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PETROLEOS MEXICANOS Dirección Corporativa de Procura y Abastecimiento Subdirección de Procura y Abastecimiento Gerencia de Contrataciones para Procesos de Petroquímica Superintendencia de Procura y Abastecimiento Morelos Bases de Licitación Pública Nacional Número18578019-509-14 Numero Interno 2010622 BASES VERSION FINAL LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PRESENCIAL NO. 18578019-509-14 PARA LOS SERVICIOS CONSISTENTES EN: “TRATAMIENTO QUÍMICO INTEGRAL DEL AGUA DEL SISTEMA DE ENFRIAMIENTO DE36F01” Bajo la modalidad de Contrato a precio fijo En observancia al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), de conformidad con los Artículos 51, 53, 54, 55 fracción I, II y III de la Ley de Petróleos Mexicanos (en adelante “Ley”); 50 Fracción I, 53 Fracción I, 55, 56 y 57 de su Reglamento (en adelante “Reglamento”); Artículos 14, 15, y 16 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios (en adelante “DAC´S”) y demás disposiciones legales vigentes en la materia, se convoca a todos los interesados de nacionalidad mexicana a participar en la Licitación Pública Nacional Presencial. La Superintendencia de Procura y Abastecimiento Morelos de la Gerencia de Contrataciones para Procesos de Petroquímica, en nombre y representación de PEMEX PETROQUÍMICA, Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, ubicada en el interior del Complejo Petroquímico Morelos, localizado en Ejido Pajaritos S/N, SC, CP 96380, Allende, sitio en Coatzacoalcos, Ver., México con teléfono 01-921-21-1-40-00 extensiones 30- 757, 30-758, 34-581 y 34-055; correos electrónicos: [email protected] ; [email protected] ; [email protected] y [email protected] ; en adelante “Convocante”, emite las 1

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PETROLEOS MEXICANOSDirección Corporativa de Procura y Abastecimiento

Subdirección de Procura y AbastecimientoGerencia de Contrataciones para Procesos de Petroquímica

Superintendencia de Procura y Abastecimiento Morelos

Bases de Licitación Pública NacionalNúmero18578019-509-14Numero Interno 2010622

BASES VERSION FINALLICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PRESENCIAL

NO. 18578019-509-14

PARA LOS SERVICIOS CONSISTENTES EN:

“TRATAMIENTO QUÍMICO INTEGRAL DEL AGUA DEL SISTEMA DE ENFRIAMIENTO DE36F01”

Bajo la modalidad de Contrato a precio fijo

En observancia al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), de conformidad con los Artículos 51, 53, 54, 55 fracción I, II y III de la Ley de Petróleos Mexicanos (en adelante “Ley”); 50 Fracción I, 53 Fracción I, 55, 56 y 57 de su Reglamento (en adelante “Reglamento”); Artículos 14, 15, y 16 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios (en adelante “DAC´S”) y demás disposiciones legales vigentes en la materia, se convoca a todos los interesados de nacionalidad mexicana a participar en la Licitación Pública Nacional Presencial.

La Superintendencia de Procura y Abastecimiento Morelos de la Gerencia de Contrataciones para Procesos de Petroquímica, en nombre y representación de PEMEX PETROQUÍMICA, Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, ubicada en el interior del Complejo Petroquímico Morelos, localizado en Ejido Pajaritos S/N, SC, CP 96380, Allende, sitio en Coatzacoalcos, Ver., México con teléfono 01-921-21-1-40-00 extensiones 30-757, 30-758, 34-581 y 34-055; correos electrónicos: [email protected]; [email protected]; [email protected] y [email protected]; en adelante “Convocante”, emite las Bases de Licitación 18578019-509-14, (en adelante “Bases”), Solicitud de pedido No. 430-45030-S-1031301, que tiene por objeto el: “TRATAMIENTO QUÍMICO INTEGRAL DEL AGUA DEL SISTEMA DE ENFRIAMIENTO DE36F01” (en adelante “servicios”), que se describen en el Documento 01. Estas Bases constan de 24 Documentos.

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Cronograma del Procedimiento de Contratación.

ACTO FECHA HORA SALA/DIRECCION

PUBLICACIÓN DE CONVOCATORIA Y BASES DE LA LICITACION 24-JULIO-2014 10:00

HORAS

DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, PORTAL DE PETROQUIMICA (www.ptq.pemex.com) Y OFICINAS DE LA JEFATURA DE OBRA PUBLICA DE LA SUPERINTENDENCIA DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO MORELOS EN EL INTERIOR DEL COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS.

FECHA LÍMITE PARA LA OBTENCIÓN DE BASES DE LICITACIÓN 31-JULIO-2014

JEFATURA DE OBRA PÚBLICA DE LA SUPERINTENDENCIA DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO MORELOS, QUE SE LOCALIZA EN EL INTERIOR DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS, A UN COSTADO DE LA PORTADA PRINCIPAL, (FRENTE AL SERVICIO MÉDICO), UBICADA EN EL EJIDO PAJARITOS S/N, S.C. CP 96380, ALLENDE, COATZACOALCOS, VERACRUZ, TELÉFONO (01-921) (21) 1-40-00 EXTENSIONES 30-757, 30-758, 34-581 Y 34-055. (EN ADELANTE DOMICILIO DE LA CONVOCANTE)

VISITA A INSTALACIONES 29-JULIO-2014 10:00 HORAS

PRIMERA JUNTA DE ACLARACIONES A LAS BASES 31-JULIO-2014 10:00

HORAS

SEGUNDA JUNTA DE ACLARACIONES A LAS BASES 04-AGOSTO-2014 10:00

HORAS

VERSIÓN FINAL DE BASES 05-AGOSTO-2014 10:00 HORAS

ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS 18-AGOSTO-2014 10:00

HORAS

PLAZO PARA QUE LA CONVOCANTE SOLICITE ACLARACIONES A LAS PROPUESTAS PRESENTADAS Y/O PARA QUE LOS LICITANTES SUBSANEN OMISIONES EN LOS TÉRMINOS PREVISTOS EN EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 29 DE LAS DAC´S.

HASTA UN DIA HABIL PREVIO A

LA FECHA DE NOTIFICACION

DEL FALLO

JUNTA PUBLICA PARA DAR A CONOCER EL FALLO DE LA LICITACION ( FECHA ESTIMADA)

29-AGOSTO-2014 14:00HORAS

PLAZO PARA SUSCRIPCION DEL CONTRATO (FECHA ESTIMADA)

12-SEPTIEMBRE-2014

14:00 HORAS

REGLAS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS LICITANTES PARA EL ACCESO A LOS EVENTOS.- Los representantes de los licitantes que ingresen a los centros de trabajo e instalaciones de Pemex Petroquímica, deberán cumplir con las medidas de seguridad establecidas en las Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan Actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Por lo que se adjunta guía de acceso al centro de trabajo, cuyo requisito indispensable, es que utilicen calzado de seguridad industrial, ropa 100% de algodón color naranja (camisa de manga larga, pantalón u overol), gafas de seguridad, protectores auditivos, casco protector no metálico y barbiquejo, cabello corto y sin barba así como identificación oficial vigente. Sin el cumplimiento de lo anterior, no le será permitido el acceso a las instalaciones.

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Relación de documentos que integran estas Bases:

DOCUMENTO CONTENIDO FOLIO01 Especificaciones Técnicas.02 Aspectos Administrativos.03 Formato de información para acreditar la existencia y personalidad del licitante

04 Documentos que deberán ser firmados autógrafamente por el apoderado o representante

05 Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la convocante en el acto de presentación y apertura de propuestas.

05-A Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en la Etapa de Precalificación. –NO APLICA-

06 Formato de propuesta Técnica.06-A Formato de propuesta Económica.

06-B Modelo de manifestación para integrar el catálogo de proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

07Formato para la manifestación de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S.

08Modelo de texto de Fianza que presentará(n) el (los) Licitante(es) adjudicado(s) para Garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos.

08-A Modelo de texto de Fianza que presentará(n) el (los) Licitante(es) adjudicado(s) para Garantizar la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad

08-B Modelo de Carta de Crédito STANDBY confirmada que deberá(n) presentar (án) el(los) proveedor(es) y modelo de declaración de beneficiario. –NO APLICA- Garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos. Garantiza la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los bienes.Garantizar la debida inversión, aplicación, amortización o devolución del anticipo otorgado. NO APLICA

08-C Modelo de Fianza para garantizar la debida inversión, aplicación, amortización, deducción o devolución del anticipo otorgado. . NO APLICA

09 Niveles de Supervisión de Servicios.

10 Formato que deberán presentar los licitantes para acreditar el Anexo GIN Cálculo y Declaración del Grado de Integración Nacional en Servicios o Arrendamientos.

10-A Formato 1 que deberán presentar los licitantes para acreditar El Grado de Integración Nacional del servicio o Arrendamiento del Documento 10.

11 Modelo-Guía del Contrato12 Causas de desechamiento

13Anexo SSPA: Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan Actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

13-A Formato 4 Anexo SSPA “Listado de requerimientos que debe cumplir el proveedor”.

14 Formato de solicitud de emisión de comprobantes fiscales por concepto de compra de bases de licitaciones.

15 Nota Informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

16 Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento.

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DOCUMENTO CONTENIDO FOLIO–NO APLICA-

17 Formato de Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios. –NO APLICA-18 Modelo de convenio de participación conjunta19 Formato para la Manifestación del Grado de Contenido Nacional de los Servicios20 Documento “Compromisos con la Transparencia”

21 Manifestación del carácter de la documentación que integra la propuesta presentada por el licitante

22 Solicitud de clave de acceso a información de la Bóveda Electrónica de Petróleos Mexicanos (Formato PPQFE01 (0)

23 Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios24 Guía de Acceso

Para mejor conducción de esta licitación preferentemente se deberán utilizar los formatos integrados a estas bases de licitación, los cuales contienen los datos mínimos necesarios.Podrán utilizar documentos membretados de su empresa los cuales deberán cumplir cuando menos con los datos solicitados en cada formato.

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DOCUMENTO 01

ESPECIFICACIONES TECNICAS

PARTIDA CANTIDAD UNIDAD DE

MEDIDA DESCRIPCION

1 314,900 METRO CUBICO

FLUJO DE AGUA DE REPUESTO POR CONTINGENCIATratamiento Químico Integral del Agua del Sistema de Enfriamiento DE36F01.

2 10 METRO CUBICO

FLUJO DE AGUA DE REPUESTO POR CONTINGENCIAContaminación con hidrocarburos pesados. (Mayor de 50 ppm de grasas y aceites).

3 10 METRO CUBICO

FLUJO DE AGUA DE REPUESTO POR CONTINGENCIAContaminación con hidrocarburos ligeros. (Mayor de 5% de explosividad).

4 10 METRO CUBICO

FLUJO DE AGUA DE REPUESTO POR CONTINGENCIAContaminación con agentes reductores (SOx). (Mayor de 13 ppm de sulfuros).

5 10 METRO CUBICO

FLUJO DE AGUA DE REPUESTO POR CONTINGENCIAFalta de ácido y/o sosa para el control del pH.

6 10 METRO CUBICO

FLUJO DE AGUA DE REPUESTO POR CONTINGENCIAFalta de cloro.

7 10 METRO CUBICO

FLUJO DE AGUA DE REPUESTO POR CONTINGENCIAAlta turbidez en el agua de repuesto (mayor de 10 NTU) y retorno de enfriamiento (mayor de 40 NTU).

8 10 METRO CUBICO

FLUJO DE AGUA DE REPUESTO POR CONTINGENCIAFugas de agua en el sistema de enfriamiento. (Recirculación de agua). Ciclos menores a 3.0.

9 10 METRO CUBICO

FLUJO DE AGUA DE REPUESTO POR CONTINGENCIAConcentración de lodos superior al 8% en las piletas de agua fría de la torre.

10 10 METRO CUBICO

FLUJO DE AGUA DE REPUESTO POR CONTINGENCIAPor contaminación de amoniaco. Mayor de 5 ppm.

11 10 METRO CUBICO

FLUJO DE AGUA DE REPUESTO POR CONTINGENCIAAlimentación de Agua Cruda. Toda vez que exista desviación a los límites de Especificación de los parámetros especificados en la hoja de datos 3. Información Técnica del Agua de Repuesto. Del Anexo 1 Numeral 24 de estas bases.

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

ESPECIFICACIONES Y ALCANCES PARA TODAS LAS PARTIDAS.

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Tratamiento Químico Integral del Agua del Sistema de Enfriamiento DE36F01.

1. ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL SERVICIO.1.1. Diagnóstico del sistema de enfriamiento DE36F01 del Complejo Petroquímico Morelos, bajo los siguientes perfiles:Perfil mecánico. Balance térmico-hidráulico del sistema de enfriamiento y de la planta de Acrilonitrilo del Complejo Petroquímico Morelos resaltando los equipos críticos que limitan la producción, realizando este balance y emitiendo un reporte con las observaciones correspondientes de los intercambiadores de calor críticos mencionados en numeral 25 Anexo 1 Hoja de Datos 1 de estas bases.

1.2 Diagnostico de Auditoria operativa; Estudios del sistema, sus tendencias incrustantes y corrosivas, grafico de predicción de solubilidad mineral, de acuerdo a los ciclos de concentración enunciados, a diferentes valores de Ph y a diferentes temperaturas (de 60 a 90 grados centígrados), en los cuales deben estar incluidos los rangos de estas variables propuestas en el tratamiento integral.1.3. Auditoria química: Hojas técnicas de los siguientes productos químicos:a) Inhibidor de corrosión a base de fosfato orgánico, que no se revierta a orto-fosfato.b) Dispersante polimérico (podrá ser del tipo multifuncional) en condiciones de alto stress como temperaturas elevadas, bajo flujo y tiempo de retención largos).1.4. Hojas técnicas de los Biosidas no oxidantes utilizados y que operen en un rango de pH de 6 a 9, específicos para bacterias sulfato-reductoras, Microorganismos formadores de lama, algas y hongos, con una acción prolongada máxima de 24 horas.1.5. Hojas técnicas del biodispersante, que sea compatible.1.6. Hoja de seguridad de los productos químicos propuestos en el tratamiento, de acuerdo a la norma NOM-018- STPS-2000.1.7. Programa y memoria de cálculo de dosificación de los productos químicos del tratamiento propuesto, en condiciones de arranque, normales y de contingencia, congruentes a la información técnica presentada. Deberá considerar dos eventos adicionales de acondicionamiento y limpieza de los sistemas de enfriamiento incluyendo su etapa de pasivación y estabilización.1.8. Programa de arranque del tratamiento químico, que contemple tiempos y rangos de control de los parámetros del sistema.1.9. Plan de contingencia ambiental detallado para atender derrames accidentales de los productos propuestos durante su almacenamiento, transporte y dosificación.1.10. Todos los productos químicos usados deberán ser compatibles entre si, estables químicamente hasta una Temperatura de 90 grados centígrados y no deben ser afectados por el Cloro libre residual hasta 1.2 ppm. Si el producto es base zinc este no debe de exceder de 2.5 ppm en el agua recirculada y los productos propuestos no deben incluir en su formulación CROMATOS.

1.11. Para establecer los planes de contingencias detallados se consideraran los contaminantes mas comunes de acuerdo a los eventos indicados en el numeral 5.3 de estas bases.

1.12. Los productos químicos propuestos deberán inhibir la precipitación de la sales de carbonato de calcio, fosfato tricalcico, de fierro y de sílice arriba del 90 %. En el agua recirculada el fierro no deberá exceder de 1.6 ppm y el PH de 7.0 -8.01.13. Se podrán proponer sustitutos a los reguladores de PH (excepto cal) y sustitutos de biocida oxidante, pero estos deberán ser con cargo al proveedor.1.14. Se deberán utilizar métodos de análisis estándar o de aceptación internacional para la determinación de las pruebas fisicoquímicas y microbiológicas que utilizara durante el tratamiento propuesto. No se aceptan métodos particulares del licitante.

2. ALCANCES DEL SERVICIO.

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El tratamiento químico integral será hasta el 31 de Diciembre del año 2014, para el sistema de enfriamiento DE36F01 y que ampara el uso de Tecnología de reciente desarrollo con equipos de diagnostico y respuesta inteligente, para el seguimiento de resultados en tiempo real y de respuesta en línea en función de la demanda del sistema, monitoreo y control de parámetros claves, además de la aplicación de productos químicos para intercambiadores de calor de alto stress, control fisicoquímico, bacteriológico, servicio y asistencia técnica.

2.1. Los proveedores deberán atender los límites o necesidades que el Complejo Petroquímico Morelos defina en el numeral 25 ANEXOS del Anexo 1 Hoja de Datos 4 de estas bases. Resultados a garantizar con el tratamiento integral.2.2 El tratamiento químico integral para la torre de agua de enfriamiento DE36F01 incluye suministro, dosificación y control de productos químicos (inhibidores, dispersantes y biocidas, entre otros). Los equipos de medición y dosificación, y todos los servicios necesarios para el control de corrosión, incrustación y ensuciamiento orgánico e inorgánico de las líneas y equipos de intercambio de calor, para asegurar que las plantas de proceso no tengan afectación (paros de planta o fallas en los intercambiadores de calor), por causas inherentes al agua de los sistemas de enfriamiento.2.3. El tratamiento químico integral para la torre de agua de enfriamiento DE36F01, deberá asegurar el funcionamiento optimo de los intercambiadores de calor, mejorando el servicio a la planta de Acrilonitrilo del Complejo Petroquímico Morelos mediante un sistema de respuesta inteligente en línea para el monitoreo y control de la corrosión e incrustación.2.4. Las unidades de medidas y sus símbolos deben estar de acuerdo con la NOM-008-SCFI-2002 y si es necesario, entre paréntesis su unidad en el sistema equivalente.2.5. El proveedor debe prestar el servicio de tratamiento químico integral a través de personal capacitado en las actividades relacionadas en el contrato respectivo, debiendo entregar la documentación comprobatoria, solicitada en el numeral 2.7.10.2.6. El proveedor es responsable de los residuos que genere por el desempeño de sus actividades, tales como envolturas, embalajes, productos químicos y sus envases, entre otros. Debe elaborar un programa de manejo para sus residuos y entregarlo al Complejo Petroquímico Morelos, el cual debe contar con la siguiente información (cuando aplique):A) Actividad que genera residuosB) Tipo de residuos a generar, indicando su peligrosidad y volumen de residuos generados al mes.C) Tratamiento aplicados a los residuos generados.D) Lugar de destino final de los residuos generados.E) Permisos o autorizaciones con las que se cuenta para el manejo de residuos.F) Residuos que se comercializan.G) Filosofía para reutilizar o reciclar residuos.H) Programa calendarizado de retiro de residuos.Deberá entregar un informe del cumplimiento al Complejo Petroquímico Morelos.

2.7.1. El proveedor proporcionara el servicio, asistencia técnica y apoyo tecnológico en forma continúa las 24 horas del día, los 7 días de la semana. El ingeniero supervisor responsable del servicio deberá permanecer en el sitio en horario de 08:00 a 16:00 hrs., de lunes a viernes y de 09:00 a 13:00 hrs., los sábados y deberá estar localizable telefónicamente las horas restantes durante la vigencia del contrato. En situaciones de Contingencia deberá permanecer más tiempo atendiendo dicha contingencia.

2.7.2. El proveedor deberá mantener un inventario de productos químicos y equipos suficientes para asegurar la continuidad del servicio del tratamiento integral, e incluyendo situación de contingencia. Las maniobras de descarga y manejo de materiales y productos químicos dentro de las instalaciones, correrán por cuenta y riesgo del proveedor. Asimismo, es responsable de la disposición de tambores vacíos para que no queden en el área de trabajo que se les asigne.

2.7.3. El proveedor será el responsable de efectuar el mantenimiento al sistema de cloración, además de dar cumplimiento en caso de una falla a lo solicitado en los numerales 7.18 y 7.19 estas bases.2.7.4. El proveedor debe realizar y reportar el resultado del monitoreo de lodos en las piletas en operación cada 30 días naturales (1 ves por mes para cada celda), con un muestreador de lodos (ladrón de lodos) para mantener un máximo del 8.0 % de lodos, tomando muestras de 1 litro con un tiempo de reposo de 15 minutos.

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2.7.5. Realizar la limpieza de lodos de las piletas de agua fría cuando estas excedan el 8% y de las piletas de agua caliente. El proveedor deberá considerar el transporte cuando sea necesario, así como los medios para su disposición (bombas de achique, mangueras entre otros).Nota: El Complejo Petroquímico Morelos indicara el lugar de la disposición final de los lodos, y la distancia máxima del lugar de origen al lugar de la disposición final no será mayor de 5.0 kilómetros ente ambos puntos.

2.7.6. Mantener los parámetros máximos fijados en sílice, dureza total, cloruros, fierro total y sólidos suspendidos, mencionados en el numeral 25 ANEXOS, anexo 1, de la hoja de datos 5 para evitar la precipitación de las sales en el sistema de enfriamiento basado del estudio de solubilidad, manteniendo los ciclos de concentración especificados.

2.7.7. El proveedor deberá contar con un ingeniero responsable del control del tratamiento y operación de los equipos de monitoreo, con residencia en el Complejo Petroquímico Morelos, en congruencia con el numeral 5.21 de estas bases. El ingeniero responsable deberá mantener una comunicación diaria con el responsable del contrato y/o jefe de la planta de tratamiento de agua. El responsable del Tratamiento podrá ser Ingeniero Químico, Industrial Químico o Químico Industrial.

2.7.8. El proveedor deberá revisar semanalmente los patrones de consumo de cada uno de los productos usados en el tratamiento integral.2.7.9. El proveedor efectuara la certificación del medidor de flujo de agua de repuesto, la certificación deberá realizarse tomando como límite hasta 30 días después de estabilizado el sistema. El proveedor si tuviese dudas o inconformidades en la medición de flujo de agua de repuesto a la torre, podrá solicitar otra certificación, pero esta será por su cuenta y cargo. El certificado deberá ser expedido por una entidad o laboratorio acreditado ante la EMA (Entidad Mexicana de Acreditación) y firmados por los signatarios autorizados, entregando al Complejo Petroquímico Morelos una copia del informe de la acreditación una vez realizada la certificación. El medidor de flujo es QF-36F01-A. La calibración del medidor será con el personal de mantenimiento del Complejo Petroquímico Morelos de acuerdo al programa anual de calibración, o antes si se tienen dudas en su calibración.

2.7.10. El proveedor deberá contar con personal técnico especializado durante los 3 turnos, los cuales deberán ser técnicos en laboratorio con una experiencia mínima de un año en estas actividades, ó contar con una escolaridad mínima de bachillerato ó equivalente para efectuar las actividades de:a) Muestreo y análisis de las corrientes del sistemab) Ajuste de la dosificación de los productos químicosc) Reporte por turno de las condiciones del sistema, con las observaciones de las desviaciones, comentarios y ajustes correspondientes.d) Supervisar las variaciones fisicoquímicas y bacteriológicas del agua de repuesto, así como las condiciones específicas de ensuciamiento y contaminación de los sistemas de agua de enfriamiento, para hacer los ajustes necesarios con la finalidad de controlar los ciclos de concentración, a valores específicos en la hoja de datos 1, 2, 4 y 5 del anexo 1 del numeral 25.Los ciclos de concentración se calcularan en base a dureza total y Sílice, reportándose ambos y tomando para el control del tratamiento el valor más alto.

Para evidenciar la experiencia del personal técnico especializado deberá entregar copias simples de los contratos con otras empresas que presten un servicio similar al que se está contratando anexando teléfono para la verificación de la información presentada. La escolaridad se verificara con las instituciones educativas e igualmente deberá anexar copia simple del titulo o certificado. Esto se podrá acreditar incluso desde previo a la firma del contrato y deberá quedar plenamente comprobado antes de generar la primera orden de surtimiento, en caso contrario de no quedar comprobado no se generara la primera orden de surtimiento.2.7.11. Realizar los siguientes análisis con la frecuencia indicada: Análisis Fisco-Químicos del Agua de enfriamiento diario por turno, tomando los parámetros indicados en el numeral 25 ANEXOS, en la Hoja de datos 5 del Anexo 1.Análisis microbiológicos en sitio, cada 15 días, de la corriente de recirculación de todos los sistemas de enfriamiento a tratar.Análisis de sólidos en suspensión con filtros millipore de 0.45 micras, cada 30 días en el agua de repuesto, suministro y retorno de la torre, y cuando se presenten cualquiera de las contingencias indicadas en estas bases.

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Análisis de Amoniaco, grasas y aceites en el agua de retorno de la torre de enfriamiento, cada vez que el Complejo Petroquímico Morelos lo requiera por alguna problemática.Análisis diario de fierro total y soluble en agua de repuesto y retorno de la torre.Análisis especiales (depósitos, metalográficos, entre otros) cuando se requieran o se presenten contingencias.2.7.12. Cuando se tenga alguna contaminación en la Planta de Acrilonitrilo, el proveedor localizara el (los) equipo(s) contaminante(s) mediante reactivos y comprobación con explosímetro e informara al personal de operación, jefe y/o ingenieros de turno de tratamiento de agua de inmediato. En condiciones de contingencia los datos de los análisis así como los resultados a garantizar podrán exceder de manera temporal mientras se elimina dicha contingencia, los límites de control solicitados hasta en un 50%sin penalización para el proveedor.

2.7.13. Cumplimiento a los parámetros de control requeridos en el agua de recirculación del sistema de Enfriamiento y mencionados en el numeral 25 ANEXOS en la hoja de datos 5 del anexo 1.De forma conjunta se definirá la aplicación del plan de contingencias respectivo.

2.7.14. La instalación y retiro de los testigos de corrosión se hará en conjunto con personal de tratamiento de agua, y el responsable del tratamiento químico por parte del proveedor. Los testigos serán evaluados por el proveedor, entregando el reporte respectivo así como archivo electrónico de fotografías con pesos de los instalados y retirados así como sellos de los instalados. Los testigos de corrosión deben ser suministrados por el proveedor del servicio y deben de cumplir con la NRF-194-PEMEX-2013.

2.7.15. El proveedor, deberá considerar la dosificación satélite en sitio de los equipos críticos que lo requieran o que presenten alguna problemática. Los equipos críticos a considerar de ser necesaria la dosificación satelital, se mencionan en el numeral 25 ANEXOS de la hoja de datos 1 del anexo 1.2.7.16. El proveedor, mantendrá reuniones semanales con el jefe de tratamiento de agua para evaluar los resultados del tratamiento aplicado y se generaran minutas para el seguimiento de compromisos. En dichas minutas se comentaran los resultados que se tengan en la velocidad de corrosión de los cupones, o en casos especiales cuando se tengan problemas de eficiencia de intercambio de calor.2.7.17. En mantenimientos programados y paros de la Planta de Acrilonitrilo, el personal técnico del proveedor deberá estar presente en la inspección de los equipos de enfriamiento, emitiendo el reporte correspondiente (incluyendo anexo fotográfico).2.7.18. El proveedor deberá realizar un estudio hidráulico y de transferencia de calor de los intercambiadores a los que suministra agua de enfriamiento considerados como críticos, que comprenda mediciones de flujo, gradiente de presiones y temperaturas, el cual será la línea base que indique el estado actual del sistema. Considerando como mínimo las condiciones iniciales de operación (línea base):a) Control microbiológico.b) SST (con filtro millipore de 0.45 micras).c) Sustancia limitante del sistema.d) Velocidad de corrosión.e) Ensuciamiento.f) Fierro total y soluble.g) Ciclos de concentración.h) Nivel de lodos en las piletas de Agua fría (% de lodos)Deberá presentar un informe escrito a la Jefatura de la planta de tratamiento de agua.2.7.19. Reportar inmediatamente y sugerir soluciones por escrito, cuando detecte que existe deficiencia en el diseño de los equipos de intercambio de calor. Medir y registrar cada tres meses o antes si se requiere, los flujos de los cambiadores de calor de los sistemas de enfriamiento que presenten problemas de intercambio de calor y de los equipos críticos que el Complejo Petroquímico Morelos mencionan en el numeral 25 ANEXOS de la hoja de datos 1 del anexo 1 de estas bases, y verificar el ensuciamiento de los mismos mediante mediciones de presión y/o temperatura en forma semanal.

2.7.20. El periodo de transición y estabilización del sistema deberá ser durante los primeros 30 días naturales a partir de iniciado el servicio (primera orden de surtimiento), a partir del día siguiente (dia 31) se considerara bajo los parámetros de resultados solicitados en estas bases.

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2.7.21. Reportes que debe realizar, de acuerdo al plan de servicioEmitir un reporte por turno del cálculo de los parámetros físico-químicos del sistema de Enfriamiento DE36F01, con resultados de velocidad de corrosión instantánea.Emitir un reporte semanal del cálculo de la eficiencia térmica de cada torre de enfriamiento.Reporte de inventario de productos y consumos semanal y mensual con cierre los días 30 o 31 de cada mes. Reporte quincenal del control microbiológico, y mensual de sólidos en suspensión.Reporte semanal del seguimiento y tendencia de los parámetros fisicoquímicos.Reporte mensual de resultados del tratamiento químico, que contenga:a) Cálculos y tendencias del factor de ensuciamiento y coeficiente de transferencia de calor de los equipos críticos se mencionan en el numeral 25 ANEXOS del anexo 1, hoja de datos 1 .b) Tendencias de corrosión con corrosómetro de velocidad de corrosión de acuerdo al método ASTM D 2688 o equivalente.c) Control microbiológicod) Ciclos de concentración y consumo de agua de repuestoe) Control físico-químico y tendenciasf) Análisis de la Solubilidad Mineralg) Contenido de fierro total y soluble en el sistema.h) Estadísticas del consumo de cada uno de los productos químicos involucrados en el tratamiento integral, indicando el patrón de consumo propuestoi) cuando aplique, reportes de fallas en los equipos de intercambio de calor, indicando la causa, así como el historial del o los equipos durante el mes anexando fotografías.j) Cuando aplique, reportes, notas informativas y reportes fotográficos, en las desviaciones siguientes:Contaminación del agua recirculante con hidrocarburos u otros productos químicos proveniente de la Planta de Acrilonitrilo. Contaminaciones ambientales. Desviaciones en el control físico-químico. Sobre dosificación o falta de ácido y/o Cloro y/o sosa cáustica. Fallas de los equipos de intercambios de calor2.7.22. El proveedor deberá realizar la limpieza del Sistema de Enfriamiento (espreas, charolas y piletas), así como las persianas y del sistema en general. Deberá considerar los recursos, personal, herramientas (andamios, bombas de achique) y equipo de seguridad(arnés) requerido, entre otros para realizar la limpieza.

3. NORMAS APLICABLES.Normas y procedimientos aplicables al proveedorEl proveedor deberá evitar las situaciones de riesgo derivadas de sus actividades que pueda poner en peligro la integridad de los trabajadores y de las instalaciones o la contaminación y/o modificación a los ecosistemas y cumplir con las normas y procedimientos oficiales vigentes, enlistadas a continuación:3.1. NOM-001-SEMARNAT/1996. Que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en aguas y bienes nacionales.3.2. NOM-052-SEMARNAT/2005. Que establece las características, el procedimiento de identificación, clasificación y los listados de los residuos peligrosos.3.3. NOM-003-SCT-2008. Características de las etiquetas de envases y embalajes, destinadas al transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos.3.4. NOM-004-SCT-2008. Sistemas de identificación de unidades destinadas al transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos.3.5. NOM-005-SCT-2008. Información de emergencia para el transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos.

3.6. NOM-008-SCFI-2002. Sistema General de unidades de medidas.3.7 NOM-005-STPS-1998 Relativa a las condiciones de seguridad para el manejo y transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas.

3.8. NOM-018-STPS-2000. Sistema para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo.

3.9. NOM-043-SCT-2003. Documento de embarque de substancias, materiales y residuos peligrosos.

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3.10. LGGEPA. Ley general del equilibrio ecológico y protección al ambiente. Reglamento de residuos peligrosos.3.11. Obligaciones de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental de los proveedores o contratistas que realizan actividades en instalaciones de petróleos mexicanos y organismos subsidiarios. Anexo SSPA, primera versión junio 2011.3.12. Criterio para el manejo integral de los residuos generados en Pemex-Petroquímica y centros de Trabajo 400GCSIPA-CR-12.3.13. Procedimientos críticos:400-ACSIPA-PO-08. Procedimiento Crítico para la apertura de líneas y equipos de proceso.400-ACSIPA-PO-09. Procedimiento Crítico para el bloqueo de energía y materiales peligrosos.400-GCSIPA-PO-10. Procedimiento Crítico de Seguridad Eléctrica.400-GCSIPA-PO-11. Procedimiento Crítico para Trabajos con Fuego Abierto (TFA).400-GCSIPA-PO-12. Procedimiento Crítico para la delimitación de áreas de riesgo (barricadas).400-GCSIPA-PO-13. Procedimiento Crítico para la entrada segura a espacios confinados.400-GCSIPA-PO-14. Procedimiento Crítico para la prevención de caídas.400-GCSIPA-PO-15. Procedimiento Operativo Crítico para la Selección de Equipo de Protección Personal.400-GCSIPA-PO-17. Procedimiento Operativo para el Trámite y uso de los Permisos de Trabajo.3.14. 400ACSIPA-RE-01. Rev. 01. Reglamento de Seguridad, salud y Protección Ambiental que deben cumplir los contratistas y/o proveedores dentro de las instalaciones de PEMEX Petroquímica.

3.15. NRF-206-PEMEX-2008 Revisión 00Tratamientos Integrales del Agua a Torres de Enfriamiento.3.16. NRF-049-PEMEX-2009 Revisión 00 Inspección de Bienes y Servicios.

3.17. NRF-009-PEMEX-2012 Identificación de Instalaciones Fijas.

3.18. NRF-194-PEMEX-2013 Testigos y probetas corrosimétricas. (Esta norma cancela y sustituye a la NRF-194 PEMEX-2007 del 4 de enero de 2008).

3.19. NRF-111-PEMEX-2012 Rev00 Equipos de medición y servicios de Metrología.3.20. NRF-036-PEMEX-2010 Clasificación de áreas peligrosas y selección de equipo eléctrico.

3.21. NRF-048-PEMEX-2007 Diseño de instalaciones eléctricas.

3.22. NRF-182-PEMEX-2013 Bombas de desplazamiento positivo. Dosificadoras. (Esta norma cancela y sustituye a la NRF-182-PEMEX-2007 del 04 de septiembre de 2007). Las bombas dosificadoras suministradas o utilizadas por el proveedor deberán cumplir con esta Norma.

3.23. Utilizar materiales y equipo eléctrico conforme a la NOM-001-SEDE-2012. Instalaciones eléctricas (utilización).

3.24. Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios 2012. LFMN. Ley Federal Sobre Metrología y Normalización. NMX-CC-9001-IMNC-2008. SISTEMAS DE GESTION DE LA CALIDAD REQUISITOS (CANCELA A LA NMX-CC-9001-IMNC-2000). NMX-EC-17025-IMNC-2006. REQUISITOS GENERALES PARA LA COMPETENCIA DE LOS LABORATORIOS DE ENSAYO Y DE CALIBRACION (CANCELA A LA NMX-EC-17025-IMNC-2000). Las Normas están disponibles en las Direcciones Electrónicas descritas a continuación, para su consulta:http://www.economia-noms.gob.mx/noms/consultasAction.dohttp://www.semarnat.gob.mx/http://www.semarnat.gob.mx/leyesynormas/Pages/nom_aguas_residuales.aspxhttp://www.sct.gob.mx/http://www.sct.gob.mx/informacion-general/normatividad-en-la-sct/transporte-terrestre/http://www.stps.gob.mx/http://www.stps.gob.mx/bp/secciones/conoce/marco_juridico/noms.htmlhttp://www.pemex.comhttp://www.pemex.com/proveedores-y-suministros/normas-referencia/Paginas/normas-ref-vigentes.aspx

4. REQUISITOS QUE DEBERA CUMPLIR EL LICITANTE EN LA ETAPA DE PRECALIFICACION.

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No Aplica.

5. REQUISITOS QUE DEBERA CUMPLIR EL LICITANTE: Para garantizar el objetivo del tratamiento químico integral los licitantes deberán presentar los siguientes Requisitos en su propuesta técnica para su evaluación. El incumplimiento a cualquiera de los siguientes numerales será motivo de descalificación.5.1. Presentar en original o copia legible un manual operativo del tratamiento químico integral que deberá Contener un diagnóstico de uno de los sistemas de enfriamiento del Complejo Petroquímico Morelos o de un proceso con la capacidad mínima de recirculación de agua de enfriamiento de 40, 000 GPM (puede ser superior o hasta 30 % inferior a 40, 000 GPM) y que el agua de repuesto sea del tipo superficial (lagos, lagunas, arroyos, ríos, aguas residuales tratadas o de pozos, y/o mezcla de las anteriores), bajo los perfiles Mecánico, operativo y Químico, fundamento Técnico (Teórico-experimental) del tratamiento integral propuesto, base de selección de activos, considerado para el inhibidor de corrosión de acero y admiralty, dispersante, inhibidor de incrustación, biosidas no oxidantes y en su caso de biosidas oxidantes y que su tecnología cumpla con el alcance de estas bases y los requerimientos de las especificaciones técnicas numeral 1 de estas Bases, resaltando los comentarios de acciones tomadas en equipos que limitan la producción. El licitante en caso de presentar algún sistema de enfriamiento que cumpla con lo solicitado en capacidad y calidad de agua de repuesto y que no sea del Complejo Petroquímico Morelos o de Petróleos Mexicanos, se comprometa a no violar los pactos de confidencialidad ni difundir ni utilizar la información para un fin distinto al de evaluarlo en estas bases.5.2. Presentar en original o copia legible los estudios de predicción de solubilidad mineral, a diferentes ciclos Concentración (3 a 5), a diferentes valores de pH (6 a 8) y a diferentes temperaturas (de 60 a 90 grados centígrados), gráfica de productos de solubilidad contra PH y Agentes Incrustante del agua contra PH, con los cálculos de los índices de solubilidad y estabilidad, resaltando las condiciones cuando la tendencia es incrustante y cuando a tendencia es corrosiva. Los datos para el cálculo de la Solubilidad mineral se presentan en el anexo 2 del numeral 25 ANEXOS de estas bases.5.3 El licitante debe presentar memoria de cálculo de la dosificación de los productos químicos del tratamiento propuesto, para condiciones de arranque, normales y de contingencia, que sean congruentes a la información técnica presentada, incluyendo planes detallados con procedimientos de mitigación, que indique los resultados esperados para las siguientes condiciones de contingencia:A) Contaminación con hidrocarburos pesados. (Mayor de 50 ppm de grasas y aceites).B) Contaminación con hidrocarburos ligeros. (Mayor de 5% de explosividad).C) Contaminación con agentes reductores (SOx). (Mayor de 13 ppm de sulfuros).D) Falta de ácido y/o sosa para el control del pH.E) Falta de cloro.F) Alta turbidez en el agua de repuesto (mayor de 10 NTU) y retorno de enfriamiento (mayor de 40 NTU).G) Fugas de agua en el sistema de enfriamiento. (Recirculación de agua). Ciclos menores a 3.0H) Concentración de lodos superior al 8% en las piletas de agua fría de la torre.I) Por contaminación de amoniaco. Mayor de 5 ppm.J) Alimentación de Agua Cruda. Toda vez que exista desviación a los límites de Especificación de los parámetros especificados en la hoja de datos 3. Información Técnica del Agua de Repuesto. Del Anexo 1 numeral 25 de estas bases. En condiciones de contingencia los datos de los análisis, así como los resultados a garantizar podrán exceder de manera temporal mientras se elimina dicha contingencia, los límites de control solicitados hasta en un 50 % sin penalización para el proveedor.5.4. El licitante debe presentar los métodos de análisis estándar o de aceptación internacional para la determinación de las pruebas fisicoquímicas y microbiológicas que utilizara durante el tratamiento. No se aceptan métodos particulares del licitante.5.5. Hojas técnicas de los productos químicos propuestos en el tratamiento, indicando su composición típica en la concentración de activos. Estas hojas técnicas se pueden presentar en un documento o carta confidencial por separado a la documentación de la propuesta.5.6. Copia de Certificado vigentes NMX-CC-9001-IMNC-2008, emitido por un organismo acreditado por una entidad de acreditación autorizada en los términos de la Ley Federal de Metrología y Normalización (LFMN).

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5.7. Copia de certificado de calidad de los productos químicos propuestos, emitidos por un laboratorio acreditado por la entidad de mexicana acreditación (EMA) autorizada en los términos de la LFMN (Ley Federal Sobre Metrología y Normalización) y aprobado por la dependencia correspondiente con la norma NMXEC-17025-IMNC-2006, emitidos por un laboratorio acreditado por una entidad de acreditación autorizada (EMA) en los términos de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización (LFMN) y aprobado por la dependencia correspondiente con la norma NMX-EC-17025-IMNC-2006, por la entidad mexicana de acreditación (EMA).5.8. Hoja de datos de seguridad, de los productos químicos propuestos en el tratamiento de acuerdo a la norma NOM-018-STPS-2000.5.9. El licitante debe entregar para la correspondiente calidad de agua, los siguientes gráficos con su interpretación técnica de los resultados obtenidos en el gráfico: Para el dispersante: Concentración contra capacidad de dispersión. Para el inhibidor de corrosión: Concentración contra velocidad de corrosión. Índice de solubilidad e índice de estabilidad. Para el biosida concentración del activo contra cuenta total bacteriana.5.10. Carta bajo protesta de decir verdad o Affidavit en la que manifieste que todos los productos químicos y biosidas propuestos para el tratamiento normal y en contingencias, sean compatibles entre sí, estables químicamente hasta una temperatura de pared de 343.15 K (70°C) para torres de enfriamiento frías y 363.15°K (90°C) para torres de enfriamiento calientes. Si son en base de zinc, este no debe exceder de 2.5 ppm en la purga continua de la torre y no deben ser afectados por el residual halógeno libre. No deben afectar al medio ambiente y deben cumplir con las regulaciones establecidas en las Normas Oficiales Mexicanas contra la contaminación ambiental, así como con las establecidas por la autoridad Mexicana ambiental y de salud vigentes. NRF-206- PEMEX-2008 Revisión 00, numeral 8.5.1.10.5.11. Evidencia de que los biosidas no oxidantes utilizados no disminuyen sus propiedades biosidas al operar en un rango de PH de 6 a 8, y son específicos para bacterias sulfatos reductoras, micro organismos formadores de algas, hongos y lama, con una acción prolongada mínima de 24 horas. Para tal efecto deberá anexar en copia simple:A) Informe de resultado del poder germicida (antibiograma) y vida letal media, expedido por un laboratorio acreditado por una entidad de acreditación autorizada (EMA) en los términos de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización (LFMN) y aprobado por la dependencia correspondiente con la norma NMX-EC-17025-IMNC-2006 , por el CENAM (CENTRO NACIONAL DE METROLOGIA) o por cualquier laboratorio nacional de metrología signatario de acuerdos de reconocimiento mutuo con base en la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización (LFMN).

5.12. Carta protesta de decir verdad o Affidavit, de que el tratamiento químico propuesto es capaz de mantener la transferencia de calor y la caída de presión dentro de los parámetros vigentes de operación en los cambiadores de calor considerados en el sistema de enfriamiento, por el periodo que dure la vigencia del contrato, aun operando con un 10% por arriba de las condiciones de operación. NRF-206-PEMEX-2008 Revisión 00, numeral 8.5.1.14.

5.13. Original o copia certificada del informe de resultados de biodegradabilidad de los biosidas y biodispersantes propuestos, emitidos por un laboratorio acreditado por una entidad de acreditación autorizada (EMA) en los términos de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización (LFMN) y aprobado por la dependencia correspondiente con la norma NMX-EC-17025-IMNC-2006 (ISO/IEC17025), por el CENAM (CENTRO NACIONAL DE METROLOGIA) o por cualquier laboratorio nacional de metrología signatario de acuerdos de reconocimiento mutuo con base en la LFMN (Ley Federal Sobre Metrología y Normalización).5.14. Plan detallado de contingencia ambiental, el cual debe de establecer las medidas y equipos que se utilizaran para atender derrames accidentales de los productos propuestos, durante su almacenamiento, transporte y dosificación.

5.15. Propuesta de servicios técnicos y asesoría, la cual debe cumplir con la descripción de servicio técnico y asesoría que se establezca en las bases de licitación.

5.16. Programa para el acondicionamiento y limpieza del sistema de enfriamiento, previo a la etapa de pasivación y estabilización del mismo. Presentar carta en donde se compromete a aplicar su programa y plan de acondicionamiento toda vez que alguno de los sistemas salga de operación, considerando dos eventos adicionales de acondicionamiento y limpieza de los sistemas de enfriamiento incluyendo su etapa de pasivación y estabilización. Considerar dentro de su propuesta que el sistema de enfriamiento DE36F01 puede salir 30 días de operación por mantenimiento y tener 10 días de recirculación en frio.

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5.17. Programa de arranque del tratamiento químico, contemplando las dosis de los productos rangos de los parámetros de control del sistema, una vez implantado y estabilizado.

5.18. Presentar carta bajo protesta de decir verdad o Affidavit, de que entregará los informes de resultados, hojas de datos de seguridad y carta de garantía, de todos los embarques de los productos a emplear en el tratamiento propuesto. NRF-206-PEMEX-2008 Revisión 00, numeral 8.5.1.20.

5.19. Requerimiento de energía eléctrica, aire comprimido, agua de servicio u otros, para proporcionar el servicio de tratamiento integral.5.20. Curriculum vitae de la empresa que acredite su experiencia mínima de un año en los servicios objeto de estas bases. Presentar copia certificada ante notario público del contrato donde hayan obtenido buenos resultados en la aplicación de tratamientos químicos integrales, dicho contrato deberá contener como mínimo los siguientes conceptos: suministro, dosificación, control de químicos, análisis y servicio de tratamiento de agua de enfriamiento aplicado diariamente durante un (1) año continuo. Se debe proveer información de la persona responsable de la supervisión y/o responsable del área donde se ejecutó el contrato y que el Complejo Petroquímico Morelos pueda contactar para corroborar la información (anexar nombre, teléfono, dirección y correo electrónico). Estos resultados se deben de haber obtenido en un tiempo no mayor a 5 años a la fecha de publicación de la licitación, en torres de enfriamiento con la capacidad mínima y característica iguales o superiores a la descrita en estas bases de licitación (puede ser superior o hasta 30 % inferior a 40, 000 GPM), que suministren agua de enfriamiento a plantas de proceso y que reciben agua de repuesto con una calidad similar a la descrita en estas bases de licitación (agua de repuesto del tipo superficial como lagos, lagunas, arroyos, ríos, aguas residuales tratadas o de pozos, y/o mezcla de las anteriores).

5.21. Presentar en original o copia legible el "curriculum vitae" del responsable del tratamiento, anexando la documentación en donde se demuestre la educación (Titulo y cedula), capacitación y experiencia en la tecnología propuesta para este tipo de servicio, anexando teléfonos para la verificación de la información presentada. Se verificara con las instituciones educativas la expedición del titulo, la capacitación y la experiencia se verificara telefónicamente con las compañías en donde se impartió la capacitación y en donde se aplicó dicho tratamiento. El Ingeniero responsable del Tratamiento podrá ser Ingeniero Químico, Industrial Químico o Químico Industrial. La experiencia deberá ser de al menos 6 meses. No se permitirá su sustitución sin una causa justificada por lo menos 6 meses después del inicio del contrato.5.22. Presentar carta bajo protesta de decir verdad o Affidavit, donde establezca los valores solicitados en los contratos relacionados del punto anterior y los resultados obtenidos en la aplicación de los tratamientos químicos integrales. NRF-206-PEMEX-2008 Revisión 00, numeral 8.5.1.25.

5.23. Carta garantía o Affidavit, donde se compromete a que la corrosión del tipo generalizada en condiciones normales de operación no rebasara los valores máximos que establezca el Complejo Petroquímico Morelos en el numeral 25 en la hoja de datos 4 del Anexo 1. Resultados a garantizar con el tratamiento integral. Cuando se presente corrosión por picadura, aun cuando se tenga las velocidades de corrosión dentro del rango establecido, se considerara el cumplimiento. NRF-206-PEMEX-2008 Revisión 00, numeral 8.5.1.26.Nota. Los testigos de corrosión deben ser suministrados por el prestador de servicio, y deben cumplir con la NRF-194-PEMEX-2007.

5.24. Carta garantía o Affidavit, donde se compromete a controlar el coeficiente de transferencia de calor en un valor no mayor al 10% al de la línea base en condiciones normales de operación, el cual se debe medir en forma mensual en los equipos críticos definidos por el Complejo Petroquímico Morelos. NRF-206-PEMEX-2008 Revisión 00, numeral 8.5.1.27.

5.25. Carta garantía o Affidavit, para asegurar que el control microbiológico en el conteo total y de bacterias sulfato reductoras, no rebasará los valores máximo que establece el Complejo Petroquímico Morelos en el numeral 25 de la hoja de datos 4 del Anexo 1 Resultados a garantizar con el tratamiento integral, en equipo críticos y en el cabezal de retorno de la torre de enfriamiento. NRF-206-PEMEX-2008 Revisión 00, numeral 8.5.1.28.

5.26. Carta garantía o Affidavit, donde se compromete a operar la torre de enfriamiento DE36F01 con los ciclos de concentración mínimos establecidos en el numeral 25 ANEXOS de la hoja de datos 2 del Anexo 1 Características y condiciones de operación vigentes de las torre de Enfriamiento. NRF-206-PEMEX-2008 Revisión 00, numeral 8.5.1.29.

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5.27. Carta garantía o Affidavit, donde se compromete a mantener el porcentaje de inhibición de la precipitación de sales de carbonato de calcio, fosfato tricálcico, fierro y sílice. NRF-206-PEMEX-2008 Revisión 00, numeral 8.5.1.30.

5.28. Plan de seguridad el cual debe contener como mínimo los siguientes puntos:A) Actividades permanentes de seguridad.B) Actividades de seguridad durante la ejecución de los trabajos y actividades que se realizaran durante una contingencia.C) Programa calendarizado de pláticas de seguridad que debe impartir el proveedor a su personal con los siguientes temas:D) Equipo de protección personal.E) Orden y limpieza.F) Solicitud de trabajo para uso de contratistasG) Procedimientos que salvan vidas (Procedimientos Críticos)H) Toxicología de ácido Sulfúrico, cloro, Sosa Cáustica y de los productos químicos que suministrará.I) Primeros auxilios.J) Procedimiento para el control de residuos peligrosos.K) Que hacer en una emergencia

5.29. El licitante deberá presentar listado de cantidades de equipo propuestos para su tratamiento, así como la descripción de los mismos, por medio de manuales, catálogos, y/o folletos, así como un esquema de instalación de los equipos fijos. La información mínima a presentar de cada uno de los equipos a utilizar en el tratamiento será; fotos de cada uno en donde se identifique su modelo, diagramas de control y su mecanismo de funcionamiento de cada equipo propuesto. En caso de estar en el Idioma Ingles, deberá ser acompañado de una traducción simple al español.

5.29.1. Sistema de control automático de ph en los sistemas de agua de enfriamiento. Equipo necesario para el control y dosificación de acido sulfúrico al 98%, sosa cáustica al 50% y cloro gas.

5.29.2. Equipo de monitoreo y de control automático de cloro con dosificador automático de cloro y analizador de cloro residual en línea, unidad check-regulador de vació completo de 500 lb/día de capacidad de cloro con eyector, así como las válvulas y los accesorios necesarios para la cloración lo cual incluye; válvula auxiliar para contenedor de una tonelada, conexión flexible de 10 pies, válvula de cabezal, conexiones diversas de PVC para interconectar el dosificador al eyector, manómetro para servicio de cloro rango de 0-200 PSIG y vacuometro con rango de -76 a 0 cms de mercurio. Todas las válvulas, accesorios y conexiones deberán ser las recomendadas para uso exclusivo en el manejo de cloro.

5.29.3. Sistema de control automático de purga (conductimetro/válvula automática). Diámetro de la Válvula 4 pulgadas

5.29.4. Equipo electrónico para medir en tiempo real la concentración del producto activo (ppm) del Inhibidor de corrosión y Dispersante y control automático para la dosificación (bombas dosificadoras) del inhibidor de corrosión y polímero dispersante. El equipo de monitoreo y control de la tecnología deberá ser capaz de mantener los residuales de activos del inhibidor de corrosión y del dispersante en todo momento, a fin de asegurar las cantidades optimas requeridas por la demanda del sistema, mostrando evidencia grafica de respuesta en tiempo real.

5.29.5. Dos (2) racks porta testigos de corrosión de material transparente, con dos cupones de corrosión por rack (uno de acero al carbón y uno de admiralty) para evaluarlos de acuerdo al método ASTM D-2688. Así mismo instalar probetas corrosimétricas para medir la corrosión instantánea (generalizada y pitting). El proveedor tendrá a su cargo, el cambio y /o reposición de los electrodos de sus probetas corrosimétricas.

5.29.6. Bombas dosificadoras para la correcta adición de los productos químicos, con sus respectivas probetas graduadas de medición para el aforo, en la torre de enfriamiento DE36F01.

5.29.7. Recipientes de 1000 litros o de 1500 litros para dosificación continua de productos químicos para el tratamiento del agua, de polietileno de alta densidad (HDPE) reforzado, moldeado por extrusión y soplado, con armadura de rejilla tubular de acero saldada y galvanizada, con tarima metálica, apropiado para el transporte de sustancias peligrosas, electrostáticamente seguro, y con etiquetas que contengan información sobre el manejo, almacenaje, peso neto, fecha de caducidad, advertencia de peligrosidad (rombo de seguridad con código de colores) y guías de primeros auxilios en caso de contactos y derrames, en la parte anterior y posterior, de acuerdo a la NOM-003-SCT-2008 y NRF-009-PEMEX-2004, que cuente con los siguientes accesorios:A) Indicador graduado de nivel

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B) Accesorios para el llenado seguro del mismo, para evitar derrames y cualquier otro tipo de incidentesC) Venteo con válvula para el control de presión.D) Manifold para la conexión de las bombas dosificadoras.

5.29.8. Un monitor electrónico para medición de incrustación y ensuciamiento continuo con ajuste de temperatura y flujo, que calcule y almacene los datos en forma automática del factor de ensuciamiento.

5.29.9. Un laboratorio móvil, debidamente acondicionado con el material, equipos y reactivos suficientes para realizar los análisis rutinarios al agua. Las conexiones, tuberías de PVC, conduit, cables eléctricos y demás accesorios para integrar los servicios son por cuenta del proveedor, el Complejo Petroquímico Morelos indicara el punto más cercano para sus interconexiones el cual no será mayor a 100 metros de distancia entre este punto y su laboratorio móvil.

5.29.10. Computadora con software para control estadístico, reportes de servicios, modelo de predicción de solubilidad mineral, cálculo de la eficiencia y factor de ensuciamiento en cambiadores de calor.

5.29.11. Un muestreador de lodos (ladrón) para el monitoreo en las tinas frías.

5.29.12. Un equipo fijo o portátil para medición y distribución de flujos de agua, en líneas y cambiadores de calor, para la determinación del balance de materia y energía.

5.29.13. Una pistola para medir temperatura por rayos infrarrojos para cuantificar la temperatura donde no se tengan elementos de medición y poder efectuar el balance de materia y energía en cambiadores de calor.

5.29.14. Un corrosometro digital instantáneo (para medir corrosión generalizada y pitting).

5.29.15. Un explosimetro para detectar y cuantificar el por ciento de explosividad cuando se presente un evento de contaminación de hidrocarburos.

5.29.16. Un equipo portátil de monitoreo de ph y conductividad con compensador de temperatura.

5.29.17. Equipo para inyección satélite en la Planta de Acrilonitrilo. Que consiste en alimentación eléctrica y bombas a prueba de explosión, líneas de dosificaciones que pueden ser de PVC o plástico resistente. La dosificación requerida para los equipos se menciona en el numeral 25 ANEXOS de la hoja de datos 1 del anexo 1 de estas bases.5.29.18. Presentar programa calendarizado de mantenimiento y calibración, que considere la totalidad de los equipos propuestos en el plan del servicio del tratamiento integral (de laboratorio y de campo).

6. MAQUINARIA, EQUIPO, HERRAMIENTA Y MATERIALES QUE SUMINISTRARA EL COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS PARA LA REALIZACION DEL SERVICIO.6.1 Proporcionara acido sulfúrico al 98%, sosa cáustica al 50%, cloro gas, energía eléctrica, agua de servicio, de acuerdo a lo especificado en el numeral 25 ANEXOS de la Hoja de Datos 1 y 2 del Anexo 1.

6.2 La calidad del agua de repuesto disponible en el centro de trabajo, para mantener los ciclos de concentración mínimos establecidos, indicados en el numeral 25 ANEXOS de la hoja de datos 3, del Anexo 1. Información técnica del agua de repuesto.

6.3 Información que debe entregar el Complejo Petroquímico Morelos:Anexo 1. Información técnica sobre el sistema de enfriamiento DE36F01.Acceso a la información de las condiciones de operación, de la torre de enfriamiento DE36F01 y de los equipos de transferencia de calor de las áreas involucradas con el tratamiento del sistema de enfriamiento. Los valores a garantizar por parte del proveedor, de la velocidad de corrosión y control microbiológico, se indican en el numeral 25 ANEXOS de la Hoja de Datos 4 del Anexo 1, Resultados a garantizar con el tratamiento integral.

6.4 Calibración del medidor de flujo mencionado en el numeral 2.7.9 de estas bases, de acuerdo al programa anual de calibración, o antes si se tienen dudas en su calibración.

7. MAQUINARIA, EQUIPO Y HERRAMIENTA MINIMA QUE SUMINISTRARA EL PROVEEDOR PARA LA REALIZACION DEL SERVICIO.

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Todos los equipos utilizados como parte del servicio seguirán siendo propiedad del proveedor. Por lo tanto todos los equipos proporcionados por el proveedor para el contrato del tratamiento integral deberán ser congruentes con lo solicitado en los numerales 5.29.1 al 5.29.17 y serán retirados por el mismo al término del contrato sin cargo alguno para el Complejo Petroquímico Morelos. Equipo requerido como parte del servicio: Los equipos para controlar el tratamiento en la torre de enfriamiento DE36F01 deberán ser instalados en un plazo no mayor a 60 días naturales, a partir de formalizado el contrato. Si no se tiene instalado el equipo y operando de acuerdo a lo solicitado en este capítulo 7 y sus numerales correspondientes, se procederá a elaborar la Orden de Surtimiento y se aplicaran las penas convencionales respectivas.

7.1. El proveedor será responsable de la instalación del equipo necesario para el control y dosificación de acido sulfúrico al 98%, sosa cáustica al 50% y cloro. Sistema de control automático de ph en el sistema de agua de enfriamiento DE36F01.

7.2. Equipo de monitoreo y de control automático de cloro con dosificador automático de cloro y analizador de cloro residual en línea, unidad check-regulador de vació completo de 500 lb/día de capacidad de cloro con eyector, así como las válvulas y los accesorios necesarios para la cloración lo cual incluye; válvula auxiliar para contenedor de una tonelada, conexión flexible de 10 pies, válvula de cabezal, conexiones diversas de PVC para interconectar el dosificador al eyector, manómetro para servicio de cloro rango de 0-200 PSIG y vacuometro con rango de -76 a 0 cms de mercurio. Todas las válvulas, accesorios y conexiones deberán ser las recomendadas para uso exclusivo en el manejo de cloro.

7.3. En la torre de enfriamiento DE36F01 instalar un sistema de control automático de purga (conductimetro/válvula automática).

7.4. Contar en la torre de enfriamiento DE36F01 con equipo electrónico para medir en tiempo real la concentración del producto activo (ppm) del Inhibidor de corrosión y Dispersante y control automático para la dosificación (bombas dosificadoras) del inhibidor de corrosión y polímero dispersante. El equipo de monitoreo y control de la tecnología deberá ser capaz de mantener los residuales de activos del inhibidor de corrosión y del dispersante en todo momento, a fin de asegurar las cantidades optimas requeridas por la demanda del sistema, mostrando evidencia de respuesta en tiempo real.

7.5. Para la torre de enfriamiento DE36F01 dos (2) racks porta testigos de corrosión de material transparente, con dos cupones de corrosión por rack (uno de acero al carbón y uno de admiralty) para evaluarlos de acuerdo al método ASTM D-2688. Así mismo instalar probetas corrosimetricas para medir la corrosión instantánea (generalizada y pitting). El proveedor tendrá a su cargo, el cambio y /o reposición de los electrodos de sus probetas corrosimetricas.

7.6. Bombas dosificadoras para la correcta adición de los productos químicos, con sus respectivas probetas graduadas de medición para el aforo, en cada una de las torres de enfriamiento. Las bombas instaladas en la Torre de Enfriamiento DE36F1 no se solicitan que sean a prueba de explosión.

7.7. El suministro de los productos químicos de aplicación continua deberá de ser en Recipientes de 1 000 litros o de 1500 litros para dosificación continua de productos químicos para el tratamiento del agua, de polietileno de alta densidad (HDPE) reforzado, moldeado por extrusión y soplado, con armadura de rejilla tubular de acero saldada y galvanizada, con tarima metálica, apropiado para el transporte de sustancias peligrosas, electrostáticamente seguro, con etiquetas que contengan información sobre el manejo, almacenaje, peso neto, fecha de caducidad, advertencia de peligrosidad (rombo de seguridad con código de colores) y guías de primeros auxilios en caso de contactos y derrames, en la parte anterior y posterior, de acuerdo a la NOM-003-SCT-2008 y NRF-009-PEMEX-2004 que cuente con los siguientes accesorios:

A) Indicador graduado de nivelB) Accesorios para el llenado seguro del mismo, para evitar derrames y cualquier otro tipo de incidentesC) Venteo con válvula para el control de presión.D) Manifold para la conexión de las bombas dosificadoras.

7.8. Certificación del medidor de flujo con totalizador instalado en la línea de suministro de agua de repuesto a la torre de enfriamiento. El medidor de flujo es el QF36F01. El proveedor efectuara la certificación del medidor de flujo de agua de repuesto, la certificación deberá realizarse tomando como límite hasta 30 días después de estabilizado el sistema, también se puede realizar otra certificación con cargo al proveedor si existen inconformidades en la medición de flujo de agua de repuesto a las torres. El certificado deberá ser expedido por una entidad o laboratorio acreditado ante la entidad mexicana

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de acreditacion (EMA) y firmados por los signatarios autorizados, entregando al Complejo Petroquímico Morelos una copia del informe de la acreditación una vez realizada la certificación del medidores de flujo.

7.9. Un monitor electrónico para medición de incrustación y ensuciamiento continuo con ajuste de temperatura y flujo, que calcule y almacene los datos en forma automática del factor de ensuciamiento.

7.10. El proveedor deberá de instalar un laboratorio móvil, debidamente acondicionado con el material, equipos y reactivos suficientes para realizar los análisis rutinarios al agua. Las conexiones, tuberías de PVC, conduit, cables eléctricos y demás accesorios para integrar los servicios son por cuenta del proveedor, el Complejo Petroquímico Morelos indicara el punto más cercano para sus interconexiones el cual no será mayor a 100 metros de distancia entre este punto y su laboratorio móvil.

7.11. Computadora con software para control estadístico, reportes de servicios, modelo de predicción de solubilidad mineral, cálculo de la eficiencia y factor de ensuciamiento en cambiadores de calor.

7.12. Un muestreador de lodos (ladrón) para el monitoreo en las tinas frías.

7.13. Un equipo fijo o portátil para medición y distribución de flujos de agua, en líneas y cambiadores de calor, para la determinación del balance de materia y energía.

7.14. Una pistola para medir temperatura por rayos infrarrojos para cuantificar la temperatura donde no se tengan elementos de medición y poder efectuar el balance de materia y energía en cambiadores de calor.

7.15. Un corrosometro digital instantáneo (para medir corrosión generalizada y pitting).

7.16. Un explosimetro para detectar y cuantificar el por ciento de explosividad cuando se presente un evento de contaminación de hidrocarburos.

7.17. Un equipo portátil de monitoreo de ph y conductividad con compensador de temperatura.

7.18. La instalación, habilitación, reposición, calibración y/o reparación de todos los equipos solicitados en este capitulo 7.0 serán por cuenta del proveedor, mismos que deberán estar en funcionamiento permanente y en caso de mantenimiento no deberán exceder más de 72 horas en un mes.

7.19. El proveedor se obliga a mantener el refaccionamiento necesario para dar respuesta a cualquier desperfecto en la funcionabilidad de sus equipos de automatización en un plazo no mayor de 48 horas continuas a partir de ocurrida la falla. La instalación, habilitación, reposición, calibración y/o reparación serán por cuenta del proveedor, mismos que deberán estar en funcionamiento permanente y en caso de mantenimiento no deberán exceder más de 72 horas en un mes. Instalar, reparar, reponer, calibrar y/o certificar los equipos especificados en este numeral 7, Equipo de Monitoreo, Dosificación, Medición y Control, Requerido Como Parte del Servicio.

7.20. Equipo para inyección satélite de los equipos mencionados en el numeral 24 de la hoja de datos 1 del anexo 1, y de acuerdo a los requisitos solicitado en el numeral 5.29.17 de estas bases.

7.21. Programa calendarizado de mantenimiento y calibración, que considere la totalidad de los equipos propuestos en el plan del servicio del tratamiento integral (de laboratorio y de campo).

7.22. Los equipos de medición suministrados o utilizados por el proveedor, deben cumplir con la NRF-111-PEMEX 2006.

7.23. Las bombas dosificadoras suministradas o utilizadas por el proveedor deben cumplir con la NRF-182-PEMEX 2007.

7.24. Utilizar materiales y equipo eléctrico conforme a la NOM-001-SEDE-2005, Instalaciones Eléctricas (utilización). NRF-036-PEMEX-2003 y NRF-048-PEMEX-2007, el material y equipo debe contar con los certificados de fabricante en el idioma de origen y con una traducción simple al idioma español.

7.25. Identificar las tuberías que instalen, conforme a la NRF-009-PEMEX-2004.

7.26. Los productos para el tratamiento químico (inhibidores de corrosión, dispersantes, biodispersantes y biosidas) se debe suministrar en recipiente como los descritos en el numeral 7.7 de estas bases, herméticamente cerrados. Para su manejo,

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transporte de almacenamiento, el proveedor debe cumplir con la NOM-005-STPS-1998, relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas.

7.27.Los porta testigos deben estar provistos de medios que permitan fijar un sello de seguridad, para que los testigos de corrosión no puedan ser desmontados sin que este hecho resulte evidente, antes de las fechas de medición acordadas y en presencia del supervisor de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. El proveedor debe suministrar los sellos de seguridad, con mecanismo de cierre unidireccional y numeración consecutiva rotulada en forma indeleble o algún dispositivo equivalente que cumpla con tales fines, como se ilustran en las figura 4b y 4c del anexo 12.3 de la NRF-194-PEMEX-2007. Se permite otro tipo de sello, previamente acordado con la supervisión del Complejo Petroquímico Morelos.

8. CRITERIO DE ADJUDICACION.Licitación Pública. Ley de Petróleos Mexicanos.

La forma de adjudicar será a un solo licitante por la totalidad de los servicios en una solo partida integrada por 11 subpartidas. Partida 1 integrada por las subpartidas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11.

9. PLAZOS MAXIMOS PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO POR PARTIDAS.El tratamiento iniciara a contar después de entregada la primera orden de surtimiento a los 60 días después de la fecha de formalización del contrato o antes si se encuentra instalado y operando el equipo de acuerdo a lo solicitado en el capitulo 7.0 y sus numerales correspondientes. El plazo máximo para la prestación del servicio será de 30 días naturales, dicho plazo empezara a contar a partir de que el proveedor reciba del representante de la administración y supervisión del contrato del Complejo Petroquímico Morelos, la orden de servicio. La forma en que se recibirán los servicios será diariamente las 24 horas por suministro continuo, siendo solicitada mediante órdenes de surtimiento de 30 días, las cuales se generaran a mas tardar el tercer día hábil del siguiente mes, amparando los volúmenes de las lecturas que diariamente se validaron del mes a pagar, y será a través de un medio electrónico y/o entrega personal por los días de servicio prestado y el comprobante de aceptación del servicio correspondiente. Se tomara como base el volumen total de agua de repuesto en metros cúbicos derivado del consumo de la torre de enfriamiento DE36F01. El volumen será tomado del medidor de flujo: QF36F01. Para ambos casos normal y por contingencia. Lo anterior siempre y cuando cumpla con los parámetros establecidos en el numeral 24 de la hoja de datos 4 del anexo 1. Resultados a garantizar con el tratamiento Integral. En caso de paro del proveedor suspenderá temporalmente el servicio hasta el reinicio de las operaciones o cancelación del contrato en caso de cierre definitivo, dejando de ejercer el pago correspondiente hasta el reinicio de las operaciones. Deberá considerar dos eventos adicionales de acondicionamiento y limpieza de los sistemas de enfriamiento incluyendo su etapa de pasivación y estabilización de acuerdo a lo solicitado en el numeral 5.16 de estas bases.

10. NIVELES DE SUPERVISION.De acuerdo al procedimiento Institucional para la inspección de Bienes Muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, corresponde el Nivel de inspección IV, numerales 1, 2, 4, 8, 9, y 11.

1) Las especificaciones contractuales.2) Programa de ejecución del arrendamiento o servicio.4) La competencia (formación académica profesional o técnica, habilidades y experiencia) del personal que intervenga en la ejecución del servicio.8) Las pruebas y/o evaluaciones durante el proceso de la ejecución del arrendamiento o servicio.9) Las pruebas y/o evaluaciones finales.11) La documentación que establece el contrato.

La supervisión la llevara a cabo el Ing. Dionicio Narváez Acosta Jefe de la Planta Tratamiento de Agua o quien se encuentre designado para realizar sus funciones. Los documentos que serán requeridos para llevar a cabo la Inspección de los bienes y supervisión de arrendamientos y servicios, el proveedor deberá entregar como mínimo cuando aplique copia de la siguiente documentación: Certificados de CalidadDocumentación Técnica.

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11. ESQUEMA DE PENAS CONVENCIONALES.I. POR ATRASO EN EL CUMPLIMIENTO EN LA FECHA DE INICIO DE LOS SERVICIOS:Las partes convienen expresamente que en caso de que el PROVEEDOR, por causas que le sean imputables, no inicie los Servicios en la fecha estipulada en la cláusula denominada ¿PLAZO Y LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS¿ del Contrato, independientemente de que no se generará pago alguno por concepto de Servicios, el PROVEEDOR deberá pagar a PETROQUIMICA, como pena convencional por cada día natural de atraso, una cantidad equivalente al 0.5% (cero punto cinco por ciento) sobre el monto del volumen de agua de repuesto, por cada día de retraso en la prestación de los serviciosII. POR ATRASO EN EL CUMPLIMIENTO DE LA ORDEN DE SERVICIOS:Las partes convienen expresamente que en caso de que el PROVEEDOR no ejecute los servicios en el plazo establecido en cada orden de servicio que haya sido expedida por PETROQUIMICA, o cualesquiera ampliaciones autorizadas por escrito por éste, el PROVEEDOR deberá pagar a PETROQUIMICA, como pena convencional por cada día natural de atraso de los Servicios, una cantidad equivalente al 0.5% (punto cinco por ciento) del volumen de agua de repuesto de los Servicios pendientes de ejecutar.La aplicación de penas convencionales no causará un cambio en los plazos y/o fechas que para la conclusión de los servicios hayan sido establecidas en la orden de servicio, ni tampoco liberarán al PROVEEDOR de su obligación de mejorar su progreso para lograr cumplir con cualquier plazo y/o fecha o corregir la falla que lo impida.Las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se haga acreedor por atraso en la ejecución de los servicios, se calcularán, a partir del día siguiente del vencimiento del plazo pactado para la ejecución de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio.

III. INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RELATIVAS AL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL:

De conformidad con lo establecido en la cláusula denominada Grado de Integración Nacional, si como resultado de la verificación documental del grado de integración nacional de los servicios realizados por el proveedor, se determina que ésta es menor al ofertado en su propuesta durante el procedimiento de contratación en términos de lo establecido en el Anexo ¿GIN¿, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, le aplicará una pena convencional que será determinada de acuerdo a lo establecido en el Anexo referido, y que podrá ser deducida de cualquier cantidad debida o pagadera al PROVEEDOR conforme al presente contrato hasta el momento en que el PROVEEDOR regularice esta situación.

IV. INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES PACTADAS EN EL ANEXO SSPA:

En caso de que el PROVEEDOR no cumpla con cualquiera de las obligaciones que se establecen y especifican en el Formato 4 del Anexo SSPA del contrato, PETROQUIMICA aplicará las penalizaciones(deducciones) estipuladas de acuerdo a lo establecido en el Formato 6 del referido Anexo SSPA, considerando para ello los mecanismos y reglas de aplicación establecidos en los apartados del Anexo SSPA siguientes: GUÍA DE LLENADO, REGLAS DE APLICACIÓN DEL FORMATO 6 DE ANEXO SSPA y CLASIFICACIÓN DE CONSECUENCIA A LOS REQUISITOS CON BASE A SU RIESGO.

V. INCUMPLIMIENTO EN LA OBSERVANCIA DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO:

En caso de incumplimiento a cualquiera de lo descrito en la hoja de datos 4 del anexo 1 del numeral 25 de las especificaciones técnicas, Resultados a garantizar con el Tratamiento Integral. Será objeto de la siguiente penalización:

A) La penalización se calculará en base al volumen de agua de repuesto pagado en el mes y será del 20% del total del mes conforme a la fórmula de:

Penalización ($M.N.) = Q*CU*0.20 (pesos en M.N.)

Q= total del agua de repuesto a la torre de enfriamiento, durante el mes.CU: costo unitario contratado.0.20 factor de penalización por descontrol

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En caso de incumplimiento a lo descrito en los numerales 7.- MAQUINARIA, EQUIPO Y HERRAMIENTA MINIMA QUE SUMINISTRARA EL PROVEEDOR PARA LA REALIZACIONDEL SERVICIO y 2.- ALCANCES DEL SERVICIO, de las especificaciones técnicas, se aplicará un cobro del 20% sobre el monto total de la orden de aceptación del servicio. Las órdenes de servicio se emiten mensualmente.

El monto de las penalizaciones no podrá exceder del 10 % del monto máximo del contrato.El PROVEEDOR acepta, que PETROQUIMICA aplique las penalizaciones a que se refiere la presente cláusula, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones:

- Las facturas que se generen con motivo del contrato. - Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas penas.- Las facturas que genere el PROVEEDOR en cualquier otro contrato que tenga celebrado con PEMEX PETROQUÍMICA, siempre y cuando el otro contrato prevea la posibilidad de tal deducción.

Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR.

12. SUBCONTRATACION.No se permite la subcontratación de las partes que integran el servicio.

13. CONDICIÓN DE PRECIO.A precio fijo para ambos casos condición normal y por contingencia.

14. CANTIDAD O PRESUPUESTO MINIMO Y MAXIMO QUE PODRA REQUERIRSE EN CADAORDEN DE SERVICIO.La cantidad a considerar en metros cúbicos por orden de surtimiento:Partida 1. Tratamiento Químico Integral del Agua del Sistema de Enfriamiento DE36F01,Volumen en metros cúbicos:Máximo 60, 000Mínimo 24, 000

15. VISITA AL LUGAR DE PRESTACION DE LOS SERVICIOS.La visita se realizara al lugar de la prestación del servicio, en la Torre de Enfriamiento DE36F01 en el interior del Complejo Petroquímico Morelos, será dirigida por el Jefe de la Planta de Tratamiento de Agua, el Ing. Dionicio Narvaez Acosta.16. JUNTA DE ACLARACIONES.La junta de aclaración será atendida por el Ingeniero Dionicio Narvaez Acosta Jefe de la Planta de Tratamiento de Agua.

17. NOMBRE DEL SERVIDOR PUBLICO QUE ADMINISTRARA EL CONTRATO YVIGILARA SU CUMPLIMIENTO.Ing. Dionicio Narváez Acosta, adscrito a la Planta de Tratamiento de Agua, será el responsable de la supervisión.

18. OBJETO/MOTIVO DEL SERVICIO.Mediante la aplicación de tecnología de reciente desarrollo y monitoreo en línea mantener la transferencia de calor y evitar el ensuciamiento prematuro de los intercambiadores de calor en cual impacta en la continuidad operativa de las Plantas de Proceso.19. ANTICIPOS.No Aplica.

20. GRADO DE CONTENIDO NACIONAL.100 % para mano de obra.

21. CRITERIO DE EVALUACION.METODO DE EVALUACIÓN TÉCNICA: Será binario (cumple, o no cumple).CRITERIO DE EVALUACIÓN TÉCNICA: El licitante debe cumplir con todas las especificaciones técnicas en la solicitud del pedido del servicio.

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22. CANTIDAD O PRESUPUESTO A EJERCER POR EJERCICIO.El trámite de esta solicitud, se requiere en la modalidad de contrato abierto por volumen en metros cúbicos, con las siguientes consideraciones:

Partida 1. Tratamiento Químico Integral del Agua del Sistema de Enfriamiento DE36F01, Volumen en metros cúbicos.Máximo 315, 000Mínimo 126, 000Subpartida 1. Flujo de Agua de repuesto Normal DE36F01, volumen en metros cúbicos. Máximo 314, 900 Mínimo 125, 960Subpartida. 2. Flujo de Agua de repuesto por contingencia DE36F01. Hidrocarburos Pesados. Máximo 10 Mínimo 4Subpartida 3. Flujo de Agua de repuesto por contingencia DE36F01. Hidrocarburos Ligeros.Máximo 10Mínimo 4Subpartida 4. Flujo de Agua de repuesto por contingencia DE36F01. Agentes reductores.Máximo 10Mínimo 4Subpartida 5. Flujo de Agua de repuesto por contingencia DE36F01. Falta de Ácido y Sosa.Máximo 10Mínimo 4Subpartida 6. Flujo de Agua de repuesto por contingencia DE36F01. Falta de Cloro.Máximo 10Mínimo 4Subpartida 7. Flujo de Agua de repuesto por contingencia DE36F01. Alta Turbidez.Máximo 10Mínimo 4Subpartida 8. Flujo de Agua de repuesto por contingencia DE36F01. Fuga de Agua.Máximo 10Mínimo 4Subpartida 9. Flujo de Agua de repuesto por contingencia DE36F01. Concentración de Lodos.Máximo 10Mínimo 4Subpartida 10. Flujo de Agua de repuesto por contingencia DE36F01. Contaminación Amoniaco.Máximo 10Mínimo 4Subpartida 11. Flujo de Agua de repuesto por contingencia DE36F01. Alimentación de Agua Cruda.Máximo 10Mínimo 4

23. LUGAR DE LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS O ARRENDAMIENTOS.El lugar de la prestación de los servicios será en la Torre de Enfriamiento: DE36F01 (Lado Poniente de la Planta Acrilonitrilo) dentro del Complejo Petroquímico Morelos, ubicado en Ejido Pajaritos SC CP 96380 Allende, Coatzacoalcos, Veracruz. La forma en que se recibirán los servicios será diariamente las 24 horas por suministro continuo, siendo solicitada mediante órdenes de surtimiento de 30 días. Las órdenes de surtimiento se entregaran al responsable del contrato, en la Jefatura de la Planta de Tratamiento de agua del Complejo Petroquímico Morelos en días hábiles en horario de 08:00 a16:00 horas.

24. USO INTENSIVO DE MANO DE OBRA.No aplica. El uso de la mano de obra es del 9.0 % del monto del contrato.

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25. ANEXOS.ANEXO 1.Hoja de Datos 1. Información sobre la ubicación del Sistema de Enfriamiento y Servicios Disponibles.

CONCEPTO INFORMACIONNúmero económico de la torre de enfriamiento: DE36F011. Relación de equipos críticos: Planta Acrilonitrilo: EA-139, EA-115, EA-108, EA-110, EA-1402. Relación de equipos críticos que requieren inyección Satélite EA-1153. Obligaciones en materia de seguridad industrial y protección ambiental que se deben cumplir en las instalaciones del Complejo Petroquímico Morelos Anexo SSPA Primera Versión Junio 2011. Reglamento de Seguridad, Salud y Protección Ambiental, que deben cumplir los Contratistas y/o Proveedores dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica. 400ACSIPA-RE-01. Rev. 03. Criterio para el manejo integral de los residuos generados en Pemex-Petroquímica y centros de Trabajo 400GCSIPA-CR-12.

Procedimientos críticos:400-ACSIPA-PO-08. Procedimiento Crítico para la apertura de líneas y equipos de proceso.400-ACSIPA-PO-09. Procedimiento Crítico para el bloqueo de energía y materiales peligrosos.400-GCSIPA-PO-10. Procedimiento Crítico de Seguridad Eléctrica.400-GCSIPA-PO-11. Procedimiento Crítico para Trabajos con Fuego Abierto (TFA).400-GCSIPA-PO-12. Procedimiento Crítico para la delimitación de áreas de riesgo (barricadas).400-GCSIPA-PO-13. Procedimiento Crítico para la entrada segura a espacios confinados.400-GCSIPA-PO-14. Procedimiento Crítico para la prevención de caídas.400-GCSIPA-PO-15. Procedimiento Operativo Crítico para la Selección de Equipo de Protección Personal.400-GCSIPA-PO-17. Procedimiento Operativo para el Trámite y uso de los Permisos de Trabajo.

4. Disponibilidad de servicios en las instalaciones del Complejo Petroquímico Morelos.- Energía eléctrica 120 y 220 VAC- Agua de Servicios 500 m3/hr a presión de 4 kg/cm2- Aire comprimido No disponible- Drenaje Disponible

5. Disponibilidad de producto a suministrar por el Complejo Petroquímico Morelos.Sosa cáustica al 50 % En la cantidad necesaria (kgs)Ácido sulfúrico al 98 % En la cantidad necesaria (kgs)Cloro gas En la cantidad necesaria (kgs)

6. Ubicación del sistema de Enfriamiento. Lado Sureste del Complejo Petroquímico Morelos,lado poniente de la Planta de Acrilonitrilo.Hoja de datos 2. Características y condiciones de operación vigentes de la torre de enfriamiento.CONCEPTO INFORMACIONNúmero económico de la torre de enfriamiento: DE36F01Plantas a las que da servicio: Planta AcrilonitriloCapacidad de diseño 40, 000 GPM (galones por minuto)Capacidad de operación 24, 000 GPM (galones por minuto)Temperatura de agua en retorno 37-40 °C (Grados Centígrados)Temperatura de agua de suministro 29-32 °C (Grados Centígrados)Pérdidas por arrastre máximo Dato no Disponible m3/díaPérdidas por evaporación máxima 1, 700 m3/díaNúmero de celdas 4 celdas de 10, 000 GPM cada unaCiclos de concentración 4 a 6 ciclos de ConcentraciónTipo y material de relleno Gul Wing

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Número de ventiladores por celda 1 ventiladorFlujo de circulación máxima 130, 000 m3/díaTemperatura de pared 90 °C (Grados Centígrados)Volumen total de celdas 40, 000 GPM (galones por minuto)Agua de Repuesto 2, 000 m3/día máximoVolumen del Sistema 2, 200 m3Temperatura de bulbo húmedo 27 °CTemperatura de bulbo seco 30°CHoja de datos 3. Información técnica del agua de repuesto.Numero Económico de la Torre de Enfriamiento: DE36F01.Tipo de agua utilizada: Agua Pretratada.PARAMETRO VALOR UNIDADESDureza total 100 Máximo PPM COMO CaCO3Dureza de Calcio 50 Máximo PPMSílice 15 Máximo PPMFierro Total 0.5 Máximo PPMPh 6-8Alcalinidad (F y M) 0 y 60 PPM COMO CaCO3STD 210 Máximo PPMCloruros 25 Máximo PPMTurbidez 4 Máximo NTUHoja de datos 4. Resultados a garantizar con el tratamiento integral.Corrosión máxima en acero al carbón 2 mpa (milésimas de desgaste por año)Corrosión máxima en metales amarillos 0.5 mpa (milésimas de desgaste por año)Conteo total de colonias 70, 000 UFC/mlSulfato reductoras 8 colonias/MLNota: Cuando se presenta corrosión por picadura, aun cuando se tengan las velocidades de corrosión dentro del rango establecido, se considera incumplimiento.

Hoja de datos 5. Parámetros de Control requeridos en el agua de enfriamiento.PARAMETRO VALOR UNIDADESPh 7-9Turbidez 20 Máximo NTUSílice 100 Máximo PPMFierro Total 1.6 Máximo PPMCloruros 400 Máximo PPMSólidos Suspendidos 30 Máximo PPMSTD 2000 Máximo PPMDureza Total 800 Máximo PPMANEXO 2Datos para el cálculo de solubilidad mineral:Alcalinidad a la M: 60Alcalinidad a la F: 0Cloruros: 24Dureza total: 38 MáximoDureza de calcio: 20 ppm MáximoSílice: 15 ppmTurbidez: 1 NTUSólidos totales disueltos: 90 ppm MáximoCloro residual: 0.5Fierro total: 0.6 ppm Máximo

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Sulfatos: 16 ppmPh: 6.25

FLUJO DE AGUA DE REPUESTO POR CONTINGENCIA Sistema DE36F01.A) Contaminación con hidrocarburos pesados. (Mayor de 50 ppm de grasas y aceites).B) Contaminación con hidrocarburos ligeros. (Mayor de 5% de explosividad).C) Contaminación con agentes reductores (SOx). (Mayor de 13 ppm de sulfuros).D) Falta de ácido y/o sosa para el control del pH.E) Falta de cloro.F) Alta turbidez en el agua de repuesto (mayor de 10 NTU) y retorno de enfriamiento (mayor de 40 NTU).G) Fugas de agua en el sistema de enfriamiento. (Recirculación de agua). Ciclos menores a 3.0H) Concentración de lodos superior al 8% en las piletas de agua fría de la torre.I) Por contaminación de Amoniaco. Mayor de 5 ppm para ambos.J) Alimentación de Agua Cruda. Toda vez que exista desviación a los límites de especificación de los parámetros especificados en la hoja de datos 3. Información Técnica del Agua de Repuesto. Del Anexo 1 numeral 18 de estas bases. El área responsable de la administración y supervisión de la ejecución del contrato del Complejo Petroquímico Morelos, es la autorizada para declarar las contingencias citadas.2. Contaminación con hidrocarburos pesados. (Mayor de 50 ppm de grasas y aceites).3. Contaminación con hidrocarburos ligeros. (Mayor de 5% de explosividad).4. Contaminación con agentes reductores (SOx). (Mayor de 13 ppm de sulfuros).5. Falta de ácido y/o sosa para el control del pH.6. Falta de cloro.7. Alta turbidez en el agua de repuesto (mayor de 10 NTU) y retorno de enfriamiento (mayor de 40 NTU).8. Fugas de agua en el sistema de enfriamiento. (Recirculación de agua). Ciclos menores a 3.0.9. Concentración de lodos superior al 8% en las piletas de agua fría de la torre.10.- Por contaminación de amoniaco. Mayor de 5 ppm.11.- Alimentación de Agua Cruda. Toda vez que exista desviación a los límites de Especificación de los parámetros especificados en la hoja de datos 3. Información Técnica del Agua de Repuesto. Del Anexo 1 Numeral 24 de estas bases.

DOCUMENTO 02

ASPECTOS ADMINISTRATIVOS

1.- Consulta y/u obtención de las Bases de la Licitación1.1 Para consulta.1.2 Pago y Obtención de Bases.1.2.1 Facturación por compra de bases de licitación

2.- Información General sobre el Procedimiento2.1 Condiciones Generales de la Licitación.2.2 Participación de Testigos Sociales. –NO APLICA-

3.- Eventos previos a la presentación de propuestas3.1 Visita a los sitios donde se realizarán los servicios3.2 Junta(s) de aclaraciones a las Bases de Licitación.3.3 Modificaciones a la convocatoria y bases de licitación.3.4 Etapa de precalificación. –NO APLICA-

4.- Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para elaborar las propuestas y desarrollo del procedimiento.

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4.1 Condiciones y formalidades para la presentación de propuestas por medios remotos de comunicación electrónica. –NO APLICA-4.1.1

4.1.2

Documentación que se entregará en el acto de recepción y apertura de propuestas electrónicas. –NO APLICA-Documentación que se entregará en el acto de presentación y apertura de propuestas

4.2 Indicaciones generales para el desarrollo de los actos4.3 Acto de presentación y apertura de propuestas4.4 Métodos y Criterios de evaluación de las propuestas

4.4.1 Criterios de evaluación de aspectos técnicos4.4.2 Criterios de evaluación de aspectos legales4.4.3 Criterios de evaluación de aspectos económicos4.4.4 Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio.

4.5 Negociación de precios–NO APLICA-4.6 Ofertas subsecuentes de descuentos –NO APLICA-

5.- Criterios de adjudicación.5.1 Abastecimiento simultáneo. –NO APLICA-

6.- Casos en que se declarará desierta la licitación.7.- Cancelación de la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas.8.- Causas de desechamiento de propuestas.9.- Fallo.10.- Inconformidades.11.- Compromisos con la Transparencia12.- Firma del contrato.13.- Aspectos contractuales básicos.

13.1 Tipo de Contrato13.1.1 Vigencia del contrato.

13.1.2 Presupuestos del Servicio NO APLICA13.1.3 Ordenes de Servicio

13.2 Condición, plazo y lugar de realización de los servicios13.3 Nivel de Supervisión de los Servicios13.4 Garantías

13.4.1 Para garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.13.4.2 Para garantizar la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los

bienes o la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.13.5 Anticipo –NO APLICA-

13.5.1 Fianza para garantizar la debida inversión, aplicación, amortización o devolución del anticipo otorgado –NO APLICA-

13.5.2 Carta De Crédito Standby. –NO APLICA-13.6 Condiciones y forma de pago

13.6.1 Ajuste de precios –NO APLICA-13.7 Facturación13.8 Penalizaciones

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13.9 Recisión Administrativa del Contrato13.10 Información Reservada y Confidencial13.11 Seguros13.12 Fuentes de Financiamiento –NO APLICA-13.13 Propiedad Industrial y Derechos de Autor13.14 ANEXO SSPA: Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de

los Proveedores y Contratistas que realizan Actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

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Documento 02

ASPECTOS ADMINISTRATIVOS.

Información General

Este procedimiento de contratación se convoca:

Licitación Pública Nacional fuera de las disposiciones de los tratados de libre comercio en los que se contempla un título o capítulo de compras del sector público.

Esta licitación se llevará a cabo de manera presencial. No se aceptará el envío de propuestas por medios de comunicación electrónica, por servicio postal o de mensajería.

Definiciones:

Área Administradora del Proyecto: Gerencia del Complejo Petroquímico Morelos.

Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato: Subgerencia de Servicios Auxiliares.

1. Consulta y/u obtención de las Bases de la Licitación.

La publicación de las bases de la Licitación Pública, se realizará a través de la página electrónica de Pemex Petroquímica (www.ptq.pemex.com), asimismo, la Convocante pondrá a disposición de los licitantes dichas bases, de acuerdo a lo siguiente:

1.1 Para consulta::

A. En las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 8:30 horas a las 14:00 horas en días hábiles.

B. A través de la página electrónica de Pemex Petroquímica en la dirección electrónica: http://www.ptq.pemex.com.

1.2 Pago y Obtención de bases:

El pago de las Bases de la Licitación se deberá realizar a elección del licitante, utilizando cualquiera de las opciones que se indican a continuación:

A) A través del sistema de pago en banco, mediante depósito en firme a la cuenta de Concentración Inmediata Empresarial en BBVA Bancomer, cuenta No. 0162378531 , con Clabe Interbancaria No. 012790001623785313, a nombre de PEMEX PETROQUIMICA y tienen un costo de $1´481.00. (Un mil cuatrocientos ochenta y un pesos 00/100 M.N.) incluido el I.V.A.

B) En transferencia electrónica en la cuenta de Concentración Inmediata Empresarial en BBVA Bancomer, cuenta No. 0162378531, con Clabe Interbancaria No. 012790001623785313, a nombre de PEMEX PETROQUIMICA y tienen un costo de $1´481.00. (Un mil cuatrocientos ochenta y un pesos 00/100 M.N.) incluido el I.V.A.

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Será obligatorio presentar copia legible del recibo de pago correspondiente para participar en cualquiera de los eventos de esta licitación. Las bases de licitación estarán disponibles en la página de Internet de la convocante, en la dirección electrónica de Pemex Petroquímica: www.ptq.pemex.com, siendo responsabilidad de los licitantes conocer su contenido.

La fecha límite de pago de bases de licitación será el día: 31 DE JULIO DE 2014.

La Convocante, no se responsabiliza de la devolución del importe de los pagos que se realicen con posterioridad a la fecha límite: 31 DE JULIO DE 2014 .

Para el caso de pago a través del sistema en banco, La Convocante se reserva el derecho de verificar que el pago que se haya realizado por el licitante, cumpla con lo establecido en estas bases, caso contrario, será motivo para desechar la propuesta. La fecha de pago que conste en dicho comprobante, deberá ser como máximo la fecha límite de pago de bases, que se indica en las presentes bases.

Ninguna de las condiciones contenidas en estas Bases de licitación, así como las proposiciones presentadas por los licitantes podrán ser negociadas. Los licitantes no podrán condicionar en forma alguna las proposiciones.

1.2.1 Facturación por compra de bases de licitación.

Para los licitantes que requieran la facturación por compra de bases de licitación, se les comunica, que en cumplimiento a las reformas fiscales, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 2011, en la fracción V del artículo 29 del CFF, es necesario que el Formato (Documento 14) de Solicitud de Emisión de Comprobantes Fiscales por concepto de "Otros Ingresos”, esté debidamente requisitado (firmado por su representante legal y escaneado) y sea enviado a los correos: [email protected] saul.martí[email protected] [email protected] y/o [email protected], con la finalidad de tramitar ante la Subgerencia de Crédito y Cobranza, con los servidores públicos a las direcciones de correo electrónico de los funcionarios públicos: Francisco Javier Duhalt Fernández: francisco. [email protected] y Rey David Jiménez Manzanilla: [email protected] , en la misma fecha del día en que se realice el pago (no se aceptarán solicitudes con fechas de días anteriores o posteriores), con la finalidad de cumplir en tiempo con las 72 horas de plazo para el envío al Proveedor Autorizado de Certificación de CFDI (PAC), a fin de que les sea elaborada la factura correspondiente.

Es importante mencionar que el pago deberá efectuarse en días hábiles y en el siguiente horario: de 8:30 A.M. a 13:00 P.M., con la finalidad de que se elaboren las facturas el mismo día en que se reciban las solicitudes, para que cuando se genere el proceso de "Transferencia al Repositorio de Bóveda Electrónica" estas se conviertan en facturas electrónicas y posteriormente sean enviados los Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI).

En caso de recibir las solicitudes para la generación de la factura por la compra de bases de la presente licitación pública, posterior a la fecha de que se realice el depósito, dichas facturas serán emitidas por PEMEX Petroquímica, pero ya no se podrán incluir como deducibles de impuestos ante la SHCP.

2. Información General sobre el Procedimiento.

2.1. Condiciones Generales de la Licitación.

No podrán participar las personas físicas o morales que se encuentren en alguno de los supuestos que señala el artículo 53 fracción V de la Ley, así como el artículo 12 de las DAC´S.

2.2 Participación de Testigos Sociales. –NO APLICA-.29

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3. Eventos previos a la presentación de propuestas

3.1 Visitas a los sitios donde se realizaran los servicios.

La visita al sitio donde se realizan los Servicios se llevará a cabo el día 29 DE JULIO DE 2014 A LAS 10:00 horas en la Jefatura de Obra Pública localizada en el domicilio de la convocante, la cual únicamente tendrá por objeto que los licitantes conozcan las condiciones ambientales, así como las características referentes al grado de dificultad de los Servicios a desarrollar y sus implicaciones de carácter técnico, misma que será coordinada por los servidores públicos, adscritos a la Subgerencia de Servicios Auxiliares, Ingeniero Dionicio Narvaez Acosta, de la Jefatura de la Planta de Tratamiento de Agua o quien ocupe el puesto en la fecha.

Reglas para la visita a los sitios donde se realizaran los Servicios:

Las personas que pretendan participar en la visita a los sitios donde se realizaran los Servicios, preferentemente entregarán un escrito libre al coordinador de la visita, en el que expresen su interés en participar en la visita, por si o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los siguientes datos:

Número de la licitación. Objeto de la licitación. Nombre de la persona física o Moral. Nombre y firma del Representante.

En caso de haber dudas o cuestionamientos de carácter técnico por los interesados, deberán solicitar por escrito su aclaración en el acto de junta de aclaraciones conforme a lo indicado en el segundo y tercer párrafos del numeral 3.2 de estas Bases de Licitación.

Los interesados que ingresen a los Centros de Trabajo e instalaciones antes mencionadas, deberán cumplir con las medidas de seguridad establecidas en el Reglamento de Seguridad, Salud y Protección Ambiental que deben cumplir los contratistas y/o proveedores dentro de las instalaciones de PEMEX PETROQUÍMICA, sin el cumplimiento de lo anterior, no le será permitido el acceso a las instalaciones. Por lo que se adjuntan el formato 4 y la guía de acceso al centro de trabajo, cuyo requisito indispensable, es que utilicen calzado de seguridad industrial, ropa 100% de algodón color naranja (camisa de manga larga, pantalón u overol), gafas de seguridad, protectores auditivos, casco protector no metálico y barbiquejo, cabello corto y sin barba así como identificación oficial vigente. Sin el cumplimiento de lo anterior, no le será permitido el acceso a las instalaciones.

3.2 Junta(s) de aclaraciones a las Bases de Licitación. La(s) junta(s) de aclaración a las Bases de Licitación se llevará a cabo el día 31 DE JULIO DE 2014 A LAS 10:00 HORAS, en la Jefatura de Obra Pública localizada en el domicilio de la convocante, siendo optativa la asistencia de los licitantes a las reuniones que, en su caso, se realicen.

Las dudas, planteamientos y solicitudes de modificación relacionadas con las bases de licitación, se deberán acompañar de copia simple legible del recibo de pago correspondiente, pudiendo solicitarlas por cualquiera de los medios que se indican a continuación:

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1. Enviarse por correo electrónico a las siguientes direcciones [email protected]; [email protected]; [email protected] y [email protected]; a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones ó

2. Entregarlas personalmente en la Jefatura de Obra Pública localizada en el domicilio de la convocante, a más tardar en la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones.

Solamente se atenderán las solicitudes de aclaración a las bases de la licitación, de las personas que hayan realizado el pago de bases de la licitación conforme a lo indicado en el párrafo anterior (punto 1 y 2) de las presentes bases , caso contrario, se les permitirá su asistencia sin poder formular preguntas ni aclaraciones. Por lo que, las preguntas presentadas con posterioridad a dicho plazo, no serán atendidas por considerarse extemporáneas. Concluida la última junta de aclaraciones, no se recibirán más preguntas.

Preferentemente indicar el numeral de las Bases de Licitación al que hacen referencia sus dudas, planteamientos y solicitudes de modificación.

Pemex Petroquímica podrá celebrar el número de juntas de aclaraciones que considere necesarias, por lo que al concluirse la primera junta se podrá señalar el lugar, fecha y hora para la celebración de la siguiente junta.

De cada junta de aclaraciones se levantará un acta, que contendrá la firma de los asistentes interesados y de los servidores públicos que intervengan, así como las preguntas formuladas por los licitantes, las respuestas de Pemex Petroquímica y, en su caso, se señalará la fecha, lugar y hora para la celebración de la siguiente junta de aclaraciones; debiéndose entregar copia a los interesados presentes y estará a disposición de los licitantes que no hayan asistido, en las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 9:00 a 14:00 horas en días hábiles, en la Jefatura de Obra Pública localizada en el domicilio de la convocante, Así como en la página de Pemex Petroquímica: www.ptq.pemex.com, siendo responsabilidad de los licitantes conocer su contenido.

La falta de firma de algún licitante al acta, no invalidará su contenido y efectos.

La inasistencia de algún Interesado a la(s) junta(s) de aclaraciones, no lo relevará de su obligación de acatar las decisiones que de ellas se deriven, por lo cual podrá acudir con la debida oportunidad a las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 9:00 a 15:00 en días hábiles, ubicada en el interior del Complejo Petroquímico Morelos., o bien podrá consultar el acta de dicha junta en la página de Internet de Pemex Petroquímica: www.ptq.pemex.com.

Asimismo, los licitantes se darán por notificados del acta que se levante en la junta de aclaraciones de que se trate, cuando ésta se encuentre a su disposición en la página de Internet de Pemex Petroquímica: www.ptq.pemex.com independientemente de que pueda acudir al domicilio de la convocante.

Los interesados que ingresen a los Centros de Trabajo e instalaciones antes mencionadas, deberán cumplir con las medidas de seguridad implantadas en el centro de trabajo “ANEXO SSPA, OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LOS PROVEEDORES O CONTRATISTAS QUE REALIZAN ACTIVIDADES EN INSTALACIONES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS, Así como REGLAMENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS” ., por lo que se adjunta guía de acceso al centro de trabajo, cuyo requisito indispensable, es que utilicen calzado de seguridad industrial, ropa 100% de algodón color naranja (camisa de manga larga, pantalón u overol), gafas de seguridad, protectores auditivos, casco protector no metálico y barbiquejo, cabello corto y sin barba así como identificación oficial vigente. Sin el cumplimiento de lo anterior, no le será permitido el acceso a las instalaciones.

3.3 Modificaciones a la convocatoria y bases de licitación.

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La Convocante podrá realizar modificaciones a los requisitos, documentación requerida, plazos u otros aspectos establecidos en la convocatoria o en las bases de licitación, en la forma dispuesta en estas últimas, haciendo del conocimiento de los participantes, dichas modificaciones en la(s) junta(s) de aclaraciones o a través de los mismos medios utilizados y bajo las mismas condiciones para su publicación.

El plazo entre la difusión de las modificaciones y la fecha en que se realice el Acto de Presentación y Apertura de Propuestas, no podrá ser inferior a diez días naturales.

Cualquier modificación a la convocatoria y/o a las bases derivadas de la o la (s) junta (s) de aclaraciones, será considerada como parte integrante de las propias bases, por lo tanto los licitantes deberán considerarlas para la elaboración de su propuesta.

La Convocante entregará una versión final de las bases de licitación a todos los licitantes, que contengan las modificaciones derivadas de las juntas de aclaraciones, el día hábil siguiente de la última junta de aclaraciones; o bien, en dicha junta se les informara la fecha en que se entregarán y estarán disponibles en el portal de Pemex Petroquímica, en la dirección electrónica de Pemex Petroquímica: www.ptq.pemex.com.

Los licitantes se darán por notificados de la versión final de las bases de licitación, cuando ésta se encuentre a su disposición en la página de Internet de Pemex Petroquímica: www.ptq.pemex.com, independientemente de que pueda acudir a solicitarla al domicilio de la convocante.

3.4 Etapa de precalificación. –NO APLICA-

4. Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para elaborar las propuestas y desarrollo del procedimiento.

El licitante deberá cumplir con los siguientes requisitos para poder participar en el procedimiento de licitación:

A) Únicamente podrán participar personas de nacionalidad mexicana. Acreditar la existencia y personalidad jurídica mediante la presentación del Documento 03.

El apoderado o representante que firme el Documento 03, deberá ser quien firme autógrafamente la proposición.

Los licitantes entregarán junto con el sobre cerrado, copia simple por ambos lados de su identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas y, en el caso de personas morales, de la persona que firme la proposición.

Únicamente podrán participar licitantes que hayan pagado las bases de licitación, debiendo presentar copia simple legible del comprobante de pago correspondiente dentro o fuera del sobre de su propuesta.

B) Elaborar y entregar la proposición; la documentación distinta a ésta; así como las manifestaciones requeridas en estas bases de licitación, deberán entregarse en idioma español, sin tachaduras o enmendaduras. La proposición deberá estar firmada autógrafamente por persona facultada para ello en la última hoja del documento que la contenga, documentación que se relaciona en el Documento 04.

La proposición se presentará dentro de sobre(s) cerrado(s), preferentemente identificado con la siguiente información:

Nombre o razón social y domicilio del licitante.

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Número de licitación.

Debido a la necesidad de mantener un orden en el manejo de la documentación, se solicita preferentemente presentar la propuesta foliada en papel membretado de la empresa, establecer un índice del contenido de la propuesta, el folio se aplicará también a todas las hojas de información complementaria. El incumplimiento a lo establecido en este párrafo, no será motivo para desechar la propuesta. Sin embargo se recomienda presentarla foliada para un mejor control de la documentación. En el caso de que alguna propuesta no esté foliada se le solicitara al licitante foliar la documentación en pleno acto.

C) Entregar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, conforme al Documento 07.

D) Elaborar su propuesta técnica, conforme al Documento 06, en donde deberá detallar claramente las especificaciones técnicas de los Bienes que propone de acuerdo a lo solicitado en el Documento 01, y en su caso, lo que se haya asentado en el acta de la junta de aclaraciones, indicando el número de partida de que se trate, unidad de medida y cantidad, así mismo deberá manifestar el plazo, lugar y condiciones de entrega que propone.

Los anexos técnicos y folletos que se incluyan en la propuesta, podrán presentarse en idioma distinto al español, acompañados de una traducción simple al español.

La proposición, los anexos técnicos, folletos, manuales y demás literatura técnica que presente el licitante, deberán ser completamente congruentes con lo ofertado y lo solicitado en el Documento 01, de estas bases de licitación.

En el Documento 06 se deberán describir los Servicios propuestos y no se aceptarán indicaciones tales como: “marca o similar” “o equivalente”, “marca propia” “cotizo mi marca”, “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 01 o bien que proponga más de una marca para un mismo Servicio o que no indique la marca de los Bienes o nombre del Fabricante, ya que será motivo para desechar la propuesta.

E) Elaborar su propuesta económica en moneda nacional, conforme al Documento 06-A. Los precios cotizados serán fijos y netos hasta con dos decimales, los cuales serán aplicables durante la vigencia del Contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). No se aceptan precios condicionados o variables. Se deberá manifestar la vigencia de la propuesta, la cual será mínimo de 60 días naturales.

F) Se podrán presentar propuestas conjuntas de conformidad con el artículo 24 de las DAC´S, observando los términos establecidos en estas Bases de Licitación.

F.1) Deberán celebrar entre todas las personas que integran la agrupación, un convenio en los términos de la

legislación aplicable (Documento 18), en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes:

a) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas morales, y de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas;

b) Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas; identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;

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c) Se requerirá la designación de un representante común para participar en la licitación y para suscribir y presentar la propuesta, así como cualquier otra clase de documentos que se requieran.

d) La descripción de las partes objeto del Contrato que corresponderá cumplir a cada persona, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones,

e) Estipulación expresa de que los integrantes de la propuesta conjunta se obliguen en forma solidaria respecto de la totalidad de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente;

En caso de resultar ganadora la propuesta conjunta, el contrato deberá ser firmado por cada una de las personas participantes en la propuesta, debiendo quedar estipulado que cada una de ellas quedará obligada solidariamente ante La Convocante. En el caso de que los participantes constituyan una sociedad de propósito específico, el contrato será suscrito por dicha sociedad la cual figurará como Proveedor o Contratista y por los participantes en la propuesta como obligados solidarios;

La Convocante no firmará el Contrato, si de la proposición conjunta se elimina ó sustituye alguno de los integrantes o varía el alcance original de la proposición conjunta, en cuyo caso, informará a la Secretaría de la Función Pública en términos del artículo 59 de la Ley.

f) En la propuesta deberá señalarse a la persona que actuará como líder en la ejecución del contrato. Adicionalmente, deberán adjuntar los instrumentos que regulen el control del consorcio por quien actúe como líder en la ejecución del contrato, la resolución de controversias entre los participantes y los acuerdos de indemnización entre los mismos;

g) Aquellas entidades que controlen o se relacionen corporativamente, directa o indirectamente, con los integrantes de la propuesta conjunta, se obliguen en forma solidaria con éstos cuando su capacidad financiera no sea suficiente para garantizar el cumplimiento del contrato,

F.2) Acreditar individualmente la existencia y personalidad de los integrantes de la propuesta conjunta, conforme al Documento 03 de estas Bases de Licitación.

F.3) Firmar la propuesta por el representante común que se haya designado en el convenio respectivo.

F.4) Presentar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, conforme al Documento 07, en forma individual por los integrantes de la proposición conjunta.

F.5) De resultar ganadora la propuesta conjunta, presentar en un sólo instrumento, la garantía de cumplimiento del Contrato, calidad, defectos y vicios ocultos de los Servicios, la cual deberá otorgarse conforme al punto 13.4 de estas Bases.

F.6) La Opinión Positiva Vigente emitida por el SAT de encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones fiscales a que se hace referencia en el tercer párrafo del punto 12 deberá ser presentada por escrito, por cada uno de los miembros que integran la proposición conjunta, previo a la firma del Contrato.

F.7) La experiencia en la prestación de los Servicios, deberá acreditarse por el representante común en base a la experiencia de cada persona que integra la propuesta conjunta, de acuerdo a lo señalado en el numeral 4 inciso P), de estas Bases.

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F.8) La capacidad técnica se acreditará por cada integrante del grupo de personas que integran la propuesta conjunta.

G) Con el propósito de agilizar el desarrollo del acto de presentación y apertura de propuestas, preferentemente entregar el Documento 05, en el cual se indicará la documentación que se presenta. La omisión de este documento no será motivo de descalificación. Dicho documento servirá como constancia de recepción de la documentación que se entregue en el acto de presentación y apertura de propuestas.

H) Con el propósito de agilizar el desarrollo del acto de presentación de la documentación solicitada para la etapa de precalificación, preferentemente entregar el Documento 05-A, en el cual se indicará la documentación que se presenta. La omisión de este documento no será motivo de descalificación. Dicho documento servirá como constancia de recepción de la documentación que se entregue en dicho. . –NO APLICA-

I) Esta licitación se llevará a cabo de manera presencial. No se aceptará el envío de propuestas por medios de comunicación electrónica, por servicio postal o de mensajería.

J) El licitante deberá presentar el “FORMATO ANEXO GIN CALCULO Y DECLARACION DEL GRADO DE INTEGRACION NACIONAL EN SERVICIOS“ que se incluye como documento 10, la información de la integración nacional de la mano de obra utilizada en la prestación de los servicios que oferte, expresada en porcentaje, así como la nacionalidad del proveedor de los servicios.

K) Con la finalidad de homogeneizar la información de los catálogos de Proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, y con el propósito de garantizar que la información de estos sistemas con respecto a la estratificación de empresas micro, pequeñas y medianas sea correcta, es necesario que los licitantes manifiesten en su propuesta, el tipo de empresa a la que corresponden.

Se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, de conformidad con los siguientes criterios:

Estratificación

Tamaño Sector Rango de número de trabajadores

Rango de monto de ventas anuales (mdp)

Tope máximo combinado*

Micro Todas Hasta 10 Hasta $4 4.6

Pequeña Comercio Desde 11 hasta 30 Desde $4.01 hasta $100 93

Industria y Servicios Desde 11 hasta 50 Desde $4.01 hasta $100 95

Mediana Comercio Desde 31 hasta 100 Desde $100.01 hasta $250

235Servicios Desde 51 hasta 100

Industria Desde 51 hasta 250Desde $100.01 hasta

$250250

*Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) X 10% + (Ventas Anuales) X 90%.

El tamaño de la empresa se determinará a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente fórmula: Puntaje de la empresa = (Número de trabajadores) X 10% + (Monto de Ventas Anuales) X 90%, el cual debe ser igual o menor al Tope Máximo Combinado de su categoría.

Lo anterior para estar en posibilidad de contar con una Base de información que coadyuven a la promoción, la instalación y operación de las empresas micro, pequeñas y medianas conforme al Documento 06-B, MODELO DE MANIFESTACIÓN PARA INTEGRAR EL CATÁLOGO DE PROVEEDORES DE LOS SISTEMAS

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TRANSACCIONALES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS. La omisión de esta manifestación, no es motivo para desechar la proposición.

L) Los bienes que utilice como refaccionamiento en la realización de los servicios, deberán ser nuevos.

M) Los servicios que integran las presentes Bases de Licitación NO podrán ser subcontratados.

N) El licitante propondrá un solo precio para todos los lugares de ejecución de los servicios.

O) El grado de contenido nacional con el que deberán cumplir los Servicios que se oferten en la presente licitación, deberá ser para: mano de obra 100% nacional.

P) Contar con experiencia en la prestación de los servicios, lo cual deberá demostrarse con lo indicado en el numeral 5 del Documento 01.

Q) Contar con la capacidad técnica necesaria, lo cual deberá acreditarse con lo indicado en el numeral 5 del Documento 01.

R) El licitante deberá incluir, junto con su propuesta técnica el “FORMATO PARA LA MANIFESTACION DEL GRADO DE CONTENIDO NACIONAL DE LOS SERVICIOS” que se incluye como Documento 19, la información de la integración nacional de la mano de obra utilizada en la prestación de los servicios que oferte, expresada en porcentaje, así como en su caso, la marca de los bienes que utilice como refaccionamiento. En caso de ser distribuidor o comercializador, adicionalmente se requiere proporcionar el nombre o razón social del fabricante del bien, así como el origen del mismo.

4.1 Condiciones y formalidades para la presentación de propuesta por medios remotos de comunicación electrónica. –NO APLICA-

4.1.2 Documentación que se entregará en el acto de presentación y apertura de propuestas.

Con el propósito de facilitar la presentación de propuestas y agilizar la conducción del acto de presentación y apertura de propuesta, se recomienda que los archivos que las integran sean identificados con los nombres indicados en el Documento 05.

4.2 Indicaciones generales para el desarrollo de los actos.

A) No será motivo de desechamiento la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que solamente entregue la proposición, pero sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de observador.

En caso de que el licitante presente el original del comprobante de pago de las Bases y no incluya copia del mismo, el comprobante original se le devolverá una vez concluido el acto de presentación y apertura de proposiciones, previa obtención de la copia correspondiente.

B) El acto de presentación y apertura de propuesta(s) iniciará a la hora establecida en estas Bases de Licitación, por lo que se recomienda al licitante su presencia con 30 minutos de anticipación a la hora establecida , ya que una vez iniciado el acto, no se recibirán las propuestas de aquellos licitantes que hayan llegado después de la hora señalada y no se admitirá el ingreso de documentos adicionales a las propuestas entregadas, por lo que no se permitirá el acceso a ningún licitante ni observador.

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C) Queda estrictamente prohibido el uso de teléfonos celulares y radio localizadores audibles en el interior de la sede en donde se desarrollen los actos que deriven de esta licitación, con el objeto de mantener orden y respeto.

D) El servidor público designado por la Convocante para presidir los actos que deriven de esta licitación, será el único facultado para recepcionar las proposiciones sin que ello implique la evaluación de su contenido, y en general, para tomar todas las decisiones durante la realización de los mismos, en términos del artículo 28 inciso a) de las DAC´S.

E) En el acto de presentación y apertura de propuestas, la revisión de la documentación se efectuará en forma cuantitativa. El servidor público que presida el acto, atendiendo al número de proposiciones presentadas y a las partidas licitadas, dará lectura al importe total de cada proposición.

El análisis detallado se efectuará durante el proceso de evaluación de las propuestas. Por lo que no se desechará ninguna de ellas durante dicho acto.

F) Las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de propuestas, y de la junta pública en la que se dé a conocer el fallo, serán firmadas por los licitantes que hubieran asistido, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas, de las cuales se podrá entregar una copia simple a dichos asistentes, y al finalizar cada acto se fijará un ejemplar del acta correspondiente o aviso de referencia del lugar donde será proporcionada copia del Acta correspondiente; mismas que se pondrán a disposición de los licitantes que no hayan asistido a dichos actos; en el tablero ubicado en la Jefatura de Obra Pública localizada en el domicilio de la convocante, en el interior del Complejo Petroquímico Morelos, por un término no menor de cinco días hábiles. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en la página electrónica de PEMEX PETROQUÍMICA, en la dirección electrónica: www.ptq.pemex.com, para efectos de su notificación a los licitantes que no hayan asistido a los actos. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.

A los actos del procedimiento de licitación pública podrá asistir cualquier persona en calidad de observador, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.

4.3 Acto de presentación y apertura de propuestas.

El acto de presentación y apertura de propuestas se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de las DAC´S, el día 18 DE AGOSTO DE 2014 A LAS 10:00 HORAS , ubicada en la Sala de Juntas de la Jefatura de Obra Pública localizada en el domicilio de la convocante, en el interior del Complejo Petroquímico Morelos.

De entre los licitantes que hayan asistido, éstos elegirán a uno, que en forma conjunta con el servidor público que la dependencia o entidad designe, rubricarán los documentos 03 y 06-A, las que para estos efectos constarán documentalmente.

Una vez recibidas las proposiciones en sobre cerrado, éstas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de contratación hasta su conclusión; procediéndose a su apertura.

4.4 Métodos y Criterios de evaluación de las propuestas.

Todas las propuestas recibidas serán evaluadas técnica, legal y económicamente de la misma forma bajo el método Binario, el cual consiste en verificar que las propuestas recibidas cumplan con los criterios de evaluación que se indican en los puntos 4.4.1, 4.4.2 y 4.4.3 del Documento 02 de estas bases de licitación.

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La evaluación se realizará por la totalidad de los servicios

En términos del segundo párrafo del artículo 29 de las DAC’S, durante el periodo de evaluación, La Convocante a través del área responsable de la contratación, podrá solicitar a los licitantes que presentaron propuestas, realicen aclaraciones o subsanen omisiones respecto de requisitos cuyo incumplimiento o deficiencia en su contenido no afecte la solvencia de su propuesta, hasta un día antes de celebrarse la notificación del Fallo.

La solicitud que realice el área responsable de la contratación, deberá formularse por escrito y versará sobre las propuestas presentadas por los licitantes; asimismo, exigirán que las respuestas de los licitantes también sean por escrito y no podrán modificarse los términos y condiciones esenciales de las propuestas presentadas. En ningún caso la convocante solicitará que se subsanen omisiones o realicen aclaraciones respecto de requisitos que afecten la solvencia, como el precio, especificaciones y alcances.

En este supuesto, la inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas condiciones o requisitos que pueden ser aclarados o subsanados a solicitud de la Convocante, no será motivo para desechar sus propuestas.

4.4.1 Criterios de evaluación de aspectos técnicos.

A) Se evaluarán técnicamente todas las propuestas recibidas, verificando que los servicios propuestos cumplan con lo solicitado en las presentes bases, y en su caso, lo que se haya derivado de la(s) junta(s) de aclaración(es) a las bases y en la versión final de las bases de licitación que se haya emitido.

B) La propuesta deberá cumplir con los requisitos en forma y contenido que se solicitan en el punto 4 incisos D), J), L), M), O), P), Q) y R) del Documento 02, así como con el Documento 06 de estas bases de licitación.

C) Satisfacer las condiciones y plazo de entrega, solicitada en el punto 13.2, del Documento 02 de estas bases de licitación.

D) En el caso de propuestas conjuntas todos los integrantes del grupo deberán cumplir con los requisitos indicados en el inciso F) del numeral 4, por lo que, el incumplimiento de cualquiera de éstos, afectará la solvencia de la totalidad de la propuesta, en cuyo caso será desechada.

E) Los aspectos que serán evaluados para acreditar la capacidad técnica serán: los indicados en el numeral 4 inciso Q) de este documento, así como el numeral: 5 del DOCUMENTO 01.

F) Los aspectos que serán evaluados para acreditar la experiencia serán: los indicados en el numeral 4 inciso P) de este documento, así como en los numerales 5 del Documento 01.

4.4.2 Criterios de evaluación de aspectos Legales.

A) Se evaluarán legalmente todas las propuestas recibidas, verificando que los servicios propuestos cumplan con lo solicitado en las presentes bases, y en su caso, lo que se haya derivado de la(s) junta(s) de aclaración(es) a las bases y en la versión final de las bases de licitación que se haya emitido.

B) La propuesta deberá cumplir con los requisitos en forma y contenido que se solicitan en el punto 4 del Documento 02, de estas bases de licitación.

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C) En el caso de propuestas conjuntas todos los integrantes del grupo deberán cumplir con los requisitos indicados en el inciso F) del punto 4, del Documento 02, por lo que, el incumplimiento de cualquiera de éstos, afectará la solvencia de la totalidad de la propuesta, en cuyo caso será desechada.

4.4.3 Criterios de evaluación de aspectos económicos.

Los aspectos de evaluación contenidos en los incisos A) y B) de este numeral, se aplicarán a todas las propuestas recibidas y los aspectos de evaluación contenidos en los incisos C) y D), se aplicarán únicamente para las propuestas que cumplan con los requisitos técnicos solicitados.

A. La evaluación se hará por precio unitario (Se adjudicará por el total del servicio al proveedor cuyo importe total resultante sea el más bajo derivado de la sumatoria del producto de las cantidades de referencia para ejecutar por el precio unitario de la partida. Las cantidades son solo referencia para evaluación económica y no constituyen obligación alguna para la Convocante.

B. La base para evaluar la oferta será el precio unitario (cuando se presente un error de cálculo en la oferta presentada, solo habrá lugar a su rectificación por parte de la convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios. Si el licitante no acepta la corrección de la oferta, se desechara la misma.

C. La oferta deberá cumplir con los requisitos en forma y contenido que se solicitan en el punto 4 incisos E) y N) del Documento 02, así como con el Documento 06-A de estas bases de licitación

D. En la evaluación de las proposiciones se verificará el precio no aceptable, para lo cual la convocante aplicará cualquiera de las siguientes opciones, en tal caso la propuesta será desechada.

Precio no aceptable: es aquél que la convocante puede dejar de considerar para efectos de adjudicación porque se ubica por arriba del precio calculado a partir de aplicar cualquiera de las siguientes opciones a elección de la convocante:

I. Cuando se considere como referencia el precio que se observa como mediana en la investigación de mercado, ésta se obtendrá de la siguiente manera: a) Se considerarán todos los precios obtenidos de la investigación de mercado y se

ordenarán de manera consecutiva del menor al mayor; b) En caso de que la serie de precios obtenidos resulte impar, el valor central será la

mediana, y c) Si la serie de precios obtenidos es un número par, se obtendrá el promedio de los dos

valores centrales y el resultado será la mediana. ó en su defecto.

II. Cuando se consideren como referencia los precios de las ofertas presentadas en la misma licitación pública, se deberá contar con al menos tres proposiciones aceptadas técnicamente y el promedio de dichas ofertas se obtendrá de la siguiente manera: a) Se sumarán todos los precios ofertados en el proceso de licitación pública que se

aceptaron técnicamente;

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b) El resultado de la suma señalada en el inciso que antecede se dividirá entre la cantidad de precios considerados en el inciso anterior, y

c) El promedio será el resultado de la división a que se refiere el inciso anterior.

A las cantidades resultantes de las operaciones efectuadas en las fracciones anteriores se les sumará el porcentaje del 10%, cuando algún precio ofertado sea superior al resultado de esta última operación, éste será considerado como no aceptable.

E. Se verificará si los precios que cotice el licitante son convenientes, en su caso, para realizar el cálculo se aplicará la siguiente operación:

I. Los precios preponderantes de las proposiciones aceptadas en la presente licitación, son aquéllos que se ubican dentro del rango que permita advertir que existe consistencia entre ellos, en virtud de que la diferencia entre los mismos es relativamente pequeña.

Para la determinación de los precios convenientes, se aplicará el procedimiento indicado a continuación:

II. De los precios preponderantes determinados, se obtendrá el promedio de los mismos. III. Al promedio señalado en la fracción anterior se le restará el cuarenta por ciento.IV. Los precios cuyo monto sea igual o superior al obtenido de la operación realizada en la

fracción III, serán considerados precios convenientes.

Los precios ofertados que se encuentren por debajo del precio conveniente podrán ser desechados por la convocante.

De conformidad con lo establecido en el artículo 29 de las DAC´S, las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las propuestas para agilizar los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, o deficiencia en su contenido, no afecte la solvencia de las propuestas podrán ser aclaradas o subsanadas, si así lo determina la Convocante durante la etapa de evaluación. En este supuesto, la inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas condiciones o requisitos que puedan ser aclarados o subsanados a solicitud de la Convocante, no será motivo para desechar sus propuestas. La Convocante de acuerdo al cronograma de estas bases, estableció el plazo para que se realicen las aclaraciones y para que en su caso, se subsane la omisión que corresponda el cual será hasta un día hábil previo a la fecha de notificación del fallo para tal efecto la Convocante solicitará las aclaraciones por escrito y las respuestas de los Licitantes también serán por escrito y no podrán modificar los términos y condiciones esenciales de las propuestas presentadas.

En ningún caso se solicitarán que se subsanen omisiones o realicen aclaraciones respecto de requisitos que afecten la solvencia, como el precio, especificaciones y alcances.

4.4.4. Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio.

Si derivado de la evaluación económica se obtuviera un empate en el precio de dos o más propuestas, y previo a la emisión del fallo, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la Convocante, el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el nombre de cada licitante empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del licitante ganador y posteriormente las demás boletas de los licitantes que resultaron empatados en esa partida, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. Si hubiera más partidas empatadas se llevará a cabo un sorteo por cada una de ellas, hasta concluir con la última que estuviera en ese caso.

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Se levantará el acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o falta de firma en el acta respectiva de los licitantes invalide el acto.

Cuando se requiera llevar a cabo el sorteo de insaculación el área contratante deberá girar invitación al Órgano Interno de Control para que en su presencia se lleve a cabo el sorteo.

4.5 Negociación de Precios. -NO APLICA-.

4.6. Ofertas subsecuentes de descuentos -NO APLICA-

5. Criterios de adjudicación.

Una vez efectuada la evaluación de las propuestas, el contrato se adjudicará a:

I. Aquél cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de evaluación de aspectos técnicos, legales y económicos establecidos en esta licitación, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.

Si resultare que dos o más propuestas son solventes, el contrato se adjudicará a quien presente la propuesta cuyo precio sea el más bajo.

II. La propuesta que tenga la mejor evaluación combinada en términos de los criterios de puntos y porcentajes o de costo beneficio. -NO APLICA-.

III. La adjudicación del Contrato será por la totalidad de los servicios

5.1 Abastecimiento simultáneo. -NO APLICA-.

6. Casos en que se declarará desierta la licitación.

La Convocante podrá declarar desierta cuando:

I.No se presenten propuestas;II.Las propuestas presentadas no reúnan los requisitos solicitados;III.Las propuestas económicas no resulten aceptables, óIV.Las propuestas económicas no resulten convenientes.V.Se presente alguna otra causal o supuesto expresamente previsto en las presentes bases de licitación.

7. Cancelación de la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas.

La Convocante podrá cancelar la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas, por cualquier causa, conforme al artículo 37 de las DAC’S. Pudiendo considerar de manera enunciativa y no limitativa las siguientes:

a) Cuando se presente caso fortuito o fuerza mayor; b) Cuando existan circunstancias justificadas que extingan la necesidad para contratar los servicios, c) Se acredite que de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a Pemex

Petroquímica.

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La determinación de dar por cancelada la licitación, partidas o conceptos, deberá precisar el acontecimiento que motiva la decisión, la cual se hará del conocimiento de los licitantes, y no será procedente contra ella recurso alguno, sin embargo podrán interponer la inconformidad en términos del Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico.

Salvo en las cancelaciones por caso fortuito y fuerza mayor, la dependencia o entidad cubrirán a los licitantes los gastos no recuperables que, en su caso, procedan.

Previa solicitud por escrito de los licitantes, el pago de los gastos no recuperables, será procedente cuando los mismos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la licitación o el contrato no signado limitándose según corresponda, a los siguientes conceptos:

I. Costo de la preparación e integración de la proposición;II. Pasajes y hospedaje de la persona que haya asistido a la o las juntas de aclaraciones, al acto de

presentación y apertura de proposiciones, al acto de fallo y a la firma del contrato, en caso de que el licitante no resida en el lugar en que se realice el procedimiento;

III. Costo de la emisión de garantías, exclusivamente en el caso del licitante ganador, yIV. Los gastos en que el proveedor hubiera incurrido para cumplir con el contrato y los costos de los

bienes producidos y entregados, o los servicios proporcionados, hasta el momento en que el proveedor suspenda su suministro o prestación por falta de firma del contrato por causas imputables a la dependencia o entidad.

V. Cuando se determine por la Convocante.

Los licitantes podrán solicitar a la dependencia o entidad el pago de gastos no recuperables en un plazo máximo de tres meses, contados a partir de la fecha de la cancelación de la licitación o la emisión del fallo respectivo, según corresponda.

8. Causas de desechamiento de propuestas.

Se desecharán las propuestas de los licitantes cuando incurran en una o algunas de las situaciones, que se enlistan de manera enunciativa, más no limitativa en el Documento 12 y que afecte la solvencia de la propuesta.

9. Fallo.

El fallo de la licitación se dará a conocer conforme a lo previsto en los artículos 33, 34 y 35 de las DAC´S, el día 29 DE AGOSTO DE 2014 A LAS 14:00 HORAS, en la sala Juntas de la Jefatura de Obra Pública localizada en el domicilio de la convocante, mismo que se podrá anticipar o diferir, si así lo determina la convocante.

En dicho acto, se levantará el Acta de Fallo de la licitación que firmarán los asistentes, a quienes se les entregará copia simple de la misma. La falta de firma de algún Licitante no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido, para efectos de notificación en las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 09:00 horas a las 15:00 horas en días hábiles, en la Jefatura de Obra Pública localizada en el domicilio de la convocante, siendo de la exclusiva responsabilidad de los interesados acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de la misma.

Asimismo, se difundirá un ejemplar de dicha acta incluyendo el fallo, en la página electrónica de PEMEX PETROQUÍMICA www.ptq.pemex.com , para efectos de su notificación, a los licitantes que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.

10. Inconformidades.

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En términos de lo establecido en el artículo 35, segundo párrafo de la Ley, la Secretaría de la Función Pública y los Órganos Internos de Control en Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios, serán competentes para conocer de las inconformidades, así como del procedimiento de conciliación, de las Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo previstas en el artículo 51 de la Ley, los cuales se substanciarán conforme a lo dispuesto en el artículo 37 y el Título Sexto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Las personas interesadas podrán inconformarse por escrito ante el Órgano Interno de Control en PEMEX PETROQUÍMICA ubicado en: Jacarandas No. 100, Rancho Alegre, Nivel C-1, del Edificio Sede de Pemex Petroquímica, en Coatzacoalcos, Ver., a la atención del C.P. ALEJANDRO VALENCIA LÓPEZ, en días y horas hábiles o, en su caso, a través de medios remotos de comunicación electrónica mediante el programa informático que les proporcione la Secretaría de la Función Pública en términos de lo dispuesto por el Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico.

11. Compromisos con la Transparencia

En el marco de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas emprendido por Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, se les exhorta a todos los licitantes y servidores públicos que intervienen en este procedimiento de contratación a actuar con honestidad, transparencia y con estricto apego a la legalidad, integridad y equidad, conforme a lo establecido en el Articulo 2 fracciones I, II y IV, Artículo 8 de dicha ley, que a la letra dicen:

Artículo 2. Son sujetos de la presente Ley:

I. Las personas físicas o morales, de nacionalidad mexicana o extranjeras, que participen en las contrataciones públicas de carácter federal, en su calidad de interesados, licitantes, invitados, proveedores, adjudicados, contratistas, permisionarios, concesionarios o análogos;

II. Las personas físicas o morales, de nacionalidad mexicana o extranjeras, que en su calidad de accionistas, socios, asociados, representantes, mandantes o mandatarios, apoderados, comisionistas, agentes, gestores, asesores, consultores, subcontratistas, empleados o que con cualquier otro carácter intervengan en las contrataciones públicas materia de la presente Ley a nombre, por cuenta o en interés de las personas a que se refiere la fracción anterior;

IV. Los servidores públicos que participen, directa o indirectamente, en las contrataciones públicas de carácter federal, quienes estarán sujetos a responsabilidad en términos del Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 8. Cualquiera de los sujetos a que se refieren las fracciones I y II del artículo 2 de esta Ley, incurrirá en responsabilidad cuando en las contrataciones públicas de carácter federal, directa o indirectamente, realice alguna o algunas de las infracciones siguientes:

I. Prometa, ofrezca o entregue dinero o cualquier otra dádiva a un servidor público o a un tercero, a cambio de que dicho servidor público realice o se abstenga de realizar un acto relacionado con sus funciones o con las de otro servidor público, con el propósito de obtener o mantener un beneficio o ventaja, con independencia de la aceptación o recepción del dinero o de la dádiva o del resultado obtenido.

Se incurrirá asimismo en responsabilidad, cuando la promesa u ofrecimiento de dinero o cualquier dádiva se haga a un tercero, que de cualquier forma intervenga en el diseño o elaboración de la convocatoria de licitación pública o de cualquier otro acto relacionado con el procedimiento de contratación pública de carácter federal;

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II. Ejecute con uno o más sujetos a que se refiere el artículo 2 de esta Ley, acciones que impliquen o tengan por objeto o efecto obtener un beneficio o ventaja indebida en las contrataciones públicas de carácter federal;

III. Realice actos u omisiones que tengan por objeto o efecto participar en contrataciones públicas de carácter federal, no obstante que por disposición de ley o resolución administrativa se encuentre impedido para ello;

IV. Realice actos u omisiones que tengan por objeto o efecto evadir los requisitos o reglas establecidos en las contrataciones públicas de carácter federal o simule el cumplimiento de éstos;

V. Intervenga en nombre propio pero en interés de otra u otras personas que se encuentren impedidas para participar en contrataciones públicas de carácter federal, con la finalidad de que ésta o éstas últimas obtengan, total o parcialmente, los beneficios derivados de la contratación;

VI. Obligue sin tener derecho a ello, a un servidor público a dar, suscribir, otorgar, destruir o entregar un documento o algún bien, con el fin de obtener para sí o un tercero una ventaja o beneficio;

VII. Promueva o use su influencia, poder económico o político, reales o ficticios, sobre cualquier servidor público, con el propósito de obtener para sí o un tercero un beneficio o ventaja, con independencia de la aceptación del servidor o de los servidores públicos o del resultado obtenido, y

VIII. Presente documentación o información falsa o alterada con el propósito de lograr un beneficio o ventaja.

Cuando la infracción se hubiere realizado a través de algún intermediario con el propósito de que la persona física o moral a que se refiere la fracción I del artículo 2 de esta Ley obtenga algún beneficio o ventaja en la contratación pública de que se trate, ambos serán sancionados previo procedimiento administrativo sancionador que se sustancie en términos de esta Ley.

Por lo que los licitantes, proveedores, prestadores de servicio y servidores públicos que participen en los procesos licitatorios se ordenaran y sujetaran a dicho ordenamiento.

Asimismo, en cumplimiento a los compromisos adquiridos por México como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), para conocimiento de los licitantes, como Documento 20 se acompaña la “Nota Informativa para incluir en las Bases de Licitación del Gobierno Federal”, la cual también podrá ser consultada en la página electrónica:

http://www.pemex.com/files/transparencia/nota_inf_Bases_Licita.pdf

12. Firma del Contrato.

La firma del Contrato se hará en la fecha, hora y lugar previstos en el propio fallo ó a más tardar el día 12 DE SEPTIEMBRE DE 2014 A LAS 14:00 HORAS en la Jefatura de Obra Pública localizada en el domicilio de la convocante.

El licitante adjudicado, previo a la firma del Contrato, deberá presentar original o copia certificada para su cotejo y copia simple para su archivo de los documentos indicados en el Documento 03, así como el manifiesto bajo protesta de decir verdad indicando la estratificación a la cual pertenece de acuerdo a lo indicado en el numeral 4 inciso K), de las presentes bases de licitación.

Para los efectos del Artículo 32-D, primero, segundo, tercero y cuarto párrafos del Código Fiscal de la Federación (CFF),Conforme a la regla I.2.1.16, la persona adjudicada cuyo monto en el contrato a celebrar exceda de $300,000.00 M.N, sin incluir el IVA, deberá presentar previo a la formalización del contrato respectivo, lo siguiente:

a) Documento vigente a la firma del contrato, expedido por el SAT en el que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en sentido positivo del licitante ganador (en su caso

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integrantes del consorcio) y sus subcontratistas de conformidad con la Regla I.2.1.16 y II.2.1.13, de la “Resolución Miscelánea Fiscal para 2014”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2013”. O bien:

b) Generarlo a través de la aplicación en línea que para estos efectos le proporcione el SAT, siempre y cuando firme el acuerdo de confidencialidad con el SAT.

Para efectos de lo señalado en el inciso a), los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato deberán solicitar a las autoridades fiscales la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones en términos de lo dispuesto por la Regla I.2.1.16 de la mencionada Resolución Miscelánea Fiscal para 2014. Esta opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales, que se emita en sentido positivo, tendrá una vigencia de 30 días naturales a partir de la fecha de emisión. En caso de que la persona adjudicada no entregue la opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en sentido positivo dentro del plazo estipulado, no se procederá a formalizar el contrato.

En caso de que la persona adjudicada no entregue la opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en sentido positivo dentro del plazo establecido en las bases de licitación, no se procederá a formalizar el contrato.

La Convocante podrá no llevar a cabo la formalización del contrato, por causas de fuerza mayor o casos fortuitos, o bien cuando existan causas justificadas que provoquen la extinción de la necesidad de los bienes y que con su formalización, se le ocasione un daño o perjuicio. En este último supuesto, se considerará únicamente al licitante adjudicado, el reconocimiento de gastos no recuperables en los términos del artículo 101 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Cuando una proposición conjunta resulte adjudicada con un contrato, dicho instrumento deberá ser firmado por el representante legal de cada una de las personas participantes en la proposición, a quienes se considerará, para efectos del procedimiento y del contrato, como responsables solidarios o mancomunados, según se establezca en el propio contrato. Documento vigente a la firma del contrato, expedido por el SAT en el que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en sentido positivo, indicado en el tercer párrafo de este apartado, deberá ser presentada por escrito, por cada uno de los miembros que integran la proposición conjunta, previo a la firma del contrato.

Lo anterior, sin perjuicio de que las personas que integran la proposición conjunta puedan constituirse en una nueva sociedad, para dar cumplimiento a las obligaciones previstas en el convenio de proposición conjunta, siempre y cuando se mantenga en la nueva sociedad las responsabilidades de dicho convenio.

El licitante adjudicado, que injustificadamente y por causas imputables a él, no se presentara a firmar el Contrato, dentro del plazo descrito con anterioridad, perderá el derecho a formalizarlo y se hará acreedor a las sanciones señaladas en los artículos 59 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y el contrato podrá ser adjudicado al licitante que hubiere quedado en segundo lugar en el procedimiento, siempre y cuando su propuesta sea dictaminada por la Administradora de Proyecto como solvente, conforme al artículo 52 de las DAC´S. En el caso de propuestas conjuntas, si algún miembro del Consorcio se negara a firmar el contrato se procederá en términos del párrafo anterior, salvo que el Consorcio solicite la sustitución de dicho miembro, en cuyo caso el Organismo Descentralizado aplicará lo dispuesto en el artículo 54 de las DACS y podrá autorizar la sustitución de que se trate, siempre y cuando se prevea de manera expresa en las bases de licitación. De no autorizarla, se considerará que el contrato no se ha firmado por causa imputable al licitante ganador.

El licitante a quien se hubiere adjudicado el contrato no estará obligado a suministrar los bienes, arrendamientos o prestar el servicio, si la Convocante, por causas imputables a la misma, no firma el contrato. En este supuesto, la Convocante, a solicitud escrita del licitante, cubrirá los gastos no recuperables en que hubiere incurrido para preparar y elaborar su proposición, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la licitación de que se trate, conforme a lo indicado en el artículo 46 tercer párrafo de la ley, limitándose a los siguientes conceptos, conforme a lo establecido en el artículo 101 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

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I.- Costo de la preparación e integración de la proposición.II.- Pasajes y hospedaje de la persona que haya asistido a la o las juntas de aclaraciones, el acto al acto

de presentación y apertura de proposiciones, al acto de fallo y a la firma del contrato, en caso de que el licitante no resida en el lugar en que se realice el procedimiento;

III.- Costo de la emisión de garantías, exclusivamente en el caso del licitante ganador, yIV.- Los gastos en que el proveedor hubiera incurrido para cumplir con el contrato y los costos de los

bienes producidos y entregados, o los servicios proporcionados, hasta el momento en que el proveedor suspenda su suministro o prestación por falta de firma del contrato por causas imputables a la Convocante.

V.- Cuando lo determine la Convocante.

Los licitantes podrán solicitar a la Convocante el pago de gastos no recuperables en un plazo máximo de tres meses, contado a partir de la fecha de la cancelación de la licitación pública o la emisión del fallo respectivo, según corresponda.

13. Aspectos contractuales básicos.

Como Documento 11 se incluye el modelo-guía de contrato.

13.1. Tipo de Contrato: Precio Fijo.

13.1.1 Vigencia del Contrato

Inicia a partir de la fecha de firma y concluye hasta que se formalice el acto jurídico mediante el cual se extingan en su totalidad los derechos y obligaciones de las partes.

13.1.2 Presupuesto del Servicio. NO APLICA

13.1.3 Ordenes de Surtimiento

PEMEX PETROQUÍMICA ejercerá este contrato a través de “órdenes de surtimiento” (en adelante “ORDEN” u “ÓRDENES”), mismas que deberán contener la referencia del contrato.

La ORDEN que emita PEMEX PETROQUÍMICA, será entregada al PROVEEDOR por el representante de la administración y supervisión del contrato del Complejo Petroquímico Morelos. La forma en que se recibirán los servicios será diariamente las 24 horas por suministro continuo, siendo solicitado mediante órdenes de surtimiento de 30 días. Las cuales se generarán a más el tercer día hábil del siguiente mes, amparando los volúmenes de las lecturas que diariamente se validaron del mes a pagar y será a través de un medio electrónico y/o entrega personal por los días de servicio prestado y el comprobante de aceptación del servicio correspondiente.

Las ordenes de surtimiento se entregaran al responsable del contrato, en la Jefatura de la Planta de Tratamiento de agua del Complejo Petroquímico Morelos en días hábiles en horario de 08:00 a 16:00 horas.

Cantidad Mínima orden de servicio Cantidad Máxima orden de servicio24,000 60,000

El PROVEEDOR sólo recibirá ÓRDENES cuando éstas puedan ser surtidas dentro del plazo de ejecución del contrato.

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Cuando se requiera variar alguna ORDEN en cualquiera de sus conceptos, deberá ser tramitada por el Área de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, en el entendido de que ninguna variación podrá afectar las condiciones establecidas en el contrato, ya que de ser el caso, ésta se considerará inexistente para todos los efectos legales del contrato.

13.2 Condición, Plazo y lugar de realización de los servicios.

A) El plazo máximo de la orden del servicio es de 30 días naturales

El tratamiento iniciara a contar después de entregada la primera orden de surtimiento a los 60 días después de la fecha de formalización del contrato o antes si se encuentra instalado y operando el equipo de acuerdo a lo solicitado en el capítulo 7.0 y sus numerales correspondientes. El plazo máximo para la prestación del servicio será de 30 días naturales, dicho plazo empezara a contar a partir de que el proveedor reciba del representante de la administración y supervisión del contrato del Complejo Petroquímico Morelos, la orden de servicio. La forma en que se recibirán los servicios será diariamente las 24 horas por suministro continuo, siendo solicitada mediante órdenes de surtimiento de 30 días, las cuales se generaran a más tardar el tercer día hábil del siguiente mes, amparando los volúmenes de las lecturas que diariamente se validaron del mes a pagar, y será a través de un medio electrónico y/o entrega personal por los días de servicio prestado y el comprobante de aceptación del servicio correspondiente. Se tomara como base el volumen total de agua de repuesto en metros cúbicos derivado del consumo de la torre de enfriamiento DE36F01. El volumen será tomado del medidor de flujo: QF36F01. Para ambos casos normal y por contingencia. Lo anterior siempre y cuando cumpla con los parámetros establecidos en el numeral 24 de la hoja de datos 4 del anexo 1. Resultados a garantizar con el tratamiento Integral. En caso de paro del proveedor suspenderá temporalmente el servicio hasta el reinicio de las operaciones o cancelación del contrato en caso de cierre definitivo, dejando de ejercer el pago correspondiente hasta el reinicio de las operaciones. Deberá considerar dos eventos adicionales de acondicionamiento y limpieza de los sistemas de enfriamiento incluyendo su etapa de pasivación y estabilización de acuerdo a lo solicitado en el numeral 5.16 del Documento 01.

B) Lugar de prestación de los servicios será: en la Torre de Enfriamiento: DE36F01 (Lado Poniente de la Planta Acrilonitrilo) dentro del Complejo Petroquímico Morelos. ubicado en Ejido Pajaritos SC CP 96380 Allende, Coatzacoalcos, Veracruz. La forma en que se recibirán los servicios será diariamente las 24 horas por suministro continuo, siendo solicitada mediante órdenes de surtimiento de 30 días. Las órdenes de surtimiento se entregaran al responsable del contrato, en la Jefatura de la Planta de Tratamiento de agua del Complejo Petroquímico Morelos en días hábiles en horario de 08:00 a16:00 horas.

No se contabilizará como día de ejecución de los Servicios, todo aquel que no se hayan laborado por caso fortuito o fuerza mayor, según sea el caso, o por motivos imputables a PEMEX PETROQUÍMICA.

PEMEX PETROQUÍMICA se obliga a tener oportunamente y en condiciones adecuadas para el inicio de los Servicios, el(los) lugar(es) en que deberá(n) ejecutarse los mismos.

13.3 Nivel de Supervisión de los Servicios

El nivel de supervisión que aplicará será Nivel IV en sus numerales 1, 2, 4, 8, 9 y 11 de conformidad con lo indicado en el Documento 01 y Documento 09. El área responsable que realizará la Administración y Supervisión de la ejecución del contrato será: la Subgerencia de Servicios Auxiliares, a través de la Jefatura de la Planta de Tratamiento de Agua, y la supervisión estará a cargo de el ING. DIONICIO NARVÁEZ ACOSTA, servidor público adscrito a la Planta de Tratamiento de Agua y se llevará a cabo en la Torre de Enfriamiento DE36F01 (Lado Poniente de la Planta Acrilonitrilo) dentro del Complejo Petroquímico Morelos, de conformidad con el Documento 01.

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El Proveedor acepta que el Administrador y Supervisor de la ejecución del contrato de PEMEX PETROQUÍMICA vigilará, controlará y revisará en todo tiempo los Servicios y dará al Proveedor por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida, así como la aprobación de la relación de Servicios ejecutados y que sean presentados por el Proveedor.

La supervisión que realice PEMEX PETROQUÍMICA a los Servicios, no libera al Proveedor del cumplimiento de sus obligaciones contraídas en el Contrato así como de los defectos o vicios ocultos de la calidad de los servicios que aparezcan posteriormente una vez concluidos los Servicios. Lo anterior, en el entendido de que el ejercicio de ésta facultad no será considerada como aceptación tácita o expresa de los Servicios, ni libera al Proveedor de las obligaciones que contrae en el Contrato.

De conformidad con los artículos 57 y 58 de la Ley, la Secretaría de la Función Pública, podrá realizar las visitas e inspecciones que estime necesarias así como verificar la calidad y las especificaciones de los Servicios amparados en estas bases, pudiendo solicitar a la Convocante y al Proveedor todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate.

Por su parte, el proveedor se obliga a tener en el lugar de los Servicios por el tiempo que dure la ejecución de los mismos, a un responsable que deberá conocer el alcance de los Servicios, las normas y especificaciones de éstos y estar facultado para ejecutar los mismos.

El responsable del proveedor previamente a su intervención en los Servicios, deberá ser aceptado por PEMEX PETROQUÍMICA quien determinará si reúne los requisitos señalados en esta licitación.

En cualquier momento o por razones que a su juicio lo justifique, PEMEX PETROQUÍMICA podrá solicitar el cambio del responsable del proveedor y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos antes señalados.

13.4 Garantías.

El proveedor deberá entregar:

13.4.1 Para garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.

El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX PETROQUIMICA, dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en:

PÓLIZA DE FIANZA Póliza de fianza que se constituirá por el 10% (diez por ciento) del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.

La Fianza que garantiza el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, se deberá otorgar en estricto apego al Documento 08, de estas bases y deberá entregarse en el domicilio siguiente: en la Jefatura de Obra Pública, en el domicilio de la convocante, teléfono 01 (921) 21 14000 extensiones 30-757, 34-386 y 34-685, en el horario de: 9:00 a 15:00 horas..El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

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(A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUÍMICA, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.

(B) Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial.

(C) Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

(D) Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.

En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

(E) Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUÍMICA.

(F) Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas.2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.4. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento.5. La rescisión del contrato y su notificación, 6. Copia del finiquito7. Cuantificación del importe reclamado.

13.4.2 Para garantizar la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.

Concluidos los servicios, el PROVEEDOR quedará obligado durante un plazo de 6 (seis) meses contados a partir de terminación de los servicios, a responder de los defectos y vicios ocultos de la calidad de los servicios y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable. Por lo que previamente a la recepción de los servicios, el PROVEEDOR, deberá presentar póliza de fianza por el equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total de los servicios prestados, la misma deberá ser a favor de PEMEX PETROQUÍMICA, conforme al Documento 08-A de estas bases y entregarse en la Jefatura de Obra Pública en el domicilio de la convocante, teléfono 01 (921) 21 1 40 00 extensiones 30-757, 34-386 y 34-685 en el horario de: 9:00 a 15:00 horas.

PÓLIZA DE FIANZA

Cuando la garantía se constituya mediante póliza de fianza, deberá ser emitida por institución afianzadora autorizada, y deberá emitirse en estricto apego al formato presentado en el Documento 08-A de las presentes bases.

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El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

(A) Que queda obligado ante PEMEX PETROQUÍMICA para responder por los defectos y vicios ocultos de la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que PEMEX PETROQUÍMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exijan a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 (treinta) días naturales que PEMEX PETROQUÍMICA otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUÍMICA, para efectuar las correcciones, reparaciones o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo PEMEX PETROQUÍMICA con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 (treinta) días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora.

En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUÍMICA exceda el periodo de 30 (treinta) días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a PEMEX PETROQUÍMICA.

(B) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PETROQUIMICA de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato se haga efectiva la garantía otorgada así como cualquier otro saldo a favor de PETROQUIMICA.

(C) Su conformidad para que la fianza que garantiza la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y de cualquier otra responsabilidad del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

(D) Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto impugnado sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.

En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

(E) Su aceptación para que la fianza que garantiza la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUÍMICA.

(F) Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas.2. Copia de la póliza de fianza y sus documentos modificatorios, en su caso

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3. Copia del contrato garantizado y sus anexos, en su caso.4. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento.5. Cuantificación del incumplimiento

La fianza deberá entregarse en el siguiente domicilio: Jefatura de Obra Pública en el domicilio de la convocante, Teléfono 01 (921) 21 14000 extensiones 30-757, 34-386 y 34-685, en el horario de: 9:00 a 15:00 horas., aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos.

El PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PEMEX PETROQUÍMICA detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.

En caso de propuestas conjuntas, la fianza de cumplimiento del contrato se presentará en un solo instrumento en que la afianzadora exprese que asume frente a PEMEX PETROQUÍMICA una responsabilidad única por todos los integrantes.

CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STAND BY (NO APLICA)

La garantía correspondiente a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PEMEX PETROQUÍMICA detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.

En caso de propuestas conjuntas, la fianza de cumplimiento del contrato se presentará en un solo instrumento en que la afianzadora exprese que asume frente a PEMEX PETROQUÍMICA una responsabilidad única por todos los integrantes.

13.5. Anticipo. –NO APLICA-

13.6. Condiciones y forma de pago. (55 fracción III inciso e) de la Ley)

PEMEX PETROQUÍMICA pagará al Proveedor el monto de los servicios entregados y aceptados a los 20 días naturales siguientes máximo contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación soporte que proceda y del acuse de recibo correspondiente conteniendo el comprobante de recepción del área receptora de los bienes, en el cual se asentará la fecha de la recepción, así como el nombre, ficha y firma del personal facultado para estos efectos.

El pago al Proveedor se efectuará a través de depósito bancario en la cuenta que para tal efecto designe él mismo, para lo cual éste se obliga a entregar junto con sus facturas, los datos de la cuenta bancaria donde se depositará el pago.

Una vez realizado el pago al Proveedor, éste tendrá diez (10) días naturales para manifestar cualquier aspecto que se relacione con el mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente manifestación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación.

Para los compromisos el Proveedor podrá solicitar la condición de pronto pago, cuando acepte el porcentaje de descuento por cada día de adelanto que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 días, más cuatro (4) punto porcentuales, que se encuentre vigente con dos (2) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso que se dejara de publicar la tasa TIIE, se utilizara la que determine el Banco de México en sustitución de esta.

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Para la aplicación de la condición de “Pronto Pago”, se observaran las siguientes premisas:

a) Se podrá aplicar siempre y cuando no existan adeudos pendientes por parte del proveedor.b) Que los bienes y servicios hayan sido entregados o presentados a satisfacción de PEMEX

PETROQUÍMICA.c) Que el tercero presente la solicitud de pronto pago, por lo menos con tres días hábiles de anticipación a

la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, en la Ventanilla Única del Edificio Administrativo de cada Centro de Trabajo, en el horario de 9:00 a 13:00, y estará sujeta a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PEMEX PETROQUÍMICA, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometida o cedido a un tercero”.

d) Cada operación de descuento por “Pronto Pago”, deberá quedar documentada con Nota de Crédito expedida por el proveedor a favor de PEMEX PETROQUÍMICA, bajo el concepto de “descuento por pronto pago”, misma que deberá reunir todos los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y deberá entregarse junto con la solicitud a que hace referencia el inciso c).

e) El límite de recursos a utilizar será el techo financiero que autorice la gerencia de Control Presupuestal para cada Organismo, o las ampliaciones que esa gerencia pudiera autorizar, con base en su disposición presupuestal.

f) La aplicación de este programa será extensivo a los compromisos que se liquiden a través del Pemex Project Funding Master Trust o del Fideicomiso F/163.

g) Las facturas que hayan sido previamente presentadas en el esquema de “validación de contra-recibos” no podrán ser objeto de la aplicación de pronto pago, excepto que el solicitante presente carta de la empresa de factoraje en la que confirma el abandono del procedimiento de conformidad con las propias reglas de dicho esquema.

Nacional Financiera cuenta con un esquema de factoraje que está a disposición de todos los proveedores y contratistas en adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, servicios y obra pública de la Administración Pública Federal. Para aquellos proveedores y contratistas que estén interesados en utilizar este esquema de factoraje, se les invita a que se afilien al Programa de Cadenas Productivas. Al respecto encontrará mayor información en la página web de Nacional Financiera: http://www.nafin.com/portalnf/content/ventas-al-gobierno/programa-de-compras-del-gobierno -federal/cadenas-productivas.html.

13.6.1. Ajuste de Precios. ––NO APLICA.-

13.7. Facturación.

El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será la responsable de autorizar los pagos mediante su firma en la bóveda de documentos electrónicos del COPADE (Codificación de pagos y descuentos), previa verificación de la recepción de los bienes en términos del contrato, e informará al PROVEEDOR los montos autorizados mediante la codificación de pagos y descuentos o cualquier otra constancia que acredite la recepción de los bienes. La firma en la bóveda electrónica permitirá la generación de una notificación electrónica al PROVEEDOR para que genere la factura electrónica o documental, según corresponda.

La(s) factura(s) serán consecuencia de la autorización de los pagos por parte de la(s) persona(s) designada(s) para tal efecto.

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Cuando el PROVEEDOR emita facturación electrónica, efectuará todos sus trámites de pago a través de la bóveda de documentos electrónicos de “PETROQUÍMICA”, mediante el uso de la contraseña que le sea otorgada para tales efectos y su firma electrónica avanzada.

Una vez formalizado el contrato, deberá realizar los trámites de acceso a la Bóveda de Documentos Electrónicos en la Ventanilla Única, en el nivel C-1 de las oficinas centrales de PEMEX PETROQUÍMICA con domicilio en Jacarandas No. 100. Col. Rancho Alegre C.P. 96558 Coatzacoalcos, Veracruz.

Cuando la facturación se emita en forma documental, el Proveedor deberá presentar sus facturas acompañadas de la documentación soporte en términos del Contrato, para inicio de trámite de pago en la Ventanilla Única de la Superintendencia de Recursos Financieros ubicada en la Planta Baja lado externo del Edificio Técnico Administrativo del Complejo Petroquímico Morelos de PEMEX PETROQUIMICA localizado en Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96380, Allende, sitio en Coatzacoalcos, Ver., y en el horario comprendido de las 9:00 horas a las 15:00 horas en días hábiles, debidamente requisitadas, en original entregando en forma electrónica el archivo con extensión XML de la factura, para proceder al inicio de trámite de pago, mismas que deberán ser presentadas en un máximo de siete (7) días naturales posteriores a la recepción de los Bienes en los términos del Contrato.

El Proveedor al momento de facturar, deberá hacer referencia al Contrato correspondiente, a la partida que surte, la unidad de medida y al precio unitario de los Servicios.

En caso de que las facturas entregadas por el Proveedor, presenten errores o deficiencias, PEMEX PETROQUÍMICA dentro de los tres (3) días naturales siguientes al de su recepción, indicará por escrito las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que solvente las correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido de 20 días MAXIMO para pago. Una vez corregida la factura correspondiente, reiniciará el cómputo del plazo mencionado.

En caso de que existan Servicios faltantes o discrepantes, o pago en exceso, PEMEX PETROQUÍMICA tendrá el derecho de reclamar por dichos conceptos, aún y cuando, hubiese efectuado el pago correspondiente.

En relación a la implementación de la Bóveda Electrónica en Petroquímica, el Licitante que resulte Adjudicado y a efecto de tener acceso a la Bóveda Electrónica, deberá llenar el formato PPQFE01 (0) (Documento 22): Solicitud de clave de acceso a información de la Bóveda Electrónica de Petróleos Mexicanos) y entregar el original en la Ventanilla Única, de la Gerencia de Finanzas, ubicada en el nivel C-1, de las Oficinas Centrales de Petroquímica, localizada en el domicilio de Jacarandas No. 100, fraccionamiento Rancho Alegre en Coatzacoalcos, Ver., con el CP Gustavo Cházaro Cárdenas (Administración de la Bóveda Electrónica), en horario de 10:00 a 14:00 horas, con teléfono (21) 1-40-00 extensión 20-637, posteriormente la Contratista recibirá electrónicamente usuario y contraseña de acceso a la Bóveda.

Solamente El Proveedor que haya entregado su formato debidamente requisitado en Ventanilla Única de Oficinas Centrales de Petroquímica, tendrá acceso a la Bóveda Electrónica.

13.8. Penalizaciones

Las penas convencionales a las que el Proveedor se haga acreedor serán en los siguientes supuestos:

I. POR ATRASO EN EL CUMPLIMIENTO EN LA FECHA DE INICIO DE LOS SERVICIOS:Las partes convienen expresamente que en caso de que el PROVEEDOR, por causas que le sean imputables, no inicie los Servicios en la fecha estipulada en la cláusula denominada ¿PLAZO Y LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS¿ del Contrato, independientemente de que no se generará pago alguno por concepto de Servicios, el PROVEEDOR deberá pagar a PETROQUIMICA, como pena convencional por cada día natural de atraso, una cantidad equivalente al 0.5% (cero punto cinco por ciento) sobre el monto del volumen de agua de repuesto, por cada día de retraso en la prestación de los servicios

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II. POR ATRASO EN EL CUMPLIMIENTO DE LA ORDEN DE SERVICIOS:Las partes convienen expresamente que en caso de que el PROVEEDOR no ejecute los servicios en el plazo establecido en cada orden de servicio que haya sido expedida por PETROQUIMICA, o cualesquiera ampliaciones autorizadas por escrito por éste, el PROVEEDOR deberá pagar a PETROQUIMICA, como pena convencional por cada día natural de atraso de los Servicios, una cantidad equivalente al 0.5% (punto cinco por ciento) del volumen de agua de repuesto de los Servicios pendientes de ejecutar.La aplicación de penas convencionales no causará un cambio en los plazos y/o fechas que para la conclusión de los servicios hayan sido establecidas en la orden de servicio, ni tampoco liberarán al PROVEEDOR de su obligación de mejorar su progreso para lograr cumplir con cualquier plazo y/o fecha o corregir la falla que lo impida.Las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se haga acreedor por atraso en la ejecución de los servicios, se calcularán, a partir del día siguiente del vencimiento del plazo pactado para la ejecución de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio.

III. INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RELATIVAS AL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL:

De conformidad con lo establecido en la cláusula denominada Grado de Integración Nacional, si como resultado de la verificación documental del grado de integración nacional de los servicios realizados por el proveedor, se determina que ésta es menor al ofertado en su propuesta durante el procedimiento de contratación en términos de lo establecido en el Anexo ¿GIN¿, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, le aplicará una pena convencional que será determinada de acuerdo a lo establecido en el Anexo referido, y que podrá ser deducida de cualquier cantidad debida o pagadera al PROVEEDOR conforme al presente contrato hasta el momento en que el PROVEEDOR regularice esta situación.

IV. INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES PACTADAS EN EL ANEXO SSPA:

En caso de que el PROVEEDOR no cumpla con cualquiera de las obligaciones que se establecen y especifican en el Formato 4 del Anexo SSPA del contrato, PETROQUIMICA aplicará las penalizaciones(deducciones) estipuladas de acuerdo a lo establecido en el Formato 6 del referido Anexo SSPA, considerando para ello los mecanismos y reglas de aplicación establecidos en los apartados del Anexo SSPA siguientes: GUÍA DE LLENADO, REGLAS DE APLICACIÓN DEL FORMATO 6 DE ANEXO SSPA y CLASIFICACIÓN DE CONSECUENCIA A LOS REQUISITOS CON BASE A SU RIESGO.

V. INCUMPLIMIENTO EN LA OBSERVANCIA DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO:

En caso de incumplimiento a cualquiera de lo descrito en la hoja de datos 4 del anexo 1 del numeral 25 de las especificaciones técnicas, Resultados a garantizar con el Tratamiento Integral. Será objeto de la siguiente penalización:

A) La penalización se calculará en base al volumen de agua de repuesto pagado en el mes y será del 20% del total del mes conforme a la fórmula de:

Penalización ($M.N.) = Q*CU*0.20 (pesos en M.N.)

Q= total del agua de repuesto a la torre de enfriamiento, durante el mes.CU: costo unitario contratado.0.20 factor de penalización por descontrol

En caso de incumplimiento a lo descrito en los numerales 7.- MAQUINARIA, EQUIPO Y HERRAMIENTA MINIMA QUE SUMINISTRARA EL PROVEEDOR PARA LA REALIZACIONDEL SERVICIO y 2.- ALCANCES DEL SERVICIO, de las especificaciones técnicas, se aplicará un cobro del 20% sobre el monto total de la orden de aceptación del servicio. Las órdenes de servicio se emiten mensualmente.

El monto de las penalizaciones no podrá exceder del 10 % del monto máximo del contrato.El PROVEEDOR acepta, que PETROQUIMICA aplique las penalizaciones a que se refiere la presente cláusula, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones:

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- Las facturas que se generen con motivo del contrato. - Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas penas.- Las facturas que genere el PROVEEDOR en cualquier otro contrato que tenga celebrado con PEMEX

PETROQUÍMICA, siempre y cuando el otro contrato prevea la posibilidad de tal deducción.

Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR.

13.9. Rescisión administrativa del contrato.

PEMEX PETROQUÍMICA podrá en cualquier momento, rescindir administrativamente el Contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el contrato y sus anexos;

b) No entregue la(s) garantía(s) solicitadas en este contrato, a menos que se le haya exceptuado de su pre-sentación;

c) No entregue los servicios de conformidad con lo estipulado en el presente contrato y sus anexos o sin mo-tivo justificado no acate las órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato;

d) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura aná-loga;

e) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato;

f) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato;

g) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUÍMICA ceda o transfiera las obligaciones y dere-chos del contrato de cualquier forma;

h) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUÍMICA ceda o transfiera las acciones, partes so-ciales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición;

i) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada na-cionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato;

j) Si no da cumplimiento al porcentaje de grado de integración nacional en los términos de la cláusula deno-minada “Grado de Integración Nacional”;

k) Se ubique en los supuestos de la cláusula “Anticorrupción”;

l) Si no da a PEMEX PETROQUÍMICA o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la supervisión de los servicios.

m) Si no entrega a PEMEX PETROQUÍMICA el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o renovación(es) a la ga-rantía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula “Modificaciones al Contrato”;

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n) Cuando reincida en el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en el Anexo “SSPA” de este contrato. Para efectos de esta cláusula, y conforme a lo establecido en el Anexo “SSPA”, se en-tenderá como reincidencia la falta en el cumplimiento, por dos o más eventos diferentes, o por dos o más veces de un mismo evento;

o) Cuando el PROVEEDOR ocasione un accidente por incumplimiento de los requerimientos generales se-ñalados en el Formato 4 del Anexo “SSPA” de este contrato;

p) Cuando con motivo de la ejecución del contrato el PROVEEDOR cause la muerte de una o más personas, ya sea por su falta de previsión, negligencia o por el incumplimiento de cualquiera de los requerimientos u obligaciones establecidos en el Anexo “SSPA”, o bien por el incumplimiento a otras obligaciones del con-trato o de las disposiciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental. En este supuesto PEMEX PETROQUÍMICA podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las autoridades competentes, determinen que la responsabilidad de este evento es imputable al PRO-VEEDOR, no obstante dicha determinación, PEMEX PETROQUÍMICA valorará la decisión de rescindir;

q) Cuando en el desarrollo del contrato el PROVEEDOR incurra en delitos ambientales por incumplimiento a cualquiera de los requerimientos del Anexo “SSPA”, a otras obligaciones del contrato o de las disposicio-nes en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental. En este supuesto PEMEX PE-TROQUÍMICA podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las autoridades com-petentes, determinen que las conductas realizadas por el PROVEEDOR constituyen un delito ambiental, no obstante dicha determinación, PEMEX PETROQUÍMICA valorará la decisión de rescindir;

r) Cuando como resultado de las auditorias mensuales para la evaluación del desempeño, el PROVEEDOR, obtenga consecutivamente tres calificaciones consecutivas menores a 90%, PEMEX PETROQUÍMICA podrá iniciar el proceso de rescisión administrativa del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el Diagrama 1 del Anexo “SSPA”;

En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación de la rescisión, PEMEX PETROQUIMICA podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, sin perjuicio de las penalizaciones que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por PEMEX PETROQUIMICA atendiendo a las circunstancias del contrato y será formalizado en términos de lo establecido en la fracción II de la cláusula denominada “Modificaciones al Contrato”. Si al concluir dicho periodo, el PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, PEMEX PETROQUIMICA podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula.

En caso de que PEMEX PETROQUIMICA determine rescindir administrativamente el contrato, el PROVEEDOR estará obligado a devolver a PEMEX PETROQUIMICA, en un plazo de 10 (diez) días naturales, contados a partir de la notificación del inicio del procedimiento de rescisión, toda la documentación que éste le hubiere entregado para la ejecución del contrato.

El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los 20 (veinte) días hábiles siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder, en su caso, a hacer efectivas las garantías por el saldo que resulte a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

El PROVEEDOR solo podrá rescindir el contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a PEMEX PETROQUIMICA se actualicen alguno de los siguientes supuestos:

a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago;

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b) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo;

c) Por no poner a disposición de PROVEEDOR el sitio donde se deban prestar los servicios cuando así co-rresponda.

13.10 Información reservada y confidencial.

Se hace del conocimiento de las personas físicas y morales que tengan interés en participar en el proceso de licitación convocado, que en términos de lo dispuesto por los artículos 14 fracciones I y II, 18 fracciones I y II, y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 38 de su Reglamento, deberán indicar si en los documentos que proporcionen a PEMEX PETROQUÍMICA se contiene información de carácter confidencial, reservada o comercial reservada, señalando los documentos o las secciones de estos que la contengan, así como el fundamento legal por el cual consideren que tengan ese carácter. Se recomienda utilizar preferentemente para enumerar su documentación reservada y confidencial el formato del Documento 21.

13.11 Seguros

El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que, conforme a la naturaleza y complejidad de los alcances del contrato, estime necesario.

13.12. Fuentes de financiamiento. –NO APLICA-.

13.13. Propiedad industrial y derechos de autor

El LICITANTE acepta que, en relación con el objeto de esta licitación asume la responsabilidad total para el caso de que se infrinjan derechos de propiedad industrial y derechos de autor, por lo que se obliga a sacar en paz y a salvo a PEMEX PETROQUÍMICA d.e cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice PEMEX PETROQUÍMICA por la violación a los derechos de propiedad industrial y derechos de autor de un tercero.

Si se da dicho supuesto, PEMEX PETROQUÍMICA dará aviso a las autoridades competentes y al PROVEEDOR, y éste último en un plazo de 10 (diez) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a PEMEX PETROQUÍMICA un informe circunstanciado sobre la referida violación.

El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios y/o sus Empresas Filiales, la defensa, la negociación o conciliación se llevará a cabo conjuntamente, para lo que, el PROVEEDOR se compromete a consultar y obtener la autorización previa de PEMEX PETROQUÍMICA para implementar los medios y estrategias de defensa necesarios, sin restringirse las facultades de PEMEX PETROQUÍMICA de implementar sus propios medios y estrategias de defensa.

El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos, el de los Organismos Subsidiarios y el de sus Empresas Filiales, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo.

13.14. ANEXO SSPA. Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores o Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios

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El presente anexo tiene como objetivo establecer los requerimientos mínimos de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental que deben cumplir los Proveedores y Contratistas, su Personal y el de sus Subcontratistas, con el fin de prevenir incidentes y accidentes en las instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

Todos los requerimientos que Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios establezcan en el Anexo SSPA (Documento 13 y en el Formato 4 Documento 13-A) y los requerimientos adicionales, son de cumplimiento obligatorio para el Proveedor.

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DOCUMENTO 03

FORMATO DE INFORMACIÓN PARA ACREDITAR LA EXISTENCIA Y PERSONALIDAD DEL LICITANTE

Yo, (nombre del apoderado ó representante que firme la propuesta), manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados y que cuento con facultades suficientes para comprometer a mi representada a través de la propuesta en la presente licitación pública, a nombre y representación de: (nombre de la persona física o moral).

Clave del Registro Federal de Contribuyentes:Domicilio.-Calle y Número:Colonia: Delegación o Municipio:Código Postal: Entidad Federativa:Teléfonos: Fax:Correo electrónico:No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: Fecha:

Nombre, número y circunscripción del Notario ó Fedatario Público que la protocolizó:Relación de Socios:Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre( s )Descripción del objeto social (para personas físicas, actividad comercial ó profesional:

Reformas o modificaciones al acta constitutiva:

Nombre, número y circunscripción del Notario ó Fedatario Público que las protocolizó:

Fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

Nombre y domicilio del apoderado o representante.Datos de la Escritura Pública mediante la cual acredita su personalidad y facultades para suscribir la propuesta:Escritura pública número: Fecha:Nombre, número, y circunscripción del Notario o Fedatario Público que la protocolizó:

Lugar y fechaProtesto lo necesario.

(Firma autógrafa original )Notas:1.- El presente formato deberá presentarse, respetando su contenido, sin la utilización de abreviaturas.

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DOCUMENTO 04

DOCUMENTOS QUE DEBERÁN SER FIRMADOS AUTÓGRAFAMENTE POR EL APODERADO O REPRESENTANTE.

Cons

.

Descripción

1. Formato de información para acreditar la existencia y personalidad del licitante (Documento 03).2. Modelo de manifestación para integrar el catálogo de proveedores de los sistemas transaccionales de

Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. (Documento 06-B).3. Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos

establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, (Documento 07)

4. De ser el caso, el convenio privado mediante el cual se conviene en presentar propuesta conjunta (Documento 18).

5. Formato de propuesta Técnica (Documento 06)6. Formato de propuesta Económica (Documento 06-A)7. Formato para la manifestación del grado de Contenido nacional de los Servicios. (Documento 19)

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DOCUMENTO 05

FORMATO PARA LA CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS QUE LOS LICITANTES ENTREGAN A LA CONVOCANTE EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES

No. DOCUMENTO PUNTO DE LA CONVOCATORIA ENTREGO

SI NODentro del sobre de la propuesta a elección del licitante

1 Copia de comprobante de pago de bases de Licitación. 4 INCISO A)2 Acreditación de la existencia y personalidad del licitante (Documento 03). 4 INCISO A)

3Declaración escrita de no encontrarse en los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S (Documento 07).

4 INCISO C)

La omisión de los siguientes documentos no será motivo de desechamiento de la proposición.

4Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en el acto de presentación y apertura de proposiciones (Documento 05).

4 INCISO G)

5Modelo de manifestación para integrar el catálogo de proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. (Documento 06-B).

4 INCISO K)

6 Formato del documento “Compromisos con la Transparencia”(Documento 20) NUMERAL 11

7 Manifestación del carácter de la documentación que integra la propuesta presentada por el Licitante.(Documento 21)

La omisión de los siguientes documentos será motivo de desechamiento de la proposición.8 Propuesta Técnica. (Documento 06) 4 INCISO D)9 Propuesta Económica. (Documento 06-A). 4 INCISO E)

10 De ser el caso, el convenio privado tratándose de propuestas conjuntas. (Documento 18).

11 Formato para la manifestación del grado de contenido nacional de los Servicios (Documento 19) 4 INCISO R)

Este formato se utilizará como constancia para el licitante de haber entregado la documentación que en el mismo se cita, en caso de que lo incluya, y sólo da constancia de la recepción de la propuesta, por lo que, su contenido cualitativo con respecto a lo solicitado en las bases de la licitación pública será verificado y evaluado por la Convocante.

La omisión de la presentación de este formato por parte del licitante, no será motivo de desechamiento de su propuesta.

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DOCUMENTO 06FORMATO DE PROPUESTA TECNICA

Partida Cantidad Unidadde

MedidaDescripción y Especificaciones Técnicas de los servicios

1 314,900 METRO CUBICOFLUJO DE AGUA DE REPUESTO POR CONTINGENCIATratamiento Químico Integral del Agua del Sistema de Enfriamiento DE36F01.

2 10 METRO CUBICOFLUJO DE AGUA DE REPUESTO POR CONTINGENCIAContaminación con hidrocarburos pesados. (Mayor de 50 ppm de grasas y aceites).

3 10 METRO CUBICOFLUJO DE AGUA DE REPUESTO POR CONTINGENCIAContaminación con hidrocarburos ligeros. (Mayor de 5% de explosividad).

4 10 METRO CUBICOFLUJO DE AGUA DE REPUESTO POR CONTINGENCIAContaminación con agentes reductores (SOx). (Mayor de 13 ppm de sulfuros).

5 10 METRO CUBICO FLUJO DE AGUA DE REPUESTO POR CONTINGENCIAFalta de ácido y/o sosa para el control del pH.

6 10 METRO CUBICO FLUJO DE AGUA DE REPUESTO POR CONTINGENCIAFalta de cloro.

7 10 METRO CUBICOFLUJO DE AGUA DE REPUESTO POR CONTINGENCIAAlta turbidez en el agua de repuesto (mayor de 10 NTU) y retorno de enfriamiento (mayor de 40 NTU).

8 10 METRO CUBICOFLUJO DE AGUA DE REPUESTO POR CONTINGENCIAFugas de agua en el sistema de enfriamiento. (Recirculación de agua). Ciclos menores a 3.0.

9 10 METRO CUBICOFLUJO DE AGUA DE REPUESTO POR CONTINGENCIAConcentración de lodos superior al 8% en las piletas de agua fría de la torre.

10 10 METRO CUBICO FLUJO DE AGUA DE REPUESTO POR CONTINGENCIAPor contaminación de amoniaco. Mayor de 5 ppm.

11 10 METRO CUBICO

FLUJO DE AGUA DE REPUESTO POR CONTINGENCIAAlimentación de Agua Cruda. Toda vez que exista desviación a los límites de Especificación de los parámetros especificados en la hoja de datos 3. Información Técnica del Agua de Repuesto. Del Anexo 1 Numeral 24 de estas bases.Describir los servicios propuestos para cada una de las partidas que integran el documento 06, indicando la marca, modelo o Nombre del fabricante de las refacciones y/o materiales a utilizar, características de la mano de obra así como de los equipos a utilizar en la realización de los servicios. En su caso mencionar las normas con las que cumplen los servicios que propone.

ANEXAR A ESTE DOCUMENTO TODOS LOS REQUISITOS SOLICITADOS EN EL NUMERAL 5 DEL DOCUMENTO 01.

LO ANTERIOR DEBE ESTAR DE ACUERDO A LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS INDICADAS EN EL DOCUMENTO

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01.

1.- LUGAR DE REALIZACION DEL SERVICIO

EN LA TORRE DE ENFRIAMIENTO DE36F01 (LADO PONIENTE DE LA PLANTA ACRILONITRILO) DENTRO DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS, UBICADO EN EJIDO PAJARITOS SC CP 96380 ALLENDE, COATZACOALCOS, VERACRUZ. LA FORMA EN QUE SE RECIBIRÁN LOS SERVICIOS SERÁ DIARIAMENTE LAS 24 HORAS POR SUMINISTRO CONTINUO, SIENDO SOLICITADA MEDIANTE ÓRDENES DE SURTIMIENTO DE 30 DÍAS. LAS ÓRDENES DE SURTIMIENTO SE ENTREGARAN AL RESPONSABLE DEL CONTRATO, EN LA JEFATURA DE LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUA DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS EN DÍAS HÁBILES EN HORARIO DE 08:00 A16:00 HORAS.

2.-PLAZO MAXIMO DE LA ORDEN DEL SERVICIO

30 (TREINTA) DIAS NATURALES, DICHO PLAZO EMPEZARA A CONTAR A PARTIR DE QUE EL PROVEEDOR RECIBA DEL REPRESENTANTE DE LA ADMINISTRACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL CONTRATO DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS, LA ORDEN DE SERVICIO.

NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL)NOMBRE DEL REPRESENTANTE: _________________________________

FIRMA: _____________________CARGO: ____________________FECHA: _____________________

Nota al Licitante: Se deberán describir los Servicios propuestos y no se aceptarán indicaciones tales como: “marca o similar” “o equivalente”, “marca propia” “cotizo mi marca”, “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el DOCUMENTO 01 o bien que proponga más de una marca para un mismo bien o que no indique la marca de los Servicios o nombre del Fabricante, ya que será motivo para desechar la propuesta.

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DOCUMENTO 06-AFORMATO DE PROPUESTA ECONOMICA

No.Partida

Cantidad de

Referencia

Unidadde

MedidaDescripción Genérica de los servicios

Precio Unitario sin

I.V.A. ($)(indicar la moneda)

Importe Total sin I.V.A. ($)

(indicar la moneda)

1 314,900 METRO CUBICO

FLUJO DE AGUA DE REPUESTO POR CONTINGENCIATratamiento Químico Integral del Agua del Sistema de Enfriamiento DE36F01.

2 10 METRO CUBICO

FLUJO DE AGUA DE REPUESTO POR CONTINGENCIAContaminación con hidrocarburos pesados. (Mayor de 50 ppm de grasas y aceites).

3 10 METRO CUBICO

FLUJO DE AGUA DE REPUESTO POR CONTINGENCIAContaminación con hidrocarburos ligeros. (Mayor de 5% de explosividad).

4 10 METRO CUBICO

FLUJO DE AGUA DE REPUESTO POR CONTINGENCIAContaminación con agentes reductores (SOx). (Mayor de 13 ppm de sulfuros).

5 10 METRO CUBICO

FLUJO DE AGUA DE REPUESTO POR CONTINGENCIAFalta de ácido y/o sosa para el control del pH.

6 10 METRO CUBICO

FLUJO DE AGUA DE REPUESTO POR CONTINGENCIAFalta de cloro.

7 10 METRO CUBICO

FLUJO DE AGUA DE REPUESTO POR CONTINGENCIAAlta turbidez en el agua de repuesto (mayor de 10 NTU) y retorno de enfriamiento (mayor de 40 NTU).

8 10 METRO CUBICO

FLUJO DE AGUA DE REPUESTO POR CONTINGENCIAFugas de agua en el sistema de enfriamiento. (Recirculación de agua). Ciclos menores a 3.0.

9 10 METRO CUBICO

FLUJO DE AGUA DE REPUESTO POR CONTINGENCIAConcentración de lodos superior al 8% en las piletas de agua fría de la torre.

10 10 METRO CUBICO

FLUJO DE AGUA DE REPUESTO POR CONTINGENCIA

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Por contaminación de amoniaco. Mayor de 5 ppm.

11 10 METRO CUBICO

FLUJO DE AGUA DE REPUESTO POR CONTINGENCIAAlimentación de Agua Cruda. Toda vez que exista desviación a los límites de Especificación de los parámetros especificados en la hoja de datos 3. Información Técnica del Agua de Repuesto. Del Anexo 1 Numeral 24 de estas bases.

IMPORTE TOTAL $

Condiciones Económicas

1.- Vigencia de proposición MINIMO 60 DÍAS NATURALES

2.- Lugar de realización del servicio

EN LA TORRE DE ENFRIAMIENTO DE36F01 (LADO PONIENTE DE LA PLANTA ACRILONITRILO) DENTRO DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS,UBICADO EN EJIDO PAJARITOS SC CP 96380 ALLENDE, COATZACOALCOS, VERACRUZ. LA FORMA EN QUE SE RECIBIRÁN LOS SERVICIOS SERÁ DIARIAMENTE LAS 24 HORAS POR SUMINISTRO CONTINUO, SIENDO SOLICITADA MEDIANTE ÓRDENES DE SURTIMIENTO DE 30 DÍAS. LAS ÓRDENES DE SURTIMIENTO SE ENTREGARAN AL RESPONSABLE DEL CONTRATO, EN LA JEFATURA DE LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUA DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS EN DÍAS HÁBILES EN HORARIO DE 08:00 A16:00 HORAS.

3.-Plazo máximo de la orden del servicio30 (TREINTA) DIAS NATURALES, DICHO PLAZO EMPEZARA A CONTAR A PARTIR DE QUE EL PROVEEDOR RECIBA DEL REPRESENTANTE DE LA ADMINISTRACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL CONTRATO DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS, LA ORDEN DE SERVICIO.

4.- Monto total de la proposición (sin IVA) (indicarlo con número y con letra)(indicar la moneda)5.- Condiciones de precio PRECIO FIJO

NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL)NOMBRE DEL REPRESENTANTE: _________________________________

FIRMA: _____________________CARGO: ____________________FECHA: _____________________

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DOCUMENTO 06-B

MODELO DE MANIFESTACIÓN PARA INTEGRAR EL CATÁLOGO DE PROVEEDORES DE LOS SISTEMAS TRANSACCIONALES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS

Información con carácter voluntario

De conformidad con el Acuerdo de Estratificación de empresas micro, pequeñas y medianas publicado en el D. O. F. el 30 de diciembre de 2002, a continuación manifiesto bajo protesta de decir verdad lo siguiente, considerando los criterios de tamaño, sector y clasificación por número de empleados:

Razón social: ______________________________________________________

Favor de marcar sólo una opción:

¿Pertenece a alguna Cámara? SI ( ) No ( )

En caso de ser afirmativa la respuesta anterior indicar el nombre de la Cámara:

___________________________________________________________________________

Favor de indicar la Estratificación que corresponda a su empresa de acuerdo a la información indicada para cada Tipo de Empresa en el numeral

EstratificaciónTamaño Sector Rango del Número

de TrabajadoresRango de montos de

ventas anuales (mdp)

Tope Máximo Combinado *

Página en Internet_____________________________________________________________

(Lugar y fecha)

____________________________________________(Firma)

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DOCUMENTO 07

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS POR LOS ARTÍCULOS 53 FRACCION V DE LA LEY DE PETRÓLEOS MEXICANOS y 12 DE LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CONTRATACIÓN EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DE LAS ACTIVIDADES SUSTANTIVAS DE CARÁCTER PRODUCTIVO DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.

(Lugar y Fecha)

Pemex PetroquímicaComplejo Petroquímico Morelos P r e s e n t e.

(Nombre del apoderado o representante legal), en mi carácter de (términos en que esté otorgando el mandato),

manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que mi representada, sus accionistas y asociados, no se

encuentran en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos

y 12 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y

Servicios de las actividades sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)

EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA QUE PARTICIPE A TRAVÉS DE UN REPRESENTANTE:

(Nombre del representante legal), en mi carácter de (indicar término en que este otorgando el mandato), manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que mi representada, no se encuentra en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las Disposiciones Administrativas De Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

NOTA:

1 En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.

2 El presente formato se adecuará de acuerdo a la personalidad del licitante.3

DOCUMENTO 08

MODELO DE TEXTO DE FIANZA QUE PRESENTARÁ(N) EL (LOS) LICITANTE(S) ADJUDICADO(S) PARA:

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GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LOS CONTRATOSTEXTO 1. GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS.

SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ (MONTO DE LA FIANZA) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX-PETROQUIMICA PARA GARANTIZAR POR (EN CASO DE PROPUESTA CONJUNTA DEBERÁ INCLUIRSE EL NOMBRE DE CADA UNO DE LOS PARTICIPANTES) EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO DE FECHA

Y DE LOS ANEXOS DEL MISMO, CELEBRADO ENTRE PEMEX-PETROQUIMICA Y NUESTRO FIADO(S).

EL CONTRATO CITADO TIENE POR OBJETO Y SU MONTO ASCIENDE A LA CANTIDAD DE $ (NÚMERO, LETRA Y MONEDA).

ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS Y GARANTIZA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS, POR PARTE DE NUESTRO FIADO, LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO.

EN CASO DE QUE SEA NECESARIO PRORROGAR EL PLAZO SEÑALADO O CONCEDER ESPERAS Y/O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PRORROGARÁ LA VIGENCIA DE LA FIANZA EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS, ESPERAS, O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO OTORGADOS .HASTA EN UN 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL DEL CONTRATO LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OTORGARÁ LOS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS CORRESPONDIENTES.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE EL MONTO GARANTIZADO POR ESTA FIANZA PUEDE MODIFICARSE COMO CONSECUENCIA DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO HASTA EN UN 20% DEL MONTO ORIGINAL DEL CONTRATO, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA OTORGARÁ EL DOCUMENTO MODIFICATORIO QUE GARANTICE EL PORCENTAJE EN EXCESO AL MONTO ORIGINALMENTE GARANTIZADO.

EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICION DE GARANTIAS, NO IMPLICARA NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE POLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS.

ESTA FIANZA GARANTIZA, HASTA POR EL MONTO EN QUE FUE EMITIDA, LA TOTAL EJECUCIÓN Y EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLAS SE SUBCONTRATEN, INCLUYENDO LOS PAGOS EN EXCESO MÁS SUS INTERESES CORRESPONDIENTES, QUE SUPONE QUE EL BENEFICIARIO EFECTÚE UN PAGO POR ERROR SIN EXISTIR OBLIGACIÓN ALGUNA PARA HACERLO. ESTA FIANZA 'SE EXPIDE DE ENTERA CONFORMIDAD CON LAS CLÁUSULAS DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS.

EL PAGO DE LA FIANZA ES INDEPENDIENTE DEL QUE SE RECLAME AL FIADO POR CONCEPTO DE PENAS CONVENCIONALES O CUALQUIER OTRA SANCIÓN ESTIPULADA EN EL CONTRATO GARANTIZADO.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA, CON MOTIVO

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DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR SU INCUMPLIMIENTO O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO.

LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:

A) PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS.B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS.C) EN SU CASO, DOCUMENTO DE NOTIFICACIÓN AL FIADO DE SU INCUMPLIMIENTO.D) EN SU CASO, LA RESCISION DEL CONTRATO Y SU NOTIFICACION.E) EN SU CASO, DOCUMENTO DE TERMINACIÓN ANTICIPADA Y SU NOTIFICACIÓN E) FINIQUITO, Y EN SU CASO SU NOTIFICACIÓNF) IMPORTE RECLAMADO.

ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN.

A INSTITUCION DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE QUE EN CASO DE RECLAMACION PAGARÁ AL BENEFICIARIO EL IMPORTE TOTAL DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA Y LA INDEMNIZACIÓN POR MORA CORRESPONDIENTE, SALVO EN AQUELLOS CASOS EN QUE EN EL CONTRATO GARANTIZADO SE HAYA ESTIPULADO LA DIVISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN, SIN EMBARGO DE ENTREGAS PARCIALES DE BIENES O SERVICIOS REALIZADOS, EL ALCANCE TOTAL DE LA GARANTÍA SE REDUCIRÁ PROPORCIONALMENTE.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR AL BENEFICIARIO, CONFORME A LOS PÁRRAFOS PRECEDENTES, HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS.

ESTA INSTITUCION DE FIANZAS TENDRA UN PLAZO HASTA DE 30 DIAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJO LSO TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA, MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO RESCISORIO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE.

EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, 0 ANTE AUTORIDAD JUDICIAL 0 TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA

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RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA.

ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE, ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACE EXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192 FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO.

ESTA FIANZA NO ES EXCLUYENTE DE LA EXIGIBILIDAD QUE EL BENEFICIARIO HAGA VALER EN CONTRA DE NUESTRO FIADO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DERIVADO DEL CONTRATO QUE PUEDA EXCEDER DEL VALOR CONSIGNADO EN ESTA PÓLIZA.

LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR INCUMPLIMIENTO, O A PARTIR DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA SIEMPRE Y CUANDO EL BENEFICIARIO SOLICITE EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA, ACOMPAÑANDO DICHA SOLICITUD CON LA CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO TOTAL DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO, QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA.

FIN DEL TEXTO.DOCUMENTO 08-A

TEXTO 2: FIANZA DE GARANTIA PARA RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCION DE FIANZAS.

SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ ( MONTO DE LA FIANZA ) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX-PETROQUIMICA) Y SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS PARA GARANTIZAR POR (EN CASO DE PROPUESTA CONJUNTA DEBERÁ INCLUIRSE EL NOMBRE DE CADA UNO DE LOS PARTICIPANTES.) LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO Y DE SUS ANEXOS, CELEBRADO ENTRE PEMEX-PETROQUIMICA Y NUESTRO FIADO(S), REFERENTES A RESPONDER DE LOS

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DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO NUESTRO FIADO(S).

LA FIANZA GARANTIZA ASÍ MISMO EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO GARANTIZADO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLOS SE HUBIERAN SUBCONTRATADO Y SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON DICHO CONTRATO Y SUS ANEXOS.

ESTA FIANZA GARANTIZA LA OBLIGACIÓN DEL PROVEEDOR DE RESPONDER POR LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, POR UN PERIODO DE 6 MESES A PARTIR DE QUE SE RECIBAN LOS BIENES O SE CONCLUYA EL SERVICIO PRESTADO.

EN EL SUPUESTO DE QUE NUESTRO FIADO NO REPARE O REPONGA LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS QUE LE SEAN REPORTADOS POR EL BENEFICIARIO, ESTA AFIANZADORA SE OBLIGA A PAGAR LOS GASTOS EN LOS QUE INCURRA EL BENEFICIARIO POR DICHAS REPARACIONES O REPOSICIONES HASTA POR LA TOTALIDAD DEL MONTO AFIANZADO:

EN LOS CASOS EN QUE EL MONTO DE LA REPARACIÓN O REPOSICIÓN SEA SUPERIOR AL AFIANZADO, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ÚNICAMENTE RESPONDERÁ HASTA POR EL 100% DEL MONTO GARANTIZADO.

EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICIÓN DE GARANTÍAS, NO IMPLICARÁ NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE PÓLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE SOMETE EXPRESAMENTE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA AÚN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE SEIS MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES 0 REPOSICIONES DERIVADAS DE DEFECTOSY VICIOS OCULTOS 0 LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER RESPONSABILIDAD EN LA QUE HUBIERA INCURRIDO.EN AQUELLOS CASOS EN QUE EL BENEFICIARIO Y NUESTRO FIADO CONVENGAN UN PLAZO MAYOR PARA LAS CORRECCIONES, REPARACIONES O REPOSICIONES, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS DEBERÁ OTORGAR SU ANUENCIA POR ESCRITO.

LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:

A) PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS.B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO, SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS.C) DOCUMENTO TÉCNICO ELABORADO POR PERSONAL DEL CENTRO DE TRABAJO, QUE REÚNA LOS ELEMENTOS NECESARIOS DE IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LOS DEFECTOSY DE LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD RELATIVA A LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y SU CUANTIFICACIÓN.D) ESCRITO DONDE SE RECLAMA AL FIADO LA REPARACIÓN DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DETECTADOS O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE INCURRA

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EL FIADO.E) NOTIFICACIÓN A LA AFIANZADORA DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.

ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN,- O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR AL BENEFICIARIO, CONFORME A LOS PÁRRAFOS PRECEDENTES, HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJO LOS TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO IMPUGNADO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO 0 ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE.EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA.

ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODÓS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE.

LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS SEIS MESES PARA PRESENTAR LA RECLAMACIÓN POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL FIADO, LA QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE 'EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO O EN SU CASO, EL ACORDADO ENTRE EL FIADO Y EL BENEFICIARIO, PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES, REPARACIONES Y/O REPOSICIONES NECESARIAS.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA ÚNICAMENTE SI EL BENEFICIARIO SOLICITA EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL

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BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA.FIN DEL TEXTO

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DOCUMENTO 09

NIVELES DE SUPERVISION DE LOS SERVICIOS

Supervisión de los Servicios de acuerdo al Procedimiento Institucional para la Inspección de Bienes Muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y en su caso, Empresas Filiales, CLAVE: PA-800-70600-01

Se establece el siguiente Nivel IV, numerales: 1, 2, 4, 8, 9 y 11.

Aplica a los arrendamientos o servicios terminados que se supervisan con personal designado por PEMEX, en las instalaciones del proveedor o en destino final.

El cumplimiento de las especificaciones establecidas en los contratos, se determina revisando los requisitos y presenciando las actividades que apliquen, siendo enunciativas más no limitativas las siguientes:

1) Las especificaciones contractuales.2) Programa de ejecución del arrendamiento o servicio.4) La competencia (formación académica profesional o técnica, habilidades y experiencia del personal que intervenga en la ejecución del servicio.8) Las pruebas y/o evaluaciones durante el proceso de la ejecución del arrendamiento o servicio.9) Las pruebas y/o evaluaciones finales.11) La documentación que establece el contrato.

DOCUMENTO 10

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Anexo GIN. Cálculo y Declaración del Grado de Integración Nacional en Servicios y Arrendamientos de Cualquier Naturaleza

1. Definiciones.

1.1. Grado de Integración Nacional del Servicio o Arrendamiento: el porcentaje de participación nacional del Servicio o Arrendamiento de acuerdo a lo establecido en el apartado 3.1 del presente Anexo.

1.2. Proveedor de los Servicios: Persona física o moral proveedora de la mano de obra e insumos necesarios para la realización de los trabajos requeridos por PEMEX PETROQUÍMICA en los contratos de Servicios o Arrendamientos.

2. Ámbito de aplicación.

2.1. El ámbito de aplicación del presente Anexo comprende, entre otros, los siguientes tipos de arrendamientos:

2.1.1. Arrendamiento de casa habitación, edificios, estacionamientos, oficinas, terrenos, bodegas, patios industriales, entre otros.

2.1.2. Arrendamiento de montacargas, grúas, camiones-grúa, grúas hidráulicas telescópicas, elevadores para construcción, para realizar maniobras de carga y descarga de mercancías, materiales y/o equipos, así como para realizar trabajos de altura.

2.1.3. Arrendamiento de unidades móviles sanitarias, tráiler-habitación, carromatos, campers, contenedores, andamios, entre otros.

2.1.4. Arrendamiento de mobiliario y/o equipo de oficina.

2.1.5. Arrendamiento de equipo médico.

2.1.6. Arrendamiento de metales preciosos.

2.1.7. Arrendamiento de equipos diversos: máquinas para soldar, máquinas para relevado de esfuerzos, compresores portátiles, bombas portátiles, plantas de emergencia, entre otros.

2.1.8. Arrendamiento de ambulancias terrestres y/o aéreas.

2.1.9. Arrendamiento de unidades automotoras: automóviles, camionetas, tracto camiones, camiones de volteo, tractores oruga, retroexcavadoras, moto conformadoras, locomotoras, entre otras.

2.2. El ámbito de aplicación del presente Anexo comprende, entre otros, los siguientes tipos de servicios:

2.2.1. Servicio de recuperación de metales preciosos.

2.2.2. Servicio de torno para maquinado y/o rectificado.

2.2.3. Servicio de suministro de aire acondicionado y refrigeración.

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2.2.4. Servicio de suministro y colocación en punto de consumo de agua potable y/o hielo.

2.2.5. Servicio de suministro de agua para preparación de fluidos de perforación.

2.2.6. Servicio de sustitución de catalizador agotado y/o su manejo y disposición final.

2.2.7. Servicios de impresión y/o fotocopiado.

2.2.8. Servicio de trituración de archivos.

2.2.9. Servicio de impresiones y sellos de goma.

2.2.10. Servicio de mensajería y paquetería.

2.2.11. Servicios médicos subrogados y de laboratorios clínicos.

2.2.12. Servicios legales, judiciales y/o notariales subrogados.

2.2.13. Servicio de cerrajería.

2.2.14. Servicio de aplicación de pintura, rotulación y/o señalización.

2.2.15. Servicio de suministro, lavado y/o planchado de ropa hospitalaria o de blancos en casas de visitas.

2.2.16. Servicio de operación logística integral de medicamentos.

2.2.17. Servicio de vigilancia, protección y seguridad, tanto personal como a inmuebles e instalaciones.

2.2.18. Servicios relacionados con la organización y/o participación en eventos, exposiciones y ferias.

2.2.19. Servicio de suscripción a publicaciones nacionales e internacionales.

2.2.20. Servicio de suscripción a televisión de paga.

2.2.21. Servicio de información del mercado mundial de energéticos, indicadores económicos, cotizaciones en tiempo real: Bloomberg, Reuters, NYMEX, etc.

2.2.22. Servicio de difusión de información en medios de comunicación impresos y digitales.

2.2.23. Servicio de telefonía celular, local y de larga distancia; servicios de radiocomunicación móvil; comunicación satelital; monitoreo integral vía GPS.

2.2.24. Servicio de pólizas de seguros diversos.

2.2.25. Servicios de conservación, limpieza y saneamiento:

2.2.25..1. Chapodeo, mantenimiento y conservación de áreas verdes.

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2.2.25..2. Fumigación, control de plagas y prevención de fauna nociva.

2.2.25..3. Impermeabilización de inmuebles y/o instalaciones.

2.2.25..4. Limpieza de inmuebles y/o instalaciones.

2.2.25..5. Lavado de unidades automotrices.

2.2.25..6. Recolección de basura.

2.2.25..7. Saneamiento y desazolve de sistemas de aguas negras.

2.2.25..8. Desagüe y/o limpieza de fosas sépticas y/o drenajes.

2.2.25..9. Trabajos de atención a derrames de hidrocarburos.

2.2.25..10. Tratamiento de aguas residuales.

2.2.26. Servicios de suministro de alimentos y/o cafetería.

2.2.27. Servicios portuarios integrales para atención a embarcaciones.

2.2.28. Servicios de agencia consignataria de buques.

2.2.29. Servicio de almacenamiento y/o suministro (despacho) de combustibles en punto de venta.

2.2.30. Servicio de suministro de Gas L.P. a motores de combustión interna en unidades de bombeo mecánico, válvulas motoras, unidades de aceite caliente, tanques estacionarios, entre otros.

2.2.31. Servicio de verificación y/o inspección físico mecánica de unidades automotoras.

2.2.32. Servicio de pago de cuotas de peaje.

2.2.33. Servicio de reservación, expedición de boletos de avión y transporte aéreo.

2.2.34. Servicio integral de equipos de respiración de aire autónomos.

2.2.35. Servicio de vitalizado (renovado) de llantas.

2.2.36. Servicio de tapizado de sillas, sillones, butacas, entre otros.

2.2.37. Servicio de recarga de cápsulas y cilindros de N2 y/o CO2.

2.3. Adicional a los servicios y arrendamientos descritos en el listado anterior, podrán considerarse de otro tipo siempre y cuando el servicio que proporcionen a la Convocante no involucre el suministro de bienes de instalación permanente y, por la propia naturaleza del Servicio o Arrendamiento, no se requiera la declaración puntual de la mano de obra.

3. Cálculo del Grado de Integración Nacional.

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3.1. El Grado de Integración Nacional del Servicio o Arrendamiento se definirá con base en la nacionalidad del Proveedor de los Servicios, de acuerdo a la siguiente tabla:

Nacionalidad del Proveedor de los Servicios

GIN del Servicio o Arrendamiento

Mexicana 100%

Extranjera 0%

3.2. El Proveedor de los Servicios será considerado mexicano cuando éste cuente con la documentación que acredite su nacionalidad mexicana: Registro Federal de Contribuyentes (RFC), acta de nacimiento o carta de naturalización tratándose de personas físicas; acta constitutiva de la empresa tratándose de personal morales, entre otros. En este caso el Grado de Integración Nacional del Servicio o Arrendamiento será de 100% (cien por ciento).

3.3. En caso contrario deberá ser considerado extranjero y el Grado de Integración Nacional del Servicio o Arrendamiento será de 0% (cero por ciento).

4. Declaración del Grado de Integración Nacional durante la ejecución del Servicio o Arrendamiento.

4.1. Declaración del Grado de Integración Nacional del Servicio o Arrendamiento.

4.1.1. El Proveedor deberá declarar en una sola ocasión, bajo protesta de decir verdad, el Grado de Integración Nacional del Servicio o Arrendamiento. El Grado de Integración Nacional será determinado de acuerdo a la tabla del apartado 3.1 de este Anexo. El Proveedor deberá entregar el escrito al supervisor de PEMEX PETROQUÍMICA, acompañando la primera factura o estimación utilizando el Formato 1 de este Anexo.

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DOCUMENTO 10-AFormato 1. Declaración del Grado de Integración Nacional del Servicio o Arrendamiento

[En papel membretado del Proveedor]

___de __________ de____ (1)

Contrato: ___(2)___

Factura o estimación: ____(3)____

Del __ de _____ de 20__ al __ de _____ de 20__ (4)

En los términos de lo previsto en el apartado 3.1 del “Anexo GIN. Cálculo y Declaración del Grado de Integración Nacional en Servicios y Arrendamientos de Cualquier Naturaleza” el que suscribe manifiesta BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que el Grado de Integración Nacional del Servicio o Arrendamiento es el indicado a continuación:

Nacionalidad del Proveedor de los Servicios

GIN Monto total del contrato

Proveedor de los Servicios (5) Mexicana 100% (6)

Proveedor de los Servicios (5) Extranjera 0% (6)

De igual forma me comprometo a aceptar una verificación del Grado de Integración Nacional manifestado, a través de la exhibición de la información documental correspondiente, conservando dicha información durante la vigencia del contrato.

Atentamente

_______________(7)_______________

(1) Fecha de presentación de la manifestación.(2) Número de contrato.(3) Número de factura o estimación.(4) Periodo de la factura o estimación.(5) Nombre o razón social del Proveedor de los Servicios.(6) Monto total del servicio o arrendamiento pactado en el contrato, indicando el tipo de moneda.(7) Nombre y firma del Representante del Proveedor de los Servicios.

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DOCUMENTO 11MODELO-GUÍA DEL CONTRATO

CONTRATO ABIERTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE PEMEX PETROQUÍMICA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ PETROQUÍMICA, REPRESENTADO POR EL _____________________, EN SU CARÁCTER DE __________________, Y POR LA OTRA _____________________, A QUIEN SE LE DENOMINARÁ “EL PROVEEDOR”, REPRESENTADO POR ______________________, EN SU CARÁCTER DE __________________________ AL TENOR DE LAS DECLARACIONES, DEFINICIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S

1. PETROQUIMICA declara a través de su representante/apoderado que:

1.1 Es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con fines productivos, de carácter técnico, industrial y comercial, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con el Decreto que

tiene por objeto establecer la estructura, el funcionamiento y el control de los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de marzo del 2012 y tiene por objeto los procesos

industriales petroquímicos cuyos productos no forman parte de la industria petroquímica básica, así como su almacenamiento, transporte, distribución y comercialización, pudiendo celebrar con personas físicas o morales toda

clase de actos, convenios y contratos, de conformidad con el artículo quinto del mismo.

1.2 Acredita su personalidad y facultadesmediante el testimonio de la Escritura Pública No. _____________, de fecha _______________, otorgada ante la fe del Notario Público No. ___ de la Ciudad de _______________ Licenciado _________________, inscrita en el Registro Público de Organismos Descentralizados bajo el folio número ____________________ mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.

1.3 Para la celebración del presente contrato, de manera previa ha obtenido todas las aprobaciones previstas por la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento, las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y demás normatividad aplicable, así como la autorización de conformidad con los Lineamientos que establecen los Casos y Montos para la Aprobación de Contratos, a que se refiere el inciso k) de la fracción IV del artículo 19 de la Ley de Petróleos Mexicanos, otorgada mediante oficio No. PPQ-DG-SO-CPM-G-186-2014 de fecha 05 de febrero de 2014, firmada por el Administrador del Proyecto.

1.4 Ha previsto los recursos para llevar a cabo el objeto de este contrato, mediante versión presupuestal: ___________, renglón de gasto No.____.

1.5 El presente contrato se adjudicó mediante Licitación Pública No. 18578020-XXX-14, con fundamento en los artículos 54 (Primer Párrafo) y 55 (fracción I) de la Ley de Petróleos Mexicanos, 50 (Fracción I) y 53 (Fracción I) de su Reglamento

1.6 Su domicilio para efectos del presente contrato es Ejido Pajaritos S/N, SC, C.P. 96380 Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, y que su número de Registro Federal de Contribuyentes es PPE 920716 TS5.

1.7 Durante el procedimiento de contratación no recibió dinero o cualquier otra dadiva; no ejecutó actos u omisiones que tuvieran por objeto o efecto evadir los requisitos o reglas establecidos o haya simulado el cumplimiento de éstos; ni fue obligado a dar, suscribir, otorgar, destruir, entregar un documento o algún bien.

1.8 Durante la prestación de los servicios del presente contrato verificará permanentemente por si o a través de una Unidad de Verificación debidamente acreditada y aprobada en términos de las disposiciones legales aplicables, que el PROVEEDOR cumpla las obligaciones con sus trabajadores en materia de seguridad, salud y medio ambiente en el trabajo.

2 El PROVEEDOR declara, a través de su (apoderado/representante), que:

2.1 Es una sociedad mercantil legalmente constituida y con existencia jurídica de conformidad con las disposiciones legales de los Estados Unidos Mexicanos, según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____ de (Localidad), Licenciado |(Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y fecha).

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B) EN CASO QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO:___, ____ y ___ (nombres de las personas participantes en el consorcio), constituyeron una sociedad de propósito específico, según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura], de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____, de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y fecha).

C) EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA QUE ACTÚE POR SU PROPIO DERECHO:Es una persona física actuando por su propio derecho, y se identifica con (precisar los datos de identificación del PROVEEDOR ejemplo: identificación oficial vigente: cartilla, pasaporte, documento migratorio, credencial para votar, cédula profesional) y que cuenta con la capacidad jurídica para celebrar el presente contrato.

2.2 Su representante cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según se acredita mediante la Escritura Pública No.(Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría)Pública No. ____, de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato.

A) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DE UNA PERSONA FÍSICA CON REPRESENTANTE.Cuenta con capacidad para celebrar el presente contrato, según lo acredita con (indicar el documento en donde conste el mandato, ya sea en instrumento público o en carta poder con la formalidad que se requiera, según proceda.)

2.3 Es mexicano y conviene, aun cuando llegare a cambiar de nacionalidad, en seguirse considerando como mexicano por cuanto a este contrato se refiere y a no invocar la protección de gobierno extranjero alguno, bajo pena de perder en beneficio de los Estados Unidos Mexicanos todo derecho derivado de este contrato.

2.4 Su domicilio para los efectos del presente contrato es (Domicilio legal del proveedor) y cuenta con Cédula de Registro Federal de Contribuyentes clave _________.

2.5 Tiene la capacidad jurídica, técnica y financiera para cumplir con sus obligaciones conforme al presente contrato, mismas que se compromete a preservar durante su vigencia.

2.6 Conoce el contenido y requisitos que establecen: (i) la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo y su Reglamento; (ii) la Ley de Petróleos Mexicanos y su Reglamento; (iii) las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios; (iv) los anexos que debidamente firmados por las partes, forman parte integrante de este contrato y (v) las disposiciones en materia de seguridad industrial y protección ambiental.

2.7 Cumple con todos los requerimientos legales y autorizaciones necesarios para celebrar y cumplir el presente contrato, y ni él, ni ningún tercero asociado con él, se encuentran en alguno de los supuestos previstos en los artículos 59 de la Ley de Petróleos Mexicanos y 12 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

2.8 De manera previa a la formalización del presente contrato y para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, ha presentado a PETROQUIMICA la Opinión Positiva, con la que comprueba el cumplimiento de sus obligaciones ante el Servicio de Administración Tributaria, prevista en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR QUE MANIFIESTE QUE NO SE ENCUENTRA AL CORRIENTE EN EL PAGO DE TODAS SUS OBLIGACIONES FISCALES, PERO SUSCRIBIÓ CONVENIO CON LAS AUTORIDADES FISCALES, SE DEBERÁ INCLUIR EL SIGUIENTE TEXTO: Al momento de la celebración del presente contrato tiene créditos fiscales, por lo que ha celebrado convenio con las autoridades fiscales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, así como a lo señalado y requerido en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente y está plenamente de acuerdo en que PETROQUIMICA le retenga el porcentaje o cantidad convenida por el propio licitante con la autoridad hacendaria, de conformidad con los plazos y cantidades de los pagos fijados en elpresente contrato, incluso tratándose de pagos adicionales a los establecidos en el contrato que nos ocupa.

2.9 Ni él, ni sus empleados, Subcontratistas o empleados de éstoshan cometido robo, fraude, cohecho o tráfico de influencia en perjuicio de Petróleos Mexicanos o sus Organismos Subsidiarios, decretado en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional.

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2.10 Tiene capacidad jurídica para contratar y reúne las condiciones técnicas y económicas para obligarse a la prestación de los servicios objeto de este contrato y cuenta con la experiencia necesaria para la eficiente prestación de los mismos.

2.11 Cuenta con la documentación y los elementos propios suficientes para cumplir con las obligaciones que deriven de las relaciones laborales con sus trabajadores y, en su caso, de los de sus subcontratistas, mismas que se compromete a preservar durante su vigencia e incluso con posterioridad en caso de que de dicha ejecución derive cualquier reclamación, demanda o contingencia laboral.

2.12 Los servicios materia del presente acuerdo de voluntades, serán prestados por personal especializado que se encuentran subordinados al PROVEEDOR.

2.13 Conoce y comprende el Código de Conducta de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, y está de acuerdo en cumplir con los principios contenidos en el mismo en relación con el presente contrato así como en cualquier otro acto jurídico en que esté involucrado PETROQUIMICA.

2.14 Salvo declaración en contrario por escrito a PETROQUIMICA, ni él ni sus directores, funcionarios o empleados clave en relación con el presente contrato en los últimos diez años han:

(a) sido condenados por delitos relacionados con sobornos, corrupción o lavado de dinero; o

(b) sido o son objeto de alguna investigación, indagatoria o procedimiento de investigación por parte de cualquier autoridad gubernamental, administrativa o regulatoria con respecto a cualquier infracción o supuesta infracción que implique soborno, corrupción o lavado de dinero.

2.10 TRATÁNDOSE DE UN CONSORCIODE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 53 B) DE LAS DISPOSICIONES, EL CONSORCIO DEBERÁ HACER CONSTAR EN INSTRUMENTOS LEGALES LAS ACTIVIDADES A QUE SE OBLIGAN CADA UNO DE LOS MIEMBROS DEL MISMO, EL ACUERDO DE DESIGNACIÓN DE AQUEL QUE ACTUARÁ COMO LÍDER EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO, LOS MECANISMOS QUE REGULEN EL CONTROL DEL CONSORCIO Y LA RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ENTRE LOS PARTICIPANTES, ASÍ COMO LOS ACUERDOS DE INDEMNIZACIÓN ENTRE LOS MISMOS, LOS CUALES FORMARÁN PARTE INTEGRANTE DEL CONTRATOCelebró (señalar el(los) instrumento(s) legal(es)) de fecha(s) ___________, en el(los) que consta(n) las actividades a que se obligan cada una de las partes que integran el consorcio, el acuerdo de designación de quien actuará como líder en la ejecución del contrato, los mecanismos que regulen el control del consorcio y la resolución de controversias entre los participantes, así como los acuerdos de indemnización entre los mismos, por lo cual son responsables solidarios en la ejecución del contrato.

3. Declaración conjunta:

Las partes reconocen tener una política de cero tolerancia hacia el soborno y la corrupción; de contar con sistemas, empleados, proveedores y filiales sujetos de control anticorrupción, y expresan que en el procedimiento de contratación, sus actos previos y en la celebración del presente contrato se han conducido cumpliendo con las Reglas de la Cámara de Comercio Internacional para el Combate a la Corrupción y con la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, con estricto apego a los principios de transparencia, honradez, imparcialidad y libre concurrencia, y que durante la ejecución del contrato se comprometen a actuar entre ellas y hacia terceros, con apego a lo previsto en la cláusula “Compromiso contra la Corrupción”.

Las partes manifiestan de forma expresa que tienen pleno conocimiento que el Estado mexicano, ha suscrito y es parte de diversos instrumentos internacionales en materia de anticorrupción, en los cuales adquirió compromisos con la comunidad internacional a fin de adoptar medidas para prevenir la corrupción, como son, entre otros, los siguientes:

Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico.

Convención Interamericana contra la Corrupción de la Organización de Estados Americanos. Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción de la Organización de las Naciones Unidas. Grupo de Trabajo Anticorrupción del G20.

En el mismo sentido, expresan que conocen los ordenamientos legales señalados en el primer párrafo de esta declaración, así como el Código Penal Federal, la Ley Federal de Competencia Económica y demás disposiciones legales en materia administrativa y penal en México, que sancionan severamente actos de corrupción, entre otros: el cohecho, establecer, concertar o coordinar posturas o la

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abstención en las licitaciones, concursos en las contrataciones públicas, la extorsión, el tráfico de influencia, la simulación en el cumplimiento de requisitos y el ocultamiento de impedimento legal o administrativo para participar en procedimientos de contratación.

Asimismo, son sabedoras que en caso de incurrir en los actos de corrupción señalados en el párrafo que antecede, pueden ser sujetos de sanción los servidores públicos involucrados, las personas morales y las personas físicas participantes en los procedimientos de contratación (sin importar su nacionalidad), incluyendo aquellas que actúen en calidad de intermediarios, gestores o cualquier otro carácter a nombre, cuenta o interés del participante.

DEFINICIONES

Los términos siguientes tendrán, para efectos de este Contrato, los significados que se indican a continuación:

“Proyecto Sustantivo”: Vertical del Complejo Petroquímico Morelos.

“Área Administradora del Proyecto”: Gerencia del Complejo Petroquímico Morelos.

“Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato”: Subgerencia de Servicios Auxiliares, a través de la Jefatura de Planta de Tratamiento de Agua.

Vistas las declaraciones y definiciones que anteceden, las partes expresan su consentimiento para comprometerse a las siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA. - OBJETO DEL CONTRATO

PETROQUIMICA encomienda y el PROVEEDOR se obliga a prestar de conformidad con las especificaciones y alcances contenidos en el contrato ysus anexos, el servicio consistente en: “TRATAMIENTO QUIMICO INTEGRAL DEL AGUA DEL

SISTEMA DE ENFRIAMIENTO DE36F01”, (en adelante los “servicios”).

EN CASO DE CONSORCIO Y QUE NO SE CONSTITUYA UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICOO UNA ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN, SE INCLUIRÁ LA SIGUIENTE REDACCIÓN:Las actividades a que se obliga cada una de las partes que en su carácter de PROVEEDOR suscriben el presente contrato, se señalan en el Anexo ____ que forma parte del mismo.

SEGUNDA.- VIGENCIA

La vigencia del presente contrato inicia a partir de la fecha de firma y concluye con el acto jurídico mediante el cual se extingan en su totalidad los derechos y obligaciones de las partes.

TERCERA.- PLAZO Y LUGAR DE PRESTACIÓNDE LOS SERVICIOS

El plazo de ejecución de este contrato es (número) (letra) días naturales a partir del día (Fecha de inicio) y hasta el día 31 de diciembre de 2014.

El PROVEEDOR se obliga a prestarlos servicios objeto de este contrato, en (30) (treinta) días naturales a partirdel día (Fecha de inicio) y a concluirlos a mas tardar el día 31 de diciembre de 2014 conforme a las Ordenes de Servicio que emita PETROQUIMICA, de acuerdo a las condiciones descritas en el Anexo “B”, mismo que forma parte integrante de este contrato.

PETROQUIMICA solicitará la prestación de los servicios objeto de este contrato a través de “órdenes de servicio” (en este contrato “ORDEN” u “ÓRDENES”), en términos de lo establecido en el Anexo “B” del presente Contrato, mismas que deberán contener la referencia a este contrato.

La ORDEN que emita PETROQUIMICA, será entregada al PROVEEDOR en el Complejo Petroquímico Morelos. Ejido Pajaritos S/N S/C Allende, Coatzacoalcos, Veracruz C.P. 96380.Torre de Enfriamiento DE36F01, Horario: de 08:00 hrs., a 16:00 hrs. transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción.

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Cuando se requiera variar alguna ORDEN en cualquiera de sus conceptos, deberá ser tramitada por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, en el entendido de que ninguna variación podrá afectar las condiciones establecidas en este contrato, ya que de ser el caso, ésta se considerará inexistente para todos los efectos legales de este contrato.

Cuando la ORDEN sea transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción, el PROVEEDOR se obliga a confirmar su recepción acusando de recibo por la misma vía a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se reciba dicha ORDEN, fecha a partir de la cual, empezará a computarse el plazo de prestación del servicio. Si el PROVEEDOR no confirma la recepción de la ORDEN, el plazo de prestación del servicio empezará a contabilizarse a partir del día hábil siguiente a la fecha de transmisión por parte de PETROQUIMICA según conste en la notificación de entrega que proporcione el medio utilizado por PETROQUIMICA.

PETROQUIMICA se obliga a tener oportunamente y en condiciones adecuadas para el inicio de los servicios, el (los) lugar(es) en que deberá(n) prestarse los servicios objeto de este contrato.

No se contabilizará como día de ejecución de los servicios, todo aquél en que no se hayan prestado los servicios por caso fortuito o fuerza mayor, según sea el caso, de conformidad con la cláusula denominada “Caso Fortuito o Causas de Fuerza Mayor” o por motivos imputables a PETROQUIMICA.

La ejecución de los servicios por parte del PROVEEDOR se realizará en: la Torre de Enfriamiento DE36F01 (lado poniente de la Planta Acrilonitrilo), y en horario de 24 horas continuas, conforme a las condiciones descritas en el Anexo “B”, mismo que forma parte integrante de este contrato.

3.1 Prórroga a la Fecha de Terminación

Las partes acuerdan que el plazo de ejecución no será motivo de modificación alguna en el caso de que se determine suspender total o parcialmente la ejecución del presente contrato, por cualquiera de las siguientes causas: i) por caso fortuito o fuerza mayor, ii) por suspensión ordenada por PETROQUIMICA, o iii) por cualquier acto u omisión de PETROQUIMICA o de otro contratista o proveedor que trabaje en el sitio, sin que se trate del PROVEEDOR o cualquiera de sus subcontratistas.

Si se actualiza cualquiera de los supuestos señalados en el párrafo anterior, únicamente dará lugar a una prórroga a la fecha de terminación del contrato sin modificarse el plazo de ejecución. Lo anterior, de acuerdo a lo dispuesto en las cláusulas de “Modificaciones al Contrato” y “Suspensión” de este contrato.

CUARTA.- REMUNERACIÓN

4.1 Monto

El presupuesto máximo que PETROQUIMICA podrá ejercer es de: $___________ ( /100 M.N.) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. Queda expresamente convenido que PETROQUIMICA no se obliga a agotar el presupuesto máximo establecido en este contrato.

La cantidad a considerar por orden de surtimiento será:

Partida 1. Tratamiento Químico Integral del Agua del Sistema de Enfriamiento DE36F01, Volumen en metros cúbicos:

Máximo: 315,000Mínimo: 126,000

El presupuesto mínimo que PETROQUIMICA podrá ejercer es de: $________ (/100 M.N.) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, en el entendido que PETROQUIMICA no estará obligado a agotarlo.

El precio unitario de los servicios se especifica por partida en el Anexo “A” de este contrato.

4.2 Facturación

El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contratoserá la responsable de autorizar los pagos mediante su firma en la bóveda de documentos electrónicos del COPADE (Codificación de pagos y descuentos), previaverificación de la recepción de los servicios en términos del contrato, la que podrá estar sustentada en la constancia que acredite la recepción de los

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servicios. La firma en la bóveda electrónica permitirá la generación de una notificación electrónica al PROVEEDOR para que genere la factura electrónica o documental, según corresponda.

El PROVEEDOR presentará sus facturas abarcando periodos mensuales, de conformidad con lo establecido en el Anexo “B”.

El PROVEEDOR al momento de facturar, deberá hacer referencia a este contrato, a la partida de los servicios prestados, la unidad de medida y al precio unitario de los servicios.

Cuando el PROVEEDOR emita facturación electrónica, efectuará todos sus trámites de pago a través de la bóveda de documentos electrónicos de PETROQUIMICA, mediante el uso de la contraseña que le sea otorgada para tales efectos y su firma electrónica avanzada.

Una vez formalizado el contrato, deberá realizar los trámites de acceso a la Bóveda electrónica en la Ventanilla Única ubicada en el nivel C-1 de las oficinas centrales de PETROQUIMICA, con domicilio en Jacarandas No. 100, Col. Rancho Alegre, C.P. 96558, Coatzacoalcos, Veracruz.

Cuando la facturación se emita en forma documental, el PROVEEDOR deberá presentar la factura en la ventanilla única correspondiente, ubicada en la planta baja lado externo del edificio técnico administrativo, en original, entregando en forma electrónica el archivo con extensión XML de la factura, para proceder en los términos que se establecen en este contrato, mismas que deberán ser presentadas en un máximo de 7 (siete) días naturales posteriores a la recepción de los servicios en los términos de este contrato.

El plazo que transcurra entre la notificación electrónica de rechazo de una factura y la fecha en que el PROVEEDOR presente esta corregida, no se computará para efectos de reprogramación del plazo para el pago. Una vez corregida la factura reiniciará el cómputo del plazo antes mencionado.

4.3 Condiciones y Forma de Pago

PETROQUIMICA pagará al PROVEEDOR el monto de los serviciosprestadosy aceptados de acuerdo con las condiciones establecidas en este contrato, a los (20) (veinte) días naturales contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación que acredite la prestación de los servicios.

Cuando la fecha de vencimiento sea día inhábil bancario en la plaza de pago se aplicará el siguiente criterio:

VENCIMIENTO INHÁBIL PAGODomingo Día hábil posteriorSábado Día hábil anterior

Lunes a jueves Día hábil posteriorViernes Día hábil anterior

Los pagos al PROVEEDOR se efectuarán invariablemente mediante depósito bancario en la cuenta que para tal efecto haya comunicado por escrito a PETROQUIMICA. En caso de que el PROVEEDOR realice un cambio de cuenta durante la vigencia del contrato, que no sea consecuencia, ni implique una cesión de derechos de cobro, bastará con que lo comunique a PETROQUIMICA a través de la ventanilla única ubicada en Ejido Pajaritos S/N, SC C.P. 96380 Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, de lunes a viernes en horario de 08:00 a 16:00 horas, con antelación a la presentación a la citada ventanilla única de la(s) factura(s) subsecuente(s) de que se trate.

Una vez realizado el pago al PROVEEDOR, este tendrá 10 (diez) días naturales para solicitar aclaraciones sobre cualquier aspecto del mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente reclamación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación.

En los casos de atraso o incumplimiento en los pagos por parte de PETROQUIMICA, a solicitud del PROVEEDOR, deberá pagar gastos financierosconforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación, en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos pagos empezarán a generarse cuando las partes tengan definido el importe a pagar y se calcularán sobre las cantidades no pagadas, debiéndose computar por días naturales desde que sean determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del PROVEEDOR.

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El PROVEEDOR, siempre y cuando no tenga adeudos vencidos y los servicios hayan sido ejecutados conforme a lo especificado en este contrato, podrá solicitar la condición de pronto pago cuando acepte el porcentaje de descuento que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 (veintiocho) días, más cuatro puntos porcentuales, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso de que dejara de publicarse la tasa TIIE, se utilizará la que determine el Banco de México en sustitución de ésta. En todos los casos, el porcentaje obtenido se deberá multiplicar por el número de días por los que el PROVEEDOR solicite el adelanto del pago.

Para tal efecto, deberá presentar la solicitud correspondiente en los términos establecidos por la Dirección Corporativa de Finanzas, por lo menos, con 03 (tres) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometido o cedido a un tercero”, y presentar Nota de Crédito a favor de PETROQUIMICA bajo el concepto de “descuento por pronto pago” misma que deberá reunir los requisitos fiscales establecidos en los arts. 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. El pago estará sujeto a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PETROQUIMICA.

EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE ADICIONARÁ EN CASO DE QUE SE HAYA PRESENTADO UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA, SIN QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO O UNA ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN. (Nombre de la persona miembro del consorcio) será quien presente las facturas de todos y cada uno de los pagos derivados del presente contrato.

EL SIGUIENTE PÁRRAFO APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA PRESENTADO UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA Y LOS PROVEEDORES HAYAN MANIFESTADO EN SU PROPOSICIÓN SU INTENCIÓN DE CELEBRAR UN CONTRATO DE ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 17-B DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN:Las partes que suscriben el presente contrato en su carácter de PROVEEDOR, sin perjuicio del convenio de proposición conjunta señalado en la declaración 2.13 del presente contrato, han celebrado un contrato de asociación en participación, por lo que, con base en el mismo, en relación con el presente contrato y en términos del artículo 17-B del Código Fiscal de la Federación, acuerdan que (denominación o razón social seguida de la leyenda A.P. o nombre del asociante seguida de A. en P.) , será quien presente las facturas de todos y cada uno de los pagos derivados de este contrato; en el entendido de que PETROQUIMICA no será responsable por la forma en que (denominación o razón social seguida de la leyenda A.P. o nombre del asociante seguida de A. en P.), distribuya o participe de las utilidades o de las pérdidas respecto de las cantidades que reciba con motivo del presente contrato.

4.4 Pagos en exceso

En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido el PROVEEDOR, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha en que se haya comunicado por escrito al PROVEEDOR sobre el pago en exceso yhasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de PETROQUIMICA. PETROQUIMICA procederá a deducir dichas cantidades de las facturas subsecuentes o bien el PROVEEDOR cubrirá dicho pago con cheque certificado a favor de PETROQUIMICA.

QUINTA.- PENALIZACIONES

Las partes en el presente contrato, acuerdan que PETROQUIMICA le aplicará penalizaciones en los siguientes supuestos:

I. POR ATRASO EN EL CUMPLIMIENTO EN LA FECHA DE INICIO DE LOSSERVICIOS

Las partes convienen expresamente que en caso de que el PROVEEDOR, por causas que le sean imputables, no inicie los Servicios en la fecha estipulada en la cláusula denominada “PLAZO Y LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS” del presente Contrato, independientemente de que no se generará pago alguno por concepto de Servicios, el PROVEEDOR deberá pagar a PETROQUIMICA, como pena convencional por cada día natural de atraso, una cantidad equivalente al 0.5% (cero punto cinco por ciento) sobre el monto del volumen de agua de repuesto, por cada día de retraso en la prestación de los servicios

II. POR ATRASO EN EL CUMPLIMIENTO DE LA ORDEN DE SERVICIOS

Las partes convienen expresamente que en caso de que el PROVEEDOR no ejecute los servicios en el plazo establecido en cada orden de servicio que haya sido expedida por PETROQUIMICA, o cualesquiera ampliaciones autorizadas por escritopor éste, el

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PROVEEDOR deberá pagar a PETROQUIMICA, como pena convencional por cada día natural de atraso de los Servicios, una cantidad equivalente al 0.5% (punto cinco por ciento) del volumen de agua de repuesto de los Servicios pendientes de ejecutar.

La aplicación de penas convencionales no causará un cambio en los plazos y/o fechas que para la conclusión de los servicios hayan sido establecidas en la orden de servicio, ni tampoco liberarán al PROVEEDOR de su obligación de mejorar su progreso para lograr cumplir con cualquier plazo y/o fecha o corregir la falla que lo impida.

Las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se haga acreedor por atraso en la ejecución de los servicios, se calcularán, a partir del día siguiente del vencimiento del plazo pactado para la ejecución de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio.

III. INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RELATIVAS AL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL

De conformidad con lo establecido en la cláusula denominada “Grado de Integración Nacional”, si como resultado de la verificación documentaldel grado de integración nacional de los servicios realizados por el proveedor, se determina que ésta es menor al ofertado en su propuesta durante el procedimiento de contratación en términos de lo establecido en el Anexo “GIN”, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, le aplicará una pena convencional que será determinada de acuerdo a lo establecido en el Anexo referido,y que podrá ser deducida de cualquier cantidad debida o pagadera al PROVEEDOR conforme al presente contrato hasta el momento en que el PROVEEDOR regularice esta situación.

IV. INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES PACTADAS EN EL ANEXO “SSPA”

En caso de que el PROVEEDOR no cumpla con cualquiera de las obligaciones que se establecen y especifican en el Formato 4 del Anexo “SSPA” del presente contrato, PETROQUIMICA aplicará las penalizaciones(deducciones) estipuladas de acuerdo a lo establecido en el Formato 6 del referido Anexo “SSPA”, considerando para ello los mecanismos y reglas de aplicación establecidos en los apartados del Anexo “SSPA” siguientes: “GUÍA DE LLENADO”, “REGLAS DE APLICACIÓN DEL FORMATO 6 DE ANEXO SSPA” y “CLASIFICACIÓN DE CONSECUENCIA A LOS REQUISITOS CON BASE A SU RIESGO”.

V. INCUMPLIMIENTO EN LA OBSERVANCIA DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO

En caso de incumplimiento a cualquiera de lo descrito en la hoja de datos 4 anexo 1 del numeral 25 del anexo B de este contrato Resultados a garantizar con el Tratamiento Integral. Será objeto de la siguiente penalización:

A) La penalización se calculará en base al volumen de agua de repuesto pagado en el mes y será del 20% del total del mes conforme a la formula de:

Penalización ($M.N.) = Q*CU*0.20 (pesos en M.N.)

Q= total del agua de repuesto a la torre de enfriamiento, durante el mes.CU: costo unitario contratado.0.20 factor de penalización por descontrol

En caso de incumplimiento a lo descrito en los CAPITULOS, 7.0 MAQUINARIA, EQUIPO Y HERRAMIENTA MINIMA QUE SUMINISTRARA EL PROVEEDOR PARA LA REALIZACIONDEL SERVICIO y 2.0 ALCANCES DEL SERVICIO, y sus numerales correspondientes del anexo B de este contrato, se aplicará un cobro del 20% sobre el monto total de la orden de aceptación delservicio. Las órdenes de servicio se emiten mensualmente.

El monto de las penalizaciones no podrá exceder del 10 % del monto máximo del contrato.

El PROVEEDOR acepta, que PETROQUIMICA aplique las penalizaciones a que se refiere la presente cláusula, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones:

- Las facturas que se generen con motivo delpresente contrato. - Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas penas.- Las facturas que genere el PROVEEDOR en cualquier otro contrato que tenga celebrado con PETROQUIMICA, siempre y

cuando el otro contrato prevea la posibilidad de tal deducción.

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Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR.

SEXTA.- GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL

El PROVEEDOR se obliga a prestarlos servicios objeto del presente contrato cumpliendo al menos con el grado de integración nacional al que se comprometió en su propuesta durante el procedimiento de contratación, en los términos del Anexo “GIN”, de este contrato. Dicho porcentaje deberá ser mantenido no obstante las subcontrataciones que realice.

PETROQUÍMICA podrá llevar a cabo durante la vigencia del contrato, directamente o por medio de terceros, la verificación del

cumplimiento del grado de integración nacional al que se comprometió el PROVEEDOR en su propuesta durante el procedimiento de

contratación de los servicios objeto de este contrato.

El incumplimiento por parte del PROVEEDOR a cualquiera de las obligaciones a que se refiere la presente cláusula será sujeto de

penalizaciones en los términos establecidos en la cláusula de Penas Convencionales del presente contrato y, asimismo, será causal de

rescisión de este acuerdo de voluntades.

SÉPTIMA.- CESIÓN

El PROVEEDOR no podrá ceder o transferir los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato en forma parcial o total en favor de cualesquiera otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la autorización de PETROQUIMICA, con la intervención del área jurídica.

El PROVEEDORpodrá ceder sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero mediante operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico, y PETROQUIMICA otorga su consentimiento, siempre y cuando al momento de registrarse la correspondiente Cuenta por Pagar en Cadenas Productivas y al acceder al Portal de Nafin Cadenas Productivas, no exista impedimento legal o administrativo. En virtud de lo anterior, las partes se obligan al procedimiento establecido en las “Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C.; Institución de Banca de Desarrollo”.

Para la cesión de derechos de cobro no se requerirá la celebración de convenio entre las partes.

OCTAVA.- CLÁUSULA FISCAL

Las partes pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos, sin perjuicio de que PETROQUÍMICA realice, de los pagos que haga al PROVEEDOR, las retenciones que le impongan las leyes de la materia.

NOVENA.- GARANTÍAS

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO

El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PETROQUÍMICA, dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en:

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Póliza de fianza que se constituirá por el 10% (diez por ciento) del importe máximodel contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PETROQUÍMICA.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PETROQUIMICA, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PETROQUIMICA.

B. Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial.

C. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

D. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo o en el juicio contencioso correspondiente.En caso de que el procedimiento ante autoridad judicial resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

E. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PETROQUIMICA.

F. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará debidamente integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas.2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.4. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento.5. La rescisión del contrato y su notificación.6. Copia del finiquito.7. Cuantificación del importe reclamado.

GARANTÍA DE LA OBLIGACIÓN DE RESPONDER POR LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS

El PROVEEDOR, a fin de garantizar la obligación de responder por la calidad de los servicios, deberá presentar a PETROQUÍMICA, dentro de los diez días naturales siguientes a que concluya el servicio, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de calidad de los servicios consistente en:

Póliza de fianza que se constituirá por el 10% (diez por ciento) del importe total de los servicios ejecutados, con una vigencia equivalente a seis meses a partir de que se concluya el servicio, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PETROQUIMICA.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

A. Que queda obligado ante PETROQUÍMICA para responder por la calidad de los servicios, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que PETROQUÍMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exijan a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 días naturales que PETROQUÍMICA otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y PETROQUÍMICA, para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los servicios o podrá llevarlos a cabo PETROQUÍMICA con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones,

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reparaciones o reposiciones no es superior a 30 días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los servicios de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora.En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y PETROQUÍMICA exceda el periodo de 30 días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma PETROQUÍMICA.

B. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PETROQUÍMICA, de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PETROQUÍMICA.

C. Su conformidad para que la fianza que garantiza la obligación de responder por la calidad de los servicios, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

D. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resultefavorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

E. Su aceptación para que la fianza de la obligación de responder por la calidad de los servicios, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PETROQUIMICA.

F. Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la institución de fianzas.2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.4. Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo, que reúna los elementos necesarios de

identificación y descripción de la mala calidad de los servicios y su cuantificación.5. Copia del escrito donde se reclama al fiado de la mala calidad de los servicios.

La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en las oficinas de la Jefatura de Obra Públicaubicadas en el interior del Complejo Petroquímico Morelos, en Ejido Pajaritos S/N, SC, C.P. 96380 Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, Teléfono (01-921) (21) 1-40-00 extensiones 30-757, 34-386 y 34-685en el horario de: 09:00 a 15:00 horas en estricto apego a los textos que se acompañan en el Anexo “C”, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos.

Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PETROQUÍMICA detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.

DÉCIMA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO

Cuando las necesidades del proyecto o del contrato lo requieran, las partes podrán pactar modificaciones al presente contrato, de acuerdo con lo siguiente:

I. Mediante convenio modificatorio, suscrito por los representantes legales de las partes, cuando se trate de:

a. Los términos contractuales relativos a la remuneración y a los mecanismos para sus ajustes, b. Los términos relativos a objeto, monto oplazodel contrato,yc. La incorporación de avances tecnológicos que tengan un impacto en los términos contractuales señalados en los dos incisos anteriores.

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II. Mediante memoranda de entendimiento o cualquier otro documento en el que conste el acuerdo entre los representantes autorizados de cada una de las partes en el presente contrato, cuando se trate de:

a Prórroga a la fecha de terminación del plazo por suspensión en términos de la cláusula denominada “Suspensión”, y, b Cualquier otra modificación no incluida en la fracción I de esta cláusula.

Las partes acuerdan que las modificaciones realizadas en términos de esta cláusula no implicarán novación de las obligaciones del presente contrato. Las partes en ningún caso podrán modificar sustancialmente el objeto de contratación.

El PROVEEDOR deberá entregar a PETROQUÍMICA, el endoso, ampliación o renovación a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que ampare las modificaciones al contrato realizadas en términos de esta cláusula.

10.2 Conceptos o volúmenes de servicios no previstos en el contrato

Si durante la ejecución de los servicios, PETROQUÍMICA requiere de la ejecución de conceptos o volúmenes de servicios no previstos en el contrato y sus anexos, o bien el PROVEEDOR se percata de la necesidad de ejecutarlos, éste sólo podrá ejecutarlos una vez que cuente con la autorización por escrito o mediante anotación en el sistema de control que se haya determinado para el seguimiento del contrato, por parte de la persona que designe el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato.

Tratándose de volúmenes de servicios no previstos en el contrato, éstos se pagarán a los precios unitarios pactados originalmente en este contrato.

Tratándose de los conceptos no previstos en el catálogo de conceptos, sus precios unitarios deberán ser conciliados y autorizados previamente a su pago.

El PROVEEDOR, una vez ejecutados los servicios, podrá elaborar sus facturas y presentarlas a PETROQUÍMICA en la siguiente facturación de conformidad con la cláusula de pago.

En caso de que la ejecución de conceptos o volúmenes de servicios no previstos en el contrato y sus anexos modifiquen el objeto, monto o plazo del mismo, las partes celebrarán un convenio en los términos de esta cláusula.

10.3 Incorporación de avances tecnológicos y eficiencia de los servicios objeto del contrato

En caso de que durante la ejecución del contrato, surjan avances tecnológicos, se dispongade nueva información o cualquier otro factor que contribuya a mejorar la eficiencia de los servicios objeto del contrato, previa determinación de la viabilidad y conveniencia de ello por parte del PETROQUÍMICA, las partes podrán realizar modificaciones al contrato mediante la celebración del convenio modificatorio correspondiente, considerando los impactos en tiempo y costo correspondientes.

DÉCIMA PRIMERA.-SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS

PETROQUÍMICA, a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, realizará la supervisión de los servicios objeto de este contrato.

El PROVEEDOR acepta que el representante del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato de PETROQUÍMICA vigilará y revisará en todo tiempo los servicios objeto de este contrato y dará al PROVEEDOR por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida, así como la aprobación de la relación de servicios ejecutados y que sean presentados por el PROVEEDOR.

La supervisión de los servicios que realice PETROQUÍMICA no libera al PROVEEDOR del cumplimiento de sus obligaciones contraídas en este contrato así como de responder por deficiencias en la calidad de los servicios una vez concluidos estos. Lo anterior, en el entendido de que el ejercicio de esta facultad no será considerada como aceptación tácita o expresa de los servicios, ni libera al PROVEEDOR de las obligaciones que contrae bajo este contrato.

Por su parte, el PROVEEDOR se obliga a tener en el lugar de los servicios por el tiempo que dure la ejecución de los mismos, a un responsable que deberá conocer el alcance de los servicios, las normas y especificaciones de éstos y estar facultado para prestar los servicios a que se refiere este contrato.

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El responsable del PROVEEDOR previamente a su intervención en los servicios, deberá ser aceptado por PETROQUÍMICA, quien determinará si reúne los requisitos señalados.

En cualquier momento o por razones justificadas, PETROQUÍMICA podrá solicitar el cambio del responsable del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos señalados en esta cláusula.

Para este contrato aplicará el siguiente procedimiento de supervisión:De acuerdo al procedimiento Institucional para la inspección de Bienes Muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, corresponde el Nivel de inspección IV, numerales 1, 2, 4, 8, 9, y 11.

1) Las especificaciones contractuales.2) Programa de ejecución del arrendamiento o servicio.4) La competencia (formación académica profesional o técnica, habilidades y experiencia)del personal que intervenga en la ejecución del servicio.8) Las pruebas y/o evaluaciones durante el proceso de la ejecución del arrendamiento oservicio.9) Las pruebas y/o evaluaciones finales.11) La documentación que establece el contrato.

La supervisión la llevara a cabo el Ing. Dionicio Narváez Acosta Jefe de la Planta Tratamiento de Agua o quien se encuentre designado pararealizar sus funciones.

Los documentos que serán requeridos para llevar a cabo la Inspección de los bienes ysupervisión de arrendamientos y servicios, el proveedor deberá entregar como mínimocuando aplique copia de la siguiente documentación:Certificados de CalidadDocumentación Técnica.

El Complejo Petroquímico Morelos efectuará cuando considere necesario, la inspección, muestreo y análisis del agua y los productos químicos para verificar el tratamiento y la instalación y operación de los equipos solicitados, con el objeto de prevenir incumplimientos al contrato.

Al término de la supervisión, el responsable de la misma emitirá el reporte correspondiente a efecto de señalar que, en su caso, los servicios fueronrealizados de conformidad con este contrato.

DÉCIMA SEGUNDA.- RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS

PETROQUÍMICA recibirá los servicios objeto de este contrato, cuando éstos se hayan ejecutado y concluido de acuerdo con los alcances y estipulaciones convenidas.

El PROVEEDOR manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la aceptación de los servicios en los términos previstos en este contrato y sus anexos, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados por PETROQUÍMICA. Una vez recibidos y aceptados los servicios, PETROQUÍMICA, entregará al PROVEEDOR una constancia de aceptación de servicios

La recepción de los servicios se hará en: partida 1 y subpartidas en la torre de enfriamiento DE36F01, de la Planta de Tratamiento de Agua, en días hábiles y en el horario siguiente: de 08:00 hrs., a 16:00 horas, en condiciones normales y según se requiera en condiciones de contingencia.

En caso de que la fecha de conclusión de los servicios coincida con un día inhábil, la recepción de éstos se correrá al siguiente día hábil, sin dar lugar a la aplicación de penas convencionales.

DÉCIMA TERCERA.- CASO FORTUITO O CAUSAS DE FUERZA MAYOR

Salvo por disposición en contrario contenida en este contrato, ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente contrato en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba a caso fortuito o fuerza mayor.

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Se entiende por caso fortuito o fuerza mayor aquellos fenómenos de la naturaleza o hechos de personas, ajenos a la voluntad de cualquiera de las partes y que se producen sin que haya falta o negligencia por parte de las mismas, que son insuperables, imprevisibles, o que previéndose no se pueden evitar, que impiden a la parte afectada llevar a cabo sus obligaciones de conformidad con el presente contrato, siempre y cuando no se haya dado causa o contribuido al caso fortuito o fuerza mayor. Entre otros, se consideran caso fortuito o fuerza mayor, acontecimientos tales como huelgas y disturbios laborales, motines, cuarentenas, epidemias, guerras, declaradas o no, actos o atentados terroristas, bloqueos, disturbios civiles, insurrecciones, incendios y tormentas.

Queda expresamente convenido que caso fortuito o fuerza mayor no incluirá los siguientes eventos: (i) falta de previsión; o (ii) negligencia; (iii) impericia; (iv) provocación o culpa del proveedor, o bien, aquellas que no se encuentren debidamente justificadas.

La parte que alegue la existencia del caso fortuito o fuerza mayor tendrá la carga de la prueba.

En caso de suspensión del contrato derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada “Suspensión”.

En caso de terminación anticipada de los servicios derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada “Terminación Anticipada”.

DÉCIMA CUARTA.-RESCISIÓN DEL CONTRATO

14.1 Rescisión administrativa

PETROQUÍMICA podrá, en cualquier momento rescindir administrativamente el contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el contrato y sus anexos;

b) No entregue la(s) garantía(s) solicitadas en este contrato, a menos que se le haya exceptuado de su presentación;

c) No ejecute los servicios de conformidad con lo estipulado en el presente contrato y sus anexos o sin motivo justificado no acate las órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato;

d) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga;

e) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato;

f) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato;

g) Cuando sin autorización expresa de PETROQUÍMICA ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato de cualquier forma;

h) Cuando sin autorización expresa de PETROQUÍMICA ceda o transfiera las acciones, partes sociales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición;

i) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato;

j) Si no da cumplimiento al porcentaje de grado de integración nacional en los términos de la cláusula denominada “Grado de Integración Nacional”;

k) Se ubique en los supuestos de la cláusula “Compromiso contra la Corrupción”;

l) Si no da a PETROQUÍMICA o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la inspección y supervisión de los servicios;

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m) Si no entrega a PETROQUÍMICA el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o renovación(es) a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula “Modificaciones al Contrato”;

n) Cuando reincida en el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en el Anexo “SSPA” de este contrato. Para efectos de esta cláusula, y conforme a lo establecido en el Anexo “SSPA”, se entenderá como reincidencia la falta en el cumplimiento, por dos o más eventos diferentes, o por dos o más veces de un mismo evento;

o) Cuando el PROVEEDOR ocasione un accidente por incumplimiento de los requerimientos generales señalados en el Formato 4 del Anexo “SSPA” de este contrato;

p) Cuando con motivo de la ejecución del contrato el PROVEEDOR cause la muerte de una o más personas, ya sea por su falta de previsión, negligencia o por el incumplimiento de cualquiera de los requerimientos u obligaciones establecidos en el Anexo “SSPA”, o bien por el incumplimiento a otras obligaciones del contrato o de las disposiciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y Pro -tección Ambiental. En este supuesto PETROQUÍMICA podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las autori-dades competentes, determinen que la responsabilidad de este evento es imputable al PROVEEDOR,no obstante dicha determinación, PETROQUÍMICA valorará la decisión de rescindir;

q) Cuando en el desarrollo del contrato el PROVEEDOR incurra en delitos ambientales por incumplimiento a cualquiera de los re-querimientos del Anexo “SSPA”, a otras obligaciones del contrato o de las disposiciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental. En este supuesto PETROQUÍMICA podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las au-toridades competentes, determinen que las conductas realizadas por el PROVEEDOR constituyen un delito ambiental, no obstante di-cha determinación, PETROQUÍMICAvalorará la decisión de rescindir;

r) Cuando como resultado de las auditorias mensuales para la evaluación del desempeño, el PROVEEDOR, obtenga consecuti-vamente tres calificaciones consecutivas menores a 90%, PETROQUÍMICA podrá iniciar el proceso de rescisión administrativa del con-trato, de conformidad con lo dispuesto en el Diagrama 1 del Anexo “SSPA”;

En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación de la rescisión, PETROQUÍMICA podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, sin perjuicio de las penas convencionales que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por PETROQUÍMICA atendiendo a las circunstancias del contrato y será formalizado en términos de lo establecido en la fracción II de la cláusula denominada “Modificaciones al Contrato”. Si al concluir dicho periodo, el PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, PETROQUÍMICA podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula.

En caso de que PETROQUÍMICA determine rescindir administrativamente el contrato, el PROVEEDOR estará obligado a devolver a PETROQUÍMICA, en un plazo de 10 (diez) días naturales, contados a partir de la notificación del inicio del procedimiento de rescisión, toda la documentación y, en su caso, los bienes, que éste le hubiere entregado para la ejecución del contrato.

En caso de rescisión administrativa del contrato por causas imputables al PROVEEDOR, una vez emitida la determinación respectiva, PETROQUÍMICA, precautoriamente y desde el inicio de la misma, se abstendrá de cubrir los importes resultantes de los serviciosejecutados aún no liquidados, hasta que se otorgue el finiquito correspondiente, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías.

El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los 20 (veinte) días hábiles siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder, en su caso, a hacer efectivas las garantías por el saldo que resulte a favor de PETROQUÍMICA.

PETROQUÍMICA podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la rescisión administrativa con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. PETROQUÍMICA hará constar en el finiquito, la recepción de los servicios que haya ejecutado el PROVEEDOR hasta la rescisión administrativa del presente contrato.

El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.

En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, PETROQUÍMICA procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.

14.2 Procedimiento de Rescisión Administrativa

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El procedimiento de rescisión administrativa se iniciará a partir de que PETROQUÍMICA notifique al PROVEEDOR el incumplimiento en que éste haya incurrido, para que dentro del plazo de 05 (cinco) días hábiles contados a partir de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes.

La determinación de PETROQUÍMICA de dar o no por rescindido el contrato deberá estar fundada y motivada; y se notificará al PROVEEDOR dentro de los 20 (veinte) días hábiles siguientes a aquél en que se hubieren recibido los argumentos y pruebas o que se haya vencido el plazo estipulado en el párrafo anterior.

En caso de que PETROQUÍMICA resuelva rescindir el contrato, dicha rescisión surtirá sus efectos a partir de la fecha de notificación de la determinación respectiva.

La notificación, tanto del inicio del procedimiento de rescisión como de la determinación de la rescisión administrativa del contrato, serán notificadas por PETROQUÍMICA al PROVEEDOR conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

14.3 Rescisión por causas imputables a PETROQUÍMICA.

El PROVEEDOR sólo podrá rescindir este contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a PETROQUÍMICA se actualice alguno delos siguientes supuestos:

a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago;

b) Por no poner a disposición del PROVEEDOR el sitio donde se presten los servicios objeto de este contrato, cuando así corresponda; o

c) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo.

DÉCIMA QUINTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA

PETROQUIMICA podrá terminar anticipadamente el presente contrato, por las siguientes causas:

I. Por caso fortuito o fuerza mayor;II. Por no poder determinar la temporalidad de la suspensión; III. Cuando existan causas que impidan la ejecución del contrato;IV. Cuando se determine la nulidad total o parcial de actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una

inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública o los Órganos Internos de Control en Petróleos Mexicanos, yV. La extinción en la necesidad del servicio.VI. Cuando lo determine PETROQUIMICA.

El PROVEEDOR tendrá el derecho de recibir de PETROQUÍMICA, el pago por los servicios ejecutados hasta la fecha de terminación anticipada, así como el pago de los gastos que se originen por la terminación anticipada, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato, los cuales se limitarán a lo siguiente:

PETROQUÍMICA reembolsara al proveedor los gastos en que haya incurrido siempre que gastos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.

a) Pasajes y hospedaje de la persona que haya asistido a firma del contrato, en caso de que el “proveedor” no resida en el lugar en que se realice el procedimiento.

b) Costo de la emisión de garantías, exclusivamente para el proveedor adjudicado, yc) Los gastos no amortizados por concepto de:

I.- Oficinas, almacenes o bodegas que hubiere rentado el proveedor, con el objeto de atender directamente la prestación de los servicios, y

II.- La instalación y retiro de equipo destinados directamente a la prestación de los servicios.

d) El importe de los materiales y equipos de instalación permanente adquiridos por el proveedor para el cumplimiento del contrato, que no puedan ser utilizados por el mismo para otros fines, y

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e) Los gastos en que incurra el proveedor por concepto de liquidación del personal técnico y administrativo directamente adscrito a la prestación de los servicios, siempre y cuando hayan sido contratados para el cumplimiento del contrato y la liquidación se lleve a cabo ante autoridad competente.

De los conceptos citados únicamente se pagarán pasaje clase turista en cualquier medio de transporte utilizado y en hospedaje hasta 15 salarios mínimos diario vigentes en el distrito federal.

El PROVEEDOR podrá solicitar a la dependencia o entidad el pago de gastos no recuperables en un plazo mínimo de un mes, contado a partir de la fecha de terminación anticipada del contrato.

Los gastos no recuperables por los supuestos a que se refiere el párrafo anterior, serán pagados dentro de un término que no podrá exceder de 40 (cuarenta) días naturales a la solicitud fundada y documentada del proveedor.

En caso de terminación anticipada, el finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los 20 (veinte) días hábiles siguientes a la fecha de que se haya convenido la misma.

PETROQUÍMICA podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la terminación anticipada con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. PETROQUÍMICA hará constar en el finiquito, la recepción de los servicios que haya ejecutado el PROVEEDOR hasta la terminación anticipada del presente contrato.

El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.

En caso de que el PROVEEDORno comparezca al finiquito, PETROQUÍMICA procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.

DÉCIMA SEXTA.-SUSPENSIÓN

PETROQUÍMICA tiene la facultad de suspender temporalmente, en todo o en parte el contrato, en cualquier estado en que éste se encuentre, cuando las necesidades del proyecto o del contrato así lo requieran, sin que ello implique la terminación anticipada del mismo, para lo cual PETROQUÍMICA, comunicará al PROVEEDOR, señalándole las causas que la motivan, la fecha de su inicio y de la probable reanudación del contrato.

Cuando PETROQUÍMICA determine la suspensión del contrato, las partes, a partir de la notificación que dé por terminada la suspensión, suscribirán una memoranda de entendimiento o cualquier otro documento donde se reconozca el plazo de la suspensión, las fechas de reinicio y terminación de los servicios, así como la prórroga a la fecha de terminación del plazo de ejecución del contrato, sin modificar el plazo de ejecución establecido originalmente en el mismo y el PROVEEDOR podrá solicitar el pago de los gastos en que haya incurrido durante el periodo de la suspensión, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato, los cuales se limitarán a lo siguiente:

a) El treinta por ciento de las rentas del equipo inactivo o, si resulta más barato, los fletes del retiro y regreso del equipo al inmueble en el que se presta el servicio, y

b) Hasta el veinte por ciento de la renta de las oficinas que hubiere arrendado el proveedor, con el objeto de atender directamente las necesidades del servicio.

Los proveedores podrán solicitar a la dependencia o entidad el pago de gastos no recuperables en un plazo máximo de un mes, contado a partir de la fecha de la suspensión del servicio.

Los gastos no recuperables por los supuestos, serán pagados dentro de un término que no podrá exceder de cuarenta y cinco días naturales posteriores a la solicitud fundada y documentada del PROVEEDOR.

Cuando las suspensiones se deriven de un caso fortuito o fuerza mayor no existirá responsabilidad alguna para las partes. El pago de los gastos se limitará a lo siguiente:

I. Costo de la emisión de garantías, exclusivamente para el proveedor adjudicado, yII. Oficinas, almacenes o bodegas que hubiere rentado el proveedor, con el objeto de atender directamente la prestación de los

servicios, y la instalación y retiro de equipo destinados directamente a la prestación de los servicios.

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III. El importe de los materiales y equipos de instalación permanente adquiridos por el PROVEEDOR, para el cumplimiento del contrato, que no puedan ser utilizados por el mismo para otros fines, y

IV. Los gastos en que incurra el PROVEEDOR, por concepto de liquidación del personal técnico y administrativo directamente adscrito a la prestación de los servicios, siempre y cuando hayan sido contratados para el cumplimiento del contrato y la liquidación se lleve a cabo ante la autoridad competente.

Cuando por caso fortuito o fuerza mayor se imposibilite la continuación del contrato, se estará a lo dispuesto por la cláusula denominada “Terminación Anticipada”.

DÉCIMA SÉPTIMA.- OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR

El PROVEEDOR será el único responsable cuando los servicios objeto de este contrato, no se hayan realizado de acuerdo con lo estipulado en el mismo, o bien, conforme a las órdenes dadas por escrito por parte de PETROQUÍMICA; por lo que en estos casos PETROQUÍMICA podrá ordenar, la rectificación o reposición de aquellos servicios que se hubieren considerado como rechazados o discrepantes sin que el PROVEEDOR tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por cuenta del PROVEEDOR; en tal supuesto, el PROVEEDOR procederá de manera inmediata a la atención de la rectificación o reposición de los servicios rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para su conclusión.

Si el PROVEEDOR realiza servicios por mayor valor de lo indicado, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la ejecución de los servicios excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello.

El PROVEEDOR tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones requeridas por las dependencias gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del contrato,por lo que, también se obliga a cumplir y prestar el servicio en estricto cumplimiento con todas las leyes, reglamentos, y normas aplicables, sean éstas municipales, estatales o federales, asimismo, el PROVEEDOR deberá cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene de PETROQUÍMICA para la ejecución de los servicios.

El PROVEEDOR acepta que deberá proporcionar la información y/o documentación relacionada con este contrato, que en su momento se requiera, derivado de auditorías que los órganos fiscalizadores practiquen y, en su caso, la información que sobre este contrato le sea requerido a PETROQUÍMICA por la Secretaría de Energía y sus Órganos Desconcentrados.

Se conviene que las obligaciones del PROVEEDOR de acuerdo a este contrato,deberán incluir todas las actividades, insumos y en su caso, instalaciones que se consideren indispensables para la conclusión satisfactoria de los servicios en los términos de este contrato.

DÉCIMA OCTAVA.- RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES

El PROVEEDOR será el único responsable de la ejecución de los servicios y deberá sujetarse a todas las leyes, los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipaly a las instrucciones que al efecto le señale PETROQUÍMICA y cuando la ejecución del contrato implique riesgos para las instalaciones o el personal de PETROQUÍMICA o de sus proveedores y contratistas,deberá sujetarse a su sistema de seguridad industrial. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del PROVEEDOR.

Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el monto máximo del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penas por atraso y/o deducciones establecidas en el presente instrumento.

Con independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra y/o a terceros derivado por su actuar ilícito, o por dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin actuar ilícitamente y sin dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización.

Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, lucro cesante, punitivos, o consecuenciales no inmediatos.

Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no lo causó y así se haya determinadopor resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente.

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DÉCIMA NOVENA.- PROPIEDAD INTELECTUAL

El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos y el de los Organismos Subsidiarios, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su propiedad.

En caso de que la titularidad del PROVEEDOR sobre los serviciosmateria del presente contrato invada derechos de propiedad intelectual de un tercero, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a PETROQUÍMICA de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice PETROQUÍMICA en relación con el asunto.

Si se actualiza dicho supuesto, PETROQUÍMICA dará aviso al PROVEEDOR y en su caso, a las autoridades competentes, el PROVEEDOR, en un plazo de 10 (diez) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a PETROQUÍMICA un informe circunstanciado sobre la referida violación.

El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR se compromete a informar a PETROQUÍMICA respecto de los medios y estrategias de defensa necesarios que interpondrá, sin restringirse las facultades de PETROQUÍMICA de implementar sus propios medios y estrategias de defensa.

En caso de que derivado del objeto del presente contrato se generen derechos de propiedad intelectual, la titularidad sobre los mismos corresponderá en todo momento a PETROQUÍMICA.

Bajo el supuesto señalado en el párrafo inmediato anterior, el PROVEEDOR se obliga a obtener por parte de quien corresponda, los contratos de cesión de derechos, cartas de colaboración remunerada, o cualesquiera instrumentos necesarios para la acreditación o constitución en favor de PETROQUÍMICA de los derechos de propiedad intelectual generados.

VIGÉSIMA.- RESPONSABILIDAD LABORAL

El PROVEEDOR, como empresario y patrón del personal y de los empleados que ocupe o llegare a ocupar para la prestación de los servicios objeto de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores, los de sus subcontratistas y los de sus vendedores y, en su caso, de los beneficiarios de cualquiera de éstos.

Asimismo, el PROVEEDOR reconoce y acepta que con relación al presente contrato, actúa exclusivamente como PROVEEDOR independiente, que él y sus subcontratistas disponen de los elementos propios y suficientes para cumplir con las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores, por lo que nada de lo contenido en este instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el PROVEEDOR, incluyendo sus trabajadores o los de sus subcontratistas, beneficiarios o causahabientes y, PETROQUIMICA.

Por lo anterior, el PROVEEDOR acepta que PETROQUIMICA deducirá de los pagos a los que tenga derecho el PROVEEDOR, el monto de cualquier requerimiento de pago derivado de laudo firme ordenado por las Juntas Locales o Federales de Conciliación y Arbitraje, con motivo de los juicios laborales instaurados en contra de PETROQUIMICA por cualquiera de las personas antes mencionadas del PROVEEDOR o sus respectivos vendedores y/o subcontratistas.

Sin menoscabo de lo anterior, en caso de cualquier reclamación, demanda o contingencia laboral, relacionada con los supuestos establecidos en la presente cláusula y proveniente de los funcionarios o trabajadores, incluyendo sus beneficiarios o causahabientes, tanto del PROVEEDOR como de sus vendedores y/o subcontratistas, que pueda afectar los intereses de PETROQUIMICA o se involucre a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR queda obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación, demanda o contingencia laboral, obligándose también a resarcir a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios en cuanto así se lo solicite por escrito, de cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal contingencia laboral.

VIGÉSIMA PRIMERA.- COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES

Las partes se obligan a comunicarse por escrito toda información que se genere con motivo de la ejecución del presente contrato, incluido el cambio de domicilio, conforme a lo siguiente:

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Comunicaciones a PETROQUÍMICA:

Las comunicaciones relacionadas con este contrato deberán ser entregadas al Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato en forma personal o por cualquier otro medio que asegure su recepción en el domicilio siguiente: en el edificio administrativo en ejido Pajaritos S/N, SC C.P. 96380, Allende, Coatzacoalcos, Ver., con atención al Ing. Rafael Crispín Hernández Aguilar con teléfono 01-921-21140-00 Ext:30-30-816 ó en Planta de Tratamiento de Agua, a través de su representante el Ing. Dionicio Narváez Acosta, correo electrónico [email protected], con teléfono 01-921-21140-00, Ext. 34-360.

Comunicaciones al PROVEEDOR:

Las comunicaciones relativas a cuestiones técnicas o administrativas deberán ser entregadas en forma personal al representante del PROVEEDOR para la ejecución del contrato, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio que asegure su recepción al domicilio señalado en el numeral 2.4 del apartado de declaraciones de este contrato.

Las comunicaciones de índole legal deberán ser entregadas en forma personal al representante legal del PROVEEDOR, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio de mensajería que asegure su recepción, al domicilio señalado en el numeral 2.4 del apartado de declaraciones de este contrato.

VIGÉSIMASEGUNDA.- SEGUROS

El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que estime necesario.

VIGÉSIMA TERCERA.- REPRESENTANTES AUTORIZADOS DE LAS PARTES

PETROQUÍMICA, a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, supervisará la ejecución del presente contrato, a través de su representante, que será el Ing. Dionicio Narváez Acosta Jefe de la Planta de Tratamiento de Agua o quien se encuentre designado para realizar sus funciones del Complejo Petroquímico Morelos, dará al PROVEEDOR, por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida y con las modificaciones que, en su caso, ordene PETROQUÍMICA.

El PROVEEDOR se obliga a designar por escrito a un representante para la ejecución del contrato, quien contará con todas las facultades técnicas, administrativas, operativas, de decisión y para oír y recibir toda clase de comunicaciones relacionadas con la ejecución del contrato, aún las de carácter personal, así como contar con las facultades suficientes para la toma de decisiones en todo lo relativo al cumplimiento del contrato y sus anexos, las cuales deberán constar en instrumento público.

En cualquier momento, por causas justificadas, PETROQUÍMICA podrá solicitar el cambio de cualquiera de los representantes del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos correspondientes

VIGÉSIMA CUARTA.- COMPROMISO CONTRA LA CORRUPCIÓN

Durante la ejecución del contrato, las partes se conducirán con apego a los principios de transparencia, honradez e imparcialidad; se obligan a denunciar los actos de corrupción que tengan conocimiento; en general, cumplirán con lo establecido en la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, y se comprometen a actuar conforme a los principios consignados en los instrumentos internacionales señalados en la declaración 3 del presente acuerdo de voluntades.

El PROVEEDOR deberá de acordar con sus subcontratistas en los contratos que al efecto celebren que se comprometen a cumplir con las disposiciones que en materia de anticorrupción se establecen en el presente contrato.

El PROVEEDOR acuerda que durante la ejecución de este contrato ni él, ni sus subcontratistas o empleados de éstos ofrecerán, prometerán o darán por sí o por interpósita persona, dinero, objetos de valor o cualquier otra dádiva, a servidor público alguno, que puedan constituir un incumplimiento a la ley tales como robo, fraude, cohecho o tráfico de influencias.

El PROVEEDOR manifiesta y acepta que no hará, ya sea en el país o en el extranjero, (1) directa o indirectamente, dar u ofrecer una ventaja indebida a cualquier persona en relación con el puesto cargo o comisión, o (2) por sí mismo o cualquier otra persona, directamente o indirectamente, pedir, recibir o aceptar una oferta de una ventaja indebida en relación con el puesto, cargo o comisión, o (3) directamente o indirectamente, dar u ofrecer una ventaja indebida con el propósito de influenciar el desempeño de un puesto, cargo

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o comisión, o (4) por sí mismo o cualquier otra persona, directamente o indirectamente, pedir, dar o aceptar una oferta de una ventaja indebida con el propósito de influenciar el desempeño de un puesto, cargo o comisión. El PROVEEDOR acepta que cualquier incumplimiento a esta cláusula constituye un incumplimiento del contrato.

El PROVEEDOR deberá de informar de manera inmediata a PETROQUÍMICA cualquier acto u omisión que pudiera considerarse como acto de corrupción por parte de cualquiera de sus directivos, empleados, trabajadores, por lo que deberá de dar acceso a las autoridades competentes a los documentos que en su opinión sean relevantes para determinar dichos actos.

El PROVEEDOR deberá de informar de manera inmediata a PETROQUÍMICA:

(a) Cualquier petición o demanda recibida por el PROVEEDOR, o cualquiera de sus subcontratistas o filiales que pudiera constituir una violación a las leyes en materia de anticorrupción o un incumplimiento a las obligaciones relativas a anticorrupción; o

(b) Cualquier denuncia, procedimiento o investigación relacionada con soborno, corrupción o lavado de dinero en contra del PROVEEDOR, sus directores, oficiales, empleados, filiales o subcontratistas en relación con el presente contrato.

El PROVEEDOR deberá mantener un sistema de control interno que sea suficiente para garantizar la debida autorización y registro de todas las transacciones y pagos efectuados por el PROVEEDOR.

El PROVEEDOR deberá permitir a PETROQUÍMICA ya sea por si, o a través de terceros, el acceso e inspección de libros, registros e información contable localizadas en las instalaciones del PROVEEDOR a fin de auditar el cumplimiento del PROVEEDOR a las leyes en materia de anticorrupción y a las obligaciones relativas a anticorrupción previstas en el presente contrato.

El PROVEEDOR garantiza que en relación con el presente contrato, velará, con respecto a cualquier subcontratista o filial, incluyendo de manera enunciativa más no limitativa a cualquier sub-agente, representante u otro proveedor que podrá contratar para actuar en su nombre ante PETROQUÍMICA, que:

(a) su comportamiento será el adecuado;

(b) obtendrá del subcontratista o filial por escrito su aceptación de cumplir con las leyes en materia de anticorrupción y con las obligaciones relativas a anticorrupción.

En caso de que el PROVEEDOR o sus filiales o subcontratistas incurran en cualquiera de los actos señalados en la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, en el Código Penal Federal o en la Ley Federal de Competencia Económica mencionados en la declaración 3 del presente contrato, decretado en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional o administrativa competente en territorio nacional que cause ejecutoria, PETROQUÍMICA lo considerará como un incumplimiento sustancial al contrato y se procederá conforme a lo establecido en la cláusula denominada “Rescisión del contrato”.

Por lo anterior, la Administradora del Proyecto dará aviso a la Subdirección de Suministros de la Dirección Corporativa de Operaciones para que se hagan las anotaciones en el registro de proveedores y contratistas de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, y se dará vista al Órgano Interno de Control de PETROQUÍMICA para los efectos administrativos que procedan.

VIGÉSIMA QUINTA.- IDIOMA

La versión en español del contrato prevalecerá sobre cualquiera de sus traducciones.

Las partes se obligan a utilizar exclusivamente el idioma español en todas las comunicaciones relativas al contrato.

VIGÉSIMA SEXTA.- CONCILIACIÓN

Las partes podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento del contrato, el cual se substanciará conforme a lo dispuesto en las Leyes de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 35 de la Ley de Petróleos Mexicanos.

En el supuesto de que las partes lleguen a una conciliación, el convenio respectivo obligará a las mismas y su cumplimiento podrá ser demandado por la vía correspondiente. En caso contrario, quedarán a salvo sus derechos, para que los hagan valer ante la instancia respectiva.

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VIGÉSIMA SÉPTIMA.- TOTALIDAD DEL CONTRATO

Este contrato es una compilación de los términos y condiciones que rigen el acuerdo entre las partes con respecto al objeto del mismo y reemplaza y substituye cualquier convenio o entendimiento sobre dicho objeto. Ninguna declaración de agentes, empleados o representantes de las partes que pudiera haberse hecho antes de la celebración del contrato tendrá validez en cuanto a la interpretación de los términos del Contrato.

VIGÉSIMA OCTAVA.- ANEXOS

Acompañan y forman parte integrante de este contrato los anexos que a continuación se indican, firmados de conformidad por quienes suscriben el presente contrato o por quienes éstos designen.

Anexo “A” “Tarifa y catálogo de conceptos”Anexo “B” “Descripcion y Alcance del servicio”Anexo “C” “Textos de la(s) garantia(s)”Anexo “GIN” Grado de IntegraciónNacionalAnexo “SSPA”“Obligaciones de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios”

Así mismo, se considerarán como anexos del presente contrato, los que se pacten en el futuro entre ambas partes, de acuerdo con las estipulaciones de este contrato.

VIGÉSIMA NOVENA.- RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL

El presente contrato constituye el acuerdo único entre las partes en relación con el objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otra negociación o comunicación entre éstas, ya sea oral o escrita, anterior a la fecha en que se firme el mismo.

Las partes acuerdan que en el caso de que alguna de las cláusulas establecidas en el presente instrumento fuere declarada como nula por la autoridad jurisdiccional competente, las demás cláusulas serán consideradas como válidas y operantes para todos sus efectos legales.

El PROVEEDOR reconoce que los convenios modificatorios y/o de terminación anticipada y/o de prórroga serán suscritos por el servidor público que firma este contrato, o quien lo sustituya o quien esté facultado para ello.

El PROVEEDOR reconoce y acepta que la rescisión administrativa de este contrato podrá llevarse a cabo por el servidor público que lo suscribe o quien esté facultado para ello.

TRIGÉSIMA.-MECANISMOS DE PREVENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Cuando surja alguna controversia de carácter técnico o administrativo relacionado con la interpretación o ejecución del contrato, el PROVEEDOR podrá efectuar, dentro de los 05 (cinco) días naturales siguientes de haber surgido la misma, su reclamo por escrito ante el titular del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, a fin de que resuelva la diferencia existente entre las partes. En caso de no efectuar su reclamo en el plazo indicado en este párrafo, por razones debidamente motivadas y justificadas, las partes podrán acordar conocer y revisar el mismo.

El PROVEEDOR, por el desacuerdo con la resolución al reclamo, podrá interponer una discrepancia de carácter técnico o administrativo ante el Área Administradora del Proyecto, en los términos de esta cláusula.

Por cada controversia, el PROVEEDOR sólo podrá interponer un reclamo ante el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato.

Para resolver el reclamo, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato efectuará las consultas pertinentes y reunirá los elementos y/o documentos necesarios. El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato tendrá un plazo de 10 (diez) días naturales contados a partir de la recepción de la solicitud efectuada por el PROVEEDOR para emitir su determinación por escrito y comunicársela, estableciendo las bases contractuales de su decisión.

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Una vez recibida la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, el PROVEEDOR contará con un plazo de 05 (cinco) días naturales para comunicar su rechazo, en caso contrario se tendrá por aceptada perdiendo el derecho de presentar su reclamo como discrepancia técnica o administrativa.

Si el PROVEEDOR acepta la determinación final, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato procederá a la autorización del cambio y, en su caso, se procederá a la formalización del convenio correspondiente.

Si el PROVEEDOR no acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada Ley Aplicable y Jurisdicción.

Si la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato no es aceptada por el PROVEEDOR, éste podrá pedir que el reclamo se revise como discrepancia de carácter técnico o administrativo.

Si el PROVEEDOR opta por que el reclamo se revise como discrepancia de carácter técnico o administrativo, ésta versará sobre los mismos aspectos que dieron origen a su reclamo, por lo que no podrá agregar peticiones adicionales, supletorias o complementarias, subsanar defectos, hacer correcciones o sustituciones al reclamo original.

El procedimiento de discrepancia de carácter técnico o administrativo se llevará a cabo de la siguiente manera:

El PROVEEDOR deberá presentarla por escrito ante el titular del Área Administradora del Proyecto, indicando los temas en discrepancia, dentro de los 05 (cinco) días naturales siguientes a la fecha en que el PROVEEDOR hubiere recibido la determinación final del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, respecto de la resolución del reclamo.

La solicitud que al respecto haga el PROVEEDOR deberá indicar que se trata de una discrepancia de carácter técnico o administrativo sujeta a resolución y contendrá como mínimo:

a) Descripción pormenorizada de los hechos en discrepancia, relacionándolos en forma específica con la documentación que los compruebe;b) Indicación clara y precisa de sus pretensiones, expresando los argumentos y las disposiciones contractuales y legales que fundamenten su reclamo;c) Documentación comprobatoria de los hechos sobre los que verse la discrepancia, debidamente ordenada e identificada con número de anexo.

El Área Administradora del Proyecto verificará que la discrepancia haya sido presentada en tiempo y forma; en caso contrario la desechará. Si la discrepancia no es desechada, el titular del Área Administradora del Proyecto comunicará por escrito al PROVEEDOR el inicio del procedimiento de discrepancia, quien tendrá un plazo de 10 (diez) días hábiles para presentar todo documento o alegato que considere necesario y que no hubiera presentado junto con su solicitud. El titular del Área Administradora del Proyecto, con el apoyo de las áreas a las que competa la materia motivo de la controversia técnica o administrativa, procederá a analizar y estudiar el tema en discrepancia y citará por escrito al PROVEEDOR dentro de un plazo de 15 (quince) días naturales contados a partir del vencimiento del plazo para que el PROVEEDOR presente documentación o alegatos, para iniciar las aclaraciones.

Durante las aclaraciones, las partes se reunirán tantas veces como sea necesario y el titular del Área Administradora del Proyecto deberá comunicar su resolución al PROVEEDOR dentro de los 20 (veinte) días naturales siguientes de la celebración de la primera reunión.

Si el PROVEEDOR acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, el titular del Área Administradora del Proyecto autorizará el cambio que corresponda y, en su caso, se procederá a la formalización del convenio respectivo , concluyendo así el procedimiento para la resolución de reclamos y discrepancias de carácter técnico o administrativo con efectos jurídicos concernientes a las partes.

TRIGÉSIMA PRIMERA.- RECUPERACIÓN DE ADEUDOS

El PROVEEDOR, conviene expresamente que de las facturas que tengan origen en el presente contrato, se le descuente cualquier cantidad por concepto de adeudos derivados de cualquier acto jurídico celebrado entre el PROVEEDOR y PETROQUÍMICA.

TRIGÉSIMA SEGUNDA.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

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El presente contrato se regirá por las Leyes Federales de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones que de ellas emanen, en vigor. En caso de que surja cualquier controversia relacionada con el presente contrato, las partes acuerdan expresamente someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales de La Ciudad de Coatzacoalcos, Veracruz, por lo tanto, el PROVEEDORrenuncia irrevocablemente a cualquier fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier causa.

TRIGESIMA TERCERA.- FINIQUITO

Concluidos los servicios, PETROQUÍMICA a través de la persona designada por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato y el PROVEEDOR deberán elaborar dentro del término de 20 (veinte) días naturales, el finiquito del contrato, en el que se asentará el cumplimiento de las obligaciones recíprocas entre las partes. Asimismo se harán constar los ajustes, revisiones modificaciones y reconocimientos a que haya lugar, y los saldos a favor y en contra, así como los acuerdos, conciliaciones o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que, en su caso, se hayan presentado.

El plazo antes descrito podrá ser ampliado por acuerdo entre las partes hasta por un periodo igual al originalmente acordado, mediante la formalización de un acta.

El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.

Si procede, PETROQUÍMICA solicitará al PROVEEDOR en el finiquito, la presentación, extensión, reducción o ampliación de los instrumentos de garantía, y, en general, los necesarios para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la terminación del contrato.

En caso de que el PROVEEDORno comparezca al finiquito, PETROQUÍMICA procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.

TRIGÉSIMA CUARTA.- SUBCONTRATACIÓN

En caso de que el PROVEEDOR requiera subcontratar cualquier parte del contrato, que no haya incluido en su propuesta, deberá solicitar la autorización al Área Administradora del Proyecto con 03 (tres) días hábiles de anticipación a la pretendida subcontratación, indicando: (i) el nombre del posible subcontratista; (ii) la parte del contrato a ser subcontratada; y (iii) la información suficiente para que PETROQUÍMICA esté en condiciones de evaluar la capacidad técnica del posible subcontratista. Asimismo, PETROQUÍMICA tendrá el derecho de solicitar al PROVEEDOR cualquier información adicional a la entregada por éste, a fin de autorizar la subcontratación en cuestión. PETROQUÍMICA tendrá un período de 05 (cinco) días hábiles a partir de la fecha de recepción de la notificación, o a partir de la fecha de recepción de la información adicional solicitada, para aceptar o rechazar por escrito la celebración de dicho contrato. En caso de que transcurra el plazo antes referido sin que PETROQUÍMICA haya aceptado o rechazado por escrito la solicitud del PROVEEDOR, ésta se tendrá por no aceptada.

Lo anterior, sin perjuicio de la obligación del PROVEEDOR de cumplir el grado de integración nacional al que se comprometió en su propuesta de conformidad con el anexo GIN.

En el supuesto de que el PROVEEDOR desee sustituir a un subcontratista, deberá solicitar la autorización al Área Administradora del Proyecto en los términos señalados en la presente cláusula, no siendo esto motivo de incremento en los precios pactados ni en el plazo de ejecución.

No obstante cualquier subcontratación, el PROVEEDOR es y será el único responsable de las obligaciones del contrato. Los subcontratistas no tendrán acción o derecho alguno que hacer valer en contra de PETROQUÍMICA. Por lo tanto, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a PETROQUÍMICA de cualquier demanda o reclamación de cualquier tipo, incluyendo las de carácter laboral, que pudieran presentar los subcontratistas por la ejecución de los servicios relacionados con el contrato.

TRIGÉSIMA QUINTA.- OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL

El PROVEEDOR se obliga a cumplir y hacer cumplir por parte de su personal y subcontratistas, todos los requerimientos establecidos en el Formato 4 del Anexo “SSPA” de este contrato, el cual contiene las obligaciones de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección ambientalde los Proveedores y Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

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TRIGÉSIMA SEXTA.- NORMAS DE CALIDAD EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS

El PROVEEDOR acepta que la ejecución de los servicios objeto de este contrato y que preste a PETROQUÍMICA están bajo una certificación normativa, conforme a los Certificados de Calidad y normas mencionadas en el numeral 3 del Anexo “B”, que forma parte integrante del contrato.

TRIGÉSIMA SEPTIMA.- CONCEPTOS DE CONTROL INTERNO

Los conceptos denominados codificación / solicitud de pedido, I (imputación), número de referencia, centro gestor / posición financiera / centro de coste, y almacén, señalados en los Anexos del presente contrato, corresponden a datos de control interno de PETROQUÍMICAque no tienen implicaciones legales para el PROVEEDOR.

TRIGÉSIMA OCTAVA.- CONFIDENCIALIDAD:El PROVEEDOR deberá considerar y mantener como confidencial la información propiedad exclusiva de PETROQUÍMICA, y no podrá usarla o reproducirla total ni parcialmente para fines diversos de los estipulados en el presente contrato, sin el consentimiento previo y por escrito de PETROQUÍMICA.El PROVEEDOR garantiza que dicha información será revelada a sus empleados únicamente en la medida que necesiten conocerla y no hacer anuncio alguno, tomar fotografía alguna o proveer información alguna a cualquier miembro del público, la prensa, entidad comercial o cualquier cuerpo oficial a menos que haya obtenido el previo consentimiento por escrito de PETROQUÍMICA.Con el objeto de cumplir con las obligaciones anteriores, el PROVEEDOR conviene en tomar todas las medidas necesarias para asegurar que su personal mantenga dicha información en la más estricta confidencialidad, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el establecimiento de procedimientos, en consulta con PETROQUÍMICA para asegurar la confidencialidad de dicha información y la toma de todas las medidas necesarias para prevenir su revelación a cualquier parte no autorizada, así como remediar cualquier revelación no autorizada, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el requerir la celebración de contratos de confidencialidad por sus empleados y el instituir medidas de seguridad.

De igual forma, ambas partes reconocen y aceptan en considerar como confidencial toda aquella información técnica, legal, administrativa, contable, financiera, documentada en cualquier soporte material que se haya desarrollado y esté relacionado directa o indirectamente con el procedimiento de adjudicación o durante el desarrollo de los servicios, así como aquella información o documentación que origine cualquier reclamo o controversia técnica.

No obstante lo previsto en esta cláusula, la obligación de confidencialidad no será aplicable a: (i) la información de dominio público que no haya sido hecha pública a través del incumplimiento del contrato; (ii) la información que haya sido obtenida con anterioridad a su divulgación sin violar alguna obligación de confidencialidad; (iii) la información obtenida de terceros que tengan derecho a divulgarla sin violar una obligación de confidencialidad; (iv) la información que deba ser divulgada por requerimiento de leyes o requerimiento de autoridades gubernamentales, siempre que el hecho de no divulgarla sujetaría a la parte requerida a sanciones civiles, penales o administrativas y (v) la parte requerida notifique a la parte afectada con toda prontitud la solicitud de dicha divulgación.

Las obligaciones de confidencialidad contenidas en esta cláusula continuarán en efecto por un periodo de 05 (cinco) años contados a partir de la fecha de terminación o rescisión del mismo.

TRIGÉSIMA NOVENA.- OBLIGACIÓN SOLIDARIA

APLICA EN CASO DE CONSORCIOSLas partes que suscriben el presente contrato en su carácter de PROVEEDOR, asumen en forma solidaria la totalidad de las obligaciones de este contrato ante PETROQUÍMICA.

De acuerdo a la propuesta conjunta, el PROVEEDOR ha designado a la compañía (indicar la denominación o razón social) como líder en la ejecución del contrato. En caso de que el PROVEEDOR requiera cambiar a dicha compañía como Líder, deberá comunicar al Área Administradora del Proyecto, con por lo menos 03 (tres) días hábiles de anticipación, su decisión de designar a otro miembro del PROVEEDOR como la Compañía Líder, siempre que dicho miembro del PROVEEDOR, al momento de la adjudicación, cumpliera y para ese momento continúe cumpliendo, con los requerimientos establecidos para ser Compañía Líder.

APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICOEl PROVEEDOR y sus Obligados Solidarios, asumen en forma solidaria la totalidad de las obligaciones de este contrato ante PETROQUÍMICA.

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CUADRAGÉSIMA.- OTRAS ESTIPULACIONES

Cuando los servicios se efectúen en el interior de las instalaciones de PETROQUIMICA, el PROVEEDOR, para la realización de los mismos, deberá preferir en igualdad de condiciones y sin perjudicar los derechos que conforme a la ley tengan terceros, al personal que proponga el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana.

CUADRAGÉSIMA PRIMERA.- SOPORTE DEL SERVICIO

El PROVEEDOR, en relación con los servicios objeto del presente contrato, se compromete a mantener localmente una existencia mínima de refacciones con sus respectivas inversiones de partes y logística, equipos de respaldo, equipos de laboratorio, atención telefónica así como, contar en su caso, con soporte a nivel nacional e invariablemente con el personal técnico capacitado, actualizado y disponible para la debida prestación de los servicios en la forma y tiempo requerido por PETROQUÍMICA, de acuerdo con sus necesidades de operación.

Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente contrato lo firman de conformidad por duplicado en la Ciudad de ________, ___________ el día ____ de _________ de ____.

POR PETROQUÍMICA_______________________________

POR EL PROVEEDOR

_________________________________

REVISIÓNJURÍDICAPOR PARTE DE LA DIRECCIÓN JURÍDICA

________________________________

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DOCUMENTO 12CAUSAS DE DESECHAMIENTO

Se desecharán las proposiciones de los licitantes que incurran en una o algunas de las situaciones que a continuación se enlistan:

1. No presentar el DOCUMENTO 03 para acreditar la existencia y personalidad jurídica del licitante de conformidad con el punto 4 inciso A), del Documento 02 de estas bases.

2. No presentar copia del comprobante de pago de bases. Para el caso de pago a través del sistema en banco, si el pago de bases no se realizó en tiempo, forma y por la cantidad indicada, de conformidad con lo indicado en el inciso A), ultimo, penúltimo y antepenúltimo párrafo del punto 1.2 del Documento 02 estas bases de licitación.

3. Si la proposición no está firmada autógrafamente, por el apoderado o representante que firme el Documento 03, de conformidad con lo indicado en el segundo párrafo el punto 4 inciso A), del Documento 02 de estas bases.

4. No presentar su propuesta redactada en idioma español, si presenta tachaduras o enmendaduras y firmada autógrafamente por persona facultada para ello, de conformidad con el punto 4 inciso B) del Documento 02 de estas bases.

5. No entregar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, de conformidad con el punto 4 inciso C) del Documento 02 y Documento 07 de estas bases.

6. Cuando la Empresa licitante se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en el artículo 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y artículo 12 de las DAC´S.

7. Si no satisface cualquiera de los requisitos técnicos establecidos en el Documento 01, y en su caso las aclaraciones y modificaciones que se deriven de la(s) acta(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones a las bases y en la versión final de las bases que se haya emitido, de conformidad con el punto 4 inciso D) del Documento 02 y Documento 06 de estas bases.

8. Se desechará la propuesta que incurra en alguno(s) de los supuestos siguientes:

Que agregue la leyenda “o similar” a la marca que propone Que indique “marca propia” o “cotizo mi marca” Que proponga más de una marca para un mismo bien Que no indique marca o nombre del fabricante. Que no manifieste el plazo, lugar y condiciones de entrega que propone. Que algún documento esté firmado por “ausencia” o “por atención”

9. No presentar su propuesta in formación redactada en idioma español, salvo que sean acompañados de una

traducción simple al español.10. Si no cumple con cualquiera de los requisitos establecidos en las especificaciones técnicas, y en sus caso las

aclaraciones y modificaciones que deriven de la (s) acta(s) de la (s) junta(s) de aclaraciones a las bases.11. Si señala condicionantes dentro de su propuesta, a cualesquiera de los requisitos establecidos o modifique las

características especificadas de los servicios.12. Si manifiesta la subcontratación en cualquiera de las partes que NO se establezcan en las especificaciones técnicas.

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13. No incluir alguno de los documentos requeridos para la propuesta, o bien, si no satisface cualesquiera de los requisitos, legal, técnicos y económicos y en su caso las modificaciones, que se deriven de la (s) junta(s) de aclaraciones.

14. Si incurre en cualquier violación a la Ley y su Reglamento y las DAC´S.15. Di propone un plazo mayor al plazo establecido, para la realización de los servicios.16. Si falta de presentación de cualquier documento y/o manifestación que afecte directamente la solvencia de la

propuesta, solicitados en las bases, en la (s) acta (s) de junta (s) de aclaraciones y en cualquier modificación autorizada a las propias bases.

17. El No señalar dentro de su proposición, que los bienes que propone y entregará son nuevos, de conformidad con el punto 4 inciso L) del Documento 02 de estas bases.

18. Que proponga un plazo de entrega mayor al plazo máximo establecido en el punto 13.2 del Documento 02 de estas bases.

19. No elaborar su propuesta económica en Pesos Mexicanos. Proponer precios condicionados o variables. Si manifiesta que los precios incluyen el I.V.A., de conformidad con el punto 4 inciso E) del Documento 02 y Documento 06-A de estas bases.

20. Cuando el (los) precio(s) ofertado(s) por el licitante no fueren aceptables de acuerdo al punto 4.4.3 incisos C) del Documento 02 de estas bases.

21. El señalar condicionantes dentro de sus proposiciones, a cualesquiera de los requisitos establecidos en el punto 4 del Documento 02 de estas bases.

22. No ser claro, preciso y congruente en la documentación que integre a su propuesta, de acuerdo a lo solicitado.

23. No presentar los Documentos: 03, 06, 06-A, 07, 18 y 19 debidamente requisitados.

24. Entregar sin firma del representante indicado, cualquiera de los documentos que forman parte de su propuesta, incluyendo los documentos que pudiesen entregar fuera del sobre de la propuesta.

25. La falta de presentación de cualquier documento y/o manifestación que afecte directamente la solvencia de la proposición, solicitados en estas bases, en la(s) acta(s) de Junta(s) de Aclaraciones y en cualquier modificación autorizada a la propia bases y a su versión final.

26. Si existe cualquier incumplimiento a lo establecido en estas bases de licitación, y en su caso las aclaraciones y modificaciones que se deriven de la(s) acta(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones a las bases y en la versión final de las bases que se haya emitido, que afecte directamente la solvencia de su proposición.

27. Cuando se compruebe que ha habido acuerdo entre los licitantes para elevar los precios de los bienes objeto de estas bases o para obtener ventaja respecto a cualquier otro licitante.

28. Cualquier violación a la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento, DAC’s y demás disposiciones reglamentarias aplicables.

29. No presentar el Formato para la manifestación que deberá presentar el licitante de los servicios, para dar cumplimiento a lo establecido en el “Formato para la Manifestación del Grado de Contenido Nacional de los Servicios”, de acuerdo al numeral 4 inciso R) del Documento 02 y conforme al Documento 19 de estas bases.

DOCUMENTO 13ANEXO SSPA

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“OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LOS PROVEEDORES Y CONTRATISTAS QUE REALIZAN ACTIVIDADES EN INSTALACIONES DE PETRÓLEOS

MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS”

Este anexo podrá ser consultado en la página electrónica:

http://portal.ad.ptq.pemex.com/RM/Paginas/default.aspx

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DOCUMENTO 13-AFORMATO 4 ANEXO SSPA “LINEAMIENTOS DE REQUERIMIENTOS QUE DEBE CUMPLIR EL

PROVEEDOR”.

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DOCUMENTO 14 SOLICITUD DE EMISIÓN DE COMPROBANTES FISCALES POR CONCEPTO DE COMPRA DE BASES DE LICITACIONES.

No. de Solicitud: ( )-2014

Fecha: _______(2)__________

SOLICITANTE: ______________________________(3)______________________________________________R.F.C.: ______________________________(4)______________________________________________

DOMICILIO FISCAL:CALLE Y NÚMERO: __________________________(5)________________________________________________COLONIA: ___________________________________(6)_______________________________________________LOCALIDAD Y MUNICIPIO: ____________________(7)_________________________________________________ESTADO Y CÓDIGO POSTAL: ___________________(8)________________________________________________

NÚMERO DE LICITACIÓN Y DESCRIPCIÓN: __________________________(9)___________________________________________________________________________________________________________________________________

CANTIDAD: ______(10)__________ TIPO DE MONEDA: _____(11)_____IMPORTE SIN IVA: _______(12)_________ IMPORTE DEL IVA: ______(13)____IMPORTE TOTAL: ______(14)__________TIPO DE PAGO: ______(15)__________ CUENTA BANCARIA: ____(16)_____

DEBERÁN ANEXAR COPIA DE LOS DOCUMENTOS: REGISTRO FEDERAL DE CAUSANTES (RFC) COMPROBANTE DEL DEPÓSITO DE PAGO

CORREO ELECTRÓNICO DEL SOLICITANTE: _________________________________________________

LOS DATOS CONSIGNADOS EN ESTE DOCUMENTO SON DE EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD DE QUIÉN LOS PROPORCIONA

Autorizó: Recibe:

________(17)_________ ARQ. NINA CABRA CAMPILLO JEFE DE OBRA PÚBLICA

NOTAS: LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES QUE REQUIERAN COMPROBANTE FISCAL DEBERÁN ESTAR REGISTRADAS EN EL CATALOGO DE CLIENTES DEL ORGANISMO, EN CASO CONTRARIO DEBERÁN SOLICITAR SU ALTA CON 24 HORAS DE ANTICIPACIÓN AL PAGO DE BASES.

DEBERÁN ENVIAR LA SOLICITUD Y DOCUMENTOS REQUERIDOS EN EL HORARIO DE 8:30 A 13:00 HORAS DEL DÍA EN QUE SE REALICE EL PAGO.

PARA SER LLENADO POR PEMEX-PETROQUÍMICA

Instructivo para el llenado del documentoNUMERO DESCRIPCIÓN NUMERO DESCRIPCIÓN

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1Anotar el número de solicitud empleando 6 dígitos, 3 para el foliador y 3 para el número consecutivo. Ejemplos: COS 001, CAN 003

10Se deberá indicar el número de licitaciones para la emisión del comprobante fiscal.

2 La fecha se pondrá con 2 dígitos para el día, 2 dígitos para el mes y 4 para el año; ejemplo: 15-04-2012. 11 Deberá de contener las abreviaturas para pesos (M.N.)

y para dólares (USD) según sea el caso.

3Nombre completo de la persona física o moral que solicita el comprobante fiscal. Ejemplo: CONSTRUCCIONES GRUPE VÉRTICE, S.A. DE C.V.

12Anotar el importe total por el que se elaborará el documento sin IVA.

4 Registro Federal de Contribuyentes de la persona física o moral completo. Ejemplo: CGV060808GH0. 13 Anotar el importe del IVA que debe contener la factura.

5Domicilio fiscal proporcionado por el cliente o proveedor que incluye calle, número exterior y en su caso, interior. Ejemplo: Carrillo Puerto #307 Interior 03.

14Anotar el total del importe de la operación que debe contener la factura.

6

Colonia en donde se ubica el domicilio fiscal del cliente. Ejemplo: Colonia Vistalmar. 15

Anotar el tipo de pago que realiza (efectivo, transferencia electrónica de fondos, cheques nominativos, tarjetas de débito, de crédito): INFORMACIÓN REQUERIDA POR EL SAT.

7

Localidad o Delegación Política y Municipio del domicilio fiscal del cliente. Ejemplo: Villa de Allende, Coatzacoalcos. 16

Deberá anotar los 4 últimos números de la cuenta o de la tarjeta con que la que se realiza el pago correspondiente: INFORMACIÓN REQUERIDA POR EL SAT.

8 Estado y código postal del domicilio del cliente. Ejemplo: Veracruz, C.P. 96529 17 Nombre y firma de la persona Física o Moral que

solicita la generación del documento.

9 Número de evento por el que se elabora el documento fiscal y deberá indicar la descripción del bien. 18 Nombre, firma y cargo del personal de Pemex-

Petroquímica que recibe la solicitud del documento.

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DOCUMENTO 15

NOTA INFORMATIVA PARA INCLUIR EN LAS BASES DE LICITACIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL.

El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales , hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado.

Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales.

La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:

La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención. El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.

El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera.

Las responsabilidades del sector público se centran en:

Profundizar las reformas legales que inició en 1999. Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su

cumplimiento. Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición).

Las responsabilidades del sector privado contemplan:

Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorias externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.

Los contadores públicos: realizar auditorias; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.

Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.

Las sanciones impuestas a las personas físicas o morales (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes.

Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas.

El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.

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En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.

Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos:

“Artículo 222Cometen el delito de cohecho:

I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y

II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.

Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones:

Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado.

Capítulo XICohecho a servidores públicos extranjeros

Artículo 222 bisSe impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:

I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;

II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o

III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.

Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales.

Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración

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el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.”

* Fuente http//:www.funcionpublica.gob.mx

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DOCUMENTO 18

MODELO DE CONVENIO DE PARTICIPACIÓN CONJUNTA

(ESTE MODELO CONTIENE EL MÍNIMO DE INFORMACIÓN, SE PODRÁ ADICIONAR O MODIFICAR)

Convenio de participación conjunta que celebran por una parte el proveedor_________________ y por la otra el Proveedor___________________, para participar en la Licitación Pública Número________________, referente a: ___________________________, al tenor de las siguientes declaraciones y clausulas:

DECLARACIONES:

I. DECLARA EL PROVEEDOR______________________:

I.1.- Que acredita su legal existencia con el testimonio de la Escritura Pública Número. _________, volumen Número ________, de fecha ___ de _____ de ______, inscrita en forma definitiva en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de _______, bajo el acta número _______, tomo número____, volumen número ___________, de fecha _______, otorgada ante la Fe del Notario Público Número _____ de la Ciudad de ________, Lic. __________, y que su Registro Federal de Contribuyentes es: ________________(en caso de ser proveedor extranjero, sin domicilio fiscal en México, deberán manifestarlo así).

(Si fuera el caso): Que a la fecha se han celebrado las siguientes reformas y modificaciones al acta constitutiva inicial de la empresa: ______________________________________________________________________________________________________________________________________________________

Que los nombres de los socios que aparecen en las escrituras públicas con las que acredita la existencia legal de las personas morales, y de haberlas, sus reformas y modificaciones, son los siguientes: _____________________________________________________________________________________________________________________________________________________.

I.2.- Que el Señor ___________, acredita su personalidad y facultades como Representante Legal de dicha Sociedad, mediante el testimonio de la Escritura Pública Número_______ de fecha ___________ de __________ de ____ otorgada ante la fe del Notario Público Número _______, de la Ciudad de ________, Lic. ________________, y tiene como domicilio el ubicado en: ________________.

I.3.- Que su domicilio social se encuentra ubicado en:_______________ número _______,Colonia __________, Código Postal ________, en la ciudad de ________,______________.

II. DECLARA EL PROVEEDOR______________________

II.1.- Que acredita su legal existencia con el testimonio de la Escritura Pública Número. _________, volumen Número ________, de fecha ___ de _____ de ______, inscrita en forma definitiva en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de _______, bajo el acta número _______, tomo número____, volumen número ___________, de fecha _______, otorgada ante la Fe del Notario Público Número _____ de la Ciudad de ________, Lic. __________, y que su Registro Federal de Contribuyentes es: ________________(en caso de ser proveedor extranjero, sin domicilio fiscal en México, deberán manifestarlo así).

(Si fuera el caso): Que a la fecha se han celebrado las siguientes reformas y modificaciones al acta constitutiva inicial de la empresa: ______________________________________________________________________________________________________________________________________________________

Que los nombres de los socios que aparecen en las escrituras públicas con las que acredita la existencia legal de la persona jurídica (y de haberlas, sus reformas y modificaciones), son los siguientes:

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___________________________________________________________________________

II.2.- Que el Señor _______________________, acredita su personalidad y facultades como Representante Legal de dicha Sociedad, mediante el testimonio de la Escritura Pública Número_____ de fecha ______ de _____ de ______ otorgada ante la fe del Notario Público Número. ______, de la Ciudad de _________, Lic. ______________, y tiene como domicilio el ubicado en: ______________________.

II.3.- Que su domicilio social se encuentra ubicado en:_______________ número _______, Colonia __________, Código Postal ________, en la ciudad de ________,______________.

III.- LAS PARTES DECLARAN:

III.1.- Que celebran el presente convenio con fundamento en los Artículos 24 y 53 de las “Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios” y el numeral 4 inciso F) de las Bases de la Licitación Pública _______ número ______, cuyo objeto es: __________.

III.2.- Las partes de este convenio privado de participación conjunta, nos comprometemos al tenor de las siguientes

C L A U S U L A S:PRIMERAOBJETO.- Las partes convienen en agruparse con el fin de presentar proposición conjunta para participar en la licitación pública _______, número _______, cuyo objeto es __________

SEGUNDAPARTES DE LOS SERVICIOS QUE CADA AGRUPADO SE OBLIGA A CUMPLIR.

Las partes en este convenio se obligan a aportar, en caso de resultar adjudicados, lo siguiente:

I. El Proveedor __________________________:

(PARTES DE LOS SERVICIOS QUE SE OBLIGA A PRESTAR, O LA PARTICIPACIÓN QUE TENDRÁ EN EL GRUPO)

II. El Proveedor __________________________:

(PARTES DE LOS SERVICIOS QUE SE OBLIGA A PRESTAR, O LA PARTICIPACIÓN QUE TENDRÁ EN EL GRUPO)

Asimismo, la persona que actuará, en términos del inciso b) del artículo 24 de las “Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios”, como líder en la ejecución del contrato es ____________, siendo su domicilio para oír y recibir notificaciones _____________________________.

TERCERA DOMICILIO COMÚN. Las partes señalan como su domicilio común para oír y recibir notificaciones el ubicado en________ número _____, Colonia _______, Código Postal ______, en la ciudad de ______,_______, Tel. _____, Fax._____, correo electrónico ______.

CUARTA REPRESENTANTE COMÚN. Las partes convienen que el Proveedor __________, a través de su Represente Legal, Señor _______________, será el representante común, otorgándole todo el poder amplio, suficiente y necesario para que actúe ante Pemex Petroquímica en nombre y representación de las partes en todos y cada uno de los actos de la Licitación Pública referida, así como para atender todo lo relacionado con la propuesta en el procedimiento de licitación, mismo que firmará la proposición (es conveniente que se anote el nombre, dirección, teléfono, fax, y correo electrónico del representante común designado).

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QUINTAOBLIGACIÓN CONJUNTA Y SOLIDARIA. Las partes, se obligan en forma conjunta y solidaria entre sí y ante Pemex Petroquímica, para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del contrato que se firme producto de la Licitación Pública de referencia.

SEXTAFACTURACIÓN Y PAGO. Las partes acuerdan que los pagos por la prestación de los servicios, se efectúen a ( Anotar el nombre de la persona integrante del grupo a la que Pemex Petroquímica le efectuará el pago correspondiente ) , quien será la encargada de expedir la(s) factura(s) correspondientes y realizar los trámites de cobro.

SÉPTIMAINSTRUMENTOS. Asimismo, se adjuntan al presente convenio, los siguientes instrumentos que regulan el control del consorcio por quien actuará como líder en la ejecución del contrato, la resolución de controversias entre los participantes y los acuerdos de indemnización entre los mismos:____________________________________

El presente convenio privado de participación conjunta, se firma por las partes en ___ tantos originales, en la Ciudad de _____________, ________, a los _____ días del mes de ________________ de 2014.

PROVEEDOR PROVEEDOR

Representante Legal Representante Legal

PROVEEDOR PROVEEDOR

Representante Legal Representante Legal

DOCUMENTO 19

FORMATO PARA LA MANIFESTACION DEL GRADO DE CONTENIDO NACIONAL DE LOS SERVICIOS.

__________de __________ de ______________

C.P. JORGE VÍCTOR MEDINA JAVIERSUPERINTENDENCIA DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO MORELOS.

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P R E S E N T E

Licitación Pública Nacional No. ______(indicar numero de licitación)______Descripción de los trabajos a

realizarCantidad

(hrs)Costo

Mano de obra total (horas hombre totales (Y))Mano de obra nacional (horas hombre (X))Porcentaje de participación nacional en servicios (PPNS)

PPNS=(X/Y)*100Y=Costo de la mano de obra (horas hombre) total requerida o utilizada en la prestación del servicio.

X=Costo de la mano de obra nacional (horas hombre) utilizada en la prestación del servicioPara los casos en que la prestación de los servicios involucre bienes, el licitante deberá requisitar adicionalmente lo siguiente:

Con fundamento en lo establecido en el artícuo 23 de las DAC´S, los articulos 18 fraccion I y 19 de la ley Federal de Transparencia y Acceso a la informacion Publica Gubernamental, (nombre del representante) , en mi carácter de representante legal de (Nombre o Razon Social), manifiesto bajo protesta de decir verdad y entrego con el carácter de [confidencial o pública -SELECCIONAR CARÁCTER-] la informacion correspondiente al porcentaje de integracion nacional del (de los) siguiente(s) bien(es) que propone.

No. de partida

Descripcion % Integracion Nacional (0 a

100%)

Marca Campos adicionales, unicamente para distribuidores o comercializadores

Nombre o razon social del fabricante

Origen del bien

La información proporcionada en este formato forma parte de la propuesta del licitante, será de uso exclusivo de Pemex Petroquímica, misma que será utilizada para acreditar el contenido nacional solicitado y registrar el contenido actual, así como para desarrollar la estrategia para incrementar el contenido nacional a que hace mención el artículo décimo tercero transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos.

NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL)___________________NOMBRE DEL REPRESENTANTE:____________________________________

FIRMA: ______________________CARGO: __________________________________________________

FECHA: _____________________

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DOCUMENTO 20

COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA.

COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA PARA FORTALECER EL PROCESO DE CONTRATACIÓN ____________________________________________, QUE SUSCRIBEN PEMEX-PETROQUÍMICA, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR _______________________________________, EN SU CARÁCTER DE ___________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA PEMEX-PETROQUÍMICA Y _________________________________________________, REPRESENTADA POR ________________________________________ EN SU CARÁCTER DE _______________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL LICITANTE”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES Y COMPROMISOS:

CONSIDERACIONES

I. EL GOBIERNO FEDERAL SE HA COMPROMETIDO A IMPULSAR ACCIONES PARA QUE SU ACTUACIÓN OBEDEZCA A UNA CONDUCTA ÉTICA Y DE TRANSPARENCIA.

II. QUE ES DE SU INTERÉS CONTAR CON EL APOYO, PARTICIPACIÓN, VIGILANCIA Y COMPROMISO DE TODOS LOS INTEGRANTES DE LA SOCIEDAD.

III. QUE LA FALTA DE TRANSPARENCIA ES UNA SITUACIÓN QUE DAÑA A TODOS Y SE PUEDE CONSTITUIR EN FUENTE DE CONDUCTAS IRREGULARES.

IV. ES OBJETO DE ESTE INSTRUMENTO MANTENER EL COMPROMISO DE LAS PARTES EN NO TRATAR DE INFLUIR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN MEDIANTE CONDUCTAS IRREGULARES.

V. SE REQUIERE LA PARTICIPACIÓN DE LAS PARTES INVOLUCRADAS, PARA FORTALECER LA TRANSPARENCIA EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

VI. REPRESENTA UN COMPROMISO MORAL, EL CUAL SE DERIVA DE LA BUENA VOLUNTAD DE LAS PARTES.

VII. LA SUSCRIPCIÓN VOLUNTARIA DE ESTE DOCUMENTO DE “COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA”, NO SUSTITUYE A LA DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD QUE DEBE PRESENTARSE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 30 FRACCIÓN VII DE LA DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.

DENTRO DE ESTE MARCO LOS FIRMANTES, ASUMEN LOS SIGUIENTES: COMPROMISOS

I.- DEL LICITANTE

1. INDUCIR A SUS EMPLEADOS QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN PARA QUE ACTÚEN CON ÉTICA EN TODAS LAS ACTIVIDADES EN QUE INTERVENGAN Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS.

2. ACEPTAR LA RESPONSABILIDAD DE SU ACTIVIDAD PARA CON LA SOCIEDAD Y EL GOBIERNO FEDERAL.

3. ELABORAR SU PROPUESTA A EFECTO DE COADYUVAR EN LA EFICIENTE, OPORTUNA Y EFICAZ UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS PÚBLICOS DESTINADOS AL OBJETO DE LA CONTRATACION.

4. ACTUAR SIEMPRE CON HONRADEZ, TRANSPARENCIA Y LEALTAD Y MANTENER CONFIDENCIALIDAD SOBRE LA INFORMACIÓN QUE HAYA OBTENIDO EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

5. DESEMPEÑAR CON HONESTIDAD LAS ACTIVIDADES QUE CONFORMAN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN Y EN SU CASO, EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE ADQUIERA CON LA FORMALIZACION DEL CONTRATO.

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6. ACTUAR CON INTEGRIDAD PROFESIONAL CUIDANDO QUE NO SE PERJUDIQUEN INTERESES DE LA SOCIEDAD O LA NACIÓN.

7. OMITIR ACTITUDES Y REALIZACIÓN DE ACTOS QUE PUEDAN DAÑAR LA REPUTACIÓN DE LAS INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES O DE TERCEROS.

II.- DE PEMEX-PETROQUÍMICA1. EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS QUE POR RAZÓN DE SU ACTIVIDAD

INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN, PARA QUE ACTÚEN CON HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y CON ESTRICTO APEGO A LA LEGALIDAD, INTEGRIDAD, EQUIDAD Y EN IGUALDAD DE CIRCUNSTANCIAS PARA TODOS LOS LICITANTES QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS, ASÍ COMO A DIFUNDIR EL PRESENTE DOCUMENTO “COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA” ENTRE SU PERSONAL, Y TERCEROS QUE TRABAJEN PARA PEMEX, QUE POR RAZONES DE SUS ACTIVIDADES INTERVENGAN DURANTE EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

2. PROMOVER QUE LOS SERVIDORES PUBLICOS QUE PARTICIPAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN DESARROLLEN SUS ACTIVIDADES APEGADOS AL CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y AL CODIGO DE CONDUCTA DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.

3. EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS A NO ACEPTAR ARREGLOS COMPENSATORIOS O CONTRIBUCIONES DESTINADAS A FAVORECER O A OTORGAR VENTAJAS EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN O EN LA ADJUDICACION DEL CONTRATO.

4. FOMENTAR QUE LA ACTUACIÓN DE SUS SERVIDORES PÚBLICOS SEA EN TODO MOMENTO IMPARCIAL EN BENEFICIO DE LA INSTITUCIÓN Y SIN PERJUICIO DE LOS LICITANTES.

5. PROMOVER QUE SUS SERVIDORES PÚBLICOS LLEVEN A CABO SUS ACTIVIDADES CON INTEGRIDAD PROFESIONAL, SIN PERJUDICAR LOS INTERESES DE LA SOCIEDAD Y LA NACIÓN.

EL PRESENTE COMPROMISO CON LA TRANSPARENCIA SE FIRMA EN ________ A ____ DE ____ 20_____.

POR PEMEX-PETROQUÍMICA

Nombre y Cargo del Servidor Público.

Nombre de la EmpresaPOR EL LICITANTE

___________________________________Nombre y Cargo.

DOCUMENTO 21

(Manifestación del carácter de la documentación que integra la propuesta presentada por el Licitante)

(Lugar y Fecha)C.P. JORGE VÍCTOR MEDINA JAVIERSUPERINTENDENCIA DE PROCURA Y ABASTECIMIENTOP R E S E N T E

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Asunto: Manifestación de confidencialidad de documentos.

(Nombre del representante Legal), en representación de (Nombre del Licitante o Propuesta Conjunta), con fundamento en lo dispuesto en los artículos 18 fracción I y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, manifiesto que la información y/o documentos que se listan más adelante, mismos que integran la propuesta, presentadas en el proceso de la Invitación Restringida a Por lo Menos Tres Personas No. ____________, se entrega con carácter confidencial, reservada o comercial reservada.

LISTA DE DOCUMENTOS

Documento Sección Carácter Fundamento Legal

Atentamente,

[NOMBRE DEL LICITANTE][NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL]

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DOCUMENTO 22SOLICITUD DE CLAVE DE ACCESO A INFORMACIÓN DE LA BÓVEDA ELECTRÓNICA

FORMATO PPQFE01 (0)

SOLICITUD DE CLAVE DE ACCESO A INFORMACIÓN DE LA

BÓVEDA ELECTRONICA DE PETROLEOS MEXICANOS

FECHA SOLICITUD: / /

ALTA BAJA

NOMBRE O RAZON SOCIAL:

R.F.C

DOMICILIO FISCAL

CALLE/NUM COLONIA

CIUDAD/MUNICIPIO EDO. C.P.

A continuación le agradecemos proporcionarnos los datos del personal que podrá tener acceso a la Bóveda Electrónica de Petróleos Mexicanos- Pemex Petroquímica.

PROPIETARIO O PREPRESENTANTE LEGAL

NOMBRE:

TELEF: EXT Correo electrónico

ROLES / PERFILES

Esta información es relevante para la adecuada operación de la Bóveda Electrónica, por lo que será responsabilidad de la empresa ______________________________________________________________ informar por este mismo medio a Pemex-Petroquímica de cualquier cambio o modificación, en un plazo no mayor a 24 hrs.

Propietario o Representante Legal de la Empresa

FIRMA

_____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

Espacios para ser llenados por el Área de Administración de la Bóveda Electrónica

CLAVE DE USUARIO: PASSWORD: FECHA DE ALTA: / /

Vo. Bo.

Nombre:

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DOCUMENTO 23

REGLAMENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.

Este anexo podrá ser consultado en la página electrónica:

http://sspa.pemex.com/index.php?option=com_docman&task=cat_view&gid=182&Itemid=62

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DOCUMENTO 24

GUÍA DE ACCESO

http://www.ptq.pemex.com/RM/Adqleypemex/Lists/Invitaciones%20Licitaciones%20Ley%20Pemex/Attachments/592/02)%20GUIA%20DE%20ACCESO.pdf

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