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1. Grafique el organigrama de PODER PÚBL LEGISLATIVA EJECUTIVA ORD DEPARTA ORDEN TERR

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Hoja1CUESTIONARIOESTRUCTURA DEL ESTADO COLOMBIANO

1. Grafique el organigrama de la Organizacin del Estado Colombiano

2. Funcin y composicin de la rama legislativa.

Segn lo sealado en el artculo 114 de la Constitucin Poltica, la Rama Legislativa en Colombia est conformada por el Congreso de la Repblica, integrado a su vez por el Senado de la Repblica y la Cmara de Representantes, constituyendo as un sistema bicameral el cual les compete. Legislar, expedir, Interpretar, reformar y derogar las leyes en todos los ramos de la legislacin de igual forma Definir la divisin general del territorio, Aprobar el Plan Nacional de Desarrollo y de Inversiones Pblicas, fijar las condiciones para crear, eliminar, modificar o fusionar entidades territoriales y establecer sus competencias.

3. Requisitos para ser congresista e Identificar las funciones del Congreso

Ser Colombiano de NacimientoCiudadano en EjercicioSer Mayor de 30 Aos- Determinar la estructura de la administracin nacional y crear, suprimir o fusionar ministerios, departamentos administrativos, superintendencias, establecimientos pblicos y otras entidades del orden nacional.- Expedir normas a las cuales debe someterse el Gobierno para el ejercicio de funciones de inspeccin y vigilancia. - Revestir, hasta por seis meses, al Presidente de la Repblica para expedir normas con fuerza de ley- Establecer las rentas nacionales y fijar los gastos de la administracin.- Establecer contribuciones fiscales y excepcionalmente contribuciones parafiscales.- Determinar la moneda nacional, la convertibilidad y el alcance de su poder liberatorio y arreglar el sistema de pesas y medidas.- Aprobar o improbar tratados que el Gobierno celebre con otros Estados o con entidades de derecho internacional.- Conceder amnistas o indultos generales por delitos polticos.- Dictar normas sobre apropiacin o adjudicacin y recuperacin de tierras baldas.

4. Cmo ejerce el control poltico el Congreso de la Repblica

Requerido y emplazado a los Ministros del Despacho y dems autoridades.Conoce de las denuncias contra altos funcionarios del Estado.La mocin de censura y la mocin de observaciones son algunas de las conclusiones de responsabilidad poltica

5. Consultar la teora de Kelsen sobre la clasificacin de las leyes

6. Consultar la forma de eleccin y el periodo de: Procurador General de la Nacin Contralor General de la Nacin Fiscal General de la Nacin Magistrados de la Corte Constitucional Magistrados de la Corte suprema de Justicia Magistrado Consejo de Estado Magistrado Consejo Superior de la Judicatura

Procurador General de la Nacin

ENTIDADCARGO (s)ELECCINTIPO DE PERIODOPRIMER PASOSEGUNDO PASOMinisterio PublicoProcuradorSe elabora una terna con un candidato del PRESIDENTE DE LA REPBLICA, uno del CONSEJO DE ESTADO y otro de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIAElegido por el SENADO de la ternaPerodo de 4 aos

Contralor General de la Nacin

ENTIDADCARGO (s)ELECCINTIPO DE PERIODOPRIMER PASOSEGUNDO PASOContralora General de la RepublicaContralor General de la RepublicaSe elabora una terna con un candidato de la CORTE CONSTITUCIONAL, uno del CONSEJO DE ESTADO y otro de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIAElegido por el CONGRSESO NACIONAL de la ternaPerodo de 4 aos

Fiscal General de la Nacin

ENTIDADCARGO (s)ELECCINTIPO DE PERIODOPRIMER PASOSEGUNDO PASOFiscala General de la NacinFiscal General de la NacinEl PRESIDENTE elabora una terna La CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, Elige al Fiscal GeneralPerodo de 4 aos

Magistrados de la Corte Constitucional

ENTIDADCARGO (s)ELECCINTIPO DE PERIODOPRIMER PASOSEGUNDO PASOCorte Constitucional9 MagistradosEl PRESIDENTE DE LA REPBLICA, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA y el CONSEJO DE ESTADO elaboran, cada uno, una ternaEl SENADO elige un candidato de cada terna presentada Perodos Individuales de 8 aos

Magistrados de la Corte suprema de Justicia

ENTIDADCARGO (s)ELECCINTIPO DE PERIODOPRIMER PASOSEGUNDO PASOCorte Suprema de Justicia

23 Magistrados en 3 SalasLa SALA ADMINISTRATIVA DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA elabora una lista de mnimo 5 candidatos por cada vacante La CORTE SUPREMA DE JUSTICIA elige de la lista enviada Perodos Individuales de 8 aos

Magistrado Consejo de Estado

ENTIDADCARGO (s)ELECCINTIPO DE PERIODOPRIMER PASOSEGUNDO PASOConsejo de EstadoSala de Consulta y Servicio Civil27 Consejeros MagistradosLa SALA ADMINISTRATIVA DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA elabor una lista de mnimo 5 candidatos por cada vacante El CONSEJO DE ESTADO en pleno elige de la lista enviadaPerodos Individuales de 8 aos

Sala de Contencioso Administrativo4 Consejeros MagistradosLa SALA ADMINISTRATIVA DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA elabora listas de mnimo 5 candidatos El CONSEJO DE ESTADO en pleno elige de la lista enviadaPerodos Individuales de 8 aos

Magistrado Consejo Superior de la Judicatura

ENTIDADCARGO (s)ELECCINTIPO DE PERIODOPRIMER PASOSEGUNDO PASOConsejo Superior de la JudicaturaSala Administrativa 6 Magistrados2 magistrados: son elegidos por la CORTE SUPREMA; un magistrado: es elegido por la Corte Constitucional; 3 magistrados son elegidos por el Consejo de Estado Perodos Individuales de 8 aos

Sala Disciplinaria7 MagistradosEl PRESIDENTE DE LA REPBLICA hace las ternasel CONGRESO NACIONAL elige de las ternas Perodos Individuales de 8 aos

7. Identifique el diagrama de la Rama Ejecutiva

ORDEN DEPARTAMENTAL Y TERRITORIAL

RAMA EJECUTIVA DEL PODER PBLICO

ORDEN NACIONAL

8. Quienes componen la rama judicial

LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: La Corte Suprema de Justicia es el mximo tribunal de la jurisdiccin ordinaria y est integrada por 23 magistrados, elegidos por la misma corporacin para perodos individuales de 8 aos. Esta Corte cumple sus funciones a travs de cinco Salas: la Sala Plena, integrada por todos los magistrados; la Sala de Gobierno, integrada por el Presidente, el Vicepresidente y los presidentes de cada una de las Salas Especializadas; la Sala de Casacin Civil y Agraria, integrada por siete magistrados, la Sala de Casacin Laboral, integrada por siete magistrados, y la Sala de Casacin Penal, integrada por nueve magistrados

LOS TRIBUNALES SUPERIORES DE DISTRITO JUDICIAL: Los Tribunales Superiores son creados en cada Distrito Judicial por la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, para el cumplimiento de las funciones que determine la ley procesal. Aunque el nmero de magistrados de los tribunales es determinado por la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, ste debe ser mnimo de 3 magistrados por tribunal. Los Tribunales Superiores de Distrito Judicial ejercen sus funciones por medio de la Sala Plena, integrada por todos los magistrados, por la Sala de Gobierno, por las Salas Especializadas y por las dems Salas de Decisin plurales e impares. En la actualidad existe un Tribunal Superior en cada distrito judicial existente en el territorio nacional, es decir, 32 Tribunales Superiores de Distrito Judicial

JURISDICCIN DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOLa Jurisdiccin de lo Contencioso Administrativo est instituida para juzgar las controversias y litigiosadministrativos originados en la actividad de las entidades pblicas y de las personas privadas quedesempeen funciones propias de los distintos rganos del Estado. Esta jurisdiccin se ejerce por elConsejo de Estado, los Tribunales Administrativos y los Juzgados Administrativos

EL CONSEJO DE ESTADOEs el mximo Tribunal de la jurisdiccin de lo contencioso administrativo. Est integrado por 27 magistrados,elegidos por la misma corporacin para perodos individuales de ocho aos, de listas enviadas por la SalaAdministrativa del Consejo Superior de la Judicatura, superiores a cinco candidatos. Esta Corporacin ejercesus funciones en tres salas: la Sala Plena, integrada por todos los consejeros; la Sala de lo ContenciosoAdministrativo, integrada por veintitrs consejeros; y la Sala de Consulta y Servicio Civil, integrada por cuatroconsejeros.

LOS TRIBUNALES ADMINISTRATIVOSCreados para el cumplimiento de las funciones que determine la ley procesal en cada distrito judicialadministrativo. Estn integrados mnimo por tres magistrados, quienes ejercen sus funciones en salas nicas,con excepcin del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Actualmente existen en el pas 26 tribunalesadministrativos.

LOS JUZGADOS ADMINISTRATIVOSLa Ley Estatutaria de Administracin de Justicia cre jueces en esta jurisdiccin, delegando en la SalaAdministrativa del Consejo Superior de la Judicatura la implementacin de los mismos. Posteriormente, la Ley446 de 1998 les adscribi competencias en nica y primera instancia, entre las cuales estn las acciones decumplimiento y ordinarias hasta 300 salarios mnimos legales en procesos de nulidad y restablecimiento delderecho, y procesos contractuales y de reparacin directa hasta 500 salarios mnimos legales. Ello con el finde facilitar la descongestin de la jurisdiccin de lo contencioso administrativo.

JURISDICCIN CONSTITUCIONALLa Corte Constitucional es el rgano mximo de esta Jurisdiccin, creada por la Constitucin de 1991. LosJueces y Corporaciones de las Jurisdicciones Ordinaria y de lo Contencioso Administrativo tambin ejercen laJurisdiccin Constitucional, en virtud de la competencia asignada por el artculo 86 de la Constitucin Polticapara conocer de las acciones de tutela, cuya finalidad es la proteccin inmediata de los derechosconstitucionales fundamentales, cuando resulten vulnerados o amenazados por la accin o la omisin decualquier autoridad pblica, e incluso, de los particulares. De igual manera, todos los jueces tambin ejercenatribuciones de Jurisdiccin Constitucional mediante la aplicacin de la excepcin de inconstitucionalidad,segn la cual, una autoridad judicial en casos de incompatibilidad entre la Constitucin y la Ley u otra normajurdica, debe aplicar las disposiciones constitucionales.

LA CORTE CONSTITUCIONALEst integrada por nueve magistrados, elegidos por el Senado de la Repblica para perodos individuales deocho aos, de ternas presentadas por el Presidente de la Repblica, la Corte Suprema de Justicia y elConsejo de Estado. Desde su entrada en funcionamiento en el ao de 1992, se encarga de asegurar laintegridad y supremaca de la Constitucin. En ejercicio de esta funcin, y segn el artculo 241 de laConstitucin Poltica, la Corte Constitucional tiene las siguientes atribuciones:

JURISDICCIONES ESPECIALESLas jurisdicciones especiales tambin fueron creadas por la Constitucin Poltica de 1991, y estncompuestas por las autoridades de los pueblos indgenas, y por los jueces de paz. Las autoridades de lospueblos indgenas pueden ejercer funciones jurisdiccionales dentro de su mbito de competencia deconformidad con sus propias normas y procedimientos. Por otra parte, la Constitucin facult al Congresopara expedir una ley de creacin de los jueces de paz para resolver en equidad conflictos individuales ycomunitarios, los cuales podran ser elegidos por votacin popular; en virtud de lo cual se expidi la Ley 497de 2000.

JURISDICCIN DE LAS AUTORIDADES INDGENASEn razn del reconocimiento de Colombia como una nacin multicultural y multitnica, la Constitucin de 1991acept la autonoma judicial indgena con el fin de proporcionar a los pueblos indgenas las herramientasnecesarias para el reconocimiento de sus derechos fundamentales como sujetos colectivos de derecho, ypara que de manera autnoma, libre e independiente, entraran a resolver los conflictos suscitados en suscomunidades, siguiendo sus propios usos y costumbres. En los ltimos aos el Consejo Superior de laJudicatura ha adelantado un proceso de acercamiento con los pueblos indgenas con el fin de fortalecer laautonoma e independencia de sus sistemas jurdicos propios, cuyos resultados sern presentados en elcaptulo segundo de este informe, el cual ha dado exclusividad a las jurisdicciones especiales.

JUECES DE PAZLa justicia de paz es una figura por medio de la cual las partes involucradas en un conflicto, particular ocomunitario, buscan solucin al mismo con la colaboracin de un tercero, denominado Juez de Paz. El Juezde Paz es un lder comunitario propuesto por organizaciones comunitarias con personera jurdica o porgrupos organizado de vecinos, y elegido por votacin popular. El juez ayuda a las partes involucradas en unproblema a encontrar solucin, motivndolas a que propongan frmulas de arreglo y a que lo solucionen pors mismas. Si no logra el acuerdo, o se obtiene en forma parcial, debe expedir una sentencia o fallo enequidad que d por resuelto el problema.

FISCALA GENERAL DE LA NACINLa Fiscala General de la Nacin forma parte de la Rama Judicial, y le corresponde investigar los delitos,declarar precludas las investigaciones realizadas, calificar mediante acusacin o preclusin y sustentar laacusacin de los presuntos infractores ante los juzgados y tribunales competentes, excepto delitos cometidospor miembros de la fuerza pblica. Est integrada por el Fiscal General de la Nacin, los fiscales delegados ylos dems funcionarios determinados por la ley, y cuenta con autonoma administrativa y presupuestal.

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURAEs el rgano de gobierno del Poder Judicial en Colombia, creado por la Constitucin de 1991 para darautonoma y modernizar la gestin judicial, consolidar la independencia de los jueces y estructurar un sistemade control disciplinario para los funcionarios judiciales y abogados. Est conformado por dos Salas; laAdministrativa y la Jurisdiccional Disciplinaria, las cuales se ocupan de cumplir los cuatro objetivosfundamentales de la Corporacin: mejorar la calidad de la respuesta judicial, aumentar la eficiencia y eficaciade la Rama Judicial y mejorar el acceso a la justicia, consolidar la autonoma funcional, administrativa yfinanciera de la Rama Judicial, y desarrollar el principio de transparencia a travs del ejercicio del controldisciplinario.

SALA ADMINISTRATIVALa Ley Estatutaria de Administracin de Justicia tuvo como meta fundamental la de organizar y sistematizarlas principales funciones administrativas del Consejo Superior de la Judicatura y radicarlas en cabeza de suSala Administrativa. En este sentido, estableci la competencia para elaborar tanto el proyecto depresupuesto de la Rama Judicial, que incorpora el proyecto de presupuesto de la Fiscala General de laNacin, como el proyecto de Plan Sectorial de Desarrollo para la Rama Judicial, con el correspondiente plande inversiones para el sector, que contiene desde luego los proyectos de inversin para la Rama Judicial. Lamisma ley ha sealado las reglas principales que deben regular la elaboracin y la formulacin del plan dedesarrollo, as como los organismos que deben ser consultados por el Consejo para efectos de talformulacin; igual predicado cabe hacer de la elaboracin del proyecto de presupuesto para la Rama Judicial,como quiera que la ley ha establecido una serie de requisitos, desde luego formales y de trmite para efectosde la presentacin de dicho proyecto.

SALA DISCIPLINARIAConforme a lo sealado por la Ley Estatutaria de Administracin de Justicia, mediante el ejercicio de lafuncin jurisdiccional disciplinaria se resuelven los procesos que por infraccin a sus regmenes disciplinariosse adelanten contra funcionarios judiciales, los abogados, y quienes ejerzan jurisdiccin transitoria uocasionalmente salvo aquellos que gozan de fuero constitucional especial. El rgimen disciplinario de losfuncionarios judiciales se encuentra consagrado en la Ley 270 de 1996, y el estatuto de tica de losabogados es el establecido en el Decreto 196 de 1971. Como se seal, la Jurisdiccin Disciplinaria tiene asu cargo el cumplimiento de los dos estatutos, erigindose en el principal mecanismo de la Rama Judicialpara garantizar su rectitud y transparencia, as como la oportunidad en las actuaciones de todos losfuncionarios que ejerzan jurisdiccin. Por otra parte, la jurisdiccin disciplinaria cuenta con competencia paradirimir los conflictos de competencia que ocurran entre las distintas jurisdicciones, y para acciones de tutela.

9. Quienes componen el ministerio pblico

El Procurador General de la Nacion,El Defensor del Pueblo,las Personerias Distritales y Municipales

10. Identifique la organizacin territorial

11. Cuantas personas componen la Asamblea y cuales son sus funciones

La Asamblea Departamental esta integrada por no menos de 11 diputados ni ms de 31. Estos cuerpos colegiados estarn compuestos por los Diputados correspondientes a la poblacin a razn de uno por cada 12 mil habitantes. FUNCIONES: Expedir disposiciones relacionadas con la planeacin, el desarrollo econmico y social, el apoyo financiero y crediticio a los municipios, el turismo, el transporte, el ambiente, las obras pblicas, las vas de comunicacin y el desarrollo de sus zonas de frontera. Adoptar planes y programas de desarrollo econmico y social y los de obras pblicas, con la determinacin de las inversiones y medidas que se consideren necesarias para impulsar su ejecucin y asegurar su cumplimiento. Expedir las normas orgnicas del presupuesto departamental y el presupuesto anual. Crear y suprimir municipios, segregar y agregar territorios municipales, y organizar provincias. Dictar normas de polica en todo aquello que no sea materia de disposicin legal. Autorizar al Gobernador del Departamento para celebrar contratos, negociar emprstitos y enajenar bienes. Regular, en concurrencia con el municipio, el deporte, la educacin y la salud en los trminos que determina la Ley.

12. Cules son la formas de divisin del municipio y como se establecen

Los municipios se dividen en comunas,corregimientos,veredas,entidades territoriales indigenas,territorios colectivos y distritos

ESTRUCTURA DEL ESTADO COLOMBIANOPODER PBLICOLEGISLATIVAEJECUTIVAJUDICIALORDEN DEPARTAMENTALORDEN TERRITORIALORGANOS AUTONOMOSORGANOS DE CONTROLORGANIZACION ELECTORALCONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICAMINISTERIO PUBLICOPROCURADURIA GENERAL DE LA NACIONDEFENSORIA DEL PUEBLOPERSONERIAS DISTRITALES Y MUNICIPALESCONSEJO NACIONAL ELECTORALREGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVILCONGRESO DE LA REPUBLICACAMARA DE REPRESENTANTESSENADOCOMISION NACIONAL DE TELEVISIONENTES UNIVERSITARIOSCORPORACIONES AUTONOMAS REGIONALESBANCO DE LA REPUBLICACOMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVILCOMISIONESCONSTITUCIONALESPERMANENTESCOMISIONESLEGALESCONSTITUCIONALINTERNACIONALHACIENDA

AMBIENTALSOCIALSERVICIOS PUBLICOSPRESUPUESTODE CUENTASINVESTIGACIONES Y ACUSACIONESCOMISIONESACCIDENTALESOTRAS COMISIONESDERECHOS HUMANOS Y AUDIENCIASDE ACREDITACINDE TICACRDITO PBLICO

DE SEGUMIENTODE CUENTASVICEPRESIDENTEMINISTERIO DEL INTERIORMINISTERIO TICMINISTERIO DE MINAS Y ENERGIAMINISTERIO DE AMBIENTE Y DESAROLLO SOSTENIBLEMINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHOMINISTERIO DE SALUD Y PROTECCION SOCIALMINISTERIO DE VIVIENDA,CIUDAD Y TERRITORIOMINISTERIO DE TRABAJOMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORESMINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOMINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMOMINISTRO DE TRANSPORTEMINISTRO DE DEFENSA NACIONALMINISTERIO DE EDUCACION NACIONALMINISTERIO DE CULTURAMINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURALDEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIADEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACINDEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDADDEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIN PBLICADEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADISTICASDEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ECONOMIA SOLIDARIA12345689710151114131216123456GOBERNADOR Y ALCALDESECRETARIAS MUNICIPALESSECRETARIAS DEPARTAMENTALESPRESIDENTESALA PLENAConformada por todos los magistradosSALA DE GOBIERNOConformada Presidentes y Vicepresidentes de las salas EspecializadasCORTE SUPREMA DE JUSTICIA 23 MAGISTRADOSSALA DE CASACIN CIVILIntegrada por 7 MagistradosSALA DE CASACIN PENALIntegrada por 9 MagistradosSALA DE CASACIN LABORALIntegrada por 7 MagistradosTRIDUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIALINTEGRADO por 3 magistradosEXISTEN 32 TRIDUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL

SUPERINTENDENCIASESTABLECIMIENTOS PUBLICOEMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALESSOCIEDADES DE ECONOMIA MIXTAEMPRESAS DESCENTRALIZADAS INDIRECTASENTIDADES DE CARACTER ESPECIALORGANIZACN TERRITORIALDEPARTAMENTOSAREAS METROPOLITANASREGIONESPROVIDENCIASASOCIACIONES DE MUNICIPIOSDISTRITOSMUNICIPIOSTERRITORIOS INDIGENASCOMUNAS(URBANAS)COMUNAS(RURAL)LA CONSTITUCIONLEYES ORGANICAS Y TRATADOS INTERNOSLEYES ESPECIALESSENTENCIAS JURIDICAS Y ACTOS ADMINISTRATIVOSLEYES ORDINARIASDECRETOS Y REGLAMENTOSORDENANZAS Y RESOLUCIONES

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