constitucional comparado

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Forma de gobierno : Es la de una Repùblica Presidencialista encabezado por el Presidente de la Repùblica Funciones del Presidente de Venezuela son 2 El Presidente en Venezuela es Jefe de Estado y Jefe del Poder Ejecutivo Nacional a la ves. El Presidente tiene como función principal la facultad de dirigir las acciones de gobierno. Venezuela se caracteriza por ser un Estado Social y Democràtico de Derecho La Soberania en Venezuela reside en el pueblo el cual se ejerce de dos maneras directamente a través de la Constituciòn Polìtica y la ley e indirectamente mediante sufragio,por el poder público,cuya competencia esta sometida a soberanía popular es decir por el pueblo. Actualmente Venezuela se denomina Repùblica Boliviariana de Venezuela desde 1999

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Tiene como objetivo dar a conocer el curso de Constitucional comparado. Es curso de la facultad de derecho de la Universidada San Martín de Porres

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Page 1: Constitucional Comparado

Forma de gobierno : Es la de una Repùblica Presidencialista encabezado por el Presidente de la Repùblica

Funciones del Presidente de Venezuela son 2

El Presidente en Venezuela es Jefe de Estado y Jefe del Poder Ejecutivo Nacional a la ves.

El Presidente tiene como función principal la facultad de dirigir las acciones de gobierno.

Venezuela se caracteriza por ser un Estado Social y Democràtico de Derecho

La Soberania en Venezuela reside en el pueblo el cual se ejerce de dos maneras directamente a través de la Constituciòn Polìtica y la ley e indirectamente mediante sufragio,por el poder público,cuya competencia esta sometida a soberanía popular es decir por el pueblo.

Actualmente Venezuela se denomina Repùblica Boliviariana de Venezuela desde 1999

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Constitución de Venezuela de 1999

La actual Constitución de Venezuela, fue aprobada en referéndum constitucional el 15 de diciembre de 1999 y promulgada cinco días después, establece que la República Bolivariana de Venezuela se constituye en un Estado Social y Democrático de Derecho y de Justicia que "propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político".

En los términos establecidos en la Constitución de la República, Venezuela asume la forma de un Estado federal descentralizado, y se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad. El mismo tiene como fines la protección y fomento de la persona y su humanidad, garantizar el ejercicio democrático de la voluntad popular, y la búsqueda de un estado de bienestar general. Para la consecución de tales metas, se señalan como vías el desarrollo de la educación y el trabajo.2

Se establece además que la forma de Gobierno es la de una República presidencialista, encabezada por el Presidente de la República, con funciones de Jefe del Estado y Jefe del Poder Ejecutivo Nacional a la vez. La soberanía, la cual reside en el pueblo, se ejerce de dos maneras: directamente a través de la Constitución misma y de la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por el

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Poder Público, cuyos componentes están sometidos a dicha soberanía popular y se deben a ella. Todos los entes públicos están sujetos a lo previsto en esta Constitución. El Presidente tiene la facultad de dirigir las acciones del Gobierno.3

El territorio nacional se divide en Estados, un Distrito Capital, dependencias federales y territorios federales. Los estados se organizan en Municipios. De la misma forma, el Poder Público se distribuye entre el Poder Nacional, el Poder Estadal y el Poder Municipal.4 Tanto el Gobierno nacional como el de las subdivisiones territoriales deben ser de naturaleza democrática, participativa, electiva, descentralizada, alternativa, responsable, pluralista y de mandatos revocables

El Estado Venezolano se divide en 5 poderes, el poder Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral; cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado. El Poder Público Nacional está conformado por los órganos y entes del Estado con competencia nacional que se enmarcan dentro de la Constitución de la República.

Las autoridades nacionales del Estado residen en Caracas, Distrito Capital, ya que según la Constitución Nacional, es el asiento de los órganos del Poder Público Nacional. La Administración Pública está al servicio de los ciudadanos y se fundamenta en los principios de honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad, según lo exige el Artículo 141 de la Constitución de la República

Divisiòn Polìtica

Artículo 16. Con el fin de organizar políticamente la República, el territorio nacional se divide en el de los Estados, el del Distrito Capital, el de las dependencias federales y el de los territorios federales. El territorio se organiza en Municipios.

La división político territorial será regulada por ley orgánica, que garantice la autonomía municipal y la descentralización político administrativa. Dicha ley podrá disponer la creación de territorios federales en determinadas áreas de los Estados, cuya vigencia queda supeditada a la realización de un referendo aprobatorio en la entidad respectiva. Por ley especial podrá darse a un territorio federal la categoría de Estado, asignándosele la totalidad o una parte de la superficie del territorio respectivo.

Artículo 17. Las dependencias federales son las islas marítimas no integradas en el territorio de un Estado, así como las islas que se formen o aparezcan en

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el mar territorial o en el que cubra la plataforma continental. Su régimen y administración estarán señalados en la ley.

Artículo 18. La ciudad de Caracas es la capital de la República y el asiento de los órganos del Poder Nacional.

Lo dispuesto en este artículo no impide el ejercicio del Poder Nacional en otros lugares de la República.

Una ley especial establecerá la unidad político territorial de la ciudad de Caracas que integre en un sistema de gobierno municipal a dos niveles, los Municipios del Distrito Capital y los correspondientes del Estado Miranda. Dicha ley establecerá su organización, gobierno, administración, competencia y recursos, para alcanzar el desarrollo armónico e integral de la ciudad. En todo caso la ley garantizará el carácter democrático y participativo de su gobierno.

Partidos Polìticos

Acciòn Democràtica

Cope

Partido Comunista de Venezuela

Uniòn Republicana Democratìca

La Causa Radical

Movimiento Socialista

Alianza Bravo Pueblo

Podemos

Movimiento Vs Repùblica

Primero Justicia

Partido Socialista Unido de Venezuela

Patria para todos

Un Nuevo Tiempo Prinicipal Partido que libera la división de Acciòn Democratica

TIPO DE GOBIERNO

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Venezuela es una antigua colonia española situada en la costa norte de América del Sur. Se ganó su independencia de la nación de la Gran Colombia tras una serie de guerras de 1813 a 1830. Tenía una historia de dictaduras dominadas por los militares hasta los movimientos pro-democracia de finales de 1950.

Estructura de gobierno

El gobierno de Venezuela es una república federal que deriva su autoridad de su Constitución de 1999. El gobierno federal se divide en múltiples ramas con diferentes áreas de responsabilidades. Los poderes del gobierno no son compartidos por igual entre estas ramas

Poderes Públicos

Poder Público Nacional (Venezuela)

Sistema Nacional de Planificación de Venezuela y Consejo Federal de Gobierno.

El Estado Venezolano se divide en 5 poderes, el poder Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral; cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado. El Poder Público Nacional está conformado por los órganos y entes del Estado con competencia nacional que se enmarcan dentro de la Constitución de la República.

Las autoridades nacionales del Estado residen en Caracas, Distrito Capital, ya que según la Constitución Nacional, es el asiento de los órganos del Poder Público Nacional. La Administración Pública está al servicio de los ciudadanos y se fundamenta en los principios de honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad, según lo exige el Artículo 141 de la Constitución de la República.6

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Poderes Pùblicos en Venezuela son 5

Poder Ejecutivo esta conformado por la Presidencia de la Repùblica Boliviarana de Venezuela es La rama más poderosa del gobierno es el poder ejecutivo, encabezada por el presidente. El presidente es elegido para un mandato de seis años, y de acuerdo con la Constitución de 1999, pueden ser reelegidos indefinidamente. Los ministros del Gabinete son nombrados por el presidente y supervisarán el día a día de las operaciones del gobierno. El presidente puede alterar la composición del gabinete en cualquier momento.

Poder Legislativo esta conformado por la Asamblea Nacional

La legislatura de Venezuela es un cuerpo de una sola cámara de representantes, cuyos 165 miembros son elegidos para mandatos de cinco años. Los miembros de la legislatura se denominan diputados, y pueden ser reelegidos para dos períodos adicionales

Poder Judicial esta conformado por el tribunal supremo de justicia

El poder judicial está compuesto por un tribunal supremo de 32 miembros y varios tribunales inferiores. Los miembros de la Corte Suprema son elegidos para un término de 12 años por la legislatura.

Poder Ciudadano conformado por la Defensorìa del Pueblo

Esta rama se compone de un procurador general, un contralor general y un defensor del pueblo que se encargan de atender los asuntos que la Corte Suprema que ellos creen que violan la constitución. Los miembros son nombrados por la legislatura

Ministerio Pùblico y la Contralorìa General De la Repùblica

Poder Electoral Consejo Nacional Electoral (CNE)

Este grupo de cinco personas, es nombrado por la legislatura para organizar todas las elecciones. Su mandato es por siete años.

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Origen de la Constitución

El 2 de febrero de 1999 en la toma de posesión como Presidente Constitucional de la República de Venezuela en el Capitolio Federal reunido el Congreso Nacional Hugo Chávez pronuncio el juramento de ley:

Única. Juró sobre esta moribunda Constitución. Juro delante de Dios, juro delante de la Patria, juro delante de mi pueblo que sobre esta moribunda Constitución impulsaré las transformaciones democráticas necesarias para que la República nueva tenga una Carta Magna adecuada a los nuevos tiempos. Lo juro.

Los venezolanos fueron convocados a un Referéndum Consultivo el 25 de abril de 1999 para que decidieran si aprobaban o no la propuesta 17 de noviembre de ese año el texto sancionado por la Asamblea Constituyente que fue sometido a Referéndum popular

La constitución venezolana de 1999 se convirtió en la primera en reconocer los derechos de los pueblos indígenas, estableciendo como oficiales sus lenguas y reconociendo derechos sobre los territorios ocupados ancestralmente.

Desde el punto de vista ambiental, esta constitución es pionera en la región al reconocer el derecho de los ciudadanos a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Entre otros asuntos de índole ambiental, la constitución establece:

Todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas deben ser previamente acompañadas de estudios de impacto ambiental y sociocultural.

El Estado impedirá la entrada al país de desechos tóxicos y peligrosos, así como la fabricación y uso de armas nucleares, químicas y biológicas.

El Estado promoverá la agricultura sustentable como base estratégica del desarrollo rural integral a fin de garantizar la seguridad alimentaria de la población.

Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro.

Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado.

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El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, los recursos genéticos, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica.

El genoma de los seres vivos no podrá ser patentado, y la ley que se refiera a los principios bioéticos regulará la materia.

Es una obligación fundamental del Estado, con la activa participación de la sociedad, garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, sean especialmente protegidos, de conformidad con la ley.

Composición y Características

Presentación de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, versión del 24 de marzo de 2000.

Se compone de un Preámbulo, 350 artículos, divididos en 9 Títulos, Capítulos, las Disposiciones Derogatorias, Transitorias y Finales.

Preámbulo

El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana; con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiética y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; promueva la cooperación pacífica entre las naciones e impulse y consolide la integración latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad; en ejercicio de su poder originario representado por la Asamblea Nacional Constituyente mediante el voto libre y en referendo democrático, decreta la siguiente:

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Constitución de la República Bolivariana de Venezuela 1999

Presidentes de Venezuela: El inicio de la república 1830-1858

Historia: Principales Constituciones

La Constitución Federal de 1811

Fue Presidido por Cristóbal Mendoza, primer presidente de Venezuela MANDATO 1811-1812

Inicio del mandato 6 de marzo de 1811 y el fin del mandato 21 de marzo de 1812

señala como requisitos para ejercer la presidencia:

1.Ser nacidos en el continente Colombiano o sus islas (llamado antes América Española).

2.Haber residido en el territorio de la unión diez años inmediatamente antes de ser elegidos.

3.Gozar de alguna propiedad de cualquier clase en bienes libres

La Constitución de 1830

Manuel Felipe Tovar

resultó electo con 87.2% de los votos en 1860 en las primeras elecciones en las que el pueblo acude a votar en forma directa y secreta

Inicio de su mandato 29 de septiembre de 1859 y Culminò el 10 de abril de 1860.

Requisitos para ser presidente

1.Ser venezolano por nacimiento.

2.Reunir las mismas cualidades que para ser senador

Lo que lleva a:

1.Tener treinta años cumplidos.

2.Ser natural o vecino de la provincia que hace la elección.

3.Tener tres años de residencia en el territorio de Venezuela inmediatamente antes de la elección.

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La primera toma de posesión fue la de Cristóbal Mendoza el 5 de marzo de 1811 ante el Supremo Congreso de Venezuela.

Constitución de 1830 - 20 de enero (desde 1830 a 1857), día de la instalación del Parlamento, sin embargo el 11 de abril de 1831, José Antonio Páez presto Juramento ante el pleno del Congreso de la República.

Constitución de 1857 - 1 de febrero (desde 1857 a 1858).

Constitución de 1858 - 20 de enero (desde 1858 a 1864).

Constitución de 1864 - 20 de febrero (desde 1864 a 1909).

Constitución de 1909 - 19 de abril (desde 1909 a 1961).

Constitución de 1961 - 12 de marzo (desde 1961 a 1983).

Enmienda 2º de la Constitución de 1961 - 2 de febrero (desde 1983 a 1999).

Constitución de 1999 - 10 de enero (desde 2007).

Debido a los tantos golpes de estado durante toda la historia republicana de Venezuela, varias personas asumieron el cargo fuera de estos días.

Según una sentencia del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela efectuada en enero de 2013, el presidente de la república (reelecto) puede ser juramentado en una oportunidad posterior a la estipulada en la constitución de 1999 actual constitución

VENEZUELA

Artículo 1.- La República Bolivariana de Venezuela es irrevocablemente libre e independiente y fundamenta su patrimonio moral y sus valores de libertad, igualdad, justicia y paz internacional, en la doctrina de Simón Bolívar, el Libertador.

Son derechos irrenunciables de la Nación la independeicia, la libertad, la soberania, la inmunidad, la integridad territorial y la autodeterminacin nacional.

Artículo 2. Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.

Artículo 3. El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad

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popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes consagrados en esta Constitución.

La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines.

Artículo 4. La República Bolivariana de Venezuela es un Estado federal descentralizado en los términos consagrados por esta Constitución, y se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad.

Artículo 6. El gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables.