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REGLAMENTO DE DOCENTES

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REGLAMENTO DE

DOCENTES

2019

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ÍNDICE DE CONTENIDO

RAZÓN DE SER LA UNIVERSIDAD PRÁCTICA.............................................................. 4

MISIÓN ................................................................................................................................... 4

VISIÓN .................................................................................................................................... 4

PRINCIPIOS ............................................................................................................................ 4

INTERNACIONALIZACIÓN ............................................................................................. 4

UNIVERSALIDAD ............................................................................................................. 4

CALIDAD ............................................................................................................................ 5

PERTINENCIA .................................................................................................................... 5

INTERDISCIPLINARIEDAD ............................................................................................. 5

INNOVACIÓN .................................................................................................................... 5

CAPITULO I.............................................................................................................................. 6

GENERALIDADES ................................................................................................................ 6

CAPITULO II ............................................................................................................................ 8

DE LOS DERECHOS Y DEBERES ....................................................................................... 8

CAPITULO III ........................................................................................................................ 11

DE LA CLASIFICACION DE LOS DOCENTES ................................................................ 11

CAPÍTULO IV ......................................................................................................................... 12

DE LA SELECCIÓN ............................................................................................................. 12

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CAPÍTULO V .......................................................................................................................... 13

DE LAS CATEGORÍAS DEL ESTAMENTO DOCENTE .................................................. 13

CAPÍTULO VI ......................................................................................................................... 14

DEL REGIMEN DISCIPLINARIO ...................................................................................... 14

CAPÍTULO VII ....................................................................................................................... 17

DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN .................................................................................... 17

CAPÍTULO VIII...................................................................................................................... 18

DE LA CALIDAD DOCENTE ............................................................................................. 18

CAPÍTULO IX ......................................................................................................................... 19

DISTINCIONES Y RECONOCIMIENTOS ......................................................................... 19

CAPÍTULO X .......................................................................................................................... 20

DISPOCISIONES VARIAS .................................................................................................. 20

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4 UNIVERSIDAD PRÁCTICA

RAZÓN DE SER LA UNIVERSIDAD PRÁCTICA

MISIÓN

Formar profesionales líderes con competencias tecnológicas a nivel nacional e internacional;

mediante una plataforma moderna, eficiente, dinámica, flexible e interactiva, con personal

certificado, humanístico y competente que garantiza con su labor la incorporación de los

egresados a los mercados que requiere el nuevo mundo empresarial.

VISIÓN

Consolidarnos como la Universidad Práctica Virtual líder en Honduras y ser un referente a

nivel nacional e internacional; en la formación de universitarios competentes, aptos, íntegros y

emprendedores que contribuyan al desarrollo de las empresas y entidades del país.

Revolucionando y adaptando la educación al mundo moderno, posicionándola al alcance de

toda la población.

PRINCIPIOS

INTERNACIONALIZACIÓN

Establece alianzas con diferentes universidades extranjeras las cuales le permiten intercambios

docentes, estudiantiles, transferencia de tecnología, actualización e innovación de contenidos,

formación académica y tecnológica.

UNIVERSALIDAD

Constituye en su quehacer pedagógico diferentes teorías, corrientes de pensamiento y prácticas

universales, formativas promovidas interna y externamente, también la presenta en su filosofía

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REGLAMENTO DE DOCENTES

5 UNIVERSIDAD PRÁCTICA

de enseñanza, principios, misión, visión, proyectos tecnológicos y académicos a nivel

internacional.

CALIDAD

Educación técnica y tecnológica al más alto nivel competitivo haciendo uso de las TIC,

desarrollando competencias requeridas por las empresas; formando un profesional competente

en el área técnica, tecnológica y humanística, comprobando la calidad mediante la evaluación

y satisfacción de la empresa.

PERTINENCIA

Se entiende como el grado de utilidad, de oportunidad y de eficacia medido en base a los

resultados y al impacto del modelo en la sociedad local y nacional, así como a través del

desempeño de las y los estudiantes y egresados en la solución de problemas cotidianos en

espacios concretos. El criterio de pertinencia busca colocar la educación superior de Honduras

en una posición que responda a las necesidades presentes y futuras.

INTERDISCIPLINARIEDAD

La Universidad Práctica relaciona e integra varias disciplinas del conocimiento en su

formación educativa de los estudiantes entre ellas: La pedagogía, la tecnología, informática, la

filosofía, Psicología, antropología, sociología, economía, entre otras, por medio de la

mediación virtual y técnica. Además, usa una metodología integral.

INNOVACIÓN

La Universidad Práctica está a la vanguardia de los cambios tecnológicos, pedagógicos,

metodológicos y técnicos para incorporarlos en su sistema educativo, motivando a los

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6 UNIVERSIDAD PRÁCTICA

docentes a actualizarse día a día, sus estudiantes permanecen en constante capacitación para

lograr un proceso de enseñanza-aprendizaje eficaz, la Universidad permanece en constante

actualización a nivel internacional.

CAPITULO I

GENERALIDADES

Artículo 1. Fines

El reglamento docente de la Universidad Practica tiene por objeto regular las relaciones entre

la Universidad y el equipo docente, estableciendo lineamientos en efecto de:

a) Conformar un equipo docente calificado que garantice la funcionalidad académica de la

Universidad.

b) Garantizar la selección del equipo docente bajo las normas, leyes y requerimientos de la

Universidad.

c) Impulsar el desarrollo integral del equipo docente mediante programas de capacitación y

profesionalización que aseguren el cumplimiento de vinculación, investigación y

desempeño de las virtudes de los mismos con calidad.

d) Implementar programa de seguimiento, monitoreo y evaluación docente que favorezcan la

retroalimentación y la mejora continua de orden individual y colectiva.

e) Promover la investigación científica y producción intelectual en pro del posicionamiento

institucional.

f) Respetar la participación democrática de los miembros que integren la directiva del equipo

docente.

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7 UNIVERSIDAD PRÁCTICA

g) Reconocer los méritos académicos que distingan el crecimiento personal y profesional en

las áreas de docencia, vinculación e investigación.

Artículo 2. Definición de docente tutor

Se denomina docente tutor de la Universidad Práctica a toda persona natural que ha sido

vinculado a la institución mediante un contrato según la normativa de la Unidad de Recursos

Humanos para desarrollar funciones de tutoría, investigación, vinculación y toda actividad que

contribuya a la formación de competencias bajo un enfoque cognitivo por procesos. Con

actitudes éticas, reflexivas que responda a la formación íntegra y alto compromiso con la

sociedad.

Parágrafo 1. El docente desarrolla actividades interactivas y evaluativas para los estudiantes

(foros, proyectos, polimedias, estudio de casos, ejercicios, clases en tiempo real) como parte

del módulo o asignatura y toda actividad inherente a su responsabilidad.

Artículo 3. Régimen

Todo docente que sea miembro de la Universidad Práctica se regirá por el código de trabajo

hondureño, Reglamento interno de la Unidad de Recursos Humanos, Políticas, Normas

Académicas, Estatutos y demás disposiciones que rigen los procesos de vinculación e

investigación científica.

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8 UNIVERSIDAD PRÁCTICA

CAPITULO II

DE LOS DERECHOS Y DEBERES

Artículo 4. Deberes y Derechos

El docente de la Universidad Practica tendrá los derechos y deberes consignados en el

reglamento interno de Recursos Humanos y el presente reglamento.

Artículo 5. Los miembros de la Universidad Práctica tienen derecho a:

a) Ejerce con libertad las actividades académicas, administrativas, vinculación, investigación

científica o bienestar estudiantil para desarrollar aspectos teóricos-prácticas de la formación

estudiantil de acuerdo con la misión y visión institucional.

b) Participar en programas de capacitación y profesionalización docente, pedagógico,

científico, tecnológico y recreativo haciendo uso de los servicios administrativos y

bienestar estudiantil que ofrece la Universidad a través de su plataforma educativa LMS.

c) Ser atendido por la Unidad de Desarrollo Docente, Dirección Académica Distancia

Virtual, Dirección de Administración y Finanzas para solucionar problemas de acuerdo sus

derechos reglamentarios.

d) Ser tratado con respeto y cordialidad por cualquier miembro de la UP.

e) Conocer el reglamento docente, normas, estatutos y disposiciones vigentes de la

institución.

f) Acceder a fuentes de información científica del banco de información virtual.

g) Conocer los resultados de las evaluaciones aplicadas para medir su desempeño docente

tutor.

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9 UNIVERSIDAD PRÁCTICA

h) Ser aceptado y respetado sin importar su creencia política, religiosa, condición social, etnia

o procedencia nacional.

i) No ser objeto de intimidación o acoso por cualquiera de los miembros de la comunidad

universitaria.

j) Recibir beneficios al desempeño docente tutor de acuerdo con las políticas institucional.

k) Elegir y ser elegido para llevar la representación de las áreas del saber a la que pertenece el

docente tutor: Consejo académico, comité currículo, comité de bienestar estudiantil,

comité de vinculación, comité de investigación científica y demás comités creados en el

transcurso de funcionamiento de la Universidad Práctica a través de la participación

democrática.

l) Recibir la remuneración acordada en el contrato de trabajo bajo las condiciones y periodos

establecidos.

m) Contar con el equipo tecnológico necesario para realizar el proceso enseñanza aprendizaje.

Artículo 6. Los miembros de la Universidad Practica tienen los siguientes deberes:

a) Cumplir la normativa institucional.

b) Compartir las competencias, capacidades personales, y experiencias con los educandos.

c) Ejercer su labor docente de acuerdo con la filosofía institucional de enseñanza.

d) Mantener lazos de comunicación efectiva con la Unidad de Desarrollo Docente y

Dirección Académica Distancia Virtual.

e) Mantener una actitud respetuosa con los estudiantes sin distinción de diferencias

ideológicas políticas y religiosas.

f) Fomentar la educación para la conservación del medio ambiente y la fauna silvestre.

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10 UNIVERSIDAD PRÁCTICA

g) Respetar la propiedad intelectual, derechos de autor, y patentes que correspondan a la

Universidad Práctica.

h) Comunicar a la Unidad de Recursos Humanos y Desarrollo Docente sobre posibles

inasistencias por asunto familiares, físicos o personales.

i) Mantener relaciones interpersonales agradables con los compañeros de trabajo, autoridad o

cualquier miembro de la Universidad Práctica.

j) Realizar solicitudes y reclamos siguiendo el protocolo correspondiente en base a la ley,

normativa y reglamento de la Universidad Práctica.

k) Cumplir con los compromisos académicos y administrativos según el contrato firmado con

la institución.

l) Participar en los programas y proyectos de vinculación, bienestar e investigación.

m) Cumplir con los programas de capacitación y profesionalización docente.

n) Actuar con compromiso ético y moral en el desarrollo de las funciones docente/tutor.

o) Cuidar la documentación, equipo o cualquier material tangible en el desarrollo de

polimedias, clases en tiempo real o recursos para brindar el módulo o asignaturas.

p) Mantener la confidencialidad de los documentos institucionales.

q) Difundir el buen nombre e imagen de la Universidad Práctica.

r) Respetar las disposiciones, normas, estatuto, reglamento de la Universidad Práctica.

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11 UNIVERSIDAD PRÁCTICA

CAPITULO III

DE LA CLASIFICACION DE LOS DOCENTES

Artículo 7: Clasificación

Los docentes de la Universidad Práctica se clasifican en:

a) Docente tutor tiempo completo: Tiene una dedicación de 40 horas semanales de trabajo

asignado por las autoridades competentes.

b) Docente tutor de medio tiempo: Tiene una dedicación de 20 horas semanales de trabajo

asignado por las autoridades competentes.

c) Docente cátedra: Tiene un máximo de 12 horas a la semana para la preparación de clases,

foros, proyectos.

Parágrafos 1: El docente cátedra podrá realizar actividades como: asesorías académicas y de

investigación, actividades de vinculación universidad sociedad, preparación de materiales y

desarrollo de proyectos.

Parágrafo 2: Los docentes de tiempo completo y medio tiempo cumplirán las funciones de

docencia, vinculación e investigación.

Parágrafo 3. En todos los casos se elaborará un plan de trabajo por periodos por la Dirección

Académica Distancia Virtual.

Artículo 8. Tipos de contratación

Los docentes tutores de la Universidad Práctica tendrán contrato laboral a:

a) Término indefinido.

b) Término fijo.

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12 UNIVERSIDAD PRÁCTICA

CAPÍTULO IV

DE LA SELECCIÓN

Artículo 9. Definición de selección

La selección es el proceso que realiza la Universidad Práctica para identificar el personal que

cumpla con los requisitos institucionales y las características de la plaza según el manual de

puestos y funciones.

Artículo 10. Criterios para el proceso de selección

a) Debe tener Licenciatura o Maestría según el puesto a desempeñar.

b) Certificado en experiencia docente en el nivel de formación universitaria.

c) Mostrar evidencias de formación en el campo pedagógico y didáctico.

d) Conocimientos de ofimática

e) Contar con un historial de producción académica e investigativa.

f) Conocimientos en brindar cátedras a través de plataformas educativas LMS de preferencia

Parágrafo 1. Se podrá realizar excepciones del cumplimiento de requisitos en casos

especiales con visto bueno de Vicerrectoría Académica.

Artículo 11. La selección finaliza con la contratación de las personas seleccionadas y serán

atendidas por la Unidad de Recursos Humanos y Vicerrectoría Académica.

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13 UNIVERSIDAD PRÁCTICA

CAPÍTULO V

DE LAS CATEGORÍAS DEL ESTAMENTO DOCENTE

Artículo 12. Definición de categorización

Los docentes tutores se categorizan de acuerdo con los parámetros institucionales según las

resoluciones del comité académico.

Artículo 13. Objetivos de categorización.

El sistema de categorización docente se orienta al cumplimento de:

a) Mejorar la calidad académica en la modalidad distancia mediación virtual a través del

equipo docente calificado.

b) Incentivar de manera permanente la formación pedagógica y tecnológica del equipo

docente.

c) Desarrollar programas de innovación tecnológica, globalización e internacionalización.

d) Actualización en los campos de docencia, investigación, vinculación, el manejo de las

TICS y el aprendizaje de la segunda lengua.

Artículo 14. Categorías

La Universidad Práctica establece las siguientes categorías:

a) Docente Tutor

b) Docente Asistente.

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14 UNIVERSIDAD PRÁCTICA

CAPÍTULO VI

DEL REGIMEN DISCIPLINARIO

Artículo 15. Régimen disciplinario

El régimen disciplinario se unifica con el personal académico y administrativo orientado a

prevenir y corregir conductas inadecuadas a los principios y filosofía institucional.

Artículo 16. Aplicación

Su aplicación se realiza en caso de faltar a cualquiera de los reglamentos, estatutos y normas

vigentes. Y se toman marcos de referencias para el proceso de defensa. Se tomará en cuenta el

código de trabajo y las políticas de la Unidad de Recursos Humanos.

Artículo 17. Faltas

Se considera como falta a toda conducta inapropiada del docente tutor que ocasione

incumplimiento tanto de deberes, reglamentos, leyes, normas, estatutos o cualquier

compromiso institucional pactados en el contrato de la Universidad Práctica.

Artículo 18. Naturaleza de las faltas.

Las faltas disciplinarias se clasifican en leves, graves y muy graves dependiendo la naturaleza,

el grado, efecto o condición que condujeron los motivos agravantes o atenuantes ligados a los

antecedentes disciplinarios del docente tutor.

Artículo 19. Faltas leve.

Se consideran faltas leves:

a) Incurrir en conductas contra la moral, principios institucionales.

b) Atentar contra los deberes y derechos de los estudiantes.

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REGLAMENTO DE DOCENTES

15 UNIVERSIDAD PRÁCTICA

c) Utilizar lenguaje inapropiado de acuerdo con las actividades de formación que realiza.

d) Desconocer la normativa institucional.

e) No mantiene presentación y comportamiento adecuado según los principios y filosofías

institucionales.

Artículo 20. Faltas graves.

Se consideran faltas graves:

a) Atentar contra el prestigio de la Universidad Práctica y manifestar actitudes contrarias e

intolerantes a la normativa institucional.

b) Portar armas de cualquier tipo que sea peligroso y pueda afectar la seguridad e integridad

de la Universidad Práctica.

c) Incumplir con los compromisos y funciones pactados en el contrato laboral y el presente

reglamento.

Artículo 21. Faltas muy graves.

Se consideran faltas muy graves:

a) Apropiarse de los derechos científicos y tecnológicos de los descubrimientos e

innovaciones de los compañeros docente tutores o estudiantes.

b) La revelación de información confidencial de la institucional incumple las políticas de

fidelidad por el docente tutor en la Universidad Práctica.

c) Adulterar la información de los documentos institucionales y utilizarlos para acciones

fraudulentas en cualquier actividad académica o administrativa.

Artículo 22. Sanciones

Sin perjuicios de las disposiciones académicas contempladas se sancionará según la gravedad

en las siguientes medidas.

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16 UNIVERSIDAD PRÁCTICA

a. Amonestación verbal.

b. Amonestación escrita.

c. Sanción y suspensión temporal del contrato.

d. Cancelación del contrato.

Parágrafo 1. Amonestación verbal: es un llamado de atención que realiza el coordinador de

carrera al docente/tutor con el fin de corregir las faltas leves.

Parágrafo 2. Amonestación escrita: es un llamado de atención que realiza el coordinador de

Recursos Humanos dejando constancia de este hecho en la hoja de vida del docente.

Parágrafo 3. Sanción y suspensión temporal del contrato: es suspender de sus clases

asignadas sin goce de salario al docente, que realiza el coordinador de Recursos Humanos en

aplicación al presente reglamento.

Parágrafo 4. Cancelación de contrato: terminación unilateral o definitiva del acuerdo laboral

entre la institución y el docente tutor cuando se a presente concurrencia en faltas leves, graves

y muy graves. Esta medida se tomará de acuerdo a lo establecido en el presente reglamento.

Artículo 23. Aplicación

Para la cancelación del contrato se seguirá una serie de pasos establecidos en la Unidad de

Recursos Humanos y el código de trabajo.

Artículo 24. Excepción

En casos especiales el rector podrá aplicar cualquiera de las sanciones previstas en el presente

reglamento de manera postergada.

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REGLAMENTO DE DOCENTES

17 UNIVERSIDAD PRÁCTICA

CAPÍTULO VII

DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN

Artículo 25. Alcance y propósito.

La evaluación es un proceso permanente, participativo e integral que permite valorar las

acciones que la institución desarrollo en cumplimiento a la misión y visión institucional

aplicando el modelo por competencias con enfoque cognitivo por procesos. El propósito

fundamental es reunir la información pertinente para la toma de decisiones que orienten

alcanzar la excelencia educativa.

Artículo 26. Actores de la evaluación.

La evaluación se realizará de manera cualitativa y cuantitativa en cada módulo o asignatura

durante el año académico con la participación de los siguientes actores:

a) Los estudiantes.

b) Coordinadores Académicos.

c) Docentes.

d) Dirección Académica Distancia Virtual.

e) Vicerrectoría Académica.

Parágrafo 1. Los resultados Obtenidos se presentarán al consejo administrativo con un

informe ejecutivo de transparencia.

Artículo 27. La evaluación docente se desarrollará de acuerdo con procedimientos brindados

por la Vicerrectoría Académica en apoyo al programa de capacitación y profesionalización

docente.

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18 UNIVERSIDAD PRÁCTICA

CAPÍTULO VIII

DE LA CALIDAD DOCENTE

Artículo 28. Propósito

Es brindar continuidad a los procesos académicos para asegurar la calidad a través de

lineamientos y políticas tendientes a promover y potenciar el desarrollo profesional del

docente.

Artículo 29. Organización

Corresponde a la Unidad de Desarrollo Docente planear, organizar, ejecutar y controlar los

procesos de formación y capacitación docente de acuerdo con el plan de capacitación y

profesionalización docente, el plan estratégico institucional y el modelo educativo.

Artículo 30. Difusión de la realización de capacitaciones o actividades de formación

docente.

Los procesos para la capacitación y profesionalización docente se realizan a través de los

medios de comunicación sincrónica y asincrónica y según sea el caso invitaciones presenciales.

Artículo 31. Selección

La selección de los docentes tutores para pertenecer a los diferentes programas que ejecute la

Universidad Práctica deberá contar con los siguientes criterios:

a) Méritos académicos

b) Pertinencia de la formación

c) Compromiso institucional.

d) Resultados favorables de evaluación.

e) Dedicación a las labores académicas.

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19 UNIVERSIDAD PRÁCTICA

CAPÍTULO IX

DISTINCIONES Y RECONOCIMIENTOS

Artículo 32. Distinciones

La Universidad Práctica contempla un régimen de distinciones y reconocimientos para los

docentes que sobresalgan en las actividades académicas, pedagógicas y tecnológicas en los

procesos de enseñanza aprendizaje como docentes tutores en la modalidad distancia mediación

virtual.

Artículo 33. Se otorgará reconocimiento a los docentes tutores que realicen actividades de

investigación científica y vinculación universidad sociedad apoyando el talento y producción

intelectual que brinde alternativas en el área: educativa, tecnológica o escenario social.

Artículo 34. Los reconocimientos que contempla la Universidad Práctica son:

a) Mención de Honor

b) Docente del año

c) Premio Nogal

d) Docente Emérito

Artículo 35. Mención de Honor

Se otorga a aquellos docentes tutores que en virtud de su desempeño y acompañamiento

estudiantil realiza también trabajos de investigación, vinculación universidad sociedad,

destaca el nombre institucional, representa nacional e internacionalmente elevando los

estándares de calidad y contribuyendo a la innovación educativa.

Artículo 36. Premio docente del año

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20 UNIVERSIDAD PRÁCTICA

Se otorga al docente que anualmente haya alcanzado con éxito las metas propuestas en los

diferentes programas académicos a los que pertenezca en fechas establecidas por el calendario

académico.

Artículo 37. Premio Nogal

Otorgado en las categorías oro, plata y bronce como reconocimiento a la trayectoria académica

en docencia de diez años en adelante y mantenga distinción en altos valores morales y éticos

con propuestas innovadoras, emprendedoras. Siendo un ejemplo institucional en cumplimiento

de las disposiciones administrativas y académicas.

Artículo 38. Docente Emérito.

Otorgada por el Consejo de Educación Superior a petición de la Rectoría para reconocer toda

una vida de trayectoria al desarrollo de la calidad académica y humana, y haber prestado sus

servicios por más de 20 años.

CAPÍTULO X

DISPOCISIONES VARIAS

Artículo 39. Disposiciones

Se establecen los siguientes artículos en vigencia del presente Reglamento:

a) Los casos no previstos en el presente reglamento serán atendidos por la Vicerrectoría

Académica

b) Los docentes tutores que ingresen en cualquier periodo académico deberán conocer lo

establecido en el presente reglamento.

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REGLAMENTO DE DOCENTES

21 UNIVERSIDAD PRÁCTICA

Artículo 40. Reformas

El presente reglamento docente puede ser reformado parcial o totalmente por Rectoría o

Vicerrectoría Académica con el presente reglamento.

El presente Reglamento entrará en vigencia a partir del día _____ de _____del año 201__.

________________________________

Secretaría General