psicodiagnósticos como estudios complementarios de pericias médicas

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Psicodiagnósticos como estudios complementarios de Pericias Médicas Cuando en una demanda se ofrece una prueba pericial médica que incluye puntos de peritación que buscan determinar la existencia de un daño psíquico en la víctima como consecuencia del hecho que ha dado origen al juicio, debe tenerse en cuenta que el especialista designado tendrá que solicitar la realización de un psicodiagnóstico como estudio complementario, para luego presentar su dictamen en la causa. Este psicodiagnóstico, realizado por un profesional de la psicología, deberá ser administrado y evaluado con el mismo rigor técnico y detalle que una pericia psicológica y las conclusiones deberán encontrarse adecuadamente fundadas en los resultados parciales obtenidos a lo largo del proceso. La existencia de una única pericia en autos y la actuación del psicólogo como profesional ubicado por fuera del proceso determinan especiales cuidados en la tarea a realizar, ya que nunca debe perderse de vista el sentido y la finalidad del examen que se le requiere. Dentro de lo posible, el psicólogo tratará de anticiparse a las posibles preguntas que se formularán al perito médico designado en el momento de los pedidos de explicaciones, ya que debe tenerse en cuenta que es de gran importancia proporcionar al médico un informe final que no sólo le proporcione un diagnóstico y un valor de incapacidad, sino también los recursos para responder a las habituales preguntas de los letrados. De otra manera, el perito designado podrá encontrarse con serias dificultades al responder sobre estudios realizados por otro profesional, quien por no haber sido designado en las actuaciones, tampoco podrá responder por sí mismo a ningún cuestionamiento. Muchas veces estos estudios son realizados en hospitales públicos, donde no suelen encontrarse profesionales con experiencia en el ámbito de la psicología forense y donde, además, los instrumentos diagnósticos y el tiempo dedicado a la tarea son escasos. Frecuentemente el informe constará únicamente de una evaluación clínica realizada por medio de una breve entrevista y no habrá una evaluación de incapacidad. El Servicio de Salud Mental y el Hospital cumplirán con la formalidad de la tarea que se le ha encomendado, pero el resultado será un punto débil donde seguramente podrá atacarse el dictamen del perito designado con los consecuentes riesgos. Si bien la “garantía de credibilidad” proporcionada por los sellos oficiales otorga cierta consistencia, un pedido de explicaciones formulado con un asesoramiento profesional puede comprometer seriamente el valor de los procedimientos y conclusiones. Por otro lado, la importante demora hasta la evaluación no solo resulta antieconómica desde el punto de vista del proceso judicial en curso, sino también en la posible disminución de la gravedad del cuadro clínico que presenta la víctima. Aun en los casos en que se solicita la designación de un perito médico legista, o se solicita un perito médico traumatólogo y un psiquiatra, siempre es aconsejable el ofrecimiento de prueba pericial psicológica. Las características propias del proceso psicoadiagnóstico, la objetivación de las conclusiones mediante la administración y evaluación de técnicas con aspectos psicométricos y proyectivos, harán posible que elementos diagnósticos que pueden pasar inadvertidos durante la observación y la

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psicodiagnostico

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  • Psicodiagnsticos como estudios complementarios de Pericias Mdicas

    Cuando en una demanda se ofrece una prueba pericial mdica que incluye puntos de

    peritacin que buscan determinar la existencia de un dao psquico en la vctima

    como consecuencia del hecho que ha dado origen al juicio, debe tenerse en cuenta

    que el especialista designado tendr que solicitar la realizacin de un

    psicodiagnstico como estudio complementario, para luego presentar su dictamen en

    la causa.

    Este psicodiagnstico, realizado por un profesional de la psicologa, deber ser

    administrado y evaluado con el mismo rigor tcnico y detalle que una pericia

    psicolgica y las conclusiones debern encontrarse adecuadamente fundadas en los

    resultados parciales obtenidos a lo largo del proceso. La existencia de una nica

    pericia en autos y la actuacin del psiclogo como profesional ubicado por fuera del

    proceso determinan especiales cuidados en la tarea a realizar, ya que nunca debe

    perderse de vista el sentido y la finalidad del examen que se le requiere.

    Dentro de lo posible, el psiclogo tratar de anticiparse a las posibles preguntas que

    se formularn al perito mdico designado en el momento de los pedidos de

    explicaciones, ya que debe tenerse en cuenta que es de gran importancia

    proporcionar al mdico un informe final que no slo le proporcione un diagnstico y

    un valor de incapacidad, sino tambin los recursos para responder a las habituales

    preguntas de los letrados. De otra manera, el perito designado podr encontrarse con

    serias dificultades al responder sobre estudios realizados por otro profesional, quien

    por no haber sido designado en las actuaciones, tampoco podr responder por s

    mismo a ningn cuestionamiento.

    Muchas veces estos estudios son realizados en hospitales pblicos, donde no suelen

    encontrarse profesionales con experiencia en el mbito de la psicologa forense y

    donde, adems, los instrumentos diagnsticos y el tiempo dedicado a la tarea son

    escasos. Frecuentemente el informe constar nicamente de una evaluacin clnica

    realizada por medio de una breve entrevista y no habr una evaluacin de

    incapacidad. El Servicio de Salud Mental y el Hospital cumplirn con la formalidad de

    la tarea que se le ha encomendado, pero el resultado ser un punto dbil donde

    seguramente podr atacarse el dictamen del perito designado con los consecuentes

    riesgos. Si bien la garanta de credibilidad proporcionada por los sellos oficiales

    otorga cierta consistencia, un pedido de explicaciones formulado con un

    asesoramiento profesional puede comprometer seriamente el valor de los

    procedimientos y conclusiones. Por otro lado, la importante demora hasta la

    evaluacin no solo resulta antieconmica desde el punto de vista del proceso judicial

    en curso, sino tambin en la posible disminucin de la gravedad del cuadro clnico

    que presenta la vctima.

    Aun en los casos en que se solicita la designacin de un perito mdico legista, o se

    solicita un perito mdico traumatlogo y un psiquiatra, siempre es aconsejable el

    ofrecimiento de prueba pericial psicolgica. Las caractersticas propias del proceso

    psicoadiagnstico, la objetivacin de las conclusiones mediante la administracin y

    evaluacin de tcnicas con aspectos psicomtricos y proyectivos, harn posible que

    elementos diagnsticos que pueden pasar inadvertidos durante la observacin y la

  • evaluacin clnica propias del examen mdico cobren un valor de importancia en el

    momento de corresponder el cuadro clnico con los valores de incapacidad

    considerados en los baremos.

    Lic Germn G. De Stfano Buenos Aires, Argentina Visite Nuestro Website: https://sites.google.com/site/psicologiaforenseargentina/ Esta obra est licenciada bajo la Licencia Creative Commons Atribucin-NoComercial-SinDerivadas 3.0 Unported. Para ver una copia de esta licencia, visita http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/deed.es_AR