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REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR ESCUELA STANDARD 2020

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Page 1: Reglamento Interno de Evaluación, Calificación y Promoción ...Visto lo dispuesto en el Decreto N 67 del 20-02-2018 que aprueba normas mínimas nacionales sobre evaluación, calificación

REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR

ESCUELA STANDARD

2020

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Nombre del Establecimiento Escuela Municipal Standard

Dirección Manuel Matta 0151

Comuna Temuco

Provincia Cautín

Región Araucanía

Teléfono 452210153

Rol Base Datos 5582

Dependencia Municipal

Área Urbana

Nivel de Enseñanza Educación Parvularia y Básica

Matrícula 235*

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Presentación

La escuela Municipal Standard de Temuco es una Comunidad Educativa que resguarda el

ejercicio del Derecho a la Educación, bajo el compromiso de la atención a la diversidad desde su

sentido más amplio y el desarrollo de experiencias de aprendizaje dentro y fuera del aula que

promuevan activamente el desarrollo de habilidades comunicativas y el cuidado del entorno

natural y social.

Asimismo, resguarda la creación de condiciones para el desarrollo de un ambiente escolar

que promueva la igualdad de oportunidades, la equidad en los aprendizajes, la inclusión social y

cultural, el respeto a la diversidad, la formación ciudadana, la interculturalidad y la justicia social;

por medio de un modelo educativo que orienta su oferta programática a las demandas y

necesidades del territorio en que se inserta.

Mediante el enfoque de mejora continua, esta institución educativa, busca fortalecer las

capacidades de gestión institucional y pedagógica, para apoyar las necesidades formativas y

educativas de quienes componen la Comunidad Educativa

Para su elaboración se consideraron los instrumentos de gestión institucional junto a las

orientaciones y normativas ministeriales vigentes, tales como: Proyecto Educativo Institucional, el

Reglamento Interno de Convivencia Escolar, los planes exigidos por normativa, las orientaciones del

Equipo que implementa el Programa de Integración Escolar, la filosofía, valores y principios

establecidos en el Ideario del Plan Anual de Educación Municipal de la comuna y el pronunciamiento

del Consejo de Profesores. Así como la Ley que Crea el Régimen de Jornada Escolar Completa Diurna

Nº19.532/1997, Ley de Subvención Escolar Preferencial Nº20.248/2008, Ley General de Educación

Nº20.370/2009, Ley contra la Discriminación Nº20.609/2012, Ley de Inclusión Escolar

Nº20.845/2015, Ley que crea el Sistema de Desarrollo Profesional Docente Nº20.903/2016, Ley que

crea el Plan de Formación Ciudadana Nº20.911/2016 y Ley de Igualdad de Oportunidades de

Inclusión Social de personas con discapacidad Nº20.422/2016. Asimismo, el Decreto Supremo

Nº67/2018.

El Reglamento Interno de Evaluación, Calificación y Promoción Escolar de la escuela

municipal Standard se articula con el PEI de nuestro Establecimiento en su Misión, donde somos

una escuela pública, inserta en el histórico barrio Tucapel de la ciudad de Temuco, que ofrece a su

comunidad educativa una formación basada en el desarrollo de habilidades comunicativas que

permite a sus estudiantes continuar estudios exitosos por el resto de su vida en el área que se

proponga y la promoción del cuidado del entorno natural y social porque es necesario que los

estudiantes comprendan los problemas del mundo actual y tomen una posición comprometida ante

ellos y en su Visión, donde buscamos ser un espacio educativo público, reconocida en la ciudad de

Temuco, por lograr en todos sus estudiantes aprendizajes de calidad, independiente de sus

realidades y necesidades, que les permita seguir estudios secundarios y superiores con éxito por el

resto de su vida, además de ser líderes en la solución de los problemas de la sociedad.

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Visto lo dispuesto en el Decreto N° 67 del 20-02-2018 que aprueba normas mínimas

nacionales sobre evaluación, calificación y promoción se presenta a continuación el Reglamento

Interno de Evaluación, Calificación y Promoción Escolar de la escuela Standard de Temuco para la

enseñanza básica.

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TÍTULO I – ANTECEDENTES

Artículo 1. El presente Reglamento Interno de Evaluación, Calificación y Promoción Escolar, en

adelante indistintamente “el Reglamento”, es el instrumento mediante el cual la Escuela Municipal

Standard, declara los procedimientos para la evaluación periódica de los logros y aprendizajes de

las y los estudiantes.

Este Reglamento se activa prioritariamente en función de movilizar los sellos formativos y

educativo de la escuela, y de reforzar la trayectoria educativa de las y los estudiantes para que

concluyan de manera exitosa el nivel educativo que imparte.

Las disposiciones del presente Reglamento Interno son extensivas a todo el estudiantado,

en la forma que aquí se determinan. Es responsabilidad de cada persona que acepta vincularse con

la escuela Standard leerlo comprensivamente, analizarlo, respetarlo y cumplirlo a cabalidad.

En ningún caso las disposiciones del presente Reglamento o las decisiones que se tomen en

función de éstas, podrán suponer algún tipo de discriminación arbitraria a quienes integran la

Comunidad Educativa. Si se produjera alguna situación de carácter discriminatorio, la persona

afectada podrá canalizar su reclamo a través de los protocolos dispuestos en el Reglamento Interno

de Convivencia Escolar.

Al acusar recibo del presente Reglamento Interno de Evaluación, Calificación y Promoción

Escolar, a través de los medios establecidos por la escuela, la persona se declara conocedora de sus

disposiciones. Las sugerencias sobre algún acuerdo dispuesto en el presente documento podrán ser

expresadas a través de los canales de participación formalmente dispuestos (consejo escolar,

reuniones de apoderados, consejo profesores, centro de alumnos). Bajo este principio, no se podrá

acusar desconocimiento o desinformación.

Artículo 2. Las disposiciones del presente Reglamento Interno se encuentran disponibles en la

plataforma del Sistema de Información General de Alumnos, en adelante indistintamente “SIGE”,

del Ministerio de Educación, o aquel que dicha institución disponga al efecto. Al momento de hacer

la postulación a través de la plataforma del Sistema de Admisión Escolar al Establecimiento, éste

Reglamento deberá ser comunicado oportunamente a la comunidad o, a más tardar en el momento

de hacer efectiva la matrícula, a través de un medio digital. De la misma forma, serán socializadas

con las familias en la primera reunión del año escolar y serán entregadas por la Profesora o el

Profesor Jefe. También se encontrará disponible en sitio web oficial, www.standard-temuco.cl.

Artículo 3. Se entenderá por Reglamento Interno de Evaluación y Promoción al documento técnico

que guarda estrecha coherencia con el Proyecto Educativo Institucional y Reglamento Interno del

establecimiento y que establece los procedimientos de carácter objetivo y transparente para la

evaluación periódica de los logros y aprendizajes de los alumnos, basados en las normas mínimas

nacionales sobre evaluación, calificación y promoción.

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a) Evaluación: Conjunto de acciones lideradas por los profesionales de la educación para que

tanto ellos como los alumnos puedan obtener e interpretar la información sobre el

aprendizaje, con el objeto de adoptar decisiones que permitan promover el progreso del

aprendizaje y retroalimentar los procesos de enseñanza.

b) Evaluación formativa: la evidencia del desempeño de los estudiantes se obtiene, interpreta

y es usada por docentes y estudiantes, para tomar decisiones pedagógicas acerca de los

siguientes pasos en el Proceso Enseñanza Aprendizaje.

c) Calificación: Representación del logro en el aprendizaje a través de un proceso de

evaluación, que permite transmitir un significado compartido respecto a dicho aprendizaje

mediante un número, símbolo o concepto.

d) Curso: Etapa de un ciclo que compone un nivel, modalidad o formación general , del proceso

de enseñanza y aprendizaje que se desarrolla durante una jornada en un año escolar

determinado, en función de los Planes y Programas previamente aprobados por el

Ministerio de Educación.

e) Promoción: Acción mediante la cual el alumno culmina favorablemente un curso,

transitando al curso inmediatamente superior o egresando del nivel de Educación Media.

f) Nivel de Logro: son descripciones de los conocimientos y habilidades que se espera que

demuestren los estudiantes en cada una de las asignaturas. Están determinados en los

niveles de Adecuado, Elemental e Insuficiente.

g) Semestre: es el período calendario en el que se desarrollan las actividades académicas y los

programas de estudio, de cada asignatura, impartidas por el establecimiento.

h) Tareas: Se refiere a las actividades de enseñanza y aprendizaje realizadas al interior del aula

o que producto del tiempo, pueden ser terminadas en el hogar.

Artículo 4. El Establecimiento trabaja con un período escolar de régimen semestral, de acuerdo a lo

establecido en el Calendario Escolar Regional de cada año, emanado desde la Secretaría Regional

Ministerial de Educación, con un total de 38 semanas en régimen con Jornada Escolar Completa

(JEC) de Primero a Octavo Básico, y Educación Parvularia (NT1 – NT2), sin JEC.

Título II - DE LA EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE

La Escuela Municipal Standard considera la evaluación como una herramienta central en el

logro de los objetivos; permite al docente y al estudiante evidenciar el avance en la trayectoria del

aprendizaje, reflexionar sobre ellas y ajustar los procesos pedagógicos, según la información

obtenida; permite conocer la diversidad en el aula de manera más precisa y obtener la información

necesaria para tomar decisiones pedagógicas pertinentes frente a las necesidades que surgen

durante el desarrollo del proceso de aprendizaje.

Artículo 5. El establecimiento entiende por Tipos de Evaluación:

a) La Evaluación formativa será usada para monitorear y acompañar el aprendizaje de los

estudiantes, así promoverá la reflexión, la autonomía de los alumnos para continuar aprendiendo;

respecto de los propósitos evaluativos. En este sentido, la evaluación diagnóstica se entenderá

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como un tipo de evaluación formativa, pues permite identificar el lugar en el que se encuentra el

estudiante y tomar decisiones para ajustar la planificación, las estrategias o actividades y la

retroalimentación de los estudiantes.

Por lo tanto, la evaluación formativa no refiere solo a instrumentos, sino a un conjunto de

herramientas y estrategias que son utilizadas por los docentes durante el proceso de enseñanza y

aprendizaje para identificar las metas de aprendizaje de los estudiantes (¿Hacia dónde vamos?);

cuál es el estado actual de aprendizaje de estos alumnos en relación a esas metas (¿Dónde

estamos?); y cuáles son los pasos necesarios para cerrar la brecha entre los dos estados anteriores

(¿Cómo seguimos avanzando?).

El principal propósito de la evaluación formativa es la retroalimentación, esto es, proveer

información a cada estudiante para que pueda progresar hacia o incluso más allá de los objetivos

de aprendizaje. Idealmente, la evaluación formativa se realiza durante el proceso de aprendizaje,

no al final de una unidad de trabajo o período escolar.

Dentro de las evaluaciones formativas, la escuela Standard considera tres etapas durante el año,

donde se aplicarán evaluaciones de carácter institucional12 a la totalidad del estudiantado,

denominadas progresivas, que consideran los siguientes cursos y asignaturas:

• Educación Parvularia: NT1 – NT2

• 1° Básico: Lenguaje, Matemática, Historia y Ciencias Naturales

• 2° Básico: Lenguaje3, Matemática, Historia y Ciencias Naturales.

• 3° Básico: Lenguaje, Matemática, Historia y Ciencias Naturales.

• 4° Básico: Lenguaje4, Matemática5, Historia y Ciencias Naturales.

• 5° Básico: Lenguaje, Matemática, Historia y Ciencias Naturales

• 6° Básico: Lenguaje, Matemática, Historia y Ciencias Naturales.

• 7° Básico: Lenguaje, Matemática6, Historia, Ciencias Naturales e Inglés.

• 8° Básico: Lenguaje7, Matemática8, Historia y Ciencias Naturales.

La aplicación de estas evaluaciones se establece como un proceso de aprendizaje tanto para el

o la estudiante como para el profesor y profesora estableciéndose como estrategia para asegurar la

implementación del curriculum, además los resultados arrojados por estas evaluaciones serán la

base para los procesos de análisis y evaluación de cada semestre.

1 Se consideran las que pone a disposición la Agencia de Calidad (Evaluación Progresiva) y plataforma LIRMI 2 Las fechas de aplicación de estas evaluaciones, se entregará a los docentes a más tardar el tercer viernes de diciembre del año anterior. 3 Evaluación Progresiva de Agencia de Calidad. 4 Evaluación tipo SIMCE 5 Evaluación tipo SIMCE 6 Evaluación Progresiva de Agencia de Calidad. 7 Evaluación tipo SIMCE 8 Evaluación tipo SIMCE

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Finalmente, los resultados de las evaluaciones del esquema se distribuirán en los siguientes niveles

de logro:

• NIVEL INSUFICIENTE 0% a 59% respuestas correctas

• NIVEL ELEMENTAL 60% a 75% respuestas correctas

• NIVEL ADECUADO 76% a 100% respuestas correctas

La Evaluación Diagnóstica9: será aplicada al inicio del año escolar (primeras dos semanas de clases)

en las asignaturas que cuenten con las evaluaciones institucionales y estandarizadas, mencionadas

anteriormente. En este caso los resultados serán entregados y consignados en el libro de clases con

los siguientes conceptos Adecuado (A), Elemental (E) e Insuficiente (I).

En el caso de las asignaturas10 de Educación Física y Salud, Lengua Indígena11, Inglés12,

Tecnología, Artes Visuales, Orientación y Religión, los resultados serán entregados y consignados en

el libro de clases con los siguientes conceptos: Logrado (L), Medianamente logrado (ML) y No

Logrado (NL)13, en todas las asignaturas, serán medidos al menos cinco Objetivos de aprendizaje

(OA) seleccionados y elaborado el instrumento por el profesor de cada asignatura, conjuntamente

con la Unidad Técnico Pedagógica, en el mes de diciembre del año anterior.

La Evaluación Intermedia: En el caso de las evaluaciones institucionales, estas serán aplicadas al

término del primer semestre en educación parvularia, primer y segundo ciclo.

La Evaluación Final: Para las evaluaciones institucionales, se aplicará al final del mes de noviembre

de cada año.

La Evaluación de proceso: Se refiere a una “recolección permanente de información”, mediante

diversos estrategias e instrumentos que permita darle seguimiento al desempeño durante todo el

período escolar, pensando en impulsar la mejora continua, lo cual sólo es posible si hay reflexión

permanente del proceso de enseñanza aprendizaje y seguimiento al desempeño.

b) La Evaluación sumativa, certificará los aprendizajes logrados, mediante una calificación. La

evaluación sumativa se aplicará luego de un conjunto de actividades de aprendizaje,

correspondientes a un Objetivo de Aprendizaje o un conjunto de Objetivos de Aprendizaje y/o

unidad, considerando los objetivos de aprendizaje tratados durante el proceso. El docente aplicará

diversos instrumentos de evaluación en el proceso de enseñanza-aprendizaje. Este tipo de

evaluación será calificada.

10 Comienza a regir en marzo de 2021 11 Cuando así lo disponga la norma, Lengua y Cultura de los Pueblos Originarios. 12 Salvo 7° básico. 13 Nota 5,7 a 7,0 (Logrado) – 5,6 a 4,8 (Medianamente logrado) 2.0 a 4,7 (No Logrado)

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Atendiendo a la diversidad de características, capacidades y habilidades de los estudiantes, los

procedimientos evaluativos deben ser variados y adecuados a las experiencias de aprendizaje

individual y/o colectivo. Con todo, las y los docentes procurarán implementar actividades de

evaluaciones calificadas que permitan comprobar el nivel de cumplimiento de los aprendizajes

terminales esperables14 para una asignatura determinada, que incluyen las habilidades15,

conocimientos16 y actitudes17. Por tanto, es necesario aplicar diversas técnicas de evaluación para

constatar el logro de los objetivos de aprendizaje. Se considerarán:

1. Procedimientos de evaluación formativa y/o sumativa, entre otros:

a) Observación sistémica: escala de observación, lista de control, registro anecdótico, diarios

de clase, rúbricas.

b) Análisis de las producciones de los alumnos: monografías, elaboración de proyectos,

resúmenes, revisión de cuadernos, textos y cuadernillos, textos escritos, producciones

orales, investigaciones, maquetas.

c) Intercambios orales con los alumnos: diálogo, entrevistas, debates, asambleas, puesta en

común.

d) Pruebas específicas: objetivas, interpretación de datos, exposición de un tema.

e) Cuestionarios.

f) Producción de material audiovisual o auditivo acorde al nivel de los estudiantes.

g) Observaciones externas.

2. Instrumentos de evaluación

Estos instrumentos deberán ser conocidos previamente por los estudiantes, siendo éstos, entre

otros:

a. Test de papel y lápiz, o bien, aplicados en forma virtual: Selección múltiple, Verdadero/Falso,

ítem a completar, respuesta corta, respuesta tipo ensayo.

b. Evaluación progresiva de asignatura aplicada al inicio, intermedio y final del año escolar.

c. Pautas, que permiten objetivar los aprendizajes que se pretenden medir: lista de cotejo, escala

de apreciación, de observación, de trabajo en equipo, de trabajo individual, de desarrollo de

una investigación, de entrevista, de exposición oral, de debates.

d. Pruebas de desempeño, que permitan evaluar en forma práctica diferentes actividades que

evidencien un cierto aprendizaje.

14 Objetivos de Aprendizaje y sus indicadores. 15 Las habilidades son capacidades para realizar tareas para solucionar problemas con precisión y adaptabilidad. Una habilidad puede desarrollarse en el ámbito intelectual, psicomotriz, afectivo y/o social. 16 Los conocimientos corresponden a conceptos, redes de conceptos e información sobre hechos, procesos, procedimientos y operaciones. La definición contempla el conocimiento como información (sobre objetos, eventos, fenómenos, símbolos) y como comprensión; es decir, la información integrada en marcos explicativos e interpretativos mayores, que dan base para discernimiento y juicios. 17 Las actitudes son disposiciones aprendidas para responder, de un modo favorable o no favorable, frente a objetos, ideas o personas; incluyen componentes afectivos, cognitivos y valorativos que inclinan a las personas a determinados tipos de acciones

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e. Mapas conceptuales, que permitan analizar los procesos de pensamiento y el grado de

diferenciación que el estudiante establece entre los conceptos.

f. Portafolio, que contengan la recopilación de los trabajos realizados, permitiendo al estudiante

evaluar su propia actividad de aprendizaje, documentando los procedimientos seguidos.

Desde el año 2020, la prueba institucional intermedia y final en Lenguaje, Matemática, Historia y

Cencias Naturales, será considerada la evaluación sumativa18 de cierre en el primer y segundo

semestre.

Se deja consignado, que toda instancia evaluativa de caracter sumativo debe ser usando la

plataforma LIRMI. La no utilización de esta plataforma automaticamente declarada nula la

evaluación y dará proceso a las sanciones al docente según lo que consigna el reglamento interno

de la escuela Municipal Standard.

1

Artículo 6. Que el estudiante sea participe de su propio aprendizaje, también incluye que desarrolle

competencias19 para poder evaluar su propio desempeño y el de los demás. De este modo se

animará a los estudiantes a que se sientan realmente partícipes del proceso y no meros asistentes

de una clase.

La Escuela Standard promueve la evaluación formativa por parte de los estudiantes a través de

las siguientes disposiciones:

a) Retroalimentación

b) Autoevaluación

c) Coevaluación

d) Heteroevaluación

Artículo 6 a. El Establecimiento considera la retroalimentación como una estrategia de evaluación

formativa, de tipo intermedio y final, de manera efectiva, especifica y oportuna. Es decir, que

permita que los estudiantes ajusten o reelaboren su aprendizaje, por lo tanto, debe desarrollarse

en forma obligatoria después de una actividad con calificación sumativa. Si el docente considera que

es necesario, realizar una retroalimentación anterior a la evaluación sumativa, esta debe ser incluida

dentro de la planificación correspondiente. La retroalimentación no está restringida sólo a corregir

los errores y omisiones que cometa el aprendiz para que se haga cada vez más competente

(retroalimentación negativa), si no, también, para que se dé cuenta de sus aciertos

(retroalimentación positiva).

18 Esta evaluación sumativa, al igual que cualquier otra, también debe considerar un proceso de retroalimentación. 19 Una competencia, es la capacidad de una persona para demostrar que su forma de resolver un determinado conflicto o de hacer algo puntual es la mejor que existe.

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La retroalimentación20, desde el año 2020, se considera una etapa más en el desarrollo de las

experiencias de aprendizaje con los estudiantes.

En este sentido, un ejemplo de planificación de clases de retroalimentación previa y posterior, sería;

Particularmente, sobre la periodicidad, cantidad, formato y formas de retroalimentación el

docente hace uso de su autonomía profesional, debiendo solo considerar como obligatoria en su

planificación la retroalimentación posterior a los estudiantes.

Sin embargo, el establecimiento propone a los/as profesoras el siguiente esquema21;

La retroalimentación no solo debe ser una instancia de aprendizaje para los estudiantes, sino

también de poder mejorar su calificación. Sin embargo, se sugiere que esta instancia sea un 30% de

la nota final.

Ejemplo:

Nota en

evaluación

Calificada

Ponderado

(70%)

Nota en

retroalimentación

Ponderado

(30%)

Nota Final

5,8 4.06 7,0 2.1 4.06 + 2.1= 6,1

Durante el primer semestre del año 2020, la escuela organizará una jornada de trabajo con

el equipo docente donde se establecerán criterios comunes respecto a esta práctica.

20 La no realización de retroalimentación posterior a la evaluación calificada, es una falta para el docente según lo consigna el reglamento interno de la escuela. 21 En consideración a la autonomía profesional, los docentes pueden utilizar la retroalimentación que consideren oportuna. La pauta de la misma debe estar también obligatoriamente en plataforma LIRMI.

Clase 1

Experiencia de

Aprendizaje

Clase 2

Experiencia de Aprendizaje

Clase 3

Experiencia de Aprendizaje

Clase 4

Retroalimentación

Previa

Clase 5

Actividad Calificada

Clase 6

Retroalimentación

Posterior

Retroalimentación posterior

Revisar y responder

correctamente preguntas y/o

item sin puntaje completo

No entregar respuesta correcta

Sumar décimas de la actividad

previa y posterior a nota de la calificación (máximo 5)

Retroalimentación previa

Junto a los estudiantes responder

¿Dónde debo llegar? ¿Cuál es la meta?

Resolver dudas

Sumar décimas por

actividad desarrollada

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Artículo 6 b. La Autoevaluación se produce cuando un sujeto evalúa sus propias actuaciones. Es un

tipo de evaluación que toda persona realiza de forma permanente a lo largo de su vida. Mediante

la autoevaluación los alumnos pueden reflexionar y tomar conciencia acerca de sus propios

aprendizajes y de los factores que en ellos intervienen. En la autoevaluación se contrasta el nivel de

aprendizaje con los logros esperados en los diferentes criterios señalados en el currículo,

detectando los avances y dificultades y tomando acciones para corregirlas. Esto genera que el

alumno aprenda a valorar su desempeño con responsabilidad.

Algunas recomendaciones para poner en práctica la autoevaluación22:

• Orientar a los estudiantes a realizar la autoevaluación con seriedad y con corrección. Es

importante que tomen conciencia de la influencia que su juicio tendrá en la valoración

global que posteriormente se realice sobre su actuación y progresos.

• Al comenzar el desarrollo de una unidad didáctica facilitar a los estudiantes información

detallada sobre los aspectos que se deben autoevaluar, con el fin que puedan auto

observarse y examinar su trabajo en forma continua y así llegar a conclusiones válidas al

final del proceso.

• Informar a los estudiantes las habilidades que se espera puedan desarrollar en cada

asignatura y los criterios de evaluación de su área curricular, de tal manera que ellos puedan

verificar por sí mismos su evolución.

• Guiarlos de modo que se evite la excesiva influencia de la subjetividad en la propia

evaluación.23

Ejemplo de Autoevaluación.

María Loreto, docente de Educación Artística decidió considerar la posibilidad que la autoevaluación

sea una actividad realizada por sus alumnos para valorar sus productos. Estando en la clase de

dibujo, sus alumnos plantearon los aspectos sobre los cuales cada uno se autoevaluaría, estos

aspectos fueron consignados en la siguiente tabla:

22 La pauta de autoevaluación será estipulada a partir de criterios unificados para Educación parvularia, primer ciclo y segundo ciclo. 23 Referencia en https://educrea.cl/una-guia-aplicar-la-autoevaluacion-los-estudiantes/

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Artículo 6 c. La coevaluación o evaluación de pares24 es un proceso a través del cual los estudiantes

y los profesores participan en la evaluación del trabajo de los estudiantes. Investigadores han

encontrado que este tipo de evaluación profundiza la comprensión de los estudiantes de su propio

aprendizaje y permite que se involucren de manera más activa y autodirigida en su proceso de

aprendizaje (Falchikov, 2005; Sivan, 2000). También la coevaluación es útil para planificar su propio

aprendizaje, identificar sus propias fortalezas y debilidades, identificar áreas para acciones

remediales, así como desarrollar habilidades personales y metacognitivas transferibles a otras áreas

(Topping, 2003).25

Cuatro pasos clave para implementar la coevaluación

1. Establecer los criterios de la evaluación

Esto otorga el estándar o modelo con que comprar el trabajo evaluado. Los criterios permiten

focalizar la evaluación y hacer que todos los trabajos sean evaluados bajo las mismas reglas. Las

siguientes preguntas ayudan a establecer los criterios de evaluación:

* ¿qué características tiene un trabajo de calidad?

* ¿qué trabajo previo sirve como ejemplo de lo que consideramos buena calidad?

*¿qué vamos a evaluar? ¿contenidos? ¿presentación del trabajo? ¿habilidades específicas?

¿claridad?

* ¿cuándo vamos a evaluar el trabajo? ¿cuándo esté terminado? ¿cuándo esté en progreso?

2. Definir las reglas de la coevaluación

La coevaluación implica el análisis minucioso del trabajo de otro estudiante. Esto puede implicar

que el estudiante evaluado se sienta vulnerable o criticado cuando su trabajo se considera por

debajo de los estándares esperados. Por eso es importante establecer algunas reglas básicas que

regulen la forma en que la retroalimentación se da para generar confianza. Ejemplos de reglas son:

• Por cada comentario negativo, se ofrece un comentario positivo.

• Se evitará el lenguaje discriminatorio.

• Se hará referencia al trabajo, no a la persona.

3. El proceso de la coevaluación

La siguiente pauta ayudará a que la coevaluación sea constructiva y no destructiva.

24 24 La pauta de coevaluación será estipulada a partir de criterios unificados para Educación parvularia, primer ciclo y segundo ciclo 25 http://ww2.educarchile.cl/Portal.Base/Web/VerContenido.aspx?GUID=3f3203a8-0615-435d-8130-1ea019104c54&ID=224272

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* Escucha, mira, responde: No hay nada más perjudicial que sentirse ignorado o parcialmente

escuchado cuando uno presenta su trabajo. Por eso ten en cuenta que es necesario respetar las

contribuciones de los demás, así como responder a las preguntas y sugerencias

* Se constructivo: Si te ha gustado o no un trabajo, siempre debemos proporcionar críticas

constructivas, proporcionando sugerencias de mejoría.

* Formula preguntas: Pregunta las cosas que aparecen poco claras, estando lo más abierto posible

a escuchar otras opiniones.

* Mantén el foco: Concentra tus comentarios evitando divagar ya que esto va a ser difícil de

interpretar y no será de mucha utilidad. Los comentarios detallados son más útiles para ayudar a

tus compañeros a mejorar su trabajo.

4. La entrega de retroalimentación

Existen varias reglas a tener en cuenta cuando se entrega retroalimentación del trabajo de otro.

Esto es especialmente importante si se ha pedido comentar algo que todavía está en desarrollo.

* Mantén una actitud positiva

* Se consciente de la fase en la que se encuentra el trabajo. Si estás evaluando una etapa inicial, no

critiques como si se tratara del producto final.

* Evita centrarte en cuestiones de menor importancia, a menos que sean las únicas cosas que están

mal.

* Recuerda que todo el mundo tiene una manera diferente de hacer las cosas.

* Se flexible y evita centrarte en cómo lo habrías hecho tú.

* Inicia y termina con algo positivo.

* Busca ser útil, no dañino.

Ejemplo de autoevaluación y coevaluación

El cuaderno es aún una herramienta útil durante el desarrollo de una clase, ya que permite a los

propios estudiantes advertir los progresos que tienen, detectar y reparar errores de ortografía,

actividades repetidas, tareas incompletas. Para el profesor/a y apoderados visualizar las diferentes

etapas de del desarrollo motriz, como escritura y la grafía donde el estudiante deja documentado

su trabajo personal.

Autoevaluación Coevaluación

2 1 0 2 1 0

:-) :-I :-( :-) :-I :-(

1 Portada del cuaderno

2 Presentación de la asignatura, criterios de evaluación

3 Actividad Números enteros I

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4 Etc. Agregar las que sean necesarias.

Total

Nota

6d. La heteroevaluación es la valoración que realiza una persona sobre otra y se miden cuestiones

referentes a su trabajo, actitud, rendimiento, entre otras características (CASANOVA, 1998). Es el

tipo de evaluación que con mayor frecuencia se utiliza, donde el docente es quien, diseña, planifica,

implementa y aplica la evaluación y donde el estudiante es sólo quien responde a lo que se le

solicita.

Artículo 7°. Los docentes estructurarán el diseño de la evaluación en base a las Unidades de Estudio

de las diferentes asignaturas. Para tal efecto se considerará el siguiente esquema:

DISEÑO DE EVALUACIÓN __________ (semestral o anual)

CURSO: ……….

1° Presentar la referencia curricular de cada Unidad, o sea, los aprendizajes que se busca lograr

en cada unidad;

2° Una propuesta de evaluación diagnóstica26 para conocer las ideas, conocimientos, habilidades

y valores con que ya se enfrentan los estudiantes a estos aprendizajes;

3° Propuestas de evaluaciones formativas27, que permiten monitorear y retroalimentar el

desarrollo de los aprendizajes; y

4° Propuestas de evaluaciones sumativas (tanto de avance como finales), que permiten evaluar

la aplicación e integración de estos aprendizajes, con sus respectivas fundamentaciones.

5° Finalmente, resumen de las ponderaciones sugeridas para las evaluaciones sumativas.

Artículo 8°. El plan semestral de evaluación tendrá las siguientes consideraciones:

a) Se propenderá siempre a que las evaluaciones sumativas, independiente de su cantidad

mínima, tiendan a ser sobre evaluaciones prácticas y que fomenten en las y los estudiantes

el desarrollo de habilidades más que la memorización de contenidos.

b) Se fomentará que las evaluaciones sumativas se estructuren en torno a una trayectoria de

aprendizaje, es decir, que consideren la evaluación de aspectos que no hayan sido

suficientemente internalizados por el curso en actividades previas.

c) En el caso de la Asignatura de Inglés28, a lo menos una evaluación sumativa semestral deberá

referir al desarrollo de habilidades de comprensión auditiva (listening) y de expresión oral

(speaking).

d) En el caso de la Asignatura de Lengua Indígena, a lo menos dos evaluaciones sumativas

semestrales deberán referir al desarrollo de expresión oral.

26 En el caso de las asignaturas no consideradas en el artículo 5, letra a 27 En el caso de las asignaturas no consideradas en el artículo 5, letra a 28 De primero a octavo básico.

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e) Se promoverá que a lo menos, el 50% de las evaluaciones sumativas semestrales incorporen

de manera gradual el trabajo colaborativo, la autoevaluación, la coevaluación y la

evaluación de quien imparte la enseñanza, dentro de los dos años siguientes a la entrada

en vigencia del presente Reglamento.

f) Los promedios de los talleres de la Jornada Escolar Completa serán considerados dentro de

las asignaturas con la cuales tienen mayor coherencia curricular como una nota adicional

semestral.

- Matemática: Taller SIMCE Matemática

- Lenguaje: Taller de Inglés (1° a 4° Básico). Taller SIMCE Lenguaje

- Inglés: Taller de Inglés29 (5° a 8° Básico)

- Educación Física: Taller de Deportes

- Artes Visuales: Taller de Artes

- Ciencias Naturales: Taller de Ciencias

Artículo 9. Las y los estudiantes tienen derecho a ser informados de los criterios, técnicas e

instrumentos de evaluación, a ser evaluados y a ser promovidos de acuerdo a un sistema objetivo y

transparente. Asimismo, a informar a las y los profesionales pertinentes si este derecho se ha

vulnerado y a respetar los canales institucionales para ejercerlo.

Cada docente de asignatura y taller, en la plataforma LIRMI, consignará las evaluaciones

sumativas30 que aplicará durante el semestre, antes del inicio del mismo. Las evaluaciones sumativas

que se modifiquen o no se establezcan en este calendario, deberán ser informadas a UTP31 para

evaluar su pertinencia y asegurar que la información sea conocida por padres, apoderados y

estudiantes. Se utilizará la libreta de comunicaciones como medio de información oficial. En el caso

de los apoderados se entregará este calendario en la primera reunión al inicio de cada semestre con

firma de recepción.

Artículo 10. Se procurará la no aplicación de más de dos evaluaciones sumativas de unidad en una

misma fecha a un curso, a excepción de casos autorizados por la Unidad Técnico Pedagógica,

considerando un nivel de exigencia para aprobación de un 60%, realizando previamente las

adecuaciones que regula el Decreto Exento N°83 del 2015.

Artículo 11. La escuela Standard respeta la autonomía profesional que posee cada docente, la cual

se debe adscribir a la normativa vigente, en lo particular a la ley 19.070, del Ministerio de Educación,

las orientaciones del presente Reglamento Interno y del de Convivencia Escolar, y los lineamientos

del Proyecto Educativo Institucional respecto de desarrollar habilidades comunicativas de los

estudiantes y promover del cuidado del entorno natural y social.

29 Se integran como notas dentro de la propia clase de Inglés. 30 Artículo número 7 31 La evaluación sumativa que se aplique y no esté considerada en el calendario de evaluaciones de la asignatura, se considerará inválida y constituye una falta grave por parte del docente.

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Artículo 12. Las y los estudiantes no podrán ser eximidos de ninguna asignatura y/o taller del Plan

de Estudio, debiendo ser calificados en todos los cursos y en todas las asignaturas y/o taller que

dicho Plan contempla.

Artículo 13. Las situaciones evaluativas se implementarán dentro del horario regular de la

asignatura, salvo situaciones particulares que deben ser autorizadas por escrito por parte de UTP.

Si una situación evaluativa requiere de más tiempo del estipulado originalmente, se procurará que

no represente una carga excesiva de trabajo para una o un estudiante o un grupo de estudiantes.

Con todo, el establecimiento promoverá evitar el trabajo fuera del período contemplado en el Plan

de Estudios que implementa.

En relación a los recursos materiales, se considerarán a solicitar y de respuestas obligatorias por

padres, apoderados y estudiantes; aquellos que se consideren materiales reciclados, ya sea:

botellas, diarios, cartones y todo aquel elemento de uso y presencia común que no signifique gastos

extras en el hogar. Bajo esta última premisa, es de responsabilidad del profesor identificar los

estudiantes que no puedan adquirir los materiales solicitados. Queda explicito este reglamento que

el profesor/a es responsable siempre y en todo momento de disponer de los materiales para el

desarrollo de las clases en caso de que este no los traiga, siendo imposible la calificación mínima o

menor puntaje por motivo de no adquisición o porte de materiales de estudio o trabajo.

En caso de no cumplimiento de materiales indicados para el desarrollo de la actividad, el profesor o

profesora generará un diálogo pedagógico y formativo con los estudiantes, indicando errores,

buscando la reflexión y generando acuerdos de mejora y cambio, así como los nuevos plazos para

el desarrollo y entrega del producto del trabajo. Este proceso debe quedar estipulado en el

documento de evaluación de la actividad y /o libro de clases así como deberá ser comunicado a los

apoderados como se indicó en el párrafo anterior. De igual forma se le entregará una labor

diferenciada y provisoria cuyo resultado se considerará en la evaluación final del proceso.

Artículo 15. La inasistencia de una o un estudiante a una evaluación sumativa calendarizada con

anticipación deberá ser justificada personalmente por la apoderada o el apoderado titular, o

suplente en ausencia de la o el apoderado titular. Esto podrá ser realizado a través de certificado

médico (licencia médica y/o certificado de atención médica), entregado en la recepción del Colegio

en un plazo máximo de 72 hrs. donde se distribuirá32 según corresponda.

Tras la presentación de la justificación, el estudiante rendirá dicha evaluación en los plazos y

horarios estipulados por la escuela33 para las evaluaciones escritos y en el caso de las de otro tipo,

será el docente quién fijará una nueva fecha para la aplicación de la evaluación pendiente dentro

del horario establecido de clases previa notificación a UTP y al apoderado mediante libreta de

comunicaciones34. De igual manera, será responsabilidad del docente de asignatura registrar en el

32 El inspector escaneará el documento y lo enviará mediante correo electrónico a dirección, jefe de UTP, profesor Jefe y profesor de asignatura. 33 UTP elaborá al inicio de cada año, las fechas en las cuales los estudiantes faltantes rendirán las evaluaciones escritas pendientes. 34 De no existir comunicación al apoderado la nueva fecha e instrumento quedan inválidos.

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Libro de Clases sobre el incumplimiento por parte del estudiante de la fecha original. Si no se cumple

con la presentación de certificado médico (licencia médica y/o certificado de atención médica, la o

el estudiante obtendrá como calificación la nota mínima (2.0). Por lo tanto, no podrá agregarse la

nota al sistema antes de tres días hábiles.

El establecimiento procurará respetar y resguardar los espacios de vida personal, social y familiar

de las y los estudiantes.

No podrán pasar más de 15 días hábiles desde la fecha original de la evaluación sumativa y la nueva

para que la rindan los inasistentes.

Si un estudiante, regresa a clases durante la realización de una actividad de retroalimentación, el

mismo participará de ella, siendo esta instancia su proceso de retroalimentación y por lo tanto será

el 30% de la nota final. Por transparencia e igualdad de condiciones, el docente deberá tener un

nuevo instrumento de evaluación de similares características al original para que el estudiante lo

desarrolle en los plazos establecidos por la escuela para las evaluaciones pendientes.

Artículo 16. Sobre las fechas de evaluaciones sumativas;

Si bien los tipos y cantidad de evaluaciones son parte de la autonomía profesional, un calendario

sugerido para organizar el año 202035, es el siguiente.

Aplicación de evaluaciones sumativas con más de tres horas semanales

FECHA APLICACION REGISTRO EN LIBRO DE CLASES Y SISTEMA MYSCHOOL

24 a 30 de Abril 4 a 7 de Mayo

25 a 29 Mayo 1 a 5 de Junio

19 a 30 de Junio36 1 a 6 de Julio

17 a 21 de Agosto 24 a 28 de Agosto

21 a 25 de Septiembre 28 de Septiembre a 2 de Octubre

26 a 30 de Octubre 2 a 6 de Noviembre

23 a 27 de Noviembre37 1 a 4 de Diciembre

APLICACIÓN DE EVALUACIONES CON TRES O MENOS HORAS SEMANALES

FECHA APLICACIÓN REGISTRO EN LIRO DE CLASES Y SISTEMA

MYSCHOOL

Segunda semana de Abril Lunes última semana de Abril

Tercera semana de Mayo Lunes primera semana de Junio

Tercera semana de Junio Lunes primera semana de Julio

35 En el caso del año 2020, la evaluación final de la unidad 0, será considerada la primera nota para todas las asignaturas, excepto orientación. 36 Considera las evaluaciones institucionales. 37 Considera las evaluaciones institucionales.

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Segunda semana de Septiembre Lunes última semana de Septiembre

Tercera semana de Octubre Viernes última semana de Octubre

Tercera semana de Noviembre Lunes primera semana de Diciembre

LECTURAS COMPLEMENTARIAS

1° Evaluación, segunda semana de Abril

2° Evaluación, segunda semana de Mayo

3° Evaluación, segunda semana de Junio

1° Evaluación, tercera semana septiembre

2° Evaluación, segunda semana de Octubre

3° Evaluación, segunda semana de Noviembre

En el caso de las pruebas escritas38, al igual que el resto de evaluaciones sumativas se

establece que, a partir del primer39 semestre del año 2020, este tipo de instrumentos se realizarán

exclusivamente por medio de la plataforma LIRMI40. Este instrumento tiene por objetivo ser

elaborado rigurosamente, permitiendo evaluar conocimientos y habilidades de una determinada

cantidad de objetivos de aprendizaje.

A continuación, se señalan algunas características de este tipo de instrumentos de

evaluación:

La prueba deberá ser elaborada en plataforma de apoyo a la gestión pedagógica Lirmi.

a) La prueba debe estar elaborada a partir de objetivos de aprendizajes trabajados

previamente con los estudiantes.

b) Las respuestas tienen que ser breves, muy concretas, que no puedan dar lugar a

cuestionarse su corrección o incorrección.

c) Tener una única solución correcta.

d) Favorecer la objetividad en la corrección.

e) Cada pregunta tiene que medir sólo un resultado del aprendizaje.

f) El contenido de la pregunta tiene que ser siempre relevante y tiene que estar de acuerdo

con los objetivos operativos que quieren alcanzarse con la prueba. Tienen que evitarse las

preguntas triviales.

g) Las preguntas tienen que formularse con claridad y ser concretas. Sólo ha de haber una

respuesta correcta.

h) La plataforma tiene preguntas pre-cargadas por objetivo de aprendizaje que pueden ser

usadas en su elaboración.

38 Todas las asignaturas y talleres de 1° a 8° básico.

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i) El enunciado de la pregunta tiene que tener sentido completo, independientemente de las

alternativas.

j) En el enunciado de la pregunta no tiene que haber ni elementos irrelevantes ni pistas para

la respuesta. Ni dar pistas para responder en otras preguntas.

k) Tienen que evitarse las preguntas en forma negativa porque podrían confundir.

l) La cantidad mínima y máxima de preguntas, ítem o reactivos queda a criterio de cada

docente, eso si se considera que un objetivo de aprendizaje se puede asegurar su

adquisición por parte de un estudiante si dispone, de al menos, 3 preguntas.

m) En los niveles de 5° a 8° año, cada evaluación escrita deberá incluir en forma obligatoria que

los estudiantes formulen una pregunta y den la respectiva respuesta.41

La retroalimentación de la evaluación sumativa deberá ser realizada en la clase posterior a

la aplicación de la prueba para propender a la pertinencia y rigurosidad de la evaluación. Además

los resultados de esta evaluación deberán ser socializados en reuniones de padres y apoderados por

medio de la entrega de las infografías que entrega de la plataforma virtual LIRMI.

En relación a las pruebas para los alumnos con NEE de tipo permanentes y con

funcionamiento intelectual limítrofes, se les aplicará una evaluación que contenga adecuaciones

curriculares en las asignaturas evaluadas, siendo el equipo de aula el encargado de adecuar el

instrumento.

Finalmente, queda establecida la presencia de educadoras diferenciales durante el

desarrollo de la evaluación sumativa con el fin de apoyar el proceso en los estudiantes con NEE.

Los criterios para adecuar instrumentos de evaluación serán: las características de los

alumnos, características del contenido a evaluar, cobertura curricular (según PACI).

Acciones de adecuación a las evaluaciones:

a) Modificación de los criterios de evaluación.

b) Modificación de la modalidad de evaluación (oral, escrita etc.).

c) Modificación o cambio de texto a trabajar.

d) Cambio o reducción de las habilidades cognitivas exigidas (conocer, comprender, aplicar,

etc.).

e) Uso de recursos de apoyo.

f) Reducción del número de ítems, actividades o ejercicios (sólo uno por habilidad).

g) Asignar más tiempo de lo establecido.

h) Bajar nivel de exigencia.

41 La plataforma LIRMI, permite incluir la rúbrica respectiva para la revisión de este ítem.

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i) Entrega de instrucciones adicionales, ejemplificación de actividades, destacar palabras

claves etc.

j) Introducir dibujos o esquemas para apoyar la comprensión.

k) Otras acciones determinadas según NEE de los alumnos.

Nota: Cabe destacar que ningún estudiante se podrá eximir de los procesos de evaluación

sumativa, siendo responsabilidad de los docentes y equipos de aula generar procesos de evaluación

inclusivos que propendan a la participación de todos y todas independientemente de las

características y necesidades individuales. Será la Unidad Técnica Pedagógica que monitoree este

proceso.

Informe escrito42, deberá contener:

a) Portada (Logo de la Escuela, Nombre del estudiante, Nombre del profesor(a), Fecha y

Título.

b) Índice.

c) Introducción.

d) Desarrollo (con imágenes)

e) Conclusión.

f) Bibliografía, Infografía, Webgrafía.

g) Todos deben ser realizados, enviados y retroalimentados de forma digital.

Trabajo práctico43 (Laboratorio, salida a terreno, salida pedagógica)

a) Debe estar acompañada de una guía, con su respectivo objetivo.

Artículo 14. Se comunicará, reflexionará y tomará decisiones con foco en el proceso, el progreso y

los logros de aprendizaje de las y los estudiantes a través de las siguientes instancias:

a) Retroalimentación

b) Reuniones de ciclos

c) Consejo de profesores

d) Asignatura de Orientación

e) Reuniones de apoderados

Artículo 15. La diversificación de la enseñanza se entiende como un ajuste gradual a la intervención

educativa respecto a las diferencias individuales, valores, capacidades y ritmos de aprendizaje de

los estudiantes, para derribar las barreras al aprendizaje y la participación como un proceso de toma

42 Desde 5° año básico, se debe priorizar el desarrollar discusiones bibliográficas y/o ensayos. Esto es transversal a todas las asignaturas. Al igual que toda evaluación sumativa, esta debe ser creada en plataforma LIRMI. 43 También el instrumento debe ser creado en plataforma LIRMI.

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de decisiones colaborativo en torno a las necesidades de apoyo (pedagógicas y de gestión) que

demandan las y los estudiantes.

Artículo 16. En el proceso de diversificación, se aplicará el procedimiento pedagógico de Evaluación

Diferenciada, el cual permite al docente y profesor/a diferencial identificar los niveles de logro de

aprendizajes curriculares, que alcanzan aquellos estudiantes que por diferentes necesidades

educativas están en una situación temporal o permanente, distinta de la mayoría.

Este procedimiento de evaluación, se diferencia de los aplicados a la mayoría de los estudiantes,

según el criterio pedagógico, permite dar reales oportunidades educativas a los alumnos con

Necesidades Educativas Especiales (NEE, en adelante)

El proceso de evaluación diferenciada tendrá vigencia máxima hasta el mes de diciembre del año

escolar.

La evaluación diferenciada deberá tener como base las características del estudiante en relación

con la asignatura o actividad de aprendizaje a desarrollar. Las técnicas y procedimientos que el

Establecimiento considera para la evaluación diferenciada son:

a) Trabajo colaborativo

b) Adecuaciones Curriculares

c) Plan de Apoyo Curricular Individual (PACI)

d) Trabajo multidisciplinario

Artículo 17. Cuando las necesidades de apoyo de los estudiantes requieren disponer de recursos y

apoyos adicionales para acceder y progresar en el curriculum correspondiente al nivel, hablamos de

una necesidad educativa especial (NEE) y tiene derecho a participar de un proceso de evaluación

psicoeducativa, establecido en el Decreto 170, así poder ingresar a Programa de Integración Escolar

(PIE).

Artículo 18. La Escuela Municipal Standard asume la diversidad como riqueza, por lo que entiende

que posee estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales. Las personas que las

Diversificación de la Enseñanza

Tarea de todos los docentes

Grupo Curso Programa Integración

Escolar Evaluación psicoeducativa

Adecuaciones curriculares

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presentan requieren apoyos y recursos específicos de distinta naturaleza para contribuir a procesos

de desarrollo lo más significativo posible.

Las Necesidades Educativas Especiales pueden ser:

a) Transitorias, corresponden a dificultades para el aprendizaje y la participación

experimentadas en algún momento de la trayectoria escolar y que son diagnosticadas por

profesionales idóneos. Se presentan asociadas a dificultades de aprendizaje, Trastornos

Específicos del Lenguaje (TEL), déficit atencional y Coeficiente Intelectual Limítrofe.

b) Permanentes, en las cuales las barreras para el aprendizaje y la participación son

diagnosticadas por profesionales idóneos, donde una o un estudiante presenta durante

toda la trayectoria escolar. Se presentan asociadas a alguna situación de discapacidad visual,

auditiva, disfasia, trastorno del espectro autista, intelectual o múltiple.

Artículo 19. Los estudiantes con NEE transitorias o permanentes, con diagnóstico previo y/o

evaluación de los especialistas correspondientes, podrán formar parte del Programa de Integración

Escolar (PIE).

Como señala el Decreto 83 en su documento técnico, las Adecuaciones Curriculares (AC) se traducen

en ajustes en la programación del trabajo en el aula. Consideran las diferencias individuales de los

estudiantes que manifiestan necesidades educativas especiales, con el fin de asegurar su

participación, permanencia y progreso en el sistema escolar.

Las AC, pueden ser de acceso o en los objetivos de aprendizaje. Las técnicas y procedimientos

considerados para los estudiantes con NEE transitorias y permanentes son:

NEE transitorias: Son apoyos curriculares que no modifican sustancialmente los factores internos

del curriculum oficial (objetivos, contenidos, actividades y evaluación: qué, cómo y cuándo enseñar

y evaluar), como los siguientes.

a) Proporcionar más tiempo para responder.

b) Reforzar las instrucciones en forma oral e individualmente.

c) Aplicar evaluaciones con menor número de preguntas.

d) Modificar el espacio físico para la evaluación (o bien dar apoyo en aula de recursos si así se

decide).

e) PACI (si los Profesores lo consideran necesario para las adecuaciones de objetivos).

f) Entre otras estrategias que tienen como base el diseño Universal de Aprendizaje.

NEE permanentes: Son apoyos curriculares que modifican sustancialmente los factores internos del

currículo (objetivos, contenidos, actividades y evaluación). Además de todas las opciones de

adecuación para estudiantes con NEE transitorias, se deben tomar en cuenta:

a) Adecuación de objetivo

b) Adecuación de la evaluación respecto al objetivo modificado

c) PACI (exista o no adecuación)

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Desde la perspectiva de los principios que guían la toma de decisiones de AC, la evaluación,

calificación y promoción de los estudiantes que presentan NEE permanente se determinará en

función de los logros obtenidos en relación a los OA establecidos en el Plan de Adecuación Curricular

Individual (PACI).

Los estudiantes con Necesidades Educativas Especiales Permanentes y Transitorias rendirán sus

evaluaciones de las diferentes asignaturas en el aula común, sin embargo, en forma excepcional y

de mutuo acuerdo entre profesor de asignatura y profesor especialista, los estudiantes con NEE

podrán rendir las evaluaciones calificadas en aula de recursos.

Para la evaluación en tanto, es pertinente un trabajo colaborativo44 entre los profesores de

asignatura y diferencial, por ello, también se debe llegar a consenso para qué estudiante va dirigida,

así también escoger el tipo de evaluación en donde el PACI tiene especial relevancia para la toma

de decisiones.

TÍTULO III – DE LA COMUNICACIÓN SOBRE LOS PROCEDIMIENTOS EVALUATIVOS

Artículo 19. Se comunicará a los estudiantes las formas (situación evaluativa) y criterios de

evaluación (capacidades que se desea evaluar en un área específica) con al menos 10 días hábiles

de anticipación, por parte del docente y equipo de aula o en su defecto, el Jefe de UTP. indicando

cuándo, qué y cómo se evaluará, lo que se materializa a través de la publicación en fichero del curso,

el cual debe ser revisado en cada clase de orientación, libreta de comunicaciones y/o reuniones de

apoderados.

Artículo 20. Las familias serán informadas sobre las formas y criterios de evaluación de las y los

estudiantes a través de los siguientes procedimientos:

a) Envío de calendario de evaluaciones mensual, a través de libreta de comunicaciones.

b) En reuniones de apoderados.

c) En la página Web del establecimiento. www.standard-temuco.cl

Artículo 21. La comunicación de los progresos y resultados de las situaciones evaluativas será

desarrollada siempre de manera clara y comprensible por la totalidad de las personas involucradas

(estudiantes, estudiantes y docentes), mediante informaciones enviadas en las libretas de

comunicaciones, citaciones de apoderados.

Artículo 22. Para efectos de informar a las familias sobre el estado de avance de la trayectoria de

una o un estudiante, la o el profesional responsable registrará las calificaciones en el libro de clases

y en la plataforma Myschool.

La o el profesional diferenciará en el registro de calificaciones del Libro de Clases a qué situación

evaluativa corresponde cada nota.

44 Durante el mes de marzo de cada año, se realizará una jornada capacitación a los docentes de asignatura sobre este tema.

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Título IV. DE LA CALIFICACIÓN Y EL PLAN SEMESTRAL DE EVALUACIONES.

Artículo 23. Las y los estudiantes obtendrán calificaciones finales en todas las Asignaturas del Plan

de Estudios que inciden en la promoción, a través de una escala numérica que comienza en la nota

2.0 y finaliza en el 7.0, hasta con un decimal.

La calificación final mínima de aprobación será la nota 4.0.

Artículo 24. Las calificaciones tendrán siempre una justificación pedagógica, coherente con los

Objetivos de Aprendizaje y lo estipulado en el diseño de la enseñanza. Deben reflejar fielmente el

desempeño de una o un estudiante respecto de lo esperado en el Currículum Nacional.

Las y los docentes informarán, a través de los procedimientos establecidos en el presente

Reglamento, las ponderaciones que tendrá cada calificación y que derivarán en la calificación final

anual de cada Asignatura, atendiendo a las siguientes consideraciones:

a) Ninguna calificación tendrá un peso ponderado mayor al 50%45

b) La exigencia mínima de referencia de una situación evaluativa será del 60%

c) En el caso de Asignaturas que superen las cuatro situaciones evaluativas calificadas se

propenderá a que no todas tengan el mismo peso ponderado, sino que se estructuren en

función del tiempo trabajado y los aprendizajes involucrados en las experiencias

implementadas.

d) Se enseñará a las y los estudiantes a interpretar las ponderaciones.

Artículo 25. Cada docente tendrá la libertad de estructurar según el curriculum respectivo de la

asignatura, un plan semestral de evaluación.

El establecimiento, sugiere, incorporarar un mínimo y máximo y calificaciones por semestre según

el siguiente esquema:

Horas

semanales

Asignaturas46 Calificaciones

mínimas

Calificaciones

máximas Primer Ciclo 1° a 4° básico Segundo Ciclo 5° a

8° básico

1 Tecnología, Orientación y

Talleres

Tecnología,

Música,

Orientación y

Talleres

2 4

2 Música, Religión, Historia,

Ciencias Naturales

Religión, Educación

Física.

3 5

45 Durante el año 2020, el consejo de profesores definirá para el año siguiente, la ponderación respectiva que tendrán las evaluaciones sumativas desde el año 2021 46 Una de las notas semestrales incluye que sea articulada con otra durante cada semestre.

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3 Historia, Ciencias

Naturales, Inglés

4 6

4 Lengua Indígena Lengua Indígena 5 7

5 Lenguaje47 6 8

6 Matemática Matemática 7 8

8 Lenguaje48 8 9

La cantidad de calificaciones y las ponderaciones que se utilicen para calcular la calificación final de

cada curso, deberá ser coherente con la planificación de cada asignatura serán acordadas entre los

docentes y el equipo técnico-pedagógico, basándose en argumentos pedagógicos.

El plan semestral de evaluación tendrá las siguientes consideraciones:

a) Criterios para el sentido de las calificaciones (basado en O’Connor, 2010):

• Deberán ser reflejo precisos del logro del estudiante.

• Deberán tener significado (comunicar información útil).

• Deberán apoyar el aprendizaje.

b) Criterios para la ponderación y calificación final anual.

• Relevancia. Mayor ponderación a evidencia de aprendizajes más relevantes.

• Integralidad. Mayor ponderación a evidencia de diferentes fuentes de evaluación o

integral por sobre parcial o específica.

• Temporalidad. Cuando el aprendizaje evaluado tenga carácter progresivo, mayor

ponderación a las últimas evaluaciones. (Evidencia más reciente del aprendizaje)

Cada docente se hará responsable de elaborar el calendario de evaluaciones que aplicará durante

el año lectivo antes del 15 de marzo de cada año, o diez días después del inicio de cada semestre.

Se procurará la no aplicación de más de una situación evaluativa de final en una misma fecha, a

excepción de casos autorizados por la Unidad Técnico Pedagógica.

Artículo 26. Si una evaluación sumativa registra más de un 30% de calificaciones menores a 4.0 en

un mismo curso, la o el docente postergará su registro, debiendo informar inmediatamente a la

Unidad Técnico Pedagógica con quien se evaluarán las acciones a seguir, en un plazo no superior a

5 días.

Artículo 27. Tras aplicar un instrumento de evaluación, la información sobre la calificación no podrá

pasar de los 5 días, tanto del resultado como de la corrección del instrumento. Es responsabilidad

47 Incluye el promedio de mínimo de tres (3) lecturas complementarias a domicilio por semestre. 48 Incluye el promedio de mínimo de tres (3) lecturas complementarias a domicilio por semestre.

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de la y el docente del establecimiento entregar esta información, y de las y los estudiantes exigirla

y custodiar los documentos tras su entrega.

En el momento de la entrega de la información, será exigible que la o el docente que aplica la

evaluación enseñe a las y los estudiantes a revisar su resultado y a analizar los logros y errores. Si

esto no ocurre, cualquier estudiante del curso respectivo puede informar de esta situación de

manera verbal a la Profesora o al Profesor Jefe, quien comunicará la situación a la Jefa o el Jefe de

la Unidad Técnico Pedagógica.

No se podrá aplicar una nueva evaluación calificada sin conocer el resultado de la anterior, a partir

de la segunda calificación.

Se deja constancia que todo instrumento de evaluación será guardado por el docente y solo se hará

entrega de el al estudiante y/o apoderado en cada reunión de apoderados.

Artículo 28. Los estudiantes no podrán ser eximidos de ninguna asignatura, debiendo ser evaluados

en todos los cursos y en todas las asignaturas que dicho plan contempla. La Escuela Standard

implementará las diversificaciones pertinentes para las actividades de aprendizaje y los procesos de

evaluación de las asignaturas en caso de los alumnos que así lo requieran. Igualmente, realizar las

adecuaciones curriculares necesarias, según lo dispuesto en los decretos exentos N°83 de 2015 y

N°170 de 2009 del MINEDUC.

Artículo 29: Se certificarán las calificaciones anuales de cada estudiante y, cuando proceda, el

término de los estudios de Educación Básica.

Artículo 30: Las calificaciones de las asignaturas de Religión, Consejo de Curso y Orientación no

incidirán en el promedio final anual ni en la promoción escolar de los estudiantes.

La calificación de la asignatura de Orientación será registrada a través de los siguientes conceptos:

a) Logrado (L)

b) Medianamente logrado (ML)

c) Por lograr (PL)

Artículo 31. La calificación de Religión se registrará en el libro de clases y no incidirá en la promoción

escolar, con los conceptos:

a) “Muy Bueno”, la tarea puede ser lograda de manera satisfactoria con iniciativas para

resolver problemas, destacándose por un buen desempeño.

b) “Bueno”, puede lograr la tarea satisfactoriamente.

c) “Suficiente”, puede lograr la tarea, pero requiere ayuda y supervisión,

d) “Insuficiente”, no logra la tarea.

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Artículo 32: La calificación final anual de cada asignatura o módulo se expresará en una escala

numérica de 2.0 a 7.0, hasta con un decimal, siendo la calificación mínima de aprobación un 4.0 en

una escala de exigencia del 60%49.

Artículo 33: La cantidad de calificaciones y las ponderaciones que se utilicen para calcular la

calificación final del periodo escolar adoptado y de final de año de una asignatura de cada curso,

será coherente con la planificación que cada docente entregue a inicios de cada semestre lectivo.50

Artículo 34. Las y los estudiantes obtendrán las siguientes calificaciones durante su año escolar:

a) Parciales, correspondientes a cada una de las calificaciones obtenidas durante el semestre

en cada asignatura o módulo del Plan de Estudios, independiente de si son pruebas o

talleres.

b) Semestral, correspondiente al promedio aritmético semestral de todas las Asignaturas o

módulos que inciden en la promoción obtenido durante el semestre, expresado con un

decimal y sin aproximación.

c) Final Anual, correspondiente al promedio aritmético de las calificaciones semestrales

expresadas en una escala numérica de 2.0 hasta 7.0, hasta con un decimal, siendo la

calificación mínima de aprobación un 4.0.

En consecuencia, no se aproximarán a la décima o entero superior las centésimas de 0.05 a 0.09 del

promedio semestral y del promedio final anual. De existir alguna situación que deba considerarse,

la decisión será tomada por la o el docente responsable y la Jefa o el Jefe de la Unidad Técnico

Pedagógica.

Artículo 35. En el caso de un estudiante proveniente de otro establecimiento con un sistema de

calificación diferente al vigente de la escuela municipal Standard.

Los estudiantes que se incorporen al establecimiento trayendo un régimen trimestral, primero y

segundo trimestre cursado; corresponderá a un solo semestre cursado. Los estudiantes que se

presenten con primer trimestre rendido, deberán presentarse con un informe de calificaciones

parciales¸ las que serán consignadas como evaluaciones parciales y continuarán siendo evaluados

durante el primer semestre.51

En el caso de estudiante extranjeros que se incorporen durante el segundo semestre, se aplicará el

mismo procedimiento.

49 Salvo situaciones particulares de estudiante con NEE 50 En plataforma LIRMI 51 Todo estudiante que se incorpore a la escuela deberá rendir las evaluaciones institucionales en Lenguaje, Matemática, Historia y Ciencias. En el caso del primer semestre la diagnóstica y el segundo, la intermedia. En le caso de las evaluación intermedia, está se considerá como sumativa, en las asignaturas respectivas, en el caso que el estudiante no traiga notas del segundo semestre desde el colegio de origen.

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Todas las situaciones de evaluación de los estudiantes de 1° a 8° año básico, deberán quedar

resueltas dentro del período escolar correspondiente, siendo esto responsabilidad del profesor

de asignatura respectivo.

Título V. De la Promoción

Artículo 36. Serán promovidos los estudiantes que cumplan con el logro de los Objetivos de

Aprendizaje (OA) y asistencia a clases, ambos conjuntamente:

1) En relación al logro de los objetivos, serán promovidos los estudiantes que:

a) Hubieren aprobado todas las asignaturas de sus respectivos planes de estudio.

b) Habiendo reprobado una asignatura, su promedio final anual sea como mínimo un 4.5,

incluyendo la asignatura no aprobada.

c) Habiendo reprobado dos asignaturas, su promedio final anual sea como mínimo 5.0,

incluidas las asignaturas no aprobadas.

2) En relación con la asistencia a clases. Serán promovidos los estudiantes que tengan un porcentaje

igual o superior a 85% de aquellas establecidas en el calendario escolar anual.

Se considerará como asistencia regular la participación de los estudiantes en eventos previamente

autorizados por el establecimiento, sean nacionales o internacionales, en el área del deporte, la

cultura, la literatura las ciencias y las artes.

El Director/a del establecimiento, en conjunto con el Jefe técnico-pedagógico y consultando al

Consejo de Profesores, podrá autorizar la promoción de alumnos con porcentajes menores a la

asistencia requerida.

El Establecimiento tendrá en consideración los siguientes antecedentes para la promoción de

estudiantes con menos de 85% de asistencia:

a) Rendimiento escolar.

b) Convivencia escolar.

c) Situación familiar.

Estos antecedentes serán analizados antes de la finalización del año escolar por un comité

compuesto por Director/a, El o la jefe UTP, profesor jefe, Profesor de asignatura y comunicados a la

o el estudiante y su apoderado titular de manera oportuna

3) En el caso de un estudiante que tenga dos asignaturas con nota roja y un promedio menor a 5.0

no repetirá de forma de inmediata, sino que su caso será analizado por el Director/a y Jefe UTP en

consulta al Consejo de Profesores del Establecimiento, quienes evaluarán de forma colectiva e

integral si el estudiante debe ser promovido o si por el contrario debe repetir curso.

4) El análisis deberá ser de carácter deliberativo, apoyados en información obtenida en distintos

momentos y de diversas fuentes, considerando la visión del estudiante, su padre, madre o

apoderado.

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5) La decisión deberá sustentarse por medio de un informe pedagógico elaborado por el Jefe

Técnico-pedagógico en colaboración con el Profesor jefe, profesores del curso y otros profesionales

que hayan participado en el proceso.

6) El contenido del Informe deberá considerar, a lo menos, los siguientes criterios pedagógicos y

socioemocionales:

a) El progreso en el aprendizaje52 que ha tenido el alumno durante el año;

b) La magnitud de la brecha entre los aprendizajes logrados por el alumno y los logros de su

grupo curso, y las consecuencias que ello pudiera tener para la continuidad de sus aprendizajes en

el curso superior, y

c) Consideraciones de orden socioemocional que permitan comprender la situación del alumno

y que ayuden a identificar cuál de los dos cursos sería más adecuado para su bienestar y desarrollo

integral.

Estas consideraciones proviene del trabajo desarrollado por el equipo de convivencia escolar e

inspectoría general.

Este Informe será consignado en la hoja de vida del estudiante.

Artículo 37. La situación final de promoción o repitencia de los estudiantes deberá quedar resuelta

antes del término de cada año escolar, debiendo el establecimiento entregar un Certificado Anual

de estudios que indique las asignaturas o módulos con las calificaciones obtenidas y la situación

final.

TÍTULO VI – DEL ACOMPAÑAMIENTO PEDAGÓGICO

Artículo 38. El establecimiento asume que la repitencia se produce cuando un estudiante no supera

satisfactoriamente un curso escolar y debido a ello se ve obligado a repetir curso nuevamente.

En este escenario, la escuela municipal Standard de Temuco proveerá medidas de acompañamiento

pedagógico a aquellos estudiantes que no cumplan con los requisitos de promoción o que presentan

una calificación que pone en riesgo la continuidad de su aprendizaje en el curso o nivel siguiente,

para que, de manera fundada, se tome la decisión de promoción o repitencia.

De todo lo dispuesto en el inciso precedente deberá quedar registro, que será incorporado a un

informe pedagógico individualizado para cada estudiante, elaborado por Jefe(a) de la Unidad

Técnico Pedagógica, en colaboración con la Profesora o el Profesor Jefe, otras y otros profesionales

de la educación, y profesionales del establecimiento que hayan participado del aprendizaje de la o

el estudiante.

52 En evaluaciones institucionales.

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Artículo 39. Independiente de si la decisión es de promoción o repitencia de una o un estudiante, el

establecimiento arbitrará las medidas necesarias, que serán autorizadas mediante firma por la

familia, representadas a través de la madre, el padre o la apoderada o apoderado titular.

La implementación de estas medidas será coordinada por Jefe(a) de la Unidad Técnico Pedagógica

del establecimiento, con la colaboración del equipo multidisciplinario y/o profesionales de la

educación.

Artículo 40. El plan de reforzamiento pedagógico deberá elaborarse antes del 30 de marzo de cada

año y, en función de las decisiones de promoción y repitencia y los resultados del plan del año

anterior, podrá contener iniciativas para estudiantes específicos o grupos de estudiantes.

El plan de reforzamiento pedagógico, contemplará a lo menos los siguientes aspectos:

a) Fundamentación

b) Diagnóstico

c) Objetivos de Aprendizaje

d) Tiempos

TÍTULO VII – DE LAS SITUACIONES ESPECIALES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.

Artículo 41. De acuerdo al ideario del Proyecto Educativo Institucional, la y el docente del

establecimiento procurará realizar actividades de reforzamiento para las y los estudiantes que

presenten rezago académico. Para ello, considerarán un Plan Remedial, elaborado por el profesor

de asignatura con la colaboración del Jefe(a) de la Unidad Técnico Pedagógica.

Artículo 42. A partir de los lineamientos que se encuentran incorporados en nuestro Proyecto

Educativo Institucional, de manera gradual y progresiva las y los docentes incorporarán estrategias

y actividades destinadas a estudiantes aventajadas y aventajados respecto del curso al que

pertenecen.

Artículo 43. El establecimiento asume que existen situaciones especiales de evaluación tales como

ingreso tardío a clases, ausencias y/o suspensiones a clases por períodos prolongados, finalización

anticipada del año escolar, participación en certámenes nacionales o internacionales en las áreas

del deporte, la literatura, las ciencias y las artes y obtención de becas. En este marco, se procederá

de la manera más pertinente de acuerdo a las siguientes medidas de referencia:

a) Comunicarse con la Unidad Técnica del Establecimiento

b) Solicitar a esa Unidad las estrategias para evaluar los aprendizajes, formas de calificar,

procedimientos que aplicará el establecimiento para determinar la situación final y/o las

disposiciones de evaluación diferenciada, según corresponda.

c) Las medidas serán propuestas por las y los docentes directamente responsables en

colaboración con la Unidad responsable, quien autorizará su implementación.

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1) Alumnas en situación de embarazo: se acoge a los dictámenes señalados en la ley Nº 18.962, en

relación a que las alumnas embarazadas tienen el derecho a facilidades académicas que permitan

el resguardo de su derecho a la educación.

En este sentido no se exigirá el 85% de asistencia mínima obligatoria que exige el decreto Nº 67 de

evaluación y promoción, siempre y cuando, las inasistencias tengan como causa directa

enfermedades producidas por el embarazado, el parto, el post parto, enfermedades del hijo menor

de un año, asistencia a control de embarazo o del postparto, control de niño sano, pediátrico u otras

similares que determine el médico tratante. Para estos casos solo será válida la certificación médica

oportuna o en su defecto un informe social emanado por una institución afín.

Tendrán derecho a una calendarización especial de evaluación otorgada por el establecimiento y

deberán asistir de manera normal, si se produjeren casos justificados como los explicitados en el

párrafo anterior podrán asistir a recoger material al menos 2 veces al mes y rendir una evaluación

mensual como mínimo. En el caso de alumnas que no justifiquen sus inasistencias se seguirá el

proceso de manera normal aplicando el porcentaje de asistencia que exige el Decreto Nº 67.

2) Alumnos con constantes inasistencias injustificadas: En este caso para efectos de promoción se

aplica el porcentaje mínimo de asistencia del 85%, sin embargo, el estudiante podrá rendir las

pruebas institucionales finales y de asignatura, las cuales determinarán finalmente si cumplen o no

con los requisitos académicos para pasar de curso.

3) Alumnos con constante inasistencia con Justificación: En este caso alumnos cuya inasistencia es

justificada obedecerá a los siguientes casos, entre otros: residencia fuera de la ciudad y presenten

problemas de traslado, trabajo, enfermedades crónicas, problemas judiciales que estén recluidos

en las distintas modalidades del sistema penitenciario, suspendidos o características culturales

propias (Gitanos)

En estos casos tendrán derecho a calendario de evaluación especial, a la entrega de material y a ser

calificados de igual manera que los alumnos regulares, eso sí deberán justificar su condición con

documentación afín y tener al menos un porcentaje de asistencia a clases del 50%, los documentos

válidos a presentar son:

- Certificado médico.

- Contrato de trabajo o afín.

- Documento judicial.

- Compromiso firmado del apoderado (gitanos)

Independiente de todas las consideraciones anteriores, los estudiantes rendirán las pruebas

institucionales finales y de asignatura, las cuales determinarán finalmente si cumplen o no con los

requisitos académicos para pasar de curso.

Artículo 44. Las medidas pedagógicas que el establecimiento considera para obtener evidencia

fidedigna sobre los aprendizajes en casos de plagio o copia son los siguientes:

a) Aplicar el mismo instrumento evaluativo con un porcentaje de exigencia de 70%.

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b) Aplicar un instrumento evaluativo diferente al original, pudiendo ser, por ejemplo: una

disertación (con su instrumento de corrección), interrogación oral de los contenidos y habilidades

de la evaluación original, y otros similares.

c) Revisar los ítems que alcanzó a desarrollar antes de haber sido sorprendido(a) la acción de

copia, por ejemplo, durante una prueba.

El docente deberá aplicar los criterios que subyacen la labor educativa y tomar la decisión de optar

por uno de los tres procedimientos.

Todos los procedimientos antes mencionados deben quedar registrados en la hoja de vida del

estudiante.

Artículo 45. Si un instrumento de evaluación es filtrado53 y se tiene evidencia de aquello, se anulará

el instrumento y se creará otro que mida los Objetivos de aprendizajes estimados.

Artículo 46. Las y los estudiantes que provengan de otros Establecimientos Educacionales y que

registren calificaciones previas, serán ajustadas al Plan de Estudios del establecimiento de acuerdo

al curso de ingreso.

Artículo 47. Las situaciones especiales no contempladas en el presente Reglamento debidamente

justificadas que pudiesen presentarse durante el año escolar, previo informe de la Unidad Técnico

Pedagógica, serán resueltas por la Directora o el Director del establecimiento, considerando las

opiniones de las y los docentes y profesionales involucrados, en primera instancia, y por la Jefa o el

Jefe del Departamento Provincial de Educación si ello fuera procedente. En contra de esta última

resolución, la Directora o el Director del establecimiento podrá presentar recurso de reposición y

jerárquico en subsidio, es decir, se podrá apelar al inmediatamente superior dentro del Ministerio

de Educación.

Lo contemplado en este artículo se certificará mediante una resolución interna firmada por la

Directora o el Director del establecimiento.

TÍTULO VIII – DE LA ACTUALIZACIÓN Y CAMBIO DEL REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y

PROMOCIÓN ESCOLAR

Artículo 48. Anualmente, el Consejo Escolar tendrá la responsabilidad de organizar un proceso de

consulta al presente Reglamento para recabar las observaciones e inquietudes de la Comunidad

Educativa.

Este proceso será siempre participativo y vinculante, liderado por el Equipo Directivo y Técnico

Pedagógico representado por la Jefa o el Jefe de la Unidad Técnico Pedagógica, quien presentará las

observaciones al Consejo Escolar para que resuelva las modificaciones pertinentes en sesión

ordinaria, en caso de:

a) Cualquier ajuste importante del ideario del Proyecto Educativo Institucional.

53 Se realizará una investigación para determinar las causas de aquella filtración y sancionar si corresponde.

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b) Existir una disposición legal o normativa que incida directamente en el presente Reglamento

Interno.

El Consejo Escolar deliberará sobre la necesidad de convocar a un proceso de consulta en el caso

que sean sólo ajustes menores. Para ello, podrán considerarse actividades como grupos focales o

plebiscito, en el caso de las y los estudiantes, y de reuniones del Consejo de Profesores en el caso

de las y los docentes.

Artículo 49. Tres años después de la entrada en vigencia del presente Reglamento, antes de su

tercera sesión ordinaria, el Consejo Escolar deliberará si es pertinente elaborar un nuevo

Reglamento Interno de Evaluación, Calificación y Promoción Escolar.

Si no es pertinente elaborar un nuevo Reglamento Interno, el Consejo Escolar dejará registro en el

acta correspondiente con sus respectivos fundamentos y sólo procederá la consulta anual. De todos

modos, se realizará un balance sobre la implementación del Reglamento considerando a lo menos

los procesos de consulta anteriores. Si no existen, se tendrán a disposición los antecedentes que

existan para realizar el balance.

Si se aprueba la necesidad de elaborar un nuevo Reglamento, se convocará a un Consejo Escolar

ampliado donde participará la Jefa o el Jefe de la Unidad Técnico Pedagógica. En la primera sesión

destinada para el efecto, se realizará un balance sobre fortalezas y debilidades del Reglamento con

el fin de determinar las materias de consulta. También informará también sobre la normativa

vigente que puede incidir en la actualización.

El procedimiento será resuelto en función del contexto, resguardando la participación de todos los

estamentos.

Las modificaciones y actualizaciones al Reglamento serán informadas en la reunión con las familias

siguiente al término de las mismas, mediante comunicación escrita o por su publicación en el sitio

web del Instituto, y en la plataforma del SIGE, del Ministerio de Educación, o aquel que dicha

institución disponga al efecto.

Tras la finalización del proceso, se convocará a un acto público y solemne donde serán convocados,

a lo menos, representantes de todos los estamentos con participación en el Consejo Escolar para la

firma del nuevo Reglamento Interno de Evaluación, Calificación y Promoción.

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El presente Reglamento Interno de Evaluación, Calificación y Promoción Escolar ha sido aprobado

por el Consejo Escolar, integrado a la fecha de su aprobación, por las siguientes personas:

Eduardo Zerené

Representante del

Sostenedor

María Elizabeth Urenda

Directora

Escuela Standard

Pamela Aravena

Representante Docentes

Docentes

Ana Fonseca

Representante Asistentes de la

Educación

Isabel Parra

Representante

Centro Padres y Apoderados

Catalina Allendes

Representante

Centro de Estudiantes

Temuco, de diciembre de 2019.

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Anexo. Situación COVID 2020

En vista de la situación de suspensión de clases presenciales durante este año 2020, la escuela

Standard a determinado adecuar el reglamento oficial de evaluación con los siguientes artículos

transitorios durante el presente año escolar:

Artículo 1.- Desde el Ministerio de Educación se entregaron orientaciones y criterios de evaluación,

calificación y promoción de nuestros estudiantes en este año escolar, por lo que se requiere que:

Se considere para la promoción de los estudiantes:

a.- El logro de los objetivos de las asignaturas a través de la realización de las

actividades de aprendizaje y su evaluación respectiva.

b.- La asistencia, considerando la situación sanitaria y la forma como se ha desarrollado el presente

año escolar, se entenderá por asistencia la participación de los estudiantes en las actividades de

aprendizaje (sincrónicas y/o asincrónicas), por lo que se requiere:

1.- Que cada actividad de aprendizaje sea evaluada. (formativa y sumativa)

2.- Considerar los horarios de atención del docente para realizar retroalimentación.

3.- Participar activamente en las clases- actividades de aprendizaje “sincrónicas “, (Zoom, Meet,

WhatsApp), y/o “asincrónicas” mediante contacto con docentes vía telefónica, entrega de trabajos,

material pedagógico impreso.

4.- La asistencia de los estudiantes

Las asignaturas que influirán en la promoción de los estudiantes son:

Primer Ciclo: Lenguaje, Matemática, Ciencias Naturales, Historia y Ed. Física

Segundo Ciclo: Lenguaje, Matemática, Ciencias Naturales, Historia, Ed. Física, Música, Lengua

Indígena e Inglés.

Artículo 2:

I.- La forma de evaluar a los estudiantes que NO asisten a las clases virtuales (online), por no tener

conectividad será:

- El apoderado deberá retirar desde el establecimiento las guías de aprendizaje cada 15 días, lunes

y/o viernes desde las 8:30 horas hasta las 13:30 horas (registrando en la bitácora la entrega del

material)

- El estudiante deberá desarrollar la totalidad de las actividades de aprendizaje, si tiene dudas,

llamar al docente de acuerdo al horario de retroalimentación.

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- El apoderado deberá devolver en el establecimiento las guías desarrolladas para ser entregadas al

docente y efectuar la revisión.

- Las fechas de entrega y devolución serán informadas a los apoderados, mediante los canales

oficiales de comunicación de la escuela.

Artículo 3: La forma de evaluar a los estudiantes que asisten a las clases virtuales (online), según el

horario semanal de cada curso será:

1.- El horario de clases online se mantendrá fijo y será publicado en la página web de la escuela y en

el Facebook.

2.- Cada estudiante de 2° ciclo se conectará con los docentes de acuerdo a su correo personal

(institucional).

3.- Para participar en las clases vía remota los estudiantes deben respetar el

horario asignado y las reglas de comportamiento.

4.- Los estudiantes de 1° ciclo se conectarán con la autorización del profesor jefe.

5.- Los docentes de Lenguaje y Matemáticas 1° y 2° ciclo tienen asignado un horario específico

semanal para reforzamiento con los estudiantes

Mediante el desarrollo de actividades de cierre en las clases virtuales, los docentes entregarán

cuestionarios de Google o Ticket de salida, los que serán respondidos por los estudiantes.

Cada cuestionario será calificado con una nota, la que será informada al estudiante al iniciar la

próxima clase.

Las calificaciones obtenidas por cada cuestionario se sumarán y se obtendrá una calificación

promedio, la que será registrará en el libro de clases digital del docente.

La aplicación de los Cuestionarios Google por Articulación de Objetivos de Aprendizajes Priorizados:

ARTICULACIÓN N° 7. ARTICULACIÓN N°8, ARTICULACIÓN N° 9, ARTICULACIÓN N° 10 y

ARTICULACIÓN N° 11

Artículo 4: Los estudiantes que durante el primer semestre desarrollaron actividades, serán

reconocidos mediante una calificación que será en base a criterios que se determinarán en un

consejo de profesores.

Artículo 5: Cualquier situación no prevista en el este anexo del reglamento de evaluación, será

resuelto mediante acuerdos del consejo de profesores y/o equipo de gestión.