clase de sociologia juridica

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  • 8/14/2019 Clase de Sociologia Juridica

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    GUADALUPE ALFARO JUAREZ

    1.6

    SOCIOLOGIA JURIDICA

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    La Socio loga parte del estu dio d el anim al po ltico o so cial.- animal

    po ltico = vocablo del cual se deriv a la palabra POLIS cuy o

    equivalente actual es soc iedad .

    SOCIOLOGIA

    La so cio loga est ud ia:

    a) Las in ter relac iones del hombre

    b) Los hechos o fenmenos soc iales dent ro de un t iempo y

    espac io determinadosc) Al actor pr inc ipal, el anim al po lt ico o so cial

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    Hechos y fenmenos socialesprodu c idos en forma directa por

    el hombre, pero exist en tamb in

    eventos no causados por

    perso nas, sino po r la natu raleza,

    mismos que provocan efectos

    sociales.

    La socio loga como coadyuvante de otr asciencias

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    LA SOCIOLOGIA COMO AUXILIAR MULTIDISCIPLINARIO

    El hombre como ind iv iduo para ser estudiado en forma anatmica

    debe ser observado y est ud iado en partes, as m ism o, los hecho s ofenmenos so ciales, com o acon tecimientos to tales o integrales en

    contextos determinados, para poder ser estudiados en forma

    cien tfica, se div ide en vario s para anali zarlos d esde diferen tes

    vert ientes d e estudio .

    a) Ec onom is ta

    b ) Po lit logo

    c ) Hi st or iado r

    d) Fsico

    e) Matemtico

    f) A ntro po lg ic o

    g ) B ilo go

    h ) Ps ic lo go

    i) Cr im in log o

    j) Ju ris ta

    k) B io logo

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    A partir de la definicin de la Sociologa, se construyen otras

    interdisciplinas:

    a) Sociologa Poltica

    b) Sociologa de la Historia

    c) Sociologa de la cultura

    d) Sociologa de las religiones

    e) Sociologa de la educacin

    f) Sociologa criminal

    g) Sociologa de la administracin

    h) Sociologa del lenguaje

    Y el tema que nos ocupa: SOCIOLOGIA JURIDICA

    SOCIOLOGIA JURIDICA

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    DEFINICION

    La Socio loga Ju rdic a, se con stru ye com o un pro du cto de fenmenos e

    interrelaciones s ociales, las agrupaciones h um anas, tratan de preservar

    su s valo res, princ ipio s e intereses en norm as, as el surg im iento de la

    soc iologa com o ciencia estud ia los comportam ientos soc iales.

    Derivad o de esto se estu dia la so cio loga de lo ju rdi co , qu e secon vier te en disc ipl ina auxi l iar para el estud io del derecho .

    Su fund ador lo fue el jur is ta Eugene Ehr l ich q ue indico : "El centro de

    gravedad del derecho , no reside en la legis lacin, ni en la ciencia

    ju rd ica, n i en la ju r isprudenc ia, s ino en la soc iedad m isma" .

    Por lo tanto to do s lo s p rob lemas jurdico s so n p rob lemas so ciales.

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    La Socio loga Ju rdi ca es aquell a di sc ip lin a qu e estudi a los

    fenmenos so ciales con cernientes relacionados con el Derecho .

    Ramn Sor iano no s d ice que " la socio loga jurdica se ocupa de la

    inf luencia de los factores so ciales en el derecho y de la incidencia qu este ti ene, a su v ez, en la soc iedad ; la mutua in terdependencia d e lo

    so cial y lo ju rdico " .

    De igual fo rma, hace nfasis en qu e " Una so cio loga del derecho

    requiere ser cult ivada por so cilogos y ju r is tas conju ntamente, o al

    menos, por especial is tas formados en ambas ciencias de la sociedad

    RAMON, SORIANO; SOCIOLOGIA DEL DERECHO;

    Ed. Ariel, Barcelona; pgs.. 16-17

    2. Ob. Cit. Pg. 17

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    Para Mrquez Piero, la sociologa jurdica "constituye una rama de la

    sociologa general cuyo objeto es el estudio de una multiplicidad defenmenos sociales, especficamente los fenmenos jurdicos o

    fenmenos de derecho

    "La soc io loga Ju rdi ca, hace del Derech o su tema de inv estig acin

    sociolgica;

    La f inal idad que busca es el signif icado del Derecho en la sociedad

    global, la descr ipcin de sus procesos internos, su inf luencia en la

    soc iedad o todas a la vez.

    As m ism o es tudi a las no rmas ju rdi cas , que se refieren a las q ue el

    Estado, en un contexto histr ico, ha aprobado mediante un proceso

    legis lat ivo, com o po sit ivas o apl icables a un t iemp o y lugar determ inados

    de ah su estu d io a par tir de la Nom ologa (estu di o de las no rmas).

    PRINCIPALES TEMAS DE ESTUDIO

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    IMPORTANCIA EN LA FORMACION DEL

    LICENCIADO EN DERECHO

    La incorporacin de la sociologa del derecho a las enseanzas

    jurdicas y su estatus en estas enseanzas pasa por una filosofa deljurista, en el sentido de su funcin en la profesin y en el mundo.

    Segn qu tipo de jurista que queramos, debern ser sus funciones en

    la sociedad, as sern las enseanzas jurdicas.

    Caben dos tipos o modelos de enseanza:

    a) enseanzas dirigidas a formar un tcnico o experto en derecho

    b) enseanzas con el objeto de formar un jurista critico en el contexto

    social.

    Si se escoge el segundo modelo es clara la convivencia de la

    incorporacin a los planes de estudios jurdicos de disciplinas socio

    jurdicas, entre otras, que aporten el conocimiento del mbito social

    del derecho para el jurista en formacin y con ello la reflexin sobre el

    significado y fines del derecho.

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    La sociologa del derecho es una exigencia lgica de un modelo de plan

    de estudios que procura la formacin de juristas crticos.

    Los criterios van desde la opinin ms restrictiva, que solo ubica a la

    disciplina en la licenciatura de derecho, a la ms generosa, que la

    incluye en todos los programas de las facultades de ciencias sociales,

    corresponde tambin a su variada preparacin cultural y cientfica, pues

    son procedentes de varios ngulos de las ciencias sociales.

    La asignatura "Sociologa Jurdica" tiene como propsitos

    fundamentales contribuir a que los estudiantes de la carrera de Derecho

    adquieran un detallado y crtico conocimiento y comprensin de los

    principales conceptos, principios y postulados de la SociologaJurdica, orientando la enseanza a promover en los estudiantes una

    actitud positiva a elaboracin de juicios propios en relacin a la validez

    de las teoras y puntos de vistas expresados en relacin a la naturaleza

    del derecho y su funcin social.

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    OBJETIVOS DE SU ESTUDIO

    Para resaltar la importancia del estudio de la sociologa jurdica esnecesario precisar que objetivos se pretenden alcanzar con ella, de tal

    manera que el estudiante de Derecho sepa a donde puede llegar con

    el estudio de esta asignatura, entre los ms importantes:

    a) Que el alumno sea capaz de explicar la importancia y funcin del

    contexto socialb) Entender y explicar al derecho como forma de lo social

    c) Conocer la formacin de la sociologa Jurdica como disciplina

    auxiliar en el conocimiento del derecho

    d) Explicar la existencia e importancia del Estado dentro del grupo

    social

    e) Conocer cual es la funcin del abogado en el grupo social, en elestado y en la prctica profesional

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    METODO CIENTIFICO SOCIAL

    La soc iolo ga no es un medio para el c on oc im iento cientfico , pero parte

    del hecho s ocial , de las interrelacion es hum anas, su c ampo de accin esmuy especfico , por tanto deja de ser dis cip l ina fi lo sfica para crear el

    conoc imiento soc ia l , no es un medio para constru i r el conoc imiento

    cientfico es una cienc ia que nos ayud a a entender y explic ar las caus as-

    efectos d e los hech os y fenmenos soc iales, po demos sealar que el

    mtod o cientfico es un o so lo qu e no existe mas que uno so lo c uyos

    pasos son:

    a) Obser vac in

    b ) Hi ptes is

    c ) Exper imentac in

    d) Comprobac in o demos t rac in

    e) Constru ccin de Teora, Ley, Sistema o Paradigma.

    Desde el punto de vista cientfico, los juristas pueden esperar el

    conocimiento del derecho enmarcado en la realidad; la explicacin del

    derecho, la crtica y descubrimiento del legislador sociolgico.

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    METODOLOGIA ESPECIFICA

    Sus mtodos de investigacin son:

    a) La estadstica

    b) El sondeo

    c) La encuesta

    d) El histrico-comparativo.

    e) La interpretacin y comparacinf) Los mtodos de anlisis de documentos y contenidos.

    La sociologa jurdica considera al derecho como un fenmeno y para su

    estudio procede de la siguiente manera:

    Determina el hechoEstudia la gnesis de la reglas del derecho

    Distingue los tipos de organizacin jurdica

    Analiza las nociones fundamentales del derecho pblico y del derecho

    privado

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    SOCIOLOGIA LEGISLATIVA

    Definicin:

    La Socio loga leg is lati va, es ant e to do , un a Socio loga Jurdica

    aplicada a la Legislacin,estu dia la eficacia de la no rma, la cual seref iere a las con dic ion es soc iales por las que la norm a correspo nde o

    no con lo qu e realmente sucede, es decir, si un a norma se cum ple o

    no , si es eficaz o no .

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    La invest igacin so ciolgica, pu ede tom ar dos form as:

    A) La ms ru dimentar ia es la ob servacin sug est iva: Se real iza una

    observacin so ciolgica, qu e por si m isma sugiere una apl icacin

    posible.

    B ) Tcnicas ms c ien tficas, c on la c ual, la soc io lo ga leg is lat iv a tr abaja

    co n tcn icas ms c ien tfic as, como la const ru cc in d e modelos, y el

    sond eo de opin in.

    El sondeo de opinin legislativa muestra la existencia de un proyecto

    legislativo, se trata de determinar, lo que sobre l piensa la poblacin.

    El postulado es que hay que legislar de acuerdo con la opinin pblica.

    Las d iferen tes tcnicas de la

    so cio loga leg is lativa;

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    Constitu yen p arte import ante de la socio loga legislat iva:

    A) El estudio soc io lgico del proceso fundador y aprobator io de la

    no rma ju rdica, cons ist ente en el anlis is de fuen tes:

    FORMALES los p roc esos de creacin d e las no rmas ju rdic as, como

    son : la ley, la costum bre, la jur isprud encia

    REALES, acontecim ientos o situacion es socio lgicas que han dado

    lug ar a d eterminadas medidas ju rdic as

    VIGENCIA: espacio y t iempo determinado para su apl icacin

    ESPACIO: se d el imita a una determinada circ un scr ipc in.

    Partes de la Soc io loga Leg is lativa:

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    B) La aprobacin en los con gresos legis lat ivos c on b ase en lo que las

    mism as norm as establecen:

    INICIATIVA : Es el paso co n el que se inic ia el procedim iento que

    conduce a la apro bacin de un a ley. Se material iza en la presentacin de

    una propu esta que se som ete a la con sideracin del par lamento y q ue en

    caso af irmat ivo se co nvier te en ley.

    EL DEBATE: Es el acto po r el cual las Cmaras: de dipu tados ysenadores, del iberan acerca de las inic iat ivas, a f in d e determinar s i debe

    o no ser aprobado tod o p royecto de ley o decreto.

    APROBACION:Es el acto p or el cual las cmaras de di pu tados y

    senado res, aceptan la inic iat iva de leyque se ha sometido a debate y de

    la cual se ha llegado a un acuerdo . La aprobacin puede ser total oparcial ,una vez aprobada surg e el con tenido f in al de la futura ley.

    PUBLICACIN: Es el acto p or el cual la ley, ya aprobada y sanc ion ada se

    da a cono cer a la soc iedad , quienes debern cumpl ir la con carcter

    obl igator io

    ARTICULO 72 CONSTITUCIONAL

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    Exis ten dos p rocesos de produ cc in de no rmas:

    A)El democ rtico : En el qu e las org anizaciones sociales, los gr up os de

    presin, la buro cracia judic ial y adm inistrat iva exponen sus pun tos de

    vista sobre las pos ibles reform as legis lativas al con greso.

    B)El Tecno crtico : En el cual los cong resos encargan a especialistas

    (com ision es de expertos, inst i tu tos de invest igaciones) la elaboracin d e

    estudios y prop uestas de camb ios legis lat ivos.

    Proceso s de produ ccin d e la Soc iolo ga Legisl at iva

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    Como rganos de los cong resos legis lat ivos su trabajo les permite

    conocer :

    A)Las causas so ciales y las prop uestas legis lat ivas p lanteadas

    B)Los efectos no deseado s de las no rmas aprob adas (que pueden

    pro veerse e incluso enm endarse mediante el establecim iento expreso

    de su vig encia temp oral )

    C)Las caracterstic as que m od if ican de c ierta manera un elemento

    inherente ya que una norm a aprobada solo puede ser abrogada o

    derogada por otra norma, pero no por s i m isma.

    El trabajo de las com isiones de trabajo y de los

    inst i tutos de invest igacin:

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    La socio loga ap licada a la legislacin:

    Pueden estudiarse 2 tipo s de apl icaciones:

    A) Las apl icac iones del mecanismo abstracto d e la legis lac in, (que

    t iene por o bjeto resolver los po s ib les con f l ic tos entre norm as y quesir ven p ara depur ar el sist ema jurdico ). El cual ayuda a la obra del

    legislador.

    B) Las apl icacion es que conciernen al con tenido de las leyes, o lo que

    llam aremos, so cio lo ga legi sl ativ a. En sta, la fu ncin prac tic a de laso cio loga jurdica, como auxil iar del leg isl ado r, no conc lu ye co n la

    adopcin de una reforma, sino que persiste pos ter ior a la

    promulg acin y tamb in cuando la ley pretende cons ervar su vig or.