"sunafil: participación en las utilidades - casuística"

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  • 8/15/2019 "Sunafil: Participación en las utilidades - casuística"

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    PARTICIPACION ENLAS UTILIDADES

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    BASE LEGAL

    1. D.LEG.677 (09.10.1991) Aplicable a partir del ejercicio 1992.

    2. D.LEG.892 (11.11.1996) Aplicable a partir del ejercicio 1997.3. D.S. N°009-98-TR (06.08.1998) Vigente a partir del 07.08.98.

    4. T.U.O. de la Ley del Impuesto a la Renta - D.S. N° 179-2004-EF

    (08.12.2004).

    5. Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta –  D.S. N° 122-94-EF.

    6.Resolución N° 046-2011-EF/94 del Consejo Normativo de

    Contabilidad (01.02.2011). Vigente a partir del ejercicio 2011.

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    ¿QUÉ ES LA PARTICIPACIÓN EN UTILIDADES?

    Es un beneficio social que tiene por finalidad que los trabajadoresparticipen en la distribución de las utilidades de la empresa.

    Los objetivos de la participación en las utilidades son:

    Aumenta la productividad con

    esfuerzo conjunto de

    trabajadores y empresarios.

    Identifica

    a los trabajadores

    con la empresa.

    Eleva el nivel económico

    de los trabajadores y sus

    familias.

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    ¿QUIENES ESTAN OBLIGADOSA DISTRIBUIR UTILIDADESENTRE LOS TRABAJADORES?

    Todas las empresas del régimen privado que desarrollenactividades que generan rentas de tercera categoría y quecuenten con más de 20 trabajadores están obligadas a

    repartir utilidades.Son RENTAS DE TERCERA CATEGORÍA las generadas por:a) La realización de actividades que constituyan negocio habitual. Ejm:

    comerciales, industriales y mineras; explotación agropecuaria, forestal,pesquera o de otros recursos naturales; la prestación de servicios

    comerciales, financieros, industriales, transportes, etc.b) Las generadas por agentes mediadores de comercio (corredores de segurosy comisionistas mercantiles), Rematadores y Martilleros, Notarios, por elejercicio en asociación o en sociedad civil de cualquier profesión, arte,ciencia u oficio.

    c) Cualquier otra ganancia o ingreso obtenido por las personas jurídicas.

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    ¿QUIENES ESTAN EXCLUIDOSDE LA PARTICIPACION EN UTILIDADES?

    Las Cooperativas, autogestionarias, las sociedadesciviles, y las empresas que no excedan de veinte (20)trabajadores.

    (Decreto Legislativo N° 677- Artículo 9)

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    ¿CUAL ES EL PLAZO PARA PAGAR LAS UTILIDADES?

    La participación que corresponde a los trabajadores

    será distribuida dentro de los treinta (30) díasnaturales siguientes al vencimiento del plazo

    señalados por las disposiciones legales, para la

    presentación de la Declaración Jurada Anual del

    Impuesto a la Renta.(Decreto Legislativo 892-Artículo 6)

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    La PTU se calculará sobre el saldo de la Renta

    Imponible del ejercicio gravable que resulte después

    de haber compensado pérdidas tributarias de

    ejercicios anteriores de acuerdo con las normas del

    IR.(Dec.Leg.892-Art.4)

    BASE DE CALCULO: PTU

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    Se precisa que el saldo de la renta imponible a que se

    refiere el Art.2-Dec.Leg.892, es aquel que se obtiene

    luego de compensar la pérdida de ejercicios anteriores

    con la renta neta determinada en el ejercicio, sin que

    ésta incluya la deducción de la PTU.

    (Ley 28873-Art.2)

    BASE DE CALCULO: PTU

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    ¿CÓMO SE DEDUCEN LAS UTILIDADES A REPARTIRDE LA RENTA BRUTA?

    RentaNeta RentaBruta

    Gastos paraproducir o mantener

    su fuente *

    * Entre otros: todos los pagos a favor de los servidores en virtud delvinculo laboral y con motivo del cese (LIR: Art 37° literal l)

    -=

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    LIMITE EN LA DISTRIBUCION DE UTILIDADES

    La participación que pueda corresponderle a lostrabajadores tendrá respecto de cada trabajador, comolímite máximo, el equivalente a 18 remuneraciones

    mensuales que se encuentren vigentes al cierre delejercicio.

    (Dec.Leg.892-Art.2, penúltimo párrafo).

    El exceso a los 18 remuneraciones serán entregadasal MTPE para ser destinado a la capacitación laboral, ala promoción del empleo así como a obras deinfraestructura vial.

    Ó

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    ¿CÓMO SE CALCULA EL MONTO DE LASUTILIDADES DE CADA TRABAJADOR?

    El calculo de las utilidades a distribuir a cada

    trabajador se efectúa en función a:

    Remuneracionesdel trabajador

    50%

    Los díasefectivamente laborados

    50%

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    ¿ QUÉ MONTOS SE CONSIDERANREMUNERACIÓN, PARA EL CÁLCULO?

    Se considera el íntegro que se percibe por los servicios

    prestados.

    No están comprendidos aquellos conceptos noremunerativos como gratificaciones extraordinarias,vales de alimentos o asignación por educación, por

    ejemplo.

    É Í

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    ¿QUÉ DÍAS SE CONSIDERAN COMOEFECTIVAMENTE LABORADOS, PARA EL CÁLCULO?

    Los días real y efectivamente trabajados,

    Las inasistencias consideradas asistencias, por ley, ejm:- Descanso médico por accidente de trabajo o enfermedad ocupacional, pero

    no por enfermedad común,- Licencias sindicales,

    - Licencias de los miembros del CSST y los supervisores,

    - Inasistencias por cierre del centro de trabajo ante la comisión de

    infracciones tributarias,

    - Días no laborados por un despido nulo,

    - Horas de lactancia materna y

    - Días no laborados por suspensión de labores de la empresa (por caso

    fortuito o fuerza mayor), que no hayan sido comprobados por la autoridad

    de trabajo.

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    ¿CÓMO SE CALCULA EL 50% EN FUNCION DE LASREMUNERACIONES DEL TRABAJADOR?

    monto a repartir

    total de

    remuneracionesde cada

    trabajadorsuma de remuneraciones de

    todos los trabajadores del ejercicio

    Ó

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    ¿CÓMO SE CALCULA EL 50%EN FUNCION DE LOS DIAS TRABAJADOS?

    monto a repartir N° de díaslaborados porcada trabajadorsuma de días laborados por

    todos los trabajadores

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    ¿EL EMPLEADOR DEBE DEMOSTRAR COMOCALCULÓ LA PARTICIPACION EN UTILIDADES ?

    Sí, al repartir las utilidades, a sus trabajadores y ex

    trabajadores, las empresas también deben entregaruna hoja de liquidación que detalle la forma en quehan sido calculado las utilidades.

    (Dec.Leg.892-Art. 7).

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    ¿SI NO SE PAGAN LAS UTILIDADES DENTRO DELPLAZO LEGAL, SE GENERAN INTERESES LEGALES?

    Vencido el plazo para el pago, sin que este se realice,

    la participación en las utilidades queno se haya entregado a tiempo

    generará interés moratorio.

    ¿EXISTE UN PLAZO PARA SOLICITAR EL PAGO

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    ¿EXISTE UN PLAZO PARA SOLICITAR EL PAGODE LAS UTILIDADES DE CADA TRABAJADOR?

    Conforme a la Ley 27321, los trabajadores tienen 4

    años para cobrar sus utilidades.Vencido dicho plazo, las utilidades no cobradas serán

    distribuidas entre los demás trabajadores, en el

    ejercicio en el que vence el plazo.

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    ¿CUAL ES EL TRATAMIENTO CONTABLE Y CÓMO SECALCULA LA PARTICIPACION EN UTILIDADES?

    Conforme a la Resolución N° 046-2011-EF/94 del ConsejoNormativo de Contabilidad, a partir del ejercicio 2011 lasparticipaciones de los trabajadores en las utilidades seránconsideradas como GASTO (cuenta 62), de acuerdo con la NIC 19.Este cambio en el tratamiento contable, no genera una menorparticipación en las utilidades, porque su base de determinaciónno es el resultado contable, sino el resultado tributario.

    Las utilidades a repartir deberán calcularse sobre el saldode la renta imponible del ejercicio gravable que resultedespués de haber compensado pérdidas de ejerciciosanteriores.

    DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE IMPUESTO A LA RENTA

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    DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE IMPUESTO A LA RENTACRONOGRAMA DE VENCIMIENTO

    ULTIMO DIGITO DEL RUC FECHA DE VENCIMIENTO

    9 26 de Marzo de 2016

    0 27 de Marzo de 2016

    1 28 de Marzo de 2016

    2 29 de Marzo de 2016

    3 30 de Marzo de 2016

    4 2 de Abril de 2016

    5 3 de Abril de 20166 4 de Abril de 2016

    7 5 de Abril de 2016

    8 6 de Abril de 2016

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    CASOS PRACTICOSD. Leg. N° 892 y D. S. 009 –98 –TR)

    CASO N° 1 CASO N° 2 CASO N° 3 CASO N° 4 CASO N° 5

    ENERO 19 20 20 40 80FEBRERO 19 21 20 40 80

    MARZO 20 20 20 40 80

    ABRIL 20 21 20 41 90

    MAYO 20 20 21 41 90

    JUNIO 20 21 21 41 100

    JULIO 22 20 21 41 100

    AGOSTO 22 21 21 42 110

    SEPTIEMBRE 22 20 20 42 130OCTUBRE 22 21 20 42 120

    NOVIEMBRE 20 20 21 45 120

    DICIEMBRE 19 21 22 45 120

    TOTAL

    245

    trabajadores

    o menos

    246

    trabajadores

    o más

    247

    trabajadores

    500

    trabajadores1220 trabajadores

     245/12 246/12  247/12  500/12  1220/12

    20.4 20.5 20.58 41.67 101.66

    REDONDEO 20 21 21 42 102

    NO SE APLICA EL

    DEC. LEG. N° 892

    Promedio

    Mensual

    SEGUNDO PASO:

    ANALIZAR EL P.D.T.

    PRIMER PASO: DETERMINAR EL NUMERO DE TRABAJADORES EN LA PLANILLA

    Base Legal: Art. 2° del D. S. N° 009-98-TR (Reglamento del Dec. Leg, N° 892)

    "Para establecer s i una Empresa excede o no de 20 trabajadores, se sumará el número de trabajadores que hubieran

    laborado para ella en cada mes del ejercicio correspondiente y el resultado se dividirá entre 12 (...)

    Si el número resultante incluyera una fraccion se aplicará el redondeo a la unidad superior, siempre y cuando dicha

    fraccion sea igual o s uperior a 0.5(...)"

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    DISTRIBUCION DE LA PARTICIPACION EN LAS UTILIDADES:50% EN FUNCION DE LOS DIAS LABORADOS

    50% EN FUNCION A REMUNERACIONES

    S/. 12,172.50 S/. 12,172.50 S/. 24,345.00

    DISTRIBUIDOS EN

    FUNCION A DIAS (1)

    DISTRIBUIDOS EN

    FUNCION A REMUN. (2)PTU

    DIAS (S/.) (S/./DIA) (S/.) (S/.) (S/.)

    (1) (2) (3) (4) (5) = (1) X (3) (6) = (2) X (4) (7) = (5) + (6)

    1. Milagros 200 25,000 3.8039062 0.038039 760.78 950.98 1,711.76

    2. Rosa 200 25,000 3.8039062 0.038039 760.78 950.98 1,711.76

    3. Rosario 200 20,000 3.8039062 0.038039 760.78 760.78 1,521.56

    4. Rita 200 20,000 3.8039062 0.038039 760.78 760.78 1,521.565. Raúl 200 20,000 3.8039062 0.038039 760.78 760.78 1,521.56

    6. Roxana 200 20,000 3.8039062 0.038039 760.78 760.78 1,521.56

    7. Anibal 200 20,000 3.8039062 0.038039 760.78 760.78 1,521.56

    8. Gaby 200 20,000 3.8039062 0.038039 760.78 760.78 1,521.56

    9. Yessica 200 20,000 3.8039062 0.038039 760.78 760.78 1,521.56

    10. Teresa 200 20,000 3.8039062 0.038039 760.78 760.78 1,521.56

    11. Yony 200 20,000 3.8039062 0.038039 760.78 760.78 1,521.56

    12. Tatiana 100 20,000 3.8039062 0.038039 380.39 760.78 1,141.17

    13. Mirella 100 20,000 3.8039062 0.038039 380.39 760.78 1,141.17

    14. Ofelia 100 20,000 3.8039062 0.038039 380.39 760.78 1,141.1715. Zarina 100 10,000 3.8039062 0.038039 380.39 380.39 760.78

    16. Alfonso 100 10,000 3.8039062 0.038039 380.39 380.39 760.78

    17. Elizabeth 100 5,000 3.8039062 0.038039 380.39 190.20 570.59

    18. Adolfo 100 2,000 3.8039062 0.038039 380.39 76.08 456.47

    19. James 100 1,000 3.8039062 0.038039 380.39 38.04 418.43

    20. Angel 100 1,000 3.8039062 0.038039 380.39 38.04 418.43

    21. Luis 100 1,000 3.8039062 0.038039 380.39 38.04 418.43

    3,200 DIAS S/. 320,000 S/.12,172.50 (A) S/.12,172.50 (B) S/. 24,345.00

    50% (DIAS) 50% (REMUN)

    486

    TRABAJADOR

    DIAS

    LABORADOS

    DURANTE

    2015

    TOTAL

    REMUNER.

    DURANTE

    2015

    FACTOR DÍAFACTOR

    REMUNERAC.

    EJEMPLO DE CALCULO DE DISTRIBUCION DE LA PARTICIPACION EN LAS UTILIDADES

  • 8/15/2019 "Sunafil: Participación en las utilidades - casuística"

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    EJEMPLO DE CALCULO DE DISTRIBUCION DE LA PARTICIPACION EN LAS UTILIDADES:50% EN FUNCION DE LOS DIAS LABORADOS

    50% EN FUNCION A REMUNERACIONES

    PARA: 1 MILAGROS

    (5) DISTRIBUCION DE S/. 12,172.50 (A), EN FUNCION A DIAS.

      200 d. X S/. 12,172.50 S/. 12,172.50 x 200 d = S/. 760.78

    3,200 d 3,200 d

    3.8039062 x 200 = S/. 760.78

    FACTOR DIA

    (6) DISTRIBUCION DEL OTRO S/. 12,172.50 (B), EN FUNCION A REMUNERACIONES

      S/.25,000 X S/. 12,172.50 S/. 12,172.50 x S/. 25,000 = S/. 950.98S/. 320,000 S/. 320,000

    0.038039 x S/. 25,000 = S/. 950.98

    FACTOR

    REMUNERAC.

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    CONCILIACION ENTRE UTILIDAD CONTABLE YLA UTILIDAD TRIBUTARIA

    1 2 3 4 5

    UTILIDAD CONTABLE/

    PERDIDA DEL EJERCICIO90 90 90 90 (100)

    (+) Adiciones (*) 20 10 10 10 120

    (-) Deducciones (*) (10) (20) (10) (110) (10)

    (-) Perdidas Ej. Anteriores (0) (0) (0) (0) (0)

    UTILIDAD TRIBUTARIA O

    RENTA NETA100 80 90 (10) 10

    Participacion (10%) (10) (8) (9) (0) (1)

    RENTA NETA IMPONIBLE 90 72 81 (10) (**) 9

    Impuesto a la renta (28%) (25.20) (20.16) (22.68) (0) (2.52)

    Renta a distribuir 64.80 51.84 58.32 (10) 6.48

    (**) Pérdida Tributaria

    CONCILIACIONES ENTRE LA UTILIDAD CONTABLE Y LA UTILIDAD TRIBUTARIA(EXPRESADO EN NUEVOS SOLES S/.)

    ESCENARIOSDETALLE

    (*) No incluye diferencias temporales

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    DETALLEBASE

    CONTABLE

    BASE

    TRIBUTARIA

    DIFERENCIA

    RESULTADO CONTABLE 90,000 90,000 0

    (+) Adiciones temporales

    Vacaciones no pagadas 0 55,000 -55,000

    (+) Adiciones permanentes

    Multas y sanciones 10,000 10,000 0

    (-) Deducciones temporales

    Pago de vacaciones ejercicio anterior 0 -5,000 +5,000

    (-) Deducciones permanentes

    No hay 0 0 0

    RENTA NETA ANTES DE

    PARTICIPACION100,000 150,000 -50,000

    PTU (10%) (15,000) (15,000) 0

    RENTA NETA DEL EJERCICIO 85,000 135,000 -50,000

    Impuesto a la renta (28%) 23,800 37,800 -14,000

    CONCILIACION ENTRE UTILIDAD CONTABLE YLA UTILIDAD TRIBUTARIA

    MICROEMPRESA

  • 8/15/2019 "Sunafil: Participación en las utilidades - casuística"

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    MISION

    VISION

    MICROEMPRESA

    Gravedad de

    la Infracción

    Número de trabajadores afectados

    1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 y más

    Leves 0.10 0.12 0.15 0.17 0.20 0.25 0.30 0.35 0.40 0.50

    Grave 0.25 0.30 0.35 0.40 0.45 0.55 0.65 0.75 0.85 1.00

    Muy Grave 0.50 0.55 0.65 0.70 0.80 0.90 1.05 1.20 1.35 1.50

    PEQUEÑA EMPRESA

    Gravedad de

    la InfracciónNúmero de trabajadores afectados

    1 a 5 6 a 10 11 a 20 21 a 30 31 a 40 41 a 50 51 a 60 61 a 70 71 a 99 100 y má

    Leves 0.20 0.30 0.40 0.50 0.70 1.00 1.35 1.85 2.25 5.00

    Grave 1.00 1.30 1.70 2.15 2.80 3.60 4.65 5.40 6.25 10.00

    Muy Grave 1.70 2.20 2.85 3.65 4.75 6.10 7.90 9.60 11.00 17.00

    NO MYPE

    Gravedad de

    la Infracción

    Número de trabajadores afectados

    1 a 10 11 a 25 26 a 50 51 a 100 101 a 200 201 a 300 301 a 400 401 a 500 501 a 999 1,000 y más

    Leves 0.50 1.70 2.45 4.50 6.00 7.20 10.25 14.70 21.00 30.00

    Grave 3.00 7.50 10.00 12.50 15.00 20.00 25.00 35.00 40.00 50.00

    Muy Grave 5.00 10.00 15.00 22.00 27.00 35.00 45.00 60.00 80.00 100.00

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    INFRACCIONES EN MATERIA DE

    UTILIDADES

    D.S.N°019-2006-TR ymodificatorias

    INFRACCIONESGRAVES

    EN MATERIA DE

    RELACIONES

    LABORALES

    Artículo 2424.4 No pagar íntegra y oportunamente las

    remuneraciones y los beneficios laborales a los

    que tienen derecho los trabajadores por todo

    concepto, así como la reducción de los mismos enfraude a la ley.

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    INFRACCIONES EN MATERIA DE

    UTILIDADES

    D.S.N° 019-2006-TRy modificatorias

    INFRACCIONESLEVES

    EN MATERIA DE

    RELACIONES

    LABORALES

    Artículo 23.- Son infracciones leves los siguientesincumplimientos:

    23.2 No entregar al trabajador, en los plazos y con los

    requisitos previstos, (…) hojas de liquidación de laparticipación en las utilidades u otros beneficios sociales, o

    cualquier otro documento que deba ser puesto a sudisposición.

    MODELO DE LIQUIDACION DE UTILIDADES

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    MODELO DE LIQUIDACION DE UTILIDADES(D.Leg. 892 y D.S. 009-98-TR)

    EMPRESA: ABCTRABAJADOR: MILAGROS

    FECHA DE INGRESO: 01/01/1998

    A.- POR LOS 200 DIAS LABORADOS EN EL EJERCICIO 2015.

    B.- POR LOS S/. 25,000 (REMUNERACIONES PERCIBIDAS EN EL EJERCICIO 2015).

    MONTO DE REMANENTE GENERADO POR EL TRABAJADOR: ……………...…….……..…………………………… S/. 0.00REMUNERACION PERCIBIDA POR EL TRABAJADOR: …………..……………………………………………..………. S/. 25,000

    REMUNERACIONES PERCIBIDAS POR TODOS LOS TRABAJADORES: ………………...…………………………S/.320,000

    DIAS LABORADOS POR TODOS LOS TRABAJADORESEN EL EJERCICIO 2015: ……………………………………….3,200

     

    PARTICIPACION EN LAS UTILIDADES POR EL EJERCICIO GRAVABLE 2015

    RENTA ANUAL ANTES DE IMPUESTOS: ……………………………………………..………………………………………..S/. 222,166

    DIAS LABORADOS POR EL TRABAJADOR: ………………….………………………………...………………………………….……. 200

    (CONSTANCIA DE RECEPCION)FIRMA Y SELLO DEL EMPLEADOR

     __________________________ __________________________

    PARTICIPACION EN LAS UTILIDADES POR EL EJERCICIO GRAVABLE 2015

    200 X 12,172.50 / 3,200 = 200 X 3.8039062 = ……………………………………...……………………………………… S/. 760.78

    S/. 25,000 X 12,172.50 / 320,000 = S/25,000 X 0.038039 = ……………….………………………………………… S/. 950.98

    TOTAL A PAGAR: …………………………………………………………………………………..………………………….S/. 1,711.76

    LIMA, 07 DE MAYO DE 2016

    FIRMA DEL TRABAJADOR

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