procedimiento para atender reclamos de trabajadores, art. 513 lottt

16

Upload: carlos-benitez

Post on 19-Mar-2017

159 views

Category:

Law


5 download

TRANSCRIPT

Page 1: Procedimiento para Atender Reclamos de Trabajadores, Art. 513 LOTTT
Page 2: Procedimiento para Atender Reclamos de Trabajadores, Art. 513 LOTTT

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL PROCESO SOCIAL DE

TRABAJO.VICEMINISTERIO DE RELACIONES LABORALES.

INSPECTORIA DEL TRABAJO DE MATURIN- MONAGAS.

PROCEDIMIENTO PARA ATENDER RECLAMOS DE TRABAJADORES y

TRABAJADORAS. ART. 513 LOTTT.

Abg. Carlos Benítez. Jefe de Sala Laboral del MPPPST.

Page 3: Procedimiento para Atender Reclamos de Trabajadores, Art. 513 LOTTT

MARCO LEGAL DE ACTUACION.

CONTITUCION BOLIVARIANA. ART. 87 al 97.

L.O.T.T.T. ART. 513.

REGLAMENTO LOT. ART. 05.

Page 4: Procedimiento para Atender Reclamos de Trabajadores, Art. 513 LOTTT

Art 05: “…En el supuesto que corresponda a los Funcionarios de la Administración del Trabajo dirimir conflictos intersubjetivos entre particulares, debera observarse, en el orden establecido, las normas de procedimientos previstas en los siguientes instrumentos..”:

• A) L.O.T.T.T.• B) L.O.P.T.R.A.• C) C.P.C.• D) L.O.P.A.

Page 5: Procedimiento para Atender Reclamos de Trabajadores, Art. 513 LOTTT

Procedimiento para atender Reclamos, Art. 513 LOTTT.

El trabajador o grupo de trabajadores podrán introducir reclamos sobre Condiciones de TrabajoCondiciones de Trabajo,, por ante la Inspectoria del Trabajo de su jurisdicción. Los reclamos interpuestos serán atendidos de la siguiente manera:

Page 6: Procedimiento para Atender Reclamos de Trabajadores, Art. 513 LOTTT

Procedimiento para atender Reclamos, Art. 513 LOTTT.

Dentro de los tres (03) primeros días siguientes a haberse interpuesto el reclamo por el trabajador, la Inspectoría del Trabajo notificara al Patrono para que comparezca a una Audiencia de ReclamoAudiencia de Reclamo al segundo (2º) día hábil siguiente a haber sido notificado de acuerdo a lo establecido en esta Ley.

Page 7: Procedimiento para Atender Reclamos de Trabajadores, Art. 513 LOTTT

Procedimiento para atender Reclamos, Art. 513 LOTTT.

La Audiencia de Reclamo será en forma oral, PrivadaPrivada y presidida por un Funcionario del Trabajo, con la asistencia obligatoria de las partes o sus representantes. Cuando se trate de un Grupo de Grupo de Trabajadores ReclamantesTrabajadores Reclamantes, nombraran una representación no mayor de cinco (05) personas.

Page 8: Procedimiento para Atender Reclamos de Trabajadores, Art. 513 LOTTT

Procedimiento para atender Reclamos, Art. 513 LOTTT.

Si el Patrono, o su representante no asiste a la Audiencia de Reclamo se presumirá la Admisión de los Admisión de los HechosHechos alegados por el trabajador reclamante y el Inspector del Trabajo decidirá conforme a dicha ConfesiónConfesión en cuanto no sea contraria a Derecho la petición del demandante.

Page 9: Procedimiento para Atender Reclamos de Trabajadores, Art. 513 LOTTT

Procedimiento para atender Reclamos, Art. 513 LOTTT.

En la Audiencia de Reclamo, el Funcionario del Trabajo deberá MediarMediar y ConciliarConciliar las posiciones. Si la conciliación es positiva, el Funcionario dará por concluido el reclamo, mediante un acta, HomologandoHomologando el acuerdo entre las partes.

Page 10: Procedimiento para Atender Reclamos de Trabajadores, Art. 513 LOTTT

Procedimiento para atender Reclamos, Art. 513 LOTTT.

Si no fuera posible la conciliación, el patrono o sus representantes deberán consignar, en los cinco días siguientes, Escrito de Escrito de ContestaciónContestación al reclamo. Si el patrono o sus representantes no dieran contestación dentro del plazo señalado se le tendrá como CiertoCierto el reclamo del trabajador, o grupo de trabajadores.

Page 11: Procedimiento para Atender Reclamos de Trabajadores, Art. 513 LOTTT

Procedimiento para atender Reclamos, Art. 513 LOTTT.

El Funcionario del Trabajo, al día siguiente de transcurrido el lapso para la contestación, remitirá el expediente del reclamo al Inspector del Trabajo para que DecidaDecida sobre el reclamo, cuando no se trate de Cuestiones de DerechoCuestiones de Derecho que deben resolver los Tribunales del Trabajo.

Page 12: Procedimiento para Atender Reclamos de Trabajadores, Art. 513 LOTTT

Procedimiento para atender Reclamos, Art. 513 LOTTT.

La decisión del Inspector del Trabajo que resuelva sobre cuestiones de hecho, dará por culminada la vía culminada la vía administrativaadministrativa y solo será recurrible por vía judicial, Previa CertificaciónPrevia Certificación del Inspector del Trabajo del cumplimiento de la decisión.

Page 13: Procedimiento para Atender Reclamos de Trabajadores, Art. 513 LOTTT

Procedimiento para atender Reclamos, Art. 513 LOTTT.

SC/TSJ, SENTENCIA Nº 360, 17-05-2016. Recurso de Nulidad por Inconstitucionalidad. Accionante: Abg. Gerly Carvajal Urbaez.“..El Procedimiento para atender Reclamos de Trabajadores y

Trabajadoras, suprime la fase probatoriasuprime la fase probatoria, al no contemplar la oportunidad para promover e incorporar al proceso algún medio de

prueba, o bien por no señalar la oportunidad para oponerse a las pruebas promovidas por la parte contraria y la inexistenciainexistencia del

lapso de evacuación de pruebas que permita garantizar a las partes el Derecho a la Defensa..”

Page 14: Procedimiento para Atender Reclamos de Trabajadores, Art. 513 LOTTT

Procedimiento para atender Reclamos, Art. 513 LOTTT.

Pronunciamiento de la Sala Constitucional: “..En contraste con los argumento de la parte recurrente, observa la Sala que

en el Procedimiento para atender Reclamo de Trabajadores, el Patrono tiene una primera oportunidad de presentar alegatos, defensas y medios probatorios en la Audiencia de Reclamo (Fase Conciliatoria)Audiencia de Reclamo (Fase Conciliatoria).. Por otra parte en la Fase DecisoriaFase Decisoria, al no lograrse la Conciliación o acuerdo satisfactorio entre las partes de la relación de trabajo, el empleador deberá consignar dentro de los cinco (05) días siguientes Escrito de Contestación al Reclamo, oportunidad en la cual ese Escrito puede acompañarse de los medios probatorios para fundamentar su defensa ante el reclamo del trabajador o grupo de trabajadores…”

Page 15: Procedimiento para Atender Reclamos de Trabajadores, Art. 513 LOTTT

Procedimiento para atender Reclamos, Art. 513 LOTTT.

“..De tal manera que, si bien dicho Procedimiento de Reclamo esta diseñado para ser Breve y Concentrado, no se priva al Patrono de la Oportunidad Procedimental para presentar los medios que estime pertinentes, por lo que No se vulnera el Principio de IgualdadNo se vulnera el Principio de Igualdad para la presentación de medios probatorios. Por tanto, la norma impugnada mantiene el equilibrio entre las partes y no se aparta de los preceptos constitucionales relativos a La Defensa y el Debido ProcesoLa Defensa y el Debido Proceso, por lo que la misma No esta viciada de inconstitucionalidadNo esta viciada de inconstitucionalidad denunciada por el Recurrente. Así se decide..”

Magistrada Ponente: Lourdes Suárez Anderson. Sala Constitucional, 17 de Mayo del 2016.

Page 16: Procedimiento para Atender Reclamos de Trabajadores, Art. 513 LOTTT