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contabilidad

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Page 1: UNIDAD IMPUESTOS
Page 2: UNIDAD IMPUESTOS

impuesto - Cuota obligatoria pagada por individuos o instituciones a un gobierno central o local;

Son el principal instrumento que tiene el Estado para recaudar dinero y así atender sus gastos y realizar sus inversiones.

Page 3: UNIDAD IMPUESTOS

Impuestos Nacionales

Impuesto sobre la renta y complementarios

Impuesto al valor agregado ( IVA) Impuesto de timbre Gravamen a los movimientos

financieros GMF. Impuesto sobre la renta para la

equidad.

Page 4: UNIDAD IMPUESTOS

Principales impuestos municipales...Impuesto de industria y comercioImpuesto Complementario de avisos y tableros Impuesto Predial Unificado Impuesto de vehículos Impuesto a la Delineación Urbana Sobretasa a la Gasolina

Page 5: UNIDAD IMPUESTOS
Page 6: UNIDAD IMPUESTOS

Impuesto sobre las ventas IVAEl impuesto sobre las ventas, comúnmente

denominado impuesto al valor agregado IVA, es un gravamen

que recaesobre el consumo de bienes y servicios. En Colombia se aplica en las diferentes etapas del

ciclo económico de la producción, Importación y

distribución.

Page 7: UNIDAD IMPUESTOS

Clasificación de los bienes para efectos del IVA

Para la aplicación del impuesto sobre las ventas, los bienes y los servicios se clasifican en gravados, excluidos y exentos.

1.2. BIENES. 1.3. ¿ QUE SON BIENES ?Son aquellas cosas corporales o incorporales.

Las corporales son aquellas que tienen un ser real y pueden ser percibidas por los sentidos; como una casa o un libro.

Incorporales son aquellas que consisten en meros derechos y por lo mismo no pueden ser percibidas por los sentidos. Ejemplo: Derechos de Autor, Nombre Comercial. (Art. 653 Código Civil)

Page 8: UNIDAD IMPUESTOS

Clasificación de los bienes para efectos del IVA

1.3.1. ¿QUE SON BIENES GRAVADOS ?Son aquellos sometidos a gravamen, en cuya importación o comercialización se aplica el impuesto a la tarifa general o las diferenciales vigentes del 2%, 7%, 16%, 20%, 33%, 35% y 38%.1.3.2. ¿QUE SON BIENES EXCLUIDOS DEL IMPUESTO?Son aquellos que por expresa disposición de la Ley no causan el impuesto; por consiguiente quien comercializa con ellos no se convierte en responsable ni tiene obligación alguna en relación con el gravamen. Si quien los produce o comercializa pagó impuestos en su etapa de producción o comercialización, dichos impuestos no dan derecho a descuento ni a devolución, y por lo mismo constituyen un mayor costo del respectivo bien.

Page 9: UNIDAD IMPUESTOS

Clasificación de los bienes para efectos del IVA

1.3.3. ¿QUÉ SON BIENES EXENTOS DEL IMPUESTO?Son aquellos bienes que, atendiendo tanto a la naturaleza como a su destinación, la Ley ha calificado como tales. Estos bienes tienen un tratamiento especial y se encuentran gravados a la tarifa 0%; están exonerados del impuesto y los productores de dichos bienes adquieren la calidad de responsables con derecho a devolución, pudiendo descontar los impuestos ocasionados en la adquisición de bienes y servicios y en las importaciones, que constituyan costo o gasto para producirlos o para exportarlos. La Ley le ha dado el tratamiento de exentos a los siguientes bienes Ejemplo: Libros y revistas de carácter científico y cultural, Los bienes que se exporten, Alcohol carburante con destino a la mezcla de gasolina para los vehículos

automotores, Los bienes que se vendan en el país a las Sociedades de Comercialización

Internacional siempre que hayan de ser efectivamente exportados directamente o una vez transformados.

Page 10: UNIDAD IMPUESTOS

Clasificación de los bienes para efectos del IVA

1.3.4. ¿CUAL ES LA DIFERENCIA ENTRE BIENES EXENTOS Y BIENES EXCLUIDOS

La diferencia entre bienes exentos y excluidos del IVA consiste en que los productores de bienes exentos y los exportadores tienen derecho a solicitar los impuestos descontables y en consecuencia a configurar saldos a su favor en las declaraciones bimestrales, los cuales pueden ser materia de devolución o compensación. Por el contrario, las operaciones excluidas del impuesto no otorgan ese derecho, y por consiguiente el IVA pagado en la adquisición de bienes o servicios requeridos para las operaciones excluidas se convierte en factor de costo o de gasto y, finalmente, en factor de precio.

Page 11: UNIDAD IMPUESTOS

Quienes pertenecen al régimen simplificado del Impuesto sobre las ventas. [Año 2010] Pertenecen al régimen simplificado del Impuesto a las ventas las Personas naturales comerciantes y artesanos que sean minoristas o detallistas; los agricultores y ganaderos, que realicen operaciones gravadas, así como quienes presten servicios gravados, siempre y cuando cumplan con los siguientes y con la totalidad e las siguientes condiciones:

Que en el año anterior hubieren obtenido ingresos brutos totales Provenientes de la actividad gravada inferiores a cuatro mil 4.000 UVT [$109.940.000) UVT- 2014 $ 27.485

Que tengan como máximo un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio donde ejercen su actividad.

Que en el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no se desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier sistema que implique la explotación de intangibles.

Page 12: UNIDAD IMPUESTOS

Que no sean usuarios aduaneros.

Que no hayan celebrado en el año inmediatamente anterior (2014) contratos de venta de bienes o prestación de servicios gravados por valor individual y superior  3.300 UVT  [$90.700.500].

Que no celebre en el año en curso 2015 contratos de venta de bienes o prestación de servicios gravados por valor individual y superior  3.300 UVT  [$93.320.700].

Que el monto total de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año anterior (2014)  no supere la suma de (4.500 UVT) [$123.682.500]

Que el monto de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año en curso (2015) sean iguales o inferiores a $127.255.500.

Para la celebración de contratos de venta de bienes o servicios en el 2015 por cuantía individual superior a 3.300 UVT [$93.320.700], el responsable del régimen simplificado deberá primero inscribirse en el Régimen común.UVT. 2015- $ 28.279

Page 13: UNIDAD IMPUESTOS

Inscribirse en el RUT. Administrado por la DIAN. Llevar un libro fiscal de registro de operaciones diarias. Les esta prohibido cobrar el IVA. No presentan declaración de ventas. No les esta permitido descontar el valor del impuesto al las ventas pagado en las adquisiciones: éste forma un mayor valor del costo o gasto. Deben entregar a quien lo exija copia del documento en que conste la inscripción en el régimen simplificado. Exíbir en lugar visible al público el documento en que conste su inscripción en el RUT como perteneciente al régimen simplificado.

Page 14: UNIDAD IMPUESTOS

Requisitos.

Por regla general se es responsable del régimen común cuando no se cumpla los requisitos establecidos´para pertenecer al régimen simplificado. Todas las personas jurídicas pertenecen al régimen común.

Page 15: UNIDAD IMPUESTOS

Obligaciones.

Inscribirse en el RUT administrado por la DIAN.Llevar libros de contabilidad en debida forma.Registrar el impuesto a las ventas en la cuenta mayo “ IMPUESTO A LAS VENTAS POR PAGAR 2408”Expedir factura o documento equivalente y liquidar el impuesto correspondiente de la venta o servicio gravado.Presentar la declaración bimensual de ventas.De acuerdo con su calidad de agente de retención efectuar la retención de impuesto a las ventas.Informar a la DIAN sobre el cese de actividades.

Page 16: UNIDAD IMPUESTOS

Contabilización del impuesto sobre las ventas por pagar

El impuesto a las ventasdescontable es el pagado

porLos responsables del

impuestoa las ventas del régimen Común . Su valor se debita en esta cuenta.

El impuesto a la ventasGenerado es el que deben Cobrar los responsables del Impuesto a las ventas del régimen común. Su valor

se acredita en este rubro.

DEBEDESCONTABLE (COMPRADOR)

HABER GENERADO (VENDEDOR)

2408 Impuesto sobre las ventas por pagarTratamiento del IVA generado o descontable.

Page 17: UNIDAD IMPUESTOS

Contabilización del impuesto sobre las ventas por pagar

Cuando el IVA no se encuentra

discriminado en la factura, el comprador no puede descontarlo, debe

registrarlo como un mayor valor del costo o gasto.

Cuando el IVA no se encuentra

discriminado en la factura el

vendedor debe calcularlo y registrarlo mediante un crédito a esta cuenta.

DEBEDESCONTABLE (COMPRADOR)

HABER GENERADO (VENDEDOR)

2408 Impuesto sobre las ventas por pagarTratamiento del IVA No discriminado en la factura.

Page 18: UNIDAD IMPUESTOS

Contabilización del impuesto sobre las ventas por pagar

Cuentas a afectarACTIVO. 1105 Caja 1110 Bancos 1305 Deudores – Clientes 1435 Mercancía no fabricada por la empres. PASIVO 2205 Proveedores – Nacionales 2408 Impuesto sobre las ventas por pagar. 2408 05 IVA generado ( en ventas y servicios) 2408 08 IVA por devolución en ventas 2408 10 IVA descontable ( en compras y servicios) 2408 12 IVA por devolución en compras.

Page 19: UNIDAD IMPUESTOS

Contabilización del impuesto sobre las ventas por pagar

Cuentas a afectarINGRESOS 4135 Operacionales ventas – Comercio al por mayor y menor 4175 Devoluciones en ventas. (DB) 4210 40 Descuento comercial condicionado.GASTOS 5305 35 Descuento comercial condicionado. COSTO DE VENTAS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS 6235 Comercio al por mayor y al por menor 6205 Compras- de mercancías 6225 Devoluciones en compras ( CR)

Page 20: UNIDAD IMPUESTOS

Contabilización del impuesto sobre las ventas por pagar

1. Vendedor régimen común, comprador régimen simplificado.

2. Vendedor régimen simplificado, comprador régimen común.

3. IVA discriminado en la factura. 4. IVA en devolución de mercancías 5. IVA en descuento por pronto pago.