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SG/RC.NORM/VII/Acta Final 9 de octubre de 1998 Sétima Reunión del Comité Andino de Normalización, Acreditación, Ensayos, Certificación, Reglamentos Técnicos y Metrología 28-29 de setiembre de 1998 Lima - Perú COMUNIDAD ANDINA SECRETARIA GENERAL ACTA FINAL SETIMA REUNION ANDINA DE NORMALIZACION, ACREDITACION, ENSAYOS, CERTIFICACION, REGLAMENTOS TECNICOS Y METROLOGIA (CAN)

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SG/RC.NORM/VII/Acta Final9 de octubre de 1998

Sétima Reunión del Comité Andino deNormalización, Acreditación, Ensayos,Certificación, Reglamentos Técnicos y Metrología28-29 de setiembre de 1998Lima - Perú

COMUNIDAD ANDINA 

SECRETARIA GENERAL

ACTA FINAL

SETIMA REUNION ANDINA DE NORMALIZACION, ACREDITACION, ENSAYOS, CERTIFICACION, REGLAMENTOS TECNICOS Y METROLOGIA

(CAN)

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ACTA FINAL

SETIMA REUNION ANDINA DE NORMALIZACION, ACREDITACION, ENSAYOS, CERTIFICACION, REGLAMENTOS TECNICOS Y METROLOGIA

(CAN)

La VII Reunión del Comité Andino de Normalización, Acreditación, Ensayos, Certificación, Reglamentos Técnicos y Metrología (CAN), fue organizada y convocada por la Secretaría General de la Comunidad Andina, y celebrada en su sede en Lima-Perú, los días 28 y 29 de septiembre de 1998.

I

INSTALACION

El Coordinador de la Secretaría General, Ingeniero Fernando Rodríguez, dio la bienvenida a los representantes de los Países Miembros, e hizo votos porque las deliberaciones de esta VII Reunión del Comité Andino de Normalización, Acreditación, Ensayos, Certificación, Reglamentos Técnicos y Metrología, fueran provechosas para impulsar acuerdos que favorezcan el desarrollo del Sistema Andino de Calidad.

Asimismo, invitó al Doctor José David Lamk, Vice Ministro de Industria y Comercio del Ministerio de Desarrollo Económico de Colombia, Representante Titular ante el Comité Andino de Normalización, Acreditación, Ensayos, Certificación, Reglamentos Técnicos y Metrología, a asumir la Presidencia como corresponde de acuerdo a lo establecido en el Tratado del Acuerdo de Cartagena.

II

PARTICIPANTES

La reunión contó con la participación de las autoridades nacionales competentes de Bolivia, Colombia, Perú y Venezuela.

El representante de la Secretaría General dio lectura a la comunicación recibida del Gobierno del Ecuador, mediante la cual excusa la asistencia de la delegación de ese país, por motivos presupuestales.

La lista de participantes consta como ANEXO I de la presente Acta.

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III

DESARROLLO DE LA REUNION

El Presidente invocó a las delegaciones participantes a trabajar en el desarrollo de mecanismos para la toma de decisiones concretas en las deliberaciones de los diferentes temas a discutirse, y para el seguimiento de las tareas que se acuerden producto de esta reunión.

La Secretaría Técnica del Comité estuvo a cargo del Ingeniero Fredy Núñez de la Secretaría General de la Comunidad Andina.

Acto seguido, el Presidente sometió a consideración de los asistentes el contenido de la Agenda Tentativa, elaborada por la Secretaría General, la cual fue aprobada tal como se detalla en el Anexo II de la presente acta.

IV

ACUERDOS

1. NORMALIZACIÓN

1.1. Actualización del Reglamento de la Red Andina de Normalización.

Las delegaciones aprobaron el texto final que se incluye en el ANEXO III de la presente acta, y encargaron a la Secretaría General, la emisión de la Resolución correspondiente.

Sobre el Sistema de Codificación de Normas Andinas se acordó diferenciar para las normas de producto-requisitos, y para los demás temas; según consta en el punto 12.2 del Reglamento de la Red Andina de Normalización (ANEXO III).

Nota: La Representación de Perú deja constancia de su voto en contra del Sistema de Codificación adoptado

1.2. Plan de Trabajo CAN 1998 – 2000 (ANEXO IV)

La Secretaría General informó haber recibido de la Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia, el documento: Comentarios" Propuesta programa de trabajo 1998-2000 Sistema Andino de Normalización, Acreditación Ensayo, Certificación, Reglamentos Técnicos y Metrología" (ANEXO V)

De la discusión de este punto de Agenda, se llegó a los siguientes Acuerdos:

1.2.1 Los Países Miembros se comprometen a enviar a la Secretaría General, antes del 30 de noviembre de 1998, la descripción de las cadenas productivas de mayor interés, indicando las normas

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nacionales vigentes y la relación de proyectos de normas que tienen interés en armonizar.

1.2.2 Los Países Miembros se comprometen a enviar a la Secretaría General sus comentarios sobre los documentos JUN/dt-380 Rev. 1 y sobre el Informe Final de la I Reunión Extraordinaria del Comité Andino de Normalización a más tardar el 15 de octubre del presente año.

1.2.3 Encargar a la Secretaría General y a la representación del Perú elaborar una propuesta de políticas del Sistema Andino de Normalización, Acreditación, Ensayos, Certificación, Reglamentos Técnicos y Metrología, tomando en consideración el Informe Final de la I Reunión Extraordinaria del Comité Andino de Normalización, y el documento JUN/dt/380 Rev. 1, y lo tratado en la presente reunión. Esta propuesta será remitida a los Países Miembros antes del 30 de noviembre de 1998.

1.2.4 Los Países Miembros se comprometen a identificar las necesidades de sus esquemas de Acreditación Nacionales, las cuales serán incluidas en el cuestionario que para tal fin preparará SENORCA de Venezuela, a efecto de elaborar un programa de asistencia técnica. El cuestionario será remitido a más tardar el 30 de octubre de 1998 y los Países Miembros responderán a más tardar el 15 de noviembre de 1998.

1.2.5 Se insta a los Países Miembros a promover la conformación de las Redes Nacionales de Laboratorios y organismos de certificación acreditados, e informar a la Secretaría General el estado en que se encuentran dichas redes.

1.2.6 Se invoca a los Países Miembros elaborar el inventario de organismos de evaluación de la Conformidad con miras a desarrollar programas de promoción, difusión y asistencia técnica para lograr su acreditación.

1.2.7 Los Países Miembros se comprometen a enviar en medio magnético las listas de organismos acreditados, el alcance de la acreditación, la norma o guía en la que se basó la acreditación, la dirección y los contactos personales, a la Secretaría General a más tardar el 30 de octubre del presente año, con miras a ser incluida en la página WEB de la Secretaría General.

1.2.8 Se sugiere que la Secretaría General difunda en los diferentes Comités Andinos de Autoridades, la reglamentación del Sistema Andino de Normalización, Acreditación, Ensayos, Certificación, Reglamentos Técnicos y Metrología a efecto de propiciar la utilización de los instrumentos de evaluación de la conformidad en el ámbito voluntario.

1.2.9 La representación de Bolivia entregó al Comité Andino de Normalización el inventario de reglamentos técnicos (ANEXO VI). Al respecto se acordó que el resto de los Países Miembros presenten, antes del 31 de diciembre del presente año, información similar. La estructura del inventario a presentar por los Países Miembros y a completar por Bolivia sería:

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- La identificación del dispositivo o práctica regulatoria- El texto en medio magnético (word 97)- La entidad que impone el reglamento- La entidad encargada del cumplimiento (incluyendo el contacto y

dirección)- Los requisitos técnicos obligatorios- Los productos/servicios involucrados- La partida arancelaria- El procedimiento de evaluación de la conformidad incluyendo los

organismos notificados.

1.3. Aprobación de normas andinas (Fuente: normas nacionales con referencia internacional común)

La Secretaría General entregó el documento que contiene las normas nacionales con referencia internacional en tres o más Países Miembros (ANEXO VII ).

Asimismo, presentó un listado de aquellas normas nacionales con referencia internacional en dos Países Miembros (ANEXO VIII ).

Al respecto, los Países Miembros se comprometen a revisar, y entregar sus observaciones a dichos documentos, a más tardar el 30 de octubre del presente año a la Secretaría General, a efecto que el Ente Coordinador proponga al Comité Andino de Normalización la lista de normas a ser adoptadas como normas andinas.

1.4. Aprobación de normas andinas de juguetes

Se encarga al Ente Coordinador de la Red Andina de Normalización revisar los proyectos de normas relacionados con la seguridad de juguetes, frente a las normas europeas, y presentar un informe en la próxima reunión del Comité Andino de Normalización.

1.5. Evaluación de la posibilidad de firmar un Convenio de Cooperación técnica con COPANT

Se encarga al Ente Coordinador elabore una propuesta de convenio entre COPANT, la Secretaría General de la Comunidad Andina y los Organismos Nacionales de Normalización; tomando en consideración las opiniones presentadas por la representación de Colombia y el documento de objetivos comunes del Grupo de Negociación de Acceso a Mercados, en lo relacionado con barreras técnicas al comercio; presentando dicha propuesta antes de la VIII Reunión del Comité Andino de Normalización.

1.6. Designación de Secretarías Técnicas para los Comités de:

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1.6.1. Plaguicidas

Sobre este punto, la Secretaría General presentó y expuso un documento (ANEXO IX ) que resume la evaluación de las normas nacionales sobre envase y etiquetado para que el Comité Andino de Normalización decida encargar la elaboración las normas andinas correspondientes.

1.6.1.1 A solicitud de la representación de Venezuela, se encargó a FONDONORMA la elaboración de la norma andina sobre el tema de etiquetado de plaguicidas considerando los lineamientos a la Directriz de Etiquetado de la FAO.

En tal sentido, FONDONORMA se compromete a presentar, antes de fin de año, el proyecto de la norma listo para consulta pública.

1.6.1.2 A solicitud de la representación de Colombia se encargó al ICONTEC la elaboración de normas andinas para los siguientes temas:

- Envases de Plaguicidas: Definiciones y requisitos generales.- Envases de metal, incluyendo aquellos para plaguicidas en

estado gaseoso, líquido gasificable y sólido gasificable.- Envases de plástico.

En tal sentido, ICONTEC se compromete a presentar, antes de fin de año, los proyectos de norma listos para consulta pública.

1.6.1.3 A solicitud de la representación de Perú, se encargó a INDECOPI la elaboración de la norma andina sobre el tema de envases de plaguicidas en papel y cajas de cartón.

En tal sentido, INDECOPI se compromete a presentar, antes de fin de año, el proyecto de norma listo para consulta pública.

1.6.2 Precintos aduaneros

Al respecto, y a solicitud de la representación de Bolivia, se acordó encargar al Instituto Boliviano de Normalización y Calidad (IBNORCA) la elaboración de la norma andina sobre el uso de precintos aduaneros.

Al respecto, el resto de Países Miembros facilitarán la información que dispongan y el resultado de los estudios que realicen con sus Aduanas.

En tal sentido, IBNORCA se compromete a presentar antes de fin de año, el proyecto de norma listo para consulta pública.

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2. ACUERDO DE RECONOCIMIENTO MUTUO

2.1. Revisión del Proyecto de Decisión sobre Reconocimiento Automático de certificados de lote de conformidad con norma, con posterior verificación en fábrica

Los Países Miembros acuerdan:

Que la Decisión se aplicará a los productos del sector industrial, en cada país, regulados bajo reglamento técnico u otras disposiciones obligatorias, excluyendo los productos sujetos a requisitos sanitarios o permisos fito y zoosanitarios o que tengan tratamiento diferencial dado por cualquier otra Decisión vigente.

2.1.1 Enviar a la Secretaría General el listado de los productos que consideren deben ser incluidos; junto con los requisitos o especificaciones técnicas obligatorias, los procedimientos de evaluación de la conformidad y la partida arancelaria correspondiente.

2.1.2 Enviar a la Secretaría General una lista del (los) organismo(s) nacional(es) competente(s), encargado(s) de monitorear el cumplimiento de los compromisos establecidos en la Decisión.

2.1.3 Enviar a la Secretaría General el nombre del (los) organismo(s) encargado(s), en cada país, de la evaluación de la conformidad para los productos a los cuales se les aplica esta Decisión.

2.1.4 Enviar a la Secretaría General una propuesta sobre el procedimiento que consideran debería aplicarse para realizar las Auditorías de evaluación cruzadas.

A efecto del cumplimiento de los anteriores compromisos, se fija a los Países Miembros, un plazo no mayor a 90 días contados a partir de la fecha.

2.1.5 Encomendar a Venezuela y a la Secretaría General la elaboración de un proyecto de Decisión sobre Reconocimiento de Certificados de lote de productos con posterior verificación en fábrica, y de los procedimientos que permitan la aplicación de la misma; teniendo en cuenta los acuerdos logrados en la presente reunión, así como la propuesta inicialmente entregada por la Secretaría General y las observaciones hechas por las diferentes representaciones; para lo cual, se fija un plazo no mayor a 120 días a partir de la fecha.

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2.2. Atención a la solicitud de la Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia para la obtención del Reconocimiento Andino como Organismo Nacional de Acreditación

2.2.1 El Comité de Normalización acordó la aceptación de la solicitud de la Superintendencia de Industria y Comercio como Organismo Nacional de Acreditación de Colombia para obtener el "Reconocimiento Andino" en sus actividades de acreditación de organismos de certificación de productos, sistemas de calidad y gestión ambiental, de organismos de inspección y de laboratorios de ensayo y metrología. Al respecto, se encargó a la Secretaría General responder en ese sentido a la Superintendencia de Industria y Comercio.

2.2.2 Conformar un Grupo de Trabajo Ad-hoc Coordinado por Venezuela y conformado por los integrantes del Grupo de Trabajo de Reconocimiento Mutuo, a excepción de la Representación de Colombia, para presentar a la Secretaría General, antes de fin de año, el procedimiento a seguir para la atención de las solicitudes de obtención del Reconocimiento Andino de un Organismo Nacional de Acreditación. Este procedimiento, será discutido dentro del Comité Andino de Normalización, tomando como aporte lo que se acuerde en el III Plenario de la IAAC, para luego ser aprobado por Resolución de la Secretaría General.

2.2.3 Los Países Miembros se comprometen a presentar a la Secretaría General, a más tardar el 15 de noviembre de 1998, sus observaciones sobre el documento EA-2/02: "European Cooperation for Accreditation, Policy and Procedures for the Multilateral Agreement" versión 1997.

2.3.Propuesta de Esquema General de Reconocimiento Mutuo

2.3.1 Encargar al Grupo de Trabajo de Reconocimiento Mutuo presentar a más tardar el 15 de octubre de 1998 a la Secretaría General un esquema general a seguir en la elaboración del procedimiento general y específico para la celebración de Convenios de Reconocimiento Mutuo.

2.3.2 La Secretaría General distribuirá este documento para que los Países Miembros presenten sus observaciones y sus propuestas sobre las prioridades que consideran debiera tomar en cuenta el Grupo de Trabajo para desarrollar los procedimientos arriba citados.

2.3.3 Encargar a la representación de Perú, en calidad de Coordinador del Grupo de Trabajo de Reconocimiento Mutuo, la elaboración de un Programa de Trabajo que establezca las acciones de armonización para lograr construir la confianza necesaria y desarrollar dentro de la Comunidad Andina y con terceros países, Convenios de Reconocimiento Mutuo.

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2.3.4 Se acordó incorporar a la representación de Colombia en el Grupo de Trabajo de Reconocimiento Mutuo, encargando a la Secretaría General que comunique oficialmente este acuerdo a la representación de Perú.

3. CONVENIO DE COOPERACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA CON LA UNIÓN EUROPEA. INFORME DEL ESTADO DE SITUACIÓN

3.1 El Comité Andino de Normalización recomienda a la Secretaría impulsar por todos los medios a su alcance la implementación del Convenio de Financiación entre la Comunidad Europea, el Acuerdo de Cartagena y sus Países Miembros, en el "Programa de Cooperación y Asistencia Técnica Unión Europea-Grupo Andino en materia de calidad" e informar sobre el resultado de sus gestiones.

3.2 Los Países Miembros identificarán sus necesidades para el fortalecimiento de sus Sistemas Nacionales de Evaluación de la Conformidad con relación a los mismos temas que trata el Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica con la Unión Europea.

El documento sobre identificación de necesidades será enviado a la Secretaría General a más tardar el 30 de noviembre de 1998.

3.3 Asimismo, los Países Miembros enviarán el nombre del Coordinador Nacional y de los encargados de los temas a los que hace referencia el Convenio.

4. RED ANDINA DE INFORMACION

4.1 La Secretaría General expuso el avance logrado en la elaboración de los Términos de Referencia, y entregó a los participantes los documentos sustentatorios (ANEXO X), para que los Países Miembros, a más tardar el 30 de octubre de 1998, remitan sus observaciones a la Secretaría General.

5. RED ANDINA DE METROLOGÍA

5.1 Los Países Miembros acordaron que la Secretaría General convoque a la I Reunión de la Red Andina de Metrología, en el transcurso del presente año, a llevarse a cabo en la ciudad de Santafé de Bogotá. En la cual se tomará en cuenta el aporte presentado por la Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia así como las acciones incluidas en el Programa de Trabajo 1998-2000 del Sistema Andino de Normalización

6. INFORME DE LA SECRETARÍA GENERAL SOBRE EL AVANCE EN LA ARMONIZACIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS SOBRE PESOS, DIMENSIONES Y TIPOLOGÍA DE VEHÍCULOS PARA EL TRANSPORTE INTERNACIONAL POR CARRETERA

6.1 La Secretaría General expuso el estado del proceso de armonización en el tema. Al respecto, los Países Miembros acordaron enviar a la Secretaría General las normas y reglamentos técnicos vigentes sobre pesos, dimensiones y tipología de vehículos para el transporte internacional por carretera, a más tardar el 15 de octubre del presente año.

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7. COORDINACION ANDINA EN LAS NEGOCIACIONES DE NORMAS Y BARRERAS TECNICAS EN EL GRUPO DE NEGOCIACIONES SOBRE ACCESO A MERCADO DEL ALCA

La Secretaría General expuso la necesidad e importancia que sea en el seno del Comité Andino de Normalización (CAN) donde se discuta y elabore la propuesta andina para cumplir el compromiso Nº 9, asumido en la Primera Reunión del Grupo de Negociación de Acceso a Mercados del ALCA, llevada a cabo del 31 de agosto al 02 de setiembre de 1998 e hizo entrega del papel de trabajo "Comentarios al documento de Objetivos Comunes" (ANEXO XI)

7.1 Al respecto, los Países Miembros acordaron enviar a la Secretaría General sus propuestas, a más tardar el 10 de octubre de 1998, para consolidar en un documento la posición andina y cumplir con la tarea anteriormente señalada.

SEGUIMIENTO DE LOS ACUERDOS

A propuesta de la Presidencia, para hacer un seguimiento sobre las actividades a cargo de los Países Miembros y de la Secretaría Técnica del Comité Andino de Normalización, se acuerda establecer un mecanismo de seguimiento mediante un formato que contenga la siguiente información: Número del Acuerdo, breve descripción de la(s) tarea(s), fecha propuesta para su cumplimiento; responsables, y estado del avance.

Para hacer el seguimiento de cada tarea, este formato deberá ser enviado por la Secretaría Técnica del CAN a cada País Miembro, durante la segunda quincena de cada mes.

Los Países Miembros deberán remitir a la Secretaría Técnica del CAN sus comentarios y de ser el caso, las explicaciones a más tardar, antes de recibir el siguiente informe.

8. REUNION DEL COMITÉ ANDINO DE NORMALIZACION

Finalmente, se acordó realizar la VIII Reunión del Comité Andino de Normalización, en la ciudad de Santafé de Bogotá, Colombia, en el transcurso de la primera quincena del mes de febrero de 1999.

En fe de lo cual, los representantes de los Países Miembros participantes suscriben la presente Acta, en Lima-Perú, a los veintinueve días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y ocho.

JOSE DAVID LAMK VALENCIAPresidente del CAN

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JOSE KUHN POPPE EDDEL ALVAREZ RAMIREZBolivia Colombia

AUGUSTO MELLO EDGAR JOSE CASTILLOPerú Venezuela

FREDY NUÑEZ PONCESecretario Técnico del Comité Andino de Normalización

Secretaría General de la Comunidad Andina

FERNANDO RODRIGUEZ CHIRINOSCoordinador

Secretaría General de la Comunidad Andina

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LISTADO DE ANEXOS

ANEXO I LISTA DE PARTICIPANTES

ANEXO II AGENDA

ANEXO III PROYECTO DE RESOLUCIÓN: "REGLAMENTO DE LA RED ANDINA DE NORMALIZACION"

ANEXO IV PLAN DE TRABAJO CAN 1998-2000

ANEXO V COMENTARIOS DE COLOMBIA “PROPUESTA PROGRAMA DE TRABAJO: 1998-2000 SISTEMA ANDINO DE NORMALIZACION, ACREDITACION, ENSAYOS, CERTFICACION, REGLAMENTOS TECNICOS Y METROLOGIA

ANEXO VI LISTADO DE REGLAMENTOS TECNICOS DE BOLIVIA

ANEXO VII NORMAS NACIONALES CON REFERENCIA INTERNACIONAL EN TRES O MAS PAISES MIEMBROS

ANEXO VIII LISTADO DE NORMAS NACIONALES CON REFERENCIA INTERNACIONAL EN DOS PAISES MIEMBROS

ANEXO IX PLAGUICIDAS

ANEXO X TÉRMINOS DE REFERENCIA: RED ANDINA DE INFORMACION

ANEXO XI COMENTARIOS AL DOCUMENTO DE OBJETIVOS COMUNES

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ANEXO I

LISTA DE PARTICIPANTES

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LISTA DE PARTICIPANTES

BOLIVIA

José Kuhn PoppeDirector(Sistema Boliviano de NMAC) IBNORCADirección:

La Paz, BoliviaCasilla Postal Nº 7 Teléfono: 319185 Fax: 397262CORREO ELECT. [email protected]

COLOMBIA

José David Lamk ValenciaViceministro de Industria y ComercioMinisterio de Desarrollo EconómicoDirección: Carrera 13 Nº 28-01 Piso 9º

Santafé de BogotáTeléfono: 287-2596 / 287-6001Fax: 284368 CORREO ELECT.

Germán Nava GutiérrezDirector de NormalizaciónICONTECDirección: Carrera 37 Nº 52-95

Santafé de BogotáTeléfono: 315-0377 Fax: 222-1435CORREO ELECT. [email protected]

Eddel Alvarez RamírezSuperintendente delegada para laProtección al ConsumidorSuperintendencia de Industria y ComercioDirección: CRRA. 13ª Nº 27-00. PISOS 5 Y 10

Santafé de BogotáTELÉFONO 334-1221Fax: 281-3125CORREO ELECT.

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PERU

Julián Gamero AlaniaDirector de Asuntos BilateralesMinisterio de Integración Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales InternacionalesDirección:

LimaTeléfono: 224-3129Fax:CORREO ELECT. [email protected].

Carmen Ochoa VigoSubdirectora de Org. Multilaterales del Comercio InternacionalMinisterio de Integración Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales InternacionalesDirección:

LimaTeléfono: 224-3129Fax: 224-3241CORREO ELECT. [email protected]

Augusto Mello RomeroSecretario Técnico INDECOPIDirección: Calle La Prosa 138, San Borja

Lima 41Teléfono: 224-7800 Fax: 224-0347CORREO ELECT. [email protected]

Elizabeth Liliana Herrera VásquezCoordinadora de NormalizaciónINDECOPIDirección: Calle La Prosa 138, San Borja

Lima 41Teléfono: 224-7800Fax: 224-7800 / 1296CORREO ELECT. [email protected]

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VENEZUELA

Edgar José CastilloCoordinador de AcreditaciónSENORCADirección: Av. Andrés Bello

Torre Fondo Común Piso 16Apartado Postal 1838, Carmelitas, Caracas 1010Teléfono: 578-2351 / 5781576Fax: 578-2351CORREO ELECT. [email protected]

Fabián Ugás GutiérrezGerente de Certificación de SistemasFondo para la Normalización y Certificación de la CalidadFONDONORMADirección: Av. Andrés Bello

Torre Fondo Común. Piso 11Teléfono: 575-4111 / 576-3347Fax: 576-3347CORREO ELECT. [email protected]

SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA

Dirección: Paseo de la República 3895Esquina con Andrés AramburúSan Isidro. Lima, PerúTelf: 221 2222Fax: 221 3329

Fernando Rodríguez ChirinosCoordinadorE-Mail: [email protected]

Fredy Núñez PonceGerente de ProyectoSecretario Técnico de la Comunidad AndinaE. Mail: [email protected]

Carolina Málaga HumeNandji Arroyo TrujillanoPracticantes

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ANEXO II

AGENDA

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AGENDA

1. NORMALIZACIÓN

1.1 Actualización del Reglamento de la Red Andina de Normalización.1.2 Plan de Trabajo CAN 1998 - 20001.3 Aprobación de normas andinas (Fuente: normas nacionales con referencia

internacional común) 1.4 Aprobación de normas andinas de juguetes 1.5 Evaluación de la posibilidad de firmar un Convenio de Cooperación técnica con

COPANT 1.6 Designación de Secretarías Técnicas para los Comités de:

1.6.1 Plaguicidas 1.6.2 Precintos aduaneros

2. ACUERDO DE RECONOCIMIENTO MUTUO

2.1 Revisión del Proyecto de Decisión sobre Reconocimiento Automático de certificados de lote de conformidad con norma, con posterior verificación en fábrica

2.2 Atención a la solicitud de la Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia para la obtención del Reconocimiento Andino como Organismos nacional de Acreditación

2.3 Propuesta de Esquema General de Reconocimiento Mutuo

3. CONVENIO DE COOPERACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA CON LA UNIÓN EUROPEA. INFORME DEL ESTADO DE SITUACIÓN

4. RED ANDINA DE INFORMACION

5. RED ANDINA DE METROLOGIA

6. INFORME DE LA SECRETARÍA GENERAL SOBRE EL AVANCE EN LA ARMONIZACIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS SOBRE PESOS, DIMENSIONES Y TIPOLOGÍA DE VEHÍCULOS PARA EL TRANSPORTE INTERNACIONAL POR CARRETERA

7. COORDINACION ANDINA EN LAS NEGOCIACIONES DE NORMAS Y BARRERAS TECNICAS EN EL GRUPO DE NEGOCIACIONES SOBRE ACCESO A MERCADO DEL ALCA

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ANEXO III

PROYECTO DE RESOLUCIÓN: "REGLAMENTO DE LA RED ANDINA DE NORMALIZACION"

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PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Actualización del Reglamento de la Red Andina de Normalización

LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,

VISTOS: Los artículos 14 y 39 de la Decisión 419;

CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento de la disposición transitoria de la Decisión 419, corresponde a la Secretaría General la aprobación de los Reglamentos de las Redes Andinas que operan la Normalización, Acreditación, Ensayos, Certificación y Metrología; en la comunidad andina;

Que el Comité Técnico Andino de Normalización en su Reunión VI encargó al Ente Coordinador de la Red Andina de Normalización, actualizar los procedimientos de adopción/armonización de normas andinas para hacerlo más ágil;

Que el Ente Coordinador cumpliendo con el encargo del Comité, presentó una propuesta de actualización a los Organismos Nacionales de Normalización, la misma que fuera aprobada por el Comité Andino de Normalización;

RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Reglamento de la Red Andina de Normalización, que se indica a continuación:

REGLAMENTO DE LA RED ANDINA DE NORMALIZACION

1. El presente reglamento rige el funcionamiento de la Red Andina de Normalización, creada por el artículo 14 de la Decisión 419 de la Comisión de la Comunidad Andina.

2. La Red Andina de Normalización (RAN) tiene como objetivo general adoptar y armonizar normas en aquellos sectores de la producción y servicios que sean prioritarios para la comunidad, de forma tal que dichas normas sirvan de

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sustento técnico al esquema comunitario de evaluación de la conformidad establecido.

3. Son objetivos específicos de la Red Andina de Normalización:

- Administrar el proceso de normalización andino, facilitando la armonización gradual de las normas nacionales vigentes en los Países Miembros, o adoptando normas internacionales de interés comunitario.

- Orientar el proceso de normalización a los productos y servicios que representan el mayor porcentaje del intercambio comercial en la Comunidad Andina y con terceros.

- Utilizar la categoría de Norma Andina como instrumento de penetración de mercados y transferencia de tecnología, y no como restricción técnica al comercio.

- Servir de sustento técnico a los diferentes procesos andinos de acreditación, ensayos, certificación, reglamentación técnica, y metrología.

- Utilizar eficientemente los recursos de la Comunidad Andina, a través de la implantación de procedimientos de notificación previa entre los conformantes de la Red, de tal forma que no se dupliquen esfuerzos en los Países Miembros.

4. DEFINICIONES

4.1 Proyecto.- Documento preparado por la Secretaría de un Comité Técnico y sometido a consideración de los demás Países Miembros o cuando sea el caso indicado en los numerales 11.1 y 11.2.

4.2 Norma Andina.- Proyecto aprobado según este reglamento establecido en los numerales 11.1 y 11.2.

5. MIEMBROS

Son miembros de la Red Andina de Normalización los organismos nacionales de normalización de cada uno de los Países Miembros y actúan de pleno derecho como miembros activos de la Red.

6. ORGANIZACION

La Red Andina de Normalización se administra a través de un Ente Coordinador conformado por la Secretaría Técnica del Comité Andino de Normalización y un Organismo de Normalización de los Países Miembros, el cual es designado por

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el Comité Andino de Normalización por consenso y por un período de dos años, con posibilidad de reelección.

COMITE ANDINO DE NORMALIZACION

ENTE COORDINADOR

SECRETARIA SECRETARIA SECRETARIACOMITE COMITE COMITE

TECNICO 1 TECNICO 2 TECNICO “N”

7. FUNCIONES

7.1 Secretaría General de la Comunidad Andina

- Registrar las normas aprobadas como Norma Andina en el Centro de Información y Registro.

- Numerar las normas andinas aprobadas y proceder a publicar la Resolución correspondiente en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.

- Distribuir las Normas Andinas a los Organismos Nacionales de normalización de los Países Miembros, según lo establecido en el numeral 11.

- Tramitar la adopción de las Normas Andinas como normas Panamericanas COPANT cuando corresponda.

- Emitir Resolución para la anulación de las Normas Andinas y publicarlas en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.

- Difundir las normas andinas a nivel regional e internacional.

7.2 Comité Andino de Normalización (CAN)

- Establecer las Políticas en materia de Normalización comunitaria.

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- Aprobar el programa semestral de armonización de normas andinas presentado por el Ente Coordinador de la Red Andina de Normalización.

- Crear y designar los Comités Técnicos y las Secretarías de los mismos.

- Ratificar la aprobación de las normas andinas.

- Aprobar los mecanismos necesarios que permitan agilizar el logro de los objetivos de la Red Andina de Normalización.

7.3 Ente Coordinador

Para lograr sus objetivos, el Ente Coordinador de la Red Andina de Normalización, debe:

- Tramitar las solicitudes de normas andinas remitidas por los organismos nacionales de normalización de los Países Miembros.

- Elaborar un programa semestral de armonización de normas andinas de acuerdo con lo establecido en el párrafo anterior.

- Presentar al Comité Andino de Normalización, el programa semestral de armonización de normas andinas para su aprobación.

- Proponer la creación de los comités técnicos y designación de las Secretarías de los mismos.

- Hacer el seguimiento y control del proceso de armonización y presentar informes sobre los avances al Comité Andino de Normalización.

- Remitir a la Secretaría General de la Comunidad Andina en Lima, los textos de los documentos aprobados como normas andinas para su numeración y publicación.

- Coordinar con la Secretaría del Comité Técnico correspondiente, la Reunión Técnica a la que se hace referencia en el numeral 11.2.4.

- Tramitar la solicitud de actualización y anulación de normas andinas.

- Proponer mecanismos que agilicen los objetivos de la RAN

7.4 Secretaría del Comité Técnico

- Administrar el proceso de armonización y adopción de normas andinas en el sector que le ha sido asignado por el Comité Andino de Normalización.

- Informar al Ente Coordinador los proyectos de Norma Andina listos para su aprobación como normas.

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- Administrar los plazos y el proceso de votación o gestionar las reuniones técnicas andinas para analizar los proyectos de normas andinas.

- Remitir al Ente Coordinador los textos de los documentos aprobados como Norma Andina por su Comité Técnico.

- Crear o disolver los Subcomités Técnicos de Normalización cuando se requiera

8. DOCUMENTOS BASE PARA LA ARMONIZACION

El orden preferencial de los documentos de referencia para la adopción, elaboración y actualización de las normas andinas es el siguiente:

a) Normas internacionales tales como ISO, IEC, CODEX ALIMENTARIUS, OIML e ITU y otras previamente aceptadas por el Comité Andino de Normalización.

b) Proyectos de normas internacionales de inminente aprobación.

c) Normas regionales, tales como: CEN, COPANT y otras previamente aceptadas por el Comité Andino de Normalización.

d) Normas de organizaciones de reconocido prestigio internacional tales como:ASTM, SAE, API,NFPA y otras.

e) Normas armonizadas entre dos o más países de la Comunidad Andina.

e) Normas nacionales de Países Miembros de la Comunidad Andina.

f) Normas nacionales de países no miembros de la Comunidad Andina.

h) Otros documentos de interés para la Comunidad Andina.

9. RESPONSABILIDADES DE LOS MIEMBROS DE LA RED

- Aplicar en toda su amplitud la Guía ISO No. 59 "Código de Buena Práctica para la Normalización".

- Adecuar sus procedimientos de normalización al Acuerdo de Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC.

- Aplicar los procedimientos que se indican en las Directivas 1, 2 y 3 de la ISO/IEC respecto al proceso de elaboración de normas, así como las Guías ISO/IEC 2, 3, 7, 15, 21, 26, 36 y 51 en sus versiones vigentes.

- Adecuar sus procedimientos para que incluyan la notificación previa según lo indica los artículos 11 y 32 de la Decisión 419.

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- Cumplir con las demandas de información del Ente Coordinador y de las Secretarías Técnicas de Normalización..

- Emitir opinión respecto a los proyectos de normas andinas que le sean sometidas por las Secretarías de los Comités Técnicos.

- Adoptar preferentemente, la(s) norma(s) andina(s) como norma(s) nacional(es). La(s) norma(s) nacional(es) será(n) reemplazada(s) por la(s) norma(s) andina(s) cuando esta(s) sea(n) equivalente(s).

- Aplicar para efecto de comercio intracomunitario y con terceros países la(s) norma(s) andina (s) vigente(s).

- Asumir las funciones de Secretaría del Comité Técnico/Subcomité Técnico, en el (los) sector(es) que por sus fortalezas le sean asignadas.

- Difundir y propiciar la aplicación en su país de las normas andinas.

10. PROGRAMA DE ARMONIZACION DE NORMAS ANDINAS

10.1 Los Países Miembros deben presentar al Ente Coordinador a través de los organismos nacionales de normalización, las solicitudes de normas andinas, en el marco de la política andina de normalización establecida por el Comité Andino de Normalización.

10.2 La comunicación de las necesidades de normalización se hará mediante una carta en la cual deben proporcionar la siguiente información mínima:

a) Título del tema.

b) Documento de referencia para el estudio.

c) Sustentación técnica de la solicitud.

d) Otras características relevantes.

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10.3 Los temas por normalizar presentados por los Países Miembros al Ente Coordinador se priorizarán de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Incidencia en el comercio intracomunitario y con terceros países.

b) Condición de obligatoriedad del producto en los países de la comunidad.

c) Disposiciones legales especiales.

d) Respaldo de sellos o marcas de conformidad.

e) Relación con el Sistema Internacional de Unidades.

f) Incidencia con aspectos medio ambientales.

g) Actualización de una norma andina

Estos criterios deben validarse periódicamente por parte del Comité Andino de Normalización, de tal manera que respondan permanentemente a las necesidades de la comunidad.

10.4 El Ente Coordinador evaluará las solicitudes de los Países Miembros tomando en consideración los criterios del numeral anterior y elaborará un programa semestral de armonización de Normas Andinas, el cual será presentado al Comité Andino de Normalización para su aprobación, incluyendo una asignación de trabajo a cada Comité Técnico así como la Secretaría que se encargaría de su ejecución.

Una vez aprobada la propuesta, cada Secretaría de Comité Técnico presentará al Ente Coordinador un cronograma de trabajo (ver anexo E) que incluya los siguientes aspectos:

a) Tema a normalizar.

b) Documento de referencia.

c) Fecha tentativa de la circulación del proyecto.

d) Fecha prevista para las Reuniones Técnicas Andinas, si es el caso.

e) Fecha prevista para la aprobación de la Norma Andina.

Este documento se constituye en el elemento de seguimiento y control por parte del Ente Coordinador a la ejecución y cumplimiento del Programa Andino de Normalización.

Cuando un tema permanezca por espacio de un año en el programa sin lograr un avance significativo en su desarrollo, el Ente Coordinador debe someterlo a consideración del Comité Andino de Normalización para determinar su continuación o eliminación del programa, presentando un informe de la gestión adelantada por el Comité Técnico encargado del estudio.

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11. ADOPCIÓN / ARMONIZACION DE NORMAS ANDINAS

Los procedimientos abajo descritos se activarán en tanto los temas a normalizar se encuentren incluidos en el Programa Andino de Normalización, denominado en adelante con las siglas PAN.

Las comunicaciones explícitas e implícitas en los procedimientos 1 y 2, que a continuación se detallan, se efectuarán vía INTERNET.

11.1 PROCEDIMIENTO 1 DE LA ADOPCIÓN AUTOMÁTICA DE NORMAS ANDINAS

11.1.1 CASO DE LAS NORMAS EQUIVALENTES A NORMAS INTERNACIONALES

11.1.1.1 Caso que exista norma COPANT, como adopción equivalente a una Norma internacional

El Ente Coordinador de la Red Andina de Normalización RAN comunicará a los Organismos Nacionales de Normalización de los Países Miembros, la aprobación como norma andina de la correspondiente norma COPANT.

11.1.1.2Caso que existan normas nacionales, como adopción equivalente a una norma internacional, y no exista norma COPANT

a) Los Organismos Nacionales de Normalización comunicarán al Ente Coordinador, en un plazo de 15 días hábiles a partir de la aprobación del Programa Andino de Normalización PAN, la existencia de normas nacionales como adopción equivalente a una norma internacional, indicando el número de la norma, el de la edición, la fecha correspondiente, y el grado de equivalencia según la Guía ISO/IEC 3 y 21. Asimismo declararán que tal adopción cumple lo establecido en las Guía ISO 59.

b) Si cumplido el plazo señalado anteriormente, 3 o más Países Miembros efectuaren la declaración de adopción equivalente, el Ente Coordinador procederá a comunicar a todos los Países Miembros la aprobación de las versiones nacionales como Normas Andinas.

c) En el caso que sólo 1 ó 2 Países Miembros declaren la adopción equivalente, el Ente Coordinador procederá a solicitar la (s) versión (es) de las normas nacionales en papel y medio magnético, y las circulará durante un plazo de 30 días hábiles, solicitando su aceptación o rechazo a la adopción como norma andina.

d) Cumplido el plazo y habiendo obtenido la aceptación de 3 ó más Países Miembros, el Ente Coordinador comunicará a los Países Miembros la adopción de las versiones nacionales como normas andinas.

e) En el caso que no se logre la aceptación de 3 ó más Países Miembros, se activará el procedimiento 2, en el punto que corresponda.

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11.1.2 DE LAS NORMAS CON REFERENCIA COPANT, CEN, QUE NO ESTÉN BASADAS EN NORMAS INTERNACIONALES

Se procederá de acuerdo a los plazos y procedimiento establecido en el punto 11.1.1.2

11.1.3 DE LA OFICIALIZACIÓN DE LAS NORMAS ANDINAS APROBADAS

EL Ente Coordinador en un plazo máximo de 30 días hábiles, comunicará a la Secretaría General la relación de normas andinas aprobadas y adjuntará las normas en medio magnético y en papel.

La Secretaría General en un plazo de 15 días hábiles procederá a la numeración, edición, publicación, y emisión de la Resolución, oficiando las normas andinas correspondientes.

La Secretaría General remitirá a los Países Miembros la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena, que contiene la Resolución, y adjuntará copia de las normas andinas correspondientes sólo para el caso 11.1.1.1 y para las emitidas según el procedimiento 2. Para las demás sólo se remitirá la carátula de la norma andina con la solicitud que sea incluida en las versiones de las normas nacionales.

Nota general para el procedimiento 1

En el caso de las normas y recomendaciones del Codex Alimentarius relacionados a control sanitario, Unión Internacional de Telecomunicaciones (ITU) y de la Organización Internacional de Metrología Legal (OIML), sólo se adoptarán como normas andinas por solicitud expresa de las Autoridades Nacionales Competentes de los Países Miembros presentada a través de los Organismos Nacionales de Normalización.

11.2 PROCEDIMIENTO 2DE LA ARMONIZACIÓN DE NORMAS NACIONALES NO EQUIVALENTES A NORMA INTERNACIONAL, O CON CUALQUIER OTRA REFERENCIA

11.2.1 La Secretaría del Comité Técnico de normalización correspondiente, una vez verificada la no procedencia de la aplicación del procedimiento 1, elaborará el Proyecto de Norma Andina con base en una norma nacional de los Países Miembros, y lo remitirá a los Organismos Nacionales de Normalización y a la Secretaría General de la Comunidad Andina, adjuntando el formulario de voto incluido en el Anexo ”B”.

11.2.2 Transcurridos 45 días hábiles, contados a partir de la fecha de envío por parte de la Secretaría del Comité Técnico:

a)Si no se reciben observaciones, ó si las observaciones recibidas son

calificadas por los Países Miembros como de forma, el proyecto será aprobado como norma andina. La Secretaría del Comité Técnico estudiará tales observaciones y elaborará un informe en el cual consigne los criterios aplicados para su aceptación o rechazo; y procederá a la redacción final de la

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norma andina y a su envío a la Secretaría General de la Comunidad Andina en medio magnético y en papel, dentro de los 30 días hábiles siguientes.

Nota: Entiéndase como observaciones de forma las referidas a aspectos editoriales o relacionadas con la redacción, siempre y cuando no se altere el contenido técnico

b)Si el proyecto recibe observaciones consideradas de fondo por los Países Miembros, la Secretaría del Comité Técnico procederá a preparar el correspondiente resumen de dichas observaciones y su opinión con relación a ellas. Con este resumen preparará el proyecto modificado de norma andina.

11.2.3 Dentro de los 30 días hábiles siguientes a los señalados en el punto 11.2.2., la Secretaría del Comité Técnico enviará el proyecto modificado a los organismos nacionales de normalización y al Ente Coordinador, acompañando el informe técnico respectivo, cuya estructura se detalla en el anexo D y del formulario de voto, dando un plazo de 60 días, sin posibilidad de ampliación a partir de la remisión de dicho formulario de voto.

11.2.4 Si el proyecto no es aprobado por 3 o más Países Miembros, la Secretaría del Comité Técnico citará a una reunión técnica de armonización, previa coordinación con el Ente Coordinador. Si en la reunión no se llega a un acuerdo, se suspenderá el estudio del proyecto, informando de esto al Ente Coordinador.

11.2.5 Si el proyecto es aprobado en la reunión técnica de armonización, pero tiene observaciones de forma, se procederá según lo establecido en el punto 11.2.2.a

11.2.6 La Secretaría del Comité Técnico remitirá al Ente coordinador, el texto definitivo de la norma en medio magnético y en papel.

11.2.7 Se continuará con lo establecido en el punto 11.1.3

11.3 ACTUALIZACIÓN DE LAS NORMAS ANDINAS

11.3.1 La actualización de normas andinas debe solicitarse al Ente Coordinador, adjuntando una propuesta debidamente sustentada.

El Ente Coordinador, a su vez, la remitirá a la Secretaría del Comité correspondiente, para que la someta a votación por parte de los Países Miembros durante un período de cuarenta y cinco (45) días.

11.3.2 Si la solicitud es aprobada como mínimo por tres de los Países Miembros, se notificará al Ente Coordinador para su inclusión en el programa y se da inicio al proceso de actualización.

11.3.3 La actualización debe tramitarse de acuerdo con los procedimientos de estudio establecidos en los numerales 11.1 y 11.2.

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11.3.4 Si la solicitud no es aprobada por el mínimo indicado en el numeral 11.3.2 se notificará al país solicitante a través del Ente Coordinador.

11.3.5 Una vez aprobada, la norma se designará con la misma numeración inicial, colocando la fecha en que se apruebe la actualización e indicando en letras el número de la edición.

11.4 ANULACION DE NORMAS ANDINAS

11.4.1 La anulación de normas andinas debe solicitarse al Ente Coordinador, adjuntando la propuesta de anulación debidamente sustentada.

El Ente Coordinador, a su vez, la remitirá a la Secretaría Técnica del Comité correspondiente para que se someta a votación por parte de los Países Miembros, durante un período de cuarenta y cinco (45) días.

11.4.2 Si la solicitud de anulación de la norma es aprobada como mínimo por tres de los Países Miembros, se debe notificar a través del Ente Coordinador.

11.4.3 La decisión final debe comunicarse por el Ente Coordinador, vía epistolar a todos los Miembros y a la Secretaría General de la Comunidad Andina. En caso de haberse votado por la anulación, ésta se debe formalizar en la siguiente reunión del Comité Andino de Normalización. Dicha anulación debe ser publicada en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.

12. DESIGNACION

12.1 DE LOS PROYECTOS DE NORMA ANDINA

Codificación:

PNA XX YYY: ZZ ZZ

donde:

PNA: describe el documento “Proyecto de Norma Andina”.

XX : corresponde al número del Comité en el que se va a estudiar la norma.

YYY: corresponde al número consecutivo de temas en cada Comité Técnico.

ZZZZ: corresponde a los cuatro últimos dígitos del año en que se inicia el estudio.

Nota: este código es administrado por la Secretaría del Comité Técnico, informando de esta asignación al Ente Coordinador.

12.2 DE LAS NORMAS ANDINAS

12.2.1 Codificación normas producto-requisitos:

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NA XXXX : AAAA

donde:

NA : describe el documento “Norma Andina”.

XXXX : corresponde al número asignado a la norma.

AAAA : corresponde al año de aprobación de la Norma Andina.

Notas:

1) La fecha de aprobación corresponde a la fecha en la cual la Secretaría del Comité Técnico envía al Ente Coordinador el texto definitivo de la norma andina según lo establecido en el numeral 11.

2) La asignación de este código es responsabilidad de la Secretaría General de la Comunidad Andina.

3) Se deberá indicar el grado de correspondencia de la Norma Andina con su documento de referencia, en la parte central de la carátula de la norma, tal como se establece en las Guías ISO/IEC 3 y 21

12.2.2 Codificación de normas diferentes a producto-requisitos:

NA XXXX : AAAA

donde:

NA : describe el documento “Norma Andina”.

YYY : sigla del organismo internacional de normalización

XXXX : corresponde al número asignado a la norma.

AAAA : corresponde al año de aprobación de la Norma Andina.

Notas:

1) La fecha de aprobación corresponde a la fecha en la cual la Secretaría del Comité Técnico envía al Ente Coordinador el texto definitivo de la norma andina según lo establecido en el numeral 11.

2) La asignación de este código es responsabilidad de la Secretaría General de la Comunidad Andina.

3) Se deberá indicar el grado de correspondencia de la Norma Andina con la norma internacional respectiva, en la parte central de la carátula de la norma, tal como se establece en las Guías ISO/IEC 3 y 21.

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12.3 DE LOS COMITES TECNICOS

12.3.1 Codificación:

CT XX

donde:

CT : sigla que corresponde al Comité Técnico.

XX : consecutivo de Comités Técnicos.

a) La asignación del código de los Comités Técnicos corresponde al Ente Coordinador.

b) La numeración del Comité Técnico debe ser secuencial en el orden en el cual son creados. Si un Comité Técnico es disuelto, su número no debe ser asignado a otro Comité.

12.3.2 Creación

a) Los Comités Técnicos son creados y disueltos por el Comité Andino de Normalización, por recomendación del Ente Coordinador de la Red Andina de Normalización.

b) Una propuesta de trabajo en un nuevo campo de actividad técnica, que requiera la creación de un Comité Técnico puede ser presentada por:

- Un miembro del Comité Andino de Normalización- El Ente Coordinador de la RAN- Un organismo nacional de normalización de un País Miembro.

c) La propuesta a la que se refiere el punto anterior debe elaborarse siguiendo el formato que se indica en el anexo C del presente reglamento, indicándose:

- El proponente- El nombre propuesto- El alcance del trabajo a desarrollar y el programa inicial de trabajo- Justificación técnica de la propuesta.

La propuesta debe ser enviada al Ente Coordinador. La Secretaría Técnica del CAN circula la propuesta a los demás Países Miembros. La respuesta a la propuesta debe efectuarse en un plazo máximo de 30 días calendario de haberse enviado el documento propuesto.

El Ente Coordinador evalúa las respuestas e informa del resultado al ente proponente y al Comité Andino de Normalización.

12.4 DE LOS SUBCOMITES TECNICOS

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12.4.1 Codificación:

CT XX/SC YY

donde:

CT XX : corresponde al código del Comité Técnico.

SC : sigla que corresponde al Subcomité Técnico.

YY : consecutivo de los Subcomités Técnicos dentro de cada Comité.

a) La asignación del código de los Subcomités Técnicos corresponde al Comité Técnico relacionado.

b) La numeración del Subcomité Técnico debe ser secuencial en el orden en el cual son creados. Si un Subcomité Técnico es disuelto, su número no debe ser asignado a otro Subcomité.

12.4.2 Creación

a) Los Subcomités Técnicos son establecidos y disueltos por el Comité Técnico relacionado, sujeto a ratificación del Ente Coordinador de la Red Andina de Normalización, para lo cual se debe llenar el formato del anexo C.

b) Las Secretarías Técnicas de los Subcomités técnicos pueden ser asumidas por organismo nacionales de normalización diferentes al que esté ejerciendo la secretaría técnica del comité de normalización.

c) El título y el alcance del Subcomité Técnico será definido por el Comité Técnico relacionado y debe estar dentro del alcance del mismo.

d) Un Subcomité Técnico puede ser creado sólo si un organismo nacional de normalización expresa su voluntad de asumir la Secretaría Técnica correspondiente.

12.5 DE LOS GRUPOS DE TRABAJO

12.5.1 Codificación:

GT XX

donde:

GT : sigla que corresponde al Grupo de Trabajo.

XX : consecutivo de los Grupos de Trabajo dentro del Comité o Subcomité.

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a) La asignación del código de los Grupos de Trabajo corresponde al Comité Técnico o Subcomité Técnico relacionado.

b) La numeración de los Grupos de Trabajo debe ser secuencial en el orden en el cual son creados.

12.5.2 Creación

a) Los Comités y Subcomités Técnicos pueden crear Grupos de Trabajo para tareas específicas.

b) El título y el alcance del Grupo de Trabajo será definido por el Comité Técnico o Subcomité relacionado y debe estar dentro de su alcance.

13. EDICION, PUBLICACION Y ARCHIVO

13.1 DE LOS DOCUMENTOS DE ESTUDIO

13.1.1 Los documentos de estudio deben hacer referencia al Comité y/o Subcomité en el marco dentro del cual son trabajados.

Ejemplo: CT XX/SC YY

13.1.2 La carátula de los documentos en estudio debe tener la siguiente estructura:

- En la parte superior izquierda la codificación del documento en estudio. Ver numeral 12.1.

- En la parte superior derecha el Comité Técnico o Subcomité, según corresponda. Ver numerales 12.3 y 12.4.

- Centrado el título del documento.

13.2 DE LAS NORMAS ANDINAS

13.2.1 Edición

a) Carátula: las normas andinas deben ser editadas según el formato que se presenta en el anexo A.

b) Primera página: debe colocarse el título de la norma en español y a continuación el texto de la norma.

13.2.2 Publicación

Las normas andinas aprobadas adoptan el carácter oficial mediante su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena y son de aplicación para el comercio intracomunitario y con terceros países.

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13.2.3 Difusión

La Secretaría General de la Comunidad Andina, según corresponda a lo establecido en el numeral 11,debe distribuir un original o la carátula de las normas andinas a cada uno de los organismos nacionales de normalización de los Países Miembros.

13.2.4 Archivo

La Secretaría General de la Comunidad Andina tiene la responsabilidad de llevar el archivo de las normas andinas.

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ANEXO A

NORMA ANDINA NA-ISO 9002

Número de la edición (en letras)1995-12-13

SISTEMAS DE CALIDAD

Modelo para aseguramiento de la calidad en producción, instalación y servicio asociado

E: Quality Systems. Model for Quality Assurance

in Production, Installation and Servicing

CORRESPONDENCIA: esta norma es una adopción equi-valente a la ISO 9002:1994

DESCRIPTORES: sistema, calidad, aseguramientoDESCRIPTORS: system, quality, assurance

COMITÉ ANDINODE NORMALIZACIÓN

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I.C.S: 03.120.10

Gaceta Oficial del Acuerdo de CartagenaNº XXXX de 1998-XX-XX

Prohibida su reproducción

NA-ISO 9002:1994

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ANEXO B

FORMULARIO DE VOTO

ENVIADO POR: (Institución)______________________________________________________________________________________________________

En su carácter de Miembro de la Red Andina de Normalización, relativo alPNA:___________________________________________________________________________________________________________________________________

Este Voto deberá ser enviado a la Secretaría General de la Comunidad Andina, con copia a la Secretaría del COMITE TECNICO CT:____antes del año/mes/día.

Por el presente informamos a usted : (Marcar el que corresponda)

Voto por la APROBACION del Proyecto como Propuesta de Norma ANDINA

Voto por el RECHAZO del Proyecto como Propuesta de Norma ANDINA

Nos ABSTENEMOS DE VOTAR con respecto al Proyecto como Norma ANDINA

Lugar y Fecha:

Firma:

Aclaración de la Firma:_____________________________

NOTA 1: EL VOTO SE CONSIDERARA DE APROBACION EN EL CASO DE NO RECIBIRSE RESPUESTA ANTES DE LA FECHA DE VENCIMIENTO

NOTA 2: ADJUNTAR EN HOJA ANEXA LAS OBSERVACIONES DE FORMA Y FONDO CON LA SUSTENTACION TECNICA CORRESPONDIENTE A ESTAS ULTIMAS

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ANEXO C

PROPUESTA PARA LA CREACION Y/O MODIFICACION DEL ALCANCE DE UN COMITE/SUBCOMITE TECNICO DE NORMALIZACION

A. PROPONENTE:

B. NOMBRE DEL CT ó SC. El nombre debe ser breve y conciso.

C. ALCANCE. Definir en forma precisa los límites de la actividad técnica propuesta por el CT ó SC y empezar con “normalización de” o “normalización en el campo de”.

D. JUSTIFICACIÓN. Tomar en cuenta, entre otros, las ventajas económicas y sociales para la Comunidad Andina que resultará de la adopción de normas andinas en el campo propuesto.

E. PROGRAMA DE TRABAJO. El proponente debe precisar un programa inicial de trabajo, indicando los temas.

F. OTROS COMENTARIOS.

G. Fecha, nombre y firma del Proponente.

H. Comentarios del Ente Coordinador.

I. Nombre, fecha y firma del Ente Coordinador.

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ANEXO D

FORMATO DEL INFORME TECNICO

Deberá ser elaborado por la secretaría del comité o subcomité técnico y tendrá la siguiente información:

1. Encabezado:Incluir los siguientes aspectos:1.1. Colocar la frase “Comité Andino de Normalización”.1.2. Código y nombre del comité técnico.1.3. Código y nombre del subcomité técnico (si es el caso).1.4. Nombre de la secretaría del CT/SC.

2. Título del informe2.1. Colocar la frase “Informe técnico”.2.2. Colocar el título del proyecto de norma andina y su código correspondiente.

3. Contenido del informe3.1. Introducción.3.2. Documento de referencia.3.3. Consideraciones técnicas ( incluye resumen de las observaciones recibidas).3.4. Conclusión y decisión final3.5. Fecha de elaboración.3.6. Nombre y firma de quien elabora.

NOTA: A continuación se presenta un esquema sugerido de la distribución de esta información:

1.1.

3.1.3.2.3.3.3.4.3.5 / 3.6

1.2. 1.3.

1.4. 1.4.

2.1.

2.2.

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ANEXO E___ de___

PROGRAMA ANDINO DE NORMALIZACION 199___CT (Código y nombre): ____________________________________________________ SECRETARIA ___________________________SC (Código y nombre): _____________________________________________________SECRETARÍA ____________________________

DOCUMENTO CRONOGRAMANo. TEMA REFERENCIA

NOTA: EL CRONOGRAMA DEBE INDICAR EL ESTADO PROYECTADO DE LA EVOLUCION DEL DOCUMENTO COMO SIGUE:NA: NORMA ANDINA, PNA: Proyecto de NA, RTA: Reunión Técnica Andina, EC: Ente Coordinador, CT: Comité técnico (para el caso de una norma elaborada por un SC)

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Artículo 2.- Modifíquese la Resolución 502 en lo que corresponda.

Artículo 3.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la que entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.

Dada en …

SEBASTIÁN ALEGRETTSECRETARIO GENERAL

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ANEXO IV

PLAN DE TRABAJO CAN 1998 - 2000

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PLAN DE TRABAJO 1998 - 2000 SISTEMA ANDINO DE NORMALIZACION, ACREDITACION.ENSAYOS, CERTIFICACION, REGLAMENTOS TECNICOS,

Y METROLOGIA (SAN).

CONTENIDO

* INTRODUCCION

* PLAN DE TRABAJO PROPUESTO 1998 - 2000

* NORMALIZACIÓN

* ACREDITACIÓN

* ENSAYOS / CERTIFICACIÓN

* REGLAMENTOS TÉCNICOS

* INFORMACIÓN

* GESTIÓN DE LA CALIDAD

* NEGOCIACIÓN CON TERCEROS

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PLAN DE TRABAJO 1998 - 2000 SISTEMA ANDINO DE NORMALIZACION, ACREDITACION.ENSAYOS, CERTIFICACION, REGLAMENTOS TECNICOS,

Y METROLOGIA (SAN).

INTRODUCCION

La consolidación de la Zona de Libre Comercio es de importancia estratégica para la Comunidad Andina, traducida ésta en un incremento considerable de los actuales volúmenes comerciales, en un mayor nivel de calidad de los bienes y servicios; y en la eliminación de los obstáculos técnicos al comercio.

Tal estrategia, exige una legislación comunitaria a nivel de PRODUCTOS. En tal sentido la eficiencia en la producción de normas técnicas andinas, y de procedimientos de evaluación de la conformidad se torna en imprescindible.

La Red Andina de Normalización, instrumento operativo del Sistema Andino de Evaluación de la Conformidad, requiere a criterio de la Secretaría General y del Comité Andino de Normalización (CAN) un relanzamiento que permita incrementar la eficiencia en la producción de normas andinas, con prioridad para aquellos productos que soportan el mayor porcentaje del comercio intrasubregional.

Sin embargo, en el supuesto que se disponga del conjunto de normas andinas para tales productos, y de los métodos de ensayo necesarios para evaluar su conformidad; surge como actividad subsecuente la aplicación del Sistema Andino de Evaluación de la Conformidad.

Y es en este punto, donde se presenta una de las mayores dificultades en la subregión: la HETEROGENEIDAD en el grado de desarrollo de los Sistemas Nacionales de Evaluación de la Conformidad, lo cual resta eficiencia y eficacia al SAN, genera desconfianza mutua, y se manifiesta en una duplicidad de las actividades de evaluación de la conformidad, desarrollándose éstas tanto en el país de origen como en el de destino, con el consecuente incremento de los costos para los agentes económicos y reducción del nivel de competitividad nacional, y por ende subregional.

La Secretaría General, ante esta situación, considera imprescindible reforzar las infraestructuras nacionales, construir confianza a través de una mayor relación entre los sectores de la industria, el comercio, las normas, los reglamentos técnicos y la evaluación de la conformidad. Para tal efecto plantea un Programa de Trabajo que permita el desarrollo de los Entes de Acreditación Nacionales, los cuales siguiendo lineamientos internacionales estén en la capacidad de crear infraestructuras de ensayos, certificación, normalización, metrología que soporte la industria y el comercio nacional, subregional e internacional de los Países Miembros.

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Considerando el grado de heterogeneidad existente, la aplicación del Programa no podría tener un ritmo similar en cada País Miembro; por lo que la Secretaría General propone el establecimiento de Acuerdos de Reconocimiento Mutuo (ARM) entre 2, 3 6 más países que alcancen o tengan cierto grado de confianza; de tal forma que el país con mayor nivel de desarrollo no tenga que disminuir su ritmo para estar al compás de aquel con menor nivel.

La estrategia de establecer ARM, paralela a la de armonización, además de tener la posibilidad de lograr los mismos objetivos de fluidez al comercio en un plazo menor, tiene la ventaja de abordar tanto el campo voluntario como el regulatorio, lo cual permite hacer participar a toda la institucionalidad que opera mecanismos de control y vigilancia en el campo de la seguridad, medio ambiente, protección al consumidor, sanidad humana, animal y vegetal.

Finalmente, la Secretaría General considera imprescindible el desarrollo del Centro de Información y Registro, creado por la Decisión 419 en su artículo 36, como un medio prioritario para reforzar eI mecanismo de prevención de la creación de nuevos obstáculos técnicos al comercio. En este ámbito de acciones el CAN en su VI Reunión aprobó la creación de un Grupo de Trabajo que desarrolle la RED ANDINA DE INFORMACION, y asesore a los Países Miembros en el cumplimiento de los compromisos de notificación asumidos ante la Organización Mundial del Comercio; así como la reglamentación del articulo 8 de la Decisión 419 en lo referente al establecimiento de un procedimiento de denuncia y solución de controversias derivadas de obstáculos técnicos al comercio por aplicación de normas técnicas, reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad.

PLAN DE TRABAJO 1998 - 2000

1. NORMALIZACIN

1.1 Se propone pasar de un enfoque de armonización entre normas nacionales a uno que pase directamente de las normas nacionales a las internacionales.

Para ello la Secretaría General propone:

Caso del inventario existente

- Los Países Miembros envíen un listado a la Secretaría General de todas las normas nacionales vigentes que hayan sido adoptadas de algún organismo internacional de normalización.

- La Secretaría General determinará las comunes e iniciará un proceso sumario de adopción de normas andinas.

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Caso de nuevas normas

a) Si un País Miembro adopta como norma nacional una internacional, comunicará tal decisión a los demás Países Miembros a través de la Secretaría General.

b) La Secretaría General si recibe tres o más notificaciones positivas iniciará un proceso sumario de adopción de normas andinas.

Nota: Ya se iniciaron los trabajos en ambos temas, por acuerdo del CAN en su VI Reunión.

1.2 Se propone pasar del enfoque de normalización temático, es decir por Comités Técnicos que abordan un tema o un sector, a un enfoque integral de "matriz insumo-producto" o de "cadena productiva", que agote la actividad desde la fabricación hasta su comercialización, transporte y distribución.

Para ello la Secretaría General propone las siguientes acciones:

a) El País Miembro interesado presentará bajo el siguiente esquema de referencia, la relación propuesta de productos, servicios, y temas en general a normalizar; tratando en todo momento de adoptar normas internacionales.

b) Discutir a nivel del Comité Andino de Normalización las cadenas productivas de mayor interés para el tejido industrial de cada País Miembro.

MATERIALES METODOS EQUIPOS

NORMAS DEL

SECTOR___________ __________ ________MEDICIONES MAQUINAS HOMBRE

Por ejemplo: Bolivia podría solicitar ser Secretaría Técnica de la cadena productiva que tenga que ver con la explotación, transporte, envase, distribución, y comercialización de gas natural, abordando incluso el aspecto regulatorio relacionado a las instalaciones industriales y domésticas.

1.3 Se propone conseguir recursos para desarrollar un Programa de Capacitación para los actuales y potenciales Secretarios Técnicos de los diferentes Comités Técnicos de Normalización creados en la Red Andina, de tal forma que se armonicen los procedimientos de normalización, y se logre imprimir una mayor velocidad al proceso andino de normalización.

1.4 Priorizar las actividades de normalización en el sector de los servicios que transgreden las fronteras de los Países Miembros, como es el caso de telecomunicaciones satelitales, transporte en todas sus modalidades, de pasajeros y carga, suministro de energía de un país a otro, entre otros. No se

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debe considerar en este rubro los servicios de evaluación de la conformidad que son abordados a lo largo de todo el presente documento.

1.5 Finalmente, la normalización en el tema ambiental, es un tema que debiera abordarse integralmente con la certificación, ambos en su relación con el comercio.

La idea es elaborar un paquete de normas que sustenten los reglamentos técnicos en las áreas planteadas, siguiendo prácticas internacionales.

CONCLUSION

Se reconoce el rol estratégico de las normas, y la evaluación de la conformidad en los objetivos comerciales de cada uno de los Países Miembros y de la subregión.

Se reconoce la necesidad de legislar a nivel producto, para lograr una mayor eficacia en la eliminación de la redundancia de las actividades de evaluación de conformidad actuales.

Con la inercia anterior más el consenso que se pueda lograr de esta propuesta, se deberá reformular el Plan Andino de Normalización, con actividades precisas, fechas, plazos, y responsables; de tal forma que en no más de tres años podamos disponer de un conjunto de normas andinas que soporten el 100 % de los productos y servicios que se transan en la subregión y con los principales terceros países.

Adicionalmente, y en un plazo de no más de un año debería estar culminado el paquete de normas, y procedimientos que soportan las actividades de las Redes Andinas de acreditación, ensayos, certificación y metrología, especificadas en sus respectivos reglamentos.

2. RECONOCIMIENTO MUTUO

Se propone una estrategia paralela a la de armonización, el establecimiento de Acuerdos de Reconocimiento Mutuo1 entre 2, 3 ó más Países Miembros.

Para ello la Secretaría General propone las siguientes acciones a nivel de cada País Miembro:

a) Identificar los sectores que sean de interés nacional, y los productos a ser materia de reconocimiento mutuo.

b) Priorización de sectores/productos por ambas partes (negociación)

c) Definición de los requisitos técnicos a exigir a la otra parte.

1 El reconocimiento mutuo no implica o requiere la aceptación de las normas y/o reglamentos técnicos de productos de otro país. Un ARM significa que se otorga la aceptación de los resultados de la verificación y/o la certificación de la otra parte, sin tomar en cuenta si las dos partes tienen normas o requisitos técnicos equivalentes que rigen los productos. El reconocimiento se relaciona solamente con la competencia de una parte para evaluar y certificar productos correctamente contra los requisitos de la otra parte.

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d) Determinación de los organismos nacionales que serán los encargados de la evaluación de la conformidad, con los requisitos de la otra parte.

e) Desarrollar evaluaciones cruzadas entre las partes, de la infraestructura de evaluación conformidad notificada.

3. ACREDITACION

3.1 Se propone asistir a los Entes Nacionales de Acreditación (ENA), en el cumplimiento de las Guías ISO/IEC correspondientes, de tal forma que en el más corto plazo puedan estar en capacidad de ser evaluados y "Reconocidos" tal cual lo establece el Reglamento de la Red Andina de Organismos Nacionales de Acreditación. A la fecha ningún ENA ha cumplido con este requisito.

3.2 Se propone que los Entes Nacionales de Acreditación tengan dentro de su programa de actividades el proveer los medios para satisfacer las necesidades regulatorias de los sectores ligados al control y vigilancia de la seguridad, protección del consumidor, medio ambiente, sanidad humana, animal y vegetal.

Actualmente existe en algunos países conflicto de competencia entre el sector voluntario y el reglamentario, resolviéndose en algunos casos a través de la coexistencia de más de un Ente Acreditador.

3.3 Se debe priorizar la formación, capacitación y calificación de evaluadores para la acreditación de laboratorios de ensayo, calibración, y de organismos de certificación de producto. Así como, de los auditores para la acreditación de organismos de certificación de sistemas de calidad (ISO 9000) y sistemas de gestión ambiental (IS0 14000).

CONCLUSION

Se reconoce la importancia de la acreditación como estrategia operativa para crear infraestructura de evaluación de la conformidad, con criterios de competencia técnica, confidencialidad, y ética; que generen confianza a los sistemas nacionales y por ende al andino.

En tal sentido, se propone que los Países Miembros elaboren Programas de Acreditación, que permitan dotar a aquellos sectores que sean de interés nacional, de potencial exportador, de una infraestructura de evaluación de la conformidad que le permita penetrar, mantener e incrementar su participación en mercados internacionales. Visto de esa forma la acreditación se torna en un facilitador para la mejora de la competitividad nacional. En la actualidad la mayoría de los Países Miembros están actuando sólo por demanda.

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4. ENSAYOS/CERTIFICACION

4.1 Se torna prioritario promover la conformación de las Redes Nacionales de Laboratorios y Organismos de Certificación, para coordinar con ellos, entre otros, las siguientes actividades:

a) Determinación de los métodos de ensayo necesarios a armonizar como norma andina. Este es un importante avance para la construcción de confianza en el reconocimiento de los resultados de los laboratorios y de los certificados.

b) Definición de los Programas de Acreditación.

c) Diseño, desarrollo, y aplicación de Programas de Intercomparación de Laboratorios

d) Establecimiento de una marca andina de conformidad con norma, que permita a los productos que lo ostenten a navegar por la subregión, y con terceros países, o bloque de países con los que se establezca Acuerdos de Reconocimiento Mutuo.

4.2 Urge disponer de un inventario nacional de cada uno de los Países Miembros, de la infraestructura existente en el campo de laboratorios de ensayo. Ellos serían los depositarios de sendos programas de promoción, difusión, asistencia técnica para lograr su acreditación.

CONCLUSION

Se reconoce en los laboratorios de ensayo, calibración y organismos de certificación, los elementos principales de interacción entre los agentes económicos y el Sistema de Evaluación de la conformidad; de ello emana la importancia estratégica de la conformación de las redes nacionales; que abarquen todo el país a lo largo y ancho; de esta forma estaríamos propiciando una competencia más leal, ya que hoy en día existe un costo adicional que se paga por acceder al organismo de evaluación de la conformidad que se encuentra en las capitales de los países.

5. REGLAMENTOS TECNICOS

5.1 Se propone un acercamiento mayor al ámbito regulatorio de tal forma que:

a) Los reglamentos técnicos puedan sustentarse en normas técnicas voluntarias.

b) Los procedimientos de control y vigilancia aplicados por las autoridades públicas de los Países Miembros en las áreas de seguridad, protección al consumidor, medio ambiente, sanidad humana, animal y vegetal; utilicen cada vez más los sistemas nacionales de evaluación de la conformidad, creados por los Entes Nacionales de Acreditación, en el campo voluntario.

5.2 Se propone una alianza estratégica entre el sector voluntario y el regulatorio que permita a éste, utilizar normas y procedimientos de evaluación de la conformidad

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internacionales. Ello facilitaría el comercio y propiciaría también una mayor eficiencia y eficacia en el establecimiento de acuerdos de reconocimiento mutuo entre Países Miembros y con terceros u otros bloques de países.

5.3Se recomienda trabajar a nivel de cada País Miembro, y en la Secretaría General, la relación entre las áreas de protección al consumidor, seguridad, y medio ambiente. Esto por que existe razones fundadas que allí se estarían generando obstáculos innecesarios al comercio.

5.4Se está buscando financiamiento para la elaboración de un Manual Andino de Evaluación de la Conformidad, en esta área, que comprendería un inventario de los reglamentos técnicos nacionales, y de los procedimientos de evaluación de la conformidad asociados.

5.5Se propone identificar temas de interés comunitario y trabajar en la elaboración de reglamentos técnicos, como es el caso del transporte en todas sus modalidades, uso racional de energía y eficiencia energética, registros sanitarios de alimentos, medicamentos, dispositivos médicos y cosméticos, donde ya viene trabajando la Secretaría General.

CONCLUSION

Se reconoce la importancia de identificar, analizar, remover, y prevenir la formación de obstáculos técnicos al comercio, en primer instancia dentro del ámbito nacional, para luego abordar el comunitario con plazos y metas definidas.

6. METROLOGIA

6.1 Se propone priorizar la labor del Ente Coordinador de la Red Andina de Metrología, en lo relacionado al establecimiento de los patrones andinos, como elemento básico para lograr la trazabilidad andina.

6.2 Se sugiere relanzar la gestión de ANDIMET dentro del Sistema Interamericano de Metrología, con el objetivo de alcanza trazabilidad internacional y reforzar los sistemas nacionales de metrología.

6.3 En la misma línea de acción se propone apoyar los esfuerzos de países en lograr cooperación técnica para el fortalecimiento de sus infraestructuras de sus laboratorios centrales de metrología; con incidencia en el campo de la metrología industrial.

6.4 Se sugiere elaborar un programa de formación, capacitación y entrenamiento de recurso humano utilizando, en primera instancia las fortalezas de la propia subregión. En tal sentido se podría elaborar un programa de pasantías cruzadas entre los Laboratorios centrales de Metrología de los Países Miembros.

6.5 Continuar con el Programa de intercomparación de unidades prioritarias para la subregión, establecido por el Sistema Interamericano de Metrología.

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CONCLUSION

Se acepta como válido que la construcción de un mercado sin barreras, pasa por garantizar la comparabilidad de los resultados de las medidas realizadas en la industria.

Se reconoce como válido que no se debe medir con la máxima exactitud y precisión posible, sino con la necesaria. Ello obliga a relevar del tejido industrial las necesidades de exactitud y precisión requeridos, y trabajar en ello.

Así mismo, la máxima de MEDIR PARA COMPETIR, debe hacer que nuestros países apoyen el esfuerzo de sus técnicos por disponer de una adecuada infraestructura en este campo tan importante para lograr el aseguramiento de la calidad.

7. INFORMACION

7.1 Se propone crear un Grupo de Trabajo dentro del Comité Andino de Normalización que tenga por encargo instrumentar mecanismos y medios suplementarios que refuercen una actitud preventiva de los Países Miembros, para la prevención de nuevos obstáculos técnicos al comercio; entendiéndose como acción prioritaria la conformación del Centro de Información y Registro, creado por la Decisión 419, articulo 36, a nivel andino con sus homólogos nacionales.

7.2 Lo anterior debería estar coordinado con el esfuerzo a nivel del ALCA, que la Organización de los Estados Americanos OEA, viene apoyando con miras a establecer un Sistema Computarizado Hemisférico de Información sobre normas y regulaciones técnicas.

7.3 Dicho sistema permitirá a los Países Miembros cumplir con los compromisos ante la Organización Mundial del Comercio, sobre notificación previa en el campo de las normas, reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad; y los derivados de la propia Decisión 419, en cuanto se refiere al principio de transparencia en la subregión.

7.4 Sería labor también del Grupo de Trabajo sobre Información, el reglamentar el artículo 8 de la Decisión 419, sobre el procedimiento de denuncia y solución de controversias derivados de obstáculos técnicos al comercio, por aplicación de normas técnicas, reglamentos técnicos, y procedimientos de evaluación de conformidad.

7.5 Un aspecto importante es lograr que los Países Miembros participen en forma plena en los organismos internacionales que tienen que ver con los temas de la Decisión 419. Por ejemplo, sólo 3 de los 5 Países Miembros son plenos de la ISO; ello dificulta una participación efectiva en los distintos Comités Técnicos de Normalización; por tanto no se dispone de la información y no se tiene voz ni voto en el proceso de elaboración de normas.

CONCLUSION

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Se reconoce a la información como el recurso inteligente de que dispone el Sistema Andino de Normalización para su desarrollo y aplicación.

En tal sentido debieran estar diseñados los canales para su flujo tanto al interior de la subregión como con el resto del mundo; no olvidemos la convergencia que se está dando a nivel mundial en este campo, no hacerlo nos restaría capacidad de negociación y lo más crítico nos aislaría del concierto de la economía mundial.

8. GESTION

En este rubro, dos aspectos son necesarios abordar: a) lo relacionado a la infraestructura nacional de la calidad, cuya tutela es responsabilidad de las autoridades públicas de los países, y b) la aplicación de la calidad en la gestión empresarial.

Sobre el primer aspecto existe evidencia que permite indicar que las políticas y procedimientos nacionales de evaluación de la conformidad, si bien están siendo atendidas como prioritarias por las administraciones públicas, requieren mayor dotación de recursos por un lado y por otro, un mayor esfuerzo de relación con el sector privado, y con los sectores regulados.

Actualmente algunos países vienen experimentando reformas a este sector, tanto en el aspecto técnico como en el jurídico; lo cual exige de los otros países no sólo comprensión sino apoyo que permita utilizar las experiencias en los nuevos diseños a aplicar.

La dinámica internacional del comercio global requiere de los Países Miembros y de la Secretaría General resolver favorablemente, por ejemplo, los desafíos que traduce la nueva Organización Mundial del Comercio. Este aspecto debería exigir a los países una estrategia integrada, entre las normas, la evaluación de la conformidad, la producción, y el comercio para desarrollar una política de competencia basada en la eliminación de obstáculos al comercio.

El segundo aspecto relativo a la aplicación, por parte de las empresas, de políticas de gestión de la calidad está relacionado con el primer punto, por cuanto hoy en día es tan importante que fabricar productos o brindar servicios de calidad, como el tener la capacidad de demostrarlo. En ese sentido se podría generar esfuerzos conjuntos de promoción y difusión de los modelos de aseguramiento de la calidad ISO 9000, de los servicios disponibles de ensayo, certificación, y metrología.

Reviste importancia en este punto la sensibilización sobre el tema de la calidad por parte de todos los agentes económicos. En los países con mayor grado de cultura de la calidad se ha podido demostrar una mayor utilización de las normas en la fabricación y comercialización de los productos, por ejemplo.

Algunas acciones en esta dirección podrían ser, la institucionalización de la Semana Andina de la Calidad, la emisión de un boletín andino de la calidad que refleje los avances de las empresas y empresarios andinos en la aplicación de técnicas de

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calidad, entre otras. Estas actividades podrían ser coordinadas con el Consejo Empresarial Andino.

Lo referente a formación de recursos humanos a nivel de grado y post-grado en el campo de la calidad podría coordinarse con el Convenio Andrés Bello.

9. NEGOCIACION CON TERCEROS

Elaborar y proponer a los canales pertinentes una posición a nivel de la Comunidad Andina frente a las negociaciones que en este campo se desarrollen con terceros, como es el caso del ALCA, o con la Unión Europea, Mercosur, entre otros.

Esta posición conjunta debiera salir de una contrastación entre nuestras fortalezas y debilidades, con las oportunidades y riesgos que ofrece la globalización de la economía mundial y su manifestación en el área de la integración entre países y regiones.

A nivel interno, debería trabajarse con el objetivo de elevar la capacidad de negociación para el establecimiento de Acuerdos de Reconocimiento Mutuo, Convenios de Cooperación, Memorándums de Entendimiento, entre los propios Países Miembros.

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ANEXO V

COMENTARIOS DE COLOMBIA AL DOCUMENTO:"PROPUESTA PLAN DE TRABAJO 1998-2000"

SISTEMA ANDINO DE NORMALIZACIÓN, ACREDITACIÓN, ENSAYOS, CERTIFICACIÓN, REGLAMENTOS TÉCNICOS Y METROLOGÍA

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ANEXO VI

LISTADO DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y METROLOGÍABOLIVIA

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ANEXO VII

LISTA DE NORMAS NACIONALES CON REFERENCIA INTERNACIONAL EN TRES O MÁS PAISES MIEMBROS

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LISTADO COMPARATIVO DE NORMAS CON REFERENCIA INTERNACIONAL PARA SU ADOPCION COMO NORMAS ANDINAS

EL TEXTO SOMBREADO, SIMBOLIZA LAS ACLARACIONES DEL INEN E ICONTEC RESPECTO A LOS AÑOS DE ADOPCION DE SUS NORMAS

EL TEXTO EN NEGRITAS, REPRESENTAN LAS NORMAS ADOPTADAS POR LOS PAISES QUE NO APARECIERON EN LA 1º VERSION DEL LISTADO COMPARATIVO.

EL TEXTO SUBRAYADO Y CURSIVO, SIMBOLIZAN LAS NORMAS INCORPORADAS DESPUÉS DE LA EDICIÓN DE LA 1º VERSIÓN DEL LISTADO COMPARATIVO.

EL TEXTO TACHADO, SEÑALA LAS NORMAS QUE NO HAN SIDO RATIFICADAS POR LOS PAÍSES.

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ANEXO VIII

LISTA DE NORMAS NACIONALES CON REFERENCIA INTERNACIONAL EN DOS PAISES MIEMBROS

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ANEXO IX

PLAGUICIDAS

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NORMAS DE ENVASADO DE LA COMUNIDAD ANDINA.

BOLIVIA.Tiene una Norma de Envases para plaguicidas, pero data de 1978.

71 78 Plaguicidas – Envases – Requisitos Generales. (1ª. Revisión)- No contamos con la Norma.

Hay otras Normas sobre envases que deben ser consideradas.

33 73 Envases – Definiciones y características34 73 Envases – Clasificación y requisitos.167 77 Envases metálicos – Designación de envases.

COLOMBIA.

Cuenta con Normas para Envases de plaguicidas, modernas, y sujetas a constante revisión y modificación, debe tomarse como referencia para la elaboración de las Subregionales.

NTC 844 Tercera actualización.Productos químicos para uso agropecuario. Envases plásticos para

plaguicidas.- Incluye definiciones, requisitos generales, toma de muestra, ensayos y

rotulado.- Usa como referencia la Norma de Japón JIS Z 1 706.

NTC 2707 Primera actualizaciónProductos químicos para uso agropecuario. Plaguicidas. Envases

metálicos.- Sabemos que hay una segunda actualización, pero no contamos con ella.- Incluye definiciones, características generales, requisitos, Toma de muestra, criterios para la aceptación y el rechazo, ensayos y rotulado.

Hay otras normas sobre envases y embalajes que deben tomarse en consideración, para mantener uniformes los conceptos (definiciones).

NTC 178 Segunda actualizaciónEnvases metálicos: Definiciones y clasificación.

NTC 885 Envases de Vidrio: Definiciones Generales y clasificación.NTC 1045 Primera actualización

Contenedores: DefinicionesNTC 1573 Transporte y embalaje: embalajes. Definiciones y clasificación.

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ECUADOR.

De este país solo hemos encontrado una Norma referida a almacenamiento y transporte, nada que específicamente hable de envases.

NTE INEN 1927:92 AG 02.01-403 10p.Plaguicidas. Almacenamiento y Transporte. Requisitos.

PERÚ.

Tiene sólo una Norma específica para plaguicidas, que data de 1984, la que puede ser tomada como referencia, pero que requiere ser actualizada.

319.212 Envases para Plaguicidas. Requisitos.- Incluye algunas definiciones, requisitos generales para los envases y parámetros de evaluación de envases plásticos, de papel y metálicos.- No incluye envases para productos a presión (gases o líquidos gasificables).

VENEZUELA.

Tiene dos Normas Nacionales de las que solo contamos con una de ellas, que es bastante actualizada, data de 1996, y que como elemento importante ha tomado como referencia las normas de envasado de Colombia.

1160-91 Plaguicidas: envasado y rotulado.- No contamos con la Norma.

3213 :1996* Plaguicidas. Envasado y Embalaje.- Incluye requisitos generales de los envases, de los envases para plaguicidas líquidos, para plaguicidas sólidos y los presurizados, y requisitos generales de los embalajes.- No incluye a los gases y líquidos gasificables, en los que hay que incluir un acápite dedicado a las válvulas.- Toman como referencia las Normas de Colombia de envasado y la de Ecuador de Etiquetado y Rotulado.

CONCLUSIÓN.

- Hay en la Subregión Normas suficientes que toquen el tema de envasado de plaguicidas químicos de uso agrícolas.

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RECOMENDACIÓN.

- Desarrollar un paquete de 4 Normas Técnicas para envasado de plaguicidas :

1. Norma técnica para envases de Plaguicidas : Definiciones y Requisitos generales.- Tomar como base las Normas Colombiana, Peruana y Venezolana.

2. Norma Técnica para envases de Metal, que incluya aquellos para plaguicidas en estado gaseoso (Methyl Bromide), líquido gasificable (Methyl Bromide)( y sólido gasificable (Phosphine), tomando en consideración las válvulas en aquellos envases que las requieran.- Tomar como base las Normas Colombiana y Peruana.

3. Norma Técnica para envases de Plástico, incluyendo las bolsas de plástico, y los envases conjugados (plástico - metal, plástico - papel), bolsas o sacos de plástico tejido. - Tomar como base la Norma Colombiana y la Peruana.

4. Norma Técnica para envases de papel y cajas de cartón.- Tomar como base la Norma Peruana, y la de envases de papel de Colombia.

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NORMAS DE ETIQUETADO DE LA COMUNIDAD ANDINA.

BOLIVIA.

Cuenta con una Norma pero de 1978, y no tenemos noticias de que halla sido actualizada. Sin embargo en el Reglamento para el Registro de Agroquímicos toma en consideración los lineamientos de la Directriz de Etiquetado de la FAO.

COLOMBIA.

NTC 200 Sexta actualizaciónPlaguicidas de uso agropecuario: Rotulado.

- Norma para plaguicidas de uso agropecuario. Incluye definiciones de Plaguicida de uso agrícola, Plaguicida de uso pecuario, Rotulado, Etiqueta, Envase, Embalaje, Contenido neto.- Incluye la información que debe llevar la etiqueta, acorde con la Directriz de etiquetado de la FAO, además de recomendaciones para el etiquetado de productos pecuarios, y por último las referencias a los pictogramas, que incluyen pictogramas desarrollados por ellos mismos.

ECUADOR.

Cuenta con una Norma Técnica, de la que no contamos con un ejemplar, pero dado el año en que ha sido desarrollada es probable que se halla ceñido a los lineamientos establecidos en la Directriz de etiquetado de la FAO.

NTE INEN 1913:96 AG 02.01-401 10p. 1ª. Rev.Plaguicidas. Etiquetado. Requisitos.

PERÚ

En este caso el Reglamento sobre el Registro, Comercialización y Control de Plaguicidas Agrícolas y Sustancias Afines considera los diferentes lineamientos establecidos por la FAO en la Directriz de Etiquetado.

VENEZUELA.

Existen dos Normas, de las cuales contamos con la segunda que incluye casi en su totalidad los lineamientos de la Directriz de Etiquetado de la FAO.

1160-91 Plaguicidas: envasado y rotulado.CT 13 14p. CAT. C

1160-1995* Plaguicidas. Etiquetado (Primera Revisión)

CONCLUSIÓN

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1. Los países miembros han venido trabajando en etiquetado siguiendo los lineamientos establecidos en la Directriz de Etiquetado de la FAO, con una mayor o menor aproximación.

RECOMENDACIÓN.

1. Desarrollar una Norma Subregional adecuando los lineamientos de la Directriz de Etiquetado de la FAO, a las exigencias peculiares de la Subregión (Tomar nota de las reuniones de COTASA). La que serviría de base para el Manual Técnico Andino y por ende para la Decisión 436.

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ANEXO X

RED ANDINA DE INFORMACION

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PROPUESTATERMINOS DE REFERENCIA

RED ANDINA DE INFOMACIÓN

ANTECEDENTES

El 18 de abril de 1995, los Países Miembros, a través de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, aprobó la Decisión 376, que en su artículo 35 crea el Centro de Información y Registro de normas, reglamentos técnicos, procedimientos para la evaluación de la conformidad, registro de entidades acreditadas; y demás disposiciones legales e información general necesaria para la aplicación del Sistema Andino de la Calidad.

Los cinco Países Miembros son miembros a su vez de la Organización Mundial del Comercio, y cuatro de los cinco son signatarios del CÓDIGO DE BUENA CONDUCTA PARA LA ELABORACIÓN, ADOPCIÓN Y APLICACIÓN DE NORMAS (Anexo 3 del Acuerdo OTC de la OMC), lo cual significa la adopción de procedimientos para la notificación de la actividad de normalización.

A su vez el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio, exige la notificación previa de reglamentos técnicos que difieran del contenido técnico de las normas internacionales pertinentes, y siempre que dicho reglamento técnico pueda tener un efecto sensible en el comercio de otros Miembros.

Por otro lado, existe el compromiso de atender las solicitudes de los otros miembros sobre las medidas notificadas, previendo un plazo prudencial para atender las observaciones que puedan formular.

Adicionalmente, se vio la necesidad de apoyar a los agentes comerciales que interactúan al interior de la comunidad andina y desde terceros países con la comunidad; es así que se pensó en conformar una Red Andina de Información que asuma los objetivos del Centro de Información y Registro, pero que además sirva para promover y dar fluidez al comercio mostrando requisitos y absolviendo consultas sobre barreras técnicas al comercio y los mecanismos para cumplirlas o denunciarlas.

Es así, que en la VI Reunión del Comité Andino de Normalización, se encarga la conformación de un Grupo de Trabajo Ad-Hoc conformado por Colombia, Venezuela y la Secretaría General, para que elabore y presente al CAN los términos de referencia que permitan el desarrollo de la citada Red.

JUSTIFICACIÓN

Existen directivas y reglamentos que norman los requisitos obligatorios en los campos industrial, sanitario que deben cumplir, tanto los productos como los fabricantes o comercializadores que deseen ingresar sus productos a la Comunidad Andina y principales mercados internacionales.

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Tales requisitos en algunos casos se ven ampliados por disposiciones nacionales adicionales, que al no ser de conocimiento de los exportadores andinos ponen en riesgo la realización de sus mercancías en los mercados internacionales.

No existe un Centro que agrupe la información de medidas regulatorias comunitarias para el comercio de bienes y servicios intracomunitario ni con terceros países o bloque de países; que permita atender solicitudes a nivel PRODUCTO-PAIS-REQUISITOS-PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD.

Asimismo, no existe información centralizada de los organismos notificados en dichos mercados para evaluar la conformidad con tales requisitos.

El Sistema Andino de la Calidad, opera con base en redes nacionales de laboratorios de ensayo, calibración, organismos de certificación debidamente acreditados por organismos nacionales competentes; cuyos registros no se encuentran en un medio de fácil acceso e interconexión automática para los agentes comerciales interesados en ambos bloques.

DURACIÓN DEL PROYECTO

Se estima una duración del proyecto de 8 meses

OBJETIVOS

Aplicación del principio de transparencia (Directiva 83/89 CE), Decisión 376, 419, Acuerdo de Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio.

Reducir o eliminar la redundancia de actividades de evaluación de conformidad a los agentes comerciales, tanto de la comunidad andina como de terceros países o bloques de países.

Disponer de un banco de datos sobre normas, reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad en los campos industrial y sanitario que sustentan el comercio intracomunitario y con terceros países.

Registrar el inventario de las normas, reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad nacionales.

Registrar el inventario de normas, reglamentos técnicos, procedimientos de evaluación de la conformidad andinos.

Registrar los organismos de evaluación de la conformidad y personas acreditados por los organismos Nacionales de Acreditación (laboratorios de ensayos, calibración, organismos de certificación de productos, sistemas de calidad, sistemas de gestión ambiental, inocuidad de alimentos HACCP, entidades de inspección, evaluadores, inspectores, auditores, verificadores, etc.)

Mantener actualizado el inventario de restricciones al comercio identificadas en los Países Miembros, y en los terceros países con mayor comercio con la comunidad andina.

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Disponer de los contactos necesarios, a nivel de todas las Autoridades nacionales Competentes en materia de comercio exterior, aduanas, y de los organismos de evaluación de la conformidad.

Disponer de listas actualizadas de los bienes y servicios con regulación, disponiendo para cada uno de ellos los requisitos obligatorios, los procedimientos de evaluación de la conformidad, las autoridades que velan por su cumplimiento, la partida arancelaria correspondiente, etc.

ESPECIFICACIONES GENERALES

El proyecto contempla desarrollar una Red Andina de Información con un nodo central residente en la sede de la Secretaría General de la Comunidad Andina, Lima, Perú; con cinco antenas en los Países Miembros interconectados a través de Internet.

El protocolo de comunicaciones, la arquitectura del sistema, la estructura de la información deberá en lo posible estar de conformidad con las reglas aplicables de la ISONET.

El sistema deberá permitir hacer consultas sobre los proyectos de reglamentos técnicos con incidencia en el comercio de cualquier miembro de la OMC; y pondrá a disponibilidad pública la relación de entidades de evaluación de la conformidad de los Países Miembros debidamente acreditados por los Organismos Nacionales de Acreditación, precisando aquellos que cuentan con reconocimiento de la Unión Europea, o de cualquier tercero o bloque de países para emitir certificados, como es el caso de los productos hidrobiológicos. (Directiva 91/356 CE).

Las consultas podrán hacerse a nivel producto-país, país-producto; requisito-países, etc., desde cualquier computador personal a través de la dirección internet que disponga la Red Andina de Información.

Las contrapartes nacionales serán los organismos notificados ante OMC como puntos de notificación y consulta. Los equipos de cómputo junto con las bases de datos, así como los procedimientos de captura y operación y mantenimiento del sistema será de responsabilidad de los Organismos Nacionales que asumen la función de contraparte.

La coordinación funcional y técnica del sistema estará a cargo de la Secretaría General de la Comunidad Andina, a través del funcionario designado para tal fin.

Las bases de datos que operará el sistema serán, entre otras, las siguientes:

Bases de Datos de Normalización:

- Normas de cada uno de los Países Miembros- Normas Andinas- Normas de otros países con comercio significativo- Normas europeas que sustentan la aplicación de las Directivas Europeas.- Normas de terceros países con comercio significativo- Catálogo de normas ISO/IEC/ITU/CODEX/OIML- Proyecto de normas andinas

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- Proyecto de normas nacionales

Base de Datos de Acreditación

- Relación de Organismos Nacionales de Acreditación de los Países Miembros; y alcance de la acreditación.

- Relación de Organismos de Evaluación de la Conformidad notificados de cada uno de los Estados Miembros de la Unión Europea para cada una de las Directivas de Nuevo Enfoque.

- Relación de los organismos de acreditación y acreditados de los Estados Miembros de la Unión Europea, y alcance de la acreditación.

- Relación de los organismos de acreditación y acreditados de terceros países o bloque de países.

-

Base de Datos de Ensayos

- Relación de los laboratorios de ensayo acreditados de los Países Miembros, indicando los métodos de ensayo autorizados.

Base de Datos de Certificación

- Relación de los organismos de certificación acreditados de los Países Miembros, indicando su alcance.

Base de Datos de Metrología

- Relación de laboratorios de calibración nacionales y acreditados.

Base de Datos de Reglamentos Técnicos

- Relación de todas las regulaciones existentes en los Países Miembros, en los campos industrial, sanitario, indicando los procedimientos para su evaluación de la conformidad, a nivel de producto – país – requisito – autoridad competente para su evaluación – organismos encargados de evaluación de la conformidad.

- Relación de las regulaciones de los Estados Miembros en los campos industrial, sanitario, para aquellos productos que se comercian entre los Países Miembros de la Comunidad Andina , la Unión Europea y otros países.

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Base de Datos de las Directivas y Reglamentos Europeos, en el campo industrial, ambiental, sanitario.

REQUERIMIENTOS DE HARDWARE POR CADA NODO DE LA RED

Servidor para Internet US$ 8 000 1 Enrutador 3 000 1 Terminal Adapter AT 1 000 1 HUB concentrador 1 000 1 Impresora Láser 2 000 1 Scanner 1 000 1 Equipo multimedia con CD Writer 2 500 Línea RDSI con el proveedor Internet nacionalComo mínimo 32 Kb de ancho de banda _____

US$ 18 500

REQUERMIENTOS DE SOFTWARE POR CADA NODO DE LA RED

1 OCR US$ 800 1 Programa Windows NT 1 300 1 Programa Office Proffesional 1 200 1 Programa SQL Server 1 500 1 Programa Visual Basic 2 200 Adquisición de Bases de Datos de normas

internacionales , europeas, de otros países, o asociaciones. (ISO, IEC, ITU, OIML, CODEX, etc.)

_____US$ 7 000 + ……

RECURSOS HUMANOS

1 ingeniero de sistemas, electrónico o industrial especialista en sistemas de información, a tiempo completo, que administre el nodo de Internet y la Intranet

1 programador que brinde soporte a la Intranet, a tiempo parcial

1 Consultor Andino, experto en Sistemas de Información, con conocimiento de ISONET; estaría a cargo del Proyecto Período : 8 H/mes.

5 Consultores Nacionales, expertos en Sistemas de Información y Computación. Período: 4 H/mes.

PROGRAMA DE DIFUSIÓN

PROGRAMA DE ENTRENAMIENTO DEL PERSONAL QUE OPERARIAN LOS NODOS

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ANEXO XI

COMENTARIOS AL DOCUMENTO DE OBJETIVOS COMUNES

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COMENTARIOS A DOCUMENTO OBJETIVOS COMUNES

El documento “objetivos comunes” fue elaborado por la delegación de Mercosur, y presentado a la Reunión del ExGrupo 4 del ALCA sobre Barreras Técnicas al comercio, y aprobado por las delegaciones de los países.

Este documento enmarca las negociaciones al interior del ALCA, en el tema de normas, reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad.

A continuación se presenta una breve reseña del documento incluyendo comentarios u observaciones en relación a la normativa comunitaria existente a nivel andino.

1. Objetivos y principios

El documento básicamente plantea como marco para las negociaciones en el tema al Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio.

La normativa jurídica andina en este tema: las Decisiones 376, 419; las Resoluciones 502,503 y 504 han sido elaboradas en esta línea de pensamiento, lo cual asegura total compatibilidad entre el actuar comunitario y el marco internacional de referencia.

2. Normas

Se plantea reforzar la labor de COPANT Comisión Panamericana de Normas Técnicas, como institución rectora regional sobre el tema. Los países andinos forman parte activa de COPANT, cuya actividad está internacionalmente reconocida por la propia ISO International Organization for Standardization, quien creo el Comité de Normalización NORCO a efecto de canalizar el esfuerzo normativo regional de los países panamericanos.

Al respecto, los países andinos están modificando su Reglamento de su Red Andina de Normalización a efecto de adoptar un proceso sumario de adopción/armonización de normas que contemple la adopción de normas COPANT como normas andinas; y proponer en el caso inverso la adopción de normas COPANT las andinas que sean aprobadas por el Comité Andino de Normalización.

3. Reglamentos Técnicos

Lo que se trata es que los reglamentos técnicos, instrumentos de carácter obligatorio, utilicen las normas técnicas para establecer los requisitos obligatorios, a lo que tendría que adicionarse los procedimientos de evaluación de la conformidad, la partida arancelaria, y todos los aspectos relacionados a la infraestructura de control y vigilancia para su cumplimiento.

Un caso práctico es el del Código Eléctrico Colombiano, el cual invoca el cumplimiento de normas técnicas colombianas; este trabajo fue desarrollado por el ICONTEC conjuntamente con el Ministerio correspondiente.

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Otro aspecto a considerar para los nuevos reglamentos es la implementación del principio de transparencia, establecido en el Acuerdo OTC-OMC y en las Decisiones 376/419 como condición sine qua non para exigir su cumplimiento.

En el caso del inventario existente, la idea a nivel de la Comunidad Andina es inventariar los reglamentos técnicos existentes en los Países Miembros, analizarlos a la luz de lo establecido en el Acuerdo OTC-OMC, y desarrollar un mecanismo de denuncia preventiva, a través del cual los PMs pueden conjuntamente con la Secretaría General solicitar la eliminación o revisión de un determinado reglamento de un PM por considerarlo una restricción al comercio.

4. Procedimientos de evaluación de la conformidad

De lo que se trata es lograr en la Comunidad Andina la aplicación del principio “once tested, everywhere accepted” es decir, eliminar redundancias en la evaluación de la conformidad; de ser posible evaluar sólo en el país de origen, y que dicha evaluación sea reconocida en el destinatario.

En esta línea se viene trabajando, y está en discusión un Proyecto de Reconocimiento Mutuo de certificados de conformidad con norma. Así mismo se está trabajando en un proyecto con la Unión Europea a efecto de reforzar las instituciones que tienen que ver con la evaluación de la conformidad, con miras a reducir la heterogeneidad en el desarrollo de los sistemas nacionales de evaluación de la conformidad. Para generar confianza mutua.

A nivel regional se está trabajando el tema en el Interamerican Accreditation Cooperation IAAC, para lograr establecer Acuerdos de Reconocimiento Mutuo entre países o bloque de países en el campo de la evaluación de la conformidad.

5. Metrología

A nivel andino la Red Andina de Metrología tiene alineado sus objetivos con el Sistema Interamericano de Metrología SIM, el cual está organizado regionalmente, una de las regiones corresponde a la andina ANDIMET; por lo que en esta área se viene trabajando con el apoyo del NIST de los Estados Unidos.

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6. Sistemas y necesidades de Información

De lo que se trata es aplicar el principio de transparencia, al respecto se viene desarrollando con apoyo económico de la Organización de los estados Americanos un Sistema Hemisférico computarizado que permita aplicar lo establecido por el Acuerdo de la OTC-OMC en cuanto a la notificación previa de todos aquellos dispositivos legales o regulaciones obligatorias diferentes a las internacionalmente aplicadas y que afecten el comercio de terceros países.

A nivel andino se viene elaborando los términos de referencia para desarrollar la Red Andina de Información con la misma finalidad.

* * * * *