gobierno regional arequipa · 2018. 10. 23. · regional de arequipa, estableciendo en su cláusula...

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.' GOBIERNO REGIONAL AREQUIPA Ordenanza Regional NO 232-AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: ES C OPIA CERTIACA.DA DEL L, 1rc LO QUE DOY FE. •• ••• •••••• '-< •• , . U/ ............. . ABO . C,,' CO::; w¡";¡\ LANDA SECRETARIO CONSEJO REGIONAL Que, el artículo 191 0 de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su oompetencia; Que, los Gobierno Regionales tiene por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional Integral sostenible, promOViendo el empleo y garantizando la igualdad de oportunidades de sus habitantes de acuerdo oon los planes y programas nadonales, regionales y locales de desarrollo; en tal sentido, oonforme a lo establecido en el artículo 51 0 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es fundón de estos en materia agraria: i.·} Administrar y supervisar la gestión de actividades y servicios agropecuarios, en armonía oon la política y normas de los sectores oorrespondientes y las potencialidades regionales, ii.·) Promover la transformación comercialización, exportación y oonsumo de productos naturales y agroindustriales de la región, iii.·) Promover y prestar servicios de asistencia técnica en sanidad agropecuaria, de acuerdo a las políticas y programas establecidos por la autoridad nacional de sanidad agraria; «l. e, la Región Arequlpa a través de los años se ha caracterizado por tener oomo principales . '. ivldades eoonómicas la agricultura y la minera, siendo que en todas sus provincias la agriCultura es 1. \ '\(:. J '- actividad predominante que genera la mayor cantidad de puestos de trabajado, empleando el 60% ,<;..4' la PEA rural y participando oon el 8% del PBI regional; siendo que la situación actual del Sector Co, "'" Agrario, específICamente las zonas rurales del ámbito territorial de la regiÓn Arequipa, se encuentran empobrecidas y el sector agrario abandonado; la población espera la intervenciÓn del Estado para salir de la pobreza, estas expectativas tienen que ser canalizadas de manera inmediata, adecuada y obligatoria; en ese sentido al Gobierno Regional Arequipa le oorresponde liderar el desarrollo agrario inclusivo y prevenir, afrontar o revertir un posible escenario adverso; Que, los prindpales problemas asociados a la actividad agraria, que generan restricciones al desarrollo del sector son: La bala calidad de Vida: ((1)) Inseguridad y dependencia alimentaria; ((ii)) Umltada presencia del Estado: Servicios Públicos; ((iii)) Pobreza rural, desigualdad y exclusión; ((iv)) Umitada capacidad para la adaptación al cambio climático; «(v)) Perdida de Recursos Naturales y de la Biodlversidad. Cuvas oonsecuencias son: ((i)) Débillnstitucionalidad en el sector agrario; «(ii)) Pequeño y mediano productor con bajo nivel productivo y débil articulaciÓn al mercado; «iIi)) Productor de zonas rurales en situacián de pobreza oon escaso acceso a servicios; (iv)) Aprovechamiento no sostenible de los Recursos Naturales y de la Biodiversldad; Que, las agencias agrarias fueron creadas oomo tales en el marco del primer proceso de regionallzación iniciado en 1990, a partir de la transferencia de las Unidades Agrarias Departamentales a los 12 gobiernos regionales existentes, para dar solución a los problemas expuesto. Los gobiernos regionales de entonces crearon las Direcciones Regionales Agrarias (ORA) y las Agencias Agrarias, de ámbito provincial. Durante la década de los noventa, se implement6 un proceso de reforma del sector públloo agrario creándose una serie de Organismos PÚblicÓs Descentralizado (OPD) y proyectos especiales oon una alta capacidad de ejecución, relativa autonomía y alto financiamiento externo, pero con baja capacidad de coordinación para la implementación de políticas coherentes; en ese oontexto las ORA Y Agendas Agrarias perdieron relevancia como canales de ejecución de la política agraria,

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    GOBIERNO REGIONAL AREQUIPA

    Ordenanza Regional NO 232-AREQUIPA

    El Consejo Regional de Arequipa Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:

    CONSIDERANDO:

    ES COPIA CERTIACA.DA DEL

    OP.IG~'N' L,1rc LO QUE DOY FE.

    ••••••••••• '-< •• , .U/ ............. . ABO . C,,' CO::; w¡";¡\ LANDA

    SECRETARIO CONSEJO REGIONAL

    Que, el artículo 1910 de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley N° 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su oompetencia;

    Que, los Gobierno Regionales tiene por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional Integral sostenible, promOViendo el empleo y garantizando la igualdad de oportunidades de sus habitantes de acuerdo oon los planes y programas nadonales, regionales y locales de desarrollo; en tal sentido, oonforme a lo establecido en el artículo 510 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es fundón de estos en materia agraria: i.·} Administrar y supervisar la gestión de actividades y servicios agropecuarios, en armonía oon la política y normas de los sectores oorrespondientes y las potencialidades regionales, ii.·) Promover la transformación comercialización, exportación y oonsumo de productos naturales y agroindustriales de la región, iii.·) Promover y prestar servicios de asistencia técnica en sanidad agropecuaria, de acuerdo a las políticas y programas establecidos por la autoridad

    AI''''

  • siendo instrumentales solo para brindar servicios que respondieran a la coyuntura de la política sectorial y a la Implementación de medidas de corte asistencialista;

    Que, si bien en la práctica las agendas agrarias perdieron importancia relativa, en teoría tienen funciones importantes que se cruzaban con las de otras entidades del sector y para las cuales no contaban con recursos necesarios. El Decreto Supremo 05-94-AG le asignó un total de nueve (09) funciones entre ellas: I} cumplir y hacer cumplir la normatlvldad agraria, 11) promover la constitución de asociaciones privadas de fomento y servicios agropecuarios, iii) propiciar la organización empresarial de los productores, Iv) integrar el sistema nacional de Información agraria, v) promover la organización de exposiciones y ferias, vi) fomentar el establecimiento de viveros y centros de producción de semillas, vii) promover acdones de conservación de suelos V aguas, viII) reforestadón V pasturas, Y Ix) apoyar a las organizadones de productores con acciones de sanidad agropecuaria; y las demás que le asigne la ORA; POSteriormente, con el inicio del nuevo milenio, las agencias agrarias experimentaron cambios en su definidón, roles y ámbitos de acdón; siendo la última redifinición dada por el Decreto Supremo 017-2001-AG, que la definió como la dependencia de la ORA encargada de efectuar las acciones delegadas por el Ministerio de Agricultura V la ORA;

    Que, con la promulgación de la Ley de Bases de Descentralización V posteriormente con la creación de los Gobiernos Regionales se quiso corregir tal situación, considerando a la ORA dentro de la estructura orgánica de los Gobierno Regionales y dentro de ésta a su vez consideran a las agendas agrarias corno órganos desconcentraclos, sin embargo, el servicio que se brinda a los productores agrarios no integral, generándose consecuentemente descapitalizadón del producto agrario V la pérdida de competitividad y rentabilidad;

    Que, en el caso de . la Gerencia Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Arequipa los presupuestos asignados son repetidamente limitados año tras año como nuevamente ha ocurrido con el presupuesto para el año 2014, en que la asignación es la misma que la del año 2013, según Informe NO 014-2013-GRAlGRAG-OPP, situación Que no permite Que se disponga de los recursos necesarios para implementar a las Agencias Agrarias con el personal, equipos, vehículos y otros recursos Que

    '.

    _OGlO", haglln posible brindar un mejor servicio al productor agrario; ~,.. {~

    I ...;.';;-;" Q e, en este contexto y considerando Que la Gerencia Regional de Agricultura del Gobierno Regional '1"/" ~ Arequipa desde hace años tiene asignado un presupuesto prácticamente congelado, del cual , ; .. 1 roximadamente el 70% está destinado al pago de pensiones, el 20% al pago de sueldos y el 10%

    ra adquisición de bienes V servicios; no le ha oermitldo hasta la fecha repotenciar las Agencias Agrarias, para hacer pOSible el resurgimiento del sector agrario Que ha perdido su Importancia dentro de la economía regional, COrno consecuencia de la baja competitividad y rentabilidad, producto también de la caída de precios, mercados agrarios desarticulados y distorslonados; situación que presta signos peligrosos que nos puede llevar a la pobreza rural, Inseguridad alimentaria y baja esperanza de vida en el campo vIo sector agrícola que abarca aproximadamente 124,844 ha. De terreno agrícola, 114,856 predios agrícolas, 59,820 usuarios V una población Que bordea los 420,000 habitantes, los que a nivel de agencias agrarias tienen que atender las siguientes áreas y agricultores:

    PROVINCIA

    -J uj t lU u.. :< c>- :c

  • ,

    articulación de los tres niveles de gobierno y asignar mayor cantidad de recursos eoonómicos oara el desarrollo agrario del deoartamento:

    Que, en tal sentido la Gerencia Regional de Agricultura a través del Informe N° 014-2013-GRA/GRAG.OPP, de la Oficina de Planificación y Presupuesto, propone emitir una norma regional que apruebe la incorporación como Política Regional el "Fortalecimiento de las Agencias Agrarias de la Gerencia Regional de Agricultura";

    Que, al amparo de lo regulado en la Ley N0 27783, de Bases de la Descentralización, Ley NO 27867, Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y lo dispuesto en la Ordenanza Regional NO OOl-AREQUIPA, la Ordenanza Regional NO OlO-Arequipa y la Ordenanza Regional NO 154-AREQUIPA.

    SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA:

    ORDENANZA REGIONAL QUE ESTABLECE COMO POLÍTICA REGIONAL ftDINAMIZAR EL DESARROLLO AGRARIO RURAL CON EL ENFOQUE DE INCLUSIÓN SOCIAL EN LA REGIÓN

    AREQUIPA"

    Artículo 1 ° ,- Objetivo

    DINAMIZAR el desarrollo agraria rural con el enfoque de inclusión social en la región Arequipa, promoviendo la transformación, comercialización, producción y consumo de los productos agroindustriales de la región, fortaleciendo la gestión descentralizada e integral de la Gerencia Regional de Agricultura y las Oficinas Agrarias para garantizar el cumplimiento de sus funciones y compromisos en el proceso de articulación de políticas sectoriales de los tres niveles de gobierno.

    Artículo 2°,- Uneamientos para el Fortalecimiento de las Oficinas Agrarias

    ESTABLECER, como lineamientos para el fortalecimiento de las Oficinas Agrarias, tanto a nivel funcional como estructural, los siguientes:

    a) Elaborar la Agenda Agraria de la Región Arequipa y el Plan de Desarrollo Agropecuario a corto y mediano piazo,

    b) Generar la correcta articulación de los niveles de gobierno nacional, regional y local en la ejecución de la política agraria en el marco de la descentralización, evitando la duplicidad de funciones.

    c) Reducir la dispersión de funciones en materia agraria. d) Responder a un enfoque de orientación por la demanda. e) Fortalecer la capacidad de toma de decisiones estratégicas (no meramente operativas) de los

    productores agrarios. f) Fortalecer y mejorar la labor del sector privado en la provisión de servicios a los productores

    agrarios, g) Flexibilidad y capaCidad de adecuarse a los arreglos institucionales y administrativos que

    decida el gobierno regional.

    Artículo 3°,- Objetivos Específicos del Fortalecimiento de las Oficinas Agrarias

    ESTABLECER como objetivos espeáflcos del fortalecimiento de las Oficinas Agrarias, dentro de las políticas nacionales sectoriales y el proceso de descentralización y fortalecimiento regional, las siguientes:

    a) Promover la adquisición de los productos locales por parte de los Gobierno Locales b) Facilitar el acceso a servicios agrarios de calidad por parte de los prod~ctores c) Fortalecer las organizaciones de productores. d) Asesorar a los municipios rurales y asociaciones de productores en la promoción del desarrollo

    productivo. e) Establecer de un centro local de información rural. f) Ejecutar programas de fortalecimiento de capacidades. g) Vigilar el cumplimiento de la normatividad y de los lineamientos de política en materia agraria.

    Artículo 4° ,- Proyecto de Inversión Pública y Plan Piloto de Fortalecimiento

  • ENCARGAR al Órgano Ejecutivo Regional, a través de la Gerencia Regional de Agricultura, la elaboración de un Proyecto de Inversión Pública de Fortalecimiento de la gestión descentralizada e integral de las Oficinas Agrarias, la misma que deberá considerar la ejecución de un Plan Piloto.

    Artículo 5°,- Asignación de Recursos .

    ENCARGAR al Órgano Ejecutivo Regional pnonzar la asignaclon de recurso economlco para la elaboración e implementación del Proyecto de Inversión Pública a que se refiere el artículo precedente.

    Artículo 6° ,- Inicio del Proceso de Fortalecimiento

    ENCARGAR a la Gerencia Regional Agricultura en coordinación con el Órgano Ejecutivo Regional, inicie el proceso de fortalecimiento de las oficinas agrarias, mediante la elaboración de un Plan de Acción Inmediato de racionalización, priorizando la asignación de recursos económicos y humanos hacia las agencias agrarias.

    Artículo 7°,- NOTIFICAR la presente Ordenanza Regional al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Arequipa, a la Gerencia Regional de Agricultura y a las ofidnas Agrarias.

    Artículo 8°,- DISPONER la publicadón de la presente Ordenanza Regional tanto en el Diario Ofidal "El Peruano", como en el Diario de Avisos Judiciales "La República"; en ese sentido, se encarga a la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Institucional del Ejecutivo Regional que, una vez publicada en el Diario Oficial, inmediatamente, ésta se publique en la página web institucional, de conformidad con lo regulado en el artículo 9 dél Decreto Supremo N° OOl-2009-JUS.

    La tramitación de la publicación será a carllo de la Secretaría del Consejo Regional, mientras que el costo que ésta irrogue será cubierto por el Organo Ejecutivo Regional.

    Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequlpa para. su promulgación,

    En Arequipa, a los tres días del mes de julio del 2013,

    ~==~~~JOiS~E~CA~~~~~~~ P sidente del Consejo Regional de Arequlpa

    POR TANTO: Mando se publique y cumpla

    Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequlpa, a los ocho -------- dias del mes de julio del dos mil trece.

    Arequipa

    ES COPIA CERTIFICI\DA DEL ORIGINAL D1) OUE DOY FE.

    ·"·ABOG~~~"lAÑ·DA.·· SECRETARIO

    CONSEJO REGIONAl.