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Preparado por: Actualizado a Oct. 2012 Curso Virtual de Protección al Consumidor en Materia de Servicios Financieros y Transparencia de la Información

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Preparado por:

Actualizado a Oct. 2012

Curso Virtual de Protección al

Consumidor en Materia de

Servicios Financieros y

Transparencia de la Información

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Sistema de Protección

al Consumidor

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Temas

LEGISLACION

CONCEPTOS

PRINCIPIOS Y POLITICAS

Derechos de los Consumidores

Protección al Consumidor frente a la publicidad

Idoneidad de los Productos y Servicios

Métodos comerciales abusivos

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Marco legal e Institucional relacionados con la Protección del

Consumidor

LEY Nº 29571 CÓDIGO DE PROTECCIÓN Y DEFENSA DEL

CONSUMIDOR: 01-Setiembre-2010

Ley Nº 28587 - Ley Complementaria a la Ley de Protección al Consumidor en Materia de Servicios Financieros: 21 Julio 2005

Resolución SBS Nº 8181 - 2012 - el Reglamento de Transparencia de Información y Contratación con Usuarios del Sistema Financiero: 25 Octubre 2012

Ley Nº 29888 - Ley que modifica la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, y la Ley 28587, Ley Complementaria a la Ley de Protección al Consumidor en materia de servicios financieros, sobre transparencia de la información y modificaciones contractuales : 24 Junio 2012

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Conceptos

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Consumidores o Usuarios

Las personas naturales o jurídicas que adquieren, utilizan o

disfrutan como destinatarios finales productos o servicios

materiales e inmateriales, en beneficio propio o de su grupo

familiar o social, actuando así en un ámbito ajeno a una

actividad empresarial o profesional.

No se considera consumidor quien adquiere, utiliza o

disfruta de un producto o servicio normalmente destinado

para los fines de su actividad como proveedor.

Excepcionalmente, se considera a los microempresarios que evidencien una situación de asimetría informativa con el proveedor respecto de aquellos productos o servicios no relacionados con el giro propio del negocio.

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Proveedores

Las personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado,

que de manera habitual fabrican, elaboran, manipulan,

acondicionan, mezclan, envasan, almacenan, preparan, expenden,

suministran productos o prestan servicios de cualquier naturaleza a

los consumidores.

Se consideran proveedores:

Distribuidores o comerciantes.- Las personas naturales o jurídicas que

venden o proveen de otra forma al por mayor, al por menor, productos o

servicios destinados finalmente a los consumidores, aun cuando ello no se

desarrolle en establecimientos abiertos al público.

Productores o fabricantes.- Las personas naturales o jurídicas que producen,

extraen, industrializan o transforman bienes intermedios o finales para su

provisión a los consumidores.

Importadores.- Las personas naturales o jurídicas que importan productos

para su venta o provisión en otra forma en el territorio nacional.

Prestadores.- Las personas naturales o jurídicas que prestan servicios a los

consumidores.

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¿ Las empresas también pueden ser

consideradas como consumidores finales?

Si, Cuando adquieren, utilizan o disfrutan bienes o

servicios que no se incorporan al desarrollo de su

actividad

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Producto

Es cualquier bien mueble o inmueble, material o inmaterial, de origen nacional o no.

Son aquellos colocados en el mercado con la expectativa de una retribución económica

Servicio

Es cualquier actividad de

prestación de servicios que

se ofrece en el mercado.

No están incluidos los

servicios que prestan las

personas bajo relación de

dependencia

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¿ Qué es una relación de consumo?

PROVEEDOR PRODUCTO

O SERVICIO CONSUMIDOR O USUARIO

+ +

Es la relación por la cual un consumidor adquiere un

producto o contrata un servicio con un proveedor a cambio

de una contraprestación económica.

Está determinada por la concurrencia de tres (3)

componentes:

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¿Qué es la asimetría informativa?

Característica de la transacción comercial por la cual uno

de los agentes, el proveedor, suele tener mayor y mejor

información sobre los productos y servicios que ofrece en

el mercado a los consumidores.

El consumidor a pesar de ser quien mejor sabe qué le

interesa, no necesariamente tiene a su disposición la

información que le permita adoptar las decisiones más

convenientes.

Problema de asimetría informativa entre proveedores y

consumidores puede llegar a generar distorsiones que sitúen

al consumidor en la incapacidad de elegir soluciones

adecuadas..

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¿Qué es la habitualidad?

Se considera habitual aquella actividad

que se realiza de manera común y

reiterada de tal forma que pueda

presumirse que se desarrolla para

continuar en el mercado. Este concepto

no está ligado a un número

predeterminado de transacciones que

deban realizarse.

Las actividades de venta de

productos o contratación de

servicios que se realicen en

locales abiertos son consideradas

habituales por ese simple hecho.

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¿Qué se entiende por Información Relevante?

Información necesaria para que el bien o servicio que adquiera resulte idóneo para el fin ordinario para el cual se suele adquirir o contratar el bien o el servicio, de modo tal que ésta le permite tomar una adecuada decisión de consumo.

Ejemplo: precio, características del servicio,

La información relevante debe estar expresada en idioma español.

Pueda ser conocida o conocible por un consumidor razonable usando su DILIGENCIA ordinaria

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¿ Qué se entiende por consumidor

razonable?

Aquel que actúa con la diligencia ordinaria previsible en ciertas circunstancias

No es un consumidor experto, pero tampoco es aquel descuidado

El derecho común protege la actuación del responsable.

Es el estándar utilizado por INDECOPI para la solución de cada caso concreto, analizando qué es lo que esperaría un consumidor razonable en la circunstancia controvertida.

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Principios y Políticas

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Principios del Código

Principio de Soberanía del Consumidor

Principio Pro Consumidor

Principio de Transparencia

Principio de Corrección de la Asimetría

Principio de Buena Fe

Principio de Protección Mínima

Principio Pro Asociativo

Principio de Primacía de la Realidad

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Políticas públicas obligaciones del estado

Proteger la salud y seguridad de los consumidores

Garantizar el derecho a la información

Orientar sus acciones a defender los intereses de los Consumidores

Reconocer la vulnerabilidad de los consumidores en el mercado

Formular programas de educación

Garantizar mecanismos eficaces y expeditivos para la solución de

conflictos

Promover la participación ciudadana

Procurar y promover una cultura de protección al consumidor

Promover el consumo libre y sostenible de productos y Servicios

Promover la calidad en la producción

Orientar sus acciones para que la protección al consumidor sea una

política transversal

Promover el acceso universal a los productos de salud

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Derechos de los Consumidores

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Derechos de los Consumidores

Derecho a una protección eficaz respecto de los productos y

servicios que, en condiciones normales o previsibles,

representen riesgo o peligro para la vida, salud e integridad

física.

Derecho a acceder a información oportuna, suficiente,

veraz y fácilmente accesible, relevante para tomar una

decisión.

Derecho a la protección de sus intereses económicos y

en particular contra las cláusulas abusivas y métodos

comerciales coercitivos.

Derecho a un trato justo y equitativo en toda

transacción comercial y a no ser discriminados por

motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión,

opinión, condición económica o de cualquier otra

índole.

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Derechos de los Consumidores

Derecho a la reparación o reposición del producto,

a una nueva ejecución del servicio, o a la

devolución de la cantidad pagada.

Derecho a ser escuchados de manera individual

o colectiva a fin de defender sus intereses por

intermedio de entidades públicas o privadas de

defensa del consumidor, empleando los medios

que el ordenamiento jurídico permita.

Derecho a elegir libremente entre productos y

servicios idóneos y de calidad.

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Derechos de los Consumidores

Derecho al pago anticipado o prepago de los saldos

en toda operación de crédito, en forma total o

parcial, con la consiguiente reducción de los

intereses compensatorios generados al día de pago y

liquidación de comisiones y gastos derivados de las

cláusulas contractuales pactadas entre las partes, sin

que les sean aplicables penalidades de algún tipo o

cobros de naturaleza o efecto similar.

Derecho a asociarse con el fin de proteger sus derechos e

intereses de manera colectiva en el marco de las relaciones

de consumo.

A la protección de sus derechos mediante procedimientos

eficaces, ágiles, con formalidades mínimas, gratuitos o no

costosos, para la atención de sus reclamos o denuncias ante las

autoridades competentes.

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Protección al Consumidor

frente a la Publicidad

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La información y la publicidad

La información constituye el primer contacto que el consumidor tiene con el producto o servicio que desea o pretende adquirir.

MEDIOS

PROVEEDORES

CONSUMIDORES

ALT

ER

NA

TIV

AS

SATISFACCION DE

DESEOS, ESPECTATIVAS O

NECESIDADES

MEDIOS

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Noción de Publicidad

La publicidad es la comunicación comercial impersonal, que a través de la utilización de medios de difusión, pretende dar a conocer a sus destinatarios, la marca, el producto o un servicio que ofrece un anunciante, con el fin de informar acerca de su existencia, persuadir o influir en su compra, o generar su aceptación o recordación.

El principio general que rige la información comercial, se centra en que aquello que se diga sobre un producto no debe inducir a engaño al consumidor.

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Idoneidad de los Productos

y Servicios

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¿Qué se entiende por Idoneidad?

Idoneidad es la correspondencia entre lo que un consumidor

espera y lo que efectivamente recibe, en función a lo que se le

hubiera ofrecido, la publicidad e información transmitida, las

condiciones y circunstancias de la transacción, las

características y naturaleza del producto o servicio, el precio,

entre otros factores, atendiendo a las circunstancias del caso.

La idoneidad es evaluada en función a la propia naturaleza del

producto o servicio y a su aptitud para satisfacer la finalidad

para la cual ha sido puesto en el mercado.

Reunión de las condiciones necesarias para desempeñar una

función. coincidencia entre lo que el consumidor espera y

lo que realmente recibe. Depende de la información que haya

recibido previamente.

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Responsabilidades de los Proveedores

Por la idoneidad y calidad de los productos y

servicios ofrecidos

Por la autenticidad de las marcas y leyendas

que exhiben sus productos o del signo que

respalda al prestador del servicio

Por la falta de conformidad entre la publicidad

comercial de los productos.

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Métodos Comerciales Abusivos

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Métodos comerciales coercitivos Condicionar la venta de un bien o la prestación de un servicio a la

adquisición de otro, salvo que por su naturaleza sean complementarios, formen parte de las ofertas comerciales o, por los usos y costumbres sean ofrecidos en conjunto;

Obligar al consumidor a asumir prestaciones que no haya pactado o a efectuar pagos por bienes o servicios que no hayan sido requeridos previamente.

Modificar sin el consentimiento expreso de los consumidores, las condiciones y términos en los que adquirió un producto o contrató un servicio.

Completar los títulos valores emitidos incompletos por el consumidor, de manera distinta a la que fuera expresamente acordada al momento de su suscripción;

Establecer limitaciones injustificadas o no razonables al derecho del consumidor de poner fi n a un contrato, así como a la forma como éste puede hacerlo;

Tomar ventaja indebida en las relaciones contractuales de duración continuada o de tracto sucesivo, en aquellas situaciones en las que el cambio de un proveedor resulta significativamente costoso para el consumidor.

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Métodos comerciales agresivos o engañosos

Crear la impresión de que el consumidor ya ha ganado, que ganará o

conseguirá, si realiza un acto determinado, un premio o cualquier otra ventaja

equivalente cuando, en realidad: (i) tal beneficio no existe, o (ii) la

realización de una acción relacionada con la obtención del premio o ventaja

equivalente está sujeta a efectuar un pago o incurrir en un gasto.

El cambio de las condiciones del producto o servicio antes de la celebración

del contrato, sin el consentimiento expreso e informado del consumidor.

Realizar visitas en persona al domicilio del consumidor o realizar

proposiciones no solicitadas, por teléfono, fax, correo electrónico u otro

medio, de manera persistente e impertinente, o ignorando la petición del

consumidor para que cese este tipo de actividades.

Emplear centros de llamada (call centers), sistemas de llamado telefónico,

envío de mensajes de texto a celular o de mensajes electrónicos masivos para

promover productos y servicios, así como prestar el servicio de telemercadeo,

a todos aquellos números telefónicos y direcciones electrónicas que hayan

sido incorporados en el registro implementado por el Indecopi para registrar a

los consumidores que no deseen ser sujetos de las modalidades de promoción

antes indicadas.

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Métodos abusivos de cobranza

Enviar al deudor, o a su garante, documentos que

aparenten ser notificaciones o escritos judiciales.

Realizar visitas o llamadas telefónicas entre las

20.00 horas y las 07.00 horas o los días

sábados, domingos y feriados.

Colocar o exhibir a vista del público carteles o escritos

en el domicilio del deudor o del garante, o en locales

diferentes de éstos, requiriéndole el pago de sus

obligaciones.

Enviar comunicaciones o realizar llamadas a

terceros ajenos a la obligación informando sobre la

morosidad del

consumidor

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Métodos abusivos de cobranza

Enviar comunicaciones o realizar llamadas a

terceros ajenos a la obligación informando

sobre la morosidad delconsumidor

Enviar estados de cuenta, facturas por pagar y

notificaciones de cobranza, sea cual fuera la

naturaleza de estas últimas, al domicilio de un

tercero ajeno a la relación de consumo, salvo que se

trate de un domicilio contractualmente acordado o

que el deudor haya señalado un nuevo domicilio

válido

Difundir a través de los medios de comunicación

nóminas de deudores y requerimientos de pago

sin mediar orden judicial

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Ley Nº 28587 - Ley Complementaria a la Ley de Protección al Consumidor en Materia de Servicios Financieros Promulgada : 21 Julio 2005 Vigente: 20 Agosto 2005

Resolución SBS Nº 8181 - 2012 - el Reglamento de Transparencia de Información y

Contratación con Usuarios del Sistema Financiero

Publicada: 25 Octubre 2012 Vigente: 1 Enero 2013

Ley Nº 29888 - Ley que modifica la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, y

la Ley 28587, Ley Complementaria a la Ley de Protección al Consumidor en materia de servicios

financieros, sobre transparencia de la información y modificaciones contractuales

Promulgada: 24 Junio 2012 Vigente : 25 Junio 2012

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¿Por qué buscamos Transparencia en la Información?

Porque la Transparencia es un mecanismo que permite

mejorar el acceso a la información de los usuarios y

público en general y reducir la asimetría de información

existente, con la finalidad de que los usuarios puedan, de

manera responsable, tomar decisiones informadas con

relación a las operaciones y servicios que desean contratar

y/o utilizar con las empresas del sistema financiero.

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Objetivo del Reglamento

Promover una mayor transparencia de información en el

sistema financiero, como un mecanismo que permita a los

usuarios y clientes de las empresas supervisadas acceder

a mejor información sobre tasas de interés, comisiones,

gastos y demás condiciones de contratación de servicios

financieros que conlleve, a su vez, a una mejor toma de

decisiones sobre una base más informada.

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Conceptos

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Definiciones

Cliente:

Usuario con quien la empresa

mantiene una relación

comercial originada por la

celebración de un contrato.

Usuario o Consumidor: Persona que adquiere, utiliza o disfruta de los productos o servicios ofrecidos por la empresa, o que potencialmente podría utilizarlos, y que sea definido como tal, de conformidad con lo dispuesto por el Código.

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Definiciones

Contrato Contiene todos los derechos

y obligaciones que corresponden al cliente y a la empresa

Incluye los anexos que establecen las estipulaciones específicas propias de la operación financiera pacta y celebrada por las partes intervinientes

Folleto Informativo Documento que se encuentra

a disposición de los usuarios en las oficinas de la empresa, es enviado a sus domicilios o vía correo electrónico, así como los afiches publicados al interior de las oficinas.

Tienen por finalidad poner en conocimiento de los usuarios las características de los productos o servicios ofrecidos por la empresa.

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Definiciones

Fórmulas Método que permite

determinar de forma clara, detallada, y comprensible por los clientes, el principal y los intereses que cobren o paguen las empresas por sus productos activos y pasivos, respectivamente, así como los montos que cobren en caso de incumplimiento, comisiones y gastos derivados de la operación.

Programa Aplicativo o software que

permite a los clientes que mantengan operaciones activas bajo el sistema de cuotas calcular, bajo el supuesto de cumplimiento, intereses, comisiones y gastos.

PRESTAMO

FACIL

Simulador de Préstamo

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Operaciones Activas

Operaciones de crédito que implican el desembolso de dinero en efectivo o el otorgamiento de una línea de crédito bajo cualquier modalidad contractual.

Operaciones activas bajo el sistema de cuotas: Operación de crédito bajo la modalidad de desembolso de dinero que se repaga según el cronograma de cuotas otorgado por la empresa dentro del plazo de vencimiento, tales como créditos hipotecarios, vehiculares y de consumo, entre otros. No se considera bajo esta definición los créditos otorgados bajo la modalidad de tarjetas de crédito

Operación activa bajo el sistema revolvente: Operación de crédito en la que se permite que el saldo fluctúe en función de las decisiones del deudor. Incluye la modalidad de avances en cuenta corriente, cargos en tarjetas de crédito, sobregiros en cuenta corriente, préstamos revolventes y otros créditos revolventes..

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Operaciones Pasivas

Operaciones de captación de fondos de los usuarios bajo cualquier modalidad contractual.

Operaciones pasivas a plazo determinado: Operaciones de captación de fondos cuya fecha de vencimiento dependerá del plazo pactado entre el usuario y la empresa.

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Criterios aplicables para

la determinación de tasas

de interés, comisiones y

gastos

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Determinación de las Tasas

Las empresas del sistema financiero pueden señalar libremente las tasas de interés compensatorios y moratorios para sus operaciones activas y pasivas.

Conformidad con Art. 9° de la Ley General de Instituciones Financieras.

BCR establece los límites

Determinación de las Tasas de interés compensatorio y moratorio:

Expresadas en forma efectiva anual para todo tipo de operaciones,

Año de trescientos sesenta (360) días.

Las empresas deberán tener en cuenta la regulación que sobre la materia emite el Banco Central de Reserva del Perú con acuerdo a su Ley Orgánica

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Definiciones

Interés compensatorio: constituye la contraprestación por el uso del dinero o de cualquier otro bien

Tasa de interés fija: cualquier tasa que ha sido objeto de pacto en el contrato cuya variación no depende de un factor variable.

Tasas de interés que dependan de un factor variable: aquella tasa cuya fluctuación o ajuste periódico depende de un indicador (factor) predeterminado que varía en el tiempo de acuerdo a una periodicidad preestablecida.

Interés Moratorio: Tiene la finalidad de indemnizar la mora de pago. Sólo procede en caso que el deudor incurra en mora en el pago, o lo que es lo mismo, incumpla con la obligación de pagar en la fecha que corresponde

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Rendimiento Efectivo

Es calcular la real ganancia que se obtiene al depositar su dinero en una entidad del sistema financiero.

La tasa de rendimiento efectivo anual (TREA) de las cuentas de ahorro y depósitos, es aquella que permite igualar el monto que se ha depositado con el valor actual del monto que efectivamente se recibe al vencimiento del plazo, considerando todos los cargos por comisiones y gastos, incluidos los seguros, cuando corresponda, y bajo el supuesto de cumplimiento de todas las condiciones pactadas

Costo Efectivo

Es calcular el real costo que se asume al solicitar un crédito en una entidad del sistema financiero.

La tasa de costo efectivo anual (TCEA) es aquella que permite igualar el valor actual de todas las cuotas con el monto que efectivamente haya sido recibido en préstamo. Para este cálculo se incluirán las cuotas que involucran el principal, intereses, comisiones y gastos, que de acuerdo a lo pactado serán trasladados al cliente, incluidos los seguros en los casos que se trate de créditos de consumo y/o hipotecarios para vivienda

Definiciones: Rendimiento y Costo Efectivo

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Criterios aplicables a las Comisiones y Gastos

Ejemplo: Transferencia de fondos,

portes, custodia cajas de

seguridad, etc

COMISIONES

Las comisiones constituyen

retribuciones por operaciones o

servicios adicionales y/o

complementarios a las

operaciones contratadas por los

usuarios, que hayan sido

previamente acordados y

efectivamente prestados por la

empresa.

GASTOS

Los gastos son costos por

operaciones o servicios

adicionales y/o complementarios a

las operaciones contratadas,

debidamente acreditados en que

incurre la empresa con terceros

por cuenta del usuario que pueden

ser trasladados al cliente, en caso

así se establezca expresamente en

los contratos respectivos.

Ejemplo: Primas por seguros,

gastos notariales, gastos registrales, etc

REQUISITO: Servicio efectivo, justificación técnica e implicar un costo real y demostrable

para el proveedor del servicio.

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Difusión permanente de

tasas de interés,

comisiones, gastos,

productos y servicio

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Difusión de tasas de interés, comisiones, gastos, productos y

servicios Las empresas deberán informar a los usuarios la tasa de interés

compensatorio, la tasa de interés moratorio o penalidad en caso de incumplimiento; así como las comisiones y gastos asociados a los diferentes productos y servicios que ofrezcan, según corresponda. Esta información deberá ser difundida de manera clara, explícita y comprensible.

Las comisiones deberán ser presentadas considerando las categorías y/o denominaciones que la Superintendencia defina a través de norma de carácter general. Asimismo, deberán permitir la comprensión respecto al costo involucrado y el servicio que justifica dicho cobro.

Tratándose de operaciones en las que corresponda al usuario asumir tributos relacionados directamente con la operación financiera, se deberá indicar oportuna y expresamente la obligación respectiva, el tipo de tributo al que se sujeta, el porcentaje y, en caso corresponda, el monto aplicable

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Obligación de informar al público: Tasa de Interés, Comisiones y Gastos

Información difundida de manera clara, explícita y comprensible a fin de evitar que su texto pueda generar confusiones o interpretaciones incorrectas.

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OPERACIONES

ACTIVAS

TCEA: Tasa de Costo Efectivo

Anual

Comisiones, gastos y otras condiciones relevantes Detalladas / fácil identificación y comprensión / redactadas en idioma castellano.

Las tasas de interés compensatorio y moratorio deben ser expresadas en forma efectiva anual para todo tipo de operaciones, debiéndose considerar para tal efecto que se trata de un año de trescientos sesenta (360) días

OPERACIONES

PASIVAS

TREA: Tasa de Rendimiento

Efectivo Anual

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Medios de Difusión de Intereses, Comisiones, Gastos, Productos y

Servicios

Oficinas

Página Web

DIFUNDIRLA

ENTRE LOS

CLIENTES /

CONSUMIDORES

VITRINA Información

idéntica

Enlace permanente con la sección

“Transparencia de la SBS

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Difusión mediante FOLLETOS INFORMATIVOS

Folletos Cualitativos

Difundir únicamente las características propias de un producto activo o pasivo, sin incorporar información cuantitativa referida a tasas de interés y/o montos del crédito o depósito, o la cuota mensual .

Se deberá indicar que la información sobre costos estará disponible en el tarifario, la plataforma de atención al cliente o en la página web de la entidad

DETERMINAR CUAL ES EL OBJETIVO DEL FOLLETO !!!

Folletos Cuantitativo

Difundir aspectos cuantitativos y/o Promoción de productos activos o pasivos.

Información actualizada de las características de la operación y/o servicio.

Tasas, Comisiones, Gastos,

Ejemplos explicativos de las operaciones bajo supuestos de cumplimiento de condición

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Difusión de FORMULARIOS CONTRACTUALES

Oficinas

Página Web

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INFORMACIÓN QUE DEBE SER OTORGADA AL USUARIO PARA EFECTOS DE LA

CONTRATACIÓN Y PRESTACIÓN DE OPERACIONES ACTIVAS, PASIVAS Y SERVICIOS

ENTREGAR AL CLIENTE PARA SU

LECTURA ABSOLVER LAS DUDAS SI LAS

HUBIERA

1 EJEMPLAR

AL CLIENTE

1 EJEMPLAR

ARCHIVO

1 2

3

4

LAS PARTES FIRMAN

POR DUPLICADO: Contratos y

anexos

Entrega física a los usuarios del formulario

contractual y de la información referida a

tasas de interés, comisiones y gastos que

serán objeto de pacto con la empresa

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Información que debe ser otorgada

al usuario para efectos de la

contratación y prestación de

operaciones activas, pasivas y

servicios.

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INFORMACIÓN SOBRE OPERACIONES ACTIVAS AL MOMENTO DE

CONTRATAR

Anexo al Contrato de Tarjeta de Crédito Hoja Resumen y Cronograma de Pagos

En cumplimiento de lo señalado por los artículos 13º y 15º de la Resolución SBS Nº 1765-2005 del 2 de diciembre de 2005, mediante la cual se aprobó el Reglamento de transparencia de información y disposiciones aplicables a la contratación con usuarios del sistema financiero (el “Reglamento”), cumplimos con presentar la Hoja Resumen y Cronograma de Pagos del Contrato de Tarjeta de Crédito a ser suscrito con ___________________________, identificado con ____________________________.

INFORMACION SOBRE LAS CONDICIONES DEL CREDITO

a) Monto total de la línea de crédito (1)

b) Moneda de la línea de crédito

Dólares Americanos

c) Tasa de interés compensatoria efectiva anual (indicar si es fija o variable y si se aplica para un año de 360 ó de 365 días) (2)

.......% en Nuevos Soles y .......% en US$ Tasa anual fija a 360 días

d) Tasa de interés compensatoria efectiva mensual

......%. en Nuevos Soles y% en US$

e) Otra información que requiera ser conocida por el cliente (si existen tasas de interés diferenciadas por tipo de moneda, por tipo de producto adquirido, etc,)

La tasa de interés compensatorio para disposición de efectivo es de ......%

f) Monto total de intereses compensatorios

g) Tasa de interés moratoria

.......% en Nuevos Soles y .......% en US$

h) Comisiones y gastos: (3) 1. Comisión de Afiliación 2. Comisión de Renovación 3. Comisión por expedición de

original, duplicado o adicionales de la(s) Tarjeta(s)

4. Comisión de mantenimiento de la Cuenta Tarjeta

5. Comisión por Portes

1.- Exonerado el primer año 2.- US$ ......... o su equivalente en moneda nacional al tipo de cambio de venta que EL BANCO tenga vigente a la fecha pago. 3.-US$....... adicional, duplicado de tarjeta o su equivalente en moneda nacional al tipo de cambio de venta que EL BANCO tenga vigente a la fecha pago. 4.-S/. 5.-S/.

+

CRONOGRAMA DE PRESTAMO

Soles

10,000.00

Mensual

31/05/2010

16.00%

12

18.63% T. Intereses 828.20

* Total a recibir si es negativo

CuotaFecha

Pago

Saldo

inicialAmortización Intereses

Gastos

Adm.

Total Cuoya

a Pagar

TOTALES 10,000.00 828.20 37.00 7.04 84.00 10,956.24

0 31/05/2010 10,000.00 0.00 0.00 -10,000.00

1 30/06/2010 10,000.00 775.00 124.45 5.56 1.06 7.00 913.07

2 30/07/2010 9,225.00 785.16 114.81 5.13 0.97 7.00 913.07

3 29/08/2010 8,439.84 795.46 105.03 4.69 0.89 7.00 913.07

4 28/09/2010 7,644.38 805.87 95.14 4.25 0.81 7.00 913.07

5 28/10/2010 6,838.51 816.45 85.10 3.80 0.72 7.00 913.07

6 27/11/2010 6,022.06 827.13 74.95 3.35 0.64 7.00 913.07

7 27/12/2010 5,194.93 837.98 64.65 2.89 0.55 7.00 913.07

8 26/01/2011 4,356.95 848.97 54.22 2.42 0.46 7.00 913.07

9 25/02/2011 3,507.98 860.09 43.66 1.95 0.37 7.00 913.07

10 27/03/2011 2,647.89 871.37 32.95 1.47 0.28 7.00 913.07

11 26/04/2011 1,776.52 882.78 22.11 0.99 0.19 7.00 913.07

12 26/05/2011 893.74 893.74 11.13 0.50 0.10 7.00 912.47

Moneda

Monto solicitado (K)

Tipo de Periodicidad

Plazo (n)

Fecha de desembolso

Tasa Interés Efectiva anual-TIEA

Tasa de Costo Efectivo Anual

Desgravamen

Poliza IGV+

Operaciones bajo sistema de cuotas cronograma de pagos y simulaciones que se efectúen a través de los programas para la liquidación de intereses y de pagos de la empresa, que se encuentren a disposición del público, deberán contener la tasa de costo efectivo anual que pagaría el cliente por la operación crediticia,

Tratándose de líneas de crédito y las tarjetas de crédito, la Hoja Resumen deberá contener los conceptos que resulten aplicables.

INFORMACIÓN QUE DEBE SER OTORGADA AL USUARIO PARA

EFECTOS DE LA CONTRATACIÓN Y PRESTACIÓN DE OPERACIONES

ACTIVAS, PASIVAS Y SERVICIOS

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Información sobre operaciones pasivas al momento de contratar

+

Anexo al Contrato de Depósito a Plazo Cartilla de Información

En cumplimiento de lo señalado por los artículos 14º y 16º de la Resolución SBS Nº 1765-2005 del 2 de diciembre de 2005, mediante la cual se aprobó el Reglamento de transparencia de información y disposiciones aplicables a la contratación con usuarios del sistema financiero (el “Reglamento”), cumplimos con presentar la Cartilla de Información del Contrato de Depósito a Plazo a ser suscrito con ___________________________, identificado con ____________________________, en adelante EL/LOS CLIENTE/S.

INFORMACION SOBRE LAS CONDICIONES DE LA CUENTA DE DEPÓSITO A

PLAZO

a) Tasa de interés compensatoria efectiva anual (indicar si es fija o variable y si se aplica para un año de 360 ó de 365 días) (1)

Fija a 360 días Dependiendo del plazo en Soles P. Naturales de ......% a ........% P. Jurídicas de ......% a .......% Dependiendo del plazo en Dólares: P. Naturales de ......% a ........% P. Jurídicas de ......% a .......%

b) Monto total de intereses a ser pagados, por depósitos a plazo determinado.

Según contrato: mensual o al vencimiento pactado

c) Fecha de corte para el abono de intereses, así como el mecanismo mediante el cual procederá su pago.

De acuerdo a lo pactado

d) Fecha de vencimiento del depósito, de ser el caso (2)

e) Monto y detalle de comisiones o gastos que se trasladen a EL/LOS CLIENTE/S (3)

1. Mantenimiento de cuenta. 2. Comisión por portes en caso de

envío de estados de cuenta 3. Comisión por consulta de saldos y

movimientos en ventanilla. 4. Comisión por consulta de saldos y

movimientos en cajeros.

1. S/. ........... y/o US$ ............. 2. S/. ........... y/o US$ ............. 3. S/. ........... y/o US$ .............

4. S/. ........... y/o US$ .............

) Penalidades aplicables por incumplimiento de las obligaciones contraídas.

Retiro parcial de un depósito, previo consentimiento de EL BANCO, producirá la cancelación del mismo.

El retiro parcial o total del depósito antes del vencimiento pactado originará que por dicho importe no se paguen intereses; salvo que EL BANCO decida reconocer la que corresponda a la menor tasa de interés que tenga vigente para los depósitos de ahorros, siempre que dicha cancelación no sea realizada antes de los treinta (30) días

INFORMACIÓN QUE DEBE SER OTORGADA AL USUARIO PARA

EFECTOS DE LA CONTRATACIÓN Y PRESTACIÓN DE

OPERACIONES ACTIVAS, PASIVAS Y SERVICIOS

Tratándose de las operaciones pasivas, se proporcionará al usuario como

parte del contrato una cartilla de información que muestre el detalle de la tasa de interés aplicable, las comisiones y gastos que serán de cuenta del cliente y resuma algunas de las obligaciones contraídas por el cliente y/o por la empresa que sean relevantes para las partes

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Responsabilidad de las empresas en la contratación de

seguros asociados

Alcance: Desgravamen, seguros de daños para proteger los bienes recibidos en garantía, así como cualquier otro tipo de seguro individual o colectivo asociado a las operaciones activas que realizan

Procurar obtener las mejores condiciones de las pólizas para sus clientes.

Seguros contratados por cuenta del cliente:

Igual o mayor coberturas / igual o mayores plazos que la ofrecida por la empresa

Endosado a favor de la empresa hasta por el monto del saldo adeudado

Asegurar continuidad del pago de primas: incluir monto en las cuotas o pactar que usuario autorice a la empresa de seguro comunicar a la empresa el incumplimiento del pago de primas.

Entregar Certificado de Seguros expedido por la empresa de seguro.

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Pagos anticipados

Los usuarios tienen derecho a efectuar pagos anticipados de las cuotas o saldos, en forma total o parcial, considerando para tal efecto, lo siguiente:

No deben establecerse condiciones, obstáculos o limitaciones para el ejercicio

de dicho derecho, tales como restricciones respecto al momento, lugar o modalidad de pago aplicable.

Cuando se realice el pago anticipado del total de la obligación se debe reducir los intereses al día de pago, deduciendo asimismo, las comisiones y gastos derivados de las cláusulas contractuales pactadas al día de pago.

Las empresas no pueden aplicar comisiones, gastos o penalidades de algún tipo o cobros de naturaleza o efecto similar.

Cuando se realice el pago anticipado parcial en el caso de obligaciones bajo el sistema de cuotas, esto es, cuando se realizan pagos mayores a la cuota del periodo pero por importes menores al total de la obligación, sin perjuicio de proceder de acuerdo a lo señalado en los literales precedentes, las empresas deben requerir a los usuarios que señalen si debe procederse a la reducción del monto o número de cuotas. Las empresas deberán mantener a disposición de la Superintendencia, una constancia de la elección realizada por el usuario.

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Modificación de tasas de interés,

comisiones, gastos y demás

estipulaciones contractuales,

prórrogas o renovaciones y

resoluciones contractuales

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MODIFICACIÓN DE TASAS DE INTERÉS, COMISIONES, GASTOS: Oportunidad de la

comunicación

TASAS ACTIVAS

TASAS PASIVAS

COMISIONES

Y GASTOS

ANTICIPACIÓN NO

MENOR A 45 DÍAS

CALENDARIOS (*)

PRECISAR

FECHA DE

VIGENCIA

PLAZO NO

EXIGIBLE

PODRA APLICARSE

DE MANERA

INMEDIATA

OTRAS CONDICIONES

CONTRACTUALES ANTICIPACIÓN NO

MENOR A 45 DÍAS

CALENDARIOS CRONOGRAMA

MEJORES CONDICIONES O

FACILIDADES NO SE

CONSIDERAN MODICACIONES

CONTRACTUALES

En dichas comunicaciones previas deberá indicarse de manera expresa: • Que se trata de una modificación en las condiciones pactadas, destacando aquellos conceptos que serán

materia de cambio y señalando expresamente en qué consisten, a fin de permitir a los usuarios tomar conocimiento de ellos.

• Que el cliente puede dar por concluida la relación contractual conforme a los términos del contrato.

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Medios de comunicación a ser utilizados

La empresa deberá comunicar a través de medios de comunicación directos, tales como comunicaciones escritas al domicilio del cliente, correos electrónicos, los estados de cuenta y las comunicaciones telefónicas al cliente, las modificaciones contractuales referidas a: Tasas de interés, penalidades, comisiones y gastos cuando dichas

modificaciones generen un perjuicio a los usuarios.

La resolución del contrato por causal distinta al incumplimiento.

La limitación o exoneración de responsabilidad por parte de las empresas.

Incorporación de servicios que no se encuentren directamente relacionados al producto o servicio contratado.

Deberá dejarse constancia respecto a las comunicaciones realizada a los clientes

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Difusión y supervisión de

fórmulas y programas para la

liquidación de intereses y de

pagos

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Difusión de fórmulas y programas para la liquidación de

intereses y pagos

Pautas generales para la presentación de fórmulas y programas.

Incluir notas que faciliten la comprensión de las fórmulas y programas.

Hacer uso de notaciones, siempre y cuando se exprese el significado de cada notación utilizada.

Los conceptos que se incluyan deberán ser definidos a continuación de la fórmula y deben coincidir con los términos empleados en los reportes o estados de cuenta.

Las empresas deben presentar un ejercicio numérico que ilustre la aplicación de las fórmulas para cada producto.

Cada paso de la fórmula deberá estar ilustrado con un ejemplo numérico, el cual debe considerar las condiciones más usuales de cada producto.

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NOTACIONES

Incluir notas que faciliten la comprensión de las fórmulas y programas.

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Ejercicios numéricos

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Disposiciones aplicables a la

contratación con usuarios del

sistema financiero

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Condiciones contractuales redactadas en lenguaje sencillo y claro que permita una adecuada comprensión por parte de éstos de sus obligaciones y derechos Evitar el uso de tecnicismos y, cuando ello no sea posible, explicar adecuadamente su significado.

Opción de celebrar contratos por canales no presenciales o presenciales a través de mecanismos distintos al escrito.

La contratación se realizará por teléfono o a través de medios electrónicos.

Contra con mecanismos para garantizar la seguridad de la contratación

Entregar a los usuarios en un plazo no mayor a quince (15) días posteriores a la celebración del contrato, dicho documento, incluyendo la cartilla de información u hoja resumen y cronograma domicilio del cliente o por medios electrónicos, siempre que permitan su lectura, impresión, conservación y reproducción sin cambios.

Las empresas deberán conservar la constancia de lo contratado en soporte duradero, así como la constancia de entrega del contrato y demás documentos de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento.

Formalidades para la redacción de condiciones contractuales.

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Formalidades para la redacción de condiciones contractuales

Cláusulas Generales de Contratación son aprobadas por la SBS

Equilibrio contractual.

Identificación y prohibición de cláusulas abusivas.

No se podrán emplear cláusulas que no cuenten con la aprobación previa de la Superintendencia

Difusión a través de la web

Formularios contractuales que cuenten con cláusulas generales de contratación previamente aprobadas por la Superintendencia.

Cláusulas NO NEGOCIABLES

Benchmarking: adoptar cláusulas generales de contratación de otra empresa del SF. comunicación formal señalando cláusulas a adoptar.

Clásulas abusivas: estipulaciones no negociadas que en contra de las exigencias de la buena fe causen un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato. Situación ventajosa que se genere para la empresa en perjuicio del consumidor:

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Información periódica a los clientes

Productos Pasivos

A decisión del cliente, enviar el extracto de todos los movimientos producidos en sus depósitos durante el mes.

Plazo máximo de treinta (30) días posteriores al cierre del mes en el que la información es requerida y podrá ser remitida mensualmente si así lo solicita el cliente.

Productos Pctivos bajo el sistema de cuotas

A decisión del cliente, remisión de información relacionada a los pagos efectuados y aquellos que se encuentran pendientes conforme al cronograma de pagos.

Plazo máximo de treinta (30) días posteriores al cierre del mes en el que la información es requerida y podrá ser remitida mensualmente si así lo solicita el cliente.

Posibilidad de elegir la recepción de la mencionada información a través de uno o ambos de los siguientes mecanismos:

Medios físicos (remisión al domicilio señalado por el cliente).

Medios electrónicos (por medio de la presentación de dicha información a través de la página web, correo electrónico, entre otros).

La elección realizada por el cliente deberá constar en un soporte que permita acreditar dicha elección. .

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Sistema de Atención al Usuario y

Oficial de Atención al Usuario

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SISTEMA DE ATENCIÓN AL USUARIO

OBJETIVO: Brindar un servicio consistente con las políticas generales establecidas por la empresa,

Componente importante de su cultura organizacional

Alineado a la naturaleza y complejidad de los negocios y orientación en el mercado.

Elementos:

Políticas y procedimientos generales con relación a la atención y servicio al usuario

Manual del Sistema de atención al usuario,

Código de Buenas Prácticas para la atención de los usuarios

Las empresas deberán contar con personal especializado en la atención a los usuarios, con la finalidad de aclarar cualquier duda que éstos pudieran tener con relación a la información sobre tasas de interés, comisiones y gastos, aspectos contractuales y en general, con relación a las operaciones y servicios que brinden tanto en sus oficinas de atención al público como a través de su página web

El personal responsable de absolver las consultas de los usuarios deberá estar debidamente capacitado no sólo en las materias correspondientes a las operaciones que brinda la empresa, sino también en las normativas referidas a la protección al consumidor y transparencia de información comprendidas en el marco legal vigente Constancias forman parte del file personal.

Para efecto de brindar la debida información al usuario, el referido personal deberá identificarse ante aquél como responsable de cumplir dicha función.

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OFICIAL DE ATENCIÓN AL USUARIO

El oficial de atención al usuario es el funcionario encargado de velar por la implementación y cumplimiento de las políticas y procedimientos generales establecidos por la empresa, así como por el cumplimiento de las normas que sustenten el sistema de atención al usuario.

REQUISITOS:

Tener conocimiento y experiencia relevante en temas de protección al consumidor, transparencia de información y atención al usuario.

Tener conocimiento adecuado de las normas sobre protección al consumidor, las de transparencia de información y atención al usuario comprendidas en Leyes Especiales, así como de las normas emitidas por la Superintendencia sobre la materia.

Tener conocimiento y experiencia suficiente con relación a los productos y servicios que brinda la empresa.

Tener experiencia en labores de seguimiento y control de operaciones y/o cumplimiento normativo.

PRINCIPALES FUNCIONES

Velar por la implementación y el cumplimiento de las normas vigentes en materia de protección al consumidor, transparencia de información, atención al usuario y demás disposiciones establecidas por la Superintendencia.

Velar porque las empresas cuenten con áreas de atención de reclamos de los clientes debidamente implementadas y con mecanismos adecuados para la absolución de sus reclamos.

Coordinar con las demás áreas de la empresa la implementación de las políticas y procedimientos para el funcionamiento del sistema de atención al usuario y su debido cumplimiento.

Verificar que los medios de difusión de tasas de interés, comisiones y gastos, así como de las operaciones y servicios que utilice la empresa cumplan con la normativa vigente.

Verificar que el personal encargado de brindar asesoría a los usuarios con relación a las operaciones y servicios que brinda la empresa, así como con relación a las materias contenidas en los contratos, cumpla con los requerimientos de capacitación establecidos en el marco normativo vigente.

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Licenciado en Economía, con mas de 25 años de experiencia en el sector financiero.

Especialista en gestión del talento humano, planeación estratégica, control de gestión y ejecución de proyectos.

Ha liderado importantes proyectos en el sector financiero, y ha sido consultor de PYMES en gestión de calidad.

Expositor sobre diversos temas, como Lavado de Activos, Protección al Consumidor, Planeación Estratégica, y otros, en diversas empresas del sistema financiero nacional.

Expositor: Eco. Palmiro Zambrano Prieto

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Agradece a todos ustedes por su participación.