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30 CAPÍTULO II MARCO TEÓRICO REFERENCIAL 1. ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN Los antecedentes, se refieren específicamente a investigaciones ya realizadas en las cuales se han obtenido evidencia empírica, es decir no se refiere aquí a teorías sino que se indaga en el quehacer científico previo para conocer el punto al cual ha llegado el conocimiento sobre las variables analizadas al momento de emprender la indagación (Vieytes, 2004). Es decir, se refiere a la revisión de otros trabajos de investigación realizados sobre el tema objeto de estudio, el cual en el presente estará referido a las políticas públicas en materia educativa. A continuación se presentan los antecedentes revisados, los cuales son de gran importancia para este estudio; en relación a la variable educación en derechos humanos se hace mención de López de Cordero, Mery (2011), con su tesis doctoral intitulada “La educación para la ciudadanía y derechos humanos: una asignatura orientada a favorecer la convivencia”. La misma tuvo como propósito hacer un aporte relacionado con la necesidad de aprovechar las virtudes de esa asignatura.

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CAPÍTULO II

MARCO TEÓRICO REFERENCIAL

1. ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN

Los antecedentes, se refieren específicamente a investigaciones ya

realizadas en las cuales se han obtenido evidencia empírica, es decir no se

refiere aquí a teorías sino que se indaga en el quehacer científico previo

para conocer el punto al cual ha llegado el conocimiento sobre las variables

analizadas al momento de emprender la indagación (Vieytes, 2004). Es decir,

se refiere a la revisión de otros trabajos de investigación realizados sobre el

tema objeto de estudio, el cual en el presente estará referido a las políticas

públicas en materia educativa.

A continuación se presentan los antecedentes revisados, los cuales son

de gran importancia para este estudio; en relación a la variable educación en

derechos humanos se hace mención de López de Cordero, Mery (2011), con

su tesis doctoral intitulada “La educación para la ciudadanía y derechos

humanos: una asignatura orientada a favorecer la convivencia”. La misma

tuvo como propósito hacer un aporte relacionado con la necesidad de

aprovechar las virtudes de esa asignatura.

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En ese sentido, el propósito fundamental se centró en la necesidad de

orientar el proceso de formación del alumnado, no solo en el conocimiento

teórico de los valores, la ciudadanía, los derechos humanos, las

interrelaciones y la subjetividad, la xenofobia, el racismo, el aborto, las

drogas, el mundo global, el medio ambiente, sino incorporar al aprendizaje

teórico la práctica cotidiana de valores relacionadas con esos saberes para

unir a los jóvenes en la consolidación de un sistema de valores que guíe sus

acciones.

Empleó una metodología cualitativa, con un diseño etnográfico para

tratar de entender los fenómenos observados desde la perspectiva particular

de los grupos así como de las personas observadas e intentar acercarse a la

comprensión de los motivos además de creencias que están detrás de sus

acciones. Utilizando instrumentos de recolección de datos como notas de

campo y entrevistas, lo cual permitió elaborar la descripción, el análisis, la

interpretación de las experiencias observadas mediante el uso de categorías

y sub categorías surgidas de los mismos datos o establecidas por la

investigadora para tratar de responder algunos aspectos esenciales de la

investigación.

En conclusión se consideró una experiencia enriquecedora para

entender la importancia del conocimiento de los saberes específicos de la

metodología, estrategias así como actividades necesarias para el desarrollo

eficaz y eficiente de la educación para la ciudadanía. La cual requiere de una

metodología comunicativa, activa además de participativa. Por otro lado,

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logró demostrar el interés de los alumnos por la clase donde se tocaban

temas y contenidos vinculados directamente con su experiencia de vida;

mientras aquellos referentes a historia o de tipo memorístico, la participación

era prácticamente inexistente.

Este antecedente resulta valioso para la presente tesis por cuanto sus

aportes son enriquecedores en la temática de los derechos humanos, en

función de ello, demostró la relevancia de esos contenidos sobre este tema

dentro de la educación básica por cuanto despiertan en el educando

intereses por conocer las garantías constitucionales brindadas por el Estado

y por ende, el hecho educativo se torna más dinámico.

Torquemada, A.D (2007) quien realizó una investigación denominada

“La práctica educativa de derechos humanos en educación primaria”. En el

cual realiza un análisis al panorama tanto internacional como nacional donde

se refleja la crisis de valores por la que la sociedad atraviesa hoy en día, en

donde se vive la no observancia a los derechos humanos, el no acato al otro

ni a las normas, se vive una época en la que valores como

solidaridad, respeto, honestidad por mencionar sólo algunos no se ven

representados.

La investigación se enfocó a tres áreas relativas al proceso de

enseñanza-aprendizaje de los derechos humanos en primaria: los contenidos

curriculares, la enseñanza y el aprendizaje de los mismos. Sus propósitos

fueron los siguientes: (a) Analizar si se plantean curricularmente los derechos

humanos como contenidos educativos en cada uno de los seis grados de

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educación primaria. (b) Conocer si en los planes y programas de primaria se

sugieren planteamientos apropiados para la enseñanza de derechos

humanos. (c) Analizar si los profesores de primero a sexto de una escuela

primaria pública diseñan actividades específicas para el dominio de los

derechos humanos.

(d) Indagar y analizar en los niños de los diferentes grados de una

escuela primaria pública su conceptualización en torno a los derechos

humanos y los derechos de los niños. (e) Analizar si en las clases cotidianas

en los diversos grados de primaria, se transmiten implícitamente los

derechos humanos como valores sociales. (f) Contrastar las concepciones

pedagógicas de los profesores sobre la formación de derechos humanos con

lo que realizan dentro de sus salones de clase.

La entrevista semiestructurada aplicada a los docentes pretendía

explorar tanto las representaciones respecto a los derechos humanos como

las actividades utilizadas por los docentes para la enseñanza de tales

derechos. En el caso de la entrevista a los niños, ésta indagó sus

representaciones sobre los derechos humanos y la forma en cómo adquieren

y desarrollan esos derechos en la escuela.

Los resultados reportados permiten concluir en cuanto al análisis

curricular, a pesar que en los planes y programas de educación según el

Sistema de Educación Primaria (SEP, 1993) se plantea como eje rector de

los contenidos cívicos, el conocimiento además de la comprensión de los

derechos así como los deberes a lo largo de toda la primaria, no se

contemplan los derechos humanos como contenidos prioritarios de

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enseñanza, pues sólo se trabajan de forma muy general en algunas

unidades temáticas en el área de conocimiento del medio en primero y

segundo año, y civismo de tercero a sexto año, siendo en los primeros

grados de primaria en donde se abordan los derechos de los niños (primero

a cuarto año) y en los grados siguientes se comienzan a abordar nociones

básicas sobre derechos humanos.

Se aprecia además, la carencia de planteamientos concretos referentes

tanto al tipo de estrategias pedagógicas que puedan ser utilizadas por los

docentes para la enseñanza de los derechos humanos en los seis grados de

educación primaria, como de materiales didácticos, por cuanto únicamente

en los dos primeros grados se marcan señalamientos muy generales para su

abordaje así como el uso de los libros de texto del Sistema de Educación

Primaria.

Se puede señalar por tanto que, el aporte de esta indagación es

significativa por cuanto en ella se pudo demostrar la dificultad para integrar

contenidos sobre derechos humanos al currículo escolar actual, de ahí que

es fundamental la teoría desarrollada en la misma para abordar el problema

de investigación en este estudio, que pretende reflexionar sobre las políticas

públicas para la promoción de los derechos humanos en la educación básica

venezolana, durante el período 1999 – 2012.

Moriarty, K (2004), realizó un artículo titulado “Crear ciudadanos activos

en el campo de los derechos humanos: El papel de la educación en derechos

humanos dentro de Amnistía Internacional” cuyo propósito fue analizar a

Amnistía Internacional en su papel de propulsor de la educación en derechos

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humanos, también el trabajo como respuesta a los abusos cometidos,

buscando salvar a grupos e individuos de graves violaciones de derechos

humanos.

Concluyendo, que Amnistía Internacional (AI), ha crecido utilizando

herramientas diferentes, dentro de las cuales destaca la educación en

derechos humanos (EDH), desempeñando un papel fundamental al

proporcionar los medios para un cambio sostenible dentro de culturas únicas

y diversas. Asimismo, la EDH libra un papel importante en la creación de

ciudadanos activos en materia de derechos humanos y en el desarrollo de

una cultura de derechos humanos.

El aporte del mencionado artículo es indiscutible por cuanto realiza un

análisis de la EDH como herramienta para la consecución de la defensa de

los derechos desde las instituciones educativas, promoviendo y fomentando

los derechos humanos de los ciudadanos en ambientes únicos y diversos, de

tal forma que puede sustentar teóricamente la presente investigación

Piñango, G. (2007) realizó una tesis para optar al grado de Doctor en

Ciencias Políticas en la Universidad Simón Bolívar (USB), intitulada

“Educación Básica en Venezuela: Evaluación del estado de la calidad en el

Distrito Capital”. La misma estudió la problemática de la calidad de la

educación básica, expresada en términos del rendimiento escolar en las

áreas de Lengua y Matemática, en una muestra de 1408 alumnos de tercer

grado pertenecientes a una selección de 31 planteles ubicados en el antiguo

Distrito Federal, en Venezuela.

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Sobre la base de la conceptualización del problema y estructuración de

un modelo de políticas públicas, la tesis evalúa el efecto de proyectos

pedagógicos orientados a la mejora académica, de la función docente, la

adscripción del plantel y de variables explicativas de tipo académica

relacionadas con el rendimiento escolar en las dos áreas de

aprendizaje señaladas. A esos fines, se utiliza la información generada por el

Sistema Nacional de Evaluación del Aprendizaje (SINEA) en la prueba

administrada por el actual Ministerio de Educación y Deportes en 1998,

analizada mediante los métodos estadísticos de correlación y regresión

múltiple.

Los hallazgos del análisis multivariado indican que, en los 31 planteles

incluidos en el análisis, el rendimiento en el Área de Lengua está

determinado por las horas de clase que los maestros dedican a los tópicos

de lectura, escritura y contenidos gramaticales, así como por la adopción de

proyectos pedagógicos orientados a la mejora académica (p < 0,05).

En el análisis del Área de Matemática, las variables sobre el tiempo

dedicado en clases a la resolución de problemas, aprendizaje de conceptos

matemáticos, cálculo matemático y los proyectos orientados a la mejora

académica resultaron con valores p mayores a 0,05. En ambas áreas de

aprendizaje resultaron significativas la adscripción del plantel y la formación

docente (p <0,05).

Estos hallazgos favorecen la definición de políticas para mejorar la

calidad de la educación básica en las escuelas seleccionadas, mediante

intervenciones sobre las variables explicativas estadísticamente

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significativas. El Sistema SINEA debe tomar en cuenta los resultados de esta

investigación para modificar su método de medición y la operacionalización

de los factores asociados al aprendizaje.

Asimismo, la tesis genera la posibilidad de replicar el estudio en un

número mayor de planteles, manteniendo la ubicación del análisis al nivel

institucional, la escuela básica, y al niño como unidad de análisis. Para estos

fines es necesario recopilar información más detallada sobre las variables

explicativas del modelo, por ejemplo, respecto al alumno y las condiciones

para el estudio en su medio familiar. La utilización del SINEA requiere que se

modifiquen las condiciones metodológicas indicadas.

En ese sentido, el aporte de esta investigación para la presente por

cuanto favorecen la definición de políticas para mejorar la calidad de la

educación básica en el país, y en consecuencia, sirve para consolidar la

teoría concerniente a las políticas públicas en el ámbito educativo, y de ahí,

se establece su relación con el tema de los derechos humanos.

De igual forma, Núñez, I; Morales, E y Díaz I (2007) realizaron una

investigación titulada “El replanteamiento de las políticas educativas en

Venezuela”. Con la finalidad de describir, así como también analizar cómo y

cuáles han sido las políticas educativas en Venezuela entre 1961 y 2005,

cuáles han sido sus principales propósitos, y hacia donde se perfilan;

utilizando un razonamiento crítico de dichas políticas públicas implementadas

en el país durante el período señalado; todo ello fundamentado en una

revisión documental para considerar las características más reveladoras del

sistema educativo venezolano.

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La misma arrojó como resultado que la educación en Venezuela se

perfila hacia la universalidad del conocimiento, la identidad cultural, la

búsqueda de una mayor equidad social y acceso al sistema educativo, así

como interés por el fortalecimiento en los planes de estudio mediante el

establecimiento de educación para la convivencia, la paz y la ciudadanía; por

lo que resalta la transformación hacia un régimen democrático-participativo,

no sólo mediante la ampliación de cobertura, sino, además, disminuyendo la

tasas de deserción, aumentando los índices de retención, renovando los

contenidos de los currículos para hacerlos más pertinentes, e incluyendo

cambios importantes en la cultura escolar.

El aporte de este trabajo es significativo por cuanto en él se denota la

importancia del derecho a la educación como una política del estado

venezolano, perfeccionando las limitaciones presentadas inicialmente,

buscando la paz social, la tolerancia, la cohesión social entre los ciudadanos,

para lo cual es necesaria la responsabilidad del Ejecutivo en el diseño e

implementación de Políticas Públicas.

De igual forma, Flores C, P (2009), realizó un artículo científico titulado

“Investigación educativa y políticas públicas en México: una reforma amorfa y

elusiva”, con el propósito de continuar con el desarrollo del campo de la

política pública en educación, por ello busca discutir la importancia de la

promoción del vínculo entre investigación educativa y política en México.

Trata de identificar algunas condiciones surgidas en el actual contexto

político y social de México las cuales pueden servir para alcanzar un mejor

aprovechamiento de las ideas en la toma de decisiones políticas.

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En ese sentido, el artículo concluye comentando tres retos a los cuales

enfrentan los analistas de políticas, los especialistas y las autoridades para

remontar la amorfa y elusiva relación entre conocimiento y políticas en el

campo de la educación de México. Estos tres retos son: 1) realizar el

metaanálisis de la investigación educativa; 2) repasar la visión racionalista y

tecnocrática en los procesos de toma de decisiones; y 3) crear nuevas reglas

que contribuyan a abrir espacios democráticos para la discusión y el

razonamiento público en este país latinoamericano.

Concluyendo en la existencia de por lo menos tres retos que enfrentan

el análisis y la promoción de la relación entre investigación y políticas

públicas en México; el primero es el del meta‐análisis porque es necesario la

indagación por parte de los investigadores en la calidad de las

investigaciones si se quiere que realmente formen parte de un cuerpo sólido

de conocimientos y con ello, puedan ser utilizadas de un modo más confiable

en los procesos de política pública.

El segundo reto es la necesidad de rebasar la visión positivista y evitar

la actitud tecnocrática. Sobre lo primero, se debe tener en cuenta la tipología

de Carol Weiss para explicar la relación entre conocimiento y políticas así

como reconocer que las ideas no sólo pueden impulsar cambios en la esfera

de lo tangible (modelo táctico, político, o de resolución de problemas), sino

también pueden ser iluminativas; es decir, pueden impulsar nuevos

conceptos y descubrir problemas con el ánimo de comprender el mundo y la

realidad con mayor amplitud.

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Sobre la visión tecnocrática, se debe ser consciente que la verdad no

siempre es igual a la mejor cosa a hacer, diría David Walker. Esta simple

aseveración destaca las limitaciones del conocimiento y de la técnica para

comprender y transformar la realidad. Aunque llene de vanidad hacer

modelos econométricos, aplicar fórmulas, utilizar terminología complicada, y

correr paquetes computacionales, habrá que acercarse a la realidad con más

humildad si es que se desea en verdad transformarla.

El tercer y último reto, se refiere a la necesidad de pensar mejor las

reglas sobre las cuales se podría construir la relación entre investigación y

conocimiento que capture las virtudes referidas por los antiguos, haciendo

además sustentable este vínculo, ampliando los espacios democráticos

además de llevar a una mejor comprensión de los problemas educativos para

poder, así, atacarlos con la mayor efectividad posible.

El aporte del referido artículo para este trabajo viene dado por la

importancia de relacionar el ámbito educativo con las políticas públicas,

porque es necesario que el Estado desarrolle las mismas a fin de garantizar

el derecho a la educación de sus ciudadanos, enmarcándolas en el campo

de las garantías constitucionales.

Finalmente se puede señalar la importancia de revisar antecedentes

cuando se llevan a cabo investigaciones por cuanto permite conocer los

resultados además de conclusiones de otros estudios, elementos a analizar

críticamente. Delimitar el campo de la indagación. Detectar con qué

instrumentos se han medido las variables objeto de estudio, los indicadores

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utilizados, número de ítems, tipo de escala, criterios de medición, validez y

confiabilidad lograda. El tipo de investigación realizada así como las teorías

y revisión de la literatura que lo sustentan.

2. REFERENTES TEÓRICOS Los fundamentos teóricos para el estudio del problema referido a

“Políticas públicas para la promoción de los derechos humanos en la

educación básica venezolana en el Período 1999-2012”, se analizan a

continuación, tomando en cuenta las sinergias e indicios de cada uno de los

eventos que definen el problema planteado, de acuerdo a la opinión de los

diversos autores y a la posición de la investigadora.

1. POLÍTICAS PÚBLICAS

Con el objeto de desarrollar las Políticas Públicas como productos del

Sistema Político, es necesario partir, primero del hecho de identificar dónde

se ubican las mismas, cuál es su universo, esto es dónde se encuentran. En

este sentido, se tiene que iniciar definiendo sistema político, es decir a que

se hace referencia cuando se evoca este concepto. En segundo lugar, dónde

opera un Sistema Político, cuál es su campo de acción, cuáles son sus

elementos esenciales. Con lo cual, una vez claro se pueda entrar de lleno al

campo de las políticas públicas.

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Es necesario que se tenga en cuenta la importancia del estudio de la

política, fenómeno tan viejo como la humanidad misma. Y más aun de ver a

la política como una ciencia, como algo que se puede analizar, observar y

por ello, requiere de métodos particulares para poder entenderla. La

aparición de ésta como ciencia (politología, estudio de la Ciencia Política) de

acuerdo con los señalamientos de Caminal (2006), se da con la

democratización del Estado liberal. Aquí en este período según explica el

autor

El poder, el Estado o, incluso el gobierno ya no ocupa todo el espacio del análisis político y ceden una parte del mismo a la organización y funcionamiento del sistema político, que cobrará mayor importancia con el transcurso del tiempo y en relación directa al proceso de democratización (p.23).

De igual forma señala Caminal (2006)

Cuando la política ya no es actividad exclusiva de unos pocos, cuando se generaliza y se hace anónima en decisiones tan trascendentes como la elección de los gobernantes, surge la necesidad de estudiarla de una manera distinta: haciendo uso como en la sociología y la economía, del método empírico y las técnicas estadísticas. No se trata ya de preguntarse solamente sobre el gobierno justo, ni de proponer o explicar teorías normativas generales sobre el Estado y el gobierno, sino de estudiar, también, el proceso político, las instituciones, la administración y el sistema político como un conjunto cohesionado. (p.26) Desde esta perspectiva, poder estudiar la política a través de la Ciencia

Política proporciona una herramienta importante que sirve para comprender

el sistema político. El concepto de éste ha evolucionado a través del tiempo,

de tal manera en sus inicios se definió como un conjunto de instituciones

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estatales y no estatales, por medio de las cuales, las clases tanto

dominantes como las élites ejercen el poder político en una sociedad

determinada. A posteriori, la sociedad se ha ido involucrando en la toma de

decisiones políticas incorporando nuevos elementos al sistema, relacionados

especialmente con las comunidades, sus valores y sus creencias, de igual

forma, se ha ido incluyendo en la toma de decisiones políticas.

Se puede señalar entonces que, un sistema político es el conjunto de

instituciones públicas, organizaciones de la sociedad, comportamientos,

creencias, normas, actitudes y valores los cuales mantienen el orden del cual

resulta una determinada distribución de utilidades, por lo general, desigual

además de conflictiva.

El término fue traído al campo de la ciencia política, desde el terreno de

la informática, la teoría cibernética de las comunicaciones y de la llamada

teoría de los sistemas generales propuesta por Bertalanffy, pasando por la

sociología de Parsons, con el propósito expreso de construir categorías de

análisis así como enfoques conceptuales novedosos que permitieran romper

con la perspectiva jurídico e institucional dominante en los estudios políticos

hasta la mitad del siglo XX.

Indudablemente, se debe hacer mención de Easton quien aporta todo

un esquema con la finalidad de poder realizar una serie de definiciones en la

ciencia política, esto es, en el ámbito de la teoría empírica sobre los

fenómenos políticos. Ha pasado mucho tiempo desde que escribió su The

Political System y publicó sus dos obras en las que detalló su esquema de

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análisis (A framework for Political Analysis y A System Analysis of Political

Life) y, desde entonces hasta ahora, es poco lo que se ha avanzado en la

construcción de una verdadera teoría sistémica del comportamiento

político.

No obstante Meehan (1968), considera como la debilidad fundamental

de Easton el hecho que su teoría no pretende explicar fenómenos empíricos

sino simplemente crear un esquema de conceptos abstractos. Así,

pretendiendo definir la política como un sistema de comportamiento, termina

por no conceptualizarla. Al reconocer la existencia de sistemas parapolíticos,

acepta que la política ocurre en todas partes, en organizaciones menos

incluyentes que el sistema político social.

Al respecto, Duverger (1978), parte de la distinción entre instituciones,

regímenes y sistemas. Por sistema social, en general, entiende todo conjunto

de partes en los cuales los diversos elementos forman un todo único además

de ordenado, siendo éstos interdependientes entre sí. Según él, el nombre

de sistema se reserva en general al conjunto de los roles o modelos de

comportamiento que integran la cultura de un grupo sirviendo a su vez para

definirlo.

Desde su perspectiva, el sistema político, no es más que una entidad

analítica para el estudio, o dicho en sus términos, “es el conjunto del sistema

social estudiado en sus aspectos políticos” (p.14); en consecuencia, se

puede decir, es el cuadro general en el cual los diversos elementos se

colocan en una correlación recíproca. Las instituciones políticas, a su vez,

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son las partes integrantes de un subsistema político que es denominado

régimen político.

Un enfoque diferente al de Duverger es el que ofrece Huntington

(1968), quien usa el término sistema político para designar un conjunto

formado por unas determinadas instituciones políticas, que tienen unas

acordadas expresiones formales identificables en el régimen jurídico, en

relación con un cierto nivel de participación que se manifiesta en conductas

observables empíricamente, referidas al ejercicio del poder político por medio

de las instituciones y los actos del gobierno.

Se evidencia, la variedad de opiniones respecto al sistema político, para

Easton es el esquema básico para definir una serie de elementos que

contribuyen a forjar una idea política del entorno social, asignando valores

respaldados por la autoridad, mientras que para Duverger es el conjunto de

elementos conformadores de instituciones políticas, coincidiendo con

Huntington quien le agrega a éstas elementos identificables con el régimen

jurídico.

Por otro lado, para Huntington (1968), los elementos del sistema político

se pueden reducir a cuatro, que operan en distintos niveles dentro del

sistema: (a) elementos institucionales, conformados por órganos e

instrumentos que dirigen el sistema y cumplen la función de asignar valores a

la sociedad. (b) actores institucionalizados, donde la sociedad se organiza

para transmitir sus demandas o influir o modificar las decisiones de la

autoridad. (c) los valores de los individuos y grupos sociales, por ende, viene

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a ser la cultura política. (d) otros sistemas políticos de carácter nacional, así

como el escenario internacional.

Sin entrar en mucho detalle todas las clasificaciones actuales de

sistemas políticos han venido a reducirlos a dos en función de las relaciones

internas del sistema, su complejidad, las interacciones, entre otras y son

sistemas democráticos y sistemas autocráticos. En sus planteamientos

Alcántara (1995), considera que el sistema político puede entenderse como

un conjunto conformado por los siguientes elementos:

En primer lugar, lo integran los elementos institucionales(a cuya expresión formalizada aquí se le denomina régimen político) que representan los poderes políticos y sus reglas de interacción para consigo mismo y para con la sociedad, pero también a las normas, escritas o consuetudinarias, que hacen referencia a las formas de tenencia de la propiedad, a su transmisión, a su enajenación y a sus constricciones. En segundo término los actores institucionalizados en que la sociedad se organiza ya sea de manera activa o pasiva, para transmitir sus demandas, influir o modificar en mayor o menor medida en las decisiones del gobierno. En tercer lugar, los valores de los individuos y los grupos sociales que componen la sociedad en cuanto a la comprensión de la actividad política se refiere, derivados tanto de elementos estrictamente culturales como de experiencias históricas. Finalmente debe señalarse que la existencia de un sistema político “de carácter nacional” se encuentra inmerso en el entramado internacional, del cual puede recibir influencias bien sea como consecuencia de la actuación de otros sistemas políticos de carácter igualmente nacional, bien como resultado de acciones del propio sistema internacional (p. 53).

Como se puede apreciar es una definición bastante completa y

compleja que abarca una serie de ideas y elementos. Tales como: (a) el

régimen político, integrado por el Estado, poderes y su entramado

institucional, la Constitución Política y las leyes fundamentales reguladoras

de la política, la sociedad y la economía; (b) los actores sociales, en los que

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se den cabida los partidos políticos, los grupos de presión, y los movimientos

sociales; (c) la cultura política, finalmente, (d) el escenario internacional.

Lo importante en la identificación de un sistema político es que en él, en

su interior todos los elementos que lo componen se encuentran

interactuando, no están de forma jerárquica, no existe ningún elemento

sobresaliente o encima del otro. En consecuencia, en este interactuar, una

variación en una de sus partes puede llegar a afectar a la totalidad del

sistema.

En ese sentido, en el mismo sistema, también se dan diferentes tipos

de relaciones como las de poder, de mando, de obediencia, de satisfacción

de necesidades, de legitimidad, de apoyo, eficiencia, efectividad y eficacia.

Lo interesante del sistema es que siempre está en un continuo movimiento,

generando cambios y transformaciones, en algunos más que en otros. Así,

el tratar de entender estas relaciones, estos cambios y transformaciones,

representa una de las tareas fundamentales de la Ciencia Política, plantearse

los problemas, buscar un método adecuado para poder explicar los

problemas, brindando, más que respuestas a los mismos, ideas que permitan

pensar de nuevo en temas que en el entramado de estas relaciones vayan

surgiendo con el avance del tiempo.

Así pues, la idea de sistema político se presenta como algo integral,

como un todo, algo que para poder analizarlo, entenderlo se debe tomar en

cuenta distintos factores, componentes, siendo aquí donde las políticas

públicas como productos del sistema político, su análisis y estudio cobran

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importancia e impacto en el sistema por cuanto ellas pueden originar por un

lado un clima de tranquilidad o de inestabilidad, sirviendo como un posible

mecanismo de evaluación del sistema político.

Una vez definido el sistema político y aclarados sus principales

elementos, es preciso señalar que el mismo se encarga de diseñar las

políticas públicas obligatorias para la satisfacción de las necesidades de la

población. Al respecto, González (2008, p.110) las define como “una decisión

formal caracterizada por una conducta o actuación consistente y repetida por

parte de aquellos que la llevan a cabo y de aquellos que resultan afectados

por las mismas”, de igual forma, afirma Piñango (2003) son proposiciones

gubernamentales sobre la mejor forma de lograr determinados objetivos

sociales. Ideas que contienen toda la fuerza y debilidades de éstas, no

obstante las mejores ideas pueden generar efectos indeseables.

Tal como lo señala Alcántara (1995), las mismas se consideran como

determinados flujos del régimen político hacia la sociedad. En ese sentido,

son concebidas, las políticas públicas, como productos del sistema político,

por ello, no deben entenderse como partes exógenas del mismo, sino como

constitutivas de los resultados de las actuaciones de cada elemento

formalmente institucionalizado adscrito al ámbito estatal. En ese orden de

ideas, se puede señalar las políticas públicas como un proceso en el cual

intervienen diversos sectores sociales que compiten por los recursos del

Estado, es decir, son las acciones de gobierno, es el gobierno en

acción, buscando cómo dar respuestas a las diversas demandas de la

sociedad.

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Desde esta perspectiva, es necesario recordar que es la sociedad, con

la soberanía popular, quien a través del sufragio tiene hipotéticamente la

oportunidad de escoger a las personas que constituyen el poder público,

para que éstas en el desarrollo de sus competencias diseñen, planifiquen y

ejecuten las políticas públicas necesarias para la satisfacción de sus

necesidades, por ende, dentro de éstas juega un papel primordial la

educación como derecho humano.

En el cometido de las políticas sociales, la jerarquía del Estado es

incuestionable, perfectamente reconocida por el Centro Latinoamericano

para el Desarrollo (CLAD, 1998 p.7), cuando expone “el Estado continúa

siendo un instrumento fundamental para el desarrollo económico, político y

social de cualquier país”.

De igual forma, entre los principios fundamentales de la Constitución

nacional de 1999, se establece que Venezuela se constituye como un Estado

democrático y social de derecho y de justicia, en donde la defensa y

el desarrollo de la persona así como el respeto a su dignidad son

importantes, además se busca la construcción de una sociedad justa y

amante de la paz, en donde el trabajo y la educación son elementos

principales para tales fines, tal como se lee en el Art. 3.

En ese orden de ideas, lo descrito anteriormente, demuestra las

primeras políticas públicas contempladas en la Carta Magna, en donde se

estipula la sociedad democrática y el Estado Social de Derecho y Justicia

para todos los venezolanos, se puede afirmar entonces que éstas son

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algunas de las primeras políticas públicas contempladas en este documento

el cual también plantea que los habitantes de este país, tendrán garantizada

su defensa y desarrollo como personas de bien, acciones que lograrán

mediante la educación y el trabajo.

En ese sentido, toda política, procede de la decisión y acción pública,

en la cual la actuación de los personajes e instituciones involucrados

adquiere características particulares, por un lado, la puesta en práctica de

estas políticas calibra a través del tema social la relación entre gobierno,

Estado y sociedad, por otro plasma la dificultad participativa de los

beneficiarios al no lograr constituirse en protagonista del proceso, en la

definición de criterios importantes en torno a éstas, como su cobertura y

alcance.

En ese orden de ideas, autores como Majone (2001) reconocen en esta

forma de hacer políticas públicas una estrategia real para recrear el contrato

Estado-Sociedad y definir de esta forma, las estrategias interinstitucionales

que garantizan la eficacia de las soluciones buscadas.

Por otro lado, cuando se revisa el rol del Estado es significativo realizar

un acercamiento al concepto de políticas públicas, para lo cual se toma como

referencia la definición utilizada por la Plataforma Interamericana de Derecho

Humanos, Democracia y Desarrollo (PIDHDD), específicamente por Suárez

(2004), quien señala

Se entiende por política pública el conjunto de acciones-estrategias, planes, programas, proyectos u omisiones, asumidas

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total o parcialmente por entidades gubernamentales o estatales, y que tienen como propósito modificar una situación percibida como socialmente insatisfactoria o problemática en tanto desconoce o vulnera derechos, intereses u objetivos colectivos considerados como deseables u objeto de especial protección (p. 259) Por su parte, Ruiz (2007), la define como El conjunto consistente de decisiones y acciones (actividades) del gobierno (organismos y autoridades públicas) para responder a problemas o demandas de la sociedad (sociales). Establecidos por ejemplo en: normativas, reglamentos internos, planes de gobierno, planes de desarrollo (anual, quinquenal), planes operativos o de gestión, presupuestos anuales, planes estratégicos, definiciones de objetivos u organigramas, entre otros instrumentos (p. 148). En las últimos tiempos se ha desplegado un debate trascendental sobre

cómo debe organizarse una estrategia de desarrollo la cual contenga una

visión de derechos humanos y que sirva para el abordaje de los problemas

relacionados con la pobreza. Desde esta perspectiva, para las agencias

especializadas de las Naciones Unidas y a la comunidad internacional de

derechos humanos, involucradas en el debate han sido esenciales tres

razones:

1) La necesidad de un enfoque de derechos humanos de las políticas

públicas.

2) la definición de una nueva estrategia de desarrollo superadora del

enfoque neoliberal basado en el mercado; y

3) el papel de la participación de la población, no como simple

favorecida de ayuda, sino como sujeto de derechos y frente a los cuales los

Estados tienen compromisos contraídos nacionales e internacionalmente.

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Por ello, un enfoque basado en derechos humanos formaría… …un marco conceptual para el proceso de desarrollo humano que desde el punto de vista normativo está basado en las normas internacionales de derechos humanos y desde el punto de vista operacional está orientado a la promoción y la protección de los derechos humanos. Su propósito es analizar las desigualdades que se encuentran en el centro de los problemas de desarrollo y corregir las prácticas discriminatorias y el injusto reparto del poder que obstaculizan el progreso en materia de desarrollo (OACDH Pág.18). Todo lo explicado hasta aquí, marca el valor de incorporar esos

elementos en la elaboración de políticas públicas además de estrategias de

desarrollo para alcanzar el objetivo de superación de la pobreza así como la

exclusión; las cuales deben tener como punto de partida y soporte no sólo

los modelos sino los principios internacionales de derechos humanos.

En ese orden de ideas, la pobreza, para la Comisión Económica Para

América Latina y El Caribe (CEPAL, 2003) es el resultado de un proceso

social y económico, con componentes culturales y políticos, en el cual las

personas así como los hogares se hallan despojados de activos y

oportunidades primordiales por diferentes causas y procesos, tanto de

carácter individual como colectivo, lo cual le concede un carácter

multidimensional, por ello su enfrentamiento está asociado a la participación

protagónica de los afectados y a la disputa por espacios de poder para

superar estructuralmente las relaciones de desigualdad que la generan.

En ese sentido, la condición fundamental de una política pública basada

en derechos, pasa por el otorgamiento de poder a los sectores habitualmente

relegados y por el reconocimiento de los deberes que el Estado tiene por

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tratarse de seres humanos titulares de derechos. Este enfoque se enmarca

en la búsqueda del cambio en la lógica de elaboración de políticas

orientadas en la consideración de las personas como víctimas pasivas

receptoras de asistencia. Por el contrario, una visión alternativa coloca el

protagonismo de las personas en su condición de titulares de derechos, con

capacidad de demandar y exigir acciones del Estado para su cumplimiento y

disfrute.

Al respecto Abramovich (2006), señala

Las acciones que se emprendan en este campo no son consideradas solo como el cumplimiento de mandatos morales o políticos, sino como la vía escogida para hacer efectivas las obligaciones jurídicas, imperativas y exigibles, impuestas por los tratados de derechos humanos. Los derechos demandan obligaciones y las obligaciones requieren mecanismos para hacerlas exigibles y darles cumplimiento (p.38) Todos estos señalamientos dan a conocer la importancia de diseñar

políticas públicas dirigidas a la solución de los problemas esenciales de los

habitantes de una comunidad, estado o país, pero sin olvidar la necesidad de

participación de éstos de una manera activa y protagónica en la creación de

las mismas, porque ellos son los más afectados, además es su derecho,

aunado al deber del Estado de procurar la satisfacción de las necesidades de

un pueblo.

Sagasti y otros (1999), en un análisis sobre la política social en América

Latina, la consideran como el conjunto de pronunciamientos, intervenciones y

acciones gubernamentales conducentes al bienestar de los individuos, las

familias y los grupos sociales, asumiendo un enfoque caracterizado por: (a)

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Equidad, un nivel de vida mínimo compatible con la dignidad humana, y el

pleno desarrollo de las personas, como nuevo enfoque de política social. (b)

Interacciones entre lo social-político- económico para integrar plenamente a

la política social con las otras políticas de desarrollo. (c). Diferenciar criterios tales como nivel de aplicación (nacional

regional, local) y según los sujetos de las medidas de política (género,

edad, etnia, ingresos). (d) Considerar explícitamente las dimensiones

internacionales de la política social, para una mayor equidad global y un

entorno adecuado para la política social regional y nacional. (e). Adoptar

una actitud pluralista y de experimentación social, que convierta el

diseño y ejecución de políticas sociales en un proceso de aprendizaje

colectivo.

De acuerdo con estos autores, la política social contiene

fundamentalmente tres conjuntos de acciones por parte del gobierno:

Provisión de servicios sociales básicos (educación, salud, nutrición,

saneamiento, seguridad social); lucha contra la pobreza y generación de

empleos. Por otro lado, es menester señalar que se visualiza a la política

social como el conjunto de directrices, orientaciones, criterios y lineamientos

conducentes a la preservación y elevación del bienestar social, procurando

que los beneficios del desarrollo alcancen a todas las capas de la sociedad

con la mayor equidad.

Al respecto, Maingnon (2004) considera la existencia de una diversidad

de definiciones de política social las cuales presentan diferentes posiciones

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tomando en cuenta sus objetivos, extensión y límites; agrupándolas en

atención a ello en dos. Primero están las definiciones que la limitan a los

programas de bienestar social y a las políticas que sustentan o conforman

dichos programas. Un segundo concepto considera que la función principal

de la política social es la reducción así como eliminación de las inequidades

sociales a través de la redistribución de los recursos, servicios,

oportunidades y capacidades.

Dentro de ese marco, este concepto incluye todas aquellas actividades

contribuyentes al fortalecimiento de la educación, la salud, la asistencia

pública, a la seguridad social, así como también aquellas que afectan, en

general, la redistribución además de la distribución del ingreso y las dirigidas

a construir y/o conservar el capital social.

Sin embargo, en esta investigación se consideran pertinentes la

educación y la asistencia social como parte fundamental de los derechos

humanos en el país, esto no significa que los otros indicadores sean menos

relevantes, sino por razón de pertinencia con la temática abordada en ella;

en función de ello se realiza una pequeña descripción de los mismos.

A) Educación:

Al hablar de educación, este término etimológicamente, educar proviene

del latín educare, que significa conducir a alguien, guiarle, orientarle. En

consecuencia es un proceso que se da desde afuera. Aunado a otro vocablo

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educere, que quiere decir extraer, sacar, mostrar, hacer visible, por ende,

este quiere decir desde adentro.

Se puede decir entonces, la educación es un proceso por medio del

cual el individuo exterioriza todos esos conocimientos previos que posee con

la guía o conducción del docente. Para Dewey (1899) “La educación es la

reconstrucción de la experiencia que se añade al significado de experiencia,

y que aumenta la habilidad para dirigir el curso de la experiencia

subsiguiente.” (p.87)

Con lo cual se hace referencia, a ese proceso interno del ser humano

por medio del cual exterioriza sus conocimientos previos, pero de igual forma

internaliza toda información obtenida del exterior, de ahí la importancia de

desarrollar el mismo a fin de optimizar su proceso socializador; más aún

cuando éste es un derecho inherente al individuo, formando incluso su

carácter sociopolítico como miembro de la sociedad. En relación a las

políticas educativas son muchas las opiniones destacadas en esta materia,

sin embargo, a objeto de contextualizar la promoción de los derechos

humanos dentro de las organizaciones educativas en Venezuela, se hace

referencia a los diversos modelos que de una u otra forma sirven de sustento

a la problemática desarrollada en esta investigación.

Modelo de política educativa de Emily Durkheim Para el autor la sociedad está constituida por un conjunto de leyes. En

función de ello, la adhesión a estos principios reguladores de la acción social

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brindan garantía de convivencia, interacción y tolerancia en todos los

estratos sociales; no obstante corresponde al educador la gran

responsabilidad de formar ciudadanos, de inculcarles valores que permitan

vivir en el respeto por si mismo y por los demás, es decir, la observancia de

las obligaciones y exigencia de los derechos inherentes al ser humano.

En ese orden de ideas para Durkheim, el tema central de la

educación está solo en la tarea moral. De ahí que, el docente sea

considerado un demiurgo encargado de transmitir las grandes ideas de su

conciencia a la del niño. Desde esta perspectiva, se puede afirmar se trata

de una concepción autoritaria de la escuela, cuyo pilar fundamental lo

constituye el educador.

Se puede señalar entonces, en función de lo descrito anteriormente,

que la teoría de Durkheim tiene en cierto sentido, una concepción arcaica de

la educación, se refiere más a la denominada escuela tradicional, según la

cual la instrucción se convierte en el mecanismo a través del cual se

disciplina al niño permitiéndose la socialización, fundamentándose en el

respeto a las leyes que gobiernan la sociedad. Por ello, dentro del modelo de

Durkheim, se aprende del maestro más no del mundo ni de la experiencia

propia del individuo.

Desde esta perspectiva, este esquema ha ido quedando rezagado en

función de los nuevos paradigmas educativos, en los cuales el niño y la niña,

son el eje central, y el docente pasa a ser un facilitador de los

aprendizajes, pero juega un papel determinante las experiencias previas que

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el alumno trae al aula, a fin de explotar al máximo el potencial que éste

presenta. En efecto, debido a las transformaciones sociales, el enfoque

constructivista es el más empleado en Venezuela desde la década de los

ochenta con la instauración de la educación básica en el país como política

de Estado.

Modelo de política educativa de John Dewey Para este autor la educación debe favorecer la interacción social del

niño en lugar de ofrecer una formación cívica abstracta basada en el

aprendizaje de las leyes que gobiernan la sociedad, como lo planteaba

Durkheim. En efecto, la educación debe tender a desarrollar la capacidad de

razonamiento justo, de ahí que, los niños y niñas deben ser tratados como

personas a las cuales hay que escuchar porque ellos tienen muchas cosas

que expresar, y no se le debe coartar ese derecho; desde este punto de vista

para Dewey, como todo pragmático, la escuela debe ser una comunidad viva

al servicio de sus habitantes.

Consideraba el autor que los niños no llegan a la escuela como si se

tratasen de pizarras limpias y pasivas, en las cuales los maestros pueden

escribir sus lecciones de civilización, sino por el contrario, cuando un niño/a

llega al aula “ya es intensamente activo y el cometido de la educación

consiste en tomar a su cargo esta actividad y orientarla” (Dewey, 1899, p.

25). Él consideraba imprescindible para que la escuela pudiera fomentar el

espíritu social de los niños y desarrollar su espíritu democrático, tenía que

organizarse en comunidad cooperativa.

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En ese sentido, es menester desarrollar ampliamente en el niño, la niña

o adolescente ciertos hábitos conductuales que favorezcan los procesos

socializadores necesarios para el desarrollo integral, pero teniendo como

punto de partida los derechos colectivos, enseñados por el docente esto es,

no considerarlos en su individualidad, sino desde la necesidad de socializar

que tiene el ser humano, de sus derechos inherentes a esa condición. El

autor centraba el proceso educativo, precisamente en el docente, mientras el

aprendizaje de los niños/as giraba en torno a él, de ahí que haya sido objeto

de grandes críticas.

Modelo de política educativa de Paulo Freire Freire intenta romper con los esquemas escolares del Norte (aún

cuando sus raíces se asientan en Dewey, Rousseau, Hegel y Marx). Propone

un concepto original de educación basado entre otras ideas en la supresión

de la dicotomía educador-alumno para acentuar el papel del diálogo en la

educación popular y en la informal. Considera el autor, al diálogo como el

elemento más importante en el proceso de formación del individuo por

cuanto implica mucho respeto hacia los otros por tratarse de una actividad

cooperativa.

Para el autor, la democracia es considerada como un medio de

aprendizaje más no como objetivo de la educación democrática, es

decir, esta se construye día a día en el aula de clases. Finalmente, piensa

que es importante que la educación sea una opción para los pobres, los

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oprimidos, los desheredados porque estos grupos son víctimas de las

relaciones de poder; son excluidos de los mecanismos de reparto de la

riqueza al mismo tiempo que contribuyen al bienestar de las clases

acomodadas. Desde esta perspectiva, él crea una teoría de inclusión en el

campo educativo.

En ese sentido, propone una pedagogía de la liberación, de los

oprimidos en la que se trata de liberarlos ayudándolos con un proceso de

concienciación para de esta forma tomar las riendas de sus destinos,

razón por la cual, el individuo puede hacerse más fuerte para conseguir el

poder necesario a fin de transformar la sociedad.

En referencia a estos planteamientos, se puede afirmar entonces, este

modelo de Freire presenta una pedagogía humanista y liberadora, por ende

se debe enfocar en dos momentos interrelacionados: primero, donde los

oprimidos va descubriendo el mundo de la opresión y se van

comprometiendo, en la práctica, con su transformación; y el segundo, cuando

una vez transformada esa realidad social, la pedagogía deja de ser del

oprimido y pasa a ser la de los hombres en procesos permanentes de

liberación.

B) Asistencia social

El régimen de Asistencia Social protege especialmente a los adultos

mayores, a las personas con discapacidad y en general a todas aquellas

personas cuyas necesidades esenciales no estén aseguradas o que, por sus

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condiciones de vida o de salud, requieren protección y no puedan

solucionarlas sin el apoyo de la sociedad. En efecto, desde el preámbulo de

la Carta Magna (1999) el constituyentista establece la refundación de un

Estado de justicia que consolide los valores de la libertad, la independencia,

la paz, la solidaridad y el bien común, entre otros.

Asimismo, de acuerdo con el Informe del Ministerio de Educación y

Deportes de la República Bolivariana de Venezuela titulado Políticas,

Programas y Estrategias de la educación venezolana, (2004), el carácter

humanista del Estado Venezolano en la CRBV (1999) conlleva implícito la

interpretación de las normas, ubicando al hombre como el centro de toda

gestión del país, de ahí se debe asumir un nuevo Estado caracterizado por la

corresponsabilidad (familia-sociedad-gobierno) y la equidad (principio ético-

político) dentro de toda sociedad democrática.

Dentro de ese marco, los fines asistenciales del Estado están

constituidos por la defensa y el desarrollo de la persona respetando su

dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la constitución de

una sociedad justa y amante de la paz, los cuales están establecidos en el

artículo 3 de la CRVB.

Además el artículo 102 persigue formar un ciudadano fundamentándose

en cuatro ejes constitucionales a saber:

Acceso universal a una educación integral de calidad, con

igualdad de condiciones y oportunidades, ejercida como derecho humano y

deber fundamental.

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Incremento de los niveles de equidad social, igualdad de

valoración en cuanto al género, participación plena de la mujer en la

sociedad y valoración de sus derechos sexuales y reproductivos, así como la

igualdad del hombre y la mujer en el ejercicio y acceso al trabajo, entre

otros.

Integración política para el desarrollo social, el fortalecimiento

integral del niño/a, adolescente y adultos a través de una educación de

calidad.

Ejercicio directo de la democracia a través de la participación y

el protagonismo de los pueblos (de forma directa) y a través del sufragio

(indirecta) por los órganos que ejercen el poder público.

Corresponde al Estado, velar por la seguridad física, jurídica y psíquica

del ser humano, en este sentido, se puede hablar de una seguridad integral,

por ende, está en la obligación de diseñar políticas públicas dirigidas al

cumplimiento de esta función, brindando el apoyo necesario al ciudadano

para la satisfacción de las necesidades básicas, por ello, se debe legislar en

materia de asistencia social del individuo y coadyuvar con su bienestar.

En ese orden de ideas, desde los primeros años del proceso

democrático del país, se puede afirmar la disposición del Estado por

minimizar la pobreza, el desempleo, el analfabetismo; no obstante, son

indicadores fuertes dentro del sistema socioeconómico difíciles de vencer,

pero eso no significa el abandono de las políticas públicas en torno a su

solución.

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Desde esta perspectiva, para la Organización Internacional del trabajo

(OIT, 2001, p.6) la asistencia social “consiste en un conjunto de prestaciones

en metálico o en especie que son financiados por el Estado, bien nacional

y/o local, y que se otorgan principalmente por la verificación de medios de

vida o ingresos”.

Como puede apreciarse, el Estado coadyuva con la solución de la

problemática presentada a los ciudadanos, por ello, es el responsable directo

de suministrar todo ayuda necesaria a éstos, pero debe aclararse el

cumplimiento de una condición, es decir, la verificación de medios de vida,

porque en todo caso, resultaría oneroso para el mismo la manutención de

todos los ciudadanos.

Sin embargo, es bueno recordar los derechos del ciudadano a la

educación y a la asistencia social, correspondiéndole al estado la garantía de

los mismos fundamentándose en los preceptos constitucionales, así como en

aquellos instrumentos internacionales suscritos y ratificados por el Estado en

función del bienestar social.

Con base en la CRBV (1999) y el Plan Estratégico Social (PES, 2001-

2007) se delinean políticas de Estado: (a) Atención integral al niño y a

adolescente, (b) Seguridad alimentaria nutricional, (c) Protección social a los

adultos mayores e (d) Infraestructura social básica.

De igual forma, el Primer Plan Socialista (PPS, 2007-2013) se propone

la refundación de la Nación Venezolana, cimentando sus raíces en la

fusión de los valores y principios más avanzados de las corrientes

humanistas del socialismo. A partir de la construcción de una estructura

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social incluyente, un nuevo modelo social, productivo, humanista y

endógeno, se persigue que todos vivan en similares condiciones, rumbo a

La Suprema Felicidad Social

En este orden de ideas, dentro de esta amplitud de tolerancia ante lo

diverso del Primer Plan Socialista, hay un núcleo de hechos y antivalores

ante los que no se puede ser indiferente ni tolerante, pues conducen a crear

un estado de cosas donde la impunidad se convierte en algo normal y

aceptado por todos. De ahí que, ante la crueldad, ante la tortura, ante la

discriminación racial, ante la violación de los derechos humanos, ante la

violación de una mujer, ante el maltrato de los niños, ante las injusticias,

ante la corrupción y ante otras muchas cosas de características similares

no se puede ser tolerante, no se puede consentir. Esta intolerancia a los

antivalores se convierte en una plataforma indispensable para poder iniciar

una convivencia pacífica.

En efecto, los ciudadanos personificarán y ejercerán siempre los

mecanismos sustantivos del poder político, es decir, conservarán siempre

su poder y su soberanía, la cual está siempre orientada hacia el bienestar

de todos, con los principios de igualdad y libertad. En ese sentido, el cambio

debe estar orientado a poner de relieve los elementos en común, que

permitan construir una comunidad tolerante.

El paradigma educativo que se genera en Venezuela a partir de estos

nuevos marcos legales se caracterizan por la transformación constante y

sostenida de todos los componentes del Sistema Educativo para la

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consolidación del nuevo Estado Docente basado en la igualdad y el

fortalecimiento del estado de justicia, en la búsqueda de la universalización

de los derechos.

Con base a estos referentes, se desarrollan las líneas macros de las

políticas educativas: (a) Educación de calidad para todos y todas; (b) La

escuela como espacio de equidad y corresponsabilidad; (c)

Descentralización e integralidad y (d) Modernización del sistema escolar. De

ahí que el concepto de calidad para todos(as) es atendido y desarrollado,

bajo el enfoque de derechos humanos.

2 DERECHOS HUMANOS El tema de los derechos humanos (DH) se ha considerado una lucha

constante del individuo porque se le garantice su condición dentro de la

sociedad, buscando que no le sean soslayados los mismos y se le

reconozcan éstos dentro de la comunidad donde desarrolla sus actividades

cotidianas, siendo el Estado el primer garante y en algunos casos también el

transgresor de éstos.

Entre los autores que coinciden en resaltar la centralidad de la dignidad

humana en el concepto de los derechos humanos destacan Cassese (1993),

Etxeberría (1998), García Roca (1998) entre otros. Al respecto, señala Jares

(2002, p. 23) la dignidad puede definirse como la “expresión de la capacidad

de elegir, de construir conceptos generales y de razonar, comunicar,

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dialogar, de ser seres morales capaces de autodeterminación, por ende, los

derechos humanos servirán a esos ideales de dignidad”.

Al respecto, Yorde (2008) señala que esa cualidad de dignidad deviene

precisamente de su carácter racional y libre y sobre todo a las actuales

proclamas de la Declaración de los Derechos del Hombre. Por eso, los define

como un conjunto de necesidades y condiciones humanas que adquiere el

individuo desde su concepción, para el bienestar individual, social,

económico, cultural y político y que al final es la búsqueda constante de la

realización del ser humano.

Cuando se habla de D.H. se hace alusión a aquellos derechos que son

inherentes a cualquier persona, sin distinción de nación, raza, sexo, origen,

lugar de residencia, color, religión o lengua. En este sentido, el preámbulo de

la DUDH (1948), toma como punto de partida el respeto por la dignidad de la

persona, que es a su vez, el fundamento que daría sustento a la promoción

de la libertad, de la justicia y de la paz en el mundo.

Según se establece en dicho preámbulo, resulta esencial para el

aseguramiento de los D.H., su correcta protección a través de mecanismos

jurídicos que tiendan a evitar vías de hecho del hombre contra la tiranía y la

opresión totalitaria. El punto de partida de la declaración, de acuerdo con

Baños y Buján (2012) consiste en el reconocimiento de la libertad e igualdad

de la dignidad y de los derechos de todos los seres humanos, por cuanto se

considera que todos los seres humanos nacen libres y humanos en dignidad

y derechos y por lo tanto dotados de razón y conciencia tienen que

comportarse fraternalmente los unos con los otros.

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En este sentido, la convicción acerca de la igualdad entre los hombres,

puede ser visto según Bedin (2000), como la primera gran consecuencia de

la afirmación del individuo y del modelo individualista, por esto afirma Bobbio

(1991), cuando los hombres nacieron no eran considerados libres pues

pertenecían a la familia paterna, ni iguales por cuanto estaban sometidos a la

autoridad de ésta.

Todos estos señalamientos permiten inferir el sometimiento del

individuo ante otro ser humano, bien por lazos de consanguinidad o afinidad,

esto es a la autoridad del padre de familia; sin embargo, esta sumisión se ha

llevado más allá, incluso en el campo laboral, de ahí, la importancia para el

individuo de obtener un conocimiento pleno de sus facultades, derechos y

obligaciones para solicitar el pleno goce de las mismas ante el Estado.

El proceso de los derechos humanos arranca siglos atrás, tomando

cuerpo en momentos sociopolíticos y económicos determinados

caracterizados fundamentalmente “por la defensa de nueva libertades contra

viejos poderes” (Bobbio, 1991, p. 18). Incluso, “son una noción moderna de

una realidad muy antigua, de acuerdo a lo expresado por Vasak (1978, p.14),

al mismo tiempo que “no constituyen un concepto estático e inalterable”

(Vercher, 1998, p. 14). De igual forma, Cassin (1974) señaló una de las

características del concepto de derechos humanos es la constante expansión

de la idea y el contenido.

En otras palabras, los derechos humanos tienen carácter histórico. A

medida que evolucionan las relaciones políticas, económicas y culturales,

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surgen otros nuevos. Así, su propio articulado se ha ido completando

posteriormente con diferentes Convenios y Pactos, teniendo especial

importancia los Pactos Internacionales aprobados en 1996: el Pacto

Internacional de derechos, económicos, sociales y culturales y el Pacto

Internacional de derechos civiles y políticos. Estos dos pactos, junto con la

Declaración Universal, forman una unidad conceptual, política y social que se

ha dado en llamar Acta de Derechos Humanos.

Algunos consideran a los derechos humanos como conjunto de

necesidades básicas que todo ser humano, por el hecho de serlo, debe tener

cubiertas. En ese sentido, señala Ortiz (2002) “los derechos humanos

constituyen un poderoso instrumento reformador y emancipatorio de la vida

social y personal” (p.22).

En resumen, se puede entender los derechos humanos como un

proceso, cuyo alcance y significado no están ni pueden estar concluidos.

Como lo ha expresado Bobbio (1982, p.136), “la declaración Universal es

sólo el principio de un largo proceso, del que no podemos [sic] ver aún la

realización última”

Partiendo de los señalamientos anteriores, es preocupación dentro de

esta tesis, adquirir un conocimiento sobre la educación en derechos

humanos en Venezuela en el período 1999-2012, por ello, dejando aparte a

los precursores así como otros componentes de la educación para la paz, tal

como lo planteó Jares en 1991, la educación para los derechos humanos

tiene su inicio oficial y explícito en la proclamación de la Carta de las

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Naciones Unidas y muy específicamente con la Declaración de los Derechos

Humanos, el 10 de diciembre de 1948. En ese sentido, son dos las grandes

ideas que la impulsan. Primero, la enorme importancia concedida al respeto

de los derechos humanos como vía para evitar nuevas guerras, en ese

sentido, señala la Unesco (1969)

Los fundadores se habían dado cuenta que la violación de estos elementos esenciales al ser humano habían originado la segunda guerra mundial, por ello se convencieron que no habría un mundo pacífico sin una eficaz protección internacional de los derechos humanos. (p. 9) En segundo lugar, la enorme importancia otorgada a la educación para

alcanzar una convivencia pacífica y respetuosa de los derechos humanos,

que engarza en buena medida con el utopismo pedagógico de la primera

corriente de la educación por la paz que representa el movimiento de la

Escuela Nueva. La cual debe descansar, según Jares (2002) en el

conocimiento y divulgación del articulado de la Declaración Universal,

pasando a ser de este modo, objeto y medio de aprendizaje. Por ende, debe

existir en cada país unos defensores de los derechos humanos.

En ese orden de ideas, de acuerdo a la Vicaría de los Derechos

Humanos (2007), desde hace unos veinte años se ha venido usando

crecientemente la expresión defensores de derechos humanos para referirse

a una categoría de miembros de la sociedad civil y a sus organizaciones,

cuya misión consiste precisamente en la protección y promoción de dichos

derechos fundamentales.

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Desde esta perspectiva, tomando en consideración el artículo 1 de la

Declaración de la Organización de Naciones Unidas sobre Defensores y

Defensoras señala que toda persona tiene derecho, individual o

colectivamente, a promover y procurar la protección y realización de los

derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e

internacional.

En efecto, toda persona o colectivo que se dedica a la promoción y

defensa de la violación de los derechos fundamentales del ser humano es

considerado defensor de los DH. En ese sentido, los docentes deben

convertirse en los principales promotores y defensores de éstos porque los

niños y niñas serán multiplicadores de esta información, primeramente en la

unidad familiar así como su réplica en la comunidad donde habita. De ahí

que, el Estado deba garantizar esa defensa, incluso a través de los planes y

programas. En referencia a ello, se puede afirmar que los derechos

culturales y educativos están protegidos por las normas contenidas en los

artículos 98 a 111 de la Constitución de la República Bolivariana de

Venezuela (1999), en particular, respecto del derecho a la educación el

artículo 102 dispone lo siguiente:

La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El Estado la asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad. La educación es un servicio público y está fundamentada en el respeto a todas las corrientes del pensamiento, con la finalidad de

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desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática basada en la valoración ética del trabajo y en la participación activa, consciente y solidaria en los procesos de transformación social consustanciados con los valores de la identidad nacional, y con una visión latinoamericana y universal. El Estado, con la participación de las familias y la sociedad, promoverá el proceso de educación ciudadana de acuerdo con los principios contenidos de esta Constitución y en la ley.

Según manifiesta el Estado, la educación tiene un sentido integral de

calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más

limitaciones que las derivadas de las aptitudes, vocación y aspiraciones de la

persona humana; es obligatoria en todos sus niveles, desde maternal hasta

el nivel medio diversificado, y la impartida por las instituciones del Estado es

gratuita hasta el pregrado universitario.

Por ello, el Estado garantiza constitucionalmente el acceso,

permanencia y culminación de los estudios dentro del sistema educativo

(artículo 103). Por otro lado, los artículos 112 a 118 de la Constitución hacen

referencia a los derechos económicos y garantizan el derecho de todas las

personas a dedicarse libremente a la actividad económica de su preferencia,

el derecho a la propiedad, así como el derecho a disponer de bienes y

servicios de calidad, entre otros. Dentro de ese marco, la Comisión Interamericana de Derechos

Humanos (CIDH) reconoce los avances normativos existentes en el país con

relación a la protección y garantía de los derechos económicos, sociales y

culturales. Pero también observa que Venezuela no ha completado la

ratificación del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre

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Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y

Culturales (Protocolo de San Salvador), instrumento en el que los Estados

partes se comprometen a adoptar las medidas necesarias, hasta el máximo

de los recursos disponibles y tomando en cuenta su grado de desarrollo, a fin

de lograr progresivamente, y de conformidad con la legislación interna, la

plena efectividad de los derechos económicos, sociales y culturales.

El Protocolo de San Salvador fue firmado por Venezuela el 27 de enero

de 1989, posteriormente fue discutido y aprobado por la Asamblea Nacional

en marzo de 2005 y el 23 de mayo fue publicado en la Gaceta Oficial de la

República Bolivariana de Venezuela bajo el número 38.192. Sin embargo, a

la fecha de aprobación del Informe de la CIDH (2009), el Estado no ha

ratificado dicho instrumento ante la Organización de los Estados Americanos.

Razón por la cual en ese mismo informe, la CIDH hace un llamado al Estado

venezolano a completar la ratificación del Protocolo de San Salvador.