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Psicodiagnsticos como estudios complementarios de Pericias Mdicas
Cuando en una demanda se ofrece una prueba pericial mdica que incluye puntos de
peritacin que buscan determinar la existencia de un dao psquico en la vctima
como consecuencia del hecho que ha dado origen al juicio, debe tenerse en cuenta
que el especialista designado tendr que solicitar la realizacin de un
psicodiagnstico como estudio complementario, para luego presentar su dictamen en
la causa.
Este psicodiagnstico, realizado por un profesional de la psicologa, deber ser
administrado y evaluado con el mismo rigor tcnico y detalle que una pericia
psicolgica y las conclusiones debern encontrarse adecuadamente fundadas en los
resultados parciales obtenidos a lo largo del proceso. La existencia de una nica
pericia en autos y la actuacin del psiclogo como profesional ubicado por fuera del
proceso determinan especiales cuidados en la tarea a realizar, ya que nunca debe
perderse de vista el sentido y la finalidad del examen que se le requiere.
Dentro de lo posible, el psiclogo tratar de anticiparse a las posibles preguntas que
se formularn al perito mdico designado en el momento de los pedidos de
explicaciones, ya que debe tenerse en cuenta que es de gran importancia
proporcionar al mdico un informe final que no slo le proporcione un diagnstico y
un valor de incapacidad, sino tambin los recursos para responder a las habituales
preguntas de los letrados. De otra manera, el perito designado podr encontrarse con
serias dificultades al responder sobre estudios realizados por otro profesional, quien
por no haber sido designado en las actuaciones, tampoco podr responder por s
mismo a ningn cuestionamiento.
Muchas veces estos estudios son realizados en hospitales pblicos, donde no suelen
encontrarse profesionales con experiencia en el mbito de la psicologa forense y
donde, adems, los instrumentos diagnsticos y el tiempo dedicado a la tarea son
escasos. Frecuentemente el informe constar nicamente de una evaluacin clnica
realizada por medio de una breve entrevista y no habr una evaluacin de
incapacidad. El Servicio de Salud Mental y el Hospital cumplirn con la formalidad de
la tarea que se le ha encomendado, pero el resultado ser un punto dbil donde
seguramente podr atacarse el dictamen del perito designado con los consecuentes
riesgos. Si bien la garanta de credibilidad proporcionada por los sellos oficiales
otorga cierta consistencia, un pedido de explicaciones formulado con un
asesoramiento profesional puede comprometer seriamente el valor de los
procedimientos y conclusiones. Por otro lado, la importante demora hasta la
evaluacin no solo resulta antieconmica desde el punto de vista del proceso judicial
en curso, sino tambin en la posible disminucin de la gravedad del cuadro clnico
que presenta la vctima.
Aun en los casos en que se solicita la designacin de un perito mdico legista, o se
solicita un perito mdico traumatlogo y un psiquiatra, siempre es aconsejable el
ofrecimiento de prueba pericial psicolgica. Las caractersticas propias del proceso
psicoadiagnstico, la objetivacin de las conclusiones mediante la administracin y
evaluacin de tcnicas con aspectos psicomtricos y proyectivos, harn posible que
elementos diagnsticos que pueden pasar inadvertidos durante la observacin y la
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evaluacin clnica propias del examen mdico cobren un valor de importancia en el
momento de corresponder el cuadro clnico con los valores de incapacidad
considerados en los baremos.
Lic Germn G. De Stfano Buenos Aires, Argentina Visite Nuestro Website: https://sites.google.com/site/psicologiaforenseargentina/ Esta obra est licenciada bajo la Licencia Creative Commons Atribucin-NoComercial-SinDerivadas 3.0 Unported. Para ver una copia de esta licencia, visita http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/deed.es_AR