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Resolución N° 3734 C.G.E Paraná, 17 de noviembre 1998 VISTO El proceso de Transformación Educativa de la Provincia de Entre Ríos en Educación Especial; y CONSIDERANDO Que la Ley Federal de Educación en relación con el abordaje de las necesidades especiales garantiza el derecho a la educación de toda la población con necesidades educativas especiales; Que una escuela para la diversidad flexibiliza requisitos y criterios del actual sistema educativo, beneficiando las capacidades de los alumnos; Que la integración social educativa requiere el compromiso en un mismo nivel de todo el sistema educativo; Que la Ley Federal de Educación define el marco conceptual y pedagógico de la Educación Especial para garantizar la integración de niños y adolescentes y jóvenes con necesidades educativas especiales; Que es necesario la conformación de equipos para acompañar y sostener procesos de integración; Que las instituciones integradoras revisarán y reajustarán su PEI, en función de procesos de integración, según circular N° 5/97; Por ello; EL CONSEJO GENERAL DE EDUCACION RESUELVE: Artículo 1°. Establecer la conformación de Equipos Integradores según cada situación particular a integrar. Artículo 2°. Disponer que la conformación de equipos según cada situación particular a integrar. Artículo 3°. Garantizar una integración real y no ficticia a través del adecuado uso de materiales y recursos didácticos elevando la calidad educativa en la heterogeneidad. Artículo 4°. Registrar, comunicar, remitir copia autenticada a Ministerio de Gobierno Justicia y Educación, Direcciones de Enseñanza del Organismo Central, Direcciones Departamentales de Educación de la Provincia, e Instituciones y Servicios de todos los Niveles y Modalidades dependientes de las mismas, y oportunamente archivar.

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Page 1: Resolución N° 3734 C.G - Entre Ríos Province...ANEXO El paso inicial es conocer las necesidades educativas especiales de los alumnos, para lo cual es necesario concretar un trabajo

Resolución N° 3734 C.G.E Paraná, 17 de noviembre 1998 VISTO El proceso de Transformación Educativa de la Provincia de Entre Ríos en Educación Especial; y CONSIDERANDO Que la Ley Federal de Educación en relación con el abordaje de las necesidades especiales garantiza el derecho a la educación de toda la población con necesidades educativas especiales; Que una escuela para la diversidad flexibiliza requisitos y criterios del actual sistema educativo, beneficiando las capacidades de los alumnos; Que la integración social educativa requiere el compromiso en un mismo nivel de todo el sistema educativo; Que la Ley Federal de Educación define el marco conceptual y pedagógico de la Educación Especial para garantizar la integración de niños y adolescentes y jóvenes con necesidades educativas especiales; Que es necesario la conformación de equipos para acompañar y sostener procesos de integración; Que las instituciones integradoras revisarán y reajustarán su PEI, en función de procesos de integración, según circular N° 5/97; Por ello; EL CONSEJO GENERAL DE EDUCACION RESUELVE: Artículo 1°. Establecer la conformación de Equipos Integradores según cada situación particular a integrar. Artículo 2°. Disponer que la conformación de equipos según cada situación particular a integrar. Artículo 3°. Garantizar una integración real y no ficticia a través del adecuado uso de materiales y recursos didácticos elevando la calidad educativa en la heterogeneidad. Artículo 4°. Registrar, comunicar, remitir copia autenticada a Ministerio de Gobierno Justicia y Educación, Direcciones de Enseñanza del Organismo Central, Direcciones Departamentales de Educación de la Provincia, e Instituciones y Servicios de todos los Niveles y Modalidades dependientes de las mismas, y oportunamente archivar.

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ANEXO El paso inicial es conocer las necesidades educativas especiales de los alumnos, para lo cual es necesario concretar un trabajo de valoración que identifique funcionalmente al alumno. Esta tarea exige un trabajo de equipo, un enfoque interdisciplinario, una visión global contrastada a cada uno de los integrantes del equipo. La constitución de este "equipo integrador" será acorde a las particularidades del alumno. Siempre debe estar presente el docente del alumno y el Maestro orientador y/o Integrador y los profesionales implicados sean estos particulares o de equipos dependientes de la Dirección de Regímenes Especiales. Se constituirá un equipo para cada proceso de integración coordinando tiempos de reuniones, flexibilizando espacios y recursos humanos. FUNCIONES DEL EQUIPO INTEGRADOR Respecto al alumno: - Identificar las necesidades educativas especiales valorando las capacidades de los alumnos. - Elaborar las propuestas pedagógicas pertinentes. - Optar por una modalidad o posibilidad de integración - Realizar seguimiento y evaluación. - Consensuar promoción-derivación-egreso. Respecto al Área Socio-Comunitaria: - Orientar a padres. - Difundir la temática en la comunidad educativa y comunidad general. - Facilitar la conformación de redes. - Apoyar y promover acciones en pro de la integración.

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Resolución N° 925 C.G.E. Paraná, 16 de marzo de 2007. VISTO La necesidad de establecer criterios para la derivación de alumnos a Escuelas Especiales unificando pautas para la elaboración de informes correspondientes; y CONSIDERANDO Que dentro de la Educación Especial se cuenta con Equipos Técnicos idóneos para desarrollar esta función; Que los mismos han analizado y acordado los criterios en una instancia de capacitación previa; Que la derivación a tiempo y fundada en una correcta evaluación posibilita una acción pedagógica adecuada; Que los datos que aporta el informe de derivación, son fundamentales para orientar al docente en el diseño de las propuestas de enseñadaza; Que las propuestas cuentan con aportes realizados por la Direcciones de Educación General Básica 1 y 2 de la Gestión Privada; Que la dirección de Educación Especial ha tomado la intervención de competencia; Por ello; EL CONSEJO GENERAL DE EDUCACIÓN RESUELVE Artículo 1°. Aprobar el proyecto propuesto por la Dirección de Educación Especial, para la elaboración del informe estableciendo criterios para fundamentar la derivación de alumnos con necesidades Educativas Especiales, que como Abexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2°. Registrar, comunicar, remitir copia autenticada a: Sala de Vocales, Dirección de Educación: Especial, General Basica 1 y 2, de gestión privada, Jurado de Concurso, Coordinación General de Planeamiento Educativo, Supervisiones Departamentales de Educación, oportunamente archivar. PIMENTEL - KUPERVASER - HOMAR 780 Legislación Escolar: Normativa de Nivel Inicial, Nivel Primario y Educación Especial - AGMER - C.D.C.

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Integración ANEXO Informe de alumnos a derivar a escolaridad Especial Datos personales del alumno: Nombre y Apellido, DNI, Fecha de nacimiento, Domicilio. Datos del desarrollo general del alumno: aspecto: biológico, intelectual, motor, comunicativo lingüístico, adaptación e inserción social y emocional. Información del entorno social y familiar: autonomía del alumno, pautas educativas y expresivas de la familia con relación al aprendizaje, posibilidades de colaboración de la familia en las tareas escolares, recursos existentes en el barrio, etc. Historia Escolar del alumno: trayectoria escolar, propuestas educativas implementadas y sus resultados; estilos de enseñanza, relación entre metodología, materiales y características del alumno; relación docente alumno; concepciones, actitudes y expectativas en relación a la diversidad; atenciones y/o tratamiento que ha recibido el alumnos, etc. Se indagará en el legajo del alumno y si fuera necesario se completará con entrevistas con los actores pertinentes. Potencialidades y capacidades: destacar las posibilidades, los saberes del alumno -no sus falencias, dificultades o lo que no puede hacer o no sabe. Nivel de Competencia curricular: Aprendizaje que tiene el alumno. Evaluar el nivel real, que sabe, que elementos tiene para hacer frente al currículo previsto para el grupo áulico. Estilo de aprendizaje y motivación para aprender: Estilo de Aprendizaje Conjunto de Aspectos que hacen a la manera de aprender del alumno. Motivación para aprender Es necesario informar: que tareas lo motivan mas, cuales son los saberes previos, si las propuestas se sitúan a una distancia óptima entre lo que sabe y lo que tiene que aprender, características de las actividades - si son repetitivas y el alumno no encuentra motivación para realizarlas, etc. En esta valoración se tomarán aportes de docentes y equipos técnicos intervinientes. Determinación de las Necesidades Educativas Especiales: traducir los datosanteriores en que ncesita el alumno para aprender, que actuaciones y estrategias se pueden implementar para facilitar el éxito del alumno en sus aprendizajes. Toda la información que se obtiene debe servir para determinar en que medida el contexto educativo se ajusta y responde a las características del alumno, para orientar hacia el tipo de modificaciones a realizar para mejorar las condiciones de los procesos de enseñanza y aprendizaje. Sugerencias para el docente, escuela y familia: deben ser claras, precisas y en un lenguaje adecuado a los destinatarios. 781 Legislación Escolar: Normativa de Nivel Inicial, Nivel Primario y Educación Especial - AGMER - C.D.C.

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Integración En la elaboración de este informe de alumnos con n.e.e. para ser derivado a escuela especial o para formalizar un proceso de integración es importante tener en cuenta a quien va dirigido el mismo poniendo énfasis en los ítems correspondientes (si va a escuela común se pondrá énfasis en las competencias curriculares, potencialidades, necesidades del alumno para aprender y sugerencias que orienten al docente en el diseño de las propuestas de enseñanza; si va a una escuela especial que cuenta con un equipo técnico el tenor y contenido del informe no será igual al de una escuela sin equipo, etc.) En todos los casos constará la institución a la cual se rige el informe, fecha de elaboración y profesionales responsables del mismo. Al definir la escolaridad común o especial de un alumno se tienen en cuenta muchos aspectos y siempre se intenta la permanencia dentro de la escuela común el mayor tiempo posible, siempre y cuando el niño tenga una oferta educativa y evoluciones en la adquisición de aprendizajes. Continuamente nos cuestionaos si ese es el mejor lugar para que el alumno aprenda. Esta definición acerca de la escolaridad de algunos alumnos, tarea nada sencilla para los integrantes de los equipos técnicos, se toma luego de una evaluación completa y profunda del alumno y del análisis de las producciones por aporte de los integrantes del equipo. Criterios a tener en cuenta al derivar a un alumno a Escuela Especial: Se concluye en que son varios los criterios a tener en cuenta y que ninguno es determinante por si solo. Dentro de los mismos se encuentra: • Trabajo con un currículo alternativo, o sea que, con adaptaciones curriculares significativas el alumno no pueda participar del currículo previsto para sus pares y las estrategias metodológicas fueron agotadas desde el aula. • Edad cronológica muy diferente a la del grupo y un desfasaje importante en el nivel de pensamiento. • Fracaso escolar sistemático y permanente. • Patologías que inciden severamente en los aprendizajes. • Grado de compromiso de la familia para sostener la escolaridad del niño. Los diferentes actores del sistema educativo tiene incorporado en su discurso el derecho a la educación de todas las personas, la igualdad, la equidad, se habla de escuelas para todos o escuelas inclusivas y a la hora de recibir alumnos en las instituciones se los selecciona de acuerdo a algunas características o parámetros. Realmente, compatibilizar igualdad de oportunidades con respecto a la diversidad es un desafío pues igualdad no es sinónimo de unificar ni de borrar las particularidades de lo diverso. En muchos documentos y propuestas educativas se habla de educación inclusiva en medio de un contexto escolar de exclusión, de educación para la diversidad en un contexto de intolerancia ante la diferencia y de atención a la singularidad en un contexto de homogeneidad. ¿No habría que comenzar por promover una mayor permeabilidad en las instituciones educativas ante tratamiento de lo diverso?. De lo contrario seguiremos inventando terminologías caprichosas y arbitrarias. 782 Legislación Escolar: Normativa de Nivel Inicial, Nivel Primario y Educación Especial - AGMER - C.D.C.

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Resolución N° 713 C.G.E. Paraná, 18 de marzo de 2002 VISTO La necesidad de delimitar roles y funciones de los equipos técnicos, formas de registro de sus actuaciones y relaciones de dependencia; CONSIDERANDO: Que el cambio de paradigmas de la Educación Especial se sustenta en importantes avances en el reconocimiento de los derechos de las personas con capacidades diferentes y en los valiosos aportes - que desde otras disciplinas - auxilian a la pedagogía; Que durante muchos años la educación se basó en una pretendida homogeneidad de los educandos, lo cual resulta hoy inviable dada la evolución de las condiciones sociales que inciden sobre la escuela; Que la revalorización de la diversidad como elemento constitutivo de las sociedades ya se propone como el principal objetivo a alcanzar en las instituciones escolares, capaces de dar una respuesta educativa a todos sus alumnos mas allá de sus diferencias sociales , religiosas , étnicas, etc.; Que el término Escuela Integradora o Escuela Inclusiva no alude a un punto de llegada o un estado, sino a una construcción, a un continuo proceso de búsqueda de respuestas a las demandas siempre cambiantes que sus diversos alumnos plantean. En este sentido la Escuela Común y la Escuela Especial están atravesadas por la misma meta diseñar propuestas y disponer los recursos necesarios para dar cabida a la totalidad de los niños de la comunidad; Que de este modo, en la escuela que está planteándose hoy, desde nuevos paradigmas, no pueden quedar al margen los equipos interdisciplinarios, siendo necesaria una revisión de la funcionalidad de éstas unidades de intervención, sus estrategias, sus modalidades de abordaje , su concepción acerca del sujeto y su entorno, etc.; Que en este marco es preciso actualizar la normativa que orienta el funcionamiento de los equipos técnicos, como ya se hizo con los Maestros Orientadores Integradores; Que, con este propósito, la Dirección de Educación Especial realizó una consulta sobre la base de un documento preliminar; Que los aportes relevados fueron sistematizados e integrados a los conceptos que constituyen el Anexo I de la presente; Por ello; EL CONSEJO GENERAL DE EDUCACIÓN RESUELVE: Artículo 1°. Aprobar el documento que delimita el rol, funciones y relaciones de dependencia y administrativa s de los Equipos Técnicos que como Anexo I, forma parte de la presente Resolución. Artículo 2°. De forma. 783 Legislación Escolar: Normativa de Nivel Inicial, Nivel Primario y Educación Especial - AGMER - C.D.C.

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Integración ANEXO I INTRODUCCIÓN Un análisis de la evolución de la Educación Especial en la última década, demuestra que ha sufrido significativos cambios, que han sido acompañados por decisiones educativas , sociales y políticas. Producto de numerosos compromisos internacionales que los precedieron , la Ley Federal de Educación, los Acuerdos Marcos del Consejo Federal de Cultura y Educación , la Ley Provincial de Educación y Resoluciones del Consejo General de Educación , han redefinido a la Educación Especial adhiriendo al concepto que la define como "un contínuo de prestaciones educativas, constituido por un conjunto de servicios , técnicas , estrategias, conocimientos y recursos pedagógicos, destinados a asegurar un proceso educativo integral , flexible y dinámico a personas con necesidades educativas especiales , temporales o permanentes, brindado a través de organizaciones específicas y apoyos diversificados". Estos cambios dieron lugar también al concepto de necesidades educativas especiales (N.E.E.), que define a éstas, como " las experimentadas por aquellas personas que requieren ayudas o recursos que no están habitualmente disponibles en su contexto educativo y que posibilitarán el proceso de apropiación de los saberes establecidos en el currículum". Surgieron nuevos criterios para la transformación de la Educación Especial, que en los Acuerdos Marcos Federales se traducen en la intención de: "superar la situación de subsistemas de educación aislados (común - especial), asumiendo la condición de contínuo de prestaciones" "priorizar el modelo pedagógico, procurando las mejores condiciones para el aprendizaje de los alumnos" "superar el modelo médico, (con énfasis en el diagnóstico y la clasificación) para pasar a una actuación centrada en los aspectos educativos, para lo cual se tendrán en cuenta aspectos curriculares y de gestión." En este marco, la Educación Especial, dirigirá su accionar a aumentar la inclusividad, de las escuelas de E.G.B., lo que implica apoyarlas para que puedan garantizar el acceso al currículum, a todos los alumnos , más allá de sus diferencias sociales, culturales , lingüísticas, étnicas e individuales. Los Equipos Técnicos de las Escuelas Especiales y de los Servicios de Asistencia Interdisciplinario Educativos, son pilares en este accionar, y con sus intervenciones contribuyen a fortalecer un sistema educativo que incluya estrategias pedagógicas diferenciadas y a mejorar la calidad de la educación. ROL DE LOS EQUIPOS TÉCNICOS DE ESCUELAS EPECIALES Y DE LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA INTERDISCIPLINARIO EDUCATIVOS Tomando como referencia lo establecido en el Documento Serie A 19 del Acuerdo Marco para la Educación Especial del C. F. De C. y E. y las conclusiones del Encuentro Federal de Educación Especial y Escuela Inclusiva del M. de E., de noviembre de 2.000; se define su rol de la siguiente manera: Son equipos interdisciplinarios de apoyo a la acción pedagógica, que aportan al mejoramiento de las condiciones en las que tienen lugar los aprendizajes. FUNCIONES QUE COMPRENDEN EL DESEMPEÑO DEL ROL Favorecer el desarrollo de los procesos institucionales orientados a la construcción de una escuela inclusiva, en el marco de lo establecido en la Ley Provincial de Educación y Resoluciones del Consejo General de Educación (N° 0334/00, N° 093 /01,) Conocer y/o caracterizar a la Institución Educativa en función de: la comunicación, la trama vincular, proyectos, modos de organizar la tarea, etc. que den cuenta de la 784 Legislación Escolar: Normativa de Nivel Inicial, Nivel Primario y Educación Especial - AGMER - C.D.C.

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Integración cultura institucional, de la concepción de enseñanza y aprendizaje y de la connotación que se le otorga al "problema de aprendizaje". Caracterizar las NEE de los alumnos teniendo en cuenta el contexto socio familiar y escolar, para determinar en forma conjunta con el MOI y/o el Equipo Docente un Plan Educativo - individual y/o grupal- que detalle recursos , apoyos y adecuaciones curriculares necesarias Orientar en relación a la modalidad de integración que se considere pertinente, a las Adecuaciones Curriculares (objetivos, contenidos, metodología, actividad, recursos, tipos de ayudas específicas, temporalización) y a los criterios de evaluación y seguimiento, teniendo en cuenta el marco normativo provincial que alude a la integración social educativa. Propiciar la participación y el compromiso de los padres y/o familia en el proceso educativo; a través de una comunicación clara, fluida y contenedora. Promover en las instituciones el trabajo en equipo, fortaleciendo los vínculos intra e inter institucionales para conformar redes de trabajo y sostén que permitan superar el aislamiento y desarrollar una práctica cooperativa (educación, salud, desarrollo social, trabajo, ONG, etc. Proyectar acciones de capacitación que respondan a las necesidades institucionales, teniendo como eje la función pedagógica. Sistematizar y evaluar las acciones desarrolladas durante un período, efectuando registro de la información relevante que permita: contar con banco de datos del accionar de los equipos, redefinir ejes de trabajo, delinear proyectos de investigación, intercambiar y compartir experiencias con otros equipos. Elaborar informes (individuales, grupales y/o institucionales) teniendo en cuenta el destinatario del mismo (docentes, profesores, padres, etc.) garantizando su comprensión y/o utilización. Orientar a los docentes en relación a la elaboración del legajo personal de cada alumno con NEE, donde deberá constar básicamente: caracterización de necesidades educativas especiales, intervenciones realizadas, recomendaciones, plan de trabajo, seguimiento y evaluación de los mismos, acreditaciones que el alumno ha logrado y las constancias de promoción y certificación respectiva. Diseñar Programas y Proyectos de trabajos enmarcados en la Política Educativa Provincial y Nacional, atendiendo a las necesidades que se consideren prioritarias desde las distintas áreas operativas de los equipos. Llevar a cabo acciones que contribuyan a prevenir el fracaso escolar, teniendo en cuenta factores psicobiológicos , socioculturales y psicopedagógicos. Los Equipos Técnicos de Escuelas Especiales, tal como lo indica la Ley Federal de Educación, en su Artículo N° 29 "revisará periódicamente la situación de los alumnos atendidos, en centros o Escuelas Especiales, de manera de facilitar cuando sea posible y de conformidad con ambos padres, la integración a las escuelas de E. G. B." RELACIONES DE DEPENDENCIA Y ADMINISTRATIVAS Los Equipos Técnicos que apoyan al sistema educativo dependen de la Dirección de Educación Especial y de la Dirección de Gestión Privada , en todo lo referente a: Políticas, lineamientos y modalidades de trabajo, que orientarán la formulación de programas y acciones definidas en los PEI de cada servicio. Cuestiones administrativas y operativas propias de la gestión. A través de: Directores y Supervisores de Educación Especial de Gestión Oficial y Privada, en el caso de los Equipos Técnicos de Escuela Especial y Servicio de Asistencia Interdisciplinario Educativo de Paraná; 785 Legislación Escolar: Normativa de Nivel Inicial, Nivel Primario y Educación Especial - AGMER - C.D.C.

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Integración Supervisor de Educación Especial, los Servicios de Asistencia Interdisciplinario Educativos (S.A.I.E.) de cada departamento y S.AI.E. Paraná Campaña. Cada equipo tendrá un coordinador que será responsable de la presentación, tramitación y elevación de la documentación que se requiera. El mismo será seleccionado según criterios fijados por el Equipo. A fin de optimizar los recursos humanos existentes se establecerán subsedes transitorias (Resolución N° 470/00) según demandas, siguiendo criterios consensuados por el Director Departamental, Supervisores, Director de SAIE y Técnicos del Servicios de Asistencia Interdisciplinario Educativo. 786 Legislación Escolar: Normativa de Nivel Inicial, Nivel Primario y Educación Especial - AGMER - C.D.C.

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Integración

Resolución N° 1176 CGE Paraná, 9 de Abril de 2007 VISTO La Resolución 3375/05 CGE; y CONSIDERANDO: Que la actual gestión educativa sostiene que la Estimulación Temprana debe estar a cargo de un equipo interdisciplinario de profesionales especializados; Que a fin de llevar adelante dichos lineamientos se dispone la creación de un equipo técnico especializado, destinado a la atención de la Estimulación Temprana de niños con necesidades especiales; Que el nuevo equipo tendrá sede en la ciudad de Concordia atendiendo también zonas de influencia; Que es necesario enmarcar la tarea del nuevo equipo asignando roles y funciones del mismo; Por ello; EL CONSEJO GENERAL DE EDUCACION RESUELVE Articulo 1°. Aprobar roles del Equipo Técnico de Estimulación Temprana obrante en el Anexo de la presente según lo establece la Resolución 3375/05 CGE Articulo 2°. Registrar, comunicar, remitir copia autenticada a: Sala de Vocales, Jurado de Concursos, Dirección de Educación Especial. Subdirección de Recursos Humanos, Supervisiones Departamentales de Educación. Organizadores y oportunamente archivar. PIMENTEL FASSI - KUPERVASER - HOMAR ANEXO I 787 Legislación Escolar: Normativa de Nivel Inicial, Nivel Primario y Educación Especial - AGMER - C.D.C.

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Integración ROLES Y FUNCIONES DEL EQUIPO TECNICO DE ESTIMULACION TEMPRANA Por Resolución 3375/05 se dispone el funcionamiento de un Equipo de Estimulación Temprana con el fin de promover acciones de estimulación Temprana para niños/ niñas con n.e.e. desde su detección y que presentan signos de riesgo biológico, ambiental, psico-social y / o patología instalada y a su grupo familiar. Se crea el Equipo de Estimulación Temprana constituido por: un Psicólogo, un Psicopedagogo, un Asistente Social y un Fonoaudiologo con sede en Concordia. Se establece por Resolución 2817/06 que la Estimulación Temprana, POR SER UN PROCESO TEREPEUTICO EDUCATIVO esté a cargo de un equipo interdisciplinario de Profesionales especializados en Estimulación Temprana. Su accionar estará orientado a un sector muy vulnerable como es el de los niños que aún no van a la escuela y son los que requieren cuidados, satisfacción de sus necesidades por la familia, especialmente las del afecto. Es sabido que un medio social cultural favorable redundará en un óptimo desarrollo. Las prácticas positivas o la intervención oportuna y temprana deben escaparse en el ámbito donde se desenvuelve el niño y su grupo de pertenencia. Por esto, es necesario generar propuestas que se despliegan en espacios no formales que resulten accesibles y significativos para la comunidad usuaria y faciliten el intercambio entre los profesionales responsables del apoyo, el grupo familiar y la interacción con otros niños. Estos espacios pueden ofrecerse en escuelas a contra turno, clubes, parroquias, comisión vecinal, etc. El proceso terapéutico educativo es complejo y exige a los profesionales tener en cuenta las potencialidades del niño / a su patología, su medio familiar y ambiental. Es a través de recursos humanos en estas disciplinas que se realizarán prevención, diagnóstico, tratamiento, asesoramiento, orientación y acciones de integración del niño y la familia. La educación de los niños se encuentra en la primera infancia tiene y debe tener como protagonista a la familia. Sabemos de las condiciones de vida desfavorable en que se encuentra parte de la población, algunas situaciones se pueden mejorar o revertir, implementando planes sociales, otras en cambio, requieren por sus características, de la intervención de profesionales como es el caso de niños que presentan una discapacidad sea ésta temporal o intersectorial. La modalidad de trabajo es en EQUIPO INTERDISCIPLINARIO construyendo redes interinstitucionales e intersectoriales Realizar una oferta articulada con profesionales de otros sectores (especialmente salud. Acción social, educación y la participación activa de los padres) es una modalidad de intervención preparada para mejorar la calidad de vida y la optimización del aprendizaje de los niños. Las actividades que desarrollará este Equipo Será: • Entrevistas de admisión • Atención de niños/ niñas, diagnóstico y tratamiento • Implementación de estrategias que faciliten la detección precoz, la atención del niño en su hábitat, el sostén de las familias y el desarrollo de la actividad cultural local. • Reuniones de equipo • Elaboración de fichas de seguimiento y control • Elaboración de guías de trabajo y / o programas a distancia • Asesoramiento a padres, docentes, profesionales de otras instituciones • Participación en grupos de estudios y reflexión • Capacitación de recursos humanos no convencionales y convencionales en la detección precoz. • Elaboración de programas preventivos e informativos. 788 Legislación Escolar: Normativa de Nivel Inicial, Nivel Primario y Educación Especial - AGMER - C.D.C.

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Integración • Talleres con referentes locales involucrados con el fin de aunar criterios para el abordaje. • Estimular la participación familiar y comunitaria con el mejoramiento de la calidad de vida infantil a través de la concientización de la importancia de los primeros años del desarrollo del niño, desde lo biológico, lo psicológico y lo social. El accionar de éste equipo. Dependerá administrativa y pedagógicamente, de la Dirección de Educación Especial, Consejo General de Educación. Será Evaluado por la Supervisora de Educación Especial. Un integrante del Equipo Técnico oficiará de coordinador ad harem articulado, en lo profesional, con el centro de Estimulación Temprana de Paraná. 789 Legislación Escolar: Normativa de Nivel Inicial, Nivel Primario y Educación Especial - AGMER - C.D.C.