aspectos generales del derecho internacional público

Upload: lylyherrera

Post on 13-Feb-2018

228 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 7/23/2019 Aspectos Generales Del Derecho Internacional Pblico

    1/24

    Aspectos Generales del Derecho Internacional Pblico (PARTE I)

    Por, Mario Felipe Daza Prez & Karla Soto

    CMO PODEMOS DEFINIR EL DERECHO INTERNACIONAL PBLICO?

    Segn Truyol: afirma el jurista, el Dereco !nternacional P"lico no se pue#e #ar entrenaciones, sino entre esta#os, el #ereco internacional p"lico no es internacionalsino interestatal, regula las relaciones #e otros sujetos #e #ereco internacional, como lasanta se#e, la or#en so"erana #e Malta, los organismos internacionales y en ciertos casos alin#i$i#uo como cuan#o ejerce el #ereco #e petici%n ante la corte uropea #e Derecos'umanos ante la (omisi%n !nteramericana #e Derecos 'umanos)

    n el #ereco !nternacional P"lico po#emos a#optar la i#ea #e *"i Societas ius: dondehay sociedad hay derecho.Por lo +ue el Dereco !nternacional P"lico es una cienciaeminentemente jur#ica, el #ereco internacional siempre #e"e #e tratarlo como una cienciaaut%noma e in#epen#iente) se a"la precisamente #e Dereco #e -entes al cual se refera aun #ereco comn #e la umani#a# ci$iliza#a, lo +ue po#ra ser e.acto si se llegase a un#ereco mun#ial, por lo general, por #ereco internacional se entien#e el #erecointernacional p"lico, aun+ue la e.presi%n a"arca el #ereco internacional pri$a#o, el !us

    -entium se #iferencio #el !us (i$ile segn Truyol, por su mayor fle.i"ili#a#, +ue proce#a#e la falta #e rigorismo formal y #e amplia li"erta# #e mo$imientos #el praetor peregrinusen su esta"lecimiento e interpretaci%n, en funci%n #e las e.igencias cam"iantes #e ucomercio jur#ico ca#a $ez m/s intenso con el e.terior , los post0glosa#ores $ieron el !us-entium como un conjunto #e normas uni$ersales aplica"les a to#os los pue"los, encontraposici%n al #ereco ci$il o positi$o)

  • 7/23/2019 Aspectos Generales Del Derecho Internacional Pblico

    2/24

    Segn Pastor 1i#ruejo: la afirmaci%n #e +ue el Dereco !nternacional es el +ue rige lasrelaciones entre esta#o implica ciertamente una consi#eraci%n #e los sujetos, pero a lo +ueatien#e realmente es al car/cter #e la relaci%n contempla#a, ay +ue pensar a#em/s +ue#eci#irse por una #efinici%n so"re la "ase #e la materia regi#a por la norma o aten#ien#o ala fuente #e ella comporta en ltimo an/lisis una toma #e posici%n so"re el elemento

    su"jeti$o)n pala"ras #e Kelsen, acu#ien#o al criterio formal, si el conteni#o #e las reglasinternacionales es flui#o y cam"iante, e.iste en ellas un matiz forma fijo e in$aria"le: suproce#encia, su proceso #e positi$izaci%n, es este el criterio a#opta#o por la mayor parte #elos autores +ue se an plantea#o #e manera e.presa y consecuente el pro"lema #e la#efinici%n #el #ereco internacional)

    (onclusi%n: tenien#o en cuenta lo anterior #efiniremos el Dereco !nternacional P"licocomo el conjunto #e normas positi$iza#as por los po#eres normati$os peculiares #e lacomuni#a# internacional)

    Diferencias entre el #ereco !nternacional P"lico y Pri$a#o: en el #ereco internacionalpri$a#o son personas naturales o jur#icas #e #iferentes esta#os, +ue los pro"lemas sonresueltos por un juez nacional, +uien #e"e #eterminar cu/l es la ley aplica"le al caso, y paraello acu#e a los trata#os o a las #octrinas e.istentes en esta materia, pero en ningn caso seresuel$e por un juez internacional 2 en sntesis el pri$a#o se refiere a cuestiones pri$a#as yrelaciones jur#icas entre los particulares y en el pu"lico ace referencia m/s "ien acuestiones #e car/cter poltico y a las relaciones #e los esta#os como tales)

    Diferencias entre el #ereco !nternacional -eneral y #ereco !nternacional Particular: el#ereco internacional particular se crea generalmente me#iante acuer#os internacionales, es#ecir, me#iante la concreci%n #e trata#os internacionales, por ello no e.cluye +ue algunascostum"res particulares se ayan forma#o por $a consuetu#inaria, es #ecir +ue el #erecointernacional particular pue#e ser con$encional o consuetu#inario y el general es el +uecomnmente siempre a"lamos)

    Diferencias entre el #ereco internacional #e la guerra y el #ereco internacional #e lapaz: por el #ereco internacional #e la paz es a+uel conjunto #e normas +ue rigen lasrelaciones pacificas y normales entre los esta#os y #em/s sujetos #e #ereco internacional,en cam"io, el #ereco internacional #e la guerra 3!us !n 4ello5, tiene como caractersticasprincipal el +ue las relaciones pacificas #e los esta#os se interrumpen simult/neamente conla $igencia #e to#os los trata#os suscritos por las partes en conflicto con antelaci%n a la#eclaratoria o ultim/tum #e guerra)

    Dentro #e las #i$isiones #el #ereco internacional segn su conteni#o, po#emos encontraral #ereco internacional a#ministrati$o, #ereco constitucional internacional, #erecointernacional econ%mico, #ereco penal internacional: por este ltimo se entien#e como elconjunto de sistemas que tiene por objeto sancionar y reprimir la delincuencia

    internacional,#e esta rama forman parte los proce#imientos esta"leci#os para garantizar lasanci%n #e los crmenes #e guerra, los crmenes contra la paz y la umani#a# y los

  • 7/23/2019 Aspectos Generales Del Derecho Internacional Pblico

    3/24

  • 7/23/2019 Aspectos Generales Del Derecho Internacional Pblico

    4/24

    deberes. Como ejemplo tenemos el caso de la plataforma continental del mar del norte

    segn la cual dicha figura, puede ser inferida de un comportamiento, de declaraciones.

    H+uiescencia: o el silencio aparecen as como una especie #e inacci%n califica#a #es#e elpunto #e $ista jur#ico, #e la +ue se #eri$an efectos en el plano #el #ereco internacional, se

    entien#e, en efecto, +ue el esta#o +ue calla ante una reclamaci%n o comportamiento #e otroesta#o normalmente merece#or #e protesta o #e otra forma #e acci%n ten#ente a lapreser$aci%n #e los #erecos impugna#os resulta #e las consi#eraciones #el tri"unal #e la'aya, en el caso de la Pesquera.

    Pero, la aquiescencia es distinto al estoppel?, los #os encuentra su fun#amento en elprincipio general #e la buena fe, con$iene recor#ar aora #os #e los elementos constituti$os#e la noci%n #e estoppel, el concerniente a la situaci%n crea#a por la actitu# #e un esta#o3actitu# primaria5 y el referi#o a la necesi#a# #e la e.istencia #e un perjuicio o #etrimentopara otro esta#o, se trata #e la actitu# secun#aria moti$a#a por la actitu# primaria #el esta#oante el +ue se in$oca el estoppel, pues "uen a #iferencia #e la a+uiescencia, la actitu#primaria no tiene +ue consistir forzosamente en silencio o inacti$i#a# sino +ue pue#ere$estir la forma #e un comportamiento positi$o, y en cuanto a la singulari#a# tcnico0jur#ica #e esta ultima figura frente a la instituci%n #el estoppel)

    n el #ereco internacional se llego a pensar en algn momento, y se piensa segn algunos,#e la o"jeci%n contra la e.istencia #el Dereco !nternacional P"lico, se le a?a#e la falta #eley, falta #e tri"unales encarga#os #e interpretar y resol$er los conflictos entre esta#os y laausencia #e un po#er ejecuti$o +ue logre acer cumplir sus #ecisiones, lo #icoanteriormente al carecer #e una ley o un (%#igo !nternacional no +uiere #ecir +ue no aya ono e.ista el #ereco internacional p"lico, este se e.presa me#iante la manifestaci%n

    consciente #e los esta#os en su $i#a #e relaci%n en #on#e no se re+uiere una ley escrita paraaceptar su e.istencia) Ea segun#a critica es la ine.istencia #e un po#er ejecuti$o o fuerzap"lica +ue constri?e al cumplimiento #e la ley, otra seria la ausencia #el po#er ju#icialinternacional, la organizaci%n ju#icial es posterior al #ereco, el juez no crea #ereco, puesen su fallos so solo una #e las formas #e realizaci%n #el #ereco) Se pue#e #ecir +ue e.istenya %rganos +ue #esempe?an funci%n ju#icial, como lo es el tri"unal #e ar"itraje, las cortes#e ar"itraje #e la 'aya, los tri"unales mi.tos #e los trata#os #e paz #e 7878, la corte #ejusticia internacional permanente, %rganos #e la liga #e naciones y la corte internacional #ejusticia #e las naciones uni#as)

    (o#ificaci%n y Desarrollo progresi$o: se encuentra en el artculo 7 #el estatuto #e la

    comisi%n #e #ereco internacional, la co#ificaci%n en senti#o estricto significa la m/sprecisa sistematizaci%n y formulaci%n #e las normas #e #ereco internacional en a+uellasmaterias en +ue ya e.ista implica practica #e los esta#os, as como prece#entes y #octrina,por su parte el #esarrollo progresi$o consiste en la ela"oraci%n #e proyectos #econ$enciones so"re temas +ue no ayan si#o regula#os to#a$a por el #ereco internacionalo respecto #e los cuales los esta#os no ayan aplica#o en la pr/ctica normassuficientemente #esarrolla#as) ntonces estamos frente #os formas #e co#ificaci%n una ensenti#o amplio otra en senti#o estricto)

  • 7/23/2019 Aspectos Generales Del Derecho Internacional Pblico

    5/24

    Pero no #e"emos su"estimar el impacto #e la co#ificaci%n en el #ereco internacional(ontempor/neo, la conferencia #e las con$enciones es un foro especialmente i#%neo parala e.presi%n #e la opinio iuris, y +ue esta pue#e incluso #ar un impulso a la pr/ctica astallega a la formaci%n #e normas consuetu#inarias, es lo +ue a ocurri#o con el ya cita#oejemplo #e la zona econ%mica e.clusi$a, +ue aun antes #e a#opta#a la con$enci%n so"re el

    #ereco al mar, y aun+ue esta no se u"iese a#opta#o o no entrase en $igor nunca, siempreencontrara apoyo en normas consuetu#inarias) 6ormas +ue respon#en a las e.igencias #euni$ersalizaci%n, socializaci%n y #emocratizaci%n #e la socie#a# y #el #erecointernacional con los efectos #eclarati$os, cristaliza#ores y genera#ores #e la costum"re,segn sa"emos, y ello incluso con in#epen#encia #e su entra#a en $igor, ello ocurre, porejemplo, con mucas #isposiciones #e la con$enci%n #e iena, so"re #ereco #e trata#os,+ue antes #e su $igencia eran in$oca#as constantemente por los esta#os so"re la "ase #e+ue constituyen #el #ereco internacional general en la materia)

    Se a"la entonces #e las #iferentes teoras, primero: las +ue se encuentran su fun#amentoen la $olunta# #e los esta#os y los segun#a:+ue encuentran su fun#amento fuera #e la$olunta# #e los esta#os)

    Dentro #e las primeras se encuentras: la teora de la autolimitacin, la teora de lavoluntad colectiva de los estados y la teora de la escuela positivista.

    Ea Teora #e la Hutolimitaci%n o #e la Huto I"ligaci%n) Jelline; afirma +ue en $irtu# #e laso"erana #el esta#o, este no pue#e estar someti#o a $olunta# ajena, pero al mismo tiempose pue#e afirmar +ue pue#e limitar su propia $olunta# en las relaciones con los otrosesta#os, entonces el esta#o no pue#e ser o"liga#o en la me#i#a en lo +ue l +uiera y lo arasolo por mantener la seguri#a# #e las relaciones internacionales)

    Ea Teora #e la olunta# (olecti$a o Pacto 6ormati$o: son acuer#os colecti$os +ue tienensu origen en una $olunta# comn naci#a #e las $olunta#es particulares #e los esta#os) Solopue#e ser fuente #el #ereco internacional, afirma"a Trieppel, una $olunta# comn #e$arios o numerosos esta#os, por los cuales $arios esta#os a#optan una regla +ue#e #e"eregir su con#ucta #e una manera permanente)

    Ea Teora #e la scuela Positi$ista: para Hnzilotti 3M/.imo 1epresentante5, la categoram/s importante #e esas reglas o normas #e con#ucta entre los esta#os est/ representa#a enlos acuer#os t/citos o e.presos +ue cele"ran entre ellos y su fuerza o"ligatoria esta en elprincipio Pacta Sunt Ser$an#a, los esta#os no pueden crear las normas segn su libreadhesin, se #e"e #e tener en cuenta +ue los esta#os inter$iene finalmente por $a #eacuer#o para o"ligarse

    Dentro #e las segun#as teoras, +ue tiene su fun#amento fuera #e la $olunta# #e los esta#osse encuentra: la teora del derecho natural, la teora de la norma fundamental suprema y laescuela sociolgica.

    Ea Teora #el Dereco 6atural: afirma er#ross +ue algunos rasgos #e la naturalezaumana permanecen constantes, juntos a factores $aria"les, no ay #ereco natural

  • 7/23/2019 Aspectos Generales Del Derecho Internacional Pblico

    6/24

    inmuta"le y completo, puesto +ue la realizaci%n, aplicaci%n y configuraci%n #e losprincipios, ace referencia a #etermina#os $alores +ue se #e"en #e realizar, 3consi#eremos+ue no ay antinomias entre el #ereco natural y el #ereco positi$o, #igamos +ue secomplementa5)

    Ea Teora #e la 6orma Fun#amental Suprema: 3M/.imo e.ponente es Kelsen5 se "asa "ajola -run# 6orm, la norma "ase o fun#amental #e la cual #eri$an to#as las #em/s oencuentran en ella su fuente #e $ali#ez, sostu$o +ue la norma fun#amental era la +ue #a"a$ali#ez a los trata#os, por cuanto consi#era"a la costum"re "asa#a en el pacto t/cito, luego#e la norma fun#amental #ejo #e ser ipottica para con$ertirse en norma consuetu#inaria)n sntesis, Kelsen ofrece una uni#a# al sistema normati$o +ue propone, pero la normafun#amental, no pue#e ser una norma #e car/cter positi$o, sino +ue tiene un car/cteripottico y no es m/s +ue una ip%tesis cientfica no #emostra"le)

    Ea scuela Sociol%gica: su m/.imo representante es -eorge Scelle, afirma +ue el #erecointernacional es tri"utario #e la sociologa ist%rica, encuentra la fuente #el #ereco en

    la necesi#a# "iol%gica y la conciencia #e esa misma necesi#a# pro#uce reglas normati$as o#e car/cter imperati$o para la socie#a# o para la $i#a social) Del #ereco $iene a ser unimperati$o social +ue se tra#uce en una necesi#a# naci#a #e la soli#ari#a# natural, #ice +ueel comercio fue la pionera en trazar el pacta Sunt Ser$an#a fun#ante como teora #e lanorma jur#ica)

    !ablaremos a continuacin" la relacin que hay entre el derecho interno y el derecho

    internacional, la discrepancia que se ha suscitado a partir de diferentes teoras que lae#plican, como lo es la teora monista y como lo es la teora dualista.

    Ea Teora Dualista: 3M/.imo e.ponente Trieppel y Hnzilotti, sostiene +ue el #erecointerno y el internacional son #os sistemas jur#icosin#epen#ientes, tanto en su origen comoen su campo #e aplicaci%n, mientras el #ereco interno tiene como fuente la $olunta# nica#el esta#o, la norma internacional encuentra su asi#ero en el concurso #e $olunta#es,llama#o por el acto0uni%n, Hnzilotti, si "ien pue#e a"er cierta relaci%n entre el #erecointerno y el internacional 3reen$i% recepti$o o material y reen$i% no recepti$o o formal5, setrata #e #os %r#enes separa#os) 6o pue#en e.istir normas internacionales emana#as #e lasnormas internas o $ice$ersas)

    Dentro #e la Teora Monista, segn esta concepci%n, el #ereco internacional y el internoforman un solo sistema jur#ico y acepta #os mo#ali#a#es: la primera sostiene lasupremaca #el #ereco internacional so"re el #ereco interno y otra consagra lasuperiori#a# interno so"re el internacional

    Ea Supremaca #el #ereco internacional: "asa#a en un sistema pirami#al #e normal3Kelsen5, +ue parten #e un supuesto #e +ue ca"e encontrar la "ase #e to#o el #ereco en lanorma originaria o internacional y +ue lle$a a afirmar la uni#a# #el #ereco) Kelsen porultimo recaza la i#ea #e la personali#a# #el esta#o y la consi#era como una ficci%n)

  • 7/23/2019 Aspectos Generales Del Derecho Internacional Pblico

    7/24

    Ea supremaca #el Dereco !nterno: puesto +ue si la $olunta# #el esta#o es suficiente paracrear el #ereco internacional, este ltimo seria una especie #e #ereco estatal e.terno)Tiene +ue $er con la teora #e la autolimitaci%nG Hnzilotti y Jelline;G)

    Segn -a$iria Ei$ano: el Dereco !nterno y el !nternacional son in#epen#ientes) Ea

    practica #emuestra +ue ay una relaci%n muy estreca entre am"os sistemas un esta#o nopue#e $iolar los #erecos internacionales, el #ereco interno pue#e crear o"ligacionesinternacionales, lo cual incurrir/ si el #ereco interno est/ su"or#ina#o al internacional) l#ereco internacional pue#e esta"lecer limitaciones al #ereco interno) Por tanto, tampocose po#r/ consi#erar el #ereco internacional como inferior al interno)

    $l origen del derecho internacional est% ligado a los mas importante acontecimientospolticos de todos los tiempos y a la doctrina de los mas pensadores de la humanidad, sin

    embargo, no ha sido lo suficientemente estudiada, en parte causa de la creencia muy

    generali&ada de que el derecho internacional solo deba ser estudiada a partir del

    nacimiento de los 'estados nacionales', no es hasta entonces en ()*+ con el tratado de

    estfalia que se comien&a a estudiar el derecho internacional

    l (%#igo Manu 3!n#ia5, ofrece un gra#o #e umanitarismo en materias relati$as a la guerra3por ejemplo: un guerrero no atacara al enemigo #ormi#o, #e igual manera, tiene normasso"re em"aja#ores y reglas +ue #e"en o"ser$ar para cumplir su misi%n)

    -recia: los griegos pactaron trata#os #e paz, alianzas y confe#eraciones) .istieronacuer#os so"re cuestiones econ%micas como el esta"lecimiento #e un tipo unifica#o #emone#a) Eos ciu#a#anos confe#era#os eran iguales a los propios ciu#a#anos) 3Eosampictiones5 eran pactos esta"leci#os para la protecci%n #e los santuarios comunes) lpacto anficti%nico esta"a #e#ica#o a proteger el templo #e Delfos)

    1oma: el 3!us Fetiale5 era una ley romana nacional, +ue contena una noci%n internacionalen caso #e una ofensa realiza#a por otro pas contra los romanos, en 1oma se inicio elconcepto #e guerra justa, en 1oma el !us -entium lo aplica"a el praetor peregrinus cone+ui#a#, -ayo #ice +ue el !us -entium es esta"leci#o entre to#os los om"res por la raz%nnatural y o"ser$a#o por to#as las naciones 3gentes5) Irigen: inter#ictos posesorios #elpretor romano: 3proi"ici%n #e e.pulsar a la fuerza #e una posesi%n5) (ar/cter pro$isional3en tanto se #eci#a la propie#a#5, 1etoma#o en las !n#epen#encias #e Hmrica Eatina:#ominio territorial se #etermina por lneas fronterizas #e acuer#o con las #isposicionesreales #e las colonias al tiempo #e la emancipaci%n) (ar/cter #efiniti$o

    Santo Tomas #e H+uino 3#a# Me#ia5: 3707L95 #ice +ue en la parte segun#a #e lasuma teol%gica contesta negati$amente a la pregunta #e si es siempre peca#o participar enuna guerra, con tal +ue se #en tres con#iciones: para el prncipe la aya autoriza#o,segun#o: +ue aya justa causa, +ue la parte contraria merezca ser com"ina#a por faltas o#elitos cometi#os por ella y +ue el "eligerante tenga recta, intenci%n #e promo$er el "ien ye$itar el mal) , Santo *ni$ersal !mperio: H?o >, Papa Ee%n !!! y el mpera#or (arloMagno Se?ores Feu#ales eclesi/sticos y seculares: trata#os 3$enta, sucesi%n, matrimonio5Merca#eres e.tranjeros: posici%n especial ante los go"iernos) 3!nglaterra s) N!5,6a$egaci%n: pr/cticas omogneas #el comercio, Hlmirantazgo 3jefes #e flota5: #efensa #

  • 7/23/2019 Aspectos Generales Del Derecho Internacional Pblico

    8/24

    #e piratas #e$ienen jueces para #elitos a "or#o #e "u+ues), Dereco #e presas: mercancasneutrales en na$es enemigas o na$es neutrales con mercancas enemigas no #e"en sercaptura#as, Dereco #e inspecci%n #e na$es al "eligerante, !talia 3(iu#a#es0sta#os:-no$a, Florencia, enecia5 Hr"itraje comercial, Hcuer#os intermunicipales en materiamercantil #e$ienen trata#os con naciones, (%nsules Mercatorum:, juris#icci%n so"re el

    gremio #e merca#eres, e.tranjeros) Ele$a#os por los merca#eres a otros centroscomerciales) De$ienen (%nsules, S) N Deca#encia #e las ciu#a#es #el me#iterr/neo ynacimiento #e sta#os nacionales: c%nsules pier#en fuerza recaza la juris#icci%ne.tranjera 'umanizaci%n #e la guerra: Ir#en #e San Juan ospitalaria, Ir#en #e ca"allera)Doctrinas teol%gicas #e la Oguerra justa: San Hgustn, Santo Tom/s #e H+uino) (ausa justapara la guerra

    Ea Paz #e Qestfalia #e 7, por lo +ue se comienza a #eli"erar en asam"leasinternacionales y resol$er sus pro"lemas por me#io #e trata#os internacionales, seconsagra"an "ajo el cisma religioso y mantenan la in#epen#encia #e los esta#os alemanes#e Suiza y los Paises "ajos, por lo +ue se aplica"a el principio #el e+uili"rio poltico, comofactor #e po#er, es #ecir la $olunta# o el po#ero #e ningn esta#o #e"e pre$alecer so"re losotros) H+u se #an origen a los ministerios #e relaciones e.teriores o llama#osRMessangersR, entre 1usia y Persia

    Ea 1e$oluci%n Francesa #e 7L>8, a"arco principalmente, los principios #e igual#a# y lafraterni#a# acen +ue se institucionalicen y se esta"ilice internacionalmente, launi$ersali#a# #el genero, constituye una sola socie#a#, cuyos fines son la paz y la felici#a##e to#os) n esta gran socie#a#, los pue"los y los esta#os son como los in#i$i#uos y gozan#e los mismos #erecos)

    l (ongreso #e iena #e 7>7, coinci#e con la ca#a #e 6apole%n, preten#e restaurar en sustronos a las #inastas #ispuestas #urante las guerras #e re$oluci%n, se muestra progresista ala misma $ez, ya +ue preten#e #eclarar la li"re na$egaci%n #e los ros internacionales, laa"olici%n #e tr/fico #e escla$os, la e.pe#ici%n #e un reglamente so"re agentes#iplom/ticos) Declaraci%n #e li"erta# en la na$egaci%n #e los ros internacionales,a"olici%n #e tr/fico #e escla$os, e.pe#ici%n #e reglamento so"re agentes #iplom/ticos,neutrali#a# perpetua #e Suiza) Formaci%n #e la Santa Hlianza 31usia, Hustria, Prusia, in$it%pases europeos como spa?a5 para la luca contra el mal re$olucionario: trat% larecon+uistar #e Eatinoamrica

    l (ongreso #e Paris #e 7>

  • 7/23/2019 Aspectos Generales Del Derecho Internacional Pblico

    9/24

    la paz y en ella se encuentran instituciones y reglas +ue to#a$a sir$en como criterios"/sicos y orienta#ores para la comuni#a# internacional, en especial en lo +ue ace a lascuestiones #e ar"itraje, me#iaci%n, "uenos oficios, in$estigaciones etc), a#em/s se cre% la(orte Permanente #e Hr"itraje, +ue a soluciona#o mucas contro$ersias) n sntesis,pue#e #ecirse +ue el o"jeto principal #e las conferencias #e la 'aya fue la co#ificaci%n #el

    #ereco internacional, cuan#o aun no se a#$ierta el peligro #e una guerra mun#ial nieuropea, y las leyes #e las naciones se ela"ora"an so"re la "ase #e la e.periencia #e laguerra Franco0Prusiana) De 7>L) 1eglamentar la guerra y co#ificar el Dereco!nternacional, (%#igo para el arreglo pacfico #e contro$ersias (orte Permanente #eHr"itraje

    l (ongreso #e Panam/: los orgenes #el panamericanismo se remontan al congreso #ePanam/ #e 7>

  • 7/23/2019 Aspectos Generales Del Derecho Internacional Pblico

    10/24

    n conclusi%n el congreso #e Panam/ no respon#i% a las "ases +ue a"a proyecta#o4ol$ar, y especialmente per#i% el car/cter ispanoamericano +ue el li"erta#or #esea"a#arle)

    (on las organizaciones internacionales #e car/cter uni$ersal $an a nacer como

    consecuencia #e las #os guerras mun#iales: la socie#a# o liga #e las naciones y laorganizaci%n #e las naciones uni#as, am"as organizaciones ser/n estu#ia#as #eteni#amentem/s a#elante, en nuestro caso #e Hmrica Eatina nace, el #e 1io #e Janeiro #e 3785, 4uenos Hires 378C5, el pacto #e4ogot/ 3789>5 tc) 3et alia5)

    Ea Declaraci%n #el Mileno, Eos Jefes #e sta#o y #e -o"ierno, reuni#os en la se#e

    #e6aciones *ni#asen6ue$a =or;el> #e septiem"re#e , acor#aron reafirmar la fe

    en la Irganizaci%n y en su (artacomo cimientos in#ispensa"les #e un mun#o m/s pacfico,

    m/s pr%spero y m/s justo) 1eafirmaron su a#esi%n a los prop%sitos y principios #e la (arta

    #e las 6aciones *ni#as, +ue an #emostra#o ser intemporales y uni$ersales)I"jeti$o,, Primero: rra#icar la po"reza e.trema y el am"re) I"jeti$o, Segun#o: Eograr la

    ense?anza primaria uni$ersal) I"jeti$o, Tercero: Promo$er la igual#a# entre los gneros y

    la autonoma #e la mujer) I"jeti$o, (uarto:1e#ucir la mortali#a# infantil)

    I"jeti$o, Auinto: Mejorar la salu# materna) I"jeti$o, Se.to: (om"atir el !'S!DH, el

    palu#ismo y otras enferme#a#es) I"jeti$o, Sptimo: -arantizar la sosteni"ili#a# #el me#io

    am"iente) I"jeti$o, Icta$o: Fomentar una asociaci%n mun#ial para el #esarrollo

    LAS FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL

    Segn Truyol:, las fuentes materiales #el #ereco son a+uellos factores +ue originan lasnormas jur#icos0positi$as y las fuentes formales son las formas peculiares #e e.presi%n #elas normas jur#icas, como la costum"re y los con$enios internacionales) Segn el artculoC> #el estatuto #e la (orte !nternacional #e Justicia #el #ereco internacional las fuentesson las siguientes: (on$enciones 3trata#os5, (ostum"re !nternacional, Principios -enerales#el Dereco !nternacional, Decisiones Ju#iciales y Doctrina) pue#en afirmarse +ue lassentencias #e la (orte !nternacional #e Justicia constituyen fuentes #e #erecointernacional, por cuanto el artculo 89 #e la carta #e la I6* esta"lece Rca#a miem"ro #elas naciones uni#as se compromete a cumplir la #ecisi%n #e la (orte !nternacional #eJusticia en to#o litigio en +ue sea parte, segn el artculo 8 el estatuto #e la (orte

    !nternacional #e Justicia, la #ecisi%n #e la corte no es o"ligatoria sino para las partes enlitigio y respecto #el caso a si#o #eci#i#o)

    Ea Eegislaci%n !nternacional: compren#e el conjunto #e normas crea#as por %rganosinternacionales competentes para acerlo, se encuentran las reglas #e proce#imiento #e la(orte !nternacional #e Justicia, la jurispru#encia #e los tri"unales internacionales pue#eser$ir #e me#io para #emostrar la e.istencia y el conteni#o #e la costum"re internacional)

    http://es.wikipedia.org/wiki/Naciones_Unidashttp://es.wikipedia.org/wiki/Naciones_Unidashttp://es.wikipedia.org/wiki/Nueva_Yorkhttp://es.wikipedia.org/wiki/8_de_septiembrehttp://es.wikipedia.org/wiki/8_de_septiembrehttp://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Carta_de_las_Naciones_Unida&action=edit&redlink=1http://es.wikipedia.org/wiki/Nueva_Yorkhttp://es.wikipedia.org/wiki/8_de_septiembrehttp://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Carta_de_las_Naciones_Unida&action=edit&redlink=1http://es.wikipedia.org/wiki/Naciones_Unidas
  • 7/23/2019 Aspectos Generales Del Derecho Internacional Pblico

    11/24

  • 7/23/2019 Aspectos Generales Del Derecho Internacional Pblico

    12/24

    lemento espiritual: no to#a la #octrina esta conforme, con la e.istencia aut%noma #e esteelemento, su m/s autoriza#os nega#ores sonKelsen y -uggeneim, #icen +ue no e.istien#oningn criterio +ue permita #eterminar cu/les sean los actos ps+uicos +ue confieren a lapractica el $alor #e la costum"re, se #e"e renunciar a a+uel elemento)

    Eos actos consi#era#os no solo #e"en representar una pr/ctica constante, sino +ue a#em/s#e"en atestiguar por su naturaleza o la manera como se realizan la con$icci%n #e +ue estapr/ctica se a con$erti#o en o"ligatoriapor la e#istencia de una regla de derecho, lanecesidad de semejante conviccin, es decir, la e#istencia de un elemento subjetivo, estimp!"it# e$ # $o"i%$ mism# &e # opi$io iu'is $e"essit#is , los esta#os interesa#os #e"enpues, tener el sentimiento #e +ue se conforman a lo +ue e+ui$ale a una o"ligaci%n jur#ica,ni la frecuencia ni incluso el car/cter a"itual #e los actos "astan, e.isten numerosos actosinternacionales en el campo #el protocolo,por ejemplo:, +ue se realizan casiin$aria"lemente, pero +ue esta moti$a#os por simples consi#eraciones #e cortesa, #eoportuni#a# o #e tra#ici%n y no por sentimiento #e una o"ligaci%n jur#ica)

    Hl a"lar #e la costum"re nos emos referi#o a ciertos #e actos unilaterales #e los esta#os,la practica o elemento material #escansa en una serie #e actos unilaterales repeti#os yuniformes)

    (on$enciones o trata#os internacionales, los trata#os son acuer#os entre esta#os o sujetos#e #ereco internacionales encamina#os a regular su comportamiento reciproco) Easnormas con$encionales solo $inculan, en principio, a los esta#os firmantes o a los +ueluego a#ieran a ellas) l #ereco internacional con$encional es #ereco internacionalparticular, mientras +ue el #ereco internacional comn es #e n#ole consuetu#inaria) Pue#e+ue Rtrata#o en #ereco tenga #os acepciones o significa#os #istintos, en un senti#o

    amplio: es to#a concor#ancia #e $olunta#es entre #os o m/s sujetos #e #erecointernacional #estina#o a pro#ucir efectos jur#icos, es #ecir acrear, mo#ificar o suprimiruna relaci%n #e #ereco) n cam"io en senti#o restringi#o: trata#o es to#o acuer#ointernacional cele"ra#o por escrito entre esta#os y regi#o por el #ereco internacional yaconste en un instrumento nico o en #os o m/s instrumentos cone.os y cual+uiera +ue seasu #eterminaci%n particular

    1elaciones entre la costum"re y los trata#os internacionales: pese a la posici%n tra#icional#e consi#erar los trata#os y la costum"re #os fuentes in#epen#ientes y separa#as, lajurispru#encia m/s reciente #e la (orte !nternacional #e Justicia tiene a aceptar ciertainterrelaci%n entre am"as fuentes #el #ereco internacional) specialmente #espus #e

    proferirse la sentencia cita#a #e 78

  • 7/23/2019 Aspectos Generales Del Derecho Internacional Pblico

    13/24

    feren#a pre$ista en un trata#o, una propuesta eca en una conferencia internacional, pue#aoriginar una pr/ctica estatal posterior y por consiguiente incorporarse como costum"reinternacional) Segn el profesor *ruguayoJimnez #e Hrecaga: pue#e constituirse #e tresformas #e efectos para la costum"re:

    fecto #eclarati$o: 3cuan#o el mismo trata#o lo e.prese5 se #a cuan#o la normacon$encional se re#uce a #eclarar o e.presar formalmente por escrito una costum"re o unanorma consuetu#inaria ya e.istente, la co#ificaci%n o la incorporaci%n #e una normaconsuetu#inaria ya en $igor) 3Ea (on$enci%n #e iena lo e.presa5

    fecto cristaliza#or: 3cuan#o est/ en $as #e formaci%n5 es una costum"re +ue to#a$a noa"a alcanza#o su ma#urez plena, pero +ue se alla"a en $as #e formaci%n, me#iante suincorporaci%n a un te.to a#opta#o en una conferencia #e co#ificaci%n, es normas en $as #eformaci%n $iene a cristalizar como norma jur#ica #e car/cter consuetu#inario) s el caso#el concepto incorpora#o a la (on$enci%n #e -ine"ra #e 78> so"re la plataformacontinental a"a si#o apenas materia #e #eclaraciones unilaterales #e los esta#os)

    fecto genera#or o constituti$o: 3propuestas5 a+u no se trata #e #eclarar la e.istencia #euna norma consuetu#inaria ya en $igencia o #e acer cristalizar una norma en $as #eformaci%n, sino #e una propuesta lege feren#a, formula#a en una conferencia #iplom/tica#e co#ificaci%n +ue suponga u #esarrollo progresi$o o potencial #e ese #ereco, el otraspala"ras: esta propuesta incorpora#a a un trata#opue#e constituir el punto #e parti#a #e unapr/ctica posterior y uniforme #e los esta#os conforme a esa #isposici%n, pue#en llegar acon$ertirse en mo#elo o gua #e la con#ucta su"siguiente #e los esta#os y ejercer tantainfluencia o poseer tal fuerza #e persuasi%n, +ue la pr/ctica #e los esta#os sea atra#a acia#icas #isposiciones, 'como las limaduras de hierro por un im%n'

    Ea jurispru#encia internacional a"a reconoci#o en 78L9 la posi"ili#a# #e +ueuna propuesta lege feren#apoda ser el origen de una pr%ctica posterior uniforme de losestados ante la norma sugerida,as su implantaci%n jur#ica u"iera si#o supera#a por losecos en otras conferencias internacionales, tal fue el caso #e esas &onas de pescaincorporadas en la figura de la &ona econmica e#clusiva de - millas, en la con$enci%nuni#as so"re el #ereco #el mar 378>5)

    Eos #os principios "/sicos #e to#o trata#o son la norma: P#"t# Su$t Se'(#$ y el ResI$te' Aios A"t#)

    3Pacta Sunt Ser$an#a5: los trata#os o"ligan a las partes y #e"en ser ejecuta#os #e "uenafe)$s norma obligatoria consagrada en el pre%mbulo de la carta de las naciones unidas).isten tres e.cepciones para incumplir #ica o"ligaci%n) Primero: la 3imposibilidadfsica/, por lo +ue la naturaleza #el o"jeto #el trata#o a #esapareci#o 3por #esaparici%n o#estrucci%n5 castigar a un in#i$i#uo pero este muereG, Segun#o: 3imposi"ili#a# moral5,cuan#o se pone en peligro la e.istencia misma #el esta#o se pue#e poner en peligro lasituaci%n interior y e.terior #el esta#oG) Tercero y ltimo: 31e"s Sic Stanti"us5, se refiere

  • 7/23/2019 Aspectos Generales Del Derecho Internacional Pblico

    14/24

    cuan#o un esta#o pue#e +ue#ar sin efecto cuan#o en #etermina#as circunstancias seaceptan las #enuncias)

    31es !nter Hlios Hcta5, los trata#os o con$enios internacionales ligan e.clusi$amente a losesta#os contratantes) no a terceros, mientras no se #iga lo contrario en el trata#oG)

    Eos Principios -enerales #el Dereco, segn 0ruyol" son las e.igencias 1ticasinmediatamente aplicables en orden a las relaciones internacionales de cada 1poca o

    situacin histrica) stas e.igencias son $ali#as in#epen#ientemente de que sean o norecogidas por las fuentes formales#e creaci%n #el #ereco internacional)

    Segn er#ross: estos principios generales iluminan to#o el or#enamiento jur#icointernacional y sir$en no solo para suplir las normas consuetu#inarias y con$encionales,sino tam"in para interpretarlas) Eos principios generales #el #ereco no #e"en #econfun#irse con lo +ue se conoce con el nom"re #e principios #el #ereco internacional,estos est/n a #iferencia #e a+uellos, inclui#os como parte #el #ereco internacional

    con$encional o consuetu#inario) s #ecir los principios generales #el #ereco $ienen aocupar un lugar complementario #ereco internacional con$encional y consuetu#inario)H#em/s #e este papel supletorio, los principios generales del derecho sirven parainterpretar preceptos jurdicos internacionales dudosos, as +ue los principios generales #el#ereco iluminan #e esta suerte to#o el or#enamiento jur#ico internacional)

    Eos Principios 4/sicos #el Dereco !nternacional:, estos principios son enuncia#os por lacarta #e la I6*, en la #octrina y jurispru#encias !nternacionales, n la ODeclaraci%n so"relos principios #el Dereco !nternacional referentes a las relaciones #e amista# ycooperaci%n entre los sta#os, #e conformi#a# con la (arta #e las 6aciones *ni#as78L7) H"stenerse #e recurrir a la amenaza o uso #e la fuerza: (ontra la integri#a# territorialo Ea in#epen#encia poltica #e un sta#o o (ual+uier otra forma incompati"le con losprop%sitos #e la I6*, l esta#o arreglar/n sus contro$ersias internacionales por me#iospacficos, sin poner en peligro la paz y la seguri#a# internacional, I"ligaci%n #e nointer$enir en los asuntos + son #e la juris#icci%n interna #e los esta#os) Li)'e&ete'mi$#"i%$ &e os pue)os, I"ligaci%n #e los esta#os #e cooperar entre s , !gual#a#so"erana #e los pue"los)2os estados cumplir%n de buena fe las obligaciones contradaspor ellos)

    Jurispru#encia #e la (orte #e la 'aya, la jurispru#encia #el tri"unal permanente #e justiciay #e la (orte !nternacional #e Justicia #e la 'aya, a cumpli#o un papel muy fun#amentalno solo en la interpretaci%n #e las normas internacionales, sino tam"in en el #esarrolloprogresi$o #el #ereco internacional, 'a "usca#o el consenso general #e los sta#os#escartan#o la concepci%n $oluntarista #e la costum"re, 'a acepta#o en ciertascircunstancias el $alor normati$o #e una pr/ctica consoli#a#a en "re$e tiempo, l te.to #ela con$enci%n pue#e #eclarar una norma consuetu#inaria e.istente con anteriori#a# o pue#ecristalizar una norma +ue se alle en $as #e formaci%n)

    Jurispru#encia y #octrina, la jurisprudencia no solo sirve para resolver el caso segnprecedentes, sino tambi1n para aplicar los principios generales del derecho.Ea #octrinatam"in es me#io au.iliar para la #eterminaci%n #e las reglas #el #ereco) l estatuto #el

  • 7/23/2019 Aspectos Generales Del Derecho Internacional Pblico

    15/24

    tri"unal #e justicia tiene esta"leci#o en su artculo C> literal #5, +ue en las contro$ersiassometi#as a su consi#eraci%n se #e"er/n #e aplicar las #ecisiones ju#iciales y las #octrinas#e los pu"licistas #e mayor competencia #e las #istintas naciones, como me#io au.iliar parala #eterminaci%n #e las reglas #el #ereco)

    Segn Pastor 1i#ruejo: la #octrina ya sa"emos +ue le artculo C> #el estatuto #el tri"unalinternacional #e justicia, se refiere en su aparta#o #5, a las #octrinas #e los pu"licistas #emayor competencia #e las #istintas naciones como me#io au.iliar para la #eterminaci%n #elas reglas #el #ereco, atri"uyn#oles, pues al menos formalmente, # mism# #uto'i&*ue # #s &e"isio$es +u&i"i#es, la f%rmula #el estatuto constituye realmente un resi#uo #ela importancia +ue tu$o la #octrina en el #esarrollo #el #ereco #e gentes, renaci#o elar"itraje, efecti$amente a finales #el siglo N!!!, #i$ersos factores e.plican +ue los /r"itrosu"iesen #e acu#ir frecuentemente a la #octrina, su propia ine.periencia, pues los /r"itroseran mucas $eces juristas no especializa#os en #ereco internacional y tam"in el escaso#esarrollo #el #ereco positi$o, ya +ue si las con$enciones eran escasas, la practica oelemento material #e la costum"re era re#uci#a, poco coerente y escasamente conoci#a)

    Ea Doctrina Jurispru#encial o Jurispru#encia Doctrinal 3prece#entes5, est% contenidaprincipalmente en las opiniones consultivas de la Corte 3nternacional de 4usticia que noson obligatorias pero que constituyen un precedente que en cierto modo obligan,losprincipios generales #e #ereco, segn er#ross, son fuentes su"si#iaria #e #erecointernacional, sir$en para interpretar los preceptos jur#icos internacionales #u#osos en losprocesos contenciosos #u#osos, ayu#an a fun#amentar mucas opiniones consulti$as #e la(orte y constituyen la "ase y orientaci%n #el or#enamiento jur#ico internacional) Eosprincipios #e #ereco internacional son o"ligatorios, por cuanto informa to#a estructurajur#ica #el #ereco, pero son au.iliares,ya que la corte solo ha de recurrir a ellos a faltade convenciones o de costumbres aplicablesm/s a#$irtien#o +ue constituyen un pilar

    fun#amental #e las opiniones consulti$as +ue emite la corte)

    l !us (ogens:, es una norma imperati$a #e #ereco internacional general es una normaacepta#a y reconoci#a por la comuni#a# internacional #e esta#os en su conjunto comonorma +ue no a#mite acuer#o en contrario y +ue solo pue#e ser mo#ifica#a por una normaulterior #e #ereco internacional general +ue tenga el mismo car/cter

    Segn Pastor 1i#ruejo: la e+ui#a# es el sentimiento #e lo +ue e.ige la justicia en el casoconcreto, a"i#a cuenta #e to#os los elementos #e la misma y eca a"stracci%n #e lase.igencias puramente tcnica #el #ereco positi$o) Ea presente #isposici%n no restringe lafaculta# #el tri"unal para #eci#ir un litigio e. ae+uo et "ono si las partes as lo con$inieran)

    Ea +ui#a#, 3su"si#iaria5 se #esigna #e la aplicaci%n #e los principios #e la justicia a uncaso #etermina#o, tiene confusionesG, las (orte !nternacional #e Justicia, pue#e fallar ene+ui#a#, si las partes lo pi#en, pero esta figura #e la e+ui#a# pue#e tener $arias funciones:

    Segn Pastor 1i#ruejo: la e+ui#a# es el sentimiento #e lo +ue e.ige la justicia en el casoconcreto, a"i#a cuenta #e to#os los elementos #e la misma y eca a"stracci%n #e las

  • 7/23/2019 Aspectos Generales Del Derecho Internacional Pblico

    16/24

    e.igencias puramente tcnica #el #ereco positi$o) Ea presente #isposici%n no restringe lafaculta# #el tri"unal para #eci#ir un litigio e. ae+uo et "ono si las partes as lo con$inieran)

    Ea e+ui#a# tiene en el #ereco internacional "/sicamente las siguientes funciones: pue#emanifestarse como figura infra legem 3funci%n correcti$a5, Praeter legem 3funci%n

    supletoria5 o contra legem 3funci%n #erogatoria5

    !nfra Eegem: 3funci%n correcti$a5 la primera funci%n asigna#a a la e+ui#a# es la #e corregirel #ereco en a+uellos casos en +ue su aplicaci%n resulte #emasia#o rigurosa, es #ecir +uele correspon#e atenuar las consecuencias a $eces e.cesi$as #el communis ius)

    Praeter Eegem: 3funci%n supletoria5 la e+ui#a# no ejerce a+u solamente funci%nmo#era#ora, pues tiene tam"in funci%n supletoria, constituye un me#io #e llenas laslagunas #el #ereco, positi$o t como tal, asume el car/cter #e fuente su"si#iaria #el #erecointernacional)

    (ontra Eegem: 3funci%n #eroga#ora5 si es posi"le o"tener me#iante la e+ui#a# una soluci%ncontra legem, esto es #erogatoria #e #ereco, la #octrina se alla #i$i#i#a al respecto,aun+ue algunas resoluciones internacionales, an a#miti#o la posi"ili#a# te%rica #e resol$erun conflicto e. ae+uo et "ono, no sa"emos #e ninguno +ue #eli"era#amente ayasoluciona#o un conflicto entre esta#o, es #ecir no ay un fallo +ue se alle en contra#icci%ncon el #ereco e.istente)

    Eos actos unilaterales internacionales, es el acto jur#ico unilateral, es una manifestaci%n #e$olunta# #e un solo sujeto #el #ereco internacional, cuya $ali#ez no #epen#e #e otrosactos jur#icos, por lo +ue tien#e a pro#ucir efectos jur#icos, con creaci%n #e #erecos yo"ligaciones, para el sujeto +ue la emite y para terceros en #etermina#as circunstancias,aora "ien, si una promesa unilateral es acepta#a por otro u otros esta#os, pue#e #ar origena un acuer#o "ilateral o plurilateral) n principio los actos unilaterales no pro#ucen efectosrespectos #e terceros esta#os) 6egocios jur#icos como el reconocimiento, la protesta, larenuncia, la notificaci%n y la promesa

    Ea 6otificaci%n: se refiere al acto +ue se pone en conocimiento #e un tercero un eco, unasituaci%n, una acci%n o un #ocumento #el +ue se pue#en #eri$ar efectos jur#icos y +ueser/, en consecuencia, consi#era#o como jur#icamente conoci#o por a+uel a +ue se #irigi%)

    l 1econocimiento se refiere a la #eclaraci%n #e $olunta# unilateral por la cual un sujeto #e#ereco internacional $erifica la e.istencia #e un eco, #e una situaci%n o #e una

    pretensi%n, y e.presa su $olunta# #e consi#erarlas comolegitimas, ejemplo"reconocimiento #el nacimiento #e un esta#o o #el cam"io #e ungo"ierno #e iure o #e facto)

    Ea Protesta: es una manifestaci%n #e $olunta# unilateral #irigi#a contra una amenaza o una$iolaci%n #e #ereco #el autor #e la protesta y +ue tien#e a preser$ar la posi"ili#a# paraeste ultimo #e acer $aler sus #erecos) (omo fue el caso #e las !slas #e Sipa#an y Eigatancon !n#onesia, por lo cual no ejercieron #ico actoG)

  • 7/23/2019 Aspectos Generales Del Derecho Internacional Pblico

    17/24

    Ea 1enuncia, es la manifestaci%n #e $olunta# #e un sujeto a a"an#onar o po#er propia conla finali#a# #e pro$ocar su e.tinci%n) Hca"ar con un trata#oG)

    Ea Promesa, es la #eclaraci%n eca por un sujeto a otro #e o"ligarse a #etermina#ocomportamiento, por ejemplo, la #eclaraci%n a la socie#a# #e naciones, icieron Hl"ania,

    Finlan#ia, stonia, Eetonia, Eituania e !ra; so"re protecci%n #e minoras) Ileo#uctoG)Por ltimo se pue#e #ecir +ue los negocios jur#icos unilaterales re+uieren recepci%n masno aceptaci%n, puesto +ue las consecuencias jur#ica se pro#uce en el instante mismo #ellegar la #eclaraci%n a su #estinatario, si pues, el esta#o +ue izo la #eclaraci%n la retiraantes +ue aya alcanza#o al #estinatario, la #eclaraci%n se consi#era como no #a#a)

    @los actos unilaterales pue#en ser re$oca#osB: el principio #e "uena fe y el criterio #e larazona"ili#a# son #eterminantes, pues en opini%n #el tri"unal #e la 'aya, para #eci#ir lacuesti%n #e los efectos #e la re$ocaci%n o mo#ificaci%n #e los actos unilaterales , y pienso+ue "/sicamente, no se aleja #e este punto #e $ista el sustenta#o por la comisi%n #e #ereco

    internacional en los principios generales +ue enuncio en su perio#o #e

  • 7/23/2019 Aspectos Generales Del Derecho Internacional Pblico

    18/24

    #ereco internacional, la jurispru#encia #el tri"unal constitucional fe#eral a enten#i#o +ue#entro #e la categora #e las reglas generales #el #ereco internacional #e"en ser inclui#oslos principios generales #el #ereco internacional, a los +ue alu#e el artculo C>, #elestatuto #e la (orte !nternacional #e Justicia, por ser complementarios #e las reglasgenerales, el artculo #e la ley fun#amental #e 4onn precisa +ue pre$alecen las reglas

    generales #el #ereco internacional so"re las leyes 3fe#erales5, pe'o ,+#ms- so)'e #"o$stitu"i%$.se #eseca el rango #e supra constitucionali#a#, por lo +ue la construcci%n #eun #ereco interme#io inferior a la constituci%n y superior #e las leyes fe#erales)

    n el Dereco (olom"iano, en el artculo 97 #e nuestra carta magna, e.presa +ue #entro#e sus funciones, est/ pre$ista en el numeral 75, #eci#ir #efiniti$amente so"re lae.e+ui"ili#a# #e los trata#os internacionales y #e las leyes +ue lo aprue"an, con tal fin, elgo"ierno remitir/ a la (orte, #entro #e los seis #as siguientes a la sanci%n #e la ley,cual+uier ciu#a#ano po#r/ inter$enir para #efen#er o impugnar su constitucionali#a#) Easprincipales sentencias en materia #e trata#os son, sentencia (0L #e 788C, #eclaroparcialmente ine.e+ui"le la ley #e 78L9, por lo cual se a"a apro"a#o el concor#ato yel protocolo final, entre (olom"ia y la Santa Se#e) Sentencia (0>L #e 788L, en $irtu# #eesta sentencia la (orte #eclaro, la constitucionali#a# #el artculo 7L #el (%#igo Penal #e78> +ue remite la e.tra#ici%n #e colom"ianos a lo pre$isto en los trata#os p"licos ySentencia (09 #e 788>, por la cual se aprue"a la con$enci%n #e iena !!, so"re el#ereco #e los trata#os, pero e.igi% reser$a en cuanto a la competencia ju#icial interna enmateria #e trata#os y a la aplicaci%n pro$isional #e los mismos)

    NORMAS ATIPICAS EN EL ORDENAMIENTO INTERNACIONAL? ,Le"tu'#so)'e e So/t L#0-

    Soft EaU, Droit Mou, Dereco 4lan#o o Dereco $er#e, e.presiones estas +ue ciertamentepue#en #esconectar o resultar incomprensi"les a los juristas tra#icionales) eamos:

    Eos sujetos primarios #e #ereco internacional 3sta#os5 se encuentran frente a un #esafo+ue consiste en una r/pi#a a#aptaci%n a la continua e$oluci%n #e este #ereco + comosa"emos an no est/ "ien forma#o)

    Hnalizan#o la forma #e creaci%n #e normas #e #ereco internacional, $emos +ue elcomportamiento #e los sta#os a genera#o una pugna #ifcil #e solucionar entre los/m"itos poltico y jur#ico presentes en el menciona#o #ereco)

    Dentro #e las $arie#a#es #e norma +ue nos presenta el #ereco internacional nosencontramos con a+uellas +ue:

    st/n en un proceso #e formaci%n y por tanto no tienen $ali#ez jur#ica #etermina#a)6ormas $ali#as pero #e conteni#o $ago) H+uellas #e resoluciones #e organismosinternacionales, H+uellas #eri$a#as #e acuer#os polticos intergu"ernamentales Eas +ue seplasman en orientaciones y foros internacionales) ntre otras)

  • 7/23/2019 Aspectos Generales Del Derecho Internacional Pblico

    19/24

    stas normas aun+ue numerosas resultan insuficientes a la ora #e respon#er a lainstitucionalizaci%n y concreci%n #el #ereco internacional ya +ue mucas #e ellas noalcanzan juri#ici#a# plena)

    Ea pro#ucci%n normati$a interme#ia 3no plena5 a gana#o terreno en el /m"ito

    internacional sien#o esto una preocupaci%n ya +ue no se sa"e si las moti$aciones a esteeco consisten en temor #e los sta#os #e acer e.igentes ciertos $alores #eman#a#os)

    Ir#enamiento jur#ico #es0jerar+uiza#o,Da#o a +ue el consentimiento estatal es el +uecrea mo#ifica y e.tingue o"ligaciones,se ha hecho la afirmacin de que las fuentes o lasque se suponen fuentes del derecho internacional no tienen un orden jer%rquico ya

    quetodos los $stados estar en un nivel de igualdad3car/cter orizontal y #escentraliza#o #ela comuni#a# orizontal5, no e.iste un po#er internacional #ota#o #e competencias para#eterminar un or#en #e pre$alencia)

    s m/s, ni las normas #el !us (ogens tienen pre$alencia so"re las #em/s, solo se #ice +ue

    gozan #e fuerza #e resistencia, #e un car/cter imperati$o +ue no permite #isposiciones encontrario sal$o otras normas tam"in #e car/cter imperati$o posteriores acepta#as por lacomuni#a# internacional en su conjunto)

    Formaci%n #el #ereco internacional. Hun+ue no son las nicas, las principales formas #eela"oraci%n #e #erecos y o"ligaciones #e #ereco internacional son las normasconsuetu#inarias y con$encionales)

    n lo concerniente a la costum"re ca"e resaltar +ue su importancia $a en ascenso tras eltrascurrir el tiempo) Tanto as +ue actualmente no solo es inelu#i"le el conocimiento #e lascostum"res locales sino +ue tam"in es necesario y e.igi"le sa"er #e las costum"res ajenas)

    -racias a la socie#a# #e la informaci%n po#emos #ecir +ue la costum"re se a $uelto m/sinstant/nea)G

    Por otro la#o el acuer#o tam"in se a cataloga#o como forma #e ela"oraci%n #e #erecosy o"ligaciones en el /m"ito internacional) stos acuer#os pue#en se

    0$er"ales 0escritos 0t/citos 0fruto #e manifestaciones orales 0fruto #e actos3comportamientos u omisiones5

    Eos acuer#os tam"in se pue#en clasificar segn los efectos +ue pro#uzca en: 7cuerdonormativo" genera efectos jurdicos, es imputable a sujetos de derecho internacional,

    genera derechos y obligaciones y puede ser por escrito. 7cuerdo no normativo" mismase#igencias del anterior pero no genera efectos jurdicos.

    Tam"in po#emos encontrar contratos internacionales los cuales son realiza#os entresujetos #e #ereco internacional para someter los efectos jur#icos a #ereco interno, oentre sujetos +ue son y +ue no son #e #ereco internacional)

  • 7/23/2019 Aspectos Generales Del Derecho Internacional Pblico

    20/24

  • 7/23/2019 Aspectos Generales Del Derecho Internacional Pblico

    21/24

    !us cogens: Con esta e#presin se designa al 9erecho impositivo o ta#ativo que no puedeser e#cluido por la voluntad de los obligados a cumplirlo. $l ius cogens se debe observar

    necesariamente ya que sus normas cobijan intereses de car%cter pblico o general)

    Ipinio iuris: pr/cticamente es la creencia #e +ue se est/ ante algo o"ligatorio y en $irtu# #e

    ese elemento espiritual se generan compromisos para los sujetos +ue est/n frente laestipulaci%n consagra#a #entro #e esta i#ea)

    Soft EaU:se trata #e instrumentos pro#uci#os por sujetos #e #ereco internacional, +uellegan a generar e.pectati$as comunes en las relaciones internacionales, no proce#en #euna mo#ali#a# formal #e creaci%n, mo#ificaci%n o e.tinci%n #e o"ligaciones, carece #efuerza $inculante y tienen cierta pro.imi#a# con el #ereco al pro#ucir efectos jur#icos"lan#os) Pue#e asemejarse al Ipinio iurisG es cuan#o a"lamos #e la relaci%n +ue pue#ea"er entre la costum"re y los trata#os, #e la lege feren#a 3propuestas5G)

    stoppel: Figura +ue se toma un esta#o, en el cual, no pue#e tomar re$er, por lo +ue si lo

    ace $ulneraria la "uena fe #e los otros esta#os, no pue#e retrotraerse un ejemplo #eestoppel es la isla #e las Mal$inas, #espus +ue Hrgentina renuncio a ellas, las +ueranue$amenteG)

    Hlgunos autores piensas +ue el Soft EaU lo +ue ace es contaminar el #erecointernacional, por lo +ue el Soft EaU tie$e &os %pti"#s,u$# "o$t#mi$# 3 ot'# 4i 3&i$mi"#, respecto a la primera: se pinsese +ue ese #ereco es #ifuso, por lo +ue $a acer#ifcil su cumplimiento, ay otros +ue piensan +ue el Soft EaU es un mto#o #e agilizaci%n,por lo cual $a acer importante para el #esarrollo #e la norma internacional 3son propias #elos sujetos #el Dereco !nternacional P"lico5) Ea cuesti%n #el Soft EaU no est/ en suo"ligatorie#a# sino m/s "ien, en sus intereses comunes, recprocos o complementarios, lacuesti%n esta, en acer +ue esta norma atpica pue#a catalogarse #e formaci%n formal, comolas #em/s normas) Por lo +ue al carecer #e consentimiento ace +ue esta sea formal , por lo+ue ser/n mecanismos jur#icos atenua#os, a pasar #e los a?os este mto#o tomo granacogi#a #e"i#o a la socie#a# glo"aliza#a, por lo +ue el Soft se tomo m/s /gil y #in/mico, laIpinio iuris es importante en una socie#a# insatisfeca, $ale #ecir +ue este #ereco sonplausi"les, lo rele$ante seria es no #esconocer la e.istencia #e un cuerpo normati$o, +ueaun+ue es atpico, e.iste, #isfrace #e alguna manera las necesi#a#es #e la socie#a#internacional, y +ue pue#e con$ertirse en o"ligaci%n propiamente #icas) Marruecos se #iocon un Soft EaUG

    LA

  • 7/23/2019 Aspectos Generales Del Derecho Internacional Pblico

    22/24

    e$ita#a cam"ian#o a sus gentes 3actitu#es, moti$aciones y apreciaciones5, ponien#o a unossujetos en posiciones #e man#o, $in#ose m/s pormenoriza#o la guerra se pue#e enten#ersegn algunos como estrategia poltica, aun la naci%n no est en con#iciones "lica, laguerra es maneja#a por una elite, para logras sus fines) Fre# (otrell, afirma +ue la guerra es#e $olunta# umana, por lo +ue los resulta#os se enfrenta a los fines #e esa elite, si la elite

    lo consi#era para ma.imizar sus $alores y utili#a#es as ser/, para acerlo contraria a"ra+ue #emostrarle a esta elite +ue la guerra es m/s costosa +ue lo +ue ellos creen, +ue lasganancias +ue ellos ten#r/n)

    Ea concepci%n #e la guerra segn la elite se pue#e como un instrumento #e poltica +ue sonfun#amentalmente R1acionalesR elegiran la paz si se pu#iere #emostrar +ue ma.imizarasus utili#a#es, el $er#a#ero pro"lema est/ en persua#ir a la elite para con$encerla) Kelman,afirma +ue los factores sociales pue#e afectar las pro"a"ili#a#es #e guerra y paz, factoresnaturales, u"icaci%n, economa, con#iciones tecnol%gicas, factores #emogr/ficos, recursosumanos, capaci#a# #e pro#ucci%n, potencial militar, esta"ili#a# #e go"ierno, e.istencia #econflicto poltico internos, alianzas #e potencias, mantenimiento #e e+uili"rio #e po#er)

    Ea istoria #e los pue"los a confirma#o las si"ilinas misteriosasG, pala"ras #e (leanto: el#estino con#uce a +uien lo acepta y arrastra al +ue resa a omitirlo, los principios y el#ereco natural, reclama como ina#misi"le las guerras, e.iste un #e"er #e soli#ari#a# #elos esta#os, proponer #erecos fun#amentales, la promoci%n #el "ien comn racional y lacooperaci%n internacional, misi%n +ue es #e #ereco natural, por lo +ue los esta#os, #e"enconstruir so"re ella un or#en jur#ico interno concomitante con el or#en jur#icointernacional, es necesario le$antar un nue$o or#en social, para e$itar esos esta#oscorrompi#os e ineptos, #e"en le$antarse esta#os +ue giren entorno a los #erecosfun#amentales 3es ine$ita"le recuperar la sensi"ili#a# #e los go"ernantes frente a lo jur#icoy lo normal #e los #ereco fun#amentales #el om"re52 la i#ea #e no acer la guerra no seencuentra por parte #el esta#o "eligerante, sino #e parte o en fun#amento #el #ereconatural, como causa #e to#a acti$i#a# moral y jur#ica #e ca#a poca en la istoria) Por lo+ue po#r/n reunir as, to#os los intereses, por lo +ue la moral internacional #e"e #e tenercomo fun#amento, el control #el #ereco internacional y e$itar el formalismo jur#ico, el#esconocimiento #e una justicia o"jeti$a, en caso entre conflictos #e pue"los)

    *na organizaci%n sper0estatal es l +ue se #e"e #e encargar #e to#o, 3mirara las#eficiencias5 #e la organizaci%n jur#ica internacional, #e las polticas e.pansi"les #eri$a#a#el conflicto #e la segun#a guerra mun#ial, pero to#o #epen#e tam"in #e los esta#osmismos internos, #e la misma estructura #e los #erecos fun#amentales, so"erana,igual#a#, li"erta# e in#epen#encia) n pala"ras #e J)Q 4urton e$itar la guerra es elu#ir laimposici%n #e polticas #e otro esta#o, la igual#a# so"erana es m/s respeta#a ampliamente,para +ue se #e una toma #e #ecisiones entre esta#os no solamente #e"e #e a"er unapresunci%n #e racionali#a#, to#o esta#o #e"e #e aceptar la poltica #e los #em/s ya comoalgo traza#o, para lograr sus propios intereses, una toma #e #ecisiones en la +ue la poltica#e otros esta#os es perci"i#a como la m/s $aliosa en un esta#o) l #ereco #e los pue"losa #ispuesto, como moti$o #el principio #e las nacionali#a#es la $iolaci%n #e los #erecosfun#amentales, no solo #e in#epen#izar, so"erana, li"erta# e igual#a# jur#ica, sino losDerecos fun#amentales #e la persona umana 3+ue"rantamiento #el #ereco natural, se

  • 7/23/2019 Aspectos Generales Del Derecho Internacional Pblico

    23/24

    #e"e proscri"ir e.pulsar, #esterrar, proi"irG, por la $ulneraci%n acaeci#a "rutalmente porla persona umana

    HISTORIA DEL DERECHO INTERNACIONAL PBLICO se4>$ T'u3o

    'emos llega#o apresura#o a milenios a la intemperie al #escu"iertoG, a cinco mileniosatra$esan#o eras #e inseguri#a#, a partir cuan#o termino la Segun#a guerra mun#ialS-MG, comenz% un #inamismo social, tri"unales internacionales #e 6rem"erg, gran#escriminales, se #a el estatuto #el tri"unal #e 6rem"erg 37895 y el #e To;io 3789>5, laprimera guerra mun#ial +ue"ranto la situaci%n en uropa, pero fue la segun#a enprofun#i#a# los e+uili"rios e.istentes, la creaci%n #e la I6*, izo un ito ist%rico, elconsejo #e seguri#a# reemplaza a la socie#a# #e naciones, el tri"unal internacional #ejusticia, %rgano ju#icial #e la I6* #e 789, la (orte #e la 'aya, en reemplazo el tri"unalpermanente #e justicia internacional, otro #e los resulta#os a partir #e la Segun#a -uerraMun#ial, fue la implantaci%n #e los regmenes comunistas asta en la cultura oriental,consecuencia guerra fra 3ITH65, crea#o en Qasington en 7898, pacto #e arso$ia #e

    78, en 7898 se #io la #i$isi%n #e Hlemania, 1epu"lica Fe#eral #e Hlemania y 1epu"licaDem%crata #e Hlemania, 3"lo+ue occi#ental y "lo+ue comunista5, u"o reconocimiento #eesta#os, #e go"iernos, #e "eligerantes, #e guerrillas, #e refugia#os, Hlemania se #i$i#e,ietnam se #i$i#e, (orea se #i$i#e, ay una internacionalizaci%n #e los conflictos, esteefecto fue el fen%meno #escoloniza#or 3!ra;, E"ano y Siria5, tu$ieron su in#epen#encia en789C, Palestina fue #i$i#i#a en 789

  • 7/23/2019 Aspectos Generales Del Derecho Internacional Pblico

    24/24

    #erecos fun#amentales #el om"re, #igni#a# y el $alor #e la persona umana y igual#a#,om"re y mujeres, as entre naciones)

    Fue as como se creo, la #eclaraci%n mun#ial #e los Derecos 'umanos, en 789> y #em/spactos, 3pacto internacional #e #erecos ci$iles y polticos5, protocolo #e 6ue$a =or;, el

    consejo #e uropa, la con$enci%n #e 1oma, en la sal$aguar#a #e los Derecos 'umanos ylas li"erta#es fun#amentales, se #a una protecci%n en ellas a partir #e la comision y eltri"unal +ue en ella se rige, en Hmrica el pacto #e San Jos #e (osta 1ica #e 78