ta derecho municipal y regional

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Direccin Universitaria de Educacin a DistanciaEscuela Acadmico Profesional de Derecho y Ciencias Polticas

TRABAJO ACADMICO DE DERECHO MUNICIPAL Y REGIONAL

DOCENTE: HILDA MELO YLLANTICO

ALUMNA: CHIROQUE DIOSES, DEYSI DEL PILAR

CDIGO: 2012105604

DUED: PIURA

CICLO:VII - MODULO I 2014

TEMARIO.1. Evolucin Histrica y Social de los Municipios en el Per.Esquematizar la evolucin histrica y social de los Municipios en el Per, asimismo argumentar aspectos relevantes de la misma. (3ptos)

No fue generoso con las municipalidades. En el siglo XIX perdieron atribuciones y autonoma a pesar de leyes orgnicas promulgadas, en la medida que el Per se modernizaba, se creaban nuevas instituciones, el papel de las municipalidades tenda a disminuir, por la reforma bolivariana, siendo restablecidas en la constitucin de 1828, suprimidas luego con la Constitucin de 1839 y restablecidas luego con la Constitucin de 1856. En 1892, se promulg una Ley Orgnica, que se mantuvo vigente hasta 1984. La Constitucin de 1979 en su captulo XII, artculos 252 al 258, estableca que las municipalidades son los rganos del Gobierno Local y cuentan con autonoma econmica y administrativa en los asuntos de su competencia. La presente constitucin de 1993 en su artculo 194, dice: Las municipalidades provinciales y distritales son rganos de gobierno local. Tienen autonoma, poltica, econmica y administrativa en los asuntos de su competencia. Las municipalidades de los centros poblados son creadas conforme a ley. Su estructura orgnica es el Consejo Municipal, rgano normativo y fiscalizador y la Alcalda como rgano ejecutivo.Las Municipalidades en la Repblica Las Municipalidades en la ColoniaLas Municipalidades en el mundo andino prehispnicoEn la sociedad incaica asuma el gobierno el primognito, el hijo ms hbil, o el Inca elega al sucesor entre los varones ms aptos de su panaka. La forma de gobierno fue teocrtica. Se gobernaba no por eleccin popular sino porque los dioses as lo queran.Los espaoles instituyeron los cabildos. Sus funciones fueron cuatro: la administracin de justicia, el abasto de la ciudad, tareas administrativas y la representacin de la comunidad. Cabildo abierto (convocar a todos los vecinos para debatir asuntos de singular importancia para el pueblo.Administracin de justicia. La administraban los alcaldes de primero y segundo voto, conocan en primera y segunda instancia las causas civiles y penales y en segunda instancia, asuntos cuya cuanta no llegaba 60000 maravedes.El abasto de la ciudad. Funcin del fiel ejecutor, consista en la provisin y cuidado de la higiene de los productos alimenticios, pesas y medidas y lo concerniente a la recaudacin de las rentas municipales.Tareas administrativas. Supervisin de hospitales, escuelas, comercio, sistema de trabajo, defensa de la ciudad, espectculos, juegos, etc.Representacin de la ciudad. A travs de procuradores generales y procuradores especiales, siendo reemplazados despus por los sndicos, intervenan en los procesos a nombre del municipio.Importante. Los pronunciamientos libertarios en los aos previos a la independencia se originaron en los cabildos. La independencia del Per se decide formalmente no por la huida del virrey sino por una histrica sesin de cabildo en la ciudad, el 15 de julio de 1821, que vota por ella.

2. 3. Describir y Desarrollar los elementos constitutivos del Municipio, (3ptos)La Ley Orgnica de Municipalidades Ley N 27972 en su Ttulo Preliminar, Artculo I nos dice:Los gobiernos locales son entidades bsicas de la organizacin territorial del Estado y canales inmediatos de participacin vecinal en los asuntos pblicos, que institucionalizan y gestionan con autonoma los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacin y la organizacinEl Territorio.Es el espacio fsico determinado jurdicamente por los lmites geogrficos, en donde se efecta las actividades derivadas de la poblacin y del gobierno. Constituye la base material del municipio, es el mbito territorial para el desarrollo de la vida comunitaria.El artculo 189 de la Constitucin seala: El territorio de la Repblica est integrado por regiones, departamentos, provincias y distritos, en cuyas circunscripciones se constituye y organiza el gobierno a nivel nacional, regional y local, en los trminos que establece la Constitucin y la ley, preservando la unidad e integridad del Estado y de la Nacin. El mbito del nivel regional de gobierno son las regiones y departamentos. El mbito del nivel local de gobierno son las provincias, distritos y los centros poblados.Siendo los municipios entes que sirven de base a la organizacin territorial del Estado y son parte fundamental de su configuracin y organizacin fsica.La Poblacin.Son las personas que habitan en la circunscripcin de un municipio. Conforme a las ideas doctrinales es la facultad del hombre de accionar o afectar un lugar para poblarlo, ya sea por fines prcticos o por fines comunes, con el objeto de convivir en armona social.La poblacin es la caracterstica fundamental del municipio caracterizada por su mayor densidad y sus relaciones de vecindad; constituida por un conjunto de personas heterogneas: econmica y socialmente.No se puede concebir una municipalidad sin la concurrencia de una poblacin, asentada en un territorio determinado y con una autoridad comn, que gestiona los intereses de dicha colectividad hacia el desarrollo econmico y social.La Organizacin.Esta conlleva la presencia de la autoridad, porque el Estado como persona jurdica acta a travs de rganos y entes para cumplir sus funciones especficas, y en cuanto a su contenido una organizacin de tipo administrativo es el conjunto de normas jurdicas que regulan la competencia, relaciones jerrquicas, situacin jurdica, formas de actuacin y control de los rganos y entes en ejercicio de la funcin administrativa.La Ley Orgnica de Municipalidades, en su artculo 26, dispone que: La administracin municipal adopta una estructura gerencial sustentndose en principios de programacin, direccin, ejecucin, supervisin, control concurrente y posterior. Se rige por los principios de legalidad, economa, transparencia, simplicidad, eficacia, eficiencia, participacin y seguridad ciudadana, y por los contenidos en la Ley N 27444. Las facultades y funciones se establecen en los instrumentos de gestin y la presente ley.Finalmente la norma seala que las municipalidades tienen personera jurdica de derecho pblico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Es decir son sujetos de derecho, que ejercen su autoridad y funciones en representacin del Estado, de acuerdo a las funciones que le son propias.

4. 5. Graficar y desarrollar las siguientes estructuras (4 ptos)3.1 Organizacin de los Gobiernos Locales3.2 rganos de Coordinacin

ORGANIZACIN DE LOS GOBIERNOS LOCALES(ARTICULO 4 DE LA L.O.M. LEY N 27972)

MUNICIPALIDADES DISTRITALESMUNICIPALIDADES PROVINCIALESLA ALCALDIArgano ejecutivo del gobierno local.Alcalde representante legal y mxima autoridad administrativa.CONCEJO MUNICIPALAlcalde y nmero de regidores que establezca el JNE.Centros poblados: alcalde y 5 regidores.Funciones: normativa y fiscalizadora

ESTRUCTURA ORGNICA

Integran: Alcalde y regidores provinciales, alcaldes distritales de la jurisdiccin, representantes de las organizaciones sociales de base, comunidades campesinas y nativas, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, profesionales, universidades, juntas vecinales y cualquier otra forma de organizacin provincial.Representantes de la sociedad civil es de 40%, elegidos por un periodo de 2 aos por democracia.Asistencia de alcaldes es obligatoria e indelegable.Se renen ordinariamente 2 veces al ao y extraordinariamente cuando alcalde provincial convoque.Funciones: coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Municipal Provincial Concertado y el Presupuesto Participativo Provincial, Proponer las prioridades en las inversiones de infraestructura de envergadura regional, proponer proyectos de cofinanciacin de obras de infraestructura y de servicios pblicos locales, promover la formacin de Fondos de Inversin como estmulo a la inversin privada en apoyo del desarrollo econmico local sostenible, otras que le encargue el Concejo Municipal Provincial.RGANOS DE COORDINACINIntegran: representantes de las agrupaciones urbanas, rurales que integran el distrito dentro de la provincia (juntas vecinales), organizaciones sociales de base, vecinales o comunales, comunidades nativas y vecinos que representan organizaciones sociales de la jurisdiccin que promueven desarrollo local y participacin vecinal.Convoca y preside el primer regidor de la municipalidad distrital.Se renen ordinariamente 4 veces al ao podr ser convocada extraordinariamente por primer regidor o el 25% de los delegados vecinales.El delegado vecinal comunal es elegido en forma directa por vecinos del rea urbana o rural a la que representan.Funciones: Concertar y proponer las prioridades de gasto e inversin dentro del distrito y los centros poblados, proponer las polticas de salubridad, apoyar la seguridad ciudadana por ejecutarse en el distrito, apoyar el mejoramiento de la calidad de los servicios pblicos locales y la ejecucin de obras municipales, organizar los torneos y competencias vecinales y escolares del distrito en el mbito deportivo y cultural, fiscalizar la ejecucin de los planes de desarrollo municipal, las dems que delegue la municipalidad distrital.Integran: Alcalde y regidores distritales, Alcaldes de Centros Poblados de la jurisdiccin, representantes de las organizaciones sociales de base, comunidades campesinas y nativas, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier otra organizacin distrital.Representantes de la sociedad civil es de 40%, elegidos por un periodo de 2 aos por democracia.Asistencia de alcaldes es obligatoria e indelegable.Se renen ordinariamente 2 veces al ao y extraordinariamente cuando alcalde distrital convoque.Funciones: coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Municipal distrital Concertado y el Presupuesto Participativo distrital, Proponer elaboracin de proyectos de inversin y de servicios pblicos locales, proponer convenios de cooperacin distrital para prestacin de servicios pblicos, promover la formacin de Fondos de Inversin como estmulo a la inversin privada en apoyo del desarrollo econmico local sostenible, otras que le encargue el Concejo Municipal Distrital.La Junta de Delegados VecinalesEl Consejo de Coordinacin Local DistritalEl Consejo de Coordinacin Local Provincial

6. 7. Graficar y desarrollar la estructura orgnica administrativa conforme al Art. 28 de la Ley Orgnica de Municipalidades N 27972. (4 ptos)

rgano de alto nivel administrativo.Depende de alcalda.Direccin y responsabilidad: Gerente Municipal.Competencias: planear, dirigir, organizar, fiscalizar y controlar actividades de la municipalidad.

La GerenciaMunicipal

Est a cargo de un funcionario que depende funcional y administrativamente de Contralora General de la Repblica.Controla a los rganos de gobierno local incluido Alcalde y Regidores.Controla actos y operaciones de los gobiernos locales conforme a Ley.Emite informe anual al Concejo Municipal sobre sus funciones y del estado de los recursos municipales.Publica en portal electrnico de la municipalidad las observaciones, conclusiones y recomendaciones de cada accin de control.Apoya y/o ejecuta acciones de control a otras municipalidades si es designado.

Asesora a la alta direccin y dems rganos de la municipalidad en planeamiento de la gestin institucional, el seguimiento, monitoreo y evaluacin de los resultados de los procesos de planificacin, racionalizacin, inversiones, presupuestos, cooperacin internacional.Depende de la Gerencia Municipal.Brinda asesoramiento sobre adecuada interpretacin, aplicacin y difusin de las normas municipales.Organiza coordina y evala la ejecucin de actividades de carcter jurdico.Emite opinin legal.Est a cargo de Procuradores Pblicos Municipales, designados por el alcalde.Ejerce defensa jurdica del Estado en asuntos relacionados al Gobierno Municipal de acuerdo a la Constitucin, D.L. N 1068, Ley Orgnica de Municipalidades Y su Reglamento.Vinculacin normativa y funcional: Consejo de Defensa Jurdica del Estado y administrativamente a su municipalidad.Municipalidad puede celebrar convenios de cooperacin de asistencia jurdica, segn disposicin de Consejo de Defensa Jurdica del Estado sobre el particularLa Oficina de Asesora JurdicaLa Oficina de Asesora JurdicaLa Procuradura Pblica Municipal El rgano de Auditora Interna Estructura Orgnica Administrativa(Art. 28 LOM N 27972)

8. Clasificar y desarrolle los principales instrumentos tcnicos y normativos de la gestin municipal. (4ptos)Los Instrumentos de Gestin, vienen a ser aquellos documentos en los que se plasman todas las actividades de fortalecimiento y desarrollo Institucional, transparencia en la gestin, desarrollo econmico local, servicios municipales, democratizacin de la gestin, desarrollo humano y promocin social entre otras.Permitiendo desarrollarse internamente y proyectar a la comunidad la imagen de un gobierno edil serio, responsable, moderno, eficaz y eficiente a tono con las expectativas de la poblacin.Siendo los Principales Instrumentos de Gestin utilizados por una Municipalidad: Reglamento Interno del Consejo Municipal. El Organigrama Reglamento de Organizacin y Funciones (ROF) El Manual de Organizacin y Funciones (MOF) El Cuadro de Asignacin de Personal (CAP) El Presupuesto Analtico de Personal (PAP) El Presupuesto Nominativo de Personal (PNP) El Texto nico de Procedimientos Administrativos (TUPA) El Plan Operativo Institucional (POI) El Plan Estratgico Institucional (PEI) EL Reglamento Interno de Control y Permanencia de Personal.

Reglamento Interno del Concejo Municipal. (RIC) Regula la organizacin y funcionamiento del Concejo Municipal. Precisa las atribuciones y funciones que la ley N 27972 establece para sus miembros. Establece la correspondencia del ejercicio de las competencias, atribuciones y funciones que establece la Constitucin Poltica del Estado, la Ley Orgnica de Municipalidades y dems normas legales que as lo expresen. Ordena el desarrollo de las sesiones de Concejo Municipal Determina la legitimidad de presidir la sesin. Delimita acciones que afecten derechos fundamentales al honor, la intimidad personal o familiar y la propia imagen de la Municipalidad.El Organigrama.Representa en forma grafica y esquematizada la estructura de la Municipalidad.Se considera en el organigrama a los rganos de Gobierno y Alta Direccin como aquellos que ejercen la accin de gobierno de la municipalidad y en consecuencia fijan y disponen la ejecucin de polticas y objetivos de desarrollo local que deben ejecutar en cumplimiento de sus atribuciones, entre ellos tenemos al Concejo Municipal, La Alcalda y la Gerencia Municipal.El organigrama: Indica la divisin del trabajo. Seala los niveles jerrquicos. Establece las lneas de autoridad y responsabilidad. Indica los canales formales de comunicacin. Precisa la naturaleza lineal o Staff de los rganos. Da Una idea general sobre la organizacin actual y propuesta de una municipalidad.

Reglamento De Organizacin Y Funciones (ROF)Es el instrumento normativo de Gestin Institucional, a travs del cual se precisan las funciones generales, lneas de autoridad, responsabilidad y coordinacin a nivel de unidades orgnicas establecidas en la Estructura Orgnica de la Institucin. Se aprueba a travs de Ordenanza Municipal. Este Instrumento Normativo de Gestin, sirve de gua y regula el funcionamiento de los diversos rganos de la administracin municipal, para el mejor cumplimiento de sus funciones y el consiguiente logro de las metas y objetivos programados en el Plan Operativo Institucional (POI), en el Plan de Estratgico Institucional (PEI) y el Plan de Desarrollo Concertado (PDC).

El Manual de Organizacin y Funciones (MOF). Instrumento normativo de gestin municipal que detalla y especifica las funciones que corresponde desarrollar a una determinada Oficina; los rganos que comprende y sus funciones; los cargos que conforman cada rgano, sus funciones, sus lneas de autoridad y responsabilidad y sus requisitos mnimos.Municipalidades grandes y medianas deber contar obligatoriamente con su respectivo MOF.Las semejanzas y las diferencias entre el ROF y el MOF son:Semejanzas.Ambos constituyen una respuesta a la pregunta Qu se va hacer?Ambos documentos recogen para su aplicacin, los principios de organizacin.DiferenciasEl ROF es a nivel de toda la Municipalidad y describe las funciones generales de cada uno de sus rganos.El MOF, en cambio comprende especficamente a un rgano determinado, llmese Oficina, Direccin, Departamento, etc. y describe las funciones al detalle de cada uno de sus cargos.

El Cuadro de Asignacin de Personal (CAP)Documento de gestin municipal que prev los cargos que una Municipalidad requiere para su normal funcionamiento en un perodo determinado en que rija la organizacin vigente. El CAP, es pues, una planificacin de los cargos que necesita una Municipalidad, sea grande, mediana o pequea.La base Legal para su elaboracin es obligatoria, 'Normas para la Formulacin, Aprobacin, Revisin y Modificacin del Cuadro para la Asignacin de Personal (CAP)", aprobado por Decreto Supremo No 002- 83-PCM; y asimismo, D.S. No 043-2004-PCM.Se tiene en cuenta para su elaboracin los siguientes documentos:1. El Reglamento de Organizacin y Funciones (ROF) aprobado2. La Directiva No 004-82-INAP/DNR, aprobada por Decreto Supremo No002-83-PCM del 31-01-83.3. El Manual Normativo de Clasificacin de Cargos, que podra utilizarse como elemento exclusivamente referencial para la nomenclatura de los cargos.4. El Decreto Supremo No 043-2004-PCM, que aprueba los Lineamientos para la elaboracin y aprobacin del Cuadro para Asignacin de Personal CAP.La dependencia encargada de elaborar el CAP es la Oficina de Racionalizacin de la Municipalidad o la que haga sus veces, o por una Comisin presidida por el Gerente Municipal e integrada por los jefes de Planificacin y Racionalizacin, Jefe de Administracin y el Jefe de Recursos Humanos.Importancia Del Cuadro De Asignacin De Personal:1. Determina los cargos, a travs de los cuales ser posible cumplir las funciones sealadas en el Reglamento de Organizacin y Funciones y las metas indicadas en los planes de trabajo.2. Es el punto de partida para elaborar el Presupuesto de Personal. La elaboracin del CAP debe obedecer a las necesidades reales de los cargos que tiene una Municipalidad de acuerdo con sus objetivos, funciones, estructura orgnica y relaciones.3. Seala las Remuneraciones que se debe otorgar al Personal, tomando como base la normatividad vigente y la disponibilidad presupuestal con que cuenta la Municipalidad.4. permite efectuar la descripcin de los cargos para efectos de clasificarlos y de elaborar el Manual de Organizacin y Funciones.

El Presupuesto Analtico de Personal (PAP)Es un documento de Gestin Institucional, que considera el presupuesto del personal nombrado y contratado, en funcin de la disponibilidad presupuestal, conforme a la Ley. Detalle de la disponibilidad presupuestal para el pago de haberes del personal, y el monto, techos salariales y dems ligadas a pagos de obligaciones de personal.

El Texto nico de Procedimientos Administrativos (TUPA)Documento unificado de cada entidad de la Administracin Pblica que contiene toda la informacin relativa a la tramitacin de los procedimientos administrativos que se realicen ante las distintas dependencias.Importancia.1. Permite identificar los procedimientos ante la Municipalidad.2. Permite identificar los costos de los procedimientos.3. Permite identificar los plazos de los procedimientos.4. Permite simplificar los procedimientos.5. Permite identificar los requisitos de los procedimientos.

El Plan Operativo Institucional (POI)Es un instrumento indispensable de organizacin, en el cual se deben contemplar todos los detalles para la realizacin de las actividades contenidas en todo Proyecto: La formulacin precisa de tareas, las unidades de medida, el cronograma, el responsable, los requerimientos y el costo total de su ejecucin.La formulacin precisa de las tareas que contienen las actividades consideradas en el Proyecto, facilita su cumplimiento en los trminos deseados.La unidad de medida identifica las metas fsicas de los productos o servicios que se van a elaborar o generar, con precisin de cantidad, calidad y tiempo.El cronograma ayuda a ubicar las principales tareas de la actividad a lo largo del tiempo definido en la meta.El responsable es la persona individualizada para asegurare! Cumplimiento de las diferentes tareas que contienen las actividades; esta definicin ayuda a precisar el conjunto de tareas y actividades encargadas a cada una de las personas involucradas en el cumplimiento del Plan Operativo, ms all de dejar la responsabilidad a una seccin o departamento.Los requerimientos son todos los insumos y condiciones necesarios para el cumplimiento de una tarea o actividad y su identificacin cuidadosa es un requisito indispensable para el costeo integral de las mismas.Finalmente, se debe precisar el costo de las tareas para obtener el costo de la actividad, con la indicacin del momento oportuno del gasto calendario valorizado para las previsiones tcnico administrativas correspondientes.El Plan Operativo es un proceso que se desarrolla inmediatamente despus de aprobada la ejecucin de un determinado proyecto. Debe ser anual, porque ayuda a considerar las actividades desagregadas en tareas para un ao de ejercicio.El plan operativo es importante porque garantiza la unidad de criterios y contenidos definidos en la Planificacin Estratgica y Diseo de Proyectos y porque permite organizar en secuencia lgica las actividades previstas para la obtencin de los resultados definidos en los proyectos.

El Reglamento Interno de Control y Permanencia de PersonalConstituido por un conjunto de normas sustantivas y de procedimientos debidamente estructurados de conformidad a las disposiciones legales vigentes y los lineamientos de poltica del Concejo Municipal.Determina los derechos y obligaciones de los servidores de la Municipalidad con respecto a las labores que desempean; su conocimiento, permitir cumplir las funciones dentro de un ambiente laboral de comprensin y procedimientos orgnicos debidamente ordenados y regulados.Es un instrumento normativo que regula las relaciones jurdico-laborales entre la Municipalidad y sus trabajadores, siendo su observancia de cumplimiento obligatorio.

Son rganos Normativos y de fiscalizacin. Las comisiones de regidores (permanentes y especiales) que se conforman peridicamente en la Municipalidad.

rgano de Control Institucional OCI. Es el rgano de control, aquel que efecta la verificacin los resultados de la gestin en los aspectos administrativos, financieros y cumplimiento de los objetivos y metas institucionales.

La Procuradura Pblica Municipal. rgano de Defensa Judicial del Estado el mismo que se encarga de defender judicialmente todos los intereses de la Municipalidad como Institucin.rganos consultivos y de Coordinacin. Tenemos: El Consejo de Coordinacin Local Provincial y Distrital, La Junta de Delegados vecinales Comunales, El Comit Provincial y Distrital de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil y El Comit Multisectorial de Desarrollo.

rganos de Asesoramiento. Presentan sugerencias, formulan propuestas y orientan. Satisfaciendo la necesidad del consejo, ayuda especializada e informacin tcnica a la Alta Direccin y de los rganos de Lnea, entre ellas tenemos a la Oficina de Asesora Jurdica y la Oficina de Planificacin, con sus respectivas dependencias.

rganos de Apoyo. Prestan servicios de carcter auxiliar o complementario a todos los rganos de lnea y de asesoramiento de la Municipalidad, tenemos: Oficina de Administracin con sus dependencias la Unidad de Recursos Humanos, Unidad de Abastecimiento, Unidad de Contabilidad, Unidad de Tesorera y la Unidad de Logstica y Patrimonio; adems de ello estn la Oficina de Secretaria General que es la encargada de llevar el archivo de la Municipalidad, la proyeccin de documentos normativos y todo lo que vea con el pronunciamiento de la Alta Direccin y Gobierno.

rganos de lnea. Ejecutan los servicios locales y proyectos de inversin teniendo como marco general las competencias sealadas en la Ley Orgnica de Municipalidades, estn directamente relacionadas con la comunidad y son la parte dinmica de la municipalidad, tenemos la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural con sus dependencias: Unidad de Estudios, Proyectos de Inversin y Supervisin, Unidad de Obras Publicas, Liquidacin y Equipo Mecnico y la Unidad de catastro y Habilitaciones Urbano Rural y tambin la Gerencia de Desarrollo Social Rural Urbano, con sus respectivas dependencias: Unidad de Desarrollo Econmico y Participacin Ciudadana, Unidad de Diversidad Cultura, Deporte y Turismo, La Unidad de Seguridad Ciudadana, Transporte y Circulacin Vial y la Unidad de proteccin Ambiental y Regulacin del comercio; rganos desconcentrados, llamados programas, las cuales son: Programa Instituto Vial, Programas Asistencia Social y Seguridad, Programa DEMUNA y Asistencia a Discapacitados, programa Terminales Terrestres de pasajeros, Programa camal Municipal, Programa de centro de Produccin y Desarrollo y programa de Administracin Tributaria y rentas.

Fuentes Bibliogrficas Consultadas. Mllap Rivera, Johnny. Comentarios al Rgimen Normativo Municipal. Primera Edicin. 2013. Gaceta Jurdica. 718 pg. http://cecudha.blogspot.com/2008/03/instrumentos-de-gestion-municipal.html http://www.municipioaldia.com/procedimientos_e_instrumentos_de_gestion.html http://derechomunicipalyregionaldued.blogspot.com/2010/09/evolucion-historica-y-saocial-de-las.html http://www.google.com.pe/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&frm=1&source=web&cd=10&sqi=2&ved=0CGcQFjAJ&url=http%3A%2F%2Fwww.ilustrados.com%2Fdocumentos%2Faportes-doctrinarios-municipio-peruano-080108.doc&ei=na-HU5bBF9aeqAaIgYLYAw&usg=AFQjCNH7_A_8_BwEPlUczES8Jj1icoWmyA http://www.inicam.org.pe/2006/descargar/final%20IGL/Instrumentos%20de%20la%20Gestion%20Municipal.PDF

ORGANIGRAMA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PAITA