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TRMINOS DE INVITACIN

SOLICITUD PRIVADA DE OFERTAS PC-2016-0070

PRESTACIN DEL SERVICIO DE LAVADO DE LOS VEHCULOS Y EQUIPOS QUE INTEGRAN EL PARQUE AUTOMOTOR, AL SERVICIO DE EMPRESAS VARIAS DE MEDELLN S.A. E.S.P.

MEDELLIN

JULIO DE 2016

CAPTULO PRIMERO

GENERALIDADES DE LA SOLICITUD PRIVADA DE OFERTAS

1.1. INTRODUCCIN:

Con fundamento en lo dispuesto en la Resolucin de Gerencia No. 024 de 2015, Empresas Varias de Medelln S.A. E.S.P. est interesada en recibir propuesta para el proceso de contratacin que se detalla en los presentes trminos.

1.2. NORMATIVIDAD APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIN:

De conformidad con lo dispuesto en el artculo 31 de la Ley 142 de 1994, modificado por el artculo 3 de la Ley 689 de 2001, los contratos que celebren las entidades estatales que prestan los servicios pblicos domiciliarios a los que refiere esa Ley, no estarn sujetos a las disposiciones del Estatuto General de Contratacin de la Administracin Pblica, de manera que el rgimen aplicable es el del derecho privado.

Con base en dichas disposiciones, la H. Junta Directiva de Empresas Varias de Medelln S.A. E.S.P., aprob la propuesta de normativa sobre LINEAMIENTOS DE CONTRATACIN, y le otorgo facultades a la Gerencia para reglamentarla, por ello mediante la Resolucin No. 024 de 2015 la Gerencia, modific el Estatuto Interno de Contratacin de la Entidad, el cual define las modalidades de los procesos de contratacin, as como las reglas y principios que deben regir durante su desarrollo.

Una vez aplicada la Matriz de Abastecimiento Estratgico (MABE) para el presente proceso contractual, se determina como modalidad de seleccin del contratista la Solicitud privada de ofertas, con fundamento en el artculo 11, numeral 2, de la Resolucin de Gerencia No. 024 de 2015.

1.3. PACTO DE TRANSPARENCIA:

En todas las actuaciones derivadas del presente proceso de contratacin, los proponentes y funcionarios de la EMPRESA, honrarn los principios de transparencia y moralidad. En razn a lo anterior, asumen los compromisos descritos en el Anexo No. 6 Pacto de Transparencia.

1.4. POLTICA DE CALIDAD, POLTICA AMBIENTAL Y POLITICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO:

Empresas Varias de Medelln S.A. E.S.P., est certificado en las normas ISO 9001 Y NTCGP1000, razn por la cual cada contratista est en la obligacin de cumplir con lo indicado en las normas antes mencionadas.As mismo estar en disposicin decolaborar en todo lo que la empresa requiera para el mantenimiento de su proceso de calidad y a cumplir con la Poltica Ambiental y de Seguridad y Salud en el Trabajo, entre otras, que se indican a continuacin:

0. Poltica de Calidad

Nos comprometemos a la prestacin del servicio pblico integrado de aseo, mediante:

La realizacin de las actividades propias y complementarias con calidad, para dar cumplimiento y satisfacer los requisitos legales y los establecidos con nuestros clientes.

La mejora continua de la Gestin de Calidad y de prevencin y administracin del riesgo, con personal competente con el fin de lograr una mayor calidad de vida de nuestros clientes y comunidad en general.

La gestin dinmica y continua de nuestros planes, programas y proyectos; con indicadores de eficiencia, eficacia y efectividad; aplicando los principios de autocontrol, autorregulacin y autogestin.

El cumplimiento de nuestro compromiso misional de prevenir y reducir los impactos causados al medio ambiente.

La creacin de espacios de participacin ciudadana.

0. Poltica Ambiental

Empresas Varias de Medelln S.A. E.S.P. como empresa prestadora del servicio pblico domiciliario de aseo y actividades complementarias, es consciente de su interdependencia con el ambiente, por lo tanto realiza una gestin ambiental integral, con criterios de competitividad empresarial y sostenibilidad ambiental, econmica y social.

Asume su compromiso con:

Realizar la gestin ambiental con enfoque preventivo.

Mejorar continuamente el desempeo ambiental en el marco de las posibilidades tecnolgicas y econmicas, a travs del control de impactos adversos y el fortalecimiento de sus impactos positivos sobre el medio ambiente.

Cumplir la Legislacin Ambiental y los compromisos voluntarios suscritos en el mbito de su actuacin.

Promover y fortalecer la cultura ambiental de los grupos de inters pertinentes.

Implementar acciones que contribuyan a mitigar el cambio climtico.

Afianzar la comunicacin y participacin con los grupos de inters pertinentes.

0. Poltica de Seguridad y Salud en el Trabajo

Empresas Varias de Medelln S.A. E.S.P., para el desarrollo de sus actividades, gestiona la seguridad y salud en el trabajo y la prevencin de los riesgos laborales de su gente, de los proveedores y contratistas. Promueve a la cultura del auto cuidado, el trabajo en ambientes seguros y saludables, la mejora continua del desempeo eficiente. Cumple con las disposiciones legales vigentes aplicables y administra los recursos necesarios, para lograr la mitigacin y control de los peligros identificados en aras del bienestar integral de la gente EMVARIAS; para permitir la productividad y el desarrollo sostenible en la prestacin del servicio.

1.5. SEGUIMIENTO DEL PROCESO CONTRACTUAL:

El presente proceso contractual podr ser seguido en la pgina Web de Empresas Varias de Medelln S.A. E.S.P., www.emvarias.com.co en el vnculo CONTRATACIN, seccin INVITACIONES Y LICITACIONES.

CAPITULO SEGUNDO

DEL CONTRATO A CELEBRAR

2.1 OBJETO DEL CONTRATO:

PRESTACIN DEL SERVICIO DE LAVADO DE LOS VEHCULOS Y EQUIPOS QUE INTEGRAN EL PARQUE AUTOMOTOR, AL SERVICIO DE EMPRESAS VARIAS DE MEDELLN S.A. E.S.P.

2.2 ALCANCE DEL OBJETO CONTRACTUAL:

Efectuar el lavado de los vehculos y equipos que integran el parque automotor al servicio de Empresas Varias de Medelln S.A. E.S.P., que incluye el compartimiento del cap, el chasis y el secado de las cabinas de los vehculos parte externa (exceptuando el interior de las cabinas). Adems el polichado de cabina, el lavado del motor, desmanchada de caja compactadora (cuando se requieran) para la siguiente configuracin de flota de vehculos:

TIPO

MOTOR/MARCA

CAJA COMPACTADORA

MODELO

Gra Chevrolet C-70

Full Pincher

N/A

1981

Carro camilla

Yamaha

N/A

1995

Camioneta

Toyota

Hilux

1996

Sencillos

Chevrolet NPR

Fanalca

1998

Sencillos

Chevrolet NPR

Furgon-Publifibra

1998

Volquetas

International DT466

N/A

1998

Sencillo

Mazda Turbo

Furgon-Publifibra

1998

Doble troques

International DT530

Heill

1999

Doble troques

International DT466

Heill

2000

Camioneta

Toyota

Autana

2002

Mini cargadores

Case

N/A

2003

Volquetas

International 4300

N/A

2003

Sencillos Carro tanque

Kenworth ISB

N/A

2005

Recolectores DT 13 ton.

Renault Kerax

Rigel

2006

Doble troques

Kenworth ISC

McNeilus

2007

Barredoras hidrostticas

Elgin

Pelikan

2008

Volquetas

International 4300

N/A

2008

Doble troques

Kenworth ISC

McNeilus

2009

Sencillos

Kenworth ISC

McNeilus

2009

Camionetas

Toyota

Hilux

2011

Volquetas 7.5 ton

International

N/A

2011

Motocicletas 100cc

Honda

Eco

2011

Recolectores S 4.5 ton

Chevrolet

Bfalo

2012

Recolectores DT 13.5 ton

International

McNeilus

2012

Sencillos Carro tanque

International

N/A

2012

Frontales

Mack

Heill

2015

Doble Troques

Kenworth 440

Fanalca S-20

2015

Doble Troques

Kenworth 460

Fanalca S-20

2015

Barredoras

RAVO

N/A

2015

Barredoras

RAVO

N/A

2016

NOTA 1: Los tipos, modelos, motor/marca, caja compactadora y caractersticas en general de estos vehculos podrn variar de acuerdo con las necesidades de disponibilidad de vehculos que tenga la Empresa durante la ejecucin del contrato.

NOTA 2: Durante la ejecucin del contrato es posible que EMVARIAS renueve parte de la flota y/o reduzca el No. de vehculos a intervenir, lo cual se dar a conocer previamente al contratista.

Diariamente, cada vehculo de la flota ser objeto de lavado, atendiendo el siguiente procedimiento:

Evacuacin de los remanentes de residuos slidos de la caja compactadora en seco, es decir, antes de ingresar el vehculo al guaje de lavado y de los residuos remanentes que se alojan en la parte trasera de la cabina de los vehculos frontales, incluyendo levantar la cabina para retirar remanentes de caja de velocidades y motor.

Estregamiento general del vehculo, excluyendo el interior de la cabina y la superficie superior, tanto de caja compactadora, como de cabina. Dichas superficies debern estregarse y enjuagarse, al menos una vez por semana, cumpliendo con la normatividad de trabajo en alturas, adems de enjuagar con manguera a presin los depsitos de lixiviado.

Aplicacin de detergentes y desengrasantes (en sitios donde est critico el lavado y no sea suficiente con el champ) biodegradables a todo el vehculo (incluye interior de la caja compactadora).

Enjuague general del vehculo (incluye chasis y llantas) con las hidrolavadoras.

Secado de la cabina, parte externa.

Mantener en todo momento en buenas condiciones de aseo y limpieza los guajes, crcamos del lavadero, las trampas de grasas y de arenas y zonas aledaas, de tal manera que queden sin residuos de basuras. Adems, todos los excedentes de basuras provenientes de los vehculos debe depositarlos inmediatamente en la caja estacionaria destinada para ello.

No se permite echar basuras en los recolectores, provenientes de los guajes de lavado ni de los crcamos.

Fumigacin de cabina y caja compactadora (cada quince das).

Lavado de las carpas de proteccin de los vehculos recolectores de cargue trasero y las carpas de las volquetas.

Cada vez que se requiera por parte del Interventor/Supervisor del contrato, el contratista debe prestar el servicio de desmanchado y brillado de cabina, descrito en el Anexo No.4 cuadro de cotizacin. El procedimiento para esta actividad es el siguiente:

Aplicacin de cera desmanchadora (Copao Glasurit rosado).

Aplicacin de cera de pulimiento o brillo (Brillantina Simoniz)

Nota: El anterior procedimiento puede ser aplicado con mquina o manualmente.

Especificaciones del equipo de lavado:

Durante la vigencia del contrato se requiere como mnimo de la disponibilidad inmediata, simultnea y permanente de 3 hidrolavadoras en funcionamiento y sus correspondientes operadores, y 2 hidrolavadoras de repuesto en stand by.

El equipo deber cumplir con los siguientes requisitos:

Potencia de descarga 1800 PSI.

Dimetro interior de Mangueras de descarga de a .

Dispositivos que minimicen el ruido.

Adems, deber contar con arneses de seguridad para trabajos en altura (lavado parte superior de los vehculos), para ser utilizados por sus operarios cuando se realicen trabajos en altura.

Productos y equipos mnimos a utilizar para el lavado de los vehculos.

Para el lavado externo de la caja compactadora se debe utilizar jabn y desengrasante en cantidades suficientes que garanticen la limpieza y desengrase adecuado de los vehculos.

Para el exterior de la cabina se debe utilizar champ biodegradable tambin en cantidad suficiente que garantice la limpieza de los vehculos (con utensilios especiales para sta: dulce abrigo y cepillos de cerdas suaves). Y para el lavado interno de la caja compactadora se debe utilizar desengrasante biodegradable mezclado con agua en una proporcin de 1 a 3 y utilizar cepillos de cerdas duras que garanticen la limpieza adecuada de las cajas (se debe procurar dar un uso adecuado a los cepillos, evitando rayar el vehculo al efectuar estas actividades).

El servicio deber ser prestado en las instalaciones de EMVARIAS, donde se cuenta con sitios apropiados para el lavado.

2.3. OBLIGACIONES DE LAS PARTES:

2.3.1. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:

El proponente a quien le sea adjudicado el contrato estar en la obligacin de prestar el servicio en los siguientes trminos:

a) Garantizar la efectiva y oportuna prestacin del servicio de lavado de los vehculos en las instalaciones de la Empresa, teniendo en cuenta que debe:

Prestar el servicio en horario diurno y nocturno de lunes a sbado (incluyendo festivos), iniciando a la hora que lo requiera La Empresa y de acuerdo con las instrucciones impartidas en el rea de Mantenimiento y los domingos en horario diurno de 6 a.m. a 2 p.m. Cabe anotar que, de acuerdo con las necesidades actuales de la Empresa, la mayor concentracin se da en horario nocturno.

Prestar el servicio de lavado conforme las especificaciones suministradas por la Empresa en el alcance del objeto contractual de los presentes trminos de invitacin.

El personal del contratista no podr en ningn momento movilizar o conducir los vehculos que integran el parque automotor, al servicio de Empresas Varias de Medelln S.A. E.S.P.

El sitio asignado al contratista as como los guajes de lavado, crcamos y sectores aledaos al lavadero de la Empresa, deber permanecer completamente aseado. En este sitio est prohibido colgar artculos personales sobre las paredes y guardar ropa hmeda en las cmodas.

b) Deber permanecer en las instalaciones de lavado de la Empresa durante todo el tiempo que se requiera para cumplir con el desarrollo del objeto contractual.

c) Implementar todos los mecanismos de control necesarios para evitar excesos en el consumo de agua para el lavado de los vehculos, entre ellos:

El aseo de pisos, lo que son arenas y residuos, se deben recoger con pala o escoba, con el fin de optimizar el recurso hdrico.

Corregir las fugas de agua que se presenten en la llave y en las mangueras.

Instalar en los extremos de las mangueras mecanismos de ahorro de agua con boquilla de cierre automtico.

Mantener las llaves cerradas cuando no se est haciendo uso del recurso o cuando se est realizando el proceso de enjabonado del vehculo.

Obligaciones de orden laboral y de seguridad y salud en el trabajo:

d) Contar con el personal idneo y necesario para realizar las actividades del objeto contractual, teniendo en cuenta que:

Deber nombrar un Supervisor y/o Administrador del contrato, con permanencia en la Ciudad de Medelln, con quien La Empresa tenga un contacto directo para las labores administrativas y tcnicas durante el tiempo de ejecucin del contrato; es decir, deber estar disponible para la Empresa en horario de oficina (de lunes a sbado). Igualmente, el contratista deber garantizar la ubicacin del Supervisor y/o Administrador en un nmero de telfono fijo o mvil, para la atencin del servicio objeto de esta invitacin y durante todo el tiempo de ejecucin del contrato.

El proponente deber anexar a su propuesta la hoja de vida de la persona a nombrar como Supervisor y/o Administrador a fin de verificar que el mismo cuenta con una experiencia mnima de trabajo de un (1) ao en este campo. En caso de que el contratista requiera cambiar el Supervisor y/o Administrador, deber notificarlo al Interventor/Supervisor asignado por la Empresa para el contrato, en lo posible, con mnimo quince (15) das de anticipacin, remitiendo la hoja de vida de la persona que lo reemplazar, para verificar que cumple con la experiencia exigida en esta obligacin.

Nota: Este supervisor puede ser la misma persona solicitada en la ltima vieta del literal f), siempre y cuando cumpla con las condiciones all sealadas.

Disponer del personal que considere necesario y suficiente para realizar las actividades propias del objeto contractual, entre ellas: enjuague, desengrase, estregada, secada de cabina, lavado de chasis y aseo general, garantizando que en los horarios de despacho de los vehculos todos se encuentren lavados antes de salir a operar, para lo cual se solicita como mnimo el siguiente esquema de personal operativo:

Un (1) Supervisor y/o administrador del contrato.

Cinco (5) lavadores en horario 10pm - 6am de lunes a sbado.

Una persona dedicada nica y exclusivamente a desmontar remanentes de residuos de vehculos, en seco, y limpieza de crcamos, en horario de 10 p.m. a 6 a.m., de lunes a sbado.

Dos (2) lavadores en horario 6am - 2pm de lunes a sbado.

Dos (2) Lavadores en horario de 12 p.m. a 8 p.m. de lunes a sbado.

Dos (2) Lavadores en horario de 2 p.m.-10 pm de lunes a sbado.

Nota: Los anteriores horarios aplican para los das festivos.

Dos (2) Lavadores en horario de 6 a.m-2 p.m. todos los domingos.

Nota 1: En el grupo de personal solicitado anteriormente, se debe contar como mnimo con tres personas debidamente certificadas para labores de trabajo en altura.

Nota 2: Con el personal en horario diurno se debe asumir el desmonte de los remanentes de residuos de los vehculos en seco, y la limpieza de los crcamos de lavado.

El personal designado por el contratista que labore en las instalaciones de la Empresa, deber estar bien presentado, aseado y uniformado, carnetizado e identificado con el logo de la firma contratista y con el equipo de proteccin definido. En caso de que el contratista vaya a efectuar algn cambio de operarios deber comunicarlo a la Interventora/Supervisin asignada para el contrato en lo posible con quince (15) das de anterioridad. La Empresa podr solicitarle al Contratista cambio de personal cuando as lo considere necesario para el adecuado desarrollo del contrato.

Asumir todos los riesgos inherentes a la prestacin del servicio, incluidos los relacionados con el componente laboral: la seleccin del personal que asignar a las labores para las actividades objeto del contrato, el pago de sus salarios, prestaciones sociales, aportes parafiscales (cuando haya lugar a ellos), seguridad social, programas de salud ocupacional, la dotacin y en general se hace responsable con libertad tcnica, directiva y administrativa del manejo del recurso humano. Se advierte que entre Empresas Varias de Medelln S.A. E.S.P. y el personal utilizado por el contratista para el desarrollo del objeto contractual no se crea ningn vnculo laboral y/o administrativo.

e) Para ingresar a las instalaciones de Empresas Varias de Medelln, el personal del contratista deber presentar a la vigilancia, copia de la autoliquidacin donde conste que el contratista se encuentra al da en el pago de los aportes de salud, pensin y ARL, de la(s) persona(s) a ingresar. En caso de no cumplir con este requisito se prohibir el ingreso de dicho personal.

f) Dar cumplimiento a las obligaciones que en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo se encuentran contenidas en el Anexo No. 7 Seguridad y Salud en el Trabajo, de los presentes trminos de invitacin, para lo cual el Contratista deber presentar a la supervisin/Interventora el da de la firma del acta de inicio, el Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo implementado por ste, para la revisin por parte de la oficina de Seguridad y Salud en el Trabajo de EMVARIAS, adems:

El contratista deber tener en cuenta los riesgos laborales a los cuales se encontrar expuesto el personal a su cargo que labore en las instalaciones de la base de operaciones y mantenimiento de EMVARIAS y de aquel que ingrese a entregar insumos y/o documentos relacionados con el objeto contractual. Para lo cual deber entregar al Interventor/Supervisor del contrato, debidamente diligenciado el Panorama de Factores de Riesgo Prioritarios contenido en el Anexo No. 7 Seguridad y Salud en el Trabajo a la firma del acta de inicio, incluyendo los riesgos relacionados con las actividades a desarrollar en el taller de mantenimiento de Emvarias.

El contratista deber disponer de la persona encargada de Seguridad y Salud en el Trabajo que de acuerdo con la normatividad le exige la ley para su empresa, quien deber garantizar que se cumplan las normas durante la ejecucin del contrato, adems que garantice que se lleve a cabo el Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo entregado a la firma del acta de inicio, acorde con lo sealado en el Anexo No. 7, en el que se consideren todos los requisitos de Ley y que propenda por el bienestar de los trabajadores. Para verificar el cumplimiento de estos requisitos esta persona deber visitar como mnimo una vez a la semana las instalaciones de Emvarias; ser el enlace con el equipo de Seguridad y Salud en el Trabajo de Emvarias para tratar temas especficos, adems de asistir a las reuniones que stas convoquen y que requieran la presencia del contratista.

Realizar la vacunacin de su personal, cumpliendo con el siguiente esquema:

HEPATITIS B: Son tres dosis: la primera a la firma del acta de inicio; la segunda, al mes de inicio de labores; y la tercera, a los seis meses.

TETANO Y DIFTERIA: Son 5 dosis, se aplica la primera dosis a la firma del acta de inicio, al mes la segunda dosis, la tercera dosis a los seis meses, la cuarta dosis al ao y la quinta dosis al ao de haber aplicado la cuarta.

NOTA: Si el personal designado para la ejecucin del objeto contractual presenta actualizado el referido esquema de vacunacin, solo se requerir la certificacin y/o constancia correspondiente para verificar el cumplimiento de esta obligacin.

Deber suministrar al personal todos los implementos de seguridad y proteccin requeridos y adecuados para el tipo de labores a ejecutar, dando cumplimiento a la normatividad vigente. El Interventor/Supervisor mantendr una constante vigilancia sobre el cumplimiento de las normas y requerimientos de carcter preventivo y en los que a Seguridad y Salud en el Trabajo se refiere.

Har parte de la dotacin:

Esquema de dotacin

Descripcin

Duracin por unidad(das)

Observaciones

Mascarilla desechable

2

Se debe cambiar cada dos das

Gafas medio espejo antiempaantes

90

Se debe cambiar cada tres meses

Botas caa completa

30

Se debe cambiar cada mes

Gorra para proteccin de sol "tipo pava"

120

Se debe cambiar cada cuatro meses

Guantes de Neopreno o nitrilo calibre 35

15

Se deben cambiar cada quince das

Delantal impermeable o de caucho que permita el movimiento de la persona y que no sea muy pesado.

180

Se debe cambiar cada seis meses

Impermeable para lluvia

120

Se debe cambiar cada cuatro meses

Overol de dotacin (anti fluido industrial)

40

Se proporcionan 3 cada 4 meses

Respirador de cartucho para lavado de equipo de Ruta Hospitalaria

180

Se debe cambiar cada 6 meses

Cartucho de recambio de respirador para lavado de equipo de Ruta Hospitalaria

30

Se debe cambiar cada mes

Guantes para lavado de Ruta Hospitalaria mano completa "pvc semicorrugado.

90

Se debe cambiar cada tres meses

En caso de requerirse trabajo en alturas, el proponente debe garantizar que el personal que asigne para desarrollar las actividades objeto del contrato, cuente con las certificaciones de trabajos en alturas vigentes, conforme con lo estipulado en la Resolucin 1409 de 2012 del Ministerio de Trabajo, modificada parcialmente por la Resolucin 03368 del Ministerio de Trabajo. Adicionalmente deber cumplir con lo establecido en el Protocolo de Emvarias, denominado: Normas de seguridad para trabajos en alturas, para lo cual deber presentar oportunamente a la supervisin/interventora los documentos que acrediten el cumplimiento de esta obligacin, y actualizar durante la ejecucin del contrato los certificados de trabajos en alturas del personal a su cargo de acuerdo con la normatividad vigente.

El contratista deber de suministrar el equipo de seguridad (arneses de seguridad) para que su personal, el cual deber estar previamente capacitado y acreditado para realizar trabajos en altura mediante el uso de torres de andamios multidireccionales, efecte el lavado de techos de los vehculos.

El equipo con el que debe de contar el personal de lavado es:

ARNS INTEGRAL

DE CUERPO

COMPLETO Y

CUATRO

ARGOLLAS

ANCLAJE PARA

ADAPTAR

BANDA DE AMARRE O

ANCLAJE UNIVERSAL

RETENEDOR DE

CADA AUTO

RETRCTIL

PORTA

HERRAMIENTAS

CASCO SISTEMA

AJUSTABLE CON

RACHE Y

BARBUQUEJO DE

3 PUNTOS

GUANTES

Para las labores de supervisin de los trabajos en altura se deber nombrar una (1) persona que se dedicar de tiempo completo a esta labor, quien deber estar certificado COMO MNIMO EN EL NIVEL MEDIO de competencias laborales. Igualmente debe estar dotado de los equipos de comunicacin necesarios para el efectivo cumplimiento de sus labores. El Supervisor debe llevar consigo un carn que lo acredite como personal del contratista.

g) Dando cumplimiento a la Resolucin 2400 de 1979, el contratista deber suministrar a cada trabajador dos cmodas de ser posible en material plstico y color gris para que cada trabajador guarde sus pertenencias. Una de las cmodas ser para ropa limpia y la otra para la ropa sucia. stas cmodas deben ubicarse en un sitio donde no se tenga contacto con los residuos slidos, sobre las cuales no deber estar adherido ningn tipo de adhesivos. Las cmodas estarn situadas en el sitio asignado al contratista en el lavadero.

h) El contratista debe dotar el sitio de trabajo con cmodas para guardar las herramientas de trabajo las cuales deben permanecer en excelente estado de limpieza e higiene; igualmente deben ser en lo posible plsticas y de color gris para evitar que se oxiden y estar cerca al sitio de trabajo.

i) El contratista tendr a cargo el almacenamiento y bodegaje en sus instalaciones de los insumos y de la herramienta requerida para prestar los servicios, dejando en el rea de lavado solo los requeridos para el cumplimiento semanal del lavado de los vehculos.

Obligaciones ambientales:

j) Para el lavado de los vehculos, el contratista deber suministrar detergentes que permitan realizar la limpieza adecuada de los vehculos. Estos detergentes deben contar con caractersticas biodegradables con el fin de disminuir los impactos generados al medio ambiente. Dentro de los productos recomendados por la unidad ambiental de EMVARIAS estn: desinfectante para contenedores comercializado por Spangel productos biodegradables; BIOX supercleaner 8758 y/o BIOX bactericida 8060 producidos por Derivados qumicos S.A.S., catalizadores bio orgnicos o cualquier producto biodegradable que utilice el proveedor o contratista.

Cualquier producto a ser utilizado por el contratista distinto al solicitado en los presentes trminos deber ser probado y aprobado por escrito por la Interventora/Supervisin.

k) El supervisor del personal del contratista y el Interventor/Supervisor del contrato debern estar atentos a cualquier fuga o desperdicio de agua en los sistemas de lavado con el fin de evitar prdidas de este importante recurso suministrado por la Empresa.

l) El contratista debe mantener libres de residuos slidos y limpios los crcamos y zonas aledaas al lavadero incluyendo la parte trasera donde se encuentra la o las cajas estacionarias para el depsito de los residuos extrados de los crcamos.

m) No se permite arrojar basuras en los recolectores provenientes de los guajes de lavado ni de los crcamos.

n) Implementar todos los mecanismos de control necesarios para evitar excesos en el consumo de agua para el lavado de los vehculos, entre ellos:

El aseo de pisos, lo que son arenas y residuos, se deben recoger con pala o escoba, con el fin de optimizar el recurso hdrico.

Corregir las fugas de agua que se presenten en la llave y en las mangueras.

Instalar en los extremos de las mangueras mecanismos de ahorro de agua con boquilla de cierre automtico.

Mantener las llaves cerradas cuando no se est haciendo uso del recurso o cuando se est realizando el proceso de enjabonado del vehculo.

Obligaciones en materia de facturacin:

o) El contratista deber cumplir el procedimiento para la facturacin oportuna de las rdenes de trabajo ejecutadas que seguidamente se detalla, as como los requisitos contenidos en el Anexo No. 5 Procedimiento para la facturacin.

Procedimiento:

El contratista conjuntamente con la Interventora/Supervisin registrarn diariamente en forma escrita, la planilla de control diario de lavado, marcando el turno en que se atendi el vehculo (turno 1 de 6:00 a.m. a 2:00 p.m., turno 2 de 2:00 p.m. a 10:00 p.m. y turno 3 de 10:00 p.m. a 6:00 a.m.).

Todos los registros realizados en la planilla de control diario de lavado, debern ser firmados al finalizar la jornada del tercer turno, por el Supervisor de lavado y el Interventor/Supervisor del contrato en seal de aceptacin de la calidad y cantidad de vehculos a los que se les prest este servicio de lavado.

Al finalizar las tres jornadas de lavado, se totalizan en la planilla todas las marcaciones realizadas correspondientes a cada vehculo lavado y se registra en la parte inferior de la planilla.

Finalmente el valor real facturado de la semana, ser el resultado de sumar el total de los vehculos lavados diariamente registrados en la planilla y firmada por el contratista y la Interventora/Supervisin, multiplicado por los precios unitarios cotizados por el contratista y aceptados por la empresa.

El lunes de cada semana EL CONTRATISTA deber presentar a la Interventora/Supervisin, todos los documentos relacionados con los trabajos efectuados en la semana anterior, exceptuando los realizados el domingo.

El jueves de cada semana la Interventora/Supervisin entregar los documentos revisados y/o aprobados y que fueron recibidos el lunes anterior, con el fin de que el Contratista proceda a facturar y/o corregir los registros no concordantes. Igualmente, este da se recibirn los documentos relacionados con los trabajos efectuados el domingo anterior, cuyos documentos revisados se devuelven al contratista el lunes siguiente para que proceda a facturar o corregir las novedades encontradas.

Antes de facturar, el contratista debe haber tenido la aprobacin previa por parte de la Interventora/Supervisin asignada al contrato de todos los soportes, con el fin de evitar la anulacin y/o rechazo de las facturas de venta por ausencia de algn documento y/o requisito establecido contractualmente.

La Empresa definir una fecha lmite mensual de presentacin de facturas de venta por efectos contables, la cual se avisar previamente al contratista. Es obligacin del contratista ajustarse a las fechas de facturacin definidas por la Empresa y en caso de incumplimiento ser responsable de reconocer y pagar las sanciones e intereses moratorios que se puedan ocasionar a la Empresa en las declaraciones tributarias y dems obligaciones de ley a que haya lugar, los cuales sern descontados de cualquier saldo adeudado al contratista. En caso de que el contratista no tenga saldos a favor, deber cancelar los valores liquidados por este concepto en un plazo mximo de cinco (5) das hbiles contados a partir del envo de la cuenta de cobro correspondiente.

La Empresa no se har responsable por las facturas de venta devueltas, en los casos en que el contratista no cumpla con todos los requisitos exigidos.

Todo trabajo a facturar deber poseer la orden de trabajo correspondiente, emitida en el rea de Mantenimiento de Vehculos de Empresas Varias de Medelln S.A. E.S.P., donde irn consignados los lavados programados a los vehculos.

El contratista deber consignar en la planilla diaria que presenta semanalmente para la aprobacin de la factura de venta los servicios de lavado realizados durante ese perodo, discriminando el control del vehculo al que se le prest el servicio.

El contratista debe radicar las facturas de venta en el Stano 2 Edificio EPM, en un plazo mximo de 3 das hbiles, despus de la revisin y aprobacin de los documentos por parte de la Interventora/Supervisin. En caso de inoportunidad de los tiempos establecidos para la radicacin de la facturacin, la Interventora/Supervisin requerir al contratista para que en un trmino de tres (3) das presente la respectiva justificacin. Conocidas las explicaciones, la Interventora/Supervisin debe pronunciarse durante los tres (3) das siguientes. En el evento que la justificacin no sea satisfactoria, se har efectivo el descuento autorizado por el contratista en el literal c) del pargrafo del numeral 2.6.2 FORMA DE PAGO, de los presentes trminos de invitacin.

Por ningn motivo se cancelarn servicios de lavado que no hayan sido programados y aprobados mediante las respectivas rdenes de trabajo y registrados en las planillas.

El contratista deber garantizar la atencin en forma simultnea de los vehculos que requieran ser lavados.

La presentacin de las facturas de venta deber ceirse a lo descrito en el Anexo N 5 Procedimiento para la Facturacin y en lo sealado en el numeral 2.6.2 Forma de Pago de la presente invitacin.

Para los casos en que el contratista no llegue a cumplir con el anterior procedimiento, Empresas Varias de Medelln S.A. E.S.P., no proceder a cancelar dichos lavados.

p) Otras obligaciones:

En caso de detectarse por el contratista un dao en los componentes a lavar, este deber informarlo en forma inmediata a la Interventora/Supervisin asignada para el contrato.

Corrern por cuenta del contratista los daos que ocurran en los vehculos debido a una mala operacin del equipo de compactacin durante las labores de lavado o daos causados por los implementos de aseo.

Atender todos los servicios a que hace alusin el objeto de la presente invitacin slo cuando medie autorizacin del rea de Mantenimiento de Vehculos de Empresas Varias de Medelln S.A. E.S.P. a travs de la supervisin/interventora.

La ejecucin del contrato se deber ajustar ntegramente a lo dispuesto en la presente invitacin y el contrato y cualquier cambio, duda u observacin que surja deber ser canalizada previamente a travs de la supervisin/interventora.

El contratista deber garantizar en forma oportuna el suministro permanente y simultneo de todos los servicios requeridos relacionados con la presente invitacin, es decir, cuando varios vehculos presenten necesidad de lavado al mismo tiempo, el contratista deber atenderlos y realizarles el lavado en forma simultnea, para lo cual deber poseer los insumos y personal suficiente para reaccionar frente a dicha situacin, los cuales debern obedecer a los requeridos por la Empresa de acuerdo con lo contenido en el Anexo N 4 Cuadro de cotizacin.

Garantizar el cumplimiento en un 100% de la programacin efectuada por la Empresa para la prestacin del servicio de lavado en los das y horarios informados.

El contratista deber garantizar que en la ejecucin del contrato, se cumpla con todas las normas de seguridad aplicables al desarrollo de estas actividades.

La Empresa, durante la ejecucin del contrato, podr disear y/o variar y/o incorporar nuevos programas de lavado de vehculos, lo cual se le dar a conocer al contratista en forma previa.

Igualmente el contratista podr proponer nuevos sistemas de lavado de vehculos con el propsito de mejorar la disponibilidad de la flota relacionada en el Alcance del objeto contractual de la presente invitacin.

El contratista deber capacitar a su personal, con el objeto de optimizar el uso de sus productos, en el momento que se considere necesario o que lo solicite el Interventor /Supervisor asignado al contrato.

Para las actividades complementarias, es decir, servicios de lavado adicionales que sea necesario realizar que no estn determinados en la presente invitacin y/o que sean requeridos como consecuencia de las actividades del objeto, el contratista debe cotizar previamente los servicios requeridos en el Anexo N 8 Cotizacin rdenes de Trabajo, con el fin de ser analizados por el personal tcnico del rea de Mantenimiento de Vehculos de Empresas Varias de Medelln S.A. E.S.P., y la Interventora/Supervisin del respectivo contrato, todos ellos revisarn y compararn con los precios comerciales, y en caso de ajustarse a los mismos, procedern a su autorizacin. Cuando la Empresa no est de acuerdo con estos, le informarn al contratista aportando los respectivos soportes, para que ste se ajuste. Ser una obligacin del contratista ajustarse a los precios del mercado.

NOTA: Una vez acordado entre la Empresa y el Contratista el valor de los servicios adicionales que no estn determinados en los presentes trminos, dichos valores unitarios harn parte integral del Anexo No. 4 Cuadro de Cotizacin.

La ejecucin del contrato se deber ajustar ntegramente a lo dispuesto en la presente invitacin y el contrato. Cualquier cambio, duda u observacin que surja deber ser canalizada previamente a travs de la Interventora/Supervisin asignada al contrato.

Reportar oportunamente al Interventor/Supervisor las novedades que presente la firma contratista tales como cambio de domicilio, representante legal, modificacin de la sociedad, razn social, entre otros, y actualizar dichas novedades en el Registro de Proponentes de la Empresa.

Enviar por escrito al Interventor/Supervisor del contrato, a la suscripcin del acta de inicio, el nmero de la cuenta bancaria en la que la Empresa le consignar los pagos relacionados con el desarrollo del objeto contractual, acompaada con la certificacin en original, expedida por la Entidad Financiera, con fecha de expedicin no superior a 15 das, donde lo acredite como titular de la cuenta reportada. La informacin remitida en esta obligacin ser enviada por parte del Interventor/Supervisor del contrato al Lder de Tesorera de Empresas Varias de Medelln S.A. E.S.P.

Diligenciar adecuadamente los formatos y/o anexos que sean requeridos para el seguimiento y control de la ejecucin contractual, ajustndose a los establecidos por el Sistema de Gestin de Calidad de Emvarias.

Las dems requeridas en el alcance del objeto contractual de la presente invitacin.

2.3.2. OBLIGACIONES DE EMVARIAS:

La Empresa apoyar al contratista en la capacitacin de su personal para la operacin del sistema de compactacin.

Las instalaciones locativas, el suministro de agua y energa corren por cuenta de Empresas Varias de Medelln S.A. E.S.P.

Emvarias ser la responsable de ubicar y operar los vehculos hasta los guajes de lavado.

La Empresa asignar al Contratista, dentro de sus instalaciones, un espacio con el fin de que guarde sus implementos y equipos de lavado.

En caso de que Emvarias requiera realizar mantenimiento de las instalaciones en el sitio asignado para el desarrollo del objeto contractual en el taller de mantenimiento, durante la ejecucin del contrato, lo har conocer al contratista para acordar conjuntamente el plan de contingencia a seguir que permita la continuidad en la prestacin del servicio.

2.4. PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIN:

2.4.1 PLAZO.

La duracin del contrato ser a partir de la fecha de suscripcin del acta de inicio hasta el 28 de febrero de 2018 o hasta el agotamiento del presupuesto antes del vencimiento del plazo.

2.4.2 LUGAR DE EJECUCIN.

El servicio se prestar en las instalaciones de Empresas Varias de Medelln S.A. E.S.P., sede de Operaciones y Mantenimiento, ubicada en la Calle 111 B No. 64-92, de Medelln.

2.5. PRESUPUESTO OFICIAL, IMPUTACIN PRESUPUESTAL Y CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL:

El presupuesto oficial total, incluido IVA, se estim en la suma de MIL CIENTO SESENTA MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS M.L. ($1.160.539.535).

Este proceso contractual y el contrato resultante del mismo, se adjudicar y ejecutar, respectivamente, con cargo al siguiente Certificado de Disponibilidad Presupuestal y de acuerdo con la imputacin especificada a continuacin:

CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL

PRESUPUESTO OFICIAL TOTAL INCLUIDO IVA

RUBRO PRESUPUESTAL

DISTRIBUCIN PRESUPUESTO POR VIGENCIAS(INCLUIDO IVA)

CS No. 1809 aprobado el 20/06/2016.

$1.160.539.535

14618300.754005.01010102 Lavada Vehic. ASEO.

2016: $257.897.675

2017: $773.693.023

2018 $128.948.837

2.6 VALOR Y FORMA DE PAGO:

2.6.1. VALOR TOTAL DEL CONTRATO.

El valor del contrato ES ESTIMADO ya que su verdadero valor ser el que resulte de multiplicar el valor unitario de los servicios de lavado, cotizados por el Contratista (incluyendo el valor de la mano de obra y los insumos aplicados e IVA), por la cantidad real de utilizacin de este servicio, recibidos y aceptados por el Interventor/Supervisor, durante la ejecucin del contrato.

2.6.2. FORMA DE PAGO.

El valor del contrato se cancelar en pagos parciales, de conformidad con la(s) factura(s) de venta presentada(s) semanalmente por el contratista, teniendo en cuenta las condiciones sealadas en el Anexo N 5 Procedimiento para la facturacin.

Empresas Varias de Medelln S.A. E.S.P., cancelar al CONTRATISTA el valor correspondiente, una vez se haya recibido a satisfaccin por parte del Interventor/Supervisor asignado al contrato los servicios realizados. El valor a cancelar en las facturas de venta ser el que resulte de multiplicar los valores unitarios cotizados por el contratista y aceptados por la Empresa, por los servicios de lavado efectivamente recibidos durante ese perodo, de acuerdo con lo consignado en los formatos rdenes de Compra (OW).

Las Facturas de Venta debern ser presentadas en el Stano 2 Edificio EPM en original y dos copias, previo aval del Interventor/Supervisor; sin embargo, si el Contratista se acoge a la Ley 1231 de 2008, presentar 3 copias de la Factura de Venta.

Empresas Varias de Medelln S.A. E.S.P. cancelar al contratista la factura de venta a los treinta (30) das calendario siguientes a la presentacin de la misma en EPM con la aceptacin del Supervisor/Interventor de todos los soportes que dan cuenta del recibo a satisfaccin de los servicios prestados, objeto de facturacin, para lo cual el contratista debe remitirle a) Planillas de registro de lavado de vehculos en el perodo facturado, b)Mensualmente las autoliquidaciones mediante las cuales se logre verificar que se encuentra al da en los aportes a la Seguridad Social Integral y Parafiscales (a los que hubiere lugar) del personal a su cargo, en especial de las personas que asigne el CONTRATISTA para el desarrollo del objeto contractual.

Empresas Varias de Medelln S.A E.S.P. a travs del Interventor/Supervisor no dar por aceptados y aprobados los servicios prestados objeto de facturacin, cuando el contratista no presente previamente los documentos e informacin que le sean requeridos en el contrato y por el Interventor/Supervisor.

Adicionalmente, para el pago de la ltima factura de venta el contratista debe remitir previamente al interventor/supervisor, adems de los documentos anteriormente mencionados, la certificacin firmada por el Revisor Fiscal, en caso de estar obligado a tenerlo o por el Representante Legal, donde conste que se encuentra a paz y salvo con todas las obligaciones laborales a su cargo, en especial con el personal que haya sido asignado para la ejecucin del contrato, as mismo, sobre el pago oportuno de aportes al Sistema Integral de Seguridad Social y Parafiscales.

En caso que el CONTRATISTA negocie la Factura de Venta como Ttulo Valor, deber ponerse en contacto de manera oportuna con el Centro de Servicios Compartidos CSC del Grupo EPM (Unidad de Negocio encargada del Cotejo y Pago de las Facturas de los Proveedores y Contratistas de Emvarias) para los trmites a que haya lugar, notificando al Interventor/Supervisor con copia al Lder de Tesorera de Empresas Varias de Medelln S.A. E.S.P., el nombre y apellidos (persona natural) o Razn social (persona jurdica), cdula o Nit. del primer tenedor legtimo del ttulo, con el fin de coordinar el procedimiento a seguir para efectuar el pago correspondiente.

Para efectos del pago, el CONTRATISTA debe informar una cuenta corriente o de ahorros a su nombre, en las condiciones sealadas en la vieta 14, literal p), del numeral 2.3.1. Obligaciones del Contratista, conforme a las polticas establecidas por el CSC (Centro de Servicios Compartidos del Grupo EPM), en la que mediante giro electrnico, se le consignar el valor de lo facturado, por la ejecucin del contrato.

PARGRAFO. El contratista autoriza a la Empresa para:

a) Retener los pagos que tenga a su favor en caso de presentar mora en los aportes a la seguridad social y parafiscales (si hay lugar a ellos), y/o en el pago de los trabajadores vinculados mediante contratos de trabajo o cualquiera de los ex trabajadores del mismo, que tuvieron a cargo la ejecucin del contrato, por concepto de salarios, prestaciones sociales o cualquiera otra obligacin de carcter laboral pendiente.

b) Pagar todos los conceptos laborales a los que hace referencia el literal anterior como consecuencia del incumplimiento, directamente a quien corresponda en nombre del contratista, con cargo a las sumas a l adeudadas, sin que ello implique que Empresas Varias de Medelln S.A. E.S.P., se convierta en empleador y mucho menos que sustituya las obligaciones laborales a su cargo.

c) Retener el 2%, antes de IVA, del valor de las rdenes de compra ejecutadas pendientes de facturar, por cada diez (10) das hbiles de retraso en la radicacin de la facturacin correspondiente en el Stano 2 Edificio EPM, sin debida justificacin aceptada por la empresa, valor que se descontar de la factura correspondiente a la respectiva orden de compra.

2.7. GARANTAS PARA LA EJECUCIN DEL CONTRATO:

El CONTRATISTA se obliga a constituir a su costa y a favor de EMPRESAS VARIAS DE MEDELLN S.A. E.S.P, las siguientes garantas,mediante un seguro de cumplimiento expedido por una compaa de seguros de suficiente solvencia y legalmente autorizada para funcionar en Colombia, o una garanta bancaria expedida por una entidad financiera; cualquiera de los documentos deber ser expedido A FAVOR DE ENTIDADES ESTATALES y el domicilio del seguro o de la garanta bancaria ser Medelln.

GARANTA NICA DE CUMPLIMIENTO.

AMPARO DE CUMPLIMIENTO. Mediante esta cobertura se amparar a EMPRESAS VARIAS DE MEDELLN S.A E.S.P de los perjuicios por el incumplimiento delas obligaciones que contrae el CONTRATISTA.

Este amparo tendr un valor asegurado equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, incluidas las adiciones y reajustes, y tendr una vigencia igual a la del contrato, incluidas las prrrogas y seis (6) meses ms.

PARGRAFO: En el evento en que no se llegare a liquidar bilateralmente el contrato dentro del trmino previsto de seis (6) meses, despus de terminado el plazo de ejecucin del mismo, se ampliar la vigencia de la garanta para el Cumplimiento por veinticuatro (24) meses ms. Para este efecto, el interventor/supervisor del contrato debe verificar el cumplimiento de esta obligacin y requerir oportunamente al contratista de ser necesario, para que proceda a la ampliacin de la vigencia de la garanta.

AMPARO DE PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES LABORALES. Mediante esta cobertura se amparar a EMPRESAS VARIAS DE MEDELLN S.A. E.S.P de los perjuicios por el incumplimiento del CONTRATISTAdel pago de salarios, indemnizaciones y prestaciones sociales del personal empleado en la ejecucin del objeto contractual.

Esta garanta tendr un valor asegurado equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, incluidas las adiciones y reajustes, y tendr una vigencia igual a la del contrato, incluidas las prrrogas y tres (3) aos ms.

Pargrafo: Las garantas y seguros de que trata esta clusula se constituyen sin perjuicio del cumplimiento de todas las obligaciones que emanan del contrato y no podrn ser canceladas sin la autorizacin escrita de EMPRESAS VARIAS DE MEDELLN S.A E.S.P.

El CONTRATISTA debe mantener vigentes las garantas y seguros establecidos en esta clusula. En caso de incumplimiento o demora por parte del CONTRATISTA en el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en este pargrafo, EMPRESAS VARIAS DE MEDELLN S.A. E.S.P. podr ordenar las prrrogas correspondientes, pagar las primas y erogaciones, descontando su valor de las cuentas que deba pagar al CONTRATISTA.

PLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL. El CONTRATISTA se obliga a constituir a su costa una pliza de responsabilidad civil extracontractual que ampare los daos materiales y lesiones personales que se puedan causar a terceros en el desarrollo del contrato. Esta pliza debe reunir las siguientes condiciones:

a. Incluir como asegurado adicional a EMPRESAS VARIAS DE MEDELLN S.A. E.S.P. y en consecuencia incluir la cobertura de responsabilidad cruzada, para cubrir los daos que en virtud de la responsabilidad civil extracontractual se puedan causar entre los asegurados.

b. Incluir la cobertura de contratista y subcontratista.

c. Incluir la cobertura de responsabilidad civil patronal.

d. Incluir la cobertura de vehculos propios y no propios, la cual no debe estar sublimitada atendiendo a la actividad desarrollada mediante el contrato.

e. Incluir dao moral

f. Incluir lucro cesante.

En caso de ser necesario, la compaa de seguros deber expedir certificacin levantando exclusin de dao moral y lucro cesante.

g. La cobertura de cada amparo de la pliza debe tener un lmite asegurado del 30% del valor total del contrato.

h. Esta pliza debe estar vigente por todo el tiempo de duracin del contrato.

Pargrafo Primero. Si el CONTRATISTA se niega a constituir las garantas y seguros aqu sealados, EMPRESAS VARIAS DE MEDELLN S.A E.S.P podr dar por terminado el contrato en el estado en que se encuentre sin que por este hecho deba reconocer o pagar indemnizacin alguna.

Las garantas que aqu se mencionan deben recibir aprobacin expresa de EMPRESAS VARIAS DE MEDELLN S.A. E.S.P, la cual podr ratificarlas o rechazarlas (Artculo 1038 del Cdigo de Comercio), para lo cual efectuar un examen a los trminos, valores, condiciones generales y particulares, a fin de obtener la ms adecuada proteccin de los bienes e intereses de EMPRESAS VARIAS DE MEDELLN S.A. E.S.P y garantizar el cabal cumplimiento del contrato

Pargrafo Segundo Cuando se presente alguna modificacin en el contrato respecto del plazo y/o del precio del mismo, el contratista debe ampliar los amparos respectivos para conservar el monto porcentual y la vigencia sealada en esta clusula.

Pargrafo Tercero. Cuando el valor de la(s) pliza(s) se vea afectado por razn de siniestros, el contratista debe aportar una nueva pliza en las mismas condiciones de cobertura exigidas en el contrato.

2.8. INTERVENTORA/SUPERVISIN:

El Gerente General designar como Interventor del contrato, a la firma contratista encargada de ejercer la Interventora integral de los contratos suscritos o que se llegaren a suscribir para el mantenimiento del parque automotor, o a quien el Gerente delegue para tal efecto. La Interventora actuar como portavoz de EMVARIAS durante la vida y liquidacin del contrato. Estarn a su cargo las funciones de control, vigilancia y seguimiento de los aspectos relativos a la ejecucin y liquidacin del contrato, debe dar instrucciones y hacer observaciones para prevenir o corregir incumplimientos del CONTRATISTA. Las dems funciones y facultades de la Interventora se encuentran descritas en el Manual de Interventora adoptado por la EMPRESA. El cumplimiento de esta labor, lo realizar en cumplimiento de lo dispuesto en el pargrafo primero del artculo 83 de la Ley 1474 de 2011.

2.9. MEDIDAS DE APREMIO Y ACUERDOS DE NIVELES DE SERVICIO ANS-:

2.9.1. Cumplimiento

El contrato se considerar cumplido cuando cada una de las partes lleva a cabo las acciones que explcita o implcitamente quedan comprendidas en los compromisos u obligaciones que asume, y con atencin a las caractersticas formales y de tiempo previstas para ello.

Cualquier desviacin, modificacin u omisin de dichas acciones que no haya sido consentida expresamente por la contraparte, constituir legalmente un caso de incumplimiento del contrato y ser suficiente para que se produzcan los efectos legal o contractualmente previstos para ello.

Cuando se estipule expresamente, ser suficiente la configuracin objetiva del evento constitutivo del incumplimiento, para que la contraparte que lo sufre exija las reparaciones o tome las medidas resarcitorias correspondientes.

Es un caso especial de incumplimiento la renuencia del CONTRATISTA a firmar el contrato o a aportar la documentacin necesaria para la formalizacin del contrato y, por tanto, para hacer posible dar la orden de inicio. EMVARIAS considerar que esta circunstancia se ha dado cuando transcurran diez (10) das calendario despus del vencimiento del plazo para cumplir con los actos sealados. Dicho trmino no es un plazo adicional al fijado para la formalizacin del contrato. En ambos casos, EMVARIAS podr aceptar la oferta del proponente clasificado en la lista de elegibles en segundo lugar, frente a quien se proceder de manera similar a la del primer caso; en consecuencia, de darse una circunstancia semejante de renuencia por parte del nuevo proponente seleccionado, se acudir al clasificado en tercer lugar y bajo los mismos mecanismos de conformacin del acuerdo.

En todo caso y frente a los proponentes que incurran en el incumplimiento acabado de relacionar, EMVARIAS har efectiva la garanta de seriedad de la oferta y el proponente quedar en la situacin de inhabilidad para contratar que contempla la Ley 80 de 1993.

2.9.2 Medidas de apremio provisionales

Con fundamento en el principio de la autonoma de la voluntad consagrado en el artculo 1592 y otras normas concordantes como el artculo 1602 del Cdigo Civil Colombiano, el proponente al presentar la propuesta acepta que durante la ejecucin del contrato se d aplicacin a lo previsto en ste numeral, en cuanto a las denominadas medidas de apremio provisionales, consideradas como un mecanismo de solucin directa de controversias que puedan surgir entre LAS PARTES, por el incumplimiento de obligaciones de EL CONTRATISTA.

La aplicacin de la medida de apremio provisional no libera ni atena la responsabilidad de EL CONTRATISTA del cumplimiento de las obligaciones adquiridas con la celebracin del contrato. Los perjuicios que se ocasionen como consecuencia del retardo o del incumplimiento podrn hacerse efectivos en forma separada.

Las medidas de apremio provisionales tendrn un lmite mximo igual al diez por ciento (10%) del valor del contrato. Sern reportadas al Sistema de Contratacin y al Sistema de Informacin de Contratistas EPM, ms no a las cmaras de comercio.

2.9.2.1. Procedimiento para la aplicacin de las Medidas de Apremio Provisionales:

Si EL CONTRATISTA incurre en una de las causales de medida de apremio provisional pactadas en el contrato, a travs del jefe de la dependencia que tiene a su cargo la administracin del contrato, se le comunicar por escrito la causal en que presuntamente incurri. En la mencionada comunicacin se le conceder un trmino de dos (2) das hbiles, contados a partir del da siguiente a la fecha de recibo de la comunicacin, para que exponga o justifique las razones del incumplimiento.

EMVARIAS analizar las razones expuestas por EL CONTRATISTA y le comunicar una de las siguientes decisiones:

1. Que no se aplicar la medida de apremio provisional, de aceptarse las justificaciones y explicaciones presentadas, si es el caso, o,

2. Que se aplicar la medida de apremio provisional, si no manifestaron las razones que justifiquen el incumplimiento de la respectiva obligacin, o de haberlas presentado, que no se encuentra justificado el incumplimiento correspondiente.

De considerarse aplicable la medida de apremio provisional, en la respectiva comunicacin se conceder un trmino de cinco (5) das hbiles, contados a partir del da siguiente al recibo de la misma, para que presente los argumentos que sustentaran la inaplicabilidad de la medida de apremio. Cumplido este trmino se enviar una nueva comunicacin escrita confirmando la aplicacin de medida de apremio o revocndola.

Cuando la comunicacin establezca la aplicacin de la medida de apremio provisional, se proceder as:

En contratos con pagos nacionales (residentes cambiarios): El valor de la medida de apremio se deducir directamente (aunque con carcter provisional) de cualquier suma que se adeude a EL CONTRATISTA si la hay, de no haberla se solicitar a ste que la pague voluntariamente dentro de los quince (15) das hbiles siguientes. Si incumple la obligacin de pagar la medida de apremio provisional se har efectiva la garanta bancaria o de seguro de cumplimiento respectivo, y en ltima instancia se acudir a la va judicial.

En contratos con pagos al exterior (contratistas no residentes cambiarios): Con la comunicacin que aplica la medida de apremio provisional se le remitir una cuenta de cobro para que la pague dentro de los quince (15) das hbiles siguientes, de no cumplir la obligacin de pagar se proceder a hacer efectiva la carta de crdito stand by, el aval bancario, el ttulo valor que se pignore a favor de EMVARIAS o la garanta respectiva que sea otorgada por el contratista.

Adicionalmente a las dems obligaciones contempladas para cada parte en el presente pliego de condiciones, EL CONTRATISTA acepta que confirmada la aplicacin de la medida provisional del apremio, surge para l la obligacin de pago de la misma, la cual ser exigible en los trminos antes sealados.

Nota: El monto del ttulo valor que se pignore a favor de EMVARIAS, el de la carta de crdito stand by, o el aval bancario deber determinarse con la valoracin del riesgo que se haga en cada caso, con la asesora del rea de Finanzas de EMVARIAS.

2.9.2.2 Carcter definitivo de la medida de apremio.

La medida de apremio provisional, se volver definitiva y en consecuencia ser reportada al rea de Suministro y Soporte Administrativo de EMVARIAS y al Sistema de Informacin de Contratistas de EPM, en los siguientes eventos:

1. Cuando haya caducado la accin para controvertirla ante la jurisdiccin.

2. Cuando est ejecutoriada la sentencia judicial que determine la procedencia de su aplicacin.

3. Cuando EL CONTRATISTA reconozca su incumplimiento.

Se considerar como fecha de la medida de apremio, aquella en la que se aplic.

2.9.2.3 Prdida de efectos de la medida de apremio y devolucin de las sumas cobradas o pagadas.

La medida de apremio deber dejarse sin efectos:

1. Cuando est ejecutoriada la sentencia judicial que determine la improcedencia de su aplicacin. El valor de la medida de apremio se devolver en las condiciones que se fijen en el fallo.

1. Cuando EL CONTRATISTA acredite la existencia de situaciones que lo exoneren de responsabilidad. En este caso habr lugar a la entrega del dinero cobrado o deducido, indexado de conformidad con la Circular 1295 de diciembre 27 de 2004 o el acto que lo modifique y se ordenar que se retire del sistema de contratacin y del Sistema de Informacin de Contratistas existente o su equivalente.

2.9.2.4 Causales para la aplicacin de medidas de apremio provisionales:

Nota: De acuerdo con el anlisis de riesgos y el grado de afectacin del normal desarrollo del contrato, la dependencia administradora del contrato deber fijar la medida de apremio provisional y el monto de la misma, la cual debe ser proporcional a la gravedad del incumplimiento.

2.9.2.4.1 Incumplimiento de las rdenes de Interventora. Cuando EL CONTRATISTA incumple una (1) o ms rdenes de trabajo o instrucciones de interventora/supervisin, se podr aplicar una medida de apremio provisional del (1%) del valor del contrato, por cada da calendario que incumpla una o varias rdenes.

2.9.2.4.2 Por suspensin o retraso de los trabajos o entrega de suministros sin causa justificada o por causa imputable a EL CONTRATISTA. Cuando los retrasos en el inicio de ejecucin del contrato o de ejecucin de las rdenes de trabajo o de interventora/supervisin o las suspensiones autorizadas de los trabajos demoren ms del tiempo acordado con la Interventora/supervisin, o del plazo de entrega de los suministros, se podr aplicar una medida de apremio provisional de un (1%) del valor total del contrato, por cada da calendario que demore en iniciar o reiniciar los trabajos.

2.9.2.4.3 Por utilizar productos, repuestos, materiales o equipos que no hayan sido aprobados por la interventora/supervisin. Si EL CONTRATISTA hace uso de productos, repuestos, materiales, equipos, entre otros, que no hayan sido aprobados por la interventora/supervisin para su utilizacin y/o que no se encuentren relacionados en los documentos que hacen parte del contrato, este podr incurrir en una medida de apremio provisional, equivalente al 2,5% del valor del contrato al momento de la imposicin de la medida, por cada ocurrencia de este hecho, adems del retiro correspondiente de los mismos y su reemplazo por materiales y/o elementos aprobados por la interventora/supervisin.

2.9.2.4.4 Por no contar con el personal necesario y/o idneo para la adecuada prestacin o suministro de los servicios y/o no contar con el personal que cumpla con los requisitos exigidos en los trminos de invitacin. Cuando pasados cinco (5) das calendario del inicio de la ejecucin contractual o en cualquier momento de sta, no se cuente con el personal necesario y/o idneo para la adecuada prestacin o suministro de los servicios y/o no se cuente con el personal que cumpla con los requisitos exigidos en los trminos de invitacin, o cuando se presente una falta y no sea reemplazada dentro de los cinco (5) das calendario siguientes, EMVARIAS podr aplicar una medida de apremio provisional equivalente al 2,5% del valor del contrato al momento de la imposicin de la medida de apremio.

2.9.2.4.5 Por incumplimiento en las normas de seguridad y salud en el trabajo Si EL CONTRATISTA incumple el sistema de seguridad y salud en el trabajo, EMVARIAS podr aplicar una medida de apremio provisional equivalente al 1,0% del valor del contrato al momento de la imposicin de la medida, por cada da calendario de incumplimiento y hasta que se corrija el mismo.

2.9.2.4.6 Por incumplimiento en los Acuerdos de Niveles de Servicios - ANS y otros acuerdos contractuales. Por cada caso en que se supere el nmero de incumplimientos en los Acuerdos de Nivel de Servicios - ANS que expresamente se indican en cada causal, EL CONTRATISTA se podr hacer acreedor a una medida de apremio provisional, equivalente al 1,0% del valor del contrato al momento de la imposicin de la medida de apremio.

2.9.3 Descuentos o cobros por incumplimiento de Acuerdos de Niveles de Servicio - ANS y Otros Acuerdos Contractuales.

Los Acuerdos de Niveles de Servicios - ANS son acuerdos entre LAS PARTES, que se pactan con el fin de establecer estndares de calidad en la prestacin del servicio o en la ejecucin de las tareas relacionadas con el cumplimiento del objeto contractual y pueden establecerse a travs de aspectos tales como tiempos de respuesta, rendimientos, tiempos de mantenimiento, entre otros. Los ANS constituyen una herramienta de mejoramiento de la calidad y un elemento de medicin en la ejecucin del contrato.

Los Otros Acuerdos Contractuales se relacionan con actividades que es necesario realizar o cumplir, para una adecuada ejecucin del contrato o para la liquidacin bilateral dentro del trmino pactado.

EMVARIAS entiende que por el hecho de haber presentado la propuesta, EL PROPONENTE favorecido con la aceptacin, al celebrar el contrato, est conforme y acepta los descuentos o cobros por mora o incumplimiento de alguno de los ANS y de Otros Acuerdos Contractuales que ms adelante se estipulan.

EMVARIAS har efectivos los descuentos al CONTRATISTA en las actas de pago o las facturas correspondientes, es decir, que pagar al CONTRATISTA el valor que resulte luego de hacer las deducciones o descuentos legales y contractuales. Cuando se trate de contratistas no residentes cambiarios, se solicitar a EL CONTRATISTA el pago de dichos ANS y/u Otros Acuerdos Contractuales directamente dentro de los quince (15) das hbiles siguientes, mediante giro directo (transferencia bancaria a la cuenta que se le indique para el efecto); de incumplir con el pago de dichos Acuerdos se har efectiva la garanta de cumplimiento respectiva.

EL CONTRATISTA ser informado por el administrador del contrato, del incumplimiento en el que incurri.

Los siguientes incumplimientos no sern considerados como Medidas de Apremio Provisionales, salvo cuando se configure el caso contemplado en el numeral 2.9.2.4.6 y darn lugar slo a las deducciones o cobros indicados en cada caso.

a) Por negarse a prestar el servicio aduciendo falta de insumos, repuestos, o falta de disponibilidad de equipo, de personal, o cierre de instalaciones, o carencia de transporte para ir al lugar donde La Empresa requiere la prestacin o el suministro de los bienes y/o servicios. Se podr cobrar o descontar de las actas de pago o de las facturas, CIEN MIL PESOS ($100.000) por cada da calendario de atraso en el inicio de la prestacin de los servicios o del suministro de los bienes y/o servicios requeridos.

b) Por la no atencin oportuna y/o simultaneidad pactada de los vehculos remitidos para el servicio. Se podr cobrar o descontar de las actas de pago o de las facturas, CIEN MIL PESOS ($100.000) por cada da calendario de atraso en el inicio de la atencin oportuna y simultnea, de los vehculos remitidos objeto del suministro o de la prestacin de los servicios.

c) Por no entregar los trabajos dentro de los plazos convenidos o no cumplir el programa de trabajo dentro del plazo fijado y en la forma pactada. Se podr cobrar o descontar de las actas de pago o de las facturas CIEN MIL PESOS ($100.000), por cada da calendario de atraso en la entrega correspondiente segn lo convenido o por el incumplimiento del programa de trabajo detallado.

d) Por falta de limpieza en la obra, o en los sitios de ejecucin de los trabajos. Por el incumplimiento de esta obligacin se podr descontar o cobrar CIEN MIL PESOS ($100.000) por cada da calendario de mora, una vez haya sido informado por EMVARIAS. Cuando se incurra en dicho incumplimiento por ms de dos (2) ocasiones durante el da o mes (segn lo considere el rea encargada de la parte tcnica del contrato), se podr aplicar la medida de apremio que se contempla en el numeral 2.9.2.4.6.

e) Por el incumplimiento en la atencin de las quejas y reclamos que se presenten con ocasin de los trabajos realizados o los suministros entregados por EL CONTRATISTA, dentro de los cinco (5) das calendario siguientes (a criterio de la parte tcnica), contados a partir de la fecha de envo por parte de EMVARIAS, se podr cobrar o descontar un salario mnimo legal mensual vigente (1 SMLMV) por cada queja o reclamo no atendido oportunamente. Cuando se incurra en dicho incumplimiento por ms de dos (2) ocasiones durante la semana o el mes (a criterio del rea encargada de la parte tcnica del contrato), se podr aplicar la medida de apremio que se contempla en el numeral 2.9.2.4.6.

f) Por retraso en la entrega de los documentos para la liquidacin del contrato y/o cierre o balance de cuentas. Si pasados quince (15) das calendario, EL CONTRATISTA no hiciere entrega de los documentos para la liquidacin del contrato, contados a partir del recibo de las obras, los servicios, las actividades y/o los trabajos a satisfaccin de EMVARIAS y/o a partir de la solicitud por parte de la interventora/supervisin, EMVARIAS podr por los primeros quince (15) das calendario adicionales, cobrar o descontar CINCUENTA MIL PESOS ($50.000) por cada da de retraso; a partir de los quince (15) das calendario adicionales de retraso, se podr aplicar la medida de apremio provisional que se contempla en el numeral 2.9.2.4.6.

g) Para la definicin de valores unitarios en las AC (diligenciamiento del Anexo N 8 Cotizacin rdenes de Trabajo) y/o por dilatar el procedimiento de aceptacin de los precios de mercado definidos para las AC. Se podr cobrar o descontar de las actas de pago o de las facturas CIEN MIL PESOS ($100.000), por cada da calendario de atraso en la entrega de la respectiva cotizacin de AC o en la aceptacin de los valores de AC, de acuerdo con los plazos concedidos para ello en los trminos de invitacin, o de acuerdo a lo convenido entre las partes.

Nota: Se pueden incluir otros supuestos de incumplimiento que configuren otros Acuerdos de Niveles de Servicio que se definan o pacten expresamente en el pliego o contrato.

2.10. AUSENCIA DE RELACIN LABORAL:

El contrato ser ejecutado por EL CONTRATISTA con absoluta autonoma e independencia y, en desarrollo del mismo, EMVARIAS no contrae obligacin laboral alguna con EL CONTRATISTA, ni con las personas que ste a su vez contrate para la prestacin del servicio. En consecuencia, el pago de salarios, honorarios y prestaciones de este personal estar a cargo exclusivamente del CONTRATISTA.

2.11. CLUSULA PENAL PECUNIARIA:

En caso de incumplimiento, LA EMPRESA, sin necesidad de requerimiento judicial previo, har efectiva la clusula penal pecuniaria, la cual tendr un monto del diez por ciento (10%) del valor presupuestal del contrato y se considerar como pago parcial de los perjuicios causados a LA EMPRESA, sin que ello impida el ejercicio de las dems acciones a las que haya lugar.

2.12. CLUSULAS EXORBITANTES:

De acuerdo con el literal b, del Artculo 1, de la Resolucin CRA 293 de 2004, y teniendo en cuenta que el incumplimiento del objeto del contrato a celebrar, por parte del contratista, puede generar como consecuencia la interrupcin en la prestacin eficiente del servicio pblico de aseo, se pactar la inclusin de las clusulas exorbitantes que seala la Ley 80 de 1993.

2.13. CAUSALES GENERALES PARA LA TERMINACIN DEL CONTRATO:

El contrato terminar con la ocurrencia de alguna de las siguientes causas:

a) Por vencimiento del plazo del contrato.

b) Por agotamiento del presupuesto antes del vencimiento del plazo.

c) Por mutuo acuerdo entre las partes.

d) Porque Emvarias implemente nuevas figuras para la atencin en el mantenimiento de vehculos

e) Por incumplimiento del contrato por parte del CONTRATISTA.

f) Por las dems causales establecidas en la Ley.

En caso de presentarse la causal descrita en el literal e), La EMPRESA, antes de dar por terminado unilateralmente el contrato, deber solicitar por escrito al CONTRATISTA que tome las medidas correctivas pertinentes dentro de los cinco (5) das siguientes. Si no se obtuviere respuesta del CONTRATISTA o la misma no fuere satisfactoria, La EMPRESA proceder a dar por terminado el

Contrato.

PARGRAFO: En cualquier caso de terminacin del contrato, EMVARIAS reconocer a EL CONTRATISTA el valor de los servicios efectivamente prestados al momento de la terminacin del contrato.

CAPTULO TERCERO

REQUISITOS DE PARTICIPACIN

3.1. QUINES PUEDEN PARTICIPAR:

Podrn participar en el presente proceso contractual las PERSONAS JURDICAS LEGALMENTE CONSTITUIDAS, o LAS FORMAS ASOCIATIVAS (CONSORCIO O UNIN TEMPORAL), quienes debern cumplir con los siguientes requisitos de participacin o habilitantes:

3.2. REQUISITOS PARA PARTICIPAR:

3.2.1. DE LEY:

PARA LAS PERSONAS JURDICAS PARTICIPANTES, EN FORMA INDIVIDUAL O COMO INTEGRANTE DE CONSORCIO O UNIN TEMPORAL:

3.2.1.1. No estar incursos en las causales de inhabilidad o incompatibilidad consagradas en la normatividad vigente del ordenamiento legal Colombiano.

3.2.1.2. Capacidad para contratar:

Acreditar mediante el certificado expedido por la Cmara de Comercio competente, con una antelacin no superior a 30 das con respecto a la fecha de presentacin de la oferta:

Su existencia y representacin legal; Que su objeto social sea congruente o afn con el objeto del proceso de seleccin y del contrato a celebrar; Que su vigencia comprenda como mnimo el plazo previsto para la ejecucin del contrato, su liquidacin y tres (3) aos ms; Que su constitucin legal y su registro en la Cmara de Comercio, haya ocurrido, como mnimo, tres (3) aos antes de la fecha de presentacin de la propuesta; Autorizacin para presentar propuesta y contratar del rgano social competente, en caso de ser necesario.

3.2.1.3. LISTA CLINTON: No estar reportado en la Lista Clinton segn el reporte de la OFAC.

PARA CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES

Adems de los requisitos anteriormente establecidos, las formas asociativas debern cumplir con lo siguiente:

3.2.1.4. Los miembros de los consorcios o uniones temporales debern sealar mediante el documento de integracin (Acta de Constitucin) que adjuntarn a la propuesta, las reglas bsicas que regulen las relaciones entre ellos, en el que expresamente hagan constar que respondern solidariamente frente a Empresas Varias de Medelln S.A. E.S.P., por todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta tcnico-econmica, la ejecucin total del contrato, segn el Alcance del Objeto y la liquidacin del mismo.

3.2.1.5. En el mismo documento de integracin (Acta de Constitucin) se sealarn los trminos y extensin de la participacin de sus integrantes, en la propuesta tcnico-econmica y en la ejecucin del contrato, trminos o porcentajes que no podrn ser modificados sin la autorizacin previa y escrita de EMVARIAS, tanto para Consorcios como para Uniones Temporales. En dicho documento tambin se deber designar expresamente la persona que har las veces de Representante Legal de la forma asociativa.

3.2.2. DE ORDEN FINANCIERO:

Para las Personas Jurdicas participantes, en forma individual o como integrante de Consorcio o Unin Temporal:

Debern cumplir con los siguientes requisitos de orden financiero, basados en los Estados financieros a diciembre 31 de 2015:

El ndice de Endeudamiento (Pasivo total/Activo total) a 31 de diciembre de 2015 debe ser menor al 80%.

El ndice de liquidez (Activo corriente/Pasivo corriente) a 31 de diciembre de 2015 debe ser mayor a 1.

El Capital de Trabajo Neto (Activo Corriente-Pasivo Corriente) a 31 de diciembre de 2015 debe ser > o igual a $96.712.000.

NOTA: El cumplimiento de estos requisitos aqu descritos, le ser exigido a cada persona jurdica participante, bien sea en forma individual o como integrante de Forma Asociativa (Consorcio o Unin Temporal).

La verificacin de los ndices de la Capacidad Financiera no tiene calificacin alguna dentro de la evaluacin de las propuestas, ser realizada por los integrantes del comit evaluador del proceso, para determinar si la propuesta se ajusta a los requerimientos, establecindola como HBIL O NO HBIL O CUMPLE NO CUMPLE. Si el Proponente NO CUMPLE con estos requisitos, su Propuesta ser declarada NO HBIL y por tanto, NO SER OBJETO DE EVALUACIN.

3.2.3. DE ORDEN TCNICO:

3.2.3.1. EXPERIENCIA:

Los proponentes (Personas jurdicas individualmente consideradas o en Consorcio o Unin Temporal) deben acreditar experiencia mediante contratos y/o facturas con personas jurdicas (Entidades Pblicas y/o Privadas) en Lavado de Vehculos, que renan cada una de las siguientes condiciones:

Que la sumatoria de contratos y/o facturas de tres (3) aos comprendidos en el periodo de los ltimos diez (10) aos hasta el momento de la presentacin de la propuesta expresada en SMLMV, sea igual o superior al treinta por ciento (30%) del valor del presupuesto oficial de la presente solicitud privada de ofertas.

Que por lo menos un contrato o sumatoria de facturas, en un periodo de un ao, de un solo negocio, con una misma entidad (pblica o privada), sea igual o superior al diez (10%) del valor del presupuesto oficial objeto de esta solicitud privada de ofertas.

Para acreditar la experiencia se deber diligenciar el Anexo N 3Relacin de Experiencia de estos trminos suscrito por el Representante Legal y el Revisor Fiscal si est obligado a tenerlo, o el Representante Legal y el Contador en caso contrario. En caso de que toda la experiencia haya sido adquirida con Empresas Varias de Medelln S.A. E.S.P., solo se requerir la firma del Representante Legal.

NOTA: Si se trata de CONSORCIO O UNIN TEMPORAL, cada uno de sus miembros deber diligenciar el Anexo No. 3, el cual deber suscribirse y acreditarse en los trminos descritos para personas jurdicas individualmente consideradas, y se sumarn los valores de los anexos presentados por cada uno de quienes lo integran, de acuerdo con el porcentaje de participacin, para efectos del cumplimiento de la experiencia como requisito de participacin.

El Anexo N 3Relacin de Experiencia deber estar acompaado de los siguientes documentos:

Copia de las facturas de venta que soporten la experiencia; y/o copia de los contratos relacionados en el Anexo N 3 Relacin de Experiencia, con sus respectivos certificados en original copia, expedidos por la Persona jurdica (Entidad Pblica o Privada) en los cuales se haga constar: Objeto, valor del contrato, valor ejecutado a la fecha, fecha de inicio, fecha de terminacin, prrrogas, adiciones, fecha de expedicin del certificado. Si en el contrato relacionado se desarrollaban actividades diferentes a las solicitadas en los presentes trminos, el certificado deber indicar el porcentaje total de ejecucin correspondiente a esta actividad (Lavado de Vehculos) con respecto al valor total del contrato, expresado en SMLMV.

En caso de que los contratos hayan sido suscritos por Consorcios o Uniones Temporales se deber indicar adems del porcentaje total de ejecucin de estas actividades (Lavado de Vehculos), el valor correspondiente a su participacin en el contrato.

Si las facturas o contratos fueron suscritos con Empresas Varias de Medelln S.A. E.S.P. no requieren ser aportados en la propuesta, pero si relacionados en el Anexo No. 3 Relacin de Experiencia y tampoco requieren aportar los certificados.

Quienes no cumplan con los requerimientos de tiempo y/o valor definidos en este numeral no sern tenidos en cuenta para la evaluacin.

Empresas Varias de Medelln S.A. E.S.P. se reserva el derecho de verificar la documentacin que se presente para acreditar la experiencia.

NOTA: Para la verificacin de este requisito, una vez se acredite la experiencia solicitada en los trminos sealados en las vietas 1 y 2 del presente numeral no se tendrn en cuenta las dems facturas y/o contratos descritos en el Anexo No. 3 y aportados con la propuesta.

CAPTULO CUARTO

DE LAS PROPUESTAS

4.1. INTERPRETACIN, MODIFICACIN Y ACLARACIONES DE LA INVITACIN:4.1.1. INTERPRETACIN Y ACEPTACIN DE LOS TRMINOS DE INVITACIN:El proponente debe examinar cuidadosamente la presente solicitud privada de ofertas y sus anexos e informarse cabalmente de todas las condiciones que puedan afectar el futuro contrato. Las interpretaciones o deducciones que el proponente haga de la presente solicitud, incluidos sus Anexos, sern de su exclusiva responsabilidad. Si al menos uno de los proponentes interpreta adecuadamente estos trminos, se entender que es claro su contenido.

Con la presentacin de la propuesta tcnico econmica, el proponente manifiesta que estudi los Trminos de la invitacin con todos sus documentos, que obtuvo las aclaraciones sobre las estipulaciones que haya considerado inciertas o dudosas, que conoce la naturaleza del objeto contractual y sus diferentes actividades; que formul su oferta de manera libre, seria, precisa y coherente, y que adems, se acoge a toda la normativa que rige el proceso de seleccin, la celebracin del contrato resultante del mismo y su ejecucin.

Todos los documentos de esta invitacin se complementan entre s, de tal manera que lo indicado en cada uno de ellos se entender como indicado en todos. Las interpretaciones o deducciones que el proponente haga de lo establecido en estos trminos, sern de su exclusiva responsabilidad. En consecuencia, Empresas Varias de Medelln S.A. E.S.P., no ser responsable por descuidos, errores, omisiones, conjeturas, suposiciones, mala interpretacin u otros hechos desfavorables en que incurra el proponente y que puedan incidir en la elaboracin de su oferta.

4.1.2. MODIFICACIN O ACLARACIN A LA SOLICITUD PRIVADA DE OFERTAS.La EMPRESA, de oficio, podr aclarar o modificar la invitacin. Igualmente, cuando el proponente lo solicite mediante escrito dirigido a la Gerencia General, entregado y radicado en la Oficina de Recepcin de Documentos del Centro de Administracin Documental, ubicada en la carrera 58 No. 42-125, stano 2 Edificio EPM (Costado Norte) o enviado al correo electrnico [email protected], con mnimo dos (2) das hbiles de antelacin a la fecha lmite de presentacin de la propuesta.

Con el nimo de ser oportunos y giles en las respuestas a las inquietudes, se sugiere que las solicitudes de aclaracin y/o modificacin sean consolidadas, en lo posible, en un mismo oficio.

Empresas Varias de Medelln S.A. E.S.P., responder por el mismo medio a la direccin informada por el proponente.

Las aclaraciones o modificaciones a los trminos de invitacin sern de obligatoria observancia para la presentacin de la oferta, e igualmente harn parte de la invitacin a cotizar y del contrato.

4.2. CORRESPONDENCIA:

Mientras no se indique otra cosa, durante el proceso de seleccin, toda la correspondencia de los proponentes debe ser dirigida a la Gerencia General, con copia al rea de Suministro y Soporte Administrativo, bien sea al correo electrnico [email protected] o radicada en el Centro de Administracin Documental de Empresas Varias de Medelln S.A. E.S.P., ubicado en la carrera 58 No. 42-125, Stano 2 Edificio EPM (Costado Norte). Correspondencia enviada a otras oficinas o correos electrnicos diferentes a los indicados en estos Trminos, se entender por no presentada y por consiguiente no surtir efectos.

Nota: La recepcin de documentos en el Centro de Administracin Documental de la EMPRESA, se realiza los das hbiles, de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 12:00 m y de 2:00 p.m. a 4:00 p.m.

4.3. FECHA LMITE PARA LA PRESENTACIN DE PROPUESTAS:

Las propuestas deben presentarse en la forma y con los contenidos que seala la presente invitacin; para el efecto, la invitacin se entrega en medio magntico. La informacin del archivo se encuentra protegida y, en consecuencia, si el interesado requiere modificar o diligenciar algn formulario que all se encuentre, puede copiarlo en otro archivo y as podr manipularlo. Sin embargo, deber tener en cuenta que la informacin vlida es la que se encuentra en el archivo original.

Las propuestas se recibirn para su radicacin en el Centro de Administracin Documental de la EMPRESA, ubicado en la carrera 58 No. 42-125, Stano 2 Edificio EPM (Costado Norte), hasta las 11:00 a.m. del viernes 15 de julio de 2016. Posteriormente se proceder con su acto de apertura (recepcin de propuestas y apertura) y se suscribir un acta en la que har constar el nombre de los oferentes, el valor de la respectiva propuesta, los datos generales de la pliza de seriedad de la oferta y el nmero de folios de cada propuesta.

Nota: Dados los controles previos existentes en el Edificio EPM para autorizar el ingreso de personas a las instalaciones, el proponente o su delegado deber presentarse con suficiente anticipacin respecto a la hora lmite para la entrega de propuestas. EMVARIAS S.A. E.S.P., no se responsabiliza por demoras o retardos en la entrega de la propuesta causados por el ejercicio de los controles de acceso mencionados.

4.4. INSTRUCCIONES PARA LA PREPARACIN DE LA PROPUESTA: La propuesta deber estar firmada por el proponente, esto es, por el Representante Legal de la Persona Jurdica individualmente considerada, o por el Representante Legal del Consorcio o Unin Temporal, quien deber estar expresamente facultado para el efecto y para la suscripcin del contrato resultante del proceso de seleccin.

La propuesta deber estar debidamente identificada con el nombre y el nmero del proceso de contratacin, y acompaada con todos los documentos anexos. Deber presentarse en medio magntico y/ dos (2) ejemplares impresos, en sobres cerrados, separados y marcados: Original, y Copia, respectivamente, en los cuales se har constar, adems, el nombre del proponente y su direccin completa. En caso de discrepancia entre el original y la copia, primar el original.

Los documentos que integran la propuesta se debern allegar en el orden establecido en estos Trminos, en el captulo denominado Documentos de la Propuesta, presentando separadamente los documentos legales, tcnico-econmicos y financieros.

El proponente deber estudiar cuidadosamente la totalidad de la informacin aqu contenida e informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten los costos de su propuesta tcnico-econmica, de acuerdo con el desarrollo de la ejecucin del contrato. Ver numeral 4.1.1. Interpretacin y aceptacin de los trminos de invitacin.

Cualquier omisin por parte del proponente en este aspecto, la asumir bajo su propio riesgo y por tanto, no habr ningn reconocimiento o compensacin econmica por ello. No se admitir excusa alguna, por errores u omisiones que impliquen desviacin de lo exigido en los trminos de invitacin.

Se entiende que los diferentes documentos de esta solicitud privada de ofertas se complementan entre s y que cualquier detalle que aparezca en uno pero no se mencione en otro, se tomar como especificado en todos.

Los costos que se causen para la preparacin de la Propuesta Tcnico Econmica sern de cargo exclusivo del proponente. Empresas Varias de Medelln S.A. E.S.P. en ningn caso reconocer costo alguno por este concepto.

Las propuestas no deben presentar enmendaduras, ni tachaduras.

El proponente deber estudiar cuidadosamente la totalidad de la informacin contenida en la presente solicitud privada de ofertas, sus Formatos y Anexos, e informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten sus costos y el desarrollo de la ejecucin del contrato. Con tal fin, el proponente podr asistir a una visita a las instalaciones del taller de Mantenimiento de Empresas Varias de Medelln S.A. E.S.P., ubicado en la Calle 111 B No. 64-92, de Medelln, programada para el da lunes 11 de julio de 2016 a las 10 a.m., donde ser recibido por personal de Mantenimiento y Seguridad y Salud en el trabajo de EMVARIAS. En caso de asistir a la visita, debe hacerlo el representante legal de la entidad, o delegar por escrito a la persona encargada de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Empresa.

4.5. PROPUESTA TCNICO-ECONMICA:

El cuadro del Anexo N 4Cuadro de Cotizacin para el servicio de lavado, debe ser diligenciado completamente, llenando nicamente las casillas en blanco sin modificar las restantes. Se aclara que los tems a cotizar no podrn ser cotizados en cero ni con cifras decimales.

El proponente debe diligenciar la casilla del IVA segn la tarifa aplicable en las normas vigentes y presentar el total de la propuesta incluido IVA.

Nota 1: Para diligenciar el cuadro del Anexo No.4 Cuadro de Cotizacin, el proponente debe tener en cuenta la flota de vehculos descrita en el alcance del objeto contractual. El valor unitario cotizado para cada tem en el cuadro de cotizacin no debe superar el valor de su presupuesto oficial.

Nota 2: El valor cotizado para cada tem deber ser constante durante toda la ejecucin del contrato desde la suscripcin del acta de inicio hasta su terminacin, es decir, que no podr tener modificacin alguna durante este perodo.

Nota 3: Las cantidades estimadas de las descripciones anotadas en el Anexo N 4 Cuadro de cotizacin podrn disminuir o aumentar de acuerdo con las necesidades reales de los vehculos de la Empresa.

La Propuesta Tcnico Econmica debe presentarse en pesos colombianos, A TODO COSTO BAJO LA MODALIDAD DE PRECIOS UNITARIOS NO REAJUSTABLES. El valor debe incluir todos los costos directos e indirectos en que deba incurrir el contratista para el correcto desarrollo del objeto contractual en todos sus componentes. Igualmente debe considerar el cumplimiento de todas las obligaciones de carcter laboral, prestacional y de seguridad social y parafiscales establecidas por la legislacin Colombiana, respecto del personal que emplee, bajo alguna modalidad de contrato laboral para la ejecucin del contrato; as mismo respecto del personal contratado por prestacin de servicios y el pago de los posibles subcontratos.

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