CASINO - CASINO MIRAFLORES GOLDEN GAMING S.A. AC 005412 2009

398 000935 28/05/2009 AUTORIZACION EXPRESA TRAGAMONEDA - COPACABANA ECA GAMING S.A.C AT 002981 2008

399 000945 28/05/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA CHIMBOTE 3 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000131 2007

400 000946 28/05/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA PIURA 2 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000104 2007

401 000947 28/05/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - STOP SILVERBELL S.A.C AT 000977 2007

402 000956 29/05/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - TROPICAL INTERNATIONAL LOTTERIES S.R.L AT 001026 2007

403 000966 01/06/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CASINO LAS VEGAS RECREACIONES CUELLAR, RESTAURANTES Y OTROS S.A.C

AT 001034 2007

404 000982 03/06/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SUN CITY SALTADITAS DE LA SUERTE S.A.C AT 000871 2007

405 000990 04/06/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CASINO TAHITI WAGER SLOTS S.A.C AT 000955 2007

406 000991 04/06/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - EL VALLE DE LA FORTUNA ASPEN INTERNATIONAL S.A.C. AT 001192 2007

407 000992 04/06/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA BAGUA NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000180 2007

408 001025 09/06/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - HARUMI II ENTRETENIMIENTOS DEL CENTRO S.A.C. AT 000800 2007

409 001026 09/06/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - FLAMENCO DE ORO JUEGOS SLOTS MULTINACIONALES S.A.C. AT 000767 2007

410 001033 10/06/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - KARIBE FOODTUR S.A.C AT 001193 2007

411 001034 10/06/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LAS VEGAS DE TRUJILLO ENTRETENIMIENTOS DEL CENTRO S.A.C. AT 000817 2007

412 001035 10/06/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CHORRILLOS ASPEN INTERNATIONAL S.A.C. AT 001189 2007

413 001036 10/06/2009 AUTORIZACION EXPRESA TRAGAMONEDA - YUPANING CITY YUPANIG CITY S.A.C.. AT 000020 2009

414 001043 12/06/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - BARRANCA 3 ALPAMAYO INVERSIONES S.A.C AT 000183 2007

415 001044 12/06/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - INDEPENDENCIA ENTRETENIMIENTOS DEL CENTRO S.A.C. AT 000812 2007

416 001045 12/06/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - TALISMAN YAMASIA S.A.C. AT 001234 2007

417 001050 12/06/2009 RENOVACION DE AUT. EXPRESA (R.D. 566-2004) - WA LOK DIAMOND SERVICE S.A.C RT 002219 2007

418 001109 19/06/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - BARRANCO 1 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000346 2007

419 001110 19/06/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MASARIS CHICLAYO JUEGOS RECREATIVOS HUASCARAN S.A.C AT 000643 2007

420 001111 19/06/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MARCO ANTONIO NEGOCIACIONES LA TORRE DE BABEL S.C.R.L. AT 001022 2007

421 001112 19/06/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CASINO KUNTUR WASI INVERSIONES BALORA S.A.C AT 000832 2007

422 001113 19/06/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALON DE JUEGOS ALADINO

ALFIL DE ORO S.A.C AT 000382 2007

423 001146 23/06/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MAMBOS INVERSIONES GUERRA SAC (WMS GAMING PERU S.A.C) AT 001224 2007

424 001147 23/06/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - PHARAOH’S CITY TEXAS GAMING CORPORATION S.A.C AT 001256 2007

425 001155 24/06/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - RICHMAN GAME 777 HUARI SLOT S.A.C AT 001243 2007

426 001182 26/06/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - COLMENA COLMENA INVERSIONES RECREATIVAS S.A.C. AT 001055 2007

427 001184 30/06/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - WINNER’S INDEPENDENCIA PACIFIC ENTERTAINMENTS S.A.C. AT 001169 2007

428 001186 30/06/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA MOYOBAMBA 1 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000179 2007

429 001191 01/07/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - EL FARAON ALAMEDA GAMING S.A.C. AT 000969 2007

430 001224 07/07/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - PARADISSE ENTRETENIMIENTOS DEL CENTRO S.A.C. AT 000974 2007

431 001237 08/07/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - EL EMPERADOR SERV. DE ENTRETENIMIENTOS,DISTRACCION Y HOSTELERIA INTERNACIONAL SAC

AT 001173 2007

432 001257 13/07/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - TRAGAMONEDAS SUN CITY JP CORPORATION S.A.C AT 001114 2007

433 001258 13/07/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - TEXAS WILD GAMING S.A.C. AT 001048 2007

434 001259 13/07/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - GRAN VIA COOL GAMES S.A.C. AT 000912 2007

435 001289 15/07/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - IMPERIO TROPICAL I AGRO SEMILLAS S.A.C AT 000455 2007

436 001291 15/07/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SAN JUAN II SUN INVERSIONES S.A.C AT 001185 2007

437 001299 17/07/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SOL Y LUNA ADMINISTRADORA DE SALAS DE JUEGO ALFA S.A.C. AT 000774 2007

438 001300 17/07/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - TRAGAMONEDAS ATLANTIS INVERSIONES BALORA S.A.C AT 000830 2007

439 001301 17/07/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA AVIACION RECREATIVOS EL GALEON S.A.C. AT 001011 2007

440 001318 20/07/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - EL PARRAL INVERSIONES RIO AMAZONAS S.A.C AT 000835 2007

441 001319 20/07/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CARRUSEL INVERSIONES MALOK SAC AT 000953 2007

442 001320 20/07/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - FORTUNA INVERSIONES ARMEL S.A.C AT 001053 2007

443 001339 22/07/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LAS VEGAS LOS FARAONES S.A.C AT 001248 2007

444 001355 23/07/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA IQUITOS 6 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000171 2007

445 001364 24/07/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CHINCHA 3 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000153 2007

446 001368 30/07/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - EMPIRE JP CORPORATION S.A.C AT 001115 2007

447 001376 31/07/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LAS VEGAS LOS FARAONES S.A.C AT 344643 2007

448 001416 04/08/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LE MANS ALTA GRACIA S.R.L AT 000706 2007

449 001417 04/08/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA SULLANA 1 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000394 2007

450 001418 04/08/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - COPACABANA NEGOCIACIONES LA TORRE DE BABEL S.C.R.L. AT 001014 2007

451 001419 04/08/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA PUCALLPA 3 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000117 2007

452 001422 04/08/2009 RENOVACION DE AUT. EXPRESA (R.D. 334-2006) - PORTAL HOTEL SALON DE JUEGOS PORTAL S.A. RT 002636 2008

453 001432 06/08/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MAGIC CENTER MAGIC CENTER SCRL. AT 000984 2007

454 001433 06/08/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SAN MARTIN 3 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000356 2007

Page 11: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica · Juzgado Mixto de Villa El Salvador de la Corte Superior de Justicia de Lima 415983 ORGANOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Res. Nº

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, lunes 22 de marzo de 2010 415961

ID RD Fecha Procedimiento y nombre de sala de juegos Titular de la autorización Rubro Exp. Año

455 001440 06/08/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - BLACK JACK INVERSIONES Y SERVICIOS EL BASHA S.A.C. (INSERBA S.A.C.)

AT 000899 2007

456 001456 07/08/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - EL GANADOR 2 AUROM S.A.C AT 001213 2007

457 001460 07/08/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - GOLDEN BAY NOVELLUS S.A.C. AT 001125 2007

458 001471 12/08/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CUATRO TREBOLES CUATRO TREBOLES S.A.C. AT 001270 2007

459 001502 13/08/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - HOT SLOT INVERSIONES MIGUEL ALVAREZ S.R.L. AT 001120 2007

460 001506 17/08/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LAS VEGAS NEGOCIACIONES LA TORRE DE BABEL S.C.R.L. AT 001016 2007

461 001508 17/08/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - BINGO PORTEÑO ENTRETENIMIENTOS DEL CENTRO S.A.C. AT 000815 2007

462 001509 17/08/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - TESORO INCA SLOT APEX CORPORATION S.A.C AT 001110 2007

463 001510 17/08/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - DOLPHIN INVERSIONES Y REPRESENTACIONES CECAR S.A.C AT 001205 2007

464 001511 17/08/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA PUCALLPA 4 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000863 2007

465 001545 19/08/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - EL REGALON JUEGOS Y ENTRETENIMIENTOS S.A. AT 000896 2007

466 001546 19/08/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - FORTUNA INVERSIONES RIO AMAZONAS S.A.C AT 000834 2007

467 001571 24/08/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - EL DORADO SUN NIPPON COMPANY S.A.C AT 000731 2007

468 001589 26/08/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - TARAPOTO 3 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000385 2007

469 001590 26/08/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - HARUMI V ENTRETENIMIENTOS DEL CENTRO S.A.C. AT 000805 2007

470 001591 26/08/2009 RENOVACION DE AUT. EXPRESA (R.D. 589-2002) - MAMBO JAMBO HIGH IMPACT DESIGN & ENTERTAINMENT S.A. (HIDE S.A) RT 000664 2009

471 001592 26/08/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA IQUITOS 4 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000173 2007

472 001593 26/08/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA IQUITOS 3 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000174 2007

473 001605 27/08/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - TARAPOTO 1 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000154 2007

474 001616 31/08/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - QUEEN’S CHINCHA INVERSIONES MIGUEL ALVAREZ S.R.L. AT 001119 2007

475 001657 07/09/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LAS VEGAS INVERSIONES GUERRA SAC (WMS GAMING PERU S.A.C) AT 001230 2007

476 001661 07/09/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - COMAS SLOT GLADYS Y FRANCISCO S.A.C. ( GLADFRANC S.A.C ) AT 001232 2007

477 001662 07/09/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MARAÑON EMPRESA PICOTA SLOT S.A.C. AT 001265 2007

478 001663 07/09/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA IQUITOS 2 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000392 2007

479 001664 07/09/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - TARAPOTO 5 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000372 2007

480 001665 07/09/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - TUMBES 2 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000101 2007

481 001666 07/09/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CHANCAY B Y R S.R.L. AT 001229 2007

482 001667 07/09/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - ANTHONY SOLIN DORADO S.A.C. AT 001086 2007

483 001668 07/09/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - OBA OBA TG & JP S.R.L. AT 001008 2007

484 001677 08/09/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - WINNER’S SAN JUAN PACIFIC ENTERTAINMENTS S.A.C. AT 001170 2007

485 001678 08/09/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SOLENKA INVERSIONES SOLENKA S.A.C AT 000902 2007

486 001679 08/09/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - GOLDEN WORLD GOLDEN WORLD S.R.L AT 000882 2007

487 001694 09/09/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - STELLA COIN IN INVERSIONES LOC JOY TON S.A. AT 000634 2007

488 001700 10/09/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - ELECTRONIC & JUEGOS ELECTRONIC & JUEGOS S.A.C AT 000721 2007

489 001701 10/09/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - EL GANADOR CORPORACION AGUILAR S.A.C AT 001207 2007

490 001770 18/09/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - IMPERIO TROPICAL II AGRO SEMILLAS S.A.C AT 000963 2007

491 001771 18/09/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - ICA 1 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000432 2007

492 001779 21/09/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - EL TESORO INVERSIONES RECREATIVOS GUERRERO S.A.C. AT 001087 2007

493 001786 21/09/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - EL COFRE DE LA FORTUNA LOS FARAONES S.A.C AT 001259 2007

494 001810 24/09/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - ATLANTIS I RECREATIVOS OLIMPIA S.A.C. AT 001139 2007

495 001829 28/09/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - PHARAON’S LUCKY COIN S.A.C. AT 000822 2007

496 001837 29/09/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - ICA 2 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000391 2007

497 001864 01/10/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SULLANA 3 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000176 2007

498 001873 01/10/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - ROYAL GARDEN CASTILLO DE ORO S.A AT 001060 2007

499 001874 01/10/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALA AYACUCHO NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000158 2007

500 001900 06/10/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - JUMBO III MAGIA GAMING S.A.C. AT 001210 2007

501 001901 06/10/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MR. MONEDA CASTILLO DE ORO S.A AT 001059 2007

502 001902 06/10/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LAS MALVINAS MUNDO ELECTRONICO S.A.C. AT 000926 2007

503 001904 07/10/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LAS PALMERAS JUNGLE INVERSIONES S.A.C AT 000701 2007

504 001911 07/10/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - REYNA INVERSIONES MILLION´S S.A.C. AT 001247 2007

505 001912 07/10/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - PHARAON’S CITY LOS FARAONES S.A.C AT 001261 2007

506 001913 07/10/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CUZCO INVERSIONES TEXANO S.A.C. AT 001046 2007

507 001927 12/10/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MR. CASH ASPEN INTERNATIONAL S.A.C. AT 001190 2007

508 001933 13/10/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - BONANZA SLOT INVERSIONES BALORA S.A.C AT 000831 2007

509 001961 16/10/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - ATLANTIS INVERSIONES BALORA S.A.C AT 001029 2007

510 001974 19/10/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - COLIBRI DORADO FANTASY CLUB DEL PERU S.A. AT 000691 2007

511 001975 19/10/2009 AUTORIZACION EXPRESA TRAGAMONEDA - BLACK JACK II INVERSIONES Y SERVICIOS EL BASHA S.A.C. (INSERBA S.A.C.)

AT 001160 2009

512 001988 21/10/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CARNAVAL RIO CITCO S.A.C AT 001090 2007

513 002037 27/10/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LA FONTANA MAGIA GAMING S.A.C. AT 001211 2007

514 002053 28/10/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CUSCO 2 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000097 2007

515 002074 29/10/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - DON ANGELLO INVERSIONES CASINOS J.S. S.A.C AT 343031 2007

516 002086 02/11/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - HUARMEY 2 NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C AT 000124 2007

517 002091 03/11/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - DELICHEFF ENTRETENIMIENTOS DEL CENTRO S.A.C. AT 000973 2007

518 002103 04/11/2009 AUTORIZACION EXPRESA TRAGAMONEDA - HAPPY HAPPY S.A.C. AT 001914 2009

519 002109 05/11/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LOS FARAONES LOS FARAONES S.A.C AT 001267 2007

520 002110 05/11/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LAS VEGAS(REAL MONEY) INVERSIONES Y REPRESENTACIONES CECAR S.A.C AT 001212 2007

521 002122 06/11/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - GAMBINOS CAÑETE ENTRETENIMIENTOS DEL CENTRO S.A.C. AT 000811 2007

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, lunes 22 de marzo de 2010415962

ID RD Fecha Procedimiento y nombre de sala de juegos Titular de la autorización Rubro Exp. Año

522 002125 06/11/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - PUCALLPA 1 ALPAMAYO INVERSIONES S.A.C AT 000329 2007

523 002152 10/11/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - QUEEN’S TARMA RECREACIONES STAR S.R.L AT 001018 2007

524 002153 10/11/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - PUCALLPA 2 ALPAMAYO INVERSIONES S.A.C AT 000389 2007

525 002154 10/11/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - AFRICA K.M.C S.A.C AT 000982 2007

526 002155 10/11/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MYTHIC OKANE S.A.C. AT 001002 2007

527 002156 10/11/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CASINO CALIFORNIA INVERSIONES BALORA S.A.C AT 343630 2007

528 002171 12/11/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - IQUITOS 1 ALPAMAYO INVERSIONES S.A.C AT 000172 2007

529 002174 12/11/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - DUSANC NEGOCIACIONES Y REPRESENTACIONES DUSANC S.A.C AT 001250 2007

530 002189 13/11/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - GOLDEN CITY INVERSIONES MARVAL S.A.C AT 000917 2007

531 002202 13/11/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - GRAN AVELINO INVERSIONES NORTE SUR S.A.C. AT 000898 2007

532 002227 17/11/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - VILLA SLOT ELECTROTEC GAMING & SERVICE S.A.C AT 001155 2007

533 002231 18/11/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - TUPAC AMARU APEX CORPORATION S.A.C AT 001107 2007

534 002246 18/11/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CIUDAD Y CAMPO SERVICIOS DIVERSOS EL ALTIPLANO S.R.L AT 000944 2007

535 002289 23/11/2009 RENOVACION DE AUT. EXPRESA (R.D. 763-2006) - QHAPAX INVERSIONES LARIMAR S.A. RT 001762 2009

536 002300 25/11/2009 RENOVACION DE AUT. EXPRESA (R.D. 784-2006) - QHAPAX INVERSIONES LARIMAR S.A. RC 001761 2009

537 002301 25/11/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - HARUMI VI ENTRETENIMIENTOS DEL CENTRO S.A.C. AT 000804 2007

538 002302 25/11/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - GAMBINOS CHINCHA ENTRETENIMIENTOS DEL CENTRO S.A.C. AT 000820 2007

539 002303 25/11/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - WILLIAMS ALAMEDA GAMING S.A.C. AT 000968 2007

540 002322 27/11/2009 ACEPTAR REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CARRUSEL INVERSIONES MALOK SAC AT 000956 2007

541 002338 02/12/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - GOOD LUCK GAMING Y SOLUCIONES S.A.C. AT 001237 2007

542 002353 03/12/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MONTECARLO INVERSIONES NORTE SUR S.A.C. AT 000897 2007

543 002433 16/12/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - ROYAL PALACE NEGOCIACIONES LA TORRE DE BABEL S.C.R.L. AT 001032 2007

544 002442 18/12/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MAXIN LOS FARAONES S.A.C AT 001254 2007

545 002443 18/12/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - EL GALEON DE ORO INVERSIONES TENIENTE BROTHERS S.A.C AT 001024 2007

546 002450 18/12/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - POSEIDON MAK`S INTERNATIONAL S.R.L AT 000961 2007

547 002451 18/12/2009 AUTORIZACION EXPRESA TRAGAMONEDAS - DELUXE SALON DE JUEGOS PORTAL S.A. AT 002343 2009

548 002460 18/12/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - MILANO HUNG Y YONG S.A.C AT 000885 2007

549 002469 21/12/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - LA FONTANA III JUEGOS SLOTS MULTINACIONALES S.A.C. AT 000796 2007

550 002478 22/12/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - JAMBOREE JUEGOS SLOTS MULTINACIONALES S.A.C. AT 000791 2007

551 002501 23/12/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - ATLANTIC INVERSIONES BAROJ S.A.C AT 001030 2007

552 002502 23/12/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SALON SEVILLA NEGOCIOS SEVILLA S.A. AT 000842 2007

553 002504 23/12/2009 AUTORIZACION EXPRESA CASINO - CASINO ASIA SIGEL GAMING CORPORATION S.A.C. AC 003968 2009

554 002505 23/12/2009 AUTORIZACION EXPRESA TRAGAMONEDA - CASINO ASIA SIGEL GAMING CORPORATION S.A.C. AT 003969 2009

555 002526 28/12/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - SUN CITY - ICA SALTADITAS DE LA SUERTE S.A.C AT 000851 2007

556 002527 28/12/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - RIMAC INVERSIONES STARGAMES S.A.C. AT 001217 2007

557 002528 28/12/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CLUB GAME 777 GAME M & A S.A.C. AT 001219 2007

558 002529 28/12/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - NILVER INVERSIONES FLORES & ORTEGA S.A.C. AT 001236 2007

559 002530 28/12/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - EL ROMANO LOS FARAONES S.A.C AT 001253 2007

560 002542 29/12/2009 ACEPTAR - REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION - CALIFORNIA ALTA GRACIA S.R.L AT 000705 2007

561 002561 30/12/2009 AUTORIZACION EXPRESA TRAGAMONEDA - EL POLO SLOTS RED ONE S.A.C AT 020682 2009

Leyenda:

AC Autorización Casino

AT Autorización Tragamonedas

RC Renovación Casino

RT Renovación Tragamonedas

471050-1

ECONOMIA Y FINANZAS

Fijan monto y características de la sexta colocación de los Bonos Soberanos para financiar proyectos de inversión pública

RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 004-2010-EF/75.01

Lima, 19 de marzo de 2010

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Urgencia Nº 040-2009, y sus modifi catorias, se aprobó la emisión interna de bonos soberanos hasta por S/. 2 600 000 000,00 (DOS MIL SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), a ser efectuada en uno o varios tramos, durante el trienio

2009-2011 cuyo destino es fi nanciar proyectos de inversión pública a cargo de los Gobiernos Regionales;

Que, con cargo al monto total autorizado por el citado Decreto de Urgencia, a la fecha se han colocado Bonos Soberanos por la suma de S/. 1 100 000 000,00 (Un Mil Cien Millones y 00/100 Nuevos Soles);

Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 1.3 del Artículo 1º del referido Decreto de Urgencia, mediante los Decretos Supremos Nºs 113, 129, 126, 127, 133, 143, 157, 161, 162, 172, 173, 174, 175, 190, 191, 194, 199, 218, 219, 220, 221, 229, 232, 233, 234, 235, 236, 246, 252, 253, 254, 265, 280, 281, 282, 283, 294, 295, 307, 308 y 309-2009-EF; así como los Decretos Supremos Nºs 007, 016, 017, 018, 019, 020, 021, 022, 023, 024, 025, 026, 027, 028, 029, 030, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 040, 041, 042, 043, 044, 045, 046, 047, 048, 082 y 083-2010-EF, se autorizaron los tramos de emisión de bonos soberanos para fi nanciar los proyectos de inversión pública a cargo de los Gobiernos Regionales;

Que, asimismo, el acotado Decreto de Urgencia dispone que, mediante resolución directoral de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público del

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, lunes 22 de marzo de 2010 415963

Ministerio de Economía y Finanzas, se fi jarán el monto, la fecha de colocación y las características especiales del instrumento a ser emitido;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y su modifi catoria, el Decreto de Urgencia Nº 040-2009 y sus modifi catorias, y los Decretos Supremos mencionados en el tercer considerando de esta norma legal;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- La sexta colocación de los Bonos Soberanos con cargo a los tramos autorizados por los Decretos Supremos mencionados en el tercer considerando de la presente norma legal, será hasta por S/. 200 000 000,00 (DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES). Dicha colocación será efectuada a través de la subasta del Bono Soberano 12FEB2042.

Para la colocación de los Bonos Soberanos indicados en el citado tercer considerando, se aplicará lo establecido en el “Reglamento de la Emisión y Colocación de Bonos Soberanos en el Mercado Interno”, aprobado por el Decreto Supremo N° 193-2004-EF, excepto por lo establecido en los ítems i), ii) y iii) de los literales b) y e) del numeral 3 de dicho Reglamento, conforme lo establece el Artículo 3º de los referidos Decretos Supremos.

Artículo 2º.- La colocación a que se refi ere el artículo precedente, se instrumentará a través de la reapertura de la serie de los bonos denominados Bonos Soberanos 12FEB2042, cuyas características serán las siguientes:

- Emisor : La República del Perú- Moneda : Nuevos Soles- Valor nominal de : S/. 1 000,00 (Un Mil y 00/100 cada bono Nuevos Soles) - Mecanismo de colocación : Subasta única a través del

sistema DATATEC- Participantes de la subasta : Creadores de Mercado

designados por la Resolución Ministerial N° 007-2010-EF/75

- Modalidad de subasta : Holandesa- Variable a subastar : Precio del bono El precio a subastar no incluirá los

intereses corridos generados por cada bono

- Fecha de subasta : 23 de marzo de 2010 - Fecha de liquidación : 24 de marzo de 2010 - Negociabilidad : Libremente negociables - Representación : Mediante anotación en cuenta en

el registro contable de CAVALI S.A. ICLV

- Pago del principal e : A través de CAVALI S.A. ICLV intereses Los pagos se realizarán según el

cronograma que se describe en el Anexo a la presente Resolución Directoral

- Denominación : Bonos Soberanos 12FEB2042 - Código ISIN : PEP01000C4L7- Nemónico : SB12FEB42 - Fecha de vencimiento : 12 de febrero de 2042- Monto de colocación : Hasta por un monto de S/.

200 000 000,00 (Doscientos Millones y 00/100 Nuevos Soles)

- Tasa de interés : 6,85 % nominal anual fi ja, base 30/360

- Cupón semestral : S/. 34,25 - Monto a pagar : El monto a pagar por el

inversionista que resulte adjudicatario en la subasta, será el precio del bono fi jado en la subasta más los intereses corridos generados por cada bono adjudicado

- Intereses corridos : Por el número de días transcurridos entre la fecha de pago del último cupón y la fecha de liquidación del bono

- Redención : Al vencimiento se cancelará el íntegro del capital

- Monto en Circulación : Actualmente están en circulación 550 000unidades del bono que se reapertura

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VALENTIN COBEÑAS AQUINODirector General (e)Dirección Nacional del Endeudamiento Público

ANEXO

CRONOGRAMA DE PAGOS

BONOS SOBERANOS 12FEB2042

Cupón Fecha de Vencimiento Día Fecha de

Pago Día

Cupón 1 12-Ago-10 Jueves 12-Ago-10 JuevesCupón 2 12-Feb-11 Sábado 14-Feb-11 LunesCupón 3 12-Ago-11 Viernes 12-Ago-11 ViernesCupón 4 12-Feb-12 Domingo 13-Feb-12 LunesCupón 5 12-Ago-12 Domingo 13-Ago-12 LunesCupón 6 12-Feb-13 Martes 12-Feb-13 MartesCupón 7 12-Ago-13 Lunes 12-Ago-13 LunesCupón 8 12-Feb-14 Miércoles 12-Feb-14 MiércolesCupón 9 12-Ago-14 Martes 12-Ago-14 MartesCupón 10 12-Feb-15 Jueves 12-Feb-15 JuevesCupón 11 12-Ago-15 Miércoles 12-Ago-15 MiércolesCupón 12 12-Feb-16 Viernes 12-Feb-16 ViernesCupón 13 12-Ago-16 Viernes 12-Ago-16 ViernesCupón 14 12-Feb-17 Domingo 13-Feb-17 LunesCupón 15 12-Ago-17 Sábado 14-Ago-17 LunesCupón 16 12-Feb-18 Lunes 12-Feb-18 LunesCupón 17 12-Ago-18 Domingo 13-Ago-18 LunesCupón 18 12-Feb-19 Martes 12-Feb-19 MartesCupón 19 12-Ago-19 Lunes 12-Ago-19 LunesCupón 20 12-Feb-20 Miércoles 12-Feb-20 MiércolesCupón 21 12-Ago-20 Miércoles 12-Ago-20 MiércolesCupón 22 12-Feb-21 Viernes 12-Feb-21 ViernesCupón 23 12-Ago-21 Jueves 12-Ago-21 JuevesCupón 24 12-Feb-22 Sábado 14-Feb-22 LunesCupón 25 12-Ago-22 Viernes 12-Ago-22 ViernesCupón 26 12-Feb-23 Domingo 13-Feb-23 LunesCupón 27 12-Ago-23 Sábado 14-Ago-23 LunesCupón 28 12-Feb-24 Lunes 12-Feb-24 LunesCupón 29 12-Ago-24 Lunes 12-Ago-24 LunesCupón 30 12-Feb-25 Miércoles 12-Feb-25 MiércolesCupón 31 12-Ago-25 Martes 12-Ago-25 MartesCupón 32 12-Feb-26 Jueves 12-Feb-26 JuevesCupón 33 12-Ago-26 Miércoles 12-Ago-26 MiércolesCupón 34 12-Feb-27 Viernes 12-Feb-27 ViernesCupón 35 12-Ago-27 Jueves 12-Ago-27 JuevesCupón 36 12-Feb-28 Sábado 14-Feb-28 LunesCupón 37 12-Ago-28 Sábado 14-Ago-28 LunesCupón 38 12-Feb-29 Lunes 12-Feb-29 LunesCupón 39 12-Ago-29 Domingo 13-Ago-29 LunesCupón 40 12-Feb-30 Martes 12-Feb-30 MartesCupón 41 12-Ago-30 Lunes 12-Ago-30 LunesCupón 42 12-Feb-31 Miércoles 12-Feb-31 MiércolesCupón 43 12-Ago-31 Martes 12-Ago-31 MartesCupón 44 12-Feb-32 Jueves 12-Feb-32 JuevesCupón 45 12-Ago-32 Jueves 12-Ago-32 JuevesCupón 46 12-Feb-33 Sábado 14-Feb-33 LunesCupón 47 12-Ago-33 Viernes 12-Ago-33 ViernesCupón 48 12-Feb-34 Domingo 13-Feb-34 LunesCupón 49 12-Ago-34 Sábado 14-Ago-34 LunesCupón 50 12-Feb-35 Lunes 12-Feb-35 LunesCupón 51 12-Ago-35 Domingo 13-Ago-35 LunesCupón 52 12-Feb-36 Martes 12-Feb-36 MartesCupón 53 12-Ago-36 Martes 12-Ago-36 MartesCupón 54 12-Feb-37 Jueves 12-Feb-37 JuevesCupón 55 12-Ago-37 Miércoles 12-Ago-37 MiércolesCupón 56 12-Feb-38 Viernes 12-Feb-38 ViernesCupón 57 12-Ago-38 Jueves 12-Ago-38 JuevesCupón 58 12-Feb-39 Sábado 14-Feb-39 LunesCupón 59 12-Ago-39 Viernes 12-Ago-39 ViernesCupón 60 12-Feb-40 Domingo 13-Feb-40 LunesCupón 61 12-Ago-40 Domingo 13-Ago-40 LunesCupón 62 12-Feb-41 Martes 12-Feb-41 MartesCupón 63 12-Ago-41 Lunes 12-Ago-41 LunesCupón 64 + Principal 12-Feb-42 Miércoles 12-Feb-42 Miércoles

471400-1

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, lunes 22 de marzo de 2010415964

Aprueban monto y características adicionales de la primera colocación de Bonos Soberanos a ser realizada en el marco de lo dispuesto en el D.S. Nº 059-2010-EF

RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 005-2010-EF/75.01

Lima, 19 de marzo de 2010

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 29466, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2010, el Decreto Supremo Nº 059-2010-EF autorizó la emisión de Bonos Soberanos hasta por la suma de S/. 2 065 000 000,00 (Dos Mil Sesenta y Cinco Millones y 00/100 Nuevos Soles);

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 5º del Decreto Supremo Nº 059-2010-EF y en el literal s) del numeral 2 del Reglamento de la Emisión y Colocación de Bonos Soberanos en el Mercado Interno, aprobado por el Decreto Supremo Nº 193-2004-EF, las características adicionales de los bonos serán establecidas por la Dirección Nacional del Endeudamiento Público, a través de una resolución directoral;

Que, es necesario aprobar el monto y las características adicionales de la primera colocación de Bonos Soberanos a ser realizada en el mes de marzo de 2010, a través de la reapertura de la serie de los bonos denominados Bonos Soberanos 12AGO2020;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y sus modifi catorias, la Ley Nº 29466, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2010, el Decreto Supremo Nº 059-2010-EF y por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y su modifi catoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- La primera colocación de Bonos Soberanos a ser realizada en el marco de lo dispuesto en el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 059-2010-EF, será hasta por el monto de S/. 50 000 000,00 (Cincuenta Millones y 00/100 Nuevos Soles).

En el caso que sea necesario realizar la segunda y tercera vuelta, a que se refi eren, respectivamente, los items ii) y iii) del literal b) del numeral 3 del Reglamento de la Emisión y Colocación de Bonos Soberanos en el Mercado Interno, aprobado por el Decreto Supremo Nº 193-2004-EF, el monto autorizado en el párrafo anterior podrá incrementarse en los porcentajes señalados en dicho Reglamento.

Artículo 2º.- La colocación a que se refi ere el artículo precedente, se instrumentará a través de la reapertura de la serie de los bonos denominados Bonos Soberanos 12AGO2020, cuyas características serán las siguientes:

- Emisor : La República del Perú- Moneda : Nuevos Soles- Valor nominal de : S/. 1 000,00 ( Un Mil y 00/100 Nuevos cada bono Soles) - Mecanismo de : Subasta a través del sistema colocación DATATEC- Participantes de la : Creadores de Mercado designados por subasta la Resolución Ministerial N° 007-2010-

EF/75 - Modalidad de subasta : Holandesa- Variable a subastar : Precio del bono El precio a subastar no incluirá los

intereses corridos generados por cada bono

- Fecha de subasta : 23 de marzo de 2010 - Fecha de liquidación : 24 de marzo de 2010 - Negociabilidad : Libremente negociables - Representación : Mediante anotación en cuenta en el

registro contable de CAVALI S.A. ICLV - Pago del principal : A través de CAVALI S.A. ICLV e intereses Los pagos se realizarán según el

cronograma que se describe en el Anexo a la presente Resolución Directoral

- Denominación : Bonos Soberanos 12AGO2020 - Código ISIN : PEP01000CY33- Nemónico : SB12AGO20 - Fecha de vencimiento : 12 de agosto de 2020- Monto de colocación : Hasta por un monto de S/. 50 000 000,00

(Cincuenta Millones y 00/100 Nuevos Soles)

- Tasa de interés : 7,84 % nominal anual fi ja, base 30/360- Cupón semestral : S/. 39,20 - Monto a pagar : El monto a pagar por el inversionista

que resulte adjudicatario en la subasta, será el precio del bono fi jado en la subasta más los intereses corridos generados por cada bono adjudicado

- Intereses corridos : Por el número de días transcurridos entre la fecha de pago del último cupón y la fecha de liquidación del bono

- Redención : Al vencimiento se cancelará el íntegro del capital

- Monto en Circulación : Actualmente están en circulación 2 765 200 unidades del bono que se reapertura

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VALENTIN COBEÑAS AQUINODirector General (e)Dirección Nacional del Endeudamiento Público

ANEXO

CRONOGRAMA DE PAGOS

BONOS SOBERANOS 12AGO2020

Cupón Fecha de Vencimiento Día Fecha de

Pago Día

Cupón 11 12-Ago-10 Jueves 12-Ago-10 JuevesCupón 12 12-Feb-11 Sábado 14-Feb-11 LunesCupón 13 12-Ago-11 Viernes 12-Ago-11 ViernesCupón 14 12-Feb-12 Domingo 13-Feb-12 LunesCupón 15 12-Ago-12 Domingo 13-Ago-12 LunesCupón 16 12-Feb-13 Martes 12-Feb-13 MartesCupón 17 12-Ago-13 Lunes 12-Ago-13 LunesCupón 18 12-Feb-14 Miércoles 12-Feb-14 MiércolesCupón 19 12-Ago-14 Martes 12-Ago-14 MartesCupón 20 12-Feb-15 Jueves 12-Feb-15 JuevesCupón 21 12-Ago-15 Miércoles 12-Ago-15 MiércolesCupón 22 12-Feb-16 Viernes 12-Feb-16 ViernesCupón 23 12-Ago-16 Viernes 12-Ago-16 ViernesCupón 24 12-Feb-17 Domingo 13-Feb-17 LunesCupón 25 12-Ago-17 Sábado 14-Ago-17 LunesCupón 26 12-Feb-18 Lunes 12-Feb-18 LunesCupón 27 12-Ago-18 Domingo 13-Ago-18 LunesCupón 28 12-Feb-19 Martes 12-Feb-19 MartesCupón 29 12-Ago-19 Lunes 12-Ago-19 LunesCupón 30 12-Feb-20 Miércoles 12-Feb-20 MiércolesCupón 31 + Principal 12-Ago-20 Miércoles 12-Ago-20 Miércoles

471400-2

ENERGIA Y MINAS

Aprueban lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará derecho a la devolución del IGV e IPM a favor de Compañía Minera La Piedrita S.A.C. durante la fase de exploración

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 120-2010-MEM/DM

Lima, 17 de marzo de 2010

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 082-2002-EF se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 27623, modifi cada por la Ley Nº 27662, que dispone la devolución del Impuesto

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, lunes 22 de marzo de 2010 415965

General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploración;

Que, el inciso c) del artículo 6º del citado Reglamento estipula que el detalle de la lista de bienes y servicios se aprobará mediante resolución ministerial del Ministerio de Energía y Minas, previa opinión favorable del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, por Decreto Supremo Nº 150-2002-EF se aprobó la lista general de los bienes y servicios cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución defi nitiva del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal;

Que, la empresa COMPAÑÍA MINERA LA PIEDRITA S.A.C. solicitó al Ministerio de Energía y Minas la suscripción de un Contrato de Inversión en Exploración, adjuntando la lista de bienes y servicios cuya adquisición le otorgará el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal, durante la fase de exploración;

Que, el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Ofi cio Nº 104-2010-EF/15.01 de fecha 23 de febrero de 2010, emitió opinión favorable a la lista de bienes y servicios presentada por la empresa COMPAÑÍA MINERA LA PIEDRITA S.A.C. considerando que la lista presentada por la citada empresa coincide con los bienes y servicios aprobados por el Decreto Supremo Nº150-2002-EF, adecuada al Arancel de Aduanas vigente;

Con la opinión favorable de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas;

De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 6º del Reglamento de la Ley Nº 27623, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2002-EF y el literal h) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aprobar la lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a favor de la empresa COMPAÑÍA MINERA LA PIEDRITA S.A.C. durante la fase de exploración, de acuerdo con el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial.

Regístrese, comuníquese y publíquese,

PEDRO SÁNCHEZ GAMARRAMinistro de Energía y Minas

ANEXO

LISTA DE BIENES Y SERVICIOS QUE TIENEN DERECHO A LA DEVOLUCIÓN DE IGV e IPM

COMPAÑÍA MINERA LA PIEDRITA SAC

I. BIENES

Nº SUBPARTIDA NACIONAL

DESCRIPCION

1 2508.10.00.00 BENTONITA2 3824.90.60.00 PREPARACIONES PARA FLUIDOS DE PERFORACIÓN DE POZOS

(“LODOS”)3 3926.90.60.00 PROTECTORES ANTIRRUIDOS DE MATERIA PLÁSTICA4 6401.10.00.00 CALZADO CON PUNTERA METÁLICA DE PROTECCIÓN5 6506.10.00.00 CASCOS DE SEGURIDAD6 7228.80.00.00 BARRAS HUECAS PARA PERFORACIÓN DE ACEROS ALEADOS O

SIN ALEAR7 7304.22.00.00 TUBOS DE PERFORACIÓN DE ACERO INOXIDABLE8 7304.23.00.00 LOS DEMÁS TUBOS DE PERFORACIÓN9 8207.13.10.00 TRÉPANOS Y CORONAS CON PARTE OPERANTE DE CERMET10 8207.13.20.00 BROCAS CON PARTE OPERANTE DE CERMET11 8207.13.30.00 BARRENAS INTEGRALES CON PARTE OPERANTE DE CERMET12 8207.13.90.00 LOS DEMÁS UTILES CON PARTE OPERANTE DE CERMET13 8207.19.10.00 TRÉPANOS Y CORONAS EXCEPTO DE CERMET14 8207.19.21.00 BROCAS DIAMANTADAS EXCEPTO DE CERMET

Nº SUBPARTIDA NACIONAL

DESCRIPCION

15 8207.19.29.00 LAS DEMÁS BROCAS EXCEPTO DE CERMET Y DIAMANTADAS16 8207.19.30.00 BARRENAS INTEGRALES17 8207.19.80.00 LOS DEMÁS ÚTILES INTERCAMBIABLES DE PERFORACIÓN Y

SONDEO18 8207.90.00.00 LOS DEMÁS ÚTILES INTERCAMBIABLES19 8430.41.00.00 LAS DEMÁS MÁQUINAS DE SONDEO O PERFORACIÓN

AUTOPROPULSADAS20 8430.49.00.00 LAS DEMÁS MÁQUINAS DE SONDEO Y PERFORACIÓN EXCEPTO

AUTOPROPULSADAS21 8431.43.10.00 BALANCINES22 8431.43.90.00 LAS DEMÁS PARTES DE LAS MÁQUINAS DE SONDEO O

PERFORACIÓN DE LAS SUBPARTIDAS 84.30.41 U 8430.4923 8517.61.00.00 ESTACIONES BASE24 8517.62.90.00 LOS DEMÁS APARATOS PARA LA RECEPCIÓN, CONVERSIÓN Y

TRANSMISIÓN O REGENERACIÓN DE VOZ, IMAGEN U OTROS DATOS

25 8523.40.22.00 SOPORTES ÓPTICOS GRABADOS PARA REPRODUCIR IMAGEN O IMAGEN Y SONIDO

26 8523.40.29.00 LOS DEMÁS SOPORTES ÓPTICOS GRABADOS27 8704.21.10.10 CAMIONETAS PICK-UP DE ENCENDIDO POR COMPRESIÓN,

ENSAMBLADAS CON PESO TOTAL CON CARGA MÁXIMA INFERIOR O IGUAL A 4.537 T. DIESEL

28 8705.20.00.00 CAMIONES AUTOMÓVILES PARA SONDEO O PERFORACIÓN29 9006.30.00.00 CÁMARAS ESPECIALES PARA FOTOGRAFÍA SUBMARINA O

AÉREA, EXAMEN MÉDICO DE ÓRGANOS INTERNOS O PARA LABORATORIOS DE MEDICINA LEGAL O IDENTIFICACIÓN JUDICIAL

30 9011.10.00.00 MICROSCOPIOS ESTEREOSCOPICOS31 9011.20.00.00 LOS DEMÁS MICROSCOPIOS PARA FOTOMICROGRAFÍA,

CINEFOTOMICROGRAFÍA O MICROPROYECCIÓN32 9012.10.00.00 MICROSCOPIOS, EXCEPTO LOS ÓPTICOS, DIFRACTÓGRAFOS33 9014.20.00.00 INSTRUMENTOS Y APARATOS PARA NAVEGACIÓN AÉREA O

ESPACIAL (EXCEPTO LAS BRÚJULAS)34 9014.80.00.00 LOS DEMÁS INSTRUMENTOS Y APARATOS DE NAVEGACIÓN35 9015.10.00.00 TELEMÉTROS36 9015.20.10.00 TEODOLITOS37 9015.20.20.00 TAQUÍMETROS38 9015.30.00.00 NIVELES39 9015.40.10.00 INSTRUMENTOS Y APARATOS DE FOTOGRAMETRÍA, ELÉCTRICOS

O ELECTRÓNICOS40 9015.40.90.00 LOS DEMÁS INSTRUMENTOS Y APARATOS DE FOTOGRAMETRÍA

EXCEPTO ELÉCTRICOS O ELECTRÓNICOS41 9015.80.10.00 LOS DEMÁS INSTRUMENTOS Y APARATOS ELÉCTRICOS O

ELECTRÓNICOS EXCEPTO DE FOTOGRAMETRÍA42 9015.80.90.00 LOS DEMÁS INSTRUMENTOS Y APARATOS EXCEPTO ELÉCTRICOS

O ELECTRÓNICOS43 9015.90.00.00 PARTES Y ACCESORIOS44 9020.00.00.00 LOS DEMÁS APARATOS RESPIRATORIOS Y MÁSCARAS ANTIGÁS,

EXCEPTO LAS MÁSCARAS DE PROTECCIÓN SIN MECANISMO NI ELEMENTO FILTRANTE AMOVIBLE

45 9027.30.00.00 ESPECTRÓMETROS, ESPECTROFOTÓMETROS Y ESPECTRÓGRAFOS QUE UTILICEN RADIACIONES ÓPTICAS (UV, VISIBLES, IR)

46 9030.33.00.00 LOS DEMÁS INSTRUMENTOS Y APARATOS PARA MEDIDA O CONTROL DE TENSIÓN, INTENSIDAD, RESISTENCIA O POTENCIA, SIN DISPOSITIVO REGISTRADOR

II. SERVICIOS

a) Servicios de Operaciones de Exploración Minera• Topográfi cos y geodésicos.• Geológicos y geotécnicos (incluye petrográfi cos, mineragráfi cos, hidrológicos,

restitución fotogramétrica, fotografías aéreas, mecánica de rocas).

• Servicios geofísicos y geoquímicos (incluye ensayes).• Servicios de perforación diamantina y de circulación reversa (roto percusiva).• Servicios aerotopográfi cos.• Servicios de interpretación multiespectral de imágenes ya sean satelitales o equipos

aerotransportados.• Ensayes de laboratorio (análisis de minerales, suelos, agua, etc).

b) Otros Servicios Vinculados a la Actividad de Exploración Minera • Servicio de alojamiento y alimentación del personal operativo del Titular del

Proyecto.

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, lunes 22 de marzo de 2010415966

• Servicio de asesoría, consultoría, estudios técnicos especiales y auditorias destinados a las actividades de exploración minera.

• Servicios de diseño, construcción, montaje industrial, eléctrico y mecánico, armado y desarmado de maquinarias y equipo necesario para las actividades de la exploración minera.

• Servicios de inspección, mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo utilizado en las actividades de exploración minera.

• Alquiler o arrendamiento fi nanciero de maquinaria, vehículos y equipos necesarios para las actividades de exploración.

• Transporte de personal, maquinaria, equipo, materiales y suministros necesarios para las actividades de exploración y la construcción de campamentos.

• Servicios médicos y hospitalarios.• Servicios relacionados con la protección ambiental.

• Servicios de sistemas e informática.• Servicios de comunicaciones, incluyen comunicación radial, telefonía satelital.• Servicios de seguridad industrial y contraincendios.• Servicios de seguridad y vigilancia de instalaciones y personal operativo.• Servicios de seguros.• Servicios de rescate, auxilio.

470779-1

TRANSPORTES Y

COMUNICACIONES

Otorgan autorizaciones a personas naturales y empresas para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en diversas localidades de los departamentos de Cusco, Lima y Moquegua

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIALNº 197-2010-MTC/03

Lima, 8 de marzo de 2010

VISTO, el Expediente Nº 2007-039867 presentado por la señora ROSMERY VALENCIA HUAMANÑAHUI, sobre otorgamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Santa Ana, provincia de La Convención, departamento de Cusco;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC;

Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión indica que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de radiodifusión. Además, el citado artículo señala que la instalación de equipos en una estación de radiodifusión requiere de un Permiso, el mismo que es defi nido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o jurídicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusión;

Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión establece que otorgada la autorización para prestar el servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración improrrogable de doce (12) meses;

Que, el artículo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión indica que para obtener autorización para prestar el servicio de radiodifusión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dicho artículo se detallan;

Que, con Resolución Viceministerial Nº 108-2004-MTC/03, modifi cada por Resoluciones Viceministeriales Nº 604-2007-MTC/03 y Nº 020-2008-MTC/03, ratifi cada con Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03,

modifi cada por Resolución Viceministerial Nº 368-2009-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de FM para diversas localidades del departamento de Cusco, entre las cuales se encuentra la localidad de Quillabamba, la misma que incluye al distrito de Santa Ana, provincia de La Convención, departamento de Cusco;

Que, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias, indicado en el párrafo precedente, establece 1 Kw. como máxima potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la dirección de máxima ganancia de antena. Asimismo, según Resolución Ministerial Nº 207-2009-MTC/03, la misma que modifi có las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas mediante Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, las estaciones que operen en el rango mayor a 250 w. hasta 500 w. de e.r.p., en la dirección de máxima ganancia de antena, se clasifi can como Estaciones de Servicio Primario Clase D3, consideradas de Baja Potencia;

Que, en virtud a lo indicado, la señora ROSMERY VALENCIA HUAMANÑAHUI no se encuentra obligada a la presentación del Estudio Teórico de Radiaciones No Ionizantes, así como tampoco a efectuar los monitoreos anuales, según se establece en el artículo 4º y el numeral 5.2 del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, mediante el cual se aprobaron los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones;

Que, con Informe Nº 3395-2009-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones señala que se considera viable otorgar la autorización solicitada por la señora ROSMERY VALENCIA HUAMANÑAHUI para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Santa Ana, provincia de La Convención, departamento de Cusco;

De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y modifi cado por Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de Frecuencia Modulada (FM) para la localidad de Quillabamba, aprobado por Resolución Viceministerial Nº 108-2004-MTC/03, modifi cado con Resoluciones Viceministeriales Nº 604-2007-MTC/03 y Nº 020-2008-MTC/03, ratifi cado mediante Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, modifi cado con Resolución Viceministerial Nº 368-2009-MTC/03, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y sus modifi catorias; y,

Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Otorgar autorización a la señora ROSMERY VALENCIA HUAMANÑAHUI, por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Quillabamba, departamento de Cusco, de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicas que se detallan a continuación:

Condiciones Esenciales:

Modalidad : RADIODIFUSIÓN SONORA EN FMFrecuencia : 98.1 MHz.Finalidad : COMERCIAL

Características Técnicas:

Indicativo : OBO-7LEmisión : 256KF8EPotencia Nominal del Transmisor : 250 W.Clasifi cación de Estación : PRIMARIA D3 – BAJA POTENCIA

Ubicación de la Estación:

Estudio : Av. Edgar de la Torre s/n, distrito de Santa Ana, provincia de La Convención, departamento de Cusco.

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, lunes 22 de marzo de 2010 415967

Coordenadas Geográfi cas : Longitud Oeste : 72º 41’ 33’’ Latitud Sur : 12º 52’ 01’’

Planta Transmisora : Cerro Santo Domingo, distrito de Santa Ana, provincia de La Convención, departamento de Cusco.

Coordenadas Geográfi cas : Longitud Oeste : 72º 38’ 59’’ Latitud Sur : 12º 51’ 42’’

Zona de Servicio : El área comprendida dentro del contorno de 66 dB V/m

La autorización otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusión correspondientes.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 52º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, para el caso de los enlaces auxiliares se requiere de autorización previa otorgada por la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones.

El plazo de la autorización y permiso concedidos se computará a partir del día siguiente de notifi cada la presente Resolución, la cual, además, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano.

Artículo 2º.- En caso alguna infraestructura, utilizada para el despegue y aterrizaje de aeronaves, sea instalada con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente autorización y la estación radiodifusora se encuentre dentro de las Superfi cies Limitadoras de Obstáculos o su operación genere interferencias a los sistemas de radionavegación, la titular deberá obtener el permiso respectivo de la Dirección General de Aeronáutica Civil o reubicar la estación, así como adoptar las medidas correctivas a efectos de no ocasionar interferencias.

Asimismo, si, con posterioridad al otorgamiento de la presente autorización, la estación radiodifusora se encontrara dentro de las otras zonas de restricción establecidas en el artículo 84º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, la titular deberá obtener los permisos correspondientes y adoptar las medidas correctivas que correspondan.

Artículo 3º.- La autorización que se otorga se inicia con un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro del cual, la titular de la autorización, deberá cumplir con las obligaciones que a continuación se indican:

- Instalar los equipos requeridos para la prestación del servicio conforme a las condiciones esenciales y a las características técnicas aprobadas en la presente autorización.

- Realizar las respectivas pruebas de funcionamiento.- Los equipos instalados deberán contar con el

respectivo Certifi cado de Homologación.

La inspección técnica correspondiente se efectuará de ofi cio hasta dentro de los tres (03) meses siguientes al vencimiento del mencionado período de instalación y prueba, verifi cándose en ella la correcta instalación de la estación, incluyendo la operatividad con equipos homologados, así como el cumplimiento de las condiciones esenciales y características técnicas indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución.

Sin perjuicio de lo indicado, la titular podrá solicitar la realización de la inspección técnica antes del vencimiento del período de instalación y prueba otorgado.

En caso de incumplimiento de las obligaciones antes mencionadas, la autorización otorgada quedará sin efecto.

De cumplir la titular con las obligaciones precedentemente indicadas y a mérito del informe técnico favorable, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procederá a expedir la respectiva Licencia de Operación.

Artículo 4º.- La titular, dentro de los doce (12) meses de entrada en vigencia la autorización otorgada, en forma individual o conjunta, aprobará su Código de Ética y presentará copia del mismo a la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, o podrá acogerse al Código de Ética aprobado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Artículo 5º.- La titular está obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusión autorizado, de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicas indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución, las

cuales sólo podrán ser modifi cadas previa autorización de este Ministerio.

En caso de aumento de potencia, éste podrá autorizarse hasta el máximo establecido en el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias de la banda y localidad autorizadas.

En caso de disminución de potencia, no obstante no requerirse de aprobación previa, la titular se encuentra obligada a comunicarlo a la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones.

Artículo 6º.- Conforme a lo establecido en el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, la titular adoptará las medidas necesarias para garantizar que las radiaciones que emita la estación de radiodifusión que se autoriza no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles en el acotado Decreto Supremo.

Artículo 7º.- Serán derechos y obligaciones de la titular de la autorización otorgada, los consignados en los artículos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, así como los señalados en la presente Resolución.

Artículo 8º.- La autorización a que se contrae el artículo 1º de la presente Resolución podrá renovarse por igual período.

La renovación deberá solicitarse hasta el día del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el mencionado artículo 1º y se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión.

Artículo 9º.- Dentro de los sesenta (60) días de notifi cada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y canon anual, caso contrario, la autorización quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente.

Artículo 10º.- La autorización a la que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modifi catorias y complementarias que se expidan.

Artículo 11º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE LUIS CUBA HIDALGOViceministro de Comunicaciones

471239-1

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIALNº 198-2010-MTC/03

Lima, 8 de marzo de 2010

VISTO, el Expediente Nº 2009-004374 presentado por el señor NATALIO OCROS HUAYLLAS, sobre otorgamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Santa Ana, provincia de La Convención, departamento de Cusco;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC;

Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión indica que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de radiodifusión. Además, el citado artículo señala que la instalación de equipos en una estación de radiodifusión requiere de un Permiso, el mismo que es defi nido como la facultad que otorga el

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, lunes 22 de marzo de 2010415968

Estado, a personas naturales o jurídicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusión;

Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión establece que otorgada la autorización para prestar el servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración improrrogable de doce (12) meses;

Que, el artículo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión indica que para obtener autorización para prestar el servicio de radiodifusión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dicho artículo se detallan;

Que, con Resolución Viceministerial Nº 108-2004-MTC/03, modifi cada por Resoluciones Viceministeriales Nº 604-2007-MTC/03 y Nº 020-2008-MTC/03, ratifi cada con Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, modifi cada por Resolución Viceministerial Nº 368-2009-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de FM para diversas localidades del departamento de Cusco, entre las cuales se encuentra la localidad de Quillabamba, la misma que incluye al distrito de Santa Ana, provincia de La Convención, departamento de Cusco;

Que, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias, indicado en el párrafo precedente, establece 1 Kw. como máxima potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la dirección de máxima ganancia de antena. Asimismo, según Resolución Ministerial Nº 207-2009-MTC/03, la misma que modifi có las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas mediante Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, las estaciones que operen en el rango mayor a 500 w. hasta 1 Kw. de e.r.p., en la dirección de máxima ganancia de antena, se clasifi can como Estaciones de Servicio Primario Clase D4, consideradas de Baja Potencia;

Que, en virtud a lo indicado, el señor NATALIO OCROS HUAYLLAS no se encuentra obligado a la presentación del Estudio Teórico de Radiaciones No Ionizantes, así como tampoco a efectuar los monitoreos anuales, según se establece en el artículo 4º y el numeral 5.2 del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, mediante el cual se aprobaron los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones;

Que, con Informe Nº 3396-2009-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones señala que se considera viable otorgar la autorización solicitada por el señor NATALIO OCROS HUAYLLAS para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Santa Ana, provincia de La Convención, departamento de Cusco;

De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y modifi cado por Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de Frecuencia Modulada (FM) para la localidad de Quillabamba, aprobado por Resolución Viceministerial Nº 108-2004-MTC/03, modifi cado con Resoluciones Viceministeriales Nº 604-2007-MTC/03 y Nº 020-2008-MTC/03, ratifi cado mediante Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, modifi cado con Resolución Viceministerial Nº 368-2009-MTC/03, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y sus modifi catorias; y,

Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Otorgar autorización al señor NATALIO OCROS HUAYLLAS, por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Quillabamba, departamento de Cusco, de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicas que se detallan a continuación:

Condiciones Esenciales:Modalidad : RADIODIFUSIÓN SONORA EN FMFrecuencia : 104.1 MHz.Finalidad : COMERCIAL

Características Técnicas:Indicativo : OBO-7ZEmisión : 256KF8EPotencia Nominal del Transmisor : 1 KW.Clasifi cación de Estación : PRIMARIA D4 – BAJA POTENCIA

Ubicación de la Estación:Estudio : Av. Bolognesi Nº 128, distrito de Santa

Ana, provincia de La Convención, departamento de Cusco.

Coordenadas Geográfi cas : Longitud Oeste : 72º 41’ 32’’ Latitud Sur : 12º 51’ 56’’Planta Transmisora : Cerro Chichima, distrito de Santa

Ana, provincia de La Convención, departamento de Cusco.

Coordenadas Geográfi cas : Longitud Oeste : 72º 40’ 37’’ Latitud Sur : 12º 51’ 58’’Zona de Servicio : El área comprendida dentro del

contorno de 66 dB V/m

La autorización otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusión correspondientes.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 52º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, para el caso de los enlaces auxiliares se requiere de autorización previa otorgada por la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones.

El plazo de la autorización y permiso concedidos se computará a partir del día siguiente de notifi cada la presente Resolución, la cual, además, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano.

Artículo 2º.- En caso alguna infraestructura, utilizada para el despegue y aterrizaje de aeronaves, sea instalada con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente autorización y la estación radiodifusora se encuentre dentro de las Superfi cies Limitadoras de Obstáculos o su operación genere interferencias a los sistemas de radionavegación, el titular deberá obtener el permiso respectivo de la Dirección General de Aeronáutica Civil o reubicar la estación, así como adoptar las medidas correctivas a efectos de no ocasionar interferencias.

Asimismo, si, con posterioridad al otorgamiento de la presente autorización, la estación radiodifusora se encontrara dentro de las otras zonas de restricción establecidas en el artículo 84º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, el titular deberá obtener los permisos correspondientes y adoptar las medidas correctivas que correspondan.

Artículo 3º.- La autorización que se otorga se inicia con un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro del cual, el titular de la autorización, deberá cumplir con las obligaciones que a continuación se indican:

- Instalar los equipos requeridos para la prestación del servicio conforme a las condiciones esenciales y a las características técnicas aprobadas en la presente autorización.

- Realizar las respectivas pruebas de funcionamiento.- Los equipos instalados deberán contar con el

respectivo Certifi cado de Homologación.

La inspección técnica correspondiente se efectuará de ofi cio hasta dentro de los tres (03) meses siguientes al vencimiento del mencionado período de instalación y prueba, verifi cándose en ella la correcta instalación de la estación, incluyendo la operatividad con equipos homologados, así como el cumplimiento de las condiciones esenciales y características técnicas indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución.

Sin perjuicio de lo indicado, el titular podrá solicitar la realización de la inspección técnica antes del vencimiento del período de instalación y prueba otorgado.

En caso de incumplimiento de las obligaciones antes mencionadas, la autorización otorgada quedará sin efecto.

De cumplir el titular con las obligaciones precedentemente indicadas y a mérito del informe técnico favorable, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procederá a expedir la respectiva Licencia de Operación.

Artículo 4º.- El titular, dentro de los doce (12) meses de entrada en vigencia la autorización otorgada, en forma individual o conjunta, aprobará su Código de Ética

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, lunes 22 de marzo de 2010 415969

y presentará copia del mismo a la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, o podrá acogerse al Código de Ética aprobado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Artículo 5º.- El titular está obligado a instalar y operar el servicio de radiodifusión autorizado, de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicas indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución, las cuales sólo podrán ser modifi cadas previa autorización de este Ministerio.

En caso de aumento de potencia, éste podrá autorizarse hasta el máximo establecido en el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias de la banda y localidad autorizadas.

En caso de disminución de potencia, no obstante no requerirse de aprobación previa, el titular se encuentra obligado a comunicarlo a la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones.

Artículo 6º.- Conforme a lo establecido en el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el titular adoptará las medidas necesarias para garantizar que las radiaciones que emita la estación de radiodifusión que se autoriza no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles en el acotado Decreto Supremo.

Artículo 7º.- Serán derechos y obligaciones del titular de la autorización otorgada, los consignados en los artículos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, así como los señalados en la presente Resolución.

Artículo 8º.- La autorización a que se contrae el artículo 1º de la presente Resolución podrá renovarse por igual período.

La renovación deberá solicitarse hasta el día del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el mencionado artículo 1º y se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión.

Artículo 9º.- Dentro de los sesenta (60) días de notifi cada la presente Resolución, el titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y canon anual, caso contrario, la autorización quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente.

Artículo 10º.- La autorización a la que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modifi catorias y complementarias que se expidan.

Artículo 11º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE LUIS CUBA HIDALGOViceministro de Comunicaciones

471238-1

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIALNº 199-2010-MTC/03

Lima, 8 de marzo de 2010

VISTO, el expediente Nº 1998-1144007 presentado por la empresa SUPER FM S.A., mediante el cual solicita inspección técnica a fi n de que se le otorgue autorización por diez (10) años para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, departamento de Lima;

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Ministerial Nº 138-98-MTC/15.19 de fecha 11 de marzo de 1998, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 18 de marzo de 1998, se otorgó a la empresa SUPER FM S.A., autorización y permiso de instalación y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estación retransmisora del

servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, departamento de Lima;

Que, mediante expediente Nº 1998-1144007, la referida empresa solicitó la inspección técnica de su estación de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) ubicada en el distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, departamento de Lima, a fi n que se le otorgue la respectiva autorización por diez (10) años;

Que, el artículo 21º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC establece que las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión se conceden por el plazo máximo de diez (10) años, iniciándose con un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable;

Que, la Primera Disposición Final y Transitoria del Reglamento en mención, precisa que los procedimientos administrativos referidos a los servicios de radiodifusión iniciados antes de la vigencia de la Ley Nº 28278, se rigen por la normativa anterior hasta su conclusión;

Que, el artículo 162º del entonces Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, posteriormente artículo 184º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo No. 027-2004-MTC, señala que dentro del periodo de instalación y prueba, el titular instalará los equipos requeridos para la respectiva prestación del servicio autorizado y realizará las pruebas de funcionamiento respectivas, que serán verifi cadas por el órgano competente;

Que, el artículo 163º del entonces Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, posteriormente artículo 185º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo No. 027-2004-MTC, señala que realizada la inspección, se emitirá el informe técnico correspondiente, en el que se indicará, entre otros, si las instalaciones se han realizado, los resultados de las pruebas de funcionamiento y el cumplimiento de las condiciones establecidas en la autorización, en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión y en el Reglamento Específi co del Servicio de Radiodifusión;

Que, con Informe Nº 0327-99-MTC/15.19.03.3 de fecha 24 de agosto de 1999, la entonces Subdirección de Control de Estaciones Radioeléctricas da cuenta de la inspección técnica efectuada a la estación retransmisora autorizada, mediante la cual se verifi có que la administrada no operaba el servicio autorizado;

Que, con Escrito de Registro Nº 041489 de fecha 20 de junio de 2006, la empresa CORPORACIÓN RADIAL DEL PERÚ S.A.C. solicita acogimiento a los benefi cios de la Ley Nº 28692, Ley que precisa los alcances de la Ley Nº 28586, sobre regularización por parte de las empresas de servicios de radiodifusión, que dispuso en su Primera Disposición Complementaria y Final, otorgar un plazo extraordinario de noventa (90) días calendario para que los titulares de los servicios de radiodifusión acrediten el inicio de operaciones de sus estaciones, dejando en consecuencia sin efecto, todas las resoluciones de carácter administrativo que se hayan emitido en sentido contrario, incluso aquellos procedimientos que hayan concluido y cuya resolución adversa no se encuentre ejecutada;

Que, toda vez que mediante Informes Nºs 4546-2002-MTC/15.19.03.3 y 647-2008-MTC/29.02, la entonces Subdirección de Control de Estaciones Radioeléctricas y la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, dieron cuenta que en las inspecciones técnicas efectuadas los días 13 de noviembre de 2002 y 22 de febrero de 2008, la estación cuenta con el equipamiento necesario y opera el servicio, el incumplimiento de las obligaciones del periodo de instalación y prueba han quedado regularizadas en virtud al benefi cio contenido en la Primera Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 28692;

Que, con Resolución Viceministerial Nº 251-2004-MTC/03, modifi cado con Resoluciones Viceministeriales Nºs 485-2005-MTC/03, 509-2006-MTC/03, 746-2008-MTC/03, 166-2009-MTC/03 y 460-2009-MTC/03, se aprobó el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de Frecuencia Modulada (FM) para las localidades correspondientes al departamento de Lima, entre las cuales se encuentra la localidad denominada Cañete – Imperial – Quilmana, incluyéndose

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, lunes 22 de marzo de 2010415970

en ésta al distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, departamento de Lima;

Que, con Resolución Viceministerial Nº 805-2007-MTC/03 del 19 de octubre del 2007, se declaró aprobada la transferencia de la autorización otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 138-98-MTC/15.19 a favor de la empresa CORPORACIÓN RADIAL DEL PERÚ S.A.C.;

Que, con Informe Nº 3080-2009-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones considera que es procedente otorgar a la empresa CORPORACIÓN RADIAL DEL PERÚ S.A.C., autorización por el plazo de diez (10) años, por periodos sucesivos, que incluyó el período de instalación y prueba otorgado por la Resolución Ministerial Nº 138-98-MTC/15.19, y que por lo tanto, deberá culminar el 19 de marzo de 2018, plazo computado desde el día siguiente de la publicación de la citada resolución;

De conformidad con el entonces Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278; el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; y la Resolución Ministerial Nº 138-98-MTC/15.19, y,

Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Otorgar a la empresa CORPORACIÓN RADIAL DEL PERÚ S.A.C., autorización por el plazo de diez (10) años, por periodos sucesivos, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Cañete – Imperial – Quilmana, departamento de Lima.

Artículo 2º.- El plazo de vigencia de la autorización a que se refi ere el artículo precedente, comprende el período de instalación y prueba otorgado por la Resolución Ministerial Nº 138-98-MTC/15.19, computándose a partir del día siguiente de la publicación de dicha resolución, el cual vencerá el 19 de marzo de 2018. La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procederá a extender la correspondiente Licencia de Operación.

Artículo 3º.- La titular de la presente autorización está obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fi jados.

Artículo 4º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE LUIS CUBA HIDALGOViceministro de Comunicaciones

471236-1

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIALNº 200-2010-MTC/03

Lima, 8 de marzo de 2010

VISTO, el expediente Nº 2000-00449008 de fecha 22 de marzo de 2000, presentado por la empresa RADIOMAR S.A., mediante el cual solicita inspección técnica a fi n de que se le otorgue autorización por diez (10) años para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Urubamba, departamento de Cusco;

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Ministerial Nº 176-99-MTC/15.03 de fecha 04 de mayo de 1999, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 09 de diciembre de 1999, se otorgó a la empresa RADIOMAR S.A., autorización y permiso de instalación y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estación retransmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia

Modulada (FM), en el distrito y provincia de Urubamba, departamento de Cusco;

Que, mediante expediente Nº 2000-00449008, la referida empresa solicitó la inspección técnica de su estación de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) ubicada en el distrito y provincia de Urubamba, departamento de Cusco, a fi n que se le otorgue la respectiva autorización por diez (10) años;

Que, el artículo 21º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC establece que las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión se conceden por el plazo máximo de diez (10) años, iniciándose con un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogables;

Que, la Primera Disposición Final y Transitoria del Reglamento en mención, precisa que los procedimientos administrativos referidos a los servicios de radiodifusión iniciados antes de la vigencia de la Ley Nº 28278, se rigen por la normativa anterior hasta su conclusión;

Que, el artículo 162º del entonces Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, posteriormente artículo 184º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo No. 027-2004-MTC, señala que dentro del periodo de instalación y prueba, el titular instalará los equipos requeridos para la respectiva prestación del servicio autorizado y realizará las pruebas de funcionamiento respectivas, que serán verifi cadas por el órgano competente;

Que, el artículo 163º del entonces Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, posteriormente artículo 185º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, señala que realizada la inspección, se emitirá el informe técnico correspondiente, en el que se indicará, entre otros, si las instalaciones se han realizado, los resultados de las pruebas de funcionamiento y el cumplimiento de las condiciones establecidas en la autorización, en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión y en el Reglamento Específi co del Servicio de Radiodifusión;

Que, con Informes Nº 987-2000-MTC/15.19.03.3 y 0050-2004-MTC/18.01.2, la entonces Subdirección de Control de Estaciones Radioeléctricas y Subdirección de Control Provincias dan cuenta de las inspecciones técnicas efectuadas los días 31 de julio de 2000 y 24 de noviembre de 2003 a la estación retransmisora autorizada, mediante las cuales se verifi có que la administrada cuenta con el equipamiento necesario para su operación, lo que le permite brindar un servicio adecuado, emitiendo una señal de buena calidad;

Que, con Resolución Viceministerial Nº 108-2004-MTC/03, modifi cado con Resoluciones Viceministeriales Nºs. 604-2007-MTC/03 y 020-2008-MTC/03, ratifi cado con Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modifi cado con Resolución Viceministerial Nº 368-2009-MTC/03, se aprobó el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de Frecuencia Modulada (FM) para las localidades correspondientes al departamento de Cusco, entre las cuales se encuentra la localidad denominada Urubamba – Anta – Chinchero, incluyéndose en ésta al distrito y provincia de Urubamba, departamento de Cusco;

Que, con Resolución Viceministerial Nº 805-2007-MTC/03 del 19 de octubre del 2007, se declaró aprobada la transferencia de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 176-99-MTC/15.03 a favor de la empresa CORPORACIÓN RADIAL DEL PERÚ S.A.C.;

Que, con Informe Nº 3460-2009-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones considera que es procedente otorgar a la empresa CORPORACIÓN RADIAL DEL PERÚ S.A.C., autorización por el plazo de diez (10) años, por períodos sucesivos, que incluyó el período de instalación y prueba otorgado por la Resolución Viceministerial Nº 176-99-MTC/15.03, y que por lo tanto, deberá culminar el 10 de diciembre de de 2019, plazo computado desde el día siguiente de la publicación de la citada resolución;

De conformidad con el entonces Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278; el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; y la Resolución Viceministerial Nº 176-99-MTC/15.03, y,

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, lunes 22 de marzo de 2010 415971

Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Otorgar a la empresa CORPORACIÓN RADIAL DEL PERÚ S.A.C., autorización por el plazo de diez (10) años, por períodos sucesivos, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Urubamba – Anta – Chinchero, departamento de Cusco.

Artículo 2º.- El plazo de vigencia de la autorización a que se refi ere el artículo precedente, comprende el período de instalación y prueba otorgado por la Resolución Viceministerial Nº 176-99-MTC/15.03, computándose a partir del día siguiente de la publicación de dicha resolución, el cual vencerá el 10 de diciembre de 2019. La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procederá a extender la correspondiente Licencia de Operación.

Artículo 3º.- La titular de la presente autorización está obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fi jados.

Artículo 4º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE LUIS CUBA HIDALGOViceministro de Comunicaciones

471367-1

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIALNº 201-2010-MTC/03

Lima, 8 de marzo de 2010

VISTO, el expediente Nº 1998-1778007 de fecha 16 de julio de 1998, presentado por la empresa SUPER FM S.A., mediante el cual solicita inspección técnica a fi n de que se le otorgue autorización por diez (10) años para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua;

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Viceministerial Nº 126-98-MTC/15.03 de fecha 04 de junio de 1998, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 07 de junio de 1998, se otorgó a la empresa SUPER FM S.A., autorización y permiso de instalación y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estación retransmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua;

Que, mediante expediente Nº 1998-1778007, la referida empresa solicitó la inspección técnica de su estación de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) ubicada en el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, a fi n que se le otorgue la respectiva autorización por diez (10) años;

Que, el artículo 21º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC establece que las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión se conceden por el plazo máximo de diez (10) años, iniciándose con un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogables;

Que, la Primera Disposición Final y Transitoria del Reglamento en mención, precisa que los procedimientos administrativos referidos a los servicios de radiodifusión iniciados antes de la vigencia de la Ley Nº 28278, se rigen por la normativa anterior hasta su conclusión;

Que, el artículo 162º del entonces Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, posteriormente

artículo 184º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo No. 027-2004-MTC, señala que dentro del período de instalación y prueba, el titular instalará los equipos requeridos para la respectiva prestación del servicio autorizado y realizará las pruebas de funcionamiento respectivas, que serán verifi cadas por el órgano competente;

Que, el artículo 163º del entonces Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, posteriormente artículo 185º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo No. 027-2004-MTC, señala que realizada la inspección, se emitirá el informe técnico correspondiente, en el que se indicará, entre otros, si las instalaciones se han realizado, los resultados de las pruebas de funcionamiento y el cumplimiento de las condiciones establecidas en la autorización, en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión y en el Reglamento Específi co del Servicio de Radiodifusión;

Que, con Informe Nº 0694-99-MTC/15.19.03.3 de fecha 25 de octubre de 1999, la entonces Subdirección de Control de Estaciones Radioeléctricas dio cuenta de la inspección técnica efectuada el 31 de julio de 1999 a la estación autorizada, mediante la cual se verifi có que la administrada no contaba con el equipamiento necesario para su operación, ni operaba el servicio de radiodifusión en Frecuencia Modulada (FM);

Que, con fecha 22 de marzo de 2006, se publicó la Ley Nº 28692, Ley que precisa los alcances de la Ley Nº 28586, sobre regularización por parte de las empresas de servicios de radiodifusión, disponiendo en su Primera Disposición Complementaria y Final, otorgar un plazo extraordinario de noventa (90) días calendario para que los titulares de los servicios de radiodifusión acrediten el inicio de operaciones de sus estaciones, dejando en consecuencia sin efecto, todas las resoluciones de carácter administrativo que se hayan emitido en sentido contrario, incluso aquellos procedimientos que hayan concluido y cuya resolución adversa no se encuentre ejecutada;

Que, toda vez que mediante Informes Nºs. 1009-2001-MTC/15.19.03.3, 776-2005-MTC/18.01.1, 3843-2006-MTC/18.01.2, la entonces Subdirección de Control de Estaciones Radioeléctricas y la Subdirección de Control Provincias de la Dirección General de Control y Supervisión de Telecomunicaciones, dieron cuenta que en las inspecciones técnicas efectuadas los días 27 de mayo de 2001, 17 de marzo de 2005 y 21 de setiembre de 2006, la estación cuenta con el equipamiento necesario y opera el servicio, el incumplimiento de sus obligaciones del período de instalación y prueba han quedado regularizadas en virtud al benefi cio contenido en la Primera Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 28692;

Que, con Resolución Viceministerial Nº 083-2004-MTC/03, ratifi cado con Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modifi cado con Resolución Viceministerial Nº 264-2009-MTC/03, se aprobó el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de Frecuencia Modulada (FM) para las localidades correspondientes al departamento de Moquegua, entre las cuales se encuentra la localidad denominada Moquegua, incluyéndose en ésta al distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua;

Que, con Resolución Viceministerial Nº 805-2007-MTC/03 del 19 de octubre del 2007, se declaró aprobada la transferencia de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 126-98-MTC/15.03 a favor de la empresa CORPORACIÓN RADIAL DEL PERÚ S.A.C.;

Que, con Informe Nº 425-2010-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones considera que es procedente otorgar a la empresa CORPORACIÓN RADIAL DEL PERÚ S.A.C., autorización por el plazo de diez (10) años, por períodos sucesivos, que incluyó el período de instalación y prueba otorgado por la Resolución Viceministerial Nº 126-98-MTC/15.03, y que por lo tanto, deberá culminar el 08 de junio de 2018, plazo computado desde el día siguiente de la publicación de la citada resolución;

De conformidad con el entonces Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278; el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado con Decreto Supremo Nº

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, lunes 22 de marzo de 2010415972

005-2005-MTC; y la Resolución Viceministerial Nº 126-98-MTC/15.03, y,

Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Otorgar a la empresa CORPORACIÓN RADIAL DEL PERÚ S.A.C., autorización por el plazo de diez (10) años, por períodos sucesivos, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Moquegua, departamento de Moquegua.

Artículo 2º.- El plazo de vigencia de la autorización a que se refi ere el artículo precedente, comprende el período de instalación y prueba otorgado por la Resolución Viceministerial Nº 126-98-MTC/15.03, computándose a partir del día siguiente de la publicación de dicha resolución, el cual vencerá el 08 de junio de 2018. La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procederá a extender la correspondiente Licencia de Operación.

Artículo 3º.- La titular de la presente autorización está obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fi jados.

Artículo 4º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE LUIS CUBA HIDALGOViceministro de Comunicaciones

471369-1

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIALNº 202-2010-MTC/03

Lima, 8 de marzo de 2010

VISTO, el Expediente Nº 2008-042508 presentado por el señor ELIO CARDENAS RODRIGUEZ, sobre otorgamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Machupicchu, provincia de Urubamba, departamento de Cusco;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC;

Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión indica que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de radiodifusión. Además, el citado artículo señala que la instalación de equipos en una estación de radiodifusión requiere de un Permiso, el mismo que es defi nido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o jurídicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusión;

Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión establece que otorgada la autorización para prestar el servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración improrrogable de doce (12) meses;

Que, el artículo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión indica que para obtener autorización para prestar el servicio de radiodifusión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dicho artículo se detallan;

Que, con Resolución Viceministerial Nº 108-2004-MTC/03, modifi cada con Resoluciones Viceministeriales

Nº 604-2007-MTC/03 y Nº 020-2008-MTC/03, ratifi cada con Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modifi cada con Resolución Viceministerial Nº 368-2009-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de FM para diversas localidades del departamento de Cusco, entre las cuales se encuentra la localidad de Machupicchu, la misma que incluye al distrito de Machupicchu, provincia de Urubamba, departamento de Cusco;

Que, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias, indicado en el párrafo precedente, establece 500 W. como máxima potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la dirección de máxima ganancia de antena. Asimismo, según Resolución Ministerial Nº 207-2009-MTC/03, la misma que modifi có las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas mediante Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, las estaciones que operen en el rango hasta 100 W. de e.r.p., en la dirección de máxima ganancia de antena, se clasifi can como Estaciones de Servicio Primario Clase D1, consideradas de Baja Potencia;

Que, en virtud a lo indicado, el señor ELIO CARDENAS RODRIGUEZ no se encuentra obligado a la presentación del Estudio Teórico de Radiaciones No Ionizantes, así como tampoco a efectuar los monitoreos anuales, según se establece en el artículo 4º y el numeral 5.2 del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, mediante el cual se aprobaron los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones;

Que, con Informe Nº 2475-2009-MTC/28, ampliado con Informe Nº 365-2010-MTC/28 la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones señala que se considera viable otorgar la autorización solicitada por el señor ELIO CARDENAS RODRIGUEZ para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Machupicchu, provincia de Urubamba, departamento de Cusco;

De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y modifi cado por las Resoluciones Ministeriales Nº 644-2007-MTC/01 y Nº 846-2009-MTC/01, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de Frecuencia Modulada (FM) para la localidad de Machupicchu, aprobado por Resolución Viceministerial Nº 108-2004-MTC/03, modifi cado con Resoluciones Viceministeriales Nº 604-2007-MTC/03 y Nº 020-2008-MTC/03, ratifi cado con Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modifi cado con Resolución Viceministerial Nº 368-2009-MTC/03, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y sus modifi catorias; y,

Con la opinión favorable del Director General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Otorgar autorización al señor ELIO CARDENAS RODRIGUEZ, por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Machupicchu, departamento de Cusco, de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicas que se detallan a continuación:

Condiciones Esenciales:Modalidad : RADIODIFUSIÓN SONORA EN FMFrecuencia : 93.7 MHzFinalidad : COMERCIAL

Características Técnicas:Indicativo : OCO-7IEmisión : 256KF8EPotencia Nominal del Transmisor : 100 WClasifi cación de Estación : PRIMARIA D1 – BAJA POTENCIA

Ubicación de la Estación:Estudio : Urb. Las Orquídeas Nº C-10, 3er. Piso,

distrito de Machupicchu, provincia de Urubamba, departamento de Cusco

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, lunes 22 de marzo de 2010 415973

Coordenadas Geográfi cas : Longitud Oeste : 72º 31’ 23.4’’ Latitud Sur : 13º 09’ 23.3’’Planta Transmisora : Falda del Cerro Putucusi, distrito de

Machupicchu, provincia de Urubamba, departamento de Cusco

Coordenadas Geográfi cas : Longitud Oeste : 72º 31’ 35’’ Latitud Sur : 13º 09’ 13.4’’Zona de Servicio : El área comprendida dentro del

contorno de 66 dB V/m

La autorización otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusión correspondientes.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 52º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, para el caso de los enlaces auxiliares se requiere de autorización previa otorgada por la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones.

El plazo de la autorización y permiso concedidos se computará a partir de la fecha de notifi cación de la presente Resolución, la cual, además, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano.

Artículo 2º.- En caso alguna infraestructura, utilizada para el despegue y aterrizaje de aeronaves, sea instalada con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente autorización y la estación radiodifusora se encuentre dentro de las Superfi cies Limitadoras de Obstáculos o su operación genere interferencias a los sistemas de radionavegación, el titular deberá obtener el permiso respectivo de la Dirección General de Aeronáutica Civil o reubicar la estación, así como adoptar las medidas correctivas a efectos de no ocasionar interferencias.

Asimismo, si, con posterioridad al otorgamiento de la presente autorización, la estación radiodifusora se encontrara dentro de las otras zonas de restricción establecidas en el artículo 84º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, el titular deberá obtener los permisos correspondientes y adoptar las medidas correctivas que correspondan.

Artículo 3º.- La autorización que se otorga se inicia con un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro del cual, el titular de la autorización, deberá cumplir con las obligaciones que a continuación se indican:

- Instalar los equipos requeridos para la prestación del servicio conforme a las condiciones esenciales y a las características técnicas aprobadas en la presente autorización.

- Realizar las respectivas pruebas de funcionamiento.- Los equipos instalados deberán contar con el

respectivo Certifi cado de Homologación.

La inspección técnica correspondiente se efectuará de ofi cio hasta dentro de los tres (03) meses siguientes al vencimiento del mencionado período de instalación y prueba, verifi cándose en ella la correcta instalación de la estación, incluyendo la operatividad con equipos homologados, así como el cumplimiento de las condiciones esenciales y características técnicas indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución.

Sin perjuicio de lo indicado, el titular podrá solicitar la realización de la inspección técnica antes del vencimiento del período de instalación y prueba otorgado.

En caso de incumplimiento de las obligaciones antes mencionadas, la autorización otorgada quedará sin efecto.

De cumplir el titular con las obligaciones precedentemente indicadas y a mérito del informe técnico favorable, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procederá a expedir la respectiva Licencia de Operación.

Artículo 4º.- El titular, dentro de los doce (12) meses de entrada en vigencia la autorización otorgada, en forma individual o conjunta, aprobará su Código de Ética y presentará copia del mismo a la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, o podrá acogerse al Código de Ética aprobado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Artículo 5º.- El titular está obligado a instalar y operar el servicio de radiodifusión autorizado, de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicas indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución, las cuales sólo podrán ser modifi cadas previa autorización de este Ministerio.

En caso de aumento de potencia, éste podrá autorizarse hasta el máximo establecido en el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias de la banda y localidad autorizadas.

En caso de disminución de potencia, no obstante no requerirse de aprobación previa, el titular se encuentra obligado a comunicarlo a la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones.

Artículo 6º.- Conforme a lo establecido en el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el titular adoptará las medidas necesarias para garantizar que las radiaciones que emita la estación de radiodifusión que se autoriza no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles en el acotado Decreto Supremo.

Artículo 7º.- Serán derechos y obligaciones del titular de la autorización otorgado, los consignados en los artículos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, así como los señalados en la presente Resolución.

Artículo 8º.- La autorización a que se contrae el artículo 1º de la presente Resolución podrá renovarse por igual período.

La renovación deberá solicitarse hasta el día del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el mencionado artículo 1º y se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión.

Artículo 9º.- Dentro de los sesenta (60) días de notifi cada la presente Resolución, el titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y canon anual, caso contrario, la autorización quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente.

Artículo 10º.- La autorización a la que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modifi catorias y complementarias que se expidan.

Artículo 11º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE LUIS CUBA HIDALGOViceministro de Comunicaciones

471371-1

Otorgan autorización a empresa para prestar servicio de radiodifusión comercial por televisión en la localidad de Chota, departamento de Cajamarca

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIALNº 203-2010-MTC/03

Lima, 8 de marzo de 2010

VISTO, el Expediente Nº 954160_2 presentado por la empresa ANDINA DE RADIODIFUSION S.A.C., sobre otorgamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión comercial por televisión en la banda VHF en el distrito y provincia de Chota, departamento de Cajamarca;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 14° de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC;

Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión indica que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, lunes 22 de marzo de 2010415974

establecer un servicio de radiodifusión. Además, el citado artículo señala que la instalación de equipos en una estación de radiodifusión requiere de un Permiso, el mismo que es defi nido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o jurídicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusión;

Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión establece que otorgada la autorización para prestar el servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración improrrogable de doce (12) meses;

Que, el artículo 183º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones señala que para obtener autorización para prestar el servicio de radiodifusión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dicho artículo se detallan;

Que, con Resolución Viceministerial Nº 367-2005-MTC/03, ratifi cada con Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modifi cada por Resoluciones Viceministeriales Nº 088-2009-MTC/03 y Nº 188-2009-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de VHF para diversas localidades del departamento de Cajamarca, entre las cuales se encuentra la localidad de Chota, la misma que incluye al distrito y provincia de Chota, departamento de Cajamarca;

Que, con Informe Nº 509-2010-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones señala que se considera viable otorgar la autorización solicitada por la empresa ANDINA DE RADIODIFUSIÓN S.A.C. para la prestación del servicio de radiodifusión comercial por televisión en la banda VHF en el distrito y provincia de Chota, departamento de Cajamarca;

De conformidad con el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, actualizado con Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y modifi cado con Resolución Ministerial Nº 846-2009-MTC/01, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda VHF para la localidad de Chota, aprobado por Resolución Viceministerial Nº 367-2005-MTC/03, ratifi cado mediante Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modifi cado con Resoluciones Viceministeriales Nº 088-2009-MTC/03 y Nº 188-2009-MTC/03, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modifi catorias; y,

Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Otorgar autorización a la empresa ANDINA DE RADIODIFUSIÓN S.A.C., por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión comercial por televisión en la banda VHF en la localidad de Chota, departamento de Cajamarca, de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicas que se detallan a continuación:

Condiciones Esenciales:

Modalidad : RADIODIFUSIÓN POR TELEVISIÓN VHF

Canal : 11 BANDA: III FRECUENCIA DE VIDEO: 199.25

MHz. FRECUENCIA DE AUDIO: 203.75

MHz.Finalidad : COMERCIAL

Características Técnicas:

Indicativo : OBL-2UEmisión : VIDEO: 5M45C3F AUDIO: 50K0F3E

Potencia Nominal del : VIDEO: 100 w.Transmisor AUDIO: 10 w.Clasifi cación de Estación : C

Ubicación de la Estación:

Estudio : Av. Arequipa Nº 3520, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima.

Coordenadas Geográfi cas : Longitud Oeste : 77º 01’ 57.87’’ Latitud Sur : 12º 06’ 4.78’’

Planta Transmisora : Sector Colpamayo, distrito y provincia de Chota, departamento de Cajamarca.

Coordenadas Geográfi cas : Longitud Oeste : 78º 39’ 00’’ Latitud Sur : 06º 34’ 16.62’’

Zona de Servicio : El área comprendida dentro del contorno de 71 dB V/m.

La autorización otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusión correspondientes.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 52º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, para el caso de los enlaces auxiliares se requiere de autorización previa otorgada por la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones.

El plazo de la autorización y permiso concedidos se computará a partir de la fecha de notifi cación de la presente Resolución, la cual, además, será publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”.

Artículo 2°.- En caso alguna infraestructura, utilizada para el despegue y aterrizaje de aeronaves, sea instalada con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente autorización y la estación radiodifusora se encuentre dentro de las Superfi cies Limitadoras de Obstáculos o su operación genere interferencias a los sistemas de radionavegación, la titular deberá obtener el permiso respectivo de la Dirección General de Aeronáutica Civil o reubicar la estación, así como adoptar las medidas correctivas a efectos de no ocasionar interferencias.

Asimismo, si, con posterioridad al otorgamiento de la presente autorización, la estación radiodifusora se encontrara dentro de las otras zonas de restricción establecidas en el artículo 84º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, la titular deberá obtener los permisos correspondientes y adoptar las medidas correctivas que correspondan.

Artículo 3°.- La autorización que se otorga se inicia con un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro del cual, la titular de la autorización, deberá cumplir con las obligaciones que a continuación se indican:

- Instalar los equipos requeridos para la prestación del servicio conforme a las condiciones esenciales y a las características técnicas aprobadas en la presente autorización.

- Realizar las respectivas pruebas de funcionamiento.- Los equipos instalados deberán contar con el

respectivo Certifi cado de Homologación.

La inspección técnica correspondiente se efectuará de oficio hasta dentro de los tres (03) meses siguientes al vencimiento del mencionado período de instalación y prueba, verifi cándose en ella la correcta instalación de la estación, incluyendo la operatividad con equipos homologados, así como el cumplimiento de las condiciones esenciales y características técnicas indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución.

Sin perjuicio de lo indicado, la titular podrá solicitar la realización de la inspección técnica antes del vencimiento del período de instalación y prueba otorgado.

En caso de incumplimiento de las obligaciones antes mencionadas, la autorización otorgada quedará sin efecto.

De cumplir la titular con las obligaciones precedentemente indicadas y a mérito del informe técnico favorable, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procederá a expedir la respectiva Licencia de Operación.

Page 25: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica · Juzgado Mixto de Villa El Salvador de la Corte Superior de Justicia de Lima 415983 ORGANOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Res. Nº

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, lunes 22 de marzo de 2010 415975

Artículo 4º.- Dentro de los doce (12) meses siguientes a la entrada en vigencia de la autorización, la titular deberá presentar el proyecto de comunicación correspondiente.

Asimismo, en forma individual o conjunta, aprobará su Código de Ética y presentará copia del mismo a la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, o podrá acogerse al Código de Ética aprobado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Artículo 5º.- Dentro de los tres (03) meses de entrada en vigencia de la presente autorización, la titular deberá presentar el Estudio Teórico de Radiaciones No Ionizantes de la estación a instalar, el cual será elaborado por persona inscrita en el Registro de Personas Habilitadas para elaborar los citados Estudios, de acuerdo con las normas emitidas para tal efecto.

Corresponde a la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones aprobar el referido Estudio Teórico.

Artículo 6º.- La titular está obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusión autorizado, de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicas indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución, las cuales sólo podrán ser modifi cadas previa autorización de este Ministerio.

En caso de aumento de potencia, éste podrá autorizarse hasta el máximo establecido en el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias de la banda y localidad autorizadas.

En caso de disminución de potencia, no obstante no requerirse de aprobación previa, la titular se encuentra obligada a comunicarlo a la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones.

Artículo 7°.- Conforme a lo establecido en el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, la titular adoptará las medidas necesarias para garantizar que las radiaciones que emita la estación de radiodifusión que se autoriza no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles en el acotado Decreto Supremo, asimismo deberá efectuar, en forma anual, el monitoreo de la referida estación.

La obligación de monitoreo anual será exigible a partir del día siguiente del vencimiento del período de instalación y prueba o de la solicitud de inspección técnica presentada conforme lo indicado en el tercer párrafo del artículo 3º de la presente Resolución.

Artículo 8°.- Serán derechos y obligaciones de la titular de la autorización otorgada, los consignados en los artículos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, así como los señalados en la presente Resolución.

Artículo 9º.- La Licencia de Operación será expedida por la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, conforme lo dispuesto en el último párrafo del artículo 3º de la presente Resolución y previa aprobación del Estudio Teórico de Radiaciones No Ionizantes.

Artículo 10º.- La autorización a que se contrae el artículo 1º de la presente Resolución podrá renovarse por igual período.

La renovación deberá solicitarse hasta el día del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el mencionado artículo 1º y se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión.

Artículo 11º.- Dentro de los sesenta (60) días de notifi cada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y canon anual, caso contrario, la autorización quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente.

Artículo 12º.- La autorización a la que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modifi catorias y complementarias que se expidan.

Artículo 13º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE LUIS CUBA HIDALGOViceministro de Comunicaciones

471372-1

Otorgan autorización a persona natural para prestar servicio de radiodifusión sonora educativa en el distrito de Chavinillo, departamento de Huánuco

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIALNº 205-2010-MTC/03

Lima, 8 de marzo de 2010

VISTO, el Expediente Nº 2008-017014 presentado por el señor FAUSTO MEDRANO CECILIO, sobre otorgamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Chavinillo, provincia de Yarowilca, departamento de Huánuco;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 14° de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC;

Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión indica que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de radiodifusión. Además, el citado artículo señala que la instalación de equipos en una estación de radiodifusión requiere de un Permiso, el mismo que es defi nido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o jurídicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusión;

Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión establece que otorgada la autorización para prestar el servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración improrrogable de doce (12) meses;

Que, el artículo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión indica que para obtener autorización para prestar el servicio de radiodifusión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dicho artículo se detallan;

Que, con Resolución Viceministerial Nº 096-2004-MTC/03, ratifi cada con Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modifi cada con Resolución Viceministerial Nº 145-2009-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de FM para diversas localidades del departamento de Huánuco, entre las cuales se encuentra la localidad de Cahuac – Obas – Chavinillo, la misma que incluye al distrito de Chavinillo, provincia de Yarowilca, departamento de Huánuco;

Que, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias, indicado en el párrafo precedente, establece 500 w. como máxima potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la dirección de máxima ganancia de antena. Asimismo, según la Resolución Ministerial Nº 207-2009-MTC/03, la misma que modifi có las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas mediante Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, las estaciones que operen en el rango mayor a 250 w. hasta 500 w. de e.r.p., en la dirección de máxima ganancia de antena, se clasifi can como Estaciones de Servicio Primario Clase D3, consideradas de Baja Potencia;

Que, en virtud a lo indicado, el señor FAUSTO MEDRANO CECILIO no se encuentra obligado a la presentación del Estudio Teórico de Radiaciones No Ionizantes, así como tampoco a efectuar los monitoreos anuales, según se establece en el artículo 4º y el numeral 5.2 del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo 038-2006-MTC, mediante el cual se aprobaron los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones;

Que, con Informe Nº 3014-2009-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones señala que se considera viable otorgar la autorización solicitada por el señor FAUSTO MEDRANO CECILIO para la prestación del servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, lunes 22 de marzo de 2010415976

de Chavinillo, provincia de Yarowilca, departamento de Huánuco;

De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y modifi cado por Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01, el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de Frecuencia Modulada (FM) para la localidad de Cahuac – Obas – Chavinillo, aprobado por Resolución Viceministerial Nº 096-2004-MTC/03, ratifi cado mediante Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modifi cado por Resolución Viceministerial Nº 145-2009-MTC/03, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y sus modifi catorias; y,

Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Otorgar autorización al señor FAUSTO MEDRANO CECILIO, por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Cahuac – Obas – Chavinillo, departamento de Huánuco, de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicas que se detallan a continuación:

Condiciones Esenciales:

Modalidad : RADIODIFUSIÓN SONORA EN FMFrecuencia : 98.9 MHzFinalidad : EDUCATIVA

Características Técnicas:

Indicativo : OAO-3MEmisión : 256KF8EPotencia Nominal delTransmisor : 300 W.Clasifi cación de Estación : PRIMARIA D3 – BAJA POTENCIA

Ubicación de la Estación:

Estudio : Jr. Virgen de Fatima S/N, distrito de Chavinillo, provincia de Yarowilca, departamento de Huánuco.

Coordenadas Geográfi cas : Longitud Oeste : 76º 36’ 30.87’’ Latitud Sur : 09º 51’ 35.47’’

Planta Transmisora : Cerro de Mazur, distrito de Chavinillo, provincia de Yarowilca, departamento de Huánuco.

Coordenadas Geográfi cas : Longitud Oeste : 76º 36’ 07.88’’ Latitud Sur : 09º 51’ 32.22’’

Zona de Servicio : El área comprendida dentro del contorno de 66 dB V/m

La autorización otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusión correspondientes.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 52º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, para el caso de los enlaces auxiliares se requiere de autorización previa otorgada por la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones.

El plazo de la autorización y permiso concedidos se computará a partir de la fecha de notifi cación de la presente Resolución, la cual, además, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano.

Artículo 2°.- En caso alguna infraestructura, utilizada para el despegue y aterrizaje de aeronaves, sea instalada con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente autorización y la estación radiodifusora se encuentre dentro de las Superficies Limitadoras de Obstáculos o su operación genere interferencias a los sistemas de radionavegación, el titular deberá obtener el permiso respectivo de la Dirección General de Aeronáutica Civil o reubicar la estación, así como

adoptar las medidas correctivas a efectos de no ocasionar interferencias.

Asimismo, si, con posterioridad al otorgamiento de la presente autorización, la estación radiodifusora se encontrara dentro de las otras zonas de restricción establecidas en el artículo 84º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, el titular deberá obtener los permisos correspondientes y adoptar las medidas correctivas que correspondan.

Artículo 3°.- La autorización que se otorga se inicia con un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro del cual, el titular de la autorización, deberá cumplir con las obligaciones que a continuación se indican:

- Instalar los equipos requeridos para la prestación del servicio conforme a las condiciones esenciales y a las características técnicas aprobadas en la presente autorización.

- Realizar las respectivas pruebas de funcionamiento.- Los equipos instalados deberán contar con el

respectivo Certifi cado de Homologación.

La inspección técnica correspondiente se efectuará de ofi cio hasta dentro de los tres (03) meses siguientes al vencimiento del mencionado período de instalación y prueba, verifi cándose en ella la correcta instalación de la estación, incluyendo la operatividad con equipos homologados, así como el cumplimiento de las condiciones esenciales y características técnicas indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución.

Sin perjuicio de lo indicado, el titular podrá solicitar la realización de la inspección técnica antes del vencimiento del período de instalación y prueba otorgado.

En caso de incumplimiento de las obligaciones antes mencionadas, la autorización otorgada quedará sin efecto.

De cumplir el titular con las obligaciones precedentemente indicadas y a mérito del informe técnico favorable, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procederá a expedir la respectiva Licencia de Operación.

Artículo 4º.- El titular, dentro de los doce (12) meses de entrada en vigencia la autorización otorgada, en forma individual o conjunta, aprobará su Código de Ética y presentará copia del mismo a la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, o podrá acogerse al Código de Ética aprobado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Artículo 5º.- El titular está obligado a instalar y operar el servicio de radiodifusión autorizado, de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicas indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución, las cuales sólo podrán ser modifi cadas previa autorización de este Ministerio.

En caso de aumento de potencia, éste podrá autorizarse hasta el máximo establecido en el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias de la banda y localidad autorizadas.

En caso de disminución de potencia, no obstante no requerirse de aprobación previa, el titular se encuentra obligado a comunicarlo a la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones.

Artículo 6°.- Conforme a lo establecido en el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el titular adoptará las medidas necesarias para garantizar que las radiaciones que emita la estación de radiodifusión que se autoriza no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles en el acotado Decreto Supremo.

Artículo 7°.- Serán derechos y obligaciones del titular de la autorización otorgada, los consignados en los artículos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, así como los señalados en la presente Resolución.

Artículo 8º.- La autorización a que se contrae el artículo 1º de la presente Resolución podrá renovarse por igual período.

La renovación deberá solicitarse hasta el día del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el mencionado artículo 1º y se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión.

Artículo 9º.- Dentro de los sesenta (60) días de notifi cada la presente Resolución, el titular de la

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, lunes 22 de marzo de 2010 415977

autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y canon anual, caso contrario, la autorización quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente.

Artículo 10º.- La autorización a la que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modifi catorias y complementarias que se expidan.

Artículo 11º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE LUIS CUBA HIDALGOViceministro de Comunicaciones

471373-1

Modifican Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF del departamento de Puno

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIALNº 209-2010-MTC/03

Lima, 8 de marzo de 2010

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 11º de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, concordado con el artículo 6º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, establecen que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión;

Que, el artículo 7º del precitado Reglamento, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial;

Que, con Resolución Viceministerial Nº 345-2005-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del servicio de radiodifusión por televisión en VHF, para distintas localidades del departamento de Puno, los mismos que fueron ratifi cados mediante Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modifi cados por Resolución Viceministerial Nº 132-2009-MTC/03;

Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 380-2010-MTC/28, propone la incorporación del Plan de la localidad de Desaguadero a los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF del departamento de Puno;

Que, asimismo, la citada Dirección General señala que, en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modifi catorias, así como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión;

De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modifi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y,

Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Modifi car el artículo 1º de la Resolución Viceministerial Nº 345-2005-MTC/03, ratifi cada mediante Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modifi cada por Resolución Viceministerial Nº 132-2009-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF del departamento de Puno, a fi n de incorporar a la localidad de Desaguadero; conforme se indica a continuación:

Localidad: DESAGUADERO

Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 3 61.25 65.75 6 83.25 87.75 8 181.25 185.75 10 193.25 197.75 12 205.25 209.75Total de canales : 5La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW.

Artículo 2º.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados. En tal sentido, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modifi cación de características técnicas observará su estricto cumplimiento.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE LUIS CUBA HIDALGOViceministro de Comunicaciones

471375-1

Modifican Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada de diversas localidades del departamento de Junín

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIALNº 215-2010-MTC/03

Lima, 8 de marzo de 2010

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 11º de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, concordado con el artículo 6º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión;

Que, el artículo 7º del precitado Reglamento, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial;

Que, con Resolución Viceministerial Nº 109-2004-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM), para distintas localidades del departamento de Junín, los mismos que fueron ratifi cados mediante Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modifi cados por Resoluciones Viceministeriales Nº(s) 440-2009-MTC/03 y 189-2009-MTC/03;

Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 869-2010-

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, lunes 22 de marzo de 2010415978

MTC/28, propone la incorporación del plan de la localidad de Chaquicocha-San José de Quero-Usibamba a los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) del departamento de Junín;

Que, asimismo, la citada Dirección General señala que, en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, sus modifi catorias así como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión;

De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, sus modifi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y,

Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Modifi car el artículo 1º de la Resolución Viceministerial Nº 109-2004-MTC/03, ratifi cada mediante Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modifi cada por Resoluciones Viceministeriales Nº(s) 440-2009-MTC/03 y 189-2009-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) de diversas localidades del departamento de Junín, a fi n de incorporar a la localidad de Chaquicocha-San José de Quero-Usibamba; conforme se indica a continuación:

Localidad : Chaquicocha-San José de Quero-UsibambaPlan de Asignación de Frecuencias

Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (MHz) 234 94.7 242 96.3 288 105.5 297 107.3Total de canales : 4La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.1 KW.

Artículo 2º.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados. En tal sentido, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modifi cación de características técnicas observará su estricto cumplimiento.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE LUIS CUBA HIDALGOViceministro de Comunicaciones

471376-1

Modifican Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada del departamento de Tumbes

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIALNº 219-2010-MTC/03

Lima, 12 de marzo de 2010

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 11º de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, concordado con el artículo 6º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, establecen que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto

concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión;

Que, el artículo 7º del precitado Reglamento, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial;

Que, con Resolución Viceministerial Nº 85-2004-MTC/03 se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM), para distintas localidades del departamento de Tumbes, los mismos que fueron ratifi cados mediante Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03;

Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 1043-2010-MTC/28, propone la incorporación a los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) del departamento de Tumbes, del plan de la localidad de Cancas;

Que, asimismo, la citada Dirección General señala que, en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modifi catorias, así como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión;

De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, sus modifi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y,

Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Modifi car el artículo 1º de la Resolución Viceministerial Nº 85-2004-MTC/03 y ratifi cada mediante Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) del departamento de Tumbes, a fi n de incorporar a la localidad de Cancas; conforme se indica a continuación:

Localidad : CANCAS

Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (MHz) 204 88.7 208 89.5 212 90.3 216 91.1 228 93.5 236 95.1 244 96.7 292 106.3

Total de canales: 8La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.1 KW.

Artículo 2º.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados. En tal sentido, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modifi cación de características técnicas observará su estricto cumplimiento.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

HJALMAR MARANGUNICH RACHUMIViceministro de Comunicaciones (e)

471244-1

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, lunes 22 de marzo de 2010 415979

Declaran que mediante concurso público se otorgarán autorizaciones para prestación de servicio de radiodifusión en las localidades de Valle Amauta y Sullana, departamentos de Lima y Piura

RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 0796-2010-MTC/28

Lima, 5 de marzo de 2010

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 16º de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, concordado con el artículo 40º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, dispone que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan mediante concurso público cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda y localidad es menor al número de solicitudes admitidas;

Que, mediante Informe Nº 1047-2010-MTC/28 se da cuenta que en las localidades de Valle Amauta, servicio de radiodifusión sonora en frecuencia modulada (FM); Sullana, servicio de radiodifusión por televisión en VHF, el número de solicitudes admitidas es superior al de frecuencias o canales disponibles, razón por la cual las respectivas autorizaciones para prestar servicios de radiodifusión deberán otorgarse por concurso público;

Que, el artículo 41º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que confi gurada la situación prevista en el artículo 40º del mismo cuerpo legal, se expedirá la resolución directoral señalando que las autorizaciones de la respectiva banda de frecuencias y localidad serán otorgadas por concurso público;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Declarar que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión, en las bandas de frecuencias y localidades que a continuación se detallan, serán otorgadas mediante concurso público:

Modalidad del Servicio Banda Localidad DepartamentoRadiodifusión Sonora FM Valle Amauta LimaRadiodifusión por Televisión VHF Sullana Piura

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MANUEL CIPRIANO PIRGODirector General de Autorizacionesen Telecomunicaciones

471064-1

ORGANISMOS EJECUTORES

SERVICIO NACIONAL DE

CAPACITACION PARA

LA INDUSTRIA DE LA

CONSTRUCCION

Designan Gerente General del SENCICO

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 034-2010-02.00

San Borja, 18 de marzo de 2010

VISTO

El Acuerdo N° 1002.02 del Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO adoptado en su Sesión Ordinaria N° 1002 del 17 de marzo de 2010; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 147, se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción -SENCICO, considerando a esta entidad, Institución Pública Descentralizada del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con autonomía técnica, administrativa y económica, encargada de la formación, capacitación integral, califi cación y certifi cación profesional de los trabajadores de la actividad de la construcción, en todos los niveles y de realizar las investigaciones y estudios necesarios para atender a sus fi nes;

Que, la Ley 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos, establece en su artículo 3º que la designación de funcionarios en cargos de confi anza distintos a los comprendidos en el Artículo 1° de tal Ley se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente;

Que, se encuentra vacante la plaza de Gerente General del SENCICO, cargo considerado de confi anza del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO, por ello, resulta necesario designar a la persona titular que ejerza las funciones inherentes a dicho cargo, de acuerdo a la Sesión del visto;

Que, el Articulo 33° del Estatuto de SENCICO, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC señala como función de la Presidencia Ejecutiva, entre otras, j) Expedir las disposiciones que estime necesarias para la buena marcha del SENCICO y n) Ejercer las demás atribuciones conferidas por Ley; c) Disponer la Ejecución de los Acuerdos del Consejo Directivo Nacional y de las Resoluciones que éste adopte;

De conformidad con lo establecido en Ley 27594, el Decreto Legislativo Nº 147 Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción -SENCICO, y el Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC, que aprueba el Estatuto del SENCICO; modifi cado por el Decreto Supremo Nº 004-2006-VIVIENDA;

Con la visación del Gerente de Administración y Finanzas, del Gerente de Planifi cación y Presupuesto, de la Asesora Legal, del Jefe de la Ofi cina de Secretaría General, y del Jefe del Departamento de Recursos Humanos (e);

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar a partir del 18 de marzo del 2010, al Lic. Luis Salvador Zanelli Jones en el cargo de confi anza de Gerente General del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OTILIO FERNANDO CHAPARRO TEJADAPresidente EjecutivoSENCICO

470725-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL

DE BIENES ESTATALES

Aprueban adjudicación en venta directa de terreno eriazo ubicado en el departamento de Lima

RESOLUCIÓN Nº 033-2010/SBN

San Isidro, 18 de marzo de 2010

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, lunes 22 de marzo de 2010415980

Visto; el Expediente Nº 189-2009/SBNJAD, que contiene la solicitud de adjudicación en venta directa formulada por la empresa ORICA MINING SERVICES PERU S.A., sobre el terreno eriazo de 259,917.72 m², ubicado con Frente a la Panamericana Norte altura del Km. 177.200 al 177.800, en el Sector Los Viños, distrito de Végueta, provincia de Huaura, departamento de Lima, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN es un organismo público, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo el Ente Rector responsable de normar los actos de disposición, administración y supervisión de los bienes estatales, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administración están a su cargo y tiene como fi nalidad buscar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 29151 – Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, modifi cado por el Decreto Supremo N° 002-2009-VIVIENDA, así como el Decreto Supremo N° 004-2007-VIVIENDA;

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales es la titular de dominio del terreno eriazo de 259, 917.72 m², ubicado con Frente a la Panamericana Norte altura del Km. 177.200 al 177.800, en el Sector Los Viños, distrito de Végueta, provincia de Huaura, departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 50094420 del Registro de Predios, Zona Registral Nº IX – Sede Huacho y con Registro SINABIP Nº 16955 correspondiente al Libro de Lima;

Que, la asunción de la titularidad de dominio a favor de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, fue aprobada mediante Resolución N° 307-2009/SBN-GO-JAR de fecha 29 de diciembre de 2009, al amparo de lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 002-2009-VIVIENDA, que modifi có el Artículo 74º del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA;

Que, la empresa ORICA MINING SERVICES PERU S.A., debidamente inscrita en la Partida Nº 01162160 del Registro de Personas Jurídicas de Lima, representada por su Gerente General, señor Elmer Vidal Sánchez, solicita, mediante escrito recibido por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales el 26 de junio de 2009, la adjudicación en venta directa del predio descrito en el párrafo precedente, por encontrarse en posesión del predio con fines de seguridad industrial, constituyendo la franja o zona de seguridad a su planta de almacenamiento de Nitrato de Amonio, con anterioridad al 12 de abril de 2006, de conformidad con el inciso c) del artículo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA;

Que, según el Informe N° 0604-2009/SBN-GO-JAD de fecha 24 de julio de 2009, con la conformidad de la Jefatura de Adjudicaciones, se considera factible dar inicio al trámite de adjudicación en venta directa del predio descrito a favor de la empresa ORICA MINING SERVICES PERU S.A., toda vez que se ha determinado que se encuentra inmerso en la causal establecida en el inciso c) del artículo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, al haberse constatado la posesión del terreno en mención por la empresa recurrente con la fi nalidad de seguridad industrial;

Que, el artículo 13º de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, señala que la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, constituye un pliego presupuestal;

Que, el artículo 75.2 del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, establece que la solicitud de venta directa deberá ser presentada ante la entidad propietaria del bien o el Gobierno Regional, según corresponda y será aprobada por Resolución del Titular del Pliego sustentada en el respectivo Informe Técnico – Legal, previa opinión técnica de la SBN;

Que, siendo la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, titular de dominio del predio solicitado,

corresponde al Superintendente Nacional de Bienes Estatales, en su condición de Titular del Pliego, aprobar las adjudicaciones en venta directa;

Que, mediante carta ingresada a la SBN con fecha 10 de noviembre de 2009, la empresa Gerencia y Desarrollo Inmobiliario S.A.C, remitió el informe de valuación comercial del terreno referido, cuyo valor asciende a la suma de US $ 90 633.30 (Noventa Mil Seiscientos Treinta y Tres y 30/100 Dólares Americanos);

Que, en mérito a lo dispuesto por el artículo 78º del Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y a lo señalado en la Directiva N° 001-2007/SBN “Procedimientos para la aprobación de la venta de predios del dominio privado del Estado de libre disponibilidad” aprobada por Resolución N° 018-2007/SBN de fecha 29 de marzo de 2007 y su modifi catoria, se publicó con fecha 13 de diciembre de 2009 en el Diario Ofi cial “El Peruano” y el Diario Expreso, así como en la página Web de esta Superintendencia, el aviso que publicita el valor de tasación comercial del predio descrito, con la fi nalidad de que cualquier interesado pueda por única vez y dentro del plazo de diez (10) días útiles, presentar una mejor oferta para la compra, sin embargo transcurrido dicho plazo no se recibió oferta alguna;

Que, la empresa ORICA MINING SERVICES PERU S.A., mediante carta recibida por esta Superintendencia el 29 de diciembre de 2009, ha manifestado su aceptación expresa respecto del valor de la tasación del predio materia de venta;

Que, mediante Informe Técnico Legal N° 0726-2009/SBN-GO-JAD de fecha 30 de diciembre de 2009, la Jefatura de Adjudicaciones ha opinado favorablemente por la adjudicación en venta directa del predio a favor de la empresa ORICA MINING SERVICES PERU S.A., dado que su solicitud se enmarca en el supuesto contemplado en el literal c) del artículo 77º del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA;

De conformidad con lo establecido por la Ley N° 29151 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y su modificatoria Decreto Supremo N° 002-2009-VIVIENDA, Decreto Supremo N° 004-2007-VIVIENDA, Decreto de Urgencia N° 071-2001;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar la adjudicación en venta directa a favor de la empresa ORICA MINING SERVICES PERU S.A., del terreno eriazo de 259, 917.72 m², ubicado con Frente a la Panamericana Norte altura del Km. 177.200 al 177.800, en el Sector Los Viños, distrito de Végueta, provincia de Huaura, departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 50094420 del Registro de Predios, Zona Registral Nº IX – Sede Huacho y con Registro SINABIP Nº 16955 correspondiente al Libro de Lima.

Artículo 2º.- El valor comercial del predio cuya venta se aprueba asciende a la suma de US $ 90 633.30 (Noventa Mil Seiscientos Treinta y Tres y 30/100 Dólares Americanos), conforme a la valorización efectuada por la empresa Gerencia y Desarrollo Inmobiliario S.A.C.

Artículo 3º.- Los ingresos que se obtengan de la venta del predio constituirán recursos del Tesoro Público y de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales en un 97% y 3%, respectivamente, una vez deducidos los gastos operativos y administrativos.

Artículo 4º.- La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en nombre y representación del Estado, otorgará la Escritura Pública de transferencia respectiva a favor la empresa ORICA MINING SERVICES PERU S.A.

Artículo 5º.- La Zona Registral N° IX – Sede Huacho de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, inscribirá la transferencia de propiedad a que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución, por el mérito de la correspondiente Escritura Pública.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE VILLANUEVA CARBAJALSuperintendente

471146-1

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, lunes 22 de marzo de 2010 415981

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO

DEL PODER JUDICIAL

Dictan medidas en el Distrito Judicial del Cusco y modifican la Res. Adm. N° 188-2009-CE-PJ respecto de juzgados de la Investigación Preparatoria y de Paz Letrado de Pisac de la provincia de Calca

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 074-2010-CE-PJ

Lima, 24 de febrero de 2010

VISTO:

El Ofi cio Nº 087-2010-ETI-PJ, cursado por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal; y,

CONSIDERANDO:

Primero: Que, este Órgano de Gobierno por Resolución Administrativa Nº 188-2009-CE-PJ dispuso entre otras medidas el funcionamiento de órganos jurisdiccionales en el Distrito Judicial del Cusco que se encargarán de conocer los nuevos procesos bajo el Código Procesal Penal; así como los que realizarán la liquidación de expedientes;

Segundo: Que, con lo expuesto por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal en consonancia con la solicitud del Presidente del Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia del Cusco, y teniendo en cuenta que este Poder del Estado ha asumido como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, deviene en necesario dictar precisiones complementarias a las ya impartidas, disponiéndose en tal sentido que el Juzgado de la Investigación Preparatoria de la Provincia de Calca sea competente en dicha provincia, excepto en lo que corresponde al Juzgado de Paz Letrado de Yanatile; y consecuentemente, que el Juzgado de Paz Letrado de Pisac de la Provincia de Calca, deje de asumir funciones como Juzgado de la Investigación Preparatoria;

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 82º, incisos 18 y 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención de los señores Consejeros Robinson Octavio Gonzales Campos y Darío Palacios Dextre por encontrarse de vacaciones y de licencia, respectivamente, por unanimidad;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Disponer las siguientes medidas en el Distrito Judicial del Cusco, en la forma que a continuación se detallan; quedando modifi cada la Resolución Administrativa Nº 188-2009-CE-PJ, de fecha 25 de junio de 2009:

• El Juzgado de la Investigación Preparatoria de la Provincia de Calca será competente en la referida provincia, excepto en lo que corresponde al Juzgado de Paz Letrado de Yanatile.

• El Juzgado de Paz Letrado de Pisac de la Provincia de Calca, dejará de asumir funciones como Juzgado de la Investigación Preparatoria.

Artículo Segundo.- El Presidente de la Corte Superior de Justicia del Cusco deberá adoptar las

acciones administrativas necesarias para la remisión de la carga procesal asumida a la fecha por el Juzgado de Paz Letrado de Pisac como Juzgado de la Investigación Preparatoria de Pisac, al Juzgado de la Investigación Preparatoria de Calca.

Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ministerio de Justicia, Ministerio del Interior, Ministerio Público, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Academia de la Magistratura, Corte Superior de Justicia del Cusco, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

SS.

JAVIER VILLA STEIN

JORGE ALFREDO SOLÍS ESPINOZA

FLAMINIO VIGO SALDAÑA

HUGO SALAS ORTIZ

470922-6

Delegan facultad de celebrar convenios de cooperación con el Banco de la Nación a fin de instalar micro agencias en ambientes de los respectivos Distritos Judiciales

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 075-2010-CE-PJ

Lima, 24 de febrero de 2010

VISTO:

El Ofi cio Nº 070-2010-HSO-CE/PJ, cursado por el señor Consejero Hugo Salas Ortiz; y,

CONSIDERANDO:

Primero: Que, conforme lo establece el artículo 82º, inciso 21, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, este Órgano de Gobierno se encuentra facultado para celebrar toda clase de convenios de cooperación con entidades nacionales o extranjeras, para asegurar el fi nanciamiento de sus programas y el cumplimiento de sus fi nes;

Segundo: Es así que se vienen aprobando convenios interinstitucionales con diversas instituciones públicas y privadas, nacionales e internacionales, dentro de los cuales se encuentra el Banco de la Nación cuyo objeto materia de propuestas de convenio es la instalación e implementación de micro agencias de la mencionada entidad bancaria en los ambientes de las Cortes Superiores de Justicia con el propósito de realizar el cobro de tasas o aranceles judiciales, derechos de notifi cación, procedimientos administrativos conforme al Texto Único de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial (TUPA), multas y demás servicios vinculados a la actividad judicial;

Tercero: Que teniendo en cuenta lo expuesto precedentemente, y con la fi nalidad de brindar cada vez un mejor servicio de impartición de justicia, resulta pertinente dictar las medidas orientadas a la desconcentración administrativa para la celebración de convenios con la citada institución fi nanciera;

Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 12º del artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención de los señores Consejeros Robinson Octavio Gonzales Campos y Darío Palacios Dextre por encontrarse de vacaciones y de licencia, respectivamente, por unanimidad;

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, lunes 22 de marzo de 2010415982

RESUELVE:

Artículo Primero.- Delegar a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país la facultad de celebrar convenios de cooperación interinstitucional con el Banco de la Nación, con el objeto de instalar e implementar micro agencias de la citada entidad bancaria en ambientes idóneos de los respectivos Distritos Judiciales, para los fi nes a que se contrae la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo Segundo.- Los convenios suscritos serán puestos en conocimiento inmediatamente al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; así como a la Gerencia General, para su registro y demás fi nes pertinentes.

Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país, Ofi cina de Inspectoría General y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

SS.

JAVIER VILLA STEIN

JORGE ALFREDO SOLÍS ESPINOZA

FLAMINIO VIGO SALDAÑA

HUGO SALAS ORTIZ

470922-7

Imponen medida de destitución a servidor por su actuación como Secretario Judicial del Décimo Primer Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima

INVESTIGACIÓN Nº 281-2007-LIMA

Lima, once de noviembre de dos mil nueve.-

VISTOS: La investigación número doscientos ochenta y uno guión dos mil siete guión Lima seguida contra el servidor Nelson Guillermo Yampufe por su actuación como Secretario Judicial del Décimo Primer Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima, a mérito de la propuesta de destitución formulada por la Jefatura de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolución número veintidós expedida con fecha trece de marzo del presente año, obrante de fojas ciento setenta y nueve a ciento noventa y uno; así como el recurso de apelación interpuesto contra la mencionada resolución en el extremo que dispone la remisión de copias certifi cadas de las piezas procesales pertinentes al Ministerio Público; y, CONSIDERANDO:Primero: Que, la señora Elva Aguirre Escobar mediante queja verbal de fecha quince de agosto de dos mil siete, cuya acta obran a fojas ocho, refi ere que su esposo el señor Manuel Hinojosa Teves entregó al servidor Nelson Guillermo Yampufe la suma de doscientos nuevos soles para que le ayude en el proceso judicial seguido en su contra por delito de usurpación agravada, la cual se efectuó entre el trece o catorce de julio del presente año; sin embargo, como el dinero entregado era producto de su trabajo se apersonó -quince de agosto de dos mil siete-a la ofi cina del secretario quejado a fi n de reclamarle la devolución de dicho dinero, siendo que cuando le explicó que ese dinero era suyo éste procedió a devolverlo; Segundo: Que, en el expediente obra el acta de queja verbal ampliatoria de fecha quince de agosto de dos mil siete, obrante a fojas quince, mediante el cual el señor Manuel Hinojosa Teves indica que el servidor judicial Nelson Guillermo Yampufe le solicitó la suma de doscientos nuevos soles la misma que le entregó el día trece o catorce de julio de dos mil siete; asimismo, a fojas doce obra el acta de entrega de fecha quince de agosto de dos mil siete mediante la cual el servidor judicial Nelson Guillermo Yampufe reconoce haber recibido la suma de doscientos nuevos soles, indicando que dicho dinero ha

sido devuelto en la misma fecha; Tercero: Que, mediante resolución número dos de fecha veintiuno de agosto de dos mil siete, la Jefatura de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial dispone abrir investigación contra el servidor judicial Nelson Guillermo Yampufe. Posteriormente, mediante Informe Nº 84-2008-SBMP-UOM-OCMA de fecha veintidós de agosto de dos mil ocho el responsable de la Unidad Operativa Móvil de la Ofi cina de Control de a Magistratura del Poder Judicial propone que la Jefatura del Órgano de Control solicite al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial que imponga la medida disciplinaria de destitución al servidor investigado, y que se dicte medida cautelar de abstención; Cuarto: Que en la vista de la causa de los presentes actuados llevada a cabo el siete de enero del año en curso, el abogado defensor del servidor judicial investigado entrega a la Jefa de la Ofi cina de Control de la Magistratura un CD y su transcripción, disponiéndose la recepción de los mismos; refi riendo el citado letrado que se trataba de una conversación celebrada el treinta de mayo de dos mil ocho entre el servidor investigado con los señores Manuel Hinojosa -quejoso- y Franklin Teves, manifestando que dicho audio guarda relación con el caso y debe ser tomado en cuenta antes de resolver, dicho CD fue objeto de transcripción ofi cial por parte de la Gerencia de Desarrollo del Órgano de Control de la Magistratura; Quinto: Enatención a ello, el quejoso Hinojosa Teves presentó un escrito deduciendo tacha contra el audio presentado por el servidor Guillermo Yampufe y ratifi cándose en la denuncia presentada, indicando que dolosamente y con la fi nalidad de evadir su responsabilidad el servidor judicial indicado elabora el audio grabándolo sin que se diera cuenta, y luego grabando a una tercera persona que no fue testigo ni estuvo presente en las ocasiones que el investigado le solicitó las sumas dinerarias; Sexto: Que,mediante resolución número veintidós de fecha trece de marzo del año en curso, la Jefatura de la Ofi cina de Control de la Magistratura declaró infundada la tacha interpuesta y propone al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial que imponga la medida disciplinaria de destitución a Nelson Guillermo Yampufe en su actuación como Secretario Judicial del Décimo Primer Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima; disponiendo también medida cautelar de abstención en el ejercicio del cargo en el Poder Judicial al citado servidor, hasta que se resuelva defi nitivamente su situación disciplinaria; así como remitir copias certifi cadas de las piezas procesales pertinentes al Ministerio Público; Sétimo: Que, a manera de introducción y a efectos de establecer la norma aplicable, se debe precisar que el ordenamiento nacional ha establecido dos supuestos que rigen la potestad sancionadora de la administración y, que operan a favor del administrado, en cuanto a la dimensión temporal de las normas. Los supuestos son los siguientes: i) El principio de irretroactividad, que garantiza que la atribución de la potestad sancionadora sólo será válida para la aplicación de disposiciones de tipifi cación de ilícitos y previsora de sanciones, cuando hayan entrado en vigencia con anterioridad al hecho y estén vigentes al momento de su califi cación por la autoridad; y, ii) La aplicación de las normas sancionadoras posteriores a la comisión del ilícito que benefi cian al administrado, esto es la retroactividad de la norma; tipifi cado en el artículo doscientos treinta, inciso cinco, de la Ley del Procedimiento Administrativo General que establece “Son aplicables las disposiciones sancionadoras vigentes en el momento de incurrir el administrado en la conducta a sancionar, salvo que las posteriores le sean favorables”; Octavo: Con fecha siete de mayo de dos mil nueve entró en vigencia la Ley Nº 29277 -Ley de la Carrera Judicial-, donde en su disposición complementaria derogatoria establece derogar varios artículos del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial entre ellos los artículos doscientos uno y doscientos once, normas invocadas en la resolución materia de pronunciamiento al estar vigentes, pero que se encuentran derogadas al momento de resolver la presente investigación, y descritas en los artículos diez y diecisiete del Reglamento del Régimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial; por lo que se puede apreciar que la última norma citada no ha tenido cambio sustantivo en relación al caso en referencia; en tal sentido, se debe aplicar la norma vigente a la fecha de la comisión de los hechos investigados de conformidad con el principio de irretroactividad antes descrito; Noveno: Que, respecto a la propuesta de destitución del servidor Nelson Guillermo

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, lunes 22 de marzo de 2010 415983

Yampufe se debe tener en cuenta lo estipulado en la Ley Orgánica del Poder Judicial en su artículo ciento noventa y seis, numeral dos, que establece como prohibición a los magistrados -aplicable a los auxiliares jurisdiccionales-, “aceptar de los litigantes o sus abogados o por cuenta de ellos, donaciones, obsequios, atenciones, agasajos o sucesión testamentaria a su favor o en favor de su cónyuge, concubino, ascendientes, descendientes o hermanos”; asimismo, se debe tener en cuenta que el Código de Ética del Poder Judicial en su artículo nueve estable el comportamiento que debe tener un juez, indicando que debe comportarse con decoro y respetabilidad, debiendo evitar entre otros aspectos, aceptar directa o indirectamente dádivas o benefi cios económicos, aspectos que de acuerdo al artículo trece de dicho documento, también se aplican a los funcionarios que desarrollan actividades de apoyo y auxilio judicial, como es el caso de los secretarios de juzgado; Décimo:Siendo así, en el presente caso se ha probado el hecho de que el servidor judicial investigado recibió de manos del señor Manuel Hinojosa Teves la suma de doscientos nuevos soles, ya que en el acta de entrega de fecha quince de agosto de dos mil siete, así como en su descargo éste ha aceptado haber recibido por parte del quejoso dicha suma, alegando que ello fue producto de un obsequio, luego indica que fue de manera sorpresiva; más aún, se debe tener en cuenta que en su propio recurso de apelación el servidor judicial alega que “si bien es cierto el proceder de aceptar del quejoso una suma de dinero o dádiva resulta contrario al decoro de la institución que pone en peligro la confi anza en la administración de justicia.” indica también que “debe ponderarse la conducta del agente luego del hecho, en su esfuerzo por resarcir el error mediante la devolución del dinero y aceptación de haber recibido dicha suma, que revelan su conducta procesal y de arrepentimiento por su mal proceder... “; por lo que se concluye que el servidor investigado se encuentra inmerso en notoria conducta irregular, tipifi cada en el artículo doscientos uno, numeral seis, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; además, ha infringido lo previsto en el Reglamento Interno de Trabajo en sus artículos cuarenta y uno, inciso b, y cuarenta y tres, inciso q, que preceptúan que es deber y prohibición de los trabajadores “cumplir con honestidad ... las funciones inherentes al cargo que desempeña ….” y “recibir dádivas, compensaciones o presentes en razón del cumplimiento de su labor o gestiones propias de su cargo”, correspondiendo aplicar la sanción de destitución; Décimo Primero: Que, en cuanto a la remisión de copias certifi cadas de las piezas procesales pertinentes al Ministerio Público, se debe tener presente que en el recurso de apelación interpuesto por el servidor investigado contra la resolución materia de pronunciamiento en este extremo fue presentado dentro del plazo previsto por el artículo sesenta y siete del Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina de Control de la Magistratura vigente en ese entonces, con expresión de los fundamentos de su pretensión impugnatoria, satisfaciendo los requisitos previstos en el artículo sesenta y uno del referido reglamento para que sea admitido; Décimo Segundo: Que el recurrente sustenta su impugnación, indicando que la resolución cuestionada adolece de ausencia probatoria e inadecuada valoración del medio de prueba que ofreció consistente en el audio, pues no se ha determinado fehacientemente que el investigado haya solicitado suma alguna de dinero al quejoso, situación que resulta importante si se analiza que la conducta de recibir no es la misma que solicitar en una comparación normativa de relevancia jurídico penal; Décimo Tercero: Del análisis realizado se desprende que la Ofi cina de Control de la Magistratura se basó en la relatividad de la validez probatoria del medio logrado en forma irregular, en el entendido que en el cuarto considerando de la resolución materia de pronunciamiento, ha valorado la autoría del audio al declarar infundada la tacha, además indica que la valoración del mismo se hará bajo el criterio de unidad del material probatorio, todo ello sin perjuicio de las copias certifi cadas que se deben remitir al Ministerio Público por los indicios de conducta delictuosa al haberse grabado presuntamente una conversación sin autorización de los interlocutores, violando el derecho a la intimidad y comunicaciones, entre otros; por lo tanto, este Colegiado aprecia que la sanción propuesta equivalente para la infracción cometida no podría ser otra que la destitución; Décimo Cuarto: Que, las sanciones previstas en el citado

texto legal se graduarán en atención a la gravedad, trascendencia del hecho, antecedentes del infractor y la afectación institucional; por ello, teniendo en cuenta que Ia conducta disfuncional del quejado, al haber contravenido los deberes y prohibiciones establecidas por ley, afecta gravemente la imagen del Poder Judicial; corresponde imponerle Ia máxima sanción disciplinaria contemplada en el artículo doscientos once de la mencionada norma; por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el informe del señor Consejero Hugo Salas Ortiz, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE:Primero: Confi rmar la resolución número veintidós expedida con fecha trece de marzo del presente año, obrante de fojas ciento setenta y nueve a ciento noventa, en el extremo que dispone la remisión de copias certifi cadas de las piezas procesales pertinentes al Ministerio Público. Segundo: lmponer Ia medida disciplinaria de Destitución al servidor Nelson Guillermo Yampufe, por su actuación como Secretario Judicial del Décimo Primer Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

SS.

JAVIER VILLA STEIN

ANTONIO PAJARES PAREDES

JORGE ALFREDO SOLIS ESPINOZA

FLAMINIO VIGO SALDAÑA

DARIO PALACIOS DEXTRE

HUGO SALAS ORTIZ

470922-9

Imponen medida de destitución a servidor por su actuación como Especialista Legal del Juzgado Mixto de Villa El Salvador de la Corte Superior de Justicia de Lima

INVESTIGACIÓN ODICMA Nº 041-2009-LIMA

Lima, catorce de octubre de dos mil nueve.-

VISTA: La investigación ODICMA número cuarenta y uno guión dos mil nueve guión Lima seguida contra el servidor Ricardo Luis Machado Molina por su actuación como Especialista Legal del Juzgado Mixto de Villa El Salvador, Corte Superior de Justicia de Lima, a mérito de la propuesta de destitución formulada por la Jefatura de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolución número cincuenta y siete expedida con fecha siete de abril del presente año, obrante de fojas cuatrocientos noventa y uno a quinientos cuatro; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, analizando la propuesta de destitución formulada por la Jefatura de la Ofi cina de Control de la Magistratura contra el servidor Ricardo Luis Machado Molina, por su actuación como Especialista Legal del Juzgado Mixto de Villa El Salvador de la Corte Superior de Justicia de Lima, se aprecia que se le atribuye como responsabilidad disciplinaria haber participado en la elaboración y tramitación del falso y simulado proceso signado como Expediente Nº 212-2006, el cual propició la tramitación de un exhorto ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de San Anita, para ejecutar una supuesta medida de embargo en forma de depósito; Segundo: Que, a manera de introducción y a efectos de establecer la norma aplicable, se debe precisar que el ordenamiento nacional ha establecido dos supuestos que rigen la potestad sancionadora de la administración y, que operan a favor del administrado, en cuanto a la dimensión temporal de las normas. Los supuestos son los siguientes: i) El principio de irretroactividad, que garantiza que la atribución de la potestad sancionadora sólo será válida para la aplicación de disposiciones de tipifi cación de ilícitos y previsora de

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, lunes 22 de marzo de 2010415984

sanciones, cuando hayan entrado en vigencia con anterioridad al hecho y estén vigentes al momento de su califi cación por la autoridad; y, ii) La aplicación de las normas sancionadoras posteriores a la comisión del ilícito que benefi cian al administrado, esto es la retroactividad de la norma; tipifi cado en el artículo doscientos treinta, inciso cinco, de la Ley del Procedimiento Administrativo General que establece “Son aplicables las disposiciones sancionadoras vigentes en el momento de incurrir el administrado en la conducta a sancionar, salvo que las posteriores le sean favorables”; Tercero: Con fecha siete de mayo de dos mil nueve entró en vigencia la Ley Nº 29277 -Ley de la Carrera Judicial-, donde en su disposición complementaria derogatoria establece derogar varios artículos del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial entre ellos los artículos doscientos uno y doscientos once, normas invocadas en la resolución materia de pronunciamiento al estar vigentes, pero que se encuentran derogadas al momento de resolver la presente investigación, y descrita en los artículos diez y diecisiete del Reglamento de Régimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial; por lo que se puede apreciar que la última norma citada no ha tenido cambio sustantivo en relación al caso en referencia; en tal sentido, se debe aplicar la norma vigente a la fecha de la comisión de los hechos investigados de conformidad con el principio de irretroactividad antes descrito; Cuarto: De la compulsa probatoria acopiada en autos, se aprecia lo siguiente: i) El Ofi cio Nº 50-06 LCA-JMVES remitido por el magistrado Luis Alberto Carrasco Alarcón, Juez del Juzgado Mixto de Villa el Salvador, quien informa a la Ofi cina Distrital de Control de la Magistratura de Lima la existencia de un proceso judicial signado con el Expediente Nº 212-2006 sobre medida cautelar, el cual no existe en dicho órgano jurisdiccional, toda vez que dicha númeración pertenece a otro sobre otorgamiento de escritura pública seguido por Eufemia Dorotea Pérez Vera con Felipe Alanya Julián, cuyas copias obran a fojas trescientos treinta a trescientos treinta y tres; ii) El acta de la declaración indagatoria tomada al servidor Luís Castro Vásquez, EspecialistaLegal del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Santa Anita obrante a fojas treinta y ocho a treinta y nueve, quien refi ere que el exhorto remitido por el Juzgado Mixto de Villa el Salvador fue entregado a su persona vía conducto regular, es decir, a través de Mesa de Partes, no advirtiendo ninguna irregularidad en su contenido, toda vez que cuando lo revisó cumplía con todas las formalidades exigidas; iii) El acta de diligencia indagatoria obrante de fojas ciento siete a ciento ocho rendida por la servidora Paola Cristina Vásquez Sánchez, encargada de la Mesa de Partes Única de los Juzgados de Santa Anita, refi riendo que el exhorto ha sido recepcionado por su persona de manera directa, procediendo inmediatamente a asignarle un número y entregarlo en forma directa al secretario; iv)La declaración indagatoria de don William Malpartida Cuellar, obrante fojas doscientos treinta a doscientos treinta y dos, señalando que se desempeñó como procurador en el estudio jurídico “Arévalo Asociados”, cuya labor consistía en llevar el exhorto de las ofi cinas del estudio a la Mesa de Partes del Juzgado de Paz Letrado de Santa Anita, donde fue recepcionado su cargo sin ninguna observación, siendo entregado dicho exhorto por el abogado Arévalo Gómez; y que el día que se apersonó al despacho del Juzgado de Paz Letrado de Santa Anita, a efecto de recoger el exhorto para llevarlo al Juzgado de Villa El Salvador se enteró de la falsedad de dicho documento; v) La declaración indagatoria del abogado Arturo Arévalo Gómez, que obra a fojas doscientos treinta y siete a doscientos treinta y ocho, quien refi ere que patrocinó a doña Irene Huallasco Montalvo en el expediente que siguió contra la Tintorería Punto Color S.A. sobre benefi cios sociales, indicando que sólo la asesoró en el proceso de medida cautelar y no en el principal; encargándole la tramitación de dicha medida a don Juan Valdez Azalde, procurador del estudio Arévalo Asociados, quien le refi rió que conocía al especialista legal de nombre Machado Molina, quien le ayudaría en la tramitación del proceso con mayor celeridad; vi) La constancia de entrega de la solicitud de medida cautelar al investigado obrante a folios doscientos noventa y ocho, en donde se aprecia que se le entregó la referida petición, con sus respectivos anexos, en el proceso seguido por la señora Irene Gallasco Montalvo contra la Tintorería Punto Color; y el dinero correspondiente para el pago de arancel por medida cautelar, más cédulas de notifi cación; vii) El acta de

legalización de fi rma obrante a fojas trecientos sesenta y ocho, en la cual se aprecia que se legalizó la fi rma de la demandante Irene Huayllasco Montalvo en la Medida Cautelar Nº 212-2006 seguida contra la Tintorería Punto y Color; viii) A folios doscientos setenta y cuatro se le notifi có la resolución número treinta que abre investigación preliminar con la fi nalidad de que cumpla con presentar su informe de descargo; y al no hacerlo fue declarado rebelde mediante resolución número treinta y cuatro de fecha veintiséis de setiembre de dos mil ocho, tal como se aprecia a fojas doscientos setenta y seis; Quinto: Que, por lo anotado, se colige estar probado la responsabilidad disciplinaria del investigado contemplada en el artículo doscientos uno, incisos uno, dos y seis del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial al haber infraccionado a los deberes y prohibiciones establecidas en la ley, haber cometido actos que atentan públicamente contra la respetabilidad del Poder Judicial, por notoria conducta irregular, vicios y costumbres que menoscaban el decoro y respetabilidad del cargo; al haber participado en la elaboración y tramitación del falso y simulado el Expediente Nº 212-2006, el cual propició la tramitación de un exhorto ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de San Anita, para ejecutar una supuesta medida de embargo en forma de depósito; por lo que, es pasible de ser sancionado con la medida disciplinaria de destitución, vigente al momento de incurrir el investigado en los hechos que se le atribuye y aplicable en tanto la ley posterior no le es más favorable; Sexto: Que, las sanciones previstas en el citado texto legal se graduaran en atención a la gravedad, trascendencia del hecho, antecedentes del infractor y la afectación institucional; por ello, teniendo en cuenta que Ia conducta disfuncional del investigado, al haber contravenido los deberes y prohibiciones establecidas por ley, afecta gravemente la imagen del Poder Judicial; corresponde imponerle Ia máxima sanción disciplinaria contemplada en el artículo doscientos once de la mencionada norma; por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el informe obrante de fojas quinientos dieciséis a quinientos dieciocho, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Primero: lmponer Ia medida disciplinaria de Destitución al servidor Ricardo Luis Machado Molina, por su actuación como Especialista Legal del Juzgado Mixto de Villa El Salvador de la Corte Superior de Justicia de Lima. Segundo: Disponer la inscripción de la medida disciplinaria impuesta en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido. Regístrese,publíquese, comuníquese y cúmplase.

SS.

JAVIER VILLA STEIN

ANTONIO PAJARES PAREDES

JORGE ALFREDO SOLIS ESPINOZA

FLAMINIO VIGO SALDAÑA

DARIO PALACIOS DEXTRE

HUGO SALAS ORTIZ

470922-8

ORGANOS AUTONOMOS

CONTRALORIA GENERAL

Aprueban Planes Anuales de Control 2010 de cien órganos de control institucional de diversas entidades sujetas al Sistema Nacional de Control

RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍANº 077-2010-CG

Lima, 19 de marzo de 2010

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, lunes 22 de marzo de 2010 415985

Visto, la Hoja Informativa Nº 00009-2010-CG/PEC de la Gerencia de Planeamiento Estratégico y Control, que propone la aprobación de los Planes Anuales de Control 2010 de cien (100) Órganos de Control Institucional;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en el literal h) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, es atribución de este Organismo Superior de Control aprobar el Plan Nacional de Control y los Planes Anuales de Control de las entidades;

Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 169-2009-CG del 23 de noviembre de 2009, se aprobaron los Lineamientos de Política para la Formulación de los planes de control de los órganos del Sistema Nacional de Control – año 2010 y la Directiva Nº 004-2009-CG/PEC – “Formulación y Evaluación del Plan Anual de Control de los Órganos de Control Institucional para el año 2010”, la cual establece los criterios técnicos y procedimientos para la formulación y evaluación del Plan Anual de Control (PAC) de los Órganos de Control Institucional (OCI) de las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control (SNC);

Que, la mencionada Directiva establece en el numeral 2.1 de su literal G. que las unidades orgánicas de línea evaluarán los proyectos de PAC en términos de su sujeción a los lineamientos de política aprobados, criterios y procedimientos contenidos en la Directiva, y las disposiciones específi cas impartidas por las mismas; como producto de cuya evaluación, emitirán su conformidad sobre el proyecto de PAC;

Que, asimismo en el numeral 3. del literal G. señala que las unidades orgánicas de línea informarán a la Gerencia de Planeamiento Estratégico y Control la relación de los proyectos de PAC que cuentan con su conformidad, y cuya información se encuentra debidamente registrada en el Sistema de Control Gubernamental de la CGR; la citada Gerencia, como responsable del proceso de planeamiento, verifi cará selectivamente la información registrada en el Sistema de Control Gubernamental, integrando los proyectos de PAC que cuentan con la respectiva conformidad y procederá a elaborar la propuesta para su aprobación correspondiente;

Que, conforme al documento del visto, la Gerencia de Planeamiento Estratégico y Control ha sido informada por las respectivas unidades orgánicas competentes de la Contraloría General de la República, respecto a los proyectos de PAC 2010 de cien (100) Órganos de Control Institucional, los mismos que cuentan con su conformidad; procediendo la Gerencia de Planeamiento Estratégico y Control a verifi car selectivamente la información registrada en el Sistema de Control Gubernamental, por tanto, dichos planes se encuentran expeditos para continuar con su trámite de aprobación correspondiente;

Que, en consecuencia, resulta pertinente la aprobación de los proyectos de PAC 2010 de un total de cien (100) Órganos de Control Institucional, cuya formulación y cumplimiento es obligatorio por parte de los órganos que conforman el Sistema Nacional de Control;

En uso de las facultades previstas en los artículos 22º y 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar los Planes Anuales de Control 2010 de cien (100) Órganos de Control Institucional de las entidades que se detallan en anexo adjunto y que se encuentran bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control.

Artículo Segundo.- Las unidades orgánicas de línea de la Contraloría General de la República, bajo cuyo ámbito de control se encuentran los Órganos de Control Institucional anteriormente señalados, se encargarán de cautelar la ejecución de los Planes Anuales de Control.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FUAD KHOURY ZARZARContralor General de la República

ANEXO A LA RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 077-2010-CG

ITEM CÓDIGO NOMBRE

1 0148 EMPRESA REGIONAL ELECTRONORTE MEDIO S.A - HIDRANDINA

2 0164 EMPRESA REGIONAL DE SERVICIO PÚBLICO DE ELECTRICIDAD DEL CENTRO S.A.-ELECTROCENTRO S.A.

3 0198 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN CRISTOBAL DE HUAMANGA - AYACUCHO

4 0201 UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA AMAZONIA PERUANA

5 0213 UNIVERSIDAD NACIONAL SANTIAGO ANTÚNEZ DE MAYOLO - ANCASH

6 0218 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA - INC

7 0224 UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACION ENRIQUE GUZMAN Y VALLE - LA CANTUTA

8 0303 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA - INEI

9 0317 SERVICIOS INDUSTRIALES DE LA MARINA S.A. - SIMA PERU

10 0320 INSTITUTO NACIONAL DE RADIO Y TELEVISION DEL PERU

11 0382 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CALCA

12 0384 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANCHIS - SICUANI

13 0436 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ALTO AMAZONAS

14 0437 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LORETO - NAUTA

15 0438 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MAYNAS - IQUITOS

16 0439 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE REQUENA

17 0440 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL RAMÓN CASTILLA

18 0456 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TALARA-PARIÑAS

19 0474 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CONTRALMIRANTE VILLAR-ZORRITOS

20 0478 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE UCAYALI - CONTAMANA

21 0535 SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PÚBLICA DE ICA

22 0536 SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PÚBLICA DE IQUITOS

23 0608 PROYECTO ESPECIAL CHAVIMOCHIC

24 0610 PROYECTO ESPECIAL OLMOS-TINAJONES (GOBIERNO REGIONAL LAMBAYEQUE)

25 0634 UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LUCANAS PUQUIO - UGEL LUCANAS

26 0646 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL - RENIEC

27 0658 UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL 13 YAUYOS - UGEL 13 YAUYOS

28 0670 DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD PUNO

29 0678 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANDARAVE

30 0682 DIRECCIÓN DE SALUD II LIMA SUR

31 0701 DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD LORETO

32 0703 UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL CHINCHA - UGEL CHINCHA

33 0706 DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE ANCASH - HUARAZ

34 0734 DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN LORETO

35 0799 UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL CARAVELI - UGEL CARAVELI

36 0825 DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD MADRE DE DIOS

37 0928 UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL CORONGO - UGEL CORONGO

38 0949 CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE MAYNAS S.A. - CMAC MAYNAS

39 1630 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO-CUSCO

40 1727 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACORIA

41 1794 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COLCABAMBA-TAYACAJA

42 1893 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARCONA

43 2159 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR

44 2184 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

45 2316 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE FERNANDO LORES

46 2323 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YAVARÍ

47 2337 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARINARI

48 2339 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE URARINAS

49 2344 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAQUIA

50 2363 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAMEGUA

51 2639 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ITE

52 2808 UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL Nº 03 LIMA - UGEL 03 LIMA

53 2911 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARMEY

54 3475 EMPRESA MUNICIPAL DE SANEAMIENTO BÁSICO DE PUNO S.A. - EMSAPUNO S.A.

55 3477 SEDAM HUANCAYO - EMPRESA DE SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO MUNICIPAL HUANCAYO

56 3550 UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUMBES

57 3609 ZONA REGISTRAL Nº IV - SEDE IQUITOS EX OFICINA REGISTRAL REGIONAL REGIÓN LORETO

58 3757 INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES NEOPLÁSICAS “DR EDUARDO CÁCERES GRAZIANI”

59 3758 INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS NEUROLÓGICAS

Page 36: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica · Juzgado Mixto de Villa El Salvador de la Corte Superior de Justicia de Lima 415983 ORGANOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Res. Nº

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, lunes 22 de marzo de 2010415986

ITEM CÓDIGO NOMBRE

60 3759 INSTITUTO NACIONAL DE OFTALMOLOGÍA

61 3762 HOSPITAL NACIONAL GENERAL “DOS DE MAYO”

62 3787 HOSPITAL GENERAL SANTA ROSA - LIMA

63 3881 HOSPITAL CARLOS LANFRANCO LA HOZ DE PUENTE PIEDRA

64 3948 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO CHIMBOTE

65 3961 UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL HUARI - UGEL HUARI

66 3962 UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL PALLASCA CABANA - UGEL PALLASCA

67 3990 UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL PAUCARTAMBO - UGEL PAUCARTAMBO

68 3991 UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCION - UGEL LA CONVENCION

69 4016 UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL MARISCAL RAMON CASTILLA CABALLOCOCHA - UGEL R. CASTILLA

70 4017 UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL REQUENA - LORETO UGEL REQUENA

71 4058 HOSPITAL ZONAL DE VITARTE

72 4060 INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL - HOSPITAL DE MATERNIDAD DE LIMA

73 4192 UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL YUNGAY - UGEL YUNGAY

74 4219 UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL 15 HUAROCHIRI UGEL 15 HUAROCHIRI

75 4350 UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL CARLOS FERMIN FITZCARRALD SAN LUIS - UGEL FITZCARRALD

76 4405 UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL CHINCHEROS - UGEL CHINCHEROS

77 4440 HOSPITAL DE APOYO DE IQUITOS CÉSAR GARAYAR GARCÍA

78 4442 HOSPITAL REGIONAL DE LORETO FELIPE SANTIAGO ARRIOLA IGLESIAS

79 4515 HOSPITAL NACIONAL DOCENTE MADRE NIÑO SAN BARTOLOME

ITEM CÓDIGO NOMBRE

80 4517 HOSPITAL DE APOYO MARÍA AUXILIADORA

81 4539 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO - SUNASS

82 4540 SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA - SENASA

83 4588 UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL HUARMEY - UGEL HUARMEY

84 4643 EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE PISCO S.A

85 4654 PERUPETRO S.A.

86 4693 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TROMPETEROS

87 4795 UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL MARAÑON SAN LORENZO - UGEL MARAÑON

88 4905 UNIDAD TERRITORIAL DE ESTABLECIM. DE SALUD-HUARAZ - VICTOR RAMOS GUARDIA

89 5183 SOCIEDAD ELÉCTRICA DEL SUR OESTE S.A. (SEAL)

90 5321 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELÉN - MAYNAS

91 5322 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN BAUTISTA

92 5332 GOBIERNO REGIONAL ANCASH

93 5343 GOBIERNO REGIONAL LAMBAYEQUE

94 5418 RED DE SALUD CHILCA MALA SERVICIOS BÁSICOS DE SALUD

95 5439 RED DE SERVICIOS DE SALUD SAN JUAN DE MIRAFLORES VILLA MARIA DEL TRIUNFO

96 5443 HOSPITAL DE APOYO DEPARTAMENTAL SANTA ROSA PUERTO MALDONADO

97 5528 UNIVERSIDAD NACIONAL TECNOLÓGICA DEL CONO SUR DE LIMA

98 5531 HOSPITAL SAN JUAN DE LURIGANCHO

99 5684 ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL

100 5740 AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA

470931-1